VISTOS: Sanitaria de funcionamiento del PUESTO DE ALIMENTOS
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VISTOS: Sanitaria de funcionamiento del PUESTO DE ALIMENTOS
RESOLUCION EXENTA Nº 589 FECHA: 03/05/2013 Secretaría Regional Ministerial de Salud Region del Maule VISTOS: Estos antecedentes, la Solicitud de Autorización Sanitaria de funcionamiento del PUESTO DE ALIMENTOS, ubicado en POBLACION REGION DEL MAULE, HUALAÑE Nº 3599, MOLINA, REGION DEL MAULE, con ingreso de prestación Nº 1252666 de fecha 24/04/2013, presentada a esta SEREMI de Salud por MARIA CRISTINA MANCILLA CONTRERAS, RUT 8645550-1, representada por Don(a) MARIA CRISTINA MANCILLA CONTRERAS, RUT 8645550-1, ambos domiciliados(as) para estos efectos en POBLACION REGION DEL MAULE CALLE HUALAÑE Nº 32599 MOLINA, MOLINA, REGION DEL MAULE. CONSIDERANDO lo informado por funcionarios de esta Autoridad Sanitaria, en su Acta De Inspección Nº 355159 de fecha 25/04/2013. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el Código Sanitario y sus reglamentos, aprobado por el D.F.L. Nº 725/67, del Ministerio de Salud; el Reglamento Sanitario de los Alimentos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 977/96 del Ministerio de Salud; y en uso de las facultades que me confiere el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley 2763/79 y Decreto Supremo N° 136/04 del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado, dicto la siguiente: RESOLUCIÓN 1. AUTORIZASE el funcionamiento del PUESTO DE ALIMENTOS, ubicado en POBLACION REGION DEL MAULE, HUALAÑE Nº 3599, MOLINA, REGION DEL MAULE, para el(los) siguiente(s) fin(es): - COCINAR Y EXPENDER EN PUESTO EMPANADAS DE QUESO - COCINAR Y EXPENDER EN PUESTO MASAS CRUDAS SIN RELLENO - COCINAR Y EXPENDER EN PUESTO VEGETALES PROCESADOS - ELABORAR Y EXPENDER EN PUESTO INFUSIONES DE TE O CAFE 2. TENGASE PRESENTE que la autorización contenida en el presente instrumento, considera las siguientes características de la instalación: - SUPERFICIE TOTAL DE LA INSTALACION (9 METROS CUADRADOS) 3. TENGASE PRESENTE que la modificación estructural de cualquier instalación de alimentos deberá contar con la autorización de la Autoridad Sanitaria correspondiente. Resolución Exenta Nº 589 Página 1 de 2 Para acceder al documento electrónico ingrese a nuestra página www.tramiteenlinea.cl, opción “Ver Documento”, ingrese el Número de Trámite 1252666, fecha de emisión del documento 03/05/2013 y SEREMI de tramitación REGION DEL MAULE. 4. La presente resolución acredita el cumplimiento de los requisitos sanitarios de la instalación, de acuerdo a lo solicitado por el interesado, en base a lo cual podrá optar a su patente de PUESTO VENTA DE PAPAS FRITAS ante la Ilustre Municipalidad de MOLINA. ANOTESE Y NOTIFIQUESE POR ORDEN DEL SEREMI DE SALUD REGION DEL MAULE SEGUN RESOLUCION Nº 1266 / 15-05-2006 PATRICIO LUIS FUENTES MORAGA ENCARGADO OFICINA PROVINCIAL CURICO SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD REGION DEL MAULE Resolución Exenta Nº 589 Página 2 de 2 Para acceder al documento electrónico ingrese a nuestra página www.tramiteenlinea.cl, opción “Ver Documento”, ingrese el Número de Trámite 1252666, fecha de emisión del documento 03/05/2013 y SEREMI de tramitación REGION DEL MAULE. Signature Not Verified Digitally signed by PATRICIO LUIS FUENTES MORAGA Date: 2013.05.03 15:34:05 CLT
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