reglamento de becas, premios a la excelencia y descuentos

Transcripción

reglamento de becas, premios a la excelencia y descuentos
REGLAMENTO DE
BECAS, PREMIOS A LA
EXCELENCIA Y
DESCUENTOS
Vigente a partir del ciclo 2015-I
REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
ÍNDICE
PRESENTACIÓN..................................................................................................................................... 2
SECCIÓN I: ASPECTOS GENERALES ...................................................................................................... 3
SECCIÓN II: BECA SOCIOECONÓMICA ................................................................................................. 3
CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS ............................................................................................................ 3
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO ........................................................................................................ 4
CAPÍTULO III: RENOVACIÓN ............................................................................................................ 4
CAPÍTULO IV: EXTINCIÓN ................................................................................................................ 4
SECCIÓN II: PREMIOS A LA EXCELENCIA .............................................................................................. 5
CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS ............................................................................................................ 5
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO ........................................................................................................ 6
CAPÍTULO III: RENOVACIÓN ............................................................................................................ 6
CAPÍTULO IV: EXTINCIÓN ................................................................................................................ 7
SECCIÓN III: DESCUENTOS ................................................................................................................... 7
CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS ............................................................................................................ 7
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO, RENOVACIÓN Y EXTINCIÓN .......................................................... 9
SECCIÓN IV: DISPOSICIONES FINALES ............................................................................................... 11
1
REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
PRESENTACIÓN
La Universidad Tecnológica del Perú, dentro de su política de bienestar estudiantil, estima
conveniente normar los procedimientos para otorgar y renovar becas, premios a la excelencia y
descuentos como estímulo y contribución al acceso, permanencia y excelencia del proceso
enseñanza-aprendizaje universitario.
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
SECCIÓN I: ASPECTOS GENERALES
1. El presente Reglamento tiene por finalidad normar los actos y procedimientos
administrativos en la Universidad para el otorgamiento y renovación de becas, premios a la
excelencia y descuentos. Su objetivo fundamental es estimular a los estudiantes que
cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento, con el otorgamiento de
beneficios en el pago de sus pensiones de enseñanza.
2. Las becas, los premios a la excelencia y los descuentos son aplicados a la pensión de
enseñanza vigente y deben estar en conformidad con las disposiciones del presente
Reglamento.
3. Las becas, los premios a la excelencia y los descuentos implican una exoneración parcial o
total del pago de la pensión de enseñanza vigente.
4. Las becas solo tienen vigencia en el periodo lectivo que se otorgan; por lo tanto son
impostergables e intransferibles.
5. El estudiante pierde su derecho a mantener la beca, el premio a la excelencia o el descuento
si recibe una sanción disciplinaria en el período lectivo en que se produce la falta. Si falsea
documentos o información necesaria para realizar los trámites con el fin de obtener el
beneficio, pierde su derecho a volverlos a solicitar por el resto de su permanencia en la
Universidad.
6. Los beneficios de las becas, premios a la excelencia y descuentos no son acumulables. Se
otorga solo aquel que represente la mayor exoneración en la pensión de enseñanza.
7. Estos beneficios deben tramitarse en las fechas establecidas en la Guía de trámites para
descuentos que publica la Dirección de Bienestar Universitario en la Página Web de la
Universidad.
8. Los beneficios de las becas, premios a la excelencia y descuentos no se otorgan en el
Programa Especial de Titulación (PET), el Programa de Avance Universitario (PAU) ni al
Programa de Profesionalización para Ejecutivos (PPE).
SECCIÓN II: BECA SOCIOECONÓMICA
CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS
9. La beca socioeconómica consiste en la exoneración parcial en el pago de la pensión de
enseñanza vigente. Estudiantes de alto rendimiento académico y bajos recursos económicos
comprobados pueden aplicar a este beneficio.
10. Para ser beneficiarios de esta beca, el estudiante debe cumplir con todo lo siguiente:
a. Haber tenido la condición de estudiante regular (de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
b. No tener asignaturas desaprobadas en el periodo lectivo inmediato anterior.
c. Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el período lectivo inmediato anterior
d. Estar matriculado en el período lectivo en el que se aplica el beneficio.
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
e. No contar con otros descuentos
f. Demostrar, mediante documentos, la situación de necesidad económica familiar
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO
11. Aquel estudiante que cumpla con los requisitos establecidos para solicitar una beca, debe
realizar el siguiente trámite:
- Pagar el derecho por el trámite de evaluación socioeconómica, según tarifario vigente
- Pasar por una entrevista con la asistenta social para recibir información y recabar la
carpeta socioeconómica
- Presentar en la Dirección de Bienestar Universitario la carpeta con la solicitud y los
documentos sustentatorios debidamente llenados y firmados en un lapso de tres días
hábiles
12. El Servicio Social de la Dirección de Bienestar Universitario procede a la evaluación
socioeconómica, la cual puede incluir una visita domiciliaria. Los resultados de la evaluación
son inapelables y comunicados por la Dirección de Bienestar Universitario al estudiante, a
través de su correo electrónico institucional, dentro de los plazos previstos.
13. El Comité de Becas evalúa el informe proporcionado por el Servicio Social y determina el
porcentaje de beca a asignar a cada estudiante.
14. El Vicerrectorado de Servicios Universitarios expide la beca, cuyo beneficio entra en vigencia
al inicio del período lectivo siguiente.
15. La beca rige solo para el período lectivo inmediato siguiente al que fue solicitado.
16. La beca socioeconómica que otorga la Universidad es máximo del 50% de la pensión de
enseñanza del estudiante beneficiado.
CAPÍTULO III: RENOVACIÓN
17. Para renovar la beca socioeconómica, el estudiante debe seguir cumpliendo con los
requisitos establecidos para el otorgamiento de la misma y realizar el trámite
correspondiente.
CAPÍTULO IV: EXTINCIÓN
18. La beca socioeconómica se extingue en los siguientes casos:
- Por retiro del período lectivo del beneficiario
- Por renuncia expresa del beneficiario
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
-
Por la interposición de las sanciones descritas en el Reglamento de Disciplina
SECCIÓN II: PREMIOS A LA EXCELENCIA
CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS
19. Los premios a la excelencia consisten en la exoneración parcial en el pago de la pensión de
enseñanza vigente a los estudiantes que alcanzan la excelencia académica o deportiva. Son
beneficiarios de estos premios los siguientes:
a) Primeros puestos en cómputo general del examen de admisión ordinario: el
estudiante que logra el primer puesto en el cómputo general del examen de
admisión ordinario, obtiene una exoneración del 50% en la pensión de enseñanza.
Este beneficio se otorga exclusivamente en el ciclo de ingreso del estudiante.
b) Primeros puestos por carrera en el examen de admisión ordinario: el estudiante que
logra el primer puesto en su carrera en el examen de admisión ordinario, obtiene
una exoneración del 25% en la pensión de enseñanza. Este beneficio se otorga
exclusivamente en el ciclo de ingreso del estudiante.
c) Excelencia académica: el premio a la excelencia académica consiste en la
exoneración parcial del 25% en la pensión de enseñanza, otorgada de manera
automática a todo estudiante que a partir de su segundo ciclo de permanencia en la
Universidad, cumpla con los siguientes requisitos:
- Promedio ponderado mínimo de 17,00 en las carreras de letras (Gestión y
Humanidades) y mínimo de 16,00 en las carreras de Ciencias (Ingeniería)
- No tener asignaturas desaprobadas en el periodo lectivo inmediato
anterior
- Haber tenido la condición de estudiante regular (de acuerdo a lo
establecido en el Reglamento de Estudios)
d) Excelencia deportiva: el premio a la excelencia deportiva consiste en la exoneración
parcial en la pensión de enseñanza para el estudiante que alcanza logros deportivos
representando al país o a la Universidad. Este premio se otorga al estudiante que
cumpla con los siguientes requisitos:
- Promedio ponderado mínimo de 12,00 en el período lectivo inmediato
anterior
- No tener asignaturas desaprobadas en el periodo lectivo inmediato
anterior
- Haber tenido la condición de estudiante regular (de acuerdo a lo
establecido en el Reglamento de Estudios) en el período lectivo inmediato
anterior
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
- Contar con la evaluación aprobatoria de la Dirección de Bienestar
Universitario
El premio a la excelencia deportiva se puede otorgar a los siguientes estudiantes:
-
-
Al deportista destacado que representa a la Universidad oficialmente en alguna
disciplina deportiva. Este estudiante obtiene una exoneración parcial del 25% en la
pensión de enseñanza. Este premio se aplica desde el segundo período lectivo de
estudios del estudiante.
Al deportista calificado de alto nivel. Este estudiante obtiene una exoneración parcial
del 50% en la pensión de enseñanza cuando su condición es debidamente acreditada
por el Comité Olímpico Peruano. Este premio aplica desde el segundo período lectivo
de estudios del estudiante.
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO
20. Los premios a los primeros puestos en cómputo general del examen de admisión ordinario, a
los primeros puestos por carrera en el examen de admisión ordinario y a la excelencia
académica se otorgan de modo automático.
21. Aquel estudiante que cumple con los requisitos establecidos, para hacerse acreedor a un
premio a la excelencia deportiva, debe presentar su expediente en la Dirección de Bienestar
Universitario y cumplir con el proceso establecido por dicha área. En ambos casos la lista de
estudiantes beneficiarios es remitida por la Dirección de Bienestar Universitario al
Vicerrectorado de Servicios Universitarios para su revisión y aprobación.
CAPÍTULO III: RENOVACIÓN
22. Los premios a los primeros puestos en cómputo general del examen de admisión ordinario y
a los primeros puestos por carrera en el examen de admisión ordinario tienen carácter de no
renovable. Este beneficio se otorga exclusivamente en el ciclo de ingreso del estudiante.
23. Los premios a la excelencia académica se renuevan por el cumplimiento de los requisitos por
los cuales se otorgaron.
24. Los premios a la excelencia deportiva se renuevan de acuerdo con el cumplimiento de los
requisitos por los cuales se otorgaron y por el cumplimiento del proceso establecido por la
Dirección de Bienestar Universitario, previo pago de los derechos correspondientes según
tarifario vigente.
25. Los resultados de la renovación, así como el procedimiento a seguir, son comunicados por la
Dirección de Bienestar Universitario al estudiante a través de su correo electrónico
institucional dentro de los plazos previstos.
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
CAPÍTULO IV: EXTINCIÓN
26. Los premios a la excelencia se extinguen en los siguientes casos.
- Por retiro del período lectivo del beneficiario
- Por renuncia expresa del beneficiario
- Por la interposición de las sanciones descritas en el Reglamento de Disciplina
SECCIÓN III: DESCUENTOS
CAPÍTULO I: BENEFICIARIOS
27. Los descuentos consisten en la exoneración parcial en el pago de la pensión de enseñanza
vigente. Los motivos por los cuales un estudiante puede beneficiarse con un descuento son
los siguientes:
a) Orfandad: está dirigido al estudiante en situación de orfandad, que es aquel que
pierde a su padre o madre, si son sustento del hogar y siempre que acrediten carecer
de recursos para sufragar sus estudios, mientras está estudiando en la Universidad. Su
comprobación está a cargo de la Dirección de Bienestar Universitario. Este estudiante
obtiene una exoneración parcial de hasta 75% en la pensión de enseñanza.
b) Discapacidad: está dirigido al estudiante que acredita tal condición y carece de
recursos para sufragar sus estudios; se sustenta mediante copia de la Resolución o
carné otorgados por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con
Discapacidad (CONADIS) y mediante documentos que acrediten la situación de
necesidad económica familiar. Su comprobación está a cargo de la Dirección de
Bienestar Universitario. Este estudiante obtiene una exoneración parcial de hasta 25%
en la pensión de enseñanza.
c) Colaborador: está dirigido al estudiante que está laborando como mínimo tres meses
en cualquiera de las instituciones del Grupo UTP. Su comprobación está a cargo de la
Gerencia de Desarrollo Humano y está de acuerdo con las políticas que para ello se
establecen. Este estudiante obtiene una exoneración de hasta 100% en la pensión de
enseñanza.
d) Hijo de colaborador: es el estudiante cuyo padre o madre esté laborando como
mínimo tres meses en cualquiera de las instituciones del Grupo UTP. Su comprobación
está a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano, de acuerdo con las políticas
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
establecidas. Este estudiante obtiene una exoneración de hasta 50% en la pensión de
enseñanza.
e) Pariente: es pariente directo del estudiante su padre, madre, hermano o cónyuge. El
descuento es otorgado únicamente al pariente del estudiante de la Universidad, este
estudiante obtiene una exoneración del 10% en la pensión de enseñanza.
f)
Cepre: está dirigido al estudiante que ha ingresado a la Universidad mediante la
modalidad de ingreso directo del Centro Preuniversitario (Cepre). Este estudiante
obtiene una exoneración del 10% en la pensión de enseñanza. El estudiante que
obtiene el primer puesto en cada uno de los ciclos de preparación correspondiente al
período de ingreso obtiene una exoneración del 25% en la pensión de enseñanza.
Estos beneficios se otorgan exclusivamente en el período lectivo en que se hace
efectivo el ingreso.
g) Convenio: está dirigido al estudiante beneficiado en alguno de los convenios firmados
por la Universidad.
h) Estudiante Madrediosense: está dirigido al estudiante que pertenece a la Asociación
de Estudiantes Madrediosenses. Este estudiante obtiene una exoneración de 60% en
la pensión de enseñanza. El estudiante que obtuvo el primer puesto en uno de los
siguientes colegios: Guillermo Billingurst de Puerto Maldonado, Dos de Mayo de Iberia
Distrito de Tahuamanu, Las Mercedes de Puerto Maldonado o Javier Heraud de
Laberinto Distrito de Tambopata, obtiene una exoneración del 100% en la pensión de
enseñanza.
i)
Colaborador Grupo Intercorp: está dirigido al estudiante que es miembro del Club
Intercorp. Este estudiante obtiene una exoneración del 20% en la pensión de
enseñanza.
j)
Hijo de colaborador del Grupo Intercorp: es el estudiante cuyo padre o madre sea
miembro del Club Intercorp. Este estudiante obtiene una exoneración del 20% en la
pensión de enseñanza.
k) Procou: está dirigido al estudiante que pertenece al Programa de Complementación
Universitaria. Este estudiante obtiene una exoneración del 25% en la pensión de enseñanza.
l)
Egresado de IDAT: está dirigido al egresado del Instituto Superior Tecnológico IDAT.
Este egresado obtiene una exoneración del 25% en la pensión de enseñanza.
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO, RENOVACIÓN Y EXTINCIÓN
28. El procedimiento para solicitar cada uno de los descuentos, los criterios para renovarlos y las
razones por las cuales se extinguen se especifican en la siguiente tabla:
MOTIVO DEL
DESCUENTO
-
ORFANDAD Y
DISCAPACIDAD
COLABORADOR
GRUPO UTP
HIJO DE
COLABORADOR
DEL GRUPO UTP
EXTINCIÓN
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
-
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
-
Por cese del vínculo
laboral
-
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
Realizar el trámite en la Gerencia de Desarrollo
Humano.
Solicitud y ficha de evaluación con el V°B° de
su jefe directo
Cumplir con las normativas internas de GDH
El colaborador debe tener mínimo tres meses
de servicios en la institución
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en
el período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el
periodo lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante
regular (de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Estudios) en el período lectivo
inmediato anterior
Realizar el trámite en la Gerencia de Desarrollo
Humano.
Realizar el trámite en la Gerencia de Desarrollo
Humano.
Solicitud y ficha de evaluación con el V°B° de su
jefe directo
Cumplir con las normativas internas de GDH
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
Realizar el trámite en la Gerencia de Desarrollo
Humano.
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
-
-
Solicitud y Ficha de evaluación con el V°B° de su
jefe directo
El colaborador debe cumplir con las normativas
internas de GDH
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
-
Por cese del vínculo
laboral
-
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
Solicitud presentada por el pariente del
estudiante
Ambos deben estar matriculados
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
-
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
-
PARIENTE
REQUISITOS Y TRÁMITES A REALIZAR
POR PRIMERA VEZ
PARA RENOVAR
Pagar el derecho por el trámite de evaluación Presentar el expediente en la Dirección de
socioeconómica, según tarifario vigente
Bienestar Universitario para su reevaluación
Presentar el expediente en la Dirección de
Acreditar que carece de recursos económicos
Bienestar Universitario de acuerdo con los
para sufragar sus estudios
requisitos establecidos
No tener sanciones disciplinarias
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
Cancelar el derecho por renovación de descuento
-
Solicitud y Ficha de evaluación con el V°B° de
su jefe directo
Cumplir con las normativas internas de GDH
El colaborador debe tener mínimo tres meses
de servicios en la institución
Fotocopia simple de la partida de nacimiento
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en
el período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el
periodo lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante
regular (de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Estudios) en el período lectivo
inmediato anterior
Solicitud presentada por el pariente del
estudiante
Estudiante y pariente matriculados
Fotocopia simple de las partidas de
nacimiento o matrimonio, según sea el caso
-
-
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
-
-
En caso el pariente aplique a este descuento
después de un ciclo de estudios, debe de
cumplir los siguientes requisitos:
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en
el período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el
periodo lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante
regular (de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Estudios) en el período lectivo
inmediato anterior
Solicitud
Documento de la institución a la que
pertenece
-
-
-
CONVENIO
-
CEPRE
-
MADREDIOSENSE
COLABORADOR
GRUPO
INTERCORP
-
-
HIJO DE
COLABORADOR
DEL GRUPO
INTERCORP
-
Se registra de manera automática al realizar
la matrícula
Solicitud.
Carta que acredite pertenencia a la
Asociación de Estudiantes Madrediosenses.
(La misma que deberá estar firmada en
calidad de declaración jurada)
Copia legalizada del certificado de estudios
secundarios.
Solicitud.
Fotocopia simple del DNI.
Última boleta de pago.
Pertenecer al Club Intercorp
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en
el período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el
periodo lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante
regular (de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Estudios) en el período lectivo
inmediato anterior
Solicitud
Fotocopia simple del DNI del colaborador
Última boleta de pago
Fotocopia simple de la partida de nacimiento
El colaborador debe pertenecer al Club
Intercorp
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en
el período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el
periodo lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante
regular (de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de Estudios) en el período lectivo
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
Cancelar, ambos, el derecho por renovación de
descuento
El convenio debe estar vigente y el estudiante
debe cumplir con los siguientes requisitos:
Presentar documento actualizado de la institución
a la que pertenece, acreditando su permanencia
Tener promedio ponderado mínimo de 15,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
Cancelar el derecho por renovación de descuento
Reglamento de Disciplina
-
-
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
Cuando el estudiante deja
de pertenecer a la
institución motivo del
convenio
Ante la nueva matrícula o
reincorporación del
estudiante si el convenio
ya caducó
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
No es renovable
-
La renovación de dichos beneficios es de manera
automática si el estudiante cumple con los
siguientes requisitos:
Promedio ponderado mínimo de 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior.
Cancelar el derecho por renovación de descuento.
-
Si obtiene promedio menor a 12,00, el beneficio se
reduce en 20% en cada renovación hasta perderlo.
Este beneficio es recuperado cuando el estudiante
vuelve a obtener promedio ponderado mínimo de
12,00.
Solicitud.
Fotocopia del DNI.
Última boleta de pago.
Pertenecer al Club Intercorp
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
-
Solicitud
Fotocopia simple del DNI del colaborador.
Última boleta de pago
El colaborador debe pertenecer al Club Intercorp
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
-
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
Cuando el estudiante deja
de pertenecer a la
Asociación de Estudiantes
Madrediosenses
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
Por renuncia expresa del
beneficiario
Por cese del vínculo
laboral
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
Por renuncia expresa del
beneficiario
Por cese del vínculo
laboral
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
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REGLAMENTO DE BECAS, PREMIOS A LA EXCELENCIA Y DESCUENTOS
-
inmediato anterior
Se registra de manera automática al realizar
la matrícula
-
PROCOU
-
-
Se registra de manera automática al realizar
la matrícula
-
EGRESADO DE
IDAT
-
La renovación de dicho beneficio se dará de
manera automática, si el estudiante cumple con
los siguientes requisitos:
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
Cancelar el derecho por renovación de descuento
La renovación de dicho beneficio se dará de
manera automática, si el estudiante cumple con
los siguientes requisitos:
Tener promedio ponderado mínimo 12,00 en el
período lectivo inmediato anterior
No tener asignaturas desaprobadas en el periodo
lectivo inmediato anterior
Haber tenido la condición de estudiante regular
(de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de
Estudios) en el período lectivo inmediato anterior
Cancelar el derecho por renovación de descuento
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
-
Por cambio de carrera del
beneficiario
-
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
-
Por renuncia expresa del
beneficiario
-
Por la interposición de las
sanciones descritas en el
Reglamento de Disciplina
SECCIÓN IV: DISPOSICIONES FINALES
29. Este Reglamento entra en vigencia desde el día siguiente de su publicación en la página Web
de la Universidad.
30. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento y su interpretación son absueltos y
resueltos por el Consejo de Desarrollo Institucional (CDI) y por la Gerencia de Administración y
Finanzas.
31. Este Reglamento es aprobado por el Consejo de Desarrollo Institucional (CDI)y por la Gerencia
de Administración y Finanzas.
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