DAG-Adv.-2016-1773 Advertencia Ministro

Transcripción

DAG-Adv.-2016-1773 Advertencia Ministro
Refiérase al oficio: DAG-Adv.-2016-1773
19 de mayo de 2016
ADVERTENCIA URGENTE
Ingeniero
Carlos Villalta Villegas
Ministro
Su Despacho
Estimado señor Ministro:
ASUNTO: En relación con los accesos del Proyecto “Ferretería EPA Plaza Expresso” ubicado en Desamparados, en la Ruta Nacional
No. 209.
El Artículo 22, inciso d), de la Ley General de Control Interno del 31
julio de 2002, establece como parte de las competencias de las
auditorías internas “Asesorar en materia de su competencia, al
jerarca del cual depende; además de advertir a los órganos pasivos
que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas
conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento”, por lo
que en atención a tal atribución y de una denuncia, en la localidad
de San Rafael Arriba de Desamparados, San José, sobre la Ruta
Nacional No. 209, específicamente sobre el acceso vial para el
proyecto “Ferretería EPA-Plaza Expresso”, esta Auditoría General
encontró los siguientes hechos de la investigación realizada:
1. Mediante oficio No. DVP 23-13-0291, de fecha 13 de agosto de
2013, de parte de la Dirección de Diseño de Vías y Puentes de
la Gerencia de Contratación de Vías y Puentes del CONAVI, se
aprueba la estructura de pavimento del Proyecto “Acceso a
EPA, Desamparados, Ruta Nacional No. 209”, en atención del
informe No.GEOP-PAV-004-2013 de fecha 01 de agosto de
2013. Adicionalmente este oficio menciona, que en definitiva la
aprobación del acceso es competencia de la Dirección
General de Ingeniería de Tránsito del MOPT.
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Fax: 2222-8310
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2. Mediante oficio No. DGIT-ED-5765-2014 de fecha 20 de agosto
de 2014, de parte de la Unidad de Permisos de la Dirección de
Ingeniería de Tránsito, el proyecto presentado se rechaza y se
solicita correcciones al diseño funcional y geométrico del
proyecto. Es importante mencionar que la propuesta de diseño
geométrico presentada en el EIV (Estudio de Impacto Vial) no
contempla un paso a desnivel.
3. Mediante oficio No. DGIT-ED-6824-2014, de fecha 29 de octubre
de 2014, la Unidad de Permisos de la DGIT, aprueba el EIV, que
tal y como se mencionó antes no contempla el paso a desnivel.
Sin embargo, mantiene pendiente la autorización del diseño
del acceso a ruta nacional hasta que se completen los
requisitos pendientes y se tomen las consideraciones técnicas
mencionadas en dicho oficio.
4. Mediante oficio No. DGIT-ED-0446-2015, de fecha 5 de febrero
de 2015, la Unidad de Permisos, deniega la autorización del
acceso nuevamente y solicita correcciones al diseño. Sin
embargo; en esta nueva propuesta ya se incluye el paso a
desnivel.
5. Finalmente mediante el oficio No. DGIT-ED-1925-2015, de fecha
30 de abril de 2015, la Unidad de Permisos de la Dirección
General de Ingeniería de Tránsito, autoriza el diseño del acceso,
donde indica que el mismo contará con un paso a desnivel de
salida para vehículos livianos. Adicionalmente, se indica en el
oficio que durante la construcción se tiene que coordinar con
el ingeniero de zona del Consejo Nacional de Vialidad las
respectivas inspecciones en el sitio de construcción. Este oficio
fue remitido y recibido el día 7 de mayo de 2015, en la
Gerencia de Conservación de Vías y Puentes y en la Dirección
de Ingeniería del CONAVI.
6. Mediante oficio No. DGIT-ED-1965-2015, de fecha 06 de mayo
de 2015, la Unidad de Permisos realiza una aclaración al oficio
No. DGIT-ED-1965-2015, donde indica que previo al visado de
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planos por parte del Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos y previo a que la Municipalidad de Desamparados
otorgue el correspondiente permiso de construcción para el
proyecto, debe ser revisado y aprobado por parte de la
Gerencia de Contratación de Vías y Puentes del CONAVI el
diseño hidráulico, estructural, geotécnico, o de cualquier otra
índole fuera de las competencias de la Dirección General de
Ingeniería de Tránsito, que deban realizarse en el derecho de
vía de la Ruta Nacional No.209.
7. Mediante oficio No. DVP-05-16-0253, de fecha 15 de abril de
2016, dirigido a la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes
del CONAVI, la Dirección de Diseño de Vías y Puentes del
CONAVI aclara que la autorización de la estructura de
pavimentos para las ampliaciones a construirse en la Ruta
No. 209 (oficio No. DVP-23-13-0291) no incluía rampas de
acceso a desnivel, ya que éstas no fueron presentadas en su
momento por el desarrollador, lo que implica que las premisas
con las que se realizó la aprobación no se ajustan a la realidad.
Además, indica que esa Gerencia desconoce el diseño
geométrico aprobado para este proyecto y que en ningún
momento tuvo relación con el análisis y aprobación de los
componentes estructurales (paso a desnivel, puentes
peatonales, mejoras al puente sobre el Río Jorco, entre otros).
Por lo que recomiendan, solicitar al desarrollador los planos
constructivos y toda la documentación relacionada con las
obras a construir. Dicho oficio fue remitido y recibido en la
Dirección de Ingeniería Tránsito del MOPT, el día 18 de abril de
2016. Sin embargo, tal y como se mencionó anteriormente,
tanto la Dirección de Diseño de Vías y Puentes del CONAVI,
como la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes del
CONAVI, estaban enterados de que el acceso incluía un paso
a desnivel, desde abril de 2015, fecha en la que la DGIT le
remitió copia de la aprobación de dicho acceso.
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8. Esta Auditoría General realizó una visita al sitio, el día 16 de
mayo de 2016, para verificar la existencia del paso a desnivel
(ver fotografía No.1), donde efectivamente se observa dicha
obra.
9. Se observó que de la lista de requisitos para obtener
autorización de diseño de acceso vehicular a la Red Nacional
en tramos y carreteras que no son definidas como accesos
restringidos, se solicita el número de oficio del visto bueno del
diseño del pavimento, otorgado por el CONAVI. Es decir, que
no se incluyen los vistos buenos por parte del CONAVI, para
otras obras estructurales, tales como pasos a desnivel.
Fotografía No1: Acceso con paso a desnivel.
Por todos los hechos anteriormente expuestos, se evidencia que
actualmente no existe la aprobación o visto bueno por parte del
MOPT o el CONAVI, de las obras estructurales (incluyendo hidráulicas
y geotécnicas) del paso a desnivel, que se está construyendo en el
acceso al centro comercial, el cual se tiene conocimiento de que
pronto entrará en funcionamiento una vez que la Municipalidad dé
el visto bueno de todas las obras. No obstante, se nos informó por
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parte del Encargado de otorgar permisos de control urbano de ese
Municipio, que no han revisado que el proyecto cuente con los vistos
buenos que corresponden al CONAVI, solamente los de la Dirección
General de Ingeniería de Tránsito. Así entendemos que
correspondería al CONAVI no recibir las obras hasta que no se
verifiquen los vistos buenos de las obras estructurales, hidráulicas y
geotécnicas del paso a desnivel, no obstante no está dentro de
nuestras competencias recomendarlo.
Cabe mencionar que este paso a desnivel afecta directamente un
sector de la Ruta Nacional No. 209 y que una vez terminado el
proyecto, todos los trabajos ejecutados y recibidos por parte de la
Administración, sobre la Ruta Nacional formarán parte de los activos
del Ministerio, donde el mantenimiento y mejoramiento de las obras
de acceso sobre la Ruta Nacional, serán responsabilidad del
Ministerio; tal como lo establece el Artículo 2 de la Ley No. 5060: “Ley
General de Caminos Públicos”.
Adicionalmente, de la investigación realizada se determinó, que en
apariencia no existe un ente que unifique y verifique que todos los
vistos buenos o aprobaciones que corresponden a un acceso de
esta índole (donde la Ruta Nacional No. 209 no es de acceso
restringido), estén al día y en concordancia con las obras, para
otorgar el permiso de construcción final.
Por lo que esta Auditoría, recomienda que se instruya a todos los
entes competentes para que se involucren en la coordinación y
atención de este caso específico según las competencias y además,
para atender situaciones futuras similares.
Se adjunta varios documentos donde se incluye la siguiente
información:

Copia del oficio No. DVP 23-13-0291, de fecha 13 de agosto de 2013, de
parte de la Dirección de Diseño de Vías y Puentes de la Gerencia de
Contratación de Vías y Puentes del CONAVI.
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
Copia del oficio No. DGIT-ED-5765-2014 de fecha 20 de agosto de 2014, de
parte de la Unidad de Permisos de la Dirección de Ingeniería de Tránsito
(DGIT).
• Copia del oficio No. DGIT-ED-6824-2014, de fecha 29 de octubre de 2014,
de la Unidad de Permisos de la DGIT.

Copia del oficio No. DGIT-ED-0446-2015, de fecha 5 de febrero de 2015, de
la Unidad de Permisos de la DGIT.

Copia del oficio No. DGIT-ED-1925-2015, de fecha 30 de abril de 2015, de la
Unidad de Permisos del DGIT.

Copia del oficio No. DGIT-ED-1965-2015, de fecha 6 de mayo de 2015, de la
Unidad de Permisos de la DGIT.

Copia del oficio No. DVP-05-16-0253, de fecha 15 de abril de 2016, dirigido
a la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes del CONAVI, la Dirección
de Diseño de Vías y Puentes del CONAVI.

Copia de los requisitos para obtener autorización de diseño de acceso
vehicular a la Red Nacional en tramos y carreteras que no son definidas
como accesos restringidos.
Le agradeceré informar las acciones que se decidan al respecto, en
el plazo de cinco días de conformidad con el inciso b) artículo 33,
Ley General de Control Interno No. 8292.
Respetuosamente,
Licda. Irma Gómez Vargas
AUDITORA GENERAL
Ci: Ing. Guiselle Alfaro Bogantes, Viceministra de Infraestructura y Concesiones
Ing. Germán Valverde González, Director Ejecutivo del CONAVI
Ing. Junior Araya Villalobos, Director General de Ingeniería de Tránsito
Ing. Cindy Hernández Cordero, Subdirectora de Ingeniería de Tránsito
Arq. Gustavo Zeledón Céspedes, Unidad de Control Urbano, Municipalidad de
Desamparados
Archivo / Copiador
KQD/TMC
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