derecho ambiental y transformaciones de la actividad de las

Transcripción

derecho ambiental y transformaciones de la actividad de las
DERECHO AMBIENTAL Y
TRANSFORMACIONES DE
LA ACTIVIDAD DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
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CONSEJO EDITORIAL
MIGUEL ÁNGEL COLLADO YURRITA
MARÍA TERESA
DE
GISPERT PASTOR
JOAN EGEA FERNÁNDEZ
JOSÉ IGNACIO GARCÍA NINET
FRANCISCO RAMOS MÉNDEZ
SIXTO SÁNCHEZ LORENZO
JESÚS-MARÍA SILVA SÁNCHEZ
JOAN MANEL TRAYTER JIMÉNEZ
BELÉN NOGUERA
DE LA
MUELA
RICARDO ROBLES PLANAS
JUAN JOSÉ TRIGÁS RODRÍGUEZ
Director de Publicaciones
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DERECHO AMBIENTAL
Y TRANSFORMACIONES
DE LA ACTIVIDAD DE
LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
Antoni Pigrau Solé
Lucia Casado Casado (dirs.)
Anna Pallarès Serrano (coord.)
Nicolás Navarro Batista
Manuel José Terol Becerra
Alba Nogueira López
Dionisio Fernández de Gatta Sánchez
Raquel Castillejo Manzanares
Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa
José Manuel Marraco Espinós
Judith Gifreu Font
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Colección: Atelier Administrativo
Directores:
Joan Manel Trayter
(Catedrático de Derecho administrativo)
Belén Noguera de la Muela
(Profesora titular de Derecho administrativo)
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de soporte, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de
sus cesionarios.
© 2010 Antoni Pigrau Solé, Lucia Casado Casado (dirs.), Anna Pallarès Serrano (coord.),
Nicolás Navarro Batista, Manuel José Terol Becerra, Alba Nogueira López,
Dionisio Fernández de Gatta Sánchez, Raquel Castillejo Manzanares, Ángel
Ruiz de Apodaca Espinosa, José Manuel Marraco Espinós, Judith Gifreu Font
© 2010 Atelier
Via Laietana 12, 08003 Barcelona
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Impresión:
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ÍNDICE
PRESENTACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
13
PRIMERA PARTE
DERECHO AMBIENTAL Y TRANSFORMACIÓN DE LA ACTIVIDAD
DE LOS PODERES PÚBLICOS: PERSPECTIVAS A NIVEL COMUNITARIO
Y CONSTITUCIONAL
CAPÍTULO I. SOCIEDAD
CIVIL Y MEDIO AMBIENTE: EL IMPACTO DEL CONVENIO
DE AARHUS SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA . . . . . . . . . . . .
..
17
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El acceso a la información ambiental: un derecho de la persona . . . . . .
1. El contexto general del acceso a la información . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. El objeto del derecho: un concepto amplio de información
medioambiental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Las excepciones al derecho: el establecimiento de un régimen
específico para la información ambiental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4. El silencio negativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Otros aspectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. La participación ciudadana en la elaboración de planes y programas . . .
1. El concepto de plan o programa: una delimitación compleja . . . . . . .
2. El modelo de participación: temprano e informal . . . . . . . . . . . . . . . .
3. El destinatario de la participación: una audiencia pública . . . . . . . . . .
4. Breve referencia a los organismos genéticamente modificados . . . . . .
IV. Democracia participativa y legislación ambiental: una omisión
innecesaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. El acceso a la justicia como medio de control de la UE . . . . . . . . . . . . .
17
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23
Nicolás Navarro Batista
(Prof. Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria)
I.
II.
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Índice
1. La legitimación colectiva: un estatus específico para las ONG. . . . . . .
2. Los actos susceptibles de revisión e impugnación . . . . . . . . . . . . . . . .
3. El procedimiento contencioso-administrativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VI. Conclusiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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CAPÍTULO II. CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA VERSUS DERECHO AL MEDIO
AMBIENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Manuel José Terol Becerra
(Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pablo de Olavide)
I.
II.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
En torno al significado tradicional y mayoritariamente atribuido
al medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. Sobre el silencio de los trabajos constituyentes y de la Constitución
en torno a su concepto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. Recordatorio de la actitud doctrinal sobre el medio ambiente
posterior a la constitución . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. El medio ambiente jurisprudencial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.1. De su concepto en la STC 102/1995, de 26 de junio . . . . . . . . .
3.2. De su sintonía con la conciencia social. Filología del medio
ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3.3. De su coincidencia con ciertos planteamientos internacionales
sobre el medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Propuesta metodológica de aproximación al significado constitucional
del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. El plan constitucional del bienestar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. Adhesión estatutaria al plan constitucional del bienestar. . . . . . . . . . .
3. El medio ambiente como objeto de un derecho subjetivo a un
bienestar concreto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4. Tentativa de acercamiento al contenido del derecho al medio
ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. El derecho al medio ambiente y la protección de la naturaleza como
realidades jurídicas diferenciables. Mención de sus tratamientos
estatutarios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. Derecho de propiedad versus protección de la naturaleza . . . . . . . . . . . .
1. Reflexión preliminar decimonónica y lúcida sobre el derecho de
propiedad y sus limitaciones por el Estado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. El contenido esencial del derecho de propiedad en la STC 37/1987,
de 26 de marzo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. ¿Primacía del valor de uso sobre el valor de cambio? . . . . . . . . . . . . .
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Índice
SEGUNDA PARTE
LAS TRANSFORMACIONES DEL DERECHO AMBIENTAL (I): NUEVOS MECANISMOS
DE INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO III. EL
CONTROL AMBIENTAL DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS.
COMPETENCIAS Y SEGURIDAD AMBIENTAL ANTE UN POTENCIAL DESARROLLO
DEL PAPEL DE LAS ENTIDADES COLABORADORAS DE LA ADMINISTRACIÓN . .
.....
97
Alba Nogueira López
(Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidade de Santiago
de Compostela. Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental
de Tarragona)
I.
II.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Excepciones al nuevo marco normativo por razones imperiosas de
interés general: razones ambientales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Autorización vs. actividad comunicada: ¿seguridad juridica vs. agilidad
procedimental? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. Cambios en el régimen de intervención administrativa preventiva . . .
2. Las ECAs como certificadoras en las actividades comunicadas. . . . . . .
3. Necesidad de reforzar la definición normativa del régimen jurídico
de actividades y el control ex post de actividades . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. Público y privado en el control ex post de actividades. . . . . . . . . . . . . . . .
1. El control operativo de actividades por los cuerpos de inspectores
de la Administración . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. El control de actividades por parte de Entidades de control técnico . .
V. Competencias ambientales autonómicas, externalización del control
y validez territorial de los regímenes de intervención . . . . . . . . . . . . . . .
VI. Conclusiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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CAPÍTULO IV. LA
INTEGRACIÓN DE ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES EN LA
CONTRATACIÓN PÚBLICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
.......
123
Dionisio Fernández de Gatta Sánchez
(Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Salamanca)
I.
II.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
La incorporación de criterios ambientales a los contratos públicos
en la Unión Europea . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. Unión Europea, contratación pública y medio ambiente . . . . . . . . . . .
2. El medio ambiente y la contratación pública en los Tratados
Europeos, en los Programas Ambientales y en las Estrategias de
Desarrollo Sostenible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. La no inclusión de criterios ambientales en las primeras normas
europeas sobre contratación pública . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4. El régimen vigente de los criterios ambientales en los contratos
públicos europeos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Nuevas propuestas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. La legislación española en materia de contratos y el medio ambiente . .
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Índice
1. Aspectos generales sobre el régimen histórico y constitucional de
la contratación pública, y el medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. La Legislación nacional vigente hasta 2007 sobre Contratos de las
Administraciones Públicas y el medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Las nuevas Leyes 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del
Sector Público, y 31/2007, de 30 de Octubre, sobre Procedimientos
de Contratación en los Sectores del Agua, la Energía, los
Transportes y los Servicios Postales (BOE del 31 de Octubre):
la definitiva incorporación de los criterios ambientales y de
sostenibilidad en la contratación pública; y otras normas . . . . . . . . . .
Bibliografía . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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TERCERA PARTE
LAS TRANSFORMACIONES DEL DERECHO AMBIENTAL (II): NUEVAS PERSPECTIVAS
EN EL CONTROL DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA Y EN EL ACCESO A LA JUSTICIA
CAPÍTULO V. EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL EN MATERIA DE MEDIO
AMBIENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
163
Raquel Castillejo Manzanares
(Profesora Titular de Derecho Procesal de la Universidad de Santiago de
Compostela)
I.
II.
III.
IV.
La intervención penal en la tutela del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . .
Distintos supuestos de legitimación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Legitimación para accionar ante el orden contencioso administrativo . . .
Legitimación para accionar en proceso seguido por delitos contra
el medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
V. Ejercicio de la acción popular versus acción civil . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
VI. Restricción en el ejercicio de la acción popular . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Bibliografia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CAPÍTULO VI. NUEVAS PERSPECTIVAS DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN MATERIA
DE MEDIO AMBIENTE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa
(Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Navarra)
I.
II.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
El acceso a la justicia ambiental: una cuestión de legitimación . . . . . . . .
1. Primer paso importante: El Convenio de Aarhus . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. La frustrada Propuesta de Directiva de acceso a la justicia ambiental . .
3. La escueta LIPPJMA 27/2006, en materia de acceso a la justicia
ambiental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. La acción pública prevista en la LIPPJMA: circunscrita a las ONGS
ambientales, condicionada y otras cuestiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. Requisitos e interpretación jurisprudencial previa y reciente. . . . . . . .
1.1. La interpretación jurisprudencial más reciente . . . . . . . . . . . . . . .
2. Ámbito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Pretensiones en los procesos ambientales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Índice
4. La legitimación en los procedimientos sancionadores administrativos
y la exigencia de reparación de daños . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Algunas limitaciones destacables de la LIPPJMA 27/2006, en el acceso
a la justicia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. Otros obstáculos para el acceso a la justicia ambiental . . . . . . . . . . . . . .
V. El acceso a la justicia ambiental y la legislación autonómica en España . .
VI. Conclusión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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214
218
CAPÍTULO VII. REFLEXIONES
SOBRE LAS DIFICULTADES DEL ACCESO A LA JUSTICIA
AMBIENTAL DESDE LA PERSPECTIVA DEL ABOGADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
219
José Manuel Marraco Espinós
(Abogado)
I.
II.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Algunos procedimientos relativos a la aplicación del articulo 45 CE
ante los tribunales de justicia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
III. Democracia ambiental y acceso a la justicia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. Reflexión final sobre el convenio de aarhus . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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223
225
CAPÍTULO VIII. NUEVOS MECANISMOS DE CONTROL DE LA ACTIVIDAD
ADMINISTRATIVA: EL CONTROL DE LA OFICINA ANTIFRAU DE CATALUNYA SOBRE
LAS ACTUACIONES AMBIENTALES DE LA ADMINISTRACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
227
Judith Gifreu Font
(Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma
de Barcelona)
I.
II.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Una alternativa a los órganos de control existentes o un ejemplo de
duplicidad en las funciones fiscalizadoras?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. El ombudsman parlamentario: el Defensor del Pueblo y el Síndic
de Greuges . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. El Tribunal de Cuentas y la Sindicatura de Comptes. . . . . . . . . . . . . .
III. La Oficina Antifrau de Catalunya . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1. Naturaleza jurídica y designación parlamentaria del órgano
directivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2. Relaciones con el Parlamento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Ámbito competencial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4. Estructura organizativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Actuaciones procedimentales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IV. Las actuaciones ambientales de la administración pública . . . . . . . . . . . .
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PRESENTACIÓN
Es un placer presentar una nueva publicación resultante de los trabajos auspiciados por el Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona, que sigue
considerando fundamental el impulso del trabajo jurídico interdisciplinar en los temas
que suscita el siempre cambiante mundo del derecho ambiental.
Esta publicación recoge la mayor parte de las ponencias presentadas en el Seminario de expertos celebrado el 27 de enero de 2010 en Tarragona, en la Facultad
de Ciencias Jurídicas de la Universitat Rovira i Virgili en torno al tema «Derecho
ambiental y transformaciones de la actividad de las administraciones públicas».
Teniendo como eje el análisis de los principales cambios que están aconteciendo en
la actuación de los poderes públicos como consecuencia de la incorporación de la
noción de desarrollo sostenible a la actuación administrativa, este Seminario prestó
especial atención a la reorientación y la complementación de los tradicionales instrumentos de intervención administrativa y a las nuevas perspectivas en el control
de la actividad administrativa y en el acceso a la justicia en materia ambiental.
El Seminario fue organizado conjuntamente por el Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona (CEDAT) y por el Grupo de investigación «Territorio,
Ciudadanía y Sostenibilidad», reconocido y financiado como Grupo de Investigación
Consolidado de la Generalitat de Catalunya para el período 2009-2013. Como en
ocasiones anteriores el Seminario contó con la presencia y las aportaciones de personas que forman parte del mundo del derecho ambiental, desde la empresa, desde
los colegios profesionales, desde las organizaciones de defensa del medio ambiente
o desde las administraciones.
Los ponentes desarrollaron distintos aspectos que tienen en común el estudio del
impacto del Derecho ambiental sobre el comportamiento de las administraciones públicas, desde sus respectivas perspectivas académicas. El profesor Nicolás Navarro Batista,
de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, abordó el impacto sobre la Administración de la Unión Europea del Convenio de Aarhus sobre los derechos de acceso
a la información, participación y acceso a la justicia en materia de medio ambiente. El
profesor Manuel Jesús Becerra, de la Universidad Pablo de Olavide, analizó desde un
enfoque constitucionalista, el medio ambiente como derecho social tutelable.
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Presentación
Algunos ponentes centraron sus intervenciones en torno a los nuevos mecanismos
de intervención administrativa, tema de gran interés, dada la evolución acontecida
en este ámbito. Si bien los tradicionales instrumentos de intervención (el establecimiento de prohibiciones, la autorización administrativa, los estándares ambientales,
la sanción…) situaban claramente el Derecho ambiental en una perspectiva de control y limitación de las actividades privadas, en los últimos años, ante la grave situación de deterioro ambiental existente y la ineficacia de los tradicionales instrumentos
de limitación directa, han aflorado nuevas técnicas en base a una progresiva implantación del principio de cooperación que habrán de contribuir a frenar el progresivo
deterioro ambiental a través de una mayor intervención y corresponsabilización de
los particulares. La profesora Alba Nogueira, de la Universidade de Santiago de Compostela, se ocupó de los cambios en el régimen de control ambiental de actividades
de servicios y el profesor Dionisio Fernández de Gatta Sánchez, de la Universidad
de Salamanca, de la ambientalización de la contratación pública. Debemos agradecer
también las destacadas intervenciones de los profesores esús Jordano Fraga y Antonio
José Sánchez Sáez, de la Universidad de Sevilla, sobre las transformaciones de la
administración ambiental y de los mecanismos de intervención administrativa, y los
acuerdos voluntarios en materia ambiental, respectivamente, aunque finalmente no
se hayan podido recoger en esta publicación.
Otro centro de atención lo constituyó el control de la actividad administrativa y
el acceso a la justicia. En este ámbito la profesora Raquel Castillejo Manzanares, de
la Universidad de Santiago de Compostela analizó el ejercicio de la acción penal en
materia de medio ambiente; el profesor Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, de la Universidad de Navarra, tuvo a su cargo la cuestión de los cambios en el acceso a la
justicia en materia de medio ambiente; el abogado ambientalista José Manuel Marraco Espinós abordó las dificultades del acceso a la justicia ambiental desde la perspectiva del abogado; y, por último, la profesora Judith Gifreu Font, de la Universitat
Autònoma de Barcelona, presentó uno de los nuevos mecanismos de control de la
actividad administrativa, la Oficina Antifrau de Catalunya y su papel en el control
de las actuaciones ambientales de la Administración.
Esta presentación no debe terminar sin expresar el agradecimiento del CEDAT y
del grupo de investigación «Territorio, ciudadanía y sostenibilidad» al Ministerio de
Ciencia e Innovación, que financia el proyecto de investigación «El derecho ambiental
como modelo para la transformación de la actividad de los poderes públicos» (SEJ200761972/JURI) en el que se enmarca esta publicación. Tarragona, septiembre de 2010
ANTONI PIGRAU SOLÉ
Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
Universidad Rovira i Virgili
Director del CEDAT
LUCÍA CASADO CASADO
Profesora Agregada de Derecho Administrativo
Universidad Rovira i Virgili
Responsable de Proyectos del CEDAT
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Derecho ambiental.indd 14
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