Nota interpretativa Categorización huevos rotos

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Nota interpretativa Categorización huevos rotos
DIRECCIÓN GENERAL DE
PRODUCCIONES Y MERCADOS
AGRARIOS
NOTA INTERPRETATIVA ACERCA DE LA CONSIDERACIÓN DE LOS HUEVOS
ROTOS DE ACUERDO CON LA CATEGORIZACIÓN DE CALIDAD ESTABLECIDA
EN LA NORMATIVA COMUNITARIA DE COMERCIALIZACIÓN
Se ha recibido una consulta en esta Unidad sobre la categorización de los huevos
rotos y, en particular, si deben ser considerados como huevos B, en relación a los
dispuesto en el Reglamento (CE) 589/2008, de la Comisión, de 23 de junio, por el que
se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del
Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos.
Al respecto, cabe informar de lo siguiente:
-
De manera general, las normas de comercialización de huevos se aplican a
huevos destinados al consumo humano, para lo cual el artículo 1 del
Reglamento (CE) 589/2008, establece una definición de huevo a los efectos de
su utilización en el citado reglamento. De acuerdo con esta definición, se
considera “huevos” a los huevos con cáscara –sin romper, incubar o cocer- de
gallinas de la especie Gallus gallus y aptos para el consumo humano directo o
para la preparación de ovoproductos.
-
Para clarificar lo entendido por huevo roto, en el apartado siguiente se define
este concepto, considerándose un huevo roto aquel que presenta roturas tanto
de la cáscara como de las membranas, dando lugar a la exposición de su
contenido. No entrarían en esta consideración, por tanto, los huevos fisurados,
que sí podrían ser comercializados de acuerdo con lo establecido en la
normativa de comercialización, y que en este caso sí serían considerados
huevos B.
-
Al no considerarse huevos aptos para el consumo humano, no pudiendo
destinarse a consumo humano directo ni a la industria alimentaria, los huevos
rotos están exceptuados de las disposiciones del Reglamento (CE) 589/2008, a
excepción del artículo 18, relativo a huevos industriales. No se trata por tanto
de huevos a clasificar en centros de embalaje, ni procede su consideración
como huevos B.
05 de junio de 2013
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