SG-SST - Proensalud

Transcripción

SG-SST - Proensalud
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO SG-SST
PROENSALUD
PROFESIONALES EN SALUD SINDICATO DE GREMIO
Asesorado por
SANDRA E. ORTIZ SALAZAR
ASESOR EN PREVENCIÓN POR PROYECTOS
COLMENA,Vida y Riesgos Laborales
REVISADO POR:
ANDREA MARÍA SUAZA TORRES
Coordinadora Salud Ocupacional
Con licencia N°096452
MEDELLÍN
Enero de 2014
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
1. DEFINICIONES
2.
GENERALIDADES DE LA EMPRESA
2.1 Identificación
2.2 Actividad económica
2.3 Número de Sedes y Ubicación
2.4 Horario de Trabajo
2.5 Número de trabajadores
2.6 Principales Materiales, Maquinaria y Herramientas Utilizadas
3.
ORGANIZACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL
3.1 Marco conceptual
3.2 Marco legal
3.3 Objetivos del programa de salud ocupacional
3.4 Liderazgo y administración (organigrama, responsable, política, funciones)
3.4.1
Organigrama
3.4.2
Política de Salud Ocupacional
3.4.3
Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
3.4.4
Roles y Responsabilidades
3.4.5
Recursos
3.4.5.1 Recurso Humano
3.4.5.2 Recursos Físicos
3.4.5.3 Recursos Económicos
4.
4.1
SUBPROGRAMAS A DESARROLLAR
Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo
4.1.1
Definición y objetivos
4.1.2
Seguimiento médico al trabajador (Exámenes de ingreso, periódicos y retiro)
4.1.3 Programa de inmunizaciones
4.1.4 Programa de ausentismo
4.1.5
Sistemas de Vigilancia Epidemiológica
4.1.6
Programa para la prevención de sustancias psicoactivas
4.2
Subprograma de Seguridad Industrial
4.2.1
Definición y objetivos
4.2.2
Matriz de Peligros
4.2.3
Programa para la intervención de la accidentalidad.
4.2.4
Inspecciones de auditoria
4.2.5
Señalización y demarcación de áreas
4.2.6
Plan de emergencias
4.2.7
Investigación de accidentes e incidentes de trabajo
4.2.8
Elementos de protección personal
4.2.9
Manual de Bioseguridad
4.2.10
Programa de Manejo de Residuos Hospitalarios y Similares
5.
CAPACITACIÓN E INDUCCION
6.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
7.
EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
LISTA DE ANEXOS
Anexo 1
Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
Anexo 2
Exámenes médicos de ingreso, periódicos y retiro
Anexo 3.
Base de datos del historial inmunológico contra HB
Anexo 4.
Estadísticas de accidentalidad y ausentismo laboral
Anexo 5.
Sistemas de Vigilancia Epidemiológica para Riesgos Prioritarios:
OSTEOMUSCULAR, BIOLÓGICO
Anexo 6.
Matriz de Peligros
Anexo 7
Programa de Auditoría para el manejo integral del riesgo Biológico
Anexo 7.
Inspecciones de Seguridad con enfoque Programa JANO: Almacenamiento,
Aseo, Orden, Seguridad Y Tecnovigilancia
Anexo 8.
Inspección de extintores
Anexo 9.
Elementos de protección personal por cargo
Anexo 10.
Manual de Bioseguridad
Anexo 11
Procedimiento y Formato de investigación de Accidentes
Anexo 12
Fichas de seguridad
Anexo 13
PLAN DE ACCION CONJUNTA
PRESENTACIÓN
La Seguridad y Salud en el Trabajo actualmente representa una de las herramientas de gestión más
importantes para mejorar la calidad de vida laboral en las empresas y con ella su competitividad.
Esto es posible siempre y cuando la empresa promueva y estimule en todo momento la creación
de una cultura en seguridad y salud ocupacional que debe estar sincronizada con los planes de
calidad, mejoramiento de los procesos y puestos de trabajo, productividad, desarrollo del talento
humano y la reducción de los costos operacionales.
Es por ello que PROENSALUD, tiene entre sus propósitos desarrollar el Sistema de
Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST, con el fin de mejorar la calidad
de vida laboral, lograr una reducción de los costos generados por los accidentes y las
enfermedades laborales, mejorar la calidad de los servicios y ante todo generar ambientes
sanos para los que allí trabajan.
El interés es suministrar los recursos necesarios para responder a las demandas de la población
trabajadora respecto a su salud y el medio ambiente laboral, así como para dar cumplimiento a la
normatividad vigente.
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST está orientado a lograr
una adecuada administración de riesgos que permita mantener el control permanente de los
mismos en los diferentes oficios y que contribuya al bienestar físico, mental y social del trabajador
y al funcionamiento de los recursos e instalaciones.
El documento que se presenta a continuación refleja el Sistema de Gestión de Seguridad y
Salud en el trabajo SG-SST para la empresa basado en las características especificas de su
proceso y su actividad económica.
1. DEFINICIONES
Accidente de trabajo
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión
del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación
funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del
empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera
del lugar y horas del trabajo.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del
empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera
del lugar y horas del trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los
trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando
el transporte lo suministre el empleador.
También se considera accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función
sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se
produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de
actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en
representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de
empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. Ley 1562 de 2012.
Enfermedad Laboral:
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo
inherentes a la actividad laboral del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a
trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se
consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de
enfermedades laborales, pero se demuestre la causalidad con los factores de riesgo
ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las
normas legales y vigentes. Ley 1562 de 2012
Factor de riesgo
Todo aquello como elemento o sustancia que encierra una capacidad potencial de
producir algún daño a la salud o a los bienes.
Riesgo
La probabilidad de que ocurra un daño a los bienes o a la salud de las personas. Es la
combinación de la probabilidad y las(s) consecuencias (s) de que ocurra un evento
peligroso específico.
Peligro
Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño
a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de éstos. (NTC-OHSAS 18001).
Riesgo no tolerable
Riesgo que no se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar respecto a sus
obligaciones legales y su propia política de seguridad y salud ocupacional. (NTC-OHSAS
18001)
Identificación de peligros
Metodología que define el proceso para reconocer si existe un peligro y definir sus
características.
Evaluación de riesgos
Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si es tolerable o no. (NTCOHSAS 18001).
Panorama de factores de riesgo
Se entiende por panorama general de riesgos el análisis global del conjunto de factores de
riesgo presentes en ambiente laboral.
Fuente generadora:
Se refiere a los procesos, instrumentos, objetos, condiciones físicos o psicológicas donde se
originan los diferentes factores de riesgo.
Grado de riesgo (peligrosidad)
Es un dato cuantitativo obtenido para cada factor de riesgo detectado, que permite
determinar y comparar la agresividad de un factor de riesgo con respecto a los demás.
Condiciones de trabajo y salud:
Son el conjunto de factores relacionados con las personas y sus acciones, los materiales
utilizados, el equipo o herramienta empleados y las condiciones ambientales que pueden
afectar la salud de los trabajadores.
Higiene industrial
Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación a la evaluación y al
control de los agentes y factores del ambiente de trabajo que pueden afectar la salud de
los trabajadores.
Seguridad industrial
Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas
de los accidentes de trabajo
Medicina del trabajo
Es el conjunto de actividades medicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la
salud del trabajador, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de
acuerdo a sus condiciones psicobiológicas.
Salud ocupacional
Se entenderá a partir de la Ley 1562 de 2012 como Seguridad y Salud en el Trabajo,
definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades
causadas por las condiciones del trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los
trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así
como la salud en el trabajo que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar
físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
Seguridad y salud ocupacional
Condiciones y factores que inciden en el bienestar de los empleados, colaboradores y
visitantes y cualquier otra persona en el sitio de trabajo de la organización.
Exposición
Es la frecuencia con la cual las personas o la estructura entran en contacto con el factor
de riesgo.
Cronograma
Registro pormenorizado del plan de acción del programa, en el cual se incluyen las tares,
los responsables y las fechas precisas de realización.
Ausentismo
Condición de ausente del trabajo. Número de horas programadas que se dejan de trabajar
como consecuencia de los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales.
Sistema de gestión en la seguridad y salud en el trabajo / Programa en Salud
Ocupacional
En lo sucesivo a la Ley 1562 de 2012, se entenderá como el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Este sistema consiste en el desarrollo de un
proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la
organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría, y las acciones de
mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar, y controlar los riesgos que puedan
afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Vigilancia epidemiológica
Sistema continuo de administración de información estratégica, tanto del ambiente como
de las personas, que sirven de base para la orientación de las decisiones y las acciones para
el control de los factores de riesgo y para el logro de los objetivos del Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
2. GENERALIDADES DE LA EMPRESA
2.1 Identificación de la Empresa
NOMBRE EMPRESA:
PROFESIONALES EN SALUD “PROENSALUD”
NIT:
900.445.494-1
DIRECCIÓN:
Cra.50C No. 58-58
CLASE DE RIESGO:
Nivel I III IV
ACTIVIDAD ECONÓMICA:
3851101 PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN SALUD
CIUDAD
MEDELLÍN- ANTIOQUIA
TELEFONO:
4449981
REPRESENTANTE LEGAL
JORGE ANDRES POSADA CARRASCAL
ENCARGADO
OCUPACIONAL
DE
ARL
SALUD ANDREA MARIA SUAZA TORRES
Colmena Vida y Riesgos Laborales
2.2 Actividad Económica:
Empresa dedicada a la actividad económica de las instituciones prestadora de servicio de salud,
con internación, incluye hospitales generales, centros de atención médica con ayudas diagnósticas,
instituciones prestadoras de servicios de salud, centros especializados
2.3 Número de Sedes y Ubicación:
Nombre de la sede
Clase de
riesgo
Dirección
Administrativa
I
Cra.50C No. 58-58 Medellín
IPS universitaria
III
Medellín
I, III, V
San Andrés Islas
Hospital Antonio Roldan Betancur
I, III
Apartadó
Red Distrital de Salud
I, III
Barranquilla
Hospital Amor de Patria
2.4 Horario de Trabajo:
Diurno Corrido
7AM
7PM
Nocturno Corrido
7PM
7AM
Mañana
7AM
1PM
Tarde
1PM
7PM
Administrativo
8AM
6PM
ASISTENCIAL
ADMON
2.5 Número de Trabajadores
PROENSALUD cuenta con un total de (599) trabajadores, distribuidos por áreas y por sexo, tal
como se observa en las tablas
Sede Administrativa Medellín
AREA
FEMENINO
MASCULINO
TOTAL
ADMINISTRACIÓN
9
6
15
TOTAL
9
6
15
Sede IPS Universitaria
AREA
FEMENINO
MASCULINO
TOTAL
Asistencial
72
89
161
Total
72
89
161
Sede Barranquilla
AREA
FEMENINO
Asistencial
MASCULINO
TOTAL
176
139
315
Administrativos
4
1
5
Total
72
89
320
Sede San Andrés
AREA
FEMENINO
MASCULINO
TOTAL
Asistencial
30
23
53
Administrativos
1
0
1
Total
72
89
54
Sede Apartadó
AREA
FEMENINO
MASCULINO
TOTAL
Asistencial
23
27
50
Administrativos
1
0
1
Total
72
89
51
2.6 Principales Materiales, Maquinaria y Herramientas Utilizadas
Equipos
Equipos para la evaluación auditiva, presión sanguínea y vascular.
Aparatos de monitoreo de presión y tensión.
Equipo dental.
Equipo de reanimación.
Equipo de nebulización.
Equipos de Cómputo de escritorio y portátiles
Materiales:
Agujas, baja lenguas, bisturí, aplicadores, Jeringa, torniquete, equipo de venoclisis, catéter,
venocat, medicamentos, tubo de ensayo, medios de cultivos, guantes, productos de aseo.
Herramientas:
Lámpara de iluminación intraoral
Carrito de circulación.
Pulsoxímetro
Instrumental de odontología
Instrumental Quirúrgicos
Equipo de órganos
Fonendoscopio
Tensiómetro
Laringoscopio
Pinzas
Torniquete
Termómetros
Maquinaria:
3.
Rayos X.
Intensificador de imagen
Vehículo automotor.
ORGANIZACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL
3.1 Marco Conceptual
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo es la bitácora de la organización que le
permite promover y proveer de seguridad, protección y atención en salud a los empleados en el
desempeño de su trabajo. Su principal acción es controlar los accidentes laborales en las
Institución de salud, debido entre otras cosas al no cumplimiento de las normas y procedimientos
implementados en la institución y por los entes reguladores de las actividades económicas, como
el ministerio dela protección social la superintendencia de salud y los entes territoriales, en este
programa encontrará los sistemas de aseguramiento aplicables al sector salud (OHSAS 18800, ISO
9000 y 14OOO, y decreto 2309), los programas de prevención y promoción de acuerdo a los
riesgos y las acciones ha implementar: como manejo de muestras potencialmente contaminadas,
reactivos peligrosos, materiales de uso delicado, infraestructuras inadecuadas y medidas por fallas
humanas.
3.2 Marco Legal
Los tratados internacionales de la OIT, la Constitución Política de Colombia y las Leyes,
Resoluciones y Decretos que constituyen el marco legal de la Salud Ocupacional en el país,
permiten desarrollar acciones establecidas en ellas y orientar las políticas de Salud Ocupacional de
la empresa. Logrando con esta aplicación, implícitamente la eficiencia y productividad de la
compañía, a continuación se citan las normas dictadas por el gobierno nacional, encaminadas a
promover y proteger la salud en los lugares de trabajo:
NORMAS LEGALES
CONTENIDO
Constitución Política de 1991
Ley 9ª de 1979 Código Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los
Sanitario
individuos en sus ocupaciones
Resolución 2400 del 22 de Disposiciones sobre vivienda,
Mayo de 1979 de Ministerio establecimientos de trabajo
de Trabajo
higiene
y
seguridad
en
los
Decreto 614 del 14 de Bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en
Marzo
de
1984
de el país
Ministerio de Trabajo y
Ministerio de Salud
Resolución 2013 de Junio 6 Reglamento para la organización, funcionamiento de los comités de
de 1986 de Ministerio de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.
Trabajo
Se complementa con el Decreto 1295 de 1994 en cuanto al
nombre COPASO y funciones. Hay cambios sobre su inscripción
con la Ley 1429 de 2010, parágrafo 2 Artículo 65.
Resolución 1016 de Marzo Reglamento de la organización,
31 de 1989 de Ministerio de programas de salud ocupacional
Trabajo
funcionamiento y forma de los
Resolución 179 de 1990 Por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición
Art: 1-2
ocupacional al ruido. Evaluación de los valores límites permisibles
para la exposición ocupacional al ruido de acuerdo a la jornada
laboral aplicados al ruido continúo o intermitente.
Resolución 6398 de 1991 Por lo cual se establecen procedimientos en materia de salud
Art: 1-2-3
ocupacional. Exámenes médicos pre ocupacionales.
Práctica de
exámenes médicos de admisión, para determinar la aptitud física y
mental del trabajador para el oficio que vaya a desempeñar.
DEROGADA por Res. 2346 de 2007
Resolución 1075 de 1992 Actividades en materia de salud ocupacional: incluye
art: 1-2
farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo en los POS.
Incluir dentro de las actividades del subprograma de medicina
preventiva, campañas específicas para la prevención y el control de
la farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo.
Resolución 3715 de 1994
Campañas información y educación en materia de ETS/ VIH / SIDA
Comentario: El art. 1º. Establece que los empleadores públicos y
privados, incluirán dentro de las actividades de Medicina Preventiva,
establecidas por la Resolución 1016 de 1989, campañas y estrategias
de promoción sanitarias orientadas a facilitar la información y
educación en materia de ETS/ VIH / SIDA en los lugares de trabajo.
Decreto Ley 1295 de Junio Organización administración del Sistema General de Riesgos
22 de 1994 de Ministerio de Profesionales (SGRP).
Trabajo y Ministerio de
Hacienda
Decreto 1772 de Agosto 3 Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema
de 1994 de Ministerio de General de Riesgos Profesionales
Trabajo
Decreto 1833 de Agosto 3 Determina la administración y funcionamiento del fondo de riesgos
de 1994 de Ministerio de profesionales
Trabajo
Decreto 1834 de Agosto 3 Reglamenta la integración y funcionamiento del Consejo Nacional
de 1994 de Ministerio de de Riesgos Profesionales
Trabajo
Resolución 4059 de 1995
Reportes de accidente de Trabajo y enfermedad profesional
Circular 002 de 1996 de Obligatoriedad de inscripción de empresas de alto riesgo cuya
Ministerio de Trabajo
actividad es 4 o 5
Ley 100 de 1993
Ministerio de trabajo
de Se crea el régimen de seguridad social integral
Ley 776 de 2002 del Se dictan Normas sobre la organización, administración y
Congreso de Colombia
prestaciones del SGRP. (hace cambios importantes al decreto
1295/1994)
Decreto 1607 de 2002 de Se modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para
Ministerio de trabajo y
seguridad social
el SGRP Decreto 2100/1995
Ley 1010 de 2006
Por la cual se disponen medidas preventivas y correctivas para el
Acoso Laboral.
Resolución 2346 de 2007 Por la cual se regula las prácticas de evaluaciones medicas
Art 1-19
ocupacionales (de ingreso, control y egreso) y valoración
complementaria. Personal responsable de realizar las evaluaciones
médicas ocupacionales.
Contenido y custodia de las historias clínicas ocupacionales
Resolución 1918 de 2009
Modifica artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2009
evaluaciones médicas ocupacionales
Resolución 1401 de 2007 Por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes
art 1 – 16
de trabajo que ocurran en la empresa, he informar a la
administradora de riesgo profesionales sobre los resultados de la
investigación
Resolución número 2646 de Por la cual se establecen disposiciones y se definen
2008
responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención,
intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores
de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del
origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.
Ley 1221 de 2008
Decreto 1299 de 2008.
Por la cual se establecen normas para promover y regular el
Teletrabajo y se dictan otras disposiciones.
Reglamenta el Departamento de Gestión Ambiental de las empresas
a nivel industrial, de conformidad con el artículo 8 de la ley 1124 de
2007
RETIE
Resolución 181294 de 2008
Comentario: Integra las Resoluciones 180398 de 2004, 180498 de
2005, 180466 de 2007
Resolución número 3673 de Tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo
2008. (26 de septiembre de seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas,
2008)
contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades
económicas de los sectores formales e informales de la economía,
que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.
Para efectos de la aplicación se entenderá por trabajo en alturas,
toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más
sobre un nivel inferior.
Res 736 de 2009
Res 1486 de 2009
Modifican o complementan parcialmente Resolución 3673 de 2008
(Trabajo en alturas)
Res 1938 de 2009
Circular 070 de 2009
Res 2291 de 2010
Resolución 652 de 2012
Por la cual se establecen disposiciones para la conformación del
comité de convivencia laboral.
Resolución 1356 de 2012
Por la cual se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012
Ley 1523 de 2013
Por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de
Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo
de Desastres y se dictan otras disposiciones.
Ley 1562 de 2012
Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan
otras disposiciones en materia de salud ocupacional
Ley 1566 de 2012
Por la cual se dictan normas para garantizar la atención integral a
personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio
nacional “Entidad comprometida con la prevención del consumo,
abuso y adicción a sustancias psicoactivas”.
Reglamenta la Ley 1221 de 2008 (teletrabajo)
Decreto 884 de 2012
Ley 1016 de 2013
Ley 1616 de 2013
Decreto 1352 de 2013
Por la cual se regulan algunos aspectos sobre las inspecciones del
trabajo y los acuerdos de formalización laboral
Por medio de la cual se expide la ley de Salud Mental y se dictan
otras disposiciones
Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las
Juntas de Calificación de Invalidez y se dictan otras disposiciones.
Comentario: Deroga el Decreto 2463 de 2001.
Por disposición del artículo 61 del Decreto 1352 de 2013,
continúan vigentes las siguientes normas del Decreto 2463 de
2001: • incisos 1 y 2 del artículo 5º:
Resolución 0723 de 2013
Decreto 1637 de 2013
Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos
Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal
de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o
privadas y de los trabajadores independientes que laboren en
actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones.
Por el cual se reglamenta el parágrafo 50 del artículo 11 de la Ley
1562 de 2012 y se dictan otras disposiciones – Intermediación de
seguros
Circulares: Reglamentan aspectos administrativos y procedimentales del Sistema General de
Riesgos Profesionales en lo referente a obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales
(A.R.L.), con el fin de regular las prácticas y llenar los vacíos dejados por la reglamentación anterior.
Las Circulares expedidas por el anterior Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actual Ministerio de
Protección Social) son:
CIRCULAR
FECHA
ASUNTO
Circular 01 de 10 de julio
1997
Presentación por parte de la A.R.P. del compromiso de servicios,
anexo a la afiliación de cada empresa.
Circular 02 de 10 de Julio
1997
Reglamenta la prohibición a la A.R.P. de hacer devoluciones en
dinero, asumir responsabilidades de Salud Ocupacional o re-emplazar
o desplazar personas en las empresas afiliadas.
Circular 03 de 10 de Julio
1997
Establece el envío de información estadística por parte de la ARL
sobre el Sistema de Riesgos Profesionales al Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social.
Circular 04 de 10 de Julio
1997
Define aspectos sobre el procedimiento de clasificación y pago de la
cotización de Riesgos Profesionales según el Decreto 2100/ 95
Circular 05 de 1
de Aclara el procedimiento de traslado de las empresas entre diferentes
1997
Octubre
A.R.P.
Circular 01 de 10
1998
marzo
de Reglamenta asuntos relacionados con carnetización, divulgación de la
política de Salud Ocupacional, tasa de accidentalidad, balance social y
operativo y guías técnicas.
Circular 02 de 7
1998
Septiembre
Establece
incompatibilidades,
inhabilidades,
impedimentos,
recusaciones, retención en la fuente y recurso de queja ante las
Juntas de calificación de invalidez.
Circular 001 de 25 Enero
1999
Problemas computacionales cambio de milenio.
Circular 002 de 25 Enero
1999
Informe pago de aportes.
Circular 003 de 8 de abril
Establece aspectos de intermediarios de seguros; reporte
extemporáneo de A.T.E.P. y empresas desafiliadas automáticamente
1999
por no pago; vigilancia y control sobre la clasificación y cotización de
las empresas afiliadas; departamentos de Promoción y Prevención de
las A.R.P. y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.
Aclara la prohibición a la A.R.P. de no prestar algunos servicios de
Salud Ocupacional que por ley son responsabilidad del empleador.
Circular 002 de 20
de Establece planes de trabajo anual y financiación de los programas
2002
Febrero
de promoción y prevención que deben adelantar los empleadores
y las administradoras de riesgos profesionales
Circular
de 2003
Circular
Unificada
2004
001 17 de Junio
22 Abril
de
Circular 070 de 13
2009
Noviembre
Vigilancia y control para la afiliación, promoción y prevención en
riesgos profesionales
Unificar las instrucciones para la vigilancia, control y administración
del Sistema General de Riesgos Profesionales
Procedimientos e instrucciones para el trabajo en alturas.
3.3 Objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Objetivo general
-Establecer el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST con el fin
de prevenir accidentes y enfermedades laborales factibles de intervención, dando cumplimiento a
la normatividad vigente.
Objetivos específicos
-Garantizar la adecuación, conveniencia y eficacia de la gestión del riesgo ocupacional mediante la
revisión periódica gerencial.
-Garantizar el cumplimiento de los requisitos legales que en materia de seguridad y salud en el
trabajo apliquen a la organización.
-Implementar sistemas de tratamiento para los riesgos significativos que aporten a disminuir la
probabilidad de ocurrencia y las consecuencias.
-Definir la estructura y responsabilidades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el
trabajo SG-SST.
-Implementar un plan de prevención, respuesta y recuperación ante emergencias.
-Velar por la recuperación del trabajador y su calidad de vida mediante el proceso de reintegro
laboral.
-Monitorear el desempeño del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SGSST.
3.4 LIDERAZGO Y ADMINISTRACION
3.4.1 Organigrama
PROENSALUD tiene establecida su estructura orgánica, actualmente el área encargada de
la Salud Ocupacional, es comunicaciones que depende del Directo Ejecutivo. Tal como se
observa en el organigrama adjunto
El Director Ejecutivo de PROENSALUD, asignó como responsable de la Salud Ocupacional a
ANDREA MARIA SUAZA TORRES
quien llevará a cabo las funciones de líder de Salud
Ocupacional de la Institución
3.4.6
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
PROENSALUD, se compromete con la protección y promoción de la salud de los
trabajadores, procurando su integridad física mediante el control de los riesgos, el
mejoramiento continuo de los procesos y la protección del medio ambiente.
Todos los niveles de dirección asumen la responsabilidad de promover un ambiente de trabajo
sano y seguro, cumpliendo los requisitos legales aplicables, vinculando a las partes interesadas en el
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo y destinando los recursos humanos,
físicos y financieros necesarios para la gestión de la salud y la seguridad.
Los programas desarrollados en PROENSALUD, estarán orientados al fomento de una cultura
preventiva y del auto cuidado, a la intervención de las condiciones de trabajo que puedan causar
accidentes o enfermedades laborales, al control del ausentismo y a la preparación para
emergencias.
Todos los empleados, afiliados y contratistas tendrán la responsabilidad de cumplir con las normas
y procedimientos de seguridad, con el fin de realizar un trabajo seguro y productivo. Igualmente
serán responsables de notificar oportunamente todas aquellas condiciones que puedan generar
consecuencias y contingencias para los empleados y la organización.
Representante Legal
Fecha: Enero 2014
3.4.3
Reglamento de Higiene y Seguridad.
seguridad industrial
3.4.4
Roles y Responsabilidades
Anexo 1. Reglamento de higiene y
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST está bajo la responsabilidad del
Director Ejecutivo con el apoyo de:
•
•
•
Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo designado.
Jefes de áreas o procesos
Comité paritario de Salud Ocupacional
Rol
Responsabilidad
Suministrar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades del SG-SST.
Asignar y comunicar responsabilidades a los trabajadores en seguridad y salud en el trabajo
dentro del marco de sus funciones.
Garantizar la consulta y participación de los trabajadores en la identificación de los peligros y
control de los riesgos, así como la participación a través del comité paritario de salud
ocupacional.
Garantizar la supervisión de la seguridad y salud en el trabajo.
Evaluar por lo menos una vez al año la gestión de seguridad y salud en el trabajo.
Director Ejecutivo
Implementar los correctivos necesarios para el cumplimiento de metas y objetivos.
Garantizar la disponibilidad de personal competente para liderar y controlar el desarrollo de la
seguridad y salud en el trabajo.
Garantizar un programa de inducción y entrenamiento para los trabajadores que ingresen a la
empresa, independientemente de su forma de contratación y vinculación.
Garantizar un programa de capacitación acorde con las necesidades específicas detectadas en la
identificación de peligros y valoración de riesgos.
Garantizar información oportuna sobre la gestión de seguridad y salud en el trabajo y canales de
comunicación que permitan recolectar información manifestada por los trabajadores.
Jefes de área
Participar en la actualización del panorama de factores de riesgo
Rol
Responsabilidad
Participar en la construcción y ejecución de planes de acción
Promover la comprensión de la política en los trabajadores
Informar sobre las necesidades de capacitación y entrenamiento en seguridad y salud ocupacional
Participar en la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo
Participar en las inspecciones de seguridad.
Coordinar con los jefes de las áreas, la elaboración y actualización del panorama de factores de
riesgos y hacer la priorización para focalizar la intervención.
Validar o construir con los jefes de las áreas los planes de acción y hacer seguimiento a su
cumplimiento.
Promover la comprensión de la política en todos los niveles de la organización.
Responsable de
seguridad y salud en
el trabajo
Gestionar los recursos para cumplir con el plan de salud ocupacional y hacer seguimiento a los
indicadores.
Coordinar las necesidades de capacitación en materia de prevención según los riesgos
prioritarios y los niveles de la organización.
Apoyar la investigación de los accidentes e incidentes de trabajo.
Participar de las reuniones del Comité Paritario y apoyar su gestión.
Implementación y seguimiento del SG-SST.
Conocer y tener clara la política de salud ocupacional.
Procurar el cuidado integral de su salud.
Suministrar información clara, completa y veraz sobre su estado de salud.
Trabajadores
Cumplir las normas de seguridad e higiene propias de la empresa.
Participar en la prevención de riesgos profesionales mediante las actividades que se realicen en la
empresa.
Informar las condiciones de riesgo detectadas al jefe inmediato.
Reportar inmediatamente todo accidente de trabajo o incidente.
Proponer a las directivas las actividades relacionadas con la salud y la seguridad de los
trabajadores.
Analizar las causas de accidentes y enfermedades.
COPASO
Visitar periódicamente las instalaciones.
Acoger las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de seguridad.
Servir de punto de coordinación entre las directivas y los trabajadores para las situaciones
Rol
Responsabilidad
relacionadas con salud ocupacional.
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan
constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o
reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la
entidad pública o empresa privada.
Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la
queja.
Comité de
convivencia
Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas,
promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
Formular planes de mejora y hacer seguimiento a los compromisos,
Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para
el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.
Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas,
seguimiento de los casos y recomendaciones.
3.4.5 Recursos
3.4.5.1 Recurso Humano
- Líder de Salud Ocupacional PROENSALUD
-
COPASO
-
Asesores de diferentes especialidades de la ARL Colmena vida y riesgos laborales
3.4.5.2 Recursos Físicos
Instalaciones Locativas
Para el desarrollo de las actividades productivas PROENSALUD cuenta con las siguientes
instalaciones locativas:
Concreto
ESTRUCTURA
Mampostería (ladrillo).
CUBIERTA
Losa
Concreto
DIVISIONES INTERIORES
Mampostería (ladrillo)
AREAS COMUNES
Tipo de pisos (Baldosa)
Además cuenta con salud de reuniones dotada de tablero y video beam, equipo de cómputo,
página Web
Recursos económicos
Con base en la programación del Cronograma de actividades y previo conocimiento por parte
del Grupo Directivo de PROENSALUD, se definirán los recursos económicos necesarios,
estableciendo un presupuesto para el desarrollo de cada Subprograma.
4. SUBPROGRAMAS A DESARROLLAR
4.1 Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo
4.1.1 Definición y objetivos
Son acciones del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo dirigidas a las
personas. Se encarga de la vigilancia, promoción y mantenimiento de la salud del trabajador,
procurando que las condiciones de trabajo de PROENSALUD no conduzcan al deterioro de
su estado físico y mental.
Estudiar las consecuencias de las condiciones ambientales sobre las personas, y junto con la
Seguridad y la Higiene Industrial, busca que las condiciones de trabajo no generen daños ni
enfermedades.
Objetivos
Objetivo General:
Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones generales de salud y
calidad de vida de los trabajadores.
Objetivos Específicos:
Educar a todo el personal en la forma de como mantener su salud.
Capacitar a los trabajadores expuestos sobre los factores de riesgo, sus efectos sobre la salud
y la manera de prevenirlos.
Prevenir, detectar precozmente y controlar las enfermedades Laborales (EL).
Ubicar al trabajador en un cargo acorde con sus condiciones psicológicas y fisiológicas.
Hacer seguimiento periódico del estado de salud de los trabajadores expuestos a los
diferentes factores de riesgo, con el fin de verificar los sistemas de control implementados y
detectar precozmente la aparición de enfermedades.
4.1.2 Seguimiento médico al trabajador
Exámenes de ingreso
Objetivos
-
Ubicar al trabajador en cargo acorde con sus características físicas, psicológicas e
intelectuales.
-
Detectar alteraciones incipientes o avanzadas en el estado de salud del trabajador, que
potencialmente se podrían ver agravadas con el desempeño de las funciones del cargo, con
miras a tomar las medidas preventivas pertinentes.
-
Tener un punto de partida para la definición y planteamiento de los diferentes programas
de Vigilancia Epidemiológica, de acuerdo a los riesgos prioritarios.
Exámenes Periódicos.
Los exámenes periódicos están enfocados al establecimiento de los efectos que sobre la salud
de los trabajadores, generan los factores de riesgo presentes en la labor que desempeñan, se
realizarán cada dos años y a las personas que tengan alguna patología especial de acuerdo a las
recomendaciones del médico especialista.
Exámenes de Retiro
Tiene como finalidad reconocer el estado de salud con el que el empleado que se retira del
Sindicato, después de haber estado expuesto a los factores de riesgo presentes en el puesto de
trabajo.
Como resultado de estos exámenes deben originarse:
•
Restricciones ocupacionales para el personal de los servicios de salud después del diagnóstico
oportuno de enfermedades ocupacionales.
•
Suministro de profilaxis para ciertas enfermedades previsibles a las cuales se ha expuesto el
trabajador.
•
Aislamientos y restricciones a lugares de trabajo como por ejemplo
embarazadas.
•
Programas de vacunación.
trabajadoras
Estos exámenes se conservaran idealmente en una ficha ocupacional y al igual que en la práctica
médica general, por todo el tiempo en que éste trabaje en la institución y dos años más
después de su retiro. Esto incluye todos sus exámenes físicos, accidentes, diagnósticos y
tratamientos. Ver Anexo 2 Exámenes Ocupacionales según cargo
4.1.3 Programa de inmunizaciones:
Se define como la medida preventiva que protege al individuo de enfermedades inmunoprevenibles, al aplicar una vacuna que contiene como principio activo el virus generador de la
patología, con el fin de desarrollar en el organismo los correspondientes anticuerpos de defensa,
para cuando esté expuesto al riesgo, no desarrolle la enfermedad.
Según el riesgo endémico o epidémico, se implementa el Programa de inmunización, el cual
definirá la población a vacunar, la vacuna a aplicar, la dosis y los correspondientes refuerzos.
Algunas de éstas son:
-
Vacuna contra la Hepatitis B: Es la más importante inmunización para los empleados expuestos
al riesgo biológico. Esta vacuna debe ser considerada de obligatoriedad y se realizará titulación
de Anticuerpos de Superficie de HB para validar la protección contra la enfermedad.
-
Vacuna contra tétanos: La cual debe pedirse carnet de vacunación al momento del ingreso.
Por lo tanto PROENSALUD, conserva el historial de los resultados de la titulación de Anticuerpos
de superficie de HB del personal objeto de vigilancia Ver anexo 3. Base de datos del historial
inmunológico contra HB. (La cual se encuentra en medio magnético por la facilidad de
actualización permanente)
4.1.4 Programa de ausentismo
El Decreto 614 de 1984 obliga, dentro de los contenidos mínimos del Programa de Salud
Ocupacional , a desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica del ausentismo a causa de
enfermedades profesionales y patología relacionada con el trabajo (art. 30, literal b) y a elaborar y
mantener actualizadas las estadísticas sobre ausentismo (art. 30, literal c.
La Resolución 1016 de 1989 de los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, establece
que las empresas deben llevar registros de ausentismo general, por accidente de trabajo, por
enfermedad profesional y por enfermedad común (art. 14, numeral 7. Es más: para la evaluación
de los Programas de Salud Ocupacional, las autoridades competentes de vigilancia y control
utilizarán, entre otros indicadores, las tasas de ausentismo general y por accidente de trabajo,
enfermedad profesional y enfermedad común en el último año (art. 15, numeral 2).
Para ello PROENSALUD como medida de seguimiento y control del ausentismo lleva registros
actualizados tanto del ausentismo por accidente de trabajo, enfermedad profesional y enfermedad
común, a través del programa VISOR suministrado por la ARL Comena Vida y Riesgos Laborales.
Anexo 4: Informe de Ausentismo
4.1.5 Sistemas de Vigilancia Epidemiológica
Con fin de promover, controlar y promocionar el bienestar integral de los trabajadores del
Sindicato, se implementaran los programas de vigilancia para los factores de riesgo prioritarios:
•
Biológico ( Incluye Protocolo para el Manejo del Accidente por Riesgo
Biológico)
•
Ergonómico
•
Radiaciones Ionizantes
Anexo 5. Sistemas de Vigilancia Epidemiológica para riesgos prioritarios.
4.1.6
Programa para la Prevención del Consumo de sustancias Psicoactivas
Con el apoyo de las EPS, Cajas de Compensación y ARL, se harán talleres de sensibilización para la
prevención del consumo de Sustancias Psicoactivas: FARMACODEPENDENCIA, ALCOHOLISMO
Y TABAQUISMO de acuerdo a resol.1075/92.
Se publicará en carteleras material educativo alusivo al tema. Si se evidencian casos que ameriten
intervención se hará abordaje inicialmente con psicología y de ser necesario se remitirá a la EPS
respectiva del trabajador.
4.2 SUBPROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
4.2.1 Definición y objetivos
Definición
El programa de seguridad se encarga de Identifica los factores y condiciones de riesgo que
producen los accidentes de trabajo; estableciendo las causas potenciales y reales que los generan,
formulando medidas de control y permitiendo el seguimiento de las mismas, para prevenir la
ocurrencia o recurrencia de accidentes por estas causas.
El objetivo principal de seguridad es mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de
las causas que pueden causar daño a la integridad física del trabajador o a los recursos del
SINDICATO PROENSALUD
EL programa de higiene comprende el conjunto de acciones dirigidas a la identificación, evaluación
y control de los factores de riesgo en el ambiente de trabajo, con el propósito de evitar
enfermedades profesionales en los trabajadores del SINDICATO PROENSALUD.
El objetivo principal del programa de higiene es identificar, evaluar y controlar, mediante estudios
ambientales periódicos e implementación de controles, los agentes y factores de riesgos físicos,
químicos y biológicos presentes en el medio de trabajo, que pueden causar alteraciones
reversibles o permanentes en la salud de los trabajadores.
4.2.2 Matriz de Peligros
Es una estrategia metodológica que permite recopilar en forma sistemática y organizada los datos
relacionados con la identificación, localización y valoración de los factores de riesgo existentes en
un contexto laboral, con el fin de planificar las medidas de prevención más convenientes y
adecuadas. Matriz de Peligros (Anexo 6).
4.2.3 Programa para la intervención de la accidentalidad.
MODELO ATENEA: Es un modelo para prevención y control de la accidentalidad Real y Potencial,
que tiene cinco componentes:
-
Priorización o focalización del problema de la accidentalidad
-
Definición de la causalidad de la accidentalidad
-
Selección de la (s) medida (s) de intervención para la causalidad definida
-
Elaboración del plan de acción
-
Seguimiento del impacto logrado a través de indicadores de gestión.
Este modelo se viene Utilizando para la investigación de los Accidentes e Incidentes de Trabajo
Bajo los principios y componentes del modelo de intervención causal se desarrollan diferentes
programas y actividades destinadas al control de la accidentalidad como son:
EL PROGRAMA DE AUDITORÍA PARA EL MANEJO INTEGRAL DEL
RIESGO BIOLÓGICO (Anexo 7)
MANUAL DE BIOSEGURIDAD: Acciones desarrolladas bajo los principios
administrativos y gerenciales. (Anexo 10)
4.2.4
Inspecciones de auditoria
EL SINDICATO PROENSALUD implementara un programa de inspecciones, que monitoreará el
cumplimiento de las normas de Bioseguridad establecidas y divulgadas en la institución, realizara
además una vigilancia en seguridad sobre: manejo de los productos químicos, instalaciones
eléctricas, líquidos inflamables, almacenamiento de productos, protección contra incendios, trabajo
con gases a presión, radiaciones ionizantes, contaminación biológica y química y manejo de
botiquines. Adicionalmente realizara una inspección periódica al sistema contra incendios de la
institución (extintores). La periodicidad y responsables de estas inspecciones se efectuarán como
se describe a continuación:
TIPO DE INSPECCION
TIPO DE INSPECCION
PERIODICIDAD
FORMATO A UTILIZAR
RESPONSABLE
Programa de Auditoria para el
manejo Integral del Riesgo
Biológico
Cada 4 meses
Anexo 7
Integrantes COPASO
Programa JANO:
Almacenamiento, Aseo, Orden,
Cada 4 meses
Anexo 8
Integrantes COPASO
y Líder de Ambiente
Seguridad y tecno vigilancia
Físico
Estas inspecciones aportaran a la empresa los siguientes aspectos:
Identificación de problemas relacionados con deficiencias en el diseño de las instalaciones o en el
diseño de los puestos de trabajo.
Permite un seguimiento de las acciones correctivas implementadas con el fin de minimizar la
ocurrencia de accidentes y además retroalimentar la información para La mejora o diseño de
nuevos controles.
Definir las posibles causas de accidentalidad.
Determinar costos intangibles a la institución.
Establece necesidad de realizar procedimientos y protocolos de actuación ante determinadas
eventos a que ocurran.
Da lineamientos para establecer programa de entrenamiento al personal
4.2.5
Señalización y demarcación de áreas
El programa de señalización y demarcación de áreas, define físicamente la organización y
distribución de los sitios de trabajo, Ubica en los planos de la institución: vías de evacuación,
puntos de encuentro, zonas de triage, Ubicación de alarmas, riesgos específicos, red contra
incendios. Este programa busca apoyar los programas de promoción, normalización y capacitación
en prevención de riesgos y brindando además información permanente a los usuarios que visitan la
empresa en el tema de prevención de riesgos.
4.2.6
Plan de emergencias
El Sindicato PROENSALUD, cuenta con un plan para plan de preparación y respuesta ante
emergencias para garantizar, en caso de cualquier emergencia, la menor cantidad y severidad de
daños, tanto a las personas como a los bienes de la empresa.
Este plan debe incluir como mínimo los siguientes elementos:
•
Análisis de amenazas e inventario de recursos.
•
Determinación de la vulnerabilidad y plan de acción.
•
Comité de emergencia y brigadas de apoyo.
•
Plan de evacuación y evaluación.
De igual forma se deberá garantizar su implementación y divulgación. Esta divulgación debe incluir
como mínimo los siguientes conceptos:
⋅
Que personas conforman el Comité de emergencia
⋅
Que personas son l(@)s lideres de Evacuación y quienes hacen parte de brigadas de
apoyo y como apoyar en su conformación
⋅
Rutas de Evacuación y puntos de Encuentro
Como contribuir a la recuperación y normalización del servicio
Los empleados que se encuentren por fuera de la sede administrativa laborando en las diferentes
instituciones donde el Sindicato PROENSALUD tiene contratos adoptaran el plan de emergencia
de cada institución y darán cumplimiento a lo establecido en el Plan de emergencias
4.2.7 Notificación e Investigación de accidentes e Incidentes de Trabajo
Objetivo:
Establecer la forma sistemática a seguir para la notificación de accidentes de trabajo en el
Sindicato PROENSALUD
Alcance:
El procedimiento se aplica a todos los trabajadores del Sindicato PROENSALUD que sufran
accidentes de trabajo
Definiciones:
Procedimiento
⋅
El empleado deberá Notificar al jefe inmediato o responsable de Salud Ocupacional el
accidente o incidente de forma inmediata
⋅
Preste los primeros auxilios, si cuenta con los medios para hacerlo.
⋅
Verifique si necesita atención médica. Si se trata de un evento en el que se encuentra en
peligro la vida del accidentado trasládelo en el menor tiempo posible a la institución de salud
más cercana.
⋅
Verifique si el empleado es vinculado o contratista, el responsable del contrato o responsable
de salud ocupacional debe comunicarse con la empresa temporal o contratista para notificar el
accidente de trabajo a su respectiva ARL y direccionar la atención requerida.
⋅
Verifique si el accidente es de origen laboral.
⋅
Llame a la LÍNEA EFECTIVA y solicite orientación para acceder a la atención y reportar el
evento*.
¿Cómo reportar un accidente de trabajo a través de la Línea Efectiva?
Cuando usted llame a la LÍNEA EFECTIVA para reportar un accidente de trabajo de un trabajador
de su compañía, nuestro asesor le realizará las siguientes preguntas:
⋅
En qué estado se encuentra el trabajador, qué lesión tiene y en qué sitio
⋅
Con qué se lesionó
⋅
Cuando ocurrió el accidente estaba en su jornada laboral? (fecha, hora).
⋅
Hora de inicio y finalización de la jornada (opcional, cuando la hora de ocurrencia se ubica en
horas habitualmente no hábiles)
⋅
Qué estaba haciendo y donde estaba cuando se lesionó?
⋅
Qué oficio desempeña el trabajador en la empresa?.
⋅
Diligencie el informe individual de Accidente de Trabajo de nuestra ARL. A través de la página
WEB a través de nuestra Oficina virtual
⋅
Verifique que el trabajador posea el documento de identificación y carnet vigente de su EPS de
afiliación.
⋅
Traslade al accidentado hacia la IPS que le indique el asesor de la LÍNEA EFECTIVA.
⋅
Si el estado del trabajador lo amerita la LÍNEA EFECTIVA coordinará el Traslado medicalizado
requerido.
*El reporte del Accidente de Trabajo a la LÍNEA EFECTIVA no es aviso legal ni remplaza la
notificación escrita que debe presentarse por parte del empleador dentro de los plazos
estipulados por la ley (dos días hábiles siguientes a la ocurrencia).
El Sindicato PROENSALUD utiliza la metodología del Modelo ATENEA de ARL Colmena vida y
riesgos Laborales, la cual permite aprovechar la información de los accidentes e incidentes de
trabajo que se presenten, con el fin de:
-
Establecer las causas básicas e inmediatas que generaron el accidente de trabajo.
-
Establecer acciones de control sobre las causas generadoras del accidente.
-
Llevar registro de los resultados en el control sobre las causas básicas e inmediatas
detectadas y las recomendaciones implementadas.
-
Soporte para investigación de accidentes que se presenten en el futuro.
(Anexo 11)
4.2.8
Elementos de Protección Personal para el Trabajador de la Salud
El Sindicato PROENSALUD, Para lograr adecuada utilización de los Elementos de Protección
Personal, tuvo en cuenta las siguientes pautas:
Se establecieron las necesidades de protección personal por puesto de trabajo, con base
en la Matriz de Peligro.
Se determinó las características técnicas en materia de protección de cada elemento, de
acuerdo con la evaluación realizada del factor de riesgo en el ambiente de trabajo.
Se definieron cuáles son los equipos necesarios para la protección del personal por cada
cargo existente en la corporación, adicionalmente se lleva un registro de todos los implementos
que son entregados a él durante la permanencia en la institución.
(Ver anexo 12)
4.2.9 Manual de Bioseguridad:
El Sindicato PROENSALUD, cuenta con un manual de Bioseguridad (Anexo 10), el cual
contempla las Normas por oficio y la estandarización del Manejo de los cortopunzantes.
Las normas de Bioseguridad son un conjunto de acciones a tener en cuenta durante la ejecución
de ciertas actividades para prevenir y proteger a las personas de la exposición a factores de riesgo
biológico.
El desarrollo de las medidas de bioseguridad busca reducir el mayor grado posible, la frecuencia y
gravedad de los accidentes, especialmente cuando se presentan condiciones críticas como,
inadecuadas instalaciones físicas y estructurales, insuficiencia de presupuesto, dificultad para el
mantenimiento de equipos, etc.
4.2.10 Programa de Manejo de Residuos Hospitalarios Y Similares
Los colaboradores del Sindicato PROENSALUD cumplirán con lo establecido en los Planes de
Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares PGIRHS de los hospitales y clínicas donde
prestan sus servicios.
5. CAPACITACIÓN E INDUCCIÓN
El Plan de Capacitación de Salud Ocupacional está inmerso dentro del Plan Anual de Capacitación
del Sindicato PROENSALUD, en el cual se incluyen las actividades encaminadas a proporcionar al
trabajador los conocimientos y destrezas necesarias para desempeñar su labor asegurando la
prevención de accidentes, protección de la salud e integridad física y emocional.
Este elemento es de vital importancia para la implementación y resultados específicos de los otros
subprogramas, ya que en el radica el proceso de información y capacitación del personal en el
manejo y control de los riesgos profesionales. Además, esté es obligatorio dentro del decreto
2309/2002 y la resolución 1239/2002 en la gestión del recurso humano.
Objetivos
• Proporcionar sistemáticamente a los trabajadores el conocimiento necesario para desempeñar
su trabajo en forma eficiente, cumpliendo con estándares de seguridad, salud, calidad y
producción.
• Lograr el cambio de actitudes y comportamientos frente a determinadas circunstancias y
situaciones que puedan resultar en pérdidas para la empresa.
• Generar motivación hacia la salud ocupacional desarrollando campañas de promoción.
11.1 Actividades a desarrollar
Las actividades de capacitación se harán con base en necesidades identificadas de los trabajadores,
para lo cual es indispensable tener en cuenta:
-
Indicadores de ausentismo y Accidentalidad,
-
Riesgos Prioritarios
-
Resultados de Diagnostico de Clima Organizacional u otros Diagnósticos
-
Otras fuentes
La programación de las capacitaciones de Salud Ocupacional se hará anualmente y se soporta en el
Plan de Acción Conjunta realizado con la ARL COLMENA
Salud Ocupacional formará parte del equipo que participa en los procesos de Inducción que realiza
la empresa
12. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
En esta parte del Programa se incluyen todas las actividades de Salud Ocupacional que el Sindicato
PROENSALUD ejecutará en compañía de la ARL COLMENA, y se plasman en el PLAN DE
ACCION CONJUNTA que se realiza cada año, el cual incluye: variables de interés de la empresa,
los riesgos potenciales y reales que se van a intervenir, la tarea que se ejecutará, responsable,
recurso, fecha e Indicador. Anexo 14 (Cronograma de Actividades)
7. EVALUACION DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
7.1 Proceso (Indicadores de Ejecución)
PLANEACION
Porcentaje de
cumplimiento
del cronograma
No. Actividades
ejecutadas * 100
No. Actividades programadas
No. TRABAJADORES que recibieron
“ACTIVIDAD” en el período
INTERVENCION
Indicadores de
cobertura
No. Promedio de trabajadores OBJETO en el
período
ACTIVIDAD: Condiciones de trabajo
Condiciones de salud
Condiciones
conjuntas de trabajo y salud
Cobertura
de exámenes de
ingreso,
Periódico o
egreso
No. Puestos de trabajo que recibieron “EXAMEN
DE xxxxx” en el período
Cobertura
No. de trabajadores que recibieron
de capacitación
“CAPACITACIÓN” en
No. Promedio de trabajadores en el período
el
período
_____________________________
No. Promedio de trabajadores objeto en el período
7.2 RESULTADOS (Indicadores de efectividad o impacto)
tasas de
accidentalidad
Tasa de
Frecuencia
de accidentes
Tasa de
severidad de
accidentes
Índice
General
de
ausentistas
IGA
# de accidentes de trabajo
*100
# trabajadores expuestos
# de días de incapacidad
* 100
# trabajadores expuestos
No. de
ausentistas
en
un
período * 100
No. total de trabajadores en el mismo período
Firma Director Ejecutivo: _________________________
Firma Responsable del SG- SST: ______________

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