Reglamento Interno de la Universidad Virtual de la Universidad

Transcripción

Reglamento Interno de la Universidad Virtual de la Universidad
Reglamento Interno
de la Universidad Virtual de la
Universidad Interamericana
del Norte.
Universidad Interamericana del Norte
ÍNDICE
Contenido
Reglamento Interno UIN ............................................................................................................... 5
TITULO I ......................................................................................................................................... 5
DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................................................... 5
CAPÍTULO ÚNICO................................................................................................................... 5
TITULO II ........................................................................................................................................ 6
DE LAS AUTORIDADES DE LA INSTITUCIÓN ............................................................................... 6
CAPITULO I............................................................................................................................. 6
DEL CONSEJO DE GOBIERNO ................................................................................................. 6
CAPITULO II............................................................................................................................ 8
DEL RECTOR ........................................................................................................................... 8
CAPITULO III........................................................................................................................... 9
DE LA DIRECTORA GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA .................................................. 9
CAPITULO IV ........................................................................................................................ 10
DEL COORDINADOR ACADÉMICO ....................................................................................... 10
CAPITULO V ......................................................................................................................... 11
DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO ............................................................................... 11
CAPITULO VI ........................................................................................................................ 12
DEL COORDINADOR DE SERVICIOS ESCOLARES .................................................................. 12
TITULO III ............................................................................................................................. 13
DEL PERSONAL ACADÉMICO ............................................................................................... 13
CAPITULO II.......................................................................................................................... 14
DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE ............................................................... 14
CAPITULO VII ....................................................................................................................... 15
DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE.................................................................................. 15
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CAPITULO IV ........................................................................................................................ 19
DE LAS INSCRIPCIONES ........................................................................................................ 19
CAPITULO VI ........................................................................................................................ 21
DE LAS BAJAS ....................................................................................................................... 21
CAPITULO VII ....................................................................................................................... 23
DE LAS BECAS ...................................................................................................................... 23
TITULO V .............................................................................................................................. 25
DE LOS EXAMENES .............................................................................................................. 25
CAPITULO I........................................................................................................................... 25
DISPOCISIONES GENERALES ................................................................................................ 25
CAPITULO II.......................................................................................................................... 28
DE LOS EXAMENES PARCIALES ............................................................................................ 28
CAPITULO III......................................................................................................................... 28
DEL EXAMEN EXTRAORIDNARIO ......................................................................................... 28
CAPITULO V ......................................................................................................................... 30
DE LOS EXAMENES A TITULO DE SUFICIENCIA .................................................................... 30
TITULO VI ............................................................................................................................. 32
DE LA TITULACIÓN ............................................................................................................... 32
CAPITULO I........................................................................................................................... 32
DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................ 32
CAPITULO II.......................................................................................................................... 33
DE LA TESIS .......................................................................................................................... 33
CAPITULO II.......................................................................................................................... 34
DE LOS ASESORES ................................................................................................................ 34
CAPITULO IV ........................................................................................................................ 35
DE LOS EXAMENES RECEPCIONALES ................................................................................... 35
CAPITULO V ......................................................................................................................... 37
DEL JURADO ........................................................................................................................ 37
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CAPÍTULO VI ........................................................................................................................ 38
DEL SERVICIO SOCIAL .......................................................................................................... 38
TÍTULO VII ............................................................................................................................ 40
DE LOS SISTEMAS DE APOYO A LA DOCENCIA .................................................................... 40
CAPITULO I........................................................................................................................... 40
DE LA BIBLIOTECA DIGITAL .................................................................................................. 40
TÍTULO VII ............................................................................................................................ 41
DE LA DISCIPLINA................................................................................................................. 41
CAPÍTULO ÚNICO................................................................................................................. 41
DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS.......................................................................................... 41
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Reglamento Interno UIN
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA NATURALEZA Y FINES DE LA INSTITUCIÓN
ARTÍCULO 1º: La UINVirtual está dedicada al mejoramiento del entorno
socioeconómico y cultural de nuestra sociedad, coadyuvando al establecimiento de las
condiciones que favorezcan cada vez a un mayor número de personas el acceso al
proceso de la educación a nivel medio superior, superior y maestría.
ARTÍCULO 2º: La UINVirtual tiene como objetivos:
a) Capacitar al alumno para el óptimo aprovechamiento de su potencial biológico,
moral y académico, en la solución de problemas en las diversas áreas del
conocimiento que la UINVirtual ofrece.
b) Contribuir, por medio de programas de extensión y educación no formal, al
mejoramiento del entorno de la comunidad.
c) Propiciar las condiciones mediante las cueles se produzcan y divulguen nuevos
conocimientos que favorezcan el desarrollo tecnológico del país, realizando las
actividades con calidad y competitividad como normas invariables.
d) Construir la estructura y reglamentación necesarias para lograr un desarrollo
adecuado, en congruencia con las aspiraciones de elevar el nivel educativo del
país y de región en particular.
ARTÍCULO 3º: La UINVirtual esta sustenta en los siguientes postulados:
a) El hombre es principio y fin de toda acción racional
b) La inteligencia permite al hombre desarrollar la cultura, entendida como el
conjunto de experiencias relevantes para mejorar la vida de nuestro entorno.
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c) La educación es un fenómeno social con el que se mantiene, incrementa y
transmite la cultura, para facilitar el desarrollo integral de la sociedad.
d) La ciencia es el producto más importante de la cultura y base de cualquier
programa educativo a nivel superior.
TITULO II
DE LAS AUTORIDADES DE LA INSTITUCIÓN
CAPITULO I
DEL CONSEJO DE GOBIERNO
ARTÍCULO 4º: Son autoridades de la institución:
a) El consejo de Gobierno
b) El Rector
c) El Coordinador General
d) El coordinador Académico
e) El coordinador Administrativo
f) El coordinador de Servicios Escolares
ARTÍCULO 5º: El Consejo de Gobierno es la máxima autoridad de esta institución
y de la Asociación Civil que la auspicia, esta última funcionará, de conformidad con
lo establecido en el Acta Constitutiva de la misma, cuyos principio orientan al
contenido que desarrolla esta Casa de Estudios, delimitadas por las disposiciones
particulares de este reglamento.
ARTÍCULO 6º: El consejo de Gobierno está integrado por seis miembros, que son:
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a) Un presidente, que desempeña el puesto de autoridad máxima de Acción
Educativa e Investigación S.C., conforme a los lineamientos establecidos.
b) Un Secretario Ejecutivo, que es la misma persona que ocupa el cargo de
Secretario de Acción Educativa e Investigación S. C. y quien representa al
Consejo ante los otros órganos de la Institución, así como ante las relaciones con
otras instituciones.
c) Un Tesorero, que es la misma persona física que ocupa el cargo de Tesorero de
Acción Educativa e Investigación, S. C.
d) Dos Vocales Consejeros, que son las mismas personas físicas que desempeñan
los cargos de Vocales de Acción Educativa e Investigación S. C.
e) El Rector de la Institución
ARTÍCULO 7º: Funciones del Consejo de Gobierno:
a) Fijar la orientación. Las metas, las vías y los límites de crecimiento y desarrollo
de Acción Educativa e Investigación, S. C.
b) Analizar y probar los proyectos de planeación, de financiamiento y los
presupuestos respectivos.
c) Aprobar los reglamentos generales y particulares de esta institución
d) Nombrar y remover al Rector y al personal administrativo académico y directivo
de esta casa de estudios de acuerdo a los intereses institucionales.
e) Aprobar nuevos programas académicos, así como autorizar las modificaciones
curriculares a los que ya se imparten.
f) Establecer relaciones e intercambios institucionales con organismos educativos
o culturales externos, así como fijar los criterios y medios operativos para su
establecimiento.
g) Supervisar que los otros órganos de la UINVirtual actúen de forma coordinada,
resolviendo los conflictos que surjan entre ellos.
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CAPITULO II
DEL RECTOR
ARTÍCULO 8º: El Rector es responsable de las actividades académicas y de la
operación administrativa y técnica de la Institución, pudiendo ser designado y
removido libremente por el Consejo de Gobierno.
ARTÍCULO 9º: Para ser Rector se requiere:
a) Ser mexicano de nacimiento
b) Ser mayor de 30 años y menor de 70 años al momento de su designación
c) Poseer título profesional mínimo del nivel de licenciatura.
d) Probada capacidad académica y solvencia profesional en campo de su
especialidad.
ARTÍCULO 10º: Obligaciones y facultades del Rector.
a) Velar por el cumplimiento de los fines y fundamentos de la institución, de sus
reglamentos de los planes y programas de estudio y de trabajo, así como las
disposiciones y acuerdos generales que rigen la estructura y el funcionamiento
institucional.
b) Velar por la conservación de un orden libre y responsable en la institución,
dictando las medidas y aplicando las sanciones correspondientes, en los términos
de los estudios y los reglamentos respectivos.
c) Tener las representación legar de la UINVirtual y delegarla para casos concretos,
cuando lo estime necesario y pertinente.
d) Dictar las medidas pertinentes para el cuidado de los bienes patrimoniales de la
institución.
e) Nombrar al personal administrativo y docente para el correcto funcionamiento
de la institución.
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f) Expedir y firmar los títulos profesionales y los diplomas que acrediten la
obtención de grados profesionales.
g) Participar en algunos de los niveles educativos que ofrece la Institución, a través
de una cátedra o de la labor de investigación.
h) Presentar anualmente un informe de labores, así como el proyecto de trabajo
para el siguiente año, ante los órganos de gobierno.
i) Coordinar y supervisar el trabajo de las áreas administrativas docentes y de
servicios para su adecuado funcionamiento, deslindando las responsabilidades
correspondientes.
CAPITULO III
DE LA DIRECTORA GENERAL DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA
ARTÍCULO 11º: La Directora General de Tecnología Educativa será la autoridad,
en unión con el Rector, que manejará las cuestiones académicas y administrativas;
por lo tanto será encargado de coordinar, promover e impulsar todas las actividades
de la institución.
ARTÍCULO 12º: Para ser Directora General de Tecnología educativa se requiere:
a) Poseer mínimamente el grado académico de licenciatura.
b) Haber participado en cursos de actualización, capacitación y mejoramiento
académico y administrativo.
c) Tener experiencia en la planeación y relación de actividades académicas y
administrativas.
d) Tener una antigüedad mínima en la UINVirtual de dos años.
e) Gozar entre la comunidad estudiantil de solvencia moral, profesional y
académica.
ARTÍCULO 13º: Son funciones La Directora General de Tecnología Educativa:
a) Coordinar, promover e impulsar todas las actividades de la Institución.
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b) Cumplir y hacer cumplir los fundamentos de la Institución, sus reglamentos,
primordialmente los aspectos referidos a lo académico.
c) Analizar periódicamente los planes y programas de estudio que se imparten en la
UINVirtual y promover las modificaciones para su debida tramitación ante las
autoridades competentes.
d) Programar las actividades académicas de cada periodo escolar en coordinación
con los encargados académicos de los diferentes niveles y especialidades que
ofrece la institución.
e) Analizar los casos especiales de alumnos cuya situación académica requiera de
su intervención.
CAPITULO IV
DEL COORDINADOR ACADÉMICO
ARTÍCULO 14º: El coordinador Académico es el responsable del nivel escolar de
la licenciatura y posgrado. Para ser coordinador Académico se requiere:
a) Poseer un título y cédula profesional de licenciatura.
b) Tener experiencia en la planeación operativa de las tareas académicas.
c) Tener mínimamente un año de labores en la institución.
d) Asistir o haber asistido a cursos de actualización o seminarios de
perfeccionamiento académico.
e) Gozar entre la comunidad estudiantil de solvencia moral, profesionista y
académica.
ARTÍCULO 15º: Son funciones y obligaciones del Coordinador Académico:
a) Planear junto con el Coordinador General las actividades académicas del periodo
escolar.
b) Participar en actividades académicas, que por su trascendencia e impacto a la
comunidad requieran de sus esfuerzos.
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c) Resolver los asuntos académicos de los alumnos que no puedan ser solucionados
en el nivel y especialización respectiva.
d) Analizar periódicamente los planes y programas de estudio y proponer las
modificaciones que sean pertinentes, conjuntamente con el Coordinador
General.
CAPITULO V
DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 16º: El coordinador administrativo será quien planee, organice y dirija
las actividades administrativas de la institución.
Para ser coordinador Administrativo, se requiere:
a) Poseer título y cédula profesional de licenciatura.
b) Tener experiencia en la planeación operativa de las tareas administrativas.
c) Asistir o haber asistido a cursos de administración y seminarios de
perfeccionamiento administrativo.
d) Gozar entre la comunidad estudiantil de solvencia moral, profesional y
administrativa.
ARTÍCULO 17º: Son funciones y obligaciones del Coordinador Administrativo:
a) Planear, junto con el Coordinador General, las actividades administrativas del
período escolar.
b) Participar en actividades de planeación y control que por su trascendencia e
impacto dentro de la UINVirtual requieran de sus esfuerzos y creatividad para el
mejor resultado de las mismas.
c) Resolver los asuntos relacionados con el personal de oficina, manual y técnico
de la institución, así como propiciar las actividades del mantenimiento de las
instalaciones físicas.
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d) Vigilar y supervisar las actividades de tesorería.
CAPITULO VI
DEL COORDINADOR DE SERVICIOS ESCOLARES
ARTÍCULO 18º: El Coordinador de Servicios Escolares es el responsable de la
coordinación, promoción e impulso de la institución en el ámbito escolar.
ARTÍCULO 19º: Para ser coordinador de Servicios Escolares se requiere:
a) Poseer título de licenciatura en el área relativa a la educación.
b) Tener mínimo un año de antigüedad en la Institución.
c) Gozar entre la comunidad estudiantil de solvencia moral y profesional
d) Tener experiencia en la planeación y administración de una Institución.
ARTÍCULO 20º: Son facultades y obligaciones del Coordinador de Servicios
Escolares:
a) Velar por el cumplimiento de los fines, fundamentos y reglamentos de la
institución, así como vigilar las disposiciones y acuerdos generales que rigen la
estructura y el funcionamiento institucional.
b) Organizar las tareas que emanen de las autoridades educativas competentes con
la relación de las inscripciones, re inscripciones y relaciones de maestros que
pertenezcan a esta casa de estudios.
c) Llevar los archivos de acuerdo a las obligaciones correspondientes a Servicios
Escolares.
d) Difundir y desarrollar los periodos para tramitación escolar interna, así como dar
a conocer los listados con acreditaciones correspondientes.
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TITULO III
DEL PERSONAL ACADÉMICO
ARTÍCULO 21º: El presente documento reglamenta los derechos y obligaciones
del personal docente de la institución, establece las diferentes categorías y fija las
bases y procedimientos para su selección, nombramiento, promoción y separación.
ARTÍCULO 22º: El personal docente tiene a su cargo la enseñanza en todos los
niveles, de acuerdo a los planes y programas aprobados por las Autoridades
Educativas, así como la realización de la investigación científica de la cultura.
ARTÍCULO 23º: Las actividades del personal docente se desarrollarán bajo los
principios de la libertad de cátedra e investigación y del libre examen y discusión de
las ideas, en el marco de los planes y programas aprobados por las Autoridades
Educativas.
ARTÍCULO 24º: Todo aspirante a ingresar como docente de la Institución, deberá
presentar:
a) Solicitud de empleo debidamente requisitado y curriculum vitae.
b) Cuatro fotografías tamaño infantil.
c) Copia del alta de S.H.C. P.
d) Constancias de cursos y/o capacitación
e) Constancia de experiencia docente.
ARTÍCULO 25º: Los candidatos seleccionados, ya como docentes, estarán sujetos
al régimen de pago de honorarios profesionales, por lo que es indispensable su alta
en S.H.C.P.
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ARTÍCULO 26º: El docente, a fin de lograr su permanencia y promoción dentro de
la institución, deberá presentar las siguientes características:
a) Cumplir con los programas y calendarios ya estipulados, según el área de
estudio donde preste sus servicios.
b) Mantener una buena relación con el alumnado, otorgándole atención y respeto,
sin llegar a establecer otro tipo de vinculación.
c) Entregar borradores de examen, acta de calificaciones y demás documentos
solicitados por el departamento Académico, en forma oportuna, dentro de las
fechas establecidas.
d) Tener completa su capacitación sobre el uso de la plataforma virtual.
ARTÍCULO 27º: Por ningún motivo el maestro aplicará exámenes finales a los
alumnos que cuenten con un avance menor del 70% de sus actividades evaluables,
salvo autorización expresa del Departamento Académico, anotando “SD” (sin
derecho) a los alumnos que pierdan su examen por no cumplir con este porcentaje
de avance.
ARTÍCULO 28º: Debido a nuestro sistema de calificaciones, el maestro no deberá
exentar a ningún alumno en ningún tipo de examen.
CAPITULO II
DE LAS OBLIGACIONES DEL PERSONAL DOCENTE
ARTÍCULO 29º: Son obligaciones de todos los maestros desempeñar los servicios
de docencia o de investigación que correspondan a su categoría.
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ARTÍCULO 30º: El personal docente deberá estar pendiente de las dudas que
envíen sus alumnos a la plataforma, teniendo la obligación de darles respuesta en un
plazo no mayor de 48 horas y para retroalimentación una vez que se haya acusado
de recibido la tarea, trabajo o proyecto un plazo no mayor a 72 horas.
ARTÍCULO 31º: El personal docente deberá:
a) Estar al pendiente de los mensajes de sus alumnos los días de exámenes,
atendiendo cualquier problema técnico que pudiera presentarse.
b) Incrementar y actualizar sus conocimientos en la materia que imparte.
c) Asistir a las reuniones que convoquen las autoridades.
d) Desempeñar en forma eficiente las comisiones que le sean encomendadas por las
autoridades competentes.
e) Sujetarse a los horarios establecidos en la agenda de la plataforma virtual para
chats, foros y cualquier interacción que pudiera darse con sus alumnos.
f) Observar buenas costumbres y promover el crecimiento de la escuela.
CAPITULO VII
DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE
ARTÍCULO 32º: El personal docente gozará de los siguientes derechos:
a) Impartir sus cursos con la más amplia libertad de cátedra, de acuerdo a los
planes y programas establecidos por su materia.
b) Recibir la remuneración que les corresponde de acuerdo con su contratación.
c) Disfrutar sus periodos vacacionales, de acuerdo con los que señale el calendario
escolar.
d) Pertenecer a asociaciones y/o colegios de profesionistas.
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e) Participar en cursos que conlleven al profesor a una superación, siempre y
cuando no contravengan a sus labores.
f) Solicitar permiso con un mínimo de quince días (a consideración de las
autoridades escolares), los cuales pueden concederse exclusivamente para
participar en eventos académicos, culturales o de investigación, que tengan
relación con sus actividades docentes.
g) Los permisos no se otorgarán cuando sea período de exámenes, inmediatamente
antes o después de vacaciones, o por imposibilidad de sustituir al docente en sus
cátedras, en caso de que el permiso signifique incumplimiento de los programas.
TITULO IV
DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO 33º: Esta Institución, en atención a los planteamientos de la educación
mexicana, tiene como finalidad impartir educación y desarrollar armónicamente las
facultades de los estudiantes, coadyuvar a solucionar problemas nacionales y
extender, dentro de sus posibilidades, los beneficios de la cultura.
ARTÍCULO 34º: Los planes de estudio y programas analíticos que estudian los
alumnos deben ser los autorizados por las Autoridades Educativas.
ARTÍCULO 35º: Son facultades de la UIN Virtual:
a) Organizarse administrativamente como lo estime conveniente y de conformidad
con los lineamientos de las autoridades competentes
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b) Impartir sus enseñanzas con el principio de libertad y cátedra.
c) Expedir constancias de tipo académico y administrativo.
d) Representar a los alumnos ante las autoridades incorporantes.
e) Establecer y modificar las cuotas que perciba por los servicios que preste, así
como las fechas en que deberán ser cubiertas.
f) Notificar a los estudiantes, mediante avisos dentro de la plataforma o correos
electrónicos las disposiciones de las autoridades directivas.
g) Subir a la plataforma virtual del estudiante las calificaciones de sus actividades
evaluables y enviar mediante esta misma la calificación final del curso.
ARTÍCULO 36º: El alumno deberá firmar al inscribirse, la solicitud de admisión
en la que se incluye un resumen de este reglamento.
ARTÍCULO 37º: Los alumnos podrá expresar libremente sus opiniones sobre todos
los asuntos que a la UINVirtual conciernen, sin más limitaciones que él no perturbar
las labores y ajustarse a los términos del decoro y el respeto debidos a la escuela y a
sus miembros. Para toda reunión dentro del plantel deberán llenarse los requisitos
que señale la Dirección.
ARTÍCULO 38º: Los alumnos tendrán acceso las instalaciones de su campus más
cercano únicamente con fines sociales y deportivos presentando la credencial que lo
avale como estudiante de la Universidad.
ARTÍCULO 39º: Los alumnos presentarán a los coordinadores sus observaciones
de carácter técnico en forma individual.
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ARTÍCULO 40º: La UINVirtual promoverá diversas formas de estímulo para los
alumnos distinguidos por su aprovechamiento.
CAPITULO II
DE LA FORMACIÓN
ARTÍCULO 41º: La UINVirtual mantendrá informados a los integrantes de la
comunidad estudiantil a través de avisos en la plataforma virtual, circulares, boletas
de calificaciones, constancias, atención personal o telefónica, correspondencia,
publicaciones y correo electrónico.
ARTÍCULO 42º: Cualquier asunto específico existente en los datos de inscripción
proporcionados a la UINVirtual deberá notificarse inmediatamente a la
Coordinación de Servicios Escolares para su pronta solución, en su caso.
CAPITULO III
DEL REGISTRO Y CONTROL ESCOLAR
ARTÍCULO 43º: Se considera aspirante a la persona que tenga intención de
ingresar como alumno de la institución, que llene la solicitud de admisión
correspondiente y envíe la papelería requerida.
ARTÍCULO 44º: Para efectos de normatividad, se entenderá como alumno a la
persona que ha cumplido con todo los requisitos, tanto académicos como
administrativos señalados en el presente reglamento para cursas las asignaturas del
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grado escolar al que ingresó, y que ha cumplido con las disposiciones indicadas
tanto por las autoridades escolares como las educativas para su permanencia.
ARTÍCULO 45º: El alumno que haya cubierto la totalidad de las asignaturas del
plan de estudios respectivo, y que este al corriente con la Coordinación
Administrativa, obtendrá la calidad de pasante.
ARTÍCULO 46º: Se considera egresado al pasante que ha satisfecho los requisitos
correspondientes a la opción seleccionada para la obtención del título y que ha
cumplido con los requisitos administrativos de la Institución.
CAPITULO IV
DE LAS INSCRIPCIONES
ARTÍCULO 47º: Los aspirantes a ingresar a la UINVirtual deberán enviar a la
Coordinación respectiva los documentos que se les soliciten, incluyéndose la
solicitud de admisión firmada. Para los casos de nuevo ingreso vía resolución de
Convalidación, Revalidación, Equivalencia o Revisión de Estudios el alumno es
inscrito de manera condicionada durante un tetramestre, en caso de no regularizar su
situación administrativa en ese lapso, no procede dicha inscripción.
ARTÍCULO 48º: Se establece como plazo máximo para inscripciones la segunda
semana después del inicio de clases.
ARTÍCULO 49º: Los aspirantes que sean admitidos adquirirán la condición de
alumnos con todos los derechos y obligaciones que se establecen en los reglamentos
de esta institución.
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ARTÍCULO 50º: Una vez inscritos, se les otorgará una identificación que los
acredite como alumnos y se les enviara a su correo electrónico el registro de las
asignaturas que deberán cursar y el grado correspondiente.
ARTÍCULO 51º: Se entenderá que renuncian a su inscripción los alumnos que no
concluyan los trámites correspondientes en las fechas señaladas por tal efecto.
ARTÍCULO 52º: Todo lo relativo a la inscripción y otros trámites escolares solo
será tratado por los alumnos interesados o un apoderado.
ARTÍCULO 53º: La UINVirtual señalará el número de estudiantes extranjeros que
podrán inscribirse en cada programa académico.
ARTÍCULO 54º: Para reingresar a la UINVirtual es necesario hacer la solicitud
respectiva, de acuerdo con los lineamientos señalados en los períodos establecidos.
ARTÍCULO 55º: El alumno deberá de enviar la solicitud de reingreso y su
comprobante de pago a su coordinador para recibir el registro de materias que
cursará en el nuevo periodo.
ARTÍCULO 56º: Las asignaturas deberán cursarse en orden de seriación de
acuerdo a los planes de estudio respectivos. Será nula la calificación de una materia
que esté seriada con otra, si la anterior no ha sido acreditada.
ARTÍCULO 57º: Ningún alumno podrá reinscribirse más de dos veces en una
misma asignatura. En caso de no acreditarla, solo podrá hacerlo en exámenes
extraordinarios en su campus más cercano y en caso de no contar con uno se
revisara directamente el caso con la Coordinadora Académica.
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CAPITULO V
DE LAS CARERRAS SIMULTANEAS, SEGUNDA CARRERA Y CAMBIOS
DE CARRERA
ARTÍCULO 58º: Sólo podrán cursarse dos carreras simultáneas cuando:
a) El cupo del plantel lo permita.
b) El solicitante haya obtenido promedio general mínimo de 80 (ochenta)
ARTÍCULO 59º: Los cambios de carrera se concederán siempre que el cupo de los
programas lo permitan, de acuerdo con las siguientes bases:
a) El solicitante deberá haber concluido un ciclo escolar en la primera carrera.
b) En carreras de la misma área de conocimiento, bastará con el acuerdo escrito del
Coordinador General del plantel.
c) En carreras de diferente área de conocimiento, se requerirá ser aceptado
mediante el mismo curso de selección al que deberán someterse quienes
pretendan ingresar por primera vez al nivel profesional, previa solicitud, de
acuerdo con los periodos señalados por la institución. En todo caso podrá
tramitarse equivalencia de los cursos cuyos objetivos sean similares.
d) Posterior a los requisitos académicos, el alumno deberá hacer el pago de la cuota
por cambio de carrera.
CAPITULO VI
DE LAS BAJAS
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ARTÍCULO 60º: Cuando el alumno solicite su baja de la institución, deberá
enviar a su Coordinadora Académica la solicitud de baja firmada por correo
electrónico.
ARTÍCULO 61º: El alumno, que por diferentes causas personales no participe
activamente en sus actividades evaluables, sigue conservando los derechos y
obligaciones que como alumno adquirió al momento de inscribirse.
ARTÍCULO 62º: Se propone por: Se entiende que un alumno causa baja de la
UINVirtual cuando ha realizado los trámites que se requieren para este fin, e
implica una solicitud de baja a su Coordinadora Académica, tener una
constancia de no adeudo y la expedición del oficio de baja.
ARTÍCULO 63º: Las bajas se clasifican del siguiente modo:
a) Generales
b) De materia.
ARTÍCULO 64º: Las bajas generales se aplican como a continuación se
enuncian:
a) Administrativamente, cuando la escuela decide la baja del estudiante por
incumplimiento de sus pagos, por cuestiones disciplinarias y/o proporcionar
datos falsos.
b) Voluntarias, tiene que ver con el deseo expreso del alumno por separarse
temporalmente, es decir, durante un período menor al año o darse de baja de
manera definitiva de la Institución.
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ARTÍCULO 65º: La baja de materias se otorga cuando el alumno opte por
darse de baja en una o varias materias durante el ciclo escolar. El plazo máximo
para efectuarse deberá ser antes del segundo parcial.
CAPITULO VII
DE LAS BECAS
A) CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
ARTÍCULO 66º: Las becas se otorgarán al inicio de cada período escolar. La
UINVirtual otorgará el 5% de becas entre la población estudiantil de cada
licenciatura, la cual será otorgada por un tetramestre, siendo factible su
renovación hasta concluir los estudios.
ARTÍCULO 67º: Las becas se clasifican de la siguiente manera:
a) Las becas son totales o parciales:
•
Totales, cubren el 100% de la colegiatura.
•
Parciales, cubren el 50% y/o el 25% de la colegiatura.
b) Las becas tendrán la siguiente distribución:
•
Las becas del 100% se otorgarán una por familia.
•
Las becas del 50% se otorgarán dos por familia.
•
Las becas del 25% se otorgaran 4 por familia.
ARTÍCULO 68º: Además de las disposiciones contenidas en el presente
reglamento, se deberán contemplar las que señalen las Autoridades Educativas.
Las becas son intransferibles y pueden ser de tres tipos:
a) Por primera vez
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b) Por renovación
c) Para incremento
B) DE LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE BECAS
ARTÍCULO 69º: Los alumnos de primer ingreso que soliciten la beca, deberán
presentar una solicitud de la misma, así como los requisitos que la UINVirtual
precisa cubrir, consistentes en:
a) Una forma de estudio socioeconómico.
b) Carta de buena conducta de la institución educativa anterior
c) Comprobar un promedio anterior de 80 (ochenta) como mínimo.
d) Solicitud de ingreso:
•
Acta de nacimiento original y copia.
•
Certificado de secundaria y copia.
•
Certificado de bachillerato y copia.
•
Cuatro fotografías tamaño credencial en blanco y negro.
ARTÍCULO 70º: Los alumnos solicitantes reinscritos en la UINVirtual que
pretendan renovar su beca deberán cubrir los siguientes requisitos:
a) Ser alumnos regulares
b) Haber obtenido un promedio de 80 (ochenta) como mínimo en el período
escolar anterior y no adeudar ninguna materia.
c) Presentar solicitud de beca.
d) Presentar faltantes en su documentación, si los hay.
e) Llenar un formato de estudio socioeconómico.
f) No tener adeudos en pagos de los tetramestres anteriores.
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TITULO V
DE LOS EXAMENES
CAPITULO I
DISPOCISIONES GENERALES
ARTÍCULO 71º: Las pruebas y exámenes tienen por objeto:
a) Que el profesor disponga de elementos para evaluar.
b) Que el estudiante conozca el grado de capacitación que ha obtenido
c) Que mediante las calificaciones obtenidas se pueda dar testimonio de la
capacitación del estudiante.
ARTÍCULO 72º: Los profesores estimarán la capacitación de los estudiantes en
las siguientes formas:
a) Apreciación de los conocimientos y aptitudes adquiridos por el estudiante
durante el curso mediante su participación en las clases y su desempeño en
los ejercicios, prácticas y trabajos obligatorios, así como los en los exámenes
parciales.
b) En los exámenes parciales y finales, ya sean orales y/o escritos
ARTÍCULO 73º: Las calificaciones se expresarán con números enteros. La
escala de calificaciones es del 0 al 100.
ARTÍCULO 74º: Las calificaciones finales que se envíen para su registro ante
las autoridades Educativas se expresarán con números enteros del 0 al 100,
siendo la calificación mínima para acreditar materia 70 (setenta). Cuando el
estudiante no demuestre poseer los conocimientos y actitudes suficientes en la
materia, se hará acreedor a una calificación reprobatoria que no se redondeará al
número superior siguiente, aunque obtenga 69 (sesenta y nueve).
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ARTÍCULO 75º: Habrá evaluaciones ordinarias y extraordinarias. Son
evaluaciones ordinarias las que se aplican como exámenes parciales y finales de
cada curso dentro de las fechas oficiales establecidas en el calendario escolar. Se
aplicarán dos exámenes parciales y un tercero que se llamará final global, en
donde se aplicará la evaluación con lo visto en todo el curso.
ARTICULO 76º: Serán evaluaciones extraordinarias las que se apliquen como
segunda y tercera oportunidad de una misma materia que no ha sido aprobada, y
las que resultan del curso de regularización.
ARTICULO 77º: Para efectos de evaluación los dos primeros exámenes
parciales tendrán un valor del 15% cada uno. Se hará la entrega en tiempo y
forma de un Proyecto final y su ponderación será de 30%. Sumando todas las
actividades evaluables en el período más, los dos parciales y el proyecto final se
obtiene el 100% total de cada materia.
ARTÍCULO 78º: Los exámenes parciales se aplicarán dentro de la clase de
cada materia, sin suspensión de clases y tendrán una duración mínima de una
hora y máxima de dos horas, pudiendo el profesor dar por terminado el examen
cuando más de las tres cuartas partes de los alumnos hubieran terminado.
ARTÍCULO 79º: Los exámenes deberán presentarse en el día y fecha señalada.
Quien no lo haga así, deberá entenderse que renuncia a este derecho.
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ARTÍCULO 80º: Los exámenes se realizaran de acuerdo con el calendario que
establezca la Dirección General de Tecnología Educativa dentro de los periodos
fijados por las autoridades educativas.
ARTÍCULO 81º: Los Coordinadores Académicos aprobarán, para las distintas
asignaturas, los ejercicios, prácticas y trabajos obligatorios, así como el carácter
y el número de pruebas parciales, de conformidad con las instrucciones de la
Dirección General de Tecnología Educativa.
ARTICULO 82º: En caso de error en la calificación final otorgada al alumno en
una determinada asignatura, se procederá a su rectificación:
a) Cuando el alumno la solicite por escrito ante la Coordinación Académica,
dentro de los tres días siguientes a la fecha en que se den a conocer las
calificaciones.
ARTÍCULO 83: La Coordinación Académica notificará al profesor de la
materia que hubo un error en la calificación final, autorizará la rectificación de la
misma y lo comunicará por escrito a la Coordinación de Servicios Escolares.
ARTÍCULO 84º: Cuando el resultado de un examen final no satisfaga al
alumno, éste podrá solicitar una revisión, la cual procederá si se cumplen los
siguientes requisitos:
a) Que se solicite por escrito a la Coordinación Académica dentro del periodo
señalado.
b) Que el profesor de la materia comunique por escrito el resultado de la
revisión a las autoridades correspondientes.
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CAPITULO II
DE LOS EXAMENES PARCIALES
ARTICULO 85º: Los exámenes parciales se realizarán en línea en las fechas
especificadas en el calendario escolar.
ARTÍCULO 86º: Podrán presentar exámenes los estudiantes inscritos que estén
al corriente con sus pagos y que aparezcan en las listas que para tal efecto se
elaboran.
ARTÍCULO 87º: Estos exámenes se aplican dentro de cada periodo y no se
suspenden las clases. La suspensión solo ocurre cuando se presenta el examen
global.
ARTÍCULO 88º El acceso a visualizar calificaciones y retroalimentación sobre
el desempeño del curso podrá hacerse únicamente cuando se encuentren
cubiertos los pagos correspondientes de inscripción y colegiatura según sea el
caso.
CAPITULO III
DEL EXAMEN EXTRAORIDNARIO
ARTÍCULO 89º: Los exámenes extraordinarios serán elaborados por el
profesor del curso, se podrán presentar en línea presentaran dentro de la
plataforma de estudios virtual o de manera presencial y comprenderán todo el
programa de la materia.
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ARTÍCULO 90º: Los exámenes extraordinarios tienen por objeto calificar la
capacitación de los estudiantes que no hayan acreditado las materias
correspondientes a la calificación ordinaria.
ARTÍCULO 91º: Los alumnos podrán solicitar inscripción a un máximo de tres
materias por periodo en examen extraordinario, cuando:
a) Habiéndose inscrito en la asignatura, no hayan llenado los requisitos para
acreditarlas y cubran cuando menos el 50% de las actividades evaluables.
b) Habiendo reprobado un primer examen extraordinario, no hayan solicitado
inscripción para cursar por segunda ocasión la materia.
c) En caso de que el alumno haya reprobado más de tres materias durante el
tetramestre, deberá llevarlas nuevamente en el siguiente curso, lo que
obligará a repetir tetramestre.
ARTÍCULO 92º: Quien repruebe un primer examen extraordinario, tendrá
derecho a repetir asignatura o a presentar un segundo examen extraordinario.
ARTÍCULO 93º: Quien repruebe un segundo examen extraordinario en la
misma asignatura, causará baja.
ARTÍCULO 94º: Los seminarios, prácticas, talleres y demás actividades
similares, por propia naturaleza, no podrán ser presentados en exámenes
extraordinarios.
ARTÍCULO 95º: Los exámenes extraordinarios se efectuarán en los periodos
señalados en el calendario escolar. Serán realizados por los sinodales
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correspondientes, quienes deberán aplicar los exámenes en forma escrita y en
concordancia con los temas, ejercicios y prácticas previstas en el programa de la
asignatura que se trate.
CAPITULO V
DE LOS EXAMENES A TITULO DE SUFICIENCIA
ARTÍCULO 96º: El examen a Titulo de Suficiencia es el que se concede
mediante autorización de la coordinación académica, para evaluar los
conocimientos adquiridos por el alumno cuando quede comprendió en alguno de
los siguientes casos:
a) Alumnos de primer ingreso que han realizado estudios en otras instituciones
educativas reconocidas oficialmente dentro del Sistema Educativo Nacional
y que no puede concedérseles como revalidación o equivalencias por
considerar al momento de elaborar su predictamen, que no cubren los
requisitos académicos.
En tal caso, la autorización de este examen deberá efectuarse como parte del
proceso de equivalencia y no podrá excederse de 5 (cinco) materias, y que la
suma de los créditos de éstos y los de las equivalencias nunca deberán sumar
más del 50% de los créditos de la carrera de que se trate.
b) Alumnos a los que les falta hasta dos asignaturas para completar su plan de
estudios y no las hayan cursado por motivos de equivalencia reprobación o
que no se hubiesen ofrecido en su último ciclo escolar. Las autorizaciones a
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Universidad Interamericana del Norte
que se refieren estos supuestos habrán de respetar sus límites impuestos en el
ingreso a, siempre y cuando no sean seriadas.
c) Alumnos cuyo plan de estudios ha sido derogado y existan materias que no
hayan sido aprobadas.
En este caso, las autorizaciones de dichos exámenes por parte de la
coordinación académica no deberán exceder los límites del inicio al
momento de Convalidación o Revisión de Estudios.
ARTÍCULO 97º: El examen a titulo de suficiencia se deberá presentar en una
única oportunidad y no podrán concederse en materas prácticas.
ARTÍCULO 98º: El examen a título de suficiencia se presentara ante dos
sinodales. Su extensión será el programa analítico del curso y el sustentante
podrá contar con guías para su presentación, al menos una semana antes de la
fecha señalada para su realización.
ARTÍCULO 99º: Se podrán calendarizar estos exámenes dentro de los periodos
para realización de examen extraordinario, de segunda o tercera oportunidad.
ARTÍCULO 100º: El examen a Título de suficiencia podrá efectuarse a través
de diversas formas pero siempre deberá existir una evidencia de la evaluación
que testimonie el cumplimiento al procedimiento establecido.
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TITULO VI
DE LA TITULACIÓN
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 101º: La titulación del nivel de carrera profesional estará
supeditada a las disposiciones emanadas del presente reglamento, pues en él se
inscriben las normas a las cuales los alumnos están sujetos para la obtención de
la misma.
ARTÍCULO 102º: Son requisitos para obtener su titulación profesional:
a) Tener el expediente completo en servicios escolares
b) Aprobar todas las materias del plan de estudios respectivo
c) Presentar la constancia de acreditación de servicio social aprobada por las
autoridades escolares.
d) Documento de no adeudo en la Institución
e) Cubrir las cuotas que establezca para este fin en particular.
f) Haber cumplido con una opción de titulación y los trámites necesarios para
ello.
ARTÍCULO 103º: Las opciones para titulación ofrecidas por la UINVirtual son
las aprobadas por las Autoridades Educativas y que están contenidas en los
acuerdos de reconocimiento de validez oficial.
A saber:
a) Defensa de una tesis en un Examen Profesionales.
b) Examen General de conocimientos con presentación de tesina
c) Cuatro (4) materias de maestría que la UINVirtual ofrezca
d) Titulación automática para aquellos alumnos con un promedio igual o
superior a noventa y cuatro (94), que no haya reprobado ninguna materia en
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primera oportunidad (exámenes ordinarios) y que tenga conducta a juicio de
las autoridades de la institución.
CAPITULO II
DE LA TESIS
ARTÍCULO 104º: Se entiende por tesis profesional al proyecto que tiene como
objetivos tanto la aprobación de conocimientos de diversa índole como la
aplicación de éstos, mediante una metodología científica bien fundamentada. La
tesis podrá ser individual o colectiva (a juicio de la Universidad), pero el o los
sustentantes deberán presentar una réplica individual de la misma en un examen
recepcional individual.
ARTÍCULO 105º: Se entiende por tesina al trabajo escrito en que se recopila la
información referente a un tópico en particular, que el sustentante pondrá a
juicio del asesor. El tema deber ser de interés, y aportar los datos que puedan
generar nuevos procesos y/o conocimientos.
ARTÍCULO 106º: Toda tesis profesional deberá contener los siguientes puntos,
quedando a consideración del asesor aplicar ajustes necesarios, dependiendo del
tema que se trate:
a) Portada
b) Índice
c) Introducción
d) Objetivos
e) Metodología temprana
f) Desarrollo
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g) Conclusiones
h) Bibliografía
i) Anexos y apéndices
CAPITULO II
DE LOS ASESORES
ARTÍCULO 107º: Para ser asesor de titulación, el docente deberá cumplir con
los siguientes requisitos:
a) Ser maestro de la Institución
b) Acreditar actividad docente mínima de cinco años, en el nivel superior.
c) Poseer como mínimo, el título profesional que el alumno aspira obtener.
d) Contar por lo menos con dos años de experiencia laboral y/o estar laborando
actualmente en el área elegida por los sustentantes.
ARTÍCULO 108º: El asesor tendrá como función principal guiar al sustentante
en la elaboración de los diversos aspectos que se deben incluir en el trabajo
escrito, así como la metodología más indicada y correcta a seguir.
ARTÍCULO 109º: Cuando el asesor, así como los miembros del jurado están de
acuerdo con el contenido del trabajo escrito el sustentante contará con el visto
bueno para proceder a la impresión del mismo.
ARTÍCULO 110º: El sustentante tendrá la opción de tener además un asesor
externo, si cuenta con la aprobación del asesor interno.
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CAPITULO IV
DE LOS EXAMENES RECEPCIONALES
ARTÍCULO 111º: Ya designado el jurado, se sostendrá pláticas previas con el
sustentante para analizar el trabajo realizado.
ARTÍCULO 112º: Previo al acto de examen recepcional, el jurado procederá a
analizar antecedentes académicos y el trabajo escrito, estableciendo la
posibilidad o no de una mención honorifica.
ARTÍCULO 113º: Son obligaciones del Presidente jurado:
a) Hacer la declaratoria oficial de la instalación del acto.
b) Presentar al sustentante.
c) Dar a conocer el tema acerca del cual se referirá la exposición.
Posteriormente el Vocal, el Secretario y el Presidente del jurado, en ese orden,
pasarán al interrogatorio respectivo.
ARTÍCULO 114º: Al concluir el acto de examen recepcional, el jurado
deliberará en privado. Posteriormente se dará a conocer el dictamen con carácter
de inapelable, el cual podrá ser:
a) No aprobado, cuando por lo menos dos de los miembros del jurado den un
veredicto desfavorable.
b) Aprobado por la mayoría, cuando dos de los miembros del jurado den su
voto favorable.
c) Aprobado por unanimidad, cuando tres de los miembros del jurado den su
voto favorable.
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d) Aprobado con mención honorifica, al cumplirse con lo siguiente:
•
Cuando el contenido del trabajo escrito sea de alta calidad.
•
Cuando el sustentante realice una exposición brillante.
•
Que el sustentante tenga promedio superior de 95 (noventa y cinco)
en toda la carrera.
•
Que los miembros del jurado estén de acuerdo.
ARTÍCULO 115º: En caso de aprobación, el Presidente del jurado pasará a
tomar la protesta al sustentante para apegarse al código de ética profesional.
ARTÍCULO 116º: Al concluir el acto de recepción profesional, el Secretario se
encargará de recabar todas las firmas correspondientes entregando toda la
papelería y el libro de actas a la UINVirtual para que ésta le dé curso a los
trámites ante las Autoridades Educativas.
En caso de mención Honorifica, la UINVirtual expedirá un reconocimiento
especial adicional.
ARTÍCULO 117º: Los exámenes se realizaran dentro de las instalaciones de la
escuela y serán privadas e individuales ante un jurado calificador, integrado por
un Presidente, un Secretario y un Vocal. Todos los maestros de la institución,
siendo alguno de ellos el asesor de trabajo a evaluar. Estos nombramientos serán
formulados por escrito por el Rector, quien además asignará a los suplentes en
caso de ausencia de algún integrante. En caso de no contar con un campus
cercano, se podrá enviar la presentación en video misma que será evaluada por
las autoridades educativas.
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ARTÍCULO 118º: En caso de no aprobación, se podrán dar las siguientes
situaciones:
a) Si es la primera ocasión, el sustentante tendrá un plazo no mayor a seis
meses para presentar de nuevo y sobre el mismo tema.
b) Si no es la primera ocasión, el sustentante presentará, cuando haya
transcurrido un año de la fecha del último examen recepcional, una opción
diferente para su titulación.
CAPITULO V
DEL JURADO
ARTÍCULO
119º: Para formar parte del jurado, se deben cumplir los
siguientes requisitos:
a) Ser maestro a investigador activo de la Institución
b) Acreditar la actividad docente con una antigüedad de 5 años a nivel posgrado
c) Acreditar su título profesional en la licenciatura.
ARTÍCULO 120º: Son funciones y obligaciones de los miembros del jurado, al
finalizar el examen profesional y después de que el sustentante regrese al recinto
donde se deliberó en torno al dictamen que se emitirá, realizar lo que a
continuación se expresa:
a) Que el secretario levante el acta respectiva y le dé lectura
b) Firmar, junto con el sustentante, el acta de examen.
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c) Tomar la protesta respectiva, en caso de aprobación
d) El vocal dará fe de todo lo ocurrido.
ARTÍCULO 121º: Los alumnos que han concluido los estudios de licenciatura
tendrán un plazo mínimo de dos años para titularse. Si no lo cumplen, deberán
cursar el último período del plan de estudios vigentes para su carrera y tomar
algunas de las opciones para la titulación de este reglamento.
CAPÍTULO VI
DEL SERVICIO SOCIAL
ARTÍCULO 122º: Se entenderá como servicio social el trabajo remunerado o
no que prestarán obligatoriamente los aspirantes a obtener el título profesional,
en beneficio de la sociedad y el Estado.
Se le considera como requisito cubrir por los alumnos de la Institución.
ARTÍCULO 123º: Las actividades a desarrollar serán aquellas relacionadas a la
carrera que cursa el alumno. El servicio social solo podrá prestarse en empresas
públicas (estatales o paraestatales).
ARTÍCULO 124º: El servicio social se podrá realizar cuando se haya aprobado
un 70% de los créditos que integran el plan de estudios de la carrera.
ARTÍCULO 125º: El servicio social deberá presentarse durante 480 horas,
distribuidas en un periodo mínimo de seis meses; su máxima duración deberá ser
de dos años.
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ARTÍCULO 126º: El alumno podrá iniciar el servicio social cuando la solicitud
haya sido aprobada por la UINVirtual y estén cubiertos los requisitos de:
a) Verificar que cumpla con el 70% de los créditos.
b) Proporcionar los programas de servicio social, tanto internos como externos
e indicando que éste deberá relacionarse con el área de su carrera.
c) Carta de aceptación por parte de la empresa donde pretende realizar el
servicio social.
d) Solicitud completa firmada y sellada.
ARTÍCULO 127º: Será obligación del alumno presentar informes mensuales,
así como un informe final de las actividades desempeñadas.
ARTÍCULO 128º: La presentación del servicio social podrá ser cancelada por
la UINVirtual si el alumno:
a) Acumula tres faltas no justificadas consecutivas o cinco de cualquier índole
durante el mes.
b) No entrega los informes dentro de los diez días siguientes a la terminación
del mes correspondiente.
c) Lo inicia sin autorización necesaria.
ARTÍCULO 129º: En caso de que las condiciones fijadas en el programa varíen
notablemente por causas ajenas al prestador del servicio social, éste podrá
abandonarlo y conservar las horas acumuladas en un proyecto diverso.
ARTÍCULO 130º: Los asuntos relativos al servicio social no previstos en el
presente reglamento, serán resueltos por la UINVirtual en concordancia con las
autoridades incorporantes.
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TÍTULO VII
DE LOS SISTEMAS DE APOYO A LA DOCENCIA
CAPITULO I
DE LA BIBLIOTECA DIGITAL
ARTÍCULO 131º: Se entiende por biblioteca digital a las colecciones de
objetos digitales más organizadas, que sirven a una comunidad de usuarios
ofreciendo recursos informáticos documentales, a los que se accede por medio
del uso de del internet.
ARTÍCULO 132º: La biblioteca digital prestará los siguientes servicios:
a) Toda su información se ofrece de manera digital.
b) Cuenta con catálogos públicos en línea.
c) Permite el acceso remoto a los recursos de información de otras bibliotecas.
d) Ofrece acceso a fuentes de información confiables como documentos digitales,
tesis y revistas.
e) Toda la comunidad autorizada tendrá derecho de consultarla.
ARTÍCULO 133º: Se establecen los siguientes requisitos para hacer uso de la
biblioteca digital:
a) Contar con acceso a internet
b) Tener usuario y contraseña de alumno
c) Cuidar y hacer respetar los servicios que se prestan en la Biblioteca
Digital.
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Universidad Interamericana del Norte
ARTÍCULO 134º: El material bibliográfico también estará a disposición de
funcionarios y docentes de la institución, quedando igualmente sujetos a las
sanciones a las que se hagan acreedores.
TÍTULO VII
DE LA DISCIPLINA
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS
ARTÍCULO 138º: Los miembros de esta UINVirtual son responsables del
cumplimiento de las obligaciones que específicamente les impone el estatuto.
ARTÍCULO 139º: Son causas especialmente graves de responsabilidad
aplicable a todos los miembros de esta casa de estudios las que a continuación se
enuncian:
a) La realización de actos concretos que tiendan a debilitar los principios
básicos de la institución.
b) La hostilidad, por razones de ideología o personales, manifestada por actos
concretos contra cualquier miembro de la comunidad.
c) Actos contrarios a la moral y al respeto que entre sí se deban los a miembros
de la comunidad.
d) La utilización de todo o parte del patrimonio escolar, desviándolo de aquello
a lo que está destinado.
e) Utilizar el nombre o papelería de la UINVirtual con fines inapropiados.
ARTÍCULO 139º: El personal administrativo será responsable por:
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a) Faltar a su labor sin causa justificada
b) Tener más de 15% de inasistencias durante un periodo escolar.
c) No apegarse a los programas de estudios autorizados y vigentes.
d) Tener comportamientos inadecuados dentro de las instalaciones.
e) Maltratar física o verbalmente a los alumnos.
ARTÍCULO 140º: Son obligaciones de los docentes:
a) Asistir a las reuniones presenciales o de manera remota que convoquen las
autoridades académicas y desempeñar en forma eficiente las comisiones que
les sean encomendadas por las mismas autoridades.
b) Ser respetuoso y cordial en sus participaciones con alumnos tanto vía escrita
como en sesiones de video o audiconferencia.
c) Ser puntual a las sesiones de video y audioconferencia, exámenes o cualquier
otra actividad presencial o en línea que la asignatura requiera.
d) Someterse al control de participación en plataforma establecida por la
UINVirtual a través del Departamento Académico, en coordinación.
e) Proveer retroalimentación de las actividades asincrónicas en un plazo no
mayor a 72 horas después de dar acuse de recibo de tareas, proyectos, o
trabajos.
f) Responder dudas, observaciones y comentarios a los alumnos en un plazo no
mayor a 24 horas.
ARTÍCULO 141º: Los profesores se harán responsables a las sanciones que
legalmente correspondan en caso de incumplir con las obligaciones emanadas
del presente reglamento.
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Universidad Interamericana del Norte
ARTÍCULO 142º: Los alumnos serán responsables particularmente por el
incumplimiento de las obligaciones que le señalen los reglamentos y por actos
contra la disciplina y el orden tanto en su participación en línea como en eventos
presenciales que, entre otros, se enuncian a continuación:
a) Propiciar o participar en desórdenes dentro y fuera de la plataforma virtual o
en los plantel o faltar a los profesores, compañeros, al personal
administrativo o al personal de soporte a usuarios.
b) Falsificar certificado, boletas de exámenes y documentos análogos, o usar
y/o aprovechar los propios documentos cuando la falsificación sea imputable
a terceros.
c) Utilizar la plataforma o medio virtual de la UINVirtual para efectos de
propagandas, ventas, campañas políticas o religiosas o de cualquier otra
índole que no sea relativo a la asignatura y licenciatura.
d) Comportarse contrariamente a las buenas costumbres en sus relaciones con
personas del sexo opuesto, en foros, chats, video o audio conferencias.
e) Agredir por escrito o de manera verbal a sus compañeros, profesores o
personal administrativo, dentro o fuera de plataforma y planteles .
f)
ARTICULO 143º: Las sanciones que podrán imponerse son las siguientes:
a) Amonestaciones verbales
b) Amonestaciones escritas con copia a su expediente
c) Suspensión de concesiones (becas)
d) Negación de carta de buena conducta.
e) Suspensión temporal en sus derechos escolares
f) Suspensión definitiva en la institución.
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g) Expulsión definitiva de la UINVirtual con notificación a las autoridades
educativas y/o judiciales.
ARTÍCULO 144º: En todos los casos en que algún alumno sea sancionado, será
obligado a cubrir los daños o perjuicios causados.
ARTÍCULO 145º: Las responsabilidades y las sanciones serán destinadas por el
Rector y/o una comisión designada por el mismo, cuyo fallo será inapelable.
ARTÍCULO 189º: Los alumnos serán responsables por el incumplimiento de
las diversas obligaciones señaladas en el presente reglamento y por actos de
indisciplina y /o falta de orden.
ARTÍCULO 190º: Las sanciones respectivas se establecerán dependiendo de la
situación que se haya presentado y van desde una amonestación escrita hasta la
baja definitiva.
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