DE PLENO celebrada el día 31 de mayo de 2016 En el Municipio de
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DE PLENO celebrada el día 31 de mayo de 2016 En el Municipio de
ACTA EN BORRADOR DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO celebrada el día 31 de mayo de 2016 ASISTENTES: Alcalde: D. Miguel A. Noguero Mur. (PSOE) Concejales: Dª. Jara Laliena Amella (PSOE), 1ª Tte. Alcalde D. Jorge Rodríguez Moreno (PSOE), 2º Tte. Alcalde D. Pedro Sampietro Casasnovas (PSOE) Dª. Jara Gistau Vidallé (PSOE) AUSENTES: D. Angel L. Saludas Bernad (CHA) D. Jose Mª Solans Garcés (CHA) SECRETARIA: Dª. Mª Montserrat Andrés Ibáñez En el Municipio de Bielsa, a la hora y fecha fijadas, y bajo la Presidencia del Alcalde de la Corporación, D. Miguel A. Noguero Mur, se reúnen en el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial los Señores Concejales al margen expresados, previa convocatoria efectuada con la antelación reglamentaria y legal publicidad, en los Tablones de Anuncios de este Ayuntamiento, y web municipal, y abierta la Sesión por la Presidencia, se procede al estudio de los asuntos a tratar con arreglo al siguiente ORDEN DEL DÍA: 1.- SORTEO FORMACIÓN MESA PROCESO ELECTORAL 26/06/2016.Por Presidenecia se informa sobre legislación y procedimiento aplicable al sorteo para la mesa electoral, que se realiza automáticamente con la aplicación informática proporcionada por la oficina del Censo Electoral, con el siguiente resultado: PRESIDENTE: 1º VOCAL: 2º VOCAL: MARIALORENZO GIBERT, LAURA FERRER GARCÍA, ANTONIO ESCALONA ESTÉVEZ, SUPLENTES: De Presidente, 1º spte. DANIEL LACAMBRA AVENTÍN, De Presidente, 2º spte MIGUEL A. IGUACEL GARCIA De 1º vocal, 1º spte De 1º vocal, 2º spte NURIA MARTÍN FERNANDEZ, EDUARDO REMARTINEZ MALUENDA, De 2º vocal, 1º spte De 2º vocal, 2º spte JAVIER GISTAU SESE, MARCOS PAÑART SOLANILLA 2.POSIBLE RECURSO CONTRA DESESTIMACION DE REQUERIMIENTOS PREVIOS INTERPUESTOS POR EL AYUNTAMIENTO FRENTE A LOS ARTS 52.3 Y 67.2 DEL R.D. 1/2016, DE 8 ENERO, QUE REVISA ENTRE OTROS EL PLAN HIDROLÓGICO DEL EBRO.- Examinado el expediente relativo a la interposición de recurso contencioso administrativo frente al art. 52.3 y 67.2 del Anexo XII -Plan Hidrológico del Ebro- del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Visto el informe de Secretaría-Intervención de fecha 22 de mayo de 2016, previo a la interposición de recurso contencioso administrativo frente a las Órdenes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de 15 de abril de 2016 por las que se rechaza y desestima los requerimientos contra el acuerdo del Consejo de Ministros -Real Decreto 1/2016, de 8 de enero- por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro; y en concreto la redacción de los art. 52.3 y 67.2 del Anexo XII -Disposiciones normativas del plan hidrológico de la parte española de la demarcación del Ebro. Considerando que la materia sobre la que se interpone recurso contencioso administrativo resulta ser competencia del Pleno, en virtud del artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Tras deliberación, y por unanimidad, el Pleno ACUERDA: Primero. Interponer recurso contencioso administrativo frente a la desestimación mediante Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de 15 de abril de 2016 del requerimiento previo frente al acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro; y en concreto la redacción final del art. 67.2 del Anexo XII -Disposiciones normativas del plan hidrológico de la parte española de la demarcación del Ebro, en los términos formulados en el requerimiento previo. Segundo. Interponer recurso contencioso administrativo frente a la desestimación mediante Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de 15 de abril de 2016 del requerimiento previo frente al acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro; y en concreto para que se anule el art. 52.3 del Anexo XII -Disposiciones normativas del plan hidrológico de la parte española de la demarcación del Ebro, en los términos formulados en el requerimiento previo. Tercero. Encomendar la defensa en juicio a los Servicios Jurídicos de la Diputación Provincial de Huesca, y en su caso representación, al amparo del art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 68 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. Cuarto. Otorgar poder, tan amplio como sea posible en derecho, a los Letrados de los Servicios Jurídicos de la Excma. Diputación Provincial de Huesca y a procuradores, para que representen a este Ayuntamiento en defensa de sus intereses. Quinto. Facultar al Sr. Alcalde para que en nombre de la Corporación, concurra a la firma de la escritura de otorgamiento de poderes o a la realización de cuantas actuaciones sean precisas para el cumplimiento del presente acuerdo 3.- POSIBLE RECURSO CONTRA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA, DESESTIMANDO PETICIÓN MUNICIPAL DE NULIDAD PARCIAL DEL EXPTE DE LICITACIÓN DEPURADORAS EN EL TERMINO MUNICIPAL.El Sr. Alcalde informa que, con fecha 04/05/2016, se ha notificado al Ayuntamiento Resolución de fecha 20/04/2016, del presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se desestima la petición de nulidad de actos relativos a la licitación de la depuradora y aplicación del impuesto sobre contaminación de las aguas en el municipio de Bielsa, que interpuso este Ayuntamiento en marzo de este año. Visto el informe de Secretaría-Intervención de fecha 22 de mayo de 2016, previo a la interposición de recurso contencioso administrativo frente a la referida Resolución, Considerando que la materia sobre la que se interpone recurso contencioso administrativo resulta ser competencia del Pleno, en virtud del artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Tras deliberación, y por unanimidad, el Pleno ACUERDA: Primero. Interponer recurso contencioso administrativo frente a la desestimación de la petición de nulidad de actos relativos a la licitación de la depuradora, y de aplicación del impuesto sobre contaminación de las aguas en el municipio de Bielsa, que interpuso este Ayuntamiento en marzo de este año. Segundo. Autorizar al Letrado en ejercicio, Sr. D. Pedro A. Julián Lobera, y a la Procuradora, Dª Lucia del Río Artal, para interponer ante el Tribunal competente Recurso Contencioso-Administrativo contra Resolución de fecha 20/04/2016, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, en representación y defensa de los intereses del Ayuntamiento de Bielsa.” 4.- TOMA DE RAZÓN RENUNCIA ACTA DE CONCEJAL DE Dª JARA LALIENA AMELLA.-. Por el Sr Noguero se informa que en este Ayuntamiento tuvo entrada el escrito de Dª. JARA LALIENA AMELLA, Concejal del Ayuntamiento, el día 10/05/2016. En el mismo se formalizaba la renuncia voluntaria al cargo que ocupa en este Ayuntamiento desde que tomó posesión del cargo de Concejal, el día 13 de junio de 2015, tras las elecciones Locales y Autonómicas de 2015. La renuncia al cargo no será efectiva hasta su sometimiento al Pleno del Ayuntamiento, es decir, hasta la fecha de hoy. En cumplimiento de los artículos 9.4 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y 182 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el Pleno adopta por mayoría de votos, con abstención de la Sra. Laliena, el siguiente ACUERDO: PRIMERO. Tomar conocimiento de la renuncia al cargo de Concejal del Ayuntamiento que realiza Dª. JARA LALIENA AMELLA SEGUNDO. Comunicar este Acuerdo a la Junta Electoral Central para que remita las credenciales de D. JOSE FERNANDO MELIZ FRANCO, siguiente en la lista, de los que concurrieron a las últimas elecciones municipales, para que pueda tomar posesión de su cargo. Y, no procediendo mociones, ni preguntas, al tratarse de un Pleno extraordinario, se ordena por Presidencia levantar la sesión, siendo las 12:30 horas, Vº Bº ALCALDE SECRETARIA