Estudio competencia sector camping

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Estudio competencia sector camping
EL SECTOR DE LOS CAMPINGS EN GALICIA
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA COMPETENCIA
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ESTUDIO SOBRE EL SECTOR DE LOS CAMPINGS EN GALICIA
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA COMPETENCIA
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Indice
ESTUDIO SOBRE EL SECTOR DE LOS CAMPINGS EN GALICIA DESDE EL
PUNTO DE VISTA DE LA COMPETENCIA
Índice
Índice .................................................................................................................................................2
0. Introducción del informe ..............................................................................................................3
1. Análisis del sector de campings desde el punto de vista de la competencia ...........................4
1.1. Mercado de producto ...........................................................................................................5
1.3. Estructura de la oferta........................................................................................................13
1.4 Barreras de entrada ............................................................................................................18
1.5. Precios.................................................................................................................................32
2. Conclusiones...............................................................................................................................35
3. Análisis del sector de campings (consultoría) ...........................................................................36
4. Fuentes de información..............................................................................................................39
5. Apéndice: tablas, gráficas y mapas............................................................................................40
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1.2. Mercado geográfico .............................................................................................................9
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0. Introducción del informe
El presente informe y a petición del Tribunal General de Defensa de la Competencia abarca
dos áreas claramente diferenciadas:
o una primera estrictamente relativa al análisis y estudio del sector de campings en
Galicia desde el punto de vista de la competencia y
o una segunda, que supone un análisis inicial de consultoría de la situación actual del
sector del camping y posibles mejoras del mismo.
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1. Análisis del sector de campings desde el punto de vista de
la competencia
Dentro de las prácticas más habituales que afectan a la competencia empresarial cabe destacar
las siguientes:
o
Abuso de posición dominante (número de empresas en el sector e índices de
concentración)
o
Prácticas de competencia desleal
o
Existencia de barreras legales de entrada
o
Acuerdos entre empresas/Decisiones de patronales
A lo largo de este informe se analizará la existencia o no de alguna de estas prácticas más
económico determinado, se requiere la definición del mercado relevante desde la doble
perspectiva del producto y del área geográfica. Resulta necesario en total la definición e
identificación de los siguientes elementos en el sector de campings de Galicia:
1. Mercado de producto
2. Mercado geográfico
3. Estructura de la oferta
4. Barreras de entrada
5. Precios
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habituales, limitadoras de la competencia, pero como paso previo para el análisis de un sector
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1.1. Mercado de producto
La Comunicación de la Comisión Europea1 relativa a la definición del mercado relevante,
establece en su párrafo 7 que: “El mercado de producto de referencia comprende la totalidad de
los productos y servicios que los consumidores consideren intercambiables o sustituibles en
razón de sus características, su precio o el uso que prevea hacer de ellos.”
El mercado relevante son el conjunto de bienes o servicios considerados sustitutos (la
"Comission Notice" habla de “intercambiables por el consumidor”). Desde el punto de vista
económico estos bienes o servicios suponen un mercado "que valdría la pena monopolizar" (en
inglés "a market worth monopolising") puesto que si una empresa controlara todo el mercado
relevante podría incrementar el precio de este producto o productos sin por ello provocar que los
consumidores elijan otros productos (puesto que al controlar hipotéticamente el mercado
relevante no existirían productos sustitutos de éste).
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Si dos productos o servicios son considerados sustitutos por el consumidor esto implica que los
productores de los dos bienes o servicios son empresas competidoras y por lo tanto se
encuentran o compiten por un mismo mercado. Así pues, esto tendría distintas consecuencias en
el análisis económico de una fusión, un abuso de una posición dominante o cualquier otra
patología de la competencia.
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Para la definición del mercado relevante del producto “campings” podemos basarnos en la
opinión de la Comisión de las Comunidades Europeas sobre un producto comparable, como
sería el sector hotelero. Así, en los casos Hilton/Accor/Travel Services
2,3
, la Comisión no
consideró necesario cerrar la definición de mercado relevante de producto en el sector hotelero.
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En ese caso, las partes notificantes eran de la opinión de la existencia de un mercado general de
hoteles a nivel local y nacional, excepto para los hoteles más caros y más baratos. Las partes
consideran que subdivididos los hoteles por estrellas, existían diferencias en los precios de los
hoteles más caros y más baratos. La Comisión4 consideró, que si resultaba necesario realizar
una segmentación del mercado de hoteles, lo más apropiado sería realizarla en los siguientes
1
DO C 372, de 9.12.1997
DO C 127, de 27.04.2001 p. 9
3
DO C 017, de 24.01.2003 p. 5
4
Decisión de la Comisión sobre una operación de concentración en el asunto Cendant/Galileo, DO C 321 de 16.11.2001 p. 8,
Decisión de la Comisión sobre una operación de concentración en el asunto Accor/Blackstone/Colony/Vivendi, DO C 347 de
03.12.1999, p. 7. Decisión de la Comisión sobre una operación de concentración en el asunto Bass Plc/Saison Holdings B.V., DO C
156 de 21.05.1998, p. 11.
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subgrupos: hoteles de 1 y 2 estrellas, hoteles de 2 y 3 estrellas, hoteles de 3 y 4 estrellas u
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hoteles de 1,2 y 3 estrellas y hoteles de 2,3 y 4 estrellas.
En el caso nacional N-100 SOL MELIÁ/TRYP se consideró la posibilidad de incluir en un mismo
mercado
de
producto
a
todos
los
establecimientos
hoteleros,
excluyendo
sólo
los
extremadamente caros y los más baratos. En este caso también se planteó la posibilidad de
diferenciar mercados constituidos por categorías contiguas.
No obstante, dada la naturaleza de la operación analizada, no se estimó necesario cerrar la
definición del mercado al igual que en el caso comunitario Hilton/Accor/Forte/Travel Services,
procediendo a su análisis en distintos escenarios.
Nominalmente existen cuatro tipos de campings:
o
Camping de "lujo",
o
Camping de primera
o
Camping de segunda
o
Camping de tercera
La categoría está en función de los servicios que presta el camping y usualmente existen
diferencias de precios entre las categorías. Sin embargo, en un estudio realizado por Consumer
del grupo Eroski se ha concluido que no siempre es así en el mercado de los campings5. En los
campings analizados la diferencia en los precios es exigua. Así, con datos extraidos de la guía
de campings de 20076, el precio medio de los campings de Galicia para el supuesto de una
familia compuesta por un matrimonio y un niño de cinco años que disfruta de quince días de
vacaciones en un establecimiento al que llega en coche con tienda de campaña7 ha sido el
siguiente:
o
De Lujo: inexistente
o
1ª categoría 422 €
o
2ª categoría 371 €
o
3ª categoría 327 €
Como se puede apreciar, la diferencia de precios entre la 1ª y la 2ª categoría es mínima, apenas
50 € para el intervalo de tiempo examinado. Y entre la segunda y la tercera la diferencia es aún
menor, 44 €. Las diferencias de servicio entre las diversas categorías tampoco son excesivas.
Todo ello, y el hecho de que el primer criterio de elección de un camping sea su localización, de
5
Revista Consumer nº 24. Julio-Agosto 1999.
Guía de campings de Galicia 2007. Turgalicia. Dirección Xeral de Turismo. Xunta de Galicia
7
Se incluye el coste del alojamiento, el derecho a instalar la tienda y el coche, además del precio del derecho a enchufe de la luz
6
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modo similar a como ocurre en los hoteles8 y no los servicios /precios, nos induce a concluir que
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existe un único mercado de campings sin segmentar por categorías.
Dentro de este mercado de producto, es preciso considerar si existe o no sustitubilidad desde el
punto de vista de la oferta.
La sustitubilidad de la oferta puede ser considerada en aquellas situaciones en las que su
efecto es equivalente a la sustitubilidad de la demanda en términos de efectividad e inmediatez.
Esto requiere que los proveedores puedan aumentar la producción del producto relevante y
ponerla en el mercado en un corto plazo sin incurrir en costes o riesgos significativos adicionales
en respuesta a cambios pequeños y permanentes en los precios relativos. Cuando esto ocurre,
el efecto de más oferta en el mercado produce un efecto disciplinario competitivo sobre las
compañías del sector. El impacto en estos casos es similar en inmediatez y efectividad al de la
sustitubilidad de la demanda. Resulta obvio que para los proveedores de los campings no es
factible aumentar de forma rápida la oferta de plazas de campings disponibles pues supone un
ajuste de los activos, de inversiones adicionales y/o estratégicas y no se puede realizar de forma
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rápida. Por ello cabe concluir que no existe en el mercado del camping sustitubilidad de la oferta.
Cabe también establecer la posible existencia o no de sustitubilidad de la demanda. Una vez
definido el mercado de producto relevante como un mercado general del sector campings sin
subsegmentación por categorías, no cabe en principio establecer la existencia de ésta
sustitubilidad. Sin embargo, con una visión más amplia cabría analizar la sustitubilidad por otros
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productos de otras familias como los albergues, casas rurales, u hostales en competencia con el
sector.
Así un estudio de mercado relativo a la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ)9 hecho en
octubre de 2005 establece que la máxima competencia de los albergues por precio y perfil de
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usuario son los campings y las casas rurales. Si bien, establecen que los campings son
similarmente competitivos en los precios que los albergues, y que presentan otras cualidades
(mayor sensación de libertad, mayor intimidad y encanto) salen perdiendo en cuanto a
incomodidad, requieren equipamiento, coche y se ven limitados al buen tiempo. Las casas
rurales frente a los campings son una opción más cara, pero presentan un mayor encanto, son
más cómodas, íntimas y seguras. De acuerdo con el mismo estudio, los usuarios de los
campings presenta características intermedias entre los usuarios de los albergues y las casas
rurales: es un perfil de gente joven y que viaja con amigos y con perfil de pocos ingresos (similar
8
9
Operación de concentración Hilton/Accor/Forte/Travel Services JV. DO C 127 de 27.04.2001 p. 9
Estudio de mercado relativo a la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ). Octubre 2005. Instituto DYM Market Research.
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a los albergues) o de edad joven-media con mayores ingresos y que viajan en pareja/familia
demanda, la posible sustitución de los campings por albergues o casas rurales en
aquellas zonas del mismo mercado geográfico relevante.
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(como los usuarios de las casas rurales). Así, cabría incluir dentro de la sustitubilidad de la
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1.2. Mercado geográfico de los campings.
La definición de los mercados relevantes ha sido, y continúa siendo en la actualidad, un
elemento clave en la aplicación de la política de competencia. La importancia que las autoridades
de defensa de la competencia otorgan a los niveles de concentración dentro de cada mercado
relevante hace que la definición de estos últimos resulte fundamental en la evaluación del efecto
adverso del ejercicio del poder de mercado. El estudio de la concentración ha sido y continuará
siendo uno de los métodos más utilizados en el análisis de la competencia tal y como señalan
Brekens y Verboven10.
La Comunicación de la Comisión Europea relativa a la definición del mercado relevante
establece en su párrafo 8: “El mercado geográfico de referencia comprende la zona en la que
las empresas afectadas desarrollan actividades de suministro de los productos y de prestación
de los servicios de referencia, en la que las condiciones de competencia son suficientemente
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homogéneas y que pueden distinguirse de otras zonas geográficas próximas debido, en
particular, a que las condiciones de competencia en ella prevalecientes son sensiblemente
distintas a aquellas”.
Los dos principales enfoques utilizados para definir los mercados geográficos relevantes son, por
un lado las divisiones administrativas del Estado y, por otro lado, las metodologías de
diferenciales de precios.
Es habitual en el análisis sobre el comportamiento de los mercados, realizar aproximaciones
''intuitivas'' sobre el mercado geográfico relevante, relacionándolo con alguna de las divisiones
administrativas del territorio. Ejemplos de este tipo de aproximaciones las podemos encontrar en
Slade11, donde la autora considera que el mercado geográfico relevante es la ciudad de
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Vancouver, o el artículo publicado por Borenstein y Shepard12 donde igualmente consideran las
ciudades norteamericanas como los mercados geográficos relevantes de su estudio.
No existe ninguna definición de mercado geográfico para el sector de campings por la Comisión
Europea. A este respecto, y en el sector con más similitud, el sector hotelero, la Comisión en las
Decisiones en operaciones de concentración estudiadas estima que este sector muestra
características de mercado geográfico nacionales y locales:
10
Brekens, R. y Verboven, F. (2005). “Market definition with differentiated products-Lessons form the car market” Discussion Paper
Series CEPR, Nº 5249
11
Slade, M.E. (1992). “'Vancouver's Gasoline-Price Wars: An Empirical Exercise in Uncovering Supergame Strategies'' Review of
Economics Studies, Vol. 59. Issue 4. pp. 257-76.
12
Borenstein, S., y Shepard, A. (1996) ''Dynamic Pricing in Retail Gasoline Markets'' Rand Journal of Economics, Vol. 37. Issue 3. pp.
429-51.
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-
nacional, porque las condiciones de competencia son homogéneas a nivel nacional. La
estructura de la oferta puede variar de un mercado nacional a otro considerando que la
industria hotelera depende enormemente del ciclo económico nacional.
-
local, por la existencia de un segundo grado de competencia a nivel local entre los
hoteles pertenezcan o no, a una cadena hotelera. El primer criterio para la elección de un
hotel es su localización. Los mercados geográficos locales son útiles para medir la
sustitubilidad entre hoteles individuales desde el punto de vista del cliente. Las ciudades
pueden considerarse como mercados locales de los hoteles puesto que los clientes
seleccionan el hotel en la ciudad donde quieren quedarse”.
En cuanto a que el mercado de los campings en, similitud con los hoteles, tenga características
nacional y local, creemos que en el caso gallego se adecuaría mejor una definición del mercado
geográfico por zonas turísticas y locales. Así, no podemos considerar Galicia como una zona
totalmente homogénea, ya que no todas las áreas son igualmente conocidas y con el mismo
considerar los siguientes destinos como zonas turísticas:
o
Santiago de Compostela y “Camino de Santiago”: Estaría ligado a un turismo religioso y
cultural cuyo foco de atracción es la tumba del apóstol Santiago y la catedral.
o
La Mariña lucense: Comprende el territorio costero que se extiende desde Estaca de Bares
hasta Ribadeo.
o
La Galicia interior: La principal motivación de los clientes en este destino es el ocio y el
contacto con el medio ambiente, ya sea para la realización del turismo rural, turismo verde,
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objetivo vacacional (sol y playa, naturaleza, turismo cultural, etc). De esta forma, podemos
agroturismo, o incluso un tipo de turismo cultural, para conocer la forma de vida de los
pueblos gallegos. Se diferencia del primer destino identificado en que aquel estaría más
ligado al Camino de Santiago.
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o
Las Rías Altas y la Costa da Morte: Esta zona estaría formada por las ciudades de A Coruña,
Ferrol y un gran número de pequeños pueblos costeros. Su climatología no es
excesivamente adecuada para el desarrollo del turismo de playa, pero sí para el de aventura
y el paisajístico.
o
Las Rías Baixas: lo conforman las rías gallegas (Ría de Vigo, Ría de Pontevedra, Ría de
Arousa, Ría de Muros y Noia)
La mayoría de los usuarios de los campings en Galicia se dirigen a la zona turística o población
específica como criterio de elección del mismo si bien en alguna zona, como la Mariña o las Rías
Altas, se podría competir con Asturias y en las Rías Baixas con la zona norte de Portugal. En
estos ámbitos el mercado relevante a nivel de zona turística incluiría también dichas áreas. Así,
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en zonas como la Mariña la definición de mercado geográfico, aparte de la competencia a nivel
local, incluiría también la zona de campings del occidente asturiano.
Por otra parte, es necesario reseñar que la regulación de los campings es una competencia de
las comunidades autónomas y que cada una establece los requisitos para las distintas categorías
de campings. Aunque cada Comunidad establece sus propias regulaciones, los campings de
nivel similar comparten análogas exigencias, y se puede considerar que se dan unas condiciones
de competencia homogéneas. Existe además una clasificación a nivel nacional realizada por la
Federación Española de clubes campistas, estratificada en cinco niveles, ampliamente utilizada,
lo que reafirma las condiciones de competencia homogéneas (a nivel nacional o a nivel de zona
turística en Galicia).
En lo que atañe a este informe, y una vez definido Galicia como destino del acampada13 la
definición del mercado geográfico a aplicar sería bien la totalidad del territorio gallego o bien la
zona turística y/o localidad. Como quedó establecido, no podemos considerar Galicia como una
zona totalmente homogénea, ya que no todas las áreas tienen el mismo objetivo vacacional (sol
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y playa, naturaleza, turismo cultural, etc), por lo que la definición del mercado geográfico se
realizará por zona turística (las cinco definidas previamente) y/o localidades.
En cuanto a la competencia a nivel local, desde el punto de vista de la demanda, los clientes
suelen considerar como sustitutivos los establecimientos ubicados en una misma localidad. De
ahí que se valore la posible existencia de mercados locales o, dentro de zonas próximas.
El análisis de la competencia y la definición local de mercados se realiza habitualmente por
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medio de isócronas de igual desplazamiento. A este respecto, la Comisión europea ha realizado
numerosos análisis de competencia en mercados locales constituidos por la zona o zonas de
influencia de los establecimientos considerados. Así p.ej., en el caso de los bienes de consumo
diario14, ha considerado que la isócrona oscila entre los 15 minutos si la gran superficie está
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situada en núcleos urbanos, y 30 minutos si lo está en núcleos rurales o no existe otra gran
superficie en el área delimitada. En el caso de productos duraderos, es preciso tener en cuenta
que a la hora de comprar, el consumidor estará dispuesto a realizar un desplazamiento mayor
dado que el valor unitario del producto suele aumentar, y este tipo de adquisiciones se suelen
realizar con una menor frecuencia. La Comisión también ha señalado que un examen limitado a
los mercados locales no reflejaría el impacto competitivo de una operación de concentración, en
13
La definición de un mercado nacional (español) sería aplicable si el estudio se realizase con ámbito de aplicación nacional (en este
caso el criterio de elección como destino turístico sería el país). En esa situación (el considerar el mercado relevante como nacional)
vendría marcado por la existencia de preferencias nacionales (elección de un país u otro como destino turístico por los campistas),
por la fijación (similitud) de precios a nivel nacional y por el establecimiento de políticas de promoción y publicidad a nivel de cada
país. Además, para poder considerar un mercado geográfico español, debieran existir grandes grupos que gestionan
establecimientos de camping con presencia en toda España lo que podría llevar a considerar la existencia de un mercado nacional.
14
Decisión de la Comisión sobre una operación de concentración en el asunto Carrefour/Promodes DO C 164, de 14.06.2000, P. 5 y
Decisión de la Comisión sobre una operación de concentración en el asunto Leroy Merlin/Brico DO C 187, de 07.08.2003, P. 11.
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el caso de que gran número de estos mercados se solaparan entre sí y cubrieran un área más
amplia o incluso el territorio de un Estado miembro (p.ej. una concentración empresarial de
campings en zonas próximas o en un área). La Comisión estima que deben tenerse en cuenta
ciertas decisiones, tales como la implantación de nuevos establecimientos, las campañas de
publicidad o promoción, la oferta disponible o los precios, entre otros.
A este respecto, en un reciente caso15 del sector turístico, El Servicio de Defensa de la
Competencia, consideró que dos emplazamientos turísticos (Cala D´Or y Cala Ferrara) situados
a unos 14 kilómetros y menos de 20 minutos en coche de otra tercera localidad, pertenecen a la
misma zona costera que esa tercera localidad. En todo caso, si se considerase una zona costera
más amplia, por entender que otros emplazamientos son sustitutivos por el lado de la demanda,
las conclusiones no variarían sustancialmente. Queda por definir con más exactitud qué distancia
en tiempo puede considerarse como isocrono para el sector de camping, pero entendemos dada
la similitud con los casos analizados (sector hotelero), que alrededor de 30 minutos, como
mínimo, sería lo correcto.
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geográfico por zona turística sin perjuicio de que el análisis de competencia se realice también a
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A la vista de lo expuesto, consideramos que los campings en Galicia tienen un mercado
monopolizase una serie de productos o zonas geográficas, tendría incentivos para aumentar los
nivel local.
Es necesario también apuntar que en la actualidad tanto en las guías de actuación de las
autoridades de la competencia de EEUU, como de la UE, es frecuente definir el mercado
relevante a través del “test del monopolista hipotético”, test muy congruente con los fundamentos
económicos de la competencia. Dicho test intenta medir si una empresa que hipotéticamente
precios entre un cinco y un díez por ciento de forma no transitoria. Si es así, los productos o
zonas geográficas estudiadas pertenecen al mismo mercado relevante. Se trata de identificar de
forma precisa cuáles son los límites del mercado donde la rivalidad tiene efectos beneficiosos
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para los consumidores. La clave en la definición del mercado geográfico relevante a nivel local
consiste en establecer con qué otros centros compite cada uno de ellos.
15
caso N-06052 Iberostar / Caja Madrid / Sa Nostra / Caixa Galicia / Inhova
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1.3. Estructura de la oferta.
La determinación de la estructura de la oferta tiene estrecha relación con el concepto de
mercado relevante y la defensa de la competencia. Por ejemplo, el objetivo de controlar
aquellos cambios que pueden afectar a la oferta de un producto o un servicio es prevenir la
creación o el refuerzo de una posición dominante que impida la competición efectiva en una
parte sustancial del mercado. Una posición dominante se define16 como aquella en la que
una empresa o un grupo de empresas estarían en una posición en la que se podría comportar
como deseasen independientemente de su competencia, clientes y en último lugar también
de los consumidores. Estas posiciones dominantes aparecen cuando se cuenta con una gran
cuota de mercado, y cuando además otros factores tampoco dificultan esa situación
(existencia de barreras de entrada, escasa capacidad de reacción de los consumidores, etc).
La oferta en el sector del camping ha mostrado un considerable crecimiento en los últimos
años, tanto en España como en Europa. Así en el año 1975, el número de plazas ofertadas
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por los campings era de 225.000, mientras que en 2004 fue de más de 485.000. Además se
aprecia una reestructuración que busca un turismo de mayor calidad aumentando la
proporción de campings de categorías más altas.
Para determinar la estructura de la oferta en Galicia se han utilizado como fuente de
información las guías de campings de Galicia editada por Turgalicia y la Dirección Xeral de
Turismo de la Xunta de Galicia y se ha analizado la evolución en los últimos años (20022007). También se han utilizado como fuentes las publicaciones del Instituto Nacional de
Estadística y el Instituto Gallego de Estadística.
El número total de plazas existentes en 2006 fue de 34.883 superior a las 33.091 de 200317
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en un 5,4%.
En las siguientes tablas elaboradas a partir de las guías de campings de Galicia se recogen el
número total de plazas de camping disponibles por población durante el período 2002-2007
y la cuota de mercado existente a nivel de Galicia (tabla 1), o a nivel de las zonas turísticas
definidas (tabla 2). En la tabla 3 la oferta existente y su incremento a lo largo del período
2002-2007.
16
17
Comisión Notice on the definition of the relevant market for the purposes of Community competition law. DO C 372 de 9.12.1997
En 2007, de acuerdo con la Guia de campings de Galicia es de 35.431
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También se muestra en la tabla 4 la oferta de los posibles productos de otras familias
sustitutivos como los albergues, casas rurales, u hostales en competencia con el sector.
TABLA 4
Galicia - Plazas de alojamiento
Turísticos
Hoteles (habitaciones)
Turismo rural (Plazas)
Campamentos de turismo (Plazas)
2003*
2004*
2005*
2006+
40.416
4.998
33.091
42.905
5.357
34.721
44.598
5.522
34.349
47.563
6.175
34.883
Incremento
2003-2006 (%)
17,7%
23,5%
5,4%
* Instituto Galego de Estatística (IGE)
+ Directorio de empresas e actividades turísticas (Aloxamentos turísticos) Consellería de Innovación e Industria. Dirección Xeral de Turismo.
Directorio
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Del análisis de estas tablas se pueden extraer las siguientes conclusiones:
1. El primer operador a nivel global en Galicia es el camping de Baiona, denominado
Bayona-Playa, con una cuota del 5,4% en plazas disponibles y el segundo el de
Cachadelos en Sanxenxo, con un 4,5 % de cuota de mercado (en oferta) en Galicia.
Las cuotas de mercado18 son bajas al no existir prácticamente operadores en régimen
de multipropiedad o con la multigestión de varios campings. De hecho, según la
información a la que se ha tenido acceso, sólo existe un operador con dos campings
en titularidad - campings Ría de Arosa (Pobra do Caramiñal) y Ría de Arousa 2 (Ribeira)
- que conjuntamente representan un 3,4% de la cuota de mercado gallega. Así pues, la
mayoría de los operadores son empresas de pequeña dimensión, y se observa una
gestión de corte familiar.
Considerando que el mercado de los campings en Galicia tiene una dimensión geográfica
por zona turística, las conclusiones que podemos obtener son en general similares. Así
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los primeros proveedores con mayor cuota de mercado en cada zona turística son los
siguientes:
o
Rías Baixas: “Bayona-Playa” en Baiona 9 % y “Cachadelos” en Sanxenxo, 7%
o
Rías Altas y Costa da Morte: “Ruta Finisterre” en Cee, un 11% y “Santa Marta” en
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Bergondo un 10%
o
Mariña lucense: “Benquerencia” en Barreiros 28%, y “San Rafael” en Foz, 19%
o
La Galicia interior: “O Corgo” en Muíños, 16%, y “A Freixa” en Ponteareas, 13%
o
Santiago de Compostela y el “Camino de Santiago”: “Monte do Gozo”, 63% y “As
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Cancelas”, 21%
Es necesario destacar que en la zona turística “Santiago de Compostela y “Camino de
Santiago” el primero operador cuenta con una cuota del 63%. Sin embargo hay que
considerar que dentro del Camino, Santiago de Compostela es el punto de destino final
mayoritario lo que debiera originar un mayor número de plazas disponibles en esta
ciudad. Además, comparando la oferta con la de otros posibles productos de otras
familias sustitutos como los albergues, o las casas rurales, la cuota bajaría
sensiblemente. Así, en Santiago existen 2.150 plazas de alberguista además de 800
18
Establecidas en oferta de plazas disponibles
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gratuitas, y 50 plazas de alojamiento rural. Si además consideramos las pensiones
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(unas 800 plazas), el porcentaje de plazas disponibles en camping bajaría a alrededor
del 20%.
2. El número de plazas hoteleras y de turismo rural ha aumentado en el período 20032006 en una mayor proporción que las plazas de camping (18% y 24% vs 5%). Esto
puede ser debido a un efecto de sustitución de la demanda de camping por plazas
hoteleras (pensiones o anteriormente denominados hostales, y casas rurales). Así el
numero de pernoctaciones en los alojamientos de turismo rural ha aumentado en el
período 2002-2006 en Galicia en un 55% y en alojamientos turísticos en un 45%, en
comparación con un reducido 7% en los campings (ver tabla 5)
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Tabla 5
Encuesta de ocupación en alojamientos turísticos (Fuente: Instituto Nacional de Estadística)
Viajeros, pernoctaciones por tipo de alojamiento y Comunidad Autónoma (datos Galicia)
Unidades: Personas, pernoctaciones
Pernoctaciones
2001
Establecimientos
hoteleros
2002
2003
2004
2005
2006
5.851.578 6.263.578 6.480.303 7.873.960 7.594.782 7.756.287
Incremento
periodo
2002-2006
33%
Acampamentos
turísticos
790.085
849.656
765.421
837.459
895.724
844.627
7%
Apartamentos
turísticos
124.214
123.544
112.737
135.695
174.780
180.983
46%
Alojamientos de
turismo rural
226.382
282.256
281.202
344.522
338.187
351.852
55%
3. La mayoría de las zonas turísticas cuentan con más de un camping (normalmente 3 ó
más) en un radio de 30-40 km. Sólo es necesario mencionar la zona de Galicia interior
o la zona turística Camino de Santiago, donde sí puede existir algún camping en que la
distancia al más cercano pueda ser superior (40-50 km) p.ej. Parada de Sil, Cervantes
o A Fonsagrada. Dentro de las zonas turísticas más frecuentadas (Rías Baixas, 61%
del mercado gallego y Rías Altas, 23%), y a nivel de localidad, existe una buena oferta
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de campings, ubicándose siempre al menos dos o tres campings en un radio de 30
con poca oferta disponible. Así las poblaciones de Cervantes o Guitiriz en la zona
turística del Camino (ver mapa adjunto) o A Fonsagrada, Allariz, Folgoso do Courel,
Parada de Sil, cuentan con un único camping estando el más cercano en el entorno de
40-50 km. Sin embargo en estas poblaciones existen productos de otras familias
sustitutos para el perfil del cliente del camping de esas poblaciones (mayoritariamente
peregrinos en el camino) como los albergues, casas rurales, o pensiones (anteriormente
denominados hostales), con lo que la competencia no está limitada.
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km. En la Galicia interior y en la zona del Camino de Santiago existe alguna localidad
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1.4. Barreras de entrada
El marco legal del sector viene perfilado por el artículo 27.21 del Estatuto de
Autonomía, que atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
promoción y ordenación del turismo.
Así las cosas, al amparo de dicho título competencial se aprobó la Ley 9/1997, de 21
de agosto, de ordenación y promoción del turismo19. Esta Ley deroga a la Ley 6/1992, de 26
de junio, de disciplina turística.
Para lo que aquí interesa, la Ley 9/1997, avanza ya en su Exposición de Motivos una
nítida conclusión:
“Con anterioridad a la presente Ley y en el ejercicio de esta competencia, se han
aprobado diferentes disposiciones que regulan aspectos específicos de la actividad turística,
como son, entre otros, la ordenación de los establecimientos del turismo rural y de los
campamentos públicos de turismo, el ejercicio de las actividades propias de las agencias de
viajes, el procedimiento de comunicación de precios de los establecimientos turísticos, el
régimen de inspecciones y sanciones mediante la Ley 6/1992, de 26 de junio, de disciplina
turística, el establecimiento de medidas de apoyo para la mejora de la infraestructura
hotelera, los registros de empresas y actividades turísticas de Galicia y de guías de turismo de
la Comunidad Autónoma de Galicia y el Consejo Gallego de Turismo.”
(…)
“El Capítulo II recoge, asimismo, la ordenación de los campamentos de turismo y de
los establecimientos de turismo rural, modalidades muy arraigadas en la oferta turística
gallega y que, como en el caso de los establecimientos de turismo rural, contribuyen
especialmente al aprovechamiento de la gran riqueza histórico-artística existente en nuestro
medio rural.”
De aquí puede inferirse que el propio legislador apunta cierto grado de sustitubilidad
entre la oferta de campamentos de turismo y los establecimientos de turismo rural, tal como
se colige de una interpretación lógico-sistemática de la opción técnico-jurídica de encuadrar
ambas ofertas en el mismo capítulo de la norma matriz y de destacar en la parte preliminar y
no dispositiva de la Ley, aunque con incuestionable valor hermenéutico, la proximidad entre
ambas modalidades de alojamiento.
Para comprender la estructura legal de la oferta en la que se ubica el sector,
hemos de traer a colación lo dispuesto en el artículo 25 de la meritada Ley, así como la
necesidad de inscribirse en un registro oficial para poder actuar como oferente:
“Artículo 25. Inscripción en el registro de empresas y actividades turísticas.
1. La inscripción será obligatoria para las siguientes empresas y actividades turísticas:
19
DOG nº 167, de 1 de septiembre de 1997.
BOE nº 237, de 3 de octubre de 1997.
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a) Establecimientos hoteleros.
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b) Apartamentos turísticos.
c) Ciudades de vacaciones.
d) Campamentos de turismo.
e) Empresas que gestionen alojamiento en régimen de aprovechamiento por turno.
f) Establecimientos de turismo rural.
g) Viviendas turísticas vacacionales.
h) Agencias de viajes y centrales de reservas.
i) Guías de turismo especializados.
j) Restaurantes.
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k) Cafeterías, cafés, bares y tabernas.
l) Empresas de catering y de colectividades.
m) Discotecas y salas de fiestas.
n) Cualesquiera otras ya reglamentadas o que en el futuro sean objeto de ordenación
especial por la Administración turística.
Estas empresas quedarán automáticamente inscritas en este Registro en el momento
en que se les otorgue, en su caso, la correspondiente autorización turística.”
Por consiguiente, existe a priori cierto grado de intervención de la Administración,
aunque sin carácter limitativo o restrictivo, fundamentando prima facie la acción de policía
administrativa en lo que afecta a la protección del consumidor o usuario, en aras del amparo
de bienes jurídicos superiores y tan cualificados como la salud o la seguridad.
Merced a la información recabada, la Administración puede a su vez clasificar la oferta
genérica de alojamientos en diversos grupos homogéneos, que se detallan en el artículo 29
de la Ley:
“Artículo 29. Clases.
1. Podrán prestar servicios de alojamiento turístico las siguientes clases de empresas:
a) Establecimientos hoteleros.
b) Apartamentos turísticos.
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c) Ciudades de vacaciones.
d) Campamentos de turismo.
e) Alojamientos en régimen de uso a tiempo compartido.
f) Establecimientos de turismo rural.
g) Viviendas turísticas vacacionales.
h) Cualesquiera otras que sean objeto de reglamentación especial.”
Pasamos de este modo a analizar la Sección 4 del Capítulo II de la Ley 9/1997
(artículos 41 a 44), cuyo artículo 41 tiene nueva redacción, como consecuencia de su
modificación por medio de la Ley 10/2004, de 2 de noviembre20, justificada en gran parte
por los cambios experimentados en el sector objeto de análisis 21.
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“SECCION 4. DE LOS CAMPAMENTOS DE TURISMO
Artículo 41. Concepto y definición. (Ex Ley 10/2004).
1. Se entiende por campamento de turismo, también denominado camping, el espacio de
terreno debidamente delimitado, dotado y acondicionado para su ocupación temporal por
personas que pretendan hacer vida al aire libre con fines vacacionales o de ocio y que pasen
la noche en tiendas de campaña, albergues móviles, remolques, caravanas u otros elementos
similares fácilmente transportables, así como en construcciones fijas destinadas al
alojamiento temporal siempre que se trate de edificaciones independientes o adosadas de
planta baja y que sean explotadas por el titular del establecimiento. Estos asentamientos y
construcciones fijas no tendrán en ningún caso carácter de residencia habitual.
20
DOG nº 224, de 17 de noviembre de 2004.
BOE nº 291, de 3 de diciembre de 2004.
Antigua redacción del artículo 41 de la Ley 9/1997:
“Artículo 41. Concepto y definición.
1. Se entiende por campamento de turismo, también denominado camping, al espacio de terreno debidamente delimitado, dotado y
acondicionado para su ocupación temporal por personas que pretendan hacer vida al aire libre con fines vacacionales o de ocio y que
pasen la noche en tiendas de campaña, albergues móviles, remolques, caravanas u otros elementos similares fácilmente
transportables.
2. Estos asentamientos temporales no tendrán carácter de residencia habitual ni sus instalaciones de alojamiento tendrán la
condición de permanentes desde el punto de vista constructivo o de edificación.
No obstante, la Administración turística podrá autorizar en los campamentos de turismo construcciones fijas destinadas al alojamiento
temporal siempre que se trate de edificaciones independientes o adosadas de planta baja y que sean explotadas por el titular del
establecimiento y siempre y cuando no superen el veinticinco por cien de la oferta total de las plazas del campamento.
Reglamentariamente se determinarán la superficie máxima de parcelas destinadas a este uso y los demás requisitos y condiciones
exigibles. En todo caso, en la instalación de campamentos de turismo se tendrá en cuenta la necesaria preservación de los valores
naturales o urbanos, artísticos, paisajísticos, agrícolas y forestales del territorio de que se trate.
3. Las disposiciones de la presente Ley no serán de aplicación a los albergues y campamentos juveniles, centros y colonias de
vacaciones escolares, fijos o itinerantes, los cuales se regirán por su normativa específica.
4. Reglamentariamente la Xunta determinará la superficie mínima de los campamentos de turismo, el número de plazas a instalar
entre las diferentes categorías, los criterios de utilización y las medidas a adoptar para la preservación de los recursos turísticos.”
21
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2. La superficie destinada a construcciones fijas no podrá superar el cincuenta por ciento de
la oferta total de plazas de campamento. Reglamentariamente se determinarán la superficie
máxima de parcelas destinadas a construcciones fijas y los demás requisitos y condiciones
exigibles.
3. Reglamentariamente la Xunta determinará la superficie mínima de los campamentos de
turismo, la superficie máxima de la zona de acampada, el número de plazas a instalar con
arreglo a las diferentes categorías, los criterios de utilización y las medidas que han de
adoptarse para la preservación de los recursos turísticos. En todo caso, en la instalación de
campamentos de turismo se tendrá en cuenta la necesaria preservación de los valores
naturales o urbanos, artísticos, paisajísticos, agrícolas y forestales del territorio de que se
trate.
4. Las disposiciones de la presente Ley no serán de aplicación a los albergues y
campamentos juveniles, a los centros y a las colonias de vacaciones escolares, fijos o
itinerantes, que se regirán por la normativa específica.
Artículo 42. Normas generales.
1. Queda expresamente prohibida por la presente Ley la libre acampada en todo el territorio
de la Comunidad Autónoma de Galicia. A los efectos de esta Ley se entiende por acampada
libre la realizada fuera de los campamentos de turismo.
2. No obstante, podrán realizarse acampadas itinerantes, de acuerdo con lo que se
establezca reglamentariamente, respetando los derechos de propiedad y del uso del suelo.
A los efectos de lo dispuesto en la presente Ley se entiende por acampadas itinerantes las
realizadas fuera de los campamentos de turismo, por grupos integrados por un máximo de
tres tiendas, caravanas o cualquier otro medio de campamento, separados de otros posibles
grupos por una distancia mínima de quinientos metros y con una permanencia máxima de
dos noches en el mismo lugar, aunque para pasar la segunda noche será requisito
imprescindible obtener, en su caso, la necesaria autorización municipal. En cada núcleo de
campamento itinerante no podrán alojarse más de nueve personas.
La Administración autonómica y las corporaciones locales podrán establecer prohibiciones de
acampadas itinerantes por razones de protección de espacios de interés natural, paisajístico
o cultural. Todo ello sin perjuicio de la concesión de permisos especiales por motivos de
investigación, estudio, exploración o análogos.
3. Queda prohibida la venta o alquiler de parcelas en los campamentos de turismo.
Artículo 43. Clasificación.
1. Los campamentos de turismo se clasificarán, de acuerdo con sus instalaciones y servicios,
en las cuatro categorías siguientes: lujo, primera, segunda y tercera.
2. Para determinar las respectivas categorías se tendrán en cuenta necesariamente los
requisitos siguientes: circunstancias relativas al emplazamiento y superficie, capacidad de
alojamiento, accesos y estacionamientos, sistemas de protección contra incendios,
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instalaciones de agua potable, tratamiento y evacuación de las aguas residuales,
instalaciones eléctricas y comunicaciones, servicios higiénicos, sanitarios y de asistencia
médica, e instalaciones recreativas y deportivas, así como condiciones de seguridad y
vigilancia.
Artículo 44. Emplazamiento y garantías.
1. Las administraciones públicas prestarán especial atención al emplazamiento de los
campamentos de turismo para garantizar la seguridad de los mismos respecto a fenómenos
meteorológicos.
2. Los campings deberán tener contratada una póliza de seguros de responsabilidad civil que
garantice el normal desarrollo de su actividad así como aquellas otras consecuencias que se
deriven de catástrofe producida por accidentes o fenómenos meteorológicos. Tal documento
deberá acompañarse a la solicitud de apertura del establecimiento.”
Para completar esta primera aproximación legal es preciso tener en cuenta la mens
legislatoris, explicitada en la Exposición de Motivos de la Ley 10/2004, al motivar la
modificación del originario artículo 41 de la Ley 9/1997.
Por añadidura, el legislador resulta sobradamente claro y contundente al desgranar las
razones que fundamentaron su decisión de ampliar el objeto a definir:
“En lo que respecta a la primera cuestión, la evolución de la oferta turística y de la
demanda de las usuarias y usuarios y de los clientes exige una adaptación de la Ley en lo que
se refiere a campamentos de turismo. En efecto, el campamento de turismo está conociendo
un cambio sustancial en el sistema de alojamientos. Cada vez más el cliente de este tipo de
establecimientos solicita el servicio de bungalows o construcciones fijas, en detrimento del
alojamiento tradicional, que es una parcela para la instalación de una tienda de campaña o
caravana.
En el caso de Galicia y dadas sus condiciones climatológicas, esta demanda se
agudiza, de ser posible, aún más. Además de ello, este tipo de instalaciones fijas optimiza el
establecimiento turístico y permite su ocupación durante todo el año, y no solamente en los
meses de verano. Esto favorece la desestacionalización del turismo, uno de los objetivos
fundamentales de la actuación de la Administración autonómica, de conformidad con el
artículo 2.4º de la Ley 9/1997.
El artículo 41, en la actual versión, posibilita la instalación de este tipo de alojamientos
en un veinticinco por ciento de la superficie destinada a acampada. Esta proporción es
manifiestamente insuficiente dadas las razones anteriormente expuestas, por lo que es
necesario modificarla y permitir la instalación de construcciones fijas hasta un máximo del
cincuenta por ciento de la oferta total de plazas de campamento.”
En suma, desde esta perspectiva se certifica un notable cambio en la composición de
la demanda, que se aleja del enfoque más elemental –espacio físico con ciertos servicios
básicos- para sofisticarse y crecer en exigencia de servicios, por lo que se refuerza la tesis de
un avance en la sustitución entre las modalidades más próximas de alojamiento.
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A mayor abundamiento, el legislador aprovecha la circunstancia para redefinir el
marco del Derecho Administrativo sancionador:
“En lo relativo a la segunda cuestión, debe procederse a una redefinición de los tipos
infractores contemplados en los artículos 86, 87 y 88 de la Ley, ya que en la normativa
turística se establecen determinadas prohibiciones cuyo incumplimiento no se tipificaba
como infracciones, así procede a tipificarse en el artículo 87.22 la venta o el alquiler de
parcelas en los campamentos de turismo. También se constata la necesidad de tipificar
nuevas conductas para garantizar una mayor protección del consumidor y eliminar aquellas
infracciones cuyo conocimiento por razones de competencia no corresponde a esta
Administración turística.”
En términos ius-positivos, la norma legal sustantiva queda plasmada de la siguiente
forma:
“Artículo único. Modificación del articulado de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de
Ordenación y Promoción del Turismo en Galicia.
Los artículos de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de Ordenación y Promoción del
Turismo en Galicia, que a continuación se relacionan quedarán redactados como sigue:
“4. «Artículo 87. Infracciones graves.
Se consideran infracciones administrativas de carácter grave: …
22) La venta o el alquiler de las parcelas en los campamentos de turismo.”
Como ha quedado patente, no es la Ley matriz la que impone hipotéticas barreras
legales de entrada en el sector. Antes al contrario, las disposiciones legales se limitan a
establecer las pertinentes habilitaciones jurídicas para que el Ejecutivo regule
pormenorizadamente los imprescindibles detalles técnicos. Tanto es así que la ampliación ex
lege del porcentaje máximo para la implantación de construcciones fijas dentro del perímetro
del campamento –paso del veinticinco al cincuenta por ciento de la oferta total del mismodenota el ánimo de favorecer al sector, promoviendo su adecuación a la evolución de los
gustos y exigencias cualitativas de la demanda, posibilitando al tiempo su competencia frente
a servicios sustitutivos de alojamiento.
Con esta base legal, fue aprobado el Decreto 143/2006, de 27 de julio 22, que
establece la ordenación de los campamentos de turismo en Galicia, y que constituye la
reglamentación por excelencia del sector, ya que deroga los decretos 236/1985 de 24 de
octubre, sobre ordenación de los campamentos públicos de turismo, y al decreto 390/1987,
de 15 de octubre, que modificaba al citado de 1985.
Como grandes novedades frente a la anterior reglamentación administrativa, que
introduce el nuevo Reglamento ejecutivo, cabe reseñar:
A)
22
Incremento de la superficie mínima exigida para la instalación de campings,
que pasa de 5.000 m2 a 8.000 m2.
DOG nº 173, de 7 de septiembre de 2006.
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B)
C)
Introducción de una exhaustiva regulación de los requisitos que hayan de
satisfacer las construcciones fijas de un camping, distinguiendo las
permanentes de las prefabricadas (cabañas, bungalows, mobile-homes),
que, en línea con la Ley 10/2004, permite alcanzar en la modalidad de
construcción permanente hasta el cincuenta por ciento de la oferta total de
plazas de alojamiento en el camping.
Simplificación de los trámites y procedimientos de policía administrativa:
c.1.) Se suple la consulta obligatoria previa sobre las posibilidades legales del
camping por una solicitud potestativa de informe previo indicativo, que a la
postre se pronunciará sobre la viabilidad administrativa del proyecto.
c.2.) Se elimina la autorización de instalación y el sistema de doble autorización
–provisional y definitiva- por una única autorización definitiva.
D) Ordenación del régimen de precios.
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E) Coberturas de la póliza de responsabilidad civil de la actividad.
F) Procedimiento de autorización turística para las construcciones fijas, modificaciones
o reformas sustanciales.
G) Procedimiento para los cambios de titularidad y bajas.
En suma, los poderes de intervención de la Administración sobre el sector quedan
compendiados en el artículo 3 del decreto 143/2006:
a) Autorizar la apertura y cierre de los citados establecimientos.
b) Fijar y, en su caso, modificar las categorías de los mismos.
c) Vigilar el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de precios.
d) Regular e inspeccionar las condiciones de funcionamiento de los campings para asegurar
en todo momento el perfecto estado de sus instalaciones, la correcta prestación de los
servicios y el buen trato dispensado a la clientela.
e) Arbitrar las medidas adecuadas para el fomento y protecciones de estos establecimientos.
f) Tramitar y resolver las reclamaciones que puedan formularse en relación con las materias
sujetas a la presente disposición.
g) Imponer las sanciones que procedan por el incumplimiento de las disposiciones vigentes.
h) Adoptar las medidas de ordenación que considere convenientes para el desarrollo de esta
actividad y aquellos aspectos que, directa o indirectamente, puedan incidir sobre el turismo.
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En cualquier caso, habida cuenta de las circunstancias y alcance del estudio, y
teniendo presente las potestades y competencias de que dispone la Administración, conviene
efectuar un inventario lo más detallado posible de las medidas reglamentarias que pueden
incidir, directa o indirectamente, sobre los costes de instalación y/o fijos, así como sobre los
costes variables, para de esta forma, considerar las barreras normativas de entrada que
limitan o condicionan el incremento de la oferta y, por ende, facilitarían el mantenimiento de
un hipotético abuso de posición dominante, un monopolio, una competencia monopolística –
por la especificidad del factor topográfico o de ubicación- o un circunstancial oligopolio o
prácticas colusorias.
Esas presiones regulatorias sobre los costes se darían principalmente en los
siguientes supuestos:
1.- Limitaciones genéricas al incremento de oferta:
Estaríamos ante el supuesto típico del artículo 8 del Decreto 143/2006, que a su vez
se remite a normativa sectorial tan amplia como difusa:
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•
•
Normas dictadas por los órganos competentes en materia de sanidad,
seguridad, medio ambiente, régimen del suelo y ordenación urbana y
cualquier otra disposición que les afecten.
En particular, se tendrá en cuenta el cumplimiento de la normativa vigente
en materia de prevención y extinción de incendios, conservación de la
naturaleza y espacios naturales protegidos, abastecimiento de aguas,
saneamiento y depuración, así como las referidas a las condiciones exigidas
a las piscinas públicas y a la homologación de los aparatos de los parques
infantiles e instalaciones deportivas.
En consecuencia, cualquier emprendedor adicional ha de superar todas y cada una de
esas trabas, lo que encarece el factor fijo por antonomasia, que no es otro que el suelo, al
restringir su libre disponibilidad, sin otros impedimentos que los orográficos o físicos, en
general.
2.- Además de aquellas limitaciones genéricas, se imponen otras más concretas y
específicas, de alcance general, pormenorizadas en el artículo 9 del antedicho Decreto:
a) Terrenos situados en lechos secos o torrentes de río y en los susceptibles de poder ser
inundados, así como en aquellos que por cualquier causa resulten peligrosos o insalubres.
b) Terrenos situados sobre la zona de 200 metros medida tierra adentro desde el límite
interior de la ribera del mar. En todo caso, los campamentos de turismo que se ubiquen a
menos de 500 metros de la ribera del mar, deberán respetar las limitaciones establecidas en
la legislación de costas para los terrenos contiguos con el dominio público marítimo-terrestre.
c) Terrenos situados a 50 metros del perímetro del nivel máximo de los caudales y el de la
línea definitoria de la ribera de los lagos y lagunas.
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d) En la zona delimitada por el perímetro de protección de la captación de aguas potables
para el abastecimiento de núcleos de población y a menos de 300 metros de los puntos de
evacuación de aguas residuales de un núcleo urbano o industrial.
e) En las proximidades de instalaciones en las que se desarrollen actividades molestas,
insalubres, nocivas o peligrosas, de acuerdo con la normativa reguladora de la referida
materia.
f) Terrenos situados en la zona de protección de una carretera o red ferroviaria.
g) Terrenos por los que discurran líneas eléctricas aéreas de alta y media tensión.
h) Terrenos situados a menos de 200 metros de yacimientos arqueológicos, monumentos o
conjuntos histórico-artísticos legalmente declarados como tales.
i) En los núcleos urbanos, excepto que se trate de campamentos de lujo o primera.
j) En aquellos terrenos o lugares que, por exigencias de interés militar, industrial, comercial,
turístico o de protección de espacios naturales o de otros intereses o servidumbres públicas,
esté expresamente prohibido por disposiciones legales o reglamentarias. En el supuesto de
que las disposiciones que regulen la protección de espacios naturales no establezcan
expresamente las referidas prohibiciones, se necesitará la previa aprobación de la consellería
competente en materia de medio ambiente.
k) Demás terrenos y lugares en que lo prohíba la normativa sectorial que resulte de
aplicación.
Por descontado, y en todo caso, para la ubicación de nuevos campings también se
estará a lo previsto en la normativa y en el planeamiento urbanístico que sea de aplicación,
que será el primer condicionante de la oferta de suelo, y no en exclusiva por su circunstancial
restricción, sino sobre todo por las rentabilidades alternativas que puede generar en función
de su tipología.
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3.- Limitaciones de extensión mínima:
El artículo 10 del Decreto 143/2006 incrementa hasta ocho mil metros cuadrados la
superficie mínima destinada a camping, siendo la finca indivisible mientras soporte dicha
actividad mercantil.
4.- Limitaciones de explotación territorial:
Según el artículo 11 del referido Decreto, la zona de campamento no podrá superar el
setenta y cinco por ciento de la superficie total del camping, de la cual se detraerá, en su
caso, el porcentaje de la superficie máxima autorizada para construcciones fijas. La
superficie destinada a viales interiores e instalaciones de uso colectivo de los usuarios y
usuarias de esas instalaciones así como para espacios libres y zonas deportivas no será
inferior al veinticinco por ciento del total del campamento. En todo caso se reservará, de este
porcentaje, por lo menos, un quince por ciento para espacios libres y zonas deportivas.
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Estos serían los fundamentales elementos limitativos de carácter estructural. Resulta
obvio que al restringir los espacios potenciales de ubicación de más campings e incrementar
la extensión mínima requerida, se precisará una superior capitalización para que cualquier
nuevo competidor entre en el mercado en condiciones de luchar por captar clientela en pie
de igualdad, lo que a la postre impedirá que los precios finales exigidos a los usuarios tiendan
a estabilizarse o, incluso, que puedan descender merced a dificultar el ensanchamiento de la
oferta.
Los restantes preceptos de orden técnico -que afectan a los accesos, viales interiores,
dimensión de las parcelas unitarias, protección contra incendios, suministro de agua potable
y tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos, suministro eléctrico, servicios
higiénicos, drenaje, ...-, condicionan también la estructura de costes, pero al no depender de
un factor de oferta restringida como es el suelo, adolecen de su elevado impacto disuasorio
para entrar en el mercado.
Lo mismo puede decirse respecto de las disposiciones que conciernen a las
construcciones fijas dentro de cada camping e, incluso de los respectivos equipamientos que
exige el acceso a cada categoría administrativa (lujo, primera, segunda y tercera categorías),
o de las pólizas de responsabilidad civil requeridas para ofrecer el servicio.
Sobre los costes variables a considerar, además de los insumos que conllevan los
servicios mínimos por categoría, son de destacar los que atañen a las retribuciones y costes
sociales de los trabajadores mínimos requeridos, también detallados por la norma aplicable a
cada categoría.
En cualquier caso, debe subrayarse que los costes fijos no estructurales son
soportados por igual por todos los empresarios competidores, de modo que carecen de un
significativo potencial de restricción de oferta adicional. Ahora bien, por el contrario, el factor
suelo puede condicionar en gran medida la entrada de nuevos operadores, ya que los
previamente asentados gozan de una ventaja posicional y de repercusión sobre los precios
unitarios frente a los nuevos competidores potenciales, máxime considerando la evolución de
los precios de los terrenos. Efectivamente, las disposiciones transitorias del Decreto
refrendan esa ventaja de los operadores ya instalados y sus rentas económicas subyacentes:
“DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Primera. Los expedientes autorizados y en curso en la fecha de entrada en vigor de
este Decreto se tramitarán y se resolverán conforme a las disposiciones vigentes en el
momento de su iniciación.
Segunda. Los campamentos que, con anterioridad a la entrada en vigor de este
Decreto, estuviesen autorizados en alguna de las categorías vigentes en la normativa
anterior, la mantendrán sin necesidad de adaptarse al contenido de la presente Norma,
siempre que no se modifiquen las condiciones que dieron origen a la autorización
administrativa pertinente.
No obstante, se establece un plazo de un año desde la entrada en vigor del presente
Decreto para que los campamentos que cuenten con autorización turística acrediten ante las
correspondientes delegaciones provinciales de la consellería competente en materia de
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turismo la contratación del seguro de responsabilidad civil según las prescripciones
contenidas en el artículo 57 de esta Norma así como la designación de director o directora
del campamento.”
En cuanto al régimen de precios, campo de imprescindible exégesis para llegar a
cualquier conclusión técnica, el artículo 60 del Decreto 143/2006 apuesta por una política
muy flexible y mínimamente intervencionista, contentándose con garantizar la transparencia y
la seguridad contractual en beneficio de los usuarios, como parte más débil de la relación
sinalagmática establecida entre oferentes y demandantes:
“Artículo 60. Precios.
1. Los precios de todos los servicios que tengan que estar sellados deberán estar expuestos
al público en zona visible mediante carteles oficiales.
2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de
Ordenación y Promoción del Turismo en Galicia, los precios se podrán modificar durante el
período de funcionamiento del campamento, sin más obligación que su notificación y sellado
ante la Administración turística o asociación empresarial del sector turístico debidamente
autorizada.
3. En los precios de los servicios que presten los campamentos de turismo se entenderán
incluidos los costes de personal debiendo especificar de forma bien visible si incluyen o no el
Impuesto sobre el Valor Añadido. Para el caso de que se opte por consignar el mencionado
impuesto de forma separada se deberá especificar el porcentaje correspondiente aplicable.
En este supuesto, tal especificación se hará de manera destacada y clara en todas y cada
una de las declaraciones, listas, cartas y soportes publicitarios.
4. A toda la clientela se le entregará una nota con el número de la parcela que va a ocupar y
su precio, así como el número de personas que lo acompañan y el precio por persona.
5. A toda la clientela se le entregará un justificante o factura de los precios cobrados. En este
justificante se harán constar, de manera muy clara, todos y cada uno de los siguientes
conceptos: días de estancia, número de personas y cualquier otro servicio prestado que
requiera pago. El mencionado justificante llevará impreso el nombre, categoría y dirección del
establecimiento. Cuando la estancia se prolongue más de siete días la empresa podrá
facturar parcialmente por los servicios ya prestados al cliente o clienta.
6. El día de salida, ésta se efectuará como muy tarde a las 12.00 horas excepto acuerdo en
contrario entre el/la huésped y el/la titular del establecimiento. El cliente o clienta que no
abandone a dicha hora el alojamiento que ocupa, se entenderá que prolonga su estancia un
día más. En todo caso, la continuación del disfrute por mayor tiempo del convenido, estará
siempre condicionada al mutuo acuerdo entre la dirección del establecimiento y el/la cliente.
7. El precio del alojamiento se contará por días o jornadas, conforme al número de
pernoctaciones, sin que en ningún caso se pueda exigir por la empresa una estancia mínima
superior a un día excepto cuando el alojamiento se produzca en bungalows, «mobile-home» y
similares, en los que la estancia mínima se podrá fijar en siete días.”
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Sin embargo, las hipotéticas barreras legales de entrada pueden no darse sólo, o
principalmente, en el campo de los costes o de la formación de los ingresos. También es
digno de considerar lo que respecta a los procedimientos administrativos y regímenes
jurídicos de los trámites, permisos, autorizaciones y licencias a satisfacer para entrar como
oferente en el mercado. En puridad, esos procedimientos son los que siguen:
•
•
•
•
•
•
•
•
Informe previo indicativo.
Autorización de apertura y clasificación turística.
Autorización de construcciones fijas (ulterior a la de apertura).
Autorización de modificaciones o reformas sustanciales.
Notificación de cambio de director e implantación de nuevos servicios.
Autorización de cambio de titularidad.
Comunicación de cese de actividad.
Reclasificación de categoría y baja.
La barrera normativa de entrada por antonomasia sería pues la concentrada en el
procedimiento de autorización de apertura y clasificación turística, ya que el informe previo
tiene carácter potestativo, como mero examen a limine de la auténtica y genuina autorización
de apertura.
Pasando al análisis técnico-jurídico de la antedicha autorización de apertura, que
apareja la consustancial clasificación turística, conviene adelantar ya que el procedimiento no
erige, en modo alguno, un numerus clausus o cierre de oferta, como lo atestigua de modo
indubitado el carácter positivo del silencio administrativo al transcurrir un prudencial plazo de
seis meses.
El procedimiento de autorización de apertura resulta muy sencillo, iniciándose, según
el artículo 73 del Decreto, con estos documentos:
a) Solicitud de autorización de apertura y clasificación turística según el modelo oficial que
consta en el anexo III del Decreto, debiendo indicar el período de funcionamiento del
establecimiento para el que se solicita la autorización.
b) Fotocopia compulsada del DNI o CIF, según corresponda, de el/la solicitante.
c) Si la titularidad del establecimiento correspondiera a una persona jurídica, fotocopia
compulsada de la escritura de constitución de la sociedad y poderes de el/la solicitante para
el caso de que no se deduzca claramente de la escritura social.
d) Título de propiedad del terreno o cualquier otro documento que acredite su disponibilidad
para su utilización como campamento de turismo. En el caso de que el establecimiento
disponga de construcciones fijas, título de propiedad o documento acreditativo de su
disponibilidad por parte del titular del campamento. Si se tratase de terrenos municipales,
certificación del ayuntamiento acordando la instalación del camping y régimen de
explotación.
e) Certificado expedido por un laboratorio público o privado, que esté acreditado o certificado,
de que el agua en el punto de entrega al consumidor o consumidora es apta para el
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consumo. Si el campamento utiliza exclusivamente la red municipal de abastecimiento,
llegará con hacer constar tal circunstancia.
f) Normas de régimen interior que regirán en el establecimiento formuladas y firmadas por su
titular.
g) Documento que acredite la suscripción de una póliza de responsabilidad civil según lo
dispuesto en el artículo 57 del Decreto.
h) En el caso de que se hubiesen efectuado modificaciones sobre el proyecto presentado
durante la tramitación del preceptivo informe indicativo, nuevo proyecto técnico.
i) Certificado de final de obra visado por el colegio profesional correspondiente.
j) Licencia de actividad clasificada o de apertura y la licencia urbanística del campamento.
k) Relación de parcelas numeradas con indicación de sus características y superficies
respectivas.
l) Nombramiento de director o directora.
m) Solicitud de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
n) Documento acreditativo del pago de las tasas correspondientes.
Por consiguiente, no es preceptiva la titularidad dominical de los terrenos, bastando
cualquier título jurídico válido (letra d). Ahora bien, siendo preceptiva la pertinente licencia
urbanística y de clasificación de actividad o apertura (letra j), empero ha de considerarse la
restricción de oferta de suelo útil y válido que la planificación urbanística municipal, junto con
las exclusiones topográficas ya examinadas, condicionan sobremanera. De esta forma,
pueden llegar a experimentarse, más que radicales barreras de entrada a nuevos oferentes,
estrangulamientos o cuellos de botella allí donde se concentre localmente la demanda, en
tanto los precios de los servicios de camping no alcancen un nivel que provoque la búsqueda
de ubicaciones alternativas en municipios limítrofes.
Tras la formulación de la solicitud, la tramitación e instrucción del procedimiento es
reglamentariamente ágil, concluyendo con una resolución administrativa expresa –o el
subsidiario silencio positivo- en un lapso de seis meses, como se ha avanzado.
De este modo, no estamos ante un acto arbitrario, que sería constitucionalmente
vetado, ni siquiera ampliamente discrecional. La autorización tampoco tiene visos
concesionales –que suelen enmascarar monopolios geográficos-, por lo que nos encontramos
ante una invasión mínima de la actividad de policía administrativa en el ámbito de la libertad
de empresa, más propia de un visado reglado de las condiciones generalmente exigidas a
todo operador. La misma conclusión puede obtenerse de la facilidad intrínseca a los cambios
de titularidad, regulados en los artículos 83 y 84.
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En otro orden de cosas, desde una complementaria perspectiva de Derecho
Comunitario europeo, ha de ratificarse la inexistencia de un corpus normativo, lo cual no es
de extrañar dada la pareja inexistencia de una genuina política comunitaria pública en la
materia. En el Derecho originario o primario, el Tratado de la Comunidad Europea se limita a
efectuar una somera reseña en el último inciso de la última letra (u) de su artículo 3.1,
aludiendo a la adopción de meras “medidas” en el ámbito del turismo. En el Derecho
derivado europeo, las contadas y parcas previsiones se producen a causa de elementos
incidentales o circunstanciales:
•
•
2005/338/CE: Decisión de la Comisión, de 14 de abril de 2005, por la que
se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta
ecológica comunitaria al servicio de camping. Diario Oficial n° L 108 de
29/04/2005, p. 0067 - 0086 .
1999/35/CE: Decisión de la Comisión de 9 de diciembre de 1998 sobre los
procedimientos de aplicación de la Directiva 95/57/CE del Consejo sobre la
recogida de información estadística en el ámbito del turismo. Diario Oficial
n° L 009 de 15/01/1999, p. 0023 – 0047. En esta Decisión se nos dice:
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“Cámpings turísticos
Definición: Comprenden las instalaciones colectivas en recintos cerrados para acoger tiendas
de campaña, caravanas, remolques y casas móviles que están bajo una misma gestión y
proporcionan algunos servicios turísticos (tienda, información, actividades recreativas).
[Equivale a NACE 55.22, Cámpings. Equivale a CPA 55.22.10]. Los cámpings alquilan
emplazamientos para tiendas, caravanas, casas móviles y acomodos similares a los
visitantes que quieren pernoctar en dichas plazas durante una noche, varios días o varias
semanas, así como a los que quieren alquilar un emplazamiento fijo por toda una temporada
o un año. Los emplazamientos fijos alquilados por un período largo (más de un año) se
pueden considerar alojamiento privado.”
Descendiendo al campo jurisprudencial, de entre el conjunto de las Sentencias
analizadas del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, tan sólo dos mantienen ciertos nexos con
el objeto del estudio, y principalmente a través del vínculo de la fiscalidad, a saber:
> SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta) de 3 de julio de 1997. «Incumplimiento
de Estado - IVA - Sexta Directiva - Exenciones - Alquiler de tiendas de campaña, caravanas y
residencias móviles». Asunto C-60/96.
> SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 6 de octubre de 2005. «Sexta
Directiva IVA – Régimen de las agencias de viajes – Viajes combinados – Prestaciones
propias y prestaciones adquiridas a terceros – Método de cálculo del impuesto». Asunto C291/03.
Ambas sentencias, pero en especial la primera, que enfrenta a la Comisión europea
contra la República Francesa, pueden servir a lo sumo para coadyuvar a fundamentar la
sustitubilidad con otras formas de alojamiento, suministrando una efectividad limitada para
concretar el ámbito del mercado del servicio, a fin de estudiar un hipotético abuso de
posición dominante, u otras patologías del mercado.
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1.5. Precios
Para determinar la evolución en los precios de los campings en Galicia se han utilizado como
fuentes de información las guías de campings de Galicia23, la guía de campings campings.net
2005-2007 y se ha analizado la evolución en los últimos años (2002-2007). También se han
utilizado como fuente comparativa las publicaciones del Instituto Nacional de Estadística y el
Instituto Gallego de Estadística.
De acuerdo con la información obtenida (Tabla 6 y 7), el aumento de precios del sector ha
experimentado en el período 2002-2007 un crecimiento del 24,4% y a nivel nacional de un
33,3%. Este valor es similar a un estudio realizado por la revista Consumer, que verificó un
incremento de los precios en los 101 campings analizados de un 27%, mientras que el
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incremento del IPC nacional fue de un 16,5%. Es de destacar que la evolución de los precios
del sector es muy superior al IPC general tanto a nivel nacional, como a nivel gallego (16,2%)
Tabla 6
Año
2002
2003
2004
2005
2006
2007
Indice de precios- Galicia*
Base
5,3%
100%
4,1%
105,3%
5,3%
109,6%
5,3%
115,5%
2,3%
121,5%
124,4%
Año
2003
2004
2005
2006
Indice de precios- España**
Base
***
100%
5,3%
5,8%
105,3%
5,8%
111,4%
6,5%
117,9%
6,2%
125,5%
133,3%
* Elaboración propia a partir de datos obtenidos de las Guías de campings de Galicia 2002 a 2007 y de la guía de campings campings.net
2005-2007.
Para el cálculo del aumento de precios se ha considerado el supuesto más representativo de los usuarios de campings basado en una familia compuesta por un
matrimonio y un niño de cinco años que disfruta sus vacaciones 15 días en un camping al que llega en coche con tienda de campaña (se incluyen el coste de alojamiento el de derecho a
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instalar la tienda y el coche, además del precio del derecho a enchufe de la luz en aquellos casos para los que se dispone de esa información)
** Instituto Nacional de Estatística (INE). Encuesta de ocupación en alojamientos turísticos. Indice de precios de Acampamentos (IPAC):
índice general nacional. Se ha tomado el valor del índice de precios interanual de agosto a agosto de cada año
****
al no disponerse del dato, para poder efectuar la comparativa, se ha utilizado el mismo que en Galicia
23
Los precios son los oficiales facilitados por los campings a las autoridades administrativas y se han obtenido de la información incluida en
estas guías: Guías de campings de Galicia (Guías de Alojamientos turísticos) 2002 a 2007.
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Este aumento es diferente según la zona turística (Tabla 7B) y la categoría del camping
(Tablas 8A y B). Así, se observa que el aumento de precios en las zonas del Camino y
Santiago es inferior al IPC del mismo período y que el mayor aumento tuvo lugar en las Rías
Altas.
Tabla 7B
Período 2002-2007
Zona Turística
Santiago y Camino de Santiago
2002-2003
7,2%
2003-2004
4,9%
2004-2005
3,2%
2005-2006
10,4%
2006-2007
1,2%
2002-2007
7,2%
Galicia interior
4,1%
3,7%
5,3%
3,9%
-2,8%
14,9%
Mariña lucense
7,2%
2,6%
4,7%
6,5%
3,9%
27,4%
Rías Altas y Costa da Morte
3,8%
4,0%
6,2%
6,2%
7,0%
30,2%
Rías Bajas
6,1%
4,4%
4,9%
4,3%
0,2%
21,4%
Tabla 8B
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Período 2002-2006
Indice de preciosGalicia*
Indice de precios**
España
Indice de preciosestudio Eroski
Total categorías
21,5%
25,5%
27%
Categoría
Lujo y 1ª categoría
22,1%
30,3%
23%
2ª categoría
22,0%
24,0%
20%
3ª categoría
20,7%
20,9%
7%
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Es interesante destacar este significativo aumento en los precios en comparación con la
inflación, a pesar de que las pernoctaciones en el período 2002-2007 tan sólo han
aumentado un 7%, a diferencia de otros productos sustitutivos como los apartamentos
turísticos, (46%) o los alojamientos de turismo rural (55% más estancias) o los hoteles (33%).
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Sin embargo, la subida de precios (índice de precios hoteleros) en Galicia fue de un 12%
desde agosto 2002 a agosto 2006, tasa claramente inferior a la del sector de campings.
En el período 2005-2006 se produjo un descenso significativo de las pernoctaciones en los
campings gallegos quizás como consecuencia de los incendios del verano 2006, lo que
posiblemente ha conducido a una moderación de precios durante el siguiente períodod
(aumento de un 1,1% en los precios)
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Viajeros, pernoctaciones por tipo de alojamiento (Galicia) e Incremento Precios
Establecimientos hoteleros
Acampamentos turísticos
Apartamentos turísticos
Alojamientos de turismo rural
Incremento*
pernoctaciones Periodo
2002-2006
33%
7%
46%
55%
Incremento*
pernoctaciones
Periodo
2005-2006
2,1%
-5,7%
3,5%
4,0%
Incremento precio 20062007
2,2% **
1,1% ***
* Fuente: Instituto Nacional de Estadística
** Tasa de variación interanual hasta mayo 07
*** Elaboración propia a partir de datos obtenidos de las Guías de campings de Galicia y de la guía de campings campings.net
2005-2007
Se ha procedido a comparar los precios de la Mariña Lucense y de las Rías Baixas con los de
las áreas colindantes de competencia (Asturias, Portugal). En Portugal, próximos al camping
de Santa Tecla, en A Guarda, se encuentran los campings de “Orbitar-Caminha”, en Caminha
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y Vilarde Mouros en Vilar de Mouros y Covas en esta misma localidad Covas. Hemos
comparado los precios del camping de Santa Tecla (1era categoría) con la media de los tres
campings portugueses (dos de 2ª categoría y uno de 1ª) y el precio es un 22% superior en
España. También próximos al camping español de A Freixa, en Ponteareas, se encuentra el
camping portugués de Termas do Peso, en Melgaço. El precio de este camping portugués24,
es un 20% inferior al precio del de A Freixa en Ponteareas. Estas diferencias de los precios
inferiores en Portugal pueden estar relacionadas con la diferencia en el poder adquisitivo
entre ambos países.
Se han comparado también los precios de los campings de la zona limítrofe entre Asturias y
Galicia (cinco de Asturias: Tres de Castropol y dos de tapia de Casariego, todos de 2ª
categoría) y cuatro de Galicia (uno de Ribadeo y tres de Barreiros, dos de 3ª y dos de 2ª)
siguiendo la misma metodología explicada anteriormente25 . Se ha observado que los precios
de los cinco campings asturianos son una media de 12,5% inferior a la media de los cuatro
campings gallegos cotejados. Las diferencias de cada camping con la media de cinco en
Asturias oscilan entre un -2,5% y un -24,6% (los campings asturianos son más económicos)
24
Dato de 2005
25 Elaboración propia a partir de datos obtenidos de la guía de campings campings.net 2007. Para el cálculo del aumento de precios se ha considerado el
supuesto más representativo de los usuarios de campings basado en una familia compuesta por un matrimonio y un niño de cinco años que disfruta sus
vacaciones 15 días en un camping al que llega en coche con tienda de campaña (se incluyen el coste de alojamiento el de derecho a instalar la tienda y el
coche, además del precio del derecho a enchufe de la luz)
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CONCLUSIONES
A la vista de lo expuesto en el presente estudio, podemos concluir que el sector del camping
en Galicia presenta una estructura competitiva con un elevado número de operadores en el
mercado, que detentan en general una baja cuota de mercado. La mayoría de los
proveedores son empresas de pequeña dimensión, que practican un modelo de gestión de
corte familiar.
Para el mercado de los campings en Galicia se adecuaría una definición del mercado
geográfico por zonas turísticas y locales. Las zonas turísticas definidas cuentan con una
suficiente oferta competitiva de campings, existiendo además productos de otras familias
sustitutivos para el perfil del campista de esas zonas como los albergues, las casas rurales, o
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los apartamentos turísticos.
A nivel de localidad se observa una buena oferta de camping, existiendo siempre al menos
dos o tres campings en un radio inferior a 30 km. Únicamente en unas pocas poblaciones de
las zonas turísticas menos frecuentadas (zonas con 10% de cuota de mercado) puede existir
algún camping con competencia más limitada, distanciado en más de 40-50 km del más
próximo.
Por otra parte, es preciso indicar que la evolución interanual de los precios de los campings
en Galicia (y también a nivel nacional) en el período 2002-2007 ha sido muy superior al
aumento del IPC en el mismo período (24,4% de los campings y 16,2% de IPC). Este aumento
tan superior al IPC, que no sólo ocurre en Galicia puede reflejar ciertas anomalías de mercado
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a nivel global del sector. Todo ello a pesar (o debido a) que en el mismo período las
pernoctaciones sólo han aumentado un 7% en los campings mientras que otros productos
sustitutivos como los apartamentos turísticos, los alojamientos de turismo rural o los hoteles
el crecimiento es mucho mayor (46%, 55% y 33% respectivamente) y que p.ej. en los hoteles
los aumentos de precios han sido más moderados (12% desde agosto 2002 a agosto 2006).
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3. Análisis del sector de campings (consultoría de mejora del
sector y de la competitividad)
Se realiza a continuación un pequeño análisis de la situación del sector con su problemática y
posibles soluciones al mismo que aumentarán al mismo tiempo la competitividad.
Entre los diferentes problemas existentes cabe mencionar los siguientes:
ƒ
Problemas de rentabilidad - riesgo de la inversión
No se dispone de información sobre el número de estancias necesarias para alcanzar el
umbral de rentabilidad en un camping estándar. Sin embargo, es necesario hacer notar que
el mantenimiento y la puesta a punto de las instalaciones requieren fuertes inversiones, que
cuesta rentabilizar por la estacionalidad. La estacionalidad de la actividad, general en el
sector turístico, se acentúa en el sector del camping, lo que obliga a cerrar sus puertas de
tres a ocho meses al año. El sector en general está apostando por la calidad26 lo que obliga a
mejorar e incorporar nuevos servicios que resultan más costosos. El turismo de tienda de
campaña está descendiendo y cada vez es más necesario para rentabilizar los campings
tener un albergue o bungalows que permitan ampliar la oferta a segmentos como colegios,
grupos o familias de clase media que buscan cierta comodidad a un precio asequible. La
competencia de los packs avión+hotel que ofrecen los touroperadores a unos precios
realmente bajos puede estar afectando al sector, que además ha incrementado de forma
notable los precios. Los campings deberían aumentar su oferta con el alquiler de bungalowes
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y movilhomes para llegar a ese turismo que desea una oferta cómoda y económica de un
hotel horizontal rodeado de naturaleza. Eso puede hacer disminuir su oferta de parcelas para
el camping caravanning pero los nuevos productos podrían paliar en alguna medida la
estacionalidad27. De hecho, se está produciendo una disminución de la demanda de tiendas
de campaña (tipo chalet) y un crecimiento importante del caravanning nacional. En este
sentido hay que considerar con cautela la introducción de estas instalaciones para que no
supongan la creación de pequeñas urbanizaciones dentro de los campings, que puedan tener
26 Observando la estancia media, a nivel nacional, los viajeros que acampan en los campings de primera categoría realizaron, en promedio,
una estancia más amplia.
27 En este sentido la iniciativa para ampliar en un 50% el total de superficie que pueda estar ocupada por instalaciones fijas parece
adecuada
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un importante impacto visual y que además pongan en peligro la inversión por su
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infrautilización.
El mejorar la ecuación rentabilidad - riesgo de la inversión puede conseguirse mediante la
apuesta por nuevos servicios (bungalows) y de mejor calidad que pueden ser necesarios si se
quiere competir en calidad y aumentar la competitividad.
Existen además problemas para encontrar a personal formado que quiera trabajar en
temporada alta. Esto, como en el sector de turismo rural, puede ser debido entre otras cosas
a la eventualidad de los trabajos y a que se realizan en temporadas de vacaciones.
Por otra parte los campings de propiedad municipal en régimen de concesión tienen
asociados problemas específicos:
-
Los gestores tienen que contar en muchas ocasiones con los ayuntamientos para
realizar cualquier mejora, aunque éstos no suelen colaborar en las inversiones.
-
La concesión suele ser por periodos cortos y los gestores no se arriesgan a hacer
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inversiones que probablemente no puedan rentabilizar. Un aumento del período de
concesión debería mejorar este problema
ƒ
Problema de promoción - marketing
En general existe una escasa promoción exterior de este tipo de alojamiento. En la actualidad
las asociaciones de campings están haciendo una importante labor de promoción en el
exterior, pero se echa en falta apoyo para la búsqueda de nuevos mercados. También
deberían involucrase más los ayuntamientos de las localidades.
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Se puede destacar también la escasa incidencia de los intermediarios turísticos como
instrumentos de comercialización, ya que de hecho la gran mayoría de los visitantes
organizan el viaje por cuenta propia. Así, un 80% de esos visitantes utilizan como medio de
transporte el automóvil particular y tan sólo un 25% de los españoles que visitan Galicia
obtienen la información del destino a través de las agencias de viaje. Además, la mayor parte
de los clientes son de origen nacional y existe un escaso peso del turismo internacional. Esto
podría cambiar con el auge de los vuelos de bajo coste ampliamente utilizado por gente
joven, más propensa al uso de campings.
Por lo que se refiere a la oferta, destacamos en primer lugar la fuerte concentración de
instalaciones del sector en la provincia de Pontevedra, motivada por la gran demanda de
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visitantes de esta zona. Esto viene a confirmar el hecho de que no todas las zonas de Galicia
son igualmente conocidas y visitadas. La zona de las Rías Baixas es, junto con la ciudad de
podría servir de reclamo de marketing y ser el elemento de apoyo conocido
internacionalmente para realizar publicidad fuera de España.
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Santiago, el área donde la actividad se encuentra más claramente consolidada. Santiago
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4. Fuentes de información
Para la realización del presente informe FBA Consulting ha utilizado las siguientes fuentes de
información:
-
Guía de campings de Galicia (Guía de Alojamientos turísticos) 2002 a 2007 publicada por
Turgalicia. Dirección Xeral de Turismo. Xunta de Galicia
-
Guía de campings campings.net 2005-2007
-
Instituto Nacional de Estadística
-
Instituto Gallego de Estadística. Instituto de Estudios Turísticos
-
Datos de Coyuntura Turística
-
Tribunal de Defensa de la Competencia
-
Servicio de Defensa de la Competencia
-
Comisión Europea. Tribunal.
-
DOCE (ver casos en notas al pie de página)
-
Revista Consumer nº 24. Julio-Agosto 1999. Inspeccionados 101 campings.
-
Estudio de mercado relativo a la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ). Octubre
2005. Instituto DYM Market Research
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4. Apéndice: tablas, gráficas y mapas
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Campings de Galicia por zona turística
Tabla 1. Cuota de mercado global en Galicia
Ayuntamiento
2002
2003
Categor
Categor
A CORUÑA
Camping
Plazas
ia
ia
Ares
O Parral
3
87
1
Ares
El Raso
2
297
2
Arteixo
Valcobo
2
171
2
Bergondo
Santa Marta
1
725
3
Bergondo
Aguiar
3
49
1
Bergondo
Castro
3
81
1
Bergondo
Green Village
3
200
1
Bergondo
Mar y Campo
3
150
1
Bergondo
Mariñana
3
56
1
Bergondo
Martisol
3
49
1
Bergondo
O Telliero
3
49
1
Boiro
Barraña
3
165
1
Carballo
Baldaio
2
340
2
Carballo
Os Delfíns
3
147
1
Carballo
As Nevedas
3
84
1
Cee
Ruta de Finisterre
2
800
2
Ferrol
As Cabazas
3
600
1
Malpica de BergSisargas
1
513
3
Miño
Perbes
2
279
2
Miño
Miño con dos Play
3
200
1
Miño
Playa de Miño
3
144
1
Miño
Rocamar
3
165
1
Monfero
Fragadeume
3
120
1
Muros
San Francisco
1
225
3
Muros
A Vouga
2
294
2
Muros
Ancoradoiro
3
150
1
Muxía
Lago Mar
3
200
1
Muxía
El Paraíso
3
96
1
Muxía
Playa Barreira Lei
3
316
1
Narón
Río Xuvia
Oleiros
Los Manzanos
1
600
3
Oleiros
Bastiagueiro
3
49
1
A Pobra do CaraRía de Arosa
2
800
2
Pontedeume
Ber
3
186
1
Pontedeume
Ber-Door
3
49
1
Porto do Son Punta Batuda
1
434
3
Porto do Son Fraga Balada
Porto do Son Cabeiro
3
240
1
Porto do Son Os Castros
Rianxo
Rianxo
2
150
2
Ribeira
Camping Ría de A
2
381
2
Ribeira
Coroso
2
600
2
Ribeira
Las Dunas
3
192
1
Sada
San Pedro
3
160
1
Sada
Velo Mar
3
200
1
Santiago de ComMonte do Gozo
1
1.127
3
Santiago de ComAs Cancelas
2
410
2
Santiago de ComAs Sirenas
2
Valdoviño
Valdoviño
1
120
3
Valdoviño
Fotesín
3
204
1
Valdoviño
A Lagoa
3
273
1
LUGO
Barreiros
Benquerencia
2
618
2
Barreiros
A Gaivota
3
141
1
Barreiros
Nosa Casa Reinan
3
326
1
Cervantes
Os Ancares
3
168
1
Folgoso do Cou O Courel
2
200
2
A Fonsagrada A Fonsagrada
1
Foz
Rapadoira-Llas
2
138
2
Foz
San Rafael
2
420
2
Guitiriz
El Mesón
3
96
1
Monterroso
A Peneda
Portomarín
Santa Mariña
Ribadeo
Ribadeo
2
300
2
Viveiro
Vivero
2
256
2
Lugo ©
Barreira-Río
3
111
1
OURENSE
Allariz
Os Invernadeiros
1
138
3
Entrimo
Quinta da Viña Grande
1
Muíños
O Corgo
3
300
1
Parada de Sil O Cañón do Sil
2
138
2
A Pobra de TriveA Masía
2
129
2
A Pobra de TriveNieves's
3
59
1
Viana do Bolo Augas Mansas
3
198
1
Leiro
Leiro
1
345
3
PONTEVEDRA
Baiona
Bayona-Playa
1
1.602
3
Cangas
Aldán
2
450
2
Cangas
Cangas
2
187
2
Cangas
Fracón
2
213
2
Cangas
Liméns
2
138
2
A Cañiza
Carballo do Marco
3
216
1
O Grove
Paisaxe II
3
O Grove
Siglo XXI
1
372
3
O Grove
Os Fieitás
2
207
2
O Grove
Miami-Playa
2
204
2
O Grove
Moreiras
2
336
2
O Grove
Muñeira
2
130
2
O Grove
Sol y Mar
2
258
2
O Grove
O Curro
O Grove
O Espiño
3
240
1
A Guarda
Santa Tecla
1
1.520
3
A Illa de Arousa El Edén
A Illa de Arousa Salinas
2
159
2
Moaña
Tirán
2
260
2
Nigrán
Praia América
1
1.500
3
Oia
Mougás
1
331
3
Oia
O Muiño
1
544
3
Oia
Pedra Rubia
2
352
2
Ponteareas
A Freixa
1
240
3
Redondela
Cesantes
2
138
2
Sanxenxo
Baltar
1
800
3
Sanxenxo
Boavista
1
459
3
Sanxenxo
Cachadelos
1
654
3
Sanxenxo
Ríasa Baixas
1
218
3
Sanxenxo
Montalvo Playa
2
120
2
Sanxenxo
Monte Cabo
2
135
2
Sanxenxo
Paxariñas
2
604
2
Sanxenxo
Praia Canelas
2
154
2
Sanxenxo
Preguntoiro
2
159
2
Sanxenxo
Airiños do Mar
2
112
1
Sanxenxo
Punta Faxilda
3
159
1
Sanxenxo
La Lanzada
3
204
1
Tomiño
Estanque Dorado
1
519
3
Vigo
Canido
2
152
2
Vigo
Playa Samil
2
164
2
Vigo
Islas Cíes
3
800
1
Vilagarcía de Ar Río Ulla
2
114
2
Vilanova de Aro Paisaxe
1
475
3
Vilanova de Aro Arco Iris
2
172
2
Vilanova de Aro El Terrón
2
126
2
Vilanova de Aro Santos
3
141
1
Silleda
Medelo-Xacobeo 91
296
Total
33.342
2004
Plazas
87
297
171
725
49
81
200
150
56
63
49
165
340
147
84
800
600
513
279
200
144
165
120
225
294
150
200
96
316
Catego
ria
1
2
2
3
1
1
1
1
1
1
1
1
2
1
1
2
1
3
2
1
1
1
1
3
2
1
1
1
1
600
49
800
186
49
461
2005
Plazas
87
297
171
725
49
81
200
150
56
63
49
165
340
147
84
800
600
513
279
200
144
165
120
225
294
150
230
96
316
Catego
ria
1
2
2
3
1
1
1
1
1
1
1
1
2
1
1
2
1
3
2
1
1
1
1
3
2
1
1
1
1
3
1
2
1
1
3
315
49
800
186
49
461
240
1
240
150
381
600
192
160
200
1.227
410
300
120
204
273
2
2
2
1
1
1
3
2
2006
Cuota de
mercado
2006 (%)
Plazas
87
297
171
725
49
81
200
150
56
63
49
183
340
49
84
800
215
513
279
200
144
165
120
225
294
150
230
96
324
Categor
ia
1
2
2
3
1
1
1
1
1
1
1
1
2
1
1
2
1
3
2
1
1
1
1
3
2
1
1
1
1
Plazas
87
297
171
725
49
115
200
150
56
63
49
165
340
49
84
800
215
513
279
200
144
165
120
225
294
150
230
96
324
3
1
2
1
1
3
276
49
800
186
180
461
3
1
2
1
1
3
276
155
800
233
180
461
150
381
600
192
160
200
1.227
408
1
1
2
2
2
1
1
1
3
2
240
48
150
381
600
192
160
204
1.227
408
1
1
2
2
2
1
1
1
3
2
240
48
150
381
600
192
160
204
1.227
408
3
1
1
120
204
273
3
1
1
120
204
273
3
1
1
120
204
273
618
141
326
168
200
120
138
420
96
2
1
1
1
2
1
2
2
1
618
141
326
168
199
120
138
420
96
2
1
1
1
2
1
2
2
1
1
618
165
326
168
199
120
136
4
96
84
2
1
1
1
2
1
2
2
1
1
618
165
326
168
153
120
138
420
96
150
300
256
111
2
2
1
300
256
111
2
2
1
300
256
111
2
2
300
256
138
72
300
138
129
59
198
345
3
1
1
2
2
1
1
3
138
3
1
1
2
2
1
1
3
138
300
140
129
59
198
345
3
1
1
2
2
1
1
138
300
138
129
59
198
345
1.602
450
187
213
138
216
462
372
207
204
336
130
258
3
2
2
2
2
1
3
3
2
2
2
2
2
1.602
450
187
213
138
201
438
372
207
204
336
130
266
240
1.520
1
3
2
2
2
3
3
3
2
3
2
3
3
3
3
2
2
2
2
2
1
1
1
3
2
2
1
2
3
2
2
1
240
1.520
156
159
260
1.500
407
544
352
240
138
874
459
654
218
120
135
604
176
159
112
159
204
519
152
164
800
114
460
172
126
141
3
2
2
2
2
1
3
3
2
2
2
2
2
1
1
3
2
2
2
3
3
3
2
3
2
3
3
3
3
2
2
2
2
2
1
1
1
3
2
2
1
2
3
2
2
1
1.776
450
187
213
138
216
438
372
207
204
336
130
266
184
240
1.520
256
159
260
1.500
407
544
352
240
138
874
459
654
218
120
135
604
176
159
112
159
204
519
152
164
800
114
475
172
126
141
3
2
2
2
2
1
3
3
2
2
2
2
2
1
1
3
2
2
2
3
3
3
1.776
450
187
213
138
201
438
372
207
204
336
130
266
184
240
1.520
256
159
260
1.467
407
544
3
2
3
3
3
3
2
2
2
2
2
1
1
240
138
874
459
1.608
218
120
135
604
176
159
112
159
3
2
2
1
2
3
2
2
1
519
152
464
800
296
460
172
126
141
0,3%
0,9%
0,5%
2,1%
0,1%
0,3%
0,6%
0,4%
0,2%
0,2%
0,1%
0,5%
1,0%
0,1%
0,2%
2,3%
0,6%
1,5%
0,8%
0,6%
0,4%
0,5%
0,3%
0,6%
0,8%
0,4%
0,7%
0,3%
0,9%
0,0%
0,8%
0,4%
2,3%
0,7%
0,5%
1,3%
0,0%
0,7%
0,1%
0,4%
1,1%
1,7%
0,6%
0,5%
0,6%
3,5%
1,2%
0,0%
0,3%
0,6%
0,8%
0,0%
1,8%
0,5%
0,9%
0,5%
0,4%
0,3%
0,4%
1,2%
0,3%
0,4%
0,0%
0,9%
0,7%
0,0%
0,0%
0,4%
0,0%
0,9%
0,4%
0,4%
0,2%
0,6%
0,0%
0,0%
5,1%
1,3%
0,5%
0,6%
0,4%
0,6%
1,3%
1,1%
0,6%
0,6%
1,0%
0,4%
0,8%
0,5%
0,7%
4,4%
0,7%
0,5%
0,8%
4,2%
1,2%
1,6%
0,0%
0,7%
0,4%
2,5%
1,3%
4,6%
0,6%
0,3%
0,4%
1,7%
0,5%
0,5%
0,3%
0,5%
0,0%
1,5%
0,4%
1,3%
2,3%
0,9%
1,3%
0,5%
0,4%
0,4%
34.628
100,0%
159
260
1.500
331
544
352
240
138
800
459
654
218
120
135
604
154
159
112
159
204
519
152
164
800
114
460
172
126
141
34.126
33.793
33.660
300
140
129
59
198
En amarillo aquellos campings (2) del mismo promotor
En verde aparacen remaracado aquellos campings con aumento de plazas o cambio de categoria
En rojo aparecen remaracados aquellos campings que cierran actividad
En azul aparecen remaracados aquellos campings que inicial actividad
2007
Cuota de
mercado
2007 (%)
Categor
ia
3
3
2
1
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
1
2
3
2
3
3
3
1
3
2
3
3
1
2
3
3
2
2
2
3
3
3
1
2
Plazas
87
297
171
725
109
139
200
150
56
63
49
165
320
49
191
800
215
513
279
200
144
165
122
225
294
150
180
96
324
42
276
155
800
233
180
461
246
240
48
150
381
600
192
160
204
1.227
408
1
3
3
120
204
270
2
3
3
3
2
3
2
2
3
3
3
2
2
618
165
326
168
153
120
138
420
96
150
82
300
256
1,7%
0,5%
0,9%
0,5%
0,4%
0,3%
0,4%
1,2%
0,3%
0,4%
0,2%
0,8%
0,7%
0,0%
1
3
3
2
2
3
3
138
72
300
140
129
59
198
0,4%
0,2%
0,8%
0,4%
0,4%
0,2%
0,6%
0,0%
1
2
2
2
2
3
1
1
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
2
1
1
1
1.913
450
187
213
136
201
438
372
207
204
440
130
266
184
240
1.520
256
161
260
1.467
407
544
1
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
3
3
240
138
874
459
1.608
218
120
135
604
176
159
112
159
1
2
2
3
2
1
2
2
3
519
152
464
800
296
460
172
126
141
5,4%
1,3%
0,5%
0,6%
0,4%
0,6%
1,2%
1,0%
0,6%
0,6%
1,2%
0,4%
0,8%
0,5%
0,7%
4,3%
0,7%
0,5%
0,7%
4,1%
1,1%
1,5%
0,0%
0,7%
0,4%
2,5%
1,3%
4,5%
0,6%
0,3%
0,4%
1,7%
0,5%
0,4%
0,3%
0,4%
0,0%
1,5%
0,4%
1,3%
2,3%
0,8%
1,3%
0,5%
0,4%
0,4%
35.431
100,0%
0,2%
0,8%
0,5%
2,0%
0,3%
0,4%
0,6%
0,4%
0,2%
0,2%
0,1%
0,5%
0,9%
0,1%
0,5%
2,3%
0,6%
1,4%
0,8%
0,6%
0,4%
0,5%
0,3%
0,6%
0,8%
0,4%
0,5%
0,3%
0,9%
0,1%
0,8%
0,4%
2,3%
0,7%
0,5%
1,3%
0,7%
0,7%
0,1%
0,4%
1,1%
1,7%
0,5%
0,5%
0,6%
3,5%
1,2%
0,0%
0,3%
0,6%
0,8%
Campings de Galicia por zona turística
Tabla 2. Cuota de mercado en plazas por zona turística
Zonas turísticas
Ayuntamiento
Santiago de Composte Monte do Gozo
Santiago de Composte As Cancelas
Santiago de Composte As Sirenas
Guitiriz
El Mesón
Monterroso
A Peneda
Portomarín
Santa Mariña
Lugo ©
Barreira-Río
Cervantes
Os Ancares
Santiago y Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Galicia interior
Total
Folgoso do Courel
A Fonsagrada
Allariz
Entrimo
Muíños
Parada de Sil
A Pobra de Trives
A Pobra de Trives
Viana do Bolo
Leiro
A Cañiza
Ponteareas
Silleda
O Courel
A Fonsagrada
Os Invernadeiros
Quinta da Viña Grande
O Corgo
O Cañón do Sil
A Masía
Nieves's
Augas Mansas
Leiro
Carballo do Marco
A Freixa
Medelo-Xacobeo 93
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Total
Barreiros
Foz
Barreiros
Ribadeo
Viveiro
Barreiros
Foz
Benquerencia
San Rafael
Nosa Casa Reinante
Ribadeo
Vivero
A Gaivota
Rapadoira-Llas
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Total
Cee
Ruta de Finisterre
Bergondo
Santa Marta
Malpica de BergantiñosSisargas
Muxía
Playa Barreira Leis
Carballo
Baldaio
Ares
El Raso
Miño
Perbes
Oleiros
Los Manzanos
Valdoviño
A Lagoa
Pontedeume
Ber
Ferrol
As Cabazas
Sada
Velo Mar
Valdoviño
Fotesín
Bergondo
Green Village
Miño
Miño con dos Playas
Carballo
As Nevedas
Muxía
Lago Mar
Pontedeume
Ber-Door
Arteixo
Valcobo
Miño
Rocamar
Sada
San Pedro
Oleiros
Bastiagueiro
Bergondo
Mar y Campo
Miño
Playa de Miño
Bergondo
Castro
Monfero
Fragadeume
Valdoviño
Valdoviño
Bergondo
Aguiar
Muxía
El Paraíso
Ares
O Parral
Bergondo
Martisol
Bergondo
Mariñana
Bergondo
O Telliero
Carballo
Os Delfíns
Narón
Río Xuvia
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Total
2002
2003
2004
2005
2006
1.127
410
1.227
408
1.227
408
1.227
408
96
1.227
410
300
96
96
96
84
96
150
111
168
111
168
111
168
111
168
1.912
2.312
2.010
200
200
120
138
72
300
138
129
59
198
345
216
240
2.259
Cuota de
mercado
2006(%)
2007
Cuota de
mercado
2007 (%)
1.227
408
168
59,9%
19,9%
0,0%
4,7%
7,3%
0,0%
0,0%
8,2%
168
6%
57,6%
19,1%
0,0%
4,5%
7,0%
3,8%
0,0%
7,9%
2.094
2.049
100,0%
2.131
100,0%
199
120
138
199
120
138
153
120
138
300
138
129
59
198
345
201
240
300
140
129
59
198
345
216
240
300
140
129
59
198
153
120
138
72
300
140
129
59
198
201
240
9,1%
7,2%
8,2%
0,0%
17,9%
8,3%
7,7%
3,5%
11,8%
0,0%
12,0%
14,3%
201
240
5%
8,7%
6,9%
7,9%
4,1%
17,1%
8,0%
7,4%
3,4%
11,3%
0,0%
11,5%
13,7%
2.155
2.067
2.084
1.678
100,0%
1.750
100,0%
618
420
326
300
256
141
138
618
420
326
300
256
141
138
618
420
326
300
256
141
138
618
420
326
300
256
165
136
618
420
326
300
256
165
138
38,5%
26,2%
20,3%
18,7%
16,0%
10,3%
8,6%
618
420
326
300
256
165
138
5%
38,5%
26,2%
20,3%
18,7%
16,0%
10,3%
8,6%
1.581
1.581
1.581
1.603
1.605
100,0%
1.605
100,0%
800
725
513
316
340
297
279
600
273
186
600
200
204
200
200
84
200
49
171
165
160
49
150
144
81
120
120
49
96
87
49
56
49
147
800
725
513
316
340
297
279
600
273
186
600
200
204
200
200
84
200
49
171
165
160
49
150
144
81
120
120
49
96
87
63
56
49
147
800
725
513
316
340
297
279
315
273
186
600
200
204
200
200
84
230
49
171
165
160
49
150
144
81
120
120
49
96
87
63
56
49
147
800
725
513
324
340
297
279
276
273
186
215
204
204
200
200
84
230
180
171
165
160
49
150
144
81
120
120
49
96
87
63
56
49
49
800
725
513
324
340
297
279
276
273
233
215
204
204
200
200
84
230
180
171
165
160
155
150
144
115
120
120
49
96
87
63
56
49
49
10,9%
9,9%
7,0%
4,4%
4,6%
4,1%
3,8%
3,8%
3,7%
3,2%
2,9%
2,8%
2,8%
2,7%
2,7%
1,1%
3,1%
2,5%
2,3%
2,3%
2,2%
2,1%
2,0%
2,0%
1,6%
1,6%
1,6%
0,7%
1,3%
1,2%
0,9%
0,8%
0,7%
0,7%
0,0%
800
725
513
324
320
297
279
276
270
233
215
204
204
200
200
191
180
180
171
165
160
155
150
144
139
122
120
109
96
87
63
56
49
49
42
23%
10,7%
9,7%
6,9%
4,3%
4,3%
4,0%
3,7%
3,7%
3,6%
3,1%
2,9%
2,7%
2,7%
2,7%
2,7%
2,6%
2,4%
2,4%
2,3%
2,2%
2,1%
2,1%
2,0%
1,9%
1,9%
1,6%
1,6%
1,5%
1,3%
1,2%
0,8%
0,7%
0,7%
0,7%
0,6%
7.759
7.773
7.518
7.139
7.326
100,0%
7.488
100,0%
138
300
138
129
59
198
345
216
240
296
En verde aparacen remaracado aquellos campings con aumento de plazas o cambio de categoria
En rojo aparecen remaracados aquellos campings que cierran actividad
En azul aparecen remaracados aquellos campings que inicial actividad
96
150
82
Campings de Galicia por zona turística
Tabla 2. Cuota de mercado en plazas por zona turística
Zonas turísticas
Ayuntamiento
2002
2003
2004
2005
2006
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
1.602
654
1.520
1.500
800
800
800
604
600
544
519
164
434
475
459
450
336
331
381
372
114
294
258
260
1.602
654
1.520
1.500
800
800
800
604
600
544
519
164
461
460
459
450
336
462
331
381
372
114
294
258
260
1.602
654
1.520
1.500
874
800
800
604
600
544
519
164
461
460
459
450
336
438
407
381
372
114
294
266
260
156
1.776
654
1.520
1.500
874
800
800
604
600
544
519
164
461
475
459
450
336
438
407
381
372
114
294
266
260
256
1.776
1.608
1.520
1.467
874
800
800
604
600
544
519
464
461
460
459
450
336
438
407
381
372
296
294
266
260
256
240
240
225
218
213
207
204
192
187
240
240
225
218
213
207
204
192
187
240
240
225
218
213
207
204
192
187
154
172
165
159
159
159
152
150
150
141
138
138
135
130
126
120
112
154
172
165
159
159
159
152
150
150
141
138
138
135
130
126
120
112
176
172
165
159
159
159
152
150
150
141
138
138
135
130
126
120
112
240
240
225
218
213
207
204
192
187
184
176
172
165
159
159
159
152
150
150
141
138
138
135
130
126
120
112
48
352
204
352
204
352
204
240
240
225
218
213
207
204
192
187
184
176
172
183
159
159
159
152
150
150
141
138
138
135
130
126
120
112
48
352
204
Total
17.611
18.085
18.397
18.762
19.576
Rías Baixas
Baiona
Sanxenxo
A Guarda
Nigrán
Sanxenxo
A Pobra do Caramiñal
Vigo
Sanxenxo
Ribeira
Oia
Tomiño
Vigo
Porto do Son
Vilanova de Arousa
Sanxenxo
Cangas
O Grove
O Grove
Oia
Ribeira
O Grove
Vilagarcía de Arousa
Muros
O Grove
Moaña
A Illa de Arousa
Porto do Son
Porto do Son
O Grove
Muros
Sanxenxo
Cangas
O Grove
O Grove
Ribeira
Cangas
O Grove
Sanxenxo
Vilanova de Arousa
Boiro
A Illa de Arousa
Sanxenxo
Sanxenxo
Vigo
Muros
Rianxo
Vilanova de Arousa
Redondela
Cangas
Sanxenxo
O Grove
Vilanova de Arousa
Sanxenxo
Sanxenxo
Porto do Son
Oia
Sanxenxo
Bayona-Playa
Cachadelos
Santa Tecla
Praia América
Baltar
Ría de Arosa
Islas Cíes
Paxariñas
Coroso
O Muiño
Estanque Dorado
Playa Samil
Punta Batuda
Paisaxe
Boavista
Aldán
Moreiras
Paisaxe II
Mougás
Camping Ría de Arosa II
Siglo XXI
Río Ulla
A Vouga
Sol y Mar
Tirán
El Edén
Fraga Balada
Cabeiro
O Espiño
San Francisco
Ríasa Baixas
Fracón
Os Fieitás
Miami-Playa
Las Dunas
Cangas
O Curro
Praia Canelas
Arco Iris
Barraña
Salinas
Preguntoiro
Punta Faxilda
Canido
Ancoradoiro
Rianxo
Santos
Cesantes
Liméns
Monte Cabo
Muñeira
El Terrón
Montalvo Playa
Airiños do Mar
Os Castros
Pedra Rubia
La Lanzada
Cuota de
mercado
2006(%)
2007
Cuota de
mercado
2007 (%)
61%
9,1%
8,2%
7,8%
7,5%
4,5%
4,1%
4,1%
3,1%
3,1%
2,8%
2,7%
2,4%
2,4%
2,3%
2,3%
2,3%
1,7%
2,2%
2,1%
1,9%
1,9%
1,5%
1,5%
1,4%
1,3%
1,3%
0,0%
1,2%
1,2%
1,1%
1,1%
1,1%
1,1%
1,0%
1,0%
1,0%
0,9%
0,9%
0,9%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,7%
0,7%
0,7%
0,7%
0,7%
0,6%
0,6%
0,6%
0,2%
0,0%
0,0%
1.913
1.608
1.520
1.467
874
800
800
604
600
544
519
464
461
460
459
450
440
438
407
381
372
296
294
266
260
256
246
240
240
225
218
213
207
204
192
187
184
176
172
165
161
159
159
152
150
150
141
138
136
135
130
126
120
112
48
9,6%
8,1%
7,6%
7,4%
4,4%
4,0%
4,0%
3,0%
3,0%
2,7%
2,6%
2,3%
2,3%
2,3%
2,3%
2,3%
2,2%
2,2%
2,0%
1,9%
1,9%
1,5%
1,5%
1,3%
1,3%
1,3%
1,2%
1,2%
1,2%
1,1%
1,1%
1,1%
1,0%
1,0%
1,0%
0,9%
0,9%
0,9%
0,9%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,8%
0,7%
0,7%
0,7%
0,7%
0,7%
0,6%
0,6%
0,6%
0,2%
0,0%
0,0%
100,0%
19.926
100,0%
En amarillo aquellos campings (2) del mismo promotor
En verde aparacen remaracado aquellos campings con aumento de plazas o cambio de categoria
En rojo aparecen remaracados aquellos campings que cierran actividad
En azul aparecen remaracados aquellos campings que inicial actividad
Campings de Galicia por zona turística
Tabla 3. Categoría y nº de plazas
Zonas turísticas
Ayuntamiento
Santiago de ComposteMonte do Gozo
Santiago de ComposteAs Cancelas
Santiago de ComposteAs Sirenas
Guitiriz
El Mesón
A Peneda
Monterroso
Portomarín
Santa Mariña
Lugo ©
Barreira-Río
2002
Santiago y Camino de Santiago
Santiago y Camino de Santi
1
Santiago y Camino de Santi
2
Santiago y Camino de Santiago
3
Santiago y Camino de Santi
Santiago y Camino de Santiago
Santiago y Camino de Santiago
3
Santiago y Camino de Santi
Plazas totales
% incremento año
% Incremento 2007-2002
Cervantes
Folgoso do Courel
A Fonsagrada
Allariz
Entrimo
Muíños
Parada de Sil
A Pobra de Trives
A Pobra de Trives
Viana do Bolo
Leiro
A Cañiza
Ponteareas
Silleda
Galicia interior
Os Ancares
Galicia interior
O Courel
Galicia interior
A Fonsagrada
Galicia interior
Os Invernadeiros
Galicia interior
Quinta da Viña GrandeGalicia interior
O Corgo
Galicia interior
O Cañón do Sil
Galicia interior
A Masía
Galicia interior
Nieves's
Galicia interior
Augas Mansas
Galicia interior
Leiro
Galicia interior
Carballo do Marco
Galicia interior
A Freixa
Galicia interior
Medelo-Xacobeo 93
Galicia interior
2003
1.127
410
1
2
96
111
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
1.227
408
1
2
1.227
408
1
2
1.227
408
1
2
1.227
408
3
3
96
3
96
84
3
96
150
3
96
150
82
3
111
3
111
3
111
3
2.144
23%
3
2
168
200
1
138
3
2
2
3
3
1
3
1
1
300
138
129
59
198
345
216
240
296
3
2
1
1
1
3
2
2
3
3
1
3
1
168
200
120
138
72
300
138
129
59
198
345
216
240
3
2
1.926
5%
1
168
199
120
138
3
2
2
3
3
1
3
1
300
138
129
59
198
345
201
240
2.323
-4%
1.881
-2%
1.963
4%
3
2
1
168
199
120
138
1
3
2
2
3
3
1
3
1
300
140
129
59
198
345
216
240
3
2
2
3
3
1
3
1
2.235
-4%
3
2
2.252
1%
168
153
120
138
3
2
1
300
140
129
59
198
3
2
2
3
3
168
153
120
138
72
300
140
129
59
198
201
240
3
1
201
240
1.846
-18%
1.918
4%
-21%
2
3
3
2
2
2
2
618
141
326
138
420
300
256
2
3
3
2
2
2
2
618
141
326
138
420
300
256
2
3
3
2
2
2
2
2.199
0%
618
141
326
138
420
300
256
2
3
3
2
2
2
2
2.199
0%
618
165
326
136
4,2
300
256
2
3
3
2
2
2
2
1.805
-18%
618
165
326
138
420
300
256
2
3
3
2
2
2
2
2.223
23%
618
165
326
138
420
300
256
2.223
0%
1%
3
2
2
1
3
3
3
3
3
3
3
2
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
3
3
3
87
297
171
725
49
81
200
150
56
49
49
340
147
84
800
600
513
279
200
144
165
120
200
96
316
3
2
2
1
3
3
3
3
3
3
3
2
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
3
3
3
87
297
171
725
49
81
200
150
56
63
49
340
147
84
800
600
513
279
200
144
165
120
200
96
316
3
2
2
1
3
3
3
3
3
3
3
2
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
3
3
3
87
297
171
725
49
81
200
150
56
63
49
340
147
84
800
600
513
279
200
144
165
120
230
96
316
3
2
2
1
3
3
3
3
3
3
3
2
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
3
3
3
87
297
171
725
49
81
200
150
56
63
49
340
49
84
800
215
513
279
200
144
165
120
230
96
324
3
2
2
1
3
3
3
3
3
3
3
2
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
3
3
3
87
297
171
725
49
115
200
150
56
63
49
340
49
84
800
215
513
279
200
144
165
120
230
96
324
1
3
3
3
3
3
1
3
3
600
49
186
49
160
200
120
204
273
1
3
3
3
3
3
1
3
3
600
49
186
49
160
200
120
204
273
1
3
3
3
3
3
1
3
3
315
49
186
49
160
200
120
204
273
1
3
3
3
3
3
1
3
3
276
49
186
180
160
204
120
204
273
1
3
3
3
3
3
1
3
3
276
155
233
180
160
204
120
204
273
7.759
% incremento año
% Incremento 2007-2002
1.842
-14%
13%
2.199
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
Rías Altas y la Costa da Mo
2007
1
2
1.744
% incremento año
% Incremento 2007-2002
Ares
O Parral
Ares
El Raso
Arteixo
Valcobo
Bergondo
Santa Marta
Aguiar
Bergondo
Bergondo
Castro
Bergondo
Green Village
Bergondo
Mar y Campo
Bergondo
Mariñana
Bergondo
Martisol
Bergondo
O Telliero
Carballo
Baldaio
Carballo
Os Delfíns
As Nevedas
Carballo
Cee
Ruta de Finisterre
As Cabazas
Ferrol
Malpica de BergantiñoSisargas
Miño
Perbes
Miño
Miño con dos Playas
Miño
Playa de Miño
Miño
Rocamar
Monfero
Fragadeume
Muxía
Lago Mar
Muxía
El Paraíso
Muxía
Playa Barreira Leis
Narón
Río Xuvia
Oleiros
Los Manzanos
Oleiros
Bastiagueiro
Pontedeume
Ber
Pontedeume
Ber-Door
Sada
San Pedro
Sada
Velo Mar
Valdoviño
Valdoviño
Valdoviño
Fotesín
A Lagoa
Valdoviño
2006
1.227
410
300
96
2.427
Benquerencia
A Gaivota
Nosa Casa Reinante
Rapadoira-Llas
San Rafael
Ribadeo
Vivero
2005
3
% incremento año
% Incremento 2007-2002
Barreiros
Barreiros
Barreiros
Foz
Foz
Ribadeo
Viveiro
2004
7.773
0%
7.518
-3%
7.139
-5%
En verde aparacen remaracado aquellos campings con aumento de plazas o cambio de categoria
En rojo aparecen remaracados aquellos campings que cierran actividad
En azul aparecen remaracados aquellos campings que inicial actividad
3
3
2
1
3
3
3
3
3
3
3
2
3
3
2
3
1
2
3
3
3
3
3
3
3
3
1
3
3
3
3
3
1
3
3
7.326
3%
87
297
171
725
109
139
200
150
56
63
49
320
49
191
800
215
513
279
200
144
165
122
180
96
324
42
276
155
233
180
160
204
120
204
270
7.488
2%
-3%
Campings de Galicia por zona turística
Tabla 3. Categoría y nº de plazas
Boiro
Muros
Muros
Muros
A Pobra do Caramiña
Porto do Son
Porto do Son
Porto do Son
Porto do Son
Rianxo
Ribeira
Ribeira
Ribeira
Baiona
Cangas
Cangas
Cangas
Cangas
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
A Guarda
A Illa de Arousa
A Illa de Arousa
Moaña
Nigrán
Oia
Oia
Oia
Redondela
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Tomiño
Vigo
Vigo
Vigo
Vilagarcía de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
Barraña
San Francisco
A Vouga
Ancoradoiro
Ría de Arosa
Punta Batuda
Fraga Balada
Cabeiro
Os Castros
Rianxo
Camping Ría de Arosa
Coroso
Las Dunas
Bayona-Playa
Aldán
Cangas
Fracón
Liméns
Paisaxe II
Siglo XXI
Os Fieitás
Miami-Playa
Moreiras
Muñeira
Sol y Mar
O Curro
O Espiño
Santa Tecla
El Edén
Salinas
Tirán
Praia América
Mougás
O Muiño
Pedra Rubia
Cesantes
Baltar
Boavista
Cachadelos
Ríasa Baixas
Montalvo Playa
Monte Cabo
Paxariñas
Praia Canelas
Preguntoiro
Airiños do Mar
Punta Faxilda
La Lanzada
Estanque Dorado
Canido
Playa Samil
Islas Cíes
Río Ulla
Paisaxe
Arco Iris
El Terrón
Santos
Total
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
3
1
2
3
2
1
165
225
294
150
800
434
3
1
2
3
2
1
165
225
294
150
800
461
3
1
2
3
2
1
165
225
294
150
800
461
3
1
2
3
2
1
183
225
294
150
800
461
3
1
2
3
2
1
165
225
294
150
800
461
3
240
3
240
3
240
2
2
2
3
1
2
2
2
2
150
381
600
192
1.602
450
187
213
138
1
2
2
2
2
2
372
207
204
336
130
258
2
2
2
3
1
2
2
2
2
3
1
2
2
2
2
2
150
381
600
192
1.602
450
187
213
138
462
372
207
204
336
130
258
2
2
2
3
1
2
2
2
2
3
1
2
2
2
2
2
150
381
600
192
1.602
450
187
213
138
438
372
207
204
336
130
266
3
1
240
1.520
3
1
240
1.520
2
2
1
1
1
2
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
3
2
1
2
2
3
159
260
1.500
331
544
352
138
800
459
654
218
120
135
604
154
159
112
159
204
519
152
164
800
114
475
172
126
141
2
2
1
1
1
2
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
3
2
1
2
2
3
159
260
1.500
331
544
352
138
800
459
654
218
120
135
604
154
159
112
159
204
519
152
164
800
114
460
172
126
141
3
1
2
2
2
1
1
1
2
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
3
2
1
2
2
3
240
1.520
156
159
260
1.500
407
544
352
138
874
459
654
218
120
135
604
176
159
112
159
204
519
152
164
800
114
460
172
126
141
3
1
2
2
2
3
1
2
2
2
2
3
1
2
2
2
2
2
1
3
1
2
2
2
1
1
1
2
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
3
2
1
2
2
3
240
48
150
381
600
192
1.776
450
187
213
138
438
372
207
204
336
130
266
184
240
1.520
256
159
260
1.500
407
544
352
138
874
459
654
218
120
135
604
176
159
112
159
204
519
152
164
800
114
475
172
126
141
3
1
2
2
2
3
1
2
2
2
2
3
1
2
2
2
2
2
1
3
1
2
2
2
1
1
1
2
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
3
2
1
2
2
3
Rías Baixas
% incremento año
% Incremento 2007-2002
19.213
Galicia
% incremento año
% Incremento 2007-2002
33.342
19.687
2%
19.999
2%
20.538
3%
240
48
150
381
600
192
1.776
450
187
213
138
438
372
207
204
336
130
266
184
240
1.520
256
159
260
1.467
407
544
3
1
2
3
2
1
2
3
3
2
2
2
3
1
2
2
2
2
1
1
2
2
2
2
2
3
3
1
2
2
2
1
1
1
165
225
294
150
800
461
246
240
48
150
381
600
192
1.913
450
187
213
136
438
372
207
204
440
130
266
184
240
1.520
256
161
260
1.467
407
544
138
874
459
1.608
218
120
135
604
176
159
112
159
2
1
1
1
1
2
2
2
2
2
3
3
138
874
459
1.608
218
120
135
604
176
159
112
159
519
152
464
800
296
460
172
126
141
1
2
2
3
2
1
2
2
3
519
152
464
800
296
460
172
126
141
21.352
4%
21.839
2%
14%
34.126
2%
33.793
-1%
33.660
0%
En verde aparacen remaracado aquellos campings con aumento de plazas o cambio de categoria
En rojo aparecen remaracados aquellos campings que cierran actividad
En azul aparecen remaracados aquellos campings que inicial actividad
34.628
3%
35.431
2%
6,3%
Tabla 7A. Evolución del precio de los campings de Galicia por zona turística
Período 2002-2007
Inflación
Ayuntamiento
Santiago de Compostela
Santiago de Compostela
Guitiriz
Monterroso
Portomarín
Lugo ( c )
Camping
Monte do Gozo
As Cancelas
El Mesón
A Peneda
Santa Mariña
Beira Río
Santiago y Camino de Santiago
Galicia interior:
Cervantes
Folgoso do Courel
A Fonsagrada
Allariz
Entrimo
Muíños
Parada de Sil
A Pobra de Trives
A Pobra de Trives
Viana do Bolo
Leiro
A Cañiza
Ponteareas
2002-2003
2003-2004
2004-2005
2005-2006
2006-2007
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
4,6%
9,8%
8,7%
3,1%
2,8%
5,1%
4,5%
0,0%
3,8%
3,7%
23,6%
0,0%
0,0%
3,5%
Inflación media anual
Inflación acumulada
100
7,2%
107
4,9%
112
3,2%
116
10,4%
128
1,2%
130
-1,8%
0,0%
0,0%
12,8%
-4,6%
-8,3%
Os Ancares
Galicia interior
O Courel
Galicia interior
A Fonsagrada
Galicia interior
Os Invernadeiros Galicia interior
Quinta da Viña Gr Galicia interior
O Corgo
Galicia interior
O Cañón do Sil
Galicia interior
A Masía
Galicia interior
Nieves's
Galicia interior
Augas Mansas
Galicia interior
Leiro
Galicia interior
Carballo do Marco Galicia interior
A Freixa
Galicia interior
Galicia interior
Mariña lucense:
Barreiros
Barreiros
Barreiros
Foz
Foz
Ribadeo
Viveiro
Zonas turísticas
Inflación media anual
Inflación acumulada
100
Benquerencia
Mariña lucense
A Gaivota
Mariña lucense
Nosa Casa Reinan Mariña lucense
Rapadoira-Llas
Mariña lucense
San Rafael
Mariña lucense
Ribadeo
Mariña lucense
Vivero
Mariña lucense
Mariña lucense
Inflación media anual
Inflación acumulada
-7,1%
7,6%
0,0%
0,0%
0,0%
10,8%
0,0%
0,0%
-0,3%
25,5%
0,0%
0,0%
8,4%
0,0%
-6,4%
-12,2%
15,5%
1,1%
11,4%
7,0%
6,4%
0,0%
0,0%
5,0%
13,1%
0,3%
-6,5%
4,1%
104
3,7%
108
5,3%
114
3,9%
118
-2,8%
115
17,6%
4,4%
14,8%
3,0%
-3,9%
0,9%
6,8%
4,1%
0,0%
1,4%
0,0%
9,4%
12,4%
1,6%
0,0%
8,1%
13,0%
-7,1%
7,5%
8,5%
15,5%
0,0%
0,0%
5,7%
18,6%
-0,9%
0,0%
0,0%
7,2%
107
2,6%
110
4,7%
115
6,5%
123
3,9%
127
6,3%
6,6%
4,3%
4,9%
10,6%
5,2%
2,5%
1,5%
8,0%
0,5%
4,5%
3,7%
1,8%
9,0%
10,3%
10,7%
1,7%
25,0%
-0,8%
-4,4%
3,1%
65,5%
-5,0%
-2,0%
0,0%
5,0%
7,5%
0,0%
0,5%
71,4%
-0,1%
1,6%
7,0%
2,1%
0,0%
4,0%
3,8%
-4,9%
4,2%
29,4%
6,7%
3,7%
1,7%
0,0%
12,0%
1,3%
10,9%
11,6%
0,0%
10,4%
-4,2%
25,9%
3,2%
0,0%
3,7%
9,7%
0,0%
0,0%
11,4%
9,1%
2,9%
0,0%
-5,5%
9,0%
0,0%
13,3%
2,6%
8,3%
-15,1%
7,7%
7,0%
130
100
Rías altas y Costa da Morte:
Ares
O Parral
Rías Altas y la Costa da Morte
Ares
El Raso
Rías Altas y la Costa da
3,8%
Arteixo
Valcobo
Rías Altas y la Costa da
8,9%
Bergondo
Santa Marta
Rías Altas y la Costa da
3,5%
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Bergondo
Aguiar
Bergondo
Castro
Rías Altas y la Costa da Morte
Bergondo
Green Village
Rías Altas y la Costa da
4,4%
Bergondo
Mar y Campo
Rías Altas y la Costa da Morte
Bergondo
Mariñana
Rías Altas y la Costa da
5,5%
Bergondo
Martisol
Rías Altas y la Costa da Morte
Bergondo
O Telliero
Rías Altas y la Costa da Morte
Carballo
Baldaio
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Carballo
Os Delfíns
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Carballo
As Nevedas
Rías Altas y la Costa da
0,6%
Cee
Ruta de Finisterre Rías Altas y la Costa da
8,1%
Ferrol
As Cabazas
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Malpica de Bergantiños Sisargas
Rías Altas y la Costa da Morte
Miño
Perbes
Rías Altas y la Costa da
9,0%
Miño
Miño con dos Play Rías Altas y la Costa da
4,7%
Miño
Playa de Miño
Rías Altas y la Costa da
6,2%
Miño
Rocamar
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Monfero
Fragadeume
Rías Altas y la Costa da
3,9%
Muxía
Lago Mar
Rías Altas y la Costa da
1,3%
Muxía
El Paraíso
Rías Altas y la Costa da Morte
Muxía
Playa Barreira LeisRías Altas y la Costa da
1,3%
Narón
Río Xuvia
Rías Altas y la Costa da Morte
Oleiros
Los Manzanos
Rías Altas y la Costa da
4,8%
Oleiros
Bastiagueiro
Rías Altas y la Costa da Morte
Pontedeume
Ber
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Rías Altas y la Costa da Morte
Pontedeume
Ber-Door
Sada
San Pedro
Rías Altas y la Costa da Morte
Sada
Velo Mar
Rías Altas y la Costa da Morte
Valdoviño
Valdoviño
Rías Altas y la Costa da
3,6%
Valdoviño
Fotesín
Rías Altas y la Costa da
15,0%
Valdoviño
A Lagoa
Rías Altas y la Costa da
2,0%
Rías Altas y la Costa da Morte
Inflación media anual
Inflación acumulada
100
3,8%
104
7,5%
4,6%
2,2%
3,8%
4,5%
1,0%
2,0%
9,5%
-2,9%
6,8%
-2,2%
0,0%
8,5%
0,0%
0,0%
36,1%
4,7%
8,6%
3,4%
4,0%
108
6,2%
115
6,2%
122
1,0%
4,4%
23,2%
-0,8%
17,6%
2002-2007
29,5%
14,9%
27,4%
5,4%
-0,3%
-3,9%
8,9%
0,0%
-3,9%
13,7%
24,7%
0,0%
0,0%
11,0%
4,7%
10,1%
-0,4%
-8,2%
-2,1%
Para todos aquellos campings en blanco no se ha podido calcular el % de cambio al carecerse del dato en alguno de los años.
La media representada es aritmética simple.
30,2%
Tabla 7A. Evolución del precio de los campings de Galicia por zona turística
Período 2002-2007
Inflación
Ayuntamiento
Camping
Rías Bajas:
Boiro
Muros
Muros
Muros
A Pobra do Caramiñal
Porto do Son
Porto do Son
Porto do Son
Porto do Son
Rianxo
Ribeira
Ribeira
Ribeira
Baiona
Cangas
Cangas
Cangas
Cangas
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
A Guarda
A Illa de Arousa
A Illa de Arousa
Moaña
Nigrán
Oia
Oia
Oia
Redondela
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Tomiño
Vigo
Vigo
Vigo
Vilagarcía de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
Barraña
San Francisco
A Vouga
Ancoradoiro
Ría de Arosa
Punta Batuda
Fraga Balada
Cabeiro
Os Castros
Rianxo
Camping Ría de A
Coroso
Las Dunas
Bayona-Playa
Aldán
Cangas
Fracón
Liméns
Paisaxe II
Siglo XXI
Os Fieitás
Miami-Playa
Moreiras
Muñeira
Sol y Mar
O Curro
O Espiño
Santa Tecla
El Edén
Salinas
Tirán
Praia América
Mougás
O Muiño
Pedra Rubia
Cesantes
Baltar
Boavista
Cachadelos
Ríasa Baixas
Montalvo Playa
Monte Cabo
Paxariñas
Praia Canelas
Preguntoiro
Airiños do Mar
Punta Faxilda
La Lanzada
Estanque Dorado
Canido
Playa Samil
Islas Cíes
Río Ulla
Paisaxe
Arco Iris
El Terrón
Santos
Rías Baixas
Zonas turísticas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Inflación media anual
Inflación acumulada
2002-2003
2003-2004
2004-2005
2005-2006
2006-2007
6,1%
3,1%
0,0%
2,2%
7,8%
3,3%
1,3%
10,6%
5,5%
-4,4%
3,1%
3,8%
3,3%
2,4%
3,8%
6,8%
4,6%
-2,8%
4,4%
5,3%
2,8%
5,4%
-3,5%
0,0%
3,3%
3,7%
9,7%
3,5%
3,1%
5,6%
10,2%
5,6%
3,0%
3,6%
2,7%
5,9%
3,8%
5,4%
7,3%
10,8%
5,6%
0,8%
0,9%
3,5%
5,9%
10,8%
-0,6%
4,0%
-12,4%
4,6%
0,0%
2,6%
5,1%
0,0%
0,0%
4,5%
3,7%
-10,1%
10,8%
7,5%
5,6%
5,1%
3,1%
-7,3%
0,0%
18,0%
2,0%
-2,7%
0,0%
0,0%
4,4%
0,0%
0,0%
-2,6%
-3,8%
1,0%
-6,4%
-1,4%
4,1%
9,0%
-1,6%
0,0%
6,3%
2,7%
12,4%
3,8%
4,2%
4,7%
4,2%
3,9%
0,0%
2,3%
7,1%
3,5%
8,1%
1,4%
3,6%
5,3%
4,5%
6,1%
0,0%
5,2%
4,2%
0,0%
-4,9%
-1,2%
-7,3%
9,2%
-5,2%
5,0%
18,3%
3,7%
5,1%
5,4%
9,5%
3,1%
7,7%
0,0%
3,6%
-0,8%
6,5%
0,0%
5,1%
2002-2007
-4,6%
9,5%
4,9%
4,5%
4,9%
24,4%
12,7%
12,7%
7,2%
12,8%
2,3%
-10,1%
7,6%
10,3%
5,4%
5,1%
17,5%
6,3%
18,0%
0,0%
37,6%
-4,5%
4,8%
5,1%
0,0%
0,0%
0,0%
23,1%
0,0%
0,0%
-8,3%
-6,6%
0,0%
0,4%
1,1%
9,6%
0,0%
26,8%
2,6%
14,1%
1,6%
13,4%
0,0%
9,0%
8,5%
6,2%
6,1%
106
4,4%
111
4,9%
116
8,8%
-2,1%
4,3%
-7,8%
7,0%
0,0%
0,1%
1,3%
-3,9%
7,0%
0,0%
-1,5%
5,3%
4,3%
121
0,2%
121
Para todos aquellos campings en blanco no se ha podido calcular el % de cambio al carecerse del dato en alguno de los años.
La media representada es aritmética simple.
21,4%
Tabla 8A. Evolución del precio de los campings de Galicia por categoría. Período 2002-2007
Ayuntamiento
Santiago de Compostela
Allariz
Ponteareas
Bergondo
Malpica de Bergantiños
Oleiros
Valdoviño
Muros
Porto do Son
Baiona
O Grove
O Grove
A Guarda
Nigrán
Oia
Oia
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Tomiño
Vilanova de Arousa
Leiro
Camping
Monte do Gozo
Os Invernadeiros
A Freixa
Santa Marta
Sisargas
Los Manzanos
Valdoviño
San Francisco
Punta Batuda
Bayona-Playa
Paisaxe II
Siglo XXI
Santa Tecla
Praia América
Mougás
O Muiño
Baltar
Boavista
Cachadelos
Ríasa Baixas
Estanque Dorado
Paisaxe
Leiro
Categoria
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
2003-2004
2004-2005
2005-2006
2006-2007
Camino de Santiago
4,6%
Galicia interior
Galicia interior
1,1%
Rías Altas y la Costa da
3,5%
Rías Altas y la Costa da Morte
4,8%
Rías Altas y la Costa da
3,6%
Rías Altas y la Costa da
Rías Baixas
3,1%
Rías Baixas
3,8%
Rías Baixas
3,6%
Rías Baixas
Rías Baixas
0,8%
Rías Baixas
12,4%
Rías Baixas
3,5%
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
18,3%
Rías Baixas
3,7%
Rías Baixas
5,1%
Rías Baixas
5,4%
Rías Baixas
Rías Baixas
13,4%
Galicia interior
Zonas turísticas
8,7%
7,6%
7,0%
4,3%
5,1%
0,0%
0,0%
8,0%
4,6%
4,5%
2,2%
2,4%
3,5%
3,0%
4,4%
9,5%
3,3%
6,8%
3,8%
4,2%
3,6%
4,2%
6,1%
3,8%
10,8%
13,1%
10,3%
11,4%
-2,2%
4,7%
10,6%
-2,8%
10,8%
-7,3%
0,0%
0,0%
4,2%
0,0%
0,0%
-4,6%
-6,5%
3,1%
0,0%
8,3%
-2,6%
-4,4%
5,3%
-2,6%
4,1%
9,0%
-1,2%
9,5%
4,9%
4,5%
-10,1%
7,6%
10,3%
5,7%
106
5,0%
111
4,2%
116
5,7%
122,1
0,2%
122
3,1%
4,5%
3,7%
0,0%
0,0%
25,5%
0,0%
0,0%
8,4%
8,1%
7,5%
8,5%
15,5%
0,0%
9,0%
0,0%
9,1%
0,0%
Categoría 1
100
Santiago de Compostela
Folgoso do Courel
Parada de Sil
A Pobra de Trives
Barreiros
Foz
Foz
Ribadeo
Viveiro
Arteixo
Cee
Miño
Muxía
Muros
A Pobra do Caramiñal
Porto do Son
Rianxo
Ribeira
Ribeira
Cangas
Cangas
Cangas
Cangas
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
O Grove
A Illa de Arousa
A Illa de Arousa
Moaña
Redondela
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Sanxenxo
Vigo
Vigo
Vilagarcía de Arousa
Vilanova de Arousa
Vilanova de Arousa
As Cancelas
O Courel
O Cañón do Sil
A Masía
Benquerencia
Rapadoira-Llas
San Rafael
Ribadeo
Vivero
Valcobo
Ruta de Finisterre
Perbes
Lago Mar
A Vouga
Ría de Arosa
Fraga Balada
Rianxo
Camping Ría de Arosa II
Coroso
Aldán
Cangas
Fracón
Liméns
Os Fieitás
Miami-Playa
Moreiras
Muñeira
Sol y Mar
El Edén
Salinas
Tirán
Cesantes
Montalvo Playa
Monte Cabo
Paxariñas
Praia Canelas
Preguntoiro
Canido
Playa Samil
Río Ulla
Arco Iris
El Terrón
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
Categoría 2
Guitiriz
Monterroso
Portomarín
Cervantes
A Fonsagrada
Entrimo
Muíños
A Pobra de Trives
Viana do Bolo
A Cañiza
Barreiros
Barreiros
Ares
Ares
Bergondo
Bergondo
Bergondo
Bergondo
Bergondo
Bergondo
Bergondo
Carballo
Carballo
Carballo
Ferrol
Miño
Miño
Miño
Monfero
Muxía
Muxía
Narón
Oleiros
Pontedeume
Pontedeume
Sada
Sada
Valdoviño
Valdoviño
Boiro
Muros
Porto do Son
Porto do Son
Ribeira
O Grove
O Grove
Sanxenxo
Sanxenxo
Vigo
Vilanova de Arousa
El Mesón
A Peneda
Santa Mariña
Os Ancares
A Fonsagrada
Quinta da Viña Grande
O Corgo
Nieves's
Augas Mansas
Carballo do Marco
A Gaivota
Nosa Casa Reinante
O Parral
El Raso
Aguiar
Castro
Green Village
Mar y Campo
Mariñana
Martisol
O Telliero
Baldaio
Os Delfíns
As Nevedas
As Cabazas
Miño con dos Playas
Playa de Miño
Rocamar
Fragadeume
El Paraíso
Playa Barreira Leis
Río Xuvia
Bastiagueiro
Ber
Ber-Door
San Pedro
Velo Mar
Fotesín
A Lagoa
Barraña
Ancoradoiro
Cabeiro
Os Castros
Las Dunas
O Curro
O Espiño
Airiños do Mar
Punta Faxilda
Islas Cíes
Santos
Categoría 3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
3
Camino de Santiago
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Mariña lucense
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
2002-2003
-4,6%
0,0%
37,6%
-4,5%
4,8%
26,8%
-7,8%
0,0%
-6,6%
0,0%
0,4%
7,0%
0,0%
17,6%
3,0%
-3,9%
-0,3%
0,9%
0,0%
1,4%
8,9%
8,1%
9,0%
1,3%
6,6%
2,1%
6,7%
1,3%
1,5%
4,2%
10,9%
3,1%
3,3%
3,8%
4,6%
4,4%
3,1%
7,7%
-0,8%
6,5%
0,0%
5,1%
0,9%
3,3%
3,7%
3,1%
5,6%
10,2%
5,6%
3,5%
5,9%
10,8%
-0,6%
4,0%
-12,4%
4,6%
3,6%
2,7%
5,4%
7,3%
10,8%
5,6%
0,0%
2,6%
5,1%
0,0%
0,0%
4,5%
3,7%
7,5%
5,6%
5,1%
3,1%
18,0%
2,0%
-2,7%
0,0%
0,0%
4,4%
0,0%
-3,8%
1,0%
-6,4%
-1,4%
-1,6%
0,0%
6,3%
2,3%
7,1%
5,0%
8,1%
1,4%
9,5%
5,3%
4,5%
0,0%
5,2%
18,0%
5,1%
0,0%
0,0%
0,0%
23,1%
4,9%
24,4%
12,7%
2,6%
1,6%
12,4%
1,6%
0,0%
5,4%
5,1%
100
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Camino de Santiago
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
Galicia interior
0,0%
Galicia interior
Galicia interior
15,5%
Mariña lucense
4,4%
Mariña lucense
14,8%
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da
3,8%
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Rías Altas y la Costa da Morte
4,4%
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da Morte
5,5%
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
0,0%
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da
0,6%
Rías Altas y la Costa da
0,0%
4,7%
Rías Altas y la Costa da
6,2%
Rías Altas y la Costa da
0,0%
Rías Altas y la Costa da
3,9%
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da
1,3%
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
0,0%
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
Rías Altas y la Costa da Morte
15,0%
Rías Altas y la Costa da
Rías Altas y la Costa da
2,0%
Rías Baixas
6,1%
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
Rías Baixas
0,0%
Rías Baixas
Rías Baixas
2,7%
Rías Baixas
12,7%
Rías Baixas
Rías Baixas
14,1%
Rías Baixas
4,9%
-4,4%
-3,9%
-3,9%
-7,3%
9,2%
-5,2%
-8,3%
1,1%
9,6%
17,5%
0,0%
8,5%
7,0%
0,1%
-3,9%
0,0%
-1,5%
3,7%
109
2,8%
5,7%
116
0,0%
5,5%
122,0
23,6%
-0,7%
121
3,5%
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2002-2007
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28,3%
enderezos de interese•direcciones de interés
interesting addresses•adresses interessantes
wichtige Adressen•direcções de interesse
Oficinas de turismo da Xunta de Galicia•Oficinas de Turismo de la Xunta de Galicia
Tourist offices of the Xunta de Galicia•Bureaux de Turisme de la Xunta de Galice
Fremdenverkehrsämter der Regional Regierung von Galicien•Postos de turismo da Xunta de Galicia
A Coruña
Dársena de la Marina
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Tel.: 981 221 822 / Fax: 981 221 822
E-mail: ofi[email protected]
Ferrol
Edif. Admtvo. Praza Camilo José Cela
Esq. R/ de Vigo. 15402 FERROL (A CORUÑA)
Tel.: 981 311 179 - 981 337 131 / Fax: 981 337 013
E-mail: ofi[email protected]
Ribeira*
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15960 RIBEIRA (A CORUÑA)
Tel.: 981 873 007
Santiago de Compostela
Rúa do Vilar, 30-32
15705 SANTIAGO DE COMPOSTELA (A CORUÑA)
Tel.: 902 332 010 - 981 576 586 / Fax: 981 576 586
E-mail: [email protected]
Lugo
Praza Maior, 27-29 (Galerías)
27001 LUGO
Tel.: 982 231 361 / Fax: 982 231 361
E-mail: ofi[email protected]
LUGO - FIELATO*
Porta da Estación (Muralla)
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Vigo
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VIGO-PORTO*
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Ponte Romana. Enlace N-120 con r/ Progreso.
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