dictamen de protección civil- espectacular

Transcripción

dictamen de protección civil- espectacular
DICTAMEN DE PROTECCIÓN
CIVIL- ESPECTACULAR
UNIDAD ADMINISTRATIVA
NOMBRE DEL TRÁMITE
MODALIDAD
NÚMERO DE REGISTRO
Secretaría de Gobernación; Dirección de Protección Civil y Bomberos.
Dictamen de Protección Civil- Espectacular
Presencial
RMTyS/SG/T-DPCE/100
Es para permitir que los negocios instalen sus anuncios espectaculares
DESCRIPCIÓN
conforme a los lineamientos de Protección Civil
¿EN QUÉ CASOS DEBE PRESENTARSE EL Cuando se colocará un poste o un espectacular para anunciar algún
TRÁMITE? negocio.
1.- Solicitar informes de requisitos
2.- Ingresar documentación en una carpeta
3.-De no existir observaciones se les expide un ticket de pago
PRESENCIAL
4.- Realizar pago y entregar comprobante al departamento
correspondiente
5.- En 3 días hábiles se les entrega de su dictamen
EN LÍNEA
TELEFÓNICA
LINK DEL SITIO
TELÉFONO DE ATENCIÓN
PLAZO MÁXIMO
No Aplica
No Aplica
No aplica
No aplica
1 día hábil
Toda la documentación debe de ser legible, real y estar completa. Debe
contar con el permiso de Desarrollo Urbano
1.-Espectacular (Mayor a 5 metros de altura)
NOMBRE
2.-Espectacular (Menor a 5 metros de altura)
1.- $ 3,832.MONTO FIJO
2.- $ 1,916.Copias legibles y actualizadas. En su caso los documentos deberán de
OBSERVACIONES GENERALES presentarse en original para su cotejo, deberá cubrir los impuestos
correspondientes.
CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE
REQUISITOS
DESCRIPCIÓN
1.-Identificación Oficial del represente legal o
propietario
2.- Memoria de calculo
3.- Memoria fotográfica
4.- Memoria descriptiva
5.- Póliza de seguro
6.- Resolutivo expedido por Secretaría de
Desarrollo Urbano
1.- Credencial para votar, pasaporte, cartilla militar, licencia de manejo,
cédula profesional
OFICINAS Y HORARIO DE ATENCIÓN
Secretaría de Gobernación, Dirección de Protección Civil y Bomberos
2 norte y 4 oriente, San Andrés Cholula, Puebla
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs
Tel. 409 0769 y 70 ext. 103 y 104
FUNDAMENTO JURÍDICO
Ley de Ingresos del Municipio de San Andrés Cholula, Capitulo XV de los Derechos por los Servicios Prestados por
Protección Civil, Art. 50, Fracc. XII, inciso a) y b) .

Documentos relacionados

Equipamiento de Aulas

Equipamiento de Aulas Equipamiento de Aulas UNIDAD ADMINISTRATIVA NOMBRE DEL TRÁMITE MODALIDAD NÚMERO DE REGISTRO

Más detalles