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Tomo DCLXX No. 3 México, D.F., viernes 3 de julio de 2009 CONTENIDO Secretaría de Gobernación Secretaría de Relaciones Exteriores Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Economía Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Secretaría de la Función Pública Secretaría de Salud Comisión Federal de Competencia Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas Consejo de la Judicatura Federal Banco de México Avisos Indice en página 110 $15.00 EJEMPLAR 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. CONVENIO DE COLABORACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARIA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LICENCIADO FERNANDO FRANCISCO GOMEZ MONT URUETA, SECRETARIO DE GOBERNACION, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS, LICENCIADO DANIEL F. CABEZA DE VACA HERNANDEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DE COMPILACION Y CONSULTA DEL ORDEN JURIDICO NACIONAL, EL DOCTOR EDUARDO DE JESUS CASTELLANOS HERNANDEZ; POR LA OTRA, EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EN LO SUCESIVO "EL INSTITUTO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO, EL LICENCIADO EDMUNDO JACOBO MOLINA, CON LA ASISTENCIA COMO TESTIGO DE HONOR DEL DOCTOR LEONARDO ANTONIO VALDES ZURITA, CONSEJERO PRESIDENTE, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. El Congreso de la Unión aprobó y el Titular del Ejecutivo Federal promulgó, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 30 de noviembre de 2000, las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. II. Con motivo de dicha reforma se establece en la fracción XXXI del artículo 27 del ordenamiento invocado, como nueva facultad y obligación de la Secretaría de Gobernación, la de “Compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con objeto de proporcionar información a través de los sistemas electrónicos de datos”. III. Considerando que la premisa fundamental para lograr una plena cultura de la legalidad, es el conocimiento de la norma jurídica y un fácil acceso a ésta para la ciudadanía, resulta indiscutible que en una sociedad democrática es conveniente que tanto los gobernantes como los gobernados tengan de manera sencilla un acceso inmediato al orden jurídico que los rige, como forma elemental para garantizar su respeto y la exigencia de su cumplimiento. IV. En el caso de la compilación, sistematización, consulta y actualización del conjunto de disposiciones que constituyen el orden jurídico nacional, la colaboración interinstitucional es requisito indispensable para asegurar su realización. V. Se trata de una colaboración que involucre por igual a los diferentes poderes de los órdenes de gobierno: federal, local y municipal, así como a los órganos constitucionales autónomos, correspondiendo a la Secretaría de Gobernación diseñar, impulsar y mantener la operación del Sistema de Compilación, Sistematización y Consulta del Orden Jurídico Nacional. VI. El Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional se integra con los sistemas de compilación y consulta del orden jurídico federal, estatal, municipal, del Distrito Federal y de los Organos Constitucionales Autónomos, cuya integración estará a cargo de la Secretaría de Gobernación. DECLARACIONES 1. DE “LA SECRETARIA” 1.1 Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 2; 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 1.2 Que en cumplimiento del artículo 20 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal promoverá la participación de las organizaciones sociales e instituciones académicas, profesionales y de investigación en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática. 1.3 Que el Licenciado Fernando Francisco Gómez Mont Urueta, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente, de conformidad con lo señalado en el artículo 4o. y 5o., fracción XVIII y XXXII de su Reglamento Interior. 1.4 Que conforme al artículo 27, fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con facultades para compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con el objeto de proporcionar información a través de los sistemas electrónicos de datos. Viernes 3 de julio de 2009 1.5 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 3 Que el Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos y el Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, cuentan con atribuciones para participar en los términos del presente instrumento, de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción III y apartado B, fracción XIV, y 6o., inciso IX y 22 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación. 1.6 Que tiene interés en llevar a cabo el objeto del presente Convenio de Colaboración. 1.7 Que cuenta con recursos necesarios para cumplir con el objeto del presente instrumento. 1.8 Que señala como domicilio para todos los efectos legales del presente Convenio, el ubicado en Bucareli número 99, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, México, Distrito Federal. 2. DE “EL INSTITUTO” 2.1 Que de conformidad con los artículos 41, base V, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 104 y 105, párrafo 2 y 106, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; es un organismo público, autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función estatal de organizar las elecciones federales para renovar a los integrantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. 2.2 Que de conformidad con el artículo 105, párrafo 1, incisos a), b), c), d), f), y g) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sus fines son contribuir al desarrollo de la vida democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; integrar el Registro Federal de Electores; asegurar a los ciudadanos en el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y llevar a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura democrática. 2.3 Que de conformidad con el artículo 125, párrafo 1, inciso a) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, su Secretario Ejecutivo, Licenciado Edmundo Jacobo Molina, tiene la facultad de representarlo legalmente. 2.4 Que para los efectos legales derivados del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en Viaducto Tlalpan número 100, esquina Periférico Sur, colonia El Arenal Tepepan, código postal 14610, Delegación Tlalpan, en el Distrito Federal. 3. DE “AMBAS PARTES” 3.1 Están convencidas de la importancia y utilidad que tienen la integración y funcionamiento eficaz y eficiente del Sistema de Compilación, Sistematización y Consulta del Orden Jurídico Nacional; así como la difusión de obras relacionadas con éste; 3.2 “LA SECRETARIA” se obliga a poner la información a disposición del público a través de medios electrónicos (página Web), de conformidad con las modalidades y normas técnicas que ambas partes se comprometen a establecer conjuntamente; 3.3 “LA SECRETARIA” se obliga a integrar y actualizar el banco de datos con información jurídica recibida por parte de “EL INSTITUTO”; y 3.4 “EL INSTITUTO” se obliga a proporcionar la información jurídica actualizada correspondiente a su respectivo ámbito de competencia, para la integración de la base de datos de “LA SECRETARIA”. En atención a los antecedentes y a las declaraciones expresadas, las partes celebran el presente Convenio de Colaboración, en los términos de las siguientes: CLAUSULAS DEL OBJETO PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer los lineamientos, bases técnicas, términos y condiciones conforme a los cuales “EL INSTITUTO”, colaborará con “LA SECRETARIA”, en el ámbito de su respectiva competencia, para la integración, funcionamiento, evaluación y actualización permanente del banco de datos del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, así como en los proyectos y trabajos conjuntos relacionados con la elaboración y edición de obras relacionadas con el orden jurídico nacional. 4 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 DE LOS PROGRAMAS DE INVESTIGACION Y EDICION SEGUNDA.- Las partes convienen en colaborar en programas para la edición de obras relacionadas con el orden jurídico nacional, a través de convenios específicos y/o programas interdisciplinarios que se formulen conjuntamente. DEL SEGUIMIENTO Y EVALUACION TERCERA.- Para la ejecución de las acciones objeto del presente convenio, las partes a través de este convenio constituyen un Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, el cual se integrará en un plazo de treinta días naturales a la firma del presente instrumento. El Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, se integrará por: 1. Por “LA SECRETARIA”: el Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional. 2. Por “EL INSTITUTO”: el Titular de la Dirección del Secretariado. El Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, tendrá las siguientes funciones: a) Dar seguimiento a las acciones que se desarrollen con motivo de dar cumplimiento al objeto del presente convenio; b) Evaluar los resultados de las acciones a que se refiere el inciso anterior; c) Rendir un informe a los titulares de ambas partes de los resultados obtenidos; d) Evaluar los proyectos que se presenten para su aprobación; e) Resolver los casos que se susciten respecto de la interpretación y cumplimiento del presente instrumento; y f) Las demás que acuerden las partes. DE LOS COMPROMISOS INSTITUCIONALES DE “LA SECRETARIA” CUARTA.- Se obliga a: I.- Diseñar los lineamientos generales y definir las normas técnicas en materia de informática jurídica para la integración, actualización, evaluación y control del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional; II.- Colaborar con “EL INSTITUTO”, en la aportación y sistematización de las disposiciones jurídicas de carácter general que rigen las actividades de éste, las cuales se integrarán al Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, así como en su actualización permanente; III.- Otorgar de manera directa a “EL INSTITUTO”, a través de la Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional acceso en línea para la consulta del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional; IV.- Realizar evaluaciones internas del funcionamiento de la propia página Web y efectuar las actualizaciones, adecuaciones y demás medidas que resulten pertinentes con motivo de dicha evaluación; V.- En su caso facilitar la disponibilidad de personal jurídico adscrito a ésta, para participar en programas de investigación y edición de obras relacionadas con el orden jurídico nacional en coordinación con el personal de “EL INSTITUTO”; y VI.- Difundir a través de los medios masivos de comunicación los alcances del presente convenio y los beneficios que genere a la población; DE LOS COMPROMISOS INSTITUCIONALES DE “EL INSTITUTO” QUINTA.- Se obliga a: I.- Aportar para el Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional la información que comprenda la totalidad de la normatividad de naturaleza general que aplica en materia electoral, en el ámbito de su competencia; II.- Actualizar la información de las disposiciones de observancia general que emita el “EL INSTITUTO” cada vez que sufra alguna modificación III.- Observar los lineamientos generales y normas técnicas para la estructura y funcionamiento del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional; Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 5 IV.- Realizar evaluaciones del funcionamiento de la página Web y notificar los resultados a “LA SECRETARIA” para colaborar en la procuración de la eficacia y eficiencia del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional; y V.- En su caso participar en programas de investigación y edición de obras jurídicas en coordinación con “LA SECRETARIA”. DE LA RELACION LABORAL SEXTA.- El personal de cada una de las partes que intervenga en la realización de las acciones que son materia del presente convenio, mantendrá su adscripción, relación y dependencia laboral, en cada una de sus respectivas áreas. DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS SEPTIMA.- Las partes promoverán y adoptarán las medidas complementarias que se requieran para el cabal cumplimiento de lo estipulado en este convenio de colaboración, en consecuencia se comprometen a realizar las acciones siguientes: I.- Intercambiar información de los ordenamientos que conforman el sistema del orden jurídico nacional; II.- Facilitar la consulta de material y bases de datos relacionados con las disposiciones que integran el orden jurídico nacional; y III.- Las demás que se consideren pertinentes o convenientes para alcanzar el objeto del presente convenio. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR OCTAVA.- Las partes no tendrán responsabilidad por daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por causa de fuerza mayor o caso fortuito que pudiera impedir la continuación del presente convenio. DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL NOVENA.- Las partes se obligan a reconocerse mutuamente los derechos de autor, respecto de los materiales que se llegaran a generar con motivo de la realización del objeto de este convenio. Lo anterior, de conformidad con lo establecido por la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento. DE LA ADICION O MODIFICACION DECIMA.- El convenio podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo, de común acuerdo entre las partes, y contará con los anexos o convenios que acuerden las partes. DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS DECIMA PRIMERA.- Las partes están de acuerdo que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual las controversias que se llegaran a presentar por cuanto hace a su interpretación y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo, a través del Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, a que se refiere la cláusula quinta del presente Instrumento y sus resoluciones tendrán el carácter de definitivas, de subsistir la controversia se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México. DE LA VIGENCIA DECIMA SEGUNDA.- Este convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor el día de su suscripción y tendrá una vigencia indefinida. Las partes podrán dar por terminado anticipadamente el presente convenio, mediante notificación por escrito con por lo menos sesenta días de anticipación, sin perjuicio de las actividades que se encuentren pendientes, las cuales se llevarán hasta su total conclusión. Leído por las partes, enteradas de su contenido y alcance legal, lo suscriben por cuadruplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días de abril de dos mil nueve.- Por la Secretaría: el Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.- El Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Daniel F. Cabeza de Vaca Hernández.- Rúbrica.- El Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, Eduardo de Jesús Castellanos Hernández.- Rúbrica.- Por el Instituto: el Secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.Testigo de Honor: el Consejero Presidente, Leonardo Antonio Valdés Zurita.- Rúbrica. 6 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 TRIGESIMA Relación de Apoyos Programados del Fideicomiso 2106. Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. TRIGESIMA RELACION DE APOYOS PROGRAMADOS DEL FIDEICOMISO 2106. FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS. DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 8o. DE LA LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRA EL FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS. SE PUBLICAN LOS NOMBRES DE 2,575 BENEFICIARIOS DEL APOYO SOCIAL, MISMOS QUE RECIBIRAN LA CANTIDAD DE $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) CADA UNO. RELACION QUE FUE APROBADA EN LA VIGESIMA PRIMERA SESION EXTRAORDINARIA DEL COMITE TECNICO EL 30 DE JUNIO DE 2009. Folio ESTADO NOMBRE PATERNO MATERNO FECHA 1 01-01-01-104934 AGUASCALIENTES ILDEFONSO MARTINEZ FLORES 23/01/1909 2 01-01-02-007850 AGUASCALIENTES FRANCISCA ARIAS MUÑOZ 08/07/1907 3 01-01-02-025559 AGUASCALIENTES ISIDRA PIÑA BARRON 26/02/1904 4 01-01-02-127300 AGUASCALIENTES MARIA VALDIVIA RODRIGUEZ 05/01/1908 5 01-01-02-128940 AGUASCALIENTES VICENTA GARCIA LUNA 24/09/1900 6 01-01-02-129452 AGUASCALIENTES JUANA CRUZ ESPINOZA 04/06/1906 7 01-01-02-193264 AGUASCALIENTES JOSEFA ACEVEDO BERUMEN 21/03/1901 8 01-01-02-193410 AGUASCALIENTES MARIA DE LA LUZ CASTILLO DE LA ROSA 24/06/1906 9 01-01-03-001405 AGUASCALIENTES CASIMIRA BAUTISTA VALENZUELA 31/05/1908 10 01-01-03-007582 AGUASCALIENTES J ROBERTO MONTES MARTINEZ 07/11/1901 11 01-01-03-020606 AGUASCALIENTES GENOVEVA ZUÑIGA PEREZ 03/09/1898 12 01-01-03-032049 AGUASCALIENTES PEDRO VILLALOBOS RAMIREZ 02/10/1902 13 01-01-03-036119 AGUASCALIENTES TOMASA CARRILLO ESPARZA 15/04/1902 14 01-01-03-037260 AGUASCALIENTES ALVARO SERNA RODRIGUEZ 03/06/1906 15 01-01-03-040869 AGUASCALIENTES M CARMEN PALACIO BERNAL 29/09/1907 16 01-01-03-044562 AGUASCALIENTES ADELAIDA DURON MORALES 12/05/1904 17 01-01-03-054202 AGUASCALIENTES J GUADALUPE VALERIO ESPARZA 01/01/1900 18 01-01-03-055074 AGUASCALIENTES J LUIS CHAVEZ HERNANDEZ 26/08/1907 19 01-01-03-059850 AGUASCALIENTES TERESA RUVALCABA HERRERA 04/10/1903 20 01-01-03-062424 AGUASCALIENTES J FRANCISCO RODRIGUEZ ESCOBAR 05/02/1905 21 01-01-03-068304 AGUASCALIENTES ELPIDIA GONZALEZ GUTIERREZ 11/08/1905 22 01-01-03-068344 AGUASCALIENTES JESUS GALLEGOS DE LA CRUZ 07/06/1907 23 01-01-03-069757 AGUASCALIENTES PETRA RAMOS GONZALEZ 15/10/1909 24 01-01-03-080431 AGUASCALIENTES JUANA ROMO MALDONADO 06/12/1903 25 01-01-03-083263 AGUASCALIENTES SOCORRO MARTINEZ ROBLES 05/12/1907 26 01-01-03-085736 AGUASCALIENTES ALTAGRACIA MONTAÑEZ TORRES 01/06/1904 27 01-01-03-086111 AGUASCALIENTES MANUEL REYES TORRES 30/09/1905 28 01-01-03-092384 AGUASCALIENTES EVANGELINA ESQUIVEL NAVARRO 04/04/1909 29 01-01-03-093073 AGUASCALIENTES PEDRO RUIZ CHAVEZ 19/03/1907 30 01-01-03-094838 AGUASCALIENTES CATARINA LARIZ RUVALCABA 23/11/1906 31 01-01-03-096901 AGUASCALIENTES FIDEL RUIZ DE LARA 24/04/1907 32 01-01-03-097679 AGUASCALIENTES AMBROSIO BERNAL MARTINEZ 15/08/1909 33 01-01-03-098140 AGUASCALIENTES RITA VIRAMONTES FLORES 30/05/1906 34 01-01-03-098151 AGUASCALIENTES AMPARO PERALTA PERALTA 19/08/1901 35 01-01-03-106681 AGUASCALIENTES GUADALUPE DURON GUZMAN 20/10/1905 36 01-01-03-107023 AGUASCALIENTES ROSA MA CHACON VALADEZ 10/09/1906 37 01-01-03-107612 AGUASCALIENTES FERNANDO ZAMARRIPA MARMOLEJO 23/09/1904 38 01-01-03-107735 AGUASCALIENTES TOMAS REYES DELGADO 12/07/1906 39 01-01-03-107895 AGUASCALIENTES SANTIAGO CASTILLO ZAMORA 21/03/1901 40 01-01-03-110664 AGUASCALIENTES MAGDALIA MEDINA VIRAMONTES 30/03/1909 41 01-01-03-110871 AGUASCALIENTES JOSE DE LA TORRE CUEVAS 03/01/1905 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO 7 FECHA 42 01-01-03-111004 AGUASCALIENTES SOCORRO BRIANO CASTAÑEDA 09/03/1908 43 01-01-03-113367 AGUASCALIENTES ALBARO BRIANO ESPARZA 25/04/1906 44 01-01-03-114505 AGUASCALIENTES MA.REFUGIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ 09/11/1907 45 01-01-03-115713 AGUASCALIENTES MA CRISTINA GUERRERO TORRES 29/08/1906 46 01-01-03-122381 AGUASCALIENTES FRANCISCO DOMINGUEZ CAMPOS 29/10/1895 47 01-01-03-123584 AGUASCALIENTES J GUADALUPE UVARIO HERRERA 07/08/1907 48 01-01-03-126827 AGUASCALIENTES BALDOMERA DIAZ PEREZ 30/08/1904 49 01-01-03-127480 AGUASCALIENTES FRANCISCA VALDIVIA SANDOVAL 16/09/1907 50 01-01-03-127630 AGUASCALIENTES MA DE LOS ANGELES MONTOYA SALAS 18/01/1906 51 01-01-03-129067 AGUASCALIENTES NOLBERTA LARIZ LUNA 23/07/1899 52 01-01-03-131594 AGUASCALIENTES PABLO REYNA FONSECA 15/11/1909 53 01-01-03-132624 AGUASCALIENTES CESAREA VALDEZ CHAVEZ 04/11/1908 54 01-01-03-132913 AGUASCALIENTES JOSE IBARRA MONSIVAIS 05/03/1906 55 01-01-03-133149 AGUASCALIENTES ELVIRA RODRIGUEZ MARQUEZ 20/09/1908 56 01-01-03-135120 AGUASCALIENTES CRESENSIO ALMANSA LEOS 25/07/1905 57 01-01-03-136262 AGUASCALIENTES GRACIELA DE SANTOS POLINA 24/08/1906 58 01-01-03-141677 AGUASCALIENTES JOSE MACIAS PERES 27/06/1902 59 01-01-03-142916 AGUASCALIENTES MANUEL VELASCO JARAMILLO 07/10/1908 60 01-01-03-145690 AGUASCALIENTES MARIA DE LA LUZ VAZQUEZ VIRAMONTES 21/11/1909 61 01-01-03-148040 AGUASCALIENTES MARIA SOCORRO CASTAÑON GONZALEZ 05/04/1909 62 01-01-03-150490 AGUASCALIENTES AGUSTIN SERNA SOTO 24/10/1903 63 01-01-03-151670 AGUASCALIENTES CAMILA ROMERO RODRIGUEZ 25/09/1903 64 01-01-03-151760 AGUASCALIENTES EULALIA DELGADO LOPEZ 29/06/1896 65 01-01-03-155526 AGUASCALIENTES ARNULFO DE LOERA DE LARA 05/02/1905 66 01-01-03-155797 AGUASCALIENTES J JESUS ESPINOZA ESPARZA 13/04/1908 67 01-01-03-157326 AGUASCALIENTES MA PETRA IBARRA DE LA CRUZ 19/03/1902 68 01-01-03-157416 AGUASCALIENTES PAULINA RUBALCAVA VALLIN 04/05/1908 69 01-01-03-157662 AGUASCALIENTES MARIA DOLORES SANTOS QUIROZ 07/08/1907 70 01-01-03-158318 AGUASCALIENTES CLETA SANTANA LARIZ 07/05/1907 71 01-01-03-158891 AGUASCALIENTES RAUDEL SERNA MACIAS 15/06/1908 72 01-01-03-159467 AGUASCALIENTES J JESUS GARCIA CORDERO 01/01/1908 73 01-01-03-163484 AGUASCALIENTES EUGENIO DURAN CHAVEZ 22/02/1906 74 01-01-03-164213 AGUASCALIENTES JAVIER SILVA RAMIREZ 15/09/1904 75 01-01-03-164595 AGUASCALIENTES ALFONSO VALADEZ COLLAZO 13/07/1907 76 01-01-03-165545 AGUASCALIENTES MAGDALENO GARCIA ACOSTA 23/03/1906 77 01-01-03-165720 AGUASCALIENTES CARMEN AGUILERA RAYMUNDO 09/06/1909 78 01-01-03-166295 AGUASCALIENTES GERARDO MARTINEZ CARMONA 15/01/1908 79 01-01-03-166573 AGUASCALIENTES MA MARTHA MONTOYA ALVAREZ 16/09/1908 80 01-01-03-166700 AGUASCALIENTES MA TERESA QUEZADA ROQUE 02/03/1902 81 01-01-03-168728 AGUASCALIENTES NICANDRO MUÑOZ GALLARDO 13/03/1909 82 01-01-03-168926 AGUASCALIENTES ELVIA LUNA ACERO 09/08/1908 83 01-01-03-169012 AGUASCALIENTES JOSE VILLALPANDO ESPARZA 01/12/1908 84 01-01-03-169115 AGUASCALIENTES ALTAGRACIA VALADEZ ADAME 15/05/1908 85 01-01-03-173797 AGUASCALIENTES NATALIA ZUL SALAS 15/08/1906 86 01-01-03-175113 AGUASCALIENTES CANDELARIO RODRIGUEZ MUÑIZ 30/10/1909 87 01-01-03-175586 AGUASCALIENTES TOBIAS LUCIO TORRES 09/05/1909 88 01-01-03-178113 AGUASCALIENTES MARIA DE LAS MERCEDES FLORES SANCHEZ 28/09/1908 89 01-01-03-180958 AGUASCALIENTES J JESUS ESPARZA MARTINEZ 10/05/1902 90 01-01-03-181191 AGUASCALIENTES JOSE ARAMBULA SERNA 31/12/1904 91 01-01-03-181541 AGUASCALIENTES MARIA TERESA ADAME DELGADO 01/10/1904 92 01-01-03-182011 AGUASCALIENTES IRENE PLASCENCIA DE LIRA 21/04/1904 93 01-01-03-183419 AGUASCALIENTES JUAN SALDIVAR RAMIREZ 15/07/1908 94 01-01-03-183532 AGUASCALIENTES ROSARIO ALVARADO TRINIDAD 04/07/1905 8 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO FECHA 95 01-01-03-184046 AGUASCALIENTES AURELIA ORTIZ HERNANDEZ 29/02/1908 96 01-01-03-184232 AGUASCALIENTES JESUS CASTAÑON VELAZQUEZ 04/06/1903 97 01-01-03-186939 AGUASCALIENTES MARIA DE JESUS CASTAÑEDA ENRIQUEZ 29/06/1906 98 01-01-03-188353 AGUASCALIENTES ANTONIO SERNA SALAS 17/06/1908 99 01-01-03-188707 AGUASCALIENTES MA REFUGIO DE SANTIAGO REYES 02/02/1908 100 01-01-03-189025 AGUASCALIENTES HILARIO ESCAREÑO GUTIERREZ 24/06/1902 101 01-01-03-190033 AGUASCALIENTES MARIA ORTEGA CHAVEZ 04/06/1908 102 01-01-03-190475 AGUASCALIENTES ADALBERTO MARTINEZ MACIAS 28/09/1908 103 01-01-03-192069 AGUASCALIENTES ADELAIDA REYES DE LUNA 01/01/1907 104 01-01-03-192913 AGUASCALIENTES RUBEN RAMIREZ VIRAMONTES 19/12/1909 105 01-01-03-194038 AGUASCALIENTES ADELAIDA ESPINOSA VEGA 11/11/1904 106 01-01-03-194662 AGUASCALIENTES RODOLFO BARAJAS ALBA 20/09/1909 107 01-01-03-194969 AGUASCALIENTES PEDRO DE LIRA MACIAS 25/04/1904 108 01-01-04-048078 AGUASCALIENTES PASCUALA ISAIS CORTES 19/04/1909 109 01-01-04-078693 AGUASCALIENTES VICTORIANA CALDERON CORONADO 04/05/1901 110 01-01-04-089219 AGUASCALIENTES CASIMIRA DIAZ VILLALPANDO 28/10/1907 111 01-01-04-092877 AGUASCALIENTES GREGORIO RODRIGUEZ MACIAS 24/12/1907 112 01-01-04-096735 AGUASCALIENTES CARLOTA LARA CRUZ 27/01/1908 113 01-01-04-161425 AGUASCALIENTES ASUNCION GOMEZ GOMEZ 12/12/1906 114 01-01-04-167648 AGUASCALIENTES TAURINA DE LUNA PADILLA 22/03/1904 115 01-01-04-169469 AGUASCALIENTES TORIBIA FUENTES DIAZ 19/07/1908 116 01-01-04-195495 AGUASCALIENTES PASCUAL GARCIA RAMIREZ 23/06/1906 117 02-02-01-129773 BAJA CALIFORNIA SILVESTRE ROMERO OLIVA 31/12/1909 118 02-02-02-015242 BAJA CALIFORNIA GUADALUPE BARRON LOPEZ 05/12/1898 119 02-02-02-118972 BAJA CALIFORNIA MARIA BELEN ESCOBEDO TORRES 02/09/1909 120 02-02-02-120890 BAJA CALIFORNIA MARIA DE LA LUZ ARREDONDO SEVALLOS 05/06/1908 121 02-02-03-041741 BAJA CALIFORNIA MARIA GUADALUPE CEJA OCHOA 06/11/1906 122 02-02-03-114916 BAJA CALIFORNIA ALICIA HERNANDEZ CHAVEZ 02/01/1908 123 02-02-03-121219 BAJA CALIFORNIA LORENZA BARRIOS SILVA 15/03/1906 124 02-02-03-129659 BAJA CALIFORNIA ANTONIO SANTOS AVILA 20/10/1909 125 02-02-03-147672 BAJA CALIFORNIA ALEJANDRO HURTADO RUIZ 04/05/1909 126 02-02-03-148177 BAJA CALIFORNIA MARIA CARMEN HERRERA YEPEZ 09/03/1906 127 02-02-03-149039 BAJA CALIFORNIA AMPARO ONTIVEROS MONTALVO 11/09/1904 128 02-02-03-155364 BAJA CALIFORNIA ARTURO FELIX ZEPEDA 29/05/1909 129 02-02-03-160985 BAJA CALIFORNIA MANUEL GARCIA DE SANTIAGO 08/05/1904 130 02-02-03-169805 BAJA CALIFORNIA CARLOTA CARATACHEA LOYOLA 19/03/1907 131 02-02-03-170113 BAJA CALIFORNIA JUAN MANUEL VALLE FLORES 10/10/1905 28/02/1902 132 02-02-03-175380 BAJA CALIFORNIA JOSE MACARIO VILLARREAL ZAVALA 133 02-02-03-176154 BAJA CALIFORNIA MARIA ISABEL MEDINA SALAZAR 20/12/1908 134 02-02-03-188257 BAJA CALIFORNIA MA SOCORRO SERRANO REYES 29/06/1902 135 02-02-03-190466 BAJA CALIFORNIA HILARIO MURO GUERRERO 02/03/1897 136 02-02-04-010691 BAJA CALIFORNIA DONATO ROJAS IBARRA 07/04/1907 137 02-02-04-192113 BAJA CALIFORNIA APOLINAR SAENZ LOPEZ 11/12/1906 138 04-04-03-016412 CAMPECHE ONTIVEROS LOPEZ Masculino 08/09/1907 139 08-08-01-181169 CHIHUAHUA VICENTE ZEPEDA GOMEZ 05/04/1909 140 08-08-01-196731 CHIHUAHUA CARLOS CERA GONZALEZ 22/11/1904 141 08-08-02-078389 CHIHUAHUA CELIA MUÑOZ MARQUEZ 12/03/1908 142 08-08-02-079716 CHIHUAHUA MARIA DE LA LUZ BUSTILLOS DE ARROYO 15/11/1908 143 08-08-02-079823 CHIHUAHUA NATALIA GARCIA GARCIA 08/12/1901 144 08-08-02-101636 CHIHUAHUA JUANA TALAMANTES HINOJOS 16/10/1909 145 08-08-02-110468 CHIHUAHUA MARIA CASTRUITA CAMACHO 17/06/1904 146 08-08-02-166827 CHIHUAHUA JUANA SOLANO PEREGRINO 05/09/1908 147 08-08-02-171815 CHIHUAHUA BEATRIZ MOLINA CARMONA 07/06/1906 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO MATERNO 9 FECHA 148 08-08-02-174988 CHIHUAHUA MA DE LA LUZ PIÑON GONZALEZ 25/07/1903 149 08-08-02-189971 CHIHUAHUA MARIA DEL REFUGIO SOLIS FRIAS 07/01/1906 150 08-08-02-196386 CHIHUAHUA CARMEN PEÑA GONZALEZ 14/02/1906 151 08-08-02-196587 CHIHUAHUA SALOME RUEDA ACOSTA 26/01/1908 152 08-08-03-012310 CHIHUAHUA GLORIA LUDIVINA NORIEGA RODRIGUEZ 16/06/1900 153 08-08-03-012834 CHIHUAHUA OMELIA GRANILLO BORUNDA 19/03/1909 154 08-08-03-012930 CHIHUAHUA ROBERTO ESTRADA LOPEZ 09/04/1907 155 08-08-03-018783 CHIHUAHUA SOCORRO OLIVAS CARDENAS 06/01/1909 156 08-08-03-018968 CHIHUAHUA GUADALUPE PONCE PEREZ 06/09/1909 157 08-08-03-038687 CHIHUAHUA RAFAEL TORRES PARRA 17/03/1901 158 08-08-03-045230 CHIHUAHUA RUBEN GOMEZ HOLGUIN 20/05/1907 159 08-08-03-048834 CHIHUAHUA HECTOR UBALDO FUENTES ORTEGA 12/01/1901 160 08-08-03-050897 CHIHUAHUA ANA MEDRANO RODRIGUEZ 18/05/1900 161 08-08-03-050942 CHIHUAHUA ADAN GARCIA LUNA 01/01/1908 162 08-08-03-051090 CHIHUAHUA MARIA RAMIREZ VARELA 29/06/1909 163 08-08-03-052380 CHIHUAHUA MARGARITA LOYA MARQUEZ 10/03/1907 164 08-08-03-054078 CHIHUAHUA FILOMENA CANO QUINTANA 07/01/1908 165 08-08-03-055713 CHIHUAHUA ISABEL GALLEGOS GARCIA 16/04/1905 166 08-08-03-059602 CHIHUAHUA RICARDO ACOSTA DOMINGUEZ 12/05/1907 167 08-08-03-060793 CHIHUAHUA ALFONSO VALENZUELA NUÑEZ 19/03/1907 168 08-08-03-062156 CHIHUAHUA MOISES PADRON SANCHEZ 10/10/1908 169 08-08-03-062762 CHIHUAHUA MANUEL GONZALEZ SALINAS 12/10/1906 170 08-08-03-063766 CHIHUAHUA MARIA LIDIA CAMPOS NAVARRETE 05/05/1907 171 08-08-03-066739 CHIHUAHUA JOSE CARRASCO ORTEGA 15/06/1909 172 08-08-03-069258 CHIHUAHUA MANUELA HOLGIN CHAPARRO 17/05/1907 173 08-08-03-069584 CHIHUAHUA MARIA SOCORRO ROSALES TRUJILLO 19/05/1906 174 08-08-03-070987 CHIHUAHUA FELICIANO ODILON CAMPUZANO VILLALOBOS 01/02/1908 175 08-08-03-072393 CHIHUAHUA JESUS TERESA CHAVEZ FUENTES 05/01/1909 176 08-08-03-072504 CHIHUAHUA TOMAS MOLINA TREJO 27/11/1907 177 08-08-03-073655 CHIHUAHUA ANTONIA CONTRERAS TORRES 01/01/1907 178 08-08-03-074565 CHIHUAHUA MARCELO ANCHONDO RIVERO 18/02/1908 179 08-08-03-075577 CHIHUAHUA ALFREDO GONZALEZ GUTIERREZ 15/08/1909 180 08-08-03-076488 CHIHUAHUA JOSEFINA ESCARCEGA ORDOÑEZ 13/05/1897 181 08-08-03-076755 CHIHUAHUA ARMANDO MENDOZA GONZALEZ 27/10/1909 182 08-08-03-078361 CHIHUAHUA HECTOR TARANGO BORUNDA 01/01/1903 183 08-08-03-078879 CHIHUAHUA BALTAZAR FAVELA MACIAS 12/08/1905 184 08-08-03-078896 CHIHUAHUA MARGARITO AGUIRRE NEVAREZ 22/02/1909 185 08-08-03-079902 CHIHUAHUA TERESA DE JESUS LOYA VILLEGAS 24/03/1899 186 08-08-03-080074 CHIHUAHUA MARIA DEL SOCORRO HOLGUIN RASCON 02/02/1906 187 08-08-03-080155 CHIHUAHUA LUZ JIMENEZ AYALA 03/04/1908 188 08-08-03-080715 CHIHUAHUA OLIVIA VERGARA VAZQUEZ 14/02/1908 189 08-08-03-080926 CHIHUAHUA PEDRO ORTIZ ANCHONDO 14/02/1907 190 08-08-03-081145 CHIHUAHUA AMELIA RIVERO FLORES 18/03/1903 191 08-08-03-082597 CHIHUAHUA NICOLAS FRIAS ORTEGA 02/11/1904 192 08-08-03-084005 CHIHUAHUA LUIS LUJAN LUJAN 01/02/1901 193 08-08-03-084810 CHIHUAHUA MARIA TRINIDAD ROMERO GUTIERREZ 02/02/1903 194 08-08-03-084821 CHIHUAHUA MARIA MANUELA CALDERON GONZALEZ 10/02/1908 195 08-08-03-084952 CHIHUAHUA TOMAS ROJO TORRES 29/12/1904 196 08-08-03-085130 CHIHUAHUA ROSENDO CASTILLO VAZQUEZ 08/05/1908 197 08-08-03-086518 CHIHUAHUA FERMIN ESPINO CHAPARRO 12/10/1903 198 08-08-03-086687 CHIHUAHUA ELVIRA PEREZ VARGAS 04/06/1898 199 08-08-03-086768 CHIHUAHUA EMILIA QUINTANA QUINTANA 02/02/1907 200 08-08-03-088625 CHIHUAHUA ASCENCION MIRANDA ZUBIATE 28/09/1901 10 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO 201 08-08-03-088687 CHIHUAHUA CLEOTILDE ARZAGA 202 08-08-03-088818 CHIHUAHUA JOSEFINA 203 08-08-03-092298 CHIHUAHUA DONATO 204 08-08-03-092957 CHIHUAHUA 205 08-08-03-093380 206 MATERNO FECHA HOLGUIN 01/03/1908 GRANILLO HERNANDEZ 13/11/1908 RODRIGUEZ TRILLO 01/01/1908 RAMONA LOYA SALINAS 22/03/1905 CHIHUAHUA GENOVEVA TARIN PEREZ 02/03/1909 08-08-03-094303 CHIHUAHUA SARA SILVA SANCHEZ 25/10/1906 207 08-08-03-095004 CHIHUAHUA LUIS MENDOZA SIGALA 25/08/1908 208 08-08-03-095903 CHIHUAHUA SEBERINA TRILLO ANCHONDO 08/03/1905 209 08-08-03-096606 CHIHUAHUA CARLOS ESTRADA GOMEZ 17/02/1908 210 08-08-03-096833 CHIHUAHUA GILBERTO PEÑA DE LA ROSA 20/08/1908 211 08-08-03-097271 CHIHUAHUA RAMON ARMANDO VILLAGRAN PEREZ 05/09/1901 212 08-08-03-099152 CHIHUAHUA PEDRO FLORES FIERRO 16/03/1905 213 08-08-03-099464 CHIHUAHUA MARTHA CESAREA MENDOZA RODRIGUEZ 02/10/1906 214 08-08-03-099921 CHIHUAHUA LORENZA TERRAZAS TARANGO 05/05/1907 215 08-08-03-102286 CHIHUAHUA MARIA EUFEMIA TARANGO GARAY 19/02/1907 216 08-08-03-104311 CHIHUAHUA GUADALUPE MENDOZA MENDOZA 07/12/1907 217 08-08-03-104319 CHIHUAHUA SOCORRO VENZOR FLORES 17/05/1905 218 08-08-03-107381 CHIHUAHUA OSCAR REFUGIO GARCIA RAMOS 04/07/1900 219 08-08-03-108803 CHIHUAHUA LUCILA MIRANDA MEDRANO 28/02/1904 220 08-08-03-108868 CHIHUAHUA JUAN CHAVEZ YAÑEZ 12/12/1908 221 08-08-03-109516 CHIHUAHUA PEDRO ORTIZ LOPEZ 11/03/1905 222 08-08-03-110046 CHIHUAHUA FRANCISCO GONZALEZ CABELLO 18/03/1908 223 08-08-03-110848 CHIHUAHUA VELIA PEREZ PEREZ 13/11/1900 224 08-08-03-110915 CHIHUAHUA GUADALUPE ESTRADA CHAVEZ 13/12/1909 225 08-08-03-111040 CHIHUAHUA FRANCISCO CISNEROS AGUIRRE 06/04/1906 226 08-08-03-111326 CHIHUAHUA ANASTACIO VALENCIA MONTES 25/03/1909 227 08-08-03-113865 CHIHUAHUA ORALIA MORALES DELGADO 31/08/1909 228 08-08-03-114435 CHIHUAHUA AMELIA VENZOR DIAZ 05/11/1907 229 08-08-03-115198 CHIHUAHUA RITO HERRERA SOLIS 20/03/1904 230 08-08-03-116646 CHIHUAHUA ELVIRA GRANILLO ARIAS 06/08/1904 231 08-08-03-117252 CHIHUAHUA MARIA DE JESUS ESTRADA ESTRADA 31/07/1903 232 08-08-03-117411 CHIHUAHUA LORENZO TERRAZAS HERNANDEZ 10/04/1907 233 08-08-03-117678 CHIHUAHUA GENARO CERECERES VILLAGRAN 05/10/1907 234 08-08-03-117823 CHIHUAHUA MARIA EUGENIA LEYVA BUSTILLOS 20/11/1904 235 08-08-03-119466 CHIHUAHUA JOSE SOTELO RUIZ 12/10/1907 236 08-08-03-122046 CHIHUAHUA RICARDO MARQUEZ LERMA 17/07/1909 237 08-08-03-125138 CHIHUAHUA LINO CHAVEZ JIMENEZ 08/06/1908 238 08-08-03-125600 CHIHUAHUA MARIA DE LA LUZ GONZALEZ BUSTILLOS 03/07/1909 239 08-08-03-125722 CHIHUAHUA RAUL RODRIGUEZ ORTIZ 18/03/1906 240 08-08-03-125904 CHIHUAHUA FLORENCIA COSS GARCIA 06/06/1906 241 08-08-03-125952 CHIHUAHUA LUIS CARLOS PARRA LOZANO 04/11/1901 242 08-08-03-126038 CHIHUAHUA JESUS GANDARA ARROYOS 19/08/1904 243 08-08-03-126057 CHIHUAHUA ANA GONZALEZ LEDEZMA 01/01/1906 244 08-08-03-126899 CHIHUAHUA RAMON QUEZADA PEREZ 07/05/1908 245 08-08-03-127351 CHIHUAHUA REYES BALTAZAR MANRIQUEZ TERRAZAS 20/12/1909 246 08-08-03-127603 CHIHUAHUA MARIA ESTHER MENDOZA TALAMANTES 20/05/1895 247 08-08-03-127843 CHIHUAHUA JOSEFINA CALDERON PAZ 15/04/1909 248 08-08-03-128943 CHIHUAHUA VIRGINIA HERNANDEZ RENTERIA 25/08/1909 249 08-08-03-129355 CHIHUAHUA JESUS ANTONIO CASTILLO RICO 04/07/1903 250 08-08-03-129794 CHIHUAHUA PEDRO ESTRADA VASQUEZ 21/06/1909 251 08-08-03-130815 CHIHUAHUA MARIA DEL PILAR TALAVERA HERNANDEZ 12/01/1900 252 08-08-03-131387 CHIHUAHUA JEHOVA SALOMON RIVERA VARELA 11/05/1904 253 08-08-03-131897 CHIHUAHUA JESUS MARIA GUTIERREZ HOLGUIN 13/10/1908 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO MATERNO 11 FECHA 254 08-08-03-132230 CHIHUAHUA ANTONIO TENA HINOJOS 14/02/1900 255 08-08-03-132489 CHIHUAHUA EVERARDO MIRAMONTES SALCIDO 04/07/1907 256 08-08-03-133446 CHIHUAHUA ELVIRA ANTILLON QUEZADA 21/06/1904 257 08-08-03-133489 CHIHUAHUA CRUZ BARRERA MUÑIZ 11/07/1908 258 08-08-03-133711 CHIHUAHUA ANTONIA HOLGUIN VALERIO 26/01/1906 259 08-08-03-133834 CHIHUAHUA GABRIEL LOYA LOYA 15/12/1909 260 08-08-03-133837 CHIHUAHUA GUILLERMO LOPEZ RAMOS 04/09/1909 261 08-08-03-133959 CHIHUAHUA POMPOSO PEREZ COTA 07/02/1907 262 08-08-03-133981 CHIHUAHUA JAIME RODRIGUEZ CRUZ 19/03/1909 263 08-08-03-134022 CHIHUAHUA MARIO RIVERA LARGUERO 25/02/1909 264 08-08-03-134058 CHIHUAHUA PATROCINIA MARQUEZ IBUADO 01/01/1908 265 08-08-03-134131 CHIHUAHUA ANTONIO GOMEZ ARIAS 19/09/1902 266 08-08-03-134211 CHIHUAHUA CARLOS LUIS MEDINA TERRAZAS 14/02/1904 267 08-08-03-134293 CHIHUAHUA RAMONA LOYA PEREZ 24/12/1907 268 08-08-03-134305 CHIHUAHUA ARTURO ESTRADA MARTINEZ 13/06/1909 269 08-08-03-134324 CHIHUAHUA PEDRO BENCOMO CASTILLO 03/08/1907 270 08-08-03-134371 CHIHUAHUA MARIA LOPEZ MARTINEZ 11/04/1904 271 08-08-03-134432 CHIHUAHUA SALVADOR ENRIQUEZ DOMINGUEZ 10/10/1908 272 08-08-03-134450 CHIHUAHUA ERLINDA MIRAMONTES HERNANDEZ 14/02/1904 273 08-08-03-134565 CHIHUAHUA DAMIANA OLVEDA BELTRAN 14/02/1881 274 08-08-03-134674 CHIHUAHUA MONCERRAT DOMINGUEZ DIAZ 02/10/1905 275 08-08-03-134772 CHIHUAHUA SERVANDO ALARCON CAMARENA 17/12/1909 276 08-08-03-134789 CHIHUAHUA VICTORIA MEDINA OCHOA 14/05/1907 277 08-08-03-137261 CHIHUAHUA MARIA DE LOURDES FLORES GARCIA 08/03/1904 278 08-08-03-137530 CHIHUAHUA MA DE LOS ANGELES SALAS RODRIGUEZ 15/07/1905 279 08-08-03-138145 CHIHUAHUA AMADEA MENDOZA ROJO 10/02/1906 280 08-08-03-138207 CHIHUAHUA MELECIA OLGA BELTRAN RAMIREZ 07/02/1904 281 08-08-03-139738 CHIHUAHUA JESUS CERVANTES MARQUEZ 06/01/1904 282 08-08-03-139938 CHIHUAHUA ROSA MUÑOZ PEÑA 03/03/1909 283 08-08-03-140131 CHIHUAHUA MARIA GONZALEZ ALVARADO 31/01/1907 284 08-08-03-141516 CHIHUAHUA ESTHELA PEREZ SANCHEZ 07/04/1907 285 08-08-03-141671 CHIHUAHUA JOSEFINA GRAJEDA NEVAREZ 02/11/1908 286 08-08-03-141902 CHIHUAHUA SIMONA GARCIA HERNANDEZ 24/06/1906 287 08-08-03-142273 CHIHUAHUA RAMON ORTEGA CAMACHO 01/01/1908 288 08-08-03-143635 CHIHUAHUA PETRA MELENDEZ CARDENAS 09/12/1900 289 08-08-03-143714 CHIHUAHUA ANTONIO PACHECO MONTOYA 12/07/1905 290 08-08-03-143838 CHIHUAHUA ELIAS SOLIS ARZAGA 25/12/1908 291 08-08-03-144421 CHIHUAHUA MARFISA ALICIA VILLARREAL RAMIREZ 12/06/1909 292 08-08-03-144731 CHIHUAHUA MARIA GUADALUPE LOZOYA ORTIZ 01/11/1902 293 08-08-03-148045 CHIHUAHUA MARIA JULIANA ARAUJO CASILLAS 31/08/1908 294 08-08-03-148052 CHIHUAHUA ERNESTINO MANUEL GARAY BARRERA 29/03/1897 295 08-08-03-148188 CHIHUAHUA FRANCISCA YAÑEZ OGAZ 17/10/1902 296 08-08-03-148275 CHIHUAHUA RAMONA CANO CARMONA 01/09/1909 297 08-08-03-148334 CHIHUAHUA MARGARITA MATA OROZCO 16/10/1902 298 08-08-03-148537 CHIHUAHUA OTIEL RODRIGUEZ RIVERO 30/01/1907 299 08-08-03-150959 CHIHUAHUA BELEM PACHECO SAENZ 01/01/1906 300 08-08-03-151276 CHIHUAHUA JESUS JOSE CHAVEZ GUTIERREZ 17/03/1907 301 08-08-03-151841 CHIHUAHUA ARMIDA GARCIA GUTIERREZ 20/09/1905 302 08-08-03-151910 CHIHUAHUA RAMONA MELENDEZ TARIN 19/11/1909 303 08-08-03-152005 CHIHUAHUA HELIODORO ESTRADA OLIVAS 16/09/1904 304 08-08-03-152078 CHIHUAHUA CASIMIRO URUETA TERRAZAS 26/03/1902 305 08-08-03-152363 CHIHUAHUA JOSE DULCES NOMBRES MENDOZA RUIZ 21/01/1909 306 08-08-03-152366 CHIHUAHUA JOSE MONTENEGRO MORGA 25/12/1904 12 (Primera Sección) Folio 307 08-08-03-152495 DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO MATERNO FECHA CHIHUAHUA DELIA TORRES HERNANDEZ 16/05/1908 308 08-08-03-152508 CHIHUAHUA MANUELA DE LA CRUZ LOPEZ 05/04/1899 309 08-08-03-152958 CHIHUAHUA JESUS ARMANDO LUJAN TENA 25/08/1909 310 08-08-03-156218 CHIHUAHUA TOMAS MORALES LIRA 31/12/1903 311 08-08-03-156768 CHIHUAHUA GUADALUPE BALDERRAMA JAQUEZ 24/06/1909 312 08-08-03-156948 CHIHUAHUA VICTOR MANUEL LOPEZ TALAMANTES 08/12/1904 313 08-08-03-157321 CHIHUAHUA GUADALUPE TARANGO BORUNDA 16/02/1907 314 08-08-03-157377 CHIHUAHUA NATIVIDAD PARRA OLIVAS 20/08/1905 315 08-08-03-157566 CHIHUAHUA VICTOR MUÑOZ ARANA 07/07/1907 316 08-08-03-157599 CHIHUAHUA ISIDORA MARQUEZ LOPEZ 12/01/1909 317 08-08-03-157619 CHIHUAHUA CARMEN RODRIGUEZ BAQUERA 07/11/1907 318 08-08-03-157728 CHIHUAHUA MARIA DOLORES VALENZUELA TORRES 16/03/1904 319 08-08-03-158809 CHIHUAHUA ALEJANDRO COSSIO RAMIREZ 07/02/1905 320 08-08-03-159034 CHIHUAHUA MA DOLORES MONTOYA PEÑA 08/01/1900 321 08-08-03-160138 CHIHUAHUA JOSE MANUEL VARGAS HERNANDEZ 15/04/1907 322 08-08-03-160438 CHIHUAHUA FRANCISCO JAVIER VENZOR CARDENAS 13/01/1908 323 08-08-03-160501 CHIHUAHUA EVANGELINA MANRIQUEZ NAVARRETE 10/01/1907 324 08-08-03-161257 CHIHUAHUA FLORENTINO MACIAS GONZALEZ 22/11/1909 325 08-08-03-164356 CHIHUAHUA CELIA ACEVES ACOSTA 30/11/1907 326 08-08-03-164395 CHIHUAHUA MARIA REMEDIOS PORTILLO CAMPOS 24/05/1909 327 08-08-03-164808 CHIHUAHUA MARIA CERVANTES BUSTOS 22/08/1908 328 08-08-03-164902 CHIHUAHUA CLEMENTE LOZANO LOYA 25/04/1903 329 08-08-03-165306 CHIHUAHUA SAMUEL NAJERA FLORES 10/08/1903 330 08-08-03-165756 CHIHUAHUA JAIME MANRIQUEZ TREVIZO 31/03/1909 331 08-08-03-165837 CHIHUAHUA JAIME AGUILAR MARIN 12/07/1904 332 08-08-03-165951 CHIHUAHUA ROBERTO GALLEGOS CARRILLO 10/03/1907 333 08-08-03-166108 CHIHUAHUA SILVIA FERNANDEZ MARTINEZ 12/05/1907 334 08-08-03-166362 CHIHUAHUA ESTELA SALCIDO SOLIS 19/03/1905 335 08-08-03-166491 CHIHUAHUA MANUEL LOPEZ GARIBALDI 24/06/1900 336 08-08-03-166645 CHIHUAHUA FRANCISCO BARRERA MENDOZA 02/04/1903 337 08-08-03-166705 CHIHUAHUA MARIA LUISA MENDOZA MERAZ 01/04/1899 338 08-08-03-166765 CHIHUAHUA CAROLINA HERNANDEZ MARTINEZ 11/12/1907 339 08-08-03-168796 CHIHUAHUA ESTELA DURAN LARA 31/08/1903 340 08-08-03-169107 CHIHUAHUA FLORENTINO GARCIA LEGARDA 05/03/1909 341 08-08-03-169523 CHIHUAHUA PETRA ENRIQUEZ HERNANDEZ 15/09/1904 342 08-08-03-169956 CHIHUAHUA SOCORRO JAQUEZ MONTES 15/03/1901 343 08-08-03-170379 CHIHUAHUA MANUELA ESCOBEDO ACOSTA 04/11/1896 344 08-08-03-174491 CHIHUAHUA ERNESTO LEYVA ORNELAS 01/01/1900 345 08-08-03-174850 CHIHUAHUA TOMASA MENDOZA MARCIAL 11/06/1907 29/06/1904 346 08-08-03-174975 CHIHUAHUA MA ANSELMA CASTAÑON DE LA CRUZ 347 08-08-03-175291 CHIHUAHUA GENOVEVA VAZQUEZ MIRANDA 30/11/1905 348 08-08-03-175826 CHIHUAHUA NATIVIDAD CASTAÑEDA GARCIA 15/03/1905 349 08-08-03-176225 CHIHUAHUA ANTONIO HERRERA ANDUJO 29/03/1902 350 08-08-03-177154 CHIHUAHUA MARIA DEL SOCORRO PACHECO GARCIA 15/08/1908 351 08-08-03-177846 CHIHUAHUA MANUELA CABALLERO FIERRO 17/06/1905 352 08-08-03-178153 CHIHUAHUA FLORENCIA QUINTANA LAZCANO 05/08/1909 353 08-08-03-178233 CHIHUAHUA MANUELA MENDOZA GALLEGOS 15/04/1909 354 08-08-03-179027 CHIHUAHUA FLOR ELIA VELETA MONCLOVA 15/08/1907 355 08-08-03-179172 CHIHUAHUA VICENTA RAMIREZ TENORIO 30/12/1906 356 08-08-03-179451 CHIHUAHUA MARIA TREVIZO BALLESTEROS 04/09/1904 357 08-08-03-179622 CHIHUAHUA ROSARIO YAÑEZ PAYAN 21/04/1901 358 08-08-03-179786 CHIHUAHUA SOCORRO RODRIGUEZ GONZALEZ 24/04/1906 359 08-08-03-180336 CHIHUAHUA MA DEL CARMEN FRANCO CANO 16/01/1909 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO MATERNO 13 FECHA 360 08-08-03-180456 CHIHUAHUA MANUEL LECHUGA ALVARADO 21/07/1907 361 08-08-03-180980 CHIHUAHUA MARIA LORETO COTA FONTES 19/03/1904 362 08-08-03-181340 CHIHUAHUA ELISEO VILLEGAS CHAVEZ 25/04/1904 363 08-08-03-181856 CHIHUAHUA RAFAEL ORNELAS CHAVEZ 11/03/1906 364 08-08-03-181890 CHIHUAHUA PEDRO ACOSTA MOLINAR 24/02/1901 365 08-08-03-182059 CHIHUAHUA CLARA CHACON VALDEZ 05/09/1909 366 08-08-03-182351 CHIHUAHUA ALONSO UBALDO CHAVIRA MARQUEZ 22/05/1908 367 08-08-03-182542 CHIHUAHUA SALVADOR PARRA VILLALBA 24/04/1906 368 08-08-03-182602 CHIHUAHUA LAURA VIRGINIA FERNANDEZ MIRANDA 07/04/1907 369 08-08-03-182619 CHIHUAHUA MA DEL CARMEN DELGADO MIRELES 10/10/1904 370 08-08-03-183380 CHIHUAHUA ANTONIA RAMIREZ PARRA 25/07/1899 371 08-08-03-183649 CHIHUAHUA PERFECTA PARRA TORRES 31/12/1900 372 08-08-03-183832 CHIHUAHUA SERGIO HOLGUIN RODRIGUEZ 01/01/1909 373 08-08-03-184406 CHIHUAHUA JOSE RAMIREZ CHAVEZ 12/03/1907 374 08-08-03-184559 CHIHUAHUA ERNESTINA CHACON TALAMANTES 28/07/1904 375 08-08-03-184662 CHIHUAHUA MARIA DORA TRUJILLO LUJAN 10/12/1907 376 08-08-03-184723 CHIHUAHUA HUMBERTA CASTILLO MENDOZA 25/12/1904 377 08-08-03-184746 CHIHUAHUA REYES TAPIA MIRANDA 04/06/1909 378 08-08-03-184757 CHIHUAHUA ELIVORIO MARQUEZ CORRAL 15/05/1909 379 08-08-03-184931 CHIHUAHUA LEOPOLDO JURADO MARTINEZ 29/09/1903 380 08-08-03-185275 CHIHUAHUA RAMON HERNANDEZ RUIZ 22/07/1907 381 08-08-03-185787 CHIHUAHUA ESPERANZA LOYA DE LA PEÑA 05/09/1908 382 08-08-03-185869 CHIHUAHUA CONCEPCION CHACON RAMOS 05/05/1907 383 08-08-03-185958 CHIHUAHUA HERMELINDA RENTERIA VILLEGAS 31/03/1906 384 08-08-03-186108 CHIHUAHUA VIRGINIA LOPEZ QUIÑONEZ 25/09/1906 385 08-08-03-186137 CHIHUAHUA ARMANDO MATA CONTRERAS 01/03/1906 386 08-08-03-187345 CHIHUAHUA GUADALUPE LOPEZ BECERRA 12/12/1906 387 08-08-03-189548 CHIHUAHUA ISIDRO MONTOYA GRANADOS 22/11/1907 388 08-08-03-189816 CHIHUAHUA ELVA GARCIA ORTIZ 17/12/1905 389 08-08-03-190135 CHIHUAHUA LAURENCIA NAVA CALDERON 13/06/1906 390 08-08-03-192035 CHIHUAHUA JUANA MELENDEZ HERNANDEZ 16/03/1909 391 08-08-03-192457 CHIHUAHUA ROSA ELVIRA RAMIREZ BARBA 17/06/1907 392 08-08-03-192871 CHIHUAHUA SOLEDAD MENDOZA ORNELAS 07/11/1907 393 08-08-03-193046 CHIHUAHUA VICTOR ORRANTIA VILLALOBOS 27/11/1908 394 08-08-03-193268 CHIHUAHUA SANTOS MALDONADO JAQUEZ 19/03/1901 395 08-08-03-193688 CHIHUAHUA MARIA DE LA LUZ GARCIA MORALES 30/05/1906 396 08-08-03-193961 CHIHUAHUA HUMBERTO FRIAS CENICEROS 21/05/1908 397 08-08-03-194088 CHIHUAHUA ELCO VARGAS VARGAS 21/07/1907 398 08-08-03-194635 CHIHUAHUA JESUS ANTONIO MENDOZA ANCHONDO 13/06/1909 399 08-08-03-195096 CHIHUAHUA MARTIN LOYA PEREZ 24/04/1901 400 08-08-03-195211 CHIHUAHUA SECUNDINA MIRANDA TARANGO 11/08/1901 401 08-08-03-195941 CHIHUAHUA MONICA HORTENCIA BUSTAMANTE VILLALOBOS 22/11/1908 402 08-08-03-196140 CHIHUAHUA JUAN TRILLO LOYA 19/03/1901 403 08-08-03-196378 CHIHUAHUA LEANDRO CHAVEZ HERNANDEZ 17/09/1903 404 08-08-03-196582 CHIHUAHUA PABLO CHAVEZ CHAVEZ 29/06/1906 405 08-08-03-196640 CHIHUAHUA MANUEL MENDOZA REDES 21/04/1909 406 08-08-04-057440 CHIHUAHUA ANTONIA MURILLO VICENCIO 13/11/1904 407 08-08-04-080796 CHIHUAHUA MANUELA ERIVES VALENZUELA 10/10/1908 408 08-08-04-091383 CHIHUAHUA MARGARITA LOZANO PARRA 25/04/1902 409 08-08-04-096743 CHIHUAHUA ELPIDIA MALDONADO FERNANDEZ 16/07/1908 410 08-08-04-100272 CHIHUAHUA EUSTOLIA CHAVEZ GUTIERREZ 19/03/1906 411 08-08-04-139896 CHIHUAHUA MATILDE ACOSTA MENDOZA 15/11/1909 412 08-08-04-148429 CHIHUAHUA RAMON CHACON GARCIA 25/05/1909 14 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO MATERNO FECHA 413 08-08-04-159579 CHIHUAHUA MARIA DE LOS ANGELES SIGALA VALENZUELA 07/11/1907 414 08-08-04-160465 CHIHUAHUA MARIA DE JESUS GUARDIOLA MUÑIZ 20/07/1904 415 08-08-04-164806 CHIHUAHUA ROSALIA SANDOVAL LINARES 22/03/1908 416 08-08-04-183315 CHIHUAHUA CANDELARIA ROCHA JUAREZ 26/12/1909 417 08-08-04-183621 CHIHUAHUA MA DE LA LUZ TREVIZO SOLIS 12/06/1904 418 08-08-04-184222 CHIHUAHUA IGNACIA MARTINEZ OCHOA 10/06/1904 419 08-08-04-189154 CHIHUAHUA JESUS MENDOZA AMARO 11/11/1907 420 08-08-04-191015 CHIHUAHUA EVA GOMEZ MEDINA 19/06/1909 421 08-08-04-194044 CHIHUAHUA MAGDALENA JAQUEZ VALBUENA 10/06/1909 422 08-08-04-195424 CHIHUAHUA ERMIDA LOZANO MORENO 15/10/1909 423 08-08-04-195965 CHIHUAHUA DAVID GUTIERREZ VAZQUEZ 01/05/1899 424 08-09-02-047812 CHIHUAHUA MARIA DEL SOCORRO RAMIREZ CARRASCO 17/01/1909 425 08-09-02-106094 CHIHUAHUA MARIA LOYA PORTILLO 13/04/1906 426 08-09-02-163720 CHIHUAHUA MARIA MARTINEZ MORALEZ 13/06/1904 427 08-09-03-022867 CHIHUAHUA MARIA GUADALUPE BAYLON LIMAS 19/03/1908 428 08-09-03-028173 CHIHUAHUA EUGENIA DOMINGUEZ LOPEZ 01/01/1904 429 08-09-03-032717 CHIHUAHUA GUILLERMO OGAZ MORENO 27/08/1908 430 08-09-03-037080 CHIHUAHUA MARIA DOMINGUEZ GUZMAN 23/01/1905 431 08-09-03-038868 CHIHUAHUA OLIVIA CHAVEZ CRUZ 15/06/1908 432 08-09-03-040929 CHIHUAHUA FRANCISCA LOZOYA VILLA 05/04/1909 433 08-09-03-042236 CHIHUAHUA REFUGIO CHAVEZ BETANCE 04/07/1905 434 08-09-03-042779 CHIHUAHUA MANUELA HURTADO PORTILLO 01/08/1906 435 08-09-03-045233 CHIHUAHUA GENOVEVA ORTIZ LUJAN 16/03/1904 436 08-09-03-049480 CHIHUAHUA LUCIA CASTILLO FLORES 23/05/1908 437 08-09-03-049634 CHIHUAHUA MARIA DEL SOCORRO MARTINEZ ORTIZ 29/09/1908 438 08-09-03-050034 CHIHUAHUA JOSE MERCED MELENDEZ RAMIREZ 07/07/1908 439 08-09-03-052301 CHIHUAHUA MANUELA NATIVIDAD CHAVEZ 02/07/1903 440 08-09-03-059693 CHIHUAHUA LUZ MACIAS VAZQUEZ 24/12/1900 441 08-09-03-064469 CHIHUAHUA MARIA RAQUEL ESTEVANE PADRON 10/05/1905 442 08-09-03-066676 CHIHUAHUA CARMEN ELBA LERMA MOLINA 19/03/1909 443 08-09-03-067478 CHIHUAHUA LEONOR SOCORRO LERMA PORRAS 21/05/1901 444 08-09-03-067651 CHIHUAHUA MARIA MARTHA PRIETO CHAVEZ 22/05/1900 445 08-09-03-067800 CHIHUAHUA CARMEN GOMEZ RAMIREZ 29/09/1909 446 08-09-03-072087 CHIHUAHUA ADAN BRIONES RAMOS 24/04/1903 447 08-09-03-072102 CHIHUAHUA ANATALIO PARADA MUÑIZ 15/04/1904 448 08-09-03-072213 CHIHUAHUA ESTHER LUJAN GAYTAN 19/03/1903 449 08-09-03-073409 CHIHUAHUA JOSE ARMENDARIZ HINOJOS 25/04/1906 450 08-09-03-076547 CHIHUAHUA MARGARITA TAPIA BARRAZA 17/06/1899 451 08-09-03-080038 CHIHUAHUA HUMBERTO CORRALES VALLEZ 14/10/1909 452 08-09-03-080128 CHIHUAHUA VICTORIA ISABEL MARTINEZ HOLGUIN 14/07/1908 453 08-09-03-082795 CHIHUAHUA MA HIGINIA HERNANDEZ BURCIAGA 06/11/1908 454 08-09-03-109476 CHIHUAHUA ROSARIO NAÑEZ ONTIVEROS 14/12/1908 14/07/1908 455 08-09-03-112731 CHIHUAHUA FRANCISCO MONARREZ REYES 456 08-09-03-114327 CHIHUAHUA ROSALIA ORTEGA ZAPATA 17/03/1909 457 08-09-03-120917 CHIHUAHUA FERMIN RUBIO LEYVA 07/05/1907 458 08-09-03-121345 CHIHUAHUA CARMEN FRANCISCA BERNAL RENTERIA 11/01/1908 459 08-09-03-127941 CHIHUAHUA MANUEL SALINAS CHAVIRA 19/06/1908 460 08-09-03-131397 CHIHUAHUA SOLEDAD CONTRERAS CABRIALES 08/01/1908 461 08-09-03-137824 CHIHUAHUA ELVA FRANCO ANCHONDO 28/12/1905 462 08-09-03-139696 CHIHUAHUA MANUEL LUJAN MONTAÑEZ 05/03/1907 463 08-09-03-141370 CHIHUAHUA ARTURO RAMIREZ HOLGUIN 05/02/1905 464 08-09-03-143603 CHIHUAHUA DANIEL CORONEL OGAZ 26/07/1908 465 08-09-03-147424 CHIHUAHUA SOCORRO REYES GALLEGOS 11/06/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio 466 08-09-03-152765 DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO CHIHUAHUA ALFREDO BAEZA MATERNO 15 FECHA BAEZA 02/03/1907 04/12/1904 467 08-09-03-160326 CHIHUAHUA NICOLAS JESUS ROMERO MUÑOZ 468 08-09-03-161070 CHIHUAHUA IRMA HERNANDEZ REY 16/02/1909 469 08-09-03-163545 CHIHUAHUA ANICETA ARANDA RIOS 13/03/1906 470 08-09-03-164558 CHIHUAHUA HELGA AVILIA GONZALEZ FLORES 29/06/1907 471 08-09-03-165249 CHIHUAHUA JOSE ALEMAN HERNANDEZ 28/10/1903 472 08-09-03-165826 CHIHUAHUA IGNACIO BURCIAGA LARA 05/09/1908 473 08-09-03-168681 CHIHUAHUA RODOLFO MENDOZA ONTIVEROS 19/03/1908 474 08-09-03-175256 CHIHUAHUA CECILIA MONARREZ BETANCOURT 06/08/1906 475 08-09-03-178507 CHIHUAHUA HORTENCIA HERNANDEZ CARRASCO 19/03/1906 476 08-09-03-178976 CHIHUAHUA GREGORIO OZAETA AGUIRRE 20/03/1908 477 08-09-03-179834 CHIHUAHUA MAGDALENA LUNA OAXACA 19/03/1905 478 08-09-03-182071 CHIHUAHUA IGNACIA CANALES AGUIRRE 20/11/1907 479 08-09-03-190448 CHIHUAHUA EXIQUIO GONZALEZ LAZOS 13/06/1904 480 08-09-03-191422 CHIHUAHUA GUADALUPE PORTILLO CAMACHO 05/04/1906 481 08-09-04-058917 CHIHUAHUA MARIA DE LOS ANGELES ORTIZ FLORES 06/07/1907 482 08-09-04-112797 CHIHUAHUA JOSEFINA MEJIA ONTIVEROS 15/05/1907 483 08-09-04-188306 CHIHUAHUA BALTASAR URITA HINOJOS 06/01/1908 484 08-38-01-117651 CHIHUAHUA RAMON PARRA PARRA 19/08/1908 485 08-38-02-134355 CHIHUAHUA RITA MOLINA DIAZ 29/09/1905 486 08-38-03-090437 CHIHUAHUA MAGDALENA ZAPIEN ARMENDARIZ 26/09/1904 487 08-38-03-103040 CHIHUAHUA CONSUELO MORALES BALERDE 30/03/1908 488 08-38-03-103913 CHIHUAHUA CONSUELO SANCHEZ SANDOVAL 18/05/1908 489 08-38-03-105501 CHIHUAHUA ANTONIO GUTIERREZ CORONA 17/01/1905 490 08-38-03-113770 CHIHUAHUA LETICIA GALLEGOS LUJAN 27/05/1907 491 08-38-03-115126 CHIHUAHUA RAFAEL GARCIA SERNA 08/10/1908 492 08-38-03-119682 CHIHUAHUA SILVESTRE LOYA HERNANDEZ 01/01/1906 493 08-38-03-120439 CHIHUAHUA RAMON RODOLFO RODRIGUEZ LOERA 03/01/1908 494 08-38-03-120612 CHIHUAHUA TAURINO SALCIDO JUAREZ 13/07/1909 495 08-38-03-123709 CHIHUAHUA JESUS OLIVAS VAZQUEZ 20/02/1904 496 08-38-03-124847 CHIHUAHUA ADELA PRIETO BACA 27/02/1902 497 08-38-03-124913 CHIHUAHUA JESUS JOSE OLIVAS VELEZ 05/05/1909 498 08-38-03-135795 CHIHUAHUA HERMILA PORTILLO MONTOYA 23/05/1909 15/06/1901 499 08-38-03-137785 CHIHUAHUA DOLORES TORRES QUINTANA 500 08-38-03-138084 CHIHUAHUA BEATRIZ DELGADO ESPINOZA 10/05/1904 501 08-38-03-138094 CHIHUAHUA OCTAVIANO JASSO HERNANDEZ 31/07/1908 502 08-38-03-139700 CHIHUAHUA ISMAEL SANCHEZ CHAPARRO 08/01/1908 503 08-38-03-140599 CHIHUAHUA AMANDO CHAVEZ MORALES 27/11/1898 504 08-38-03-142411 CHIHUAHUA FRANCISCA ACOSTA LOERA 24/12/1901 505 08-38-03-144183 CHIHUAHUA JESUS MENDEZ RODRIGUEZ 24/06/1906 506 08-38-03-146696 CHIHUAHUA ARMANDO LLANES HERNANDEZ 21/09/1908 507 08-38-03-149248 CHIHUAHUA EVANGELINA TORRES SAENZ 29/12/1903 508 08-38-03-150052 CHIHUAHUA ELIAS DE LEON NAVARRETE 01/05/1901 509 08-38-03-151502 CHIHUAHUA BENITO LOPEZ CHAVEZ 13/03/1907 510 08-38-03-153390 CHIHUAHUA MARIA VILLAREAL SAENZ 02/01/1909 511 08-38-03-154437 CHIHUAHUA APOLINAR ESTEBAN TALAMANTES HERNANDEZ 25/08/1901 512 08-38-03-156035 CHIHUAHUA JESUS CHAVEZ QUEZADA 06/01/1908 513 08-38-03-156149 CHIHUAHUA NATIVIDAD MORENO HOLGUIN 19/03/1907 514 08-38-03-156376 CHIHUAHUA MARGARITO MACHUCA SEPULVEDA 11/03/1888 515 08-38-03-156532 CHIHUAHUA MARIA ELENA VALENZUELA HOLGUIN 07/01/1907 516 08-38-03-160283 CHIHUAHUA JOSEFA GUADALUPE RENTERIA ANAYA 17/11/1905 517 08-38-03-164289 CHIHUAHUA MARIA DEL CARMEN MEDINA AVILA 05/11/1909 518 08-38-03-165723 CHIHUAHUA FRANCISCO SOCORRO MORALES MENDEZ 09/03/1908 16 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO OROZCO MATERNO HERNANDEZ FECHA 519 08-38-03-173287 CHIHUAHUA BALTAZAR 14/10/1900 520 08-38-03-173505 CHIHUAHUA JULIA GAMBOA TORRES 10/01/1907 521 08-38-03-175289 CHIHUAHUA PASCUAL VILLALOBOS TARIN 12/05/1907 522 08-38-03-178011 CHIHUAHUA FERNANDO NAVARRO COLCHADO 04/07/1903 523 08-38-03-181139 CHIHUAHUA RAFAEL CHAVEZ MORENO 27/09/1907 524 08-38-03-181323 CHIHUAHUA MARIA LUJAN CAMPOS 05/12/1902 525 08-38-03-181446 CHIHUAHUA JOSE LOPEZ DE LARA CERECEDES 21/08/1908 526 08-38-03-188079 CHIHUAHUA MARCOS REYES FERNANDEZ 04/02/1895 527 08-38-03-188469 CHIHUAHUA TRINIDAD CANO GRANADOS 12/12/1900 528 08-38-03-189383 CHIHUAHUA RUBEN BETANCES DOMINGUEZ 12/04/1901 529 08-38-03-190321 CHIHUAHUA FEDERICO TORRES VILLEZCAS 20/05/1907 530 08-38-03-190950 CHIHUAHUA DIONICIO DELGADO RODRIGUEZ 05/05/1903 531 08-38-03-192170 CHIHUAHUA FLAVIO DURAN LUNA 16/03/1907 532 08-38-04-182911 CHIHUAHUA PETRA BURCIAGA BACA 02/11/1908 533 05-05-02-004288 COAHUILA FELICITAS MENA BELTRAN 07/06/1908 534 05-05-02-111881 COAHUILA MA SANTOS HERNANDEZ VELAZQUEZ 19/03/1909 535 05-05-03-008484 COAHUILA REBECA RODRIGUEZ RUELAS 02/01/1901 536 05-05-03-009650 COAHUILA CARLOS HUMBERTO VALDEZ FLORES 04/09/1899 537 05-05-03-012046 COAHUILA ERNESTO PALACIOS CRUZ 04/03/1901 538 05-05-03-012808 COAHUILA MAURICIO TORRES MATA 07/05/1907 539 05-05-03-013720 COAHUILA JUANITA RIVERA CASTRO 24/12/1905 540 05-05-03-017762 COAHUILA ALICIA GARCIA MARTINEZ 23/10/1906 541 05-05-03-020224 COAHUILA FAUSTINO TORRES MUÑOZ 25/08/1907 542 05-05-03-020785 COAHUILA RAMON SALVADOR FUENTES FRIAS 11/02/1909 543 05-05-03-021012 COAHUILA EVANGELINA LOZANO IBARRA 12/05/1906 544 05-05-03-021305 COAHUILA RAMIRO RAMIREZ GONZALEZ 11/11/1904 545 05-05-03-024151 COAHUILA CRUS LOPEZ RIOS 23/12/1908 546 05-05-03-024165 COAHUILA VIRGINIA MARTINEZ SAUCEDO 25/03/1904 547 05-05-03-024275 COAHUILA ANTONIA TORRES CRUZ 21/06/1907 548 05-05-03-026409 COAHUILA OFILIA DE HOYOS RODRIGUEZ 24/03/1905 549 05-05-03-028881 COAHUILA ELISEO MARTINEZ VALLES 13/12/1907 550 05-05-03-028988 COAHUILA HORTENCIA FLORES PEREZ 11/10/1906 551 05-05-03-033236 COAHUILA JUAN FRANCISCO GUARDIOLA GARZA 15/05/1900 552 05-05-03-034342 COAHUILA PEDRO PERALES ROMERO 04/10/1895 553 05-05-03-036412 COAHUILA EULALIO MARTINEZ FRAUSTO 03/12/1906 554 05-05-03-039631 COAHUILA LUIS SALDAÑA AVILA 15/12/1907 555 05-05-03-041671 COAHUILA LUDIVINA VALERO ALFARO 25/03/1909 556 05-05-03-041947 COAHUILA JOSE ELIGIO MELCHOR HERNANDEZ 27/02/1902 557 05-05-03-047729 COAHUILA YOLANDA JIMENEZ GONZALEZ 10/07/1907 558 05-05-03-048946 COAHUILA CELIA DURAN IBARRA 27/09/1907 559 05-05-03-049593 COAHUILA URBANO MAGALLANES LIMON 09/01/1907 560 05-05-03-052310 COAHUILA JUAN PABLO SALAS CHAIREZ 07/04/1907 561 05-05-03-052558 COAHUILA FIDELA MELCHOR PUENTES 22/09/1905 562 05-05-03-055832 COAHUILA MATILDE BARRAZA ALMARAZ 15/05/1906 563 05-05-03-059140 COAHUILA JOSEFINA LARA RAMIREZ 20/06/1907 564 05-05-03-059265 COAHUILA FELICITAS CARREON SALAZAR 01/06/1897 565 05-05-03-059333 COAHUILA JUAN MANUEL RODRIGUEZ POLANCO 18/05/1907 566 05-05-03-061366 COAHUILA FELICITAS DE LEON DE LEON 09/10/1904 567 05-05-03-062182 COAHUILA PEDRO SOTO PACHECO 10/06/1891 568 05-05-03-062380 COAHUILA CLARA LUNA HERNANDEZ 23/04/1908 569 05-05-03-069792 COAHUILA FELIPE DE JESUS TREVIÑO BERMEA 05/02/1885 570 05-05-03-070189 COAHUILA MA DE LA PAZ GONZALEZ AGUILAR 04/04/1909 571 05-05-03-070694 COAHUILA GUILLERMO HUERTA MONTOYA 02/10/1905 Viernes 3 de julio de 2009 Folio 572 05-05-03-070861 DIARIO OFICIAL ESTADO COAHUILA (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MA ANDREA NAVARRO MATERNO 17 FECHA MARTINEZ 25/10/1907 03/01/1903 573 05-05-03-071005 COAHUILA JESUS DEL TORO QUEZADA 574 05-05-03-073389 COAHUILA MAXIMINIO GARCIA LOPEZ 05/05/1908 575 05-05-03-073414 COAHUILA CARLOS ROSALES EPINO 20/11/1908 576 05-05-03-073803 COAHUILA NICOLAS ESQUIVEL RODRIGUEZ 08/12/1908 577 05-05-03-075135 COAHUILA ROBERTO MUÑOZ CORDOVA 11/08/1908 578 05-05-03-077910 COAHUILA JOSE OSCAR ESQUIVEL RIVERA 05/10/1907 579 05-05-03-080126 COAHUILA RODRIGO QUINTERO MENCHACA 01/09/1900 580 05-05-03-083218 COAHUILA FELICITAS ALICIA SANTILLANA OLVEDA 13/01/1906 581 05-05-03-084524 COAHUILA PAULINA REYES PINEDA 28/08/1902 582 05-05-03-084552 COAHUILA FRANCISCA IBARRA ROCHA 11/06/1904 583 05-05-03-087407 COAHUILA J TRINIDAD FERNANDEZ MARTINEZ 19/03/1903 584 05-05-03-087862 COAHUILA MA SOFIA ORTIZ CORTINAS 10/04/1901 585 05-05-03-090722 COAHUILA AUSTREBERTHA NIÑO PEREZ 29/09/1892 586 05-05-03-090833 COAHUILA LEONOR CHAVEZ IBARRA 17/02/1907 587 05-05-03-091269 COAHUILA MANUELA TOVAR ORTIZ 22/06/1908 588 05-05-03-101005 COAHUILA ANTONIO CAMPOS GUZMAN 15/11/1909 589 05-05-03-101158 COAHUILA MARIA FE ORTIZ CASTAÑEDA 08/07/1905 590 05-05-03-101275 COAHUILA RICARDA HERNANDEZ MOLINA 19/03/1901 591 05-05-03-102659 COAHUILA DOMINGO MONTOYA MARTINEZ 16/12/1906 592 05-05-03-102842 COAHUILA MARTINA VALENZUELA MACARENO 15/06/1907 593 05-05-03-107020 COAHUILA TEODORA PEREZ GARZA 28/03/1892 594 05-05-03-112492 COAHUILA JUAN ALEJANDRO NUNCIO 14/10/1907 595 05-05-03-113985 COAHUILA JUANA DELGADO HERNANDEZ 16/06/1909 596 05-05-03-114021 COAHUILA JUAN VARGAS ESCALANTE 07/07/1907 597 05-05-03-118172 COAHUILA MANUEL DE JESUS DE LEON CASTILLO 29/04/1909 598 05-05-03-122062 COAHUILA FELICITAS CATILLO REYES 11/04/1908 599 05-05-03-123125 COAHUILA ESPERANZA RANGEL CHAVEZ 26/12/1909 600 05-05-03-123185 COAHUILA JOSEFA OLVERA PUENTES 29/01/1907 601 05-05-03-123837 COAHUILA VICENTE ALVAREZ RODRIGUEZ 02/03/1909 602 05-05-03-124976 COAHUILA MARIA DE LA LUZ ALVARADO MATA 08/01/1908 603 05-05-03-127556 COAHUILA ROSA MARIA RODRIGUEZ PALACIOS 06/11/1906 604 05-05-03-127918 COAHUILA DOLORES RODRIGUEZ LONGORIA 07/04/1900 605 05-05-03-128049 COAHUILA HIGINIO MARTINEZ ALMANZA 07/01/1909 606 05-05-03-129176 COAHUILA CERVANDO OLIVARES CASTILLO 13/01/1901 607 05-05-03-129475 COAHUILA BERNARDA SANCHEZ GARCIA 20/02/1903 608 05-05-03-130585 COAHUILA MARIO GARCIA NEGRETE 29/09/1903 609 05-05-03-131185 COAHUILA JOSEFINA VAZQUEZ VALDEZ 19/03/1902 610 05-05-03-132361 COAHUILA TERESA RAMIREZ OLIVAREZ 31/07/1904 611 05-05-03-132501 COAHUILA GUADALUPE TOVAR GAMES 28/03/1909 612 05-05-03-136389 COAHUILA ISMAEL VALDEZ FLORES 18/09/1905 613 05-05-03-136562 COAHUILA SANJUANA DELGADO ALVARADO 18/05/1905 614 05-05-03-140145 COAHUILA PLACIDO RAMIREZ QUEZADA 23/04/1908 615 05-05-03-140538 COAHUILA LUDIVINA CABELLO RODRIGUEZ 27/06/1904 616 05-05-03-141892 COAHUILA JOSE FIDEL HERNANDEZ HERNANDEZ 01/09/1899 617 05-05-03-143590 COAHUILA JOSEFINA VAZQUEZ LOPEZ 08/04/1908 618 05-05-03-145197 COAHUILA APOLINAR JUAREZ RIVERA 08/01/1904 619 05-05-03-146835 COAHUILA ROBERTO ARREOLA ELIZONDO 28/06/1897 620 05-05-03-147418 COAHUILA CLEMENTE ACOSTA OLVERA 04/10/1907 621 05-05-03-149885 COAHUILA BENJAMIN ALVARADO VALLES 07/10/1905 622 05-05-03-150104 COAHUILA MERCED MORENO MARTINEZ 15/02/1903 623 05-05-03-151150 COAHUILA PEDRO ALMARAZ MANCINAS 15/03/1905 624 05-05-03-151605 COAHUILA MA GUADALUPE MARTINEZ HERNANDEZ 24/10/1903 18 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO RODRIGUEZ MATERNO HERNANDEZ FECHA 625 05-05-03-151691 COAHUILA LEONEL SEGUNDO 05/07/1898 626 05-05-03-154575 COAHUILA MA DE JESUS CASTOR GONZALEZ 21/05/1905 627 05-05-03-154961 COAHUILA ROSA MARIA CARDENAS VALDEZ 14/03/1905 628 05-05-03-155236 COAHUILA MARIA LUISA VIESCA CASTRO 16/09/1907 629 05-05-03-155861 COAHUILA OLIVIA PEREZ MONTALVO 13/11/1901 630 05-05-03-156809 COAHUILA PABLO GARCIA GALVAN 01/02/1907 631 05-05-03-158599 COAHUILA ELOY GARCIA SANCHEZ 25/05/1901 632 05-05-03-158716 COAHUILA MA DE LOS ANGELES RIVERA MEJIA 07/06/1907 633 05-05-03-158728 COAHUILA EVA MENDOZA ARRIAGA 22/05/1905 634 05-05-03-159095 COAHUILA TERESA CABRERA LARA 29/08/1903 635 05-05-03-160714 COAHUILA PEDRO TRUJILLO BALDOVINOS 26/04/1906 636 05-05-03-160920 COAHUILA MARIA OLIVIA VASQUEZ MARIN 03/09/1907 637 05-05-03-162698 COAHUILA JUAN PEREZ RODRIGUEZ 22/02/1909 638 05-05-03-163542 COAHUILA FLORA ESTELA GOMEZ VELAZQUEZ 09/02/1908 639 05-05-03-164256 COAHUILA MA ALTAGRACIA MELENDRES LARA 20/10/1909 640 05-05-03-164523 COAHUILA JOSE OLEGARIO TOVAR SANCHEZ 12/05/1906 641 05-05-03-164539 COAHUILA ADELA GONZALEZ GARCIA 09/01/1906 642 05-05-03-165401 COAHUILA ANITA SIGALA RAMIREZ 02/05/1902 643 05-05-03-166708 COAHUILA MARIO ENRIQUE ROSAS AGUILAR 08/09/1908 644 05-05-03-166754 COAHUILA ABEL ESPINOZA ANZURES 02/07/1906 645 05-05-03-167031 COAHUILA VICTORIO FLORES ROMERO 21/03/1907 646 05-05-03-170665 COAHUILA PEDRO RODRIGUEZ GAMBOA 19/03/1907 647 05-05-03-171130 COAHUILA MARGARITA GONZALEZ HERNANDEZ 16/11/1887 648 05-05-03-171802 COAHUILA VICITACION DE LUNA FUENTES 01/03/1905 649 05-05-03-175675 COAHUILA FERNANDO DE LUNA GONZALEZ 05/05/1903 650 05-05-03-177819 COAHUILA AGUSTINA HERNANDEZ DE LA TORRE 05/11/1904 651 05-05-03-180286 COAHUILA DAVID YAÑEZ ROMERO 02/02/1908 652 05-05-03-180349 COAHUILA SIMONA VASQUEZ CARRILLO 02/03/1894 653 05-05-03-180513 COAHUILA MANUEL SOTO DOMINGUEZ 15/04/1900 654 05-05-03-180560 COAHUILA PETRA HERNANDEZ DURAN 06/04/1908 655 05-05-03-182653 COAHUILA BALDEMAR CORDOVA FLORES 19/03/1906 656 05-05-03-183381 COAHUILA MA MAGDALENA MONTOYA ORTIZ 15/03/1907 657 05-05-03-186432 COAHUILA SANTIAGO MORA LOPEZ 31/03/1909 658 05-05-03-187052 COAHUILA NARCISO LLANAS CRISPIN 24/06/1902 659 05-05-03-188813 COAHUILA ROSALINA PALACIOS MARTINEZ 19/03/1904 660 05-05-03-189206 COAHUILA RAUL PEREZ MENDOZA 02/03/1901 661 05-05-03-189902 COAHUILA MARIO ROMAN PUENTES 15/02/1908 662 05-05-03-190372 COAHUILA FLORINDA GARCIA CASTRO 24/09/1905 663 05-05-03-191230 COAHUILA ROMEO RIVERA GONZALEZ 07/01/1907 664 05-05-03-194992 COAHUILA J SANTOS CASTILLO ACEVEDO 10/02/1909 665 05-05-04-019351 COAHUILA JERONIMO SANCHEZ SANCHEZ 30/09/1905 666 05-05-04-026367 COAHUILA FELICITAS ALMAZAN HERRERA 25/07/1907 667 05-05-04-035269 COAHUILA SANTOS GARZA URTEAGA 03/03/1905 668 05-05-04-073101 COAHUILA JESUS CERVANTES RAMIREZ 15/05/1907 669 05-05-04-107903 COAHUILA JUANA DAVILA LUNA 11/03/1908 670 05-05-04-126292 COAHUILA ROSA DURON CABRERA 02/09/1908 671 05-05-04-127109 COAHUILA MARTHA PEREZ RAMIREZ 22/07/1905 672 05-05-04-130371 COAHUILA ANTONIO ZAVALA ARREAGA 13/06/1908 673 05-05-04-130686 COAHUILA MA DE LOS ANGELES OCHOA SERVANTES 06/06/1907 674 05-05-04-131008 COAHUILA LUCIANA IBARRA ALCOCER 13/05/1908 675 05-05-04-147101 COAHUILA JUANA REGALADO MARTINEZ 31/08/1903 676 05-05-04-158144 COAHUILA PEDRO SALCIDO ROQUE 02/01/1906 677 05-05-04-181096 COAHUILA GERMANA BOCANEGRA HERNANDEZ 10/08/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO 19 FECHA 678 05-05-04-187788 COAHUILA CAMILO SAUCEDO SAUCEDO 25/07/1909 679 06-06-02-034743 COLIMA CANDELARIA TINOCO MAGAÑA 13/01/1906 680 06-06-02-124407 COLIMA ANGELA NOVELA NOVELA 01/01/1906 681 06-06-03-004526 COLIMA SOCORRO VILLA VIVIANO 14/05/1907 682 06-06-03-012092 COLIMA SALVADOR ESPIRITU RUIZ 21/11/1908 683 06-06-03-016030 COLIMA FRANCISCO JAVIER LARIOS RODRIGUEZ 09/12/1907 684 06-06-03-018462 COLIMA LIOBIJILDO RAMIREZ VIRGEN 20/04/1907 685 06-06-03-041415 COLIMA HERMELINDA GONZALEZ TORRES 21/03/1905 686 06-06-03-051788 COLIMA IRENE VEGA BLANCO 14/10/1906 687 06-06-03-080139 COLIMA ZENAIDA FERNANDEZ BARREDA 31/03/1909 688 06-06-03-136660 COLIMA J GUADALUPE SILVA MARTINEZ 21/06/1902 689 06-06-03-144375 COLIMA ANA MARIA LAZARO FLORES 15/11/1908 690 06-06-03-188755 COLIMA MARIA GUADALUPE IGLESIAS MONTES 03/04/1903 691 06-06-03-192095 COLIMA EVANGELINA PRECIADO SOLIS 22/06/1906 692 06-06-04-169330 COLIMA COLUMBA JIMENEZ PONCE 27/02/1905 693 09-10-01-169652 DISTRITO FEDERAL CAMILO MARTINEZ RANGEL 18/07/1909 694 09-10-01-177718 DISTRITO FEDERAL JUAN CARDENAS GONZALEZ 24/06/1909 695 09-10-01-182189 DISTRITO FEDERAL JESUS PEREZ FARIAS 19/05/1909 696 09-10-02-032930 DISTRITO FEDERAL CARMEN HERNANDEZ LOPEZ 14/02/1908 697 09-10-02-046986 DISTRITO FEDERAL MARIA EMMA DE LA LUZ GONZALEZ SOLIS 31/08/1907 698 09-10-02-060779 DISTRITO FEDERAL ESTELA SARA RAMIREZ RUIZ 02/02/1907 699 09-10-02-089829 DISTRITO FEDERAL LUZ VELASCO GONZALEZ 22/04/1908 700 09-10-02-099062 DISTRITO FEDERAL FELISA PANTOJA RAZO 17/12/1905 701 09-10-02-104082 DISTRITO FEDERAL BELEM ALVAREZ HERNANDEZ 27/02/1908 702 09-10-02-106035 DISTRITO FEDERAL CATALINA TAMAYO AYALA 28/11/1908 703 09-10-02-127403 DISTRITO FEDERAL ESPERANZA MONTOYA MARTINEZ 11/12/1906 704 09-10-02-137042 DISTRITO FEDERAL ESPERANZA BARRERA MONTORO 01/01/1909 705 09-10-02-146492 DISTRITO FEDERAL FLORENTINA SOLIS MIRANDA 01/01/1903 706 09-10-02-167596 DISTRITO FEDERAL RUFINA APARICIO BERNAL 17/06/1903 707 09-10-02-174376 DISTRITO FEDERAL JUANA LAZCANO CHAVEZ 02/09/1901 708 09-10-02-174580 DISTRITO FEDERAL GLORIA SANCHEZ VIVAS 01/01/1908 709 09-10-02-192489 DISTRITO FEDERAL AGUSTINA JIMENEZ CASTELLANOS 05/01/1903 710 09-10-03-007732 DISTRITO FEDERAL MARIA DE LA LUZ GOMEZ AVILA 01/01/1905 711 09-10-03-018695 DISTRITO FEDERAL ANA MARIA ZAVALA GORDILLO 01/01/1903 712 09-10-03-037916 DISTRITO FEDERAL MARIA DOLORES RUIZ JIMENEZ 28/08/1907 713 09-10-03-038049 DISTRITO FEDERAL FERNANDO CUSTODIO GONZALEZ 01/01/1904 714 09-10-03-042469 DISTRITO FEDERAL PASCUALA HERNANDEZ TORRES 19/09/1907 30/06/1909 715 09-10-03-046165 DISTRITO FEDERAL LUISA CHAVEZ MARTINEZ 716 09-10-03-065128 DISTRITO FEDERAL JAVIER SANTIAGO RUIZ 18/11/1907 717 09-10-03-071942 DISTRITO FEDERAL ANITA CONTRERAS AGUIRRE 01/01/1905 718 09-10-03-076620 DISTRITO FEDERAL JOSE ISABEL SERRANO URIBE 13/04/1903 719 09-10-03-077955 DISTRITO FEDERAL SALOMON GARCIA PLATA 01/01/1903 720 09-10-03-085503 DISTRITO FEDERAL M CARMEN AGUILAR DIMAS 11/08/1906 721 09-10-03-087701 DISTRITO FEDERAL MARCELA NAJERA ARELLANO 08/10/1909 722 09-10-03-095123 DISTRITO FEDERAL ALICIA GARCIA GARCIA 01/01/1906 723 09-10-03-095469 DISTRITO FEDERAL MARGARITO REYES TORRES 01/01/1909 724 09-10-03-097377 DISTRITO FEDERAL CRISPIN PATIÑO RAMIREZ 02/10/1908 725 09-10-03-097623 DISTRITO FEDERAL FELIPE CRESPO SANCHEZ 01/01/1908 726 09-10-03-103902 DISTRITO FEDERAL RUBEN SAMUEL GUEVARA BARRIOS 01/01/1900 727 09-10-03-106240 DISTRITO FEDERAL IRMA MARTINEZ FUENTES 01/01/1898 728 09-10-03-107628 DISTRITO FEDERAL ANGEL PERALTA VALENCIA 01/01/1891 729 09-10-03-117472 DISTRITO FEDERAL MARIA DE LA LUZ NERI PAEZ 05/12/1905 730 09-10-03-125156 DISTRITO FEDERAL MARIA ELENA REYNA FLORES 25/10/1906 20 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO FECHA 731 09-10-03-126291 DISTRITO FEDERAL FRANCISCO GONZALEZ OLMOS 01/01/1909 732 09-10-03-126484 DISTRITO FEDERAL AGUSTIN LUNA TRUJILLO 01/01/1909 733 09-10-03-130525 DISTRITO FEDERAL ROBERTO PEREZ RIVERA 01/01/1903 734 09-10-03-132479 DISTRITO FEDERAL JAVIER MARTINEZ HARO 01/01/1905 735 09-10-03-132578 DISTRITO FEDERAL MARIA GUADALUPE CRUZ BUENDIA 01/01/1896 736 09-10-03-136647 DISTRITO FEDERAL SARA SANCHEZ RIOS 25/05/1908 737 09-10-03-137582 DISTRITO FEDERAL TOMAS LUNA ESQUIVEL 01/01/1907 738 09-10-03-141391 DISTRITO FEDERAL CAROLINA SALINAS LEZAMA 08/04/1905 739 09-10-03-143141 DISTRITO FEDERAL ROSA MARIA MARTINEZ ORTIZ 01/01/1906 740 09-10-03-145219 DISTRITO FEDERAL MARIA ACOSTA FELIPE 02/05/1907 741 09-10-03-146687 DISTRITO FEDERAL BERTA LEONARDA RODRIGUEZ XXXX 29/09/1906 742 09-10-03-149877 DISTRITO FEDERAL JOSE GUADALUPE SANCHEZ LUNAR 01/01/1900 743 09-10-03-155894 DISTRITO FEDERAL BERNARDINO ZARAGOZA HERNANDEZ 01/01/1907 744 09-10-03-159793 DISTRITO FEDERAL ESPERANZA ZAVALA RAMIREZ 01/01/1900 745 09-10-03-159903 DISTRITO FEDERAL MARIA DEL ROSARIO PIÑA DIAZ 26/04/1907 746 09-10-03-161673 DISTRITO FEDERAL JOSE LUIS AGUILAR RIOS 25/08/1907 747 09-10-03-163594 DISTRITO FEDERAL BENITO JAZMIN GONZALEZ 25/03/1904 748 09-10-03-163744 DISTRITO FEDERAL LUGARDA ORTIZ GUZMAN 31/10/1904 749 09-10-03-164167 DISTRITO FEDERAL JOSE JAVIER MARQUEZ PELCASTRE 23/11/1909 750 09-10-03-164939 DISTRITO FEDERAL EDITH LUCIA FUENTES MELO 01/01/1905 751 09-10-03-166018 DISTRITO FEDERAL MARIA MADRIGAL ANDRADE 01/01/1904 752 09-10-03-169158 DISTRITO FEDERAL TOMASA SORIANO CHAVEZ 05/06/1909 753 09-10-03-172337 DISTRITO FEDERAL J REFUGIO CERNA RAMIREZ 01/01/1904 754 09-10-03-178972 DISTRITO FEDERAL EVANGELINA SANCHEZ LOPEZ 14/06/1909 755 09-10-03-179274 DISTRITO FEDERAL ROSA REZA LOERA 23/03/1907 756 09-10-03-179683 DISTRITO FEDERAL MAURILIO VICENTE MARTINEZ GONZALEZ 14/02/1903 757 09-10-03-179699 DISTRITO FEDERAL MIGUEL SEGURA MORA 01/01/1897 758 09-10-03-179826 DISTRITO FEDERAL MARIA PATRICIA ALEJANDRA DE LARA GALLEGOS 22/08/1909 759 09-10-03-181953 DISTRITO FEDERAL ASCENCION JASSO RODRIGUEZ 25/10/1909 760 09-10-03-181990 DISTRITO FEDERAL JOSE FLORES RODRIGUEZ 01/02/1892 761 09-10-03-183271 DISTRITO FEDERAL PAULINA ELISA MONTOYA RESENDIZ 30/06/1900 762 09-10-03-183554 DISTRITO FEDERAL J JESUS MENDOZA RODRIGUEZ 01/01/1895 763 09-10-03-183608 DISTRITO FEDERAL JOSE PATIÑO GARCIA 13/10/1908 764 09-10-03-183741 DISTRITO FEDERAL J LINO CHAVEZ MARTINEZ 01/01/1906 765 09-10-03-183874 DISTRITO FEDERAL YOLANDA VAZQUEZ VAZQUEZ 04/02/1905 766 09-10-03-186440 DISTRITO FEDERAL TERESA NELLY ANDRADE GARCIA 18/01/1909 767 09-10-03-186581 DISTRITO FEDERAL FELISITAS PANTOJA RIOS 28/07/1904 768 09-10-03-187246 DISTRITO FEDERAL RODOLFO PEÑA CASTILLO 01/01/1909 769 09-10-03-187553 DISTRITO FEDERAL MANUEL LOZA MENDOZA 01/01/1905 770 09-10-03-188295 DISTRITO FEDERAL MARIA CRISTINA DEL CARMEN JAIMES ABARCA 01/01/1900 771 09-10-03-188710 DISTRITO FEDERAL ANTONIO PIZANO RUIZ 11/06/1909 772 09-10-03-193293 DISTRITO FEDERAL JUANA PEREZ LARA 15/09/1899 773 09-10-03-193820 DISTRITO FEDERAL ANTONIA PADUA TAHUILAN 21/09/1907 774 09-10-03-194153 DISTRITO FEDERAL RAMONA FLORES IBARRA 01/01/1909 775 09-10-03-194171 DISTRITO FEDERAL RICARDO FLORES MATA 10/10/1902 776 09-10-03-194210 DISTRITO FEDERAL MARIA DE JESUS MORALES ORTIZ 17/02/1900 777 09-10-03-195488 DISTRITO FEDERAL MARIA DE JESUS HERNANDEZ DELGADILLO 01/01/1907 778 09-10-04-116786 DISTRITO FEDERAL JULIO HERMENEGILDO ELORZA XX 12/04/1908 779 09-10-04-124543 DISTRITO FEDERAL VICTORINA RODRIGUEZ MARCOS 29/06/1906 780 09-10-04-136480 DISTRITO FEDERAL MA CARMEN CRUZ GUERRERO 01/01/1909 781 09-10-04-149614 DISTRITO FEDERAL MACEDONIO SANTANA ESQUIVEL 12/09/1908 782 09-10-04-168640 DISTRITO FEDERAL CARMEN RANGEL ALVAREZ 08/09/1909 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO 21 FECHA 783 09-10-04-169275 DISTRITO FEDERAL SOCORRO FIERRO ORTEGA 20/09/1909 784 09-10-04-183255 DISTRITO FEDERAL CONCEPCION VEGA BARAJAS 01/01/1902 785 09-10-04-191159 DISTRITO FEDERAL MARIA NORBERTA CONCEPCION GARCIA TERRERO 01/01/1906 786 09-10-04-191352 DISTRITO FEDERAL JUAN HERNANDEZ MENDOZA 24/06/1909 787 09-11-02-121089 DISTRITO FEDERAL VIRGINIA CRUZ XX 01/01/1901 788 09-11-02-172494 DISTRITO FEDERAL LUCILA UTRERA CALDERA 03/04/1907 789 09-11-02-193668 DISTRITO FEDERAL ASUNCION CABALLERO CAMACHO 01/01/1909 790 09-11-03-000711 DISTRITO FEDERAL LINO ESCOBAR ZAVALA 01/01/1909 791 09-11-03-004085 DISTRITO FEDERAL HILDA RODRIGUEZ PARRALES 21/02/1909 792 09-11-03-016617 DISTRITO FEDERAL ESPERANZA AVILA MARTINEZ 23/04/1909 793 09-11-03-020842 DISTRITO FEDERAL EVANGELISTA MORALES OTERO 01/01/1893 794 09-11-03-040939 DISTRITO FEDERAL GREGORIO HERNANDEZ RODRIGUEZ 30/10/1898 795 09-11-03-063984 DISTRITO FEDERAL J DOLORES RIVERA VELAZQUEZ 30/10/1904 796 09-11-03-116121 DISTRITO FEDERAL POMPOSO MAURIÑO TREJO 04/05/1909 797 09-11-03-142097 DISTRITO FEDERAL FRANCISCA MONROY PARACHE 16/08/1898 798 09-11-03-143322 DISTRITO FEDERAL MARGARITA ACOSTA NAVIDAD 29/01/1908 799 09-11-03-143834 DISTRITO FEDERAL SARA GARCIA GONZALEZ 21/11/1908 800 09-11-03-146895 DISTRITO FEDERAL JAVIER INES TOVAR GONZALEZ 14/10/1905 801 09-11-03-154958 DISTRITO FEDERAL MARIA ESPARZA TINAJERO 01/01/1905 802 09-11-03-159918 DISTRITO FEDERAL MARIA ANTONIETA ROSA GOMEZ VARGAS 28/03/1903 803 09-11-03-160272 DISTRITO FEDERAL MARIA ASUNCION RAMOS DE LEON 12/03/1906 804 09-11-03-165337 DISTRITO FEDERAL BERNARDO FRANCISCO HERNANDEZ NICOLAS 19/02/1906 805 09-11-03-170903 DISTRITO FEDERAL CELSO RICARDO RAMIREZ GUTIERREZ 03/05/1909 806 09-11-03-175002 DISTRITO FEDERAL JAIME LOPEZ DURAN 13/07/1905 807 09-11-03-179038 DISTRITO FEDERAL GRACIELA VALTIERRA JUAREZ 17/08/1905 808 09-11-03-187005 DISTRITO FEDERAL MARIA DE JESUS CORNEJO CABALLERO 17/03/1900 809 09-11-03-191292 DISTRITO FEDERAL ESTELA PACHECO GONZALEZ 08/03/1904 810 09-11-03-193157 DISTRITO FEDERAL MARIA DEL CARMEN ALVAREZ JIMENEZ 17/01/1905 811 09-11-04-068483 DISTRITO FEDERAL PETRA MARINA RAMIREZ GARCIA 18/01/1904 812 10-12-01-173187 DURANGO MANUEL DUARTE MARTINEZ 18/01/1909 813 10-12-02-029018 DURANGO MARTINIANA SOTO SANDOVAL 01/01/1900 814 10-12-02-060580 DURANGO CONCEPCION RIVERA MARTINEZ 04/07/1901 815 10-12-02-068516 DURANGO TERESA CASAS CASTREJON 08/08/1909 816 10-12-02-089247 DURANGO JUANA BARTOLO CISNEROS 01/03/1903 817 10-12-02-112940 DURANGO MARIA ISABEL VALLEJO RAMIREZ 22/11/1907 818 10-12-02-120887 DURANGO EPIFANIA ROSALIA DENA ROSAS 29/12/1900 819 10-12-02-123254 DURANGO AMELIA MORENO LOPEZ 05/05/1901 820 10-12-02-129856 DURANGO NOLBERTA REYES VELAZQUEZ 13/10/1897 821 10-12-02-133539 DURANGO MARIA TITA HURTADO AVILA 23/12/1898 822 10-12-02-150981 DURANGO AMELIA NAVARRETE ONTIVEROS 12/05/1903 823 10-12-02-161223 DURANGO JOSEFINA AVILA CASTRO 08/07/1905 824 10-12-02-176175 DURANGO AMADA BARBOZA AGUILAR 04/03/1906 825 10-12-02-176834 DURANGO MARCELINA BLANCO ROCHA 05/05/1905 826 10-12-02-191471 DURANGO PETRA TREJO MUÑOZ 05/02/1907 827 10-12-02-193348 DURANGO JULIANA QUIÑONEZ DOMINGUES 16/06/1902 828 10-12-03-018878 DURANGO DELFINO ALDAMA SOTO 08/04/1909 829 10-12-03-030362 DURANGO MANUEL DE JESUS GUERRERO ORTEGA 13/12/1903 830 10-12-03-043345 DURANGO MICAELA GARCIA LONGORIA 20/05/1908 831 10-12-03-043702 DURANGO SOCORRO MONTENEGRO CHAIDEZ 25/01/1907 832 10-12-03-050520 DURANGO HIJINIA CORTEZ FLORES 25/06/1896 833 10-12-03-050711 DURANGO MARCOS GONZALEZ PUENTES 23/04/1903 834 10-12-03-053097 DURANGO CRISTINO DIAZ NEVAREZ 31/10/1909 835 10-12-03-057413 DURANGO MARIO GARCIA DE LA HOLLA 01/05/1905 22 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO MATERNO VALDEZ FECHA 836 10-12-03-061472 DURANGO LORENZO AGUIRRE 08/12/1898 837 10-12-03-064823 DURANGO MA MERCEDES VILLA VARGAS 13/12/1902 838 10-12-03-064880 DURANGO RITA FIGUEROA CONTRERAS 04/02/1904 839 10-12-03-068162 DURANGO FEDERICO HERNANDEZ NUÑEZ 04/02/1907 840 10-12-03-068509 DURANGO MANUELA GARCIA MALDONADO 19/06/1900 841 10-12-03-072092 DURANGO ELOISA DOMINGUEZ GUERRERO 01/01/1909 842 10-12-03-073968 DURANGO MA DE LA LUX GAXIOLA ZAPATA 13/06/1906 843 10-12-03-074424 DURANGO NORBERTO MARES ROCHA 24/05/1908 844 10-12-03-078360 DURANGO MARIA CELIA DE LA ROSA REYES 19/10/1895 845 10-12-03-080099 DURANGO FAUSTINO CARREON SOTO 04/10/1901 846 10-12-03-082106 DURANGO MARIA MARTINEZ RIVAS 30/06/1907 847 10-12-03-084078 DURANGO ROBERTO JULIAN GALLEGOS FLORES 12/05/1907 848 10-12-03-084232 DURANGO SANTIAGO SORIA CARDOZA 13/11/1900 849 10-12-03-085454 DURANGO MARIA ENRIQUETA DE LA CRUZ MATURINO 30/08/1897 850 10-12-03-094501 DURANGO MATILDE AMPARAN GONZALEZ 20/04/1909 851 10-12-03-094690 DURANGO JOSE CRUZ AROS RODRIGUEZ 17/04/1906 852 10-12-03-095083 DURANGO LUZ GARCIA PUENTE 22/12/1900 853 10-12-03-103672 DURANGO AGUSTINA PEREZ RODRIGUEZ 09/01/1902 854 10-12-03-104056 DURANGO JUANA AGUIRRE CAMPA 07/02/1901 855 10-12-03-105541 DURANGO VICTORIO VALDEZ REYES 22/08/1905 856 10-12-03-106524 DURANGO JESUS MAYORGA FLORES 07/10/1909 857 10-12-03-106714 DURANGO MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LA CRUZ 03/02/1901 858 10-12-03-110351 DURANGO MANUELA GONZALEZ RAMIREZ 07/10/1908 859 10-12-03-113068 DURANGO MANUEL VALLES GRIJALVA 15/05/1907 860 10-12-03-113074 DURANGO PORFIRIO MARQUEZ GURROLA 10/06/1899 861 10-12-03-113109 DURANGO JUAN HERNANDEZ RAMOS 20/01/1901 862 10-12-03-113514 DURANGO IRENE MORALES MIRELES 21/05/1906 863 10-12-03-117538 DURANGO CECILIO CASTILLO ORTEGA 01/01/1900 864 10-12-03-118667 DURANGO MARIA OLIVIA MUÑOZ CONTRERAS 10/02/1908 865 10-12-03-118860 DURANGO MANUEL LAVALLE HERRERA 29/09/1900 866 10-12-03-123622 DURANGO RICARDO GURROLA GARCIA 14/06/1905 867 10-12-03-124192 DURANGO GENARO BARRAZA BARRAZA 10/02/1909 868 10-12-03-125388 DURANGO CRUZ OLIVEROS QUIRINO 24/06/1906 869 10-12-03-127658 DURANGO MARIA IGNACIA CASALES CHAVARRIA 08/11/1907 870 10-12-03-129708 DURANGO TEOFILO VALLES RAMOS 02/10/1900 871 10-12-03-130825 DURANGO JUAN VALENZUELA TERRAZAS 18/03/1900 872 10-12-03-132249 DURANGO FAUSTINO AVALOS AVALOS 01/01/1909 873 10-12-03-132301 DURANGO OTILIA PARRA PARRA 08/04/1907 874 10-12-03-133144 DURANGO RAFAEL PUENTES ZAVALA 21/09/1905 875 10-12-03-133267 DURANGO MARIA ANTONIA CHAVEZ FAVELA 09/03/1909 876 10-12-03-133438 DURANGO RAUL GONZALEZ GUERRERO 10/03/1895 877 10-12-03-134343 DURANGO ANGEL CANALES SERRANO 22/05/1906 878 10-12-03-134370 DURANGO OFELIA REYES VAZQUEZ 07/03/1905 879 10-12-03-136137 DURANGO BENITA RAMIREZ RETANA 11/07/1899 880 10-12-03-137346 DURANGO TELESFORO ALCALA MARTINEZ 23/03/1906 881 10-12-03-137528 DURANGO MARIA DEL ROSARIO MATA QUIRINO 28/08/1906 882 10-12-03-139323 DURANGO AMBROCIO VEGA VALLES 05/11/1903 883 10-12-03-144047 DURANGO ANTONIO SANCHEZ CASTAÑEDA 23/06/1897 884 10-12-03-144430 DURANGO JOSE ANGEL JIMENEZ TALAMANTES 09/08/1905 885 10-12-03-144493 DURANGO CORNELIO FAVELA AGUIRRE 08/12/1907 886 10-12-03-147598 DURANGO PAULA VAZQUEZ ANDRADE 05/07/1907 887 10-12-03-147767 DURANGO LUCILA CHAIDEZ MONARREZ 29/03/1905 888 10-12-03-148109 DURANGO CASIMIRO BARBOSA SANCHEZ 27/09/1898 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE 889 10-12-03-148663 DURANGO SALOME 890 10-12-03-149298 DURANGO MARIA CELIA 891 10-12-03-150725 DURANGO MARTIN 892 10-12-03-150829 DURANGO JOSEFINA 893 10-12-03-151173 DURANGO 894 10-12-03-151690 895 896 897 PATERNO HERNANDEZ MATERNO 23 FECHA LUNA 25/02/1906 OCHOA CARRILLO 15/06/1906 GARCIA RIVERA 03/02/1894 CASTILLO ANDRADE 25/02/1904 PETRA PAZ ZAVALA GONZALEZ 10/05/1893 DURANGO ELPIDIO ESQUIVEL ESTRADA 10/04/1909 10-12-03-152106 DURANGO ELIA DIAZ HERRERA 19/07/1909 10-12-03-152953 DURANGO MARIA GUADALUPE RODRIGUEZ GUERRERO 21/05/1900 10-12-03-154283 DURANGO MARIA GUADALUPE MARTINEZ AMAYA 14/02/1902 898 10-12-03-155133 DURANGO FAUSTINO CHAIREZ QUIROZ 10/05/1908 899 10-12-03-155953 DURANGO SALVADOR FAVELA SALINAS 12/08/1907 900 10-12-03-156820 DURANGO ALEJANDRO MENDOZA CARRERA 08/03/1907 901 10-12-03-158785 DURANGO MARIA DEL ROSARIO HERRERA PEREDA 04/06/1899 902 10-12-03-158851 DURANGO ALFREDO VELAZQUEZ PULIDO 06/07/1906 903 10-12-03-160916 DURANGO VICENTE ORTIZ SANTOS 15/05/1898 904 10-12-03-160944 DURANGO MANUELA CASTILLO MEZA 20/10/1895 905 10-12-03-161039 DURANGO FRANCISCO HERNANDEZ JUAREZ 22/06/1890 906 10-12-03-161047 DURANGO MA GUADALUPE SALOMON IBARRA 20/01/1908 907 10-12-03-161330 DURANGO CRUZ MUÑOZ CARRILLO 31/12/1899 908 10-12-03-161518 DURANGO ELISA CORRAL GARCIA 10/12/1902 909 10-12-03-161737 DURANGO MARIA DEL ROSARIO LOPEZ ALEMAN 19/03/1903 910 10-12-03-161752 DURANGO ELISA CHAIREZ ANTUNA 18/03/1902 911 10-12-03-161756 DURANGO JERONIMO SIMENTAL ARREOLA 05/06/1908 912 10-12-03-161765 DURANGO ADELINA HERRERA DIAZ 08/07/1898 913 10-12-03-162048 DURANGO MA CRUZ FLORES GUZMAN 28/07/1900 914 10-12-03-163090 DURANGO MARIA DEL SOCORRO VILLA RAYMUNDO 08/06/1906 915 10-12-03-164355 DURANGO ESPERANZA GUTIERREZ NEVAREZ 20/02/1909 916 10-12-03-164554 DURANGO HUMBERTO TAFOYA VELAZQUEZ 07/04/1906 917 10-12-03-168072 DURANGO CELINA NEVAREZ CALVO 30/04/1905 918 10-12-03-169624 DURANGO MARIA DE LA LUZ MENDOZA GARCIA 23/12/1900 919 10-12-03-170128 DURANGO MARIA SILVIA GUERECA X 24/06/1905 920 10-12-03-176271 DURANGO MA DEL ROSARIO MONARREZ LUCERO 02/04/1905 921 10-12-03-176568 DURANGO LIBRADA AGUILAR MENDOZA 10/06/1903 922 10-12-03-178628 DURANGO ENRIQUE NAVAR PALACIOS 05/02/1900 923 10-12-03-179836 DURANGO FABIOLA QUEZADA GONZALEZ 12/12/1903 924 10-12-03-183526 DURANGO TEODORA NAJERA GUZMAN 03/06/1906 925 10-12-03-183993 DURANGO GLORIA ELVA MENDOZA BERUMEN 07/01/1895 926 10-12-03-184283 DURANGO MARIA EMA CASTRO PIZARRO 24/08/1908 927 10-12-03-184410 DURANGO MARIA LUISA ZAVALA CHAVEZ 30/04/1903 928 10-12-03-185265 DURANGO VENTURA MARIA MARGARITA ORTIZ VALLES 29/06/1906 929 10-12-03-185633 DURANGO ARCADIA NUÑEZ GALINDO 14/01/1908 930 10-12-03-185683 DURANGO FRANCISCO GOMEZ CECEÑAS 31/12/1909 931 10-12-03-185838 DURANGO JOSE GABRIEL ARMENDARIZ FAVELA 05/08/1902 932 10-12-03-187761 DURANGO MARIA ENRIQUETA MONTANTES CHAVEZ 05/04/1905 933 10-12-03-188125 DURANGO JUSTINA OROZCO MARTINEZ 13/05/1904 934 10-12-03-188341 DURANGO GUADALUPE VIDAL CHAIREZ 18/03/1905 935 10-12-03-192490 DURANGO MAURICIO DIAZ SALAS 21/10/1907 936 10-12-03-192923 DURANGO JUAN DE DIOS AVILA FRANCO 09/02/1899 937 10-12-03-193124 DURANGO CUTBERTA DELGADO HERRERA 08/01/1905 938 10-12-03-193626 DURANGO LUCILA CONTRERAS CORRAL 15/10/1904 939 10-12-03-193789 DURANGO MANUEL HERNANDEZ HERNANDEZ 08/11/1909 940 10-12-03-194081 DURANGO MARCOS GONZALEZ SAUCEDO 26/02/1900 941 10-12-03-194410 DURANGO SILVANO VILLASANA MARTINEZ 16/06/1906 24 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO LUNA MATERNO QUIÑONEZ FECHA 942 10-12-03-194537 DURANGO FERNANDO 10/07/1908 943 10-12-03-195608 DURANGO EMILIANO VALLEJO RODARTE 26/01/1906 944 10-12-03-195744 DURANGO JOSE GUADALUPE PONCE VARGAS 19/07/1902 945 10-12-03-195755 DURANGO GILBERTO SANCHEZ CORDERO 29/07/1909 946 10-12-03-195902 DURANGO MARIA DEL CARMEN MORENO OROZCO 07/08/1904 947 10-12-04-051032 DURANGO JOSE INES PARRA AVITIA 25/12/1899 948 10-12-04-054224 DURANGO MARGARITA GALVAN DIAZ 02/08/1907 949 10-12-04-123139 DURANGO BENITA SOTO GOMEZ 14/02/1903 950 10-12-04-147420 DURANGO MARIA AURORA GARCIA AYALA 02/02/1902 951 10-12-04-155420 DURANGO LUCINA PACHECO BARBOSA 20/09/1909 952 10-12-04-172169 DURANGO FAUSTINA RODRIGUEZ RIVERA 19/01/1902 953 10-12-04-181277 DURANGO MARIA MAGDALENA MARTINEZ RANGEL 26/08/1900 954 10-12-04-184678 DURANGO ANTONIA BURCIAGA NUÑEZ 14/11/1903 955 10-12-04-194782 DURANGO SIMON BLANCO JIMENEZ 15/10/1900 956 10-12-04-195678 DURANGO BEATRIZ VITAL ALCOCER 20/08/1906 957 10-12-04-195708 DURANGO FELIPA DIAZ DIAZ 18/11/1906 958 10-13-01-021634 DURANGO VICTOR RAMOS PONCE 27/10/1908 959 10-13-02-043665 DURANGO MA DE JESUS MARIN GARCIA 02/10/1909 960 10-13-02-117576 DURANGO ANA MARIA GONZALES DUARTE 08/12/1905 961 10-13-02-160408 DURANGO PETRA RUIZ SANCHEZ 24/03/1906 962 10-13-02-181905 DURANGO FRANCISCA GANDARA GONZALEZ 29/06/1909 963 10-13-02-182981 DURANGO CRESCENCIA RAMOS MUÑOZ 20/11/1905 964 10-13-03-011107 DURANGO JESUS EMILIANO LOPEZ 16/03/1901 965 10-13-03-012657 DURANGO MARIA DEL REFUGIO VALENZUELA JIMENEZ 15/06/1908 966 10-13-03-013801 DURANGO MARIA DE LEON PALAFOX 24/07/1907 967 10-13-03-013857 DURANGO FLORENCIO MANCHA AVALOS 10/07/1909 968 10-13-03-013919 DURANGO VIRGINIA SOLIS REYNA 06/06/1905 969 10-13-03-014258 DURANGO MA. SILBESTRA GARCIA MELQUIADES 28/12/1902 970 10-13-03-018272 DURANGO MARIA EUGENIA DIAZ SALINAS 29/06/1904 971 10-13-03-018999 DURANGO CRESCENCIO MOLINA AGUILLON 28/10/1906 972 10-13-03-021385 DURANGO ANTONIA ROSALES SARIÑANA 28/02/1901 973 10-13-03-021628 DURANGO JESUS CAMARILLO LOPEZ 27/07/1907 974 10-13-03-022203 DURANGO JOSE GUADALUPE BARCO ARELLANO 31/08/1908 975 10-13-03-023064 DURANGO JUANA GARCIA CORNEJO 08/05/1901 976 10-13-03-028444 DURANGO JOSE DEL CARMEN DE LA O LOPEZ 09/10/1908 977 10-13-03-030770 DURANGO ALBINO GAYTAN PIÑA 01/03/1901 978 10-13-03-038021 DURANGO MARIA RIVERA VILLA 08/03/1908 979 10-13-03-042490 DURANGO FELIPE MEDRANO MONTES 05/04/1907 980 10-13-03-043238 DURANGO CARMELA JIMENEZ CONTRERAS 18/03/1905 981 10-13-03-044320 DURANGO MAXIMILIANO GONZALEZ CORONADO 08/03/1905 982 10-13-03-054282 DURANGO LUCIO CUETO MONTELONGO 25/06/1908 983 10-13-03-054374 DURANGO GABRIEL SOTO GONZALEZ 04/10/1904 984 10-13-03-059861 DURANGO ROBERTO ROSALES SAAVEDRA 12/02/1908 985 10-13-03-059936 DURANGO ISIDRO HUERTA VELAZQUEZ 20/05/1908 986 10-13-03-061756 DURANGO MARIA SANTOS MACIAS 20/02/1908 987 10-13-03-066010 DURANGO MA DEL CARMEN ALVARADO ROBLES 17/06/1905 988 10-13-03-066685 DURANGO ROSENDO BARRON CHAVEZ 03/05/1909 989 10-13-03-066886 DURANGO JUANA AVILA SALAZAR 02/02/1905 990 10-13-03-069253 DURANGO MODESTA QUIRINO ALDACO 24/06/1903 991 10-13-03-070809 DURANGO APOLONIO DE LA CRUZ PEREZ 06/04/1906 992 10-13-03-075325 DURANGO ANTONIO ROJAS ALVAREZ 10/06/1906 993 10-13-03-081675 DURANGO JUANA MARIA DOMINGUEZ GUTIERREZ 15/04/1901 994 10-13-03-082126 DURANGO SAN JUANA MENDEZ VEGA 12/01/1909 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO MATERNO 25 FECHA 995 10-13-03-082894 DURANGO ALICIA HERNANDEZ MENDOZA 27/06/1905 996 10-13-03-083425 DURANGO MARIA DE LOS ANGELES SERRANO GARCIA 06/04/1908 997 10-13-03-084580 DURANGO ELENA GONZALEZ DOMINGUEZ 08/08/1909 998 10-13-03-084665 DURANGO LEOPOLDO CONTRERAS LOPEZ 25/03/1908 999 10-13-03-085431 DURANGO JESUS PINEDO GALVAN 11/12/1907 1000 10-13-03-089021 DURANGO HECTOR FAVELA MARTINEZ 27/06/1904 1001 10-13-03-101650 DURANGO CLEMENTA ARMENDARIZ RUBIO 09/09/1903 1002 10-13-03-103781 DURANGO CRUZ RAMIREZ ESCOBAR 24/04/1908 1003 10-13-03-110962 DURANGO JUAN CHAIREZ SOTO 14/06/1909 1004 10-13-03-112303 DURANGO MARIA FELIX SOTO FLORES 02/06/1905 1005 10-13-03-114543 DURANGO MARIA FRANCISCA MARTINEZ LLANES 04/05/1907 1006 10-13-03-117231 DURANGO MARGARITO MACHADO GUERRA 11/05/1903 1007 10-13-03-121989 DURANGO JORGE PINEDA GUZMAN 10/10/1905 1008 10-13-03-127302 DURANGO FORTINO JACOBO MEDINA 27/08/1905 1009 10-13-03-132965 DURANGO ANTONIO ZARATE ESQUIVEL 09/01/1909 1010 10-13-03-135939 DURANGO BERNARDINO DEL RIO ARREOLA 11/03/1901 1011 10-13-03-137343 DURANGO MARIA DEL CARMEN AGUIRRE MOTA 02/08/1905 1012 10-13-03-139095 DURANGO JOSE AMALIO VILLA MOTA 05/04/1909 1013 10-13-03-139259 DURANGO MARIA AUXILIO RODRIGUEZ ENCISO 04/10/1904 1014 10-13-03-143001 DURANGO FRANCISCA RAMIREZ HERNANDEZ 16/12/1900 1015 10-13-03-145215 DURANGO EMMA VILLEGAS SIFUENTES 01/01/1905 1016 10-13-03-148364 DURANGO MARTIN LIMON LIMONES 19/03/1908 1017 10-13-03-151635 DURANGO WENCESLAO REDONDO BURCIAGA 20/11/1909 1018 10-13-03-154634 DURANGO RAMON FILIBERTO ZURITA ESCOTO 12/12/1909 1019 10-13-03-156304 DURANGO LUCIA GARCIA VENEGAS 29/06/1906 1020 10-13-03-156897 DURANGO FELIPE MENA SEGOVIA 20/01/1906 1021 10-13-03-160838 DURANGO ANTONIA AVITIA MALDONADO 15/01/1905 1022 10-13-03-161161 DURANGO ANTONIA ESPINO CASTAÑEDA 09/01/1909 1023 10-13-03-161340 DURANGO FERMIN TAMAYO GOMEZ 15/02/1909 1024 10-13-03-162995 DURANGO CARLOS HERNANDEZ GARCIA 07/05/1906 1025 10-13-03-163379 DURANGO SUSANA LUNA RAMOS 04/03/1906 1026 10-13-03-163383 DURANGO MANUEL ORTIZ PEREZ 15/11/1908 1027 10-13-03-165413 DURANGO PANFILO REZA SOTO 29/09/1907 1028 10-13-03-165449 DURANGO FRANCISCA SALINAS GOMEZ 22/09/1909 1029 10-13-03-165935 DURANGO FELIX MENDEZ VAZQUEZ 18/08/1900 1030 10-13-03-168723 DURANGO VIRGINIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ 17/09/1909 1031 10-13-03-171337 DURANGO ALICIA VAZQUEZ DE LA CRUZ 20/06/1908 1032 10-13-03-171420 DURANGO JOSEFA CANO DIAZ 15/06/1898 1033 10-13-03-171962 DURANGO J REYES LIMONES TORRES 15/05/1909 1034 10-13-03-173825 DURANGO JUANA ALCALA GONZALEZ 22/11/1909 1035 10-13-03-178764 DURANGO ANTOLINO HERNANDEZ CONTRERAS 15/05/1905 1036 10-13-03-181268 DURANGO CELIA SUAREZ MARTINEZ 21/06/1904 1037 10-13-03-181655 DURANGO JOSE GUADALUPE ZAPATA MONTALVO 03/05/1905 1038 10-13-03-182252 DURANGO CASIMIRO SANCHEZ DEL RIO 10/05/1907 1039 10-13-03-184470 DURANGO JOSE MEDRANO RAMIREZ 11/05/1906 1040 10-13-03-184786 DURANGO MA DE JESUS LEIJA TORRES 04/10/1897 1041 10-13-03-185079 DURANGO MONICO LUCERO PEÑA 10/08/1908 1042 10-13-03-185359 DURANGO CIPRIANO FIGUEROA BLANCO 19/03/1909 1043 10-13-03-188085 DURANGO GUILLERMO ONTIVEROS ESPINOZA 20/07/1909 1044 10-13-03-190511 DURANGO PEDRO HERNANDEZ GRANADOS 10/05/1908 1045 10-13-03-193656 DURANGO SOFIA ENRIQUEZ SANCHEZ 30/10/1905 1046 10-13-03-194122 DURANGO ASCENSION ROSALES RIVAS 15/03/1904 1047 10-13-03-194211 DURANGO VICTORIA HERNANDEZ LOPEZ 12/10/1909 26 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MORA MATERNO RODRIGUEZ FECHA 1048 10-13-03-195278 DURANGO VIDAL 14/02/1901 1049 10-13-03-195933 DURANGO ROGELIO VAZQUEZ GONZALEZ 04/10/1909 1050 10-13-04-040144 DURANGO MARIA MORENO ANDRADE 24/06/1908 1051 10-13-04-045065 DURANGO ISABEL FRAGOZA NUÑEZ 07/01/1906 1052 10-13-04-082470 DURANGO J ISABEL ALVAREZ NUÑEZ 08/06/1909 1053 10-13-04-113332 DURANGO BERNARDO HERRERA SOLIS 16/09/1907 1054 10-13-04-141045 DURANGO CATALINA ROMO SALAZAR 03/02/1901 1055 10-13-04-162696 DURANGO MARIA GUADALUPE SALCEDO MIRANDA 05/04/1908 1056 10-13-04-163985 DURANGO HERMELINDA PUENTES GONZALEZ 26/12/1906 1057 10-13-04-179277 DURANGO PEDRO ORONA GARCIA 31/07/1907 1058 10-13-04-179997 DURANGO GUADALUPE MERCADO DORADO 10/07/1908 1059 10-13-04-190732 DURANGO CRESCENCIO MONREAL PONCE 01/01/1907 1060 02-02-01-197337 EEUU SANTIAGO RUBIO PONCE 22/05/1908 1061 02-02-01-197349 EEUU JOSE NAVA RAMIREZ 05/01/1909 1062 02-02-01-197353 EEUU VICENTE GARCIA JUAREZ 15/01/1909 05/09/1909 1063 02-02-01-197359 EEUU JOSE FIDENCIO JIMENEZ HERNANDEZ 1064 02-02-02-197318 EEUU MARIA RUIZ MARTINEZ 06/09/1905 1065 02-02-02-197325 EEUU MA. DEL CARMEN BECERRA ROMAN 03/10/1906 1066 02-02-02-197327 EEUU LORENZA VILLEGAS ESPINO 06/01/1907 1067 02-02-03-197284 EEUU ERNESTINA SOSA CARRILLO 01/01/1901 1068 02-02-03-197286 EEUU ALFREDO VARGAS VARGAS 28/03/1901 1069 02-02-03-197288 EEUU EVA DELGADO PINALES 24/06/1901 1070 02-02-03-197290 EEUU MA. SALUD LOPEZ ZAVALA 18/08/1901 1071 02-02-03-197292 EEUU CLEOTILDE CARDENAS FLORES 30/01/1902 1072 02-02-03-197294 EEUU ELISA AMPARO GONZALEZ TEJADA 15/04/1902 1073 02-02-03-197296 EEUU REYNALDO RODRIGUEZ CERVANTES 13/10/1902 1074 02-02-03-197298 EEUU MARTHA ZARAGOZA SOTELO 02/04/1903 1075 02-02-03-197300 EEUU MARIA REMEDIOS CHAVEZ CERA 19/04/1903 1076 02-02-03-197303 EEUU MARIA DE LOS ANGELES HOLGUIN CHAVIRA 13/10/1903 1077 02-02-03-197304 EEUU RAQUEL ANGUIANO GARCIA 28/05/1904 1078 02-02-03-197306 EEUU MAGDALENO AUSENCIA SANDOVAL 12/06/1904 1079 02-02-03-197310 EEUU J NICOLAS ADRIAN PIÑA SOTO 01/09/1904 1080 02-02-03-197331 EEUU JOSE DE JESUS RAMIREZ RAMIREZ 30/11/1907 1081 02-02-03-197341 EEUU ALFREDO GUTIERREZ CASTAÑEDA 31/07/1908 1082 02-02-03-197343 EEUU JOVITA CRUZ MADERA 19/08/1908 1083 02-02-03-197351 EEUU LUIS SERRANO ALCAZAR 12/01/1909 1084 02-02-03-197357 EEUU IRMA ANGELICA GARZA LOZANO 25/08/1909 1085 02-02-03-197361 EEUU MANUELA ZAMORA MEJIA 25/12/1909 1086 02-02-03-197363 EEUU RAMON CANTU ALANIZ 16/11/1899 1087 02-02-03-197365 EEUU PABLO DE LA CRUZ MOJARRO PACHECO 24/12/1906 1088 11-14-01-061099 GUANAJUATO PEDRO POMPA GOMEZ 19/09/1906 1089 11-14-01-091847 GUANAJUATO ISAAC GUERRERO VAZQUEZ 10/07/1909 1090 11-14-01-108710 GUANAJUATO CARLOS HERNANDEZ GUTIERREZ 11/11/1908 1091 11-14-01-130321 GUANAJUATO CASIANO VALADEZ LARA 13/08/1909 1092 11-14-02-000375 GUANAJUATO MARGARITA MANDUJANO RODRIGUEZ 27/06/1907 1093 11-14-02-020087 GUANAJUATO NATIVIDAD RICO CARBAJAL 19/12/1908 1094 11-14-02-021760 GUANAJUATO ANTONIA MANRIQUEZ SANCHEZ 24/06/1908 1095 11-14-02-028587 GUANAJUATO ALTAGRACIA RAMIREZ ARAUJO 13/02/1906 1096 11-14-02-034282 GUANAJUATO ALICIA OLIVA JUAREZ 06/05/1907 1097 11-14-02-050251 GUANAJUATO ELVIRA MENDOZA SARABIA 01/01/1900 1098 11-14-02-065800 GUANAJUATO MARIA INES TORRES HERNANDEZ 01/01/1904 1099 11-14-02-069917 GUANAJUATO MARIA JESUS GARCIA VAZQUEZ 12/02/1907 1100 11-14-02-091203 GUANAJUATO ELVIRA MARTINEZ MONTES 17/04/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO GONZALEZ MATERNO LOPEZ 27 FECHA 1101 11-14-02-101811 GUANAJUATO MARIA ISABEL 01/01/1907 1102 11-14-02-114792 GUANAJUATO JOSEFA REYES MONTAÑEZ 08/09/1908 1103 11-14-02-125452 GUANAJUATO CANDELARIA GONZALEZ ARELLANO 01/01/1909 1104 11-14-02-135477 GUANAJUATO JOSEFINA HERNANDEZ HERNANDEZ 23/12/1908 1105 11-14-02-137313 GUANAJUATO MARIA CARMEN ALVAREZ GONZALEZ 01/01/1908 1106 11-14-02-138628 GUANAJUATO BARTOLA ALCALA GOMEZ 20/10/1909 1107 11-14-02-139522 GUANAJUATO FELISA JUAREZ GRANADOS 16/01/1905 1108 11-14-02-140111 GUANAJUATO MONICA RANGEL BARRIENTOS 03/11/1908 1109 11-14-02-142591 GUANAJUATO MA GUADALUPE ALVARADO ARIAS 01/01/1903 1110 11-14-02-147336 GUANAJUATO MA REGULA NIETO RAMIREZ 21/06/1907 1111 11-14-02-149281 GUANAJUATO MARIA DE LA LUZ MORADO RAMIREZ 21/03/1907 1112 11-14-02-170387 GUANAJUATO JACINTA CERRANO GONZALEZ 04/02/1909 1113 11-14-02-170834 GUANAJUATO MARIA LUZ RAMIREZ RODRIGUEZ 01/01/1907 1114 11-14-02-180067 GUANAJUATO MARIA RODRIGUEZ GUZMAN 01/01/1904 1115 11-14-02-189989 GUANAJUATO MARIA JESUS YBARRA XX 13/02/1909 1116 11-14-03-000490 GUANAJUATO HORTENCIA LEDESMA RAMIREZ 14/09/1905 1117 11-14-03-001400 GUANAJUATO FELISA CASILLAS FLORES 09/07/1908 1118 11-14-03-004538 GUANAJUATO REFUGIO VALADEZ GAONA 02/12/1906 1119 11-14-03-004568 GUANAJUATO ANDRES CAMARGO XX 12/01/1909 1120 11-14-03-007610 GUANAJUATO JOSE JESUS MARTINEZ GARCIA 15/08/1901 1121 11-14-03-009064 GUANAJUATO JOSE SANCEN FLORES 20/06/1904 1122 11-14-03-010962 GUANAJUATO J JESUS VENTURA SOTO 08/08/1908 1123 11-14-03-011766 GUANAJUATO DELFINA HERNANDEZ MARTINEZ 16/06/1907 1124 11-14-03-012096 GUANAJUATO APOLONIO ARREDONDO MENDEZ 24/10/1909 1125 11-14-03-012512 GUANAJUATO MANUEL GOMEZ MATA 01/01/1902 1126 11-14-03-012557 GUANAJUATO JOSE GUTIERREZ REYES 01/01/1909 1127 11-14-03-012822 GUANAJUATO JOSE MONTOYA SOLIS 14/01/1907 1128 11-14-03-012992 GUANAJUATO ANGEL ALVARADO LOZANO 12/11/1903 1129 11-14-03-013103 GUANAJUATO FRANCISCA ALVAREZ LOZA 30/05/1900 1130 11-14-03-013208 GUANAJUATO MA ISABEL RODRIGUEZ ZARRAGA 01/01/1907 1131 11-14-03-017107 GUANAJUATO FRANCISCO PARTIDA ARANDA 09/02/1907 1132 11-14-03-017136 GUANAJUATO MA SANJUANA MORENO MORENO 06/06/1908 1133 11-14-03-018576 GUANAJUATO YOLANDA TIRADO ORTEGA 18/03/1901 1134 11-14-03-019331 GUANAJUATO MARTINA RODRIGUEZ DELGADO 01/01/1901 1135 11-14-03-020525 GUANAJUATO CATALINA ESPINOSA CAMACHO 25/05/1906 1136 11-14-03-021655 GUANAJUATO JOSE SALDAÑA CONTRERAS 15/05/1905 1137 11-14-03-021946 GUANAJUATO EBERARDO CERBANTES NUÑES 17/11/1908 1138 11-14-03-023357 GUANAJUATO MARGARITA CHAVEZ MARTINEZ 01/01/1908 1139 11-14-03-023611 GUANAJUATO JESUS FLORES RAMIREZ 12/08/1909 1140 11-14-03-026758 GUANAJUATO ZENAIDA SANTOYO CALDERON 05/09/1905 1141 11-14-03-028370 GUANAJUATO MARTIN GODINEZ SANCHEZ 01/01/1904 1142 11-14-03-028540 GUANAJUATO CELIA CARREÑO MENDOZA 07/03/1901 1143 11-14-03-030148 GUANAJUATO MARIA DEL CARMEN RAMIREZ GONZALEZ 17/03/1900 1144 11-14-03-031247 GUANAJUATO JOSE CASTRO OROZCO 01/01/1900 1145 11-14-03-031449 GUANAJUATO EUFEMIA GARCIA PADILLA 21/09/1902 1146 11-14-03-032858 GUANAJUATO MA TERESA MALDONADO XX 07/07/1902 1147 11-14-03-033136 GUANAJUATO J GUADALUPE LOPEZ AGUILAR 10/02/1902 1148 11-14-03-033498 GUANAJUATO MA LUCIA HERNANDEZ MARTINEZ 20/01/1909 1149 11-14-03-034902 GUANAJUATO MARIA DE LOS ANGELES MENDOZA XX 01/01/1901 1150 11-14-03-035478 GUANAJUATO MA DEL CARMEN RIVERA NUÑEZ 16/01/1901 1151 11-14-03-035693 GUANAJUATO VILLEGAS MARMOLEJO MA TERESA 01/01/1884 1152 11-14-03-035812 GUANAJUATO AUDELIA RUIZ TORRES 01/01/1908 1153 11-14-03-036431 GUANAJUATO MANUELA RIVERA CHAVEZ 31/05/1909 28 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO GIRON MATERNO RIOS FECHA 1154 11-14-03-037900 GUANAJUATO PEDRO 13/09/1908 1155 11-14-03-038406 GUANAJUATO M TERESA RANGEL GUZMAN 31/05/1901 1156 11-14-03-039036 GUANAJUATO GUADALUPE GARCIA ORNELAS 07/01/1904 1157 11-14-03-039779 GUANAJUATO JOSE MARTINEZ SALGADO 01/01/1904 1158 11-14-03-043304 GUANAJUATO VIVIANA RAMOS FAJARDO 06/11/1907 1159 11-14-03-043965 GUANAJUATO ONESIMO VARGAS DELGADO 08/04/1908 1160 11-14-03-044191 GUANAJUATO MA GUADALUPE ZAMORA HERNANDEZ 01/01/1909 1161 11-14-03-049074 GUANAJUATO J REFUGIUO TREJO AVILA 01/01/1904 1162 11-14-03-049194 GUANAJUATO ARTURO MEDINA ALMANZA 15/06/1904 1163 11-14-03-049489 GUANAJUATO ISIDORA RUIZ MUÑOZ 06/04/1906 1164 11-14-03-049879 GUANAJUATO HONORATO CISNEROZ PALACIO 03/04/1907 1165 11-14-03-050827 GUANAJUATO MA RAQUEL ARREGUIN JUAREZ 29/03/1908 1166 11-14-03-050928 GUANAJUATO JUAN PONCE GRANA 03/03/1909 1167 11-14-03-051605 GUANAJUATO JOEL MEDINA VIDAL 27/07/1901 1168 11-14-03-051976 GUANAJUATO RAFAEL GONZALEZ ESPITIA 21/07/1901 1169 11-14-03-053457 GUANAJUATO MARIA SOCORRO CORNEJO LOPEZ 07/09/1907 1170 11-14-03-054560 GUANAJUATO J GUADALUPE MOTA ESPINOZA 01/01/1901 1171 11-14-03-054814 GUANAJUATO ERMELINDA MARTINEZ GONZALEZ 11/02/1908 1172 11-14-03-055305 GUANAJUATO SEVERO ORTEGA GUTIERREZ 04/10/1905 1173 11-14-03-055790 GUANAJUATO MA DEL CARMEN ORALIA RAMIREZ VALENZUELA 24/07/1900 1174 11-14-03-056288 GUANAJUATO MA GUADALUPE GRANADOS GONZALEZ 08/11/1904 1175 11-14-03-057323 GUANAJUATO ALICIA ALONSO SANCHEZ 01/01/1902 1176 11-14-03-057644 GUANAJUATO J GUADALUPE RAMIREZ RUIZ 07/01/1907 1177 11-14-03-058287 GUANAJUATO JUANA ZAVALA PEREZ 17/12/1908 1178 11-14-03-059393 GUANAJUATO MA CONCEPCION MURILLO TAPIA 01/01/1902 1179 11-14-03-059499 GUANAJUATO BEATRIZ NAVARRETE BENITO 15/02/1906 1180 11-14-03-060714 GUANAJUATO JOSE NICOLAS LEMUS CONTRERAS 01/01/1898 1181 11-14-03-061065 GUANAJUATO MARIA GLORIA MELESIO PEREZ 06/05/1907 1182 11-14-03-061108 GUANAJUATO RODOLFO MARTINEZ AVILA 03/07/1909 1183 11-14-03-061499 GUANAJUATO JAVIER RIVERA AGUIRRE 13/03/1903 1184 11-14-03-061601 GUANAJUATO GREGORIO HERNANDEZ ROJAS 02/14/1899 1185 11-14-03-062973 GUANAJUATO J VENTURA DURAN DELGADO 31/03/1909 1186 11-14-03-066295 GUANAJUATO MIGUEL RICO VEGA 01/01/1904 1187 11-14-03-066632 GUANAJUATO M SERAFIN CAUDILLO RIVERA 01/01/1909 1188 11-14-03-066633 GUANAJUATO VICENTE GARCIA GONZALEZ 11/10/1909 1189 11-14-03-067087 GUANAJUATO JOSE AREDONDO MOSQUEDA 01/01/1900 1190 11-14-03-067366 GUANAJUATO MARIA LUZ VAZQUEZ BARRAGAN 01/01/1909 1191 11-14-03-067994 GUANAJUATO MANUEL RAMIREZ NUÑEZ 01/01/1903 1192 11-14-03-068208 GUANAJUATO ELENA JUAREZ RIVAS 31/07/1904 1193 11-14-03-069970 GUANAJUATO SAUL PARAMO SALGADO 13/10/1904 1194 11-14-03-069986 GUANAJUATO MA CARMEN VALLEJO MORALES 01/01/1902 1195 11-14-03-070164 GUANAJUATO ARMANDO RAMIREZ CARDONA 01/01/1907 1196 11-14-03-070359 GUANAJUATO MARIA LUZ FLORES PATIÑO 20/06/1908 1197 11-14-03-070801 GUANAJUATO JOSEFINA GOMEZ XX 01/01/1902 1198 11-14-03-070816 GUANAJUATO EUSTACIO DIAZ JURADO 03/09/1906 1199 11-14-03-073293 GUANAJUATO ISAIAS MURILLO XX 18/06/1909 1200 11-14-03-075213 GUANAJUATO MARIA MERCED LUNA JUAREZ 01/01/1908 1201 11-14-03-075844 GUANAJUATO SABINO MIRANDA RICO 30/08/1902 1202 11-14-03-079225 GUANAJUATO MA REFUGIO TERRAZAS Y RICO 01/01/1905 1203 11-14-03-079326 GUANAJUATO JAVIER MANDUJANO MENDOZA 01/01/1901 1204 11-14-03-082112 GUANAJUATO ADELA MEZA FLORES 01/05/1900 1205 11-14-03-085421 GUANAJUATO LEONARDO MEDINA ERRERA 24/06/1908 1206 11-14-03-085665 GUANAJUATO JOSEFINA GANDARA RAMIREZ 14/10/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO VIRGINIA 29 FECHA 1207 11-14-03-087567 GUANAJUATO SOTO BOTELLO 01/01/1903 1208 11-14-03-089299 GUANAJUATO MA CRUZ ALVAREZ RAMIREZ 03/03/1905 1209 11-14-03-091791 GUANAJUATO MARIA JUAREZ HERNANDEZ 03/04/1908 1210 11-14-03-091883 GUANAJUATO MA CARMEN LOPEZ ORTIZ 01/01/1906 1211 11-14-03-092553 GUANAJUATO SANJUANA LOPEZ PATLAN 31/12/1908 1212 11-14-03-094263 GUANAJUATO ABIGAIL LOPEZ ZAVALA 11/10/1903 1213 11-14-03-095395 GUANAJUATO MARIA ENEDINA RANGEL SAMANO 01/01/1907 1214 11-14-03-095482 GUANAJUATO MARIA ROSARIO CERVERA PUGA 10/01/1900 1215 11-14-03-097128 GUANAJUATO ESTEFANA SANCHEZ RANGEL 09/04/1902 1216 11-14-03-100149 GUANAJUATO ARTURO RODRIGUEZ NUÑEZ 10/03/1905 1217 11-14-03-102672 GUANAJUATO ROSA MARIA PEREZ GOMEZ 05/05/1908 1218 11-14-03-105445 GUANAJUATO JOSE SALOMON URIBE PEREZ 03/10/1895 1219 11-14-03-106128 GUANAJUATO J JESUS LARA CONTRERAS 24/09/1903 1220 11-14-03-108617 GUANAJUATO VICENTE MACIAS RUIZ 01/01/1907 1221 11-14-03-109293 GUANAJUATO FELISA NORIEGA VACA 29/12/1908 1222 11-14-03-110418 GUANAJUATO RUBEN ABONCE SAMANO 04/02/1902 1223 11-14-03-114654 GUANAJUATO ANTONIA ARREDONDO ALVAREZ 01/01/1907 1224 11-14-03-115674 GUANAJUATO PEDRO SANDOVAL SALDAÑA 15/08/1908 1225 11-14-03-115880 GUANAJUATO J CARLOS GARCIA BORJA 01/01/1903 1226 11-14-03-116288 GUANAJUATO RAFAEL RAMIREZ ROSAS 02/06/1907 1227 11-14-03-116612 GUANAJUATO MA AURORA PANTOJA PANTOJA 09/05/1909 1228 11-14-03-116661 GUANAJUATO MARIA CONSUELO SALAZAR GARNICA 04/12/1907 1229 11-14-03-117470 GUANAJUATO MA JESUS HERNANDEZ MARTINEZ 23/07/1908 1230 11-14-03-118312 GUANAJUATO SALVADOR RVERA FLORES 22/12/1908 1231 11-14-03-118437 GUANAJUATO J GUADALUPE PONCE ESPINOSA 01/01/1903 1232 11-14-03-119772 GUANAJUATO SAUL GARCIA PEREZ 10/03/1907 1233 11-14-03-120380 GUANAJUATO MA CARMINA REYES MORENO 01/01/1907 1234 11-14-03-120520 GUANAJUATO MA GUADALUPE TREJO XX 01/01/1897 1235 11-14-03-120581 GUANAJUATO VENANCIO GAMIÑO GAMIÑO 01/01/1903 1236 11-14-03-120596 GUANAJUATO ANTONIO RIOS MENA 06/09/1903 1237 11-14-03-122202 GUANAJUATO NICOLAS CRESPO BARRON 11/09/1907 1238 11-14-03-122410 GUANAJUATO AGUSTIN PARRA LOPEZ 06/09/1907 1239 11-14-03-122558 GUANAJUATO RIGOBERTO GONZALEZ HERNANDEZ 12/07/1909 1240 11-14-03-122562 GUANAJUATO AGUSTINA CORONA ZAVALA 08/10/1900 1241 11-14-03-123083 GUANAJUATO ALFONSO QUIROZ RAZO 01/01/1900 1242 11-14-03-123737 GUANAJUATO IGNACIO ELIAS PEREZ 25/08/1907 1243 11-14-03-124703 GUANAJUATO ANTONIO HERNANDEZ FLORIDO 31/10/1900 1244 11-14-03-124820 GUANAJUATO MA LUZ RUIZ TORRES 20/05/1908 1245 11-14-03-124978 GUANAJUATO MA EUGENIA MENDOZA RICO 18/05/1909 1246 11-14-03-125830 GUANAJUATO EMILIO OLMEDO MORENO 29/12/1909 1247 11-14-03-125883 GUANAJUATO JULIA REYES GARCIA 02/11/1900 1248 11-14-03-126023 GUANAJUATO MA ESTHER CERVANTES AGUADO 16/01/1903 1249 11-14-03-126131 GUANAJUATO J JESUS ORTIZ MARTINEZ 01/01/1899 1250 11-14-03-126616 GUANAJUATO MA JOSEFINA PEREZ GONZALEZ 01/01/1904 1251 11-14-03-126927 GUANAJUATO JUANA ESCALERA SOLIS 01/01/1909 1252 11-14-03-127648 GUANAJUATO J JESUS BEDOLLA GUERRERO 09/06/1904 1253 11-14-03-128085 GUANAJUATO CATALINA PONCE PACHECO 19/06/1909 1254 11-14-03-128711 GUANAJUATO JOSE GUADALUPE JUAREZ LOPEZ 18/12/1906 1255 11-14-03-129304 GUANAJUATO JOSE RAMON LUNA HERNANDEZ 01/01/1904 1256 11-14-03-129421 GUANAJUATO GILDARDO FLORES BOTELLO 20/10/1903 1257 11-14-03-129933 GUANAJUATO ANTONIO MINGUELA CANCHOLA 01/01/1909 1258 11-14-03-130849 GUANAJUATO J HORACIO GUERRERO OCHOA 28/10/1907 1259 11-14-03-131145 GUANAJUATO J GUADALUPE LARA TENORIO 01/01/1896 30 (Primera Sección) Folio 1260 11-14-03-131304 DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO GUANAJUATO J SACRAMENTO VARGAS MATERNO PANIAGUA FECHA 01/01/1903 1261 11-14-03-131342 GUANAJUATO MA LUZ ROMERO RODRIGUEZ 09/02/1909 1262 11-14-03-131549 GUANAJUATO M ALTAGRACIA CERRANO HERNANDEZ 08/06/1907 23/12/1907 1263 11-14-03-131884 GUANAJUATO MA GUADALUPE NAVARRO QUEZADA 1264 11-14-03-131970 GUANAJUATO TERESA RIOS BECERRA 13/10/1907 1265 11-14-03-132751 GUANAJUATO FIDELIA PEREZ PEREZ 01/01/1909 1266 11-14-03-132897 GUANAJUATO BRAULIA RIOS TORRES 14/12/1907 1267 11-14-03-133516 GUANAJUATO MARIA BARTOLOME CRUZ VAZQUEZ 25/10/1900 1268 11-14-03-134118 GUANAJUATO PORFIRIO LANDEROS SANCHEZ 14/11/1908 1269 11-14-03-134424 GUANAJUATO AMANDO RIVERA ALVARADO 28/10/1908 1270 11-14-03-135493 GUANAJUATO MA CARMEN GARCIA SALINAS 01/01/1902 1271 11-14-03-136423 GUANAJUATO JOSEFINA RODRIGUEZ ALMANZA 01/01/1906 1272 11-14-03-136603 GUANAJUATO MA SANTOS MARTINEZ VAZQUEZ 14/10/1908 1273 11-14-03-136945 GUANAJUATO MA DEL CARMEN TORRES GARCIA 20/07/1906 1274 11-14-03-137954 GUANAJUATO TERESA ROBLEDO RIVAS 14/08/1907 1275 11-14-03-138624 GUANAJUATO EVA GONZALEZ CERVANTES 23/07/1905 1276 11-14-03-138851 GUANAJUATO MA LUISA MORENO ALFARO 02/10/1900 1277 11-14-03-139531 GUANAJUATO ANA MARIA GRANADOS GRANADOS 04/09/1907 1278 11-14-03-139791 GUANAJUATO CANDIDA JUAREZ CARRILLO 19/04/1905 1279 11-14-03-140228 GUANAJUATO JOSEFINA JUAREZ MENDEZ 19/03/1900 1280 11-14-03-140706 GUANAJUATO JULIO VARGAS ESPINOSA 01/01/1904 1281 11-14-03-140993 GUANAJUATO ADELA GARCIA ZARATE 16/01/1909 1282 11-14-03-141301 GUANAJUATO JOSEFINA NORIA VALADEZ 01/01/1905 1283 11-14-03-141660 GUANAJUATO J GUADALUPE LOPEZ VELEZ 01/01/1909 1284 11-14-03-141797 GUANAJUATO JUAN MARTINEZ DELGADO 03/02/1906 1285 11-14-03-142057 GUANAJUATO MIGUEL ALONSO GONZALEZ 24/10/1900 1286 11-14-03-142333 GUANAJUATO MA SOLEDAD SANCHEZ GONZALEZ 10/09/1907 1287 11-14-03-142592 GUANAJUATO RODOLFO OROPEZA NEGRETE 01/01/1908 1288 11-14-03-143285 GUANAJUATO VENTURA RIOS ARROYO 06/07/1906 1289 11-14-03-144639 GUANAJUATO FERNANDO JIMENEZ DELGADO 01/01/1903 1290 11-14-03-144851 GUANAJUATO SANJUANA VARGAS TORRES 04/10/1908 1291 11-14-03-145764 GUANAJUATO MARIA ELVA JUAREZ HERNANDEZ 28/10/1909 1292 11-14-03-145863 GUANAJUATO IMELDA HERNANDEZ ALMARAZ 01/01/1907 1293 11-14-03-146250 GUANAJUATO MA ESTHER DELGADO LOPEZ 01/01/1903 1294 11-14-03-146381 GUANAJUATO MA TERESA ZUÑIGA XX 01/01/1903 1295 11-14-03-146694 GUANAJUATO J GUADALUPE BONILLA CANALES 12/10/1902 1296 11-14-03-148029 GUANAJUATO OLIVIA GARCIA SANTOS 01/01/1901 1297 11-14-03-148697 GUANAJUATO MA DE JESUS CHAVEZ ESPINOZA 09/04/1906 1298 11-14-03-148718 GUANAJUATO ROBERTO FLORES ALCOCER 06/07/1906 1299 11-14-03-149325 GUANAJUATO AGUSTIN CABALLERO NOGUEZ 13/06/1905 1300 11-14-03-150322 GUANAJUATO MA REMEDIOS MORENO JARAMILLO 23/07/1906 1301 11-14-03-150548 GUANAJUATO RAFAEL ZAMUDIO GARCIA 26/02/1909 1302 11-14-03-150768 GUANAJUATO J JESUS RICO MARTINEZ 19/05/1905 1303 11-14-03-151640 GUANAJUATO JOSEFINA MUÑOZ ROMO 01/01/1909 1304 11-14-03-152135 GUANAJUATO MARTA LOPEZ GONZALEZ 20/12/1908 1305 11-14-03-152329 GUANAJUATO ADELA MUÑIZ XX 29/06/1907 1306 11-14-03-152741 GUANAJUATO GUADALUPE MOSQUEDA MUÑOZ 01/01/1907 1307 11-14-03-153089 GUANAJUATO TERESA RIVERA LOPEZ 13/01/1894 1308 11-14-03-153262 GUANAJUATO APOLONIA GODINES HERNANDEZ 20/04/1903 1309 11-14-03-153659 GUANAJUATO PERFECTA RUIZ FIGUEROA 01/01/1895 1310 11-14-03-153820 GUANAJUATO AMPARO DAMIAN ZAVALA 01/01/1906 1311 11-14-03-153866 GUANAJUATO RITA MARTINEZ CRESPO 01/01/1908 1312 11-14-03-154156 GUANAJUATO PETRA RESENDIZ PEREZ 01/06/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO AGUILAR MATERNO MALDONADO 31 FECHA 1313 11-14-03-156034 GUANAJUATO JAVIER 03/11/1907 1314 11-14-03-156642 GUANAJUATO MA GUADALUPE RUBIO ALVAREZ 13/06/1900 1315 11-14-03-156783 GUANAJUATO NICOLASA CASTAÑEDA VENEGAS 20/10/1905 1316 11-14-03-156861 GUANAJUATO ZEINADA ROMERO LOPEZ 26/02/1901 1317 11-14-03-157343 GUANAJUATO MA ELEAZAR ROMERO DIAZ 13/10/1907 1318 11-14-03-157347 GUANAJUATO MANUEL SANCHEZ MENDOZA 21/02/1907 1319 11-14-03-158447 GUANAJUATO ARTURO ALMANZA GARCIA 18/02/1901 1320 11-14-03-158819 GUANAJUATO RAUL GONZALEZ ALMARAZ 03/01/1903 1321 11-14-03-160111 GUANAJUATO RODOLFO GONZALEZ PEÑA 20/12/1907 1322 11-14-03-160582 GUANAJUATO BENITA RAMOS PRIETO 12/03/1901 1323 11-14-03-161072 GUANAJUATO MA IMELDA CISNEROS SERRATO 16/09/1906 1324 11-14-03-161277 GUANAJUATO EQUILEO GARCIA FRIAS 18/01/1909 1325 11-14-03-162047 GUANAJUATO ANTONIO RODRIGUEZ LUNA 01/01/1904 1326 11-14-03-162151 GUANAJUATO VICENTE LINARES ARELLANO 09/05/1907 1327 11-14-03-162256 GUANAJUATO RICARDO MORALES XX 15/04/1900 1328 11-14-03-162686 GUANAJUATO RAMON CEDILLO MENDEZ 01/01/1902 1329 11-14-03-163033 GUANAJUATO JUAN CAMARGO OLVERA 08/01/1909 1330 11-14-03-164245 GUANAJUATO MARIA NICOLASA ZAVALA VALLEJO 04/11/1908 1331 11-14-03-164326 GUANAJUATO LEOPOLDO ORTEGA RAMOS 01/10/1908 1332 11-14-03-164626 GUANAJUATO SEBASTIAN ALFARO RAZO 31/08/1907 1333 11-14-03-164646 GUANAJUATO ANASTACIO UVALLE JANTES 01/01/1909 1334 11-14-03-164728 GUANAJUATO IRENE ROSAS BRAVO 06/06/1905 1335 11-14-03-164914 GUANAJUATO JUAN DAVALOS DAVALOS MEZA 01/01/1909 1336 11-14-03-166230 GUANAJUATO SUSANA DE MARIA ZAMARRIPA MARTINEZ 01/10/1908 1337 11-14-03-166429 GUANAJUATO LUIS PEREZ DE LA ROSA 17/07/1887 1338 11-14-03-166751 GUANAJUATO BENITO GONZALEZ ZAVALA 01/01/1904 1339 11-14-03-166767 GUANAJUATO ELODIA PEREZ GALVAN 25/06/1907 1340 11-14-03-167655 GUANAJUATO MA CARMEN TORRES MORA 13/06/1909 1341 11-14-03-167802 GUANAJUATO ELISEO DIAZ MAGAÑA 01/01/1901 1342 11-14-03-168006 GUANAJUATO ANTONIO LOYOLA MENDEZ 12/06/1902 1343 11-14-03-168178 GUANAJUATO DELFINO RODRIGUEZ RIVAS 12/09/1906 1344 11-14-03-168212 GUANAJUATO MA OFELIA FRANCISCA CABRERA DURAN 01/01/1908 1345 11-14-03-169057 GUANAJUATO CANDIDO QUINTERO ORIZABA 05/03/1903 1346 11-14-03-169900 GUANAJUATO EMILIA DIAZ XX 01/01/1901 1347 11-14-03-170499 GUANAJUATO MARIA ANA SORIA CISNEROS 01/01/1904 1348 11-14-03-170507 GUANAJUATO MANUEL GALVAN PEÑA 06/01/1909 1349 11-14-03-170522 GUANAJUATO MA GUADALUPE CEDILLO INFANTE 29/07/1909 1350 11-14-03-170542 GUANAJUATO JUAN VITAL SANTOYO 01/01/1905 1351 11-14-03-170563 GUANAJUATO ALBERTO BOTELLO MORELES 01/01/1904 1352 11-14-03-171091 GUANAJUATO CAYETANO GARCIA GONZALEZ 01/01/1899 1353 11-14-03-171150 GUANAJUATO J REFUGIO GUTIERREZ PEREZ 01/01/1907 1354 11-14-03-171566 GUANAJUATO CECILIA LIRA LOPEZ 01/01/1901 1355 11-14-03-173310 GUANAJUATO MA JUANA VILLEGAS HERNANDEZ 11/05/1909 1356 11-14-03-174868 GUANAJUATO JUAN FRANCISCO RIVERA LEON 01/01/1909 1357 11-14-03-174889 GUANAJUATO JOSE LUIS GARCIA ANAYA 23/07/1901 1358 11-14-03-175092 GUANAJUATO MARIO MARTINEZ CISNEROS 02/02/1907 1359 11-14-03-176337 GUANAJUATO J GUADALUPE PLAZA AYALA 01/01/1901 1360 11-14-03-176393 GUANAJUATO MA IRENE ORNELAS RODRIGUEZ 12/05/1909 1361 11-14-03-176652 GUANAJUATO RAFAEL CABRERA MARTINEZ 08/02/1909 1362 11-14-03-176907 GUANAJUATO BERNABE RODRIGUEZ ALVARADO 23/05/1909 1363 11-14-03-177020 GUANAJUATO MA LORETO ALONSO FLORES 10/09/1903 1364 11-14-03-177223 GUANAJUATO RAMONA HERNANDEZ CAPETILLO 29/06/1900 1365 11-14-03-177291 GUANAJUATO SILVINA LOPEZ AGUYO 01/01/1901 32 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO MATERNO FECHA 1366 11-14-03-177581 GUANAJUATO MA BELEM ESPINOSA MARTINEZ 11/11/1909 1367 11-14-03-177790 GUANAJUATO MARIA CHAVEZ ROJAS 15/11/1898 1368 11-14-03-178176 GUANAJUATO CENORINA RAMIREZ NICACIO 01/01/1905 1369 11-14-03-178646 GUANAJUATO MA SOCORRO ALVINO GARCIA 29/06/1904 1370 11-14-03-179032 GUANAJUATO MARIA PIEDAD VAZQUEZ GONZALEZ 10/03/1909 1371 11-14-03-179156 GUANAJUATO AGUSTINA ROSAS ARTEAGA 21/09/1906 1372 11-14-03-179430 GUANAJUATO ANTONIO AVALOS TELLEZ 25/02/1909 1373 11-14-03-179455 GUANAJUATO RUBEN GALVAN SALAZAR 01/01/1907 1374 11-14-03-179502 GUANAJUATO MANUEL TRINIDAD ZAVALA ZAVALA 09/05/1909 1375 11-14-03-180508 GUANAJUATO RUBEN GONZALEZ AGUILERA 02/12/1909 1376 11-14-03-180630 GUANAJUATO CONSUELO MARTINEZ ALFARO 23/09/1898 1377 11-14-03-181378 GUANAJUATO MARTHA ALICIA BERNAL GONZALEZ 13/09/1907 1378 11-14-03-181630 GUANAJUATO AMPARO TOVAR RAMIREZ 01/01/1894 1379 11-14-03-181671 GUANAJUATO MA BELEN VALDEZ REA 12/07/1909 1380 11-14-03-182907 GUANAJUATO MA VICENTA GUADIAN HERNANDEZ 30/11/1902 1381 11-14-03-182928 GUANAJUATO EDUARDO CASIQUE CAUDILLO 01/01/1909 1382 11-14-03-183433 GUANAJUATO MA DEL REFUGIO SANCHEZ VILLEGAS 15/04/1901 1383 11-14-03-184711 GUANAJUATO CLARA QUIROZ TORRES 16/10/1908 1384 11-14-03-185141 GUANAJUATO MA LOURDES TORRES ROCHA 15/06/1905 1385 11-14-03-185144 GUANAJUATO MA ISABEL TORRES MIRELES 20/02/1906 1386 11-14-03-185474 GUANAJUATO VICTORIA GONZALEZ RAMIREZ 19/04/1908 1387 11-14-03-185962 GUANAJUATO SAMUEL MIRANDA VARGAS 08/11/1908 1388 11-14-03-186155 GUANAJUATO OLIVA RAMIREZ QUIROZ 01/01/1901 1389 11-14-03-186192 GUANAJUATO MARIO PESCADOR HERNANDEZ 17/07/1908 1390 11-14-03-186288 GUANAJUATO EMETERIO MOCTEZUMA ALBAÑIL 12/12/1909 1391 11-14-03-188996 GUANAJUATO MA SOCORRO LEON ORTEGA 01/01/1899 1392 11-14-03-189144 GUANAJUATO MA FELIX RAMIREZ BECERRA 30/04/1908 1393 11-14-03-189197 GUANAJUATO MA DE LA LUZ DUEÑAS SERRANO 01/01/1902 1394 11-14-03-189402 GUANAJUATO ABEL CARDENAS CABRERA 13/03/1908 1395 11-14-03-190158 GUANAJUATO MARIA JESUS PATIÑO RODRIGUEZ 16/06/1900 1396 11-14-03-190582 GUANAJUATO M ROSARIO ARREGUIN RESENDIZ 01/01/1905 1397 11-14-03-191452 GUANAJUATO JOSEFA HERNANDEZ LARA 01/01/1908 1398 11-14-03-191565 GUANAJUATO J FRANCISCO ROBLEDO QUIJAS 01/05/1909 1399 11-14-03-192023 GUANAJUATO MANUELA HERNANDEZ AMEZQUITA 01/01/1903 1400 11-14-03-192184 GUANAJUATO HERIBERTO GUERRERO LOZA 25/07/1909 1401 11-14-03-192727 GUANAJUATO MA MEYBOL PANTOJA GARCIA 22/07/1906 1402 11-14-03-192801 GUANAJUATO MARIA MERCEDES MUÑOZ XX 14/01/1904 1403 11-14-03-194386 GUANAJUATO LUCIO PARRA MEJIA 01/01/1906 1404 11-14-03-194986 GUANAJUATO ROBERTO VEGA TREJO 01/01/1904 1405 11-14-03-195089 GUANAJUATO ERNESTINA VEGA MALAGON 01/01/1909 1406 11-14-03-195232 GUANAJUATO MA LUISA LOPEZ PEREZ 17/03/1908 1407 11-14-03-195871 GUANAJUATO JOSE BENJAMIN GONZALEZ GOMEZ 21/09/1906 1408 11-14-03-195980 GUANAJUATO ENRIQUETA LOPEZ SOTO 23/07/1900 1409 11-14-03-196026 GUANAJUATO CELSO MARTINEZ XX 02/01/1904 1410 11-14-03-196246 GUANAJUATO NICOLAS FLORES ROJAS 01/01/1909 1411 11-14-03-196339 GUANAJUATO JOSE MOSQUEDA CUELLAR 01/01/1905 1412 11-14-03-196531 GUANAJUATO NICOLAS AGUILERA ZAVALA 24/10/1907 1413 11-14-03-196767 GUANAJUATO ROSARIO GARCIA MUÑOZ 01/01/1899 1414 11-14-03-196824 GUANAJUATO AURELIA ZAVALA PANTOJA 01/01/1900 1415 11-14-03-196836 GUANAJUATO MA RAQUEL PATIÑO ARREGUIN 26/05/1904 1416 11-14-03-196843 GUANAJUATO NICACIO MARTINEZ MARTINEZ 21/02/1904 1417 11-14-03-196907 GUANAJUATO ANTONIO RIVERA MARES 12/12/1909 1418 11-14-04-010028 GUANAJUATO MICAELA MARTINEZ MEDINA 01/01/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MEDINA MATERNO CARREÑO 33 FECHA 1419 11-14-04-014597 GUANAJUATO SAMUEL 07/05/1909 1420 11-14-04-016337 GUANAJUATO HESIQUIO ROBLEDO RODRIGUEZ 17/11/1908 1421 11-14-04-020857 GUANAJUATO PEDRO NUÑEZ SIERRA 13/06/1905 1422 11-14-04-022222 GUANAJUATO MARIA IMELDA VELAZQUEZ CHAVIRA 10/10/1907 1423 11-14-04-037104 GUANAJUATO TERESA IBARRA OLVERA 06/08/1908 1424 11-14-04-039500 GUANAJUATO MARIA MAGDALENA VARGAS MANDUJANO 30/08/1909 1425 11-14-04-039596 GUANAJUATO MARIA GALVAN ZAVALA 24/06/1909 1426 11-14-04-039822 GUANAJUATO CARLOS ANDRADE PIZANO 13/03/1904 1427 11-14-04-039964 GUANAJUATO JOSE VARGAS CAUDILLO 14/03/1908 1428 11-14-04-046965 GUANAJUATO MARIA YSABEL MALDONADO MEDINA 16/05/1909 1429 11-14-04-047183 GUANAJUATO LUZ AVALOS CAMARGO 01/01/1900 1430 11-14-04-050359 GUANAJUATO CATARINA RODRIGUEZ SOSA 03/05/1909 1431 11-14-04-051215 GUANAJUATO NICOLAS JUAREZ SALAZAR 01/01/1902 1432 11-14-04-052124 GUANAJUATO SOLEDAD MEDINA LULE 19/03/1904 1433 11-14-04-057078 GUANAJUATO JESUS CARRASCO BAUTISTA 18/08/1908 1434 11-14-04-058962 GUANAJUATO AGRIPINA CRUZ LEON 01/01/1909 1435 11-14-04-060885 GUANAJUATO ANGELA MUÑIZ MENDIOLA 29/06/1904 1436 11-14-04-061035 GUANAJUATO FRANCISCA RODRIGUEZ GONZALEZ 12/03/1907 1437 11-14-04-065911 GUANAJUATO ANGELINA CRUZ HURTADO 22/03/1906 1438 11-14-04-074658 GUANAJUATO GRACIA GONZALEZ GONZALEZ 01/01/1909 1439 11-14-04-082046 GUANAJUATO MARIA PETRA REYES XX 01/01/1904 1440 11-14-04-088319 GUANAJUATO PEDRO GARCIA BARRON 29/06/1909 1441 11-14-04-088355 GUANAJUATO SERAFINA RAZO XX 25/06/1907 1442 11-14-04-091037 GUANAJUATO AGAPITO GALLEGOS GARCIA 05/08/1908 1443 11-14-04-091370 GUANAJUATO ROSALIO NAVA ZAVALA 03/09/1905 1444 11-14-04-095588 GUANAJUATO MARIA ALEJANDRA DEL CONSUELO MARTINEZ RAMIREZ 24/12/1909 1445 11-14-04-098946 GUANAJUATO FRANCISCA RODRIGUEZ ZARAGOZA 27/04/1903 1446 11-14-04-115732 GUANAJUATO MANUELA MAGAÑA GALVAN 24/06/1909 1447 11-14-04-119404 GUANAJUATO ANGELA LEON HERNANDEZ 10/02/1901 1448 11-14-04-120548 GUANAJUATO ESTHER CARDONA LOPEZ 16/09/1908 1449 11-14-04-128381 GUANAJUATO ANDREA VALLE MATA 02/10/1908 1450 11-14-04-129493 GUANAJUATO MARIA PILAR DELGADO HERNANDEZ 31/07/1905 1451 11-14-04-132558 GUANAJUATO PEDRO ROBLES TORRES 01/01/1898 1452 11-14-04-133365 GUANAJUATO MA CONCEPCION SOTELO GAONA 16/06/1909 1453 11-14-04-133454 GUANAJUATO AGAPITA FRAUSTO XX 21/03/1908 1454 11-14-04-140283 GUANAJUATO MARIA DOLORES PAZ MARTINEZ 11/02/1909 1455 11-14-04-141493 GUANAJUATO BALTASAR NIÑO MORENO 03/11/1908 1456 11-14-04-141886 GUANAJUATO MARIA SALUD LUNA RENTERIA 10/02/1902 1457 11-14-04-144505 GUANAJUATO ERASTO TINAJERO AVILA 05/11/1909 1458 11-14-04-146582 GUANAJUATO MA SANTOS AVALOS VAZQUEZ 12/04/1909 1459 11-14-04-146951 GUANAJUATO MARIA DOLORES MEJIA ZAVALA 12/04/1906 1460 11-14-04-149838 GUANAJUATO MARIA ARREGUIN HERNANDEZ 01/01/1908 1461 11-14-04-153805 GUANAJUATO BONIFACIO CAMARGO ROSAS 05/06/1908 1462 11-14-04-157071 GUANAJUATO MA GUADALUPE ARELLANO RUIZ 10/08/1906 1463 11-14-04-157923 GUANAJUATO ALFREDO SALGADO GONZALEZ 20/04/1908 1464 11-14-04-166100 GUANAJUATO MARGARITA TORRES GARCIA 01/01/1907 1465 11-14-04-166125 GUANAJUATO MARIA LEON TINOCO 09/03/1909 1466 11-14-04-166904 GUANAJUATO JOSE DIAZ GUTIERREZ 21/08/1903 1467 11-14-04-167679 GUANAJUATO MARTINA PIÑA SIERRA 01/01/1904 1468 11-14-04-167882 GUANAJUATO SARA OLANDES AGUILAR 31/01/1909 1469 11-14-04-169587 GUANAJUATO LEOBARDA TORRES ROCHA 01/01/1906 1470 11-14-04-171301 GUANAJUATO MARIA RAMIREZ VEGA 06/04/1908 1471 11-14-04-175445 GUANAJUATO HELIODORA HERNANDEZ SOLORZANO 01/01/1906 34 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO FLORES FECHA 1472 11-14-04-175488 GUANAJUATO MARIA FRANCISCA VERA 08/06/1909 1473 11-14-04-178076 GUANAJUATO JOSE MARIA RIVERA BARBOZA 16/01/1903 1474 11-14-04-179862 GUANAJUATO MANUEL CRUZ GOMEZ 01/01/1902 1475 11-14-04-180287 GUANAJUATO AURORA GUERRERO LUNA 14/06/1903 1476 11-14-04-183640 GUANAJUATO J TRINIDAD VILLAGOMEZ ZAVALA 01/01/1904 1477 11-14-04-184531 GUANAJUATO SATURNINO RAMOS XX 04/02/1909 1478 11-14-04-184938 GUANAJUATO BENANCIO JASSO CERCADO 10/01/1904 1479 11-14-04-185339 GUANAJUATO CLEOTILDE RAZO ARREDONDO 01/02/1909 1480 11-14-04-185549 GUANAJUATO XX VIDAL XX 27/03/1908 1481 11-14-04-189157 GUANAJUATO RAFAELA ESTRADA PEREZ 01/01/1900 1482 11-14-04-191078 GUANAJUATO ANTONIO SERRATO RAMIREZ 01/01/1907 1483 11-14-04-195779 GUANAJUATO MARIA DE JESUS AGUILAR GRANADOS 04/10/1909 1484 12-15-01-010387 GUERRERO ARNULFO VALDIVIA LINARES 15/08/1908 1485 12-15-01-108438 GUERRERO ADALBERTO BELLO DIMAS 23/04/1908 1486 12-15-02-065147 GUERRERO PETRA PINEDA RIOS 12/02/1904 1487 12-15-02-077258 GUERRERO ANASTACIA QUEBRADO CANTOR 01/01/1907 1488 12-15-02-077313 GUERRERO BENIGNA SANDOVAL ERAZO 30/05/1909 1489 12-15-02-083797 GUERRERO URBANA RODRIGUEZ PACHECO 01/07/1907 1490 12-15-02-088784 GUERRERO MA LUISA DE LA PAZ RODRIGUEZ 11/01/1902 1491 12-15-02-090197 GUERRERO BARBARITA PEREZ ARELLANO 13/06/1908 1492 12-15-02-177907 GUERRERO MARIA PERALTA RAMIREZ 14/11/1902 1493 12-15-02-191746 GUERRERO EULALIA RODRIGUEZ CUEVAS 13/08/1909 1494 12-15-03-006790 GUERRERO MARIA CLOTILDE ASTUDILLO LINARES 29/05/1908 1495 12-15-03-032517 GUERRERO AIDA MIREYA RUMBO NAVARRETE 14/04/1906 1496 12-15-03-044227 GUERRERO GRACIANA MARTINEZ MORENO 12/12/1907 1497 12-15-03-046675 GUERRERO MARCIAL ORBE OCAMPO 09/04/1909 1498 12-15-03-055637 GUERRERO SOCORRO ADAME ALARCON 20/02/1905 1499 12-15-03-067133 GUERRERO ARCADIA GUZMAN GAMA 27/05/1906 1500 12-15-03-067481 GUERRERO FLORA MORALES CORONEL 07/09/1903 1501 12-15-03-068877 GUERRERO EUSEBIA PEREZ ANGEL 27/12/1905 1502 12-15-03-073807 GUERRERO ORALIA CORTES SALGADO 01/01/1899 1503 12-15-03-079108 GUERRERO MARIA EUGENIA MARTINEZ GONZALEZ 22/06/1908 1504 12-15-03-083489 GUERRERO PEDRO FERNANDEZ DELGADO 05/06/1907 1505 12-15-03-083717 GUERRERO MA ISABEL SANTOS LOPEZ 28/10/1908 1506 12-15-03-087502 GUERRERO CECILIA URIOSTEGUI BARRERA 12/12/1908 1507 12-15-03-092927 GUERRERO GLORIA DIAZ CARVAJAL 29/06/1906 1508 12-15-03-111878 GUERRERO PETRA PERALTA ORTIZ 28/07/1907 1509 12-15-03-120928 GUERRERO GONZAGA ALICIA ACEVEDO SALGADO 17/10/1907 1510 12-15-03-122195 GUERRERO BEYDE GOMEZ GUZMAN 08/02/1908 1511 12-15-03-129105 GUERRERO JUANA FERNANDEZ SALGADO 27/02/1909 1512 12-15-03-130894 GUERRERO FLORA URIOSTEGUI CUEVAS 02/07/1908 1513 12-15-03-132306 GUERRERO FLORA MENDOZA ESPIRITU 05/09/1907 1514 12-15-03-135648 GUERRERO MARIA SALUSTIA CARO BAILON 21/06/1906 1515 12-15-03-139139 GUERRERO SIMONA ROGELIA GONZALEZ BUSTOS 17/12/1902 1516 12-15-03-140182 GUERRERO JUANA ORROSQUIETA ANSELMO 07/01/1908 1517 12-15-03-141070 GUERRERO NIEVES PERALTA OCAMPO 15/08/1908 1518 12-15-03-150164 GUERRERO MARIA DE LOS DOLORES ESQUIVIAS PEREZ 25/06/1909 1519 12-15-03-151898 GUERRERO SERGIO BAUTISTA MORALES 04/08/1902 1520 12-15-03-171983 GUERRERO MILBURGA RAMOS APAEZ 15/03/1906 1521 12-15-03-177716 GUERRERO TERESA MORENO PERALTA 10/04/1905 1522 12-15-03-179186 GUERRERO ROBERTO AVILA AVIÑA 12/03/1897 1523 12-15-03-179279 GUERRERO MA DE LOS ANGELES PIEDRA BELTRAN 23/03/1909 1524 12-15-03-182605 GUERRERO OLIVERIO BRITO GARCIA 04/04/1909 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO 35 FECHA 1525 12-15-03-187521 GUERRERO GUILLERMINA ALARCON VELEZ 29/09/1905 1526 12-15-03-187832 GUERRERO JULIAN LAGUNAS VILLAMIL 01/10/1909 1527 12-15-03-191825 GUERRERO YNOCENCIO HERNANDEZ GUTIERREZ 14/02/1903 1528 12-15-04-030731 GUERRERO GERTRUDIS MIRANDA DIAZ 07/06/1901 1529 12-15-04-071078 GUERRERO SANTANA FLORES CASTREJON 12/12/1899 1530 12-15-04-075878 GUERRERO SINFOROSA BRITO GUADARRAMA 09/03/1909 1531 12-15-04-078805 GUERRERO PAULA OTERO REYES 19/03/1909 1532 12-15-04-150348 GUERRERO BERNARDO FUENTES ADAME 20/08/1907 1533 12-15-04-162742 GUERRERO AMADA LOPEZ CASTRO 10/07/1907 1534 12-15-04-163784 GUERRERO PLACIDA BRITO REYNA 10/06/1907 1535 12-15-04-178106 GUERRERO RITA ORTIZ AYALA 25/10/1906 1536 12-15-04-179343 GUERRERO ERNESTA URIOSTEGUI ROMAN 25/07/1898 1537 12-15-04-182036 GUERRERO EMPERATRIZ POLITO HERNANDEZ 24/12/1900 1538 12-15-04-187726 GUERRERO INOCENCIA ARTEAGA EZQUIVEL 07/05/1907 1539 13-16-03-064316 HIDALGO EDMUNDO ANGELES PEREZ 22/07/1908 1540 13-16-03-116909 HIDALGO REYES GONZALEZ MARTIN 05/08/1904 1541 13-16-03-159463 HIDALGO PEDRO PABLO MUÑOZ RAMIREZ 10/05/1896 1542 13-16-03-190989 HIDALGO BERNARDINA RAMIREZ TREJO 01/01/1883 1543 14-17-01-077737 JALISCO FELIPE GONZALEZ BECERRA 01/05/1909 1544 14-17-01-133569 JALISCO DANIEL PALOMERA PALOMERA 23/06/1908 1545 14-17-01-138538 JALISCO ALFONSO ACOSTA ROBLES 13/08/1908 1546 14-17-02-055169 JALISCO GREGORIA HERNANDEZ LLAMAS 25/12/1908 1547 14-17-02-076009 JALISCO MARIA GUADALUPE RUBIO RAMIREZ 30/05/1908 1548 14-17-02-083798 JALISCO ESTANISLADA DIAZ MARTINEZ 16/08/1907 1549 14-17-02-085764 JALISCO FLORENTINA HERNANDEZ ROSALES 07/03/1907 1550 14-17-02-097038 JALISCO MATIANA DIAZ RODRIGUEZ 09/12/1909 1551 14-17-02-113978 JALISCO CASIMIRA MARQUEZ CONTRERAS 30/08/1907 1552 14-17-02-119503 JALISCO MARIA MORALES LEAL 11/02/1906 1553 14-17-02-119847 JALISCO ANDREA ORQUIZ GARCIA 23/12/1909 1554 14-17-02-137887 JALISCO MARIA MEDRANO VERA 04/08/1908 1555 14-17-02-158818 JALISCO QUIRINA LEMUS FLORES 13/11/1900 1556 14-17-02-167914 JALISCO MA CONCEPCION LOPEZ OCHOA 02/10/1901 1557 14-17-02-171341 JALISCO ANGELA BASULTO ARTEAGA 09/11/1905 1558 14-17-03-000414 JALISCO ROQUE CORREA GUTIERREZ 04/12/1905 1559 14-17-03-004080 JALISCO RUBEN BOLAÑOS CERVANTES 01/05/1904 1560 14-17-03-012860 JALISCO MARIA SUSANA RODRIGUEZ CORONA 01/06/1900 1561 14-17-03-014416 JALISCO J SANTOS SANTIAGO ALVAREZ 13/09/1908 1562 14-17-03-017099 JALISCO SALVADOR IBARRA GALLARDO 03/07/1909 1563 14-17-03-025684 JALISCO MARIA CONCEPCION VIRUETE NAVARRO 12/10/1905 1564 14-17-03-026603 JALISCO JOSE CONTRERAS BARRAGAN 06/06/1906 1565 14-17-03-028353 JALISCO MARIA MERCEDES DE LA TORRE GUTIERREZ 12/07/1909 1566 14-17-03-031509 JALISCO ROMANA NERI VILLEGAS 21/07/1899 1567 14-17-03-034589 JALISCO ARMANDO CURIEL CONTRERAS 04/12/1899 1568 14-17-03-034964 JALISCO JACINTO GUZMAN DE LA TORRE 27/08/1908 1569 14-17-03-035145 JALISCO SALVADOR BALLESTEROS GUEVARA 18/08/1896 1570 14-17-03-035838 JALISCO RAFAEL ORTIZ CHAVEZ 18/02/1908 1571 14-17-03-045144 JALISCO TEOFILA VILLASANA DIAZ 19/12/1909 1572 14-17-03-045455 JALISCO J JESUS MENDOZA HERRERA 04/10/1904 1573 14-17-03-052511 JALISCO JOSEFINA CABRERA BEJARANO 14/07/1909 1574 14-17-03-053064 JALISCO FRANCISCO MORENO VAZQUEZ 01/01/1900 1575 14-17-03-061412 JALISCO JOSE GUILLERMO JUVENAL LUNA PEREZ 19/03/1902 1576 14-17-03-061975 JALISCO JOSE CORONA ROBLES 20/10/1906 1577 14-17-03-062590 JALISCO MARIA GUADALUPE VILLALPANDO FERNANDEZ 16/04/1906 36 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO 1578 14-17-03-074648 JALISCO MARIA SOCORRO HERNANDEZ 1579 14-17-03-078314 JALISCO FELIX 1580 14-17-03-078498 JALISCO ALFREDO 1581 14-17-03-079628 JALISCO 1582 14-17-03-085777 1583 14-17-03-086958 1584 1585 MATERNO FECHA TORRES 28/12/1900 TRUJILLO MORENO 15/01/1909 PANTOJA ESPARZA 03/10/1906 FRANCISCO GANDARA LOZANO 12/12/1907 JALISCO FELIPE MACIAS SANCHEZ 13/06/1904 JALISCO SARA RIVERA PUENTES 25/06/1905 14-17-03-090990 JALISCO MARTINA REYES CORAL 20/09/1906 14-17-03-092717 JALISCO MA DEL CARMEN SANDOVAL PEREZ 20/02/1909 1586 14-17-03-094022 JALISCO JAVIER LOPEZ HERNANDEZ 06/08/1908 1587 14-17-03-098431 JALISCO DOLORES ANTONIA CAMPOS ZERMEÑO 07/01/1905 1588 14-17-03-101732 JALISCO AGUSTIN CHAVEZ GARCIA 11/02/1909 1589 14-17-03-107083 JALISCO BLAS TOVAR ROBLES 02/11/1908 1590 14-17-03-109309 JALISCO SANTIAGO GUTIERREZ QUIRARTE 13/01/1905 1591 14-17-03-109693 JALISCO MARIA DE JESUS TORRES CARRANZA 26/02/1909 1592 14-17-03-110759 JALISCO CARMEN PORTILLO VILLALOBOS 17/08/1908 1593 14-17-03-111091 JALISCO MA IGNACIA ARREGUIN PEREZ 24/10/1908 1594 14-17-03-113212 JALISCO DAVID GONZALEZ ROMERO 05/09/1908 1595 14-17-03-113518 JALISCO JOSE DE JESUS MENDOZA ZEPEDA 02/02/1907 1596 14-17-03-117201 JALISCO FELICIANO RUVALCABA ESPARZA 28/10/1905 1597 14-17-03-118232 JALISCO MA TRINIDAD BRIONES VELAZQUEZ 01/01/1907 1598 14-17-03-119687 JALISCO MA GUADALUPE LOPEZ GARCIA 29/06/1899 1599 14-17-03-120685 JALISCO ISMAEL GONZALEZ TORRES 10/02/1909 1600 14-17-03-120696 JALISCO PEDRO GAONA TOVAR 20/05/1906 1601 14-17-03-127787 JALISCO ARTURO PEREZ OCAMPO 20/01/1907 1602 14-17-03-128555 JALISCO MARTHA VALENCIA CRUZ 22/01/1906 1603 14-17-03-128609 JALISCO ANTONIA CAZCON CAZARES 10/05/1909 1604 14-17-03-128829 JALISCO ROSA MARIA NUÑEZ RUBIO 11/02/1900 1605 14-17-03-130435 JALISCO J GUADALUPE GOMEZ GOMEZ 08/09/1908 1606 14-17-03-132853 JALISCO J ISABEL HERNANDEZ CAMARENA 15/05/1906 1607 14-17-03-133484 JALISCO MARIA MARTINEZ NUÑEZ 06/11/1899 1608 14-17-03-136870 JALISCO FRANCISCO SAHAGUN HERNANDEZ 09/04/1900 1609 14-17-03-137395 JALISCO FERNANDO VAZQUEZ SANTOS 09/12/1902 1610 14-17-03-138483 JALISCO MARIA DEL SOCORRO CASTRO PLASCENCIA 21/06/1907 1611 14-17-03-139262 JALISCO SALVADOR GOMEZ ORNELAS 19/07/1909 1612 14-17-03-141455 JALISCO MELITON CARRILLO BAÑUELOS 24/06/1906 1613 14-17-03-141549 JALISCO HERLINDA MARTIN PADILLA 23/08/1906 1614 14-17-03-142122 JALISCO JOSEFINA ZEPEDA ROBLES 21/07/1906 1615 14-17-03-143508 JALISCO RUBEN CHAVARIN CALDERON 23/12/1908 1616 14-17-03-144278 JALISCO AGRIPINA GOMEZ DAVALOS 10/03/1908 1617 14-17-03-147981 JALISCO RICARDA MONTOYA CASTILLO 07/07/1907 1618 14-17-03-149979 JALISCO MA CONCEPCION RODRIGUEZ GUTIERREZ 31/05/1907 1619 14-17-03-152755 JALISCO FELICITAS FLORES PINEDO 01/05/1909 1620 14-17-03-152860 JALISCO FRANCISCO OROZCO ALVAREZ 23/08/1899 1621 14-17-03-153181 JALISCO AGUSTIN GONZALEZ VILLAGRANA 12/10/1905 1622 14-17-03-153276 JALISCO ALFREDO PEREZ CASTRO 11/02/1909 1623 14-17-03-153684 JALISCO GILBERTO GUARDADO GODINEZ 15/06/1901 1624 14-17-03-154122 JALISCO FRANCISCO LIMON NUÑO 23/04/1908 1625 14-17-03-157824 JALISCO GUILLERMINA MARTINEZ RAMIREZ 22/11/1909 1626 14-17-03-157840 JALISCO SAMUEL LEPE AGUILAR 04/10/1908 1627 14-17-03-158528 JALISCO DAVID JIMENEZ RAMIREZ 08/08/1906 1628 14-17-03-158598 JALISCO BERTHA LUCANO JARERO 22/07/1909 1629 14-17-03-160620 JALISCO MA DEL REFUGIO VELAZQUEZ DIAZ 07/12/1906 1630 14-17-03-161276 JALISCO J REFUGIO LOZANO MARTINES 25/04/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO 37 FECHA 1631 14-17-03-161567 JALISCO JOSE GUADALUPE DAVALOS IÑIGUEZ 11/01/1903 1632 14-17-03-163812 JALISCO MARIA GUADALUPE MENDOZA RUVALCABA 01/04/1902 1633 14-17-03-164203 JALISCO SALVADOR TAMAYO GARCIA 13/06/1905 1634 14-17-03-164765 JALISCO SILVIANO DE LA TORRE GONZALEZ 06/06/1906 1635 14-17-03-166589 JALISCO ALICIA NUÑO NUÑO 25/09/1905 1636 14-17-03-166744 JALISCO JUAN MANUEL ACOSTA CHAVEZ 25/12/1905 1637 14-17-03-169406 JALISCO SILVIANO VAZQUEZ SANCHEZ 10/07/1894 1638 14-17-03-169679 JALISCO MA ELPIDIA TERRIQUEZ ALCALA 04/03/1903 1639 14-17-03-169865 JALISCO MARGARITA ESQUIVEL BRISEÑO 02/05/1905 1640 14-17-03-170052 JALISCO HERLINDA VALDIVIA NAJAR 16/06/1903 1641 14-17-03-170221 JALISCO MARIA ALATORRE HERNANDEZ 17/10/1907 1642 14-17-03-170353 JALISCO ALFONSO VARGAS ROMERO 09/07/1904 1643 14-17-03-172601 JALISCO ALFREDO DIOSDADO CONTRERAS 07/06/1906 1644 14-17-03-173029 JALISCO SILVINA GUTIERREZ PALOS 29/07/1906 1645 14-17-03-176343 JALISCO INOCENCIA FAUSTO RODRIGUEZ 03/04/1909 1646 14-17-03-178004 JALISCO FILIBERTO NUÑEZ CHAVEZ 25/03/1900 1647 14-17-03-179193 JALISCO MARIA LUPERCIO INIGUEZ 30/09/1909 1648 14-17-03-179338 JALISCO AURELIO ÑOL VERGARA 08/08/1908 1649 14-17-03-181223 JALISCO ROSARIO VALDIVIA ORTEGA 26/01/1905 1650 14-17-03-181802 JALISCO MARIA REFUGIO GUTIERREZ PEREZ 30/06/1902 1651 14-17-03-184699 JALISCO JOSE DIAZ GOMEZ 01/12/1909 1652 14-17-03-184877 JALISCO MARIA CONCEPCION MORENO CERVANTES 10/10/1907 1653 14-17-03-185285 JALISCO PABLO ZEPEDA ZEPEDA 02/02/1906 1654 14-17-03-185518 JALISCO BERTHA HERNANDEZ CUEVAS 28/09/1900 1655 14-17-03-189237 JALISCO SOCORRO BARAJAS CARRILLO 19/03/1908 1656 14-17-03-190646 JALISCO MARIA REFUGIO ALTAMIRANO TORRES 12/10/1908 1657 14-17-03-193299 JALISCO JOSE ROSAS JIMENEZ 21/10/1908 1658 14-17-04-038243 JALISCO FILEMON GUTIERREZ NENDOZA 21/11/1909 1659 14-17-04-107316 JALISCO MA SOLEDAD ANGULO GONZALEZ 11/11/1906 1660 14-17-04-137131 JALISCO MIGUEL OCEGUEDA AGUAS 29/09/1909 1661 14-17-04-138220 JALISCO CARLOTA ALFARO ZEPEDA 15/02/1909 1662 14-17-04-142600 JALISCO MARIA DOLORES CARDENAS OROSCO 11/11/1902 1663 14-17-04-144464 JALISCO SEBASTIAN FELIX DE LEON 18/01/1909 1664 14-17-04-155265 JALISCO MARIA DOLORES OROZCO DE LA MORA 16/02/1896 1665 14-17-04-159144 JALISCO MANUELA DEL CARMEN GOMEZ VARGAS 28/08/1909 1666 14-17-04-169002 JALISCO ELIAS MURILLO PACHECO 10/06/1909 1667 14-17-04-173165 JALISCO JUANA NUÑEZ MARTINEZ 19/03/1909 1668 14-17-04-174870 JALISCO MARIA GUADALUPE CARO ORTEGA 08/01/1907 1669 14-17-04-175911 JALISCO MARGARITA LUGO DE PEREZ 03/08/1905 1670 14-17-04-176506 JALISCO MARIA LOPEZ VALADEZ 07/11/1902 1671 14-17-04-177051 JALISCO CIPRIANA HERNANDEZ BAÑUELOS 25/06/1899 1672 14-17-04-183693 JALISCO JOSEFINA GUILLEN PONCE 13/12/1905 1673 14-17-04-188315 JALISCO JOSE CALATA CHAVEZ 19/03/1907 1674 14-17-04-189943 JALISCO HERMELINDA CORTES SALCEDO 27/11/1909 1675 14-17-04-193354 JALISCO MA DEL REFUGIO LAREDO MERCADO 01/04/1908 1676 14-17-04-193895 JALISCO JUAN GUZMAN RAMIREZ 29/03/1908 1677 14-17-04-194326 JALISCO LEANDRO PEGUERO HERRERA 14/08/1905 1678 15-18-02-058915 MEXICO OTILIA CASTAÑEDA FLORES 07/02/1907 1679 15-18-02-127891 MEXICO JUANA ALCANTARA MARTINEZ 16/04/1908 1680 15-18-02-145716 MEXICO EULALIA MEJIA JIMENEZ 13/08/1908 1681 15-18-02-145739 MEXICO FRANCISCA MARTINEZ JIMENEZ 10/01/1909 1682 15-18-03-030032 MEXICO J CRUZ GARDUÑO GARCIA 17/06/1908 1683 15-18-03-032272 MEXICO ARTURO GIL RUIZ MORALES 01/09/1909 38 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO LAZARO MATERNO PICHARDO FECHA 1684 15-18-03-063418 MEXICO MARIA DE LOURDES 24/03/1909 1685 15-18-03-080892 MEXICO JESUS JAIMES DOLORES GARCIA 30/11/1906 1686 15-18-03-087735 MEXICO PEDRO MARIO COVA MACIAS 12/12/1909 1687 15-18-03-112369 MEXICO LUCIANO SOTO GONZALEZ 22/08/1906 1688 15-18-03-121778 MEXICO WILFRIDO POPOCA VAZQUEZ 13/12/1905 1689 15-18-03-144462 MEXICO EULOGIA YOLANDA MICHUA GONZALEZ 01/04/1909 1690 15-18-03-152419 MEXICO TERESA MARGARITA RIVAS ONOFRE 18/07/1900 1691 15-18-03-155615 MEXICO CIRILO ELIAS TORRIJOS GONZALEZ 01/01/1905 1692 15-18-03-169124 MEXICO LUIS AVILES AGUILAR 12/05/1888 1693 15-18-03-173451 MEXICO NICOLASA GARRIDO PEÑAFLOR 03/01/1901 1694 15-18-03-175304 MEXICO CIRILO JUAN PEREZ MEJIA 08/03/1909 1695 15-18-03-179697 MEXICO BENITO IGNACIO FLORES MENDEZ 08/02/1908 1696 15-18-03-182269 MEXICO CAROLINA PEREZ GARDUÑO 09/04/1908 1697 15-18-04-052543 MEXICO GABRIEL GONZALEZ YAÑEZ 19/03/1909 1698 15-18-04-097482 MEXICO BRIGIDA GARCIA HERNANDEZ 08/06/1906 1699 16-19-01-016479 MICHOACAN JULIO RUIZ MEJIA 21/01/1907 1700 16-19-01-022697 MICHOACAN ALEJO MORALES RODRIGUEZ 17/07/1909 1701 16-19-01-030701 MICHOACAN MATIAS ZAMANO GARCIA 23/02/1903 1702 16-19-01-070272 MICHOACAN SERAFIN DUARTE FLORES 25/07/1909 1703 16-19-01-077984 MICHOACAN TIMOTEO TELLEZ HERNANDEZ 22/08/1908 1704 16-19-01-103751 MICHOACAN AMADO HEREDIA CORTES 06/02/1905 1705 16-19-01-126282 MICHOACAN JOSE CARMEN SOTO MAYEN 10/02/1909 1706 16-19-01-133235 MICHOACAN J SACRAMENTO HURTADO ROSILLO 05/11/1908 1707 16-19-01-149799 MICHOACAN ANDRES VALERIO NARO 10/04/1905 1708 16-19-01-174076 MICHOACAN J SOCORRO VILLANUEVA SILVA 02/07/1907 1709 16-19-02-028338 MICHOACAN VENTURA LOPEZ REYES 15/01/1904 1710 16-19-02-040476 MICHOACAN ENRIQUETA AGUILERA CARDOSO 09/04/1909 1711 16-19-02-053814 MICHOACAN BLANDINA HERNANDEZ CARRANZA 29/09/1909 1712 16-19-02-083661 MICHOACAN CONCEPCION DIAZ NAVARRETE 26/10/1907 1713 16-19-02-083754 MICHOACAN VIRGINIA LEAL TORRES 27/06/1906 1714 16-19-02-086093 MICHOACAN MA DE JESUS ESTRADA ZAMUDIO 21/10/1908 1715 16-19-02-105500 MICHOACAN GREGORIA TAPIA SALGADO 08/01/1901 1716 16-19-02-113353 MICHOACAN MELANIA SAUCEDO ANDRADE 12/01/1902 1717 16-19-02-151733 MICHOACAN MARIA INES DE LOS DOLORES ANDRADE DE ANZO 06/12/1906 1718 16-19-02-156478 MICHOACAN CESARIA MONTERO CUALA 06/08/1907 1719 16-19-02-158412 MICHOACAN MA GUADALUPE GUTIERREZ OROZCO 02/03/1901 1720 16-19-02-178324 MICHOACAN AMPARO SALINAS GARCILAZO 17/08/1903 1721 16-19-02-180832 MICHOACAN IMELDA CISNEROS GONZALEZ 11/06/1908 1722 16-19-03-008174 MICHOACAN MA CELIA SANCHEZ MARTINJEWZ 27/08/1908 1723 16-19-03-013086 MICHOACAN MANUELA GARCIA VELAZQUEZ 27/09/1909 1724 16-19-03-021013 MICHOACAN ANGEL SALINAS PANIAGUA 26/04/1909 1725 16-19-03-021093 MICHOACAN J DEMETRIO VILLA MEDINA 11/10/1903 1726 16-19-03-033676 MICHOACAN LUIS JAVIER TORRES SALCEDO 26/06/1908 1727 16-19-03-034073 MICHOACAN MARIA MARTINIANA SIMON DE JESUS 29/06/1904 1728 16-19-03-046819 MICHOACAN NABORINA MARTINEZ OJEDA 22/02/1902 1729 16-19-03-050969 MICHOACAN DARIO ALBA CHAVEZ 14/12/1905 1730 16-19-03-052445 MICHOACAN MA ROSA LOPEZ GONZALEZ 26/02/1909 1731 16-19-03-058713 MICHOACAN MIGUEL LOPEZ FERNANDEZ 18/04/1903 1732 16-19-03-059183 MICHOACAN MANUEL LEMUS PEREZ 03/10/1906 1733 16-19-03-061135 MICHOACAN JESUS ANGUIANO ACOSTA 16/03/1907 1734 16-19-03-062830 MICHOACAN HERMILA AVILA VAZQUEZ 18/03/1909 1735 16-19-03-063191 MICHOACAN JOSAFAT CHAVEZ CHAVEZ 17/08/1906 1736 16-19-03-063259 MICHOACAN MARGARITA FLORES RAMIREZ 05/06/1900 Viernes 3 de julio de 2009 Folio 1737 16-19-03-063528 DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO MATERNO 39 FECHA MICHOACAN J PEDRO MIGUEL GUTIERREZ ALVAREZ 19/03/1908 30/05/1908 1738 16-19-03-064190 MICHOACAN JOSE HECTOR CABRERA ALCALA 1739 16-19-03-065371 MICHOACAN JOSE ABEL SANCHEZ ESPINO 07/07/1906 1740 16-19-03-066440 MICHOACAN SANTIAGO LUNA MORQUECHO 20/07/1905 1741 16-19-03-066758 MICHOACAN ISMELDA ZAVALA RICO 12/06/1908 1742 16-19-03-067160 MICHOACAN LEOPOLDO JIMENEZ VERGARA 18/01/1907 1743 16-19-03-067260 MICHOACAN MIGUEL CISNEROS GARCIA 22/08/1907 1744 16-19-03-067859 MICHOACAN GERARDO ALEJO BARRERA 16/07/1908 1745 16-19-03-068832 MICHOACAN MA CARMEN CORONA CISNEROS 03/05/1909 1746 16-19-03-069204 MICHOACAN JUANA ISIDRA BELMONTE HUERAMO 06/01/1909 1747 16-19-03-071174 MICHOACAN ROBERTO MADRIGAL MONTEJANO 28/11/1903 1748 16-19-03-072286 MICHOACAN IRMA ORTIZ DELGADO 05/11/1906 1749 16-19-03-072305 MICHOACAN MARIA VICTORIA PEREZ ALANIS 02/04/1905 1750 16-19-03-072341 MICHOACAN CIRILO SILVA CHAVEZ 25/08/1904 1751 16-19-03-072422 MICHOACAN MA DE JESUS VILLANUEVA JURADO 29/06/1880 1752 16-19-03-075354 MICHOACAN AIDA MARIA GUADALUPE CONTRERAS AREVALO 11/04/1908 1753 16-19-03-078895 MICHOACAN SAMUEL HERNANDEZ AVALOS 02/01/1907 1754 16-19-03-080848 MICHOACAN EUTIQUIO LOPEZ LEON 02/02/1905 1755 16-19-03-081021 MICHOACAN DOROTEA MADRIGAL CAMACHO 14/11/1907 1756 16-19-03-081230 MICHOACAN HERMELINDA CERVANTES REYES 12/08/1908 1757 16-19-03-081322 MICHOACAN MARIA ELENA RODRIGUEZ DURAN 25/09/1907 1758 16-19-03-081588 MICHOACAN CAMERINA SIERRA FUENTES 15/02/1908 1759 16-19-03-082272 MICHOACAN PRIMO GUTIERREZ ORTEGA 09/04/1904 1760 16-19-03-086151 MICHOACAN JOSE PEDRO SAGRERO PIÑON 21/08/1906 1761 16-19-03-086231 MICHOACAN MARIA SARA BALLESTEROS GARCIA 01/06/1905 1762 16-19-03-087257 MICHOACAN RODOLFO CUANAS GARCIA 11/11/1908 1763 16-19-03-088165 MICHOACAN VIRGINIA ALEJO BARRERA 26/05/1902 1764 16-19-03-088475 MICHOACAN MARIA JUSTINA LEON CHAVEZ 06/09/1908 1765 16-19-03-089043 MICHOACAN RAFAEL HERNANDEZ BEDOYA 05/06/1903 1766 16-19-03-089732 MICHOACAN MARIA LUISA CASTRO JACOBO 15/11/1900 1767 16-19-03-091793 MICHOACAN BALTASAR ZAVALA ZAVALA 19/04/1903 1768 16-19-03-091959 MICHOACAN MANUEL LOPEZ HURTADO 31/03/1909 1769 16-19-03-092160 MICHOACAN MA LIDIA PALMERIN MONTOYA 08/09/1906 1770 16-19-03-092495 MICHOACAN PEDRO RAZO MASCOTE 15/02/1908 1771 16-19-03-092994 MICHOACAN RAMIRO ZAVALA TELLEZ 08/04/1908 1772 16-19-03-093025 MICHOACAN GABRIELA PICHARDO RIVERA 09/06/1905 1773 16-19-03-093152 MICHOACAN RUBEN LEMUS RANGEL 14/05/1903 1774 16-19-03-094142 MICHOACAN ELVIRA CANO VALENCIA 12/03/1906 1775 16-19-03-095935 MICHOACAN ONECIMO NAVARRETE VILLEGAS 03/01/1908 1776 16-19-03-096199 MICHOACAN ANA MARIA CRUZ MALAGON 30/05/1904 1777 16-19-03-102178 MICHOACAN MA TRINIDAD MAGAÑA DIAZ 08/11/1907 1778 16-19-03-102839 MICHOACAN MARIA GUADALUPE CASTILLO RAMIRES 08/05/1908 1779 16-19-03-103884 MICHOACAN MA TRINIDAD CABALLERO AMBRIZ 08/09/1905 1780 16-19-03-106330 MICHOACAN MARIA GUADALUPE CHAVEZ PEREZ 04/09/1909 1781 16-19-03-107204 MICHOACAN AVELINA BEDOLLA ZAMUDIO 20/04/1909 1782 16-19-03-111016 MICHOACAN CARMEN MAGAÑA RODRIGUEZ 18/09/1905 1783 16-19-03-111111 MICHOACAN MARIA CARMEN VALDOVINOS CISNEROS 24/03/1898 1784 16-19-03-112739 MICHOACAN LEOPOLDO ZACARIAS VILLALPANDO 16/12/1909 1785 16-19-03-113147 MICHOACAN JUAN MANUEL PEREZ RUIZ 06/02/1906 1786 16-19-03-113926 MICHOACAN MA LUCIA FLORES PEREZ 28/02/1909 1787 16-19-03-114075 MICHOACAN ERIBERTO LEON PAZ 09/02/1909 1788 16-19-03-114271 MICHOACAN ANGELICA ESPINO CORRAL 06/03/1906 1789 16-19-03-114272 MICHOACAN AMPARO LOPEZ PALOMARES 20/01/1906 40 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO MEJIA FECHA 1790 16-19-03-116254 MICHOACAN MARIA CARMEN ORIZABA 15/11/1908 1791 16-19-03-118158 MICHOACAN MARIA DE LA LUZ BOLAÑOS PEREZ 06/01/1905 1792 16-19-03-121161 MICHOACAN SALVADOR CAMACHO RODRIGUEZ 16/01/1909 1793 16-19-03-121584 MICHOACAN J JESUS GOMEZ ESPINOZA 19/09/1909 1794 16-19-03-122831 MICHOACAN MARIA BERTHA CUEVAS QUINTERO 24/10/1903 1795 16-19-03-123238 MICHOACAN UBALDO ZAVALA ZARAGOZA 19/06/1905 1796 16-19-03-124296 MICHOACAN ETELVINA RAMOS SANDOVAL 03/07/1906 1797 16-19-03-126448 MICHOACAN MA ISABEL SANCHEZ PEREZ 17/03/1906 09/08/1900 1798 16-19-03-126594 MICHOACAN JOSE OCTAVIO TRINIDAD ALEJO PINTOR 1799 16-19-03-127902 MICHOACAN SALVADOR ANDRADE BACA 18/03/1909 1800 16-19-03-131681 MICHOACAN RUBEN ARROYO PAZ 24/09/1905 1801 16-19-03-132304 MICHOACAN EDUVIGES VILLAGOMEZ MARTINEZ 24/08/1904 1802 16-19-03-132877 MICHOACAN JOAQUIN SALGADO LEON 12/09/1905 1803 16-19-03-133456 MICHOACAN UBERTINO GUZMAN OROZCO 15/05/1909 1804 16-19-03-135399 MICHOACAN RAQUEL ABREGO YEPEZ 13/10/1909 1805 16-19-03-135433 MICHOACAN MICAELA REYES GARCIA 30/03/1908 1806 16-19-03-135726 MICHOACAN MARIA GUADALUPE RUIZ GUILLEN 08/03/1908 1807 16-19-03-135904 MICHOACAN ANTONIO ANDUCHO SANDOVAL 22/03/1909 1808 16-19-03-137330 MICHOACAN JOSE RUIZ ORTIZ 18/03/1908 1809 16-19-03-140958 MICHOACAN MARIA DOLORES FRAGA CEDEÑO 28/02/1908 1810 16-19-03-141767 MICHOACAN MA ELVIA PANIAGUA VIGIL 07/04/1904 1811 16-19-03-142643 MICHOACAN MA ISABEL QUIROZ ESQUIVEL 14/12/1908 1812 16-19-03-143803 MICHOACAN SAMUEL CERNA DOMINGUEZ 01/01/1907 1813 16-19-03-143850 MICHOACAN DELGADINA CEJA SALINAS 27/08/1908 1814 16-19-03-144052 MICHOACAN JOSE VICENTE ARROYO PEREZ 27/02/1907 1815 16-19-03-144263 MICHOACAN EDUARDO DE JESUS MANZANO ROMERO 01/12/1907 1816 16-19-03-146157 MICHOACAN CASIMIRO MELGAREJO VARGAS 08/07/1900 1817 16-19-03-147775 MICHOACAN ADELA CHIQUITO GARCIA 07/01/1907 1818 16-19-03-147924 MICHOACAN ROSAURA CHURAPE VARGAS 08/01/1900 1819 16-19-03-147939 MICHOACAN AMPARO ALVEZ SEGOVIA 03/04/1901 1820 16-19-03-148681 MICHOACAN LILIA MAGAÑA VALDOVINOS 04/03/1909 1821 16-19-03-150070 MICHOACAN JULIANA CHAVEZ CHAVEZ 08/10/1906 1822 16-19-03-150312 MICHOACAN MARIA CEBALLOS HERRERA 17/05/1900 1823 16-19-03-152244 MICHOACAN MARIA JESUS MAGAÑA ESPINOSA 26/08/1906 1824 16-19-03-152457 MICHOACAN MARIA CARMEN DURAN MENDOZA 09/03/1909 1825 16-19-03-154183 MICHOACAN SOFIA SERBANTES GONZALES 06/10/1903 1826 16-19-03-154446 MICHOACAN SALVADOR NESTOR SALGUERO 14/01/1905 1827 16-19-03-155976 MICHOACAN JORGE JUAREZ HERRERA 03/05/1909 1828 16-19-03-156239 MICHOACAN GASPAR CORTES CORREA 05/05/1909 1829 16-19-03-156276 MICHOACAN MA ISABEL GONZALEZ ARROYO 04/10/1905 1830 16-19-03-156373 MICHOACAN JOSE LUIS TREJO ROMAN 28/01/1900 1831 16-19-03-158754 MICHOACAN MARIA CARMEN ROJAS VEGA 07/04/1906 1832 16-19-03-158907 MICHOACAN ADELAIDA HUERTA ROSAS 20/06/1901 1833 16-19-03-159462 MICHOACAN GABRIEL NAVA ASPERA 14/08/1906 1834 16-19-03-161060 MICHOACAN MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ 29/03/1909 1835 16-19-03-161369 MICHOACAN MARIA CONSUELO MENDOZA VAZQUEZ 18/08/1904 1836 16-19-03-161574 MICHOACAN GUILLERMINA HERRERA GARCIA 13/03/1909 1837 16-19-03-162814 MICHOACAN FRANCISCA YEPEZ AMBROCIO 02/09/1908 1838 16-19-03-163436 MICHOACAN JOSE JESUS MAGAÑA DIAZ 12/08/1906 1839 16-19-03-163655 MICHOACAN BENITO GARCILAZO ESPINO 05/05/1904 1840 16-19-03-164100 MICHOACAN OLIVA PONCE CAZAREZ 20/02/1892 1841 16-19-03-164517 MICHOACAN TERESA ROJAS CALDERON 01/02/1901 1842 16-19-03-165697 MICHOACAN HERMELINDA ZURITA GARCIA 30/06/1906 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO HERNANDEZ MATERNO BERNAL 41 FECHA 1843 16-19-03-171021 MICHOACAN MA AGUSTINA 16/06/1906 1844 16-19-03-173466 MICHOACAN ELIAS BETANCOURT HUERTA 10/03/1902 1845 16-19-03-173527 MICHOACAN ROSA MARIA FLORES ANGUIANO 06/06/1900 1846 16-19-03-173765 MICHOACAN ARTURO MARTINEZ GUZMAN 11/11/1904 1847 16-19-03-174547 MICHOACAN MARIA GUADALUPE MONDRAGON GARCIA 03/06/1909 1848 16-19-03-174925 MICHOACAN J LUIS GUTIERREZ HUAZANO 25/09/1906 1849 16-19-03-176162 MICHOACAN J JESUS AYALA FULGENCIO 04/02/1904 1850 16-19-03-176234 MICHOACAN MARIA ELENA AVILA GARCIA 24/11/1902 1851 16-19-03-176462 MICHOACAN J SAMUEL MORA LOPEZ 05/05/1909 1852 16-19-03-177439 MICHOACAN VICTORIA CHAGOLLA MONJARAS 16/02/1909 1853 16-19-03-177529 MICHOACAN AMALIA CORONA VAZQUEZ 10/03/1909 1854 16-19-03-177800 MICHOACAN GLORIA RUIZ NIETO 03/07/1907 1855 16-19-03-179617 MICHOACAN MARIA GUADALUPE GARCIA TOVAR 29/06/1904 1856 16-19-03-179906 MICHOACAN HERLINDA BARRIGA BARRIGA 25/04/1909 1857 16-19-03-181186 MICHOACAN EPIFANIO HURTADO OROSCO 12/06/1908 1858 16-19-03-181430 MICHOACAN REYNALDA BRAVO CERANO 25/03/1904 1859 16-19-03-182117 MICHOACAN VICTORINA RODRIGUEZ MENDOZA 03/07/1905 1860 16-19-03-183214 MICHOACAN LIDIA MOLINA LEDEZMA 09/04/1909 1861 16-19-03-186837 MICHOACAN MARIA GUADALUPE ZAVALA REYES 09/08/1904 1862 16-19-03-186853 MICHOACAN JESUS MONCADA MIRANDA 24/12/1906 1863 16-19-03-188369 MICHOACAN MARIA ZAVALA CERRATO 01/05/1905 1864 16-19-03-190853 MICHOACAN ABEL ORTIZ ZAVALA 28/07/1904 1865 16-19-03-191267 MICHOACAN PETRA SANCHEZ CAMPOS 20/01/1898 1866 16-19-03-192236 MICHOACAN JOSE ROMERO GARCIA 16/06/1906 1867 16-19-03-192481 MICHOACAN SUSANA OLIVARES PRADO 11/10/1907 1868 16-19-03-192850 MICHOACAN ANTONIO BEDOLLA RAMIREZ 20/03/1903 1869 16-19-03-193174 MICHOACAN LUCIO SALGADO AYALA 28/06/1905 1870 16-19-03-195079 MICHOACAN CELSO TZINTZUN CORTEZ 17/06/1907 1871 16-19-03-195123 MICHOACAN MARIA CALDERON SANTOYO 27/12/1908 1872 16-19-04-028820 MICHOACAN JOSEFINA SUAREZ LOPEZ 23/09/1906 1873 16-19-04-039800 MICHOACAN MARCELO AREVALO CERVANTES 01/03/1909 1874 16-19-04-080642 MICHOACAN CEBASTIANA REYES TINOCO 14/05/1904 1875 16-19-04-091917 MICHOACAN MARIA BEDOLLA CHAVEZ 14/06/1904 1876 16-19-04-103337 MICHOACAN ANTONIO DOMINGUEZ NAVA 27/06/1906 1877 16-19-04-115011 MICHOACAN SANTIAGO CRUZ AGUILERA 15/03/1906 18/09/1908 1878 16-19-04-116570 MICHOACAN FRANCISCA MELCHOR HERNANDEZ 1879 16-19-04-121423 MICHOACAN ISABEL GODINEZ LOPEZ 23/08/1904 1880 16-19-04-128113 MICHOACAN PETRA HEREDIA CERVANTES 13/07/1904 1881 16-19-04-131789 MICHOACAN PAOLA SUAREZ SIN APELLIDO 03/01/1903 1882 16-19-04-140068 MICHOACAN MA JESUS TAPIA OROZCO 06/12/1909 1883 16-19-04-145850 MICHOACAN JESUS GARCIA GUDIÑO 29/12/1902 1884 16-19-04-146162 MICHOACAN RUFINA SOTO MARTINEZ 20/05/1908 1885 16-19-04-151798 MICHOACAN FLORENCIA CASTAÑEDA ORTIZ 16/10/1906 1886 16-19-04-161658 MICHOACAN SOLEDAD FERREIRA CHAVEZ 10/08/1905 1887 16-19-04-161678 MICHOACAN MA CONCEPCION CHAVEZ GARCIA 24/01/1893 1888 16-19-04-168895 MICHOACAN FAUSTINO CALDERON PEREZ 13/09/1909 1889 16-19-04-176093 MICHOACAN JOSE DE LOS DOLORES GARCIA MADRIGAL 10/04/1908 1890 16-19-04-176603 MICHOACAN MICAELA GUIZA LOPEZ 08/07/1908 1891 16-19-04-180887 MICHOACAN ARNULFO MERINO ALCANTAR 18/07/1899 1892 16-19-04-181551 MICHOACAN JOSE GUADALUPE GUZMAN ARIZAGA 17/10/1903 1893 16-19-04-188732 MICHOACAN RAFAEL ANDRADE SIN APELLIDO 22/09/1909 1894 16-19-04-191990 MICHOACAN LEOVIGILDO VAZQUEZ GUZMAN 08/04/1908 1895 16-19-04-193050 MICHOACAN FRANCISCA GAMIÑO MEJIA 22/06/1907 42 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO OCEGUERA FECHA 1896 16-20-01-007786 MICHOACAN CARLOS GOMEZ 01/04/1908 1897 16-20-01-016734 MICHOACAN ALFREDO TAMAYO NAVARRO 07/02/1909 1898 16-20-01-174471 MICHOACAN ROSENDO ZENDEJAS HERNANDEZ 06/03/1909 1899 16-20-02-011829 MICHOACAN RAFAELA OROZCO AREVALO 20/04/1908 1900 16-20-02-042417 MICHOACAN MARIA GUERRERO GARCIA 20/11/1903 1901 16-20-02-044061 MICHOACAN SARA MORALES GARCIA 23/05/1907 1902 16-20-02-077687 MICHOACAN OFELIA SOTO CHAVEZ 08/06/1908 1903 16-20-02-084799 MICHOACAN ELOISA AYALA LOPEZ 25/04/1907 1904 16-20-02-095910 MICHOACAN GUADALUPE CHAVEZ SANTANA 08/05/1905 1905 16-20-02-126814 MICHOACAN LUCINA GERONIMO ARIAS 10/06/1906 1906 16-20-02-135880 MICHOACAN ANGELA BARRAGAN XXXX 02/06/1909 1907 16-20-02-144251 MICHOACAN MA JESUS MAGALLON GODOY 08/04/1907 1908 16-20-02-146713 MICHOACAN MARIA ISABEL GONZALEZ ZANSON 21/11/1907 1909 16-20-02-155552 MICHOACAN EVANGELINA VARGAS ENRIQUEZ 08/05/1909 1910 16-20-02-158306 MICHOACAN RAQUEL BETANCOURT XXXXXX 31/12/1907 1911 16-20-02-166418 MICHOACAN ANGELINA GUTIERREZ JUAREZ 15/04/1908 1912 16-20-02-172835 MICHOACAN MARIA VILLEGAS CASTRO 13/06/1909 1913 16-20-02-183456 MICHOACAN BEATRIZ MEDINA JULIAN 09/03/1908 1914 16-20-03-018586 MICHOACAN TERESA CHAVEZ GOMEZ 03/04/1904 1915 16-20-03-027577 MICHOACAN MA ELENA RODRIGUEZ NAREZ 21/07/1903 1916 16-20-03-031622 MICHOACAN J TRINIDAD GODINES GARCIA 29/11/1905 1917 16-20-03-033842 MICHOACAN FRANCISCA HERRERA BERMEJO 15/02/1905 1918 16-20-03-036115 MICHOACAN ESTHER HERNANDEZ HERRERA 20/11/1904 1919 16-20-03-042039 MICHOACAN DELIA ROSA HEREDIA MURATALLA 04/04/1902 1920 16-20-03-042716 MICHOACAN ANGEL AGUILAR RINCON 25/03/1904 1921 16-20-03-059077 MICHOACAN VIRGINIA CERVANTES EULLOQUI 22/05/1905 1922 16-20-03-059684 MICHOACAN JOSE DE JESUS BLANCO MEJIA 24/06/1904 1923 16-20-03-061587 MICHOACAN ESPERANZA PANIAGUA TAMAYO 09/05/1909 1924 16-20-03-063526 MICHOACAN GLORIA ALBINA PULIDO CISNEROS 18/05/1904 1925 16-20-03-068912 MICHOACAN JAVIER RODRIGUEZ CANALES 22/12/1904 1926 16-20-03-069235 MICHOACAN JORGE CAZAREZ SANDOVAL 05/02/1904 1927 16-20-03-070472 MICHOACAN ENRIQUE GAMEZ CENDEJAS 19/06/1906 1928 16-20-03-071085 MICHOACAN ELISEO AMEZCUA GONZALEZ 05/01/1903 1929 16-20-03-071420 MICHOACAN ROSELIA OSEGUERA RODRIGUEZ 17/01/1906 1930 16-20-03-076172 MICHOACAN MARIA GUADALUPE MENCHACA AYALA 15/01/1880 1931 16-20-03-080710 MICHOACAN MA MARTHA HIGAREDA MEJIA 16/07/1892 1932 16-20-03-081123 MICHOACAN LUZ MARIA VALDEZ BELMONTEZ 29/11/1905 1933 16-20-03-081294 MICHOACAN SALVADOR AVILA ROMERO 25/12/1906 1934 16-20-03-081389 MICHOACAN REBECA REYES BARAJAS 10/02/1906 1935 16-20-03-084853 MICHOACAN MA GUADALUPE ESTHER GUTIERREZ MARTINEZ 15/01/1909 1936 16-20-03-085955 MICHOACAN MARIA DE LA LUZ SANCHEZ CORTES 15/01/1906 1937 16-20-03-086378 MICHOACAN MARIA TERESA GONZALEZ PEREZ 05/05/1905 1938 16-20-03-086936 MICHOACAN ALFONSO BARRAGAN ESPINOZA 15/09/1900 1939 16-20-03-089791 MICHOACAN MARIA DIAZ NAVARRO 03/02/1907 1940 16-20-03-090053 MICHOACAN TERESA CAMARGO URRUTIA 23/08/1898 1941 16-20-03-092817 MICHOACAN JOSEFINA RIOS MEJIA 01/05/1908 1942 16-20-03-094666 MICHOACAN CRESCENCIO DUARTE GOMEZ 04/12/1903 1943 16-20-03-095942 MICHOACAN MOISES SOLORIO MILLAN 05/08/1891 1944 16-20-03-099133 MICHOACAN JOSE RAMON ZAMORA MARTINEZ 02/06/1904 1945 16-20-03-099862 MICHOACAN CONSUELO YEPEZ MADRIGAL 10/10/1908 1946 16-20-03-102087 MICHOACAN EVA ARAIZA SOLORIO 09/06/1905 1947 16-20-03-106158 MICHOACAN RUBEN VAZQUEZ CHAVEZ 24/06/1908 1948 16-20-03-106939 MICHOACAN PANTALEON ESPINOSA GONZALEZ 12/05/1903 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO AVILA MATERNO MENDEZ 43 FECHA 1949 16-20-03-110148 MICHOACAN ZENAIDA 15/03/1905 1950 16-20-03-110815 MICHOACAN RAUL CHAVEZ VARGAS 18/06/1909 1951 16-20-03-114753 MICHOACAN MA DEL CARMEN MARTINEZ ESPINOZA 22/09/1907 1952 16-20-03-116185 MICHOACAN ROVERTO GARIBAY SOLORIO 25/05/1899 1953 16-20-03-116925 MICHOACAN ARTURO ROMERO LEON 09/07/1906 1954 16-20-03-117407 MICHOACAN VIRGINIA ESPINOZA XXXXXXXXX 03/05/1903 1955 16-20-03-117638 MICHOACAN JUAN ROQUE AGUILAR 02/06/1902 1956 16-20-03-117813 MICHOACAN IGNACIO VILLANUEVA OCHOA 01/01/1904 1957 16-20-03-120529 MICHOACAN CARMEN ZARAGOZA SERVANTES 24/05/1907 1958 16-20-03-120617 MICHOACAN CELIA MENDOZA MENDOZA 13/05/1908 1959 16-20-03-124509 MICHOACAN CAMILO OLIVEROS ORTIZ 18/07/1898 1960 16-20-03-125479 MICHOACAN LUIS NAREZ MOLINA 05/01/1904 1961 16-20-03-126540 MICHOACAN ANGELINA GUTIERREZ ZEPEDA 08/07/1906 1962 16-20-03-127402 MICHOACAN MA GUADALUPE VALDEZ MOYA 25/07/1904 1963 16-20-03-128257 MICHOACAN BERNABE HERRERA VALENCIA 15/02/1902 1964 16-20-03-128310 MICHOACAN MA SALUD CASTILLO AGUILAR 20/03/1906 1965 16-20-03-131215 MICHOACAN EUSEBIA LUA CASTILLO 15/07/1907 1966 16-20-03-132243 MICHOACAN MANUEL ORDAZ GONZALEZ 15/08/1905 1967 16-20-03-135073 MICHOACAN ESPERANZA DIAZ GUTIERREZ 12/05/1908 1968 16-20-03-135301 MICHOACAN ROGELIO AVIÑA NAVARRO 28/12/1908 1969 16-20-03-135946 MICHOACAN JOSE LUIS PEREZ FERNANDEZ 26/04/1900 1970 16-20-03-136330 MICHOACAN RAMON RIOS JACOBO 10/07/1902 1971 16-20-03-136738 MICHOACAN ANTONIA HERNANDEZ FUENTES 15/05/1903 1972 16-20-03-136760 MICHOACAN J JESUS GARCIA MURATALLA 28/08/1905 1973 16-20-03-137656 MICHOACAN MIGUEL AGUILAR TORRES 28/12/1905 1974 16-20-03-151832 MICHOACAN SANTIAGO HERNANDEZ CERDA 21/09/1905 1975 16-20-03-151853 MICHOACAN FEDERICO ZAMUDIO VARGAS 08/06/1877 1976 16-20-03-156954 MICHOACAN ANTONIO ADAME HERNANDEZ 08/02/1906 1977 16-20-03-160784 MICHOACAN MA ALICIA PUGA CERVANTES 14/03/1909 1978 16-20-03-160885 MICHOACAN PATRICIO TAPIA PEDRAZA 12/04/1909 1979 16-20-03-160968 MICHOACAN ANGELINA NEGRETE GONZALEZ 12/12/1905 1980 16-20-03-164295 MICHOACAN MA LUISA OLIVARES LAZARO 02/02/1907 1981 16-20-03-164584 MICHOACAN MA ELENA GARCIA SILVA 22/03/1908 1982 16-20-03-165477 MICHOACAN NICANOR OCHOA RODRIGUEZ 10/01/1906 1983 16-20-03-167889 MICHOACAN CLARA CERDA MARTIN 10/06/1905 1984 16-20-03-168529 MICHOACAN SOCORRO RAMOS LOPEZ 22/09/1907 1985 16-20-03-169606 MICHOACAN ESPERANZA RODRIGUEZ AVILA 19/03/1908 29/10/1908 1986 16-20-03-173374 MICHOACAN ANA MARIA CALDERON MALDONADO 1987 16-20-03-173606 MICHOACAN ORALIA MORALES PEREZ 08/02/1905 1988 16-20-03-174087 MICHOACAN JUAN NIEVES ESPINOZA 04/05/1909 1989 16-20-03-174700 MICHOACAN MARIA GUADALUPE GARCIA LAGUNAS 05/03/1907 1990 16-20-03-175583 MICHOACAN GRACIELA VICTORIA YEPEZ 27/01/1905 1991 16-20-03-178254 MICHOACAN JOSE VARGAS ANDRADE 22/06/1904 1992 16-20-03-178514 MICHOACAN ESPERANZA SALCEDO VALENTIN 15/06/1907 1993 16-20-03-178698 MICHOACAN ANGELINA ESPITIA CABRERA 17/10/1902 1994 16-20-03-181299 MICHOACAN RUBEN QUINTERO RAMIREZ 14/04/1901 1995 16-20-03-181477 MICHOACAN JORGE AGUILAR GALVEZ 02/04/1905 1996 16-20-03-182072 MICHOACAN J GUADALUPE ESPINOSA ZAVALA 19/09/1907 1997 16-20-03-184220 MICHOACAN JUANA CARDENAS MURILLO 18/05/1908 1998 16-20-03-187153 MICHOACAN CRISPIN GUZMAN ARROYO 19/03/1906 1999 16-20-03-189659 MICHOACAN FRANCISCO JUANMIGUEL LAZARO 17/02/1905 2000 16-20-03-190371 MICHOACAN JOSEFINA BAUTISTA MANZO 01/01/1903 2001 16-20-03-190944 MICHOACAN ALFREDO GUILLEN NARANJO 12/04/1909 44 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO MOLINA MATERNO FECHA 2002 16-20-03-192291 MICHOACAN MIGUEL MARQUEZ 22/04/1906 2003 16-20-03-192674 MICHOACAN MARIA CARMEN 2004 16-20-03-193237 MICHOACAN JOSEFINA BUENROSTRO GUTIERREZ 27/05/1905 RODRIGUEZ ALVAREZ 2005 16-20-03-194367 MICHOACAN BULMARO NARES ESCOTO 04/12/1906 22/11/1905 2006 16-20-04-001797 MICHOACAN CONSUELO SOLORIO LOPEZ 30/01/1905 2007 16-20-04-006426 MICHOACAN CATALINA MUNGUIA BRISEÑO 14/11/1902 2008 16-20-04-010397 MICHOACAN CATALINA AYALA ESPINOZA 12/01/1902 2009 16-20-04-011637 MICHOACAN ROSA ZAPIEN GOMEZ 23/03/1907 2010 16-20-04-016939 MICHOACAN ENRIQUE SANCHEZ VALDOVINOS 01/01/1906 2011 16-20-04-031972 MICHOACAN MARIA DE LA LUZ VALLEJO GARCIA 20/05/1909 2012 16-20-04-042259 MICHOACAN ROSALINA PULIDO OSEGUERA 02/02/1909 2013 16-20-04-044599 MICHOACAN MARIA NAVARRO LOPEZ 19/03/1900 2014 16-20-04-077791 MICHOACAN JOSE GUILLEN ADAME 24/08/1908 2015 16-20-04-079153 MICHOACAN CONSUELO CANELA CEJA 15/09/1905 2016 16-20-04-079957 MICHOACAN MARIA DE JESUS ORTIZ ROSALES 07/03/1908 2017 16-20-04-082817 MICHOACAN ELENA GALVAN SOLORIO 27/03/1905 2018 16-20-04-092509 MICHOACAN MA DEL REFUGIO RUBIO GONZALEZ 20/08/1907 2019 16-20-04-115173 MICHOACAN SEGUNDINO PRADO GUERRA 15/02/1901 2020 16-20-04-118352 MICHOACAN REMEDIOS BAUTISTA SANCHEZ 08/12/1906 2021 16-20-04-136806 MICHOACAN GLORIA GUTIERREZ PINEDA 23/07/1901 2022 16-20-04-143764 MICHOACAN J GUADALUPE MARTINEZ GARCIA 01/01/1909 2023 16-20-04-144086 MICHOACAN MARIA LUZ ACOSTA LINARES 06/11/1901 2024 16-20-04-165919 MICHOACAN J DE JESUS ORDAZ SANDOVAL 14/09/1908 2025 16-20-04-174112 MICHOACAN VICTORIA QUINTERO AGUILAR 15/09/1908 2026 16-20-04-179745 MICHOACAN VICENTA CISNEROS FLORES 12/06/1909 2027 16-20-04-192273 MICHOACAN EMILIO MURILLO MALDONADO 10/01/1904 2028 18-22-02-040842 NAYARIT TEODORA OCAMPO AQUINO 04/01/1903 2029 18-22-02-097615 NAYARIT ELOISA GONZALEZ VIRRUETA 11/05/1908 2030 18-22-02-114076 NAYARIT MARIA ISLAS IBARRA 07/05/1909 2031 18-22-02-133693 NAYARIT MARIA JUAREZ MOTA 08/10/1908 2032 18-22-03-015168 NAYARIT FRANCISCO GALINDO GUZMAN 14/04/1907 2033 18-22-03-034167 NAYARIT PEDRO LERMA MENDOZA 26/12/1908 2034 18-22-03-038125 NAYARIT JOSE SALOME MEZA MARMOLEJO 19/06/1905 2035 18-22-03-071477 NAYARIT EMILIO CARRILLO NUÑEZ 23/04/1909 2036 18-22-03-074983 NAYARIT MA INOCENCIA DELGADO AGUILAR 18/03/1909 2037 18-22-03-092389 NAYARIT MARGARITA GARCIA SERRANO 03/04/1902 2038 18-22-03-093284 NAYARIT JUANA MARTINEZ BARRIOS 04/01/1907 2039 18-22-03-106277 NAYARIT ANTONIO PEREZ CONTRERAS 06/11/1905 2040 18-22-03-109982 NAYARIT LEONOR SERAFIN MEZA 02/02/1905 2041 18-22-03-118261 NAYARIT ZEFERINO SALVATIERRA MARTINEZ 10/01/1908 2042 18-22-03-118543 NAYARIT CANDELARIO VILLEGAS AGUILAR 26/08/1901 2043 18-22-03-124145 NAYARIT SIMON RODRIGUEZ ALLALA 11/08/1909 2044 18-22-03-128804 NAYARIT MARIA ENGRACIA ALVAREZ ALVAREZ 27/03/1903 2045 18-22-03-131946 NAYARIT MIGUEL RAMIREZ SANCHEZ 29/09/1908 2046 18-22-03-132635 NAYARIT ANDREA SIMENTAL ESCOBEDO 22/03/1907 2047 18-22-03-148342 NAYARIT MA ELENA OCEGUEDA REA 04/09/1901 2048 18-22-03-155506 NAYARIT RAMONA GUZMAN CANDELAS 17/04/1901 2049 18-22-03-165302 NAYARIT JOSEFINA MARTINEZ HERNANDEZ 16/07/1906 2050 18-22-03-172003 NAYARIT FILEMON PEREZ MEJIA 24/12/1900 2051 18-22-03-175041 NAYARIT OLIVIA RODRIGUEZ RAMIREZ 14/07/1908 2052 18-22-03-175636 NAYARIT DANIEL FRANCISCO RODRIGUEZ JIMENEZ 20/12/1908 2053 18-22-03-188981 NAYARIT CARLOTA RIVAS GURROLA 29/09/1907 2054 18-22-03-191974 NAYARIT JUAN FRANCISCO ORTEGA DELGADO 26/10/1909 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NAYARIT (Primera Sección) NOMBRE NORVERTA PATERNO GONZALEZ MATERNO CORNEJO 45 FECHA 2055 18-22-04-094647 31/07/1908 2056 18-22-04-174213 NAYARIT NATALIA RIOS X 30/03/1908 2057 19-23-01-009987 NUEVO LEON MATEO BARRERA DE LA CERDA 11/11/1908 2058 19-23-01-091534 NUEVO LEON VICTORIANO TREJO SANCHEZ 23/12/1909 2059 19-23-01-106991 NUEVO LEON MACARIO MUÑOZ PEREZ 29/12/1907 2060 19-23-01-116510 NUEVO LEON SEBASTIAN CRISPIN CILOS 20/01/1907 2061 19-23-01-139214 NUEVO LEON RITO CUARENTA AGUILAR 07/04/1907 2062 19-23-02-060355 NUEVO LEON MARIA DE JESUS ALMANZA IBARRA 17/02/1905 2063 19-23-02-098240 NUEVO LEON TOMASA NIÑO OVIEDO 24/12/1906 2064 19-23-02-107877 NUEVO LEON PAULA PEREZ GUERRA 13/06/1909 2065 19-23-02-126184 NUEVO LEON MARIA MARIN CASTRO 07/10/1908 2066 19-23-02-127400 NUEVO LEON EMILIA MORENO RODRIGUEZ 08/07/1908 2067 19-23-02-136035 NUEVO LEON MARIA OLIVA NIETO RAZO 02/04/1903 2068 19-23-02-136964 NUEVO LEON MARIA CRESENCIANA CASAS MORALES 25/09/1909 2069 19-23-02-144314 NUEVO LEON MODESTA SANDOVAL ELISERIO 05/09/1908 2070 19-23-02-152609 NUEVO LEON LUISA ESCOBEDO XXXXX 19/12/1907 2071 19-23-02-156298 NUEVO LEON ADELAIDA OLVEDA OLVEDA 04/11/1908 2072 19-23-02-167610 NUEVO LEON ALCARIA ESCOBEDO JARAMILLO 03/08/1909 2073 19-23-02-168762 NUEVO LEON GUEVARA GUERRERO ELENA 13/01/1907 2074 19-23-02-183584 NUEVO LEON PAULINA ESQUIVEL MARTINEZ 20/05/1907 2075 19-23-02-187563 NUEVO LEON CATALINA RAMIREZ QUIROZ 15/01/1908 2076 19-23-03-017364 NUEVO LEON ELIA SILVA ALFARO 06/01/1900 2077 19-23-03-035104 NUEVO LEON NICOLAS DOMINGUEZ GARCIA 21/07/1908 2078 19-23-03-039193 NUEVO LEON ANA MARIA MEDRANO ARGUELLES 06/10/1909 2079 19-23-03-059717 NUEVO LEON FLORENTINO LOPEZ GARZA 14/09/1903 2080 19-23-03-060491 NUEVO LEON MARTHA IRASEMA GARCIA TREVIÑO 14/12/1909 2081 19-23-03-061520 NUEVO LEON HECTOR LOPEZ CASIANO 07/01/1905 2082 19-23-03-065440 NUEVO LEON RAFAEL MEDELLIN LUGO 04/04/1901 2083 19-23-03-065556 NUEVO LEON MA.GUADALUPE GONZALEZ SANTANA 17/05/1901 2084 19-23-03-067001 NUEVO LEON MARIANELA SILVA CHARLES 24/10/1908 2085 19-23-03-068109 NUEVO LEON FRANCISCA AGUIRRE MARTINEZ 19/12/1907 2086 19-23-03-068407 NUEVO LEON SIMONA GARCIA LOPEZ 26/12/1901 2087 19-23-03-069446 NUEVO LEON ANGEL MORALES CAMARILLO 01/10/1902 2088 19-23-03-069568 NUEVO LEON EMMA LEAL MALDONADO 15/08/1909 2089 19-23-03-069783 NUEVO LEON MARIA ANTONIA RODRIGUEZ VILLEGAS 24/06/1903 2090 19-23-03-069837 NUEVO LEON ABRAHAM CONTRERAS PERALES 06/01/1909 2091 19-23-03-071893 NUEVO LEON MARIA GUADALUPE ESCALANTE COLUNGA 06/01/1908 2092 19-23-03-072224 NUEVO LEON ROQUE CIPRIAN ARREDONDO SERNA 09/10/1909 2093 19-23-03-072460 NUEVO LEON ANASTASIO HERNANDEZ GOMEZ 24/06/1907 2094 19-23-03-076264 NUEVO LEON RAFAEL NIÑO MORALES 20/12/1909 2095 19-23-03-079116 NUEVO LEON CLEOTILDE RAMOS LOPEZ 22/10/1907 2096 19-23-03-079538 NUEVO LEON ARTEMIO ELIZONDO ELIZONDO 28/04/1905 2097 19-23-03-082094 NUEVO LEON JOSE LUIS GONZALEZ TREVIÑO 18/11/1902 2098 19-23-03-084074 NUEVO LEON GREGORIO HIDROGO HERNANDEZ 01/05/1908 03/02/1895 2099 19-23-03-084323 NUEVO LEON JOSE LUIS TORRES RODRIGUEZ 2100 19-23-03-084551 NUEVO LEON MA ERNESTINA TORRES BECERRA 24/06/1907 2101 19-23-03-086250 NUEVO LEON JAVIER FERNANDEZ DIAZ 10/06/1906 2102 19-23-03-086493 NUEVO LEON CONSUELO VAZQUEZ ESTRADA 10/02/1907 2103 19-23-03-086786 NUEVO LEON JOSE MARGARITO VAZQUEZ LOPEZ 03/03/1908 2104 19-23-03-087585 NUEVO LEON SANTOS CANTU GONZALEZ 18/06/1898 2105 19-23-03-089307 NUEVO LEON SAMUEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ 11/09/1907 2106 19-23-03-091595 NUEVO LEON IRMA BAZALDUA BAZALDUA 12/09/1907 2107 19-23-03-092419 NUEVO LEON EUSTOLIA POSADA GAMEZ 19/08/1905 46 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE Viernes 3 de julio de 2009 PATERNO MATERNO FECHA 2108 19-23-03-094167 NUEVO LEON ESTHER JASSO MONSIVAIS 02/02/1902 2109 19-23-03-094196 NUEVO LEON JULIAN GUERRERO GOMEZ 02/10/1908 2110 19-23-03-094224 NUEVO LEON ROBERTO GARZA CARDENAS 07/03/1909 2111 19-23-03-097146 NUEVO LEON FRANCISCO TORRES GONZALEZ 02/01/1905 2112 19-23-03-097544 NUEVO LEON ROSA GUARDIOLA FLORES 25/07/1900 2113 19-23-03-102154 NUEVO LEON PASCUAL CISNEROS RUIZ 02/08/1908 2114 19-23-03-103454 NUEVO LEON GREGORIO TREVIÑO TREVIÑO 21/03/1909 2115 19-23-03-106331 NUEVO LEON JOSE NATIVIDAD PEREZ GONZALEZ 31/03/1900 2116 19-23-03-107539 NUEVO LEON EFREN CONTRERAS HERNANDEZ 10/03/1908 2117 19-23-03-110330 NUEVO LEON RAQUEL MONTEMAYOR SANTOS 07/10/1909 2118 19-23-03-110380 NUEVO LEON JOSE ANSELMO GARCIA HERNANDEZ 30/12/1908 2119 19-23-03-110446 NUEVO LEON MARIA DE JESUS MEZA GARCIA 26/08/1906 2120 19-23-03-110581 NUEVO LEON ORFELINDA CHAVEZ GARCIA 04/07/1902 2121 19-23-03-114178 NUEVO LEON MIGUEL SALAZAR RAMIREZ 20/01/1909 2122 19-23-03-114618 NUEVO LEON MANUEL MARTEL CARDONA 29/06/1909 2123 19-23-03-114919 NUEVO LEON SOCORRO GALVAN ALMANZA 26/02/1905 2124 19-23-03-114965 NUEVO LEON DORALICIA SANDOVAL VAZQUEZ 23/10/1907 2125 19-23-03-115633 NUEVO LEON MARIA MAGDALENA CASTILLO GONZALEZ 30/05/1905 2126 19-23-03-117652 NUEVO LEON ARMINDA AGUIRRE BELTRAN 10/04/1908 2127 19-23-03-117732 NUEVO LEON EFRAIN CANTU SALINAS 16/11/1907 2128 19-23-03-118464 NUEVO LEON HILARIO CARRANZA BALDERAS 09/01/1909 2129 19-23-03-118579 NUEVO LEON SENOVIA BACA BAZALDUA 09/09/1909 2130 19-23-03-119377 NUEVO LEON MISAEL SOTO ESPARZA 07/07/1909 2131 19-23-03-120531 NUEVO LEON AURORA QUINTERO REYES 05/04/1901 2132 19-23-03-120573 NUEVO LEON FELICITOS MARTINEZ PECINA 15/09/1909 2133 19-23-03-121174 NUEVO LEON MANUELA MONTOYA SANDOVAL 24/07/1905 2134 19-23-03-121780 NUEVO LEON JUAN LEOPOLDO MORALES ROBLEDO 13/04/1906 2135 19-23-03-121893 NUEVO LEON ARNULFO RODRIGUEZ ROCHA 01/08/1909 2136 19-23-03-122664 NUEVO LEON GUADALUPE RAMIREZ RAMOS 29/09/1905 2137 19-23-03-126543 NUEVO LEON GERARDO PEÑA POMPA 10/01/1899 2138 19-23-03-128540 NUEVO LEON ADORADLIA MARTINEZ MEDELLIN 23/09/1908 2139 19-23-03-130351 NUEVO LEON RAMON MENDEZ SALDAÑA 05/01/1908 2140 19-23-03-130933 NUEVO LEON ABELARDO CHARLES GONZALEZ 13/04/1906 2141 19-23-03-130940 NUEVO LEON GUSTAVO NAVARRO DE LEON 15/06/1903 2142 19-23-03-132137 NUEVO LEON MARIA REFUGIO LOPEZ MORQUECHO 19/03/1892 2143 19-23-03-132178 NUEVO LEON MA LUCINA VALDES ALEJANDRO 21/09/1901 2144 19-23-03-135168 NUEVO LEON EMERICO MARROQUIN MARROQUIN 09/02/1908 2145 19-23-03-135784 NUEVO LEON AMPARO PEREZ GOMEZ 21/09/1908 2146 19-23-03-136043 NUEVO LEON PETRA TORRES MARTINEZ 01/08/1905 2147 19-23-03-136152 NUEVO LEON MIGUEL VILLALOBOS MUÑOZ 15/01/1908 2148 19-23-03-137066 NUEVO LEON ALFREDO BARCENAS BLANCO 04/12/1906 2149 19-23-03-137118 NUEVO LEON GERARDO ELIZONDO RODRIGUEZ 25/07/1909 2150 19-23-03-137795 NUEVO LEON ALEJANDRO ESQUIVEL PEREZ 05/03/1900 2151 19-23-03-138073 NUEVO LEON FIDENCIA VAZQUEZ BECERRA 25/03/1905 2152 19-23-03-139003 NUEVO LEON HERIBERTO MALDONADO TAMEZ 13/12/1908 2153 19-23-03-139023 NUEVO LEON JOSE DE JESUS SOLIS REYES 02/03/1907 2154 19-23-03-139261 NUEVO LEON CONRADO FACUNDO HERNANDEZ 19/03/1900 2155 19-23-03-139726 NUEVO LEON BERNARDINA VELAZQUEZ ARZOLA 20/01/1908 2156 19-23-03-141364 NUEVO LEON ROBERTO BANDA ESTRADA 13/08/1907 2157 19-23-03-142064 NUEVO LEON JOSE DE LOS SANTOS SAUCEDO RODRIGUEZ 15/12/1909 2158 19-23-03-143355 NUEVO LEON GALY ESTRADA SANCHEZ 03/02/1902 2159 19-23-03-143562 NUEVO LEON EUSEBIO VILLARREAL CRUZ 09/05/1901 2160 19-23-03-143737 NUEVO LEON MARIA DEL SOCORRO ESQUIVEL GARCIA 01/10/1907 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO (Primera Sección) NOMBRE PATERNO MATERNO 47 FECHA 2161 19-23-03-144242 NUEVO LEON MARIA ANTONIA SANCHEZ DIAZ 07/04/1905 2162 19-23-03-146960 NUEVO LEON FRANCISCO ESTRADA SERRANO 18/03/1908 2163 19-23-03-148006 NUEVO LEON FEDERICO RAMIREZ BALDERAS 01/11/1905 2164 19-23-03-148356 NUEVO LEON TERESA SANCHEZ ESPARZA 19/01/1903 2165 19-23-03-150013 NUEVO LEON MARIA DOLORES AGUIRRE CEPEDA 25/04/1909 2166 19-23-03-150075 NUEVO LEON MARIA CRUZ CANTU RIOS 07/08/1909 2167 19-23-03-150256 NUEVO LEON LAZARO CONTRERAS ELIAS 20/01/1901 2168 19-23-03-150610 NUEVO LEON HILDA GRACIELA GONZALEZ REYES 13/09/1909 2169 19-23-03-150858 NUEVO LEON OBDULIA GARZA MADRIGAL 25/04/1903 2170 19-23-03-152970 NUEVO LEON ANGELA MORENO MACIAS 15/06/1908 2171 19-23-03-154493 NUEVO LEON ROSA GARZA GARZA 05/01/1901 2172 19-23-03-155100 NUEVO LEON TOMASA DE LA ROSA RODRIGUEZ 13/06/1901 2173 19-23-03-155224 NUEVO LEON DOMITILA ZAPATA CARROLA 08/03/1905 2174 19-23-03-155734 NUEVO LEON AMERICO RUIZ GOMEZ 14/07/1906 2175 19-23-03-156130 NUEVO LEON JOSE GUADALUPE HERNANDEZ HERNANDEZ 24/06/1908 2176 19-23-03-156340 NUEVO LEON ISRAEL RODRIGUEZ CANTU 28/03/1909 2177 19-23-03-156808 NUEVO LEON MARIA DE LA CRUZ OCHOA CASTILLO 29/06/1908 2178 19-23-03-157310 NUEVO LEON J ASUNCION VALADEZ GONZALEZ 13/02/1902 2179 19-23-03-157367 NUEVO LEON DAVID SANCHEZ RODRIGUEZ 21/01/1908 2180 19-23-03-157387 NUEVO LEON MARTHA BUSTOS AVILA 13/06/1903 2181 19-23-03-158400 NUEVO LEON MIGUEL ROJAS MENDOZA 12/08/1902 2182 19-23-03-158402 NUEVO LEON ANTONIO MALACARA ALAMEDA 11/03/1908 2183 19-23-03-159305 NUEVO LEON MA DEL ROSARIO ESQUIVEL MALDONADO 23/06/1905 2184 19-23-03-160569 NUEVO LEON JOSE SABAS CASTILLO ORTIZ 17/05/1905 2185 19-23-03-161222 NUEVO LEON GREGORIA MORENO BADILLO 14/03/1908 2186 19-23-03-162682 NUEVO LEON JOSE JESUS ESPIRICUETA VELAZQUEZ 14/08/1908 2187 19-23-03-162705 NUEVO LEON ANASTACIO MORENO GALVAN 03/06/1906 2188 19-23-03-162922 NUEVO LEON BIVIANA RAQUEL RAMOS BARRERA 19/03/1905 2189 19-23-03-163654 NUEVO LEON ROBERTO TREVIÑO LOPEZ 06/11/1905 2190 19-23-03-164169 NUEVO LEON DELIA GONZALEZ CANTU 17/06/1908 2191 19-23-03-164323 NUEVO LEON MARIA ESPERANZA ESQUIVEL MARQUEZ 20/07/1906 2192 19-23-03-164849 NUEVO LEON ROBERTO VILLARREAL TORRES 01/04/1906 2193 19-23-03-165267 NUEVO LEON ELODIA AGUIRRE VALLADARES 10/12/1909 2194 19-23-03-166547 NUEVO LEON MICAELA JIMENEZ FABELA 15/09/1908 2195 19-23-03-168863 NUEVO LEON DELIA MARTINEZ SANCHEZ 10/05/1908 2196 19-23-03-169921 NUEVO LEON MARIA OFELIA ARANDA ALVARADO 18/04/1908 2197 19-23-03-171931 NUEVO LEON SEVERIANO HERNANDEZ RODRIGUEZ 10/10/1905 2198 19-23-03-174629 NUEVO LEON FLORINDA GARZA CANTU 15/01/1909 2199 19-23-03-174724 NUEVO LEON ISIDRO RODRIGUEZ MARTINEZ 24/09/1900 2200 19-23-03-176009 NUEVO LEON CELIA MALDONADO MADRIGAL 22/07/1902 2201 19-23-03-176039 NUEVO LEON ANTONIO RODRIGUEZ POSADA 16/01/1907 2202 19-23-03-176360 NUEVO LEON JOSEFINA SERNA ESTRADA 24/06/1901 2203 19-23-03-177406 NUEVO LEON YSMAEL SILVA CEJA 01/01/1902 2204 19-23-03-177418 NUEVO LEON MARIA DEL SOCORRO ALVAREZ ZAPATA 22/05/1908 2205 19-23-03-178380 NUEVO LEON MA INES HERNANDEZ RAMOS 11/09/1903 2206 19-23-03-181961 NUEVO LEON JESUS LEAL GARZA 20/05/1908 2207 19-23-03-182013 NUEVO LEON RUTILIA ORTIZ CISNEROS 14/06/1905 2208 19-23-03-182227 NUEVO LEON GENOVEVA HERNANDEZ MORALES 08/02/1899 2209 19-23-03-183054 NUEVO LEON GUADALUPE SALINAS FLORES 25/01/1908 2210 19-23-03-183092 NUEVO LEON MARIA DEL ROBLE LEAL PEÑA 07/12/1902 2211 19-23-03-183306 NUEVO LEON MAURO MARTINEZ GONZALEZ 26/01/1907 2212 19-23-03-183585 NUEVO LEON REYES HINOJOSA GARZA 07/02/1906 2213 19-23-03-183652 NUEVO LEON JUANA GOMEZ ESPINOZA 30/11/1902 48 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO FECHA 2214 19-23-03-183903 NUEVO LEON DAVID RODRIGUEZ CARRILLO 06/06/1909 2215 19-23-03-184382 NUEVO LEON FELIPE MENDOZA RANGEL 29/05/1906 2216 19-23-03-184420 NUEVO LEON ISMAEL PIÑA CORTEZ 29/09/1909 2217 19-23-03-184691 NUEVO LEON MA DEL SOCORRO SANCHEZ MOLINA 01/01/1897 2218 19-23-03-184728 NUEVO LEON MYRTHALA MICAELA ALVARADO VAZQUEZ 06/09/1909 2219 19-23-03-184842 NUEVO LEON GREGORIO RAMIREZ GONZALEZ 19/06/1907 2220 19-23-03-186730 NUEVO LEON MARIA DEL CARMEN PUENTE GARZA 05/10/1905 2221 19-23-03-187446 NUEVO LEON OFELIA LOURDES JUAREZ RODRIGUEZ 21/09/1901 2222 19-23-03-187936 NUEVO LEON MA GUADALUPE SANCHEZ TORRES 29/09/1908 2223 19-23-03-188254 NUEVO LEON DONACIANO SANCHEZ RAMOS 01/01/1907 2224 19-23-03-189399 NUEVO LEON JOAQUIN ESTRADA ONTIVEROS 21/06/1909 2225 19-23-03-189698 NUEVO LEON MARIA MARICELA ZUÑIGA MELENDEZ 26/06/1908 2226 19-23-03-190072 NUEVO LEON FRANCISCA SOLANO LOPEZ 21/09/1908 2227 19-23-03-190324 NUEVO LEON MARIA TERESA HERNANDEZ ACOSTA 27/12/1907 2228 19-23-03-190813 NUEVO LEON GABRIEL ALEMAN PATIÑO 17/02/1907 2229 19-23-03-191602 NUEVO LEON ELOISA RODRIGUEZ MARTINEZ 19/02/1909 2230 19-23-03-192237 NUEVO LEON GERONIMO SANCHEZ HERNANDEZ 30/09/1905 2231 19-23-03-192448 NUEVO LEON ANDRES MARTINEZ ALANIS 01/03/1906 2232 19-23-03-192845 NUEVO LEON JOSE LUIS BLANCO JUAREZ 21/06/1905 2233 19-23-03-194413 NUEVO LEON MARIA DE JESUS SOLIS VARELA 21/03/1908 2234 19-23-03-195349 NUEVO LEON MARIA SILVIA NAVA SANCHEZ 14/03/1909 19/11/1907 2235 19-23-03-195636 NUEVO LEON HILARIO CARRANZA CASTAÑEDA 2236 19-23-03-195915 NUEVO LEON MARIA RITA RAMOS SAUSEDO 19/05/1909 2237 19-23-03-196178 NUEVO LEON HILARIO HERNANDEZ GUERRERO 20/03/1902 2238 19-23-03-196612 NUEVO LEON JAIME ZAVALA MARTINEZ 05/04/1908 2239 19-23-03-196718 NUEVO LEON MARIA DEL CARMEN LOERA VAZQUEZ 23/10/1909 2240 19-23-04-054001 NUEVO LEON DIONICIA ARAIZA BANDA 02/03/1908 2241 19-23-04-075288 NUEVO LEON DOMITILA HERNANDEZ TORRES 18/03/1907 2242 19-23-04-094858 NUEVO LEON MARIA RODRIGUEZ PEÑA 16/11/1909 2243 19-23-04-101325 NUEVO LEON ANTONIO RANGEL LARA 12/09/1909 2244 19-23-04-109433 NUEVO LEON NINFA RODRIGUEZ GOMEZ 27/12/1907 2245 19-23-04-113324 NUEVO LEON JOSE DOMINGO CASTILLO ALVAREZ 12/05/1907 2246 19-23-04-120245 NUEVO LEON MANUEL GOMEZ ROMAN 04/12/1909 2247 19-23-04-120378 NUEVO LEON JUANA PUENTE ALDAPE 08/05/1897 2248 19-23-04-125142 NUEVO LEON ISABEL ORTEGA HERNANDEZ 28/05/1902 2249 19-23-04-125497 NUEVO LEON BERNARDINO PUENTE MARTINEZ 20/05/1907 2250 19-23-04-128655 NUEVO LEON JOSEFA MARTINEZ GUTIERREZ 13/08/1908 2251 19-23-04-131449 NUEVO LEON ELIDIA ESPINOZA RANGEL 25/12/1905 2252 19-23-04-139135 NUEVO LEON AMALIA CARDENAS ESCAMILLA 15/02/1900 2253 19-23-04-157000 NUEVO LEON EUFEMIA ZUÑIGA BASURTO 18/02/1908 2254 19-23-04-161477 NUEVO LEON ANTONIA MARTINEZ SALAZAR 02/07/1907 2255 19-23-04-191010 NUEVO LEON GREGORIA MALDONADO SALAZAR 15/01/1907 2256 19-23-04-196688 NUEVO LEON FRANCISCA CHAIRES MARTINEZ 28/01/1909 2257 20-24-01-079875 OAXACA FELIPE MATIAS MARTINEZ 01/05/1909 2258 20-24-01-091336 OAXACA JULIAN MARTINEZ MARTINEZ 09/01/1907 2259 20-24-02-105965 OAXACA ELENA ROJAS ZACARIAS 24/06/1901 2260 20-24-02-124800 OAXACA RUFINA ANTONIA PEREZ PALACIOS 14/03/1905 2261 20-24-03-047851 OAXACA TERESITA PAULA CRUZ N 06/11/1906 2262 20-24-03-071664 OAXACA SEGISMUNDO VARGAS MONTELLANO 03/04/1905 2263 20-24-03-082153 OAXACA DECIDERIO FRANCISCO ROBLES SANCHEZ 18/12/1900 2264 20-24-03-097042 OAXACA CELSA IGNACIA GUZMAN BALBUENA 12/02/1908 2265 20-24-03-097843 OAXACA ANTONIO PORFIRIO MARTINEZ RAMIREZ 06/01/1906 2266 20-24-03-143307 OAXACA SATURNINA MATA RAMOS 15/12/1908 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO 2267 20-24-03-151688 OAXACA MARIA DE JESUS MARTINEZ 2268 20-24-03-154981 OAXACA RUFO 2269 20-24-03-163606 OAXACA LUGARDA 2270 20-24-03-164331 OAXACA 2271 20-24-03-165346 2272 21-25-02-017448 2273 MATERNO 49 FECHA N 08/09/1908 ESPINOZA TORRES 22/03/1905 MARTINEZ VALEAN 12/07/1906 DANIEL ELIEZER GONZALEZ MEJIA 17/07/1893 OAXACA FILIBERTA JUAREZ TOMAS 24/12/1904 PUEBLA ELADIA LEON FLORES 15/06/1909 21-25-02-088706 PUEBLA MARIA DE LA LUZ RAMOS FLORES 05/07/1909 2274 21-25-02-097021 PUEBLA MARIA TEOFILA RAFAELA PAVIA FLORES 01/01/1908 2275 21-25-02-128879 PUEBLA CATALINA LOPEZ GUZMAN 31/07/1903 2276 21-25-02-180141 PUEBLA GUADALUPE CARRILLO OLIVARES 29/09/1906 2277 21-25-03-005650 PUEBLA EDUARDO ORTIZ GONZALEZ 30/08/1906 2278 21-25-03-012697 PUEBLA FLAVIO JAIME SOLIS ESCAMILLA 11/03/1907 2279 21-25-03-033705 PUEBLA ANDRES GREGORIO LOPEZ FLORES 23/02/1909 2280 21-25-03-037130 PUEBLA INES RAMIREZ RAMOS 19/12/1903 2281 21-25-03-040548 PUEBLA GUADALUPE MARTINEZ MARTINEZ 14/10/1904 2282 21-25-03-046436 PUEBLA NICOLASA GARCIA GERVACIO 05/07/1909 2283 21-25-03-052292 PUEBLA VICENTE BERNABE MARTINEZ 31/12/1901 2284 21-25-03-064982 PUEBLA JOSE BONIFACIO PEDRO PEREZ ROMERO 24/04/1907 2285 21-25-03-086054 PUEBLA BERNARDINO JIMENEZ GAMEZ 04/02/1901 2286 21-25-03-094994 PUEBLA JOEL JIMENEZ REYES 05/10/1906 2287 21-25-03-095902 PUEBLA PETRA AVELINA GONZALEZ GONZALEZ 16/09/1906 2288 21-25-03-100121 PUEBLA CIRILO ROJAS REYES 01/01/1908 2289 21-25-03-140626 PUEBLA GUADALUPE GARCIA PEREZ 02/09/1906 2290 21-25-03-156548 PUEBLA HIPOLITO FLORES MORALES 20/05/1909 2291 21-25-03-180896 PUEBLA FLORENTINO VELASCO VIDAL 19/12/1903 2292 21-25-03-187385 PUEBLA CONSTANTINO LOPEZ GONZALEZ 09/06/1909 2293 21-25-03-190285 PUEBLA JAVIER MORAN GARCIA 31/07/1907 2294 21-25-03-190368 PUEBLA ALBERTO MORALES BELLO 01/07/1906 2295 21-25-04-112184 PUEBLA EVARISTO REYES RAMIREZ 20/10/1901 2296 21-25-04-145080 PUEBLA METODIA GARCIA MERINO 22/03/1906 2297 22-26-02-037188 QUERETARO MARIA ANTONIETA AMADOR MEDINA 15/10/1909 2298 22-26-02-095429 QUERETARO ANTONIA BALDERAS AGUILAR 14/04/1906 2299 22-26-02-152743 QUERETARO ANA DE JESUS DELGADO SUASTE 04/10/1905 2300 22-26-03-004648 QUERETARO MARGARITO MARTINEZ DE SANTIAGO 11/03/1909 2301 22-26-03-014987 QUERETARO ROGELIA PACHECO OLVERA 20/11/1898 2302 22-26-03-020189 QUERETARO CORNELIO MORENO ZEPEDA 07/12/1907 2303 22-26-03-036697 QUERETARO SALVADOR ORDUÑA BENITEZ 20/02/1909 2304 22-26-03-042616 QUERETARO MARTHA VERDE SANCHEZ 17/01/1900 2305 22-26-03-072605 QUERETARO ALBERTO CHAVEZ ANDRADE 26/07/1908 2306 22-26-03-088517 QUERETARO SALVADOR NIETO FLORES 24/11/1908 2307 22-26-03-107174 QUERETARO TOMAS ISMAEL RAMIREZ VEGA 01/01/1909 2308 22-26-03-118772 QUERETARO ALDEGUNDO MARQUEZ LUGO 01/03/1907 2309 22-26-03-124886 QUERETARO ESTEBAN ALEGRIA CRUZ 25/11/1907 2310 22-26-03-126418 QUERETARO RICARDO VALENTIN HERNANDEZ TREJO 03/04/1892 2311 22-26-03-137452 QUERETARO SABINO ARTEAGA MORALES 20/06/1909 2312 22-26-03-152132 QUERETARO EULOGIA VEGA OLVERA 10/01/1905 2313 22-26-03-160899 QUERETARO LUIS DUARTE ROBLES 16/08/1906 2314 22-26-03-174204 QUERETARO FELIPA OLVERA VAZQUEZ 11/09/1900 2315 22-26-03-177698 QUERETARO MA DE LOS ANGELES ALVARADO RAMIREZ 01/05/1908 2316 22-26-03-189400 QUERETARO MA GUADALUPE ROMERO PEREZ 17/10/1902 2317 22-26-04-121807 QUERETARO ESTHER HERNANDEZ PEREZ 03/05/1906 2318 22-26-04-174855 QUERETARO ALEJO ORTEGA RICO 16/07/1907 2319 22-26-04-178079 QUERETARO JULIA MARTINEZ MORALES 07/10/1903 2320 22-26-04-181887 QUERETARO ANTIOCO HERNADEZ RUBIO 16/01/1906 2321 24-28-01-000215 SAN LUIS POTOSI JOSE ROMAN HERNANDEZ PECINA 09/08/1907 2322 24-28-01-127589 SAN LUIS POTOSI LINO DE LA TORRE VAZQUEZ 06/09/1903 2323 24-28-01-150263 SAN LUIS POTOSI ISAAC LEDESMA VAEZ 03/06/1907 2324 24-28-01-163794 SAN LUIS POTOSI JOSE ISABEL MENDOZA QUIROZ 09/07/1908 2325 24-28-02-023004 SAN LUIS POTOSI APOLONIA BELMARES ONTIVEROS 19/01/1907 50 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO MATERNO GONZALEZ FECHA 2326 24-28-02-064311 SAN LUIS POTOSI GRACIANA MORALES 29/04/1905 2327 24-28-02-102933 SAN LUIS POTOSI JOSEFA LUNA RIVERA 10/10/1906 2328 24-28-03-013986 SAN LUIS POTOSI HIPOLITA RODRIGUEZ RODRIGUEZ 13/02/1907 2329 24-28-03-016822 SAN LUIS POTOSI SUSANO SAUCESDO VAZQUEZ 05/02/1901 2330 24-28-03-053616 SAN LUIS POTOSI JUSTINA LOPEZ RODRIGUEZ 28/08/1905 2331 24-28-03-063388 SAN LUIS POTOSI ELIAS RODRIGUEZ MARTINEZ 06/03/1908 2332 24-28-03-064973 SAN LUIS POTOSI SALVADOR ESPARZA ALFARO 08/02/1905 2333 24-28-03-066371 SAN LUIS POTOSI MA JOSEFINA QUINTERO MENDOZA 01/05/1908 2334 24-28-03-067561 SAN LUIS POTOSI MARIA LUISA MUÑIZ GUZMAN 25/07/1908 2335 24-28-03-068635 SAN LUIS POTOSI MA SOLEDAD CANTU PALOMO 04/04/1904 2336 24-28-03-070766 SAN LUIS POTOSI ADELFO MARTINEZ GONZALEZ 30/08/1907 2337 24-28-03-077566 SAN LUIS POTOSI RAFAEL RAMIREZ SANTILLAN 23/08/1903 2338 24-28-03-078632 SAN LUIS POTOSI AURELIO HERNANDEZ HERRERA 05/12/1905 2339 24-28-03-080034 SAN LUIS POTOSI MA DE GUADALUPE CUELLAR PAEZ 09/09/1905 2340 24-28-03-089109 SAN LUIS POTOSI MARIA SALINAS SALINAS 29/11/1900 2341 24-28-03-106278 SAN LUIS POTOSI SOCORRO ALVAREZ CAMPOS 04/10/1908 2342 24-28-03-108182 SAN LUIS POTOSI EUFRACIA RODRIGUEZ MORALES 17/01/1909 2343 24-28-03-120921 SAN LUIS POTOSI OFELIA ZUÑIGA TORRES 10/09/1901 2344 24-28-03-120979 SAN LUIS POTOSI EUSEBIO CRISPIN SILOS 14/05/1907 2345 24-28-03-122113 SAN LUIS POTOSI IRENE MANCILLA SANCHEZ 21/07/1902 2346 24-28-03-132069 SAN LUIS POTOSI ESPERANZA GUARDIOLA LEOS 04/04/1908 2347 24-28-03-143410 SAN LUIS POTOSI AGUSTINA GUERRERO PAZ 03/04/1909 2348 24-28-03-143942 SAN LUIS POTOSI JOSEFINA URIBE DE LA ROSA 12/06/1901 2349 24-28-03-146922 SAN LUIS POTOSI MANUEL CASILLAS GARCIA 08/12/1905 2350 24-28-03-151368 SAN LUIS POTOSI JUAN CASTRO MUÑOZ 07/07/1907 2351 24-28-03-161030 SAN LUIS POTOSI JOSE NEMESIO EGUIA RODRIGUEZ 05/11/1909 2352 24-28-03-163819 SAN LUIS POTOSI VICTOR LOERA CASTILLO 03/10/1904 2353 24-28-03-171257 SAN LUIS POTOSI MAURA ZAVALA MARTINEZ 08/07/1906 2354 24-28-03-172014 SAN LUIS POTOSI YSIDRO OCHOA LOPEZ 21/04/1906 2355 24-28-03-173548 SAN LUIS POTOSI ALFREDO HERNANDEZ MARTINEZ 10/11/1906 2356 24-28-03-175239 SAN LUIS POTOSI ROSENDO MENDOZA MARTINEZ 01/01/1903 2357 24-28-03-180023 SAN LUIS POTOSI FIDEL RODRIGUEZ ZAMARRIPA 10/05/1902 2358 24-28-03-180326 SAN LUIS POTOSI IRINEA LUIS OVALLE 06/10/1907 2359 24-28-03-180936 SAN LUIS POTOSI SANTIAGO DE LA ROSA LOPEZ 29/09/1906 2360 24-28-03-186672 SAN LUIS POTOSI PORFIRIA PINEDA DUARTE 31/03/1902 2361 24-28-03-187224 SAN LUIS POTOSI GUILLERMINA VIERA SILVA 06/02/1906 2362 24-28-03-188136 SAN LUIS POTOSI LAZARO ALVAREZ LEDEZMA 19/03/1909 2363 24-28-03-190087 SAN LUIS POTOSI CATALINA HERNANDEZ VAZQUEZ 11/07/1908 2364 24-28-03-190369 SAN LUIS POTOSI AGUSTIN FRAGA RIVERA 29/04/1908 2365 24-28-04-054760 SAN LUIS POTOSI JUAN MENDEZ RAMOS 06/05/1909 2366 24-28-04-054969 SAN LUIS POTOSI EPIFANIA GARCIA GARCIA 22/06/1906 2367 24-28-04-073420 SAN LUIS POTOSI RAMON ZAMARRIPA ESPINOZA 27/03/1907 2368 24-28-04-073797 SAN LUIS POTOSI JUANA REBOLLOSO RAMIREZ 07/04/1908 24/06/1909 2369 24-28-04-136017 SAN LUIS POTOSI PETRA SANTOS DE RODRIGUEZ 2370 24-28-04-146561 SAN LUIS POTOSI TIMOTEO LOPEZ VAZQUEZ 06/07/1907 2371 24-28-04-173959 SAN LUIS POTOSI HIGINIO MELENDEZ NAVARRO 11/01/1904 2372 24-28-04-181674 SAN LUIS POTOSI JUAN ESPINOZA CASTRO 17/02/1903 2373 24-28-04-186971 SAN LUIS POTOSI SIXTA SALAZAR TENORIO 31/07/1903 2374 25-29-01-003625 SINALOA LORENZO AGUIRRE RODRIGUEZ 05/09/1900 2375 25-29-02-045330 SINALOA MARIA REMEDIOS SAUCEDA PEREZ 12/06/1907 2376 25-29-02-121945 SINALOA FRANCISCA SANDOVAL MEZA 03/10/1900 2377 25-29-03-006793 SINALOA SANDRA LUZ MILLAN LEON 12/05/1906 2378 25-29-03-010252 SINALOA VICTOR MANUEL LOPEZ LANDEROS 05/02/1904 2379 25-29-03-015356 SINALOA MARIA ANTONIA ANGULO VILLA 04/07/1904 2380 25-29-03-016095 SINALOA PEDRO PABLO MURILLO PACHECO 11/06/1898 2381 25-29-03-029223 SINALOA DELIA SANCHEZ ROMAN 20/05/1909 2382 25-29-03-037328 SINALOA ANTONIO VALDEZ FLORES 08/10/1901 2383 25-29-03-097324 SINALOA LYDIA BRAVO ESPINOZA 15/05/1908 2384 25-29-03-103875 SINALOA MARIA FRANCISCA ECHEVARRIA ORTIZ 15/03/1904 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO MATERNO 51 FECHA 2385 25-29-03-116563 SINALOA AMBROCIO SANCHEZ VALLEJO 19/09/1901 2386 25-29-03-118871 SINALOA PONCIANO RODRIGUEZ GALAVIZ 21/12/1907 2387 25-29-03-133008 SINALOA MARTHA VALENZUELA RODRIGUEZ 31/03/1909 2388 25-29-03-142433 SINALOA LUZ MANUELA ASTORGA RAMIREZ 24/12/1905 2389 25-29-03-152296 SINALOA ELADIO GASTELUM GALAVIZ 06/12/1908 2390 25-29-03-155537 SINALOA PETRA ALICIA RODRIGUEZ CAZAREZ 06/06/1906 2391 25-29-03-161227 SINALOA MARTHA MERAZ HERRERA 26/02/1908 2392 25-29-03-178554 SINALOA ROSA MARIA NIEBLAS BELTRAN 18/06/1909 2393 25-29-03-192701 SINALOA ROSARIO MEDINA GALAVIZ 13/04/1907 2394 25-29-03-193324 SINALOA AURORA VALENZUELA MEDINA 23/03/1908 2395 25-29-03-193819 SINALOA AMANDA CASTRO RAMIREZ 13/10/1908 2396 25-29-04-031214 SINALOA DOMINGA VALDEZ VIZCARRA 16/08/1906 2397 25-29-04-033763 SINALOA MARIA DEL PILAR ESTRADA MORENO 24/09/1909 2398 26-30-03-181716 SONORA HERACLEO RODRIGUEZ DUARTE 07/03/1907 2399 28-32-03-029320 TAMAULIPAS TERESA DE LEON VARGAS 01/09/1900 2400 28-32-03-100820 TAMAULIPAS MANUELA GONZALEZ SALDAÑA 26/06/1909 2401 28-32-03-153535 TAMAULIPAS CRISTINA GARCIA GALVAN 15/03/1901 2402 28-32-03-153686 TAMAULIPAS MARCELA SOLIS GARCIA 19/07/1907 2403 28-32-03-192736 TAMAULIPAS MARIA TERESA RIVERA RIVERA 23/08/1909 2404 30-34-04-116565 VERACRUZ LEONOR VIAZCAN SANTIAGO 01/04/1903 2405 32-36-01-061269 ZACATECAS PEDRO LOZANO ROMAN 29/07/1909 2406 32-36-01-065063 ZACATECAS FRANCISCO AVILA PARRA 04/10/1909 2407 32-36-01-072070 ZACATECAS LEOCADIO GALVAN ARELLANO 09/12/1909 2408 32-36-01-170158 ZACATECAS DIONISIO LORENZANA GARAY 08/04/1908 2409 32-36-02-039431 ZACATECAS PETRA DE LARA ALVAREZ 24/08/1908 2410 32-36-02-057084 ZACATECAS MA DEL REFUGIO RODRIGUEZ ESPINO 29/10/1906 2411 32-36-02-077129 ZACATECAS JOSEFA GUZMAN VELAZQUEZ 15/06/1904 2412 32-36-02-086443 ZACATECAS MA DE JESUS MORUA REYES 01/06/1907 29/11/1908 2413 32-36-02-110916 ZACATECAS ANGELA HERNANDEZ PUENTES 2414 32-36-02-122409 ZACATECAS CONSUELO SALDAÑA AVILA 15/01/1901 2415 32-36-02-126585 ZACATECAS AMALIA ARRIAGA RIVERA 06/12/1907 2416 32-36-02-130073 ZACATECAS LIBRADA HINOJOSA MORENO 21/08/1907 2417 32-36-02-142586 ZACATECAS MARIA RICALDAY RODRIGUEZ 02/09/1909 2418 32-36-02-146799 ZACATECAS MARIA REYES DE LA RIVA 25/04/1902 2419 32-36-02-153745 ZACATECAS ROSA AYALA GUZMAN 02/03/1907 2420 32-36-02-158001 ZACATECAS MARIA CANDELARIA FLORES FLORES 17/12/1905 2421 32-36-02-159588 ZACATECAS AMALIA RAMIREZ RODRIGUEZ 18/12/1909 2422 32-36-03-038472 ZACATECAS BACILIA DE LA TORRE ROSALES 30/12/1907 2423 32-36-03-040901 ZACATECAS CONSTATINO ALVAREZ GONZALEZ 22/08/1904 2424 32-36-03-041804 ZACATECAS JULIAN ESCOBEDO JUAREZ 21/01/1909 2425 32-36-03-042966 ZACATECAS JUAN DELGADO MIRANDA 27/01/1908 2426 32-36-03-049735 ZACATECAS SOFIA CASTRO FLORES 31/12/1906 2427 32-36-03-054940 ZACATECAS JUAN GONZALEZ GUTIERREZ 12/12/1906 2428 32-36-03-056348 ZACATECAS VIRGINIA CHAVEZ BRETADO 25/01/1909 2429 32-36-03-056377 ZACATECAS GILBERTO ESTEVANE MONTELONGO 09/12/1904 2430 32-36-03-057524 ZACATECAS ESTELA RODARTE HURTADO 06/06/1902 2431 32-36-03-059746 ZACATECAS AMPARO OCHOA TORRES 01/10/1904 2432 32-36-03-061143 ZACATECAS SILVERIA GUTIERREZ REYEZ 08/02/1908 2433 32-36-03-061185 ZACATECAS FERMINA CHAVEZ AYALA 06/08/1906 2434 32-36-03-061210 ZACATECAS ROSA HERLINDA CERRILLO ROJAS 04/09/1906 2435 32-36-03-061650 ZACATECAS VICTOR TRUJILLO DOMINGUEZ 01/02/1907 2436 32-36-03-061680 ZACATECAS JOSE TORRES GOMEZ 15/04/1909 2437 32-36-03-064100 ZACATECAS MARIA EVA HERNANDEZ DIAZ DE LEON 02/03/1908 2438 32-36-03-065716 ZACATECAS LUIS MARTINEZ RODRIGUEZ 18/12/1905 2439 32-36-03-066537 ZACATECAS MANUEL SALAZAR CAMPOS 15/10/1908 2440 32-36-03-066767 ZACATECAS MARIA IBARRA SALAS 31/10/1903 2441 32-36-03-066896 ZACATECAS J GUADALUPE OCHOA HERNANDEZ 21/04/1908 2442 32-36-03-069470 ZACATECAS HERMILA JIMENEZ DE LA CRUZ 23/07/1907 2443 32-36-03-071127 ZACATECAS ANDRES ALVAREZ REYES 12/12/1902 52 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO PEREZ MATERNO ESPINOZA FECHA 2444 32-36-03-072707 ZACATECAS MARIA GUDALUPE 11/06/1906 2445 32-36-03-075457 ZACATECAS ALICIA PALACIOS RAMIREZ 12/08/1907 2446 32-36-03-075462 ZACATECAS ROGELIO ROBLES GUERRERO 12/06/1906 2447 32-36-03-076291 ZACATECAS ANTONIO JUAREZ GARAY 25/07/1904 2448 32-36-03-076559 ZACATECAS MA TERESA MEDINA SOTO 13/10/1909 2449 32-36-03-077092 ZACATECAS MARIA ISABEL LUNA ADAME 12/07/1903 2450 32-36-03-079911 ZACATECAS J FRANCISCO MONTELONGO ESTEVANE 19/01/1909 2451 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32-36-03-108808 ZACATECAS CECILIA DELGADO GALLEGOS 24/11/1904 2467 32-36-03-109213 ZACATECAS CARMEN HURTADO MEDINA 18/02/1909 2468 32-36-03-109631 ZACATECAS ALEJANDRO MARTINEZ HERNANDEZ 15/02/1908 2469 32-36-03-110411 ZACATECAS ENEDINA SERNA CUEVAS 08/09/1907 2470 32-36-03-110990 ZACATECAS JOSE ANTONIO VILLA IBARRA 25/12/1903 2471 32-36-03-113243 ZACATECAS ZENON NAVA BAÑUELOS 09/03/1909 2472 32-36-03-113724 ZACATECAS ESTHELA DE LUNA FLORES 30/01/1909 2473 32-36-03-114284 ZACATECAS MA SOLEDAD MURILLO RAMOS 15/04/1902 2474 32-36-03-114582 ZACATECAS MA MARTINA SALAZAR LOPEZ 19/09/1909 2475 32-36-03-114979 ZACATECAS ELENA RUIZ SANCHEZ 18/03/1907 2476 32-36-03-118563 ZACATECAS MA GUADALUPE ARIÑAGA BONILLA 21/03/1908 2477 32-36-03-118620 ZACATECAS ENRIQUE RODRIGUEZ MURILLO 09/07/1908 2478 32-36-03-118740 ZACATECAS ANA MARIA CASTORENA VAQUERA 08/05/1901 2479 32-36-03-119406 ZACATECAS DECIDERIO ALONSO CASTAÑEDA 08/07/1909 2480 32-36-03-120183 ZACATECAS MARTHA CASAS BARBOZA 09/05/1902 2481 32-36-03-120807 ZACATECAS PEDRO SALAMANCA NIEVES 08/08/1908 2482 32-36-03-121560 ZACATECAS MARIA ESTHER LONGORIA JUANES 10/12/1908 2483 32-36-03-121921 ZACATECAS ROSA MA DE HORTA VAZQUEZ 08/10/1903 2484 32-36-03-122309 ZACATECAS LUCIO BOTELLO SORIANO 26/08/1907 2485 32-36-03-122836 ZACATECAS J GUADALUPE SANTACRUZ VALENZUELA 01/05/1906 2486 32-36-03-126153 ZACATECAS ALFREDO CABRAL CABRAL 23/12/1905 2487 32-36-03-126541 ZACATECAS PASCUAL AVALOS LANDEROS 30/08/1908 2488 32-36-03-127112 ZACATECAS JOSE MACIAS BANDA 20/03/1909 2489 32-36-03-127850 ZACATECAS RAFAEL RODRIGUEZ COVARRUBIAS 19/05/1908 2490 32-36-03-128211 ZACATECAS PEDRO TONCHE SERNA 29/12/1907 2491 32-36-03-128620 ZACATECAS MATIAS MARQUEZ LOPEZ 31/12/1906 2492 32-36-03-128662 ZACATECAS GONZALO ROMO GUERRERO 19/05/1909 2493 32-36-03-129034 ZACATECAS FILEMON ORTEGA MORENO 17/09/1907 2494 32-36-03-129980 ZACATECAS JULIA VILLA DE LIRA 22/06/1903 2495 32-36-03-132283 ZACATECAS JOSE ISAAC HERNANDEZ ESCARCIA 10/01/1901 2496 32-36-03-135115 ZACATECAS MA TRINIDAD CASTRO CUEVAS 18/03/1908 2497 32-36-03-135143 ZACATECAS MANUEL NAVA NAVA 29/09/1904 2498 32-36-03-135878 ZACATECAS EUSTOLIA GARCIA ROBLES 22/11/1901 2499 32-36-03-136597 ZACATECAS GUMARO GARCIA DELGADO 28/04/1908 2500 32-36-03-137310 ZACATECAS BALDOMERA RODRIGUEZ MARQUEZ 01/06/1907 2501 32-36-03-138406 ZACATECAS ALFONZO DOMINGUEZ SANCHEZ 10/06/1908 2502 32-36-03-139725 ZACATECAS MANUEL IBARRA CARRILLO 13/12/1903 Viernes 3 de julio de 2009 Folio DIARIO OFICIAL ESTADO NOMBRE (Primera Sección) PATERNO BAÑUELOS MATERNO ACEVEDO 53 FECHA 2503 32-36-03-141584 ZACATECAS GUSTAVO 23/02/1902 2504 32-36-03-141927 ZACATECAS PASCUAL ORTIZ RAMIREZ 08/09/1908 2505 32-36-03-142468 ZACATECAS JOSE MARIA MARTINEZ SALAZAR 10/11/1903 2506 32-36-03-142508 ZACATECAS MARIA LEONOR HERNANDEZ DOMINGUEZ 02/11/1909 2507 32-36-03-144771 ZACATECAS RAUL PEREZ MONTOYA 24/06/1908 2508 32-36-03-144936 ZACATECAS ANTONIO SANTANA DE LARA 16/05/1908 2509 32-36-03-145670 ZACATECAS PABLO RIVAS CORNEJO 21/11/1906 2510 32-36-03-146248 ZACATECAS ROBERTO MUÑOZ MARTINEZ 19/07/1907 2511 32-36-03-147585 ZACATECAS J REYES LOPEZ SARAGOSA 12/03/1906 2512 32-36-03-148812 ZACATECAS RUPERTA LOPEZ MENDOZA 22/09/1909 2513 32-36-03-148842 ZACATECAS LUIS GUADAJARDO TREJO 11/03/1882 2514 32-36-03-148907 ZACATECAS MANUEL VELAZQUEZ RIVERA 25/12/1909 2515 32-36-03-150066 ZACATECAS MARIA LIDIA GARCIA GARCIA 14/01/1904 2516 32-36-03-150092 ZACATECAS MA ANA GALVAN SANCHEZ 12/03/1908 2517 32-36-03-152108 ZACATECAS MA DEL CARMEN RIVAS RIVAS 18/05/1902 2518 32-36-03-152223 ZACATECAS MA ISABEL GARCIA AGUERO 30/11/1909 2519 32-36-03-152324 ZACATECAS FELIPE DE LA TORRE ZAPATA 23/04/1907 2520 32-36-03-153273 ZACATECAS VIDAL LUNA RODARTE 16/05/1901 2521 32-36-03-153538 ZACATECAS MARIA TORRES RAMIREZ 19/03/1907 2522 32-36-03-153800 ZACATECAS IMELDA HERRERA TORRES 17/11/1908 2523 32-36-03-153807 ZACATECAS FELIPE RODRIGUEZ VILLANUEVA 02/07/1907 2524 32-36-03-157713 ZACATECAS OFELIA CASTRO ARTEAGA 06/10/1908 2525 32-36-03-157739 ZACATECAS ENEDINA GUARDADO CONTRERAS 15/03/1905 2526 32-36-03-157765 ZACATECAS ANTONIO REYES VALADEZ 30/07/1909 2527 32-36-03-157974 ZACATECAS MARIA DEL SOCORRO DUEÑAS TREJO 28/02/1907 2528 32-36-03-158421 ZACATECAS LUISA ALVARADO LONGORIA 10/10/1902 2529 32-36-03-158550 ZACATECAS JOSE SALVADOR OLVERA BAUTISTA 12/11/1908 2530 32-36-03-161430 ZACATECAS EVANGELINA ESCALERA MEJIA 29/08/1892 2531 32-36-03-161465 ZACATECAS MANUEL DAVILA HERNANDEZ 06/05/1909 2532 32-36-03-161615 ZACATECAS MANUEL MUÑOZ MUÑOZ 23/08/1906 2533 32-36-03-161631 ZACATECAS MA ELENA FIGUEROA BOBADILLA 11/03/1907 2534 32-36-03-161711 ZACATECAS TIBURCIO ZAPATA GALLEGOS 27/01/1909 2535 32-36-03-161861 ZACATECAS CATARINO LONGORIA HIPOLITO 16/06/1900 2536 32-36-03-161915 ZACATECAS NICOLAS DAMIAN ALVAREZ 10/11/1904 2537 32-36-03-162320 ZACATECAS RAUL CASTAÑON DE LA ROSA 15/10/1903 2538 32-36-03-162383 ZACATECAS MA HORTENCIA REVELES MARTINEZ 14/01/1907 2539 32-36-03-162879 ZACATECAS NAZARIO BRISEÑO CARRILLO 09/08/1904 2540 32-36-03-163185 ZACATECAS FEDERICO BERUMEN SANCHEZ 28/10/1909 2541 32-36-03-164337 ZACATECAS BEATRIZ HURTADO DE LA TORRE 22/12/1896 2542 32-36-03-164374 ZACATECAS RAMON SANCHEZ VALENZUELA 06/09/1902 2543 32-36-03-165996 ZACATECAS JOSE DAVILA ESQUIVEZ 28/01/1908 2544 32-36-03-166159 ZACATECAS LAZARA ESCAREÑO GONZALEZ 03/05/1905 2545 32-36-03-166196 ZACATECAS TEOFILO GARAY FLORES 26/03/1904 2546 32-36-03-166538 ZACATECAS MA GUADALUPE GONZALEZ ALMARAZ 26/10/1908 2547 32-36-03-167262 ZACATECAS DANIEL CASTRO TORRES 19/01/1906 2548 32-36-03-172686 ZACATECAS JUAN IRENE HURTADO 01/06/1901 2549 32-36-03-173616 ZACATECAS MA CARMEN GARCIA PONCE 08/08/1904 2550 32-36-03-174435 ZACATECAS MA MERCEDES SANCHEZ LOZANO 01/06/1901 2551 32-36-03-174922 ZACATECAS MARIA ELENA LANDEROS CARRILLO 18/05/1901 2552 32-36-03-180868 ZACATECAS ISIDRO GONZALEZ ORTIZ 23/04/1907 2553 32-36-03-183982 ZACATECAS OCTAVIO REVELES MONTALVO 08/04/1909 2554 32-36-03-188752 ZACATECAS CIRO LOPEZ VARELA 30/09/1908 2555 32-36-03-191251 ZACATECAS MANUEL AGUIRRE PACHECO 23/06/1908 2556 32-36-03-192175 ZACATECAS JESUS SALDAÑA TORRES 28/03/1905 2557 32-36-03-192951 ZACATECAS RAMONA LOPEZ PEREZ 01/06/1902 2558 32-36-03-194778 ZACATECAS RIGOBERTO DORADO LANDA 01/06/1902 2559 32-36-04-046361 ZACATECAS CRESCENCIO MUÑOZ BARRIOS 24/04/1907 2560 32-36-04-053269 ZACATECAS CONSUELO VALDEZ MERCADO 21/05/1906 2561 32-36-04-064686 ZACATECAS VICENTA RAMIREZ FLORES 27/03/1902 54 (Primera Sección) Folio DIARIO OFICIAL ESTADO Viernes 3 de julio de 2009 NOMBRE PATERNO GUTIERREZ MATERNO GARCIA FECHA 2562 32-36-04-081126 ZACATECAS ISIDRA 12/05/1909 2563 32-36-04-107549 ZACATECAS JULIA BARBOZA BARBOZA 17/07/1905 2564 32-36-04-108109 ZACATECAS DIONICIO CASTAÑEDA VALADEZ 09/10/1905 2565 32-36-04-117777 ZACATECAS JESUS RUIZ SILVA 17/11/1909 2566 32-36-04-120051 ZACATECAS MARIA ISABEL SILVA CERROS 07/09/1908 2567 32-36-04-129675 ZACATECAS PEDRO RODRIGUEZ GUERRERO 29/06/1909 2568 32-36-04-141131 ZACATECAS MARIA MORENO MURILLO 28/08/1905 2569 32-36-04-142775 ZACATECAS VIRGINIA DE SANTIAGO RODARTE 05/12/1904 2570 32-36-04-147288 ZACATECAS MATEO NAVEJAS BAÑUELOS 14/05/1907 2571 32-36-04-148412 ZACATECAS NORBERTA MORENO ZAMORANO 13/09/1906 2572 32-36-04-161337 ZACATECAS EUSEBIA RODRIGUEZ CHAVEZ 30/09/1908 2573 32-36-04-161878 ZACATECAS MARIA GUADALUPE PINEDO GARCIA 26/10/1909 2574 32-36-04-169596 ZACATECAS AUSTREBERTA MIRANDA DOMINGUEZ 11/02/1908 2575 32-36-04-180825 ZACATECAS MARIA ISABEL RAMIREZ RAMIREZ 11/02/1907 __________________________ FE de erratas al Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas; y adiciona una fracción XVII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, publicado el 9 de junio de 2009. En la Primera Sección, página 23: Dice: Debe decir: Apéndice Uno Apéndice Uno Listado Nacional Listado Nacional … … Grupo 2 Grupo 2 … … Grupo 2 B Grupo 2 B … … 10 Cloruros de N,N-dialkil (metil, etil, propil (propilo 10 Cloruros de N,N-dialkil (metil, etil, propil (normal normal o isopropil)) aminoetilo-2 y sales protonadas o isopropil)) aminoetilo-2 y sales protonadas correspondientes correspondientes Apéndice Uno Apéndice Uno Listado Nacional Listado Nacional … … Grupo 2 Grupo 2 … … Grupo 2 B Grupo 2 B … … 15 Etilfosfanato de dietilo (78-38-6) 15 Etilfosfonato de dietilo (78-38-6) En la Primera Sección, página 24: Dice: Debe decir: Apéndice Uno Apéndice Uno Listado Nacional Listado Nacional … … Grupo 4 Grupo 4 … … 2 Floruro de Potasio (7789-23-3) 2 Fluoruro de Potasio (7789-23-3) ______________________________ Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 55 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ACUERDO por el que se desincorpora del régimen del dominio público de la Federación, la superficie de 1,832.93 metros cuadrados de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500 de boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, y se autoriza su enajenación a título oneroso a favor de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., con el objeto de que la utilice para complemento del desarrollo turístico existente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción IX, 11 fracción I, 28 fracción I, 84 fracción I, 88 párrafo primero, 95, 96, 101 fracción VI, 124 párrafo segundo, 125 párrafo segundo, 143 fracción IV y 145 de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, 5 fracción XXV y 30 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra la superficie de 1,832.93 m² de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500 de Boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, en el Estado de Quintana Roo, la cual constituye una parte de la superficie de 5,034.26 m² que actualmente tiene en concesión la sociedad Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., mediante título de concesión número DZF-279/92, expedido el 6 de marzo de 1992, por un término de 10 años, así como la prórroga con número de control 048/04 de fecha 3 de diciembre de 2004 y la modificación a las bases y condiciones de la citada concesión con número de control 031/05 de fecha 14 de septiembre de 2005, para snak-bar, locales comerciales, sanitarios y juegos infantiles, cuya descripción técnica topográfica se establece en el artículo primero del presente Acuerdo; Que la superficie de 1,832.93 m² de terrenos ganados a la laguna mencionada en el considerando precedente, se encuentra identificada en el plano con clave No. QRO-BJ-2008, de mayo 2008, elaborado por Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V., el cual obra en el expediente 53/25207, soportado por la Opinión Técnica número 2180/08 de 4 de septiembre de 2008, emitida por la Dirección de Delimitación Padrón e Instrumentos Fiscales de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Que Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., mediante escritos recibidos con fechas 12 de febrero de 1997, 19 de mayo de 1998 y 17 de agosto de 2001, solicitó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, la desincorporación y enajenación a título oneroso de terrenos ganados a la Laguna, con el objeto de darle un uso general, como complemento del desarrollo turístico existente; Que en las mencionadas solicitudes se encuentran superficies distintas a la que actualmente se pretende desincorporar debido a la variación topográfica de la superficie; Que la solicitud de desincorporación fue formulada por el C. Reynaldo Peña Fernández, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., acreditando tal personalidad con escritura número 14,046 de fecha 9 de noviembre de 1993, otorgada ante la fe del licenciado David R. Chapela Cota, Notario Público número 4 del Distrito de Cuautitlán, Estado de México, por la que se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas del día 26 de febrero de 1993; Que en virtud de que la superficie mencionada y que se pretende desincorporar, no se ha realizado obra alguna, no se requiere evaluar el impacto ambiental, conforme a lo establecido en el artículo 5o., inciso Q fracciones a y b del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental; Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, no ha encontrado elementos que hagan previsible determinar que el inmueble, objeto del presente Acuerdo, sea susceptible de destinarse preferentemente a la prestación de servicios públicos, por lo que ha determinado la conveniencia de llevar a cabo la operación materia de este Acuerdo, en virtud del derecho de preferencia que tienen los particulares para adquirir los terrenos ganados al mar que tengan concesionados, en los términos de la ley de la materia, y Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo, con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ARTICULO PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación la superficie de 1,832.93 m² de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500 de Boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, en el Estado de Quintana Roo, y se autoriza su enajenación a título oneroso a favor de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V. con el objeto de que la utilice para complemento del desarrollo turístico existente, cuya descripción técnico topográfica es la siguiente: 56 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CUADRO DE COORDENADAS DE TERRENOS GANADOS A LA LAGUNA: V COORDENADAS X Y 33 522,493.8334 2,327,279.1977 34 522,507.0784 2,327,279.5448 35 522,509.1638 2,327,251.3051 36 522,511.3270 2,327,222.0109 37 522,512.5407 2,327,205.5762 38 522,514.1858 2,327,183.2984 39 522,515.7960 2,327,161.4940 40 522,517.6549 2,327,136.3216 18 522,503.7670 2,327,136.0670 19 522,503.8046 2,327,137.0220 20 522,503.0631 2,327,148.2296 21 522,501.1792 2,327,155.4759 22 522,499.2069 2,327,160.8153 23 522,503.9882 2,327,166.9319 24 522,506.0283 2,327,173.7541 25 522,506.7958 2,327,180.6026 26 522,506.3066 2,327,187.7464 27 522,503.3324 2,327,194.2599 28 522,499.5314 2,327,199.7178 29 522,493.7819 2,327,220.4533 30 522,494.7446 2,327,225.5167 31 522,497.3537 2,327,236.2654 32 522,497.9660 2,327,250.6621 33 522,493.8334 2,327,279.1977 SUPERFICIE TOTAL: 1,832.93 m² La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ejercerá, a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la enajenación que se autoriza. ARTICULO SEGUNDO.- Si dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor del presente instrumento jurídico no se hubiere protocolizado la enajenación a título oneroso que se autoriza, por causas imputables a Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V., determinadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo dicha dependencia notificar a dicha persona y publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia. ARTICULO TERCERO.- La sociedad mercantil Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., queda obligada a responsabilizarse por los daños y perjuicios que pudieran producirse a terceros, por defectos o falta de estabilidad de las obras y construcciones que en un futuro realice en la superficie materia del presente Acuerdo, liberando al Gobierno Federal de cualquier responsabilidad por este concepto. Esta prevención deberá de insertarse en el título de propiedad que al efecto se expida. ARTICULO CUARTO.- El precio del terreno, cuya enajenación se autoriza por el presente Acuerdo, no podrá ser inferior al que para tal efecto determine el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el dictamen respectivo, el cual deberá ser cubierto por Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V. en una sola exhibición, recursos que deberán enterarse a la Tesorería de la Federación, en términos de las disposiciones aplicables. ARTICULO QUINTO.- Para la realización de obras que en un futuro realice Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V. en el terreno materia del presente Acuerdo, deberá obtener los permisos respectivos de las dependencias competentes, cumpliendo los requisitos que al efecto establezcan la legislación federal, estatal o las regulaciones municipales correspondientes. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 57 ARTICULO SEXTO.- Los gastos, honorarios, impuestos y derechos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V. ARTICULO SEPTIMO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo. TRANSITORIO UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de marzo de dos mil nueve.El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica. ACUERDO mediante el cual se modifican los numerales 2, 7.1, 7.2 y 10.1 y se adiciona el numeral 6.11 Bis a la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12 y 32 Bis fracciones II, V y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8 fracción V de la Ley de Aguas Nacionales; 38 fracción II y 51 segundo párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 5 fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el eje 2 numeral 2.12, relativo al sector hidráulico, señala que en los años venideros México enfrentará los problemas derivados del crecimiento de la demanda, y la sobreexplotación y escasez del agua, los cuales, de no atenderse, pueden imponer límites al desarrollo económico y al bienestar social del país; Asimismo el objetivo 10 del mismo eje, relativo a revertir el deterioro de los ecosistemas, a través de acciones para preservar el agua, el suelo y la biodiversidad, establece que es necesario lograr un balance entre las actividades productivas y la protección al ambiente, para continuar proporcionando los bienes y servicios de manera continua y sostenible y dispone que los incentivos (jurídicos y económicos) que provea el gobierno estarán alineados a la conservación del agua y los suelos; Que para cumplir los objetivos antes descritos es necesario impulsar que la normatividad reconozca que las propiedades de uso y empleo de los sanitarios son las que garantizan el ahorro de agua, finalidad fundamental en la conservación del recurso hídrico, y no solamente las características descriptivas de dichos productos; Que la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba establece diversas especificaciones de diseño de estos productos con el fin de impulsar el ahorro del recurso hídrico, pues los sanitarios consumen en algunas ocasiones hasta una tercera parte del agua que se suministra en los hogares; Que actualmente existen sanitarios que funcionan con una mínima cantidad del recurso hídrico, situación que se debe reconocer en la Norma Oficial Mexicana otorgando una distinción especial por contribuir al ahorro del recurso, por lo que resulta necesario establecer precisiones que permitan considerar todas las tecnologías disponibles; Que el artículo 35 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización dispone que cuando un producto o servicio deba cumplir una determinada Norma Oficial Mexicana, sus similares a importarse también deberán cumplir las especificaciones establecidas en dicha norma, para lo cual los productos a importarse deberán contar con el certificado o autorización de la dependencia competente o de las personas acreditadas y aprobadas por ésta; Que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las Normas Oficiales Mexicanas deben considerar como base las Normas Mexicanas y las Normas Internacionales por lo que resulta conveniente que el muestreo de la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa se realice conforme a todas las normas que establecen metodologías para tal efecto; 58 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Que es importante precisar en la Norma Oficial Mexicana las autoridades que pueden intervenir en su vigilancia pues si bien es cierto la facultad originaria de verificación de la Norma corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, también lo es que, tratándose de sanitarios de importación, la facultad de verificación también corresponderá a la Secretaría de Hacienda, a través de la Administración General de Aduanas, en el momento de la importación y a la Procuraduría Federal del Consumidor, en los puntos de venta; Que la presente modificación se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 51 segundo párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización pues no crea nuevas obligaciones a los particulares o hace más estrictas las obligaciones existentes, ni tampoco crea o modifica trámites, ni reduce o restringe derechos o prestaciones para los mismos; Que en virtud de lo anterior la Comisión Nacional del Agua, previa la autorización del Comité Consultivo Nacional de Normalización propuso la emisión del presente instrumento, avalando su contenido técnico y jurídico, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICAN LOS NUMERALES 2, 7.1, 7.2 Y 10.1 Y SE ADICIONA EL NUMERAL 6.11 BIS A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-009-CONAGUA-2001, INODOROS PARA USO SANITARIO-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA Artículo Primero. Se modifican los numerales 2, 6, 7.1, 7.2 y 10.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario.- Especificaciones y Métodos de prueba, para quedar como sigue: 2. Campo de aplicación 2.1 Es aplicable a todos los inodoros que se produzcan, importen, comercialicen o instalen en el territorio nacional. 2.2 No es aplicable a: 2.2.1 Los accesorios de los inodoros que no intervengan en el funcionamiento hidráulico. 2.2.2 Las letrinas; 2.2.3 Los sanitarios para vehículos; 2.2.4 Los sanitarios entrenadores; 7. Muestreo 7.1 Se realizará conforme a la Norma Mexicana NMX-Z-12/2-1973, "Muestreo para la Inspección por Atributos-Parte 2: Métodos de Muestreo, Tablas y Gráficas" o la Norma ISO 2859. 7.2 En todos los casos las muestras deben ser regresadas a quien solicitó la certificación cuando proceda y así lo solicite. 10.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana en el ámbito de sus respectivas competencias será realizada por: a) La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Comisión Nacional del Agua, en los centros de producción; b) La Procuraduría Federal de Protección al Consumidor en los Puntos de Venta; c) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Administración General de Aduanas en los puntos de ingreso al país; Las violaciones a la misma se sancionarán en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, y demás disposiciones aplicables. Artículo Segundo. Se adiciona una especificación 6.11 Bis al numeral 6 de la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario.- Especificaciones y Métodos de prueba, para quedar como sigue: 6. Especificaciones 6.1 a 6.11 … 6.11 Bis Se considerarán ecológicos los inodoros cuyo consumo de agua sea menor a 5 litros por descarga; TRANSITORIO Unico. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil nueve.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59 CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, el Estado de Sinaloa y la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Sinaloa, con el objeto de impulsar el federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVES DE LA COMISION NACIONAL DEL AGUA, EN LO SUCESIVO “COMISION”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Y POR LA OTRA EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESUS A. AGUILAR PADILLA, ASISTIDO POR EL LIC. RAFAEL OCEGUERA RAMOS, LIC. QUIRINO ORDAZ COPPEL, ING. PABLO MORENO COTA, LIC. LUIS ANTONIO CARDENAS FONSECA, EN SU CARACTER DE SECRETARIOS GENERAL DE GOBIERNO, DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, DE DESARROLLO SOCIAL Y SUSTENTABLE, Y DE LA CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, RESPECTIVAMENTE, Y POR UNA ULTIMA PARTE LA COMISION ESTATAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SINALOA, EN LO SUCESIVO “CEAPAS”, REPRESENTADO POR SU VOCAL EJECUTIVO, LIC. JOSE ROSARIO PEÑUELAS CASTRO, CON EL OBJETO DE IMPULSAR EL FEDERALISMO, MEDIANTE LA CONJUNCION DE ACCIONES Y LA DESCENTRALIZACION DE PROGRAMAS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO A LA ENTIDAD Y FOMENTAR EL DESARROLLO REGIONAL, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: 1. 2. ANTECEDENTES El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, contiene los objetivos nacionales, ejes y estrategias que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración, en particular, el objetivo nacional para asegurar la sustentabilidad ambiental mediante la participación responsable de los mexicanos en la protección, preservación y aprovechamiento racional de la riqueza natural. Derivado de este, el eje “Sustentabilidad Ambiental”, refiere a la administración eficiente y racional de los recursos naturales, de manera tal que sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras, donde uno de los principales retos que enfrenta la nación es incluir al medio ambiente como uno de los elementos de la competitividad y el desarrollo económico y social, incrementando tanto la cobertura de servicios de agua potable y saneamiento, así como un manejo integral y sustentable del agua. Para la consecución de los objetivos se requiere tener una estrategia integral de manejo sustentable del recurso que considere tanto la atención a los usos consuntivos del agua, como el mantenimiento de los ecosistemas, en un marco de participación social y de administración equitativa con la cooperación entre los diferentes órdenes de gobierno, que también, incentive una cultura del agua que privilegie el ahorro y uso racional de la misma en el ámbito doméstico, industrial y agrícola, así como el de maximizar su tratamiento y reciclaje. En ese sentido, al incrementar la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento, a través de la promoción de la infraestructura necesaria, la incentivación de una cultura del agua y la promoción de tecnologías más efectivas y eficientes. Se busca primeramente asegurar el abasto de agua potable a las comunidades que aún no reciben el servicio, así como tomar las medidas de prevención que aseguren la regularidad en aquellas que ya cuentan con el mismo. En segundo lugar, la revisión y actualización de la reglamentación sobre su uso y aprovechamiento, y tercero buscando mejorar en todos los ámbitos, de manera sustentable, la eficiencia en el uso del agua, con el desarrollo e implementación de sistemas para la captación, tratamiento del agua de lluvias y reinyección a mantos acuíferos, de tal forma que se incremente la oferta de este tipo de agua. Por lo que la instalación y modernización de las plantas de tratamiento y su operación permanente será una tarea importante en todas las regiones de la República Mexicana. El Programa Nacional Hídrico 2007–2012, integra los planes hídricos por cuencas a nivel nacional, en los cuales se definen la disponibilidad, el uso y aprovechamiento del recurso, así como las estrategias, prioridades y políticas, para lograr el equilibrio del desarrollo regional sustentable y avanzar en la gestión integrada de los recursos hídricos, mismos que responden a los objetivos y estrategias establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. De esa forma, dentro de los objetivos rectores del sector hidráulico, se establece: Incrementar el acceso y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, mediante las estrategias relacionadas con el fortalecimiento y desarrollo técnico del sector, así como la autosuficiencia financiera de los organismos operadores; tratamiento de aguas residuales, su reuso e intercambio; la inducción al sostenimiento de los servicios, mediante el incremento en la cobertura de agua potable y alcantarillado tanto en el medio urbano como en el rural y; lograr mejorar la calidad del agua suministrada a las poblaciones del país. 60 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 3. La “COMISION” fungirá en este Convenio, con las atribuciones que tiene respecto de las aguas nacionales, conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento. Entre las facultades que le son propias a la “COMISION” las de ejercer las atribuciones que le correspondan en materia hídrica y constituirse como Organo Superior con carácter Técnico, Normativo y Consultivo de la Federación, en materia de gestión integrada de los recursos hídricos. Asimismo, el de promover en el ámbito nacional el uso eficiente del agua y su conservación en todas las fases del ciclo hidrológico, e impulsar el desarrollo de una cultura del agua que considera a este elemento como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental, y que contribuya a lograr la gestión integrada de los recursos hídricos. De igual forma la “COMISION” bajo el principio que sustenta la política hídrica nacional, el agua es un bien de dominio público federal, vital, económico, ambiental y finito, cuya preservación en cantidad y calidad y sustentabilidad es tarea fundamental del Estado y de la sociedad, así como de prioridad y de seguridad nacional. 4. La “COMISION” concertará con los usuarios en el ámbito de los Consejos de Cuenca de los Ríos Fuerte y Sinaloa; Ríos Mocorito al Quelite; Ríos Presidio al San Pedro, las posibles limitaciones temporales a los derechos existentes para enfrentar situaciones de emergencia, escasez extrema, sobreexplotación o reserva. En estos casos tendrá prioridad el uso doméstico. En este contexto los Consejos de Cuenca apoyarán las acciones que se acuerden en el presente instrumento. 5. El proceso de descentralización de los programas y acciones, consiste en que “EL ESTADO” y usuarios ejecuten aquéllas siempre y cuando no invadan la competencia de la autoridad federal en materia de aguas nacionales. 6. Por lo anterior, se requiere la celebración del presente Convenio de Coordinación, a fin de continuar actuando en forma conjunta y coordinada, para avanzar con mayor celeridad en el mejoramiento de las condiciones ecológicas, sanitarias y de aprovechamiento del agua y prestar pronta atención a las demandas de la población. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26, 27, 40 y 42 fracción I, 43, 115 fracción III a) y 116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 2, 4, 6, 23, 39, 54, 74, 75 fracciones I, II, III, IV, VII y X, 77, 79, 106, y 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 21, 61 fracción III inciso c), 64, 65, 66, 85, 170, 171, 174, 175, 176, 180, 181, 223 y 285 de su Reglamento; 1, 2, 4, 5, 9 párrafos primero y segundo letra “b”, fracciones I, X, XIII, XIV, XVII, XXVI y LIV, 12, 15, 16, 44, 45, 46, 85, 86, 87 y 101 de la Ley de Aguas Nacionales; 14, 22, 23, 25, 76, 133, 134, 152 y 158 de su Reglamento; 1, 3, 6, 9, 18, 25, 26, 28, 41 y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 3, 4, 7, 10, 24, 26, 27, 28, 30, 42 y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 191 de la Ley Federal de Derechos; 1o. y 2o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3, 9 y 27 de su Reglamento; 69, 70, y 71 de la Ley General de Desarrollo Social; 1, 6, 7, 8, 9 fracción I, 11 letra A fracciones IV y X, 13 fracción III inciso f) y XXVII, 14 y 36 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006; Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua vigentes; 55, 65 fracciones XXIII Bis y XXIV, 66, 69 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 1, 2, 3, 6, 7, 8, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 36, 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación del Estado; 6, 10, y 11 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado; 1, 3, 7, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; 1o., 15, fracciones I, II, III y X; 17, 18, 19 y 26 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; y demás disposiciones aplicables, las partes otorgan las siguientes: CLAUSULAS CAPITULO PRIMERO DEL FEDERALISMO Y LA DESCENTRALIZACION DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO HIDRAULICO PRIMERA.- La “COMISION” y “EL ESTADO” acuerdan impulsar el federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 61 SEGUNDA.- Los programas y acciones a los que se refiere este Convenio se ejecutarán por “EL ESTADO”, con la participación que en su caso corresponda a los municipios, organismos operadores y usuarios; o de ser el caso directamente por los Municipios y/o los Organismos Operadores, cuando éstos soliciten ser las instancias ejecutoras, sin menoscabo de que la “COMISION” participe, cuando las instancias responsables de la prestación de los servicios lo requieran y lo soliciten. Por su parte, “EL ESTADO” únicamente podrá realizar aquellas funciones y acciones que resulten necesarias para la ejecución de los programas materia del presente Convenio de Coordinación y que no sean competencia, atribución o acto de autoridad de la “COMISION”, previstas en la Ley de Aguas Nacionales y sus Reglamentos, o bien expresamente de alguna otra dependencia gubernamental. TERCERA.- “EL ESTADO” como integrante del Consejo de Cuenca de los Ríos Fuerte y Sinaloa; Ríos Mocorito al Quelite; Ríos Presidio al San Pedro, dará a éste la participación que corresponda en los programas y las acciones que ejecutará, por virtud del presente documento. CAPITULO SEGUNDO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES QUE SE ASIGNARAN A “EL ESTADO” CUARTA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación, la “COMISION” aportará los recursos federales correspondientes, dichos recursos serán aplicados por “EL ESTADO” mediante la suscripción de Anexos de Ejecución y Técnicos derivados del presente instrumento, previa autorización respectiva y con sujeción a la disponibilidad presupuestal correspondiente. En la aplicación de los recursos, “EL ESTADO”, podrá determinar la distribución para cada programa conforme se establezca en los Anexos de Ejecución y Técnicos respectivos y para la aplicación de los recursos de los programas, se estará a lo previsto en las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua vigentes. Asimismo, los recursos federales que se aporten son subsidios que otorga el Gobierno Federal y por lo tanto no pierden su carácter federal y su ejercicio se regirá bajo la legislación federal aplicable en la materia y, en consecuencia son sujetos de las acciones de control, vigilancia y evaluación por parte de las instancias federales y estatales facultadas para tal efecto, independientemente de que los recursos sean ejercidos por servidores públicos, estatales o municipales. La “COMISION” llevará a cabo las gestiones conducentes para que, en su caso, sean asignados a “EL ESTADO” los recursos presupuestales para cada ejercicio fiscal durante la vigencia del presente instrumento, para la ejecución de los programas contenidos en este Convenio. Dichos recursos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal respectiva y a las autorizaciones presupuestales correspondientes. Para impulsar un mejor desarrollo de los programas a que se refiere el presente Convenio, “EL ESTADO” se compromete a aportar recursos presupuestales a los programas materia del presente Convenio, durante la vigencia del mismo. CAPITULO TERCERO DE LAS ACCIONES Y LOS PROGRAMAS QUINTA.- Programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua. I.- AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS. La aplicación de los recursos federales asignados al programa, se destinarán a acciones para el mejoramiento de la eficiencia física comercial y financiera; a la ampliación de la cobertura de los servicios de agua potable y alcantarillado; así como al desarrollo de infraestructura de saneamiento que contribuya a mejorar las condiciones del medio ambiente, preferentemente en aquellas acciones que aminoren la contaminación de los cuerpos receptores, el programa opera mediante el esquema de financiamiento de mezcla de recursos, en localidades en zonas urbanas mayores a 2,500 habitantes en los siguientes componentes: a) Mejoramiento de la eficiencia mediante el Desarrollo Institucional, que implica el incremento en su recaudación y abatimiento de costos y acciones de mejoramiento de la infraestructura existente que dé continuidad a los servicios. b) Infraestructura de agua potable, que comprende la construcción de infraestructura nueva para la ampliación de los servicios de agua potable, como obras de captación subterráneas y/o superficiales, líneas de conducción, plantas de bombeo, tanques de regulación y/o almacenamiento, redes de distribución, macro y micro medición. c) Plantas Potabilizadoras, que comprende la construcción de infraestructura para la potabilización del agua. d) Saneamiento, que comprende la construcción de infraestructura nueva para la recolección, conducción, tratamiento y disposición de las aguas residuales generadas en los centros urbanos. Incluye también la recolección, tratamiento y disposición de los lodos producidos durante el proceso de tratamiento. 62 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 e) Estudios y Proyectos, que comprende todos los estudios técnicos básicos, de planeación e ingeniería de detalle para el desarrollo y eficientización de la infraestructura de agua potable y saneamiento. f) Drenaje pluvial urbano, que comprende los estudios, proyectos, construcción y/o ampliación de la infraestructura necesaria, para la recolección, conducción y desalojo de agua de precipitación pluvial en centros urbanos. II.- CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN ZONAS RURALES. Los recursos asignados al programa se destinarán a: Responder a las necesidades de la población rural en México sin sustituir a “EL ESTADO” y al Municipio en sus responsabilidades constitucionales; por tanto, para su adecuada operación se requiere de una relación estrecha entre los tres órdenes de gobierno, y con la participación de las comunidades rurales para alcanzar la sostenibilidad de los servicios. El programa opera mediante el esquema de financiamiento de mezcla de recursos, y dirige sus acciones a localidades rurales con población menor o igual a 2,500 habitantes, en los siguientes componentes: a) Desarrollo Institucional.- Su objetivo principal es apoyar al área de atención al medio rural de las instancias estatales y, en su caso las municipales. b) Atención Social y Participación Comunitaria.- Tiene como objetivo promover la participación social en la planeación, desarrollo y operación de la infraestructura. c) Infraestructura.- A través de este componente, se apoya a los estudios de factibilidad y ejecutivos, la supervisión técnica y normativa, el diseño, construcción, ampliación y desarrollo de proyectos piloto para agua potable, alcantarillado y saneamiento; en casos plenamente justificados, rehabilitación de obras de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que respondan a la solicitud de las comunidades. III.- FONDO CONCURSABLE PARA TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES La aplicación de los recursos federales asignados al programa, se destinarán a apoyar acciones de: a) Infraestructura de Tratamiento de Aguas Residuales.- Entre las que se podrán contemplar las de diseñar, construir, ampliar, y rehabilitar plantas de tratamiento de aguas residuales, para incrementar el volumen tratado o mejorar sus procesos de tratamiento. b) Para la Operación y Mantenimiento de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, mediante las cuales se busca apoyar a los organismos operadores para que las aguas residuales tratadas cumplan con la norma oficial aplicable. Serán sujetos de apoyo aquellos organismos operadores con deficiencias en su cobertura de tratamiento de aguas residuales y/o en la operación y mantenimiento de la infraestructura para su tratamiento. IV.- AGUA LIMPIA Las acciones del Programa Agua Limpia comprenden: a) Apoyar a las autoridades municipales, organismos y sistemas que proporcionen los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, con asistencia técnica en la operación y ejecución del programa, así como con recursos financieros para la desinfección del agua que se suministra a la población para uso y consumo. b) Instrumentar acciones encaminadas a la cloración, desinfección y saneamiento de fuentes de abastecimiento de agua para uso y consumo humano, la operación, instalación, reposición y rehabilitación de equipos de desinfección, la adquisición de refacciones, insumos desinfectantes y comparadores de cloro residual libre entre otros parámetros, así como la capacitación y adiestramiento en la desinfección del agua. c) Difundir y aplicar el programa incluyendo el monitoreo de cloro residual libre y bacteriológico, así como las medidas para evitar la contaminación de las fuentes de abastecimiento de agua con su protección física y sanitaria, que permita la prevención y disminución de enfermedades de origen hídrico. SEXTA.- Conforme se avance en la aplicación de los programas a ejecutar por “EL ESTADO” y/o instancias ejecutoras responsables municipio y/o organismo operador, se evaluará conjuntamente con la “COMISION” la factibilidad de una o varias etapas posteriores y sucesivas, con la salvedad de aquellas funciones y programas que impliquen el ejercicio indelegable del principio de autoridad del agua. Ello requerirá de un análisis que permita precisar aquéllas que, en su caso, pudieran ser descentralizadas. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 63 CAPITULO CUARTO DE LA REORGANIZACION DEL SECTOR HIDRAULICO ESTATAL SEPTIMA.- “EL ESTADO” y/o instancias ejecutoras responsables, municipio, y/o organismo operador, promoverá las reformas legales a sus ordenamientos que resulten procedentes en materia hídrica y adecuaciones que sean necesarias para cumplir con la normatividad, políticas, lineamientos y metas de los programas que ejecutará en virtud del presente Convenio. CAPITULO QUINTO DE LA SUPERVISION DE LOS PROGRAMAS OCTAVA.- Las acciones de control, vigilancia, evaluación, información y documentación de los recursos federales a que se refiere el presente instrumento, corresponderá a la “COMISION”, a las secretarías de Hacienda y Crédito Público “SHCP” y de la Función Pública “SFP”, así como a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno del Estado. NOVENA.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, La “COMISION” y “EL ESTADO”, se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. Las partes convienen en que la “SFP” podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los compromisos a cargo de “EL ESTADO” en los términos del presente instrumento. DECIMA.- La “COMISION” y “EL ESTADO” convienen en destinar el 2 al millar del monto total de los recursos aportados, a favor de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno del Estado, para que ésta realice la vigilancia, inspección control y evaluación sobre las acciones y obras públicas ejecutadas por administración directa con dichos recursos, quien los ejercerá conforme a los lineamientos que determine la “SFP”. La ministración de dichos recursos se hará proporcionalmente, conforme al calendario programado para cada ejercicio fiscal. Esto significa que del total de recursos que se aporten, se restará el 2 al millar para este concepto y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en los Anexos Técnicos correspondientes, o bien se tomen de los intereses financieros de las cuentas bancarias aperturadas específicamente para tal efecto. Para el caso de obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos. CAPITULO SEXTO CONTRALORIA SOCIAL DECIMA PRIMERA.- La “COMISION” promoverá la implantación de un esquema de contraloría social en los programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a su cargo, con la finalidad de que los beneficiarios de los mismos, a través de los comités que para el efecto se constituyan, lleven a cabo la verificación del cumplimiento de las metas establecidas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a dichos programas. DECIMA SEGUNDA.- Para la ejecución del esquema de contraloría social, La “COMISION” proporcionará a “EL ESTADO” una Guía Operativa en donde se establecerán las actividades a realizar y los compromisos que asumen ambas partes, así como el programa de trabajo anual. CAPITULO SEPTIMO ESTIPULACIONES GENERALES DECIMA TERCERA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación, “EL ESTADO” se compromete a: I.- Aplicar la normatividad, lineamientos, mecanismos, guías operativas, manuales de procedimientos y Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, que emita la “COMISION”, para el correcto ejercicio de los programas. II.- Promover la participación de los municipios, organismos operadores y/o beneficiarios en la realización de las acciones acordadas. III.- Impulsar técnica y financieramente, cuando en el ámbito de su competencia le corresponda, las acciones de saneamiento y mantener la operación eficiente de las plantas de tratamiento de aguas residuales en “EL ESTADO”, a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado del Estado y de los Organismos Operadores de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en un marco de realismo financiero y la aplicación del principio de que quien contamina el agua paga por el saneamiento de sus descargas. 64 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 IV. Remitir a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno del Estado, copia certificada del presente Convenio de Coordinación, en cuanto se concluya el proceso de su suscripción. DECIMA CUARTA.- Para la ejecución de los programas materia de este instrumento, la “COMISION” elaborará las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, con base en lo que se establezca en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente y en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento. DECIMA QUINTA.- “EL ESTADO” y la “COMISION” en los términos de la CLAUSULA SEGUNDA, acuerdan participar en la planeación, ejecución, seguimiento y control de las acciones objeto del presente instrumento por conducto de la Comisión de Regulación y Seguimiento que para tal efecto constituyan ambas partes, dentro de los treinta días posteriores a la firma del presente Convenio. DECIMA SEXTA.- La Comisión de Regulación y Seguimiento estará integrada por un Presidente que será el representante de “EL ESTADO” quien tiene voto de calidad, un Secretario Ejecutivo que será el Director General del Organismo de Cuenca Pacífico Norte, tres representantes de nivel mando medio superior del Ejecutivo del Estado y un responsable por cada programa de la “COMISION”, quienes fungirán como vocales. Esta Comisión tendrá además la función de dar seguimiento y evaluar el contenido del presente instrumento y una vez cumplido a satisfacción de ambas partes, se precisarán los alcances, contenido y prioridad de los programas de las siguientes etapas. DECIMA SEPTIMA.- Los Anexos de Ejecución y Técnicos referidos en la CLAUSULA CUARTA, firmados por las partes, serán parte integrante del presente instrumento. DECIMA OCTAVA.- Las partes manifiestan su conformidad para que en caso de duda sobre la interpretación del presente Convenio de Coordinación, aceptan resolverlo de común acuerdo, en caso contrario, se someterán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes de la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles. DECIMA NOVENA.- Es voluntad de las partes dar por terminado el Convenio de Coordinación suscrito por la “COMISION” y “EL ESTADO” de fecha 7 de mayo de 2007, sin embargo los Anexos de Ejecución y Técnicos de los programas a que hace referencia la CLAUSULA QUINTA del Convenio de Coordinación que se deja sin efecto y que se hayan suscrito con anterioridad a la vigencia del presente instrumento formarán parte integrante del mismo, por lo tanto le son aplicables en todo lo conducente las disposiciones legales federales aplicables, mismos que tendrán una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009. VIGESIMA.- Los Convenios de Coordinación o Anexos de Ejecución y Técnicos del Programa Fondo Concursable para Tratamiento de Aguas Residuales, que hayan sido suscritos con anterioridad a la firma del presente instrumento y que continúen vigentes, formarán parte integrante de este instrumento, por lo tanto en todo lo conducente les son aplicables las disposiciones legales en la materia y tendrán una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009. VIGESIMA PRIMERA.- El presente Convenio de Coordinación tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2012. VIGESIMA SEGUNDA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor el día de su firma y podrá ser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo por las partes. Las modificaciones o adiciones deberán constar por escrito y surtirán efecto a partir de su suscripción. VIGESIMA TERCERA.- Este instrumento se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, así como en la página de Internet de la “COMISION”, dirección www.conagua.gob.mx, una vez concluido el proceso de su suscripción. Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal de sus cláusulas, las partes firman al margen y al calce de conformidad y por triplicado el presente Convenio de Coordinación en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los trece días del mes de febrero de dos mil nueve.- Por el Ejecutivo Federal: el Director General de la Comisión Nacional del Agua, José Luis Luege Tamargo.- Rúbrica.- El Presente Instrumento fue revisado en sus aspectos legales por la Subdirección General Jurídica: el Subdirector General Jurídico, Jesús Becerra Pedrote.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: el Gobernador Constitucional, Jesús A. Aguilar Padilla.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Rafael Oceguera Ramos.- Rúbrica.El Secretario de Administración y Finanzas, Quirino Ordaz Coppel.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social y Sustentable, Pablo Moreno Cota.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, Luis Antonio Cárdenas Fonseca.- Rúbrica.- Por CEAPAS: el Vocal Ejecutivo, José Rosario Peñuelas Castro.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 65 SECRETARIA DE ECONOMIA DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-B-072-CANACERO-2008. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-B-072-CANACERO-2008 INDUSTRIA SIDERURGICA-VARILLA CORRUGADA DE ACERO, GRADO 60, LAMINADA EN FRIO PARA REFUERZO DE CONCRETO-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA. (CANCELA A LA NMX-B-072-1986). La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Cámara Nacional de la Industria de Hierro y del Acero (CANACERO) lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican pueden ser adquiridos en la sede de dicho organismo ubicado en Amores 338, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03199, México, D.F. o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. La presente Norma entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CODIGO NMX-B-072-CANACERO-2008 TITULO DE LA NORMA INDUSTRIA SIDERURGICA-VARILLA CORRUGADA DE ACERO, GRADO 60, LAMINADA EN FRIO PARA REFUERZO DE CONCRETOESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA. (CANCELA A LA NMX-B-072-1986) Campo de aplicación Esta Norma Mexicana es aplicable para varilla de fabricación nacional o de importación procedentes de alambrón de acero al carbono, laminado en caliente, la cual se usa para refuerzo de concreto hidráulico, como tal o en forma de armaduras (mallas o castillos electrosoldados o con amarre, etc.). Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana no concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia en el momento de su elaboración. México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica. DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-054-ANCE-2009, NMX-J-061-ANCE-2009, NMX-J-449-ANCE-2009, NMX-J-565/11-5-ANCE-2009, NMX-J-610/3-6-ANCE-2009 y NMX-J-610/4-1-ANCE-2009. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-054-ANCE-2009; NMX-J-061-ANCE-2009; NMX-J-449-ANCE-2009; NMX-J-565/11-5-ANCE-2009; NMX-J-610/3-6-ANCE-2009; NMX-J-610/4-1-ANCE-2009. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE) lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican pueden ser adquiridos en la sede de dicho organismo ubicado en avenida Lázaro Cárdenas número 869, colonia Nueva Industrial Vallejo, Delegación Gustavo A. Madero, 66 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 código postal 07700, México, D.F. o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. CLAVE O CODIGO TITULO DE LA NORMA NMX-J-054-ANCE-2009 CONDUCTORES-ALAMBRES Y CABLES AISLADOS CON POLIETILENO, PARA INSTALACIONES TIPO INTEMPERIE-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-054-ANCE-2003) Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para los conductores (alambres y cables) aislados con polietileno de alta densidad para instalaciones tipo intemperie, donde los cables pueden estar en contacto con ramas de árboles y a una temperatura máxima de operación en el conductor de 75 ºC. Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con la Norma Internacional IEC 60228 “Conductors of insulated cables”. Edición 3.0 (2004-11) La presente Norma no es una adopción de la Norma Internacional que se menciona anteriormente, esto se debe a lo siguiente: a) Las especificaciones referentes al área de la sección transversal de los conductores se encuentran de acuerdo con lo que se indica en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-063-SCFI y NOM-001-SEDE. b) Los parámetros que se especifican en esta Norma Mexicana referente a los conductores, toman como base la NOM-063-SCFI. NMX-J-061-ANCE-2009 CONDUCTORES-CABLES MULTICONDUCTORES PARA DISTRIBUCION AEREA O SUBTERRANEA A BAJA TENSION-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-J-061-ANCE-2004) Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las especificaciones de los conductores múltiples para distribución aérea o subterránea, que se utilizan en circuitos hasta 600 V, a una temperatura máxima de operación de 75 °C o 90 °C. Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana es no equivalente con las Normas Internacionales IEC 60228 “Conductor of insulated cables”, para conductores desnudos e IEC 60245-1 “Rubber insulated cables-Rated voltajes up to and including 450/750 V-Part 1: General requirements” para conductores aislados. La presente Norma no es una adopción de las Normas Internacionales que se mencionan anteriormente, esto se debe a lo siguiente: Las especificaciones que se indican en este documento corresponden con lo que se establece en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-063-SCFI y NOM-001-SEDE en cumplimiento con lo que en ellas se establece y con el fin de que los conductores sean compatibles para las instalaciones en las que se utiliza. NMX-J-449-ANCE-2009 CONDUCTORES-DETERMINACION DE LA ADHERENCIA, FLEXIBILIDAD Y RECUBRIMIENTO DEL AISLAMIENTO PARA ALAMBRE MAGNETO REDONDO, RECTANGULAR O CUADRADO-METODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-J-449-ANCE-2003) Campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece el método de prueba para determinar la adherencia, flexibilidad y recubrimiento del aislamiento para alambre magneto redondo, rectangular o cuadrado. Concordancia con normas internacionales La presente Norma Mexicana coincide con el método de prueba 5 de la Norma Internacional IEC-60851-3 Winding wires-Test methods-Part 3: Mechanical properties. Edición 2.1 (1997-12), en lo general de la metodología para determinar la adherencia y flexibilidad del alambre magneto y difiere en lo siguiente: La Norma Mexicana establece valores de alargamiento y amplificaciones de visión para evaluar la adherencia y flexibilidad del esmalte en función de un intervalo específico de los diferentes diámetros del alambre magneto, en tanto la Norma Internacional evalúa la adherencia y flexibilidad sin definir intervalos específicos, el motivo por el cual la Norma Mexicana establece un mayor número de intervalos es para garantizar el uso seguro del alambre magneto una vez instalado en los equipos a los que se destina, tales como bobinas, relevadores, balastros, transformadores, motores, máquinas de soldar, entre otros; los cuales requieren características específicas en las propiedades del esmalte de los alambres. Por la anterior, esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con la Norma Internacional IEC-60851-3 Winding wires-Test methods. Part 3: Mechanical properties. Edición 2.1 (1997-12). Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL NMX-J-565/11-5-ANCE-2009 (Primera Sección) 67 PRUEBAS DE RIESGO DE INCENDIO PARTE 11-5: FLAMAS DE PRUEBAMETODO DE PRUEBA DE FLAMA DE AGUJA-APARATO, DISPOSITIVO DE PRUEBA DE VERIFICACION Y GUIA. Campo de aplicación Esta Norma Mexicana especifica una prueba de flama de aguja para simular el efecto de una flama pequeña que pueda resultar de condiciones de falla, para determinar por una técnica de simulación el riesgo de incendio. Es aplicable al equipo electrotécnico, a sus sub-ensambles y componentes y a los materiales aislantes eléctricos sólidos o a otros materiales combustibles. Concordancia con normas internacionales La presente Norma Mexicana toma como base la Norma Internacional IEC 60695-11-5: Fire hazard testingPart 11-5: Test flames-Needle-flame test method-Apparatus, confirmatory test arrangement and guidance 1.0 (2004-12) y ha sido adecuada a las necesidades del país para lograr el objetivo deseado de seguridad, incorporando las notas nacionales que se indican al inicio de esta norma, como resultado de lo siguiente: a) Se reemplaza la referencia a la norma ISO 4046-4 por el texto del párrafo 5.4, en donde se indican los datos del papel tisú de prueba que se indican en la Norma Internacional. b) Para el material de la barra de cobre se reemplaza la referencia a la Norma ASTM B 187 por el Cobre electrolítico de alta conductividad que se utiliza en México, debido a que este tipo de cobre tiene características equivalentes al Cu-ETP UNS C11000 de la Norma ASTM. Dadas las adecuaciones anteriores y puesto que se obtienen resultados equivalentes, esta Norma Mexicana es equivalente (IDT) con la Norma Internacional IEC 60695-11-5 (2004-12). NMX-J-610/3-6-ANCE-2009 COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA (EMC)-PARTE 3-6: EVALUACION DE LIMITES DE DISTORSION ARMONICA PARA LA CONEXION DE INSTALACIONES ELECTRICAS A SISTEMAS ELECTRICOS EN MT, AT Y EAT Campo de aplicación Esta Norma Mexicana, establece una guía con los lineamientos y principios a utilizarse para determinar y evaluar los límites de distorsión armónica para la conexión de instalaciones eléctricas al sistema eléctrico nacional en MT, AT y EAT a 60 Hz. Para los propósitos de esta norma, una instalación eléctrica significa cualquier instalación eléctrica que inyecta armónicas y/o interarmónicas, la cual puede ser una carga o unidad de generación. El objetivo principal es proporcionar una guía para las compañías suministradoras respecto de las prácticas de ingeniería que facilitan las previsiones de una adecuada calidad de servicio para todos los clientes que se conectan a una misma red de suministro de energía eléctrica. Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir ésta última al momento de elaborar la presente Norma Mexicana. NMX-J-610/4-1-ANCE-2009 COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA (EMC)-PARTE 4-1: TECNICAS DE PRUEBA Y MEDICION-GUIA PARA LA SELECCION DE PRUEBAS DE INMUNIDAD RADIADA Y CONDUCIDA DE LA SERIE DE NORMAS NMX-J-610/4-ANCE Campo de aplicación La presente Norma Mexicana es una guía de selección de las normas de inmunidad de compatibilidad electromagnética de la serie NMX-J-610/4-ANCE, que tratan las técnicas de prueba y medición, para los comités de producto, usuarios y fabricantes de equipos eléctricos, así como para proveer recomendaciones generales concernientes a la selección de las pruebas aplicables. Esta parte de la serie NMX-J-610/4-ANCE es una guía de selección de las normas de inmunidad de compatibilidad electromagnética para equipo eléctrico (aparatos y sistemas) en su ambiente electromagnético. Concordancia con normas internacionales Esta Norma Mexicana es equivalente (IDT) con la Norma Internacional IEC 61000-4-1 (2000-04), Electromagnetic Compatibility (EMC)-Part 4-1: Testing and measurement techniques-Overview of IEC 61000-4 series. México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica. 68 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 AVISO de consulta pública de los proyectos de normas mexicanas PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-4308-2-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009 y PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. AVISO DE CONSULTA PUBLICA DE LOS PROYECTOS DE NORMAS MEXICANAS, PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009, GRUAS-CLASIFICACION-PARTE 5: GRUAS PUENTE Y PORTICO; PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009, GRUAS-EVALUACION DE LA CARGA DEL VIENTO; PROY NMX-GR-4308-2-IMNC-2009, GRUAS Y DISPOSITIVOS DE ELEVACION-SELECCION DE CABLES-PARTE 2: GRUAS MOVILES-COEFICIENTE DE UTILIZACION; PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009, DISPOSITIVOS DE ELEVACION-CONTROLES-DISEÑO Y CARACTERISTICASPARTE 1: PRINCIPIOS GENERALES; PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009, GRUAS-CONTROLES-DISTRIBUCION Y CARACTERISTICAS-PARTE 3-GRUAS TORRE; PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009, GRUAS-CABINAS Y ESTACIONES DE CONTROL-PARTE 1: GENERALIDADES; PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009, GRUAS-ACCESOS, GUARDAS Y RESTRICCIONES-PARTE 3: GRUAS TORRE; PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009, GRUAS-USO SEGURO-PARTE 4: GRUAS PLUMA; PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009, GRUAS-REQUISITOS PARA LAS CARGAS DE ENSAYO. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 43, 44, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, publica el aviso de consulta pública de los proyectos de normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismos que han sido elaborados y aprobados por el Organismo Nacional de Normalización denominado Instituto Mexicano de Normalización y Certificación (IMNC). De conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estos proyectos de normas mexicanas, se publican para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el Organismo que los propuso, ubicado en Manuel Ma. Contreras 133, 6o. piso colonia Cuauhtémoc, código postal 06500, México, D.F. o al correo electrónico [email protected] El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, 53950, Estado de México. CLAVE O CODIGO PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009 TITULO DE LA NORMA GRUAS-CLASIFICACION-PARTE 5: GRUAS PUENTE Y PORTICO Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana establece la clasificación para las grúas puente y pórtico basada en el número de ciclos de operación a ser llevados a cabo durante la vida de los dispositivos y sus mecanismos, y el factor de espectro de carga que representa el estado de carga nominal. PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009 GRUAS-EVALUACION DE LA CARGA DEL VIENTO Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana se relaciona con la carga del viento en las grúas. Este método simplificado proporciona el cálculo y asume que el viento puede fluir horizontalmente en cualquier dirección con la velocidad constante y que existe una relación estática para las cargas, éstas se aplican a las estructuras de las grúas (cambios rápidos de la velocidad del viento) y para la reacción dinámica. PROY NMX-GR-4308-2-IMNC-2009 GRUAS Y DISPOSITIVOS DE ELEVACION-SELECCION DE CABLESPARTE 2: GRUAS MOVILES-COEFICIENTE DE UTILIZACION Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana establece los valores prácticos de los coeficientes mínimos de utilización, como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4308-1-IMNC-2008, para cables y resistencia a la torsión de los cables empleados en grúas móviles. Esto aplica a todas las grúas móviles, como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-2-IMNC. PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009 DISPOSITIVOS DE ELEVACION-CONTROLES-DISEÑO Y CARACTERISTICASPARTE 1: PRINCIPIOS GENERALES Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana establece los principios y requisitos para los controles y dispositivos de elevación. Trata sobre la disposición de aquellos controles que se emplean para el posicionamiento de cargas y que sirven como base general para la elaboración de normas detalladas que cubren los controles para tipos particulares de dispositivos de elevación. Viernes 3 de julio de 2009 PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 69 GRUAS-CONTROLES-DISTRIBUCION Y CARACTERISTICAS-PARTE 3GRUAS TORRE Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana específica los requisitos particulares de los controles para las grúas torre como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-3-IMNC y en la distribución del control básico empleado para el posicionamiento de cargas. PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009 GRUAS-CABINAS GENERALIDADES Y ESTACIONES DE CONTROL-PARTE 1: Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana específica los requisitos generales para cabinas y estaciones de control para las grúas, se manejan como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1-IMNC. Se toman en consideración las condiciones de empleo de la cabina. PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009 GRUAS-ACCESOS, GUARDAS Y RESTRICCIONES-PARTE 3: GRUAS TORRE Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana establece los requisitos generales para el acceso a las estaciones de control, así como otras áreas de las grúas, tal como se ha definido en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1IMNC durante las operaciones normales, mantenimiento, inspección, montaje y desmontaje. Las guardas y las restricciones son tratados de manera general, considerando de la protección de las personas que se encuentran en la grúa o cerca de ella, así como lo relacionado con partes móviles y objetos que puedan caerse o partes eléctricas. Establece los requisitos particulares relacionados a los accesos, guardas y restricciones de las grúas torre como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-3-IMNC. Es aplicable a: - Grúas torres desmontables para edificios y los trabajos generales de construcción, - Grúas torre armadas permanentemente (levantadas), - Grúas cabeza de martillo. No aplica ni para el acceso a las estaciones de control e instalaciones ni para las para las guardas y restricciones para: - Grúas pluma móviles auto propulsadas que puedan estar equipadas con un accesorio de la torre, - Mástiles de erección con o sin plumas. PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009 GRUAS-USO SEGURO-PARTE 4: GRUAS PLUMA Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana establece las prácticas requeridas para el uso seguro de las grúas pluma como se definen en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1-IMNC. Está destinada a ser empleada en conjunto con la Norma Internacional ISO 12480-1. PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009 GRUAS-REQUISITOS PARA LAS CARGAS DE ENSAYO Síntesis Este Proyecto de Norma Mexicana establece: - La composición y medición de las cargas de ensayo. - Los procedimientos para la aplicación de cargas de ensayo durante el ensayo de las grúas. Este Proyecto de Norma Mexicana fue desarrollado en conjunto con la Norma Mexicana NMX-GR-4310-IMNC y cubre los tipos de grúas descritos en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1-IMNC. México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica. 70 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION NORMA Oficial Mexicana NOM-070-PESC-2008, Pesca responsable en el embalse de la presa La Muñeca, ubicada en el Estado de San Luis Potosí. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 35, fracciones XXI, incisos d) y e), y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o., de la Ley de Planeación; 8o., fracciones I, III, IV, VI, VII, XI, XII, XIV, XVI, XVII, XIX, XXXVIII y XL de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 1o., 2o., fracciones I, IV, XXV y XXVI, 3o., fracciones I y III, 4o., 15, fracciones I, III, IV, XXX y XXXI, 32, 33, fracciones V, VI y XII, 35, fracción XVI, 37, 39, fracciones I, III, IV, VII, VIII, IX, X, XIII, XV, XVI y XVII, y 42, fracciones I, II, III, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; he tenido a bien expedir la presente: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-070-PESC-2008, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE DE LA PRESA “LA MUÑECA”, UBICADA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS INDICE 0. Introducción 1. Objetivo y campo de aplicación 2. Referencias 3. Definiciones 4. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí 5. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales 6. Bibliografía 7. Observancia de esta Norma Oficial Mexicana 8. Evaluación de la conformidad 0. Introducción 0.1 Considerando que el embalse de la presa “La Muñeca” se encuentra ubicada al sureste del Estado de San Luis Potosí, aproximadamente a 6 kilómetros de la cabecera municipal de Tierra Nueva. 0.2 Que el embalse de la presa “La Muñeca” se encuentra en las coordenadas geográficas 21°37´ de latitud Norte y 100°32´ de longitud Oeste, con una extensión que varía entre las 253 y 360 hectáreas, y posee una capacidad de almacenamiento de 31.1 millones de metros cúbicos que son destinados al riego. Presenta un clima semiseco templado, con una temperatura media anual entre los 12 y 18 grados centígrados, con lluvias en verano y precipitaciones máximas en el mes de julio y con mínimas en el mes de febrero. 0.3 Que en los márgenes alrededor del embalse de la presa “La Muñeca” se ubican ocho valles inundados y un pueblo sumergido desde el año de 1982, estimándose su vida útil de 20 años. Actualmente cuenta con 25 años y sigue en condiciones para continuar considerándose funcional. 0.4 Que en el embalse de la presa “La Muñeca”, se encuentran especies tales como: tilapia azul (Oreochromis aureus), carpa común (Cyprinus carpio) y lobina negra (Micropterus salmoides), las cuales son de interés para el aprovechamiento mediante actividades de pesca comercial y deportivo-recreativa. 0.5 Que la actividad pesquera resulta una alternativa para la generación de empleos y como fuente de alimento para los pobladores ribereños de la cabecera municipal de Tierra Nueva, en el Estado de San Luis Potosí. 0.6 Que para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y desarrollo sustentable de las actividades de aprovechamiento de los recursos pesqueros existentes en el embalse de la presa “La Muñeca”, se hace necesario establecer medidas técnicas regulatorias en materia de pesca y acuacultura. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 71 1. Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Oficial Mexicana, de conformidad con los objetivos determinados en el artículo 2o., de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, establece los términos y condiciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros de la fauna acuática existentes en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí. 2. Referencias Esta Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes regulaciones y sus modificaciones subsecuentes: 2.1 Norma Oficial Mexicana NOM-009-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1994. 2.2 Norma Oficial Mexicana NOM-010-PESC-1993, Que establece los requisitos sanitarios para la importación de organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura u ornato, en el territorio nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1994. 2.3 Norma Oficial Mexicana NOM-011-PESC-1993, Para regular la aplicación de cuarentenas, a efecto de prevenir la introducción y dispersión de enfermedades certificables y notificables, en la importación de organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura y ornato, en los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1994. 2.4 Norma Oficial Mexicana NOM-017-PESC-1994, Para regular las actividades de pesca deportivorecreativa en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 1995. 2.5 Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT4-2009, Equipo mínimo de seguridad, comunicación y navegación para embarcaciones nacionales, hasta 15 metros de eslora, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2009. 3. Definiciones Para los propósitos de esta Norma Oficial Mexicana, conjuntamente con las definiciones señaladas en el artículo 4o., de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, se entiende por: 3.1 Apaleo o Arreo: Denominación coloquial para una práctica de auxilio a la pesca, que consiste en golpear el agua o las zonas de vegetación acuática, mediante remos u otros materiales, para inducir a los peces a desplazarse hacia las artes de pesca. 3.2 Atarraya: Red circular de forma cónica que puede estar formada de uno o varios paños, que adapta su forma mediante cortes o aumentos sistemáticos y que cuenta con una piola para su recuperación. 3.3 Borda: Cada uno de los lados de una embarcación. 3.4 Chinchorro de arrastre: Red de pesca de forma rectangular, de tipo activo, conformado por paño de red de hilo multifilamento, unido a dos cabos o líneas de soporte denominadas “relingas” (la de flotación y la de hundimiento), llevan flotadores en la relinga superior y plomos en la relinga inferior, consta de un matadero en su parte central denominado “copo” y dos cuchillas laterales denominadas “alas”, es dirigido hacia aguas poco profundas permitiendo la captura de organismos juveniles y adultos. 3.5 CONAPESCA: Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. 3.6 Corraleo: Se refiere a la acción de encerrar los recursos pesqueros existentes en los cuerpos de agua con chinchorros o redes de enmalle para facilitar su captura. 3.7 Curricán: Objeto en forma de pez o alguna otra forma que resulte atractivo como presa para algunas especies de peces cuando se le imprime movimiento dentro del agua, el cual contiene uno o varios anzuelos y es utilizado en la pesca deportivo-recreativa. 3.8 Encabalgado: El valor porcentual del tamaño del paño de red armado, respecto al paño estirado, una vez que se reduce su dimensión original al ser unido a las relingas durante la confección del equipo de pesca. 3.9 Eslora: Es la longitud del barco desde la parte delantera (proa) a la parte posterior (popa). 3.10 Explosivos: Materiales o sustancias que pueden experimentar una violenta descomposición química, provocada por un detonante, y que al hacerlo producen gases calientes que se expanden provocando un estallido, por ejemplo la dinamita, explosivos plásticos y nitroglicerina. La onda expansiva puede aturdir o matar a las especies acuáticas. 72 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 3.11 Filetear: Acción de separar y cortar en porciones delgadas y alargadas la carne de pescado. 3.12 Longitud Total (LT): La distancia existente entre la punta del hocico del pez y el extremo de su aleta caudal (Anexo 1). 3.13 INAPESCA: Instituto Nacional de Pesca. 3.14 Luz de malla: Distancia entre dos nudos opuestos de un paño de red, medida en la parte interior de la malla en el sentido de construcción del paño. 3.15 Motor fuera de borda: Medio de propulsión para embarcaciones menores, que se instala en la parte posterior de la unidad de pesca, que consta de hélices que al girar propician el movimiento de la embarcación y que utiliza generalmente gasolina como combustible. 3.16 Motoreo: Acción de dirigir u orientar los recursos pesqueros hacia los equipos de pesca, mediante el uso del motor fuera de borda. 3.17 Redes de enmalle o agalleras: Los equipos de pesca de tipo pasivo de forma rectangular, conformados por paño de red de hilo monofilamento o multifilamento, unido a dos cabos o líneas de soporte denominadas “relingas” (la de flotación y la de hundimiento). Llevan flotadores en la relinga superior y plomos en la relinga inferior, confiriéndole a la red la cualidad de mantener el paño extendido. 3.18 Relinga: Cada una de las cuerdas o sogas donde se colocan los plomos y boyas para que se sostengan las redes en el agua. 3.19 Siembra: Acción de colocar o esparcir organismos en cualquier estadio de su ciclo de vida en el agua para su crecimiento. 3.20 Sustancias contaminantes: Sustancias químicas sintéticas (por ejemplo cianuro u otros venenos) o de origen natural (leche de haba, barbasco), ajenas al ambiente acuático, que tienen un efecto sedante o mortal sobre los organismos acuáticos. 3.21 Secretaría: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. 3.22 Talla mínima de captura: Longitud mínima que debe tener un organismo para que pueda ser capturado. 3.23 Trasmallos: La unión de dos o más redes de enmalle con diferente luz de malla para aumentar la captura de las especies acuáticas. 3.24 Verificación: Constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición o examen de documentos, que se realiza para evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana en un momento determinado. 3.25 Vivero: Contenedor con aditamentos para la oxigenación del agua, utilizado para mantener vivos en su interior a los organismos capturados. 4. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí. 4.1 Las especies objeto de la presente Norma Oficial Mexicana son: tilapia azul (Oreochromis aureus), carpa común (Cyprinus carpio) y lobina negra (Micropterus salmoides). 4.2 La pesca comercial de los recursos pesqueros existentes en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada Estado de San Luis Potosí, podrá concesionarse o permisionarse, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, fracción I, 41, fracciones IV y VIII, 42, 43, 45, 46, 47, 48, 49 y 66 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable, a personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, condicionada siempre a la disponibilidad y conservación del recurso de que se trate, sujetándose a las siguientes disposiciones: 4.2.1 Podrá realizarse sobre las especies de tilapia azul (Oreochromis aureus) y carpa común (Cyprinus carpio), que se indican en el apartado 4.1 de esta Norma Oficial Mexicana, previa obtención de las concesiones y permisos correspondientes. Dichas especies deberán contar con las especificaciones sanitarias que establezcan las autoridades competentes, de conformidad con las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables. Los ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides) que sean capturados incidentalmente durante las operaciones de pesca comercial y que al recuperar las artes de pesca se encuentren vivos, deberán ser regresados al embalse en buenas condiciones de supervivencia. Los ejemplares que resulten muertos, podrán retenerse y comercializarse por quien los capture, a condición de que sean registrados en avisos de arribo y bitácoras de pesca. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 73 4.2.2 Se autoriza la operación de embarcaciones menores que cuenten con un máximo de 10.5 metros de eslora, sin cubierta corrida con o sin motor fuera de borda. Asimismo, las artes de pesca que se autorizan son: I. Redes de enmalle o agalleras. II. Cañas de pescar y curricanes. Conforme a las especificaciones técnicas, que para cada especie se establecen a continuación: 4.2.2.1 Para la tilapia azul (Oreochromis aureus) y carpa común (Cyprinus carpio): redes de enmalle construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro máximo de hilo de 0.30 milímetros, luz de malla mínima de 127 milímetros (5 pulgadas), longitud máxima de 50 metros, caída de hasta 1.5 metros y un encabalgado de entre 30 y 40%. 4.2.3 Las operaciones de pesca deberán sujetarse a las siguientes disposiciones: 4.2.3.1 Las redes deberán ser operadas fijas. En ningún caso se podrán unir más de dos redes. 4.2.3.2 El límite de esfuerzo permisible en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí es el siguiente: a) Un máximo de cinco redes de enmalle para tilapia azul (Oreochromis aureus). b) Un máximo de cinco redes de enmalle para carpa común (Cyprinus carpio). Estas cantidades, así como las que pudieran establecerse para otros tipos de equipo de pesca, serán revisadas periódicamente con base en los resultados de las investigaciones científicas y tecnológicas que se realicen sobre el desarrollo de la pesquería. Su eventual modificación será notificada mediante acuerdos que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación. 4.2.4 Se establecen las siguientes tallas mínimas de captura para cualquier tipo de aprovechamiento en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí: a) Para la tilapia azul (Oreochromis aureus) de 220 milímetros de longitud total. b) Para carpa común (Cyprinus carpio) de 400 milímetros de longitud total. 4.2.5 Se autoriza realizar la pesca comercial de lunes a sábado a partir de las 18:00 horas hasta las 6:00 horas del día siguiente, sobre las especies de tilapia azul (Oreochromis aureus) y carpa común (Cyprinus carpio). 4.2.6 Los concesionarios y permisionarios de la pesca comercial que operen en el embalse, deberán registrar las circunstancias de la pesca en la bitácora que se publica como Anexo 2 de la presente Norma Oficial Mexicana, la cual se encuentra registrada con la homoclave CONAPESCA-01-042-L en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS), y entregarla mensualmente a las oficinas de la Secretaría, en un plazo no mayor de cinco días después de cada mes calendario, con el propósito de evaluar oportunamente las operaciones de pesca. 4.3 La pesca deportivo-recreativa en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, podrá realizarse por personas físicas de nacionalidad mexicana y extranjera al amparo de permisos correspondientes. Cuando ésta se realice desde tierra no se requerirá de permiso. Esta actividad estará condicionada siempre a la disponibilidad y conservación del recurso de que se trate y queda sujeta a la observancia de las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-017-PESC-1994, Para regular las actividades de pesca deportivo-recreativa en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 1995 y demás disposiciones legales aplicables. 4.3.1 Se autoriza para la pesca deportivo-recreativa la captura y retención diaria por pescador de tres ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides) de más de 350 milímetros de longitud total. 4.3.2 Para la pesca deportivo-recreativa se podrá llevar a cabo el método de captura y liberación de los ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides), por lo que los ejemplares que sean capturados después de haber cumplido con la cuota diaria deberán ser regresados al agua en adecuadas condiciones de sobrevivencia. Las embarcaciones utilizadas en la pesca deportivo-recreativa, deberán de contar con viveros para mantener en buenas condiciones de sobrevivencia a los organismos que sean liberados. 4.3.3 Los prestadores de servicios de pesca deportivo-recreativa, deberán entregar sus bitácoras de pesca que se publica como (Anexo 3) la cual se encuentra registrada con la homoclave CONAPESCA-01-042-D en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS) dentro de las 72 horas siguientes, contadas a partir del arribo de sus embarcaciones en la Oficina Federal de la Secretaría. 74 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 4.3.4 Para la pesca deportivo-recreativa se podrán utilizar cañas de pescar y curricanes. 4.4 La pesca de consumo doméstico se sujetará a las disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables y podrá realizarse bajo las siguientes condiciones: 4.4.1 Sólo podrán realizarla los habitantes residentes de las comunidades ribereñas del embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí. 4.4.2 Sólo podrán utilizarse como equipos para este tipo de pesca las líneas manuales que pueda utilizar individualmente el pescador. 4.4.3 Sólo podrán capturarse un máximo de 5 kilogramos diarios por pescador, de cualquiera de las especies enlistadas en el apartado 4.1 de esta Norma Oficial Mexicana. Los productos pesqueros capturados se destinarán para el consumo directo y no podrán comercializarse. Los ejemplares capturados deben cumplir con los requisitos del apartado 4.2.4. 4.5 Los ejemplares capturados mediante actividades de pesca comercial y deportivo-recreativa no podrán ser fileteados a bordo de las embarcaciones. 4.6 No se permiten actividades de pesca empleando chinchorros de arrastre, atarrayas, trasmallos, así como las técnicas conocidas como “apaleo”, “arreo”, “corraleo” o “motoreo”, de la misma manera no se permite el uso de explosivos en auxilio a la pesca ya que inciden en forma negativa sobre el recurso pudiendo afectar las zonas reproductivas de las especies. 4.7 La siembra o repoblamiento de especies para el mejoramiento productivo del embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, se podrá realizar bajo las condiciones que determine la Secretaría en base a los estudios que realice el INAPESCA. 4.8 Con el propósito de inducir un óptimo aprovechamiento desde el punto de vista biológico, la Secretaría a través de la CONAPESCA, establecerá periodos y zonas de veda para la captura de las especies ubicadas en el embalse de la presa “La Muñeca”, durante los principales periodos de reproducción, nacimiento y crecimiento de las nuevas generaciones. 4.9 La Secretaría, en base a los resultados de los estudios que se realicen, dará a conocer con la debida anticipación las fechas de inicio y término de las vedas, con base en la Norma Oficial Mexicana NOM-009-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1994, mediante acuerdos que se publicarán en el mismo órgano oficial. 4.10 Los permisionarios que realizan el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, al amparo de los permisos de pesca comercial, quedan obligados a: 4.10.1 Colaborar con la Secretaría en sus programas pesqueros, en la preservación del medio ecológico, la conservación de especies, así como apoyar en los programas de repoblamiento del medio natural, en los términos y condiciones que fije la Secretaría. 4.10.2 Participar en programas de pesca y acuacultura que se lleven a cabo por el Gobierno Estatal y Municipal conforme a los convenios o acuerdos de coordinación o colaboración que establezca la Secretaría. 4.10.3 Participar con las autoridades competentes en los Programas de Seguridad de la Vida en el Agua y en el cumplimiento de las disposiciones aplicables a tal efecto. 4.11 La Secretaría por medio del INAPESCA, se encargará de evaluar el desarrollo de la actividad pesquera y elaborará Programas de Administración y Aprovechamiento del recurso. Para los efectos anteriores, la Secretaría invitará a participar a los gobiernos Estatal, Municipal y productores. 4.12 La introducción de especies de flora y fauna acuáticas vivas en cualesquiera de los estadios de su ciclo de vida, con fines de acuacultura o repoblación, sólo podrá ser permitida por la Secretaría, a través de la CONAPESCA, cuando se justifique su introducción y se acredite que las especies a introducir se encuentran libres de parásitos o enfermedades que pudieran dañar a las especies ya existentes u ocasionar problemas fitosanitarios o zoosanitarios, o de salud pública y se deberá cumplir con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-PESC-1993, Para regular la aplicación de cuarentenas, a efecto de prevenir la introducción y dispersión de enfermedades certificables y notificables, en la importación de organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura y ornato, en los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1994. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 75 4.13 La introducción de especies de flora y fauna acuáticas vivas en cualquiera de los estadios de su ciclo de vida también estará sujeta a la resolución en materia de impacto ambiental que emita la autoridad competente. 4.14 La Secretaría, a través de la CONAPESCA, con base en las investigaciones y programas de desarrollo tecnológico que realice o valide el INAPESCA, con el objeto de garantizar la protección y el óptimo aprovechamiento del recurso pesquero, notificará mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, acerca de nuevos sistemas, equipos o artes de pesca que se autoricen para su utilización; así como los niveles de esfuerzo pesquero y aquellas relativas a la actualización de especies y de equipos o artes de pesca autorizados en la Norma Oficial Mexicana. 4.15 La Secretaría concesionará o permitirá actividades de acuacultura dentro del embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, a través de la CONAPESCA, con base en las investigaciones y programas de desarrollo tecnológico que realice o valide el INAPESCA, considerando para tales acciones lo previsto en el numeral 4.12. 5. Grado de concordancia con normas y recomendaciones Internacionales 5.1 No hay normas equivalentes. 6. Bibliografía 6.1 Instituto de Ciencias del Mar y Limnología, Unidad Mazatlán, Universidad Nacional Autónoma de México 2008. Estudio Biológico-Pesquero, Diagnóstico Socioeconómico, elaboración de Plan de Manejo (incluyendo la Formación y Operación de Comités de Manejo) de la Presa La Muñeca (Tierra Nueva, San Luis Potosí). Informe de Investigación. 56 p. 6.2 http://www.canalmar.com/diccionario/diccionario-naútico 7. Observancia de esta Norma Oficial Mexicana 7.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría, a través de la CONAPESCA, cuyo personal realizará los actos de inspección y vigilancia que sean necesarios, en su caso, en colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, en el ámbito de sus respectivas atribuciones. Las infracciones a la misma se sancionarán en los términos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones aplicables. 8. Evaluación de la Conformidad 8.1 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana se realizará por la Secretaría a través de la CONAPESCA. 8.2 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana también podrá ser efectuada por personas acreditadas en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. En este caso, la lista de las personas acreditadas por la Secretaría, estará disponible en la página de Internet de la CONAPESCA: www.conapesca.sagarpa.gob.mx, así como en las oficinas de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, sita en avenida Camarón Sábalo sin número, esquina avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, de Mazatlán, Sinaloa. 8.3 El procedimiento para la Evaluación de la Conformidad será el siguiente: 8.3.1 A fin de determinar el grado de cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana se efectuarán verificaciones por parte de los Oficiales Federales de Pesca y/o Terceros Acreditados en cualquiera de las siguientes opciones: 8.3.1.1 En los sitios de acopio y/o desembarque, en las embarcaciones dedicadas a la pesca de las especies de peces objeto de la presente Norma Oficial Mexicana. 8.3.1.2 Durante las operaciones de pesca o navegación de las embarcaciones. 8.3.2 En cualquiera de las opciones previstas en los apartados 8.3.1.1 y 8.3.1.2, se llevará a cabo la comprobación de la talla de captura de las especies referidas en esta Norma Oficial Mexicana, en el caso de la pesca comercial, mediante la medición de una muestra de 200 ejemplares obtenidos de manera aleatoria, midiéndose la longitud total mediante ictiómetro o reglilla, y en los casos de la pesca deportivo-recreativa y de consumo doméstico, midiendo la totalidad de ejemplares capturados. 76 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Las muestras de los ejemplares en todo caso deberán ser regresadas al particular una vez concluida la comprobación correspondiente. 8.3.3 En cualquiera de las opciones previstas en los apartados 8.3.1.1 y 8.3.1.2, se llevará a cabo la constatación ocular o comprobación de las características de los equipos de pesca descritos en la presente Norma Oficial Mexicana. a) Para constatar la luz de malla de las redes, se medirá con vernier o cinta métrica, la distancia entre dos nudos opuestos de un paño de red, medida en la parte interior de la malla en el sentido de construcción del paño. b) Para constatar la caída de la red, se medirá el tamaño de malla “a paño estirado” por el número de mallas utilizando cinta métrica. c) Para constatar la longitud de la red, se medirá la relinga superior utilizando cinta métrica. d) Para medir la longitud total de los peces, se medirá la distancia existente entre la punta del hocico del pez y el extremo de la aleta caudal de la forma descrita en el Anexo I de esta Norma Oficial Mexicana. 8.3.4 La supervisión de la composición de las capturas se efectuará en los centros de acopio y/o sitios de desembarque. 8.4 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana, se llevará a cabo a petición de parte, por lo que los particulares podrán solicitarla mediante escrito libre, el cual deberá contener los siguientes requisitos de información: • Nombre de la Norma Oficial Mexicana de la que se solicita la evaluación de la conformidad. • Nombre o razón social del concesionario o permisionario de pesca. • Número de la concesión o permiso de pesca. • Vigencia de la concesión o permiso de pesca. El escrito deberá ser dirigido al titular de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA mediante el correo electrónico o en los números de fax que se den a conocer para este fin en la página electrónica de la CONAPESCA (www.conapesca.sagarpa.gob.mx), o bien, mediante el envío por correo a las oficinas de esa Dirección General, sita en avenida Camarón Sábalo sin número, esquina avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, de Mazatlán, Sinaloa. El plazo de respuesta a la solicitud del interesado por parte de las autoridades, no deberá de ser mayor a 10 días hábiles. 8.5 Los Oficiales Federales de Pesca y/o Terceros Acreditados elaborarán por escrito un documento denominado “Resultado de la Evaluación de la Conformidad”, que informe los detalles sobre el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana, en escrito libre que contenga los datos de identificación del evaluado: Nombre o razón social del concesionario o permisionario de pesca. Número de la concesión o permiso de pesca. Vigencia de la concesión o permiso de pesca. Fecha de evaluación. Elementos verificados. Resultados de la verificación. El Resultado de la Evaluación de la Conformidad, en caso de ser positivo, comprobará el cumplimiento de la Conformidad de la Norma Oficial Mexicana respectiva, durante un periodo correspondiente a la temporada anual de pesca de la especie, la vigencia será de un año calendario a partir de la emisión del Reporte. El Resultado de la Evaluación de la Conformidad, será entregado al solicitante para los fines que a éste convengan. 8.6 En caso de que el resultado de la Evaluación de la Conformidad, sea desfavorable para el interesado, éste podrá solicitar una nueva Evaluación de la Conformidad, siguiendo el procedimiento a que se refiere el numeral 8.4 de esta Norma Oficial Mexicana. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 77 La autoridad correspondiente deberá de asignar a un evaluador distinto al que elaboró la primera Evaluación de la Conformidad. El resultado de este segundo informe, anulará el resultado obtenido en la primera evaluación de la conformidad. TRANSITORIOS PRIMERO.- La presente Norma Oficial Mexicana, entrará en vigor a los 60 días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Todos los equipos de pesca actualmente en uso, cuyas características técnicas no concuerden con las establecidas en la presente Norma Oficial Mexicana, podrán continuar utilizándose por un periodo máximo de seis meses, contados a partir de su fecha de entrada en vigor, plazo durante el cual deberán ser sustituidos por los equipos autorizados. Ciudad de México, D.F., a 16 de junio de 2009.- El Coordinador General Jurídico, Wolfgang Rodolfo González Muñoz.- Rúbrica. 78 (Primera Sección) ANEXO 2 DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SAGARPA-BP- Viernes 3 de julio de 2009 ANEXO 3 05 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 79 VESSEL INFORMATION NOMBRE: Anotar el nombre de la embarcación. NACIONALIDAD: Anotar la nacionalidad de la bandera de la embarcación. MATRICULA: Anotar el número de matrícula otorgado por la autoridad correspondiente. ESLORA : Anotar la medida de la eslora de la embarcación en metros lineales. MANGA: Anotar la medida de la manga de la embarcación en metros lineales. NAME: Vessel´s name. NATIONALITY: Vessel´s flag nationality. VESSEL REGISTER: Registration number granted by the respective authority. LENGTH: Vessel´s length in lineal meters. BEAM: Vessel´s beam in lineal meters. PERMIT NUMBER: Permit number granted to the ship to carry out activities of sport-recreational fishing on board. THE PERMIT HOLDER: Permit´s holder name. DURACION DEL VIAJE DE PESCA DURATION OF THE FISH TRIP SALIDA VIA LA PESCA: PUERTO: Anotar el nombre del puerto o sitio del cual zarpa el barco rumbo a la pesca. FECHA: Anotar la secuencia día-mes-año. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas. Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00. ENTRADA A PUERTO: PUERTO: Anotar el nombre del puerto o sitio de arribo en donde se realice el desembarque. FECHA: Anotar la secuencia día-mes-año. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas. Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00. VOLUMEN DEL COMBUSTIBLE: INICIO VIAJE LITROS: Anotar el volumen de combustible en litros con el cual la embarcación inicia su viaje de pesca. TERMINO VIAJE LITROS: Anotar el volumen de combustible en litros con el cual la embarcación termina su viaje de pesca. PORT: Departure port o place in wich the fishing departure authorization is granted. DATE: Sequence day-month-year of the date when the fishing operation starts. The day and year will be writte in Arabic numbers. The month will be writte using abbreviations e.g.: 5 of July 2000 will be writte 05-Jul-00. PORT OF ARRIVAL: PORT: Arrival port or place of unloading. DATE: Sequence day-month-year of the date when the fishing operation starts. The day and year will be writte in Arabic numbers. The month will be writte using abbreviations e.g.: 5 of July 2000 will be writte 05-Jul-00. FUEL CONSUMPTION: INITIAL VOLUME. Writte the initial fuel volume in litres. FINAL VOLUME: Writte the final fuel volume in litres upon return. FISHING RESULT RESULTADO DE LAS OPERACIONES DE PESCA ZONA DE PESCA: Anotar el nombre con el que se conozca el embalse donde se realiza la pesca. FECHA: Anotar la secuencia día-mes-año del día en que inicie la operación de pesca. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas. Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00. HORA INICIO: Anotar la hora en que se inicien las operaciones de pesca. FIN: Se anotará la hora de término de la faena de pesca. En ambos casos la precisión será a minutos; por ejemplo: las cinco y media de la mañana se expresará 05:30, mientras que las cinco y media de la tarde se expresará 17:50 horas. No. DE PESCADORES: Anotar el número de pescadores a bordo de la embarcación CAPTURAS ESPECIES: Para cada especie indicada en cada columna, anotar en el renglón correspondiente el número de peces capturados en el viaje, el número de peces devueltos, el número de peces retenidos. El peso en kilogramos del total de peces retenidos, la talla mínima, máxima y promedio en centímetros. OTRAS: Anotar el número de peces capturados de otras especies, que será la suma del número de peces devueltos y el número de peces retenidos durante el viaje de pesca, también anotar el peso en kilogramos, la talla mínima, máxima y promedio de los peces capturados, medidos en centímetros, así como la talla promedio de los peces capturados durante el viaje de pesca, medidos en centímetros. CARNADA VIVA: Si utilizó carnada viva en sus operaciones de pesca, escribir el nombre. CARNADA: Si utilizó carnada en sus operaciones de pesca, escribir el nombre. SEÑUELO: Si utilizó señuelo en sus operaciones de pesca, escribir el nombre. FISHING ZONE: Quadrant code on map corresponding to the carried out sets. DATE: Sequence day-month-year of the day of port arrival. The day and year will be written in arabic numbers. The month will be written using abbreviations e.g. 5 of July 2000 will be written 05-Jul-00. START TIME: Hour when the fishing operations started. END TIME: Hour when the fishing operations ended. In both cases the time will be written hours and minutes; e.g. five thirty in the morning will be expressed 05:30, while five thirty in the afternoon will be expressed 17:50 hours. No. OF FISHERMEN: Number of fishermen on board. CATCHES SPECIES: Specify for each specie, in the corresponding column, the number of fishes captured during the trip; number of returned fishes to the sea, and number of retained fishes. Specify weight in kilograms of retained fishes as well as its minimum, maximum and average size in centimeters. OTHERS: For other species write the total account of the catch during the trip, number of the returned fishes plus the number of the retained fishes. Total of the retained fishes must specify its weight in kilograms, as well as its minimum, maximum and average size in centimeters. LIVE BAIT: If live bait was used in their fishing operations write the name. BAIT: If bait was used in their fishing operations write the name. ENTICEMENT: If enticement was used in their fishing operations write the name. LIST OF FISHERMEN. No. Se usará un orden numérico progresivo para indicar el nombre y número de permiso individual de cada pescador que participó en el viaje de pesca. No. De permiso individual: Escriba el número del permiso individual de cada uno de los pescadores. Nombre: Se anotará el nombre completo de los pescadores con permiso individual a bordo de la embarcación. No. It´ll be used a progresive number for the name an individual permit for each sportfisherman during the fish trip. Individual permit number: It´ll be write the individual permit number of each one sportfisherman. Name: It´ll be write the sportfishermen full name with their respective individual permit. RESPONSABLE DE LOS DATOS ASENTADOS EN ESTE DOCUMENTO SIGNATORY: El capitán y/o patrón de pesca escribirá su nombre y firmará la bitácora de pesca responsabilizándose de la información vertida en ésta. The Captain and/or the vessel´s Skipper will write his name and signature on the logbook, taking responsibility of the provided information. RECEPCION DE BITACORA OFICINA FEDERAL DE SAGARPA RECEIVE DATE IN SAGARPA OFFICE: El Jefe de la Oficina de Pesca, deberá anotar el nombre de la oficina en la que se está recibiendo la bitácora, la fecha de recepción. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas. Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00. Se anotará también el nombre del jefe de la oficina, el cargo que ocupa y su firma. The Head of the Office will write the name of the Office in which the logbook is submitted, as well as the reception date. The day and year will be writte in Arabic numbers. The month will be writte using abbreviations e.g. 5 of July 2000 will be writte 05-Jul-00. The name, position and signature of the Head of the Office must be added. _________________________________ Viernes 3 de julio de 2009 LISTA DE PESCADORES DIARIO OFICIAL PERMISO NUMERO: Anotar el número del permiso otorgado a la embarcación para llevar a cabo la pesca deportivo-recreativa a bordo. VIGENCIA: Anotar la fecha de término de la vigencia. TITULAR: Anotar el nombre de la persona a la que se otorgó el permiso. (Primera Sección) EMBARCACION SAGARPA-BP-05 80 INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA BITACORA DE PESCA DEPORTIVA EN EMBALSES INSTRUCTIVE FOR THE FILLING OUT OF THE SPORTFISHING LOGBOOK (CONTINENTAL WATERS) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 81 SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA CIRCULAR No. 0027/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica.- Area de Responsabilidades. CIRCULAR No. 0027/2009 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SUSPENSION OTORGADA A LA EMPRESA MANUFACTURAS Y MANTENIMIENTOS METALMECANICOS, S.A. DE C.V. Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. Con fecha dieciocho de junio de dos mil nueve, la Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en el cuaderno incidental del Juicio de Amparo 700/2009, promovido por la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V., contra la resolución de dieciocho de mayo del año en curso, dictada dentro del recurso de revisión 18/577/OIC/AR/RR/SP/0002/2009, determinó: “Por lo que hace a los efectos y consecuencias de la resolución impugnada con fundamento en los artículos 124 y 192 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional solicitada, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, esto es, para que la parte quejosa pueda participar en los procedimientos de licitación y de contratación con la Administración Pública;...”; por tanto, se suspende la inhabilitación impuesta por el plazo de nueve meses por esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, a la aludida empresa, en el legajo administrativo de sanciones 18/577/OIC/AR/UI/SP/0073/2008, hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto planteado en el juicio de amparo de referencia, o se provea en diverso sentido. Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular, cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público que contraten, se realicen cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Carlos Benjamín Silva Hernández.- Rúbrica. CIRCULAR No. 0028/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión definitiva otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica.- Area de Responsabilidades. CIRCULAR No. 0028/2009 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SUSPENSION DEFINITIVA METALMECANICOS, S.A. DE C.V. OTORGADA A LA EMPRESA MANUFACTURAS Y MANTENIMIENTOS 82 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. Con fecha veintitrés de junio de dos mil nueve, la Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en el cuaderno incidental del Juicio de Amparo 700/2009, promovido por la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V., contra la resolución de dieciocho de mayo del año en curso, dictada dentro del recurso de revisión 18/577/OIC/AR/RR/SP/0002/2009, determinó: “Por lo que hace a los efectos y consecuencias de la resolución impugnada con fundamento en los artículos 124 y 192 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión definitiva solicitada, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran, esto es, para que la parte quejosa pueda participar en los procedimientos de licitación y contrataciones con la Administración Pública;...”; por tanto, se suspende la inhabilitación impuesta por el plazo de nueve meses por esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, a la aludida empresa, en el legajo administrativo de sanciones 18/577/OIC/AR/UI/SP/0073/2008, hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto planteado en el juicio de amparo de referencia, o se provea en diverso sentido. Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular, cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 24 de junio de 2009.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Carlos Benjamín Silva Hernández.- Rúbrica. CIRCULAR por la que se comunica a las unidades administrativas de la Presidencia de la República, a las secretarías de Estado, departamentos administrativos, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Procuraduría General de la República, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Gonzalo Celorio Morayta. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control de la Presidencia de la República.- Expediente PAS/ 32-D-0008/2008. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, A LAS SECRETARIAS DE ESTADO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y CONSEJERIA JURIDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA Y FIDEICOMISOS EN LOS QUE EL FIDEICOMITENTE SEA EL GOBIERNO FEDERAL O UNA ENTIDAD PARAESTATAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL C. GONZALO CELORIO MORAYTA. Oficiales mayores de las dependencias, Procurador General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 83 Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 fracción I, 11, 59, 60 fracción IV; 61 fracciones I, II, III y IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 de su Reglamento; 2, 8 y 9 primer párrafo, 83 y 95 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 80 fracción I numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo séptimo de la resolución de fecha 8 de junio de 2009, que se dictó en el expediente número PAS/32-D-0008/2008, mediante el cual se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado al C. Gonzalo Celorio Morayta, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses. En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular. Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea necesario algún otro comunicado. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 10 de junio de 2009.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en Presidencia de la República, Octaviano Liceaga Zermeño.- Rúbrica. PODER JUDICIAL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL CONVOCATORIA para integrar la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos. CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE PERSONAS QUE PUEDAN FUNGIR COMO PERITOS ANTE LOS ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL DIEZ. La Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81, fracción XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 52, fracción XVII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y 6o. del Acuerdo General 37/2001, que establece el procedimiento para formar anualmente la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los Organos del Poder Judicial de la Federación, las formalidades para su nombramiento, así como sus derechos y obligaciones, modificado por el diverso 34/2004, emite la siguiente: CONVOCATORIA Dirigida a todas las personas que estén capacitadas para formular dictámenes en cualquier área de la ciencia, técnica, arte u oficio necesarios para el auxilio de la administración de justicia y que reúnan los requisitos que se precisarán en las bases de la presente. La lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez, se elaborará conforme a las siguientes: BASES PRIMERA.- DE LOS PARTICIPANTES.- Podrán participar todas aquellas personas que tengan título en el arte, ciencia o técnica, sobre los cuales debe dictaminarse, en caso de que estén legalmente reglamentados; o tengan conocimientos relacionados con el arte, ciencia o técnica respectiva, en caso de que no estén legalmente reglamentados. SEGUNDA.- DE LOS REQUISITOS.- Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos: I.- Tener título en el arte, ciencia o técnica sobre los cuales deba dictaminarse, en caso de que estén legalmente reglamentados; 84 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 II.- Tener conocimientos relacionados con el arte, ciencia o técnica respectiva, en caso de que no estén legalmente reglamentados; III.- Contar con un mínimo de cinco años de ejercicio profesional, excepto cuando la disciplina sea de reciente aplicación, en cuyo caso, el mínimo deberá ser igual al tiempo en que inició la aplicación de la citada disciplina; IV.- Observar buena conducta y ser de reconocida solvencia moral; V.- No haber sido condenado por delito doloso, grave, patrimonial o contra la administración de justicia; y, VI.- No haber sido sancionado por los órganos del Poder Judicial de la Federación, de algún Poder Judicial Estatal, o de la Administración Pública Federal o Estatal, por la comisión de alguna falta grave, en el caso de que se hayan desempeñado como servidores públicos. TERCERA.- PERIODO PARA LA RECEPCION DE SOLICITUDES Y REQUISITOS DE LAS MISMAS.Durante la primera quincena de agosto de dos mil nueve, en la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, sita en avenida Insurgentes Sur, número 2417, piso 7, ala norte, colonia San Angel, delegación Alvaro Obregón, código postal 01000, en la Ciudad de México, Distrito Federal, deberán entregarse las solicitudes por escrito de quienes deseen formar parte de la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez, a la que se acompañarán los documentos siguientes: I.- Información curricular actualizada en la que se incluya: nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, cédula de identificación fiscal, domicilio, teléfono y estudios realizados; II.- Escrito en el que se expresará, bajo protesta de decir verdad: a) No haber sido condenado por delito doloso, grave, patrimonial o contra la administración de justicia; b) No haber sido sancionado por los órganos del Poder Judicial de la Federación, de algún Poder Judicial Estatal o de la Administración Pública Federal o Estatal, por la comisión de alguna falta grave, en el caso de que se haya desempeñado como servidor público; c) La materia o materias, rama, arte o especialidad en que sea experto y desea se le inscriba; y, d) Los motivos por los que desea formar parte de la lista; III.- Dos cartas de personas que lo conozcan y que avalen su conducta y solvencia moral, señalando sus datos personales; IV.- Copia de los tres últimos dictámenes que, en su caso, haya presentado ante algún Organo Jurisdiccional o institución pública; V.- Copia certificada del título y cédula profesional, de ser el caso; y, VI.- Copia certificada de alguna constancia que se tenga y de la cual se advierta la experiencia en la materia de que se trate, para los casos en que el arte, ciencia o técnica no estén reglamentados. CUARTA.- CONTINUIDAD DE LAS PERSONAS QUE INTEGRARON LA LISTA EN EL AÑO DOS MIL NUEVE.- Las personas que hayan sido consideradas como peritos en el año dos mil nueve y deseen continuar formando parte de la lista, en la Secretaría Ejecutiva mencionada, deberán presentar durante la primera quincena del mes de agosto del año en curso, un escrito en el que manifiesten dicha intención. QUINTA.- VERIFICACION DE DOCUMENTOS Y LISTA.- Durante la segunda quincena de agosto de dos mil nueve, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal verificará que las solicitudes y los documentos presentados ante la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos, cumplan con lo establecido en esta convocatoria y elaborará una lista preliminar de las personas que presentaron completa su documentación. SEXTA.- DE LAS OPINIONES ESPECIALIZADAS.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal podrá realizar los trámites conducentes ante instituciones o asociaciones oficialmente reconocidas o de notorio prestigio, a fin de allegarse opiniones especializadas, en caso de que sea necesario verificar la veracidad de la documentación presentada. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 85 SEPTIMA.- ELABORACION DE LA LISTA PRELIMINAR.- Durante la segunda quincena de septiembre del presente año, y una vez recibida la lista preliminar, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal la ordenará por ramas, especialidades y circuitos judiciales. OCTAVA.- APROBACION DE LA LISTA PRELIMINAR POR LA COMISION.- Durante la primera quincena de octubre de dos mil nueve, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos someterá la lista preliminar a la consideración de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para que ordene su difusión. NOVENA.- PUBLICACION DE LA LISTA PRELIMINAR.- La lista preliminar que apruebe la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal se publicará en la segunda quincena de octubre del año en curso, en los estrados de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; así como en dos diarios de circulación nacional. DECIMA.- OBSERVACIONES A LOS INTEGRANTES DE LA LISTA PRELIMINAR.- Dentro del improrrogable plazo de cinco días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de la lista preliminar en los estrados de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas precisadas en la base que precede, cualquier persona podrá formular por escrito, de manera fundada, comedida y respetuosa, las observaciones que estime pertinentes en relación con los integrantes de esa lista; las que, en su caso, deberán dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, por cualquier medio impreso o electrónico, excepto correo postal. DECIMAPRIMERA.- RESOLUCION DE LAS OBSERVACIONES Y SU PUBLICACION.- Las observaciones que se llegaren a presentar serán sometidas a la consideración de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, a fin de que resuelva lo conducente en la primera semana de noviembre del año en curso, situación que se notificará a los interesados por conducto de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del propio Consejo. DECIMASEGUNDA.- DE LA EXCLUSION DE LA LISTA PRELIMINAR.- En caso de que la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal determine alguna exclusión de la lista preliminar, la persona no admitida tendrá derecho a solicitar información sobre los motivos que originaron dicha determinación. DECIMATERCERA.- DE LA APROBACION Y PUBLICACION DE LA LISTA.- En la segunda semana de noviembre del presente año, la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal aprobará la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez, la cual se publicará en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. En dicha publicación se dará a conocer el número de registro que corresponda a cada uno de los peritos. DECIMACUARTA.- VIGENCIA DE LA LISTA.- La lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación que se publique, tendrá vigencia del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez. DECIMAQUINTA.- La Comisión de Carrera Judicial podrá determinar que una persona sea excluida de la lista, independientemente del tiempo de permanencia en ésta. DECIMASEXTA.- DE LO NO PREVISTO EN ESTA CONVOCATORIA.- Las situaciones no previstas en la presente convocatoria, serán decididas por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en dos diarios de circulación nacional. SEGUNDO.- Publíquese la presente convocatoria en los estrados de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación. LA LICENCIADA MARIA DE LOURDES MARGARITA GARCIA GALICIA, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que la presente convocatoria para integrar la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez, fue aprobada por la Comisión de Carrera Judicial en sesión de esta fecha, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Juan Carlos Cruz Razo, Luis María Aguilar Morales y Jorge Efraín Moreno Collado. México, Distrito Federal, a dos de junio de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica. 86 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 BANCO DE MEXICO TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA Con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Banco de México; en los artículos 8o. y 10o. del Reglamento Interior del Banco de México, y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones Aplicables a la Determinación del Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda Extranjera Pagaderas en la República Mexicana, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 1996, el Banco de México informa que el tipo de cambio citado obtenido el día de hoy conforme al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $13.1695 M.N. (TRECE PESOS CON UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO DIEZMILESIMOS MONEDA NACIONAL) por un dólar de los EE.UU.A. La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones de crédito del país. Atentamente México, D.F., a 2 de julio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica. TASAS de interés interbancarias de equilibrio. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. TASAS DE INTERES INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO Según resolución del Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 1995 y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95 dirigida a las instituciones de banca múltiple, se informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en Moneda Nacional a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 5.0450 y 5.0200 por ciento, respectivamente. Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por los Bancos: Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Invex S.A., Banco Azteca S.A., ScotiaBank Inverlat, S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A. México, D.F., a 2 de julio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales, Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 87 EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de junio de 2009. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAISES CON EL DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2009. Con fundamento en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación y en los artículos 8o. y 10o. de su Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer para efectos fiscales, la cotización de las monedas de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales al cierre del mes de junio de 2009. País (1) Africa Central Albania Antillas Holandesas Arabia Saudita Argelia Argentina Australia Bahamas Bahrain Barbados Belice Bermuda Bolivia Brasil Bulgaria Canadá Chile China Colombia Corea del Norte Corea del Sur Costa Rica Cuba Dinamarca Ecuador Egipto El Salvador Emiratos Arabes Unidos Eslovaquia Estonia Etiopía Estados Unidos de América Federación Rusa Fidji Filipinas Ghana Gran Bretaña Guatemala Guyana Haití Honduras Hong Kong Hungría India Indonesia Irak Moneda Franco Lek Florín Riyal Dinar Peso Dólar Dólar Dinar Dólar Dólar Dólar Boliviano Real Lev Dólar Peso Yuan Peso (2) Won Won (2) Colón Peso Corona Dólar Libra Colón Dirham Corona Corona Birr Dólar Rublo Dólar Peso Cedi (2) Libra Esterlina Quetzal Dólar Gourde Lempira Dólar Forint Rupia Rupia (2) Dinar Equivalencia de la moneda extranjera en dólares de los E.E.U.U.A. 0.00215 0.01083 0.55866 0.26665 0.01369 0.26387 0.80870 1.00000 2.65263 0.50000 0.51118 1.00000 0.14238 0.51381 0.71937 0.86125 0.00188 0.14640 0.46597 0.00690 0.78505 0.00174 1.00000 0.18893 1.00000 0.17878 0.11429 0.27226 0.04671 0.08992 0.08807 1.00000 0.03214 0.48855 0.02077 0.06687 1.64660 0.12293 0.00489 0.02516 0.05292 0.12903 0.00518 0.02087 0.09797 0.00086 88 (Primera Sección) Islandia Israel Jamaica Japón Jordania Kenya Kuwait Líbano Libia Lituania Malasia Marruecos Nicaragua Nigeria Noruega Nueva Zelanda Pakistán Panamá Paraguay Perú Polonia Puerto Rico Rep. Checa Rep. De Sudáfrica Rep. De Yemen Rep. Democrática del Congo Rep. Dominicana Rep. Islámica de Irán Rumania Serbia Singapur Siria Sri-Lanka Suecia Suiza Surinam Tailandia Taiwan Tanzania Trinidad y Tobago Turquía Ucrania Uruguay Unión Monetaria Europea Venezuela Vietnam DIARIO OFICIAL Corona Shekel Dólar Yen Dinar Chelín Dinar Libra (2) Dinar Litas Ringgit Dirham Córdoba Naira Corona Dólar Rupia Balboa Guaraní (2) Nuevo Sol Zloty Dólar Corona Rand Rial Franco Peso Rial (2) Leu (2) Dinar Dólar Libra Rupia Corona Franco Dólar Baht Nuevo Dólar Chelín Dólar Lira Hryvnia Peso Euro (3) Bolívar Fuerte(4) Dong (2) Viernes 3 de julio de 2009 0.00783 0.25575 0.01128 0.01037 1.41064 0.01307 3.47729 0.66545 0.80263 0.40747 0.28417 0.12463 0.04918 0.00675 0.15557 0.65090 0.01228 1.00000 0.19920 0.33332 0.31555 1.00000 0.05425 0.12966 0.00496 0.00132 0.02786 0.10057 0.03347 0.01501 0.69072 0.02172 0.00870 0.12984 0.91971 0.36485 0.02938 0.03048 0.00076 0.15880 0.65178 0.12878 0.04241 1.40280 0.46570 0.05618 ______________________________________ 1) Los nombres utilizados no necesariamente coinciden con los nombres oficiales y se listan sin perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente. 2) El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas. 3) Los países que utilizan al Euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, España, Eslovenia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal y Países Bajos. 4) A partir del 2008 el Bolívar fue sustituido por el Bolívar Fuerte. Para cotizaciones anteriores al 2008 el tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas. México, D.F., a 1 de julio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Internacionales y Monedas, Alejandro Aguilar Ceballos.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 89 ENCADENAMIENTO de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de abril de 2009. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR En relación con los productos y servicios a que se refieren las fracciones I y II del artículo 20-Bis del Código Fiscal de la Federación dados a conocer por este Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2002, este Banco de México tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes de información y la desaparición o ampliación de marcas, modelos, presentaciones o modalidades, ha resuelto encadenar los productos y servicios cuyas claves de identificación y especificación se encuentran indicadas en el anexo de la presente publicación. Es de señalarse que en los nuevos artículos se da a conocer el precio correspondiente a abril de 2009, como precio de referencia. México, D.F., a 26 de junio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Director de Precios, Salarios y Productividad, Javier Salas Martín del Campo.- Rúbrica.- El Director de Disposiciones de Banca Central, Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica. ANEXO CD CLAVE 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 001027 003021 007008 008048 009056 011002 013019 013082 014011 026001 028019 032017 032063 034006 038019 040017 042002 043025 048001 049031 049040 049053 053006 054010 056014 056017 056045 056100 064041 068045 085005 089055 090091 093006 093010 105006 106028 106033 108007 109003 109038 109073 113002 115004 116040 116066 119051 122016 122019 134053 134077 134079 134090 135036 135052 135109 136006 136027 136036 136041 137027 138014 138015 138029 138037 138038 138054 138055 139001 139015 139017 139038 139040 139047 140017 140036 140039 140056 141016 141018 141036 141037 NUEVA ESPECIFICACION SANISSIMO, TOSTADAS, HORNEADAS, PAQ DE 270 GR ACT II, PALOMERO, MANTEQUILLA, SOBRE DE 91 GR PASTEL, 3 LECHES, 4 ESTACIONES LA MODERNA, FIDEO, PAQ DE 220 GR GOLDEN HILLS, MARIAS, CAJA DE 1 KG, C/6 PAQ DE 166.67 GR C/U MAC'MA, RELLENAS, ABANICOS, CAJA DE 245 GR NESTLE, CEREAL MIXTO, FITNESS, CAJA DE 590 GR KELLOGG'S, CEREAL MIXTO, FROOT LOOPS, CAJA DE 520 GR SORIANA, SUPER EXTRA, BOLSA DE 1 KG A GRANEL PAVO, PIERNA, A GRANEL BERNINA, PATE, DE PAVO TUBO DE 200 GR KIR, MORTADELA, DE AVE, PAQ DE 200 GR FAIN, DE CERDO, AHUMADO, A GRANEL CALAMAR, COCIDO, A GRANEL HUACHINANGO, ENTERO, A GRANEL DANI, CANGREJO, LATA DE 120 GR LALA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, ENVASE DE 1 LT LA VILLITA, OAXACA, PAQ DE 400 GR NESTLE, NATURAL, ENVASES DE 225 ML LYNCOTT, ACIDA, ENVASE DE 400 GR LALA, ACIDA, ENVASE DE 450 GR VIOLAC, AMERICANO, A GRANEL GLORIA, S/SAL, BARRA DE 225 GR CAPULLO, ACEITE DE CANOLA, BOTELLA DE 945 ML INCA, MANTECA VEGETAL, PAQ DE 1 KG AURRERA MP, MARGARINA, S/SAL, BARRA DE 225 GR NUTRIOLI, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 946 ML CIRUELA, A GRANEL BOSC, A GRANEL ENTEROS, POR PZA D'CALIDAD CHEDRAUI, PINTO, BOLSA DE 1 KG AURRERA, CHILE MORITA, BOLSA DE 100 GR LA COSTEÑA, JALAPEÑOS, PICADOS EN ESCABECHE, LATA DE 380 GR LA COSTEÑA, CHIPOTLES, ADOBADOS, LATA DE 220 GR LA COSTEÑA, VINAGRE, DE MANZANA, BOTELLA DE 535 ML MAFER, CACAHUATE ENCHILADO, BOLSA DE 190 GR SABRITAS, PAPAS FRITAS, C/SAL, ORIGINAL, BOLSA DE 343 GR NESQUIK, EN POLVO, LATA DE 380 GR LAPOSSE, CARAMELO, RELLENO, BOLSA DE 500 GR KINDER SORPRESA, CHOCOLATE, C/LECHE, HUEVO DE 20 GR LAS SEVILLANAS, CARAMELO, LECHE DE CABRA Y NUEZ, DE 150 GR ROSTIZADO, A GRANEL RED BARON, 4 QUESOS, CONGELADA, CAJA DE 618 GR CORONA, CLARA, EXTRA, C/6 BOTELLAS DE 190 ML C/U (1140) CORONA, CLARA, C/24 BOTELLAS RETORNABLES DE 355 ML C/U 8520 BACARDI, BLANCO, BOTELLA DE 980 ML PALL MALL, CON FILTRO, REGULARES, CAJETILLA CON 25 PZAS PALL MALL, CON FILTRO, BOOTS, CAJETILLA CON 20 PZAS VAN HEUSEN, CAMISA, 65% POLIESTER, 35% ALGODON PARARI COLLECTION, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON MARCO MARINE, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON IMPERIAL, CAMISA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON RIB, TRUSA, 100% ALGODON, 2 PIEZAS CALVIN KLEIN, BOXER, 100% ALGODON EVERLAST, CAMISETA, 100% ALGODON GOLDTOE, CALCETINES, 98% ACRILICO - 2% ELASTANO JBE, CALCETINES, 80% ALGODON - 20% NYLON DOMENICO UOMO, CALCETINES, 75% ALGODON - 20% ELAST - 5% ELAS GLEYTOR, CALCETINES, 100% POLIAMIDA LEVI'S, 100% ALGODON MARIO PUCCINI, TRAJE, 55% POLIESTER - 45% LANA YVES SAINT LAURENT, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% VISCOSA CALVIN KLEIN, TRAJE, 100% LANA PERTEGAZ, TRAJE, 100% LANA PH 1888, TRAJE, 100% LANA PIERRE CARDIN, TRAJE, 100% LANA CORVEN M, TRAJE, 95% LANA - 5% MOHAIR GUSSINI, 65% POLIESTER - 35% ALGODON YALE, 100% POLIESTER THINGS CONTEMPO, 70% POLIESTER - 30% VISCOSA CLASICOS, 75% POLIESTER - 25% VISCOSA SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER U.S.POLO ASSN 35% VISCOSA - 65% POLIESTER WEEKEND, PIJAMA, 100% ALGODON WILSON, BERMUDA, 100% POLIESTER WEEKEND, JGO DE PANTS, 100% POLIESTER CALVIN KLEIN, PIJAMA, 100% ALGODON BISSET, 100% POLIESTER METROPOLIS COMPANY, 97% ALGODON - 3% ELASTANO TAVATA, 100% POLIESTER GILBERT, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO PRECIO PROMEDIO ($) ABRIL 2009 66.11 68.98 89.90 20.00 19.50 112.24 65.76 83.51 14.01 24.50 40.00 69.75 33.00 52.50 44.00 84.00 337.33 12.95 93.50 45.78 36.75 26.49 35.00 93.33 30.58 27.90 39.56 29.92 44.00 26.43 1.00 18.65 89.50 37.89 55.86 14.58 100.53 115.38 64.39 108.00 12.00 205.63 65.50 115.70 32.08 16.90 146.94 25.00 22.00 389.00 89.90 97.00 169.00 78.00 265.00 75.00 85.00 69.00 95.00 17.90 499.00 1690.00 1490.00 3990.00 1995.00 3290.00 2290.00 2790.00 189.00 179.00 288.00 298.00 160.00 199.00 198.00 103.00 398.00 795.00 99.90 228.00 299.00 98.00 UNIDAD KG KG PZA KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG LT KG LT KG KG KG KG LT KG KG LT KG KG PZA KG KG KG KG LT KG KG KG KG PZA KG KG KG LT LT LT CAJETI CAJETI PZA PZA PZA PZA PAQ PZA PZA PAR PAR PAR PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA CAUSA DE SUSTITUCION CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CIERRE CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CIERRE CIERRE NUEVOS NUEVOS NUEVOS CAMBIO CIERRE NUEVOS NUEVOS CAMBIO NUEVOS NUEVOS CAMBIO NUEVOS NUEVOS CIERRE NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE PRESENTACION DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE PRESENTACION DE FUENTE DE INFORMACION DE PRESENTACION DE MODALIDAD DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION MODELOS MODELOS MODELOS DE PRESENTACION DE FUENTE DE INFORMACION MODELOS MODELOS DE MARCA MODELOS MODELOS DE MARCA MODELOS MODELOS DE FUENTE DE INFORMACION MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS 90 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 (Primera Sección) 141039 141052 141053 141054 141055 142051 142101 143032 143052 144009 144010 144040 145001 145003 145021 145022 145036 145039 145041 145044 145052 145053 146001 146009 146015 146021 146033 146053 146069 146079 146090 146094 147001 147002 147007 147036 147053 147059 147073 147087 147094 147101 147108 147109 147115 148002 148013 148016 148017 148037 148038 148040 148042 148044 148045 148052 148053 148059 149004 149006 149022 149028 149041 149043 150039 150043 151003 151016 151017 151036 151038 151039 151040 151042 151043 151044 151045 151052 152005 152017 152029 152031 152036 152052 153023 153037 154017 154037 154038 155027 155036 156004 156005 156013 156018 156022 156028 156034 156036 156045 156054 156055 157024 159012 160054 163020 163069 163081 163091 163111 164016 164018 164027 164078 164091 165018 165091 166041 166070 166083 166092 166093 168019 168039 168041 168082 168092 DIARIO OFICIAL OPTIMA, 100% ALGODON NECTAR, 100% ALGODON 18 FOREVER, 92% ALGODON - 8% ELASTANO DAVINCHY, 95% ALGODON - 5% ELASTANO BOGGS, 61% POLIESTER - 33% RAYON - 6% ELASTANO SKINY, PANTALETA, 92% ALGODON, 8% ELASTANO VICKY FORM, BRASIER, 79% POLIAMIDA - 21% ELASTANO ACTIVE, PANTIMEDIAS, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO CARLA CONTI, MEDIAS, 87% POLIAMIDA, 13% ELASTANO WEEKEND, 100% ALGODON CIMARRON, 100% ALGODON CIMARRON, 100% ALGODON VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER 725 ORIGINALS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO X-TEND, 100% POLIESTER VANTACH, 100% POLIESTER CREACIONES ANT MAR, 100% ACRILICO 725 ORIGINALS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO GIOVANNI PAOLO, 72% POLIESTER - 20% VISCOSA - 5% ELAST VIANNI CLASSIC, 72% POLIESTER - 23% VISCOSA - 5% ELASTA SAHARA, 75% POLIESTER - 20% VICOSA - 5% ELASTANO THINNER, 75% RAYON - 21% NYLON - 4% SPANDEX KAROO, SHORT, 90% ALGODON - 10% POLIESTER WILSON, PANTS, 100% POLIESTER ILUSION, FONDO, 100% NYLON NEW WAVE, CAMISON, 50% ALGODON - 50% POLIESTER PEMBROOKE, CONJUNTO, 100% POLIESTER JOCES, CONJUNTO, 94% POLIESTER, 6% SPANDEX BISSET, BATA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON ESTELE, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER KAROO, PIJAMA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON CHEROKEE, SACO, 100% POLIESTER CHEROKEE, VESTIDO, 100% ALGODON PAMMY, VESTIDO, 48% POLIESTER - 48% VISCOSA - 4% ELASTANO EMA VALDEMOSSA, VESTIDO, 100% POLIESTER LIFE, VESTIDO, 100% POLIESTER EMANUELLE, VESTIDO, 100% POLIESTER DUPLAN, VESTIDO, 100% POLIESTER THINGS CONTEMPO, VESTIDO, 84% POLIESTER - 16% ELASTANO DISSORDERCY, VESTIDO, 100% ALGODON THINGS CONTEMPO, VESTIDO, 68% POLIEST., 29% VISCOSA, 3% ELASTA KAROO, VESTIDO, 61% POLIESTER - 32% VISCOSA - 7% ELASTANO THINNER, VESTIDO, 100% ALGODON RUE DE LA PAIX, VESTIDO, 100% POLIESTER BLUSH, VESTIDO, 100% POLIESTER VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER ALEXIS, 62% POLIESTER - 33% VISCOSA - 5% ELASTANO BISSET, 100% POLIESTER THINGS CONTEMPO, 100% POLIESTER GILBERT, 100% POLIESTER LA MODE, 76% POLIESTER - 20% VISCOSA - 4% ELASTANO OLD NAVY, 100% ALGODON GIOVANNI PAOLO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO ALCANTARA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER CORA TOSSETI, 96% POLIESTER - 4% SPANDEX SPIN, 96% POLIESTER - 4% ALGODON IMPRESS, 100% POLIESTER DEVILLE, 100% ALGODON NORTH CREEK, 100% ALGODON SIMPLY BASIC, 100% ALGODON JUST 4 BOYS, 100% ALGODON STRONG, 100% ALGODON KULTUR, 100% ALGODON GEORGE, 100% POLIESTER YALE, 100% POLIESTER DISNEY, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON NIKKI CLUB, PLAYERA, 100% ALGODON PARLLIENI, CAMISA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON POLO BY RALPH LAUREN, PLAYERA, 100% ALGODON WEEKEND, PLAYERA, 100% ALGODON SIMPLY BASIC, CAMISA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON 725 ORIGINALS, PLAYERA, 100% ALGODON METRO URBAN, PLAYERA, 100% ALGODON UNITED STATES POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON BASIC CONCEPTOS, PLAYERA, 100% ALGODON US POLO, CAMISA, 100% ALGODON HELLO KITTY, VESTIDO, 100% ALGODON CHERSI, VESTIDO, 80% ALGODON - 20% POLIESTER NINA CAROL'S, VESTIDO, 40% POLIESTER - 35% RAYON - 25% NYLON JESSY FRANZ, VESTIDO, 100% ALGODON PETITE DOMINIQUE, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON TWIST AND SHOT, VESTIDO, 100% ALGODON HANES, BOXER, TRUSA, 100% ALGODON, PAQ C/2 PZAS WEEKEND BASIC NIÑOS, PLAYERA, 100% ALGODON WEEKEND, PANTALETA, 94% ALGODON - 6% ELASTANO BABY CREYSI, PANTALETA, 75% ALGODON - 25% POLIESTER BABY CREYSI, PANTALETA, 75% POLIESTER - 25% ELASTANO DUREX, CALCETAS, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO TEBI, CALCETINES, 70% ALGODON - 20% POLIAMIDA - 10% ELASTANO BABY CREYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON PRIMMI, COMANDO, 100% ALGODON BABY CREYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON BABY CREYSI, TRAJE, 100% ALGODON BE THE BEST, TRAJE, 100% ALGODON, 3 PZAS MON CARAMEL, TRAJE, 100% ALGODON BALLOOMS BABYS, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER JACADI, MAMELUCO, 80% ALGODON - 20% POLIESTER TIMBREE, MAMELUCO, 100% ALGODON FIX BABY, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER COCORICO, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER BABY CRAYSI, CAMISETA, 100% ALGODON ADIDAS, GORRA, 100% ALGODON, MOD 650196 PROVENZA, SUETER P/NIÑA, 100% ACRILICO PROFITNES, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA KAROSSO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA CARIOCA, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA FISHER, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CONVERSE, CORTE TELA - SUELA SINTETICA DENCY, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA LOREDANO, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA JULIO DE MUCHA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA HOSS POPO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CELMI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA VAGAR, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA WEST KIDS, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA VAVITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA ORTO UNO 355, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO TROPICANA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA VIA CATTINI, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA SPORLINE, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SIINTETICA GÖSH, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA GITANO,ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA Viernes 3 de julio de 2009 77.99 219.00 109.00 179.00 349.00 85.00 134.00 72.00 135.00 298.00 198.00 138.00 169.00 248.00 148.00 98.00 400.00 248.00 199.00 169.00 199.00 289.00 89.90 298.00 99.45 147.00 698.00 1249.00 129.00 42.95 159.00 328.00 168.00 179.00 1255.00 179.00 699.00 995.00 338.00 279.00 398.00 119.00 149.00 1595.00 179.00 169.00 298.00 59.90 198.00 198.00 298.00 198.00 199.00 129.00 99.98 89.00 259.00 69.90 159.00 169.00 92.00 219.00 119.00 169.00 128.00 179.00 49.90 89.90 178.00 690.00 88.00 97.99 78.00 139.00 149.00 129.00 169.00 139.00 419.00 328.00 799.00 899.00 645.00 189.00 38.00 60.00 32.00 28.00 32.00 79.00 35.00 80.00 375.00 168.00 198.00 198.00 449.00 89.90 1335.00 139.00 249.00 79.00 30.00 229.00 214.00 268.00 405.00 139.00 349.00 489.00 129.00 499.00 239.00 479.90 479.00 432.00 599.00 359.00 365.00 339.00 349.00 385.00 202.00 399.00 279.00 259.00 249.00 PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PZA PZA PZA PZA PAR PAR PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE CIERRE DE FUENTE NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS DE INFORMACION DE INFORMACION DE INFORMACION DE INFORMACION DE INFORMACION DE INFORMACION DE INFORMACION DE INFORMACION Viernes 3 de julio de 2009 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 168103 184024 184033 184051 184056 184079 184089 186020 194011 194014 195005 205002 205013 207004 207014 208012 209004 209017 213006 214005 215004 215018 216001 217014 217017 218001 218002 218004 218012 218013 218020 219003 219004 219017 220008 221013 221016 221022 222004 222008 222015 222017 222026 223002 224004 224007 224010 224019 225003 225008 225015 226011 226013 230003 230014 231009 232013 233014 233016 235004 235009 235011 236028 236030 236038 237012 237014 237016 239002 239007 240011 240015 241011 244029 245020 256005 256013 256017 256018 256028 257013 257040 258002 258008 258015 264008 264012 264014 265005 268003 268011 271007 273014 274005 274008 280006 282015 283010 283015 283025 285002 285010 285019 285020 286009 287001 288018 289008 289014 289020 291016 291027 292001 292014 295006 307005 309002 310002 310003 310005 310006 310007 310010 310014 310015 310016 310018 DIARIO OFICIAL NEW WAVE, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA SHERWIN WILLIAMS, PINTURA, PINTA FACIL, BLANCO, DE 3.785 LT TRUPER, EXTENSION, BLANCA, 4 MT, EXTD-4B VENTANA, DE ALUMINIO BASICA, 1.50 X 1.20 M, SIN ACABADO MERIDIAM PLUS, PINTURA, INT Y EXT, BOTE C/4 LT TRUPER, CHAPA, PARA BAÑO, BOTON DE SEGURIDAD, MOD BAL-LB-B WILSON, ACCS P/BAÑO, REGADERA, 3 PZAS, MOD BURGOS LAVADO, DE CISTERNA, CAP DE 1100 LT ASEO GENERAL, PAGO MENSUAL ASEO GENERAL, PAGO MENSUAL NIÑERA, PAGO POR DIA RAMPE, ALACENA, C/ENTREPAÑOS, MOD METROPOLITAN 20802P DC MUEBLES, PORTAGARRAFON, LAMINA CON MADERA ACROS, 6 QUEM, ENC ELECT, MOD EAF5303 ACROS, 6 QUEM, ENC SEMIAUTOMATICO, HORNO, MOD AF4300QBLA MAN / FAGOR, DE PASO, 11 LT, INSTANTANEO, MOD MFEP-11D BOAL, SOFA LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1), MOD MELANI IKASA, SOFA LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1), MOD OZUNA MILAN, 5 PZAS, MAT, CABECERA, 2 BUROES, TOCADOR, LUNA, NOGAL WHIRLPOOL, 498 DM3, ENFRIADOR DE AGUA, MOD WRT 18 VZO1 LG, 12 KG, 3 CICLOS, MOD WPI500 RS EASY, 12 KG, AUT, MOD LAE-12030PB-BLA MABE, HORNO DE MICROONDAS, MOD MA08DGO LG, AP. ACONDIC. DE AIRE, 5050 BTU/H, 115 V, MOD W051CMTSS8 LG, ENFRIADOR DE AIRE, AUTOMATICO, MOD A122CXSFO MAN, DE PEDESTAL, 3 VEL, OSCILATORIO, MOD VPG-9016 MYTEK, DE PEDESTAL, 12", 3 CM, 3 VEL, MOD 3337 GMERIT, DE PEDESTAL, 3VEL, 16", MOD RD40 KOOL OPERATOR, DE PISO, 20", 3 VELOCIDADES MAN, DE PISO, 1 VELOCIDAD, MOD FREAL2020 FAN STAR, DE PEDESTAL, 16", MOD 3123 BLACK & DECKER, VAPOR Y ROCIO, ANTIADHERENTE, MOD W200 T- FAL, VAPOR, ULTRA GLIDE DIFFUSION, MOD FV3249 OSTER, VAPOR Y ROCIO, NIVELES DE TEMPERATURA, MOD 5002-13 OSTER, 1 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 450-10 MITSUI, 21, PANTALLA PLANA, MOD 2108PE DAEWOO, 21, PANTALLA CONVENCIONAL, MOD DTG21335M, AUDIO SAMSUNG, 21, PANTALLA PLANA, MOD CL-21Z43MJA/4 SLIM COMPAQ, PORT, CORE 2 DUO/2GHZ, 2 GB, 120 GB, 21, MOD C768 HP, ESC, INTEL 2.53 GHZ, 4 GB, 320 GB, 19, MOD S3720LA COMPAQ, ESC, N1AMD 256 MB, 80 GB, 17, PRESARIO MOD W5010L HP, ESC, DUAL CORE 2.2GHZ, 3 GB, 320 GB, MOD. A6600 TOSHIBA, PORT, CORE 2, 3 GB, 320 GB, 14.1, MOD M305-SP49 SONY, MINICOMPONENTE, 3 CD, MP3, C/CONTROL, MOD. MHGT-222 SAMSUNG, REPRODUCTOR DVD, MOD DVD-1080P8 SONY, REPRODUCTOR DVD, MP3, MOD NS700HP SAMSUNG, REPRODUCTOR DVD, CD, MP3, MOD DVD-P280 LG, REPRODUCTOR DVD, MULTIRREGION, MOD HDM1NEGRO SONY, RADIOGRABADORA, 1 CD, MOD ZS-S2IP LG, RADIOGRABADORA, AM/FM, 1 CASETE, 1 CD, LPC12 SONY, RADIOGRABADORA, AM/FM, MP3, CD, CASETE, MOD G770CPK PHILIPS, FOCO, BLANCO, SOFTONE, 60 WATTS OSRAM, FOCO, AHORRADOR, 20W-100W LUZ DE DIA TRIPLE CHAHIN, ESCOBA, DE MIJO, 7 HILOS GOLDEN HILLS, ESCOBA, DE PLASTICO, MOD MEGA CRISA, REFRACTARIO, MOLDE PARA PAY, MOD 4740 NEW WAVE, BATERIA, 5 PZAS ARMHER, PORTA GARRAFON, DE PLASTICO, VARIOS JOY, CUBETA, CAP DE 11 LT CHEROKEE, EDREDON, MATRIMONIAL, 50% POLIESTER - 50% ALGODON MOSLEY, COLCHA, INDIVIDUAL, C/OLAN, 100% POLOPROPILENO MAINSTAYS HOME, EDREDON, INDIVIDUAL, 50% POL - 50% ALG, LEEDS KU-KU SUPER, ESTAMBRE, BOLSA DE 200 GR ESSENTIALS, ALMOHADA, 100% ALGODON GOLDEN HILLS, JERGA, 48 CM X 150 CM HOME, MATRIMONIAL, 50% ALG - 50% POL, ESTAMPADA, MOD ASHLEY KALTEX HOME BASIC, INDIVIDUAL, 50% ALG - 50% POL, MOD 8275 CHEROKEE, QUEEN, 50% ALGODON - 50% POLIESTER HOME EXPRESSIONS, MEDIO BAÑO, BCA, 60 X 110 CM, 100% ALG TOWEL, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON, MOD ASTUR NEW WAVE, PARA BAÑO, 1.80 X 1.80 VINIL TELA PARA CORTINA, TERCIOPELO DE CRISTAL, 1MT X 1MT ACE, EN POLVO, ACTIBLU, FLORAL, BOLSA DE 950 GR TEPEYAC, BARRA DE 400 GR GLADE, AEROSOL, CARICIAS BEBE, ENVASE DE 400 ML PENTREXIL, CAPSULAS, C/28 DE 500 MG, LAB BRISTOL ISOX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 100 MG, LAB SENOSIAIN CECLOR, TABLETAS, CAJA C/14 DE 375 MG, LAB ALTANA PENTREXIL, CAPSULAS, CAJA C/28 DE 500 MG, LAB BRISTOL KLARICID, SUSPENSION, FCO DE 60ML, DE 250 MG, LAB ABBOTT ALGITRIN, TABLETAS, CAJA C/12 DE 325/200 MG, LAB SCHERING PL DOLOTANDAX, GRAGEAS, FCO C/24, LAB SANDOZ LIPITOR, TABLETAS, CAJA C/20 DE 10 MG, LAB PFIZER INDERALICI, TABLETAS, CAJA C/42 DE 10 MG, LAB ASTRA ZENECA MICARDIS PLUS, TABLETAS, CAJA C/14 DE 80/12.5 MG, BOEHRINGE NEUTROGENA, JABON, LIMPIADORA, BARRA DE 100 GR EUCERIN, JABON, SUSTITUTO, PH5 SYNDET, DE 100 GR SKIN CARE, SUSPENSION, ENVASE C/120 ML, LAB DARIER THERAFLU, POLVO, GRANULADO, C/6 DE 9.816 GR C/U LAB NOVARTIS PUENTE, PROTESIS FIJA PARA UNIDAD DE METAL PORCELANA PUENTE, REMOVIBLE PARCIAL, METAL-ACRILICO APENDICECTOMIA, MEDICAMENTOS Y MATERIAL, HASTA 48 HRS ULTRASONIDO, DE EMBARAZO CON REPORTE PARTO NORMAL, 2 NOCHES, CUNA, SALA, CAMA EXTRA, 1ER PIS PARTO NORMAL, MEDICAMENTOS Y MATERIALES, HASTA 24 HRS APLICACION DE TINTE, C/RAYITOS, PELO MEDIANO PARIS FRANCE, AGUA DE TOCADOR, P/DAMA, C/ATOM, FCO DE 100 ML ESCUDO, JABON DE TOCADOR, ANTIBACTERIAL, BARRA DE 200 GR PANTENE, JABON DE TOCADOR, CUERPO, PRO V, BARRA DE 200 GR CAMAY, JABON DE TOCADOR, ROMANTIC, 3 PZAS DE 200 GR C/U 600 MUM, ROLL-ON, ANTITRANSPIRANTE, FLORAL, ENV DE 45 GR OBAO, ROLL-ON, ANTITRANSPIRANTE, FOR MEN, ENVASE DE 65 GR OBAO, ROLL-ON, CLASIC, FOR MEN, ENVASE DE 65 GR OBAO, ROLL-ON, SENSITIVE, ANTITRANSPIRANTE, ENVASE DE 65 ML LUBRIDERM, CREMA PARA PIEL, NORMAL, ENVASE DE 400 ML BIC, RASTRILLO, TWIN LADY, CON 12 PIEZAS LOREAL, MAQUILLAJE LIQUIDO, INFALIBLE, ENVASE DE 30 ML COLGATE, CEPILLO DENTAL, ZIG ZAG PLUS PROPLUS, CEPILLO DENTAL, DOBLE AXION, MEDIANO DALIA, PEINE, DE COLA, PAQ C/6 PZAS GREAT VALUE, FRESCO AROMA, PAQ C/ 24 ROLLOS REGIO, R3, ESTANDAR, PAQ C/12 ROLLOS, 510 HOJAS TRIPLES KLEEN BEBE, GRANDE, SUAVELASTIC MAX, DE 9 A 13 KG, C/40 PZA KLEEN BEBE, GRANDE, SUAVELASTIC MAX, 9-13 KG, PAQ C/25 PZAS GOLDEN HILLS, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA CON 90 PAÑUELOS BANDERAZO, BASE METRO RIO DE LOS REMEDIOS MEXICO - JALAPA, PRIMERA CLASE MEXICO-SAN ANTONIO TX, REDONDO, VUELO MX 830 - 831 MEXICO-LOS ANGELES CA, REDONDO, VUELO AM 644-647 MEXICO-MIAMI, REDONDO, VUELO AM 412-429 TOLUCA-GUADALAJARA, SENCILLO, VUELO IJ 216 MEXICO-GUADALAJARA, SENCILLO, VUELO MX CLICK 7476 MEXICO-MONTERREY, SENCILLO, VUELO AM 918 MEXICO-ZACATECAS, SENCILLO, VUELO 7790 MEXICO-IXTAPA, SENCILLO, VUELO MX 537 MEXICO-TIJUANA, SENCILLO, VUELO AM 134 MEXICO-OAXACA, SENCILLO, VUELO AV 241 (Primera Sección) 49.13 175.54 62.00 839.99 167.40 198.80 176.00 200.00 3000.00 3200.00 200.00 2399.00 1349.00 4449.00 4139.00 4458.00 25046.00 7445.00 18366.00 12799.00 3200.00 5637.00 1462.00 2295.00 6155.00 495.00 336.00 260.00 499.00 633.00 349.00 198.00 575.00 218.00 945.00 1649.00 1745.00 2499.00 10199.00 12999.00 6498.00 11198.00 10449.00 4024.00 990.00 898.00 799.00 880.00 1509.00 765.00 2198.00 7.90 62.00 65.58 29.90 109.45 157.92 73.50 43.50 548.00 168.00 358.00 62.40 98.00 17.90 269.00 220.00 278.00 64.90 69.90 34.80 39.99 25.24 19.25 34.90 99.50 294.00 265.00 97.90 335.09 65.00 88.80 479.40 58.50 359.50 36.50 52.95 72.00 93.50 3000.00 3500.00 22000.00 500.00 6500.00 8485.00 500.00 330.00 42.45 41.00 39.50 15.65 19.70 19.40 19.90 107.00 41.90 179.00 23.50 22.60 16.80 2.42 43.60 111.68 75.00 9.20 6.96 258.00 6809.28 6036.22 11796.34 595.64 1305.44 1420.97 2972.94 2727.41 3349.65 897.76 PAR CUBETA PZA PZA BOTE PAQ JGO SERV SDO/M SDO/M SERV UNIDAD PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD JGO JGO JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA JGO JGO JGO PZA PZA PZA MT KG KG PZA CAJA CAJA CAJA CAJA FCO CAJA FCO CAJA CAJA CAJA PZA PZA FCO CAJA SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV PZA KG KG KG PZA PZA PZA PZA LT PAQ PZA PZA PZA PAQ ROLLO ROLLO PAQ PAQ CAJA VIAJE VIAJE SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV 91 NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO 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01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 (Primera Sección) 310019 311012 311013 311021 311035 311038 311057 311058 312004 312010 312013 312019 315012 316007 317005 317010 317013 317014 318006 318008 318014 322013 322017 344010 344013 345011 345022 345028 345029 346007 346009 347018 348013 348041 350017 350019 353024 354014 355002 355011 355014 358001 358015 358021 358025 359004 359007 359012 359013 359014 359022 359026 362006 362009 363004 364012 378015 380001 382013 383017 001017 003003 009003 013001 014004 021001 022003 033001 043006 047002 047003 056008 066004 067002 067008 069008 082008 083002 088002 089006 090008 099004 109001 116008 119001 140003 144006 149002 172002 184002 184016 187002 187004 194008 208001 211003 216002 220001 221002 222001 229002 239003 241001 241008 283004 287001 291001 291004 292004 311008 311010 315001 316001 316002 317002 318004 321004 323001 323004 325002 346004 349002 352002 352003 361002 384002 384003 DIARIO OFICIAL MEXICO-VILLAHERMOSA, SENCILLO, VUELO AM 419 SEAT, IBIZA, REFERENCE BASICO, STD, 2 PTAS, 1.6 LT, MOD 2009 NISSAN, TSURU, GS I, STD, S/AC, MOD 2009 NISSAN, ROGUE, SL, 2WD, TELA CVT, AUT, 5 PTAS, MOD 2009 VW, JETTA, CITY, STD, 4 PTAS, PINT MET, MOD 2009 VW, JETTA, EUROPA, AUT, A/AC, PINT METALICA, MOD 2009 NISSAN, TIIDA, HB EMOTION, STD, 4 PTAS, MOD 2009 FORD, EDGE, LIMITED, 6 VEL, PIEL, AUT, DVD, 4 P, MOD 2009 VELOCI, ROD. 20, MOD HOLIDAY TURBO, ROD. 24, ALUMINIUM S330 BENOTTO, ROD. 20, 1 VEL, MOD BENOT BIC COLDST VELOCI, ROD. 24, 7 VELOCIDADES, MOD KRIPTONITE BARDAHL, MONOGRADO, SAE 40, MAXOIL, ENV. DE 950 ML FIRESTONE, RIN 13, 175/30, EURODRIVE GONHER, FILTRO, DE AIRE, MOD G4- 277 AEROVANTAGE, LIMPIA PARABRISAS, 22"ADAS X VISION - 13, LIMPIA PARABRISAS, DE 325 MM, 1 PZA HELLA, LIMPIA PARABRISAS, PAQ C/2 PZAS, MOD 19/21 LTH, L - 42R - 500 -12V LTH, L58-575, 12V LTH, 12 V, L-24-420 LAVADO, DE AUTO GRANDE, C/4 PTAS LAVADO, AUTO COMPACTO LOS CUATRO ACUERDOS, NOVELA, DR MIGUEL RUIZ, ED URANO LOS INTOCABLES, POLITICA, JORGE ZEPEDA P, EDIT PLANETA SCRIBE, BLOCK, TAMAÑO CARTA, ESCOLAR, RAYA, DE 80 HOJAS OFFICE DEPOT, CARPETA, TAM CARTA, PASTA DE VINIL, VERDE SCRIBE, CUADERNO, PROFESIONAL, ESCOLAR, C/ESPIRAL DE 100 HOJAS SCRIBE, BLOCK, MARQUILLA, C/ESPIRAL DE 20 HOJAS BIC KIDS, COLORES, ESCOLAR, PAQ C/ 12 PZAS BIC, BOLIGRAFO, DE PUNTO MEDIANO, DIAMANTE PAQ C/3 PZAS AGUASCALIENTES, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 4 EST POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA BACARDI, COPA, AÑEJO CORONA, CERVEZA, POR LITRO BAÑO PUBLICO, VAPOR GENERAL CARRERA DE CABALLOS, PALCO CON PANTALLA PRIVADA POR HORA POR HORA POR HORA MYSCENE, MUÑECA, MOD CLUB DISCO DISNEY, MUÑECA, PRINCESAS DESTELLOS LEAP FROG, JUEGO DIDACTICO, PATITAS ABC BRATZ, CARRO, CONVERTIBLE, CRUISER, BLANCO SONY BMG, CD, CHAYANNE, VIVO SOMERSET ENTERTAINMENT FISHER-PRICE, CD, CANCIONES DE CUNA SONY BMG, CD, ALEJANDRO FERNANDEZ, DE NOCHE CLASICOS A MI MA MUSART, CD, PEPE AGUILAR, POR MUJERES, COMO TU WARNER MIUSIC, CD, ALEXANDER ACHA, VOY SONY BMG, CD, ALEJANDRO FDEZ, DE NOCHE CLASICOS A MI MANERA SONY BMG, CD, YURIDIA, ENTRE MARIPOSAS VIDEO JUEGO, X-BOX 360 VIDEO JUEGO, PLAY STATION SCHOOL STAR, FLAUTA, SOPRANO, ESCOLAR VOIT, RAQUETA, DE TENIS, MOD 727 FLAUTAS, DE CARNE Y VASO DE AGUA GRANDE BACARDI, RON, COPA ASESORIA CONTABLE, PERSONA FISICA, PAGO MENSUAL CREMACION, CON URNA BASICA TORTILLA, A GRANEL OVARB, LOLITA, POZOLERO, BOLSA DE 1 KG GRAT VALUE, SALADAS, CAJA DE 990 GR EL PURITANO, HOJUELAS DE MAIZ, SABOR CHOCOLATE, BOL 400 GR DEL GRANERO, EXTRA, BOLSA DE 900 GR AGUAYON, A GRANEL SIRLOIN, A GRANEL CECINA DE CERDO, A GRANEL GREAT VALUE, ENTERA, ULTRAPASTEURIZADA, ENVASE DE 1 LT VITALINEA, 0% PLUS, FRESA, ENVASE DE 125 GR BAKERS AND CHEFS, NATURAK LIGHT S/GRASA, DE 4 KG MI MARCA, MANTECA VEGETAL NAT, BOLSA DE 1 KG AMARILLO, A GRANEL RAYADA BLANCA, A GRANEL CHARLESTON, A GRANEL AMARILLO, A GRANEL CHILE POBLANO, A GRANEL LECHUGA ROMANA, PZA LA HUERTA, CORTADOS, BOLSA DE 500 GR DEL MARQUEZ, NEGRO, BOLSA DE 1 KG DON ZABOR, DE ARBOL, EN BOLSA DE 100 GR ORO, C/AZUCAR, FCO DE 200 GR MI MIEL, MIEL DE ABEJA, BOT 500 GR HEINEKEN, PAQ DE 6 BOTELLAS DE 330 ML/C/U BACARDI, BLANCO, BOTELLA DE 980 ML NEW WAVE, PAÑUELO, 100% ALGODON, MOD 136-1 PALOMARES, 96% ALGODON, 4% SPANDEX AVENTURERO, 100% ALGODON KISH, RELOJ P/DAMA, VARIOS MOD ROTOPLAS, TINACO, BICAPA, C/FILTRO, VERTICAL, CAP. 1100 LT IUSA, CABLE DE COBRE, UN CERO, MT VALOR CATASTRAL DE 414970.92, TERR, DE 250 M2, CONST. 199 M FIDEL VELAZQUEZ, VC $145,704, CONST 54 MT SUP 168 ASEO GENERAL, PAGO POR DIA. CAL-O-REX, AUTOMATICO, DE 38 LT, MOD G-10 SELTHER, MATRIMONIAL, MOD BANFIL MOULIMEX HORNO TOSTADOR, MOD: TO-102150 OSTERIZER, 10 VEL, VIDRIO Y CROMO, MOD: 853-10 PANASONIC, MOD: TC-21 GX30X, DE 21PLG, A COLOR Y C/R. COMPAQ, ESCR, ATHLON, DD320GB, RAM2GB, MOD SG3516LA CHEDRAUI, VELAS, PAQ DE 7 PZAS MARITEX, 100% ALGODON, MOD LIVERPOOL BOLD, EN POLVO, FRESCURA PRIMAVERAL, BOLSA DE 850 GR TOTAL COLOR, DETERGENTE LIQUIDO, BOTE DE 2 LT ESCUDO, JABON DE TOCADOR, ALOE VERDE, BARRA DE 150 GR SCHICK, RASTRILLO, EXACTO, PAQ C/5 PZAS PETALO, ESTANDAR, PAQ DE 4 ROLLOS REGIO, MANZANILLA, PAQ CON 4 ROLLOS R3 KLEEN BEBE, SUAVELASTIC, MAX, C/ALOE, GDE PAQ,40 PZAS FORD, MONDEO, SE, AUT. A/AC 4 PTAS, ELECT, V6 MOD 2009 VW, BORA, STYLE, TRIPTONIC, A/AC, 4 PTAS, MOD 2009 AKRON MONOGRADOM SAE 40 W USO INTENSO, BOTE DE 946 ML FIRESTON, 195/60 R15, 248430 FIRESTONE, MOD: F-560, 175-70-TR13 VW, FILTRO DE GASOLINA, P/JETTA 2005 LTH, 9 PLACASM, MOD: L22 F 450 (09N) CAMBIO DE SILENCIADOR, MANO DE OBRA, NISSAN. LIMPIEZA DE INYECTOR PARA AUTOMOVIL POINTER, C/U ALINEACION Y BALANCEO DE 4 LLANTAS DE GOLF, INCLUYE PLOMOS TARIFA POR HORA MIRADO, CAJA DE 10 PZAS TARIFA UNICA, FUNCION NORMAL. ENTRADA GENERAL LUZ Y SONIDO DE UXMAL PISTA DE PATINAJE, BOLETO POR DIA, TIEMPO ILIMITADO KODAK, REVELADO E IMPRESION, ASA 100 DE 36 EXP. PASAPORTE, VIGENCIA DE 3 AÑOS REPOSICION DE TARJETA DE DEBITO TITULAR Viernes 3 de julio de 2009 1929.44 127500.00 104700.00 288700.00 133830.00 171357.00 175150.00 361600.00 1499.00 4149.00 1298.00 1448.00 54.74 508.00 55.00 199.00 87.00 173.00 1108.00 946.00 978.00 40.00 40.00 174.50 258.00 25.62 19.90 9.80 46.80 37.95 13.50 2696.00 730.00 595.00 52.00 25.00 60.00 40.00 8.00 10.00 10.00 98.00 198.00 369.00 499.00 168.78 165.00 135.00 144.00 135.00 149.00 119.00 74.00 69.00 33.00 294.00 29.50 40.00 250.00 7475.00 12.00 18.50 31.82 33.00 18.78 74.95 59.00 65.13 11.20 24.90 18.48 21.73 11.57 3.83 7.82 17.38 19.08 5.72 47.20 12.90 145.00 244.50 57.48 33.14 121.94 13.50 419.00 134.90 150.00 1578.00 53.30 911.00 79.00 150.00 2599.00 2690.00 599.00 769.00 2499.00 10299.00 19.50 17.90 24.81 17.95 50.97 41.30 3.93 7.74 109.50 247400.00 211767.00 74.00 998.00 759.00 127.65 1099.00 120.00 149.50 340.00 7.00 25.50 50.00 40.00 80.00 112.00 850.00 57.50 SERV UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD LT PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA SERV SERV EJEMPL EJEMPL PZA PZA PZA PZA PAQ PAQ SERV TARI/D TARI/D SERV SERV CUOTA CUOTA HORA HORA HORA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA RENTA RENTA PZA PZA PAQ SERV SERV SERV KG KG KG KG KG KG KG KG LT KG KG KG KG KG KG KG KG PZA KG KG KG KG KG LT LT PZA PZA PZA PZA PZA MT COSTO CUOTA SERV UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ PZA KG LT KG PAQ ROLLO ROLLO PAQ UNIDAD UNIDAD LT PZA PZA PZA PZA SERV SERV SERV SERV CAJA BOLETO BOLETO BOLETO SERV SERV SERV CAMBIO DE MODALIDAD NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA 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137001 137009 141003 141007 142009 142017 144007 145005 145009 146015 148001 148011 149001 152003 152011 156005 156011 163019 163022 165007 166002 168002 168021 168023 171003 184005 212002 214003 218001 223002 226004 280005 310003 358003 010002 100004 121008 141001 149001 164002 168017 233006 311005 311006 311011 311012 343008 343014 011008 045011 083016 096001 101002 122012 134005 134032 135013 135040 136001 137005 137007 137008 138008 138019 139003 139004 140016 140020 141002 141004 141005 141007 141008 141021 142040 144001 144002 144009 144022 145001 145002 145009 146009 146011 146013 146029 146039 146043 147004 147031 147036 148001 148002 149005 149008 150004 150006 150020 151003 151005 151007 151008 151016 151021 152007 152016 152018 152019 152021 153017 154020 155001 155008 155020 155022 DIARIO OFICIAL BIMBO, MULTIGRANO, BARRA DE TRIGO, CAJA DE 192 GR PULPO, PRECOCIDO, A GRANEL SORIANA MP, HELADO DE LECHE, VARIOS SABORES, ENVASE DE 1 LT GRUPO VERDIN, BLANCA, ENVASE DE 1 KG FRESH GARDEN, CORAZON DE LECHUGA, ENVASE CON 6 PIEZAS, 1 KG BABY GOURMET, PAVO PRIMAVERA, ETAPA 2, FCO DE 100 GR GOLDEN HILLS, SAL DE MESA, BOLSA DE 1 KG IBARRA, EN TABLETA, PAQ DE 540 GR CARLOS V, CHOCOLATE, PAQ C/16 PZAS DE 23 GR C/U SAN RAFAEL, HAWAIANA, CAJA DE 844 GR ROBB QUALITY, CAMISA, 100% ALGODON DANIEL HECHTER, CALCETINES, 60% A - 29% P - 5% NY- 3% RU-3% SP MARINA YACHTING, 100% ALGODON SIMPLY BASIC, 100% ALGODON X-TEND, 97% ALGODON - 3 % ELASTANO X-TEND, 2 PZAS, 53% POLIESTER - 47% VISCOSA VICKY FORM, BRASIER, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO ILUSION, BRASIER, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO X-TEND, CASUAL, 100% ALGODON VANTACH, 99% POLIESTER - 1 % VISCOSA SHAMBALA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO KAROO, PANTALON DEPORTIVO, 100% ALGODON SHAMBALA, 55% LINO - 45 % VISCOSA MARCCAIN, 100% POLIESTER GENERAL GLEN, 100% ALGODON X-TEND, VESTIDO, 100% ALGODON LINEA 2000, 85% POLIESTER - 15% RAYON BARQUILLO, CONJUNTO 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER WOOPY, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% ALGODON SPALDING, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CHABELO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA VOGATTI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA ASALI, SANDALIAS, CORTE SINTETICA - SUELA SINTETICA BAMBINO, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA TROPICANA, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA U.S. POLO ASSOCIATION, CINTURON, REVERSIBLE, 100% SINTETICO PHILLIPS, CERRADURA DE SOBREPONER, DE BARRA, MOD 800 F RAMPE, CENTRO DE ENTRETENIMIENTO, MOD 4220 MABE, 9 PIES CUBICOS, 2 PTAS, MOD MA009W LASKO, DE PEDESTAL, MODELO 1885, CON CONTROL REMOTO SONY, MICROCOMPONENTE, MOD MHC-EC 68 GE, LAMPARA CIRCULAR, ELECTONICA, 22 WATTS PLANCHADO, DE CABELLO LARGO MORELIA - MONTERREY, SENCILLO, VUELO 2245 BRATZ, MUÑECA, MOD 327141 TIA ROSA, DE TRIGO, TORTILLINAS, PAQ C/12 PZAS DE 294 GR EL MARINO, MOLIDO C/CAFEINA, LATA DE 1360 GR MORA NEGRA, TINTO, BOTELLA DE 750 ML DOCKERS, 60% LINO - 40% ALGODON GASPARIN, 60% POLIESTER - 40% RAYON DORIN, ZAPATO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA EFE, ZAPATO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICO JOY, COLADOR, DE VERDURAS, MOD 295 VW, JETTA, EUROPA, AUTO TRIPTONIC, A/AC MOD 2009 VW, DERBY, AUSTERO, SEDAN, 4 PTAS, MOD 2009 REANAULT, MEGANE, BASICO, STD, A/AC, MOD 2009 MAZDA, 3, SEDAN, I-TURING, 5 VEL, A/AC, MOD 2009 CIENCIAS 2, 2DO SEC, DE ESTRELLA BURGOS, ED NUEVO MEXICO LA MAGIA DE LA CIENCIA, 3o SEC, DE ROSALIA ALLIER, ED MCGRAW NABISCO, RELLENAS, OREO, COMBINADO, CAJA DE 451 GR LA LECHERA, CONDENSADA, LATA DE 397 GR COL BLANCA, A GRANEL HILL COUNTRY FARE, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, LATA 822 GR HILL COUNTRY FARE, NO RETORNABLE, TORONJA, BOT DE 2 LT PALL MALL, CON FILTRO, XL, CAJETILLA CON 20 PZAS X-TEND, CAMISA, 100% ALGODON NEW ARMY, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON ZAGA, CAMISETA, 100% ALGODON ALFANI, TRUSA, 90% ALGODON-10% ELASTANO HICKOK, CALCETINES, 80% ALGODON - 15% POLIAMIDA - 5% SPANDEX LEVI'S, 100% ALGODON JORDACHE, 100% ALGODON SILVER BLUE, 100% ALGODON D'LAIZOR, TRAJE, 80% POLIESTER - 20% VISCOSA VERZIAI, TRAJE, 100% LANA BERMAN, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO DOCKERS PREMIUM, 64% ALGODON - 36% POLIESTER JOKE, PIJAMA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO PIERRE CARDIN, CORBATA, 100% POLIESTER CHOCOLATE, 100% ALGODON EDOARDOS, 100% ALGODON X-TEND, 97% ALGODON - 3% ELASTANO NEW FASHIONE, 100% POLIESTER X-TEND, 100% ALGODON GEORGE, 55% LINO - 45% VISCOSA PLAYTEX, BRASIER, 93% ALGODON - 7% ELASTANO LEVI'S, 74% ALGODON-25% POLIESTER - 1% ELASTANO INTERNACIONAL, 80% ALGODON - 18% POLIESTER - 2% ELASTAN CIMARRON, 86% ALGODON - 12.5% POLIESTER - 1.5% ELASTANO 725 ORIGINALS, 97& ALGODON - 2% ELASTANO - 1% POLIESTER DOCKERS, 63% POLIESTERÑ 32% ARON - 5% ELASTANO X-TEND, 64% POLIESTER - 31% VISCOSA - 5% ELASTANO X-TEND, 64% POLIESTER - 31% VISCOSA - 5% ELASTANO GALIT, CONJUNTO, 100% POLIESTER STACY ADAMS, CONJUNTO, 97% POLIESTER - 3% SPANDEX ITAVINA, CONJUNTO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON MARGARET, CONJUNTO, 94% POLIESTER - 6% ELASTANO MABEL, CONJUNTO, 100% POLIESTER BODY SILUETTE, MEDIA FAJA, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO EM COLLECCION, 96% VISCOSA - 4% SPANDEX DUPLAN, 93% POLIESTER - 7% SPANDEX RIMINI, 100% LINO AREA CODE, 97% ALGODON - 3% ELASTANO FOLEY'S, 63% POLIESTER - 33% VISCOSA - 4% ELASTENO X-TEND, 100% ALGODON GRIEGO, 100% ALGODON ZILERY'S, 55% POLIESTER - 45% LANA TOPEKA, 50% POLIESTER - 50% VISCOSA OFFCORSS, 100% POLIESTER EDOARDOS, PLAYERA, 100% ALGODON BOB ESPONJA, PLAYERA, 100% ALGODON PICADILLY, PLAYERA, 55% ALGODON - 45% POLIESTER X-TEND, PLAYERA, 82% ALGODON - 18% POLIESTER ROCK REPUBLIC, PLAYERA, 100% ALGODON 725 ORIGINALS, CAMISA, 100% ALGODON MARYBEL, VESTIDO, 60% RAYON - 40% POLIESTER THAT GIRL, VESTIDO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON FIORELLA, VESTIDO, 100% ALGODON THAT GIRL, VESTIDO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON GEORGE, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35 %ALGODON JIM, CAMISETA, 100% ALGODON SKINY, TOP CORPIÑO, 86% ALGODON -10% POLIESTER-4% ELASTANO CREYSI BOY, CALCETINES, 85% ALGODON - 12% POLIAMIDA - 3% ELA MARIANITA BABY'S, CALCETAS, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO DUREX, CALCETAS, 80% ALGODON - 16% POLIAMIDA - 4% ELASTANO DUREX, CALCETINES, 63% ACRILICO - 36% POLIAMIDA -1% ELASTANO (Primera Sección) 113.80 209.00 22.40 60.50 25.50 77.00 3.70 64.81 128.87 59.75 149.00 139.00 269.00 88.00 148.00 128.00 129.00 128.00 218.00 118.00 169.00 129.00 119.00 139.00 108.00 125.00 129.00 49.90 69.90 359.90 319.00 335.00 309.00 45.00 116.00 199.00 94.90 210.00 1995.00 4595.00 582.00 1999.00 65.90 70.00 2005.74 229.00 35.63 88.16 382.68 599.00 169.00 269.00 365.00 24.90 187273.00 107873.28 181900.00 214990.00 205.00 195.00 48.00 33.75 4.00 31.51 5.75 22.00 148.00 199.00 54.00 115.00 63.00 425.00 198.00 239.00 1195.00 3980.00 315.00 699.00 119.00 129.00 239.00 449.00 148.00 255.00 150.00 268.00 269.00 599.00 180.00 140.00 248.00 449.00 148.00 148.00 445.00 429.00 158.00 895.00 999.00 162.00 699.00 795.00 895.00 399.00 899.00 170.00 139.00 369.00 195.00 339.00 299.00 95.00 115.00 98.00 79.90 198.00 395.00 89.10 479.00 189.00 148.00 69.00 135.00 25.00 25.00 40.00 28.00 KG KG LT KG KG KG KG KG KG PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE TRAJE PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PZA JGO PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA SERV VIAJE PZA KG KG LT PZA PZA PAR PAR PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD EJEMPL EJEMPL KG KG KG KG LT CAJETI PZA PZA PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA TRAJE PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO JGO JGO JGO JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PAR PAR 93 CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA 94 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 (Primera Sección) 156001 156005 156008 156020 157003 157007 159007 163002 163008 163010 164001 164011 166002 166008 166011 167004 168007 168008 168032 168035 168042 171001 171020 171021 172005 172009 184007 184008 184037 205008 207001 209001 210001 211001 212008 213001 213006 214001 215003 220001 222001 222011 224002 231001 256005 256007 256010 257002 257004 258002 258006 286006 288008 292001 311001 311008 318008 358001 358012 359006 359011 013007 028002 033004 035004 041001 046004 049004 051003 061002 067004 089008 090009 094002 110004 118001 119001 135012 144007 145006 146005 146008 146012 147008 148004 148005 149007 150006 151005 152002 152005 152006 152010 154006 154007 155002 156007 161001 162001 167002 168008 171005 171006 184002 193002 194007 219004 224001 231001 232002 237001 238003 238004 239007 240001 241008 243006 245001 246004 256006 257002 257004 271003 274001 274002 285004 289003 DIARIO OFICIAL MONDO BAMBINO, MAMELUCO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON BABY CREYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON EL MARAVILLOSO MUNDO, MAMELUCO, 100% ALGODON SNOOPY, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER X-TEND, PAÑALERO, 100% ALGODON BABY CREYSI, PAÑALERO, 100% ALGODON LEVI'S, GORRA, 100% ALGODON ADIDAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA K-SWISS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA NIKE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA DIEGO TORREBLANCA, ZAPATOS, CORTE CAPRINO - SUELA SINTETICA HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE BOVINO -SUELA SINTETICA CACHORROS, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA BLASITO, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA CACHORRO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA PUMA, HUARACHE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA GRASS HOPPERS, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA CONVERSE, ZAPATOS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA RIDER, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA ADIDAS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA MOSSIMO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA NINE WEST, BOLSA, 100% POLIURETANO, MODSKU79909669 WHATEVER, BOLSA. 100% PILICLORURO DE VINILO, MOD3CHA06-05 CLOE, MALETAS, (1) PZA, 100% POL, MOD 431BEIG BRASALETE, ACERO INOXIDABLE, AJUSTABLE VARIOS ESTILOS ARGOLLA MATRIMONIAL, ORO 14 K, MOD A653-73010738 PUERTA, DE TAMBOR, CAOBILLA, 3MM, 80 X 2.13 GEO, CHAPA, P/PUERTRA, C/BOTON, MOD G-B ORION, PAQ CATANIA, INC. SANITARIO Y LAVABO CON PEDESTAL ALACENA, 2 PTAS, COLOR BCA, MOD SKU70361447 ACROS, 5 QUEM, HORNO 30, ACERO INOX, MOD 68822139 SOFA LOVE SEAT Y SILLON, (3-2-1-) EN PIEL, MOD CALIPSO 8 PZAS, (M 6 S Y VITRINA), COLOR CEDRO, MOD ROMINA SIMMONS, INDIVIDUAL, BEAUTY REST SPA, MOD CARAVAGGIO MESA DE CENTRO, EN PIEL, COLOR CHOCOLATE, MOD LISBOA 5 PZAS, MATRIMOMIAL, DE MADERA, COLOR CEDRO, MOD BERLIN FERRARI, 4 PZAS, MADERA DE PINO, MOD67870 GE, 23 PIES CUBICOS, 2 PTAS, ACERO INOX. MOD GSML3REXAFGB EASY, 14 KG, AUT, 24 PROGRAMAS, MOD LIE4560PM2 OSTERIZER, 2 VEL, METAL DRIVE, VASO VIDRIO, MODPST2 EMACHINES, ESCR, PENTIUM 4, 3.0 GHZ, 160 GB SONY VAIO, PORT, CAMARA Y MICROF. PANT. 14" MOD VGN-CS170F MCG, REPRODUCTOR DVD, C/USB, MOD HIG-DV 5601 VAJILLAS, JUEGO DE 24 PZAS, MOD CHOCOLATE 74042318 LAMISIL, COMPRIMIDOS, CAJA C/10 DE 250 MG, LAB. NOVARTIS CEFRIAXONA-GI-QYF, SOL. INYECTABLE, C/ DE 500 MG SPORASEC, CAPSULAS, CAJA C/12, LAB. JANSSEN - CILAG SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 DE MG, LAB. LIOMONT MOTRIN, GRAGEAS, FCO C/45 DE 400 MG, LAB. PFIZER ATACAND PLUS, TABLETAS, CAJA C/14, LAB. ASTRAZENECA CO-APROVEL, COMPRIMIDOS, CAJA C/28 DE 150/12.5MG, LAB. SANAFI TEATRICAL, CREMA PARA LA PIEL, C/LANOLINA, ENVASE CON 400 GR ESTEE LAUDER, LAPIZ LABIAL, 3.8 GR, MOD SKU73425684 KEEN BEBE, MEDIANO, SUAVELASTIC MAX, PAQ C/25 PZAS CHEVROLET, CHEVY, C2, PAQ M, STD, 3PTAS, A/AC, MOD 2009 CHEVROLET, OPTRA, PAQ M, STD, A/AC, 4 TAS, MOD 2009 GONHER, 11 PLACAS, MOD 24 R DISNEY, MUÑECO, STAR WARS, HAN SOLO, MODSKU67538136 MATTEL, MUÑECO, BATMAN, MOD P4914 WARNER, CD, ALEXANDER ACHA, VOY EMI MUSIC, CD, RVD, LO MEJOR DE RVD FROOT LOOPS, CEREAL MIXTO, CAJA DE 230 GR PAVO, PIERNA, A GRANEL EL CHERO, MACHACA DE RES, PAQ DE 200 GR COCHITO, EN FILETE, A GRANEL YAVAROS, SARDINA EN SALSA DE TOMATE, LATA DE 425 GR RANCHO LA ESENCIA, FRESCO, A GRANEL EUGENIA, NATURAL, ENVASE DE 220 GR SORIANA MP, GOUDA, A GRANEL ORO, A GRANEL RAYADA, A GRANEL SAN LAZARO, PINTO, BOLSA DE 1 KG. DINA, PASILLA, BOLSA DE 100 GR DEL MONTE, CHICHAROS, LATA DE 200 GR D'GARI, DE AGUA, LIGHT, DE NARANJA, CAJA DE 20 GR OSO NEGRO, GINEBRA, BOTELLA DE 1 LT. BACARDI, AÑEJO, BOTELLA DE 1 LT. DICKIES, CAMISETA, 100% ALGODON JOCELYN, 75% ALGODON- 25% LYCRA VERSCI, 65% RAMIE - 35% ALGODON LADY SUN, CONJUNTO, 100% POLIESTER MOSES, PIJAMA, 100% ALGODON WILSON, CONJUNTO DEPORTIVO, 100% POLIESTER LADY ZARATOGA, 100% POLIESTER GEORGE, 100% POLIESTER BOLERO, 100% ALGODON JIMMY JEANS, 100% ALGODON KING VER, 50% POLIESTER - 50% RAYON NAUTILO, CAMISA, 100% ALGODON LAURA ASHLEY, VESTIDO, 100% ALGODON CRANBERRY, VESTIDO, 96% ALGODON - 4% ELASTANO BABY ROSS, VESTIDO, 100% ALGODON YOUNGLAND, VESTIDO, 55% ALGODON - 45% POLIESTER DEMONY, PANTALETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER COCOA TEENS, BRASSIERE, 95% ALGODON - 5% ELASTANO DAVID EDEN, CALCETINES, 70% ALGODON - 30% NYLON HOCKEY SPORT, TRAJE, 100% ALGODON PC EXCALIBUR/USA DEDI, ESCOLAR, CAMISA Y PANTALON PC COFFE TEA/LALIA, ESCOLAR, BLUSA Y FALDA CALZALETAS, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA JANY, ZAPATOS, CORTE SINTETICO -SUELA SINTETICA BOLSA, MOD 807715 PRODIGY, MALETAS, 4 PZAS, MOD 8682 VIDRIO, FILTRASOL, 6 MM DE ESPESOR, 90* 1.40 CM AXTEL, CONT E INST SIN APARATO, RESIDENCIAL ASEO GENERAL, MEDIO TIEMPO, 2 DIAS X SEMANA BLACK & DECKER, VAPOR, AVANT STEAM IRON, MOD F995 PANASONIC, REPRODUCTOR DVD, CD PLAYER, MOD DVD-554 CRISA, VAJILLA, JGO. DE 20 PZAS, MOD MAGUEYES PRIMINUTE, BATERIA, ACERO INOX., 7 PZAS, MOD BOHEMIA PRIMOR, KING SIZE, 2 PZAS Y 2 FUNDAS, 50% ALG - 50% POL COLAP, COBIJA, 1.55 M * 2.10 M, 50% ACRILICO- 50%POLIESTER TOLINOVA, COBERTOR, K.S., MOD E1001 AMERICANA, BAÑO, 100% ALGODON, 69 CM* 1.30 M WINDOW CURTAINS, 2 PZAS, 70% POLIESTER-30% ALG, 142*91 CM VIVA, EN POLVO, BOLSA DE 850 GR CLOROX, CONCENTRADO, ENVASE DE 930 ML AIR WICK, AMBIENTAL, AEROSOL, ANTITABACO, BOTE DE 325 GR BAYGON, AEROSOL, VERDE, CUCARACHAS, BOTE DE 272 GR OMNICEF R, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 300 MG., LAB. JANSSEN-CILAG FEBRAX, TABLETAS, CAJA C/15, DE 275/300 MG, LAB. SYNTEX ZALDIAR, TABLETAS, CAJA C/10 DE 325/37.5 MG., LAB. GRUNENTHAL APENDICECTOMIA, QUIROFANO, PATOLOGIA, CIRUJANO, ANESTESISTA NORMAL, HABITACION, CUNERO, ATN. MEDICA QUIROFANO, PRIVADA NORMAL, QUIROFANO, GINECOLOGO, PEDIATRA, ANESTESISTA SPEED STICK, AEROSOL, 24/7, ENVASE DE 114 GR CONAIR, SECADORA DE CABELLO, IONICA, MOD 187PKES Viernes 3 de julio de 2009 219.00 128.00 78.00 229.00 78.00 55.00 199.00 699.00 999.00 799.00 809.00 559.00 279.00 359.00 269.00 329.00 499.00 499.00 249.00 349.00 278.00 775.00 178.00 349.00 70.00 4719.00 349.00 128.00 1279.00 4105.00 8699.00 34997.00 41201.00 9499.00 9999.00 15056.00 5928.00 18799.00 9399.00 1285.00 6890.00 20999.00 599.00 1065.00 265.90 72.80 211.00 64.20 196.70 234.50 395.00 63.90 300.00 74.00 101175.00 157750.00 866.00 149.00 169.00 159.00 174.00 93.48 32.50 235.00 59.90 23.53 58.50 27.27 81.90 9.00 5.95 24.50 160.00 24.65 402.38 110.00 129.00 230.00 159.99 159.99 389.00 48.00 409.39 179.99 218.09 151.13 129.99 99.99 48.00 260.00 59.99 44.99 170.00 13.99 44.99 68.00 49.99 268.00 188.00 39.00 248.00 49.99 430.00 660.00 1207.00 1600.00 489.00 999.00 199.00 485.00 195.00 124.00 499.00 46.00 200.00 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MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION Viernes 3 de julio de 2009 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 311005 311012 322001 322002 343007 343011 343013 345001 347002 352003 355001 358004 359003 361001 363001 380002 383003 013003 022006 023006 024006 028004 029005 038004 042002 047005 049003 054002 055006 059006 073014 074008 075010 077009 080008 089007 095002 095006 096003 098004 102003 139005 139006 141004 142020 144007 145003 145004 145010 145011 146020 147013 147014 147020 148008 150011 152006 152008 152011 153006 154006 155010 156007 156010 156012 157012 163023 164021 164029 165007 165011 166007 215003 220003 222005 224002 267005 288004 321004 364001 001010 025004 045010 095007 102006 134012 134024 136004 137012 139002 139012 140004 140006 140008 141002 141004 141006 141008 142006 144004 144006 144012 145004 145006 145012 146002 146006 146008 148008 149008 150002 150004 150008 150010 150012 156004 156012 158012 158016 158018 159002 159004 168022 218002 220005 225004 236007 DIARIO OFICIAL VW, GOL, 5 VEL, A/AC, 4 PTAS, MOD 2009 NISSAN, TSURU, GSII, AUT, 4 PTAS, A/AC, MOD 2009 LAVADO DE CARROCERIA, CARRO CHICO ENCERADO, CARRO CHICO GEOGRAFIA 1, P/SEC, AUT. GOMEZ, ED. PUBLICACION CULTURA HIST. DE LAS DOCTRINAS FILOSOFICAS, DE GUTIERREZ, ED. ESFIGE FISICA, P/PREPA, CONCEP Y APLIC, DE TIPPENS, ED MCGRAW HILL NORMA, CUADERNO, RAYA, 100 HOJAS, JEAN BOOK LAS VEGAS, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 3 EST. DISCOTECA, ADMISION P/PERSONA INTERNET BANDA ANCHA, 512 KBPS, RENTA MENSUAL FOTORAMA DE MEXICO, JGO DE MESA, RUMMY, DE 106 FICHAS WARNER MUSIC, CD, LAURA PAUSINI, PRIMAVERA ANTICIPADA KODAK, PELICULA FOTOGRAFICA, 135 MM DE 27 EXP, FLASH PARACHO, GUITARRA, ACUSTICA, CLASICA TIPO ESPAÑOLA, MOD 09 CHABELA, CERVEZA CON CLAMATO ATAUD DE MADERA, PREP. CPO., VELACION, TRAM, LEG, CARROZA QUAKER, AVENA FLAKES, CAJA DE 425 GR POPULAR, DE PULPA, A GRANEL CHULETA, CHUCK, A GRANEL RETAZO, P/COCIDO, CARRIZO, A GRANEL TERNERA, CHULETA, A GRANEL CHIMEX, COCIDO, A GRANEL ALMEJAS, CHIRLA, A GRANEL SUNNY SEA, OSTIONES, AHUMADOS, LATA DE 85 GR YOPLAIT, C/FRUTAS, ENVASE DE 220 GR LUPITA, NATURAL, PASTEURIZADA, ENVASE DE 250 ML GLORIA, C/SAL, CAJA CON 4 BARRAS DE 90 GR C/U, 360 GR BLANCO, PAQ DE 30 PZAS VALENCIA, A GRANEL BOLA, A GRANEL ROJA, MORENA, A GRANEL BLANCA, A GRANEL TOMATE VERDE, A GRANEL PAQUETE DE 500 GR CAZEROLA, PINTO, BOLSA DE 1 KG CAMPBELL'S, SOPA INSTANTANEA, DE P. C/TALLARINES, LATA 300 G MARUCHAN, SOPA INSTANTANEA, VASO DE 64 GR CLEMENTE JACQUES, MERMELADA DE FRESA, FCO DE 500 GR TIENDA ISSSTE, ESTANDAR, BOLSA DE 2 KG BONAFONT, NATURAL, BOTELLA DE 1 LT MARINO, 100% POLIESTER BRUNO MAGNANI, 100% POLIESTER DAVINCHY, 100% ALGODON JNS, PANTALETA, 92% ALGODON - 8% ELASTANO MASSIMA, 98% ALGODON - 2% SPANDEX DUPLAN, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO LIFE STYLER, 100% POLIESTER VIANNY PLUS, 63% POLIESTER - 31% VISCOSA - 6% ELASTANO ADORABLE, 100% POLIESTER MABEL, CONJUNTO, 100% POLIESTER MARCCAIN, VESTIDO, 100% POLIESTER FRANCESCA NOVO, VESTIDO, 65% LINO - 35% SPANDEX BASEL, VESTIDO, 100% LINO AUGUSTO, 100% POLIESTER KIDDO, 100% POLIESTER JESSY FRANZ, VESTIDO, 100% ALGODON HELEN, VESTIDO, 98% ALGODON - 2% LUREX SCOOBY DOO!, VESTIDO, 98% ALGODON - 2% ELASTANO CREYSI BOY, CAMISETA, 100% ALGODON SKINY, PANTALETA, 100% ALGODON TEBI, CALCETAS, PAQ 3 PARES, 100% POLIAMIDA COSSITA, TRAJE, 100% ALGODON CELI, TRAJE, 100% ALGODON MON CARAMEL, TRAJE, 100% ALGODON DISNEY BABY, CAMISETA, 100% ALGODON UNIVERSO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA PRIMAVERA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA VALERIA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA GIUSEPPE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO EMYCO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO SANDY, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA WHIRLPOOL, 13 KG, 10 CICLOS, 5 TEMP. MOD 7MWT97770 OSTERIZER, 10 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 6799 HP, ESCR, CORE, 3 GB, 320 GB, 2.1 GHZ, CAMARA, MOD DVS 1135 PHILIPS, REPRODUCTOR DVD, MOD DVP3254 K VIZION, ANTEOJOS PARA EL SOL PONDS, ANGEL-FACE, ESTUCHE DE 11 GR AFINACION, AUTO DE 4 CILINDROS KENGO, GUANTE DE BEISBOL, MOD RODRIC TORTILLA, A GRANEL LOMO, REBANADO, ASADOR, A GRANEL LA LECHERA, CONDENSADA, LIGERA Y DORADA, LATA DE 354 ML LA COSTEÑA, CREMA, DE CHILE POBLANO, ENVASE DE 420 GR CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 LT DOCKERS, CAMISA, 100% ALGODON DOCKERS, PLAYERA, 100% ALGODON CARLO CORINTO, CALCETINES, 75% ALGODON - 23% POLIAMIDA- 2% EL LEVI'S, 100% ALGODON CHEROKEE, 65% POLIESTER - 35% OTROS HAGGAR, 100% POLIESTER PROFITNESS, SHORT, 100% POLIESTER BASIC, BERMUDA, 100% ALGODON JNS, BERMUDA, 100% ALGODON PALOMA, 100% POLIESTER VANTACH, 100% ALGODON CHEROKEE, 100% ALGODON X-TEND, 100% ALGODON ILUSION, PANTALETA, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO CHEROKEE, 97% ALGODON - 3% ELASTANO KEOPS, 77% ALGODON - 3% ELASTANO LEVI'S, 99% ALGODON - 1% ELASTANO SHAMBALA, 77% POLIESTER - 6% ELASTANO - 17% OTROS GARI, 100% POLIESTER VANTACH, 63% POLIESTER - 6% ELASTANO - 31% OTROS HI-FASHION, CONJUNTO, 100% POLIESTER CHEROKEE, PIJAMA, 100% ALGODON ANNY, CONJUNTO, 45% RAYON - 55% OTROS ACA GIRL, 100% ALGODON X-TEND, 100% ALGODON YALE, 65% POLIESTER - 35% RAYON X-TEND, 87% POLIESTER - 13% ACRILICO YALE, 65% POLIESTER- 35% RAYON NEW ARMY, 100% POLIESTER SPIDER-MAN, 100% POLIESTER BE THE BEST, TRAJE, 100% ALGODON BARQUILLO, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% ALGODON ACA GIRL, CHAMARRA, 100% ALGODON OPTIMA, SUDADERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER SILVER PLATE, CHAMARRA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER WILSON, GORRA, 100% ALGODON GOISA, GORRA, 100% ALGODON VAZ TAP, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA NAOKI, DE PEDESTAL, 3 EN 1, MOD CRSF-16A OSTERIZER, 10 VEL, CROMADA, MOD 853-10 SONY, RADIOGRABADORA, MP3, KARAOKE, MOD CFB-G770CPK SAN JORGE, SECADOR DE COCINA, 100% ALGODON, MOD 509979 (Primera Sección) 114668.00 135950.00 60.00 130.00 89.00 90.00 296.00 25.00 3816.25 70.00 285.00 144.00 163.00 50.00 515.00 45.00 4620.00 76.45 84.00 60.00 52.90 53.90 45.20 15.99 308.12 22.68 35.96 100.60 35.97 6.17 14.69 7.95 12.00 25.00 14.00 21.50 48.33 73.52 60.00 9.45 8.50 139.99 149.00 329.00 49.00 199.99 559.00 299.00 189.00 139.99 1169.00 209.99 699.00 1499.00 449.00 209.99 899.00 499.00 99.99 29.00 75.00 89.00 99.99 255.00 249.00 65.00 199.00 189.00 185.00 245.00 579.00 209.00 5251.30 497.00 16289.00 698.00 150.00 21.99 980.00 550.00 11.00 98.00 41.53 37.02 5.67 549.00 479.00 65.00 599.00 198.00 499.00 178.00 119.00 439.00 189.99 129.00 198.00 150.00 39.99 148.00 239.00 649.00 169.00 269.99 149.00 749.00 214.90 309.99 388.00 170.00 174.99 108.00 154.99 89.90 349.00 188.00 125.00 538.00 79.99 449.00 95.00 78.00 155.00 308.00 748.00 2199.00 13.50 UNIDAD UNIDAD SERV SERV EJEMPL EJEMPL EJEMPL PZA SERV CUOTA RENTA CAJA PZA PZA PZA SERV COSTO KG KG KG KG KG KG KG KG LT LT KG PAQ KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG LT PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAQ TRAJE TRAJE TRAJE PZA PAR PAR PAR PAR PAR PAR UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA PZA SERV PZA KG KG LT KG LT PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA 95 CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE 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10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 11 11 11 11 11 11 11 (Primera Sección) 290002 317004 318002 345005 358006 138009 140007 141008 141011 144002 144003 144004 145004 145007 146013 147002 147011 147013 148002 148004 148006 148009 149001 149007 149008 150005 150006 152004 152006 156005 156008 156011 162002 163003 164012 172004 184004 205003 213004 221004 222002 222004 222005 225003 231004 273003 282004 292003 353006 358004 358006 001006 033001 043008 049002 059008 061003 096007 099004 116001 121003 122008 134005 134006 134023 139003 140011 141002 141003 141004 141011 142007 143008 144004 144011 145004 150003 152010 153003 153004 156004 157003 163009 163010 171010 172005 193003 205001 205003 212002 213003 215004 218003 219003 220001 222001 222003 223002 223007 224001 229004 230003 233001 236005 236008 237003 239004 241001 243001 266004 281004 286002 288003 289003 351003 358002 358006 359002 359005 364004 001013 004005 005005 032010 094004 099005 116006 DIARIO OFICIAL REVLON, MASCARAS P/PESTAÑAS, FABULASHI, DE 7.9 ML AUTO ESCUDO, ESPEJO, DEPORTIVO, TURBO LTH, 12 V, 9 PLACAS, L-22F-450 SCRIBE, CUADERNO PROFESIONAL, HADAS, DE 100 HOJAS HASBRO, JGO DE DESTREZA, ELEFANTIN, LANZAMARIPOSA JBE, TRAJE, 100% ALGODON GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON L.P.S. COLLECTION, 97% ALGODON - 3% ELASTANO DELC, 45% POLIESTER - 65% ALGODON SAHARA, 97% ALGODON - 3% ELASTANO NEW'S, 100% ALGODON TITANIUM JEANS, 100% ALGODON RED COMPANY, 100% POLIESTER SELLA, 100% POLIESTER DIVA, CONJUNTO, 97% POLIESTER - 3% SPANDEX DUPLAN, VESTIDO, 100% POLIESTER VIVOLI, VESTIDO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO DUOWOMAN, VESTIDO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO MABEL, 100% POLIESTER LIFE, 100% ALGODON LIFE, 100% ALGODON SAHARA, 97% ALGODON - 3% ELASTANO U-51, 100% ALGODON MANER'S CLUB, 100% ALGODON COMETIN, 100% ALGODON AMERICAN LEVEL, 100% POLIESTER MANER'S CLUB, 100% POLIESTER WOOPY, CONJUNTO, 65% ALGODON - 35% POLIESTER TECNO- GIRL, CONJUNTO, 100% ALGODON TIMBREE, TRAJE, 100% POLIESTER CELI, TRAJE, 100% ALGODON MARIONNETTE, TRAJE, 100% ALGODON PC MONTFERRANT, ESCOLAR, BLUSA, FALDA MUNICH, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA UP, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA PIEDRA BLANCA, ANILLO P/DAMA, 10 KL, C/UO2 VITROMARC, VIDRIO, 6 MM M2 MEDSA, MESA P/MICROONDAS C/PORTAGARRAFON, MOD 010 LILICO, 5 PZAS, KS, EST MODERNO, MOD FERRARI SONY, 26", LCD, MOD 26 M40, COD 163063 ACER, PORT, 2 GHZ, DD160, PROC, 64X2, MOD 55205688 TOSHIBA, PORT, 2.16 GHZ, 160 GB, 2 GB, MOD L305 - SP 69121R HP, ESCR, CORE 2 DUO, 2.8 GHZ, 500 GB, 4 GB, PAVILION 6630 SONY, RADIOGRABADORA, 3 CD, MP3, 1 CST, C/CFD-2035 SANTA ANITA, VAJILLA. 20 PZAS, MOD FLORENCE ULTRASONIDO MAMARIO ED HARDY, AGUA DE PERFUME, C/ATOMIZADOR, FCO DE 100 ML PAMPERS, GRANDE, TOTAL DRY, PAQ C/38 PZAS GIMNASIO, ZUMBA, CUOTA MENSUAL HASBRO, JUEGO DE MESA, RUMMIKUB MATTEL, BARBIE, MUÑECA, MOD M 2778 TORTILLA, AMARILLA A GRANEL CHATA, CHILORIO, DE PAVO LATA DE 330 GR HERSHEYS, ULTRAPASTEURIZADA, SABOR CHOCOLATE, ENV DE 900 ML SAN MARCOS, NATURAL, FCO DE 400 GR VALENCIA, A GRANEL ATAULFO, A GRANEL LA COSTEÑA, MERMELADA, DE FRESA, FCO DE 270 GR LEGAL, C/AZUCAR, FCO DE 200 GR ESTRELLA, CLARA, PAQ C/6 BOT NO RET. DE 325 ML C/U HOYA DE CADENAS, TINTO, BOTELLA DE 750 ML PALL MALL, CON FILTRO, CAJETILLA CON 20 PZAS GEORGE, CAMISA RAYAS, 100% ALGODON 725 ORIGINALS, CAMISA CUADROS, 100% ALGODON ROBB QUALITY, 100% ALGODON SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON GEORGE, 91% NYLON - 9% ELASTANO GEORGE, BLUSA AZUL ELECTRICO, 49% POLIESTER - 51% VISCOSA GEORGE, BLUSA ROSA, 66% POLIESTER - 28% VISCOSA - 6% ELASTANO VIANNI, 100% ALGODON BODY SILUETTE, FAJA CAMISETA, 80% POLIESTER-20% ELASTANO ACTIVE, PANTIMEDIAS, 80% POLIESTER - 20% ELASTANO 725 ORIGINALS, BERMUDA BLANCA C/ROSA, 97% ALGODON -3% ELASTAN BIKBOKFEMALE, 100% ALGODON GEORGE, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO GEORGE BOY, 100% POLIESTER NANCY GREEYS, VESTIDO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO BABY CREYSI, TRUSA, 100% ALGODON BAMB, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER SIMPLY BASIC, CAMISETA, 100% POLIESTER PLAYERS, SURF, CORTE TEXTIL-FORRO TEXTIL - SUELA SINTETICA 725 ORIGINALS, CORTE SINTETICO-FORRO TEXTIL - SUELA SINT TROLLEY, MALETAS, (1) PZA, MOD HARDY AMIES VERSALES, RELOJ PARA HOMBRE TECEL, PLAN CON TODO SIN APARATO MEDSA, MUEBLE MICROONDAS C/PORTAGARRAFON, MOD 010 KONIAKI, LOCKER MICRO CAFE, MOD VALADRI TEX RAMPE, CAJONERA, MOD MILAN KERSON, 4 PZAS, K.S., CABEC, BUROS Y COMODA MOD FSRS GENERAL ELECTRIC, 14 KG, BLANCA, TAPA DE CRISTAL ALOHA BREEZE, DE TECHO, 36" MOD 2008 GENERAL ELECTRIC, VAPOR, ELECTRICA OSTERIZER, 10 VEL, MOD 6640 GATEWAY, LAPTOP, 3 GB, RAM 250G TOSHIBA, LAPTOP, 30 GB, MOD A305D SONY, RADIOGRABADORA CON DOCKING IPOD SONY, GENEZ, MP3, USB, MOD RIPPING SONY, REPRODUCTOR DVD, BASICO PROVIDENCIA, VELADORA, VASO DE 100 GR MONARCA, ESCOBA MIXTA, DE FIBLAS GOLDEN HILLS, CUBETA C/EXPRIMIDOR, DE 12 LT COM MEX MP, JERGA, DE 50 X 120 CM QUALITY COTTON, PROTECTOR P/COLCHON, MATRIMONIAL KALTEX HOME, MATRIMONIAL, 50% ALGODON - 50% POLIESTER MARITEX, DE MANOS, 40 X 70 CM, 100% ALGODON ARIEL, EN POLVO, OXIAZUL, CAJA DE 9 KG VANISH, WHITE, ENVASE DE 6 LT SEDASIVA, CINTA ADHESIVA, BLANCO DE 1.25 x 5 HERBAL ESSENCES, SHAMPOO, ENVASE DE 1 LT ST IVES, COLAGEN ELASTIN, ENVASE DE 1 LT REVLON, SOMBRA, ILUMINACION CREATIVE BEAUTY, CEPILLO, MARMOS 5 CM PAQUETE ALL ACCESS, 9 CANALES PREMIUM Y 28 BASICOS RENTA MEN BARBIE, MUÑECA, CASTILLO DIAMANTES POWER WHEELS, MONTABLE, MUSTANG BARBIE SONY, CD, ROBERTO CARLOS UNIVERSAL MUSIC, CD, KABAH WILSON, BALON DE FUTBOL SOCCER, No. 5 MILPA REAL, TORTILLA, PAQ DE 470 GR CONCHA, POR PZA TELERA, POR PZA FRITZ, QUESO DE PUERCO, A GRANEL HERDEZ, CHICHAROS CON ZANAHORIAS, LATA DE 225 GR DOLCA, MEZCLADO CON AZUCAR, FRASCO DE 200 GR CORONA, CLARA, EXTRA, SIX PACK DE 2130 ML, DE 355 ML C/U Viernes 3 de julio de 2009 99.90 80.00 988.00 32.90 398.00 2190.00 189.00 379.00 279.00 309.00 169.00 199.00 119.00 159.00 1099.00 795.00 439.00 599.00 499.00 149.00 139.00 199.00 139.00 159.90 155.00 159.00 159.90 129.00 189.00 169.00 289.00 259.00 285.00 224.00 339.00 290.00 260.00 1158.00 6999.00 7999.00 10338.50 12489.00 15499.00 1494.00 358.00 600.00 799.00 127.00 550.00 278.00 254.00 9.63 121.21 24.69 25.00 4.00 12.63 56.48 205.00 19.85 113.33 22.00 198.00 198.00 169.00 158.00 189.00 98.00 128.00 158.00 179.00 162.00 59.50 228.00 149.00 148.00 128.00 89.00 24.00 34.80 58.00 24.90 98.00 278.00 299.00 164.00 458.85 1158.00 3918.00 1896.00 7999.00 5999.00 880.00 368.99 435.00 11770.01 17181.00 1299.50 3479.00 690.00 7.50 31.50 69.80 13.90 249.00 210.00 14.90 19.24 14.83 32.00 73.09 69.00 85.00 35.90 339.00 298.00 4999.00 149.00 80.82 120.00 17.02 3.50 1.50 54.20 28.22 211.50 24.65 PZA PZA UNIDAD PZA PZA TRAJE PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO JGO TRAJE TRAJE TRAJE JGO PAR PAR PZA MT2 PZA JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD JGO SERV PZA PAQ CUOTA CAJA PZA KG KG LT LT KG KG KG KG LT LT CAJETI PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA SDO/M PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PZA PZA COSTO UNIDAD UNIDAD UNIDAD JGO UNIDAD PZA UNIDAD PZA UNIDAD UNIDAD PZA UNIDAD PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA KG LT PZA LT LT PZA PZA SERV PZA PZA PZA PZA PZA KG PZA PZA KG KG KG LT CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION Viernes 3 de julio de 2009 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 122002 134023 135018 135024 136006 136008 136010 136011 137010 139011 140016 141001 141009 141010 141011 141014 142018 142024 143002 143023 144011 146002 146021 147003 147013 148002 148008 148009 148011 152015 152016 153009 158027 163002 164006 168025 168033 171010 171012 194003 206003 207003 211002 214003 216002 217004 223005 233001 235006 266001 267006 270001 271004 273001 273002 274002 277002 278001 279001 293006 343008 345001 346002 347005 353001 359007 146023 149011 207002 213004 217003 220001 221001 224002 228003 236005 256001 256002 256004 256005 256006 257001 257002 257003 257004 258002 258003 258004 276004 292004 312003 312005 317002 378006 014005 035003 059010 067001 089002 089005 095006 097003 097004 100002 101010 102006 102008 103003 109008 122004 134013 134014 135006 136011 137008 139004 141011 142019 142021 146006 147005 147009 148001 149003 150009 151007 155009 DIARIO OFICIAL MARLBORO, CON FILTRO, ROJOS, CAJETILLA CON 20 PZAS U.S.POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON PLAY BOY, CAMISETA, PAQ C/3 PZAS, 100% ALGODON RINBROS ORIGINALES, PAQ C/3 PZAS, 100% ALGODON DUREX, CALCETINES, 64% ACRILICO, 35% POLIESTER, 1% ELASTANO CALVIN KLEIN, CALCETINES, 3 PZAS, 70% AL - 20% PA - 16% EL GLEYTOR, CALCETINES, 100% ACRILAN DE BARONE, CALCETINES, 98% POLIAMIDA - 2% ELASTANO FARENHEIT, 100% ALGODON NATURAL ISSUE, 65% POLIESTER, 35% VISCOSA WEEKEND, PIJAMA, 100% ALGODON MARIA NAVARRO, 63% POLIESTER - 32% RAYON- 5% SPANDEX MARIA NAVARRO, 100% ALGODON LADY SUN, S/V, 100% POLIESTER UP DOWN, 100% ALGODON OBSESION, 100% POLIESTER MAREL, BRASIER, 91% POLIESTER - 9% ELASTANO ODISEA, PANTALETA, 88% POLIAMIDA - 12% ELASTANO ACTIVE, PANTIMEDIAS, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO CAMEO, TOBIMEDIAS, 89% POLIAMIDA - 11% ELASTANO 18 FOREVER, 100% ALGODON MARIA NAVARRO, CONJUNTO, 100% POLIESTER PIERRE CRISTINE, 100% LINO JULIO, 100% VISCOSA KOLIPSA, 100% POLIESTER PIERRE CRISTINE, 100% POLIESTER GEORGE, 55% LINO - 45% VISCOSA PIERRE CRISTINE, 65% POLIESTER, 35% ALGODON LADY SUN, 97% POLIESTER - 3% SPANDEX CHERSI, VESTIDO, 52% ALGODON - 48% POLIESTER CHERSI, VESTIDO, 80% POLIESTER - 20% ALGODON FRUIT OF THE LOOM, PAQ 3 PZAS, 100% ALGODON LEVI'S, CHAMARRA CABALLERO, 100% ALGODON ADIDAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA ALL DAY, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA CLASBEU, ZAPATOS, CORTE SINTETICO, SUELA SINTETICA LA MODE, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA LEVI'S, CINTURON, 100% PIEL TRAVELERS, MALETAS, (3) PZAS, 100% POL. MODP. K52203 ASEO GENERAL, POR DIA 5 PZAS (M Y 4 S), MOD C-269-MAP ACROS, 4 QUEM, E. ELECT, 30", COMAL, HOR C/V. MOD AF-5309S AMERICA, MATRIMONIAL, MOD ETERNITY SAMSUNG, 10", 2 PTAS, MOD RT-32YHSW HAMILTON BEACH, CAFETERA, MOD 47304-MX, APAGADO AUT. YORK, PORTATIL, SOLO FRIO, MOD PASA 12 FD.AKA DAEWOO, MINICOMPONENTE, KARAOKE, REP.MP3/CD/CD, MOD XG-6480 JOY, CUBETA, DE 17 LTS, VARIOS COLORES LA MODE BASIC, EDREDON, MAT, 50% POLIESTER - ALGODON M. EO02 BAND-AID, BANDITAS TRANS, CAJA/40 PZAS, JHONSONS & JHONSONS DRIVE, SILLA DE RUEDAS, METALICA, C/VINIL, M. FSB768 S. ECON HAB PRIV, C/T/V, SALA DE VISITAS, C/ALIMENTO POR DIA 103 HISTERECTOMIA, 2 NOCHES HOSP, MED GENERALES DENSIOMETRIA OSEA, CHEQUEO DE DENSIDAD OSEA HEMOGLOBINA GLUCOSILADA, DETECC. DE AZUCAR EN EL HIGADO CESAREA, PAQ 48 HRS, QUIR, DER A SALA, MED GRALES CESAREA, CIRUGIA, EQUIPO MED, ANESTE, INSTRUM, PEDIATRA PERFIL GINECOLOGICO, NIVEL PROGESTERONA Y PROLACTINA CABALLERO, CORTE NORMAL TAMPAX, COMPAQ, PAQ C/8 PZAS BIOLOGIA 2, LUIS CARLOS SAINZ, EDIT PRENTICE HALL STAR MAX, PROF C/ ESP, RAYADO, 200 HOJAS ZEBRA, ROLLER BALL, MOD ZARAZA, 1 PZA PUERTO VALLARTA, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 EST BALNEARIO, CUOTA POR DIA P /ADULTOS, EXC MIERCOLES CAPITOL, CD, ROBBIE WILLIAMS, SWING WHEN YOU'RE WINNING METROPOLYS COMPANY, CONJUNTO, 100% POLIESTER FUROR, ASTRO BOY, 100% ALGODON WHIRPOOL, 6 QUEM, ENC. ELECT., C/HORNO, MOD WF30995PB LILICO, 4 PZAS, CABECERA, 2 BUROS Y TOCADOR, MOD FLORENCIA SAMSUNG, AP. ACONDIC. DE AIRE, MINISPLIT, MOD AS 12 FBC HAMILTON BEACH, 2 VEL, WAVE ACTION, MOD 52321 SONY, 25", PANTALLA MULTIMEDIA, MOD KV25FS120 SONY, REPRODUCTOR DVD, MULTIREGIONAL, MOD S75 ENERGIZER, 9 V, CUADRADA, C/1 PZA LA MODE COLLECTION, ALMOHADA, ESTANDAR, 100% ALG, MOD 1777 CEDAX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 400 MG, LAB SHERING PLOUGH BACTRIM, TABLETAS, CAJA C/30 DE 400/80 MG, LAB ROCHE CANESTEN V, OVULOS, CAJA C/3 DE 200 MG, LAB BAYER ISOX, TABLETAS, CAJA C/6 DE 100 MG, LAB SENOSIAN CLAVULIN, TABLETAS, CAJA C/15 DE 500 MG, LAB SANFER TYLEX CD, TABLETAS, CAJA C/30 DE 200 MG, LAB JANSSEN CILAG FEBRAX, TABLETAS, CAJA C/15 DE 300 MG, LAB SYNTEX DOLAC, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SYNTEX ZALDIAR, TABLETAS, CAJA C/10 DE 325 MG, LAB GRUNENTHAL VYTORIN, COMPRIMIDOS, CAJA C/14 DE 10/20 MG, LAB MERCK SHAR TRITACE, TABLETAS, CAJA C/16 DE 5 MG, LAB SANOFI AVENTIS MICARDIS PLUS, COPRIMIDOS, CAJA C/14 DE 10/12.5 MG, LAB BOHE GINECOLOGO, CONSULTA HUGGIES, MEDIANO, ULTRACONFORT, NIÑA, PAQ C/25 PAÑALES BARBIE, R 12, MOD 148012 TURBO, R 26, CUADRO ALUMINIO, MOD RDM40 GOLDEN HILLS, BASTON, ANTIRROBOS, DOBLE GANCHO HAMBURGUESA DE POLLO, PAPAS Y REFRESCO MEDIANOS ENTERO, A GRANEL RUBIA, ENTERA, A GRANEL REGIONAL, COSTAL CON 100 PZAS RAYADA, PIEZA VERDE VALLE, NEGRO QUERETARO, BOLSA DE 1 KG VERDE VALLE, PERUANO MAYOCOBA, BOLSA DE 1 KG KNORR, CREMA DE ELOTE, ENVASE DE 500 ML GERBER, BABY GOURMET, FRUT DEL PARAISO, ET 3, FCO 113 GR GERBER, JUGO DE FRUTAS, TROPICALES, ETAPA 2, FCO DE 175 ML BLASON, TOSTADO Y MOLIDO C/CAFEINA, DE ALT, BOLSA DE 500 GR COCA COLA, NO RETORNABLE, BOTELLA DE 600 ML CRISTAL, NATURAL, GARRAFON DE 20 LT CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 LT FRENCH'S, MOSTAZA, FCO 397 GR PALETA PAYASO, PALETAS, DE MALVAVISCO C/CHOCOLATE, PZA DE 45 BENDSON & HEDGES, CON FILTRO DORADOS, CAJETILLA CON 20 CAPALDI, TIPO POLO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON NAUTIC BAY, 50% ALGODON - 50% POLIESTER U.S. POLO ASSOCIATION, BOXER, 100% ALGODON JBE, CALCETINES, 80% ALGODON - 20% POLIAMIDA MOD 14051 CALVIN KLEIN, 100 ALGODON, MOD MGI4B02 VERSALLES, 70% POLIESTER - 30% RAYON GEISHA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX SECRETS, BOXER, 80% PA - 20% EL, MOD 3454 MELODY TEENS, 95% A - 5% EL, MOD 5678 BONGO, PIJAMA, 100% ALGODON BETSEY STAR, 72% RAYON - 22% NYLON-2% POLIESTER - 4% SPANDEX THINNER, VESTIDO, 100% RAYON LADY SUN, 55% LINO - 45% VISCOSA GRANADA, 100% ALGODON MICHAEL, 100% POLIESTER TASSO, PLAYERA TIPO POLO, 100% ALGODON DUREX, CALCETINES, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO (Primera Sección) 28.00 259.00 109.00 79.00 30.00 259.00 65.00 19.00 309.00 279.00 198.00 480.00 550.00 199.00 169.00 399.00 69.00 54.00 65.00 14.00 329.00 1180.00 1490.00 1199.00 559.00 495.00 248.00 695.00 219.00 328.00 378.00 49.00 899.00 1299.00 499.00 189.00 298.00 229.00 1599.00 130.00 9790.00 7595.00 5620.00 4000.00 569.00 6699.00 2999.00 68.00 278.00 25.50 1600.00 1035.00 7391.30 800.00 200.00 6521.74 18500.00 880.00 60.00 24.10 89.00 42.80 18.00 7993.00 70.00 222.00 536.00 228.00 6199.00 5899.00 6899.00 699.00 6275.00 1835.00 56.50 108.00 521.25 104.74 97.40 210.00 237.70 418.00 105.32 149.12 201.50 317.77 316.45 339.53 300.00 82.00 896.00 3599.00 188.00 48.00 14.00 49.90 60.00 30.00 23.40 31.70 22.00 79.65 53.71 107.00 13.33 0.85 6.67 50.38 5.79 26.80 99.99 139.99 34.99 69.00 399.00 129.99 169.95 19.95 44.99 219.00 179.99 319.00 279.00 129.90 49.90 99.00 19.90 CAJETI PZA PAQ PAQ PAR PAQ PAR PAR PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PZA JGO JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PZA PAR PAR PAR PAR PZA JGO SERV JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA UNIDAD UNIDAD PZA JGO CAJA PZA SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV SERV PAQ EJEMPL PZA PZA SERV CUOTA PZA JGO PZA UNIDAD JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ PZA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA SERV PAQ PZA PZA PZA PAQ KG KG COSTAL PZA KG KG LT KG LT KG LT LT LT KG PZA CAJETI PZA PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR 97 CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO CAMBIO DE MODALIDAD NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE 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16 16 16 16 16 16 16 16 16 (Primera Sección) 156007 162002 163002 163003 164002 168023 168024 171010 205002 207002 209002 209003 210002 213002 213003 214001 214002 215002 215003 215004 216006 217003 221002 221003 221004 221007 223002 223004 224004 238001 239001 243004 246003 256002 256003 257001 257002 258001 258002 270002 271002 272002 282003 285001 286002 293003 293004 316004 344001 360003 380007 380008 381004 015002 043007 068004 089002 101008 140002 141010 146022 147020 148012 152002 152004 152008 156002 156012 165006 168006 168009 172001 184007 194005 206002 215003 217002 221005 222001 225003 228002 238001 284001 311002 344003 345003 358002 358003 360003 378008 039002 091002 140003 140005 149009 152001 152005 153008 155009 156011 184012 216003 225004 236007 350003 002002 002005 034001 041003 043010 044001 045006 047001 048003 053001 056006 067007 068005 068006 079007 081007 083008 085003 089002 094004 095001 095002 DIARIO OFICIAL PINGOS, CONJ 3 PZAS, 100% ALGODON PC SIN MARCA, ESCOLAR, BLUSA, FALDA SHORT GOSH, CORTE MICROPIEL- SUELA FLEXI, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CAPA DE OZONO, CORTE TEXTIL SUELA SINTETICA BARBIE, CORTE TEXTIL, SUELA SINTETICA LADY PAULINA, CORTE SINTETICO, SUELA SINTETICA U.S. POLO, CINTURON SINTETICO, P/CABALLERO, MOD 023 S BUFETE VITRINA, COLOR NOGAL, DE 2.5 MT, MOD GRECIA MABE, 4 QUEM, ENC ELECT, 30 C/BLANCO SUSANA, SILLON 2-2-1, MODULAR, COLOR MOSTAZA INMUJAL, 2 LOVE SEAT Y SILLON (2-2-1), TAPC/DAYCON MOD PAOLA MURANO, 7 PZAS (M Y 6 SILLAS), CONGLOMERADO 5 PZAS, K.S., MOD WINDSOR 5 PZAS, KING SIZE, MOD MALIBU MABE, 10 PIES CUBICOS, DOS PUERTAS, MOD RML10XHML MABE, 14 PIES CUBICOS, 2 PTAS, C. BLANCO, MOD 71194 WHIRLPOOL, 10 KG, AUT, C. BLANCA, PERFECT CARE, MOD 7MWT74500 SAMSUNG, 13 KG, AUT, 5 CICLOS, MOD WA15L5G WHIRLPOOL, 13 KG, PROFESSIONAL CARE, AUTOM, MOD 7MWT97730 LG, HORNO DE MICROONDAS, 1.1 PIES CUB ACAB ESPEJO, MD MS1146 LG, AIRE ACONDICIONADO, 12000BTU, P/VENT, 110 V, MOD W121CMH DAEWOO, 21", P/PLANA, MOD DTQ-213455 POLAROID, PANTALLA PLANA, LCD, MOD TLM-2320 LG, 21", P. PLANA, MOD 21FU9RL PANASONIC, 14", P PLANA, MOD 11659 PANASONIC, MINICOMPONENTE, 5 CD MP3, MOD SC-AK77OLM-K7 PANASONIC, MINICOMPONENTE, MASH, 5 CD, MODSC-AK97OLM-K11 ATVIO, REPRODUCTOR DVD, MOD ATDV-8571 PROVIDENCIA, COBERTOR INF, 1.6X2.20, 85% ACRILICO - 15% POLI HILASAL, MEDIO BAÑO, DE 69X140, 100% ALGODON, MOD CLASSIC BLANCATEL, ENVASE DE 3.75 LT H24, AEROSOL, MATA CUCARACHAS, BOTE DE 285 GR KEFLEX, SUSPENSION, FCO DE 100 ML, LAB LILLY AMIKIN, SOL INYECTABLE, CAJA C/2AMP DE 2ML, LAB MEAD JOHNSON DORIXINA F, COMP, CAJA C/10 DE 250 MG, LAB SIEGFRIED RHEIN SEDALMERCK, TABLETAS, CAJA C/40 DE 500 MG, LAB MERCK ALDACTONE A, TABLETAS, CAJA C/30 DE 25 MG, LAB PFIZER LIPITOR, TABLETAS, CAJA C/21 DE 40 MG, LAB PFIZER P/DIA, HAB. ESTANDAR C/ALIMENTOS, TELEFONO Y TV, C/AA PARTO NORMAL, HONORARIOS DEL GINECOLOGO Y ANESTESISTA EMPASTE, MOLAR, CON AMALGAMA PUMA, P/DAMA, EAU DE TOILETTE, FCO DE 75 ML SPEED STICK, AEROSOL, ENVASE CON 100 GR PONDS, CREMA PARA PIEL, PEPINO, LIMPIADORA, ENVASE DE 100 G UNIKA, ULTRA DELGADA, C/ALAS, PAQ C/ 14 PZAS SABA, ULTRADELGADA C/ALAS, PAQ C/12 TOALLAS MICHELIN ASOCIADA, 175/70 R13, MOD PRIMERA A/S LUNA NUEVA, STEPHENIE MEYER, ED ALFAGUARA SPORT MAN'S, ALIM SECO P/PERRO, ALTA PROTEINA BOLSA DE 25 KG CORONA, CERVEZA, BOTELLA DE 325 ML VICTORIA, CERVEZA, BOTELLA DE 325 ML, C/BOTANA JUGO DE NARANJA, COPA GRANDE CORTE S/DESHUESAR, PECHUGA, A GRANEL SANTA CLARA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, ENVASE DE 1 LT PERA, MANTEQUILLA, A GRANEL VERDE VALLE, PERUANO, PAQ DE 1 KG KAS, NO RETORNABLE, TORONJA, BOTELLA DE 2.5 LT GERALDINI, CORBATA, 100% POLIESTER JUNIOR, 96% ALGODON, 4% ELASTANO PERFIL, SACO Y PANT, 65% POLIESTER, 35% ACRILAN ESXX, 93% POLIESTER, 7% SPANDEX SHAMBALA, 100% POLIESTER BEEP, 100% ALGODON THAT'S IT, 95% ALGODON, 5% ELASTANO B.B. CLUB, 65% POLIESTER, 35% ALGODON KIDS WORLD, PAÑALERO, 55% ALGODON, 45% POLIESTER MY SWEETIE PIE, MAMELUCO, 100% ALGODON GRAN EMYCO, CORTE BOVINO, SUELA SINTETICA, FORRO PORCINO COCONUT, SANDALIAS, CORTE, SUELA, SINTETICA PALMIRA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA LTD, DAMA, RELOJ DE PULSO, MOD SLT 024 SHERWIN WILLIAMS, PINTURA P/ INTE Y EXTE, BCA, BOTE DE 19 LT ASEO GENERAL, 1 DIA POR SEMANA, PAGO POR DIA 7 PZAS (M Y 6 S), MOD ARIZONA EASY, 12 KG, MOD LAE 12030PB1 ARTIC CIRCLE, ENFRIADOR DE AIRE PORTATIL, MOD P500 SONY, 26", PANTALLA LCD, BRAVIA, MOD KDL 26M 4000 ACER, PORT, CORE 2 DUO, 3 GB RAM, 250 GB, MOD ASPIRE 2920-61 UNIREX, REPRODUCTOR DE CD, CASSETTE, MOD RX 949 DURACELL, TAMAÑO D, 1.5 VOLTS, PAQ C/2 PZAS SIERRA, MANTA, 145 X 190, 100% POLIESTER CREST, PASTA DENTAL, EXPRESSIONS, MENTA, 100 ML CHEVROLET, MALIBU, B, AUTOM, A/AC, 5 PTAS, C/QUEMAC, MOD 2009 JOSE SARAMAGO, EL VIAJE DEL ELEFANTE, ED ALFAGUARA SCRIBE, CUADERNO ITALIANO, ESPIRAL, RAYA, 100 HOJAS MATTEL, POWER RANGERS, BLUE, MOD M6644 PLAY-DOH, MASA MODELADORA, 24 TARROS, MOD 23228 CAT CHOW, ALIM SECO P/GATO, PESCADOS Y MARISCOS, DE 1500 GR SINCRONIZADAS, ORDEN DE 3, C/AGUA FRUTA FRESCA ROBALO, ENTERO, A GRANEL ANSERA, LENTEJAS, BOLSA DE 750 GR SABATINNI, CORBATA, 100% POLIESTER BASIC CONCEPTS, PANTALON DEPORTIVO, 100% ALGODON AUSVER, 100% ALGODON TIMBREE, VESTIDO, 100% ALGODON PAMMY GIRLS, VESTIDO, 100% ALGODON RINBROS, CAMISETA, 100% ALGODON, PAQ C/3 PZAS GLEYTOR, CALCETINES 80% ALGODON - 10% POLIAMIDA - 10% EL LA IDEAL, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER IMPAC 3000, CUBETA DE 19 LTS LG, HORNO DE MICROONDAS, 1.4 P3 MOD MS-1147GI NAKAZAKI, RADIO, MP3/USB, AM-FM STEREO, MOD 8978 ENSUEÑO, SECADOR DE COCINA, ESTAMPADO, 100% ALGODON MARTINI, COPA MINSA, MASA DE NIXTAMAL, PAQ DE 1 KG MAIZENA, FECULA DE MAIZ, NATURAL, CAJA DE 425 GR DE CERDO, AHUMADO, A GRANEL HERDEZ, ATUN EN ACEITE, LATA DE 295 GR MI LECHE, ULTRAPASTEURIZADA, ENVASE DE 1 LT NIDO, ENTERA, LATA DE 360 GR LA LECHERA, CONDENSADA, LATA DE 397 GR NESTLE CLUB, C/FRUTAS, P/BEBER, ENVASE DE 500 GR SAN MIGUEL, ASADERO, TROZO, A GRANEL ESMERALDA, AMERICANO, REBANADO, A GRANEL NUTRIOLI, ACEITE DE SOYA, C/OMEGA 3Y6, BOTELLA DE 1 LT RAYADA, A GRANEL MANTEQUILLA, A GRANEL MANTEQUILLA, A GRANEL CHILE SERRANO, A GRANEL CHILE DE ARBOL, A GRANEL COL BLANCA, POR KG ENTEROS, A GRANEL GOLDEN HILLS, FLOR DE MAYO, BOLSA DE 1 KG HERDEZ, ELOTE, EN GRANOS, LATA DE 220 GR LA COSTEÑA, PURE DE TOMATE, LATA DE 800 GR DEL FUERTE, PURE DE TOMATE, CONDIMENTADO, ENVASE DE 210 GR Viernes 3 de julio de 2009 309.00 145.00 279.00 749.00 309.00 479.00 289.00 65.00 6699.00 4399.00 6999.00 13099.00 7499.00 7199.00 6999.00 4399.00 4899.00 4390.00 5399.00 5219.00 1330.00 2899.00 1770.00 6399.01 2499.00 1699.00 3539.00 6999.00 382.00 286.00 89.00 4.75 27.83 160.00 215.10 141.15 73.50 220.16 879.00 660.00 7000.00 250.00 465.00 43.90 34.50 21.08 22.93 464.00 219.00 10600.00 14.00 14.00 10.00 53.75 13.72 23.15 33.20 5.17 79.90 119.00 859.00 399.00 99.90 148.00 299.00 78.00 69.90 299.00 659.00 99.00 135.00 103.00 25210.53 150.00 4690.00 5490.00 1199.00 9936.00 12559.00 518.00 43.42 79.90 16.11 262030.00 199.00 16.50 95.00 198.00 34.60 39.00 122.75 23.33 89.90 99.00 99.00 89.00 89.90 58.03 14.90 99.90 365.00 1199.00 919.00 11.00 38.00 7.13 37.29 50.00 72.88 10.50 98.33 32.75 24.20 72.00 80.10 28.30 5.13 28.00 27.00 20.98 71.90 3.60 9.48 21.90 28.61 23.69 19.05 JGO JGO PAR PAR PAR PAR PAR PZA UNIDAD UNIDAD JGO JGO JGO JGO JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA PZA LT PZA FCO CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA SERV SERV SERV FCO PZA TARRO PAQ PAQ PZA EJEMPL KG SERV SERV SERV KG LT KG KG LT PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE PZA PAR PAR PAR PZA LT SDO/M JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ PZA PZA UNIDAD EJEMPL PZA PZA CAJA KG PAQ KG KG PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PAR PZA CUBETA UNIDAD UNIDAD PZA SERV KG KG KG KG LT KG KG KG KG KG LT KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE 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108004 109001 111003 114001 116008 119007 121001 121008 136004 137006 137010 139003 139010 140012 141004 144006 144010 145010 147006 147010 150008 150012 151006 152002 156012 162002 170003 171004 171006 171008 171012 205002 210003 216002 218002 220002 221009 222006 223007 224004 226003 235004 241002 242001 245003 256002 256003 256004 256005 256006 257001 257002 257003 257004 258001 258002 258004 260004 265002 266003 292001 293003 295003 312004 316008 358003 359001 361004 383002 034003 041005 057002 075002 115004 135006 136012 141010 145004 146011 151004 151007 156004 156006 171002 205004 221005 222001 222002 222006 223001 223005 224004 233002 256002 256003 256004 257001 257004 257005 258003 262006 295003 011003 045003 052002 055004 056005 056014 094003 101010 102006 106002 112003 114003 171005 210003 215004 229004 231002 DIARIO OFICIAL CAMPBELL'S, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 310 GR LA PARROQUIA, MOLIDO S/CAFEINA, BOLSA DE 500 GR CORDOBA, MOLIDO, PURO, PRIMA LAVADO, BOLSA DE 500 GR FANTA, NO RETORNABLE, BOTELLA DE 2500 ML SANTORINI, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 LT LA FINA, SAL DE MESA, BOLSA DE 500 GR SABRITAS, PAPAS FRITAS, BOLSA DE 85 GR ABUELITA, GRANULADO, PAQ DE 500 GR NESQUICK, EN POLVO, CHOCOLATE, LATA DE 400 GR KARO, MIEL DE MAIZ, MAPLE, FCO DE 680 GR GUISADO, DE POLLO, A GRANEL BARBACOA, DE RES, A GRANEL HEINEKEN, CLARA, LAGER, LATA DE 330 ML BARAIMA, BLANCO, BOTELLA DE 700 ML L A CETTO, TINTO, BOTELLA DE 750 ML DOMECQ XA, TINTO, CABERNET SAUVIGNON, BOTELLA DE 750 ML DUREX, CALCETINES, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO PIERRE MOUNTAINE, 100% ALGODON POLARICE, 100% ALGODON PIERRE CARDIN, 100% LANA WALL STREET, 65% POLIESTER - 35% RAYON KIRKLAND, SHORT, 100% ALGODON FOREVER, 100% ALGODON KAYO, CAPRI, 96% ALGODON - 4% ELASTANO FRV, 100% ALGODON LOB, 100% POLIESTER NECTAR, VESTIDO, 80% ALGODON- 20% OTROS HISPANIA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER GET IT, 100% POLIESTER OLIVER, PLAYERA, 100% ALGODON DISNEY, VESTIDO, 100% ALGODON YEDID, TRAJE, 100% ALGODON FC FANTEX, ESCOLAR, FALDA Y BLUSA LAVADO, CARGA DE 8 KG, S/JABON NEXTRAVEL, MALETA, DE MANO, LATERALES, 100% POLI, MOD 167347 FERRETINA, BOLSA, 100% SINTETICA, MOD 1000 U.S. POLO, MALETAS, (1) PZA, 100% SINTETICA, MOD WX 6139-C EXE SYSTEMS, BOLSA, 100% SINTETICA, MOD 180000 TAI, PORTAGARRAFON, (1) MOD PARIS MUEBLES CONTEMPORANEOS, (M 4 S,BUFFET, VIT), MOD VENECIA TAUROS, BATIDORA, DE INMERSION, MOD ROBOT 300 PLUS KENMORE, DE PEDESTAL, 3 VEL, MOD VGP 2016 KENMORE, 4 VEL, VASA DE VIDRIO, MOD LPU 504 LG, 21", LCD, MOD 22LC2D CONNECT, ESCR, ATHLON,1.6GHZ, 1MB, 80GB, DE 15, LCD, MOD PCCNFAM711 LG, MODULAR, 3CD MP3, MOD MCD 112 RCA, REPRODUCTOR DVD, MP3, MOD DRC 016 OSRAM, FOCO, 7 WATTS, CLASSIC, VELA, MOD 82485 VENTURE HOME, EDRECOLCHA, MATRIMONIAL, POLIEST, MOD DIVERSOS ARIEL, EN POLVO, OXIANILLOS, CAJA DE 9000 GR FABULOSO, LIMPIADOR, ENVASE DE 1 LT GLADE, AEROSOL, AMBIENTAL, JARDIN CAMPESTRE, BOTE DE 323 GR VAGITROL V, OVULOS, CAJA C/10, LAB BAYER LAMISIL, TABLETAS, CAJA C/14 DE 250 MG, LAB NOVARTIS AMOXIL, TABLETAS, CAJA C/12 DE 500 MG, LAB GLAXO SMITHKLINE CLAVULIN 12 H, TABLETAS, CAJA C/10, LAB SANFER TAVANIC, TABLETAS, CAJA C/5 DE 250 MG, LAB SANOFI AVENTIS FEBRAX, PASTILLAS, CAJA C/15 DE 300 MG, LAB SYNTEX TRADOL RETARD, TABLETAS, CAJA C/10 DE 50 MG, LAB GRONENTHAL DOLAC, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SYNTEX ADVIL, GRAGEAS, CAJA C/12 DE 200 MG, LAB WYETH VYTORIN, TABLETAS, CAJA C/14 DE 10/20 MG, LAB MSD LIPITOR, TABLETAS, CAJA C/10 DE 20MG, LAB PFIZER ALDACTONE A, TABLETAS, CAJA C/30 DE 25 MG, PFIZER OVESTIN, CREMA VAGINAL, TUBO C/ 15 GR, LAB ORGANON OXIGRICOL, TABLETAS, CAJA C/12 DE 2.5 MG, LAB RIMSA FARMACOM, VENDAS, ELASTICA, DE 15CMx5CM DE ANCHO KLEEN BEBE, GRANDE, SUAVELASTIC, PAQ C/14 PZAS KOTEX, TAMPONES, SUPER, CAJA C/10 PZAS SCOTTIS, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA C/70 PAÑUELOS OZEKY, RODADA 20, S/VELOCIDADES, MOD FREE STYLE BF, GOODRICH, RIN 13, 175/70, MOD TOURING T/A FOTORAMA DE MEXICO, JGO DE DESTREZA, MOD ZAPE RATON WALT DISNEY, DVD, ROBIN HOOD, PZA LEXAR, TARJETA DE MEMORIA, DE 2GB, PLATINUM II SERV COMPLETO, VELACION EN DOMICILIO E INHUMACION, SIN TRAMI SALAMI, DE CERDO, AHUMADO, A GRANEL MAZATUN, ATUN EN ACEITE, ALETA AMARILLA, LATA DE 170 GR GALA, A GRANEL MORADA, A GRANEL FAMILY PACK, PIZZA ENTERA, 4 REFRESCOS, NACHOS Y PAPAS SIMPLY BASIC, PLAYERA, 100% ALGODON DANIEL HECHTER, CALCETINES, 60% ALGODON - 29% POLIESTER - 11 TASSO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO SHAMBALA, 100% POLIESTER ITAVINA, CONJUNTO, 100% ALGODON 1-800 FASHION, PLAYERA, 100% ALGODON ACTION GEAR, PLAYERA, 100% ALGODON VITALE, TRAJE, 100% ALGODON BABY EXPLOSION, CONJUNTO, 100% ALGODON JWORLD, MALETA, RODANTE, 100% POLIESTER, MOD KRB001B TAZZI, MESA P/COCINA, CON AZULEJO, MOD ALMA LG, TV DE 21", MOD FU1RC-165, CLAVE 33473 LANIX, ESCRIT, CELERON, RAM 1GB, 80MB, MOD TITAN LE ACER, PORTATIL, 12.1", DD320GB, 2GHZ, MOD ASPIRE 2930 HP, PORT, RM 70, 250 GB, 3072MB, DVD + RW, 12", MOD TX2532 PANASONIC, MINICOMPONENTE, MP3, 5CD, 7700WTS, MOD SCAK770LU LG, MINICOMPONENTE, CD-R/RW, 12000W, USB, MP3, MOD MCV903 LG, REPRODUCTOR DVD, C/KARAOKE, ESC. PROGRESIVO, MOD DV397H EKCO, MACHACADOR, DE PLASTICO CIPROXINA, TABLETAS, CAJA C/8 DE 500 MG, LAB BAYER DALICIN C, CAJA DE 16 CAPSULAS DE 300MG, LAB. PFIZER LAMISIL, CREMA 1%, TUBO DE 7.5 GR, LAB. NOVARTIS DOLO TIAMINAL, CAJA CON 30 CAPSULAS, LAB SILANES TEMPRA, TABLETAS MAST, CAJA C/30 DE 160 MG, LAB MEAD JOHNSON DOLAC DE 10MG, CAJA CON 10 TAB, LAB. SINTEX AVAPRO, 150MG, CAJA CON 14 TABLETAS, LAB BRISTOL MAYER MUCOSOLVAN, SOLUCION, FCO DE 120 ML, LAB BOEHRINGER INGELHE GREAT VALUE, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA DE 180 PZAS LARA, VAINILLA, DELICIOSAS, CAJA DE 600 GR NAN, MATERNIZADA, 1, LATA DE 400 GR DAIRY QUEEN, BLIZZARD, VARIOS SABORES, BOTE DE 1 LT ALLENDE, BLANCO, PAQ C/30 PZAS HEB, MP, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 1 LT NUTRIOLI, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 1 LT HERDEZ, ENSALADA, DE LEGUMBRES, LATA DE 220 GR COCA COLA, NO RETORNABLE, BOTELLA DE 600 ML CIEL, AGUA NATURAL, BOTELLA DE 1500 ML RUFFLES, PAPAS FRITAS, ONDULADAS C/QUESO, BOLSA DE 190 GR MACIZA, A GRANEL BIRRIA, BORREGO, A GRANEL GON GON, CINTURON, 100% PVC ZAZ, MONACO PLUS, COD. 328316 LG, FUZZY LOGIC, 12 KG, TURB DRUM, MOD WFTI272TP VIA HOGAR, VELADORA IMAGEN SAN JUDAS TADEO, VASO DE 420 GR SANTA ANITA, VAJILLAS, JUEGO DE 20 PZAS, MOD CUADRADA (Primera Sección) 46.29 158.00 88.50 5.40 4.20 7.80 131.18 76.10 49.31 32.79 89.00 90.00 38.97 71.43 101.33 106.00 26.90 109.00 189.00 487.00 269.00 279.00 349.00 187.90 259.00 499.00 269.00 469.90 98.00 149.00 79.00 168.00 152.90 57.80 10.00 141.50 219.50 279.00 130.00 705.00 20814.00 499.00 899.00 449.65 6271.50 5999.00 2083.40 609.00 49.00 269.00 19.09 12.25 114.46 114.60 505.50 84.30 266.00 200.00 105.50 139.00 141.60 21.00 325.40 390.00 220.20 283.00 59.90 12.50 47.88 36.50 8.50 1498.00 685.00 248.00 207.60 239.00 7000.00 68.75 52.35 34.30 11.50 185.00 48.00 139.00 91.01 179.00 160.00 99.90 38.00 69.00 228.00 370.00 1999.00 2599.00 6999.00 12999.01 22629.00 3699.00 6999.00 880.00 23.65 211.00 320.50 40.95 194.50 70.50 141.15 188.00 83.00 15.55 46.67 220.31 64.00 36.00 27.95 27.70 27.27 11.67 6.77 119.47 155.00 130.00 129.00 5499.00 4560.00 21.90 318.00 KG KG KG LT LT KG KG KG KG KG KG KG LT LT LT LT PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE JGO SERV PZA BOLSA PZA PZA UNIDAD JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA PZA KG LT LT CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA TUBO CAJA PZA PAQ CAJA CAJA UNIDAD PZA PZA PZA PZA SERV KG KG KG KG PAQ PZA PAQ PZA PZA JGO PZA PZA TRAJE JGO PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA FCO CAJA KG KG LT PAQ LT LT KG LT LT KG KG KG PZA UNIDAD UNIDAD PZA JGO 99 CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD 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20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 236003 238004 240003 240004 243003 245004 246003 264001 289002 292003 310004 311010 323002 350002 350004 352003 359001 033004 089005 137006 137007 147003 147005 148003 148005 218001 226001 230001 239003 244004 256003 256004 256005 256006 257002 257003 258001 258004 290004 311003 001007 007002 011002 012002 014005 019002 020003 030003 041002 044002 045002 047002 054004 058005 063002 064004 066002 067002 073002 074004 077002 080002 082002 086002 087002 089002 095006 096002 105002 107002 108009 112002 120007 122007 138008 139002 139010 140010 141003 141006 141008 141011 141012 144011 144012 145002 145003 146023 147007 147013 148007 149003 149012 150009 150012 152004 153008 154005 156003 156005 156009 156010 156012 166010 166016 168004 168009 168012 168023 171002 172005 194007 194009 195002 205002 216005 217003 219006 222003 223008 224001 225001 231005 235006 241004 241005 244004 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL BEBE, ESTAMBRE, BOLA DE 100 GR COLAP, RACHEL COLLECTION, MATRIMONIAL COBIJA MIMARCA, CORTINA DE BAÑO, 72*72 M, LISA DECOMAR, CORTINA, 100% POLIESTER, DUQUESA 1.50X2.10 MOD 03 BLANCATEL, ENVASE DE 3.75 LT CLOROX, SANITARIO, PASTILLA DE 100 GR RAID, AEROSOL, MAX, BOTE DE 490 ML BANANA BOAT, BLOQUEADOR, ENVASE C/236 ML FPS50 S/FRAGANCIA REVLON, SECADORA DE CABELLO, HOT STYLIX TOURMALINE, IONICA HUGGIES, GRANDE, ULTRACONFORT. PAQ C/14 PZAS TAMPICO- MONTERREY, SENCILLO, VUELO 2566 6:45 AM RENAULT, CLIO EXPRESION, 5 PTAS, A/AC DH, 5 VEL, MOD 2009 AFINACION MAYOR, F.I., MANO DE OBRA Y REFACCIONES STRATUS 02 SM, MARGARITA, SABOR TAMARINDO, COPA MICHELADA, CON CHAMOY VASO DE 1 LT FUNCION, ENTRADA GENERAL WARNER MUSIC MEXICO, CD, ALEXANDER ACHA, VOY CHIHUAHUA COUNTRY, MACHACA, DE RES, PAQ DE 175 GR VERDE VALLE, PINTO, BOLSA DE 1 KG NONSTOP, 100% ALGODON TNM, 100% ALGODON THINGS CONTEMPO, 100% POLIESTER VIBRA, 100% ALGODON SHAMBALA, 100% POLIESTER MARCCAIN, 100% ALGODON LASKO, CYCLONE, DE MESA, MOD 3520 GE, FOCO, STANDARD, 60 WATTS REYNERA, ESCOBA, 6 HILOS, CORN BROOM SELECTION EDITION, BAÑO NATURAL, 100% ALGODON 1-2-3, ANTIBACTERIAL, BARRA DE 350 GR KEFLEX, TABLETAS, CAJA C/12, LAB LILLY CIPROFLOX, TABLETAS, CAJA C/12 DE 250 MG, LAB SENOCIAIN ELEQUINE, TABLETAS, CAJA C/7, LAB JANSEN LOTRIMIN, CREMA, TUBO DE 30 GR, LAB SHERING PLOUGH RAPIX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SENOCIAIN TEMPRA, TABLETAS, CAJA C/20, LAB BRISTON LASIX, TABLETAS, CAJA C/20, LAB AVENTIS ASPIRINA PROTECT, CAJA C/30 DE 100 MG, LAB BAYER REVLON, MASCARA P/PESTAÑAS, LASHFULL, DE 7 GR VW, JETTA, EUROPA, AUTOM, A/AC, MOD 2009 MILPA REAL, TOSTADAS, PAQ DE 360 GR MARINELA, PASTELILLO, GANSITO, PAQ DE 50 GR GAMESA, MALVAVISCO, CHOCOLATINES, CAJA CON 390 GR HARINA DE TRIGO, A GRANEL SUPER EXTRA, A GRANEL REBANADO, DE CERDO EN BISTEC, ADOBADO, A GRANEL PIERNA C/HUESO, A GRANEL BAFAR, DE AVE, PAVO, FRANKFURT, PAQ C/ 500 GR BRUNSWICK, SARDINA EN ACEITE, C/PICANTE, LATA DE 106 GR CARNATION CLAVEL, ENTERA, VITAM Y MINERALES, BOLSA DE 500 GR SMA GOLD, MATERNIZADA, LATA DE 900 GR CHIQUITIN, QUESITO, FRESA, 4 PZA DE 90 GR C/U LALA, ENTERA, UNTABLE, ENVASE DE 227 GR TABASCO, A GRANEL AGRIO, A GRANEL JICAMA, A GRANEL CHINO, A GRANEL SIN SEMILLA, A GRANEL SALADETTE, A GRANEL BLANCA, A GRANEL TOMATE VERDE, A GRANEL ZANAHORIA, A GRANEL CHILE POBLANO, A GRANEL SIN ESPINAS, A GRANEL VERDE, A GRANEL PINTO, A GRANEL MARUCHAN, SOPA INSTANTANEA, DE CAMARON, VASO DE 64 GR MOLTO, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, LATA DE 820 GR LA GUACAMAYA, OREGANO, ENTERO, BOLSA DE 30 GR MOLINOS SIGLO XX, EN POLVO, HORCHATA, VAINILLA, BOLSA C/ 500 GR ABUELITA, EN TABLETA, PAQ DE 540 GR KACER, CHICHARRON, PRENSADO, A GRANEL TORRES, MIGUEL TORRES, HORS D'AGE, BOTELLA DE 700 ML PALL MALL, C/FILTRO, EXACTOS, CAJETILLA C/20 PZAS PIERRE CARDIN, 100% LANA BLASON, 100% POLIESTER WALL STREET, 98% POLIESTER -2% VISCOSA LA NUEVA PAÑUELERA, PAÑUELO, 100% ALGODON PALOMA, 100% POLIESTER GIOVANNI PAOLO, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO PLAYBACK, 70% POLIESTER-24% VISCOSA - 6% ELASTANO PALOMA, 100% ALGODON X-TEND, 53% POLIESTER - 47% VISCOSA LADY SUN, 97% ALGODON - 7% ELASTANO NEMIYOL, 100% ALGODON LADY SUN, 94% POLIESTER - 6% SPANDEX GIANNI PAOLO, 100% POLIESTER GIANNI FERAUD, CONJUNTO, 100% POLIESTER RABBIT, VESTIDO, 100% POLIESTER EMANUELLE, VESTIDO, 100% POLIESTER ANNY LOUR, 100% POLIESTER THAT'S IT, 100% ALGODON TWICKERS, 100% ALGODON X-TEND, 87% POLIESTER - 13% ACRILICO NEXUS KIDS, 100% POLIESTER BABY VARECCI, VESTIDO, 100% ALGODON DISNEY BABY, TRUSA, 100% ALGODON DISNEY, CORPIÑO, 100% ALGODON BABY CRAYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON NENE WEAR, TRAJE, 100% ALGODON BAMBU, TRAJE, 100% ALGODON BARQUILLO, MAMELUCO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON BARQUILLO, TRAJE, 50% POLIESTER-50% ALGODON CHABELO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA SAHARA, ZAPATILLA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA SAYONARA, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA BANZINI, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA AZALEIA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA PIERRE CARDIN, CINTURON, 100% PIEL, MOD 2966 MONTESCANO, RELOJ, PARA CABALLERO, MOD WF04 ASEO GENERAL, 3 DIAS POR SEMANA. ASEO GENERAL, MEDIO TIEMPO, 5 DIASP/SEMANA, SUELDO MENSUAL VIGILANCIA EN CASETA, 8 HRS POR DIA, SUELDO MENSUAL ITALIA, MESA, REDONDA, ESTRUC. METALICA, MOD M719, PZA MABE, CAMPANA EXTRACTORA, P/COCINA, MOD 6019 YORK, MINISPLIT, 12K, 220V, SOLO FRIO, MOD 133873 GE, VAPOR, ROCIADOR, SUELA ANTIADHERENTE, MOD 169173 COMPAQ, ESCR, ADM643800, 2.0GB, 320 GBDD, PLANA19",M HP SG3516L SAMSUNG, MINICOMPONENTE, HI-FI, MP3/USB/CD, MOD MAX-DA69 LG, REPRODUCTOR DVD, MULTIRREGION, USB, MOD DV387 PHILIPS, RADIOGRABADORA, CD/MP3, MOD AZ1130 CRISA, VASOS, JUEGO DE 12 PZAS, MOD 576619 ELEGANT HOME COLLECTION, EDREDON, MATRIMONIAL, MOD 04876 ARCOIRIS, EN POLVO, MULTIUSOS, BOLSA DE 900 GR VIVA, EN POLVO, PODER DE BARRA, 10 BOLSAS DE 850 GR C/1 CORONA, TRADICIONAL, C/AROMA, BARRA DE 400 GR Viernes 3 de julio de 2009 32.90 398.00 38.90 178.00 5.57 38.95 48.89 162.82 355.00 78.50 2524.55 145100.00 1469.00 40.00 35.00 200.00 124.99 628.00 26.70 348.00 199.00 298.00 199.00 129.00 129.00 398.00 4.90 73.90 162.50 17.71 203.98 138.45 381.50 40.43 127.40 36.60 73.15 33.00 42.32 177350.00 35.00 105.00 66.79 8.90 14.90 58.90 33.90 36.20 115.57 66.80 253.33 40.63 98.79 8.92 17.35 9.35 13.60 6.93 10.93 9.62 16.05 7.00 20.85 15.05 12.65 18.50 101.56 18.90 186.67 19.80 68.33 65.99 812.87 17.00 2290.00 199.00 269.00 10.00 199.00 199.00 299.00 169.00 128.00 289.00 299.00 189.00 129.00 469.00 795.00 699.00 249.00 319.00 199.00 78.00 99.00 179.00 34.00 29.00 45.00 99.00 219.00 128.00 44.00 379.00 416.00 289.00 41.90 99.50 399.00 349.00 349.00 1520.00 3400.00 4100.00 1199.00 1229.00 5574.01 379.01 9899.00 4699.00 599.00 698.00 89.00 399.00 15.78 162.50 26.25 PZA PZA PZA PAQ LT PZA PZA PZA PZA PAQ VIAJE UNIDAD SERV SERV SERV BOLETO PZA KG KG PZA PZA PZA PZA PZA PZA UNIDAD PZA PZA PZA KG CAJA CAJA CAJA TUBO CAJA CAJA CAJA CAJA PZA UNIDAD KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG LT CAJETI PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE PZA PZA PZA PAR PAR PAR PAR PAR PAR PZA PZA SERV SERV SERV PZA PZA PZA PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD JGO JGO KG KG KG CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE 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NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION Viernes 3 de julio de 2009 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 21 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 244006 257001 259001 266001 266003 267002 271002 284005 291009 310003 344002 344004 359002 360004 011001 019003 021007 023005 024005 084002 134005 140003 142021 143024 147023 148005 149005 152011 163005 168005 184005 184011 207004 211001 216005 221005 222002 225001 232004 241004 261002 312003 029004 031004 033003 042001 042002 052001 057005 057006 068007 090006 091002 116010 134001 134002 134010 136004 138011 141005 141006 141010 142003 142008 144001 144005 144006 144010 145002 145004 145009 146006 146010 146011 147002 147010 148006 148008 149011 150006 150008 150012 151004 151008 152006 153002 153011 163008 164006 165009 168004 171002 194009 205003 205004 206003 212002 218002 218003 219002 221002 221004 221006 222004 224001 225005 231002 231003 231004 232003 232004 233002 235003 236007 237005 238002 239003 240001 244001 256002 256003 256004 256006 257001 257002 257004 258002 DIARIO OFICIAL LIRIO, C/ENVOLTURA, BARRA DE 400 GR TRAMACET, TABLETAS, CAJA C/20, LAB. JANSEN CILAG ADEROGYL 15, AMPOLLETAS, CAJA C/5, LAB. AVENTIS RG, AGUA OXIGENADA, FCO. DE 185 ML LE ROY, BENDA ELASTICA, 7.5 CM X 5 M, LAB. LE ROY FRAGATTA, ARMAZON, MOD FRA-1040 VASECTOMIA, 2HRS QUIROF, 2HRS RECUP, EQUIP ELECTROMEDIC CREST, PASTA DENT, PROT FAM, PAQ C/6PZA DE 110GR C/U CHARMIN, NATURALS, PAQ C/40 ROLLOS DE 225 HOJAS DOBLES C/1 HERMOSILLO-GUADALAJARA, SENCILLO, VUELO 2057 ATLAS, CULTURA GRAL., AUT. MALCOLM WATSON, ED SILVER DOLPHIN EL TESTAMENTO MAYA, LEYENDA, AUT STEVEN ALTEN, ED GRIJALBO WALT DISNEY, HIGH SCHOOL MUSICAL 3, LA GRADUACION, PZA CAMPEON, ALIM SECO P/PERRO, REC SECR, BOLS DE 15 KG GAMESA, SURTIDO RICO, PAQ DE 546 GRS ESPALDILLA, EN TROZO, A GRANEL DEL CERO, A GRANEL COSTILLA, SHORT RIB, A GRANEL COCIDO, DE PECHO, A GRANEL LA HUERTA, CONGELADO, BOLSA DE 500 GR JEEP, PLAYERA, 100% ALGODON VENETTO, CORBATA, 100% POLIESTER AIRE, BIKINI, 72% POLIAMIDA - 28% ELASTANO CHABELLY, MINIMEDIAS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO SELLA, 80% POLIESTER - 20% SPANDEX AUTHENTIC IVANIR, 100% ALGODON GRANADA, 100% ALGODON NEW ARMY, VESTIDO, 92% ALGODON - 8% SPANDEX CLIFF, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA ZARINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA PUERTA, DE FIBRACEL, 82.5 X 2.62 REGIO, YESO, BULTO DE 40 KG MABE, 5 QUEM, ENC ELECT, 30", MOD EM 1758 NI CISIAMO, INDIVIDUAL, ORTOPEDICO TAURUS, CAFETERA, P/10 TAZAS, MOD COFFEEMAX 10 SONY, PANTALLA, LCD, 19", MOD KAL19M4000 GATEWAY, ESCR, INTEL CORE, MEM 2GBDDR2, 640GB, 22", MOD4720 PHILIPS, RADIOGRABADORA, 1CD, AM-FM, MOD AZ302S CINSA, BUDINERA C/TAPA, DEL NO 22 ARCOIRIS, EN POLVO, BIODEGRADABLE, BOLSA DE 900 GR MELOX, SUSPENSION, FCO C/360 ML, LAB SANOFI AVENTIS TURBO, ROD.20, MOD, PRINCESS 2007 BAFAR, DE AVE, DE PAVO, VIRGINIA, A GRANEL CAMPESTRE, DE CERDO, A GRANEL CECINA NATURAL, A GRANEL BRUNSWICK, CAMARONES, LATA DE 105 GR SUNNY SEA, OSTIONES, AHUMADOS, LATA DE 104 GR PALETA, DE LECHE, GRANDE STARKING, A GRANEL GOLDEN DELICIUS, A GRANEL CHINA, A GRANEL AURRERA, CHILE MORITA, BOLSA DE 100 GR LA MERCED, ALUBIA, BOLSA DE 500 GR MODELO ESPECIAL, CLARA, PAQ 12 BOT DE 355 ML C/U - 4260 ML SOUL & BLUES, CAMISA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER CLASICOS, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON GEORGE, CAMISA, 70% POLIESTER - 30% ALGODON ANTONY POCHELLY, CALCETINES, 100% NYLON, PAQ C/2 PARES PIERRE CARDIN, TRAJE, 100% LANA ZALMA SPARK, 100% POLIESTER PARLAY, 100% POLIESTER GEORGE, 65% POLIESTER - 35% VISCOSA VICKI FORM, BRASIER, 82% POLIAMIDA - 18% ELASTANO BERLEI, BRASIER, 81% POLIAMIDA - 19% ELASTANO JEANS WEST, 99% ALGODON- 1% ELASTANO VIA 44, 100% ALGODON NEW'S, 79% ALGODON - 21% OTROS GEORGE, 98% ALGODON - 2% ELASTANO FRANCESCA, 100% POLIESTER ELIZABETH SHUE, 75% POLIESTER - 25% OTROS GIANNI FERAUD, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO CRANBERRY, CAMISON, 93% RAYON - 7% ELASTANO VITALE, CAMISON, 50% POLIESTER - 50% ALGODON CRISTY BOSE, CONJUNTO, 100% POLIESTER MARGARET, VESTIDO, 100% POLIESTER THINGS CONTEMPO, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO ESSENTIALS, 68% POLIESTER - 32% OTROS PARLAY, 100% POLIESTER STRONG, 100% ALGODON OLICO, 100% POLIESTER ZILERY'S, 65% POLIESTER - 35% RAYON JAYROS, 100% POLIESTER DISNEY, CAMISA, 100% ALGODON JOHNNY BOY, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON DISNEY, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON ORIGILALES KUKI, CAMISETA, 100% ALGODON U.S. POLO ASSOCIATION, BOXER, 100% ALGODON WILSON, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA GRAN EMYCO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CEIBA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA CLOE, MALETAS, (1) PZA, MOD ARNE 314 LAVADO X DIA MABE, CAMPANA EXTRACTORA, MOD 8020 N NEGRA ARGENTA, BUFFETE Y VITRINA, MADERA DE NOGAL, MOD 110385 NOBEL PRINCE, 5 PZAS (M Y 4 S), DE FORMICA, MOD OLIMPIA RAMPE, ALACENA, MOD 4210 RECORD, DE PEDESTAL, 3 VEL. MOD VPG-2016 UNIRIGHT, DE PISO, 16", MOD 16026 BLACK & DECKER, VAPOR, MOD F/995 LG, 21", P. PLANA, C/REMOTO, MOD 12705 SONY, 19", P. PLANA, MOD DKL-19M40 SAMSUNG, 19", P PLANA, MOD 19A330 TOSHIBA, PORT, 2.17 GHZ, 2 GB, 160 GB, MOD L305 SONY, REPRODUCTOR DVD, MULTIRREGION, MOD DVP-NS-700 HP NAKAZAKI, RADIOGRABADORA, RADIO AM-FM, MP3, MOD 9858 PYRO-O-REY, REFRACTARIO DE CRISTAL C/TAPA, MOD 8586 SANTA ANITA, VAJILLA, JUEGO DE 20 PZAS, MOD TENDENCE ANDINA, VAJILLA, 20 PZAS, MOD HIGH GROVE VASCONIA, OLLA, CAZO, ALUMINIO, DE 22 CM PRESTO, OLLA DE PRESION, DE 8 LT, MOD 3863 RUBBERMAID, RECIPIENTES P/ALIMENTOS, PAQ C/3 PZAS MOD FG7J00 QUALITY COTTON, EDREDON, MATRIMONIAL, 100% ALGODON BLANCOS EDITH, MANTEL, RECTANGULAR, 1.6X2.50, 100% ALGODON QUALITY COTTON, MATRIMONIAL, 100% ALGODON MAINSTAYS, COBERTOR, INDIVIDUAL, 80% ACRILICO-20% POLIESTER HILASAL, MEDIO BAÑO, LISA, DE 76 X 142 CM OLIMPIA, TELA P/CORTINA, 100% POLIESTER IBIS, BARRA DE 350 GR DALACIN C, CAPSULAS, CAJA C/30 DE 300 MG, LAB PFIZER SPORANOX-15 D, CAP. CAJA C/15 DE 100 MG, LAB. JANSSEN- CILAG FLOXSTAT, TABLETAS, CAJA C/12 DE 200 MG, LAB JANSSEN SILAC TERBAC, AMPOLLETA, CAJA C/1 DE 1 GR, I M, LAB SYNTEX TONOPAN, TAB, CAJA C/ 30 DE 0.5 MG/125 MG/40 MG, LAB SANDOZ DOLOTIAMINAL, CAPSULAS, CAJA DE 24, LAB SILANES TRAMACET, TABLETAS, CAJA C/20 DE 37.5 MG, LAB JANSSEN SILAC HIZAAR, TABLETAS, CAJA C/15 DE 50 MG, LAB MSD (Primera Sección) 23.75 269.60 87.43 31.89 7.15 575.00 1115.50 72.80 125.01 1911.50 179.00 199.00 175.00 17.20 49.27 23.08 40.70 52.45 34.00 54.40 124.00 219.00 109.00 17.90 199.00 99.90 149.00 199.00 319.50 389.90 199.00 54.35 4949.00 1655.00 239.00 5099.00 12690.00 499.00 99.90 15.89 47.95 2299.00 60.25 83.38 65.00 306.10 380.77 10.00 24.95 27.43 32.88 87.00 24.40 27.35 249.00 248.00 171.00 17.99 3090.00 319.00 479.00 198.00 159.00 139.00 349.00 399.00 119.99 248.00 699.00 199.00 199.00 54.99 99.90 99.90 795.00 338.00 278.00 699.00 139.00 99.99 249.00 89.99 109.00 319.00 198.00 84.00 25.00 439.00 349.00 499.00 129.00 778.50 130.00 1099.00 3299.00 2795.00 2495.00 799.00 375.00 519.00 2699.00 5249.00 4790.00 11799.00 1044.05 495.00 110.00 1241.10 329.00 143.00 1300.50 44.90 399.00 254.15 474.00 350.00 99.00 28.49 21.14 376.95 414.80 308.00 418.70 146.19 216.50 235.90 375.95 KG CAJA FCO LT ROLLO PZA SERV KG PAQ VIAJE PZA PZA PZA KG KG KG KG KG KG KG PZA PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PAR PAR PZA BULTO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA KG FCO UNIDAD KG KG KG KG KG PZA KG KG KG KG KG LT PZA PZA PZA PAQ PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PAR PAR PZA SERV UNIDAD UNIDAD JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA JGO JGO PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA MT KG CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA 101 CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS 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DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD 102 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 23 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 24 258004 281003 282002 286003 287002 288002 290002 291004 311003 311005 311009 311010 312002 322003 344003 345005 351004 355001 358002 358003 358004 358005 359003 361004 378001 378008 379009 380001 035003 069003 089006 098004 104007 119002 134016 144004 147004 147014 151006 151008 164007 164029 168022 205002 206002 209003 210002 211002 212004 213002 214005 215005 216008 217004 218004 219001 221004 222004 222005 223004 224004 256001 256005 257001 257003 258001 258003 263001 263003 282008 290004 325002 347002 359006 009003 013004 015008 021008 054003 080003 099004 110001 118001 122001 134007 134018 135009 135017 136004 137007 141001 141003 145003 145004 145005 145007 146005 147006 148001 148005 148007 151001 152005 152006 152007 156003 156006 156007 157001 164019 168006 171001 211003 212002 215003 216005 221002 222003 223004 230003 232005 235004 237002 256002 256006 257003 257004 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL CLEXANE, AMPOLLETAS, CAJA C/2 DE 40 MG, LAB SANOFI AVENTIS LOREAL, TINTE, TRIPLE PROTECCION, CAJA DE 45 GR SPIRIT, AGUA DE TOILETTE, P/DAMA, DOVE, CREMA PARA PIEL, HUMECTANTE, FCO DE 200 ML GILLETTE, CARTUCHOS, MATCH 3 TURBO, PAQ C/8 PZAS LOREAL, LAPIZ LABIAL, ACORDS ORO, ENVASE DE 3.6 GR RENOVA, RUBOR, SOMBRA P/OJOS, PZA DE 9.5 GR PETALO, STANDAR, PAQ C/12 ROLLOS DE 240 HOJAS DOBLES C/U VW, GOLF, AUSTERO, STD, 4 PTAS, MOD 2009 CHEVROLET, MALIBU, EQUIP. A/AC, 4 P, PAQ B, MOD 2009 MITSUBISHI, LANCER, ES, 5 VEL, 4 PTAS, C/CL, C/ABS, MOD 2009 SEAT, IBIZA, 5 VEL, 4 PTAS, S/QUEM, MOD 2009 BIMEX, BICICLETA, DE 18 VEL, DE MONTAÑA, MOD DOWN ASPIRADO SHAMPOO CAMIONETA EL SECRETO DEL MEDITERRANEO, BARBARA PASTOR, EDIT EDICIONES B SCRIBE, LIBRETA, PROFESIONAL, 100 HOJAS PAQ PREMIUM, MENSUALIDAD, 174 CANALES PAGO MENSUAL MATTEL, MUÑECA, MOD MYSCENE L9353 LEAPFROG, JUEGO DE SECUENCIAS, ¿QUE SIGUE? STAR WARS, MUÑECO, NABOO SOLDIER PLAYSKOOL, MUÑECO, BEBE SUAVE DE CAMA SONY BMG, DVD, VICENTE FERNANDEZ, 1A FILA KODAC, CAMARA FOTOG, DE 35 MM, MOD EC 200 MC NUGGETS, 10 PZAS, REFRESCO, PAPAS, DIA JUEVES BIG KING, REFRESCO, PAPAS, CHICO COMIDA CORRIDA Y NARANJADA NATURAL SUPERIOR, CERVEZA MEDIANA ROJO IMPERIAL, EN FILETE, A GRANEL MELOCOTON, A GRANEL MORELOS, FLOR DE MAYO, 6 BOLSAS DE 1 KG C/U GREAT VALUE, ESTANDAR, BOLSA DE 2 KG SOLO DOÑA MARIA, CONCENTRADO DE POLLO, BOLSA DE 1 KG ANTILLANO, ORO, ESPECIAL, BOTELLA DE 1 LT NEW ARMY, CAMISA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON INTERNACIONAL, 100% ALGODON DUPLAN, 100% ALGODON SELLA, 80% POLIESTER, 20% SPANDEX FRANCO FERRY, CAMISA, 100% ALGODON CHAVITOS, PLAYERA, 100% ALGODON SULIVAN, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA WESTIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA FLEXI, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA MADERICHE, ALACENA, BLANCA, MOD PUERTAS DE CRISTAL HAMBURGO, 5 PZAS (M Y 4 S) PORTUGAL, SOFA LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1) FRANCIA, 8 PZAS (M 6 S Y VITRINA) SEALY, MATRIMONIAL, MOD FANTASY APENAS, CENTRO DE ENTRETENIMIENTO, GRACE, 5 PZAS, MATRIMONIAL WHIRLPOOL, 18 PIES CUBICOS, MOD WRT18YAWD SATIN EASY, 12 KG, AUT, MOD 12040 MABE, HORNO DE MICROONDAS, MOD HMM14 SAMSUNG, AP, ACONDIC DE AIRE, MOD VENT 5000 BT MYTEK, DE PEDESTAL, MOD MY3167 BLACK & DECKER, VAPOR, MOD IM200 SAMSUNG, 21", PANTALLA PLANA, MOD 21243MJ COMPAQ PRESARIO, DE ESCRITORIO, 1 GB RAM, 250 GB, MOD SG3503 HP PAVILION, PORTATIL, DUAL CORE RM72, 3GB, MOD DV5-1135 LG, MINICOMPONENTE, 1 CD, USB, LECTOR DE IPOD, MOD FBI62 SONY, REPRODUCTOR DE DVD, MOD NS57P ELEQUINE, TABLETAS CAJA C/7 DE 500 MG, LAB JANSSEN AUGMENTIN 12H JUNIOR, SUSPENSION, FCO DE 400MG-57MG-5ML, GSK TYLEX, COMPRIMIDOS, CAJA C/20 DE 750 MG, LAB JANSSEN-CILAG TRADOL, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 50 MG, LAB GRONENTHAL ATACAND PLUS, TABLETAS, CAJA C/14 DE 16MG/12.5 MG, ASTRA ZE ZINTREPID, COMPRIMIDOS, CAJA C/28 DE 10/20 MG LAB SHERING-P CELEBREX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 200 MG, LAB PFIZER MESULID, TABLETAS, CAJA C/10 DE 100 MG, LAB ROCHE RAFA MARQUEZ, LOCION, AFTER SHAVE, FCO DE 100 ML REVLON, SOMBRA, ILLUMINANCE KHAKI SUEDE, POR HORA MEXICO, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS WARNER MUSIC, CD, ARJONA, 5TO PISO RITZ, SALADAS, CAJA DE 810 GR FITNESS, CEREAL MIXTO, CAJA DE 590 GRS MILANESA DE POLLO, EMPANIZADA, A GRANEL PALOMILLA, A GRANEL LALA, C/SAL, ENVASE DE 227 GR ZANAHORIA, BOLSA DE 454 GR DOLCA, C/CAFEINA, FRASCO DE 50 GRS JELL-O, DE AGUA, SABOR DURAZNO, CAJA DE 80 GR MICO, ANIS, DULCE, BOTELLA DE 1 LT DELICADOS, SIN FILTRO, OVALADOS, CAJETILLA CON 18 PZAS FRANCO FERRY, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON STAR WEST, CAMISA, 100% ALGODON FRANCO HERREA, BOXER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER SOCCER, BOXER, PAQ C/ 2 PZAS, 100% ALGODON CANNON, CALCETINES, 97% POLIAMIDA - 3% ELASTANO CHEROKEE, 100% LINO BONGO JEANS, 1005 ALGODON PAMMY, 65% POLIESTER- 35% VISCOSA VIANNI, 100% POLIESTER YUVA, 74% ALGODON- 24% POLIESTER - 2% SPANDEX ACA JOE, 62% POLIESTER- 33% VISCOSA - 3% 3LASTANO ACA JOE, 50% POLIESTER- 47% ALGODON - 3% ELASTANO RICAL, BATA, 1005 ALGODON TELA, SEDA ROYAL, ESTAMPADO, 1X1.1 MT NEW WAVE, 100% ALGODON ACA JOE, 62% POLIESTER- 33% VISCOSA - 5% ELASTANO NEW WAVE, 100% ALGODON NORTH CREEK, PLAYERA, 100% ALGODON BEEP, VESTIDO, 83% POLIESTER - 17% ELASTANO BOLERO, JUMPER, 100% ALGODON TELA, ALGODON POLARIS, 1X1.5 MT BASIC CONCEPTS, TRAJE, 100% ALGODON BUBBLY, CONJUNTO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO TASSO, CONJUNTO, 2 PZAS, 100% ALGODON MARISITA BABY, 50% POLIESTER- 50% ALGODON BEEP, ZAPATO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 4 ELEMENTOS, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA SAMSONITE, MALETAS (3), MOD 180189 SEALY, MATRIMONIAL, ORTOPEDICO, MODELO BARILOCHE AMERIWOOD, LIBRERO, ESQUINERO, MOD 155418 SAMSUNG, AUTO CAP. 15KG, MOD WA17X7RDP HAMILTON BEACH, TOSTADOR, MOD 208459 LG, 26", LCD, MOD 167327 HP, PORT, 12.1", DD 250GB, 3072 MEM RAM, MOD 207003 LG, MINICOMPONENTE, 3 CD, MP3 MOD RMS10W VILEDA, TRAPEADOR, MOD MOP NEW WAVE, BATERIA, 7 PZAS, MOD 7S-2 MAINSTAYS, MATRIMONIAL 144 HILOS MANHATTAN, MATRIMONIAL, 65% POLIESTER - 35% ALGODON KLARICID HP, SOLUCION INYECTABLE, DE 500 MG, LAB ABBOTT TERBAC, SOLUCION INYECTABLE, DE 500 MG, LAB SINTEX SYDOLIL, TABLETAS, CAJA C/36 PZAS, LAB. SIEGFRIED RHEIN SINERGIX, PASTILLAS, C/10 PZAS DE 25MG/10MG, LAB RIMSA Viernes 3 de julio de 2009 390.00 56.00 191.00 29.20 235.00 92.00 65.50 40.50 104465.00 257340.00 174900.00 137000.00 1299.00 35.00 220.00 9.45 409.00 299.00 239.00 329.00 149.00 169.00 182.00 183.00 35.00 79.00 50.00 12.00 50.50 40.00 20.15 10.57 39.30 69.90 119.00 179.00 895.00 169.00 89.90 199.00 179.50 949.00 469.00 2385.00 6990.00 8590.00 14990.00 2990.00 2990.00 7590.00 10990.00 5490.00 1569.00 1499.00 246.00 191.00 2490.00 8899.00 14399.00 3690.00 999.00 411.00 176.50 119.00 168.00 217.75 766.99 341.50 121.00 172.01 111.92 5.00 4591.20 165.00 35.12 65.76 52.90 95.00 128.72 17.62 274.00 101.16 79.60 17.00 168.00 89.99 24.99 59.99 34.00 298.00 110.00 139.00 169.00 298.00 278.00 198.00 179.00 29.99 118.00 258.00 158.00 129.00 118.00 118.00 14.99 69.90 79.99 229.81 25.00 198.00 339.00 2895.01 2701.00 1146.87 6423.00 238.17 5989.00 19470.00 1807.00 39.20 112.75 383.00 189.00 373.87 212.05 214.00 206.05 CAJA KG FCO PZA PAQ PZA PZA PAQ UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD SERV EJEMPL PZA SERV SERV PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PAQ SERV SERV KG KG KG KG KG LT PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PAR UNIDAD JGO JGO JGO UNIDAD PZA JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA PZA PZA CUOTA SERV PZA KG KG KG KG KG KG KG KG LT CAJETI PZA PZA PZA PAQ PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE MT PZA PZA PZA PZA PZA PZA MT TRAJE TRAJE TRAJE PZA PAR PAR JGO PZA PZA PZA PZA UNIDAD UNIDAD JGO PZA JGO PZA JGO CAJA PZA CAJA CAJA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA Viernes 3 de julio de 2009 24 24 24 24 24 24 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 26 258004 289001 290008 311003 312001 316002 008004 011006 012002 013003 052002 073007 091003 116002 119004 147003 168001 216002 219002 220002 221004 228002 239001 281004 290002 291001 295002 311002 322003 347005 356001 011001 011003 023002 032006 041004 042003 043002 043007 045001 045005 049004 052004 054002 055001 055003 055005 061003 061007 073010 089003 089008 090010 093004 095001 099004 104005 106002 110002 111005 115001 120001 134002 134006 134017 136001 136003 137001 137003 139001 139004 140001 140013 141002 141003 142002 143009 144001 144003 145001 145004 145011 146001 146007 146017 147006 147020 148001 148003 149001 149003 150001 151002 151003 152002 152003 153004 154001 154003 155001 156002 156004 157001 157003 158007 163001 163002 163005 163008 163018 164003 164007 164029 165011 165012 165030 166001 166005 166008 166010 166011 171003 171006 172006 194007 205001 205004 DIARIO OFICIAL ZESTORETIC, TABLETAS, CAJA C/14 PZAS DE 20 MG, LAB ASTRAZEN JACQUELYN, SET DE CEPILLO Y PEINE, MOD CB4251 MAYBELLINE, BARNIZ PARA UÑAS, ENVASE DE 14.7 ML JEEP, PATRIOT, A/AC, AUTOMATICA, SPORT, MOD 2009 HANNA, TURBO, RODADA 20 MOD 191412 FIRESTONE, RIN 13, 175/70R13, MOD F560 FIOR DI PASTA, SEMILLA DE MELON, PAQ DE 200 GR GAMESA, SURTIDO RICO, CAJA DE 710 GR S-MART, HARINA DE TRIGO, EXTRAFINA, PAQ DE 1 KG FROOT LOOPS, CEREAL MIXTO, CAJA DE 520 GR HOLANDA, HELADO DE VAINILLA, ENVASE DE 1 LT SALADETTE, A GRANEL SCHETTINO, LENTEJA, BOLSA DE 500 GR TECATE, LIGHT, FAMILIAR, BOTELLA NO RET. DE 940 ML BACARDI, BLANCO, BOTELLA DE 680 ML FOREVER, 100% POLIESTER BLUE, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA GE, CAFETERA, P/42 TAZAS, MOD 168959 OSTER, VAPOR, SUELA ANTIADHERENTE, MOD 5002 OSTERIZER, 16 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 6817 PHILIPS, 32", LCD, HD, MOD PFL5413D/85 DURACELL C, PAQ C/2 PZAS SELECT EDITION, MEDIO BAÑO, 70 X 1.35 M, MOD 079 FRUCTIS, CREMA P/PEINAR, ENVASE DE 300 ML ZAN ZUSI, MASACARA P/PESTAÑAS, ROLL-ON, ENVASE DE 14 GR VOGUE, CLASICO, ROLLO, C/500 HOJAS DOBLES SCOTTIS, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA C/140 PZAS FORD, FOCUS, EUROPA SPORT, 4 PTAS, EQUIPADO, MOD 2009 LAVADO DE MOTOR Y ENGRASADO LAS VEGAS, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 3 EST. EL BRAVO, MATUTINO, DE LUNES A DOMINGO MAC'MA, RELLENA, BARQUILLOS, CAJA DE 300 GR CUETARA, SURTIDAS, SURTIDO DIARIO, CAJA DE 725 GR CHULETA, PREMIUM, A GRANEL FUD, PASTEL PIMIENTO, A GRANEL TUNY, ATUN EN ACEITE, LATA DE 170 GR MIAU, MEJILLONES, EN ESCABECHE, LATA DE 115 GR LOS CUATES, PASTEURIZADA, SEMIDESCREMADA, BOLSA DE 1 LT LALA, ULTRAPASTEURIZADA, SEMIDESCREMADA, ENVASE DE 1 LT NAN, MATERNIZADA, 2, LATA DE 400 GR LA LECHERA, CONDENSADA, SIRVE FACIL, PAQ C/2 DE 900 GR SUPER ARRIEROS, NATURAL, A GRANEL CREAM DREAM, HELADO DE LECHE, ENVASE DE 1 LT AGUASCALIENTES, S/SAL, BARRA DE 90 GR JEVSA, BLANCO, PAQ C/12 PZAS SORIANA MP, BLANCO, PAQ C/30 PZAS SORIANA MP, BLANCO, PAQ C/12 PZAS CRIOLLO, A GRANEL ATAULFO, A GRANEL SALADETTE, A GRANEL DEL MARQUEZ, PINTO, BOLSA DE 1 KG MEMBER'S CHOICE, PINTO, PAQ DE 5 BOLSAS DE 1 KG C/U MYDAC, CHILE PASILLA, BOLSA DE 454 GR EL MEXICANO, JALAPEÑOS, EN RAJAS, LATA DE 800 GR CHOW NISSIN, SOPA INSTANTANEA, CAMARON, ENVASE DE 113.4 GR LOS PORTALES, C/CAFEINA, FCO DE 200 GR ELEFANTE, SAL DE MESA, BOTE DE 1 KG COSTEÑOS, FRITURAS DE MAIZ, CHURROS, BOLSA DE 350 GR GREAT VALUE, DE AGUA, DIFERENTES SABORES, CAJA DE 100 GR ARROZ, BLANCO, A GRANEL MERCADO, DE 2 INGREDIENTES, FAMILIAR SENCILLA DE 18" DON PEDRO, GRAN RESERVA, BOTELLA DE 750 ML GUSSINI, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON PANINO, CAMISA, 100% ALGODON PORTO SUR, CAMISA, 100% ALGODON GUSSINI, CALCETINES, 54% ALGODON - 45% POLIAMIDA - 1% ELASTANO FACCHINO ITALY, CALCETINES, 67% ACR - ALG - 32% POLIAMIDA - 1% ELAST SILVERADO, 100% ALGODON RAYO JEANS, 100% ALGODON YALE, 100% POLIESTER DUBANTI, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO CLERICCI, CORBATA, 100% POLIESTER LYN, PAÑUELOS, 35% ALGODON - 65% POLIESTER, C/3 PZAS KAROO, 100% ALGODON AF COLLECTIBLES, 100% ALGODON FRUIT OF THE LOOM, BIKINI, 100% ALGODON CAMEO, O VARIEDADES, PROTECTOPIE, 98% POLIA - 2% EL, C/3 PZAS BIKBOKFEMALE JEANS, 88% ALGODON - 10% POLIESTER - 2% OT LADY, 100% ALGODON VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER MARCCAIN, 100% POLIESTER HYSTERIA, 55% LINO - 45% VISCOSA VIANNI MATERNITY, CONJUNTO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON D'FRIDA, O VARIEDADES, BABY DOLL, 100% POLIAMIDA SAHARA, CONJUNTO, 100% RAYON VIANNI CLASSIC, 50% ALGODON - 50% VISCOSA SAHARA, 100% VISCOSA KAROO, 86% ALGODON - 12% POLIESTER - 2% ELASTANO MARCCAIN, 100% POLIESTER FBS KIDS, 100% ALGODON ALFIO SPORT, 100% ALGODON NORTH CREEK, 100% POLIESTER NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON CHEVERNICE, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON COCONUT DESIGN, 100% ALGODON ROXY, 80% POLIESTER - 20% ALGODON HANES, TRUSA, 100% ALGODON, PAQ C/3 PZAS HANES, PANTALETA, 100% ALGODON, PAQ C/3 PZAS 4 EVER, CAMISETA, 96% ALGODON - 4% ELASTANO DUREX, CALCETINES, 63% ALGODON - 34% POLIAMIDA - 3% ELASTANO BASILITA, MAMELUCO, 100% ALGODON BABY CREYSI, MAMELUCO, 75% ALGODON - 25% POLIESTER PIC, CAMISETA, 100% ALGODON LA IDEAL, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER YOSSER, SUETER, 100% ACRILICO FLEXI, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA CATERPILLAR, CORTE PIEL - SUELA DE CUERO ATHLETIC WORKS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA GOTCHA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA CHARLY, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA 725 ORIGINALS, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA JANY, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA LADY SUN, ZAPATILLAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA QUIO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA 725 ORIGINALS, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA DIVANO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA PIECO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA DRILO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO VAVITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO BLASITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA SWITCH, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA UNICCO, CINTURON, 100% PIEL, MOD 2X1C1 BOLSA DE MANO, 100% TALLO DE TRIGO, MOD 6059 TIMEX, RELOJ, PARA DAMA, EXTENSIBLE METAL, MOD M957PH ASEO GENERAL, PAGO SEMANAL, POR 3 DIAS TARGET, PORTAGARRAFON, MOD ESPAÑOL 102 HOME STYLE, CARRO DE COCINA, C/3 CANASTAS, MOD ND31008 (Primera Sección) 246.00 22.71 39.99 230900.00 1548.00 649.00 19.83 58.61 10.14 35.70 27.99 15.73 7.70 18.43 119.57 69.99 269.00 458.17 219.00 547.00 8999.00 53.29 94.50 109.97 40.32 4.50 15.17 215200.00 120.00 13445.10 7.00 110.00 42.76 101.00 49.50 62.94 308.48 8.50 13.00 209.19 44.83 30.50 21.81 71.25 21.90 41.40 16.85 8.74 12.65 18.25 18.90 18.68 87.89 22.06 98.68 195.00 7.10 48.00 52.00 29.00 149.00 122.67 139.00 149.90 229.00 27.90 44.90 114.45 159.90 179.00 104.90 89.90 54.90 59.90 59.90 59.90 14.90 149.00 62.91 129.00 174.90 229.00 169.00 129.90 499.00 229.00 239.00 154.00 164.90 139.00 139.90 149.00 119.00 107.91 99.90 79.90 49.90 52.90 39.90 21.90 31.40 38.90 23.90 24.90 219.90 599.00 1299.00 198.00 288.00 319.00 238.00 248.00 289.00 348.00 300.00 409.00 349.00 229.00 299.00 248.00 228.00 99.90 139.00 848.00 400.00 965.60 645.00 CAJA PZA PZA UNIDAD PZA PZA KG KG KG KG LT KG KG LT LT PZA PAR UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ PZA LT PZA ROLLO CAJA UNIDAD SERV SERV EJEMPL KG KG KG KG KG KG LT LT KG KG LT LT KG PAQ PAQ PAQ KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG PZA LT PZA PZA PZA PAR PAR PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PZA PZA PZA PAQ PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PAQ PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PZA PZA PZA SERV UNIDAD UNIDAD 103 CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE 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27 206001 207001 207002 210003 212001 212003 213003 214002 216008 218003 222005 225002 225004 229002 230003 235003 236001 236002 236004 236008 238004 238006 241004 242005 243002 245003 256004 256005 257003 257004 258003 258004 260006 261003 261004 288002 290001 294002 315001 315002 316001 316002 318001 318002 345002 346001 353002 361001 363003 379010 011004 013006 016004 033002 036003 044004 056003 096001 106002 120006 134020 134024 136006 137006 137012 140008 140010 141006 142010 144004 145002 146012 148012 149006 149012 150004 151004 151006 151012 152006 154006 154008 154012 155006 155012 156008 156012 157002 163004 163008 163014 163018 164004 164009 164013 164026 164036 165006 165014 165032 165036 166001 166002 166009 169001 171001 171002 171006 172001 184020 205003 211003 213002 214002 215002 217002 222002 222003 224001 224002 225004 228001 231004 232001 233003 234004 236001 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL D'JAREL, 7 PZAS (M Y 6 S), MOD ROMA MABE, 4 QUEM, ENC ELECT, HORNO, MOD EM203 N/B MABE, 5 QUEM, CAPELO DE CRISTAL, COD 60633 ALBANY, 7 PZAS, (M Y 6 S), COD 110125 TRICK, LIBRERO, C/RUEDAS Y NICHOS, MOD 237 TITTAN, LITERA, TRIPLE, INDIVIDUAL, COD 160490 ESTRELLA, 6 PZAS, KS, COD 170014 DAEWOO, 11 PIES CUBICOS, MOD DFR-11205B BLACK & DECKER, CAFETERA, P12 TAZAS, MOD DLX900 WESTINGHOUSE, DE TECHO, MODELO TURBO SWIRL HP, ESCR, PAVILION, MEM 3 GB, DD 320 GB, MOD A6600 RCA, RADIOGRABADORA, C/CD, MP3 Y RADIO, MOD RCD009 SONY, RADIOGRABADORA, C/CD, MP3, 1 DESCK, MOD CFD-535-CD GARZA, VELA, DE PARAFINA S/VASO, MOD JAIBOL CEPIMEX, RECOGEDOR, C/MANGO LARGO ELEGANT HOME COLLECTION, COORDINADO, INDIVIDUAL, MOD RAPHAEL EASY SHINE, FIBRA, ESPONJA SALVAUÑAS, 9.4X7X4.6 CM SERALON, HILO, PAQ C/3 DE 9 GR C/U JOMARA, ALMOHADA, 100% POLIESTER, MOD 9075 SORIANA, JERGA, DE COLOR, DE 90 X 50 CM TERSUPIEL, COBERTOR, MATRIMONIAL, LISO, 100% POLIESTER TOLINOVA, COBERTOR, JACQUARD, MATRIMONIAL, MOD 5017 MAESTRO LIMPIO, EN POLVO, PINO, BOLSA DE 950 GR GREAT VALUE, SUAVIZANTE, C/AROMA, ENVASE DE 1700 ML SORIANA MP, ENVASE DE 3750 ML RENUZIT, AMBIENTAL, NEUTRALIZADOR DE OLORES, ENVASE 384 ML KEFLEX, TABLETAS, CAJA C/12 DE 500 MG, LAB LILLY FLOXSTAT, TABLETAS, CAJA C/12 DE 200 MG, LAB JANSSEN-CILAG SINERGIX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 25 MG/10MG, LAB RIMSA NEO-MELUBRINA, TABLETAS, CAJA C/10 DE 500 MG, LAB SANOFI PLAVIX, TABLETAS, CAJA C/28 DE 75 MG, LAB SANOFI AVENTIS NORVAS, TABLETAS, CAJA C/10 DE 5 MG, LAB PFIZER M, CONDONES, PAQ C/3, LAB PROFILATEX LOSEC A-20, CAPSULAS, CAJA C/14 DE 20 MG, LAB ASTRA ZENECA GENOPRAZOL, CAPSULAS, CAJA C/14 DE 20 MG, LAB GENOMMA RENOVA, MAQUILLAJE LIQUIDO, MATTE, ENV DE 35 ML LOREAL, ESMALTE PARA UÑAS, FRENCH, FCO DE 11.7 ML SORIANA MP, SERVILLETAS DE PAPEL, PAQ DE 125 HOJAS ENERGY, MULTIGRADO, SAE 25W-60, BOTE DE 946 ML TAYRON, MONOGRADO, SAE 50W, HEAVY DUTY, BOTE DE 946 ML PIRELLI, RIN 14, 185/60R14, MOD RADIAL PNEUSTONE, RIN 14, P185/70R14, MOD STANDARD LOAD GONHER, 12 VOLTS, MOD G-65 EVER START, 12 VOLTS, EXTREMO DE 11 PLACAS, MOD 35-550 URMAN, CUADERNO PROFESIONAL, FEMME, C/150 HOJAS BIC, PLUMA, PUNTO MEDIANO, PAQ C/4 PZAS MENSUALIDAD, PAQUETE GENERAL FUJIFILM, PELICULA FOTOGRAFICA, SUPERIA X-TRA 400, DE 24 EXP JOM, GUITARRA, MINI BAJITO MENU DEL DIA, POLLO C/MOLE, SOPA DE TORTILLA Y AGUA NABISCO, OTRAS, CHIPS AHOY!, CAJA DE 399 GR QUAKER, 3 MINUTOS, CEREAL DE AVENA, BOTE DE 400 GR ALPERA, A GRANEL LOS VAQUEROS, CARNE SECA DE RES, PAQ DE 200 GR MEDIANO, A GRANEL SVELTY, DESCREMADA, FACIL DIGESTION, LATA DE 360 GR MAZOLA, ACEITE DE MAIZ, BOTELLA DE 1 LT LA COSTEÑA, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, LATA DE 820 GR SABRITAS, PAPAS FRITAS, BOLSA DE 170 GR PRESIDENTE, BOTELLA DE 200 ML TOPS & BOTTOMS, PLAYERA, 100% ALGODON RAMPAGE, CAMISA, 100% ALGODON PLAY, TINES, PAQ C/2, 83% ALGODON - 12% POLIESTER - 5% ELAST TOPS & BOTTOMS, 100% ALGODON TOPS & BOTTOMS, 100% ALGODON SPORT, BERMUDA, 100% POLIESTER GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON MISS COCOA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX VICKY FORM, BRASIER, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO JOCELYN, 75% ALGODON - 25% ELASTANO VIANNI, CLASIC, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO BETSEY STAR, SHORT, 97% ALGODON - 3% SPANDEX NEW SPEED, 100% POLIESTER KING VER, 100% ALGODON NORTH CREEK, 100% ALGODON WINDTER, 100% POLIESTER BATMAN, PLAYERA, 100% ALGODON UNDER GROUD, PLAYERA, 100% ALGODON TRAVESURAS, PLAYERA, POLO, 100% ALGODON SIX & SEVEN, VESTIDO, 100% ALGODON SUTIL, BRASIER, 60% POLIESTER - 40% ALGODON BAMBI, CORPIÑO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER COCOA TEENS, BIKINI, 87% POLIAMIDA - 10% ELASTANO - 3% POLIE CALCETIN, 70% ACRILAN - 25% NAYLON - 5% ELAST ANTONY POCHELLY, TINES, PAQ C/2, 75% ALG - 20% NAY - 5% ELAS STAR ACTION, TRAJE, 100% ALGODON MINI, CONJUNTO, 100% ALGODON TEJEDOR, CAMISETA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON CORRER, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA MAKKENA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA PLAY HOMI, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA PROPER, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA CATALINA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA FELIPA ROSSI, ZAPATILLAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA HUSH PUPPIES, CORTE PIEL - SUELA CUERO NOEMI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA KURA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA LOBO SOLO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA MOSSITO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA. TRIPLES, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA DUNLOP, ZAPATOS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA PAOLA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA COLOSO, ZAPATOS, CROTE PIEL - SUELA SINTETICA YUPI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO PLANCHADO, UNA DOCENA DE ROPA NECTAR, BOLSA, COD.920428 VINCENT, CINTURON, 100% SINTETICO, MOD 1415 TRAVELERS, MALETAS, (3) PZAS, 100% POLIESTER LOONEY TUNES, RELOJ, PIOLIN, P/NIÑA, MOD 055 PISO, PARA INT 20 X 20, MOD TUCSON, COLOR HUESO, CAJA MAGESTIC, VITRINA, ACERRIN PRENSADO, COD.110348 SEALY, INDIVIDUAL, COD.325163, MOD 100-234 POWER MCG BUGATI, 4 PZAS, MATRIMONIAL, COD.477087 SAMSUNG, 14 PIES CUBICOS, 2 PUERTAS, BR.129948, MODRT38YHSW EASY, 13 KG, BLANCA, COD. 657646, MOD LAE1304OPB1 SAMSUNG, AP. ACONDIC. DE AIRE, 2 TON, COD.261073,MODAS24FBC ACER, LAPTOP, RAM 1 GB, DD 160 GB, ASPIRE ONE 1014 GATEWAY, ESCR, MEM 1 GB, DD 320 GB, COD.252840 LG, TEATRO EN CASA, MP3, COD.19937, 7 PZAS, MODMT353SD SONY, REPRODUCTOR DVD, CD/RW/MP3, MODDVP-NS700HP PHILIPS, RADIOGRABADORA, MOD AZ1134155 DURACELL, PAQ C/4 PZAS, TAMAÑO DOBLE A GIBSON, VAJILLA, JUEGO DE 16 PZAS, MOD BASIC LIVING VIII T-FAL, BATERIA, 4 PZAS, MODPREMICE PLUS TORTIK P, TORTILLERO, MOD5051 TRAMONTINA, CUCHILLO, TRINCHANTE WHITE LAMB, CORTINAS P/ COCINA, 100% POLIESTER Viernes 3 de julio de 2009 3276.00 3840.00 4174.00 4749.00 1500.00 2899.00 5549.00 4899.00 299.00 499.00 11999.00 569.00 1499.00 24.90 25.30 284.00 5.54 16.50 37.90 11.90 359.00 369.00 19.53 11.21 4.29 29.70 201.72 308.00 212.90 18.20 716.91 153.00 34.50 95.64 84.67 87.90 40.50 7.30 46.51 39.53 1099.00 550.00 1349.00 869.00 48.50 12.50 320.00 34.00 299.00 59.00 95.74 26.38 26.00 364.50 127.50 111.67 33.20 38.23 141.06 150.00 129.00 95.00 29.99 139.90 199.90 59.99 189.00 129.99 119.00 159.99 169.00 139.99 89.99 124.99 159.00 119.99 49.99 39.99 149.00 89.99 14.99 26.90 34.99 14.99 11.99 49.99 109.00 12.99 398.00 398.00 298.00 298.00 298.00 249.00 499.00 298.00 198.00 490.00 298.00 398.00 129.90 186.00 449.00 249.00 62.50 299.00 44.99 519.00 330.00 181.50 3200.00 2499.00 6999.00 5134.00 5899.00 10199.00 5404.00 8299.00 2199.00 1191.00 959.00 53.50 314.00 729.00 60.00 44.90 187.50 JGO UNIDAD UNIDAD JGO PZA UNIDAD JGO UNIDAD PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA PZA JGO PZA PAQ PZA PZA PZA PZA KG LT LT PZA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA PAQ CAJA CAJA PZA PZA PAQ LT LT PZA PZA UNIDAD UNIDAD PZA PAQ CUOTA PZA PZA SERV KG KG KG KG KG KG LT KG KG LT PZA PZA PAQ PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAQ TRAJE PZA PZA PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR SERV PZA PZA JGO PZA CAJA UNIDAD UNIDAD JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ JGO JGO PZA PZA PZA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE 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134001 134009 136002 136003 136006 147003 148002 151005 152005 153003 153005 158004 164001 194004 194005 212001 215001 215002 221001 221003 222003 228001 240002 243002 292001 358001 134002 134010 137005 146010 147001 147002 147005 147006 148002 152006 156003 156004 209001 212002 221001 321002 116004 118001 138006 141002 143019 146005 149002 149003 150003 168002 230002 237002 241002 256001 256002 256003 257001 257002 258001 258002 263001 263003 001006 005003 006002 007002 012002 013003 024002 026002 027002 030002 057004 065004 066003 082004 095002 095003 116003 134006 140001 140005 146003 149003 150001 151004 157001 164006 168003 171002 186002 206001 207001 218001 226002 235002 236004 DIARIO OFICIAL DREAMLAND, ALMOHADA, 100% POLIESTER, 2 PZAS HILASAL, DISNEY PRINCESS, 100% ALGODON ARIEL, EN POLVO, CON UN TOQUE DE DOWNY, BOLSA DE 800 GR ISORBID AP, TABLETAS, CAJA C/ 40 DE 40 MG, LAB ARMSTRONG APENDICECTOMIA, INCLUYE MATERIAL DE CURACION Y HAB. FRESKA-RA, PASTA DENTAL, ANTICARIES, TUBO DE 132 ML NIVEA, FOR MEN, AQUA COOL, ROLL ON, BOTE DE 50 ML LUBRIDERM, CREMA PARA LA PIEL, NORMAL, ENVASE DE 400 ML COVER GIRL, MAQUILLAJE LIQUIDO, ADVANCED, FRASCO CON 30 ML SABA, C/ALAS, BUENAS NOCHES, PAQ C/12 PZAS NATURELLA, FLUJO MODERADO, PAQ C/14 PZAS HONDA, CR-V, LX, AUTOMATICO, 5 VEL, 2009 HONDA, FIT, LX, AUTOMATICO, 5 VEL, 4 PTAS, 2009 UNIROYAL, RIN 14, 175/70 R14, MONTADA LTH, MOD L-47-550 POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA DISCOTECA, ENTRADA PERSONAL A DISCOTECA LOS SABADOS CLASES DE BAILE, CIRCUITO CERRADO Y CARDIO, CUOTA MEN. BARBIE, MUÑECA, BEACH GLAM, SUMMER, TERESA IMPALA, CARREOLA, C/ACCESORIOS, 11 PIEZAS MY SCENCE, MUÑECA, CRECIENDO CON GLAMOUR KODAK, CAMARA, DIGITAL, 6.2 PX, 1 GB, MODC610 HUEVOS C/JAMON, LICUADO DE CHOCOMILK C/PLANTANO CHICO QUINTA MARIA, CONEJO, ENTERO, A GRANEL MANILA, A GRANEL MIXTA COMBINADA, MEDIANA, C/5 INGREDIENTES, PZA JOSE CUERVO ESPECIAL, REPOSADO, BOTELLA 990 ML REAL HACIENDA, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML OLEG CASSINI, 55% LINO - 45% ALGODON U.S. POLO ASSOCIATION, 100% ALGODON CANNON, 93% ACRILICO - 6% POLIAMIDA - 1% ELASTANO GADELLI, 75% ACRILICO - 23% POLIAMIDA - 2% ELASTANO DONELLI, 84% ACRILICO - 15% POLIAMIDA - 1% ELASTANO TELA, CHIFON PRIMAVERA, 100% POLIESTER P/MT LA MODE, 77% POLIESTER - 19% VISCOSA - 4% ELASTANO JUST 4 BOY, PLAYERA CLASSIC, 100% ALGODON FIORELLA, 100% ALGODON MON CARAMEL, CAMISETA, 100% ALGODON HANES, SPORT CAMISETAS, PAQ C/3 PZAS, 100% ALGODON ROSY, ABRIGO, 100% ACRILICO LADY CARRANO, CORTE PIEL-FORRO SINTETICO - SUELA SINTETICO ASEO GENERAL, POR DIA ASEO GENERAL, POR DIA CENTRO DE ENTRETENIMIENTO, DE MADERA NOGAL MOD-GALEON ACROS, 11 KG, DE 2 TINAS, MOD- ALD1125 EASY, 12 KG, AUTOMATICA BLANCA, MOD- LAE12040PB DAEWOO, 29", PANTALLA PLANA, MOD - DADTQ29F3SSF SAMSUMG, 19", LDC, C/SINTONIZADOR, CONTROL, MOD M-LN19A330 HP, ESCR, PAVILION, MEM RAM 3GB, D D 320 GB, MOD- DV5-1135 ENERGIZER, ALCALINA, MAX, D2, PAQ C/2 PILAS ALCALINAS DECOR BLINDS, PERSIANAS HORIZONTALES, DE PVC DE 1 X 1.20 CM BLANCATEL, ENVASE DE 3.75 LT HUGGIES, ULTRA CONFORT, ETAPA 3 PAQ C/38 PZAS FISHER-PRICE, BARNEY, C/LUCES CANCION-MOD HORA DE DORMIR CHEROKEE, CAMISA, 100% ALGODON NINA RICCI, CAMISA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER DOCKERS, 100% ALGODON BETTY BOOP, PIJAMA, 100% ALGODON CHEROKEE, VESTIDO, 100% ALGODON CHEROKEE, 100% ALGODON DAISY, VESTIDO, 100% POLIESTER HISPANIA, VESTIDO, 100% POLIESTER BISSET, 61% POLIESTER-33% VISCOSA - 6% ELASTANO SIMPLY BASIC, 66% POLIESTER - 34% ALGODON TIMBREE, TRAJE, 60% ALGODON - 40% POLIESTER TIMBREE, TRAJE, 100% ALGODON VALENCIA, SOFA, LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1) GABY, MESA DE COCINA SONY, 19", LCD, MOD KDL19M400 REPARACION DE FRENOS, AJUSTE Y LIMPIEZA, MANO DE OBRA TECATE LIGHT, PAQ C/8 LATAS DE 355 ML C/U CORONADO, ROMPOPE, BOTELLA DE 1 LT FELICCE ROYELLY, TRAJE, 100% POLIESTER X-TEND, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO ACTIVE, MEDIAS, 87% POLIAMIDA - 13% ELASTANO BISSET FASHION, PIJAMA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON SIMPLY BASIC, 100% ALGODON NORTH CREEK, 100% ALGODON AUSVER, PANTALON P/NIÑO, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO LABY MODA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA INFIMIDEAL, ESCOBA, 100% POLIPROPILENO KALTEXHOME, MATRIMONIAL, 50% POLIESTER - 50% ALGODON ARIEL, EN POLVO, OXIANILLOS, C/BLANQUEADOR, BOLSA DE 800 GR ROCEPHIN, SOLUCION INYECTABLE DE 500 MG, LAB. ROCHE, S.A. VITACILINA, TUBO C/28GR, LAB. CIA. IINTER, DE COM. S.A. DE C DALACIN C, C/16 CAPSULAS, 300 MG, LA. PFIZER SUPREDOL, TABLETAS, CAJA C/10, LAB. LIOMONTS, S.A. DE C.V. KETOROLACO, FCO C/10 TABLETAS, LAB. BEST. S.A. LIPITOR, C/10 TABLETAS, 20MG, LAB. PFIZER PLAVIX, CAJA C/14 TABLETAS, LAB. SANOFI DOLO - NEUROBION, CAJA C/30 GRAGEAS, LAB. MERCK, S. DE C.V MESULID, CAJA C/10 TABLETAS, 10MG, LAB. BEST, S.A TORTILLA, A GRANEL BOLILLO, P/PZA WONDER, INTEGRAL, PAQ DE 475 GR BIMBO, PASTEL, PANQUE C/NUEZ, PAQ DE 270 GR LOS GALLOS, HARINA DE TRIGO, PAQ DE 1 KG 3 MINUTOS, CEREAL DE AVENA, BOTE DE 400 GR RETAZO, C/HUESO, DE RES, A GRANEL A GRANEL MENUDO, PANCITA, A GRANEL FUD, DE PAVO, PAQ DE 400 GR GALA, A GRANEL ROJA, A GRANEL CHINO, A GRANEL CHILE POBLANO, A GRANEL CAMPBELL'S, CREMA DE POLLO C/CHAMPIÑONES, LATA DE 300 GR MARUCHAN, SOPA INSTANTANEA, VASO DE 64 GR TECATE, CLARA, PAQ C/6 LATAS DE 355 ML C/U WELS, CAMISA, 100% ALGODON SILVER, PIJAMA, 100% ALGODON WFA, SHORT, 100% ALGODON MIRIL, CONJUNTO, 100% POLIESTER PETITE, 100% ALGODON GACELA, 100% POLIESTER PLAYER, PLAYERA, 100% ALGODON BEBY, CAMISETA, 100% ALGODON ALEXIA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA VALENTINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA GON GON, CINTURON, 100% PIEL, MOD 210 MANO DE OBRA, CAMBIO DE FLOTADOR, EN TANQUE DE AGUA RUSTICO, 5 PZAS (M Y 4 S), CUADRADA, MOD ASNAT MABE, 4 QUEM, 30", C/HORNO, MOD 17521 MASTER GRAFT, DE PISO, ASP. 16", MOD 896 GENERAL ELECTRIC, FOCO, 100 WATTS PRIMOUR, ENDRECOLCHA, MATRIMONIAL, MOD LAURELES SOLA, AGARRADOR DE COCINA, DE 20 X 20 CM, MOD 283 (Primera Sección) 130.00 118.00 28.13 383.00 9600.00 75.76 23.25 106.25 156.00 34.35 23.36 269100.00 178300.00 812.50 1299.00 1864.00 30.00 500.00 70.00 239.00 140.00 999.00 70.00 64.90 20.00 128.00 110.93 158.21 278.00 199.00 38.15 28.00 42.90 29.99 298.00 99.00 399.00 65.00 54.00 329.00 199.00 140.00 150.00 4492.40 2934.80 5152.40 3089.52 4392.50 14399.00 45.30 79.90 17.80 130.00 259.00 178.00 449.00 649.00 559.00 168.00 328.00 699.00 795.00 89.90 95.00 139.00 139.00 11499.00 1599.00 4999.00 218.50 23.24 79.00 299.99 178.00 45.00 129.00 88.00 149.00 89.90 225.00 25.90 210.00 31.63 223.60 22.50 331.00 85.30 25.00 439.90 417.00 171.20 30.00 5.40 2.50 42.11 62.96 12.00 38.13 42.35 15.57 31.50 56.25 24.00 28.35 8.32 14.04 55.00 78.13 134.37 141.90 109.00 62.90 218.00 125.00 99.00 104.00 29.90 221.00 112.00 79.90 100.00 3060.00 4979.00 371.50 3.90 331.00 12.40 JGO PZA KG CAJA SERV LT PZA LT PZA PAQ PAQ UNIDAD UNIDAD PZA PZA TARI/D CUOTA CUOTA CAJA JGO PAQ PZA SERV KG KG PZA LT LT PZA PZA PAR PAR PAR MT PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR SERV SERV PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ PZA LT PAQ PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE TRAJE PZA PZA UNIDAD SERV LT LT PZA PZA PAR PZA PZA PZA PZA PAR PZA JGO KG CAJA TUBO CAJA CAJA FCO CAJA CAJA CAJA CAJA KG PZA KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG LT PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PAR PAR PZA SERV JGO UNIDAD UNIDAD PZA PZA PZA 105 CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MODALIDAD CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION 106 32 32 32 32 32 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 33 34 34 34 34 34 34 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 35 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 36 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 244001 287002 321001 323001 358001 048001 184009 206001 210002 219001 220001 231001 232001 256001 257002 289001 311001 311005 345003 359001 359002 384001 048001 096003 098003 232003 288001 317001 018002 033002 049001 054001 093002 096001 111001 118002 135011 136001 136004 137003 138006 140003 140004 141003 141006 142007 142011 149003 149006 150002 151001 151006 152003 152005 153005 154003 156006 157003 157006 208002 212001 216001 221001 221003 222003 223001 224001 226001 256003 263002 275002 277002 282002 286001 289001 293001 293002 316001 352002 357001 361001 009003 013006 055001 122001 141005 145007 146023 148005 151001 256001 256002 256003 256005 256006 257001 257002 257004 258001 258002 258003 258004 263001 263006 263007 283003 291003 345006 358001 358005 359005 001019 007002 016001 043004 051001 056004 073012 074007 075012 077010 122006 134006 134013 135022 137005 138007 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL LIRIO, C/ENV, BARRA DE 400 GR PERMA SHARP II, RASTRILLO, P/CABALLERO, 7 PZAS CAMBIO DE BALATAS, 4 RUEDAS, MANO DE OBRA AFINACION, PARA MOTOR, AUTO CHICO, MANO DE OBRA CARS, CARRO, MOD RPM#64 LOS GUEROS, OAXACA A GRANEL PORCELANITE, LOSETA, ALFA ROJO, 33 X 33, CAJA 1.5 MT GALICIA, 5 PZAS (M Y 4 S) TUBULAR ALEGRO, 7 PZAS (M Y 6 S) EN MADERA DE ROBLE, MOD AF 3637 BLACK & DECKER, VAPOR, ROCIO, MOD 925 MOULINEX, 7 VEL, VASO DE PLASTICO, TURBO BLENDER, MOD LM2100 GIBSON, VAJILLA, JUEGO DE 20 PZAS SAN MARCOS, BATERIA, 5 PZAS, DE ACERO INOXIDABLE GARAMICINA, AMPOLLETA CON JERINGA, DE 160 MG, LAB SCHERING SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 MG, LAB LIOMONT ORAL-B, CEPILLO DENTAL, 40, VISION GOL, BASICO, 2 PTAS MOD 2009 CHEVROLET, OPTRA, PAQ A, AUT, 5 VEL, 4 PTAS MOD 2009 KIMBER, PAPEL, BOND, 500 HOJAS, TAMAÑO CARTA SONY BMG, CD, ALEJANDRO FERNANDEZ, 15 AÑOS, 15 EXITOS SONY BMG, CD, VICENTE FERNANDEZ, PRIMERA FILA PASAPORTE, VIGENCIA DE 3 AÑOS ESMERALDA, OAXACA, A GRANEL LA COSTEÑA, FRUTAS EN ALMIBAR, PIÑA, LATA DE 800 GR DULCE DIA, ESTANDAR, BAJA EN CALORIAS, BOLSA DE 1 KG GOLDEN HILLS, SARTEN, DE TEFLON 24 CMS LOREAL, LAPIZ LABIAL, INFALIBLE, LIPSTICK, ENV DE 2.30 GR ARMAR AUTO, LAMPARA, TECHNO PARA CARRO, LUMINADOR DE LECTURA MANTECA, BLANCA, A GRANEL CHIHUAHUA COUNTRY, MACHACA, PAQ DE 75 GR BONA CREMA, ACIDA, ENVASE DE 200 GR LALA, C/SAL, CAJA DE 227 GR EL MEXICANO, JALAPEÑOS, ENTEROS, LATA DE 780 GR ALFRESCO, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, MITADES, LATA DE 820 GR PICADILLO, A GRANEL LA HOLANDESA, ROMPOPE, BOTELLA DE 1 LT FRANCO HERRERA, BOXER, 50% ALG - 50% POL PLAYSTAR, CALCETINES, 80% ALGODON - 12% POLIESTER - 8% ELASTANO PLAYSTAR, CALCETINES, 80% ALG - 12% POL - 8% ELAST JAYROS, 100% ALGODON GIULLIANI, 100% POLIESTER ORIGINALES JOSELITO S.A., FAJA Y MOÑO, 100% POLIESTER GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON P/X SHIRTS, 96% ALGODON - 4% SPANDEX MISS COCOA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX MISS COCOA INTIMATES, PANTALETA, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO MISS COCOA LINGERIE, BRASIER, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO JIMMY, 100% ALGODON CELYBER, 100% ALGODON NORTH CREEK, CAPRI, 100% POLIESTER BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 100% ALGODON DUCE VINTAGE, PLAYERA, 100% ALGODON STEPAHNIE, VESTIDO, 97% ALGODON-3% ESLATANO PIDOMANO, VESTIDO, 100% ALGODON APOLO KIDS, BOXER, 100% ALGODON COCOA TEENS, PANTALETA, 87% POLIAMIDA - 10% ELASTANO - 3% POLIESTER BABY FACE, MAMELUCO, 100% POLIESTER TEJEDOR, CAMISETA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON PULGUITAS, CAMISETA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON CINSA, AUTOMATICO, DE 38 LT, MOD C-101 386 BU TAMAYO, ESCRITORIO, MOD CD-RACK DAEWOO, HORNO DE MICROONDAS, 1.3 PIES, COD 430488 LG, 21", CODIGO 13355 SAMSUNG, 21", P. PLANA, MOD CL-21Z43MJA/4 COD. 287806 COMPAQ, ESCR, AMD SEMPRON, RAM2.0GHZ, DD160GB, PRESARIO PANASONIC, MINICOMPONENTE, MOD SA-AK770, COD226671 HYUNDAI, TEATRO EN CASA, MOD HY-1045HT OSRAM, LAMPARA, INCANDESCENTE, 75 WATTS PENTREXIL, CAPSULAS, CAJA C/28 DE 500 MG, LAB BRISTOL MYERS FLAGENASE, TABLETAS, CAJA C/30 DE 400 MG, LAB LIOMONT BIOMETRIA HEMATICA PARTO NORMAL, HOSPITALIZACION Y MEDICAMENTOS REVLON, LOCION, FCO 443 ML, JEAN NATE NIVEA, CREMA PARA LA PIEL, SOLIDA, ENVASE DE 200 GR COLGATE, CEPILLO DENTAL, EXTRA CLEAN, P/ADULTO NATURELA,S/ALAS, NORMAL, PAQ 14 PZAS ALWAYS, SIN ALAS, PAQ C/18 PZAS STINGER GT, RIN 15, 225/70R15, COD562297 BILLAR, POR HORA, MESA REGLAMENTARIA TV NOTAS, SEMANAL, GRUPO EDITORIAL NOTMUSA KODAK, CAMARA, DIGITAL, EASY SHARE, 4 MEGAPIXEL, MODC310 MARIBEL, ANIMALITOS, BOLSA DE 800 GR BRANLI, HOJUELAS DE AVENA, BOLSA DE 1 KG 8A, BLANCO, PAQ DE 1650 GR PALL MALL, CON FILTRO, CAJETILLA CON 20 PZAS LAMADRID, 60% ALGODON - 40% POLIESTER SPESA, 95% POLIESTER - 5% SPANDEX ROMANZA, PIJAMA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER NEW FASHION, 100% POLIESTER REEBOK, PLAYERA, 100% POLIESTER AUGMENTIN, SUSPENSION PEDIATRICA, FCO DE 60 ML, LAB GLAXOSMI AZITROCIN, SUSPENSION INFANTIL, FCO C/600 GR, LAB PFIZER CLAVULIN, SUSPENSION, FCO DE 60 ML DE 250-62.5 MG/5 ML, LAB CIPROFLOX, TABLETAS, CAJA C/12 DE 500 MG, LAB SENOSIAIN CECLOR, TABLETAS, CAJA C/14 DE 375 MG, LAB ALTANA TEMPRA, TABLETAS, CAJA C/20 DE 500 MG, LAB BRISTOL MYERS ALKA SELTZER, TABLETAS EFERVESCENTES, CAJA C/12, LAB BAYER SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB LIOMONT MICARDIS, TABLETAS, CAJA C/14 DE 40 MG, LAB BOEHRINGER INGEL DAFLON, TABLETAS, CAJA C/20 DE 500 MG, LAB SANFER CO-DIOVAN, TABLETAS, FCO C/14 DE 80 MG/12.5 MG, LAB NOVARTIS OROXADIN, CAPSULAS, CAJA C/15 DE 100 MG, LAB SANOFI AVENTIS VOLTAREN, GRAGEAS, CAJA C/30 DE 50 MG, LAB NOVARTIS PHARMA EUGLUCON, TABLETAS, CAJA C/50 DE 5 MG, LAB ROCHE FOSAMAX, TABLETAS, CAJA C/30 DE 10 MG, LAB MERCK SHARP PALMOLIVE, JABON DE TOCADOR, NATURALS, BARRA DE 180 GR REGIO, R3 EVOLUTION, PAQ C/12 ROLLOS 180 HOJAS PAPER AND CO, CUADERNO PROFESIONAL, DE 100 HOJAS MATTEL, MUÑECA, PRINCESA DISNEY, MOD 5051 JUGUEMEX, JGO DE TE, TINKERBELL UNIVERSAL MUSIC, CD, MARCO ANTONIO SOLIS, NO MOLESTAR TORTILLA, A GRANEL VIPS, PASTEL, PAY DE QUESO C/ZARZAMORA CAJA DE 1200 GR CRESTA DORADA, A GRANEL MONARCA, PASTEURIZADA, ENVASE DE 1 LT ESMERALDA, MOZARELLA, A GRANEL PRIMAVERA, MARGARINA, BARRA DE 90 GR SALADETTE, A GRANEL BLANCA, A GRANEL BLANCA, A GRANEL TOMATE VERDE, A GRANEL CAMEL, CON FILTRO, CAJETILLA CON 20 PZAS JEAN SIGNATORE, CAMISA, 100% ALGODON U.S. POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON ZAGA, CAMISETA, 100% ALGODON HILFINGER DENIM, 199% ALGODON PERRY ELLIS, TRAJE, 51% POLIESTER - 49% ALGODON Viernes 3 de julio de 2009 21.25 35.90 400.00 400.00 67.90 64.00 135.05 4299.00 9699.00 289.00 558.00 359.00 249.00 123.00 53.50 21.60 104500.00 178191.00 64.80 140.00 149.00 1000.00 94.35 29.13 27.30 94.80 153.05 155.00 30.50 626.53 32.50 96.92 17.31 25.37 83.22 72.00 24.99 37.90 37.90 169.99 439.99 39.90 179.00 124.99 139.99 24.99 44.99 129.99 99.99 129.00 69.00 79.99 129.99 119.00 19.99 34.99 29.99 17.99 10.99 2099.00 2199.00 1359.00 1999.00 2499.00 7699.00 4099.00 1899.00 3.50 70.00 69.00 50.00 2872.00 162.53 220.00 14.60 18.50 13.50 1599.00 20.00 23.00 1800.00 21.13 17.27 25.76 22.00 349.00 129.99 169.00 199.00 449.00 103.00 256.12 187.00 226.00 257.60 35.50 18.03 69.55 254.00 147.00 257.40 302.90 188.85 122.46 843.60 41.53 4.08 19.35 199.00 109.00 86.95 10.00 77.50 29.90 9.50 101.90 66.67 10.00 14.00 9.00 14.00 27.00 129.90 229.00 58.00 590.00 3490.00 KG PAQ SERV SERV PZA KG CAJA JGO JGO UNIDAD UNIDAD JGO JGO CAJA CAJA PZA UNIDAD UNIDAD PAQ PZA PZA COSTO KG KG KG PZA PZA PZA KG KG LT KG KG KG KG LT PAQ PZA PAR PZA PZA PAQ JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE PZA PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA CAJA CAJA SERV SERV LT KG PZA PAQ PAQ PZA HORA EJEMPL UNIDAD KG KG KG CAJETI PZA PZA PZA PZA PZA FCO FCO FCO CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA FCO CAJA CAJA CAJA CAJA KG ROLLO PZA PZA PZA PZA KG KG KG LT KG KG KG KG KG KG CAJETI PZA PZA PAQ PZA PZA CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CIERRE CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO NUEVOS NUEVOS CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO NUEVOS CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CIERRE CIERRE CAMBIO CIERRE CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CIERRE CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CAMBIO CIERRE CAMBIO CIERRE CIERRE CIERRE CIERRE CIERRE CAMBIO NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS NUEVOS DE MARCA DE MARCA DE MODALIDAD DE MODALIDAD DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION MODELOS MODELOS DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA MODELOS DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE MODALIDAD DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE MODALIDAD DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE PRESENTACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE PRESENTACION DE MARCA DE MARCA DE PRESENTACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE PRESENTACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE FUENTE DE INFORMACION DE MARCA MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS MODELOS Viernes 3 de julio de 2009 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 37 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 38 39 139001 139003 140003 140004 140007 140012 141005 141010 141011 142003 142010 142022 144004 145004 145007 146001 146014 147002 147007 147022 148002 148007 150003 150005 150006 150007 150009 151004 151006 151007 152010 152012 153004 154012 156001 156005 156009 172005 172007 207003 211003 212002 216006 222003 223002 224001 229002 240003 243003 256001 256002 267003 311003 312002 358003 021008 025002 028003 032003 037002 047003 047006 064004 089001 089006 102007 122003 134016 134022 135024 137012 138008 138010 139009 140004 140010 141004 141010 142021 144004 144006 144010 146024 147006 147008 147009 147010 147022 148004 148010 148012 149003 149004 149007 149008 150004 150006 150012 151004 151006 151008 152010 152012 153012 154012 155002 155012 156004 156006 156007 156010 156012 163008 165008 165032 166024 171012 207005 211003 225003 232001 237004 241004 291005 295003 363003 049003 DIARIO OFICIAL DUBANTI, 100% POLIESTER WALL STREET, 65% POLIESTER - 35% VISCOSA NECTAR, BERMUDA, 70% POLIESTER - 30% VISCOSA PROGRESSIVE, BERMUDA, 100% POLIESTER B-NINE SPORTS, BERMUDA, 100% POLIESTER STARTER, CONJUNT0 DEPORTIVO, 100% POLIESTER DAVINCHY, 199% POLIESTER GEORGE, 100% ALGODON OPTIMA, 100% ALGODON SKINY, BIKINI, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO MAREL, PANTALETA, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO MAREL, BRASIER, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO BENDETTA, 98% ALGODON - 2% ELASTANO TRIO, 100% POLIESTER JEAN LAURENT, 100% POLIESTER WALT DISNEY, PIJAMA, 100% POLIESTER INTERROGACION, PIJAMA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER CONNECTED, 100% POLIESTER DUPLAN, 55% LINO - 45% RAYON VIANNI, 55% LINO - 45% ALGODON GEORGE, 55% LINO - 45% VISCOSA ALCANTARA, 100% POLIESTER NEXUS KIDS, 100% POLIESTER ZILERY'S, 65% POLIESTER - 35% RAYON OSCAR DE LA RENTA, 100% POLIESTER MANER'S CLUB, 65% POLIESTER - 35% ALGODON GET IT, 65% POLIESTER - 35% RAYON NEXUS KIDS, CAMISA, 100% POLIESTER REFILL, PLAYERA, 100% ALGODON DYNOKIDS, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER DISNEY, VESTIDO, 100% ALGODON SIMPLY BASIC, VESTIDO, 100% ALGODON HANES, BOXER, 100% ALGODON PIDO MANO, BOXER, 100% ALGODON BOLO, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER MON CARAMEL, MAMELUCO, 100% ALGODON DYNOKID2, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER TIMEX, RELOJ, DE QUARZO, MOD CARRIAGE DISNEY, RELOJ P/NIÑA, MOD PRINCESS MABE, 6 QUEM, ENC ELECT, 30", HORNO, MOD 6200L CULIACAN, MATRIMONIAL, C/BOX, MOD 135-264 GOLDEN FTY, SOFA CAMA, MATRIMONIAL, TELA VINI-PIEL, MOD 2007 MOULINEX, CAFETERA, P/10 TAZAS, MOD HELIORA 13093 HP, ESCR, PEN 2DC, 3GB, DD320GB, 19, LCD, MOD PAVILION, A6600 PANASONIC, MINICOMP, AM/FM/5CDW/MP3, MOD SA-AK970 LG, REPRODUCTOR DVD, GRABADOR, MOD DR385 NOUVELA, VELA, AROMATICA, CON TAPA, VARIOS AROMAS DEMUR, CORTINA P/BAÑO, 100% VINYL, 1.80x180m, MOD CRISANTEMO CLOROX, CAJA C/9 BOTELLAS DE 940 ML C/U DENVAR, CAPSULAS, CAJA C/3 DE 400 MG, LAB MERCK CEDAX, CAPSULAS, CAJA C/5 CAPSULAS DE 400 MG, LAB SCHERAMEX BAJA REPUBLICA, ANTEOJOS, P/SOL, MOD 983561 VW, GOL, BASICO, STD, 5 VEL, 4PTAS, MOD 2009 MERCURIO, RODADA 26", 21 VELOCIDADES, MOD KAIZER MYSCENE, MUÑECA, MOD BOUTIQUE STREET RANCHO DON FRANCISCO, PALETA, A GRANEL SIRLOIN, DELGADO, A GRANEL ARIZTIA, PAVO, PIERNA BATE, AHUMADA, A GRANEL PARMA, SALAMI, TIPO GENOVA, PAQ DE 100 GR TILAPIA, MEDIANA, CONGELADA, A GRANEL DANONINO, VARIOS SAB, PAQ C/ 4 PZAS DE 45 GR C/U LALA, C/ FRUTAS, ENVASE DE 1 KG SORIANA, TAMARINDO, BOLSA DE 350 GR CALIFORNIA, NEGRO, BOLSA DE 1 KG SORIANA MP, NEGRO, BOLSA DE 1 KG NESTLE, NATURAL, PAQ C/6 BOTELLAS DE 500 ML C/U BROADWAY, CON FILTRO, ROJOS, CAJETILLA CON 20 PZAS YALE, 83% POLIESTER - 17% ALGODON TOP 3, CAMISA, 100% ALGODON FRANCO HERRERA, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER BERNARD'S, 100% ALGODON GIULLIANI, 100% POLIESTER LUCIANI, 100% POLIESTER GUSSINI, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO AMAZON, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON NAUTIC BAY, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER VIANNI, 100% ALGODON DELC, 65% ALGODON - 35% POLIESTER ILUSION, BRASIER, 98% POLIAMIDA - 2% ELASTANO VIANNI, BERMUDA, 72% ALGODON - 25% POLIESTER - 3% ELASTANO 18 FOREVER, 98% ALGODON - 2% ELASTANO LEE, 98% ALGODON - 2% ELASTANO LOGIC, SHORT, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO PADOVA, CONJUNTO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER SPIN, CONJUNTO, 100% POLIESTER, 2 PZAS GOOD AND COOL, 97% POLIESTER, 3% ELASTANO MARCCAIN, CONJUNTO, 99% POLIESTER - 1% METALICO, 2 PZAS LADY ZARATOGA, 95% POLIESTER - 5% POLIESTER PAMMY, 97% ALGODON - 3% ELASTANO DISEÑOS PINKY, 100% POLIESTER MISS COCOA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX STRONG, 100% ALGODON NORTH CREEK, 100% ALGODON NORTH CREEK, 100% ALGODON SIMPLE FASHION, 100% ALGODON HARRISON CLOTHING LINE, 100% ALGODON BOLERO, 100% ALGODON JIMMY, 100% ALGODON NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON SPIDER MAN, CAMISA, 100% ALGODON U.S. POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON FIORELLA, CONJUNTO, 100% ALGODON, 2 PZAS BUBLY, CONJUNTO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO HOCKEY, TRUSA, 100% ALGODON DEMONY, PANTALETAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER, PAQ 3 PZAS JUST 4 GIRLS, CALCETAS, 78% AL - 19% POLIA - 3% ELA, PAQ 3 PZ JR GIRLS SPORT, CALCETAS, 65% ALGODON - 15% NYLON - 20% SPAN TIMBREE, CONJUNTO, 100% POLIESTER, 2 PZAS PINGOS, CONJUNTO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON, 2 PZAS CAROSELLO, 100% ALGODON BOLO, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER T-REX, CONJUNTO, 100% ALGODON, 2 PZAS GOTCHA, CORTE Y SUELA SINTETICO - FORRO TELA GRAN EMYCO, ZAPATOS, CORTE BOVINO-FORRO PORCINO - SUELA SIN HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE BOVINO-FORRO TELA - SUELA SINTETI BAM-BU, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA HALSTON, CINTURON, 100% CUERO RECICLADO MABE, 4 QUEMADORES Y PARRILLA, 30", ENC ELECT, MOD EM70LL0 HOMESTYLE, NATURAL REST, MATRIMONIAL PHILIPS, RADIOGRABADORA, MOD DC1010 CINSA, BATERIA, 7 PZAS, MOD SANTA CLARA CYNTHIA, MATRIMONIAL, MOD JAZMIN VEL ROSITA, LIQUIDO, ENVASE DE 500 ML VOGUE, PAQ C/4 ROLLOS DE 500 HOJAS DOBLES C/U SCOTTIS, CAJA C/140 PIEZAS, HOJA DOBLE YAMAHA, GUITARRA ACUSTICA, MOD GC-40/GCM-40 LA QUINTA, NATURAL, A GRANEL (Primera Sección) 139.90 299.00 239.00 99.90 129.90 398.00 399.00 248.00 78.00 79.00 44.90 149.00 219.99 129.99 119.99 569.00 79.90 995.00 895.00 229.00 248.00 139.99 99.00 249.00 279.00 159.90 109.00 79.90 99.00 42.42 198.00 128.00 49.90 24.90 239.00 179.00 49.90 468.00 229.00 3699.00 2299.00 2899.00 327.00 13799.00 6999.00 1799.00 128.00 34.90 6.92 324.50 378.02 404.00 108933.00 1899.00 159.20 89.90 80.95 51.40 349.00 39.10 40.49 19.90 31.14 22.90 18.40 4.04 22.00 179.00 99.99 24.99 169.99 389.99 399.99 189.00 179.00 139.99 119.00 299.00 89.90 219.00 289.00 389.00 64.99 249.00 629.00 84.90 169.00 179.99 199.00 69.99 129.99 119.00 169.00 164.00 59.90 149.00 169.00 124.99 139.00 149.00 139.00 379.00 99.99 9.99 19.99 159.00 14.99 169.00 209.00 269.00 229.00 49.99 289.00 619.00 559.00 219.00 68.95 3399.00 2799.00 1104.15 369.00 159.00 34.00 22.90 15.49 2022.15 29.50 PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAQ PZA TRAJE PZA TRAJE PZA PZA UNIDAD PZA UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA PZA LT CAJA CAJA PZA UNIDAD UNIDAD PZA KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG LT CAJETI PZA PZA PZA PZA JGO JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO JGO PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO JGO PZA PAQ PAQ PAR JGO JGO TRAJE PZA JGO PAR PAR PAR PAR PZA UNIDAD PZA UNIDAD JGO JGO LT PAQ CAJA PZA LT 107 NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS NUEVOS MODELOS CAMBIO DE PRESENTACION NUEVOS MODELOS NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA 108 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 39 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 41 42 42 42 42 42 42 42 42 42 42 43 43 43 43 43 43 43 054001 064004 085003 095004 096001 137006 171010 210002 213002 230004 256001 256004 256005 257001 257002 257003 257004 258001 258002 258003 258004 287001 047002 066005 066006 100004 116004 136003 137007 137009 137011 140007 146010 150003 150007 151003 155007 155009 155011 157011 159003 163018 163023 164023 164036 165013 165021 166003 168002 168015 168017 168022 171003 172001 172004 207004 210002 221006 222003 223001 229004 233003 234002 236001 239002 240001 294003 343010 358003 358005 361003 008002 013001 046002 056002 064001 065003 076003 081003 089001 093002 102004 108002 134007 137003 138004 140001 140006 141003 146004 146005 147003 147005 148002 148005 151001 154002 156001 156003 164005 218002 227001 229001 256001 256002 256003 257002 265002 358001 358003 013003 050002 095002 102004 106001 156005 285001 289002 292002 293001 004006 005006 020002 021002 022006 027001 042003 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL CHIPILO, S/SAL, BARRA DE 500 GR DON ZABOR, TAMARINDO, BOLSA DE 500 GR ENTEROS, A GRANEL KNORR, SOPA INSTANTANEA, DE CODITOS, SOBRE DE 75 GR SAN MARCOS, FRUTAS EN ALMIBAR, PIÑA, LATA DE 800 GR LEVI'S, 100% ALGODON, MODELO 528 SAMSONITE, PORTATRAJES, MOD 74235360 ALEJANDRO, 8 PZAS, (M 6 S Y VITRINA), MOD MDF CIBELES, 5 PZAS, MOD IVONNE CLASIC, ESCOBA, MANGO ERGONOMICO, DE VINIL CANESTEN V, CREMA, AL 2%, LAB BAYER VITACILINA, UNGUENTO, TUBO DE 16 GR, LAB CIA INTERN DE COM TING, CREMA, TUBO DE 28 GR, LAB SANOFI AVENTIS CAFIASPIRINA FORTE, TABLETAS, CAJA C/24 DE 650 MG, LAB BAYER TEMPRA FORTE, TABLETAS, CAJA C/24 DE 600 MG, LAB JOHNSON SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB LIOMONT ASPIRINA, TABLETAS, CAJA C/40 DE 500 MG, LAB BAYER CRESTOR, TABLETAS, CAJA C/30 DE 20 MG, LAB ASTRAZENECA ASPIRINA PROTECT, TABLETAS, CAJA C/30 DE 500 MG, LAB BAYER MICARDIS PLUS, TABLETAS, CAJA C/ 28 DE 80 MG, LAB BOEHRINGER AVALIDE, TABLETAS, CAJA C/14 DE 150/12.5 MG, LAB BRISTOL BIC, RASTRILLO, P/DAMA, SOLEIL, ALOE VERA PAQ 4 PZAS CHAMYTO, C/FRUTAS, CON CEREAL, ENVASE DE 120 GR CHINO, POR PZA CHINO, POR PZA BLASON, MOLIDO S/ CAFEINA, BOLSA DE 500 GR CORONA, OSCURA, BOTELLA DE 940 ML CANNON, CALCETINES, 70% ALGODON - 28% POLIAMIDA - 2% ELASTAN REWIND, 100% ALGODON, MOD I8377 ZAMBUCA, 100% ALGODON, MOD 2JC0002 OP, 100% ALGODON, MOD HANOVER 9252-153 MOUNTAIN, CHALECO, 100% POLIESTER, MOD DE RAFFAELO LADY SUN, CONJUNTO, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO OSCAR BOYS, 55% LINO - 45% VISCOSA ZILARY'S, 55% LINO - 45% VISCOSA YELLOW KIDS, PLAYERA, 100% ALGODON POLO CLUB, CALCETINES, 59% ALGODON - 27% POLIESTER - 14% OTR RAMATY, CALCETINES, 68% ALGODON - 27% POLIAMIDA - 5% ELASTAN RAMATY, CALCETINES, 95% MICROFIBRA - 5% ELASTANO CORSEL, CAMISETA, 100% ALGODON FIUME, SOMBRERO, 100% POLIESTER CONVERSE, CORTE TEXTIL- SUELA SINTETICA MARCO DELLI, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA ISABELLA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA GEANCARLO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA COQUETA AUDAZ, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA LADY GLORE, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA RODRISA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA MODABELLA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA PADUS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA ACA JOE, CINTURON, 100% VINILO, M3409 CITIZEN, RELOJ, ECO DRIVE, PARA DAMA, MOD 8867 ORIANA, BRASALETE, DE ACERO, MOD A518 MABE, 6 QUEM, C/HORNO, MOD 60089 10 PZAS (M 8 S Y VITRNA), MOD CAPRI LG, 21, PANTALLA PLANA, MOD 12705 HP, PORT, MINI NOTE, MOD 2133 DAEWOOD, MICROCOMPONENTE, MOD RB-43OUX LA MACARENA, VELA, PAQ C/7 PZAS JOY, HIELERA, DE PLASTICO EKO, JUEGO DE COCINA, MOD 05948 JOMARA, ALMOHADA, SOPORTE MEDIO TOWEL, TOALLA DE MANOS, DE 112 X 60 CM CORTINA, LONETA RUSTICA C/PRECILLAS, DE 2.60 X 1.30 M REGIO, SERVILLETAS DE PAPEL, PAQ DE 500 HOJAS MOR. NUES-RIQUEZA PATRIMONIAL, PREPA EDT TRILLA AUT MACAZAGA LEGO, PIEZAS PARA ARMAR, MOD 5585 FISHER-PRICE, BRILLANT BASIC KODAK, ROLLO FOTOGRAFICO, ULTRAMAX 400, DE 30 MM C/ 36 EXP LA MODERNA, FIDEO, PAQ DE 220 GR CEREAL DE AVENA, A GRANEL LA VILLITA, PANELA, PAQ DE 400 GR 1-2-3, ACEITE MIXTO, BOTELLA DE 1 LT FRESA, MEXICANA, A GRANEL BLANCA, S/SEMILLA, BOLSA DE 1 KG VERDOLAGAS, A GRANEL MANZANO, A GRANEL NEGRO, MICHIGAN, A GRANEL LA MORENA, JALAPEÑOS, EN RAJAS, LATA DE 200 GR CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1 LT CHOCO MILK, EN POLVO, BOLSA DE 25 GR PIERRE CARDAN, CAMISA, 70 % POLIESTER - 30% ALGODON POLO CLUB, 100% ALGODON YVES SAINT LAURENT, TRAJE, 2 PZAS, 55% POLIESTER - 45% LANA NES SPORT, PANTS, 100% POLIESTER DUNLOP, PANTS, 100% POLIESTER CHOCOLATE, 97% ALGODON - 3% ESPANDEX MARINGO, CONJUNTO, 62% POLIESTER - 33% VISCOSA - 5% ELASTANO ALCANTARA, CONJUNTO, 100% POLIESTER KAROO, VESTIDO, 100% ALGODON BLUSK, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO ALEXIS, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO ALCANTARA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON BABY CREYSI, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER WIGO KIDS, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER GET-IT, CONJUNTO, 100% ALGODON FRIDA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA TECNOMASTER, DE PEDESTAL, 40.6 CM, MOD 3169 LA CENTRAL, CERILLOS, PAQ C/10 CAJAS DE 50 LUCES C/U OCOTLAN, VELA, PAVILO SIN PLOMO, MEDIANA 230 GR ROCEPHIN, SOLUCION, INTRAMUSCULAR DE 1 GR, LAB ROCHE ZINNAT, SUSPENSION, FCO DE 250 MG/5ML, LAB GLAXO SMITH KLIN MACROZIT, SUSPENSION DE 600 ML, LAB LIO MONT DOLAC, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SYTEX DESENFRIOL D, TABLETAS, CAJA C/30, LAB SCHERING BRATZ, MUÑECA, MOD PLAY SPORTZ XTREME 100294E5 GLASFIRMA, PELOTA, 20 1/2, MOD WINNIE POOH ZUCARITAS, HOJUELAS DE MAIZ, CAJA DE 195 GR ESMERALDA, CHIHUAHUA, A GRANEL CAMPBELL'S, CREMA DE CHAMPIÑONES, LATA DE 420 GR CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 5 LT GOLDEN NUTS, CACAHUATE ENCHILADO, BOLSA DE 95 GR MINI, CONJUNTO, 2 PZAS, 100% ALGODON REXONA, ROLL-ON, POWDER, ENVASE DE 50 ML NADAL, RIZADOR DE PESTAÑAS HUGGIES, ETAPA 4 PAQ CON 25 PZAS KOTEX, CLASICA, PAQ CON 10 PZAS CONCHA, MEDIANA, POR PZA BOLILLO, (BARRA/FRANCES), POR PZA PIERNA, S/HUESO, DE CERDO, A GRANEL DE LOMO, A GRANEL ESPECIAL, A GRANEL MONDONGO, A GRANEL VIGILANTE, CALAMARES, EN SU TINTA, TROZOS, DE 115 GR Viernes 3 de julio de 2009 88.93 26.80 14.50 93.33 29.21 599.00 1759.00 3725.00 5295.00 45.00 88.80 11.83 40.90 23.90 32.70 73.90 15.37 699.50 44.26 588.50 209.13 47.25 47.29 15.00 15.75 116.00 21.02 44.00 449.00 179.00 199.00 199.00 299.00 279.00 399.00 119.00 36.00 38.00 47.00 28.00 199.00 449.00 384.50 449.00 412.50 579.00 299.00 339.00 199.00 239.00 199.00 262.50 148.00 3909.00 335.00 3299.00 1058.00 2692.00 7699.00 1549.00 23.70 10.30 75.00 79.80 45.90 300.00 30.21 115.00 339.00 495.00 75.00 20.00 11.00 80.50 25.00 26.00 51.50 24.30 64.00 19.00 30.00 7.00 100.00 359.00 255.00 1990.00 249.90 168.00 139.90 1230.00 249.00 199.00 189.00 310.00 139.00 139.00 38.00 299.00 119.00 319.00 249.00 10.90 12.00 412.56 266.00 131.50 154.00 45.00 154.00 57.90 61.03 99.18 41.61 2.76 115.79 159.00 22.69 17.90 87.40 8.54 4.50 4.00 39.58 70.00 60.00 35.00 233.91 KG KG KG KG KG PZA PZA JGO JGO PZA TUBO CAJA TUBO CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA CAJA PAQ KG PZA PZA KG LT PAR PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PAR PAR PAR PZA PZA PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PAR PZA PZA PZA UNIDAD JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD PAQ PZA PZA PZA PZA PZA PAQ EJEMPL PZA PZA PZA KG KG KG LT KG KG KG KG KG KG LT KG PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA JGO PZA PZA PZA PZA PZA PZA PZA TRAJE PAR UNIDAD PAQ PZA CAJA FCO FCO CAJA CAJA PZA UNIDAD KG KG KG LT KG JGO PZA PZA PAQ PAQ PZA PZA KG KG KG KG KG CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE 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134007 136004 141002 143003 146008 151002 152003 153006 154006 156006 163004 168006 168007 168010 168011 171002 227002 231002 238001 243001 245002 246002 264001 291001 345001 358002 011001 032003 041001 064001 094002 095001 096003 107002 115002 136006 140006 141001 141002 141006 144001 146001 165014 222001 223002 226001 256001 256002 257001 257002 282002 287001 290002 323002 046002 056005 089002 097002 155003 164018 165002 205002 210001 221003 225002 229001 242003 244001 339002 340001 342002 343004 358001 358003 359002 361001 DIARIO OFICIAL LALA, YOGURT, C/FRESA, ENVASE DE 1 LT GREAT, VALUE, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 1 LT PATRONA, VEGETAL, ENVASE DE 1 LT VALENCIA, YUCATAN, PAQ C/100 PZAS ATAULFO, PAQ DE 1 KG BOSC, PAQ DE 1 KG LA MERCED, CHILE ANCHO, BOLSA DE 100 GR GREAT VALUE, CONCENTRADO DE POLLO, FCO DE 450 GR SABRITAS, PAPAS FRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 167 GR LA CORONA, EN POLVO, CHOCO KIWI, PAQ DE 400 GR JOSE CUERVO, ESPECIAL, REPOSADO, ENVASE DE 695 ML OSO NEGRO, VODKA, BOTELLA DE 1 LT BACARDI, BLANCO, SUPERIOR, BOTELLA DE 750 ML APPLETON, AÑEJO SPECIAL, JAMAICA RUN, BOTELLA DE 750 ML CASILLERO DEL DIABLO, BLANCO, CHARDONNAY, BOTELLA DE 375 ML MARISCAL, 100% ALGODON INTRIGUE DESINGN, 95% ALGODON - 5% ELASTANO HYSTERIA, 95% ALGODON - 5% ELASTANO ALCANTARA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO ACA JOE, SOMBRERO, 100% ALGODON NEW WAVE, PLANTILLA, PAQ C/1 PAR, 85% LATEX, 15% POLIESTER CATO, ACCS P/BAÑO, WC, MOD JAZMIN MABE, 4 QUEM, ENC ELEC, 30, CUBIERTA DE ACERO, MOD EM8011CB MABE, 4 QUEM, 1 COMAL, ENC ELCT, HORNO, MOD EM760DBIO CAL-O-REX, AUTOMATICO, DE 38 LT, MOD B-10 MIMO, INDIVIDUAL, MOD GRACE 5 PZAS, K.S., MOD ARGENTINA WHIRPOOL, 14 PIES CUBICOS, AUT, 2 PTAS, BLANCO, MOD WRT14Y WHIRLPOOL, DE 9 PIES, 2 PUERTAS, AUTOMATICO, MOD WRT14YAWD LG, HORNO DE MICROONDAS, 1.7 PIES, DIGITAL, MOD MS-1742DP OSTER, VAPOR, MOD 5002 COMPAQ, ESCR, PROCESADOR AMD, 1024 MB, 250 GB, MOD SG 3503LA JOSELYN, P/INTERIORES, DE 6 HILOS CRISA, VAJILLA, DE 20 PZAS, MOD CONTEMPO LIRIO, BARRA, LAVANDERIA, DE 400 GR POSTDAY, COMPRIMIDOS, CAJA C/12 DE 0.75 MG, LAB IF CLEARASIL, LOCON FACIAL, PIEL GRASA, DE 200 ML, LAB RECKITT CONTAC ULTRA, TABLETAS, CAJA C/12, LAB GLAXO SMITH TABCIN, TABLETAS EFERVESCENTES, CAJA C/12, LAB BAYER INCRUSTACION, CON RESINA PARTO NORMAL, HAB SENCILLA, PAQUETE NOVELA, EL PACIENTE INGLES, M ONDAATJE, ED PERYNAT DANPEX, CARPETA, CON BOTON, MOD SB-01 LAS MEJORES GELATINAS, MENSUAL, RADAR EDITORES RANCHO DON FRANCISCO, DIEZMILLO, A GRANEL RANCHO DON FRANCISCO, ESPECIAL, A GRANEL RANCHO SANTA FE, CHULETA, A GRANEL RANCHO SANTA FE, ARRACHERA, AMERICANA, A GRANEL ARIZTIA, ARRACHERA DE PAVO, A GRANEL YOPLAIT, FRESA, ENVASE DE 1 KG LA CARRETA, CHILE CAMBRAY, BOLSA DE 75 GR CAMPBELL'S, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 310 GR BLASON, TOSTADO Y MOLIDO, DESCAFEINADO, BOLSA DE 500 GR McCORMICK, MAYONESA, C/JUGO DE LIMON, FCO DE 390 GR McCORMICK, PIMIENTA, NEGRA MOLIDA, FCO DE 75 GR SMIRNOFF, VODKA, PREMIUM, ROJA, BOTELLA DE 1 LT IMPERIAL, CAMISA, 100% ALGODON YALE, CAMISA, 100% ALGODON WILLIAMS, PAQ C/3, 78% ALGODON - 20% POLIESTER - 2% ELASTAN STRETCH, 95% ALGODON -5% POLIESTER PRETYY LEGS, PANTIMEDIAS, 85% POLIDAMINA - 15% ELASTANO BISSET, CONJUNTO DE PANTALON, 100% POLIESTER AMERICAN VINTAGE, CAMISA, 100% ALGODON TRIK TRAK, VESTIDO, 96% ALGODON - 4% ELASTANO APOLO, BOXER, 100% ALGODON LAIZA, CORPIÑO, 100% ALGODON GRUPO PT, MAMELUCO, 100% ALGODON CLOWN, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA TOP MODA, ZAPATOS, VALERINA, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA KARISMA, ZAPATOS, SANDALIA, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA LADY PAULINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA LADY PAULINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA UNICO, CINTURON, 100% PIEL, VARIOS ESTILOS TALISMAN, CERILLOS, PAQ C/10 DE 50 LUCES C/U PYR-O-REY, REFRACTARIO, BANDEJA CUADRADA COLAP, COBERTOR, MATRIMONIAL, 100% ACRILICO BLANCATEL, LAVANDA, ENVASE DE 3.75 LT GLADE, AMBIENTAL, AEROSOL, FRESCURA CITRICA, BOTE DE 400 ML RAID, AEROSOL, MATA BICHOS, BOTE DE 400 ML NIVEA, BLOQUEADOR, SUN, CREMA, FACTOR 50, ENVASE DE 125 ML PETALO, ULTRASUAVE, PAQ/12 ROLLOS IRAZA, CARPETA, TAMAÑO CARTA, PAQ DE 100 DISNEY, JUEGO DE MESA, SCRABBLE GAMESA, OTRAS, POLVORONES, CAJA DE 520 GR EL CERDITO, CHULETAS AHUMADAS, A GRANEL NAIR, ATUN EN AGUA, LATA DE 170 GR CIRUELA NEGRA, A GRANEL. HERDEZ, CHICHAROS CON ZANAHORIAS, LATA DE 225 GR LA COSTEÑA, PURE DE TOMATE, CONDIMENTADO, CAJA DE 210 GR LA COSTEÑA, MERMELADA DE FRESA, FRASCO DE 540 GR TANG, EN POLVO, SABOR NARANJA, S/AZUCAR, BOLSA DE 600 GR SAN RAFAEL, HAWAIANA, PAQ DE 844 GR SIMPLY BASIC, CALCETINES, 32% POLIESTER - 34% ALGODON - OTRO SOCCER, TRAJE DE BAÑO, 100% POLIESTER BETSEY STAR, 97% ALGODON - 3% SPANDEX MISS COCOA, 95% ALGODON - 5% SPANDEX X-TEND, 95% ALGODON - 5% ELASTANO MISS COCCOA, 96% ALGODON - 4% ELASTANO TWO CRAZY WOMAN, PANTS, 95% ALGODON - 5% SPANDEX EMYCO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA COMPAQ, PORT, 20GB, DISCO DURO 250GB, DVD, PRESARIO SG3603LA DAEWOO, MINICOMPONENTE, 3CD, 2DECKS, MP3, MOD XG-646U GE, FOCO, DOBLE BIAX 15, 15W, PZA DENVAR, CAPSULAS, CAJA C/3 DE 400 MG, LAB. MERK ELEQUINE, TABLETAS, CAJA C/7 DE 500 MG, LAB. JANSSEN-CILAG TEMPRA FORTE, GRAGEAS, CAJA C/24 DE 650MG, LAB. MEAD-JOHNSON SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/20 DE 10 MG, LAB. LIOMONT HENO DE PRAVIA, COLONIA, SPLASH, BOTELLA DE 500 ML BIC, RASTRILLO, CONFORT TWIN, MAXI, PAQ C/5 PZAS RENOVA, DELINEADOR, DE PARPADOS Y CEJAS, PZA 1.1 G AFINACION MAYOR, NISSAN A GAS, C/CAMBIO DE REP FLAMINGOS, CANASTA, A GRANEL CRISTAL, ACEITE COMESTIBLE, PURO DE MAIZ, BOTELLA 500 ML EL DUENDE FRIJOLIN, PINTO AMERICANO, BOLSA DE 906 GR GERBER, JUGO DE MANZANA, ET 2, FCO DE 175 ML X-TEND, CALCETAS PAQ 3 PARES, 66% AC - 3% POL - 1% ELAS FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA RIO GRANDE, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA SIENA, BARRA P/COCINA, MOD B. SIENA CHALE PALERMO, (M 6 SILLAS Y VITRINA) NOGAL, MOD CDPALERMO SONY, 22", LCD, MOD LCD22 SERIE L PHILIPS, GRABADORA, CD, RADIO AM, FM, MOD RLRAZ1134 MEXICO, VELADORA, EN VASO C/IMAGEN PINOL, LIMPIADOR, EL ORIGINAL, BOTELLA DE 1 LT ZOTE, ROSA Y BLANCO, BARRA DE 200 GR INSCRIPCION, COLEGIATURA Y OTROS GASTOS INSCRIPCION, COLEGIATURA Y OTROS GASTOS INSCRIPCION, COLEGIATURA Y OTROS GASTOS MATEMATICAS 4, ALGEBRA, ORTIZ CAMPOS, ED. CULTURAL MAISTO, CARRO, EARTHSHOKERS MONTECARLO, JGO DE MESA, FERIA SONY BMG, CD, VICENTE FERNANDEZ KODAK, CAMARA DIGITAL, HAREM 863R (Primera Sección) 19.22 20.50 20.78 42.50 15.28 42.00 98.00 86.94 108.23 29.25 147.71 66.50 126.17 187.87 253.33 399.00 69.90 89.90 149.90 188.90 11.50 712.94 5799.00 6998.00 2599.00 1399.00 5799.00 6999.00 8197.00 1999.00 218.00 7795.00 44.00 648.00 20.50 96.21 297.50 28.50 15.69 300.00 4025.00 49.00 13.50 20.00 93.50 50.90 79.50 83.50 64.90 23.90 159.87 53.52 124.00 56.15 452.00 145.00 169.00 239.00 29.99 109.99 34.90 189.00 134.99 159.00 19.99 14.99 49.99 419.00 139.00 199.00 279.00 289.00 99.90 10.50 78.90 285.00 5.31 27.00 44.50 136.90 46.90 76.00 257.00 32.69 80.50 42.35 32.86 25.33 16.90 39.44 39.17 72.87 18.00 75.00 139.99 119.99 80.00 299.99 99.99 479.00 7999.00 2100.00 33.90 474.15 352.55 43.50 55.80 106.00 31.60 29.60 1012.00 52.00 21.83 23.07 53.71 36.90 499.00 1248.00 3730.00 10180.00 6207.82 729.00 25.90 12.46 23.25 1175.00 927.50 1664.17 179.00 93.50 89.90 129.90 1979.00 _______________________ LT LT LT PAQ KG KG KG KG KG KG LT LT LT LT LT PZA PZA PZA PZA PZA PAR JGO UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD PZA JGO KG CAJA LT CAJA CAJA SERV SERV EJEMPL PZA EJEMPL KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG KG LT PZA PZA PAQ PZA PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR PAR PAR PAR PAR PZA PAQ PZA PZA LT PZA PZA PZA PAQ PZA CAJA KG KG KG KG KG KG KG KG KG PAR PZA PZA PZA PZA PZA PZA PAR UNIDAD UNIDAD PZA CAJA CAJA CAJA CAJA LT PAQ PZA SERV KG LT KG LT PAQ PAR PAR UNIDAD JGO UNIDAD UNIDAD PZA LT KG COSTO/M COSTO/M COSTO/M EJEMPL PZA CAJA PZA UNIDAD 109 CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MODALIDAD CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE PRESENTACION CAMBIO DE MARCA NUEVOS MODELOS CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA NUEVO MODELO CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE PRESENTACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA CAMBIO DE MARCA 110 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 INDICE PRIMERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral .............................................................................................................................. 2 Trigésima Relación de Apoyos Programados del Fideicomiso 2106. Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos .......................................................................................... 6 Fe de erratas al Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas; y adiciona una fracción XVII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, publicado el 9 de junio de 2009 .................................................................................................................................... 54 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Acuerdo por el que se desincorpora del régimen del dominio público de la Federación, la superficie de 1,832.93 metros cuadrados de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500 de boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, y se autoriza su enajenación a título oneroso a favor de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., con el objeto de que la utilice para complemento del desarrollo turístico existente ................................................................................. 55 Acuerdo mediante el cual se modifican los numerales 2, 7.1, 7.2 y 10.1 y se adiciona el numeral 6.11 Bis a la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitarioEspecificaciones y métodos de prueba ............................................................................................ 57 Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, el Estado de Sinaloa y la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Sinaloa, con el objeto de impulsar el federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional ............................................................. 59 SECRETARIA DE ECONOMIA Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-B-072-CANACERO-2008 .................................. 65 Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-054-ANCE-2009, NMX-J-061-ANCE-2009, NMX-J-449-ANCE-2009, NMX-J-565/11-5-ANCE-2009, NMX-J-610/3-6-ANCE-2009 y NMX-J-610/4-1-ANCE-2009 ......................................................................................................................... Aviso de consulta pública PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009, de los proyectos PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009, de normas 65 mexicanas PROY-NMX-GR-4308-2-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009 y PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009 ....................................................................................................... 68 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 111 SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION Norma Oficial Mexicana NOM-070-PESC-2008, Pesca responsable en el embalse de la presa La Muñeca, ubicada en el Estado de San Luis Potosí. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros ............................................................................................................... 70 SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Circular No. 0027/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V. ...................................................................................................................................... 81 Circular No. 0028/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión definitiva otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V. ...................................................................................................................................... 81 Circular por la que se comunica a las unidades administrativas de la Presidencia de la República, a las secretarías de Estado, departamentos administrativos, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Procuraduría General de la República, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Gonzalo Celorio Morayta .............................. 82 PODER JUDICIAL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL Convocatoria para integrar la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez ....................................... 83 ______________________________ BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana ......................................................................................................................... 86 Tasas de interés interbancarias de equilibrio ................................................................................... 86 Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América, correspondiente al mes de junio de 2009 ......................................................................................... 87 Encadenamiento de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes de abril de 2009 ........................................................................................................................ 89 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Acuerdo por el que se establece el proceso de calidad regulatoria en la Secretaría de Relaciones Exteriores ....................................................................................................................... 1 112 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Desarrollo Social .................................................... 6 SECRETARIA DE SALUD Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana ...................................... 10 Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de San Luis Potosí ......... 22 Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas................. 40 Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz .................... 55 COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia la investigación de oficio identificada bajo el número de expediente IO-003-2009, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de paneles y componentes de cristal en el territorio nacional ............................................................... 92 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Organización Productiva para Mujeres Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Michoacán de Ocampo ............................................................................ 93 Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y los municipios de Mérida, Motul, Chichimilá, Cansahcab, Conkal, Calotmul, Espitia y Buctzotz del Estado de Yucatán ........................................................................................................................... 100 ______________________________ AVISOS Judiciales y generales ...................................................................................................................... 106 __________________ ● __________________ DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx Impreso en Talleres Gráficos de México-México *030709-15.00* Esta edición consta de dos secciones Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 1 SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES ACUERDO por el que se establece el proceso de calidad regulatoria en la Secretaría de Relaciones Exteriores. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en los artículos 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 3 y 7, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece entre sus objetivos mejorar la regulación, la gestión, los procesos y los resultados de la Administración Pública Federal para satisfacer las necesidades de los ciudadanos en cuanto a la provisión de bienes y servicios públicos, así como garantizar la certeza jurídica y predictibilidad de las normas y promover y garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información; Que en congruencia con lo anterior, el propio Plan determina en sus estrategias, elevar los estándares de eficiencia y eficacia gubernamental a través de la sistematización y digitalización de todos los trámites administrativos y el aprovechamiento de tecnologías de la información y comunicaciones para la gestión pública, así como hacer más eficiente la operación y el gasto de las dependencias y entidades federales y reducir la discrecionalidad de las autoridades administrativas en la aplicación de las normas; Que el Programa Especial de Mejora de la Gestión de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2008, tiene como objetivo mejorar la gestión de las instituciones públicas federales, liberando recursos para orientarlos a las funciones sustantivas de éstas, por lo que es necesario identificar y disminuir las cargas administrativas que asume el gobierno federal; Que dicho Programa, prevé diversos sistemas para mejorar la gestión de las instituciones, entre los que destaca el Sistema de Mejora Regulatoria Interna, cuyo objetivo es mejorar el marco normativo interno de las dependencias y entidades mediante el proceso de calidad regulatoria; Que es necesario que el marco normativo interno de las dependencias federales tenga calidad y brinde a los sujetos obligados certeza jurídica y transparencia, para contribuir a una gestión pública más competente, que propicie una verdadera autonomía de gestión y una oportuna y efectiva acción gubernamental; Que actualmente diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuentan con Comités de Mejora Regulatoria Interna y medios de difusión electrónica de su regulación interna vigente, denominados Normatecas Internas; que han contribuido al logro de los objetivos y metas institucionales, y Que es necesario seguir avanzando en el proceso de mejora regulatoria interna de esta dependencia, estableciendo bajo un enfoque de mediano y largo plazo un proceso que asegure la calidad de la regulación, para que las normas internas sean eficaces, eficientes, consistentes y claras; por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA EN LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES CAPITULO PRIMERO Disposiciones Generales PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el proceso de calidad regulatoria que deberán seguir las unidades administrativas de la Secretaría de Relaciones Exteriores generadoras de normas internas, a fin de que dichas regulaciones sean, a través de una verdadera mejora regulatoria, eficientes, eficaces y claras, lo que contribuirá a brindar certeza jurídica a los sujetos obligados por las regulaciones, a la reducción efectiva de las cargas administrativas, y en general a mejorar la gestión pública. SEGUNDO.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por: I. Areas normativas emisoras: A las unidades administrativas de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que diseñen, elaboren, propongan, impulsen o sean responsables de la emisión de regulación interna, o bien, de modificaciones, derogaciones o adiciones a la normas existentes; 2 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 II. Calidad regulatoria: Conjunto de atributos de una regulación suficiente y adecuada, que al seguir un proceso de análisis, diseño, consulta, difusión y evaluación, cumple con los objetivos para los que se creó, brinda certeza jurídica y propicia una gestión eficiente y eficaz; III. Cargas administrativas: Son los tiempos, unidades de esfuerzo y documentos necesarios para realizar un proceso, procedimiento o trámite gubernamental; IV. Certeza jurídica: Elemento fundamental de todo sistema jurídico, que consiste en la suficiencia y difusión del marco normativo vigente, para tener plena seguridad sobre qué disposiciones aplican a cada caso concreto y poder predecir qué tratamiento tendrá cada situación en la realidad, desde su inicio y hasta su fin; V. COMERI: Es el Comité de Mejora Regulatoria Interna, constituido por la Secretaría de Relaciones Exteriores para la revisión y dictaminación de sus proyectos normativos, como parte del proceso de calidad regulatoria; VI. Disposiciones: Cualquier precepto, instrucción, mandato, pauta, canon o medida derivada o prevista dentro de un documento normativo; VII. Documento normativo, norma o regulación: Cualquier ordenamiento, instrumento o documento que independientemente de su denominación, genera obligaciones o acciones para los servidores públicos, los ciudadanos; los particulares, las instituciones o sus unidades administrativas; VIII. Justificación regulatoria: Es el instrumento técnico que a manera de formato, detalla los elementos que justifican la emisión o vigencia de una regulación. El formato de Justificación regulatoria será el que determine la Secretaría de Relaciones Exteriores, conforme a criterios y elementos de simplificación y calidad regulatoria; IX. Marco normativo interno: Conjunto de normas emitidas por la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de su Titular, del Oficial Mayor, de las unidades administrativas o de los servidores públicos facultados, que por su ámbito de aplicación y sus efectos sobre la gestión, se dividen en: IX.1. Marco normativo interno de operación: que comprende las normas internas que rigen los servicios o trámites que brinda la institución conforme a sus facultades y atribuciones, así como las que determinan su organización, distribución y asignación de funciones, el desarrollo de tareas sustantivas y el cumplimiento de metas o compromisos institucionales. IX.2. Marco normativo interno de administración: que comprende las normas internas que regulan los temas de recursos humanos, recursos financieros, recursos materiales, las tecnologías de la información y la transparencia. X. Normateca Interna: Al sistema electrónico de registro y difusión de normas internas que la Secretaría de Relaciones Exteriores mantiene en Internet, para la consulta y acceso a su regulación interna por parte de cualquier interesado; XI. Proyecto normativo: Son los proyectos de nuevas disposiciones o de reforma a los existentes, y XII. Secretaría: A la Secretaría de Relaciones Exteriores, incluyendo sus órganos administrativos desconcentrados. CAPITULO SEGUNDO Del Comité de Mejora Regulatoria Interna TERCERO.- Se establece el Comité de Mejora Regulatoria Interna, como la instancia facultada de la Secretaría para revisar y mejorar la regulación interna bajo criterios y elementos de simplificación y de calidad regulatoria, a fin de asegurar la certeza jurídica y contribuir a incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión gubernamental. CUARTO.- El COMERI estará integrado por los siguientes miembros: I. Presidente, que será el Oficial Mayor de la Secretaría; II. Vocales, que serán los representantes de: Oficinas del Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Subsecretaría de Relaciones Exteriores, Subsecretaría para América del Norte, Subsecretaría para América Latina y el Caribe, Subsecretaría para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos, Consultoría Jurídica, Unidad de Relaciones Económicas y Cooperación Internacional, Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos, Dirección General de Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación, y Dirección General de Delegaciones; Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 3 III. Secretario Técnico, que será el Director General de Programación, Organización y Presupuesto, o bien, quien designe el Presidente y que será el responsable de realizar las convocatorias a las sesiones del Comité, así como de apoyar al Presidente y levantar las actas de cada sesión celebrada; IV. Asesor jurídico, que será un representante de la Dirección General de Asuntos Jurídicos; V. Asesor técnico, que será el Titular del área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Organo Interno de Control en la Secretaría, y VI. Invitados, que serán las personas físicas o morales, académicos, servidores públicos, instituciones de investigación o de educación, cámaras, asociaciones, sociedades civiles, redes de expertos o especialistas en los temas o materias a que correspondan las regulaciones, en las que el COMERI considere necesaria su participación. Los miembros a que se refieren las fracciones I a IV participarán en las sesiones del COMERI con voz y voto. Los miembros a que se refieren las fracciones V y VI sólo tendrán voz. Los miembros del COMERI a que se refieren las fracciones I a V podrán designar a sus suplentes, quienes serán servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior al del miembro al que suplan y cuyo cargo no podrá ser menor al de Subdirector de área o su equivalente. Tratándose del Presidente, su suplente será el Secretario Técnico, o bien, quien designe el mismo Presidente, quien actuará con ese doble carácter, teniendo por tanto, voz y voto de calidad. QUINTO.- El COMERI sesionará de manera ordinaria por lo menos cuatro veces al año y de manera extraordinaria a convocatoria de su Presidente o de su Secretario Técnico, previa propuesta razonada de cualquiera de los miembros del COMERI. Las convocatorias deberán hacerse de forma escrita, mediante documento impreso o por correo electrónico con tres días hábiles de anticipación, tratándose de sesiones ordinarias y de cuando menos 24 horas tratándose de sesiones extraordinarias. Para sesionar, el COMERI requerirá de la presencia de su Presidente o de su suplente, así como de la mitad más uno de sus miembros. Sus determinaciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. El Secretario Técnico enviará a los miembros del COMERI, a través del correo electrónico institucional, los proyectos normativos, su Justificación regulatoria y la ficha electrónica en la que los miembros registrarán sus comentarios y observaciones. SEXTO.- Para el cumplimiento de su objeto, el COMERI tendrá las funciones siguientes: I. Realizar estudios, investigaciones y diagnósticos para determinar el impacto y efectividad de las disposiciones, a fin de mejorarlas y garantizar su calidad; II. Acordar y coordinar acciones de mejora de las disposiciones, a efecto de contribuir a su calidad regulatoria, la reducción de cargas administrativas y al logro de los objetivos institucionales; III. Proponer al Titular de la Secretaría, la formulación de proyectos de iniciativas de leyes, decretos o reglamentos, que a consideración del COMERI sea necesario emitir o mejorar para reducir cargas administrativas innecesarias, brindar mayor certeza jurídica y propiciar una gestión más eficiente y eficaz; IV. Revisar de forma continua y programada, con la participación de las unidades administrativas competentes, todo el marco normativo interno vigente, para asegurar su calidad regulatoria y la disminución efectiva de cargas administrativas innecesarias, a fin de procurar su estandarización y congruencia con los objetivos institucionales y las facultades y atribuciones conferidas a la Secretaría; V. Analizar y dictaminar con base en la Justificación regulatoria, todos los proyectos normativos, a fin de contribuir a su calidad regulatoria, asegurando que sean eficaces, eficientes, consistentes y claros; VI. Analizar y recomendar cambios o modificaciones a las disposiciones de carácter general que inciden en la gestión interna de la Secretaría, y cuya emisión, reforma o abrogación, sea competencia de otras instituciones o áreas normativas de la Administración Pública Federal; 4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 VII. Difundir todas las disposiciones vigentes y los proyectos normativos, a través de la Normateca Interna, así como llevar a cabo acciones que garanticen que toda la regulación vigente está publicada de forma íntegra y completa en dicho medio; VIII. Aprobar en su caso, los procedimientos específicos para recibir y dictaminar los proyectos normativos, así como para hacer las convocatorias respectivas y sesionar de forma electrónica o virtual; IX. Aprobar los Lineamientos para el Funcionamiento de la Normateca Interna; X. Integrar Grupos de Trabajo para el diagnóstico, análisis, simplificación y mejora de las disposiciones internas y las que se refieren en la fracción VI anterior, y XI. Las demás que le encomiende el Titular de la Secretaría. CAPITULO TERCERO De las etapas del proceso de calidad regulatoria Análisis inicial SEPTIMO.- Previo a la elaboración de cualquier proyecto normativo, el área normativa emisora competente, deberá analizar de forma integral si éste es necesario y qué problemas o situaciones pretende resolver o atender, y si existen otras alternativas. Elaboración del proyecto normativo OCTAVO.- Para la elaboración de cualquier proyecto normativo, el área normativa emisora competente deberá determinar qué mecanismos o esquemas normativos deberá incluir su proyecto para alcanzar los objetivos deseados y para tal efecto, deberá considerar que la regulación no genere discrecionalidad ni cargas administrativas innecesarias, así como controles o restricciones que afecten negativamente la oportuna gestión y eficacia de la Secretaría. Consulta con usuarios y expertos NOVENO.- Las áreas normativas emisoras deberán presentar ante el COMERI sus proyectos normativos, junto con la Justificación regulatoria respectiva, cuando menos con veinticinco días hábiles de anticipación a la fecha en que se pretenda emitir dicha regulación. El COMERI podrá determinar un plazo menor, considerando las características del proyecto normativo o las circunstancias de urgencia que se presenten. Dicho plazo en ningún caso podrá ser inferior a cinco días hábiles. De forma estrictamente excepcional y en casos de emergencia debidamente comprobada, el COMERI a través de su Presidente y a petición fundada y motivada del área normativa emisora, podrá exceptuar la presentación de los proyectos normativos para el dictamen correspondiente; sin embargo, después de emitida dicha regulación, el área normativa emisora tendrá treinta días hábiles para someterla a revisión y dictamen del COMERI, a efecto de que éste se pronuncie sobre su simplificación, mejora o eliminación. DECIMO.- El COMERI deberá publicar el proyecto normativo en la Normateca Interna para efecto de recibir por dicho medio o por correo electrónico, comentarios, sugerencias, observaciones o propuestas de cualquier interesado. Excepcionalmente y sólo en aquellos casos, en que el proyecto normativo contenga información que la Secretaría vaya a clasificar como información reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, podrá no publicarse el proyecto en la Normateca Interna, pero el COMERI deberá asegurar que todos sus miembros tengan acceso a dicho proyecto. Los comentarios, propuestas u observaciones que surjan en esta etapa serán glosados en un expediente que integre el COMERI y deberán ser incorporados al proyecto, según determine el área normativa emisora. Las propuestas que no sean incorporadas al proyecto deberán contar con una justificación del área normativa emisora que señale el impacto negativo que tendría su inclusión. DECIMO PRIMERO.- Para el análisis y dictamen de los proyectos normativos que correspondan al marco normativo interno de operación, el área normativa emisora evaluará la necesidad y la conveniencia de invitar al COMERI, a los usuarios históricos y/o potenciales de dicho proyecto, para efectos de esa revisión y dictamen, lo cual en su caso, deberá solicitar por conducto del Presidente del COMERI o de su Secretario Técnico, quienes evaluarán la solicitud y determinarán lo procedente. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 5 Revisión, análisis y dictamen DECIMO SEGUNDO.- El COMERI, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción del proyecto normativo, deberá revisarlo y analizarlo, con base en criterios y elementos de simplificación y calidad regulatoria, y formular sus comentarios en la ficha electrónica a que hace referencia el artículo Quinto. Una vez que concluya el plazo para que los miembros del COMERI emitan sus comentarios, el área normativa emisora deberá enviar el dictamen correspondiente dentro de los siguientes cinco días hábiles, al Secretario Técnico y al Titular del Area de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Organo Interno de Control en la Secretaría para su aprobación. Los plazos establecidos podrán ser ampliados por el Secretario Técnico del COMERI por un término no mayor de cinco días hábiles cada uno, cuando la complejidad del proyecto o cualquier otra circunstancia justifique dicha prórroga. Medición de atributos de calidad regulatoria DECIMO TERCERO.- Desde el momento en que el proyecto normativo sea recibido por el COMERI conforme al artículo anterior, el Titular del Area de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Organo Interno de Control en la Secretaría, deberá verificar que el mismo cumpla con los atributos de calidad regulatoria que se indican en la Justificación regulatoria, para emitir su opinión favorable o, en su defecto, las recomendaciones que considere necesarias. Difusión DECIMO CUARTO.- Los proyectos normativos dictaminados favorablemente, deberán ser incorporados a la Normateca Interna dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que sean emitidos. Por lo que ninguna norma interna podrá ser exigida o aplicada a servidor público o persona alguna, si no está debidamente publicada en la Normateca Interna. Las normas internas se publicarán en el medio antes citado de forma íntegra y completa, y en el caso de normas que hayan sido modificadas o reformadas, la publicación será de una versión compilada en la que se indique abajo del texto modificado la fecha en que tuvo lugar cada reforma. Evaluación ex post de la regulación DECIMO QUINTO.- El COMERI de acuerdo a las particularidades de la Secretaría y de su regulación interna, deberá establecer mecanismos y aplicar metodologías que permitan evaluar los efectos e impactos de la regulación vigente, a efecto de someter las normas internas a procesos de simplificación regulatoria y mejora continua. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Se abroga el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para el funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Relaciones Exteriores”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2008. TERCERO.- El COMERI deberá emitir los Lineamientos para el funcionamiento de la Normateca Interna, dentro de los sesenta días naturales posteriores a la entrada en vigor de este Acuerdo. En tanto se expiden los Lineamientos a que se refiere la fracción IX del numeral Sexto del presente Acuerdo, se continuarán aplicando las disposiciones emitidas con anterioridad en lo que no se oponga al presente ordenamiento. CUARTO.- Los proyectos normativos que correspondan al Marco Normativo Interno de Operación, no estarán sujetos a este Acuerdo sino a partir del primero de enero del año 2010. México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de junio de dos mil nueve.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica. 6 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REGLAMENTO Interno del Consejo Consultivo de Desarrollo Social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social. El Consejo Consultivo de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 55 y 56 fracción XII de la Ley General de Desarrollo Social y, 1 del Decreto por el que se crea el Consejo Consultivo de Desarrollo Social, aprobó por unanimidad el siguiente REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE DESARROLLO SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente instrumento tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Consultivo de Desarrollo Social. Artículo 2. El Consejo Consultivo de Desarrollo Social, es el órgano consultivo de la Secretaría de Desarrollo Social, de participación ciudadana y de conformación plural, que tendrá por objeto analizar y proponer programas y acciones que incidan en el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo Social. Artículo 3. Para los fines de este Reglamento, se establecen los siguientes términos: I. Consejo: El Consejo Consultivo de Desarrollo Social; II. Consejero: Los Consejeros miembros de este cuerpo colegiado, conforme la ley; III. Ley: Ley General de Desarrollo Social; IV. Presidente: El Titular de la Secretaría de Desarrollo Social; V. Secretario Ejecutivo: El que designe el Presidente del Consejo; VI. Reglamento: El Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Desarrollo Social, y VII. Secretaría: La Secretaría de Desarrollo Social. Artículo 4. El Consejo estará integrado por: El Presidente, un Secretario Ejecutivo, así como, quince Consejeros que invite la Secretaría por conducto de su Titular. La participación de los Consejeros será por un año y podrá ser renovada, previa invitación que formule el Presidente del Consejo, hasta por un periodo igual. A las sesiones del Consejo podrán asistir los invitados especiales que proponga el Presidente. Artículo 5. El Presidente del Consejo será suplido en sus ausencias por el Secretario Ejecutivo. CAPITULO II DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO Artículo 6. Para cumplir con su objeto, el Consejo tendrá las funciones siguientes: I. Emitir opiniones y formular propuestas sobre la aplicación y orientación de la Política Nacional de Desarrollo Social; II. Impulsar la participación ciudadana y de las organizaciones en el seguimiento, operación y evaluación de la Política Nacional de Desarrollo Social. El Consejo, podrá proponer formas y mecanismos para que la Secretaría considere y, en su caso, realice las acciones que permitan lograr un mayor impulso de la participación ciudadana; III. Apoyar a la Secretaría en la promoción ante los gobiernos estatales y municipales para el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo Social; IV. Proponer a la Secretaría los temas que por su importancia ameriten ser sometidos a consulta pública; Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 7 V. Proponer y propiciar la colaboración de organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros, en el desarrollo social; VI. Proponer la realización de estudios e investigaciones en la materia; VII. Solicitar a las dependencias responsables de la Política de Desarrollo Social información sobre los programas y acciones que éstas realizan. El Consejo, realizará dicha petición a la Secretaría Ejecutiva, para que por su conducto se solicite la información; VIII. Recomendar la realización de auditorías a programas prioritarios cuando existan causas que lo ameriten; IX. Promover la celebración de convenios con dependencias del Ejecutivo Federal, entidades federativas, municipios y organizaciones de la sociedad civil, para la instrumentación de los programas relacionados con el desarrollo social; X. Informar a la opinión pública sobre los aspectos de interés general relativos a la Política Nacional de Desarrollo Social. El Consejo, podrá proponer los medios a través de los cuales, la Secretaría, podrá informar las acciones del Consejo a la opinión pública; XI. Integrar las comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones; XII. Promover formas de trabajo entre los sectores público, social y privado para la superación de la pobreza; XIII. Realizar visitas de campo, con el objeto de conocer la operación de los programas de la Secretaría; XIV. Promover que las publicaciones, libros y demás documentos que elabore o solicite el Consejo en el ejercicio de sus funciones, se hagan a través de medios electrónicos; y XV. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. CAPITULO III DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO Artículo 7. El Presidente del Consejo tendrá las siguientes facultades: I. Representar al Consejo; II. Conducir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo y dirigir sus debates; III. Firmar las actas y acuerdos de las sesiones del Consejo; IV. Someter al Consejo, para su aprobación, el calendario anual de sesiones del mismo; V. Proponer al Consejo la integración de comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones; VI. Solicitarle al Secretario Ejecutivo, que realice el Informe Anual de Actividades del Consejo y someterlo a la consideración de los Consejeros; VII. Invitar a nombre de la Secretaría a quienes tendrán carácter de Consejeros, conforme a la fracción III del artículo 2 del Decreto de creación de este Consejo; VIII. Convocar a través del Secretario Ejecutivo, a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo y autorizar el orden del día correspondiente; IX. Proponer invitados especiales, para que asistan al Consejo. Artículo 8. El Secretario Ejecutivo del Consejo, tendrá las siguientes funciones; I. Emitir las convocatorias para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, previo acuerdo con el Presidente; II. Preparar las sesiones, verificar el quórum y levantar las actas correspondientes. 8 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 III. Llevar un registro y control de las actas, acuerdos y toda la documentación relativa al funcionamiento del Consejo; IV. Firmar las actas y acuerdos que se levanten en las sesiones y remitírselos a los miembros del Consejo dentro de los cinco días hábiles siguientes al cierre de la sesión que se trate; V. Informar al Presidente y a los miembros del Consejo sobre el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos aprobados por el Consejo. VI. Coordinar las comisiones y grupos de trabajo que autorice el Consejo; VII. Fungir de enlace con las instancias consultivas de otros sectores de la Administración Pública Federal, cuando así lo decida el Consejo, en el ejercicio de sus funciones; VIII. Coadyuvar en las actividades que lleven a cabo los Consejeros, en el cumplimiento de las funciones del Consejo; IX. Realizar el Informe Anual de Actividades; X. Suplir al Presidente del Consejo en su ausencia; XI. Proporcionar a los Consejeros, la información referente a los programas y acciones de desarrollo social, así como, del marco jurídico de la dependencia, y XII. Las demás que le señale el Presidente del Consejo. Artículo 9. Los integrantes del Consejo tendrán las siguientes funciones: I. Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias, con voz y voto; II. Firmar las actas y acuerdos que se levanten en las sesiones del Consejo; III. En su caso, elegir un vocero de entre los miembros del Consejo, quien hará públicos los acuerdos del Consejo; IV. Proponer al Consejo los asuntos que considere de interés relevante para su buen funcionamiento. Asimismo, podrán proponer al Consejo, los asuntos que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones descritas en el artículo 7; V. Aprobar por mayoría de votos, los acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo. Los acuerdos, deberán tomarse teniendo en cuenta el interés común y evitar con ello, el conflicto de intereses, conforme a la normatividad aplicable; VI. Emitir opiniones y formular propuestas al seno del Consejo, sobre la aplicación y orientación de la Política Nacional de Desarrollo Social; VII. Considerar y en su caso aprobar el calendario anual de sesiones, la integración de comisiones y grupos de trabajo; VIII. Participar en las comisiones y grupos de trabajo que se integren; IX. Solicitar información a la Secretaría, a través del Secretario Ejecutivo, para el ejercicio de sus funciones, y X. Las demás que les señale el Consejo. CAPITULO IV DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES Y LOS GRUPOS DE TRABAJO Artículo 10. Las comisiones y grupos de trabajo, tendrán por objeto realizar estudios, investigaciones y análisis relacionados con las funciones del Consejo; así como, formular propuestas y emitir opiniones sobre temas específicos de la Política Nacional de Desarrollo Social en el ámbito de su competencia, previo acuerdo por el Consejo. Cada comisión y grupo contará con un Coordinador Consejero y un Secretario Técnico por parte de la Secretaría. Artículo 11. El Coordinador Consejero de cada comisión y grupo de trabajo se encargará de integrar y vigilar el cumplimiento del programa de actividades respectivo. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 9 Artículo 12. El Secretario Técnico tendrá las siguientes funciones: I. Hacer llegar a los miembros de las comisiones y grupos de trabajo la información o documentación que requieran los integrantes de los mismos, así como, las que el Coordinador Consejero considere pertinentes; II. Levantar el acta de las reuniones; III. Llevar el seguimiento de los acuerdos; IV. Las demás que le sean requeridas por el Coordinador Consejero. Artículo 13. Las comisiones y grupos de trabajo se sujetarán a los siguientes lineamientos: I. Podrán participar en las comisiones y grupos de trabajo, los miembros del Consejo, así como, los invitados especiales quienes únicamente tendrán voz; II. Se reunirán con la frecuencia que sus integrantes establezcan para la realización de su programa de actividades; III. Sus opiniones y conclusiones no tendrán carácter definitivo. En todos los casos dichas conclusiones tendrán que ser sancionadas por el Consejo; IV. Los Consejeros recibirán por escrito las propuestas y conclusiones de las comisiones y grupos de trabajo, con el fin, de que tengan una visión integral de los temas que se hayan analizado; V. Las comisiones y grupos de trabajo, podrán recibir en el ejercicio de sus funciones, la colaboración técnica de las unidades administrativas de la Secretaría cuando así lo requieran, así como, de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuando así lo defina el pleno del Consejo; VI. Deberán informar en las sesiones del Consejo, sobre los avances y resultados de sus actividades. CAPITULO V DE LAS SESIONES DEL CONSEJO Artículo 14. Las sesiones se llevarán a cabo en el lugar que en forma expresa se determine en la convocatoria, en el día y hora fijado. Artículo 15. Las sesiones del Consejo serán válidas cuando se encuentren reunidos como mínimo, la mitad más uno de sus miembros y se encuentre presente siempre el Presidente del Consejo o su Suplente. Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad. En caso de no haber el quórum establecido, la sesión se verificará entre los tres y diez días hábiles siguientes debiendo contar con el mismo quórum señalado en este artículo. Artículo 16. Habrá sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se llevarán a cabo cuatro veces al año, las sesiones extraordinarias se efectuarán en cualquier momento a juicio del Presidente, o cuando la mayoría de los consejeros lo solicite. Artículo 17. El orden del día deberá entregarse a los consejeros por lo menos con cinco días hábiles de anticipación a la fecha de la sesión ordinaria o de dos días hábiles para las extraordinarias, acompañando la documentación correspondiente de los asuntos a tratar. Artículo 18. Los acuerdos deberán versar sobre los asuntos contenidos en el orden del día previamente establecido. TRANSITORIO Unico. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Contando con la aprobación de sus integrantes, el Dr. Gustavo Adolfo Merino Juárez, Subsecretario de Prospectiva, Planeación y Evaluación, y Secretario Ejecutivo del Consejo Consultivo de Desarrollo Social, realizará las gestiones necesarias para la publicación del presente Reglamento Interno en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a primero de julio de dos mil nueve.- El Subsecretario de Prospectiva, Planeación y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Secretario Ejecutivo del Consejo Consultivo de Desarrollo Social, Gustavo Adolfo Merino Juárez.- Rúbrica. 10 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SECRETARIA DE SALUD CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA MICHOACANA, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA LIC. TEODORA VAZQUEZ ARROYO, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 11 I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos. I.3 Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente referido. I.4 El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, lo siguiente: La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades. El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno. El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con independencia. Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el diseño de políticas públicas. De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y 2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV y XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de atención a personas con discapacidad. I.5 Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.6 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado por la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán, publicada en el Periódico Oficial de fecha 14 de mayo de 1987 y demás disposiciones jurídicas aplicables. 12 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 II.2 Dentro de sus objetivos se encuentran la prestación de servicios de asistencia social a la población sujeta a estos servicios, así como la coordinación con otras dependencias para el logro de sus objetivos. II.3 Su representante legal está facultada para celebrar el presente instrumento jurídico de conformidad con el artículo 21 fracciones VI y VII de la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán, misma que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le ha sido revocada ni limitada en forma alguna. II.4 Para efectos del presente convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Av. Acueducto y Ventura Puente Lote 17, Col. Bosque Cuauhtémoc, C.P. 58020 en la ciudad de Morelia, Michoacán, México. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país. III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes. III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Coordinación. III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado Michoacán, para la realización de acciones en beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables. III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio y están de acuerdo a sujetarse de conformidad con las siguientes: Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V y VI, IX, X y XI de la Ley General de las Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; 21 fracción VII de la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán; y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad y su Acuerdo Modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008 las partes celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLAUSULAS OBJETO PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación, entre “LAS PARTES” para la ejecución del proyecto específico “Programa Credencial Nacional para Personas con Discapacidad”, contribuyendo al mejoramiento de la economía familiar de dichas personas respaldando su condición social a través de contar con una base de datos sobre la población credencializada, lo que se describe en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado como Anexo 1. APORTACION DE RECURSOS SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y el oficio número 232.000.00/881/2008 de fecha 6 de octubre de 2008, el “DIF NACIONAL” aportará un monto de $132,247.62 (ciento treinta y dos mil doscientos cuarenta y siete pesos 62/100 M.N.). Los recursos serán utilizados para la instalación de un módulo del Programa “Credencial Nacional para Personas con Discapacidad”, la adquisición de impresora, computadora, periféricos y consumibles. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 13 NATURALEZA DE LOS RECURSOS TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio. Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la cláusula segunda. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no sean devengados deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos e intereses financieros por el “DIF ESTATAL” El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, a través de “DIF NACIONAL”, se aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines previstos en el proyecto. CUENTA BANCARIA CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del proyecto. Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del “DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”. COMPROMISOS DE LAS PARTES QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1 se realicen conforme a la normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Justificar el ejercicio de los recursos económicos otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social mediante un informe de cierre al 31 de diciembre a más tardar los primeros días hábiles del 2009; d) Proporcionar y adecuar un área física con accesibilidad para las personas con discapacidad; e) Contar con un acceso o conexión a internet para la transmisión de datos del programa; f) Proporcionar los insumos para la operatividad del programa a partir de que se agoten los insumos adquiridos con los recursos proporcionados por el “DIF NACIONAL” con las características señaladas por éste; g) Emitir todas las credenciales con las características de diseño autorizadas para la operatividad del programa por “DIF NACIONAL”; h) Proporcionar mantenimiento preventivo y correctivo, así como contar con el seguro correspondiente contra daños y pérdida total del equipo y accesorios del Programa “Credencial Nacional para Personas con Discapacidad”; 14 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 i) Supervisar la ejecución del programa e informar sobre la población atendida y actividades desarrolladas en la forma y periodicidad establecida por “DIF NACIONAL”; j) Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere el presente instrumento, con base en los formatos y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”; k) Reintegrar a la Tesorería de la Federación, a través de “DIF NACIONAL”, los recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento; l) Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base en el presente instrumento jurídico se entregan; m) Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes; n) Aceptar y facilitar la realización de visitas de asesoría y seguimiento, y brindar la información y documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran; o) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto; y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las demás aplicables conforme a la legislación. SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este convenio para el objetivo descrito, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la cláusula cuarta; b) Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite; c) En general, cumplir en todo momento con la normativa aplicable. SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a: a) Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá contener la leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente”. REPRESENTANTES DE LAS PARTES OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL “DIF ESTATAL” DR. OSCAR ALEJANDRO ZACARIAS CARDENAS COORDINADOR GENERAL DEL C.R.E.E. MORELIA Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 15 SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; f) Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas. El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. CONTROL Y VIGILANCIA DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente. TRANSPARENCIA DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio, consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. 16 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el cumplimiento de su objeto, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el “DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción, señalando “LAS PARTES” que están de acuerdo en dar por terminado a la fecha de la firma del presente convenio, cualquier instrumento jurídico que se haya celebrado con anterioridad entre “LAS PARTES”, respecto a la operación del Programa Credencial Nacional para Personas con Discapacidad. DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación. DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, el nueve de diciembre de dos mil ocho.- Por el DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del Río Leal.-Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Teodora Vázquez Arroyo.- Rúbrica. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 ENTIDAD FEDERATIVA: Michoacán Naturaleza del Presupuesto PROGRAMA CREDENCIAL NACIONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD TOTAL Nota: Presupuesto Programado Diciembre $132,247.62 $132,247.62 $132,247.62 $132,247.62 Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, Teodora Vázquez Arroyo.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 17 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto. Fecha de recepción FOLIO 29 de septiembre de 2008 PD-EO8-17-004 Lugar y Fecha de emisión del proyecto Morelia, Michoacán, 27 de septiembre de 2008 1. Datos Generales Nombre del Estado MICHOACAN Nombre del Director LIC. TEODORA VAZQUEZ ARROYO del SEDIF Domicilio Av. Acueducto esquina con Ventura Puente, Col. Bosque Cuauhtémoc, Morelia, Mich. C.P. 58020 Teléfono Correo electrónico Página Web 443-313-35-40 [email protected] www.dif.michoacan.gob.mx 2. Nombre del Proyecto Integral Fortalecimiento de las Capacidades Instaladas para la Atención Integral a Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán. 3. Nombre del Proyecto Específico Instalación de módulo para el Programa Credencial Nacional para personas con Discapacidad 4. Objetivo del Proyecto Específico Contribuir al mejoramiento de la economía familiar de las personas con discapacidad en el estado de Michoacán. Respaldar socialmente la condición de discapacidad, además de contar con una base de datos sobre la población credencializada en el estado de Michoacán. SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida. 5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) REGION 1: 1. Acuitzio 2. Alvaro Obregón 3. Ario de Rosales 4. Carácuaro 5. Coeneo 6. Copándaro 7. Cuitzeo Localidad(es) Se consideran las localidades de los municipios relativamente cercanas al Municipio de Morelia y con fácil acceso al CREE Morelia. 18 (Segunda Sección) 8. Charo 9. Chucándiro 10. Erongarícuaro 11. Huandacareo 12. Huaniqueo 13. Huiramba 14. Indaparapeo 15. Villa Jiménez 16. Lagunillas 17. Villa Madero 18. Morelia 19. Nocupétaro 20. Panindícuaro 21. Pátzcuaro 22. Puruándiro 23. Queréndaro 24. Quiroga 25. Salvador Escalante 26. Santa Ana Maya 27. Tarímbaro 28. Tacámbaro 29. Turicato 30. Tzintzuntzan 31. Tzitzio 32. Zacapu 33. Zinapécuaro 34. Contepec DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad Con este proyecto se beneficiarán alrededor de 1,600 personas con discapacidad en el estado 7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas No siempre es evidente la discapacidad en las personas, por lo que se hace necesario contar con un medio de identificación que respalde socialmente esa condición y al mismo tiempo sirva para acceder a diversos beneficios. Asimismo, es importante recordar que el poder adquisitivo de las personas con discapacidad y sus familias se ve mermado por los recursos económicos que se destinan para su atención y compra de equipo especializado y transporte, así como la falta de oportunidades para el trabajo. Por ello resulta necesario apoyar de manera efectiva a la población que presenta algún tipo de discapacidad permanente, y una de estas maneras es mediante el otorgamiento de descuentos y precios preferenciales en productos y servicios a través de una credencial nacional. No debemos olvidar que la discapacidad es un problema con tendencia creciente, 2 por ciento anualmente según fuentes del INEGI, debido en gran medida a la reducción progresiva de las tasas de mortalidad y al incremento de la esperanza de vida. Aunado a lo anterior, factores como la migración, pobreza y etnicidad y dispersión poblacional, impactan en forma negativa las posibilidades de bienestar y desarrollo de cientos de pobladores de comunidades vulnerables y marginadas, reduciendo en 10 años las posibilidades de una vida saludable. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 19 En las próximas décadas la transición demográfica modificará la estructura por edades de la población, lo que tendrá repercusiones en las necesidades y aumento en la demanda de los servicios en la población adulta. De acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2000 del INEGI, Michoacán tiene un total de 85,165 personas con discapacidad. El tipo de discapacidad que alcanza el primer lugar es el motriz, la cual se presenta en 44.9% (38,239) de la población, seguida de la discapacidad visual, que también presenta un mayor porcentaje de incidencias 26.8% (22,824), mientras que el tercer lugar la ocupa la discapacidad auditiva, la cual es marcada por el 17% (14,478). Es importante mencionar, que el 25.0% (21,291) de la población y grupo de edad de mayor incidencia de discapacidad son personas de 15 a 64 años de edad, situación que se deriva de las condiciones que han enfrentado a lo largo de la vida. Por el contrario, durante los primeros años de edad, de 0 a 4 años son los niños quienes muestran menor vulnerabilidad e incidencia a sufrir algún trastorno por discapacidad. En el Estado de Michoacán las personas con discapacidad no cuentan con una credencial que los respalde socialmente y que les sirva para acceder a diversos beneficios como el transporte y otros, por lo que, con la credencialización se estará incluyendo a este sector de la población en el acceso a los servicios. 8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos La vida útil está proyectada para dar atención en un periodo de 5 años, por lo cual deberá ser revalorada la situación y el desarrollo del fenómeno de la discapacidad. Implementando estrategias para ampliar la capacidad instalada y promoviendo la firma de Convenios Nacionales para el otorgamiento de descuentos a las personas credencializadas y continuar la firma de convenios en los niveles estatal y municipal nos permitirá incrementar la vida útil del proyecto TERCERA PARTE: Obras y acciones. 9. Lista y descripción de las OBRAS No aplica Obras Fecha de inicio Fecha de término No aplica No aplica No aplica Costo estimado de las obras Obra Monto No aplica Total No aplica 10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS No aplica 20 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 11. Lista y descripción de las ACCIONES Vertiente A.3. Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de Personas con Discapacidad A.3.15 Equipo de cómputo con respecto cada tipo de discapacidad A.3.22 Adquisición de impresora, periféricos y consumibles. Acciones Fecha de inicio Fecha de término Adquisición de impresora, Diciembre de 2008 computadora, periféricos y consumibles. Instalación de módulo para el Programa Credencial Nacional para personas con Discapacidad Diciembre de 2008 Costo estimado de las acciones Acciones Monto Impresora Zebra P520i $70,000.00 Computadora Laptop $20,000.00 Periféricos (cámara fotográfica, tripie, pad de huella, pad de firma) $16,247.00 Consumibles para 3,000 credenciales $26,000.62 Total $132,247.62 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES En el Estado de Michoacán, se iniciaron operaciones del programa el 28 de noviembre de 2005 El trámite y la expedición de la credencial no tienen ningún costo para quienes lo solicitan, y con ella las personas con discapacidad tienen acceso a beneficios, tales como: contar con algunos descuentos en transporte terrestre y aéreo, descuentos en algunas farmacias, identificación, ingresar en el padrón de discapacidad La población a la que va dirigida el Programa son personas con discapacidad permanente de los siguientes tipos: neuromotora, auditiva, músculo esquelética, visual, lenguaje e Intelectual. Esta credencial está avalada por el Registro Nacional de Población (RENAPO) Los requisitos del programa son: Asistir personalmente al módulo de credencialización. Solicitar y llenar con datos completos la cédula de registro. Presentar original y copia de los siguientes documentos: Certificado médico de discapacidad permanente, expedido por una institución pública del sector salud. Acta de nacimiento o documento migratorio. CURP (Clave única de registro de población). Comprobante de domicilio. Características de la credencial: Un mismo diseño, imagen y colores en todo el país. Impresa en material P.V.C. y con una durabilidad mínima de 5 años. Impresa a colores por ambas caras. Con fotografía. Con huella digital. Con código de barras. Con holograma Securité La población credencializada hasta septiembre de 2008 en el Estado de Michoacán asciende a 2,244. Actualmente el Estado de Michoacán se encuentra en proceso final de la firma de beneficios, relacionado con los siguientes aspectos: Motivo para la adquisición de un módulo para fortalecer el programa Credencial Nacional para personas con Discapacidad: Impresora Zebra P520i, Computadora Laptop, Periféricos (cámara fotográfica, tripie, pad de huella, pad de firma, Consumibles para 3,000 credenciales) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 21 CUARTA PARTE: Metas e indicadores. 13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar Actualmente se atiende a un promedio de 130 personas mensuales, ya que el proceso de captura de datos y emisión del plástico tarda aproximadamente 45 minutos por cada persona que solicita el servicio. Por ello, con el aumento de un módulo de atención se prevé incrementar en un 60% aproximadamente la atención de personas con discapacidad que buscan la credencial, dando como resultado el poder credencializar a 1,600 personas) durante el próximo año 14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación Porcentaje de credenciales otorgadas a personas con Expediente del usuario discapacidad Informes mensuales de número de credenciales Número de credenciales expedidas a personas con expedidas discapacidad en el periodo ___________________________ x 100 Número de credenciales para personas con discapacidad programadas en el período QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos. 15. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación. SNDIF Supervisión del avance del proyecto SEDIF Seguimiento de la ejecución del proyecto de acuerdo a los compromisos establecidos. 16. Factores críticos de éxito. No existen SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto. 17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Cargo o puesto Teodora Vázquez Arroyo Directora General Michoacán Delia Villalobos Arciga C.P. Mireya Hernández Teléfono y correo electrónico del SDIF 443 31-13-35-40 al 42 [email protected] Directora de Asistencia e 443 3-13-35-40 al 42 Integración Social del SDIF [email protected] Michoacán Campos Enlace Administrativa del SDIF 443 3-13-35-40 al 42 Michoacán [email protected] La Directora General del SEDIF, Teodora Vázquez Arroyo.- Rúbrica. 22 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de San Luis Potosí. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA LIC. GUADALUPE ISADORA AVILA MONTOYA, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: I. II. III. IV. ANTECEDENTES La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. En congruencia con lo anterior, con fecha 30 de diciembre de 2007, el “DIF NACIONAL”, publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACION”, mismas que se modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008 y que tiene como objetivo general, el de prestar servicios de atención y rehabilitación a las personas con discapacidad o en curso de procesos discapacitantes; apoyarles en su integración social con la finalidad de contribuir a su pleno desarrollo, a la generación de oportunidades. Promover e instrumentar acciones de información y orientación a la población en general para modificar los factores de riesgo, así como de detección temprana, prevención, llevar a cabo la profesionalización de los recursos humanos. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 23 I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos. I.3 Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente referido. I.4 El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, lo siguiente: La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades. El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno. El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con independencia. Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el diseño de políticas públicas. El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación, educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades. De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y 2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV y XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de atención a personas con discapacidad. I.5 Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.6 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, regulado por la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipio de San Luis Potosí, publicada el 19 de enero de 2002. 24 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 II.2. Su representante legal está facultada para celebrar el presente instrumento jurídico de conformidad con el artículo 29, fracción VII y VIII de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí. II.3 Que la Lic. Guadalupe Isadora Avila Montoya acredita su carácter de Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de fecha veintiséis de Septiembre del 2003 hasta un máximo de la presente administración del veinticinco de Septiembre del 2009. II.4 Para efectos del presente convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Nicolás Fernando Torre No. 500, Col. Jardín, C. P. 78270, en la ciudad de San Luis Potosí. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país. III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes. III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Coordinación. III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado San Luis Potosí, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables. III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio. Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V y VI, IX, X y XI de la Ley General de las Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; 29, fracciones VII y VIII de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad y su Acuerdo Modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008;las partes celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLAUSULAS OBJETO PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación, entre “LAS PARTES” para el apoyo y ejecución de los proyectos específicos denominados “Mantenimiento, Equipamiento y Ampliación de UBRS” y “Equipamiento, Insumos y Materiales de Ortesis y Prótesis”, descritos en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado como Anexo 1, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACION”. APORTACION DE RECURSOS SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACION” y el Anexo 1, el “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACION” por un monto de $2’893,000.00 (dos millones ochocientos noventa y tres mil pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán a lo largo del año conforme al anexo 2. NATURALEZA DE LOS RECURSOS TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 25 Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la cláusula segunda. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no sean devengados a más tardar el 31 de diciembre y aplicados así como acreditados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”. El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines previstos en el proyecto. CUENTA BANCARIA CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del proyecto. Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del “DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”. COMPROMISOS DE LAS PARTES QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1, se realicen de acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACION” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades de este instrumento; d) Informar cuando menos en forma trimestral al “DIF NACIONAL” a través de la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten fehacientemente la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere las presentes Reglas; f) Entregar al “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este instrumento; g) Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de “DIF NACIONAL”, según sea el caso, los recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento; h) Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base en el presente instrumento jurídico se entregan; i) Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes; j) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de aportación y demás contenido del proyecto materia del presente convenio; 26 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 k) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran; l) Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Unidad de Asistencia e Integración Social; m) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto; n) Otorgar la atención que corresponda, conforme a la disponibilidad de sus recursos propios, a las solicitudes de ayudas funcionales y de atención de personas con discapacidad que le sean enviadas por la Unidad de Asistencia e Integración Social, sin que para el efecto tenga que mediar petición mediante oficio en papel. Para este efecto, se conviene que el e-mail será el medio oficial de intercambio, y el SEDIF se obliga a informar de la atención correspondiente en un máximo de 30 días naturales la fecha en que reciba la petición. Para lo cual, dará a conocer al “DIF NACIONAL” el correo electrónico para tal efecto; o) Designar a un enlace con el “DIF NACIONAL” para proporcionar información que contribuya a la integración del diagnostico nacional de discapacidad, en los términos y metodologías que el DIF NACIONAL establezca y comunique por escrito, y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las demás aplicables conforme a la legislación. Las partes acuerdan que para efectos del inciso d) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la cláusula cuarta; b) Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite; c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACION”. SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a: a) Suscribir un acta de cierre y finiquito de las acciones materia del presente instrumento, una vez concluida la vigencia del mismo; b) Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá contener la leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente”. REPRESENTANTES DE LAS PARTES OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL “DIF ESTATAL” LIC. JOSE IGNACIO PORTILLO RENDON DIRECTOR DE INTEGRACION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 27 Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; f) Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas. El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. CONTROL Y VIGILANCIA DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente. TRANSPARENCIA DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio, consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. 28 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el “DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación. DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, el ocho de septiembre de dos mil ocho.- Por el DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del Río Leal.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Guadalupe Isadora Avila Montoya.- Rúbrica. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 ENTIDAD FEDERATIVA: San Luis Potosí NATURALEZA DEL PRESUPUESTO PRESUPUESTO PROGRAMADO Septiembre MANTENIMIENTO, EQUIPAMIENTO Y AMPLIACION DE UBRS $1,372,000.00 $1,372,000.00 EQUIPAMIENTO, INSUMOS Y MATERIALES DE ORTESIS Y PROTESIS $1,521,000.00 $1,521,000.00 TOTAL $2,893,000.00 $2,893,000.00 NOTA: Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Guadalupe Isadora Avila Montoya.Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 29 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto. Fecha de recepción FOLIO 5 de Agosto de 2008 PD-E08-24-001 Lugar y Fecha de emisión del proyecto San Luis Potosí, S.L.P. junio 2008 1. Datos Generales Nombre del Estado San Luis Potosí Nombre del Director del Lic. Isadora Guadalupe Avila Montoya SEDIF Domicilio Nicolás Fernando Torre No. 500, Col Jardín Teléfono Correo electrónico Página Web 2. Nombre del Proyecto Integral FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACION DE LOS SERVICIOS DE REHABILITACION PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. 2. Nombre del Proyecto Específico MANTENIMIENTO, EQUIPAMIENTO Y AMPLIACION DE UNIDADES BASICAS DE REHABILITACION (UBRS) 3. Objetivo del Proyecto Específico Reequipar los centros y unidades básicas de rehabilitación con equipo básico necesario para su adecuado funcionamiento y servicio. SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida. 10. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) Localidad(es) San Luis Potosí Cabeceras municipales Ahualulco San Luis Potosí Alaquines Ahualulco Aquismón Alaquines Armadillo de los Infantes Aquismón Cárdenas Armadillo de los Infantes Catorce Cárdenas Cedral Catorce Cerritos Cedral Cerro de San Pedro Cerritos Ciudad del Maíz Cerro de San Pedro Ciudad Fernández Ciudad del Maíz 30 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Tancanhuitz de Santos Ciudad Fernández Ciudad Valles Tancanhuitz de Santos Coxcatlán Ciudad Valles Charcas Coxcatlán Ebano Charcas Guadalcázar Ebano Huehuetlán Guadalcázar Lagunillas Huehuetlán Matehuala Lagunillas Mexquitic de Carmona Matehuala Moctezuma Mexquitic de Carmona Rayón Moctezuma Rioverde Rayón Salinas Rioverde San Antonio Salinas San Ciro de Acosta San Antonio San Luis Potosí San Ciro de Acosta San Martín Chalchicuautla San Luis Potosí San Nicolás Tolentino San Martín Chalchicuautla Santa Catarina San Nicolás Tolentino Santa María del Río Santa Catarina Santo Domingo Santa María del Río San Vicente Tancuayalab Santo Domingo Soledad de Graciano Sánchez San Vicente Tancuayalab Tamasopo Soledad de Graciano Sánchez Tamazunchale Tamasopo Tampacán Tamazunchale Tampamolón Corona Tampacán Tamuín Tampamolón Corona Tanlajás Tamuín Tanquián de Escobedo Tanlajás Tierra Nueva Tanquián de Escobedo Vanegas Tierra Nueva Venado Vanegas Villa de Arriaga Venado Villa de Guadalupe Villa de Arriaga Villa de la Paz Villa de Guadalupe Villa de Ramos Villa de la Paz Villa de Reyes Villa de Ramos Villa Hidalgo Villa de Reyes Villa Juárez Villa Hidalgo Axtla de Terrazas Villa Juárez Xilitla Axtla de Terrazas Zaragoza Xilitla Villa de Arista Zaragoza Matlpa Villa de Arista El naranjo Matlpa El naranjo Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 31 11. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad En el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, en el estado de San Luis Potosí se registraron 48,190 personas con discapacidad de las cuales, 20,442 presentaban discapacidad motora, 8,597 discapacidad auditiva, 2,610 de lenguaje, 14,198 visual, 7,248 mental y no especificado 376. Se espera atender en los centro de rehabilitación (UBR): 11,000 pacientes de las distantes discapacidades predominantemente la de tipo motor en 45%, así como otorgar 230,000 sesiones de terapia. 12. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas Existen en San Luis Potosí, Unidades Básicas de Rehabilitación desde 1997, Actualmente contamos con 52 Unidades Básicas de Rehabilitación que se han inaugurado a lo largo de estos años hasta la fecha. En estas unidades el equipo con el que se cuenta resulta insuficiente o ya ha dejado de funcionar o no esta actualizado. El personal con el que cuentan las Unidades Básicas de Rehabilitación del Estado de San Luis Potosí tiene la particularidad de ser personal capacitado. 12. Vida útil del proyecto y narración de los motivos Se espera que este proyecto de reequipamiento tenga una vida útil de 5 años aproximadamente, función deseada que se contempla en la mayoría de los equipos. Prologándose a su vez con un adecuado mantenimiento. TERCERA PARTE: Obras y acciones 13. Lista y descripción de las OBRAS No aplica Obras Fecha de inicio No aplica Costo estimado de las obras Obra Monto No aplica Fecha de término Total 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS No aplica 14. Lista y descripción de las ACCIONES − − − Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la Discapacidad. Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF. Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado. − 10 CORRIENTES INTERFERENCIALES − 10 ULTRASONIDOS 1 y 3 MHZ − 6 ELECTROESTIMULADOR TRANSCUTANEO − 6 TINAS DE REMOLINO PARA MIEMBRO INFERIOR. − 2 EQUIPOS DE RAYO LASER − CALENTADORES PARA GEL − PARAPODIUM INFANTILES − MESAS PASTEUR − MESAS DE TRATAMIENTO MEDIDA ESPECIAL − COMPRESEROS DE 12 − ASIENTOS ESPECIALES PARA NIÑOS DE CUSTODIA ADAPTABLES A SILLAS CONVENCIONALES. 32 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 JUEGOS DE EVALUACION DE MANO JUEGO PARA VESTIDO- DESVESTIDO − TABLA DE FOMY CON 30 PIJAS DE COLORES − PARAFINEROS Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad. Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad. Apoyo a financiar A.3.21.- Otros sujetos a aprobación. − 50 COLCHONES DE 2 x 2 − 5 TIMON − POLEAS − BARRAS PARALELAS PARA ADULTO − SOPORTE PARCIAL PARA NIÑOS − 10 ESPEJOS MOVILES − BARRAS PARALELAS PARA NIÑOS − 10 BICICLETAS FIJAS − − - Acciones Fecha de inicio Fecha de término Adquirir el equipo médico especializado Agosto 2008 que se lista en el apartado de abajo Octubre 2008 Requerimientos de las UBR Diciembre 2008 Noviembre 2008 Costo estimado de las acciones ACCIONES Monto 50 COLCHONES DE 2 x 2 2 998.00 149 917.00 10 CORRIENTES INTERFERENCIALES 12 332.00 123 325.00 10 ULTRASONIDOS 1 y 3 MHZ 10 737.00 107 369.00 6 ELECTROESTIMULADOR TRANSCUTANEO 3 588.00 21 530.00 5 TIMON 4 148.00 20 742.00 3 POLEAS 3 522.00 10 566.00 6 TINAS DE REMOLINO PARA MIEMBRO INFERIOR. 38 333.00 230 000.00 6 BARRAS PARALELAS PARA ADULTO 7 393.00 44 356.00 1 SOPORTE PARCIAL PARA NIÑOS 34 038.00 34 038.00 2 EQUIPOS DE RAYO LASER 23 401.00 46 802.00 6 CALENTADORES PARA GEL 1 293.00 7 759.00 6 PARAPODIUM INFANTILES 7 393.00 44 356.00 20 MESAS PASTEUR 1 388.00 27 756.00 20 MESAS DE TRATAMIENTO MEDIDA ESPECIAL 3 404.00 68 076.00 8 COMPRESEROS DE 12 12 232.00 97 860.00 10 ESPEJOS MOVILES 3 404.00 34 038.00 2 BARRAS PARALELAS PARA NIÑOS 6 382.00 12 764.00 8 ASIENTOS ESPECIALES PARA NIÑOS DE CUSTODIA ADAPTABLES A SILLAS CONVENCIONALES. 2 659.00 21 274.00 2 JUEGOS DE EVALUACION DE MANO 13 083.00 26 167.00 1 JUEGO PARA VESTIDO- DESVESTIDO 7 978.00 7 978.00 1 TABLA DE FOMY CON 30 PIJAS DE COLORES 3 894.00 3 894.00 4 PARAFINEROS 3 829.00 15 317.00 10 BICICLETAS FIJAS 3 723.00 37 229.00 Total 1,193,113.00 + I.V.A. 178,966.00 = $1,372,079.00 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 33 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES Se han instalado desde 1997, hasta la actualidad 50 UBR, en el mismo número de municipios, las primeras unidades básicas de rehabilitación cuenta con poco equipo electromédico, o con equipo que ya no funciona adecuadamente, ocasionando que se otorguen servicios con muchas limitantes, es importante destacar que con la existencia de las UBR se crea una gran expectativa en la población con discapacidad de los municipios ya que ven mejorada su calidad de vida y gastan menos recursos, por lo que es importante garantizar el adecuado funcionamiento de estas Unidades y apoyar a los municipios que se han esforzado por mejorar la infraestructura de las mismas. CUARTA PARTE: Metas e indicadores 15. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar Brindar terapia a 11,000 Personas con discapacidad que acuden a los centros de Rehabilitación. 11. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación Porcentaje de personas que reciben prevención y Registro diario de consultas y terapias. atención en discapacidad. Número de personas que reciben prevención y atención para la discapacidad durante el periodo X 100 Número de personas que solicitan prevención y atención para la discapacidad durante el periodo QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos 16. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación DIF Nacional Convenio de colaboración DIF Estatal Distribución de los recursos otorgados DIF Municipal Convenio de colaboración 18. Factores críticos de éxito. El no adecuado seguimiento para la continuidad de las actividades de las Unidades Básicas de Rehabilitación por parte de las administraciones municipales. SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto 21. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Lic. Guadalupe Montoya. Cargo o puesto Isadora Avila Directora del DIF Estatal Lic. José Ignacio Portillo Rendón Teléfono y correo electrónico 01 444 151 5000 [email protected] Director de Integración Social de 01 444 151 5000 Personas con Discapacidad [email protected] La Directora del DIF Estatal, Guadalupe Isadora Avila Montoya.- Rúbrica. 34 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto Fecha de recepción FOLIO 6 de Agosto de 2008 PD-E08-24-002 Lugar y Fecha de emisión del proyecto San Luis Potosí, S.L.P. 1. Datos Generales Nombre del Estado San Luis Potosí Nombre del Director del Lic. Guadalupe Isadora Avila Montoya SEDIF Domicilio Nicolás Fernando Torre 500, Col. Jardín Teléfono Correo electrónico Página Web (444)151-5005 [email protected] www.difslp.gob.mx 2. Nombre del Proyecto Integral Fortalecimiento y modernización de los servicios de rehabilitación e integración de las personas con discapacidad del Estado de San Luis Potosí. 2. Nombre del Proyecto Específico EQUIPAMIENTO, INSUMOS Y MATERIALES DE ORTESIS Y PROTESIS 3. Objetivo del Proyecto Específico Contar con el equipamiento necesario, así como con los insumos y materiales para la elaboración con calidad de los trabajos de órtesis y prótesis, de los pacientes con discapacidad en situación vulnerable que acuden al CREE para complementar su proceso de rehabilitación y lograr su integración escolar y/o laboral, social y deportiva. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida 10. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) Localidad(es) San Luis Potosí Cabeceras municipales Ahualulco San Luis Potosí Alaquines Ahualulco Aquismón Alaquines Armadillo de los Infantes Aquismón Cárdenas Armadillo de los Infantes Catorce Cárdenas Cedral Catorce Cerritos Cedral Cerro de San Pedro Cerritos Ciudad del Maíz Cerro de San Pedro Ciudad Fernández Ciudad del Maíz Tancanhuitz de Santos Ciudad Fernández Ciudad Valles Tancanhuitz de Santos Coxcatlán Ciudad Valles Charcas Coxcatlán Ebano Charcas Guadalcázar Ebano Huehuetlán Guadalcázar Lagunillas Huehuetlán Matehuala Lagunillas Mexquitic de Carmona Matehuala Moctezuma Mexquitic de Carmona Rayón Moctezuma Rioverde Rayón Salinas Rioverde San Antonio Salinas San Ciro de Acosta San Antonio San Luis Potosí San Ciro de Acosta San Martín Chalchicuautla San Luis Potosí San Nicolás Tolentino San Martín Chalchicuautla Santa Catarina San Nicolás Tolentino Santa María del Río Santa Catarina Santo Domingo Santa María del Río San Vicente Tancuayalab Santo Domingo Soledad de Graciano Sánchez San Vicente Tancuayalab Tamasopo Soledad de Graciano Sánchez Tamazunchale Tamasopo Tampacán Tamazunchale Tampamolón Corona Tampacán Tamuín Tampamolón Corona Tanlajás Tamuín Tanquián de Escobedo Tanlajás Tierra Nueva Tanquián de Escobedo Vanegas Tierra Nueva (Segunda Sección) 35 36 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Venado Vanegas Villa de Arriaga Venado Villa de Guadalupe Villa de Arriaga Villa de la Paz Villa de Guadalupe Villa de Ramos Villa de la Paz Villa de Reyes Villa de Ramos Villa Hidalgo Villa de Reyes Villa Juárez Villa Hidalgo Axtla de Terrazas Villa Juárez Xilitla Axtla de Terrazas Zaragoza Xilitla Villa de Arista Zaragoza Matlpa Villa de Arista El naranjo Matlpa Viernes 3 de julio de 2009 El naranjo 11. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad En el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, en el estado de San Luis Potosí se registraron 48,190 personas con discapacidad de las cuales, 20,442 presentaban discapacidad motora, 8,597 discapacidad auditiva, 2,610 de lenguaje, 14,198 visual, 7,248 mental y no especificado 376. Se espera atender a 197 pacientes con discapacidad motora principalmente que requieren de una órtesis o prótesis y que pueden acudir al centro durante el presente año. 12. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas Las personas con alguna amputación presentan una disminución severa en su calidad de vida y en su productividad laboral además de las secuelas emocionales asociadas. Se calcula que sólo el 10% de las personas con amputación se someten a algún programa de rehabilitación, de los cuales sólo el 30% logra adaptarse de manera adecuada a la prótesis Las prótesis son sumamente costosas y pueden llegar a precios de hasta $90,000.00. Por lo anterior, el costo económico que sufren los afectados así como los Sistemas de Salud a raíz de una amputación, son considerablemente elevados. La demanda de elaboración de órtesis y prótesis ha incrementado en el Estado, y se estima que habrá incremento en la demanda de estos aparatos por que en la actualidad hay una mayor conciencia de la importancia de la rehabilitación para la población en situación vulnerable que presenta discapacidad motora, además se espera que se incremente la demanda de atención en este Centro de Rehabilitación posterior a las obras de ampliación y modernización. Durante el año 2007 se fabricaron 30 prótesis en el Laboratorio de este Centro, pero el tiempo promedio de fabricación es de más 6 meses además de que por lo general el paciente debe de acudir en repetidas ocasiones para que se realicen modificaciones al soquet o arreglos en la alineación ya que la calidad del trabajo realizado no es el óptimo a pesar de que se cuenta con el material en cantidad necesaria con la calidad requerida ya que son piezas fabricadas por compañías de renombre a nivel el internacional; todo lo anterior retrasa el proceso de Rehabilitación de nuestros pacientes. En el área de órtesis y prótesis de este centro contamos con dos auxiliares técnicos que recibieron la capacitación en el CREE Iztapalapa para la fabricación de órtesis principalmente, pero no fabrican prótesis o aparatos de complejidad elevada como los aparatos mixtos; contamos también con un Técnico Ortesista Prótesista quien fabrica prótesis y órtesis, pero hemos detectado que la falta actualizarse. Tenemos un gran número de pacientes de muy bajos recursos económicos, factor importante para el mal manejo de enfermedades crónico-degenerativas que son una de las causas más importantes de amputación en esta población les impide adquirir la prótesis de manera particular. 12. Vida útil del proyecto y narración de los motivos Se espera que la vida útil de proyecto sea de 5 años. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) TERCERA PARTE: Obras y acciones 13. Lista y descripción de las OBRAS No aplica Obras Fecha de inicio Fecha de término NO APLICA Costo estimado de las obras Obra Monto NO APLICA Total 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS 14. Lista y descripción de las ACCIONES Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad. Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad. Apoyo a financiar A.3.12.- Elaboración de prótesis y órtesis. La lista para elaborar el órtesis y prótesis se presenta en la parte de abajo Acciones Fecha de inicio Fecha de término 30 de noviembre de 2008 Compra de equipo Específico Agosto del 2008 y material para órtesis y prótesis. Costo estimado de las acciones Acciones Monto 4 440.00 111 000.00 25 kits para prótesis para amputado por debajo de rodilla. P/amputado abajo de rodilla endoesquelética: adaptador giratorio de 4 patas p/pirámide adaptador p/tubo con pirámide, tubo de extensión adaptador en acero liviano, adaptador p/pie Sach con tornillo en acero liviano, pie Sach, manga de neopreno, funda y medias (1 par) cosméticas. 6 940.00 173 500.00 25 kits para prótesis para amputado por arriba de rodilla. P/amputado arriba de rodilla endoesquelética: adaptador giratorio de 3 patas rodilla tipo 3r15, adaptador piramidal, tubo de extensión, adaptador p/pie Sach con tornillo pie Sach, cinturón de neopreno, funda y medias (1 par) cosméticas, válvula de succión. 15 700.00 78 500.00 5 kits para prótesis para desarticulado de cadera p/desarticulado de cadera: articulación de cadera en acero liviano, tubo de extensión adaptador en acero liviano, adaptador para cadera, rodilla de 4 barras, adaptador piramidal adaptador para pie Sach con tornillo, pie Sach, funda y medias (1 par) cosméticas, cinturón de neopreno para desarticulado de cadera especial. 8 500.00 85 000.00 10 kits para prótesis para desarticulado de rodilla p/desarticulado de rodilla: rodilla protésica modular de 4 ejes, adaptador piramidal para tubo, tubo de extensión, adaptador para pie Sach con tornillo, pie Sach, manga de neopreno medias (1 par) y funda cosmética 37 38 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 13 143.00 92 000.00 9 643.00 67 500.00 6 500.00 3 500.00 4 500.00 4 500.00 13 000.00 7 000.00 9 000.00 9 000.00 3 300.00 1 900.00 2 500.00 2 750.00 3 748.00 21 500.00 9 900.00 3 800.00 5 000.00 5 500.00 3 748.00 43 000.00 8 000.00 3 900.00 3 000.00 6 000.00 2 200.00 3 500.00 15 500.00 16 000.00 3 900.00 3 000.00 6 000.00 2 200.00 3 500.00 31 000.00 1 APARATO PARA TOMA DE MOLDES POR ABAJO Y POR ARRIBA DE RODILLA 1 APARATO PARA TOMA DE MOLDES PARA DESARTICULADO DE CADERA 46 000.00 46 000.00 46 000.00 46 000.00 1 MARCO SOPORTE MODULAR (MODELO LUCAS) 5 MESAS DE TRABAJO CON COMPARTIMENTOS DE DURALUMINIO 26 000.00 26 000.00 12 000.00 60 000.00 4 500.00 3 000.00 6 500.00 4 500.00 3 000.00 6 500.00 7 kits para prótesis para amputado por debajo de codo. 7 kit para prótesis para amputado por arriba de codo. Asesoria en fabricación de O Y P 2 MAQUINAS DE SUCCION 2 TALADROS DE COLUMNA 2 TALADROS DE COLUMNA PARA MESA 2 CARROS PARA TOMA DE MOLDES (PARA ELABORAR FERULAS DE YESO. 3 STRAKER O SIERRA OSCILANTE ELECTRICAS 2 PLANCHAS DE PVA 2 TORNILLOS DE BANCO CON PEDESTAL 2 TORNILLOS DE CADENA CON PEDESTAL 1 ESMERIL CON PEDESTAL 2 DEVANADORAS O TRAUMAN EXTRACTORES DE AIRE 2 MESAS DE RECTIFICACION DE YESO CON 1 PIE DE ZAPATERO 1 PRENSA DE HUESILLO DE REVOLVER 1 CONTENEDOR DE YESO (DESPACHADOR) 1 NIVEL PELVICO DE BURBUJA 1 BATIDORA PARA YESO 2 SILLAS PARA NEUMATICAS TOMA DE MOLDES 1 TUBO DE SUCCION CON PLATO 755X104=180 1 TUBO DE SUCCION CON PLATO 755 x43 =260 1 SOPORTE DE COLUMNA PARA TALADRO DE MANO. 2 JUEGO DE FRESAS PARA DEVANADORA 1 MAQUINA PARA CORTAR CORREAS 1 PLOMADA LASER 1 COMPRESORA ASESORIA PARA FABRICACION DE ORTESIS Y PROTESIS 1 MAQUINA DE COSER PARA ZAPATERO 2 MAQUINA DE COSER INDUSTRIAL 1 BANCO DE ACABADO PARA ZAPATERO 1 PLANCHA PARA PLANTILLAS 2 ARMARIO DE ALMACEN 1 ESTANTE PARA MATERIAL ESPECIAL 1 ELEVADOR PARA SILLA DE RUEDAS 1 ARMARIO DE SEGURIDAD Total 6 000.00 4 300.00 30 000.00 14 000.00 100 000.00 12 000.00 4 300.00 30 000.00 14 000.00 100 000.00 32 000.00 32 000.00 18 500.00 37 000.00 36 000.00 36 000.00 7 500.00 7 500.00 8 500.00 17 000.00 9 500.00 9 500.00 23 000.00 23 000.00 27 000.00 27 000.00 1 323,518.00 + I.V.A. 198,527.00 = $1 522,045.00 Nota: Para este proyecto el presupuesto autorizado es de $1,521,000.00 en caso de existir diferencia a la alza, el Estado será quien aporte la cantidad que permita cumplir con las obras y/o acciones establecidas en el presente. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 39 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES En la actualidad contamos con el Laboratorio de órtesis y prótesis en el cuál se fabrican prótesis para amputados por arriba y por debajo de rodilla, no se fabrican para amputados de extremidad superior ya que no contamos con el personal capacitado. Desafortunadamente la calidad y la cantidad de órtesis que fabrica el técnico ortesista protesista del Centro no cubre las expectativas de los pacientes ni de los médicos que solicitan los aparatos, por lo que el personal de O y P requiere una adecuada asesoría para la fabricación de estas ayudas. CUARTA PARTE: Metas e indicadores 13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar Dentro de l programa de atención a personas con discapacidad, se ha estimado que durante el año 2008 se fabricarán 20 prótesis, y 170 órtesis. 14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación Porcentaje de personas con discapacidad a Reporte de eficiencia - SISP 10 Registro de demanda los que se les entregó una prótesis u órtesis Número de personas con discapacidad a los que se les entregó una prótesis u órtesis Número de personas con discapacidad que solicitaron una prótesis u órtesis QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos 16. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación DIF Nacional Convenio de Colaboración DIF Municipal Convenio de Colaboración 18. Factores críticos de éxito La falta de capacitación del personal del área. Falta de recurso humano en el área. SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto. 21. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Lic. Guadalupe Montoya Cargo o puesto Isadora Teléfono y correo electrónico Avila Directora General del DIF Estatal [email protected] Lic. José Ignacio Portillo Rendón Director de área [email protected] La Directora General del DIF Estatal, Guadalupe Isadora Avila Montoya.- Rúbrica. 40 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, LA LIC. LYSETTE MARCOS RUIZ, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 30 de diciembre de 2007, el “DIF NACIONAL”, publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACION”, mismas que se modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008 y que tiene como objetivo general, el de prestar servicios de atención y rehabilitación a las personas con discapacidad o en curso de procesos discapacitantes; apoyarles en su integración social con la finalidad de contribuir a su pleno desarrollo, a la generación de oportunidades. Promover e instrumentar acciones de información y orientación a la población en general para modificar los factores de riesgo, así como de detección temprana, prevención, llevar a cabo la profesionalización de los recursos humanos. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 41 entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos. I.3 Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente referido. I.4 El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, lo siguiente: La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades. El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno. El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con independencia. Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el diseño de políticas públicas. El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación, educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades. De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y 2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV y XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de atención a personas con discapacidad. I.5 Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.6 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. 42 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Que es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado mediante Decreto Número 280, expedido por la cuadragésima novena legislatura del Estado de Tamaulipas y publicado en el Periódico Oficial No. 21 de fecha 12 de marzo de 1977 y en donde, en su Artículo 5, se mencionan las autoridades internas, mismas que son: El Patronato, la Presidenta del Patronato, la Directora General y los Comités Municipales. II.2 Que la Lic. Lysette Marcos Ruiz, acredita su personalidad como Directora General del “DIF TAMAULIPAS” con nombramiento de fecha 01 de enero del 2005, expedido a su favor por el C. Ing. Eugenio Hernández Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas. II.3 Que de acuerdo a lo que establece el decreto referido en la cláusula Primera, en su artículo Décimo fracción VIII, así como en el numeral 32 fracción VII de la Ley sobre el Sistema de Asistencia Social para el Estado de Tamaulipas, y artículo 12 fracción VIII y IX del decreto número 535 de fecha octubre 15 de 1983, publicado en el Periódico Oficial 83, a través del cual se actualiza la organización y funcionamiento del Sistema DIF Estatal, donde se establece que los integrantes del patronato no percibirán retribución alguna; y que es la Directora General la facultada para firmar convenios, contratos y actos jurídicos del Sistema. II.4 Que para efectos fiscales y legales, declara que su domicilio lo establece en Calzada General Luis Caballero 297, Ursulo Galván y Río San Juan, Colonia Tamatán, C.P. 87060, en Ciudad Victoria, Tamaulipas. II.5 Que su Representante Legal cuenta con la capacidad jurídica suficiente para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente convenio. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país. III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes. III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Coordinación. III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de Tamaulipas, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables. III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio. Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, X y XI de la Ley General de las Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; 32 fracción VII de la Ley sobre el Sistema de Asistencia Social para el Estado de Tamaulipas; y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad del 30 de diciembre de 2007 y su Acuerdo Modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008, las partes celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 43 CLAUSULAS OBJETO PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación, entre “LAS PARTES” para el apoyo y ejecución de los proyectos específicos denominados “Donación de Prótesis para Pacientes Amputados” y “Equipamiento para Rehabilitación Cardiaca de CREE de Ciudad Victoria”, descritos en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado como Anexo 1, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACION”. APORTACION DE RECURSOS SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACION” y el Anexo 1, el “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACION” por un monto de----------------- $2, 878, 000.00 (dos millones ochocientos setenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán a lo largo del año conforme al anexo 2. NATURALEZA DE LOS RECURSOS TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio. Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la cláusula segunda. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no sean devengados a más tardar el 31 de diciembre y aplicados así como acreditados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”. El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines previstos en el proyecto. CUENTA BANCARIA CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del proyecto. Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del “DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”. COMPROMISOS DE LAS PARTES QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1, se realicen de acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACION” y demás normatividad aplicable; 44 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades de este instrumento; d) Informar cuando menos en forma trimestral al “DIF NACIONAL” a través de la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten fehacientemente la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere las presentes Reglas; f) Entregar al “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este instrumento; g) Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de “DIF NACIONAL”, según sea el caso, los recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento; h) Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base en el presente instrumento jurídico se entregan; i) Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes; j) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de aportación y demás contenido del proyecto materia del presente convenio; k) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran; l) Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Unidad de Asistencia e Integración Social; m) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto; n) Otorgar la atención que corresponda, conforme a la disponibilidad de sus recursos propios, a las solicitudes de ayudas funcionales y de atención de personas con discapacidad que le sean enviadas por la Unidad de Asistencia e Integración Social, sin que para el efecto tenga que mediar petición mediante oficio en papel. Para este efecto, se conviene que el e-mail será el medio oficial de intercambio, y el SEDIF se obliga a informar de la atención correspondiente en un máximo de 30 días naturales la fecha en que reciba la petición. Para lo cual, dará a conocer al “DIF NACIONAL” el correo electrónico para tal efecto; o) Designar a un enlace con el “DIF NACIONAL” para proporcionar información que contribuya a la integración del diagnóstico nacional de discapacidad, en los términos y metodologías que el DIF NACIONAL establezca y comunique por escrito, y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las demás aplicables conforme a la legislación. Las partes acuerdan que para efectos del inciso d) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 45 contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la cláusula cuarta; b) Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite; c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACION”. SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a: a) Suscribir un acta de cierre y finiquito de las acciones materia del presente instrumento, una vez concluida la vigencia del mismo; b) Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá contener la leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente”. REPRESENTANTES DE LAS PARTES OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL “DIF ESTATAL” DR. VICENTE JOEL HERNANDEZ NAVARRO COORDINADOR GENERAL DEL CREE. Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; 46 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 d) No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; f) Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas. El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. CONTROL Y VIGILANCIA DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente. TRANSPARENCIA DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio, consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el “DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 47 DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación. DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a ocho de septiembre de dos mil ocho.- Por el DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del Río Leal.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 ENTIDAD FEDERATIVA: Tamaulipas PRESUPUESTO NATURALEZA DEL PRESUPUESTO DONACION DE PROTESIS PARA PACIENTES AMPUTADOS EQUIPAMIENTO PARA REHABILITACION CARDIACA DEL CREE DE CIUDAD VICTORIA TOTAL PROGRAMADO Septiembre $1,500,000.00 $1,500,000.00 $1,378,000.00 $1,378,000.00 $2,878,000.00 $2,878,000.00 NOTA: Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica. 48 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto. Fecha de recepción FOLIO 8 de Agosto de 2008 PD-E08-28-001 Lugar y Fecha de emisión del proyecto Ciudad Victoria, Tamaulipas. 2008 1. Datos Generales Nombre del Estado Tamaulipas Nombre del Director del SEDIF Lic. Lysette Marcos Ruíz Domicilio Calzada General Luis Caballero No. 297 Teléfono Correo electrónico Página Web 834-318-14-19 [email protected] www.diftamaulipas.gob.mx 2. Nombre del Proyecto Integral Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Estatal de Atención a las Personas con Discapacidad de Tamaulipas. 2. Nombre del Proyecto Específico Donación de prótesis para pacientes amputados. 3. Objetivo del Proyecto Específico Atender a personas con discapacidad amputados de miembros pélvicos y toráxicos. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 49 SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida. 10. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) Localidad(es) San Abasolo González Méndez Aldama Guémez Mier San Nicolás Altamira Guerrero Miguel Soto la Alemán Marina Antiguo Gustavo Morelos Díaz Ordaz Miquihuana Tampico Burgos Hidalgo Bustamante Jaumave Camargo Casas Cruillas Nuevo Laredo Fernando Tula Nuevo Valle Morelos Hermoso Jiménez Ocampo Victoria Llera Padilla Villagrán Mainero Palmillas Xicoténcatl El Mante Río Bravo Gómez Farías Matamoros Se consideran las localidades de los municipios listados en la columna de la izquierda San Carlos 11. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad En el Estado de Tamaulipas existen 52,484 personas con discapacidad de las cuales 25,167 tienen discapacidad motora lo que equivale al 47.95%. Actualmente el único taller de Ortesis y Prótesis del Sector Público localizado en el Centro de Rehabilitación y Educación Especial de Ciudad Victoria se encuentra en remodelación y reequipamiento por lo que no se está ofreciendo este servicio. Se espera con la ejecución del proyecto poder atender a 151 personas con discapacidad motora. 12. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas La Organización Mundial de la Salud reporta que cada 30 segundos se ulcera un pie en el mundo y termina en amputación. En el Estado de Tamaulipas se registra una alta incidencia de población hipertensa y diabética que a la postre origina personas con discapacidad motora. La problemática del Estado de Tamaulipas en cuanto a la atención de pacientes con amputaciones se centra en la falta de personal y en la adquisición de insumos para la elaboración de prótesis para poder otorgar el apoyo adecuado, adicionalmente, se cuenta solo con 1 Taller de Ortesis y Prótesis, que se encuentra en remodelación y reequipamiento. Cuando se encontraba en funcionamiento se realizaban 18 prótesis anuales aproximadamente ya que sólo se contaba con un recurso humano, por lo que el SEDIF contrató otro recurso humano y con la adquisición de insumos de este proyecto se espera elaborar 151 prótesis. Cabe señalar que la población objetivo de este proyecto no tiene los recursos económicos para adquirir una prótesis. 12. Vida útil del proyecto y narración de los motivos Se considera que la vida útil del proyecto sea de 5 años. 50 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 TERCERA PARTE: Obras y acciones. 13. Lista y descripción de las OBRAS No Aplica. Obras Fecha de inicio Fecha de término No Aplica. No Aplica. No Aplica. Costo estimado de las obras Obra Monto No Aplica. No Aplica. Total No Aplica. 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS No Aplica. 14. Lista y descripción de las ACCIONES Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la Discapacidad. Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF. Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado. Abajo se lista el equipo médico especializado que se va a adquirir. Acciones Fecha de inicio Adquisición y distribución de 4 de agosto del 2008 equipo médico especializado. Fecha de término 15 de diciembre del 2008 Costo estimado de las acciones Obra Monto Adquisición de insumos para prótesis: Kit para amputación de desarticulado de cadera (cantidad: 1) Kit para amputación transfemoral (cantidad: 85) Kit para amputación transtibial (cantidad: 49) $16,400.00 $1´088,000.00 $279,300.00 Kit para amputación parcial de pie (cantidad: 5) $13,500.00 Kit para amputación transhumeral (cantidad: 3) $49,200.00 Kit para amputación transradial (cantidad: 8) $53,600.00 *Se anexa desglose de insumos. Total $1,500,000.00 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES Actualmente el único taller de Ortésis y Prótesis del Sector Público localizado en el Centro de Rehabilitación y Educación Especial de Ciudad Victoria se encuentra en remodelación y reequipamiento por lo que no se está ofreciendo este servicio. Se llevó a cabo la detección y valoración de pacientes amputados de escasos recursos que requieren una prótesis para miembros superiores o interiores. Se cuenta con el padrón de beneficiarios y los requerimientos de insumos para la elaboración de las mismas. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 51 CUARTA PARTE: Metas e indicadores. 15. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar 140 prótesis miembros inferiores 11 prótesis miembros superiores 11. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación Porcentaje de personas que se les otorgó una Recibo prótesis Prótesis entregadas x 100 Prótesis programadas QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos. 16. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación. SNDIF Aportación de recursos SEDIF Infraestructura y Recurso Humano DIF Municipales Canalización de pacientes 18. Factores críticos de éxito. Disponibilidad presupuestal Voluntad política Seguimiento y control de las obras y acciones SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto. 21. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Cargo o puesto Teléfono y correo electrónico Lic. Lysette A. Marcos Ruíz Directora General 01-834-318-14-19 [email protected] Dr. Vicente Navarro Joel Hernández Director del CREE Victoria, Tamaulipas Ciudad 01-834-316-10-25 [email protected] Dra. Dora Delia Cedillo Báez Jefe Departamento Valoración y Tratamiento. de 01-834-316-10-25 [email protected] Dra. Marcela Reyes Juárez Médico Físico Rehabilitador 01-834-316-10-25 [email protected] Dra. Ana Lilia De León De la Médico Físico Rehabilitador Fuente 01-834-316-10-25 [email protected] TO y P Santiago Ledezma Pineda Técnico Ortopedista / Protésico 01-834-316-10-25 [email protected] La Directora General del SEDIF Tamaulipas, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica. 52 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto. Fecha de recepción FOLIO 8 de Agosto de 2008 PD-E08-28-002 Lugar y Fecha de emisión del proyecto Cd. Victoria, Tamaulipas, 2008 1. Datos Generales Nombre del Estado Tamaulipas Nombre del Director del Lic. Lysette Marcos Ruiz SEDIF Domicilio Calzada Gral. Luis Caballero 297, Ciudad Victoria, Tamaulipas Teléfono Correo electrónico Página Web 01-834-318-14-19 [email protected] www.diftamaulipas.gob.mx 2. Nombre del Proyecto Integral Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Estatal de Atención a las Personas con Discapacidad de Tamaulipas. 3. Nombre del Proyecto Específico Equipamiento para Rehabilitación Cardiaca del CREE de Ciudad Victoria. 4. Objetivo del Proyecto Específico Brindar rehabilitación para mejorar la capacidad funcional y reducir síntomas en personas con padecimientos cardiovasculares para prevenir la discapacidad. SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida. 5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) Localidad(es) Victoria Ciudad Victoria 6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad Personas con insuficiencia cardiaca congestiva, angina de pecho, infarto agudo de miocardio, post cirugía a corazón abierto, post transplante de corazón, angioplastia de globo, marcapasos, enfermedad cardiaca congénita, enfermedad reumática, hipertensión. Se espera con la ejecución del proyecto que se atienda a 200 personas por mes. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 53 7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas En México 115 muertes se deben a enfermedades del corazón asociadas a inactividad física, tabaquismo, sobrepeso, hipertensión y diabetes mellitus siendo Tamaulipas quien ocupa el 2o. lugar en este último padecimiento. En el Estado de Tamaulipas no se ofrece este servicio a este segmento de la población para prevenir la discapacidad originada por padecimientos cardiovasculares. Por lo anterior, es fundamental crear un área para atender dicha problemática de salud pública. 8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos Se considera que la vida útil del proyecto sea de 5 años. TERCERA PARTE: Obras y acciones. 9. Lista y descripción de las OBRAS No Aplica. Obras Fecha de inicio Fecha de término No Aplica. No Aplica. No Aplica. Costo estimado de las obras Obra Monto No Aplica. No Aplica. Total No Aplica 10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS No Aplica. 11. Lista y descripción de las ACCIONES - Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la Discapacidad. - Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF. - Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado. - 1 electrocardiógrafo - 6 caminadoras con monitores y sistema de telemetría. Acciones Fecha de inicio Fecha de término 04 de septiembre del 2008 15 de diciembre del 2008 Costo estimado de las acciones Obra Monto Electrocardiógrafo (Cantidad: 1) Caminadora monitores telemetría (Cantidad: 6) Total con $75,000.00 sistema de $1´303,000.00 $1´378,000.00 54 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES En el estado de Tamaulipas, actualmente no cuenta con el servicio para prevenir la discapacidad originada por padecimientos cardiovasculares. CUARTA PARTE: Metas e indicadores. 13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar 200 pacientes por mes. 14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación Porcentaje de personas que reciben prevención y Reporte mensuales de atención atención para la discapacidad. La formula del es: Número de personas que reciben prevención y atención para la discapacidad durante el periodo X 100 Número de personas que solicitan prevención y atención para la discapacidad durante el periodo. QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos. 15. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación SNDIF Adquisición del equipo SEDIF Difusión del Programa Secretaría de Salud de Tamaulipas Canalización de pacientes. 16. Factores críticos de éxito Disponibilidad presupuestal Voluntad política Seguimiento y control de las obras y acciones SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto. 17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Cargo o puesto Teléfono y correo electrónico Lic. Lysette Marcos Ruiz Directora General 01-834-318-14-19 [email protected] Dra. Ana Lilia De León De la Fuente Médico Físico Rehabilitador 01-834-316-10-25 [email protected] Dr. Raymundo Hermenegildo Ramos Responsable del Proyecto 01-834-316-10-25 Rehabilitación Cardiaca [email protected] La Directora General de SEDIF Tamaulipas, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 55 CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE VERACRUZ EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA PROFA. ZITA BEATRIZ PAZZI MAZA, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto, establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. II. Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad. III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas, niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún tipo de discapacidad. IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 30 de diciembre de 2007, el “DIF NACIONAL”, publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACION”, mismas que se modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008 y que tiene como objetivo general, el de prestar servicios de atención y rehabilitación a las personas con discapacidad o en curso de procesos discapacitantes; apoyarles en su integración social con la finalidad de contribuir a su pleno desarrollo, a la generación de oportunidades. Promover e instrumentar acciones de información y orientación a la población en general para modificar los factores de riesgo, así como de detección temprana, prevención, llevar a cabo la profesionalización de los recursos humanos. DECLARACIONES I. “DIF NACIONAL” declara que: I. I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de servicios, y la realización de acciones en la materia. 56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 I.2 Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos. I.3 Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente referido. I.4 El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, lo siguiente: La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades. El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades. El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno. El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con independencia. Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el diseño de políticas públicas. El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación, educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades. De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y 2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV y XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de atención a personas con discapacidad. I.5 Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación del desarrollo integral de esa Entidad Federativa. I.6 Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310, México, Distrito Federal. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 57 II. “DIF ESTATAL” declara que: II.1 Es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado por la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social de fecha 28 de enero de 1987. II.2 Dentro de sus objetivos se encuentra la prestación de servicios de asistencia jurídica a personas de escasos recursos económicos y orientación social a menores, indígenas, ancianos y personas con discapacidad, el apoyo al desarrollo de la familia y la comunidad, así como el impulso al sano crecimiento físico, mental y social de la niñez. II.3 Su representante legal está facultado para celebrar el presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 fracciones VII y VIII de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, misma que bajo protesta de decir verdad, no le ha sido revocada ni limitada en forma alguna. II.4 Señala como su domicilio legal el ubicado en Avenida Miguel Alemán 109, Colonia Federal Código Postal 91140, Xalapa, Veracruz. III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que: III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país. III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes. III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de Coordinación. III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado Veracruz, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables. III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio. Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, X y XI de la Ley General de las Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; Artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, mismas que se modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008,las partes celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes: CLAUSULAS OBJETO PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación, entre “LAS PARTES” para el apoyo y ejecución de los proyectos específicos denominados “Modernización y Equipamiento de las Areas de Centro de Tecnología Adaptada (CTA), Terapia Física (TF)” y “Reequipamiento, Materiales e Insumos de Ortesis y Prótesis”, descritos en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado como Anexo 1, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACION”. APORTACION DE RECURSOS SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACION” y el Anexo 1, el “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACION” por un monto de $4’763,868.00 (cuatro millones setecientos sesenta y tres mil ochocientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán a lo largo del año conforme al anexo 2. 58 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 NATURALEZA DE LOS RECURSOS TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio. Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la cláusula segunda. Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración, aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de “DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable. Los recursos que no sean devengados a más tardar el 31 de diciembre y aplicados así como acreditados con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”. El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines previstos en el proyecto. CUENTA BANCARIA CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan a los fines del proyecto. Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del “DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”. COMPROMISOS DE LAS PARTES QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a: a) Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1, se realicen de acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACION” y demás normatividad aplicable; b) Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio, garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales; c) Celebrar convenios con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos participen en la ejecución de las materias y actividades de este instrumento; d) Informar cuando menos en forma trimestral al “DIF NACIONAL” a través de la Unidad de Asistencia e Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten fehacientemente la correcta aplicación de los recursos; e) Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta Pública de los apoyos a que se refiere las presentes Reglas; f) Entregar al “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la ejecución de las acciones materia de este instrumento; g) Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de “DIF NACIONAL”, según sea el caso, los recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento; Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 59 h) Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base en el presente instrumento jurídico se entregan; i) Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles, así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes; j) Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de aportación y demás contenido del proyecto materia del presente convenio; k) Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran; l) Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Unidad de Asistencia e Integración Social; m) Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del “DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto; n) Otorgar la atención que corresponda, conforme a la disponibilidad de sus recursos propios, a las solicitudes de ayudas funcionales y de atención de personas con discapacidad que le sean enviadas por la Unidad de Asistencia e Integración Social, sin que para el efecto tenga que mediar petición mediante oficio en papel. Para este efecto, se conviene que el e-mail será el medio oficial de intercambio, y el SEDIF se obliga a informar de la atención correspondiente en un máximo de 30 días naturales la fecha en que reciba la petición. Para lo cual, dará a conocer al “DIF NACIONAL” el correo electrónico para tal efecto; o) Designar a un enlace con el “DIF NACIONAL” para proporcionar información que contribuya a la integración del diagnóstico nacional de discapacidad, en los términos y metodologías que el DIF NACIONAL establezca y comunique por escrito, y p) En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las demás aplicables conforme a la legislación. Las partes acuerdan que para efectos del inciso d) de esta cláusula, los informes de avance o final del proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez, eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables. SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes: a) Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la cláusula cuarta; b) Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite; c) En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE OPERACION”. SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a: a) Suscribir un acta de cierre y finiquito de las acciones materia del presente instrumento, una vez concluida la vigencia del mismo; b) Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos deberá contener la leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente”. 60 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 REPRESENTANTES DE LAS PARTES OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al respecto a los siguientes representantes: “DIF NACIONAL” LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL “DIF ESTATAL” LIC. MARIA DEL CARMEN VILLALOBOS ROMO DIRECTORA DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas. SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio. Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes: a) No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de los recursos otorgados; b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo; c) No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados; d) No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del proyecto; e) Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos apoyados; f) Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras; g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales; h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado; i) En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las “REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas. El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses y rendimientos generados. CONTROL Y VIGILANCIA DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones jurídicas aplicables. Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente. TRANSPARENCIA DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio, consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles. CONVENCIONES GENERALES DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de supervisión de los trabajos que se realicen. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 61 DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en contrario. En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el “DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa. Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado. DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción. DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación. DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo, acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa. DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de septiembre de dos mil ocho.- Por el DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del Río Leal.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica. SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 ENTIDAD FEDERATIVA: Veracruz NATURALEZA DEL PRESUPUESTO PRESUPUESTO PROGRAMADO Septiembre Modernización y equipamiento de las áreas del Centro de Tecnología Adaptada (CTA), Terapia Física (TF) y Unidades Básicas de Rehabilitación (UBRs). $2,261,868 $2,261,868 REEQUIPAMIENTO, MATERIALES E INSUMOS DE ORTESIS Y PROTESIS $2,502,000 $2,502,000 TOTAL $4,763,868 $4,763,868 NOTA: Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica. 62 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto. Fecha de recepción FOLIO 6 de Agosto de 2008 PD-E08-30-001 Lugar y Fecha de emisión del proyecto 1. Datos Generales Nombre del Estado Veracruz. Nombre del Director del Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza SEDIF Domicilio Av. Miguel Alemán No. 109, Col.: Federal C.P. 91140 Xalapa, Ver. Teléfono Correo electrónico 01-22-88-42-37-30 / 37 Página Web www.difver.gob.mx Ext.: 3202 / 3203 2. Nombre del Proyecto Integral Fortalecimiento y modernización de los servicios de rehabilitación e integración de las personas con discapacidad en el Estado de Veracruz. 3. Nombre del Proyecto Específico Reequipamiento, Materiales e insumos de Ortesis y Prótesis 4. Objetivo del Proyecto Específico Reequipamiento y adaptación del Taller de Ortesis y Prótesis (TOyP) con maquinaria exprofesa, para la elaboración de sistemas ortoprotésicos, facilitando con ello, el proceso de manufactura por el personal técnico, obteniendo como resultado un producto terminado de primera calidad y funcional para los usuarios del Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE) de Xalapa, Ver. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida. 5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) Localidad(es) Xalapa, Veracruz. ACATLAN ACAYUCAN ACTOPAN ACUILTZINGO ACULA ALTO LUCERO ALTOTONGA APAZAPAN ATOYAC ATZALAN AYAHUALULCO BANDERILLA BOCA DEL RIO CERRO AZUL CHICONTEPEC CHOAPAS LAS CHOCAMAN COATEPEC COATZINTLA COMAPA CORODBA COSAUTLAN DE CARVAJAL EMILIANO ZAPATA GUTIERREZ ZAMORA HIGO EL HUATUSCO HUEYAPAN DE OCAMPO IGNACIO DE LA LLAVE ISLA IXHUACAN DE LOS REYES IXHUATLAN DE MADERO JALACINGO JILOTEPEC JUCHIQUE DE FERRER MALTRATA MANLIO FABIO ALTAMIRANO MARIANO ESCOBEDO MARTINEZ DE LA TORRE (Segunda Sección) 63 64 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL MARTINEZ DE LA TORRE MEDELLIN DE BRAVO MISANTLA MIXTLA DE ALTAMIRANO NAOLINCO NAUTLA ORIZABA OTATITLAN PAPANTLA PASO DE OVEJAS PASO DEL MACHO PEROTE PLAYA VICENTE POZA RICA RAFAEL LUCIO SALTABARRANCA SANTIAGO SOCHIAPA SANTIAGO TUXTLA SOLEDAD DE DOBLADO TAMIAHUA TANTOYUCA TEQUILA TEZONAPA TIERRA BLANCA TIHUATLAN TLACOLULA TLALNEHUAYOCAN TLAPACOYAN TONAYAN TRES VALLES TUXPAN TUXTILLA URSULO GALVAN UXPANAPA VERACRUZ VIGAS DE RAMIREZ LAS VILLA ALDAMA VILLA AZUETA XALAPA XICO Viernes 3 de julio de 2009 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 65 6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad De acuerdo al tipo y giro del proyecto, se pretende atender aproximadamente a 497 personas, donde el 100% corresponderá a la discapacidad motora. Esto se debe a que los productos que se fabricaran en el TOyP están dirigidos a toda la población que presenta una discapacidad de tipo motora, sea esta, musculoesquelita o neuromotora. Nota: Dado el número de personas que se pretende atender, se adjunta por medio electrónico la lista de solicitantes para la adquisición y/o donación de órtesis y prótesis en el ejercicio 2008. 7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas La discapacidad física o motora, es la principal discapacidad en el Estado de Veracruz, según datos oficiales del INEGI 2000 y ponderado a 2005. Dicho censo nos indica que en el Estado de Veracruz existe alrededor 201,239 Personas con Discapacidad (PCD), donde el 38.3% corresponde a la discapacidad motriz, es decir 77,075 personas. Las principal causa de este tipo de discapacidad es por enfermedad ya sea por amputaciones secundarias a proceso diabéticos e insuficiencia arterial. Asimismo otras causas se deben a traumatismos ocasionados por algún tipo de accidente y problemas neuromotores originados de manera congénita y al nacimiento. En este sentido, el CREE de Xalapa, Ver., específicamente en del TOyP, pretende incrementar en el 2008 sus metas programadas en un 100% en comparación al 2007. En el 2007 las metas programadas en el TOyP fueron de 247 productos ortésicos y protésicos, sin embargo, se terminaron otorgando un total de 382 productos, es decir el 154.6%. Por tal motivo, en el 2008 se ha programado otorgar un total de 497 productos, el cual muy probablemente dicha programación se volverá a incrementar, dado que durante el primer semestre del presente año, se cuenta con un padrón de 300 solicitudes, el cual corresponde a un 60.3% de la producción programada para este año. Cabe mencionar que el otorgamiento de dichos apoyos ortésicos y protésicos, se ven incrementados radicalmente en sus metas programadas de cada año, por la intensa promoción y difusión que el SEDIF Estatal de Veracruz realiza a través de los programas del Gobierno del Estado Lo anterior conlleva a que el TOyP muchas veces no se da abastos para cumplir en tiempo y forma la intensa demanda de peticionarios que requieren y solicitan una órtesis o prótesis en el CREE de Xalapa, Ver. Por tal motivo, con la modernización y reequipamiento del TOyP, se pretende atender y favorecer la entrega de órtesis y prótesis en tiempo y forma, beneficiando de esta manera a los solicitantes. Las principales problemáticas que el TOyP presenta actualmente son: Falta de presupuesto para la compra de maquinaria; Equipo y herramienta no especializada para el ramo. En este punto, se comenta que el equipo y la herramienta que actualmente tiene el TOyP fue adquirida con mucha anterioridad, y los cuales son maquinarias de uso. Dicho equipo se encontraba almacenado y en condiciones no optimas. A continuación se detalla el equipo y herramienta. Así como, el estado en que se encuentra dicho equipo y herramienta: EQUIPO Y HERRAMIENTA 1 banco de acabado con motor (reparado) 1 horno de panadero sin regulador de gas (mal estado) ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA Funcional mas no apto Poco funcional 1 trauman sin sistema de extractor de polvos Funcional mas no apto 2 taladros de pedestal 5/8 x 17” (uno reparado de la piña) Funcional mas no apto 1 mesa de trabajo con compresor invertido Funcional mas no apto 1 compresor de una salida Funcional mas no apto 2 tornillos de banco #6 Funcional mas no apto 2 torniquetes de banco 2” Funcional mas no apto 66 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 2 yunques de 30 kg Funcional mas no apto 2 máquinas de coser (una descompuesta) Funcional mas no apto 1 planta para soldar Funcional mas no apto 4 mesas de trabajo en madera (mal estado) Funcional mas no apto 1 módulo móvil para herramientas Funcional mas no apto 2 taladros de mano Funcional mas no apto 2 sierras strycker Funcional mas no apto 1 pistola de aire caliente Funcional mas no apto 1 juego de dados (20 piezas) Funcional mas no apto 1 caladora Funcional mas no apto 2 niveles de gota Funcional mas no apto 1 nivel láser Funcional mas no apto 1 estuche de brocas (100 piezas) Funcional mas no apto 1 motor de esmeril Funcional mas no apto 1 transfer Funcional mas no apto 1 alineador de cuatro planos Funcional mas no apto 1 sierra circular para taladro de mano Funcional mas no apto 1 compresor invertido de una salida Funcional mas no apto 1 plancha de teflón para pva Funcional mas no apto 26 limas para metal Funcional mas no apto 19 botadores en mal estado Funcional mas no apto 12 saca bocados de golpe (mal estado) Poco funcionales 3 flexo metros Funcional mas no apto 1 juego de dados (10 piezas) Funcional mas no apto 2 juegos de llaves allen (mal estado) Poco funcionales 4 machuelos Funcional mas no apto 1 maneral para machuelos Funcional mas no apto 3 alienadores para órtesis largas termoplásticas Funcional mas no apto 1 plomada de bala Funcional mas no apto 1 piedra de afilar Funcional mas no apto 6 pares de guantes de piel Funcional mas no apto 3 pares de guantes de asbesto (mal estado) Poco funcionales 1 mesa de exploración Funcional mas no apto 2 cepillos de alambre Funcional mas no apto 3 espátulas para yeso Funcional mas no apto 6 cardas Funcional mas no apto 4 cuchillos con mango de madera Funcional mas no apto 2 bancos de madera Funcional mas no apto 4 pies para zapatero con pedestal Funcional mas no apto 2 marcos para termo plástico (hechizos, sin marca) Funcional mas no apto 1 báscula eléctrica Funcional mas no apto Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 2 calibradores metálicos Funcional mas no apto 1 pedestal de carga de peso Funcional mas no apto 2 calibradores pélvicos Funcional mas no apto 2 martillos de uña Funcional mas no apto 7 martillos de bola Funcional mas no apto 2 mazos de goma Funcional mas no apto 2 tijeras para lámina Funcional mas no apto 1 tijera de yeso Funcional mas no apto 1 tijera zigzag Funcional mas no apto 3 tijeras de taller Funcional mas no apto 5 escuadras metálicas Funcional mas no apto 2 llaves estilsón Funcional mas no apto 3 prensas de carpintero Funcional mas no apto 1 inyector de grasa Funcional mas no apto 2 arcos para segueta Funcional mas no apto 1 aceitero Funcional mas no apto 7 alicatas Funcional mas no apto 3 pinzas de punta Funcional mas no apto 3 pinzas de electricista Funcional mas no apto 4 pinzas de extensión Funcional mas no apto 2 llaves pericas Funcional mas no apto 3 pinzas de presión Funcional mas no apto 5 formones para madera Funcional mas no apto 6 grifas o dobladoras nacionales (en mal estado) 67 Poco funcionales 2 grifas o dobladoras otto bock Funcional mas no apto 19 desarmadores Funcional mas no apto 25 llaves españolas Funcional mas no apto 7 cinceles ½” Funcional mas no apto Con esta acción, los usuarios que acudan al CREE de Xalapa, Ver., tendrán la oportunidad de recibir una mejor calidad en los servicios y en el otorgamiento de sus apoyos solicitados (órtesis y prótesis) Por último, se menciona que los posibles beneficiados acudirán de diversas localidades del Estado de Veracruz, quienes a su vez presentan una condición socioeconómica “precaria”. 8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos. Los equipos que se pretenden adquirir tendrán una vida útil mínima de tres años y máxima de 5 años, dicho equipo al término de la administración actual –tomando en cuenta la vida útil mínima– tendría aproximadamente un 66.6% de vida útil. 68 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 TERCERA PARTE: Obras y acciones. 9. Lista y descripción de las OBRAS Adecuación del Taller de órtesis y prótesis, las cuales estarán dirigidas a las siguientes áreas o espacios: RECEPCION Y ESPERA ADECUACIONES DEL ESPACIO DE RECEPCION Y ESPERA CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD CONCEPTO 38.28 Pared 15.17 Piso 18.04 Techo 7.5 1 P. UNITARIO $650.00 P. TOTAL $24,882.00 $385.00 $5,840.45 $1,200.00 $21,648.00 Ventana 1.50 x 1.10 x650 m2 $1,350.00 $10,125.00 Puerta $3,500.00 $3,500.00 76.56 Pintura. $45.00 $3,445.20 91.73 Aplanados $97.70 $8,962.02 15.17 Falso Plafón $300.00 $4,551.00 15.17 Pintura de plafón 3.79 Cimiento 15.8 9.9 $45.00 $682.65 $1,157.08 $4,385.33 Cadenas $290.23 $4,585.63 Castillos $235.00 $2,326.50 6 Salidas eléctricas $504.50 $3,027.00 3 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $2,431.74 3 Suministro y colocación de contactos $211.25 $633.75 TOTAL: $101,026.27 AREA DE PRUEBA ADECUACION DEL ESPACIO DE AREA DE PRUEBA CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO P. TOTAL 33.5 Pared $650.00 $21,775.00 11.22 Piso $385.00 $4,319.70 13.32 Techo $1,200.00 $15,984.00 1 Ventana 1.00 x 1.10 $1,265.00 $1,265.00 1 Puerta $3,500.00 $3,500.00 Pintura. $45.00 $3,015.00 80.32 67 Aplanados $97.70 $7,847.26 13.32 Falso Plafón $300.00 $3,396.00 13.32 Pintura de plafón $45.00 $599.40 4.46 Cimiento $1,157.08 $5,160.58 18.6 Cadenas $290.23 $5,390.28 9.9 Castillos $235.00 $2,326.50 5 Salidas eléctricas $504.50 $2,522.50 2 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $1,621.16 3 Suministro y colocación de contactos $211.25 $633.75 TOTAL: $79,356.13 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 69 ALMACEN ADECUACIONES DEL ESPACIO DE ALMACEN CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO $650.00 P. TOTAL 32.25 Pared $20,962.50 10.39 Piso $385.00 $4,000.15 12.41 Techo $1,200.00 $14,892.00 1 Ventana 0.80 x 3.00 $2,760.00 $2,760.00 1 Puerta $3,500.00 $3,500.00 64.5 Pintura. $45.00 $2,902.50 76.91 Aplanados 12.41 Falso Plafón 12.41 Pintura de plafón 6.53 $97.70 $7,514.11 $300.00 $3,723.00 $45.00 $558.45 Cimiento $1,157.08 $7,555.73 27.2 Cadenas $290.23 $7,894.26 13.2 Castillos $235.00 $3,102.00 3 Salidas eléctricas $504.50 $1,513.50 2 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $1,621.16 1 Suministro y colocación de contactos $211.25 $211.25 TOTAL: $82,710.61 VESTIDOR DE PACIENTES ADECUACIONES DEL ESPACIO DEL VESTIDOR PARA PACIENTES CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD 23 CONCEPTO P. UNITARIO P. TOTAL Pared $650.00 $14,950.00 7.82 Piso $385.00 $3,010.70 7.82 Techo 4.40 x 4.10 $1,200.00 $9,384.00 1 Ventana 1.50 x 1.10 $1,897.50 $1,897.50 1 Puerta $3,500.00 $3,500.00 46 Pintura. $45.00 $2,070.00 53.82 Aplanados $97.70 $5,258.21 7.82 Falso Plafón $300.00 $2,346.00 7.82 Pintura de plafón $45.00 $351.90 3.55 Cimiento $1,157.00 $4,103.35 14.8 Cadenas $290.23 $4,295.40 23.1 Castillos $235.00 $5,428.50 4 Salidas eléctricas $504.50 $2,018.00 2 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $1,621.16 2 Suministro y colocación de contactos $211.25 $422.50 TOTAL: $60,657.22 70 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 OFICINA PRIVADA ADECUACIONES DEL ESPACIO DE OFICINA PRIVADA CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO $650.00 P. TOTAL 28.75 Pared $18,687.50 8.04 Piso $385.00 $3,095.40 9.86 Techo $1,200.00 $11,832.00 1 Ventana 1.10 x 2.40 $3,036.00 $3,036.00 1 Puerta $3,500.00 $3,500.00 57.5 Pintura. $45.00 $2,857.50 67.36 Aplanados 9.86 Falso Plafón 9.86 Pintura de plafón 4.46 $97.70 $6,581.07 $300.00 $2,958.00 $45.00 $443.70 Cimiento $1,157.08 $5,160.58 18.6 Cadenas $290.23 $5,398.20 9.9 Castillos $235.00 $2,326.50 4 Salidas eléctricas $504.50 $2,018.00 1 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $810.58 3 Suministro y colocación de contactos $211.25 $633.75 TOTAL: $69,338.78 CUBICULOS PARA VALORACION Y TOMA DE MEDIDAS ADECUACIONES DE CUBICULOS PARA VALORACION Y TOMA DE MEDIDAS CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO P. TOTAL 27.5 Pared $650.00 $17,875.00 7.5 Piso $385.00 $2,887.50 9.24 Techo $1,200.00 $11,088.00 1.1 Ventana 1.50 x 1.10 $1,897.50 $1,897.50 1.1 Puerta $3,500.00 $3, 500.00 55 Pintura. $45.00 $2,475.00 64.24 Aplanados $97.70 $6,276.25 9.29 Falso Plafón $300.00 $2,772.00 9.24 Pintura de plafón $45.00 $415.80 5.2 Cimiento $1,157.08 $6,016.82 22 Cadenas $290.23 $6,385.06 17.5 Castillos $235.00 $4,112.50 4 Salidas eléctricas $504.50 $2,018.00 1 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $810.58 3 Suministro y colocación de contactos $211.25 $633.75 TOTAL: $69,163.76 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 71 TALLER ORTESIS Y PROTESIS ADECUACION DEL ESPACIO DEL TALLER DE ORTESIS Y PROTESIS CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO P. TOTAL 36.96 Pared $650.00 $24,024.00 20.4 Piso $385.00 $7,854.00 20.4 Techo $1,200.00 $24,480.00 1 Ventana 1.10 x 3.40 $4,301.00 $4,301.00 1 Puerta $3,500.00 $3,500.00 73.92 Pintura. $45.00 $3,326.40 94.12 Aplanados $97.70 $9,195.52 20.4 Falso Plafón $300.00 $6,120.00 20.4 Pintura de plafón $45.00 $918.00 4.56 Cimiento $1,157.08 $5,276.28 38 Cadenas $290.23 $11,028.74 19.8 Castillos $235.00 $4,653.00 9 Salidas eléctricas $504.50 $4,540.50 3 Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2 x 39 Watts $810.58 $2,431.74 6 Suministro y colocación de contactos $211.25 $1,267.50 TOTAL: $112,916.68 Obras Adecuación del Taller Ortesis y Prótesis Fecha de inicio Fecha de término de Julio de 2008 31 de diciembre de 2008 Costo estimado de las obras Obras Monto Recepción y espera $101,026.27 Area de prueba $79,356.13 Almacén $82,710.61 Vestidor para pacientes $60,657.22 Oficina privada $69,338.78 Cubículos para valoración y toma de medidas $69,163.76 Taller órtesis y prótesis $112,916.68 Sub-total: $575,169.45 15% IVA: $86,275.42 Total: $661,444.87 72 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS Antes del año 2007, el TOyP no existía dentro de las instalaciones del CREE de Xalapa, Ver., de tal modo que, a partir de febrero de 2007, el SEDIF de Veracruz en mutua coordinación con el CREE de Xalapa, Ver., determinan la necesidad de instalar dentro de los espacios del CREE de Xalapa, Ver., el TOyP. Para tal efecto, se adecua de manera exprofesa un espacio físico para instalar dicho Taller. El espacio físico que el CREE de Xalapa, Ver., adecuó para instalar el TOyP, es un espacio construido con techo de lámina de Zinc y dos de sus paredes están habilitadas con malla de tipo ciclón. En este sentido, se puede decir que dicho taller cumple únicamente con algunas condiciones básicas y elementales para realizar y llevar a cabo –de manera adecuada– la fabricación y entrega de los diversos apoyos ortésicos y protésicos que la ciudadanía solicita. Sin embargo, para llevar a cabo una atención de calidad hacia el solicitante, así como, para trabajar en condiciones adecuadas en la elaboración de los apoyos citados, se requiere adecuar o habilitar áreas o espacios físicos que permitan brindar una mejor atención y calidad en los servicios y en los apoyos funcionales (ortésicos y protésicos) que se fabrican. A continuación se especifica la situación actual de cada una de las obras que se necesitan realizar para adecuar en el TOyP: 1.- Recepción y espera: Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP. 2.- Area de prueba: Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP. Cabe mencionar que las pruebas de las prótesis u órtesis elaboradas se realizan en un área externa al TOyP, lo cual provoca un desplazamiento extra en el paciente y a su vez interrumpe procesos fisioterapéuticos en otros pacientes. 3.- Almacén: Actualmente esta área es compartida con el almacén general del SEDIF de Veracruz, lo cual perjudica dos acciones elementales: 1) mal control y manejo de los insumos; y 2) pérdida de tiempo en los procesos de recepción y entrega de los insumos que se utilizan para la fabricación de los apoyos protésicos y ortésicos. 4.- Vestidor para pacientes: Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP, el cual es sumamente elemental para la privacidad del paciente. 5.- Despacho u oficina privada: Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP el cual es necesario para realizar aspectos administrativos. 6.- 2 cubículos de valoración y toma de medidas: Actualmente no se cuenta con estos espacios específicos y determinados para estas áreas en el TOyP, los cuales son necesarios para tomas de medidas y valoraciones con el equipo multidisciplinario (médicos especialistas) en los casos que sean necesarios. 7.- Taller órtesis y prótesis: Actualmente no se cuenta con un espacio con las medidas adecuadas para realizar los diferentes trabajos ortésicos y protésicos, el cual es necesario para el libre desplazamiento del personal que labora en dicho taller. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 73 Tomando como referente las Reglas de Operación del Programa de Atención a Persona con Discapacidad, el presente proyecto, estará determinado por la siguiente alineación: - Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad. - Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad − Tipo de apoyo a Financiar A.3.12.- Elaboración de Ortesis y Prótesis. DESCRIPCION DE LAS AREAS E INSUMOS CUARTO DE MAQUINAS AREA PARA LA LOCALIZACION DE MAQUINARIA PARA EL TRABAJO Y OPERATIVIDAD DE TOYP: CANTIDAD CONCEPTO 1 Extractor de polvos 1 Tubo y boquillas para extractor de polvo 2 P. UNITARIO DE 3 HP Marca Knova Mod. KN CP-4043 $28,000.00 $28,000.00 $4,920.00 $4,920.00 Compuertas extractor de polvo $656.00 $1,312.00 4 Metros de manguera de 5' $574.00 $2,296.00 1 "Y" griega para desviación $656.00 $656.00 $170,000.00 $170,000.00 1 Lijadora Fresadora Otto Bock Mod. 701F20, on paro de seguridad 1 Piña para fresado Otto Bock mod. 729W8=1 para madera y pedilen $4,200.00 $4,200.00 1 Piña para fresado Otto Bock mod. 729W8=2 para madera y pedilen $3,900.00 $3,900.00 1 Piña para fresado Otto Bock mod. 729W8=3 para madera y pedilen $3,000.00 $3,000.00 1 Piña para fresado Otto Bock mod. 729W8=4 para madera y pedilen $3,100.00 $3,100.00 1 Piña para fresado Otto Bock mod. 729W8=5 para madera y pedilen $3,000.00 $3,000.00 1 Piña para fresado Otto Bock Mod. 729W17=5/8 $3,400.00 $3,400.00 1 Piña con filos cónicos para termoplástico Otto Bock Mod. 729W23=5/8 $4,200.00 $4,200.00 1 Piña para fresado Otto Bock Mod. 729W31=1 $6,300.00 $6,300.00 1 Piña para fresado Otto Bock Mod. 729W31=2 $7,000.00 $7,000.00 1 Piña para fresado Otto Bock Mod. 729W33=1 $7,600.00 $7,600.00 1 Piña para fresado Otto Bock Mod. 729W33=2 $9,000.00 $9,000.00 1 Esmeril de banco con base Marca Truper Mod. ESBA-3/4x8 motor de 1 1/2 $6,500.00 $6,500.00 1 Fresa para plásticos Otto Bock Mod. 729S21=5/8 $6,800.00 $6,800.00 1 Fresa dentada espiral Otto Bock Mod. 729S24=5/8 HSS $3,500.00 $3,500.00 1 Soporte para herramientas Otto Bock Mod. 758Y27 para 20 fresas y conos de lija $10,600.00 $10,600.00 1 Pulidor para termoplasticos completo Otto Bock Mod. 749F10=5/8 $1,350.00 $1,350.00 1 Disco abrasivo Otto Bock MOD. 749Z12=160x16 para pulir barras $2,100.00 $2,100.00 1 Lijadora de banda de disco DAYTON MOD. 4TJ97B, Disco de 12" Motor 1 HP $26,000.00 $26,000.00 1 Carda $229.60 $229.60 1 Banco de acabado con turbina para extractor de polvo $34,000.00 $34,000.00 1 Sierra cinta marca Dayton de $22,000.00 $22,000.00 SUBTOTAL $374,963.60 IVA TOTAL: P. TOTAL $64,119.54 $439,083.14 74 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 TOMA DE MEDIDAS AREA ESPECIFICA PARA LA ATENCION DEL PACIENTE, EN DONDE SE TOMAN LAS MUESTRAS Y MEDIDAS, EN ESTA SECCION ES DONDE SE INICIA EL PROCESO DE ELABORACION, AQUI MISMO SE REALIZAN LAS PRUEBAS PERTINENTES DE LOS TRABAJOS ANTES DE SER ENTREGADOS A LOS USUARIOS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO P. TOTAL 1 Láser line con tripie $4,920.00 $4,920.00 1 Negatoscopio doble $3,800.00 $3,800.00 Plantoscopio marca LOGSA MOD PL-01 $7,600.00 $7,600.00 $23,500.00 $23,500.00 $38,500.00 $38,500.00 $2,600.00 $5,200.00 $473.55 $473.55 1 Barras paralelas de 3 mts MARCA LOGSA MOD. 1 BP-03 DE ALTURA Y ANCHO AJUSTABLES EN ACERO INOXIDABLE Rampa con escalera, MARCA LOGSA MOD. RE08 RAMPA DE 5 METROS CON CUATRO 1 ESCALONES PASAMANOS, , DE ACERO ESTRUCTURA INOXIDABLE DE ACERO INOXIDABLE PISO RAMPA Y 2 1 Mesas de acero con cubierta de plástico para toma de medidas marca RUBER MAID Compás de gruesos para exteriores de 12" marca pec SUBTOTAL IVA TOTAL: $83,993.55 $6,269.97 $90,263.52 EQUIPO DE TALLER GENERAL ESPACIO EN EL CUAL SE REALIZA EL ENSAMBLAJE, ALINEACION Y ACABADO: CANTIDAD CONCEPTO 1 Estación de Trabajo MARCA LOGSA MOD. ET-03 3 1 P. UNITARIO P. TOTAL $93,000.00 $93,000.00 Prensa de tubo $4,100.00 $12,300.00 Horno para plantillas termoconformadas 24 x 35 cm $2,400.00 $2,400.00 $16,000.00 $48,000.00 $4,920.00 $4,920.00 $7,000.00 $7,000.00 $63,000.00 $63,000.00 $1,066.00 $3,198.00 Mesa de trabajo industrial con gabinete de 3 5 cajones de acero MARCA EDSAL MOD. M5333 CUBIERTA DE MADERA DE ARCE DE 1 3/4 " X 180 cm x 90 cm, 1 Mesa con cubierta especial para corte de telas y pieles Rack para carga de soleras y metales MARCA 1 JARKE MOD. 4UK81,4UK82 CAPACIDAD DE 3000 LIBRAS ALTURA 84" , ANCHO 36" 1 3 Bomba de vacío para resinas de 6 canales MARCA OTTO BOCK MOD. 755E6=110 Tubo de doble canal para succión Viernes 3 de julio de 2009 1 DIARIO OFICIAL Juego de brazo campana y motor extractor de aire nederman (Segunda Sección) 75 $54,000.00 $54,000.00 $2,500.00 $2,500.00 $18,100.00 $18,100.00 Anaquel para carretes MARCA DURHAM MOD. 1 368-95 CON 4 SOPORTES PARA CARRETES DE 1/2 " X 37 " 1 Anaquel para almacén de hojas de plástico 1 Set de brocas alta velocidad $1,320.00 $1,320.00 1 Set de mangueras y conectores de mangueras $2,132.00 $2,132.00 1 Set de pistolas para lavado sopleteado, etc. $1,279.20 $1,279.20 1 Caladora marca crasftman mod. SKU 53248217 $2,600.00 $2,600.00 $3,200.00 $3,200.00 $2,300.00 $2,300.00 $15,000.00 $15,000.00 $500.00 $1,000.00 1 Pistola de aire caliente MARCA MASTER APPLIANCE MOD. VT-750C 1 Dremel con accesorios 1 Caja para herramientas con ruedas y llave 2 Arco para segueta STANLEY 1 Barra de remachado $1,640.00 $1,640.00 1 Cortatubo ridgit $1,033.00 $1,033.00 1 Dobladores de acero LOGSA $3,600.00 $3,600.00 1 Juego de desarmadores crafstman de 16 piezas $724.00 $724.00 2 Juego de llaves allen en "T" 8 piezas $1,033.00 $2,066.00 2 Juego de llaves allen métricas 9 piezas $310.00 $620.00 3 Juego de llaves allen estándar 13 piezas $380.00 $760.00 1 Mezclador de yeso doble aspa $380.00 $380.00 1 Juego de extractor de tornillos rotos $328.00 $328.00 1 Pinzas de corte de cable de acero $1,343.00 $1,343.00 $551.00 $551.00 $3,099.00 $3,099.00 $215.00 $215.00 $2,560.00 $2,560.00 $11,000.00 $11,000.00 1 Quita rebaba de tubo marca noga y 20 navajas b10 1 Rack para suelas y pieles 1 Sacabocados manual de estrella 1 Set de sacabocados punzones y cinceles de 16 piezas plancha 1 con antomicas base MARCA para conformar LOGSA plantillas MOD. P-T1 FABRICADA EN CERO INOXIDABLE, TANQUE PARA ALMACENAR VACIO SUBTOTAL $367,168.20 IVA $55,075.23 TOTAL: $422,243.43 76 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CUARTO DE YESO VACIADO DE MOLDES NEGATIVOS, MODIFICACION DE MOLDES POSITIVOS Y TERMO-CONFORMADOS PARA DIFERENTES SISTEMAS: CANTIDAD CONCEPTO P. UNITARIO P. TOTAL 3 Base sujetadoras de acero inoxidable para moldes de yeso, MARCA LOGSA MOD. BA03 CON AJUSTE DE ALTURA, $4,800.00 $14,400.00 1 Bomba de vacío se sello líquido MARCA VACCUTECH MOD. A-1 DE SIMPLE ETAPA, DESPLAZAMIENTO DE 23 PCY VACIO MAXIMO DE 27" M, $20,600.00 $20,600.00 1 Bomba de vacío de alta eficiencia MARCA LOGSA MOD. B-4 $28,900.00 $28,900.00 1 Silo para yesos MARCA OTTO BOCK 754G1=1G $33,900.00 $33,900.00 1 Mesa de rectificación de yesos MARCA OTTO BOCK MOD. 758A10 CUBIERTA DE ACERO INOXIDABLE $49,800.00 $49,800.00 1 Juego de marcos con soporte para laminar de 12' y 14" $12,300.00 $12,300.00 1 Horno para termocomformados de rayos infrarrojos MARCA LOGSA MOD. HIR 500 $130,000.00 $130,000.00 1 Tijeras para yeso dentadas MARCA OTTO BOCK MOD. 719G2 ACERO INOXIDABLE, CORTE INFERIOR DENTADO $3,300.00 $3,300.00 1 Cámara para desidratados de yesos MARCA LOSGA MOD. HS=3500 CON LAMPARAS INFRARROJAS, SISTEMA DE EXTRACCION DE VAPORES $120,000.00 $120,000.00 1 Tarja doble MARCA LOGSA MOD. TD 02 DE ACERO INOXIDABLE CON CAJONES Y CONEXIONES $38,900.00 $38,900.00 SUBTOTAL: $452,100.00 IVA $67,815.00 TOTAL $519,915.00 INSUMOS GENERALES CANTIDAD ESPECIFICACIONES TECNICAS CONCEPTO 20 Cinturón neopreno. de 4 Desmoldante silicón. de En spray caja de 12 piezas. 1 Universal. UNIDAD DE MEDIDA P. UNITARIO P. TOTAL Pieza $690.00 $13,800.00 Pieza $504.00 $2,016.00 Velcro de 1" carda y Rollo de 25 m. felpa. Pieza $157.50 $157.50 1 Velcro de 2" carda y Rollo de 25 m. felpa. Pieza $315.00 $315.00 30 Venda enyesada. Caja de 15 cm. Marca gypsona Pieza $210.00 $6,300.00 15 Venda enyesada. Caja de 20 cm. Marca gyposna Pieza $270.00 $4,050.00 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL 5 Cajas de bio foam con 12 piezas 2 Resistol 3080. En lata de 18 litros para calzado. 1 Resistol de gasolina. 2 Rollo de cinta nylon de 1". 4 Piel oscaria. 5 Kg de (Segunda Sección) 77 $423.50 $2,116.00 Pieza $1,228.50 $2,457.00 En lata de 18 litros. Pieza $605.85 $605.85 De 50 m. Pieza $210.00 $420.00 Negra para talabartería de 300 decímetros mas menos aprox. Pieza Fibra de vidrio. $3,600.00 Kg. $90.00 $450.00 10 Alyplass de 3/16" metro $290.00 $2,900.00 10 tubos con conector para prótesis AK piramidal de 30 mm Pieza $446.77 $4,467.70 10 tubos con conector para prótesis BK piramidal de 30 mm Pieza $446.77 $4,467.70 20 Funda cosmética ak. Importada para rodillas libres y tipo 3r15, preconformada. Pieza $840.00 $16,800.00 20 Funda cosmética ak. Importada para rodillas policéntricas tipo 3r20, preconformada. Pieza $840.00 $16,800.00 20 Funda cosmética bk. Importada preconformada. Pieza $420.00 $8,400.00 10 Conector para socket De acero inoxidable. tipo 4r41. Pieza $676.20 $6,762.00 10 Conector para socket De acero inoxidable, con tipo 4r22. rotador integrado. Pieza $241.50 $2,415.00 10 Conector de tubo tipo De acero inoxidable. 4r21. Pieza $450.00 $4,500.00 40 Medias recubrimiento. de Pieza $235.20 $9,408.00 30 Suspensión neopreno bk. de Reforzada con likra en diferentes tallas. Pieza $294.00 $8,820.00 10 Teflón. Mts $346.50 $3,465.00 3 Stokinette de fibra de Pieza de 3mts. vidrio 5". Pieza $450.00 $1,350.00 5 Stokinette de fibra de Pieza de 3mts. vidrio 7". Pieza $650.00 $3,250.00 5 Stokinette de naylon Rollo de kg. de 4". Pieza $225.75 $1,128.75 5 Stokinette de naylon Rollo de kg. de 6". Pieza $225.75 $1,128.75 5 Stokinette de nylon Rollo de kg. de 3". Pieza $225.75 $1,128.75 15 Cople para terminal Aluminio con rosca. de muñeca mediano. Pieza $250.00 $3,750.00 4 Espuma de pedilen, Otto bock, compuesto a y b. 4.600 kg. Pieza $1,000.00 $4,000.00 Para cosmética ak. Por metro. lata de 78 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 20 Juego de barras De aluminio nacional con órtesis larga 3/4x1/4. candado alargado. Pieza $605.85 $12,117.00 20 Juego de órtesis 3/16x5/8. Pieza $393.75 $7,875.00 15 Juego de barras De aluminio nacional con órtesis larga 3/16x ½. candado alargado. Pza $393.75 $5,906.25 5 Juegos de aparato tipo klenzac con USMC estribo juego $700.00 $3,500.00 5 Juegos de corto con mediano juego $700.00 $3,500.00 25 Articulación tamarack. Pieza $446.77 $11,169.25 15 Articulaciones de cadera para órtesis Pediátrica. larga pediátrica par. Par $241.50 $3,622.50 15 Articulaciones de Juego monocéntricas cadera para órtesis con candado alargado. larga adulto. Par $241.50 $3,622.50 15 Conector para socket Fabricado en aluminio. termoplástico. (Plato azul USMC) Pieza $881.47 $13,222.05 15 Polietileno de 1/2. Cuadro de 16x16X1/2. Pza $241.50 $3,622.50 15 Polipropileno de 1/2. Cuadro de 16x16X1/2. Pza $157.00 $2,708.00 20 Paquete de medias Para cosmética bk. de recubrimiento. Pieza $200.00 $4,000.00 5 Unidades ak libres. De acero inoxidable con block de madera. Pieza $4,080.30 $20,401.50 5 Polietileno de 5 mm. Importado para órtesis de tronco. Pieza $838.95 $4,194.75 7 Bolsas de pva. Cajas de 10". Pieza $507.15 $5,070.00 7 Bolsas de pva. Cajas de 4". Pieza $374.32 $2,620.24 7 Bolsas de pva. Cajas de 6". Pieza $410.55 $2,873.85 20 bock Peliteimportado 3/16. Pieza $550.00 $11,000.00 10 Polipropileno de 4 mm. Importado hoja 1.22x2.44 m. de Pieza $1,231.65 $12,316.50 15 Polipropileno de 5 mm. Importado hoja 1.22x2.44 m. de Pieza $1,485.22 $22,278.30 50 kg. Resina acrílica. Resina acrílica laminado. Pieza $12,160.21 $24,320.43 45 Válvulas de succión. De rosca de aluminio para socket laminado en resina Pieza $210.00 $9,450.00 6 Plaztazote de 1/4 Pieza $264.50 $1,587.00 Para fijar o pegar. Pieza $12,160.21 $12,160.21 De 4 ejes tipo 3r20. Pieza $4,927.65 $24,638.25 25 kg. 5 TOTAL: barras De aluminio nacional con larga candado alargado. aparato estribo USMC Adultos rectas. lite Para socket (no eva). Resina acrílica. Unidades policéntricas. ak transtibial para $369,050.13 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) Acciones Fecha de inicio Fecha de término Reequipamiento Julio 2008 31 de diciembre de 2008 79 Costo estimado de las acciones Acciones CUARTO DE MAQUINAS TOMA DE MEDIDAS Monto $439,083.14 $90,263.52 EQUIPO DE TALLER EN GENERAL $422,243.43 CUARTO DE YESOS $519,915.00 INSUMOS GENERALES Total $369,050.13 $1´840,555.10 COSTO TOTAL DEL PROYECTO OBRAS Y ACCIONES OBRAS Monto $661,444.87 ACCIONES $1´840,555.10 GRAN TOTAL DEL PROYECTO $2´501,999.97 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES El TOyP inicio sus actividades de producción a partir de febrero de 2007. Anteriormente la producción de prótesis y órtesis solicitadas y requeridas por los especialistas del CREE Xalapa, Ver., se subrogaba a través de un taller externo a este Sistema, donde el SEDIF en coordinación con los SDIF Municipales y el propio beneficiario realizaban una aportación económica para que dicho taller elaborara y entregara las diversas órtesis y prótesis que se le solicitaban. Esta acción implicaba mayor gasto a los solicitantes, así como al SEDIF y SMDIF, aunado que por tal acción, muchos solicitantes terminaban desistiendo por adquirir sus apoyos solicitados. Asimismo, recurrentemente se tenía el problema de la calidad del producto, ya que tanto el médico especialista como los beneficiarios se quejaban constantemente de los productos que dicho taller entregaba. Tomando en cuenta las anteriores anotaciones, el SEDIF del Estado de Veracruz, realizó un esfuerzo extraordinario e instalo en el CREE de Xalapa, Ver, un TOyP el cual fabrica productos ortésicos y protésicos aun menor costo y sobre todo, ofrece mayor calidad en su producción. Con ello, la asistenta social y rehabilitación de las PCD que acuden al CREE de Xalapa, Ver., está empezando a ser atendida y beneficiada con mejor y mayor calidad. Sin embargo, a consecuencia de la alta promoción y difusión del TOyP a través de la radio, televisión y distintas Jornadas Itinerante (Programa del Gobierno del Estado de Veracruz), la población que requiere de este vital apoyo –para integrarse activa y productivamente a la sociedad– a incrementado sustancialmente. Aunque el TOyP trabaja al 100% en la fabricación de órtesis y prótesis, la realidad es que tanto el área física, como la maquinaria con la que actualmente se cuenta –para la fabricación de dichos productos– no son las más optimas, ya que dicho Taller, no cuenta con las dimensiones y/o medidas adecuadas para atender y realizar dichos productos, aunado a que la maquinaria, por ser de uso, muchas veces se descompone, lo cual conlleva a detener los procesos de fabricación y entrega de los productos solicitados por los pacientes que acuden al CREE Xalapa, Ver. CUARTA PARTE: Metas e indicadores. 13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar Suministrar el equipo solicitado en el TOyP, permitirá mejorar la calidad de producto terminado en un 80% y el costo beneficio del mismo producto aumentaría en un 20% su tiempo de vida útil en relación a los productos que se elaboran y entregan actualmente. De tal modo, con la modernización y reequipamiento del área de órtesis y prótesis, el número de apoyos ortésicos y protésicos que se pretende otorgar de 497 productos en el presente año, podrá ser igual o mayor al número de apoyos solicitados por la población con discapacidad motriz que acude o es canalizada constantemente, por diversas instancias, al CREE de Xalapa, Ver. 80 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación Expediente clínico en el paciente del CREE de Xalapa, Ver., y archivo general de solicitudes de prótesis y órtesis Porcentaje de PCD que se les otorgó una durante el periodo. órtesis y prótesis durante el periodo INDICADOR: FORMULA: Número de PCD que recibieron una órtesis y prótesis _____________________________ X 100 Número de PCD que solicitaron una órtesis y prótesis durante el periodo. QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos. 15. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral Para la autorización, seguimiento y evaluación de este de la Familia (SNDIF) proyecto específico (TOyP). 16. Factores críticos de éxito Actitud laboral negativa. Sindicalismo. Narcotráfico. Usos y costumbres. Procesos administrativos inadecuados. SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto. 17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Cargo o puesto Teléfono y correo electrónico Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza. Directora General SEDIF 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37 Ext.: 3202 / 3203 www.difver.gob.mx Lic. María del Carmen Villalobos Directora de Asistencia Romo. Integración Social. e 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37 Ext.: 3500 www.difver.gob.mx Dr. David Rodríguez Leyva. Subdirector de Servicios 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37 Asistenciales Médicos. Ext.: 3502 / 3503 www.difver.gob.mx O.P.C. Francisco Javier Flores Responsable del Taller de órtesis 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37 Ramírez y prótesis Ext.: 3112 / 3504 www.difver.gob.mx La Directora General DIF Estatal Veracruz, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 81 Programa de Atención a Personas con Discapacidad Unidad de Asistencia e Integración Social. Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social. FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto. Fecha de recepción FOLIO 6 de agosto de 2008 PD-E08-30-002 Lugar y Fecha de emisión del proyecto Xalapa, Ver. Julio de 2008 1. Datos Generales Nombre del Estado Veracruz de Ignacio de la Llave Nombre del Director del Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza SEDIF Domicilio Miguel Alemán Núm. 109, col. Federal, C. P. 91140, Xalapa Ver. Teléfono Correo electrónico 012288423730 y 012288423737 Ext. 3202 y 3203 Página Web www.difver.gob.mx 2. Nombre del Proyecto Integral Fortalecimiento y modernización de los servicios de rehabilitación e integración de las personas con discapacidad en el Estado de Veracruz. 3. Nombre del Proyecto Específico Modernización y equipamiento de las áreas del Centro de Tecnología Adaptada (CTA), Terapia Física (TF) y Unidades Básicas de Rehabilitación (UBRs). 4. Objetivo del Proyecto Específico 1. Mejorar la calidad de los servicios de rehabilitación en el CTA y terapia de lenguaje e incrementar en un 15 % las sesiones de terapia otorgadas a los beneficiarios. 2. Ofrecer una atención de mejor calidad al usuario de las áreas de rehabilitación, para lograr una recuperación y reintegración a la vida diaria en menor tiempo y con ello, disminuir el costo de atención. 3. Cumplir con los programas sustantivos que cada UBRs realiza en pro de las personas con discapacidad; dando los implementos de trabajo necesarios y funcionales para prestar una atención que refleje un beneficio sustancial en los pacientes, aunado a una capacitación adecuada del personal a cargo de las mismas. 82 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida. 5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto Municipio(s) Localidad(es) Xalapa Chicontepec, el Higo, Huayacocotla, Pánuco, Tantoyuca, Cerro Azul, Naranjos Amatlan, Ozuluama, Pueblo Viejo, Castillo de Teayo, Papantla; Poza Rica, Alamo Temapache, Tihuatlan, Tuxpan, Zozocolco de Hidalgo, Altotonga, Atzalan, Colipa, Martínez de la Torre, Misantla, Nautla, Tlapacoyan, Vega de Alatorre, Actopan, Alto Lucero, Cosautlan de Carbajal, Naolinco, Perote, Xico, Atoyac, Chocaman, Córdoba, Coscomatepec, Cuichapa, Cuitláhuac, Huatusco, Omealca, Paso del Macho, Tezonapa, Tomatlan, Atlahilco, Atzacan, Canerino Z. Mendoza, Iztaczoquitlan, Maltrata, Nogales, Orizaba, Zongolica, Boca del Río, Catemaco, Ignacio de la Llave, Paso de Ovejas, San Andrés Tuxtla, Santiago Tuxtla, Soledad de Doblado, Veracruz, Carlos A. Carrillo, Cosamaloapan, Isla, Playa Vicente, Tierra Blanca, Tlacotalpan, Tres Valles, Acayucan, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Jesús Carranza, Juan Rodríguez Clara, Las Choapas, Minatitlan, Oluta, Sayula de Alemán, Tatahuicapan y Uxpanapan. 6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad 1.- Centro de Tecnología Adaptada: No existe un padrón de beneficiarios exclusivo de los pacientes que acuden al Centro de Tecnología Adaptada; pero dentro del censo INEGI 2000 se reporta una población con discapacidad de 172,835 en el Estado de Veracruz, de los cuales un 16.9% presentan una discapacidad Auditiva y un 6.5 una discapacidad de Lenguaje, equivalente a 11,234 Durante el año en curso de enero a junio se han realizado 1,644 sesiones y se han atendido a 79 pacientes de primera vez. La consulta de alteraciones de la audición, voz, lenguaje y habla fue de 551 personas de los cuales 181 son niños de entre 1 y 11 años. 2.- Terapia Física: De la productividad anual del CREE realizada en el 2007 donde se otorgaron a 1,562 Personas 28,133 sesiones de terapia física en sus diversas modalidades. Consideramos que al realizarse este proyecto se incrementaría un 12 % aproximadamente la productividad. 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: Se espera atender a aproximadamente a 24,285 personas en consulta médica en las 75 unidades básicas de rehabilitación distribuidas en el Estado de Veracruz, de las cuales la discapacidad motriz es la mayormente atendida, las discapacidades auditiva, de lenguaje, visual y mental son canalizadas al lugar más cercano para su atención por la especialidad que corresponda. No existe un padrón de beneficiarios exclusivo de los pacientes que acuden las Unidades Básicas de Rehabilitación en el estado; pero dentro del censo INEGI 2000 se reporta una población con discapacidad de 172,835 en el Estado de Veracruz, de los cuales el 38% presentan una discapacidad motora, 16.9% presentan discapacidad Auditiva y 6.5% una discapacidad de Lenguaje. Durante el año en curso de Enero a Junio se han realizado 9,586 consultas médicas, 92,263 sesiones de terapia física en UBRs. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 83 7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas 1.- Centro de Tecnología Adaptada (CTA): En esta vertiente del proyecto integral se pretende combatir el rezago en equipo de cómputo, así como de los programas (software), reacondicionar en forma adecuada las áreas para su aislamiento, obteniendo un mejor aprovechamiento por parte de los usuarios del CTA. La problemática a ser atendida tiene que ver con el mejoramiento en infraestructura del área de trabajo del CTA, mejorando la calidad de las terapias de lenguaje y aprendizaje; y teniendo una mayor cobertura, la cual es necesaria ya que en el estado de Veracruz se está llevando a cabo el programa de Implante Coclear, para lo cual el paciente requiere seguir un protocolo de estudios para su aceptación, con esto inicia un programa pre-implante a base de terapia de lenguaje y posteriormente es implantado y tres semanas después reinicia las sesiones de terapia de lenguaje las cuales como requisito deben ser por lo menos tres veces a la semana con duración. Por todo lo anterior, requerimos de una mejora en las instalaciones para evitar interrupciones durante el tiempo de tratamiento de un paciente, así como una actualización en el equipo de cómputo y software. Asimismo contamos con un área improvisada donde se realizan traducciones a Sistema Brayle por parte de un Lic. en Derecho, el cual es invidente y nos apoya con este servicio, esto requiere de un software especial. Las principales causas que se han presentado son: − falta de presupuesto para la compra de equipo de cómputo; − equipo de cómputo obsoleto; − sofwares no actualizados; − área insuficiente para una mejor atención; − área no ventilada; − la falta de aislamiento influye en una inadecuada terapia individual ya que la mayor incidencia es de niños con problemas de hipoacusia; Con el fortalecimiento del CTA se espera un incremento en la cobertura de atención de aproximadamente un 15% para las personas que presentan una discapacidad auditiva y de lenguaje. Asimismo los usuarios que acudan al Centro, tendrán la oportunidad de recibir una mejor calidad en los servicios del CTA. Cabe mencionar que los usuarios que acuden al CREE-Xalapa, provienen de diversas localidades del Estado de Veracruz, quienes a su vez presentan una condición socioeconómica “precaria”. 2.- Terapia Física: La problemática de las personas con discapacidad en el estado de Veracruz, se enfoca a la prevención y a la mejora en la atención oportuna y de calidad, esto puede lograr al tener centros de rehabilitación con la capacidad y tecnología adecuados a los 66,195 personas con discapacidad motriz en el estado, así contamos con un CREE ubicado en la capital del estado, el cual, está inmerso en instalaciones de DIF Estatal y no fue planeado para la atención de la población creciente de estos tiempos, este CREE cuenta con un área de electroterapia con 5 ultrasonidos, 1 láser, 4 aparatos de corrientes interferenciales, 1 diatermia, 2 electro estimuladores, 1 parafinero, 1 fluido terapia y 4 compreseros, también se cuenta con una tracción cervical y lumbar, todo lo anterior de antigüedad variable de entre 2 y 20 años, siendo algunos obsoletos y con capacidad insuficiente para la atención; el área de hidroterapia cuenta con 35 mts. cuadrados aproximadamente donde se encuentran distribuidas 1 tina de Hubbard, 1 tina horizontal, 1 tina de miembros torácicos y 1 de miembros pélvicos; en mecanoterapia tenemos un gimnasio de 42 mts cuadrados de superficie, 4 colchonetas, 2 barras paralelas( infantil y adulto), 2 grúas de carga parcial de peso ( infantil y adulto) , 3 bicicletas, 1 caminadora, 2 barras suecas, 1 escalerilla de dedos, 2 poleas con peso, 1 timón ( inservible) 1 mesa de posición (que frecuentemente requiere de mantenimiento) ya que por ser manual los engranes ya están desgastados, 1 espejo de postura; el área de terapia ocupacional es pequeña para las necesidades actuales no cuenta con área de adiestramiento para las actividades de la vida diaria, presenta 1 mesa de trabajo, 7 sillas metálicas, 1 silla de altura, 1 espejo de postura, 1 mesa de canavel inservible, material didáctico básico muy escaso de terapia ocupacional, el cual se encuentra deteriorado y es insuficiente para la atención de la población actual. De forma tal, es inherente que se requiere contar con el material necesario para dar la atención digna que merece la población discapacitada siendo el impacto de ejecución del proyecto estimado a 2,804 personas en el año 2008, incrementando así en un 12% la cobertura de atención a la discapacidad en el Estado de Veracruz. 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: La distribución geográfica del estado de Veracruz hace difícil el traslado de los pacientes con alguna discapacidad a este Centro de Rehabilitación para ser atendidos, siendo primordial ofrecer un servicio oportuno, efectivo, de calidad y cerca de su lugar de origen. Por lo que es importante contar con el instrumental en buenas condiciones y actualizado, así como con el personal capacitado para tal fin. Por lo tanto con el reequipamiento de las UBRs se espera disminuir el costo de los tratamientos, evitando el desplazamiento y la estancia prolongada de los pacientes en el CREE Xalapa. 84 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos 1.- Centro de Tecnología Adaptada: El proyecto específico aquí presentado, pretende tener un tiempo de duración de 5 años, ya que dentro de las vertientes que se propone, en su mayoría es el equipamiento y remodelación. Lo anterior comprenderá tanto el periodo de la administración estatal actual, así como principios de la administración estatal entrante. 2.- Terapia Física: El equipo electromédico que recibe mantenimiento en forma constante (preventivo y/o correctivo) tiene una vida útil entre 5 y 8 años, ya que su uso es constante durante la jornada laboral. 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: La duración de la vida del proyecto será de 3 años, esto debido al cambio de administración, aunque se considera factible la continuación de éste por la administración siguiente. De tal modo, la vida útil del equipo electromédico es de 5 años dependiendo del uso. TERCERA PARTE: Obras y acciones. 9. Lista y descripción de las OBRAS Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la Discapacidad. Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF. - Apoyo a financiar C.1.8- Otro tipo de de adecuaciones de inmuebles e instalaciones. 1.- Centro de Tecnología Adaptada: − Modificación y aislamiento de la totalidad de los cubículos de área del CTA. − Climatización del área para un mejor ambiente de aprendizaje y trabajo. − Obras Modificación y aislamiento de la totalidad de los cubículos de área de CTA. Fecha de inicio Fecha de término Septiembre de 2008 1 de diciembre de 2008 − Climatización del área para un mejor ambiente de aprendizaje y trabajo − Costo estimado de las obras Obras Monto Modificación y aislamiento de la totalidad de $22,500.00 los cubículos de área de CTA. Climatización de área, para un ambiente de aprendizaje y trabajo Total mejor $22,500.00 $45,000.00 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 85 10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS Proyecto en etapa inicial 11. Lista y descripción de las ACCIONES 1.- Centro de Tecnología Adaptada: - Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad. - Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad. - Apoyo a financiar A.3.22.- Otros sujetos a aprobación. Adquisición de equipo de cómputo con monitor C/Touch screen ENTEC 15” o 17” LCD y sofwares actualizados y su conexión a red. 2.- Terapia Física: - Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad - A.3.- Destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad. - Apoyo a financiar A.3.4.- Equipo de mesoterapia o mecanoterapia. Mecanoterapia: - 2 Timones ejercitadotes de hombro, que permiten alcanzar el arco de movimiento completo en el hombro y fortalecerlo. - 1 caminadora eléctrica para entrenamiento de marcha - 2 ejercitadores magneciser de pedal funcionan para ejercitar miembros torácicos y miembros pélvicos. - 1 Ergómetro isocinético para miembros inferiores. Aparato de entrenamiento que mejora fuerza muscular con tensión variable y arco de movimiento con protección de articulaciones. - 1 bicicleta fija. Mejora arcos de movimientos de miembros pélvicos, mejora la coordinación y la fuerza muscular - 2 cilindros de 10 x 60 cm. Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y manejo de diferentes etapas de estimulación temprana. - 2 cilindros de 20 x 60 cm. Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y manejo de diferentes etapas de estimulación temprana. - 2 cuñas de 15 x 50 x 50 cm Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y manejo de diferentes etapas de estimulación temprana. - 2 cuñas de 30 x 60 x 80 cm Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y manejo de diferentes etapas de estimulación temprana. - 6 colchones de 200 x 100 x 10 cm de espesor. Necesarios para trabajar diferentes tipos de ejercicios. - 2 mesas estabilizadoras para niño. Utiles para estabilizar al paciente en una posición adecuada para trabajar dentro de las sesiones. - 1 mesa estabilizadora para adulto. Utiles para estabilizar al paciente en una posición adecuada para trabajar dentro de las sesiones. - 1 ergómetro isocinético para miembros superiores. Aparato de entrenamiento que mejora fuerza muscular con tensión variable y arco de movimiento con protección de articulaciones. 86 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 - Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad - A.3.- Destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad. - A.3.2.- Equipo de estimulación eléctrica: - 2 Equipo láser. Regenerador de tejido, poder antiinflamatorio y analgésico de alta potencia. - 1 Equipo de Diatermia. - 2 ultrasonidos terapéuticos therasoud 3.4 Tratamiento de terapia física con efecto antiinflamatorio y regenerador de tejido. - 2 Electroestimuladores Theramini 2. Función analgésica y relajante. - 1 baño de parafina paracare tratamiento de calor superficial con poder antiinflamatorio y analgésico - 2 Cabezal para ultrasonido chatanuga complemento para ultrasonidos ya existentes. - 1 silla de altura variable para tina de hidroterapia - 2 ejercitadores de mano handtrainer - 1 Mesa de Inclinación variable. 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: - Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la Discapacidad. - Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF. - Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado Para el reequipamiento de las Unidades Básicas del Estado de Veracruz consideramos que son necesarios los siguientes equipos: − Ultrasonido − Tina de Remolino de cuerpo completo − Timón de Hombro − Poleas de pared − Silla de ruedas − Plantoscopio − Pelota de Bobath − Parafinero − Mesa de tratamiento − Lámpara de Rayos infrarrojos − Espejo móvil − Espejo de pared − Escalerilla para dedos − Electroestimulador portátil (tens) − Electroestimulador − Compresero caliente chico − Compresero frío − Colchón de tratamiento − Cilindros − Cuñas − Bicicleta fijas − Barras suecas − Barras paralelas − Balancín de madera − Escalera con rampa Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL Acciones (Segunda Sección) Fecha de inicio Fecha de término Septiembre 2008 15 de diciembre de 2008 • En mecanoterapia ofrecer equipo Septiembre 2008 moderno seguro y útil para su recuperación. 15 de diciembre de 2008 1.- Centro de Tecnología Adaptada: • Reequipamiento 2.- Terapia Física: • Aumentar el número de sesiones de electroterapia: Láser, diatermia, ultrasonido, electroestimulación. Mejorar la apariencia del gimnasio, lo • cual influye en el estado anímico del paciente 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: • Por medio del reequipamiento de las UBRs lograr una funcionalidad óptima en cada una de éstas que conlleve a una atención de calidad al beneficiario. • Actualizar el equipo electromédico de Septiembre 2008 cada una de las UBRs o en su defecto de las que más lo requieran. • Optimizar el trabajo de los encargados de UBRs con equipo actualizado y funcional. Costo estimado de las acciones Acciones Monto 1.- Centro de Tecnología Adaptada: Adquisición de 7 equipos de cómputo y $150,000.00 sofware, actualizados y conectadas en red. Total: $150,000.00 2.- Terapia Física: 2 Equipo de láser terapia $72,000.00 1 Diatermias $97,600.00 2 Equipo de electroestimulación theramini 2 $40,000.00 2 timones ejercitadotes de hombro magneciser $7,000.00 1 Caminadora eléctrica $42,000.00 2 Ultrasonidos terapéutico therasoud 3.4 $28,000.00 2 ejercitador magnessicer de pedal $3,400.00 1 baño de parafina paracare $1,700.00 1 Ergómetro isocinético para miembros inferiores. $62,000.00 2 Cabezal para ultrasonido chatanuga $7,200.00 1 bicicleta fija $6,000.00 2 cilindros de 10 x 60 cm. $518.00 2 cilindros de 20 x 60 cm. $1,410.00 2 cuñas de 15 x 50 x 50 cm $1,288.00 15 de diciembre de 2008 87 88 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL 2 cuñas de 30 x 60 x 80 cm $3,340.00 6 colchones de 200 x 100 x 10 cm de espesor $20,610.00 1 silla de altura variable para tina de hidroterapia $8,000.00 2 mesas estabilizadoras para niño $14,000.00 1 mesa estabilizadora para adulto $9,000.00 2 ejercitadores de mano handtrainer $5,000.00 1 ergómetro superiores isocinético para $59,000.00 miembros 1 Mesa de inclinación variable Total: $47,800.00 $536,868.01 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: Balancín de madera c/cubierta de vynyl $3,289.00 Barras paralelas $8,447.00 Barras suecas $3,003.27 Bicicleta fija $3,458.58 Cilindro de 90 x 30 $1,487.25 Colchón de cuña $635.37 Colchón cilíndrico $2,040.67 Colchón de tratamiento $3,326.00 Compresero chico caliente $9,867.00 Electroestimulador muscular Electroestimulador portátil “TENS” Escalerilla para dedos $22,383.81 $2,085.52 $912.76 Espejo de pared $4,566.46 Espejo móvil $5,681.00 Lámpara de rayos infrarrojos $3,313.67 Mesa de tratamiento $5,232.50 Mesa de tratamiento con colchón $5,364.41 Parafinero $3,829.20 Pelota Bobath $703.58 Plantoscopio $3,352.50 Poleas de pared $2,713.40 Timón de hombro $4,164.51 Tina de hidromasaje cuerpo completo $62,653.90 Ultrasonido $19,733.28 TOTAL POR UNIDAD (SE ESPERA ATENDER ENTRE 8 Y 9 UBR. LA CANTIDAD SOLICITADA DE CADA UNA DEPENDERIA DE SUS REQUERIMIENTOS) Total asignado para atender a todas las UBR´s: $182,244.64 $1,575,000.00 GRAN TOTAL DEL PROYECTO $2,261,868.01 Viernes 3 de julio de 2009 Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 89 12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES 1.- Centro de Tecnología Adaptada: Actualmente se cuanta con 5 cubículos de atención para los cuales se tienen contratados a una terapeuta de lenguaje, una Lic. en Intervención educativa, una Pedagoga y un Psicólogo realizando su servicio social y una pasante de Terapia de Lenguaje. Los cubículos no tienen una división apropiada, lo que permite la trasmisión del sonido y de la voz al momento de trabajar los terapeutas de manera simultánea, lo que provoca interrupciones frecuentes y distracciones tanto del terapeuta como del paciente. Contamos con 7 equipos de cómputo los cuales son ya obsoletos para los Softwares actuales, algunos de éstos presentan fallas frecuentes e incompatibilidad de programas. Lo que provoca el retraso en la atención ya que el mantenimiento y actualización de este tipo de equipo específico para una discapacidad debe ser permanente, lo cual no se ha llevado a cabo durante los últimos 5 años. 2.- Terapia Física: Durante el año 2007 se beneficiaron a 1,562 personas con 28,133 sesiones de las diversas terapias con las que contamos, las cuales se brindan en condiciones inadecuadas ya que contamos con un área de mecano- terapia de 7 x 6 mts. La cual es insuficiente para la demanda actual, por lo que hemos tenido que manejar grupos de terapia, el equipo con el que se cuenta en esta área varía en el tiempo de antigüedad entre 3 y 15 años; esto aunado a un mal mantenimiento preventivo y correctivo, y al uso constante, hace que se requiera un reequipamiento de esta área. En cuanto al espacio continuaremos limitados ya que no existen espacios para ampliación y se encuentra en construcción un nuevo Centro de Rehabilitación. Hasta hace algunos años contábamos con una pequeña área de electroterapia con cuatro cubículos de tratamiento, por lo que se realizó la construcción de 5 cubículos los cuales se encuentran separados de los primeros debido a los espacios disponibles. Los cuales en las horas de mayor demanda se vuelven insuficientes al igual que el equipo con el que se cuenta, ya que sólo tenemos un solo láser el cual trasladan los terapeutas al sitio donde es necesario. Unicamente existe una diatermia la cual es obsoleta e insuficiente para cubrir las necesidades. En cuanto al resto del equipo con el que se labora requiere de mantenimiento urgente ya que durante los años anteriores no se le dio de manera preventiva por lo que presentan fallas frecuentes; algunos de éstos son modelos antiguos por lo que ya no existen refacciones para repararlos. En cuanto a los colchones para ejercicio de piso se encuentran en pésimo estado por lo que el servicio para el paciente es de mala calidad. Todo lo anterior hace necesario el reequipamiento de estas dos áreas básicas para la rehabilitación del paciente con equipo moderno y necesario para una atención de calidad. 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: Contamos con 75 Unidades Básicas de Rehabilitación a lo largo de todo el estado, de las cuales la mayoría requieren y solicitan en forma constante del reequipamiento de las mismas, ya que el deterioro por el uso constante es perceptible; las múltiples solicitudes de los municipios recibidas se deben a que en Diciembre de 2007 hubo cambio de administración y las nuevas autoridades solicitan el apoyo para ofrecer una mejor atención a su población. 90 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CUARTA PARTE: Metas e indicadores. 13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar 1.- Centro de Tecnología Adaptada: Se pretende un incremento sustancial de 15 % en las sesiones de terapia de lenguaje y aprendizaje otorgada a los beneficiarios. Hasta el mes de junio de 2008 se han realizado 1,644 sesiones 1,573 subsecuentes y 79 valoraciones a pacientes de primera vez. La consulta de alteraciones de la audición, voz, lenguaje y habla fue de 551 personas de los cuales 181 son niños de entre 1 y 11 años. 2.- Terapia Física: El reequipamiento del área de mecanoterapia permite a los terapeutas ampliar la diversidad de tratamientos que se ofrecen a los usuarios mejorando la calidad y disminuyendo el tiempo de la atención lo que se refleja en una mejor respuesta al tratamiento, con equipo moderno como los ergómetros que permiten un mejor acondicionamiento músculo-esquelético y que limita el daño a las articulaciones, por lo que proporcionaremos tratamientos adecuados a los avances tecnológicos más actualizados. El mejorar las condiciones actuales de colchonetas, cuñas, y cilindros da una ambientación confortable al usuario, influyendo en el estado de ánimo de nuestros pacientes. Durante el año en curso se han realizado 4,951 sesiones de electroterapia hasta el mes de Junio y 6,318 sesiones de mecanoterapia, lo cual esperaríamos aumentar con el equipo y material solicitado en 12 % aproximadamente. Durante el periodo de enero a junio se han recibido a 940 solicitudes de servicio. 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: El reequipamiento de las UBRs permite a los encargados y auxiliares de terapia ampliar la diversidad de tratamientos que se ofrecen a los usuarios mejorando la calidad y disminuyendo el tiempo de la atención lo que se refleja en una mejor respuesta al tratamiento, con equipo moderno. El mejorar las condiciones actuales de colchonetas, cuñas, y cilindros da una ambientación confortable al usuario, influyendo en el estado de ánimo de nuestros pacientes. Durante el año en curso se han realizado 85,238 sesiones hasta el mes de Junio con lo que se han beneficiado a 12,403 personas, con lo cual esperaríamos aumentar la calidad de la atención ofrecida en las UBRs. Esto de la mano de la capacitación del personal a cargo. 14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6 “Evaluación” de las reglas de operación) Indicador Documento, informe o fuente de verificación 1.- Centro de Tecnología Adaptada: INDICADOR: Expediente clínico del paciente. Porcentaje de personas que reciben Informes de productividad. prevención y atención para la discapacidad. Padrón de beneficiarios. Informe de demanda de servicios. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 91 2.- Terapia Física: Expedientes clínicos Número de personas que reciben prevención Informes diarios de actividades (SISP), y atención para la discapacidad durante el Informe mensual de actividades de terapia física. periodo Padrón de beneficiarios ____________________________ X 100% Informe de Demanda de servicios FORMULA: Número de personas que solicitan prevención 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación: y atención para la discapacidad durante el Expedientes clínicos. periodo. Informes diarios de actividades (SISP). Informe mensual de actividades de UBRs. Informe trimestral de UBRs. QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos. 15. Relaciones interinstitucionales Institución Puntos de coordinación o concertación. Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Para la autorización, seguimiento y evaluación del proyecto Familia (SNDIF) (CTA, TF y UBR´s) Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de Para dar seguimiento y evaluación al objetivo destinado a la Familia (SEDIF). las UBR´s, donde participarán los Sistema Municipal Para el Desarrollo Integral de la familia (SMDIF) que cuenten con UBR´s 16. Factores críticos de éxito. • Actitud laboral negativa por parte del personal que otorga los servicios a personas con discapacidad. • Narcotráfico • Usos y costumbres. • Procesos administrativos. SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto. 17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación Nombre Cargo o puesto Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza Directora General SEDIF Lic. María del Carmen Villalobos Directora de Asistencia Romo Integración Social. Teléfono y correo electrónico e Dr. David Rodríguez Leyva Subdirector de Servicios Asistenciales Médicos. Dr. César Méndez Martínez Encargado de CTA Lic. Marisa Vignola Arguelles Encargada de UBRs. Edgar García García Encargado del Proyecto de T.F. La Directora General del SEDIF, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica. 92 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA EXTRACTO del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia la investigación de oficio identificada bajo el número de expediente IO-003-2009, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de paneles y componentes de cristal en el territorio nacional. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia. “EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE LA COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA INICIA LA INVESTIGACION DE OFICIO IDENTIFICADA BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE IO-003-2009, POR LA POSIBLE COMISION DE PRACTICAS MONOPOLICAS ABSOLUTAS EN EL MERCADO DE LA PRODUCCION, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE PANELES Y COMPONENTES DE CRISTAL EN EL TERRITORIO NACIONAL. Derivado de los elementos de convicción aportados mediante el programa de reducción de sanciones previsto en los artículos 33 bis 3 de la Ley Federal de Competencia Económica, 43 y 44 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica, esta Comisión Federal de Competencia cuenta con elementos suficientes para el inicio de una investigación por prácticas monopólicas absolutas. Las posibles prácticas monopólicas a investigar consisten en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea fijar, elevar, concertar o manipular el precio de venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados, o intercambiar información con el mismo objeto o efecto; establecer la obligación de no producir, procesar, distribuir, comercializar o adquirir sino solamente un cantidad restringida o limitada de bienes o la prestación o transacción de un número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios; así como dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables. El mercado a investigar es el de la producción, distribución y comercialización de paneles y componentes de cristal en el territorio nacional. Lo anterior, en la inteligencia que las conductas concretas que puedan constituir prácticas monopólicas, habrán de determinarse, en su caso, en el oficio de probable responsabilidad a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de Competencia Económica, toda vez que el presente acuerdo da inicio a un procedimiento de investigación en el que aún no se han identificado las conductas que pueden constituir prácticas monopólicas, ni se ha determinado el sujeto a quien deberá oírsele en defensa como probable responsable de infracciones a la Ley Federal de Competencia Económica. Se autoriza al Director General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Absolutas y Restricciones al Comercio Interestatal de esta Comisión, para que en términos del artículo 31 de la Ley Federal de Competencia Económica, expida órdenes de presentación de documentación e información relevante, cite a declarar a quienes tengan relación con la investigación, así como para realizar visitas de verificación, y para tramitar, coordinar y supervisar el procedimiento, utilizando, en su caso, las medidas de apremio correspondientes. Lo anterior se publica de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Federal de Competencia Económica, con el objeto de que cualquier persona pueda coadyuvar en la presente investigación. El periodo de investigación comenzará a contar a partir de la publicación de este extracto. México, Distrito Federal, a veintitrés de junio de dos mil nueve.- Así lo acordó y firma el Secretario Ejecutivo.- Rúbrica.- Conste.” Atentamente El Secretario Ejecutivo, Ali B. Haddou Ruiz.- Rúbrica. (R.- 291562) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 93 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Organización Productiva para Mujeres Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Michoacán de Ocampo. CONVENIO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA ORGANIZACION PRODUCTIVA PARA MUJERES INDIGENAS, EN ADELANTE “EL PROGRAMA” DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009; QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR EL M. V. Z. PEDRO BARRERA PEREZ, EN SU CARACTER DE DELEGADO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, Y POR LA OTRA EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO, MTRO. LEONEL GODOY RANGEL, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, M.D. FIDEL CALDERON TORREBLANCA; EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION, C.P. RICARDO HUMBERTO SUAREZ LOPEZ; LA SECRETARIA DE LA MUJER, PROFA. CRISTINA PORTILLO AYALA; EL COORDINADOR DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO, ING. ISIDORO RUIZ ARGAIZ; Y LA COORDINADORA DE CONTRALORIA, LIC. ROSA MARIA GUTIERREZ CARDENAS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “EJECUTIVO DEL ESTADO”; LOS CUALES CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA “LAS PARTES”, DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado B, establece la obligación para la Federación, los estados y los municipios de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno. II. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, recoge las aspiraciones, demandas y propuestas de los diversos grupos de la sociedad, incluyendo a las comunidades indígenas, los tres órdenes de gobierno y la población en general, estableciendo en su artículo cuarto que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, establecerán los mecanismos necesarios para la coordinación con los distintos órdenes de gobierno y la concentración con los diversos grupos sociales y de los particulares, con la finalidad de promover su participación amplia y responsable en la consecución de los objetivos del citado Plan. III. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 3 Igualdad de Oportunidades, objetivo 15, estrategia 15.1 señala que se constituirá la atención a los indígenas en un objetivo estratégico transversal para toda la Administración Pública Federal. IV. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán señala que las autoridades estatales garantizarán el desarrollo integral de los pueblos indígenas y velarán por la atención de sus demandas con pleno respeto a su cultura y promoverán acciones para su beneficio. V. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 25 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 17, considerándose dentro de ese documento a los programas de “LA COMISION”. VI. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de “EL PROGRAMA”, deberán sujetarse a “LAS REGLAS DE OPERACION” que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan. VII. Con fecha 29 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación “Acuerdo de modificación a las reglas de operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Productividad, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas” en adelante “LAS REGLAS DE OPERACION”. 94 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 VIII. Que “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” establecen como objetivo general “Contribuir a mejorar las condiciones de vida y posición social de las mujeres indígenas que habitan en localidades de alta y muy alta marginación, impulsando y fortaleciendo su organización, vinculada a un proyecto productivo”. IX. Que de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” existe la necesidad de celebrar un Convenio de Coordinación con las instancias ejecutoras para la ejecución de “EL PROGRAMA”. X. Que “EL PROGRAMA”, considera los siguientes apoyos: a) Proyecto de Organización Productiva b) Acompañamiento c) Promotoras indígenas d) Capacitación e) Operación, seguimiento y evaluación DECLARACIONES I. De “LA COMISION”: I.1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de su Ley Orgánica, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003. I.2. Que de conformidad con el artículo 2 de su Ley Orgánica tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene entre sus funciones establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas en favor de los pueblos y comunidades indígenas. I.3. Que de conformidad con el artículo 3 de su Ley Orgánica rige sus acciones, entre otros, por los siguientes principios: a) Promover la no discriminación o exclusión social y la construcción de una sociedad incluyente, plural, tolerante y respetuosa de la diferencia y el diálogo intercultural. b) Impulsar la integralidad y transversalidad de las políticas, programas y acciones de la Administración Pública Federal para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas. c) Incluir el enfoque de género en las políticas, programas y acciones de la Administración Pública Federal para la promoción de la participación, respeto, equidad y oportunidades plenas para las mujeres indígenas. I.4. Que adicionalmente a las estrategias y acciones de gobierno señaladas en las leyes citadas en los antecedentes, “LA COMISION” de acuerdo con las funciones establecidas en el artículo 2 fracciones XI y XIV de su Ley, puede instrumentar y operar programas y acciones para el desarrollo de los pueblos indígenas cuando no correspondan a las atribuciones de otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal o en colaboración, en su caso, con las dependencias y entidades correspondientes, así como establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas en favor de los pueblos y comunidades indígenas. I.5. Que el C. M.V.Z. Pedro Barrera Pérez, Delegado Estatal en Michoacán cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con el Poder otorgado ante el Notario Público número 104, licenciado José Ignacio Sentíes Laborde, con ejercicio y residencia en la Ciudad de México, Distrito Federal, mediante Escritura Pública 83486 de fecha 10 de abril de 2008 y en el artículo 33 fracción VII de su Estatuto Orgánico que lo faculta para celebrar, por instrucciones del Director General, los convenios y acuerdos de colaboración, coordinación y concertación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, el Gobierno Estatal, así como con los gobiernos municipales y con las organizaciones de los sectores social y privado, respectivamente, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas en favor de los pueblos y comunidades indígenas. I.6. Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Periférico Nueva España número 2537, colonia Hospitales de don Vasco en Morelia, Michoacán, código postal 58248. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 95 II De “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”: II.1 Que el Estado de Michoacán de Ocampo, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo. II.2 Que el Gobernador del Estado, Mtro. Leonel Godoy Rangel, cuenta con atribuciones para firmar el presente Convenio, de conformidad con el artículo 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 3o., 8o., de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y 36 de la Ley de Planeación del Estado de Michoacán de Ocampo. II.3 Que el Secretario de Gobierno, M.D. Fidel Calderón Torreblanca, tiene reconocidas las atribuciones para firmar el presente Convenio, de acuerdo con los artículos, 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 15, 16, 22, 23, fracción I y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción I, 11, fracción XVIII y 18 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo. II.4 Que el Secretario de Finanzas y Administración, C.P. Ricardo Humberto Suárez López, cuenta con atribuciones para firmar el presente convenio de conformidad a lo estipulado en los artículos 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 15, 16, 22, 24 fracción III y 44, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción II, 11, fracción XVIII y 37 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo: II.5 Que la Secretaria de la Mujer, Profra. Cristina Portillo Ayala, tiene reconocidas las atribuciones para firmar el presente instrumento jurídico de acuerdo con lo señalado en los artículos 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 15, 16, 22, 36 fracciones I, II, III y IV y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción XIV, 11, fracción XVIII y 175 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo. II.6 Que el Coordinador de Planeación para el Desarrollo, Ing. Isidoro Ruíz Argáiz, cuenta con las atribuciones legales suficientes para firmar el presente Convenio, de conformidad con los artículos 1o., 2o., 8o., 12, 15, 16, 40 fracción I y 41 fracciones VI y VIII y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6o., fracción XVII, 11, fracción XVIII y 191 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo. II.7 Que la Coordinadora de Contraloría, Lic. Rosa María Gutiérrez Cárdenas, cuenta con las atribuciones necesarias para firmas el presente Convenio, de conformidad con los artículos 1o., 2o., 8o., 12, 15, 16, 40 fracción II y 42 fracciones IX y XVI y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6, fracción XVIII, 11, fracción XVIII y 198 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo. II.8 Que para efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Avenida Madero Poniente número 63, Centro, código postal 58000, en Morelia, Michoacán. Por lo expuesto y en el ámbito de aplicación de cada una de “LAS PARTES” con fundamento en lo que disponen los Artículos 2, 26, 40, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 54, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley de Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176, 178, 179 y 180 de su Reglamento; 18 fracción V, 25, 26, décimo, décimo primero y décimo quinto transitorios del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; 2 fracciones XI y XIV de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”; artículos 62, 66 y 130 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo; 8, 9, 11, 12, 22, 23, 24, 36, 40 fracciones I y II, 41 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; “LAS PARTES” han decidido suscribir el presente instrumento para la aplicación de los recursos de “EL PROGRAMA” conforme a las siguientes: 96 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CLAUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio tiene por objeto la ejecución de “EL PROGRAMA” de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” a efecto de impulsar la participación de las mujeres indígenas en procesos autogestivos para su organización en torno a un proyecto productivo, en el marco de “EL PROGRAMA”, los cuales se detallarán en los anexos de Ejecución que se formalizarán para la transferencia de los recursos y en el Plan de Trabajo que presentará “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, mismo que se considerará parte integrante del presente instrumento. SEGUNDA. MONTO Y ACCIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio “LA COMISION” se compromete a aportar recursos hasta por la cantidad de $2’600,000.00 (dos millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) monto que será depositado a la cuenta bancaria que para tal efecto apertura “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” por conducto de la Secretaría de la Mujer, para financiar los proyectos de organización productiva y acompañamiento a los mismos con apego a las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. Sujeto a la disponibilidad presupuestal de “LA COMISION” para el ejercicio fiscal 2009 y a la legislación federal aplicable en la materia. “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” aportará la cantidad de $2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), recursos que serán utilizados para financiar proyectos productivos de acuerdo a las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”, así como la implementación de un programa de capacitación y/o formación en apoyo a los proyectos productivos. De igual manera, establece el compromiso de aportar de manera mensual, la cantidad de $700.00 (setecientos pesos 00/100 M.N.), para complemento de las becas a promotoras de “LA COMISION”, en un total de siete becarias, por toda la vigencia del presente instrumento legal. Los recursos se transferirán a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” de acuerdo con los anexos de Ejecución, en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos y número de beneficiarias con apego a “EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”. TERCERA. PLAN DE TRABAJO.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá establecer en un Plan de Trabajo, la capacidad operativa, la cobertura geográfica y el número aproximado de proyectos que de acuerdo a la metodología participativa propuesta en “EL PROGRAMA” puede comprometer durante la vigencia del presente instrumento. CUARTA. OBLIGACIONES DE LA COMISION.- “LA COMISION”.- Se compromete a: a) Dar a conocer a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” las Reglas de Operación para el ejercicio fiscal 2009 de “EL PROGRAMA”. b) Revisar y validar el Plan de Trabajo que presente “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”. c) Revisar y, en su caso, validar los proyectos de organización productiva y acompañamiento presentados por “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, que cumplan con los criterios y normatividad aplicable. d) Aportar los recursos federales en los términos señalados en la cláusula segunda, siempre y cuando las propuestas presentadas cumplan con la normatividad establecida. e) Supervisar durante la operación de “EL PROGRAMA” el cumplimiento de la normatividad, lineamientos y especificaciones técnicas del financiamiento de los proyectos de organización productiva contenidos en los anexos de Ejecución, en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos y número de beneficiarias con apego a “EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”. f) Apoyar a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” con un Sistema Integral de Mujeres para “EL PROGRAMA” y dar seguimiento al registro de los proyectos productivos, y programas de acompañamiento que se ejecuten. QUINTA. OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO DEL ESTADO.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”.- Se compromete a: a) Presentar un plan de trabajo detallado que contenga la capacidad operativa, cobertura, propuesta de asistencia técnica, acompañamiento y recursos humanos, materiales y financieros que aplicará en la ejecución de las acciones de “EL PROGRAMA”, asimismo, donde defina su propuesta de zonas de atención, capacidad operativa y propuesta de acompañamiento a los grupos solidarios en todas las acciones previas al desarrollo de proyectos y organización, documento que será soporte del presente instrumento, el cual ya ha sido presentado y autorizado. b) Cubrir con recursos propios las acciones de la fase de planeación y diseño del proceso de acompañamiento. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 97 c) Aplicar la normatividad y las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. d) Participar en el Programa de Capacitación Institucional que convoque “LA COMISION” por conducto de la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Michoacán y apoyar los gastos de traslado y hospedaje del personal operativo a su cargo. e) Impulsar la participación de las mujeres indígenas en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del proyecto productivo; revisar que los proyectos de organización productiva cumplan con los criterios de viabilidad establecidos en las “REGLAS DE OPERACION”, así como integrar el expediente técnico del proyecto objeto del presente Convenio; y entregar una copia de su proyecto y expediente técnico a cada uno de los grupos con los que haya tenido relación en la ejecución de “EL PROGRAMA”. f) Capturar en el Sistema Integral de Mujeres, los datos requeridos para la autorización de los proyectos de organización productiva, el acompañamiento, así como las fases que integren su seguimiento; la captura de este seguimiento será condición para autorizar apoyos de continuidad. g) Instrumentar el acta de entrega-recepción e incorporarla al expediente. h) Acompañar, asesorar y capacitar a los grupos de mujeres indígenas beneficiadas, en las distintas fases de la organización productiva: conformación de grupos, elaboración y ejecución del proyecto de organización productiva, así como adquisiciones, asistencia técnica y evaluación de resultados. i) Avisar a “LA COMISION”, de cualquier problema o desastre que afecte al proyecto en un plazo no mayor a dos días hábiles, contados a partir de que la beneficiaria le comunique, para que “LA COMISION” pueda prever las acciones que correspondan. j) Aportar recursos para el pago de becas de las promotoras y, en su caso, para el gasto administrativo y de operación del personal asignado a los procesos de capacitación y seguimiento de “EL PROGRAMA”, de conformidad con la Carta de Becarias, que se agrega al presente instrumento como Anexo. k) Asignar recursos humanos suficientes para atender la normatividad del programa y brindar el seguimiento a grupos (máximo diez grupos por persona, considerando la dispersión geográfica de los Proyectos). l) Integrar y mantener actualizado un expediente técnico por cada proyecto financiado y realizar los procesos de captura necesarios en el Sistema Integral de Mujeres, así como un registro específico sobre las acciones de capacitación y acompañamiento realizadas. m) Ejercer los recursos federales que se le transfieran por parte de “LA COMISION” única y exclusivamente en “EL PROGRAMA” de acuerdo a los proyectos que se autoricen en los anexos de Ejecución que se suscriban. n) Garantizar la correcta aplicación de los recursos de “EL PROGRAMA” y resguardar la documentación comprobatoria de los mismos. o) En su caso, informar por escrito a la Dirección de “EL PROGRAMA”, el monto de los recursos no ejercidos durante el trimestre y el motivo. p) Abstenerse de realizar acciones de proselitismo político, sindical o religioso q) Formular mensualmente reportes sobre el avance físico-financiero de los proyectos bajo su responsabilidad y remitirlas a la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Michoacán, en un máximo de cinco días hábiles posteriores al término de cada mes a reportar. r) Informar a “LA COMISION” sobre el avance físico y financiero de las acciones establecidas, de “EL PROGRAMA” y elaborar un informe al finalizar el presente ejercicio fiscal, sobre las acciones desarrolladas, en el que se establezcan las metas alcanzadas y, en su caso, los motivos por los que no se realizaron, así como las localidades beneficiadas y los impactos generados. SEXTA. RESPONSABLES DE “LAS PARTES”.- “LAS PARTES” para el cumplimiento del presente convenio, designan como responsables a: “LA COMISION” designa al Ing. Fernando Ortíz Flores, Responsable del Departamento de Fortalecimiento de Capacidades, de la Delegación Estatal de la CDI en Michoacán 98 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” designa a la C.P. Mireya Vieyra García, Asesora de la Secretaría de la Mujer del Gobierno del Estado de Michoacán y a la C. Ana María García Hernández, Jefa del Departamento de Proyectos Productivos de la Secretaría de la Mujer del Gobierno del Estado de Michoacán. SEPTIMA. PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá entregar a “LA COMISION” el plan de acompañamiento junto con el proyecto, mismo que debe incluir: justificación, objetivos y metas, metodología, estructura del personal asignado y perfiles, considerando las acciones específicas en todo el proceso, presupuesto, calendarización de acciones, instrumentos de control y seguimiento, de acuerdo a las exigencias del Programa y conforme a lo siguiente: a) El plan de acompañamiento se dictaminará por “LA COMISION”. b) El monto máximo destinado para el acompañamiento podrá ser hasta el 10% del monto total de recursos a ejercer por “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” destinados a cada proyecto. c) Los rubros permitidos en el plan de acompañamiento son los relacionados con la asesoría o capacitación en aspectos básicos sobre administración, organización, comercialización, tales como: pago de consultorías, capacitación y asistencia técnica, realización de talleres, reuniones de intercambio de experiencias y capacitación a los grupos de mujeres, adquisición o elaboración de material didáctico y de medios impresos de apoyo, renta de locales y equipo electrónico para capacitación, pago de traslado y alimentación de las mujeres indígenas, relacionado a los eventos citados, previa autorización de la Dirección Responsable de “LA COMISION” de “EL PROGRAMA” mediante la operación de cursos, talleres o asistencia técnica, así como los traslados, hospedajes, alimentación y material didáctico, debiendo comprobar dichos gastos con: facturas de consumo, recibos de pequeños contribuyentes, informes de seguimiento al proyecto, memorias de talleres de capacitación, copia de materiales de difusión. d) Solicitar a “LA COMISION” la gestión de recursos de cada proyecto autorizado una vez firmados el presente Convenio y el Anexo de Ejecución respectivo. OCTAVA. EJERCICIO DE LOS RECURSOS.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá documentar con apego a la normatividad federal aplicable, a “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” la comprobación del ejercicio de los recursos transferidos por “LA COMISION”. Asimismo, “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá recabar el documento comprobatorio de la entrega de los recursos a los grupos beneficiados, de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”, cuya copia entregará a “LA COMISION”, previo cotejo con originales. NOVENA. CONTABILIDAD DE LOS BENEFICIARIOS.- Como parte del proceso de aprendizaje y para transparencia en el uso de los recursos que reciban los grupos solidarios beneficiados por “EL PROGRAMA”, “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá orientar a los grupos a llevar una contabilidad elemental que les permita control sobre aportaciones, ingresos y gastos y permita soportar documentalmente el ejercicio del recurso mismo que será responsabilidad de cada uno de los grupos solidarios. DECIMA. DEVOLUCION DE LOS RECURSOS.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales que no sean devengados al 31 de diciembre de 2009, deberán ser reintegrados a “LA COMISION” dentro de los cinco días naturales del ejercicio fiscal siguiente. Los recursos federales que no se destinen a los fines autorizados deberán ser reintegrados a “LA COMISION” por “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en que la primera se lo solicite a éste. En los casos de los dos supuestos establecidos en los párrafos anteriores el reintegro deberá incluir los aprovechamientos y rendimientos financieros que generen dichos recursos; situación que habrá de realizar “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” a través de la Delegación Estatal de “LA COMISION”, para que se realice el reintegro a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables. DECIMA PRIMERA. SUSPENSION DE APOYOS.- En caso de que se detecten desviaciones o incumplimiento en el ejercicio o transferencia de los recursos “LA COMISION” a través de la Dirección Responsable de “EL PROGRAMA” suspenderá los apoyos y solicitará la intervención de las instancias correspondientes. DECIMA SEGUNDA. BUENA FE.- “LAS PARTES” declaran que en el presente Convenio no existe dolo, error, mala fe, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera anular el mismo y que es la simple manifestación de voluntades y para su interpretación y cumplimiento así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 99 DECIMA TERCERA. DIFUSION Y TRANSPARENCIA.- La papelería y documentación oficial para los Programas deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda Prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”. Toda la publicidad que se adquiera para la ejecución de “EL PROGRAMA”, tales como anuncios en medios electrónicos, impresos complementarios o de cualquier otra índole vinculados con los programas de comunicación social, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público y queda prohibido su uso con fines partidistas o de promoción personal”. Para efectos de lo anterior, deberán tomar en cuenta las características del medio de comunicación. DECIMA CUARTA. PROHIBICION DE CESION DE DERECHOS.- Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder o transferir parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio. DECIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL.- “LAS PARTES” convienen en que el personal que designen para la ejecución de las actividades del presente Convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, por lo que en ningún caso se le podrá considerar como patrón solidario o sustituto. DECIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- “LAS PARTES” acuerdan que estarán exentas de toda responsabilidad en caso de retraso, demora o incumplimiento total o parcial de las acciones enmarcadas en el presente Convenio debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditados. DECIMA SEPTIMA. SUPREMACIA DE “LAS REGLAS DE OPERACION”. Con independencia de lo previsto en el presente instrumento, en caso de cualquier controversia prevalecerá el contenido de “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. DECIMA OCTAVA. MODIFICACIONES.- Con el objeto de evaluar la aplicación y efectividad del presente instrumento, “LAS PARTES” se comprometen a revisar periódicamente tanto su contenido como las acciones realizadas y, en su caso, a adoptar las medidas que resulten necesarias para su mejor ejecución, en consecuencia podrán replantear los compromisos establecidos en él, mediante la celebración de convenios Modificatorios que se considerarán parte integrante del mismo. Cualquier modificación deberá efectuarse de común acuerdo por “LAS PARTES” y por escrito. DECIMA NOVENA. JURISDICCION.- “LAS PARTES” acuerdan que en caso de presentarse alguna controversia en la interpretación de las obligaciones pactadas, se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo que expresamente renuncian a la jurisdicción que en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa, pudiera corresponderles. VIGESIMA. CONTRALORIA SOCIAL.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” se compromete a apoyar a “LA COMISION” en la promoción de la contraloría social de “EL PROGRAMA”, en acciones que consistirán en capacitar a la(o)s beneficiaria(o)s, elaborar y distribuir material de difusión, colaborar en la instalación de los comités de contraloría social y asesorar a sus integrantes, atender solicitudes de información así como atender y dar seguimiento a las quejas y denuncias recibidas. VIGESIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, sin que pueda exceder del 31 de diciembre de 2009. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”. Leído que fue el presente Convenio de Coordinación y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo suscriben por cuadruplicado en la ciudad de Morelia, Mich., a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil nueve.- Por la Comisión: el Delegado Estatal en Michoacán, Pedro Barrera Pérez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado: el Gobernador del Estado de Michoacán, Leonel Godoy Rangel.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Fidel Calderón Torreblanca.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Ricardo Humberto Suárez López.- Rúbrica.- La Secretaria de la Mujer, Cristina Portillo Ayala.- Rúbrica.El Coordinador de Planeación para el Desarrollo, Isidoro Ruíz Argáiz.- Rúbrica.- La Coordinadora de Contraloría, Rosa María Gutiérrez Cárdenas.- Rúbrica. (R.- 291506) 100 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y los municipios de Mérida, Motul, Chichimilá, Cansahcab, Conkal, Calotmul, Espitia y Buctzotz del Estado de Yucatán. CONVENIO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA ORGANIZACION PRODUCTIVA PARA MUJERES INDIGENAS, EN ADELANTE “EL PROGRAMA” DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009; QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR DIANA MERCEDES CANTO MORENO, EN SU CARACTER DE DELEGADA ESTATAL EN EL ESTADO DE YUCATAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, Y LOS MUNICIPIOS DE MERIDA, MOTUL, CHICHIMILA, CANSAHCAB, CONKAL, CALOTMUL, ESPITA Y BUCTZOTZ, EN LO SUCESIVO “LAS EJECUTORAS”, A TRAVES DE SUS AYUNTAMIENTOS REPRESENTADO POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES LOS CC. CESAR JOSE BOJORQUEZ ZAPATA, CELINA YOLANDA MONTAÑEZ Y AVILES, JOSE EDILBERTO TZAB ORTIZ, PAULINO EK CHAN, MARIA ELENA UICAB QUIJANO, GREGORIO MENDEZ MENDEZ, FRANCISCO JAVIER CHIMAL KUK Y JOSE FRANCISCO RIVERO LIZAMA Y DE SUS SECRETARIOS MUNICIPALES JORGE MANUEL PUGA RUBIO, YOLANDA GUADALUPE POOL POOL, EUDALDO TUN BALAM, JESUS ROLANDO CASTILLO NOH, JOAQUIN CORDERO GUARDIA KANTUN, ALBA ROSA POLANCO MENDOZA, PEDRO LUCILO PECH BALAM Y SANTIAGO CAMPOS QUIÑONES, MISMAS QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES NOMBRARA “LAS PARTES” DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado B, establece la obligación para la Federación, los estados y los municipios de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno. II. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, recoge las aspiraciones, demandas y propuestas de los diversos grupos de la sociedad, incluyendo a las comunidades indígenas, los tres órdenes de gobierno y la población en general, estableciendo en su artículo cuarto que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, establecerán los mecanismos necesarios para la coordinación con los distintos órdenes de gobierno y la concentración con los diversos grupos sociales y de los particulares, con la finalidad de promover su participación amplia y responsable en la consecución de los objetivos del citado Plan. III. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 3 Igualdad de Oportunidades, objetivo 15, estrategia 15.1 señala que se constituirá la atención a los indígenas en un objetivo estratégico transversal para toda la Administración Pública Federal. IV. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán en su artículo 95 Bis, fracción IV, señala que el Estado garantizará, protegerá y promoverá el desarrollo social, económico, político y cultural del pueblo maya, fortaleciendo las economías locales, para mejorar sus condiciones de vida, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación activa de las comunidades mayas. V. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 28 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 18, considerándose dentro de ese documento a los Programas de “LA COMISION”. VI. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de “EL PROGRAMA”, deberán sujetarse a “LAS REGLAS DE OPERACION” que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan. VII. Con fecha 29 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación “Acuerdo de modificación a las Reglas de Operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, en adelante “LAS REGLAS DE OPERACION”. VIII. Que “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” establecen como objetivo general “Contribuir a mejorar las condiciones de vida y posición social de las mujeres indígenas que habitan en localidades de alta y muy alta marginación, impulsando y fortaleciendo su organización, vinculada a un proyecto productivo”. IX. Que de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” existe la necesidad de celebrar un Convenio de Coordinación con las instancias ejecutoras para la ejecución de “EL PROGRAMA”. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 101 X. Que “EL PROGRAMA”, considera los siguientes apoyos: a) Proyecto de Organización Productiva b) Acompañamiento c) Promotoras indígenas d) Capacitación e) Operación, seguimiento y evaluación DECLARACIONES I. De “LA COMISION”: I.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con el artículo 1o. de su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003. I.2. Que de conformidad con el artículo 2o. de su Ley tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene entre sus funciones establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas. I.3. Que Diana Mercedes Canto Moreno, Delegada Estatal en Yucatán cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de su Estatuto Orgánico y el Poder otorgado ante el licenciado José Ignacio Sentíes Laborde Notario Público número 104, de la Ciudad de México, Distrito Federal, mediante Escritura Pública número 82499 de fecha 3 de septiembre de 2007. I.4. Que para efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en el predio número 389 planta alta de la calle 72 (Av. Reforma) por 37 de la colonia García Ginerés de Mérida, Yucatán, código postal 97100. II. De “LAS EJECUTORAS”: II.1. Que están investidos de personalidad jurídica, manejan su propio patrimonio conforme a la ley y gozan de autonomía plena para gobernar y administrar los asuntos propios, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la particular del Estado. II.2. Que conforme a lo establecido en las fracciones I y XV del artículo 55 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, la representación jurídica de los Ayuntamientos recae en su Presidente Municipal, quien tiene la facultad de celebrar a nombre de éstos, todos los actos y contratos necesarios para el desempeño de los negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos, debiendo suscribirlos en unión del Secretario. II.3 Que los cargos que ostentan los Presidentes Municipales, por ser públicos y notorios no necesitan acreditarse y que los cargos de los Secretarios Municipales, se acreditan con los documentos que se anexan al presente instrumento. II.4. Que el cabildo de sus Ayuntamientos autorizó la formalización del presente instrumento. II.5 Que para efectos legales del presente instrumento, señalan como su domicilio los predios que ocupan los Palacios Municipales de cada uno de los municipios comparecientes. Por lo expuesto y en el ámbito de aplicación de cada una de “LAS PARTES” con fundamento en lo que disponen los artículos 2o. Apartado B, 26, 40, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 54, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176, 178, 179 y 180 de su Reglamento; 17 fracción V, 23, 24 y 25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; 2 fracciones XI y XIV de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”, artículos 1, 12, 76 y 77 base cuarta de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán, fracciones I y XV del artículo 55 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, “LAS PARTES” han decidido suscribir el presente instrumento para la aplicación de los recursos de “EL PROGRAMA” conforme a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio tiene por objeto la ejecución de “EL PROGRAMA” de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” a efecto de impulsar la participación de las mujeres indígenas en procesos autogestivos para su organización en torno a un proyecto productivo, en el marco 102 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 de “EL PROGRAMA”, los cuales se detallarán en los Anexos de Ejecución que se formalizarán para la transferencia de los recursos y en el Plan de Trabajo que presentarán “LAS EJECUTORAS”, mismos que se considerarán parte integrante del presente instrumento. SEGUNDA. MONTO Y ACCIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio “LA COMISION” se compromete a aportar recursos hasta por la cantidad de $3´768,679.20, (tres millones setecientos sesenta y ocho mil seiscientos setenta y nueve pesos 20/100 moneda nacional), para financiar los proyectos de organización productiva y acompañamiento a los mismos de conformidad con el objeto del presente instrumento, con apego a las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. Sujeto a la disponibilidad presupuestal de “LA COMISION” para el ejercicio fiscal 2009 y a la legislación federal aplicable en la materia. Dichas aportación se detallan a continuación. MUNICIPIOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE PROYECTOS TOTAL MERIDA $520,000.00 $52,000.00 $572,000.00 MOTUL $390,000.00 $39,000.00 $429,000.00 CANSAHCAB $390,000.00 $39,000.00 $429,000.00 CONKAL $260,000.00 $26,000.00 $286,000.00 CHICHIMILA $966,072.00 $96,607.20 $1,062,679.20 CALOTMUL $300,000.00 $30,000.00 $330,000.00 ESPITA $300,000.00 $30,000.00 $330,000.00 BUCTZOTZ $300,000.00 $30,000.00 $330,000.00 $3,426,072.00 $342,607.20 $3,768,679.20 Los recursos se transferirán a “LAS EJECUTORAS” de acuerdo con los Anexos de Ejecución, en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos, y número de beneficiarias con apego a “EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”. TERCERA. PLAN DE TRABAJO.- “LAS EJECUTORAS” deberán establecer en un Plan de Trabajo la capacidad operativa, la cobertura geográfica y el número aproximado de proyectos que de acuerdo a la metodología participativa propuesta en “EL PROGRAMA” puede comprometer durante la vigencia del presente instrumento. CUARTA. OBLIGACIONES. DE LA COMISION.- “LA COMISION” se compromete a: a) Dar a conocer a “LAS EJECUTORAS” las “REGLAS DE OPERACION” para el ejercicio fiscal 2009 de “EL PROGRAMA”. b) Revisar y validar el Plan de Trabajo que presente “LAS EJECUTORAS”. c) Revisar y, en su caso, validar los proyectos de organización productiva y acompañamiento presentados por “LAS EJECUTORAS”, que cumplan con los criterios y normatividad aplicable. d) Aportar los recursos federales en los términos señalados en la Cláusula Segunda, siempre y cuando las propuestas presentadas cumplan con la normatividad establecida. e) Supervisar durante la operación de “EL PROGRAMA” el cumplimiento de la normatividad, lineamientos y especificaciones técnicas del financiamiento de los proyectos de organización productiva contenidos en los Anexos de Ejecución, en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos, y número de beneficiarias con apego a “EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”. f) Apoyar a “LAS EJECUTORAS” con un Sistema Integral de Mujeres para “EL PROGRAMA” y dar seguimiento al registro de los proyectos productivos, y programas de acompañamiento que se ejecuten. QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS EJECUTORAS.- “LAS EJECUTORAS” se comprometen a: a) Presentar un Plan de Trabajo detallado que contenga la capacidad operativa, cobertura, propuesta de asistencia técnica, acompañamiento y recursos humanos, materiales y financieros que aplicará en la ejecución de las acciones de “EL PROGRAMA”, asimismo, donde defina su propuesta de zonas de atención, capacidad operativa y propuesta de acompañamiento a los grupos solidarios en todas las acciones previas al desarrollo de proyectos y organización, documento que será soporte del presente Instrumento, el cual ya ha sido presentado y autorizado. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 103 b) Cubrir con recursos propios las acciones de la fase de planeación y diseño del proceso de acompañamiento. c) Aplicar la normatividad y las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. d) Participar en el Programa de Capacitación Institucional que convoque “LA COMISION” por conducto de la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Yucatán y apoyar los gastos de traslado y hospedaje del personal operativo a su cargo. e) Impulsar la participación de las mujeres indígenas en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del proyecto productivo; revisar que los proyectos de organización productiva cumplan con los criterios de viabilidad establecidos en las “REGLAS DE OPERACION”, así como integrar el expediente técnico del proyecto objeto del presente Convenio; y entregar una copia de su proyecto y expediente técnico a cada uno de los grupos con los que haya tenido relación en la ejecución de “EL PROGRAMA”. f) Capturar en el Sistema Integral de Mujeres, los datos requeridos para la autorización de los proyectos de organización productiva, el acompañamiento, así como las fases que integren su seguimiento; la captura de este seguimiento será condición para autorizar apoyos de continuidad. g) Instrumentar el acta de entrega-recepción e incorporarla al expediente. h) Acompañar, asesorar y capacitar a los grupos de mujeres indígenas beneficiadas, en las distintas fases de la organización productiva: conformación de grupos, elaboración y ejecución del proyecto de organización productiva, así como adquisiciones, asistencia técnica y evaluación de resultados. i) Avisar a “LA COMISION”, de cualquier problema o desastre que afecte al proyecto en un plazo no mayor a dos días hábiles, contados a partir de que la beneficiaria le comunique, para que “LA COMISION” pueda prever las acciones que correspondan. j) Aportar recursos para el pago de becas de las promotoras y, en su caso, para el gasto administrativo y de operación del personal asignado a los procesos de capacitación y seguimiento de “EL PROGRAMA”, de conformidad con la Carta de Becarias, que se agrega al presente Instrumento como Anexo 1. k) Asignar recursos humanos suficientes para atender la normatividad del programa, y brindar el seguimiento a grupos (máximo 10 grupos por persona, considerando la dispersión geográfica de los Proyectos). l) Integrar y mantener actualizado un expediente técnico por cada proyecto financiado y realizar los procesos de captura necesarios en el Sistema Integral de Mujeres, así como un registro específico sobre las acciones de capacitación y acompañamiento realizadas. m) Ejercer los recursos federales que se le transfieran por parte de “LA COMISION” única y exclusivamente en “EL PROGRAMA” de acuerdo a los proyectos que se autoricen en los Anexos de Ejecución que se suscriban. n) Garantizar la correcta aplicación de los recursos del Programa y resguardar la documentación comprobatoria de los mismos. o) En su caso, informar por escrito a la Dirección del PROGRAMA, el monto de los recursos no ejercidos durante el trimestre y el motivo. p) Abstenerse de realizar acciones de proselitismo político, sindical o religioso. q) Formular mensualmente reportes sobre el avance físico-financiero de los proyectos bajo su responsabilidad y remitirlas a la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Yucatán, en un máximo de cinco días hábiles posteriores al término de cada mes a reportar. r) Informar a “LA COMISION” sobre el avance físico y financiero de las acciones establecidas, de “EL PROGRAMA” y elaborar un informe al finalizar el presente ejercicio fiscal, sobre las acciones desarrolladas, en el que se establezcan las metas alcanzadas y, en su caso, los motivos por los que no se realizaron, así como las localidades beneficiadas y los impactos generados. SEXTA. RESPONSABLES DE “LAS PARTES”.- “LAS PARTES” para el cumplimiento del presente Convenio, designan como responsables a: “LA COMISION” designa a la licenciada Graciela Osornio Morales, Jefa del Departamento de Fortalecimiento de Capacidades de los Indígenas. El Municipio de Mérida designa a Ligia González Chacón, Jefa del Departamento de Pequeño Mundo Solidario. El Municipio de Motul designa a Gustavo Rebolledo Hernández, operador del programa El Municipio de Chichimilá designa a Reyna Aracely Chi Poot, oparadora del programa. 104 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 El Municipio de Cansahcab designa a Gregoria May Nahuat, operadora del programa. El Municipio de Conkal designa a Nelson Cruz Estrella, operador del programa. El Municipio de Calotmul designa a Luis Enrique Chulim Cuxim, operador del programa. El Municipio de Espita designa a Alejandro Caamal Chulim, operador del programa. El Municipio de Buctzotz designa a Diego Viramontes Suárez, operador del programa. SEPTIMA. PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO.- “LAS EJECUTORAS” deberán entregar a “LA COMISION” el plan de acompañamiento junto con el proyecto, mismo que debe incluir: justificación, objetivos y metas, metodología, estructura del personal asignado y perfiles, considerando las acciones específicas en todo el proceso, presupuesto, calendarización de acciones, instrumentos de control y seguimiento, de acuerdo a las exigencias del Programa y conforme a lo siguiente: a) El plan de acompañamiento se dictaminará por “LA COMISION”. b) El monto máximo destinado para el acompañamiento podrá ser hasta el 10% del monto total de recursos a ejercer por “LAS EJECUTORAS” destinados a cada proyecto. c) Los rubros permitidos en el plan de acompañamiento son los relacionados con la asesoría o capacitación en aspectos básicos sobre administración, organización, comercialización, tales como: pago de consultorías, capacitación y asistencia técnica, realización de talleres, reuniones de intercambio de experiencias y capacitación a los grupos de mujeres, adquisición o elaboración de material didáctico y de medios impresos de apoyo, renta de locales y equipo electrónico para capacitación, pago de traslado y alimentación de las mujeres indígenas, relacionado a los eventos citados, previa autorización de la Dirección Responsable de “LA COMISION” de “EL PROGRAMA” mediante la operación de cursos, talleres o asistencia técnica, así como los traslados, hospedajes, alimentación y material didáctico, debiendo comprobar dichos gastos con: facturas de consumo, recibos de pequeños contribuyentes, informes de seguimiento al proyecto, memorias de talleres de capacitación, copia de materiales de difusión. d) Solicitar a “LA COMISION” la gestión de recursos de cada proyecto autorizado una vez firmados el presente Convenio y el Anexo de Ejecución respectivo. OCTAVA. EJERCICIO DE LOS RECURSOS.- “LAS EJECUTORAS” deberán documentar con apego a la normatividad federal aplicable, a “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” la comprobación del ejercicio de los recursos transferidos por “LA COMISION”. Asimismo, “LAS EJECUTORAS” deberán recabar el documento comprobatorio de la entrega de los recursos a los grupos beneficiados, de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”, cuya copia entregará a “LA COMISION”, previo cotejo con originales. NOVENA. CONTABILIDAD DE LOS BENEFICIARIOS.- Como parte del proceso de aprendizaje y para transparencia en el uso de los recursos que reciban los grupos solidarios beneficiados por “EL PROGRAMA”, “LAS EJECUTORAS” deberán orientar a los grupos a llevar una contabilidad elemental que les permita control sobre aportaciones, ingresos y gastos y permita soportar documentalmente el ejercicio del recurso mismo que será responsabilidad de cada uno de los grupos solidarios. DECIMA. DEVOLUCION DE LOS RECURSOS.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales que no sean devengados al 31 de diciembre de 2009, deberán ser reintegrados a “LA COMISION” dentro de los cinco días naturales del ejercicio fiscal siguiente. Los recursos federales que no se destinen a los fines autorizados deberán ser reintegrados a “LA COMISION” por “LAS EJECUTORAS” dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en que la primera se lo solicite a éste. En los casos de los dos supuestos establecidos en los párrafos anteriores el reintegro deberá incluir los aprovechamientos y rendimientos financieros que generen dichos recursos; situación que habrán de realizar “LAS EJECUTORAS” a través de la Delegación estatal de “LA COMISION”, en el Estado de Yucatán, para que se realice el reintegro a la Tesorería de la Federación conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables. DECIMA PRIMERA. SUSPENSION DE APOYOS.- En caso de que se detecten desviaciones o incumplimiento en el ejercicio o transferencia de los recursos “LA COMISION” a través de la Dirección Responsable de “EL PROGRAMA” suspenderá los apoyos y solicitará la intervención de las instancias correspondientes. DECIMA SEGUNDA. BUENA FE.- “LAS PARTES” declaran que en el presente Convenio no existe dolo, error, mala fe, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera anular el mismo y que es la simple manifestación de voluntades y para su interpretación y cumplimiento, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 105 DECIMA TERCERA. DIFUSION Y TRANSPARENCIA.- La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción que adquieran las dependencias y entidades para la ejecución de “EL PROGRAMA”, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. La publicidad que adquieran las dependencias y entidades para la difusión de programas gubernamentales deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Para lo anterior, deberán considerarse las características de cada medio. DECIMA CUARTA. PROHIBICION DE CESION DE DERECHOS.- Ninguna de “LAS PARTES” podrá ceder o transferir parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio. DECIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL.- “LAS PARTES” convienen en que el personal que designen para la ejecución de las actividades del presente Convenio, se entenderá exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, por lo que en ningún caso se le podrá considerar como patrón solidario o sustituto. DECIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- “LAS PARTES” acuerdan que estarán exentas de toda responsabilidad en caso de retraso, demora o incumplimiento total o parcial de las acciones enmarcadas en el presente Convenio debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditados. DECIMA SEPTIMA. SUPREMACIA DE “LAS REGLAS DE OPERACION” con independencia de lo previsto en el presente instrumento, en caso de cualquier controversia prevalecerá el contenido de “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. DECIMA OCTAVA. MODIFICACIONES.- Con el objeto de evaluar la aplicación y efectividad del presente instrumento, “LAS PARTES” se comprometen a revisar periódicamente tanto su contenido como las acciones realizadas y, en su caso, a adoptar las medidas que resulten necesarias para su mejor ejecución, en consecuencia podrán replantear los compromisos establecidos en él, mediante la celebración de Convenios Modificatorios que se considerarán parte integrante del mismo. Cualquier modificación deberá efectuarse de común acuerdo por “LAS PARTES” y por escrito. DECIMA NOVENA. JURISDICCION.- “LAS PARTES” acuerdan que en caso de presentarse alguna controversia en la interpretación de las obligaciones pactadas, se sujetarán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Mérida, Yucatán, por lo que expresamente renuncian a la jurisdicción que en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa, pudiera corresponderles. VIGESIMA. CONTRALORIA SOCIAL.- “LAS EJECUTORAS” se comprometen a apoyar a “LA COMISION” en la promoción de la contraloría social de “EL PROGRAMA”, en acciones que consistirán en capacitar a la(o)s beneficiaria(o)s, elaborar y distribuir material de difusión, colaborar en la instalación de los comités de contraloría social y asesorar a sus integrantes, atender solicitudes de información así como atender y dar seguimiento a las quejas y denuncias recibidas”. VIGESIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, sin que pueda exceder del 31 de diciembre de 2009. “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”. Leído que fue el presente Convenio de Coordinación y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo suscriben por cuadruplicado en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los trece días del mes de abril de dos mil nueve.- Por la Comisión: la Delegada Estatal en Yucatán, Diana Mercedes Canto Moreno.- Rúbrica.- Por las Ejecutoras: el Presidente Municipal de Mérida, Yuc., César José Bojórquez Zapata.- Rúbrica.- El Secretario Municipal de Mérida, Yuc., Jorge Manuel Puga Rubio.- Rúbrica.- La Presidenta Municipal de Motul, Yuc., Celina Yolanda Montañez y Avilés.- Rúbrica.- La Secretaria Municipal de Motul, Yuc., Yolanda Guadalupe Pool Pool.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Chichimilá, Yuc., José Edilberto Tzab Ortiz.- Rúbrica.El Secretario Municipal de Chichimilá, Yuc., Eudaldo Tun Balam.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Cansahcab, Yuc., Paulino Ek Chan.- Rúbrica.- El Secretario Municipal de Cansahcab, Yuc., Jesús Rolando Castillo Noh.- Rúbrica.- La Presidenta Municipal de Conkal, Yuc., María Elena Uicab Quijano.- Rúbrica.El Secretario Municipal de Conkal, Yuc., Joaquín Cordero Guardia Kantun.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Calotmul, Yuc., Gregorio Méndez Méndez.- Rúbrica.- La Secretaria Municipal de Calotmul, Yuc., Alba Rosa Polanco Mendoza.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Espita, Yuc., Francisco Javier Chimal Kuk.- Rúbrica.- El Secretario Municipal de Espita, Yuc., Pedro Lucilo Pech Balam.- Rúbrica.El Presidente Municipal de Buctzotz, Yuc., José Francisco Rivero Lizama.- Rúbrica.- El Secretario Municipal de Buctozotz, Yuc., Santiago Campos Quiñones.- Rúbrica. (R.- 291504) 106 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Estado de Guanajuato Poder Judicial Juzgado Décimo Menor Civil León, Gto. Secretaría EDICTO Se ordena anunciar la Venta Judicial en Primera y Pública almoneda del siguiente bien inmueble: Una casa habitación ubicada en calle COLINA DEL FRESNO NUMERO 307 LETRA “A” DEL FRACCIONAMIENTO COLINAS DE SANTA JULIA de esta ciudad, con una superficie de 75 m2, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte 15 metros con casa número 307; al Sur 15 metros con casa número 309; al Oriente 5 metros con casa número 308 letra “A”; y al Poniente 5 metros con calle Colina del Fresno; cuyas demás características obran en autos. Para lo cual se señalan las 11:00 once horas del día 14 catorce de Julio del año 2009 dos mil nueve, a fin de que tenga lugar en el despacho de este Juzgado el remate del bien inmueble antes descrito, siendo postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $165,000.00 (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), valor asignado pericialmente; por tanto convóquese a postores, anunciándose este remate a través de edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de avisos de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1411 del Código de Comercio, así como 469 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al mercantil. Lo anterior dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 2393/08 promovido por el LIC. MAURICIO HERNANDEZ CABRERA en contra de JULIO CESAR VARGAS sobre el pago de pesos. León, Gto., a 15 de junio de 2009. La C. Secretaria del Juzgado Décimo Menor Civil Lic. Ma. del Rosario Maldonado Araujo Rúbrica. (R.- 290781) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Novena Sala Civil EDICTO EMPLAZAMIENTO A: GERARDO GUERRA OROZCO EN LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO, RELATIVO AL TOCA NUMERO 1278/2007 DERIVADO DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL SEGUIDO POR ADMINISTRACION DE CARTERAS NACIONALES S. DE R.L. DE C.V., en contra de GUERRA RAMIREZ RENE Y OTROS., LA NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO GERARDO GUERRA OROZCO, HACIENDOLE SABER QUE CUENTA CON UN TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTE EDICTO, PARA COMPARECER ANTE LA AUTORIDAD FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS, QUEDANDO A SU DISPOSICION LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO EN LA SECRETARIA DE ACUERDOS EN LA H. NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SITO EN EL DECIMO PISO DE LA CALLE RIO DE LA PLATA, NUMERO CUARENTA Y OCHO, COLONIA CUAUHTEMOC, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL SEIS MIL QUINIENTOS, EN MEXICO DISTRITO FEDERAL. PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. México, D.F., a 16 de junio de 2009. La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl Rúbrica. (R.- 290867) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 107 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal EDICTO CATALINA COLE SANCHEZ. En los autos del juicio de amparo número 636/2009-IV, promovido por Pedro Orozco Merino, contra actos de la Junta Especial Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y Actuario adscrito a la misma, al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado quedan a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurra a este juzgado a hacer valer sus derechos. Atentamente México, D.F., a 29 de mayo de 2009. La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal Lic. Araceli Palacios Duque Rúbrica. (R.- 290300) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Primera Sala Civil EDICTO VIRGINIA FERNANDEZ PEREZ. Por medio del presente se le hace de su conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por BERNABE DIAZ MORENO contra de la sentencia dictada por esta Sala el tres de marzo del dos mil nueve, en el toca 56/2009/01 para resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia definitiva del treinta de septiembre del dos mil ocho, dictada por el C. Juez Cuadragésimo Sexto de lo Civil, derivado del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por ROMERO VAZQUEZ GUILLERMO en contra de BERNABE DIAZ MORENO. A efecto de que acuda la tercera perjudicada VIRGINIA FERNANDEZ PEREZ en el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, en defensa de sus intereses. Quedando a su disposición en la Secretaria de esta Sala las copias de traslado respectivas. México, D.F., a 9 de junio de 2009. La Secretaria Auxiliar de Acuerdos de la Primera Sala Civil Lic. Liliana Ruiz Quintana Rúbrica. (R.- 290429) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO En los autos del juicio de amparo 17/2009-I y sus acumulados 54/2009-I y 168/2009-I, promovido por Roberto Ruiz Domínguez, Circus Marketing, sociedad anónima de capital variable, por conducto de su apoderado Miguel Rodrigo Valle Salinas y Antonio García Huerta, respectivamente, contra actos del Juez Décimo Séptimo de lo Civil del Distrito Federal y otras autoridades; por autos de doce, veintiocho y veintiséis, todos de enero de dos mil nueve, se admitieron las demandas de amparo promovidas por dichos quejosos; se tuvo como terceros perjudicados a Eligio P. Cartagena Pérez o Eligio Pascual Cartagena Pérez, su sucesión, Miguel Angel Orozco Romero, Juan Carlos Hinojosa Luelmo, Luis Arturo Hinojosa Luelmo, Sabas Hinojosa Ríos, Julio César Hinojosa Luelmo, Quetzal Club, sociedad anónima, José Pedro Valenzuela Escandón y 108 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Pablo Rincón Gallardo Corcuera, su sucesión, se señaló como acto reclamado: todas y cada una de las actuaciones judiciales contenidas en el juicio ordinario civil expediente 19/1988 seguido por Cartagena Pérez Eligio P. en contra de Sabás Hinojosa Ríos y otros y la orden de desposesión de la casa marcada con el número 20, de la avenida Castillo de Chapultepec, colonia Lomas de Reforma, Delegación Miguel Hidalgo, en esta ciudad; y a la fecha no se ha podido emplazar a los terceros perjudicados Sabas Hinojosa Ríos, Julio César Hinojosa Luelmo, Quetzal Club, sociedad anónima, José Pedro Valenzuela Escandón y Pablo Rincón Gallardo Corcuera, su sucesión a pesar de haber solicitado la investigación de domicilio a diversas instituciones, quienes en cumplimiento al requerimiento realizado por este Juzgado de Distrito, algunas de ellas proporcionaron domicilios en los cuales las diligencias fueron infructuosas y otras informaron no tener registro al respecto; en consecuencia, hágase del conocimiento de dichos terceros perjudicados mediante edictos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república mexicana que puede ser en cualquiera de los siguientes: El Reforma, El Universal, El Financiero, La jornada, y El Excélsior, por tres veces de siete en siete días, para que se presenten ante este Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el acceso seis, nivel plaza, del Palacio de Justicia Federal, ubicado en Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, ya que de no hacerlo, se les harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de veintisiete de mayo de dos mil nueve. Dos firmas ilegibles. Rúbricas. México, D.F., a 27 de mayo de 2009. La Secretaria Lic. Azucena Lazalde Iñiguez Rúbrica. (R.- 290857) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal EDICTO En los autos del juicio de amparo 247/2009-3, promovido por Raquel del Carmen Cuesta Mireles, apoderada legal de Pérez Chow y Asociados, Sociedad Civil, contra actos del fiscal Desconcentrado en Cuauhtémoc de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, consistentes en la resolución dictada el ocho de octubre de dos mil ocho, por la que resolvió en definitiva el no ejercicio de la acción penal en la averiguación previa FCH/CUH-2/T3/3562/07-10, en la que figura como probable responsable Gerardo Enrique Ramos Ruiz, señalado como tercero perjudicado en este juicio, de quien a la fecha se desconoce el domicilio donde pueda ser emplazado, por lo que en esta fecha, se ordenó dicho emplazamiento por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad, conforme con lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a aquél ordenamiento; de igual forma, se hace saber al mencionado tercero perjudicado que deberá presentarse por sí o por conducto de representante, a manifestar lo que a su derecho convenga, dentro del plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición copia simple de la demanda de garantías en la Actuaría de este órgano jurisdiccional. Si pasado este plazo no comparece, por sí o por conducto de apoderado que pueda representarlo, se seguirá el trámite del juicio, realizando las subsecuentes notificaciones mediante la lista de acuerdos de este Juzgado de Distrito. Atentamente México, D.F., a 29 de mayo de 2009. La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal Angélica Rodríguez Gómez Rúbrica. (R.- 290124) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 109 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Jalisco Supremo Tribunal de Justicia del Estado Jalisco H. Séptima Sala EDICTO Emplácese tercera perjudicada Ana María González Gutiérrez, demandada 30 días, a partir día siguiente última publicación, comparezca H. Tercer Tribunal Colegiado Materia Civil Tercer Circuito, amparo directo 306/2009, hacer valer derechos, juicio constitucional, promovido Carlos Alfonso Valadez López, abogado de la actora y otros, contra H. Séptima Sala S.T.J.E. Acto reclamado, sentencia 13 trece de Junio 2008, toca 256/2007, apelación interpuesta actor y codemandado, expediente 790/1999, Juzgado Primero de lo Civil de éste Primer Partido Judicial. Guadalajara, Jal., a 16 de junio de 2009. La Secretario de Acuerdos Lic. Diana Arredondo Rodríguez Rúbrica. (R.- 290955) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal EDICTO Emplazamiento Terceros Perjudicados MARCO ANTONIO CASTILLO GATICA JOSE ZEPEDA YEO Presente En los autos del juicio de amparo 702/2009, promovido por DISTRIBUIDORA DE ABASTO MICHOACANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRA por conducto de su representante legal Mauricio Arturo Guadarrama Poiré, contra actos de la Junta Especial Número Once de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, el Presidente y Actuario adscrito, al ser señalados como terceros perjudicados y desconocerse su domicilio, el cinco de junio de dos mil nueve, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndoles saber que deben presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo, se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición, en la Secretaría de Acuerdos, copia simple de la demanda de garantías. Atentamente México, D.F., a 11 de junio de 2009. La Secretaria Lic. Lourdes Cristina Valadez Pérez Rúbrica. (R.- 291360) Estado de Querétaro Poder Judicial Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil Secretaría Querétaro, Qro. EDICTO DE REMATE En el Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil de esta Capital y su Distrito Judicial y dentro de los autos del expediente 1289/2006 relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, que sobre PAGO DE PESOS promueve FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, en contra de SIMEON MORA MARTINEZ; se ordenó la publicación del presente edicto de remate, señalándose las 13:00 TRECE HORAS DEL DIA 7 SIETE DE JULIO DE 2009 DOS MIL NUEVE, a fin de que tenga verificativo en su PRIMERA Y PUBLICA ALMONEDA, el remate del siguiente bien: 110 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 1.- PARCELA 345, ZONA GUION 1, P1/1, RANCHO LA SOLEDAD MUNICIPIO DE IRAPUATO, GUANAJUATO, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 3-51-52.27 HAS., Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE: EN 151.63 MTS., LINDA CON BRECHA. AL SURESTE: EN 231.26 MTS., LINDA CON PARCELA 346. AL SUROESTE: EN 154.72 MTS., LINDA CON BRECHA. AL NOROESTE: EN 235.71 MTS., LINDA CON PARCELA 344. CON UN VALOR TOTAL DE $1,009,750.00 (UN MILLON NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DEL AVALUO. Se convocan postores, en la inteligencia que para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar previamente en el Juzgado, una cantidad de por lo menos el 10% del valor del bien que sirve como base para el remate, sin este requisito no serán admitidos.- conste.Para su publicación por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO, ASI COMO EN LOS ESTRADOS DEL JUZGADO COMPETENTE DE IRAPUATO, GTO. (LUGAR DONDE SE UBICA EL INMUEBLE A REMATAR) Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, en el entendido de que los días que medien entre una y otra publicación en el periódico deberán contarse por días naturales. Querétaro, Qro., a 4 de junio de 2009. La Secretaria de Acuerdos Lic. Claudia Sofía Cervantes Sánchez Rúbrica. (R.- 291017) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de México Naucalpan de Juárez Exp. 233/2009-C EDICTO Eduardo Cuevas Casamitjana, apoderado de la quejosa MARIA CONCEPCION JACOB MARTINEZ, por su propio derecho, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal en contra actos de los JUEZ DECIMO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTLA CON RESIDENCIA EN ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE MEXICO CON RESIDENCIA EN TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, consistente en todo lo actuado en el juicio ordinario civil 1094/2007. En el juicio de amparo 233/2009-C, se han señalado las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional, en la que figura como tercero perjudicada Juana Rodríguez Aldana y como se desconoce el domicilio actual y correcto de la tercero perjudicada, se ordena su notificación por edictos, para que se presente dentro del término de TREINTA DIAS, contados del siguiente al de la última notificación, en el local de este Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado federal, las copias de traslado correspondientes. Si no se presenta en ese término, por sí, por apoderado o por gestor que puedan representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía y las ulteriores notificaciones les surtirán por lista que se fija en los estrados de este órgano de control constitucional. Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 12 de junio de 2009. La Secretaria Lic. Montserrat Menéndez Rota Rúbrica. (R.- 290943) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 111 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna Torreón, Coah. EDICTO Dentro de los autos del proceso penal 94/2008, no se decretó el decomiso de un automotor tipo tracto camión, quinta rueda, marca Kenworth, modelo 1981, color blanco, serie número 454033, motor número 28133201, placas de circulación 640DT3, del Servicio Público Federal, ni de un semiremolque, tipo caja cerrada, marca Navarro, modelo 1992, serie 1S12E9485NE344717, con placas de circulación 793UD8, del Servicio Público Federal, por lo que se hace del conocimiento de Humberto Medina Vázquez y Erika Janeth Quintero Mejía, o en su defecto, de quienes acrediten ser sus legítimos propietarios, que tienen tres meses, contados a partir de la publicación del presente edicto, para que acrediten ante este Juzgado Segundo de Distrito en la Laguna, con residencia en esta ciudad, ubicado en Independencia 2111 oriente, colonia San Isidro de Torreón, Coahuila, la propiedad de los citados bienes, a efecto de proceder a su devolución; bajo el apercibimiento que de no hacerlo, éstos causarán abandono a favor del Gobierno Federal, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 182-Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales y 24, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Torreón, Coah., a 9 de junio de 2009. El Juez Segundo de Distrito en La Laguna Lic. Nicolás Salazar Varela Rúbrica. (R.- 291497) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Primero de Distrito en el Estado Culiacán, Sinaloa EDICTO A QUIEN CORRESPONDA: EN AUTOS DE LA CAUSA PENAL 248/1989, INICIADA CONTRA JOSE VIDAL DIARTE RAMOS Y OTROS, POR UN DELITO CONTRA LA SALUD Y OTROS, SE DICTO UN ACUERDO QUE DICE: POR DESCONOCERSE LA IDENTIDAD Y EL DOMICILIO DONDE PUEDA SER LOCALIZADO EL PROPIETARIO DEL BIEN RELACIONADO AL SUMARIO CONSISTENTE EN: UNA CAMIONETA FORD, TIPO PICK UP, MOTOR 15HNBC0901, REGISTRO FEDERAL DE AUTOMOVILES 8932144, MODELO 1978, ROJA CON FRANJAS BLANCAS, PLACAS DE CIRCULACION UF2299 (O VF2299) DEL ESTADO DE SINALOA, SE ORDENA LA DEVOLUCION DEL MISMO AL INTERESADO, APERCIBIDO QUE DE NO COMPARECER A RECLAMARLO EN EL PLAZO DE TRES MESES, CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL ERARIO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 182-Ñ DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, CON RELACION AL 24 DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO Culiacán, Sin., a 11 de junio de 2009. El Juez Primero de Distrito en el Estado de Sinaloa Jesús Alberto Chávez Hernández Rúbrica. (R.- 291498) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Nuevo León Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L. EDICTO No. 54705 El día 4 cuatro de agosto del 2009 dos mil nueve a las 10:30 diez horas con treinta minutos en el local de este Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente se llevara a cabo la audiencia de remate en publica subasta y primera almoneda dentro de los autos que integran el expediente 618/2007 relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR JUAN ANTONIO GONZALEZ PINEDA EN CONTRA DE ERICK AARON QUIROZ RODRIGUEZ Y BLANCA NELLY GARCIA GONZALEZ respecto del bien inmueble consistente en: LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO (122) CIENTO VEINTIDOS, DE LA CALLE PRIVADA DIAMANTE, DEL FRACCIONAMIENTO PRIVADAS NOGALAR, EN SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 112 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 (158), DE LA MANZANA NUMERO (132), DEL FRACCIONAMIENTO PRIVADAS NOGALAR, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON CON UNA SUPERFICIE DE (112.00) M2., CIENTO DOCE METROS CUADRADOS CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORESTE 7.00 SIETE METROS Y DA FRENTE A LA CALLE PRIVADA DIAMANTE, AL SUROESTE MIDE (7.00) METROS Y COLINDA CON LIMITE AL FRACCIONAMIENTO; AL NOROESTE MIDE (16.00) DIECISEIS METROS COLINDANDO CON EL LOTE NUMERO 157; AL SURESTE (16.00) DIECISEIS METROS Y COLINDA CON EL LOTE NUMERO 159. DICHA MANZANA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES, AL NORESTE CON CALLE PRIVADA DIAMANTE; AL SUROESTE CON LIMITE DEL FRACCIONAMIENTO; AL NOROESTE CON CALLE CALCUTA Y AL SURESTE CON AVENIDA LAPIZLAZU. EN EL INMUEBLE ANTES DESCRITO, SE ENCUENTRA LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO (122) CIENTO VEINTIDOS, DE LA CALLE PRIVADA DIAMANTE, DEL FRACCIONAMIENTO PRIVADAS NOGALAR, EN SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON; sirviendo de base para el remate del bien inmueble citado con antelación, la cantidad de $922,000.00 (NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL PESOS 00/100 MN), que representa el valor pericial y será postura legal para intervenir en la Audiencia de Remate, la cantidad de $614,666.66 SEISCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 MN), que representa las dos terceras partes de la Cantidad anteriormente citada. por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03-tres veces dentro del término de 09-nueve días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, en los estrados de éste Juzgado, así como en los estrados del Juzgado Menor del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, esto con el deseo manifiesto de convocar a licitadores, .- Así mismo se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores a la audiencia de remate, deberán consignar mediante certificado de depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% diez por ciento del valor total del avalúo rendido por los peritos en este juicio, sin cuyo requisito no serán admitidos en la subasta, . Por otro lado respecto a las personas interesadas en participar como postores en la audiencia de remate, se les podrá brindar mayor información en la Secretaría de este Juzgado El C. Primer Secretario del Juzgado Segundo Concurrente Lic. Héctor Hugo González Cantú Rúbrica. (R.- 291436) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil EDICTO En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, expediente 177/2006, promovido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO, S.A. DE C.V., en contra de MINERVA JIMENEZ CRUZ Y/OTROS. El C. Juez, Vigésimo Primero de lo Civil de esta ciudad dicto los siguientes autos: “México, Distrito Federal a veintidós de mayo del año dos mil nueve. Agréguese a su expediente…el escrito… se señalan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA CINCO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo el remate en Primera Almoneda del inmueble embargado consistente en el lote de terreno número 13, Manzana 161, Zona 1, de la Colonia San Agustín Atlapulco, del Ex ejido San Agustín Atlapulco, en el Municipio de Chimalhuacan, Estado de México, precio de avaluo $536,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), por tanto, se ordena convocar postores por medio de edictos que deberán publicarse en los términos ordenados en el artículo 1411 del Código de Comercio, es decir, por tres veces dentro de nueve días y toda vez que en dicho numeral no se precisa los lugares en que deberán fijarse, en atención a lo previsto por el artículo 1054 del Código de Comercio, se aplica supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles y por ende, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, en la tabla de avisos de éste Juzgado y se ordena girar atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de Distrito con jurisdicción en Chimalhuacan, Estado de México, como lo dispone el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, con la aclaración de que la postura legal es el precio de avalúo como lo dispone el artículo 1410 del Código de Comercio. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo Primero de lo Civil, Licenciado BRUNO CRUZ JIMENEZ, quien actúa ante la Secretaria de Acuerdos, Licenciada ELSA REYES CAMACHO, que autoriza y da fe. Para su publicación por tres veces dentro de nueve días y en atención a lo previsto por el artículo 1054 del Código de Comercio, se aplica supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles y por ende, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de éste Juzgado. México, D.F., a 27 de mayo de 2009. La C. Secretaria de Acuerdos “A” Lic. Elsa Reyes Camacho Rúbrica. (R.- 291448) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 113 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Noveno de Distrito en el Estado Coatzacoalcos, Ver. Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Coatzacoalcos, perteneciente al Décimo Circuito 1/2007-I EDICTO En los autos del juicio ordinario civil 1/2007-I, promovido por José Antonio Hernández Sandoval, por su propio derecho y en su carácter de apoderado leal de Elia del Carmen Ancira Pérez de Hernández y Elisa Anaya Ruiz, se dicto el siguiente acuerdo: Coatzacoalcos, Veracruz, quince de junio de dos mil nueve. Con fundamento en el artículo 62, del Código Federal de Procedimientos Civiles, agréguese a los autos para los efectos legales procedentes, el escrito de cuenta, signado por José Antonio Hernández Sandoval, parte actora en este juicio. En atención a lo que solicita, con fundamento en los artículos 304 y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, emplácese por medio de edictos a las demandadas Pegaso, Sociedad Anónima de Capital Variable y Desarrollo Industrial de Coatzacoalcos, Sociedad Anónima de Capital Variable, los cuales serán publicados por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los periódicos de mayor circulación que se edite en la República Mexicana; haciendo saber a las demandadas que José Antonio Hernández Sandoval, Elia del Carmen Ancira Pérez de Hernández y Elisa Anaya Ruiz, les reclaman las siguientes prestaciones en la vía ordinaria civil: “A).- LA DESOCUPACION Y ENTREGA TOTAL Y DEFINITIVA DE LA PARTE FRONTAL DE LA FRACCION DE LAS (50) CINCUENTA HECTAREAS PROPIEDAD DEL SUSCRITO Y DE MIS REPRESENTADAS CUYOS DATOS Y COLINDANCIAS MAS ADELANTE ENUNCIARE Y QUE SE ENCUENTRA INVADIDA Y OCUPADA INDEBIDAMENTE Y DE MANERA IRREGULAR POR LA PRIMERA DE LAS PERSONAS MORALES NOMBRADAS EN EL INCISO A), CON CORREDORES DE TUBERIAS DE LAS CUALES IGNORO QUE PRODUCTO PASAN POR ELLAS, DE QUE CALIDAD SON DICHOS TUBOS, DE QUE CALIBRE Y MEDIDA, A QUE NIVEL O PROFUNDIDAD SE ENCUENTRAN, ETC, Y DEMAS DATOS QUE EL SUSCRITO IGNORO Y QUE DESDE LUEGO Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO OCASIONAN AL SUSCRITO Y A MIS REPRESENTADAS DAÑOS Y PERJUICIOS; B).- LA RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA, DERIVADA DEL ACCIDENTE QUE SE REGISTRO EL DIA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999, APROXIMADAMENTE A LAS 13:50 HORAS, FRENTE AL COMPLEJO PETROQUIMICO DE LA CANGREJERA, UBICADO EN LA CARRETERA COSTERA DEL GOLFO (180) KM. 008 + 00, SINIESTRO QUE AFECTA LA TOTALIDAD DE NUESTRO PREDIO OCASIONANDONOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SERAN DETERMINABLES A JUICIO DE PERITOS EN LA ETAPA PROBATORIA DE ESTE CONTROVERTIDO; ASI COMO, LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS Y QUE SE SIGAN CAUSANDO POR LA OCUPACION DIRECTA DE LA SUPERFICIE Y SUBSUELO DE NUESTRO PREDIO SIN AUTORIZACION DE LOS COMPARECIENTES; TODO ESTO ADEMAS LES CONSTA A LOS CC. VICENTE LARA BARROSO Y VICENTE IGNACIO LARA ANTHEL; C).- COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR LES DEMANDO A DICHAS PERSONAS MORALES EN TERMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTICULO 1915 DEL CODIGO CIVIL FEDERAL EN VIGOR, EL PAGO DE LA INDEMNIZACION POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS EN LA FRACCION DE LAS (50) HECTAREAS PROPIEDAD DEL SUSCRITO Y DE MIS REPRESENTADAS, POR TRABAJOS EN MANTENIMIENTO E INTRODUCCION DE CORREDORES DE TUBERIAS EN NUESTRA PROPIEDAD, ASI COMO LA OCUPACION DIRECTA SIN AUTORIZACION ALGUNA DE LOS COMPARECIENTES, DE LOS CORREDORES DE TUBERIAS EN LA SUPERFICIE Y SUBSUELO DE NUESTRA PROPIEDAD; Y POR CONCEPTOS DE RESTABLECIMIENTO DEL AREA MEDIANTE RELLENO DE ARENA, PAGO DE DAÑOS EN EL AREA AFECTADA POR DESTRUCCION TOTAL DE LA MISMA, ASI COMO DESTRUCCION DE CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN EL LUGAR; GENERANDO TALES CONCEPTOS DE DAÑOS Y PERJUICIOS LA CANTIDAD TOTAL DE $6’000,000.00 (SEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M. N.), SEGUN 114 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 PERITAJE ADJUNTO REALIZADO POR EL C. ARQUITECTO FERNANDO CESPEDES PALAFOX Y QUE APARECE DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL EXPEDIENTE NO. 31/2000, QUE SE ANEXA COMO PRUEBA CON EL PRESENTE ESCRITO INICIAL DE DEMANDA EN COPIAS CERTIFICADAS; D).- PARA EL SUPUESTO CASO Y DADA LAS CIRCUNSTANCIAS, DE QUE NO SE CONDENARA A LA DEMANDADA LA ENTREGA Y DESOCUPACION FISICA Y TOTAL DE LA FRACCION DE TERRENO INVADIDA, SE LES CONDENE A LA DEFINICION Y UBICACION CORRECTA DEL AREA QUE ESTA SIENDO AFECTADA DE MANERA CONCRETA Y DEFINITIVA Y DADA LA NATURALEZA DE LOS FLUIDOS CONDUCIDOS POR LOS CITADOS CORREDORES DE TUBERIAS, SE LES CONDENE ADEMAS A LA EJECUCION DE DOS PASOS DE ENTRADA Y/O SALIDA DEL PREDIO A LA CARRETERA FEDERAL COSTERA DEL GOLFO (180), KM. 008 + 000, DE POR LO MENOS DE 12 METROS DE ANCHO CADA UNO, A MANERA DE SERVIDUMBRE DE PASO, CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SUFICIENTES PARA SOPORTAR EL PASO DE VEHICULOS PESADOS, POR ENCIMA DEL CORREDOR DE TUBERIAS, Y EN EL LUGAR DETERMINADO POR NUESTRO PERITO EL C. FERNANDO CESPEDES PALAFOX, DENTRO DEL JUICIO 31/2000 DEL INDICE DEL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO Y TAMBIEN ADJUNTO AL PRESENTE, A EFECTO DE QUE LA EXISTENCIA DE LAS MISMAS NO SEA UNA LIMITANTE DEL USO DEL SUELO, O EN SU CASO, SE LES CONDENE AL PAGO DEL COSTO DE SU REALIZACION A LOS SUCRITOS, DEL ORDEN DE $1’620,000.00 (UN MILLON SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS M. N.), CADA UNO, PARA UN COSTO TOTAL POR AMBOS PASOS DE $3’240,000.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), SEGUN VALORACION ADJUNTA; E).- EL PAGO DE LOS INTERESES MORATORIOS Y LEGALES, EN TERMINOS DEL ARTICULO 2395 DEL CODIGO CIVIL FEDERAL, QUE SE GENEREN Y SE SIGAN GENERANDO SOBRE LA CANTIDAD DETERMINADA COMO INDEMNIZACION A LOS COMPARECIENTES A PARTIR DE LA FECHA DE LA EJECUTORIA DICTADA EN EL PRESENTE ASUNTO HASTA SU PAGO TOTAL EFECTIVO A LOS SUSCRITOS Y/O A LA REALIZACION Y ENTREGA DE LA OBRA A SATISFACCION DE LOS OCURRENTES, ASI COMO, LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR VICIOS OCULTOS, NEGLIGENCIA, EVICCION, ETC. F).- EL PAGO DE LOS GASTOS Y COSTAS DEL PRESENTE JUICIO INCLUYENDO EL PAGO DEL CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE EL SUSCRITO Y LOS PROFESIONISTAS SEÑALADOS COMO NUESTROS ABOGADOS PATRONOS EN EL PRESENTE ASUNTO Y QUE SE CALCULARAN SOBRE LA BASE DEL (20%) VEINTE POR CIENTO, DE LAS PRESTACIONES OBTENIDAS, EN SU CASO, POR LOS ACCIONANTE, DE ACUERDO AL ARTICULO 1206 DEL CODIGO CIVIL FEDERAL. Hágase saber a las demandadas tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los periódicos de mayor circulación que se edite en la República Mexicana, que en la Secretaría de este Juzgado está a su disposición copia de la demanda y anexos, a fin que en el término de nueve días produzcan su contestación, contados a partir del día siguiente de la última publicación de los edictos; apercibidos que de no hacerlo, se les tendrá por perdidas el derecho para dar contestación a la demanda instaurada en su contra. Congruente con lo anterior, requiérase a la parte actora, para que dentro del término de tres días, contado a partir de que quede debidamente notificado del presente acuerdo, acuda a este Tribunal a recoger los edictos de que se trata y para que dentro del plazo de diez días, que se considera prudente, demuestre haber gestionado su publicación en los periódicos referidos; apercibida que de no hacerlo en esos lapsos sin razón justificada, se entenderá que no tiene interés en la prosecución del juicio. Notifíquese; hágase personalmente a la parte actora. Lo proveyó y firma Irma Caudillo Peña, Juez Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, ante Eduardo Aguiñaga Jiménez, Secretario que autoriza y da fe. Firmas. Dado en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, quince de junio de dos mil nueve. El Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz Eduardo Aguiñaga Jiménez Rúbrica. (R.- 291359) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 115 Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO En los autos del juicio ejecutivo mercantil expediente 1/2005-I, promovido por ROBERTO GONZALEZ CARLOCK, por propio derecho, en contra de los codemandados LILIA MARIN GALLEGOS, JUAN RAMON ESTUDILLO CEREZO y JUAN ESTUDILLO MARIN, en su carácter de apoderado legal de ESPACIOS CALOTLI, S.A. DE C.V., en la audiencia de tercera almoneda se ordenó lo que en su parte esencial dice: “---por no haber solicitado el mandatario judicial de la parte actora, la adjudicación del bien inmueble en comento, y no haberse cumplido lo establecido por el numeral 1412 del ordenamiento mercantil aplicable, con fundamento en el artículo 475 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio aplicable y por no haberse cumplido lo establecido por el numeral 1412 del ordenamiento mercantil aplicable, se señalan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL QUINCE DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, para la audiencia pública de cuarta almoneda, respecto del inmueble ubicado en la CALLE DE PIAMONTE 11, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL ACOXPA, EL CUAL SE INTEGRA DE LA LOTIFICACION PARCIAL DE LOS LOTES 3, 4, y 5 DE LA MANZANA 4, DELEGACION TLALPAN, CODIGO POSTAL 14300, EN ESTA CIUDAD, sirviendo de base para el remate la cantidad de $3’159,000.00 (TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100), que resulta de deducir el diez por ciento de $3´510,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100), precio base fijado para esta tercera almoneda. Habida cuenta de lo anterior, convóquense postores y anúnciese en pública subasta POR UNA SOLA VEZ, en la forma que previenen los numerales 474 y 475, del ordenamiento federal adjetivo civil, esto es, publicándose edictos en el “Diario Oficial” de la Federación y en la puerta de este Juzgado, de manera que, entre la publicación o fijación del edicto y la fecha del remate, medie un plazo que no sea menor de cinco días. - - -”. México, D.F., a 22 de junio de 2009. El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Raymundo Esteban Alor García Rúbrica. (R.- 291518) AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Auditoría Superior de la Federación Cámara de Diputados Unidad de Asuntos Jurídicos Dirección General de Responsabilidades Procedimiento DGR/B/09/2007/R/03/007 Oficio DGR/B/B1/1899/2009 ASUNTO: Se notifica resolución y pliego definitivo de responsabilidades 041/2009. C. CUITLAHUAC FLORES CASTRO C. JESUS JAVIER BARRERA VALDEZ COMAQ, S.A. DE C.V. En cumplimiento a lo ordenado dentro de los puntos resolutivos PRIMERO, CUARTO, SEPTIMO y OCTAVO, de la resolución de fecha 22 de mayo de 2009, dictada por el Director General de Responsabilidades de la 116 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Auditoría Superior de la Federación, dentro de los autos que integran el procedimiento para el Fincamiento de responsabilidades resarcitorias DGR/B/09/2007/R/03/007, instruido entre otros, a los CC. CUITLAHUAC FLORES CASTRO, JESUS JAVIER BARRERA VALDEZ y a la persona moral COMAQ, S.A. DE C.V, por este medio en vía de notificación se hace de su conocimiento que en relación a la presunta responsabilidad resarcitoria que se le atribuyó en el procedimiento de mérito, se resolvió: “- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - RESUELVE - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Esta Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo señalado en el Considerando I que antecede.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” “- - - CUARTO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida a Cuitlahuac Flores Castro, en calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por lo que se le finca el Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de $48,482.86 (CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 86/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $37,776.90 (TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 90/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $10,705.97 (DIEZ MIL SETECIENTOS CINCO PESOS 97/100 M.N.); en los términos del Considerando VI de esta resolución.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” “- - - SEPTIMO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida a Jesús Javier Barrera Valdez, en calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por lo que se le finca el Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de $141,692.87 (CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 87/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $110,404.29 (CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 29/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $31,288.58 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.); en los términos del Considerando IX de esta resolución.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” “- - - OCTAVO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida a la persona moral COMAQ, S.A. de C.V., en calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por lo que se le finca el Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de $190,175.73 (CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 73/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $148,181.18 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y UN PESOS 18/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $41,994.55 (CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 55/100 M.N.); en los términos del Considerando X de esta resolución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” “- - - DECIMO.- En cumplimiento a los anteriores resolutivos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, notifíquese la presente resolución y el Pliego Definitivo de Responsabilidades a los responsables “… Cuitlahuac Flores Castro, …, Jesús Javier Barrera Valdez, y a las personas morales COMAQ, S.A. DE C.V.”, para que en un plazo de quince días naturales cubran ante la Tesorería de la Federación el monto de dicho Pliego. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DECIMOPRIMERO.- Remítase copia autógrafa de la resolución y del Pliego Definitivo de Responsabilidades a la Tesorería de la Federación, para el efecto de que si en un plazo de quince días naturales contados a partir de la notificación, éste no es cubierto, se haga efectivo en términos de ley, mediante el procedimiento administrativo de ejecución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” “- - - DECIMOTERCERO.- Hágase del conocimiento de los responsables “… Cuitlahuac Flores Castro, …, Jesús Javier Barrera Valdez, y a las personas morales COMAQ, S.A. DE C.V.”, que pueden impugnar la presente resolución directamente ante la Auditoría Superior de la Federación mediante la interposición del Recurso de Reconsideración, o bien, mediante juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en términos del artículo 59, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. - “ “- - - DECIMOQUINTO.- Verifíquese a través de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, el cumplimiento de lo ordenado y, en su oportunidad, archívese el expediente del presente procedimiento, como asunto total y definitivamente concluido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” “- - - Así lo resolvió y firma el Lic. Guillermo Narváez Bellacetin, Director General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -” Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 117 Asimismo, derivado de la resolución de mérito el Director General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación, emitió el Pliego Definitivo de Responsabilidades número 041/2009, de fecha 22 de mayo de 2009, en el que en relación a los CC. CUITLAHUAC FLORES CASTRO, JESUS JAVIER BARRERA VALDEZ y a la persona moral COMAQ, S.A. DE C.V., se determinó: PLIEGO DEFINITIVO DE RESPONSABILIDADES DATOS DE REFERENCIA ENTIDAD FISCALIZADA DELEGACION DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA IMPORTE DE LA RESPONSABILIDAD “Cuitlahuac Flores Castro, Coordinador Técnico de la Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo Urbano; por la cantidad de $48,482.86 (CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 86/100 M.N.), la cual comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $37,776.90 (TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 90/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $10,705.97 (DIEZ MIL SETECIENTOS CINCO PESOS 97/100 M.N.).“ “Jesús Javier Barrera Valdez, la cantidad de $141,692.87 (CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 87/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $110,404.29 (CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 29/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $31,288.58 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.).“ “COMAQ, S.A. de C.V., la cantidad de $190,175.73 (CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 73/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $148,181.18 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y UN PESOS 18/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $41,994.55 (CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 55/100 M.N.).“ México, D.F., a 17 de junio de 2009. El Director General Lic. Guillermo Narváez Bellacetin Rúbrica. (R.- 291443) Conmutador: Inserciones: Sección de Licitaciones Producción: Suscripciones y quejas: Domicilio: DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DIRECTORIO 50 93 32 00 Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081 Fax: 35076 Ext. 35084 Exts. 35094 y 35100 Exts. 35181 y 35009 Río Amazonas No. 62 Col. Cuauhtémoc, México, D.F. C.P. 06500 México, D.F. Atentamente Diario Oficial de la Federación 118 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Hacienda y Crédito Público Comisión Nacional Bancaria y de Valores Vicepresidencia de Normatividad Dirección General Técnica Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares Dirección General de Supervisión de Entidades de Ahorro y Crédito Popular Oficios 311-80734/2009 y 134-74640/2009 CNBV.311.311.16 (5796) “2009-06-12” <10> Asunto: Autorización para la organización y funcionamiento de Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. Federación Nacional de Cajas Solidarias, A.C. Alvaro Obregón número 151, piso 1, colonia Roma, C.P. 06700, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F. Fesolidaridad, S.C. de R.L. de C.V. Madrid No. 55, colonia Del Carmen Coyoacán C.P. 04100, México, D.F. At’n.: Lic. Carmen Gicela Castillo Durán Representante legal de la Federación Lic. Jesús Alejandro Arreola Prado Representante legal de la Sociedad La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada el 4 de junio de 2009 y en atención a la solicitud de Federación Nacional de Cajas Solidarias A.C., contenida en el escrito recibido el 12 de enero de 2009, por el cual, en nombre de la sociedad denominada Fesolidaridad, S.C. de R.L. de C.V., solicita la autorización de la Comisión para que dicha sociedad se organice y funcione como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, con fundamento en los artículos 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 2, 4, fracción XI y 12, fracción V, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 1, 3 fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó: “SEPTIMO.- Los miembros de la Junta de Gobierno, con base en la opinión favorable del Comité de Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitida en su sesión celebrada el 2 de abril de 2009, autorizaron por unanimidad, la organización y funcionamiento como Entidad de Ahorro y Crédito Popular, bajo la figura de Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, a la sociedad que se denominará “Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.”, con un nivel de operaciones I, en términos de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.” La presente Autorización se concede de conformidad con las bases siguientes: Primera.- Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., se organizará y funcionará como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo conforme a lo dispuesto por los artículos 9, 10 y demás aplicables de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Segunda.- Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., se sujetará a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la Ley General de Sociedades Cooperativas, las demás que le sean aplicables y particularmente a lo siguiente: I. Su denominación será “Fesolidaridad”, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo de Responsabilidad Limitada de Capital Variable o de su abreviatura S.C. de A.P. de R.L. de C.V. II. Su domicilio social se ubicará en el Distrito Federal y tendrá un Nivel de Operaciones I. Tercera.- Por su naturaleza, la Autorización es intransmisible de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Cuarta.- La Autorización deberá publicarse, a costa de la interesada, en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo establecido en el décimo párrafo del artículo 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Quinta.- La Autorización surtirá sus efectos al día hábil siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, en aplicación supletoria de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, en términos de lo dispuesto por el artículo 8 de dicho ordenamiento legal. Sexta.- De conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, esta Comisión podrá revocar la Autorización que nos ocupa, entre otros, si la sociedad denominada Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., no presenta el testimonio de la escritura o bases constitutivas para su aprobación a que se refiere el artículo 10, fracción I de dicho ordenamiento legal, dentro de los noventa días hábiles a partir de que haya sido otorgada la autorización. Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 119 Séptima.- Esta Comisión se reserva la facultad de llevar a cabo las acciones que considere necesarias para verificar que Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., cuenta con lo necesario para el debido cumplimiento de su objeto social. Lo anterior, se notifica con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, fracción V y 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 134, fracción I, 135 y 136, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación; y en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 16, fracciones I y XVI, así como antepenúltimo y penúltimo párrafo, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 1, 3, 4, 9, 11, penúltimo y último párrafo, 12, 24, fracciones I, inciso a) y II, en relación con el 16, fracción VI y 17, fracción XII, 37, fracción XI, y 56 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 2003, modificado mediante los Decretos publicados en ese Diario Oficial el 21 de diciembre de 2005 y el 26 de diciembre de 2007; 17, fracción I, incisos 1) y 3), 30, fracción I, inciso 2) y 40 del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los vicepresidentes, directores generales, supervisores en jefe y gerentes de la misma Comisión, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2008, modificado por los Acuerdos publicados en ese Organo de difusión el 7 de agosto de 2008 y el 3 de febrero de 2009; así como 1, fracciones III y VIII del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2008. Atentamente México, D.F., a 12 de junio de 2009. Comisión Nacional Bancaria y de Valores Director General de Supervisión de Entidades de Ahorro y Crédito Popular Director General Técnico Ing. Rodrigo Sánchez Arriola Luna Héctor Barrenechea Nava Rúbrica. Rúbrica. (R.- 291495) Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda EDICTO Se notifica al C. VICTOR MANUEL GARCIA PEREZ y/o el dueño del menaje del inmueble ubicado en Calle José Santos Chocano número 2416, colonia Martínez, código postal 64550 en la Ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo de León, el Acuerdo de aseguramiento provisional de fecha 4 cuatro de diciembre del año dos mil ocho, decretado en la averiguación previa número PGR/040/LD/2000, lo anterior a efecto de que manifieste lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, ubicada en avenida Paseo de la Reforma número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, lugar en donde se pone a su disposición las constancias conducentes al citado aseguramiento; así mismo se le apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales, que señale el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, a partir de la presente notificación, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 15 de enero de 2009. El Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la SIEDO Lic. Jaime Rey López Salazar Rúbrica. (R.- 291561) 120 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda EDICTO Se notifica al C. DANIEL TREJO FEDERICO Y/O MULTIVALORES ARRENDADORA, S.A. DE C.V. Y/P PROPIETARIO del vehículo automotor marca BMW, color negro, tipo sedán cuatro puertas, modelo 2001, serie WBAAV11001CD65675, con placas de circulación LWL 98-79 del Estado de México, del acuerdo de aseguramiento provisional de fecha 10 de febrero del año 2009, decretado en la Averiguación Previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/046/2006, lo anterior a efecto de que manifieste lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, ubicada en avenida Paseo de la Reforma número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtemoc, México, Distrito Federal, lugar en donde se pone a su disposición las constancias conducentes al citado aseguramiento; así mismo se le apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales, que señale el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, a partir de la presente notificación, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 11 de febrero de 2009. El Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la SIEDO Lic. Jaime Rey López Salazar Rúbrica. (R.- 291565) Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda Coordinación General de Integración y Seguimiento EDICTO Con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 del Código Penal Federal; 2 fracción II, 38, 123, 180 y 181 del Código Federal de Procedimientos Penales; 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y demás de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 4o. fracciones I, inciso A), subincisos b), c) y e), y V, 10 fracciones V y IX, 11 fracción I inciso b), 14, y 20 fracción II inciso e), de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en relación con los diversos 1, 2, 15, 27, 28 fracción III inciso a) y penúltimo párrafo, de su Reglamento; y los Acuerdos A/020/99 y A/011/00 en sus artículos cuarto y noveno, emitidos por el Procurador General de la República, se notifica a JOSE ISAIAS SOLIS GARCIA, alias el CHACHIS, y o su representante legal, y/o cualquier persona que tenga derecho, que en fecha treinta de julio de dos mil ocho, se dictó acuerdo de aseguramiento dentro de la averiguación previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/046/2008, en el que se aprecia en su parte conducente: “…En la ciudad de México, Distrito Federal, a los 30 treinta días del mes de julio de 2008 dos mil ocho. VISTO el estado que guarda la Averiguación Previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/046/2008, con el objeto de que el Ministerio Público de la Federación adopte las medidas a que se refieren los artículos 123 y 181 del Código Federal de Procedimientos Penales, en relación con el artículo 40 del Código Penal Federal, referentes a impedir que se pierdan, destruyan o alteren las huellas o vestigios del hecho delictuoso, los instrumentos o cosas objeto o efectos del mismo, y con ello impedir que el delito se siga cometiendo y que se dificulte la investigación…RESUELVE…PRIMERO.- Se decreta el ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO de Tractocamión marca Internacional, tipo quinta rueda- Chato-C9670, de color blanco y azul, de tres ejes, modelo 1983, sin placas de circulación, Tractocamión marca Kenworth, tipo quinta rueda- Chato, de color blanco y azul, de tres ejes, (los dos sin llantas), modelo se ignora, sin placas de circulación, muestra un engomado en el parabrisas AG-06895 del estado de Baja California, Tractocamión marca Freightliner, tipo quinta rueda-Volteo-Torton, de color blanco y azul, de tres ejes, modelo 1987, con placas de circulación 786-BX5 del Servicio Público Federal., Semiremolque marca Utility, tipo caja refrigerada, de color blanco, de Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 121 dos ejes, modelo 1999, número económico L4A706, sin placas de circulación, Camioneta marca Chevrolet, tipo Caja-doble rodado-3500, de color blanco modelo 2003, Vehículo Cerrado, con placas de circulación JK-53-269 del Estado de Jalisco. ….” Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, sita en Paseo de la Reforma número setenta y cinco, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal, apercibiéndose al interesado o su representante legal que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 5 de enero de 2009. El Agente del Ministerio Público de la Federación Lic. Grimaldo Gerardo Cajero Morales Rúbrica. (R.- 291567) Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda Coordinación General de Integración y Seguimiento EDICTO Con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 del Código Penal Federal; 2 fracción II, 38, 123, 180 y 181 del Código Federal de Procedimientos Penales; 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y demás de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 4o. fracciones I, inciso A), subincisos b), c) y e), y V, 10 fracciones V y IX, 11 fracción I inciso b), 14, y 20 fracción II inciso e), de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en relación con los diversos 1, 2, 15, 27, 28 fracción III inciso a) y penúltimo párrafo, de su Reglamento; y los Acuerdos A/020/99 y A/011/00 en sus artículos cuarto y noveno, emitidos por el Procurador General de la República, se notifica a HECTOR SILVA ALCALA o PABLO ESQUEDA, y/o su representante legal, y/o cualquier persona que tenga derecho, que en fecha diez de diciembre de dos mil siete, se dictó acuerdo de aseguramiento dentro de la averiguación previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/100/2007, en el que se aprecia en su parte conducente: “…En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo a los 10 diez días del mes de diciembre de 2007 (dos mil siete). VISTO, el estado que guardan las actuaciones en la presente Averiguación Previa y analizadas todas y cada una de las constancias que obran agregadas a esta indagatoria, para proceder al aseguramiento precautorio…. RESUELVE… - - - PRIMERO.- Se ordena el aseguramiento precautorio de: 1) Un inmueble ubicado en Andador M. Bancalari, 1210, colonia Educadores Jaliscienses, en Toanala, Jalisco, con menaje; 02) 11,409 once mil cuatrocientos nueve piezas de billetes de denominación de 100 cien dólares de los Estados Unidos de América, al parecer falsos; 03) 64 sesenta y cuatro frascos pequeños de pintura color verde, vacíos y 15 llenos, 04) utensilios para serigrafía entre ellos bastidores, láminas para revelado y objetos diversos que se utilizan al parecer en las técnicas de serigrafía e impresión en papel, 05) una máquina al parecer de imprenta de color verde con gris, 06) Una placa o laminilla metálica en la que se aprecia cuatro veces el número 100, Diez placas o laminillas metálicas en las que no se aprecia nada, Dos placas o laminillas metálicas en la que se aprecia la parte anversa de un billete de 100 dólares. Una placa o laminilla metálica en la que se aprecia el frente de un billete de 100 dólares, Una placa metálica en la que se aprecia cuatro figuras de una persona al parecer el personaje de un billetes de cien dólares “Franklin”, 07) Trescientos cincuenta hojas de papel en la que aparece en su adverso y reverso, la figura de cuatro billetes de 100 dólares, de manera escalonada, con su número de serie cada uno de ellos el primero CH14298806A, el segundo AB81866490Q, el tercero AB81189899A, el cuarto BJ07613900A, 08) Tres bastidores con un plástico en la que se aprecia en medio de este, números de 100 cien, correspondientes al parecer de la marca de agua de un billete, 09) dos bastidores con un plástico en la que se aprecia en medio solo pinturas, 10). Un bote con etiqueta blanca que tiene la leyenda VERDE DE REALCE. 11). Un bote que contiene tinta para impresión con una etiqueta roja con la leyenda COLORTEC.A; por ser objeto o instrumento o producto de la comisión de algún delito, por lo que a efecto de que los mismos no se alteren, destruyan o desaparezcan, es procedente el decretar el aseguramiento ministerial de los mismos….” Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, sito en Paseo de la Reforma número setenta y cinco, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal, apercibiéndose al interesado o su representante legal que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 5 de enero de 2009. El Agente del Ministerio Público de la Federación Lic. Grimaldo Gerardo Cajero Morales Rúbrica. (R.- 291569) 122 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Servicio de Administración Tributaria Administración General de Recursos y Servicios CONVOCATORIA PUBLICA PARA OBTENER TITULOS DE AUTORIZACION A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA No. SAT. AGRS-014/2009 Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Aduanera y 3o. transitorio de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, este último publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, 28 fracción XLVII, en relación con el 29 apartado “D”, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en vigor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Organo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ha decidido autorizar en términos del precepto citado en primer lugar los servicios que más adelante se precisan, por lo cual convoca a las personas morales interesadas en obtener un Título de Autorización para prestar al SAT los servicios que a continuación se describen: Servicios de Administración de Activos Digitales (SAD) Se refieren al conjunto de capacidades que soportan la generación, administración y distribución de documentos electrónicos y archivos digitales a través de la organización. Lo anterior administrado bajo un esquema por documento o por usuario que incluye el manejo de un grupo de documentos y/o información digital relacionados a este usuario. Las personas morales interesadas en obtener un Título de Autorización deberán acreditar la experiencia en al menos uno de los servicios que se precisan a continuación: Servicios de Administración de Contenido.- Incluyen la funcionalidad de administración del almacenamiento, mantenimiento y recuperación de activos digitales, así como de los respaldos de información. Lo anterior incluye el manejo de flujos de trabajo, identificación de contenido, publicación y control de activos digitales. Servicios de Administración de Activos Digitales.- Se refieren a la funcionalidad de digitalización de documentos, Lectura Optica de Caracteres (LOC), manejo de relaciones y ligas entre documentos, indexación, clasificación, manejo de control de versiones, y el mantenimiento de documentos y archivos digitales de la organización, así como la conversión de documentos de un formato a otro. Además en este servicio se debe contemplar el pre-proceso de información en medios físicos, incluyendo el acopio y preparación de los mismos. Servicios de Administración de Conocimiento.- Incluyen la funcionalidad de identificación, agrupación y transformación de documentos, reportes y otras fuentes de información significativa con un valor agregado. Lo anterior incluye el acceso a la información, definición de taxonomías, metadatos, categorías de la información y acceso compartido de la información para grupos multiusuario. Servicios de Administración de Registros.- Se refieren a la funcionalidad de protección, archivo, clasificación y eliminación de documentos e información, así como la administración de derechos digitales para el control del capital intelectual y los derechos de autor de la información bajo administración. Servicio de Acreditación de Identidad y Enrolamiento.- El servicio debe ser capaz de desarrollar el proceso de acreditación de identidad y enrolamiento a partir de la verificación y digitalización de documentos, verificación de información dentro del padrón de contribuyentes del SAT y captura de información biométrica del contribuyente. A continuación se describen los componentes de servicio requeridos para sustentar el Servicio de Acreditación de Identidad y Enrolamiento: a) Servicio de Captura de Huellas Digitales.- Este servicio debe permitir la captura de las huellas digitales con calidad AFIS, la transmisión, almacenamiento y resguardo de la información en bases de datos sobre equipos propios del proveedor. Adicionalmente se debe incluir el conjunto de capacidades para consultar y explotar la información de los equipos en donde se encuentre almacenada la información a través de alguna aplicación y servicios Web (Web Services). b) Servicio de Toma de Fotografía Digital.- Este servicio permite tomar fotografías y almacenarlas en formato digital hacia bases de datos. c) Servicio de Desarrollo de Sistema.- Este servicio debe incluir el conjunto de capacidades que permitan el diseño, desarrollo e implementación de un sistema de software que sustente e integre los servicios especificados anteriormente. Todos los servicios deben desarrollarse bajo las mejores prácticas internacionales, basándose en el marco de referencia de ITIL (Infraestructure Technology Information Library). Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 123 REQUISITOS Las interesadas en obtener un Título de Autorización deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Aduanera, con los siguientes requisitos: I. Tener cinco años de experiencia prestando los servicios que se vayan a autorizar. II. Tener un capital social pagado de por lo menos $1’373,988.00 M.N. (actualizado de conformidad con el anexo 2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2009). III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca en la convocatoria que para estos efectos publique en el Diario Oficial de la Federación. De conformidad con la fracción III del artículo 16 de la Ley Aduanera, se fija como requisito de procedimiento que las interesadas deben cumplir, el entregar la documentación que se detalla a continuación: a. Carta original en papel membretado de la persona moral solicitante, en la cual el apoderado legal, manifieste el interés de su representada en obtener el Título de Autorización motivo de esta convocatoria, debiendo indicar el número de convocatoria y el tipo de servicios, así como domicilio para oír y recibir notificaciones. Dicha carta deberá contener firma autógrafa del representante legal. b. Original o copia certificada del testimonio de la(s) escritura(s) pública(s) que contenga(n) el acta constitutiva y sus principales reformas, misma(s) que deberá(n) contener los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. c. Original o copia certificada de los estados financieros del año inmediato anterior, auditados y dictaminados conforme al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación o, en su defecto, del testimonio de la escritura pública, o del acta de asamblea de accionistas, protocolizada ante fedatario público, con una antigüedad no mayor a tres años, mismas que deberán contener los datos de inscripción en el Registro Público correspondiente, con lo que la persona moral solicitante acredite contar con el capital social pagado actualizado a que se refiere el artículo 16 fracción II de la Ley Aduanera. d. Copia certificada de la cédula de identificación fiscal. e. Original o copia certificada de los estados financieros auditados, correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior a la fecha de presentación de la documentación y que de conformidad con el artículo 32-A, párrafo sexto, del Código Fiscal de la Federación deban contar con el dictamen correspondiente, así como los estados financieros internos del ejercicio fiscal que se encuentre en curso. f. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que manifieste bajo protesta de decir verdad, que su representada está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. g. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que el capital social pagado de su representada no ha sido disminuido con posterioridad a la fecha del documento con el que haya acreditado el cumplimiento del requisito establecido en el inciso c) de esta convocatoria. h. Copia certificada de la identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal de la persona moral solicitante. i. Original o copia certificada del poder notarial del representante legal de la solicitante, en el que acredite tener facultades generales para actos de administración, mismo que deberá contener los datos de inscripción en el Registro Público correspondiente. j. Original del currículum de la solicitante, donde manifieste la experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios similares a los que se pretende autorizar en esta convocatoria, mismo que deberá contener la firma autógrafa del representante legal. k. Copia certificada de contratos, pedidos o convenios, al menos tres indistintamente, de los que se desprenda la prestación de servicios similares a los señalados en esta convocatoria, con los que compruebe la experiencia de al menos cinco años prestando servicios similares a los solicitados en esta convocatoria; dos de los contratos deberán haber sido celebrados en los últimos cinco años y otro haber sido celebrado hace cinco años o más; en el caso de que los contratos impliquen información reservada o confidencial se deberá proporcionar copia certificada testada en la parte conducente por el notario público que lleve a cabo la certificación correspondiente. l. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que declare bajo protesta de decir verdad que su representada cumple con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria. m. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que declare bajo protesta de decir verdad que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las 124 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Procuraduría General de la República y gobiernos estatales, ni que por su conducto participan personas físicas o morales, que se encuentren en dicho supuesto. Todos los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener tachaduras ni enmendaduras, excepto por los contratos, los cuales podrán estar en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español. Las personas morales interesadas en obtener el Título de Autorización para prestar al SAT los servicios descritos en la presente convocatoria, podrán presentar la documentación a partir del día de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 30 de septiembre de 2009, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar todos y cada uno de los documentos antes señalados. El procedimiento para el otorgamiento del Título de Autorización a que se refiere esta convocatoria será de la siguiente forma: 1. En la entrega de la documentación, se realizará por el área competente la revisión cuantitativa. 2. En el supuesto de que cumpla, se remitirá la documentación al área requirente del servicio para la evaluación cualitativa de la documentación, realizándose en forma simultánea la evaluación cualitativa de la documentación legal. Tanto en la evaluación cuantitativa y jurídico cualitativa como en la cualitativa se emitirá un dictamen por el área respectiva. 3. En el supuesto de que la interesada cumpla con estas dos etapas, se emitirá el Título de Autorización correspondiente. 4. En el supuesto de incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, se requerirá a la interesada para que de conformidad con los artículos 17-A y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, presente la documentación faltante dentro del plazo de 10 días hábiles, posteriores a la notificación; de lo contrario, la solicitud será rechazada, lo cual se notificará a la misma. Una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dictamine el rechazo de la solicitud de Título de Autorización, la convocante podrá proceder a la devolución de la documentación presentada, previa petición de la interesada o a su destrucción, salvo que hubiere sido recurrido el trámite, en cuyo caso la documentación se conservará hasta la total conclusión del recurso e instancias subsecuentes. 5. En el caso de que la solicitud hubiere sido rechazada por la omisión de alguno de los requisitos contenidos en esta convocatoria, la interesada podrá presentar la solicitud de Título de Autorización nuevamente, con el total de la documentación señalada en la misma, durante la vigencia de ésta. El SAT podrá modificar la vigencia de la convocatoria, siempre que la modificación se haga del conocimiento de las interesadas por el mismo medio utilizado para su publicación. La entrega de documentación se llevará a cabo en la Administración Central de Apoyo Jurídico, sita en calle Sinaloa número 43, piso 1, colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, México, D.F., a la atención del licenciado José Gerardo Córdova Bejarano, Administrador Central de Apoyo Jurídico, de la Administración General de Recursos y Servicios. La entrega de los títulos de autorización se llevará a cabo previa cita al teléfono 11-02-30-80. Con el objeto de aclarar posibles dudas, podrán formularse preguntas mediante correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]. Para efectos de notificación, el SAT publicará el otorgamiento o no otorgamiento del Título de Autorización en la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx, en la sección “Transparencia” en la subsección “Otra Información de Transparencia”, “Títulos de Autorización (artículo 16 de la Ley Aduanera)”, en la subsección “Otorgamiento de Títulos”, a más tardar 45 días hábiles posteriores, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación, dicho plazo se interrumpirá en el caso de que el SAT considere necesario requerir información a la solicitante, reanudándose cumplido el requerimiento. Efectos y alcances del Título de Autorización. Los títulos de autorización que se otorguen, de conformidad con la presente convocatoria, no eximen a las autorizadas de la obligación de sujetarse al o los requisitos establecidos en los procedimientos de contratación que se instrumenten para la prestación de los servicios motivo de la presente convocatoria. México, D.F., a 3 de julio de 2009. El Administrador Central de Apoyo Jurídico de la Administración General de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria Lic. José Gerardo Córdova Bejarano Rúbrica. (R.- 291429) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 125 INMOBILIARIA MAIR, S.A. DE C.V. CONVOCATORIA A LOS ACCIONISTAS: CON FUNDAMENTO EN LOS ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD Y A LOS ARTICULOS 183, 186, 187 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, EN PRIMERA CONVOCATORIA, SE INVITA A LOS ACCIONISTAS DE INMOBILIARIA MAIR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; PARA QUE ASISTAN A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS QUE TENDRA LUGAR EL 28 DE JULIO DE 2009 A LAS 11:00 HORAS EN EL DOMICILIO DE LA SOCIEDAD, UBICADO EN URBINA NUMERO 73, COLONIA PARQUE INDUSTRIAL NAUCALPAN, EN NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 53370, PARA DESARROLLAR EL SIGUIENTE: ORDEN DEL DIA I.- LISTA DE ASISTENCIA E INSTALACION DE LA ASAMBLEA. II.- NOMBRAMIENTO DEL SECRETARIO, ESCRUTADORES, Y PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA. III.- INFORME A LA ASAMBLEA DE LA DONACION DE ACCIONES DE LAS QUE ES TITULAR EL SR. JAIME CURIEL Y RODRIGUEZ. IV.- DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DE DECLARAR EN SUSPENSION DE ACTIVIDADES A LA SOCIEDAD. V.- ASUNTOS GENERALES. POR LO ANTERIOR SE SOLICITA SU PUNTUAL ASISTENCIA PARA EL DESAHOGO DE LOS PUNTOS ANTERIORES, QUE SON DE GRAN IMPORTANCIA. Atentamente Naucalpan, Edo. de Méx., a 26 de junio de 2009. Apoderado Jaime Curiel y Rodríguez Rúbrica. (R.- 291407) “MEXQUIM”, S.A. DE C.V. AVISO CONVOCATORIA SE CONVOCA A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE “MEXQUIM”, S.A. DE C.V., A LA CELEBRACION DE UNA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, QUE TENDRA VERIFICATIVO EL DIA MIERCOLES 8 DE JULIO DE 2009 A LAS 18:00 HORAS, EN EL DOMICILIO FISCAL DE LA EMPRESA. CALLE RETORNO 3 DE ORIENTE 259 NUMERO 112, INT 1, COLONIA AGRICOLA ORIENTAL, CODIGO POSTAL 08500, DELEGACION IZTACALCO, MEXICO, D.F., MISMA QUE SE DESARROLLARA CON EL SIGUIENTE: ORDEN DEL DIA 1.- LISTA DE ASISTENCIA 2.- INSTALACION LEGAL DE LA ASAMBLEA 3.- LECTURA, DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DEL INFORME DE LA ADMINISTRACION CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS DE LOS AÑOS 2005, 2006, 2007, 2008 Y 2009. 4.- LECTURA, DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DEL INFORME Y DICTAMEN DEL COMISARIO CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS DE LOS AÑOS 2005, 2006, 2007, 2008 Y 2009. 5.- REDACCION, LECTURA Y APROBACION DEL CONTENIDO DEL ACTA QUE SE LEVANTE CON MOTIVO DE LA ASAMBLEA. PARA CONCURRIR A LA ASAMBLEA CONVOCADA, LOS SEÑORES ACCIONISTAS DEBERAN DEPOSITAR SUS ACCIONES Y, EN CASO DE NOMBRAR REPRESENTANTE, SUS RESPECTIVAS CARTAS PODER, ANTE EL ADMINISTRADOR UNICO, EN LA DIRECCION INDICADA LINEAS ARRIBA, A MAS TARDAR EN LA FECHA Y HORAS SEÑALADAS PARA LA CELEBRACION DE LA ASAMBLEA, DOMICILIO EN EL QUE ADEMAS, ESTARAN A SU DISPOSICION LOS INFORMES, BALANCES, ESTADOS FINANCIEROS Y DOCUMENTOS A LOS QUE ESTE ORDEN DEL DIA SE REFIERE. México, D.F., a 30 de junio de 2009. Liquidador Ing. Gómez Bautista Abraham Rúbrica. (R.- 291566) 126 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 3 de julio de 2009 Pemex Exploración y Producción Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos EDICTO COMUNICACION DE LA DETERMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO No. 418235964 A LA EMPRESA CONSTRUCCION, INGENIERIA Y MONTAJE INTEGRAL, S.A. DE C.V. Con fundamento en los artículos 61 fracciones II y III de la Ley de Obras Públicas Servicios Relacionados con las Mismas; 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria en términos del artículo 13 de la citada Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y párrafo tercero, incisos b) y c), de la cláusula vigésima del Contrato número 418235964, por ignorarse el domicilio de la empresa Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V., se comunica lo siguiente: Determinación del Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato número 418235964, referente a la “Construcción de un Módulo entre Plataformas Akal-C7 y Akal-C8 para ubicar obras complementarias que incluyen oficinas administrativas, talleres, baños y bodegas”, que Pemex Exploración y Producción tiene celebrado con la empresa Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V.; de conformidad con lo siguiente: Una vez que se han considerado los argumentos y pruebas, en términos del artículo 61, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y en el tercer párrafo, inciso b) de la cláusula vigésima del Contrato número 418235964, mismas que hace valer la contratista Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V., en su escrito de fecha 12 de junio de 2009, se tiene que dichos argumentos y medios probatorios, no desvirtúan los incumplimientos que se le imputaron en el oficio número PEP-SCSM-226-2009, de fecha 30 de marzo de 2009, que le fuera notificado mediante edictos publicados los días 20, 21 y 22 de mayo en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional “El Universal”; por tal motivo, Pemex Exploración y Producción, ratifica en sus términos todos y cada uno de ellos, los cuales se tienen por reproducidos en obvio de repeticiones innecesarias, quedando debidamente acreditado que la conducta del contratista encuadró en la causal de Rescisión Administrativa marcada con el número III, de la cláusula décima novena del acuerdo de voluntades número 418235964, la cual textualmente dispone lo siguiente: “DECIMA NOVENA.- RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. En caso de incumplimiento del CONTRATISTA a cualquiera de las obligaciones del contrato, durante la vigencia del contrato, PEP podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo, o declarar la rescisión conforme al procedimiento de ley y exigir el pago de las penas convencionales por atraso estipuladas en este contrato. PEP procederá a la rescisión administrativa del contrato cuando se presente alguna de las siguientes causas en forma enunciativa más no limitativa. … III.- Si el CONTRATISTA, no ejecuta los trabajos de conformidad con los estipulado en el contrato o sin motivo justificado no acata las ordenes dadas por el Residente de Obra o por el supervisor…” Por lo anteriormente expuesto, Pemex Exploración y Producción, con fundamento en el artículo 61 fracciones II y III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 127 de su Reglamento y en el tercer párrafo, inciso c) de la cláusula vigésima del acto jurídico número 418235964, dentro del término señalado en el citado precepto legal y disposición contractual, determina Rescindir Administrativamente el Contrato de Obra Pública sobre la Base de Precios Unitarios número 418235964, cuyo objeto consiste en “Construcción de un Módulo entre Plataformas Akal-C7 y Akal-C8 para ubicar obras Complementarias que incluyen oficinas administrativas, talleres, baños y bodegas”, celebrado con el contratista Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V.”, para todos los efectos a que haya lugar. Esta Determinación de Rescisión Administrativa surtirá sus efectos contractuales, a partir de que sea debidamente notificado el Contratista. Queda a su disposición, en el domicilio ubicado en: Edificio Administrativo Kikab, Calle 60 sin número entre avenida Concordia y avenida Aviación, colonia Petrolera, código postal 24170, en Ciudad del Carmen, Campeche, en horario de 8:00 a 15:30 horas; que corresponden a las oficinas de la Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos de Pemex Exploración y Producción, el oficio número PEP-SCSM-432-2009 y sus anexos, de fecha 25 de junio de 2009, el cual contiene las consideraciones que motiva la determinación del procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato número 418235964; mismo que podrá ser consultado en días hábiles, en el domicilio y horarios antes mencionados. Atentamente Ciudad del Carmen, Camp., a 25 de junio de 2009. El Subdirector de la Coordinación de Servicios Marinos de Pemex Exploración y Producción Ing. Manuel de Jesús Alegría Constantino Rúbrica. (R.- 291576) Viernes 3 de julio de 2009 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 127 Petróleos Mexicanos Pemex Gas y Petroquímica Básica Gerencia de Recursos Materiales CONVOCATORIA PUBLICA De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como con las Bases Generales que Regulan la Enajenación Onerosa de Bienes Muebles No Utiles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, Pemex Gas y Petroquímica Básica, a través de la Gerencia de Recursos Materiales, llevará a cabo las licitaciones públicas números PGPB-900-09-B-045-GRM a la PGPB-900-09-B-050-GRM, en las que podrán participar personas físicas y morales nacionales y extranjeras para la venta de bienes muebles improductivos no útiles para Pemex Gas y Petroquímica Básica. Los bienes motivo de estas licitaciones son: Licitación PGPB-900-09-B- Descripción del bien Cantidad U. M. Valor para venta 045-GRM Refacciones para turbinas y compresores 1 Lote $69,669.88 046-GRM Aceites y grasas 1 Lote $6,677.68 047-GRM Materiales de construcción 1 Lote $135,140.93 048-GRM Productos químicos 1 Lote $49,411.62 049-GRM Refacciones turbinas hispano suiza 1 Lote $594,693.96 050-GRM Juntas, empaques y cespoles 1 Lote $20,985.62 Localización de los bienes: Complejo Procesador de Gas Ciudad Pemex. Recepción y apertura de ofertas: viernes 17 de julio de 2009 a las 11:00 horas, auditorio Antonio J. Bermúdez, ubicado en el primer piso del edificio “A”, avenida Marina Nacional número 329, colonia Huasteca, México, D.F., código postal 11311, teléfono directo lada (01-55) 19-44-55-94. Fallo: viernes 17 de julio de 2009 al concluir el acto de recepción y apertura de ofertas en el mismo lugar. Plazo de retiro por licitación: 40 días hábiles. La Gerencia de Recursos Materiales, proporcionará en avenida Marina Nacional número 329, edificio B-1, 4o. piso, colonia Huasteca, código postal 11311, D.F., teléfono (01-55) 19-44-55-94 a partir del día 3 de julio de 2009 de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, en días hábiles, la siguiente documentación: 1. Las bases que regirán la enajenación con un costo de $300.00 -trescientos pesos 00/100 M.N.- IVA incluido, las cuales podrán adquirirse del 3 al 15 de julio de 2009 en el domicilio antes citado. El pago deberá realizarse mediante depósito bancario, en efectivo o mediante cheque de caja a nombre de Pemex Gas y Petroquímica Básica en la cuenta CIE contrato número 6712-6 de BBVA Bancomer. En el formato CIE del banco, asentará su nombre o razón social en el apartado de referencia y en el apartado de concepto anotará el número de licitación y concepto que paga -Pago bases de licitación-. La adquisición de las bases es requisito para participar en el evento. 2. Las autorizaciones de acceso a las instalaciones de los centros de trabajo, para la inspección de los bienes motivo de esta licitación. 3. Formato de cédula de ofertas. 4. Las ofertas deberán presentarse conforme se señala en las bases de licitación. 5. De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda. El comprador de bases deberá proporcionar nombre, domicilio fiscal y Registro Federal de Contribuyentes. La presente convocatoria y bases de licitación podrán ser consultadas en las direcciones de Internet: http://www.sucap.pemex.com y http://www.gas.pemex.com. México, D.F., a 3 de julio de 2009. El Gerente de Recursos Materiales C.P. José Luis Gómez Góngora Rúbrica. (R.- 291469) 128 Pemex Refinación LICITACION PUBLICA No. GAS-LP-04/2009 CONVOCATORIA Descripción de los bienes Cant. Unidad Ubicación Garantía Autotanques, diferentes modelos 8 Pieza TAR Iguala, Gro. 2 Autotanques, diferentes modelos y marcas 4 Pieza 3 Autotanque y dos tractocamiones 3 Pieza Diversos centro de trabajo (TAR Celaya, e Irapuato, Gto. TAR, Cuernavaca, Mor. 10% del valor para venta 10% del valor para venta 10% del valor para venta Costo de bases $1,000.00 Obtención de bases Del 3 al 15 de julio 2009 Registro, recepción de documentos y ofertas 17 de julio de 2009 de 10:00 a 10:30 Hrs. Plazo de retiro 30 días hábiles 30 días hábiles 30 días hábiles Valor para venta ($) 654,735.00 396,810.00 581,460.00 Presentación y apertura de ofertas Fallo 17 de julio de 2009 al término de la recepción de documentos e inscripción 17 de julio de 2009 al término de la apertura de ofertas México, D.F., a 3 de julio de 2009. La Subgerente Ing. Rosa María Rodríguez Luna Rúbrica. (R.- 291542) Viernes 3 de julio de 2009 Las personas interesadas en participar, deberán comprar las bases de esta convocatoria, cuyo costo deberá ser cubierto mediante cheque de caja o efectivo, previa obtención de recibo de pago en la página de Internet: http://www.ref.pemex.com <transparencia><Desincorporación de Bienes><Compra de Bases> y realizar el pago en el banco Scotiabank/Inverlat mediante la ficha electrónica obtenida vía correo electrónico; una vez cubierto el pago, deberán obtener las bases en la página de Internet: http://www.ref.pemex.com. La inspección de los bienes se podrá llevar a cabo del 4 al 16 de julio 2009, en días hábiles, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, previa obtención del pase de acceso el que deberá ser solicitado a la dirección electrónica: [email protected]. Para entrar a las instalaciones de Pemex Refinación, es obligatorio el uso de ropa de algodón, camisa manga larga y zapatos de tipo industrial. Las ofertas deberán ser garantizadas en los términos de las bases respectivas. De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda. Para cualquier información al respecto, favor de comunicarse a los teléfonos (55) 19448957 y (55) 19442500, extensiones 53280, 53282 y 53245. Visite para efectos informativos las páginas en Internet en las direcciones: http://www.ref.pemex.com y http://www.sucap.pemex.com. DIARIO OFICIAL No. lote 1 (Segunda Sección) Pemex Refinación, organismo público descentralizado, en cumplimiento de las disposiciones que se establecen en el título quinto de la Ley General de Bienes Nacionales y las Bases Generales que Regulan la Enajenación Onerosa de Bienes Muebles No Utiles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, invita a las personas físicas y morales nacionales que tengan interés de participar en la licitación pública número GAS-LP-04/2009, que se llevará a cabo en las oficinas de la Subgerencia de Administración Patrimonial de Bienes Muebles, para la venta de bienes improductivos con la clasificación, localización y depósito de garantía que a continuación se indica.