Centre Cultural de Mislata Avda. Gregori Gea, 34 46920 Mislata
Transcripción
Centre Cultural de Mislata Avda. Gregori Gea, 34 46920 Mislata
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS COMISIONES FALLERAS CON MOTIVO DE LAS FIESTAS FALLERAS 2014 1.- OBJETO.El objeto de las presentes bases es definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud y concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a otorgar anualmente y en el marco de sus previsiones presupuestarias, por el Ayuntamiento de Mislata a través de la Concejalía de Fiestas, para el fomento y apoyo de los monumentos falleros mayor e infantil. 2.- BENEFICIARIOS.Podrán optar a estas subvenciones las comisiones falleras de la población. Todas ellas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana. Podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en La Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003 de 17 de Noviembre) las personas o entidades en quienes no concurra alguna de las circunstancias establecidas en el articulo 13.2 y 13.3 de la citada L.G.S., salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora. Se dará difusión conforme a lo establecido en el artículo 9.3 de la L.G.S. 3.- FINANCIACIÓN E INSPECCIÓN.Las actividades objeto de las presentes bases se financiarán con los créditos que figuren en el presupuesto del Ayuntamiento consignados al efecto y con los presupuestos de que dispongan los propios beneficiarios, sin prejuicio de su compatibilidad con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos con la misma finalidad. 4.- IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN.El Ayuntamiento de Mislata destina una línea de Subvención para las Fallas de Mislata de 25.350’- €, de la partida 33800.489. El importe máximo que podrá concederse a cada comisión es de 2.350.- €. 5.- SOLICITUDES.Las solicitudes para participar en la convocatoria se formalizarán en el modelo de instancia preestablecido, que serán remitidos a los Presidentes por correo, en los domicilios de las distintas comisiones para que puedan cumplimentarlas. Centre Cultural de Mislata Avda. Gregori Gea, 34 46920 Mislata (València) www.mislata.es Una vez cumplimentada por la Falla se presentará en el Registro del Centro Cultural de Mislata, siendo imprescindible que en la instancia aparezca la fecha de recepción. El plazo de presentación será de 10 días naturales a partir de la publicación oficial de las mismas. Las solicitudes de subvención incorporarán: I.- Copia de los contratos suscritos con los artistas falleros, para la construcción y posterior “plantà” de sus monumentos, en el que conste el presupuesto del mismo. Los documentos solicitados serán expedidos por el Gremio de Artesanos de Artistas Falleros de Valencia. En el caso de que sea la propia Comisión la encargada de construir los monumentos, será necesario un certificado del Secretario de la Comisión, con el visto bueno del Presidente, donde figuren los costes de realización del monumento. II.- Declaración jurada relativa a los siguientes extremos: a) Asunción del compromiso de destinar la subvención a la finalidad prevista y de justificar en el plazo y ante el Departamento de Intervención las cantidades recibidas conforme al régimen previsto en la base 6. b) Relación de subvenciones que se han solicitado de otras personas u organismos, en su caso, indicando si se ha concedido y cantidad o si está pendiente de resolución. c) No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias relacionadas en los arts. 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones. d) Estar exento o no sujeto o hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. e) No haber modificado el CIF., domicilio fiscal y datos bancarios donde desea recibir la subvención, obrantes en la Corporación. 6.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.Las solicitudes presentadas serán valoradas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado g) del artículo 17 de la Ley general de Subvenciones. Para la resolución de las ayudas o subvenciones se constituirá una Comisión Evaluadora encargada de revisar y estudiar las diferentes solicitudes presentadas. Esta comisión, integrada por la Jefa de Servicio del Área de Cultura y Fiestas, el Gestor Cultural y el Técnico de Promoción Cultural y Fiestas, propondrá la cuantía a percibir por cada asociación, en relación con el coste del monumento presentado. Los informes de la Comisión Evaluadora se trasladarán al Concejal de Fiestas para que formule las propuestas de concesión oportunas en orden a su posterior aprobación por el órgano competente. En ningún caso se procederá a la tramitación de solicitudes formuladas fuera del plazo señalado en el apartado 5. 7.- PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL GASTO Y PAGO.La resolución de concesión de la subvención conllevará el compromiso del gasto correspondiente. Centre Cultural de Mislata Avda. Gregori Gea, 34 46920 Mislata (València) www.mislata.es El pago de la subvención se realizará mediante la modalidad de “pagos a cuenta o pagos anticipados” que supondrá la entrega de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. 8.- PRESENTACIÓN DE FACTURAS.- JUSTIFICACIÓN. Una vez realizadas las actividades objeto de subvención se presentará en el Centro Cultural, y antes del 30 de septiembre del año 2014, la documentación que se detalla: - Facturas del monumento subvencionado, que deberán reunir los siguientes requisitos: a) Identificación del artista mediante nombre o razón social, NIF o CIF y domicilio. b) Identificación clara de la Comisión Fallera mediante nombre, CIF y domicilio. c) Número y fecha de expedición de las facturas. d) Concepto o descripción suficiente de la actividad e importes, especificando la base imponible y el tipo de gravamen a efectos de la aplicación del IVA y en su caso del IRPF. e) Recibí del artista mediante la firma y expresión de cobrado en la propia factura, o aportación del justificante del pago realizado. En el caso de las Comisiones que realizan sus monumentos, relación detallada de facturas emitidas por los proveedores, de los materiales empleados en la realización del monumento. 9.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.- a) b) c) d) e) Los beneficiarios de las subvenciones, vendrán obligados a: Realizar la actividad objeto de la ayuda. Acreditar documentalmente la realización de la actividad y justificar la aplicación de los fondos recibidos, presentando al efecto: - Facturas originales del gasto habido en la elaboración de los monumentos falleros que se subvencionan, por el importe consignado en el contrato suscrito entre la comisión y el artista fallero o, si el monumento se elabora por la comisión, por el imposte certificado por Junta Central Fallera. - Certificado acreditativo del importe, procedencia y aplicación de subvenciones distintas a la municipal que financien la actividad. Someterse a las actuaciones de comprobación y control previstas por la vigente normativa en materia de subvenciones. Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, en la propia solicitud de subvención o tan pronto como se conozca, y en todo caso, con la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento de Mislata “Concejalía de Fiestas” en la realización de la actividad, y por tanto, en la publicidad y cuanta documentación gráfica o escrita se elabore en desarrollo de la misma. Centre Cultural de Mislata Avda. Gregori Gea, 34 46920 Mislata (València) www.mislata.es f) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el art. 37 de la Ley General de Subvenciones. g) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el art. 14 de la Ley General de Subvenciones. 10.- NORMATIVA COMPLEMENTARIA.En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en cuanto proceda, el régimen previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Centre Cultural de Mislata Avda. Gregori Gea, 34 46920 Mislata (València) www.mislata.es