normas 9 congreso - Comisiones Obreras

Transcripción

normas 9 congreso - Comisiones Obreras
A Coruña, 25, 26 y 27 de enero de 2006
federación de servicios
y administraciones públicas
Normas congresuales
más participación más CCOO
mejores servicios públicos
Normas congresuales • 9º Congreso FSAP-CCOO
NORMAS CONGRESUALES
9º CONGRESO FSAP-CCOO
Aprobado por el Consejo Federal 29 y 30
de junio de 2005
Lugar y fecha de celebración
El 9º Congreso de la FSAP-CCOO se celebrará los días 25, 26 y 27 de enero de 2006 en
A Coruña.
Composición
El número de delegados y delegadas que integren el 9º Congreso de la FSAP-CCOO será
de 300, compuesto por la Secretaría General,
la Comisión Ejecutiva Federal y las personas
elegidas por las organizaciones territoriales
sobre la base de la media de cotizaciones liquidadas a la federación, correspondientes al
periodo comprendido entre el 1 de enero de
2001 y el 31 de diciembre de 2004.
La cotización de cada organización se recabará por la Secretaría de Organización Federal, que realizará una propuesta de distribución de los delegados y delegadas que corresponde elegir a cada una de las federaciones de
comunidad autónoma o nacionalidad, en función de la cotización liquidada a la federación.
La Ejecutiva Federal, aprobará el número
de delegados y delegadas que deberán elegir
en las asambleas congresuales las respectivas
organizaciones. Las organizaciones tendrán
un plazo de 15 días para impugnar la distribución de delegados y delegadas.
Finalizado el plazo, el Consejo Federal resolverá las posibles impugnaciones en su primera reunión posterior y se publicará la lista
definitiva de delegados y delegadas a elegir
por las respectivas organizaciones.
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Con el fin de garantizar la presencia de todas las organizaciones cotizantes, en el caso
de aquellas que por sus cotizaciones no tuviera presencia, se garantizará como mínimo una
persona delegada.
Cada una de las organizaciones listadas en
el Artículo 16 de los Estatutos Federales, más
la FSAP-CCOO de Navarra y la SS de CCOO
del Servicio Exterior, compondrán una delegación al 9º Congreso Federal. Cada una de
ellas elegirá un presidente/a que actuará como
portavoz.
Las personas de las Comisiones de Control
Administrativo y Financiero y la Comisión de
Garantías serán invitadas al Congreso con voz
y sin voto.
Distribución de documentos a debatir
La distribución de documentos del 9º Congreso de la FSAP-CCOO se realizará garantizando su distribución a principios de octubre.
La Presidencia del Congreso
• Cuatro miembros de la Comisión Ejecutiva designadas por la misma.
• Un miembro de cada una de las ocho delegaciones con mayor número de cotizantes.
• Hasta un máximo de seis personas elegidas por la Comisión Ejecutiva, en razón de
la conveniencia de que formen parte de la
mesa otras organizaciones o representación de sectores específicos.
• Los miembros de la Presidencia del Congreso, habrán sido elegidos/as previamente por sus respectivas delegaciones.
Normas congresuales • 9º Congreso FSAP-CCOO
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Comisiones de trabajo
delegadas del congreso y su composición
Comisión de credenciales
• Una persona de la Comisión Ejecutiva saliente.
• Una persona de cada una de las ocho delegaciones con más cotizaciones.
• Prepara, de acuerdo con la presidencia, la
documentación y todo el material necesario para llevar a cabo el orden del día del
congreso.
• Recibir las peticiones de palabra de los
portavoces de las delegaciones del congreso.
• Dar los resultados de las votaciones a la
mesa para su proclamación.
Comisión de Resoluciones
• Cuatro personas de la Comisión Ejecutiva
saliente.
• Una persona de cada una de las ocho delegaciones con más cotizaciones.
Comisión Electoral
• Cuatro personas de la Comisión Ejecutiva
saliente.
• Una persona de cada una de las delegaciones del congreso.
Para la celebración del Congreso, la Comisión Ejecutiva nombrará una secretaría técnica, dependiente de la mesa presidencial durante el desarrollo del congreso, responsable del
desarrollo y organización interna del mismo.
Las funciones de esta secretaría serán:
• Responsabilizarse de toda la organización
interna del congreso.
• Las que reglamentariamente se determinen.
Método de debate
Los debates del congreso se celebrarán en
sesión plenaria, con excepción de las comisiones de trabajo del congreso que trasladarán sus conclusiones al plenario del modo
que se determine en el reglamento y en todo
caso la mesa presidencial. Igualmente en el
caso del informe general, primero se discutirá en las distintas reuniones que realizarán
las delegaciones y posteriormente se debatirá
en plenario.
No obstante, el congreso podrá decidir en
la votación del reglamento, debatir en comisiones de trabajo si el número de enmiendas
que subsisten tras la reunión de los portavoces y la Comisión de Ponencia así lo aconsejara, en cuyo caso se aplicará el mismo funcionamiento que se recogerá en el reglamento para las comisiones delegadas del congreso.
• Relaciones con la prensa.
• Responsabilizarse de las delegaciones extranjeras, nacionales e invitadas al congreso.
• Coordinar las comisiones de trabajo del
congreso con la presidencia.
Para facilitar los debates en el plenario del
congreso se seguirán las siguientes normas:
a) El 10 de enero de 2006 se celebrará una
reunión entre los portavoces de las delegaciones de las distintas delegaciones del
congreso y de los portavoces de las posi-
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ciones minoritarias que cuenten con más
del 10% de los votos de cada una de
ellas, con los miembros de la Comisión
de Ponencia designada por los órganos
de dirección de la FSAP-CCOO.
b) En dicha reunión se consensuarán las enmiendas o modificaciones a los textos
que se hubieran aprobado en las asambleas congresuales, así como las asumidas y los textos transaccionales.
c) Así mismo, aquellas enmiendas de estricto contenido de redacción y estilo deberán tener un debate específico con el objetivo de determinar el redactado más
adecuado.
d) Las delegaciones podrán defender el
texto original de los documentos cuando mayoritariamente estén disconformes con alguno de los consensos a que
se hubieran llegado en la reunión entre
los portavoces y la Comisión de Ponencia.
Sobre la elección de los órganos de
dirección y de las Comisiones de Garantías
y de Control Administrativo y de Finanzas
En el desarrollo de la FSAP-CCOO como
sindicato de hombres y mujeres, se promoverá
la participación de las mujeres para que su representación en los órganos de dirección sea
como mínimo proporcional al número de afiliadas de cada ámbito de la estructura sindical
de que se trate.
La elección de los órganos de dirección y/o
de los delegados/as al congreso y asambleas
congresuales reguladas en las presentes normas, se realizará conforme a lo dispuesto en
los estatutos para estos casos.
Para poder ser candidato o candidata a la
Comisión Ejecutiva Federal, de la Comisión
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de Garantías Federal y de la Comisión de
Control Económico y Administrativo de la
FSAP, será necesario asegurar un tiempo mínimo de cuatro años de afiliación.
Para la elección de las Comisiones de Garantías y de Control Administrativo y de Finanzas, se aplicará el sistema previsto en el
Artículo 10.e de los Estatutos Federales.
Seguimiento del desarrollo
del proceso congresual
La FSAP-CCOO, así como todas las organizaciones que la integran, tienen el derecho y la
obligación de colaborar y seguir los procesos
congresuales de las organizaciones de ellas
dependientes.
Enmiendas
Las federaciones de comunidad autónoma o
nacionalidad enviarán a la Secretaría de Organización Federal, como máximo hasta el 5 de
diciembre, las actas de sus respectivas asambleas congresuales que deberán contener las
enmiendas respecto de los documentos del 9º
Congreso Federal que se hubieran aprobado,
así como los nombres de los delegados/as al
congreso elegidos/as y la asignación de estos
en las distintas comisiones del congreso.
Igualmente figurará el nombre del portavoz de
la delegación.
El sistema de comunicación de las actas
mencionadas se realizará mediante el modelo
informatizado que se facilitará desde la Secretaría de Organización, siendo cualquier otro
modelo o sistema en todo caso complementario.
Se podrán presentar los siguientes tipos de
enmiendas:
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Al documento:
• Enmiendas a la totalidad de adición, modificación o supresión a títulos, capítulos o
apartados, que en todo caso deberán estar
acompañadas de texto alternativo.
Estatutos:
• Enmiendas de adición o supresión, apartados o párrafos completos, que en todo caso deberán estar acompañadas de texto alternativo.
Impugnaciones
Las impugnaciones sobre todas las asambleas previas al congreso se presentarán según
y ante como se determina en el ANEXO 1 Calendario previo al 9º Congreso de la FSAPCCOO.
Las impugnaciones cuyos titulares consideren que afectan a los estatutos se interpondrán
ante la Comisión de Garantías de la FSAPCCOO.
ganizativa, uniprovincial, pluriprovincial, comarcal o insular, en todo caso antes del 5 de
octubre, trasladándolas a la Secretaría de Organización de la Federación estatal en un plazo máximo de cinco días desde su aprobación.
No obstante, se debe tener en cuenta que se
celebrarán asambleas congresuales de centro
de trabajo (1ª instancia) en todos aquellos que
tengan 25 o más afiliados y afiliadas. Las
agrupaciones de los centros que no lleguen a
25, no podrán agrupar un censo superior a 500
personas afiliadas.
Al término de las asambleas congresuales,
al igual que se elegirán los delegados para los
distintos procesos en un número que corresponda relacionado con los cotizantes, se podrá
elegir un 20% de delegados/as suplentes como
mínimo, que solo sustituirán a los titulares
previa renuncia por escrito de éstos, explicando las razones de su falta de asistencia; los documentos de renuncia deberán contar con la
firma del titular.
Sobre las asambleas congresuales
de las organizaciones
de la FSAP-CCOO
Para lograr la participación de las mujeres
en el congreso, órganos de dirección y en las
delegaciones correspondientes, se asegurará
que su presencia en las distintas candidaturas
que se presenten, sea como mínimo proporcional al número de afiliadas de cada ámbito de
la organización de que se trate.
Las federaciones de comunidad autónoma o
nacionalidad se dotarán de normas específicas
propias que regulen los procesos de sus organizaciones dependientes, según su realidad or-
Para todo lo no establecido en las presentes
normas será de aplicación lo dispuesto en las
normas confederales reguladoras del 8º Congreso Confederal.
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ANEXO 1
CALENDARIO PREVIO AL 9º CONGRESO DE LA FSAP-CCOO
• 29 y 30 de junio de 2005: Consejo Federal, convocatoria 9º Congreso de la FSAP-CCOO,
aprobación de las normas.
ASAMBLEAS CONGRESUALES DE CENTRO DE TRABAJO Y AGRUPACIONES
• Del 17 al 29 de octubre: asambleas de centro y agrupaciones.
• Hasta el 2 de noviembre: presentación de impugnaciones ante el órgano superior (1ª instancia).
• Hasta el 3 de noviembre: fecha límite de resoluciones de impugnaciones en 1ª instancia.
• Del 4 al 7 de noviembre: plazo para recursos ante las federaciones de comunidad autónoma o
nacionalidad.
• Hasta el 8 de noviembre: fecha límite de resolución definitiva de recursos por las federaciones
indicadas.
ASAMBLEAS CONGRESUALES DE SINDICATOS PROVINCIALES, COMARCALES E INSULARES
• Del 9 al 16 de noviembre: asambleas de los sindicatos provinciales, comarcales e insulares.
• Hasta el 21 de noviembre: fecha límite de presentación de impugnaciones.
• Hasta el 22 de noviembre: fecha límite para resolución definitiva de impugnaciones por parte
de las federaciones de comunidad autónoma o nacionalidad.
ASAMBLEAS CONGRESUALES DE LAS FEDERACIONES
DE COMUNIDAD AUTÓNOMA O NACIONALIDAD Y SS DEL SERVICIO EXTERIOR
• Del 23 de noviembre al 2 de diciembre: asambleas congresuales de las federaciones de CCAA
y SS del Servicio Exterior.
• Hasta el 5 de diciembre: fecha límite para el envío de enmiendas y delegaciones elegidas a la
Secretaría de Organización federal.
• Hasta el 9 de diciembre: fecha límite de presentación de impugnaciones.
• Hasta el 13 de diciembre: resolución definitiva de estas impugnaciones por parte de la Comisión Ejecutiva de la FSAP-CCOO.
• 10 de enero: reunión de las personas portavoces de cada delegación, así como de los portavoces de posiciones minoritarias con más del 10 por 100 de los votos de cada delegación, con la
comisión de ponencia elegida.
federación de servicios
y administraciones públicas

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