Memoria - Cabanes
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ESTUDIO DE PAISAJE DEL PLAN GENERAL DE CABANES Cabanes (Castellón) Dirección y Coordinación Gerardo Urios Pardo, Dr. en Biología Equipo Redactor Enrique Ferri Rivera, Biólogo Teresa Maria Jover Orts, Bióloga Antonio Pellicer Gonzálbez, Ing. de Montes Antonio Dávila Blanes, Biólogo Victoria Gavilán Bernat, Bióloga Valencia, marzo de 2008 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) ÍNDICE 1. Introducción..................................................................................................................................3 2. Antecedentes ...............................................................................................................................5 3. Objetivos ....................................................................................................................................13 4. Promotor y Equipo redactor........................................................................................................14 5. Ámbito de la Actuación...............................................................................................................15 6. Descripción de la Actuación .......................................................................................................17 6.1. Síntesis del Planeamiento Vigente....................................................................................17 6.2. Planeamiento Propuesto...................................................................................................19 6.3. Planes y Programas..........................................................................................................50 7. Unidades y Recursos Paisajísticos ............................................................................................53 7.1. Unidades Paisajísticas ......................................................................................................53 7.2. Caracterización de los Recursos Paisajísticos..................................................................54 7.2.1. Recursos Ambientales ......................................................................................................54 7.2.2. Recursos Culturales y Patrimoniales.................................................................................69 7.2.3. Hitos Paisajísticos .............................................................................................................74 8. Plan de Participación Pública.....................................................................................................81 9. Análisis Paisajístico....................................................................................................................81 9.1. Descripción y caracterización de las Unidades de Paisaje ...............................................81 9.2. Tipologías Paisajísticas.....................................................................................................92 9.3. Valoración de la calidad paisajística .................................................................................94 9.4. Objetivos de Calidad .......................................................................................................101 10. Análisis Visual......................................................................................................................102 10.1. Cuencas Visuales .......................................................................................................105 11. Medidas Preventivas, Correctoras y Compensatorias .........................................................111 12. Conclusiones .......................................................................................................................115 13. Anexos.................................................................................................................................118 13.1. Anexo Fotográfico.......................................................................................................118 13.2. Anexo Cartográfico .....................................................................................................122 ESTUDIO DE PAISAJE 2 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 1. Introducción El paisaje se percibe actualmente como un elemento importante de la calidad de vida de las poblaciones, un elemento esencial del bienestar individual y social, tanto en los medios urbanos como rurales, en los territorios degradados como en los de gran calidad, en los espacios singulares como en los cotidianos. El paisaje representa además un componente fundamental del patrimonio cultural y natural de cada región, contribuyendo al más completo y harmónico desarrollo de los seres humanos y a la consolidación de la identidad propia de cada territorio. Conscientes de que el paisaje coopera en la elaboración de las culturas locales y como componente fundamental del patrimonio cultural y natural de Europa, reconociendo que la calidad y la diversidad de los paisajes europeos constituyen un recurso común para cuya protección, gestión y ordenación es conveniente cooperar, se redactó en octubre de 2000, la Convención Europea del Paisaje, aprobada en Florencia–y pendiente de ratificación en España-, deseando instituir un instrumento nuevo consagrado exclusivamente a la protección, la gestión y la ordenación de todos los paisajes europeos. A nivel general, se pretende integrar el paisaje en las políticas de ordenación del territorio, de urbanismo, y en las políticas cultural, ambiental, agraria, social y económica, así como en otras políticas que puedan tener efectos directos o indirectos sobre el paisaje, todo ello en el marco de una cooperación europea que se pretende incentivar y agilizar. Las medidas particulares propuestas parten además de la sensibilización de la sociedad civil, de las organizaciones privadas y de las autoridades públicas respecto al valor de los paisajes, a sus funciones y a su transformación. Se fomenta la formación y educación paisajística tanto de profesionales como de escolares y universitarios; promoviéndose la identificación y el estudio de los paisajes propios al conjunto de cada territorio con el fin de aplicar políticas de paisaje que establezcan la protección, la gestión y la ordenación de todos los paisajes. La Estrategia Territorial Europea marca unos modelos y objetivos territoriales comunes para un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio europeo: para ello se establecen unos objetivos globales que deben alcanzarse por igual en todas las regiones de la Unión Europea. De acuerdo con estos objetivos comunitarios de procurar la cohesión social y económica, la conservación de los recursos naturales y del patrimonio cultural, y la competitividad más equilibrada de su territorio, la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de 30 de junio de 2004 (en adelante, LOT) define la estrategia a adoptar en todo el territorio de la Comunidad Valenciana. La LOT parte de una concepción dinámica de la ordenación del territorio como función pública encaminada a un objetivo integrador de políticas sectoriales con incidencia territorial. El objetivo al ESTUDIO DE PAISAJE 3 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) que se orienta la función pública de ordenación territorial es el de la protección y mejora de la calidad de vida de las personas, mediante el desarrollo equilibrado y sostenible. Partiendo de la concepción del paisaje emanada del Convenio Europeo del Paisaje, la Ley establece medidas para el control de la repercusión que sobre el paisaje tiene cualquier actividad con incidencia territorial. La Ley exige a los instrumentos de ordenación territorial y urbanística estudios específicos de paisaje y se potencia la política en esta materia asignándole las funciones de coordinación, análisis, diagnóstico y divulgación al Instituto de Estudios Territoriales y del Paisaje. Con posterioridad, entró en vigor el Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana. La función del Reglamento de Paisaje es desarrollar tanto la Ley 4/2004 de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje como la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable y la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, en materia de paisaje. Cabe destacar al respecto que el presente Estudio de Paisaje no está sometido a tal Decreto, puesto que el inicio de los trámites del Concierto Previo del Plan General de Cabanes es anterior a la aprobación del mismo. Por tanto, se redacta el presente Estudio de Paisaje del Plan General de Ordenación Urbana de Cabanes (Castellón) en base a la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de 30 de junio de 2004. Finalmente, cabe destacar que Marina d’Or Golf ya posee su correspondiente Estudio de Paisaje, por lo cual no se analizará en profundidad la afección al paisaje que pudiera producirse en dicha zona. ESTUDIO DE PAISAJE 4 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 2. Antecedentes Como consecuencia de esta dilatada vida del PGOU, su desarrollo urbanístico ha consistido fundamentalmente en la colmatación de un “modelo territorial” no adaptado a las directrices vigentes en la materia, desarrollado de forma heterogénea y discontinua, a partir de sucesivas actuaciones urbanísticas, careciendo de la necesaria vertebración global tanto dentro del propio municipio como en su entorno inmediato. La falta de adaptación del PGOU al vigente ordenamiento jurídico en materia de planeamiento, ha obligado a la aprobación de diversos procedimientos encaminados a la Homologación Parcial a la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, de la Generalitat Valenciana, Reguladora de la Actividad Urbanística, - en adelante LRAU – lo que ha provocado una descoordinación en el crecimiento del término municipal, carente de la necesaria integración que precisan los actuales criterios de racionalidad y sostenibilidad que deben regir el desarrollo urbanístico. Esta situación, lejos de moderarse, ha sufrido una fuerte aceleración en fechas recientes, dando lugar al “desbordamiento” de las previsiones y modelo territorial contemplado en el vigente PGOU, alcanzando su máximo exponente con la aprobación provisional de la Alternativa Técnica para el desarrollo urbanístico del entorno vinculado al Parque Temático “MUNDO ILUSIÓN”, que afecta a los términos municipales de Oropesa del Mar y de Cabanes. En relación con el citado desarrollo urbanístico que se propone, resulta conveniente relatar la secuencia de actos administrativos que han precedido el inicio de la fase concursal referenciada y provocado la revisión del planeamiento municipal. En este sentido, con fecha 13 de mayo de 2003, el Consell de la Generalitat promulgó el Decreto 61/2003, (DOGV Num.: 4501, de fecha 16 de Mayo de 2.003), mediante el que suspendía la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de Cabanes y Oropesa del Mar en el ámbito territorial objeto del Proyecto “Mundo Ilusión”, con la finalidad de promover un gran proyecto de Centro de Ocio como complemento a la oferta turística de la provincia de Castellón, con la intención preferente de diluir su actual estacionalidad. Posteriormente, mediante el Decreto 174/2004, de 17 de Septiembre (DOGV Num.: 4846, de fecha 21 de Septiembre de 2.004), el Consell de la Generalitat levantó la suspensión del planeamiento, delimitó con precisión los terrenos que han de ser objeto del Centro de Ocio, y determinó la conveniencia de que la obtención de los terrenos necesarios se produzca mediante la gestión urbanística del suelo urbanizable en su entorno. Con fecha de 30 de Diciembre de 2004 se publica, mediante Resolución del Conseller de Economía, Hacienda y Empleo (DOGV Núm.: 4929, de fecha 21 de Enero de 2.005), el Convenio de ESTUDIO DE PAISAJE 5 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Colaboración Interadministrativa “Mundo Ilusión”, previsto en este Decreto 174/2004, que distribuye las diferentes funciones y responsabilidades orientadas a ese fin común. CONVENIO DE COLABORACION INTERADMINISTRATIVA MUNDO ILUSION En la ciudad de Valencia, a 13 de octubre de 2004 Reunidos: De una parte, el Conseller de Economía, Hacienda y Empleo de la Generalitat, Gerardo Camps Devesa, en nombre y representación de ésta y expresamente facultado para este acto por Acuerdo del Consell de la Generalitat de fecha 17 de septiembre de 2004. De otra, el presidente de la Diputación Provincial de Castellón, Carlos Fabra Carreras, en nombre y representación de la misma, según acuerdos adoptados por el Pleno de la Diputación en fecha 1 de junio de 2004, 22 de junio de 2004 y 7 de septiembre de 2004. De otra, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Cabanes, D. Artemio Siurana Gauchia, en nombre y representación del mismo, según acuerdos adoptados por el Pleno de la corporación en fecha 3 de junio de 2004, 23 de junio de 2004 y 9 de septiembre de 2004. De otra, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, D. Rafael Albert Roca, en nombre y representación del mismo, según acuerdos adoptados por el Pleno de la corporación en fecha 21 de junio de 2004 y 9 de septiembre de 2004. Manifiestan: 1. La Generalitat Valenciana tiene competencias para fomentar la creación de grandes centros de ocio que completen la oferta turístico-temática de la Comunidad Valenciana. A tal fin durante los últimos años, el Gobierno Valenciano viene promoviendo e impulsando una serie de proyectos en diferentes fases de ejecución, a lo largo del territorio valenciano, con el fin de impulsar el desarrollo del sector turístico y de la política turística. El objetivo prioritario y la finalidad última de la Generalitat Valenciana como promotora e impulsora de grandes proyectos, entre los que se encuadra la implantación del Centro de Ocio Mundo Ilusión en la provincia de Castellón, es la de aumentar el turismo, contribuyendo de forma directa a la creación de nuevas ofertas turísticas que son fundamentales para cualificar y articular una política integral del tiempo de ocio en la Comunidad Valenciana, consiguiendo como objetivos secundarios: - Estimular una afluencia turística equilibrada a lo largo del año. - Consolidar de forma estable los puestos de trabajos del sector terciario. - Conseguir un clima empresarial de expectativas de negocio. ESTUDIO DE PAISAJE 6 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Todos estos objetivos repercuten directamente en las condiciones materiales del bienestar social de la población, al influir, la mejora de los mismos en la renta, el mercado laboral, la cualificación personal y profesional; elevando el nivel de oportunidades de negocio y mejorando en general, la calidad de vida de la población. La inversión en un centro turístico de moderna concepción, donde se ubican de forma integrada las actividades propias de un centro de ocio, las de carácter recreativo cultural, dotacionales, deportivas, hoteleras y sus servicios correspondientes, persigue influir directamente sobre el turismo, estimulando la afluencia turística equilibrada a lo largo del año, evitando la estacionalidad propia del mismo, así como dar respuesta a nuevas demandas turísticas, de la sociedad actual, al ampliar la oferta turística propia de la provincia de Castellón. Asimismo, se influye en la generación de empleo, tanto en la fase de construcción como en la posterior explotación de las instalaciones, aumentando las posibilidades de la población de acceder a un puesto de trabajo estable y de calidad. Por ello, y siendo el objetivo de la Generalitat Valenciana el incrementar las cuotas de calidad de los ciudadanos valencianos mediante el desarrollo de iniciativas que aumenten e impulsen las perspectivas económicas, laborales y sociales del conjunto de esta comunidad autónoma, la Generalitat Valenciana entiende necesario impulsar este proyecto, con el fin de dotar al sector turístico de la Comunidad de una oferta complementaria que permita mantener e incluso incrementar los niveles de ocupación. 2. La Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana SA, es una empresa pública de la Generalitat Valenciana. Dicha sociedad tiene por objeto social la promoción, organización y gestión de cuantas actividades requiera la preparación, construcción y puesta en funcionamiento de los proyectos turísticos y de ocio, culturales y deportivos, industriales y/o terciarios que, en el ámbito de Comunidad Valenciana, sean impulsados por la Generalitat Valenciana y en los que entre otras, se desarrollen actividades educativas, culturales, deportivas, recreativas, asistenciales, administrativas y equipamientos necesarios para su correcto funcionamiento. El mencionado objeto social es consecuencia del Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana de fecha 30 de julio de 2002, por el que se modifica el objeto social de SPTCV, a fin de que la misma, se encargue de la puesta en marcha, entre otros, del proyecto impulsado por la Generalitat Valenciana, consistente en la implantación en la provincia de Castellón de un centro de ocio dedicado al mundo de la magia y el circo. 3. Igualmente la Generalitat Valenciana tiene competencias, a través de su Conselleria de Territorio y Vivienda en materia de urbanismo y ordenación territorial, materias en la que en los últimos años los logros alcanzados en comunicaciones, transportes, infraestructuras y desarrollo empresarial y del comercio exterior de la Comunidad Valenciana, la han posicionado a la cabeza del país en dinamismo, innovación y desarrollo, y la convierten en atractivo turístico. 4. Que la Diputación Provincial de Castellón tiene competencias en materia de cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, así como también en materia de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica de los municipios. ESTUDIO DE PAISAJE 7 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 5. Que los Ayuntamientos de Cabanes y Oropesa del Mar tienen competencias en relación con la tramitación y aprobación de los instrumentos urbanísticos de planeamiento general y de desarrollo. 6. Que mediante el Decreto 61/2003, de 13 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, se suspendió la vigencia del Plan General de Ordenación Urbana de los municipios de Oropesa del Mar y Cabanes en el ámbito territorial del centro de ocio Mundo Ilusión, ello con el fin de preservar la viabilidad de la ordenación urbanística de dicho proyecto. 7. Que de conformidad con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las administraciones públicas pueden suscribir entre ellas convenios para “fijar el marco general y la metodología para el desarrollo de la colaboración en un área de interrelación competencial o en un asunto de mutuo interés”. 8. A la Generalitat Valenciana, a través de su empresa pública, Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana, SA, y a la Conselleria de Territorio y Vivienda, a la Diputación Provincial de Castellón y a los Ayuntamientos de Oropesa del Mar y Cabanes, les interesa poner en común sus medios para conseguir la implantación del Centro de Ocio Mundo Ilusión, así como todas las actuaciones e instalaciones complementarias al mismo, encuadrándose el presente convenio dentro del proceso de actuación conjunta de dichas entidades para la realización de todas aquellas actuaciones necesarias para promover la oferta turística y de ocio en la provincia de Castellón y de la Comunidad Valenciana en general. Todo ello, en aras de, a través de la coordinación institucional, lograr el desarrollo y promoción de inversiones y otras actuaciones turísticas, de ocio, culturales y educativas en la provincia de Castellón, logrando así una mayor coordinación interinstitucional y conjunción de esfuerzos en la ejecución de proyectos de inversión de especial trascendencia para los municipios de Oropesa del Mar y Cabanes y de la provincia de Castellón en general, y en beneficio de los interesados de los ciudadanos. En consecuencia, las administraciones intervinientes proceden a formalizar el presente convenio de colaboración interadministrativa de acuerdo con las siguientes Cláusulas: Primera. La Generalitat Valenciana, la Diputación Provincial de Castellón y los Ayuntamientos de Cabanes y de Oropesa del Mar manifiestan su voluntad de colaborar conjuntamente en la realización de las actuaciones que resulten necesarias para la implantación del Centro de Ocio Mundo Ilusión. Segunda. Las Administraciones intervinientes manifiestan su conformidad inicial a la posibilidad de que los terrenos necesarios para la implantación de este centro de ocio puedan obtenerse mediante la gestión urbanística del suelo urbanizable. Para que sea posible la obtención de este suelo con cargo a esta gestión urbanística, se muestran conformes en que son necesarias las siguientes actuaciones: ESTUDIO DE PAISAJE 8 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) A. La Generalitat Valenciana, a través de la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana. SA, redactará y ejecutará el proyecto del Centro de Ocio Mundo Ilusión (La delimitación de la superficie que ha de ocupar se adjunta en plano anexo). B. Los municipios de Cabanes y de Oropesa del Mar velarán por la correcta integración territorial de dicho centro de ocio en el conjunto de sus términos municipales. Dichos Ayuntamientos se proponen iniciar la revisi6n, cada uno de ellos, de su Plan General de Ordenación Urbana. No obstante y, antes de iniciarla, los Ayuntamientos de Cabanes y de Oropesa del Mar podrán presentar a la Conselleria de Territorio y Vivienda un documento de concierto previo de sus revisiones de planes generales. En los conciertos previos deberá reflejarse, cuanto menos, la ordenación estructural de los sectores de suelo en los que va a gestionar la obtención de los terrenos del centro de ocio y asegurarse la correcta integración de dichos sectores en el modelo de ordenación territorial de sus municipios. Los ayuntamientos se reservan la posibilidad de aprobar las Bases de Programación que, en su caso, sean oportunas para conseguir ese fin y se comprometen a actuar coordinadamente entre ellos. C. Asimismo, los ayuntamientos de Cabanes y Oropesa del Mar, en el caso en que les sean presentados para su aprobación los correspondientes Programas de Actuación Integrada, se comprometen a exigir, para su aprobación, que estos prevean la cesión gratuita, con cargo a la actuación, a la Generalitat Valenciana, de la superficie de terrenos sobre los que se ubicará el futuro Centro de Ocio Mundo Ilusión. D. La Conselleria de Territorio y Vivienda exigirá para aprobar definitivamente las homologaciones de planeamiento que en el futuro se sometan a su consideración en los sectores afectados por el centro de ocio, que esté asegurada su correcta integración territorial y prevista la cesión gratuita de los terrenos a la administración. Ello se podrá lograr mediante el correspondiente concierto previo elaborado por el ayuntamiento responsable de ello que cuente con informe favorable de dicha Consellería, al menos, respecto a los aspectos antes señalados relativos a los sectores afectados por el centro de ocio. En todo caso, se comprometen los citados ayuntamientos a no remitir para su aprobación por parte de la Consellería competente en Urbanismo, los instrumentos urbanísticos y de gestión cuya tramitación pudiera iniciarse, en su caso, para el desarrollo de los sectores de suelo urbanizable en los que se vaya a gestionar la obtención de los terrenos de Centro de Ocio Mundo Ilusión, sin que previamente se haya emitido informe favorable, al documento de concierto previo de la revisión de sus planes generales. E. Los instrumentos de planeamiento municipal que en la actualidad ya hayan sido objeto de aprobación municipal o que desarrollen zonas ya homologadas de acuerdo a la Ley 6/1994 podrán proseguir su tramitación o desarrollo sin que ésta se vea alterada por lo acordado en las anteriores estipulaciones. Tercera. La Diputación Provincial de Castellón manifiesta su voluntad de colaborar en estas actuaciones, prestando su asistencia y cooperando con la Generalitat Valenciana y los Ayuntamientos de Cabanes y de Oropesa del Mar. Cuarta. ESTUDIO DE PAISAJE 9 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) La Generalitat Valenciana, para posibilitar las anteriores actuaciones urbanísticas, procederá, tras la firma de este convenio, al levantamiento de la suspensión establecida en el Decreto 61/2003, de 13 de mayo, del Consell de la Generalitat. Las partes, leído el presente documento, y en prueba de conformidad, lo firman en el lugar y fecha indicados. Como puede observarse, este convenio profundiza entre otras cuestiones, en la obtención de los terrenos para el Centro de Ocio mediante gestión urbanística de suelo urbanizable, y determina el papel a jugar por los Ayuntamientos de Cabanes y Oropesa del Mar en este aspecto, y en la vigilancia de la correcta integración territorial de la actuación a programar. Ambos Ayuntamientos aprobaron sus respectivas “Bases Orientativas de Programación del Ámbito y Entorno de Mundo Ilusión” el 29 de Septiembre de 2004 (B.O.P. Núm.: 122, de fecha 09 de Octubre del 2004 / Cabanes) / (DOGV Núm.: 4900, de fecha 10 de Diciembre del 2004; Oropesa), en la línea indicada por el Convenio de Colaboración Interadministrativa. Por otra parte, también fundamenta la presente revisión del PGOU, el hecho de que la LRAU estableció la necesidad de adecuar los PGOU´s, a los Planes de Acción Territorial que le afecten y al planeamiento de los municipios colindantes, en su condición de instrumentos de ordenación supramunicipal para toda la Comunidad Valenciana o en parte de su territorio. En este sentido, la Administración Autonómica ha iniciado en los últimos tiempos un proceso sostenido de desarrollo y aprobación de legislación en materia de protección medioambiental que incide directamente en la ordenación territorial del término municipal de Cabanes, destacando especialmente la Ley 4/2004, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (en adelante LOTPP), la Ley 10/2004, de 09 de Diciembre, del Suelo No Urbanizable, y la Ley 16/2005, de 30 de Diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana (DOGV núm. 5167, de 31 de Diciembre de 2005, en adelante LUV), el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística Valenciana (Decreto 67/2006 del Consell) y que se complementa principalmente mediante el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial, sobre Prevención del Riesgo de Inundación (PATRICOVA) y el Plan General de Ordenación Forestal. Como ya se ha trascrito en el punto 2.5. de la Memoria Informativa, con fecha 26 de abril de 2006, se dicta resolución de Director General de Planificación y Ordenación Territorial 2006/0060FR y se emite informe de 10 de mayo del mismo año de la Conselleria de Territorio y Vivienda, firmado por el Director Territorial de Territorio y Vivienda. Debe destacarse también al respecto, el inicio de la tramitación administrativa del Plan de Acción Territorial de Castellón (PATECAS), sometiendo a Información Pública mediante Resolución de 10 de Junio del 2005 (DOGV Núm.: 5041, de fecha 04 de Julio del 2.005), en cuyo “ámbito ESTUDIO DE PAISAJE 10 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) ampliado” de actuación (Art. 2, del texto normativo), se encuentra integrado el término municipal de Cabanes. Debemos concluir de lo expuesto, que el grado de desarrollo urbano alcanzado por el vigente PGOU, que ha colmatado el suelo habilitado para acoger y materializar nuevas demandas de suelo residencial e industrial, y el nuevo marco jurídico existente, justifican la necesidad de abordar la redacción del Plan General que nos ocupa, con el objeto de habilitar los instrumentos necesarios para dinamizar y vertebrar las demandas que reclama el municipio, desde la sostenibilidad de los recursos disponibles, armonización del previsible crecimiento económico, con la mejora de las condiciones de bienestar y calidad de vida, proporcionando al propio municipio, las herramientas de planificación necesarias para potenciar su capacidad de gestión desde la Gestión Directa, al tiempo que se incentive la inversión privada. Por lo tanto, el Plan General que se formula aspira a garantizar la adecuación del modelo territorial municipal, con su contexto supramunicipal, con los Planes de Acción Territorial aplicable y con la política urbanística y territorial de la Generalitat. Respecto a la vigencia del modelo territorial propugnado por el PGOU vigente, señalar que el mismo ha sido objeto de sucesivas modificaciones puntuales y sustanciales que cristalizaron finalmente en el requerimiento por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón (CTU), en sesión celebrada el 31 de Enero del 2002, en virtud de la cual, acordó comunicar al Ayuntamiento de Cabanes (...) “la necesidad de realizar una Homologación del Entorno del Casco Urbano”. Actuación que fue llevada a término mediante Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón (C.T.U.), de fecha 12 de Diciembre del 2003 (DOGV Num.: 4689, de fecha 11 de Febrero del 2004), previa Resolución aprobatoria del Conseller de Territorio y Vivienda, de fecha 23 de Septiembre del 2003 (DOGV Num.: 4759, de fecha 24 de Mayo del 2004). En la referida Homologación Modificativa se han incorporado además, todas las modificaciones o aprobaciones practicadas hasta la fecha, con el objeto de dotar al PGOU, de una mayor eficacia a la hora de dar respuesta a aquellas consultas que sobre él se formulen, justificando su alcance en las directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y ocupación del territorio. Todo lo anterior no hace sino ratificar la necesidad y conveniencia de abordar la revisión del modelo territorial propugnado por el planeamiento vigente, al evidenciarse circunstancias objetivas contempladas incluso en el Art. 310, del vigente PGOU de Cabanes, al considerar que (...): “Serán causas de revisión del Plan General de Ordenación, además de las que especifica la Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, las que a continuación se insertan: 1.- Cuando durante tres años consecutivos, la tasa de crecimiento acumulativo de la población supere el 5,00%, o la población total alcance la cifra de 5.000 habitantes. ESTUDIO DE PAISAJE 11 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 2.- Cuando la redacción de un Plan Director Territorial de coordinación de ámbito territorial superior al término municipal afecte de manera fundamental a la ordenación planteada. 3.- Cuando sean creadas nuevas infraestructuras en el territorio, no previstas en el Plan vigente, o se modifique algún elemento de los existentes, de tal manera que afecte a la ordenación vigente. 4.- Cuando la revisión cuatrienal del Programa del propio Plan General requiera un cambio. 5.- Cuando la totalidad del suelo urbanizable industrial se encuentre consolidado por la edificación, al menos en un 70,00% de la superficie. 6.- Cuando la totalidad del suelo urbanizable no programado, intensivo, se encuentre consolidado por la edificación 80,00% de su superficie. 7.- Cuando las circunstancias socioeconómicas que se manifiesten en un momento determinado hagan aconsejable la revisión y así lo acuerde la Corporación municipal.” Por último y como aclaración, referente a las consideraciones sobre la aplicación de la Ley Urbanística Valenciana al Documento de Concierto Previo y al presente Plan General de Ordenación Urbana, conviene transcribir, las conclusiones de la consulta realizada por la Dirección Territorial de Castellón, al Servicio de Coordinación de la Dirección General de Planificación y Ordenación Territorial sobre la legislación a tener en cuenta en relación con la tramitación del documento de concierto previo. El 28 de marzo de 2006, el Servicio de coordinación ha resuelto la anterior consulta, formulando las siguientes conclusiones: “1.- Atendiendo a la naturaleza meramente informativa del documento de Concierto Previo, y en aras al principio de economía procesal, en aquellos supuestos en los que el Concierto Previo haya sido remitido a la Consellería de Territorio y Vivienda con anterioridad a la entrada en vigor de la LUV, no deben reiterar dicho trámite, por lo que no le es exigible el trámite de información pública ni la documentación en ella establecida, quedando por tanto la ase de Concierto previo sometida a la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística, el resto de las fases del Plan General quedan sujetas al régimen establecido en el LUV. 2.- El documento de concierto previo debe reflejar el grado de avance propio de la fase inicial que representa conteniendo todas y cada una de las determinaciones de las apartados del artículo 36 pero no con el grado de detalle del Plan General, en la medida en que es la fase inicial y su finalidad es concertar “el modelo territorial acorde con su contexto supramunicipal y con las Planes de Acción Territorial aplicables” para lo cual no es necesario el grado de detalle que si es exigible al Plan General sometido a aprobación definitiva. 3.- El concierto previo es una fase del Plan General, como toda fase se concluye para dar paso a otra por lo que se puede hablar de conclusión o superación de una fase, dándose el visto bueno, por parte de la Consellería de Territorio y Vivienda, e un modelo territorial que propone el municipio” ESTUDIO DE PAISAJE 12 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Queda claro con el informe del Servicio de Coordinación de la Dirección General de Planificación y Ordenación Territorial, el marco legislativo aplicable, tanto al documento de Concierto Previo, como al presente documento de Plan General de Ordenación Urbana de Cabanes. 3. Objetivos Los Estudios de Integración Paisajística tienen por objeto predecir y valorar la magnitud y la importancia de los efectos que las nuevas actuaciones o la remodelación de actuaciones preexistentes pueden llegar a producir en el carácter del paisaje y en su percepción, así como determinar estrategias para evitar los impactos o mitigar los posibles efectos negativos. La Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, en su artículo 31, establece que los estudios de paisaje: a) Establecen los objetivos de calidad paisajística del ámbito de estudio. b) Analizan las actividades y procesos que inciden en el paisaje. c) Indican las medidas y acciones necesarias para cumplir los objetivos de calidad según los tipos contemplados en el artículo 29 de esta ley. La justificación del cumplimiento del artículo 12.1 de la Ley del Suelo No Urbanizable, de los apartados 1 a 3 del artículo 8 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana y el análisis del impacto paisajístico de los proyectos sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental al amparo de lo dispuesto en la Ley 2/1989, de 3 de marzo y de su Reglamento de desarrollo aprobado por Decreto 162/1990, de 15 de octubre, se realizará mediante un Estudio de Paisaje. ESTUDIO DE PAISAJE 13 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 4. Promotor y Equipo redactor El promotor del Plan General de Cabanes es el excelentísimo Ayuntamiento de Cabanes, y el equipo redactor del presente estudio de paisaje está compuesto por: - Dirección: Gerardo Urios Pardo, Dr. en Biología - Equipo redactor: Enrique Ferri Rivera, Biólogo Victoria Gavilán Bernat, Bióloga Teresa María Jover Orts, Bióloga Antonio Pellicer Gonzálbez, Ing: Montes Antonio Dávila Blanes, Biólogo ESTUDIO DE PAISAJE 14 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 5. Ámbito de la Actuación El término municipal de Cabanes, situado en la comarca de la Plana Alta, posee una superficie aproximada de 131.6 kilómetros cuadrados, y una población de 2.734 habitantes, lo que supone una densidad poblacional que ronda los 20.8 habitantes por kilómetro cuadrado (según datos del Institut Valencià d’Estadística para el año 2007). Los municipios con los que Cabanes limita son: por el norte con Benlloch y Torreblanca, por el oeste con Vall d’Alba, Vilafamés y La Pobla Tornesa y por el sur con Benicasim y Orpesa, mientras que por el este con el propio Orpesa y con Mar Mediterráneo. Todas estas poblaciones pertenecen a la provincia de Castellón. La imagen siguiente muestra la localización general del área de estudio. ESTUDIO DE PAISAJE 15 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Figura 1. Localización general del municipio de Cabanes. ESTUDIO DE PAISAJE 16 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 6. Descripción de la Actuación 6.1. Síntesis del Planeamiento Vigente El municipio de Cabanes se rige en la actualidad urbanísticamente por medio del vigente Plan General Municipal de Ordenación Urbana (en adelante P.G.O.U.), aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 26 de julio de 1983. El Plan vigente, que ha sido objeto de sucesivas homologaciones sectoriales modificativas, se muestra en la siguiente tabla. ESTUDIO DE PAISAJE 17 CONCIERTO PGOU PREVIO T.M. CABANES (Planeamiento Vigente) SUELO URBANO TIPO SUELO SUPERFICIE (m2s) % A. TIPO (m2s/m2t) DENSIDAD MAX. Nº MAX VIV. FECHA APROB.DEF. URBANO-RESIDENCIAL 408.249,43 0,3101 U.E.-05 URBANO-RESIDENCIAL 16.800,00 0,0128 2,3829 12/12/2003 U.E.-06 URBANO-RESIDENCIAL 7.776,00 0,0059 2,2037 12/12/2003 U.E.-07 URBANO-RESIDENCIAL 6.344,00 0,0048 2,2144 Sector "S-5" URBANO-RESIDENCIAL 83.528,00 0,0635 0,5000 45,00 375,88 27/05/2004 917,14 Sector "S-6" URBANO-RESIDENCIAL 117.662,00 0,0894 0,4968 35,00 411,82 17/02/2004 1.004,83 0,4526 50,00 813,00 31/05/2005 1.983,72 50,00 72,97 55,00 6.635,00 14/12/2005 16.189,40 Sector "S-10" URBANO-RESIDENCIAL 122.694,30 0,0932 Pedanías "Torre La Sal" URBANO-RESIDENCIAL 14.594,93 0,0111 TORRE LA SAL (incluye S-1, Litoral Costero) URBANO-RESIDENCIAL 1.206.421,04 0,9165 Pedanías Ribera de Cabanes URBANO-RESIDENCIAL PARCIAL SUELO URBANO RESIDENCIAL 12/12/2003 HABITANTES (1) NUCLEO URBANO CONSOLIDADO 0,5498 2.785,00 12/12/2003 178,06 124.834,73 0,0948 50,00 624,17 1.522,98 2.108.904,43 1,6021 42,36 8.932,84 24.581,13 URBANO-INDUSTRIAL 743.800,00 0,5651 0,6000 0,00 0,00 28/06/2001 0,00 URBANO-INDUSTRIAL 543.400,00 0,4128 0,6000 0,00 0,00 04/03/1999 0,00 U.E.-08 (Sector S-3) URBANO-INDUSTRIAL 87.326,00 0,0663 0,6000 0,00 0,00 01/10/1989 0,00 SUB- IND.- 266.650,00 0,2026 0,3993 0,00 0,00 01/06/2005 0,00 Sector "S-4" PARCIAL SUELO URBANO IND. & TERCIARIO 1.641.176,00 1,2468 0,00 0,00 0,00 TOTAL SUELO URBANO 3.750.080,43 2,8489 42,36 8.932,84 24.581,13 5.144,64 SUELO URBANIZABLE Sector Intensivo Playa (incluido en el Parque Natural) SUB- RES 857.440,00 0,6514 0,8000 60,00 Sector "S-2" SUB- RES 149.320,00 0,1134 0,3000 20,00 149,00 363,56 Sector "Mas del Barranç" SUB- RES 200.000,00 0,1519 0,2000 12,00 240,00 585,60 SUNP Extensivo SUB- RES 9.463.912,00 7,1897 0,2000 8,00 7.571,13 18.473,56 3.474.602,00 2,6397 0,4000 20,00 6.949,20 16.956,06 14.145.274,00 8,1065 9,26 13.104,77 36.378,77 SUNP Semiextensivo PARCIAL SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL Sector "S-9" SUB- IND. 15.156,00 0,0115 0,5000 0,00 0,00 Sector "S-7" (5) SUB- IND. 1.028.041,00 0,7810 0,6000 0,00 0,00 Sector "S-8" (5) SUB- IND. 178.872,05 0,1359 0,6000 0,00 0,00 1.222.069,05 0,9284 0,00 0,00 0,00 15.367.343,05 9,0349 9,26 13.104,77 36.378,77 93.189.702,04 70,7963 0,00 0,00 0,00 437.513,59 0,3324 0,00 0,00 0,00 S.N.U.P.´s (Protegido) 18.886.060,21 14,3478 0,00 0,00 0,00 PARCIAL S.N.U.P.´s & Sist. Gral. 19.323.573,80 14,6801 0,00 0,00 0,00 112.513.275,84 85,4765 0,00 0,00 0,00 131.630.699,32 97,3603 11,53 22.037,61 60.959,91 PARCIAL SUELO URBANIZABLE IND. & TERCIARIO TOTAL SUELO URBANIZABLE SUELO NO URBANIZABLE (area de reparto) S.N.U. (Suelo No Urbanizable) Sist. Gral. (Red Primaria Parques & Espacios Libres) TOTAL SUELO NO URBANIZABLE TOTAL TÉRMINO MUNICIPAL PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) ESTUDIO DE PAISAJE Tabla 1. Planeamiento Vigente. Sector "GAIDÓ" Sector "PONT" 18 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 6.2. Planeamiento Propuesto - Modelo territorial propuesto y su adecuación a los principios rectores de la LOTPP La evolución del planeamiento municipal desde la entrada en vigor del P.G.O.U., aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo el 26 de Julio de 1983, unido a las circunstancias reseñadas vinculadas al anuncio de presentación de Alternativas Técnica para el desarrollo urbanístico del entorno vinculado al Parque Temático “MUNDO ILUSIÓN”, hacen de todo punto necesaria la revisión del planeamiento vigente, en la medida que ha quedado suficientemente acreditado el hecho de que las directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y de ocupación del territorio establecida en planeamiento vigente han sido profundamente alteradas y sobrepasadas. En este sentido, las especiales circunstancias de conurbación o recíproca influencia territorial entre términos municipales de Cabanes y Oropesa del Mar, en relación al desarrollo urbanístico del entorno vinculado al Parque Temático “MUNDO ILUSIÓN”, aconsejan la elaboración coordinada de su ordenación urbanística o modelo territorial, así como la consideración conjunta del desarrollo pormenorizado del ámbito referenciado. Para ello, la tramitación de los respectivos planeamientos municipales exigirá que se formalicen conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores, el preceptivo Plan General entre las administraciones implicadas, con el objeto de garantizar la adecuación de los respectivos modelo territoriales municipales en coordinación con su contexto supramunicipal, con los Planes de Acción Territorial aplicables y con la política urbanística y territorial de la Generalitat. Por otra parte, es evidente que la reciente evolución de la normativa urbanística de la Comunidad Valenciana, obliga a que el nuevo planeamiento municipal defina la jerarquía del territorio e involucre a todas las administraciones en el proceso de planificación y gestión territorial, conforme al papel que corresponda a cada una de ellas y racionalice sus relaciones competenciales. A tal efecto, destacaremos de entre todas ellas, la Ley 04/2004, de Ordenación del Territorio y Ordenación del Paisaje (D.O.G.V. Num.: 4788, de fecha 02 de Julio del 2.004), al erigir el PAISAJE en elemento patrimonial común de todos los ciudadanos y elemento fundamental de su calidad de vida, desde una concepción emanada del Convenio Europeo del Paisaje. En este sentido, la Ley referenciada y el modelo territorial a proponer, establecerá las medidas necesarias para el eficaz control de la repercusión que sobre el mismo tenga cualquier actividad con incidencia territorial que se proponga, evaluando para ello la situación del planeamiento vigente y el grado de compatibilidad de los diferentes planeamientos en fase de tramitación, respecto de las propuestas y previsiones del modelo de desarrollo propuesto. ESTUDIO DE PAISAJE 19 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Justificada la conveniencia y oportunidad de su formalización, en el presente Plan General, se establecen las siguientes directrices del modelo territorial. Cabanes y el Área Metropolitana de Castellón Para poder realizar una primera aproximación del Modelo que se propone, es necesario realizar previamente una reflexión, aunque sea muy somera, del papel de Cabanes, en el contexto territorial. Si analizamos la Provincia de Castellón, podremos observar, que a diferencia de otras provincias de la Comunidad Valenciana y de España, su ámbito y delimitación, son coincidentes con la categoría de subregión. La Provincia de Castellón limita claramente al norte con Cataluña, en una de las pocas zonas de vacío urbano de la costa mediterránea. Al este con el mar Mediterráneo. Al oeste con el conjunto de Sierras que constituyen el Sistema Ibérico, que son una barrera natural. El límite sur es el más indefinido en su encuentro con la Provincia de Valencia. La Provincia de Castellón, se puede asimilar geométricamente a un rectángulo, que si lo dividimos en cuatro cuadrantes, observaremos como los cuadrantes al oeste, se diferencian fundamentalmente de los del este, por su orografía y por su demografía. Los del interior, se caracterizan por una escasa población implantada en un territorio extremadamente montañoso y los del litoral por una población implantada en la franja costera con unas densidades muy altas y con un alto grado de conurbación. Por otra parte, observamos una cierta especialización de actividades, en el sentido, en el que se puede distinguir, un alto grado de actividad industrial en los municipios del sur, al contrario del alto grado de especialización de servicios de ocio y de oferta de segunda residencia en los municipios del norte. Si tuviéramos que enunciar cual es el mayor desequilibrio de la Provincia de Castellón, sin duda pondríamos en primer lugar, el existente entre un litoral con un territorio muy densamente poblado y con una actividad económica intensa y próspera y un interior deprimido y en un proceso de despoblamiento que aún no ha podido ser detenido. Castellón y el conjunto de ciudades de su entorno, han sufrido desde hace ya bastantes años, un proceso de metropolización acelerado. El Área Metropolitana de Castellón, junto con las Áreas Metropolitanas de Valencia y AlicanteElche, constituyen las tres mayores concentraciones de población y de actividad de la Comunidad Valenciana. ESTUDIO DE PAISAJE 20 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) El Área Metropolitana de Castellón, ha sido probablemente la última en desarrollarse, pero se ha revelado como la más dinámica y activa y se sitúa precisamente, en el baricentro de los cuadrantes, en que se divide la provincia. Tal es su dinámica, que ha sido la primera de las áreas metropolitanas valencianas, de la que se ha redactado un Plan de Acción Territorial Metropolitana: el Plan de Acción Territorial de Castellón.( PATECAS) Cabanes y su municipio, están expresamente contemplados, en el PATECAS, tal y como exponemos a continuación: Referencias expresas del PATECAS al término municipal de Cabanes. a) Ámbito estricto y ámbito ampliado. a.1.- El Plan de Acción Territorial define un doble ámbito de estudio y ordenación: el ámbito estricto y el ámbito ampliado. a.2.- El ámbito estricto está integrado por los municipios que conforman el “Entorno de Castellón”, que son: L´Alcora, Alquerías del Niño Perdido, Almazora, Benicasim, Betxí, Borriol, Burriana, Castellón de la Plana, Nules, Onda, Sant Joan de Moró, Vila-real y La Vilavella. a.3.- El ámbito ampliado lo constituye el área de influencia del “Entorno de Castellón” cuyo estudio resulta imprescindible para recoger y analizar toda la problemática y determinaciones que, siendo necesarias para analizar el ámbito estricto, afectan a elementos o municipios situados fuera de él. Por su importancia, en lo que se refiere a las actividades industriales y turísticas, se incluyen en el ámbito estricto los municipios de Benlloch, Cabanes, Pobla Tornesa, Oropesa del Mar, Vall d´Alba, Vall d´Uxó, Vilafamés y Vilanova d´Alcolea. b) Actuación en el término municipal de Cabanes propuesta por el PATECAS: “UR-01” / Triángulo Industrial de Futuro. - Ambito de actuación: 1.500,00 Ha. - Plazo de ejecución: Corto. - Coste de ejecución: ESTUDIO DE PAISAJE 21 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) A determinar. - Agentes implicados: Consellería de Infraestructuras y Transportes; Ayuntamiento de Vall d´Alba, Ayuntamiento de Cabanes y Ayuntamiento de Villafamés. - Aplicación: Directa. - Objeto: “La actividad industrial del “Entorno de Castellón” está empezando a extenderse con recientes actuaciones urbanísticas realizadas en Vall d´Alba, Cabanes y Villafamés. La experiencia acumulada por el sector industrial, la mejora en las infraestructuras que se están realizando, y la posibilidad de planificar los previsibles desarrollos , permite la creación de un suelo industrial de calidad, donde la implantación de las nuevas industrias se ve acompañada por el desarrollo de polígonos industriales de servicios, con la adecuada dotación de equipamientos, zonas verdes y una buena comunicación a través de la CV-10. La existencia de una oferta complementaria de equipamientos de ocio y esparcimiento vinculada a los espacios naturales más próximos, contribuyen a definir las características de este triángulo con grandes expectativas de desarrollo ”. c) Actuación en el término municipal de Cabanes y Oropesa propuesta por el PATECAS :“UR-02” / Parque Temático “MUNDO ILUSIÓN”. - Ambito de actuación: 450,00 Ha. - Plazo de ejecución: Medio. - Coste de ejecución: A determinar. - Agentes implicados: Consellería de Infraestructuras y Transportes; Consellería de Territorio y Vivienda; Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ); Ayuntamiento de Cabanes y Ayuntamiento de Oropesa del Mar. - Aplicación: Directa. ESTUDIO DE PAISAJE 22 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - Objeto: “El desarrollo turístico del “Entorno de Castellón” debe centrarse en dos aspectos: • Potenciar su bagaje cultural y natural, relacionado con su patrimonio arquitectónico, oferta cultural y espacios protegidos. • Desarrollar un turismo litoral de calidad, a través de la mejora ambiental de la costa y la aplicación de criterios de sostenibilidad en el desarrollo de nuevas actuaciones urbanísticas. Los actuales núcleos turísticos incluidos en el Plan (Benicassim y Burriana), se complementan con otros puntos de la costa castellonense. Destacan dentro de su ámbito de influencia Oropesa del Mar y Cabanes. En este sentido, la propuesta de creación de un Parque Temático completará la oferta turística presente ampliando todavía más su actual área de influencia a otra provincias y comunidades autónomas, a la vez que contribuye a diversificar y equilibrar la oferta de ocio existente en la Comunidad Valenciana”. d) Aplicación del PATECAS Pese a que el contenido del documento sometido a información pública del PATECAS no permite establecer mas que un alcance meramente “orientativo” y muy acotado espacialmente, ha sido voluntad expresa de los autores del Concierto Previo, a instancia de las administraciones afectadas, asumir como propias e incorporar al “Modelo Territorial” que se postula el conjunto de directrices y estrategias que se desarrollan en el PATECAS, a modo de complemento de lo expuesto en el “Programa de Actuaciones” que conforman el Plan, siguiendo las pautas y objetivos establecidos reglamentariamente en la Ley 4/2004, de 30 de Junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (D.O.G.V. Num.: 4788, de fecha 02 de Julio de 2004). En el diagnóstico del PATECAS, resalta un característica territorial, que puede extrapolarse a nivel provincial. Se trata de la falta de trasversalidad, tanto del Área Metropolitana de Castellón como de la propia provincia. La red de comunicaciones así como los asentamientos, se estructuran en elementos longitudinales paralelos y pegados a la costa de norte a sur. Se plantea pues como uno de los principales objetivos, tanto del PATECAS, como para un desarrollo equilibrado de la provincia, la necesidad del establecimiento de elementos de trasversalidad. Cabanes y su término municipal, pueden jugar un papel relevante, en la medida que es el único término municipal de la provincia, que posee este carácter de trasversalidad, ESTUDIO DE PAISAJE 23 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) constituyéndose en el más importante nexo de unión, entre los dos proyectos estratégicos, más importantes de la provincia, como son el nuevo aeropuerto en construcción en Vilanova de Alcolea y el complejo turístico y de ocio de Mundo Ilusión. Para ello juega un importante papel, la mejora de la carretera CV-148, que unirá el aeropuerto con Mundo Ilusión. Cabanes es el único término municipal de la provincia de Castellón, que simultáneamente, puede realizar una oferta de ocio de playa y de montaña, una oferta residencial de primera y segunda residencia, una oferta industrial y terciaria. Si se consiguen combinar el conjunto de proyectos ya en marcha, junto con las potencialidades que hemos descrito, las sinergias que pueden surgir de todas ellas, pueden convertir a Cabanes, como uno de los centros de desarrollo más activos y equilibrados del Área Metropolitana de Castellón y de la propia Provincia. Ordenación del Suelo Urbano El presente Plan General, aspira a conseguir los siguientes objetivos: - Mejora de la imagen urbana de los núcleos urbanos. - Orientar los nuevos desarrollos urbanísticos hacia zonas más aptas desde el punto de vista territorial y de sostenibilidad de los recursos. - Consolidación y mejora de las zonas terciarias e industriales, potenciando la diversificación de la economía local, abriendo ésta a nuevos sectores, preparando ésta a los cambios y exigencias del nuevo contexto globalizador de las economías. - Racionalización de los servicios, conjugando la mayor descentralización posible, con la eficiencia puesta en el propio funcionamiento del servicio (docentes, sanitarios, asistenciales, administrativos, etc.), adecuando su cuantía y características a las demandas futuras que generará el desarrollo del “Modelo Territorial” propuesto. - Particularizar las diferentes estrategias a desarrollar en materia de urbanismo y proponiendo a sus correspondientes “Programas de Actuación”: Estrategias de “Imagen Urbana” ESTUDIO DE PAISAJE 24 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) El modelo territorial propuesto, contempla la protección y gestión del paisaje urbano en los siguientes supuestos: a) Centro histórico. La delimitación del Centro Histórico se establece según lo grafiado en los Planos de Ordenación. En este ámbito se realizará un “Programa de Imagen Urbana” que identifique los rasgos característicos del Núcleo Histórico Artístico, su evolución urbana y los elementos singulares. Acompañando el análisis del mismo se podrá promover la aparición de recorridos urbanos a lo largo de los canales de percepción y de los puntos de mayor visibilidad, que potencien la recuperación de los enclaves urbanos de interés turísticos, además de solucionar sus problemas funcionales respecto de la calidad y habitabilidad de las viviendas existentes y sus servicios. Se velará por el mantenimiento de las tipologías urbanas características de cada época y se evitará la distorsión de la imagen urbana conforme a las ordenanzas urbanísticas que el Plan establezca. b) Regulación del “Paisaje Urbano”. La ordenación pormenorizada de los suelos urbanizables deberá integrar en sus Ordenanzas parámetros reguladores cuyo objeto sea la ordenación de la imagen final de los nuevos asentamientos. Ordenanzas que con carácter de mínimos, contendrá las siguientes normas generales: - El modelo urbanístico de la propuesta propiciará una estructura urbana adecuada para lograr la integración de los núcleos de población en el Paisaje que lo rodea, definiendo adecuadamente sus bordes urbanos, visuales, silueta perceptible desde los accesos y las principales vías de comunicación a la zona. - Definirá las condiciones tipológicas, justificándolas en las características morfológicas de cada núcleo. Igualmente, contendrá normas aplicables a los espacios públicos y al viario, para mantener las principales vistas y perspectivas del núcleo urbano. Se prestará especial atención a la inclusión de elementos patrimoniales relevantes integrados o próximos al entorno de la escena urbana, así como las posibilidades de visualización desde los espacios construidos. ESTUDIO DE PAISAJE 25 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - Contendrá determinaciones que permitan el control de la escena urbana, especialmente sobre aquellos elementos que la puedan distorsionar como medianerías, retranqueos, vallados, publicidad, toldos, etc. - Para la mejor consecución de este fin en relación con la más efectiva y eficaz participación ciudadana, la Administración podrá exigir la utilización de técnicas de modelización y previsualización (infografías, fotomontajes, etc.), que permitan debatir y controlar el resultado de la acción que se proyecta. c) Directrices de integración paisajística en suelos consolidados. Se propone como objetivo, mejorar la calidad y el atractivo de los espacios urbanos y de su entorno inmediato en suelos consolidados (núcleos urbanos y rurales, pedanías, etc.). La intervención paisajística en suelo urbano fuera del Centro Histórico necesariamente deberá contar un “Estudio de Evaluación Estratégica” y un “Programa de Paisaje Urbano”, en el que se identificará su ámbito de aplicación. Estos programas recogerán las directrices de ordenación paisajística establecidas para suelo urbanizable y las normas generales de integración paisajística establecidas en el presente Plan General. Respecto a la correcta integración de las Vías Pecuarias en el “Modelo Territorial” de la Alternativa Técnica a su paso por la trama urbana, se considera oportuno y conveniente la necesidad de abordar con cargo a los nuevos sectores, al adscripción a la Red Primaria las VP´s, habilitando nuevos trazados que se coordinen con la delimitación de la Red Primaria de las respectivas ordenaciones, supeditando su efectividad y aplicación a la validación administrativa por parte de la administración competente en materia de V.P.´s, en base al tratamiento otorgado a las servidumbres y limitaciones de uso mediando el eficaz cumplimiento de los siguientes requerimientos establecidos reglamentariamente en las legislación sectorial vigente: - Mantenimiento de la integridad superficial de los tramos desafectados. - Reversión al Dominio Público de una superficie igual o superior a la obtenida a partir de los trazados desafectados, con justificación de la idoneidad de los itinerarios propuestos y su continuidad con los trazados existentes. ESTUDIO DE PAISAJE 26 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Programa de actuaciones. a) Centro histórico. Por medio del correspondiente Catálogo se aplicará la protección adecuada, a las zonas delimitadas como “Centro Histórico”, con el fin de revitalizar su configuración actual, regenerar la morfología urbana tradicional y conseguir una mejor integración urbanística o social en el conjunto del municipio, especialmente mediante la edificación en solares vacantes o en estado de ruina, así como la generación de espacios libres y rehabilitación de edificios con destino a equipamientos públicos. b) Casco urbano. Se identifica como actuación relevante a desarrollar el re-equilibrio y adecuación de las carencias que presenta en la actualidad la estructura equipamental del municipio (equipamientos docentes, sanitarios, culturales, etc.). c) Unidades de Ejecución “U.E.-05”, “U.E.-06” y “U.E.-07”; Uso Residencial. El Plan General asume e integra en su “Modelo Territorial” el planteado en estos ámbitos de gestión por parte de la “Homologación Modificativa del Entorno del Casco Urbano”, refrendada al efecto mediante Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón (C.T.U.), de fecha 12 de Diciembre del 2.003 (D.O.G.V. Num.: 4689, de fecha 11 de Febrero del 2.004), manteniendo los condicionantes edificatorios y los elementos de la Red Primaria adscritos en las Fichas de las respectivas Unidades de Ejecución. Señalar al respecto en relación con la U.E.-07, que se deberá abordar un Estudio Hidráulico complementario para identificar las medidas correctoras a adoptar frente al riesgo de inundación, derivado de la afección señalada en el P.A.T.R.I.C.O.V.A., respecto del Barranco de Rabatxol. De igual forma, deberá abordar un Estudio Paisajístico complementario para identificar las medidas correctoras a adoptar en relación a las “Directrices de integración paisajística en suelos consolidados”, respecto del tratamiento y reposición, en su caso, de “modificaciones parciales de trazado de V.P.´s”. d) Sectores “S-5”, “S-6” y “S-10” (Casco Urbano); Uso Residencial. El Plan General asume e integra en su “Modelo Territorial” los modelos planteados en las Alternativas Técnicas adjudicadas en cada uno de los ámbitos de gestión reseñados, a partir de las “Condiciones de Integración” y los “Elementos de la Red Primaria adscritos en las Fichas de los respectivos ámbitos de gestión” establecidos en la “Homologación Modificativa del Entorno del Casco Urbano”, refrendada al efecto mediante Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de ESTUDIO DE PAISAJE 27 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Castellón (C.T.U.), de fecha 12 de Diciembre del 2.003 (D.O.G.V. Num.: 4689, de fecha 11 de Febrero del 2.004). De igual forma, deberá abordar un Estudio Paisajístico complementario para identificar las medidas correctoras a adoptar en relación a las “Directrices de integración paisajística en suelos consolidados”, respecto del tratamiento y reposición, en su caso, de “modificaciones parciales de trazado de las vías pecuarias. e) Pedanías de “Torre la Sal”- Suelo urbano residencial. Se mantienen la clasificación como suelo urbano existente en el vigente PGOU con programación aprobada definitivamente y en ejecución. f) Pedanías de la Ribera de Cabanes- Suelo urbano residencial. Se mantienen la clasificación como suelo urbano existente en el vigente PGOU. g) Sector S-2, suelo urbano incluido dentro de unidad de ejecución. Se mantiene la clasificación como suelo urbano existente en el vigente PGOU. h) Sectores “GAIDÓ”, “PONT”, “U.E.-08 (Sector S-3) y “S-4”; Uso Industrial. El Plan General asume e integra en su “Modelo Territorial” los modelos planteados en las Alternativas Técnicas adjudicadas en cada uno de los ámbitos de gestión reseñados, a partir de las “Condiciones de Integración” y los “Elementos de la Red Primaria adscritos en las Fichas de los respectivos ámbitos de gestión” establecidos en la “Homologación Modificativa del Entorno del Casco Urbano”, refrendada al efecto mediante Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón (C.T.U.), de fecha 12 de Diciembre del 2.003 (D.O.G.V. Num.: 4689, de fecha 11 de Febrero del 2.004). De igual forma, deberá abordar un Estudio Paisajístico complementario para identificar las medidas correctoras a adoptar en relación a las “Directrices de integración paisajística en suelos consolidados”, respecto del tratamiento y reposición, en su caso, de “modificaciones parciales de trazado de las vías pecuarias”. Ordenación del Suelo Urbanizable. Entorno del Casco Urbano; Uso Residencial. La plena consolidación de los objetivos establecidos en la “Homologación Modificativa del Entorno del Casco Urbano”, refrendada al efecto mediante Acuerdo de la Comisión Territorial de ESTUDIO DE PAISAJE 28 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Urbanismo de Castellón (C.T.U.), de fecha 12 de Diciembre del 2.003 (D.O.G.V. Num.: 4689, de fecha 11 de Febrero del 2.004), obligan a que el Plan General habilite unas reservas de suelo adicionales que solventen los déficits estructurales detectados y se vertebren con el entorno, a partir de las directrices de actuación reseñadas en apartados anteriores, reordenando la integración del paisaje periférico en la ciudad, articulando la transición entre ésta y el entorno rural en las zonas que adolecen de falta de continuidad en la Homologación referenciada. Si observamos la población de Cabanes y su entorno territorial, podremos ver como los futuros desarrollos residenciales de la población, están condicionados, en su lado este, por la orografía existente y por el oeste, por el nuevo trazado en ejecución de la autovía CV-10. Al norte y al sur, existen dos colinas que también dificultan el crecimiento urbano. Se propone pues, un modelo de crecimiento urbano de la población de Cabanes, en el que: - por el norte, se bordee la colina existente, ocupando la falda oeste hasta la carretera, - por el este, se ocupen aquellos terrenos que permitan “redondear” y regularizar los actuales bordes urbanos, limitados no obstante por la orografía existente, - por el sur, saltando el barranco y hasta alcanzar el enclave existente de terciario de ocio. - por el oeste, aprovechando el desdoblamiento y la variante de la CV-10, se ocupen los terrenos vacantes que se generan entre el actual trazado, tangencial a la ciudad y el que ya está en ejecución. La propuesta descrita, permite un crecimiento ordenado, respetuoso con los criterios y directrices establecidos en cuanto al paisaje, y que permiten un cierto desplazamiento del hacia el oeste, aprovechado la oportunidad que supone el nuevo trazado. Se crea una nueva centralidad, en donde la actual carretera CV-10, puede jugar un importante papel, transformándola, en una pieza urbana, bulevarizándola, ampliando aceras, y terciarizándola. Se trata en cierta medida, de crear una nueva centralidad, que una ciudad, con las características y la dimensión que se proponen necesita. Los Sectores que se describen a continuación, cumplimentan los criterios de sectorización establecidos en el artículo 54.3 de la LUV y en el artículo 111 del ROGTUV. - - Zona Norte Casco Urbano (Sectores “S.A.U.-1”, “S.A.U.-2” y “S.A.U.-3”). ESTUDIO DE PAISAJE 29 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Se habilitan TRES Sectores en el entorno del Sector en ejecución S - 10, el “SAU-1” con 130.248 ,80 m2s. es el situado más al norte, ocupando los terrenos existentes entre la colina y el nuevo trazado de la CV-10, el “SAU.-2”, situado al noroeste, con una superficie de 165.407,35 m2s, ocupa los terrenos entre el sector S -10 y la variante de la CV-10. El Sector “SAU-3”, situado al noreste, con una superficie de 94.131,21 m2s, entre el sector S -10 y la colina existente, con una orografía suave que asciende, hasta alcanzar gradientes elevados. Sus densidades y edificabilidades serán medias permitiendo una oferta de tipologías variada. Se establecen zonas verdes de red primaria de protección del los sectores residenciales con la CV-10, sin perjuicio de que se habiliten barreras antirruidos si ello fuera necesario, que se adscribirán en las correspondientes áreas de reparto. También se prevé una zona verde de red primaria con características de parque urbano, en los alrededores del cementerio, que también se adscribirá en la correspondientes áreas de reparto. Se establecerán reservas dotacionales sanitarias y educativas que re-equilibren los ratios de la población, junto con una reserva de suelo para las ampliaciones del Cementerio Municipal y el depósito de abastecimiento. - Zona Sur Casco Urbano (Sectores “S.A.U.-4” y “S.A.U.-5”) Un cuarto Sector se habilita en el entorno de la Partida “El Nogueret” (S.A.U.-5), que se encargará de resolver la zona de borde urbana desde el Cno. del Pedrisset (Media y baja densidad), hasta el enlace con la CV-146, debiéndose observar así mismo las disposiciones del Art. 27 del P.A.T.R.I.C.O.V.A., en base a las afecciones detectadas en el Barranco de Rabatxol. Por último, se habilita un nuevo Sector (S.A.U.-4) en el espacio existente entre “El Molinet” y la antigua CV-10. Por su ubicación y emplazamiento, se considera idóneo para la implantación y desarrollo urbano de suelo para viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, resolviendo la zona de borde urbana desde la antigua Ctra., hasta el nuevo “enlace sur” de la variante proyectada en la CV-10. Se deberán observar así mismo las disposiciones del Art. 27 del P.A.T.R.I.C.O.V.A., en base a las afecciones detectadas en el Barranco de Rabatxol. De igual forma, deberá abordar un Estudio Paisajístico complementario para identificar las medidas correctoras a adoptar en relación a las “Directrices de integración paisajística en suelos consolidados”, respecto del tratamiento y reposición, en su caso, de “modificaciones parciales de trazado de V.P.´s”, en los términos señalados en el Apdo. II.04.3. ESTUDIO DE PAISAJE 30 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Por último, incorporarán a sus respectivas áreas de reparto el monte “El Molinet”, identificado por el P.G.O.U (PQL)., como Suelo No Urbanizable de Protección Forestal, de forma proporcional a los respectivos ámbitos de gestión. Mundo Ilusión. En cuanto a su justificación, es suficiente lo expuesto en los antecedentes, en particular el Convenio entre la Generalitat, la Diputación de Castellón y los Ayuntamientos de Cabanes y Oropesa del Mar, así como lo recogido en el Plan de Acción Territorial de Castellón y en el Plan de Acción Territorial del Litoral. El Plan General asume e integra en la definición de su modelo territorial la propuesta seleccionada en concurso público y aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de Cabanes, en sesión de fecha 17 de Septiembre del 2.005, en cumplimiento de las determinaciones contenidas en el Convenio de Colaboración Interadministrativa “Mundo Ilusión”, previsto en este Decreto 174/2004, que distribuye las diferentes funciones y responsabilidades orientadas a ese fin común. Actuaciones aisladas. El Plan General detecta la existencia de “bolsas aisladas” de suelo urbanizable (uso residencial en ambos casos), que precisan establecer matizaciones respecto de grado de compatibilidad con las directrices del modelo territorial propuesto en el Plan General. a) Suelo Urbanizable Residencial Programado, situado en la Partida “Mas del Barranc”. Se trata de un suelo habilitado por el vigente P.G.O.U., que no ha sido objeto de desarrollo, accesible desde la CV-147. Su carácter aislado, la inexistencia de recursos y servicios básicos en la zona, la inadecuación de su fisonomía a los “criterios de sectorización”, establecidos reglamentariamente en el Decreto 201/1.998, de 05 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana y sobre todo, las afecciones y servidumbres que se derivan de la observancia del Plan General de Ordenación Forestal, recomiendan que desde el P.G.O.U., se reconsidere la oportunidad y viabilidad de su clasificación. ESTUDIO DE PAISAJE 31 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) b) Alternativa Técnica de Programa de Actuación Integrada, de la UE-01 del Sector SM1 “Plá de Burga” (D.O.G.V. Num.: 4855, de fecha 04 de Octubre del 2.004). Actuación supeditada a la aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón, tras haber recibido la oportuna aprobación provisional municipal (31/05/2005). c) Alternativa Técnica del Programa de Actuación Integrada, de la U.E.-01 del Sector “Torre La Sal” (D.O.G.V. Num.: 4329, de fecha 05 de Septiembre del 2.002), que incluye el anteriormente denominado “Litoral Costero”. El Plan General asume e integra en la definición de su modelo territorial la propuesta seleccionada en concurso público y aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de Cabanes (12/05/2003). Actuación que se encuentra actualmente pendiente de recibir la aprobación definitiva por parte de la Consellería de Territorio y Vivienda, tras haber ido incorporando las sucesivas recomendaciones de las administraciones con competencias en materia de planificación territorial al Alternativa Técnica originaria. En cualquier caso, el modelo territorial propuesto, la integración paisajística de los elementos patrimoniales que plantea, en coordinación con el Plan Especial de Protección de “Torre de la Sal” (D.O.G.V. Num.: 4817, de fecha 11 de Agosto del 2.004), el tratamiento de los espacios libres y la zona de Dominio Público Marítimo Terrestre que plantea, junto con la previsión por parte de la Entitat de Sanejamet d´Aigües (E.P.S.A.R.), de considerar las aportaciones del Sector en el dimensionado de la nueva E.D.A.R., del Área Oropesa – Ribera de Cabanes (Exp.: 251/04-AIA), justifican la idoneidad y coherencia del desarrollo urbanístico reseñado con el adoptado desde el punto de vista supramunicipal, en el Plan General. d) Sector S-2, suelo urbanizable residencial, que tiene aprobación definitiva por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo de fecha 30 de septiembre de 1986. e) Sector S-9, suelo urbanizable industrial con aprobación provisión del ayuntamiento de fecha 21 de octubre de 2002, pendiente de aprobación definitiva. f) Reserva de suelo industrial y/o terciario. El Plan General entiende que el suelo con calificación industrial, habilitado por el planeamiento vigente es suficiente para cubrir las necesidades a medio y largo plazo, sobre todo si tenemos en cuenta que el suelo pendiente de programación supone más del 50,00%, del homologado, y que el ESTUDIO DE PAISAJE 32 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) término de Vall d´Alba tiene programado grandes bolsas de suelo industrial pendientes de desarrollo, por lo que en principio, parece estar garantizada las necesidades de suelo en la zona. Se propone a implementar un conjunto de actuaciones que regeneren o adecuen el suelo industrial existente mediante la previsión de unas reservas dotacionales mínimas, como son: - Adecuación y mejora de los accesos a los sectores industriales desde la CV-10 y la Ctra. 41-C-1358. - Desarrollo y adecuación de las medidas correctoras frente al riesgo de avenidas detectadas por el P.A.T.R.I.C.O.V.A., en los Barrancos de Estrech y Rabatxol. - Reserva de suelo para la construcción de la ampliación de la E.D.A.R. - Implantación de Eco-Parques para la recogida selectiva de residuos urbanos e industriales. - Adecuación paisajística del frente recayente a las infraestructuras viarias (CV-10 y la Ctra. 41-C-1358), así como la implementación de las medidas correctoras y recomendaciones recogidas en el Plan Especial de Protección de la “Senda de los Romanos y del Arco Romano” (D.O.G.V. Num.: 4731, de fecha 14 de Abril del 2.004), respecto de los Sectores “S-4” y “S-8”. Por el contrario, el Plan General considera imprescindible la implantación de actividades terciarias y de servicios, que por sus características, no resulten compatibles con la trama urbana residencial. Para ello, el P.G.O.U. evaluará de la mano del Noménclator, las actividades compatibles a implantar en las zonas habilitadas y aquellas que deban reubicarse previa desmantelación, por su potencial incompatibilidad con los asentamientos residenciales de su entorno. A tal efecto, las bolsas de suelo de reserva contempladas son las siguientes: Previsiones en materia de Vivienda de Protección Pública. Se presenta en documento adjunto el Estudio de Necesidades de Vivienda de Protección Pública de Cabanes, en él se establecerá la demanda potencial, así como las características cuantitativas y cualitativas que se deben reservar para satisfacer dicha demanda. No obstante, merece hacer algunas consideraciones, dadas las especiales características del propio modelo territorial expuesto. El crecimiento residencial del municipio tiene un marcado carácter turístico estacional y de segunda residencia. Se trata de una tendencia ya detectada y que se acentúa en el tiempo. Consecuentemente la proporción de vivienda de protección pública no precisa ser tan elevada como demandaría un desarrollo residencial tradicional. Por idénticos motivos será importante asegurar que los sectores y desarrollos ubicados más cerca del centro urbano tradicional, donde la vocación de ESTUDIO DE PAISAJE 33 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) primera residencia es más intensa, tengan asignada la cuota fundamental de vivienda social prevista, evitando su localización en ubicaciones periféricas propensas a la rotación residencial de temporada. Ordenación del suelo no urbanizable (“protección por amortiguación de impactos”, “reserva deportivo-recreativa”, “reserva agropecuaria”, “reserva logística”). Se considera que no concurren razones objetivas que posibiliten en el futuro su clasificación como urbanizables. El Plan General pretende incorporar al “Modelo Territorial” las medidas necesarias para lograr la adecuada recuperación y revitalización del patrimonio rural. Para ello, se procurará el establecimiento de las condiciones adecuadas para fomentar el sostenimiento y permanencia de la población o, en su caso, la recuperación y consolidación de núcleos residenciales permanentes. Objetivo avalado desde la L.O.T.P.P., al anunciar la aprobación de un Plan de Acción Territorial del Sistema Rural Valenciano, de carácter sectorial, cuya finalidad será la de proteger y mejorar el medio rural. El plan contemplará instrumentos y programas específicos que eviten la infrautilización de recursos, el envejecimiento demográfico y el declive económico en las zonas rurales, así como, para la conservación y, en su caso, recuperación de los espacios naturales y de la fauna y flora silvestres. Objetivo que pasaría necesariamente por el establecimiento de las medidas necesarias que permitieran el que las construcciones y edificaciones radicadas en el medio rural armonizaran con el paisaje y su entorno natural. De igual forma, las actividades que en éstas se desarrollaran, deberán ser compatibles con los valores protegidos y con el mantenimiento y la sostenibilidad del medio rural. Del mismo modo, se reconoce como objetivo prioritario la incorporación al “Modelo Territorial”, de las medidas necesarias para preservar la “Huerta” de la Comunidad Valenciana, como espacio de acreditados valores medioambientales, históricos y culturales, que deben ser objeto de protección. Para ello, el Consell de la Generalitat aprobará un Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta Valenciana, en el que se definirán las zonas merecedoras de protección y las medidas urbanísticas correspondientes, así como los programas de actuación pública necesarios para favorecer el sostenimiento de las actividades propias de la huerta y la permanencia de la población con un nivel de vida adecuado. En este sentido, el “Modelo Territorial” del Plan General, propone las siguientes actuaciones: ESTUDIO DE PAISAJE 34 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) a) Gestión Municipal. Con carácter general, el Plan General considera necesario que el P.G.O.U. que lo desarrolle incorpore en su modelo de gestión la AGENDA 21, como media capaz de generar políticas sostenibles desde el punto de vista medioambiental. b) Protección por razones extrínsecas. Reserva deportiva-recreativa. La ordenación del suelo no urbanizable diferencia dos tipos de protección: 1) Especial protección por razones intrínsecas derivadas de los valores y/o riesgos naturales presentes en el territorio y 2) protección por razones extrínsecas, de conformidad con el artículo 45.1.E de la Ley Urbanística Valenciana 16/2005, que pasamos a analizar. Desde el punto de vista natural, se trata de terrenos que actualmente presentan uso agrícola. Su indudable valor paisajístico no viene tanto determinado por el uso y vegetación existente si no por la cuenca visual que configuran expedita de edificación. Su mantenimiento libre de urbanización convencional y de usos urbanos resulta perentoria para el mantenimiento de la calidad de vida de los espacios urbanos adyacentes existentes o en proyecto. La ocupación indiscriminada de estos suelos agrícolas por usos urbanos congestionaría el territorio hipertrofiando el desarrollo urbanístico con grave deterioro de la calidad de vida de los desarrollos residenciales previstos. De otro lado existen implantados en estos suelos asentamientos históricos dignos de mantenimiento y a cuya supervivencia conviene un entorno de escasa o nula densidad urbana. La función territorial de estos terrenos es mantenerse libres de edificación y urbanización convencional para dotar de un entorno adecuado y con calidad de vida a los núcleos urbanos que se proyectan y evitar que estos se prolonguen espacialmente más allá de la capacidad de carga de las infraestructuras generales o por encima de una distancia-tiempo aceptable, en calidad de vida, entre centro y periferia del desarrollo residencial previsto. Como quiera que el uso agrícola tradicional presenta, por razones económicas, dificultades para su mantenimiento, se propone como posible uso alternativo el recreativo-deportivo que es absolutamente idóneo para la satisfacción de las demandas de ocupación del territorio, aporta un rendimiento económico alternativo a éste y permite preservarlo del proceso de urbanización y edificación. Consecuentemente, en este suelo se prohibirá radicalmente el uso residencial y se limitará severamente cualquier uso edificatorio. No se permitirán usos terciarios ajenos o no vinculados a la actividad deportivo-recreativa. La transformación de usos para implantación de actividades recreativo-deportivo solo se permitirá a gran escala evitándose parcelaciones excesivas contrarias a ese objetivo y en tanto no se den esas condiciones de transformación de uso habrá de mantenerse el uso agrícola tradicional. Quedan prohibidas las reclasificaciones a suelo urbanizable o ESTUDIO DE PAISAJE 35 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) urbano y, a largo, con vistas a la subsiguiente revisión del Plan General a una de cada vista, se podrá valorar la conveniencia de proteger o reconsiderar el uso territorial de estos terrenos con suficiente perspectiva histórica. Entretanto, la edificación habrá de ser aislada de muy baja intensidad y morfológicamente adaptada a un entorno rústico. En consecuencia, podrán implantarse actividades de servicio (centros recreativos, deportivos y de ocio) siempre y cuando dicha implantación no modifique el entorno natural, no suponga impacto paisajístico y la construcción no ocupe una superficie superior al 3% de los terrenos. c) Amortiguación de impacto visual. Se trata de suelos no urbanizables protegidos conforme al artículo 45.1.E de la Ley Urbanística Valenciana con la finalidad específica de proteger determinadas cuencas visuales y servir de elemento de amortiguación entre elementos especialmente protegidos de alto valor forestal y resto del territorio. Son suelos adyacentes a suelos de especial protección forestal y su delimitación obedece a un estudio de paisaje conforme a las prescripciones de la Ley 4/2004. Quedan sujetos a régimen de protección y prohibida en ellos todo tipo de edificación. Ordenación del Suelo No Urbanizable Protegido. El “Modelo Territorial” que se propone recoge los elementos con capacidad de convertirse en articuladores del paisaje, convirtiéndolos en ejes de una estrategia paisajística global. En este sentido, y de conformidad con lo establecido reglamentariamente en el Art. 27 de la Ley 4/2004, de 30 de Junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (en adelante L.O.T.P.P.), se diferencian tres niveles de operatividad: - La protección del Paisaje. - La gestión del Paisaje. - La ordenación del Paisaje. A tal efecto, el presente Plan General debe abordar el Paisaje desde estos tres niveles y desarrollará un Estudio del Paisaje en el que se analicen las características de la totalidad del territorio en el término municipal y su área de influencia, según las especificaciones establecidas en el Art. 32 de la L.O.T.P.P. Así mismo, se podrán desarrollar por iniciativa pública o exigir a particulares que promuevan actuaciones adscritas a Alternativas Técnicas de Actuaciones ESTUDIO DE PAISAJE 36 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Integradas, Programas Paisajísticos para los ámbitos que por su singularidad, su fragilidad o su calidad paisajística, así lo requieran. Por todo ello, es intención de este Plan General establecer las líneas de actuación que deberán observarse y los contenidos mínimos del análisis y evaluación paisajístico que contendrán en su desarrollo. a) La “Protección del Paisaje”. El presente Plan General considera conveniente y necesario que se desarrollen políticas de preservación y protección y mejora, de los siguientes parámetros: - Protección de los espacios naturales más frágiles, afectados por riesgos de erosión, incendios, inundabilidad, desprendimiento, etc., descritos en el Capítulo sobre “Riesgos del Territorio”, delimitados a partir de la cartografía temática de la Generalitat Valenciana en los Planos de Información. Se analizará el estado de los mismos y se propondrán medidas que frenen los procesos que alteren el equilibrio natural, supongan pérdida y/o dañen la riqueza del mismo o bien representen peligro para la población o el desarrollo de actividades las instalaciones de infraestructuras y en general el medio natural, con el propósito de potenciar su conservación y/o regeneración. - Protección de los espacios identificados con hábitats singulares, los incluidos en los catálogos de flora y fauna a proteger y los Espacios Naturales objeto de alguna figura de protección por la legislación sectorial, etc. En este sentido, se incluirán los enumerados en el “Capítulo sobre “Afecciones derivadas de elementos naturales”, que a su vez se grafían en los Planos de Información. - Se identificarán los ámbitos degradados y se incluirá en la ordenación del Paisaje, medidas tendentes a la recuperación y mejora del los mismos, especialmente aquellos ámbitos cuya incidencia visual en el Paisaje sea notable. b) La “Gestión del Paisaje”. - En el Estudio del Paisaje que se acompaña como documento anexo, se establecen los procedimientos para asegurar el cumplimiento de las disposiciones vigentes y objetivos en materia de Paisaje en aquellas actuaciones de desarrollo del ESTUDIO DE PAISAJE 37 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Plan con ordenación pormenorizada; especialmente aquellas que afecten a la ordenación del “Paisaje Urbano”, la “integración con el medio natural en las áreas peri-urbanas y rurales” y a la “preservación y cumplimiento de la normativa de los espacios naturales de valor”. En el Estudio del Paisaje que se acompaña como documento anexo y a partir del análisis y evaluación de la incidencia de las actuaciones urbanísticas e implantación de infraestructuras sobre el Paisaje, se exigirá que se incorporen, o en su caso propondrá, el establecimiento de los mecanismos para la minoración del impacto paisajístico y orientará las medidas compensatorias y/o de restauración paisajística que deben aplicarse para cada caso. - En particular, se fomentará el conocimiento y disfrute del Paisaje a partir de su apreciación, para lo cual se desarrollarán recorridos, puntos de observación y estrategias de uso paisaje. También propondrá el desarrollo de programas de educación ambiental destinados a la divulgación de los recursos y valores paisajísticos del término municipal y su entorno. c) La “Ordenación del Paisaje”: El presente Plan General establece diferente campos de actuación, cuyas especificaciones se adaptarán a cada contexto, en función de las características de cada “Unidad de Paisaje” (a delimitar según las especificidades derivadas del análisis y diagnóstico que se integrará en el Estudio Paisajístico y de Evaluación Ambiental a desarrollar. Se diferencian tres tipos: - Estrategias de imagen urbana - Programas de recuperación del Paisaje Rural y Espacio Naturales. - Programas especiales o estratégicos: Será preceptiva la observancia de cumplimiento de las siguientes “Normas de Integración Paisajística”, y salvo casos justificados de interés público u otros argumentos cuyo fin sea igualmente la integración paisajística, las actuaciones y planes urbanísticos próximos a espacios protegidos incorporarán los siguientes criterios: - Adecuación a la pendiente natural del terreno, de modo que ésta se altere en el menor grado posible y se propicie la adecuación a la topografía del terreno, tanto ESTUDIO DE PAISAJE 38 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) del perfil edificado como del parcelario, de la red de caminos y de las infraestructuras lineales - Impedir la construcción sobre elementos dominantes o en la cresta de las montañas, bordes de acantilados y cúspide del terreno, salvo las obras de infraestructuras y equipamientos de utilidad pública que deban ocupar dichas localizaciones. - Incorporación de los elementos topográficos significativos como condicionante de proyecto, tales como laderas y resaltes del relieve, cauces naturales, muros, bancales, caminos tradicionales y otros análogos, proponiendo las acciones de integración necesarias para no deteriorar la calidad paisajística. - Integración de la vegetación y del arbolado preexistente y, en caso de desaparición, establecimiento de las medidas compensatorias que permitan conservar la textura y la escala de compartimentación original de los terrenos. - Preservación de los hitos y elevaciones topográficas, manteniendo su visibilidad y reforzando su presencia como referencias visuales del territorio y su función como espacios de disfrute escenográfico. - Mantenimiento del paisaje agrícola tradicional y característico de los espacios rurales por su contribución a la variedad del paisaje e integración en él de las áreas urbanizables previstas. - Mantenimiento del paisaje abierto y natural, sea rural o marítimo, de las perspectivas que ofrezcan los conjuntos urbanos históricos, típicos o tradicionales, y del entorno de carreteras y caminos de carácter pintoresco, no admitiendo la construcción de cerramientos, edificaciones u otros elementos cuya situación o dimensiones limiten el campo visual o desfiguren sensiblemente tales perspectivas. d) Recuperación de espacios naturales y/o rurales transformados. La intervención en el Suelo No Urbanizable reflejará la “Estrategia Forestal Española”, que se asume en el Plan General de Ordenación Forestal (P.G.O.F.), y se desarrolla en el Plan de Demarcacion Forestal: “Orientaciones de gestión y regulación de usos”, de la Demarcación Forestal 2 - Vall d´Alba, con los siguientes parámetros: d.1) Reconocimiento de la relevancia del “Monte Mediterráneo”, en cuanto a: - El Monte Mediterráneo tiene unas características ecológicas que lo diferencian de otros ecosistemas forestales, presentando unos índices de diversidad biológica ESTUDIO DE PAISAJE 39 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) altos, siendo esencial su conservación para asegurar el mantenimiento de dicha biodiversidad. - El Monte desempeña una función esencial e insustituible para la “protección del suelo y la regulación del ciclo hidrológico”, amortiguando los efectos catastróficos de las lluvias torrenciales. La gestión forestal es un elemento de gran importancia para responder a los objetivos de la Convención de Lucha contra la Desertificación. - La presencia, de manera abundante en el término municipal, de áreas de carácter forestal en las que se han desarrollado hábitats considerados de interés para la Unión Europea, y hábitats prioritarios de Comunidad Valenciana. A tal efecto, además de los espacios que actualmente gozan de protección específica (ver capítulos anteriores), se considerarán: - Matorral y tomillar mediterráneo. - Formaciones riparias en los cursos intermitentes de agua y laderas umbrosas. - Garriga termófila con palmitos. - La consideración especial en los Planes Forestales de Demarcación, de las masas boscosas bien conservadas o maduras o que tengan la consideración de singulares, muy vulnerables o raras a nivel local o comarcal constituidas por las siguientes especies arbóreas, consideradas como relevantes en la Comunidad Valenciana: - Carrascales (Quercus rotundifolia y Quercus ilex), quejigo (Quercus faginea), alcornoque (Quercus suber), Sabina albar (Juniperus thurifera), pino silvestre (Pinus silvestris), fresno de flor (Fraxinus ornus), arce granatense (Acer opalus granatense), mostajo (Sorbus aria), melojares (Quercus pyrenaica), pino laricio (Pinus nigra), fruticedas de laurel (Laurus nobilis), fruticedas de arto (Maytenus senegalensis subs europaea), y cornical (Periploca laevigata subsp.angustifolia), sauce negro (Salix atrocinerea), sauce blanco (Salix alba), fresno de hoja estrecha (Fraxinus angustifolia), olmo (Ulmus minor), tejo (Taxus baccata), acebo (Ilex aquifolium), arce de Montpellier (Acer monspessulanum), Acer pseudoplatanus, Acer campestre, peral de monte (Sorbus torminalis), tilo (Tilia Platyphyllos), avellano (Corylus avellana), álamo temblón (Populus tremula), olmo de montaña (Ulmus glabra), Juniperus oxycedrus badia, sabina negra (Juniperus phoenicea), enebro común (Juniperus communis subsp hemispaerica. Tambien madroño (Arbutus unedo), palmito (Chamaerops humilis) y especies del género thymus (tomillo). ESTUDIO DE PAISAJE 40 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - Especies vegetales incluidas en el catálogo de especies amenazadas aprobado por RD 439/1990 de 30 de Marzo; en los Anexos II y IV de la Directiva 92/43/CEE (Directiva Hábitat); en las categorías de amenaza en peligro crítico (CR) y en peligro (EN), de la lista roja 2000 de la Flora Vascular Española, aprobada por la Comisión de Flora del Comité Español de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza); en el Anexo 1, de la Orden de 20 de Diciembre de 1985, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, sobre Protección de Especies Endémicas y Amenazadas. - Los hábitats especialmente singulares y valiosos desde el punto de vista de conservación de las especies animales, consideradas como relevantes en la Comunidad Valenciana. En concreto se tendrán en cuenta las áreas de nidificación y cría de especies consideradas en peligro de extinción en la Comunidad Valenciana (R.D. 439/1990, de 30 de Marzo), así como las especies incluidas en el Anexo II y IV, de la Directiva Hábitats y las incluidas en la Directiva Aves. d.2) Interés paisajístico del relieve, donde la topografía enmarca cuencas visuales de interés, especialmente la llanura litoral y los valles, los hitos geográficos como lugares de percepción singular (en función de su accesibilidad para convertirse en puntos de percepción panorámica); los corredores naturales como canales de percepción dinámica. - Los Barrancos y los cursos de agua, son todos ellos susceptibles de convertirse en ejes estratégicos de percepción del paisaje, así como elementos de importancia ecológica (corredores naturales) gracias a la presencia de agua. - También serán de interés paisajístico los parajes de fragilidad visual adquirida, que se convertirán en espacios para la integración paisajística y /o la minimización de impactos visuales de otras intervenciones. - La accesibilidad al espectador es un factor determinante. d.3) La explotación del suelo en términos agrícolas y fundamentalmente forestales seguirá siendo una actividad fundamental para el municipio y su repercusión económica. Por lo que habrá que delimitar las áreas destinadas a tal efecto: ESTUDIO DE PAISAJE 41 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - El aprovechamiento tradicional del monte sigue siendo esencial para la subsistencia de la población y para la conservación de la biodiversidad y el paisaje. El Monte ha sido, es y debe seguir siendo una parte esencial de la economía y de la sociedad, mejorando este papel en el futuro. - La agricultura es una actividad principal para la economía del municipio, y es competencia del planeamiento municipal identificar y regular el suelo de uso agrícola. - El monte está recuperando un papel esencial para la sociedad, como proveedor de nuevos bienes y servicios. En este sentido, debe potenciarse la consolidación de iniciativas públicas y privadas que potencien el uso recreativo y lúdico de los recursos naturales, el esparcimiento, y el disfrute del monte, adoptando las medidas precisas para evitar que su desarrollo y explotación incidan negativamente sobre los mismos. - La actividad humana y los accidentes naturales (fundamentalmente incendios y transformaciones agropecuarias incontroladas), han provocado la degradación en algunos suelos en zonas próximas a asentamientos urbanos, por lo que es necesario el establecimiento de áreas de amortiguación, promocionar y fomentar la rehabilitación de suelos de cultivos abandonados, la reforestación de áreas afectadas por incendios, etc. Por ello es urgente que por parte de todas las Administraciones implicadas con competencias en materia de ordenación del territorio, se emprendan acciones de restauración, preservación del medio rural y la recuperación de su potencial. d.4) Aplicación de políticas de fomento y salvaguarda de las edificaciones rústicas, así como del patrimonio cultural en su entorno natural, con la confianza de que se generarán iniciativas de carácter divulgativo o didáctico, asociados a modos de protección y divulgación de las tradiciones, de los modos de aprovechamiento tradicional del suelo. En este sentido, se conservarán los asentamientos de relevancia local, cumpliendo las especificaciones de la Ley 10/2004, del Suelo No Urbanizable. d.5) Elementos de “interés patrimonial”, “cultural”, “artístico”, que serán estudiados para facilitar su catalogación, restauración y puesta en valor. Especialmente se analizará la posibilidad de vincular mediante recorridos temáticos ESTUDIO DE PAISAJE 42 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) espaciales y visuales aquellos elementos que se repiten en el territorio, mostrándose como representativos del legado antropológico e histórico de la zona. e) Programas de actuación de naturaleza medioambiental. e.1) Corredores verdes: El Plan General y el P.G.O.U. que lo desarrolle, proponen la recuperación de los “corredores fluviales” existentes en el término municipal (ver Apdo. I.02.2.- “Análisis de las afecciones impuestas por la legislación sectorial”), potenciando sus valores ambientales, configurándolos como elementos vertebradores del territorio que posibilitarán conectar entre sí, los diferentes espacios naturales y las áreas recreativas. A tal efecto, se propondrán “programas de actuación” destinados a la protección y conservación de los ecosistemas acuáticos, terrestres y los humedales fluviales identificados en el territorio, adscribiéndolos al Suelo No Urbanizable Protegido. En el caso que nos ocupa, resulta especialmente relevante su preservación por el protagonismo que adquieren en relación al mantenimiento del balance hidrogeológico del Prat de Cabanes-Oropesa: Para ello, se han identificado los siguientes: - Cauces de corrientes naturales, contínuas o discontínuas. Río Chinchilla Barranco del Toll. Barranco de La Verdoya. Barranco de La Rabosa. Barranco de Fontanelles. Barranco de La Font del Campello. Barranco de Perchets. Barranco de La Caldera. Barranco de Cabanes. Barranco del Ramachol. Barranco de Les Santes. Barranco de Ullas. Barranco de Perrils. Barranco de Miravet. Barranco del Castillo Baranco del Negre. Barranco de Raboso Rambla de Manes. ESTUDIO DE PAISAJE 43 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Rambla del Metche. - Lagunas superficiales. Parque Natural del Prat de Cabanes-Torreblanca. Su formulación contemplará la implantación de modelos de actuación homogéneos a los largo de todo su recorrido, con la definición de sendas, áreas recreativas y plataformas reservadas paralelas a lo largo de todo el cauce, de marcado carácter peatonal y cicloturista, incorporando zonas de descanso a lo largo de los recorridos. Actuación que pasa necesariamente por identificar e implementar en todos los planeamientos municipales afectados, condicionantes urbanísticos y de diseño que posibiliten su desarrollo y homogeneicen su configuración final. e.2) Paisaje: Se proponen la necesidad de proteger el Suelo No Urbanizable de alto valor paisajístico, a modo de complemento de las protecciones previstas en los planes municipales afectados, al objeto de garantizar la continuidad del suelo de vocación forestal, recuperándose de este modo las unidades de alto valor paisajístico. A tal efecto, los “programas de actuación” propuestos pasan por complementar desde el planeamiento, las figuras jurídicas de protección ya implantadas en los espacios naturales relevantes existentes en el territorio que se relacionan a continuación, extendiéndose su ámbito a los espacios existentes en el entorno próximo a los mismos, de la mano del Plan General de Ordenación Forestal, lo que conllevará la reclasificación e incluso la desclasificación de grandes bolsas de suelo, previo estudio de evaluación ambiental, en aquellas zonas donde no confluyan estrategias de desarrollo de carácter estratégico (infraestructuras supramunicipales, etc.). e.3) Elementos inventariados: En última instancia, el Plan General incorpora un listado de las reservas de suelo destinadas a Parques y Espacios Protegidos más importantes, que por su ubicación, dimensión o función asegurarán la racionalidad y coherencia del desarrollo urbanístico, garantizando la funcionalidad y calidad de los principales espacios de uso colectivo. Por su especificidad, el Plan General asume e integra en su totalidad las Red Primaria adscrita al “Modelo Territorial” establecido en el P.D.A.I.; “MUNDO ILUSIÓN”, referenciando de aquellos exclusivamente los que tengan la condición de Red Primaria en términos de globalidad municipal, por lo que se omite su desglose pormenorizado. En el resto del término municipal, se identifican los siguientes elementos: ESTUDIO DE PAISAJE 44 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - Parques y Espacios Protegidos: Elementos identificados. - Parques Naturales (EE.NN.). Prat de Cabanes-Torreblanca. - Parajes Naturales (EE.NN.). Paraje Natural del Desert de Les Palmes. - Lugares de Interés Comunitario (L.I.C.´s; Red Natura 2000). Prat de Cabanes i Torreblanca (Humedal litoral & Frente marítimo). Desert de Les Palmes (Macizo montañoso prelitoral). - Micro-reservas. Alt del Colomer. Platja del Quarter Vell. Torre La Sal (Ver Patrimonio). f) Actuaciones propuestas Como aportación del Plan General, se propone implementar las siguientes actuaciones para consolidar y garantizar la conservación y mantenimiento de los Parques y Espacios Protegidos: f.1) Adscribir al Suelo No Urbanizable Protegido el conjunto de terrenos identificados en el Plan General de Ordenación Forestal. Señalar que la magnitud de la superficie de Parque Público identificada supera holgadamente los estándares que, con carácter mínimo, se han establecido reglamentariamente, pues así lo exige la conveniencia del modelo territorial propuesto al ordenar, según sus usos idóneos, las diferentes porciones del territorio y complementar adecuadamente el suelo urbanizable colindante. f.2) Promover la declaración de Paraje Municipal, en el entorno de las “Ermitas de Santa Agueda y Santa Lucia (Les Santes)”, por los especiales valores naturales y patrimoniales que presenta el conjunto arquitectónico y su entorno. f.3) Identificación y señalización de las Vías Pecuarias junto con los itinerarios y rutas paisajísticas en las que se habilitarán miradores en los puntos más relevantes, siguiendo el “modelo” confeccionado por la Consellería de Territorio y Vivienda en el Sendero “Vía Augusta (Fase-I), en el que contempla no solo la ESTUDIO DE PAISAJE 45 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) protección y conservación del trazado, sino que se posibilita la creación de “itinerarios y rutas verdes”, o la puesta en valor de elementos patrimoniales de interés localizadas en las principales unidades, al objeto de constituir argumentos turísticos alternativos a la oferta tradicional turística del litoral. - Adecuación al planeamiento de los municipios colindantes El Plan General de Ordenación Urbana de Cabanes, se formula con la aspiración de vertebrar la necesaria uniformidad territorial, entendida desde la supramunicipalidad que todo análisis territorial demanda. En este sentido, el Art. 146 del ROGTUV, establece la necesidad de justificar la coherencia con el planeamiento de los municipios colindantes. Definido el objetivo, el marco territorial del municipio del T.M. Cabanes es el siguiente: - Norte: Benlloch y Torreblanca. - Sur: Benicassim y Oropesa del Mar. - Este: Mar Mediterráneo. - Oeste: Vall d´Alba, Vilafamés y La Pobla Tornesa. 1.- Torreblanca. Si analizamos el planeamiento vigente de los términos colindantes con aquél que se propone en el Plan General previo que nos ocupa, diremos que el término municipal de Cabanes linda por el Norte en primer lugar con el término de Torreblanca y lo hace principalmente al compartir el límite del Paraje Natural del Prat de Cabanes que se ubica entre ambos términos municipales. Seguidamente se encuentra en Cabanes suelo clasificado como no urbanizable y suelo no urbanizable forestal protegido que en Torreblanca encuentran su continuidad con suelo no urbanizable. 2.- Benlloch. Siguiendo con el linde norte del término municipal de Cabanes, nos encontramos con el término municipal de Benlloch, donde el suelo no urbanizable forestal protegido y el Monte de ESTUDIO DE PAISAJE 46 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Utilidad Pública, así considerado por el Plan Forestal, del término de Cabanes limitan con suelo no urbanizable forestal protegido en el término municipal de Benlloch. 3.- Vall d´Alba. El término municipal de Vall D’Alba es el primero que limita al oeste con el término de Cabanes y lo hace de la siguiente manera. El Area de especial protección paisajística y patrimonial prevista en el término de Cabanes tiene continuidad con suelo no urbanizable en el término de Vall d’Alba y el suelo industrial de Cabanes con suelo no urbanizable en el término vecino. 4.- Villafamés. Siguiendo con el límite oeste del término de Cabanes no encontramos con el término de Villafamés, donde lindan suelo urbano en el término de Cabanes con suelo no urbanizable en Villafamés y por otro lado lindan suelo no urbanizable en ambos términos 5.- La Pobla Tornesa. El término municipal que ahora nos ocupa es el tercer límite al oeste que tiene Cabanes. El límite entre ambos está constituido en primer lugar por el suelo no urbanizable “El Gaidó”, que se encuentra ubicado entre ambos términos. En segundo lugar el suelo urbano de Cabanes continúa en La Pobla Tornesa con suelo no urbanizable. En tercer lugar en el término de Cabanes se suceden suelo no urbanizable forestal protegido, suelo no urbanizable forestal protegido (el Paraje Natural Municipal) y el Paraje Natural del Desierto de las Palmas, siendo en los tres casos por la misma clase de suelo, ya que es el límite entre los propios municipios el que transcurre a través de dichas clases de suelo. 6.- Benicàssim. Es uno de los dos términos con los que linda Cabanes por el Sur, siendo su suelo limítrofe aquel constituido por el Paraje Natural del Desierto de las Palmas y aquél clasificado como suelo no urbanizable Forestal Protegido, por lo que la integración entre ambos términos es absoluta. 7.- Oropesa. Constituye el último linde del término y con él el término de Cabanes linda del siguiente modo: En primer lugar comparten suelo no urbanizable forestal protegido. ESTUDIO DE PAISAJE 47 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) En segundo lugar el término de Cabanes tiene lindando con Oropesa el PQL con cargo a la actuación de Mundo Ilusión que en el término de Oropesa tiene continuidad con suelo no urbanizable. En tercer lugar coinciden por medio de la actuación denominada “Mundo Ilusión”, es decir, con suelo urbanizable. Seguidamente el término cuenta con suelo no urbanizable que tiene la misma clasificación en el término vecino. Para finalizar el suelo urbanizable del término de Cabanes denominado “Torre la Sal”, encuentra su continuidad en el suelo con la misma clasificación en el término municipal de Oropesa denominado R-5b, consiguiendo de éste modo una perfecta integración entre los términos municipales. De todo lo expuesto se extrae que la ordenación prevista para el término municipal de Cabanes en este documento de Plan General, permite una perfecta integración de dicho término con sus colindantes. La cartografía perteneciente al planeamiento propuesto se muestra en el Mapa 3. ESTUDIO DE PAISAJE 48 CONCIERTO PGOU PREVIO T.M. CABANES (Planeamiento Propuesto) SUELO URBANO TIPO SUELO SUPERFICIE (m2s) % URBANO-RESIDENCIAL 408.249,43 0,3101 U.E.-05 URBANO-RESIDENCIAL 16.800,00 0,0128 A. TIPO (m2s/m2t) DENSIDAD MAX. Nº MAX VIV. FECHA APROB.DEF. 12/12/2003 HABITANTES (1) 2.785,00 12/12/2003 2,3829 U.E.-06 URBANO-RESIDENCIAL 7.776,00 0,0059 2,2037 12/12/2003 U.E.-07 URBANO-RESIDENCIAL 6.344,00 0,0048 2,2144 12/12/2003 Sector "S-5" URBANO-RESIDENCIAL 83.528,00 0,0635 0,5000 45,00 375,88 27/05/2004 917,14 Sector "S-6" URBANO-RESIDENCIAL 117.662,00 0,0894 0,4968 35,00 411,82 17/02/2004 1.004,83 0,4526 31/05/2005 1.983,72 Sector "S-10" URBANO-RESIDENCIAL 122.694,30 0,0932 50,00 813,00 Pedanías "Torre La Sal" URBANO-RESIDENCIAL 14.594,93 0,0111 50,00 72,97 178,06 Pedanías Ribera de Cabanes URBANO-RESIDENCIAL 124.834,73 0,0948 50,00 624,17 1.522,98 Sector "S-2" (incluido en Unidad de Ejecución) URBANO-RESIDENCIAL PARCIAL SUELO URBANO RESIDENCIAL 42.621,00 0,0324 50,00 213,11 519,98 945.104,39 0,7180 26,57 2.510,95 8.911,71 URBANO-INDUSTRIAL 743.800,00 0,5651 0,6000 0,00 0,00 Sector "PONT" URBANO-INDUSTRIAL 543.400,00 0,4128 0,6000 0,00 0,00 04/03/1999 U.E.-08 (Sector S-3) URBANO-INDUSTRIAL 87.326,00 0,0663 0,6000 0,00 0,00 30/09/1989 0,3993 01/06/2005 Sector "S-4" SUB- IND. 28/06/2001 266.650,00 0,2026 0,00 0,00 PARCIAL SUELO URBANO IND. & TERCIARIO 1.641.176,00 1,2468 0,00 0,00 0,00 TOTAL SUELO URBANO 2.586.280,39 1,9648 26,57 2.510,95 8.911,71 20,00 813,00 1.983,72 0,00 0,00 0,00 SUELO URBANIZABLE Sector SM-1 "PLÁ DE BURGA" SUB- RES 494.503,53 0,3757 Sector "Mas del Barranç" SUB- RES 200.000,00 0,1519 TORRE LA SAL (incluye S-1, Litoral Costero) SUB- RES 1.206.421,04 0,9165 0,5498 55,00 6.635,00 16.189,40 89.606,56 En Evaluación Ambiental 0,3200 EN ESTUDIO MARINA d´OR GOLF-CABANES (MUNDO ILUSIÓN) SUB- RES 9.911.970,00 7,5301 0,3074 18,67 36.724,00 Sector "SAU-1" (Ampliación Casco Urbano) SUB- RES 130.248,28 0,0989 0,4000 40,00 520,00 1.268,00 Sector "SAU-2" (Ampliación Casco Urbano) SUB- RES 165.407,35 0,1257 0,4000 40,00 661,00 1.612,00 Sector "SAU-3" (Ampliación Casco Urbano) SUB- RES 94.131,21 0,0715 0,3000 30,00 282,00 688,00 Sector "SAU-4" (Ampliación Casco Urbano) SUB- RES 158.774,23 0,1206 0,3000 30,00 476,00 1.161,00 Sector "SAU-5" (Ampliación Casco Urbano) SUB- RES 100.254,19 0,0762 0,3000 12.461.709,83 9,4672 PARCIAL SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL 30,00 300,00 732,00 263,67 46.411,00 113.240,68 Sector "S-9" SUB- IND. 15.156,00 0,0115 0,5000 0,00 0,00 Sector "S-7" (6) SUB- IND. 1.028.041,00 0,7810 0,6000 0,00 0,00 Sector "S-8" (6) SUB- IND. 0,6000 PARCIAL SUELO URBANIZABLE IND. & TERCIARIO TOTAL SUELO URBANIZABLE 178.872,05 0,1359 0,00 0,00 1.222.069,05 0,9284 0,00 0,00 0,00 13.683.778,88 10,3956 24,79 46.057,57 112.380,47 89.364.907,84 67,8906 0,00 0,00 6.102.912,00 19.892.820,21 4,6364 15,1126 0,00 0,00 0,00 0,00 SUELO NO URBANIZABLE S.N.U. (Suelo No Urbanizable) Sist. Gral. (Red Primaria Parques & Espacios Libres, natural) solo PQL S.N.U.P.´s (Protegido) PARCIAL S.N.U.P.´s & Sist. Gral. TOTAL SUELO NO URBANIZABLE TOTAL TÉRMINO MUNICIPAL 25.995.732,21 19,7490 0,00 0,00 0,00 115.360.640,05 87,6396 0,00 0,00 0,00 131.630.699,32 100,0000 21,41 48.568,52 121.292,18 49 COMENTARIOS: 1.- El número de habitantes se ha calculado, multiplicando el número de viviendas por 2,44 (Coef. Tamaño Medio Familiar de Cabanes; Fuente INE). 2.- Su ámbito incluye los sectores SUNP-Extensivo y SUNP-Semi-Extensivo, delimitados en el actual PGOU. 3.- Se incluyen en el ámbito del Sector "Torre La Sal". 0,00 0,00 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) ESTUDIO DE PAISAJE Tabla 2. Planeamiento propuesto. Sector "GAIDÓ" - Resumen del Plan General. NUCLEO URBANO CONSOLIDADO PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 6.3. Planes y Programas En el término municipal de Cabanes no existen Programas de Paisaje, sin embargo sí existe un Plan de Acción Territorial que engloba al municipio de Cabanes, entre otros. El Área Metropolitana de Castellón, ha sido probablemente la última en desarrollarse, pero se ha revelado como la más dinámica y activa y se sitúa precisamente, en el baricentro de los cuadrantes, en que se divide la provincia. Tal es su dinámica, que ha sido la primera de las áreas metropolitanas valencianas, de la que se ha redactado un Plan de Acción Territorial Metropolitana: el Plan de Acción Territorial de Castellón (PATECAS) Cabanes y su municipio, están incluidos en el ámbito de estudio y ordenación del PATECAS, concretamente en el ámbito ampliado de este Plan de Acción, el cual está constituido por el área de influencia del “Entorno de Castellón”, cuyo estudio resulta imprescindible para recoger y analizar toda la problemática y determinaciones que, siendo necesarias para analizar el ámbito estricto, afectan a elementos o municipios situados fuera de él. Así pues la totalidad de municipios sujetos al PATECAS son: L´Alcora, Alquerías del Niño Perdido, Almazora, Benicasim, Betxí, Borriol, Burriana, Castellón de la Plana, Nules, Onda, Sant Joan de Moró, Vila-real, La Vilavella, Benlloch, Cabanes, Pobla Tornesa, Oropesa del Mar, Vall d´Alba, Vall d´Uxó, Vilafamés y Vilanova d´Alcolea. Asimismo cabe destacar que entre las propuestas del Programa de Actuaciones del PATECAS se encuentran las actuaciones UR-20 (Triángulo Industrial) y UR-21 (Mundo Ilusión), ambas en el término municipal de Cabanes. En el Artículo 7 del PATECAS se indica que, en materia de medio ambiente, las propuestas contenidas en este Plan de Acción Territorial, así como la Normativa que las regula, se desarrollan en atención a los siguientes objetivos y criterios generales: - Potenciación de los usos turísticos que sean compatibles con la protección de los entornos naturales, tanto en las zonas del interior como en el litoral. - Utilización del suelo no urbanizable, haciendo compatible su disfrute público con la defensa de sus valores específicos. - Regeneración y protección ambiental de elementos de alto valor paisajístico, natural y cultural. - Utilización de desarrollos residenciales de calidad con la finalidad de proteger espacios naturales de alto valor. ESTUDIO DE PAISAJE 50 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - Utilización de espacios libres y dotacionales para la vertebración y conservación de las áreas naturales y como elementos de transición entre los desarrollos urbanos y los espacios agrícolas. - Tratamiento y planificación racional de la zona costera. La Sección 4 del Capítulo I “del Medio Ambiente” del Título III “Disposiciones de Carácter Particular” del PATECAS se dedica al Paisaje. Los artículos que incluye dicha sección son los siguientes: Artículo 27.- Clasificación del suelo Los Ayuntamientos incorporarán en la revisión de su planeamiento municipal los estudios de paisaje necesarios para salvaguardar los suelos de alto valor paisajístico, que se incluirán en el suelo no urbanizable de especial protección. Artículo 28.- Regulación de usos Los Planes Generales establecerán los usos que expresamente se consideren compatibles en estos suelos, que serán los necesarios para la mejor conservación y el disfrute público de los valores objeto de especial protección. En este sentido, se potenciará la ubicación de usos turísticos y recreativos, preferiblemente en las zonas identificadas al efecto, otorgando a las áreas protegidas un potencial añadido, complementario y compatible, en todo caso, con su protección o recuperación. Artículo 29.- Rutas e itinerarios Se identifican en el presente Plan rutas e itinerarios de paisaje con trazados orientativos, que deberán ser habilitadas para este uso. Se garantizará el respeto a estos caminos de uso público. Cualquier obra que los pueda afectar, deberá prever la continuidad de su trazado, así como su reposición al estado original. Artículo 30.- Elementos de Paisaje Los municipios deberán promover la realización de los estudios y planes necesarios, para la identificación y ámbito de los elementos de paisaje, que reúnan características dignas de protección por su alto valor paisajístico, arquitectónico, cultural o ambiental; así como para el establecimiento de las medidas oportunas necesarias para su conservación y protección. A modo indicativo y preliminar, este documento recoge una primera identificación de dichos elementos: masías, alquerías, ermitas, cuevas, molinos, senias y casetas de volta. ESTUDIO DE PAISAJE 51 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Artículo 31.- Control y limpieza de vertidos 1. Los Ayuntamientos incluirán en sus ordenanzas municipales, las medidas a tomar en relación con el control de todo tipo de vertidos en lugares no aptos para ello, realizándose un control estricto de los mismos por las autoridades competentes. 2. Se deberán realizar las actividades oportunas de limpieza y clausura de vertederos de cualquier tipo de residuos, o de acumulación de éstos, declarados ilegales, dando prioridad en la realización de estas actividades en las zonas que tengan un especial interés paisajístico. ESTUDIO DE PAISAJE 52 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 7. Unidades y Recursos Paisajísticos 7.1. Unidades Paisajísticas Una unidad de paisaje es un área geográfica con una configuración estructural, funcional o perceptivamente diferenciada, única y singular, que ha ido adquiriendo los caracteres que la definen tras un largo periodo de tiempo. Por ello, una unidad de paisaje se identifica por su coherencia interna y sus diferencias con respecto a las unidades contiguas. El ámbito territorial del estudio engloba un total de 8 unidades paisajísticas: Casco Urbano de Cabanes, Forestal de Boscarrons i les Masmudelles, Cultivos de Les Foies i Coll dels Martins, Desert de les Palmes, Prat de Cabanes-Torreblanca, Pla de Climent i Fondo de les Figueres, L´estret de Cabanes y Montes del norte de Cabanes. El ámbito de la actuación las engloba a todas las anteriores. Cinco unidades sobrepasan el millar de hectáreas, siendo la mayor de todas la denominada como Montes del norte de Cabanes, pues llega a ocupar unas 3500 hectáreas. Por su parte la de menor extensión tiene sobre 42 hectáreas y resulta ser la del Casco Urbano de Cabanes; entre ambos extremos se encuentran el resto de unidades. En cuanto a la distribución de dichas áreas cabe destacar en la parte más oriental del término municipal y nombradas en orden hacia el oeste las unidades de Prat de Cabanes-Torreblanca, Pla de Climent i Fondo de les Figueres y Montes del norte de Cabanes. Esta última se prolonga hasta alcanzar el sector noroeste del ámbito de actuación el cual contiene las de: Casco Urbano de Cabanes, Cultivos de Les Foies i Coll dels Martins y L´estret de Cabanes. Por último la parte central y sur del término municipal están reservados para las unidades de Forestal de Boscarrons i les Masmudelles y la del Desert de les Palmes. No obstante, la delimitación de las unidades de paisaje, se describe de forma más extensa en el apartado 9.1. Descripción y caracterización de las Unidades de Paisaje del presente documento (véase asimismo el Mapa 6). ESTUDIO DE PAISAJE 53 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 7.2. Caracterización de los Recursos Paisajísticos En este apartado se realiza una caracterización de los Recursos Paisajísticos con las áreas o elementos del territorio de relevancia e interés ambiental, cultural y visual. Por una parte hay que destacar los Recursos ambientales que son los elementos del paisaje altamente valorados por la población de la comarca por su interés natural. Se podrán destacar áreas o elementos que gocen de algún grado de protección, declarado o en tramitación, de carácter local, regional, nacional o supranacional al igual que figuras acreditadas con una Declaración de Impacto Ambiental. También será destacable la red fluvial y marítima costera. Otros Recursos destacables, son los de interés cultural y patrimonial donde se engloban las áreas, elementos o monumentos con algún grado de protección, declarado o en tramitación independientemente de su carácter incluso los apreciados por la sociedad de la zona como hitos en la evolución histórica y cuya alteración pueda suponer una valoración de pérdida de los rasgos locales de identidad o patrimoniales. Por último hay que mencionar los Recursos Paisajísticos por su interés visual, sobre áreas y elementos visualmente sensibles cuya variación puede alterar de forma negativa la calidad de la percepción visual del paisaje. En este bloque se englobarán los elementos topográficos, principales vistas y áreas significativas, puntos de observación y recorridos paisajísticos, las cuencas visuales y las áreas de afección visual. 7.2.1. Recursos Ambientales En el término municipal de Cabanes existen varios espacios que presentan interés desde el punto de vista ambiental y paisajístico. Dichos espacios son: - El Parque Natural del Prat de Cabanes - El Paraje Natural del Desert de les Palmes - Zona Húmeda Parque Natural Prat de Cabanes (Zona 2) - LIC Prat de Cabanes y Torreblanca - LIC Desert de les Palmes - ZEPA Prat de Cabanes y Torreblanca - Microrreserva vegetal Alt del Colomer - Microrreserva vegetal Platja del Quarter Vell - Microrreserva vegetal Torre de la Sal ESTUDIO DE PAISAJE 54 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - IBA Prat de Cabanes-Torreblanca (152) - Cueva Avenc d’en Sòria - Cueva Avena d’en Serengue - Cueva Ullal de Miravet - Propuesta de ZEPA Planiols-Calaf y Valentí-Donvals-Benasques - Propuesta de ZEPA Prat de Cabanes-Torreblanca Marina Cabe destacar que algunos de ellos coinciden total o parcialmente en el espacio. Este es el caso de el Parque Natural, la Zona Húmeda, el LIC, la ZEPA, la propuesta de ZEPA y la IBA del Prat de Cabanes-Torreblanca; y del Paraje Natural, el LIC y la Microrreserva Vegetal existente en la zona del Desert de les Palmes (véase Mapa 5). A continuación se muestran las fichas informativas referentes a estos recursos ambientales. ESTUDIO DE PAISAJE 55 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES I TORREBLANCA Localización Está situado en la llanura costera que se extiende entre los términos municipales de Torreblanca y Oropesa del Mar, quedando limitado por la Sierra de Irta y la Sierra de les Santes. Clasificación y legislación asociada Parque Natural (Ley 11/1994; Decreto 188/1988; Decreto 264/1994). Extensión 865,062 hectáreas Descripción general Es una estrecha franja de terreno de marismas y pantanos formada por depósitos cuaternarios. El paisaje característico de la zona es el propio de una zona húmeda litoral, separada del mar por un cordón de gravas y cantos rodados con algunas zonas de playa arenosa. Se trata de una antigua albufera cerrada por un cordón litoral, colmatada por sedimentos de carácter aluvial procedentes de los relieves circundantes. Vegetación Posee fundamentalmente tres grupos de comunidades vegetales: las de los saladares, las propias del cordón litoral y las acuáticas y palustres. Fauna Presenta especies endémicas como la gambeta, el fartet o el samaruc. Las aves son el grupo faunístico mejor representado, destacando la colonia nidificante más importante de la Comunidad Valenciana de la canastera, especie escasa y amenazada. También es de gran interés el aguilucho cenizo, el carricerín real, la cigüeñuela, el avetorillo, el chorlitejo patinegro, el pato colorado y la focha común. Otra especie bien representada es el galápago europeo. Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 56 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) PARAJE NATURAL DEL DESERT DE LES PALMES Localización Comprende parte de los términos municipales de Benicàssim, Cabanes, Puebla Tornesa, Borriol y Castelló de la Plana, en la Provincia de Castelló. Se describe detalladamente en el Decreto 149/1989. Clasificación y legislación asociada Extensión Descripción general Paraje Natural (Decreto 149/1989). 3.073,469 hectáreas Es uno de los paisajes más singulares de la Comunidad Valenciana; tanto su accidentada fisionomía (que va de los 700 metros al nivel del mar), como su peculiar configuración geológica de areniscas rojizas, le confieren una gran vistosidad y calidad estética. Desde numerosos puntos de la Sierra pueden contemplarse magníficas vistas sobre la zona costera de Benicàssim y Cabanes, así como sobre la Plana interior. Dado el gran valor natural, paisajístico y recreativo que presenta, la Generalitat Valenciana consideró necesario declarar un régimen especial de protección para los valores naturales de este espacio. Vegetación La flora del paraje supera las 600 especies de plantas vasculares. A pesar de los aprovechamientos forestales y prácticas agrícolas erróneas, se encuentra un gran número de arbustos típicos de bosques primitivos como el madroño, durillo, brezo, torvisco, aladierno, rusco, enebro, lentisco y palmito; enredaderas como la rubia, hiedra o zarzaparrilla. Actualmente, la mayor parte está ocupada por diversos tipos de matorral, en donde destacan especies como el romero, tomillo, aliaga, brezo, albaida, jara blanca y jara ESTUDIO DE PAISAJE 57 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) negra. También existen plantas endémicas, raras o amenazadas como el Leucojum valentinum, Cytisus villosus, Crassula campestris, Biscutella calduchii, Minuartia valentina, etc. En menor medida, aparece pinares, con Pinus pinaster en terrenos silíceos de areniscas rojas, y Pinus halepensis en cualquier tipo de suelo. Fauna La variedad de ambientes permite la existencia de diversas comunidades faunísticas. Se han registrado más de 120 especies de aves, destacando el águila-azor perdicera, el cernícalo vulgar, el halcón peregrino, el gavilán, la lechuza común, el autillo, el mochuelo, el búho chico y el búho real. Entre los anfibios aparece el sapo corredor, el sapo común, el sapo partero y la rana común; entre los reptiles el lagarto ocelado, la lagartija colilarga, la lagartija ibérica, el eslizón ibérico, la culebra de herradura, la culebra de escalera, la culebra bastarda y la culebra lisa. Entre los mamíferos destaca la presencia de la gineta, la garduña, la comadreja y el tejón. Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 58 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) ZONA HÚMEDA Nº 2 “PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES” Localización Se localiza en los términos municipales de Cabanes y Torreblanca. Coincide con el Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca. Descripción Pertenece al grupo “albuferas, marjales litorales y ambientes asociados”. Su uso es como ambiente de humedal-marjal. Desde el punto de vista geomorfológico es el humedal mejor conservado de la Comunidad Valenciana. Clasificación y legislación asociada Zona Húmeda (Acuerdo de 10 de septiembre de 2002, del Gobierno Valenciano, de aprobación del Catálogo de Zonas Húmedas de la Comunidad Valenciana). Extensión Funcionamiento 860 hectáreas Se alimenta de agua subterránea fundamentalmente. Su descarga es natural por manantiales de borde y ullals a la marjal, posee descarga directa al mar por golas y subterránea. El agua no es apta para abastecimiento y riego debido a su salinidad. Posee drenaje artificial en canales del antiguo arrozal y por bombeo del acuífero. Régimen del suelo Valoración Clasificación urbanística predominante: suelo no urbanizable protegido Valores bióticos: generales relevantes específicos relevantes estructurales presente Recursos económicos: agropecuarias y extractivas significativos turístico-recreativas presente aprovechamiento recursos hídricos presente ESTUDIO DE PAISAJE 59 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Valores culturales: paisajísticos relevantes patrimoniales y etnológicos significativos didáctico-científicos relevantes Protección riesgos: intrusión, erosión heladas relevante inundaciones ausente contaminación de recursos presente Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 60 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) LIC PRAT DE CABANES I TORREBLANCA Localización Comprende parte de los términos municipales de Cabanes y Torreblanca, en la Provincia de Castelló. Su parte terrestre coincide con el Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca. Clasificación y legislación asociada Lugar de Interés Comunitario (Directiva 92/43/CEE; Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2006 (2006/613/CE)). Extensión 1.940hectáreas (826 continental y 1114 marina) Descripción general Es una zona húmeda litoral constituida por una antigua albufera, cerrada por un cordón de cantos y gravas, que configuran un espacio de marismas, pantanos, saladares y turberas. La fauna posee gran importancia, sobre todo por la riqueza y variedad del doblamiento ornítico, pero también por la presencia de ciprinodóntidos endémicos. Asimismo se incluye también el frente marítimo del Parque. Hábitats destacables En la zona terrestre destacan los hábitats ligados a los humedales litorales, sobre todo turberas calcáreas de Cladium mariscus (*7210), matorrales halófilos (1420), pastizales salinos mediterráneos (1410), lagunas costeras (*1150), etc. En cuanto al medio marino, destacar las praderas de Posidonia oceanica (*1120) que poseen un estado aceptable de conservación. Especies destacables Destacan Glareola pratincola, Ixobrychus minutus, Circus pygargus e Himantopus himantopus. Asimismo destaca la presencia de Emys orbicularis, Valencia hispanica y Aphanius iberus. Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 61 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) LIC DESERT DE LES PALMES Localización Comprende parte de los términos municipales de Benicàssim, Cabanes, Pobla Tornesa, Borriol y Castelló de la Plana, en la Provincia de Castelló. Coincide con el Paraje Natural del Desert de les Palmes. Clasificación y legislación asociada Lugar de Interés Comunitario (Directiva 92/43/CEE; Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2006 (2006/613/CE); Directiva ). Extensión 3.071 hectáreas Descripción general Es una Sierra prelitoral caracterizada por presentar un interesante enclave silíceo en la Plana de Castelló. Destaca por su interés geomorfológico y paisajístico, así como por su excelente representación de coscojares con lentisco, además de por su importancia para las rapaces. Hábitats destacables Los matorrales termomediterráneos (5330) se encuentran muy bien representados, además, otros como los carrascales (9340), los brezales secos europeos (4030) y, sobre todo, las pendientes rocosas silíceas (8220). Especies destacables Destacan aves como Hieraaetus fasciatus, Falco peregrinus o Bubo bubo, así como reptiles como Testudo hermanni. Si bien sirven las mismas indicaciones que las efectuadas en la ficha anterior. Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 62 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) ZEPA PRAT DE CABANES Y TORREBLANCA Localización Comprende parte de los términos municipales de Cabanes y Torreblanca. Coincide con el Parque Natural Prat de Cabanes i Torreblanca, y prácticamente también con la IBA Prat de Cabanes-Torreblanca; aunque se ha propuesto su ampliación por medio del “Proyecto de acuerdo del Consell de ampliación de la red de ZEPAs de la Comunidad Valenciana”. Clasificación y legislación asociada Zona de Especial Protección para las Aves (Directiva 79/409/CEE; Información pública del proyecto de acuerdo del Consell de ampliación de la red de zonas de especial protección para las aves (ZEPA) de la Comunidad Valenciana). Extensión Descripción general 1.939,98 hectáreas Es un gran prado pantanoso separado del mar por un cordón de gravas. La turba se explota controladamente, produciendo charcas salobres. La fauna posee importancia sobre todo por la riqueza y variedad del poblamiento ornítico y por la presencia de ciprinodóntidos endémicos. Hábitats destacables Praderas de Posidonia (1120), Lagunas (1150), Acantilados con vegetación de las costas mediterráneas con Limonium spp endémicos (1240), Pastizales salinos mediterráneos (1410), Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (1420), Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (2120), Matorrales de enebro (2250), Estanques temporales mediterráneos (3170), Prados mediterráneos de hierbas altas y juncos (6420) y Turberas calcáreas de Cladium marisucus y Carex davalliana (7210). ESTUDIO DE PAISAJE 63 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Especies destacables Tachybaptus ruficollis, Botaurus stellaris, Ixobrychus minutus, Ardea purpurea, Anas platyrhynchos, Netta rufina, Circus pygargus, Rallus aquaticus, Porphyrio porphyrio, Fullica atra, Himantopus himantopus, Glareola pratincola, Charadrius alexandrinus, Larus audouinii, Sylvia undata. Fuente: Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es). MICRORRESERVA VEGETAL “ALT DEL COLOMER” Localización Término municipal de Cabanes. Clasificación y legislación asociada Microrreserva Vegetal (Orden de 19 de septiembre de 2003, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se declaran 11 microrreservas vegetales en la provincia de Castellón). Extensión 19,925 hectáreas Especies y hábitats prioritarios Entre las especies destaca Erodium aguilellae, mientra que entre los hábitat destacan: los matorrales termomediterráneos sobre sustrato rocoso y pedregoso con Erodium aguilellae, el pastizal rupícola calcáreo del AlyssoSedion albi, las zonas subestépicas de gramíneas y anuales del TheroBrachypodietea y los roquedos calizos termomediterráneos. Fuente: Orden de 19 de septiembre de 2003, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se declaran 11 microrreservas vegetales en la provincia de Castellón. ESTUDIO DE PAISAJE 64 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) MICRORRESERVA VEGETAL “PLATJA DEL QUARTER VELLL” Localización Término municipal de Cabanes. Clasificación y legislación asociada Microrreserva Vegetal (Orden de 4 de febrero de 2003, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaran 14 microrreservas vegetales en la provincia de Castellón). Extensión 5,57 hectáreas Especies y hábitats prioritarios Como especies destacan: Aristolochia clematitis, Otanthus maritimus, Calystegia soldanell y, Ammophila arenaria. Los hábitat que destacan son: dunas móviles y embrionarias con Ammophila arenaria (1210) y dunas fijas del litorallll con vegetación de Crucianellion maritimae (2210). Fuente: Orden de 4 de febrero de 2003, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaran 14 microrreservas vegetales en la provincia de Castellón MICRORRESERVA VEGETAL “TORRE DE LA SAL” Localización Término municipal de Cabanes. Clasificación y legislación asociada Microrreserva Vegetal (Orden de 4 de febrero de 2003, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaran 14 microrreservas vegetales en la provincia de Castellón). Extensión 2,189 hectáreas Especies y hábitats prioritarios Como especies destacan Juniperus oxycedrus subsp. macrocarpa, Cistus crispus y Ophrys tenthredinifera. Y entre los hábitats: arenales y gravas litorales con Juniperus oxycedrus subsp. macrocarpa (2250) y arenales y gravas estabilizadas con fragmentos de vegetación serial (2260). Fuente: Orden de 4 de febrero de 2003, de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaran 14 microrreservas vegetales en la provincia de Castellón ESTUDIO DE PAISAJE 65 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) CUEVA AVENC D’EN SERENGUE” Localización Término municipal de Cabanes. Coordenadas UTM: 31 BE 501469 Clasificación y legislación asociada Descripción y espeleometría Cueva catalogada (Decreto 65/2006). Galería estructurada en una fractura con abundantes bloques y resaltes. Posee una boca de 2 x 1,5 metros, con sima de 13 metros, y alcanza una anchura máxima de 4 metros. Características ambientales Importantes fauna troglobia. Destacan: Troglobisium racovitzai, Rumina decollada, Oxichilus courquini, Paratachycampa hispanica, Litocampa vandeli, Spelaeotyphlus auroxi, Ceuthosphodrus levantinus, Ildobates neboti, Troglorrynchus torres-salai espagnoli y Tychobutinus espanoli. Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 66 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) CUEVA AVENC D’EN SÒRIA” Localización Término municipal de Cabanes. Coordenadas UTM: 31 BE 501472 Clasificación y legislación asociada Cueva catalogada (Decreto 65/2006). Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 67 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) CUEVA ULLAL DE MIRAVET” Localización Término municipal de Cabanes. Coordenadas UTM: 31T BE 495446 Clasificación y legislación asociada Descripción y espeleometría Cueva catalogada (Decreto 65/2006). Boca estrecha y en forma de sima, por la que se va descendiendo a través de angosturas unos 30 metros de profundidad, hasta alcanzar una galería inundada de sección que no suele superar los 2 x 2 metros, y con un recorrido de unos 150, hasta sifones. Características ambientales Interesantes aspectos geomorfológicos asociados a su carácter de surgencia ascendente temporal, que actúa ocasionalmente como sumidero del barranco. Entre la fauna troglobia acuática destaca la gamba Typhlatya miravetensis, que es el único decápodo cavernícola de la península. Fuente: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda (www.gva.es). ESTUDIO DE PAISAJE 68 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 7.2.2. Recursos Culturales y Patrimoniales En cuanto a los recursos paisajísticos de origen cultural o patrimonial, destacar que en el interior del ámbito territorial del estudio existen diversos yacimientos inventariados, los cuales se detallan en la tabla siguiente (véase asimismo el Mapa 5). Para la elaboración del presente apartado, se ha procedido a la consulta de los archivos de la Dirección General de Patrimonio, concretamente los publicados en la página Web de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia [http://www.cult.gva.es], en la que se incluye un inventario de los yacimientos localizados en la totalidad de los municipios de la Comunidad Valenciana. Las fichas originales de cada uno de los yacimientos arqueológicos presentan una breve descripción del yacimiento, su ubicación en coordenadas UTM, un croquis y detalles sobre el propio yacimiento. Asimismo se dispone de información procedente de prospecciones recientes efectuadas en la zona. Las características de los yacimientos citados en la zona se exponen en la tabla siguiente. Nombre Tipo Adscripción Cronología Estado de conservación ARC ROMÀ Arco Romano I-II dC. Bueno CAMÍ DE LES TORRES I Dispersión habitat rural Islámico X-XIII Indeterminado CAMÍ DE LES TORRES II Fortificación Bronce Indeterminada Bueno CASA COBA Dispersión Ibérico/Islámico VI-II a.C/XXIIId.C. Indeterminado CASA DEL CURRO Castillo , Medieval Indeterminado Malo CASTELL D'ALBALAT Castillo- Medieval- Indeterminado - Malo- CASTELL DE MIRAVET Asentamiento aire libre Epipaleolitica Indeterminado Malo COLL DE CABANES Cueva NeoliticoCalcolitico/Campanif orme-- Bronce Datación C 14 4130 Bp-130 Muy alterado COLL DE CABANES II Subacuático, hallazgos aislados Romana IV d.C. Indeterminado COVA DEL PETROLÍ Dispersión necrópolis (Villa?) Iberico/Romano Desde el V a.C. al VI d.C. Indeterminado ESTUDIO DE PAISAJE 69 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Nombre Tipo Adscripción Cronología Estado de conservación CUARTEL GUARDIA CIVIL Dispersión Iberico/Islámico/Med ieval VI Y II a.C./XI Indeterminado EL BROSSERAL Pueblo Ibérica Indeterminado Regular EL BROSSERAL II Dispersión/alque ria?- Islámico- X,- XI d.C. Indeterminado EL CAMPELLO Dispersión- Islámico- X,-XIII d.C.- Indeterminado EL CAMPELLO II Dispersión Islámico/Ibérico antiguo VII a.C:,XIII d.C.- Indeterminado - EL CONTADOR Fortificación Bronce Indeterminado Indeterminado EL GAIDÓ Fortificación Iberica Indeterminado Regular EL MOLINET DE VENT - - - - EL MORTORUM Pueblo Bronce-Hierro Bronce medio hasta el final de XIII Malo, aceptable lo que se conserva EL TANCAT Dispersión necrópolis asentamiento rural Hierro/ Ibérico/ Romano/ Islámico Desde el VII a.C. al XIII Indeterminado ELS ARMARIS I Dispersión/ Alqueria Islámico X-XIII d.C. Indeterminado. ELS ARMARIS II Dispersión/ Alqueria Islámico X-XI d.C. Indeterminado ELS ARMARIS III Dispersión /Alqueria? Ibérico antiguo/Islámico VI a. C. Indeterminado ELS PERCHETS Dispersión Islámico XI d.C. Indeterminado ELS TANCATS Alqueria Medieval Indeterminado Regular ELS TANCATS Dispersión( habitat en altura) Islámico X-XI Indeterminado FONT DEL PERELLÓ Taller de sílex al aire libre Eneolítica Indeterminado Malo FONTANELLE S Fortificación Bronce Indeterminado Bueno GAIRÓ Poblado Medieval Indeterminado Malo ESTUDIO DE PAISAJE 70 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Nombre Tipo Adscripción Cronología Estado de conservación GOMBÍ I Dispersión/Asent amiento Ibérico antiguo/Islámico VI-II a.C./ XXI d.C. Indeterminado GOMBÍ II Dispersión Ibérico /Islámico VII-II a.C./XXI d.C. Indeterminado HORTA I Dispersión/Alque ria Islámico X-XIII d.C. Indeterminado HORTA II Dispersión /Asentamiento iberico Ibérico islámico VII-I a.C. s.XXIII d.C. Indeterminado LA FORTA O LA SERRETA Asentamiento Iberico Indeterminado Regular LA MOLLONADA I Dispersión Ibérico VI-I a. C. Indeterminado LA MOLLONADA II Dispersión Ibérico antiguo VI a.C. Indeterminado LA MOLLONADA III Dispersión Ibérico VI- I a.C. Indeterminado LA PEDRERA Dispersión (asentamiento íbero) Iberico final/Romano Imperial islámico II-I a.C. XIII d.C. Indeterminado LA SERRETA - - - - LES CODINES Dispersión estructuras alquería Islámico X-XI d.C. Indeterminado LES TORRES I Torre Moderna Indeterminado Bueno LES TORRES II Torre Moderna Indeterminado Restaurado MAS DE BERNARDINO I Dispersión/ Estructura (asentamiento iberico) Ibérico antiguo/ Islámico VI a.C. XIII Bueno MAS DE BERNARDINO II Dispersión Ibérico/Islámico VI-IIa.C., VXIII a.C. Indeterminado MAS DE BERNARDINO III Dispersión Islámico X-XI d.C. Indeterminado MAS DE CELADES I Dispersión Ibérico antiguo VI a.C. Indeterminado MAS DE CELADES II Dispersión Ibérico/Islámico ESTUDIO DE PAISAJE Indeterminado 71 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Nombre Tipo Adscripción Cronología Estado de conservación MAS DE CELADES III Dispersión Ibérico/Islámico VII-I a.C., XXIII d.C. Indeterminado MAS DE CELADES IV Dispersión Ibérico antiguo/ Islámico VI a.C., X-XII d.C. Indeterminado MAS DE CELADES V Dispersión Islámico X,XII d.C. Indeterminado MAS DE LA MARQUESA I Dispersión/ Estructuras? Ibérico antiguo/ Islámico VI a.C., X-XI d.C. Indeterminado MAS DE LA MARQUESA II Dispersión Islámico X-XIII d.C. Indeterminado MAS DE LA MARQUESA III Dispersión Ibérico/ Islámico VI-II a.C., s.XXIII d.C. Indeterminado MAS DE LA MARQUESA IV Dispersión Islámico V-XI Indeterminado MAS DE L'ARC SIN FICHA MAS DE RITA Dispersión Islámico X-XIII d.C. Indeterminado MAS DE SEC I Dispersión Islámico X-XIII d.C. Indeterminado MAS DE SEC II Dispersión Ibérico/ Islámico VI-I a.C., X-XI d.C. Indeterminado MIRAVETE SIN FICHA PECIO FRANCÉS DE TORRE LA SAL Subacuático/ Pecio Contemporanea 1844 Bueno. Estable por la carga PLA DE CLIMENT Dispersión Ibérico final/ Islámico II- I a.C., XI Indeterminado PLA DE CLIMENT II Dispersión Ibérico final/ Islámico III-II a.C., XIIXIII d.C. Indeterminado PONT DEL CAMÍ DE MIRAVET Dispersión Islámico/ Ibérico XI- II a.C. Indeterminado PRAT DE CABANES Posible lugar de habitación Eneolítico 3º milenio a.C. Relativo: una parte bién, otra erosionada por el mar RACÓ DE CANELLES I Dispersión Islámico/ Moderno X-XI d.C., XIV/ XIX d.C: Indeterminado ESTUDIO DE PAISAJE 72 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Nombre Tipo Adscripción Cronología Estado de conservación RACÓ DE CANELLES II Dispersión Islámico X- XII Indeterminado RACÓ DE CANELLES III Dispersión Ibérico/ Islámico VII- II a.C., XXIII d.C. Indeterminado RACÓ DE CANELLES IV Dispersión Ibérico/ Islámico VI-II a.C., XXI d.C. Indeterminado RACÓ DE CANELLES V Dispersión Ibérico antiguo/ Islámico VI-V a.C., XXi d.C. Indeterminado RACÓ DE CANELLES VI Dispersión Ibérico/ Islámico moderno VII- VI a.C., X-XIII, XVI Indeterminado TORRE Torre Moderno Indeterminado Bueno TORRE LA SAL Poblado- torre Iberico- MedievalModerno VI- I a.C., XIXVIII Malo TORRE LA SAL SUBACUÁTIC O Subacuático embarcadero Ibérico- Romana II-I a.C. Malo TORRELLÓ DE TORRE LA SAL Torre Medieval- Moderna Indeterminado Restaurado Dispersión Islámico X-XI Indeterminado ULLAL DE MIRAVET ZUFERA Poblado Islámico XI-XII Tabla 3. Yacimientos arqueológicos inventariados en el municipio de Cabanes. Malo Además, dentro del ámbito territorial del estudio existen varios BIC (Bienes de Interés Cultural), según la base de datos de página web de la Conselleria de Cultura, Educació i Esport [Fuente: http://www.cult.gva.es]. A continuación se muestra una tabla descriptiva de los mismos (véase asimismo Mapa 5). ESTUDIO DE PAISAJE 73 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Nombre Tipología Categoría Época Estado Arco Romano Edificios conmemorativos. Arcos de triunfo. Monumento S. II a.C. Declaración singular Castillo de Albalat Edificios militares. Castillos. Monumento S.XIII Declaración genérica Castillo de Miravet Edificios militares. Castillos. Monumento - Declaración genérica Ermita fortificada de Albalat Edificios militares. Edificios religiosos fortificados. Ermitas. Edificios rotacionales. Edificios administrativos públicos. Casas consistoriales Monumento S.XIII, S.XIV Declaración genérica Monumento - Declaración genérica Palacio Municipal Torre Carmelet Edificios militares. Torres defensivas Monumento S.XV; S.XVI Declaración genérica Torre de la Sal Edificios militares. Torres defensivas Monumento - Declaración genérica Torre del Carmen Edificios militares. Torres defensivas Monumento S.XV; S.XVI Declaración genérica Torre dels Gats Edificios militares. Torres defensivas Monumento S.XV; S.XVI Declaración genérica Tabla 4. Bienes de Interés Cultural (BIC’s) inventariados en el municipio de Cabanes. 7.2.3. Hitos Paisajísticos El paisaje constituye una parte fundamental de la cultura de los pueblos. Actúa como escenario vital y, por tanto, como configurador de la conciencia identitaria. Los hitos paisajísticos sirven de referencia para la identificación de los lugares y para la localización (construcciones aisladas, montañas, grandes peñas, bosques y árboles determinados, perfiles singulares del relieve, líneas del horizonte, etc.). Es evidente que deberían tener asignado un sentido patrimonial específico. De hecho, muchos de ellos ya lo tienen por otras vías, por ser considerados lugares sagrados, monumentos naturales, parajes protegidos, etc. En todos estos casos, además, los topónimos tienen también un valor referencial. La toponimia suministra información útil para conocer un territorio, y también para evaluar sus procesos de transformación. ESTUDIO DE PAISAJE 74 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) También son singulares los lugares que poseen condiciones excepcionales de visibilidad y son muy visitados para contemplar panorámicas. Por otra parte, los lugares de mayor valoración paisajística son también con frecuencia espacios de sociabilidad (paseos con buenas perspectivas o miradores públicos, itinerarios excursionistas, etc.). Esos valores colectivos hacen más fácil la defensa de un bien compartido. Los hitos paisajísticos se consideran recursos paisajísticos visuales debido a la gran cantidad de puntos desde los que son visibles, en el ámbito territorial del estudio se pueden encontrar los siguientes: Palacio Municipal de Cabanes Arc de Cabanes Torre de la Sal Paraje Natural Desert de les Palmes (Pla de Miravet) Parque Natural Prat de Cabanes i Torreblanca A continuación, se exponen las fichas informativas de estos hitos paisajísticos: estos elementos serán los que se utilizarán posteriormente para el análisis visual, por lo que estos serán los puntos de observación a partir de los cuales se realizará el cálculo de las cuencas visuales. ESTUDIO DE PAISAJE 75 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 1: PALACIO MUNICIPAL DE CABANES Recurso Paisajístico Localización Se localiza en el casco urbano de Cabanes. Sus coordenadas UTM son las siguientes: X: 759.486 m Y: 4.449.734 m Clasificación Punto de Observación Principal (hito + yacimiento) Descripción Fue construido en el s. XV y acoge la sede del ayuntamiento. De su construcción destacan los ventanales góticos trilobulados y las amplias arcadas que se abren tanto en el porche como en el patio interior. ESTUDIO DE PAISAJE 76 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 2: ARC DE CABANES Recurso Paisajístico Localización Localizado en el extremo noroeste del término municipal de Cabanes. Tiene como coordenadas UTM, las siguientes: X: 756.889 m Y: 4.450.721 m Clasificación Punto de Observación Descripción Principal (hito + yacimiento) Su posición es paralela a la de la Vía Augusta. Del arco de triunfo se conservan los dos pilastres y la rosca del arco, faltando todo el entablamiento. La altura total de la parte que se conserva es de 5,8 metros, y su ancho es de 7,3 metros. Posiblemente fue un elemento funerario. ESTUDIO DE PAISAJE 77 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 3: TORRE DE LA SAL Recurso Paisajístico Localización Se localiza en la franja costera del municipio de Cabanes. Las coordenadas UTM que definen su ubicación son: X = 769.624 Y = 4.447.284 Clasificación Punto de Observación Secundario (hito + Yacimiento) Descripción Forma parte de una serie de construcciones de la época ibérica situadas en la orilla de la playa, y que parte de ellas ya han sido desmanteladas por las aguas. El resto está cubierto por las arenas y bajo los campos del entorno. La torre destaca entre estas construcciónes, data del siglo XVI y se encuentra restaurada. Su estado de conservación es bueno. ESTUDIO DE PAISAJE 78 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 4: PARAJE NATURAL DESERT DE LES PALMES(PLA DE MIRAVET) Localización Recurso Paisajístico El punto de observación se ha localizado dentro del Parque Natural del Desert de les Palmes, concretamente en El Pla de Miravet. Las coordenadas U.T.M. del punto son: X: 759.946 m Y: 4441285 m Clasificación Punto de Observación Principal (hito + recurso ambiental) Descripción El Pla de Miravet se localiza al sur del término municipal de Cabanes, en la zona media del Paraje Natural. El Paraje Natural presenta uno de los paisajes más singulares de la Comunidad Valenciana; tanto su accidentada fisionomía (que va de los 700 metros al nivel del mar), como su peculiar configuración geológica de areniscas rojizas, le confieren una gran vistosisdad y calidad estética. Desde numerosos puntos de la Sierra pueden contemplarse magníficas vistas sobre la zona costera de Benicàssim y Cabanes, así como sobre la Plana interior. Dado el gran valor natural, paisajístico y recreativo que presenta, la Generalitat Valenciana consideró necesario declarar un régimen especial de protección para los valores naturales de este espacio. ESTUDIO DE PAISAJE 79 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 5: PARQUE NATURAL PRAT DE CABANES I TORREBLANCA (LA BOCA DE L’INFERN) Recurso Paisajístico Localización El punto de observación se localiza dentro del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca, concretamente en el paraje La Boca de l’infern). Las coordenadas U.T.M. del este hito son: X UTM: 772.115 m Y UTM: 4.453.029 m Clasificación Punto de Observación Principal (hito + recurso ambiental) Descripción La Boca de l’Infern se localiza al noreste del término municipal de Cabanes, en la mitad norte del Parque Natural. El Parque Natural es una estrecha franja de terreno de marismas y pantanos formada por depósitos cuaternarios. El paisaje característico de la zona es el propio de una zona húmeda litoral, separada del mar por un cordón de gravas y cantos rodados con algunas zonas de playa arenosa. Se trata de una antigua albufera cerrada por un cordón litoral, colmatada por sedimentos de carácter aluvial procedentes de los relieves circundantes. ESTUDIO DE PAISAJE 80 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 8. Plan de Participación Pública El Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana expone que entre los documentos que deben integrar cualquier Estudio de Paisaje se incluye el denominado Plan de Participación Pública, cuyo contenido y objeto se regula en los artículos 13 a 17 del mencionado Decreto. Así pues, aunque el presente estudio no se encuentre sometido a tal Decreto, dada la importancia que posee el proceso de participación pública, se ha desarrollado en un documento independiente el Plan de Participación Pública del Estudio de Paisaje del Plan General de Cabanes. 9. Análisis Paisajístico El paisaje, considerado como recurso y patrimonio cultural, probablemente se encuentre gravemente alterado desde hace tiempo en una elevada superficie del municipio que nos ocupa, debido a la presencia desde hace décadas de urbanizaciones, instalaciones industriales o actividades extractivas aisladas, así como paisajes con escaso substrato arbóreo o vegetal en general. De esta manera, el recurso paisaje –sin entrar todavía en su valoración- ha sido ya gravemente alterado a causa de incendios, el progresivo desarrollo de diferentes infraestructuras (que atraviesan el municipio), el desarrollo de numerosas zonas urbanizadas, etc., determinando de manera importante este componente del medio físico y perceptual. Por otro lado, hay que considerar la calidad o grado de excelencia del lugar estudiado (por su morfología, flora, fauna y ecosistemas) o bien la rareza o singularidad de algunos de sus elementos cuya conservación se considere prioritaria. 9.1. Descripción y caracterización de las Unidades de Paisaje La caracterización de las Unidades de Paisaje tiene por objeto: a) La definición, descripción y delimitación de las características paisajísticas en el ámbito de estudio. b) El análisis de sus características y de las dinámicas y presiones que las modifican. ESTUDIO DE PAISAJE 81 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) c) Identificar los recursos paisajísticos que singularizan positivamente su valor y los conflictos paisajísticos que las degradan negativamente. d) Posibilitar la definición de los Objetivos de Calidad Paisajística. Además de ello, el análisis de las características de las Unidades de Paisaje definidas y delimitadas reflejará para cada Unidad, al menos, los siguientes aspectos: a) Elementos existentes que definen la singularidad de la unidad, incluyendo aquellos que afectan a otra experiencia sensorial además de la vista. b) Recursos paisajísticos existentes dentro de cada Unidad conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente. c) Tendencias y procesos de cambios presentes y futuros y como éstas pueden afectar a las características de la unidad de paisaje. En particular se analizarán las procedentes de planes y proyectos que afecten al área de estudio. d) Principales conflictos existentes y previsibles. Las unidades de paisaje existentes en el ámbito del estudio pueden observarse en la figura siguiente y en el Mapa 6 del anexo cartográfico. Figura 2. Unidades Paisajísticas ESTUDIO DE PAISAJE 82 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Se presenta a continuación una ficha para cada una de las Unidades de Paisaje definidas, tal y como se expone a continuación: ESTUDIO DE PAISAJE 83 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 1: Casco Urbano de Cabanes. Localización y Descripción La Unidad Paisajística Casco Urbano de Cabanes con 42,8 hectáreas es la de menor extensión de todas las unidades que comprenden el término municipal. Se sitúa cercano al límite oeste del ámbito territorial, a unos 1600 metros. Tipología Urbana Superficie (Ha) 42,8 Calidad Paisajística Baja Tendencias y procesos de cambio Se mantendrán las condiciones actuales de la unidad Objetivos de la Calidad Paisajística a) Conservación y mantenimiento del carácter existente Recursos Paisajísticos Palacio municipal de Cabanes Unidad Ambiental (Geocientífico) Arenas y arcillas de Cabanes, Aluvial-coluvial de Mas de Alba-Cabanes. Principales conflictos previsibles Sin afección directa ESTUDIO DE PAISAJE 84 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 2: Cultivos de Les Foies i Coll dels Martins Localización y Descripción La Unidad Paisajística de Les Foies i Coll dels Martins se localiza adjunta al noroeste del término municipal; y en su prolongación hacia terrenos más meridionales envuelve a la unidad del Casco Urbano de Cabanes hasta contactar con las unidades de Forestal de Boscarrons i Les Masmudelles al sur y sureste, y con Montes del norte de Cabanes al este. Está conformada por campos de cultivos en su mayor parte. Tipología Forestal matorral, agrario y urbano Superficie (Ha) 2064,9 Calidad Paisajística Baja Tendencias y procesos de cambio En una pequeña parte de esta unidad (alrededor del casco urbano) el paisaje se verá modificado, pues se pretende la instauración de suelo urbanizable no programado. Asimismo se prevé implantar suelo urbanizable programado en zonas al suroeste de esta unidad y una pequeña zona de suelo no urbanizable protegido de protección forestal en la zona de la Serreta al sureste. Además se mantendrá el carácter del resto de la unidad y una ampliación del área de protección paisajística y patrimonial en la parte norte de la CV-157. Objetivos de la Calidad Paisajística e) Una combinación de los anteriores Recursos Paisajísticos Arc de Cabanes Unidad Ambiental (Geocientífico) Arenas y arcillas de Cabanes, Aluvial-coluvial de Mas de Alba-Cabanes, Aluvial-coluvial de Benlloch, Calizas y margocalizas de Subarra, Arenas y arcillas de La Serreta, Calizas de Ferradura y Calizas de Gairón. Principales conflictos previsibles Alteración del Paisaje actual en una pequeña parte del ámbito de actuación ESTUDIO DE PAISAJE 85 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 3: Desert de les Palmes Localización y Descripción La unidad, se localiza en el sector más meridional del ámbito territorial. Su extensión total es de 3.073,469 hectáreas, pero de esas, 1383,4 pertenecen al término de Cabanes. Está rodeada por la unidad de Forestal de Boscarrons i Les Masmudelles. Tipología Espacio Protegido Superficie (Ha) 1383,4 Calidad Paisajística Media Tendencias y procesos de cambio Se mantendrán las condiciones actuales de la unidad Objetivos de la Calidad Paisajística a) Conservación y mantenimiento del carácter existente Recursos Paisajísticos Paraje Natural Desert de les Palmes (Pla de Miravet) Unidad Ambiental (Geocientífico) Calizas de Ferradura, Fondos de valle del Bco. del Negro, Rodeno de la Sª de Los Santos y Calizas de la Sierra de Orpesa. Principales conflictos previsibles Sin afección directa ESTUDIO DE PAISAJE 86 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 4: L´Estret de Cabanes Localización y Descripción La Unidad L´Estret de Cabanes ocupa una pequeña extensión junto al límite oeste, siendo la segunda unidad de menor extensión después del Casco Urbano de Cabanes. Se trata de una zona en la que predomina el paisaje forestal con relieves acusados y su flanco oriental contacta con la unidad de Cultivos de Les Foies i Coll dels Martins. Tipología Forestal matorral, agraria y urbana Superficie (Ha) 196,1 Calidad Paisajística Media Tendencias y procesos de cambio Se mantendrán las condiciones actuales de la unidad Objetivos de la Calidad Paisajística a) Conservación y mantenimiento del carácter existente Recursos Paisajísticos Unidad Ambiental (Geocientífico) Calizas de Gairón, Aluvial-coluvial de Mas de Alba-Cabanes. Principales conflictos previsibles Sin afección directa ESTUDIO DE PAISAJE 87 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 5:Forestal de Boscarrons i Masmudelles Localización y Descripción Ésta se encuentra localizada en los sectores central y sur del ámbito de actuación, presentando una delimitación irregular que le otorga tres sectores interconectados por estrechamientos de dicha unidad. Entra en contacto con la unidad anteriormente mencionada, además de las de: Desert de Les Palmes, Cultivos de les Foies i Coll dels Martins, Montes del norte de Cabanes y Pla de Climent i Fondo de Figueres. En una parte de esta unidad se prevé la implantación del Sector “Mundo Ilusión” como parte integrante del Programa de Actuación Integrada del Sector Marina d´Or Golf Cabanes del cual ya se ha elaborado el Estudio de Paisaje pertinente. Tipología Forestal matorral y agrario Superficie (Ha) 2932,8 Calidad Paisajística Media Tendencias y procesos de cambio Esta unidad se verá afectada en una zona relativamente pequeña al noroeste por la implantación de suelo urbanizable programado, pero en la mayor parte del resto se prevé suelo de protección forestal y al suroeste un paraje natural municipal. Objetivos de la Calidad Paisajística e) Una combinación de los anteriores Recursos Paisajísticos - Unidad Ambiental (Geocientífico) Calizas de Ferradura, Arenas y arcillas de La Serreta, Rodeno de Pobla Tornesa, Aluvial-coluvial de Mas de Alba-Cabanes, Calizas de la Sierra de Orpesa y Aluvial del río Chinchilla. Principales conflictos previsibles Alteración del Paisaje actual en el ámbito de actuación ESTUDIO DE PAISAJE 88 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 6: Montes del norte de Cabanes Localización y Descripción Se trata de una unidad que compone la mayor parte del norte del término municipal, localizada entre las unidades de Cultivos de les Foies i Coll dels Martins y Pla de Climent i Fondo de Figueres es la que mayor extensión ocupa de todas las unidades. Tipología Forestal matorral, arbolado, agrario y urbano. Superficie (Ha) 3508,8 Calidad Paisajística Media Tendencias y procesos de cambio Se producirá un impacto positivo debido al establecimiento de suelo no urbanizable protegido de protección forestal en la práctica totalidad de su extensión. Objetivos de la Calidad Paisajística a) Conservación, mantenimiento y mejora del carácter existente Recursos Paisajísticos - Unidad Ambiental (Geocientífico) Calizas y margocalizas de Subarra, Calizas de Ferradura, Calizas y margocalizas de Mallagrossa, Arenas y arcillas de Cabanes, Coluvial de Combi, Conglomerados y areniscas de Feranoses, Arenas y arcillas de Casa Grillona, Coluvial de Torreblanca y Aluvial-coluvial de la Ribera de Torreblanca. Principales conflictos previsibles Sin afección directa ESTUDIO DE PAISAJE 89 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 7: Pla de Climent i Fondo de les Figueres Localización y Descripción Se trata de una unidad cuyo paisaje predominante está compuesto por campos de cultivos y cuyos relieves son de pendientes suaves, propias de zonas próximas a la costa. A su lado este tiene adosada la unidad del Prat de Cabanes-Torreblanca y al oeste las dos anteriores. En una parte de esta unidad se prevé la implantación del Sector “Mundo Ilusión” como parte integrante del Programa de Actuación Integrada del Sector Marina d´Or Golf Cabanes del cual ya se ha elaborado el Estudio de Paisaje pertinente. Tipología Agrario, Urbano y Forestal Matorral Superficie (Ha) 2456,1 Calidad Paisajística Baja Tendencias y procesos de cambio Esta unidad se verá afectada en una zona relativamente pequeña al suroeste por la implantación de suelo urbanizable programado. En el resto se prevé que sea suelo No Urbanizable Recreativo-Deportivo. Objetivos de la Calidad Paisajística e) Una combinación de los anteriores Recursos Paisajísticos Torre de la sal Unidad Ambiental (Geocientífico) Aluvial-coluvial de la Ribera de Torreblanca, Coluvial de Combi, Aluvial del río Chinchilla, Calizas de Ferradura, Calizas y margocalizas de Subarra, Coluvial de Torreblanca, Limos del marjal de Prat de Cabanes-Torreblanca y Calizas y margocalizas de Mallagrossa. Principales conflictos previsibles Alteración del Paisaje actual en el ámbito de actuación ESTUDIO DE PAISAJE 90 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) UNIDAD 8: Prat de Cabanes-Torreblanca Localización y Descripción Coincide con parte del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca, en concreto con su parte más meridional y dentro del término de Cabanes. Se trata de una unidad de mediana extensión respecto del resto de unidades. También como la anterior se encuentra en el sector este del ámbito y con relieve de pendientes suaves. Tipología Espacio protegido, valles y riberas, agrario Superficie (Ha) 613,2 Calidad Paisajística Alta Tendencias y procesos de cambio Se mantendrán las condiciones actuales de la unidad Objetivos de la Calidad Paisajística a) Conservación y mantenimiento del carácter existente Recursos Paisajísticos Parque Natural Prat de Cabanes i Torreblanca (La Boca de L’Infern) Unidad Ambiental (Geocientífico) Turba del marjal de Prat de Cabanes-Torreblanca, Limos del marjal de Prat de Cabanes-Torreblanca y Playa de Torreblanca. Principales conflictos previsibles Sin afección directa ESTUDIO DE PAISAJE 91 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 9.2. Tipologías Paisajísticas Las Unidades Paisajísticas se conforman mediante un compendio de elementos tanto naturales como humanos. Los valores naturales que intervienen en la configuración de una determinada unidad son: relieve, geología, hidrología, suelo, clima y especies de fauna y flora silvestres. Por otra parte, los elementos humanos que actúan como configuradores del paisaje son la población, la intervención humana, usos del suelo, etcétera, que proporcionan al paisaje una configuración particular. Estas unidades pueden agruparse a su vez en varias tipologías. Las tipologías de paisaje que establece el presente Estudio de Paisaje son siete, pudiendo aparecer diversos parches de cada una de ellas dispersos por el ámbito de estudio. A continuación pasamos a enumerarlas e inventariar los elementos que reflejan sus características más fielmente. Figura 3. Tipologías Paisajísticas del ámbito de estudio. Las diferentes tipologías de paisaje son (véase anexo cartográfico, Mapa 7): Paisaje Urbano o Antropizado: Como su nombre indica es aquel dominado por las zonas urbanizadas, tales como ciudades, pueblos, urbanizaciones de alta, media y baja densidad, etcétera. En ocasiones, cuando la presencia de industrias no es muy significativa, engloba también al paisaje industrial. En el ámbito territorial del estudio existe una unidad de paisaje que en su totalidad posee esta tipología, se trata de la unidad Casco urbano de Cabanes. Asimismo, también se presenta esta tipología en ESTUDIO DE PAISAJE 92 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) las infraestructuras AP-7, N-340 y vía del ferrocarril Valencia-Vinarós, y en algunos pequeños núcleos urbanos existentes en torno a las mismas. Paisaje Agrario: La presencia humana en muchas zonas de la Comunidad Valenciana es elevada y ha estado desde tiempos inmemoriales orientada al aprovechamiento de la tierra. Se han incluido dentro de este grupo los suelos agrícolas destinados tanto al regadío como al secano, así como las edificaciones humanas dispersas envueltas en un ambiente rural. Esta tipología de paisaje es la dominante en las franjas oriental y occidental del término municipal de Cabanes, aunque también aparece por medio de pequeñas manchas en la franja central. Las unidades paisajística caracterizadas por poseer este tipo de paisaje son: “Cultivos de les Foies i Coll dels Martins” y “Pla de Climent i Fondo de Figueres”. Paisaje Forestal Matorral: Es aquel que presenta un grado medio de naturalidad, puesto que al no existir a día de hoy prácticamente lugares intactos, se consideran naturales a aquellos paisajes en que la influencia humana no es muy apreciable. Está compuesto por zonas en las que domina el matorral xerofítico típico del clima mediterráneo. En el término municipal de Cabanes esta tipología es la dominante, ocupando gran parte de la zona central del término municipal. Las unidades paisajísticas caracterizadas por poseer en su mayor parte este tipo de tipología son: “Montes del norte de Cabanes” y “Forestal de Boscarrons i Masmudelles”. Paisaje Forestal Arbolado: Al igual que el anterior, es aquel que se considera que presenta un grado medio de naturalidad, ya que, como actualmente casi no existen lugares intalterados, se consideran naturales a aquellos paisajes en que la influencia humana no es muy apreciable. Está compuesto por zonas en las que domina el arbolado de clima mediterráneo y supone masas de especies frondosas como los carrascales, los quejigares, etcétera, aunque también masas de coníferas de alto interés como los sabinares o, más comunes y ampliamente distribuidas, como los pinares. Esta tipología de paisaje aparece únicamente en una mancha situada al norte del término municipal, entre el Mas d’en Queixa y La Rabosa, y en pequeñas manchas situadas al norte del Paraje del Desert de Cabanes (Barranc de Miravet). Paisaje de Espacios Protegidos: Se incluyen en esta categoría zonas naturales protegidas, tales como Parques y Parajes Naturales, LIC’s, ZEPA’s, etc., que además ESTUDIO DE PAISAJE 93 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) de poseer interés ambiental poseen un elevado interés paisajístico. Esta tipología de paisaje se presenta en el ámbito territorial del estudio por medio del Paraje Natural del Desert de les Palmes y del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca, los cuales a su vez albergan en su interior a otras figuras de protección (Zona Húmeda, LIC, ZEPA e IBA). Las áreas con esta tipología se corresponden con las unidades: “Prat de Cabanes” y “Desert de les Palmes”. Paisaje de Playa: Se corresponde con el paisaje litoral, tanto si está conformado por acantilados, playas rocosas o playas de arena sometidas a alta presión humana. Se caracteriza por ser un paisaje en el cual se da el contacto tierra-mar. En el ámbito de estudio esta tipología paisajística se extiende por el litoral costero de Cabanes, desde el sur del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca hasta el comienzo del término municipal de Oropesa. La zona que presenta esta tipología se encuentra en el interior de la unidad paisajística “Pla de Climent i Fondo de Figueres”. Paisaje de Valles y riberas: Se incluyen en esta categoría zonas como marjales, ríos, ramblas, y otras masas de agua, así como su vegetación de ribera. Esta tipología no es muy abundante en el ámbito de estudio, y se corresponde con zonas de marjal existentes en el entorno del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca. Al igual que sucedía en la tipología Playa, esta tipología se ubica en el interior de la unidad paisajística “Pla de Climent i Fondo de Figueres”. 9.3. Valoración de la calidad paisajística Para llevar a cabo la valoración de la calidad paisajística ha sido necesario aunar los rasgos físicos, conjugados con una serie de características visuales básicas. Para ello se han tenido en cuenta una serie de elementos diferenciados como la calidad intrínseca del paisaje y la respuesta estética que produce en el sujeto, con ello se le ha adjudicado un valor a cada una de las áreas con tipología paisajística diferente. Esta valoración se hace necesaria a partir del análisis del Modelo Digital de Elevaciones (MDE), que como hemos visto es la modelización de las alturas del terreno en formato raster, o lo que es lo mismo una serie de cuadrículas en las que se expresan las cotas del terreno (obtenidas por distintos métodos) en el centro o en cada nodo de dicha retícula. ESTUDIO DE PAISAJE 94 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) A continuación se ha procedido a la construcción de una matriz de valoración en la que se cruzan las distintas tipologías de paisaje con los elementos que lo configuran para obtener como resultado el valor que expresa la calidad y la fragilidad paisajística del término municipal. Los elementos que conforman el paisaje y las características que se valorarán en cada uno de ellos son los siguientes: 1. - Vegetación Textura Color Densidad Naturalidad Diversidad Estado de conservación Variedad en la composición vegetal y estructura de las masas Cambios estacionales 2. - Incidencia humana Tipo de actuación Extensión superficial Diseño y estilo Materiales Grado de integración con el medio Distribución espacial, volumen/altura Singularidades Estado de conservación 3. - Fauna Especies nidificantes Migradores invernantes Especies amparadas por la vigente legislación Diversidad 4. - Geomorfología Singularidad geológica y geomorfológica (forma, línea, escala) Tipo (lapiaces, pedrizas, pedreros, formaciones rocosas masivas, etc.) Definición del espacio Procesos erosivos Hidrología: -Tipo (ríos, arroyos, láminas de agua, nieve, etc.) -Singularidades (cascadas, rápidos, glaciares, etc.) -Estacionalidad -Estado de conservación ESTUDIO DE PAISAJE 95 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) - Contrastes volumétricos Altitud Pendiente Orientación A continuación se muestra la matriz de valoración, donde los valores asignados son los siguientes: • • MA: Valor muy alto A: Valor alto • • • M: Valor medio B: Valor bajo MB: Valor muy bajo La incidencia humana se valorará de manera que cuanto más elevada sea ésta, menor será la valoración final adoptada. ESTUDIO DE PAISAJE 96 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FACTORES DEL MEDIO VEGETACIÓN FAUNA INCIDENCIA ANTRÓPICA MA MA B A MA MA B A A M M A Paisaje Agrario B B A B Espacios Protegidos MA MA B MA Paisaje Urbanizado MB MB MA MB Playas y Acantilados MA M M A TIPOLOGÍAS Paisaje Forestal Arbolado Paisaje Forestal Matorral Paisaje de Valles y Riberas VALOR TOTAL Tabla 5. Matriz de valoración del paisaje. Así, los tipos de usos del suelo más relacionados con la acción directa del hombre se incluyen en la tipología de Paisaje Urbano, como es el caso de suelos residenciales (de muy baja, baja, media, alta y muy alta densidad), industriales (alta y baja densidad), equipamientos, terciario, mixto... Es por ello que esta tipología presenta una calidad paisajística Muy Baja. En el caso del Paisaje Agrario se incluyen una gran variedad de cultivos como es el caso de regadíos hortícolas, cerealísticos y frutales, entre otros, o el caso de cultivos de secano como la viña, el olivo, frutales, cereales... Se trata de una tipología con un valor paisajístico Bajo, aunque cabe destacar que en aquellas zonas en las que se combina con áreas forestales estas áreas toman un calidad paisajística media. Por su parte, las tipologías de mayor valor son aquellas que presentan una mayor problemática para su separación, pues con el paso de los años numerosas zonas consideradas como de paisaje forestal matorral pueden pasar a formar parte del paisaje forestal arbolado, por lo que se trata de una descripción en muchos casos subjetiva. En este caso, los paisajes tipo Forestal Matorral estarían compuestos por formaciones como el matorral, el coscojar, espartal, etc. mientras que los paisajes Forestales Arbolados están compuestos en el ámbito de estudio por masas de pinar. En este caso el valor de la calidad paisajística de ambas tipologías es superior a los anteriores casos, describiéndose como zonas de calidad Alta. El Paisaje de Valles y Riberas, se corresponde con unidades paisajísticas que presentan una calidad Alta, al tratarse de cauces generalmente intermitentes, marjales, etc, que normalmente ESTUDIO DE PAISAJE 97 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) presentan un buen estado de conservación, por lo que pueden presentar valores paisajísticos destacables. El Paisaje de Playa coincide con la franja costera, ya esté ésta formada por cortados y zonas rocosas, por dunas o por playas habilitadas para uso humano. Debido al alto valor paisajístico que se le ofrece por parte del público en general al contacto tierra-mar, este tipo de paisaje posee una calidad paisajística alta. Finalmente, el Paisaje de Espacios Protegidos es el que mayor valor paisajístico posee, presentando una calidad Muy Alta, ya que coincide con zonas de alto valor ambiental que generalmente ofrecen paisajes diferentes a los de su entorno y muy apreciados por los observadores en general. El resultado de este análisis y de su valoración, se presenta en el correspondiente mapa de Calidad Paisajística (Mapa 8: Calidad paisajística), y en la figura siguiente. Figura 4. Calidad paisajística del término municipal de Cabanes. Como se observa, la mayor parte del ámbito de estudio presenta una calidad paisajística MEDIA, debido a la abundancia de terrenos abruptos y con matorral como vegetación dominante. En el término de Cabanes las zonas que presentan calidad paisajística BAJA son asimismo abundantes, debido a la existencia de campos de cultivo en el entorno de las carreteras CV-10 y AP7. ESTUDIO DE PAISAJE 98 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) También son abundantes, aunque en menor medida, los territorios con calidad paisajística MUY ALTA, las cuales se encuentran representadas por el Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca, y por el Paraje Natural del Desert de les Palmes. Finalmente, destacar que los territorios con calidad paisajística ALTA y MUY BAJA son escasos a lo largo del término municipal. Los primeros se localizan en zonas forestales arboladas existentes en el norte del término municipal y al norte del Paraje del Desert de les Palmes, en zonas de marjal del entorno del Parque Natural del Prat de Cabanes y en la franja litoral. Por su parte, los territorios con calidad muy baja se corresponden con el casco urbano de Cabanes, con la autopista AP-7 y con zonas ocupadas por edificaciones humanas cercanas a dicha infraestructura. En cuanto a la fragilidad paisajística, esta se describe como la vulnerabilidad visual del territorio respecto a sus componentes estructurales específicos e independientemente de los aspectos relacionados con las cuencas visuales (morfología, extensión, compacidad, etcétera) y la presencia de observadores (tipología, densidad y distancia). La fragilidad varía en función de los siguientes factores: topografía (la fragilidad es mayor tanto en cuanto el terreno es más llano), la orientación (en laderas expuestas al este o sureste la fragilidad aumenta); presencia de vegetación (cuanto es más escasa, la fragilidad es mayor) y por último la altura de la vegetación (a menor altura mayor valor de fragilidad). Fragilidad Visual Intrínseca Complejidad Topográfica Exposición dominante Figura 5. Cobertura Vegetal Altura Vegetación Singularidades Visuales Cálculo de la Fragilidad Paisajística Por tanto, una vez expuestas las distintas variables que determinan la fragilidad, pasa a analizarse la fragilidad de las zonas en las cuales se prevén actuaciones que pueden afectar al paisaje, las cuales coinciden con las áreas clasificadas como urbanas y urbanizables según el planeamiento propuesto. Los parches de suelo urbano y urbanizable se caracterizan por poseer una orografía de suave a media, puesto que los localizados cerca de la costa y en el extremo occidental del término municipal poseen un relieve llano, mientras que los situados en la zona zona central, en el casco ESTUDIO DE PAISAJE 99 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) urbano y su entorno, y en el área que albergará Mundo Ilusión y su entorno presentan un relieve más acusado. Por otra parte la orientación de los parches de suelo urbano y urbanizable es variable. El casco urbano y su entorno, y una mancha de suelo urbanizable no programado situada al noreste del mismo poseen como orientación predominante la sureste, el parche de suelo urbanizable programado situado al este del casco urbano posee orientación noreste, y el parche que albergará Mundo Ilusión y su entorno (suelo urbanizable programado) poseen como orientación predominante la noroeste, mientras que el resto de parches urbanos y urbanizables (zona costera y al sur de l’Arc de Cabanes) podemos considerarlos terrenos llanos. Finalmente, destacar que la vegetación no presenta una cobertura muy abundante ni posee gran altura en dichas zonas urbanas y urbanizables, ya que en gran parte se compone de campos de cultivo de frutales de secano y regadío y de matorral, aunque también aparece incluso una zona con vegetación de menor altura compuesta por cultivos herbáceos. Así pues, cabe concluir que la mayor fragilidad paisajística se encuentra en el parche de suelo urbano existente entre el sur de l’Arc de Cabanes y el sur del casco urbano de Cabanes, el cual es llano y presenta vegetación herbácea y, por tanto, de escasa altura. Las siguientes zonas con mayor fragilidad (media) son el parche de suelo urbanizable programado existente al sur del parche antes mencionado, el casco urbano de Cabanes y su entorno, y los parches de suelo urbano existentes en la costa y en el entorno de la N-340, ya que presentan un relieve llano y vegetación de altura media. Finalmente, los parches de suelo urbanizable programado y no programado existentes al este del casco urbano, y el área que engloba Mundo Ilusión y su entorno, poseen una fragilidad baja puesto que, aunque la altura de la vegetación también es media, su orografía es más acusada. ESTUDIO DE PAISAJE 100 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 9.4. Objetivos de Calidad Con tal de mantener el valor paisajístico de la zona de estudio es preciso conseguir una adecuada integración paisajística del Plan General de Cabanes. Los objetivos de calidad paisajística que se pretenden para la zona consisten en conservar las tipologías de unidades de paisaje y la calidad paisajística que existen actualmente en el lugar (descritas en el apartado 9), para lo cual se deberán adoptar una serie de medidas que se proponen a continuación. En primer lugar se deberá respetar la pendiente natural del terreno, alterándose la misma en el menor grado posible. Así mismo, se impedirá la construcción sobre elementos dominantes o en la cresta de las montañas, bordes de acantilados y cúspides del terreno. Otra de las medidas que se debe adoptar con tal de no deteriorar la calidad paisajística es la incorporación de los elementos topográficos significativos como condicionante de los proyectos que se lleven a cabo, tales como laderas y resaltes del relieve, cauces naturales, muros, bancales, caminos tradicionales y otros análogos. Los hitos y elevaciones topográficas serán preservados, manteniendo su visibilidad y su función como espacios de disfrute escenográfico. Además, se mantendrá el paisaje agrícola tradicional y característico de los espacios rurales, si existe, por su contribución a la variedad del paisaje. Finalmente, se mantendrá el paisaje abierto y natural, las perspectivas que ofrezcan los conjuntos urbanos históricos y el entorno de carreteras y caminos de carácter pintoresco, no admitiéndose la construcción de cerramientos, edificaciones u otros elementos cuya situación o dimensiones limiten el campo visual o desfiguren sensiblemente tales perspectivas. ESTUDIO DE PAISAJE 101 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 10. Análisis Visual El estudio del paisaje, en este tipo de proyectos, debe centrarse además en el análisis del grado de afección visual que el mismo tendrá en el medio en el que se implanta. El análisis del impacto ambiental sobre el paisaje puede abordarse entonces a partir del análisis de cuencas visuales en el entorno del área de estudio (Integración Visual), para lo que se hace necesario el cálculo de las mismas. El cálculo de cuencas visuales utilizado en este caso, se basa en el cálculo de la intervisibilidad entre puntos, aplicación que utiliza el método de levantamiento de perfiles topográficos entre dos puntos. Previa y generalmente, y ese ha sido el caso para el cálculo de las cuencas visuales, se genera un Modelo Digital de Elevaciones (en adelante MDE) que permite el cálculo automatizado de las mismas. Las fases por tanto, son dos: obtención del MDE y cálculo de cuencas visuales. Un modelo digital de elevaciones se define como una estructura numérica de datos que representa la distribución espacial de la altitud de la superficie del terreno. De forma genérica un MDE puede describirse como: Z = ξ ( x, y ) donde Z es la altitud de un punto situado en las coordenadas x, y; por su parte ξ es la función que relaciona la variable con su localización geográfica: los valores de x, e y suelen corresponder con las abscisas y ordenadas de un sistema de coordenadas plano, habitualmente un sistema de proyección cartográfico. El modelo digital de elevaciones se obtiene a partir de la cartografía oficial a escala 1/10.000 y concretamente a partir de la información altimétrica contenida en las curvas de nivel. La complejidad y gran extensión del relieve hace no obstante imposible modelizarlo mediante una función matemática, por lo que como alternativa se representa la altitud mediante conjuntos limitados de cotas. Esta estructura es, en abstracto, el resultado de superponer una retícula sobre el terreno y extraer la altitud media de cada celda: habitualmente se utiliza un valor puntual asociado a cada nodo de la retícula o el punto medio de cada celda. El modelo digital de elevaciones del área de estudio se muestra en la figura siguiente. ESTUDIO DE PAISAJE 102 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Figura 6. MDT del término municipal de Cabanes. Una vez obtenido el modelo digital de elevaciones estamos en disposición de generar otros modelos derivados que serán utilizados en las fases posteriores de análisis. Los mapas de cuencas visuales son uno de los principales y más utilizados productos derivados de la explotación del modelo digital de elevaciones. Dichos mapas se elaboran a partir del MDE por métodos informáticos basados en el cálculo de la intervisibilidad entre puntos, que es una aplicación que utiliza el método de levantamiento de perfiles topográficos entre dos puntos. Esencialmente el procedimiento se basa en la realización de perfiles topográficos entre pares de puntos conectados entre sí por una línea visual, analizando posteriormente si los puntos intermedios interceptan, debido a su altitud, dicha línea visual. La generalización de dicho análisis de intervisibilidad entre dos puntos permite la construcción de cuencas visuales. ESTUDIO DE PAISAJE 103 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Figura 7. Cálculo de las cuencas visuales desde un punto determinado En el análisis pueden tenerse en cuenta varios parámetros correctores que permiten un resultado más depurado. En nuestro caso se han tenido en cuenta los siguientes: + Altura real del terreno en el punto foco En este caso los puntos foco utilizados no son otros que los “Hitos” expuestos en el apartado 7.2. “Recursos paisajísticos”. De esta forma en el análisis de cuencas visuales que se efectúa se calcula por interpolación bilineal la altura de dichos puntos a partir del modelo digital de elevaciones. + Altura del observador A la cota real del terreno se le puede añadir la altura media de un observador. Para facilitar los cálculos y poder asimilar el análisis tanto a una persona que contempla el paisaje como a una que transita en vehículo se considera una altura media del observador de 1,6 metros. El resultado es una cobertura de polígonos con una codificación incorporada en un campo de la base de datos. En dicha cobertura se dispone de la información relativa a visibilidad o no visibilidad de un área determinada. + Altura de los elementos del entorno La altura de estos elementos se añadirá a la altura real del terreno dado que las infraestructuras y elementos naturales (vegetación, etcétera) ya existentes circundantes funcionan ESTUDIO DE PAISAJE 104 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) como pantalla visual limitando con ello la extensión de las cuencas visuales calculadas. En este caso no se ha valorado este elemento, ya que no existen en el entorno estudiado amplias superficies que presenten vegetación destacable que pudiera actuar como pantalla. 10.1. Cuencas Visuales Como se ha comentado, la construcción de una cuenca visual es una tarea de cálculo intensivo, dado que implica la realización de numerosos análisis de intervisibilidad entre pares de puntos del modelo, a saber: el punto foco, o los puntos foco elegidos, y el resto de los píxeles o teselas del Modelo Digital de Elevaciones (MDE), que contienes las cotas del terreno (obtenidas por distintos métodos) en el centro o en cada nodo de dicha retícula. Anteriormente, se ha expuesto un ejemplo del Modelo Digital de Elevaciones que ha sido utilizado para el cálculo que nos ocupa. Por tanto, se ha procedido a identificar los puntos de observación más destacables, desde los cuales se procederá a realizar el cálculo de las cuencas visuales. Los Puntos de Observación escogidos son los siguientes: Palacio Municipal de Cabanes Arc de Cabanes Torre de la Sal Paraje Natural del Desert de les Palmes (Pla del Miravet) Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca (Boca de l’infern) Las fichas de las cuencas visuales calculadas desde cada uno de los puntos de observación se presentan a continuación (para su localización y extensión, véase Mapa 5: Recursos Paisajísticos y Mapa 9: Incidencia Visual). ESTUDIO DE PAISAJE 105 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 1: PALACIO MUNCIPAL DE CABANES Cuenca Visual Clasificación Punto de Vista Principal Unidades de Paisaje El Palacio Municipal de Cabanes se localiza en la unidad “Casco urbano de Cabanes”. La unidad que caracteriza la cuenca visual es “Cultivo de les Foies i Coll dels Martins”, aunque también se visualiza la propia unidad en la cual se ubica el hito y las unidades: “L’Estret de Cabanes”, “Forestal de Boscarrons i Masmudelles”, “Desert de les Palmes” y “Montes del norte de Cabanes”. Descripción de la visibilidad La visibilidad desde el Palacio Municipal de Cabanes es muy reducida, limitándose al extremo noroccidental del término municipal de Cabanes, incluyendo el entorno del casco urbano, y a pequeñas zonas dispersas por la mitad occidental del término. Así pues, dentro de las zonas visibles se encuentra: el casco urbano de Cabanes, el Arco de Cabanes y su perímetro de protección, los parajes El Coll dels Martins, L’Ampleta, Grilla, La Sanxa, Els Ots, Les Quadres, El Raboser, Mont de Mocoró, Pou de la Blanca y Coll de Cabanes. Asimismo, también es visible una pequeña parte del Paraje Natural Desert de les Palmes, en el entorno de Les Moletes y La Font Tallada. Así pues, la mayor parte del término municipal de Cabanes no es visible desde este hito paisajístico, aunque sí será visible el casco urbano de Cabanes y los sectores urbanizables SAU 04, SAU 05, SAU 06 Y SAU 07, así como los sectores S7, Gaidó y Pont existentes al oeste de la carretera CV-10. ESTUDIO DE PAISAJE 106 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 2: ARC DE CABANES Cuenca Visual Clasificación Unidades de Paisaje Punto de Vista Principal L’Arc de Cabanes, se localiza en la unidad paisajística “Cultivos de les Foies i Coll dels Martins”. Desde este hito también se visualiza la unidad en donde se ubica el mismo y parte de las unidades: “Casco urbano de Cabanes”, “L’Estret de Cabanes”, “Forestal de Boscarrons i Masmudelles”, “Montes del norte de Cabanes” y “Desert de les Palmes”. Descripción de la visibilidad La visibilidad desde el Arc de Cabanes es reducida dentro del término municipal, limitándose al extremo noroeste principalmente. Las zonas visibles incluyen el casco urbano de Cabanes (excepto parte de su extremo oriental) y su entorno, y el entorno del hito, es decir, del Arco de Cabanes; siendo visibles los parajes de: L’Ampleta, Els Ots, La Sanxa, La Violanta, Les Quadres y El Raboser. Asimismo, también son visibles dos finas franjas que discurren desde el casco urbano hasta el sureste del término municipal, en dichas zonas visibles se encuentran los parajes de: La Forta, Les Foies, Tossal Redó, Mont de Mocoró, Puntal de la Basca y Mont de la Ferradura, y una pequeña zona del Paraje Natural del Desert de les Palmes, en concreto el paraje de La Font Tallada. Además del casco urbano de Cabanes, las zonas urbanizables previstas en el planeamiento propuesto que sí serán visibles se corresponden con los sectores S1, S2, S5, S6, en el entorno del casco urbano, y con los sectores S4, S8 y Gaidó, al oeste de la carretera CV10. El resto del término municipal no es visible desde este hito paisajístico. ESTUDIO DE PAISAJE 107 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 3: TORRE DE LA SAL Cuenca Visual Clasificación Punto de Vista Secundario Unidades de Paisaje La Torre de la Sal se localiza en el interior de la unidad paisajística “Pla de Climent y Fondo de Figueres”. Desde este hito se visualiza principalmente la unidad que alberga al hito y las unidades: “Prat de Cabanes”, “Forestal de Boscarrons i Masmudelles” y “Montes del norte de Cabanes”. Aunque en menor medida también es visible la unidad “Desert de les Palmes”. Descripción de la visibilidad La visibilidad desde la Torre de la Sal se centra principalmente en la franja costera de Cabanes, aunque también se visualizan diversos puntos de la mitad oriental de este término municipal. Entre las zonas visibles se encuentra, además del territorio marino de las costas de Cabanes, incluyéndose toda la zona marina del LIC Prat de Cabanes i Torreblanca, el entorno del propio hito, gran parte del Parque Natural Prat de Cabanes i Torreblanca, diversos pequeños tramos de la carretera AP-7 y diversos parajes al oeste de dicha carretera como son: Les Verdoies, El Racó del Cervo, El Castell d’Albalat, L’Aljubet, Sernavives, Pla de Climent, Les Codines, La Ferradura y El Racó de Caselles. También cabe destacar que una pequeña parte del Paraje Natural del Desert de les Palmes, en el entorno de los parajes de Les Moletes y Els Cingles del Sufera, también será visible desde este hito. Las zonas urbanas y urbanizables que serán visibles desde este hito son las existentes en la costa, en el entorno de la N-340, el Plan Especial Mundo Ilusión (aunque de forma parcial) y la gran mancha de suelo urbanizable programado que rodea a dicho Plan Especial. ESTUDIO DE PAISAJE 108 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 4: PARAJE NATURAL DEL DESERT DE LES PALMES (PLA DEL MIRAVET) Cuenca Visual Clasificación Unidades de Paisaje Punto de Vista Principal Tanto el propio hito “Pla de Miravet” como la zona visible desde el mismo se localizan en la unidad paisajística “Desert de les Palmes”. Descripción de la visibilidad Desde el este hito localizado en el interior del Paraje Natural del Desert de les Palmes la visibilidad es muy reducida. Las cuencas visuales se abren discretamente permitiendo únicamente que se visualice el entorno inmediato del propio hito. Así pues, tan sólo se pueden avistar una pequeña porción del extremo sur del término municipal de Cabanes, incluida en su totalidad en el Paraje Natural. Dicha zona visible coincide con los parajes de Pla de les Moletes, Pla de Miravet y La Font Tallada. Cabe destacar que desde este hito no será visible ninguna zona urbana ni urbanizable. Por lo cual cabe concluir que, desde este hito, casi la totalidad del término municipal de Cabanes se encuentra en zona de sombra. ESTUDIO DE PAISAJE 109 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) FICHA 5: PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES I TORREBLANCA (BOCA DE L’INFERN) Cuenca Visual Clasificación Punto de Vista Principal Unidades de Paisaje El hito localizado en la Boca de l’infern se encuentra en el interior de la unidad paisajística “Prat de Cabanes”. La visibilidad desde este hito se centra principalmente en las unidades “Prat de Cabanes” y “Pla de Climent i Fondo de Figueres”; aunque también son visibles las unidades: “Forestal de Boscarrons i Masmudelles”, “Montes del norte de Cabanes” y “Desert de les Palmes”. Descripción de la visibilidad Desde este hito las cuencas visuales se abren en dirección noreste y suroeste visualizándose toda la franja marítima de Cabanes y parte de su territorio terrestre más oriental. Entre las zonas visibles destaca el entorno del hito, el cual incluye la mayor parte del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca. También es visible gran parte del trazado de la AP-7 a su paso por Cabanes, y los parajes de: El Comptador, La Mallada Ampla, Les Verdoies, El Racó del Cervo, Pou de la Mare de Deu, El Corral de País, Els Perxets, La Ferradura, Serra d’Orpesa, Racó de Canelles, La Solana, El Polit, Quadra del Botiguer y La Torre de la Sal. Finalmente, también es visible parte del Paraje Natural del Desert de les Palmes (parajes Pla de les Moletes, Miravet y Font Tallada). Las zonas urbanas y urbanizables que serán visibles desde este hito son las existentes en la costa, en el entorno de la N-340, el Plan Especial Mundo Ilusión, aunque de forma parcial únicamente, y parte de la gran mancha de suelo urbanizable programado que rodea a dicho Plan Especial. ESTUDIO DE PAISAJE 110 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Asimismo, en la cartografía adjunta se muestra un plano con la incidencia visual que presenta el municipio desde los hitos seleccionados (véase Mapa 9). La incidencia visual consiste en determinar desde cuántos puntos de observación (hitos) es visible cada cuadrícula existente en el territorio analizado. El resultado final es una malla regular en la que cada una de las cuadrículas posee un valor referente al número de puntos totales desde los que la misma es observada. 11. Medidas Preventivas, Correctoras y Compensatorias 1. Reducción de la contaminación lumínica Las propias NNUU incluyen, de manera adecuada una serie de parámetros para la instalación de iluminación exterior, lo que permitirá la mejora de la eficiencia energética y del alumbrado exterior, así como una mejora en el ahorro energético, al tiempo que se evita el resplandor luminoso nocturno y por ende la contaminación lumínica en el entorno de una zona interior en la que se presentan espacios de interés: Cuevas del Turche, Carcalín y Cerro las Palomas, LIC de la Sierra de Malacara, etc. Para el diseño de las instalaciones de alumbrado exterior se seguirán las recomendaciones de la Commission Internationale de l’Eclairage (CIE) relativas a los parámetros luminotécnicos, tomando los valores recomendados como niveles objetivos a conseguir y se cumplirán los Requerimientos Técnicos y Niveles de Iluminación establecidos en la propuesta de Ordenanza establecida por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía , Modelo de Ordenanza Municipal de Alumbrado Exterior para la Protección del Medio Ambiente). El alumbrado de áreas de trabajo exteriores, que comprende las instalaciones de alumbrado al aire libre de superficies industriales cumplirá especialmente las siguientes directrices: 1. Se ajustarán los niveles de iluminación a los establecidos en la publicación CIE 129 (1998). 2. El alumbrado se ejecutará con estricto control del flujo luminoso fuera de la superficie iluminada y con el apantallamiento preciso. Alumbrado de Seguridad: Los alumbrados exteriores de edificios e industrias que formen parte de la propiedad particular de los mismos y que permanezcan encendidos toda la noche por razones de seguridad, cumplirán con los Requerimientos Técnicos y Niveles de Iluminación siguientes: 1. Se ajustarán los niveles de iluminación a lo determinado en la siguiente tabla: ESTUDIO DE PAISAJE 111 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Fuente: Propuesta de Modelo de Ordenanza Municipal de Alumbrado Exterior. Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía, 2002 Protección del medio ambiente: En orden a la protección del medio ambiente deberán cumplirse las siguientes prescripciones: 1.- Los nuevos proyectos y memorias técnicas de diseño de las instalaciones de alumbrado exterior y de remodelaciones, ampliaciones o reformas de las existentes, deben iluminar únicamente la superficie que se pretende dotar de alumbrado y deben cumplir los criterios de eficiencia y ahorro energético, reducción del resplandor luminoso nocturno y adecuada gestión de los residuos generados por las mismas. 2.- Los niveles de iluminación calculados en los proyectos y memorias técnicas de diseño y obtenidos en estas instalaciones, no deben superar los valores máximos establecidos en la citada Ordenanza para cada tipo de alumbrado. No obstante, podrán sobrepasarse los niveles luminosos hasta un 20%, salvo en casos excepcionales debidamente justificados en los que sería posible rebasar dicho porcentaje. 3.- La relación luminancia / iluminancia (L/E) debe contemplarse en la valoración de las prestaciones de las diferentes soluciones luminotécnicas, de forma que dicha relación sea máxima al objeto de que el flujo luminoso emitido al cielo sea mínimo. 4.- Las nuevas instalaciones de alumbrado exterior, así como todas las existentes deben estar dotadas de los correspondientes sistemas de encendido y apagado de forma que, al evitar la prolongación innecesaria de los períodos de funcionamiento, el consumo energético sea el estrictamente necesario. 5.- Las nuevas instalaciones y todas las existentes deben llevar incorporados, sistemas de regulación del nivel luminoso que permitan la reducción del flujo luminoso y el consiguiente ahorro energético. ESTUDIO DE PAISAJE 112 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 6.- Se cuidará el posicionamiento, el apuntamiento y la orientación de los aparatos de alumbrado, impidiendo la visión directa de las fuentes de luz. Se dirigirá la luz preferentemente en sentido descendente y no ascendente, especialmente en el alumbrado de fachadas de edificios y monumentos utilizando, en su caso, sistemas ópticos adecuados, deflectores, pantallas y paralúmenes para evitar la dispersión del haz luminoso con la finalidad de paliar en lo posible la luz intrusiva. Todas estas medidas, inspiradas en la propuesta de “Modelo de Ordenanza Municipal de Alumbrado Exterior para la Protección del Medio Ambiente”, elaborada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía, podrán ser completadas con otras ya que las herramientas básicas para el cumplimiento de estas premisas, han sido ya incorporadas a las NNUU municipales en el Plan General que se analiza. 2. Diseño adecuado de las Zonas Verdes Con el fin de integrar ecológica y paisajísticamente las obras en el entorno, se diseñarán de modo correcto las Zonas Verdes previstas, tanto plantaciones como siembras de especies arbóreas y arbustivas en aquellas zonas destinadas a dicho uso. Un adecuado diseño de las zonas verdes y de las zonas de restauración implica, entre otras cosas, una adecuada elección de las especies ornamentales. La elección de especies apropiadas para el ajardinamiento se realizará en todos los casos, tomando como referencia la vegetación mediterránea, de bajo mantenimiento y escaso consumo de agua, perfectamente adaptadas a una climatología que presenta largos periodos de sequía. Asimismo, la selección de las especies se realizará teniendo en cuenta la Orden de 10 de septiembre de 2007 de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda por la que se aprueban medidas para el control de las especies vegetales exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana; por lo cual no se utilizará ninguna de las especies incluidas en los anexos de dicha Orden. 3. Implantación de Pantallas Vegetales El objetivo de las Pantallas Vegetales es doble, por un lado aislar visualmente las instalaciones industriales de sus alrededores, y por otro mejorar la calidad estética y paisajística del entorno donde se propone la instalación de esta actividad. Una primera opción para conseguir un paisaje de calidad consiste en la aplicación de medidas de integración (selección cuidadosa del emplazamiento y de las características de diseño que se pretende implantar). Estas características se deberán tener en cuenta expresamente a la hora de la realización y el diseño del proyecto de urbanización del ámbito industrial, pero cuando eso no ESTUDIO DE PAISAJE 113 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) sea posible, o bien que las características intrínsecas de las instalaciones no lo permitan, la solución más adecuada es la adopción de medidas de enmascaramiento, por ejemplo, mediante pantallas vegetales de ocultación para encajar armónicamente en el paisaje las actuaciones, respetando, lo más posible, las estructuras y relaciones formales del paisaje actualmente existente. La elección de especies se llevará a cabo del mismo modo que en las zonas verdes. En el diseño de las pantallas se debería tener en cuenta la necesidad de aportar naturalidad; para ello se proyectarán pantallas irregulares: se tenderá más a la plantación de grupos que a las grandes masas. 4. Aplicación de las medidas correctoras previstas en la Ley 4/2004 De todas las medidas preventivas y correctoras establecidas por la Ley 4/2004 que formula, en su artículo 33 “Normas generales de integración paisajística en la planificación territorial y urbanística”, se exponen tan sólo aquellas que tienen una aplicación directa y posible en el entorno del área de estudio: Adecuación a la pendiente natural de terreno, de modo que ésta se altere en el menor grado posible y se propicie la adecuación a la topografía del terreno, tanto del perfil edificado como del parcelario, de la red de caminos y de las infraestructuras lineales. Impedir la construcción sobre elementos dominantes o en la cresta de las montañas, bordes de acantilados y cúspide del terreno... Integración de la vegetación y del arbolado preexistente y, en caso de desaparición establecimiento de las medidas compensatorias que permitan conservar la textura y la escala de comportamiento original de los terrenos. Preservación de los hitos y elevaciones topográficas, manteniendo su visibilidad y reforzando su presencia como referencias visuales del territorio y su función como espacios de disfrute escenográfico Además de éstas, también el Artículo 34 establece un grupo de medidas de aplicación en el medio rural, de las cuales se han seleccionado las que siguen: Se prohíbe la colocación y mantenimiento de anuncios, carteles y vallas publicitarias, salvo los que tengan carácter institucional y fin indicativo o informativo, con las características que fije, en su caso, la administración competente... Las nuevas edificaciones [...] deberán tener todos sus paramentos exteriores y cubiertas terminadas, empleando formas, materiales y colores que favorezcan una mejor integración paisajística, sin que ello suponga la renuncia a lenguaje arquitectónico alguno. ESTUDIO DE PAISAJE 114 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 5. Medidas propuestas para el PAI Marina d’Or – Golf Considerando la intensidad y extensión de la actuación propuesta y que su desarrollo se va a producir a lo largo de, al menos, dos décadas, a continuación se recogen las medidas preventivas, correctoras y compensatorias en materia de paisaje que se propusieron para el PAI Marina d’Or – Golf. - Contención de la contaminación lumínica. - Conservación del potencial agrológico, suelo agrícola y relieve. - Protección y restauración del paisaje e integración paisajística del proyecto. - Adecuación e integración de infraestructuras y equipamientos. - Protección, conservación y puesta en valor del patrimonio cultural. 12. Conclusiones En el término municipal de Cabanes existen múltiples recursos culturales y patrimoniales, así como un gran número de espacios protegidos considerados recursos ambientales. Entre todos ellos, se han considerado hitos paisajísticos a: El Palacio Municipal de Cabanes, L’Arc de Cabanes, La Torre de la Sal, El Paraje Natural del Desert de les Palmes y al Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca, puesto que son áreas o elementos de relevancia e interés paisajístico que se consideran referencias visuales del territorio y funcionan como espacios de disfrute escenográfico. Desde El Palacio Municipal de Cabanes y L’Arc de Cabanes, las zonas urbanas y urbanizables previstas en el planeamiento propuesto que sí serán visibles son el casco urbano de Cabanes y sus alrededores, y las existentes al oeste de la carretera CV-10. Desde La Torre de la Sal y el Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca las zonas urbanas y urbanizables del planeamiento propuesto que serán visibles son las existentes en la costa, en el entorno de la N-340, el Plan Especial Mundo Ilusión, aunque de forma parcial únicamente, y parte de la gran mancha de suelo urbanizable programado que rodea a dicho Plan Especial. Finalmente destacar que desde el Paraje Natural del Desert de les Palmes no será visible ninguna zona clasificada como urbana ni como urbanizable según el planeamiento propuesto. El análisis paisajístico realizado en el término municipal de Cabanes ha concluido que el municipio puede dividirse en 8 unidades paisajísticas: Casco Urbano de Cabanes, Cultivos de les Foies i Coll dels Martins, Desert de les Palmes, L’Estret de Cabanes, Forestal de Boscarrons i Masmudelles, Montes del norte de Cabanes, Pla de Climent i Fondo de les Figueres y Prat de Cabanes i Torreblanca. ESTUDIO DE PAISAJE 115 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Entre todas estas unidades únicamente se verán afectadas por el planeamiento propuesto las siguientes: Unidad Cultivos de Les Foies i Coll dels Martins: en una pequeña parte de esta unidad, alrededor del casco urbano, el paisaje se verá modificado, pues se pretende la instauración de Suelo Urbanizable No Programado. Asimismo, se prevé implantar Suelo Urbanizable Programado en el suroeste de esta unidad, y una pequeña zona de Suelo No Urbanizable Protegido de Protección Forestal al sureste, en la zona de la Serreta. Además, se pretende un mantenimiento del resto de la unidad y una ampliación del área de Protección Paisajística y Patrimonial en la parte norte de la CV157. Unidad Forestal de Boscarrons i Masmudelles: el noroeste de esta unidad se verá afectada en una zona relativamente pequeña por la implantación de Suelo Urbanizable Programado. Sin embargo, en la mayor parte del resto de la unidad se prevé Suelo de Protección Forestal, y al suroeste un Paraje Natural Municipal. Unidad Montes del norte de Cabanes: se producirá un impacto positivo debido al establecimiento de suelo no urbanizable protegido de protección forestal en la práctica totalidad de su extensión Unidad Pla de Climent i Fondo de les Figueres: el suroeste de esta unidad se verá afectada en una zona relativamente pequeña por la implantación de Suelo Urbanizable Programado. En el resto se ha propuesto Suelo No Urbanizable Recreativo-Deportivo. Por su parte, las tipologías de paisaje que aparecen en el municipio de Cabanes son siete: Paisaje Urbano o Antropizado, Paisaje Agrario, Paisaje Forestal Matorral, Paisaje Forestal Arbolado, Paisaje de Espacios Protegidos, Paisaje de Playa y Paisaje de Valles y Riberas. El Paisaje Urbano o Antropizado lo presentan el casco urbano de Cabanes, las infraestructuras AP-7, N-340 y vía del ferrocarril Valencia-Vinarós, y algunos pequeñas zonas urbanizadas existentes en torno a las mismas. El Paisaje Agrario es dominante en las franjas oriental y occidental del término municipal de Cabanes, aunque también aparece por medio de pequeñas manchas en la franja central. El Paisaje Forestal Matorral en el término municipal de Cabanes ocupa gran parte de la zona central del término municipal. ESTUDIO DE PAISAJE 116 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) El Paisaje Forestal Arbolado aparece únicamente en una mancha situada al norte del término municipal, entre el Mas d’en Queixa y La Rabosa, y en pequeñas manchas situadas al norte del Paraje del Desert de Cabanes (Barranc de Miravet). El Paisaje de Espacios Protegidos se corresponde con las unidades paisajísticas Prat de Cabanes y Desert de les Palmes. El Paisaje de Playa se extiende por el litoral costero de Cabanes, desde el sur del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca hasta el comienzo del término municipal de Oropesa. El Paisaje de Valles y riberas no es muy abundante en el ámbito de estudio, y se corresponde con zonas de marjal existentes en el entorno del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca. En cuanto a la calidad paisajística del término municipal de Cabanes, destacar que la mayor calidad paisajística se encuentra en los territorios que forman parte del Paraje Natural del Desert de les Palmes y del Parque Natural del Prat de Cabanes i Torreblanca. Los siguientes territorios con mayor calidad paisajística, es decir, con calidad paisajística alta se localizan en zonas forestales arboladas existentes en el norte del término municipal y al norte del Paraje del Desert de les Palmes, en zonas de marjal del entorno del Parque Natural del Prat de Cabanes, y en la franja litoral. La mayor parte del ámbito de estudio presenta una calidad paisajística media, debido a la abundancia de terrenos abruptos y con matorral como vegetación dominante. Las zonas que presentan calidad paisajística baja son asimismo abundantes, debido a la existencia de campos de cultivo en el entorno de las carreteras CV-10 y AP-7. Asimismo, destacar que los territorios con calidad paisajística muy baja son escasos a lo largo del término municipal, y se corresponden con el casco urbano de Cabanes, con la autopista AP-7 y con zonas ocupadas por edificaciones humanas cercanas a dicha infraestructura. Finalmente indicar que con tal de conseguir una adecuada integración paisajística de las propuestas del nuevo planeamiento se aconsejan una serie de medidas, tales como: reducción de la contaminación lumínica, un adecuado diseño de zonas verdes e implantación de pantallas vegetales, asimismo, se deberán cumplir las medidas correctoras previstas en la Ley 4/2004 y las propuestas en el PAI Marina d’Or-Golf, ambas mencionadas en el apartado 11 “Medidas preventivas, correctoras y compensatorias”. Valencia, marzo de 2008 Gerardo Urios Pardo, Dr. en Biología (Col. nº 14055-V) ESTUDIO DE PAISAJE 117 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 13. Anexos 13.1. Anexo Fotográfico Esta figura indica las zonas fotografiadas que aparecen a continuación Foto 1. Imagen que muestra campos de cultivos de almendros ESTUDIO DE PAISAJE 118 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Foto 2. Aspecto de la población de Cabanes, vista desde el noreste Foto 3. Vista general de la loma de L´estret de Cabanes Foto 4. Aquí se evidencia la mayor altitud del terreno en zonas sureñas de Cabanes ESTUDIO DE PAISAJE 119 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Foto 5. Detalle de campos de olivos en zonas de montaña septentrionales Foto 6. Panorámica, en dirección sur, de las montañas centrales. Foto 7. Una de las zonas más elevadas dentro del Paraje Natural del Desert de les Palmes ESTUDIO DE PAISAJE 120 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) Foto 8. Panorámica representativa del paisaje dominante al este de Cabanes Foto 9. Campos de naranjos en el sector noreste del término municipal Foto 10. Vista de un sector del Parque Natural Prat de Cabanes-Torreblanca ESTUDIO DE PAISAJE 121 PLAN GENERAL DE CABANES (CASTELLÓN) 13.2. Anexo Cartográfico MAPA 1 Localización general MAPA 2 Ámbito Territorial del Estudio MAPA 3 Planeamiento Propuesto MAPA 4 Modelo Digital de Elevaciones (TIN) MAPA 5 Recursos Paisajísticos MAPA 6 Unidades de Paisaje MAPA 7 Tipologías de Paisaje MAPA 8 Calidad Paisajística MAPA 9 Incidencia Visual desde los Hitos Paisajísticos ESTUDIO DE PAISAJE 122