1 CONVOCATORIA PARA CONFECCIÓN DE LISTA DE RESERVA
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1 CONVOCATORIA PARA CONFECCIÓN DE LISTA DE RESERVA
1 CONVOCATORIA PARA CONFECCIÓN DE LISTA DE RESERVA (BOLSA DE TRABAJO) PARA DESEMPEÑO TEMPORAL DE SERVICIOS COMO TRABAJADOR/A SOCIAL Y EDUCADOR/A DE MENORES EN EL AREA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES. BASES (Aprobadas por la Junta de Gobierno de 7 de enero de 2014). PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.- Es objeto de la presente Convocatoria la confección de un listado de reserva para el desempeño temporal de servicios en los puestos de TRABAJADOR/A SOCIAL y de EDUCADOR/A DE MENORES, dentro del Area de Asuntos Sociales y Deportes, a fin de que puedan ser contratados o nombrados temporalmente, según necesidades. 2.- Se utilizará el listado resultante de este proceso de selección para el desempeño temporal de las funciones propias de los citados puestos en vacantes o para cubrir necesidades que pudieran surgir en funciones relacionadas. SEGUNDA.- FUNCIONES DE LOS PUESTOS DE TRABAJO, JORNADA DE TRABAJO Y RETRIBUCIONES: 1.- FUNCIONES: a) El/la aspirante o aspirantes que resulten contratados o nombrados temporalmente para desempeño de servicios como TRABAJADOR/A SOCIAL, realizarán las funciones y cometidos que a continuación se indican, relacionadas con los puestos de Trabajador/a Social de CEAAS, Trabajador/a Social de Centros Residenciales, o Trabajador/a Social - Técnico/a de Dependencia/discapacidad: o Realiza valoraciones e intervenciones (individuales, familiares y grupales) de primer y segundo nivel (segunda valoración, diseño y desarrollo de los Planes de Intervención Individual, ejecución de la intervención cuando proceda, seguimiento y gestión) relacionadas con su área de competencia. o Realiza tareas de valoración de personas en situación de dependencia y/o discapacidad, así como de orientación, asesoramiento tanto a usuarios/ residentes, familiares, profesionales, etc. o Se coordina con los recursos internos y externos e instituciones que sea necesario para proporcionar una atención integral y de calidad tanto a usuarios como a residentes. 2 o Registra todas las individuales/familiares correspondiente. intervenciones en SAUSS de los expedientes o en la aplicación de casos informática o Se coordina con otros dispositivos para continuidad de actuaciones rehabilitadoras, asistenciales o de promoción de la autonomía. o Realiza Orientaciones básicas en cuestiones relacionadas con accesibilidad y prevención de accidentes y productos de apoyo para la promoción de la autonomía. o Colabora con el resto de profesionales del centro en la integración y participación de los usuarios/residentes, en la organización económica que los afecta y en la relación con sus familias. o Cualquier otras funciones análogas y complementarias relacionadas con el área de sus competencia. b) El/la aspirante o aspirantes que resulten contratados o nombrados temporalmente para desempeño de servicios como EDUCADOR/A DE MENORES, realizarán las funciones y cometidos que a continuación se indican, relacionadas con los puestos de Educador/a de Menores de la Residencia Juvenil Juan Pablo II o de la Unidad de Intervención Educativa: • Participa en el Equipo Interdisciplinar del Centro/ Unidad. • Comparte con el resto de la plantilla, la responsabilidad de proporcionar a los menores una atención integral de calidad, que garantice el respeto de sus derechos en un ambiente confortable y adecuado a sus necesidades. • Participa en las distintas actuaciones educativas y formativas en todas sus fases, desarrollando las actividades correspondientes (entrenamiento en AVD, actividades educativas, lúdicas,…) orientando, apoyando y supervisando a los menores en el desarrollo de las mismas y promoviendo su continuidad. • Participa en las distintas actuaciones necesarias para el cumplimiento de las medidas impuestas por el juez a los/las menores infractores/as, elaborando programas individuales, y realizan-do su gestión, seguimiento y evaluación. Orienta, apoya y supervisa a los/las menores en el desarrollo de las mismas, así como en el proceso de reinserción una vez cumplida la medida judicial. • Fomenta la participación de los menores, el buen uso y la utilización de los materiales empleados y otras tareas encomendadas para el buen funcionamiento de las distintas actuaciones educativas. 3 • Participa en la programación, ejecución y seguimiento de otras medidas y actuaciones administrativas establecidas para menores no incluidos en el ámbito de la aplicación de la L.O. 5/2000, en los supuestos de desistimiento de la incoación del expediente o sobreseimiento de las actuaciones, o cuando se trate de menores de 14 años. Realiza la valoración de la situación personal, familiar y social del menor y propones las actuaciones más pertinentes en cada caso. • Facilita la asistencia socio-educativa al menor para posibilitar su integración normalizada en la sociedad. • Presta apoyo técnico y emocional para atender las necesidades de los/las menores y sus familias. • Participa en la planificación, difusión y ejecución de actuaciones educativas y de ocio y tiempo libre. • Colabora en la atención de las necesidades de los menores en su relación con las familias y con el Centro. • Realiza labores de acompañamiento de los menores, en lo que respecta a sus competencias. • Participa en la elaboración, seguimiento y ejecución de los Planes de Intervención Individual y en las actuaciones establecidas en dichos planes que tengan relación con su área de competencia. • Participa en la elaboración de los protocolos, procedimientos, e informes relacionados con el área de su competencia. • Se coordina con los y las profesionales correspondientes al área de su competencia. • Colabora en la evaluación del Proyecto Educativo y del Plan Anual del centro/unidad, elaborando propuestas de mejora. • Realiza cualesquiera otras funciones análogas que pudieran establecerse por sus responsables directos. 2.- JORNADA DE TRABAJO.- Los aspirantes que resulten contratados o nombrados temporalmente para estos puestos podrán prestar servicios a jornada completa que será la que se fije con carácter general para las Administraciones Públicas (actualmente 37 horas y 30 minutos semanales), o a tiempo parcial, según las necesidades que surjan, bien sea, en jornada continua o jornada partida, y conforme a la distribución horaria vigente en el centro donde preste sus servicios. 4 3.- RETRIBUCIONES.- Los aspirantes que resulten contratados o nombrados temporalmente para estos puestos percibirán por la prestación de sus servicios las retribuciones básicas asignadas a los funcionarios del Subgrupo A2 de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para los respectivos puestos de trabajo. En el caso de que los servicios sean prestados a tiempo parcial, las mencionadas retribuciones se percibirán en la parte proporcional correspondiente a la jornada de trabajo realizada. TERCERA.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES: Para ser admitidos a la Convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: a) Tener cumplidos los 18 años de edad. b) Titulación exigida: - Para los aspirantes a los puestos de Trabajador/a Social.- Estar en posesión del Título de Diplomado/a Universitario/a o Grado en Trabajo Social. - Para los aspirantes a los puestos de Educador/a de Menores.- Estar en posesión del Título de Diplomado/a Universitario/a o Grado en Educación Social o en Magisterio. En el caso de invocar un título equivalente al exigido o titulación obtenida en el Extranjero, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia, expedido por el Órgano competente en materia de Educación. Dicha equivalencia deberá referirse, tanto al rango del Título como a su Especialidad correspondiente. c) Estar en posesión del permiso de Conducir B y tener a su disposición un vehículo, ya que el desarrollo del trabajo puede implicar la realización de desplazamientos a los Municipios de la Provincia de Segovia de la Zona donde presten sus servicios. d) Poseer la capacidad funcional correspondiente a las funciones a desarrollar. CUARTA.- COMISIÓN DE SELECCIÓN. 1.- La selección se efectuará por una Comisión de Selección que estará integrada de la siguiente manera: - Presidenta.- La Jefa del Servicio de Acción Social. - Vocales.- Tres funcionarios/as de carrera designados por la Presidencia de la Corporación. 5 - Vocal – Secretario.- El Jefe del Servicio de Personal y Régimen Interior. 2.- Podrán designarse suplentes en sustitución de los miembros titulares de cada Comisión. 3.- Asimismo, si se estimare oportuno o conveniente podrá designarse uno o varios Asesores Especialistas para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, la Comisión de Selección podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos de la Comisión durante la totalidad o parte del proceso selectivo. 4.- La Comisión de Selección no podrá constituirse, sin la asistencia de, al menos la mitad de sus integrantes, y estarán facultadas para resolver todas las cuestiones que pudieran suscitarse y adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto en las Bases. QUINTA.- DESARROLLO DE LA SELECCIÓN. 1.- Tanto para los aspirantes a los puestos de Trabajador/a Social como a los de Educador/a de Menores, la selección consistirá en la realización de los siguientes dos ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para los aspirantes: Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por la Comisión de Selección, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, relacionadas con las funciones a desempeñar en el respectivo puesto de trabajo, que aparecen reflejadas en la Base Segunda, punto primero de esta Convocatoria. La Comisión de Selección, podrá proponer además, hasta un máximo de cuatro preguntas adicionales de reserva en previsión de posibles anulaciones. El primer ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, efectuándose la calificación de la siguiente manera: a) A cada pregunta correctamente contestada se le asignará un valor inicial positivo de 0,25. A cada pregunta incorrectamente contestada se le asignará un valor inicial negativo de - 0,10. A cada pregunta dejada sin contestar se le asignará un valor inicial de 0,00. b) Una vez calificadas las preguntas de todos los aspirantes, se sumarán los valores iniciales positivos de las preguntas correctamente contestadas y se restarán los valores iniciales negativos de las preguntas incorrectamente contestadas, siendo el resultado el valor inicial de referencia de cada aspirante. 6 c) A continuación, y en función del número de aspirantes que la Comisión de Selección considere que deben superar el primer ejercicio, y con anterioridad a la identificación de los aspirantes, por la Comisión de Selección se establecerá la cuantía del valor inicial de referencia que se considera mínima para la superación del ejercicio. d) Los ejercicios cuyo valor inicial de referencia coincida exactamente con el valor mínimo asignado por la Comisión de Selección serán calificados con 5 puntos. Para los restantes ejercicios la puntuación a otorgar se determinará de forma proporcional y escalonada, en base al valor inicial de referencia. e) Serán eliminados los aspirantes que, una vez aplicados los criterios establecidos en los párrafos anteriores, no alcancen el mínimo de 5 puntos. En la calificación del primer ejercicio se garantizará el anonimato de los aspirantes. Segundo ejercicio.Consistirá en la realización de una prueba oral de aptitud profesional, en la que la Comisión de Selección formulará a los/las aspirantes preguntas teórico – prácticas, relacionadas con las funciones a desempeñar en el respectivo puesto de trabajo, que aparecen reflejadas en la Base Segunda, punto primero de esta Convocatoria. El segundo ejercicio será realizado exclusivamente por los aspirantes que hayan superado el primero. El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. -------------2.- La relación de aspirantes admitidos y excluidos, así como la fecha, hora y lugar de comienzo del primer ejercicio será publicada en el Tablón de Edictos y en la Página Web de la Diputación de Segovia www.dipsegovia.es con al menos cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha de celebración del mismo. SEXTA.- CALIFICACIÓN TOTAL Y DEFINITIVA DE LOS ASPIRANTES. Dicha calificación vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios, por los aspirantes que hayan superado ambos. SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 7 1.- Las instancias para optar a esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará por el Servicio de Personal de la Secretaría General de la Corporación, haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera. 2.- Dichas solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación o mediante cualquiera de las formas alternativas previstas en el 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, dentro del plazo de DIEZ DÍAS NATURALES, a contar desde el día siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia. OCTAVA.- RELACIÓN DE ASPIRANTES. La Comisión de Selección elaborará la correspondiente relación nominal de aspirantes y la elevará a la Presidencia de la Corporación a efectos de que sean contratados o nombrados temporalmente por estricto orden de puntuación total conforme surjan las necesidades del Servicio, siendo de aplicación al efecto las normas y criterios vigentes sobre utilización de listas de reserva en esta Diputación. NOVENA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. 1.- Los aspirantes que resulten contratados o nombrados temporalmente, deberán presentar con carácter previo a la formalización del contrato o nombramiento, la siguiente documentación, acompañando los correspondientes originales para su cotejo: a) Fotocopia del título exigido. b) Fotocopia del Permiso de Conducir B y del Permiso de Circulación del Vehículo que vayan a utilizar en sus desplazamientos por necesidades del Servicio. c) Fotocopia del documento de afiliación a la Seguridad Social, en su caso, en la que aparezca el aspirante como titular. d) Fotocopia del D.N.I. e) Declaración jurada de no desempeñar ningún otro puesto o actividad incompatible. f) Número de cuenta bancaria para el ingreso de la nómina. DECIMA.- PERÍODO DE PRUEBA. Los aspirantes que en su momento resulten contratados o nombrados temporalmente quedarán sometidos a un período de prueba de un mes. Segovia, 7 de enero de 2014. LA SECRETARIA GENERAL, Mª Lourdes Merino Ibáñez