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PERSPECTIVA INTEGRADORA EN EL ENTENDIMIENTO DE LA
DELINCUENCIA JUVENIL*
INTEGRATED APPROACH IN THE UNDERSTANDING OF THE JUVENILE
DELINQUENCY
Omar Huertas Díaz**
Angie Lorena Ruiz Herrera***
René Joaquín Martínez Gamboa***
Recibido: 13 de octubre de 2015 - Aceptado: 27 de octubre de 2015
Resumen
Los factores criminógenos que inciden en la delincuencia juvenil han sido estudiados
desde diferentes disciplinas, lo cual ha derivado en una limitación conceptual que impide
un tratamiento integral sobre el fenómeno. Por lo anterior, en la actual investigación son
presentados algunos estudios que desde diferentes campos del conocimiento contribuyen
al entendimiento de la delincuencia juvenil. Así mismo, se presentan algunas estrategias
implementadas desde organismos tanto nacionales como internacionales con miras a
prevención del fenómeno y la mejora en el tratamiento del joven delincuente. El estudio,
busca resaltar la importancia de un entendimiento íntegro de la situación y de la búsqueda
de los antecedentes a los hechos delictivos; se incentiva así una cultura de prevención y se
busca erradicar la actual cultura de castigo.
Palabras clave: delincuencia juvenil, perspectiva integradora, sujeto biopsicosocial, factores
incidentes, conducta delictiva, prevención.
* Artículo en trabajo colaborativo resultado de Investigación del Grupo de Investigación “Escuela de Derecho Penal NULLUM CRIMEN
y Grupo de Investigación en Derecho Penal de la Universidad Gramma de Cuba.
** Abogado, Profesor Asociado, Especialista en Derecho Penal, Líder Grupo de Investigación y Candidato a Doctor en Derecho, Universidad
Nacional de Colombia, Ph.D © en Ciencias de la Educación, Universidad Simón Bolívar. Mg. en Derecho Penal Universidad Libre, Máster
en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en Iberoamérica Universidad de Alcalá, España. Mg. en Educación Universidad
Pedagógica Nacional. Investigador de la Universidad INCCA de Colombia Sede Fusa. Socio de la Fundación Internacional de Ciencias
Penales FICP. Miembro de honor de la Fundación de Victimología. Miembro Honorario Asociación Colombiana de Criminología. Correo
electrónico: [email protected]
*** Estudiante de Psicología e integrante del Grupo de Investigación “Escuela de Derecho Penal NULLUM CRIMEN SINE LEGE UN”,
*** Especialista de posgrado en Derecho Penal. Profesor Asistente de la disciplina de Ciencias Penales y Criminológicas del Departamento
de Derecho en la Universidad de Granma - Cuba. E-mail: [email protected]
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IURIS ISSN: 0124-6666 - Enero / Diciembre de 2015 - No. 17 (7 - 24)
Abstract
disciplines, which has resulted in a conceptual limitation that prevents/affects an integrated
treatment of the phenomenon. Therefore, in current research are presented some studies
the same way, some strategies implemented from both national and international organisms
in view of its prevention and improved treatment of young offenders are presented. This in
order to highlight the importance of a full understanding of the situation and the pursuit of the
background to the crimes, encouraging a culture of prevention and eradicating the current
culture of punishment.
Keywords: juvenile delinquency, integrative perspective, biopsychosocial subject, important
facts, criminal behavior, prevention.
Introducción
La formulación de estrategias acordes a las
necesidades de las naciones, implica el
conocimiento de los factores que inciden
en las problemáticas a tratar. En el contexto
actual, son diferentes las situaciones que
desestabilizan tanto las políticas planeadas
y concepciones sostenidas por una sociedad
los últimos años ha causado impacto en
la opinión de las diferentes sociedades, se
asocia con el aumento de infracciones a la
ley penal cometidas por menores de edad.
La anterior situación implica la formulación
de nuevas medidas que respondan de
manera efectiva a este fenómeno, así como
el compromiso de la sociedad civil para la
prevención y erradicación del fenómeno
de la delincuencia juvenil. Sin embargo, se
continuan perpetuando las concepciones
punitivas que conciben al castigo como la
mejor forma para frenar tales situaciones.
Así por ejemplo, se demandan desde
medidas más drásticas para los menores
infractores, como la re-evaluación de la
edad mínima de responsabilidad penal (El
Tiempo, 2013, 2014). En este sentido, se
requiere el conocimiento de los diferentes
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tipo de comportamientos, para de esta
manera intervenir a priori a la comisión del
hecho, mas no posterior de los mismos.
Es claro que estos factores criminógenos
sociales y psicológicas que se presentan a lo
largo de la vida del individuo, tal como se
mostrará en esta investigación. Empero, tales
factores adquieren un papel protagónico en
el proceso inicial de desarrollo, pues es en
las formas de interpretar y actuar en el mundo
circundante. Las manifestaciones de las
del individuo, adquieren relevancia cuando
este comportamiento incide negativamente en
el mundo exterior mediante la vulneración de
bienes jurídicos tutelados y más aún, cuando
tales comportamientos son llevados a cabo por
de estudio de interés en este trabajo.
Teniendo en cuenta esto, se requieren
medidas de prevención del delito que
permitan que la conducta delictiva por
parte de los adolescentes disminuya, las
cuales deberán tener como pilar principal
medidas educativas que permitan a largo
Omar Huertas D., Angie L. Ruiz H., René J. Martínez G. - Perspectiva en el entendimiento de la delincuencia juvenil
plazo la disminución de los índices de
criminalidad, pues es desde este enfoque
que las problemáticas sociales actuales –
tales como el aumento de la criminalidad,
la aparición de nuevas conductas
vulneradoras de los derechos humanos y
los índices de hacinamiento carcelariose verán atenuadas. Por el contrario, el
establecimiento de medidas represivas
o la disminución de la edad mínima de
responsabilidad penal, no constituyen
la mejor solución para el fenómeno de
la delincuencia juvenil; a priori a tales
medidas se deben considerar los factores
que inciden en dicho comportamiento
delictivo. Tal comprensión, deberá partir de
una perspectiva integral que tome al sujeto
como un individuo biopsicosocial, para de
esta manera no caer en reduccionismos
que limiten la comprensión e intervención
efectiva sobre el fenómeno.
Expuestas las anteriores consideraciones se
presentarán a continuación los resultados
de diferentes investigaciones que desde tres
perspectivas diferentes –social, psicológica
y biológica- intentan dar respuesta a la
pregunta sobre los factores que inciden en
la conducta delictiva juvenil. Desde estos
enfoques se postula que la integración de
tales perspectivas proveen un marco más
amplio de comprensión del fenómeno,
se facilita entonces el establecimiento
de medidas efectivas de prevención que
incidan en las tres esferas constituyentes
del comportamiento humano: la biológica,
la social y la psicológica. De igual manera,
se realiza una breve presentación de
los mecanismos que en la actualidad se
implementan con el objetivo de prevenir la
delincuencia juvenil, entendiendo que la
misma no se agota a medidas meramente
punitivas.
1. Situación de los jóvenes en el mundo
Es pertinente realizar una conceptualización
y
contextualización
del
fenómeno,
para luego dar paso a la exposición de
aquellos factores que se han encontrado
relacionados con la comisión de conductas
delictivas y los mecanismos empleados,
tanto a nivel nacional como internacional
para la prevención de tales fenómenos. En
este sentido, se debe delimitar la población
objeto de análisis; para ello se toma el
concepto de menor o niño de la Convención
sobre los derechos del niño (1989) la cual
en su artículo primero establece:
Artículo 1 Para los efectos de la presente
Convención, se entiende por niño todo
ser humano menor de dieciocho años de
edad, salvo que, en virtud de la ley que
le sea aplicable, haya alcanzado antes la
mayoría de edad.
Por su parte, la UNICEF (2008) para
caracterizar a los jóvenes de América Latina y
el Caribe asume como población de estudio
en su investigación de juventudes, a las
personas con edades entre los 10 y 24 años,
se encuentra que el 30% de la población
total de estas regiones está conformada por la
población dentro de estas edades; así mismo,
de esta cifra el 20% son menores entre los
10 y 19 años de edad. Las anteriores cifras,
muestran la gran relevancia de estudiar e
intervenir sobre este tipo de población, pues
se evidencia, además que son los jóvenes
dentro de estas edades los que están en
mayor riesgo de comportamientos como la
deserción escolar, paternidad temprana, la
la ley.
El último aspecto mencionado por la
UNICEF motiva esta investigación, pues
se considera que diferentes factores
presentados a lo largo del proceso de
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alguna manera en el involucramiento en
los fenómenos más preocupantes para la
actual sociedad. Algunos autores (Garrido,
1987 citado por Amaya & Ardila, 2012) han
sujeto que sin poseer la mayoría de edad
(la cual ha sido establecida por el estado en
el cual se encuentre dicho sujeto) incurre
en un hecho penalizado por las leyes de un
allá de la conceptualización del constructo,
se deben contemplar las consecuencias
del etiquetamiento. Es por esto que en
el Segundo Congreso de las Naciones
Unidas sobre la prevención del delito y
el tratamiento del delincuente se advierte
que la denominación de delincuencia de
menores debe limitarse a las transgresiones
de la ley penal vigente, lo cual restringe
al estado a la implementación de nuevos
tipos penales exclusivos para los jóvenes
(UNODC, 1960).
Ahora bien, la conceptualización de
la delincuencia juvenil involucra a las
particularidades culturales de un estado o
que merecen algún tipo de sanción.
Igualmente, las tradiciones o condiciones
de vida de una comunidad inciden en
el tipo e intensidad de la conducta. No
obstante, la comprensión de la delincuencia
juvenil, no debe reducirse a la explicación
de los factores socioculturales, pues existen
características biológicas y psicológicas que
diferencian la actuación de los individuos,
que a pesar de crecer en una situación de
vulnerabilidad social, no incurren al delito
Tales manifestaciones desviadas de la
norma social no son de reciente aparición.
Ya desde siglos pasados se presentaban y se
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intentaba controlar. Así por ejemplo, durante
el siglo XIX la responsabilidad del menor se
abordaba teniendo en cuenta el grado de
discernimiento de este en el acto cometido,
estableciéndose primeras edades mínimas
de responsabilidad penal. Posteriormente,
se encuentra la reforma correccional; ésta
tenía como objetivo la educación sobre
el menor infractor; se produce un auge de
los centros reformatorios. Finalmente, se
expone el modelo garantista, en el cual
la aplicación del derecho penal sobre el
menor debía ser mínima, esto en miras de
garantizar sus derechos (Cruz, 2007).
En la doctrina moderna, las conductas
tendrán como consecuencia una pena,
pues no se considera al menor como un
sujeto activo; esto tiene como consecuencia
que el poder punitivo del derecho penal
sea desplazado hacia la aplicación de
un derecho de menores que contemple
consecuencias diferentes a las aplicadas por
el derecho penal (Cruz, 2007).
Lo anterior es establecido claramente en la
Convención de los de los derechos del niño,
la cual señala:
Artículo 40 1. Los Estados Partes
reconocen el derecho de todo niño
de quien se alegue que ha infringido
las leyes penales o a quien se acuse o
declare culpable de haber infringido esas
leyes a ser tratado de manera acorde con
el fomento de su sentido de la dignidad
y el valor, que fortalezca el respeto del
niño por los derechos humanos y las
libertades fundamentales de terceros y
en la que se tengan en cuenta la edad
del niño y la importancia de promover
la reintegración del niño y de que éste
asuma una función constructiva en la
sociedad.
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Así mismo se recuerdan las demás garantías
judiciales aplicables para toda persona
involucrada en un proceso penal, las cuales
serán igualmente aplicadas en los casos de
infracción de la ley por parte de menores
de edad. Adicionalmente y en miras de
garantizar un tratamiento especial a los
menores infractores y con el objetivo de
la no repetición de los actos cometidos, la
Convención compromete a los estados a lo
siguiente:
a) El establecimiento de una edad
mínima antes de la cual se presumirá
que los niños no tienen capacidad para
infringir las leyes penales;
b) Siempre que sea apropiado y deseable,
la adopción de medidas para tratar a
esos niños sin recurrir a procedimientos
judiciales, en el entendimiento de que
se respetarán plenamente los derechos
humanos y las garantías legales.
Adicionalmente, el estado deberá disponer
de medidas tales como: “el cuidado, las
órdenes de orientación y supervisión,
el asesoramiento, la libertad vigilada, la
colocación en hogares de guarda, los
programas de enseñanza y formación
profesional, así como otras posibilidades
alternativas a la internación en instituciones,
para asegurar que los niños sean tratados
de manera apropiada para su bienestar
y que guarde proporción tanto con sus
circunstancias como con la infracción.
En Colombia, mediante la Ley 1098 de
2006, se establece el Código de Infancia
y Adolescencia, el cual establece tanto las
medidas de protección frente a los menores
víctimas, como también un sistema de
responsabilidad penal para los menores
infractores.
Desde la concepción del menor como sujeto
menor de edad sujeta a las garantías
estipuladas en el código, así mismo se
Artículo 3 de la Ley 1098 de 2006:
Artículo 3. Sujetos titulares de derechos.
Para todos los efectos de esta ley son
sujetos titulares de derechos todas
las personas menores de 18 años. Sin
perjuicio de lo establecido en el artículo
34 del Código Civil, se entiende por niño
o niña las personas entre los 0 y los 12
años, y por adolescente las personas
entre 12 y 18 años de edad.
Frente a la responsabilidad penal, la ley
diferencia entre menores de 14 años y
menores de 18 como sigue:
Artículo
142.
Exclusión
de
la
responsabilidad penal para adolescentes.
Sin perjuicio de la responsabilidad civil
de los padres o representantes legales,
así como la responsabilidad penal
consagrada en el numeral 2 del artículo 25
del Código Penal, las personas menores
de catorce (14) años, no serán juzgadas
ni declaradas responsables penalmente,
privadas de libertad, bajo denuncia o
sindicación de haber cometido una
conducta punible. La persona menor de
catorce (14) años deberá ser entregada
inmediatamente por la policía de
infancia y adolescencia ante la autoridad
garantía de sus derechos de acuerdo
con lo establecido en esta ley. La policía
recolección de los datos de la conducta
punible.
Artículo 169 De la responsabilidad
penal. Las conductas punibles realizadas
por personas mayores de catorce (14)
años y que no hayan cumplido los
dieciocho (18) años de edad, dan lugar a
responsabilidad penal y civil, conforme a
las normas consagradas en la presente ley.
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La aplicabilidad del Código de Infancia
y Adolescencia y la problemática de la
delincuencia juvenil, se registra mediante
los ingresos al sistema de responsabilidad
penal, así pues, el Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar (ICBF) evidencia
que al Sistema de Responsabilidad Penal
para Adolescentes (SRPA) ingresaron en el
periodo de 2012 a 2014, 21.563 jóvenes.
De esta cifra, en el 2014, se presentan 5.595
menores dentro del SRPA, principalmente
del primer ciclo educativo y el comienzo de
nuevas posibilidades, lo cual es oportuno
para las diferentes bandas delincuenciales
que reclutan a dichos menores (Ministerio
de Justicia y del Derecho, 2013).
fabricación o porte de estupefacientes
(35,7%), y lesiones personales (6,47%).
Grado de escolaridad al momento de ser
puestos a disposición de la Defensoría de
familia: en concordancia con el grado
registrado para los menores entre 6 y 13 años,
dentro de este grupo de edad se encuentra
que en el momento de las aprehensiones el
30,39% de los casos registraban como último
nivel educativo cursado quinto de primaria,
siguiendo con el 20,85% correspondiente a
undécimo grado como el último cursado.
Si bien estas cifras son preocupantes, se debe
resaltar que éstas no evidencian totalmente
la magnitud del problema, pues se debe
tener en cuenta la realidad colombiana,
dentro de la cual se presentan vulneraciones
a la ley penal por el involucramiento de
menores de edad a los diferentes grupos
armados. Tal situación muestra no sólo la
necesidad de la prevención del delito, sino
también, la intervención sobre los menores
que como consecuencia de la vivencia de la
guerra puedan manifestar comportamientos
delictivos, luego de su reincorporación a la
sociedad civil.
Desde el Viceministerio de política criminal
y justicia restaurativa se registran los datos
de aprehensiones realizadas a menores
de 6 a 13 años por la Policía Nacional en
15 ciudades diferentes del país durante el
periodo de 2003 a 2013; al respecto se
muestran los siguientes resultados:
Grado de escolaridad al momento de ser
puestos a disposición de la Defensoría
de familia: La policía registra que los
menores cuya escolaridad está en quinto
grado representa el 50% de los menores
aprehendidos durante este periodo; posibles
explicaciones se asocian con la terminación
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Menores entre las edades de 14 a 18 años
Delitos característicos en este grupo
de estupefacientes, hurto a personas y
En relación con la actividad principal en
el momento de la comisión del hecho, se
registra que los menores aprehendidos por
presentan en este sentido 8.684 casos. Así
mismo 5.645 menores se declaraban como
independientes y 3.260 como estudiantes.
Lo anterior, a pesar de la normatividad
existente que asume que los menores de
edad no están obligados a trabajar, así el
hecho de declararse como desempleado o
roles no correspondientes al grado de edad
de desarrollo, esta última información se
obtiene de las repuestas correspondientes
sobre las características del entorno
socioeconómico de estos sujetos, en cuanto
su importancia en la formulación de planes
y políticas de prevención.
Situación similar es encontrada cuando
se observa la actividad principal en los
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menores aprehendidos por fabricación,
se declararon como desempleados; 20.559
como independientes y 13.114 como
estudiantes; a diferencia de los datos
anteriores, resalta el gran número de casos
reportados cuando la actividad principal es
como su actividad principal. En cuanto a
los delitos de homicidio, hurto y lesiones
personales, se muestran distribuciones
semejantes.
Se resaltaron las anteriores características en
cuanto se hace necesario la implantación de
imaginarios en los menores que les guíen en
su proceso educativo, pues el registro de los
grados con mayor número de aprehensiones
individuo la continuidad del mismo; por el
contrario, se abandona a la búsqueda de
nuevos escenarios que dependiendo de las
diferentes condiciones sociales y personales
por las cuales atraviesa el sujeto, puede
llegar a favorecer los escenarios del delito.
Pues tal como lo muestran los registros,
independiente está mediada por la
caracterización realizada desde el entorno
sociocultural y las oportunidades percibidas
dentro de él, lo cual determina al sujeto a
la realización de actividades acordes con
dicha situación, vulnerándose sus derechos
a la protección y el cuidado y a la no
explotación laboral, en la búsqueda de
mejores condiciones de vida.
una compresión completa. En este sentido,
se tomarán como referencia tres niveles de
análisis: social, psicológico y biológico;
para de esta manera, mostrar algunos de
los elementos que se han encontrado y que
correlacionan con la delincuencia juvenil.
Factores sociales
En la comprensión de los factores sociales
involucrados en el fenómeno de la
delincuencia, es importante resaltar que
diferentes autores postulan como elemento
determinante, la condición de vulnerabilidad
socioeconómica en la cual crecen los
jóvenes (Amaya & Ardila, 2012; Acero,
Escobar & Castellanos, 2007; González,
2003; Kliksberg, 2002). Lo anterior, se
encuentra relacionado con el aumento de
la polarización social que ha caracterizado
a América Latina. Tal característica la
sitúa como la región más desigual del
de desigualdad con las cuales la región
inaugura el nuevo siglo, encontrándose que
para el momento el 10% de la población
con mayores ingresos recibía 84 veces más
recursos que el 10% más pobre (Kliksberg,
2002).
Tal situación incide directamente en los
ámbitos que desde la criminología se han
señalado como críticos en el riesgo del
desarrollo de comportamientos antisociales
y por ende de la delincuencia juvenil; tales
ámbitos mencionados son: la familia, la
escuela, el grupo de amigos, el consumo de
drogas y la comunidad (González, 2003).
Así pues, como institución principal se
2. Factores incidentes en la delincuencia
juvenil
La complejidad del fenómeno de la
delincuencia debe ser comprendido desde
diferentes niveles, pues el situarse desde un
fenómeno de la delincuencia se puede dividir
en dos; por un lado, la carencia de recursos
socioeconómicos inciden en las formas
desde las cuales los individuos alcanzarán
sus metas, pues ante la imposibilidad que
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se encuentra desde la familia y el entorno,
se emprenderán acciones delictivas para
la satisfacción de metas y necesidades
(Garrido, Stangeland & Redondo, 1999).
Por otro lado, las pautas de crianza
emprendidas desde los padres hacia los
hijos construyen en estos últimos un sistema
de valores que guiarán su actuar. Este
sistema de valores se alimenta por el rol de
los padres en la comunidad; así por ejemplo
se ha encontrado mayor propensión a la
delincuencia cuando alguno de los padres se
ha visto involucrado en problemas legales o
cuando la familia sostiene relaciones sociales
con amigos delincuentes (Acero, Escobar &
Castellanos, 2007). Igualmente, las formas
como lo padres imparten disciplina, se
involucran con la comisión futura de actos
delictivos, pues cuando el sujeto es maltrato,
se está legitimando a la violencia como la
herramienta principal en la solución de los
(Martín, Martínez & Rosa, 2009). Lo anterior
atravesará las relaciones interpersonales
del individuo, llevándolo probablemente a
la comisión de delitos contra la integridad
personal o la vida.
Las pautas de crianza involucran también el
grado de atención que desde los padres se
les presta a los hijos. En tal sentido varios
investigadores encuentran que la falta de
supervisión y atención hacia los menores
constituyen un factor de riesgo para la
delincuencia (Howell, 1997; Lawrence,
1998; Browning y Loeber, 1999; Chaiken,
2000 citados por González, 2003).
Dependiendo del grado de atención, se
Así por ejemplo Martín, Martínez & Rosa
las familias anómicas, en las cuales, los
padres no participan en la vida de sus hijos;
las familias autoritarias, en donde existe por
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parte de los padres un anhelo abrumador
por el control de la vidas de sus hijos y
el grado de supervisión y atención hacia
los hijos es limitado, excepto cuando este
se involucra en algún acto delictivo; sin
embargo, luego de los hechos regresan al
patrón inicial (Martín, Martínez & Rosa,
2009).
Por su parte, en Colombia autores como
Acero, Escobar & Castellanos (2007) han
encontrado características familiares como
las señaladas, pues el maltrato infantil, los
disponibilidad de la madre, se correlacionan
con la aparición de la delincuencia.
Como segunda institución relevante en el
desarrollo del menor, se postula a la escuela,
la cual funciona como inhibidora de la
delincuencia (González, 2003). Sin embargo,
la mayoría de los jóvenes delincuentes han
fracaso en el ámbito escolar, lo que genera
el debilitamiento de su autoestima personal
y la reducción de las probabilidades de
interiorizar las normas establecidas. En
consecuencia, se involucran con jóvenes o
grupos que mediante el establecimiento de
nuevos vínculos reivindiquen su autoestima
(Martín, Martínez & Rosa, 2009).
Relacionado con lo anterior, se establece
como tercer factor el grupo de amigos
(González, 2003), como ya se mencionó
el fracaso escolar obliga al individuo a la
búsqueda de grupos que reivindiquen su
autoestima a partir de una autoestima social;
por lo general, los grupos con los cuales
se relaciona el individuo, son grupos de
jóvenes delincuentes que legitiman un tipo
de identidad en los menores y que por ende
los llevan a la comisión de actos antisociales
en razón de conservar su pertenencia grupal
(Morales, Moya, Gaviria & Cuadrado, 2007).
Omar Huertas D., Angie L. Ruiz H., René J. Martínez G. - Perspectiva en el entendimiento de la delincuencia juvenil
Un cuarto elemento es el consumo de drogas
(González, 2003), cuyos efectos biológicos
inciden directamente en la comisión de
diferentes actos delictivos como el hurto,
las lesiones personales, el homicidio, entre
otros. Tales factores desencadenantes y su
relación con la delincuencia serán ampliados
en la exposición de los factores biológicos
incidentes en la delincuencia. Finalmente,
el quinto elemento es la comunidad
En la literatura consultada (Arce, Fariña &
Vázquez, 2001; Amaya & Lozano, 2012),
se resalta como elemento principal, la
falta de empatía en jóvenes delincuentes.
En este sentido Arce, Fariña & Vázquez
(2001) llevaron a cabo una investigación
con tres muestras de jóvenes; la primera
estaba conformada por 150 jóvenes quienes
estaban cumpliendo una medida judicial; la
segunda, por jóvenes con comportamiento
(Garrido, Stangeland & Redondo, 1999) en
la cual está inmerso el individuo. Al respecto
se ha encontrado como características la
privación de recursos materiales y la fuerte
presencia de grupos delincuenciales a los
conformada por jóvenes normativos. En sus
resultados, se evidenció que la población
de reforma carecía de la habilidad para
expresar sus emociones, así como de
la incapacidad para percibirlas en sus
compañeros; igualmente, se encontró que
cuando los jóvenes de reforma percibían
las emociones de sus compañeros, las
interpretaban como señales de amenaza u
hostilidad, adaptando su comportamiento a
tal interpretación. En la muestra de jóvenes
con conductas antisociales, si bien se
evidenciaron falencias en la interpretación
de emociones, el número de jóvenes que
incurrió en esas conductas fue reducido.
rol social (González, 2003).
Los anteriores cinco factores se deben
entender como un nodo interconectado,
pues como se logra ver cada uno depende
de los demás. Igualmente, no se debe excluir
de tal comprensión los demás factores de
carácter psicológico y biológico que a
continuación se expondrán.
Factores psicológicos
Cada uno de los sucesos es interpretado
de manera diferencial por cada uno de
los individuos, a pesar de que convivan
en un mismo entorno social. Cuando se
reconocen estas diferencias, se acepta
que subjetivamente existen elementos,
que contrario a lo que se espera por parte
de un individuo que crece en un entorno
social marcado por la vulnerabilidad, se
ante el delito. Dada la importancia de tales
elementos, se presentarán a continuación
aquellos factores diferenciales que se
relacionan con una alta probabilidad de
comisión de conductas delictivas.
La capacidad de afrontamiento ante las
adversidades es otro de los elementos
evidenciados como diferenciadores entre los
menores que han cometido algún delito y los
que no, pues esta capacidad puede suprimir
o mitigar el efecto de los factores de riesgos
como sociales, en la comisión de conductas
delictivas. Al respecto, Arce, Fariña &
Vázquez (2011) encontraron que la falta de
afrontamiento se correlaciona con conductas
como con sintomatología psicosomática.
La capacidad de afrontamiento ha sida
agrupada con otros elementos a los cuales
se les ha denominado factores protectores
individuales del delito (Garrido y López,
1995 citado por González, 2003); en
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éstos se incluyen el género femenino, alta
inteligencia, habilidades sociales, locus de
control interno o temperamento resistente.
También se incluyen factores provenientes de
los diferentes vínculos sociales establecidos
por el sujeto y las buenas relaciones
familiares. Así mismo, Gottfredson y Hirschi
en su teoría general del crimen, postulan
un elemento adicional: el autocontrol, la
interiorización de éste a partir de las pautas
de crianza, será un elemento fundamental
para la abstención ante la oportunidad de
comportamientos delictivos (Serrano &
Birkbeck, 2013).
En relación con estos factores protectores,
se ha encontrado que el género femenino
tiene menor probabilidad de incurrir en
actos delictivos (Garrido, Stangeland
& Redondo, 1999). Al respecto, se han
postulado teorías que señalan que los niveles
de testosterona en los hombres inciden
en su comportamiento violento y el poco
control de impulsos (Garrido, Stangeland
& Redondo, 1999); tales incidencias se
ampliarán en la exposición de los factores
biológicos de la conducta delictiva. No
obstante, se debe resaltar que cada uno de
los diferentes factores –social, psicológico
y biológico- están relacionados entre sí,
contrario a los dualismos tradicionales.
Continuando con los factores psicológicos,
Amaya & Lozano (2012) indagaron sobre
las diferencias en las actitudes y estrategias
cognitivo sociales entre infractores y
no infractores de la ciudad de Bogotá,
encontrando igual que Arce, Fariña &
Vázquez (2011) una carencia en la
interpretación de las emociones por parte de
menores no lograban sincronizarse con los
sentimientos ajenos y por tanto, carecían de
la capacidad de admitir modos distintos de
ser a los propios. Igualmente, se evidencio
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que los menores infractores se mostraban
inseguros en relación con los otros y temían
Lozano, 2012).
Frente a los esquemas cognitivos, se
evidencia que los menores infractores
mantienen
sesgos
referentes
a
la
interpretación de su realidad, de tal manera
de la conducta violenta se encuentran en
motivos como: provocación o agresión por
parte del exogrupo, tales sesgos contribuyen
a la cohesión del grupo al cual pertenece el
individuo aumentando la autoestima social.
(Martín, Martínez & Rosa, 2009; Morales
et al., 2007) Finalmente, Acero, Escobar &
Castellanos (2007) resaltan que entre los
factores protagonistas en la comisión de
actos delictivos, se encuentra la personalidad
antisocial. Esta condición, es descrita por
el Manual Diagnóstico y Estadístico de
Enfermedades Mentales (DSM-V) por la
presentación de conductas delictivas desde
la edad de los 15 años, junto con un patrón
de impulsividad e irritabilidad en su actuar,
sumado a la falta de remordimiento por los
actos cometidos y la despreocupación por
la seguridad de los demás (APA, 2013).
Factores biológicos
En relación con los factores biológicos
que inciden en la conducta delictiva, se
expondrán a continuación las principales
estructuras y mecanismos cerebrales que
se pueden relacionar con la comisión
de conductas violentas. Posteriormente,
se expondrán en términos generales los
mecanismos neurobiológicos del consumo
de sustancias psicoactivas y su incidencia
en la conducta delictiva.
Diferentes estructuras del cerebro se
relacionan con conductas agresivas que
Omar Huertas D., Angie L. Ruiz H., René J. Martínez G. - Perspectiva en el entendimiento de la delincuencia juvenil
como resultado de la evolución, le han
servido al ser humano para sobrevivir. Por
ejemplo, el hipotálamo, una región nuclear
del cerebro encargado de la regulación de
conductas típicas de la especie y del sistema
endocrino, se ha encontrado relacionado
con la comisión de conductas violentas,
pues entre sus funciones se establece la
regulación de la agresión (Carlson, 2005).
Asimismo, al ser un ente regulador del
sistema endocrino, se relaciona con la
secreción de testosterona. Esta hormona
provee al hombre de sus características
distintivas las cuales van desde características
físicas como de personalidad, dentro de las
cuales se encuentran la predisposición a
la agresión como característica evolutiva
(Garrido, Stangeland & Redondo, 1999).
Como se mencionó en apartados anteriores,
los altos niveles de testosterona son de
relevancia en la comisión de conductas
violentas, incidiendo en los índices
reportados en cuanto a la comisión de delitos
por hombres y mujeres (Garrido, Stangeland
& Redondo, 1999). Algunas investigaciones
(Bonilla & Fernández, 2006) muestran
que la exposición prenatal a altos niveles
de testosterona producen un crecimiento
desigual de los hemisferios cerebrales que
que incide principalmente en el crecimiento
del hemisferio izquierdo, cuyo resultado es
la dominancia del hemisferio derecho. Este
hallazgo es relevante pues Raine en 1999
(Bonilla & Fernández, 2006) encuentra que
en individuos a los cuales se les evaluó
mediante tomografía de emisión por
positrones (PET), la tasa de actividad cerebral
presentada por homicidas era menor en la
amígdala y el hipocampo ubicados en el
hemisferio izquierdo.
El complejo amigdalino, ubicado en la
profundidad de los lóbulos temporales se
ha relacionado con la interpretación de
señales emocionales, la regulación de la
respuesta emocional y las respuestas ante
el miedo y la conducta agresiva (Carlson,
2005). La lesión de la amígdala tiene como
consecuencia la reducción de la activación
autónoma y por ende la carencia de miedo
y de respuestas efectivas ante el mismo
(Bonilla & Fernández, 2006). Tales efectos,
pueden llevar al individuo a la búsqueda de
sensaciones que pueden estar relacionadas
con actividades de riesgo y/o con respuestas
socialmente inadaptadas dada la falencia
en la interpretación emocional.
El consumo de drogas se caracteriza
principalmente por incidir en los niveles de
neurotransmisores presentes en el cerebro.
Así el consumo de diferentes sustancias
psicoactivas permiten la liberación o la no
recaptación de algunos neurotransmisores,
incidiendo así en el comportamiento.
La biomolécula neurotransmisora más
estudiada ha sido la dopamina (DA), pues
el mantenimiento del consumo se ha visto
relacionado con altos índices de DA en el
cerebro (Gil, et al., 2002). Sin embargo, la
liberación de serotonina, una biomolécula
neurotransmisora encargada de la regulación
de los impulsos, también es alterada por el
consumo de drogas, principalmente por las
drogas de diseño como las anfetaminas,
metanfetaminas, éxtasis, LSD, entre otras
sustancias (Becoña & Cortés, 2010).
En este sentido, Bonilla & Fernández
(2006) encuentran que la disminución de
serotonina y de noradrenalina, junto con el
aumento en los niveles de DA, se relacionan
con diferentes características de la conducta
antisocial, tales como la incapacidad para
inhibir la conducta impulsiva, la evitación
del daño y el aumento o necesidad de buscar
sensaciones; se evidencia de esta manera, la
relación existente entre el delito y las drogas.
17
IURIS ISSN: 0124-6666 - Enero / Diciembre de 2015 - No. 17 (7 - 24)
3. Hacia una comprensión integral de la
delincuencia juvenil
Como se postuló, la comprensión de la
conducta delictiva y más de la delincuencia
juvenil, se debe abordar concibiendo al
individuo como un ser biopsicosocial. Ello en
procura de un entendimiento más completo
del mundo y evitar los reduccionismos que
limitan la actuación sobre el fenómeno.
No sólo la delincuencia debe ser
interpretada como un fenómeno integral,
pues cada uno de los actos del ser humano
es el resultado de la interconexión de los
factores señalados. De esta manera, Lev
Vygotsky (Lucci, 2006) un psicólogo del
desarrollo ruso, en su momento postuló
que los procesos psicológicos superiores
tales como la memoria o la atención se
originaban en lo social. Sin embargo,
reconoció que para que estos procesos se
originen gracias a la interacción con lo
social, debían existir una serie de actividades
cerebrales que lo hicieran posible. En este
sentido, “la actividad cerebral superior no
es simplemente una actividad nerviosa o
neuronal superior, sino una actividad que
derivados de las actividades culturales y
mediados por signos” (Lucci, 2006, p. 6).
Tal aproximación es útil para responder a
los cuestionamientos hechos a las diferentes
corrientes reduccionistas que postulaban un
solo factor de los expuestos como explicación
de la delincuencia. Así por ejemplo, las
teorías que postulan como determinante
de la conducta delictiva las condiciones de
vulnerabilidad socioeconómica, no brindan
respuestas sobre aquellos individuos que
creciendo en tales entornos no emprenden
conductas delictivas.
Como
se
ha
mostrado,
algunas
manifestaciones encontradas en los jóvenes
18
de reforma se pueden relacionar con los
demás factores. Por ejemplo, se estableció
que las alteraciones serotoninérgicas
interpretación emocional, lo cual fue
encontrado por Arce, Fariña & Vázquez
(2011) en una muestra de jóvenes quienes
estaban cumpliendo una medida judicial.
Igualmente, la decisión de involucrarse en
una conducta delictiva está mediada por las
capacidades de afrontamiento y autocontrol
que posea el sujeto (Garrido & López, 1995
citado por González, 2003; Serrano &
Birkbeck, 2013).
También se muestra la incidencia de
los altos niveles de testosterona en la
conducta violenta (Garrido, Stangeland &
Redondo, 1999), mas no la determinan,
pues el ser humano al estar inmerso en
un sistema de relaciones sociales está
obligado a inhibir tales manifestaciones
violentas. Así mismo, las condiciones
de
vulnerabilidad
socioeconómica
se encuentran correlacionadas con la
delincuencia, más no como causa, pues
existen diferencias en la personalidad que
limitan el comportamiento antisocial ante
posibles factores desencadenantes.
Por otro lado, la existencia de neuronas
especializadas en el entendimiento del
otro, permite la interacción sana con éste
comprendiendo sus particularidades. En
este sentido, la integración de diferentes
disciplinas contribuiría a redimensionar los
valores por los cuales se guía un individuo.
Así por ejemplo, el entrenamiento
cerebral, gracias a los mecanismos
de neuroplasticidad centrados en la
potencialización de la empatía a partir de
las denominadas neuronas espejo (Garcés
& Suárez, 2014), proveen una oportunidad
para que los individuos que han incurrido
en el delito, transformen la forma como
Omar Huertas D., Angie L. Ruiz H., René J. Martínez G. - Perspectiva en el entendimiento de la delincuencia juvenil
interpretan la realidad y los sesgos con
los cuales la conciben. Pues tal como lo
postulan García, Ochoa & Aguilera (2010)
el cerebro funciona en relación al contexto.
Estos ejemplos evidencian la necesidad
de emprender acciones de prevención
desde las diferentes esferas del individuo.
Igualmente la intervención sobre el
delincuente juvenil se debe abordar desde
los tres factores señalados. Es por esto, que
se pretenden mostrar diferentes estrategias
o recomendaciones relacionadas con la
prevención de la delincuencia juvenil y así
de los factores anteriormente señalados.
Posturas internacionales
En el marco internacional, se muestra como
instrumento relevante en la procura por
la prevención de la delincuencia juvenil,
las directrices de las Naciones unidas
para la prevención de la delincuencia
juvenil –Directrices de Riad- (1990). Es
interesante encontrar que se adopta un
enfoque proactivo de la prevención de la
delincuencia. De esta forma se pretende
no sólo actuar sobre aquellos problemas
fenómeno de la delincuencia, tales como
los evidenciados en apartados anteriores,
sino centrar los programas y políticas de
prevención en la mejora de las condiciones
de vida y la procura por el bienestar de
los jóvenes, potenciándolos como seres
sociales.
El anterior enfoque, parte de la premisa
de que la prevención de la delincuencia
juvenil se constituye en parte esencial
en la prevención del delito. Dentro de tal
prevención se incluyen diferentes actores
que en conjunto contribuyen a tal propósito.
Por ejemplo en relación con la sociedad, las
directrices señalan lo siguiente:
delincuencia juvenil es necesario que
toda la sociedad procure un desarrollo
armonioso de los adolescentes, y respete
y cultive su personalidad a partir de la
primera infancia.
Es importante resaltar el papel de la
sociedad y principalmente de los agentes
socializadores del menor, pues mediante
éstos, el menor recibe e internaliza las
diferentes normas imperantes en su
cultura, las cuales posteriormente guiarán
su comportamiento. De esta manera,
Bandura (1977) relaciona los procesos
de modelamiento los cuales permiten un
aprendizaje por medio de la observación de
las conductas a realizar a futuro, teniendo
se siguen de éstas. Así pues, se evidencia
el gran papel de los agentes socializadores
del menor en la evitación de conductas
delictivas a futuro.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que el
sujeto es potencializador de su educación. En
este sentido, se le debe permitir ser partícipe
en la toma de decisiones concernientes con
su futuro y relacionados con la sociedad.
Así por ejemplo estas directrices señalan:
“A los efectos de la interpretación de las
presentes Directrices, se debe centrar
la atención en el niño. Los jóvenes
deben desempeñar una función activa y
participativa en la sociedad y no deben
ser considerados meros objetos de
socialización o control”.
Desde esta perspectiva, las directrices
postulan
diferentes
exigencias
para
las políticas formuladas en miras de la
prevención de la delincuencia juvenil:
a) La creación de oportunidades, en
particular educativas, para atender a
19
IURIS ISSN: 0124-6666 - Enero / Diciembre de 2015 - No. 17 (7 - 24)
las diversas necesidades de los jóvenes
y servir de marco de apoyo para velar
por el desarrollo personal de todos los
jóvenes, en particular de aquellos que
están patentemente en peligro o en
situación de riesgo social y necesitan
cuidado y protección especiales;
b) La formulación de doctrinas y criterios
especializados para la prevención de
la delincuencia, basados en las leyes,
los procesos, las instituciones, las
instalaciones y una red de servicios,
la necesidad y las oportunidades de
comisión de las infracciones o las
condiciones que las propicien;
por la justicia y la equidad, y cuya
interés general de los jóvenes;
e) El reconocimiento del hecho de que
el comportamiento o la conducta de los
jóvenes que no se ajustan a los valores
y normas generales de la sociedad son
con frecuencia parte del proceso de
maduración y crecimiento y tienden
a desaparecer espontáneamente en la
mayoría de las personas cuando llegan a
la edad adulta;
f) La conciencia de que, según la opinión
un joven de “extraviado”, “delincuente”
o
“predelincuente”
a
menudo
contribuye a que los jóvenes desarrollen
pautas permanentes de comportamiento
indeseable.
Así mismo, la realización de políticas dirigidas
a la prevención deberá tener en cuenta,
no sólo al sujeto mismo de intervención,
directrices como la familia, la educación, la
comunidad, los medios de comunicación y
la política social. Entre ellas, se deben crear
redes interconectadas para lograr el éxito en
la prevención delincuencial.
20
Posturas nacionales
Teniendo en cuenta lo estipulado por el
Ministerio de Justicia y del Derecho en el
documento denominado “Prevención de
la delincuencia en jóvenes y adolescentes:
conversaciones regionales desde una
perspectiva de derechos” denotan que el
objetivo es la reducción de los índices de
violencia adolescente, mediante diferentes
estrategias de prevención, esto adecuado
a las recomendaciones realizadas a nivel
internacional.
Es importante rescatar que dentro de este
estudio se encuentra la inclusión de las
consecuencias tanto sobre el sujeto objeto
de intervención, tanto las relacionadas con
el impacto intergeneracional que conlleva
el ser parte de actividades delictivas. Este
factor de riesgo, fue señalado así mismo
por Acero, Escobar & Castellanos, (2007)
quienes sostienen que el hecho de tener
familiares involucrados en problemas
legales, potencializaba la probabilidad de
que el menor se desempeñara dentro de
actividades de la misma índole.
Así, desde la perspectiva de los sistemas
familiares que estudia la estructura
y las dinámicas de la familia en la
determinación del comportamiento infantil
y el comportamiento futuro, se resalta como
ámbito principal tanto de intervención
como prevención, las redes familiares
de los sujetos pues desde las mismas se
propician o no los riesgos de incurrir en
actos delictivos (Ministerio de Justicia y del
Derecho, 2013). Igualmente, se propicia la
inclusión de los menores al sector escolar
así como la creación de mecanismos para
que los menores continúen sus estudios,
constituyéndose estos mecanismos en
factores de protección ante la conducta
delictiva o el consumo de drogas, tal como
se evidenció nuevamente, se encuentra que
Omar Huertas D., Angie L. Ruiz H., René J. Martínez G. - Perspectiva en el entendimiento de la delincuencia juvenil
la mayoría de los menores involucrados
dentro del sistema de responsabilidad penal
abandonaron sus estudios, en cursos que
educativo, tales como quinto de primaria y
undécimo grado.
Partiendo de las consideraciones anteriores
la prevención de la delincuencia juvenil, se
proponen cuatro ejes básicos: protección
integral, la justicia restaurativa, la inclusión
y la corresponsabilidad.
La protección integral
Ésta se basa en las consideraciones de la
Convención internacional sobre los derechos
del niño (1989), en la cual se reconoce a la
población menor de 18 años como sujetos
de derecho y reconocimiento. En este
sentido, “la prevención en el contexto de la
a partir del reconocimiento de este grupo
de población como sujetos de derechos
y a quienes por ello se les previene de la
amenaza o vulneración de sus derechos y la
seguridad de su restablecimiento inmediato”
(Ministerio de Justicia y del Derecho,
2013, p. 47). Se reconoce entonces, que la
prevención de la delincuencia parte de la
garantía de los derechos de los menores y
de la capacidad de agencia de los mismos,
así como del entorno sociocultural en el
que se desarrolla el menor.
La protección integral dentro de la
perspectiva de la prevención supone
así mismo, la intervención sobre los
jóvenes en riesgo de conductas delictivas,
secundaria y en relación con los jóvenes
que están o pasaron por los procesos del
sistema de responsabilidad penal para evitar
Justicia restaurativa
En procura de la prevención de la reincidencia
se requiere la participación de la sociedad.
Ésta debe garantizar oportunidades al joven
o adolescente, que una vez terminado su
proceso de responsabilidad penal, reciba
el apoyo de su comunidad, y se le estimule
para la construcción de un proyecto de
vida y así evitar futuros comportamientos
delictivos.
Por otro lado, se les brinda la oportunidad de
reparar los daños que mediante su conducta
propiciaron mediante la construcción de
un proyecto de vida que se distancie de las
actividades delictivas.
Inclusión
En relación con la inclusión se hace énfasis
en el papel de la familia como constructora
de sociedad. El código de infancia y
adolescencia lo establece claramente:
Artículo 22. Derecho a tener una
familia y a no ser separado de ella.
Los niños, las niñas y los adolescentes
tienen derecho a tener y crecer en el
seno de la familia, a ser acogidos y no
ser expulsados de ella.
Corresponsabilidad
Finalmente,
vale
destacar
la
corresponsabilidad, la cual hace referencia
al involucramiento de los diferentes sectores
en la prevención de la delincuencia. Es
este sentido, se pretende no solo realizar
un acompañamiento pedagógico a los
menores, sino también a los diferentes
actores involucrados dentro del proceso de
desarrollo del menor y así convertirlos en
partícipes del cambio y de la construcción
de una mejor sociedad.
prevención terciaria (Ministerio de Justicia y
del Derecho, 2013)
21
IURIS ISSN: 0124-6666 - Enero / Diciembre de 2015 - No. 17 (7 - 24)
Conclusiones
Reiterativamente se ha postulado la relación
integral de los factores biopsicosociales,
pues así como existen predisposiciones
biológicas que nos caracterizan como seres
humanos, existen condiciones sociales que
nos agrupan como culturas, no obstante debe
recordarse la existencia de características
único e idiosincrático.
El reconocimiento de la existencia de
factores sociales que inciden en la conducta
delictiva, implica una reestructuración
desde las instancias superiores hasta de los
valores de las comunidades. Pues sin tal
reestructuración, la intervención sobre los
factores individuales como actualmente
se realiza en los programas de tratamiento
penitenciario e incluso en las sanciones
emprendidas frente al menor infractor, que
van desde la amonestación hasta la privación
de la libertad en un centro de atención
especializado, tal como se contempla en el
artículo 177 de la ley 1098 del 2011; serán
Por otro lado, se deben emprender
mecanismos que incidan sobre los índices
de consumo, pues es alarmante que para el
año 2013 en el estudio nacional de consumo
de sustancias psicoactivas para Colombia, se
muestre que sobre la población total existan
los siguientes porcentajes de dependencia a
las diferentes sustancias de abuso: alcohol
(1,19%), marihuana (1,89%), cocaína (0,42),
bazuco (0,17 ). Estos índices son alarmantes,
pues como lo demostró esta revisión el
consumo de sustancias de abuso es un factor
que incide fuertemente en la delincuencia
juvenil, tanto por las consecuencias a nivel
de convivencia ciudadana como por las
consecuencias a nivel del funcionamiento
cerebral.
22
Probablemente, la intervención sobre
los factores biopsicosociales que inciden
en la delincuencia, sea útil tanto para
la prevención como para el tratamiento
del delincuente, pero es algo utópica
esta pretensión, cuando los índices de
delincuencia, tanto juvenil, como adulta
aumentan, cuando los esquemas culturales
que guían el comportamiento de la mayoría
de los colombianos se caracterizan por
la exclusión y la discriminación de las
personas que alguna vez estuvieron privadas
de la libertad. A su vez las demandas
reiterativas por parte de la población del
endurecimiento de penas o la creación
de nuevos tipos penales. Se muestra así
el marco de compresión desde el cual se
a la utilización del derecho penal como
la primera y única forma de abordar los
problemas.
No obstante, estas limitaciones, existen
herramientas de protección de los derechos
humanos del niño y del adolescente que
se encaminan en la prevención de la
delincuencia más allá del mero castigo.
Las Directrices de Riad (1990) son un
buen antecedente para la consolidación de
conducta delictiva juvenil que reconozca
los diferentes factores que se involucran en
este tipo de comportamientos.
Es importante la existencia de tales
directrices, en el sentido que orienta a las
diferentes nacionales a la construcción de
políticas que se encaminen en la perceptiva
de la prevención, tal como se evidencia con
los propósitos establecidos en Colombia
y los diferentes programas que de este se
derivan. Tal reconocimiento se replantea
cuando desde la UNODC y la UNICEF se
escoge a Colombia para que se aplique el
Programa Global sobre la violencia contra
Omar Huertas D., Angie L. Ruiz H., René J. Martínez G. - Perspectiva en el entendimiento de la delincuencia juvenil
la niñez en el ámbito de la prevención del
delito y la justicia penal, un programa que
será piloteado en Colombia, por ser esta
ejemplo en el planteamiento de programas
de prevención y la expedición del código
de infancia y adolescencia (El Espectador,
2015).
Este reconocimiento demuestra la viabilidad
de las políticas preventivas, para lo cual
se requiere el esfuerzo interdisciplinar y el
reconocimiento de los diferentes factores
incidentes, donde se concientice del gran
problema a nivel social y cultural que
sustentan el fenómeno, y en este sentido
se promueva por el cambio más allá de los
efectos paliativos de los programas punitivos.
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