¿De qué se trata esta cobertura adicional (protección

Transcripción

¿De qué se trata esta cobertura adicional (protección
¿De qué se trata esta cobertura adicional (protección oncológica)?
Esta cobertura opcional entrega una atención especializada en el tratamiento del cáncer para ti y tu
grupo familiar, poniendo a tu disposición un servicio profesional de primer nivel en una institución en
convenio con la compañía.*
La cobertura dará inicio de vigencia posterior a los 3 meses de contratación de la Cobertura Protección
Oncológica, quedando cubierto durante toda la vigencia de su póliza de seguro.
*Actualmente el referido convenio se encuentra suscrito con el Instituto de Radiomedicina (IRAM).
Información general de la Cobertura:
1. ¿Qué cubre la Cobertura Oncológica?
Gastos por:
Consultas y procedimientos Clínicos.
Exámenes de laboratorio, resonancia magnética, scanner y medicina nuclear.
Honorarios médicos requeridos para el tratamiento.
Tratamiento multidisciplinario: cirugía, radioterapia y/o quimioterapia.
Hospitalizaciones prescritas por el médico tratante (Los insumos, medicamentos, materiales
clínicos y banco de sangre tienen un límite de UF 4 por cada hospitalización).
Drogas Antineoplásicas. Estas tienen un límite de UF 100 por cada tratamiento.
Control y seguimiento de la enfermedad, bajo las condiciones de la cláusula adicional.
2. Beneficios de contratar la Cobertura Oncológica
No existe un deducible. No tiene copago fijo.
No importan el número de recaídas ni tratamientos que sean necesarios para tratar la enfermedad,
por el mismo cáncer o nuevos cánceres.
Además del titular de la póliza de seguros, se pueden agregar a esta cobertura adicional como
asegurados al resto de la familia (cónyuge, hijos, padres y suegros).
IRAM brinda exámenes preventivos de mamografía para mujeres aseguradas mayores a 35 años
y antígeno prostático específicos para hombres asegurados mayores a 45 años.*
* Ambos exámenes preventivos son sin costo para los asegurados, sólo se debe poner a disposición de IRAM la
cobertura (bonos) de la Isapre o Fonasa que entregue por cada prestación, siendo el copago de responsabilidad del
IRAM. (Beneficio válido a contar de los 3 meses posterior a la contratación de esta Cobertura)
i. Asegurados en la Región Metropolitana: Los exámenes se realizarán sólo en IRAM. (Asegurados que requieran
exámenes deben contactarse con IRAM en Santiago a los siguientes teléfonos: 27541700)
ii. Asegurados fuera de la región Metropolitana: Los exámenes se realizarán en los centros con los cuales IRAM tiene
firmado convenios. (Asegurados que requieran exámenes deben contactarse con IRAM en Santiago al fono:
27541700)
3. Limitaciones y exclusiones
La cobertura otorgada en virtud de esta cláusula adicional no cubre los daños susceptibles de
ser indemnizados cuando se trate de gastos que provengan o se originen por:
Enfermedades preexistentes, sus consecuencias y complicaciones.
Tratamientos psiquiátricos y psicológicos, estéticos, kinésicos o de rehabilitación.
Tratamientos que no tengan como finalidad la cura de la enfermedad.
Tratamientos paliativos, tratamientos o intervenciones quirúrgicas con fines estéticos,
reparadora y/o cirugía plástica.
Tratamientos y/o estudios y/o protocolos de tipo experimental o de investigación clínica, que
corresponden a esquemas de tratamiento no habituales, fuera de las recomendaciones de
tratamiento con niveles de evidencia I o II del NCNN (National Comprehensive Cancer
Network) para los diferentes canceres y sus estados clínicos.
Cualquier tipo de prótesis y órtesis.
Trasplantes.
Los traslados de pacientes desde y hacia cualquier destino.
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida – SIDA – o que el Asegurado sea portador del
V.I.H. (Virus de Inmunodeficiencia Humano) y/o hepatitis B o C.
Gastos por concepto de medicamentos ambulatorios.
La rehabilitación de efectos secundarios a su cáncer y/o tratamiento, y los tratamientos de
patologías benignas asociadas.
La cobertura dará inicio de vigencia posterior a los 3 meses de contratación de la Cobertura
Protección Oncológica, quedando cubierto durante toda la vigencia de su póliza de seguro.
Limitada la incorporación a los 65 años.
La asistencia oncológica sólo opera en la ciudad de Santiago, los traslados y estadía en
Santiago no están cubiertos.
No es un seguro de reembolso.
4. Termino anticipado de la Cobertura
1. Tratamiento de Cáncer en otras compañías en las que no esté en convenio Consorcio.
2. Diagnóstico de Cáncer en los 3 primeros meses posteriores a haber aceptado la cobertura (la
carencia, pero no se informa este concepto).
3. Cumplimiento de la edad máxima de permanencia que se establece en las condiciones
particulares de la póliza.
4. Fallecimiento del asegurado.
5. Término de la cobertura principal.
6. No pago de prima.
7. En caso de verificarse la situación señalada en el Artículo 11 de estas Condiciones Generales
y el Contratante no acepte un cambio de moneda o unidad del contrato.
8. No existe interés asegurable.
5. ¿Quién puede contratar esta Cobertura Oncológica?
Titulares y cónyuge: 18–65 años*
Padres y suegros: 40–65 años* (Solo contratación vía ejecutivos de venta o sucursales)
Hijos: 15 días–24 años
* Permanencia hasta el término de vigencia de la póliza de Vida Individual.
6. Prima UF/año según rango de edad:
*Prima Cobertura Oncológica
Categoría
Edad
Prima
Adulto
Ad. Mayor
Hijos
18-54
55-65
0-24
UF 2
UF 7,6
UF 1,2
* Prima sujeta a características del producto Vida Individual.
* Padres y suegros ingresan siempre en rango Adulto Mayor (edad de ingreso entre 40 y 65 años).
* Las primas informadas corresponden a valores por persona asegurada.
Para obtener información adicional sobre el IRAM digite http://www.iram.cl
Para mayor información, revisar POL 220131576 adjunto al
email.

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