Bases y tipos de cotización 2016
Transcripción
Bases y tipos de cotización 2016
Bases y tipos de cotización para los trabajadores 2016 1. Régimen general de la Seguridad Social Bases de cotización mínimas y máximas Grupo cotización 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Bases mínimas / Euros/mes 1.067,40 885,30 770,10 Bases máximas / Euros/mes 3.642 764,40 Euros/día Euros/día 25,48 121,40 Bases de cotización para contratos de trabajo a tiempo parcial Grupo cotización 1 2 3 4 a 11 Base mínima hora 6,43 5,33 4,64 4,60 Bases de cotización de los artistas Retribuciones íntegras €/día Hasta 413,00 € Entre 413,01 y 742,00 € Entre 742,01 € y 1.240,00 € Mayor de 1.240,00 € 242,00 306,00 364,00 485,00 La base máxima de cotización por contingencias comunes para todas las categorías profesionales será de 3.642 €/mensuales. Bases de cotización de los profesionales taurinos Grupo cotización 1 2 3 7 €/día 1.124,00 1.035,00 777,00 464,00 La base máxima de cotización por contingencias comunes para todas las categorías profesionales será de 3642,00€/mensuales. Tipos de cotización (%) Contingencias Empresa Trabajadores Total Contingencias comunes 23,60 4,70 28,30 Horas extraordinarias fuerza mayor 12,00 2,00 14,00 Resto horas extraordinarias 23,60 4,70 28,30 AT y EP: s/Tarifa primas disp. Adic. 4ª Ley 42/2006, s/redacc. disp. final 8ª Ley 48/2015 de PGE 2016 Desempleo (*) Tipo general Contrato duración determinada Tiempo completo Contrato duración determinada Tiempo parcial FOGASA Formación profesional 5,50 1,55 7,05 6,70 1,60 8,30 6,70 1,60 8,30 0,20 - 0,20 0,60 0,10 0,70 (*) Contratación indefinida, incluidos contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, así como contratos formativos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, de relevo, interinidad y contratos cualquiera que sea la modalidad, realzados con trabajadores con discapacidad reconocida no < al 33%. En contratos temporales de duración efectiva inferior a 7 días, salvo de interinidad y de sistema especial trabajadores por cuenta ajena agrario: incremento del 36% de la cuota empresarial por contingencias comunes. Tipo de contingencias comunes (IT) 1,50% (1,25% empresa y 0,25% trabajador), para trabajadores con 65 años de edad y 36 o más años de cotización efectiva y trabajadores de 65 años y 4 meses de edad con 35 años y 6 meses o más de cotización efectiva. Contratos de formación Contingencia Empresario Trabajador Total Contingencias comunes 30,98 6,18 37,16 (*) AT y EP 4,26 - 4,26 (**) Desempleo 42,04 11,84 53.89 FOGASA 2,35 - 2,35 Formación profesional 1,14 0,15 1,29 * Se aplicará también a becarios e investigadores, incluidos en RD 63/2006, de 27 de enero, y a personas que participen en programas de formación, RD 1493/2011, de 24 de octubre. ** 2,36 € (IT) y 1,86 (IMS). Salario mínimo e IPREM Importes Diario Mensual Anual SMI* 21,84 655,20 9.172,80 IPREM** 17,75 532,51 6.390,13 *Salario mínimo interprofesional **Indicador público de rentas de efectos múltiples 2. Sistema especial trabajadores por cuenta ajena agrarios A partir del 01/01/16 las bases mensuales aplicables se determinarán conforme a lo establecido en el art. 147 LGSS con aplicación de las siguientes bases máxima y mínima: Contingencias comunes Grupo cotización Modalidad Bases mensuales * Bases mín. €/mes 1.067,40 855,30 770,10 764,40 1 2 3 4 al 11 Mod. Bases diarias jornadas reales Bases máx. €/mes 3.642,00 Bases mín. €/día 46,41 38,49 33,48 33,23 Bases máx. €/día 158,35 Tipo % Emp. Trabj. Total ** Reducciones aportación empresarial por CC Reducción Tipo efectivo 23,60 4,70 28,30 8,10 15,50 17,75 4,70 22,45 6,83 10,92 (1) (2) (*) Obligatorio para trabajadores con contrato indefinido (opcional fijo discontinuo) (1) Para bases de cotización = ó < 986,70 €/mes ó 42,90 €/jornada (2) Para bases > 986,70 €/mes ó 42,90 €/jornada, hasta 3.642,00 €/mes ó 158,35 €/jornada, aplicación porcentaje fórmula art. 13.4b)2ª de la Orden de cotización 2016. No es de aplicación en el SEA 1. El incremento de la cuota empresarial CC (36%) en los contratos trabajo temporales de duración efectiva inferior a 7 días 2. La cotización adicional por horas extraordinarias Situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural, maternidad y paternidad Contrato indefinido Normas régimen general Grupo Tipo % CC cotización 1 15,50 2 al 11 2,75 Contrato temporal y fijos discontinuos Se aplican normas del régimen general en días contratados sin prestar sus servicios. En los días sin previsión de prestación de servicio, deberán ingresar la cotización de los periodos de inactividad, salvo en la percepción de subsidios por maternidad y paternidad Tipos de cotización / Otros conceptos Desempleo Empresario Trabajador Total Fijos 5,50 1,55 7,05 Eventuales 6,70 1,60 8,30 C, d, d ó discapac. > 33% 5,50 1,55 7,05 Desempleo Empresario Trabajador Total FOGASA 0,10 Formación profesional 0,15 0,10 0,03 0,18 Periodos de inactividad . La cotización tendrá carácter mensual y correrá a cargo exclusivo del trabajador. . La base mensual de cotización será de 764,40 € y el tipo a aplicar el 11,50% . Se considerará inactividad cuando el número de jornadas reales sea inferior al 76,67% de los días naturales de inclusión en el SEA. 3. Sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios Base mínima €/mes 893,10 Base máxima €/mes 1.071,60 18,75% (bases entre 893,10 € y 1.071,60 €) 26,50 % (sobre exceso base 1.071,60 €) 3,30% 2,80% (con cese actividad) Tarifa primas disp. adic. 4ª Ley 42/2006, en redacción disp. final 8ª Ley 48/2015, de PGE 2016 Tipo CC (sin IT) Tipo IT CC (opcional) Tipo AT y EP Tipo IMS (no cobertura total AT y EP) 1% Cese de actividad 2,20% Cotización adicional Riesgo durante embarazo y lactancia natural 0,10% (no AT y EP) 4. Sistema especial para empleados de hogar Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre Tramo Retribución mensual €/mes Base de cotización €/mes 1 2 3 4 5 6 7 8 Hasta 174,64 Desde 174,65 hasta 272,80 Desde 272,81 hasta 371,10 Desde 371,11 hasta 469,30 Desde 469,31 hasta 567,50 Desde 567,51 hasta 665,00 Desde 665,01 hasta 764,40 Desde 764,41 149,34 247,07 344,81 442,56 540,30 638,05 764,40 798,56 Tipos de cotización (%) Desempleo Empresario Trabajador Total Tipo CC 21,35 4,25 25,60 AT y EP Tarifa de primas disp. adic. 4ª Ley 42/2006, de 28 diciembre, de PGE 2007, en redacción dada por la disposición final 8ª Ley 48/2015, de PGE 2016. IT: 0,65% IMS: 0,45% Reducción Se aplicará una reducción del 20% en la aportación empresarial por CC de los trabajadores con cualquier modalidad contractual dados de alta en el SEEH a partir de 1/1/2012, siempre y cuando no hubiera figurado de alta en el REEH a tiempo completo, para el mismo empleador, dentro del periodo comprendido entre el 2 de agosto y el 31 de diciembre de 2011. Reducción que se ampliará con una bonificación hasta el 45% en las familias numerosas. Estas bonificaciones no se aplicarán en los casos de empleados del hogar de <60 horas mensuales si se traslada a los mismos la obligación de cotizar. 5. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Base mínima €/mes 893,10 Base máxima €/mes 3.642,00 Tipo CC con IT Tipo AT y EP 29,80% (26,50% sin cobertura IT) 29,30 % con cobertura cese de actividad Tarifa primas disp. adic. 4ª Ley 42/2006, en redacción disp. final 8ª Ley 48/2015, de PGE 2016. Cotización adicional Riesgo durante embarazo y lactancia natural 0,10% (no AT y EP) Protección cese de actividad 2,20% Trabajadores <47 años podrán elegir entre base mínima y máxima. También trabajadores con 47 años cuya base de cotización en 12.15 haya sido = o > a 1.945,80€ o causen alta en el RETA Trabajadores con 47 años a 01.01.16 con base < 1.945,80€ no podrán elegir base > a 1.964,70€ salvo opción de cambio antes 30.06.16 o que se trate de cónyuge supérstite del titular del negocio que se pone al frente con 47 años en cuyo caso no hay limitación. Trabajadores con 48 años o más a 01-01-16 la base debe comprenderse entre 963,30 y 1.964,70€ salvo que se trate de cónyuge supérstite del titular del negocio que se pone al frente del mismo con 45 años, entonces base estará entre 893,10 y 1.964,70€. Trabajadores que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado 5 o más años a cualquier régimen del sistema de SS la base estará entre 893,10 y 1.964,70€ si última base de cotización hubiera sido = o < a 1.945,80€. Si fuera > cotizar por base comprendida entre 893,10 e importe de ésta incrementado en un 1% pudiendo optar hasta base de 1.964,70€. Esto también se aplica a trabajadores con 48 o 49 años que ejercieran la opción de la Ley 39/2010 de PGE 2011. Los trabajadores autónomos dedicados a venta ambulante o a domicilio: cualquiera que sea la edad del trabajador y los años cotizados de forma efectiva a la SS, sus bases mínimas de cotización (CNAE: 4781, 4782, 4789, 4799) en 2016 serán: 1) Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado: a) Mercadillos - 8 h/día: opción de base mínima de autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. b) Mercadillos + 8 h/día y trabajadores que no perciben ingresos directamente de los compradores: opción entre base mínima RG (764,40 €/mes) ó base mínima autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes para actividad CNAE 4799. 2) Trabajadores individuales: opción entre base mínima del RG (764,40 €/mes) ó base mínima autónomos (893,10 €/mes) excepto: a) Si CNAE es 4799: entre base mínima autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. b) Mercadillos – 8 h/día entre base mínima autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. Trabajadores autónomos que en algún momento de 2015 y simultáneamente hayan tenido contratado a su servicio un nº trabajadores por cuenta ajena = o > a 10: base mínima será 1.067,40 €/mes (grupo cotización 1 del RG). El tipo por Contingencias Comunes (IT) es de 3.30% o 2,80% (con cobertura de prestación de cese de actividad o contingencias profesionales) para trabajadores con 65 años y 0 a 3 meses de edad y 36 años o + de cotización, ó 65 años y 4 meses de edad y 35 años y 6 meses o más cotizados: 3,30% ó 2,80%. Asepeyo. Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 151