La Organizaciôn Politica y Administrativa de Francia

Transcripción

La Organizaciôn Politica y Administrativa de Francia
France
La Organizaciôn Politica y Administrativa de Francia
u
Texto tomado de una publicaci6n de la
“Direction Générale des Collectivités Locales»
dcl Ministerio dcl Interior de Francia.
LA ORGANIZACION POLITICA Y ADMINISTRATIVA DE FRANCIA
Francia es un pais con un régimen democrâtico, parlamentario y presidencial, donde
existe una separaciôn de poderes:
•
•
•
El Poder ejecutivo: Està representado por el Presidente de la Reptiblica, y el
Primer Ministro con su gabinete de gobierno
El Poder Legislativo: Està ejercido por el Parlamento Asamblea Nacional y el
Senado
El Poder Judicial: Està representado por la Magistratura y es independiente de
los otros dos poderes.
-
ORGANIZACION POLITICA DEL ESTADO
Està conformada por
•
•
El Presidente de la Repiàblica que es el jefe de Estado, que es elécto por
sufragio universal para un periodo de 5 ai’ios. El presidente designa al Primer
M in istro.
El Gabinete de Gobierno (los ministros de gobierno): El Primer ministro es el
jefe de gobierno.
Los ministros, miembros del gobierno son designados por el presidente de la
Repûblica en base a una propuesta del Primer Ministro.
El gobierno determina y conduce la politica de la Naciôn y esta representado en el
territorlo por los prefectos.
El Parlamento representa el poder legislativo y esta compuesto por dos
càmaras:
1. La Asamblea Nacional: Cuenta con 577 diputados electos por los ciudadanos
por un periodo de 5 ailos por un escrutinio uninominal en 2 turnos.
2. El Senado: cuenta con 321 senadores electos por un periodo de 9 arios (un
tercio es renovado cada 3 arlos) por sufragio indirecto de los « grandes
electores» (Ios diputados, los consejeros generales, los consejeros regionales,
los consejeros de la Asamblea de Côrcega, y los delegados municipales, entre
los cuales estan los alcaldes).
•
Ademâs de los organos clasicos que componen el poder ejecutivo y e! poder
legislativo, con viene mencionar la existencia de los Organos Juridiccionales y
Consultivos:
•
•
•
•
•
El Consejo Constitucional: jurisdicciôn suprema, garante de la constitucionalidad
de las leyes.
El Consejo de Estado : jurisdicciôn suprema en materia administrativa.
El Tribunal de apelaciones : jurisdicciôn suprema en materia juridica
El tribunal de cuentas: instancia que se encarga de verificar las cuentas pûblicas
del Estado.
El Tribunal supremo de la Magistratura: ôrgano consultativo encargado de
garantizar la independencia de la magistratura.
Texto tomado de una publicacién de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia
•
El Consejo econômico y social: tiene una funciôn de organo de consulta. Esta
compuesto por representantes de empresas, sindicatos, agricultores
ORGANIZACION DECENTRALIZADA DE LA REPUBLICA
La organizaciôn decentralizada de Francia se caracteriza por una superposiciôn de
niveles administrativos y de un nûmero elevado de gobiernos locales. A partir de la
creaciôn de la ley de decentralizaciôn existen tres niveles de gobiernos locales con
pleno ejercicio, entre los cuales hay que resaltar los reagrupamientos de las
comunas o municipios:
La comuna o municipio
Es la mas pequeia y la mas antigua subdivisiôn administrativa, ya que ésta sustituyô
a las ciudades y a las parrôquias de la Edad Media. La comuna fue establecida en
1789, mucho antes de que se le reconociera un inicio de autonoma con la
promulgaciôn de la ley del 5 de abril de 1884, verdadera carta comunal.
La comuna esta administrada por un Consejo Municipal, elegido por sufraflo
universal directo cada 6 aios. Una vez electos, los consejeros municipales eligen
entre ellos al alcalde.
El alcalde es el ejecutivo de la Comuna y administra el presupuesto. El es el
empleador del personal de la comuna y ejerce las funciones de los servicios de
proximidad: escuelas, urbanismo, acciôn social, transporte escolar, recolecta de
basuras y vertedero, tratamiento del agua
El es igualmente el agente de Estado en b referente a las funciones de estado civil,
orden pûblico, organizaciôn de elecciones y expediciôn de titubos reglamentarios.
Actualmente, se cuenta con 36 .779 comunas (de las cuales 214 estân en bos
departamentos y territorios de ultramar)
El departamento
Creado por la revolucion, el departamento se convierte en gobierno local autônomo
con un organo de deliberaciôn y un ejecutivo que son electos de acuerdo a la ley
del 10 de agosto de 1871.
,
El departamento, esta representado por un Consejo General elegido por 6 arios por
sufragio universal. El consejo general elige a su vez al presidente, quien es el
ejecutivo del departamento, que prepara y ejecuta las deliberaciones del Consejo
general, administra el presupuesto y dirige el personal.
El departamento tiene varias funciones : accion social, construcciôn y mantenimiento
de los colegios de secundaria, concentraciôn rural, organizaciôn de transporte
escolar...
Texto tomado de una publicacién de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia
Actualmente se cuenta con 100 departamentos (entre ellos 4 son de Ultramar)
La Regiôn
Es la estructura mas reciente de la adminstracion local fancesa, la regiôn se
convierte en gobierno local después de la promulgaciôn de las leyes sobre
decentralizaciôn, el 16 de marzo de 1986, fecha de la primera elecclôn de
consejeros regionales elegidos por 6 aiios por sufragio universal.
Los consejos reg ionales eligen el presidente del consejo reg ional quien maneja el
presupuesto, dirige el personal y conduce la polEtica de la regiôn ligada a la acciôn
econômica, al ordenamiento territorial, y a la formaciôn profesional.
En Francia existen 26 regiones entre las cuales 4 son de ultramar.
,
Las estructuras de cooperaciôn intermunicipal (mancomunidades)
Las primeras estructuras de cooperaciôn intermunicipal fueron creadas por la ley del
22 de marzo de 1890: se trataésta de sindicatos intermunicipales con vocaciôn
ûnica. En 1959 fueron creados los sindicatos intermunicipales con vocaciôn
mûltiple. La ley del 31 de diciembre de 1966 instituyô la comunidad urbana y la ley
13 de julio de 1983, los sindicatos de aglomeraciôn.
La ley de orientaciôn del 6 de febrero de 1992 creô la comunidad de comunas y la
comunidad de ciudades. Finalmente, la ley del 12 de julio de 1999 concerniente al
fortalecimiento y a la simplificaciôn de la cooperaciôn intermunicipal tuvo por
objetivos: simplificar el marco institucional de la intermunicipalidad, relanzar la
intermunicipalidad urbana, consolidar la intermunicipalidad rural, promover un
impuesto profesional unificado.
Actualmente, las comunas pueden asociarse para el ejercicio de sus competencias
en el seno de tres categorfas de estructuras de cooperaciôn intermunicipal. Por
orden de integraciôn creciente se pueden citar:
•
La comunidad de comunas, reagrupa varias comunas limitrofes y sin enclave
para la elaboraciôn de un proyecto comûn de desarrollo y de ordenamiento del
espacio.
•
La comunidad de aglomeraciôn, reagrupa varias comunas representando
todas ellas al menos 50.000 habitantes airededor de una ciudad centro de
15.000 habitantes. El perimetro formado por la comunidad debe ser consecutivo
y sin enclave con el objeto de elaborar y conducir de manera conjunta un
proyecto comûn de desarrollo urbano y de ordenamiento territorial.
•
La comunidad urbana, reagrupa varias comunas limitrofes y 5m enclave que
formen un conjunto de mas de 500.000 habitantes que se asocien en el seno de
un espacio de solidaridad para elaborar y conducir de manera conjunta un
proyecto comûn de desarrollo ubano y de ordenamiento territorial.
Texto tomado de una publicaciôn de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia
El roi del prefecto
El prefecto, nombrado por decreto del presidente de la Républica, es el ûnico titular
de la autoridad dei Estado en el territorio que administra. El es quien representa al
Primer Ministro y a cada uno de los ministros A nivel local es el jefe del conjunto de
los servicios desconcentrados dei Estado, con excepciôn de los servicios judiciales y
financieros.
.
Es el responsable dei orden pûbiico, de la organizaclôn de diferentes elecciones y de
brindar auxilio en caso de catéstrofe.
Ademés de su funciôn de garante del respeto de las leyes, tiene igualmente un roi
de consejero, de arbitro y de mediador frente a los gobiernos locales. Por otra parte,
tiene una mision de solidaridad y de apoyo a los gobiernos locales: apoyo a
proyectos de interés comûn y participaciôn en los proyectos de inversiôn en materia
de desarrollo econômico. El Prefecto juega igualmente un papel importante en las
relaciones contractuales, acuerdos y convenciones que él establece en nombre del
Estado con ios gobiernos locales.
Finalmente, en el campo de ordenamiento territorial, tiene un papel fundamental
como negociador de los contratos marco entre el Estado y las regiones.
LOS PR1NCIPIOS DE LA LIBRE ADMIN1STRAC1ON DE LOS GOBIERNOS
LOCALES
Las leyes sobre decentralizaciôn promulgadas en 1982, ponen en aplicaciôn los
siguientes pincipios:
•
•
•
•
•
La supresiôn de la tutela dei Estado y la transferencia de poderes a los
alcaldes, presidentes de consejos generales y regionales;
La Transferencia de ciertas competencias del Estado a Ios gobiernos
locales. Al mismo tiempo fueron transferidos los medios financieros y humanos
para asegurar estas nuevas competencias;
Las Regiones, anteriormente consideradas como establecimientos pûblicos
fueron erigidas en gobiernos locales de pleno ejercicio como Ios departamentos y
las comunas.
La autonomia juridica y financiera de los gobienos locales y la ausencia total
de la jerarqufa y de tutela entre ellas;
La creaciôn de un estatuto que reagrupa el personal de ios gobiernos locales,
quienes son los que conforman la funci6n ptblica territorial.
Traducciôn hecha por: Carolina Corredor, Cités Unies France
Texto tomado de una publicacién de la Direction Générale des CollectMtés Locales del Ministerio del Interior de Francia
La Organizaciôn Polftica y Administrativa de Francia
[
Presidente de la
Reptblica (elegido
por 5 arios)
1
Poder Ejecutivo
Poder legislativo
—
I
I
Asamblea
Nacional
577 diputados
elegidos por 5
afos
TL
Gobierno
Y
administraciones
centrales
Sènado
321 senadores
elegidos por 9
aos
Presidente del
Consejo
Regional
26 Prefectos
de Regiones
Estan los
Prefectos de
departamento
y de regiôn
Presidente del
Consejo
General
Alcaldia
Texto tomado de una publicaciôn de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del lnterior de Francia
L
Poder Juridiccional
J
Consejo
Constitucional
El Consejo de
Estado
El Tribunal de
cuentas
7 cortes
admi nstrativas
de apelaciones
34 tribunales
administrativos
22 Càmaras
Regionales de
Cuentas
Texto tomado de una publicaclôn de la Direction Générale des Collectivités Locales del Ministerio del Interior de Francia

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