Publicación enmienda plan regulador Diario Oficial.
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Publicación enmienda plan regulador Diario Oficial.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Jueves 18 de Abril de 2013 Cuerpo I - 10 b. Condiciones de subdivisión y edificación: b.2 Coeficiente de ocupación de suelo: Lotes con frente a Teniente Cruz Martínez Otras 0.26 0.195 b.3 Coeficiente de constructibilidad: Lotes con frente a Teniente Cruz Martínez Otras 0,325 0,26 b.4 Sistema de Agrupamiento, Alturas y Distanciamiento: Aislado con una altura máxima de 7 metros. Las edificaciones deberán cumplir con un distanciamiento mínimo a los medianeros de acuerdo a OGUC. b.6 Antejardín mínimo: Lotes con frente a Teniente Cruz Martínez Otras 12 mts. 3 mts. b.9 Densidad máxima: 42 habitantes/hectárea D) E) CP1 PAG.P65 El resto de las condiciones urbanísticas que rigen para estos lotes corresponden a las normas específicas de la Zona ZE 1’’. Reemplázase en las normas de la Zona ZQ 3 el guarismo ‘‘3.000 m²’’ por ‘‘2.100 m²’’ en el numeral b.1 ‘‘Superficie predial mínima’’. Insértase a continuación del párrafo Zona ZQ 3 el siguiente nuevo párrafo: ‘‘ZONA ZQ 3 Normas especiales para lotes 13a, 13b, 13c, 13d, 13e, 13f, 13q, l3r y l3s del plano Nº V-7-396 SR catastro Huaso II, elaborado por el Ministerio de Bienes Nacionales con fecha octubre 1983, que se localicen en esta zona. Las mismas normas se aplican para la porción del lote 13g que se localiza parcialmente en esta zona. 10 Nº 40.537 b. CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN Y EDIFICACIÓN: b.2 Coeficiente de ocupación de suelo: 0,39 b.3 Coeficiente de constructibilidad: 0,65 b.4 Sistema de Agrupamiento, Alturas y Distanciamiento: Aislado con una altura máxima de 7 metros. Las edificaciones deberán cumplir con un distanciamiento mínimo a los medianeros de acuerdo a OGUC. b.6 Antejardín mínimo enfrentando Avenida Santa Teresita y Avenida Teniente Luis Cruz Martínez: 8 metros. Lotes que enfrentan Callejón Vecinal 3 metros. El resto de las condiciones urbanísticas que rigen para estos lotes corresponde a las normas específicas de la Zona ZQ 3’’. Tercero: Publíquese por la Dirección de Administración y Finanzas, en forma íntegra el presente decreto que incluye la Ordenanza respectiva, en el Diario Oficial con cargo al ítem 22.07001 Servicios de Publicidad del Presupuesto Municipal, como también en la página web del Municipio; Cuarto: Archívense los originales de la Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de Santo Domingo con todos sus antecedentes, en el Municipio; una copia oficial en el Conservador de Bienes Raíces, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y en la Secretaría Regional de ese mismo Ministerio; Quinto: Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo y a los Departamentos Municipales que correspondan. Cúmplase y, hecho, archívese.- Fernando Rodríguez Larraín, Alcalde.- Daisy Ramos Cerda, Secretario Municipal (S). 17-04-2013, 18:28