XI Anales - Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid

Transcripción

XI Anales - Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid
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3
ANALES DEL INSTITUTO
DE ESTUDIOS HISTÓRICOS DEL SUR DE MADRID
“JIMÉNEZ DE GREGORIO”.
XI
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5
INSTITUTO DE ESTUDIOS HISTÓRICOS
DEL SUR DE MADRID
“JIMÉNEZ DE GREGORIO”.
ANALES
DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS
HISTÓRICOS
DEL SUR DE MADRID
“JIMÉNEZ DE GREGORIO”.
XI
MADRID
2013
6
El Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid
“Jiménez de Gregorio”
Agradece a
D. Octavio Uña Juárez
la supervisión de la calidad de las comunicaciones que aquí se
contienen.
Consejo de Redacción:
José Antonio Mateos Carretero.
Mairena Fernández Escalante.
Isabel Parra Jiménez
Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid “Jiménez de
Gregorio”.
Castillo grande de San José de Valderas.
Avda. de los Castillos s/nº
28925 ALCORCÓN (Madrid)
www.iehsmjgregorio.org
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vertidas por los autores.
7
ÍNDICE
Estudios:
JOSÉ LUIS BARRIO MOYA; FELIPE DE ESQUIVIAS. UN CONFITERO CIEMPOZUELEÑO EN
EL MADRID DE FERNÁNDO VI
9
FRANCICO JOSÉ FRANCOS SEVILLA: FUENTES
DOCUMENTALES DEL APELLIDO BLANCO DE
ALCORCÓN Y SU GENEA-LOGÍA
23
FRANCICO JOSÉ FRANCOS SEVILLA: FUENTES
DOCUEMTALES DEL APELLIDO VARGAS DE
MÓSTOLES, SIGLOS XVII-XIX
43
JOSÉ Mª GOLDEROS VICARIO; NUEVOS DATOS
HISTÓRICOS DE GRIÑÓN Y PRESENCIA
ROMANO-VISIGODA EN LA VILLA, QUE SE
REMONTA A LOS SIGLOS V, VI y VII d.C
69
JOSÉ ANTONIO MATEOS CARRETERO; LA
MEDICINA EN PARLA EN LA SOCIEDAD DEL
ANTIGUO RÉGIMEN.
90
DAVID MARTÍN DEL HOYO: MÓSTOLES EN LA
GUERRA DE LA INDEPENDENCIA
141
Documentación
JOSÉ
ANTONIO
MATEOS
CARRETERO;
ALGUNAS NOTICIAS DE PUEBLOS DEL SUR DE
MADRID EN EL ARCHIVO HISTÓRICO DE
PROTOCOLOS, VI
165
PEDRO RODRÍGUEZ CARBAJO; BIBLIOGRAFÍA
CON NOTICIAS SOBRE ALCORCÓN. III
202
8
ESTUDIOS
FELIPE DE ESQUIVIAS. UN CONFITERO CIEMPOZUELEÑO EN EL MADRID DE FERNÁNDO VI.
POR JOSÉ LUIS BARRIO MOYA
Las cartas de dote y los inventarios post mortem
constituyen unas fuentes documentales valiosísimas, e
imprescindible, para conocer el marco material en que vivieron
las distintas clases sociales hispanas del Antiguo Régimen. En
las cartas de dote, otorgadas en el momento de contraer
matrimonio, cada uno de los desposados registraban todos los
bienes que aportaban a la unión, mientras que en los inventarios
esas relaciones de bienes se hacían tras la muerte de su
poseedor, por lo que son documentos más completos que las
primeras, al dejarnos una relación minuciosa de todas las
pertenencias acumuladas a lo largo de una vida. Como muy bien
apunta Christian Peligry los inventarios son utilísimos para el
investigador, este tipo de documentos proporciona, en efecto,
datos imprescindibles, permitiéndonos traspasar el umbral de
las casas, entrar en la intimidad del hogar, explorar los
rincones con una perfecta tranquilidad y una asombrosa
indiscreción 1
Con el estudio y análisis de todo lo contenido en cartas de dote e
inventarios podemos conocer, de manera
fidedigna, los
diferentes niveles de vida de la compleja sociedad española de
los siglos pasados, desde los grandes títulos nobiliarios, con su
apabullante riqueza, hasta los más humildes menestrales,
pasando por mercaderes, profesionales de todo tipo, miembros
de la Iglesia, militares, escritores, artistas, etc. Todos ellos se
retratan en aquellos documentos con un notable verismo.
Singular importancia tienen los inventarios de los distintos
oficios, pues al registrar tanto sus herramientas de trabajo como
1
.- Christian Peligry.- “El inventario de Sebastián de Robles, librero
madrileño del siglo XVII” en Cuadernos Bibliográficos, nº- 32, Madrid,
Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1975, p. 181.
9
los materiales que usaban para la realización de sus productos
nos informan de los métodos de trabajo de la época y de las
materias primas utilizadas. En este caso se encuentra el
confitero ciempozueleño Felipe de Esquivias quien, en su carta
de dote, otorgada en 1753, en ocasión de su segundo matrimonio
con Brígida Martínez, detalló de manera minuciosa, el
patrimonio con el que contaba, y que era de inusitada
importancia para un pastelero de la época, y en donde incluyó
pinturas, muebles, joyas y objetos de plata, ropas y vestidos,
dinero, casas en Madrid y Ciempozuelos, así como tierras y
viñas en esta última localidad
La literatura gastronómica española tiene una larga tradición,
iniciada con el célebre Llibre de Sent Sovi, recetario de cocina
medieval catalana, de autor anónimo y escrito probablemente en
1324, aunque algunos especialistas piensan que fue redactado
muchos años antes. Del Llibre de Sent Sovi se conservan dos
copias manuscritas, conservadas en las bibliotecas universitarias
de Valencia y Barcelona, y solamente se publicó por primera
vez en 1952 por Lluis Farando de Saint Germán2. No obstante la
edición más completa del Llibre de Sent Sovi, con interesantes
comentarios, se debe al gastrónomo Rudolf Grewe 3
En el Llibre de Sent Sovi se recogen ciento treinta recetas de
sopas, carnes, pescados y salsas, todo ello aderezado con las más
variadas especias.
Otra obra de gastronomía catalana de gran trascendencia fue el
Llibre de coch, escrito por un misterioso maestro Robert,
identificado como Ruperto de Nola, cocinero de Fernando I rey
de Nápoles. Según se cree la obra fue escrita en 1477, pero al
igual que ocurre con el Llibre de Sent Sovi, se piensa que fue
redactado en una fecha muy anterior. La primera edición del
Llibre de coch apareció en Barcelona en 1520, y tuvo tan gran
repercusión que aquel glotón insaciable que fue el emperador
Carlos V mandó traducirla al castellano.4 En el Llibre de coch
se recogen recetas catalanas, francesas, italianas y árabes.
2
.- Lluis Farando de Saint Germán.- “El Llibre de Sent Sovi” en Boletín de la
Real Academia de Buenas Letras, Barcelona, 24 (1951-1952),
3
.- Rudolf Grewe.- Llibre de Sent Sovi (receptari de cuina), Barcelona, ed.
Barcino, 1979.
4
.- La obra de Ruperto de Nola fue traducida al castellano con el título de
Libro de guisados, manjares y potajes, y publicado en Toledo en 1525.
10
Con el descubrimiento de América y la llegada de productos de
aquellas latitudes a España, la cocina hispana se renovó. En
1595 Miguel de Baeza maestro confitero publicó en Alcalá de
Henares Los quatro libros del Arte de la Confitería, obra de
gran interés para el estudio del cultivo de la caña de azúcar en
España y de todo el proceso de fabricación de la misma.
Asimismo Miguel de Baeza registra un completo recetario para
fabricar los dulces más corrientes de la época, tales como
alfeñiques, mazapanes, caramelos, grageas, turrones y bizcochos
que, casualmente son los mismos que realizaba Felipe de
Esquivias siglo y medio más tarde.
Por su parte el médico Juan Vallés (1496-1563) en su Regalo de
la vida humana, subraya, inteligentemente, la relación existente
entre la pastelería, y gastronomía en general, con la medicina y
la dietética. Con respecto último hay que destacar que, en los
siglos pasados, los dulces y pasteles no eran solamente golosinas
sino también una especia de alivio para ciertas enfermedades y
dolencias.
En 1599 apareció en Madrid una obra de largo título Libro del
arte de cozina en el qual se contiene el modo de guisar en
qualquier tiempo, assi de carne, como de pescado para sanos y
enfermos, y convalecientes, assi de pasteles, tortas, y salsas
como conservas a la usança española, italiana y tudesca de
nuestros tiempos. Fue su autor el cocinero Diego Granado
Maldonado quien no tuvo empacho en plagiar muchas recetas de
Ruperto de Nola y del italiano Bartolomeo Scappi (1500-1577),
cocinero de los papas Pío IV y Pío V5. Pero a pesar de ellos la
obra de Diego Granado Maldonado se editó dos veces más en el
siglo XVII, una en Madrid en 1609 y otra en Lérida en 1614.6
Obra sumamente curiosa sobre la gastronomía española
de los siglos XVI y XVII es el Libro de cocina, de Domingo
Hernández de Maceras, publicada en Salamanca en 1607 y
dedicado a don Pedro González de Acevedo, obispo de
Plasencia entre 1594 y 1609.
Domingo Hernández de Maceras fue cocinero del colegio mayor
de Oviedo en la universidad de Salamanca, y en su obra nos
5
.- La obra de Bartolomeo Scappi, titulada Opera dell, arte del cucinare, se
publicó en Venecia en 1570.
6
.- Sobre Diego Granado Maldonado véase Jeanne Allard.- “Diego Granado
Maldonado” en Petits Propos Culinaires, 25, 1987, pp. 35-41.
11
dejó un vivo testimonio sobre los viandas que consumían los
hambrientos colegiales salmantinos.7
Pero el autor más importante para el estudio de la gastronomía
españolas de los siglos XVI y XVII es, sin duda alguna,
Francisco Martínez Montiño, hombre de oscura biografía y larga
vida, como lo prueba que fue cocinero de Felipe II, Felipe III y
Felipe IV.8
Martínez Montiño fue autor de un célebre Arte de cocina,
pastelería, vizcochería y confitería, publicado por primera vez
en Madrid en 1611, y que conoció un éxito asombroso, como lo
prueba las muchas ediciones que se hicieron a lo largo de los
siglos XVII y XVIII.9. Martínez Montiño recoge en su obra no
solamente recetas de cocina sino que también da instrucciones
sobre como preparar banquetes, realizar conservas, modos de
cocinar para enfermos y sobre los usos higiénicos en la
manipulación de los alimentos.
Durante el siglo XVIII, y coincidiendo con la llegada de los
Borbones al trono hispano, el arte de la confitería va a
diversificarse en dos categorías. Por una parte está el confitero
tradicional que va a elaborar caramelos, compotas, mermeladas
y grageas, y por otra el bollero especializado en fabricar pasteles
con harina, manteca y azúcar.
El más famoso confitero español del siglo XVIII va a ser Juan
de la Mata. Nacido en la localidad leonesa de Matalavilla,
alcanzó en Madrid el cargo de jefe de la repostería de los reyes
Felipe V y Fernando VI. En 1747 publicó su Arte de la
repostería, en que se contiene todo género de hacer dulces secos
7
.- María Ángeles Pérez Samper.- “Domingo Hernández de Maceras” en La
alimentación en la España del Siglo de Oro, Huesca, La Val de Onsera, 1998
8
.- Sobre la actividad de Martínez Montiño en palacio véase María del
Carmen Simón Palmer.- La alimentación y sus circunstancias en el Real
Alcázar de Madrid, Madrid, Instituto de Estudios Madrileños, 1982, pp. 5455.
9
.- Se volvió a editar en Madrid en 1617, 1623, 1628, 1635, en Alcalá de
Henares en 1637 y nuevamente en Madrid en 1653, 1662 y 1676. Durante el
siglo
XVIII
se
reimprimió
en
Barcelona
(1754),
Madrid
(1760), Barcelona (763), Madrid (1778), Valencia (1790) y Madrid (1797).
Sobre las ediciones de la obra de Martínez Montiño véase José Simón
Díaz.- Bibliografía de la Literatura Hispánica, Tomo XIV, Madrid, Consejo
Superior de Investigaciones Científicas. Instituto Miguel de Cervantes, 1984,
pp. 345 –346.
12
y en líquido, vizcochos, turrones, natas, bebidas heladas de todo
genero, rosolis, mistelas. Con una breve instrucción para
conocer las frutas y servirlas crudas. El libro alcanzó, a lo
largo de la centuria varias ediciones en 1755, 1786 y 1791..
Juan de la Mata recoge en su obra numerosas recetas para
elaborar todo tipo de caramelos, mermeladas, compotas, todo
tipo de confituras, jaleas, bizcochos, turrones, mazapanes y
merengues. Muchas de aquellas recetas eran típicamente
españolas, mientras que en otras se advierten influencias
italianas y francesas. Como algo curioso a resaltar es que
muchas de las recetas de Juan de la Mata se siguen utilizando
en la repostería española actual.10
Muchos confiteros de la España del siglo XVIII alcanzaron un
alto nivel de vida, puesto que sus negocios fueron realmente
viento en popa, contando siempre con una amplia clientela, entre
todas las capas sociales de la época, cuya pasión por los dulces
es sobradamente conocida. Como ejemplo de lo que decimos
vamos a dar a conocer los bienes que Felipe de Esquivias,,
declaró en ocasión de su segundo matrimonio con Brígida
Martínez, celebrado en Madrid en diciembre de 1753.
Felipe de Esquivias nación en la localidad madrileña de
Ciempozuelos, siendo hijo de dos vecinos de la misma
población, Mateo de Esquivias y Paula Martínez.
Nada sabemos sobre la vida del futuro confitero hasta 1753, año
de su segundo matrimonio. El 7 de diciembre de 1753 Felipe de
Esquivias declaraba ante el escribano Antonio Carrasco como
estaba concertado contraer matrimonio con Brigida Martinez,
hija de Juan Martínez y Manuela Rivera, todos naturales de
Ciempozuelos, y ambos seguramente primos. Es por ello que
Felipe de Esquivias no deja de subrayar que por ser parientes en
tercer grado a ympenetrado y se le ha concedido dispensa por
Su Santidad, con condicion de que la dote en cantidad
equibalente y que tenga cavimiento en la decima parte de los
vienes del otorgante.
Felipe de Esquivias era viudo de María de Torres y por su nuevo
enlace procedió a llevar a cabo el inventario y tasación de los
10
.- Manuel Martínez Llopis.- La dulcería española: recetarios histórico y
popular, Madrid, Alianza ed. 1999.
13
bienes que aportaba al nuevo matrimonio11. De esta manera el
día 7 de diciembre de 1753 nombró a las personas que debían
valorar todas y cada una de sus pertenencias.
A tenor de lo declarado Felipe de Esquivias fue un profesional
más que acaudalado y así lo demuestra la variedad y abundancia
de sus bienes.
Lo primero que se tasó fue una casa que dijo pertenecerle, en la
calle de Zurita, parrochia de San Sevastian desta Corte,
entrando por la de Santa Ysavel a mano yzquierda, que por su
derecha linda con casa de Phelipe de Hueba, maestro de obras
La mencionada casa la heredó Felipe de Esquivias de María de
Torres, su primera esposa, y fue valorada por José de Yebes
maestro de obras, en la cantidad de 14879 reales de vellón. La
citada casa debió ser de gran amplitud, lo que le sirvió al
confitero ciempozueleño para aumentar sus ingresos, al tener
alquiladas diversas partes de la misma. Así puso en su inventario
mas es caudal del dicho otorgante lo que le esta deviendo
Antonio Plan, ynquilino del quarto principal a la calla de dicha
casa, que son los alquileres vencidos desde primero de julio
deste año hasta que el otorgante contraiga matrimonio, a razon
de veinte reales al mes.
- mas lo que por dicha razon de alquileres le debe Cathalina
Garcia, ynquilina del quarto principal ynterior desde primero
de octubre deste año a razon de catorce reales cada mes.
- mas lo que por el mismo motivo debe Diego Serrano ynquilino
del quarto vajo desde primero de agosto deste año en adelante a
razon de ziento y setenta y dos reales y medio cada año.
Pero además de su casa madrileña, Felipe de Esquivias fue
dueño de otra en su localidad natal así como de varias viñas y
tierras.
.- mas una casa que llaman de la taona sita en la villa de
Ziempozuelos, en la calle que atraviesa a la de la Audiencia y
combento de religiosos franciscanos, 5000 rs.
- una viña de espesillo en Buzanca, termino y jurisdicion de
dicha villa de Ziempozuelos, de mas de seis aranzadas de zepas
vibas y veinte y una olibas, linde con el espesillo de Pedro
Cazorla, viña de Pedro Antonio Bayona y tierras de Bartholome
11
.- Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo = 17259, folº.
676-695. Escribano = Antonio Carrasco.
14
Moral de Alonso y de Nicolas Aguado, que esta divide el camino
que viene a Madrid, que la ubo y compro a Pedro Antonio
Fernández, vezino de dicha villa y escribano de San Martin de
la Vega en prezio de 3300 rs.
- una tierra de quatro fanegas que llaman de la Noria, sita en el
termino de dicha villa de Ziempozuelos donde dizen el
Borregano, linde tierra de la Capellania de Santo Romero por
una parte, y por la otra tierra de Julian Aguado y por otra con
el camino, la qual perteneze a dicho Phelipe de Esquivias por
venta que de ella le otorgo Manuel Bermejo. vecino de dicha
villa en esta de Madrid a quatro de octubre de mill setecientos y
quarenta y nueve ante Vicente Paredes y Monrroy escribano
real, en precio de 1600 reales de vellon y declara que por estar
inculta le fue necesario para ponerla corriente zegar la noria,
arrancarla y venefiziarla hasta ponerla en estado de dar fruto
como oy lo esta, y que en ello gasto quatrocientos reales de
vellon, cuia cantidad acrece el precio de la compra por tener
este mas valor en si dicha tierra, que todo vale 2000 reales de
vellon.
- mas otra tierra que fue viña en termino de dicha villa, al
parage de Borreguno, de quatro fanegas o lo que fuere las
lindes adentro, que linda con viña de dicho Phelipe de Esquivias
y con tierra de Jose Moral Pintado, la qual fue vendida a dicho
Phelipe de Esquivias en quatrozientos y zinquenta reales de
vellon por Phelipa Bermejo y Pablo Trompeta, su marido,
vezinos de dicha villa de Ziempozuelos en ella a dos de junio de
mil setezientos y zinquenta y dos en 450 reales de vellon.
Agustina Rodríguez y María Teresa Suárez, costureras, tasaban
la ropa blanca, mientras que Manuel Díaz maestro sastre hacia
lo propio con los vestidos. Dentro del primer apartado se
incluían colchones, fundas de almohadas, mantas, colchas,
manteles, servilletas, camisas, calcetas, guantes de hilo,
pañuelos de Cambrai, delantales, almillas, calzoncillos y
cortinas. Por lo que respecta a los vestidos, ejemplos de la moda
de la época, estaban realizados en seda, pelo de camello,
terciopelo y tafetán.
- un vestido de chamaleote nuebo, color de clavo, que se
compone de casaca y dos pares de calzones, con chupa de seda
de color de oro y flores de plata, 500 rs.- otro bestido de paño
de bez color de clavo, casaca, chupa y dos pares de calzones,
15
400 rs.- otro de paño negro, casaca, chupa y dos pares de
calzones, 300 rs.- una capa de paño con una buelta de
terciopelo, 150 rs.- otra de verano de pelo de camello, usada,
135 rs.- un vestido corto para el travajo, 120 rs.- una cotilla de
muer azul , 90 rs.- un bestido de muger de tela de francia con
flores todo de seda, forrado en tafetan blanco, 840 rs.- una
basquiña de griseta color de clabo forrada al ancho de la seda
en tafetan color de porcelana, 350 rs.
Los muebles que Felipe de Esquivias aportó a su segundo
matrimonio se tasaron por Manuel Bermejo maestro carpintero
y fueron los siguientes:
- una arca grande de pino en que se mete el azucar de pilon, 50
rs.- otra de lo mismo, vieja, para los dulces, 25 rs.- una
berguera con su red de alambre, 25 rs.- un atrox para los
garbanzos o legumbres que se compone de tres tablas de
portada con sus pies derechos, 30 rs.- otro atrox grande que se
compone de treinta tablas con sus pilares correspondientes, 225
rs.- una mesa de nogal, de vara y media de largo y tres pies de
ancho, con visagras , 28 rs.- un cofre tumbon con una
zerradura, 40 rs.- dos arcas viejas de pino, de a tres pies de
largo, 24 rs.- una cama de seis tablas dada de berde, 100 rs.una urna nueva de pino con visagras y seis aldabones, 150 rs.un cofre chato de baqueta con dos cerraduras, 50 rs.- ocho
sillas de brazos, de paja, 48 rs.- una papelera chapada, de raiz
de olibo con su mesa y cajones, 300 rs.- una mesa redonda de
pino con su cajon, 40 rs.- una cama de quatro tablas, andada,
24 rs.- un biombo con ocho bastidores todo pintado, 120 rs,.una media fanega con su herrage, 45 rs.- un canapé de tres
asientos, 30 rs.- una mampara con su puerta vidriera en medio,
30 rs.- un arcon de pino en que se bate el chocolate, que tiene
siete pies de largo y una vara de fondo y otra de ancho, con dos
visagras, 250 rs.- un arcon de pino para la arina , 40 rs.- un
tramo de cajas con veinte y seis cajas, 182 rs.- otro tramo con
seis cajones, 72 rs.- otro tramo con doze cajas chicas, 72 rs.seis pesebreras devajo del tramo grande, 15 rs.- el pie del tramo
chico, 12 rs.- una urna que esta en la tienda con un San Antonio
y su christal, 100 rs.- un mostrador de nogal y delantera de pino
con zinco cajones grandes y dos chicos, con su trampilla y
puerta, 600 rs.- una tablilla de muestra, 4 rs.- un escaparate de
vidrieras para los basos de dulze, 20 rs.- una arca de pino para
16
los vizcochos, 5 rs.- otra mayor para lo mismo, 8 rs.- mas de
toda la madera del obrador, 45 rs.- mas de leña de la enzina y
de pino para quemar, 200 rs.- quatro pies de tinajas y quatro
tapadoras, 24 rs.- un tajo de alamo negro, 26 rs.- una escalera
de mano, grande, 24 rs.- zinquenta y ocho vidrios hordinarios
en diferentes postigos, 58 rs.- diez arrobas de azeite, 450 rs.mas quatro arrobas de tocino, 200 rs.- treinta y seis arrobas de
carbon, 114 rs.
Por su parte José Pérez de Vara maestro calderero, ponía precio
al cobre de la confiteria y cozina, donde se incluían
espumaderas, cazos, cucharas, platos, bacías, ollas, calderos,
chocolateros, torteras, candeleros, palmatorias, velones, jarros,
un cañón de metal para velas, salvillas, etc. Todo aquel menaje
estaba realizado en cobre, azófar, hierro y peltre. Utensilios del
oficio de confitero fueron;
- un perol chico de bañar vizcochos, maltratado, de cinco libras
y media de peso, 38 rs.
- un cazo de hazer azucar rosado, 38 rs.
No podían faltar en el obrador de un maestro confitero toda una
serie de pesos y balanzas para pesar los ingredientes que
entraban a formar parte de sus productos, y que fueron tasados
por José Abellera maestro cerragero.
- tres fieles de yerro, 60 rs.- otro de lo mismo igual en el tamaño
y fieles, 50 rs.- otro chico de tres fieles, 28 rs.- otro chico, 10
rs.- unas balanzas medianas, 30 rs.- una romana de platillo, 32
rs.- una romana grande, 75 rs.- varias pesas de yerro para la
tienda , 20 rs.- una escopeta corta, 60 rs.
La pequeña colección pictórica de Felipe de Esquivias, formada
por diez y siete obras, todas de temática religiosa, fue tasada por
Alejandro González Velázquez. De todas aquellas obras, todas
de temática religiosa, quince de ella, pintadas sobre lámina de
cobre, narraban la Historia de David, y como algo insólito el
soporte metálico de las mismas fue valorado por el ya citado
maestro calderero José Pérez de Vara.
- quinze laminas en cobre Historia de David, de vara y quarta
de largo y vara de alto que su pintura taso Don Alejandro
Velasquez en 2250 rs.- mas el cobre de dichas quinze laminas
que peso ziento y quarenta y dos libras a razón de nueve libras y
media cada lamina y el valor de la libra a quinze reales segun
17
tasa que hace dicho Joseph Perez de Vara maestro calderero en
2137 rs. y medio.
- una pintura de Nuestra Señora del Populo, de vara y media de
alto y vara de ancho, 220 rs..- una Nuestra Señora del Socorro
de media vara de alto y terzia de ancho, 20 rs.
Alejandro González Velázquez, hijo del escultor Pablo
González Velázquez y hermano de los pintores Antonio y Luis,
nació en Madrid en 1729. Recibió su primera formación
artística en la propia casa familiar para pasar a continuación a
ser alumno de la Junta Preparatoria de la Real Academia de
Bellas Artes de San Fernando y más tarde del arquitecto italiana,
activo en Madrid, Giácomo Bonavia, con quien colaboraría años
después en las obras del palacio de la Granja de San Ildefonso.
Alejandro González Velázquez fue arquitecto, pintor y escultor,
aunque no destacó especialmente en ninguna de aquellas
disciplinas. Como arquitecto trabajó, además de en la Granja, en
el palacio de Aranjuez, mientras que como escultor realizó los
estucos de la iglesia de Alpajes en el mencionado Real Sitio.
Más importante, dentro de las limitaciones del artista, fue su
faceta como pintor, y a él se deben los techos de algunas salas
del palacio real de Madrid y, sobre todo, su colaboración con su
hermano Luis en los de la cúpula del madrileño convento de San
Hermenegildo del Carmen Descalzo, hoy parroquia de san José.
Entre 1741 y 1742 ambos hermanos decoraron la capilla mayor
de la ermita de la Soledad en la localidad toledana de la Puebla
de Montalbán con un retablo pintado en trampantojo, de gran
efecto decorativo.
Pero la obra de más enjundia de Luis y Alejandro González
Velázquez va a ser el magnífico retablo en perspectiva fingida
de la capilla mayor de la iglesia de los jesuitas en Toledo, en la
actualidad parroquia de san Juan Bautista. El retablo, de
arquitectura corintia, está trabajado con maestría. En el centro se
sitúa un gran cuadro, con suntuoso marco, representando el
tema recurrente de la Iglesia toledana: la Imposición por la
Virgen de la casulla a san Ildefonso, mientras que en el ático, y
dentro de un medallón, se encuentra la imagen de otra santo
emblemático toledano: san Eugenio. A ambos lados del cuadro
central, y entre las columnas fingidas se destacan las imágenes
de dos figuras claves de la Compañía de Jesús: san Ignacio de
Loyola y san Francisco Javier. Las figuras del retablo se deben,
18
con toda probabilidad, a Luis González Velázquez, mientras que
las arquitecturas fingidas son obra de Alejandro.
Alejandro González Velázquez estuvo muy vinculado a la Real
Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la que fue, por
espacio de muchos años, teniente director de arquitectura y
pintura y, más tarde, vista su habilidad para la perspectiva,
teniente director de la misma.
Alejandro González Velásquez falleció en Madrid en 1772, y
aunque tuvo inmejorables dotes para la perspectiva de
arquitecturas fingidas, no llegó, como artista, a la altura de sus
hermanos Luis y Antonio. 12
Los objetos de plata y joyas que Felipe de Esquivias
llevó a su matrimonio fueron tasados por Francisco de
Santander platero.
- un aderezo de diamantes en oro que se compone de cruz y
arracadas de lazos, que lo compre sin contar hechura. tasado
por Francisco de Santander platero en 4489 rs.- una sortija de
rosilla, diamantes tablas sentados en oro, 255 rs.- una targeta
de oro guarnecida de diamantes rosas con copete y un San
Antonio de escultura de ceraen medio, 960 rs.-una salvilla de
plata- doze cucharas y doze tenedores – una caja lissa- una
abuja para el pelo y unas evillas quadradas tambien de plata,
tasado todo por Francisco de Santander en 1850 rs.- mas un
espadin de plata, 160 rs.- un relox de muestra de plata con caja
de zapa, 135 rs.
Pero tal vez la parte más interesante de los bienes que Felipe de
Esquivias declaró en su carta de dote van a ser los muy variados
productos que guardaba en su obrador y con los que fabricaba
sus productos. Eran tan diversos que todos ellos se agruparon
bajo diferentes epígrafes: géneros de la confitería, dulces secos,
confitura y azúcarGÉNEROS DE LA CONFITERÍA.En este apartado se registraron una gran cantidad de
frutas: ciruelas, albaricoques y peras así como almíbar, jarabes y
barios barreños para conservas.
12
.- Sobre Alejandro González Velázquez véase José Luis Morales Marín.Pintura en España 1750/1808, Madtid, Cátedra, 1994, pp. 113-114.
19
- treinta libras de ziruelas, 150 rs.- veinte y dos libras de dicha
clase al mismo precio, 110 rs.- veinte libras de albaricoques,
105 rs.- diez libras de dicha clase, 84 rs.- veinte libras de dicha
clase, 105 rs.- veinte y dos libras de peras, 123 rs. y tres
quartillos.- veinte y cinco libras de dicho genero y al mismo
precio, 137 rs y medio.- veinte y tres libras de dicha especie al
dicho precio, 126 rs y medio.- catorze libras de albaricoques, 73
rs y medio.- ocho libras de almibar de azitron, 40 rs.- diez libras
de jarabe, 20 rs.- diez y nuebe libras de dicho jarabe mejor que
el antecedente, 47 rs. y quartillo.- setenta y una libras panada
de la berguera, 172 rs y medio.- varios varreños para conserba,
80 rs.
DULCES SECOS.Bajo este epígrafe se contabilizaron muchos dulces
secos, carne de membrillo, guindas y azúcar piedra.
- veinte y cinco libras de dulces secos, 137 rs. y medio.- treinta y
seis vasos de dulze con veinte y ocho libras, 162 rs.- seis libras
de carne de membrillo y guindas, 30 rs.- veinte y quatro libras
de azucar piedra, 156 rs. 13
CONFITERÍA.Aquí se registraban caramelos y alfeñiques, peladillas,
anises, grageas, bizcochos, azúcar rosado, etc.
- treinta y dos libras de chohos, 160 rs.- tres libras de
caramelos y alfeñiques, 150 rs.14
- doce libras de peladillas hordinarias, 12 rs.- once libras de
anises finos, 55 rs.- trece libras de jugo, 65 rs.- onze libras y
media de gragera fina, 51 rs y 26 maravedis.- onze libras de
comienzos de gragera, 33 rs.- trece libras de vizcochos de todos
generos, 58 rs. y medio.- seis libras de azucar rosado de todos
generos, 90 rs.- setenta y cinco libras de miaja de vizcocho, 36
rs.
AZÚCAR.Por último y bajo ese nombre genérico se incluían, no
solamente azúcares, sino también turrones, alcaparras, harina,
chocolate, arroz, almendras, jaleas, garbanzos, algarrobas,
13
.- El azúcar piedra es un producto de confitería, originario de Persia y de
la India. Está formado por cristales de azúcar de cierto tamaño.
14
.- Se conocía con el nombre de alfeñique un tipo de pastel hecho con una
mezcla de azúcar y aceite de almendras dulces, muy popular durante los
siglos XVII y XVIII
20
piñones, cidras, judías, miel, anises, etc, así cómo diversas
especias: azafrán, canela y pimienta. También se tasaron un
mortero de piedra y una gran cantidad de papel con el que
seguramente se envolverían los pasteles para su venta.
- quatro talegas con treinta arrobas de azucar de la Martinica
de primera suerte, 2460 rs.- veinte y una arrobas y ocho libras
de azucar de segunda suerte, 1663 rs.- diez y nueve arrobas y
diez y siete libras de azucar de tercera suerte, 1492 rs.- tres
arrobas de azucar pilon, 264 rs.- treze cajas de perada y diez y
nueve de jalea, 123 rs y medio.- treinta y quatro libras de turron
negro, 51 rs.- dos arrobas de pasa de sol, 52 rs.- ocho arrobas
de almendra fina, 432 rs.- tres arrobas de arroz, 364 rs.- tres
celemines de anis, 18 rs.- zinco arrobas de alcaparras finas, 125
rs.-ocho arrobas de miel, 280 rs.- un mortero de piedra, 30 rs.una piedra de hacer caramelos, 40 rs.- veinte arrobas de
garbanzos menudos, 540 rs.- quinze arrobas y media de
garbanzos gordos, 620 rs.- media arroba de piñones, 16 rs.- una
arroba de zidra verde, 20 rs.- quarenta y seis arrobas de judias
de todos generos, 1104 rs.- tres fanegas de algarroba, 100 rs.quinze libras de pimienta, 105 rs.- veinte y una libra de
azafran,1260 rs.- dos libras de canela, 120 rs.- un quarteron de
clabos, 20 rs.- ochenta y ocho resmas de papel mano escripto,
125 rs.- quatro resmas de papel fino, 54 rs.- quatro fanegas de
arina de trigo, 280 rs.- un mill trescientas y veinte libras de
chocolate, 240 rs.No deja de ser curioso el hecho de que Felipe de Esquivias ,
siendo como era un profesional excelente en su oficio, no
contara con ningún obra sobre su disciplina, y que solamente
registrase en su biblioteca seis libros en pasta de la madre
Agreda, tasados en 50 reales.15
15
.- Se trata de la monja soriana sor María de Jesús de Ágreda, nacida en
aquella población en 1602 y allí fallecida en 1665, siendo abadesa del
convento de religiosas concepcionistas por ella fundado. Es famosa por
haber mantenido una larga correspondencia con Felipe IV, aconsejándole
sobre diversas materias de gobierno. Pero su obra más famosa es la Mística
ciudad de Dios, publicada por primera vez en Madrid en 1670 y muchas
veces reeditada a pesar de la condena que contra ella lanzó la Inquisición.
Ver Miguel Zagasti.- Sor María de Jesús de Ágreda y la literatura
conventual femenina en el Siglo de Oro, Soria, Cátedra Internacional Alfonso
VIII, 2008.
21
Pero además de todos los bienes arriba reseñados, Felipe de
Esquivias declaraba tener en especie de dinero mil reales de
vellon, registrando asimismo los siguientes objetos que no estan
comprendidos en este capital.
- una basquiña de tafetan negro, nueva, 165 rs.- otra basquiña
de pelo de camello, 45 rs.- un brial de damasco encarnado, 120
rs.- una casaca de griseta color de clavo, 90 rs.- otra casaca de
terciopelo negro, 120 rs.- un manto de puntas, 45 rs.- un collar
de aljofar de tres bueltas, 130 rs.- unos pendientes de aljofar, 60
rs.- un abanico, 45 rs.
Ya hemos destacado el parentesco que unía a Felipe de
Esquivias con su segundo esposa Brígida Martínez, y para
celebrar su enlace tuvieron que pedir la correspondiente
dispensa eclesiástica, cuyo importe registró minuciosamente el
confitero ciempozueleño como una parte más de la dote: De esta
manera declara que respecto ser pariente suia dicha Brigida
Martinez a costeado el dicho Esquivias la dispensa y gastos de
tribunales desta Corte y ciudad de Toledo y las informaciones y
publicatos de la villa de Ziempozuelos que an sido precisos y
que todo lo referido a ymportado 1460 reales de vellon.
22
FUENTES DOCUMENTALES DEL APELLIDO BLANCO
DE ALCORCÓN Y SU GENEALOGÍA.
POR FRANCICO JOSÉ FRANCOS SEVILLA
Quiero dejar constancia, en este artículo, de la
genealogía y las fuentes documentales históricas donde he ido
encontrando datos que me han permitido avanzar en una
investigación que abarca varios siglos sobre la parte de mi
familia que lleva este apellido en Alcorcón.
Tanto las fuentes documentales como la genealogía, que
menciono a lo largo del artículo, se suceden en un periodo
temporal que va desde mediados del siglo XVI al siglo XX,
vinculando a esta familia asentada en la localidad de Alcorcón.
Será en el siglo XXI donde por línea de varón este apellido no
tendrá continuidad en Alcorcón, por haberse transmitido sólo
por línea femenina, y con sus últimos poseedores, que hoy lo
llevan como segundo, quedará extinguido en su paso a nuevas
generaciones.
Agradezco la amabilidad y profesionalidad de los
distintos Archivos, Nacional, Diocesano y Autonómico, donde
he pasado un buen número de horas recopilando los datos que
aquí detallo.
He dividido el estudio en dos capítulos, comienzo, el
primer capítulo, detallando la genealogía de referente a este
apellido Blanco, en los siglos mencionados. Y un segundo
capítulo, en el que menciono los fondos encontrados por los
distintos Archivos, haciendo una breve síntesis de su contenido.
Capítulo I: Genealogía del Apellido Blanco de
Alcorcón Siglos XVI-XX.
En este capítulo desarrollo la genealogía del apellido
Blanco de la localidad de Alcorcón, concentrando en cada siglo
a las personas que mayoritariamente vivieron esa época.
Siglo XVI. En el siglo XVI los Blanco aparecen
vinculados a la Villa de Getafe, donde he encontrado las
primeras referencias en los libros Sacramentales de la parroquia
de Santa María Magdalena de esta Villa.
23
En el libro I de Bautizados, años 1535 a 1564. En el folio
137 del correspondiente al año 1550 tenemos la partida de
bautismo de Francisco Blanco, hijo de Pedro Blanco y de Inés
Abad su legítima mujer. Inés testó en Getafe, como he citado
antes, en 1579.
En el libro I de Matrimonios, años 1565 a 1590, de la
misma parroquia, en el año 1576 folio 53, aparecen velados
Francisco Blanco, hijo de Pedro Blanco y Lucía Campillo, hija
de Llorente Campillo.
En el libro III de Bautizados, años 1581 a 1601, de la
misma parroquia, en el año 1596 folio 274 vuelto, dice:
Gerónimo, en el lugar de Getafe a primer día del mes de abril de
mil y quinientos y noventa y seis años, el señor licenciado
Eugenio Ximenez cura propio bautizó a Gerónimo hijo de
Francisco Blanco y de su mujer Lucia Campillo vecinos de
dicho lugar. Padrino Sebastián Abad, testigos Eugenio Marcos
Y Diego de la Mancha.
Siglo XVII. El siglo XVII es el de los orígenes en
Alcorcón, el primer Blanco del que tengo noticias en Alcorcón
es don Gerónimo Blanco, nacido y natural de Getafe, en una
escritura de dote de 1613, en el Protocolo del Escribano de
Alcorcón don Juan Conde, dice que es vecino de Madrid, que es
marido de doña Ana de Castro y que recibió de don Alonso de
Castro dote y ajuar.
En escritura de ese mismo año, en la que se reparten 84 fanegas
de trigo por el Ayuntamiento a los vecinos, aparece como
vecino, don Gerónimo Blanco.
Don Alonso de Castro, padre de doña Ana, en otra escritura
figura como Alcalde por los labradores de la localidad de
Alcorcón en 1621.
En el Archivo Nacional, sección de clero secular, se conserva el
libro de la Iglesia de Santa María la Blanca, que recoge los
censos de la Capellanía de las Ánimas del Purgatorio. Aparecen
dos censos uno fundado por don Gerónimo Blanco, de veinte
ducados de principal y renta de un ducado al año. Y otro
fundado por doña Ana de Castro, de doscientos cincuenta reales
de principal y doce reales de réditos anuales.
Don Gerónimo Blanco y doña Ana de Castro tienen cuatro hijos,
don Gabriel Blanco (continua genealogía), don Antonio, don
Gerónimo y doña Francisca. Don Gerónimo Blanco fallece en
24
1660, a partir de esa fecha abona el censo su viuda e hijos. Y a
partir de 1663 sólo los hijos.
De doña Francisca sabemos que se casa con don Francisco
Moreno y que es viuda en 1684; de don Antonio que se casa
con doña María Agudo y que tienen dos hijos don Martín y don
Mathias Blanco.
De don Gabriel Blanco sabemos que se casa con doña Ana
Beltrán, que consta como viuda en 1684, que tienen seis hijos,
doña Isabel Blanco, casada con José Ochoa, fallece en 1756;
don Francisco Blanco, regidor en 1699; don Gregorio Blanco,
casado con doña Francisca de Pontes, tienen tres hijos, doña Mª
Catalina Blanco, don Antonio Blanco, casado con doña Josefa
González, tienen una hija doña María Antonia que se casará con
Julián Patricio Fernández. Y don Gregorio Blanco; Alonso
Blanco; doña Sebastiana Blanco, casada con Miguel Fraile; y
don Gabriel Blanco (continua genealogía), testamento en 1732,
casado con doña María Simón.
Hasta aquí el siglo XVII, donde he insertado la
generación de don Gerónimo Blanco, don Gabriel Blanco de
Castro y don Gabriel Blanco Beltrán.
Siglo XVIII. En el siglo XVIII incluyo los hijos de don
Gabriel Blanco y doña María Simón que son doña Francisca
Blanco, casada con don Manuel de la Calle, fallece en 1760; y
don Antonio Blanco (continua genealogía), alcalde en 1746,
casado con doña Francisca Escolar, en primeras nupcias y con la
que tuvo cinco hijos, y en segundas nupcias con Ángela Gómez,
fallece en 1760.
Hijos del primer matrimonio de don Gabriel Blanco son don
Juan Francisco, casado en 1755 con doña Manuela Talavera,
tienen una hija doña María Blanco se casa con José de Burgos,
don Juan Francisco fallece antes de 1760; don Antonio Blanco,
nace en 1720, casado con María Vergara en 1759, tienen tres
hijos, Juan, Antonio y Juana; doña Francisca, fallece antes de
1753; don Gabriel Narciso, nace en 1732, se casa con doña
Manuela de la Calle; y don Alfonso Blanco (continua
genealogía), nace en 1721, se casa con doña Eusebia Beltrán en
1741, en 1761 es Alcalde de la localidad.
Don Alfonso Blanco y doña Eusebia Beltrán tienen tres hijos,
doña Manuela, nace en 1743; don Manuel, nace en 1755; y don
25
Diego Blanco (continua genealogía), nace en 1747, se casa con
doña Isabel de Burgos y tienen seis hijos.
En este siglo relaciono otras tres generaciones, don Antonio
Blanco Simón, don Alfonso Blanco Vergara y don Diego
Blanco Beltrán.
Siglo XIX. Comienzo el siglo XIX con los hijos de don
Diego Blanco y doña Isabel de Burgos que son, don Alfonso;
don Carlos; don Mariano; doña Atanasia; doña Isabel, casada
con don Manuel Montero, tienen un hijo, don Manuel Montero
Blanco. Doña Isabel fallece en 1820, en su testamento cita a sus
hermanos, aquí relacionados, y a dos sobrinos, Anastasio Blanco
y Victoriana Blanco, desconozco de que hermano o hermana son
hijos; don Francisco Blanco (continua genealogía), casado con
doña Castora Gómez, tienen tres hijos, don Juan Blanco; don
Félix Blanco (continua genealogía), y doña Atanasia Blanco,
casada con don Juan Iglesias, tienen cinco hijos, don Francisco,
don Agustín, doña Cecilia, doña Josefa y doña Victoria Iglesias
Blanco. Don Francisco y doña Castora fallecen en 1844 y 1853
respectivamente.
Don Félix Blanco se casa con doña Ramona Pachón Vázquez,
tienen dos hijos, doña Juana Blanco y don Manuel Blanco
Pachón (continua genealogía), nace en 1855, se casa con doña
Francisca Arroyo Herreros en 1881, tienen cuatro hijos, don
Félix Blanco Arroyo casado con doña Paz Blanco Torrejón;
doña Guadalupe Blanco Arroyo casada con don Sebastián
Garayalde; doña Paz Blanco Arroyo casada con don Valentín
García Pachón; y doña Ascensión Blanco Arroyo casada con
don Mariano Lejárraga.
En este siglo he relacionado otras tres generaciones, don
Francisco Blanco de Burgos, don Félix Blanco Gómez, don
Manuel Blanco Pachón.
Siglo XX. Los hijos de don Manuel Blanco y doña
Francisca Arroyo son, don Félix, doña Paz, doña Guadalupe y
doña María, y con ellos saltamos al siglo XX.
Don Félix Blanco Arroyo casado con doña Paz Blanco Torrejón,
tienen dos hijas, doña Francisca y doña Victoriana Blanco
Blanco; doña Guadalupe Blanco Arroyo casada con don
Sebastián Garayalde, tienen tres hijos, don José María, don Luis
y don Ignacio Garayalde Blanco; doña Paz Blanco Arroyo
casada con don Valentín García Pachón, tienen cuatro hijos,
26
doña Paz, doña María, doña Francisca y don Manuel García
Blanco; y doña María Blanco Arroyo casada con don Mariano
Lejárraga, tienen seis hijos, doña Ascensión, doña María, doña
Cecilia, don Luis, don Mariano y don Félix Lejárraga Blanco.
Al día de hoy, siglo XXI, año 2009, llevan el apellido Blanco de
Alcorcón, seis nietos de don Manuel Blanco Pachón, un hijo de
doña Guadalupe Blanco Arroyo, don Ignacio Garayalde Blanco;
y cinco hijos de doña Ascensión Blanco Arroyo, don Luis, don
Mariano don Félix, doña Cecilia y doña María Lejárraga Blanco.
También llevan el apellido hoy cuatro biznietos de don Manuel
Blanco Pachón, por línea de su hijo Félix Blanco Arroyo y de
las hijas de este, doña Victoriana Blanco Blanco, su hijo don
Jesús Gómez Blanco; y por su hija doña Francisca Blanco
Blanco, los hijos e hija, don José, don Enrique y doña Mª Paz
Francos Blanco.
Aunque existe más descendencia de la otra hija de don Manuel
Blanco Pachón, Paz Blanco, estos son portadores del apellido
Blanco en cuarto grado o superior.
Capítulo II: Fuentes Documentales del Apellido.
En este capítulo hago un recorrido por los Archivos
donde he encontrado fondos referidos a la familia Blanco.
Relaciono el Archivo donde se custodia el documento, la
tipología del documento y un pequeño extracto de su contenido.
En el libro de Acuerdos del Concejo de Madrid (1), se citan
como alcaldes de Alcorcón en 1488 a Martín Blanco y Alfonso
Curçeto. De Martín Blanco no he encontrado ninguna otra
referencia documental.
En la Real Chancillería de Valladolid (2), pleito y ejecutoria a
nombre de Francisco Blanco, vecino de Getafe, y Catalina
Muñoz, su mujer. Año de 1541 y 1542.
Siendo Getafe el lugar donde vive el tronco familiar de este
apellido, pues de aquí de donde pasará a Alcorcón la rama que
apellidada Blanco se establece en la localidad de Alcorcón.
Los fondos citados a continuación ya hacen referencia a la rama,
de este apellido vinculada a Alcorcón:
Archivo Histórico Nacional.
27
Censos de la Capellanía de las Ánimas del Purgatorio (3).
Censo fundado por Gerónimo Blanco el 8 de septiembre 1633.
Censo de veinte ducados de principal réditos un ducado al año.
Contra Ana de Castro de Gerónimo Blanco, censo de doscientos
cincuenta reales de vellón de principal y doce reales de réditos
año. 1663, hijos Gerónimo y Antonio Blanco. 1643 y 1644,
Gerónimo Blanco funda otros dos censos. A partir de 1660 lo
paga su mujer Ana de Castro viuda de Gerónimo Blanco y sus
hijos Antonio, Gabriel y Gerónimo Blanco. 1668, pagan
Antonio, Gabriel y Gerónimo Blanco. 1699, paga Gerónimo
Blanco su hijo. El de 1672, Gabriel Blanco paga por Gerónimo
Blanco. El de 1675, Gabriel Blanco paga por Gerónimo Blanco.
Igual hasta año 1681. El de 1684, Ana Beltrán viuda de Gabriel
Blanco. Otro de 1684 Francisca Blanco, esposa y viuda, paga
por Francisco Moreno.
Varios Expedientes, Escrituras (4). 1723, Nicolás Escolar y
Teresa Gómez venden a la Iglesia de este lugar varias tierras
una linda con Francisco Blanco. 1730, Catalina Gómez vende a
José García una tierra tasada por Juan Montero y Gabriel
Blanco. 1773, Escritura de venta de tierra en Retamares que
otorgó a favor de la Iglesia Diego Gómez en virtud de poder de
Antonia Godino viuda de Antonio Escolar. Mayordomo de la
Iglesia Alfonso Blanco. 1773, Antonio Blanco alcalde ordinario
junto a Manuel Beltrán. Escritura de venta de Antonia Gomina
viuda de Antonio Escolar a favor Fábrica Iglesia Parroquial,
linda con tierra de María Pontes viuda de Gregorio Blanco.
1766, Manuel Blanco escritura venta a la Iglesia Alcorcón.
1758, testigo en la venta de una tierra a la Iglesia Antonio
Blanco. 1764, Alfonso Blanco permuta de media casa de la
capellanía de su tío, Alonso Blanco, a las Animas del
Purgatorio, la cedió en testamento otorgado el 22 de enero de
1728 ante José de Ochoa escribano, adjudicación de los bienes
de su segunda esposa Alfonsa Escolar en virtud de comisión del
señor don Diego de Bustillo y Pambley teniente de Corregidor
de la Villa de Madrid, cesión que hizo Antonio Blanco, padre y
legítimo administrador de Alfonso Blanco (1727 o 1729) por
una tierra de su propiedad en el camino de la villa de
Polvoranca. 1777, escritura de venta herederos de Antonio
Escolar a la Iglesia parroquial de este lugar. Firma Manuel
28
Blanco, testigo. 1798, Diego Blanco, escritura permuta de un
solar, por tierra. 1847, firma Juan Blanco.
Archivo Histórico Diocesano de Madrid (5). Matrimonio de
Manuel Blanco Pachón natural de Alcorcón con Francisca
Arrollo Herreros natural de Balconete, Guadalajara. Feligresa de
Santa Cruz, Madrid. Libro de Bautizados de la parroquia de
Santa María la Blanca de Alcorcón, Manuel bautizado el 13 de
septiembre de 1855, nació el 8 del mismo mes y año. Hijo
legítimo de Félix y de Ramona Pachón. Abuelos paternos,
Francisco Blanco y Casta Gómez. Abuelos Maternos, Anastasio
Pachón y Josefa Vázquez. Padrino Juan Blanco, tío carnal. Libro
de Bautizados de la parroquia de Santa María de la Zarza de
Balconete. Francisca hija legítima de Gregorio Arroyo y de
Eustaquia Herreros, nace el 4 de Junio de 1860. Gregorio natural
de Balconete y Eustaquia natural de Escopete. Abuelos paternos
Manuel Arroyo y Gregoria Ramos de Balconete. Abuelos
maternos, Ángel Herreros natural de Peñalver y Josefa Heras
natural de Fuente Laencina. Madrina María Ramos su prima.
Francisca vive en Madrid en Plaza del Progreso nº 12. Su padre
fallece el 19 de diciembre de 1880 su madre viuda a los 58 años
y ella huérfana con 21.
Libro Matrícula Alcorcón, año 1741.
CASA 48: Antonio Blanco – Ángela Gómez, su mujer. Alfonso,
Francisca, Manuel, Antonio, Gabriel y Francisco, hijos. CASA
55: Gregorio Blanco, soltero.
Libro Matrícula Alcorcón, año 1753. CASA 31: Alfonso
Blanco – Eusebia Beltrán, su mujer. Sabina Moreno criada.
CASA 70: Lorenzo Bargas – Bernarda Campos, su mujer.
CASA 111: Antonio Blanco – Ángela Gómez, su mujer.
Francisco, Antonio, Gabriel, hijos. María Millán criada. CASA
118: Gregorio Blanco – María Pontes, su mujer. Alejandro
criado.
Libro Matrícula Alcorcón, año 1775. CASA 23, Calle del
Limonar: Diego Blanco, de 21 años, María de Burgos, su mujer,
de 24 años. CASA 31, Calle Grande: Gabriel Narciso Blanco, de
43 años, Manuela de la Calle, su mujer de 33 años. Josefa
Hernández, su criada de 18 años. CASA 113, Calle de Juan
Montero: Antonio Blanco, de 55 años, María Vergara, su mujer
de 56 años. Antonio, hijo de 11 años, Juana, Hija de 14. CASA
29
147, Calle de la Calderería: Alfonso Blanco, de 54 años, Isabel
de la Calle, su mujer de 46 años. Manuel, su hijo, soltero de 20
años. Manuela Aguado, criada de 17 años.
Archivo Histórico Diocesano de Toledo (6). Cofradía del
Santísimo Cristo de la Buena Muerte y Ánimas del Purgatorio.
1722. Ordenanzas: “Alcorcón, Pedro Landero y Velasco en
nombre de Francisco Blanco y Miguel González de Campos y
demás nombres contenidos en el poder que presento y en virtud
de el Digo: que tienen acordado de hacer cofradía demostrada
forma a honra y gloría de nuestro Señor Jesucristo con la
advocación de la Buena Muerte y Ánimas sito en la Parroquia
del Lugar de Alcorcón de adonde son todos vecinos por la
grande devoción que tienen a ese Cristo y sacan en procesión en
la que ofrecen de Letanías Rogativas y a todos los entierros de
los difuntos y para su comienzo han hecho las ordenanzas que
presento para que guarden cumplan y ejecuten según y como en
ellas se contiene.
Dado en Toledo a 12 de junio de 1722. Aprobadas en la forma
ordinaria”.
“CONSTITUCIÓN, en el lugar de Alcorcón a diez y siete días
del mes de marzo del año 1722. Estando en forma de Cabildo en
las casas de la morada del presente notario esperan merce los
señores Francisco Blanco Miguel González de Campos Alcaldes
ordinarios, Ignacio de Vergara Procurador General, Juan
Montero, Alonso Blanco, Phelipe Gómez, Pedro de Pontes,
Dionisio Gómez, Juan Godino, Andrés Rodino, Alberto
Fernández, Pedro de Pontes, Joseph de Burgos, Custodio
Gómez, Tiburcio Moreno, Antonio Blanco, Antolín Campos,
Manuel de Escobar, Blas Merinero y Francisco Godino. Todos
vecinos de este dicho lugar dijeron: que por cuanto tienen
dispuesto y determinado fundar una Cofradía en la Iglesia
Parroquial de él, a honra y Gloria del Santísimo Cristo
Crucificado de la Buena Muerte; cuya imagen es la que sale a
acompañar en sus entierros a los cuerpos difuntos que en la
iglesia se entierran; y las procesiones de la Letanías, y
Rogativas que se hacen en el transcurso de todos los años; y
también para beneficio y alivio de las benditas ánimas del
Purgatorio para que tengan efecto deseado sea para el servicio
de Dios nuestro Señor y de su santísima Madre, bien y validez
30
de las benditas Animas del Purgatorio todos juntos de
mancomuna voz de uno y cada uno de por sí y de sus bienes in
solidum por el todo renunciando como renuncian las litis de
duobus res defendin, y la autentica presente hoc itta de
fideuisoribus, y las demás de la mancomunidad, Como en ellas,
y en cada una de ellas se contiene otorgan por esta presente
carta que la Cofradía y Hermandad la fundan e iniciaron bajo
de las Ordenanzas Capítulos y Constituciones Siguientes…”
Archivo Regional de Protocolos de Madrid. Me limito a
recoger la signatura, año, folio y un somero estracto del
contenido del protocolo. La relación de escribanos
correspondiente a cada signatura está publicada por Pedro
Rodríguez Carbajo (7).
Signatura 32048, año 1618 y 1613. Folio 21, 1613, dote y ajuar
de Ana de Castro, en la villa de Madrid a 10 de enero de 1613,
Jerónimo Blanco vecino de dicho lugar, como marido de Ana de
Castro, hija de Alonso de Castro, y dijo que recibió de Alonso
de Castro dote y ajuar…Folio 134, septiembre de 1613,
repartimiento de 84 fanegas de trigo entre los vecinos, en el
folio 137, cita a Jerónimo Blanco.
Signatura 32049, año 1621. Folio 106, marzo de 1621, Alonso
de Castro y Juan Agudo, alcalde y regidor de los labradores.
Signatura 32050, Año 1621. Folio 106, 1 de marzo, Alonso de
Castro y Juan Agudo, alcalde y regidor de los labradores.
Signatura 32051, Año 1663. Folio 289, obligación de Ana de
Castro, viuda de Jerónimo Blanco, a Antonio Blanco en 1600
reales de vellón.
Signatura 32052, Año 1663. Folio 534, 20 de diciembre,
Postura de tierras de Gabriel Blanco.
Signatura 32053, Año 1680. Folio 210, 8 de noviembre,
reconocimiento de censo a favor de la capellanía de las Ánimas,
que otorgó Francisca Blanco, viuda de Francisco Moreno,
difunto. Folio 215, 15 de noviembre, reconocimiento de censo a
favor de la capellanía de las Ánimas, que otorgó Gabriel Blanco.
Censo que tomó Ana de Castro, su madre, por 252 reales. Folio
220, 17 de noviembre, reconocimiento de censo a favor de la
capellanía de las Ánimas, que otorgó Gabriel Blanco como hijo
y heredero de Jerónimo Blanco y de Ana de Castro, sus padres
difuntos. Entre otros censos que los susodichos tenían, tomaron
31
a favor de la capellanía de las Ánimas, su capellán y patronos en
su nombre de este lugar de Alcorcón el dicho Jerónimo Blanco
por haber comprado unas casas a Alonso Godino vecino de
Móstoles con cargo de los censos de 70 ducados de prima a
favor de la capellanía. Antonio Blanco su hermano. Folio 221 y
222, 18 de noviembre, reconocimiento de censo a favor de la
capellanía de las Ánimas, que otorgó Gabriel Blanco, como hijo
y heredero de Jerónimo Blanco.
Signatura 32054, Año 1688. Folio 124, 6 de septiembre,
obligación para el pósito que otorgaron Manuel Beltrán, mozo,
Gabriel Blanco, Juan Pablo y Ana Beltrán. Folio 133, 29 de
septiembre, obligación que otorgaron para el pósito Francisco
Blanco, Pedro Manuel, Samuel Campo y María Aguado. Año
1689. Folio 288, 9 de enero, obligación para el pósito que
otorgaron Francisco Blanco y Gabriel Blanco, Pedro Simón y
Mateo Simón. Folio 299, 14 de octubre, Inventario de los bienes
de Mateo Simón, padre de María Simón, mujer de Gabriel
Blanco. Folio 309, 22 de octubre, poder que otorga Ana Beltrán,
viuda de Gabriel Blanco, Catalina Beltrán y Manuel Beltrán.
Folio 342, 20 de diciembre, obligación de Francisco Blanco,
Lucas Pablo a favor de Gabriel Blanco y Mateo Simón. Folio
304, 22 de diciembre, obligación que otorgan Juan García,
Matías Blanco y María Agudo. Año 1690. Folio 455, 8 de
octubre, obligación para el pósito de Gabriel Blanco y Ana
Beltrán, Simón Talavera y Miguel de Pontes. Folio 481, 22 de
diciembre, obligación para el pósito que otorgan Matías Blanco,
principal, y Francisco Rodríguez, fiador.
Signatura 32055, Año 1699. Folio 17, 22 de febrero, Matías
Blanco vende una tierra a favor de María Fernández viuda de
Juan Godino, al sitio de Vallehondo de caber dos fanegas. La
heredó de Antonio Blanco, su padre. Vende por 150 reales de
vellón. Folio 31, 12 de abril, venta de una tierra por Martín
Blanco a favor de Pedro Fernández. Al sitio de el morral, de
caber fanega y media. La heredó de su madre María Agudo.
Vende en 280 reales de vellón. Folio 97, 11 de abril, poder para
obligación de la paja de las reales caballerizas, Francisco Blanco
regidor. Año 1700. Folio 130, 24 de enero, venta de Matías
Blanco a favor de Francisco Gómez por pago de cantidad que le
quedó a deber de Francisco Moreno y que le cedieron sus
herederos, al sitio de la higuera de caber cinco medios. Vende en
32
240 reales de vellón. Folio 198, 13 de septiembre, venta que
otorga Clara Blanco a favor de Juan Montero. Mayor de 25
años, soltera. Al sitio camino de Leganés, de caber dos fanegas.
La heredó de Gerónimo Blanco, su padre. Vende por 500 reales
de vellón. Folio 213, 10 de diciembre, obligación de Miguel
Fraile y Beltrana Blanco. Folio 228, 19 de diciembre, venta de
Antonio Povedano a favor de Francisco Blanco, en al sitio mano
izquierda del camino de San Babilés, de caber dos fanegas o
aranzadas, en 200 reales de vellón. Folio 227, 29 de diciembre,
venta otorgada por Martín Blanco a favor de Pedro de Pontes, al
sitio que dicen cochero de cuatro fanegas. Heredó de Antonio
Blanco, su padre. Vende en 200 reales de vellón. Año 1701.
Folio 259, 27 de enero, obligación de Francisco Blanco a favor
de Don Pedro de Mendoza. Folio 269, 27 de enero, obligación
de Gabriel Blanco a favor de Don Pedro de Mendoza. Folio 279,
28 de enero, obligación de Alonso Blanco a favor de Don Pedro
de Mendoza. Folio 319, 31 de agosto, venta de Francisco Blanco
a Alonso Blanco, su hermano, en el sitio de las cárcavas de
caber dos fanegas, la heredó de Gabriel Blanco, su padre. Vende
en 180 reales de vellón. Folio 352, 24 de septiembre, obligación
de Alonso Blanco. Folio 353, 24 de septiembre, obligación de
Francisco Blanco. Folio 359, 26 de septiembre, obligación de
Matías Blanco. Folio 361, 28 de septiembre, Alonso Blanco
vende a Mateo Simón una casa en la calle ancha del camino de
Torrejón, heredada de su padre Antonio Blanco.
Signatura 32057, Año 1760. Folio 13, 22 de enero, poder
especial que otorgó Francisca Blanco, viuda de Manuel de la
Calle. Manuel de la Calle proveedor del vidriado que necesitaba
la casa de la reina madre en tiempos de Felipe V, compró una
barraca en San Lorenzo del Escorial, y ahora da poder a
Francisco Merinero para venderla. Folio 25, 9 de marzo, poder
para testar que otorgó Antonio Blanco, casado en segundas
nupcias con Ángela Gómez, en primeras con Francisca Escolar.
Hijo legítimo de legítimo matrimonio de Gabriel Blanco y de
María Simón, poder a su hijo Alfonso Blanco. Herederos:
Alfonso, Antonio, Juan Francisco, y Gabriel Narciso, de su
primera mujer. Juan Francisco, fallecido, deja una hija, María
Blanco, de su legítima mujer Manuela Talavera. Fallece el 9 de
marzo de 1860. Folio 32, 21 de marzo, ajuste y convenio que
otorgaron la viuda y herederos de Antonio Blanco sobre los
33
bienes de aquella y carta de pago, 2.025 reales de vellón.
Matrimonio 6 de octubre de 1734. Folio 110, 31 de julio, carta
de dote que otorgó Julián Patricio Fernández, a favor de María
Antonia Blanco. Natural de Móstoles hijo de Manuel Fernández
y de Ana Martín. Hija de Antonio Blanco, difunto, y de Josefa
González. 38.920 reales de vellón. Folio 146, 16 de octubre,
convenio hecho entre los hijos de Antonio Blanco sobre los
bienes que cada uno aportó a su matrimonio: Gabriel Narciso,
soltero de 25 años; Alfonso con Eusebia Beltrán, mayo de 1741;
Juan Francisco con Manuela Talavera, noviembre de 1755;
Antonio con María de Vergara, septiembre de 1759. Se regulan
los bienes en 2.000 reales de vellón. Folio 181, 5 de noviembre,
venta de una tierra a favor de Alfonso Blanco por Domingo
Rodríguez y Francisca Gómez su mujer, en el camino de la villa
de Polvoranca de caber 4 fanegas y media por 1.100 reales de
vellón. Folio 185, 21 de noviembre, venta de una tierra a favor
de Alfonso Blanco por Dionisio Gómez de Manuel, de una
fanega y 10 celemines por 540 reales de vellón. Folio 189, 22 de
noviembre, venta de una tierra a favor de Gabriel Blanco por
Diego de Vergara y Azcarate, al paraje de matanza a la izquierda
del camino a la ermita de San Babilés, de dos fanegas por 900
reales de vellón. Folio 200, 10 de diciembre, curaduría de María
Blanco. Folio 217, 23 de diciembre, venta de dos tierras a
Antonio Blanco, por Antonio Escolar en nombre de Diego Laso
de la Vega, presbítero, que le nombró albacea testamentario.
Año de 1761. Folio 246, enero, venta de un retamar a favor de
Alfonso Blanco por Tomás Gutiérrez, a la parte de adentro del
camino que va a la villa de Odón, en 360 reales de vellón. Folio
259, 10 de febrero, sobre la administración de los bienes de
María Blanco encargada a Alfonso Blanco su tío. Folio 272, 3
de abril, venta de una tierra a favor de Gabriel Narciso Blanco
por Francisco de Burgos, de dos fanegas por 875 reales de
vellón. Folio 298, 23 de abril, venta de una viña a favor de
Alfonso Blanco por, María Campos y su marido Manuel García
Fraile; Juana Campos y su marido Tiburcio de la Calle;
Bernarda Campos y Lorenzo de Bargas. En el barranco de las
Cárcavas de 500 cepas, por 550 reales de vellón. Folio 336, 2 de
junio, poder que otorgó en Concejo de este lugar para acudir a la
Mesta. Alfonso Blanco alcalde por el estado general. Folio 355,
25 de junio, poder especial para pleitos, del Concejo, alcaldes
34
ordinarios Francisco de Vergara Azcarate y Alfonso Blanco.
Folio 364, 3 de agosto, venta de una tierra que otorgó Leandro
Fernández a favor de Alfonso Blanco, en la barranca de caber
dos fanegas por 300 reales de vellón. Folio 371, 20 de agosto,
venta de una tierra a favor de María Blanco por Francisco de
Burgos, en el camino de Madrid en 400 reales de vellón, de
caber 4 fanegas. Folio 373, venta de un tierra a Gabriel Blanco
por Francisco Simón de Manuel y María Gómez su mujer, en el
camino de Carabanchel, de caber dos fanegas por 570 reales de
vellón. Folio 388, 3 de octubre, venta de una tierra a Gabriel
Narciso Blanco por Francisco de Burgos de José y Eugenia
Moreno, su mujer, en el camino de Fuenlabrada, de caber 3
fanegas por 800 reales. Folio 399, 6 de octubre, venta de una
tierra a favor de Alfonso Blanco por Leandro Fernández, al sitio
abadejo, por 700 reales de vellón, de caber tres fanegas. Folio
430, 2 de noviembre, venta de un cuarto de casa a favor de
Gabriel Blanco por Ana Talavera, viuda de Manuel Crespo.
Signatura 32056, Año de 1732. Folio 7, 20 de enero, poder
para testar que otorga Francisca Escolar mujer de Antonio
Blanco, hija de Agustín Escolar y Ana Talavera. Folio 62, 6 de
abril, testamento de Francisca de Pontes, viuda de Gregorio
Blanco, hija de Juan de Pontes y Josefa de Arenas. Hijos: María
Catalina, Antonio y Gregorio Blanco. Folio 117, 25 de octubre,
testamento de Gabriel Blanco, hijo de Gabriel y Ana Beltrán,
viudo de María Simón. Hijo Antonio Blanco. Año de 1733.
Folio 250, 28 de febrero, venta de una tierra que otorga Clara
Blanco a favor de Patricio Camacho, Clara de 27 años de edad,
heredera de su padre Jerónimo Blanco. Folio 359, 4 de octubre,
testamento que otorgó María Blanco, hija de Gregorio y
Francisca de Pontes, albacea Antonio, su hermano. Herederos, al
no tener ascendientes ni descendientes, Antonio y Gregorio sus
hermanos. Año de 1745. Folio 158, 13 de agosto, escritura de
ajuste y convenio de los herederos de Miguel Fraile y Sebastiana
Blanco. Herederos de Sebastiana, Antonio Blanco, Francisca
Blanco, viuda de Manuel de la Calle y María Blanco, casada con
José de Burgos. Folio 213, 4 de diciembre, poder para pleitos
que otorga María Blanco. Folio 240, 26 de diciembre, poder del
Concejo, Antonio Blanco, prior síndico. Año de 1746. Folio
296, 30 de marzo, redención de censo a favor de Antonio
Blanco. Folio 308, 3 de mayo, poder general que otorgó el
35
Concejo, León Muñoz y Antonio Blanco, alcaldes ordinarios.
Folio 445, 17 de diciembre, escritura de convenio y partición
que otorgaron los herederos de Isabel Blanco de los bienes
raíces que esta dejó: Francisca Blanco, viuda de Manuel de la
Calle y Maria Blanco, casada con José de Burgos, como
herederas de Francisco Blanco su padre; Antonio Blanco como
Hijo y heredero de Gabriel Blanco, su padre; y Alfonso Blanco
como Heredero que quedó de Alonso Blanco, su tío. Isabel
Blanco fue mujer de José de Ochoa y hermana de Francisco,
Gabriel y Alonso Blanco.
Signatura 32721, años 1854 a 1858. Folio 68, 14 de abril de
1856, nº 31, escritura de venta de dos tierras en término de
Alcorcón, otorgada por Castora Gómez a favor de don Francisco
de la Presilla, vecino de Madrid, la heredó de su madre Teresa
Malnero. Por 650 reales de vellón. Folio 108, 25 de octubre de
1857, nº 47, carta de pago y recibo de dote de Maximina Vargas
a favor de su esposo Ignacio García, suma 4.210 reales de
vellón. Folio 166, 22 de octubre de 1858, nº 56, escritura de
licencia para contraer matrimonio, Antonia Pachón, otorgada
por su padre Patricio, vecinos de Alcorcón. Con Leoncio
Gómez.
Signatura, 32722, años 1859 a 1862. Folio 68, 13 de mayo de
1859, nº 21, licencia para contraer matrimonio Josefa Blanco,
otorgada por su madre maría Ocaña, con Regino Esteban. Folio
28, 28 de febrero de 1862, nº 10, escritura de obligación con
hipoteca otorgada por Juan Blanco, vecino de Alcorcón, a favor
de don Jacinto Grande de Móstoles, en 3.300 reales de vellón.
Folio 40, 28 de abril de 1862, nº 17, escritura de convenio y
partición de bienes otorgada por los hermanos, Andrés,
Bernardino, María, Juana Torrejón. Folio 120, 1 de septiembre
de 1862, nº 40, escritura de venta de seis tierras con cláusula de
retroventa otorgada por Juan Blanco, vecino de Alcorcón, a
favor de Aniceto Grande, por 7.260 reales de vellón, a devolver
el 1 de septiembre de 1864. Por herencia de sus finados padres
Francisco y Castora Gómez, hijuela partición de bienes en
Leganés ante Tiburcio García Durán el 10 de mayo de 1860.
Signatura, 32723, años 1863 a 1865. Folio 5, 17 de enero de
1863, nº 3, escritura de venta de dos tierras en término de
Alcorcón en calidad de retroventa otorgada por Félix Blanco a
favor de Aniceto Grande, Por herencia de sus finados padres
36
Francisco y Castora Gómez, hijuela partición de bienes en
Leganés ante Tiburcio García Durán el 10 de mayo de 1860. Por
3.920 reales de vellón, para devolver el 10 de mayo de 1864. (54
años de edad). Folio 24, 5 de marzo de 1863, nº 8, escritura de
venta de una tierra en término de Alcorcón otorgada por Juan
Blanco a favor de Francisco de la Presilla, vecino de Madrid.
Posee por partición de bienes con sus hermanos Félix y
Atanasia. Por 3.960 reales de vellón. Folio 40, 20 de marzo de
1863, nº 14, información testificado y ratificada a instancia de
Félix Blanco para acreditar la propiedad y posesión en que se
haya de una casa y de las tierras en Alcorcón y su término, sus
padres fallecen en 1844 y 1858. Casa en la Plaza señalada con el
número seis, consta de dos salas, dos alcobas, un portal, dos
pajares, una cuadra, una cocina, un cuarto, un patio, corrales.
Folio 69, 6 de octubre de 1863, nº 21, escritura de venta de una
tierra en término de Alcorcón, otorgada por Félix Blanco a favor
de Francisco Paramio, vecino de Húmera, en 450 reales de
vellón. Folio 74, 20 de febrero de 1864, nº 13, venta de una
tierra en término de Alcorcón, por Félix Blanco a don Niceto
Gómez de Móstoles en 700 reales de vellón. Folio 78, 1 de
marzo de 1864, nº 14, venta de una tierra en término de
Alcorcón, por Félix Blanco a don Niceto Gómez de Móstoles en
71.823 reales de vellón.
Signatura, 32724, años 1866 a 1869. Folio 30, 14 de marzo de
1867, nº 11, información posesoria de Juan Blanco, vecino de
Alcorcón, para acreditar la posesión en que se haya de dos
tierras en término de Alcorcón, Juan Blanco Gómez de 59 años,
casado, por herencia de sus padres Francisco y Castora Gómez,
fallecidos en 1844 y 1850 respectivamente. Folio 43, 8 de abril
de 1857, nº 14, escritura de venta de una tierra otorgada por
Félix Blanco a favor de Fermín Martín por 200 escudos o 2.000
reales de vellón. Félix de 58 años de edad.
Archivo Histórico Regional de Madrid (8). En el lugar de
Alcorcón a diez y seis días del mes de marzo, año de mil
setecientos y sesenta y uno. Francisco de Vergara y Azcarate y
Alfonso Blanco Alcaldes ordinarios.
Francisca Blanco. Viuda de Manuel de la Calle, dos partes de
casa que tiene, una en la calle que va a Carabanchel y otra en el
barrio alto de la fuente, (256 r). Por las cinco fanegas y nueve
celemines en mediana calidad, (46 r). Por veinticuatro fanegas
37
de tierra de inferior calidad, (96 r). Por veintidós fanegas de
retamares de buena calidad, (226 r). Por once fanegas y media
de viña de mediana calidad, (230 r). Por los seis hornos de barro
crudo que fabrica al año seiscientos, (100 r, cada uno). Por los
cuatro hornos de vidriado, que también fabrica al año
ochocientos, (200 r, cada uno). Por razón del trajín que trae en
vender dicha labor, con una caballería mayor y otra menor y un
mozo para que trajine con ellas, (820 r). Todo junto compone
tres mil cincuenta y seis reales de vellón. Cargas: trabajadores
siete reales, censo al mayorazgo de Vozmediano, siete
celemines de pan mediado en cada año, sesenta que paga de
censo de Ntra. Sra. del Rosario de la villa de Sacedón. Quedan
líquidos dos mil novecientos ochenta y ocho reales de vellón.
2.988.
Gregorio Blanco. Labrador y alfarero. Por la casa que tiene en la
calle grande, (100 r). Por otra parte de casa que tiene en el barrio
de arriba, (12 r). Por ocho fanegas y media de tierra de buena
calidad, (96 r). Por ocho fanegas y media de tierra de mediana
calidad, (68 r). Por dos fanegas de tierra de retamar de mediana
calidad, (14 r). Por cuatro fanegas de viña de mediana calidad,
(80 r). Por los seis hornos de barro que fabrica al año seiscientos
reales. Por los ocho hornos de vidriado que también fabrica al
año, mil seiscientos reales. Por la utilidad de los dos pares de
mulas, (1800 r). Todo compone cuatro mil trescientos setenta
reales de vellón. 4.370.
María Blanco. Menor. Se le regula por la casa que tiene en la
calle grande, (75 r). Por el cuarto pajar que tiene en la calle que
sale para ir a Móstoles, (9 r). Por tres celemines de tierra
frontera, (6 r). Por dos fanegas y diez celemines de tierra de
buena calidad, (34 r). Por catorce fanegas y media de tierra de
mediana calidad, (116 r). Por tres fanegas y media de tierra de
inferior calidad, (14 r). Por dos fanegas de viña moscatel de
buena calidad, (60 r). Por seis fanegas de viña de mediana
calidad, (120 r).
Por tres fanegas de retamar de inferior calidad, (12 r). Que todo
importa cuatrocientos cuarenta y seis reales de vellón. Y
bajando de ellos ocho reales y ocho medios réditos de una mitad
de censo a favor de Ntra. Sra. Del Rosario de este lugar. Y un
real y cuatro medios de un celemín de pan mediado que
anualmente paga al mayorazgo de don Diego de Vozmediano,
38
vecino de Madrid. Queda líquido, cuatrocientos treinta y seis
reales de vellón. 436.
Gabriel Blanco. Labrador y Alfarero, se le regula por la casa y
pajar que tiene en la calle que sale para ir a Fuenlabrada, (137 r).
Por la tierra frontera y era de pan trillar, de media fanega, (12 r).
Por cuatro fanegas y media de buena calidad, (48 r). Por siete
fanegas y media de tierra de mediana calidad, (60 r). Por cinco
fanegas y media de tierra de inferior calidad, (22 r). Por siete
fanegas de tierra retamar de inferior calidad, (28 r). Por dos
fanegas de viña de buena calidad, (60 r). Por tres fanegas y
media de viña de mediana calidad, (70 r). Por los cuatro hornos
de vidriado que fabrica en el año, ochocientos. Por la utilidad de
vender dicho vidriado con sus caballerías, llevarlo a la ciudad de
Toledo y cargar lo que allí se fabrica y venderlo en Madrid o
donde mejor venta puede hallar, se le regula mil ochocientos
reales. Todo ello comporta tres mil treinta y siete reales de
vellón. De los que se le baja siete y treinta medios, en los que se
regula siete celemines de pan mediado que paga anualmente al
mayorazgo de don Diego de Vozmediano. Quedan líquidos tres
mil veintinueve y cuatro medios reales de vellón. 3029.
Antonio Blanco. Labrador y Alfarero, se le regula por la casa
que tiene en la calle de la Calderería, (200 r). Por la mitad de
otra que tiene en la calle de Juan Montero, (93 r). Por cinco
fanegas y media de tierra de buena calidad, (76 r). Por quince
fanegas de tierra de mediana calidad, (129 r). Por ocho fanegas
de tierra de inferior calidad, (32 r).
Por siete fanegas de tierra retamar de buena calidad, (70 r). Por
una fanega de tierra retamar de inferior calidad, (4 r). Por cinco
fanegas de viña de mediana calidad, (110 r).
Por siete hornos de vidriado que fabrica al año, mil
cuatrocientos. Por utilidad de las tres mulas para su labor y la
caballería menor, mil setecientos veinte. Que todo compone tres
mil ochocientos quince reales de vellón. De los cuales se baja
dieciséis reales y medio de la mitad de un censo de cien ducados
de principal que paga anualmente por Juan de Vergara, su
cuñado, a la Iglesia de este lugar. Y dieciocho reales importe de
dieciséis celemines de pan mediado que anualmente paga al
mayorazgo de don Diego de Vozmediano, vecino de Madrid.
Queda líquido tres mil setecientos y ochenta reales y medio de
vellón. 3.780.
39
Alfonso Blanco. Labrador y Alfarero, se regula por la mitad de
casa que tiene en la calle de la Calderería, (62 r). Por otra una
parte de casa que también tiene en la misma calle, (25 r). Por
otra casa pajar que también tiene en la misma calle, (30 r). Otra
parte de casa que tiene en la calle del Guante, (25 r). Por fanega
y media de tierra frontera, (36 r). Por once fanegas y nueve
celemines de tierra de buena calidad, (141 r).
Por veintidós fanegas y tres celemines de tierra de mediana
calidad, (178 r). Por cuatro fanegas de tierra de inferior calidad,
(16 r). Por nueve fanegas y nueve celemines de retamar de
inferior calidad, (39 r). Por once fanegas y nueve celemines de
viña de mediana calidad, (235 r). Por los seis hornos de barro
crudo que fabrica en el año, seiscientos. Por los cuatro hornos de
vidriado que también fabrica en el año, ochocientos. Por la
utilidad que pueda dejarle al año el par de mulas de labor,
novecientos. Por vender el vidriado en Toledo con su caballería,
setecientos. Por la conducción de los Réditos Reales y su
cobranza como Alcalde actual, quinientos. Todo compone
cuatro mil doscientos ochenta y siete reales de vellón.
Rebajando de ellos sesenta y tres reales de cincuenta y seis
celemines de pan mediado. Por dos memorias, una de dos misas
cantadas una limosna de tres reales cada una, y la otra de una
misa cantada una limosna de cinco reales y dos reales por los
años de visita de las dos memorias. Importa todo trece reales de
vellón. Queda líquido cuatro mil doscientos once reales de
vellón. 4.211.
Escribano de Getafe: Juan de Madrid, Signatura 32.449, año
1579. Folio 449-550, testamentaría de Inés Abad mujer de Pedro
Blanco, vecina de Getafe. Hijos Francisco, Ana María,
Magdalena e Isabel.
Escribano de Leganés: Tiburcio García Durán. Signatura,
32659, años 1858 y 1859. Folio 75, 21 de abril de 1858, nº 27,
codicilo de Castora Gómez, el 15 de julio de 1853 otorgó
testamento. Lega en propiedad a sus nietos Juana y Manuel
Blanco, hijos de Félix y Ramona Pachón una retama al sitio de
la Ribota. A sus otros nietos Francisco, Agustín, Cecilia, Josefa
y Victoria Iglesias Blanco, hijos de don Juan Iglesias y Atanasia
Blanco, 10 fanegas del retamar al sitio Prado del Concejo, todo
heredado de su tía Antonia Montero.
Escribanos de Móstoles:
40
Antonio Godino, Signatura 32704, años 1762 – 1767. 18 de
marzo de 1766, folio 89, escritura de obligación que otorga D.
Urbano de Valdés vecino de Móstoles a favor de los hijos y
herederos de Antonio Blanco vecino del lugar de Alcorcón,
Alphonso, por sí y curador de María Blanco hija de Juan
Francisco Blanco, Antonio y Gabriel Blanco.
Eusebio Rodríguez, Signatura 32726, años 1857 a 1859. Folio
103, 1 de junio de 1857, testamento de Niceto Blanco natural de
Fuenlabrada y vecino de Móstoles. Hijo legítimo de Antonio
Blanco y Pretora Vega. Casado con María Ocaña, hijos: Félix,
Josefa, Petra, Manuel y Eusebio Blanco. Folio 66, 19 de agosto
de 1858, nº 28, escritura de venta de una tierra otorgada por
Francisco Blanco a favor de Antonio Martín Manzano en 320
reales de vellón. Francisco vecino de Madrid, la posee de la
herencia de su madre Francisca Escobar. Folio 81, 29 de
septiembre de 1858, nº 35, escritura de venta de media viña
otorgada por Ignacio Martín a favor de Francisco Blanco por
2.060 reales de vellón. Vecino de Madrid, la mitad restante
corresponde a Baltasara y Petra Blanco, como legatarias de
Martín Escobar.
NOTAS
(1)MILLARES CARLO, Agustín (1932), Libro de Acuerdos del
Concejo Madrileño,. 1464-1600. Madrid: Artes Gráficas
Municipales, 1932-<1987>, vol. 2, pag. 108.
(2)Real Chancillería de Valadolid: Pleitos Civiles, Pérez Alonso (F), Caj
438,2 y Registro de Ejecutorias, Caja 562,41.
(3)Archivo Histórico Nacional, Signatura: Clero Secular Regular, 3626,
Exp. 2 (años 1500-1800), Iglesia Parroquial de Santa María la
Blanca de Alcorcón (Madrid), LIBRO 8208.
(4)Archivo Histórico Nacional: Clero Secular Regular, 3626, Exp. 2
(años 1500-1800), Iglesia Parroquial de Santa María la Blanca de
Alcorcón (Madrid), LEGAJO 3626.
(5)Archivo Histórico Diocesano de Madrid: Libro Expedientes
Matrimoniales 1881 vol. 2 – 11 de abril entrada 341 Notario
Moreno.
Archivo Histórico Diocesano de Madrid: Libro Matrícula Alcorcón,
Signatura 9196, año 1741.
Archivo Histórico Diocesano de Madrid: Libro Matrícula Alcorcón,
Signatura 9200, año 1753.
Archivo Histórico Diocesano de Madrid: Libro Matrícula Alcorcón,
Signatura 9204, año 1775.
41
(6)Archivo Histórico Diocesano de Toledo, Sección: Cofradías y
Hermandades, Año: varios. Legajo: Ma. 18, Expediente: 4.
(7)RODRIGUEZ CARBAJO, Pedro (2007), Alcorcón en los archivos I.
Madrid: Instituto Estudios Históricos del Sur de Madrid “Jiménez de
Gregorio”, página 13.
(8)Archivo Regional Comunidad de Madrid: Catastro de Ensenada:
Comprobaciones, Signatura: MC009902 Y MC009903.
42
FUENTES DOCUEMTALES DEL APELLIDO VARGAS
DE MÓSTOLES, SIGLOS XVII-XIX.
POR FRANCICO JOSÉ FRANCOS SEVILLA
Quiero comenzar este estudio, dedicado al apellido
Vargas en Móstoles, reconociendo que quizá quede mucho más
por investigar y que como todo trabajo, tendrá sus fallos y estará
hecho a gusto más de uno que de otros. Reconociendo mis
carencias de método histórico, pues no soy historiador, lo he
realizado más con el corazón del que busca en su pasado por
afición. Pero he procurado mantener siempre un rigor de
veracidad,
basándome
en
documentación
histórica,
comprobable, y acudiendo siempre a las fuentes en los datos
aportados.
Quiero dejar constancia, en este artículo, de las fuentes
documentales, donde he ido encontrando datos que me han
permitido avanzar en una investigación que abarca tres siglos,
sobre la familia Vargas de Móstoles.
Y puedo concluir, reiterando, que aunque quede mucho
por hacer, testigo que paso a quien quiera recogerlo, todo lo que
aquí documento está contrastado tiene su soporte documental
original y mantiene un tracto generacional, desde los primeros
documentos, en el siglo XVII, a los últimos en el siglo XX, en lo
que respecta al apellido Vargas en la Villa de Móstoles.
He dividido el estudio en capítulos, por siglos, donde
reúno las generaciones que vivieron vinculadas a ese siglo.
Constatando, someros, hechos documentales relevantes para
cada individuo en su periodo histórico.
Los Orígenes en Móstoles, S XVII.
1. AGUSTÍN DE VARGAS.
Aunque haya titulado “los orígenes en Móstoles”, el primer
Vargas del que voy a escribir es Agustín de Vargas, vecino y
natural de la Villa de Madrid.
Agustín otorga testamento en 1659 (1), en el dice que es hijo de
Fabián de Vargas y de Catalina Martínez, ya fallecidos y que
estuvo casado en primeras nupcias con María del Castillo,
43
fallecida, con la que tuvo dos hijos Tomasa de Vargas y Andrés
de Vargas.
Trabajó como palafrenero de su majestad en sus Reales
Caballerizas.
En segundas nupcias se encuentra casado con Manuela Delgado.
Dice que cuando se casó mando hacer escritura de inventario de
bienes ante el escribano de Móstoles Pedro Manrique.
Manda ser enterrado en la sepultura de su mujer en la Iglesia
Parroquial de Móstoles y decir varias misan ante el altar de San
Vicente Ferrer de esa localidad y el de Ntra. Señora de los
Santos.
Comenta que cuando se casó su hija Tomasa con Francisco
Pascual, ya fallecido, le dio en dote trescientos escudos, manda
se iguale con idéntica cantidad a su hijo Andrés.
Nombra albaceas a su hijo Andrés, a su mujer Manuela
Delgado, a Roque Delgado, al cura que al presente sea en dicha
villa de Móstoles y a Juan de Fleytas, criado de su majestad.
Testigos son Francisco de cuadras y palafrenero mayor de la
Caballeriza de su majestad. Juan Rodríguez, cirujano, Luis
Bernardo, Francisco Freyzales, mozo de mula, Juan Rodríguez.
Ante el escribano Antonio Beltrán.
En los Protocolos de Pedro Manrique (2) y de Gines Manrique
(3), escribanos de la villa de Móstoles también se recogen
algunas referencias de actividades en las que participa o se cita a
Agustín de Vargas hasta el año 1669:
PEDRO MANRIQUE:
Años 1641 a 1647.
Folio 65, marzo 12, 1649, obligación para Agustín de Vargas
contra Juan Montero y su mujer, Agustín vecino de la villa de
Madrid.
Folio 69, marzo 14, 1649, obligación para Agustín de Vargas
contra Juan Zaragoza y Diego Beteta, su fiador. Agustín vecino
de la villa de Madrid.
Años 1650 a 1656.
Folio 221, julio 1651, testamento de Isabel Gutiérrez, mujer de
Juan Muñoz. Agustín de Vargas albacea, es su tío. Por el ánima
de su tío Andrés 14 misas.
Folio86, julio 1653, Catalina Gómez, viuda de Mateo Martínez,
y su hijo Juan Martínez, venden a Agustín de Vargas.
44
GINES MANRIQUE:
Año 1665.
Folio 14, 15 de enero, obligación de Agustín de Vargas contra
Lucas de Orgaz.
Folio 254, 10 de noviembre, obligación para Agustín de Vargas
contra Juan Aguado y su mujer.
Años 1667 a 1669.
Folio suelto, escritura de contrato entre Agustín Vargas y Mateo
Manrique, abril 1667, venta de una tierra en los cotos.
Folio 95, año 1667, venta real de Roque Delgado a favor de
Agustín de Vargas, una tierra en el camino de Madrid.
Folio 201, junio 1669, censo para capellanía de Gabriel Muñoz
contra Agustín de Vargas.
Folio 289, noviembre de 1669, obligación de Pedro Tejero a
favor de Agustín de Vargas.
Folio 62, marzo 1668, venta de Sebastián Manzano y Alfonsa
Manrique, su mujer, a Agustín Vargas, de una tierra en el
camino por donde van los de Fuenlabrada a los Molinos.
Folio 100, abril 1668, venta de Pedro Díaz y Ana Muñoz a favor
de Agustín de Vargas en 160 reales de vellón.
Folio 308, diciembre 1668, venta de Juan Castro a Agustín
Vargas de una tierra en el camino de Segovia.
2. ANDRÉS DE VARGAS.
Andrés de Vargas, es el primero de los Vargas que aparece en
documentos de escribanos de la Villa de Móstoles como vecino
de la Villa.
Es hijo de Agustín de Vargas y de María del Castillo, hermano
de Tomasa de Vargas.
Se casa con Francisca Martín, con quien tiene los siguientes
hijos (4):
Bernarda el 1 de septiembre de 1666.
Inés María el 30 de enero de 1668.
María Teresa el 20 de marzo de 1669.
María Tomasa el 30 de diciembre de 1670.
Agustín el 18 de julio e 1672.
Antonia el 9 de julio de 1674.
Tomás el 21 de junio de 1676.
Agustín el 31 de enero de 1678.
45
Melchor Francisco el 18 de marzo de 1680.
En el año 1684, es alcalde mayor de la villa de Móstoles.
Andrés muere en 1697, sus hijos Melchor y Tomás son menores
de 25 años y se les nombra curador de su persona y bienes.
En 1690 formaliza escritura de dote de su hija María que se
casará con Agustín Martín y tendrán cuatro hijos, Josefa,
Francisco, Manuel y Agustín.
María fallece en 1737.
Tomás de Vargas, fallece en 1725, se casa con Ángela Muñoz y
tienen un hijo Manuel de Vargas.
Bernarda de Vargas, fallece en 1717, se casa con Francisco
Delgado y Blas y tienen tres hijos Martín, Melchor y Diego
Delgado y Vargas.
Sus hijos Melchor y Diego tienen dos expedientes en el Archivo
General de Indias (5), Diego Delgado y Vargas, es teniente de la
compañía de Caballos de la Habana, natural de Móstoles. Y
Melchor en la relación de méritos y servicios, dice que es
capellán de la Almiranta de los galeones del cargo de Francisco
Cornejo, colector y apuntador de misas de las parroquiales de la
ciudad de San Cristóbal de la Habana, familiar del Obispo,
confesor general. De Diego fue padrino Don Diego de Bardales,
caballero de la orden de Calatrava.
Documentos protocolos en los que se mencionan a Andrés de
Vargas son los que corresponden a los Escribanos Gines
Manrique (6) y Matías Beteta (7).
GINES MANRIQUE:
Años 1669 a 1677.
Folio 134, año 1669, arrendamiento de Juan Martín a Andrés
Vargas de tres tierras del mayorazgo de Rojas.
Folio 361, noviembre 1669, Gabriel de Mingo y Ana Rivero, su
mujer, reciben obligación de Andrés Vargas por un préstamo de
doscientos reales de vellón.
Años 1678 a 1680.
Folio 78, marzo 1678, venta real de Francisca Santorcaz y
consorte a favor de Andrés Vargas. Francisca viuda de Manuel
Llorente y curadora de sus hijos, Constanza, Lucas, Gabriel,
Pablo y Juana Llorente.
Folio 203, octubre 1680, venta de Matías Ovejero a favor de
Andrés Vargas.
46
Años 1681 a 1683.
Folio 446, noviembre 1682, carta de pago de Manuel Zaonero a
Andrés Vargas.
Folio 468, noviembre 1682, obligación de Baltasar García
Cereceda contra Andrés Vargas.
Folio 559, abril de 1683, reconocimiento a favor del Concejo
contra Andrés Vargas, por un majuelo que compró Manuel
Llorente con censo perpetuo a favor del Concejo.
Folio 654, septiembre 1683, obligación de Juan Muñoz a favor
de Andrés Vargas.
Folio 656, septiembre 1683, censo y traspaso de Diego Alonso a
Andrés de Vargas.
Años 1684 a 1685.
Folio 12, 21 de enero de 1684, venta real de Gabriel Muñoz a
favor de Andrés de Vargas, alcalde mayor de esta villa, de un
majuelo de seis aranzadas.
Folio 18, 6 de marzo de 1684, poder de los herederos de Roque
Delgado a favor de Andrés de Vargas, alcalde mayor, y de
Gabriel Muñoz.
Folio 25, de 12 de marzo, escritura de obligación de Andrés de
Vargas y Gabriel Muñoz a favor de Juan Godino.
Folio 264, 1 de marzo de 1685, poder para testar de Alonso
Rodríguez a Andrés de Vargas.
Folio 677, obligación para Baltasar García contra Andrés de
Vargas.
MATIAS BETETA:
Años 1688 a 1690.
Folio 142, 6 de diciembre de 1688, testamento de Ignacio
Manrique, herederos Segundo y Pedro Manrique hijos de
Ángela Manrique, su primera mujer, Manuel, Ignacio, Teresa y
Juana Manrique de Ángela Gómez su actual mujer.
Segundo y Pedro necesitan curador por ser menores de 25 años
y mayores de 14 años.
Folio 229, obligación contra Andrés de Vargas.
Folio 452, 1 de mayo de 1690, quitar Censo por Don Melchor de
Bardales contra Andrés de Vargas, (notario al margen: 8 días del
mes de septiembre de 1695 Andrés de Vargas redimió este
censo y se le dio carta de redención ante mí, J. Marcos)
47
Folio 571, 24 de septiembre de 1690, dote de María Vargas
mujer de Agustín Martín.
Permanencia en la Villa de Móstoles, S. XVIII.
1. MELCHOR DE VARGAS.
Hijo de Andrés y de Francisca Martín, hermano de Tomás,
Bernarda y María, de los nueve hermanos sólo estos parece que
sobreviven. Nace en 1680 y fallece en 1737.
En 1697, cuando fallece su padre es menor de 25 años y se le
nombra curador de su persona y bienes, junto a su hermano
Tomás, menor también, a Juan Muñoz.
Tienen que realizar almoneda pública de sus bienes muebles, en
1697, para pagar los gastos de su manutención y curaduría junto
a su hermano Tomás.
Melchor de Vargas se casa con Juliana Manrique, tienen seis
hijos: Manuel; Agustín, se casa con Josefa Sanmartín y tienen
una hija, Antonia, vecina de Madrid; Marcos, nace en 1719 y
muere en 1793, en Alcorcón viudo de Josefa Ovejero, tiene dos
hijos Manuel y Paula; Lorenzo (8) nace en 1718, se instala en
Alcorcón como maestro herrador, se casa con Bernarda Campos,
tienen dos hijos María y Alejandro; Juana, se casa con Manuel
Díaz Roldan; y Andrés, continua genealogía.
Documento y protocolos donde se recogen referencias a
Melchor de Vargas:
LORENZO MARCOS (9):
Años 1697 y 1698.
Folio 124, 13 de mayo de 1697, curaduría de la persona y bienes
de Melchor de Vargas, mayor de 17 años, menor de 25, hijo y
heredero de Andrés de Vargas y Francisca Muñoz y sus tres
hermanos.
Folio 126, 13 de mayo de 1697, curaduría de Tomás de Vargas
de persona y bienes, mayor de veinte años y menor de
veinticinco.hijo y heredero de Andrés de Vargas y Francisca
Muñoz.
Folio 134, 20 de mayo de 1697, para hacer almoneda de los
bienes muebles de los menores Tomás y Melchor Vargas, por
Juan Muñoz su curador.
Folio 138, pregón de almoneda.
48
Folio 178, 9 de junio de 1697, Melchor de Vargas, mayor de
veinte años y menor de veinticinco y Juan Muñoz su curador y
de otra Agustín Martín y María de Vargas, hermana.
Folio 182, 2 de junio de 1697, junta de parientes de los menores
de Juan Muñoz, Tomás y Melchor Vargas, se notifica a los
parientes, Martín Alonso, Juan Alonso, Alonso Martín, Andrés
Martín, Francisco Delgado, Agustín Martín.
Folio 131, 2 de enero de 1698, arrendamiento de las tierras de
Tomás de Vargas que otorga Alonso Verdejo.
Folio 332, 2 de enero de 1698, arrendamiento de las casas de los
menores de Juan Muñoz que otorga Francisco Delgado.
Folio 519, 18 de mayo de 1698, arrendamiento para Tomás de
Vargas que otorga Martín Alonso.
Folio 520, 18 de mayo de 1698, arrendamiento para Melchor de
Vargas que otorga Manuel Ribero.
Folio 617, 25 de noviembre de 1698, carta de pago que otorga
Juan Moreno Vargas y Juan Moreno su hijo a favor de Martín
Ovejero.
Año 1699.
Folio 11, 1 de enero de 1699, arrendamiento de Juan Muñoz
como curador de Tomás Vargas menor que otorga Tomás
Benito. Hermano de Melchor Vargas.
Folio 93, testamento de Pedro Manrique, soltero de 31 años, hijo
de Ignacio Manrique y de Ángela Manrique, hermanos:
Segundo, Manuel, Teresa, e Ignacio.
Folio 140, testamento de Juan Moreno Vargas, mujer Juana
Aguado.
Folio 277, año 1700, obligaciones que otorga Juan Muñoz,
curador de Tomás Vargas a Luis Lorenzo.
Folio 255, 17 de enero de 1700, obligación de Juan Muñoz
como curador de la persona y bienes de Tomás Vargas, que
otorga Luis Lorenzo.
Folio 344, 20 de abril de 1700, obligación para Baltasar García
Cereceda que otorga Melchor de Vargas, por compra de unas
mulas.
Signatura 32697, años 1701 y 1702.
Folio 45, 9 de enero de 1701, obligación para Andrés Hernández
que otorga Melchor de Vargas.
49
Folio 379, 1 de septiembre de 1702, hueco y cambio que otorgan
el Ldo. Romualdo Marcos Presbítero y Agustín Martín y María
de Vargas su mujer.
Años 1709-1710.
Agustín Martín y María de Vargas, su mujer, 2 de septiembre de
1709, folio 75.
Melchor de Vargas y Juliana Manrique, su mujer, poder a su
marido. 4 de febrero de 1710, folio 21.
FRANCISCO RODRÍGUEZ DE SENA (10):
Años 1722 a 1726.
Folio 61, 8 de junio de 1723, testamento de Juan Manrique de
Bernabé, hijo de Bernabé Manrique y de Ana de Castro.
Manuela García su mujer, hijos Manuel, María, Bernabé.
Albacea su sobrino Bartolomé Manrique.
Folio 14, 25 de enero de 1724, arrendamiento de Melchor de
Vargas al conde de Casarrubio.
Folio 28, 1 de marzo de 1724 arrendamiento de todas las tierras
de la memoria de la piedad por Melchor de Vargas.
Folio 33, 9 de abril de 1725, Melchor de Vargas curador de la
persona y bienes de Manuel de Vargas su sobrino hijo de Tomás
de Vargas y Ángela Muñoz, hoy casada con Sebastián Lucas.
FRANCISCO RODRIGUEZ (11):
Años 1730 – 1741.
Folio 16, 7 de marzo 1737, testamento de María Vargas viuda de
Agustín Martín, hija legítima de Andrés Vargas y Francisca
Muñoz, de 66 años de edad. Herederos Josefa, Francisco,
Manuel, Agustín Martín Vargas sus hijos.
Folio 31, 19 de mayo de 1737, Juliana Manrique viuda de
Melchor de Vargas vecino de Leganés, natural de esta villa,
otorga fianza.
Folio 35, Juliana Manrique, viuda de Melchor de Vargas, vecina
de esta villa como madre, tutora y curadora de las personas y
bienes de sus hijos menores, Manuel, Agustín y Marcos de
Vargas, relaciona los bienes que llevó al matrimonio.
Folio 37, Juliana Manrique viuda de Melchor de Vargas,
Manuel, Agustín y Marcos de Vargas, vecinos de esta villa,
madre e hijos de común acuerdo.
50
Folio 116, 2 de diciembre de 1738, escritura de partición y
convenio entre los hijos de Agustín Martín y María de Vargas
Años 1742 – 1751.
6 de abril 1743, Manuel de Vargas venta real a Segundo
Rodríguez una tierra heredada de Tomás Vargas su padre, según
el inventario de 1724.
19 de marzo de 1745, venta de Manuel Vargas a Carlos Beteta,
le pertenecía como hijo y único heredero de Tomás Vargas.
FRANCISCO RUBIO RAMÍREZ (12):
Años 1712 y 1713.
Folio 16, 26 de abril de 1714, dote de María Marcos a Carlos
Manrique su marido, hija de Fulgencio Marcos y María Alonso.
Folio 106, 16 de noviembre de 1712, Jerónimo Manrique e
Isabel Martín su mujer.
Folio 388, 23 de marzo de 1816, escritura de obligación que
otorgan Francisco Delgado y Bernarda de Vargas su mujer.
Folio 544, 26 de diciembre de 1717, testamento de Bernarda
Vargas, hija legítima de Andrés Vargas y Francisca Delgado,
hijo Martín Delgado, hermana María Vargas.
2. ANDRES DE VARGAS.
Andrés de Vargas Manrique nace en 1701, hijo de Melchor de
Vargas y de Juliana Manrique, fallece en 1773, actúa como
perito en el Catastro de Ensenada de 1753 (13). Es viudo en
1753. Tiene seis hijos, Agustín, que nace en 1738, continúa
genealogía; Domingo, se casa con Juana Manrique y tienen un
hijo, Ignacio de Vargas, casado con Ignacia Lorenzo, fallece en
1850, y una hija Marcelina Vargas casada con Estanislao
Lorenzo, tienen un hijo Agustín Lorenzo; Manuel, nace en 1742
y se casa con Antonia Olías; Francisca, nace en 1735; María,
nace en 1744; y Josefa, nacida en 1748.
En las respuestas particulares del Catastro de Ensenada (14)
relaciona su estado en 1753, viudo, su edad 52 años, sus hijos y
edades y los bienes y rentas, posee una casa en la calle Madrid
de Móstoles, con “vivienda baja y oficina de labrador”: una
tierra de buena calidad de caber tres fanegas; dos tierras de
mediana calidad de caber, en total, cuatro fanegas y medias; de
inferior calidad, diecisiete tierras que suman sesenta fanegas;
51
retamares de inferior calidad, dos retamares que suman cuatro
fanegas; de ganado, cuatro bueyes y una pollina; un par de
censos y dos hipotecas con carga de intereses.
En 1763, es Prior Síndico de la villa de Móstoles.
Escribanos de la villa de Móstoles donde se recogen datos de
Andrés, sus hermanos y familia contemporánea son:
ANTONIO GODINO (15)
Años 1762 – 1767.
4 de julio de 1763, Ayuntamiento para nombramientos de los
cargos de Depositario y Diputado del Pósito. Andrés de Vargas
figura como prior síndico de la villa. Como Depositario
nombran a Juan Torrejón y Diputado a Juan Rodríguez de Juan.
28 de junio de 1765, folio 67, Ayuntamiento para nombramiento
de Depositario, Manuel Escobar y Diputado Jerónimo
Rodríguez.
1767, folio 68, deslinde de las tierras del conde de Miranda,
nombrados apeadores para el deslinde Andrés y Agustín de
Vargas, vecinos y labradores de la villa.
Signatura 32705, años 1768 y 1769.
1769, 5 de febrero, folio 15, escritura de arrendamiento que
otorga Marcos Vargas vecino de esta villa, a favor del Exmo
señor Conde de Miranda, Duque de Peñagrande, por
arrendamiento de varias tierras. Testigos, Agustín de Vargas,
Juan Alonso, Félix Manrique.
Folio 27, 8 de febrero, arrendamiento de Domingo Vargas de
tierras al Conde de Miranda.
Folio 53, 16 de marzo, ídem por Agustín de Vargas.
Folio 202 y 204 11 de diciembre, dote y aportación al
matrimonio de Antonia de Olías, hija de Francisco de Olías y
Bernarda Zaragoza (difunta) y Manuel de Vargas, su esposo,
hijo de Andrés de Vargas y Teresa Manrique (difunta).
Años 1770 y 1793.
Autos judiciales.
Años 1770 y 1772.
Folio 2, dote de Brígida Manrique.
Folio 34, poder de Julián Manrique a favor de Agustín de
Vargas, menor como defensor de los hijos de menores de
Antonio Montero, Jerónimo y Lorenzo Manrique
52
Folio 34, 8 de abril de 1770, Julián Manrique da poder a Agustín
de Vargas menor, su yerno, para en su nombre cobre, arriende y
administre.
11 de septiembre de 1770, venta real que otorga Andrés de
Vargas a favor de doña María de BVergara de un majuelo.
Folio 37, 7 de abril de 1772, escritura de arrendamiento que
otorga Andrés de Vargas a favor de Santiago de la puente
alcalde mayor de Arroyomolinos.
Folio 56, Agustín de Vargas, menor, testigo de la herida que
Carlos Díaz de Pedro hizo a Blas de Orgaz.
Folio 95, 7 de noviembre de 1772, escritura de arrendamiento
que otorga Agustín de Vargas menor a favor de doña María de
BVergara.
Folio 103, 16 de diciembre de 1772, escritura de arrendamiento
que otorga Marcos de Vargas a favor de exmo. señor conde de
Miranda.
CARLOS BETETA (16):
Años 1742 y 1743.
1742, folio 6, Curador de Antonio Manrique se nombra a
Andrés de Vargas, su primo y cuñado.
1742, marzo, folio 75, obligación de Andrés de Vargas y Teresa
Manrique su mujer a favor de Antonio Sánchez.
3. AGUSTÍN DE VARGAS.
Nace en 1738, hijo de Andrés de Vargas y de Teresa Manrique,
hermano de Domingo, Manuel, Francisca, María y Josefa.
Casado con Luisa Manrique, tienen tres hijos, José, nace en
1769, continúa genealogía, Isidoro, casado en primeras nupcias
con Teresa Montero tiene un hijo Juan de Vargas y Montero, y
en segundas con María Gandulla. Tiene Juan dos hijos, Julio y
Maria de las Nieves; y Hermenegilda.
En 1776 es alcalde por el Estado General de la villa de
Móstoles.
En 1777 es Prior Síndico de la villa de Móstoles.
En 1780 solicita una beca de Gramática en el Colegio de San
Idelfonso de Alcalá de Henares, para que ingrese a los estudios
su hijo José de Vargas Manrique (17).
En 1798 es Alcalde ordinario de la villa de Móstoles.
53
Otras referencias a Agustín de Vargas en los protocolos de los
Escribanos de la villa de Móstoles son:
ANTONIO GODINO (18):
Años 1770 y 1772.
Folio 2, dote de Brígida Manrique.
Folio 34, poder de Julián Manrique a favor de Agustín de
Vargas, menor como defensor de los hijos menores de Antonio
Montero, Jerónimo y Lorenzo Manrique
Folio 34, 8 de abril de 1770, Julián Manrique da poder a Agustín
de Vargas menor, su yerno, para en su nombre cobre, arriende y
administre.
Folio 56, Agustín de Vargas, menor, testigo de la herida que
Carlos Díaz de Pedro hizo a Blas de Orgaz.
Folio 95, 7 de noviembre de 1772, escritura de arrendamiento
que otorga Agustín de Vargas menor a favor de doña María de
BVergara.
Folio 103, 16 de diciembre de 1772, escritura de arrendamiento
que otorga Marcos de Vargas a favor de exmo. Señor conde de
Miranda.
Años 1773 y 1775.
6 de noviembre de 1775, venta real de una tierra que otorga
Domingo Vargas favor de Pedro Díaz, la heredó de Andrés
Vargas su difunto padre.
Signatura 32709, años 1776 – 1777.
Folio 3, 9 de enero de 1776, alcalde por el estado general
Agustín de Vargas.
Folio 272, 18 de diciembre de 1776, Manuel de Vargas arrienda
al duque de Santiesteban.
Folio 79, 7 de marzo de 1777, Agustín de Vargas y Luisa
Manrique censo a favor de la memoria del señor Rafael Cornejo
Ribadesella, 550 reales de vellón, Hija de Julián Manrique,
hermana de Francisco Manrique de Julián.
Folio 120, 25 de abril de 1777, Agustín de Vargas menor Prior
Síndico, en la contratación de médico Manuel Ortiz.
Folio 146, 30 de junio de 1777, escritura de convenio que
otorgan Agustín de Vargas y Luisa Manrique su mujer y
Antonio Manrique su hermano.
54
Folio 148, 30 de junio de 1777, escritura de trueque y cambio de
Agustín de Vargas Luisa Manrique su mujer con Manuel Alonso
como tutor de José y Manuel Montero.
Folio 150, 30 de junio de 1777, escritura de trueque y cambio
entre Agustín de Vargas y Luisa Manrique su mujer con
Domingo de Vargas y Juana Manrique su mujer, hermanos.
Folio 152, 30 de junio de 1777, escritura de trueque y cambio
entre Agustín de Vargas y Luisa Manrique su mujer con
Francisco Manrique su hermano.
ESTANISLAO OVEJERO (19):
Años 1779 a 1791.
Folio 1, 8 de abril de 1779, venta de Antonio Manrique de
Bartolomé y Teresa Manrique hermana a Jacinto Rodríguez.
Folio 500, 1789, autos de Apolonio del Valle vecino de Madrid
contra Manuel de Vargas, pago de 560 reales de vellón.
Folio 519, 7 de abril de 1790, arrendamiento por el apoderado
de la condesa de Puñorrostro a Agustín de Vargas.
Folio 543, 27 de abril, ídem a favor de José Blanco, vecino de
Móstoles.
Folio 553, 22 de abril de 1790, ídem a favor de Manuel Vargas.
Folio 693, 17 de octubre de 1790, arrendamiento de tierras del
duque de Medinaceli a favor de Manuel de Vargas
Folio 697, 29 de octubre de 1790, Agustín de Vargas arrienda al
conde de Miranda
Folio 699, ídem Marcos de Vargas.
Folio 776, 25 de enero de 1791, escritura de nombramiento y
convenio por Teodoro, José y Manuel Martín a favor de Juan
Torrejón y Agustín de Vargas.
Folio 778, ídem por Teodoro Martí a favor de Juan Torrejón y
Agustín de Vargas.
Folio 793, 17 de diciembre de 1791, escritura de obligación de
José Torrejón a favor de Agustín de Vargas.
Años 1793 y 1794.
Folio 113, 23 de marzo de 1793, escritura de venta real que
otorga Manuel Martín de Félix a favor de Agustín de Vargas.
Folio 132, 7 de septiembre de 1793, testamento de María
Manrique de 70 años, hija de Andrés Manrique y María
Delgado. Marido Manuel Martín. Hijo Antonio Martín.
55
Folio 147, 18 de marzo de 1794, escritura de cesión y traspaso
que otorgó Manuel de Vargas, vecino de esta villa, a favor de
Manuela Ruiz de la Osa, mujer de Melchor de Vargas.
Folio 201, 7 de agosto de 1794, poder que otorgó Melchor de
Vargas a favor de Marcos de Vargas. Melchor de Vargas y doña
Manuela Ruiz de la Osa vecinos de Madrid. Ella hereda de
Andrés Lázaro, su abuelo paterno y Josefa Martín su mujer.
Folio 237, 24 de noviembre de 1794, escritura de redención que
otorgan los patronos de la hermandad de la piedad a favor de
Agustín de Vargas.
Años 1795 a 1797.
Folio 266, 22 de mayo de 1797, escritura de venta real que
otorga Marcos de Vargas a favor de Pedro Bermejo de una casa
que linda con Melchor Vargas, con otra de Andrés Torrejón, con
la calle Segovia y otra de Manuel Moreno y con cerca del
Hospital. La heredó de sus padres y la ha poseído por más de
cuarenta y cuatro años. Vende por mil reales de vellón.
Años 1798 a 1820.
Folio 3, 8 de enero de 1798, Agustín Vargas y Alfonso García
de Sena, alcaldes ordinarios.
Folio 315, 9 de marzo de 1806, escritura de obligación y fianza
que otorgan Agustín de Vargas e Isidoro Vargas a favor de don
Justo Peñalver. Isidoro fiador.
Folio 316, 29 de abril de 1806, escritura de venta que otorga
Ignacio Vargas e Ignacia Lorenzo a favor de Simón Hernández.
Folio 361, 17 de mayo de 1807, escritura de venta real que
otorga Manuel Vargas de una parte de casa a favor de Nicolasa
de la Cruz, en seiscientos reales de vellón, en la calle Ordóñez.
Folio 496, 3 de junio de 1812, testamento que otorga María
Rodríguez, viuda de Manuel Vargas. Hijo Anacleto Vargas,
otros hijos fallecidos, Antonio, Silvestra y Tiburcio Vargas.
Folio 508, 12 de junio de 1812, testamento de Andrés Torrejón,
casado con Claudia Manrique. Hijos Claudio Torrejón y Diego,
difunto, nietas hijas de Diego, Paula y Hermenegilda.
Años 1813 a 1833.
Folio 154, julio 1820, escritura de obligación y fianza que
otorgan Alejandro Manzano, principal, y Dámaso Hernández,
fiador, por haber rematado como mejor pujante en
arrendamiento casas por fallecimiento de Agustín de Vargas.
(Deuda de 470 reales de vellón).
56
Folio 171, 19 de agosto de 1820, escritura de arrendamiento de
Félix Vargas a favor de don Luis Gabaldón.
Folio 280, 7 de septiembre de 1820, escritura de venta que
otorga Anacleto Vargas de la mitad de una casa a favor de Félix
Vargas en 1700 reales de vellón, calle de Ordóñez.
De este periodo destacaría los comienzos, Melchor y su
hermano Tomás, a la muerte de su padre son menores de
veinticinco años y se les nombra curador, este tiene que solicitar
hacer almoneda de sus bienes muebles para que puedan
subsistir.
Andrés, actúa como perito en el Catastro del Marqués de la
Ensenada, que en las respuestas particulares declara una
pequeña hacienda en Móstoles.
Agustín se casará en segundas nupcias, a su muerte no deja
ningún bien mueble que repartir, tuvo seis hermanos con los que
partir la herencia de su padre. Su hijo Isidro será el que recuerde
en su testamento a sus hermanos y les deje unas cantidades,
recordando que su padre no dejó dote alguna, aunque a su
hermano José le dio la carrera de médico.
El siglo de los médicos, siglo XIX.
1. JOSÉ VARGAS.
Nace en 1769, hijo de Agustín de Vargas y de Luisa Manrique,
hermano de Isidoro y Hermenegilda.
Ingresa en 1780 en el colegio de San Idelfonso de Alcalá de
Henares, con una beca, estudia la carrera de medicina y ejercerá
como médico en Móstoles (20), en 1812, a razón de de seis mil
reales de vellón anuales, por cuatro años, según consta en
escritura de arriendo del médico para la villa, otorgada por el
Concejo.
Contrae matrimonio con Ángela Fraile González, hija de Toribio
Fraile y de Fausta González, tuvieron nueve hijos: Ángel,
continua genealogía; Sebastián, presbítero, ejerce en Cuerva,
Toledo, y en Torrejón de Velasco, Madrid; Gregoria, Antonia,
Juliana, Máxima, Gumersindo, Agustín y José.
57
Ángela otorga testamento en 1857 (21), viuda de José de
Vargas. Sus hijos otorgan escritura de partición de los bienes de
sus padres en 1858.
Los únicos bienes a la muerte de sus padres son: la casa de la
calle el Cristo, donde han vivido; una tierra de barro de cuatro
fanegas al sitio de carrilejo, con un censo a favor del Hospital;
un retamar al sitio de valdearenal de caber tres fanegas (22).
Importan 45.000 reales de vellón a repartir a razón de 5.000
reales entre los hermanos.
Isidro hermano de José ya le dejo una manda en su testamento
por no haber heredado bien mueble alguno ni dote de su padre
Agustín.
Otros datos recogidos en los protocolos de Escribanos sobre
José y miembros de la familia Vargas contemporáneos a él son:
ESTANISLAO OVEJERO (23):
Años 1798 a 1820.
Folio 315, 9 de marzo de 1806, escritura de obligación y fianza
que otorgan Agustín de Vargas e Isidoro Vargas a favor de don
Justo Peñalver. Isidoro fiador.
Folio 316, 29 de abril de 1806, escritura de venta que otorga
Ignacio Vargas e Ignacia Lorenzo a favor de Simón Hernández.
Folio 486, 1 de octubre de 1812, escritura de arriendo de médico
para esta villa, en Don José Vargas médico en la villa del
Espinar.
Folio 496, 3 de junio de 1812, testamento que otorga María
Rodríguez, viuda de Manuel Vargas. Hijo Anacleto Vargas,
otros hijos fallecidos, Antonio, Silvestra y Tiburcio Vargas.
Folio 508, 12 de junio de 1812, testamento de Andrés Torrejón,
casado con Claudia Manrique. Hijos Claudio Torrejón y Diego,
difunto, nietas hijas de Diego, Paula y Hermenegilda.
Años 1813 a 1833.
Folio 171, 19 de agosto de 1820, escritura de arrendamiento de
Félix Vargas a favor de don Luis Gabaldón.
Folio 280, 7 de septiembre de 1820, escritura de venta que
otorga Anacleto Vargas de la mitad de una casa a favor de Félix
Vargas en 1700 reales de vellón, calle de Ordóñez.
ANTONIO GODINO (24):
Años 1849 y 1850.
58
Folio 41, 17 de marzo de 1849, Codicilo de Isidoro de Vargas,
vecino de esta villa, hijo de Agustín de Vargas y de Luisa
Manrique, difuntos, casado con María Gandulla.
Manda a su nieta Mª de las Nieves Vargas y a su nieto Julio
Vargas, hijos de Juan Vargas.
Folio 61, 13 de mayo de 1849, Partición de María Gandulla
viuda de Isidoro Vargas, y Juan Vargas Montero, hijo de su
primera esposa Teresa Montero, vecino de la ciudad de
Calatayud, de 25 años.
Hermanos de Isidoro de Vargas, Hermenegilda y José de
Vargas.
Folio 7, 4 de enero de 1850, escritura de venta de Victoriana
Montero y su marido Patricio Pachón.
Folio 7, 26 de abril de 1850, testamento de Ignacio Vargas, hijo
de Domingo Vargas y Juana Manrique, viudo de Ignacia
Lorenzo. Sin hijos.
Folio 54, 7 de septiembre de 1850, testamento de Agustín o
Gabriel Manzano, hijo de Francisco Manzano y de Blanca
Godino, casado con Antonia Torrejón. Hermano Francisco.
MANUEL MARÍA PARDO (25):
Años 1848 y 1849.
Folio 32, 5 de mayo de 1848, escritura de venta de una tierra
otorgada por Juan Delgado a favor de Isidoro Vargas.
Folio 68, 4 de septiembre de 1848, escritura de venta otorgada
por doña Nicolasa Falconi y su esposo, Santos Fraile, a favor de
Isidoro Vargas.
ESCRIBANO DE S.M. Y NÚMERO (26).
Años 1852 y 1853.
Folio 54, septiembre 1853, carta de pago otorgada por Agustín
Vargas a favor de Quintina Frutos y Demetrio González.
Agustín de Vargas como apoderado de Juan Vargas y Montero,
vecino de Calatayud. Escritura de venta de una tierra en
Alcorcón, La Ribota por 972 reales de vellón.
EUSEBIO RODRIGUEZ (27).
Años 1857 a 1859.
Folio 125, 24 de junio de 1857, nº 44, testamento de Agustín
Lorenzo hijo de Estanislao y Marcelina Vargas, bienes
59
aportados por la herencia de sus padres y de su tío Ignacio
Vargas. Hijos, Juan, Agapito y María Lorenzo, esposa Mª de los
Ángeles Rodríguez.
Folio 131, 24 de junio de 1857, nº 45, testamento de Mª de los
Ángeles Rodríguez.
Folio 152, 280 de julio de 1857, nº 51, escritura de
arrendamiento de de varias casas y fincas rústicas otorgada por
Juan Vargas a favor de Agustín Vargas, en precio de 6.400
reales de vellón.
Folio 162, 17 de agosto de 1857, nº 54, testamento de doña
Ángeles Fraile, viuda de don José Vargas. Hijos: Ángel,
Sebastián, Gregoria, Maximina, Gumersindo, Agustín, José,
Antonia y Juliana. Sebastián, presbítero, cura párroco de
Cuerva.
Folio 203, 31 de diciembre de 1857, nº 70, testamento de María
Gandulla, viuda de Isidoro Vargas, deja la herencia a los hijos
de Ángela Fraile y José Vargas.
Folio 3, 1 de enero 1858, nº 2, codicilo de María Gandulla.
Folio 19, 27 de febrero de 1858, nº 13, poder especial que otorga
don Ángel Vargas a favor de don Domingo Olarte para que le
represente en la partición de bienes de sus padres, vecino de
Masarambroz.
Folio 54, 4 de agosto, de 1858, nº 23, escritura de venta de
cuatro tierras otorgada por doña María Manuela Vargas a favor
de don Agapito Lorenzo en precio de 6.000 reales de vellón.
Folio 119, 16 de diciembre de 1858, nº 51, escritura de venta de
nueve tierras otorgada por la testamentaría de María Gandulla a
favor de don Juan Vargas y Montero en 22.600 reales de vellón.
Folio 134, 22 de diciembre de 1858, nº 54, escritura de partición
de los bienes relictos a la defunción de don José Vargas y de
doña Ángela fraile, otorgada por sus hijos y herederos.
Folio 3, 7 de enero de 1859, nº 2, escritura de venta de una tierra
otorgada por Antonio Godino a favor de don Juan Vargas y
Montero, precio 5.000 reales de vellón.
Folio 53, 9 de abril de 1859, nº 21, capital que otorga Felipa
Montero a favor de su esposo, Gumersindo Vargas.
Años 1860 y 1861.
Folio 9, 13 de enero de 1860, escritura de venta de cuatro tierras
y tres viñas otorgada por Agustín de Vargas, como apoderado de
60
don Antonio Olarte a favor de don Domingo Olarte por 9.900
reales de vellón.
2. ÁNGEL VARGAS.
Hijo de José de Vargas y de Ángela Fraile, nace en 1803 en San
Lorenzo del Escorial, donde su padre José Vargas era médico
titular, así se consta en la partida de bautismo de Ángel, inserta
en el expediente de colegial en la Universidad central.
Ángel ingresa en la Universidad Central en la Facultad de San
Carlos (28) donde estudia la carrera de medicina como su padre.
Ejercerá de médico titular en Cuerva, Toledo y Torrejón de
Velasco.
Contrae matrimonio con Trinidad Manzano, hija de Gil
Manzano y Tiburcia Torrejón, tuvieron tres hijos, Luis, sigue
genealogía, Sebastián y Asunción.
Otorgan testamento conjunto el 3 de junio de 1860 (29).
Referencias de Escribanos de la villa de Móstoles en sus
documentos a Ángel Vargas he encontrados las siguientes:
EUSEBIO RODRIGUEZ (30).
Años 1857 a 1859.
Folio 19, 27 de febrero de 1858, nº 13, poder especial que otorga
don Ángel Vargas a favor de don Domingo Olarte para que le
represente en la partición de bienes de sus padres, vecino de
Masarambroz.
Folio 134, 22 de diciembre de 1858, nº 54, escritura de partición
de los bienes relictos a la defunción de don José Vargas y de
doña Ángela fraile, otorgada por sus hijos y herederos.
Años 1860 y 1861.
Folio 53, 3 de junio de 1860, testamento de don Ángel Vargas y
doña Trinidad Manzano, hijos Luis, Sebastián, Ascensión.
3. LUIS VARGAS MANZANO.
Hijo de Ángel Vargas y de Trinidad Manzano, vive en Móstoles,
estudia la carrera de Medicina y ejerce en esta villa de médico
titular. Contrae matrimonio con Luisa Lorenzo Sanmartín y
tienen una hija, Emiliana Vargas Lorenzo.
Luis preside en 1908 la Comisión encargada de festejar el
Centenario del Alcalde de Móstoles de 1808, es el autor del
61
Libro “Breve Reseña del Centenario del Alcalde de Móstoles
1808” y del Álbum de Plata que recoge toda la documentación
del Centenario.
Algunas referencias de cronistas de la Villa indican que pudo
ofrecérsele el título nobiliario de Señor de Vargas, no debió de
materializarse, desconozco el porqué, pues no figura este título
en el Elenco de Títulos del Reino, ni su nombramiento en el
B.O.E, Gaceta de Madrid, en la época.
No he encontrado ningún indicio de su concesión por los
archivos investigados.
Fallece en 1924 en la villa de Móstoles, su mujer Luisa fallece
en 1902.
En este periodo, se da en la historia de esta familia tres
generaciones de médicos, comienza con José, continua en Ángel
y termina con Luis.
José, sabemos que su padre Agustín solicita una beca de
Gramática para estudiar en el Colegio de San Idelfonso de
Alcalá de Henares. Esto es todo lo que recibe de su padre, al
parecer, en el codicilo de su hermano Isidoro, manda a sus
nietos Mª de las Nieves y Julio Vargas, hijos de Juan Vargas
Montero que doten de una cantidad de dinero a su hermano José
y a su hermana Hermenegilda porque a la muerte de su padre
Agustín este no dejo ningún bien mueble a sus hijos.
Todo lo que deja en testamento a sus ocho hijos importa 45.000
reales de vellón, cinco mil por cabeza.
De Ángel si se conserva el expediente en la facultad de
medicina. Nace en San Lorenzo del Escorial. Ejerce de médico
en Masarambroz, provincia de Toledo.
De Luis, aparte de su profesión ha dejado como legado el libro
del centenario y la organización de este evento presidiendo la
comisión de festejos.
Por matrimonio Francos – Vargas, S. XX.
1. EMILIANA VARGAS LORENZO.
Hija de Luis Vargas y de Luisa Lorenzo, nace en Alcorcón el 5
de enero de 1881, donde ejercía de médico su padre.
62
Contrae matrimonio con Enrique Francos Vergara, este natural
de Madrid, nace el 25 de mayo de 1874, hijo de don José
Francos Alonso y de doña María del Amparo Vergara Bausa,
naturales de Madrid y de Navalcarnero, respectivamente.
Enrique Francos Vergara (31) estudia Derecho en la
Universidad Central de Madrid, habiendo hecho el bachiller en
el Instituto de San Isidro de Madrid en 1890 obtiene título (32).
Emiliana y Enrique tuvieron cuatro hijos en su matrimonio:
Luisa Francos Vargas, nacida en Móstoles, el 7 de agosto de
1905; José Francos Vargas, nació en Móstoles el 13 de
septiembre de 1906, continua; Enrique Francos Vargas, nació en
Móstoles el 23 de enero de 1910; y Emiliana Francos Vargas,
nació en Móstoles el 2 de agosto de 1911.
Enrique fallece, en Madrid, el 14 de diciembre de 1936,
habiendo otorgado testamento ante el notario don Luis Martín
Bosch, el 28 de abril de 1931.
Emiliana Vargas Lorenzo, fallece en Móstoles el 18 de octubre
de 1971.
2. JOSE FRANCOS VARGAS.
Hijo de Enrique Francos y de Emiliana Vargas, José Francos
Vargas, nace en Móstoles el 13 de septiembre de 1906, estudió
el bachillerato en las Escuelas Pías de San Antón e ingreso en la
Universidad Central donde se matriculó en la Facultad de
Veterinaria (33).
Se casó con doña Francisca Blanco Blanco, natural de Alcorcón,
Hija de don Félix Blanco Arroyo y de doña Paz Blanco
Torrejón. Vivieron en Alcorcón dedicados a la explotación de su
hacienda en Móstoles y Alcorcón.
Tuvieron cuatro hijos: Carmen, fallecida a temprana edad, José,
Enrique y Mª Paz.
Murió el cinco de agosto de 1988, en Alcorcón. Su esposa
falleció el 20 de enero de 2009, en Madrid.
Fuentes documentales de otros personajes de apellido
Vargas vinculados a la villa de Móstoles.
A.H.N. Secc. Nobleza, Archivo de los Marqueses de Fuente
Pelayo
Signatura: Fuente Pelayo, C.6, D.29
63
Fecha: 1535-01-28
Título: Información de limpieza de sangre que se hizo a petición
de Geronimo de Vargas para poder viajar a la ciudad de México,
para poder visitar a su tío Diego de Bargas.
A.H.N. Secc. Nobleza, Archivo de los Marqueses de Fuente
Pelayo
Signatura: Fuente Pelayo, C.6, D.53
Fecha: 1577-07-29, (Móstoles (Madrid)
Título: Inventario de las escrituras de la hacienda de Geronimo
Bargas que se entregaron a Juan Méndez de Sotomayor y Juan
Ruiz de Herrera.
Archivo General de Simancas
Signatura: CRC, 97,2
Fecha: 1536
Títilo: Pleito del lugar de Móstoles (Madrid) con Juan Arias
Dávila, conde de Puñorostro; Francisco de Rojas y Ayala,
vecino y regidor de Toledo; Gonzalo Chacón, señor de
Casarrubios del Monte y Arroyo-Molinos; Gonzalo de Pantoja y
Diego de Vargas, que pretendían tener derecho a nombrar los
oficios.
Estos expedientes citan a Diego de Vargas vinculándolo
en algún modo a la villa de Móstoles, también lo hace Jesús
Orozco Galindo (34).
Es claro para los historiadores que la familia y casa
Solariega de Vargas está vinculada a la ciudad de Madrid desde
su reconquista a los moros, el licenciado Jerónimo de Quintana,
en su obra dedicada a “la muy Antigua, Noble y Coronada Villa
de Madrid, Historia de su antigüedad, nobleza y grandeza” de
1629 (35), dice:
“Es casa solariega desta Villa desde el tiempo que se gano de
los moros por el Rey don Alfonso VI, por aquel tiempo se tiene
cierta noticia huvo en ella tres hermanos deste apellido, el
tercero de los cuales se llamó Iban de Vargas, de ellos primero
y tercero permanecieron en este lugar, el segundo hizo asiento
en Toledo…
…del hermano mayor que quedó en la Villa fue descendiente
Hernán Sanchez de Vargas… descendiente suyo fue Nuño
64
Sanchez de Vargas, que sirvió a los Reyes don Juan I y don
Enrique III, casó con Mayor Alfonso Mexia, en quien tuvo entre
otros a Diego de Vargas, vasallo del Rey y Regidor de Madrid,
y Juan de Vargas Mexia, caballero de la Orden de Santiago y
embaxador en Francia.
Diego de Vargas reedificó por 1459, la capilla de los Vargas
del convento de San Francisco. Casó con doña María Alfonso
de Medina y Velasco, en quien tuvo a Diego de Vargas el cojo, y
al Licenciado Francisco de Vargas. Renunció su padre en su
hijo mayor Diego el Regimiento de Madrid, casó con doña
Costanza Vivero, tuvo en ella a Francisco de Vargas Vivero,
page de la Reyna Católica y del principe don Juan, por el año
1510 Copero del infante don Fernando, que después fue
emperador de Romanos, Regidor de Madrid. Casó con doña
María de Lago, tuvo en ella a don Diego de Vargas, page del
emperador Carlos V en 1520 y corregidor de Valladolid, casó
con doña Elvira Bernardo de Quiros, cuyo hijo fue Francisco de
Vargas, caballero de la Orden de Santiago, casó con doña
Luisa Negron, sucediole Diego de Vargas, caballero de la
Orden de Calatrava, casó con doña Leonor Portocarrero, cuyo
hijo es don Diego de Vargas que vive en edad de ocho años este
de 1627.
Mayorazgos de este apellido el de Juan de Vargas Mexia, hijo
de Nuño Sanchez de Vargas y Mayor Alfonso Mexia, embajador
en Francia y del habito de Santiago, vino a parar en hembra, y
por casamiento a entrar en la casa de los Cardenas.
Este mayorazgo posee tierras en la villa de Móstoles, me he
encontrado varias escrituras de censos a favor de la memoria de
Juan de Vargas Mexia.
Otro mayorazgo el del Licenciado Francisco de Vargas, hijo de
Diego de Vargas y doña María Alfonso de Medina y Velasco,
nieto de Nuño Sanchez de Vargas y de Mayor Alfonso de Mexia,
fue alcalde de Truxillo, Tesorero General, Canciller de Castilla,
de él quedó el refrán averiguelo vargas. Caso con doña Ines de
Caravajal, tuvo hijos e hijas entre ellos Diego de Vargas, fue
suya la casa Real de Campo.
Diego de Vargas casó con doña Ana de Cabrera, tuvo a don
Fabrique de Vargas que casó con doña Antonia Manrique, cuyo
hijo mayor fue don Francisco de Vargas Manrique caballero de
la Orden de Alcantara, caso con doña Francisca Chacón,
65
hermana del conde de Casarrubios, tuvo en ella a don Fabrique
de Vargas Manrique, marques de San Vicente, que vive este año
de 1627.
Nada hay en las líneas principales de los mayorazgos de
este apellido, que les vincule al apellido Vargas que se instala en
la Villa de Móstoles en la segunda mitad del S. XVII. Aunque
algunas ramas de los Vargas de Madrid por si o por matrimonio
con otras casas nobles si que poseen, como otras casas nobles de
Madrid, tierras en la Villa de Móstoles.
Hubo otra familia apellidada Vargas, que se establece en
la Villa de Carabanchel Bajo, en el protocolo del escribano Juan
Vela, al folio 593, se hace la relación de bienes de Diego de
Vargas, se dice que es ayuda de Cámara de su Magestad. Le
heredan su hermanas María y Juana y un hermano, Pedro,
sacerdote. También un sobrino Diego, que se estableció en la
Villa de Getafe (36).
Encuentro, también, dos expedientes en la sección de
nobleza del Archivo Histórico Nacional, perteneciente a la casa
ducal de Frías, que hablan del mayordomo Fabián de Vargas en
el año 1539 (37).
Real Audiencia y Chancillería de Valladolid
Signatura: PL CIVILES. FERNANDO ALONSO (F). CAJA
1322.0001
Fecha: 1545-1548
Título: Pleito de Marina de Vargas, de Móstoles (Madrid), Ana
de Vargas, de Móstoles (Madrid), Diego Ruiz de Móstoles
(Madrid), Juan de León, de Salamanca. Sobre las menores Ana
de Vargas y Marina de Vargas, con su marido Melchor Ortiz,
platero, reclaman a su padre Diego Ruiz la restitución de los
bienes dotales de su madre y la herencia de sus abuelos. Diego
se había quedado con todo. Se opone al pleito Juan de León,
platero, estante en Burgos, que como primer mando de Marina
solicita que el dinero sea depositado hasta que no se resuelva el
pleito matrimonial.
En la consulta que he realizado del expediente, en
Valladolid, he tomado como dato genealógico: que Marina de
Vargas era mujer de Melchor González, que era hija de Diego
Ruiz y de Marina de Vargas, vecino de Móstoles. Sus abuelos
fueron Bartolomé de Vargas y Marina García. Bartolomé de
66
Vargas era de Robledo de Chavela, donde solicita ser enterrado
junto a su mujer en la Iglesia parroquial. Consta su testamento
en el expediente.
NOTAS
(1)Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, Signatura 9098, año
1659, 21 de enero, folio 6.
(2)Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, Pedro Manrique,
signatura 32685 y 32686.
(3)Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, Gines Manrique,
signatura 32688 y 32689.
(4)Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de Móstoles, Libro III de
Bautismo, folio 278; folio 354; folio 363 vto; folio 376 vto; folio
390; folio 409 vto; folio 427; folio 439; folio 459.
(5)Archivo General de Indias, signatura: Contratación, 5469,N.2,R.47 y
signatura: Indiferente, 220,N.62.
(6)Archivo Histórico de Protocolos de Madrid., signaturas 32690; 32691;
32692 y 32693.
(7)Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32694.
(8)Archivo Regional de Madrid, Catastro Ensenada Alcorcón,
Confirmaciones, signatura MC009902 y MC009903.
(9)Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32695, 32696,
32697 y 32698.
(10) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32700.
(11) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signaturas 32701 y
32702.
(12) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32699.
(13) Archivo Histórico Provincial de Madrid, Catastro de Ensenada
respuestas particulares, signatura MC009207.
Y Ministerio de Cultura, Catastro de Ensenada, Preguntas Generales,
http://pares.mcu.es/Catastro/ (03-I-2013)
(14)Archivo Regional de Madrid, fondo Catastro, signatura MC 0097027.
(15) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32704, 32705,
32706, 32707.
(16) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32703.
(17) Archivo Histórico Nacional, Índice Colegiales Universidades, libro
987 nº 6, José Vargas Manrique.
(18) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signaturas 32707,
32078, 32709.
(19) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signaturas 32713,
32714, 32715,32716, 32717.
(20) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32716, folio
486, 1 de octubre de 1812.
(21) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32726, folio
162, 17 de agosto de 1857.
(22) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid,signatura 32726, folio
134, 22 de diciembre de 1858.
67
(23) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32716, 32717.
(24) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32725.
(25) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32719.
(26) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32720.
(27) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32726, 32727.
(28) Archivo Histórico Nacional, Universidad Central, Colegio de
Medicina, signatura 1257.
(29) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32727, folio
53, 3 de junio de 1860.
(30) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32726, 32727.
(31) Archivo Histórico Nacional, Universidades, 4031, EXP. 18, 18901896.
(32) Archivo Histórico Nacional, Títulos de Bachiller Fon-Fra 18751912.
(33) Archivo Histórico Nacional, Universidades, 5566, Exp. 17.
(34) OROZCO GALINDO, Jesús (2006) “Nobles e hijosdalgos
mostoleños que hicieron historia” IV Congreso del Instituto de
Estudios Históricos del Sur de Madrid, “Jiménez de Gregorio”,
Aranjuez X-2006, p. 69.
(35) QUINTANA, Jerónimo de, “la muy Antigua, Noble y Coronada
Villa de Madrid, Historia de su antigüedad, nobleza y grandeza”
Madrid:1629, Edición Facsímile, Abaco Ediciones, pp. .
(36) Archivo Histórico de Protocolos de Madrid, signatura 32192.
(37) Archivo Histórico Nacional, Sección Nobleza, Signatura FRIAS,
C.606, D.33. y FRIAS, C.88, D12.
68
NUEVOS DATOS HISTÓRICOS DE GRIÑÓN Y
PRESENCIA ROMANO-VISIGODA EN LA VILLA, QUE
SE REMONTA A LOS SIGLOS V, VI y VII d.C.
POR JOSÉ Mª GOLDEROS VICARIO
En el V Congreso de Instituto de Estudios Históricos del
sur de Madrid “F. Jiménez de Gregorio”, celebrado en abril de
2007, cambié impresiones con mi colega, el historiador y
arqueólogo Rodríguez Morales, acerca de mi interés por el
topónimo de Griñón. Se remonta—según su opinión—al de un
poseedor romano, en este caso un personaje llamado Grannius.
Parece que hace muchos años, fueron hallados unos restos
arqueológicos romanos, en el mismo lugar o muy cercano donde
se llevaron a cabo excavaciones en el año 2006-2007, junto al
parque forestal de El Carraperal que confirman aquellos
hallazgos antiguos. Los arqueólogos apuntan la aparición de
señales de habitación, pertenecientes a los siglos VI, VII y VIII
d. C., del periodo romano-visigodo.
No obstante, no hay constancia documental ni
arqueológica local que cite por su nombre a la villa de Griñón
hasta principios de la Reconquista por el rey Alfonso VI, en las
descripciones de límites jurisdiccionales desde 1208. Por
similitud con los restos arqueológicos de los pueblos que
circundan las villas, como Batres, Carranque, Illescas, Perales
del Río, etcétera. Griñón, existiría ya en la época romana, al
menos en forma de campamento.
Por el año 1372 la villa depende de Juan Ramírez de
Guzmán por decisión del rey Enrique II, para poco después, en
1374, retornar al Concejo de Madrid y de la Corona. A
comienzos del siglo XV los actuales municipios se transforman
en villas de realengo por concesión de Enrique III, con ello
gozaba de la protección real frente abusos y arbitrariedades, pero
permaneciendo unidos en lo administrativo, fiscal y señorial.
Desde entonces hasta 1811 se sucederán los señoríos de Griñón,
es decir, los Mendoza y Toledo, Dávila y Zúñiga,
Pimentel…etcétera, aparecen como señores del lugar. Así fue
Griñón de gobierno señorial. En 1442 Juan II da Griñón-Cubas a
su trinchador, “oficial” Luis de la Cerda. De la Cerda, enajena
69
en 1450 ambos lugares a Alonso Álvarez de Toledo. En 1447,
como sabemos, Juan II ofrece a Madrid dos ferias francas a
cambio de Griñón. El Concejo madrileño lo rechaza.
FECHAS HISTÓRICAS PARA GRIÑÓN
1110: Los almorávides, en sus incursiones guerreras para
recuperar Toledo, asolaban la aun reducida población de la
amplia comarca de la Sagra toledana. En un documento de
Alfonso VII, de 1143 se dice de Magerit o Magerito “que está
en el camino que se dirige a Toledo”. Con la palabra, “alfoz” se
cita al distrito de Magerito, y dentro de él a las aldeas del dicho
espacio del Sur: Fregacedos en 1137, Getafe en 1259,
Covanubles y Griñón en 1208, no obstante, en los inicios del
siglo XIII ya vemos como aparece “Grinnon” en un documento
de deslinde de tierras.
1118: Se cita la población y fortaleza de Calatalifa, que
18 años más tarde Alfonso VII da a la Iglesia de Toledo con
todo su término. Este mismo rey entrega Batres a la iglesia de
Segovia, que luego cederá a la de Toledo, junto a las tierras de
Torrejón de Velasco, para que las pueble. En estas fechas no
aparece aún ninguna alusión a Griñón.
1208: Las aldeas de Humanes, Griñón, Parla, Torrejón de
Velasco, etcétera, se hallan ya integradas en la “Tierra de
Madrid”, y aparecen ya en diversos documentos. Entre ellos
encontramos un privilegio otorgado por el rey Alfonso VIII, el
13 de diciembre de 1208, sobre los mojones que señalan los
límites de las tierras de los concejos segovianos y madrileños,
documento que nosotros extractamos así: “…dividii Serraniellos
terminum cum Cubas et Grinnon (Griñón), et sicut Moraleja de
Petrofierro, et Moraleja del Gordo, Moraleja de Lobofierro
dividum terminum cum Humanes et Fregecedos, et sicut dividit
aldea de Abat, terminum con Fregecedos, et Mostotes…” Este
documento es el llamado “Privilegio de la Bolsilla”.
1374: Griñón pertenecía a Juan Ramírez de Guzmán,
hasta que en este mismo año, y a consecuencia de las deudas que
tenía con la Hacienda Real, las enajenó el rey Enrique II, siendo
logrado por el Concejo de Madrid y así queda incorporado
definitivamente al alfoz madrileño. Finalizando este siglo, la
escasez de cosechas, las epidemias que asolaban el país, y en
70
especial la peste bubónica, mermó considerablemente los
escasos vecinos de Griñón. Durante una parte del siglo XIV,
Griñón-Cubas, (lugares que eran un todo entonces) pertenecían
al alfoz del término de Villas y Aldeas unidas a Madrid
formando una sola jurisdicción. La enajenación se remató en
ocho mil doblas de oro castellanas (280.000 maravedís)
adjudicada al Concejo de Madrid. A partir de ese día, Griñón
quedaba de nuevo como antaño, es decir, dentro del alfoz
madrileño. Así lo señala el privilegio de Enrique II, por el que
vende Griñón al Concejo de Madrid.
1384: Don Juan Ramírez de Guzmán, el antiguo señor
del lugar, estaba inmerso en una causa judicial contra la villa de
Madrid. No se resigna a perder todo y reclama la martiniega,
impuesto que debían satisfacer los vecinos del término de
Griñón por el día de San Martín.
1405: La Villa de Madrid aprovechó la circunstancia de
su buen entendimiento con el rey Don Juan II para reclamar
entre 1400 y 1405 varios de los lugares y aldeas que le habían
sido usurpados de nuevo por la Corona. Tuvo éxito en lo
referente a Griñón, Cubas y Pinto,
En un documento de ese mismo año de 1405, el rey
Enrique III manda a uno de los oidores de su Audiencia vea las
reclamaciones presentadas por el concejo de Madrid en las que
se queja de las intromisiones y usurpaciones efectuadas por
personas poderosas " despojando a la dicha villa de todo". No
sabemos en qué se paralizó la cosa pero durante los reinados de
Juan II, y de Enrique IV, época de revueltas de los nobles y
poderosos, de debilidad de la monarquía y; por tanto, de
inseguridad, las quejas de los territorios de realengo serían poco
tenidas en cuenta. Desde finales del siglo XIII se había iniciado
una época de inestabilidad, sólo rota esporádicamente en el
reinado de Alfonso XI, en la que los abusos de los nobles y
poderosos unidos a épocas de hambrunas y; a partir de 1348, a la
llegada de la peste negra, había originado la despoblación de
numerosos lugares, sobre todo del realengo, tales como
Humanejos, Loranca, Fregacedos, Palomero, Pozuela, Torrejón
de la Calzada, Griñón y otros muchos en el alfoz de Madrid.
1442: El rey D. Juan II da la villa de Griñón a su
trinchador, “oficial de cuchillo”, Luis de la Cerda y Rojas, primo
del duque de Medinaceli “por los muchos e buenos e leales
71
servicios”. De la Cerda vendió pronto (1450) ambos lugares a
Alfonso Álvarez de Toledo, que era III señor de Villoria, y otros
lugares, alcalde Mayor de Toledo y juez Mayor de sus Alzadas,
alcaide y señor de Escalona, etcétera. El Concejo de Madrid
protestó enérgicamente ante Don Juan. El de la Cerda vendió el
señorío de Griñón por el importe de 300.000 maravedís. El
dicho señorío se lo había donado Don Juan II, estando en el
castillo de Escalona.
1457: Hereda el señorío de Griñón, Pedro Núñez de
Toledo, al que se le había agregado el heredamiento de
Alcorcón.
1534: Desde este año figuran en el Archivo General de
Indias, y en los catálogos de Pasajeros a Indias. 13 vecinos de
Griñón que marchan a las recientemente descubiertas tierras de
América. El último de ellos lo hace en el año de 1628, se trata
de Pedro del Pozo. Entre esos años viajan al Nuevo Mundo
Pedro de Griñón, Alonso Bolante Bartolomé de Olmedo, Benito
Gil, Cristobal Ortiz, Fray Juan Gómez, Gabriel López, Juan de
Arnalte Jusepe de Villalobos, Lucas Jiménez y Pedro del Pozo.16
1499: La ambición de Pedro Núñez se enfrenta con la
decisión de los RR. CC. de frenar y poner coto al poderío de la
nobleza. En efecto, los reyes ordenan a los titulares de los
señoríos del entorno de Madrid, derribar rollos, picotas y horcas,
atributos de autoridad del señorío feudal. Don Pedro hizo caso
omiso de tal orden y colocó su horca entre Griñón y Cubas, para
hacer notar a sus vasallos su autoridad en medio de los dos
lugares; entonces la justicia del rey representada por el
corregidor de Madrid mandó quitar la horca, que derribó un
alguacil madrileño. 17 No obstante, Pedro Núñez recurrió a la
Chancillería de Valladolid, que resolvió a su favor.
16
Archivo General de Indias (catálogo de pasajeros) Casa de Contratación.
Diversos expedientes.
17
Para aplicar ciertos castigos corporales a los malhechores, era muy útil
algún poste o sustento; y ora se utilizaba para ello un árbol, o un tronco seco,
o un madero preparado convenientemente, o un pilar de piedra sito dentro o
fuera de poblado, tales medios fueron los directos antecesores de la picota.
Ésta, en pleno siglo XIII, ya tenía en Castilla existencia. Refiriéndose a la
partida 7.ª en la ley 4.ª del título XXXI a las siete maneras de penas con que
los jueces habían de castigar a los delincuentes, dice: "La setena es quando
condepnan a alguno que sea azotado o ferido por yerro que fizo, o lo ponen
por deshonra dél en la picota, ol desnudan faciendol estar al sol untando de
72
1500: También resuelven a favor de D. Pedro Núñez de
Toledo, un pleito largo que mantenía con los marqueses de
Moya, señores de Serranillos y Moraleja, que hostigaban e
impedían a los vecinos de Griñón cultivar unas tierras próximas
a las suyas en este concejo.
1534: D. Bernardino de Mendoza se enfrenta a toda la
villa de Griñón, que harto de su tiranía, decide levantar un nuevo
poblado “al otro lado de la iglesia” en el sitio llamado “Pago de
las Mimbreras”. Dos años después la Real Chancillería de
Valladolid falló en contra de los vecinos, que fueron obligados a
derribar lo ya construido, además de sancionarles con 10.000
maravedís de multa.
1619: En este año ya era señor de Griñón D. Enrique
Dávila y Guzmán, marqués de Povar (1612). Estaba casado con
una hija del marqués de Malpica gentilhombre de Cámara de
Felipe II y Felipe III, que consigue de este último un privilegio
por el que sus villas quedan libres de la jurisdicción que desde
antiguo venía ejerciendo sobre ellas los alcaldes de Casa y
Corte de la villa de Madrid. A lo largo del siglo XVII el señorío
miel porque lo coman las moscas alguna hora del día". Hablando de la
justicia que hacían los señores feudales, con la horca o patíbulo, levantado en
medio del campo, y la picota, en la que tenían lugar los castigos corpóreos,
excepto la ejecución capital. "La picota era un signo uniforme y común a
todos los señores que podían administrar alta justicia. Consistían unas en un
poste colocado en una encrucijada o plaza pública, en el caso presente, entre
los límites de Griñón y Cubas. Además, al menos en España, la exposición en
la picota no era cosa tan sólo reservada a los quebrados de mala fe, a los
rateros o a los sirvientes desmandados. En su obra Las Quinquagenas de la
Nobleza de España, Gonzalo Fernández de Oviedo hace mención "de los tres
materiales que la justicia da a las alcahuetas en Castilla, que son: miel,
pluma, e coroca, y el quarto el asiento más alto en la picota" En ella, clavada
allí una mano, era costumbre exponer, durante cierto espacio, a los
perpetradores de delitos de sangre; de las argollas y garfios de que las picotas
estaban provistas solían colgarse para público y terrible escarmiento los
descuartizados restos de los malhechores; y, en fin, en ellas se dió garrote a
muchos condenados a esta pena, que prevaleció a partir de cierta Real cédula
dictada por Fernando VII, apenas hace tres siglos.
(Extracto de la conferencia pronunciada en el Ateneo de Madrid el 22 de
marzo de 1917. CONDE DE CEDILLO, de la Real Academia de la Historia,
y cronista de Toledo y su provincia. “Rollos y Picotas”. Fototipia de Hauser
y Menet. C/Ballesta, 30 Madrid)
73
pertenece a la casa de Povar, asociada por matrimonio con la de
Malpica o Valdepusa. Así, durante el siglo XVIII Griñón
continúa bajo el señorío de los marqueses de Povar y Malpica.
El municipio permanecerá en esta situación hasta la abolición de
los señoríos (año 1813).
A la muerte en 1503 de Pedro Núñez de Toledo, “señor
de horca y cuchillo del rey”, su hijo Luis Núñez de Toledo
hereda el señorío de la villa, pero diecinueve años después, Luis
lo entrega a su sobrino Bernardino de Mendoza y Toledo, hijo
de su hermanastra Beatriz, pasando a ser este el nuevo señor de
Griñón.
En el Archivo de la Villa de Madrid se halla testimonio
de una sentencia dada en el año de 1527, por el juez de términos
de esta villa, en el pleito que Madrid seguía contra Bernandino
de Mendoza, regidor de ella y señor de Griñón y ciertos vecinos
sobre haber quebrado la vara de justicia del alcalde del lugar de
Casarrubuelos en el camino que va al convento de Santa Juana
de la Cruz y sobre haber puesto horca entre las Villas de Griñón
y Cubas. La dicha sentencia fue favorable al alcalde de
Casarrubuelos.
SURGE EN EL CONCEJO EL VIEJO PLEITO
En el año de 1560, el Ayuntamiento madrileño hizo
surgir en el Cabildo el antiguo pleito por la posesión de Griñón.
Los problemas se arrastraban desde la época de Alfonso XI,
prolongándose con los Trastamara con su estrategia de
enajenaciones señoriales de la Tierra de Madrid.
GRIÑÓN EN LA JURISDICCIÓN DE VILLA Y TIERRA
DE MADRID
Entre los privilegios con que la Villa de Madrid fue
favorecida por los soberanos que ocuparon el trono, uno de los
más antiguos es el de la jurisdicción de sus sucesivos alcaldes de
Casa y Corte, dentro de las cinco leguas de distancia, se unía
cierto comercio de productos necesarios para el consumo diario
de los vecinos de la corte. En efecto, estos lugares o aldeas
estaban obligados a abastecerla. En una relación del año 1625
advertimos las aldeas del entorno de la Corte obligadas a este
menester, entre la que se encontraba Griñón.
74
Al llegar a 1560, el nuevo titular del señorío es don
Alfonso de Mendoza y Toledo. Bajo la propiedad y señorío de
este noble toledano, ocurre un extraordinario suceso en la villa,
el día 17 de junio de 1569. Dicen las crónicas y señala la
leyenda, que Pedro Gómez, vecino de Griñón, encontró un
Cristo crucificado, pero sin cruz, en el sitio conocido por “Los
Estragales” que despedía “tan gran resplandor que le cegó por
unos instantes”. El hecho tan extraordinario para aquellas
buenas gentes de esta villa, eran ya recogidas diez años más
tarde a través de las respuestas a las "Relaciones de Felipe 11",
comenzadas el 9 de diciembre de 1579, obedeciendo las órdenes
dictadas a D. Alonso Mendoza y Toledo, señor de todas estas
tierras. Los realizadores de las consiguientes respuestas fueron
los vecinos de Griñón, Rodrigo Prado Vivar y Tomé de Coca.
Hasta 1619 no aparece como nuevo señor de Griñón
Enrique Dávila y Guzmán, marqués de Povar, (que había
logrado la posesión de Griñón en 1615), y que fallece en Madrid
en 1630. Hasta 123 años después no vemos al frente de Griñón
(1753) a don Joaquín Mª Pimentel, marqués de Malpica.
Sabemos que, en el año 1526 a D. Bernardino de
Mendoza, le había entablado un pleito el corregidor de Madrid,
acusándolo de haber levantado una horca entre Griñón para
impartir “su justicia”. Dicho señor con su poder, manejaba a su
antojo la vida municipal, revelándose su alcalde (de Griñón)
Pedro de Tordesillas, con el intento de alzar una nueva villa
paralela a Griñón Se denominaría “Villa Real del Rey”, pero el
poder de los Mendoza le hizo fracasar, tal como apuntamos
antes.
GRIÑÓN EN LAS “RELACIONES” DE FELIPE II
Cuando Felipe II decide confeccionar un catálogo de los
pueblos de España, que respondió a lo solicitado por S. M.
Felipe II, en diciembre de 1579, a través de Pedro López,
alcalde ordinario de este lugar, acompañado por el muy ilustre
señor don Alonso de Mendoza y Toledo, señor de dicha villa,
diciendo: “...Que esta villa se llama Griñón, y siempre se ha
llamado así, y la causa por la que tiene este nombre no se sabe,
y las justicias de esta villa la ponen de ordinario los señores
poseedores del señorío. En esta villa la iglesia parroquial de
ella, es templo bien acabado y de la advocación de Nuestra
75
Señora de la Asunción, y en el altar colateral del lado del
Evangelio, está un crucifijo de mucha devoción, tan pequeño
como el largo de un dedo de una mano mediana, no se sabe de
qué metal se trata, fue hallado por un labrador vecino de esta
villa en su término, que se llama Pedro Gómez, en el año
pasado de mil quinientos sesenta y nueve, por medio del cual
Nuestro Señor fue servido de dar salud a muchas personas de
las que han concurrido en romería al dicho crucifijo...”
LAS EPIDEMIAS
Las grandes epidemias del siglo XIV habían originado
una considerable mortandad. Efectivamente, mediado el dicho
siglo sobreviene una importante epidemia de peste. Se trata de la
peste negra, que afectó a la Península Ibérica, y la consiguiente
devoción a los santos estuvo tan presente en la vida familiar y
religiosa, que las imágenes y reliquias fueron convertidas en
objetos de fe. En muchos de los pueblos que componen hoy la
Comunidad de Madrid, y durante varios siglos, fueron de culto
popular santos relacionados con la peste, la sequía, la langosta y
otras calamidades, siendo creadas infinidad de cofradías, cuyo
objeto era la asistencia material o espiritual a los cofrades y a
sus familias.
CONTRIBUCION DE GRIÑON A LA GUERRA DE
GRANADA, AL PERTENECER A LA TIERRA DE
MADRID
En el inicio del siglo XIII (1208) la aldea de Griñón
pertenecía ya a la jurisdicción de la Tierra de Madrid. Por esta
circunstancia aparece citado en diversos documentos de la
historia de la villa de Madrid. "Este diploma real es el llamado
tradicionalmente “de la Bolsilla”, por el hecho de reconocer que
se hallaba a buen recaudo en el interior de una bolsa de cuero
desde el siglo XIII. Así, en diversos documentos y crónicas
pertenecientes a la historia de la Villa de Madrid, posteriores al
siglo XIII, tenemos noticias referidas a Griñón, Ya conocemos
por la historia, que la aldea, después villa, por privilegio de
Enrique III, estuvo integrada en ocasiones, dentro en la
jurisdicción de Madrid, una de ellas por compra. En efecto, por
el año de 1482'se ordena a la Villa de Madrid y su Tierra,
Griñón incluido, que se haga repartimientos de peones y bestias
76
para abastecer al sitio de Alhama de Granada, que ya había sido
conquistada. Por esa época la villa de Griñón debía contribuir,
unido a Cubas siempre, como si constituyeran ambas un sólo
concejo, debiendo auxiliar por esta vez con tres peones y
numerosas bestias, más otros dos peones con azadón, pala y
hacha ... los cuales recibían cebada para el alimento de los
animales y 13 maravedíes a cargo del concejo. Un año después
Griñón auxiliaba nuevamente a los Reyes Católicos, pero esta
vez con 450 maravedíes, siete bestias y dos peones destinados a
Córdoba, lugar de agrupamiento de tropas.
1579 es el año que se ordena redactar y enviar las
“Relaciones” de Griñón por expreso deseo de Felipe II. En las
dichas Relaciones alegan los vecinos de entonces, que no hay
ríos, minas, fortalezas ni edificios antiguos, o hechos señalados
de importancia histórica, ni personajes de letras o armas, ni
enterramientos notables en la iglesia parroquial.
En el año 1599 el señorío seguía perteneciendo a Alonso
de Mendoza y Toledo. En las Respuestas generales del Catastro
de Ensenada, en el año 1750 y en 22 localidades de la Tierra de
Madrid que superan cada uno el centenar de habitantes, vemos a
Griñón con 114 almas dedicados a la agricultura y ganadería, lo
que supone el 87 % de la población, contándose 6 que se
dedican a la artesanía (4,5 %) y a servicios 11 (8,3 %). En el
Censo de Aranda (1768-1769), manuscrito censal compuesto de
dos grandes volúmenes, se cita ya a Griñón, señalando bien
claro que “se trata de una villa” con 439 almas, cura, tres
sacerdotes, un epistolario, otro ordenado de menores, sacristán y
dos monaguillos y un convento de religiosas franciscanas, con
19 profesas.
La aldea que hizo villa Enrique III, en una fecha a caballo entre
los s. XIV o XV, apenas influyó en su futuro, pero si lo haría en
cambio en beneficio de los señoríos. No obstante, dos siglos más
tarde alguien nos sorprendió con el monumental retablo de su
iglesia parroquial, posiblemente de Churriguerra o de su escuela.
No menos importante es el Convento de la Anunciación de
Franciscanas Clarisas, con su magnífico retablo renacentista,
con obra pictórica del consumado artista Juan Correa de Vivar.
Sabemos datos acerca de la familia Correa de Vivar, y su
relación con la villa de Griñón. En efecto, una tía suya hermana
de su madre, contrae matrimonio y vive en Griñón. Un Prado de
77
Vivar, vecino de esta villa, es citado en el codicilo otorgado por
el pintor el 4 de marzo de 1566, poco antes del fallecimiento del
pintor. 18 Correa era un artista estrechamente ligado a la catedral
de Toledo.
LA VILLA DE GRIÑÓN AYER
Nos consta que Griñón ya existía en los siglos XII y
XIII, como hemos anunciado antes, aunque es posible que fuese
incluso muy anterior a estas fechas. Lo más probable es, que la
fundación se debiera a los árabes o durante la época del imperio
romano, aunque en este caso se trataría de una alquería. Pero
desde luego un lugar de apenas importancia. No debemos de
olvidar, que tanto Griñón como Cubas, comienzan a aparecer
unidas por siempre en documentos medievales y así
permanecerán hasta la extinción de los señoríos en 1813.
Tenemos y conocemos el documento último de compra-venta de
nuestra villa, en el año de 1790:
Gregorio Agenjo, procurador síndico de la villa de Griñón:
Ante V.D., como más haya lugar Digo que en el oficio del
presente escribano del número como sucesor de Santiago
Fernández existe protocolado desde el folio 1934 al 2010 la
siguiente cédula expedida el 7 de abril de 1615, dando comisión
al licenciado Chabes de Barreda, […] correos, que fue en esta
Villa para que diese al Sr. Marqués de Pobar la posesión de las
Villas de Cubas y Griñón, con lo de ellas anexo, que las compró
D. Iñigo López de Mendoza y Toledo, que poseía el mayorazgo
que fundaron Alonso Álvarez de Toledo y Doña Catalina Nuñez
su mujer, con facultad Real, que con los vienes de él etaban las
villas Cubas y Griñón, y respecto de la ventas del dicho
mayorazgo era poca por que no pasaba de setecientos ducados
en cada un año y la mayor parte de ello consistía consistía en
tierras de labor que en muchos años se dejaban de arredar…
por que no consistían en más que rentas jurisdiccionales, y un
fuero de una gallina y otras cosas que pagaban cada vecino de
la villa de Griñón, y una huerta que rentaba veinte y dos
18
En el Archivo Histórico Provincial, de Toledo, sección Protocolos
Notariales del escribano Pedro de Uceda. Legajo 1.842. fol. 267, vemos un
poder notarial de Juan Correa de Vivar y de Juan Tovar para cobrar los
maravedíes que restan de otro famoso retablo mayor del monasterio de Santo
Domingo de Almagro, muy posterior al de Griñón. Lleva fecha a 12 de de
junio de 1557.
78
ducados; un juro en cincuenta mil maravedís de rente que
estaba situado sobre las alcabalas de las dichas villas…la villa
de Griñón era de don Iñigo, y la de Cubas del Concejo de ella, y
que por la pobreza con que los poseedores del dicho mayorazgo
habían vivido y vivían el dicho D. Iñigo no se habían ni podido
ni podían sustentar y…que querían vender las dichas villas con
sus vasallos, renta y jurisdicción y con sus producto comprar y
subrogar en el dicho mayorazgo, juros o censos de a veinte mil
ducados con mil de renta pudieran el dicho D. Iñigo y sus
sucesores sustentarse a la calidad de sus personas… conforme
con los autos y diligencias practicado en su virtud ante el citado
Santiago Fernández escribano que fue de este número y
conviniendo a mi común para varios fines se le dé testimonio
sucinta relación de lo expuesto e inserción del apeo practicado
lo correspondiente a la villa de Griñón, para que se verifique=…
Dicho documento aparece firmado por Gregorio Agenjo.
En otro apartado sigue;…Y después…el dicho señor juez con el
dicho señor conde en nombre del dicho señor marqués llegaron
a la dicha villa de Griñón y entrando en ella el dicho señor juez
mandó se notifique a los señores alcaldes ordinarios hagan
llamar a Concejo y se lo notifique y hacen tañer la campana
para reunir al concejo y llegaron el dicho Pedro… y otros
muchos vecinos…
La Real Cédula de comisión, autos,
amojonamientos y demás diligencias de posesión aquí insertas,
concuerdan a la letra con sus originales y lo relacionado
corresponde asi mismo, con lo que va echa mención, y todo
queda en el referido protocolo… en mi poder y oficio a que me
remito; para que conste donde convengaen cumplimiento del
pedimento y auto que van por principio de este termino. Lo
signo y firmo en Madrid a cinco de febrero de mill Setecientos y
noventa… En testimonio de verdad.
Manuel González Sáez
Sirvió de testigo el Sr. Conde de Santisteban en nombre
de Señor marqués de Pobar, el cual dijo que está de ir con du
merced a la dicha villa de Griñón, y lo firma en fe de
ello=Santiago Fernández. Luego, este día el dicho Señor juez
con sus oficiales, y con el dicho señor conde salió de la villa de
Cubas, y fue a la de Griñón… entrando en el campo y entre las
dichas dos villas, y presentes los oficiales del Concejo de la
79
villa de Cubas y otros de la villa de Griñón y algunos vecinos de
entrambas Villas, el dicho señor juez dijo que daba y dio
posesión al Señorío de los campos y términos de entrambas
villas y jurisdicción Civil y Criminal de ellos al dicho señor
Conde en el mi dicho nombre y su señoría dijo que la
aprehendía pacíficamente, y se paseo por el campo…
acompañado de numerosos vecinos de esta villa, entre ellos un
tal Lucas Vibar…19 Dos décadas posteriores a esta misma fecha
son declarados nulos los señoríos en España.
MÁS SOBRE JUAN CORREA DE VIVAR.
Sabemos datos acerca de la familia Correa de Vivar, y su
relación con la villa de Griñón. En efecto, una tía suya hermana
de su madre, contrae matrimonio y vive en Griñón, y un Prado
de Vivar, vecino de esta villa, es citado en el codicilo otorgado
por el pintor el 4 de marzo de 1566, poco antes de su
fallecimiento. 20 A la vista de las innumerables obras del pintor
toledano, éste retablo de Griñón constituiría uno de sus trabajos
más tempranos, ya que el de Meco ha sido fechado hacia 1537
por Cruz Valdovinos. Correa era un artista estrechamente
ligado a la catedral de Toledo.
Casi cuatro siglos anteriores a esta última fecha, en el
año de 1525, se fundó en Griñón el convento de Religiosas
Franciscas de la Salutación, por deseo del clérigo Rodrigo
Vivar. Conserva el viejo edificio en la actualidad su airosa
espadaña o campanil, soportando tres hermosas y pequeñas
campanas, la mayor de ellas de unos setenta cms. de altura con
inscripciones. De implantación más moderna en la villa, es el
19
El documento de venta de Griñón data de 1790, que será el último, ya que
unos años más tarde, en 1813, el Estado ordena abolir los señorios en España.
Es totalmente cierto, que la villa, casi desde su nacimiento, fue siempre
objeto de compra y venta. En dos ocasiones fue propiedad del Concejo de
Madrid, adquirida por compra a la Corona, que, en numerosas ocasiones se la
arrebató, lo que le llevó a luchar en los tribunales para recuperarlo
20
En el Archivo Histórico Provincial, de Toledo, Sección Protocolos
Notariales del escribano Pedro de Uceda. Legajo 1.842. fol. 267, vemos un
poder notarial de Juan Correa de Vivar y de Juan Tovar para cobrar los
maravedís que restan del soberbio retablo mayor del monasterio de Santo
Domingo de Almagro. Lleva fecha a 12 de junio de 1557.
80
actual Colegio de los HH. de las Escuelas Cristianas de La Salle.
En efecto, a principios del siglo XX (1915), tiene lugar la
presencia en Griñón de los Hermanos de San Juan Bautista de
La Salle, sobre unos terrenos y edificios adquiridos a la
marquesa de Campo-Alange. Hasta mayo de 1930, no se
finalizaba y bendecía su bella capilla, en sustitución de la
primitiva mucho más modesta, colocándose las dos campanas de
la comunidad, una sobre un gracioso campanil de hierro, en el
tejado del pabellón del noviciado, y la otra en el muro de la
iglesia. La segunda lleva grabado el nombre: “la voz de Dios”.
En la parte posterior del frontis del templo, pero ocultas a la
vista desde el frente se hallan instaladas las tres campanas del
reloj.
El uso de las campanas de los templos dependía
únicamente de la autoridad eclesiástica, y en numerosas
ocasiones fueron empleadas para usos profanos: incendios,
reuniones del concejo, calamidades, etcétera. A pesar de ello, las
campanas benditas no podían emplearse en toques distintos a los
religiosos.
En el transcurso de las últimas grandes obras llevadas a
cabo en la iglesia de Griñón, salieron a la luz seis ventanas
mudéjares por debajo del nivel de las campanas, que quizás,
eran la parte final de las paredes de la torre primitiva anterior al
s. XVI. En efecto, en las obras finalizadas en 1995, fueron
abiertas las parejas de arcos originales (cegadas en 1631), al
añadir el último cuerpo del campanario actual. Debido a las
sucesivas reformas de la torre, exteriormente aparece
prácticamente sin apreciarse su estilo netamente mudéjar, sin
embargo al visitarla el interior de la misma conserva la traza y
construcción de una auténtica construcción mudéjar, digna de
ser visitada.
GRIÑÓN LIBRE DE LA JURISDICCIÓN DE LA VILLA
DE MADRID
Durante el señorío del marqués de Povar, se obtuvo el
tan ansiado privilegio para su villa de Griñón. El privilegio fue
otorgado por Felipe III el 2 de junio de 1619. En efecto, el rey
concedía a ambas villas de Griñón (Cubas incluído) quedar
libres de la jurisdicción de los Alcaldes de Casa y Corte de la
villa de Madrid, que venían históricamente ejerciendo desde
81
tiempos muy anteriores. Numerosos pleitos había sostenido el
anterior titular del señorío don Bernardino de Mendoza y Toledo
contra el corregidor de Madrid por este motivo. Con el
documento, Griñón captaba autonomía judicial dentro de su
término. Felipe III reconocía por primera vez en la historia, que
Griñón "estaba fuera de las cinco leguas 21 de nuestra corte", es
decir, fuera de la órbita de la jurisdicción de la villa de Madrid, a
efectos judiciales. En este sentido, jugaron un buen papel las
influencias en la corte y su cercanía al monarca, para que
facilitara ese privilegio “como recompensa a los muchos, buenos
y agradables servicios que nos habéis hecho y continuamente
hacéis cerca de Nuestra Real Persona, con entera satisfacción
mía”. Por ello se expresó así el rey: “… y por la presente, de
nuestro Propio motuo y cierta ciencia y Poderío Real absoluto
de que en esta parte queremos usar y usamos como Rey y Señor
natural… sacamos, libramos y exsimimos a las dichas villas de
Cuvas y Griñón… de la jurisdizión que los alcaldes de la
nuestra cassa y corte tienen dentro de las cinco leguas della,
para que agora y de aquí adelante, perpetuamente por siempre,
no la puedan exercer ni exercan en las dichas villas y sus
términos y vezinos dellas. Y queremos y es nuestra voluntad de
que así para la jurisdizion de dichos alcaldes de corte como
para todas las demas cossas que dellos dependen, se tengan y
reputen las dichas villas… perpetuamente como dicho es".
Desde entonces todas aquellas causas y pleitos tanto
civiles como criminales, pendientes ante los alcaldes madrileños
y afectaba a los vecinos de Griñón, se despacharían a los
alcaldes ordinarios de la villa. El marqués de Pobar falleció en
su casa de Madrid once años más tarde, el 1 de noviembre de
1630.
21
La legua castellana se fijó originalmente en 5.000 varas castellanas, es
decir, 4,19 km o unas 2,6 millas romanas, y variaba de modo notable según
los distintos reinos españoles, e incluso según distintas provincias, quedando
establecida en el siglo XVI como 20.000 pies castellanos; es decir, entre
5.573 y 5.914 metros. Siguió utilizándose de forma profusa mucho después
de ser oficialmente abolida por Felipe II en 1568. Las leguas, divididas en
veinte mil pies, que equivalen a 5.572,7 metros, eran las utilizadas para medir
los caminos de España, antes de adoptarse los kilómetros del sistema métrico
decimal. En 1769 una norma establecía marcar los caminos con los
"leguarios", que señalaban las distancias. El punto cero se estableció en
Madrid y se encuentra todavía en la Puerta del Sol.
82
REPRESENTACIONES DE COMEDIAS EN EL SIGLO
XVII.
Tenemos noticias de representaciones de comedias en
Griñón, Humanes, Fuenlabrada, Getafe, Parla, Pinto, etcétera,
por el siglo XVII. Esta actividad, por lugares tan perdidos en la
comarca de la Sagra nos parece en verdad milagroso. No
obstante, según los datos recopilados era difícil no encontrar
alguna representación de aquel modesto arte escénico en las
localidades antes citadas. Todas las representaciones eran
realizadas en el marco de una fiesta y bajo los auspicios de una
cofradía, especialmente para las festividades de Nuestra Señora
de Agosto, es decir, la Asunción de la Virgen, y también para
Pascua de Navidad. Era costumbre habitual representar en casas
particulares y en conventos. El adorno del escenario era una
manta estirada con dos cordeles de una parte a otra. Los músicos
mientras tanto interpretaban algunas piezas musicales de la
época, y la representación solían emplazarse y escenificarse en
un corral de la casa o patio y también en un mesón, donde se
situaban sobre un tablado alto, quizá de un metro. En Griñón,
como en otros lugares, les ofrecían lumbre y leña para guisar sus
comidas, cama o posada, más unos reales por cada función. Por
lo común se representaban dos comedias con sus bailes y
entremeses al día y cuando se representaban autos sacramentales
solían coincidir para las fiestas de Corpus Chisti, muy celebrada
en nuestra villa. Con las dichas funciones y acompañando en la
misma procesión del Corpus contrataban danzantes y chirimías,
es decir, instrumentos de viento, muy agradables al oído.
LOS HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS EN EL
CARRAPERAL (2006-2007)
Los romanos buscaron establecerse, al menos en
Hispania, sobre asentamientos prexistentes, utilizando el reparto
de fincas ya ocupadas y no la creación de nuevas. No obstante,
en cualquier caso las haciendas rurales dedicadas a la agricultura
y ganadería suelen aparecer cerca del trazado de diferentes vías,
como es el caso de los asentamientos que han aparecido junto a
“El Carraperal. Los muchos yacimientos arqueológicos que se
conservan en nuestra Comunidad de Madrid dibujan unos
parajes con asentamientos principalmente en las vegas de los
83
ríos y arroyos. Viene esta aclaración como consecuencia de las
prospecciones arqueológicas de urgencia, llevadas a cabo en
(2006-2007) al N. del parque forestal de “El Carraperal), por
encargo de la Comunidad de Madrid. La directora de las
excavaciones Amparo Urbano y encargado Francisco “Frank”,
nos dicen sobre las unidades de ejecución SAU-10 y SAU-9. En
estas excavaciones, hasta ahora han sido hallados más de una
docena de fondos de cabaña con sus respectivas señales de
enclavamientos de postes para cubrir y sustentar los tejados,
seguramente con brezo y teja curva (tejas que luego los árabes
tomaron como propia). Algunos fondos tienen hogares en sus
interiores, silos, basureros, pozos de agua, alguno de gran
profundidad. La mayor parte de estos silos están asociados con
las cabañas. Estas aldeas generalmente estarían ocupadas por
“siervos, “fiscalinis”, “privatis”, etcétera, pertenecientes a
“obispados” siempre asociados a telares de mujeres y también
ganados. Fue hallado un horno de cocer cerámica en muy buen
estado, que pertenecen a los siglos VI o VII d. C.
El presente yacimiento es de enorme extensión, llegando
al antiguo camino de Parla. Se trabajó sobre más de una docena
de tumbas con restos humanos, y unos pozos de los que
suministraban agua potable a las aldeas. La tumba de un infante
ha aparecido sin losa por recubrir, y otra ha sido saqueada ahora,
para extraer de su interior un molino de mano. En otro orden de
cosas, Incluso de algunas de las llamadas “fresqueras” y algún
“doliam” especie de botellas de boca estrecha para meter grano
en ellas. Han aparecido fragmentos de cerámica paleo cristiana
(S. VI), tejas, piedras, tejas curvas, y otros con un peso total de
entre 500 y 700 kilos, y dos monedas, una al parecer del siglo III
d. C. Es posible que esta o estas aldeas fuesen el principio de
Griñón, que incluso entonces no tuviese ni nombre al tratarse de
un “fundo” episcopal. No obstante, los arqueólogos de la
Comunidad catalogan la excavación entre los siglos VI y VII y
VIII d.C. Pero advierten en que, independientemente de las
piezas de interés que aparezcan, toda la zona de prospección no
se conservará. Las piezas halladas, como pueden ser las
monedas y otros pequeños objetos, si se conservarán.
84
II CENTENARIO DE LA ABOLICIÓN DE LOS
SEÑORÍOS EN ESPAÑA. LIBERACIÓN DE LA VILLA
DEL GRIÑÓN FEUDAL.
Los feudos en los reinos de España fueron otorgados
tanto a los señores laicos como eclesiásticos, y los más
importantes de ellos consiguieron una inmunidad más o menos
amplia, y que podía abarcar diversos privilegios, desde el estar
exento de impuestos, hasta una cierta autonomía del poder real,
sustituido por el del señor, que ejercía la jurisdicción sobre una
población al margen del control del Estado. Estaba prohibida la
entrada en estos feudos, llamados señoríos inmunes, incluso a
los agentes reales, lo que supuso una debilitación del poder real
al no ejercer el dominio de amplios territorios y poblaciones del
reino y un fortalecimiento del poder nobiliario.
Las prestaciones personales o corveas (trabajo en la
reserva del señor: labrar, sembrar, segar, acarrear, leñar, etc. La
prioridad que el señor tenía sobre los campesinos para vender o
comprar algo, así como los monopolios señoriales, obligaban a
los campesinos a usar el horno, el molino del señor junto con el
pago de una cantidad por las mercancías que atrevesaban
puentes (pontazgo), caminos (peaje) o puertas de ciudades
(portazgo); obligación de dar cobijo y comida en determinadas
fechas al señor y sus acompañantes; la talla, permitir al señor
quedarse con la ganancia del campesino cuando tuviese
necesidad suponía el mayor abuso; finalmente el cobro de las
rentas de altar (bodas, bautizos, diezmos, etc.) de las iglesias
construidas por el señor. La ciudad también estuvo, durante un
cierto tiempo, vinculada al señorío feudal. Los señores eran
patronos de la ciudad, cobraban ciertos tributos y garantizaban
la ordenación del mercado. La ciudad proporcionaba incluso
rentas en metálico superiores al campo, por lo que los señores
favorecían la prosperidad de los burgos para aumentar sus rentas
y poder adquirir los productos ofrecidos por el comercio. Será
entonces cuando se produce un aumento de las cargas y
prestaciones que da lugar a las revueltas campesinas,
denominadas jacqueries en Francia, algunas de las cuales
triunfan, como las remensas catalanas, en menoscabo del poder
señorial, mientras otras son reprimidas cruelmente, como los
movimientos hermandiños en Galicia; en esta época, la
85
monarquía se refuerza y comienza a apoyar a los burgos para
contrarrestar el poder de los nobles.
EL FEUDALISMO EN ESPAÑA.
En cuanto a los reinos de la península Ibérica, aunque
solo en Cataluña, por su vinculación al reino franco, el
estamento militar se jerarquiza según los principios del
vasallaje, se dan relaciones de producción esencialmente
feudales, si bien aparecen en diferentes grados y períodos. En
un primer momento del siglo IX, los hombres libres son muy
numerosos, especialmente en los territorios de frontera con el
Islam, ya que la conquista y colonización exigen que para que
acudan el mayor número se concedan ventajas (cartas pueblas,
fueros) e incentivos como la apropiación de las tierras
abandonadas. Sin embargo, en los territorios alejados de Galicia,
León, zona de los Pirineos, etc., los monarcas donan a la Iglesia
y a los nobles extensas propiedades, cuyos habitantes,
anteriormente libres, caen en la dependencia de algún
monasterio o señor. Y el proceso se va repitiendo en aquellos
territorios que se van alejando de la frontera, cada vez más
desplazada hacia el sur. A este proceso de feudalización se
añade el que algunos pequeños propietarios ceden sus tierras a
nobles o monasterios en pago de deudas, que a veces son
devueltas en usufructo a cambio de prestaciones y rentas.
En León, la dependencia se transmite de padres a hijos,
mientras en Castilla, donde la nobleza y clero tienen menos
poder en aquel momento, las villas y aldeas, llamadas de
behetría, pueden elegir libremente a su señor. Por encima de la
situación jurídica entre libres (colonos) y no libres (siervos) lo
que se impone es la situación de dependencia o no dependencia
a un señor y su territorio, y su transmisión a los descendientes.
Los adscritos a una tierra señorial recibían distintos nombres:
foreros, es decir, los que pagan el tributo llamado foro, payeses,
en Cataluña; vasallos, en Castilla y León, etc. Según de quien
dependen tierras y poblaciones sea el rey, un abad, un señor, se
llamarán de realengo, señorío o behetría. Se revitaliza la
feudalización tras las conquistas castellanas del siglo XIII, en
que se expulsa a los pobladores musulmanes de Castilla-La
Mancha y se reparten las tierras entre los nobles y las órdenes
militares, que establecen formas feudales. Con el reparto de
86
villas, tierras, rentas y derechos jurisdiccionales por Enrique II
de Trastámara a los nobles, el proceso de feudalización se
consolida definitivamente con el establecimiento del mayorazgo,
es decir, cuando los señoríos pasan al hijo primogénito, sin que
puedan repartirse o venderse. El señor ejerce funciones análogas
a las del monarca en las tierras de realengo, a través de
funcionarios a sueldo. Estos señores recibían rentas que toman
diversos nombres según los lugares, y que en Castilla y León y
todo el Reino de Toledo, eran la martiniega (cantidad anual que
se pagaba por San Martín), la fumadga o fogaje (por cada casa
de la que hubiese fuego, es decir, por cada casa habitada),
hospedaje y yantar (deber de alojar y alimentar al señor y a sus
enviados).
En cuanto a los pobladores de realengos y territorios sin
ningún tipo de inmunidad, la Hacienda real recaudaba tributos,
llamados pechas, que fue el nombre genérico que se daba en la
Baja Edad Media al tributo o renta, tanto real como señorial.
Además, estaban la fonsadera (pecha que se pagaba al rey por
redimir el no acudir al ejercito real, la sisa (sobre los consumos),
morerías y juderías (cobrados exclusivamente a estos grupos), el
monedaje maravedí o moneda forera (tributo que se pagaba al
rey cada cierto tiempo. Aunque el feudalismo español entra en
crisis, las formas señoriales y de dependencia campesina
permanecerán hasta los inicios del siglo XIX, en que serán
suprimidas por las Cortes de Cádiz. A principios de este siglo, la
nobleza seguía poseyendo mayorazgos, propiedades rurales y
urbanas, donde el señor elegía a las autoridades municipales,
recibía rentas y ejercía los derechos de señorío jurisdiccional,
con diezmos y primicias, y disfrutando de monopolios de caza,
pesca, molino, hornos...
La nobleza española ve desaparecer sus privilegios y
señoríos feudales. El 6 de agosto de 1811 se aprueba en España
la abolición de los señoríos jurisdiccionales, los derechos que el
señor poseía sobre sus vasallos y sobre la tierra, los monopolios.
Las relaciones de vasallaje y los derechos jurisdiccionales de los
señores, quedando incorporados a la Nación todos los señoríos
de cualquiera clase.
FONDOS DOCUMENTALES
Actas del I Congreso de Historia de Andalucía, II, Córdoba, 1978, 245-252.
87
Archivo Diocesano de Getafe (Fondo parroquial de la villa de Griñón)
Archivo General de Simancas.
Archivo Municipal del Exmo. Ayto. de Griñón.
Archivo Regional de Madrid.
Archivo Histórico Nacional
Biblioteca Nacional.
BIBLIOGRAFÍA
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XVI, Granada, 1987.
88
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ZOZAYA MONTES, Leonor Madrid. EL ARCHIVO DE LA VILLA DE
MADRID EN LA ALTA EDAD MODERNA (1556-1606) Tesis Doctoral.
2008
89
LA MEDICINA EN PARLA EN LA SOCIEDAD DEL
ANTIGUO RÉGIMEN.
POR JOSÉ ANTONIO MATEOS CARRETERO
Una vez más son las escrituras recogidas en los
protocolos de los escribanos de Parla, las que nos informan
sobre otro de los aspectos de la vida ordinaria de Parla en los
siglos XVII y XVIII, la medicina y la sanidad. Los tratadistas
insisten en que hay un decaimiento, tanto cualitativo como
cuantitativo, de las distintas disciplinas que influían en la
sanidad de la España del siglo XVII, que no remonta hasta bien
entrado el siglo XVIII, en que, en lo cualitativo, se consolidan
las nuevas aplicaciones médicas de los novatores, partidarios de
renovar y romper el hermetismo del siglo anterior, y en lo
cuantitativo aumenta el número de estudiantes en las
universidades castellanas en las diversas cátedras de medicina.
Lógicamente la escasez de médicos titulados, es decir, con
formación universitaria, aprobados por el protomedicato para
ejercer como tales, impidió que el beneficio de la medicina se
extendiera a todos los lugares de la geografía española. Eso
contribuyó al aumento numérico de personajes sin titulación,
empíricos o brujos, que sustituyeron esa carencia. Proliferaron
así los algebristas, hernistas, litotomistas, sacamuelas, sacadores
de piedras, batidores de la catarata, curanderos, parteras y un
largo etcétera, algunos de ellos al borde de la legalidad y otros
totalmente fuera.
Sin embargo, en Parla, y como hemos dicho al comienzo,
se documenta la existencia de la figura del médico, cirujano y
boticario, en los protocolos notariales en los que se escrituran
los expedientes para contratarlos, por lo que tiene una situación
que se podía considerar privilegiada. Los tres profesionales eran
contratados por el Ayuntamiento que, en una reunión previa,
acordaba dar poder a alguno de sus miembros del concejo
cerrado para buscarlo. En una reunión posterior, y con las
condiciones ya acordadas, se escrituraba el contrato que era
firmado por varios vecinos, alcaldes y regidores, por parte de la
villa, y por el propio profesional.
90
Los médicos
El primer médico documentado es el Doctor don Agustín
Lorenzo de Zúñiga, natural de Ciudad Real. En una partida del
libro de Bautismos se documenta, en 1639, el nacimiento de una
hija suya y de su mujer doña Magdalena de la Bella, natural de
Almagro22. De este médico tenemos una certificación, fechada
el 26 de enero de 1640, en la que declara haber reconocido a
Juan Martín Torrejón, familiar del Santo Oficio, vezino de esta
villa que esta enfermo en la cama de calentura continua con un
estiliçio de orina y juntamente con dos apostemas grandes la
una en la nalga izquierda junto al instritino recto. La otra en los
testiculos que dixo ser una hernia humoral, entrambas con
inflamaçión tension y dolor con privaçion de comer todo lo qual
Por las çircunstançias dichas, y por ser hombre de sesenta y
seis Años, y tener los pulsos debiles hallo el dicho medico ser
causa bastante Para declarar como declara que el dicho Juan
Martin esta en evidente peligro de la vida, y muy proximo a la
muerte23. En el documento observamos dos de las actuaciones
de los médicos de esa época en la visita a los enfermos: tomarle
el pulso y observar la orina, como elementos de detección de
enfermedades.
Don Agustín debió seguir siendo médico hasta 1642.
Hay un documento, fechado el 24 de junio de 1640, que es el
testamento de Juana Escolar, mujer de Juan de Paredes, vecina
de Parla, en el que firma como testigo el doctor Juan García, que
se titula médico de la villa24, sin embargo en septiembre de 1640
don Agustín arrienda unas casas que Domingo Gómez de
Llerena, vecino de Madrid, montero de cámara del Rey y
guardadamas de la Reina, tenía en Parla25. 15 de noviembre de
1640, por el que los alcaldes ordinarios de Parla, en nombre del
concejo, se conciertan con don Agustín Lorenzo de Zúñiga,
médico26. El documento está sólo iniciado, faltando las
22
Archivo Histórico Diocesano de Getafe (AHDG), Parroquia de Nuestra
Señora de la Asunción de Parla (PNSAP), Libro de Bautizados (LB) 1º 15431641
23
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid (AHPM)., Protocolo (p).
32.735. Cuadernillo aparte sin foliar, escribano (e). Juan Muñoz (Parla).
24
AHPM, p. 32.735, f. 151
25
AHPM, p. 32.735, f. 238
26
AHPM, p. 32.735, f. 268 v
91
condiciones, pero hay que suponer que se había agotado el plazo
de la escritura anterior y se contrata de nuevo al mismo médico.
Debemos pensar que por dos años, ya que en 1642 Parla
contrata como médico al licenciado don Bernardo Pérez de
Herrera, residente en Fuenlabrada27. Sin embargo, como ya he
anticipado, en el testamento de Juana Escolar, aparece el doctor
Juan García, médico de la villa, firmando como testigo. Dado
que no opino que ejerciesen dos médicos simultáneamente en
Parla, tal vez sustituyó a don Agustín durante algún tiempo por
ausencia o enfermedad.
El licenciado don Bernardo Pérez de Herrera, que
sustituyó al doctor don Agustín Lorenzo de Zúñiga, podría ser
familiar de don Cristóbal Pérez de Herrera. Don Cristóbal fue un
prestigioso médico que vivió entre 1558 y 1620; nombrado en
1603 médico de la Corte al servicio del Rey y de los criados de
su Real Bureo, fue un importante arbitrista que con sus
memoriales trató de influenciar en el curso adverso de la vida
dando remedios contra los graves males de la ociosidad, la
vagabundez y la mendicidad, intentando hacer refugios que los
acogieran. El escrito en que sustanció esas ideas, lo redactó en
1608, y lo tituló Epílogo y suma de los discursos que escribió
del amparo y reducción de los pobres mendigantes. Con
intentos similares redactó en 1610, otro escrito dirigido a Felipe
III que tituló Curación del cuerpo de la República o Remedios
para el bien de la salud del cuerpo de la República. Tratadista
de medicina de su época, escribió en 1612 sus Proverbios
filosóficos y en 1616 una obra titulada Compendium totius
medicinae ad tyrones, fiel a las doctrinas médicas tradicionales
en contra de los novatores que intentaban introducir diversas
innovaciones.
En el documento, suscrito el 2 de noviembre entre don
Bernardo y el concejo de Parla, sí están las condiciones con que
se conciertan: debía visitar a los enfermos dos veces por semana,
los lunes y los viernes. Si por cualquier circunstancia
extraordinaria tuviese que visitar enfermos otros días distintos a
los antedichos, el vecino visitado debía pagarle cuatro reales,
con un máximo de tres enfermos. Si se pasaba de tres enfermos,
-lo que Dios no permita-, exclama el escribano en el documento
27
AHPM, p. 32.735, 4ª foliación, f. 70
92
probablemente porque supondría una época epidemial, seguía
teniendo obligación de visitarlos a todos, y entre todos debían
pagarle ocho reales diarios. En caso de que debiera ausentarse, o
de enfermedad, debía poner sustituto a sus expensas para
cumplir con la obligación de los dos días de visitas semanal y no
haciéndolo, la propia villa lo contrataría y se lo rebajaría de su
salario. El tiempo de duración del contrato fue de un año y el
concejo se obligaba a pagarle 800 reales en dos pagas, la
primera el 1 de mayo de 1643, y la segunda el 1 de noviembre
del mismo año, al finalizar el contrato.
No he encontrado más documentos de contratos de
médicos hasta 1721, ya que hay varios protocolos perdidos, pero
sí se documenta su existencia en los archivos parroquiales
relacionados con nacimientos, matrimonios o defunciones. En
1662 se menciona al licenciado Lorenzo de Benavente, médico
de Parla, casado con María de Pedraza, ambos naturales de
Getafe28.
En 1672 el médico que aparece en la documentación es
don Diego García, natural de Babilafuente en el obispado de
Salamanca29, quien viudo de doña Felipa de Aguilar, contrae
nuevo matrimonio en 1677 con la viuda parleña doña Ana
Torrejón En los libros parroquiales de bautizados y defunciones
podemos seguir el nacimiento de sus hijos i el enterramiento de
alguno de ellos fallecido en edad infantil. Don Diego García
fallece en el 21 de enero de 1691 a los 60 años de edad30.
Ese mismo año de 1691, tras la muerte de don Diego
García, se menciona a Gabriel Franco Muñoz, probablemente
parleño, en el libro de bautizados de la iglesia31. Normalmente el
que los médicos aparezcan en los libros de bautismos está
relacionado con las dificultades que se daban en determinados
partos, para los que la comadrona o partera, a quien se avisaba
en primera instancia, se mostraba incapaz. En muchas ocasiones,
en ausencia del cura, bautizaba a los recién nacidos en peligro
de muerte, tal como lo mandaba la Iglesia. El cura anotaba
posteriormente instans periculi o urgente necesitate, en la
partida correspondiente, de bautismo si sobrevivía, o de
28
AHDG, PNSAP, LB 2º 1641-1698
AHDG, PNSAP, LB 2º 1641-1698
30
AHDG, PNSAP, Libro de Defunciones (LD) 3º
31
AHDG, PNSAP, LB 2º
29
93
enterramiento si moría. Don Gabriel Franco Muñoz, que contrae
matrimonio con la parleña Catalina Marcos, continua siendo
médico de Parla hasta 1701, año en que fallece. Se conserva en
el Archivo Histórico de Protocolos de Madrid un documento
fechado el 24 de marzo de 1697 por el que el concejo de Parla y
vecinos, acuerdan prorrogar el contrato del médico don Gabriel
Franco. Es decir, actúa ininterrumpidamente durante diez años32.
Se le documenta en varios protocolos comprando tierras en Parla
a varios vecinos, lo que indica su intención de no trasladarse a
otra plaza, probablemente por ser parleño como ha he
anticipado.
El primer recibimiento de médico que he trascrito es el
que se escritura el 2 de noviembre de 1642. Ese día, el concejo
de Parla, reunido en sus casas de ayuntamiento, con sus alcaldes
ordinarios Francisco Jiménez y Francisco Hernández, contrata
como médico de la villa al licenciado Bernardo Pérez de
Herrera, vecino de Fuenlabrada, del que ya he hablado
anteriormente.
El siguiente que trascribo es de finales del siglo XVII,
concretamente de 24 de marzo de 1697, y es precisamente el ya
también mencionado de don Gabriel Franco Muñoz, aunque
como ya hemos dicho es una prorrogación del contrato anterior
al que remiten, sin dar su fecha, ni las condiciones y salario, por
lo que no sabemos ni las unas, ni la otra, aunque sí sabemos que
el tiempo por el que se le prorroga es de dos años.
Ya en el siglo XVIII, se sustancia el 14 de abril de 1721
otro contrato de médico que sí nos da datos de sus obligaciones
y salario33. En él, el Concejo de Parla contrata a don Vicente
Boibia como médico. Don Vicente ha ejercido en la villa de La
Solana, pienso que la de Ciudad Real, en el actual partido
judicial de Manzanares. El salario ha ascendido a 3.600 reales,
lo que multiplica por 8,5 lo estipulado en el de 1642; además lo
cobra en tres plazos en vez de en dos; se le exime de las cargas
concejiles y de todos los repartimientos de Derechos Reales,
teniendo que pagar únicamente los servicios, lo cual le igualaba
a los hidalgos sin necesidad de ejecutoria; Además se le permite
ajustarse por separado con el estamento eclesiástico de la villa,
32
33
AHPM, p. 32.758, f. 289, e. Francisco Bello.
AHPM, p. 32.750, f. 57, e. Francisco Bello.
94
eso sí tendría que hacer esos cobros por su cuenta; se le permite
también ajustarse con los lugares circunvecinos que estuviesen
dentro de una legua alrededor de Parla con dos condiciones, la
una que primero debía dejar visitados a los enfermos de la villa,
y la segunda que debía permanecer en Parla por la noche; en
caso de enfermedad o ausencia justificada se le suple ocho días
por cuenta del concejo, pasados los ocho días pagaría al sustituto
de su salario. Como vemos hay notables mejoras en las
condiciones del contrato pero a mayor salario y ventajas,
lógicamente mayores prestaciones, ya que se obliga a visitar a
los enfermos todos los días, y no sólo una vez, sino las veces
que fuera necesario, incluso por la noche.
En 1728 se documenta al doctor don Luis López de
Orbaneja, natural de Navalcarnero, en la partida de
enterramiento de su mujer, doña Francisca de Rivas34.
En 1744 se menciona a don José Árboles, como médico
de Parla, en el ya manido libro de bautismos, apadrinando a un
niño que habían dejado abandonado en su ventana, tal vez
buscando su protección35.
El 6 de noviembre de 1761, es médico don Isidoro
Escolar, documentado en un pleito que llega a la Real
Chancillería de Valladolid, por el que refrenda la declaración
hecha por el cirujano Francisco Artalejo, sobre la muerte
violenta de Alfonso González36. Un año después, en 1762 se
documenta de nuevo realizando un cobro de 60 reales de vellón
por dos años de asistencia a los pobres del Hospital de Parla37.
Es una obligación que no está recogida en los contratos, pero
que sí aparece en el Libro de Cuentas del Hospital de Santa
María y San Bartolomé de la Villa de Parla, correspondiente a
los años entre 1761 y 1795.
El 21 de octubre de 1771 hay un nuevo concierto entre el
Concejo de Parla y don Juan Crisóstomo de Villanueva como
médico por seis años38. Don Juan viene de Alcorcón, donde
34
AHDG, PNSAP, LD 2º
AHDG, PNSAP, LB 3º
36
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (ARChV), Registro de
Ejecutorias (RE). Caja (c) 3.288-13.
37
AHDG, PNSAP. Libro de Cuentas del Hospital de Santa María y San
Bartolomé de la Villa de Parla (1761-1795), f. 28.
38
AHPM, p. 32.756, sin foliar, e. Torcuato Domingo López.
35
95
ejercía la medicina y no cumplió los seis años de contrato ya que
el 29 de octubre de 1775, cuando sólo se habían cumplido
cuatro, se contrata al médico Miguel Ambrosio Rubillo. El
tiempo del contrato será de tres años y las condiciones vuelven a
variar favorablemente para el médico ya que cobrará 4.500
reales anuales. La paga se hará mensualmente a razón de 375
reales. Además se le pagan 200 reales más al año como ayuda
para pagar el alquiler de la casa en que habitase y 100 reales más
para hacer el traslado de sus muebles y menaje hasta su casa de
Parla. También, como en el contrato de 1721, le permiten
ajustarse por separado con el estamento eclesiástico de la villa
haciendo los cobros por su cuenta. Menciona la obligación de
atender a los pobres del Hospital de la Villa, aunque no se
menciona lo que percibe por ello. Pienso que el cobro del
Hospital estaría relacionado con el número de enfermos
atendidos. No le permiten hacer contrato anejo con las
localidades circunvecinas como en el documento de 1721, pero
sí salir a consultas y curaciones, dejando atendidos a los
enfermos de la villa. Se le concede un mes por enfermedad o
ausencia a cargo de la Villa, pasado ese mes el salario del
médico suplente correría a su cargo. Se estipula también que si
le saliese otro partido ventajoso podría aceptarlo con la
condición de que debería cobrar más, porque a igual sueldo
debería seguir en Parla. Además debería pagar por ello 20
ducados de multa para los gastos que se derivasen de buscar otro
médico.
El siguiente contrato de médico documentado está
fechado el 29 de octubre de 1775 por el que el Ayuntamiento de
Parla se concierta con el médico don Miguel Ambrosio Rubillo
para que ejerza dicho oficio39, para ello se había reunido el
concejo público y abierto el día 22 de dichos mes y año para
otorgar poder a determinadas personas a las que se les da
facultad para elegirlo40. Don Miguel sustituye a don Juan
Crisóstomo de Villanueva. Su contrato tendrá una duración de
tres años, con un salario anual de 4.500 reales, repartidos
mensualmente a razón de 375 reales al mes más 200 reales
anuales para ayuda de pagar la casa donde habitase. Ya que para
39
40
AHPM, p. 32.757, f. 60 y ss.
AHPM, p. 32.757, f. 60 y ss.
96
pagar al médico se hacía repartimiento entre los vecinos, y los
eclesiásticos que necesitasen sus servicios lo hacían por
separado; en este caso el pago de dichos eclesiásticos se añadirá
al repartimiento para rebajar la contribución de cada vecino. Le
dejan como única adehala lo que le pagase el Hospital de la
Villa para atender a sus enfermos pobres, tanto de la localidad
como en tránsito. También se le impide tener contratos anejos,
aunque sí podría atender enfermos de lugares circunvecinos,
siempre dejando atendidos a los enfermos parleños. Se le
mantiene el mes por enfermedad o ausencia a cargo de la Villa,
con las mismas condiciones que el contrato de 1771, y el de la
posibilidad de irse si le saliese contrato más ventajoso.
Debió cumplir los tres años concertados dado que no hay
otras noticias hasta 1779, puesto que el siguiente documento de
concierto de médico se suscribe el 18 de julio de 1779, fecha en
que el concejo y vecinos de Parla firman el contrato con don
Martín López de Arrocabe41 con las mismas condiciones, punto
por punto, que las expresadas en el contrato con don Miguel
Ambrosio Rubillo.
Don Martín López de Arrocabe debió nacer en Durana,
en la actual provincia de Álava, ya que el 14 de marzo de 1780
aparece otorgando un poder a un vecino de dicha localidad
alavesa, para que cobrase en su nombre los bienes que quedaron
de la herencia de sus padres, Esteban López y María Antonia de
Durana, e hiciese cuantas gestiones fuesen necesarias para
ello42.
Después de él, y hasta el siguiente médico, don Manuel
Tomás, que vino de San Martín de la Vega, contratado el 14 de
octubre de 1787, para que ejerciese durante un año, debió de
haber otro llamado Agustín Rubio, ya que, en las condiciones
que firma don Manuel Tomás, se dice que sean como las
especificadas en el contrato de don Agustín Rubio, médico que
fue de Parla43. Su contrato fue por un años que no cumplió, ya
que el 20 de abril de 1788 reciben como médico a don
Carpetano López, que había sido médico de Carabaña, el cual se
excusa para no asistir en Parla, por lo que los parleños deben
41
AHPM, p. 32.757, f. 60
AHPM, p. 32.757, f. 4
43
AHPM, p. 32.757, sin foliar. (Los documentos están desordenados en
cuanto a fechas y al no haber foliación son difíciles de encontrar).
42
97
buscar nuevo médico, y el 8 de mayo de dicho año vuelven a
recibir médico titular, que esta vez será el doctor don Manuel
Gregorio del Cid, médico que ejercía en Madrid44, remitiendo
también a las condiciones concertadas con los médicos
anteriores entre las que está la del tiempo de contrato que sería
de 20 de mayo de 1788 a 20 de mayo de 1792, es decir por
cuatro años.
Se cierra el siglo XVIII con el contrato firmado el 24 de
enero de 1796 por el Doctor don José Benito para continuar
como médico titular por petición del concejo y vecinos de la
villa45. Don José, que había sido médico de Parla los últimos
años, se había concertado con el concejo de Valderacete para ir a
ejercer su profesión en dicha villa. Se le pide vuelva para
ejercer su empleo en ella (la villa de Parla) y allarse todos los
conqurrentes con entera confianza del suso dicho y tener
conozidas las complesiones de cada vecino. Es médico, por
tanto, que gozaba de la confianza de los parleños, no sólo por su
profesionalidad, sino por su hombria de bien. Por tanto todos
juntos y congregados le suplicaron para que volviese â
escriturar de nuevo y hiciese renuncia del Partido que tenia
aceptado en la villa de Valderacete. Lo cual aceptó, con las
condiciones antedichas, salvo la modificación del salario que
ascendió a 5.830 reales de vellón. Don José Benito debió
sustituir, por tanto, a don Manuel de Gregorio Cid a mediados
de 1792, con lo que se cumplirían las condiciones de duración
de los últimos contratos: 4 años.
Función importante era la actuación, tanto del médico
como del cirujano, cuando a requerimiento de la justicia y
particulares, debían actuar en los numerosos casos de reyertas,
pendencias, cuestiones, que se producían con resultado de
heridas, y muchas veces de muerte, como forenses,
reconociendo a los heridos y certificando la muerte y sus causas
cuando se producía. A don Vicente Boibia lo vemos en una
actuación de ese tipo, junto al cirujano Francisco López
Delgado, cuando el 4 de febrero de 1722, a instancias de
Clemente Hernández, padre de Matías Hernández reconoce,
junto al cirujano, a Alfonso de Valdemoro de una herida que le
44
45
AHPM, p. 32.757, f. 170
AHPM, p. 32.759, f. 684
98
habían dado en una cuestión de cuchilladas el mencionado
Matías Hernández y otros jóvenes de Parla y Valdemoro46. La
cuestión se produjo al anochecer del día de Nochevieja, 31 de
diciembre de 1721, en la calle Real de Parla, junto a la plaza de
Correas. Matías Hernández y los demás agresores habían huido
a Valdemoro, donde los mete presos en la cárcel de dicha villa,
su alcalde mayor, don Joaquín de Valcárcel y Tapia.
Otra actuación de tipo forense se da en 1761, cuando el
14 de octubre, Alfonso González de Olías, muchacho de 15
años, regresa de Griñón donde ha estado ayudando a vendimiar
a un vecino de esta localidad. Llegando a Parla, se encuentra con
Joaquín Bermejo quien tras insultarle llamándole ladrón y, ante
las protestas del muchacho, le golpea en la cabeza con una
béstola de hierro produciéndole una herida mortal. El informe
del cirujano Francisco Artalejo, que ha sido avisado por el padre
del muchacho, y lo ha reconocido en el portal de su casa, es
anotado por el escribano y notario Antonio de Parla Fernández.
En su declaración dice que está mortal y sin pulsos, presentando
una herida en el parietal izquierdo con instrumento contundente
o magullante, como bestola, dado por mano airada, que penetra
hasta la parte medular del hueso47. Veintitrés días después, el 6
de noviembre, el mencionado cirujano parleño, Francisco
Artalejo, y el médico, don Isidoro Escolar, firman la partida de
defunción de Alfonso, que muere ese día.
Relación de médicos de Parla, documentados en los siglos
XVII y XVIII.
Agustín Lorenzo de Zúñiga.1639-1642.
Juan García.
1640
Bernardo Pérez de Herrera.
1642
Lorenzo de Benavente.1662
Diego García.1672, muere en 1691.
Gabriel Franco Muñoz1691-1699
Vicente Boibia.1722
Luis López de Orbaneja.1728
José Árboles.1744
Isidoro Escolar.1762
46
47
AHPM, p.. 32.750, f. 161
ARChV, Registro de Ejecutorias, legajo 1.658-13
99
Juan Crisóstomo de Villanueva1771-1775
Miguel Ambrosio Rubillo.1775-1778
Martín López de Arrocabe.1779-1783
Agustín Rubio.1784-1787, finaliza.
Manuel Tomás.1787
Carpetano López1788, no se incorpora.
Manuel Gregorio del Cid.1788-1792
José Benito. 1792-1800
Los Cirujanos.
Los cirujanos podían ser de varios tipos según la especialidad a
la que se dedicasen, flebotomianos, o barberos-sangradores,
herotomianos y romancistas. Los cirujanos que tuvieron oficio
en Parla fueron, al menos durante todo el siglo XVII y gran
parte del XVIII, del primer tipo. Hacían sangrías, ponían
sanguijuelas y ventosas, curaban heridas diversas y, a veces, se
les documenta atendiendo partos y a recién nacidos, imagino
que en ausencia del médico, pues eran funciones específicas de
éste.
El primer barbero mencionado en escrituras de
escribanos de Parla es Juan Ortiz. Es un documento, fechado el
5 de febrero de 1602, por el que arrienda media yunta de tierras
a don Pedro de Herrera, vecino de Madrid, por cinco años 48.
Don Pedro de Herrera, que poseía unas heredades de tierras
importantes tanto en Parla como en Humanejos, pertenecía a un
linaje notorio madrileño y era regidor del concejo de la villa de
Madrid. Un mes después, el 27 de marzo, firma una declaración
ya que su hija, Francisca de Molina, era monja en el convento de
Santa Catalina de Alcalá de Henares y no había hecho profesión
porque el convento no había recibido la dote. En el mismo
documento otorga poder a su hijo Custodio, que vivía en dicha
ciudad, para que pagase los 70 reales que se había comprometió
a pagar49.
El 22 de diciembre de 1602, aparece un nuevo barberocirujano en Parla. El documento es una compraventa por la que
Juan del Prado, vecino de Griñón, vende a Gabriel Hernández,
barbero y cirujano de la villa de Parla, una capa de raja, negra
48
49
AHPM, p. 32.731, f.495
AHPM, p. 32.731, f. 540 v
100
con dos fajas de raso por 75 reales50. Dado que los dos cirujanos
aparecen documentados el mismo año, y teniendo en cuenta que
en el documento de 5 de febrero Juan Ortiz arrienda las tierras
de don Pedro de Herrera por cinco años, y, puesto que no
tenemos otra documentación, es lógico pensar que, o Juan Ortiz
había muerto y había sido reemplazado, o, la más verosímil, que
se le había terminado el plazo del contrato y no había renovado,
o, la menos verosímil, que había en Parla dos profesionales.
Entre 1609 y 1612 se documenta con continuidad al
cirujano Juan García en función de muertes y bautismos de sus
hijos y en su partida de enterramiento, ya que muere en 161251.
En 1615 y 1616 se documenta otro cirujano que podría ser
confundido con el anterior, Juan García de Berlanga. En 1615 se
bautiza un hijo suyo al que se le pone el nombre de Jacinto52, y
el 11 de septiembre de 1616, el licenciado Marcos Rubio,
clérigo presbítero, vecino de Madrid, le arrienda unas casas
situadas en dicha villa de Parla53. Lo hace en nombre de don
Pedro de Herrera Osorio, vecino y regidor de la villa de Madrid.
De nuevo hay un cirujano de Parla arrendando bienes de don
Pedro de Herrera.
En 1619 se documentan dos fallecimiento y entierros,
uno de un barbero cirujano que actúa en Parla, Ruy López de
Abanales, y el otro de Juan Martín, barbero54. Podría entenderse
que uno, Ruy López, actúa como cirujano, mientras que el otro,
Juan Martín, lo hiciese sólo como barbero.
A finales de agosto de 1623, Juan Raposo y Eugenio
Sacristán están holgándose y luchando, en casa de Alonso
Palomo. La lucha, andar a vueltas como se solía decir, era uno
de los juegos habituales en España. En el forcejeo Juan Raposo
cae dándose un golpe en el costado de la parte izquierda, contra
un banco. Debido a ello estuvo varios días sin poder trabajar. El
día 2 de septiembre, el lesionado declara que por ello, y para
resarcirle, Eugenio Sacristán le ha dado tres ducados. Diego de
Morales, barbero y cirujano de Parla, ha certificado ese mismo
día que Juan Raposo está ya bueno y sano de la caída.
50
AHPM, p. 32.731, f. 700 supra
AHDG, PNSAP, LD 1º
52
AHDG, PNSAP. LB 1º.
53
AHPM, p. 32.732, f. 146 v
54
AHDG, PNSAP, LD 1º
51
101
Lógicamente sería él el que le haría las curaciones, y los tres
ducados serían para pagarle las curas y los días de trabajo
perdidos55.
En 1640 el cirujano es Antonio de Fonseca. El 26 de
enero de dicho año lo observamos realizando una actividad
ajena a su profesión, en una escritura, otorgada en Madrid ante
el escribano Baltasar de Arteaga, por la que el matrimonio
formado por Alonso del Portillo y Ángela de las Heras, le dan
poder para que venda unas casas que tienen en Parla, linderas
con las de Alonso López por una parte y con cerca de Diego
Martín por otra56. La compraventa se escritura el mismo día en
Parla. Imaginamos que Antonio de Fonseca, que había estado
por la mañana en Madrid, se traslada a Parla donde, con el poder
antedicho, vende la casa a Gabriel Aguado y a su mujer María
Pérez por 900 reales. El 25 de mayo del mismo año, lo
documentamos en otra actividad ajena a su profesión: se ha
obligado con el concejo de Parla en la renta de los corderos, por
lo que su mujer, Ana Gutiérrez, le da fianza57.
El primer documento que disponemos de concierto es de
27 de junio de 1640. En esa fecha el concejo de Parla asienta
como barbero y cirujano a Bartolomé Marcos, vecino de
Valdemoro, quien se concierta con la justicia y regimiento de la
villa de Parla para servir el oficio de barbero por un año desde el
día de San Juan, próximo pasado, 24 de junio de 1640, dándole
25 fanegas de trigo y 300 reales en dinero y cobrando a cada
vecino lo que les ha cobrado habitualmente Antonio de Fonseca,
su anterior cirujano que imagino terminaría contrato dicho día, y
que, pasado el año, lo volverá a contratar el concejo como
cirujano de Parla. Sale como fiador suyo Diego García Jiménez,
cirujano y vecino de Valdemoro58. Nos remite, como ya hemos
dicho, a lo concertado con Antonio de Fonseca por lo que no se
especifican más condiciones que las antedichas sobre lo que va a
percibir del concejo, aunque tenemos las de otros contratos
posteriores que serían similares.
El 13 de enero de 1642, volvemos a documentar, como
hemos dicho, a Antonio de Fonseca en un arrendamiento de tres
55
AHPM, p. 32.735, f. 187
AHPM, p. 32.735, f. 20
57
AHPM, p. 32.735, f. 120
58
AHPM., p. 32.735, f. 253
56
102
tierras, situadas en término de Parla, a Juan Díaz, vecino de
dicha villa, y el 7 de noviembre de dicho año ratifica en
Torrejón de la Calzada, junto a su mujer Ana Gutiérrez, la venta
de una casa en Parla en la calle de la Iglesia. En los dos
documentos lo intitulan barbero cirujano de Parla. Quiere decir
que ha vuelto a serlo desde el 24 de junio de 1641 y que, si el
contrato fue anual, ha vuelto a escriturar en junio de 1642.
Entre 1652 y 1659 es Pedro de Castro el cirujano de
Parla. El 29 de enero de 1652, presta a Martín Alonso, Andrés
Valdemoro y Juan García, vecinos de Parla, 804 reales, los
cuales se obligan a devolvérselo. El 6 de febrero de dicho año le
hace otro préstamo de 160 reales a Andrés Martín. A este
cirujano, marido de doña Ana de Velázquez, lo documentamos
en los libros de Bautizados y de Defunciones, atendiendo en el
parto a varias mujeres y bautizando a algunos recién nacidos
Instans periculi. Pedro de Castro muere en 1659, a los 39 años
de edad, siendo enterrado el 21 de abril59.
En 1661, se menciona de pasada en el Libro de
Matrimonios correspondiente a Luis Díaz, cirujano de Parla60.
Con fecha 3 de mayo de 1662 hay otro documento por el
que el concejo de Parla asienta como cirujano y barbero a
Agustín de Lara, vecino de Madrid, por tres años61. En éste sí
están las condiciones y, entre ellas, sus obligaciones:
- Debe vivir en Parla con su familia.
- Tiene que hacer las barbas a todos los vecinos. Es
decir tiene la obligación de afeitarlos.
- Debe hacer sangrías, echar ventosas y curar las
heridas que se produjeran, tanto internas como
externas, no siendo malignas, asistiendo y visitando a
los enfermos.
- Además debe tener un oficial a su costa.
A cambio le pagarán 2.100 reales al año, repartidos en
tres pagas cuatrimestrales y podrá concertarse por separado con
clérigos y curas, que ademas del salario señalado se le an de
pagar todo genero de heridas que procediesen de causa externa
violenta siendo malicioso por la parte que le tocare. Es decir, en
caso de herida producida en pendencia, podría cobrar las curas a
59
AHDG, PNSAP, LD 2º 1656-1687
AHDG, PNSAP, LM
61
AHPM, p. 32.741, f. 606
60
103
la parte que, en la sentencia dada por los justicias, fuera
considerada culpable. El concejo se reserva el derecho a
rescindir el contrato y despedirlo, si en los seis primeros meses
de actividad considerase que no cumplía a su gusto las
obligaciones contraídas.
En 1677 aparece Juan de Revilla, natural de Sepúlveda,
como cirujano de Parla en el Libro de Defunciones relacionado
con atención a parturientas y a recién nacidos en condiciones
precarias. Juan de Revilla, muere en 1685, a los cuarenta años
de edad, la partida apunta que no hizo testamento por haberle
dado delirio62.
Entre 1688 y 1700, es el Libro de Defunciones el que
vuelve a aportar datos de otros cirujanos que trabajan en Parla
en esos años de finales del siglo XVII; en 1688 menciona a Juan
Gómez, con motivo del fallecimiento de su mujer, Clara Pérez 63.
En 1696 se entierra a Diego de Ortega, cirujano de Parla dice la
partida64, y entre 1700 y 1722 se documenta a Francisco López
Delgado65. Este último año, el 4 de febrero, se produce una
pendencia en la que salen a relucir las espadas. En ella resulta
herido el joven Matías Hernández. Su padre Clemente
Hernández solicita el reconocimiento por parte del médico y del
cirujano para iniciar el pleito correspondiente. El cirujano, que
es Francisco López Delgado, hace dicha declaración el 8 de
febrero, en una actuación de tipo forense66.
Casi cuarenta años después documentamos otra
actuación forense por parte del médico y del cirujano. El 14 de
octubre de 1761, los alcaldes Manuel Marcos y José de Guzmán
inician un expediente de oficio, para hacer las averiguaciones
pertinentes, ya que a las 4 de la tarde han llevado a un
muchacho, Alfonso González, gravemente herido en la cabeza.
Juan Antonio González, padre del muchacho, requiere al
cirujano a las cuatro de la tarde para que vea a su hijo al que han
traído del campo malherido. El cirujano, Francisco Artalejo,
acude, lo reconoce en el portal de su casa donde lo han tendido
sobre unas mantas, y hace un informe sobre las heridas, informe
62
AHDG, PNSAP, LD 2º
AHDG, PNSAP, LD 2º
64
AHDG, PNSAP, LD 3º
65
AHDG, PNSAP, LD 2º
66
AHPM, p. 32.750, f. 162 v
63
104
recogido por escrito por el notario parleño Antonio de Parla
Fernández, en el que declara que “está mortal y sin pulsos,
presentando una herida en el parietal izquierdo con instrumento
contundente o magullante, como béstola, dado por mano airada,
que penetra hasta la parte medular del hueso”67. Han llamado al
cura para sacramentarle. El 6 de noviembre, 22 días después,
Francisco Artalejo declara que Alfonso González ha muerto de
la herida que le han producido, declaración refrendada por la del
médico, don Isidoro Escolar. Es, como podemos ver una
actuación forense en la que se describe la herida, cómo se ha
producido, y se certifica la muerte.
En 1762 se documenta en el Libro de Cuentas del
Hospital de Santa María y San Bartolomé de la Villa de
Parla en el que se anota en los cargos que se le pagan al ya
mencionado Francisco Artalejo 24 reales de vellón por dos
años de asistencia a los pobres de dicho hospital68.
Entre 1778 y 1802 es el libro de Bautizados el que nos da
noticias de cirujanos todas relacionadas con la atención a partos
con complicaciones y con el bautismo con agua de socorro a
recién nacidos que fallecían pocos instantes después. Entre 1778
y 1780 se alternan Diego Aragonés y Francisco Artalejo. Entre
1791 y 1800 se documenta a Alejandro Pérez Salas, cirujano
titular de Parla, natural de Barruecopardo (Salamanca) nulius
diocesis en la encomienda de Castrotorafe de la Orden de
Santiago, bautizando recién nacidos en peligro de muerte, por lo
que está actuando como cirujano comadrón. Su hermano
Santiago era en esos años el cirujano de Fuenlabrada. Con él
termina el siglo XVIII, ya que en 1802, en los inicios del siglo
XIX, se menciona a don Simón Aza, como cirujano titular de
Parla69.
Que lo obtenido como pago de su actividad, como tales
barberos sangradores, no debía ser suficiente para su
mantenimiento, al menos durante la primera mitad del siglo
XVII, lo demuestra el que tengan que dedicarse a otras
actividades complementarias. Así Juan Ortiz, al arrendar las
67
ARChV, RE, c. 3.288-13.
AHDG, PNSAP. Libro de Cuentas del Hospital de Santa María y San
Bartolomé de la Villa de Parla (1761-1795), f. 28
69
AHDG, PNSAP, LB 4º
68
105
tierras de don Pedro de Herrera, complementa sus ingresos con
la actividad agrícola. Antonio de Fonseca, en 1640, actúa como
agente de negocios al escriturar, como apoderado, la
compraventa de una casa. Fonseca firma el mismo año escrituras
como obligado en la renta de los corderos de la villa, en la que
ha pujado tras los pregones preceptivos y que se ha rematado en
él, lo que le supone otra fuente de ingresos complementaria a la
de su oficio. El mismo arrienda tierras en 1642, lo que añade a
las otras la actividad agrícola. A mediados de siglo, en 1652, al
cirujano Pedro Castro se le detecta una actividad como
prestamista, ya que realiza préstamos a varios vecinos de la
villa.
El barbero-sangrador, que cumplía, como hemos
observado tanto en los contratos como en alguna de sus
actuaciones forenses, cometidos específicos, tenía en el medio
rural cierta categoría social demostrada en la literatura de la
época, siendo considerado uno de los hombres más honrados del
lugar. Así lo vemos claramente en El Quijote, donde maese
Nicolás comparte charlas y ratos de ocio con el cura y el
hidalgo. También nos lo testimonian Lope de Vega y otros
comediógrafos en varias obras de la época. No se documenta,
sin embargo, la anteposición del tratamiento de “don” más que
en el documento de 1802, lo que sí ocurre con los médicos.
Relación de cirujanos de Parla en los siglos XVII y XVIII
con los años en que se documentan.
Gabriel Hernández1602
Diego de Morales1623
Antonio de Fonseca1640
Bartolomé Marcos1640
Pedro de Castro1652, muere en 1659, a los 39 años.
Luis Díaz1661
Agustín de Lara1662
Juan de Revilla1677, muere en 1685, a los 40 años.
Juan Gómez1688
Diego de Ortegamuere en 1696
Francisco López Delgado1700-1722
Francisco Artalejo1761-1779
Diego Aragonés1778-1780
Alejandro Pérez Salas1791-1800
106
Simón Aza1802
Manuel del Valle1814
José María Arregui y Gorburu1819-1833
José Hernández1834-1838
Las comadronas
La comadrona, o comadre, es otra de las figuras que
aparece en la vida sanitaria, lógicamente atendiendo en los
partos o a niños recién nacidos, aunque la documentación que
las menciona es escasa. Su función era, fundamentalmente y
como ya he dicho, asistir a los partos. Solamente se hace apunte
y aparece en el libro de bautizados cuando, por ser la criatura
recién nacida débil o con algún problema, y presumirse su
muerte, la bautiza in periculo mortis. Cuando el parto venía con
dificultades y se precisaba persona con más conocimientos en
toco-ginecología, se avisaba al cirujano o, en los de mayor
complicación, al médico, como ya he dicho en el apartado donde
se tratan esos oficios, por lo que aparecen citados en muchas
partidas, sobre todo el cirujano. La primera anotación de
actuación de comadronas es del año 1602, de la que no se da el
nombre diciendo únicamente que la comadre le había hechado
agua en caso de nescesidad al tiempo que nasció70. El único
nombre de comadrona que se documenta es el de María de
Torres en una partida de bautismo del año 1632 en la que se
apunta: María fue baptizada por aver necesidad y peligro de
muerte por mano de la comadre Maria de Torres que assí me lo
certificó71.
En 1681 el cura anota en una partida que bautiza a
Francisco hijo de Manuel Enriquez de Cuellar y de Josepha
Correas vecinos y naturales de la Puente del Arçobispo, el qual
nacio en la villa de Torrejon de Velasco y caminando a Madrid
dicha Josepha Correas viuda que es ya de dicho Manuel
Enriquez de Cuellar por estar dicho niño achacosso y ser
nacido de ocho dias y parecer a la comadre de dicha villa estar
de peligro lo bautice como queda dicho72. Se deduce de lo
70
AHDG, PNSAP. LB 1º
AHDG, PNSAP. LB 1º
72
AHDG, PNSAP. LB 2º
71
107
anterior, que el cura, antes de proceder al bautismo, avisa a la
comadrona para que examine a la criatura y certifique si su
estado de salud hace obligatorio el sacramento, ya que las
disposiciones del Concilio de Trento eran bastante explícitas
para la administración del mismo.
Juan Alonso y de los Ruizes de Fontecha, por poner un
ejemplo entre otros muchos tratadistas, en su obra Diez
privilegios para mugeres preñadas, publicada en 1606, explica
los cuidados que han de prestarse a la mujer en el embarazo, se
describe la asistencia al parto, y expone los cometidos de las
comadres o comadronas y la forma en que había de realizarse la
extracción del feto muerto.
Boticarios de Parla
La primera noticia de un boticario que ejerciese su oficio
en Parla es de 1673. Ese año muere Baltasar de Pernia, dice la
partida boticario de Parla, marido de María Bello, de 50 años
de edad. Se hace enterrar en Carabanchel de Abajo,
probablemente por ser su lugar de nacimiento73.
El 1 de marzo de 1759, en un documento suscrito en
Madrid ante el escribano José Curcio Palomero Hurtado,
Francisco del Rincón, facultativo boticario, vecino de Parla,
otorga poder a su hermano Hermenegildo del Rincón, para que
pueda vender sus heredades de Medinaceli, lugar de donde era
originario74. El boticario de Parla originario del nombrado lugar
soriano, hace algo usual en esa época: vender las heredades del
lugar de nacimiento, probablemente para invertir los dineros en
bienes inmuebles próximos al lugar de trabajo.
Justo veinte años más tarde, el 7 de marzo de 1779 se reúne el
Concejo General para recibir como boticario a Pedro Antonio
del Campo Landáburu75. En realidad ya era boticario al menos el
año anterior, porque lo que hace ese concejo es renovar su
nombramiento por un año que enpieza a correr desde oy dia de
la fecha y cumplira en otro tal dia del año que viene de mill
setecientos y ochenta. El contrato dice que se le de adeala de
trescientos reales y doscientos reales de casa... Este boticario
73
AHDG, PNSAP, LD 2º
AHPM, p. 17.439, f. 33
75
AHPM, p. 32.757, f. 33
74
108
sigue atendiendo su oficio el 12 de abril de 1783, fecha en que
reunido el concejo, y no encontrando otro boticario que prestase
su servicio por menos dinero, vuelve a nombrar por quatro años
al mismo Pedro Antonio del Campo con el mismo salario ô
adeala de los quinientos reales en cada uno que se le han de dar
y pagar en tres tercios, fin de Abril, ultimo de Agosto y fin de
Diciembre…76. En 1783 percibe lo mismo que en 1779, 500
reales, 300 de adehala y 200 por la casa, lo que cambia es el
tiempo del contrato que es por cuatro años. El documente dice
algo más sobre la existencia del boticario en Parla respecto de
ser preciso y necesario Boticario en esta Villa como siempre ha
avido de tiempo ymmemorial... Claro que el documento es de
1783 y el primer documento en el que se da noticia de boticario
es de 1673 y podría haber otras noticias anteriores en otra
documentación, más de cien años que podrían tener
consideración “de tiempo inmemorial”.
Boticarios documentados Parla en los siglos XVII y XVIII
Baltasar de Perníamuere en 1673
Francisco del Rincón1759
Pedro Antonio del Campo Landaburu1779-1783-1787
Enfermedades que se documentan en Parla en los siglos
XVII y XVIII.
Una vez más, son los libros parroquiales, de bautismos y
de defunciones, los que nos informan de las causas por las que
morían los parleños, cuando no era la natural por vejez. Los
escritores más conocidos nos dan a conocer la sociedad de la
época y de qué modo y bajo qué formas se producían las
enfermedades y cómo se desarrollaban y manifestaban contagios
y pestilencias. Esa obra ingente de la literatura española informa
de las dolencias más comunes y frecuentes: muerte súbita,
calenturas, viruelas, tabardillo, garrotillo, alferecías, hidropesías,
litiasis renal, etc. Dado que, como he dicho, son los libros
parroquiales, concretamente los libros de defunciones, quienes
nos informan de la enfermedad que produce la muerte, depende
76
AHPM, p. 32.757, f. 43
109
de la diligencia del cura párroco a la hora de redactar las
partidas, el que dispongamos de información o no. Hay curas
cuyas partidas son exhaustivas, haciendo anotaciones múltiples
y otros que las hacen de forma casi telegráfica.
La primera partida en la que se anota la causa de la
muerte es de 1601 y es “muerte súbita”. Por muerte súbita
mueren otras muchas personas y se indica de varias maneras:
“murió de repente” se anota en una partida de 1609; “murió un
pobre súbitamente”, se anota en otra de 1614; “muerte súbita”
dice otra de 1651; en 1687 muere Eugenia Franco no recibió los
sacramentos por haber amanecido muerta dice la partida, es
decir, muerte súbita. Hay muchas más muertes súbitas pero no
voy a ser, por no ser necesario, más exhaustivo.
El garrotillo es otra de las causas documentadas. El
garrotillo es el nombre vulgar de la difteria. Es de 1615 el
primer apunte de muerte por esa causa no pudo recibir el viático
por estar con garrotillo impedida de la garganta, anota el cura
en la partida. El 14 de marzo de 1694 falleció el escribano de
Parla Francisco Muñoz escribano, natural de Fuenlabrada, de
sesenta y siete años de edad no recibio sacramento de la
eucaristía por la brevedad de la enfermedad y en ella tener
dificultad en el pasar el alimento. Por la sintomática es posible
que fuera garrotillo.
La apoplejía es otra de las enfermedades causantes de la
muerte de muchos parleños. En 1623 Murió un pobre en el
hospital ... de una enfermedad arrebatada a modo de perlesía ...
no comulgo. En 1677 muere don Felipe de Aguilar murió de
apoplejía. En 1693 murió el licenciado don Juan Aguado de
Morales beneficiado propio de dicha villa vecino de edad de
sesenta y seis años ... de apoplejía natural. En 1732 muere Inés
López la partida dice no recibió la eucaristía por averle
acometido un accidente perlático que la travó la lengua ... Hay
varias partidas de defunción más en las que el cura, por
certificación del médico, o del cirujano en ausencia del médico,
anota la apoplejía, llamada también perlesía, como causa de
muerte.
Sólo una partida de 1638 da la viruela como
consecuencia de la muerte de una persona, niña de menos de
nueve años, murió de viruelas.
110
El carbunco era una enfermedad que se producía por la
ingesta de la carne de animales muertos y abandonados. Las
hambrunas de los tiempos llevaban a las personas que las
padecían a utilizar como alimento todo aquello que encontraban
sin tener en cuenta los consejos sanitarios de las autoridades. La
posibilidad de encontrar ganado muerto, ovejas, mulas, vacas,
en malas condiciones, era usual. Sin embargo en Parla sólo hay
una partida que da esa enfermedad como causa de la muerte, es
de 1659, y dice: murió un pobre de Castilla la Vieja murió de
calenturas e de mal de una potra ulcerada y llena de gusanos...
Sólo la desesperación que produce el hambre pudo llevar a
arriesgar de esa forma la vida.
El documento más descriptivo del que disponemos es
uno de 26 de enero de 1640 en el que el doctor Agustín Lorenzo
de Zúñiga declara ante el escribano y justicias, haber reconocido
a Juan Martín, familiar del Santo Oficio diciendo que esta
enfermo en la cama de calentura continua con un estiliçio de
orina y juntamente con dos apostemas grandes la una en la
nalga izquierda junto al instritino recto. La otra en los testiculos
que dixo ser una hernia humoral, entrambas con inflamaçión
tensión y dolor con privaçión de comer todo lo qual Por las
çircunstançias dichas, y por ser hombre de sesenta y seis Años,
y tener los pulsos débiles hallo el dicho medico ser causa
bastante Para declarar como declara que el dicho Juan Martin
esta en evidente peligro de la vida, y muy próximo a la muerte...
Hace esa declaración a instancias del cura para poderle
administrar las Santos Sacramentos. Con toda probabilidad está
describiendo un cáncer.
Hay otras partidas en las que se describe la forma de la
muerte de la persona, sobre todo cuando se hace imposible darle
el Viático por esa causa, aunque sin denominar la enfermedad.
Una partida de 1618, dice que se entierra a Ana Hurtado, viuda
... no recibió el sacramento de la comunión porque no podía
Retener cossa alguna en el stómago a causa de tener roto el
buche donde se cuece la comida; en 1640 y 1682 hay otras que
repiten literalmente no recibió la Eucaristía porque tenía
vómitos y otra de 1733 repite ... no recibio la eucaristía por
vomitos frecuentes; en 1685 murió Juan de Rebilla zirujano de
dicha villa de quarenta años vecino de Parla. no hizo
testamento por haberle dado delirio. Algunas tal vez podrían
111
asociarse, por la sintomatología, a las expuestas anteriormente,
pero si el cura no lo hizo fue probablemente porque los
profesionales no se lo dejaran claro en la certificación de la
defunción, porque tampoco ellos lo tuvieran claro. No lo voy a
hacer, por tanto, yo.
Hay otros tipos de patologías descritas en algunas
partidas de defunción, sin que sean las causas de la muerte. Una
de ellas es la ceguera. En 1623 murió Isabel ciega pobre que
vivia de limosna. En el caso de los disminuidos psíquicos o
mentales, no podemos precisar el tipo de patología porque se
unifica en un “mente capto” (mentecato), es decir privado de
razón, que es la traducción literal del latín. En 1632 muere una
mente capta y en 1633 un mente capto. Una partida de 1667 nos
da una forma distinta de decirlo: murió Diego Garbia mancebo
de 20 años no recibió los sacramentos por ser simple de
nacimiento..., y otra de 1729 dice no recibió sacramentos por
ser incapaz y inocente... dos delicadas formas para decir lo
mismo.
Sin embargo, lo que más me impresionó en la lectura de
los libros de defunciones, es la cantidad de mujeres que
murieron como consecuencia del parto. El primer documento en
el que se detecta una muerte de sobreparto es de 17 de febrero
de 1601, está en el protocolo del escribano Francisco Martínez,
y es un testamento, el de María Fernández, mujer de Eugenio
Sanz, que deja una manda de dos reales para la cofradía de San
Roque y otra de un real para la canonización de San Isidro. Deja
herederos a sus hijos entre los que está una niña que esta por
baptizar que quiero que se llame Andrea. Una niña sin bautizar
es una niña de días, incluso de horas, la madre muere, por tanto,
de sobreparto. En 1723 hay una partida de enterramiento en la
que el cura anota ...murió desangrada en el sobreparto
inmediato... Deja muy clara la causa de la muerte.
Aunque son innumerables las partidas en las que se
anotan muertes por sobreparto, sólo voy a reproducir un par de
ellas, más descriptivas, en las que se hace necesaria la actuación
del médico o cirujano. En 1723 se entierra a Manuela Sacristán
el cura anota que estaba para parir y se le procuro abrir con
toda brevedad con lizencia de su marido y se hallo el feto ia
difunto... En 1735 Se entierra a Cándida González murió de
sofocación y aunque se la abrió estaba la criatura muerta... Los
112
tratados toco-ginecológicos en la Medicina de esos siglos son
relativamente abundantes, si bien los distintos aspectos de esa
disciplina médica no lo son con igual profundidad. En lo que
afecta a los dos casos expuestos, tanto López de León como
Ramírez de Arellano, a mediados del siglo XVII, describen las
perturbaciones que pueden sobrevenir en el curso del embarazo
y al final de él. López de León enumera los síntomas que
permiten diagnosticar la muerte del feto y el método a seguir
para su extracción. La práctica mediata o inmediata de la cesárea
la justifican ambos médicos tratadistas. No podemos olvidar que
los preceptos eclesiales daban prioridad a la criatura a la hora
del parto cuando las circunstancias hacían necesaria la decisión.
Pedro López de León describe así la cesárea:
“Si la muger estuviere muerta, ora de rezio parto, o de
alguna enfermedad, o de herida, y tuviéredes señales de
que la criatura está viva, pondréys la muger en lugar
fresco, con la boca abierta, y la natura, abriréys el vientre
con navaja a lo largo del lado yzquierdo, y aviendo
passado el abdomen, y peritoneo, abriréys la matriz, y
sacaréys la criatura.”
En los dos casos expuestos se hace cesárea, pero
mientras en el primero se hace aún en vida, estaba para parir,
por lo que se necesita la licencia del marido; en el segundo se
hace cuando, ya muerta, se intenta salvar a la criatura murió de
sofocación es decir primero muere, luego observarían señales de
que podría estar vivo el feto y se practica la cesárea con
resultados negativos y aunque se la abrió estaba la criatura
muerta. En el primero está claro que se establece la disyuntiva
de salvar a la madre o al hijo y se decide, como ya he
anticipado, lo que estaba preceptuado, es decir salvar al niño. En
ambos casos mueren el hijo y la madre.
Relación de las enfermedades documentadas.
Apoplejía.
Perlesía. Cuadro clínico consecutivo a la
hemorragia o embolia cerebral. Llamada
también ictus apoplético se debe a una
hemorragia de los vasos del encéfalo, de
carácter brusco, casi siempre por rotura de
alguna arteria esclerosa.
113
Apostemas.
Denominación que se daba en la medicina
antigua a determinadas heridas y abscesos
purulentos.
Calenturas.Ver paludismo.
Carbunco.
Enfermedad infecciosa común al hombre,
en el que se conoce también como pústula
maligna o edema maligno, y al ganado en
el que se conoce también como bacera.
Delirio.
Desvarío, perturbación de la razón por una
enfermedad o una pasión violenta.
Estilicio de orina.
Garrotillo.
Nombre vulgar de la difteria porque solía
ocasionar la muerte por asfixia.
Enfermedad toxicoinfecciosa
febril
caracterizada por la producción de falsas
membranas, especialmente en la garganta.
Hernia humoral.
Protrusión, o desplazamiento hacia
delante, de un órgano o parte de él a través
de un orificio natural o accidental.
Histeria.
Del griego hystera, útero, por atribuirse a
este órgano la causa del histerismo,
dándosele gran importancia a las
preocupaciones de índole sexual para
explicar su origen.
Muerte súbita.Muerte repentina.
Paludismo.
Calenturas. Enfermedad infecciosa del
hombre y de los animales, caracterizada
por accesos de fiebres intermitentes y
provocadas por la presencia en los
hematíes de diversas variedades de
plasmodios, trasmitidos por mosquitos,
normalmente del género anopheles.
Perlesía.
Parálisis.
Debilidad
muscular,
producida por la mucha edad o por
otras causas y acompañada de temblor.
Puerperio.Sobreparto.
Sobreparto.Puerperio. Periodo variable trascurrido desde el
momento del parto hasta que los órganos genitales, sus
funciones y el estado general de la mujer vuelven a recuperar
su estado ordinario anterior al embarazo.
114
Sofocación.
Tabardillo
Viruela
Nombre genérico de las asfixias debidas a
una dificultad respiratoria. En el caso de
embarazadas se refiere a lo que he
apuntado en la histeria.
Tifus. Enfermedad infecciosa grave, con
alta fiebre, delirio o postración y aparición
de costras negras en la boca y a veces
presencia de manchas punteadas en la piel.
Tifus exantemático. Infección tífica,
epidémica, transmitida generalmente por
el piojo caractericada por las manchas
punteadas en la piel.
Enfermedad infectocontagiosa de carácter
epidémico y de naturaleza vírica
caracterizada
por
la
erupción
exantemática, que se acompaña de mal
estado general.
Apéndice documental
1640-01-26. Parla. Declaración. El doctor Agustín Lorenzo de
Zúñiga, médico de Parla, declara haber reconocido a Juan
Martín, familiar del Santo Oficio, vecino de Parla.
En la villa de Parla, a veinte y seis dias del mes de henero de
mill y seisçientos y quarenta años, ante mí el escrivano, y
testigos, paresçió el doctor Agustín Lorençio de Çúñiga, médico
de esta villa, y declaró, con juramento en forma de derecho, que
oy, dicho día y a la ora que se escribe esta declaración, a visto y
vissitado a Juan Martín, familiar, vezino de esta villa, que está
enfermo en la cama de calentura continua con un estiliçio de
orina, y juntamente con dos apostemas grandes, la una en la
nalga izquierda junto al instritino recto, la otra en los testículos,
que dixo ser una hernia humoral, entrambas con inflamación,
tensión y dolor, con privaçión de comer, todo lo qual, por las
çircunstançias dichas, y por ser hombre de sesenta y seis años, y
tener los pulsos débiles, halló el dicho médico ser causa bastante
para declarar, como declara, que el dicho Juan Martín está en
evidente peligro de la vida, y muy próximo a la muerte, por lo
qual se le deben dar los Santos Sacramentos como lo manda la
Santa Madre Yglesia, la qual declaraçión hiço a pedimiento de
115
el liçeniado Alonso Ruiz de Medina, cura propio de esta villa,
respeto de constarle que está descomulgado el dicho Juan Martín
por tres o quatro partes, y lo firmó. Fue testigo Juan de Alosete,
vezino de esta villa. El Doctor Agustín Lorenço de Zúñiga,
médico, ante mí Juan Muñoz, escrivano.
AHPM., p. 32.735. Cuadernillo aparte sin foliar. E. Juan Muñoz
(Parla).
1640-06-27. Parla. Asiento de barbero y cirujano. Bartolomé
Marcos, barbero, vecino de Valdemoro, se concierta con la
justicia y regimiento de la villa de Parla para servir el oficio de
barbero por un año desde el día de San Juan, próximo pasado,
dándole 25 fanegas de trigo y 300 reales en dinero y cobrando a
cada vecino lo que les ha cobrado habitualmente Antonio de
Fonseca, cirujano de la villa. Sale como su fiador Diego García
Jiménez, cirujano, vecino de Valdemoro.
Asiento de barbero. En la villa de Parla, veinte y siete días del
mes de Junio de mill y seiscientos y quarenta años, ante mi el
scribano presente y testigos, parecieron presentes Bartolomé
Marcos, barbero, vecino de la villa de Valdemoro, y Diego
García Ximénez, ziruxano, vezino de dicha villa de Valdemoro,
y el dicho Bartolomé Marcos dixo que está conbenido y
concertado con la Justicia y Reximiento desta villa de Parla que
aya de serbir a los vecinos desta villa en dicho ofizio de
barbero, por un año que comenzó a correr el día de S. Juan de
Junio de próximo pasado deste dicho año, y cumplirá el día de S
Juan de seiscientos quarenta y un años, sirbiendo el dicho ofizio
de barbero según y como es costumbre en esta villa serbir los
dichos oficiales, y a de serbir a todos aquellos vecinos que
quisieran estar con el suso dicho, conforme la copia que está al
presente hecha, y todos los demás que quisieren asentarse en
ella, que por lo menos se le an de hazer ziertas veinte y cinco
fanegas de trigo en grano, y trescientos rreales en dinero,
pagando cada vecino lo que an pagado a Antonio de Fonseca,
ziruxano de la dicha villa, lo qual le an de pagar desde oy hasta
Nuestra Señora de Agosto deste dicho año, rrespecto de que se
paga el dicho salario anticipadamente, y en esta forma y según
dicho es, se obliga de serbir en el dicho oficio de barbero el
dicho año, y si así no lo hiziere y cunpliera, que a su costa se
pueda buscar barbero, que haga lo que el suso dicho debía
116
hazer, y por el que más costare con lo rezibido, quiere ser
executado, y si Dios fuere serbido de le llebar durante el dicho
año, bolberá y pagará a cada vecino lo que montare desta por
cantidad conforme lo que debe pagar y tiempo que ubiere
serbido y no pudiere serbir respecto de lo referido que es
falleciendo el suso dicho y no de otra manera, y para que asi lo
cumplirá, dio por su fiador al dicho Diego Garzia Ximénez,
aqui referido, el qual otorgó que salía y salió por fiador del
dicho Bartolomé Marcos en la dicha razón, y se obligó que el
suso dicho hará, pagará y cumplirá a lo que ba obligado por
esta escriptura, donde no el suso dicho, como su como su (sic)
fiador y principal cumplidor y pagador, haciendo, como en este
casso dijo hazía, de deuda y negozio ageno suyo proprio,
cumplirá y pagará todo quanto el dicho Bartolomé Marcos ba
obligado a hazer, pagar y cumplir, según y como dicho es, y
ambos a dos xuntos, principal y fiador, se obligaron juntos,
juntamente y de mancomún y a boz de uno y cada uno dellos y
de sus bienes, por si ynsolidun y por el todo, renunciando como
renuncian las leyes y derechos de la mancomunidad, división y
excursión, como en ella y en cada una dellas se qontiene, se
obligaron a su cumplimiento... (siguen las fórmulas habituales)
... siendo testigos el dotor Zúñiga y Juan Martínez y Diego
López, vecinos desta villa, y lo firmaron los otorgantes que yo el
escribano doy fee conozco. Bartolomé Marcos (rúbrica) Diego
García Ximénez (rúbrica) ante mí Juan Muñoz (rúbrica).
AHPM, p. 32.735, f. 153, e. Juan Muñoz.
1642-11-02. Parla. Contrato. El concejo de Parla reunido en sus
casas de ayuntamiento, con sus alcaldes ordinarios Francisco
Jiménez y Francisco Hernández, contratan como médico de la
villa al licenciado Bernardo Pérez de Herrera, vecino de
Fuenlabrada.
En la villa de Parla, a dos días del mes de nobienbre de mill y
seiscientos y quarenta y dos años ante mí el scribano y testigos
parecieron presentes Francisco Ximénez y Francisco
Hernández, alcaldes ordinarios, y Juan Torrexón, rexidor,
juntos en ayuntamiento como acostumbran, y en él Juan
Fernández Sacedo, Antón García, Pedro Morcillo, Juan Franco
Valtanás, Melchor Bello, y Juan de Alosete, todos vecinos desta
dicha villa, por sí y en nombre de los demás vecinos della, eceto
117
por Bartolomé Alonso que no conbino con esta escriptura, y por
los demás que prestaron voz, caución de rato grato, manente
pacto de que estarán y pasarán por ella, todos juntos de
mancomún, a boz de uno y cada uno dellos, por sí y por el todo,
renunciando, como espresamente renunciaron, las leyes de la
mancomunidad, como en ellas y en cada una dellas se contiene,
debajo de las quales dixeron que, por quanto esta dicha villa
está sin médico y es tan conveniente el recibillo que porque
sobre ello se an juntado a conçejo abierto, y a todos a parecido
que conbiene recibirle y está tratado de recibir para la cura de
los enfermos que ay y ubiere en ella, el licenciado Bernardo
Pérez de Errera, médico que reside en el lugar de Fuenlabrada,
y con él conferido y tratado de que por un año que enpeçó a
correr y contarse desde ayer, día de Todos Santos primero del
dicho mes y año, y se cumplirán el primero de noviembre del
año que viene de seiscientos quarenta y tres, y por el dicho año
se le a de dar ochocientos reales pagados de seis en seis meses,
y para ello se a de nombrar coxedor de donde se aga el dicho se
aga el dicho (sic) pago, de cada uno de medio año como dicho
es, con las calidades y condiciones siguientes:
- Con condición que el dicho médico a de bisitar dos
beces cada semana a los enfermos que ubiere es esta
dicha villa en los días de lunes y biernes.
- Y condición, de que si se llamare en otros días para
visitar algún enfermo por qualquier becino
extraordinario, le aya de pagar el becino que le llamare
quatro reales y por ellos ha de tener obligación de
bisitar a el que le llamare y hasta tres enfermos, y si
pasaren de tres aunque aya muchos más, lo que Dios no
permita, a de tener obligación a visitarlos a todos y
entre todos an de cunplir con darle ocho reales por cada
día y no más, y él a de tener obligación a visitar a todos
y no llebar más de los dichos ocho reales.
- Y condición de que si el dicho doctor estuviere malo y
ausente, a de tener obligación de ynbiar a los dichos
días de la semana, y a lo demás aquí contenido, doctor
por su quenta y no por la de la sus vecinos, y si no lo
ynbiare, la dicha villa y vecinos puedan por cuenta del
dicho salario traerlo, y lo que costare se aya de rebajar
y descontar, como dicho es, del dicho salario, que asi se
118
le doy, con estas condiciones reciben al dicho doctor
para el dicho efeto, y se obligan a pagarle los dichos
ochocientos reales de seis en seis meses, que los
quatrocientos se los an de dar y entregar como dicho es
cobrados a primero día de el mes de mayo del año de
mil e seiscientos y quarenta y tres. Y los otros
quatrocientos reales cunplido el dicho año, donde no, les
pueda executar por ellos como por las costas que
causare en la cobrança de la dicha cantidad, a los
plaços como dicho es. Y el dicho lizenciado Bernardo
Pérez de Errera, que está presente a esta escriptura, la
aceta en todo y por todo como en ella se contiene, y se
obliga de guardar y cumplirla según que por ella se
declara. Y todos juntos, por lo que a cada uno dellos
toca a su cumplimiento, obligan sus personas y bienes
muebles y rayces abidos y por aver, y dan todo su poder
cumplido a las justicias del Rey nuestro señor, de
qualesquier partes que sean, para que a ello les
conpelan y apremien como si fuese por sentencia pasada
en cosa juzgada, renuncian las leyes y las de su favor, y
la ley general del derecho en bastante forma, y lo
otorgaron en la manera dicha ante mí, e le firmó, siendo
testigos Gregorio de Alosete y Juan Rodríguez y
Salbador Urtado, vecinos y estantes en esta dicha villa, y
a los otorgantes doy fee conozco, los que supieron lo
firmaron, y por los que no, un testigo. (siguen 5 firmas
más la del escribano).
AHPM, p. 32.735, 4ª foliación, ff. 69 v-70
1662-05-03. El concejo de Parla asienta como cirujano y
barbero a Agustín de Lara, vecino de Madrid, por tres años.
Siguen las condiciones y entre ellas están las de sus
obligaciones:
Asiento de ziruxano: Agustín de Lara
En la villa de Parla, a tres días del mes de mayo de mill y
seiscientos y sesenta y dos años, ante mí el scribano público y
testigos, parecieron presentes de la una parte el conzexo,
justicia y reximiento y vezinos particulares desta dicha villa, e
estando en qoncejo público y abierto a son de canpana tañida,
según y como acostunbran juntarse, de que el presente scribano
119
da fee, y estando presentes especial y señaladamente sus
mercedes de Juan Martínez y Juan Sacristán, alcaldes
ordinarios desta villa, Juan de Marcos y Juan Hurtado,
rexidores de ella, y Juan Alonso, procurador general, don Juan
Correa, Juan de Alosette, Juan Martín Torrejón, Gabriel
Sacristán, ... Alfonso Alossette, Pedro Martínez, Miguel
Camacho, Diego Sacristán, Andrés Hernández, Gabriel Cano,
Melchor Vello y Matías Vello, Gabriel Alcalde y Francisco
Sánchez y Francisco Fernández, Jerónimo Sacristán, vecinos
desta villa, y otros vecinos de ella, los presentes por los
ausentes e ympedidos deste qoncejo, asi los que agora son como
los que adelante subzedieren, por todos los presentes prestaron
la devida cauzión de rato grato, en ... que estarán y pasarán por
esta escriptura y lo en ella contenido, y de la otra Agustín de
Lara, vecino de la villa de Madrid, estante a el presente en esta
villa, barbero y ziruxano, y ansí juntos, están convenidos
concertados a que el dicho Agustín de Lara aya de servir su
ofizio de tal ziruxano y barbero en esta dicha villa, por tienpo
de tres años que an de empezar a contar desde san Juan de
junio próximo que en el deste presente año de la fecha desta y
cumplirán en san Juan de junio de sesenta y cinco, y zerca de
ello se capituló lo siguiente:
- Primeramente con condizión que el dicho Agustín de
Lara a de asistir en esta dicha villa con su casa y
familia dichos tres años como está dicho, y en cada
uno de ellos a de tener obligación a que a de acer
barbas a todos los vezinos desta villa y azer sangrias
y echar bentosas y curar de todo género de heridas
que procedieren de causa interna y externa, no
siendo malignas, libremente sin ynterés alguno más
que los actos que aquí se señalase, acudiendo a la
cura y cunplimiento de todo y visitas de enfermos
como se a acostunbrado.
- que en cada uno de dichos tres años se le an de dar
de salario, por esta villa y vecinos, dos mil y zien
reales pagados por tres partes de quatro en quatro
meses, fin de septiembre, veinte y cinco del y veinte y
zinco de febrero y veinte y cinco de junio siguientes a
el principio de su obligación, los quales se an de
repartir por los señores de ayuntamiento cada uno
120
de dichos tres años y se le a de dar sacado dicho
repartimiento porque lo cobre dicho Agustin de Lara
de los vecinos.
- que a de tener oficial a su costa dicho Agustín de
Lara de toda satisfazión.
- que además del salario señalado se le an de pagar
todo género de heridas que procediesen de causa
externa violenta siendo malicioso por la parte que le
tocare.
- que los meses de servicio le an de pagar lo que es
costunbre además de dicho salario, y en quanto a
mesas y curas de clerigos libres.
- que si cunplido el primero medio año de los tres
desta obligacion esta villa no estuviere gustosa con
dicho Agustín de Lara, pueda buscar otro ziruxano y
barbero libremente y despedirá a el sobre dicho.
- Que si el dicho Agustín de Lara estuviere enfermo
cunplirá con tener un oficial en su lugar de toda
satisfazión, pero faltare al cumplimiento desta
escriptura pueda esta villa buscar a su costa maestro
de su arte que cumpla por él y por lo que más se le
pueda executar en virtud desta escriptura y
declaración sinple y jurada de la persona que en su
lugar estuviere, y por ello sea obligado.
- Y con estas condiciones cada uno de dichas partes se
obligan a guardar y cumplir y pagar lo que va
obligado en esta escriptura el dicho Agustín de Lara
de cunplir en su ofizio dicho tiempo y guardar dichas
condiciones, y esta villa y vecinos de pagarle en la
forma dicha cada uno de dichos tres años los dichos
dos mill y zien reales ... (Siguen las cláusulas usuales,
once firmas en representación del concejo, más las
del cirujano y el escribano)
AHPM, p. 32.741, f. 606
1697-3-24. Acuerdo de concejo para prorrogar el contrato del
médico don Gabriel Franco.
En la villa de Parla en beinte y quatro días del mes de Marzo
año de mil seiszientos y noventa y siete, estando en consejo
público y abierto a son de campana tañida, según y cómo y en
121
la parte donde acostumbran de se juntar, para tratar y conferir
las cosas tocantes y concernientes a dicho conzejo, de que el
presente escribano da fee, y estando presentes especial y
señaladamente sus mercedes de Bartholomé Sacristán y
Xpthóbal Marcos, alcaldes hordinarios desta dicha villa, Pedro
Martín Heruás y Juan Franco de Olías, rexidores della, yv
Alfonso Sacristán, procurador general, Juan de Alosete, Gabriel
Sacristán Martínez, Diego Alosete, Bernaué Fernández, Juan
Fernández Sazedo, Juan Alonso, Melchor Bello, Pedro Marcos,
Thomás Martín Yeles y Alfonso Martín, todos vezinos de desta
dicha villa y otros vecinos particulares della, los presentes por
los ausentes e impedidos, so espresa obligación que para ello
hizieron de los bienes propios y rentas deste dicho consejo, de
rato grato iudicatun solbendo, en forma de que estarán y
pasarán por este consejo y por todo quanto en él saliere de
acuerdo, y así, estando juntos a voz de consejo, se dio quenta a
los vecinos cómo el Doctor Don Gabriel Franco a cumplido la
escritura que tenía echa con obligazión de seruir a la villa y a la
curazión de sus vecinos, por cuya razón mirasen qué
determinazión se podía tomar en este particular y si sería
combeniente el prorogar el tiempo de dicha escritura, o que
mirasen qué resoluzión se tomaría, y con este abiso todos juntos
unánimes y conformes, hauiendo visto dicha escritura y las
condiziones della y a qué estaba obligado el dicho doctor, y la
cantidad a que estaba obligada la villa darle por la asistenzia y
curazión de los vezinos della, y esta cantidad dársela cobrada,
acordaron y determinaron el que el dicho doctor don Gabriel
Franco asistiese a esta dicha villa con las mesmas calidades y
condiziones como ba referido se obligó en la escritura
antezedente que aquí yrá incorporada dos años más que
empezarán a correr y contarse desde el día diez y nuebe de
Marzo deste año de la fecha para otro tal día diez y nuebe de
Marzo de el año que biene de mil seiszioentos y noventa y
nueve. Y el dicho doctor don Gabriel Franco que se halló
presente en este consejo, habiendo bisto lo acordado en él, dijo
que se obligaba y obligó a servir a la villa y curar sus enfermos
de las enfermedades que Dios nuestro señor fuere seruido de les
dar poe el tiempo de dichos dos años y por la mesma cantidad y
por el mesmo prezio y cantidad que consta se le daba en cada
un año en la escritura antezedente ya menzionada, y con todas
122
las calidades y condiciones della que confesó hauer bisto y oydo
y entendido… (siguen las fórmulas usuales y las firmas).
AHPM, p. 32.758, f. 289, e. Francisco Bello.
1721-04-14. El Concejo de Parla contrata a don Vicente Boibia
como médico.
Sepan los que bieren esta publica escriptura de ajuste y
conzierto de médico como nos el Conzejo Justicia y Reximiento
desta Villa de Parla, y otros muchos vecinos della, estando
como estamos en nuestro conzejo público y avierto y a son de
campana tañida, segun y como y en la parte donde
acostumbramos de nos juntar para tratar y conferir las cosas
tocantes y concernientes a esta dicha Villa y su consejo, bien y
utilidad de sus vecinos, de que el presente scribano da fee, y
estando presentes, juntos y congregados, especial y
señaladamente los señores Joseph Fernández y Joseph
Sacristán, alcaldes hordinarios desta dicha Villa, y Clemente
Franco y Bartolomé Sacristán, rexidores della, y Manuel Bello,
procurador síndico general, Diego Garzía Torrejón, Juan
Fernández Torrejón, Juan Martín de Andrés, Custodio Bello,
Melchor Bello, Diego Martín Escolar, Pedro de Parla, Antonio
Alonso, Agustin Alonso, Juan Alonso, Juan Escolar, Juan
Alcalde, Thomás de Guzmán; Pheliz Guzmán; Joseph Marcos; y
Joseph Cascaxar, todos vezinos desta dicha Villa, los presentes
por los ausentes, enfermos e impedidos, por quienes prestamos
la devida cauzión de rato grato yudicatum solvendo, en forma
de que estarán y pasarán por esta pública escriptura de ajuste y
conzierto; so espresa obligación que para ello hazemos de
nuestras personas y bienes y los deste dicho consejo, sus
propios y rentas, nos el dicho conzejo de la una parte, juntos y
congregados, nemine discrepante, y de la otra yo Don Vizente
de Boybia, médico que he sido en la Villa de la Solana, y estante
al presente en esta dicha Villa, otorgamos y dezimos que
estamos convenidos y concertados, y por la presente nos
convenimos y ajustamos, en que el dicho Don Vizente Boibia,
como tal médico, ha de serbir y exerzer en esta Villa el ofizio de
tal por tiempo y espazio de un año, que empezó a correr y
contarse desde quatro del corriente y cumplirá otro tal día de el
año que biene de mill setecientos y beinte y dos; y por el
referido año se le ha de dar de salario tres mill y seiszientos
123
reales de vellón, pagados por terzias partes, y cobrados por la
justicia hordinaria que fuere desta dicha Villa, y en esta razón,
se capituló y trató lo siguiente:
- Primero se capitula que el suso dicho Don Vizente
Boibia ha de asistir a la curazión de los enfermos
que hubiere en esta dicha Villa todo el referido año,
de todas las enfermedades que Dios nuestro Señor
fuere servido darles, haziéndoles cada día las visitas
nezesarias y conforme lo pidiere la enfermedad, sin
hazerles falta, por el dicho salario.
- Yten se capituló que ha de ser esento de cargas
conzejiles y de todos repartimientos de Derechos
Reales, y que solo ha de pagar los servicios.
- Que ha de poder salir ajustar con los lugares de a
legua desta Villa y ha de poder salir a cumplir los
ajustes que hiziere habiendo, visitado primero los
enfermos que hubiere en esta Villa, sin que pueda
hazer falta desta Villa noche alguna.
- Que, hademás del referido salario, se ha de poder
ajustar con el estado eclesiástico y ha de ser por su
quenta y riesgo su cobranza.
- Que si caiere enfermo, se le han de suplir ocho dias y
no más, y si pasase adelante la enfermedad, ha de
ser obligado el dicho médico a traer otro por su
quenta; donde no le pueda traer la villa, y lo que
costase se le pueda quitar de su salario.
Con las quales dichas condiciones, nos el dicho Conzejo
Justizia y Reximiento, y demás vecinos, nos obligamos a cumplir
este ajuste y conzierto y pagar a el dicho Don Vizente Boibia los
dichos tres mil y seiszientos reales de salario por el referido
año, y que así mismo guardaremos y cumpliremos las demas
condiziones conthenidas y declaradas en esa escriptura, e yo el
dicho Don Vizente Boibia, cumpliendo por mi parte como lo que
me toca, me obligo de serbir el dicho mi ofizio y y exerzizio de
tal médico en esta Villa y asistir a la curazión de los enfermos
della todo el referido año, por los dichos tres mill y seiszientos
reales, donde que a mi costa se pueda traer otro para que sirva
el tiempo que yo faltare y dejare de cumplir, salvo los dichos
ocho días, y por lo que así costare se me pueda executar en
birtud desta escribtura y declaración, simple o jurada, de las
124
personas que lo gastare y bajare, sin que sea nezesario otra
prueba ni aberiguazión alguna de que les relevo y me obligo de
guardar y cumplir las demás condiciones espresadas en esta
escriptura de ajuste y conzierto y, al cumplimiento y paga de lo
que dicho es, obligamos nuestras personas y bienes… (siguen
fórmulas habituales).
AHPM, p. 32.750, ff. 57-58 r, e. Francisco Bello.
1722-2-8. Don Vicente Boibía, médico de Parla, declara sobre
una herida punzante hecha en el omóplato derecho a cuatro
dedos del espinazo a Alfonso Valdemoro, hijo de Pedro
Valdemoro, vecino de Parla.
AHPM, p. 32.750, ff. 161 v-162, e. Francisco Bello.
1722-2-8. Francisco López Delgado, cirujano de Parla, declara
sobre una herida punzante hecha en el omóplato derecho a
cuatro dedos del espinazo a Alfonso Valdemoro, hijo de Pedro
Valdemoro, vecino de Parla.
AHPM, p. 32.750, ff. 163 v-164, e. Francisco Bello.
1722-2-26. Pedro Valdemoro y su hijo Alfonso Valdemoro, se
apartan de una querella puesta contra Matías Fernández, mozo
soltero, y a los demás que resultasen culpables, sobre la herida
inferida el día 30 de diciembre de 1721, como a las ocho de la
tarde, en la calle Real junto a la plaza que dicen de Correas.
AHPM, p. 32.750, ff. 167-168, e. Francisco Bello.
1722-4-6. El concejo de Parla vuelve a asentar como médico a
don Vicente Boibía.
Sepan quantos bieren esta pública escriptura de ajuste y
conzierto, como nos el Conzejo Justicia y Reximiento desta Villa
de Parla, y otros muchos vezinos della, estando como estamos
en nuestro conzejo público y avierto y a son de campana tañida,
segun y como y en la parte donde acostumbramos de nos juntar
para tratar las cosas tocantes y concernientes a esta dicha Villa
y su consejo, bien y utilidad de sus vecinos, y estando presentes,
especial y señaladamente los señores Christóual Marcos y
Manuel Martín Torrejón, alcaldes hordinarios desta dicha Villa,
y Diego Martín Escolar y Andrés Fernández de Clemente,
rexidores della, y Clemente Fernández, procurador síndico
125
general, Juan Fernández Torrejón, Custodio Bello, Melchor
Bello, Juan Martín de Andrés, Joseph Sachristán, Bartholomé
Sachristán el menor, Pedro Fernández, Custodio Fernández,
Juan Fernández Galeote, Thomás Martín, Pheliz Guzman,
Joseph Peña. Pedro Asenjo, Francisco Montero, Andrés Díaz,
Juan de Roxas, Pedro MartínHeruás, Juan Franco Alonso,
Manuel de OlíasLópez y Manuel Fernández, todos vezinos
desta dicha Villa, los presentes por los ausentes, enfermos e
impedidos, por quienes prestamos la devida cauzión de rato
grato yudicatum solvendo, en forma de que estarán y pasarán
por esta pública escriptura de ajuste y conzierto de médico; so
espresa obligación que para ello hazemos de nuestras personas
y bienes y los deste conzejo, sus propios y rentas, nos el dicho
conzejo de la una parte, así juntos y congregados, nemine
discrepante, y de la otra yo Don Vizente de Boibia, médico que
ha sido desta dicha Villa, que también está presente para
otorgar esta escriptura, otorgamos y dezimos que estamos
convenidos, ajustados y conzertados, y por la presente nos
combenimos, ajustamos y conzertamos, en que el dicho Don
Vizente Boibia, como tal médico, ha de serbir y exerzer el ofizio
de tal en esta villa asistiendo a la curación de sus enfermos por
tiempo y espazio de un año, que ha de empezar a correr y
contarse desde oi día de la fecha y cumplirá otro tal día del año
que biene de mill setecientos y beinte y tres; y por el referido
año se le ha de dar tres mill reales de vellón,los mismos en que
nos hemos combenido y ajustado, pagados diariamente o al
menos por semanas, a como saliere, y cobrados y pagados por
la justicia que es o fuere desta dicha Villa, y estando en este
conzejo, se capituló y trató lo siguiente:
- Primero se capitula que el suso dicho Don Vizente
Boibia ha de asistir a la curazión de los enfermos
desta dicha Villa todo el referido año, de todas las
enfermedades que Dios nuestro Señor fuere servido
darles, haziéndoles cada día las visitas nezesarias y
como lo pidiere la enfermedad, sin hazerles falta, por
el dicho salario.
- Yten se capituló que ha de ser esento de padrones y
cargas conzejiles, y que sólo ha de pagar los
servicios.
126
-
Que ha de poder salir a ajustar con los lugares de a
legua desta Villa y ha de poder salir a cumplir los
ajustes que hiziere habiendo, primero visitado a los
enfermos que hubiere en esta Villa, sin que pueda
hazer falta della noche alguna.
- Que, hademás del referido salario, se ha de poder
ajustar con el estado eclesiástico y ha de ser la
cobranza por su quenta y riesgo.
- Que si caiere enfermo, o tuviere necesidad de
algunas ausencias, para esto se le dan de suplimento
quinze dias y no más, y si pasase adelante la
enfermedad, o quisiere hazer más ausencias ha de
ser obligado dicho Don Vizente a traer otro por su
quenta; donde no le pueda traer la villa, y lo que
costase se le pueda quitar del salario.
Con las quales dichas condiciones, nos el dicho Conzejo
Justizia y Reximiento, y demás vecinos, nos obligamos a cumplir
este ajuste y conzierto y pagar y pagar (sic) a el dicho Don
Vizente Boibia los dichos tres mil reales de salario por el
referido año, sin que la villa quede obligada a pagarle alquiler
de casa que esto ha de ser de su obligación y que así mismo
guardaremos y cumpliramos las demás condiciones conthenidas
y declaradas en esta escriptura. E yo el dicho Don Vizente
Boibia cumpliendo por mi parte con lo que me toca, me obligo
de serbir el dicho mi ofizio todo el referido año y asistir a la
curazi´pon de los enfermos desta villa por dichos tres mil reales,
donde no, que a mi costa se pueda traer otro para que sirua el
tiempo que yo faltare y dejare de cumplir, saluo los dichos
quinze días, y por lo que así costare se me pueda quitar del
salario y executar en virtud desta escriptura y declaración
simple o jurada de la persona que lo gastare y pagare, sin que
sea necesario otra prueba ni justificación alguna de que les
releuoy me obliga a guardar y cumplir las demás condiciones
espresadas en esta escriptura… (siguen las cláusulas usuales, 16
firmas, la del médico y la del escribano).
AHPM, p. 32.750, ff. 57-58 r, e. Francisco Bello.
1722-7-28. El concejo de Parla asienta como cirujano y barbero
a Francisco López Delgado,.
127
En la villa de Parla en beinte y ocho días del mes de Junio año
de mil setezientos y beynte y dos, por anta mé el scribano
público y testigos, se juntó el Conzejo Justicia y Reximiento
desta dicha Villa, a son de campana tañida, segun y como y en
la parte donde acostumbran de se juntar para tratar y conferir
las cosas tocantes y concernientes a esta dicha Villa y su
conzejo, bien y utilidad de sus vecinos, de que el presente
escribano da fee y estando presentes, especial y señaladamente
los señores Christóual Marcos y Manuel Martín Torrejón,
alcaldes hordinarios desta dicha Villa, y Diego Martín Escolar
y Andrés Fernández de Clemente, rexidores della, y Clemente
Fernández, procurador síndico general, Juan Martín Torrejón,
Manuel Bello, Melchor Bello, Dionisio Galindo, Antonio
Alonso, Diego Ximénez, Thomás Martín, Juan de OlíasHeruás,
Pedro Marcos, Juan de OlíasGuzmán, Pedro Sachristán
Aguado, Francisco Guzmán y Juan Fernández Galeote, todos
vezinos desta dicha Villa, los presentes por los ausentes,
enfermos e impedidos, por quienes prestamos la devida cauzión
de rato grato yudicatum solvendo, en forma de que estarán y
pasarán por esta pública escriptura de ajuste y conzierto de
zirujano y maestro herrero que siruan en esta villa el ofizio y
exerzizio de tales,; so espresa obligación que para ello hicieron
de suus personas y bienes y los deste dicho conzejo, sus propios
y rentas, muebles y raíces presentes y futuros, de la una parte, y
Francisco López Delgado, maestro zirujano, baruero, que asista
a esta villa y sus vecinos y sirua por tiempo y espacio de quatro
años,. que empezaron a correr y contarse desde beinte y quatro
del corriente y cumplirán otro tal día del año que bendrá de mil
setezientos y beynte y seis, y en su virtud se hordenó y capituló
lo siguiente:
- Lo primero que ha de seruir y exerzer el ofizio de tal
zirujano baruero el susodicho Francisco López
Delgado en esta dicha villa por los dichos quatro
años, quitando baruas y haziendo sangrías y
echando ventosas y todo lo demás de su ofizio y
curando a todos los vezinos desta dicha villa, de
todas las llagas, apostemas y quebraduras, heridas y
demás enfermedades que Dios nuestro señor fuere
servido darles, que prozedan de causa externa o
ynterna, no siendo maliziosa ni hauiendo parte por el
128
salario que aquí se dirá y tan solamente se le ha de
pagar a el dicho Francisco López Delgado, además
de su salario las heridas que prozedan de causa
externa o maliziosa y quee aia parte.
- Que se le ha de dar de salario en cada uno de los
referidos quatro años dos mil quinientos reales de
vellón, los mil yzien en reales delos cobrados por la
justizia que es o fuere desta villa y los mil y
quatrozientos reales restantes repartidos entre
vezinos haziéndole su repartimiento para que los
cobre el dicho Francisco López en el tiempo del
Agosto.
- Que ha de tener ofizial que quite barbas de toda
satisfazión y que ha de ser esento de todos
repartimientos reales y ofizios conzejiles y que sólo
ha de pagar los seruibles.
Estando presente el dicho Francisco López Delgado se obligó
de seruir el ofizio de tal zirujano por el tiempo y espacio de los
dichos quatro años asistiendo a la curazión de los enfermos y
quitar baruas en la misma forma y con las calidades y
condiziones en esta escriptura menzionadas y espresadas por
los dichos dos mil y quinientos reales de salario en cada un año,
y dado caso que haga alguna falta considerable que esta villa
pueda traer zirujano que la sirua a su costa y por lo que así
costare se le ha de poder executar en virtud desta scriptura para
cuia aberiguazión lo deja en el juramento yn liten de la tal
persona que lo gastare y pagare, esto se entiende no siendo por
enfermedades, que siéndolo se le han de suplir asta beinte días
en cada un año. (Sigue a continuación el recibimiento de
herrero).
AHPM, p. 32.750, ff. 223-224, e. Francisco Bello.
1775-10-22. Concejo público y abierto de la Villa de Parla en el
que se da facultad para elegir médico.
En la Villa de Parla, a veinte y dos días del mes de octubre de
mill setecientos y setenta y cinco, estando en conzejo público y
abierto a son de canpana tañida, que de haverla oydo yo el
escribano doy fee, especial y señaladamente los señores Diego
Asenjo y Joseph Martín Bello, alcaldes ordinarios de ella,
Francisco Alonso Martín y Antonio Sacristán Montero,
129
regidores, Esteban Franco, diputado del común, y Victor
Martín, procurador síndico general, Juan Martín Fernández,
Francisco Martín Franco, Manuel Asenjo, Manuel Hurtado,
Custodio Sacristán, Juachín Bermejo, Manuel Martín Alosete,
Antonio Franco, Valentin Montero, Joseph Guzmán Martín,
Joseph Hurtado Sacristán, Diego Hurtado, Antonio de Parla,
Manuel de Parla, Nicasio Santos, Joseph Cascajar, Pablo
Alameda, Antonio Alonso, Ylario Fernández, Miguel Gálbez,
todos vecinos de esta Villa, por quien prestaron caución de rato
grato manente pacto, de que estarán y pasarán por lo que por
este conzejo se decretase y determinase por los demás vecinos
ausentes, enfermos e inpedidos y, asi juntos, digeron todos
juntos, unánimes y conformes, digeron daban facultad y
comisión al procurador sindico general, Víctor Martín y a
Custodio Sacristán, vecino de esta Villa, para que, en atención a
haver determinado este conzejo que se reciba médico que asista
a las enfermedades que ocurran en este pueblo, baian averiguar
e informarse qual sea de los médicos pretendientes, que sea de
las mejores calidades y circunstancias para su recibimiento en
esta Villa, assí lo determinaron y firmaron, de que yo el
escribano doy fee.
AHPM, p. 32.757, f. 60 y ss.
1775-10-29. La Villa de Parla contrata al médico Miguel
Ambrosio Rubillo.
En la villa de Parla, a veinte y nueve días del mes de octubre de
mill setecientos y setenta y cinco, estando en las casas
consistoriales de Ayuntamiento, en virtud de combocatoria que
ante diem se hizo, a fin de tratar las cosas combenientes al
servicio de anbas Magestades y del bien común de esta Villa y
sus vecinos, especial y señaladamente los señores Diego Ajenjo
y Joseph Martín Bello, alcaldes ordinarios, Francisco Alonso
Martin y Antonio Sacristan Montero, regidores, Tomas Guzmán
y Esteban Franco diputados del común, Víctor Martín,
procurador sindico general, Francisco Bermejo, procurador
personero de esta dicha villa, y assí mismo Diego Hurtado
García, Custodio Sacristán, Francisco Martín Franco, Manuel
Martín Alosete, Antonio de Parla Fernández, Bonifacio Vello y
Antonio Conde, todos vecinos de esta Villa, los presentes por los
ausentes, enfermos e impedidos, por quienes prestaron la
130
debida capción, de rato grato yudicatum solvendo, en toda
forma, de que estarán y pasarán por quanto se contendrá en
este acuerdo, a que obligan sus personas y vienes, y los de esta
Villa y su conzejo. Y así juntos, por ante mí el escribano, en
vista de la elección hecha en el día veinte y dos de este presente
mes y año de la fecha, acordaron lo siguiente:
- Que esta Villa, su conzejo y vecinos otorgantes en su
nombre, reciben por medico titular de ella para que
asista a la curación de las enfermedades que Dios
nuestro señor diese a los enfermos, a los vecinos de
esta Villa y a sus familias, al Doctor Don Miguel
Anbrosio Rubillo por tiempo y espacio de tres años,
que darán principio el día diez de Noviembre de este
año y finalizaran otro tal del año que viene de mill
setecientos y setenta y ocho, bajo del salario de cada
uno de dichos tres años de quatro mill y quinientos
reales de vellón que se le han de satisfazer
mensualmente, al respecto de trescientos setenta y
cinco reales cada un mes.
- Que se le a de dar por esta Villa doscientos reales de
vellón para ayuda de pagar la casa que habitase.
- Que los eclesiásticos de esta Villa, lo que es
costumbre de pagar al médico, a de servir para
menos repartir entre los vecinos y sólo le ha de
quedar de adeala a dicho don Miguel lo que le diese
el Hospital de esta Villa.
- Que no a de tener anejo alguno, y sí sólo ha de poder
salir a consultas y curaciones que le salgan, dejando
antes visitados los enfermos que hubiese en esta
Villa.
- Que, por razón de ausencias y enfermedades, se le ha
de permitir un mes, y si pasado éste continuase la
enfermedad que le ympida su visita, la satisfación del
médico que en dicho caso venga a suplir, corra de
quenta del mencionado don Miguel, previniéndose
que si el médico llamado llebase más sueldo que el
señalado por esta Villa al médico propietario, sea
ésta obligada al reintegro del exceso.
- Que en caso de salirle partido de ventajosa utilidad
pueda azeptarlo comunicándolo a esta villa para que
131
delebere de nuebo médici o de la subsistencia de
aquel por el tanto, pero si el partido fuese igual o de
menor valor del de esta villa no pueda azeptarlo, y
en caso que lo azepte, ha de contribuir y pagar por
modo de multa veinte ducados de vellón para con
ellos practicar las diligencias de otro médico. Y si
esta villa le despidiese sin justos motibos ha de ser
ésta responsable a ygual cantidad para reintegrar
los gastos que se le originem en solicitar nuebo
partido.
- Que sean obligados así esta villa como dicho Don
Miguel al aviso de dos meses antes que cumpla el
tiempo de los tres años estipulados en esta escriptura
para la despedida o continuar celebrando por su
defecto, nueva escritura.
- Que los gastos que se originen en la conducciónde su
omenage de casa desde el lugar de Yuncler donde
actualmente se halla el citado Don Miguel Ambrosio
Rubillo, los ha de satisfazer esta villa según
costumbre.
- Que si algún vecino de esta villa, enfermo, quisiere
médico acompañado, antes de llamarle le a de dar
parte al espresado Don Miguel, y de no citarlo así no
ha de ser obligado éste a asistirle en dicha
enfermedad.
Y estando presente el referido Don Miguel Ambrosio Rubillo,
enterado de todo lo contenido en este acuerdo dijo azeptaba y
azeptó todas las condiciones en él espresadas y se obñigaba y
obligó asistir a los vecinos de esta villa, a la curación de sus
enfermedades por el salario referido de los quatro mil y
quinientos reales de vellón pagados como queda estipulado y
demás condiciones que se dejan relazionadas, le han de obligar
imbiolablemente como el hazer las visitas correspondientes a
dichos enfermos sin omisión de cosa alguna, ni de oras que le
llamen por la noche, siendo grabe la enfermedad y a que abrá
por firme todo lo espresado… (siguen las fórmulas usuales, once
firmas, la del médico y la del escribano). Está intercalado el
acuerdo de concejo, de 22 de octubre, en el que se otorga poder
a dos vecinos, Víctor Martín, procurador síndico general, y
Custodio Sacristán, para que busquen médico).
132
AHPM, p. 32.757, f. 60 y ss.
1779-03-07. Concejo General para recibir como boticario a
Pedro del Campo.
En la villa de Parla, a siette dias del mes de Marzo de mill
setecientos y setenta y nueve, estando en conzejo general a son
de campana tañida de que de haberla oydo yo el escribano doy
fee, los señores Valentín Montero, y Diego Sacristán Bermejo,
alcaldes ordinarios, Manuel Hurtado y Esteban Marcos,
regidores, Antonio Franco y Nicasio Rodríguez, diputados,
Víctor Martín, procurador síndico, y Blas Fernández Rubio,
procurador personero de esta dicha villa, Francisco Bermejo,
Francisco Martín Franco, Tomás Guzmán, Juachín Bermejo,
vecinos de esta Villa, y otros, y así juntos dijeron, que mediante
haber cumplido Pedro del Campo y Landaburo, boticario de
esta Villa, la escritura y término que escrituro, reciben a dicho
Pedro del Campo por tal boticario por un año, que enpieza a
correr desde oy día de la fecha y cumplirá en otro tal día del
año que viene de mill setecientos y ochenta, bajo del salario,
por vía de adeala, de trescientos reales y doscientos reales de
casa, y así mismo acordaron que respectto de que se halla
recurso pendiente en el Consejo sobre que del ramo de A... se
paguen los salarios de médico y cirujano, que los gastos que se
ocasionen para dicho recurso se pague de este común, y lo
firmaron los que supieron de sus mercedes juntamente con los
vecinos que se hallaron presentes y también supieron, de que yo
el escribano doy fe. Siguen 14 firmas, más las del boticario y
escribano.
AHPM, p. 32.757, f. 33
1779-07-18. El concejo y vecinos de Parla firman el contrato
con el médico don Martín López.
En la Villa de Parla, â diez y ocho dias del mes de Julio mill
settecientos y setenta y nueve, estando en conzejo general a son
de campana tañida, de que de haverla oydo yo el escribano doy
fee, a efecto de tratar y conferir las cosas tocantes y
pertenecientes al bien común de esta Villa y sus vecinos,
especial y señaladamente los señores Valentín Montero y Diego
Sacristán Bermejo, alcaldes ordinarios de ella, Manuel
Hurtado, regidor, Antonio Franco, uno de los diputados del
133
común, Bíctor Martín, procurador síndico, Blas Fernández
Rubio, procurador personero, Diego Hurtado, Dionisio Gómez,
Francisco Bermejo, Pedro Martín González, Manuel Sacristán
Alonso, Nicasio Santos, Ysidro Díaz, Manuel Martin Alosete,
Pablo Muñoz, Joseph Hurtado Fernández, Juan Bello, Antonio
Esteban, Francisco San Martín y otros varios vecinos de esta
Villa, los presentes por los ausentes e inpedidos, por quienes
prestaron la debida cauzión de rato grato yudicatum solbendo
en toda forma, de que estarán y pasarán lo que se contendrá en
este acuerdo, â que obligan sus personas y vienes, los de esta
Villa y sus vecinos, y assí juntos por ante mí el escribano, en
vista de la elección hecha en el día onze de este mes acordaron:
Que esta villa, su conzejo y vecinos ôtorgantes en su nombre,
reciben por médico titular de ella, para que asista a la curación
de las enfermedades que Dios nuestro Señor diese a sus vecinos
y familias, al doctor don Martín López por tiempo y espacio de
quatro años, que darán principio desde oy dia de la fecha y
finalizara otro tal día del año que viene de mill setecientos y
ochenta y tres, bajo del salario, en cada uno de dichos quatro
años, de quatro mill y quinientos reales de vellón, al respecto de
trescientos setenta y cinco reales cada un mes.
- Que se le a de dar por esta villa doscientos reales en
cada uno de los espresados años para ayuda de
pagar la casa que havitare.
- Que, los señores eclesiásticos de esta referida villa lo
que es costumbre de pagar al médico, a de servir
para menos repartir entre vecinos y sólo le a de
quedar la adeala a dicho Martín López lo que le
diese el Hospital de esta villa.
- Que no a de tener anejo alguno y sí sólo a de poder
salir a consultas y curaciones que le salgan, dejando
antes visitados los enfermos que hubiese en esta
villa.
- Que por razón de ausencias y enfermedades, se le
han de permitir un mes y si pasado este continuase la
enfermedad que le ympida su visita, la satisfacción
del médico que en dicho caso venga a suplir, corra
de quenta del mencionado don Martín López: Que si
el médico llamado llebase más sueldo que el
134
señalado por esta Villa al médico propietario, sea
ésta obligada al reintegro del exceso.
- Que, en caso de salirle partido de ventajosa utilidad,
pueda azeptarlo, comunicando a esta villa para que
delibere de nuevo médico o de la subsistencia de
aquel por el tanto. Pero, si el partido es ygual o de
menos valor al de esta villa, no pueda aceptarlo, y en
caso de que lo azepte a de contribuir y pagar por
modo de multa veinte ducados, para con ellos
practicar las diligencias de otro médico, y si esta
villa le despidiese sin justos motivos, a de ser ésta
responsable a igual cantidad, para reintegrar los
gastos que se le originen en solicitar nuevo médico
dicho partido.
- Que sean obligados, así esta villa como don Martín
López, al aviso de dos meses antes que cumpla el
tiempo de los quatro años estipulados en esta
escritura, para la despedida o continuar celebrando
nueve escritura.
- Que si algún vecino de esta villa se hallase enfermo y
quisiese medico acompañado, antes de llamarle le a
de dar parte al espresado don Martín López, y de no
executarlo no a de ser obligado asistir a la
enfermedad de tal enfermo.
- Que para ayuda de condución de su omenage de
casa desde la villa de Madrid, donde actualmente se
halla el espresado don Martín, se le a de dar cien
reales de vellón.
Y, estando presente el referido don Martín López, enterado de
todo lo contenido en este acuerdo, dijo azeptaba y aceptó todas
las condiciones en él expresadas, y se obligaba y obligó asistir â
los vecinos â la curación de sus enfermedades, y hazer las
visitas correspondientes y otras que les corresponda según lo
necesite el enfermo, y cada parte cada uno, en aquello que les
toca, se obligan con sus personas y vienes, y para su
cumplimiento dan poder a las Xusticias y Juezes de su Magestad
competentes, para que los apremien por (to)do rigor de derecho
y via executiba Así lo otorgaron, y firmó el que supo, siendo
testigos Antonio Conde, Fernando Rodríguez y Antonio Alonso.
(Siguen 13 firmas, más las del médico y el escribano).
135
AHPM, p. 32.757, f. 60.
1783-04-12. El concejo de Parla recibe como boticario a Pedro
Antonio del Campo.
En la villa de Parla, a doze dias del mes de Abril de mill
setecientos y ochenta y tres, los señores Tomás Guzmán y
Manuel Hurtado, alcaldes ordinarios de ella, Joseph Hurtado
Fernández, uno de los regidores, Víctor Martin y Francisco
Martín García, diputados del común, Diego Furtado,
procurador sindico general, y Francisco Martín Franco,
procurador personero de esta Villa, se juntaron en las casas de
su ayuntamiento, como lo tienen de uso y costumbre para tratar
y conferir las cosas tocantes y pertenecientes a esta Villa y sus
vecinos, y estando presentes también Francisco Bermejo,
Antonio de Parla, Vicente de Parla, Pedro Martín González y
Valentín Montero, vecinos y capitulares de ella, por sí y por los
demás vecinos ausentes enfermos y impedidos de quienes
prestaron la devida caución de rato grato manente pacto de que
estarán y pasarán por lo que se hará mención, y así juntos
dijeron, que respecto de haver cumplido Pedro Antonio del
Campo, boticario de esta dicha Villa, y ne(ce)sitar de boticario
y haver hecho diligencias de otro boticario, de ver si quería
benir con menos de los quinientos reales que se le dan por vía
de adeala ô gratificación, y no haverse encontrado ôtro, desde
luego recibían y recibieron, por quatro años, al mismo Pedro
Antonio del Campo con el mismo salario ô adeala de los
quinientos reales en cada uno que se le han de dar y pagar en
tres tercios, fin de abril, último de agosto y fin de diciembre por
los señores desta villa, y dicho Valentín Montero, como
capitular que se halla presente, dijo que él por sí no consentía el
que se recibiese boticario, y si que para este fin fuese en concejo
general, y no obstante de lo que proponen todos los demás
señores xusticia y regimiento y capitulares, espresaron que
admitían al dicho Pedro Antonio del Campo, pues, aunque se
encontrase otro, siempre a de querer la misma adeala y mucho
coste para traerle la botica y demás omenage de casa, y para
que en adelante, si acaso el Valentin Montero quisiere oponerse
â este recibimiento, o alguno otro se de quenta para su
aprovación al supremo consejo Real de Castilla, ô a algún
asesor, para que determine sobre este particular de si se debe
136
admitir â dicho Pedro Antonio del Campo respecto de ser
preciso y necesario boticario en esta Villa, como siempre ha
avido de tiempo ymmemorial, y lo firmaron los que supieron,
como también el dicho Pedro Antonio del Campo, que lo llamo
este ayuntamiento, y dijo azeptaba y azeptó este recibimiento y
bajo de la adeala consignada y se le a dado en onze años que a
estado en esta Villa, de todo lo qual yo el escribano doy fee.
(Siguen 8 firmas, más la del boticario y el escribano).
AHPM, p. 32.757, f. 43
1787-10-14. El concejo de Parla recibe al médico Manuel
Tomás que lo era de San Martín de la Vega.
En la villa de Parla, a catorce días del mes de octubre de mill
setecientos y ochenta y siete, estando en concejo general a son
de campana tañida, de que yo el escribano de haverla oydo doy
fee, los señores Thomás Guzmán y Juan Martín Franco, alcaldes
ordinarios de ella, Bonifacio Bello, regidor, Juan Bello y Felipe
Bello diputados del común, Francisco Martín Franco,
procurador síndico general, Ramón del Couto, procurador
personero de esta dicha Villa, Francisco Bermejo, Antonio de
Parla Fernández, Blas Fernández, Manuel Hurtado Franco,
Valentín Montero, Alfonso Guzmán, Joseph Hurtado Fernández,
Eusebio Franco, Diego Asenjo, Alejandro Galas, Juan Martín
Fernández, Ramón Hortiz, Nicolás Sánchez, Gregorio Gutiérrez,
Vicente de Parla, Benito Asenjo, Manuel Marcos y Bonifacio
Carballido, y digeron que, haviendo pretendido este partido de
médico titular de esta villa don Manuel Thomas, médico titular
que a sido de la villa de San Martín de la Bega, y asimismo que
le recibían y recibieron por tal médico bajo de las condiciones
siguientes:
- Primeramente, que reciben al espresado don Manuel
Thomás por dos años que darán principio desde el día
quinze de noviembre de este año y cumplirán en otro
tal día del año que vie(ne) de mill setecientos y
ochenta y nueve.
- Yten, es condición se le a de dar para ayuda de pagar
la casa que havita, que se le recibe bajo y con las
mismas condiciones que tenía hechas don Agustín
Rubio, médico que fue de esta villa.
137
-
Y así mismo acordaron que, mediante a que
Alejandro Pérez Galas, cirujano titular de esta Villa,
a suplicado se le dé alguna ayuda más de costa de lo
que tiene asignado y escriturado, que además del
salario que tiene de siette reales y medio y los
doscientos reales para casa, se le dé desde primero de
henero del año que viene de mill setecientos y
ochenta y ocho, nueve reales diarios hasta el
compromiso de la escritura que tiene otorgada con
esta villa, y bajo de las mismas condiciones que
constan en ellas, y lo firmaron los que supieron, de
todo lo qual yo el escribano doy fee. Siguen 16
firmas, más la del escribano.
AHPM, p. 32.757, sin foliar.
1788-05-08. El concejo de Parla recibe como médico titular al
doctor don Manuel Gregorio del Cid.
En la villa de Parla, â ocho días del mes de maio de mill
setecientos y ochenta y ocho, estando en la casa de este
ayuntamiento como lo tienen de uso y costumbre para tratar y
conferir las cosas tocantes y pertenecientes a esta Villa y
utilidad de sus vecinos: Los señores Diego Sacristán Bermejo y
Joseph Hurtado Fernández, alcaldes ordinarios de ella, Esteban
Marcos, regidor decano, Phelipe Bello, procurador diputado de
este común, Antonio Marcos, procurador síndico general,
Francisco Bermejo, Blas Fernández Rubio, digeron que.
respecto de que en el día veinte del mes pasado se recibió por
médico titular de esta Villa a don Carpetano López, que lo era
de la de Caravaña, y, por ciertos motibos que le han asistido,
escribió no admitía este partido, y respecto de que al tiempo de
recibirle, pretendió también don Manuel Gregorio del Cid,
médico en la Corte, y haver hecho nuevamente pretensión de tal
médico titular de esta Villa, sus mercedes digeron que respecto
la mucha falta que haze, desde luego de un acuerdo y
conformidad, recibieron por tal médico titular de esta villa al
mismo don Manuel Gregorio del Cid, por tiempo y espacio de
quatro años que darán principio desde el dia veinte de este
presente mes y año, y cumplirán en otro tal día del año que
viene de mill setecientos y nobenta y dos y bajo y con las
mismas condiciones que han estado los médicos anteriores, con
138
el salario de quatro mill y quinientos reales de sueldo al año,
doscientos reales para ayuda de pagar casa y adeala que le da el
Hospital de San Bartolomé de esta Villa, y estando presente
dicho don Manuel Gregorio de Cid, lo azeptó este partido del tal
médico, y lo firmó junto con los que supieron de sus mercedes,
de que yo el escribano doy fee. (Siguen 3 firmas, más las del
médico y el escribano).
AHPM, p. 32.757, f. 170.
1796-01-24. Escritura que otorgan los señores de Ayuntamiento
de la Villa de Parla para recibir como médico titular a don José
Benito.
En la villa de Parla, a veinte y quatro de enero de mil
setecientos noventa y seis, estando en las casas capitulares de
esta Villa como lo tienen de uso y costumbre para tratar u
conferir las cosas tocantes y pertenecientes al bien común, los
señores Nicolás Martín, alcalde decano y único por no haber
tomado la vara el otro señor; Antonio Hurtado, Casimiro
Sachristán, rejidores; Manuel Hurtado, procurador síndico
general, Manuel Alonso, Pedro Martín González, diputados del
común, Abdón Gil, procurador personero, â cuias casas
hasistieron para el fin y efecto que haquí se citarán, Juan
Martín Franco, Francisco Martín, Gregorio Franco, Triburcio
Fernández, Marcelo Hurtado, Francisco López, Antonio
Marcos, Atilano Paredes, Juan Velasco, Juan Sachristán,
Eusebio Martín, Francisco Artalejo y otros muchísimos de esta
conotada villa, a son de campana tañida, que de haberla hoido
yo el escribano doy fee, cuios señores de ayuntamiento y vecinos
citados a una voz dijeron que, respecto que Don Josef Benito,
médico titular de esta villa, había escriturado con la de
Valderacete para ejercer su empleo en ella, y allarse todos los
conqurrentes con entera confianza del suso dicho y tener
conozidas las complesiones de cada vecino, su hombría de bien,
desde luego todos juntos y congregados, le suplicaron para que
volviese â escriturar de nuevo y hiciese renuncia del partido que
tenía aceptado en la villa de Valderacete a cuias súplicas el
expresado Don Josef Benito, en este mismo acto, aceptó de
nuevo el tal empleo de médico titular de esta villa, y desistió de
la de Valderacete, en cuia vista dichos señores y vecinos
volvieron â repetir la admisión, y admitieron por tal médico
139
titular, al ya referido Don Josef Benito por tiempo y espacio de
quatro años, ô por los que le acomode a el suso dicho, y darán
principio en este de la fecha, vajo del salario de quatro mil
quatrocientos reales que cobra por repartimiento entre vecinos,
doscientos de adeala para la casa en que havita, que igualmente
se reparten; mil y cien reales que según la orden de los señores
del Real y Supremo Consejo de Castilla disfruta de estos
propios, y últimamente treinta reales que da el administrador
del hospital de San Bartolomé de esta villa por la asistencia de
los enfermos transeúntes, cuias partidas citadas ascienden â
cinco mil ochocientos y treinta Reales vellón, y de las
condiciones de las mismas le otorgan a favor de Don Josef
Benito dichos concurrentes que por obras estensión no se
adnotan en esta escritura; y el mismo lo aceptó en toda forma,
lo firmóel que supo, y el que no lo señaló como acostumbra
junto con los vecinos que supieron, de todo lo qual doy fee.
Manuel Hurtado (Rúbrica) Pedro Martin González (Rúbrica)
Abdón Gil (Rúbrica).
AHPM, p. 32.759, ff. 684-685, e. Ramón del Cerro y Montes.
140
MÓSTOLES EN LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA
POR DAVID MARTÍN DEL HOYO
Mundialmente conocida es la hazaña patriótica que
supuso el que los alcaldes ordinarios de Móstoles, Andrés
Torrejón y Simón Hernández, firmasen el bando escrito por Juan
Pérez Villamil aquel 2 de mayo de 1808, llamando al socorro de
Madrid y a emprender acciones bélicas que expulsasen a los
invasores franceses del país y devolviesen el trono al rey
Fernando VII; gesta que inmortalizaría sus nombres para la
Historia contemporánea de España. Aunque es de obligada
mención este episodio de la Historia local, por su importancia y
trascendencia, no es objeto de este artículo hablar sobre aquel, si
no tratar sobre cómo vivieron los mostoleños esos seis años
trágicos de conflicto bélico, al menos en aquellos
acontecimientos y circunstancias que quedaron documentados
para la posteridad77.
Año 1808
Móstoles permaneció en zona controlada por los
franceses desde que el general Joachim Murat ocupase Madrid
(23 de marzo de 1808) hasta poco después de la derrota del
general Dupont en Bailén (1 de agosto de 1808); de nuevo tras
la capitulación de Madrid ante Napoleón (4 de diciembre de
1808), hasta la retirada de las tropas tras la batalla de Arapiles
(agosto de 1812); el último periodo de ocupación se prolongó
desde noviembre de ese año hasta el 27 de mayo de 1813,
semanas antes de la batalla de Vitoria (21 de junio), dejando
definitivamente la capital y sus alrededores libres de tropas
francesas78.
77
Agradezco desde aquí la generosa colaboración de Jesús Rodríguez
Morales en la confección de este artículo, aportando ideas y traduciendo del
francés varios textos.
78
Fernando VII había dejado constituida una Junta Suprema de Gobierno el
10 de abril, a su marcha hacia Bayona, que debía regir el reino. Su presidente,
el infante Don Antonio Pascual de Borbón, abandonó el cargo el 4 de mayo,
ocupándolo Murat. El 7 de julio José Bonaparte comenzó su reinado de
forma efectiva, entrando en Madrid el día 20 del mismo y siendo proclamado
rey el 25, aunque enseguida tuvo que abandonar la capital del reino, tras la
141
Como sabemos, en 1808 eran alcaldes ordinarios de
Móstoles Andrés Torrejón y Simón Hernández, pero había otros
dos por la Santa Hermandad -Fernando Frutos y Juan Godino-;
los regidores eran Antonio Martín de Carlos y Manuel Montero
de Manuel; Josef de Salazar, cirujano, ocupaba el de procurador
síndico general79.
A pesar de los notables sucesos del Dos de Mayo de
1808, sus consecuencias y la enorme trascendencia histórica del
bando de los alcaldes de Móstoles, efemérides tan glorificada
por la historiografía romántica y contemporánea, lo cierto es que
la Guerra de la Independencia fue una gran catástrofe, en
muchos sentidos, para nuestra villa, a la cual le sobrevino una de
sus peores épocas de muerte, hambre, destrucción y desolación;
quedando la población arruinada económicamente y extenuada
demográficamente. Todavía en 1808 no se notaron mucho los
efectos demográficos de la guerra, ya que hubo 34 nacimientos y
28 defunciones, y por tanto un crecimiento vegetativo de 6
almas80.
Una de las principales razones por las que Móstoles
sufrió tanto las consecuencias del conflicto, fue el hecho de estar
atravesado por la carretera de Extremadura, lo que suponía el
tránsito constante por ella de tropas de uno y otro bando durante
derrota francesa acaecida en la reciente batalla de Bailén (19 de julio). Es de
suponer que, en adelante, la autoridad suprema la asumió el Consejo de
Castilla, el cual el 11 de agosto declararía nulas las abdicaciones de Bayona y
el día 24 de ese mes proclamaría rey in absentia al exiliado Fernando VII.
Mientras, José I continuaba reinando de forma paralela en aquellos territorios
que los franceses controlaban. El 25 de septiembre se constituyó en Aranjuez
la Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, que asumió la soberanía
nacional en nombre de Fernando VII, pero tuvo que trasladarse,
sucesivamente, a Badajoz, a Sevilla y finalmente a Cádiz. Esta Junta sería
disuelta el 31 de enero de 1810, y reemplazada por el Consejo de Regencia de
España e Indias, que comenzó su andadura al día siguiente y permaneció
hasta el 22 de enero de 1812, cuando fue sustituido por el órgano llamado
Regencia del Reino, que a su vez quedaría vigente hasta el 10 de mayo de
1814, momento en el que el retornado monarca Fernando VII reasumió su
trono.
79
OCAÑA PRADOS, Juan. “Autoridades y profesionales”. Apuntes para la
historia de la Villa de Móstoles. Ayuntamiento de Móstoles, 1981 (reedición
de la versión original de 1908).
80
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
142
la guerra; a estas tropas, los vecinos humildes, que ya de por sí
sufrían escasez, tenían que suministrar alimentos y utensilios,
alojar a los soldados en sus propios hogares (con los robos,
saqueos, violaciones y destrozos derivados de ello),
proporcionarles paja y cebada a las caballerías, y por si fuera
poco, tenían que transportar los equipajes de las tropas,
utilizando sus propios carros y ganados.
Este tránsito se intensificó durante la Guerra de la
Independencia, con el paso tanto de tropas españolas como
francesas por la localidad. Los suministros que la villa les
proporcionó en aquellos años, contabilizados en dinero,
ascendieron a las siguientes cifras81:
Año
1809
1810
1811
Total
Suma total
93.128 reales y
maravedí
2.552 reales y
maravedíes
9.552 reales y
maravedíes
105.232 reales y
maravedíes
1
45
45
91
Las continuas exigencias de utensilios, bagajes y
alojamiento para las tropas impactaron en un vecindario ya
exhausto por las desgracias de la guerra (hambre, muerte,
desolación, etc.). Ello movió el 21 de noviembre de 1808 a los
dos alcaldes ordinarios, Andrés Torrejón y Simón Hernández, y
a los dos regidores del concejo, a reclamar al corregidor e
intendente de la provincia de Madrid que instase a los vecinos
hidalgos de la localidad, exentos de todo bagaje y contribución,
a que se solidarizasen y aportasen sus víveres, su dinero y sus
viviendas, para una causa que tenía prácticamente arruinada a la
población pechera82. Naturalmente, los hidalgos se negaron a
81
OCAÑA PRADOS, Juan. “Consecuencias que tuvo en Móstoles la guerra
de la Independencia”. op. cit.
82
Decía así la petición:“Que con motivo de las continuas tropas que
diariamente estan pasando por este pueblo, ya hace tiempo, suministrando a
todos cuantos utensilios, alojamientos y bagajes les son necesarios, en
cumplimiento de sus deberes y las ordenes que reciben de Vuestra
143
ello, escudándose en sus privilegios y franquezas como nobles
que eran.
El ayuntamiento, para satisfacer las pesadas cargas
bélicas, tuvo que tomar las pertenencias de la parroquia de Ntra.
Sra. de la Asunción desde 1808 hasta 1813, para poder
suministrar trigo, cebada y centeno a las tropas que pasaban por
el pueblo83.
A propósito de dichas obligaciones militares, exponemos
el testimonio que nos legó el erudito local Juan Ocaña en 1908,
quien transmitió la memoria histórica de la tradición oral
mostoleña; utilizamos este testimonio con la cautela que se debe
con las fuentes orales, pero lo expondremos por ser el más
Superioridad y ejecutan con la mayor prontitud y celo, ya por si, siendo los
primeros que en sus propias casas alojan soldados, como cualquiera otro del
pueblo, y ya por el comun de vecinos, quienes con igual celo hospedan y
alojan a cuantos han pasado y transitan por esta carretera, conduciendo asi
mismo unos y otros con sus carros y propio ganado cuanto equipaje traen
consigo las mismas, se han visto en la dura necesidad de repartir o mandar a
los individuos del Estado de hijosdalgos de este pueblo, ayuden a llevar las
cargas al comun de vecinos pecheros, cargando sus carros y ganados con
dicho equipaje en los mismos terminos y alternando con dichos pecheros
segun los tocase en turno; mas exponiendo que el Estado de Hijosdalgos
jamas han llevado ni sufrido carga de esta naturaleza, sin atender a las
precisas y necesarias actuales circunstancias que exigen mas que nunca el
que todos nos esforcemos a contribuir cada cual por su parte, mirando por el
alivio de la Patria, no han permitido ni querido contribuir con sus carros y
ganados para transportar dichos equipajes, sino solo en el corto tiempo que
en la Corte estuvo el Gobierno por los franceses, que fueron de bagaje las
pocas veces que les toco el turno; y siendo mas legitima la necesidad
presente que la de aquella epoca, no podemos dejar de hacerlo presente,
molestando la atencion de ustedes y suplicando, con el mayor rendimiento,
se sirva medir con su acostumbrada equidad y justificacion dichas
circunstancias y mandar en su virtud que los dichos hijosdalgos de la villa de
Mostoles, presten por ahora su ayuda cargando sus carros y ganados
igualmente que lo hacemos todos los individuos de este Ayuntamiento y su
comun de vecinos, con el equipaje de las tropas que en adelante fueren
pasando, o con cualquiera otro transporte que ocurra, alternando con los
demas vecinos mientras duren las presentes exigencias que asi lo exigen y
por el tiempo que la justificacion de Vuestra Superioridad estime
conveniente, como asi los esperamos de su acreditada bondad y rectitud”.
OCAÑA PRADOS, Juan. “Consecuencias que tuvo en Móstoles la guerra de
la Independencia”. op. cit.
83
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Cuenta tomada al mayordomo de la iglesia parroquial desde el 20 de Marzo
de 1807 hasta el 28 de Julio de 1816.
144
ilustrativo que tenemos84. Comenzaba Ocaña su narración de
esta manera85:
“Grandes fueron las desgracias sobrevenidas a
Móstoles desde el principio de la guerra de la
Independencia hasta el año 1813 en que las tropas
francesas evacuaron el territorio español.
La circunstancia de solo distar el pueblo 17 kilómetros
de la Corte y de cruzar por su centro la carretera de
Madrid a Badajoz, era causa suficiente para que de
continuo hubiese soldados franceses en Móstoles, unas
veces de asiento y otras de paso; y raro era el día que
no se cometían hurtos, saqueos, crímenes y toda clase
de atropellos, a que tanto se prestó aquel terrible
período de ruda y encarnizada lucha.
En Madrid y en otras capitales del reino en que había
Gobernadores o autoridades que podían reprimir los
desmanes del ejército invasor, estaba el soldado
francés sujeto y subordinado guardando orden; pero
en los pueblos de escaso vecindario, como Móstoles,
donde nadie podía contrarrestar ni castigar sus
ímpetus, desbordábase la soldadesca, cometiendo
cuantos excesos se le antojaban, sin respetar nada,
como lo prueban los innumerables hechos de esta
índole, referidos en la historia patria.
Unos días antes de que Napoleón I entrase en Madrid,
que como es sabido, fue el 4 de Diciembre de 1808,
estuvieron destacadas numerosas fuerzas del ejército
francés en los pueblos inmediatos, correspondiéndole
a Móstoles los Dragones del Regimiento núm. 17.
Llegar al pueblo y entregarse al más desenfrenado
libertinaje fue todo uno.
Los vecinos atemorizados y sin defensa posible,
huyeron de la población, buscando refugio, la mayoría
de ellos, en las ermitas de San Marcos y de la Virgen
de la Salud, distantes una legua y que por su situación
84
Ocaña nació en 1850, por lo que en su infancia o juventud pudo escuchar,
de primera mano, los relatos de ancianos que vivieron la guerra.
85
OCAÑA PRADOS, Juan. “Consecuencias que tuvo en Móstoles la guerra
de la Independencia”. op. cit.
145
topográfica resultaban poco visibles y más apropiadas
que otros sitios para ocultarse.
Durante los tres días que los Dragones permanecieron
en el pueblo (salieron de él en 4 de Diciembre) se
hicieron dueños de cuanto hallaron en las casas, cuyas
puertas abrían a golpes, apoderándose de aves,
corderos y ovejas, que sacrificaban para saciar su
gula.
Entraron en las bodegas y después de embriagarse y
enloquecerse, dejaron abiertas las canillas de las
tinajas para que se vertiese el vino. Saquearon las
viviendas llevándose cuantos efectos fueron de su
agrado; así es que al abandonar la población dejaron
en ella las tristes huellas del saqueo y del latrocinio.
Estos hechos, que se repitieron varias veces, y los
continuos gravámenes que se impusieron a los vecinos
durante la campaña por el movimiento constante de
las tropas españolas y francesas, a las que tenían que
facilitar suministros, alojamiento y bagaje, arruinaron
a la Villa, dejándola exhausta de recursos y por ende
en la más espantosa miseria”
Los hechos narrados por Ocaña parecen ser ciertos. Tras la
retirada de las tropas francesas después de la batalla de Bailén,
Napoleón Bonaparte intervino personalmente en la Península
Ibérica al mando de la Grande Armée, ejército compuesto por
250.000 soldados veteranos, que avanzó rápidamente hacia el
centro derrotando a la resistencia anglo-española en Gamonal,
Espinosa de los Monteros y Tudela y presentándose el 30 de
noviembre en el valle de Somosierra ante los ejércitos
comandados por el general Benito San Juan, que fueron
vencidos al lanzar el emperador francés a la caballería polaca
contra aquellos, dejando expedito el camino hacia Madrid. El
conde de Toreno, que vivió la guerra, señalaba que “El 30 [de
noviembre de 1808] exploradores enemigos se habían divisado
en Móstoles, y el 1º de diciembre muy de mañana súpose lo
acaecido en Somosierra”86. El día 2 las tropas imperiales
86
QUEIPO DE LLANO, José María (conde de Toreno). Historia del
levantamiento, guerra y revolución de España. Tomo II. Ed. Tomás Jordán.
Madrid, 1835. pág. 169.
146
pusieron cerco a la capital y la bombardearon, resistiendo esta
un día y medio hasta que tuvo que rendirse el 4 de diciembre.
Para el asedio a Madrid Napoleón desplegó tropas en los
pueblos de alrededor y vías de acceso, entre ellos Móstoles,
atravesado por la carretera de Extremadura. Una obra de
comienzos del siglo XX sobre las campañas napoleónicas en
España transcribe abundante correspondencia militar que da
cuenta de los movimientos de soldados y enfrentamientos que
sucedieron en nuestra villa en aquellos días, y que confirman lo
transmitido por Juan Ocaña87:
· El 2 de diciembre el general d’Avenay indicaba al
general La Houssaye que “En el camino de Madrid a
Móstoles, nos dimos cuenta y quisimos inspeccionar a
30 o 40 carabineros que escoltaban cuatro coches, pero
un barranco nos impidió acercarnos más, y continuaron
su viaje”. A la mañana siguiente, el general de brigada
de dragones, Ignace-Laurent-Stanislas D’Oullembourg –
asentado en Pinto-, informaba al Jefe del Estado Mayor
francés, Luis Alexandre Berthier, de que vigilaba
mediante postas separadas tanto Getafe como Móstoles,
punto este último donde “se dispararon algunos tiros
durante la noche” anterior. Más tarde D’Oullembourg
especificaría al mariscal Bessières que había destacado
en Móstoles al jefe de escuadrón Dulac, al mando del
14º regimiento con 120 jinetes, el que habiendo llegado
sobre las 10 de la noche, “me informa de que al llegar le
hicieron algunos disparos de fusil, pero la oscuridad y
la niebla le impidieron descubrir a los que disparaban,
que escaparon”.
· En la madrugada del 3 al 4 de diciembre, el general
D’Oullembourg comunicaba
al general LatourMaubourg lo siguiente: “Los destacamentos de mi
brigada que había emplazado en Getafe y Móstoles
también se vieron obligados a ceder ante el número y a
replegarse hacia mí anoche; tengo bastantes dragones
Vid. “Don Gaspar de Jovellanos a sus compatriotas”. El Español. Nº XXII,
30 de enero de 1812. pág. 308.
87
BALAGNY, Dominique E. Campagne de l'empereur Napoleón en
Espagne. Tomo III. Ed. Berger, Levrault et Cie. París, 1903. pp. 144, 151,
152, 161, 162, 174, 175, 197, 236, 240, 286, 299, 303 y 317.
147
·
que fueron muertos o hechos prisioneros, no sé todavía
el número, pero les hemos matado a mucha gente; el
enemigo no se atrevió a seguir directamente el camino
de Aranjuez, pasaron en columnas ordenadas por las
otras carreteras y en pelotones dispersos por las
llanuras entre estas carreteras a mi derecha e izquierda
(…) hice volver al amanecer destacamentos de igual
fuerza a Getafe, carretera de Toledo y Andalucía, y a
Móstoles, carretera de Talavera y Extremadura”.
Berthier informó el día 4 por la mañana al general
D’Oullembourg que “Este enjambre de hombres, que
desalojó al escuadrón que estaba en Móstoles era un
fragmento de los aproximadamente 20.000 hombres que
se encontraban en la localidad de Boadilla del Monte,
consistente en una chusma escapada de los combates de
Burgos, Sepúlveda y los desfiladeros de Somosierra, que
vino de Segovia para marchar sobre Madrid,
abandonando bagajes y artillería cuando supieron que
éramos dueños de Madrid, y que se retiraban
desordenadamente por la carretera de Extremadura;
comunicad con el general Belliard, que manda en
Madrid, para dar otra dirección a vuestra vigilancia;
pero, hasta nuevo aviso, hace falta detener a todos los
que salen de Madrid, sobre todo oficiales, soldados y
elementos de artillería” y después, D’Oullembourg
comunicó a Latour-Maubourg que “he enviado
inmediatamente al mismo lugar al 14 Regimiento, que
debe regresar a Móstoles para reconocer exactamente la
fuerza del enemigo y hacerle retirarse, si es posible”.
El 4 de diciembre el general Merlin daba cuenta de la
siguiente situación: “Desde el puente de Madrid hasta
Móstoles, en donde ha estado esta partida, la carretera
principal estaba cubierta de civiles y militares que
huían. Alrededor de 7.000 u 8,000 personas han vuelto a
Madrid; 150 soldados han sido agrupados, entre los que
se cuentan una veintena de franceses capturados en
Andalucía. Una gran parte de estos soldados venían del
cuerpo derrotado en Somosierra, que quería dirigirse a
Madrid. Sin embargo, tras darse cuenta de la
imposibilidad de ello, se dirigieron a Navalcarnero,
148
·
·
·
·
adonde gran parte de la guarnición de Madrid se retiró
esa noche. Un hombre que habla muy bien el francés nos
aseguró que había 18 o 20 cañones en Navalcarnero sin
medios de transporte”.
Hacia el 5 de diciembre el general D’Oullembourg
manifestaba al mariscal Berthier “Tengo el honor de
informarle que, habiendo hecho reocupar Mostoles por
un escuadrón, hice partir, desde este punto, esta
mañana, un reconocimiento hacia Talavera, que no ha
encontrado nada; Móstoles ha sido completamente
destruido por el paso de tropas, fugitivos y
vagabundos”.
En los días siguientes el general Lasalle se dirigió hacia
Talavera con sus tropas para reconocer el estado de las
fuerzas españolas, seguido del general Milhaud con las
suyas; el día 8 éste último informaba desde Navalcarnero
que había dejado al 16º y 21º regimientos en Móstoles y
que al día siguiente establecería su cuartel general en
Casarrubios.
El 12 de diciembre el emperador Napoleón ordenó a su
mariscal Berthier que, tras pasar revista a las tropas, “la
caballería del cuerpo de ejército, los cajones de los
equipajes militares y la división Sebastiani se pondrán
en marcha para llegar a Móstoles y entre Móstoles y
Casarrubios, en la carretera de Talavera de la Reina”,
lo que ocurrió el día 13. El mismo día 12 ordenó repartir
varios destacamentos de dragones por los pueblos
cercanos a Madrid, “para proteger los suministros de
cualquier tipo, facilitar las comunicaciones, tranquilizar
a la población rural sobre la conservación de los
alimentos que quedan. Los comandantes de las tropas
acantonadas en las ciudades y pueblos a lo largo de las
vías de comunicación deberán proteger los suministros
mediante escoltas; se ampliará el círculo de las medidas
adoptadas para los alrededores de Madrid, a medida
que se tenga la certeza de que los pueblos se agotan”.
El 14 de diciembre Napoleón ordenaba a Berthier que al
día siguiente partiese, al mediodía, la división polaca al
mando del general Valence, que debía pasar la noche en
Móstoles, procurando que “se le proporcionen sus
149
ambulancias y diez piezas de artillería, es decir, tres de
ellas que están en el parque, tres de ellas que estaban en
Segovia, dos de Hesse-Darmstadt y dos que le dará el
general Lariboisière, con al menos seis cajas de
cartuchos de infantería”.
El paso y estancia de tropas francesas en Móstoles durante la
primera quincena de diciembre de 1808 y la existencia de una
verdadera batalla entre un escuadrón de 120 dragones del 14º
Regimiento, al mando del jefe de escuadrón Dulac, que fue
desalojado de la villa por fugitivos del ejército español, que a
continuación se atrincheraron en el pueblo, quedan confirmados
por estas noticias, pero ignoramos si es exacto que Móstoles
fuera “completamente destruido”, como afirmaba el general
D’Oullembourg el día 4; por “el paso de tropas, fugitivos y
vagabundos” españoles en su huida de Madrid, cuando Juan
Ocaña, haciéndose eco de la tradición oral, decía un siglo
después que los desmanes cometidos esos días en la villa fueron
de exclusiva responsabilidad francesa.
El caso es que, a partir de finales de 1808, Móstoles, por su
situación estratégica88, quedó ocupado ininterrumpidamente por
un escuadrón de dragones, cuya misión era vigilar y asegurar las
comunicaciones, el correo y los suministros del ejército.
Año 1809
De este año muy poco se sabe, únicamente que era
alcalde ordinario por el Estado noble Alfonso García de Sena,
tutelando las elecciones de cargos del concejo la Sala de
alcaldes de Casa y Corte89. Era cura párroco Josef Álvarez
Vázquez, que permaneció en el cargo toda la guerra90.
Hubo 37 nacimientos pero el número de fallecidos se
elevó a 72 -30 de ellos niños-, lo cual arroja un retroceso
88
Como Torrejón de Ardoz, Paracuellos, Alcobendas, Las Rozas, Brunete,
Getafe, Pinto, Vicálvaro, Vallecas y Torrejón (¿de Velasco?).
89
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Legajo 1.406, exp.14.
90
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
150
vegetativo de 35 habitantes91. Sin duda, los estragos de la guerra
se dejaron notar en Móstoles con una elevada mortalidad.
Año 1810
Desde 1810 y hasta 1812, los capitulares del
ayuntamiento mostoleño probablemente fueron elegidos por
comisarios regios al servicio de José I, ocupando cargos varios
individuos que ya fueron capitulares en años anteriores, aunque
no sabemos si alguno de aquellos colaboró activamente con el
gobierno josefista, y por tanto ignoramos si hubo afrancesados
participando en el gobierno local de aquellos años. En concreto,
sabemos que en 1810 eran alcaldes ordinarios Pascual Torrejón
–por el Estado Noble- y Manuel Lucas –por el Estado General-,
regidores Simón Montero e Isidoro Vargas y procurador síndico
general Estanislao Lorenzo92.
Del verano y el otoño de 1810 se tiene noticia de la
presencia y actuación de partidas de guerrilleros españoles en
nuestra villa y sus cercanías, tal y como relatan los partes de de
la situación bélica que ofrecía a los españoles la prensa del
momento: “En unos partes interceptados del general Belliard a
Berthier con fechas de 5, 6 y 7 de julio, se habla de varias
partidas de patriotas de que no se tiene otra noticia. Cuenta que
se habían presentado en Torres, Bastan, Cienpozuelos, San
Martín de la Vega, Seseña, el puente de Guadarrama entre
Nabalcarnero y Mostoles y otros parages de la provincia de
Madrid. Añadía que las inmediaciones de Somosierra estaban
infestadas de patriotas, y que en Riaza y Sepúlveda se habían
reunido muchas partidas (sic)”93; “El 6 [de octubre] por la
noche se supo que el convoy francés que salió de aquí [Madrid]
para Andalucía el 18 del pasado, y aún permanecía el 25 en
Manzanares, ha sido interceptado por los patriotas. En
Valdemoro, Vicálvaro, Torrelaguna y Móstoles ha habido
refriegas con las guerrillas; y estos sucesos, pequeños en sí,
pero importantes por su influencia y por lo que alarman e
incomodan a nuestros opresores, son sin duda los que motivan
la salida, que se verificará en muy breve, de un gran convoy que
91
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
92
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Legajo 32.176, exp.18.
93
Gazeta de la Regencia de España e Indias. Nº 80, 11 de octubre de 1810.
151
debe llevar a Francia muchas riquezas, y en el que irán varios
oficiales de graduación y el embaxador de Dinamarca con su
muger”94.
A diferencia del año anterior, 1810 fue un año con baja
mortalidad: hubo 33 nacimientos y 27 defunciones, lo que arroja
un crecimiento vegetativo de 6 habitantes95.
Año 1811
Con prácticamente toda España ocupada por los
franceses y sometida al gobierno de José I, la ciudad de Cádiz
resistía el asedio, concentraba a numerosos patriotas y se
celebraban en ella unas Cortes Generales y Extraordinarias que
iban a aprobar un cuerpo legislativo de carácter liberal, cuyo
máximo exponente sería la Constitución Política de la
Monarquía Española, promulgada el día 19 de marzo de 1812.
Mientras tanto, en Móstoles, repetía como alcalde ordinario por
el Estado Noble, Alfonso García de Sena96.
En el verano de 1811 la situación económica del
vecindario era dramática, por los costes de la guerra, así como la
mortalidad y el hambre que ésta había traído97. En el concejo
general celebrado el 28 de julio, los mostoleños otorgaron poder
a tres vecinos para concertar con la Corona el encabezamiento
de rentas provinciales, con la esperanza de que se les rebajase
las cuotas de contribución, pues alegaban “...que por quanto las
actuales ocurrencias del reyno, han debilitado las producciones,
ventas, traficos y consumos y demas ramos sobre que se hallan
cargados los reales derechos de rentas provinciales, y hallarse
esta villa y sus vezinos en la mas miseria y pobreza, por los
contratiempos que han tenido y cargas, que se les ha
aumentado...” 98.
94
Gazeta de la Regencia de España e Indias. Nº 90, 3 de noviembre de
1810.
95
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
96
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Legajo 1.406, exp.14.
97
Esto ya lo preveían los franceses cuando decían, ya a finales de 1808, que
debía ampliarse “el círculo de las medidas adoptadas para los alrededores
de Madrid, a medida que se tenga la certeza de que los pueblos se agotan”.
98
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo 32.716, folios 505506.
152
En el aspecto demográfico, el año 1811 no resultó
tampoco demasiado fatal, pues se documentan 39 nacimientos y
19 defunciones, si bien este último dato podría no estar
completo99. La mortandad originada por la Guerra de la
Independencia causó el colapso del camposanto que había
adosado a la iglesia parroquial, lo que llevó al cura párroco y a
los alcaldes ordinarios a determinar que, temporalmente, se
enterrarían los numerosos cadáveres en el entorno de la ermita
del Santo Cristo del Humilladero, lo que a la larga sería la
génesis del viejo cementerio parroquial que aún subsiste en el
centro de Móstoles hoy en día100.
Año 1812
El año 1812 fue muy relevante en la Guerra de la
Independencia: las Cortes de Cádiz promulgaron la primera
Constitución española (19 de marzo) y la contraofensiva anglohispano-portuguesa logró una gran victoria contra los franceses
en la batalla de Arapiles (22 de julio), lo que les obligó a
replegarse hacia el Norte de forma progresiva.
Sin embargo, en Móstoles se vivió un año dramático en
muchos aspectos. El testimonio de Juan Ocaña, eco de la
memoria de aquella época, es bastante ilustrativo101:
“Como consecuencia de los hechos antes referidos, las
faenas agrícolas se paralizaron: lo poco que se
cultivaba era destruido por las tropas, pues este es uno
de los efectos naturales de la guerra.
Escaseaban los comestibles: el trigo y los demás
cereales alcanzaron precios fabulosos imposibles de
satisfacer por la mayoría del vecindario. El hambre se
enseñoreaba destruyendo las vidas. Las gentes
espirituadas y consumidas por la anemia, recogían del
suelo con avidez los tronchos de las legumbres y con
ansia se los comían. Muchos se alimentaban con
hierbas; y a tal extremo llegó la desgracia, que el año
99
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
100
Archivo parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libro de difuntos 8º, folio 143.
101
OCAÑA PRADOS, Juan. “Consecuencias que tuvo en Móstoles la guerra
de la Independencia”. op. cit.
153
1812, conocido por el año del hambre, fueron muchos
los que al ir andando caían extenuados y fallecían en
las calles convertidos en momias.
La población decreció notablemente imperando en ella
la desolación, el luto y la muerte. Desaparecieron
familias enteras y de haber continuado algún tiempo
más estas circunstancias, hubiera quedado el pueblo
reducido a la nada.
Como una prueba fehaciente de ello, copiamos a
continuación el certificado que puso el Cura párroco de
Móstoles en el libro de Defunciones al pie de una
partida inscrita en 16 de Agosto de 1812.
Dice así102:
‘Yo Dr. Don Josef Alvarez Vazquez, Cura
Parroco de esta villa
Certifico:
Que en los meses anteriores de este
presente año de 1812, llego a valer la
fanega de trigo 540 reales y la de
algarrobas a 420, siendo estas especies de
granos las unicas que se encontraban, y
por consiguiente el pan de dos libras llego
a valer en este pueblo 11 reales, con la
advertencia de que este llamado pan era
compuesto de salvado, ceniza, yeso, ladrillo
y otras penitencias, de cuyo veneno y de la
grande hambre se ha seguido la muerte de
tantas personas como constan en este libro
desde el mes de Marzo proximo anterior;
llegaron a tal extenuacion los cuerpos de
estos muertos, que andando se caian
exanimes.
Dios nos libre de otro semejante
Firmado:
Dr. Josef Alvarez Vázquez
102
Nota comprobada en el libro 8º de difuntos, folio 150, del Archivo
Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
154
Nota:
Defunciones en cuatro y medio meses, o sea
desde 1º de Abril al 16 de Agosto, 140.
Ocurrían al año en tiempos normales, por
termino medio, de 40 a 50’
Quedan indicadas, aunque muy a la ligera, las tristes
consecuencias que tuvo para Móstoles la Guerra de la
Independencia, y los horrores del hambre en 1812, año
fatídico, de triste recordación para España entera, y
muy particularmente para estos pueblos que, por su
proximidad a la Corte, sufrieron más que otros los
efectos terribles de la guerra”
En efecto, en 1812 hubo 36 nacimientos, cifra que entraba
dentro de la normalidad demográfica de la época, pero se
produjo una impresionante mortandad, con 191 fallecidos -48 de
ellos niños menores-, lo que arroja un retroceso de 155
habitantes103.
La crisis económica coyuntural afectó de lleno a las arcas
públicas mostoleñas, obligando al ayuntamiento a subastar y
vender al mejor postor varias de sus propiedades rústicas. Hay al
menos tres de estas operaciones documentadas: el 25 de
diciembre de 1811 había acordado el consistorio enajenar unas
tierras, con cuya venta se pretendía sufragar el suministro de
víveres a las tropas que pasaban o se aposentaban en la villa;
una vez medidas en el mes de enero de 1812 -eran tres suertes
que sumaban 3.500 estadales de superficie y se situaban junto al
prado de la Magdalena-, se remataron el 9 de febrero de 1812 en
Carlos Escobar, por 6.700 reales104. El mismo año se subastaron
otras tres tierras: una era situada junto al prado de la
Magdalena, y otra tierra conocida como Cerquilla del Caño, con
una era agregada; remató la primera en Pascual Torrejón y las
103
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
104
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo 32.716, folios 425434.
155
otras dos en Feliciano Rodríguez105. Otro conjunto de tierras se
vendieron a Carlos Escobar y Tomás de San Martín,
“hallandose apurada la villa y falta de recursos en tiempo de la
imbasion enemiga, por las muchas contribuciones y saqueos”,
quienes las devolvieron al concejo al acabar la guerra, con
condición de que se les reintegrase su dinero, pagándose este
con la renta de aquellas tierras106. Desde 1804 y durante la
guerra, el consistorio no pudo administrar correctamente sus
finanzas107.
El 23 de junio de 1812 José I dictó un decreto sobre la
organización de los tribunales, cuya vigencia fue efímera. En él
establecía un tribunal de primera instancia en Madrid, con varios
distritos de conciliación, quedando Móstoles englobado en el
séptimo, con sede en Leganés108. En aquel entonces eran
alcaldes ordinarios Josef Salazar y Manuel Marcos de Josef,
regidores Carlos Escobar y Manuel Rodríguez y Francisco
Orgaz ocupaba el cargo de procurador síndico general.
Tras la batalla de Arapiles (22 de julio de 1812), los
franceses iniciaron una retirada desde Cádiz hacia el Norte de
España, pudiendo tomar el duque de Wellington Madrid y
proclamar la Constitución el 13 de agosto de 1812, siguiéndose
el ejemplo por los pueblos de los alrededores en las semanas
siguientes.
Así, el 28 de septiembre de 1812 nuestro consistorio citó,
mediante la tradicional campana repicada, al vecindario a asistir
la plaza pública, donde se había fijado un edicto que convocaba
105
En 1814, como cada uno había aportado la mitad del precio de los
terrenos, acordaron que, hasta que dividiesen las parcelas en dos partes, las
labrarían conjuntamente, repartiéndose entre ambos las cosechas y
traspasando la obligación a sus herederos. En 1823 pendía un litigio ante la
Sala de Alcaldes de Casa y Corte, entre el ayuntamiento y los susodichos incluido Manuel Luquet-, por la venta que se hizo de estos terrenos; aunque
ignoramos en qué consistía exactamente el contencioso y qué parte lo había
interpuesto
Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo 32.717, folios 23-24 y
204-205.
106
En 1816 pendía un litigio ante el Consejo de Castilla, en el que los
arrendatarios de las tierras, varios labradores mostoleños, pedían una
moratoria en el pago de esa renta.
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Legajo 27.640, exp. 29.
107
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Libro 1.406, expediente 14.
108
Diario de Madrid. Nº 221, 8 de agosto de 1812.
156
a todo el pueblo a la ceremonia del día siguiente; se pusieron
colgaduras en muchas casas, se construyó un tablado y se formó
un dosel a las puertas de la casa consistorial con un retrato de
Fernando VII, los vecinos se engalanaron con sus mejores trajes
y acudieron al llamamiento con gran entusiasmo, resultando, en
palabras de Juan Ocaña, memorable la fiesta en la que se debía
publicar la Constitución Política de la Monarquía Española
promulgada el 19 de marzo pasado en Cádiz. Exponemos a
continuación la transcripción que hizo Ocaña de las actas de
aquel importantísimo evento109:
ACTA 1ª
“En la villa de Mostoles, a veinte y nueve de
Septiembre del año mil ochocientos doce, dia de la
dedicacion de San Miguel Arcangel. Se juntaron los
señores que componen la Justicia y ayuntamiento
actual y escribano de numero y ayuntamiento de
ella, y todos los vecinos de esta villa, juntamente con
los señores eclesiasticos de ella, en la iglesia
parroquial, y se celebro por el teniente beneficiado
de esta villa una misa solemne en accion de gracias,
segun previene la Constitucion; antes del ofertorio,
se subio al pulpito el cura parroco, quien hizo un
discurso, en el que despues de haber manifestado la
Providencia de Dios, en ordenar todas las cosas a
muy altos y sabios fines y en disponer con altisima
sabiduria los mismos males que permiten a su mayor
gloria y verdadero bien de sus escogidos y amigos,
sacando, como dice el Apostol, miel dulcisima y
frutos celestiales de la fatal Rabi, que no produce
sino hiel y amargura. Hizo ver por, consecuencia
legitima, que de todos los males que ha permitido en
nuestra España, ha sacado muchos bienes
espirituales y que debemos esperar sacara tambien
muchos temporales. Y que Dios, se ha propuesto en
la permision de una resolucion tan grande, que dio
motivo al establecimiento de nuevo gobierno
109
OCAÑA PRADOS, Juan. “Promulgación de la Constitución de 1812”. op.
cit.
157
español, por cuya sabiduria, justicia y rectitud ha
determinado reformar y librar a toda la Nacion de la
corrupción en que yacia y de los males que la
afligian; y asi que debemos persuadirnos de que el
unico intento de nuestro gobierno es hacernos
felices. Y para serlo debemos obedecerle.
Enseguida leyo la Constitucion; concluida la misa y
puesto el celebrante en las Gradas del Altar con la
Constitucion en la mano y el libro de los Santos
Evangelios, se presto el juramento de fidelidad a la
referida Constitucion, primero por el cura parroco,
el clero, Justicia y ayuntamiento de esta villa; y
despues se pregunto en alta voz a todo el pueblo, si
juraba guardar a la Constitucion Politica de la
Monarquia Española, a lo que respondieron todos
‘Si juramos’.
A continuacion se canto un solemne ‘Te Deum’.
La seriedad con que se ha celebrado toda la funcion,
al paso que inspiraba religion, llenaba de gran
satisfaccion a los concurrentes, cuyo gozo
extraordinario no podían ocultar en sus alegres
semblantes, repitiendo con entusiasmo infinito
‘vivas’ que, acompañados de los repiques de
campanas y continuos carabinazos, hicieron
completa la funcion”
ACTA 2ª
“En la villa de Mostoles, a veinte y nueve dias del
mes de Septiembre de mil ochocientos doce.
Habiendose citado el dia anterior a todo el
vecindario, casa por casa y puesto en la via publica
edicto, para que todos concurriesen en este dia que
se iba ha publicar la Constitucion Politica de la
Monarquia Española, se juntaron los señores Josef
Salazar y Manuel Marcos de Josef, alcaldes
ordinarios, Carlos Escobar y Manuel Rodriguez de
Manuel, regidores, Lorenzo Rodriguez y Manuel
Marcos de Vicente, diputados del comun, y
Francisco Orgaz ‘Mayor’, procurador sindico
general de ella, y quienes componen el Ayuntamiento
158
actual, en este presente año y con la asistencia y
concurrencia de mi, el escribano de numero y
ayuntamiento de esta propia villa, e igualmente el
Estado Eclesiástico que hay en ella, que lo es el
señor cura parroco Don Josef Alvarez Vazquez, Don
Luis Vicente Doblado, Don Andres Rodriguez, Don
Fausto Fraile y Don Tiburcio Manzano, clérigos y
sacristanes de esta propia villa, con los vecinos y
capitulares de ella; siendo las tres de la tarde y
echandose las campanas al vuelo y repicando todas
las que hay en la iglesia parroquial y juntamente
soltandose el reloj, se condujeron a la plaza publica
de esta villa y puerta del Ayuntamiento de ella, en
donde estaba formado un tablado y las casas
consistoriales colgadas, y hecho un dosel a las
puertas de ella, en donde estaba puesto un retrato
del rey Don Fernando Séptimo (Q. D. G.), y
habiendose sus mercedes con los demas subido a
dicho tablado, se leyo y publico en alta e inteligible
voz, para que todos los concurrentes, asi hombres
como mujeres y muchachos que se lleno la plaza de
gente, desde su principio hasta el final, la
Constitucion Politica de la Monarquia Española,
que todo el concurso de gente la oyo leer con un
perpetuo silencio y despues que se concluyo, a una
voz todo el concurso de gente dijo ‘¡Viva la
Monarquia Española, su Constitucion y el rey
Fernando Septimo!’; y en seguida todo lo mas de la
tarde se tiraron muchos tiros de escopeta con
polvora, repicandose las campanas, y por la noche,
a las ocho de ella, se ilumino la plaza, por las calles
se hicieron muchas luminarias y en todas las puertas
y ventanas de los vecinos se pusieron luces
encendidas, siguiendo en tirar muchos tiros de
polvora y mucho regocijo y alegria por todas las
calles de esta villa”
Resultan lógicos la alegría y el júbilo desbordados por el
pueblo de Móstoles ante la promulgación de la Constitución de
Cádiz, ya que, a pesar de ser un año terrible para el vecindario,
159
por la gran hambruna y calamidades pasadas y por pasar, al fin
se hallaba la zona libre de la presencia de tropas francesas y
fuera de la autoridad de José I, por lo que toda la legislación
proveniente de un gobierno español, entonces considerado
legítimo, fue recibida con los brazos abiertos. Sin embargo, el
avance de la coalición anglo-española dirigida por Wellington
quedó interrumpido en Burgos el 21 de octubre por la
guarnición francesa y hubo de replegarse a Ciudad Rodrigo para
reorganizarse durante el invierno, por lo que José I y su ejército
de ocupación regresó a Madrid en noviembre de 1812.
Año 1813
Los franceses permanecieron en Madrid y alrededores
hasta el 27 de mayo de 1813, cuando desalojaron la capital de
forma definitiva ante la imparable marcha del ejército aliado
desde el Sur.
En las semanas anteriores las tropas anglo-españolas
habían ido avanzando por las carreteras de Extremadura y
Andalucía y el célebre guerrillero El Empecinado atacó Alcalá
de Henares. Desde Madrid se informaba el 26 de abril que
“Continúan los vándalos encaxonando el fruto de sus rapiñas.
La falta de correos tiene a todos en la mayor confusión. Los
afrancesados no pueden disimular el desasosiego que les ha
causado la noticia de hallarse los exércitos aliados en
movimiento (…) Las tropas acantonadas en Fuenlabrada,
Getafe, Móstoles, Leganés, Vicálbaro y Vallecas no pasan de
10.000 hombres; inclusas las fuerzas que marcharon contra el
Empecinado, que dudan si volverán; y por consiguiente a
cualquier movimiento que hiciesen nuestros exércitos dexarían
libre esta afligida capital”110. El día 8 de mayo 2.000 efectivos
de infantería francesa que estaban instalados en los alrededores
de Móstoles partieron hacia El Escorial, aunque tres días más
tarde la prensa patriota informaba que “Los enemigos, no
obstante de haber salido de Toledo, subsisten en el pueblo de
Novés 500 caballos, estendiéndose hasta Torrijos, Burujón y El
Carpio, como también en Illescas mucha infantería. En
110
El Conciso. Nº 12, 12 de mayo de 1813.
El Redactor general. Nº 696, 11 de mayo de 1813.
160
Móstoles y Navalcarnero se hallan 2.000 infantes y 300
caballos”111.
El ejército aliado, al mando del duque de Wellington, logró dos
decisivas victorias en las batallas de Vitoria -21 de junio- y San
Marcial -31 de agosto-, lo que obligó al ejército francés a
retirarse definitivamente de España y forzó a Napoleón a
devolver la Corona española a Fernando VII, lo que se hizo
efectivo con el Tratado de Valençay -11 de diciembre-112.
Libre, por fin, de tropas francesas el centro de la
Península, pudieron constituirse en junio los ayuntamientos
constitucionales, de acuerdo con una Real Cédula del 23 de
mayo de 1812 –que ordenaba cesar los ayuntamientos existentes
y proceder a elegir una nueva corporación en diciembre, tras
haberse publicado el decreto y la propia Constitución de Cádiz-;
en Móstoles, donde se había prorrogado el mandato de los
capitulares del año anterior, fue elegido alcalde constitucional
Estanislao Lorenzo, según nueva normativa de carácter
liberal113.
En septiembre de 1813 las aún Cortes Extraordinarias
impusieron una Contribución directa que venía a recuperar la
fórmula de la Única contribución –que se intentó implantar sin
éxito medio siglo antes-, y que trataba de unificar las rentas
provinciales en un único impuesto, proporcional a la riqueza de
los contribuyentes. En el repartimiento que se hizo de dicha
contribución –que no se llegó a recaudar- para la provincia de
Madrid, a la villa de Móstoles le tocaba aportar 7.804 reales y
111
El procurador general de la Nación y del Rey. Nº 241, 29 de mayo de
1813.
Diario de Palma. Nº 277, 8 de junio de 1813.
112
A cambio, Fernando VII se avenía a la paz con Francia, el desalojo de los
británicos y su neutralidad en lo que quedaba de guerra. También acordó el
perdón de los partidarios de José I, los afrancesados, aunque después iniciaría
su persecución.
113
En Móstoles, por ser población comprendida dentro del rango de 1.000 a
5.000 habitantes, los vecinos con calidad de ciudadano debían elegir 17
electores que a su vez, nombrarían en una Junta de Electores los cargos
públicos del consistorio. Al tener entre 200 y 500 vecinos, los cargos serían:
un alcalde, cuatro regidores y un procurador.
Colección de los decretos y ordenes que han expedido las Cortes Generales y
Extraordinarias desde 24 de septiembre de 1811 hasta 24 de mayo de 1812.
Tomo II. Imprenta Nacional. Cádiz, 1813. pp. 231-234.
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Legajo 27.663, exp. 55.
161
33 maravedíes, aplicables sobre una base imponible de 46.060
reales y 20 maravedíes114.
El año de 1813 también tuvo un impacto bélico negativo sobre
la población de Móstoles: hubo 22 nacimientos y 39 fallecidos,
lo que arroja un retroceso de 17 habitantes115.
Año 1814
En enero de 1814 fue elegido alcalde constitucional
Tomás de San Martín, que se mantuvo en el cargo hasta el mes
de agosto, cuando varios reales decretos promulgados por el
regresado Fernando VII, ordenaron el restablecimiento de los
ayuntamientos, tal y como estaban constituidos en 1808, antes
de su marcha116. Las Cortes, ya ordinarias, se habían trasladado
de Cádiz a Madrid en enero de 1814, pero fueron disueltas por el
monarca Deseado el 10 de mayo, así como anulada toda su obra
legislativa de los años anteriores, mediante un Real Decreto
promulgado seis días antes, de modo que se restauraba la
monarquía absoluta. Curiosamente, dicho decreto había sido
redactado por Juan Pérez Villamil117, que fue autor por lo tanto
de los dos documentos –el bando de los alcaldes de Móstoles y
el decreto de disolución de las Cortes- que abren y cierran
simbólicamente la Guerra de la Independencia:
“[...] mi real ánimo es no solamente no jurar ni
acceder a dicha Constitución, ni a decreto alguno de
las Cortes [....] sino el de declarar aquella
Constitución y aquellos decretos nulos y de ningún
valor ni efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si
no hubiesen pasado jamás tales actos y se quitasen
de en medio del tiempo, y sin obligación en mis
114
Diario de Madrid. Nº 356, 22 de diciembre de 1813.
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
116
Archivo Histórico Nacional. Consejos. Legajo 27.663, exp. 55.
117
Junto a Miguel de Lardizábal.
115
162
pueblos y súbditos de cualquiera clase y condición a
cumplirlos ni guardarlos118”
En 1814 se produjeron 38 nacimientos y tan sólo 20
defunciones en Móstoles, por lo que hubo un crecimiento
vegetativo de 18 habitantes; la guerra había acabado y la
población comenzaba a recuperarse119. Entre 1802 y 1813 se
había producido un retroceso de 265 habitantes, la mayor parte
sobre todo durante la guerra120; si en 1802 había 1.390 almas,
podría estimarse que el vecindario mostoleño se había reducido
a 1.125 habitantes, cifra no muy alejada de la manejada por Juan
Ocaña, procedente de un padrón de 1814, en el que figuraban
1.062 almas o 257 vecinos residiendo en Móstoles, por lo que se
calcula una reducción del 23,6%121.
Las cuentas de la fábrica de la iglesia parroquial de Ntra.
Sra. de la Asunción, en aquellos años, nos detallan las
cantidades en especie y dinero que dicho fondo percibió en
concepto del impuesto del diezmo; se observa cómo en los años
centrales de la Guerra de la Independencia, especialmente entre
1810 y 1813, los ingresos por rentas decimales disminuyeron,
sobre todo en concepto de granos en especie, seguramente
debido al notable descenso de la producción agrícola que
acaeció en aquellos años por el impacto económico negativo de
la contienda122:
Año
Trigo
Cebada
Centeno
Maravedíes
1806
-
-
-
530 rs. 5 mrv.
118
CAYUELA FERNÁNDEZ, José Gregorio y GALLEGO PALOMARES,
José Ángel. La Guerra de la Independencia: historia bélica, pueblo y nación
en España (1808-1814). Universidad de Salamanca, 2008. pp. 510-511.
119
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
Libros 8º de bautismos y de difuntos.
120
Obviamente, el decrecimiento de 265 almas no es el real, pues no se puede
contabilizar al no existir datos sobre el saldo migratorio, pero al ser tan
significativamente negativo nos indica un claro retroceso de la población
mostoleña.
121
En realidad Ocaña proporciona erróneamente este porcentaje, asegurando
que la población se había reducido un 19% en doce años.
OCAÑA PRADOS, Juan. “Datos referentes al decrecimiento y crecimiento
de la población desde 1802 al 1850”. op. cit.
122
Abreviaturas empleadas: rs. (reales), mrv. (maravedíes), f. (fanegas), c.
(celemines).
163
1807
1808
1809
1810
1811
1812
1813
1814
1815
20 f. 8 c.
26 fanegas
20 f. 3 c.
12 f. 6 c.
6 f. 11 c.
8 f. 1 c.
9 f. 2 c.
14 f. 1 c.
20 f. 11 c.
12 f. 11 c.
16 f. 8 c.
15 f. 9 c.
8 f .2 c.
3 f. 11 c.
3 f. 5 c.
1 f. 4 c.
7 f. 10 c.
10 f. 2 c.
2 f. 1c.
3 f. 6c.
2 f. 4c.
2 celemines
7 celemines
7 celemines
3 celemines
1 f. 7c.
-
521 rs. 30 mrv.
414 rs. 13 mrv.
253 rs. 11 mrv.
186 rs. 31 mrv.
539 rs. 8 mrv.
280 rs. 18 mrv.
149 rs. 16 mrv.
563 rs. 11 mrv.
486 rs. 3 mrv.
Bibliografía y archivos consultados
QUEIPO DE LLANO, José María (conde de Toreno). Historia del
levantamiento, guerra y revolución de España. Tomo II. Ed. Tomás Jordán.
Madrid, 1835.
BALAGNY, Dominique E. Campagne de l'empereur Napoleón en Espagne.
Tomo III. Ed. Berger, Levrault et Cie. París, 1903.
OCAÑA PRADOS, Juan. Apuntes para la historia de la Villa de Móstoles.
Ayuntamiento de Móstoles, 1981 (reedición de la versión original de 1908).
CAYUELA FERNÁNDEZ, José Gregorio y GALLEGO PALOMARES,
José Ángel. La Guerra de la Independencia: historia bélica, pueblo y nación
en España (1808-1814). Universidad de Salamanca, 2008.
Archivo Histórico Nacional.
Archivo Parroquial de la iglesia de Ntra. Sra. de la Asunción de Móstoles.
164
DOCUMENTACIÓN
ALGUNAS NOTICIAS DE PUEBLOS DEL SUR DE
MADRID EN EL ARCHIVO HISTÓRICO DE
PROTOCOLOS, VI.
POR JOSÉ ANTONO MATEOS CARRETERO
Continúo el trabajo de dar a conocer los documentos
escriturados ante los escribanos de la villa de Madrid por
vecinos de los diversos lugares del actual Sur de Madrid, esta
vez 184, referidos a los protocolos de un solo escribano, Juan
Martínez de Castro, que corresponden a la numeración entre el
6.789 y el 6.807, que abarcan los años entre 1631 y 1656 y en
los que se documentan gran cantidad de contratos relacionados
con el abastecimiento de la Corte.
1
1631-10-29. Francisco López Moreira, vecino de Leganés,
otorga poder para cobros a Diego Fernández, mercader, vecino
de Madrid.
P. 6.789, f. 1.
2
1632-03-09. Miguel Dávila, vecino de Vallecas, consiente la
entrega de 1.030 reales a Andrés de Olivares, vecino de
Mejorada, con el poder de Diego de Villegas y Calderón,
vecino de Alcalá de Henares.
P. 6.789, f. 144.
3
1632-03-09. Diego de Villegas y Calderón, vecino de Alcalá de
Henares, otorga poder a Andrés de Olivares, vecino de
Mejorada, para que cobre 1.030 reales a Miguel Dávila, vecino
de Vallecas.
P. 6.789, f. 145
4
1632-05-22. Gabriel Sánchez Labrador, vecino de Pinto, se
obliga a entregar a don Jorge de Oria, mayordomo de don Juan
165
de Chaves y Mendoza, vecino de Madrid, 50 fanegas de cebada
a seis reales y medio cada una.
P. 6.789, f. 209
5
1637-03-09. Diego Cebrián, vecino de Fuenlabrada, asienta a
su hijo Blas Cebrián y de su mujer Catalina Muñoz, con Juan
Romano, maestro tundidor, vecino de Madrid.
P. 6.790, f. 96
6
1637-03-11. Pedro Anido de la Sierra, maestro de obras, vecino
de Madrid, como marido de Ana María de Ortón,
testamentarios de Ana María de la Cruz, madre de ella, otorga
carta de pago, poder y lasto, por valor de 728 reales, a Diego
Hernández, para que los pueda cobrar de Francisco Hernández
Correa, vecino de Valdemoro.
P. 6.790, f. 97
7
1637-03-11. Pedro Anido de la Sierra, maestro de obras, vecino
de Madrid, como marido de Ana María de Ortón, hija y
heredera de Ana María de la Cruz, madre de ella, consiente en la
soltura de Diego Hernández, vecino de Madrid, y de Francisco
Hernández Correa, vecino de Valdemoro, presos en la Cárcel
Real de Madrid por deuda de 800 reales.
P. 6.790, f. 99
8
1637-08-11. Sebastián Marcos, vecino de Getafe, otorga poder
para pleitos a procuradores, para que le defiendan en uno que le
ha puesto Blas Merlo, vecino de dicho lugar, sobre 600 ducados.
P. 6.790, f. 383
9
1637-08-14. Doña María Martínez, viuda de Juan de Hita,
síndico general que fue del convento de San Francisco de
Madrid, otorga una escritura de traspaso de censos a favor de
Bernardo Aguado Correas, vecino de Valdemoro, marido de su
sobrina Ana Martínez de Cisneros, a la que se lo había cedido
como dote.
P. 6.790, f. 386
10
1638-01-09. Don Juan Ortega Lara, vecino de Casvilla, otorga
poder a Diego García, vecino de Marugán, y a Juan de Vallejo,
166
vecino de Pelayos, para actuar contra Pedro Barahona, vecino
de Madrid, sobre deuda 3.900 reales.
P. 6.791, f. 42
11
1638-03-14. Marcos Vaquerizo, vecino de Carabanchel de
Abajo, otorga poder para cobros a favor de Baltasar Enríquez
Méndez, vecino de Madrid.
P. 6.791, f. 131v
12
1638-04-16. Francisco Fernández Román, vecino de
Carabanchel de Abajo, se obliga a entregar a don José de
Villanueva, vecino de Madrid, 150 fanegas de cebada en grano
de su cosecha y 50 sacas de paja cebadaza, puestas en su casa.
P. 6.791, f. 138v
13
1638-05-14. Jorge González, vecino de Alburquerque, otorga
poder a Francisco de Silveira Badajoz, residente en Madrid,
para que pueda proseguir en su nombre, el pleito que tiene
contra Feliciano Sánchez y su mujer Ana de Montoya, vecinos
de Torrejón de Velasco, sobre 2.548 reales de deuda.
P. 6.791, f. 232
14
1638-05-25. Cebrián Manzano, vecino de Getafe, como
principal, y Juan Moreno, vecino de dicho lugar, como su fiador,
se obligan a entregar a Marcos García, vecino de Madrid,
proveedor de fruta del Rey, toda la guinda que le diese su huerta
que dicho Cebrián tiene en dicho lugar de Getafe, junto a “la
Virgen de la Concepción”, la cual ha de entregar todos los días
muy de mañana, cuyo precio será a razón del que tuviere en la
Corte en la época de la recolección.
P. 6.791, f. 242
15
1638-06-30. Andrés de Aravaca, vecino de Vicálvaro, como
curador de Juan de Páiz, otorga poder para pleitos a
procuradores, para que le defiendan en uno que le ha puesto
Francisco Vallejo, vecino de La Alameda.
P. 6.791, f. 374
16
1639-03-04. Alonso de Burgos, vecino de El Álamo, otorga
poder a Lucas Godino, vecino de Arroyomolinos, para que
167
cobre deudas de Gonzalo de Lasarte y su mujer María Beltrán,
vecinos de El Álamo.
P. 6.791, f. 88
17
1639-03-12. Lucas Godino, vecino de Arroyomolinos, otorga
poder para pleitos a procuradores.
P. 6.791, f. 94
18
1640-02-16. Antón Negro, vecino de Vallecas, se obliga a
entregar a Manuel Magano, tratante, vecino de Madrid, toda la
cantidad de queso ovejuno que le dieren sus 250 ovejas,
necesario para el abasto de su tienda.
P. 6.792, f. 77
19
1640-02-20. Jerónimo Rebollo, vecino de San Martín de la
Vega, se obliga a pagar a Domingo de Grajal y a su mujer María
Moreno, vecinos de Madrid, 3.000 reales que le han prestado a
cuenta de la caza de conejos del “Soto de Santisteban”, que tiene
arrendado.
P. 6.792, f. 82
20
1640-02-20. Alonso González, vecino de Alcorcón, se obliga a
pagar a Diego Alisón de Castro, criado de S. M., vecino de
Madrid, 625 reales por una mula rucia de cinco años.
P. 6.792, f. 84
21
1640-03-28. Antonio de Castro Cabrera, vecino de Madrid,
declara sobre varios pleitos que sigue doña María de Castro
Contreras, viuda de don Francisco Suárez de Toledo, vecina de
Madrid, contra diversos deudores. (En 1634, pidió ejecución
contra Diego Hernández, vecino de Villaverde, por 50
ducados).
P. 6.792, f. 139
22
1640-05-04. Juan Garbia, Alonso Marina y Sebastián Sánchez,
vecinos de San Martín de la Vega, en los que está rematada la
caza de los conejos del “Soto de Santisteban”, pesca, ejidos y
broza, que es del convento de San Lorenzo el Real, por los ocho
años siguientes, como consta por escritura de arrendamiento
ante Manuel Duarte, escribano de Pinto, se obligan a entregar
168
toda la caza a Domingo Grajal y a su mujer María Moreno, y a
Juan de Morales y su mujer Jerónima Hernández, tratantes,
vecinos de Madrid, para el abasto de sus tiendas. Siguen las
condiciones del suministro.
P. 6.792, f. 181
23
1640-05-05. El padre fray Andrés de San Jerónimo,
administrador de las dehesas de “Piul”, “Santisteban” y sus
anejos, con el poder del prior y monjes del monasterio de San
Lorenzo el Real de El Escorial, da en renta a María Cantalejo,
viuda de Jerónimo Sánchez, la mitad de la caza del “Soto de
Piul”, sustituyendo a los hermanos Francisco y Julián de Riaza y
a Catalina Sánchez, viuda de Francisco García, vecinos de
Arganda, que no habían cumplido con el pago de la renta.
P. 6.792, f. 192
24
1640-05-29. Bartolomé Hernández, vecino de Perales de Milla,
se obliga a pagar a Marcos del Corral, tratante, vecino de
Madrid, 100 reales que le ha prestado.
P. 6.792, f. 217
25
1640-06-08. Gaspar Francisco, vecino de Getafe, se obliga a
pagar a Andrés de Arano, confitero, vecino de Madrid, 6.000
reales que le ha prestado.
P. 6.792, f. 224
26
1640-07-09. Francisco Delgado, vecino de Coslada, vende a
Francisco Vizcaíno, vecino de Vicálvaro, un pajar sito en dicho
lugar.
P. 6.792, f. 267
27
1640-07-12. Juan Martín, vecino de Brunete, se obliga a
entregar a Lucas de Morales, tratante, vecino de Madrid, todo el
fruto de melones de un melonar que tiene sembrado en término
de dicha villa de Brunete, en unas tierras suyas junto a la ermita
de San Juan.
P. 6.792, f. 270
28
169
1640-08-10. Juan Aguado de Sánchez, vecino de Ciempozuelos
se obliga a pagar a María de los Santos, viuda de Andrés Donit,
vecina de Madrid, 1.700 reales que le ha prestado.
P. 6.792, f. 302
29
1640-09-27. Capitulaciones matrimoniales de Francisco
Montejo, vidriero de candil, de veintiún años de edad, hijo de
Francisco Montejo, difunto, y de Jerónima Martínez, vecina y
natural de la villa de Cadalso, y Beatriz de los Ríos, hija de
Diego Bravo de Torres, difunto, vecino que fue de Esquivias, y
de Ana Justa de los Ríos.
P. 6.792, f. 397
30
1640-10-01. El licenciado Fernando Vivas de Contreras, vecino
de Madrid, como marido de doña María Romano de Acevedo,
hija y heredera de Luisa Romano y Antonio Romano de
Acevedo, sus padres difuntos, y Manuel Correa, vecino de
Valdemoro, como padre y administrador de los bienes de Juan
Antonio Romano Correa y Acevedo, su hijo y de Micaela
Romano, difunta, heredero de sus abuelos Luisa Romano y
Antonio de Acevedo, hacen cuentas y se ajustan sobre dicha
herencia.
P. 6.792, f. 409
31
1640-10-02. Andrés Higales Pantoja, vecino de Vallecas, otorga
poder para pleitos a procuradores.
P. 6.792, f. 413
32
1640-10-08. El licenciado Roque Domínguez, clérigo presbítero,
vecino de Navalcarnero, otorga poder al presbítero Mateo
Aguado de Vega y a Antonio Ramos, vecinos de Madrid, para
que actúen en la herencia que le pertenece de Mateo Aguado de
Valdés.
P. 6.792, f. 420
33
1640-10-20. Francisco Fernández Manzano, vecino de
Carabanchel de Abajo, traspasa el arrendamiento de unas
tierras propias de don Pedro de Amezquita, sitas en el pago de
“Valdecarnicero”, más allá de la Casa de Campo, a Juan de la
Nieta, tratante, vecino de Madrid.
170
P. 6.792, f. 445
34
1640-10-20. Francisco Fernández Manzano, vecino de
Carabanchel de Abajo, se obligar a pagar las rentas atrasadas
de unas tierras propias de don Pedro de Amezquita, sitas en el
pago de “Valdecarnicero”, más allá de la Casa de Campo, cuyo
arrendamiento ha traspasado a Juan de la Nieta, tratante, vecino
de Madrid.
P. 6.792, f. 448
35
1640-11-23. Juan López de Rodrigo, vecino de Torrejón de
Velasco, se aparta de una querella puesta contra Francisco
Martín, aprendiz de Juan de Zamora, carpintero, vecino de
Madrid, por una herida que le ha hecho en el brazo derecho a su
hijo Francisco López, de diez años de edad, también aprendiz
del carpintero.
P. 6.792, f. 498
36
1640-12-13. Miguel Sánchez y Miguel Martínez, vecinos de
Belmonte, se obligan a entregar a María de Rojas, viuda de
Marcos García, tratanta, un camino de limones, cada 25 días,
con doce pollinos que tienen, puestos en su casa de Madrid.
P. 6.792, f. 511
37
1640-12-23. Juan Reciente, como principal, y Gonzalo Lasarte,
como fiador, vecinos de El Álamo, jurisdicción de Casarrubios
del Monte, se obligan a pagar a Hernando de Villasante, vecino
de Madrid, 160 reales en moneda de vellón.
P. 6.792, f. 530
38
1641-01-03. Bartolomé Lorenzo, vecino de Belmonte, se obliga
a entregar a Alonso Martínez, tratante, todos los caminos de
limones, cada 25 días, con seis cabalgaduras menores que tiene,
puestos en su casa de Madrid.
P. 6.792, f. 2
39
1641-01-08. Esteban Alonso y Ana Hernández, viuda de
Francisco Hernández, vecinos de Humanes, venden a Pascual
de Ugena, tratante, vecino de Madrid, toda la cosecha de
guindas que tuviesen en dicha villa de Humanes.
171
P. 6.792, f. 11
40
1641-02-05. Blas Cebrián, tundidor, vecino de Madrid, natural
de Fuenlabrada, otorga carta de pago y recibo de dote a favor
de Ana Hurtado, vecina de Madrid, viuda de Juan Romano,
maestro tundidor, de quien tuvo un hijo, Alonso Romano.
P. 6.792, f. 81
41
1641-02-16. Francisco Rodríguez, vecino de Villamantilla, se
obliga a pagar Pedro González, tratante, vecino de Madrid, 370
reales que le ha prestado.
P. 6.792, f. 104
42
1641-03-08. Francisco Cabello Mazarabeda, vecino de Pinto, se
obliga a pagar a Sebastián Gayo Sota, tabernero de Corte, y a su
mujer María Martín, vecinos de Madrid, mil ducados en vellón
que le han prestado.
P. 6.792, f. 129
43
1641-05-06. Isabel López, vecina de Vallecas, mujer de Manuel
de Frutos, otorga poder para pleitos a procuradores.
P. 6.792, f. 236
44
1641-06-27. Ana María Garzona (Garzón), viuda de Francisco
de Oro, vecina de Ciempozuelos, se obliga a entregar en dicha
villa a Francisco García, tratante, vecino de Madrid, 50 arrobas
de ajos de su cosecha que tiene plantada en la dehesa de S. M.,
camino de Aranjuez, en Las Conejerías, que le ha de pagar al
precio en que anduvieran en el tiempo de recolección en dicha
villa de Ciempozuelos, por lo que ha recibido a cuenta 150
reales, por los que otorga carta de pago.
P. 6.792, f. 310
45
1641-06-30. Juan Godino, vecino de Móstoles, se obliga a
entregar a Andrea Belbiguera, vecina de Madrid, 12 fanegas de
algarrobas a 16 reales cada una, por lo que ha recibido 192
reales por los que otorga carta de pago y recibo.
P. 6.792, f. 311 infra.
46
172
1641-08-10. Juan Ibáñez, vecino de Arganda, asienta a su hija
María Ibáñez, de catorce años de edad, a servir con Alonso de la
Fuente y Clara del Caño, tratantes en gallinería, vecinos de
Madrid.
P. 6.792, f. 368
47
1641-08-27. Juan Bautista de Miranda, maestro ensamblador,
vecino de Madrid, se obliga a hacer un guardavoz de púlpito
para la iglesia de San Andrés de Casarrubios del Monte.
P. 6.792, f. 395
48
1641-09-04. Doña Isabel Polo Pardo, viuda de Mateo Ordóñez,
vecina de Madrid, otorga carta de pago a favor de Jerónimo
Sanz, vecino de Vicálvaro, por 80 fanegas de pan mediado de
trigo y cebada, por la rentas atrasadas de unas tierras, sitas en
término de Coslada, que la susodicha le tenía dadas en renta.
P. 6.792, f. 406
49
1641-09-05. Diego Meléndez del Río, escribano de la
gobernación del Real Sitio de Aranjuez por S. M., se obliga a
pagar a Diego Fernández Vallador, tratante, vecino de Madrid,
mil reales que le ha prestado.
P. 6.792, f. 406 v
50
1641-10-25. Domingo Sánchez, vecino de Villada, como tutor
de Juan Arruquero Ramos, hijo de Pedro Arruquero Ramos,
otorga carta de pago, por valor de 220 reales, a favor de Tomás
Pérez, vecino de Fuenlabrada, del resto de una deuda.
P. 6.792, f. 481
51
1642-03-19. Don Tomás Antonio de Aguiar, vecino de Madrid,
otorga carta de pago por valor de 5.000 reales de vellón, a favor
del concejo, justicia y vecinos la villa de Colmenar de Oreja,
por mano de Gabriel Mingálvaro, vecino de dicha villa.
P. 6.793, f. 143
52
1644-01-05. Testamento de Ana García, vecina de Madrid,
natural de Extremera, viuda de José Cantalejo.
P. 6.795, f. 8
53
173
1644-01-14. Diego Sánchez, vecino de Velilla, y Juan de Jaques,
vecino de Madrid, se conciertan para ceder a Eugenia Rodríguez,
viuda de Gil Rodríguez, tratanta en la villa de Madrid, la caza de
conejos del “Soto del Porcal”, que tienen arrendada los dos por
seis años y el “Soto de Velilla”, que lo tiene arrendado en solitario
Diego Sánchez.
P. 6.795, f. 18
54
1644-02-10. Antonio González y Antonio Luján, vecinos de
Madrid, empedradores, otorgan carta de pago por valor de 315
reales, a favor de Eugenio Ruiz, vecino de Getafe, maestro de
obras, por las obras de una calzada, que hicieron por su mandato,
en el camino que del dicho lugar de Getafe va a la villa de
Madrid.
P. 6.795, f. 94
55
1644-03-04. Pedro González, tratante en la villa de Madrid,
otorga poder a Manuel Martínez, escribano de SM, vecino de
dicha villa, para que cobre a Manuel García, vecino de la villa de
Arganda, obligado que fue del abasto del pescado de dicha villa
el año 1643, 205 reales que le debe de las mercadurías que sacó de
su tienda para dicho abasto.
P. 6.795, f. 128
56
1644-03-17. Francisco de la Mata, vecino de Madrid, otorga
poder a Gabriel Cano, vecino de Pinto, para que comparezca ante
la justicia de dicha villa, y seguir un pleito que trae con Diego
Martín de Laiseca Cubero, residente en dicha villa de Pinto, por
una cuba de madera vieja.
P. 6.795, f. 155
57
1644-11-19. Bernardo Mangas, tratante en la villa de Madrid, se
obliga a pagar a Eugenia Rodríguez, viuda de Gil Rodríguez,
tratanta en la gallinería, vecina de dicha villa, 5.560 reales por los
mismos en que le eran deudores Diego Sánchez Escudero, vecino
de Velilla, y Juan de Jaques, vecino de Madrid.
P. 6.795, f. 631
58
1644-11-26. Juan Martín de Sánchez, vecino de Ciempozuelos, y
Gaspar Navarro, vecino de Madrid, ajustan cuentas sobre las
174
cacerías de conejos y otras cosas, por las que han tenido trato,
siendo alcanzado Gaspar Navarro en 1.802 reales que se obliga a
pagar, a determinados plazos, a Pedro González, tratante, vecino
de Madrid, con el que Juan Martín tenía deuda por esa cantidad.
P. 6.795, f. 655
59
1644-11-26. Gaspar Navarro en 1.802 reales que se obliga a pagar,
a determinados plazos, a Pedro González, tratante, vecino de
Madrid, los 1.802 reales que Juan Martín, vecino de
Ciempozuelos y obligado del abasto del pescado de dicha villa, le
adeudaba.
P. 6.795, f. 657
60
1644-12-07. Gabriel García, arriero, vecino de Colmenar de
Oreja, se obliga a pagar a Alonso Rodríguez, tratante, vecino de
Madrid, 150 reales que le ha prestado, y además otorga carta de
pago a favor del dicho Alonso por valor de 233 reales en virtud de
letra que le dio Juan de Verdesoto Pinto, vecino de la ciudad de
Rioseco (Medina de Rioseco).
P. 6.795, f. 668
61
1645-01-07. Miguel del Río, vecino de Ciempozuelos, que tiene
en arrendamiento el “Soto del Collazo”, propio del concejo de
Bayona, por seis años, vende a María de Rojas, tratanta, viuda
de Marcos García, vecina de Madrid, toda la caza de conejos
del año de la fecha.
P. 6.796, f. 19
62
1645-03-29. Felipe de Medina, vecino de Leganés, se obliga a
entregar a Martín de Chilito, tratante, vecino de Madrid, todo el
fruto de melones de los melonares que tiene sembrados en sus
tierras y en las que tiene arrendadas a don Fadrique de Bargas,
todas en la “ribera de Butarque”.
P. 6.796, f. 72
63
1645-05-03. Juan García, vecino de Sevilla la Nueva, se obliga
a entregar a Gabriel García, tratante, vecino de Madrid, toda la
uva, así moscatel como albilla, Jaén y tinta e higos que tiene en
tres majuelos situados en Sevilla la Nueva y Sacedón.
P. 6.796, f. 124
175
64
1645-05-08. Sebastián Aguado, vecino de Ciempozuelos, se
obliga a pagar a Diego Fernández, tratante, vecino de Madrid,
200 reales que le ha prestado.
P. 6.796, f. 136
65
1645-06-23. Diego Vallador, tratante, vecino de Madrid, otorga
poder a Gabriel Jiménez, arriero, vecino de lugar de La
Bezuela.
P. 6.796, f. 223
66
1645-08-11. Felipe del Valle, vecino de Villamanta, se obliga a
entregar a María de Rojas, viuda, vecina de Madrid, toda la
cantidad de uva moscatel que tiene en un majuelo sito en dicha
villa al pago de “Venta Vieja”.
P. 6.796, f. 310
67
1645-10-26. Andrés Martín, vecino de la villa de Pinto,
obligado del pescado en ella, se obliga a pagar a Pedro
González, tratante, vecino de Madrid, 3.461 reales de un ajuste
de cuentas sobre las mercadurías sacadas por el primero de la
tienda del segundo.
P. 6.796, f. 459
68
1645-12-05. Francisco Moral de Siruela, vecino de
Ciempozuelos, que tiene en arrendamiento el “Soto de las
Chozas”, propio del concejo de dicha villa, por seis años, vende
a María de Rojas, tratanta, vecina de Madrid, toda la caza de
conejos del año de 1646 desde el día de San Juan.
P. 6.796, f. 539
69
1646-01-18. Bernardo Aguado Correas, vecino de Valdemoro,
otorga poder para actuar en la herencia de su mujer doña Ana
Martínez de Cisneros.
P. 6.797, f. 26
70
1646-01-21. Juan García Franco, agente de negocios, vecino de
Madrid, declara sobre una casa y otros bienes, que fueron de Juan
Carrasco e Inés Romano, su mujer, vecinos de Pinto, que se han
rematado en él y ahora los traspasa.
176
P. 6.797, f. 38
71
1646-02-25. Pedro Zapatero, vecino de Getafe, como principal, e
Isidro Sánchez, tabernero de Corte, vecino de Madrid, como
fiador, se obligan a pagar a Pedro Domínguez, vecino de dicha
villa, 200 reales que les ha prestado.
P. 6.797, f. 86
72
1646-04-30. María de Rojas, tratanta, vecina de Madrid, viuda de
Marcos García, proveedora de la fruta de la Casa Real, declara que
Francisco Moral de Siruela, vecino de Ciempozuelos se había
obligado a entregarle toda la caza de conejos del “Soto de la
Choza”, propio de dicha villa, desde San Juan de junio, por lo que
le había entregado una cantidad a cuenta, según escritura de 5 de
diciembre de 1645, y ahora está de acuerdo en que se traspase
dicho soto a Bernardo Mangas, con las mismas condiciones.
P. 6.797, f. 202
73
1646-11-09. Juan García de Escobar, cazador de la Real caza de la
volatería de S. M., vecino de Carabanchel de Abajo, preso en la
Cárcel Real de la Corte, otorga poder para cobros a Sebastián
Ezquerra, vecino de Madrid.
P. 6.797, f. 557
74
1646-12-06. Juan Simón, tratante, vecino de Madrid, otorga
poder para pleitos a Hernando García, procurador de los Consejos,
para que lo defienda en uno que le ha puesto Manuel Martín,
vecino de Casarrubuelos.
P. 6.797, f. 594
75
1646-12-31. Francisco Moral de Siruela, vecino de
Ciempozuelos, se obliga a entregar a Gaspar Navarro y a su mujer
Ana de Ortega, tratantes, vecinos de Madrid, toda la caza del
“Soto de las Chozas”, desde San Juan de junio hasta que se acabe
la época de caza.
P. 6.797, f. 634
76
1647-02-21. Doña Margarita Abelló, viuda de don Lorenzo
Antoniano de Salazar, vecina de Madrid, otorga carta de pago a
favor de Juan Romano Lebrón, vecino de Pinto, por valor de
177
5.400 reales que le había prestado, según escritura firmada ante
Juan Cueva, escribano de Pinto.
P. 6.798, f. 102
77
1647-02-22. Manuel de Yepes, vecino de Moraleja de
Enmedio, se obliga a entregar a María Méndez, viuda de Pablos
Alonso, vecina y tratanta de Madrid, hasta 40 fanegas de
castaña apilada, la cual pondrá en su casa antes del final de la
Cuaresma.
P. 6.798, f. 104
78
1647-02-26. Pedro de Sancho y Francisco Jiro, vecinos de
Arganda, se obligan a entregar a Juan Rodillo, tratante, vecino
de Madrid, toda la caza de conejos de la “Isla de Arganda” y
“La Poveda”, que uno es de la villa de Arganda y el otro del
Arzobispo de Toledo, desde San Juan de junio hasta que se
acabe la temporada de caza.
P. 6.798, f. 111
79
1647-02-28. Juan Izquierdo, tratante, vecino de Madrid, marido
de Ana Ruiz, que primero lo fue de Juan Magano, de una parte,
y de otra Alonso Pintado Aguado, vecino de Ciempozuelos, y
Catalina Aguado, viuda de Alonso Pintado, firman una escritura
de compañía en la que se obligan a suministrar fruta.
P. 6.798, f. 125
80
1647-04-01. María del Cerro, viuda de Francisco Barroso,
vecina de Vallecas, se obliga a pagar a Pedro Pereiro, mercader
de ropería, vecino de Madrid, 37 ducados por un vestido de
paño de las Navas de color acastañado con sus pestañas de
raso, que es calzón, ropilla, ferreruelo y jubón de sempiterna
azul con galón dorado y mangas de rico negro.
P. 6.798, f. 182
81
1647-06-01 de junio de 1647. Lorenzo Serrano, capellán de la
capellanía que fundó el capitán Juan Serrano en la villa de
Valdemoro, da en renta unas casas propias de la capellanía,
sitas en la villa de Madrid, en la calle Tribulete junto al hospital
de los Aragoneses, a Sebastián López, maestro de guantería.
P. 6.798, f. 302
178
82
1647-06-27. Juan Deleito, vecino de Getafe, otorga poder al
licenciado Pedro Fernández Bahamonde y al licenciado
Francisco de Morales, clérigo presbítero, para que le obliguen a
dar fianza a favor de don Lope de Figueroa, mayordomo del
partido de Madrid, nombrado por don Baltasar de Moscoso y
Sandoval, cardenal-arzobispo de Toledo.
P. 6.798, f. 362
83
1647-06-27. Gabriel Muñoz Flores, labrador, vecino de Getafe,
otorga poder al licenciado Pedro Fernández Bahamonde y al
licenciado Francisco de Morales, presbítero, para que le
obliguen a dar fianza a favor de don Lope de Figueroa,
mayordomo del partido de Madrid, nombrado por don Baltasar
de Moscoso y Sandoval, cardenal-arzobispo de Toledo.
P. 6.798, f. 366
84
1647-08-09. Alonso Rodríguez, tratante, vecino de Madrid,
otorga poder a Alonso de Vega, vecino de Ciempozuelos, para
que pueda comprar la cantidad de melones, ajos y otras
mercadurías necesarias para el abasto de su tienda, que le
avisare y ordenare comprar por cartas guardando siempre lo
ordenado en ellas.
P. 6.798, f. 466
85
1647-08-13. Felipe del Valle, vecino de Villamanta, se obliga a
entregar a María de Rojas, viuda de Marcos García, vecina de
Madrid, proveedora de fruta de la Casa Real, la cantidad de uva
moscatel necesaria para el abasto de la Real Casa y de su tienda,
a cuatro reales y cuartillo la arroba.
P. 6.798, f. 471
86
1647-09-05 de septiembre de 1647. Catalina Rica, viuda y
heredera de Juan García, tratante, vecina de Madrid, otorga
carta de pago, por valor de 100 reales, a favor de Juan Millán,
vecino de Brunete.
P. 6.798, f. 513
87
1647-10-22. Francisca Delgado, tratanta, vecina de Madrid,
otorga poder a Juan Vicente, vecino de Villaconejos, para que
179
compre toda la cantidad necesaria de fruta, verde y seca, y
demás mercadurías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.798, f. 654
88
1647-11-21. Juan Rodillo, tratante, vecino de Madrid, otorga
poder para cobros a Bartolomé López, vecino de Ciempozuelos.
P. 6.798, f. 709
89
1647-12-22. María del Cerro, viuda de Francisco Barroso,
vecina de Vallecas, se obliga a pagar a Pedro Pereiro, vecino de
Madrid, mercader de ropería, 20 ducados por un vestido de
paño de Molina de Aragón que es calzón, ropilla, ferreruelo y
jubón echo de paño de las Navas.
P. 6.798, f. 802
90
1647-12-29. Diego Gaiteiro el mayor y su hijo Diego Gaiteiro el
menor, vecinos de Chinchón, se obligan a pagar
mancomunadamente a Diego Fernández del Fresno, tratante,
vecino de Madrid, cien ducados en moneda de vellón, que les
ha prestado.
P. 6.798, f. 803
91
1648-01-05. Pedro Moral de López y Bartolomé Moral de
Mexía, vecinos de Ciempozuelos, se obligan a entregar a Juan
Rodillo y a María Cantalejo, viuda de Jerónimo Sánchez,
tratantes, vecinos de Madrid, toda la caza de conejos del “Soto
de Chozas”, propio de dicha villa de Ciempozuelos, durante
cinco años, entre los días de San Juan de junio y San Miguel de
septiembre. Siguen las condiciones.
P. 6.799, f. 9
92
1648-03-14. Juan Rodillo, tratante, vecino de Madrid, otorga
poder a Jerónimo Simón, vecino de Alcorcón, para que compre
en su nombre, tanto al por menor como al por mayor, todo
género de frutas, así como cabritos, gallinas, conejos y palomas
necesarios para el abasto de su tienda.
P. 6.799, f. 162
93
1648-03-15. Pedro Díaz, vecino del lugar de Ambroz, se obliga a
entregar a Antonio de Ulloa, maestro de pastelería, vecino de
180
Madrid, seis fanegas de trigo de su cosecha del año, enjuto, bien
medido y acribado, por la medida de Ávila, a 18 reales la fanega,
puestas en su casa por Santa María de Agosto. Otorga carta de
pago por los 288 reales.
P. 6.799, f. 164
94
1648-06-03. Manuel de Olías, vecino de Torrejón de Velasco,
se obliga a entregar a Juan Simón, tratante, vecino de Madrid,
todos los melones que obtuviere de la cosecha del año, en un
melonar que tiene sembrado al pago denominado “la Fuente del
Conde”, en término de Torrejón de la Calzada.
P. 6.799, f. 361
95
1648-08-07. Diego Fernández Vallador, tratante, vecino de
Madrid, otorga poder a Alonso de Vega, vecino de
Ciempozuelos, para que compre la cantidad de melones, ajos y
demás mercadurías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.799, f. 492
96
1648-08-26. Bartolomé Cabello el mozo, vecino de Pinto, se
obliga a pagar a Hernando Álvarez, tabernero de Corte, vecino
de Madrid, 4.000 reales que le ha prestado.
P. 6.799, f. 521
97
1649-01-19. Pedro García, sastre mayor, conjunto de María
Bautista, vecina de Madrid, otorga carta de pago a favor de
Mateo Aguado, natural de Fuenlabrada, sastre de la reina,
1.000 reales, los cuales le paga en nombre de Antonio Calvo, tío
de la dicha su mujer, a cuenta de los dos mil que les mandó de la
dote de su mujer cuando se casó. Menciona una escritura
otorgada el 1 de marzo de 1648 ante Domingo Álvarez.
P. 6.800, f. 41
98
1649-01-25. Juan Torrejón, vecino de Griñón, firma una
escritura de obligación con el poder otorgado por su mujer
María Blanco, en la villa de Serranillos el 22 de enero de 1649.
P. 6.800, f. 72
99
1649-05-10. El licenciado Andrés Muñoz Blanco, cura de
Butarque, capellán de la capellanía fundada por doña María de
181
Bargas en la capilla del Obispo de Plasencia en la parroquia de
San Andrés de Madrid, se concierta con Juan de Casal para que
realice en su nombre, cobros de rentas que le corresponden
como tal capellán.
P. 6.800, f. 320
100
1649-06-20. Frutos de Sancho, vecino de Perales de Milla, se
obliga a entregar a Diego Vallador, tratante, vecino de Madrid,
toda la cantidad de peras vinosas y campanillas necesarias para
el abasto de su tienda.
P. 6.800, f. 398
101
1649-07-05. Miguel de Lenas, vecino de Chinchón, se obliga a
entregar a Pascual García, tratante, vecino de Madrid, 300
arrobas de ajos, a 8 reales la arroba.
P. 6.800, f. 423
102
1649-07-12. Diego Rodríguez Mellado, tratante, vecino de
Madrid, otorga poder a Baltasar Suárez, vecino de Torrejón de
Velasco, para que compre todos los melones y fruta verde y seca
necesarios para el abasto de su tienda.
P. 6.800, f. 436
103
1649-08-03. Juan de Valladolid, vecino de Vallecas, otorga
carta de pago, por valor de 1.022 reales, a favor de Juan de
León, maestro de obras, compañero de Domingo de Susvilla y
Francisco Leal, así mismo maestros de obras, todos vecinos de
Madrid, por materiales entregados para sus obras.
P. 6.800, f. 477
104
1650-09-23. Pedro González, tratante, vecino de Madrid,
consiente en la liberación de Diego Sacristán, vecino de San
Martín de la Vega, preso en la Cárcel Real de Madrid, por
deuda de 400 reales, por cuanto han salido como fiadores suyos
y han pagado la deuda Juan Rodillo, tratante, vecino de Madrid,
y Alonso Marina, vecino de San Martín de la Vega.
P. 6.801, f. 602
105
1650-11-01. María de Morales, tratanta en la Plaza Mayor de
Madrid, otorga poder a Juan de la Comadre, vecino de Morata,
182
para que compre la cantidad de melones y demás fruta verde y
seca y otras mercaderías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.801, f. 687
106
1650-11-14. Bartolomé Cabello el menor, como principal, y
Francisco Pingarrón, como fiador, ambos vecinos de Pinto, se
obligan a pagar a Bartolomé Domínguez, tratante, vecino de
Madrid, 665 reales que les ha prestado.
P. 6.801, f. 705
107
1650-11-13. Bartolomé Cabello el menor, vecino de Pinto, y
María Herrero, viuda de Hernando Álvarez, tabernero que fue de
Corte y su heredera, vecina de Madrid, hacen ajuste de cuentas.
P. 6.801, f. 670
108
1650-11-15. Bartolomé Cabello el menor, vecino de Pinto,
otorga carta de pago a favor de María Herrero, viuda de
Hernando Álvarez, tabernero que fue de Corte y su heredera,
vecina de Madrid, dentro del ajuste de cuentas.
P. 6.801, f. 717
109
1651-01-04. Juan Vaquerizo, vecino de Pinto, otorga carta de
pago a favor de Juan Rodeo, tabernero de Madrid, por la uva y
vino que le ha comprado.
P. 6.802, f. 18
110
1651-01-19. Melchor Cabello, tratante en la Plaza Mayor de
Madrid, otorga poder a su mujer María de la Cruz para que
pueda comprar en el lugar de Getafe, villa de Leganés y demás
partes donde quisiere, la cantidad de coliflores, alcachofas,
criadillas, espárragos, ajos y todas las demás frutas secas y
verdes necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.802, f. 45
111
1651-01-24. Juan Rodajo, vecino de Carabanchel de Abajo,
obligado del abasto del pescado de dicho lugar, otorga poder
Diego de Ano, vecino de la villa de Castrourdiales, para que
compre en dicha villa y otras partes, la cantidad de pescado, así
fresco, como salado y escabechado, y demás géneros necesario
183
para el abasto de su tienda, sita en dicho lugar de Carabanchel
de Abajo.
P. 6.802, f. 48
112
1651-02-10. Bartolomé de Robles Correas, vecino de
Valdemoro, como curador de Manuel López, de catorce años de
edad, hijo de Acacio López y María Pantoja, lo asienta como
aprendiz con Francisco Martínez, maestro de carpintería, vecino
de Madrid.
P. 6.802, f. 87
113
1651-02-19. Gregorio Moral y Domingo Chico, vecinos de
Carabanchel de Abajo, se obligan a entregar a Pascual García,
tratante, vecino de Madrid, 40 fanegas de cebada, puestas en su
casa a 9,5 reales la fanega.
P. 6.802, f. 125
114
1651-03-07. Martín Pablo, vecino de Moraleja de Enmedio,
como curador de Úrsula de Esquivias, de trece años de edad,
sobrina de su mujer María de Esquivias, la asienta a servir por
seis años con Juan González y su mujer Mariana Díaz, vecinos
de Madrid, tratantes en la plaza.
P. 6.802, f. 157
115
1651-03-14. Alonso Pérez y Eugenio Jiménez, vecinos de
Humanes, se obligan a entregar a Juan de Almería y a su mujer
Josefa de Lima, vecinos de Madrid, todo el fruto de guindas de
la cosecha del presente año, de dos guindales que tienen, uno al
sitio llamado “El Carrascal”, y el otro al pago de “Las Tablas”.
P. 6.802, f. 177
116
1651-03-30. Pedro Rodríguez, vecino de Humanes, se obliga a
entregar a Pedro González, tratante, vecino de Madrid, 25
cargas de uva blanca jaén a precio cada carga de ocho arrobas de
30 reales, a cuya cuenta recibe 200 reales.
P. 6.802, f. 201
117
1651-03-29. Miguel Granado, vecino de San Martín de la
Vega, se obliga a entregar a Pedro González, tratante en la villa
184
de Madrid, 240 arrobas de uva Jaén, a treinta reales la carga,
puestas en la bodega de su casa.
P. 6.802, f. 203
118
1651-04-01. María de Rojas, viuda de Antonio García, vecina de
Madrid, tabernera de Corte, otorga poder a Gabriel Muñoz
Pantoja, vecino de Getafe, para que compre todas las arrobas de
vino necesarias para el abasto de su taberna.
P. 6.802, f. 204
119
1651-04-18. Alonso Hernández y su mujer Matea López,
vecinos de Móstoles, se obligan a pagar 512 reales en moneda
de vellón, a Ana Martínez, viuda de Lucas Herrero, tratante en
la Plaza Mayor de Madrid, por el resto de las mercadurías de
pescado que sacaron de su tienda cuando fueron obligados del
abasto de la tienda del pescado de Móstoles.
P. 6.802, f. 245
120
1651-04-21. Juan Izquierdo, tratante, vecino de Madrid, otorga
poder a Gregorio de Fuentes, vecino de dicha villa, para que
vaya al Real Sitio de Aranjuez, y saque de sus libros, del
escribano y contador de dicho Real Sitio, y de los autos que se
hacen para los remates de las huertas, las posturas que hizo el
año 1650, los prometidos que ganó en ellas y todo lo demás que
le debieren dar diversas personas.
P. 6.802, f. 252
121
1651-04-28. José García y Juan de Espinosa, vecinos de Getafe,
se obligan a entregar a Marcos Fernández, tratante, vecino de
Madrid, toda la cantidad de melones que tienen sembrados en
once fanegas de tierra, sitas a las “Cuevas de la Magdalena”, que
tienen arrendadas.
P. 6.802, f. 260
122
1651-04-29. Juan Rodríguez, tratante de la Plaza Mayor de
Madrid, otorga poder a Pedro Mañana, vecino de
Arroyomolinos, para que compre perniles, criadillas, chorizos y
demás mercaderías que le ordenase, necesarias para el abasto de
su tienda.
P. 6.802, f. 261
185
123
1651-06-04. Diego Hernández y Juan Ponce, vecinos de
Torrejón de Velasco, se obligan por ellos mismos y por
Manuel de Montes a entregar a Matías Ruiz, tratante, vecino de
Madrid, todos los melones que tienen en tres melonares, sitos
en los pagos de “Palomero” y de “La Calzada” del que han
recibido a cuenta 400 reales.
P. 6.802, f. 341
124
1651-06-12. José García y Juan de Espinosa, vecinos de Getafe,
otorgan carta de pago por valor de 400 reales a favor de Marcos
Fernández, tratante vecino de Madrid, por toda la cantidad de
melones que tienen sembrados en cuatro tierras con un total de
once fanegas, sitas a las “Cuevas de la Magdalena”, que tienen
arrendadas.
P. 6.802, f. 357
125
1651-06-13. Lucas de Morales, tratante vecino de Madrid,
otorga poder a Francisco Ortiz, vecino de Griñón, para comprar
toda la cantidad de fruta verde y seca y demás mercaderías
necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.802, f. 358
126
1651-06-26. Manuel Núñez, tratante vecino de Madrid, otorga
poder a Eugenio Hernández, vecino de Ciempozuelos, para que
compre toda la cantidad de conejos y demás mercadurías
necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.802, f. 385
127
1651-07-05. Juan Rodillo, tratante vecino de Madrid, otorga
poder a Juan García de la Torre, alcalde mayor de la Villa del
Prado, para que compre 300 puercos, diez más o menos, y para
que busque pastos para dicho ganado, para el abasto de su tienda
y para avastezer y sirbir la tabla franca del prínzepe nuestro
señor questé en el zielo cuya obligazión y abasto corre por mi
quenta.
P. 6.802, f. 401
128
1651-08-03. Gabriel García, tratante vecino de Madrid, otorga
poder a Baltasar Suárez, vecino de Torrejón de Velasco, para
186
comprar toda la cantidad de melones y demás género de frutas
seca y verde que necesitase para el abasto de su tienda.
P. 6.802, f. 464
129
1651-09-05. Marcela Fraile, viuda de Juan Martín, tratanta
vecina de Madrid, otorga poder a Agustín Romano y Gabriel
Crespo Morán, vecinos de Ciempozuelos, para cobrar deudas a
Juan Herrero de Blanco y Antonio Blanco de Romano, vecinos
de dicha villa.
P. 6.802, f. 540
130
1651-09-13. Bernardo Moreno, vecino de Rivas, se obliga a
entregar a Matías Ruiz, tratante vecino de Madrid, todos los
melones que tiene en la vega de Mejorada, en tierras del
gobernador de dicha villa, que son dos mil golpes, veinte más o
menos, necesarios para el abasto de su tienda.
P. 6.802, f. 556
131
1651-09-18. Tomás Colmenar, hortelano vecino de Getafe, se
obliga a pagar 650 reales a María de la Cruz, tratanta, viuda de
Melchor Cabello, vecina de Madrid, por un macho negro
cerrado que le ha comprado.
P. 6.802, f. 566
132
1651-09-28. Gabriel Vaquerizo, Juan Luengo y Juan Bravo,
carreteros, vecinos de Ciempozuelos, se obligan con Juan
García Merino, criado de SM en su guardia española, vecino de
Madrid, para ir con dos carros y ocho mulas a las villas de
Arganda, Loeches y Morata, durante toda la época de la
vendimia.
P. 6.802, f. 593
133
1651-09-30. Antonio Pandín, como marido de Isabel Huélamo,
vecino de Madrid, otorga poder a Bartolomé Martín, vecino de
la villa de Goadilla (Boadilla del Monte), para cobrar a
Domingo García, vecino de dicha villa, el precio de unas tierras
y viñas que le vendió, sitas en dicho término.
P. 6.802, f. 597
134
187
1651-10-09. Gregorio Moral y Domingo Chico, vecinos de
Carabanchel de Abajo, se obligan a entregar a Pascual García,
tratante vecino de Madrid, 40 fanegas de cebada a 11 reales la
fanega, puestas en su casa por Santa María de agosto de 1652.
P. 6.802, f. 614
135
1651-11-04. El licenciado Francisco García Moral, presbítero,
vecino de Ciempozuelos, otorga carta de pago por valor de 250
reales, a favor de Gabriel Vaquerizo, vecino de dicha villa.
P. 6.802, f. 699
136
1651-11-14. Bartolomé Cabello, arriero vecino de Pinto, se
obliga a pagar 2.700 reales a favor de Andrés de Alcocer, criado
de SM, vecino de Madrid, que le debía tras un ajuste de
cuentas.
P. 6.802, f. 724
137
1651-11-21. Antonio Mingálvaro, tratante vecino de Madrid,
otorga poder a Alonso Martínez, vecino de Chinchón, para que
compre la cantidad de melones y demás fruta, seca y verde,
necesarios para el abasto de su tienda.
P. 6.802, f. 734
138
1651-12-19. Juan Gigante, vecino de Madrid, otorga carta de
pago por valor de 370 reales, a favor de Alonso Mesonero,
vecino de Colmenar de Oreja.
P. 6.802, f. 818
139
1652-01-27. Lucas de Pontes, vecino de Carabanchel de
Abajo, otorga poder para pleitos a Hernando García, procurador
de los Consejos, para que le defienda en uno que trae con los
herederos de Diego del Valle, vecino que fue de dicho lugar.
P. 6.803, f. 48
140
1652-02-11. Pedro Sacristán, vecino de San Martín de la Vega,
se obliga a pagar a Juan de Pascual Sanz, vecino de Madrid,
1.600 reales que le ha prestado.
P. 6.803, f. 80
141
188
1652-02-29. Diego de Cáceres, vecino de Leganés, otorga poder
para pleitos a procuradores para que le defiendan en uno que le
ha puesto Juan Izquierdo, tratante, vecino de Madrid, sobre 400
ducados que dice le adeuda.
P. 6.803, f. 115
142
1652-05-25. Juan de Orgaz y su mujer Ana Zaragoza, vecinos
de Móstoles, por cuanto Juan de Orgaz fue obligado del abasto
del pescado de dicha villa en los años 1648 y 1649, se obligan a
pagar a Ana Martínez, vecina de Madrid, tratanta, viuda de
Lucas Herrero, lo que le quedó debiendo de las mercadurías que
sacó de su tienda: pescado abadejo, salmón y escabeches.
P. 6.803, f. 344
143
1652-06-08. Ana Martínez, vecina de Madrid, viuda de Lucas
Herrero, tratante, consiente se libere a Sebastián Martínez,
obligado del abasto de la villa de Leganés, preso en la Cárcel
Real de Madrid, a petición suya, por deudas.
P. 6.803, f. 381
144
1652-06-17. Alonso de Urosa, vecino de Vallecas, se obliga a
entregar a Juan de León y Gaspar de la Peña, maestros de obras,
400 cargas de piedra de la mesa del margen, que es para
cimientos, y ponerla en la obra que están haciendo en la iglesia
de San Millán de Madrid.
P. 6.803, f. 408
145
1652-06-18. Antonio Rodríguez, vecino de Vallecas, se obliga a
entregar a Juan de León, maestro de obras, vecino de Madrid,
40 fanegas de cal en terrón, a 7 reales la fanega.
P. 6.803, f. 421
146
1652-08-29. Juan González de Romano, vecino de Getafe, se
obliga a pagar a Lucas de Morales, tratante vecino de Madrid,
500 reales de vellón que le ha prestado.
P. 6.803, f. 595
147
1652-11-26. Roque González y Antonio Ifanes, caleros, vecinos
de Vallecas, se obligan a entregar a Juan de León, maestro de
189
obras, quinientas fanegas de cal en terrón, puestas en la obra que
se está haciendo en la iglesia de San Millán de Madrid.
P. 6.803, f. 800
148
1653-05-04. Tomás Merlo, vecino de Getafe, se obliga a entregar
a Antonio Suárez, tratante, vecino de Madrid, todo el fruto de
melones de la cosecha del melonar que tiene en el pago de
“Ayuden”, por los que ha recibido 100 reales a cuenta.
P. 6.804, f. 406
149
1653-05-25. Juan del Castillo y consortes, vecinos de Torrejón de
Velasco, se obligan a entregar a Gaspar Navarro, tratante, vecino
de Madrid, todo el fruto de melones de la cosecha de sus
melonares.
P. 6.804, f. 445
150
1653-05-25. Bartolomé Pedrero, vecino de Torrejón de Velasco,
se obliga a entregar a Francisca Delgado, tratanta, vecina de
Madrid, todo el fruto de melones de la cosecha de sus melonares.
P. 6.804, f. 447
151
1653-05-27. Diego Hernández de Asenjo, vecino de Torrejón de
Velasco, se obliga a entregar a Antonio Suárez, tratante, vecino de
Madrid, todo el fruto de melones de la cosecha de su melonar.
P. 6.804, f. 455
152
1654-03-05. Cristóbal de Gibaja, vecino de Getafe, sucesor en
el vínculo fundado por Gonzalo de Monzón y su mujer María
López, vecinos que fueron de dicho lugar, otorga carta de pago
para le redención de un censo fundado por Antonio Gómez y su
mujer María Rodríguez, bodegoneros, vecinos que fueron de
Madrid.
P. 6.805, f. 153
153
1654-04-10. Francisco Tizón, vecino de Ciempozuelos, se
concierta con Esteban Prieto, vecino de Algete, para ir con
cuatro carros a la jornada que S. M. ha de hacer desde la Corte
al Real Sitio de Aranjuez en el mes de la fecha, obligándose a
estar puntual tanto en la ida como en la vuelta.
P. 6.805, f. 624
190
154
1654-05-07. María de Rojas, tratante, viuda de Manuel de Silva,
vecina de Madrid, otorga poder a Bernardo Ruiz, vecino de
Colmenar de Oreja, para comprar fruta verde y seca y demás
mercaderías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.805, f. 336
155
1654-05-07. Bernardo Ruiz, vecino de Colmenar de Oreja,
otorga carta de pago por mil reales, y se obliga con María de
Rojas, tratante, viuda de Manuel de Silva, vecina de Madrid,
con el poder otorgado, a comprar fruta verde y seca y demás
mercaderías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.805, f. 340
156
1654-08-31. Juan González de Romano, como principal, y
Francisco Gaitán, como fiador, vecinos de Getafe, se obligan a
entregar a Lucas de Morales, tratante, vecino de Madrid, todo el
fruto de melones de la cosecha hasta quince días después de San
Miguel de septiembre, de la huerta que tiene a orillas del río
Manzanares, junto a la huerta del Marqués de la Torre, a cuatro
reales y cuartillo la arroba.
P. 6.805, f. 570
157
1654-08-31. Gregorio Martín, vecino de Getafe, se obliga a
entregar a Marcos Fernández, tratante, vecino de Madrid, todo
el fruto de melones de la cosecha del melonar que tiene en el
“camino de Pinto”, por 400 reales que ha recibido.
P. 6.805, f. 572
158
1654-10-05. Alfonso Aguado, vecino de Ciempozuelos, se
obliga a entregar a Prudencio Martínez de Zárate, y a Manuel
Núñez y a su mujer Susana Treviño, tratantes, vecinos de
Madrid, toda la caza de conejos de la cuadrilla de las Pueblas
del Real Sitio de Aranjuez, hasta el día de Navidad, a 2 reales y
18 maravedíes cada conejo. En el folio siguiente ratifican y
firman la escritura de obligación a la paga.
P. 6.805, f. 643
159
1655-03-09. Juan de Fleitas, vecino de Madrid, otorga poder a
don Juan de Cáceres, vecino de Tielmes, para que compre toda la
191
cantidad de queso fresco y añejo, garbanzos, lentejas y fruta verde
y seca y otras mercadurías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.806, f. 178
160
1655-04-09. Sebastián Martín, vecino de Leganés, se obliga a
pagar a Marcos Fernández, tratante vecino de Madrid, 500 reales,
400 del precio de un macho rucio con su albarda, jalma y aparejos,
y los 100 restantes porque se los ha prestado.
P. 6.806, f. 260
161
1655-05-12. Juan González, vecino de Vallecas, otorga poder
para pleitos a procuradores para que le defiendan en uno que le
ha puesto don Duarte Fernández de Acosta, sobre 20 ducados de
la renta de una casa.
P. 6.806, f. 287
162
1655-08-25. María de Flores, tratanta, vecina de Madrid, otorga
poder a Pedro de la Vega, vecino de Colmenar de Oreja, para
que compre toda la uva y fruta verde y seca, necesarias para el
abasto de su tienda.
P. 6.807, f. 61
163
1655-09-02. Domingo Gómez, tratante, vecino de Madrid,
otorga poder a Damián de León, vecino de Torrejón de
Velasco, para que compre toda la fruta verde y seca y otras
mercaderías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.807, f. 66
164
1655-09-09. Bernabé de Moya y Antonio García, vecinos de
Getafe, se obligan a pagar a Marcos García, tratante, vecino de
Madrid, 600 reales que les ha prestado, los cuales le han de
pagar de sus cosechas de alcachofas y coliflores de los años
1655 y 1656.
P. 6.807, f. 70
165
1655-09-27. Juan Izquierdo, tratante vecino de Madrid, otorga
carta de pago a favor de Miguel de Ávila, vecino de Vallecas,
por mano de Gregorio de Ávila su sobrino, por valor de 8.056
reales de una deuda.
P. 6.807, f. 92
192
166
1655-10-11. Pablo López, mercader de confitería, vecino de
Madrid, otorga carta de pago, por valor de mil reales, a favor de
Gregorio Carrasco, vecino de Torrejón de Velasco, de una
deuda por la que estaba preso en la Cárcel Real de Madrid.
P. 6.807, f. 100
167
1655-10-12. Manuel Rodajo y Francisco Rodríguez, vecinos de
Carabanchel de Arriba, se obligan a pagar a María de Rojas,
tratanta, vecina de Madrid, 117 reales que les ha prestado.
P. 6.807, f. 101
168
1655-10-20. Alberto Rodríguez, vecino de Getafe, se obligan a
pagar a Marcos Fernández, tratante, vecino de Madrid, 1.000
reales que le ha prestado, los cuales le ha de pagar de su cosecha
de coliflores del año 1656.
P. 6.807, f. 108
169
1655-11-09. Francisco Hernández, vecino de Valdemoro, se
obliga a pagar a Sebastián de Pascual Sanz, tratante, vecino de
Madrid, 500 reales del precio de un macho tordillo cerrado.
P. 6.807, f. 126
170
1655-11-29. Pascual García Palero, vecino de Getafe, se obligan
a pagar a Marcos Fernández, tratante, vecino de Madrid, 1.820
reales que le ha prestado.
P. 6.807, f. 135
171
1656-04-18. Antonio Benito, vecino de Sevilla la Nueva, se
obliga a entregar a Juan de Cárdenas, tratante, vecino de
Madrid, todo el fruto de uva moscatel de su cosecha del año de
su viña situada en dicha villa de Sevilla la Nueva, al pago
denominado “Vallegrande”. Otorga carta de pago por valor de
200 reales que ha recibido a cuenta.
P. 6.807, f. 196
172
1656-05-10. Domingo Castañeda, tratante, vecino de Madrid,
otorga poder a Francisco Montero, vecino de Carabanchel de
Arriba, para que compre la cantidad de habas, fruta seca y
193
verde y demás mercaderías necesarias para el abasto de su
tienda.
P. 6.807, f. 220
173
1656-05-29. Luis Ponce, vecino de Torrejón de Velasco, se
obliga a entregar a Domingo González, tratante, vecino de
Madrid, toda la cantidad de melones de la cosecha de su
melonar que tiene en Torrejón de la Calzada.
P. 6.807, f. 227
174
1656-06-23. Pedro de Olías, vecino de Torrejón de Velasco, se
obliga a entregar a Isabel de Espinosa, tratanta, vecina de
Madrid, toda la cantidad de melones de la cosecha de su
melonar que tiene en dicha villa de Torrejón de Velasco al
pago denominado “El Pontifical”.
P. 6.807, f. 248
175
1656-06-25. Antón de Mingálvaro, tratante, vecino de Madrid,
otorga poder a Andrés Barranco, vecino de Colmenar de Oreja,
para que compre toda la fruta verde y seca y otras mercadurías
necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.807, f. 252
176
1656-06-28. Isidro Díaz y su hermano Francisco Díaz, hijos de
Juan Díaz, vecinos de Torrejón de Velasco, se obligan a
entregar a Isabel de Espinosa, tratanta en la Plaza Mayor, vecina
de Madrid, toda la cantidad de melones de la cosecha de su
melonar que tienen a medias en dicha villa de Torrejón de
Velasco, al pago denominado “La Coja”.
P. 6.807, f. 254
177
1656-07-28. Marcos Fernández, tratante en la Plaza Mayor,
vecino de Madrid, otorga poder a Francisco Martínez, vecino
de Brunete, para que compre la cantidad de melones y demás
mercadurías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.807, f. 280
178
1656-07-28. Juan Izquierdo, Juan de Rioja, Domingo de
Castañeda, Juan Fernández Vallador y Juan de Cárdenas, todos
tratantes en la Plaza Mayor de Madrid, firman escritura de
194
compañía, para atender el pago de la fruta de las huertas del
Real Sitio de Aranjuez que se ha rematado en Juan Izquierdo
por 80.000 reales, en los plazos convenidos.
P. 6.807, f. 282
179
1656-07-28. Juan Marcos de Pingarrón, vecino de Getafe, vende
su cosecha de melones que tiene sembrados en una tierra a
Perales, lindera del Caz que por otro nombre se llama el arroyo
que ba al Molino, a Marcos Fernández, tratante, vecino de
Madrid.
P. 6.807, f. 286
180
1656-08-12. Juan Mateo Serrano, tratante, vecino de Madrid,
otorga poder a Diego Beltrán, vecino de El Álamo, para que
compre toda la cantidad de uva y fruta verde y seca y demás
mercadurías necesarias para el abasto de su tienda.
P. 6.807, f. 295
181
1656-08-31. Juan de Pascual Sanz, tratante, vecino de Madrid,
otorga poder a Francisco Díaz, vecino de San Martín de la
Vega, para que lo defienda en un pleito que le han puesto Pedro
de Artalejo y Gabriel Rodríguez, vecinos de las villas de
Ciempozuelos y Bayona respectivamente, sobre la paga de 880
reales.
P. 6.807, f. 309
182
1656-09-05. Domingo de Castañeda, tratante, vecino de
Madrid, otorga poder a Juan Nieto Blanco, vecino de
Villamantilla, para que compre toda la cantidad de uva y fruta
verde y seca y demás mercadurías necesarias para el abasto de
su tienda.
P. 6.807, f. 310
183
1656-09-08. Tomás Merlo, vecino de Getafe, se obliga a pagar a
Manuel de Mingálvaro, tratante, vecino de Madrid, 400 reales
por un macho castaño cerrado que le ha comprado.
P. 6.807, f. 314
184
1656. Juan Izquierdo, tratante, vecino de Madrid, otorga poder
a don Juan de Cáceres, vecino de Tielmes, para que compre toda
195
la cantidad de fruta verde y seca y demás mercadurías necesarias
para el abasto de su tienda.
P. 6.807, f. 339
Índice de topónimos
Alameda, la: 15.
Álamo, el: 16, 37, 180.
Alburquerque: 13.
Alcalá de Henares: 2, 3.
Alcorcón: 20, 92.
Algete: 153.
Ambroz: 93.
Aranjuez, Real Sitio: 44, 49, 120, 153, 158, 178.
Arganda: 23, 46, 55, 78, 132.
Arroyomolinos: 16, 17, 122.
Ayuden (Getafe): 148.
Bayona de Tajuña: 61, 181.
Belmonte de Tajo: 36, 38.
Bezuela, La: 65.
Boadilla del Monte: 133.
Brunete: 27, 86, 177.
196
Butarque: 99.
Cadalso de los Vidrios: 29.
Calzada, la (Torrejón de velasco): 123.
Camino de Pinto (Getafe): 157.
Camino del Molino (Getafe): 179.
Carabanchel de Abajo: 11, 12, 33, 34, 73, 111, 113, 134.
Carabanchel de Arriba: 167, 172.
Carrascal, el (Humanes): 115.
Casarrubios del Monte: 37, 47.
Casarrubuelos: 74.
Castrourdiales: 111.
Casvilla: 10.
Caz, el (Getafe): 179.
Chinchón: 90, 101, 137.
Ciempozuelos: 28, 44, 58, 59, 61, 64, 68, 72, 75, 79, 84, 88, 91,
95, 126, 129, 132, 135, 153, 158, 181.
Coja, la (Torrejón de Velasco): 176.
Colmenar de Oreja: 51, 60, 138, 154, 155, 162, 175.
Conejerías, las (Aranjuez): 44
Coslada: 26, 48.
197
Cuadrilla de las Pueblas (Aranjuez): 158.
Cuevas de la Magdalena (Getafe): 121, 124.
Escorial, El: 23.
Esquivias: 29.
Extremera: 52.
Fuenlabrada: 5, 40, 50, 97.
Fuente del Conde, la (Torrejón de la Calzada): 94.
Getafe: 8, 14, 25, 54, 71, 82, 83, 110, 118, 121, 124, 131, 146,
148, 152, 156, 157, 164, 168, 170, 179, 183.
Griñón: 98, 125.
Humanes: 39, 115, 116.
Isla de Arganda (Arganda): 78.
Leganés: 1, 62, 110, 141, 143, 160.
Loeches: 132.
Madrid, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25,
27, 28, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46,
47, 48, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64,
65, 66, 67, 68, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 81, 82, 83,
84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 99, 100,
101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 112, 113, 114,
198
115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127,
128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 136, 137, 138, 139, 140, 141,
142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 154, 155,
156, 157, 158, 159, 160, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169,
170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182,
183, 184.
Marugán: 10.
Medina de Rioseco: 60.
Mejorada: 2, 3, 130.
Mesa del Margen (Vallecas): 144.
Molina de Aragón: 89.
Moraleja de Enmedio: 77, 114.
Morata de Tajuña: 105, 132.
Móstoles: 46, 119, 142.
Navalcarnero: 32.
Navas, Las: 80, 89.
Palomero (Torrejón de Velasco): 123.
Pelayos: 10.
Perales de Milla: 24, 100.
Perales del Río: 179.
Pinto: 4, 22, 42, 56, 67, 70, 76, 96, 106, 107, 108, 109, 136.
Pontifical, el (Torrejón de Velasco): 174.
199
Poveda, la (Arganda): 78
Ribera de Butarque (Leganés): 62
Rivas: 130.
Sacedón: 63.
San Martín de la Vega: 19, 22, 104, 117, 140, 181.
Serranillos: 98.
Sevilla la Nueva: 63, 171.
Soto de la Choza (Ciempozuelos): 68, 72, 75, 91.
Soto de Piul (San Martín de la Vega): 23
Soto de Santisteban (San Martín de la Vega): 19, 22, 23,
Soto del Collazo (Bayona de Tajuña): 61
Soto del Porcal: 53
Soto de Velilla: 53
Tablas, las (Humanes): 115
Tielmes: 159, 184.
Torrejón de la Calzada: 94, 173.
Torrejón de Velasco: 13, 35, 94, 102, 123, 128, 149, 150, 151,
163, 166, 173, 174, 176.
200
Valdecarnicero: 33, 34.
Valdemoro: 6, 7, 9, 30, 69, 82, 112, 169.
Vallecas: 2, 3, 18, 31, 43, 80, 89, 103, 144, 145, 147, 161, 165.
Vallegrande (Sevilla la Nueva): 171.
Velilla: 53, 57.
Venta Vieja (Villamanta): 66.
Vicálvaro: 15, 26, 48.
Villa del Prado: 127.
Villaconejos: 88.
Villada: 50.
Villamanta: 66, 86.
Villamantilla: 41, 182.
Villaverde: 21.
Virgen de la Concepción, la (Getafe): 14
201
BIBLIOGRAFÍA CON NOTICIAS SOBRE ALCORCÓN.
III
POR PEDRO RODRÍGUEZ CARBAJO
Continuamos con la recopilación de noticias sobre Alcorcón.
A.- Libros y artículos específicos sobre Alcorcón.
ESCRIBANO HERNÁNDEZ, Julio.
2008. El carreño de Alcorcón. Artículo en Anales VIII del
Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid "Jiménez de
Gregorio", pp. 167-172. Localización: Biblioteca del Instituto y
bibliotecas públicas de Alcorcón.
Es una ampliación del artículo publicado en Anales I del
Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid "Jiménez de
Gregorio", titulado "Nuestra Señora la Blanca y Nuestra Señora
de los Remedios". Se centra, de forma especial, en la
descripción del cuadro y la trayectoria del pintor Juan Carreño
de Miranda.
FERNÁNDEZ MONTES, Matilde.
1997. Aportaciones al estudio de la alfarería femenina en la
Península Ibérica: La cerámica histórica de Alcorcón
(Madrid). Artículo en "Revista de Dialectología y Tradiciones
Populares". Tomo LII. Cuaderno II. CESIC. pp. 221-247.
Localización: Internet, http://.handle.net/10261/11394
El artículo, centrado con noticias de los siglos XVI al XIX
sobre la cerámica de Alcorcón, pone en evidencia el carácter
femenino de la actividad en la época y sus principales aspectos
junto con la problemática que acarreó su decadencia. Además,
se realiza una reflexión generalizada sobre la alfarería femenina
en la Península Ibérica y las posibles migraciones que dieron
lugar a su presencia en unos y otros puntos geográficos.
Es muy interesante lo que dice (transcribiéndolo de otro autor)
en su p. 235: "Ninguna de estas fábricas (se refiere a las de
Alcorcón) han sido ni la primitiva ni las más útiles de la Corte.
Las que tienen estas circunstancias son, las de Don Ramón
Carlos Rodríguez, que he visto y examinado en la calle real de
202
Lavapies, nº 6, y en la de San Carlos nº 30 ...... Igualmente se
executa todo menaje de cocina con la resistencia que tiene la de
Alcorcón, pero con mucha mayor delicadeza y hermosura .....
preguntándole yo, en que consistía, que siendo la tierra que
gastan los de Alcorcón igual a la suya, ¿no hacen obra tan
buena?.... me contestó .... se contentan con intentar aquello que
vieron quando niños ....
MATEOS CARRETERO, José Antonio.
2008. Conflictividad en Alcorcón en el siglo XVI. Su título
completo es: "DOCUMENTACIÓN DE PUEBLOS DEL SUR
DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN LA SECCIÓN
CONSEJO REAL DE CASTILLA DEL ARCHIVO GENERAL
DE SIMANCAS Conflictividad en Alcorcón en el siglo XVI, a
través de la documentación relacionada". Edita: Instituto de
Estudios Históricos del Sur de Madrid "Jiménez de Gregorio".
Localización: Biblioteca del Instituto y bibliotecas públicas de
Alcorcón.
Como su título indica, se recogen documentos de distintos
pueblos del Sur de Madrid, en especial, los referidos a Alcorcón.
- p. 80. Año 1563: Pedro de Valdevega y Pedro Delgado,
vecinos de Alcorcón. Año 1564: Juan de Pontes, vecino de
Alcorcón.
- pp. 81 y 82. Pedro Escolar, hace testamento (son testigos
Diego Ortiz y Juan Godino) y fallece antes del 10 de marzo de
1531. El 10 de marzo, Francisca Gómez, viuda del anterior y
uno de sus hijos Alonso Escolar, en su nombre y en el del resto
de los hijos, menores de edad, Pedro, Juan, Leonor y Catalina,
solicitan información sobre el testamento; el 29 de enero de
1540, cuatro de los herederos, Pedro, Juan, Leonor (ya casada
con Francisco de la Sierra) y Catalina, todos vecinos de
Alcorcón y mayores de edad, recurren el testamento de su padre
y lo ganan en primera instancia.
- p 81. En 1545, la viuda de Alonso de Pontes, su hijo Alonso de
Pontes y Miguel Agudo, vecinos de Alcorcón, se encuentran en
un pleito, por una viña, con vecinos de Navalcarnero.
- pp. 83 y 84. En 1543, el concejo de Alcorcón, presenta una
carta al Rey Felipe II, solicitando licencia para labrar tierras de
sus baldíos, concretamente "a la carcava junto a la dehesa
nueba que va a dar a Romanyllos"; esa dehesa es probablemente
203
la que le concede el concejo de Madrid el 10 de Abril de 1500.
El resto de los pueblos se oponen.
- p. 85. En 1562, Blas Montero, en representación de Alcorcón,
vuelve a solicitar labrar tierras en Bramuro (situado en el límite
entre Romanillos y Boadilla) y Niares (junto a la dehesa Boyal).
El resto de los pueblos vuelven a oponerse.
- p. 88. Desde luego los vecinos de Alcorcón sí debieron poder
demostrar claramente que entre 1543 y 1562, su población había
disminuido en 50 vecinos (entre 200 y 250 habitantes); en 1562,
tenía entre 650 y 750 habitantes.
B.- Citas sobre Alcorcón en libros, archivos y artículos de
carácter general.
ANDRÉS, Gregorio de.
1986. Una visita al arcedianato de Madrid en 1427. Madrid.
Artículo en "Cuadernos de Historia y Arte nº 3". Localización:
Biblioteca del Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid
"Jiménez de Gregorio".
Respecto a Alcorcón dice:
- p. 29. 17) Iglesia de Alcorcón. Esta visita se efectúa el 18 de
enero. El mayordomo debe 177 fanegas de trigo y 283 de
cebada. De las rentas, 663 maravedíes con 5 dineros. Los
objetos litúrgicos son los corrientes; los libros ascienden a
catorce. Hay un beneficio curado y medio prestamero. Los
altares son tres, con sus aparejos. Las posesiones comprenden
veinte fanegadas de tierras y diez aranzadas de viñas "viejas y
mal paradas". El cura tiene cuatro o cinco fanegadas de tierras y
hasta dos aranzadas de viñas "que no rinden nada", además de
una casa pajiza caída "que la halló así".
22) Ermita de San Antón de Ribota. Este despoblado aparece
en las Relaciones Geográficas con la advocación de Santo
Domingo de la Ribota, próximo a Alcorcón, a cuya ermita
tenían gran devoción en el siglo XVI los vecinos de esta
localidad. Martín Sánchez visita la ermita y a su mayordomo,
Diego Miguel. Frutos: una fanega de trigo y 6 de cebada.
Rentas, obtenidas de viñas y ovejas, 493 maravedíes, que el
mayordomo gastó en una campana, tapias, cal y mano de obra,
de modo que la Iglesia le debe 306 maravedíes. Posesiones:
cuarenta y ocho ovejas y treinta aranzadas de viñas.
204
ARCHIVOS.
ARCHIVO Biblioteca Nacional.
1808. El pueblo de Alcorcón a todos los de España. Sección
Hemeroteca, en el llamado DIARIO DE ALCORCÓN de fecha
4 de agosto de 1808. Localización de la copia: Biblioteca del
I.E.H.S.M.J.G..
Relato, un tanto ampuloso, que refleja la "Jura de lealtad del
pueblo de Alcorcón a Fernando VII".
1808. Confirmación de ser, Alcorcón, el primero en jurar
lealtad a Fernando VII. Sección Hemeroteca, en el llamado
GACETA DE LOS PUEBLOS INMEDIATOS A MADRID.
Localización: Biblioteca del I.E.H.S.M.J.G..
Publicada en Cadiz, expone algunas noticias sobre distintos
pueblos de Madrid. De Alcorcón dice, con fecha 5 de
septiembre, que ha tenido el honor y satisfacción de ser el
primero en proclamar a su amado Fernando VII ........
ARCHIVO Congreso de los Diputados.
1812. Alcorcón jura la Constitución. La copia de este
documento nos ha sido enviada, amablemente, por los
responsables del Archivo del Congreso de los Diputados, donde
se guarda el original. Localización: Biblioteca del
I.E.H.S.M.J.G.
Por su interés, lo reproducimos.
Lrgº 25 nº 11 5.
Alcorcon 12 de Octe de 1812
Termino dehaverse publicado y jurado la Constitucion.
Gobn 1º de Julio de 1813.
Narciso Manrique, Escno por .... del Numero y Ayuntamiento de
este Lugar de Alcorcon doy fe: Que en veinte y siete de
Septiembre proximo pasado se publico con toda solemnidad en
este Pueblo La Constitucion de La Monarquia Española con
repique gnral de campanas, que se repitio al toque de las
oraciones y huvo iluminacion gnral; en el pueblo: Asi mismo la
doy de que el dia veinte y nueve del expresado mes al ofertorio
de la Misa Mayor que se celebró en la Igla. Parroquial, se
205
volbio a publicar la expresada constitucion politica de la
Monarquia Española, y al fi de la dha: Misa fue Jurada su
observancia en Los Santos Libros de los Evangelios por todo el
Pueblo y en seguida se cantó el Te Deum con repique gral: de
campanas como asi resulta de estas dos notas originales que
por ahora obran en mi poder y oficio de Q. doy fé, y a que me
refiero: Y para qe. conste al Gobr. Dn. Antonio Ignacio de
Costavarria Gefe Superior politico de la Ja de Madrid y su
Provincia en cumplimiento de lo mandado por su Sra . en
circular de veinte y ocho del pasado Septiembre doy el presente
que signo y firmo en
Alcorcon a doce de Octubre de mil ochocientos y doce -----Está la firma y rúbrica del escribano.
ARCHIVOS Nacionales.
Todos los datos de estos archivos han sido recogidos en
Internet en el "Programa de Archivos Españoles", durante los
meses de mayo a diciembre del año 2012.
Aquellos documentos que ya recogimos en el año 2007 y
fueron publicados en ANALES VIII del Instituto, se ignorarán o
se indicará que son ampliados.
Archivo general de Simancas.
Contaduría Mayor de Hacienda.
Documento nº 1.
Año: siglo XVI. Signatura: CME,168,32.
Juro a favor de Gaspar Carrillo de Alcorcón de 19427
maravedís.
Contiene: Testamento de Gaspar Carrillo de Alcorcón,
fundando memorias de misas. Información en justificación del
fallecimiento de Isabel de Alcorcón. Información practicada por
Gaspar Ruiz de Alcorcón, en justificación de ser sucesor y
patrón de las memorias que fundó Gaspar Carrillo de Alcorcón.
Cancillería. Registro del Sello de Corte.
Documento nº 2.
Año: 1488. Sig.: RGS,LEG148805,140.
Comisión al gobernador del marquesado de Villena, a petición
de Juan Granero, vecino de la villa de Moratilla, para determinar
206
acerca de ciertos pregones dados en dicha villa y en la de
Alcorcón prohibiendo ir a moler a ciertos molinos, de que se le
siguieron muchos daños.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 2
folios.
Documento nº 3.
Ampliación del presentado en "Biblio. ... II" en Anales VIII.
Año: 1484. Sig.: RGS,LEG,148410,40.
Emplazamiento a D. Çacohen, judío de Huete, en pleito con
Rodrigo de Alcorcón.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 2
folios.
Documento nº 4.
Año: 1498. Sig.: RGS, LEG,149803,298.
Emplazamiento para que Pero Nuñez de Toledo, vecino de
Madrid, de cuenta ante SS.AA. de las razones que tuviere para
autorizar o no la venta de la heredad de Alcorcón, que pertenece
a su mayorazgo y se la había dado en dote a su hija doña Beatriz
cuando se casó con don Juan de Mendoza, el cual quiere
efectuar su venta.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 2
folios.
Documento nº 5.
Año: 1486. Sig.: RGS, LEG,148603,19.
Legitimación de Desierto y de Bernardina, hijos ambos de
Floresdán de Tapia, clérigo de Alcorcón, y de Catalina Sánchez.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 2
folios.
Documento nº 6.
Ampliación del presentado en "Biblio. ... II" en Anales VIII.
Año: 1495. Sig,: RGS,LEG,149502,569.
Orden de cumplir la ejecutoria ganada por Diego Pacheco,
vecino de Alcorcón, en pleito contra el concejo de El Pedernoso,
a causa de un censo que tenían que pagarle.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 1
folio.
Documento nº 7.
Año: 1485. Sig.: RGS, LEG,148504,89.
Amparo a favor de los arrendadores del término de herbaje
llamado Masegoses.
207
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 2
folios.
Consejo Real de Castilla.
Documento nº 8.
Año: 1521. Sig: CRC,628,17.
Cuenta y sexmo de Alcorcón, con Diego Hurtado de Mendoza,
por términos. Probanzas 1503.
Documento nº 9.
Año: 1562. Sig: CRC, 586,7.
La Villa de Madrid con el lugar de Alcorcón, por el término de
Bramuro.
Documento nº 10.
Año: 1546. Sig: CRC, 550,5.
La viuda de Juan Ordoñez, vecina de Navalcarnero, con la
viuda de Alonso de Pontes y consortes, vecinos de Alcorcón,
porque le tienen ocupada una viña que ocupó como dote en el
matrimonio.
Documento nº 11.
Año: 1540. Sig: CRC,121,12.
Los hijos de Pedro de Pedro de Escobar, vecino de Alcorcón
(Madrid), con Francisco del Campo, vecino de Leganés
(Madrid), sobre unas tierras de aquellos que éste les había
ocupado.
Archivo de la Real Cancillería de Valladolid.
Real Audiencia y Cancillería de Valladolid.
Documento nº 12.
Año:
1606.
Sig:
PL.CIVILES,
ZARANDONA
Y
BALBOA(OLV),CAJA 687,1.
Pleito de Catalina Hernández (Pedro de Villahermosa), de
Alcorcón y Leonor de Heredia de Alcorcón.
Documento nº 13.
Año: 1554. Sig: REGISTRO DE EJECUTORÍAS, CAJA
802,12.
Ejecutoria del pleito litigado por Blas Montero, juez, vecino de
Alcorcón (Madrid) con Diego de Toledo, mayordomo, vecino de
Madrid, sobre declaración de un prado de propiedad comunal.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 4
folios.
208
Documento nº 14.
Año: 1607. Sig: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA
2025,47.
Ejecutoria del pleito litigado por Diego de Vega y consortes,
hijosdalgos de Alcorcón (Madrid) con el concejo de dicha villa.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 8
folios.
Documento nº 15.
Año: 1622. Sig: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA
2328,24.
Ejecutoria del pleito litigado por Diego de Vega y Pedro y Juan
de Vega, sus hijos, vecinos, y naturales de Alcorcón (Madrid),
con el fiscal del rey y el concejo, alcaldes, regidores, oficiales y
hombres buenos de dicho lugar sobre su hidalguía.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 8
folios.
Documento nº 16.
Año: 1589. Sig: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA
1646,68.
Ejecutoria del pleito litigado por Diego de Vergara y Francisco
de Vergara Azcárate, vecinos de Alcorcón (Madrid), con el
fiscal del rey y el concejo y pecheros de dicha vecindad, sobre
su hidalguía.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 8
folios.
Documento nº 17.
Año: 1607. Sig: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA
2024,44.
Ejecutoria del pleito litigado por Diego Ortiz y sus hijos,
vecinos de Alcorcón (Madrid) con el fiscal del rey y el concejo
de dicho lugar, sobre hidalguía ...
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 8
folios.
Documento nº 18.
Año: 1543. Sig: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA
577,12.
Ejecutoria del pleito litigado por Fernando de Atienza, vecino
de Alcorcón (Madrid).
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 6
folios.
209
Documento nº 19.
Año: 1584. Sig: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA
1504,36.
Ejecutoria del pleito litigado por Íñigo López de Mendoza e
Isabel de Vozmediano, su mujer, biznieta de Gómez de
Villafuerte, difunto, con María de Mendoza, condesa de Barajas,
hija de Juan de Mendoza y Beatriz de Zúñiga, difuntos, sobre
evicción y saneamiento de una heredad sita en Alcorcón
(Madrid), vendida por estos últimos al dicho Gómez de
Villafuerte, no pudiendo hacerlo por formar parte de un
mayorazgo.
Nota: Se puede copiar o imprimir el documento original de 8
folios.
ARCHIVO de la Villa de Madrid.
- LIBROS DE ACUERDOS DEL CONCEJO MADRILEÑO.
Tomo I. 1464-1485. Edición, prólogo y notas por A. Millares de
Carlo y J. Artiles Rodríguez. Ayuntamiento de Madrid. Madrid,
1932.
Documento nº 1.
Concejo del 22 de enero de 1481.
- p. 64. Fol. 5, r.
.... a campana repicada .... asisten de hombres buenos pecheros
.... Pero Gonzalez Vasallo, vezino de Alcorcon ....
Documento nº 2.
Concejo del 2 de marzo de 1482.
- p. 159. Fol. 200, r.
.... estando ayuntados en el portal de la iglesia de San Salvador
.... de los pecheros .... Joan de Torres, vezino de Alcorcon.
Documento nº 3.
Concejo del 17 de mayo de 1482.
- pp. 173-4. Fol. 209, r.
.... fue acordado por todos los dichos señores que la yguala que
mandaron hazer e que fue fecha entrel conçejo de Vallecas e el
conçejo de Alcorcon en la derrama del pan e vino para el Real
donde el Rey nuestro señor estouiese en la vega de los moros ....
210
e cargar al dicho Alcorcon demas de lo que les cupo, para que
la meytad deste pan e vino lleuen con lo otro queles asy cabe al
plazo en el dicha hijuela contenido, ques mediado junio, e la
otra meytad mediado jullio siguiente ....
- LIBROS DE ACUERDOS DEL CONCEJO MADRILEÑO.
Tomo II. 1486-1492. Edición y comentario por Agustín Gómez
Iglesias. Ayuntamiento de Madrid. Madrid, 1970.
Documento nº 4.
Concejo del 19 de septiembre de 1487.
- p. 85. Folio. 193, v.
.... de pecheros .... Juan Canbrizo, vezino de Alcorcon ....
nombran un montero.
Documento nº 5.
Concejo del 3 de marzo de 1488.
- pp. 107-8. Fol. 114, v.
Hablan de las pechas a pagar y derramas. .... El dia de San
Miguel de cada año, se nombraran dos regidores para su
cumplimiento. .... Testigos .... Alcorcon: Martin Blanco y
Alfonso Curçeto, alcaldes.
Documento nº 6.
Concejo del 14 de agosto de 1489.
- p. 169. Fol. 168, v.
Este dia estando ayuntados el Conçejo de la dicha Villa en el
coro de la iglesia de Sant Salvador .... . Mandaron hacer un
mandamiento para el Conçejo de Alcorcon que dentro de
tercero dia se buelvan e tornen los prados que tienen fechas a la
villa de Odon ....
Documento nº 7.
Concejo del 26 de febrero de 1490.
- p. 209. Fol. 209, r.
.... . Otorgaron una carta para Mostoles sobre un agravio e
prenda que se hizo a uno de Alcorcon. ....
Documento nº 8.
Concejo del 15 de octubre de 1490.
- p. 237-8. Fol. 231, v.
.... . Mandaron librar en Alcorcon a Juan Alvarez, que gasto en
el portal de la iglesia de San Salvador, dos fanegas e media de
trigo por dozientos msravedis que gasto. ....
Documento nº 9.
211
Concejo del 8 de noviembre de 1490.
- p. 243. Fol. 236, r.
.... . Registro Fernando Calderon ocho cargas de vino que
mostro aver comprado de la señora doña Beatriz de su cosecha
de las viñas que tiene en Alcorcon. ....
Documento nº 10.
Concejo del 13 de abril de 1492.
- p. 333. Fol. 303, v.
.... . Dieron cargo a Castillo para registrar los ganados de .... ,
Alcorcon, .... que ninguno lo puede sacar desta Villa e su tierra
....
- LIBROS DE ACUERDOS DEL CONCEJO MADRILEÑO.
Tomo III. 1493-1497. Edición por Carmen Rubio Pardos,
Trinidad Moreno Valcárcel, Concepción de la Fuente Cobos y
Emilio Meneses García. Ayuntamiento de Madrid. Madrid 1979.
Documento nº 11.
Concejo del 1 de junio de 1495.
- p. 150. Fol. 139, v.
.... que una dehesa que nuevamente se dio al Conçejo de
Leganes, que non prendan en ella a ninguno vezino de Madrid
.... emplazar a los vezinos d'Alcorcon que non use della fasta
que primeramente sea visto al dicho Conçejo ....
Documento nº 12.
Concejo del 9 de septiembre de 1495.
- pp. 175-6. Fol. 158, v.
.... . Pareçio ante los dichos señores Pedro de Çeseros, vezino
de Mostoles .... sobre un pedaço de huerta çerca de Santo
Domingo ques entre Mostoles e Alcorcon ....
-LIBROS DE ACUERDOS DEL CONCEJO MADRILEÑO.
Tomo IV. 1498-1501. Transcripción e índices: Carmen Rubio
Pardos, Rosario Sánchez González y Carmen Cayetano Martín.
Ayuntamiento de Madrid. Madrid, 1982.
Documento nº 13.
Concejo del 10 de septiembre de 1498.
- p. 65. Fol. 104, r.
.... . Otorgaron carta para el marques de Moya o para el
Conçejo de Odon en favor de un avenzidado de Alcorcon ....
Documento nº 14.
212
Concejo del 8 de abril de 1499.
- p. 102. Fol. 104, r.
.... . Acordaron quel Juan de Çaceres e yo vamos a Bovadilla e
Alcorcon .... e si utilidad de la Villa dividir el termino questa
por aclarar ....
Documento nº 15.
Concejo del 10 de abril de 1500.
- pp. 193-4. Fol. 198, r.
.... . Aprovose por los dichos señores la dehesa, que se señalo en
la visitaçion al Conçejo de Alcorcon e dieronsela por quanto su
voluntad fuere, e que la guarden ....
Documento nº 16.
Concejo del 26 de junio de 1500.
- pp. 204-5. Fol. 206, v.
.... . Acordose que la postura de la boveda de la puente de
Guadalajara que ponia a çenso Francisco d'Alcorcon ....
Documento nº 17.
Concejo del 13 de junio de 1500.
- p. 207. Fol. 209, r.
.... . Acordaron y otorgaron una peticion a sus Altezas para
echar sisa publica por la Villa, peones e que la tierra eche
peones por repartimiento fasta en mill e çiento peones ....
Alcorcon, 30 peones ....
Documento nº 18.
Concejo del 8 de agosto de 1500.
- pp. 216-227. Fols. 218, v y 229, r.
.... . Repartimiento de peones .... . Relaçion de lo que se a
pagado de ellos e de lo que se deve. .... . Alcorcon, le cupo, 30.
Deven, 0.
Documento nº 19.
Concejo del 14 de diciembre de 1500.
- pp. 263-4. Fol. 43, v.
.... . Una carta a don Pedro de Castilla sobre que mande traer el
ganado dÀlcorcon questa preso con las fianças. ....
-LIBROS DE ACUERDOS DEL CONCEJO MADRILEÑO.
Tomo V. 1502-1515. Transcripción: Rosario Sánchez Gonzalez
y María del Carmen Cayetano Martín. Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, 1987.
Documento nº 20.
213
Concejo del 5 de octubre de 1502.
- p. 65. Fol. 157, v.
.... . Acordose de dar liçençia al conçejo de Alcorcon por treinta
dias, que corran desdel dia que acabaren de vendimiar,
conforme a la ordenança. ....
Documento nº 21.
Concejo del 7 de junio de 1503.
- pp. 115-6. Fol. 196, v.
.... . Acordaron de repartir mill hanegas de pan cozido por los
lugares de la tierra {fol. 197, r.} que lo trayan, desdel lunes ....
Alcorcon, 5.
Documento nº 22.
Concejo del 20 de agosto de 1512.
- p. 187. Fol. 9, v.
.... . Acordose por los dichos señores que porque los fruteros e
sardineros e otros, que tienen tendejones, los ponen en medio de
la plaça e cabo la picota, de manera que ocupan la plaça ....
salvo que se pasen con los dichos tendejones a la parte donde se
vende el barro por los de Alcorcon ....
Documento nº 23.
Concejo del 25 de febrero de 1513.
- p. 219. Fol. 32, v.
.... que, porque los seismeros de la tierra se quexan, diziendo
que sin ser avisados los lugares de la tierra, que han metido
vino e uva de fuera de la tierra e juridiçion .... que, porque los
dichos lugares no sean fatigados ni se quexen ni sean causa de
se despoblar, que le hazen baxa e suelta del preçio de la dicha
renta .... de los dichos lugares de la raya, que son .... e Alcorcon
e ....
Documento nº 24.
Concejo del 22 de agosto de 1513.
- p. 241. Fol. 46, v.
.... que, en Mostoles, tienen dos onbres presos que los sacaron
de Alcorcon, porque quintaron çierto ganado en termino de
Madrid, acordose .... que los entreguen e que, si no los
entregaren, que junta toda la Villa se provea ....
Documento nº 25.
Concejo del 14 de agosto de 1514.
- pp. 293-4. Fol. 83, v.
214
.... Miguel de Gonçalo e Alonso d'Aravaca, pidieron dos solares
en Alcorcon ....
Documento nº 26.
Concejo del 4 de septiembre de 1514.
- pp. 297-8. Fol. 85, v.
.... . Presentose en grado de apelacion de una sentencia que se
dio que Benito, panadero, vinatero d'Alcorcon, en favor de
Alonso de Bovadilla, vezino de Bovadilla ....
Documento nº 27.
Concejo del 1 de diciembre de 1514.
- p. 315. Fol. 99, r.
.... . Confirmaron e aprovaron los dichos señores çiertos
solares, quel seismero de Aravaca senbro en Alcorcon e
Aravaca ....
CAVANILLES Y CENTI, Antonio.
1831. Memoria sobre el Fuero de Madrid del año 1202.
Separata en Memorias de la Real Academia de la Historia tomo
VIII. (sa). Recogido, en abril del 2009, en Internet:
http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/
12817295326702617654435/Index.htm
Consta de una Memoria sobre el Fuero (especie de
Introducción) y once apéndices; en el primero transcribe el
Fuero de 1202 y en el resto los distintos privilegios dados hasta
1359.
- Memoria o Introducción: Hace un completo estudio del Fuero
de 1202 y del resto de los Apéndices; comenta que, "si bien al
principio el códice, tiene la fecha de 1240 (año 1202), sus
disposiciones en parte son anteriores y en parte posteriores a
dicha fecha ... . Cuatro son las fechas que se encuentran: 1202,
1145, 1209 y 1235; la primera es del Fuero y las restantes son
disposiciones que se añadieron posteriormente .... Puede que
existiese un Fuero anterior a 1202 dado por Alfonso VI, aunque
éste no existe. En 1145 fue otorgado Fuero a Madrid por
Alfonso VII, mas éste tampoco existe, aunque sí se hacen
referencia a él en el Fuero de 1202. .... se pueden estudiar en
éste códice los términos, la industria, el carácter, los vicios y las
diversiones de los Madrileños... ". Habla de las aldeas de
Balecas, Beleneco, Humara, Sumas aguas, Rivas y Valdenegral.
- Apéndices.
215
- I. Transcribe íntegramente el Fuero de 1202, dado por Alfonso
VIII.
No aparece Alcorcón.
- II. Donación del castillo de Calatalifa a la iglesia de Santa
María de Segovia y al Obispo D. Pedro, por D. Alfonso VII; en
la que hace indicación de términos entre Madrid y aquella
ciudad. Año de 1156.
(Colmenares: Histor. de Segovia, edc. de 1637, pag. 119).
- III. Donación al Concejo de Madrid por D. Alfonso VII de
varios montes y sierras, señalando los términos entre ésta villa,
Ávila y Segovia. Año de 1152.
(Original en el archivo del Ayuntamiento de Madrid).
- IV. Privilegio de D. Alfonso VIII confirmando la donación de
montes al Concejo de Madrid por D. Alfonso VII en el año de
1152. Año de 1176.
(Original en el archivo del Ayuntamiento de Madrid).
- V. Confirmación por D. Alfonso VIII de la demarcación
DICCIONARIO ENCICLOPÉDICO SALVAT.
Presentamos el panorama histórico del entorno del futuro
Alcorcón, en los siglos XI al XIII, para entender mejor su
fundación.
Almorávides. 1047-1147.
En 1085 Alfonso VI, conquista Toledo y Madrid. En 1086
Alfonso VI es derrotado en Zalaca o Sagrajas y en 1108 Alfonso
VII, es derrotado en Uclés.
Almohades. 1121-1269.
En 1195 derrotan a Alfonso VIII en Alarcos.
En 1212 son derrotados por Alfonso VIII, y otros reyes, en Las
Navas de Tolosa.
Hasta esta fecha la zona de Madrid, en especial la zona sur, fue
objeto de continuas ataques musulmanes al ser tierra de frontera.
A partir de 1212 esta zona se estabiliza haciendo posible su
repoblación en zonas rurales fuera de la seguridad de las
murallas.
FERNÁNDEZ MONTES, Matilde.
2004. La Tierra de Madrid en la época del Fuero (siglos XIIXIII). Comunicado en las "Jornadas sobre el Fuero de Madrid",
216
organizadas por el IEM.. Madrid. Edita CESIC. Localización:
Internet. http://hdl.handle.net/10261/10706
En su página 189 presenta un croquis titulado "La Tierra de
Madrid en los siglos XII y XIII"; en este croquis, fija los
topónimos que aparecen en el Fuero y aquellos pueblos o aldeas
que están documentados en esa época. Curiosamente no aparece
Alcorcón (como aldea, puede que existiese como paraje), ni en
el Fuero, ni documentado antes del año 1300.
GARAY ARRIAGA, José Antonio.
1999. Vías romanas que cruzan Casarrubios del Monte;
2002. La Mantua carpetana; 2007. La fuente del Caño y su
entorno; 2007. Valmojado, el eslabón que faltaba en la vía
carpetana Illarcuris-Barnacis (Illescas-Berciana). Artículos
publicados en "Festejos" de Casarrubios del Monte.
Localización: Biblioteca del Instituto de Estudios Históricos del
Sur de Madrid "Jiménez de Gregorio".
Agradecemos al autor el haber enviado los originales de dichos
artículos. En ellos se demuestra la influencia, que siempre ha
tenido Casarrubios del Monte, en el Sur de Madrid.
Recogemos lo que puede afectar a Alcorcón, que se centra en
las vías romanas y árabes y atalayas árabes.
- p. 4. .... Este camino de Camarema podría incluso superar en
antigüedad a otros viejos caminos que por aquí abundan. ....
Hacia Alcalá sale de Casarrubios por la Ermita y precede en más
de mil años al medieval Camino Real que, a su vez, precede dos
o tres siglos a los usos de la Mesta como cordel de cañada. Y
por El Álamo y Arroyomolinos va recto a Alcalá, inaugurando a
su paso por Madrid la travesía que después de dos milenios
seguirá recordando, no su nombre que era la Complutum de
Tolomeo .... Los rasgos de la vetustez de este camino romano
hacia Madrid se hacen patentes apenas recorremos pocos
kilómetros desde la Ermita.
- p. 16. .... como el "Pozo de la Nieve". Efectivamente, no se le
puede llamar "pozo" de nieve a una atalaya árabe, .... . Al ser
reducida a ras de suelo y quedar aún hondura sobrante, ......
(Nota: es decir que en la misma atalaya árabe existía un pozo; en
Alcorcón, dentro de la torre de la Iglesia, existe un pozo).
GOLDEROS VICARIO, José.
217
2008. La comarca de La Sagra, y los lugares .... del Sur de
Madrid, .... . Artículo en Anales VIII del Instituto de Estudios
Históricos del Sur de Madrid "Jiménez de Gregorio", pgs. 173190. Localización: Biblioteca del Instituto y bibliotecas públicas
de Alcorcón.
- pp. 173-174. El año de 1118, la Villa de Madrid es conquistada
definitivamente por los castellanos, y en el siglo XIII ya había
recuperado su laboriosidad. No obstante, la población necesitaba
un continuo abastecimiento de trigo, frutas y hortalizas. Al
autorizar el Concejo, la salida del recinto murado, para el
asentamiento en tierras agrícolas de los alrededores se formaron
las primeras aldeas.
En un documento de 12 de diciembre de 1208, reinando
Alfonso VIII, aparece Griñón incorporado a la Tierra de Madrid,
.... nombrándose también las aldeas .... Alcorcón .... .
JIMÉNEZ DE GREGORIO, Fernando.
2008. Apuntes para una geografía del sur de Madrid VI.
Artículo en Anales VIII del Instituto de Estudios Históricos del
Sur de Madrid "Jiménez de Gregorio", pp. 109-133.
Localización: Biblioteca del Instituto y bibliotecas públicas de
Alcorcón.
- pp. 112 y 113. Cuadro estadístico de pueblos, años, vecinos,
habitantes y casas.
ALCORCÓN: año 1750, 198 vecinos, de ellos 96 son alfareros;
año 1752, 160 vecinos, 160 casas; año 1768, 672 habitantes; año
1774, 100 habitantes, de ellos 24 hacen vidriado; año 1786, 595
habitantes.
- p. 115. Año 1703. .... ALCORCÓN. En su iglesia de Santa
María la Blanca, hay un enterramiento bajo el crucero que dice:
"El 27 de agosto de 1703 se enterró en esta sepultura el Rvdo.
Señor Don Juan Antonio SARMIENTO, cura de esta iglesia".
- p. 127. Año 1750. .... ALCORCÓN. En la iglesia de Santa
María La Blanca, en la cancela, herraje con una inscripción que
dice: "Siendo cura Don Juan Domingo DE LA PEÑA y
mayordomo (de fábrica) Francisco Manuel GONZÁLEZ. Año
1750". El cancel aísla la puerta claveteada del lado de la
Epístola.
218
Sociología: 65 alfareros, 60 jornaleros. Los primeros tienen
para el transporte de su mercancía 86 caballerías mayores y 52
menores (asnos).
- p. 128. Año 1752. .... ALCORCÓN. Lugar de realengo de la
provincia de Madrid.
Miden con fanegas de 400 estadales (fanega pequeña, desde
ahora etds). 4.000 dedicadas al cultivo cereal, 700 aranzadas
(del mismo caber o marco) puesta de viñedo, 120 plantadas de
frutales, 1.500 de retamares. Cosechan 10.000 fanegas de todo
grano. 400 cabezas de ganado para el trajino.
Se fabrica "loza o barro común para cocinas y hospitales".
Tiene dos tabernas, dos mesones, tiendas de abacería, mercería
y carnicería, 65 alfareros (maestros y oficiales), 2 albañiles, 2
bodegueros, 60 jornaleros, pastores, 20 pobres de solemnidad
(desde ahora sólo pobres). Un cura propio, 4 capellanes.
- p. 133. Año 1752. LUCERO. Despoblado de realengo,
jurisdicción de Móstoles, en la provincia de Toledo. Miden con
fa. de 500 etds. Tierras cereal y para viñedo, plantío de guindos.
De las 600 fas., 555 son de sembradura, el resto de viñas.
Valen los diezmos 80 fa. de trigo, 8 de centeno, 50 de cebada,
10 de algarrobas, una de garbanzos. Los menudos valen 60 rs.
Por el arriendo de unas tierras, tiene el Ayuntamiento de
Móstoles unas rentas de 1.265 reales.
LACARRA DE MIGUEL, José María.
1982. Acerca de la atracción de pobladores en las ciudades
fronterizas de la España cristiana (siglos XI-XII). Artículo en
la Revista "En la España medieval", nº 2, pp. 485-498, de la
Universidad Complutense de Madrid. Localización: Internet.
ucm.com biblioteca.
Aunque no dice nada, expresamente, sobre Alcorcón, es muy
interesante para conocer la repoblación de esta zona con Alfonso
VI.
- p. 485. .... la convivencia pacífica de cristianos y musulmanes
en las tierras del interior durante largos periodos de tiempo ..... .
- p. 488. Citando a J. González dice: ... Los territorios situados
al sur de la Sierra (de Guadarrama) que pertenecían al reino de
Toledo fueron sometidos en virtud de un pacto, no por conquista
violenta. .... el rey (Alfonso VI) se compromete a respetar a los
musulmanes en la pacífica posesión de sus heredades y casas,
219
con derecho a conservar su religión y a no pagar más tributos
que los que acostumbraban a pagar en la época musulmana.
- p. 488. Los azares de la guerra pronto vinieron a alterar esta
situación (pacífica). ... los almorávides que recuperaron gran
parte del reino de Toledo, salvo la capital, .... tuvo como
consecuencia un repliegue de los cristianos al Norte del Tajo, y
aún al Norte de la Sierra. La reconquista violenta llevada a cabo
por Alfonso VII treinta años después acarrearía la expulsión de
los musulmanes de estos territorios.
- p. 489. ... y todavía en 1197, después de la derrota cristiana de
Alarcos, los almohades llegaron en sus razias hasta Talavera,
Madrid y Guadalajara ...
- p. 492. En los territorios situados al sur de la Sierra (de
Guadarrama) los colonizadores adquieren la plena propiedad de
sus casas y heredades con solo permanecer en ellas durante un
año.
MARTÍN VISO, Iñaki.
2003. La construcción del territorio del poder feudal en la
región de Madrid. Artículo en la Revista "En la España
medieval", nº 26, pp. 61-96, de la Universidad Complutense de
Madrid. Localización: Internet. ucm.com biblioteca.
- p. 64. ... se documenta la expedición de Ordoño I sobre
Talamanca hacia el año 860, ... siendo más frecuentes esas
incursiones a partir del segundo tercio del siglo X.
MATEOS CARRETERO, José Antonio.
2008. Algunas noticias de pueblos del Sur de Madrid en el
Archivo Histórico de Protocolos IV. Artículo en Anales VIII
del Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid "Jiménez
de Gregorio", pp. 263-295. Localización: Biblioteca del Instituto
y bibliotecas públicas de Alcorcón.
- p. 264. 9 de junio de 1650. El doctor don Luis Verdugo y
Salcedo, cura propio de la iglesia de San Juan del lugar de
Alcorcón, ....
Protocolo 8.596, folio 487. Escribano: Sebastián Alonso.
- p. 267. 2 de octubre de 1659. Antonio Escolar, vecino de
Alcorcón, asienta a su hijo Pablo Escolar, como aprendiz de
Simón Sánchez, vecino de Madrid, maestro espartero.
Protocolo 8.521, folio 467. Escribano: Jerónimo de la Flor.
220
- p. 274. 10 de mayo de 1661. Alcorcón. El concejo de Alcorcón
otorga poder a don Damián Caro de Montenegro, procurador
general de dicho concejo y del estado de hijosdalgo, para
comprar a S.M. el derecho del primero y segundo uno por
ciento.
Protocolo 8.291, folio 271. Escribano: Marcos Martínez de
León.
- p. 294. 24 de febrero de 1756. Ignacio de Burgos, vecino de
Alcorcón, declara que en 1754, salió obligado y fiador de
mancomún con Agustín Fernández y su mujer, del despacho de
la taberna de dicho lugar, llamada "La Ventilla", por lo que
firma una escritura de obligación y ajuste de cuentas sobre el
vino que habían comprado al licenciado don Vicente Martínez.
Protocolo 16.405, folio 67. Escribano: José Antonio de Vega.
2009. Algunas noticias de pueblos del Sur de Madrid en el
Archivo Histórico de Protocolos V. Artículo en Anales IX del
Instituto de Estudios Históricos del Sur de Madrid "Jiménez de
Gregorio", pp. 217-285. Localización: Biblioteca del Instituto y
bibliotecas públicas de Alcorcón.
- p. 223. Documento nº 29. 7 de abril de 1636. Jerónimo Blanco,
vecino de Alcorcón, se obliga a entregar a Andrés de Yrus
(Hirus o Herus), vecino de Madrid, 20 cargas de uva blanca Jaén
a 8 arrobas cada carga.
Protocolo 5543, folio 551. Escribano: Juan Martínez del
Portillo.
- p. 224. Documento nº 33. 10 de agosto de 1636. Pedro Fraile,
vecino de Alcorcón, asienta como aprendiz a su hijo Miguel, de
10 años de edad, con Gaspar Herrero, maestro botero, vecino de
Madrid.
Protocolo 5544, folio 1011. Escribano: Juan Martínez del
Portillo.
- p. 231. Documento nº 65. 17 de abril de 1638. Pedro Domingo,
vecino de Leganés, otorga carta de pago, por valor de 1150
reales, a favor de Lucas Gómez, vecino de Alcorcón.
Protocolo 5547, folio 501. Escribano: Juan Martínez del
Portillo.
- p. 261. Documento nº 215. 12 de septiembre de 1643. Martín
Barranco, vecino de Alcorcón, se obliga a pagar a Alonso
García, cochero del inquisidor don Juan de Resende, vecino de
Madrid, 550 reales que le ha prestado.
221
Protocolo 5130, folio 652. Escribano: Baltasar Martínez
Criado.
- p. 262. Documento nº 218. 1 de octubre de 1641. Pedro de
campos, vecino de Alcorcón, otorga carta de pago, por valor de
800 reales, a favor de Alonso Serrano, tratante de gallinería, por
el precio de unas redes y barco que había vendido a Gabriel
Hernández y Lucas Pérez, vecinos de la villa de Talavera de la
Reina, según la escritura firmada en dicha villa ante el escribano
Alonso Vázquez.
Protocolo 5548, folio 624. Escribano: Juan Martínez del
Portillo.
- p. 264. Documento nº 229. 17 de enero de 1642. Alonso de
Castro, vecino de Alcorcón, se obliga a pagar a Juan de Labarra,
jardinero del Buen Retiro, vecino de Madrid, 750 reales que le
ha prestado.
Protocolo 5552, folio 50. Escribano: Juan Martínez del Portillo.
PUÑAL FERNÁNDEZ, Tomás.
1994. La producción y el comercio de vino en el Madrid
medieval. Artículo en la Revista "En la España medieval", nº
17, pp. 185-212, de la Universidad Complutense de Madrid.
Localización: Internet. ucm.com biblioteca.
- p. 188. ... . Las referencias más antiguas que hallamos sobre el
cultivo vitícola en tierras de Madrid se remontan al periodo de la
conquista y repoblación del territorio a finales del siglo XI. ... .
En todo caso sería demasiado imprudente señalar que esta
presencia pudiera remontarse a época musulmana. ...
- p. 201. Cabe señalar que en Madrid no hubo una tradición
alfarera muy arraigada, por lo menos en lo que respecta a la
fabricación de tinajas, aunque ya las fuentes musulmanas
(remite a "Al-Himyari, Kitab Ar-Rawd Al-Mitar", traducción de
M. P. Maestro González, Valencia, 1963, p.359 y ss.) destacan
las propiedades del barro de Madrid y sus alrededores,
fundamentalmente Alcorcón, en la fabricación de ollas, vasijas y
demás recipientes. Todavía a finales del siglo XV los vecinos de
Alcorcón acudían al mercado de la plaza del arrabal de Madrid a
vender barro para la alfarería (remite a Libros de Actas del
Concejo de Madrid, V, 187).
- p. 202. Presenta un cuadro con los registros del vino de Madrid
(1481-1515)
222
Respecto a Alcorcón, presenta en 1490 a Fdo. Calderón con
108 arrobas.
1998. La ganadería lanar en Madrid y su tierra durante la
Edad Media. Artículo en la Revista "Espacio, Tiempo y
Forma", Serie III, Hª. Medieval, t. 11, pp. 331-338.
Localización: Internet. UNED. Biblioteca.
- p. 333. .... Parece evidente que la llamada "reconquista" del
Reino de Toledo desde 1085, .... no modificó demasiado las
condiciones ganaderas preexistentes. Esto demuestra que el
fenómeno de la conquista y repoblación de las tierras toledanas
fue mas bien un hecho político que económico. En este caso
determinadas estructuras económicas fueron respetadas y
asimiladas, constituyéndose de esta forma una tradición
histórica que se remonta a las épocas más remotas.
- p. 342 y siguientes. .... en 1453 Pedro de Manzanares, vecino
de Alcorcón, vende carneros a un vecino de Leganés .... en 1444
en Alcorcón existen 150 ovejas .... en 1471 son 350 ovejas ....
- p. 352 y siguiente. .... el término madrileño aparecía recorrido
por dos ramales de la cañada real segoviana .... El primero
bajaba desde Manzanares el Real y Collado Villalba, y entraba
en Madrid por los términos de Las Rozas, Majadahonda y
Pozuelo, para llegar a Alcorcón donde en 1442 se cobraba el
portazgo del ganado, que pasaba por el puerto merchanego
situado en dicha aldea (remite al Archivo de la Villa, MINUTAS
... I. f. 35 v). Desde Alcorcón el ramal abandonaba la
jurisdicción madrileño para continuar hacia Móstoles y las
tierras de Escalona, donde volvía a unirse a la cañada real
segoviana.
- p. 360. Propietarios de ovejas ... en Alcorcón, año 1444,
Alonso, pastor, 150 ovejas.
- p. 364. ... el sexmo de Aravaca, con las cinco aldeas de las que
tenemos información, Aravaca, Pozuelo, Alcorcón y los
Carabancheles.
RODRÍGUEZ MORALES, Jesús.
2007. Calatalifa, el Viso de Calatalifa y la repoblación
segoviana. Artículo en Anales VII pgs. 295-323. Edita: Instituto
de Estudios Históricos del Sur de Madrid "Jiménez de
Gregorio". Localización: Biblioteca del I.E.H.S.M.J.G.
223
Interesante exposición de las tierra del sur oeste de Madrid en
época romana, visigoda, musulmana y, sobre todo, los límites de
la tierra de Madrid, a partir de 1085, en su zona sur oeste.
Pgs. 298,299 y 300. Da las fechas de documentos en 1136,
1152, 1161, 1208, 1239 y 1249. Define los límites siguiendo el
Cordel de la Carrera y dice "sigue ... Humanes y Freguecedos
(actual Loranca en Fuenlabrada); y sigue por ... Aldea del Abad
(despoblado) ... Torrejoncillo (despoblado) ... y pasa por la
Iglesia de la Ribota ... (no dicen nada de Alcorcón), y por el ...
Valle de Odón...
Pg. 302. "Los restos de la Ribota < *Riba alta están junto a la
cabecera del Arroyo del Soto, hoy al N de la urbanización
Fuente Cisneros y al S de la M-506".
... y el desvío del Cordel de la Carrera, que sale con destino a
Madrid desde esta localidad (Freguecedos), un poco al este de
ella ...
224
225
MIEMBROS
DEL
INSTITUTO
DE
HISTÓRICOS DEL SUR DE MADRID
“JIMÉNEZ DE GREGORIO”.
ESTUDIOS
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Ilmo. Sr. D. Fernando Jiménez de Gregorio. RIP.
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Ilmo. Ayuntamiento de Alcorcón.
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Vice-Presidenta.
Dª Mairena Fernández Escalante.
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Dª Isabel Parra Jiménez.
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D. José Golderos Vicario.
D. Jesús Orozco Galindo.
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226
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