GARDNER DENVER LIMITEDIBERICA SA
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GARDNER DENVER LIMITEDIBERICA SA
GARDNER DENVER IBERICA, S.L. TÉRMINOS Y CONDICIONES DE VENTA SALVO EN LA MEDIDA EN QUE HAYAMOS CONVENIDO LO CONTRARIO POR ESCRITO, ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES RIGEN TODOS NUESTROS CONTRATOS CON LA EXCLUSIÓN DE OTROS TÉRMINOS Y CONDICIONES. NUESTROS PRESUPUESTOS Y CÁLCULOS NO SON OFERTAS APTAS PARA SER ACEPTADAS POR USTED, Y CUALQUIER PEDIDO QUE USTED HAGA SÓLO SERÁ ACEPTADO MEDIANTE NUESTRA CONFIRMACIÓN POR ESCRITO DE DICHO PEDIDO. 1. BASE DEL CONTRATO (a) Gardner Denver Iberica, S.L., Oficina registrada: Avenida La Recomba no 6, pol. ind. Laguna, 28914 Leganés (Madrid) (“la Compañía”) ventas e instalan compresor, turbina, transferencia de fluidos, equipos de bombas, sistemas de control y piezas de repuesto, y proporciona mercancías y servicios auxiliares (“los Productos”). (b) Ninguna representación, compromiso o promesa se considerará que ha sido dada o implicada a partir de nada de lo dicho o escrito en negociaciones entre las partes antes de la fecha de este Contrato, salvo que así conste expresamente en este Contrato. El Cliente no tendrá ninguna vía de recurso en relación con ninguna afirmación falsa hecha por la Compañía en la que el Cliente se basó al celebrar este Contrato (a menos que dicha afirmación falsa se hiciera fraudulentamente o se refiriera a un asunto fundamental, incluido uno relacionado con la capacidad de la Compañía para cumplir sus obligaciones bajo este Contrato) y las únicas vías de recurso del Cliente serán por incumplimiento del contrato según lo dispuesto en estos términos. Los falseamientos relacionados con asuntos fundamentales estarán sujetos a los términos de la cláusula 7. (c) Este Contrato se interpretará en conformidad con la Legislación de España y estará sujeto a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Madrid, España. 2. PUNTUALIDAD EN LA ENTREGA Y PUESTA EN SERVICIO (a) En caso de producirse un retraso con respecto a alguna de las fechas acordadas para el cumplimiento por parte de la Compañía de sus obligaciones bajo este Contrato, que esté causado por circunstancias fuera del control de cada una las partes y aparte de lo estipulado en la subcláusula (c) a continuación, la Compañía tendrá derecho a una prolongación razonable del tiempo. En el caso de que un retraso de esta índole esté causado por el Cliente, la Compañía tendrá derecho a una prolongación razonable del tiempo y a compensación por los costes, gastos y pérdidas que sufra a causa de ello. (b) Si bien las fechas o períodos para tener listo el despacho o la entrega de mercancías se dan de buena fe, estos no tienen la misma importancia que los términos del contrato o representaciones de hecho ni son en ningún modo equivalentes a estos. (c) En el caso de que la Compañía haya acordado una estimación de daños y perjuicios en circunstancias específicas de retraso, ésta se aplicará con la exclusión de cualquier otra responsabilidad legal por retraso, y, en todos los demás casos, la Compañía no será responsable de ningún retraso salvo que éste sea directamente atribuible a la falta de la Compañía, en cuyo caso la Compañía compensará al Cliente por todas las pérdidas directas que el Cliente sufra como resultado directo de dicho retraso, estando limitada la compensación a la mitad de un porcentaje del precio del contrato de los Productos por cada semana de retraso y sujeta a un máximo del 5% de dicho precio del contrato. 3. CRITERIOS TÉCNICOS Los Productos son productos de ingeniería sofisticados; por consiguiente, el Cliente garantiza: (a) Que ha proporcionado y que proporcionará puntualmente toda la información que sea razonablemente necesaria para permitir a la Compañía (i) evaluar los requisitos para la ejecución del Contrato y (ii) ejecutar el Contrato, y que dicha información está completa y es exacta; (b) Que todas las instalaciones, plantas, asistencia técnica, piezas de repuesto, canalizaciones relacionadas y maquinaria e ideas que sea necesario proporcionar para el diseño, ingeniería, instalación, prueba y uso de los Productos, sean adecuados para su propósito y de buena calidad técnica; (c) Que cooperará plenamente con la Compañía en el diseño, ingeniería, instalación, prueba y uso de los Productos; (d) Que usará los Productos sólo para la finalidad prevista y de acuerdo con la documentación del Producto; (e) Que no utilizará, bajo ninguna circunstancia, ninguna pieza de repuesto, maquinaria conectada, servicio o reparación no aprobados ni utilizará los Productos en ninguna forma que pueda convertirlos en peligrosos, y acepta que cualquier violación de estos criterios negativos invalidará todas las condiciones y obligaciones específicas e implícitas de parte de la Compañía relacionadas con la calidad de los Productos. El Cliente acepta además que será responsable ante la Compañía de cualquier coste, gasto y pérdida que sufra como consecuencia de incumplir alguno de estos compromisos. 4. DIBUJOS, DISEÑOS Y CONFIDENCIALIDAD (a) Todas las especificaciones, diseños, dibujos, indicaciones de propiedades físicas, químicas y electrónicas e indicaciones de presión de salida y consumo de energía (“los Diseños”) de la Compañía se hacen de buena fe y son sólo indicaciones aproximadas y no son vinculantes en sus pormenores a menos que el Cliente haya especificado por escrito una indicación en particular de la que depende, y la Compañía tendrá derecho a modificar los anteriores y/o a corregir errores y omisiones siempre que los Productos sigan estando básicamente conformes con los requisitos contractuales. (b) Los Diseños (incluyendo todos los derechos de autor, derechos del proyecto y todo otro tipo de propiedad intelectual que forme parte de ellos) serán según lo convenido por las partes la propiedad de la Compañía; y el Cliente no está autorizado a hacer ningún uso de los Diseños aparte de para los fines de este Contrato. (c) Toda invención, modificación, mejora, técnica o 'know-how' que afecte a los Productos realizada o conseguida en el curso de la ejecución de este Contrato, pertenecerá totalmente a la Compañía. (d) Ninguna de las partes desvelará a terceros ni utilizará para sus propios fines ninguna información confidencial o secretos comerciales de la otra parte. Cada una de las partes garantiza que cuenta con los derechos de propiedad intelectual necesarios para poder cumplir sus obligaciones contractuales y que denunciará inmediatamente a la otra parte cualquier infracción de los derechos de propiedad intelectual que descubra. 5. PRECIOS, PLAZO Y CONSOLIDACIÓN (a) Todas las facturas se pagarán en Euros o en otra moneda libremente convertible en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura (la “fecha de vencimiento”) a menos que se haya convenido expresamente de otra manera, sin ninguna deducción ni retención a cuenta de derechos de compensación (liquidación por diferencia de saldos netos) equitativa que el Cliente pueda tener (salvo cuando estos estén basados en fraude). La Compañía se reserva el derecho de exigir el pago en parte o en su totalidad, o la provisión de un título de valor o avales por el Cliente o en su nombre que la Compañía estime necesarios antes del inicio del período de vigencia del Contrato. La Compañía tendrá derecho en cualquier momento a revisar los requisitos de límite crediticio relacionados con el Cliente y a aumentar o reducir éste mediante un aviso por escrito al Cliente. Sin perjuicio de sus otros derechos, la Compañía tendrá derecho mediante aviso por escrito al Cliente a exigir el pago inmediato de todo el dinero adeudado por el Cliente a la Compañía en razón de productos entregados en cualquier momento. Según se utiliza en esta cláusula, “moneda libremente convertible” significa una moneda que sea objeto de cambio frecuente en los mercados de divisas internacionales y que se utilice ampliamente en transacciones internacionales. (b) Los precios citados son precios franco de fábrica (EXW, Incoterms 2010) sin embalaje desde la planta de la Compañía y están sujetos al IVA y a otros impuestos (a menos que se estipule específicamente lo contrario). (c) La Compañía puede cobrar intereses sobre cualquier suma que esté pendiente de pago en la fecha de vencimiento a una tasa del 4% por año por encima de la tasa base del banco de la Compañía durante el período considerado. (d) La Compañía podría requerir, según estime oportuno, que el pago por los pedidos de exportación se realice mediante crédito documentario irrevocable, que deberá presentarse en una forma aceptable para la Compañía y ser confirmado por un banco de Londres que goce de reputación internacional. (e) En caso de impago, la Compañía tendrá derecho (sin perjuicio de sus otros derechos) a suspender la ejecución del contrato y a cobrar al Cliente todos los costes y gastos ocasionados por ello y a rescindir el Contrato en cualquier momento posterior de acuerdo con la cláusula 8 más abajo. (f) El Título de Propiedad de los productos se transferirá al Cliente ante el pago total y a la entrega de los mismos, con la salvedad, sin embargo, de que si la entrega se realizara antes que el pago total, la Compañía retendrá una garantía prendaria sobre los Productos hasta que la Compañía reciba el pago total.. Mientras no se haya pagado el precio total de compra de los Effective Janaury 2011 Productos, el Cliente mantendrá en todo momento los Productos asegurados a todo riesgo contra pérdida o daño por accidente, incendio, robo y otros riesgos normalmente cubiertos en el tipo de negocio mantenido por el Cliente en una cantidad por lo menos igual al saldo pendiente de pago por los mismos en cualquier momento. La póliza deberá llevar un endoso en el que conste los intereses de la Compañía. Además, el Cliente se compromete a no emplear a modo de título de valor ninguno de los Productos que sigan siendo colateral de la Compañía. . (g) En el caso de rescisión en conformidad con la cláusula 8 más abajo o en el caso de impago (en parte o en su totalidad) de los Productos en la fecha de vencimiento, el Cliente autoriza por la presente de manera irrevocable a la Compañía (en la medida en que pueda) a entrar en cualquiera de sus instalaciones para recuperar los Productos. (h) Los precios de la Compañía están sujetos a ajuste para reflejar cualquier variación en los costes de la Compañía (fuera del control razonable de la Compañía) incluyendo (entre otras cosas) variaciones en el coste de los materiales, mano de obra y costes indirectos, fluctuaciones en el tipo de cambio, alteración de los deberes, cambios en las especificaciones por el Cliente y otros costes desde la fecha de elaboración del presupuesto o (si no se elaboró ningún presupuesto) desde la fecha de confirmación del pedido. La Compañía se reserva correspondientemente el derecho a ajustar el precio de la factura en la cantidad correspondiente a cualquier aumento o disminución en dichos costes después de ofrecerse el precio, y la factura así ajustada será pagadera como si el precio establecido en ella fuera el precio contractual original. 6. GARANTÍA (a) En esta cláusula, por “período de garantía” se entenderá el período que empieza en la fecha de despacho de los Productos (o de una parte importante de estos) y que termina 12 meses después. (b) La Compañía garantiza que los productos estarán libres de defectos materiales causados por ineptitud o negligencia en la mano de obra o materiales de la Compañía durante el período de garantía (la “Garantía”). (c) Salvo según lo dispuesto en las subcláusulas (d) y (e) a continuación, si se hiciera a la Compañía durante el período de garantía alguna reclamación válida con respecto a los Productos o a alguna parte de ellos que pueda demostrarse a la satisfacción razonable de la Compañía (en la balanza de las probabilidades) que está basada en un incumplimiento de la Garantía, la Compañía (a su solo criterio) reparará o sustituirá, o (a su solo criterio) abonará una suma que será convenida con el Cliente en vez de reparar o sustituir algún Producto o alguna pieza de él. (d) La Compañía no será responsable de ningún incumplimiento de la garantía: i. Salvo que los Productos se hayan instalado, utilizado, mantenido y reparado adecuadamente; ii. Salvo que el Cliente haya informado a la Compañía del presunto defecto dentro del período de garantía y en un plazo de 7 días desde su descubrimiento; iii. Con respecto a piezas que se desgasten y consumibles; y/o iv. Con respecto a Productos o piezas de ellos no fabricados por la Compañía (“productos de terceros”). (e) En el caso de que se produzca un defecto en los Productos en cualquier momento, el Cliente notificará a la Compañía por escrito de dicho defecto en los 7 días posteriores a su descubrimiento y: i. Si está dentro del período de garantía, la Compañía responderá manifestando si acepta la responsabilidad de la garantía de conformidad con la subcláusula (c) anterior e indicando qué medidas propone tomar (medidas que podrían incluir una investigación adicional por el técnico de servicio de la Compañía) y si resulta que el defecto no está cubierto por un incumplimiento de la garantía, la Compañía se reserva el derecho a cobrar un importe razonable por dicha investigación. ii. Si el período de garantía ha vencido, la Compañía ofrecerá consejo (sin cargo alguno) y podría ofrecer reparación o sustitución a cargo del Cliente. iii. Cualquier disputa acerca de si un defecto está cubierto o no por la Garantía será inmediatamente remitido a un Experto designado por la Compañía y el Cliente de mutuo acuerdo (o, a falta de acuerdo, nombrado por el Presidente del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid), cuya decisión será definitiva y vinculante para las partes y cuyos honorarios se dividirán por igual entre las partes. (f) Con respecto a los productos de terceros, la Compañía se compromete a trasladar al Cliente cualquier garantía del fabricante o del proveedor concedida por dicho fabricante o proveedor a la Compañía. (g) No hay terceros beneficiarios de la Garantía concedida por la Compañía en este documento. 7. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD Y FUERZA MAYOR (a) En la máxima medida en que lo permita la ley aplicable y sin perjuicio de la cláusula 7(f), la Compañía no será en ninguna circunstancia deudora (ya sea contractualmente, por delito o por negligencia o incumplimiento del deber legal o de otra manera como consecuencia de o en relación con el Contrato) ante el Cliente en la medida en que dicha deuda: (i) se calcule con respecto a ganancias, ingresos, producción o acumulaciones o pérdida de negocio, pérdida de datos, pérdida de ganancias, pérdida de fondo de comercio, pérdida de ahorros anticipados, pérdida de ingresos; (ii) sea consecuencia de inexactitudes u omisiones en las instrucciones, información, dibujos, cálculos o especificaciones o material suministrado por el Cliente a la Compañía; (iii) sea de una naturaleza especial, incidental, indirecta, consecuencial o ejemplar; (iv) sea recuperada por el Cliente bajo los términos de alguna póliza de seguro (aparte de cualquier sobrante aplicable al seguro en cuestión); o (v) se haya solventado o se haya compensado de algún otro modo sin suponer ningún coste para el Cliente. (b) En la máxima medida en que lo permita la ley aplicable, y salvo por las vías de recurso limitadas estipuladas anteriormente en la cláusula 6, la Compañía no concede garantías ni condiciones, ni expresas ni implícitas en ninguna comunicación por la Compañía al Cliente, o de otro tipo, acerca de los Productos. Todas las garantías, condiciones, representaciones y términos, expresos o implícitos, ya sea por ley o de otro tipo, quedan excluidos, en la medida en que lo permite la ley, de estos términos. (c) La Compañía no hace ninguna representación acerca de la conformidad con las leyes, reglas, regulaciones, códigos de edificación u ordenanzas estatales, provinciales o locales relacionadas con la instalación u operación de los Productos (“legislación local”). El Cliente reconoce que es responsabilidad suya cumplir con todas las leyes, reglas y regulaciones aplicables relacionadas con la instalación y operación de los Productos e indemniza a la Compañía de reclamaciones, acciones, pérdidas (incluyendo, sin limitación, pérdida de ganancias), daños, costes y gastos (incluyendo, sin limitación, costes y gastos legales) como consecuencia de ello. (d) La Compañía será responsable de daños y perjuicios a la propiedad física del Cliente causados por la negligencia de la Compañía en relación con la producción, fabricación o instalación de los Productos, siempre que la responsabilidad agregada total de la Compañía por dichos daños y perjuicios no exceda en ningún caso 1,5 millones de Euros con respecto a ningún suceso en particular ni serie de sucesos relacionados. (e) Sin perjuicio de la cláusula 7(g), la responsabilidad total máxima de la Compañía según este Contrato o en relación con él, ya sea como consecuencia de incumplimiento del contrato, delito (incluyendo negligencia), incumplimiento del deber legal o de otro tipo, no deberá en ningún caso ser superior a la mayor de las siguientes sumas: 250.000 euros o la cantidad total pagada por el Cliente bajo el Contrato. (f) [Deliberadamente omitido.] (g) Nada en estos términos excluirá o limitará la responsabilidad de la Compañía por (i) fraude, (iii) actos u omisiones intencionales o extremadamente negligentes de la Compañía, (ii) muerte o lesión personal causada por su negligencia o (iii) toda otra responsabilidad en la medida en que ésta no pueda ser excluida ni limitada por la ley. (h) Independientemente de cualquier afirmación contraria en estos términos, ninguna de las partes será responsable ante la otra por incumplimiento de sus obligaciones bajo este Contrato en virtud de circunstancias o acontecimientos fuera del control razonable de cualquiera de ellas. (i) El Cliente indemnizará a la Compañía contra todas las acciones, pleitos, reclamaciones, demandas, costes, cargos, daños, pérdidas y gastos sufridos o incurridos por la Compañía y/o por los que ésta pueda ser responsable ante un tercero debido a, como consecuencia de o en conexión con, directa o indirectamente: (i) las instrucciones o la falta de instrucciones del Cliente; (ii) cualquier fallo o retraso de cualquier tipo en aceptar la entrega o cualquier otro acto, negligencia u omisión por parte del Cliente, sus asistentes, agentes o empleados; o (iii) el incumplimiento de alguna de las provisiones de este Contrato por el Cliente. (j) El Cliente indemnizará y mantendrá indemnizada a la Compañía contra todos los costes, reclamaciones, pérdidas, gastos y daños en los que incurra la Compañía o por los que pueda ser responsable ante un tercero debido a o como consecuencia directa o indirecta de una infracción o presunta infracción de patentes, marcas comerciales, derechos de autor, derechos de proyecto u otros derechos de la propiedad intelectual, ocasionada por la importación, fabricación o venta de los Productos si éstos se han hecho según las especificaciones o requisitos especiales del Cliente. Effective Janaury 2011 8. CANCELACIÓN Y RESCISIÓN (a) En el caso en que los Productos estén siendo diseñados o adaptados a los requisitos específicos de un Cliente, el Cliente tendrá derecho (sujeto a la cláusula 8(c) a continuación) a cancelar este contrato (“cancelación”) sólo mediante acuerdo por escrito de las partes y tras el pago a la Compañía de la suma que sea necesaria para indemnizar a la Compañía frente a todas las pérdidas y gastos ocasionados por la cancelación. (b) La Compañía tendrá derecho a rescindir de inmediato este Contrato en el caso de impago (en parte o en su totalidad) a la fecha de vencimiento (“rescisión”). (c) En el caso de cancelación o rescisión, el Cliente será responsable ante la Compañía de todos los costes y gastos en los que ésta hubiera incurrido hasta la fecha de dicha cancelación o rescisión y por las ganancias que esperaba razonablemente obtener del Contrato si éste se hubiera ejecutado en su totalidad, menos la suma neta (si la hay) que la Compañía sea capaz de obtener al disponer de los Productos. 9. GENERAL (a) Nada de lo expresado en este Contrato o a lo que se haya hecho referencia en él será interpretado en el sentido de otorgar a alguna persona, aparte de las partes de este Contrato, ningún derecho, vía de recurso o reclamación legal o equitativo según o con respecto a este Contrato o a alguna provisión de este Contrato. Independientemente de que se exprese algo en sentido contrario en este Contrato, las partes acuerdan que las provisiones de la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías no se aplicarán a este Contrato. (b) Si alguna provisión o parte de una provisión de estos términos resulta que es ilegal, inválida o inexigible bajo alguna ley aplicable, dicha provisión o parte de una provisión se considerará, en la medida en que pueda separarse de los demás términos, omitida de estos términos y no afectará en modo alguno a la legalidad, validez u carácter vinculante de los restantes términos. (c) El Cliente no podrá asignar, reemplazar ni transferir de otra manera sus derechos u obligaciones bajo este Contrato sin el previo consentimiento por escrito de la Compañía, y cualquier intento de hacerlo será nulo y sin efecto. (d) Ninguna exención ni ninguna enmienda a ninguna de las provisiones contenidas en este Contrato será válida a menos que se hagan por escrito y sean firmadas por ambas partes. (e) El no ejercicio por parte de la Compañía de sus derechos según este Contrato no se considerará como una renuncia a dichos derechos. 10. DISPOSICIONES ESPECIALES (a) Ni los Productos ni las piezas vendidas en virtud del presente están diseñados o fabricados para usarse en ninguna instalación o actividad de proyección atómica ni con las mismas. Si el Cliente o el usuario final de los Productos o piezas tiene la intención de usar los Productos o piezas en alguna instalación o actividad de este tipo, los Términos para las Ventas de Piezas Nucleares de la Compañía formarán parte de este Contrato. La Compañía proporcionará al Cliente una copia de sus Términos para las Ventas de Piezas Nucleares previa solicitud. (b) El Cliente tiene entendido y acepta que los Productos pueden estar sujetos a controles de exportación y otros controles de comercio internacional que restringen la reventa y/o la transferencia a otros países y a terceros, incluyendo, entre otras cosas, requisitos de licencia según las leyes y reglamentos vigentes de los Estados Unidos (colectivamente, “Leyes de Control de Comercio”). El Cliente no exportará, re-exportará, transferirá ni dispondrá de cualquier otro modo de los Productos, directa ni indirectamente, excepto según lo permitido por las Leyes de Control de Comercio vigentes. El Cliente no realizará ninguna acción que pueda causar que la Compañía o sus afiliadas violen las Leyes de Control de Comercio vigentes. Más aún, el Cliente protegerá, indemnizará y eximirá de toda responsabilidad a la Compañía y a sus afiliadas por cualquier multa, daños, costes, pérdidas, obligaciones, sanciones y gastos incurridos por la Compañía como resultado del incumplimiento de esta cláusula por parte del Cliente. Effective Janaury 2011