La Organizaciôn Politica y Administrativa de Francia
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La Organizaciôn Politica y Administrativa de Francia
France La Organizaciôn Politica y Administrativa de Francia u Texto tomado de una publicaci6n de la “Direction Générale des Collectivités Locales» dcl Ministerio dcl Interior de Francia. LA ORGANIZACION POLITICA Y ADMINISTRATIVA DE FRANCIA Francia es un pais con un régimen democrâtico, parlamentario y presidencial, donde existe una separaciôn de poderes: • • • El Poder ejecutivo: Està representado por el Presidente de la Reptiblica, y el Primer Ministro con su gabinete de gobierno El Poder Legislativo: Està ejercido por el Parlamento Asamblea Nacional y el Senado El Poder Judicial: Està representado por la Magistratura y es independiente de los otros dos poderes. - ORGANIZACION POLITICA DEL ESTADO Està conformada por • • El Presidente de la Repiàblica que es el jefe de Estado, que es elécto por sufragio universal para un periodo de 5 ai’ios. El presidente designa al Primer M in istro. El Gabinete de Gobierno (los ministros de gobierno): El Primer ministro es el jefe de gobierno. Los ministros, miembros del gobierno son designados por el presidente de la Repûblica en base a una propuesta del Primer Ministro. El gobierno determina y conduce la politica de la Naciôn y esta representado en el territorlo por los prefectos. El Parlamento representa el poder legislativo y esta compuesto por dos càmaras: 1. La Asamblea Nacional: Cuenta con 577 diputados electos por los ciudadanos por un periodo de 5 ailos por un escrutinio uninominal en 2 turnos. 2. El Senado: cuenta con 321 senadores electos por un periodo de 9 arios (un tercio es renovado cada 3 arlos) por sufragio indirecto de los « grandes electores» (Ios diputados, los consejeros generales, los consejeros regionales, los consejeros de la Asamblea de Côrcega, y los delegados municipales, entre los cuales estan los alcaldes). • Ademâs de los organos clasicos que componen el poder ejecutivo y e! poder legislativo, con viene mencionar la existencia de los Organos Juridiccionales y Consultivos: • • • • • El Consejo Constitucional: jurisdicciôn suprema, garante de la constitucionalidad de las leyes. El Consejo de Estado : jurisdicciôn suprema en materia administrativa. El Tribunal de apelaciones : jurisdicciôn suprema en materia juridica El tribunal de cuentas: instancia que se encarga de verificar las cuentas pûblicas del Estado. El Tribunal supremo de la Magistratura: ôrgano consultativo encargado de garantizar la independencia de la magistratura. Texto tomado de una publicacién de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia • El Consejo econômico y social: tiene una funciôn de organo de consulta. Esta compuesto por representantes de empresas, sindicatos, agricultores ORGANIZACION DECENTRALIZADA DE LA REPUBLICA La organizaciôn decentralizada de Francia se caracteriza por una superposiciôn de niveles administrativos y de un nûmero elevado de gobiernos locales. A partir de la creaciôn de la ley de decentralizaciôn existen tres niveles de gobiernos locales con pleno ejercicio, entre los cuales hay que resaltar los reagrupamientos de las comunas o municipios: La comuna o municipio Es la mas pequeia y la mas antigua subdivisiôn administrativa, ya que ésta sustituyô a las ciudades y a las parrôquias de la Edad Media. La comuna fue establecida en 1789, mucho antes de que se le reconociera un inicio de autonoma con la promulgaciôn de la ley del 5 de abril de 1884, verdadera carta comunal. La comuna esta administrada por un Consejo Municipal, elegido por sufraflo universal directo cada 6 aios. Una vez electos, los consejeros municipales eligen entre ellos al alcalde. El alcalde es el ejecutivo de la Comuna y administra el presupuesto. El es el empleador del personal de la comuna y ejerce las funciones de los servicios de proximidad: escuelas, urbanismo, acciôn social, transporte escolar, recolecta de basuras y vertedero, tratamiento del agua El es igualmente el agente de Estado en b referente a las funciones de estado civil, orden pûblico, organizaciôn de elecciones y expediciôn de titubos reglamentarios. Actualmente, se cuenta con 36 .779 comunas (de las cuales 214 estân en bos departamentos y territorios de ultramar) El departamento Creado por la revolucion, el departamento se convierte en gobierno local autônomo con un organo de deliberaciôn y un ejecutivo que son electos de acuerdo a la ley del 10 de agosto de 1871. , El departamento, esta representado por un Consejo General elegido por 6 arios por sufragio universal. El consejo general elige a su vez al presidente, quien es el ejecutivo del departamento, que prepara y ejecuta las deliberaciones del Consejo general, administra el presupuesto y dirige el personal. El departamento tiene varias funciones : accion social, construcciôn y mantenimiento de los colegios de secundaria, concentraciôn rural, organizaciôn de transporte escolar... Texto tomado de una publicacién de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia Actualmente se cuenta con 100 departamentos (entre ellos 4 son de Ultramar) La Regiôn Es la estructura mas reciente de la adminstracion local fancesa, la regiôn se convierte en gobierno local después de la promulgaciôn de las leyes sobre decentralizaciôn, el 16 de marzo de 1986, fecha de la primera elecclôn de consejeros regionales elegidos por 6 aiios por sufragio universal. Los consejos reg ionales eligen el presidente del consejo reg ional quien maneja el presupuesto, dirige el personal y conduce la polEtica de la regiôn ligada a la acciôn econômica, al ordenamiento territorial, y a la formaciôn profesional. En Francia existen 26 regiones entre las cuales 4 son de ultramar. , Las estructuras de cooperaciôn intermunicipal (mancomunidades) Las primeras estructuras de cooperaciôn intermunicipal fueron creadas por la ley del 22 de marzo de 1890: se trataésta de sindicatos intermunicipales con vocaciôn ûnica. En 1959 fueron creados los sindicatos intermunicipales con vocaciôn mûltiple. La ley del 31 de diciembre de 1966 instituyô la comunidad urbana y la ley 13 de julio de 1983, los sindicatos de aglomeraciôn. La ley de orientaciôn del 6 de febrero de 1992 creô la comunidad de comunas y la comunidad de ciudades. Finalmente, la ley del 12 de julio de 1999 concerniente al fortalecimiento y a la simplificaciôn de la cooperaciôn intermunicipal tuvo por objetivos: simplificar el marco institucional de la intermunicipalidad, relanzar la intermunicipalidad urbana, consolidar la intermunicipalidad rural, promover un impuesto profesional unificado. Actualmente, las comunas pueden asociarse para el ejercicio de sus competencias en el seno de tres categorfas de estructuras de cooperaciôn intermunicipal. Por orden de integraciôn creciente se pueden citar: • La comunidad de comunas, reagrupa varias comunas limitrofes y sin enclave para la elaboraciôn de un proyecto comûn de desarrollo y de ordenamiento del espacio. • La comunidad de aglomeraciôn, reagrupa varias comunas representando todas ellas al menos 50.000 habitantes airededor de una ciudad centro de 15.000 habitantes. El perimetro formado por la comunidad debe ser consecutivo y sin enclave con el objeto de elaborar y conducir de manera conjunta un proyecto comûn de desarrollo urbano y de ordenamiento territorial. • La comunidad urbana, reagrupa varias comunas limitrofes y 5m enclave que formen un conjunto de mas de 500.000 habitantes que se asocien en el seno de un espacio de solidaridad para elaborar y conducir de manera conjunta un proyecto comûn de desarrollo ubano y de ordenamiento territorial. Texto tomado de una publicaciôn de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia El roi del prefecto El prefecto, nombrado por decreto del presidente de la Républica, es el ûnico titular de la autoridad dei Estado en el territorio que administra. El es quien representa al Primer Ministro y a cada uno de los ministros A nivel local es el jefe del conjunto de los servicios desconcentrados dei Estado, con excepciôn de los servicios judiciales y financieros. . Es el responsable dei orden pûbiico, de la organizaclôn de diferentes elecciones y de brindar auxilio en caso de catéstrofe. Ademés de su funciôn de garante del respeto de las leyes, tiene igualmente un roi de consejero, de arbitro y de mediador frente a los gobiernos locales. Por otra parte, tiene una mision de solidaridad y de apoyo a los gobiernos locales: apoyo a proyectos de interés comûn y participaciôn en los proyectos de inversiôn en materia de desarrollo econômico. El Prefecto juega igualmente un papel importante en las relaciones contractuales, acuerdos y convenciones que él establece en nombre del Estado con ios gobiernos locales. Finalmente, en el campo de ordenamiento territorial, tiene un papel fundamental como negociador de los contratos marco entre el Estado y las regiones. LOS PR1NCIPIOS DE LA LIBRE ADMIN1STRAC1ON DE LOS GOBIERNOS LOCALES Las leyes sobre decentralizaciôn promulgadas en 1982, ponen en aplicaciôn los siguientes pincipios: • • • • • La supresiôn de la tutela dei Estado y la transferencia de poderes a los alcaldes, presidentes de consejos generales y regionales; La Transferencia de ciertas competencias del Estado a Ios gobiernos locales. Al mismo tiempo fueron transferidos los medios financieros y humanos para asegurar estas nuevas competencias; Las Regiones, anteriormente consideradas como establecimientos pûblicos fueron erigidas en gobiernos locales de pleno ejercicio como Ios departamentos y las comunas. La autonomia juridica y financiera de los gobienos locales y la ausencia total de la jerarqufa y de tutela entre ellas; La creaciôn de un estatuto que reagrupa el personal de ios gobiernos locales, quienes son los que conforman la funci6n ptblica territorial. Traducciôn hecha por: Carolina Corredor, Cités Unies France Texto tomado de una publicacién de la Direction Générale des CollectMtés Locales del Ministerio del Interior de Francia La Organizaciôn Polftica y Administrativa de Francia [ Presidente de la Reptblica (elegido por 5 arios) 1 Poder Ejecutivo Poder legislativo — I I Asamblea Nacional 577 diputados elegidos por 5 afos TL Gobierno Y administraciones centrales Sènado 321 senadores elegidos por 9 aos Presidente del Consejo Regional 26 Prefectos de Regiones Estan los Prefectos de departamento y de regiôn Presidente del Consejo General Alcaldia Texto tomado de una publicaciôn de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del lnterior de Francia L Poder Juridiccional J Consejo Constitucional El Consejo de Estado El Tribunal de cuentas 7 cortes admi nstrativas de apelaciones 34 tribunales administrativos 22 Càmaras Regionales de Cuentas Texto tomado de una publicaclôn de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia