Plan General de Ordenación de Santa María de Guía

Transcripción

Plan General de Ordenación de Santa María de Guía
Sistema General Arqueológico
Plan General de Ordenación de Santa María de Guía - Texto Refundido
Ambito de Planeamiento: SRPC 7,SRPC 8, SRPC 9 y SRPP 3.
Denominación: Sistema General Arqueológico del Cenobio de Valerón
y Tagoror del Gallego
Superficie: 12,16 Has
Clasificación del suelo: Rústico
Categoria: Protección Paisajistica y Cultural
Determinaciones para el desarrollo o ejecución del sistema
- Figura de desarrollo: Plan especial.
- Forma de adquisición: Expropiación. El área señalada como CI ha sido adquirida por el
Ayto. de Guía.
- Plazo de ejecución: 2003 - 2006
- Sistema de ordenación: En el área señalada en el plano como CI se empleará el sistema de
ordenación de edificación singular aislada. El resto del suelo se destinará a espacio libre de
uso y dominio público.
- Usos dominantes: Sistema de Espacios Libres y Parque Arqueológico, socio - cultural,
divulgativo y científico.
- Uso compatible: Uso deportivo específico (vuelo libre) en áreas acotadas.
- Objeto del P.E.: La ordenación de los yacimientos como recurso cultural y equipamiento
turístico compatible con la protección, conservación y restauración de los mismos.
- Edificabilidad:
· En el área señalada como CI, centro de interpretación restaurante - mirador: 0,05
m2/m2 sobre la superficie de dicha área. Se distribuirá:
· Centro de interpretación - museo de sitio: 1.100 m2.
· Restaurante - mirador: 400 m2.
· Club vuelo libre: 150 m2.
· En el área señalada como EL y en las zonas arqueológicas no se permiten volúmenes
edificatorios.
- Altura máxima: 1 planta / 5 m
- Nº mínimo de plazas de aparcamiento: 80.
Ayto. de Santa María de Guía
Oficina Técnica
Anexo a la Normativa. Sistemas Generales.-13.1
Sistema General Arqueológico
Plan General de Ordenación de Santa María de Guía - Texto Refundido
Determinaciones de carácter ambiental:
. Las áreas libre de edificación de la zona CI, que no se destinen a área de
aparcamiento y viario interior, ni a terrazas, miradores y zonas ajardinadas, serán
objeto de restauración del medio natural alterado por las obras de la carretera GC-2,
mediante la restitución de los perfiles naturales del terreno y la flora endémica.
· En el ámbito señalado como EL , sen encuentra una parte del S.R.P.C., y como
además está dentro de un Área de Probabilidad Arqueológica se llevarán a cabo las
determinaciones establecidas en el punto 3.4.6. apartado 2 de la Normativa del Plan
Estructural.
- El ámbito señalado como EL se destinará a espacios libres, en el que sólo
se puedan realizar senderos peatonales, miradores y áreas de descanso al aire libre
que implique una mínima transformación del medio natural con criterios de máxima
interpretación paisajística y de adecuación al medio natural. El ámbito se someterá a
actuaciones de recuperación del medio natural y vegetación con especies propias
de las formaciones de Tabaibal-cardonal.
· Los yacimientos arqueológicos "Cenobio de Valerón" y "Tagoror de El
Gallego" grafiados en el plano se someterán a proyectos de restauración
arqueológica y de adecuación funcional para su explotación como recurso cultural y
turístico.
Ayto. de Santa María de Guía
Oficina Técnica
Anexo a la Normativa. Sistemas Generales.-13.2

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