INSTITUCIÒN EDUCATIVA “JOSÉ MARÍA BERNAL” CALDAS

Transcripción

INSTITUCIÒN EDUCATIVA “JOSÉ MARÍA BERNAL” CALDAS
INSTITUCIÒN EDUCATIVA
“JOSÉ MARÍA BERNAL”
CALDAS – ANTIOQUIA
MANUAL PARA LA CONVIVENCIA SANA Y
ARMÓNICA
REGLAMENTO INSTITUCIONAL
SISTEMA INSTITUCIONAL PARA LA
EVALUACIÓN
EJE PEDAGÓGICO INSTITUCIONAL
PERTENECE A (NOMBRES Y APELLIDOS):
_________________________________________________
SEDE DE ESTUDIO: ____________________________________ GRADO Y
GRUPO: ________________
TELÈFONOS: ________________________ CORREO ELECTRÓNICO:
____________________________
“LA EXCELENCIA, NUESTRO COMPROMISO”
CONTENIDO
ACUERDO # 01 DE NOVIEMBRE 28 DE 2011 ................................................................. 5
CAPÍTULO I................................................................................................................. 8
MARCO TEÓRICO – LEGAL .......................................................................................... 8
ARTÍCULO 1. PRESENTACIÓN. ..................................................................................... 8
OBJETIVOS DEL MANUAL PARA LA CONVIVENCIA. ...................................................... 9
ARTÍCULO 2. JUSTIFICACIÓN. .................................................................................... 10
ARTÍCULO 3. RESEÑA HISTÓRICA. ............................................................................. 17
ARTÍCULO 4. IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN..................................................... 18
ARTÍCULO 5. SITUACIÓN LEGAL DE LA INSTITUCIÓN. ................................................. 19
1
ARTÍCULO 6. EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL. .............. 19
ARTÍCULO 7. MEDIOS DE PARTICIPACIÓN Y DIRECCIÓN EN LA ORGANIZACIÓN
INSTITUCIONAL. ....................................................................................................... 24
CAPITULO II.............................................................................................................. 34
HORIZONTE INSTITUCIONAL – DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO ............................ 34
ARTÍCULO 8. MISIÓN. ............................................................................................... 34
ARTÍCULO 9. VISIÓN. ................................................................................................ 34
ARTÍCULO 10. VALORES INSTITUCIONALES. ............................................................... 34
ARTÍCULO 11. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES. ........................................................... 35
ARTÍCULO 12. PERFILES DE DESARROLLO. ................................................................. 37
ARTÍCULO 13. PERFILES DE DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS GENERALES Y
DOCENCIA................................................................................................................ 48
ARTÍCULO 14. ESTILO DE DIRECCIÓN Y GESTIÓN EDUCATIVA. .................................... 60
ARTÍCULO 15. OBJETIVOS INSTITUCIONALES. ............................................................ 62
ARTÍCULO 16. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES.............................................................. 63
CAPÍTULO III............................................................................................................. 67
ORIENTACIONES CURRICULARES............................................................................... 67
ARTÍCULO 17. CONCEPTO DE CURRÍCULO. ................................................................ 67
ARTÍCULO 18. PLAN DE ESTUDIOS. ............................................................................ 67
ARTÍCULO 19. DIMENSIONES DEL DESARROLLO HUMANO......................................... 68
ARTÍCULO 20. ÁREAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES. ........................................ 69
ARTÍCULO 21. PROYECTOS PEDAGÓGICOS. ............................................................... 70
CAPÍTULO IV ............................................................................................................ 77
BENEFICIOS ESTUDIANTILES ..................................................................................... 77
ARTÍCULO 22. ESTÍMULOS. ....................................................................................... 77
ARTÍCULO 23. BIENESTAR ESTUDIANTIL. ................................................................... 83
ARTÍCULO 24. MECANISMOS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN. .......................... 85
ARTÍCULO 25. MEDIACIÓN........................................................................................ 86
CAPITULO V ............................................................................................................. 87
CONDICIONES DE INGRESO Y PERMANENCIA EN LA INSTITUCIÓN ............................. 87
ARTÍCULO 26. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL. .............................................. 87
ARTÍCULO 27. LA MATRÍCULA. .................................................................................. 90
CAPÌTULO VI ............................................................................................................ 92
2
DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA .............................................................................................................. 92
ARTÍCULO 28. JORNADA ESCOLAR. ........................................................................... 92
PARA EL GRADO CERO – NIVEL DE PREESCOLAR: ....................................................... 93
ARTÍCULO 29. CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS. ................................................. 93
ARTÍCULO 30. DEBERES DE LOS(AS) ESTUDIANTES. .................................................... 94
ARTÍCULO 31. DERECHOS DE LOS(AS) ESTUDIANTES. ................................................. 97
ARTÍCULO 32. DEBERES DE LAS MADRES, LOS PADRES Y/O ACUDIENTES. .................. 99
ARTÍCULO 33. DERECHOS DE LAS MADRES, LOS PADRES Y/O ACUDIENTES. ............. 100
ARTÍCULO 34. DEBERES DE LOS(AS) DOCENTES Y/O DIRECTIVOS DOCENTES............. 101
ARTÍCULO 35. DERECHOS DE LOS(AS) DOCENTES Y/O DIRECTIVOS DOCENTES. ......... 107
ARTÍCULO 36. PROHIBICIONES PARA DOCENTES Y/O DIRECTIVOS DOCENTES. ......... 109
CAPÍTULO VII ......................................................................................................... 112
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y SOCIAL 112
ARTÍCULO 37. CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS. ............................................... 112
ARTÍCULO 38. FALTAS GRAVÍSIMAS. ....................................................................... 113
ARTÍCULO 39. FALTAS GRAVES. .............................................................................. 117
ARTÍCULO 40. FALTAS LEVES. .................................................................................. 122
ARTÍCULO 41. MEDIDAS ESPECIALES. ...................................................................... 125
ARTÍCULO 42. COMPROMISO PEDAGÒGICO Y PLAN DE MEJORAMIENTO................. 126
ARTÍCULO 43. CONCEPTUALIZACIÓN DEL ANTI BULLYNG. ........................................ 129
ARTÍCULO 44. POLÍTICAS INSTITUCIONALES ANTI BULLYNG. .................................... 130
CAPÍTULO VIII ........................................................................................................ 130
EL DEBIDO PROCESO .............................................................................................. 130
ARTÍCULO 45. JUSTIFICACIÓN. ................................................................................ 130
ARTÍCULO 46. PRINCIPIOS QUE FUNDAMENTAN EL DEBIDO PROCESO. .................... 130
ARTÍCULO 47. COMPETENCIA INVESTIGATIVA Y SANCIONATORIA........................... 133
ARTÍCULO 48. ACCIONES CORRECTIVAS Y SANCIONATORIAS. .................................. 133
ARTÍCULO 49. OBLIGACIONES. ................................................................................ 134
ARTÍCULO 50. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SANCIÓN A APLICAR. .................... 135
ARTÍCULO 51. RECURSOS DE REPOSICIÓN Y DE APELACIÓN. .................................... 135
ARTÍCULO 52. NULIDADES. ..................................................................................... 136
ARTÍCULO 53. REVOCATORIA. ................................................................................. 136
ARTÍCULO 54. CAUSALES DE ARCHIVO DEFINITIVO DE UN PROCESO. ....................... 136
ARTÍCULO 55. PRUEBAS.......................................................................................... 136
ARTÍCULO 56. CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN O AGRAVACIÓN DE LA FALTA. ..... 136
CAPÍTULO IX .......................................................................................................... 138
VIGENCIA ............................................................................................................... 138
3
ARTÍCULO 57. ......................................................................................................... 138
ACUERDO # 02 DE NOVIEMBRE 28 DE 2011 ............................................................. 138
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. ................. 139
CAPÍTULO I. GENERALIDADES. ................................................................................ 139
ARTÍCULO 2. TITULO DEL SISTEMA. ......................................................................... 139
ARTÍCULO 3. OBJETIVO GENERAL. ........................................................................... 140
ARTÍCULO 4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. .................................................................... 140
ARTÍCULO 5. JUSTIFICACIÓN. .................................................................................. 140
CAPÍTULO II. FUNDAMENTACIÓN LEGAL Y CONCEPTUAL. ....................................... 140
ARTÍCULO 6. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES.
.............................................................................................................................. 140
ARTÍCULO 7. DERECHOS DEL ESTUDIANTE. .............................................................. 140
ARTÍCULO 8. DEBERES DEL ESTUDIANTE.................................................................. 141
ARTÍCULO 9. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. .................. 141
ARTÍCULO 10. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. ................... 141
ARTÍCULO 11. CRITERIOS GENERALES EVALUATIVOS. .............................................. 141
ARTÍCULO 12. RECONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS PEDAGÓGICOS. .................... 142
ARTÍCULO 13. OBJETO DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. .................................... 145
ARTÍCULO 14. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN. ............................................. 145
CAPÍTULO III. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS. .......................... 147
ARTÍCULO 15. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR........................................ 147
ARTÍCULO 16. INFORMES DE EVALUACIÓN.............................................................. 148
ARTÍCULO 17. ESCALA DE CALIFICACIÓN. ................................................................ 151
ARTÍCULO 18. ENTREGA DE INFORMES DE EVALUACIÓN ......................................... 151
ARTÍCULO 19. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO. ........................................................ 152
ARTÍCULO 20. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN. ............................................... 152
ARTÍCULO 21. ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR............................. 152
ARTÍCULO 22. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS. ............................. 153
ARTÍCULO 23. ACCIONES DE CRECIMIENTO (HABILITACIONES). ................................ 154
ARTÍCULO 24. GRADUACIÓN. ................................................................................. 154
ARTÍCULO 25. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. .............................................. 155
ARTÍCULO 26. EDUCANDOS NO PROMOVIDOS - REPITENTES. .................................. 155
ARTÍCULO 27. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - MEDIOS PARA LA EVALUACIÓN....................................................... 156
ARTÍCULO 28. ESTRATEGIAS Y MÉTODOS PEDAGÓGICOS - DESARROLLO DE
ASIGNATURAS........................................................................................................ 156
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ARTÍCULO 29. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - MECANISMOS DE EVALUACIÓN. ..................................................... 156
ARTÍCULO 30. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - TÉCNICAS DE EVALUACIÓN. ............................................................ 157
ARTÍCULO 31. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - EVALUACIÓN INTEGRAL DEL ESTUDIANTE. ...................................... 160
ARTÍCULO 32. ESTRATEGIAS DE PARTICIPACIÓN EN LA EVALUACIÓN. ...................... 165
ARTÍCULO 33. INDICADORES DE DESEMPEÑO EN LA EDUCACIÓN BÁSICA. ............... 167
ARTÍCULO 34. INDICADORES DE DESEMPEÑO PARA LA EDUCACIÓN MEDIA. ............ 167
ARTÍCULO 35. DE LA PERMANENCIA O NO EN LA INSTITUCIÓN. ............................... 168
CAPÍTULO IV. EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. ........................................................... 168
ARTÍCULO 36. EVALUACIÓN ACADÉMICA INSTITUCIONAL. ...................................... 168
ARTÍCULO 37. AUTOEVALUACIÓN ACADÉMICA INSTITUCIONAL. .............................. 168
ARTÍCULO 38. EVALUACIONES ACADÉMICAS EXTERNAS. ......................................... 169
ARTÍCULO 39. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO. ......................................................... 170
ARTÍCULO 40. EVALUACIÓN DEL PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL. ........... 171
ARTÍCULO 41. VIGENCIA. ........................................................................................ 172
ACUERDO # 03 DE NOVIEMBRE 28 DE 2011 ............................................................. 173
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL EJE PEDAGÓGICO INSTITUCIONAL. .............................. 174
ARTÍCULO 2. TITULO DEL EJE PEDAGÓGICO. El Eje Pedagógico Institucional “ACTIVODESARROLLISTA Y PERSONALIZANTE” ..................................................................... 174
ARTÌCULO 3. FUNDAMENTACIÓN DEL EJE PEDAGÓGICO .......................................... 175
ARTÍCULO 4. VIGENCIA. .......................................................................................... 186
ACUERDO # 01 DE NOVIEMBRE 28 DE 2011
CONSEJO DIRECTIVO
Por medio del cual se intervienen asuntos relacionados con el área de gestión de
Convivencia y comunidad, como misión vital, en particular, los aspectos referentes a la
adopción del Manual para la Convivencia una vez realizados los ajustes de forma y de
fondo.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa “JOSÈ MARÌA BERNAL” del Municipio
de CALDAS – ANTIOQUIA, en uso de sus facultades legales y en especial las que le
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confiere el artículo 144 de la Ley 115 de 1994 (Ley general de Educación), el artículo 23
del Decreto 1860 de 1994, y
CONSIDERANDO QUE:
A. Según el artículo 73 de la Ley 115 cada Establecimiento Educativo Deberá elaborar
y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen
entre otros aspectos, el reglamento para Docentes y Estudiantes como una de las
estrategias para lograr la Formación Integral del Educando.
B. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 115, los Establecimientos
Educativos tendrán un reglamento o Manual para la Convivencia, en el cual se
definan los Derechos y obligaciones de los Estudiantes, entendiendo que los
Padres o tutores en representación de sus hijos y los Educandos al firmar la
matrícula o la renovación correspondiente, estarán aceptando el mismo.
C. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley 115, el Consejo Directivo
de toda Institución Educativa, tiene entre sus funciones la de adoptar el
reglamento de la Institución, de conformidad con las normas vigentes y la de
establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
Educando.
D. En virtud de lo expuesto en el artículo 14 del Decreto 1860, para lograr la
Formación Integral de los Educandos, el Proyecto Educativo Institucional debe
contener por lo menos los principios y fundamentos que orientan la acción de la
Comunidad Educativa en la Institución y el reglamento o Manual para la
Convivencia y el reglamento para Docentes, teniendo en cuenta las condiciones
sociales, económicas y culturales del medio.
E. De conformidad con el artículo 17 del Decreto 1860, el reglamento o Manual para
la Convivencia debe contener una definición de los Derechos y Deberes de los
Educandos y de sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad
Educativa; en particular debe contemplar, las reglas de higiene personal y de salud
pública que preserven el bienestar de la Comunidad Educativa, la conservación
individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias
psicotrópicas; los criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la
utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como
equipos, instalaciones e implementos; las pautas de comportamiento en relación
con el cuidado del entorno ambiental escolar; las normas de conducta de
Estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben incluir la
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definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al
respecto; los procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos
individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad.
Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación; las pautas de presentación
personal que preserven a los Educandos de la discriminación por razones de
apariencia; la definición de sanciones disciplinarias aplicables a los Estudiantes,
incluyendo el Derecho a la defensa; las reglas para la elección de representantes al
Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos o
comisiones previstos en la normatividad vigente. Debe incluir el proceso de
elección del Personero (a) de los Estudiantes; las calidades y condiciones de los
servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el
servicio de Educación que ofrezca la Institución a los Educandos; el
funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del
establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de
instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión; los encargos
hechos al establecimiento para aprovisionar a los Estudiantes de material
didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud y las reglas
para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar.
F. Dando cumplimiento a lo contemplado en el artículo 23 del Decreto 1860, el
Consejo Directivo debe adoptar el Manual para la Convivencia y el reglamento de
la Institución y establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño
académico y social del Educando, los cuales han de incorporarse a este
reglamento, sin que en ningún caso puedan ser contrarios a la dignidad del
Estudiante.
G. Dando cumplimiento a lo contemplado en la Ley 1098 de 2006 por la cual se
expide el código de la infancia y la adolescencia, la Institución Educativa debe
establecer en sus reglamentos mecanismos adecuados de carácter disuasivo,
correctivo y reeducativo, evitando cualquier conducta discriminatoria por razones
de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquiera otra que afecte el
ejercicio de los Derechos.
H. En consideración a lo anterior, es indispensable establecer normas claras de
comportamiento para que los diferentes estamentos de la Institución tengan la
guía en la valoración de las interrelaciones escolares - es necesario reconocer los
Derechos y Deberes que corresponden a todos los integrantes de la Comunidad
Educativa para velar por el cumplimiento de estos - es urgente dar aplicación a los
mandatos educativos establecidos por la Constitución Nacional, el código de la
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infancia y la adolescencia, y la Ley general de Educación con su Decreto
reglamentario 1860 en lo que tiene que ver con el desarrollo de la Educación éticomoral, sexual y ambiental; la Convivencia social, pacífica, respetuosa, justa,
democrática y la prevención de la drogadicción - es justo estimular a quienes en
sus relaciones practiquen los valores y las conductas deseables en nuestra
sociedad y planear todo tipo de actividades que busquen la Educación integral y el
buen funcionamiento del plantel - para el cumplimiento de los fines y objetivos
educativos, fundamentos filosóficos, pedagógicos y científicos, se debe diseñar un
Manual que permita la participación de la Comunidad Educativa en nuestro P.E.I.
I. El Consejo Directivo del establecimiento es la instancia directiva de participación
de la Comunidad Educativa, de orientación administrativa y académica.
J. Es función de este consejo, tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del
Establecimiento Educativo, estimular y controlar los procesos institucionales.
K. El equipo de representantes de cada estamento, participó en la lectura,
deconstrucción y ajustes necesarios al respecto.
ACUERDA
CAPÍTULO I
MARCO TEÓRICO – LEGAL
ARTÍCULO 1. PRESENTACIÓN. Uno de los principales fundamentos consignados en
nuestra constitución, tiene que ver con el respeto a las diferencias entre los actores de
las diversas comunidades humanas.
Cada vez que un grupo de personas se unen con el fin de satisfacer necesidades
comunes, se deben establecer unas normas que orienten el logro eficaz de sus
objetivos.
Desde la perspectiva anterior, el Manual para la Convivencia es uno de los medios
pedagógicos con que cuenta la Institución Educativa para orientar la búsqueda y
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desarrollo de la autonomía personal y el compromiso frente a los valores que hacen
posible la construcción de una sociedad de Derecho, democrática, participativa y
pluralista, mediante la orientación y regulación del ejercicio de los Derechos y
libertades y del cumplimiento de los Deberes de todos los integrantes de la
comunidad.
Este Manual ha sido concertado con la participación de todos los estamentos –
Directivos Docentes, Educadores, Estudiantes, Padres de Familia y Egresados. Pretende
crear un ambiente de sana Convivencia y propicio para el desarrollo de valores
personales, familiares, institucionales y sociales que faciliten al Estudiante la
formación y la Convivencia en sociedad; donde desarrolle su capacidad crítica para
reconocer sus aciertos y corregir sus errores.
A partir de esta pauta de Convivencia, la Institución Educativa “JOSÉ MARÍA BERNAL”
encausará su horizonte institucional hacia la meta superior de la excelencia, la
tolerancia, el respeto, la responsabilidad y la gratitud, y los demás valores sociales y
filosóficos relacionados con nuestra idiosincrasia e identidad cultural.
OBJETIVOS DEL MANUAL PARA LA CONVIVENCIA. El presente Manual es una guía que
orienta y define los aspectos cotidianos del proceso de formación de los Estudiantes y
establece normas básicas de Convivencia. Los propósitos e intencionalidades de este
reglamento, serán;
a) Favorecer las relaciones interpersonales cotidianas a través de la expresión de los
principios y valores que orientan el Proyecto Educativo Institucional.
b) Establecer los Deberes, Derechos y Prohibiciones de todos los actores que
conforman la Comunidad Educativa.
c) Permitir que los integrantes de la Comunidad Educativa actuen con seguridad,
conociendo lo que se espera de cada uno de ellos, lo que está y no está permitido
y los procedimientos a utilizar para la solución de los posibles conflictos que
puedan presentarse, logrando así una Convivencia pacífica y democrática.
d) Contribuir y participar en la creación de un ambiente escolar formador; donde se
viva en el respeto, la tolerancia, el diálogo y la participación solidaria; para buscar
el bien común, y la conservación de bienes comunitarios y los recursos naturales
del entorno.
e) Propiciar un ambiente de sana Convivencia en el que cada uno acepte, reconozca y
respete los Derechos de los demás, sin esperar la sanción o el estímulo.
f) Fomentar y crear actitudes de aprecio por la naturaleza y su conservación para
lograr una Convivencia ecológica.
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g) Reconocer la importancia del Derecho y del Deber como facilitadores del orden
social.
h) Propiciar el reconocimiento y acato a la norma, prioritariamente desde su
espíritu, más que desde la letra misma.
i) Facilitar el logro de los objetivos institucionales, gracias al conocimiento previo de
la estructura funcional de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 2. JUSTIFICACIÓN. Las normas de Convivencia son elementos que orientan
el diario vivir en comunidad, fruto de la concertación o del contrato social; establecido
para asegurar a todos el desarrollo con calidad humana.
La Convivencia es fundamentalmente un cúmulo de relaciones entre seres humanos
con el entorno y con la naturaleza. Esta definición marca una gran complejidad para
este proceso social, por lo que exige que se adopten unos convenios, compromisos y
pautas que faciliten la comprensión y el cumplimiento del propósito fundamental:
Convivir en paz con los demás, con el entorno y con la naturaleza.
El principal fundamento de esta normativa radica en ser la condensación de los
preceptos reguladores de estamentos y personas que componen la estructura de la
Institución Educativa, la que para lograr su objetivo formador, precisa de la disciplina y
el orden funcional propios de un sistema que propicia el desarrollo de la persona,
respetando la diversidad y buscando con ello mejorar la calidad y equidad en la
Educación.
Se entienden incorporadas al marco legal del presente Manual para la Convivencia,
todos los Decretos y Sentencias legales que en materia de Educación se produzcan y
adquieran vigencia.
Siendo la Institución Educativa “JOSÉ MARIA BERNAL”, pionera en la formación con
calidad, se acoge a la normatividad legal y a los parámetros comportamentales y
académicos así:
1. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS: Adoptada y proclamada
por la Resolución de la asamblea general 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948.
2. SENTENCIAS DE TUTELA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL: Revisión de Manuales de
Convivencia (ST384/94 – ST366/97 – ST1109/02), Derechos de los Estudiantes
(ST075/95 – ST002/02), contenidos del Manual para la Convivencia (ST065/93 –
ST459/97), calidad de la Educación (ST341/93), libre desarrollo de la personalidad
(ST532/92 – ST569/94), embarazo y maternidad (ST377/95 – ST393/97), cupo
(ST316/94), dignidad humana (ST590/96), matrícula (ST442/02), entre otras.
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3. SENTENCIAS NORMALES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL: SC 481/98, SC 866/01 y
reingreso (SC555/94), entre otras.
4. SENTENCIAS DE UNIFICACIÒN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL: Cabello – peinado y
maquillaje (SU641/98).
5. LA SENTENCIA ST-917 DE 2006 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL: “Las Instituciones
Educativas comprenden un escenario en donde se aplica el Derecho sancionador.
Dichas instituciones tienen por mandato legal que regir sus relaciones de acuerdo
a reglamentos o Manuales de Convivencia. Esas normas deben respetar las
garantías y principios del Derecho al debido proceso. Las Instituciones Educativas
tienen la autonomía para establecer las reglas que consideren apropiadas para
regir las relaciones dentro de la Comunidad Educativa, lo que incluye el sentido o
la orientación filosófica de las mismas. Sin embargo, tienen el mandato de regular
dichas relaciones mediante reglas claras sobre el comportamiento que se espera
de los miembros de la Comunidad Educativa en aras de asegurar el debido proceso
en el ámbito disciplinario. Dichas reglas, para respetar el Derecho al debido
proceso, han de otorgar las garantías que se desprenden del mismo, así las faltas
sean graves. Las Instituciones Educativas tienen un amplio margen de
autorregulación en materia disciplinaria, pero sujeto a límites básicos como la
previa determinación de las faltas y las sanciones respectivas, además del previo
establecimiento del procedimiento a seguir para la imposición de cualquier
sanción”.
6. LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL NÚMERO 519 DE 1992: “Si bien la
Educación es un Derecho fundamental y el Estudiante debe tener la posibilidad de
permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de allí no
debe colegirse que la Institución Educativa está obligada a mantener
indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada
desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el
reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir
incumplimiento de los Deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el
Estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de
Derecho en cuanto causa perjuicio a la Comunidad Educativa e impide al plantel
los fines que le son propios”.
7. LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL NÚMERO 492 DE 1992: Determina
respecto a la Educación que “... es un Derecho – Deber en cuanto no solamente
otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo
cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del Derecho, pues quien no
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se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede en el discípulo que
desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario
que se comprometió a observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales
conductas...”.
8. LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SC - 481 DE 1998: Al interpretar el
artículo 16 de la Constitución que consagra el derecho al libre desarrollo de la
personalidad, la corte constitucional y la doctrina han entendido que: “ese
derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución
reconoce a las personas para auto determinarse, esto es, a darse sus propias
normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten
derechos de terceros”.
9. LA SENTENCIA ST-569 DE 1994 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL: “La educación
como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es
someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas
por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las
autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se
observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que
estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente
educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista
disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso
particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación
establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y
de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros.
El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo
exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.”
10. LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL NÚMERO 002 DE 1992: “Ahora bien,
una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la
existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se
encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana
además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda,
pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a sí mismo y
frente a los demás.” La Corte Constitucional insiste en que toda comunidad
requiere de un mínimo de orden y del imperio de la autoridad para que pueda
subsistir en ella una civilizada convivencia, evitando el caos que podría generarse
si cada individuo, sin atender reglas ni preceptos, hiciera su absoluta voluntad, aun
12
11.
12.
13.
14.
en contravía de los intereses comunes, en un mal entendido concepto del derecho
al libre desarrollo de la personalidad.”.
LA SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL NÚMERO 037 DE 1995: "La
disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro
de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en
cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por
una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las
instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos
acordes con un régimen disciplinario al que están obligados desde su ingreso,
equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la
educación".
LA SENTENCIA ST-366 DE 1997 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL: “El proceso
educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente
y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno
y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el
artículo 67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física
del menor y del adolescente, pues "el Estado, la sociedad y la familia son
responsables de la educación". No contribuye el padre de familia a la formación de
la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, so pretexto
de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus
faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos
todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.”
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991: El pueblo de Colombia en
ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la asamblea
nacional constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer
la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida, la Convivencia, el
trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un
marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político,
económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la
comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga la Constitución Política.
EL PLAN DECENAL DE EDUCACIÓN: Presenta el tema de la Educación para la
Convivencia, la paz y la democracia y presenta como uno de los desafíos para la
Educación nacional el fortalecimiento de la sociedad civil y la promoción de la
Convivencia ciudadana. Para tal efecto señala la importancia de construir reglas
del juego y forjar una cultura y una ética que permitan, a través del diálogo, del
debate democrático y de la tolerancia con el otro, la solución de los conflictos.
13
15. EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO (AGOSTO DE 1950): La finalidad primordial
de este código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre
empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y
equilibrio social; y el régimen de los servicios públicos.
16. LEY 30 DE ENERO 31 DE 1986: Por la cual se adopta el estatuto nacional de
estupefacientes y se dictan otras disposiciones. Esta legislación responsabiliza a las
secretarías de Educación de cada unidad territorial para desarrollar programas
preventivos de la drogadicción en las Instituciones Educativas privadas y oficiales
de todos los tipos y niveles, para constituir y fortalecer organizaciones
estudiantiles creativas, con el fin de apoyar y desarrollar los programas diseñados
por la secretaría correspondiente para prevenir los riesgos psicosociales.
17. LEY 115 DE FEBRERO 8 DE 1994: Por la cual se expide la Ley general de Educación.
18. LEY 133 DE MAYO 23 DE 1994: Por la cual se desarrolla el Derecho de libertad
religiosa y de cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política.
19. LEY 181 DE ENERO 18 DE 1995: Por la cual se dictan disposiciones para el fomento
del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación
física y se crea el sistema nacional del deporte.
20. LEY 375 DE JULIO 4 DE 1997: Por la cual se crea la Ley de la juventud y se dictan
otras disposiciones.
21. LEY 715 DE DICIEMBRE 21 DE 2001: Por la cual se dictan normas orgánicas en
materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356
y 357 (acto legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras
disposiciones para organizar la prestación de los servicios de Educación y salud,
entre otros.
22. LEY 734 DE FEBRERO 5 DE 2002: Por la cual se expide el código disciplinario único.
23. LEY 762 DE JULIO 31 DE 2002: Por medio de la cual se aprueba la "Convención
Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra
las personas con discapacidad", suscrita en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el
siete (7) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999). Ley de inclusión.
24. LEY 982 DE AGOSTO 2 DE 2005: Por la cual se establecen normas tendientes a la
equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordo-ciegas y se dictan
otras disposiciones.
25. LEY 1010 DE ENERO 23 DE 2006: Por medio de la cual se adoptan medidas para
prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco
de las relaciones de trabajo.
14
26. LEY 1013 DE ENERO 23 DE 2006 Y LEY 1029 DE JUNIO 12 DE 2006: Por la cual se
modifica el artículo 14 de la Ley 115 de 1994.
27. LEY 1014 DE ENERO 26 DE 2006: De fomento a la cultura del emprendimiento.
28. LEY 1098 DE NOVIEMBRE 8 DE 2006: Por la cual se expide el código de la infancia y
la adolescencia.
29. LEY 1146 DE JULIO 10 DE 2007: Por medio de la cual se expiden normas para la
prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y
adolescentes abusados sexualmente.
30. LEY 1453 DE JUNIO 24 DE 2011: Por medio de la cual se reforma el código penal, el
código de procedimiento penal, el código de infancia y adolescencia, las reglas
sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de
seguridad.
31. DECRETO 2277 DE SEPTIEMBRE 24 DE 1979: Por el cual se adoptan normas sobre el
ejercicio de la profesión Docente.
32. DECRETO 1423 DE 1993: Cómo evaluar y cambiar el Manual para la Convivencia
escolar.
33. DECRETO 1108 DE MAYO DE 1994: Ministerio de justicia - porte y consumo de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas. En su capítulo 3 prohíbe en todos los
Establecimientos Educativos del país, estatales y privados, el porte, consumo y
tráfico de estupefacientes y sustancias psicoactivas.
34. DECRETO 1860 DE AGOSTO 3 DE 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la
Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.
35. DECRETO 2082 DE NOVIEMBRE 18 DE 1996: Por el cual se reglamenta la atención
educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos
excepcionales. Ley de inclusión.
36. DECRETO 992 DE MAYO 21 DE 2002: Por el cual se reglamentan parcialmente los
artículos 11, 12, 13 y 14 de la Ley 715 de 2001 - Funciones fiscales del Rector.
37. DECRETO 1278 DE JUNIO 19 DE 2002: Por el cual se expide el estatuto de
profesionalización Docente.
38. DECRETO 1850 DE AGOSTO 13 DE 2002: Por el cual se reglamenta la organización
de la jornada escolar y la jornada laboral de Directivos Docentes y Docentes de los
Establecimientos Educativos estatales de Educación formal, administrados por los
Departamentos, distritos y Municipios certificados, y se dictan otras disposiciones.
39. DECRETO 1286 DE ABRIL 27 DE 2005: Por el cual se establecen normas sobre la
participación de los Padres de Familia en el mejoramiento de los procesos
15
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46.
educativos de los establecimientos oficiales y privados y se adoptan otras
disposiciones.
DECRETO 4500 DE DICIEMBRE 19 DE 2006: Por el cual se establecen normas sobre
la Educación religiosa en los establecimientos oficiales y privados de Educación
preescolar, básica y media de acuerdo con la Ley 115 de 1994 y la Ley 133 de 1994.
DECRETO 366 DE FEBRERO 9 DE 2009: Por medio del cual se reglamenta la
organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los Estudiantes
con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales, en el marco de
la Educación inclusiva.
DECRETO 1290 DE ABRIL 16 DE 2009: Por el cual se reglamenta la Evaluación del
aprendizaje y promoción de los Estudiantes de los niveles de Educación básica y
media.
RESOLUCIÓN 13342 DE JULIO 23 DE 1982: Por la cual se establece la estructura
administrativa interna y las funciones de los cargos para los planteles oficiales de
Educación básica (secundaria) y/o media vocacional.
RESOLUCIÓN DEPARTAMENTAL # 007658 DE MARZO 4 DE 2011: Por la cual se
crean los Equipos de Convivencia Escolar como estrategia pedagógica para la
prevención de la violencia escolar y la promoción de la convivencia, en los
Establecimientos Educativos de los Municipios no Certificados del Departamento
de Antioquia.
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: El P.E.I. es el proyecto educativo que
elabora cada Institución Educativa antes de entrar en funcionamiento y debe ser
concertado con la Comunidad Educativa: Estudiantes, Docentes, Directivos y
Padres de Familia. Este proyecto es el derrotero de la Institución durante su
existencia, aunque es susceptible de ser modificado cuando la Comunidad
Educativa lo requiera. "El Proyecto Educativo Institucional debe responder a
situaciones y necesidades de los Educandos, de la comunidad local, de la región y
del país, ser concreto, factible y evaluable". (art.73. Ley115/94).
DIRECTIVA MINISTERIAL # 002 DE FEBRERO 5 DE 2004: La Educación religiosa debe
ofrecerse en todos los Establecimientos Educativos de carácter estatal y no estatal,
de acuerdo con la Ley 115 de 1994 que la define como una de las áreas obligatorias
del conocimiento y la formación. Los Padres tienen el Derecho de escoger el tipo
de Educación religiosa y moral para sus hijos y es Deber del estado garantizarles
una Educación acorde con sus propias convicciones, de conformidad con los
tratados internacionales y con la Ley 133 de 1994, que desarrolla el artículo 19 de
16
la Constitución Política, Ley estatutaria sobre el Derecho de libertad religiosa y de
cultos.
47. DIRECTIVA MINISTERIAL # 07 DE FEBRERO 19 DE 2010: Por medio de la cual se
regula el uso del uniforme escolar.
48. ACUERDO EMITIDO POR EL CONSEJO DIRECTIVO: Por medio del cual se intervienen
asuntos relacionados con el área de gestión académica - pedagógica, como misión
esencial, en particular, los aspectos referentes a la adopción del Sistema
Institucional de Evaluación una vez realizados los ajustes de forma y de fondo.
ARTÍCULO 3. RESEÑA HISTÓRICA. El espacio físico en el cual se encuentra ubicada la
sede principal de la Institución desde el año 1968 fue en sus comienzos una finca
llamada Villa Capri, siendo constituida como quinta de veraneo de la familia Vásquez
Uribe de Medellín en la época de los años 20¨s, cuando el Municipio tuvo gran apogeo
como sitio de descanso de las familias prestantes de la ciudad de Medellín. Es la
Institución más antigua de secundaria del Municipio de Caldas. Funcionó desde su
creación en el año de 1881 en un local de propiedad del Municipio con el nombre de
“La Trinidad”, primer colegio de varones del distrito de Caldas y tuvo continuidad con
diferentes nombres; en el año de 1904 funcionó el colegio para varones “León XIII”,
reemplazado más tarde en 1910 por el colegio “La Unión”; en 1917 el colegio se llamó
“Instituto Caldas” hasta el año de 1936 cuando desaparece la secundaria en el
Municipio por un lapso de 17 años. En el año de 1952 reaparece con el nombre de
“Instituto Francisco José de Caldas” hasta el año de 1963. A partir de 1964 el
presbítero Godofredo Gómez párroco de la parroquia de nuestra señora de las
Mercedes lo entrega a la Secretaría de Educación de Antioquia, llamándose “Liceo
Departamental de Varones de Caldas” hasta el año de 1968; en este año el Rector de
la Institución recibió una comunicación de la secretaría de que el Liceo continuará
llamándose “Liceo José María Bernal” por Ordenanza # 10 de diciembre 18 de 1967. El
cambio se da por medidas políticas, el doctor José María Bernal fue Gobernador de
Antioquia en el año de 1949 dentro de todos los meritos que tuvo como dirigente
político. El 18 de enero de 1982 mediante el Decreto # 0014, emanado de la
Gobernación del Departamento de Antioquia, en sus artículos 9 y 10, se crea a partir
del año lectivo de 1982 el “Liceo José María Bernal segunda agrupación”, que funcionó
en la jornada de la tarde y en la jornada de la mañana el “Liceo José María Bernal
primera agrupación”.
En septiembre 3 de 1997 se da la Resolución Departamental # 1180 y se integran el
“Liceo José María Bernal primera agrupación” y el “Liceo José María Bernal segunda
17
agrupación” en un solo establecimiento que se seguirá denominando “Liceo José
María Bernal”.
Con la Resolución Departamental # 0595 del 29 de enero de 2003 con la cual se
fusionan unos Establecimientos Educativos, el “Liceo José María Bernal” y las escuelas
“Joaquín Aristizabal” – “Santa Inés” y “Jorge Valencia Jaramillo” y la sección primaria
“Federico Ángel” que más tarde se convirtió en Institución Educativa, en adelante se
denominó “Institución Educativa José María Bernal”, emitida por la Secretaría de
Educación y Cultura de Antioquia en cumplimiento de los lineamientos establecidos en
la Constitución Nacional de 1991 en sus artículos 67 y 68, la Ley 115 de 1994 en su
artículo 87 y la Ley 715 de 2001.
PARÁGRAFO 1. RESEÑA HSTÒRICA. En documento que reposa en la biblioteca del
plantel, aparece consignado que el liceo fue primeramente una entidad privada que
data desde 1908; en 1920, fue clausurado y retorna también como privado a partir de
1930. Por acuerdo municipal # 78 de diciembre 30 de 1952, firmado por el Alcalde, se
creó el colegio “Instituto Francisco José de Caldas” para personal masculino. Como
colegio municipal funcionó hasta cuando por Ordenanza # 9 del 18 de noviembre de
1963 de la Asamblea de Antioquia se dispuso la departamentalización del mismo
instituto con el nombre del Liceo Departamental de Caldas.
ARTÍCULO 4. IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN. La Institución de carácter oficial
está constituida desde el año 2003 con todos los niveles establecidos por la Ley 115;
integrada por las secciones de preescolar y primaria: Joaquín Aristizabal, Santa Inés,
Jorge Valencia Jaramillo; y la sección de secundaria y media.
Actualmente cuenta con una capacidad instalada para atender aproximadamente: 215
Estudiantes en Educación preescolar (6 grupos), 1556 Estudiantes en Educación básica
primaria (40 grupos), 1488 Estudiantes en Educación básica secundaria (36 grupos) y
619 Estudiantes en Educación media (15 grupos), para un total de 3878 Estudiantes (97
grupos).
NOMBRE OFICIAL: INSTITUCIÓN EDUCATIVA “JOSÉ MARÍA BERNAL”.
 NORMA DE CREACIÓN: Resolución departamental Nº 0595 de 29/01/03.
 ENTIDAD TERRITORIAL: Departamento de Antioquia.
 MUNICIPIO: Caldas.
 NATURALEZA: Oficial.
 CARÁCTER: Mixto.
 NIVELES: Preescolar - Básica primaria y secundaria - Educación Media (Académica).
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MODALIDAD: Académica.
CALENDARIO: A.
NÚCLEO EDUCATIVO: Código 906 – Teléfono 2 78 04 17
DIRECCIÓN DE LA SEDE ADMINISTRATIVA: Calle 127 D SUR Nº 54 - 51 Barrio “Villa
Capri”.
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA (E-MAIL): [email protected]
PÁGINA WEB: www.jomaber.edu.co
TELÉFONOS: Rectoría 2 78 00 41 – Secretaría 2 78 17 77 - 2 78 10 05 TEL/FAX –
Biblioteca 30 31 301 – Psicología 30 33 952 - Coordinación general bachillerato
2 78 17 78 - Coordinación académica bachillerato 2 78 09 00 - Coordinación general
“Joaquín Aristizabal” 2 78 00 21 TEL/FAX - Coordinación general “Santa Inés”
2 78 68 26 TEL/FAX - Coordinación general “Jorge Valencia Jaramillo” 2 78 10 86
TEL/FAX.
NIT: 811011585-6.
CÓDIGOS ICFES SABER: 001495.
CÓDIGO DANE: 105129000216.
FONDO DE SERVICIOS EDUCATIVOS: Cuentas corrientes N° 29500345-3 y
038569997968. DAVIVIENDA.
DIRECTIVOS DOCENTES: Rector 1 – Coordinadores 6.
PLAZAS DOCENTES: 115.
PERSONAL DE APOYO: 1 asesora psicológica – 1 bibliotecólogo – 1 secretaria
académica y 4 auxiliares administrativas. 4 de planta para oficios varios (3
vigilantes y 1 aseadora) y 8 por contrato a término fijo (5 aseadoras, 1 vigilante y 2
granjeros).
ARTÍCULO 5. SITUACIÓN LEGAL DE LA INSTITUCIÓN. La Institución Educativa “José
María Bernal” se creó mediante Resolución Nº 0595 del 29 de enero de 2003 emitida
por la Secretaría de Educación y Cultura de Antioquia en cumplimiento de los
lineamientos establecidos en la Constitución Nacional de 1991, artículos 67 y 68, la
Ley 115 de 1994, artículo 87 y la Ley 715 de 2001.
ARTÍCULO 6. EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL. Toda
Institución Educativa debe organizar un gobierno escolar para la participación
democrática de todos los estamentos de la comunidad (artículo 142, Ley 115 de 1994).
19
En la Institución Educativa “JOSÉ MARÍA BERNAL”, el gobierno escolar facilita la
participación activa, democrática y libre de todos los agentes educativos en el manejo
de las diferentes actividades escolares y en la toma de decisiones que se desarrollan
en el año escolar, como las disposiciones curriculares, el buen comportamiento,
organización de proyectos, actos culturales cívicos y religiosos, recuperación de
valores y de responsabilidades.
Por medio del gobierno escolar, la Comunidad Educativa debe fomentar las relaciones
de cooperación, compañerismo, civismo y urbanidad, evitando competencias
innecesarias que limiten el pensamiento crítico y creativo.
Al tenor del artículo 142 de la Ley 115 de 1994, el gobierno escolar está constituido
por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
PARÁGRAFO 1. EL RECTOR es el representante legal de la Institución y ejecutor de las
políticas y orientaciones trazadas por el gobierno escolar. Sus funciones, establecidas
en el artículo 10 de la Ley 715 de 2001 y en concordancia con el artículo 25 del
Decreto 1860 de 1994, son:
a) Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de
los distintos actores de la Comunidad Educativa.
b) Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar
los distintos órganos del gobierno escolar.
c) Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad
escolar.
d) Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su
ejecución.
e) Dirigir el trabajo de los equipos Docentes y establecer contactos
interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
f) Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al
personal Docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del
personal a la secretaría de Educación distrital, municipal, departamental o quien
haga sus veces.
g) Administrar el personal asignado a la Institución en lo relacionado con las
novedades y los permisos.
h) Participar en la definición de perfiles para la selección del personal Docente, y en
su selección definitiva.
i) Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de Docentes, Directivos
Docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la
materia.
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j)
Realizar la Evaluación anual del desempeño de los Docentes, Directivos Docentes y
administrativos a su cargo.
k) Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno
disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
l) Proponer a los Docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
m) Suministrar información oportuna al Departamento, distrito o Municipio, de
acuerdo con sus requerimientos.
n) Responder por la calidad de la prestación del servicio en su Institución.
o) Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada
seis meses.
p) Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se
le asignen, en los términos de la presente Ley.
q) Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los
Padres de Familia, los Docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga
Docente de cada uno de ellos.
r) Las demás que le asigne el Gobernador o Alcalde para la correcta prestación del
servicio educativo.
NOTA: A partir del año 2001, la normatividad establece que los Rectores de las
Instituciones Educativas públicas, serán designados por concurso de méritos.
PARÁGRAFO 2. EL CONSEJO DIRECTIVO es una instancia directiva, de participación de
la Comunidad Educativa y de orientación académica y administrativa de la Institución.
Será convocado y presidido por el Rector y estará integrado además, por: Dos
representantes de los Docentes de la Institución; Dos representantes de los Padres de
Familia; Un representante de los Estudiantes que debe estar cursando el último grado
que ofrezca la Institución; Un representante de los Egresados y Un representante de
los sectores productivos. Sus funciones, contempladas en el artículo 144 de la Ley 115
de 1994 y en concordancia con el artículo 25 del Decreto 1860 de 1994 y el Decreto
992 de 2002, son:
a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean
competencia de otra autoridad.
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre Docentes y
administrativos con los Estudiantes del plantel educativo.
c) Adoptar el reglamento de la Institución, de conformidad con las normas vigentes y
en concordancia con el Decreto 1860 de 1994 – artículo 17.
d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles.
21
e) Asumir la defensa y garantía de los Derechos de toda la Comunidad Educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
f) Aprobar el plan anual de actualización del personal de la Institución presentado
por el Rector.
g) Participar en la planeación y Evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del
currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de
Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el
cumplimiento de los requisitos.
h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
Estudiante.
j) Participar en la Evaluación anual de los Docentes, Directivos Docentes y Personal
Administrativo de la Institución.
k) Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
l) Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
Comunidad Educativa.
m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
Instituciones Educativas.
n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de
recolectarlos.
NOTA: En virtud de lo estipulado en el artículo 21 del Decreto 1860 de 1994 y el
artículo 8 del Decreto 1286 de 2005, dicho consejo en los Establecimientos Educativos
estatales estará integrado dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al
de la iniciación de clases de cada período lectivo anual y entrará en ejercicio de sus
funciones. Con tal fin el Rector convocará con la debida anticipación, a los diferentes
estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. Una vez ejecutada la
convocatoria, quedará integrado por:
1. El Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por trimestre y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
2. Dos representantes del personal Docente – uno por la primaria y otro por el
bachillerato, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de Docentes.
3. Dos representantes de los Padres elegidos por el Consejo de Padres de Familia, en
una reunión convocada para tal fin por el Rector del Establecimiento Educativo dentro
de los primeros treinta días del año lectivo. Dichos representantes solo podrán ser
22
reelegidos por un período adicional y en todo caso deben ser Padres de Estudiantes
del Establecimiento Educativo.
4. Un representante de los Estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los
Estudiantes que se encuentren cursando el último grado de Educación ofrecido por la
Institución.
5. Un representante de los Egresados elegido por el Consejo Directivo, de ternas
presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto,
por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante
de los Estudiantes.
6. Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o
subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del
Establecimiento Educativo. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de
candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
PARÁGRAFO 3. EL CONSEJO ACADÉMICO es el órgano orientador de la Institución en lo
académico, curricular y evaluativo. Será convocado y presidido por el Rector o por el
Coordinador que este delegue. Está integrado además por los Directivos Docentes de
la Institución y un Docente por cada área o grado que ofrezca, que podrá ser elegido
por los integrantes de la respectiva área o grado, o por el Rector si las circunstancias lo
permiten para una mejor organización. Sus funciones, asignadas mediante el artículo
24 del Decreto 1860 de 1994 y en concordancia con lo estipulado en la Ley 115 de
1994, son:
a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del
Proyecto Educativo Institucional.
b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el mencionado
Decreto.
c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
d) Participar en la Evaluación institucional anual.
e) Integrar los consejos de Docentes para la Evaluación periódica del rendimiento de
los Educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso
general de Evaluación.
f) Recibir y decidir los reclamos de los Estudiantes sobre la Evaluación educativa.
g) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
Proyecto Educativo Institucional.
23
ARTÍCULO 7. MEDIOS DE PARTICIPACIÓN Y DIRECCIÓN EN LA ORGANIZACIÓN
INSTITUCIONAL. En el gobierno escolar serán consideradas las iniciativas de los
Estudiantes, de los Educadores, de los Directivos Docentes, del Personal
Administrativo, del personal de servicios generales y de los Padres de Familia en
aspectos tales como la adopción - ajustes y verificación del reglamento escolar, la
organización de las actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas y
comunitarias, la conformación de organizaciones juveniles y demás acciones que
redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. Además,
según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 115 de 1994, la Comunidad Educativa está
constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización,
desarrollo y Evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en una
determinada Institución Educativa. Por tal motivo, se garantiza la participación a
través de otros estamentos, tales como:
PARÁGRAFO 1. EL (LA) PERSONERO(A) ESTUDIANTIL será un Estudiante que curse el
último grado que ofrezca la Institución, encargado de promover el ejercicio de los
Deberes y Derechos de los Estudiantes consagrados en la Constitución Política, las
Leyes, los reglamentos y el Manual para la Convivencia. Bajo la responsabilidad directa
del equipo de Docentes del área de ciencias sociales, el Rector convocará a todos los
Estudiantes matriculados con el fin de elegirlo(a) por el sistema de mayoría simple y
mediante voto secreto. Una vez elegido(a) dentro de los treinta días calendario
siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo anual, será posesionado(a)
y entrará en ejercicio de sus funciones.
1. FUNCIONES: En virtud de lo consagrado en el artículo 94 de la Ley 115 y el Decreto
1860 de 1994, el Personero(a) de los Estudiantes tendrá las siguientes funciones:
a) Promover el cumplimiento de los Derechos y Deberes de los Estudiantes, para lo
cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la
colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de
deliberación.
b) Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los Educandos sobre lesiones
a sus Derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el
incumplimiento de las obligaciones de los Estudiantes.
c) Presentar ante el Rector o Coordinador, según sus competencias, las solicitudes de
oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los Derechos de los
Estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus Deberes.
d) Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del
Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
24
2. REVOCATORIA DEL CARGO: En el momento de la posesión y mediante acta de
compromiso debidamente firmada por las partes (Estudiante, Docentes y Directivos
Docentes), el Estudiante acepta la revocatoria de su mandato por incumplimiento con
los perfiles de liderazgo, las funciones inherentes al cargo, mal comportamiento
dentro o fuera de la Institución y/o bajo rendimiento académico. Su elección podrá ser
revocada en primera instancia por el Consejo Estudiantil con la aprobación del Consejo
Directivo. Dicho proceso tendrá el acompañamiento y la supervisión de los Educadores
del área de ciencias sociales.
3. INCOMPATIBILIDAD: El ejercicio del cargo de Personero(a) de los Estudiantes es
incompatible con el de representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.
4. REQUISITOS: Para desempeñarse como Personero(a) es necesario:
a) Acreditar la permanencia en la Institución durante 2 ó más años consecutivos.
b) Presentar un plan de trabajo que denote claridad en las metas que se propone
alcanzar.
c) Evidenciar el apoyo de los Estudiantes, obteniendo la mayoría de votos en la
jornada democrática donde se realicen dichas elecciones.
d) Evidenciar mediante la ficha observador, un buen comportamiento y rendimiento
académico durante los años de estudio en la Institución.
e) Estar matriculado en el último grado que ofrece la Institución (grado 11º).
f) Mostrar capacidad de liderazgo y calidad en las relaciones interpersonales.
g) Corresponder al perfil consagrado en este mismo Manual.
PARÁGRAFO 2. EL CONSEJO ESTUDIANTIL es un ente que aglutina a todos los
Estudiantes de la Institución mediante la integración de todos los representantes
estudiantiles, incluido el o la personera, el o la Contralora y el o la representante al
Consejo Directivo. En todos los Establecimientos Educativos el Consejo de Estudiantes
es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la
participación por parte de los Educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno
de los grados ofrecidos por la Institución Educativa. El Rector convocará para la misma
fecha en que se elige Personero(a) estudiantil, a los representantes estudiantiles de
cada grupo, con el fin de que elijan por el sistema de mayoría simple y mediante
votación secreta, su vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Los representantes
estudiantiles del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria,
elegirán un vocero único entre los representantes estudiantiles que cursan el tercer
grado. Corresponde al Consejo de Estudiantes:
a) Darse su propia organización interna.
25
b) Elegir el representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo del
establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
c) Invitar a sus deliberaciones a los Estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil.
d) Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya
este Manual para la Convivencia.
NOTA: El representante de que trata el literal b será elegido de una terna de
Estudiantes del grado once, escogida y sugerida por los Educadores del área de
ciencias sociales y los directores de grupo del grado en mención.
PARÁGRAFO 3. En consideración a lo consagrado en el artículo 5 del Decreto 1286 de
2005, EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA es un órgano de participación de los Padres
de Familia de la Institución Educativa, destinado a asegurar su participación continúa
en el proceso educativo con el propósito de elevar los resultados de calidad del
servicio. Estará integrado por un (1) padre de familia por cada uno de los grados que
ofrezca el Establecimiento Educativo. La conformación del consejo de Padres es
obligatoria y tiene como función primordial participar en la orientación de la calidad
del servicio educativo y por tanto en el diseño, implementación y ajuste del Proyecto
Educativo Institucional, PEI.
Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de
iniciación de las actividades académicas, el Rector del Establecimiento Educativo con
la colaboración de los directores de grupo, convocará a los Padres de Familia y/o
acudientes para que elijan a su vocero en el grupo correspondiente. La elección de los
representantes de los Padres que conformarán dicho consejo para el correspondiente
año lectivo, se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al
menos, el cincuenta por ciento (50%) de los Padres voceros de cada grupo o de los
Padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.
El consejo de Padres de Familia Deberá conformarse en todos los Establecimientos
Educativos. Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el
Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del Establecimiento
Educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerden con el Rector. Los
comités podrán contar con la participación de un directivo o Docente del
Establecimiento Educativo designado por el Rector para tal fin.
El consejo de Padres es un órgano de participación educativa que no requiere registro
ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrán establecer cuotas de
afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres
veces al año por convocatoria del Rector, o por Derecho propio. Las sesiones del
26
consejo de Padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.
Las secretarías de Educación apoyarán a los Establecimientos Educativos para que se
conformen los consejos de Padres de Familia y solicitarán informes periódicos sobre su
funcionamiento (artículo 6 del Decreto 1286 de 2005). Según el artículo 7 del
mencionado Decreto, corresponde al consejo de Padres de Familia:
a) Contribuir con el Rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las
evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado.
b) Exigir que el establecimiento con todos sus Estudiantes participe en las pruebas de
competencias y de estado realizadas por el Instituto Colombiano para la Evaluación de
la Educación, ICFES.
c) Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
Establecimiento Educativo, orientadas a mejorar las competencias de los Estudiantes
en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
d) Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los
objetivos planteados.
e) Promover actividades de formación de los Padres de Familia encaminadas a
desarrollar estrategias de acompañamiento a los Estudiantes para facilitar el
afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio
extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de Convivencia y especialmente
aquellas destinadas a promover los Derechos del niño.
f) Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y
concertación entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa.
g) Presentar propuestas de mejoramiento del Manual para la Convivencia en el marco
de la constitución y la Ley.
h) Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de
los Educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de
problemas de integración escolar y el mejoramiento del entorno ambiental.
i) Elegir al padre de familia que participará en la comisión de Evaluación y promoción
de acuerdo a lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación.
j) Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que
surjan de los Padres de Familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y
16 del Decreto 1860 de 1994.
k) Elegir los dos representantes de los Padres de Familia en el Consejo Directivo del
Establecimiento Educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9
del Decreto 1286 de 2005.
NOTAS: El Rector del Establecimiento Educativo proporcionará toda la información
27
necesaria para que el consejo de Padres pueda cumplir sus funciones. Este consejo
ejercerá sus funciones en directa coordinación con el Rector y requerirá de expresa
autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al Establecimiento
Educativo ante otras instancias o autoridades.
PARÁGRAFO 4. Para todos los efectos LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA es una
entidad jurídica de Derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la
decisión libre y voluntaria de los Padres de Familia de los Estudiantes matriculados en
la Institución Educativa. Sólo existirá una asociación de Padres de Familia para el
Establecimiento Educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el
artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya
adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la cámara de comercio. Su
patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del Establecimiento
Educativo. En virtud de lo consagrado en el artículo 9 del Decreto 1286 de 2005, sólo
pertenecerán a ella quienes libremente se asocien, quienes a su vez recibirán su
respectivo carné y copia de los estatutos en el momento de la afiliación.
La asamblea general de la asociación de Padres es diferente de la asamblea general de
Padres de Familia, ya que esta última está constituida por todos los Padres de Familia
de los Estudiantes del Establecimiento Educativo, pertenecientes o no a la asociación.
Cuando el número de afiliados a la asociación de Padres alcance la mitad más uno de
los Padres de Familia de los Estudiantes de la Institución Educativa, la asamblea de la
asociación elegirá uno de los dos representantes de los Padres ante el Consejo
Directivo, caso en el cual el consejo de Padres elegirá solamente a un padre de familia
como miembro del Consejo Directivo. En el momento de la afiliación el padre de
familia recibirá copia de los estatutos de la asociación en los que conste que ha sido
inscrita en la cámara de comercio.
De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1286 de 2005, el patrimonio de la
asociación de Padres de Familia y su gestión deben estar claramente separados de los
del Establecimiento Educativo. Será administrado únicamente por la junta directiva de
la asociación de acuerdo con los estatutos. Esta designará al responsable del recaudo
de los ingresos que por distintos conceptos reciba la asociación quien, en ningún caso,
podrá ser un directivo, administrativo o Docente del Establecimiento Educativo. La
junta directiva Deberá entregar a sus afiliados al menos un informe semestral sobre su
gestión académica, administrativa y financiera.
La junta directiva designará al responsable del recaudo y uso de los ingresos que por
distintos conceptos reciba la asociación de acuerdo con la planeación financiera
28
establecida por la misma. El responsable de los aspectos financieros de la asociación
Deberá tener póliza de manejo.
Los bienes de la asociación de Padres de Familia que favorezcan a la formación de los
Educandos podrán ser puestos al servicio del establecimiento en los términos del
acuerdo que se establezca entre la asociación y la dirección del establecimiento, en el
cual se definan los mecanismos que permitan su uso, sostenimiento y mantenimiento.
NOTA: Las cuotas extraordinarias serán de destinación específica y solo podrán
exigirse si son aprobadas por las tres cuartas (3/4) partes de los asistentes a la
asamblea general de asociados, convocada con la debida anticipación. En ningún caso,
la asociación podrá establecer cuotas que no estén sustentadas en un plan de
desarrollo y plan anual de caja.
Las principales finalidades de la asociación de Padres de Familia según el artículo 10
del Decreto 1286 de 2005, son las siguientes:
a) Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento
del Establecimiento Educativo.
b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos
los miembros de la Comunidad Educativa.
c) Promover los procesos de formación y actualización de los Padres de Familia.
d) Apoyar a las familias y a los Estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias
para mejorar sus resultados de aprendizaje.
e) Promover entre los Padres de Familia una cultura de Convivencia, solución pacífica
de los conflictos y compromiso con la legalidad.
f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y
propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su Formación Integral de
conformidad con lo establecido en el código de la infancia y la adolescencia.
Según el artículo 12 del Decreto 1286 de 2005, les está prohibido a las asociaciones de
Padres de Familia:
a) Solicitar a los asociados o aprobar a cargo de estos, con destino al Establecimiento
Educativo, bonos, contribuciones, donaciones, cuotas, formularios, o cualquier forma
de aporte en dinero o en especie, o imponer la obligación de participar en actividades
destinadas a recaudar fondos o la adquisición de productos alimenticios de
conformidad con lo establecido en la Sentencia T-161 de 1994.
b) Imponer a los asociados la obligación de participar en actividades sociales, adquirir
uniformes, útiles o implementos escolares en general, en negocios propios de la
asociación o de miembros de esta, o en aquellos con los que establezcan convenios.
29
c) Asumir las competencias y funciones propias de las autoridades y demás organismos
colectivos del Establecimiento Educativo, o aquellas propias de los organismos y
entidades de fiscalización, Evaluación, inspección y vigilancia del sector educativo.
d) Organizar, promover o patrocinar eventos en los cuales se consuma licor o se
practiquen juegos de azar.
NOTA: Los miembros de la junta directiva de la asociación de Padres de Familia no
podrán contratar con la respectiva asociación. Tampoco podrán hacerlo sus Padres,
cónyuges o compañeros permanentes o parientes dentro del segundo grado de
consanguinidad o segundo de afinidad.
PARÁGRAFO 5. LOS COMITÉS DE CONVIVENCIA. Es un órgano consultor del Consejo
Directivo y del Rector, encargado de asesorar a estas instancias en la Resolución de
situaciones relacionadas con la Convivencia y la disciplina. Está conformado por
representantes de todos los estamentos de la Comunidad Educativa. Es un espacio de
participación democrática, conformado por representantes de todos los estamentos.
Entre las atribuciones de este comité están: Realizar actividades y talleres para
fomentar la Convivencia y los valores; divulgar los Derechos fundamentales, así como
los de los niños, niñas y adolescentes; instalar mesas de conciliación para la Resolución
pacífica de conflictos; y hacer seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el
Manual para la Convivencia. Deben reunirse ordinariamente al finalizar cada período
académico, una vez conocida la valoración comportamental realizada por el director
de grupo y el Coordinador de Convivencia, en dicha reunión, estudiarán las acciones
correctivas y/o sancionatorias para aquellos Estudiantes con desempeño bajo.
En virtud de lo estipulado en la resolución departamental # 007658 de marzo 4 de
2011, la institución se acoge a lo siguiente:
CONFORMACIÓN DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Docente Coordinador de
Convivencia o de disciplina, Personero escolar, Dos representantes de estudiantes de
básica primaria: uno de 4 grado y otro de 5 grado, Un representante de estudiantes
por cada grado de básica secundaria, Un representante de estudiantes por cada grado
de la media, Tres docentes: uno de básica primaria, uno de básica secundaria y uno de
la media y Tres padres de familia de los diferentes niveles que ofrece la Institución
Educativa.
OBJETIVO GENERAL: Apoyar y orientar a los Establecimientos Educativos de los
Municipios no Certificados del Departamento en la construcción, ejecución,
seguimiento y evaluación de planes, programas, proyectos y demás acciones
encaminadas a la prevención de la violencia escolar y la promoción de la convivencia.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
30
1. Ofrecer a los Establecimientos Educativos posibilidades y alternativas pedagógicas
para el tratamiento y solución acertada del conflicto y para la promoción de la
Convivencia Escolar.
2. Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa una
formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión a
partir de la práctica de principios y valores encaminados a lograr la sana
convivencia.
3. Promover la revisión y reelaboración participativa de los manuales de convivencia
escolar para su re contextualización y pertinencia de acuerdo a los cambios del
contexto social y escolar.
4. Elaborar reflexividad y conocimiento permanente sobre la situación de la
convivencia escolar que contribuya a la generación de mejores políticas y
estrategias en el tratamiento de conflictos.
El Equipo de Convivencia Escolar, se regirá por el siguiente reglamento:
1. Una vez conformado el Equipo de Convivencia Escolar, se procede a nombrar un
líder, quien será el responsable de liderar todas las acciones en torno a la
convivencia con el apoyo de los demás integrantes y reportar a la Secretaría de
Educación para la Cultura los avances y logros referidos a los procesos de
convivencia escolar.
2. La participación de los integrantes del equipo es indelegable, salvo casos de fuerza
mayor debidamente justificada ante el líder.
3. El Equipo de Convivencia, se reunirá cada mes y de manera extraordinaria cuando
así lo solicite el líder o por solicitud sustentada de los demás integrantes.
4. La inasistencia sin causa justificada a dos reuniones, dará lugar a nombrar el
reemplazo de este integrante.
5. De cada reunión, se levantará un acta que permitirá registrar el proceso vivido, así
como las propuestas, sugerencias, recomendaciones y avance de cada una de las
actividades realizadas.
6. El Equipo de Convivencia Escolar debe elegir un(a) secretario(a) y tendrá las
siguientes responsabilidades:
 Elaborar el acta de las reuniones y archivarla una vez sea aprobada y firmada por
quienes intervinieron.
 Convocar a las reuniones que se programen, indicando fecha, hora, lugar y la
respectiva agenda.
 Las demás responsabilidades que le asigne el líder del equipo de Convivencia
Escolar.
31
FUNCIONES DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: El Equipo de Convivencia Escolar,
orientará sus actuaciones dirigidas a la promoción de la convivencia escolar, sus
funciones son:
1. Realizar una oportuna valoración y análisis de los ambientes escolares para
orientar el plan de trabajo del Equipo de Convivencia en el tratamiento de las
situaciones que puedan generar conflicto y realizar seguimiento a su evolución.
2. Diseñar, planear, vigilar y evaluar las políticas y actividades de prevención de la
violencia escolar y promoción de la convivencia estableciendo metas y objetivos
en el plan de trabajo.
3. Liderar la elaboración de una visión compartida y un plan de trabajo que reciba el
apoyo de las Directivas del Establecimiento Educativo.
4. Identificar necesidades, solicitar ideas, estimular la participación de todos
miembros de la comunidad en la generación de prácticas y propuestas de
convivencia escolar, así como vincular las actividades escolares con otras
actividades de la comunidad con el fin de fortalecer y extender su impacto.
5. Liderar la construcción, ajuste y socialización de los Manuales de Convivencia con
los diferentes actores educativos.
6. Proponer estrategias, mecanismos y procedimientos para el tratamiento de los
conflictos y promoción de la convivencia en los Establecimientos Educativos.
7. Mantener informada a la comunidad educativa,
de las propuestas
implementadas en pro del mejoramiento de la convivencia y llevar actas, registros
y descripciones adecuadas de las intervenciones realizadas.
8. Planear estrategias de formación y actualización en temas relacionados con la
convivencia escolar que desarrolle competencias y habilidades en los integrantes
del Equipo de Convivencia, para apoyar y participar en el desarrollo de actividades
encaminadas a la promoción de la convivencia y el tratamiento y manejo de los
conflictos.
9. Diseñar y participar en procesos de movilización que incluyan elementos de
comunicación donde participen padres de familia, estudiantes, autoridades locales
y comunidad en general para construir cultura ciudadana en torno a una
convivencia sana y democrática en el aula, el establecimiento educativo y la
comunidad.
VIGENCIA: El equipo de Convivencia Escolar, tendrá una vigencia de dos años, durante
los cuales se reemplazarán los representantes de los estudiantes que se promocionan
del grado once o los miembros que por decisión propia o del equipo, se retiren; con el
32
propósito de continuar con el mismo número de integrantes con el cual fue creado el
respectivo Equipo de Convivencia Escolar.
Una vez cumplidos los dos años de funcionamiento del Equipo de Convivencia Escolar,
se procederá a nombrar los integrantes del nuevo Equipo.
PARÁGRAFO 6. EL (LA) CONTRALOR(A) ESTUDIANTIL. De acuerdo a lo estipulado en la
Ordenanza departamental # 026 de diciembre 10 de 2009, la figura del Contralor
estudiantil se articulará al proceso del gobierno escolar, para garantizar coherencia e
integralidad en este ejercicio de participación juvenil.
1. FUNCIONES: Los Contralores estudiantiles tendrán como funciones las siguientes:
a) Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de las
Instituciones Educativas.
b) Promover la rendición de cuentas en las Instituciones Educativas.
c) Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen
mediante los fondos de servicios educativos.
d) Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la Institución
Educativa.
e) Canalizar las inquietudes que tenga la Comunidad Educativa, sobre deficiencias
o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las
Instituciones Educativas.
f) Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al Consejo
Directivo, sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.
g) Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que
tengan merito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y
sanción que resulten procedentes.
h) Comunicar a la Comunidad Educativa, los resultados de la gestión realizada
durante el periodo.
i) Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el presupuesto y el plan de
compras de la Institución Educativa.
j) Velar por el cuidado del entorno ambiental.
2. ELECCIÒN Y PERÌODO: El Contralor estudiantil será elegido democráticamente por
los Estudiantes en cada Institución Educativa; podrán aspirar a ser Contralores
escolares, los alumnos y alumnas de Educación media básica del grado 10° de las
Instituciones Educativas oficiales. De la elección realizada, se levantará un acta
donde conste quienes se presentaron a la elección, número de votos obtenidos,
declarar la elección de Contralor y quien lo sigue en votos. El acta de elección debe
ser firmada por el Rector de la Institución y el representante de la asociación de
33
Padres de Familia. El Contralor estudiantil debe elegirse el mismo día de las
elecciones para Personero estudiantil, con el fin acentuar la fiesta de la
democracia escolar; articulando y dándole fuerza al gobierno escolar.
3. RECONOCIMIENTO: Quien sea elegido Contralor estudiantil y ejerza su cargo
durante todo el año lectivo para el cual fue elegido, se le reconocerá como
prestación del Servicio Social Estudiantil Obligatorio.
4. INCOMPATIBILIDAD: El ejercicio de Contralor estudiantil es incompatible con el del
Personero estudiantil y con el de los representantes de los Estudiantes ante el
Consejo Directivo. Sin embargo debe estar articulado al gobierno escolar.
CAPITULO II
HORIZONTE INSTITUCIONAL – DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
ARTÍCULO 8. MISIÓN. La Institución Educativa “JOSE MARÍA BERNAL”, entidad de
carácter oficial del Municipio de Caldas - Antioquia, ofrece sus servicios educativos en
los niveles de Educación preescolar, básica y media, y propende por el desarrollo
integral de la persona y por la formación general de los Educandos a través de pautas
curriculares progresivas y acciones estructuradas que le permitan el acceso, de manera
flexible, crítica y creativa, al conocimiento científico, tecnológico, artístico,
humanístico y de sus relaciones con el entorno social y con la naturaleza, apoyados en
procesos de desarrollo integrales e integradores que preparan al Estudiante para el
desempeño laboral, para la continuidad en la Educación superior y/o para mostrar
actitudes de cuidado y valoración del entorno ecológico y sociológico.
ARTÍCULO 9. VISIÓN. En el año 2015, la Institución Educativa “JOSÉ MARÍA BERNAL”,
estará posicionada como entidad líder y formadora en los niveles de Educación
preescolar, básica y media, apoyada en criterios de inclusión con equidad y como líder
en la Formación Integral de seres humanos con pensamiento crítico, con relaciones
soportadas en la sana Convivencia, con sentido ecológico, gestores de conocimiento y
con capacidad para interactuar con la ciencia, la tecnología y el entorno socio-cultural
y ambiental.
ARTÍCULO 10. VALORES INSTITUCIONALES. Desde el punto de vista pedagógico, los
valores son objetivos que nos proponemos en la Educación y parte de la concepción
que tenemos del ser humano. Es aquello que consideramos como bueno, crucial para
nuestros Estudiantes y por ende para la Institución. Siempre asumiendo que todos los
valores que rodean el desarrollo humano son igualmente tenidos en cuenta por la
34
Educación y consecuentemente con la realidad social se promoverán como valores
Rectores de nuestra acción pedagógica los siguientes;
a) EXCELENCIA: Entendida como la tendencia a sobrepasar el cumplimiento de los
requisitos establecidos, con el ánimo de desempeñarse siempre mejor.
b) RESPETO: Es vivir y convivir en armonía con las Leyes naturales y sociales para
crecer en la diferencia, en un mundo lleno de desigualdades.
c) RESPONSABILIDAD: Es la habilidad para responder con diligencia y ecuanimidad al
Deber universal de hacer las cosas bien, como garantía del cumplimiento de los
compromisos adquiridos y la generación de confianza entre las personas.
d) GRATITUD: Sentimiento que se manifiesta como expresión de admiración por los
bienes y favores recibidos como condición de calidad humana.
e) TOLERANCIA: Es la capacidad de escuchar y aceptar a los demás, comprendiendo
el valor de las distintas formas de entender la vida. Es el respeto a las ideas,
creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las
propias. Es la actitud que una persona tiene respecto a aquello que es diferente de
sus valores.
ARTÍCULO 11. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES. Representan el fundamento de la
actividad Educadora que se enmarca en una concepción del aprendizaje y de la
intervención pedagógica entendida en sentido amplio. No se identifican, por tanto,
con una teoría precisa, sino con los enfoques presentes en diferentes referentes
teóricos. Confieren unidad y coherencia a la intervención Educadora en tanto que
aseguran dicha coherencia tanto a nivel vertical (son aplicables a todos los niveles
educativos) como a nivel horizontal (referente para todas y cada una de las áreas,
materias o módulos). Nuestros principios son;
a) INTEGRIDAD: Entendido como la totalidad del ser en todas sus dimensiones. En
este sentido, la integridad no significa únicamente ejercer un rol determinado sino
que implica realizarlo con honestidad, es decir, con absoluta lealtad a las normas y
buscando el servicio a las personas y a la sociedad por encima de los intereses
egoístas.
b) CONVIVENCIA: Es la capacidad de los seres humanos para interactuar en
diferentes contextos. Entendido como el respeto por acuerdos y normas comunes;
de ahí que se distinga por la alta capacidad reguladora de Ley moral y cultura
sobre los individuos produciendo confianza y fortaleciéndose con ella. En este
sentido, la Convivencia puede entenderse como aquel estado en el cual una
pluralidad de individuos diversos y diferentes se tratan entre sí en términos de
35
c)
d)
e)
f)
g)
h)
reconocimiento, tolerancia e imparcialidad, pudiendo así vivir unos con otros de
manera pacífica y segura. Los valores que rigen esta Convivencia son: el
reconocimiento que alude a la diversidad, la tolerancia que alude a la diferencia y
la imparcialidad que alude a la igualdad, porque es en torno a la comprensión,
aceptación y práctica de estos valores que debe girar un proceso educativo
orientado a formar para la Convivencia.
LIDERAZGO: Entendido como el de gestores con capacidad de competitividad e
influencia en cualquier contexto con visión futurista. En este sentido, el liderazgo
es el proceso de influir en otros y apoyarlos para que trabajen con entusiasmo en
el logro de objetivos comunes.
COMUNICACIÓN: Entendido como interacción en el crecimiento personal y
proyección social. En este sentido, la comunicación consiste en el intercambio de
mensajes entre los actores de la Comunidad Educativa e implica la transmisión de
determinada información a través de distintos medios.
DEMOCRACIA: Entendido como un sistema en que todos los integrantes de la
Comunidad Educativa participan con iguales Derechos en las discusiones y
soluciones correspondientes al acto educativo. En sentido amplio, la democracia
es una forma de Convivencia social en la que todos los actores educativos son
libres e iguales ante la norma y las relaciones interpersonales se establecen de
acuerdo a mecanismos preestablecidos.
LIBERTAD: Entendido como facultad humana de expresar y difundir su
pensamiento y opiniones con responsabilidad social. En este sentido, la libertad es
un estado en el cual podemos crecer, aprender y desarrollar nuestros talentos, y
explorar la vida y el mundo en sus muchas dimensiones.
EQUIDAD: Entendida como justicia en el trato del ser humano, según sus
necesidades. A partir de este concepto se pueden incluir tratamientos iguales o
diferentes aunque considerados equivalentes en términos de Derechos,
beneficios, obligaciones y oportunidades. En sentido amplio, la equidad tiene una
connotación de justicia e igualdad social con responsabilidad y valoración de la
individualidad, llegando a un equilibrio entre las dos cosas, la equidad es lo justo
en plenitud.
ÉTICO: Entendido como todo aquello que favorece el crecimiento de la persona y
que le impulsa a hacer el bien. Este principio hace caer en la cuenta de que toda
persona, a pesar de sus errores, está llamada a obrar correctamente y a buscar el
propio bien y el de los demás. Este principio convoca a la Comunidad Educativa en
torno a la búsqueda de distintas alternativas de formación que disminuyan los
36
i)
desaciertos de las personas y desplieguen las potencialidades escondidas en ellas.
El principio de ética implica también la comprensión de que no hay personas
mejores ni peores; simplemente con circunstancias y experiencias de vida
distintas, las que bien se pueden o no compartir o avalar.
IGUALDAD: Entendido como el reconocimiento de que todas las personas, en
cuanto lo son, no presentan entre sí diferencias sustanciales. Todas, en su esencia
humana, son iguales en Derecho y merecen la misma consideración, con
independencia de la diversidad que entre ellas surge por motivos como la raza, el
sexo, el color, el origen o las creencias. En toda Institución Educativa, las personas
se encuentran efectivamente en la misma situación de hecho, por lo tanto, y desde
la perspectiva de los valores, no es admisible conferir un trato distinto a las
personas que integran la Comunidad Educativa, en especial en lo que concierne a
los Estudiantes. Significa, que otorgar un trato desigual será una discriminación
contraria a la constitución (Corte Constitucional, Sentencia T-049 de 2005).
ARTÍCULO 12. PERFILES DE DESARROLLO. Los perfiles de desarrollo se conciben como
modos de pensar, sentir y actuar en diferentes ámbitos, para asegurar una sana
Convivencia consigo mismo, con el entorno y con los demás. Evidencian los supuestos
teóricos expresados en políticas educativas, los enfoques psicológicos y pedagógicos y
las necesidades básicas de aprendizaje de niños, niñas y adolescentes. Aportan a la
articulación y la relevancia de los contenidos educativos y explicitan la orientación del
aprendizaje; se constituyen en parámetros de excelencia para el desarrollo de los
Educandos en los diferentes ámbitos de la vida. Permiten formular los objetivos de
desarrollo expresados en términos de las capacidades más significativas por
desarrollar en los Estudiantes. Abarcan el conjunto de experiencias, habilidades,
destrezas y actitudes que la persona irá desarrollando en su proceso de formación e
información. Expresan las competencias adquiridas por el Educando al finalizar cada
uno de los niveles educativos y se reflejan en los componentes o dimensiones
esenciales de todo ser humano, como lo son; el ser, el conocer, el hacer, el tener, el
trascender y el convivir. La Institución Educativa orientada hacia la unidad de criterios
y principios que guíen a los Estudiantes en su preparación para la vida, les
proporcionará bases teóricas y prácticas que los identifiquen. De acuerdo con lo
anterior, los perfiles de los Estudiantes Jomaberianos será el siguiente;
PARÁGRAFO 1. PREESCOLAR. Al finalizar este nivel, el desempeño del niño o la niña se
verá materializado en las siguientes condiciones;
37
1. Se desempeña con seguridad y confianza en sí mismo, en situaciones sociales de
aprendizaje.
2. Expresa y comunica sus ideas, vivencias y sentimientos, utilizando todos sus
recursos creativos y lingüísticos.
3. Se integra y coopera en juegos y actividades grupales que permiten reafirmar su
yo y aceptar las diferencias de los demás.
4. Reconoce y representa simbólicamente mensajes significativos.
5. Utiliza sus experiencias, nociones, destrezas y habilidades al resolver problemas y
situaciones cotidianas.
6. Se interesa y participa en actividades culturales, sociales y recreativas del grupo,
familiares y comunidad.
7. Satisface sus necesidades motrices y equilibra el entorno muscular.
8. Se interesa por conocer y descubrir su entorno físico, natural y social.
PARÁGRAFO 2. BÁSICA PRIMARIA. Al finalizar este ciclo, el desempeño del niño o la
niña se verá materializado en las siguientes condiciones;
1. Se compromete y aporta con actitudes positivas en la construcción de una
sociedad más justa y participativa.
2. Emplea los conocimientos adquiridos con el fin de interpretar y explicar procesos
sociales, económicos, culturales y naturales.
3. Se esfuerza por lograr sus propósitos y asume con responsabilidad las
consecuencias de sus acciones.
4. Se reconoce como un ser con potencialidades físicas que le permiten mejorar su
capacidad motriz para interactuar en contextos lúdicos, recreativos y deportivos.
5. Cuida y conserva los recursos naturales y materiales que necesita para su
desarrollo en el entorno familiar, social, institucional y natural.
6. Utiliza el lenguaje oral y escrito con claridad, fluidez y de manera adecuada, para
interactuar en distintos contextos sociales.
7. Muestra rasgos de pensamiento crítico y espíritu de investigación.
8. Se compromete con su proceso educativo, su realidad y su crecimiento personal.
9. Pone en práctica los conocimientos adquiridos que le permiten enfrentar
adecuadamente los problemas de su cotidianidad.
10. Comprende y produce mensajes orales y escritos sencillos y contextualizados en el
idioma extranjero – inglés.
11. Se comunica a través de medios de expresión verbal, corporal, visual, plástica,
musical y matemática, desarrollando el razonamiento lógico, verbal y matemático,
así como la sensibilidad estética y la creatividad.
38
12. Actúa con autonomía en las actividades habituales y en las relaciones de grupo,
desarrollando las posibilidades de establecer relaciones afectivas y de poner en
práctica sus iniciativas.
13. Aprecia los valores básicos que rigen la vida y la Convivencia humana y obra de
acuerdo con ellos.
14. Comprende y establece relaciones entre hechos y fenómenos del entorno natural
y social, y contribuye activamente, en lo posible, a la defensa, conservación y
mejora del entorno ambiental.
15. Conoce y aprecia el propio cuerpo y contribuye a su desarrollo, adoptando hábitos
de salud y bienestar y valorando las repercusiones de determinadas conductas
sobre la salud y la calidad de vida.
PARÁGRAFO 3. BÁSICA SECUNDARIA. Al finalizar este ciclo, el desempeño del
Estudiante se verá materializado en las siguientes características;
1. Respeta la diversidad lingüística y cultural como Derecho de los pueblos e
individuos, desarrollando una actitud de interés y respeto hacia el ejercicio de este
Derecho.
2. Contribuye activamente en la defensa, conservación y mejora del entorno
ambiental.
3. Establece relaciones equilibradas y constructivas con las personas en situaciones
sociales conocidas, reconociendo y valorando críticamente las diferencias de tipo
social y rechazando cualquier discriminación basada en diferencias de sexo, clase
social, creencias, raza y otras características individuales y sociales.
4. Colabora en la realización y planificación de actividades en grupo, aceptando las
reglas que democráticamente se establecen, articulando los objetivos e intereses
propios con los de los otros miembros del grupo, respetando puntos de vista
distintos y asumiendo las responsabilidades que correspondan.
5. Identifica y plantea interrogantes y problemas a partir de la experiencia diaria,
utilizando tanto los conocimientos y los recursos materiales disponibles como la
colaboración de otras personas para resolverlos de forma creativa.
6. Utiliza en la Resolución de problemas sencillos los procedimientos oportunos para
obtener la información pertinente y representarla mediante códigos, teniendo en
cuenta las condiciones necesarias para su solución.
7. Se comunica a través de medios de expresión verbal, corporal, visual, plástica,
musical y matemática, desarrollando el razonamiento lógico, verbal y matemático,
así como la sensibilidad estética, la creatividad y la capacidad para disfrutar de las
obras y manifestaciones artísticas.
39
8. Comprende y produce mensajes orales y escritos en español, atendiendo a
diferentes intenciones y contextos de comunicación.
9. Comprende y produce mensajes orales y escritos contextualizados en la lengua
extranjera.
10. Reconoce sus potencialidades físicas y su capacidad motriz, optando por un estilo
de vida activo y saludable que le permite interactuar en contextos lúdicos,
recreativos y deportivos.
11. Conoce y valora sus características y potencialidades como ser humano, se
identifica como parte de un grupo social y emprende proyectos personales.
12. Asume la interculturalidad como riqueza y como forma de Convivencia en la
diversidad social, étnica, cultural y lingüística.
13. Conoce los Derechos humanos y los valores que favorecen la vida democrática, los
pone en práctica al analizar situaciones y tomar decisiones con responsabilidad y
apego a la norma.
14. Emplea los conocimientos adquiridos para tomar decisiones y actuar individual o
colectivamente en aras de promover la salud y el cuidado ambiental, como formas
para mejorar la calidad de vida.
15. Selecciona, analiza, evalúa y comparte información proveniente de diversas
fuentes y aprovecha los recursos tecnológicos a su alcance para profundizar y
ampliar sus aprendizajes de manera permanente.
16. Emplea la argumentación y el razonamiento al analizar situaciones, identificar
problemas, formular preguntas, emitir juicios y proponer diversas soluciones.
17. Desarrolla actitudes críticas y liderazgo a través de la creación, planeación,
ejecución y Evaluación de proyectos.
18. Utiliza positiva y adecuadamente su tiempo libre.
19. Se muestra como un ser analítico, crítico, culto, reflexivo, comprometido, feliz,
generoso, honrado, creativo, espontáneo, libre, sensible, curioso, imaginativo,
autónomo, con espíritu de investigación y con amor por la vida, la paz y la libertad.
20. Conoce, comprende, interpreta, infiere, generaliza conceptos, reglas, principios,
métodos; reconoce y comprende ideas, nociones abstractas, imágenes y símbolos;
identifica elementos vinculados con el lenguaje literario, científico, tecnológico,
estético y corporal y discierne relaciones, causas y efectos.
21. Promueve el mejoramiento personal y social a través de su participación activa y
consciente en acciones comunitarias.
22. Trabaja en grupos y mantiene relaciones interpersonales abiertas y positivas.
40
23. Se reconoce como un individuo productivo y como un elemento integrador y
transformador del ambiente natural y social; siente interés y empatía con otras
culturas; respetuoso de los Deberes y Derechos propios y ajenos; responsable,
sincero, solidario, participativo y tolerante.
24. Aplica procesos de pensamiento, experiencias, conocimientos en las diversas
situaciones y problemas que confronta; expresa su pensamiento de manera clara y
coherente.
25. Expresa y da testimonio en valores que permiten una sana convivencia y un
adecuado desempeño como estudiante y persona en los grupos y comunidades
que posibiliten su desarrollo (formación integral).
26. Se interesa por descubrir cuales son las necesidades y problemas de la comunidad
con la posibilidad creativa de presentar alternativas de solución.
27. Expresa un gran sentido de pertenencia hacia su institución, región, municipio y
comunidad demostrado en su quehacer cotidiano.
28. Posee una capacidad de trabajo, que le permite una participación activa en su
medio logrando generar alternativas de desarrollo para su comunidad,
comprensión de las cosas, en su sentido de construcción, en su anhelo de ser y de
crecer.
29. Adquiere una disposición para desarrollar su capacidad de liderazgo expresada en
la búsqueda del bien común, en la conquista de nuevos ideales, en su sentido de
motivación permanente, en el reconocimiento de sus propios valores y en el de los
demás.
30. Adquiere una formación académica en habilidades básicas del lenguaje, actitud y
pensamiento lógico matemático, capacidad de solución de problemas; que le
permiten acceder a los conocimientos de las asignaturas de la Educación Media.
31. Adquiere un desarrollo motriz, psicológico y afectivo que le permiten ejecutar
actividades propias de la especialidad.
32. Posee un espíritu científico básico que le facilite formular hipótesis y reflexionar
sobre los hechos de carácter técnico-tecnológico.
33. Expresa un interés permanente hacia el aprendizaje.
34. Adquiere una apreciación estética básica en todos los actos que componen su vida
diaria.
PARÁGRAFO 4. MEDIA ACADÉMICA. Al finalizar este nivel, el desempeño del joven se
verá materializado en las siguientes condiciones;
1. Demuestra una alta capacidad de superación personal.
2. Elige alternativas con base en criterios sustentados en el marco de la construcción
activa y autónoma de su propio proyecto de vida.
3. Protege el entorno natural y sus recursos como contexto de desarrollo humano.
41
4. Identifica los sistemas y reglas o principios que subyacen al interior de una serie de
fenómenos naturales.
5. Sigue instrucciones y procedimientos de manera reflexiva, comprendiendo como
cada uno de sus pasos contribuye al alcance de un objetivo.
6. Selecciona y sintetiza información científica de fuentes diversas y elabora informes
razonados y completos de investigación; presentando información cuantitativa
relevante utilizando gráficos y tablas.
7. Actúa de manera propositiva frente a fenómenos de la sociedad y se mantiene
informado.
8. Se entiende a sí mismo como parte de una comunidad local, regional y nacional,
con una institucionalidad y un territorio común, y problemas y responsabilidades
compartidas.
9. Participa con una conciencia cívica y ética en la vida de su comunidad, su región,
su país y el mundo.
10. Toma decisiones a fin de contribuir a la equidad, bienestar y desarrollo
democrático de la sociedad.
11. Estructura ideas y argumentos de manera clara, coherente y sintética.
12. Mantiene una actitud respetuosa hacia la interculturalidad y la diversidad de
creencias, valores, ideas y prácticas sociales.
13. Reconoce y utiliza adecuadamente los principales elementos responsables de la
eficacia comunicativa del discurso expositivo oral y escrito.
14. Se comunica en una segunda lengua en situaciones cotidianas.
15. Expresa ideas y conceptos mediante representaciones lingüísticas, matemáticas o
gráficas.
16. Utiliza el razonamiento lógico, verbal y matemático, para dar solución a los
problemas de la ciencia, la tecnología, la cultura y la vida cotidiana.
17. Valora la preservación del entorno ambiental, comprendiendo la interrelación
entre éste y la vida humana, y aplicando los principios biológicos que pueden
aplicarse a su análisis y cuidado.
18. Asume una actitud que favorece la solución de problemas ambientales en los
ámbitos local, nacional e internacional.
19. Conoce y valora los actores, la historia, las tradiciones, los símbolos, el patrimonio
territorial y cultural de la nación, en el contexto de un mundo crecientemente
globalizado e interdependiente.
20. Mantiene una actitud respetuosa hacia la interculturalidad y la diversidad de
creencias, valores, ideas y prácticas sociales.
42
21. Aprecia la importancia de desarrollar relaciones entre hombres y mujeres que
potencien su participación equitativa en la vida económica familiar, social y
cultural.
22. Desarrolla la iniciativa personal, la creatividad, el trabajo en equipo, el espíritu
emprendedor y las relaciones basadas en la confianza mutua y responsable.
23. Experimenta el arte como un hecho histórico compartido que permite la
comunicación entre individuos y culturas en el tiempo y el espacio, a la vez que
desarrolla un sentido de identidad.
24. Comprende y aprecia la importancia que tienen las dimensiones afectiva,
espiritual, ética y social, para un sano desarrollo sexual.
25. Conoce y maneja herramientas de software general para el procesamiento de
información y el acceso a las comunicaciones.
26. Desarrolla una actitud receptiva y analítica ante las distintas formas de expresión
de la lengua extranjera, valorando así la riqueza expresiva de la comunicación
lingüística y el conocimiento de su propia lengua.
27. Participa regularmente en actividades físicas, deportivas y recreativas sin exclusión
de ninguna especie y con independencia del nivel de habilidad motora o física
disponible.
28. Desarrolla hábitos de higiene personal y social, se preocupa por el desarrollo físico
personal en un contexto de respeto y valoración de la vida y el cuerpo humano,
dando cumplimiento a normas de prevención de riesgos.
29. Expone ideas, opiniones, convicciones, sentimientos y experiencias de manera
coherente y fundamentada, haciendo uso de diversas y variadas formas de
expresión.
30. Conoce, respeta y defiende la igualdad de Derechos esenciales de todas las
personas, sin distinción de sexo, edad, condición física, etnia, religión o situación
económica.
31. Se interesa en la práctica del trabajo, mediante la formación de unas
competencias laborales mínimas, adquiridas a través de las diversas áreas del
conocimiento tanto científico como tecnológico.
ASPECTO HUMANO:
 Desarrollar la capacidad para interactuar y gestionar con otras personas en el
trabajo de equipo.
 Haber adquirido un buen nivel de autoestima, autonomía e independencia.
 Haber adquirido sólidamente su identidad sexual.
43
 Desarrollar su sentido de pertenencia, reconociendo, valorando y rescatando la
identidad cultural, con miras a transformar racionalmente elementos de ella, que
sean inconvenientes o lesivos para la vida sana y feliz.
 Adquirir valores democráticos, que le posibiliten luchar por la paz, la justicia y la
convivencia, como retos permanentes.
 Poseer una actitud ética que le permita desempeñarse honrada y justamente,
considerando y respetando los principios, valores y derechos fundamentales. Asumir una actitud crítica frente a situaciones y procesos sociales, humanos,
económicos y políticos proponiendo soluciones regionales.
ASPECTO CIENTÍFICO:
 Haber obtenido un nivel de pensamiento formal acorde a su edad cronológica.
 Adquirir un buen nivel relativo de información y conceptualización básica, que le
sirva de herramienta para el desempeño vital laboral y profesional.
 Adquirir una actitud de estudio y madurez permanente.
 Adquirir una formación e información básica que le permita aspirar
competitivamente a la educación superior.
 Desarrollar actitud y habilidad investigativa básica en el terreno técnicotecnológico.
 Desarrollar una actitud que le permita conservar, mejorar y aprovechar
racionalmente los recursos naturales.
ASPECTO TÉCNICO:
 Desarrollar una buena capacidad de gestión empresarial que incluya las instancias
diagnóstico, planeación, ejecución y evaluación.
 Adquirir una buena capacidad para acceder, interpretar, adoptar y adaptar la
información que ofrecen los contextos local, regional, nacional e internacional.
 Desarrollar una habilidad básica para adoptar, gerenciar y transferir la tecnología
de punta.
 Adquirir la actitud de administrar el conocimiento técnico-tecnológico,
propendiendo siempre por un desarrollo humano y social.
ASPECTO COMUNITARIO:
 Desarrollar la capacidad para
transformación comunitaria.
participar
44
activamente en procesos
de
ASPECTO ARTÍSTICO:
 Desarrollar un comportamiento y expresividad estética en todos los campos de
actuación.
OBJETIVO GENERAL:
 Formar íntegramente al alumno de la Educación Media, en orden a producir
desarrollos humanos y sociales en las comunidades en las que se imparte, con
base en sus necesidades, intereses y problemas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
 Formar al individuo íntegramente de tal manera que le permita acceder y
participar del desarrollo humano y social de su comunidad.
 Promover en los educandos la conciencia de que su conocimiento juega un papel
importante dentro del desarrollo familiar, regional y nacional.
 Propiciar la construcción de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes
tecnológicas que permitan al educando tomar sus propias decisiones e influir en su
futuro personal y el de la comunidad.
 Contribuir al desarrollo socio-económico de la comunidad, el municipio y el país a
través de la gestión y autogestión comercial.
 Desarrollar una formación básica general que posibilite la continuación de
estudios a nivel de la educación superior o se vincule a la vida laboral o productiva.
 Formar al estudiante para la aplicación y generación de sistemas y modelos
adecuados y actualizados de producción que permita la gestión y el desarrollo
empresarial y social.
 Desarrollar el pensamiento y la inteligencia hacia instancias cognitivas formales.
CUADRO ESTRUCTURAL CON LOS COMPONENTES PARA LA FORMACIÓN DE UN SER
INTEGRAL:
PERFIL
DIMENSIONES
F
Capaz de emitir juicios
LÌNEASACTIVIDADES
Formación en la
45
ÀREAS
Ética, Filosofía,
y tomar decisiones
libres, responsables y
R autónomas que
M conduzcan a una
acción justa.
A
O
C
I
Ética
libertad y
autonomía.
Religión, Ed.
Física, Sociales.
Religión,
Filosofía.
Capaz de un
compromiso espiritual
generador de paz en su
opción de vida.
Religiosa
Encuentro con
Cristo.
Intelectualmente
competente
Cognitiva
Plan de estudios. Ciencias
Olimpiadas del
Naturales,
saber.
Inglés, Artística,
Ética, Español,
Matemáticas.
Capaz de amar
racionalmente para
mejorar sus relaciones
interpersonales.
Afectiva
Formación en la
afectividad.
O
N
I
N
T
E
G
Informática,
Sociales,
Ed. Física,
Ciencias
Naturales.
R
A
L
Capaz de comunicarse
coherente y
significativamente.
Capaz de valorar,
desarrollar y expresar
armónicamente su
corporalidad.
Capaz de desarrollar y
expresar su
Comunicativa Jornadas de
reflexión.
Actos cívicos y
culturales.
Corporal
Lúdicas.
Estética
46
Lúdicas.
Español,
Inglés,
Matemáticas.
Educación Física.
Artística,
Español,
D
E
L
S
E
sensibilidad y aprecio
por el entorno.
Capaz de asumir un
compromiso
comunitario en la
construcción de una
sociedad más justa y
participativa.
Socio-Política Proyecto
ecológico.
Proyecto de
democracia.
R
Capaz de vivir en
armonía con la
naturaleza,
transformándola,
H valorándola y
haciendo del campo un
U
factor de desarrollo
M sostenible.
Capaz de adquirir una
A
visión comercial donde
N su entorno sea un
factor de subsistencia.
O
Capaz de valorar,
liderar y fomentar los
recursos de su
entorno, con
proyección
comunitaria.
Capaz de asumir una
sexualidad
responsable dentro del
contexto social en el
Humana
Proyectos.
SocioEconómica
Proyectos.
Cooperativa
Jornadas de
capacitación en
el sistema
cooperativo.
SocioAfectiva
47
Jornadas
informativas.
Escuela de
padres.
Proyecto
Matemáticas,
Inglés,
Informática.
Sociales, Ética,
Educación
Artística,
Ciencias
Políticas y
Económicas,
Ciencias
Sociales.
Ciencias
Naturales,
Matemáticas,
Artística.
Matemáticas,
Sociales,
Ciencias
naturales,
Inglés.
Sociales.
Filosofía,
Ciencias
Naturales, Ética.
educación
sexual.
cual se desenvuelva.
ARTÍCULO 13. PERFILES DE DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN, SERVICIOS GENERALES Y
DOCENCIA. Se entiende este perfil dentro del desarrollo del Proyecto Educativo
Institucional, como aquel tipo de personas que necesita y requiere la Institución para
cumplir a cabalidad con su misión, dichos perfiles se relacionan con los principios que
se generan con la Comunidad Educativa. Es el tipo de Educador, de directivo, de
empleado y de padre de familia que necesita y que reclama la Institución y la sociedad
en el contexto local y regional. Se ven representados en las características que reflejan
la filosofía, la misión, la visión y los objetivos institucionales.
PARÁGRAFO 1. RECTOR(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde las
siguientes características:
1. Dirige la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional,
el plan operativo anual y el Plan de Mejoramiento Institucional, según recursos,
normatividad vigente, características del entorno y metas de calidad institucional,
local y nacional.
2. Especifica actividades concretas, define tiempos, asigna responsabilidades y
organiza equipos para garantizar el logro de las metas propuestas.
3. Anticipa situaciones críticas, identifica oportunidades para mejorar y propone
acciones que fortalezcan la ejecución de planes y proyectos.
4. Representa a la Institución ante las autoridades locales y sectoriales, y elabora y
sustenta informes de gestión ante las mismas.
5. Promueve el desarrollo de proyectos pedagógicos que articulen diferentes áreas,
grados y niveles.
6. Dispone mecanismos de monitoreo y seguimiento de ajustes a las prácticas de
aula y retroalimenta al equipo Docente a cargo de dichos ajustes.
7. Gestiona y administra con eficiencia recursos necesarios para la prestación del
servicio educativo y el desarrollo del Plan de Mejoramiento Institucional.
8. Coordina y socializa con la Comunidad Educativa procesos de matrícula,
expedición de boletines, informes de Docentes y demás procesos académicos.
9. Distribuye asignaciones académicas y actividades entre Coordinadores y Docentes.
10. Orienta, retroalimenta y evalúa periódicamente el desempeño de Coordinadores,
Docentes y Personal Administrativo.
48
11. Asegura que la Comunidad Educativa conozca el Manual para la Convivencia y que
se apropie de los principios y normas allí establecidos.
12. Desarrolla estrategias para la prevención de diferentes tipos de riesgos.
13. Establece y consolida alianzas estratégicas con otros sectores, organizaciones,
autoridades locales y líderes regionales, para el fortalecer el desarrollo del
Proyecto Educativo Institucional.
14. Adopta un comportamiento basado en su ética profesional y demuestra principios
democráticos de Convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad, responsabilidad, así
como el ejercicio de la tolerancia, libertad y demás valores humanos.
15. Facilita los recursos y el tiempo necesario para diseñar y adelantar proyectos
transversales y de integración curricular.
16. Administra los recursos de manera honesta, equitativa y eficiente.
17. Fomenta y participa en la integración de la Comunidad Educativa de acuerdo a los
principios democráticos.
18. Promueve cambios y transformaciones que aumenten la capacidad institucional e
impulsen el mejoramiento.
19. Exhibe un comportamiento ético dentro y fuera del establecimiento y representa
adecuadamente a la Institución en actividades fuera de la misma.
20. Trabaja con tesón y disciplina para cumplir sus funciones con altos niveles de
calidad.
PARÁGRAFO 2. COORDINADORES(AS). Su desempeño se ve reflejado y sustentado
desde las siguientes características:
1. Colabora con la definición de las actividades, la asignación de responsabilidades y
la organización de equipos para el desarrollo de planes y proyectos.
2. Apoya el desarrollo de los planes y proyectos de la Institución, en colaboración con
los diferentes órganos del gobierno escolar.
3. Fomenta el conocimiento y la incorporación de los estándares básicos de
competencias, los lineamientos y las orientaciones curriculares para las diferentes
áreas y grados.
4. Motiva, asesora y apoya la innovación y la investigación pedagógica por parte de
los Docentes, para potenciar procesos de aprendizaje.
5. Establece y da a conocer los lineamientos de las comisiones de Evaluación y
promoción.
6. Conoce los casos de los Estudiantes con dificultades académicas y disciplinares, y
apoya a los Docentes en la Resolución de los mismos.
49
7. Apoya el proceso anual de autoevaluación institucional y el desarrollo del Plan de
Mejoramiento Institucional.
8. Promueve entre los Docentes y Estudiantes el buen manejo y uso racional de la
infraestructura y los recursos del establecimiento.
9. Controla, reporta oportunamente al Rector y organiza la atención de las
novedades de personal Docente y administrativo.
10. Organiza y hace seguimiento a las asignaciones y actividades académicas de los
Docentes.
11. Apoya al Rector en la Evaluación de desempeño de Docentes y Personal
Administrativo, e identifica necesidades de desarrollo personal y profesional.
12. Asegura que la Comunidad Educativa conozca el Manual para la Convivencia y que
se apropie de los principios y normas allí establecidos.
13. Fomenta actividades que involucren a las familias en la Formación Integral de los
Estudiantes.
14. Influye positivamente en el comportamiento de los demás y logra que se
comprometan con el logro de metas comunes.
15. Muestra respeto hacia los Estudiantes, el equipo Docente, los Directivos, el
Personal Administrativo y la comunidad en general.
16. Cumple eficientemente su jornada laboral.
17. Demuestra honestidad e integridad en su ejercicio profesional.
18. Procura que los Estudiantes de la Institución obtengan resultados de excelencia.
PARÁGRAFO 3. SECRETARIAS(OS). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde
las siguientes características:
1. Ofrece un trato cordial e indiscriminado a Estudiantes, Directivos, Docentes,
Padres de Familia y demás personal que labora en la Institución.
2. Demuestra sentido de pertenencia por la Institución y en esa medida colabora
eficazmente con toda la Comunidad Educativa.
3. Posee un alto sentido de la discreción, la solidaridad y la lealtad.
4. Realiza su labor con responsabilidad y honestidad.
5. Maneja con responsabilidad los registros de notas de cada uno de los Estudiantes
y los documentos legales de los Egresados del plantel.
6. Mantiene organizados los archivos de la Institución.
7. Maneja los equipos de oficina y las herramientas de software general para el
procesamiento de información y el acceso a las comunicaciones.
8. Aplica distintas estrategias comunicativas según quienes sean sus interlocutores,
el contexto en el que se encuentra y los objetivos que persigue.
50
PARÁGRAFO 4. EDUCADORES(AS). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde
las siguientes características:
1. Redacta el programa anual de su asignatura, especificando objetivos, logros,
metodología, estrategias de aprendizaje, temas a tratar, número de sesiones,
mecanismos de Evaluación, competencias, bibliografía recomendada, entre otros.
2. Programa las sesiones de clase, definiendo los materiales didácticos requeridos y
estableciendo metodologías y estrategias de aprendizaje pertinentes para la
asignatura a su cargo y para los estudiantes de acuerdo a los diferentes estilos y
ritmos de aprendizaje.
3. Toma nota de las actividades y proyectos por área, incluidos en el calendario
académico, que tienen repercusiones en los temas a tratar en su asignatura o en la
logística de las clases y aulas.
4. Actúa propositivamente en la construcción del Proyecto Educativo Institucional
P.E.I.
5. Participa activamente en grupos de trabajo, designados por el Rector y el consejo
académico, en la redacción de apartados del P.E.I. que les hayan sido encargados y
sean objeto de revisión y ajustes.
6. Se involucra y persuade a la Comunidad Educativa en el respeto de las normas
institucionales y el Manual para la Convivencia.
7. Promueve el estudio e investigación de temas de interés, relacionados con su
asignatura y las disciplinas de conocimiento relacionadas con su asignación
académica.
8. Asiste, colabora activamente y actúa como relator y expositor de diversos temas
relacionados con el Departamento académico al que está inscrito y la asignatura a
su cargo.
9. Soluciona dudas e inquietudes y posee apertura a las críticas y reclamos de los
miembros de la Comunidad Educativa.
10. Cumple los horarios y jornadas laborales estrictas, previamente estipuladas para el
caso de trabajador – profesional de la Educación.
11. Da instrucciones claras y precisas, orienta las actividades de los Estudiantes y
desarrolla en los niños, niñas y jóvenes, a su cargo, valores, actitudes y conductas
acordes con el perfil ideal de Estudiante Jomaberiano.
12. Ejerce el liderazgo positivo, representa y modera las expectativas e inquietudes de
los niños, niñas y jóvenes a su cargo.
13. Es un modelo de comportamiento, su conducta es ejemplar y es la que le otorga la
autoridad para corregir conductas y tomar medidas disciplinarias.
51
14. Diseña y aplica periódicamente mecanismos de acercamiento, interacción y
dialogo con los Estudiantes del grupo que tiene a su cargo.
15. Permanece atento a los comportamientos y conductas de sus Estudiantes, por lo
cual reporta y denuncia ante directores de grupo, Coordinadores y Rector toda
clase de circunstancias que puedan considerarse de riesgo o conflicto para los
niños, niñas y jóvenes a su cargo.
16. Sugiere mecanismos y metodologías al Estudiante y sus Padres de Familia, en la
entrega de notas y los comités de Evaluación y promoción, entre otros; para
fortalecer áreas de conocimiento débiles o corregir conductas en el Estudiante.
17. Diseña dinámicas de clase, formalmente planeadas y redactadas, en las cuales se
identifican los métodos mediante los cuales los Estudiantes comprenden y
asimilan más rápida y efectivamente los temas.
18. Desarrolla talleres individuales y colectivos, aplicando pedagogías activas, entre
otras.
19. Selecciona y utiliza el recurso didáctico de manera coherente con los contenidos a
desarrollar en la sesión de clase.
20. Diseña evaluaciones, pruebas y tareas para los Estudiantes, fundamentándose en
los contenidos divulgados en clase o formulados a través de lecturas adicionales,
teniendo en cuenta el estilo y ritmos de aprendizaje de sus estudiantes y las
orientaciones brindadas por el aula de apoyo.
21. Define y aplica mecanismos de Evaluación del rendimiento académico, en
concordancia con la estructura y el tipo de preguntas formuladas en las pruebas de
estado (ICFES SABER).
22. Muestra responsabilidad frente al uso adecuado y seguro de los equipos y
materiales confiados a su manejo.
23. Participa activamente en reuniones de Evaluación institucional y reestructuración
del P.E.I.
24. Atiende los comentarios y críticas acerca de su ejercicio Docente y su
comportamiento personal, en tono respetuoso, de Estudiantes, compañeros de
trabajo, director de área, Coordinadores y Rector.
25. Expresa sentimientos, opiniones y pensamientos de manera respetuosa y
oportuna, sin agredir a los demás, ni pasar por encima de sus puntos de vista.
26. Reconoce las debilidades identificadas en su Evaluación y redacta compromisos
personales dirigidos al mejoramiento.
52
27. Posee habilidad creativa y analógica para construir escenarios y dinámicas
sencillas, que sean asimilables a la vida en sociedad y promueve el ejercicio de los
valores.
28. Fomenta y vivencia el respeto por la diferencia, las opiniones y diversos puntos de
vista.
29. Desarrolla dentro de los programas curriculares temas relacionados con la
diversidad étnica, cultural, racial, ideológica, religiosa y de género, entre otras.
30. Posee un proyecto de vida definido y está comprometido con el horizonte
institucional.
31. Posee un espíritu emprendedor para crear, desarrollar e innovar los procesos
institucionales.
32. Demuestra lealtad y sentido de pertenencia institucional.
PARÁGRAFO 5. MADRES Y PADRES DE FAMILIA. Su desempeño se ve reflejado y
sustentado desde las siguientes características:
1. Es modelo ejemplar como primer Educador de sus hijos.
2. Crea un ambiente saludable y feliz en el hogar ofreciéndoles estabilidad a sus
hijos(as).
3. Participa y anima a sus hijos para que se involucren en las diferentes actividades
de la Institución.
4. Fomenta los valores y bases sólidas en la formación de la personalidad de sus
hijos(as).
5. Demuestra buenos hábitos de conducta a través de los modales para con sus hijos
y la comunidad en general.
6. Maneja el principio de autoridad y todos los elementos participativos en la
Formación Integral de su hijo(a).
7. Maneja buenas relaciones con su hijo(a) inspiradas en el diálogo objetivo y
cariñoso, en el cual prima el respeto sobre cualquier interés.
8. Responde por los compromisos adquiridos con la Institución en contraprestación
al servicio educativo ofrecido.
9. Asiste a reuniones y cumple oportunamente las citas cuando es requerido por
algún Docente y/o directivo, velando por el cumplimiento de logros y el buen
comportamiento y rendimiento académico de su hijo(a).
10. Participa de la vida activa de la Institución, apoyando sus iniciativas, sus proyectos
y sus decisiones.
53
11. Acoge con interés las circulares y comunicados enviadas, al tiempo que participa
en reuniones, talleres y conferencias, apoyando con agrado las actividades
institucionales.
12. Impone a su hijo(a), normas y límites, y hace que se cumplan.
13. Es responsable de la Educación y formación de su hijo(a).
14. Esta comprometido en el cumplimiento de las normas del Manual para la
Convivencia de la Institución.
15. Se informa periódicamente sobre el rendimiento académico, el comportamiento y
los procesos de formación de su hijo(a), y sobre la marcha de la Institución
Educativa.
16. Busca y recibe orientación sobre la Educación de su hijo(a).
17. Participa en los consejos, comités o asociaciones de Padres, colaborando en la
adecuada prestación del servicio educativo.
18. Es solidario con la Institución Educativa para la formación de su hijo(a).
19. Proporciona en el hogar el ambiente adecuado para el desarrollo integral de su
hijo(a).
20. Cumple puntualmente con todas las citaciones que le hace la Institución.
21. Posee capacidad de aceptarse a si mismo, aceptar a los demás y respetar a todos
los miembros de la Comunidad Educativa.
22. Posee la madurez suficiente para entrar en comunicación y diálogo, empleando
siempre los conductos regulares para hacer sus descargos con el mayor respeto
posible.
PARÁGRAFO 6. PSICOORIENTADOR(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado
desde las siguientes características:
1. Es una persona con capacidad de autocrítica y adaptación a las condiciones del
entorno desde una postura propositiva.
2. Maneja límites y normas que favorecen su adecuada interacción en la Comunidad
Educativa.
3. Posee competencias para comunicarse eficazmente a nivel oral y escrito.
4. Participa de manera democrática y responsable en los procesos de transformación
institucionales.
5. Muestra una actitud investigativa, trabaja en equipo y aprecia la diversidad,
comprometiéndose con la realidad y las necesidades de la Comunidad Educativa.
6. Es un profesional con criterios teóricos, metodológicos, prácticos y éticos que le
permiten abordar, conceptualizar y aportar soluciones ante problemáticas
psicológicas.
54
7. Interpreta, argumenta y hace propuestas para abordar diferentes procesos
psicológicos en contextos de salud mental, social-comunitarios, educativos,
organizacionales y de investigación.
8. Trabaja en equipo con profesionales de otras disciplinas en función del logro de los
objetivos institucionales, con aportes desde la disciplina.
9. Interactúa con criterios de ética, honestidad, seguridad de sí misma,
responsabilidad y respeto por las diferentes visiones del mundo y del ser humano.
10. Ejerce su rol cuando se requiere una intervención con visión interdisciplinaria en
procesos de prevención y promoción referentes a salud mental de los miembros
de la Comunidad Educativa.
11. Cuenta con elementos para conceptualizar, evaluar, diagnosticar, intervenir y
hacer seguimiento de casos clínicos y proponer alternativas de cambio psicológico
para mejoramiento de la calidad de vida del ser humano.
12. Posee altos niveles de sensibilidad y compromiso social.
13. Cuenta con competencias para evaluar e intervenir en aspectos específicos
como: El proceso de aprendizaje, los fenómenos que lo constituyen y sus
determinantes cognitivos, afectivos y de personalidad; la interacción educativa
existente entre maestro-Estudiante, Estudiante-Estudiante, maestro-Estudiantecontexto educativo y los procesos del aula como grupo, la disciplina y el control
en la clase.
14. Cuenta con las capacidades conceptuales, sociales y personales para asumir
responsabilidades como parte de la estructura de la organización.
PARÁGRAFO 7. BIBLIOTECARIO(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde
las siguientes características:
1. Selecciona, adquiere, cataloga, clasifica, y difunde la documentación, trabajando
principalmente con material en formato impreso.
2. Conserva y difunde la colección que está a su cargo.
3. Preserva el patrimonio bibliográfico de la Institución.
4. Maneja los sistemas de ordenamiento para el fondo bibliográfico bajo su custodia.
5. Es un mediador entre los sistemas de ordenamiento y los usuarios.
6. Facilita el acceso a la información contenida en la colección que tiene a su cargo.
7. Trabaja en forma interdisciplinaria, con los otros profesionales que forman parte
de la organización, aportando sus conocimientos de organización y gestión de los
recursos informativos.
8. Adquiere nuevas habilidades y cualidades personales que le permiten adaptarse a
las nuevas tecnologías y hacer frente a la nueva realidad, que se presenta, para
55
una práctica profesional acorde a las necesidades que requiere la sociedad
moderna.
9. Utiliza la información tecnológica apropiada.
10. Tiene un profundo conocimiento del contenido de los recursos de información
incluyendo la capacidad para evaluarlos y filtrarlos críticamente.
11. Crea un ambiente de mutuo respeto y confianza.
12. Tiene espíritu de líder, habilidad para comunicarse y trabaja bien en equipo.
13. Es flexible y tiene actitud positiva ante los cambios.
PARÁGRAFO 8. CELADOR(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde las
siguientes características:
1. Vigila y protege todos los bienes de la Institución.
2. Posee una excelente responsabilidad y entrega a su trabajo.
3. Practica pautas sencillas de prevención de riesgos para resguardar la vida propia y
la ajena.
4. Preserva y respeta el entorno ambiental y utiliza racionalmente la energía
eléctrica.
5. Expresa cordialidad y respeto hacia todos los miembros de la Comunidad
Educativa y con las personas de su entorno.
PARÁGRAFO 9. ASEADOR(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde las
siguientes características:
1. Proporciona una buena imagen de la Institución, a través del mantenimiento y
aseo de la planta física.
2. Colabora diariamente en el orden y armonía general de la Institución.
3. Posee un alto sentido de la discreción, demostrando confiabilidad y disponibilidad
permanentes.
4. Es puntual y responsable, respetando la jornada laboral.
5. Demuestra lealtad y pertenencia institucional.
PARÁGRAFO 10. REPRESENTANTE DE GRUPO. Su desempeño se ve reflejado y
sustentado desde las siguientes características:
1. Promueve espacios y dinámicas para la construcción de valores y propuestas
de Convivencia.
2. Apoya las políticas de trabajo de los y las directoras(es) de grupo.
3. Mantiene un clima de unidad, cordialidad y de respeto entre los compañeros
de grupo, Educadores y Directivos administradores.
4. Participa en las reuniones a que fuere citado por la Rectoría, la coordinación,
la dirección de grupo y el consejo estudiantil.
56
5. Recuerda frecuentemente en el grupo los Deberes y Derechos de los
Estudiantes contemplados en el Manual de Convivencia.
6. Dirige la planeación de todas las actividades de grupo.
7. Supervisa la ejecución de las actividades asignadas a los grupos en ausencia
del Educador y responde especialmente por las actividades de orientación.
8. Informa en los grupos sobre los cambios o sugerencias enviadas por los
orientadores de grupo.
9. Contagia del sentido de pertenencia a todos los Estudiantes del grupo.
10. Participa en la búsqueda de estrategias que favorezcan la superación y
bienestar físico, comportamental e intelectual de los Estudiantes del grupo.
11. Concerta, negocia y media conflictos ante los y las compañeras del grupo.
12. Busca estrategias para la participación de sus compañeros y compañeras en
todas las actividades y responsabilidades del grupo.
13. Dialoga con sus compañeros(as) en forma individual cuando note que es
necesario un cambio de actitud en alguno de ellos.
14. Informa oportunamente a los y las orientadoras sobre la asistencia y
situaciones anormales que puedan presentarse entre los Estudiantes del
grupo.
15. Hace sugerencias de manera delicada y objetiva a quien corresponda en el
momento oportuno.
16. Colabora en el grupo para lograr la normalización en cuanto a disciplina,
asistencia, puntualidad, aseo, urbanidad y presentación personal.
PARÁGRAFO 11. MONITOR(A) DE ASIGNATURA. Su desempeño se ve reflejado y
sustentado desde las siguientes características:
1. Mantiene una buena comunicación entre el Educador y los Estudiantes,
propiciando el adecuado desarrollo y entendimiento de los conocimientos propios
de cada disciplina del saber contemplada dentro del plan de estudios.
2. Participa en la búsqueda de estrategias que permitan mejorar el nivel
académico de los Estudiantes del grupo.
3. Asiste puntualmente a las reuniones de monitores de área o asignatura, cuando
éstas sean programadas por los Educadores o por el Coordinador.
4. Participa activamente en las diferentes actividades que programe el área a
nivel institucional o durante las clases.
5. Ayuda a los compañeros y compañeras
que presenten dificultades y
deficiencias académicas notorias, a través de explicaciones personalizadas,
claras y sencillas.
57
6. Organiza con los compañeros - compañeras, en ausencia del Educador,
actividades de repaso, investigación o talleres del banco pedagógico,
mediante las sugerencias y previa preparación con el Educador
correspondiente.
7. Promueve la formación de verdaderos grupos de estudio y de trabajo dentro
del aula de clase.
8. Informa al Educador cuando se presenten dificultades marcadas de aprendizaje y
propone alternativas de solución que les permita a los compañeros y
compañeras lograr una mayor eficiencia en la asimilación de los contenidos.
9. Recuerda a sus compañeros y compañeras, las fechas para la presentación de
trabajos y evaluaciones.
10. Vela por la disciplina del grupo, en ausencia del Educador y con la colaboración
del representante de grupo.
11. Vela por el buen uso de los recursos destinados para el desarrollo de las
actividades académicas.
12. Interviene de manera positiva en la Evaluación del trabajo realizado en el
área, dando aportes que contribuyan al mejoramiento de la calidad del
aprendizaje.
PARÁGRAFO 12. PERSONERO(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde las
siguientes características:
1. Promueve el cumplimiento de los Derechos y Deberes de los Estudiantes.
2. Recibe y evalúa las quejas y reclamos que le presentan sus compañeros cuando
consideran que se han lesionado sus Derechos; así mismo las formuladas por las
personas que consideran que los Estudiantes están alterando la Convivencia en la
comunidad.
3. Acude al Consejo Directivo cuando sea necesario para apelar las decisiones del
Rector en relación con las peticiones que han presentado.
4. Esta atento(a) y actúa para que se conozca y se cumpla el Manual para la
Convivencia.
5. Promueve la participación en el estudio y elaboración del Proyecto Educativo
Institucional – P.E.I. y el Manual para la Convivencia.
6. Actúa como conciliador(a), mediador(a) entre Directivos, administradores,
Educadores, Estudiantes y Padres de Familia cuando se presenten conflictos.
7. Promueve espacios y dinámicas para la construcción de valores y propuestas de
Convivencia.
58
8. Mantiene un clima de unidad, cordialidad y de respeto entre los compañeros,
Educadores, Directivos administradores y comunidad en general.
9. Informa en los grupos sobre los cambios o sugerencias tomadas por el Rector
y Coordinadores pertinentes a su cargo.
PARÁGRAFO 13. MEDIADOR(A). Su desempeño se ve reflejado y sustentado desde las
siguientes características:
1. Escucha atentamente a los demás y lo hace con interés.
2. Participa en acciones de conciliación absteniéndose de tomar ventajas
innecesarias.
3. Participa en los procesos de conciliación absteniéndose de emitir juicios de valor
con respecto a las acciones y/o decisiones.
4. Sus actuaciones generan un ambiente de confiabilidad.
5. Facilita el dialogo y la concertación en la solución de problemas.
6. Comprende y ayuda a encontrar buenas alternativas de solución a las
problemáticas disciplinarias.
7. Contribuye para que disminuyan los estados de tensión y de agresividad que se
producen cuando se presentan los conflictos escolares.
8. Piensa creativamente, hace preguntas pertinentes y cuestiona oportunamente las
posiciones de las personas involucradas en los conflictos escolares.
PARÁGRAFO 14. LÌDER AMBIENTAL DE AULA. Su desempeño se ve reflejado y
sustentado desde las siguientes características:
1. Hace seguimiento al manejo adecuado del reciclaje en su grupo, verificando que
se haga una correcta separación y almacenamiento del mismo.
2. Hace seguimiento al manejo adecuado de residuos ordinarios en su grupo,
verificando que se haga una correcta separación y almacenamiento del mismo.
3. Hace seguimiento a las prácticas para el uso adecuado del agua.
4. Hace seguimiento a las prácticas para el uso adecuado de la energía.
5. Divulga la información al interior del grupo, referente a los programas y/o
proyectos de gestión ambiental.
6. Asiste a las reuniones de gestión ambiental programadas en la Institución.
7. Entrega mensualmente al líder del proyecto PRAE, la planilla para obtener los
puntajes de su grupo en el concurso ambiental.
8. Motiva a su grupo para evidenciar en la práctica, el estimulo o el comparendo
ambiental a que se hacen acreedores cada mes.
59
9. Lidera campañas tendientes al uso adecuado y la protección del entorno
ambiental institucional, representado en los suelos, las amplias zonas verdes, la
fauna y la flora, entre otros recursos naturales.
10. Promueve acuerdos entre sus compañeros de grupo, tendientes a disminuir los
niveles de contaminación visual, auditiva y del suelo por la disposición inadecuada
de residuos, al interior de la planta física.
PARÀGRAFO 15. PERFIL DEL DOCENTE DE LA EDUCACIÓN MEDIA. El docente
generador de cambios individuales, grupales y comunitarios debe ser una persona
integral, de acuerdo a las necesidades del mundo actual, para que a partir de su
práctica pedagógica y relaciones genere inquietudes en el alumno y lo motive a la
búsqueda de soluciones y profundización.
ASPECTO HUMANO:
 Sensible frente a todo proceso de desarrollo humano y al entorno para mejorarlo.
 Que a partir de lo esencial genere espacios de reflexión, autocrítica y autogestión.
 Que comprenda y respete al alumno en su identidad cultural y social.
 Tenga un comportamiento ético en todas las relaciones.
ASPECTO CIENTÍFICO:
 Posea espíritu investigador generador de procesos.
 Que continúe en su proceso de aprendizaje y actualización pedagógica y
específica.
 Sea un motivador permanente y oportuno hacia la adquisición de saberes.
 Que posea una formación sistemática y actualizada de su saber específico.
 Que propenda por el buen manejo y la productividad racional de los componentes
del medio ambiente.
ASPECTO ARTÍSTICO:
 Administrador de la estética en todas las relaciones y actividades.
ASPECTO PEDAGÓGICO:
 Que tenga actitud de apertura y cambio hacia las nuevas propuestas pedagógicas y
metodológicas.
 Que ame su rol de formador de hombres y se profesionalice en ello.
 Que sea creativo, recursivo e innovador en su quehacer pedagógico.
 Que sea consciente y aproveche todo evento y sepa volverlo pedagógico.
ARTÍCULO 14. ESTILO DE DIRECCIÓN Y GESTIÓN EDUCATIVA. En el momento actual
toda Institución Educativa debe optar por un estilo de dirección y gestión educativa
basado en el liderazgo transformacional, en el cual Docentes y Directivos Docentes se
60
desempeñen como mediadores y dinamizadores del proceso educativo que en todas
sus dimensiones da cuenta de los resultados obtenidos en las diferentes áreas de la
gestión; al mismo tiempo, los Estudiantes dentro de este modelo – a través del
proceso de formación – a adquirir las bases para desempeñarse como los líderes
transformacionales que se requieren en el ámbito local, regional, nacional y/o
mundial. Por su parte, los Padres de Familia se convierten en un complemento vital
frente a todas las estrategias referentes al proceso de formación anteriormente
mencionado, además, con su participación activa se revitaliza la gestión de
Convivencia y proyección comunitaria y se convalidan los diferentes órganos del
gobierno escolar.
El eje articulador del modelo que se propone se fundamenta en los procesos
académico – pedagógicos que dan cuenta de la misión esencial de la Institución
Educativa, pero sin dejar de lado el apoyo que se brinda desde los procesos
correspondientes a las demás áreas: Directiva (misión orientadora), administrativa y
financiera (misión de apoyo) y de Convivencia y comunidad (misión vital).
Mediante el estilo propuesto se tiene la intención de incorporar aportes de la
investigación pedagógica con el firme propósito de promover el mejoramiento y la
actualización de la estrategia curricular soportada en criterios tales como:
1. La construcción compartida de un enfoque pedagógico claro.
2. El establecimiento de una ruta metodológica que nos permita un diseño curricular
que parta de un diagnóstico socio – cultural y de los lineamientos y estándares
emanados desde el Ministerio de Educación Nacional – MEN.
3. El desarrollo de temáticas transversales a las áreas que aparecen configuradas
como de enseñanza obligatoria (Educación sexual, democracia y valores en
general, uso del tiempo libre, instrucción cívica y ecología y medio ambiente).
4. La adopción de metodologías con estrategias didácticas que despierten la
motivación y el interés de los Estudiantes por aprender significativamente.
5. El gestionar la consecución de nuevos materiales y equipos que permitan mejorar
los ambientes de aprendizaje a partir de la dotación de aulas especializadas e
incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación.
6. El ajuste a un sistema de Evaluación con características de pertinencia – relevancia
y efectividad.
7. La adopción de unas formas y métodos de Evaluación coherentes con el enfoque
pedagógico.
8. La definición de criterios claros de promoción y Evaluación de los Estudiantesbasados en la normatividad vigente.
61
9. La solución de problemas y la ejecución de proyectos a través del fomento al
trabajo en equipo – entre otros.
El estilo propuesto aunque se fundamenta en procesos pedagógicos, no deja de lado
los procesos de administración y de participación de la Comunidad Educativa como
apoyo para el direccionamiento estratégico y la gestión educativa integral, es decir,
con una mirada holística desde las diferentes esferas que transversalizan el liderazgo
en la Institución escolar.
El modelo sugerido supera la verticalidad y la rigidez de los estilos tradicionales, para
darle cabida a la horizontalidad, la colegiatura y la democracia, de tal suerte, que la
participación y la concertación se convierten en políticas claras que permean el clima
organizacional y que permiten dinamizar y articular los órganos del gobierno escolar,
lo mismo que las estrategias para resolver las diferencias y los conflictos que puedan
presentarse en cualquiera de los estamentos que conforman la Comunidad Educativa:
Usuarios internos (Estudiantes, Docentes, Padres de Familia, Directivos Docentes y
personal de servicios administrativos) y externos.
Finalmente, la gestión educativa entendida como un proceso que integra varias áreas
que a su vez se componen de diferentes elementos que se relacionan y entrecruzan,
permite la administración, la dirección, la conducción y la orientación de la Institución
Educativa para dar vía libre al proceso de formulación, planeación, ejecución y
Evaluación del Proyecto Educativo Institucional – P.E.I.
ARTÍCULO 15. OBJETIVOS INSTITUCIONALES. Son la expresión de los objetivos
educativos que orientan los procesos de enseñanza-aprendizaje en el nivel
correspondiente a las programaciones de aula. Expresan la aportación concreta que,
desde cada una de las áreas de la gestión educativa (directiva, académica-pedagógica,
administrativa-financiera y de Convivencia y comunidad), se hará al desarrollo de las
metas que se desprenden del Proyecto Educativo Institucional P.E.I. Ellos son:
a) Propiciar un clima organizacional armónico entre los estamentos comprometidos
en el desarrollo de los procesos educativos, mediante la claridad en las acciones y
las comunicaciones.
b) Valorar al Educando como centro del proceso educativo y sujeto activo de su
Formación Integral, evidenciado en su desempeño en el ámbito escolar y social.
c) Implementar mecanismos que permitan vincular la Institución con la comunidad y
el entorno natural y social.
62
d) Proporcionar una Formación Integral encaminada al desarrollo de las dimensiones
del ser humano: Ética, cognitiva, comunicativa, ambiental, recreativa, corporal,
estética y espiritual.
e) Fomentar acciones encaminadas al logro de las competencias básicas, ciudadanas
y laborales que le permitan al Educando el acceso al sector productivo y el avance
en su proceso formativo.
f) Construir Comunidad Educativa con capacidad de gestión, para formar jóvenes con
identidad individual y colectiva, con desarrollo de competencias en el campo de la
ciencia, la tecnología, las humanidades, la ecología y el entorno ambiental, que les
permita al terminar su Educación media, el ingreso a la Educación superior y/o al
sector laboral.
g) Orientar los procesos de formación por medio de todas las formas del lenguaje,
utilizando la creatividad, la expresión y la comunicación como elementos de
gestión educativa.
h) Orientar la organización hacia la preservación del ambiente y de las instituciones
sociales.
i) Implementar mecanismos para prestar servicios a la comunidad a través de los
espacios físicos y los recursos humanos y tecnológicos.
ARTÍCULO 16. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES. Nuestra identidad como comunidad debe
ser plasmada en símbolos que con orgullo y respeto nos identifiquen dentro del
Municipio; nacidos de nuestros valores formativos y del sentir humano. Los nuevos
símbolos institucionales fueron adoptados mediante concurso entre los Estudiantes y
profesores de la Institución y el proyecto ganador fue aprobado por el Consejo
Directivo. Así:
PARÁGRAFO 1. NUESTRO ESCUDO. Diseñado por el Estudiante DIEGO ALEJANDRO
MORALES ZAPATA del grado 11º en el año 2005, se compone de:
a) ALAS: Entendidas como símbolos reconocidos a nivel mundial para representar el
buen desempeño y la excelencia en diferentes actividades. Significan también las
metas que podemos lograr a través de nuestro esfuerzo y dedicación.
b) HOMBRE CON LIBRO EN ALTO: Representa el medio por el cual podemos lograr el
conocimiento, el liderazgo y la responsabilidad necesarios para una mejor
sociedad.
c) DIPLOMA Y BIRRETES: Representan la gratitud que ofrecemos y recibimos, durante
y al final de un proceso educativo y que nos acompañará el resto de la vida.
63
d) MANOS Y AVE: Representan la Convivencia armónica que debe existir entre los
seres humanos y su entorno natural.
e) A continuación podemos observar su imagen:
PARÁGRAFO 2. NUESTRO LEMA. “LA EXCELENCIA, NUESTRO COMPROMISO”.
Entendemos claramente que el compromiso ético, moral y cultural de nuestros
Directivos, Educadores y Estudiantes, nos llevará en un futuro no lejano a ser
reconocidos con orgullo como los mejores en nuestra misión social. Su autoría
corresponde a la Estudiante CAROLINA LOPERA GÓMEZ del grado 6º en el año 2005. A
continuación podemos observar su imagen:
PARÁGRAFO 3. NUESTRO LOGOTIPO. Simbolismo donde se observan las iníciales del
nombre de la Institución Educativa “JOSÉ MARÍA BERNAL” – J.M.B. Diseñado por el
Educador IVÁN DARIO CEBALLOS MAYA. A continuación podemos observar su imagen:
64
PARÁGRAFO 4. NUESTRA BANDERA. Su triángulo azul celeste, simboliza la serenidad
que obtenemos al lograr nuestros ideales. De este triángulo se originan los tres colores
(verde – amarillo - rojo), que son los que identifican nuestro Municipio. Diseñada por
el Estudiante DIEGO ALEJANDRO MORALES ZAPATA del grado 11º en el año 2005.
Mediante Resolución # 035 de abril 1 de 1982, el Concejo Municipal de Caldas adoptó
los colores de la bandera de la ciudad de acuerdo con la titulación heráldica hecha por
su autor:
a) Una faja, sinople (verde), denota esperanza, fe, servicio, respeto.
b) Una faja, oro (amarillo), que significa poder, luz, fuerza, riqueza, constancia,
nobleza, sabiduría.
c) Una faja, gules (rojo), denota fortaleza, victoria, osadía, alteza, ardid.
A continuación podemos observar su imagen:
PARÁGRAFO 5. NUESTRO HIMNO. Sus ajustes en términos de la letra y la música
fueron recientemente realizados por el Educador GABRIEL GIRALDO ARANGO,
mientras que su montaje y grabación fueron hechos por el músico CARLOS MARIO
VÁSQUEZ ROJAS; ambos personajes de la estirpe Jomaberiana. “Invitamos a toda la
Comunidad Educativa a entonarlo y/o cantarlo cuando sea escuchado”. Su letra y sus
estrofas son las que aparecen a continuación:
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CORO
Caminemos con ansias de gloria
A buscar formación y saber,
Que quien sabe construye su historia
Con esfuerzo, constancia y querer.
Estrofa # 1
Estrofa # 2
El liceo y sus aulas te llaman
A sembrar la semilla del bien
A ir buscando del cosmos el alma,
A ir palpando del mundo la piel.
Estrofa # 3
La simiente sembrada en el surco
Alma mater de Caldas es ya,
Que a sus hijos abriga con gusto
La excelencia es su meta final.
Estrofa # 4
A la brega los jóvenes marchan;
Encendida la luz del mañana
Y los niños sedientos están
Sobre ciencia, virtud y valor
Por hacer de sus aulas campanas
Tallaremos del niño su alma
Con tañidos de paz y verdad.
Y del joven su gran corazón.
Estrofa # 5
A así unidos cantemos victoria
Tras la lid que debemos ganar,
Y en el campo dejemos memorias
Que otros hombres podrán continuar.
PARÀGRAFO 6. NUESTRO LEMA AMBIENTAL. “La Educación debe contribuir a formar
individuos conscientes de la problemática ambiental y de su papel en la misma, con el
fin de generar actitudes de respeto y valoración del entorno”. La Educación ambiental,
más que un aspecto particular del proceso educativo, debe considerarse como una
base privilegiada para la elaboración de una nueva manera de vivir en armonía con el
entorno, que permita un nuevo estilo de vida. LA ARAUCARIA, entre otras especies,
que representan la imagen de nuestro entorno ambiental, es un árbol de porte cónico
que puede llegar hasta los 70 m de altura, además, es un árbol majestuoso con un
follaje de un color verde intenso, nativo solamente a la isla de Norfolk en el océano
66
pacífico. En esta especie vegetal se simboliza la equidad de género, ya que posee
flores masculinas y femeninas.
CAPÍTULO III
ORIENTACIONES CURRICULARES
ARTÍCULO 17. CONCEPTO DE CURRÍCULO. Según lo estipulado en el artículo 76 de la
Ley 115 de 1994, es el conjunto de criterios, planes de estudio, programas,
metodologías, y procesos que contribuyen a la Formación Integral de nuestros
Educandos y a la construcción de la identidad cultural nacional, regional y local,
incluyendo también los recursos humanos, académicos y físicos con que cuenta la
Institución para poner en práctica las políticas del sector educativo y desarrollar
cabalmente nuestro Proyecto Educativo Institucional – P.E.I.
ARTÍCULO 18. PLAN DE ESTUDIOS. De conformidad con el artículo 79 de la Ley 115 de
1994 y el artículo 38 del Decreto 1860 de 1994; es nuestro esquema estructurado de
las áreas obligatorias y fundamentales con sus respectivas asignaturas y proyectos
pedagógicos, que forman parte del currículo de la Institución Educativa. Dicho plan se
soporta en el diseño y elaboración de los planes genéricos de cada área y/o
asignatura, de los proyectos pedagógicos de enseñanza obligatoria, del sistema de
Evaluación institucional, del propio Manual para la Convivencia escolar, de otros
proyectos pedagógicos y del micro diseño curricular basado en los proyectos
pedagógicos de aula, entre otros. Atendiendo a los fines y objetivos de la Educación en
Colombia, a los lineamientos y estándares curriculares expedidos por el Ministerio de
Educación Nacional, a los instrumentos para la calidad de la Educación que define y
67
adopta el propio ministerio y de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional, dicho
plan de estudios contiene al menos los siguientes aspectos:
1. Los objetivos por niveles, grados y áreas.
2. La intención e identificación de los contenidos, temas y problemas de cada área y
proyecto pedagógico, señalando las correspondientes actividades pedagógicas.
3. La distribución del tiempo y las secuencias del proceso educativo, señalando en
qué grado y período lectivo se ejecutan las diferentes actividades.
4. Los logros, competencias y conocimientos que los Educandos deben alcanzar y
adquirir al finalizar cada uno de los períodos del año escolar, en cada área y grado.
5. Los criterios y procedimientos para evaluar el aprendizaje, el rendimiento y el
desarrollo de capacidades de los Educandos.
6. La implementación de adaptaciones curriculares y el diseño general de planes
especiales de apoyo para Estudiantes con barreras para el aprendizaje y la
participación.
7. La metodología aplicable a cada una de las áreas, señalando el uso del material
didáctico, textos escolares, laboratorios, ayudas audiovisuales, informática
educativa o cualquier otro medio que orienta o soporta la acción pedagógica.
8. Indicadores de desempeño y metas de calidad que permitan llevar a cabo la
autoevaluación institucional.
9. Los criterios de Evaluación y administración del plan.
ARTÍCULO 19. DIMENSIONES DEL DESARROLLO HUMANO. Para el logro de los
objetivos de la Educación preescolar se establecen las siguientes dimensiones del
desarrollo humano con su respectiva intensidad horaria semanal para organizar el
desarrollo de las actividades pedagógicas de aprestamiento correspondientes a este
nivel, relacionadas con las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la
formación, así:
INTENSIDAD HORARIA
DIMENSIONES DEL DESARROLLO HUMANO
PREESCOLAR
Dimensión comunicativa
3
Dimensión cognitiva
3
Dimensión socio-afectiva
3
Dimensión ética
3
Dimensión corporal
3
68
Dimensión artística
3
Dimensión espiritual
2
Total horas – semanal
20
Total horas – anual
800
ARTÍCULO 20. ÁREAS OBLIGATORIAS Y FUNDAMENTALES. En virtud de la autonomía
escolar ordenada por el artículo 77 de la Ley 115 de 1994, el Establecimiento Educativo
al ofrecer Educación formal, goza de autonomía para organizar las áreas obligatorias y
fundamentales definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de
las áreas establecidas en la Ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y
características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades
formativas, culturales y deportivas, dentro de los lineamientos que establezca el
Ministerio de Educación Nacional. Por lo tanto, considerando lo estipulado en los
artículos 23 y 31 de la Ley 115 de 1994, para el logro de los objetivos de la Educación
básica primaria, básica secundaria y media académica establece las áreas obligatorias
y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán
que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional, y con la
intensidad horaria semanal determinada por los órganos del gobierno escolar con que
aparecen a continuación como matriz de plan de estudios:
ÁREAS Y/O ASIGNATURAS
Ciencias naturales y Educación
ambiental.
Física.
Química.
Ciencias sociales, historia,
geografía, Constitución Política
y democracia.
Ciencias económicas y
políticas.
Filosofía.
Educación artística y cultural.
Educación ética y en valores
humanos.
Educación física, recreación y
BÁSICA
PRIMARIA
4
INTENSIDAD HORARIA
BÁSICA
MEDIA
SECUNDARIA
ACADÉMICA
4
3
3
4
4
2
1
2
2
2
1
1
2
2
2
2
2
69
deportes.
Educación religiosa.
Humanidades, lengua
castellana (español).
Humanidades, idioma
extranjero (inglés).
Matemáticas.
Tecnología e informática.
Total semanal en períodos de
clase.
Total anual esperado.
1
2
1
4
4
4
1
3
3
5
1
5
2
4
2
25
30
30
1000
1200
1200
NOTA: Para la Educación media académica, dichas áreas se ofrecen en un nivel más
avanzado. Además, la Institución garantiza el Derecho a que el Estudiante reciba el
área de Educación religiosa como otra disciplina más del conocimiento, sin perjuicio de
las garantías constitucionales de libertad de conciencia y de cultos.
ARTÍCULO 21. PROYECTOS PEDAGÓGICOS. De conformidad con el artículo 36 del
Decreto 1860 de 1994, el proyecto pedagógico es una actividad incorporada al
currículo y desarrollada a través de todo el plan de estudios, que de manera
planificada ejercita al Educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados
por tener relación directa con su entorno social, cultural, científico y tecnológico.
Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos,
habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de las diversas
áreas y/o asignaturas, así como de la experiencia acumulada. La enseñanza prevista en
el artículo 14 de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo esta modalidad de proyectos
pedagógicos. Su desarrollo responde a la estrategia de transversalización de temáticas
y actividades pedagógicas diversas, a través de todas y cada una de las áreas
obligatorias y fundamentales del conocimiento y la formación del Educando desde el
grado cero hasta el grado once. La conformación de equipos líderes, garantiza el
diseño de los programas correspondientes a cada uno de los proyectos, lo mismo que
el seguimiento, el control y la Evaluación de los mismos. El diario pedagógico del
Docente y el cuaderno de proyectos del Estudiante denominado “MIS CAMINOS”, se
convierten en la evidencia directa, certera y concreta de la ejecución y puesta en
marcha de dichos programas. En particular, cada Docente recibe la estructura de cada
proyecto, en la cual se proponen las temáticas y/o actividades pedagógicas que deben
70
desarrollarse desde el área o asignatura que imparte y en el respectivo grado. Al
respecto, la Institución Educativa se compromete a utilizar los recursos de que dispone
para:
1. La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los
recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la
Constitución Política; a través de la implementación del Proyecto Ambiental
Escolar PRAE denominado “HACIA LA CONSOLIDACIÓN DE LA CULTURA
AMBIENTAL EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA JOMABERIANA DEL MUNICIPIO DE
CALDAS”.
2. El estudio, la comprensión y la práctica de la constitución y la instrucción cívica, de
conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política; a través de la puesta en
marcha de un proyecto que se justifica en que uno de los papeles fundamentales
de la Educación es la formación del ciudadano en el respeto por las normas de
Convivencia, en el sentido de la justicia como forma civilizada de dirimir los
conflictos , en el respeto de los Derechos, en el ejercicio de los Deberes básicos
que garanticen el bien común, en el respeto por la diferencia de género, en el
fortalecimiento de la identidad nacional, en la valoración de la diversidad étnica y
cultural y en el fortalecimiento de procesos de participación democrática como
posibilidad para que los Estudiantes construyan una nueva sociedad. Dentro de la
capacitación a que se refiere este proyecto, Deberán impartirse nociones básicas
sobre jurisdicción de paz, mecanismos alternativos de solución de conflictos,
Derecho de familia, Derecho laboral y contratos más usuales. Implementados en
la estrategia de formación de Lideres Mediadores Escolares.
3. La Educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la
confraternidad, el cooperativismo y en general, la formación en los valores
humanos; a través de la implementación del proyecto de valores.
4. La Educación para la Sexualidad, impartida en cada caso de acuerdo con las
necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los Educandos según su edad; a través
de la implementación del proyecto “Educación para la Sexualidad y Construcción
de Ciudadanía”.
5. Familias Jomaberianas juntas para una sana Convivencia; su implementación se
hace a través de jornadas de encuentro con Padres y madres de familia.
6. La construcción y puesta en marcha del Proyecto de Vida de cada Estudiante
“Atrapando Sueños”, desde el grado cero hasta el grado once, con la asesoría y
acompañamiento de los Docentes de Educación ética y en valores humanos y
como eje articulador del proceso de transversalización de los proyectos
71
obligatorios. La orientación vocacional desde el grado sexto hasta el grado octavo
y la orientación profesional desde el grado noveno hasta el grado once.
7. El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la
práctica de la Educación física, la recreación y el deporte formativo.
Implementación del subproyecto denominado “LOS ENCARRETES”.
72
8. Servicio Social del Estudiantado, el cual se fundamenta en lo siguiente:
73
JUSTIFICACIÒN: Mediante Resolución 4210 de 1996, el Ministerio de Educación
reglamentó el Servicio Social Estudiantil Obligatorio. Estableció que éste es uno de
los componentes fundamentales en la Formación Integral del Estudiante y que su
cumplimiento, de carácter obligatorio, posibilita la vinculación del Estudiante en
su medio para que sus conocimientos y competencias puedan ser aplicados y
apoyen el desarrollo de la comunidad. Dentro del marco de la transformación
educativa vigente, el Servicio Social Estudiantil Obligatorio tendrá que diseñarse
como un proyecto pedagógico de interacción comunitaria que responda a las
necesidades y expectativas de cada comunidad. Por lo tanto el carácter de este
proyecto podrá cubrir muchos campos de acción.
MARCO LEGAL: El Servicio Social Estudiantil Obligatorio es un elemento del
proceso educativo, que busca desarrollar distintos valores en el Educando y un
requisito indispensable para optar por el título de bachiller, razón por la cual, no
origina ningún tipo de relación laboral, más aún, porque es un medio que busca
lograr los fines constitucionales y legales que persigue la Educación. La Ley 115 de
1994, concibe el Servicio Social Estudiantil Obligatorio como un componente
curricular exigido para la Formación Integral del Estudiante en los distintos niveles
y ciclos de la Educación formal por constituir un programa que contribuye a la
construcción de su identidad cultural, nacional, regional y local, que en armonía
con lo dispuesto en el artículo 204 de la misma Ley, se constituye en un
mecanismo formativo que permite el desarrollo del proceso educativo de los
Educandos, no sólo en el Establecimiento Educativo, sino también en el contexto
familiar, en el ambiente y en la sociedad. Con la expedición de la Resolución N°
4210 de septiembre 12 de 1996 “Por la cual se establecen reglas generales para la
organización y el funcionamiento del Servicio Social Estudiantil Obligatorio”, el
gobierno nacional establece reglas generales para la organización y el
funcionamiento del Servicio Social Estudiantil Obligatorio que deben ser tenidos
en cuenta por los Establecimientos Educativos estatales y privados, para cumplir el
propósito fundamental de integrar a la vida comunitaria al Educando del nivel de
Educación media académica o técnica, con el fin de contribuir a su formación social
y cultural, a través de proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores,
especialmente, la solidaridad, la participación, la protección, conservación y
mejoramiento del ambiente y la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre.
El proyecto da cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 115, en el artículo 97 del 8 de
febrero de 1994, el Decreto 1860 en su artículo 39 del 3 de agosto de 1994 y en la
74
Resolución 4210 del 12 de septiembre de 1996. El cual se fundamenta en los
siguientes elementos:
OBJETIVO: Implementar en la Institución Educativa criterios claros para dar el
cumplimiento al servicio social del Estudiante vinculado y articulado a los
proyectos pedagógicos.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Sensibilizar al Educando frente a las necesidades,
intereses, problemas y potencialidades de la Comunidad Educativa, para que
adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación a los proyectos de:
constitución e instrucción cívica, proyecto ambiental, proyecto de Educación para
la sexualidad y construcción de ciudadanía, proyectos de valores y familias
Jomaberianas juntas para una sana Convivencia, y proyecto de tiempo libre que
contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida. Reforzar los hábitos formativos
que alientan la responsabilidad y la honestidad en las actuaciones cotidianas.
Sensibilizar al Educando frente a las necesidades, intereses, problemas y
potencialidades de la comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y
actitudes en relación con el mejoramiento de la misma. Contribuir al desarrollo de
la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la
responsabilidad y el compromiso con su entorno social. Promover acciones
educativas orientadas a la construcción de un espíritu de servicio para el
mejoramiento permanente de la comunidad y a la prevención integral de
problemas socialmente relevantes. Promover la aplicación de conocimientos y
habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de
estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades.
Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como
Derechos que permiten la dignificación de la persona y el mejoramiento de su
nivel de vida.
METODOLOGÍA: El proyecto se desarrolla bajo las siguientes fases:
1. Sensibilización y presentación.
2. Inscripción a cada uno de los subproyectos.
3. Formación o capacitación en elementos generales y específicos.
4. Diseño y ejecución.
REQUISITOS PARA EJECUTARLO: Cumplir con las fases 1, 2, 3 y 4, diligenciar la
tabla del control de actividades, cada proyecto debe estar orientado por un
profesor líder quien avala cada una de las actividades propuestas en el proyecto,
el certificado del Servicio Social del Estudiantado será elaborado por el
Coordinador general del proyecto y avalado por el señor Rector de la Institución,
75
cada profesor líder debe presentar un informe por escrito al Coordinador general,
de los Estudiantes que cumplieron a cabalidad con su Servicio Social del
Estudiantado y los proyectos tendrán una duración por horas, semestral o anual.
DEBERES: Un Estudiante que se inscriba en un proyecto para cumplir con el S.S.E.,
no podrá hacer cambios de proyectos ni suspender la actividad. Si un Estudiante
deja de asistir sin causa justificada al proyecto no se le reconocerá el tiempo que
haya invertido en él. Debe cumplir siempre con su horario, si falta debe presentar
excusa, firmada por el acudiente y director del proyecto, avalada con fórmula
medica. Los Estudiantes deben ser honestos y respetuosos con las personas que
comparten su proyecto. Tener una presentación impecable y excelente. El
Estudiante debe diligenciar su diario de campo según las pautas dadas. Llevar el
uniforme como lo exige el Manual para la Convivencia. Asistir puntualmente a las
actividades programadas. Cumplir con los Deberes estipulados en el Manual para
la Convivencia.
PARÁGRAFO 1. FUNCIONES DE LOS EDUCADORES DE LOS EQUIPOS LÍDERES DE LOS
PROYECTOS.
a) Asistir y participar en las actividades de encuentro de los equipos líderes
convocados por la institución.
b) Diseñar los proyectos, ajustados a las orientaciones y especificaciones ya
establecidas.
c) Coordinar, acordar y especificar acciones con los educadores que integran cada
uno de los proyectos de la institución, según se plantee en el plan operativo a
desarrollar en el año escolar.
d) Asignar actividades que deben desarrollar los grupos de educadores que
conforman los proyectos.
e) Concertar con los coordinadores los espacios de encuentro con todos los
integrantes de los grupos de cada proyecto.
f) Organizar y desarrollar las reuniones de seguimiento y evaluación del plan
operativo del proyecto tres veces al año.
g) Diseñar estrategias de solución a las dificultades propias de los procesos de
implementación de los proyectos.
PARÁGRAFO 2. FUNCIONES DE LOS EDUCADORES QUE INTEGRAN LOS GRUPOS DE
CADA PROYECTO.
a) Participar en las reuniones que convocan los líderes de cada proyecto.
b) Desarrollar actividades del plan de acción y cronograma de actividades.
76
c) Acompañamiento a los estudiantes y padres de familia en las actividades
propuestas por el equipo líder.
d) Generar estrategias de comunicación, divulgación, evaluación y recolección de
evidencias del proceso de implementación del proyecto.
e) Participar del seguimiento de los proyectos en jornadas convocadas por los
equipos líderes de cada proyecto.
f) Coordinar y acompañar al grupo de estudiantes asignados a cada uno de los
proyectos para el cumplimiento de su servicio social, teniendo en cuenta el plan de
acción establecido.
PARÁGRAFO 3. FUNCIONES DE LOS ESTUDIANTES QUE CUMPLEN EL SERVICIO SOCIAL
DEL ESTUDIANTADO VINCULADOS A LOS PROYECTOS.
a) Cumplir con la fase de sensibilización para la elección del proyecto al cual se
vinculará.
b) Cumplir con las actividades asignadas en el plan operativo del proyecto al cual ha
sido asignado.
c) Desarrollar el componente comunicativo de cada uno de los proyectos, (carteleras,
emisora, material didáctico, actividades de acompañamiento en las sedes).
d) Establecer vínculos de comunicación con el coordinador de la sede de primaria a
donde ha sido asignado.
e) Presentar informe oportuno de actividades realizadas, con evidencias.
f) Participar en las reuniones a que sean convocados por los equipos líderes o
equipos de los proyectos.
g) Colaborar en cualquier función asignada pertinente al proyecto.
CAPÍTULO IV
BENEFICIOS ESTUDIANTILES
ARTÍCULO 22. ESTÍMULOS. Desde este paradigma, la Institución Educativa, pretende
provocar una respuesta positiva del estudiantado de cara a elevar el rendimiento
académico de los mismos y a generar en ellos conductas que se reflejen en un buen
comportamiento y en un testimonio permanente de la puesta en práctica de los
valores humanos. Para tal efecto, se ofrecen los siguientes estímulos:
1. CUADRO DE HONOR: Se concede a todos los Estudiantes que obtengan valoración
con desempeño alto o superior en todos los aspectos académicos y valoración
positiva comportamental. Consiste en publicar en cartelera al finalizar cada
período y al finalizar el año, el listado con los mejores Estudiantes de cada grupo y
77
2.
3.
4.
5.
6.
7.
el mejor grupo, una vez revisados los resultados (consolidados) por parte de las
comisiones de Evaluación y promoción. Además, se divulgarán dichos listados a
través de los medios de comunicación internos, es decir, se harán públicos.
Siempre que sea posible, se le agregará la fotografía del mejor grupo en cada
grado.
RECONOCIMIENTO AL MEJOR GRUPO: Se concede al grupo que se hace acreedor al
cuadro de honor una vez finalizado cada período. Consiste en otorgarle al grupo y
su director un día de descanso de las actividades académicas.
MENCIÓN DE HONOR: Se concede a todos los Estudiantes que aparezcan en el
cuadro de honor. Consiste en una constancia escrita del buen comportamiento y
rendimiento académico del Estudiante. Dicho documento será entregado al
finalizar cada período y al finalizar el año escolar, por cada director de grupo en el
acto de entrega de informes a los Padres de Familia - acto público. Además, se
otorga al finalizar el año escolar, a los Estudiantes de cada grupo que mejor hayan
evidenciado cada uno de los valores institucionales.
CERTIFICADO DE EXCELENCIA: Se concede al finalizar el año al mejor Estudiante
integral de cada grado, es decir, es el Estudiante más destacado comportamental y
académicamente dentro del cuadro de honor que resulta del informe final.
Consiste en un documento escrito, en una placa o en una medalla recordatorio.
RECONOCIMIENTO A LA EXCELENCIA: Se concede al finalizar el año a los
Estudiantes que se hacen acreedores al certificado de excelencia. El Rector de la
Institución, hará público dicho reconocimiento en la noche de los mejores. En este
mismo evento se reconocen la participación y la proyección comunitaria de otros
miembros de la Comunidad Educativa (Directivos Docentes, Docentes y Padres de
Familia).
RECONOCIMIENTO AL MEJOR BACHILLER: Se concede al finalizar el año y en el acto
protocolario de graduación, al mejor Estudiante del grado undécimo, en las
categorías hombre y mujer. Se seleccionan del listado de cuadro de honor que
resulta del informe final, atendiendo al principio de integralidad. Consiste en un
pergamino o placa recordatorio al mejor bachiller integral.
REPRESENTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN: Se concede sólo a los Estudiantes que
mantengan un buen rendimiento académico y comportamental. Dicha
representación podrá darse en cualquier tipo de actividad cultural, recreativa,
deportiva, cívica y religiosa, entre otras. Los Estudiantes con bajo rendimiento
académico (tres o más asignaturas reprobadas) y/o problemas disciplinarios o
78
comportamentales por la ocurrencia de faltas graves y/o gravísimas, no se hacen
acreedores a este estímulo.
PARÁGRAFO 1. Aquellos Estudiantes que el Comité de Convivencia afirme que han
mejorado y se comprometen con su proceso académico y comportamental podrán
representar a la Institución.
PARÁGRAFO 2. LA EXCELENCIA JOMABERIANA. La excelencia personal se define como
un camino, una actitud mental y una posición ante la vida, en donde el ser humano se
siente capaz, buscando siempre lo mejor. En otras palabras se puede definir como la
manera en que el individuo hace las cosas desarrollando todo el potencial posible, sin
perder tiempo en buscar excusas ni razones para demostrar que algo no se puede
hacer. Es así como la Institución parte del principio de que la Educación no se reduce a
la mera instrucción. El maestro ha de ser Educador en sentido completo, favoreciendo
el desarrollo de todos los aspectos de la persona y contribuyendo a una Educación
integral y personalizada. Todo ello pretendemos alcanzarlo a través de la cultura de la
excelencia que es la que nos va a permitir formar Estudiantes íntegros, que son
aquellos en los que se consigue armonizar los aspectos informativos y formativos
(valores).
a) ¿Qué tipo de personas queremos formar?
 Con criterios propios para buscar la verdad y asumirla y no ser manipulado por
otros.
 Con voluntad firme.
 Con optimismo para afrontar las dificultades.
 Con deseo de superación personal.
 Con respeto al pluralismo.
 Con autoestima.
 Con actitud positiva hacia lo que les rodea.
 Con valores humanos: justicia, solidaridad, comprensión, etc.
 Con capacidad crítica hacia lo que la sociedad les ofrece.
b) ¿Qué entendemos por un Estudiante excelente? Podemos dar distintas
definiciones:
 Un Estudiante es excelente cuando se conjugan en él armónicamente los
conocimientos y los valores humanos y sirve como modelo para los demás.
 Un Estudiante es excelente si está a gusto consigo mismo, le gusta lo que hace (no
es lo mismo hacer lo que le gusta), es feliz e intenta hacer felices a los demás.
 Un Estudiante es excelente si sobresale, especialmente, en valores humanos.
79

La diferencia entre un Estudiante brillante (buen rendimiento académico) y
excelente radica en la bondad como ser humano.
Por eso hemos decidido tomar como símbolo de la excelencia Jomaberiana el
ICOTRIEDRO, que representa todo el proceso para llegar a la excelencia. Él representa
cada una de las dimensiones del desarrollo humano.
DIMENSIÓN BIOLÓGICA: La persona humana vive un permanente estado de cambios
que tocan a todas y cada una de las dimensiones, no obstante, ellos pueden agruparse
para dar origen a lo que se ha llamado etapas, es decir, a estados madurativos en el
desarrollo de la persona humana cuyas características permiten diferenciarlos
plenamente, razón por la cual es posible hablar de infancia, adolescencia, juventud,
adultez y adultez madura.
DIMENSION AFECTIVA: El ser humano es esencialmente amoroso por determinantes
biológicos. Normalmente la vida afectiva fluctúa entre los afectos placenteros (amor,
alegría) y los displacenteros (tristeza, odio) ocasionando patrones de comportamiento
acordes a los estímulos internos y medioambientales.
DIMENSION COGNITIVA: Es la dimensión que analiza la génesis y evolución del
pensamiento, entendiendo al pensamiento como movimiento interiorizado. De
manera general, al hablar de pensamiento incluimos tanto lo cognitivo (es decir, lo
estructural o nivel de pensamiento) como lo cognoscitivo (lo funcional).
DIMENSION COMUNICATIVA: La dimensión comunicativa permite la expresión de
conocimientos e ideas sobre las cosas, acontecimientos y fenómenos de la realidad, a
construir mundos posibles, a establecer relaciones para satisfacer necesidades,
formar vínculos afectivos, a expresar la creatividad, sentimientos y emociones.
80
DIMENSION ESTÉTICA: Es considerada parte fundamental de la dimensión
comunicativa, se estudia aparte por la gran trascendencia que adquiere en el
desarrollo del ser humano. No todos desarrollamos en la misma proporción nuestra
habilidad creativa, pero todos podemos disfrutar de las producciones geniales de otros
las cuales nos invitan a gozar, reflexionar y relajarnos. La dimensión estética se define
así:
 Expresión corporal Danza.
 Expresión lúdica.
 Expresión oral y escrita.
 Expresión musical.
 Expresión plástica.
 Expresión dramática.
 Expresión audio visual.
DIMENSION VALORATIVA: El desarrollo de las estructuras cognitivas y valorativas que
se traduzcan en competencias para la Convivencia es un proceso, es decir, de manera
gradual hasta lograr la configuración de un conjunto de reglas y principios que
direccionan el comportamiento cotidiano de la persona humana, contando con la
conjunción de funciones mentales, valorativas, afectivas y sociales que le permitan
discernir la conducta o camino que debe optar en determinado momento y / o
situación, lo cual podría entenderse como las competencias ciudadanas.
DIMENSION SOCIAL: La socialización es un proceso a través del cual el niño y la niña
adquieren gran cantidad de conocimientos sobre el medio físico y social, y también
habilidades, actitudes y valores. Interactúa con otras personas, se comunica, colabora,
rechaza, ama, odia. El medio social pasa a ser fundamentalmente fuente de
información, experiencia y aprendizaje, tanto de pautas elementales como de
comportamientos más complejos, afectivos y cognitivos. La dimensión social, tiene
tres escenarios que secuencialmente se influyen recíprocamente, estos escenarios son:
la familia, la escuela, la sociedad y la dimensión trascendental. La dimensión
trascendental, también es llamada dimensión espiritual, pero preferimos el primer
termino en la medida que con ello prevenimos interpretaciones en las cuales
confundan lo espiritual con lo religioso. Es precisamente la dimensión trascendental
en la que se construye el sentido de vida, el horizonte hacia donde queremos caminar.
En el ser humano, la dimensión trascendental, empieza a gestarse desde los primeros
momentos del niño o de la niña, cuando empieza a auto reconocerse para
posteriormente reconocer a los demás como legítimos otros, cuando empieza a
sentirse parte importante en su núcleo familiar para más tarde ser un ciudadano
81
participativo y solidario, cuando empieza el ejercicio colaborativo en la escuela, para
luego ser un ciudadano investido de la capacidad de ser solidario con los congéneres.
Es a través del proceso formativo y con la intencionalidad del maestro, como el niño y
la niña van descubriendo sus talentos y desarrollando habilidades y destrezas, las
mismas que posteriormente harán parte de las competencias.
El proyecto de vida, se convierte en una alternativa para ir replanteando propósitos y
desarrollar procesos, funciones, habilidades y destrezas que habilitan al ser humano
para auto trascenderse.
En la vida todo es posible y naturalmente alcanzar la excelencia no es una excepción.
¿Piensas que las personas excelentes nacieron así?, por supuesto que no, la excelencia
se construye sobre la base de un mejoramiento personal continúo. Parte de sus
ingredientes son: la autoestima positiva, la responsabilidad, cambiar un bien por un
bien mejor, sólidos valores personales, pensar a largo plazo, actitud positiva, la ética,
la ambición (que no es igual a la codicia), buscar siempre ser mejores cada día y
compartir nuestro conocimiento con los demás.
Pretender siempre algo más de lo que tenemos o de lo que somos, querer e intentar
ser mejor cada día, es tener espíritu de superación permanente, es el camino hacia la
excelencia. Pero lo más importante para lograrlo, es darnos cuenta de lo que somos y
poseemos, valorar, y decidirnos al cambio, a trabajar juntos, motivados por un espíritu
de superación constante, para alcanzar la grandeza de nuestro país y el bienestar de
toda la comunidad Jomaberiana y los Caldeños sin excepción. Estimado profesor,
Estudiante, padre de familia y comunidad en general: el momento para que comiences
a ser excelente es ahora y no después, es cuestión de tomar una decisión para cambiar
definitivamente los viejos pensamientos e iniciar una carrera hacia la excelencia.
Por todo lo anterior presentamos al icotriedro como la imagen de la excelencia
Jomaberiana.
82
ARTÍCULO 23. BIENESTAR ESTUDIANTIL. Se define como una unidad técnicoacadémica cuyos programas, actividades y acciones están orientados a la asistencia
individual y colectiva del Estudiante en cuanto a la prevención, asistencia a sus
necesidades y asesoramiento en su desarrollo personal y profesional dentro del
contexto institucional y social, lo cual conlleva a la Formación Integral del Educando.
Su misión es posibilitar un bienestar en lo que corresponde a lo académico, lo
personal, lo social, lo psicológico y la salud física; proyectando así una visión hacia la
excelencia académica y el desarrollo personal del Estudiante. Por lo tanto el bienestar
estudiantil, planifica y desarrolla acciones preventivas y correctivas, donde los
Estudiantes participan activamente durante la permanencia en la Institución Educativa
“José María Bernal”.
PARÁGRAFO 1. OBJETIVOS GENERALES.
a) Brindar servicios que proporcionen Formación Integral y bienestar a los
Estudiantes, mediante actividades humanizadas y humanizantes, que permitan
desarrollar valores acordes con la filosofía institucional.
b) Contribuir a mejorar la calidad de vida de los Estudiantes, interviniendo en el
ámbito de las relaciones interpersonales, en lo económico, vocacional y
académico.
PARÁGRAFO 2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
a) Brindar al Estudiante una serie de actividades culturales, sociales, deportivas y
recreativas para su Formación Integral.
b) Fomentar el espíritu de pertenencia, identidad, honestidad, responsabilidad,
respeto y solidaridad con sus compañeros, con la Institución y con la sociedad.
83
PARÁGRAFO 3. INTEGRANTES. El Consejo Directivo designará a las personas que
acompañarán al Personero(a) estudiantil para velar por el buen funcionamiento de
cada una de los estamentos que contribuyen al bienestar de la Comunidad Educativa
Jomaberiana.
En la Institución Educativa funcionan para el bienestar estudiantil y de la comunidad:
1. BIBLIOTECA DON QUIJOTE: Ofrece los servicios orientados principalmente a la
Comunidad Educativa, sirve de apoyo al fortalecimiento de los programas
académicos, al espíritu de investigación y a elevar el nivel cultural de sus usuarios
mediante la adquisición de recursos bibliográficos y electrónicos, la disposición
para su uso y la prestación de sus servicios, teniendo en cuenta, su reglamento
interno.
2. RESTAURANTES ESCOLARES: Este servicio se ofrece de manera preferente a los
Estudiantes que pertenezcan a los niveles 1 y 2 del SISBEN (régimen subsidiado)
y/o Estudiantes de escasos recursos económicos. El Estudiante debe dar un aporte
económico moderado cada semana por el almuerzo, el cual es asignado en
convenio con el Municipio.
3. SERVICIOS DE PRIMEROS AUXILIOS: Prestación de los primeros auxilios básicos,
que no requieran de atención médica, ni suministro de medicamentos que
requieran de formula médica. Quienes atienden este servicio, tienen una previa
orientación y un compromiso frente a la preservación de la salud en una
comunidad determinada.
4. ASESORA PSICOLÓGICA: La Institución cuenta con un Departamento de
psicoorientación, que cubre las secciones de pre-escolar, primaria y secundaria. Su
función es velar por el bienestar emocional de los Estudiantes, brindando un
trabajo orientado al mejoramiento de la salud mental, individual y colectiva, por
medio de diferentes trabajos de apoyo y orientación.
5. TIENDAS ESCOLARES: Los Estudiantes pueden disfrutar durante el descanso
pedagógico, de los alimentos balanceados que ofrece la tienda escolar. En esta se
deben respetar las normas de aseo, higiene y seguridad. Además, se deben ofrecer
variedad de productos, con precios módicos. Los demás integrantes de la
Comunidad Educativa, también pueden disfrutar de los servicios que se ofrecen en
este espacio.
6. PAPELERÍA – FOTOCOPIADORA: Servicio contratado con particulares, con el
propósito de agilizar y apoyar el proceso académico.
7. UNIDADES SANITARIAS: Espacio en el cual se ven reflejados la higiene y el aseo de
la planta física y las personas que integran la Comunidad Educativa.
84
8. AULAS MÚLTIPLES: Espacios destinados para desarrollar variedad de eventos
académicos, culturales y pedagógicos, entre otros.
9. AULAS ESPECIALIZADAS: Espacios destinados a profundizar los contenidos de las
diferentes áreas del conocimiento, al igual que para la investigación y la
demostración de diferentes temáticas.
10. OFICINAS DE RECTORÍA, COORDINACIÓN Y SECRETARÍA: Espacios destinados a la
atención de la Comunidad Educativa y a la administración y dirección del plantel.
11. ESPACIOS PARA LOS DESCANSOS PEDAGÓGICOS: Espacios destinados para la
práctica de la Educación física, la recreación y el deporte, al igual que para el
aprovechamiento del tiempo libre.
12. APOYO A LA CONVIVENCIA: Servicio ofrecido por los Docentes, quienes trabajan
para mejorar las relaciones de Convivencia escolar a través de la unidad, del
reconocimiento de sí mismo, del otro y su entorno. Colaboran con la disciplina a la
hora del descanso pedagógico, durante el año lectivo y están orientados y
supervisados por el grupo de Coordinadores. Este control se hace en biblioteca,
baños, puerta de entrada al bloque, corredores, patios y zonas de descanso en
general.
13. APOYO A LOS PROYECTOS: Servicio prestado por Estudiantes de grado 10° y 11°, y
como práctica del servicio social obligatorio. Este grupo trabaja en actividades
predeterminadas en el Departamento de orientación y/o participando
activamente con las acciones sugeridas desde los diferentes proyectos.
14. BIENESTAR ACADÉMICO: Encargado de velar por la entrega oportuna de las
actividades de nivelación y la utilización de las diferentes formas de Evaluación; de
igual manera del uso adecuado de los laboratorios de ciencias, física, química,
inglés, sala de cómputo, sala de artes y demás aulas especializadas.
15. CANALES DE COMUNICACIÓN: La Institución ofrece al estudiantado diferentes
medios de comunicación interno, que buscan fortalecer los procesos académicos,
formativos y de comunicación. Entre ellos carteleras, boletín familia escuela,
periódico, altavoz, cuaderno de comunicaciones y circulares, entre otros.
ARTÍCULO 24. MECANISMOS DE COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN. En la Institución
Educativa operan los siguientes medios de comunicación y de manejo de la
información oral o escritos:
1. Memorandos.
2. Periódico mural.
3. Boletín informe académico y comportamental.
85
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
Boletín familia escuela.
Boletín PRAE – Proyecto Ambiental Escolar.
Carteleras generales.
Alta voz.
Cuaderno de comunicaciones.
Entrevistas.
Cuaderno o formato de seguimiento.
Ficha observador.
Volantes.
Contratos pedagógicos.
Circulares.
Periódico Impreso.
Citación escrita al padre de familia.
Formato para otorgar permisos.
Reunión general o por grupos con Padres de Familia, Estudiantes, Docentes y
Personal Administrativo.
ARTÍCULO 25. MEDIACIÓN. Se propone que la mediación se establezca como una
etapa previa a los procesos disciplinarios, así lo dispone el Decreto 1860 de 1994,
artículo 17 numeral 5 en cuanto a que el Manual para la Convivencia debe contener
procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o
colectivos que se presenten entre los miembros de la comunidad. Por ello es
necesario incluir instancias de diálogo y conciliación (Ley 640 de 2001). Este
mecanismo se utiliza en conflictos que se presenten entre estudiantes cuando se
violen normas de comportamiento o incumplimiento de Deberes. La acción de
mediación tendrá una duración máxima de dos días, donde se agotan todos los pasos.
Los mediadores deben recibir cursos previos que los conviertan en personas
capacitadas para escuchar activamente, justas, confiables, neutrales y facilitadoras del
diálogo, interesadas en comprender y ayudar a proponer alternativas, a mejorar la
Convivencia y a pensar creativamente para propiciar acuerdos en la solución de
conflictos. Por lo tanto, la mediación es un mecanismo institucional que permite la
solución pacífica de los conflictos, fomentando así valores democráticos, de tolerancia
y respeto por la diferencia y promoviendo la participación de los diferentes
estamentos.
Los mediadores son Estudiantes de todos los grados con características de líder
elegidos dentro de cada grupo y capacitados al iniciar el año escolar.
86
Como ventajas de la mediación, podemos establecer: es flexible, voluntaria, eficaz en
función del tiempo, puede descubrir información oculta, establece relaciones,
posibilita el desahogo, produce acuerdos creativos, utiliza un lenguaje sencillo, valora
sentimientos y emociones, posibilita tener otras miradas del conflicto escolar, permite
restablecer un tejido social que se pudo haber deteriorado, entre otras.
Los pasos propuestos, constituyen herramientas técnicas para lograr un verdadero
dialogo y llegar al centro del conflicto para propiciar la aparición de alternativas y no
pueden convertirse en reglas rígidas. Cada uno tiene un sentido y le da claridad al
proceso. La mediación se sugiere ser realizada en equipos de dos, pues ayuda a
vislumbrar mejor todos los elementos del conflicto y también a encontrar diferentes
alternativas.
PRIMER PASO: Presentación y construcción del ambiente adecuado para el dialogo.
SEGUNDO PASO: Se pregunta a cada parte si quiere transformar el problema.
TERCER PASO: Generar compromiso.
CUARTO PASO: ¿Quien empieza?
QUINTO PASO: Identificación del conflicto. ¿Qué fue lo que sucedió?
SEXTO PASO: Lograr una transformación, construyendo alternativas.
SÉPTIMO PASO: El acuerdo.
OCTAVO PASO: Que aprendimos.
NOVENO PASO: Estamos satisfechos.
DÉCIMO PASO: Divulgación.
UNDÉCIMO PASO: Reconocimiento.
DUODÉCIMO PASO: Diligenciamiento del reporte.
Dentro de este proceso es necesario acudir a la presentación de opciones de
reparación en lo personal, social y grupal.
CAPITULO V
CONDICIONES DE INGRESO Y PERMANENCIA EN LA INSTITUCIÓN
ARTÍCULO 26. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL. El uniforme, constituido por
unas prendas de vestir acordadas por la comunidad, tiene su justificación simple en la
promoción de la identidad, la igualdad, la no discriminación y la economía familiar.
Así:
PARÁGRAFO 1. EL UNIFORME Y SU ESPÍRITU. Se acuerda en este código que el
uniforme es la expresión visible de la identidad institucional y por tanto será llevado
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dignamente y respetado por todos los miembros de la comunidad en todas las
situaciones del diario convivir.
Es obligatorio para asistir a las clases y a los actos culturales y el de Educación física
únicamente para los días en que le corresponda las clases de dicha área o cuando se le
requiera para otro tipo de actividad. El uso del uniforme conlleva a que la moda no
prevalezca frente a las políticas educativas y evita marcar diferencias sociales entre los
Estudiantes. Además, la presentación personal debe estar acorde con las normas de
higiene, aseo y urbanidad.
El delantal para Estudiantes de preescolar es de color azul rey, sin mangas, con dos
bolsillos en la parte inferior delantera, abierto y con botones adelante.
La falda, los pantalones, los zapatos y las medias no llevan y no se confeccionan con
bordados ni estampados de ninguna naturaleza.
No se permiten otras prendas y/o accesorios distintos a los estipulados, puesto que
esto atenta contra los principios enunciados anteriormente: Identidad, igualdad, no
discriminación y economía familiar. En caso de portarlos, les serán decomisados y
entregados al acudiente.
PARÁGRAFO 2. PRENDAS DEL UNIFORME DE “DIARIO” PARA LAS MUJERES. Falda a
cuadros de colores azul, negro, gris y blanco, camiseta blanca, zapatos negros y medias
blancas. Las condiciones de porte y diseño son:
a) LA FALDA, que debe ir a la mitad de las rodillas, lleva una tabla profunda adelante
y atrás de 12 centímetros - con tres pliegues profundos a lado y lado de cada tabla,
cierre al lado izquierdo entallado con pretina de tres centímetros y un peto de la
cintura hacia arriba para sostenerla y proteger el pecho - con tirantes cruzados
hacia la espalda.
b) LA CAMISETA es de manga corta con ribetes azules oscuros en el cuello (con yacar
blanco) y en las mangas, con cuello abierto de tres botones azules y lleva el escudo
estampado en la parte superior izquierda del pecho. Confeccionada en tela super
bábara y asentada con pespunte en hombros, sisas y cuello.
c) LOS ZAPATOS van asegurados con ataduras negras y confeccionados en cuero con
suela de goma (tipo colegial).
d) LAS MEDIAS llegan hasta la mitad de las piernas (media-media).
e) ACCESORIOS permitidos (opcional): Banda de tela pequeña de color azul oscuro
para sujetar el cabello, prendedor pequeño de color azul oscuro para llevar en las
orejas y barniz de color claro para cubrir las uñas.
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PARÁGRAFO 3. PRENDAS DEL UNIFORME DE “DIARIO” PARA LOS HOMBRES. Pantalón
“blue Jean” de color azul índigo oscuro con correa negra para sostenerlo, camiseta
blanca, zapatos negros y medias azules oscuras. Las condiciones de porte y diseño son:
a) EL PANTALÓN es totalmente clásico (no lleva camuflados, ni desgaste en su color
(desteñido), ni con rotos tipo destroyer, ni accesorios de ningún tipo), debe
corresponder exactamente a la talla del Estudiante y con el largo correspondiente
a su estatura. Debe ir a la altura de la cintura.
b) LA CORREA es de atadura (hebilla) sencilla.
c) La camiseta es de manga corta con ribetes azules oscuros en el cuello (con yacar
blanco) y en las mangas, va al interior de la pretina del pantalón y lleva el escudo
estampado en la parte superior izquierda del pecho. Confeccionada en tela super
bábara y asentada con pespunte en hombros, sisas y cuello.
d) LOS ZAPATOS son de suela negra y van asegurados con ataduras negras.
e) LAS MEDIAS llegan hasta la mitad de las piernas (media-media).
f) ACCESORIOS permitidos: NINGUNO.
PARÁGRAFO 4. PRENDAS DEL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA PARA MUJERES Y
HOMBRES. Pantalón sudadera impermeable de color azul oscuro, camiseta blanca,
chaqueta de color azul oscuro, zapatos-tenis de color negro y medias azules. Las
condiciones de porte y diseño son:
a) LA SUDADERA debe corresponder exactamente a la talla del Estudiante y debe ir a
la altura de la cintura y con el largo de acuerdo con su estatura. Confeccionada en
tela anti fluido, con tres sesgos (verde Antioquia, amarillo y rojo – ubicados de
izquierda a derecha) elaborados en vendaval croché al lado Derecho y forrada
internamente en tela maya pool del mismo color. Va asentada con pespunte en los
tiros y en los costados, y lleva dos bolsillos laterales. Las botas terminan en recta y
con ruedo.
NOTA: No puede llevar sesgo planchado y la calidad de la tela no puede ser
náutica de ningún tipo.
b) LA CAMISETA es de manga corta con ribetes azules oscuros en el cuello (con yacar
blanco) y en las mangas, cuello redondo y lleva el escudo estampado adelante en
la parte superior izquierda del pecho. Confeccionada en tela super babara y
asentada con pespunte en hombros, sisas y cuello.
c) LA CHAQUETA es confeccionada en el mismo material de la sudadera (anti fluido) y
forrada internamente en tela maya pool del mismo color. Va con cierre, cuello
alto, puños con resorte y dos bolsillos laterales. En la parte inferior lleva cordón y
punteras. El forro va asentado con pespunte en hombros, sisas, cuello y al lado del
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cierre uniéndolo con una tira de anti fluido. En la parte izquierda del pecho lleva el
bordado con el logotipo institucional. También podrá portarse con el uniforme de
diario.
d) LOS ZAPATOS-TENIS de bota van asegurados con ataduras negras y son
confeccionados en tela.
e) LAS MEDIAS llegan hasta la mitad de las piernas (media-media).
f) GORRA institucional de color azul oscuro con el logotipo estampado en la parte
delantera. Es de uso optativo para las clases de Educación física, eventos
deportivos o en el descanso pedagógico.
g) ACCESORIOS: Igual a lo estipulado para los uniformes de diario.
PARÁGRAFO 5. SÓLO ES PERMITIDO LLEVAR PUESTO EL UNIFORME.
a) Durante el tiempo que dure la jornada escolar.
b) Durante el tiempo transcurrido entre el desplazamiento del hogar a la sede de
estudio y viceversa.
c) Durante el tiempo que duren los eventos externos en los cuales se está en
representación de la Institución.
d) En actividades externas y complementarias programadas por la propia Institución.
ARTÍCULO 27. LA MATRÍCULA. Es un contrato renovable (previamente conocido y
firmado por el acudiente y el Estudiante) entre la Institución, el Educando y su
acudiente, por medio del cual la Institución se compromete a darle al Estudiante una
Formación Integral de acuerdo a su filosofía y objetivos, teniendo en cuenta los
recursos disponibles; el Estudiante, a mantener un buen rendimiento académico y a
cumplir con lo establecido en el Manual para la Convivencia, creando un ambiente
propicio para el desarrollo armónico de su personalidad y su Formación Integral. El
acudiente se compromete a responder y acompañar a su acudido en todos los
momentos del proceso educativo y especialmente cuando sea requerido por la
Institución. Al firmar la matrícula, el Estudiante y su acudiente se comprometen a
acatar y cumplir en todo su contenido el Manual para la Convivencia pactado por la
Comunidad Educativa, y aprobado por el Consejo Directivo.
PARÁGRAFO 1. CRITERIOS DE ADMISIÓN.
a) Para ingresar al grado obligatorio de preescolar (grado de transición) el Estudiante
debe tener una edad mínima de 5 años cumplidos a la fecha de inicio del
calendario escolar oficial o haber cursado el grado de jardín en un Establecimiento
Educativo legalmente aprobado (Resolución departamental # 19505 de septiembre
14 de 2007).
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b) Para el grado primero haber cursado preescolar o tener 6 años cumplidos.
c) Todo Estudiante procedente de otra Institución que aspire a ingresar Deberá
aportar certificación de buen comportamiento y podrá tener una edad máxima de
14 años para el grado sexto (6°). Así mismo, Deberá certificar la aprobación de
todos los logros de años anteriores y adjuntar la ficha observador debidamente
diligenciada y actualizada; además, el último boletín académico.
PARÁGRAFO 2. REQUISITOS DE MATRÍCULA. Para la matrícula o su renovación se debe
cumplir con los requisitos establecidos por la Institución, entre otros:
a) Orden de matrícula (o de renovación) o ficho original firmado por el Rector y
debidamente diligenciado.
b) Cuatro (4) fotografías tamaño cédula.
c) Registro civil original de nacimiento.
d) Fotocopia ampliada del documento de identidad.
e) Fotocopia ampliada de la E.P.S., SISBEN o seguro de accidentes.
f) Certificado del R.H – Tipo de sangre.
g) Fotocopia ampliada del carné de vacunas.
h) Firma del registro de matrícula por el acudiente y el Estudiante.
i) Si el Estudiante ha cursado algún grado en otra Institución debe anexar los
certificados de calificaciones de los años cursados, en papel membrete y su ficha
observador debidamente diligenciada y actualizada (hoja de vida acumulativa).
j) Cuando por fuerza mayor y/o justificada, la madre o el padre no puedan
desempeñarse como acudientes, tendrán el Deber de autorizar por escrito, con el
aval del Rector, a un adulto responsable, preferiblemente familiar del Estudiante,
quien los reemplazará en el ejercicio de dicho rol.
PARÁGRAFO 3. CRITERIOS DE PERMANENCIA.
a) Aprobar el grado por mérito propio con buen comportamiento.
b) Ser promovido al grado siguiente.
c) El Estudiante podrá repetir un grado por una sola vez, siempre y cuando tenga un
buen comportamiento. Excepto en el caso de los estudiantes con barreras para el
aprendizaje y la participación.
d) Evidenciar acompañamiento directo y permanente de parte de su acudiente.
PARÁGRAFO 4. CAUSALES DE PÉRDIDA DE CUPO.
a) Bajo rendimiento académico (pérdida del grado hasta por dos ocasiones). En el
evento que el Estudiante deserte durante el segundo semestre del año lectivo y su
desempeño sea bajo en tres o más asignaturas hasta el momento en que se
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b)
c)
d)
e)
f)
g)
presenta su ausencia definitiva, se tendrá también en cuenta como pérdida del
grado correspondiente.
Valoración comportamental con desempeño bajo, durante dos años consecutivos.
Por exclusión de la Institución, mediante Resolución emitida por el Rector y una
vez ejecutoriado siguiendo el debido proceso, avalado por el Consejo Directivo.
Cuando se retira sin previo aviso, en forma definitiva, o por su constante
inasistencia (injustificada) a más del 15% de las actividades académicas durante el
año escolar.
Por presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula
o para resolver otras situaciones de la vida escolar.
Por falta de acompañamiento del padre de familia y/o acudiente en el proceso de
formación del Estudiante.
Retiro voluntario sin finalizar las actividades académicas por dos años
consecutivos.
CAPÌTULO VI
DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA
ARTÍCULO 28. JORNADA ESCOLAR. Según los artículos 1 y 2 del Decreto 1850 de agosto
13 de 2002, la jornada escolar es el tiempo diario que dedica el Establecimiento
Educativo a sus Estudiantes en la prestación directa del servicio público educativo, de
conformidad con las normas vigentes sobre calendario académico y con el plan de
estudios; y el horario de la jornada escolar es definido por el Rector, al comienzo de
cada año lectivo, de conformidad con las normas vigentes, el Proyecto Educativo
Institucional y el plan de estudios, y debe cumplirse durante las cuarenta (40) semanas
lectivas establecidas por la Ley 115 de 1994 y fijadas por el calendario académico de la
respectiva entidad territorial certificada, en nuestro caso, el Departamento de
Antioquia. El horario de la jornada escolar debe permitir a los Estudiantes, el
cumplimiento de las intensidades horarias mínimas, semanales y anuales, de
actividades pedagógicas relacionadas con las áreas obligatorias y fundamentales y con
las asignaturas optativas, para cada uno de los grados de la Educación básica y media,
las cuales se contabilizarán en horas efectivas de sesenta (60) minutos. En
concordancia con lo anterior, dichos horarios están establecidos de la siguiente
manera:
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PARA EL GRADO CERO – NIVEL DE PREESCOLAR:
 Ingreso de los Estudiantes a la sede de estudio: Jornada de la mañana, de 6:45 a
6:55 a.m. y jornada de la tarde, de 12:15 a 12:25 p.m.
 Desarrollo de las clases y/o actividades pedagógicas: Jornada de la mañana, de
7:00 a 11:30 a.m. y jornada de la tarde, de 12:30 a 5:00 p.m.
 Salida de los Estudiantes de la sede de estudio: Jornada de la mañana, de 11:30 a
11:45 a.m. y jornada de la tarde, de 5:00 a 5:15 p.m.
NOTA: El ingreso y la salida se permite con el acompañamiento de sus Padres, su
acudiente o de un adulto responsable delegado por el acudiente.
PARA LOS GRADOS 1º A 5º - BÁSICA PRIMARIA:
 Ingreso de los Estudiantes a la sede de estudio: Jornada de la mañana, de 6:45 a
6:55 a.m. y jornada de la tarde, de 12:15 a 12:25 p.m.
 Desarrollo de las clases y/o actividades pedagógicas: Jornada de la mañana, de
7:00 a 12:30 m. y jornada de la tarde, de 12:30 a 6:00 p.m.
 Salida de los Estudiantes de la sede de estudio: Jornada de la mañana, de 12:30
p.m. a 12:45 p.m. y jornada de la tarde, de 6:00 a 6:15 p.m.
NOTA: El ingreso y la salida es responsabilidad de sus Padres, su acudiente o de un
adulto responsable delegado por el acudiente.
PARA LOS GRADOS 6º A 11º - BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA:
 Ingreso de los Estudiantes a la sede de estudio: Jornada de la mañana, de 5:45 a
5:55 a.m. y jornada de la tarde, de 12:30 a 12:40 p.m.
 Desarrollo de las clases y/o actividades pedagógicas: Jornada de la mañana, de
6:00 a.m. a 12:30 p.m. y jornada de la tarde, de 12:45 a 7:15 p.m.
 Salida de los Estudiantes de la sede de estudio: Jornada de la mañana, de 12:30 a
12:40 p.m. y jornada de la tarde, de 7:15 a 7:25 p.m.
PARÁGRAFO 1. El descanso pedagógico tendrá una duración máxima de 30 minutos,
tiempo durante el cual los Docentes deben cumplir con el acompañamiento a los
Estudiantes, en los lugares asignados por la coordinación y los Estudiantes podrán
recrearse de manera pasiva o activa en los sitios autorizados.
ARTÍCULO 29. CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS.
1. DERECHO: Es la facultad que tiene el individuo para desenvolverse socialmente. Es
el conjunto de acuerdos y criterios que permiten a la comunidad y al individuo el pleno
desarrollo de sus facultades y el crecimiento personal a través de las relaciones
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establecidas a lo largo de la vida. Todo Derecho implica un Deber con el otro y con la
comunidad. Los Derechos pueden ser:
 FUNDAMENTALES: Son los inherentes a la naturaleza humana, es decir, que no
requieren de una disposición de orden legal que los defina, consagre y proteja,
como lo son los de la vida, nacionalidad, Educación (DERECHO-DEBER), etc. es
decir son los que están incorporados al ser humano por el simple hecho de existir.
 POSITIVOS: Son los consagrados, definidos y protegidos por la Ley, es decir,
aquellos, impuestos por las normas legales en defensa de la actividad social, o sea,
los que se imponen en beneficio general y que pretenden dar un orden a la
actividad social.
2. DEBER: Es el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades que todo
individuo debe cumplir en el ámbito familiar, comunitario y social, para la continua
búsqueda de la sana Convivencia con el entorno social y con los individuos que lo
rodean.
ARTÍCULO 30. DEBERES DE LOS(AS) ESTUDIANTES. Como sujeto de su propia
formación, es responsable de participar, acrecentar y fortalecer sus habilidades y
destrezas. En consecuencia es importante que cumpla lo siguiente:
1. Evidenciar en la práctica el respeto por los principios que justifican el porte de los
uniformes.
2. Cuidar sus pertenencias y/o elementos de valor, y tener presente que las personas
que laboran en la Institución no se hacen responsables por el daño o la pérdida de
las mismas.
3. Mantener limpias y en buen estado, todas y cada una de las prendas que
conforman los uniformes.
4. Preocuparse permanentemente por el aseo y la higiene corporal.
5. Preservar el color natural del cabello – abstenerse de aplicar tinturas de colores
fuertes.
6. Evitar las perforaciones de la piel para uso de agujas, narigueras, aretes u otro
objeto similar en alguna parte del cuerpo.
7. Respetar los Derechos de todos los miembros de la Comunidad Escolar.
8. Escuchar y respetar el punto de vista del otro.
9. Plantear sugerencias en bien de la Institución.
10. Respetar las pertenencias ajenas dentro y fuera de la Institución.
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11. Estar dispuesto permanentemente a aportar elementos que contribuyan a la
solución de las situaciones problemáticas que se presenten en la Convivencia
escolar.
12. Portar diariamente el carné estudiantil, el cuaderno de comunicaciones, el
cuaderno de proyectos y el Manual para la Convivencia; para efectos de
identificación, programas de bienestar y comunicación.
13. Solucionar los problemas, dificultades académicas o disciplinarias siguiendo los
procedimientos definidos en el Manual para la Convivencia escolar.
14. Abstenerse de hacer panfletos y/o letreros que denigren u ofendan a cualquier
persona de la Institución.
15. Dar a conocer oportunamente las dificultades que se les presente tanto a nivel
académico como actitudinal.
16. Abstenerse de participar o fomentar enfrentamientos entre grupos, “bandas”,
sectores o cursos.
17. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las
áreas del conocimiento.
18. Conocer, interiorizar y llevar a la práctica la filosofía institucional y sus principios.
19. Presentar excusas justificando sus inasistencias, el día que se reintegre a las
actividades académicas.
20. Ponerse al día en las actividades escolares cuando no asista a la Institución.
21. Respetar los horarios de las clases y no interrumpir a compañeros de otros grados
durante las mismas ya que ellos tienen los mismos Derechos.
22. Abstenerse de interrumpir o distraer la atención de los compañeros en actos
académicos, cívicos, culturales, religiosos, deportivos u otros.
23. Participar activamente en las clases respetando los Derechos de los demás.
24. Presentar las evaluaciones y trabajos asignados sin recurrir al fraude.
25. Tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad escolar,
evitando bromas de mal gusto, apodos y burlas.
26. Evitar tratos bruscos y expresiones vulgares en todos los lugares.
27. Aceptar de buen agrado y con sentido de colaboración, las orientaciones de los
compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier otra actividad
propia del gobierno escolar.
28. Asistir puntualmente a las clases y a las actividades programadas por la
Institución.
29. Portar digna y correctamente el uniforme.
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30. Participar responsablemente en los actos democráticos, cívicos, culturales,
recreativos y deportivos.
31. Colaborar con el aseo de la Institución cuando se le requiera.
32. Respetar los símbolos patrios y los institucionales.
33. Comunicar oportunamente las citas a los Padres de Familia o acudientes cuando la
Institución lo requiera.
34. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para
actividades propias de la vida escolar.
35. Atender las instrucciones y orientaciones dadas por los superiores.
36. Presentar por escrito el permiso firmado por el acudiente y el Coordinador para
ausentarse del salón de clase y/o del establecimiento.
37. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones de la Institución.
38. Utilizar correctamente los andenes y vías de acceso a la Institución.
39. Entregar en óptimas condiciones los implementos y materiales utilizados para las
labores académicas y deportivas, durante todo el año escolar.
40. Diligenciar y entregar, en las fechas señaladas por la Institución, los documentos
requeridos para el proceso de matrícula o de renovación de la misma.
41. Presentar en el momento de la matrícula constancia médica de las incapacidades o
limitaciones para realizar determinada actividad.
42. Asistir al plantel con el uniforme completo, tanto el de diario como el de
Educación física, los días asignados.
43. Realizar los desplazamientos, entradas y salidas, con prontitud, orden, prudencia y
en el silencio requerido y acorde con lo estipulado en el Manual para la
Convivencia.
44. Abstenerse de realizar venta de comestibles u otros artículos al interior de la
Institución, o por fuera de ella portando cualquiera de los uniformes.
45. Abstenerse de promover rifas o apuestas al interior de la Institución, o por fuera
de ella portando el uniforme.
46. Abstenerse de usar juegos digitales, celulares, reproductores de música u otros
elementos que interrumpan el normal desarrollo de las actividades escolares.
47. Evitar el porte de armas, cigarrillos, fósforos, licor, sustancias psicoactivas o
alucinógenas, medicamentos sin formula médica, entre otros elementos que
atenten contra la salud y/o la preservación de la vida y el entorno ambiental.
48. Evitar presentarse al plantel o sitios donde se realicen actividades institucionales,
en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.
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49. Abstenerse de comprar y consumir alimentos durante el tiempo estimado para el
desarrollo de las clases y demás actividades académicas.
ARTÍCULO 31. DERECHOS DE LOS(AS) ESTUDIANTES. “Toda persona tiene Deberes
respecto de la Comunidad Educativa puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y
plenamente su personalidad”, Declaración Universal de los Derechos Humanos
(artículo 29). En consecuencia se declaran los siguientes Derechos:
1. Recibir al inicio del año lectivo el Manual para la Convivencia escolar para su
conocimiento y participar en su mejoramiento y actualización.
2. Recibir atención oportuna de los Educadores, Directivos Docentes y Personal
Administrativo y de servicio de la Institución.
3. Elegir y ser elegido para el gobierno escolar, la personería estudiantil y el Consejo
de Estudiantes, según los perfiles institucionales.
4. Participar en la planeación, ejecución y Evaluación del PEI.
5. Ser respetado en su dignidad personal.
6. Ser escuchado cuando haya cometido alguna falta y que se le resuelva la situación
oportunamente.
7. Solicitar y obtener constancias y certificados de estudio, e informes de su proceso
de formación.
8. Participar en forma autónoma en el Consejo Estudiantil.
9. Disfrutar con responsabilidad de todas las instalaciones, bienes y servicios de la
Institución.
10. Recibir los estímulos y reconocimientos a los que sea acreedor por su liderazgo
positivo.
11. Representar a la Institución en actividades culturales, deportivas, científicas,
recreativas y/o académicas, según la reglamentación establecida desde el Consejo
Académico y con la aprobación del Consejo Directivo cuando sea necesario.
12. Conocer oportunamente los registros que sobre su comportamiento y desempeño
escolar se hagan en el observador del Estudiante o cualquier otro documento de la
Institución.
13. Expresar libremente sus opiniones a cualquier miembro de la Comunidad
Educativa, sobre cualquier tema, en forma cortés y dentro del marco de respeto
que merece toda opinión ajena.
14. Solicitar oportunamente y con el debido respeto la corrección de la valoración de
sus evaluaciones.
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15. Sugerir en forma oportuna, ante quien corresponda, propuestas de actividades
que puedan realizarse en la Institución para mejorar el logro de los objetivos de la
Comunidad Educativa.
16. Recibir oportunamente el carné estudiantil.
17. Conocer oportunamente los programas académicos de cada área y los planes de
cada asignatura al igual que los horarios establecidos.
18. Conocer oportunamente el cronograma mensual de la Institución.
19. Discutir y concertar con cada Educador, la metodología y criterios de Evaluación de
cada asignatura al iniciar el año lectivo.
20. Solicitar, con actitud positiva y respetuosa, explicaciones suficientes y claras de
cada una de las temáticas de las áreas y asignaturas y/o explicaciones adicionales
sobre un tema en particular.
21. Recibir
orientaciones
cuando
tenga
dificultades
académicas
y/o
comportamentales.
22. Conocer oportunamente los resultados de sus evaluaciones y ser notificado de la
valoración final de cada asignatura antes de que el Docente entregue reporte en
secretaría.
23. Recibir oportunamente refuerzo de acuerdo a los logros no alcanzados.
24. Ser evaluado según los lineamientos legales vigentes.
25. Se le practiquen evaluaciones y otros trabajos cuando haya presentado la excusa
debidamente diligenciada que valida la inasistencia a clases.
26. Ser corregido con respeto, justicia y objetividad.
27. Conocer por escrito los cargos que se le imputan por la realización de una falta
antes de iniciarse el proceso disciplinario.
28. Disfrutar del descanso, del deporte y de las diferentes formas de recreación en los
tiempos y espacios previstos para ello.
29. Presentar respetuosa y oportunamente los argumentos que justifican sus actitudes
o conductas frente a un llamado de atención o sanción (Derecho a la defensa).
30. Controvertir las pruebas sobre hechos que se les imputan.
31. Disfrutar de un ambiente sano y adecuado que contribuya a su formación personal
e integral.
32. Ser asistido responsable y oportunamente por su acudiente cuando lo requiera.
33. Recibir Educación, cuidado y asistencia sin ningún tipo de discriminación.
34. Acudir a la mediación como mecanismo de la solución de conflictos escolares.
35. Recibir las garantías de protección que establece el estado colombiano.
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ARTÍCULO 32. DEBERES DE LAS MADRES, LOS PADRES Y/O ACUDIENTES. De
conformidad con el artículo 3 del Decreto 1286 de 2005 y con el fin de asegurar el
cumplimiento de los compromisos adquiridos con la Educación de sus hijos,
corresponde a los Padres de Familia cumplir con los siguientes Deberes:
1. Matricular oportunamente a sus hijos en Establecimientos Educativos
debidamente reconocidos por el estado y asegurar su permanencia durante su
edad escolar obligatoria.
2. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del Derecho
a la Educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
3. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual
para la Convivencia, para facilitar el proceso de educativo.
4. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad
mutua que favorezca la Educación de los hijos y la mejor relación entre los
miembros de la Comunidad Educativa
5. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del
Establecimiento Educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre
otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de
drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades
competentes.
6. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes,
especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento
institucional.
7. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como
primeros Educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el
desarrollo de valores ciudadanos.
8. Participar en el proceso de autoevaluación anual del Establecimiento Educativo.
9. Hacer parte de las comisiones de Evaluación y promoción y del gobierno escolar
en general.
10. Dirigirse en forma respetuosa a los integrantes de la Comunidad Educativa,
evitando gritos, palabras injuriosas y agresivas.
11. Brindar trato respetuoso y justo a su hijo o acudido.
12. Firmar hoja de asistencia cuando sea requerido por la Institución para que quede
constancia de su presencia.
13. Asistir oportuna y diligentemente a las reuniones programadas y a las citaciones
de Educadores y Directivos relacionadas con el proceso formativo de sus acudidos.
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14. Dotar a los Estudiantes de todos los implementos necesarios para su labor de
formación y aprendizaje, dentro de sus capacidades económicas.
15. Vincular a su acudido al sistema de seguridad social en salud y riesgos de
accidente, o al régimen subsidiado de salud. En caso de que el Estudiante quede
desvinculado de la seguridad social, es obligatoria la adquisición de una póliza de
accidentes.
16. Brindar en el hogar un ambiente adecuado para el desarrollo sano y armónico.
17. Brindar al Estudiante la alimentación y condiciones mínimas de salubridad y
comunicar a las autoridades pertinentes la deficiencia en este aspecto.
18. Aportar oportunamente a la Institución las constancias, documentos, soportes y
requisitos necesarios que justifiquen la legalización de la matrícula o su
renovación.
19. Responder por los daños que ocasione su acudido a la infraestructura física,
materiales y espacios de aprendizaje.
20. Orientar a sus hijos o acudidos en programas de prevención y apoyar actividades
realizadas por la Institución Educativa.
21. Notificar por escrito los permisos por uniformes, inasistencia, salidas de la
Institución, llegadas tarde y ausencias en general.
PARÁGRAFO 1. La salida de la Institución por parte del Estudiante, sólo se permite con
el acompañamiento de su acudiente o de un adulto responsable que este autorice.
PARÀGRAFO 2. Las quejas y/o reclamos se interponen por escrito a través de
comunicación dirigida al rector como representante legal de la institución y jefe
inmediato de todas las personas que laboran en la misma.
PARÁGRAFO 3. Ante el incumplimiento reiterado por parte del padre de familia y/o
acudiente, en relación con los Deberes anteriormente enunciados, la Institución
remite el caso del acudido ante la autoridad competente – comisaría de familia y/o
personería.
ARTÍCULO 33. DERECHOS DE LAS MADRES, LOS PADRES Y/O ACUDIENTES. Conforme a
lo consagrado en la Constitución Nacional, en la Ley 115 de 1994 y en el artículo 2 del
Decreto 1286 de 2005, los principales Derechos de los Padres de Familia en relación
con la Educación de sus hijos son los siguientes:
1. Elegir el tipo de Educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el
desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la constitución y la Ley.
2. Recibir información del estado sobre los Establecimientos Educativos que se
encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo.
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3. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del
Establecimiento Educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo
Institucional, el Manual para la Convivencia, el plan de estudios, las estrategias
pedagógicas básicas, el sistema de Evaluación escolar y el Plan de Mejoramiento
Institucional.
4. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del
proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal Docente
y directivo de la Institución Educativa.
5. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están
matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y
modificación del Proyecto Educativo Institucional.
6. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso
educativo de sus hijos.
7. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el
rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.
8. Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de Evaluación de la
calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se
encuentran matriculados sus hijos.
9. Elegir y ser elegido para representar a los Padres de Familia en los órganos de
gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la
Ley general de Educación y en sus reglamentos.
10. Ejercer el Derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos
educativos, la capacitación de los Padres en los asuntos que atañen a la mejor
Educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
ARTÍCULO 34. DEBERES DE LOS(AS) DOCENTES Y/O DIRECTIVOS DOCENTES.
PARÁGRAFO 1. Conforme a lo estipulado en el artículo 34 de la Ley 734 de 2002
(código disciplinario único para servidores públicos), son Deberes de los Docentes y los
Coordinadores:
1. Cumplir y hacer que se cumplan los Deberes contenidos en la constitución, los
tratados de Derecho internacional humanitario, los demás ratificados por el
congreso, las Leyes, los Decretos, las Ordenanzas, los acuerdos distritales y
municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los Manuales de
funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas, los
101
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
contratos de trabajo y las órdenes superiores emitidas por funcionario
competente.
Cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea
encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o
perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido
del cargo o función.
Utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de su empleo, cargo o
función, las facultades que le sean atribuidas, o la información reservada a que
tenga acceso por razón de su función, en forma exclusiva para los fines a que están
afectos.
Custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo,
cargo o función conserve bajo su cuidado o a la cual tenga acceso, e impedir o
evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos.
Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación
por razón del servicio.
Cumplir las disposiciones que sus superiores jerárquicos adopten en ejercicio de
sus atribuciones, siempre que no sean contrarias a la Constitución Nacional y a las
Leyes vigentes, y atender los requerimientos y citaciones de las autoridades
competentes.
Desempeñar el empleo, cargo o función sin obtener o pretender beneficios
adicionales a las contraprestaciones legales y convencionales cuando a ellas tenga
Derecho.
Acreditar los requisitos exigidos por la Ley para la posesión y el desempeño del
cargo.
Realizar personalmente las tareas que le sean confiadas, responder por el ejercicio
de la autoridad que se le delegue, así como por la ejecución de las órdenes que
imparta, sin que en las situaciones anteriores quede exento de la responsabilidad
que le incumbe por la correspondiente a sus subordinados.
Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las
funciones encomendadas, salvo las excepciones legales.
Ejercer sus funciones consultando permanentemente los intereses del bien común,
y teniendo siempre presente que los servicios que presta constituyen el
reconocimiento y efectividad de un Derecho y buscan la satisfacción de las
necesidades generales de todos los ciudadanos.
102
12. Permanecer en el desempeño de sus labores mientras no se haya hecho cargo de
ellas quien deba reemplazarlo, salvo autorización legal, reglamentaria, o de quien
deba proveer el cargo.
13. Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar
que sean utilizados debida y racionalmente, de conformidad con los fines a que
han sido destinados.
14. Explicar inmediata y satisfactoriamente al nominador, a la procuraduría general de
la nación o a la personería, cuando estos lo requieran, la procedencia del
incremento patrimonial obtenido durante el ejercicio del cargo, función o servicio.
15. Capacitarse y actualizarse en el área donde desempeña su función.
PARÁGRAFO 2. A nivel institucional, los siguientes:
1. Ser leal y comprometido con la filosofía de la Institución.
2. Asistir puntualmente a la Institución.
3. Contar con la autorización del Directivo Docente cuando se trate de retirar o de
impedir el ingreso de un Estudiante al aula de clase, por la ocurrencia de faltas
leves o el incumplimiento de los Deberes u obligaciones escolares consagradas en
este código disciplinario.
4. Entregar a los Estudiantes oportunamente las pruebas, talleres y trabajos,
debidamente revisados y valorados.
5. Contar con el permiso escrito del padre de familia para el desarrollo de las
actividades extra clase con los Educandos; especialmente para salir fuera del
plantel.
6. Solicitar autorización escrita para ausentarse del plantel cuando medie una razón
justificada.
7. Presentar oportunamente las constancias y/o los documentos que justifiquen su
ausencia parcial o total durante la jornada laboral.
8. Participar activa y comprometidamente en reuniones y actividades programadas
por la Institución.
9. Registrar en secretaría los datos personales y profesionales cuando le sean
solicitados.
10. Ser prudentes y reservados en el manejo de la información.
11. Planear el trabajo Docente: Plan de área y/o de grado, actividades de aprendizaje
integrado y actividades de refuerzo y/o nivelación entre otras, y diligenciar
oportunamente el diario de campo y el cuaderno de seguimiento; y la ficha
observador del Estudiante (al finalizar cada período académico).
12. Planear, dirigir, orientar, desarrollar y evaluar el plan de estudios.
103
13. Dar informes precisos, sobre el rendimiento académico y del comportamiento de
los Estudiantes.
14. Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa.
15. Promover y estimular el cumplimiento del Manual para la Convivencia.
16. Solucionar los conflictos adecuada y oportunamente según la competencia.
17. Responder por los implementos y materiales de trabajo utilizados.
18. Abstenerse de pedir favores a los Estudiantes relacionados con diligencias en
horarios de clase.
19. Recaudar dineros solo con autorización escrita del Rector.
20. Hacer uso adecuado de los bienes de la Institución.
21. No usar aparatos electrónicos que interfieran con el desarrollo de las clases.
22. No fumar en las aulas de clase, en la sala de profesores ni en recintos cerrados.
23. Informar al instituto de bienestar familiar o a la instancia competente a nivel local
cuando un Estudiante se encuentre en situación irregular, abandono o peligro de
abandono, para que se tomen las medidas necesarias para su protección.
24. Asesorar a los Padres de Familia en la conformación de la asociación de Padres,
consejos de Padres y comités.
25. Establecer cursos de superación y nivelación para los Estudiantes que presenten
dificultades académicas.
26. Dejar talleres y actividades cuando no se asiste a la Institución, a la totalidad o
parte de la jornada laboral (previo permiso emitido por la Rectoría), excepto
cuando se trate de incapacidad médica, calamidad doméstica o participación en
proyectos en bien de la Institución.
27. Motivar y organizar proyectos que contribuyan y complementen procesos
formativos.
28. Respetar los procesos de identidad y autonomía de los Estudiantes.
29. Diagnosticar los saberes previos, intereses, necesidades y referentes vivenciales de
los Estudiantes.
30. Utilizar permanentemente el cuaderno de comunicaciones.
31. Responder por el aula o espacios de aprendizaje asignados.
PARÁGRAFO 3. Conforme a lo estipulado en el artículo 34 de la Ley 734 de 2002
(código disciplinario único para servidores públicos), son Deberes del representante
legal (Rector) de la Institución:
1. Formular, decidir oportunamente o ejecutar los planes de desarrollo y los
presupuestos, y cumplir las Leyes y normas que regulan el manejo de los recursos
económicos públicos, o afectos al servicio público.
104
2. Resolver los asuntos en el orden en que hayan ingresado al despacho, salvo
prelación legal o urgencia manifiesta.
3. Motivar las decisiones que lo requieran, de conformidad con la Ley.
4. Registrar en la oficina de recursos humanos, o en la que haga sus veces, su
domicilio o dirección de residencia y teléfono, y dar aviso oportuno de cualquier
cambio.
5. Permitir a los representantes del ministerio público, fiscales, jueces y demás
autoridades competentes el acceso inmediato a los lugares donde deban adelantar
sus actuaciones e investigaciones y el examen de los libros de registro,
documentos y diligencias correspondientes. Así mismo, prestarles la colaboración
necesaria para el desempeño de sus funciones.
6. Hacer los descuentos conforme a la Ley o a las órdenes de autoridad judicial y girar
en el término que señale la Ley o la autoridad judicial los dineros
correspondientes.
7. Dictar los reglamentos o Manuales de funciones de la entidad, así como los
internos sobre el trámite del Derecho de petición.
8. Calificar a los funcionarios o empleados en la oportunidad y condiciones previstas
por la Ley o el reglamento.
9. Responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a
su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización.
10. Denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de los cuales tuviere
conocimiento, salvo las excepciones de Ley.
11. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar el
funcionamiento de la administración y proponer las iniciativas que estime útiles
para el mejoramiento del servicio.
12. Publicar en las dependencias de la respectiva entidad, en sitio visible, una vez por
mes, en lenguaje sencillo y accesible al ciudadano común, una lista de las
licitaciones declaradas desiertas y de los contratos adjudicados, que incluirá el
objeto y valor de los mismos y el nombre del adjudicatario.
13. Hacer las apropiaciones en los presupuestos y girar directamente a las Contralorías
departamentales y municipales, como a la Contraloría general de la república y las
personerías municipales y distritales dentro del término legal, las partidas por
concepto de la cuota de vigilancia fiscal, siempre y cuando lo permita el flujo de
caja.
105
14. Controlar el cumplimiento de las finalidades, objetivos, políticas y programas que
deban ser observados por los particulares cuando se les atribuyan funciones
públicas.
15. Ordenar, en su condición de jefe inmediato, adelantar el trámite de jurisdicción
coactiva en la respectiva entidad, para el cobro de la sanción de multa, cuando el
pago no se hubiere efectuado oportunamente.
16. Ejercer, dentro de los términos legales, la jurisdicción coactiva para el cobro de las
sanciones de multa.
17. Adoptar el sistema de control interno y la función independiente de auditoría
Interna que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o
complementen.
18. Implementar el control interno disciplinario al más alto nivel jerárquico del
organismo o entidad pública, asegurando su autonomía e independencia y el
principio de segunda instancia, de acuerdo con las recomendaciones que para el
efecto señale el Departamento administrativo de la función pública, a más tardar
para la fecha en que entre en vigencia el presente código, siempre y cuando
existan los recursos presupuestales para el efecto.
19. Adoptar el sistema de contabilidad pública y el sistema Integrado de información
financiera SIIF, así como los demás sistemas de información a que se encuentre
obligada la administración pública, siempre y cuando existan los recursos
presupuéstales para el efecto.
20. Recibir, tramitar y resolver las quejas y denuncias que presenten los ciudadanos en
ejercicio de la vigilancia de la función administrativa del estado.
21. Ofrecer garantías a los servidores públicos o a los particulares que denuncien
acciones u omisiones antijurídicas de los superiores, subalternos o particulares
que administren recursos públicos o ejerzan funciones públicas.
22. Publicar mensualmente en las dependencias de la respectiva entidad, en lugar
visible y público, los informes de gestión, resultados financieros y contables que se
determinen por autoridad competente, para efectos del control social de que trata
la Ley 489 de 1998 y demás normas vigentes.
23. Crear y facilitar la operación de mecanismos de recepción y emisión permanente
de información a la ciudadanía, que faciliten a esta el conocimiento periódico de la
actuación administrativa, los informes de gestión y los más importantes proyectos
a desarrollar.
106
24. Actuar con imparcialidad, asegurando y garantizando los Derechos de todas las
personas, sin ningún género de discriminación, respetando el orden de inscripción,
ingreso de solicitudes y peticiones ciudadanas, acatando los términos de Ley.
25. Acatar y poner en práctica los mecanismos que se diseñen para facilitar la
participación de la comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la
toma de decisiones en la gestión administrativa de acuerdo a lo preceptuado en la
Ley.
PARÁGRAFO 4. Los dineros recaudados con autorización del Rector y/o del Consejo
Directivo, tales como los del Manual para la Convivencia, periódico impreso, pruebas
ICFES SABER, restaurante escolar, fotocopias, entre otros, serán consignados en la
cuenta de ahorros del F.S.E., y el respectivo recibo de consignación deberá ser
diligenciado en forma clara y entregado oportunamente en Rectoría.
ARTÍCULO 35. DERECHOS DE LOS(AS) DOCENTES Y/O DIRECTIVOS DOCENTES. Los
contemplados en la Constitución Nacional como corresponde a todo ciudadano
colombiano, además los consagrados en el Decreto 2277 de 1979, estatuto Docente,
Decreto 2480 de 1985 reglamentario del 2277 sobre el ejercicio de la profesión
Docente; Decreto 1850 de 2002 sobre jornada escolar y jornada laboral y Decreto 1278
de 2002-estatuto de profesionalización Docente.
PARÁGRAFO 1. Expresamente los contemplados en el artículo 33 de la Ley 734 de 2002
código disciplinario único para servidores del estado (Derechos de todo servidor
público), los siguientes:
1. Percibir puntualmente la remuneración fijada o convenida para el respectivo cargo
o función.
2. Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la Ley.
3. Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones.
4. Participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores
públicos y sus familiares establezcan el estado, tales como los de vivienda,
Educación, recreación, cultura, deporte y vacacionales.
5. Disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones legales o
convencionales vigentes.
6. Obtener permisos y licencias en los casos previstos en la Ley.
7. Recibir tratamiento cortés con arreglo a los principios básicos de las relaciones
humanas.
8. Participar en concursos que le permitan obtener promociones dentro del servicio.
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9. Obtener el reconocimiento y pago oportuno de las prestaciones consagradas en
los regímenes generales y especiales.
10. Los Derechos consagrados en la constitución, los tratados internacionales
ratificados por el congreso, las Leyes, las Ordenanzas, los acuerdos municipales,
los reglamentos y Manuales de funciones, las convenciones colectivas y los
contratos de trabajo.
PARÁGRAFO 2. A nivel institucional, los siguientes:
1. Ser respetado en su integridad física y ética; y en su vida íntima, siempre que ésta
no interfiera con la ética institucional.
2. Ser informado directa y oportunamente sobre los aspectos profesionales a
mejorar.
3. Guardar con reserva los datos personales relacionados con su intimidad.
4. Recibir trato justo y respetuoso por parte de los Directivos, personal de servicios,
compañeros, Padres de Familia y Estudiantes de la Institución.
5. Expresar libremente las opiniones.
6. Solucionar en primera instancia las dificultades académicas o disciplinarias de su
asignatura o de la Institución.
7. Recibir de la Institución los materiales necesarios y actualizados para el buen
desempeño laboral, teniendo en cuenta las posibilidades de inversión y
presupuestales.
8. A servir el área prioritariamente de acuerdo con su idoneidad profesional.
9. Ser apoyado por la Institución en la organización y realización de actividades
programadas y plasmadas a través de proyectos.
10. Conocer el calendario escolar-académico, el cronograma mensual institucional y
las observaciones al respecto.
11. Ausentarse de la Institución en caso de calamidad doméstica o de quebrantos de
salud que le impidan realizar eficientemente su trabajo, previa autorización escrita
de la Rectoría.
12. Proponer proyectos pedagógicos para el mejoramiento de la calidad educativa.
13. Ser autónomo, libre y responsable en el desempeño de sus labores, ciñéndose a
las normas vigentes y a los parámetros dados por el estado y la Institución
Educativa.
14. A un espacio de trabajo confortable y a las condiciones logísticas necesarias y
disponibles para un buen desempeño académico y laboral.
15. A presentar peticiones respetuosas de interés general o particular.
108
16. A que se le llame la atención en privado en caso de ser necesario y a conocer el
resultado de su Evaluación personal en forma oportuna.
17. A que sus hijos sean recibidos y cursen estudios en la Institución Educativa según
los requisitos establecidos.
ARTÍCULO 36. PROHIBICIONES PARA DOCENTES Y/O DIRECTIVOS DOCENTES. Según lo
dispuesto en el artículo 35 de la Ley 734 de 2002 - código disciplinario único para
servidores del estado, a todo servidor público le está prohibido:
1. Incumplir los Deberes o abusar de los Derechos o extralimitar las funciones
contenidas en la constitución, los tratados internacionales ratificados por el
congreso, las Leyes, los Decretos, las Ordenanzas, los acuerdos distritales y
municipales, los estatutos de la entidad, los reglamentos y los Manuales de
funciones, las decisiones judiciales y disciplinarias, las convenciones colectivas y
los contratos de trabajo.
2. Imponer a otro servidor público trabajos ajenos a sus funciones o impedirle el
cumplimiento de sus Deberes.
3. Solicitar, directa o indirectamente, dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier
otra clase de beneficios.
4. Aceptar, sin permiso de la autoridad correspondiente, cargos, honores o
recompensas provenientes de organismos internacionales o gobiernos
extranjeros, o celebrar contratos con estos, sin previa autorización del gobierno.
5. Ocupar o tomar indebidamente oficinas o edificios públicos.
6. Ejecutar actos de violencia contra superior, subalterno o compañeros de trabajo,
demás servidores públicos o injuriarlos o calumniarlos.
7. Omitir, negar, retardar o entrabar el despacho de los asuntos a su cargo o la
prestación del servicio a que está obligado.
8. Omitir, retardar o no suministrar debida y oportuna respuesta a las peticiones
respetuosas de los particulares o a solicitudes de las autoridades, así como
retenerlas o enviarlas a destinatario diferente de aquel a quien corresponda su
conocimiento.
9. Ejecutar en el lugar de trabajo actos que atenten contra la moral o las buenas
costumbres.
10. Constituirse en acreedor o deudor de alguna persona interesada directa o
indirectamente en los asuntos a su cargo, de sus representantes o apoderados, de
sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o
primero civil, o de su cónyuge o compañero o compañera permanente.
109
11. Incumplir de manera reiterada e injustificada obligaciones civiles, laborales,
comerciales o de familia impuestas en decisiones judiciales o administrativas o
admitidas en diligencia de conciliación.
12. Proporcionar dato inexacto o presentar documentos ideológicamente falsos u
omitir información que tenga incidencia en su vinculación o permanencia en el
cargo o en la carrera, o en las promociones o ascensos o para justificar una
situación administrativa.
13. Ocasionar daño o dar lugar a la pérdida de bienes, elementos, expedientes o
documentos que hayan llegado a su poder por razón de sus funciones.
14. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público o recibir más de una
asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en
las que tenga parte mayoritaria el estado, salvo los casos expresamente
determinados por la Ley. Entiéndase por tesoro público el de la nación, las
entidades territoriales y las descentralizadas.
15. Ordenar el pago o percibir remuneración oficial por servicios no prestados, o por
cuantía superior a la legal, o reconocer y cancelar pensiones irregularmente
reconocidas, o efectuar avances prohibidos por la Ley o los reglamentos.
16. Asumir obligaciones o compromisos de pago que superen la cuantía de los montos
aprobados en el programa anual mensualizado de caja (PAC).
17. Ejercer cualquier clase de coacción sobre servidores públicos o sobre particulares
que ejerzan funciones públicas, a fin de conseguir provecho personal o para
terceros, o para que proceda en determinado sentido.
18. Nombrar o elegir, para el desempeño de cargos públicos, personas que no reúnan
los requisitos constitucionales, legales o reglamentarios, o darles posesión a
sabiendas de tal situación.
19. Reproducir actos administrativos suspendidos o anulados por la jurisdicción
contencioso-administrativa, o proceder contra Resolución o providencia
ejecutoriadas del superior.
20. Permitir, tolerar o facilitar el ejercicio ilegal de profesiones reguladas por la Ley.
21. Dar lugar al acceso o exhibir expedientes, documentos o archivos a personas no
autorizadas.
22. Prestar, a título particular, servicios de asistencia, representación o asesoría en
asuntos relacionados con las funciones propias del cargo, hasta por un término de
un año después de la dejación del cargo o permitir que ello ocurra.
23. Proferir en acto oficial o en público expresiones injuriosas o calumniosas contra
cualquier servidor público o las personas que intervienen en los mismos.
110
24. Incumplir cualquier decisión judicial, fiscal, administrativa, o disciplinaria en razón
o con ocasión del cargo o funciones, u obstaculizar su ejecución.
25. Gestionar directa o indirectamente, a título personal, o en representación de
terceros, en asuntos que estuvieron a su cargo.
26. Distinguir, excluir, restringir o preferir, con base en motivos de raza, color, linaje u
origen nacional o étnico que tengan por objeto o por resultado anular o
menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los
Derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica,
social, cultural o en cualquier otra de la vida pública (artículo 1°, convención
internacional sobre eliminación de todas las formas de discriminación racial,
aprobada en Colombia mediante la Ley 22 de 1981).
27. Ejercer la docencia, dentro de la jornada laboral, por un número de horas superior
al legalmente permitido.
28. Manifestar indebidamente en acto público o por los medios de comunicación,
opiniones o criterios dirigidos a influir para que la decisión contenida en
Sentencias judiciales, fallos disciplinarios, administrativos o fiscales sean
favorables a los intereses de la entidad a la cual se encuentra vinculado, en su
propio beneficio o de un tercero.
29. Prescindir del reparto cuando sea obligatorio hacerlo, o efectuarlo en forma
irregular.
30. Infringir las disposiciones sobre honorarios o tarifas de los profesionales liberales
o auxiliares de la justicia y/o el arancel judicial, en cuantía injusta y excesiva.
31. Tener a su servicio, en forma estable para las labores propias de su despacho,
personas ajenas a la entidad.
32. Propiciar, organizar o participar en huelgas, paros o suspensión de actividades o
disminución del ritmo de trabajo, cuando se trate de servicios públicos esenciales
definidos por el legislador.
33. Adquirir, por sí o por interpuesta persona, bienes que se vendan por su gestión o
influir para que otros los adquieran, salvo las excepciones legales.
34. Proporcionar noticias o informes sobre asuntos de la administración, cuando no
esté facultado para hacerlo.
35. Las demás Prohibiciones consagradas en la Ley y reglamentos.
PARÁGRAFO 1. A nivel institucional, a los Docentes les está prohibido:
1. Utilizar como acción sancionatoria por el incumplimiento de los Deberes u
obligaciones escolares, la expulsión del Estudiante del aula de clase.
111
2. Impedir que el Estudiante ingrese al aula de clase como acción correctiva y/o
sancionatoria, por la ocurrencia de faltas o el incumplimiento de los Deberes
contemplados en este código.
CAPÍTULO VII
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y SOCIAL
ARTÍCULO 37. CONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS.
1. FALTA: Lo primero que debemos precisar es el verdadero sentido de la expresión
“Falta”. Debemos entenderla como el tipo de conducta o conductas, que en
determinado momento, causan perturbación o daño a las personas y elementos
que hacen parte de la Institución Educativa.
2. FALTAS ACADÉMICAS: Son aquellos tipos de conducta o comportamiento de orden
particular, producto de las dificultades en el aprendizaje o en la motivación frente
a este, que entorpecen el desarrollo intelectual del Estudiante, sin que afecten el
trabajo colectivo o el ambiente escolar.
3. FALTAS A LA DISCIPLINA: Son aquellos comportamientos o conductas que atentan
contra el ambiente escolar, deterioran las condiciones de tranquilidad y orden que
se requieren para llevar a cabo una actividad académica, y estropean la
Convivencia dentro de la Institución.
4. SANCIÓN: Es la reacción del ordenamiento frente al comportamiento de una
persona, que se manifiesta en una consecuencia positiva o negativa según la
valoración ética, moral o jurídica de una conducta. Sanción es por lo tanto el
resultado de un procedimiento correctivo que establece la Institución Educativa a
quien infringe las normas, establecidas por el Manual para la Convivencia. Las
sanciones se aplican de acuerdo con la gravedad de las faltas cometidas. Los
correctivos pueden ser: pedagógicos o disciplinarios, según la naturaleza de la
falta, y pretenden, asegurar la Convivencia escolar y el cumplimiento de los
objetivos académicos y/o sociales de la Institución, teniendo en cuenta que prima
el interés general sobre el particular.
5. ATENUANTE: Son las circunstancias que aminoran la aplicación de la pena o
sanción y que pueden considerarse como el menor grado de la responsabilidad del
imputado.
6. AGRAVANTE: Son las circunstancias que aumentan en rigor la aplicación de la pena
y aumentan el grado de responsabilidad en la ejecución del hecho.
112
7. DISCIPLINA: Es enseñar a pensar y actuar en forma autónoma. Esta es una labor
necesaria para establecer en los seres humanos compromisos claros y modos de
comportamiento y expresión, que les permitan ser individuos que puedan actuar
dentro de un marco de respeto y Convivencia social.
ARTÍCULO 38. FALTAS GRAVÍSIMAS. Todas aquellas acciones que atentan contra la
dignidad e integridad física y ética de las personas y de la Institución. Además, se
entiende por falta gravísima toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los
valores individuales y colectivos de la Institución Educativa, así como aquellas
conductas que son consideradas como delitos en la legislación penal colombiana, es
decir, las que son consideradas como punibles por la justicia ordinaria. Son
consideradas faltas gravísimas:
1. Participar y/o ser cómplice, dentro o fuera de la sede escolar, en prácticas
relacionadas con el acoso u hostigamiento escolar hacia otro u otros Estudiantes,
incurriendo en maltrato psicológico, verbal o físico.
2. Agredir físicamente, dentro o fuera de la sede escolar, a cualquier miembro de la
Comunidad Educativa institucional o de la localidad, provocándole lesiones
personales.
3. Inducir y/o participar, dentro o fuera de la sede escolar, en actos relacionados con
la prostitución.
4. Sustraer y / o apropiarse de manera indebida de los bienes de la Institución o de
cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa, incurriendo en hurto en
cualquiera de sus manifestaciones.
5. Dañar intencionalmente cualquiera de los bienes e instalaciones que conforman el
patrimonio económico, público, cultural o ecológico de la Institución y de la
localidad.
6. Ser cómplice en hechos graves que atenten contra la vida, honra y bienes de las
personas.
7. Distribuir, portar, entregar, repartir, consumir, utilizar, dentro o fuera (portando el
uniforme) de las instalaciones educativas: cigarrillos, licor y/o cualquier tipo de
droga o sustancia que produzca embriaguez, adormecimiento, letargo,
dependencia psíquica o trastorno mental.
8. Distribuir, portar, entregar, repartir, consumir, utilizar o presentarse a la sede
escolar bajo el efecto de cualquier tipo de sustancia ilegal considerada en el
Decreto 1108, reglamentario de la Ley 30 de estupefacientes.
113
9. Involucrar a otras personas que no hacen parte de la Comunidad Educativa, en
asuntos propios de la Institución, propiciando actos de violencia contra cualquier
miembro de la misma.
10. Formar o hacer parte de grupos al margen de la Ley que atenten contra la
Comunidad Educativa.
11. Conformar y/o participar en grupos que atenten contra la sana Convivencia y de
alguna manera causen perjuicio a la Comunidad Educativa institucional y de la
localidad.
12. Utilizar cualquier medio de comunicación para atentar contra el buen nombre de
las personas o de la Institución y/o para amenazar o intimidar a cualquier
miembro de la Comunidad Educativa.
13. Portar, conservar o utilizar material detonante portando el uniforme o al interior
de la Institución.
14. Ridiculizar a cualquier persona, por medio de palabras, actuaciones o grafitis, el
uso de la información o del nombre de la persona en páginas de internet,
afectando con ello su dignidad y autoestima.
15. Irrespetar la propiedad material e intelectual, además de utilizar indebidamente y
sin autorización el conocimiento producido por otros miembros de la Comunidad
Educativa.
16. Cometer de palabra o de hecho, dentro o fuera de la sede escolar, actos de
violencia o intimidación en contra de cualquier miembro de la comunidad.
17. Adulterar o falsificar firmas de Padres o de las autoridades del establecimiento,
notas, comunicaciones dirigidas a miembros de la Comunidad Educativa y/o
documentos oficiales.
18. Promover, fomentar o participar, dentro o fuera de la sede escolar, en acciones o
conductas violatorias del orden público o jurídico.
19. Organizar y/o promover la indisciplina dentro o fuera del aula, generando daño
físico o psicológico a los Docentes o a los demás Estudiantes.
20. Realizar dentro o fuera de la sede escolar actos o conductas sexuales explícitas
como masturbación y exhibicionismo.
21. Cometer acoso sexual de palabra o de hecho; inducir a prácticas abusivas,
denigrantes, deshonrosas o que de cualquier manera atenten o violenten la
libertad sexual.
22. Portar, suministrar o utilizar armas reales o usar cualquier elemento (compás,
tijera, lápiz, lapicero, navaja, bisturí, pistola de balines o de copas o cualquier otro
elemento corto-punzante) como un arma, dentro o fuera de la sede escolar.
114
23. Esconder, destruir o hurtar libros, cuadernos, útiles escolares, archivos de
computador u otros de objetos relacionados con las actividades escolares y
pertenecientes a cualquier miembro de la comunidad.
24. Instigar, persuadir o inducir a otra persona a usar o comercializar, negociar,
comprar o vender, permutar, dentro o fuera de la sede escolar, sustancias
calificadas como estupefacientes o alucinógenos.
25. Robar o malversar fondos del grupo o tomar bienes ajenos sin permiso.
26. Practicar ritos satánicos, espiritismo, brujería y actos que atentan contra la
dignidad humana.
27. Distribuir, portar o prestar revistas o material pornográfico, portando el uniforme
o al interior de la Institución.
28. Propiciar, promover o participar en peleas o grescas, dentro o fuera de la sede
escolar.
29. Encubrir a compañeros en cualquier falta de honestidad que vaya en contra de la
Institución.
30. Encubrir o facilitar el ingreso de personas ajenas a la Institución.
31. Escribir panfletos o dibujar improperios en las paredes, pupitres, tableros y baños,
incitando al desorden o que atenten contra la reputación de las personas.
32. Hacer explotar detonantes, fulminantes, bengalas, petardos que pongan en peligro
a la comunidad.
33. Realizar manifestaciones públicas injuriosas, calumniosas o deshonrosas en contra
de cualquier miembro de la comunidad, utilizando medios escritos, verbales o
electrónicos tales como radio, prensa, pasacalles, grafitis, pendones, volantes,
folletos, pasquines, carteleras, correos electrónicos, chats o redes sociales
(facebook, twitter, hi5 y badoo, entre otras) o similares.
PARÁGRAFO 1. PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS. Frente a la ocurrencia
de faltas gravísimas observadas o dadas a conocer por y a la instancia competente –
Rector, se tomarán las siguientes medidas:
a) Desescolarización preventiva y temporal inmediata del Estudiante de la actividad
pedagógica o institucional equivalente a cinco (5) días, si una o más de las
circunstancias agravantes así lo ameritan; de tal manera, que pueda garantizarse
el normal desarrollo de las otras medidas.
b) Registro oportuno, claro, preciso, puntual y concreto en el formato de seguimiento
comportamental y/o en la ficha observador del Estudiante citando del Manual la
falta cometida.
115
c) Citación y notificación escrita inmediata, de apertura del proceso disciplinario, al
padre de familia y/o acudiente.
d) Firma del formato de seguimiento comportamental y/o de la ficha observador del
Estudiante donde se consignan por escrito los descargos y las pruebas a favor o en
contra del Estudiante, lo mismo que los compromisos y responsabilidades
adquiridos por las partes.
e) Elaboración de la Resolución Rectoral mediante la cual se notifica formalmente de
la sanción al Estudiante y a los Padres o acudientes, de la que se dejará copia en el
archivo de la Institución.
f) Notificación por parte del Rector ante la autoridad competente (personería,
comisaría de familia y/o policía), de la conducta observada por el Estudiante y de
las acciones emprendidas para el estudio del caso remitido, señalando
puntualmente la falta cometida por este y solicitando el concepto o el fallo por
parte de la misma.
g) El Estudiante objeto de la aplicación de una medida por falta gravísima, perderá
los beneficios adquiridos a título de estímulos y asumirá la negación de las
prerrogativas académicas, de Convivencia y comunitarias a que tiene Derecho, de
acuerdo a la decisión que tome el órgano competente. Además, tal hecho afectará
el informe de Convivencia y/o comportamental del Estudiante en el periodo
académico correspondiente.
PARÁGRAFO 2. SANCIONES. Frente a la ocurrencia de faltas gravísimas observadas o
dadas a conocer por y a la instancia competente – Rector, se establecen las siguientes
sanciones:
a) Si se trata de la primera falta cometida por el Estudiante y dependiendo de las
circunstancias de atenuación o agravación de la misma y de los principios que
fundamentan el debido proceso, desescolarización de uno (1) a cinco (5) días;
durante los cuales realizará las actividades académicas fuera de la Institución
Educativa y bajo el seguimiento y control por parte de su acudiente. Una vez se
reintegre al aula de clase, el Estudiante debe acudir al Docente para entregar los
trabajos realizados durante su ausencia y para que le brinde el espacio destinado
a presentar las evaluaciones que se aplicaron en cada asignatura durante el
tiempo que estuvo ausente. El Estudiante dispondrá de uno (1) a cinco (5) días
hábiles, para cumplir con las obligaciones y las responsabilidades adquiridas
durante el tiempo que estuvo desescolarizado.
b) En caso de reincidencia o segunda falta gravísima cometida por el Estudiante y
dependiendo de la mediación de dos o más de las circunstancias de atenuación de
116
la misma y atendiendo a los principios que fundamentan el debido proceso,
desescolarización durante los días que le restan al año escolar –
DESESCOLARIZACIÓN Y PERDIDA DEL CUPO PARA EL AÑO SIGUIENTE; durante los
cuales realizará las actividades académicas fuera de la Institución Educativa y bajo
el seguimiento y control por parte de su acudiente. Se le dará a conocer un
cronograma especial para que se presente en compañía de su acudiente, con el
propósito de sustentar los trabajos y presentar las evaluaciones correspondientes
a cada asignatura.
c) En caso de reincidencia o segunda falta gravísima cometida por el Estudiante y
dependiendo de la mediación de una o más de las circunstancias de agravación de
la falta y atendiendo a los principios que fundamentan el debido proceso,
EXPULSIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, la cual determinará la cancelación
inmediata y definitiva de la matrícula con pérdida total del cupo.
PARÁGRAFO 3. RESPONSABLES FRENTE A LAS SANCIONES. En este caso:
a) La desescolarización temporal del Estudiante (por seguridad y como medida
preventiva) la hace el Rector una vez notificada la ocurrencia de dicha falta por
parte del Coordinador. La citación de acudiente y el registro anecdótico los hace la
instancia que tuvo conocimiento acerca de la ocurrencia de dicha falta.
b) El registro inicial de la falta en el formato de seguimiento comportamental y/o en
la ficha observador del Estudiante, lo hace la instancia que tuvo conocimiento
acerca de la ocurrencia de dicha falta.
c) La constancia escrita con los descargos y las pruebas a favor o en contra del
Estudiante, es responsabilidad de la instancia que tuvo conocimiento de la
ocurrencia de la falta y del Directivo Docente.
d) La notificación ante autoridad competente la hace el Rector.
e) La suspensión de actividades institucionales al interior de la sede educativa
(DESESCOLARIZACIÓN) o la expulsión de la Institución Educativa (PERDIDA TOTAL
DEL CUPO), se hace mediante Resolución Rectoral debidamente firmada por las
partes y a través de la cual se notifica dicha sanción.
f) El informe de Convivencia y/o comportamental al finalizar cada corte académico,
es responsabilidad de cada director de grupo.
ARTÍCULO 39. FALTAS GRAVES. Aquellas actitudes y comportamientos que atentan
contra la acción educativa y la Convivencia escolar, obstaculizando el logro del
horizonte institucional. Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o
comportamiento que atentan contra los principios institucionales, perturbando el
117
normal desarrollo de las actividades y que afectan gravemente las normas
disciplinarias de carácter general y particular de la Institución Educativa. Son
consideradas faltas graves:
1. Manifestar el afecto o la sexualidad (manifestaciones heterosexuales y
homosexuales como besos y caricias, entre otras) de manera exagerada dentro de
la Institución o por fuera de ella portando el uniforme.
2. Tratar de manera descortés, irrespetuosa e irreverente a cualquier miembro de la
Comunidad Educativa local y/o institucional.
3. Inducir, manipular u obligar a otra persona a incumplir con los Deberes u
obligaciones o a cometer actos que estén consagrados como falta en este Manual.
4. Practicar juegos de azar y/o cualquier tipo de negocios al interior de la Institución.
5. Hacer comentarios mal-intencionados de personas de la Institución, que generen
dudas sobre su integridad.
6. Portar el uniforme o distintivos institucionales, en la ejecución de otras
actividades que desvirtúen la imagen institucional.
7. Incumplir las normas de seguridad, uso y mantenimiento propio de las aulas de
tecnología, informática y laboratorios, entre otras.
8. Deteriorar libros, equipos de cómputo, audiovisuales, implementos deportivos u
otros materiales de propiedad de la Institución.
9. Permanecer por fuera de la Institución y/o no ingresar a la misma, quedándose en
sitios no autorizados y sin el consentimiento de su acudiente.
10. Irrespetar a los integrantes de la Comunidad Educativa, o a cualquier otra persona,
dentro o fuera de la sede escolar.
11. Agredir de palabra a un compañero, profesor, Directivo Docente o cualquier otro
miembro de la Comunidad Educativa que visite la Institución.
12. Arrojar objetos y/o sustancias que puedan atentar contra la integridad física de los
compañeros, Docentes, Directivos Docentes, Personal Administrativo y de
servicios generales.
13. Desacatar en forma reiterada las normas, orientaciones y asesorías que le brinda
la Institución.
14. Hacer imputaciones falsas o chismes, respecto de compañeros, profesores,
Directivos Docentes, administrativos, Padres de Familia y demás miembros de la
Comunidad Educativa.
15. Omitir información de hechos graves, calificados como tales por la Ley y este
Manual para la Convivencia.
118
16. Atentar, dentro o fuera de la sede escolar, contra la conservación del entorno
ambiental y/o el patrimonio cultural.
17. Ingresar o salir del plantel por muros, mallas o puertas diferentes a las
autorizadas.
18. Promover y realizar actos de rebeldía, impidiendo con ello la realización de las
actividades programadas por la Institución Educativa.
19. Usar apodos, expresiones indecorosas y/o gestos de mal gusto para ridiculizar o
burlarse de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
20. Utilizar aparatos como: celulares, radios, beepers, audífonos, reproductores de
sonido y/o video, parlantes portátiles y juegos electrónicos, entre otros; en clases,
actos cívicos y/o culturales.
21. Utilizar pearcing, mantener su cabello de forma no natural utilizando tinturas y/o
cortes extravagantes u observar una presentación personal inadecuada durante la
jornada escolar.
22. Cometer acciones vandálicas contra propiedad de la Institución y de la localidad.
23. Discriminar, maltratar, burlarse, hostigar, acosar o perseguir a otro miembro de la
comunidad escolar por su raza, género, discapacidad, orientación sexual, estatus
socio-económico, origen nacional, familiar, lengua, opinión política o filosófica,
cultura y/o credo.
24. Usar vocabulario y/o gestos soeces y ofensivos dirigidos a miembros de la
Comunidad Educativa local e institucional.
25. Portar o usar sustancias químicas, fuegos artificiales y/o pólvora, que alteren el
ambiente natural, dentro o fuera de la sede educativa o en actividades escolares.
26. Participar o promover manifestaciones de protesta, utilizando medios ilegales,
ilegítimos o que vulneren los Derechos de los demás miembros de la comunidad.
27. Plagiar o utilizar como trabajo propio lo elaborado por otra persona, al igual que la
violación de los Derechos de autor.
28. Hacer y/o vender trabajos académicos para otros Estudiantes; encargar o comprar
trabajos a otras personas y presentarlos como propios.
29. Usar cualquier sustancia inapropiadamente o con la intención de causar
alteraciones en el comportamiento o daños a la salud, salvo que exista
prescripción médica en tal sentido.
30. Editar o promover la circulación de publicidad no autorizada.
31. Vender comestibles, artículos y rifas sin autorización del Rector y/o del Consejo
Directivo.
119
32. Rechazar y/o botar sin justificación alguna, los alimentos que le son
proporcionados a través del restaurante escolar.
33. Dañar y/o utilizar indebidamente los útiles o materiales destinados al normal
desarrollo de las obligaciones escolares.
34. Utilizar materiales o sustancias como candelas o fósforos, entre otros, para
provocar incendios de forma deliberada y consciente, ocasionando daños en
instalaciones, objetos y/o personas.
35. Portar y utilizar de forma deliberada y consciente billetes falsos, con el propósito
de comprar o cancelar cualquiera de los servicios que se ofrecen al interior de la
Institución.
36. Hacerse suplantar o suplantar a un compañero (a), o acudiente con la finalidad de
evadir obligaciones o responsabilidades de orden disciplinario y/o académicas.
37. Programar y/o participar, dentro o fuera del plantel en actividades
extracurriculares que afecten el buen nombre de la Institución Educativa.
38. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas,
deteriorando el buen nombre de la Institución.
39. Cometer fraude en las actividades evaluativas o académicas.
40. Burlarse o asumir una actitud de extravagancia frente a los símbolos patrios y/o
institucionales.
41. Incumplir el compromiso pedagógico y/o el plan de mejoramiento académico y/o
comportamental.
42. Promover sin la debida autorización por parte del consejo directivo, al interior del
establecimiento o fuera del plantel portando el uniforme, cualquier tipo de rifa o
negocio en beneficio de particulares o de otras organizaciones.
PARÁGRAFO 1. PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS - SANCIONES. Frente a
la ocurrencia de faltas graves observadas o dadas a conocer por y a la instancia
competente – Rector, se tomarán las siguientes medidas:
a) Desescolarización preventiva y temporal del Estudiante de la actividad pedagógica
o institucional por tres (3) días – si las circunstancias agravantes así lo ameritan,
asignándole el trabajo para realizar en un lugar donde pueda ser objeto de
seguimiento y control por parte de su acudiente.
b) Registro oportuno, claro, preciso, puntual y concreto en el formato de seguimiento
comportamental y/o en la ficha observador del Estudiante citando del Manual la
falta cometida.
c) Citación y notificación por escrito de apertura del proceso disciplinario, dirigida al
padre de familia y/o acudiente.
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d) Firma del formato de seguimiento comportamental y/o de la ficha observador del
Estudiante donde se consignan por escrito los descargos y las pruebas a favor
presentados por el Estudiante, lo mismo que los compromisos adquiridos por las
partes.
e) Dependiendo de las circunstancias de atenuación o agravación de la falta y de los
principios que fundamentan el debido proceso, desescolarización de uno (1) a tres
(3) días; durante los cuales realizará dichas actividades en un lugar donde pueda
ser objeto de seguimiento y control por parte de su acudiente. Una vez se
reintegre al aula de clase, el Estudiante debe acudir al Docente para entregar los
trabajos realizados durante su ausencia y para que le brinde el espacio destinado
a presentar las evaluaciones que se aplicaron en cada asignatura durante el
tiempo que estuvo ausente. El Estudiante dispondrá de uno (1) a cinco (5) días
hábiles, para cumplir con las obligaciones y las responsabilidades adquiridas
durante el tiempo que estuvo desescolarizado.
f) Notificación de la sanción a través de Resolución Rectoral. Además, el sancionado
Deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta.
g) Seguimiento de un programa especial dirigido por la psico-orientadora de la
Institución Educativa, tratando de evitar que el Estudiante reincida en este tipo de
actuaciones.
h) El Estudiante objeto de la aplicación de una medida por falta grave, perderá los
beneficios adquiridos a título de estímulos y asumirá la negación de las
prerrogativas académicas, de Convivencia y comunitarias a que tiene Derecho, de
acuerdo a la decisión que tome el órgano competente. Además tal hecho afectará
el informe de Convivencia y/o comportamental del Estudiante en el periodo
académico correspondiente.
PARÁGRAFO 2. RESPONSABLES FRENTE A LAS SANCIONES. De acuerdo a lo estipulado
en estas dos situaciones:
a) La desescolarización temporal del Estudiante (por seguridad y como medida
preventiva) la hace el Rector una vez notificada la ocurrencia de dicha falta por
parte del Coordinador. La citación de acudiente y el registro anecdótico los hace la
instancia que tuvo conocimiento acerca de la ocurrencia de dicha falta.
b) La citación del acudiente, diligenciada por la instancia que tuvo conocimiento
acerca de la ocurrencia de dicha falta, se emite con copia dirigida al director de
grupo o al Directivo Docente.
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c) La constancia escrita con los descargos, las pruebas y los compromisos, es
responsabilidad del Docente o del Directivo Docente que tuvo conocimiento de la
ocurrencia de dicha falta.
d) La suspensión de actividades institucionales (DESESCOLARIZACIÓN), se hace
mediante Resolución Rectoral debidamente firmada por las partes.
e) El incumplimiento por parte del Estudiante de los compromisos adquiridos o la
incurrencia en cualquier otra falta grave, da lugar a la aplicación de una de las
medidas por faltas gravísimas. Si el incumplimiento es por alguno de los otros
involucrados, el Estudiante dará aviso a la instancia competente para que esta
recomiende o aplique el correctivo necesario. Si el incumplimiento se da por parte
del padre de familia y/o acudiente, se acudirá al acta de compromiso para acudir
al apoyo interinstitucional.
f) El informe de Convivencia y/o comportamental al finalizar cada corte académico,
es responsabilidad de cada director de grupo.
PARÀGRAFO 3. Los aparatos e implementos que interfieren en el normal desarrollo de
las actividades académicas, deben ser decomisados por el Docente o Directivo
Docente y sólo le serán devueltos al padre de familia y/o acudiente en reunión de
entrega de informes del período correspondiente. El mismo procedimiento se aplicará
con los accesorios y/o las prendas que no hacen parte de los uniformes.
PARÀGRAFO 4. El Estudiante es el directo responsable y es quien tiene el Deber de
cuidar sus pertenencias y/o elementos de valor, y tener presente que las personas que
laboran en la Institución no se hacen responsables por el daño o la pérdida de las
mismas(os).
ARTÍCULO 40. FALTAS LEVES. Son aquellas que se cometen por incumplimiento a
algunos de los Deberes y que afectan la cotidianidad institucional. Se entiende por
falta leve todas aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades
pedagógicas. Se denominan así porque son prácticas que no contribuyen al
mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio,
organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la Comunidad
Educativa y la comunidad en general. Son consideradas faltas leves:
1. No acatar las instrucciones dadas por sus superiores – Docentes, Directivos
Docentes y/o personal de administración de la Educación a nivel institucional o de
la localidad.
2. Hacer chistes y bromas de mal gusto que interfieran el normal desarrollo de las
prácticas educativas al interior de la Institución.
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3. Dar manejo inadecuado a los desechos, arrojar basuras al piso o dejar el salón de
clase desorganizado al finalizar la jornada.
4. La impuntualidad o inasistencia sin causa justificada a las clases y actividades
recreativas, deportivas, culturales y religiosas que realice la Institución.
5. Descuido en la higiene y presentación personal.
6. Dedicarse durante las clases a otras actividades, falta de compromiso con el
trabajo escolar.
7. Emplear apodos para dirigirse a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
8. Desordenes en formaciones y actos generales.
9. Permanecer en los salones durante los descansos o actos programados.
10. Utilizar el teléfono en las horas de clase sin autorización.
11. Consumir alimentos, bebidas y golosinas en el aula de clase o durante la
realización de eventos oficiales de la Institución.
12. Consumir chicle durante la jornada escolar.
13. Portar mal el uniforme o llevar ropas diferentes sin autorización.
14. Con el uniforme, festejar días especiales o celebraciones, utilizando de manera
irregular cualquier tipo de sustancia o material (huevos, harina y agua, entre otras)
que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la Institución.
15. No justificar las ausencias escolares por escrito firmadas por los Padres y/o
acudientes.
16. Incumplimiento en la realización del aseo del aula y demás campañas
institucionales.
17. Participar en juegos bruscos (Puños, patadas, empujones y zancadillas, entre
otros) y de manos que ocasionen disgusto a otro u otros miembros de la
Comunidad Educativa.
18. Utilizar los espacios e implementos de la Institución sin la debida autorización.
19. Utilizar en forma inadecuada el carné estudiantil y/o no portarlo.
20. No portar durante la jornada escolar: El Manual para la Convivencia, el cuaderno
de comunicaciones y el cuaderno de proyectos.
21. Asistir a la sede educativa sin el uniforme oficial o solo de manera parcial.
22. Llegar retrasado a clases o a cualquier actividad oficial de la Institución.
23. Salir del aula durante el desarrollo de las clases sin autorización.
24. Arrojar basuras al piso en cualquiera de los espacios institucionales.
25. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo
autorización expresa.
123
26. Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales,
mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos,
silbidos, remedos, circulación por el aula u auditorio en momentos inadecuados,
entre otros.
27. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como:
Rectoría, secretaría, coordinaciones, sala de profesores, laboratorios, restaurante,
entre otras.
28. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de uso
comunitario como son: la tienda escolar, el restaurante escolar y las unidades
sanitarias, entre otros.
29. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros o
condiscípulos.
30. Rayar paredes, carteleras y baños de la Institución.
31. Acudir sin autorización al servicio de la tienda escolar, una vez finalizado el
descanso pedagógico.
32. Generar desórdenes en las clases y actos comunitarios, con gritos, charlas e
intervenciones inoportunas.
33. Retirarse sin autorización del interior del aula durante los cambios de clase y
permanecer en sitios no permitidos.
34. Ausentarse de clase o del Establecimiento Educativo, sin la debida excusa y/o
autorización.
PARÁGRAFO 1. PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS - SANCIONES. Frente a
la ocurrencia de faltas leves observadas o dadas a conocer por y a la instancia
competente – Docente o Directivo Docente, se tomarán las siguientes medidas:
a) Reparación de la falta, mediante acción pedagógica de reivindicación de la misma.
b) Amonestación escrita que se consignará en el cuaderno de seguimiento
comportamental del Docente si las circunstancias lo ameritan (reincidencia), de lo
contrario, se acude solo a la amonestación verbal en privado acompañada de la
acción pedagógica de reparación o reivindicación de la falta.
c) Notificación al padre de familia y/o acudiente por escrito a través del cuaderno de
comunicaciones, quien la devolverá firmada, dentro de los dos días hábiles
siguientes.
d) Si las circunstancias lo ameritan, firma de la constancia donde se consigna por
escrito la falta cometida, los descargos y los compromisos adquiridos por las
partes. Si se decomisa material no autorizado al Estudiante, se le devuelve solo al
acudiente. No se podrán hacer amonestaciones por escrito en el observador por
124
faltas leves, sin antes haber agotado las acciones de diálogo, reparación y/o
compromisos pedagógicos.
e) El incumplimiento por parte del Estudiante de los compromisos adquiridos o la
reincidencia en la comisión de faltas leves, da lugar a la citación de su acudiente y
de ser necesario se exigirá su acompañamiento al Estudiante en la jornada escolar
durante el tiempo que se considere pertinente o la desescolarización preventiva si
el caso lo amerita. Si el incumplimiento es por alguno de los otros involucrados, el
Estudiante dará aviso a la instancia competente para que esta recomiende o
aplique el correctivo necesario. Si el incumplimiento se da por parte del padre de
familia y/o acudiente, se acudirá al acta de compromiso para acudir al apoyo
interinstitucional según parágrafo 1 del artículo 41.
f) Cuando existan conductas reincidentes de faltas leves, se Deberá consignar las
dificultades y las recomendaciones en el informe de comportamiento al finalizar el
período lectivo e informar oportunamente al padre de familia y/o acudiente.
PARÁGRAFO 2. RESPONSABLES FRENTE A LAS SANCIONES. En este caso:
a) La amonestación verbal o escrita la hace la instancia que tuvo conocimiento acerca
de la ocurrencia de dicha falta.
b) La notificación al acudiente la hace la instancia que tuvo conocimiento acerca de la
ocurrencia de dicha falta, dentro de los dos días hábiles siguientes contados a
partir de la ocurrencia de la misma.
c) La constancia escrita donde aparece la falta cometida, los descargos y los
compromisos, es responsabilidad de la instancia que tuvo conocimiento acerca de
la ocurrencia de dicha falta.
d) La desescolarización preventiva por uno o más días, se emite mediante resolución
rectoral y como estrategia pedagógica tendiente a hacer que prevalezca el interés
general y no el particular.
e) El informe de Convivencia y/o comportamental al finalizar cada corte académico,
es responsabilidad de cada director de grupo.
ARTÍCULO 41. MEDIDAS ESPECIALES.
PARÁGRAFO 1. APOYO INTERINSTITUCIONAL. Consiste en un trabajo con el apoyo de
la comisaría de familia, la secretaria local de salud, la unidad de atención integral, la
policía de infancia y adolescencia y/o la personería municipal, con el propósito de
brindar garantías en términos del debido proceso contemplado en este código
disciplinario. En tal sentido, se firma el acta de compromiso institucional (pactado con
125
los Directivos Docentes) entre Padres de Familia y Estudiantes, basada en las
siguientes condiciones:
1. Ingreso al grupo de excelencia Jomaberiana con sus diferentes estrategias:
Cuaderno seguimiento, acto cívico en valores y/o escuela Padres, entre otras.
2. Asistencia a talleres de prevención y apoyo a los Estudiantes, acciones pedagógicas
asignadas por personal Docente y administrativo de la Institución.
3. Asistencia de los Padres de Familia a encuentros y reuniones convocados por la
Institución, a nivel académico y comportamental.
4. La falta de cumplimiento de estas acciones (3 faltas de asistencia), genera la
remisión a la comisaría de familia y/o personería, con los documentos que la
sustentan.
5. Copia del compromiso institucional, el cual se incumplió.
6. Carta de remisión a la comisaría.
7. Devolución de la comisaría de familia a la Institución Educativa del proceso a
seguir.
PARÁGRAFO 2. INASISTENCIA. En caso de que un Estudiante falte injustificadamente a
la Institución Educativa tres o más días en el mes, el director de grupo citará a los
acudientes del mismo. Si se trata de un Estudiante menor de edad y se establece que
el responsable de la inasistencia o del incumplimiento de los compromisos adquiridos
es el padre de familia o acudiente, el Rector remitirá el informe a la autoridad
competente (Comisaría de familia y/o personería) para que se apliquen las sanciones
previstas en el código de la infancia y la adolescencia.
PARÁGRAFO 3. IMPUNTUALIDAD. Después de evidenciarse más de tres llegadas tarde
(ingresar después de las 6:00 a.m. o después de las 12:45 p.m.), el Estudiante sólo
podrá ingresar con el acompañamiento de su acudiente y/o con la excusa justificada
que corresponda de acuerdo a la dificultad que le impidió llegar antes de la hora
señalada.
ARTÍCULO 42. COMPROMISO PEDAGÒGICO Y PLAN DE MEJORAMIENTO. La Institución
Educativa “JOSÈ MARÌA BERNAL”, busca impulsar y mantener el desarrollo humano de
cada uno de sus miembros, a través de la formación, no sólo orientada en lo
académico sino también en lo comportamental y actitudinal. Estos elementos, se
definen como una cooperación educativa, que obedece a las disposiciones
constitucionales en las cuales se establece una responsabilidad compartida en el
proceso formativo-educativo, donde se incluyen las responsabilidades del Estudiante,
126
del padre de familia o acudiente y del Docente, tendiente a hacer efectiva la
prestación del servicio público educativo.
1. OBJETO DEL COMPROMISO: El presente compromiso, pretende establecer una
recíproca complementación de esfuerzos entre el Estudiante, Padres de Familia o
acudientes y la Institución, para así buscar un rendimiento académico y un
comportamiento satisfactorio dentro del programa curricular y buscar la reflexión
y revisión de conductos permitiendo un mejoramiento y cambio real en beneficio
personal. Con este propósito se comprometen las partes a mejorar y cumplir las
obligaciones y los compromisos acordados.
2. COMPROMISO DE LA INSTITUCIÒN:
a) Brindar durante el año escolar, un servicio educativo dentro de las prescripciones
legales y las exigencias de las autoridades competentes.
b) Convocar al padre de familia o acudiente, con el fin de que el Estudiante cuente
con su acompañamiento para corregir los comportamientos inadecuados.
c) Buscar el bien común desde las acciones individuales y para garantizarlo, hacer las
debidas y oportunas recomendaciones de quienes lo requieren: Asesora
psicológica, Docentes y Directivos Docentes.
3. COMPROMISO DEL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE: En cumplimiento de la
obligación prevista en el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia y en
concordancia con la celebración de este compromiso, el padre de familia o
acudiente se compromete desde la matrícula a:
a) Conocer, aceptar y cumplir el Manual para la Convivencia, comprometiéndose a
que su hijo o acudido, igualmente lo acate.
b) Velar por el progreso de su acudido-Estudiante, estableciendo correctivos desde el
hogar que garanticen el mejoramiento de los aspectos comportamental y
académico.
c) Estar en permanente contacto con la Institución, para indagar por el
comportamiento y el rendimiento académico del Estudiante, y si es necesario,
solicitar a la Institución la orientación necesaria en el lapso en que se establezca
dicho compromiso.
d) Asistir a las actividades programadas como parte del proyecto “Padres al colegio”.
e) Procurar que el Estudiante cumpla oportunamente con las actividades de refuerzo
y recuperación que asigna el Docente en cada asignatura.
f) Cumplir a cabalidad con los Deberes contemplados en el Manual para la
Convivencia.
4. COMPROMISO DEL ESTUDIANTE:
127
a) Acatar las orientaciones que se le hacen y seguir debidamente las instrucciones.
b) Dejar constancia escrita de su compromiso personal, mediante formato firmado
por las partes.
c) Mejorar significativamente su rendimiento académico y su comportamiento en
general.
d) Cumplir con las actividades de refuerzo y recuperación de dificultades académicas,
en las fechas establecidas por el Docente que sirve la correspondiente asignatura.
e) Informar oportunamente al padre de familia y/o acudiente de las reuniones que se
realicen para el seguimiento de dicho compromiso.
f) Ingresar al grupo de apoyo en Convivencia.
5. OBJETIVOS DEL PLAN DE MEJORAMIENTO ESTUDIANTIL:
a) Tomar conciencia de la importancia y la necesidad de mantener una buena
disciplina dentro o fuera de la sede escolar, contribuyendo en el desarrollo integral
de cada Estudiante.
b) Fortalecer y promover el proceso de aprendizaje en las diferentes disciplinas
académicas, así como fomentar y desarrollar las habilidades de estudio,
entendiendo la excelencia académica como un factor protector de la salud mental.
6. METAS DEL PLAN DE MEJORAMIENTO ESTUDIANTIL:
a) Finalizado el período académico, el 90% de los Estudiantes que terminaron el corte
anterior con deficiencias en algunas materias estarán nivelados, alcanzando los
logros propuestos en cada asignatura y manejando adecuadamente las diferentes
competencias en todos los aspectos de la vida cotidiana.
b) Finalizado el período académico, el 99% de los Estudiantes que terminaron el corte
anterior con dificultades comportamentales, habrán entendido que la disciplina se
debe basar en la comprensión inteligente de la conducta, de las normas y de un
auténtico interés por el desarrollo de su personalidad.
7. ACCIONES ESTRATÉGICAS PARA EL PLAN DE MEJORAMIENTO ESTUDIANTIL:
a) Incrementar el acompañamiento, el seguimiento y control en el hogar para
estudiar (repasar las lecciones) y/o realizar tareas y trabajos extracurriculares por
parte del Estudiante (disciplina de estudio).
b) Establecer en el hogar los horarios y los compromisos relacionados con el estudio y
el aprovechamiento del tiempo libre.
c) Adquirir hábitos de lectura y de investigación, utilizando los medios que estén a su
alcance.
128
d) Prestar mucha atención a las explicaciones y a las instrucciones dadas por cada
profesor en el aula de clase, para entender mejor los diferentes temas y
desarrollar con eficiencia las actividades propuestas.
e) Mantener al orden del día, todas y cada una de las anotaciones que correspondan
a los diarios de campo o cuadernos (esto ayudará demasiado).
f) Realizar las tareas en un lugar adecuado donde se garantice un mínimo de
interferencias por ruido u otros factores como música, chat, televisión, amigos…
g) Participar en clase en cada oportunidad que tenga y preguntar cuando se
presenten dudas aunque parezcan algo absurdas – se recomienda acudir al
profesor o a un compañero que pueda brindarle la asesoría que se requiera en
cada caso).
h) Leer varias veces el tema a la hora de estudiar para un examen o una exposición,
con el propósito de comprenderlo mejor; si es posible, hacer lo mismo antes de la
clase.
i) Cuidar, en la medida de lo posible, la alimentación y la salud ya que muchas veces
son las causantes de cansancio, fatiga y dolores de cabeza. El ejercicio y el aseo
son condiciones importantes para generar comodidad. La predisposición
psicológica y la motivación también intervienen en el espacio que se dedica al
estudio, por ello se recomienda dejar de lado los problemas personales y
emprender con perseverancia las horas de estudio.
ARTÍCULO 43. CONCEPTUALIZACIÓN DEL ANTI BULLYNG. La definición común de
bullying u hostigamiento escolar, también conocido como matoneo, o maltrato escolar
entre iguales, “es el deseo intencional y consciente de hacer daño, sistemáticamente,
a otra persona generando una situación de estrés, ocurre únicamente cuando hay un
desequilibrio de poder. El agresor o grupo de agresores es más poderoso que la
persona agredida” (OLWEUS, 1983). La intimidación es una forma de interacción social
– no necesariamente duradera - en la que un individuo más dominante (el agresor)
exhibe un comportamiento agresivo que pretende, y de hecho logra causar angustia a
un individuo menos dominante (la víctima). El comportamiento agresivo puede tomar
la forma de un ataque físico y/o verbal directo o indirecto. En la interacción pueden
participar más de un agresor y más de una víctima. (DOROTHEA ROSS, 1996). Un tercer
actor involucrado en esta interacción son los observadores. Estos actos tienen lugar en
las instalaciones escolares (aulas, patios, en los alrededores de la Institución y en las
actividades extraescolares).
129
ARTÍCULO 44. POLÍTICAS INSTITUCIONALES ANTI BULLYNG. La Institución Educativa es
un lugar de encuentro y de aprendizaje social en el que también surgen conflictos,
pero el acoso no es un conflicto entre dos partes que se pueda resolver mediante una
negociación entre las personas afectadas, hay que intervenir tanto al agresor como a
la víctima y observadores de forma independiente; así:
1. Todo miembro de la Comunidad Educativa debe ser tratado en igualdad de
condiciones de acuerdo a su dignidad de persona, no pudiendo ser discriminado
por sus condiciones de discapacidad, convicciones filosóficas, políticas, religiosas,
económicas, raciales, sexo y orientación sexual, ni por ninguna otra que vaya en
contra de esa dignidad.
2. Abstenerse de hacer a los demás, aquello que no se quiere para sí mismo.
3. Todos los miembros de los estamentos educativos de la comunidad se
relacionarán de manera equitativa y empática.
4. Todo miembro de la Comunidad Educativa debe proteger a niños, niñas,
adolescentes y jóvenes contra todas las acciones u omisiones de conductas que
causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico.
5. Informar inmediatamente conozca un caso de abuso escolar a los Docentes,
Coordinadores, asesores psicológicos o Rector de la Institución.
6. Pensar que el acoso escolar es normal, no pasa en la Institución, o que es una
forma de fortalecer la personalidad de la víctima, es un error.
7. Escuchar y tomar cartas en el asunto cuando se presenten quejas de los
Estudiantes, pues si la escuela no hace justicia, los Estudiantes ejercitarán una
para-justicia.
8. El maltrato entre escolares o acoso escolar no es problema de un niño o niña
determinado, sino de toda la Comunidad Educativa.
CAPÍTULO VIII
EL DEBIDO PROCESO
ARTÍCULO 45. JUSTIFICACIÓN. Todo el trámite a seguir en el denominado debido
proceso, debe constar en forma escrita y ser avalado por la autoridad
correspondiente. Los descargos y las pruebas formuladas y aportadas por el Estudiante
implicado, igualmente Deberán constar por escrito.
ARTÍCULO 46. PRINCIPIOS QUE FUNDAMENTAN EL DEBIDO PROCESO. Este Derecho
consagrado básicamente en el artículo 29 de la constitución y complementado en los
130
artículos 31 y 33 de la misma, debe ser tenido en cuenta al momento de elaborar el
Manual para la Convivencia, por lo tanto, las garantías del debido proceso estarán
consagradas en este código y su vigencia se demostrará en los procedimientos
disciplinarios que se adelanten en la Institución. Además, en virtud de lo consagrado
en el código de infancia y adolescencia, los niños, las niñas y los adolescentes tienen
Derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las
actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados; y en toda
actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén
involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán Derecho a ser escuchados
y sus opiniones Deberán ser tenidas en cuenta. Debe sustentarse en:
1. EL PRINCIPIO DE INOCENCIA: Nadie es culpable hasta no ser escuchado y vencido
en juicio. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo. (C.P artículo 33). Todas
las actuaciones gozarán del principio de la buena fe. (C.P. artículo 84). El
Estudiante investigado se presume inocente hasta que no se le demuestre lo
contrario mediante la aplicación del debido proceso.
2. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Nadie puede ser juzgado sino conforme a las Leyes
pre-existentes al acto que se le imputa. Es actuar o proceder a hacer las cosas
como las manda la norma. Los Estudiantes serán investigados y sancionados
conforme a la normas previamente establecidas que tipifican las conductas
elevadas a las categorías de faltas o infracciones, por la persona u organismo
competente con las formalidades establecidas y aplicando las sanciones
disciplinarias
3. EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: La sanción se aplica de acuerdo a la
gravedad de la falta realizada por el Estudiante sin extra limitantes.
4. EL PRINCIPIO DE LA DEFENSA: El Estudiante en desarrollo de la investigación
disciplinaria tiene Derecho a declarar sobre los hechos investigados, presentar
pruebas y solicitar prácticas de pruebas, conocer todos los elementos
componentes de la investigación, tener apoderado o representante, presentar
descargos e interponer recursos (reposición, apelación).
La materialización del Derecho a la defensa (Sentencia T-917 de 2006) en los
procesos disciplinarios en la Institución Educativa, exige que dicho proceso prevea
(1) la comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a
quien se imputan las conductas posibles de sanción; (2) la formulación de los
cargos imputados, que puede ser verbal o escrita, siempre y cuando en ella
consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas
conductas dan lugar (con la indicación de las normas reglamentarias que
131
5.
a)
b)
c)
6.
7.
consagran las faltas) y la calificación provisional de las conductas como faltas
disciplinarias; (3) el traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que
fundamentan los cargos formulados; (4) la indicación de un término durante el
cual el acusado pueda formular sus descargos (de manera oral o escrita),
controvertir las pruebas en su contra y allegar las que considere necesarias para
sustentar sus descargos; (5) el pronunciamiento definitivo de las autoridades
competentes mediante un acto motivado y congruente; (6) la imposición de una
sanción proporcional a los hechos que la motivaron; y (7) la posibilidad de que el
implicado pueda controvertir, mediante los recursos pertinentes, todas y cada una
de las decisiones de las autoridades competentes.
LA COSA JUZGADA: Ningún Estudiante puede ser investigado o sancionado dos
veces por el mismo hecho. El hecho puede ser por acción o por omisión.
Por acción: cuando se hace algo prohibido.
Por omisión: cuando se dejó de hacer algo que se tenía el Deber de realizarlo.
El hecho está demarcado por las circunstancias de lugar, tiempo y modo.
LA NOTIFICACIÓN, LOS TÉRMINOS Y LOS RECURSOS: Deben estar precisamente
definidos, porque si a un Estudiante se le lleva un proceso, sin la debida
notificación puede producir nulidad al incurrir en violación del debido proceso. Así
mismo, las decisiones que se tomen al sancionar pueden ser controvertidas y éstas
no se harán efectivas hasta tanto no se resuelvan los recursos. Por tanto es
pertinente anotar que contra las sanciones impuestas tendrán los recursos de
reposición, ante la persona o estamento que la aplica, y subsidiariamente la
apelación en segunda instancia, ante el superior inmediato, los cuales deben ser
interpuestos dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación del acto que
sanciona. Para que la sanción tenga validez debe ser aplicada por la autoridad
competente. Para la Institución, el orden en cuanto a la persona o estamento que
aplica las sanciones, se establece de la siguiente manera: Docente, Coordinador,
Rector y Consejo Directivo. Si la sanción la aplica directamente el Consejo Directivo
como máxima autoridad del gobierno escolar, sólo procede en este caso el recurso
de reposición. La Resolución de los recursos tendrá un plazo máximo de cinco días
hábiles.
LA CULPABILIDAD: Es calificar la responsabilidad del autor del hecho. El Estudiante
es responsable de su actuar a titulo de dolo o culpa. Se entiende por dolo cuando
el Estudiante actúa con plena conciencia, voluntad e intención del hecho y su
resultado. Se entiende por culpa cuando la conducta y el resultado son producto
de un actuar negligente, es decir, no hay plena voluntad del Estudiante.
132
8. EL RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA: El Estudiante objeto de la
investigación disciplinaria tendrá Derecho a recibir trato digno conforme a su
condición de ser humano.
9. LA FAVORABILIDAD: Cuando existan dos o más normas que regulen una
circunstancia se preferirá la más favorable al Estudiante.
10. EL PRINCIPIO DE LA PUBLICIDAD: Al Estudiante se le dará a conocer mediante
notificaciones todas las acciones que se adelanten en la investigación.
11. EL PRINCIPIO DE LA RESERVA: La investigación adelantada sólo la debe conocer el
Estudiante, su apoderado o representante y el investigador.
12. EL PRINCIPIO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DUDA: Cuando en una investigación a un
Estudiante, existan dudas razonables que no sea posible eliminarlas con los
medios de pruebas existentes, se resolverá a favor del Estudiante por falta de
pruebas.
ARTÍCULO 47. COMPETENCIA INVESTIGATIVA Y SANCIONATORIA. Son competentes
para investigar cualquier tipo de falta que atente contra la Convivencia escolar, el
Docente o el Directivo Docente que tenga conocimiento de la falta.
Las faltas leves serán sancionadas por el Docente o Directivo Docente que conozca en
primera instancia la falta cometida por el Estudiante, notificando si el caso lo amerita,
al respectivo director de grupo. En todo caso, deberá dejarse constancia escrita en el
cuaderno o formato de seguimiento comportamental.
Las faltas graves y gravísimas cometidas por los Estudiantes serán investigadas por el
Docente o Directivo Docente que tenga conocimiento de la falta, o en su defecto por el
director de grupo o el Coordinador, quienes iniciarán la acción con base en las quejas
recibidas y las pruebas aportadas. Una vez concluida la etapa investigativa, la sanción
será impuesta por el Directivo Docente (Rector) en primera instancia (Ley 115 de 1994,
artículo 132); y en segunda instancia (Consejo Directivo) por el superior inmediato.
Dadas las condiciones de espacio y tiempo, el Rector, comisionará mediante
Resolución administrativa al Coordinador para llevar a cabo los procedimientos
tendientes a las sanciones en caso de faltas graves y gravísimas. En todo caso, se
emitirá la Resolución Rectoral que corresponda a cada acción correctiva o sanción en
particular.
ARTÍCULO 48. ACCIONES CORRECTIVAS Y SANCIONATORIAS. Entre otras:
133
1. AMONESTACIÓN VERBAL EN PRIVADO: Realizada por el Docente o Directivo
Docente, en caso de incumplimiento de cualquier obligación escolar y/o del
Manual para la Convivencia, si la falta es leve. Se dejará registro de esta en el
cuaderno de seguimiento comportamental.
2. AMONESTACIÓN ESCRITA: Realizada oportunamente por el Docente o Directivo
Docente, con esta se sancionan las faltas cometidas por el Estudiante y serán
registradas en el cuaderno de seguimiento del Docente (faltas leves) o en el
formato de seguimiento comportamental (faltas graves y gravísimas).
3. REIVINDICACIÓN DE LA FALTA, mediante acción pedagógica de reparación.
4. EXCLUSIÓN TEMPORAL de participación en actividades institucionales: Realizada
de forma inmediata por el Directivo Docente (Rector), con esta se sanciona la
reincidencia en las faltas leves cometidas por el Estudiante y serán registradas en
el cuaderno de seguimiento comportamental del Docente.
5. SUSPENSIÓN TEMPORAL: Con la suspensión de actividades extracurriculares y/o
académicas hasta por 3 días, dependiendo de las circunstancias de atenuación o
agravación que concurran con la acción cometida, se sancionarán las faltas graves.
Con la suspensión de actividades extracurriculares y/o académicas hasta por 5
días, dependiendo de las circunstancias de atenuación o agravación que concurran
con la acción cometida, se sancionarán las faltas gravísimas. Dicha sanción, será
impuesta por el Directivo Docente (Rector), dejando la respectiva constancia en el
formato de seguimiento comportamental y/o en la ficha observador del
Estudiante.
6. VALORACIÓN NEGATIVA DEL COMPORTAMIENTO escolar al finalizar cada período
académico, cuando presente anotaciones en el cuaderno o formato de
seguimiento comportamental o cuando la falta sea grave o gravísima. Dicha
valoración, será realizada por el director de grupo, con el apoyo por parte del
respectivo Coordinador de Convivencia y dejando constancia en planilla (formato)
que legaliza (evidencia) dicha reunión.
7. DESESCOLARIZACIÓN: Esta sanción se aplica a las faltas gravísimas.
8. EXPULSIÓN Y PÉRDIDA DEL CUPO: Esta sanción se aplica a las faltas gravísimas.
Dicha sanción, será impuesta por el Rector con el respectivo aval del Consejo
Directivo, y una vez conocido el fallo del ente investigador.
ARTÍCULO 49. OBLIGACIONES.
1. El Derecho a la defensa y de contradicción de los sancionados se garantiza y
concreta en el ejercicio propio de vía gubernativa como son los de reposición (ante
134
2.
3.
4.
5.
6.
la persona que impuso la sanción) y apelación (ante el superior de quien impuso la
sanción), estos deben ejercitarse en los términos dados por la Ley, cinco (5) días
hábiles después de notificada la sanción.
El padre de familia o acudiente debe ser informado desde el comienzo de la
investigación, de tal notificación debe quedar constancia por escrito.
Cuando el Estudiante comete una falta grave o gravísima, se cita a los Padres de
Familia o acudientes para notificarles y llevar a cabo el debido proceso. Sí estos no
se presentan, el Estudiante será suspendido parcialmente de las actividades
escolares hasta cuando se hagan presentes. Dicha suspensión se les notificará vía
telefónica y por escrito.
La Institución debe denunciar las faltas gravísimas ante la autoridad competente
(juzgado de menores, comisaría de familia y personería, entre otras). Donde se
adelantará un proceso alterno, diferente al que cursa en la Institución.
El acto administrativo sancionatorio, una vez este en firme debe recibir el visto
bueno del Consejo Directivo.
La sanción tiene como término de caducidad el respectivo período académico.
ARTÍCULO 50. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA SANCIÓN A APLICAR. La sanción a
aplicar al Estudiante encontrado responsable por el hecho que se le atribuye, se
determina según los siguientes aspectos:
1. Grado de responsabilidad.
2. Reiteración de la conducta.
3. Perjuicios causados y reparación de los mismos.
4. Modalidades de ejecución de los hechos.
5. Calidad de investigación y número de intervinientes en el hecho.
ARTÍCULO 51. RECURSOS DE REPOSICIÓN Y DE APELACIÓN. Son los mecanismos
mediante los cuales el Estudiante investigado, solicita de quién falló en primera
instancia o ante el superior de este que la decisión sea modificada, revocada o dejada
sin vigencia. Los recursos son de reposición (se presenta ante el funcionario
competente que emitió la sanción con el objeto de que la revise, modifique o revoque)
o de apelación (se presenta ante el superior jerárquico de quien produjo la sanción con
la finalidad de que la modifique o revoque). Se pueden interponer independientes y
sin que el uno sea requisito para el otro. Requisitos para los recursos:
1. Interponerse dentro de la oportunidad legal (plazo máximo de cinco días hábiles).
2. Por escrito.
135
3. Debidamente sustentados.
ARTÍCULO 52. NULIDADES. Un proceso se declara nulo cuando existan irregularidades
que afecten sustancialmente el debido proceso. La declaratoria de nulidad es
procedente hasta antes de emitirse el fallo de segunda instancia siendo competente
quién actúa en el trámite de la respectiva instancia, por su propia iniciativa o a
solicitud del Estudiante, su representante o apoderado. La declaratoria de nulidad
implica que a partir de lo anulado todo trámite se debe rehacer, excepto las pruebas
sólidamente practicadas.
ARTÍCULO 53. REVOCATORIA. Es dejar sin efecto un proceso disciplinario después de
haber sido tramitado en su totalidad por haber violado el debido proceso por hechos
irregulares que lo afecten sustancialmente. El competente será quien profirió el
respectivo fallo o superior inmediato. La revocatoria implica que las cosas vuelven al
estado jurídico que tenían antes del proceso.
ARTÍCULO 54. CAUSALES DE ARCHIVO DEFINITIVO DE UN PROCESO.
1. Porque existen pruebas de que el investigado no cometió la falta.
2. Porque el hecho investigado no se realizó.
3. Porque el hecho investigado no constituye falta disciplinaria.
4. Porque existe una causal de justificación.
5. Cuando la acción disciplinaria está prescrita.
ARTÍCULO 55. PRUEBAS.
1. Testimonio.
2. Declaración de parte (agresor y agredido).
3. Documental.
4. Inspección judicial.
5. Dictamen pericial.
6. Indicios.
ARTÍCULO 56. CIRCUNSTANCIAS DE ATENUACIÓN O AGRAVACIÓN DE LA FALTA. De
igual forma, en consideración a los hechos y de acuerdo a la Evaluación resultante del
proceso disciplinario, según sea el caso, la sanción se aplicará teniendo en cuenta
parámetros de atenuación o agravación. Luego del análisis de las amonestaciones
escritas y/o de la ficha observador del Estudiante, diligenciada en todas sus partes:
136
1. Circunstancias de atenuación:
a) Haber observado siempre un buen comportamiento social basado en la
responsabilidad y el cumplimiento de sus Deberes.
b) Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
c) Haber confesado voluntariamente la falta.
d) Haber procurado corregir los efectos nocivos, dañinos o perturbadores de la falta
antes de imponerse la sanción.
e) Ignorancia invencible o intimidación.
f) Haber sido inducido a cometer la falta por un superior o por otra persona.
g) Actuar en defensa propia.
h) Haber cometido la falta en estado de alteración psicológica.
i) Actuar en defensa de Derechos personales o de los demás miembros de la
Comunidad Educativa.
2. Circunstancias agravantes:
a) Premeditación y planeación de la falta.
b) Efecto perturbador de la falta en relación con la marcha institucional.
c) Haber obrado como coautor o copartícipe de otras personas.
d) Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra.
e) El haber cometido la falta abusando de la confianza depositada en él por sus
superiores o compañeros.
f) Haber procedido por motivos innobles o fútiles.
g) Haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra.
h) Ser reincidente en el incumplimiento de las normas estipuladas en el Manual para
la Convivencia.
i) Evasión de responsabilidades o atribuciones sin fundamento a un tercero.
j) El grado de daño, afectación, perturbación o detrimento de la Convivencia grupal o
personal dentro o fuera de la Institución.
k) El tipo de culpabilidad (Dolosa o Culposa).
l) El incumplimiento de un mismo Deber a pesar de haber conciliado y haber seguido
un proceso correctivo.
m) Ser miembro del Consejo Estudiantil, Personero, o representante de los
Estudiantes ante el Consejo Directivo.
n) Haber presentado antecedentes y haber sido sancionado por infracciones
anteriores.
o) Haber firmado compromiso de superación de comportamiento o tener acta de
conciliación o matrícula en observación.
137
p) Cometer la falta, bajo la influencia de bebidas embriagantes o de sustancias que
produzcan dependencia física o síquica.
CAPÍTULO IX
VIGENCIA
ARTÍCULO 57. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Caldas, a los 28 días del mes de noviembre de 2011
ACUERDO # 02 DE NOVIEMBRE 28 DE 2011
CONSEJO DIRECTIVO
138
Por medio del cual se intervienen asuntos relacionados con el área de gestión académica pedagógica, como misión esencial, en particular, los aspectos referentes a la adopción del
Sistema Institucional de Evaluación, una vez realizados los ajustes de forma y de fondo.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa “JOSÈ MARÌA BERNAL” del Municipio de
CALDAS – ANTIOQUIA, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el
artículo 84 de la Ley 115 de 1994 (Ley general de Educación), el artículo 14 – numeral 5 del
Decreto 1860 de 1994, el Artículo 4 del Decreto 1290 de 2009, el artículo 8 – numeral 1 del
Decreto 1290 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
A. Según el artículo 84 de la Ley 115 la Evaluación institucional anual debe propiciar el
mejoramiento de la calidad educativa que se imparte.
B. En virtud de lo expuesto en el artículo 14 del Decreto 1860, para lograr la Formación
Integral de los Educandos, el Proyecto Educativo Institucional debe contener por lo
menos la definición de los criterios para la Evaluación del rendimiento del Educando y
la estrategia pedagógica que guía las labores de formación de los Educandos.
C. De conformidad con los artículos 12, 13 y 14 del Decreto 1860, el Proyecto Educativo
Institucional debe garantizar y reglamentar la Evaluación académica institucional.
D. De acuerdo a los artículos 4 y 8 del Decreto 1290, la Institución debe definir el sistema
de Evaluación de los Estudiantes.
E. El Consejo Directivo del establecimiento es la instancia directiva de participación de la
Comunidad Educativa, de orientación administrativa y académica.
F. Es función de este consejo, tomar las decisiones que afecten el funcionamiento del
Establecimiento Educativo, estimular y controlar los procesos institucionales.
ACUERDA
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. Como elemento
fundamental del Proyecto Educativo Institucional, para lograr la Formación Integral de los
Educandos y alcanzar los fines de la Educación definidos por la Ley, este consejo adopta y
aprueba el Sistema Institucional de Evaluación como parte esencial del componente
académico-pedagógico.
CAPÍTULO I. GENERALIDADES.
ARTÍCULO 2. TITULO DEL SISTEMA. La Evaluación en la Institución Educativa José María
Bernal, un sistema hacia el mejoramiento en la gestión académico-pedagógica y el
fortalecimiento de la función directiva y la gestión educativa.
139
ARTÍCULO 3. OBJETIVO GENERAL. Orientar las acciones escolares hacia el alcance de las
metas definidas por el equipo directivo (Gobierno escolar) y la Comunidad Educativa, en
torno a los procesos de Evaluación institucional para el mejoramiento continuo.
ARTÍCULO 4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Son objeto del sistema de Evaluación
institucional:
a) Determinar los criterios de Evaluación, promoción y reprobación de Estudiantes en la
Institución Educativa José María Bernal del Municipio de Caldas.
b) Establecer los procedimientos y la normatividad para la Evaluación anual de
desempeño laboral de Docentes y Directivos Docentes, al igual que los de la
autoevaluación para el mejoramiento institucional.
ARTÍCULO 5. JUSTIFICACIÓN. La Evaluación dentro del proceso pedagógico,
administrativo y de la Comunidad Educativa, aportará elementos de carácter formativo para
la adquisición de resultados óptimos, que mejoren los procesos de la enseñanza y del
aprendizaje, que orienten las directrices de la Institución y que sea la forma de diagnosticar
y diseñar estrategias, para utilizar mejor los recursos metodológicos de los Docentes y con
la múltiple posibilidad de aplicarlos a su comunidad.
CAPÍTULO II. FUNDAMENTACIÓN LEGAL Y CONCEPTUAL.
ARTÍCULO 6. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES.
Son propósitos de la Evaluación de los Estudiantes en el ámbito institucional:
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje del Estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos
relacionados con el desarrollo integral del Estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a
los Estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso
formativo.
4. Determinar criterios de promoción e instrumentos para la Evaluación de los Estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del Plan de Mejoramiento
Institucional.
ARTÍCULO 7. DERECHOS DEL ESTUDIANTE. En virtud de lo establecido en el Decreto #
1290 de abril 16 de 2009, el Estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo,
tiene Derecho a:
140
1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y
sociales.
2. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de Evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
3. Conocer los resultados de los procesos de Evaluación y recibir oportunamente las
respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los Docentes para superar sus debilidades en el
aprendizaje.
ARTÍCULO 8. DEBERES DEL ESTUDIANTE. De acuerdo a lo contemplado en el Decreto #
1290 de abril 16 de 2009, el Estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo,
debe:
1. Cumplir con los compromisos académicos y de Convivencia definidos por el
Establecimiento Educativo.
2. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus
debilidades.
ARTÍCULO 9. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. En
consideración a lo estipulado en el Decreto # 1290 de abril 16 de 2009, en el proceso
formativo de sus hijos, los Padres de Familia tienen los siguientes Derechos:
1. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de Evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.
2. Acompañar el proceso evaluativo de los Estudiantes.
3. Recibir los informes periódicos de Evaluación.
4. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el
proceso de Evaluación de sus hijos.
ARTÍCULO 10. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. Teniendo
presente lo establecido en el Decreto # 1290 de abril 16 de 2009 y de conformidad con las
normas vigentes, los Padres de Familia deben:
1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y
procedimientos de la Evaluación del aprendizaje de los Estudiantes y la promoción escolar.
2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
3. Analizar los informes periódicos de Evaluación.
ARTÍCULO 11. CRITERIOS GENERALES EVALUATIVOS. El Sistema de Evaluación
Institucional se soporta en los elementos que se describen a continuación:
141
a) La Evaluación en la Institución Educativa José María Bernal, será un componente
esencial del P.E.I. con carácter sistemático, armónico y flexible, que determina su
funcionamiento correcto en la gestión administrativa, los recursos Docentes y
didácticos, las estrategias pedagógicas y la presencia activa de los Padres de Familia,
que estarán ajustadas al mandato constitucional y la normatividad general.
b) Como sistema, articula todos los componentes del Proyecto Educativo Institucional.
Evalúa la prestación eficiente del servicio, con la participación de la Comunidad
Educativa que diagnosticará las debilidades y fortalezas, las cuales Deberán ser,
superadas las primeras e implementadas las segundas, en su manejo para una mayor
eficiencia.
c) La Evaluación buscará diagnosticar, recomendar, reorientar y promocionar los distintos
agentes que intervienen en el proceso educativo.
ARTÍCULO 12. RECONCEPTUALIZACIÓN DE TÉRMINOS PEDAGÓGICOS. “Una pregunta
que surge espontáneamente en algunos sectores educativos es; ¿Por qué conceptuar lo
que ya está consagrado en la Ley, en diversos tratados de Educación y en nuestra práctica
de muchos años?”
Para comenzar, resulta conveniente explicitar algunas razones que justifican la
reconceptualización. Entre ellas están: Porque esa actividad de confrontación teórico–
práctica nos permite apropiarnos de los procesos en que participamos. Porque los
conceptos evolucionan, se desarrollan, se amplían, se modifican y hasta se transforman o
cambian radicalmente. Porque el diseño y puesta en marcha de la propuesta pedagógicocultural requerida por las comunidades supone una comprensión y una solvencia
académica que se nutre con la reflexión colegiada, el intercambio de experiencias y el
debate serio sobre distintas posiciones o formas de interpretación. Porque la Educación,
como los demás procesos humanos, está afectada e incide en los cambios políticos,
económicos, científicos, éticos, ambientales y tecnológicos propios de la coyuntura actual
y, en consecuencia, la concepción misma de lo que es educar se modifica en la medida en
que somos conscientes de las deficiencias del sistema actual y de la existencia de nuevas
necesidades, nuevas oportunidades y nuevos desafíos. Porque si no conceptualizamos
corremos el riesgo de cambiar el discurso y quizá, sin quererlo, aferrarnos a nuestras
prácticas tradicionales, lo cual nos daría cierta tranquilidad de conciencia pero, más
temprano que tarde, los resultados pondrían en evidencia, una vez más, las distancias y las
contradicciones entre el decir y el hacer.
En virtud de lo anterior, el Consejo Académico de la Institución Educativa José María
Bernal, presentan a la Comunidad Educativa JOMABERIANA, la siguiente
reconceptualización de términos pedagógicos:
142
a) SISTEMA: “Conjunto de partes o elementos organizados y relacionados que interactúan
entre sí para lograr un objetivo”. En el marco de la gestión escolar, se refiere al
conjunto de mecanismos, estrategias, procedimientos esenciales y particulares que
garantizan un proceso de Evaluación y promoción integral.
b) PROCESO: “Todo lo que nos rodea puede ser concebido como un proceso”. Es el
conjunto de acciones complejas, articuladas y abiertas de un sistema cíclico que de
manera dinámica y flexible evidencia: Componentes, etapas, procedimientos,
transformaciones e interrelaciones desarrolladas con una intencionalidad integradora.
c) EDUCACIÓN: “Hoy se concibe como un proceso de comunicación”. “Es un proceso de
formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una
concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus Derechos y de sus
Deberes”. La Educación cumple una función social acorde a las necesidades e
intereses de las personas, de la familia y de la sociedad.
d) EVALUACIÓN: “Evaluar implica cualificar y cuantificar”. Es un proceso para
diagnosticar, describir, verificar causas, interpretar y comprender una realidad, a partir
de criterios de valoración que implican una connotación cualitativa y/o cuantitativa.
e) LOGRO: Son los cambios, modificaciones o evolución de un proceso, en un momento
determinado. Para redactar logros esperados debe tenerse en cuenta la conjugación del
verbo en su tiempo futuro, por ejemplo: El Estudiante identificará, interpretará,
aplicará… Para redactar logros alcanzados debe tenerse en cuenta la conjugación del
verbo en su tiempo presente, por ejemplo: El Estudiante identifica, interpreta, aplica…
f) EVALUACIÓN EDUCATIVA: “El conocimiento no se puede ni ver, ni oír, ni tocar”. Es un
acto pedagógico intencional del proceso educativo, que conlleva a la búsqueda,
obtención y suministro de información útil para detectar, juzgar, valorar y tomar
decisiones con respecto al estado en que se encuentran las dimensiones: Cognitiva,
del desarrollo humano y de la práctica pedagógica.
g) LOGROS EDUCATIVOS: Son aspiraciones y realizaciones construidas a través de unas
estrategias pedagógicas determinadas, para el desarrollo integral humano de
competencias, actitudes y valores, comportamientos y desempeños, y conocimientos.
h) INDICADORES DE LOGRO O DESEMPEÑO: Instrumentos pedagógicos de carácter legal
para orientar el proceso de Evaluación de los Estudiantes dentro de un nuevo enfoque,
entendidos como indicios, guías, huellas, síntomas, manifestaciones e informaciones
perceptibles que al ser confrontados e interpretados de acuerdo con lo esperado
evidencian significativamente la evolución, estado y nivel que en un momento
determinado presenta el desarrollo humano.
Nota: “Los indicadores sirven como referente para analizar los desempeños de los
Estudiantes pero no se pretende que aparezcan textualmente en los informes y
registros escolares de valoración que elaboren los Docentes”.
143
i)
j)
k)











l)
Para redactar indicadores de logro se tiene en cuenta la conjugación del verbo en
presente indicativo, por ejemplo: Maneja, aplica, soluciona, comunica…
LOGROS FUNDAMENTALES - PROMOCIONALES: Son los cambios, aprendizajes
básicos y puntos de referencia que el Estudiante debe alcanzar para ser promovido.
Estos se pueden evidenciar a lo largo de, al final de, y/o después de los procesos
previstos, que tienen como fin su Evaluación y Formación Integral.
COMPETENCIAS: Son las capacidades, las aptitudes, el saber ser, el saber conocer y el
saber hacer en un contexto determinado. Conjunto de actividades que un Estudiante
realiza en un contexto particular y cumple con las exigencias del mismo.
EVALUACIÓN CUALITATIVA: “La nueva Evaluación busca analizar en forma global los
logros, dificultades o limitaciones del Estudiante y las causas y circunstancias que,
como factores asociables, inciden en sus procesos de formación. De esta manera la
Evaluación se constituye en una guía u orientación para el proceso pedagógico.” La
Evaluación ha de tener en cuenta el campo cognitivo y el desarrollo de habilidades,
hábitos, destrezas y actitudes. Los resultados de la Evaluación deben constituir la base
para el cuestionamiento, planeamiento, mejoramiento y transformación de un
programa, de un método o de un currículo determinado. “La Evaluación como parte
esencial del proceso pedagógico busca mejorar los procesos y resultados de la
escuela. Tiene entre otras las siguientes finalidades:
Diagnosticar el estado de los procesos de desarrollo de los Estudiantes y pronosticar
sus tendencias.
Asegurar el éxito del proceso educativo y, por lo tanto, evitar el fracaso escolar.
Identificar las características personales, los intereses, los ritmos y estilos de
aprendizaje.
Identificar dificultades, deficiencias y limitaciones.
Ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia.
Afianzar los aciertos y corregir oportunamente los errores.
Proporcionar información para reorientar o consolidar las prácticas pedagógicas.
Obtener información para tomar decisiones.
Promover, certificar o acreditar a los Estudiantes.
Orientar el proceso educativo y mejorar su calidad.
Planear los procesos de Evaluación.
EVALUACIÓN CUANTITATIVA: Es aquella que mide la cantidad de objetivos alcanzados
expresados como conductas y permite clasificar al Estudiante dentro de un grupo
mediante estadísticas, permitiendo establecer un pronóstico sobre el grupo. Su
propósito fundamental será medir resultados finales teniendo en cuenta los procesos
formativos. Es aquella que se hace a través de números o sea se evalúa numéricamente
a partir de una escala de calificación. Tiene entre otras las siguientes características:
144
 Se centra en verificar hipótesis específicas a través de pruebas empíricas.
 Privilegia la explicación de los fenómenos desde el punto de vista de los
investigadores.
 Diseños experimentales.
 Perspectiva desde afuera (Punto de vista del observador).
 Métodos de análisis estadísticos.
 Énfasis en los aspectos objetivos, observables y cuantificables.
 Resultados generalizables.
m) ESCALA DE CALIFICACIÓN: Sucesión ordenada de símbolos numéricos, gráficos o
léxicos que sirve para expresar el resultado de evaluaciones o de distintas medidas de
conducta escolar: Lo aptitudinal, lo actitudinal, lo volitivo, lo socio afectivo, el
rendimiento, la asistencia, la actitud hacia el aprendizaje, el orden y la limpieza, entre
otros.
n) ASIGNATURA: Término que hace referencia a cada una de las materias o áreas que se
enseñan en una Institución Educativa. Se refiere a cada una de las partes
constituyentes del plan de estudios a nivel institucional.
ARTÍCULO 13. OBJETO DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL. Son objeto de la Evaluación:
a) Los logros (procesos y resultados) de los Estudiantes en cuanto a su proceso de
formación y los factores asociables a los mismos.
b) El proceso curricular.
c) El desempeño profesional de los Docentes y Directivos Docentes.
d) La eficacia de los métodos pedagógicos, de los textos, equipos y materiales
empleados.
e) La infraestructura y la organización administrativa de las Instituciones Educativas.
f) La eficacia en la prestación del servicio.
g) Las unidades de dirección, administración y vigilancia del sistema educativo.
ARTÍCULO 14. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN. La Evaluación, como sistema,
tendrá las siguientes características:
a) CONTINUA: Es decir que se realice de manera permanente, con base en un seguimiento
que permita identificar el progreso y detectar las dificultades que puedan presentarse
en el proceso de formación de cada Estudiante.
b) INTEGRAL: Se dirige al Estudiante como totalidad. Atiende por lo tanto, el desarrollo
de su personalidad en todas sus dimensiones: Física, intelectual y psíquica con base
en los objetivos educativos planificados.
c) SISTEMÁTICA: Debe seguir una serie ordenada de pasos y operaciones, registrando y
analizando cuidadosamente los datos obtenidos. La sistematicidad implica además,
145
d)
e)
f)





g)
relación con todos los elementos del currículo: Objetivos, contenidos, metodología y
recursos; permitiendo que Estudiante, maestro, proceso y administración se estén
autoevaluando permanentemente. Los resultados evidenciados en un momento dado,
deben reflejar el desempeño de todo el proceso; no sólo los de un período o etapa
determinados. Los productos negativos no deben invalidar productos positivos
anteriores.
FLEXIBLE: Es decir que tenga en cuenta los ritmos de desarrollo de los Estudiantes en
sus diferentes aspectos, por lo tanto, debe considerar la historia del Estudiante, sus
intereses, sus capacidades, sus limitaciones y en general su situación concreta.
INTERPRETATIVA: Es decir que busque comprender el significado de los procesos y
los resultados de la formación de los Estudiantes.
CIENTÍFICA: Su fundamentación se apoya en principios teóricos de las diferentes
ciencias relacionadas con la Educación, especialmente la sicología, la pedagogía, la
didáctica, la sociología y la antropología entre otras. Al proponer la cientificidad de la
Evaluación, nos tenemos que referir a la posibilidad que tiene de ajustarse a las
características de conocimiento científico:
Objetividad: “Significa el intento por obtener un conocimiento que concuerde con la
realidad del objeto.”
Racionalidad: “Se refiere al hecho de que la ciencia utiliza la razón como arma especial
para llegar a sus resultados.”
Sistematicidad: “La ciencia se preocupa por construir sistemas de ideas organizadas
racionalmente y de incluir todo conocimiento parcial en totalidades cada vez más
amplias”
Generalidad: “La preocupación científica no se interesa tanto por ahondar y completar
el conocimiento de un solo objeto individual, como por lograr que cada conocimiento
parcial sirva como puente para alcanzar una comprensión de mayor alcance”
Falibilidad: “La ciencia es uno de los pocos sistemas inventados por el hombre que
reconoce su propia capacidad para equivocarse... en esta conciencia de sus
limitaciones es donde reside la verdadera capacidad para autocorregirse y superarse;
para echar por tierra todas las elaboraciones conocidas cuando se comprueba su
falsedad.”... Al reconocerse falible, todo científico abandona toda la pretensión de
haber alcanzado verdades absolutas y finales, y por el contrario sólo se plantea que
sus conclusiones son “provisionalmente definitivas”.
ÉTICA: Requiere de una relación interpersonal entre Docentes y Estudiantes ausente
del conflicto de intereses, basada en el respeto mutuo y en la tolerancia necesaria a las
debilidades humanas.
146
h) COOPERATIVA: En ella participan los diferentes estamentos de la Comunidad
Educativa: Estudiantes, Padres de Familia, Docentes, Directivos Docentes... La
participación dará mayor objetividad al sistema evaluativo.
i) INFORMATIVA: La información suministrada por la Evaluación, se aprovechará para
introducir mejoras en aquellos aspectos del proceso educativo donde existen fallas, y
servirá para proporcionar datos sobre la situación actual del rendimiento académico de
los Estudiantes. Debe tenerse en cuenta el ¿por qué?, ¿para qué?, ¿cuándo?, ¿dónde?
Y ¿cómo? evaluamos: estrategias de razonamiento y formas de comunicación.
CAPÍTULO III. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS.
ARTÍCULO 15. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESCOLAR. En el plan de estudios Deberá
incluirse el procedimiento de Evaluación de los logros y las competencias del Estudiante,
entendido como el conjunto de juicios sobre el avance en la adquisición de los
conocimientos y el desarrollo de las capacidades de los Educandos, atribuibles al proceso
pedagógico.
La Evaluación será continua, integral, sistemática, flexible, interpretativa, participativa,
cualitativa, cuantitativa, generadora de transformaciones a partir de la valoración y el
acompañamiento permanente a los Estudiantes. Se expresará en informes que respondan a
estas características y se hará con referencia a cuatro períodos denominados cortes
académicos, cuya duración se dará a conocer a través del cronograma institucional de
actividades.
Sus finalidades principales y criterios específicos son:
a) Valorar el alcance y la obtención de los logros, las competencias y los conocimientos
definidos en el Proyecto Educativo Institucional, por parte de los Educandos.
b) Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.
c) Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.
d) Favorecer en cada Estudiante el desarrollo de sus capacidades y habilidades.
e) Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje.
f) Contribuir a la identificación de las limitaciones o dificultades para consolidar los
logros del proceso formativo.
g) Ofrecer al Estudiante oportunidades para aprender del acierto, del error y, en general,
de la experiencia.
h) Proporcionar al Educador información para reorientar o consolidar sus prácticas
pedagógicas.
i) Determinar la promoción o no de los Educandos en cada grado de la Educación básica
y media.
147
j)
Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los Educandos que tengan dificultades
en sus estudios.
k) Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de la Institución
y a la actualización permanente de su plan de estudios.
PARÁGRAFO 1. Atendiendo al principio de Evaluación integral, cada Educador Deberá
presentar al finalizar cada período, las evidencias que como mínimo aplicó tres actividades
evaluativas en todos y cada uno de los siguientes aspectos: Conceptual, procedimental y
actitudinal; al igual que lo concerniente a la política institucional de Evaluación basada en
los procedimientos de la heteroevaluación, la autoevaluación y la coevaluación.
Corresponde al Consejo Directivo y al Consejo Académico, determinar las estrategias para
el control y seguimiento a este aspecto del proceso de Evaluación.
ARTÍCULO 16. INFORMES DE EVALUACIÓN. Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del
año escolar, los Padres de Familia o acudientes recibirán un informe escrito de Evaluación
(boletín) en el que se dé cuenta de los avances de los Educandos en el proceso formativo
correspondiente a los aspectos académicos y comportamental (calificación y desempeño).
El informe final (cuarto informe) Deberá incluir información acerca de las fortalezas y
dificultades que haya presentado el Educando en cualquiera de las asignaturas, y
establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar los procesos académicos y de
Convivencia.
Estos informes se presentarán en forma comprensible que permita a los Padres, a los
Docentes y a los mismos Estudiantes apreciar el avance en la formación del Educando y
proponer las acciones necesarias para continuar adecuadamente el proceso educativo.
Al finalizar el año escolar se les entregará a los Padres de Familia o acudientes el cuarto
informe, el cual incluirá una Evaluación integral del rendimiento del Educando para cada
asignatura durante todo el año, representado en el promedio que surge de las calificaciones
obtenidas en cada corte.
PARÁGRAFO 1. Los informes de Evaluación mostrarán para cada asignatura el rendimiento
de los Educandos, mediante una escala conceptual dada en los siguientes términos:
a) DESEMPEÑO SUPERIOR: Cuando un Estudiante ha logrado el máximo nivel esperado
en todas las dimensiones del desarrollo humano, consideradas en el plan de estudios,
es decir, cuando ha logrado evidenciar un excepcional dominio en todos los tipos de
razonamiento usando a plenitud sus funciones cognitivas y su desempeño está por
encima de lo esperado. Dicho desempeño se refleja cuando un Estudiante: Alcanza
todos los logros propuestos, sin actividades complementarias; no tiene faltas de
asistencia, y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de
aprendizaje se vea mermado; no presenta dificultades en su comportamiento y en el
aspecto relacional con todas las personas de la Comunidad Educativa; desarrolla
148
actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas; manifiesta sentido de
pertenencia institucional; participa en las actividades curriculares y extracurriculares; y
valora y promueve autónomamente su propio desarrollo. En conclusión, en nuestra
Institución se presenta este desempeño cuando el Educando supera la totalidad de los
logros, competencias y conocimientos, que proponen todas las asignaturas, y están
previstos en el PEI, mostrando permanentemente fortalezas y destacándose por su
rendimiento académico, su espíritu investigativo y por sus valores, actitudes y
aptitudes puestas al servicio de los demás.
b) DESEMPEÑO ALTO: Cuando un Estudiante demuestra un buen nivel de desarrollo en
todos los procesos de interpretación, de comprensión y análisis; cuando es capaz de
argumentar y proponer alternativas de solución a las problemáticas planteadas.
Cuando cumple a cabalidad los compromisos y Deberes con la Institución. Dicho
desempeño se refleja cuando un Estudiante: Alcanza todos los logros propuestos, pero
con algunas actividades complementarias; tiene faltas de asistencia justificadas;
reconoce y supera sus dificultades de comportamiento; desarrolla actividades
curriculares específicas; manifiesta sentido de pertenencia con la Institución; se
promueve con ayuda del Docente y sigue un ritmo de trabajo. En conclusión, en
nuestra Institución se presenta este desempeño cuando el Educando supera la mayoría
de los logros, competencias y conocimientos previstos en el PEI, mostrando fortalezas
y haciéndose notar por su interés en las clases y por la participación en las actividades
pedagógicas programadas.
c) DESEMPEÑO BÁSICO: “La denominación desempeño básico se entiende como la
superación de los desempeños necesarios en relación con las asignaturas, teniendo
como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por
el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo
Institucional”. Cuando un Estudiante ha desarrollado el mínimo esperado en sus
competencias comunicativas, lo mismo que en sus procesos de razonamiento; cuando
ha logrado el mínimo desempeño esperado en el dominio del conocimiento de los
Deberes y obligaciones existentes en el Manual para la Convivencia y los compromisos
adquiridos con la Institución. Dicho desempeño se refleja cuando un Estudiante:
Alcanza los logros mínimos con actividades complementarias dentro del período
académico; presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas; presenta
dificultades de comportamiento; desarrolla un mínimo de actividades curriculares
requeridas; manifiesta un sentido de pertenencia con la Institución; y tiene algunas
dificultades que supera pero no en su totalidad. En conclusión, en nuestra Institución
se presenta este desempeño cuando el Educando supera logros, competencias y
conocimientos mínimos previstos en el PEI, mostrando limitaciones en los
149
requerimientos, sometiéndose continuamente a actividades de refuerzo y superación
y/o esforzándose hasta donde sus capacidades se lo permiten.
d) DESEMPEÑO BAJO: “La denominación desempeño bajo se entiende como la no
superación de los desempeños necesarios en relación con las asignaturas, teniendo
como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por
el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo
Institucional”. Cuando ocurre que en un Estudiante sus procesos de razonamiento, sus
niveles de comunicación, de comprensión de significados es tan bajo que le impiden
interpretar situaciones y resolver problemas con bajo grado de complejidad. Cuando
presenta problemas de comunicación que le impiden demostrar sus progresos en la
realización de operaciones mentales. Cuando el interés por el desarrollo del proceso
educativo es de baja calidad. Cuando el Estudiante presenta falta total de interés por su
desarrollo personal, de responsabilidad, cumplimiento y puntualidad en sus
compromisos académicos; cuando sus desempeños y competencias en procesos de
interpretación y argumentación denotan despreocupación total. Dicho desempeño se
refleja cuando un Estudiante: No alcanza los logros mínimos y requiere actividades de
refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades de
recuperación no logra alcanzar los logros previstos; presenta faltas de asistencia
injustificadas; presenta dificultades de comportamiento; no desarrolla el mínimo de
actividades curriculares requeridas; no manifiesta un sentido de pertenencia con la
Institución; no alcanza los logros mínimos y requiere de atención especializada;
presenta numerosas faltas de asistencia que inciden en su desarrollo integral; presenta
dificultades asociadas a una deprivación que afecta su aprendizaje; no desarrolla las
actividades curriculares requeridas; tiene dificultades para el desarrollo académico; o
no tiene sentido de pertenencia institucional. En conclusión, en nuestra Institución se
presenta este desempeño cuando el Educando no supera la mayoría de los logros,
competencias y conocimientos previstos en el PEI, mostrando una secuencia de fallas
y dificultades durante el proceso, sometiéndose con frecuencia a planes de refuerzo y
superación sin obtener resultados positivos en virtud de su apatía y desinterés frente a
las actividades propuestas o las dificultades de aprendizaje que presenta. Cuando el
Educando no supera los logros, competencias y conocimientos previstos en el PEI,
presentando fallas muy notorias o negándose reiteradamente a presentar trabajos,
talleres, tareas, lecciones en general; y mostrando que no se preocupa por la
sustentación oral o escrita de los temas propuestos. También puede asignarse a los
Estudiantes que presentan inasistencias reiteradas sin justificación.
PARÁGRAFO 2. El proceso para emitir la Evaluación final a través del cuarto informe, se
llevará a cabo durante las 2 últimas semanas del calendario escolar.
150
ARTÍCULO 17. ESCALA DE CALIFICACIÓN. La valoración cuantitativa de las actividades
evaluativas aplicadas en todas y cada una de las asignaturas, se hará en un intervalo
numérico de uno (1,00) a cinco (5,00), utilizando dos cifras decimales.
PARÁGRAFO 1. Una asignatura se considera aprobada cuando al promediar las
calificaciones obtenidas por el Estudiante al finalizar cada período, incluidas las
correspondientes a la superación de dificultades, la nota sea igual o superior a tres (3,00).
PARÁGRAFO 2. Una asignatura se considera aprobada para efectos de emitir la Evaluación
final, cuando al sumar los acumulados porcentuales obtenidos por el Estudiante en cada
uno de los cuatro períodos, la calificación sea igual o superior a tres (3,00). Para el intervalo
o rango de valores comprendidos entre 2.91 a 2.99, se manejará la aproximación por
exceso.
PARÁGRAFO 3. La nota numérica obtenida por el Estudiante al finalizar cada período y la
correspondiente a la Evaluación final (cuarto informe), se relacionará con el porcentaje de
adquisición de logros, competencias y conocimientos, y la apreciación conceptual emitida
en cada asignatura, de la siguiente manera:
a) DESEMPEÑO SUPERIOR: Si la calificación promedio arroja un resultado entre cuatro
punto cuarenta (4,40) y cinco punto cero cero (5,00), correspondiente a la adquisición
del 90% al 100% de los logros, competencias y conocimientos contemplados en el plan
de estudios para cada asignatura.
b) DESEMPEÑO ALTO: Si la calificación promedio arroja un resultado entre tres punto
setenta (3,70) y cuatro punto treinta y nueve (4,39), correspondiente a la adquisición del
80% al 89% de los logros, competencias y conocimientos contemplados en el plan de
estudios para cada asignatura.
c) DESEMPEÑO BÁSICO: Si la calificación promedio arroja un resultado entre tres punto
cero cero (3,00) y tres punto sesenta y nueve (3,69), correspondiente a la adquisición
del 60% al 79% de los logros, competencias y conocimientos contemplados en el plan
de estudios para cada asignatura.
d) DESEMPEÑO BAJO: Si la calificación promedio arroja un resultado entre uno punto
cero cero (1,00) y dos punto noventa y nueve (2,99), correspondiente a la adquisición
del 0% al 59% de los logros, competencias y conocimientos contemplados en el plan de
estudios para cada asignatura.
PARÁGRAFO 4. La calificación obtenida por el Estudiante en cada corte académico, será
objeto de valoración porcentual diferenciada de la siguiente manera: primer corte (30%),
segundo corte (20%), tercer corte (20%) y cuarto corte (30%).
ARTÍCULO 18. ENTREGA DE INFORMES DE EVALUACIÓN. Los informes de Evaluación se
entregarán a los Padres de Familia y/o acudientes en reuniones programadas por la
Institución en días y horas correspondientes a la jornada escolar. Dicha convocatoria, se
151
hará como mínimo con tres días de anticipación. La inasistencia de los Padres de Familia o
acudientes a estas reuniones no acarreará perjuicios académicos a los Educandos. El
Rector y los Coordinadores, programarán y atenderán las citas que los Padres de Familia
soliciten para tratar temas relacionados con la Educación de sus hijos, en particular para
aclaraciones sobre los informes de Evaluación.
PARÁGRAFO 1. Cuando por fuerza mayor y/o justificada, el acudiente no pueda presentarse
a las reuniones programadas y a reclamar los informes de Evaluación, podrá autorizar por
escrito a un adulto responsable, preferiblemente familiar del Estudiante, quien lo
reemplazará en dicho evento y le informará sobre las observaciones que se den durante el
mismo.
ARTÍCULO 19. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO. “El Establecimiento Educativo, a solicitud
del padre de familia, emitirá constancias de desempeño de cada grado cursado por el
Estudiante, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos. Cuando la
constancia de desempeño reporte que el Estudiante ha sido promovido al siguiente grado y
se traslade de un Establecimiento Educativo a otro, será matriculado en el grado al que fue
promovido según el reporte. Si el Establecimiento Educativo receptor, a través de una
Evaluación diagnóstica, considera que el Estudiante necesita procesos de apoyo para estar
acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos”.
ARTÍCULO 20. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN. En la Institución Educativa se
mantendrá actualizado un registro escolar que contenga para cada Estudiante, además de
los datos académicos y de identificación personal, los conceptos de carácter evaluativo
integral emitidos al final de cada grado que haya cursado en esta o en otra Institución, que
incluya las novedades académicas y comportamentales que surjan. Para los efectos de
transferencia de los Estudiantes a otros establecimientos, la valoración conceptual dentro
de cada asignatura y proyecto pedagógico se expresará en los términos del artículo 16 –
parágrafo 1 del presente acuerdo.
ARTÍCULO 21. ACTIVIDADES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. Se entiende por
actividades de seguimiento aquellas que orientan y desarrollan los Docentes, con el fin de
darle oportunidades al Estudiante cuando este se encuentre con Evaluación en desempeño
bajo en cualquiera de las asignaturas, por no alcanzar los logros, competencias y
conocimientos fundamentales durante el proceso de Evaluación correspondiente a cada
uno de los períodos académicos. Las actividades pedagógicas complementarias y
necesarias para superar las dificultades académicas que presentan los Estudiantes durante
cada período, las programará cada Docente durante el mismo corte académico y se
152
realizarán simultáneamente con las actividades académicas en curso. En forma similar
podrá programar actividades de profundización, investigación o de prácticas como
monitores Docentes, ejecutadas por los Educandos que muestren logros superiores, con el
fin de consolidar sus avances. En el tiempo establecido para estas actividades, los
Docentes Deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
a) Suspender, si es necesario, el desarrollo de nuevos contenidos.
b) Hacer una presentación de los logros fundamentales que los Estudiantes deben
recuperar o nivelar.
c) Sobre los logros fundamentales presentados, se deben planear las actividades
complementarias orientadas a la recuperación de éstos.
d) Recordar que para evaluar la obtención de logros fundamentales se debe hacer uso de
diversas actividades tales como las planteadas en el título “Estrategias y métodos
pedagógicos”, establecidos en este acuerdo.
e) Evitar la repetición de las mismas actividades durante el desarrollo de este proceso
especial, recuerde no sólo son talleres, ni repetición de la misma Evaluación.
f) Valorar objetivamente todas las actividades presentadas por los Estudiantes (Trabajos,
talleres, consultas, grado de dificultad, etc.).
g) Utilizar nuevas técnicas y métodos para explicarle a los Estudiantes, de tal forma que
se puedan llenar los vacíos, logrando así una apropiación de los logros fundamentales
planteados.
h) Informar a los Estudiantes permanentemente a cerca de los avances o dificultades en
su proceso de nivelación.
i) Las actividades se desarrollarán en el horario correspondiente a las clases con el fin de
no interrumpir el proceso en los Estudiantes que deben nivelar varias asignaturas.
PARÁGRAFO 1. Para efectos de promedio o nota definitiva al finalizar cada corte
académico, el Educador tendrá en cuenta la calificación correspondiente a la actividad de
seguimiento evidenciada por el Estudiante. En otras palabras, si el Estudiante demuestra
con las actividades de seguimiento la superación de las dificultades, la nota definitiva en el
período Deberá mostrar como mínimo el desempeño básico y la adquisición de los logros,
competencias y conocimientos que lo habilitan para continuar con su proceso de
aprendizaje en condiciones normales.
ARTÍCULO 22. CRITERIOS DE PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS. Al finalizar el año, en
reunión con los Educadores por grados, se revisarán, estudiarán y analizarán los casos de
los Educandos que Deberán repetir un grado determinado. Se considerarán para la
repetición de un grado cualquiera los siguientes Educandos:
a) Educandos que hayan obtenido valoración final con desempeño bajo en tres o más
asignaturas.
153
b) Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 15% (Más de 6
semanas) de las actividades académicas durante el año escolar.
c) Educandos que hayan dejado de asistir justificadamente a más del 25% (Más de 10
semanas) de las actividades académicas durante el año escolar.
PARÁGRAFO 1. La repetición del grado cero (Preescolar) será posible, siempre y cuando
sea debidamente sustentada por el Docente y con el expreso consentimiento del padre de
familia o acudiente del menor. Las causales de repetición deben referirse a dificultades de
aprendizaje y/o de aprestamiento, y a discapacidad cognitiva debidamente certificada por
un profesional competente para diagnosticar estos casos.
PARÁGRAFO 2. Se considera que la promoción otorga de por sí, el Derecho a pasar al
grado siguiente, pero no necesariamente garantiza la permanencia en la Institución, lo que
si se garantiza con el fiel cumplimiento de lo establecido en el Manual para la Convivencia.
Para el efecto, se tendrá en cuenta el concepto del comité de Convivencia institucional.
PARÁGRAFO 3. Si durante dos años consecutivos se presenta la reprobación y/o la
deserción de un mismo grado por parte del Estudiante, será causal de pérdida de cupo, de
acuerdo a lo estipulado en el Manual para la Convivencia.
ARTÍCULO 23. ACCIONES DE CRECIMIENTO (HABILITACIONES). Todo Educando que haya
obtenido desempeño bajo en la Evaluación final de una o dos asignaturas, presentará
Evaluación de estas durante la semana # 40 del calendario escolar del año lectivo. Esta
Evaluación se basará en un programa de refuerzo con actividades de crecimiento
pertinentes con las dificultades que presentó el Educando y que el profesor de la asignatura
presentará durante la semana # 38 del calendario escolar del año lectivo. La Evaluación se
calificará de acuerdo con los términos del artículo 16 de este acuerdo y su resultado, ya sea
éste aprobatorio o no, Deberá quedar consignado en el registro escolar del Educando.
PARÁGRAFO 1. Si una vez presentadas las recuperaciones, persiste la Evaluación con
desempeño bajo en una o dos asignaturas, el Estudiante Deberá repetir el grado
correspondiente.
PARÁGRAFO 2. Si el Estudiante no presenta dicha Evaluación, se le valorará con
desempeño bajo e igualmente deberá repetir el grado correspondiente. En los casos en que
se presente causa justificada, se le programará dicha Evaluación para otra fecha dentro del
calendario escolar y respetando el cronograma institucional de actividades.
ARTÍCULO 24. GRADUACIÓN. En virtud de lo expuesto en el Decreto # 1290 de abril 16 de
2009, los Estudiantes que culminen la Educación media obtendrán el título de bachiller
académico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por
el Establecimiento Educativo en el Proyecto Educativo Institucional, de acuerdo con la Ley
y las normas reglamentarias.
154
ARTÍCULO 25. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. Según lo dispuesto en el Decreto #
1290 de abril 16 de 2009, durante el primer período del año escolar el Consejo Académico,
previo consentimiento del padre de familia y/o acudiente, recomendará ante el Consejo
Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del Estudiante que demuestre un
rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las
competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del
Consejo Directivo y, si es positiva en el registro escolar.
PARÁGRAFO 1. Frente a un Estudiante que muestre condiciones personales por sobredotación, se estudiará si reúne las condiciones para promoción anticipada. Si se presentan
otras variables asociadas a su historia familiar y social que repercutan significativamente
sobre su aprendizaje, se analizará si la Institución cuenta con los recursos necesarios para
atender este tipo de Estudiante, de lo contrario, se recomendará el traslado para una
Institución especializada en el manejo de Estudiantes con necesidades educativas
especiales y/o talentos excepcionales. De igual manera, la Institución se compromete a
mantenerlo hasta que finalice su ciclo de Educación básica primaria.
ARTÍCULO 26. EDUCANDOS NO PROMOVIDOS - REPITENTES. El Establecimiento
Educativo hará un seguimiento del Educando no promovido y favorecerá su promoción al
finalizar el primer corte académico, en la medida en que éste demuestre la superación de
las dificultades académicas que no aconsejaron su promoción.
PARÁGRAFO 1. Dicha promoción se le otorga al Estudiante, que en calidad de repitente,
obtiene como resultado de la Evaluación integral, valoración con desempeño superior en
todas y cada una de las asignaturas que no aconsejaron su promoción en el año
inmediatamente anterior, valoración con desempeño básico – alto o superior en todas y
cada una de las asignaturas aprobadas en el año inmediatamente anterior y valoración con
desempeño alto o superior en la dimensión comportamental.
PARÁGRAFO 2. Al Estudiante objeto de este tipo de promoción anticipada, se le deben
programar durante el segundo período, las correspondientes actividades de nivelación que
le permitan la adquisición de los logros, competencias y conocimientos desarrollados
durante el primer período en todas y cada una de las asignaturas del grado al que sea
promovido.
PARÁGRAFO 3. Dicha disposición cobijará también a todos aquellos Estudiantes que hayan
desertado durante el último período del año inmediatamente anterior, pero estos serán
promovidos anticipadamente siempre y cuando obtengan valoración con desempeño
superior en todas y cada una de las asignaturas en el primer período del grado que se
encuentran cursando y valoración con desempeño alto o superior en materia
comportamental.
155
ARTÍCULO 27. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - MEDIOS PARA LA EVALUACIÓN. La Evaluación se hace fundamentalmente
por comparación del estado de desarrollo formativo y cognoscitivo de un Estudiante, con
relación a los conocimientos, destrezas, habilidades, aptitudes y actitudes propuestos en el
currículo. Pueden utilizarse los siguientes medios de Evaluación:
1. Mediante el uso de pruebas de comprensión, análisis, discusión crítica, portafolio y en
general, de apropiación de conceptos. El resultado de la aplicación de las pruebas debe
permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento que ha elaborado el
Estudiante y de sus capacidades para producir formas alternativas de solución de
problemas.
2. Mediante apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación, diálogo o
entrevista abierta y formuladas con la participación del propio Estudiante, un profesor o un
grupo de ellos.
PARÁGRAFO 1. En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan la consulta de
textos, notas y otros recursos que se consideren necesarios para independizar los
resultados de factores relacionados con la simple recordación. Las pruebas basadas
exclusivamente en la reproducción memorística de palabras, nombres, fechas, datos o
fórmulas que no vayan ligadas a la constatación de conceptos y de otros factores
cognitivos, no deben ser tenidas en cuenta en la Evaluación del rendimiento escolar.
ARTÍCULO 28. ESTRATEGIAS Y MÉTODOS PEDAGÓGICOS - DESARROLLO DE
ASIGNATURAS. Las asignaturas tendrán el contenido, la intensidad horaria y la duración
que determine el Proyecto Educativo Institucional, atendiendo a los lineamientos que para
efecto expida el Ministerio de Educación Nacional. En el desarrollo de una asignatura se
deben aplicar estrategias y métodos pedagógicos activos y vivenciales que incluyan la
observación, la experimentación, la práctica, el laboratorio, el taller de trabajo, la
informática educativa, el estudio personal y los demás elementos que contribuyan a un
mejor desarrollo cognoscitivo y a una mayor formación de la capacidad crítica y reflexiva de
los Estudiantes.
ARTÍCULO 29. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - MECANISMOS DE EVALUACIÓN. El Docente empleará la mayor cantidad
de opciones evaluativas posibles, de manera creativa y adecuada a aquello que se quiere
evaluar. Las apreciaciones cualitativas sobre el desarrollo formativo, se harán siempre
sobre la idea de observar los cambios de comportamiento, los estados de avance o
retroceso, y las dificultades y sus posibles causas. La Evaluación actitudinal del Educando
es posible realizarla mediante un seguimiento puntual, por ejemplo:
1. INTERÉS:
156
 Atención prestada en clase.
 Entrega puntual de informes y tareas.
 Diligenciamiento del cuaderno de campo.
 Puntualidad en la asistencia al colegio y a cada clase.
 Asistencia normal legal a las actividades del área.
 Participación en trabajo de equipo e individual; en proyectos y aportes personales.
 Colaboración gustosa en actividades, con aporte del material necesario en cada clase.
2. VALORES: (Tolerancia, respeto, responsabilidad, Convivencia, solidaridad, entre otros)
 Trato respetuoso a compañeros, profesores y demás personas de la comunidad.
 Aceptación de las opiniones y actuaciones contrarias en el debate.
 Actuaciones de Convivencia grupal.
 Disposiciones para escuchar a los demás.
 Reconocimiento del error, la equivocación, la falta personal.
 Disponibilidad de servicio y ayuda ante la dificultad del congénere.
Estos parámetros, permiten evaluar de manera objetiva el crecimiento personal del
Educando para ello es importante que el Educador se sirva adecuadamente de
instrumentos tales como: El cuaderno de campo, el cuaderno de comunicaciones, el
cuaderno de proyectos, la ficha de seguimiento, el semanario pedagógico y las guías de
valoración, entre otros. De esta manera se posibilita la autoevaluación, la coevaluación y la
heteroevaluación.
ARTÍCULO 30. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - TÉCNICAS DE EVALUACIÓN. El Docente empleará diferentes instrumentos
de Evaluación, entre otros:
1. EVALUACIONES ESCRITAS: Los siguientes son algunos criterios técnicos en la
aplicación de las pruebas, las cuales deben dar posibilidad de constatación de conceptos y
de otros factores cognoscitivos.
 No habrá exámenes de tipo memorístico “bancario”, y todos aquellos datos que no
conduzcan a un conocimiento crítico, reflexivo y productivo.
 El resultado de un examen o prueba de conocimiento se evalúa dentro del proceso y no
como resultado aislado.
 Con antelación, el profesor Deberá establecer y comunicar a los Estudiantes, el tipo de
Evaluación, los textos, ayudas y herramientas a utilizar; aclarará si la Evaluación será
individual o por grupos, el día y la hora. Lo anterior supone que toda Evaluación debe
ser planeada y diseñada con antelación a su comunicación.
 Ninguna Evaluación escrita o prueba de conocimiento se puede programar para el
mismo día. Lo anterior se puede constatar mediante el diario de campo. No obstante,
157
durante el desarrollo de una clase, podrá aplicarse este instrumento con el propósito de
verificar la adquisición de conceptos específicos.
 El Docente Deberá presentar a sus Estudiantes enunciados o “ítem” de Evaluación lo
más claro posible y sin lugar a ambigüedad.
 Antes de iniciar la Evaluación, el Docente debe establecer los resultados que espera de
la misma y los aspectos que determinan el éxito de ésta.
 El Educando debe presentarse a la Evaluación debidamente capacitado para ello; el no
hacerlo, significa una deficiencia en los logros actitudinales y la pérdida de las
garantías al Derecho de ser evaluado. Se exceptúa en todo caso la excusa justificada.
 El Educando Deberá presentarse puntualmente, el día y la hora, y con las ayudas
recomendadas por el Docente. La falta o carencia de éstos medios, imposibilitará la
realización del mismo y la pérdida del Derecho a ser evaluado; salvo la presentación de
excusa justificada.
 En caso de fraude en una Evaluación; tales como: Copia, suplantación de persona,
enmendaduras para cambiar resultados o notas del profesor y todas aquellas
demostrables, se dará por no aprobada la Evaluación y se considerará como falta grave
según lo estipulado en el Manual para la Convivencia.
2. EVALUACIONES ORALES: Las evaluaciones orales buscan que el Docente pueda obtener
información sobre el aprestamiento del Educando en la obtención de logros específicos;
por tanto se dan las siguientes orientaciones:
 Es conveniente la Evaluación oral sobre un objetivo temático de clase.
 No es pertinente la Evaluación oral de una unidad o conjunto de logros, pues ésta
funciona como “bloqueo sináptico” (demostrable científicamente), en el cual, el
Educando está afectado.
 Los trabajos de investigación y de consulta, deben sustentarse y se puede emplear el
mecanismo de expresión oral.
 Es importante que los Educandos expongan sus proyectos oralmente para que
adquieran destrezas en este aspecto y aprendan a superar el bloqueo.
 El mecanismo de entrevista – diálogo individual y por equipo es válido y pertinente para
la sustentación de trabajos.
 La sustentación de trabajos se hará con el interés pedagógico de evaluar la capacidad
expositiva, comunicacional, de trabajo en equipo, de investigación y de racionalización
del conocimiento adquirido por el Educando. Se evitará darle carácter de confrontación
que pueda intimidar al Estudiante.
 En caso de observar condiciones de inferioridad psíquica en el Estudiante, se sugiere
al Docente buscar otras alternativas de Evaluación.
3. TRABAJOS ESCRITOS: Los trabajos escritos son una herramienta probada del desarrollo
cognoscitivo y formativo del Educando. Ellos estimulan la capacidad investigativa, la
158
lectura, la escritura y el pensamiento analítico; además de desarrollar el trabajo en equipo,
la cooperación, la amistad, la solidaridad y la alegría de estudiar para aprender. Los
siguientes parámetros son una guía indispensable:
 Si el trabajo es de carácter investigativo, Deberá por lo menos tener un plazo de un mes
para su realización.
 Para trabajos de consulta y de fácil consecución, pueden proponerse cinco días para
su realización.
 Si se trata de la presentación de un proyecto concluido, dos o más meses de plazo
serán necesarios.
 El Docente Deberá presentar todas las pautas, tanto temáticas, técnicas, bibliográficas
como recursivas que exigirá el trabajo de consulta o de investigación.
 Las normas técnicas del ICONTEC (Instituto Colombiano de normas técnicas) serán
exigibles para la presentación de todo trabajo o documento escrito; por tanto en el plan
de estudios Deberá estar contemplada su enseñanza.
 Para evaluar un trabajo escrito se tendrá en cuenta los siguientes indicadores:
o Capacidad investigativa individual y del grupo.
o Bibliografía consultada.
o Capacidad para trabajar en equipo (si fuere el caso).
o Argumentación.
o Presentación que incluye: Técnicas de presentación (ICONTEC), redacción,
ortografía, organización y pulcritud.
 Así mismo, el Docente Deberá leer los trabajos y consignar por escrito las
observaciones evaluativas pertinentes.
4. TRABAJOS EXPOSITIVOS: Enriquecer la experiencia pedagógica con trabajos
expositivos, es una de las experiencias más agradables, satisfactorias y productivas del
quehacer pedagógico tanto para el Estudiante como para el Docente. Esta actividad
pedagógica mejora la capacidad de comunicación de los Educandos, despierta en ellos la
inquietud, la creatividad, el espíritu investigativo y la alegría de estudiar, posibilita además
el reencuentro con la comunidad. Para lograr sus propósitos se deben tener en cuenta las
siguientes orientaciones:
 El Docente acordará con los Educandos el tiempo de duración de las exposiciones, así
como el lugar, la fecha y la hora; así mismo los medios, los criterios y toda la logística
que para ello se requiere.
 Las exposiciones de proyectos o trabajos extensos requieren de mucha preparación
para demostrar un dominio apropiado del tema por parte del o los expositores, factor
fundamental para la Evaluación de esta actividad.
 Se tendrá además que emplear buena fluidez verbal y el léxico apropiado. También son
factores evaluativos, el orden, la estética y la creatividad.
159
ARTÍCULO 31. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DEL DESEMPEÑO DE LOS
ESTUDIANTES - EVALUACIÓN INTEGRAL DEL ESTUDIANTE.
PARÁGRAFO 1. La política de Evaluación institucional establece que la integralidad del
Estudiante pueda determinarse a partir de los siguientes elementos:
a) CAPACIDAD DE PLANEAMIENTO: considera la capacidad del Estudiante para elaborar
planes de trabajo de tal forma que responda a interrogantes como: ¿qué trabajo debe
hacerse? ¿cómo? ¿con qué? ¿con quienes? ¿cuándo y dónde debe hacerse?
b) INICIATIVA: es la capacidad del Estudiante para encontrar soluciones relativas a su
labor y para tomar decisiones oportunas.
c) RESPONSABILIDAD EN EL TRABAJO: se refiere a la atención y dedicación al trabajo. al
afán de superación. al mejoramiento de la labor asignada. al cumplimiento de los
Deberes y obligaciones inherentes al trabajo que orienta.
d) ESPÍRITU DE COOPERACIÓN: se relaciona con el sentido de colaboración, buen ánimo
y preocupación por las labores que conjuntamente se adelantan en determinadas áreas
de trabajo, que no estén ordinariamente comprendidas dentro del ámbito de sus
funciones.
e) PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA: comprende la exactitud y regularidad en la asistencia y
permanencia en el lugar de la práctica.
f) TRATO PARA CON LOS SUPERIORES: se relaciona con el respeto a los superiores y
acato a las decisiones que ellos tomen, trato cortés y amable, que inspire confianza.
g) TRATO PARA CON LOS COMPAÑEROS: se refiere a la capacidad del Estudiante para
entenderse con sus compañeros de trabajo y mantener armonía constante con ellos.
espíritu de compañerismo, respeto y moralidad.
h) LEALTAD: hace relación a la sinceridad. la lealtad con los superiores, compañeros y
con la Institución es decisiva para la buena marcha de cualquier Institución.
i) CALIDAD DE TRABAJO DESARROLLADO: hace referencia a la exactitud y precisión en
el trabajo, así como la pulcritud en su presentación. también tiene en cuenta la
habilidad del Estudiante para ejecutar su trabajo sin necesidad de una supervisión
estrecha y constante.
j) RAPIDEZ DE ASIMILACIÓN: es la capacidad del Estudiante para acomodarse a
situaciones y labores que surjan en su trabajo práctico, a la habilidad y prontitud para
comprender y aplicar nuevos procedimientos en distintas áreas de trabajo. en este
factor concurren otras características como la aptitud para ambientarse a las
circunstancias de distinto orden, a fin de que en su labor no se presenten soluciones
de continuidad.
k) RENDIMIENTO EN EL TRABAJO: hace relación al volumen de trabajo, rapidez y calidad
con que se realiza.
160
l)
DISCIPLINA: se relaciona con el correcto acatamiento de las instrucciones que
imparten los superiores, el cumplimiento de los reglamentos internos de trabajo, sus
hábitos y obligaciones.
PARÁGRAFO 2. PAUTAS PARA LA CALIFICACIÓN. Esta pauta se rige por los fundamentos
y componentes que a continuación se enumeran:
a) COMPONENTE TÉCNICO: estará formado por los indicadores de desempeño
acompañados de la siguiente escala de valoración cualitativa:
S: DESEMPEÑO SUPERIOR
A: DESEMPEÑO ALTO
B: DESEMPEÑO BÁSICO
BJ: DESEMPEÑO BAJO
b) COMPONENTE PERSONAL: estará conformado por las competencias requeridas en el
perfil del Estudiante que la Institución Educativa JOSÉ MARIA BERNAL quiere formar:
Creativo, con excelentes relaciones personales, solidario, recursivo, responsable, líder,
crítico, honesto, con vocación de servicio, con respeto por el otro, positivo, dispuesto
al cambio, con facilidad para comunicarse, con capacidad de trabajo en grupo, con
capacidad de escucha y con la siguiente escala de Evaluación: S – Siempre, C.S. - Casi
siempre y A.V. - Algunas veces.
c) COMPONENTE INTEGRAL: este componente está definido por: autoevaluación,
coevaluación y heteroevaluación.
d) COMPONENTE DE OBSERVACIONES: en el cual estará registrado las observaciones
más puntuales (positivas y/o negativas) de: Profesor del área, Director del grado,
Coordinadores y psicoorientadores.
COMPONENTE TÉCNICO
1. CAPACIDAD DE PLANEAMIENTO.
S A B BJ
Lleva a cabo planes y programas bastante efectivos.
Elabora buenos programas de trabajo.
Generalmente deben corregírsele los planes elaborados.
Elabora programas deficientes, confusos y de ninguna aplicación útil.
Demuestra incapacidad absoluta para elaborar planes y programas de
trabajo.
2. INICIATIVA.
S A B BJ
Propone ideas nuevas con máxima eficiencia.
Capta rápidamente los problemas y propone soluciones viables en su
totalidad.
Soluciona los problemas particulares de su trabajo con algún
resultado.
Aporta ideas o soluciones muy raramente.
161
No aporta ideas ni soluciones.
3. RESPONSABILIDAD EN EL TRABAJO.
El interés en su trabajo es excepcional y sobresaliente. Puede
delegársele actividades de importancia sin necesidad de dirección y
control.
Demuestra permanente interés en su trabajo, se le puede delegar
algunas actividades importantes con algo de dirección y control.
Dedica la atención estrictamente necesaria a su trabajo.
Demuestra muy poco interés en sus labores. Requiere supervisión
constante.
No se interesa en lo más mínimo por su trabajo. Descuida sus
obligaciones. Requiere supervisión estrecha y permanente.
4. ESPÍRITU DE COOPERACIÓN.
Colaborador magnífico. Demuestra excelente disposición para
trabajar en equipo con otros Estudiantes. Siempre esta listo para
ayudar a los demás.
Su colaboración es buena y manifiesta voluntad de servicio a los
compañeros. Comprende bien la importancia del trabajo en grupo.
Colaboración aceptable. Está dispuesto a servir cuando se le solicita,
pero a veces se niega a desempeñar tareas que no le corresponden
directamente. No demuestra conocer la importancia de trabajar en
equipo.
No colabora ni acepta ayuda de los demás, no se adapta al grupo,
desconoce la importancia del trabajo en equipo, siempre pone
obstáculos para realizar tareas que no le corresponden directamente
aun en casos de emergencia.
Conflictivo, negativo en lo que a colaboración se refiere, rechaza
totalmente la importancia del trabajo en equipo. Se
niega
abiertamente a desempeñar funciones que no le corresponden.
5. PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA.
Magnífica puntualidad. Llega antes de la hora fijada. No tiene faltas
de asistencias, nunca abandona su puesto de trabajo.
Buena puntualidad, no registra faltas de asistencia injustificadas no
abandona el puesto de trabajo por razones sin importancia.
Atrasos y ausencias ocasionales sin justificación razonable.
Abandona el puesto de trabajo por cualquier razón sin aviso previo
Retardos, faltas a los trabajos frecuentes e injustificados, expone
excusas de poca validez para abandonar el trabajo.
Retardos e inasistencias demasiado frecuentes e injustificadas,
negligente, y perezoso, nunca está en su puesto de trabajo.
6. TRATO PARA CON LOS SUPERIORES JERÁRQUICOS.
162
S A B BJ
S A B BJ
S A B BJ
S A B BJ
Muy respetuoso, educado y atento, magnífico colaborador.
Buen carácter. Tiene buenas relaciones con los superiores, acata de
buen agrado sus decisiones, es respetuoso y colaborador.
Comportamiento normal, acata las decisiones de sus superiores pero
no siempre de buena voluntad.
Mal carácter, conflictivo y desatento, no atiende sugerencias ni acata
decisiones de sus superiores.
Muy mal carácter, no acata las decisiones de sus superiores y
siempre está poniéndoles obstáculos. Su hostilidad hacia ellos es
manifiesta y constante.
7. TRATO PARA CON LOS COMPAÑEROS.
S A B BJ
Excelente compañerismo, su trato es correcto y cordial. Sociable y de
gran espíritu de servicio.
Buen compañerismo, su trato es correcto y cordial. Sociable y
demuestra espíritu de servicio.
Temperamento inestable, indiferente a las buenas relaciones con
compañeros, no despierta confianza, ni simpatía.
Insociable, egoísta, conflictivo. Trata mal a los compañeros, nunca
está dispuesto a prestarles servicios.
Elemento indeseable para el trabajo en grupo, envidioso, disociador
constantemente interfiere el trabajo de los compañeros.
8. LEALTAD.
S A B BJ
Muy leal, es incapaz de levantar rumores o murmuraciones, siempre
está dispuesto a defender los intereses de los demás.
Es leal y sincero, incapaz de hablar a espaldas de los demás, no
secunda murmuraciones, ni rumores, acata y defiende las decisiones
de sus jefes.
Es de dudosa lealtad, acata las decisiones de sus superiores pero no
las defiende.
Desleal, levanta y promueve rumores y murmuraciones
constantemente. Critica a su jefe y compañeros, habla en malos
términos de la empresa.
Absolutamente desleal, hipócrita, adulador y murmurador. Acreedor a
la desconfianza de su jefe y sus compañeros.
9. CALIDAD DEL TRABAJO DESARROLLADO.
S A B BJ
Su labor es excelente en todos los aspectos, ya que sus trabajos son
exactos, precisos y de magnífica presentación, no comete errores ni
requiere supervisión y revisión posterior.
163
Labor eficiente, cuidadosa y precisa. Si comete errores son pocos e
intranscendentes, el trabajo es de buena presentación y requiere muy
poca supervisión y revisión posterior.
Calidad de trabajo aceptable. Generalmente, pero de regular
presentación, los errores ocurren con alguna frecuencia, requiere
supervisión y revisión normal.
Trabajo desordenado de mala presentación y con bastantes errores,
necesita supervisión y revisión sistemática.
Trabajo con excesivos errores, de pésima presentación, demasiado
descuidado, es incapaz de realizar trabajos de mediana aceptabilidad,
la supervisión y revisión debe ser estrecha y continua.
10. RAPIDEZ DE ASIMILACIÓN.
S A B BJ
Asimila con rapidez los nuevos sistemas, procedimientos, normas e
instrucciones recibidas y los ejecuta con gran precisión.
Comprende bien los nuevos sistemas, procedimientos, normas e
instrucciones y se adapta fácilmente a los mismos, los ejecuta
normalmente.
Asimila con alguna dificultad las nuevas instrucciones recibidas y
tarda más de lo normal en adaptarse a los cambios.
No comprende las nuevas instrucciones o persiste en la ejecución de
su trabajo tradicional, demasiado lento para asimilar y adaptarse a lo
nuevo.
Carece de todo sentido de asimilación, no comprende ni se adapta a
ningún cambio en las instrucciones.
11. RENDIMIENTO EN EL TRABAJO.
S A B BJ
Extraordinaria eficiencia en el trabajo, lo realiza con gran calidad,
acierto y precisión.
Ejecuta su trabajo en forma normal, el volumen es bueno así como su
calidad.
Rendimiento regular, no cumple con el trabajo dentro del término
normalmente fijado.
Deja acumular su trabajo y cuando lo ejecuta lo hace con gran
lentitud.
Excesivamente lento para trabajar, pésimo rendimiento, nunca
realiza el trabajo a tiempo.
12. DISCIPLINA.
S A B BJ
Es ejemplar en el acatamiento de las órdenes e instrucciones que
recibe, demuestra gran respeto por el reglamento y las disposiciones
superiores.
Cumple normalmente las órdenes y respeta los reglamentos y
disposiciones superiores, es correcto en sus actuaciones.
164
A veces objeta las órdenes e instrucciones recibidas, en ocasiones
desconoce o burla el reglamento de trabajo y las disposiciones
superiores.
Demuestra mala voluntad para el acatamiento de las órdenes que se
imparten, con alguna frecuencia, burla el reglamento interno y las
disposiciones de los superiores.
Se mantiene en franca rebeldía, no obedece al superior, ni el
conducto regular, así como el reglamento y disposiciones superiores.
COMPONENTE PERSONAL
#
ASPECTO
S
C.S
1.
Es creativo.
2.
Mantiene buenas relaciones humanas.
3.
Es solidario.
4.
Es recursivo.
5.
Es responsable.
6.
Ejerce liderazgo.
7.
Es crítico constructivo.
8.
Es honesto en su trabajo.
9.
Tiene vocación de servicio.
10.
Manifiesta respeto por el otro.
11.
Es positivo.
12.
Está dispuesto al cambio.
13.
Manifiesta facilidad para comunicarse.
14.
Tiene capacidad de trabajo en grupo.
15.
Tiene capacidad de escucha.
COMPONENTE INTEGRAL: autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.
OBSERVACIONES.
A.V
ARTÍCULO 32. ESTRATEGIAS DE PARTICIPACIÓN EN LA EVALUACIÓN. Según los agentes
de participación en la Evaluación y las acciones que realice cabe distinguir tres estrategias
básicas a saber: La autoevaluación, la coevaluación y la heteroevaluación. En la medida en
que las tres estrategias se apliquen equilibradamente, se estará avanzando hacia una
verdadera Evaluación democrática e integral. A continuación se presentan algunas
consideraciones sobre las características de cada una de estas estrategias y algunas
pautas para su aplicación.
1. AUTOEVALUACIÓN: Tipo de Evaluación caracterizada conforme al agente que la lleva a
efecto. En ella, un mismo sujeto asume el papel de evaluador y evaluado (El Educador
165
evalúa su actuación Docente, el Estudiante evalúa su propia actividad de aprendizaje, etc.)
Es muy importante que, de manera gradual, se estimule al Estudiante para que vaya
formulando opiniones sobre su propio trabajo, puesto que constituye una variable clave en
la autorregulación del aprendizaje de conceptos, procedimientos y actitudes y por tanto, en
el desarrollo de las capacidades de aprender a aprender, aprender a ser persona y aprender
a convivir.
En esta estrategia, cada sujeto evalúa sus propias acciones. Es decir, dado que todos los
agentes educativos involucrados pueden y deben valorar su desempeño, los Estudiantes
también pueden y deben hacerlo. Para ello es necesario establecer criterios entre los que
se encuentran los logros esperados. La autoevaluación, es muy recomendable como medio
valiosísimo para impulsar la Formación Integral, por cuanto mediante ella se logra aumentar
en los Estudiantes su autoestima, despertar su sentido de responsabilidad y afianzar su
autonomía. Esta estrategia también se aplica con éxito en la Evaluación institucional y en la
Evaluación de los procesos pedagógicos. Algunas pautas metodológicas para asegurar el
éxito en la aplicación de esta estrategia, son las siguientes:
o Aplicar técnicas de autocorrección de pruebas y trabajos.
o Introducir esta práctica de manera gradual, siguiendo diferentes niveles de
complejidad, según la edad, las características, necesidades e intereses de los
Estudiantes, a fin de que sea aceptada y se habitúen a ella, pues ellos deben aprender a
valorar su trabajo y el gusto o disgusto que este les produce.
o Inculcar en los Estudiantes la importancia que tiene para su formación el saber valorar
su propio desempeño con honradez, sinceridad y responsabilidad, a fin de que lleguen
a conclusiones más o menos acertadas.
o Realizar actividades tendientes a afianzar un clima de respeto y confianza en el que sea
posible el reconocimiento de las propias capacidades, los propios aciertos y
desaciertos.
o Ejercitar la capacidad de discernir, valorando los hechos con base en criterios
acordados previamente. Esto permite recuperar el valor de la subjetividad que es
característica fundamental del ser humano.
2. COEVALUACIÓN: Tipo de Evaluación caracterizada según los agentes que la llevan a
efecto. Implica una situación evaluadora en la cual unos sujetos o grupos intercambian
alternativamente su papel de evaluadores y evaluados (Educador-Estudiante, EstudianteEstudiante, grupos de Estudiantes entre sí, etc.).
Esta estrategia, complementaria de la anterior, es la Evaluación mutua que se hacen los
integrantes de un grupo. Ésta es, por ejemplo, la Evaluación que realizan los miembros de
la Comunidad Educativa entre sí en la Evaluación institucional, los Estudiantes de un curso
entre sí en el proceso de Evaluación de logros, los Estudiantes y los Docentes para
determinar logros y avances y programar actividades, y los Docentes entre si, en la
166
Evaluación del proceso pedagógico. Para poner en práctica la coevaluación se sugieren las
siguientes pautas:
o Realizar acciones previas de concientización a fin de lograr un clima de mutua
aceptación y confianza, en el que prevalezca el respeto y se aleje la susceptibilidad.
o Inculcar que el propósito es lograr un reconocimiento mutuo de las propias
capacidades, logros y deficiencias con el fin de acordar estrategias de mejoramiento y,
de ninguna manera, para sancionar, delatar o tomar represalias.
o Iniciar con prácticas de valoración mutua de los logros o avances, es decir de lo
positivo. En la medida en que el grupo lo tolere, introducir la búsqueda de deficiencias,
dificultades y desaciertos, siempre con el fin de superarlos.
o Aplicar técnicas de corrección reciproca o en grupo con base en el diálogo.
3. HETEROEVALUACIÓN: Es la Evaluación que hace un sujeto del desempeño de otro u
otros sujetos, de manera unilateral. Es la estrategia tradicionalmente aplicada en el aula
para evaluar el denominado “rendimiento” de los Estudiantes. También se practica en las
distintas evaluaciones externas, como las que se dan en los exámenes de estado a través
de las pruebas del ICFES SABER, en la Evaluación de la calidad que ha venido realizando el
Ministerio de Educación Nacional, en las evaluaciones que a nivel internacional llevan a
cabo el LLECE, el TIMSS y el proyecto de Educación cívica, así como en distintas
investigaciones en que un agente externo al proceso aplica acciones de Evaluación sobre sí
mismo, con el objeto de determinar condiciones de calidad o logro.
ARTÍCULO 33. INDICADORES DE DESEMPEÑO EN LA EDUCACIÓN BÁSICA. Los criterios
que regirán la Evaluación y la promoción del Educando en la Educación básica, están
orientados por los logros y competencias que para cada grado establezca el Proyecto
Educativo Institucional, a partir de los objetivos generales y específicos definidos en los
artículos 20, 21 y 22 de la Ley 115 de 1994 y los lineamientos y los estándares curriculares
establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, teniendo en cuenta criterios de
actualización del currículo y búsqueda de la calidad.
ARTÍCULO 34. INDICADORES DE DESEMPEÑO PARA LA EDUCACIÓN MEDIA. Los criterios
que regirán la Evaluación y la promoción del Educando en la Educación media, están
orientados por los logros y competencias que para cada grado establezca el Proyecto
Educativo Institucional, a partir de los objetivos generales y específicos definidos en los
artículos 30 y 33 de la Ley 115 de 1994 y los lineamientos y los estándares curriculares
establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, teniendo en cuenta criterios de
actualización del currículo y búsqueda de la calidad.
167
ARTÍCULO 35. DE LA PERMANENCIA O NO EN LA INSTITUCIÓN. De conformidad con lo
expresado en el artículo 96 de la Ley 115 de 1994 (Ley general de Educación), se establecen
los siguientes lineamientos:
1. Tienen Derecho a permanecer en la Institución todos los Estudiantes que se promuevan
satisfactoriamente de un grado a otro y que hayan acatado fielmente el Manual para la
Convivencia.
2. Además de lo anterior los Estudiantes deben estar a paz y salvo con todos los
requerimientos de la parte administrativa.
3. En los casos en los que se repruebe un grado, los Estudiantes tienen Derecho implícito
de permanencia en la Institución, siempre y cuando no hayan incumplido el Manual
para la Convivencia, sea la primera repitencia y se disponga del cupo respectivo. Para
esta situación, se entenderá la deserción escolar como reprobación del grado
correspondiente.
4. No serán admitidos Estudiantes para ningún grado, que pretendan repetir y/o desertar
por segunda vez o más.
5. Cuando los Estudiantes no alcanzan los logros, competencias y conocimientos
fundamentales en tres o más asignaturas, y no son promovidos al finalizar las
actividades académicas, la Institución les brinda la posibilidad de ingresar al mismo
grado, mediante un compromiso pedagógico, siempre y cuando se disponga del cupo
respectivo; además del acatamiento a la normatividad contemplada en el Manual para la
Convivencia. Dicho compromiso pedagógico se suscribe entre las partes.
CAPÍTULO IV. EVALUACIÓN INSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 36. EVALUACIÓN ACADÉMICA INSTITUCIONAL. La Evaluación académica
institucional, ya sea ésta autoevaluación o Evaluación externa, es el proceso mediante el
cual la Institución Educativa establece si ha alcanzado los objetivos y las metas de calidad
académica propuestas en el Proyecto Educativo Institucional -PEI- y en el plan de estudios,
y propone correctivos y planes de mejoramiento.
ARTÍCULO 37. AUTOEVALUACIÓN ACADÉMICA INSTITUCIONAL. La Evaluación
institucional anual debe llevarse a cabo en la Institución Educativa según lo dispuesto en el
artículo 84 de la Ley 115 de 1994 y tiene por objeto mejorar la calidad de la Educación que
se imparte y por lo tanto, debe tomar en cuenta las metas de calidad académica propuestas
cada año en el plan de estudios y formular recomendaciones precisas para alcanzar y
superar dichas metas. Se realiza según lo estipulado en la guía MEN # 34, a través de las
siguientes actividades:
168
1. ESTUDIO Y APROPIACIÓN DE LAS ÁREAS, COMPONENTES Y PROCESOS DE LA
GESTIÓN INSTITUCIONAL: Para lograr buenos resultados en la autoevaluación es esencial
que el Rector y el equipo de gestión estudien y se apropien de los conceptos y elementos
que caracterizan cada una de las cuatro áreas de la gestión. Así, la valoración de cada
proceso podrá hacerse con mayor precisión, lo que permitirá tener bases más sólidas para
la elaboración del Plan de Mejoramiento Institucional.
2. CONFORMACIÓN DE LOS EQUIPOS PARA EVALUAR CADA UNA DE LAS ÁREAS DE
GESTIÓN: La autoevaluación debe ser liderada por el Rector, y contará con la participación
y el apoyo de los integrantes de la Institución. Para el efecto, se organizarán cuatro
equipos, cada uno dedicado a la Evaluación de una de las áreas de gestión. Será
fundamental que cada grupo esté conformado por personas de las diferentes sedes y
cargos, lo que brindará un espacio para que confluyan varios puntos de vista, se
enriquezcan los debates y se logre una percepción más acertada sobre los diferentes
procesos de gestión.
3. EVALUACIÓN DE CADA UNA DE LAS ÁREAS DE LA GESTIÓN: Cada equipo se encarga
de evaluar su área de gestión correspondiente. Esta labor debe estar sustentada en datos e
información disponible en la Institución. Los procesos y componentes son valorados en
una escala progresiva de cuatro niveles de desarrollo, cada uno con un valor numérico, así:
1 (“EXISTENCIA”): Si hay un desarrollo incipiente, parcial o desordenado, y las acciones se
llevan a cabo de manera desarticulada.
2 (“PERTINENCIA”): Si hay algunos principios de planeación y articulación de los esfuerzos
y acciones para dar cumplimiento a los objetivos y metas.
3 (“APROPIACIÓN”): Si las acciones institucionales tienen un mayor grado de articulación
y, en general, son conocidas por la Comunidad Educativa.
4 (“MEJORAMIENTO CONTINUO”): Si los procesos están consolidados y son evaluados
periódicamente para fortalecerlos.
ARTÍCULO 38. EVALUACIONES ACADÉMICAS EXTERNAS. Las entidades territoriales
periódicamente podrán contratar con entidades avaladas por el Ministerio de Educación
Nacional evaluaciones académicas censales de los Establecimientos Educativos a su
cargo. Dichas evaluaciones tendrán como referencia las normas técnicas que formule el
Ministerio de Educación Nacional y se llevarán a cabo de acuerdo con la reglamentación
que al respecto éste expida. Sus resultados Deberán ser analizados tanto por las entidades
territoriales, como por los establecimientos individuales con el propósito de tomar las
medidas de mejoramiento necesarias.
169
ARTÍCULO 39. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO. Según artículo 10, numeral 10.10 de la Ley
715 de 2001, es función del Rector: “Realizar la Evaluación anual del desempeño de los
Docentes, Directivos Docentes y administrativos a su cargo”. Así:
1. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO – DECRETO # 2277 DE 1979. Se aplica a Docentes y
Directivos Docentes vinculados bajo las condiciones de la normatividad subrayada.
Hace parte de la autoevaluación para el mejoramiento de todos los procesos a nivel
institucional. Tiene un carácter correctivo frente a las debilidades detectadas y
observadas en este personal, además, pretende sostener las fortalezas encontradas en
la práctica pedagógica de estos profesionales de la Educación. Se sustenta a través de:
a) LA HETEROEVALUACIÓN: Se realiza antes de finalizar el calendario escolar, utilizando
como instrumento la encuesta dirigida a los Estudiantes y que hace parte de la política
de Evaluación institucional. Dicha encuesta es diligenciada por los Estudiantes de los
grupos seleccionados, y su aplicación y supervisión es responsabilidad del Rector y
los Coordinadores. Se complementa con el diligenciamiento de los protocolos
propuestos por la entidad territorial certificada.
b) LA AUTOEVALUACIÓN: Se realiza antes de finalizar el año escolar, utilizando como
instrumento los protocolos (Anexos MEN) orientados por la correspondiente entidad
territorial (Departamento de Antioquia) o en su defecto las encuestas institucionales.
Dichos protocolos o encuestas son diligenciados por cada Educador, cada
Coordinador y el Rector respectivamente. La aplicación del protocolo dirigido a los
Educadores es supervisado y consolidado por el Rector y los Coordinadores. La
aplicación del protocolo dirigido a los Coordinadores es supervisado y consolidado por
el Rector. La aplicación del protocolo dirigido al Rector es supervisado por el (la) jefe
de núcleo. Los consolidados son diligenciados a través de los formatos orientados
desde la secretaría de Educación para la cultura del Departamento (SEDUCA), y se
entregan en medio físico y en medio magnético. Se complementa con el
diligenciamiento, por parte de cada Educador, del cuestionario diseñado a nivel
institucional para la autoevaluación del profesorado.
2. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO – DECRETO # 1278 DE 2002. Se aplica a Docentes y
Directivos Docentes vinculados y en período de prueba bajo las condiciones de la
normatividad subrayada. Dicho proceso se encuentra reglamentado a partir del Decreto
ministerial # 3782 de octubre 2 de 2007, del acuerdo # 18 de enero 22 de 2008 emanado
de la comisión nacional del servicio civil (CNSC), de la circular departamental # 112 de
abril 16 de 2008 y de la guía metodológica de marzo de 2008 establecida desde el
Ministerio de Educación Nacional (MEN), en la cual aparecen los protocolos y demás
instrumentos anexos aprobados por la CNSC.
3. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO – PERSONAL ADMINISTRATIVO. Se aplica a Personal
Administrativo vinculado a la Institución Educativa a través de carrera administrativa,
170
además a los servidores públicos cuya naturaleza del cargo sea provisionalidad,
temporalidad y libre nombramiento y remoción (Nivel profesional, técnico y asistencial).
Dicha Evaluación se realiza semestralmente y siguiendo las orientaciones de la
comisión nacional del servicio civil CNSC y de la entidad territorial certificada, en
nuestro caso, el Departamento de Antioquia SEDUCA. El Rector Deberá acogerse a los
lineamientos estipulados mediante Decreto departamental # 3021 del 5 de diciembre de
2008. Este proceso consta de diferentes fases y/o actividades como: Preparación,
fijación de compromisos laborales, acuerdo de compromisos comportamentales,
seguimiento al desempeño laboral, registro de evidencias, elaboración de planes de
mejoramiento individual, firma de los formatos por parte del evaluador y el evaluado, y
el envío de los correspondientes formularios a la entidad certificada.
ARTÍCULO 40. EVALUACIÓN DEL PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL. Este proceso
se realiza con base en las siguientes actividades:
1. PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA REALIZAR LA EVALUACIÓN: El Rector y el
equipo de gestión establecerán el cronograma de las evaluaciones de los resultados
del plan. Se realizarán cada seis meses: una al finalizar el primer semestre y otra a la
culminación del año académico. En la primera el análisis se concentrará en la revisión
de los indicadores cuyo período de recolección es inferior a un año (Asistencia de
Estudiantes y Docentes, proporción de Docentes que implementa determinada
estrategia, porcentaje de Estudiantes que cumplieron satisfactoriamente los logros de
cada asignatura, porcentaje de uso de los diferentes recursos para el aprendizaje, entre
otros.). En la segunda Evaluación se estudiará con mayor énfasis los indicadores que
se recogen anualmente (Porcentajes de aprobación, reprobación y deserción y
resultados en las pruebas ICFES SABER, entre otros).
2. REALIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN: La Evaluación de los resultados del plan de
mejoramiento se hará en reuniones acordadas específicamente para este propósito. En
ellas se revisará la información de cada uno de los indicadores, así como el porcentaje
de cumplimiento de las metas propuestas. Al finalizar la revisión de cada indicador el
Rector y el equipo de gestión harán un balance global de los avances del plan. La
discusión sobre este punto se basará en las siguientes preguntas:
¿Cuáles son las metas que se están logrando oportunamente?
¿Qué factores han incidido en el logro oportuno de tales metas?
¿Se ha obtenido algún resultado inesperado que afectó positivamente el plan?
En caso afirmativo, ¿Cuáles fueron las razones para que esto ocurriera?
¿Cuáles son las metas que no se están logrando?
¿Cuáles son las principales causas de este rezago?
171
¿Cuáles son las actividades que están incidiendo negativamente en el logro de las
metas?
¿Cuáles son las principales causas de esta situación?
¿Estas causas se relacionan con los factores críticos de riesgo identificados durante la
elaboración del plan?
¿Qué medidas deben tomarse para subsanar las dificultades de ejecución de ciertas
actividades?
Con base en los resultados de la Evaluación, ¿cuáles metas requieren ser ajustadas?
¿Estas medidas implican la reasignación de funciones, recursos y plazos?
3. COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL PLAN DE MEJORAMIENTO: Para informar
a la Comunidad Educativa sobre las acciones y resultados del plan de mejoramiento se
diseñará una jornada de socialización que considerará los siguientes aspectos:
Objetivo, público al que se dirige, fecha, temas, responsables de la presentación de los
resultados y materiales de apoyo. La presentación de los resultados empleará un
lenguaje claro, sencillo y motivador. Siempre que sea posible se hará mención al
compromiso y a los objetivos de mejoramiento Institucional. Asimismo, es fundamental
dar respuesta a todas las preguntas e inquietudes de los asistentes y tener en cuenta
las recomendaciones pertinentes para incorporarlas al plan. Para reforzar la
socialización de los resultados del plan de mejoramiento se emplearán diversos
materiales, los cuales se elegirán de acuerdo con la disponibilidad de recursos para
elaborarlos: Cartas, folletos, carteleras, periódico escolar, publicación en la página de
internet del Establecimiento Educativo, entre otros.
ARTÍCULO 41. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
172
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Caldas, a los 28 días del mes de noviembre de 2011
ACUERDO # 03 DE NOVIEMBRE 28 DE 2011
CONSEJO DIRECTIVO
173
Por medio del cual se intervienen asuntos relacionados con el área de
gestión académica - pedagógica, como misión esencial, en particular,
los aspectos referentes a la adopción del Eje Pedagógico Institucional.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa “JOSÈ MARÌA BERNAL”
del Municipio de CALDAS – ANTIOQUIA, en uso de sus facultades
legales y en especial las que le confiere el artículo 84 de la Ley 115 de
1994 (Ley general de Educación) y el artículo 14 – numeral 5 del
Decreto 1860 de 1994, y
CONSIDERANDO QUE:
G. Según el artículo 84 de la Ley 115 la Evaluación institucional anual
debe propiciar el mejoramiento de la calidad educativa que se
imparte.
H. En virtud de lo expuesto en el artículo 14 del Decreto 1860, para
lograr la Formación Integral de los Educandos, el Proyecto
Educativo Institucional debe contener la estrategia pedagógica que
guía las labores de formación de los Educandos.
I. El Consejo Directivo del establecimiento es la instancia directiva de
participación de la Comunidad Educativa, de orientación
administrativa y académica.
J. Es función de este consejo, tomar las decisiones que afecten el
funcionamiento del Establecimiento Educativo, estimular y controlar
los procesos institucionales.
ACUERDA
ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL EJE PEDAGÓGICO INSTITUCIONAL. Como
elemento fundamental del Proyecto Educativo Institucional, para lograr
la Formación Integral de los Educandos y alcanzar los fines de la
Educación definidos por la Ley, este consejo adopta y aprueba el Eje
Pedagógico Institucional como parte esencial del componente
académico-pedagógico.
ARTÍCULO 2. TITULO DEL EJE PEDAGÓGICO. El Eje Pedagógico
Institucional “ACTIVO-DESARROLLISTA Y PERSONALIZANTE”, un eje
174
articulador para el mejoramiento en la gestión académico-pedagógica y
en particular, de las prácticas educativas y pedagógicas en el ámbito
institucional.
ARTÌCULO 3. FUNDAMENTACIÓN DEL EJE PEDAGÓGICO. Para iniciar es
necesario precisar el significado de este: En primera instancia,
debemos entenderlo como aquella estructura conceptual que le da
sentido a las prácticas educativas que se desarrollan en la Institución
Educativa, a través de las cuales se refleja la acción educativa de los
Docentes con miras al desarrollo de las competencias básicas,
ciudadanas y laborales de los Estudiantes, y se evidencia el
mejoramiento continuo del proceso de formación. En segunda
instancia, es el elemento que orienta el desarrollo de los procesos de
enseñanza y de aprendizaje, a través de los cuales se expresan y se
evidencian los ideales de formación, lo que lo constituye como el
fundamento del Proyecto Educativo Institucional. En tercera instancia,
desde una dimensión más genérica y abstracta, es necesario
vislumbrarlo como aquel paradigma que nos sirve para entender,
orientar y dirigir la Educación de las nuevas generaciones.
Desde el punto de vista filosófico estará influenciado por las posturas
de JOHN DEWEY basadas en el pragmatismo y en la necesidad de tener
presente en los procesos pedagógicos, la realidad personal del
Estudiante. En este sentido planteamos unas prácticas educativas
orientadas hacia los cambios permanentes, adaptadas a las
necesidades de los Estudiantes y a las circunstancias concretas del
contexto cultural y social en el que se desarrollan. Dicha concepción se
complementa con las orientaciones emanadas del movimiento
personalista fundado por EMMANUEL MOUNIER basado en un
pensamiento cristiano cuyas raíces se encuentran en el evangelio
mismo, que nos conduce a considerar la persona del Estudiante como el
principio, el centro y el protagonista de la práctica pedagógica y
educativa; además, se tendrán siempre presentes los principios
antropológicos que configuran al ser humano, como el de la
singularidad (El desarrollo de cada Estudiante se da de acuerdo con su
capacidad, sus intereses y aficiones y su ritmo de aprendizaje, así como
con las circunstancias familiares y sociales de su historia personal), la
175
autonomía (Los Estudiantes pueden ejercer su libertad de aceptación,
de elección y de iniciativa) y la apertura (El trabajo escolar se
fundamenta en el desarrollo de la capacidad de comunicación entre
Comunidad Educativa, familiar y social).
A partir del criterio epistemológico estará fundamentado en las teorías
del desarrollo cognitivo aportadas por JEAN PIAGET, acogiéndonos a su
postulado de la lógica como la base del pensamiento, el cual nos
permite asociar la inteligencia al conjunto de operaciones lógicas que
va desarrollando el ser humano en las distintas etapas de su desarrollo
evolutivo como individuo, empezando por la percepción en los primeros
años hasta alcanzar la capacidad para el cálculo proporcional en la
edad adulta.
Atendiendo al referente psicopedagógico, se basará en los
fundamentos de la escuela activa de acuerdo a los principios
enunciados por CELESTIN FREINET que orientan hacia una Educación
para el trabajo y para el ejercicio de las libertades individuales en
procura del desarrollo armónico de todas las capacidades del ser
humano y del desarrollo de la capacidad creadora que fomenta la
creatividad y la libre expresión proporcionando al individuo satisfacción
y seguridad. Se trata de una Educación para lo social, donde por medio
de la interacción grupal a la que el Educando pertenece, se le integra
para que participe y contribuya en la modificación social a que aspira.
El desarrollo de la persona se fundamenta en los principios de libertad
y responsabilidad, teniendo presente que la libertad se realiza en el
interior de la persona y se manifiesta en la posibilidad de elección,
toma de iniciativas y decisión entre varias alternativas, asumiendo la
responsabilidad de la propia elección. Esa libertad individual no existe
fuera de un contexto social, y quien actúa al margen de tal realidad, sin
respeto por los demás, no está ejerciendo la libertad, sino el
individualismo.
El quehacer de la comunidad académica se fundamenta en ser, saber y
servir; el ser propio de una persona íntegra, el saber de una persona en
aprendizaje a lo largo de la vida y el servir como expresión cívica y
solidaria de un ser humano que actúa con compromiso social.
SER: Busca consolidar los valores tradicionales, como honestidad,
respeto y responsabilidad que orientan las acciones de los miembros de
176
la comunidad académica; y potencia la calidad humana, la
responsabilidad social y la identidad cultural.
SABER: Busca el desarrollo y dominio del conocimiento y de habilidades
de pensamiento, mediante la aplicación de la lógica y el método de la
ciencia y de la profesión. En el “saber” se conjugan los conocimientos y
las habilidades, que integradas a los valores y a las actitudes propias
del “ser”, permiten el desarrollo de las competencias personales y
profesionales.
SERVIR: Orienta el hacer hacia la solidaridad, el servicio y la
participación efectiva en los procesos sociales al tener en cuenta el
acervo cultural y la vocación económica, política y social del país en el
marco de un mundo interconectado.
De acuerdo a las consideraciones anteriores, nuestro Eje Pedagógico se
sustenta a través de los siguientes elementos:
1. EL CONTEXTO: “Personas construyendo y desarrollando libre y
autónomamente su proyecto de vida”
El Estado Colombiano a través de la Ley General de Educación
concibe la Educación como un proceso de formación permanente,
personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción
integral de la persona humana, de su dignidad, de sus Derechos y de
sus Deberes (Artículo 1).
El Estudiante se convierte en el centro de nuestro sistema
pedagógico y es el actor principal – protagonista de todas las
prácticas educativas que se desarrollan en los diversos espacios y
ambientes de aprendizaje. Todo aprendizaje parte de un acto
reflexivo, dinámico y activo que lleva al Estudiante a desarrollar
habilidades y destrezas investigativas y analíticas que le permiten
madurez de pensamiento y aplicación de lo aprendido. La Educación
se desarrolla en función de los hechos reales – es pragmática e
induce al Estudiante al trabajo y a la actividad permanente que le
permite prepararse para la vida. Los diferentes ambientes para la
enseñanza y el aprendizaje se convierten en espacios para el debate
y la discusión, para la investigación en sencillos laboratorios o
talleres, para la consulta como pequeñas bibliotecas y para
177
testimoniar los valores que evidencian el desarrollo humano:
singularidad, creatividad, originalidad, autonomía, libertad,
apertura y comunicación.
2. LA META: “Hacia la personalización liberadora y el desarrollo del
pensamiento, las habilidades y los valores propios de cada persona”
El Estudiante tiene acceso en cada una de las etapas de su proceso
evolutivo, a un nivel superior de desarrollo intelectual, según sus
propias condiciones biosociales, lo cual le permite ir preparándose y
madurándose para enfrentarse a la vida. Además, a partir de su
propia elección puede lograr una aplicación y proyección real de los
conocimientos adquiridos en cada etapa, y por consiguiente, podrá
poner en práctica el cultivo de las buenas costumbres.
Adicionalmente, teniendo presente la sociedad tecnificada en que
vivimos, la individualización y la socialización evidenciadas en el
trabajo individual y el trabajo en equipo, se constituyen en el tipo
de Educación que ofrecemos por estar más acorde con las
necesidades humanas y las condiciones del hombre – persona que
pretendemos formar integralmente, logrando de esta forma una
sólida conciencia de Convivencia en la escuela, en el hogar, en la
comunidad y en la gran comunidad universal.
3. EL DESARROLLO: “En búsqueda
aprendizaje en cada persona”
del
desarrollo
singular
del
Los Estudiantes ponen en práctica su iniciativa y son responsables
de sí mismos, mientras que los maestros se convierten en asesores
y acompañantes del proceso educativo. Es decir, que en esta
modalidad educativa consideramos al ser humano – Estudiante
como persona activa, con posibilidades personales para explorar,
cambiar y transformar el mundo que lo rodea. Lo anterior implica
crear espacios educativos donde se construye la confianza, el saber
conversar y el saber escuchar, en donde sin miedos ni temores el
Estudiante logra motivarse y decide aprender a ser, a hacer, a
aprender y a convivir. Se asume entonces, que la secuenciación del
178
proceso es progresiva y atiende a estructuras mentales cualitativas
y jerárquicamente diferenciadas, donde los contenidos se organizan
partiendo de lo simple y concreto para llegar a lo complejo y
abstracto.
4. EL MÉTODO: “Propiciando el desarrollo personal a través del trabajo
colaborativo”
El Estudiante es inducido a poner en práctica distintos elementos de
la investigación como la observación y la experimentación, entre
otros, respetando las diferentes etapas de su desarrollo como
individuo. Con las distintas formas de trabajo, el acompañamiento y
la orientación en el aula de clase, se busca proporcionar al individuo
situaciones y experiencias que facilitan el proceso de construcción
del conocimiento, basada en la creación de ambientes y
experiencias de afianzamiento del aprendizaje. Lo anterior, se
refuerza implementando la práctica del trabajo en equipo planeado,
mediante el cual el Estudiante ejercita su libertad con
responsabilidad y aprende haciendo, para convertirse en el
protagonista de la mediación pedagógica. El Educador diseña un
proyecto pedagógico anual de área y de aula que contempla los
logros, competencias y conocimientos que deben alcanzarse en cada
grado, y partiendo de este, elabora guías de trabajo por núcleos
temáticos, que se desarrollan en varias etapas:
a) CONTEXTUALIZACIÓN: trabajo individual, trabajo grupal y
socialización de lo aprendido a través de diversas técnicas o
modalidades. La actividad y creatividad permanentes facilitan el
aprender a aprehender, el aprender a hacer, que no se presente
la pasividad, que el Estudiante este ocupado y motivado, la
puesta en marcha de las propuestas de los Estudiantes, que se
estimule la variedad al interior del aula de clase y el ingenio de
los Estudiantes, que se combata la rutina y que se respete la
creatividad, el ritmo de aprendizaje, el estilo de aprendizaje y la
diferencia en cada persona.
179
b) ACCIONES METODOLÓGICAS: Fomentar el diálogo, propiciar la
participación democrática, la toma de decisiones, el trabajo en
equipo y la búsqueda de la verdad en forma participativa; hacer
uso de la tecnología educativa para ayudar en la orientación y
desenvolvimiento del proceso de humanizar y personalizar la
Educación; y fomentar desde las distintas disciplinas del
conocimiento una cultura centrada en los valores, que unifique
las mentalidades científicas, técnicas y humanísticas que se dan
en el Establecimiento Educativo y en la sociedad en general;
entre otras.
5. EL CONOCIMIENTO: “Hacia una sólida formación de la inteligencia y
la consolidación de un proyecto de vida”
En el ejercicio de la práctica pedagógica, el contenido se enfoca y se
orienta basado en: La práctica social y cultural, la cual implica
diálogo entre disciplinas, crítica, problematización y reflexión sobre
el conocimiento y los contextos de actuación; los intereses y
necesidades, de acuerdo con la edad de desarrollo del individuo; la
articulación de lo que se enseña con lo que el Educando conoce y el
contexto en el cual se desenvuelve; y experiencias que facilitan el
acceso a estructuras superiores de desarrollo. A partir de lo
propuesto por el Ministerio de Educación Nacional a través de los
lineamientos y los estándares curriculares, además, del desarrollo
de diversos proyectos cuyas temáticas se transversalizan sobre las
distintas áreas, se busca potencializar y cultivar todas las
dimensiones del ser humano: Corporal, intelectual, espiritual,
emocional, social, volitiva, entre otras. A través del conocimiento se
busca reforzar las actitudes positivas en los Estudiantes, y por
medio de estas dar testimonio de los valores puestos al servicio de
los demás. Los contenidos son el instrumento mediante el cual los
Estudiantes van adquiriendo, potencializando y poniendo en
práctica las competencias que evidencian su desarrollo como
persona: Cognitivas, comunitarias, laborales, ciudadanas, éticas,
religiosas, ambientales, entre otras; que a su vez les permite
180
adentrarse en la formulación y desarrollo de sus proyectos de vida,
al igual que la promoción de su pensamiento y su desempeño.
6. LA CLASE: “Acompañando y orientando el proceso formativo de la
persona”
Debe entenderse como el conjunto de actividades que se
desarrollan en ambientes de aprendizaje específicos, con el
propósito de alcanzar un aprendizaje significativo y de impulsar una
serie de actitudes que contribuyan al mejoramiento de la
personalidad en cada Estudiante. Por tal motivo, una clase puede
corresponder a una o más sesiones de trabajo, planificadas con
anticipación por parte de cada Docente. En consideración a lo
anterior, las clases en la Institución deben desarrollarse respetando
diferentes momentos, así:
a) PRIMER MOMENTO: Motivar a los Estudiantes para la acción. Es
un intervalo corto de tiempo que debe utilizar el Educador para
saludar a los Estudiantes, para percatarse a cerca de los
Estudiantes presentes y de los ausentes, para invitar a la
reflexión y/o oración si es del caso, para expresar su propia
motivación y buen humor, y para establecer las condiciones en
torno a la disciplina y la Convivencia durante el desarrollo de las
distintas actividades.
b) SEGUNDO MOMENTO: Indagación de saberes previos por parte
de los Estudiantes. Es un intervalo de tiempo que debe utilizar el
Educador para describir el número de la sesión, la fecha, el
núcleo temático, el objetivo o logro esperado, la metodología y la
Evaluación, entre otros elementos básicos para el desarrollo de
la clase. En este momento el Educador debe apoyarse en una
serie de preguntas claves a cerca de la temática que se va a
trabajar, la cual debe despertar el interés en los Estudiantes e
inducirlos de esta forma a la participación activa y al
reconocimiento de la importancia del conocimiento que se
pretende abordar y su contribución en términos de su Formación
181
Integral. Puede realizarse a través de plenaria o de trabajo
individual o grupal debidamente socializado por parte de los
Estudiantes y valorado por parte del Docente.
c) TERCER MOMENTO: Explicación dirigida por el Educador. Es un
espacio de tiempo en el cual el Docente demuestra a sus
Estudiantes el dominio de la temática que se pretende abordar.
Es el discurso pedagógico puesto al servicio de los Estudiantes,
el cual les permitirá entender y comprender los conceptos, las
actitudes y los procedimientos básicos para alcanzar el logro
esperado y el correspondiente aprendizaje significativo. Es el
momento para que el Docente demuestre su capacidad para
utilizar los medios didácticos y los recursos que tiene a su
alcance para el normal desarrollo del proceso de enseñanza.
d) CUARTO MOMENTO: Aplicación de conceptos y procedimientos
por parte de los Estudiantes. Es un intervalo de tiempo durante
el cual los Estudiantes desarrollan diferentes actividades de
forma individual y/o grupal, con el acompañamiento permanente
del Educador, el cual estará atento para detectar dificultades y
ofrecer nuevas explicaciones individuales o a pequeños grupos
de trabajo. En este momento se evidencia el mejor repertorio del
Docente, en términos de estrategias metodológicas, al igual que
el uso adecuado de los recursos didácticos disponibles en cada
ambiente de aprendizaje. Es el espacio para corregir las
actitudes negativas, afianzar las positivas y valorar el esfuerzo
por parte de cada Estudiante. Debe aprovecharse este momento
para impulsar la consulta, la investigación y el desarrollo de
tareas adicionales que sirvan para el refuerzo o la
profundización, de acuerdo a las particularidades de cada
Estudiante. Finalmente, es necesario recalcar en cuanto al
respeto frente al ritmo y el estilo de aprendizaje puestos en
evidencia en este proceso de aprendizaje.
e) QUINTO MOMENTO: Constatación del alcance de los logros por
parte de los Estudiantes. Es el tiempo utilizado para la
182
retroalimentación y lo más importante, para llevar a la práctica
los procesos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación
referidos a la enseñanza y al aprendizaje. En este momento, el
Educador demuestra su capacidad para utilizar diferentes
instrumentos de Evaluación que le permiten valorar y medir el
alcance de los logros respetando las diferencias individuales de
cada Estudiante. Para constatar la adquisición de conocimientos
específicos, el Docente debe aplicar periódicamente pruebas que
correspondan a los modelos de las evaluaciones externas que se
aplican a los Estudiantes colombianos, nos referimos
concretamente a las pruebas ICFES SABER. En términos
generales, el Docente aplica técnicas de Evaluación referidas a
pruebas orales, escritas y/o de actuación o demostración que
induzcan a los Estudiantes a desarrollar habilidades para aplicar
los conocimientos adquiridos en la vida cotidiana.
7. LA EVALUACIÓN: “Impulsando el auto-mejoramiento del ser
humano mediante la práctica de la autoevaluación, la coevaluación
y la heteroevaluación”
La Evaluación se concibe como continua, integral, sistemática,
flexible, interpretativa, participativa, cualitativa, cuantitativa,
generadora de transformaciones a partir de la valoración y el
acompañamiento permanente a los Estudiantes durante el proceso
educativo; de tal suerte que, los propósitos de la Evaluación que
subyacen al interior de las prácticas educativas se orientan a
evidenciar los logros y las limitaciones de los Educandos como base
para su auto-mejoramiento, propiciar la autoevaluación y la
coevaluación por parte de los actores, hacer un seguimiento al
desarrollo de los procesos y las aplicaciones realizadas por el
Educando y el Educador, y valorar al ser humano desde su interior y
desde sus relaciones con la sociedad.
El propósito fundamental de la Evaluación desde su rol formativo, la
convierte en el pilar básico de retroinformación durante el proceso
de enseñanza – aprendizaje, porque entrega información tanto al
Docente como al Estudiante sobre los progresos alcanzados, las
183
deficiencias observadas, para devolverle un tratamiento específico a
través de planes de ayuda para el Estudiante, con miras a alcanzar
los logros esperados; de allí se
infiere la importancia de la
autoevaluación y la coevaluación, en aras a la auto-revisión de los
procesos y los correctivos que el establecimiento traza en un plan
de mejoramiento.
La Evaluación es mirada como proceso y como sistema, y desde esta
perspectiva, la intencionalidad es la de rescatar al Educando como
el centro del proceso educativo, induciéndolo a participar
activamente en su propia Formación Integral. Por tal motivo, el
Sistema Institucional de Evaluación señala los diferentes
instrumentos, técnicas, estrategias, mecanismos y medios para
llevar a cabo este proceso, rescatando y respetando su carácter
integral. En consideración a lo anterior, este proceso se ejecuta
mediante el uso de pruebas de comprensión, análisis, discusión
crítica, portafolio y en general, de apropiación de conceptos, y
mediante apreciaciones cualitativas hechas como resultado de
observación, diálogo o entrevista abierta y formuladas con la
participación del propio Estudiante, un Educador o un grupo de
ellos. La autoevaluación con base en los objetivos propuestos,
determina la mirada del Estudiante sobre los resultados de su
propio aprendizaje, haciéndolo consciente de sí mismo como
persona y miembro de una comunidad, de sus posibilidades y
limitaciones, de sus logros en relación con sus fortalezas, de sus
valores traducidos en normas de comportamiento, entre otros
aspectos.
8. LAS MEDIACIONES: “Recursos humanos, didácticos, tecnológicos y
del entorno, favoreciendo el desarrollo integral de la persona”
Los medios y/o recursos utilizados en el desarrollo de los procesos
de enseñanza y de aprendizaje se dimensionan no sólo como
materiales, sino también como formas de trabajo asociadas a los
diferentes ambientes de aprendizaje. En este sentido, se acude a:
Materiales, situaciones y sucesos del entorno que conforman la vida
cotidiana del Educando, las tecnologías y los medios de la
184
información y la comunicación, las formas o también procesos y
estrategias que acercan los objetos de estudio a las necesidades de
desarrollo de los Educandos, y la experiencia del debate y el análisis
de problemas. A través del juego, de la observación, de la
manipulación de objetos, de la experimentación, de la
retroalimentación, del ensayo-error, entre otros, se busca una
permanente revitalización del aprendizaje.
En esta modalidad educativa se orientan como medios para usar de
forma creativa, la propia planificación de la enseñanza reflejada en
el macro y el micro diseño curricular (Proyectos pedagógicos de
área y de aula), las diferencias individuales de los Estudiantes que
se evidencian en la variedad de talentos humanos y la misma
actitud de los actores de la enseñanza y del aprendizaje,
permitiendo que los Estudiantes aprendan más rápido, retengan el
conocimiento aprendido y ejecuten de forma efectiva las
competencias, habilidades y destrezas que se deben formar en ellos.
9. LA RELACIÓN EDUCANDO-EDUCADOR: “Personas que se convierten
en líderes transformacionales”
En esta relación, el maestro se compromete en su rol de mediador y
el Educando se apropia de los elementos y las características que lo
convierten en un líder transformacional.
El maestro es un facilitador que contribuye al desarrollo de
capacidades de los Estudiantes para pensar, idear, crear y
reflexionar, es un auxiliar que facilita la expresión, la originalidad y
la espontaneidad del Estudiante, y guía al Estudiante hacia el logro
de un objetivo instruccional, haciendo el papel de intermediario.
Además, asume el papel de estimulador de la individualidad en la
persona del Educando, mostrándose activo, creador, investigador,
experimentador, flexible, espontáneo y orientador. De otra parte, el
Educador es un ser en quien se combinan las dimensiones humana y
profesional para orientar la Formación Integral del Estudiante. Es un
facilitador del aprendizaje, planea las actividades académicas y el
trabajo independiente y diseña ambientes de aprendizaje con
buenas prácticas educativas en las que prevalece la actividad
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intelectual de la persona que se forma. Como ser humano genera
confianza y está abierto al cambio, disfruta comunicar y
comunicarse, es crítico y reconoce sus límites, tiene vocación de
servicio, es respetuoso consigo mismo, con los demás y con el
entorno ambiental; por lo tanto, está dispuesto a aprender con
otros, a construir en equipo y a crecer juntos.
El Educando por su parte, asume el papel de sujeto activo y
constructor del conocimiento, de individuo creativo, reflexivo y con
intereses cognoscitivos propios, y de persona Implicada y
comprometida en su proceso de Formación Integral; lo cual le
implica adaptarse al ambiente escolar a través de la participación, la
socialización, la integración y la Convivencia pacífica y constructiva.
ARTÍCULO 4. VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de
su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
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Dado en Caldas, a los 28 días del mes de noviembre de 2011
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