Baja de bienes en caso de mermas
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Baja de bienes en caso de mermas
BAJA DE BIENES EN CASO DE MERMAS UNIVERSIDAD MAYOR, REAL Y PONTIFICIA DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA UNIDAD: Dirección Administrativa y financiera PROCESO: Baja de bienes en caso de mermas CODIGO DAF-13-14 VERSIÓN 01 FECHA IMPLANTACIÓN 14 /Febrero/ 2014 DENOMINACIÓN Baja de bienes en caso de Mermas OBJETIVO Establecer normas y procedimientos, para efectuar control y registro de los activos a ser dados de baja por la causal de mermas, sean estos a requerimiento de la unidad o por el seguimiento periódico que realice la División de Activos Fijos. Este tipo de bajas procederá solo cuando se trate de bienes perecederos como alimentos, medicamentos, reactivos de laboratorio etc. ALCANCE El proceso tiene inicio con la identificación y verificación del o los activos fijos que serán sujetos a baja, regula la baja del bien de los registros contables, así como de los registros de inventario y archivo y termina con la verificación de la destrucción y/o incineración del bien. DISPOSICIÓN DE CONTROL a) Las unidades académicas y administrativas, deben informar mensualmente de las mermas que hay a la Dirección Administrativa y Financiera b) La División de Suministros y Almacenes o el administrador de la unidad, elevara un informe técnico-económico a la Dirección Administrativa y Financiera c) No se dará de baja, bienes de uso que formen parte del patrimonio institucional, sin la autorización de la Dirección Administrativa y Financiera. UNIDADES QUE INTERVIENEN Dirección Administrativa y Financiera Dirección Jurídica División de Suministros y Almacenes Unidades académicas y administrativas NORMAS DE OPERACIÓN 1. Ley 1178 2. Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios D.S. Nº 0181 3. Reglamento especifico del Administración de Bienes y Servicios de la U.S.F.X. Res. Rectoral 575/2011 FORMULARIO Y OTRAS FORMAS UTILIZADAS Formulario de Baja de Activos Fijos SECUENCIA DEL PROCESO SECUENCIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 PROCESO Efectúa la verificación física y lleva un control de mermas del bien o producto. Elevando Informe a la DAF sobre las características del bien o producto estableciendo de manera previa si el mismo puede ser sujeto a esta modalidad de baja. Instruirá a la Unidad de Suministros y Almacenes o en su caso al Administrador de la Unidad, para que eleve Acta de Verificación. Elevara el Acta de Verificaciones. Debe señalar el bien, su cantidad, su valor y otra información que considere importante. RESPONSABLE Responsable del Bien Responsable Bien del DAF Suministros y almacenes o Administrador de la unidad Determinará la baja del bien en lo correspondiente a la merma, mediante Informe de Recomendación de Baja del DAF Bien. Remitirá toda la documentación a la Dirección Jurídica para su análisis y emisión del Informe Legal. DAF Valora la documentación proporcionada Dirección jurídica Emitirá un Informe Jurídico. Recomendara las acciones a Dirección jurídica seguir. Recibe el Informe Jurídico, y deriva más los antecedentes DAF a Rectorado. Solicitara la emisión de Resolución Rectoral de Baja de DAF Bien. Remite el Informe Jurídico más los antecedentes a Rectorado Secretaria para su redacción de la Resolución Rectoral. Recibe informe jurídico más antecedentes y redacta Secretaria general resolución rectoral Emite la Resolución Rectoral. Nota: Dara de baja solo la parte del bien o bienes que Rectorado sufrieron mermas. Envía copia de Resolución Rectoral y de los antecedentes Rectorado a la DAF Recibe Resolución mas antecedentes e instruye a la DAF división de activos fijos y la división de contabilidad procedan a la baja de bienes 16 Procede a la exclusión del bien de los registros contables 17 Procede con la baja del bien del Inventario Físico División de contabilidad División de activos fijos DIAGRAMA DE FLUJO MERMAS Responsable del Bien Suministros y almacenes o Administrador de la unidad DAF Dirección jurídica Inicio 1 Efectúa la verificación física y lleva un control de mermas del bien o producto. 3 Instruirá que se eleve Acta de Verificación. Eleva Acta de Verificación. 2 Elevara Informe sobre las características del bien o producto. Establecerá si pueden ser sujetos a esta modalidad de baja. 4 Debe señalar el bien, su cantidad, su valor y otra información que considere importante. 5 Determinará la baja del bien en lo correspondiente a la merma mediante Informe de Recomendación de Baja del Bien. 6 Remitirá toda la documentación a la dirección Jurídica para la emisión de Informe Legal. 7 Valora la documentación . 8 Emite un Informe Jurídico. 9 Recibe el Informe Jurídico, y deriva más los antecedentes a Rectorado. Recomendara las acciones a seguir. 10 Solicitara la emisión de Resolución Rectoral de Baja de Bien. Pág. Sig. MERMAS Secretaria general Rectorado DAF División de Contabilidad División de Activos Fijos Pág. Ant.. 11 Remite el Informe Jurídico más los antecedentes a Secretaria General. 12 Recibe informe jurídico más antecedentes y redacta resolución rectoral 13 Dara de baja solo la parte del bien o bienes que sufrieron mermas. Emite la Resolución Rectoral. 14 Envía copia de Resolución Rectoral y de los antecedentes. 15 Recibe Resolución más antecedentes e instruye la baja del bien. 17 16 Procede a la exclusión del bien de los registros contables. Procede con la baja del bien del Inventario Físico Valorado. FIN