anejo nº 4 - Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

Transcripción

anejo nº 4 - Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
GUADALQUIVIR
PROPUESA
CANON DE REGULACIÓN DE LOS EMBALSES
DE LA BREÑA II Y ARENOSO
AÑO 2016
DIRECCIÓN TÉCNICA
ÁREA DE EXPLOTACIÓN
JULIO DE 2015
1
ÍNDICE
1.- ANTECEDENTES LEGALES. ....................................................................... 3
2.- CONDICIONES GENERALES ...................................................................... 4
3.- DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA..................................................................... 4
4.- PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO ................................................................ 4
4.1 CÁLCULO DEL APARTADO a) DEL CANON. “GASTOS DE CONSERVACIÓN Y
EXPLOTACIÓN”. ...................................................... 5
4.2 CÁLCULO DEL APARTADO b) DEL CANON. “GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL
ORGANISMO”. ........................................................ 5
4.3 CÁLCULO DEL APARTADO c) DEL CANON DE REGULACIÓN. “GASTOS DE
INVERSIÓN”. ........................................................ 5
5.- PROPUESTA DE CÁNONES DE REGULACIÓN. ........................................ 5
1.- LIQUIDACIÓN DE GASTOS DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL AÑO 2013.
.................................................................. 11
2.- PREVISIÓN DE GASTOS DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL AÑO 2015. 14
Anejos:
Anejo 1: Previsión de los Gastos de Conservación y Explotación de los embalses
La Breña II y Arenoso año 2016, incluirá la liquidación de los gastos del año 2014.
Anejo 2: Liquidación de los Gastos de Administración del Organismo
correspondientes al año 2014 y previsión para el año 2016.
Anejo 3: Anualidad de Amortización de las inversiones realizadas desde 1986
calculadas con la normativa vigente correspondientes al Canon de Regulación del
Sistema Breña II- Arenoso.
Anejo 4: Cálculo del Canon de Regulación de los pantanos de La Breña II y
Arenoso para el año 2016.
Anejo 5: Desglose de los Gastos de Acuaes del año 2014.
2
M E M O R I A
1.- ANTECEDENTES LEGALES.
El Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de Julio, Texto Refundido de la
Ley de Aguas y el R.D. 849/1986 de 11 de Abril (B.O.E. nº 103 de 30-04-1986)
establecen las bases para el estudio y redacción de los Cánones de
Regulación y Tarifas de Utilización del Agua.
En el artículo 114 del Texto Refundido de la Ley de Aguas se establece
que los beneficiados de obras de regulación de las aguas superficiales o
subterráneas deben satisfacer un canon de regulación, destinado a compensar
los costes de la inversión, gastos de explotación y conservación de tales obras,
así como los beneficiados por otras obras hidráulicas específicas, deben
satisfacer una exacción denominada “tarifa de utilización del agua”. En dicho
artículo también se establece que la cuantía de dichas exacciones se fijará,
para cada ejercicio presupuestario, sumando las siguientes cantidades:
a) El total previsto de gastos de funcionamiento y conservación de
las obras realizadas.
b) Los gastos de administración del organismo gestor imputables a
dichas obras.
c) El 4 por 100 del valor de las inversiones realizadas por el Estado,
debidamente actualizado, teniendo en cuenta la amortización
técnica de las obras e instalaciones y la depreciación de la
moneda.
En el Reglamento del Domino Público Hidráulico en su capítulo III,
establece las líneas para cálculo del canon de regulación y de la tarifa de
utilización del agua. A continuación se concretan y detallan algunos de los
conceptos establecidos en el articulado.
Dentro del apartado a) del canon o tarifa, se deberá:
 Establecer el total de los gastos de funcionamiento y
conservación, con el máximo desglose posible para que sea claro
para los usuarios.
 Se realizará la liquidación de los gastos, entre lo previsto y lo
realmente producido para el ejercicio anterior.
El apartado b) se corresponde con los gastos de administración del
organismo gestor imputables a dichas obras.
El apartado c), incluirá como inversiones, los gastos motivados por la
redacción de los proyectos, la construcción de las obras principales y las
complementarias, las expropiaciones o indemnizaciones necesarias y, en
general, todos los gastos de inversión sean o no de primer establecimiento. La
3
obligación de pago persiste durante 50 años en el caso del canon de regulación
y durante 25 años en el caso de la tarifas de utilización del agua.
2.- CONDICIONES GENERALES
En el apartado b) del Canon de Regulación, Gastos de Administración
del Organismo, se considera una reducción del 25% de los gastos Totales, en
concepto de Servicios de Interés General y Control y Vigilancia del Dominio
Público Hidráulico.
Igualmente, en el apartado c) del Canon de Regulación, anualidad de
amortización de las inversiones realizadas en las obras de los pantanos de La
Breña II y Arenoso, se contempla una reducción del 20% en concepto de
laminación de avenidas.
3.- DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA
El Sistema está formado por los dos Embalses La Breña II y Arenoso, el
cual regulará en el futuro 300 hm3, al no estar terminadas las obras, para
realizar el reparto entre los usuarios, de la liquidación y previsión de gastos, se
considerará una regulación de 200 hm3.
Los beneficiarios de ambos embalses, son:


Sistema de Regulación General: se le prevé un consumo de 161,5
hm3, lo que supone un porcentaje del volumen regulado del 80,75
%.
Trasvase Negratín-Almanzora: se prevé un consumo de 38,5 hm 3,
de los cuales 6 hm3 son para el abastecimiento y 32,5 hm3 para
el regadío, teniendo en cuenta la ponderación de 3 a 1 de los
abastecimientos respecto del regadío, los porcentajes de cada
uno de ellos es para el regadío el 64,36% y para los
abastecimientos el 35,64%.
4.- PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO
Es similar al recogido en el Canon de Regulación General en lo referente
a las unidades beneficiadas del Sistema de Regulación General y a los
beneficios unitarios.
4
4.1 CÁLCULO DEL APARTADO a) DEL CANON. “GASTOS DE
CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN”.
Para el cálculo del apartado a) del canon, correspondiente a los Gastos
de Conservación y Explotación, se desarrolla el Anejo nº 1, en el que se
realiza la previsión de los mismos para el año 2016, y se incluirá además la
liquidación de gastos del año 2014. Dichos gastos coinciden con las facturas
emitidas por Sociedad Estatal ACUAES, en virtud de los Convenios
Reguladores de la financiación de las obras de las presas de La Breña II y
Arenoso, y los mismo consideran los gastos financieros del préstamo solicitado
por Acuaes.
4.2 CÁLCULO DEL APARTADO b) DEL CANON. “GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN DEL ORGANISMO”.
Correspondiente a los Gastos de Administración del Organismo, para lo
que se desarrollan el Anejo nº 2, en el que se realiza la liquidación de los
Gastos de Administración del Organismo correspondientes al año 2014, y se
prevén los Gastos de Administración del Organismo para el año 2016. Dichos
importes sólo se repercuten entre los usuarios del Trasvase NegratínAlmanzora, debido a que los usuarios de Regulación General, ya tienen
repercutidos los Gastos de Administración del Organismo en su canon
específico.
4.3 CÁLCULO DEL APARTADO c) DEL CANON DE REGULACIÓN.
“GASTOS DE INVERSIÓN”.
Correspondiente a la amortización de las inversiones realizadas por el
Organismo en estos embalses, para su cálculo se desarrollan los siguientes
anejos:

En el Anejo nº 3 se recoge el listado de las cantidades invertidas en
obras y expropiaciones de los dos embalses objeto de este Canon,
hasta el 31-12-2014. Se calculan las anualidades de amortización de las
inversiones realizadas según la normativa vigente.
En el Anejo nº 4 se resumen para cada uno de los usuarios, los importes
correspondientes al Canon de Regulación de los embalses de La Breña II y
Arenoso, para el año 2016.
5.- PROPUESTA DE CÁNONES DE REGULACIÓN.
5
Se proponen los siguientes cánones de regulación para el Sistema de
los embalses Breña II y Arenoso, para los distintos usuarios
USUARIOS
Regadíos
UNIDAD
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
ha
Abastecimientos y Usos
Industriales Consuntivos hm3
Usos No Consuntivos
hm3
Aprovechamientos
Hidroeléctricos
Mwh
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
22,29
0,00
0,04
18.261,12
1.805,48
0,00
0,00
30,44
3,01
0,66
0,00
0,00
TOTAL
(€/Unidad)
22,33 €/ha
3
18.291,56 €/hm
3
1.808,49 €/hm
0,67 €/Mwh
2.- REGULACIÓN INDIRECTA
UNIDAD
USUARIOS
Regadíos
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
ha
Abastecimientos y Usos
Industriales Consuntivos hm3
hm3
Usos No Consuntivos
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
5,61
0,00
0,01
4.591,07
0,00
0,00
0,00
7,65
0,00
TOTAL
(Euros/Unidad)
5,62 €/ha
3
4.598,73 €/hm
3
0,00 €/hm
3.- ZONAS REGABLES ESTATALES
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
TOTAL (€/ha)
ha
ha
ha
ha
ha
ha
ha
ha
ha
ha
ha
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
3,07
22,29
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
0,01
0,04
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
3,08
22,33
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
ha
ha
ha
ha
22,29
22,29
22,29
22,29
0,00
0,00
0,00
0,00
0,04
0,04
0,04
0,04
22,33
22,33
22,33
22,33
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
USUARIOS
Vegas Altas
Vegas Medias
Vegas Bajas
Jandulilla
Guadalmena
Guadalén
Genil-Cabra
Genil (M.D.)
Genil (M.I.)
Valle Inferior
Bajo Guadalquivir
Marismas de
Guadalquivir
Sector B-XII
Sector B-XI
Viar (1.837 has)
UNIDAD
6
4.- ZONAS REGABLES PRIVADAS
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
TOTAL (€/ha)
ha
22,29
0,00
0,04
22,33
€/ha
ha
22,29
0,00
0,04
22,33
€/ha
ha
22,29
0,00
0,04
22,33
€/ha
ha
ha
ha
22,29
22,29
22,29
0,00
0,00
0,00
0,04
0,04
0,04
22,33
22,33
22,33
€/ha
€/ha
€/ha
ha
ha
ha
ha
ha
ha
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
22,29
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
0,04
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
22,33
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
€/ha
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
TOTAL (€/Mwh)
USUARIOS
Z. R. Sta. María
Magdalena
Z. R. Ntra. Sra. De los
Dolores
Comunidad de Regantes
San Rafael (Villa del Río)
Z. R. Santa Rafaela
María (Pedro Abad)
Z. R. de Villafranca
Z.R. de Fuente Palmera
Z.R. Nuestra Sra. De
Gracia
Z.R. Valdeojos Hornillos
Z.R. del Jabalcón
Z.R. Las Pilas
Z.R. Los Humosos
Z.R. El Villar
UNIDAD
5.- APROVECHAMIENTOS HIDROELÉCTRICOS
USUARIOS
Aprovechamientos
hidroeléctricos
UNIDAD
Mwh
0,6640
0,0000
0,0011
0,67 €/Mwh
6.- ABASTECIMIENTO A LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
USUARIOS
UNIDAD
Abastecimientos y Usos
Industriales Consuntivos hm3
TOTAL (€/hm3)
3
10.317,91 €/hm
(8,16 hm3 x 18291,56 €/hm3 + 11,38 hm3 x 4598,73 €/hm3)/19,54 hm3 = 10317,91 €/hm3
7.- CONCESIONES DE ESCORRENTÍAS DE LAS AGUAS INVERNALES
(15 Septiembre al 15 de
Abril ) PARA RIEGOS DE OLIVAR EN RÍOS REGULADOS Y NO REGULADOS
UNIDAD
USUARIOS
Concesiones de
escorrentías de las
aguas invernales para
riegos de olivar
ha
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
5,61
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
0,00
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
0,01
TOTAL
(Euros/Unidad)
5,62 €/ha
7
8.- CULTIVOS DE ARROZ
Las hectáreas cultivadas de arroz estarán afectadas, además por un canon complementario del 30% del Canon que
le corresponda según su emplazamiento.
9.- RIEGOS DE APOYO DEL OLIVAR
Las concesiones de aguas invernales para riegos de olivar, que además soliciten riego de apoyo al olivar, con una
dotación de 1.000 m3/ha, abonarán en concepto de canon de regulación de 2016 de 12,43 €/ha.
Dicho importe se obtiene aplicando el 60 % al importe abonado por las concesiones para olivar en los apartados a) y
c). Dicho porcentaje se ha obtenido al considerar las dotaciones medias consumidas por ambos tipos de concesiones
(las de escorrentía de aguas invernales y las anuales), y considerando la diferencia de garantía.
UNIDAD
USUARIOS
Riegos de apoyo al olivar
con concesión de
escorrentía
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
13,37
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
0,00
TOTAL
(€/Unidad)
13,40 €/ha
0,02
10.- FACTURA MÍNIMA
El importe mínimo de la facturación a pagar por los usuarios al aplicar los cánones anteriormente relacionados a las
unidades beneficiadas será de 6 €.
11.- DAÑOS AL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO. COSTE DEL RECURSO POR EL USO DEL AGUA
El coste de las derivaciones ilegales de agua según los distintos usos es el siguiente:
Regadíos
0,118
€/m3
Abastecimientos y Usos
Industriales Consuntivos
0,354
€/m3
Usos No Consuntivos
0,035
€/m3
12.- CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE LA BREÑA II Y ARENOSO CORRESPONDIENTE AL TRASVASE DE
NEGRATÍN - ALMANZORA
USUARIOS
UNIDAD
CONSERVACION Y
EXPLOTACIÓN
(€/unidad)
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
(€/unidad)
AMORTIZACIÓN
(€/unidad)
TOTAL
(€/Unidad)
hm3
44.093,99
7.209,53
73,50
3
51.377,02 €/hm
Abastecimientos y Usos
Industriales Consuntivos hm3
132.281,98
21.628,58
220,49
3
154.131,05 €/hm
Regadíos
Con objeto de primar el ahorro en el consumo de agua, se propone, el
establecimiento de unas bases que consideren en el Canon de Regulación una
8
ANEJO 1. LIQUIDACIÓN DE LOS GASTOS
DE CONSERVACIÓN/EXPLOTACIÓN DE
LOS EMBALSES DE LA BREÑA II Y
ARENOSO PARA DEL AÑO 2014 Y
PREVISIÓN DE LOS GASTOS DE
CONSERVACIÓN/EXPLOTACIÓN DE LOS
EMBALSES LA BREÑA II Y ARENOSO PARA
EL AÑO 2016.
10
1.- LIQUIDACIÓN DE GASTOS DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL
AÑO 2014.
GASTOS PREVISTOS 2014
1.01.- EMBALSE DE ARENOSO (EM-32)
C
Gastos previstos
2014 (€)
CONCEPTO
PAGOS ACUAES (ARENOSO)
IVA (10%)
Total Gastos
3.190.434,00
319.043,40
3.509.477,40 €
1.02.- EMBALSE DE LA BREÑA II (EM-31)
C
Gastos previstos
2014 (€)
CONCEPTO
PAGOS ACUAES (BREÑA)
IVA (10%)
Total Gastos
Total Gastos
TOTAL DE GASTOS DE AMBOS
EMBALSES
8.895.977,00
889.597,70
9.785.574,70 €
9.785.574,70 €
13.295.052,10 €
Se consideró que el estado de las obras, sólo permitía tener una capacidad de
regulación de 200 hm3 para el año 2014, frente a la capacidad total de 300 hm3
cuando las obras hayan terminado, y por tanto de los Gastos reflejados
anteriormente, finalmente a los usuarios se les repercutió dos tercios de los
mismos (66%), para tener en cuenta la circunstancia de la no finalización de las
obras.
Los Gastos repercutidos, fueron:
200 x 13295052,1
300,00
=
8.863.368,07 €
11
GASTOS REALES 2014
Los Gastos reales producidos en ambos embalses fueron:
1.01.- EMBALSE DE ARENOSO (EM-32)
CONCEPTO
PAGOS ACUAES (ARENOSO)
IVA (10%)
Total Gastos Reales 2014
Gastos reales
2014 (€)
2.135.755,62
213.575,56
2.349.331,18 €
1.02.- EMBALSE DE LA BREÑA II (EM-31)
CONCEPTO
PAGOS ACUAES (BREÑA)
IVA (10%)
Total Gastos Reales 2014
TOTAL DE GASTOS DE AMBOS
EMBALSES
Gastos reales
2014 (€)
7.147.774,42
714.777,44
7.862.551,86 €
10.211.883,04 €
La liquidación de Gastos del año 2014, será:
10.211.883,04 € - 8.863.368,07 € = 1.348.514,98 €
A continuación se incluye una tabla resumen del desglose de gastos facilitado
por ACUAES y que responde al importe de las facturas emitidas por dicha
sociedad estatal para el año 2014 con nº SEV/84 2014 y nº SEV/85 2014 de
fecha 31 de diciembre de 2014.
En el Anejo nº 5, se incluye escrito recibido de ACUAES con el desglose de
gastos correspondientes a los embalses de La Breña II y Arenoso en el año
2014.
12
13
2.- PREVISIÓN DE GASTOS DE CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL
AÑO 2016.
1.01.- EMBALSE DE ARENOSO (EM-32)
Gastos previstos
2016 (€)
CONCEPTO
PAGOS ACUAES (ARENOSO)
IVA (10%)
Total Gastos Previstos 2016
2.140.000,00
214.000,00
2.354.000,00 €
1.02.- EMBALSE DE LA BREÑA II (EM-31)
Gastos previstos
2016 (€)
CONCEPTO
PAGOS ACUAES (BREÑA)
IVA (10%)
Total Gastos Previstos 2016
7.150.000,00
715.000,00
7.865.000,00 €
Total Gastos
TOTAL DE GASTOS DE AMBOS
EMBALSES
10.219.000,00 €
Se considerará también la liquidación del año 2014, realizada en el apartado
anterior.
TOTAL DE GASTOS DE AMBOS
EMBALSES
LIQUIDACIÓN DE GASTOS DEL AÑO
2014
TOTAL DE GASTOS DE
CONSERVACIÓN/EXPLOTACIÓN
10.219.000,00 €
1.348.514,98 €
11.567.514,98 €
El reparto de los gastos, entre los usuarios se realiza según los
porcentajes indicados en la memoria:
--Sistema de Regulación General:
--Trasvase Negratín-Almanzora:
TOTAL
9.340.768,34 €
2.226.746,63 €
11.567.514,98 €
80,75%
19,25%
14
Como se ha indicado en la memoria, el Trasvase Negratín-Almanzora
tendrá los usuarios de abastecimiento y regadío, 6 hm 3 para abastecimiento y
32,5 hm3 para regadío.
Considerando lo anterior, el reparto de los gastos, entre los usuarios, se
realiza según las tablas siguientes:
15
REPARTO DE LOS DATOS DE GASTOS DE CONS/EXPL DEL EMBALSE DE LA BREÑA II Y ARENOSO CORRESPONDIENTES A REGULACIÓN GENERAL
USUARIOS
R.Directa
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
Usos No Consuntivos
Aprov. Hidroelectricos
R. Indirecta
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
UNIDADES
UNIDADES
BENEFICIADAS
(Has, Hm3,Mwh)
ha
hm3
hm3
Mwh
353.778
35,198
12,511
187.200
ha
hm3
59.264
72,713
BENEFICIO
TOTAL
B
BENEFICIO /
UNIDAD
435
0,354
0,035
12,872
COEFICIENTE
BENEFICIO NETO COEFICIENTE
GARANTÍA
Q=B X C
REPARTO
C
Euros/ha
Euros/m3
Euros/m3
Euros/Mwh
109 Euros/ha
3
0,089 Euros/m
ANUALIDAD
CONS/
EXPLOT.
1,0000
1,0000
1,0000
1,0000
152.855.559
12.460.025
437.880
2.409.638
0,8442
0,0688
0,0024
0,0133
EUROS
7.885.068,13 €
642.751,55 €
22.588,10 €
124.301,42 €
1,0000
1,0000
6.440.406
6.471.447
0,0356
0,0357
332.228,96 €
333.830,19 €
181.074.956,06 €
1,0000
9.340.768,34 €
TOTAL CONS/
EXPLOT.
(€/UNIDAD)
22,29
18.261,12
1.805,48
0,66
€/ha
€/hm3
€/hm3
€/Mwh
5,61 €/ha
3
4.591,07 €/hm
REPARTO DE LOS DATOS DE GASTOS DE CONS/EXPL DEL EMBALSE DE LA BREÑA II Y ARENOSO CORRESPONDIENTES AL TRASVASE DEL
NEGRATÍN-ALMANZORA
USUARIOS
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
UNIDADES
hm3
hm3
UNIDADES
COEFICIENTE
BENEFICIADAS
REPARTO
(Has, Hm3,Mwh)
32,500
6,000
0,6436
0,3564
ANUALIDAD
EUROS
1.433.054,76
793.691,87
2.226.746,63 €
TOTAL
(€/UNIDAD)
44.093,99
132.281,98
TOTAL CONS/
EXPLOT.
(€/UNIDAD)
3
44.093,99 €/hm
3
132.281,98 €/hm
16
ANEJO 2. LIQUIDACIÓN DE LOS GASTOS
DE ADMINISTRACIÓN DEL ORGANISMO
CORRESPONDIENTES AL AÑO 2014 Y
PREVISIÓN PARA EL AÑO 2016.
(sólo aplicable para los usuarios del Trasvase Negratín-Almanzora)
17
Liquidación de los Gastos de Administración del
Organismo correspondientes al ejercicio del año 2014.
IMPORTE PREVISTO 2014
Descripción
NETO
15.000.000,00 €
CAPITULO 1º.- PERSONAL
8.000.000,00 €
CAPITULO 2º.- GASTOS CORRIENTES
CAPITULO 4º.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
CAPITULO 6º.- INVERSIONES REALES
Amortización 04/12
4.000,00 €
1.200.000,00
6.150.728,84
SUMA
A deducir:
25% en concepto de Servicios de Interés General y
Control y Vigilancia del Dominio Público Hidráulico
descuento 4 % Decreto 138/60
A DEDUCIR
GASTOS PREVISTOS 2014
7.350.728,84 €
30.354.728,84 €
7.588.682,21 €
2.000.000,00 €
9.588.682,21 €
20.766.046,63 €
IMPORTE REAL 2014
Descripción
NETO
15.008.859,92 €
CAPITULO 1º.- PERSONAL
8.693.947,47 €
CAPITULO 2º.- GASTOS CORRIENTES
CAPITULO 4º.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
CAPITULO 6º.- INVERSIONES REALES
Amortización 04/12
-
€
662.783,67
9.478.247,46
SUMA
A deducir:
25% en concepto de Servicios de Interés General y
Control y Vigilancia del Dominio Público Hidráulico
descuento 4 % Decreto 138/60
A DEDUCIR
TOTAL
Por tanto la diferencia ente los gastos reales y previstos
habidos en 2014 ha sido de:
10.141.031,13 €
33.843.838,52 €
8.460.959,63 €
2.695.252,76 €
11.156.212,39 €
22.687.626,13 €
1.921.579,50 €
18
Gastos de Administración del Organismo Previstos 2016.
IMPORTE PREVISTO 2016
Descripción
NETO
15.000.000,00 €
CAPITULO 1º.- PERSONAL
7.800.000,00 €
CAPITULO 2º.- GASTOS CORRIENTES
CAPITULO 4º.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES
CAPITULO 6º.- INVERSIONES REALES
Amortización 06/15
-
€
1.000.000,00
9.600.000,00
SUMA
10.600.000,00 €
33.400.000,00 €
A deducir:
25% en concepto de Servicios de Interés General y
Control y Vigilancia del Dominio Público Hidráulico
descuento 4 % Decreto 138/60
A DEDUCIR
GASTOS PREVISTOS 2016
8.350.000,00 €
2.700.000,00 €
11.050.000,00 €
22.350.000,00 €
A continuación se tiene en cuenta la liquidación de los Gastos de
Administración del Organismo correspondiente al año 2014 y calculado
anteriormente.
GASTOS PREVISTOS 2016
Liquidación Gatos previstos 2014
TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN PREVISTOS Y
LIQUIDACIÓN
22.350.000,00 €
1.921.579,50 €
24.271.579,50 €
Dichos Gastos son repartidos entre los Servicios que presta la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, los cuales se pueden dividir en
cuatro grupos principales:
1.- Riegos.
2.- Abastecimientos y Usos Industriales Consuntivos.
3.- Usos Industriales No Consuntivos.
4.- Aprovechamientos Hidroeléctricos.
Dicho reparto se realiza sobre las unidades beneficiadas y los
coeficientes obtenidos en el Canon de Regulación del Sistema de Regulación
General de 2015, resultando:
19
Unidades
Beneficio
Unidad Beneficio Total (€)
Beneficiadas por unidad
Usuarios
Regadíos (considerando
5.000 ha de riego de apoyo
del olivar y 30.000 ha de
R.E. de olivar, arroz y
otros cultivos) (ha)
Abast. y Usos Industriales
Consuntivos (hm3)
Usos No Consuntivos (hm 3)
Aprovechamientos
hidroléctricos (Mwh)
Reparto
Total
Anualidad
Liquidación
2014
Total
Anualidad
509.271
434,69
€/ha
220.446.850
0,6220 15.096.288,17 1.138.568,77 16.234.856,94
361,630
0,354
€/m3
128.016.980
0,3687
25,260
0,035
€/m3
884.100
0,0025
60.543,53
2.409.638
0,0068
165.013,01
187.200
12,872 €/Mwh
Totales
351.757.568,33
NOTA: El beneficio total de regadío se calcula como (beneficio
del regadío + beneficio del riego de apoyo del olivar)
31,88
21.628,58 €/hm3
-22.589,66
37.953,87
1.502,53 €/hm3
12.215,65
177.228,66
0,95 €/Mwh
-0,01 24.271.579,49
(509271-5.000 ha) x 434,69 €/ha + 5.000 ha x 249,05 €/ha = 220446850
Estos gastos del Organismo, sólo serán de aplicación a los usuarios del
Trasvase Negratín-Almanzora, debido a que los usuarios de Regulación
General, ya les han sido repercutidos en su propio Canon.
Nota:
Trasvase Negratín-Almanzora: como se ha ponderado 3:1 el
abastecimiento en relación con los regadíos, el apartado b) del Canon, Gastos
del Administración del Organismo, queda par el regadío en volumen,
corresponde con la tercera parte del abastecimiento, por tanto:
21.628,58
3
=
7.209,53
€/ha
7.821.540,05
8.949.734,82 -1.128.194,77
1,0000 24.271.579,50
Canon Gastos
Unidad
Adm 2016
hm3
20
ANEJO 3. ANUALIDAD DE AMORTIZACIÓN
DE LAS INVERSIONES REALIZADAS DESDE
1986 CALCULADAS CON LA NORMATIVA
VIGENTE
CORRESPONDIENTES AL CANON DE
REGULACIÓN DEL SISTEMA LA BREÑA II Y
ARENOSO.
21
Las inversiones que se tienen en cuenta son las siguientes, y a estas
inversiones se les descontarán un 20 % en concepto de laminación de
avenidas, como puede verse:
ARENOSO
Inversiones a Imputar
AÑO 2007
CO-CA 2298
A deducir:
BREÑA II
Inversiones a Imputar
AÑO 2007
A deducir:
222.422,08 €
Inspección y Vigilancia de Obras
20% Avenidas y Beneficos
TOTAL:
44.484,42 €
177.937,66 €
Inspección y Vigilancia de Obras
20% Avenidas y Beneficos
TOTAL:
494.879,62 €
98.975,92 €
395.903,70 €
573.841,36 €
Se realizara la anualidad de amortización de la cantidad total:
573.841,36 €
En el año 2014 no se han producido inversiones en el Sistema que
deban ser consideradas en éste cálculo de la anualidad, por lo que no se
incluye desglose de las mismas.
El Factor de actualización de las inversiones posteriores a la entrada en
vigor de la Ley de Aguas, es el siguiente:
AÑO
INTERÉS
1986
1987
1988
1989
1990
1991
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
10,5
9,5
9
9
9
10
10
10
9
9
9
7,5
5,5
4,25
4,25
5,5
4,25
I. LEGAL6%
4,5
3,5
3
3
3
4
4
4
3
3
3
1,5
0
0
0
0
0
Fn+1
F. Act.
1,045
1,035
1,030
1,030
1,030
1,040
1,040
1,040
1,030
1,030
1,030
1,015
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,475
1,411
1,363
1,324
1,285
1,248
1,200
1,153
1,109
1,077
1,045
1,015
1
1
1
1
1
22
AÑO
INTERÉS
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
4,25
3,75
4
4
5
5,5
5,5
4
4
4
4
4
I. LEGAL6%
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Fn+1
F. Act.
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 300 del Reglamento de
Dominio Público Hidráulico, en su apartado c) el importe de la anualidad será el
4 % de las inversiones, teniendo en cuenta la amortización técnica en 50 años.
El factor de amortización será:
fam =
50-n+1
50
Por tanto:
La liquidación de las anualidades de amortización correspondiente a las
Inversiones Posteriores a la Entrada en Vigor de la Ley de Aguas, se realizará
a partir de las inversiones correspondientes a los embalses del Sistema
indicadas anteriormente.
23
LIQUIDACIÓN ANUALIDAD AMORTIZACIÓN CORRESPONDIENTE A LAS INVERSIONES POSTERIORES A LA
ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE AGUAS
EMBALSE DE LA BREÑA II - ARENOSO
AÑO
A
B= A-0,2 A
TOTAL
INVERSIÓN
MENOS EL
INVERSIÓN
20%
717.301,70 573.841,36
INTERÉS LEGAL
N
5,50
5,50
4,00
4,00
4,00
4,00
4,00
4,00
8
7
6
5
4
3
2
1
Fam = (50-N+1)/
D
E = B *Fam * D
Fac
BASE IMPONIBLE
TOTAL
INVERSIÓN
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
50
493.503,57
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
493.503,57
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
BASE IMPONIBLE ACTUALIZADA
ANUALIDAD DE AMORTIZACIÓN PARA 2016 % S/BASE IMPONIBLE
493.503,57 €
19.740,14 €
Importe Considerado (Canon 2015)
19.740,14 €
Importe Real a considerar (Canon 2015)
DIFERENCIA
19.740,14 €
0,00 €
CÁLCULO DE LA ANUALIDAD DE AMORTIZACIÓN
EMBALSE DE LA BREÑA II - ARENOSO
AÑO
A
TOTAL
INVERSIÓN
INVERSIÓN
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
B= A-0,2 A
TOTAL
INVERSIÓN
MENOS EL
20%
717.301,70 573.841,36
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Fam = (50-N+1)/
INTERÉS LEGAL
N
5,50
5,50
4,00
4,00
4,00
4,00
4,00
4,00
4,00
9
8
7
6
5
4
3
2
1
E = B *Fam * D
D
Fac
50
BASE IMPONIBLE
0,84
0,86
0,88
0,90
0,92
0,94
0,96
0,98
1,00
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
1,000
BASE IMPONIBLE ACTUALIZADA
ANUALIDAD DE AMORTIZACIÓN PARA 2016 % S/BASE IMPONIBLE
REAJUSTE (Canon 2015)
ANUALIDAD DE AMORTIZACIÓN (Canon 2016)
482.026,74
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
482.026,74 €
19.281,07 €
0,00 €
19.281,07 €
Y la anualidad de amortización correspondiente a dichos embalses es:
19.281,07 €, se deben de repartir entre los usuarios del Sistema, con los
mismos coeficientes tenidos en cuenta en el anejo 1.
El dato anterior debe ser repartido entre los usuarios, según los mismos
coeficientes que se han tenido en cuenta en el anejo 1.
24
El reparto de los gastos, entre los usuarios se realiza según
los porcentajes indicados en la memoria:
15.569,47 €
3.711,61 €
19.281,07 €
--Sistema de Regulación General:
--Trasvase Negratín-Almanzora:
TOTAL
80,75%
19,25%
REPARTO DE LOS DATOS DE AMORTIZACIÓN DEL EMBALSE DE LA BREÑA Y ARENOSO CORRESPONDIENTES A REGULACIÓN GENERAL
USUARIOS
R.Directa
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
Usos No Consuntivos
Aprov. Hidroelectricos
R. Indirecta
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
UNIDADES
UNIDADES
BENEFICIADAS
(Has, Hm3,Mwh)
ha
hm3
hm3
Mwh
353.778
35,198
12,511
187.200
ha
hm3
59.264
72,713
BENEFICIO /
UNIDAD
435
0,354
0,035
13
BENEFICIO
TOTAL
B
Euros/ha
Euros/m3
Euros/m3
Euros/Mwh
108,673 Euros/m3
0,089 Euros/m3
BENEFICIO NETO COEFICIENTE
Q=B X C
REPARTO
TOTAL
AMORTIZACIÓN.
(€/UNIDAD)
ANUALIDAD
AMORTIZACIÓN
152.855.558,82 €
12.460.025,09 €
437.880,40 €
2.409.638,40 €
0,8442
0,0688
0,0024
0,0133
EUROS
13.143,06 €
1.071,36 €
37,65 €
207,19 €
6.440.406,45 €
6.471.446,90 €
0,0356
0,0357
553,77 €
556,44 €
181.074.956,06 €
1,0000
15.569,47 €
0,04
30,44
3,01
0,00
€/ha
€/hm3
€/hm3
€/Mwh
0,01 €/ha
3
7,65 €/hm
REPARTO DE LOS DATOS DE GASTOS DE AMORTIZACIÓN DEL EMBALSE DE LA BREÑA Y ARENOSO CORRESPONDIENTES AL
TRASVASE DEL NEGRATÍN-ALMANZORA
USUARIOS
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
UNIDADES
hm3
hm3
UNIDADES
BENEFICIADAS
(Has, Hm3,Mwh)
32,500
6,000
COEFICIENTE
REPARTO
0,6436
0,3564
ANUALIDAD
EUROS
2.388,66 €
1.322,95 €
3.711,61 €
TOTAL
AMORTIZACIÓN
(€/UNIDAD)
3
73,50 €/hm
3
220,49 €/hm
25
ANEJO 4. CÁLCULO DEL CANON DE
REGULACIÓN DEL SISTEMA FORMADO
POR LOS EMBALSE DE LA BREÑA II Y
ARENOSO PARA EL AÑO 2016.
26
ANEJO Nº 4
CÁLCULO DEL CANON DE REGULACIÓN DEL SISTEMA DE
LOS EMBALSES LA BREÑA II Y ARENOSO PARA EL AÑO 2016
CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE LA BREÑA II Y ARENOSO CORRESPONDIENTES A
REGULACIÓN GENERAL
a)
b)
c)
22,29
18.261,12
1.805,48
0,66
0,00
0,00
0,00
0,00
0,04
30,44
3,01
0,00
5,61
4.591,07
0,00
0,00
0,00
0,00
0,01
7,65
0,00
TOTAL
R.Directa
Regadíos
Abast. y Usos Industriales Consuntivos
Usos Industriales No Consuntivos
Aprovechamientos hidroléctricos
22,33
18.291,56
1.808,49
0,67
€/ha
€/hm3
€/hm3
€/Mwh
R. Indirecta
Regadíos
Abast. y Usos Industriales Consuntivos
Usos Industriales No Consuntivos
5,62 €/ha
4.598,73 €/hm3
0,00 €/hm3
CANON DE REGULACIÓN DEL EMBALSE DE LA BREÑA II Y ARENOSO CORRESPONDIENTES AL
TRASVASE DEL NEGRATÍN-ALMANZORA
Regadíos
Abastº y Usos I.Consuntivos
a)
44.093,99
132.281,98
b)
7.209,53
21.628,58
c)
73,50
220,49
TOTAL
51.377,02 €/hm3
154.131,05 €/hm3
27
ANEJO Nº 5
DESGLOSE DE LOS GASTOS DE ACUAES DEL AÑO 2014
28

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