Manual de Inducción y Reinducción del Talento Humano

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Manual de Inducción y Reinducción del Talento Humano
Manual de Inducción y Reinducción
del Talento Humano
W W W . R E D O R I E N T E . G O V. C O
PRESENTACIÓN
La empresa social del estado oriente E.S.E., conformada mediante Acuerdo 106 de 2003 "Por el cual se
descentralizó la prestación de servicios de salud del primer nivel de atención del Municipio de Santiago de
Cali" ubicada al Oriente de la ciudad de Calí, esta conformada por la red de Instituciones de salud Pública de
las Comunas 13, \A. is. T\ \/ oí /-orrpmmipnto de Navarro (Comuna 14, 15, 21 y el corregimiento de Navarro
(Comuna 51), compuesta por 77 barrios y 11 asentamientos subnormales. Para la E.S.E. el talento humano
cumple un papel fundamental en el desarrollo de sus procesos y objetivos misionales, los cuales están basados en la filosofía de mejoramiento continuo de calidad.
Esta cartilla de Inducción y Reinducción pretende describir con claridad todas las actividades básicas de la
empresa, presentando información general que aportará al funcionario una guía rápida para conocer mejor
la organización en la cual va a laborar o esta laborando.
Así mismo, está basada en la responsabilidad, las actitudes y competencias de cada colaborador de la institución que se encauzan hacia el logro de los objetivos institucionales y la satisfacción de nuestros usuarios,
convirtiéndose en una herramienta para la articulación y armonización de los ambientes de trabajo y la
integración de los nuevos funcionarios a sus grupos de trabajo.
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OBJETIVO GENERAL
• Cumplir con los lineamientos establecidos en el manual de inducción de la empresa SOCIAL DEL ESTADO
ESE ORIENTE.
• Desplegar la plataforma estratégica, su misión, visión, políticas corporativas entre otros a los funcionarios
nuevos y antiguos de la empresa.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Socializar al funcionario las normas, políticas y enfoque de la empresa.
• Brindar al funcionario información general de la empresa.
• Reinducir al personal que labora sobre los procesos desarrollados en la empresa.
• Contribuir al acople del personal nuevo.
MISIÓN
Somos la Empresa Social del Estado de Oriente que brinda servicios de salud en el Municipio de Santiago de
Cali, respaldados por un sistema de atención que integra una amplia red de instituciones, con un equipo
humano altamente calificado, con sentido social, tecnología apropiada y participación comunitaria,
buscando el equilibrio financiero y la rentabilidad social.
VISIÓN
Ser reconocida en el próximo quinquenio como la Empresa Social del Estado líder en la ciudad de Santiago
de Cali, por su excelencia en la prestación de servicios de salud, rentabilidad social, económica y por generar
una mayor expectativa de vida para la población beneficiaría.
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POLÍTICA DE CALIDAD
Brindar servicios de alta calidad, con la seguridad y oportunidad que satisfaga las necesidades y expectativas de los clientes.
A través de la mejora continua de los procesos misionales y administrativos, la innovación y el aseguramiento de la calidad, promoviendo los valores que permitan garantizar un excelente clima organizacional
proyectado a nuestros clientes internos y externos.
OBJETIVOS DE CALIDAD
1 Satisfacer las necesidades y expectativas de los clientes externos, brindándoles servicios seguros y
oportunos.
2 Promover y facilitar la capacitación continua a los clientes internos que permita su mejoramiento y
agregue valor a la prestación del servicio.
3 Liderar la equidad, la confidencialidad, y el respeto hacia nuestros clientes internos y externos en la
Empresa Social del Estado ESE ORIENTE.
4 Facilitar la adquisición y la renovación de la tecnología biomédica que nos mantenga a la vanguardia como Empresa Social del Estado de primer nivel de atención en salud.
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VALORES CORPORATIVOS
RESPETO
EQUIDAD
CALIDAD
LIDERAZGO
SOLIDARIDAD
PRUDENCIA
PARTICIPACIÓN
TOLERANCIA
HONESTIDAD
Los Derechos del Paciente Resolución 13437 del 1 de noviembre de 1991
• Elección libre de su médico y de las instituciones.
• Disfrutar comunicación clara y plena con su médico que le permita obtener información.
• Consentir o rechazar procedimientos.
• Recibir trato digno, respeto a creencias y costumbres.
• Confidencialidad de la historia clínica.
• La mejor asistencia disponible pero respetando los deseos del paciente en caso de enfermedad
irreversible.
• Revisar y recibir explicaciones sobre costos.
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El presente el organigrama de la empresa permite que cualquier funcionario tenga claridad sobre la conformación de la estructura de la Red de Salud Oriente ESE.
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SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD
DECRETO 1011 Abril-03-006
Por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema
General de Seguridad Social en Salud.
GARANTÍA DE CALIDAD
Es asegurar la calidad de un servicio de modo que el cliente o usuario pueda comprarlo y utilizarlo-con
confianza, seguridad y satisfacción.
COMPONENTES:
1 Sistema Único de Habilitación.
2 Auditoría para el Mejoramiento de Calidad en Salud.
3 Sistema Único de Acreditación.
4 Sistema de Información para la calidad.
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1. ¿SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN?
Son las condiciones mínimas que deben cumplir las Unidades Prestadoras de Servicios de salud para su
ingreso y permanencia en el sistema general de seguridad social.
¿QUÉ BUSCA EL SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN?
Mucho más que el simple cumplimiento de requisitos mínimos:
• Controlar los riesgos asociados a la prestación de los servicios.
• Que los beneficios superen los riesgos potenciales.
• Proteger a los usuarios de los potenciales riesgos propios de la prestación de los servicios.
DISTINTIVO DE HABILITACIÓN
El propósito del distintivo de habilitación es fortalecer el control ciudadano para verificar que las atenciones
en salud se presten exclusivamente en servicios inscritos en el Registro Especial de Prestadores.
HISTORIA CLÍNICA Y REGISTROS CLÍNICOS
La Historia Clínica debe ser diligenciada en forma clara, sin tachones, sin enmendaduras, sin siglas, ni abreviaturas, cada anotación debe llevar la fecha, hora, nombre completo y firma del responsable de la atención.
Se debe foliar y grapar cada hoja de atrás para adelante. Los datos del usuario deben ser registrados por el
personal de salud responsable de la atención (Medico, enfermera profesionales), se deben llenar todos los
espacios, registrando la información completa; en las hoja de evolución anotar el nombre del paciente,
sexo, diagnóstico de ingreso, signos vitales y conducta.
El registro de la Historia Clínica debe ser el reflejo fiel, exacto y completo de las condiciones de salud del
paciente. La elaboración de la Historia Clínica, no es facultativa sino obligatoria, con lo cual debe entenderse
que su falta es inexcusable: Aún en situaciones de urgencia vital es mejor asumir la obligación de elaborarla.
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PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y ELABORACIÓN DE FORMULA MÉDICA
La prescripción de medicamentos deberá realizarse en un formato en el cual debe contener como mínimo
los siguientes datos:
1 Nombre del prestador de Servicio de Salud o Profesional de la Salud que prescribe, dirección y
número telefónico.
2 Lugar y fecha de la prescripción.
3 Nombre del paciente y documento de identificación.
4 Número de la historia clínica.
5 Tipo de usuario (subsidiado, EPS, vinculado)
6 Nombre del medicamento expresado en la denominación común internacional (nombre genérico).
7 Concentración y forma farmacéutica.
8 Vía de administración.
9 Dosis y frecuencia de administración.
10 Periodo de duración del tratamiento.
11 Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras.
12 Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.
13 Vigencia de la prescripción.
14 Nombre y firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional.
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CONSENTIMIENTO INFORMADO
El Consentimiento Informado es el documento que busca dar fe de la autorización que un paciente o su
representante legal emite para que se le realice un procedimiento médico, quirúrgico, odontológico y otros
que impliquen riesgos para el paciente y los funcionarios de la institución. Una relación médico paciente
adecuada, honesta y cordial, permite transmitir la información pertinente, de una manera empalica, para así
lograr una autorización entendida, competente y voluntaria.
PROCESO DE REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA
Se entiende como referencia al conjunto de recursos, procesos y procedimientos que permiten al usuario
un adecuado flujo entre las IPS. Después de haber superado la capacidad técnico científicas de las Unidades
Prestadoras de Servicios de Salud, se remite al Hospital Carlos Holmes Trujillo y/o a los niveles de complejidad correspondientes a la gravedad del caso procurando la calidad, eficiencia, eficacia y oportunidad en la
atención.
La Remisión debe especificar:
• Datos de identificación.
• Tipo de afiliación al Sistema General de seguridad Social en Salud.
• Fecha de la remisión, diagnostico.
• Motivo de remisión (determinando la urgencia).
• Identificando la especialidad o servicio al cual se remite.
• Resumen de la atención.
• Resultado de paraclínicos practicados o en su •Defecto fotocopia de los resultados. •Sello y firma del
profesional de salud que remite. •Letra legible sin tachones.
Las remisiones dentro y fuera de la Red de Salud de Oriente se deben realizar en Hoja Rosada. En el Hospital
(a nivel interno entre servicios) las remisiones o solicitud de interconsultas de un profesional a otro, se realiza en hoja de formulario.
Toda REFERENCIA debe generar una CONTRAREFERENCIA en el espacio asignado en la hoja rosada para tal
fin.
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PROGRAMA DE GESTIÓN INTEGRAL PARA EL MANEJO DE RESIDUOS HOSPITALARIOS Y
SIMILARES (PGIRHS)
Es el proceso responsable del manejo adecuado de los residuos en las Unidades Prestadoras de Salud que
implica la planeación y cobertura de las actividades relacionadas con la gestión de los residuos hospitalarios
y similares desde la generación hasta su disposición final. La gestión integral incluye los aspectos de generación, segregación, movimiento interno, almacenamiento intermedio y/o central, desactivación, recolección,
transporte, tratamiento y/o disposición final . El manejo de residuos hospitalarios y similares, se rige por los
principios básicos de bioseguridad, gestión integral, minimización en la generación, cultura de la no basura,
precaución y prevención, determinados en el decreto 2676 de 2000. La ESE Oriente ha incorporado el
Código Nacional de colores para la segregación de residuos hospitalarios.
• No peligrosos reciclables, plástico, vidrio, cartón, chatarra.
• Peligrosos infecciosos Biosanitarios, cortopunzantes y químicos Citotóxicos, anatomopatológicos y animales - Químicos.
• No peligrosos Biodegradables, ordinarios e inertes.
2. PROGRAMA DE AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA
ATENCIÓN EN SALUD (PAMEC)
Mecanismo sistemático y continuo de evaluación de cumplimiento de estándares de calidad complementarios a los que se determina como básicos en el sistema uinico de habilitación. Contempla la utilización de
indicadores y estándares que permiten establecer niveles de calidad deseada para cada uno de los precesos
prioritarios; incluye la utilización de instrumentos de medición para obtener información confiable para
calcular los indicadores establecidos. Incluye acciones de autocontrol y auditoría internas sobre los procesos prioritarios.
Los procesos prioritarios han sido estandarizados de manera que se disminuyan la variabilidad y las posibilidades de error. El PAMEC contempla la utilización de indicadores y estándares e instrumentos que permitan
establecer niveles de calidad deseada para cada uno de los procesos prioritarios. El PAMEC incluye acciones
de autocontrol y auditoria interna sobre los procesos definidos como prioritarios para la Institución.
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LOS COMITÉS APOYO Y SEGUIMIENTO A LA CALIDAD EN LAS UNIDADES PRESTADORAS
DE SERVICIOS DE SALUD (UPSS)
Conforman el vehículo a través del cual la ESE hace un seguimiento a los principales aspectos de la calidad.
Estos deben identificar, jerarquizar y definir la prioridad de la solución de los problemas, sus causas y
vigilar su implantación y resultados.
Los comités obligatorios:
• COMITÉ DE ÉTICA HOSPITALARIA: Velará por el respecto a los derechos del paciente.
• COMITÉ DE HISTORIAS CLÍNICAS: Encargado de coordinar el correcto diligenciamiento y funcionamiento
de los registros clínico.
• COMITÉ DE INFECCIONES: Encargado de definir, interpretar y aplicar las medidas preventivas y correctivas
tendientes a reducir la incidencia de las infecciones intrahospitalarias.
• COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA: Garantizar la calidad y adecuado manejo de los medicamentos e
Insumos.
• COMITÉ DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA: Que vigila la tendencia de la morbi-mortalidad institucional.
• COMITÉ DOCENTE ASISTENCIAL: Soportar el mejoramiento de las practicas clínicas en evidencia
científica.
3. SISTEMA ÚNICO DE ACREDITACIÓN
Proceso voluntario para demostrar estándares de excelencia en todos los procesos de atención al
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4. SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD
A través de la monitoria de las Caracterisiticas de calidad (accesibilidad, oportunidad, pertenencia y continuidad) y de la vigilancia de eventos adversos se genera información para la gestión de la calidad para las
Unidades Prestadoras de Servicios de salud y del sistema de Garantía de calidad en salud para la difusión de
la información a los usuarios que sirven de vehículo para materializar el incentivo de prestigio.
• ACCESIBILIDAD: Posibilidad que tiene el usuario de utilizar los servicios salud.
• OPORTUNIDAD: La posibilidad que tiene el usuario de obtener los servicios que requiera sin que se
presenten retrasos que ponga en riesgo su vida o su salud.
• SEGURIDAD: Conjunto de elementos estructurales, procesos, instrumentos, metodologías, basadas en la
evidencia científicamente probada que propende por minimizar los riesgos de sufrir un evento adverso o
que permita mitigar sus
•PERTINENCIA: Es el grado por el cual los usuarios obtienen los servicios de acuerdo con la evidencia científica.
•CONTINUIDAD: Es el grado por el cual los usuarios reciben las intervenciones requeridas mediante una
secuencia lógica y racional.
MODELOS ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO (MECÍ)
Se constituye en una importante herramienta para que las entidades publicas de nuestro país tengan una
gestión idónea, moderna, transparente, ágil, oportuna y cercana al ciudadano.
Promueve la construcción de una ética institucional que permea el quehacer de todos los actores institucionales. Cuenta para ello, con dos importantes instrumentos, el Código de Ética y el Código de Buen Gobierno.
Para su implementación el MECÍ desarrolla en la organización un modelo de gestión por procesos, lo que
optimiza la gestión y los resultados de la entidad.
Se orienta hacia la prevención de Riesgos que pongan en peligro los bienes de la entidad o la seguridad de
sus pacientes y encauza a la organización, hacia un control corporativo permanente que se expresa hacia su
interior con adecuados y oportunos controles a la gestión institucional y hacia el exterior con procesos
transparentes de rendición de cuentas.
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EL SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU)
POLÍTICA SERVICIO AL CLIENTE
La Red de Salud del Oriente Empresa Social del Estado se compromete a escuchar, gestionar, evaluar las
necesidades, requerimientos y expectativas de sus usuarios, generando acciones de mejora continua en sus
procesos y procedimientos de las unidades Prestadoras de Servicios de Salud de la empresa.
OBJETIVOS DE LA POLÍTICA
• Escuchar la opinión de nuestros usuarios.
• Servir como mecanismo de Control de calidad.
• Mecanismo de Participación Ciudadana.
Identificar y manejar las situaciones que experimentan en el Proceso de atención (Momentos de Verdad).
Los SIAUS forman parte de la gestión de recuperación del servicio, más allá de la atención de reclamos y de
la quejas. Por ello deben concebirse como una estrategia de mercadeo de la Empresa Social del Estado y
como insumo para la toma de decisiones gerenciales basadas en datos y hechos.
PROCESOS DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL USUARIO (SIAU)
1. INTERMEDIACIÓN
1.1 A NIVEL INTERNO
Proceso por el cual se le brinda al usuario una alternativa de solución después de presentar una insatisfacción o cuando se presenta dificultades en su proceso de atención. Se verifica la efectividad de la acción en
el cual se requiere la movilización e intervención de las subgerencias, coordinadoras de comuna o líder del
proceso responsable del servicio.
1.2 A NIVEL EXTERNO
Con las entidades gubernamentales como la Personería, la Fiscalía, las Comisarías, Secretaria de Salud, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o con las Empresas Promotoras de Servicio de Salud (EPS).
2. CAMBIOS, ANULACIONES DE FACTURAS O DEVOLUCIÓN DE DINERO
Proceso implementado para recuperar el servicio después de que se ha presentado una inconsistencia,
inconformidad o error que genera un reproceso durante el ciclo de atención al usuario evitando que el
usuario no se vea afectado en su objetivo final que es recibir la atención.
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3. ESTUDIO SOCIO-ECONÓMICO
Proceso normalizado y estandarizado en la servicios de salud de la red a los usuarios que no se
encuentran vinculados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (Población pobre no asegurada).
4. COSTO SOCIAL
Actividad diaria realizada en las unidades prestadoras de servicios de salud de la Red de Salud Oriente,
implementada como alternativa inmediata que facilite el acceso de los usuarios a los servicios de la red. Se
beneficia al usuario que por circunstancias no cumple criterios para aplicación de la encuesta socioeconómica o que teniendo afiliación al sistema general de seguridad social no dispone del recurso para cancelar
el copago o el servicio no cubierto por el plan obligatorio en salud.
PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD
Son acciones de salud dirigidas a la población de manera obligatoria que pueden ser de tipo individual,
familiar y grupa I, orientadas a mantener la salud, prevenir o detectar oportunamente la enfermedad, así
como garantizar el tratamiento oportuno de aquellas enfermedades que tienen gran impacto social, disminuyendo la morbilidad y mortalidad como también incidiendo en la población para que se apropie de su
propio cuidado.
Actividades de Promoción y Prevención
Son acciones, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la protección de la población frente
a un riesgo específico con el fin de evitar la presencia de las enfermedades.
Actividades de Protección Específica:
- Vacunación según esquema Programa Ampliado de Inmunización (PAI).
- Atención preventiva en salud bucal.
- Atención del parto.
- Atención del recién nacido.
- Atención en planificación familiar (Hombres - Mujeres ).
Actividades de Detención Temprana
Son acciones, procedimientos e intervenciones que permiten identificar en forma oportuna y efectiva la
enfermedad, facilitan su diagnóstico precoz, el tratamiento oportuno, la reducción de su duración y el daño
causado,evitando secuelas, incapacidad y muerte.
La ESE Oriente contrata y/o establece convenios para las actividades de PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN con las
siguientes instituciones.
• SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA MUNICIPAL.
• SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA DEPARTAMENTAL.
• EPS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO.
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PROCESO DE APOYO ADMINISTRATIVO: FACTURACIÓN
Responsable de Registrar, liquidar y cuantificar la prestación de los servicios de salud, de forma sistemática
e individual con base en los contratos celebrados y tarifas respectivas. Los servicios de salud prestados a los
usuarios generan un documento soporte para el cobro y recaudo posterior.
Importancia de la Facturación: Implica la reducción del nivel de Glosas, la simplificación del proceso administrativo por Revisión de Facturas, incurriendo en gastos administrativos o la posible pérdida del servicio
prestado por la Empresa promotora o la Secretaria de Salud Pública.
¿Qué es una Glosa?
Son objeciones a la facturación presentada por la institución prestadora de servicios de salud UPSS,
originada en las inconsistencias detectadas en la revisión de las facturas y sus respectivos soportes, las
cuales pueden determinarse al interior de la misma institución o por las entidades con las cuales se hayan
celebrado contratos de prestación de servicios.
¿Qué es un Rips?
Es el registro Individual de prestación del servicio que consolida todo la información generada a través del
proceso de facturación y la prestación del servicio Médico.
Facturación por Evento Es todo aquel contrato firmado o de carácter verbal entre las partes: Entidad Promotora de Salud y la ESE Oriente, donde se prestan servicios médicos por parte de la ESE Oriente a los Usuarios
de la Entidad Promotora de Salud y ésta se compromete a cancelar el valor de los servicios prestados previa
autorización, a una tarifa pactada (actividad prestada, actividad pagada).
En estos contratos por evento entre más actividades se hagan y se facturen, mayores recursos recibirá la
empresa.
Facturación por capitación Es un contrato firmado entre la, Entidad Promotora de Salud y la ESE Oriente,
donde se establece la atención a una población específica, por un tiempo y valor pactado; Independiente
del número de actividades realizadas siempre pagarán el mismo valor por el cual se contrato, excepto en
promoción y prevención en donde se exigen metas de cumplimiento.
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INVENTARIOS
¿QUÉ ES UN INVENTARIO?
Es la anotación que se hace en un libro de cuentas o registro de los bienes y demás cosas pertenecientes a
una persona, comunidad o institución, de hecho cada funcionario que ingrese se le asignara su respectivo
inventario el cual debe devolver cuando se traslade o retire.
¿QUÉ ES UN DEVOLUTIVO?
Es la Acción de devolver. En el caso de la ESE Oriente devolver al Estado. Ya sea que sean elementos comprados por el municipio o con recursos propios de la Institución.
¿CUAL ES LA RESPONSABILIDAD FRENTE A LOS DEVOLUTIVOS?
Tener sentido de pertenencia y responsabilidad, en otras palabras cuidar como si fuera propio. Informar al
Departamento de Inventario en caso de daño y/o traslado ya sea a otra persona, mantenimiento u otra área,
para realizar la gestión correspondiente y asentar en el respectivo registro.
¿CUAL ES EL PROCEDIMIENTO PARA TRAMITE DE PAZ Y SALVO?
• Realizar acta de traslado, relacionando elementos, códigos, valores, anotaciones particulares y hacer firmar
de quien entrega y recibe.
• Verificar y confirmar que no haya ningún pendiente en el registro y/o sistema.
• Firmar las actas del jefe de inventario y el subgerente administrativo.
• Realizar el paz y salvo con copia al Departamento de Inventario.
NOTA: A partir del momento de solicitud de paz y salvo, el departamento de Inventarios, tiene autorización
de gerencia de expedirlo en diez días según sea el caso, este tiempo es el promedio que se necesita para
realizar la verificación, confirmación del estado de los elementos y las firmas correspondientes.
El departamento de Inventarios tiene como deber el salvaguardar, garantizar, actualizar y proteger oportunamente los bienes y muebles de la ESE ORIENTE, con el fin de obtener una información confiable que
coadyuve al equipo de gerencia en la toma de decisiones.
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SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
CARACTERÍSTICAS DE VINCULACIÓN LABORAL
La red de salud oriente cuenta con los siguientes tipos de vinculación de personal:
• Personal nombrado en Carrera administrativa.
• Personal Nombrado Provisional.
• Personal de Libre Nombramiento y Remoción.
• Personal vinculado a través de cooperativas.
• Vinculación directa.
PERSONAL NOMBRADO JORNADA LABORAL
Los Funcionarios de la Red de Salud del Oriente deben dedicar la totalidad de tiempo reglamentario de
trabajó al desempeño de las funciones que les han sido asignadas. La jornada de trabajo, es de lunes a
viernes 7:30 a.m. a 4:30 p.m. Cuando por necesidad del servicio se requiera laborar un día sábado, debe
solicitarse el ingreso por escrito al subgerente administrativo.
CARNET DE IDENTIFICACIÓN
Debe ser solicitado en la oficina de talento humano (situado en el edificio de administración), es obligatorio
portarlo en el lugar visible de tal forma que permita leer su identificación, por razones de seguridad, y con
el fin de tener acceso a las diferentes dependencias. El colaborador puede encontrarse en las siguientes
situaciones administrativas:
Servicio Activo
El empleado se encuentra en servicio activo cuando está ejerciendo las funciones del empleo del cual
ha tomado posesión.
Licencia
Un colaborador se encuentra en licencia cuando transitoriamente se separa del ejercicio de su cargo,
por solicitud propia (ordinaria), por enfermedad, por maternidad o por paternidad. La licencia ordinaria
se da por solicitud propia y sin salario hasta por sesenta (60) días al año, continuos o discontinuos. Si
ocurre justa causa, a juicio de la autoridad competente, esta podrá prorrogarse hasta por treinta (30)
días más. Deben solicitarse ante el jefe de talento humano. Los profesionales de Servicio Social Obligatorio no son beneficiarios de ésta. Los empleados tienen derecho a licencias remuneradas por enfermedad y de doce semanas por maternidad. La licencia remunerada de paternidad, se concede por cuatro
(4) días en el caso que solo el padre esté cotizando al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En
el evento en que ambos padres estén cotizando al Sistema General de Seguridad Social en Salud se
concederán al padre ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad (Ley 755 de 2002).
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Permiso
El empleado tiene derecho hasta por tres (3) díade permiso remunerado, concedidos por el Gerente
siempre y cuando medie justa causa (Artículo 74 del Decreto 1950 de 1973).
Comisión
El empleado se encuentra en comisión cuando, por disposición de autoridad competente, ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o
atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular
(Artículo 75 del Decreto 1950 de 1973).
Las comisiones pueden ser de servicio, para adelantar estudios, para desempeñar un cargo de libre
nombramiento y remoción, cuando el nombramiento recaiga en un funcionario escalafonado en carrera administrativa, y para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales
o de instituciones privadas.
Encargo
Hay encargo cuando se designa temporalmente a un empleado para asumir, total o parcialmente, las
funciones de otro empleo vacante por falta temporal o definitiva de su titular, desvinculándose o no de
las propias de su cargo. Cuando se trate de ausencia temporal, el encargo podrá conferirse hasta por el
término de aquella y en caso de vacante definitiva hasta por un plazo máximo de tres (3) meses. Vencido
este término el encargado cesará automáticamente en el ejercicio de tales funciones y el empleo
deberá proveerse de acuerdo con los procedimientos normales (Artículo 23 del Decreto 2400 de 1968).
Ante la vacancia definitiva de un empleo y mientras se provee regularmente mediante empleado por
nombramiento en período de prueba resultante de concurso, el empleado de carrera tiene derecho a
ser encargado y sólo en caso de no ser posible el encargo, procedería el nombramiento provisional (Art.
3° del Decreto 1572 de 1998). Una vez se de por terminado un encargo, el funcionario de carrera cesará
automáticamente en el ejercicio de las funciones y regresará al empleo del cual es titular (Art. 7° del
Decreto 1572 de
Vacaciones
Por tratarse de una prestación social, aunque es una situación administrativa generada por el descanso
remunerado, que equivale a 15 dias hábiles. Se concertara directamente con el jefe inmediato.
La Ley 4a de 1992, señala las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacional para
la fijación de! régimen salarial y prestacional de los empleados públicos (de conformidad con lo establecido eri el artículo 150, numeral 19, literales e y f de la Constitución Política).
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RÉGIMEN SALARIAL
Constituyen salario todas las sumas que habitual y periódicamente recibe el empleado como retribución
por sus servicios. El régimen salarial de los empleados públicos está consagrado en el Decreto 1042 de 1978,
y hacen parte de él: Asignación Básica Mensual.
La asignación básica mensual correspondiente a cada cargo está determinada por su denominación y
grado establecidos mediante decreto que anualmente expide el Gobierno Nacional (Decreto 3535 de 2003).
Prima de servicios: Equivalente a quince (15) días de remuneración, que se pagarán en los primeros quince
(15) días del mes de junio de cada año. Bonificación por servicios prestados. Es un factor de salario que
beneficia única y exclusivamente a los empleados públicos y se reconocerá y pagará al empleado cada vez
que cumpla un año continuo de labor en una misma entidad oficial.
Será equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor conjunto de la asignación básica, que correspondan al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla, siempre que no devengue una remuneración mensual superior a ochocientos sesenta mil trescientos cincuenta y siete pesos ($860.357).
Para los demás empleados la bonificación por servicios prestados será equivalente al treinta y cinco por
ciento (35%) del valor de la asignación básica, la cual se pagará dentro de los veinte días que sigan a la fecha
en que se haya causado el derecho a percibirla.
Auxilio de Transporte
El auxilio de transporte a que tienen derecho los empleados públicos se continuará reconociendo y
pagando en los mismos términos y cuantía que el gobierno establezca para los trabajadores particulares. No habrá lugar a este auxilio cuando la entidad preste servicio de transporte a sus empleados.
Según el Decreto 3771 del 26 de diciembre de 2003 tienen derecho, los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen un salario mensual básico de hasta dos (2) veces el salario mínimo
legal mensual vigente, en la suma de cuarenta y cuatro mil quinientos pesos ($44.500) mensuales; el
cual se pagará en todos los lugares del país en donde se preste el servicio público de transporte.
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RÉGIMEN PRESTACIONAL
Las prestaciones sociales para los colaboradores que prestan sus servicios en la Empresa, son las siguientes:
Prima de navidad: Esta prima será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado
a treinta de noviembre de cada año y se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. Cuando el
servidor público no ha laborado durante todo el año civil, tiene derecho a la mencionada prestación,
proporcionalmente al tiempo laborado, a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicios,
que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado, o en el último promedio mensual si fuere
variable (Artículo 32 del Decreto 1045 de 1978).
Vacaciones y Prima de Vacaciones: Los empleados públicos tienen derecho a quince (15) días hábiles
de vacaciones por cada año de servicios, las cuales se liquidarán con el salario que el funcionario esté
devengando en el momento del disfrute y a una prima de vacaciones igual a quince días de salario por cada
año de servicio.
Subsidio Familiar Tienen derecho al Subsidio Familiar en dinero, especie y servicios los trabajadores cuya
remuneración mensual, fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales
vigentes, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su
cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios mínimos legales mensuales vigentes (Art. 3° de la
Ley 789 de 2002).
El Subsidio Familiar en dinero (cuota monetaria) que las Cajas de Compensación Familiar deben pagar a los
trabajadores, será cancelado en función de cada una de las personas a cargo, en forma mensual (Art. 4° de
la Ley 789 de 2002).
Cesantías:: Consiste en un auxilio monetario equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicios
continuos o discontinuos y proporcionalmente por fracciones de año (Art. 1 ° del Decreto 1160 de 1947).
Calzado y Vestido de labor: Es una prestación social que consiste en el suministro cada cuatro (4) meses, en
forma gratuita de un par de zapatos y un (1) vestido de labor, siempre que su remuneración mensual sea
inferior a dos (2) veces el salario mínimo vigente. Esta prestación se reconoce a los empleados que hayan
cumplido más de tres (3) meses al servicio de la entidad (Art. 1° de la Ley 70 de 1988).
Estas prestaciones sociales se rigen por la Ley 100 de 1993 y las normas que la adicionan y reglamentan:
Pensión de vejez (jubilación), indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, pensión de invalidez,
indemnización sustitutiva de la pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes, auxilio por enfermedad,
indemnización por accidente de trabajo o enfermedad profesional, auxilio funerario, asistencia médica,
farmacéutica, quirúrgica y hospitalaria.
Auxilio de Maternidad: Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de doce semanas en la época del parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.
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EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y CALIFICACIÓN DE SERVICIOS
La evaluación del desempeño es un instrumento que permite determinar los logros institucionales alcanzados mediante la gestión del colaborador e identificar las áreas potenciales de éste en el cumplimiento de
unas funciones y objetivos precisos.
El desempeño laboral de los empleados deberá ser evaluado respecto de los objetivos previamente concertados entre evaluador y evaluado, teniendo en cuenta factores, objetivos medibles, cuantificables y verificables y expresados en una calificación de servicios.
La calificación es el resultado de la evaluación del desempeño laboral de todo el período establecido o del
promedio ponderado de las evaluaciones parciales que durante este período haya sido necesario efectuar.
Se entenderá por evaluaciones parciales las que deben ser efectuadas a los empleados en los siguientes
casos en que no haya operado cambio de entidad:
1. Por cambio de Jefe.
2. Por cambio definitivo de empleo como resultado de traslado.
3. Cuando el empleado deba separarse temporalmente del ejercicio de las funciones del cargo por
suspensión o por asumir por encargo las funciones de otro, o con ocasión de licencia o de vacaciones, en
caso de que el término de duración de estas situaciones sea superior a treinta (30) días calendario.
4. La que corresponda al lapso comprendido entre la última evaluación parcial, si la hubiere, y el final del
período a calificar.
CAPACITACIÓN, BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS
La capacitación institucional busca incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño
del cargo y al desarrollo personal integral (Art.4° Decreto 1572 de 1998).
BIENESTAR SOCIAL
AFILIACIÓN A CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
La ESE Oriente afilia a sus servidores públicos a una caja de compensación familiar, inscrita en el campo de
la seguridad social, cuyo objetivo esencial es el cumplimiento integral de la filosofía del subsidio familiar. Su
trabajo se centra en un conjunto de acciones que constituyen el bienestar de sus afiliados dando privilegio
a la salud para toda la familia.
Compensación: Acceder a créditos educativos, de vivienda y de libre inversión, participar de cursos de educación no formal, hacer uso de centros recreativos y vacacionales,recibir el subsidio de escolaridad siempre
y cuando el sueldo no supere los cuatro salarios mínimos mensuales vigentes. La caja de compensación
familiar busca mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el
mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; así mismo deben permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del
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Actividades en Bienestar Social desarrolladas por la Empresa Social del Estado Oriente:
• Deportes y recreación: busca la integración de los colaboradores. La empresa cuenta con equipos de
fútbol masculino y femenino dotados con uniformes. Anualmente se organiza un torneo de fútbol
cinco mixto.
• Culturales y sociales: desarrolla las aptitudes y destrezas de los empleados. Se cuenta con un grupo de
danzas folclóricas que representa a la empresa en eventos institucionales. De este grupo hacen parte personal nombrado y vinculado a través de cooperativas. También se cuenta con el programa de baile de
salón.
• Salud: proporciona los medios para que el funcionario tenga un óptimo estado de salud, físico,
mental y social. Se organizan jornadas de salud con el apoyo de las Entidades Promotoras de Salud y se
escogen de acuerdo a los factores de riesgo del personal.
REINDUCCIÓN AL TALENTO HUMANO
Se realiza periódicamente dirigido al personal nuevo y antiguo. Este proceso se orienta en el personal que
ya vivencio la inducción general a la empresa o quien lo requiera. Esta liderado por el área de Recursos
Humanos; quienes tienen la responsabilidad de coordinar las actividades, y temas relacionadas con el
mismo.
INCENTIVOS
Dan reconocimiento al desempeño del mejor empleado de la empresa y de cada uno de los niveles
jerárquicos que la conforman, así como a los equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia. Tendrán derecho a incentivos pecuniarios y no pecuniarios todos los empleados de carrera, así como los
de libre nombramiento y remoción de los niveles profesional, técnico, administrativo y operativo.
Incentivos Pecuniarios
Reconocimientos económicos que serán hasta de cuarenta (40) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Incentivos No Pecuniarios
Ascensos, traslados, encargos, comisiones, becas para educación formal, participación en proyectos especiales, publicación de trabajos en medios de circulación
nacional
e
internacional, reconocimientos públicos a la labor meritoria, financiación de investigaciones, programas de turismo social, puntaje para adjudicación de vivienda, entre otros. (Artículos 29 al 33 del Decreto 1567 de 1998).
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REQUISITOS DE SELECCIÓN PARA OTORGAR INCENTIVOS AL PERSONAL NOMBRADO
(ART. 128 DEL DECRETO 1572 DE 1998)
Mejor empleado de carrera y mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico.
Tener un tiempo de servicios en la respectiva entidad no inferior a un (1) año, no haber sido sancionado
disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación y acreditar nivel de
excelencia en la última
Mejores equipos de trabajo El proyecto u objetivo del equipo de trabajo debe haber concluido, los resultados del proyecto o el logro de los objetivos previstos deben ser presentados y sustentados por el equipo
aspirante e inscribirse ante el área de talento humano por intermedio del jefe de la dependencia.
Mejor empleado de libre nombramiento y remoción (para los niveles ejecutivo, profesional, técnico y
asistencial).
El desempeño laboral de estos empleados deberá ser evaluado bajo los mismos criterios y con los instrumentos de evaluación del desempeño laboral que se aplican para los empleados de carrera
SALUD OCUPACIONAL
Los servidores públicos están afiliados a la ARP, quien presta sus servicios a través de asesorías en salud
ocupacional y protección laboral.
POLÍTICA DE SALUD OCUPACIONAL
La Red de Salud del Oriente, consciente de la importancia que representa para con todos los funcionarios
que laboran en la misma y en segunda instancia por ser cumplidora de toda Normativa Legal que sea requerida a nivel del territorio nacional, es conocedora de la responsabilidad directa que tiene en lo referente a la
salud de sus funcionarios y por tanto se orienta a proporcionar y mantener las mejores condiciones de
trabajo, a prevenir los riesgos profesionales que puedan llegar en algún momento dado a presentarse y a
mejorar la calidad de vida del trabajador.
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Para dar cumplimiento a estos requerimientos la empresa se compromete a cumplir los siguientes ítems
que son parte constitutiva no solo de la parte legal a nivel de políticas nacionales, sino también, de la
normatividad que regula a la empresa en el campo de la salud ocupacional:
• Elaborar e implementar un programa de salud ocupacional para la empresa. Esto supone la existencia de
recursos humanos, técnicos, físicos y financieros que garanticen el cumplimiento de los objetivos y actividades propuestas.
• Tener vigente el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.
• Afiliar a todos los funcionarios al sistema general de riesgos profesionales.
• Velar por el cumplimiento de las normas concernientes a la higiene, salud y seguridad industrial por parte
de todos los funcionarios de la Red de Salud del Oriente.
• Proporcionar a todos los funcionarios, la información necesaria para mantener el mayor nivel de bienestar
en lo que respecta a higiene, salud y Seguridad Industrial.
• Dar cumplimiento a la normativa que surja en referencia a la salud ocupacional.
OBJETIVOS GENERALES
Establecer e impulsar una política empresarial de tipo social orientada a contribuir con el desarrollo integral
de todos los servidores públicos de la empresa.
Identificar a través del programa de salud ocupacional, todos aquellos elementos que permitan a los directivos de la empresa priorizar sus acciones en lo concerniente a la prevención y preservación de la salud.
Dar cumplimiento a las disposiciones legales que regulan el cuidado y conservación de la salud de los
funcionarios de la empresa. Motivar a través del desarrollo de las actividades de salud ocupacional un
cambio de actitud por parte de cada uno de los funcionarios,en relación a su comportamiento frente a los
factores de riesgo existentes en el ámbito laboral. Establecer mecanismos de coordinación con la actual
Administradora de Riesgos Profesionales (COLMENA riesgos profesionales), a fin de garantizar a los funcionarios una atención oportuna y eficaz, donde se tenga en cuenta la influencia a la exposición de riesgos por
motivo del ejercicio de su labor. Establecer mecanismos de coordinación con otras instituciones vinculadas
al desarrollo empresarial, con el fin de contribuir al bienestar integral de los funcionarios.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Disminuir los índices de frecuencia y severidad de las enfermedades crónicas y transmisibles que afectan
en general a la población de funcionarios,a través de acciones de promoción de la salud, prevención y
control de las diferentes patologías.
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3. Desarrollar acciones de salud tendientes a controlar los factores de riesgo existentes en los diferentes sitios de trabajo, ya que éstos son causantes de los accidentes, incidentes y enfermedades
profesionales.
4. Determinar y utilizar los recursos que faciliten el establecimiento de programas orientados a recuperar o rehabilitar la salud de los funcionarios que han sufrido lesiones por accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
5. Diseñar e implementar un sistema de información y registro que garantice periódicamente el establecimiento de los índices de frecuencia y severidad relacionados con el ausentismo, accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
6. Establecer y desarrollar un programa educativo, cuyo contenido responda a las necesidades de capacitación de los funcionarios, teniendo en cuenta los factores de riesgo a los que se encuentran
expuestos en las diversas actividades laborales que realizan.
7. Empoderar a cada empleado de su auto cuidado.
PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO
Es el conjunto de actividades médicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del
trabajador. Evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en lugares de trabajo de acuerdo a sus condiciones
psico-biológicas. Decreto 614/84
OBJETIVO
Promover
las
actividades
de
promoción, prevención y control de la salud del trabajador con
ACTIVIDADES
1. Exámenes médicos, clínicos y paraclínico de ingreso, egresos y renuncia.
2. Desarrollar actividades de Vigilancia Epidemiológica de Enfermedades Profesionales, accidentes de trabajo y panoramas de riesgo.
3. Realización de historias clínicas ocupacionales de Ingreso a todo el personal.
4. Diagnóstico de Morbilidad.
5. Análisis de Puestos de trabajos en el personal.
6. Mantener actualizado el esquema de vacunación de los trabajadores del área de salud.
7. Mantener un servicio oportuno de primeros auxilios.
8. Promover actividades de recreación y deporte.
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SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL
Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación, a la evaluación y al control de los
agentes y factores del ambiente de trabajo que puedan afectar la salud de los trabajadores.
Decreto 614/84.
OBJETIVO
Identificar, reconocer y controlar los factores ambientales presentes en los lugares de trabajo que
puedan afectar la salud del trabajador
ACTIVIDADES
1. Identificar y evaluar mediante estudios ambientales periódicos, los agentes y factores de riesgo
de enfermedades relacionados con el trabajo y verificar periódicamente su eficiencia. (Ej. Iluminación).
2. Evaluar con la ayuda de técnicas de medición cualitativa, la magnitud de los riesgos, para determinar
su real peligrosidad.
3. Evaluar la efectividad de los controles implementados.
4. Realizar seguimiento al control del riesgo.
5. Supervisar y verificar la aplicación de los sistemas de control de los riesgos ocupacionales previo estudio
de los puestos de trabajo.
6. Mantener actualizada la estadística de enfermedad profesional, ausentismo.
7. Capacitación en Higiene Postural, Riesgo Biológico, Riesgo psicosocial.
SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y al control de las causas de los accidentes de trabajo. Decreto 614/84.
OBJETIVO
Identificar los factores y condiciones de riesgo causantes de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales generando recomendaciones para su control.
ACTIVIDADES
• Levantar panoramas de factores de riesgo de cada institución de salud perteneciente a la red.
•Determinar y aplicar las medidas de control de riesgos de accidentes y verificar periódicamente su eficiencia.
• Brindar capacitación en Investigación de accidentes de trabajo.
• Realizar inspecciones planeadas a las IPS de la Red de Salud del Oriente.
• Brindar capacitación en seguridad industrial.
• Capacitar a los brigadistas en temas de evacuación y control de incendios.
• Llevar registro y análisis de las estadísticas de accidentes de trabajos.
• Propocionar señalización preventiva de seguridad.
•Dotar de elementos de protección personal.
•Implantar los programas de mantenimiento preventivo de los equipos, instalaciones locativas, alumbrado y redes eléctricas de todas las IPS.
•Divulgación de las normas de bioseguridad a los trabajadores de la institución.
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COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL -COPASOEl Comité paritario de salud ocupacional es un organismo integrador entre el empleador y sus trabajadores
y puente para divulgar las actividades de salud ocupacional al interior de las empresas.
¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Aquel que se produce
durante la ejecución de ordenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún
fuera del lugar y horas de trabajo.
Aquel que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador,
tales como labores recreativas, deportivas o culturales; así se produzcan durante la jornada laboral, a menos
que actué por cuenta o en representación del empleador.
PROCEDIMIENTO DE REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO
Tener en cuenta que al momento de presentarse un accidente de trabajo, hay que reportarlo inmediatamente a la línea 01800-9-19667 y al Área de Talento Humano a través de su jefe inmediato dentro de las 72
hras siguientes a la ocurrencia del suceso con el fin de que esté dentro de la cobertura exigida por la ARP.
DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES Y SANCIONES DERECHOS
Además de los contemplados en la Constitución, la Ley y los reglamentos, son derechos de todo
colaborador:
• Percibir puntualmente la remuneración fijada o convenida para el respectivo cargo o función.
• Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la Ley.
• Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones.
• Participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y sus familiares
establezca el Estado, tales como los de vivienda, educación, recreación, cultura, deporte y vacacionales.
• Disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales o convencionales vigentes.
• Obtener permisos y licencias en los casos previstos en la Ley.
• Recibir tratamiento cortés con arreglo a los principios básicos de las relaciones humanas.
• Participar en concursos que le permitan obtener promociones dentro del servicio.
• Obtener el reconocimiento y pago oportuno de las prestaciones consagradas en los regímenes generales y especiales.
• Solicitar por escrito, permiso remunerado hasta por tres (3) días, cuando medie justa causa. Art. 74 Decreto
1950.
• Rendir el informe sobre su cumplimiento de la comisión de servicios, dentro de los ocho (8) días siguientes
al del vencimiento de la misma.
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DEBERES
• Cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, los tratados de Derecho
Internacional, las leyes y demás actos administrativos.
• Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y abstenerse de
actos u omisiones que causen la suspensión o perturbación injustificada del servicio o que implique abuso
indebido del cargo o función.
• Formular, decidir oportunamente o ejecutar los planes de desarrollo y los presupuestos, y cumplir las leyes
y normas que regulan el manejo de los recursos económicos públicos, o afectos al servicio público.
• Utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de su empleo, cargo o función, las facultades
que le sean atribuidas, o la información reservada a que tenga acceso por razón de su función, en forma
exclusiva para los fines a que están afectos.
• Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o función
conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción,
ocultamiento o utilización indebidos.
• Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por razón del servicio.
• Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos adopten en ejercicio de sus atribuciones, siempre que no sean contrarias a la Constitución Nacional y a las leyes vigentes, y atender los requerimientos y citaciones de las autoridades competentes.
• Acreditar los requisitos exigidos por la Ley para la posesión y el desempeño del cargo.
• Realizar personalmente las tareas que le sean confiadas, responder por el ejercicio de la autoridad
que se le delegue, así como por la ejecución de las órdenes que imparta, sin que en las situaciones anteriores quede exento de la responsabilidad que le incumbe por la correspondiente a sus subordinados.
• Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.
• Resolver los asuntos en el orden en que hayan ingresado, salvo prelación legal o urgencia manifiesta.
• Motivar las decisiones que lo requieran, de conformidad con la Ley.
• Registrar en la oficina de talento humano, su domicilio o dirección de residencia y teléfono, además dar
aviso oportuno de cualquier cambio.
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• Permanecer en el desempeño de sus labores mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba
reemplazarlo, salvo autorización legal, reglamentaria, o de quien deba proveer el cargo.
• Hacer los descuentos conforme a la Ley o a las órdenes de autoridad judicial y girar en el término que
señale la Ley o la autoridad judicial los dineros correspondientes.
• Dictar y seguir los reglamentos o manuales de funciones de la entidad, así como los internos sobre el
trámite del derecho de petición.
• Calificar a los funcionarios o empleados en la oportunidad y condiciones previstas por la Ley o el reglamento.
• Responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización.
• Denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de los cuales tuviere conocimiento, salvo las
excepciones de Ley.
• Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar el funcionamiento de la administración y proponer las iniciativas que estime útiles para el mejoramiento del servicio.
• Publicar mensualmente en sitio visible, en lenguaje sencillo y accesible al ciudadano, una lista de las
licitaciones declaradas desiertas y de los contratos adjudicados, que incluirá el objeto y valor de los
mismos y el nombre del adjudicatario.
• Implementar el Control Interno Disciplinario.
• Recibir, tramitar y resolver las quejas y denuncias que presenten los ciudadanos en ejercicio de la vigilancia de la función administrativa del Estado.
• Publicar mensualmente en las dependencias de la respectiva entidad, en lugar visible y público, los informes de gestión, resultados, financieros y contables que se determinen por autoridad competente,
para efectos del control social.
• Acatar y poner en práctica los mecanismos que se diseñen para facilitar la participación de la comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la toma de decisiones en la gestión administrativa.
• Capacitarse y actualizarse en el área donde desempeña su función.
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FALTAS Y SANCIONES (RÉGIMEN DISCIPLINARIO)
Constituye falta disciplinaria, y por lo tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente,
la incursión en cualquiera de las conductas o comportamientos previstos en la Ley 734 de 2002.
• Las faltas disciplinarias se clasifican como gravísimas, graves y leves.
• La acción disciplinaria es procedente aunque el servidor público ya rio esté ejerciendo funciones públicas.
• Iniciada la investigación disciplinaria se notificará al investigado y se dejará constancia en el expediente respectivo. En la comunicación se debe informar al investigado que tiene derecho a designar
defensor.
• El término de la investigación disciplinaria será de seis meses, contados a partir de la decisión de apertura.
SANCIONES
Destitución e inhabilidad general
Implica la terminación de la relación del colaborador con la empresa, sin que importe que sea de libre nombramiento y remoción, de carrera o elección. Implica la imposibilidad de ejercer la función pública en cualquier cargo o función, por el término señalado en el fallo y la exclusión del escalafón o carrera.
La inhabilidad general será de diez a veinte años; la inhabilidad especial no será inferior a treinta días ni
superior a doce meses; pero cuando la falta afecte el patrimonio económico del Estado la inhabilidad será
permanente.
Suspensión
Implica la separación del ejercicio del cargo en cuyo desempeño se originó la falta disciplinaria y la inhabilidad especial, la imposibilidad de ejercer la función pública, en cualquier cargo distinto de aquel, por el
término señalado en el fallo. La suspensión no será inferior a un mes ni superior a
Multa
Es una sanción de carácter pecuniario. La multa no podrá ser inferior al valor de diez, ni superior al de ciento
ochenta días del salario básico mensual devengado al momento de la comisión de la falta.
Amonestación escrita Implica un llamado de atención formal, por escrito, que debe registrarse en la hoja de
vida
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RETIRO DEL SERVICIO
El retiro del servicio de los colaboradores se produce en los siguientes casos: por declaratoria de insubsistencia del nombramiento, como consecuencia de calificación no s en la evaluación del desempeño laboral;
por renuncia regularmente aceptada; por retiro con derecho a jubilación; por invalidez absoluta; por edad
de retiro forzoso; por destitución, desvinculación o remoción como consecuencia de investigación disciplinaria; por declaratoria de vacancia del empleo en el caso de abandono del mismo; por revocatoria del nombramiento por no acreditar los requisitos para desempeñar el empleo; por orden o decisión judicial (Art. 37
Ley 443 de 1998).
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