PAGA MONTOS ADICIONALES EN ELECTRICIDAD

Transcripción

PAGA MONTOS ADICIONALES EN ELECTRICIDAD
PAGA MONTOS ADICIONALES EN ELECTRICIDAD
Puede tratarse de la Demanda Máxima, Cargo por Demanda o Demanda Facturable
Los cargos pagados por esos conceptos pueden recuperarse
Si al momento de realizar el pago de su recibo de energía eléctrica, incluye los conceptos
antes citados, o algún otro con el que se describe el referido pago, resulta ilegal al encontrarse
fundamentado erróneamente y carecer la dependencia de validez para determinar y cobrar
dicho rubro, lo cual da apertura a que nuestra firma promueva la devolución de dicho pago,
con amplias posibilidades de éxito, pudiendo hacerse dicho trámite hasta por diez años
anteriores, así como por los recibos actuales dentro de los quince días siguientes, mediante
un trámite especial fundamentado en una ley que rige los aspectos de energía.
Nuestra firma ha diseñado una estrategia para que su empresa pueda recuperar las
cantidades que ha pagado por concepto de “Demanda Máxima”, “Cargo por Demanda” y/o
“Demanda Facturable” de los últimos año, llegando a la instancia de acudir a un juicio para
que sea un Tribunal Federal; que actuando de forma imparcial sea el que analice los
argumentos a través de los cuales consideramos que el cobro de alguno de los citados
conceptos no está debidamente revestido y cubierto de legalidad, pues insistimos que dicho
cargo es inconsistente y que se cobra conforme a unas variables que son incorrectas.