facilidades para el régimen de incorporación fiscal (rif) a partir del
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facilidades para el régimen de incorporación fiscal (rif) a partir del
85 $ 3 2 1 4 8 9 7 0 73 35 96$ $28 6 $ 4 1 7 FACILIDADES FACILIDADES PARA PARA EL EL RÉGIMEN RÉGIMEN DE DE INCORPORACIÓN INCORPORACIÓN FISCAL FISCAL (RIF) (RIF) AA PARTIR PARTIR DEL DEL 2015 2015 LAS LAS NUEVAS NUEVAS TECNOLOGIAS TECNOLOGIAS APLICADAS APLICADAS AL AL AMBITO AMBITO FISCAL FISCAL “PRIORIDADES “PRIORIDADES DE DE POLITICAS POLITICAS PÚBLICAS PÚBLICAS EN EN MÉXICO” MÉXICO” ASPECTOS ASPECTOS RELEVANTES RELEVANTES DE DE LA LA SÉPTIMA SÉPTIMA RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN DE DE MODIFICACIONES MODIFICACIONES AA LA LA RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN MISCELÁNEA MISCELÁNEA FISCAL FISCAL DEL DEL 2014 2014 LAS LAS EMPRESAS EMPRESAS YY SU SU CIERRE CIERRE ANUAL ANUAL Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C. ÍNDICE Consejo Directivo 2014-2015 C.P.C. Salvatore Cascio Traconis Presidente del Consejo Directivo 2014-2015 CONTENIDO C.P.C. Enrique Salazar Durán P.C.C.A. Vicepresidente de Relaciones y Difusión C.P.C. Luis González Ortega Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C. C.P.C. Joel Ceferino Medina Alvarado Vicepresidente de Desarrollo Profesional C.P.C. Guido Herbe Espadas Villajuana Vicepresidente de Administración y Finanzas 4 7 Facilidades para el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a partir del 2015 10 “Prioridades de Politicas Públicas en México” 12 Aspectos relevantes de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal del 2014 15 Las Empresas y su Cierre Anual C.P. y M.A.T. Rodrigo Alejandro Salazar Padrón Las Nuevas Tecnologias Aplicadas al Ambito Fiscal C.P. Carlos Arturo Vazquez Vivanco C.P.C. Ligia Elizabeth Aguayo Rosado Secretario del Sector Práctica Externa C.P. Elsy del Carmen Mezo Palma Secretario del Sector Gubernamental L.C.A. Herbé David Alonzo Cimé C.P.C. Gilberto Ordaz López Presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos de la Región Centro Istmo Peninsular CP. Víctor Manuel Alvarez Palma Secretario del Sector Empresas Dr. Lucio Uc Heredia Secretario del Sector Docencia C.P.C. Luis Felipe Gongora Medina Auditor Propietario C.P.C. Cesar Renán Cisneros Rodríguez C.P. y M.A.T. Rodrigo Alejandro Salazar Padrón C.P.C. y M.F. Fernando Ojeda Llanes 12 Auditor Suplente Comisión de Trabajo Editorial Coordinador: C.P.C. Fernando González Hernández Integrantes: C.P.C. C.P.C. C.P. DR. DRA. C.P. C.P. C.P. C.P. C.P. C.P. C.P. María Isabel Vergara Pérez Francisco Arturo Castro Abraham Rubén Eduardo Barrera Díaz Mario Rene Chan Magaña María Teresa Mendoza Fernández Javier Solís Uc José Alfonso Canche Pérez Karla Joanna de Belén Solís Ortega Carlos Vazquez Vivanco Herbe Alonzo Cime Adriana Escalante Avilés Alejandro Ruíz Nicolin Política Editorial. Los artículos publicados expresan únicamente la opinión del autor o autores. El CCPY a través de su Comisión Editorial evalúa los artículos técnicos para su inclusión en la revista. La revista se difunde a través de los portales en internet de CCPY y CMIC. No se permite la reproducción de los artículos publicados sin la autorización escrita del Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C. Editorial Contadores y Empresarios, no podemos iniciar esta El cier�e anual tanto contable y fiscal, así como las obligaCrevistaolegassin antes ciones fiscales en puer�a, como es el caso de la contabilidad ag�adecer como siempre su preferencia. elect�ónica a presentar a nuest�a autoridad hacendaria, Esta revista cuenta con excelentes profesionales en diversas pudieran dejar ot�a vez en el olvido, el espírit� de tomar áreas afines a nuest�a profesión, a los cuales, es un placer brin- decisiones con base a la infor�ación financiera , nuest�o darles este espacio, para compar�ir su ex�eriencia y proporcio- autor nos invita a reflexionar en este sentido. nen a nuest�os lectores infor�ación de g�an interés. No sin antes despedir�e estimados lectores, les deseo que En todo momento el tema fiscal es noticia, debido a sus cons- esta infor�ación les apoye como siempre. tantes cambios en su aplicación y por consig�iente es importante hablar del Régimen de Incor�oración Fiscal, el cual es de g�an interés de nuest�a autoridad fiscal así como de los cont�ibuyentes incor�orados o no a éste. En nuest�os tiempos la tecnológica va de la mano con nuest�os negocios y por ende también en el ámbito de nuest�o cálculo y cumplimiento en materia fiscal, por lo anterior, lo invitamos a que consulten el tema en cuestión, el cual, estamos seg�ros le orientara hacia una perspectiva enfocada al cabal cumplimiento de los impuestos, maximizando recursos del negocio. ¿Conoce usted de políticas públicas?, ¿lo ha escuchado en alg�n lugar o de alg�n medio de comunicación?, el autor de éste ar�ículo le dejará en claro, no sólo qué son, sino que también quienes par�icipan y cómo deberán ser aplicadas para ser exitosas. Continuamos con un análisis de la séptima resolución miscelánea fiscal para 2014, leyó usted bien, séptima, así que seg�ramente le dará infor�ación relevante al respecto, a modo de aprovechar alg�nas disposiciones jurídicas en beneficio del giro o actividad que desar�olle. Entre Contadores y Empresarios * C.P.C. Fernando González Hernández FACILIDADES PARA EL RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF) A PARTIR DEL 2015 Por: C.P. y M.A.T. Rodrigo Alejandro Salazar Padrón Catedrático y profesor de tiempo completo en la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Yucatán Integrante del Cuerpo Académico del Área Legal de la FCA – UADY [email protected] Como ya es conocido, mediante el decreto que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013 y que inició su vigencia a partir del 1 de enero de 2014, se otorgó un estímulo a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) únicamente para el ejercicio fiscal 2014. El estímulo consistía en que el enajenante del bien o servicio, pueda acreditar el 100% de cada uno de dichos impuestos, de forma que ninguno se pagaría, con la condición de que ninguno de esos impuestos se trasladara al adquirente (comprador) de los bienes o servicios; es decir, el enajenante no debía trasladar esos impuestos en el comprobante fiscal CFDI (operaciones con el público en general), para que pueda aplicar dicho estímulo. El señalado decreto, en su artículo Séptimo Transitorio, señalaba que el estímulo aplica únicamente a personas físicas que realicen exclusivamente actos o actividades con el público en general; sin embargo, a través de la primera resolución de modificaciones de la resolución miscelánea fiscal aplicable al ejercicio fiscal 2014, en su regla I.10.4.7., precisaba que los contribuyentes del RIF pueden expedir comprobantes en los que trasladen estos impuestos de forma desglosada, y continuar aplicando la facilidad, siempre que paguen dichos impuestos exclusivamente por aquellas operaciones donde hayan realizado el traslado, y sólo podrán acreditar el IVA o el IEPS cuando proceda, en la proporción que represente: Entre Contadores y Empresarios * El valor de dichas actividades facturadas por las que haya efectuado el traslado expreso, del valor total de sus actividades del bimestre respectivo. De tal manera que para efectos de determinar la proporción indicada se calcularía de la siguiente forma: Valor de los actos o actividades facturadas con impuesto trasladado en el bimestre Total de actos o actividades del bimestre (suma de operaciones facturadas con impuesto trasladado más operaciones con el público en general) Como se puede apreciar, dicha proporción se utiliza en el ejercicio 2014 para efectos de conocer el importe del IVA acreditable que el enajenante podrá acreditarse cuando realice operaciones (enajenaciones) conjuntamente con el público en general y con contribuyentes a quienes se les desglosen y trasladen los impuestos correspondientes en el CFDI; ya que en el caso de que únicamente se realicen operaciones con el público en general, como ya se precisó anteriormente, no se pagarán el IVA ni el IEPS. Dicha proporción, y a pesar de que resultaba sencilla de realizarse a través del programa “Mis Cuentas”, terminaba por confundir a los contribuyentes del RIF, por lo que conociendo dicha problemática, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió un decreto, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 4 2014, en el que se otorgan beneficios fiscales a las personas físicas que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el cual entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015. • 8% para quienes se desempeñan en el sector de la minería. En dicho decreto, se explica que reconociendo la limitada capacidad administrativa de las personas físicas que tributan en el RIF es necesario establecer un mecanismo opcional simplificado que les permita a los contribuyentes realizar el cálculo de IVA y, en su caso, el IEPS, de manera aún más sencilla, clara, ágil y de fácil aplicación que en comparación con la mecánica que estaba vigente para el ejercicio 2014. • 2% para el comercio, incluyendo el arrendamiento de bienes muebles. El señalado decreto, Indica que una forma de simplificar el cálculo y determinación del IVA y IEPS de los contribuyentes del RIF, será a través de la aplicación de porcentajes a los ingresos efectivamente cobrados en cada bimestre y que sean operaciones realizadas con el público en general. Los porcentajes que se aplicarán al monto de las contraprestaciones efectivamente cobradas al público en general y afectas al pago del IEPS a partir del 1 de enero de 2015 serán del: Para los efectos del decreto, se entiende por actividades realizadas con el público en general aquéllas por las que se emitan comprobantes que contengan los requisitos que se establecen por el SAT (en las cuales no se desglosen ni trasladen expresamente ni por separado los impuestos). El decreto del 10 de septiembre de 2013, se publica una tabla de porcentajes para determinar el monto del IVA e IEPS a pagar en el bimestre respectivo, a partir del ejercicio 2015, dependiendo el sector económico del que se trate considerando el giro o actividad a la que se dedique el contribuyente. Los porcentajes que se aplicarán al monto de las contraprestaciones efectivamente cobradas al público en general y afectas al pago del IVA en el bimestre de que se trate, por las actividades según el giro o actividad a la que se dedique el contribuyente, a partir del 1 de enero de 2015 serán del: Entre Contadores y Empresarios * • 6% para el sector de las manufacturas y/o construcción. • 8% para quienes presten servicios, incluyendo restaurantes, fondas, bares y demás negocios similares en que se proporcionen servicios de alimentos y bebidas. • 0% para negocios dedicados únicamente a la venta de alimentos y/o medicinas. • 1% tratándose de alimentos no básicos de alta densidad calórica (cuando el contribuyente sea el comercializador). • 3% tratándose de alimentos no básicos de alta densidad calórica (cuando el contribuyente sea el fabricante). • 10% tratándose de bebidas alcohólicas (no incluye cerveza) (cuando el contribuyente sea el comercializador) • 21% en el caso de bebidas alcohólicas (no incluye cerveza) (cuando el contribuyente sea el fabricante) • 4% para bebidas saborizadas (cuando el contribuyente sea el fabricante) • 10% Cerveza (cuando el contribuyente sea el fabricante) • 1% Plaguicidas (cuando el contribuyente sea el fabricante o el comercializador) • 23% Puros y otros tabacos hechos enteramente a mano (cuando el contribuyente sea el fabricante) 5 • 120% para los tabacos en general (cuando el contribuyente sea el fabricante) En este sentido de ideas, resulta importante precisar que en el caso de que esta facilidad de pago establecida en el decreto de 10 de septiembre de 2014, resulta opcional de aplicar por aquéllas operaciones realizadas con el público en general, por lo que en caso de no optar por dicha facilidad de pago con base en los porcentajes anteriormente señalados, el contribuyente deberá pagar sus impuestos a cargo considerando el importe que le corresponda, como si los hubiera realizado conforme dispongan las leyes en materia fiscal (IVA y de IEPS). Asimismo, resulta importante precisar que una vez determinado el importe a pagar por IVA o por IEPS, conforme a los porcentajes anteriormente señalados, los mismos podrán reducirse en función a los años que el contribuyente lleve tributando bajo el régimen del RIF, siendo así que en caso de ser su primer año de tributación en el RIF, se podrán reducir en un 100%, reduciéndose en un 10% por cada año que continué tributando en el RIF, (por ejemplo se podrá aplicar una reducción del 90% en el segundo año, del 80% en el tercer año y así sucesivamente). por las operaciones realizadas exclusivamente con el público en general, considerando porcentajes conforme a la actividad u operación que realice. En el caso de que a partir del ejercicio 2015 el contribuyente realice operaciones conjuntamente con el público en general y con personas a quienes les trasladen de manera expresa y por separado los impuestos (IVA y/o IEPS), podrán aplicar la proporción del IVA y/o IEPS acreditable de igual forma como se realizaba en el ejercicio 2014. Referencias: • Prontuario Tributario 2014. Ley del Impuesto Sobre la renta. Ley del Impuesto al Valor Agregado y Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Décima primera edición. Editorial Tax Editores Unidos SA de CV. • Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013. • Primera Resolución de Modificaciones a la primera Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2014, publicada en el Diario Oficial de la federación el 13 de marzo de 2014. • Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2014. A partir del ejercicio 2015, así como en el ejercicio 2014, en el caso de que los contribuyentes tengan operaciones con público en general conjuntamente con personas a quienes se les desglosen y trasladen expresamente y por separado los impuestos en los CFDI correspondientes, podrán utilizar la proporción tal y como se determinaba en el ejercicio 2014 (y que fue comentada anteriormente). Como se analizó en el presente artículo, a partir del ejercicio 2015 los contribuyentes del RIF podrán aplicar opcionalmente el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2013, en el cual se establecen mecanismos para calcular el IVA y el IEPS a cargo de ellos Entre Contadores y Empresarios * 6 LAS NUEVAS TECNOLOGIAS APLICADAS AL AMBITO FISCAL Por: C.P. Carlos Arturo Vazquez Vivanco Socio Director Impuestum Contadores Mérida [email protected] Lo que ha evolucionado el Sistema Tributario Mexicano, con el empleo de las nuevas tecnologías, para aquellos “jóvenes” que tenemos más de 20 años de ejercer la profesión contable, hubiera sido inimaginable predecirlo en nuestros inicios profesionales. Las nuevas tecnologías en el ámbito fiscal, evidentemente han permitido una eficiencia en el actuar tanto de la autoridad hacendaria en su carácter de recaudador como para los contribuyentes en su carácter de obligado a pagar los impuestos y ha sido un proceso que se fortaleció aproximadamente en los últimos 10 años y que pareciera haberse “perfeccionado” en el año 2014 con el empleo de la facturación electrónica como única modalidad de emisión de un comprobante fiscal y con la obligación de la llamada contabilidad electrónica. Queda claro que para el Sistema de Administración Tributaria (SAT) es un asunto de prioritario y estratégico el empleo de las nuevas tecnologías y lo deja manifiesto en dos de sus objetivos estratégico que forman parte de su “Plan Estratégico del SAT 2014-2018” los cuales transcribo y subrayo aquello que evidencia lo anterior: OBJETIVO: Aumentar la recaudación promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y de comercio exterior. El SAT se ha fijado como principal objetivo estratégico incrementar los ingresos tributarios, haciendo más simple el llenado de las declaraciones y el pago de impuestos, poniendo a disposición de los contribuyentes nuevas herramientas tecnológicas que le permitirán el registro de ingresos, gastos, emisión de comprobantes fiscales digitales, el envío de declaraciones y el pago en línea. Asimismo, para aquellos contribuyentes que no realicen el pago voluntario de sus obligaciones fiscales, se aplicarán los mecanismos de auditoría y cobranza bajo esquemas tecnológicos modernos. 1 OBJETIVO: Cumplir es fácil. La institución deberá canalizar su esfuerzo a que los contribuyentes y usuarios perciban la facilidad que otorga el SAT para cumplir con sus obligaciones fiscales y aduaneras, misma que estará fundamentada en el marco jurídico tributario, en el uso generalizado de nuevas herramientas tecnológicas de auto servicio, así como en trámites ágiles y simplificados. Evidentemente y prácticamente, la autoridad buscara que se empleen herramientas tecnológicas en todos los procesos que se interrelaciona con los contribuyentes, entendiendo que es un reto gigantesco y que se ha comprobado que por la realidad tecnológica y económica de los contribuyentes del país no ha sido fácil sus implementaciones y en muchos de los casos ha sido una práctica común los emplazamientos de puesta en marcha de algún nuevo procedimiento en el que se use una nueva herramienta tecnología. Entre Contadores y Empresarios * 7 Por otro lado, para los contribuyentes, aun cuando ha sido complejo el empleo de nuevas tecnologías, existe un periodo de adaptación que en ocasiones es tortuoso y porque no decirlo hasta costoso, pero al final consideramos que ha generado algunos beneficios, lo anterior lo señalo con independencia de la interpretación jurídica que por ejemplo se le pudiera dar a la obligación de “subir” al portal del SAT la contabilidad electrónica, únicamente me refiero en este sentido a la operatividad tributaria que en la mayoría de los casos ha obligado o generado eficiencias administrativas, por ejemplo, para varios no fue fácil la implementación de la emisión de la factura electrónica, pero evidentemente la misma ha propiciado la simplificación de procesos administrativos, de emisión y cobro y porque no decirlo ha aminorado actos fraudulentos en las empresas. Enlistamos las principales herramientas tecnológicas tributarias que hoy en día son empleadas: 1.- Para efectos de realizar un trámite en el cual se requiere la presencia física (que cada vez son menores) del contribuyente ó de su representante existe una herramienta de sistema de citas. 2.- En los movimientos al Registro Federal de Contribuyentes (alta, aumento de obligaciones, disminución de obligaciones, cambio de domicilio, suspensión de actividades, la mayoría se realizan mediante un trámite electrónico, evitando la presencia física. 3.- La presentación de declaraciones (anuales, mensuales, informativas) y pago de contribuciones se realizan de manera electrónica. 4.- Sistema de requerimiento de información por medio de un “buzón tributario” 5.-Como parte de la Reforma Fiscal de 2014, se está implementando un procedimiento de revisiones (auditorias) electrónicas y desde luego la controvertida contabilidad electrónica. 6.-Presentación de medios de defensa en línea, como lo es el Recurso de revocación en línea. 7.- El soporte de una deducción ó de un ingreso ya no es un comprobante impreso, ahora lo es un XLM (factura electrónica) los cuales se albergan y pueden ser consultado en una herramienta. 8.- Para algunos contribuyentes se ocupan una herramienta llamada “Mis cuentas” en la cual, se pueden realizar todas las operaciones de índole fiscal tales como emisión de facturas, emisión de nómina, control de gastos y cálculo de impuestos. De la anterior lista se puede identificar, tal y como lo señalamos en un principio, que toda la interrelación entre los contribuyentes y la autoridad se dará por medio de una Herramienta Tecnología lo cual exige a que los consultores y contadores no nos quedemos atrasados en todas las innovaciones tecnologías por lo cual es primordial la capa- Entre Contadores y Empresarios * 8 Entre Contadores y Empresarios * 9 “PRIORIDADES DE POLITICAS PUBLICAS EN MÉXICO” Por: L.C.A. Herbé David Alonzo Cimé Auditor Público en el Órgano Interno de Control SAGARPA “Toda problematica social es relevantepara un gobierno [email protected] y eslo que da origen a una política pública” Los gobiernos, ya sea Federal, Estatal o Municipal, se enfrentan a múltiples demandas sociales y económicas, en la cual deberán dar una respuesta inmediata y oportuna para su solución y así la sociedad pueda satisfacer sus necesidades. Es por ello que los gobiernos emprenden acciones cuyo objetivo es dar una correcta y oportuna solución a las solicitudes que demanda la colectividad, a dichas acciones se le conoce como Políticas Públicas. De igual manera se puede definir a las políticas públicas como: las respuestas que el Estado puede dar a las demandas de la sociedad, en forma de normas, instituciones, prestaciones, bienes públicos o servicios. En este sentido, está ligado directamente a la actividad del Estado como ejecutor, es decir, aludiendo a la Administración del Estado, centralizada o descentralizada. Así también involucra a una toma de decisiones y previamente un proceso de análisis y de valorización de dichas necesidades. Las políticas públicas surgen de la identificación de una problemática que es asumida por una comunidad o colectividad, dichas acciones implican un diseño, planeación, ejecución y evaluación de los cursos de acción enfocados a la solución de las demandas y necesidades de los afectados. El hecho de que un gobierno omita, es decir, deje de realizar acciones, también puede ser considerada como una política pública, pues una omisión por parte del gobierno tiene repercusiones de orden social, por ejemplo, el gobierno al dejar de realizar programas para combatir la pobreza y marginación, generaría un incremento en muertes y enfermedades en la población, en la cual la sociedad seria la principal afectada de dicha omisión. Pero para que las políticas públicas implementadas por los gobiernos sean exitosas y con gran impacto en la sociedad, es necesario la participación tanto de los gobernantes como de los ciudadanos beneficiados, sindicatos, organismos gubernamentales, empresarios y colegios profesionales, esa interacción con los diferentes actores es la clave para la identificación de la problemática y solución a las necesidades que existen. Las políticas públicas para que sean exitosas deberán tener Entre Contadores y Empresarios * características mínimas, como: 1.-Relevantes.- Se debe atender problemáticas prioritarias e importantes para la población beneficiaria de las políticas públicas. 2.- Pertinentes.- Deberán ser acorde a la realidad social de las poblaciones objeto. 3.-Consensuadas.- Para elaborar las políticas públicas es necesario la participación de la sociedad, a través de la identificación de problemáticas y necesidades, para llegar a una priorización y poder emprender dichas acciones. 4.- Técnicamente implementadas.- Es decir, deberán contar con una metodología y guía para poder operar los diseños de las políticas públicas a las necesidades de la colectividad. 5.-Económicamente Factible.- No pueden ser políticas públicas costosas, el costo de las acciones de gobierno tienen que estar analizado en términos de la mejor alternativa, para que con un bajo costo genere un mayor nivel de impacto. Entre las limitantes que pueden enfrentar las políticas públicas, se encuentran las siguientes: 1.- Débil cultura de evaluación.- Las políticas públicas deben medirse por medio de indicadores, sin embargo, en muchas ocasiones no se realiza o la revisión no proporcio- 10 El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 es un documento de trabajo que rige la programación y presupuesto de la Administración Pública Federal, en la cual traza los objetivos prioritarios en las políticas públicas del país, así como las acciones necesarias para alcanzarlas y los indicadores para medir los avances que se han obtenido. La participación ciudadana es un arma que puede contribuir a que los gobiernos emprendan políticas públicas justas y necesarias para satisfacer sus necesidades. na información verifica. Es muy importante saber los resultados de los impactos que generan las acciones emprendidas, lo que nos permitirá saber y conocer cómo se están modificando las condiciones de la vida de la sociedad beneficiada. 2.- No se planean las políticas públicas de manera correcta, en muchas ocasiones el proceso de planificación no se coordina con la presupuestacion de los recursos económicos para llevarse a cabo, lo que trae como resultado que la ejecución de las acciones no se lleven en tiempo y no se logren los objetivos para los que fueron creados. Entre las prioridades de políticas públicas contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 del Gobierno Federal, se encuentran: Estrategias para lograr revertir el hambre, Avance en democracia, gobernabilidad, Seguridad nacional, Educación de calidad y valores cívicos, y Crecimiento económico. Con las acciones del Plan Nacional de Desarrollo, el Gobierno Federal podría dar solución a las diferentes necesidades de la sociedad. 3.- Participación nula de la sociedad.- Limitante importante, ya que únicamente grupos pequeños de actores sociales involucrados y especialmente beneficiados, colaboran en el diseño de las políticas públicas y no aportan realmente las prioridades necesarias para satisfacer sus demandas, de igual manera no realizan controles de seguimiento durante el proceso de ejecución de los programas de gobierno. La implementación de políticas públicas en México es de vital importancia para la sociedad, los gobiernos deben actuar inmediatamente en busca de soluciones a las problemáticas demandadas e iniciar los cursos de acciones para poder resolverlas, pero de igual manera no solamente es implementar programas, sino hay que medir los resultados e impactos que están generando a la población objetivo. Hoy en día el Gobierno actual está promoviendo diferentes programas de acción para el beneficio de la sociedad. Bibliografía: http://es.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%ADticas_p%C3%BAblicas Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. Entre Contadores y Empresarios * 11 ASPECTOS RELEVANTES DE LA SÉPTIMA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL DEL 2014 Por:C.P. y M.A.T. Rodrigo Alejandro Salazar Padrón Catedrático y profesor de tiempo completo en la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Yucatán Integrante del Cuerpo Académico del Área Legal [email protected] El 18 de diciembre de 2014 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 (7° RM a la RMF 2014). Entre las reglas más relevantes, se encuentran las que regulan la presentación de la contabilidad electrónica, reglas en materia de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) y nuevas reglas para los contribuyentes del Régimen de incorporación Fiscal (RIF). Este artículo hace un análisis a la la 7° RM de la RMF del 2014, la cual es aplicable para el ejercicio fiscal 2014 y las relativas al Régimen de Incorporación Fiscal, son aplicables para el ejercicio fiscal 2015. A través de esta Resolución de Modificaciones, la autoridad fiscal emitió algunas precisiones para la expedición del CFDI respecto de las siguientes operaciones: • Expedición de comprobantes en operaciones con el público en general (plazo para generar el CFDI global). • Expedición del CFDI por comisionistas y prestadores de servicios de cobranza. • CFDI en operaciones traslativas de dominio de bienes inmuebles celebradas ante notario. • Enajenación de vehículos nuevos o usados en la que se recibe en contraprestación un vehículo usado y dinero. • Expedición del CFDI a contribuyentes del RIF por enajenaciones realizadas durante el mes. A continuación se señalan los cambios más relevantes respecto a algunas reglas que regulan las operaciones anteriormente señaladas. Los contribuyentes tienen la opción de expedir comprobantes que no reúnan requisitos fiscales en las operaciones que realicen con el público en general, para ello deberán cumplir Entre Contadores y Empresarios * con los requisitos previstos en la regla I.2.7.1.22. debiendo contener los requisitos del artículo 29-A, fracciones I y III del CFF, así como el valor total de los actos o actividades realizados, la cantidad, la clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen y cuando así proceda, el número de registro de la máquina, equipo o sistema y, en su caso, el logotipo fiscal y posteriormente generar un CFDI global de manera diaria, semanal, mensual o inclusive bimestral tratándose de los contribuyentes que tributen en RIF. Se adiciona la regla I.2.7.1.35., a modo de tener un mejor control sobre las compras que realicen los contribuyentes del RIF, otorgando la opción para que los contribuyentes que realicen enajenaciones durante un mes de calendario a un mismo contribuyente del RIF puedan emitir un solo CDFI mensual donde se indiquen todas las operaciones realizadas durante el mes de que se trate, debiendo emitirlo a más tardar dentro de los tres días hábiles posteriores al mes de que se trate, para poder aplicar la opción es indispensable que: • Los ingresos que perciban por las operaciones señaladas en el primer párrafo de esta regla provengan de enajenaciones realizadas a contribuyentes del RIF. • Lleven un registro electrónico que contenga información 12 de cada una de las operaciones realizadas durante el mes de calendario con cada uno de los contribuyentes a los que se les expedirá el CFDI de manera mensual. • Consideren como fecha de expedición del CFDI, el último día del mes por el que se emita el mismo. • En el CFDI que se emita, en el campo descripción del servicio, se deberá detallar la información a que se refiere la fracción II de la presente regla. • La limitante de poder realizar el pago en efectivo en operaciones hasta por $2,000.00 se entenderá hecha a cada una de las operaciones de compra incluidas en el CFDI y no a la suma total de las mismas. • Las operaciones contenidas en el CDFI que se expida al contribuyente de RIF de que se trate, no se incluirán en el CFDI global que generen los contribuyentes por operaciones con el público en general. • La opción establecida en esta nueva regla no podrá variarse en el ejercicio una vez elegida. La regla I.2.8.1.2., reitera que los contribuyentes de RIF deberán ingresar a la aplicación de “Mis cuentas”, sólo que ahora da la posibilidad de que además del resto de las personas físicas, las asociaciones religiosas puedan optar por utilizar dicha aplicación para efecto de llevar su contabilidad y cumplir con lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF. En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, así como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios. Además se adiciona la regla I.3.12.8. que indica el plazo de permanencia en el RIF, así como la aplicación de las tablas que contienen los porcentajes de reducción de contribuciones según lo dispuesto del Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en RIF publicado el 10 de septiembre de 2014 en el DOF, se computará por año de calendario de tributación en dicho régimen fiscal, es decir, periodo de 12 meses consecutivos partiendo de la fecha en que se haya inscrito o actualizado obligaciones a RIF al mismo día del siguiente año calendario. El procedimiento establecido en el artículo 111, segundo párrafo de la LISR y el artículo segundo, fracción i, último párrafo del decreto ya citado se sustituye, por lo que se deberá considerar los ingresos que haya obtenido el contribuyente en el primer año de tributación. Otra de las reglas que se adiciona respecto a RIF es la I.3.12.9., en la que es que manifiesta que dichos contribuEntre Contadores y Empresarios * yentes podrán suspender actividades sin que implique la salida del régimen según dispone el artículo 112, penúltimo párrafo de la LISR, ya que este precepto hacía énfasis en que una vez que el contribuyente dejará de tributar en RIF no podría volver a tributar en el mismo por ningún motivo. Se adiciona la regla I.3.12.10., que indica que los contribuyentes cuyos ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $100,000.00 durante cada uno de los años en que tributen en el RIF, el porcentaje de reducción aplicable será de 100%. Ahora bien, la precisión que se hace en la Séptima Modificación a la RMF14 es que a partir del bimestre siguiente el momento en que el contribuyente exceda los $100,000.00 de ingresos se deberá aplicar el porcentaje de reducción que corresponda según los años que haya tributado en RIF. Las reglas I.3.12.8., I.3.12.9. y I.3.12.10., relativas a la permanencia y suspensión de RIF, así como la reducción del 100% por no exceder los $100,000.00, respectivamente, entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2015. En el presente artículo se analizaron las reformas más importantes que se dieron a conocer en la séptima resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal del ejercicio 2014, entre las cuales se encuentran nuevas reglas a consideras para los CFDI, así como aspectos relevantes para los contribuyentes del RIF e importantes facilidades para reducir los pagos de contribuciones a cargo a partir del ejercicio 2015. Referencias: • Prontuario Tributario 2014. Décima primera edición. Editorial Tax, Editores Unidos S.A. de C.V. • Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013. • Séptima Resolución de Modificaciones a la primera Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2014, publicada en el Diario Oficial de la federación el 18 de diciembre de 2014. 13 “ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS” TE INVITA A PARTICIPAR Estimado Colega Contador Público o Empresario, te invitamos a colaborar, si cuentas con material escrito relativo a temas contables, financieros, económicos, fiscales, laborales, auditoría o de actualidad. ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS puede publicar tus artículos. Sólo debes enviar tu artículo al correo electrónico [email protected] con atención a C.P.C. Fernando González Hernández, cumpliendo con las siguientes características: Archivo de word tamaño carta Letra Arial de 12 puntos. Tipo oración Espacio sencillo Margen de 2.5 centímetros Extensión mínima de 2 cuartillas Para darte a conocer a los lectores solicitamos anexes: Fotografía Nombre completo Título profesional (C.P., C.P.C., L.C.P., etc.) Empresa u organización donde laboras Puesto actual Dirección de correo electrónico Además de ser una ventana a nuestra comunidad, por la publicación de tu artículo recibirás una constancia de 12 puntos con validez para el cumplimiento de tu Educación Profesional Continua (EPC) Entre Contadores y Empresarios * 14 LAS EMPRESAS Y SU CIERRE ANUAL Por: C.P.C. y M.F. Fernando Ojeda Llanes Director de Servicios Financieros Ojeda Llanes y Asociados, S.C.P. [email protected] Hemos iniciado el año 2015 y las empresas han concluido un ejercicio social de enero a diciembre, llamado también ejercicio fiscal 2014. Es increíble como la mayoría de las empresas mexicanas, salvo honrosas excepciones, dejan todo para última hora, es decir cómo el mero 31 de diciembre cierre preciso del ejercicio social o fiscal, los contadores y financieros se encuentran corriendo para cerrar sus operaciones, tratando de definir sus resultados financieros y fiscales, sin embargo tuvieron todo el año para planear con toda calma sus cierres respectivos o al menos todo el mes de diciembre para hacer una revisión de sus pendientes de todo el año para ir recabando con toda oportunidad la información que aún tienen pendiente. El mero día final del año se encuentran tratando de localizar documentos, facturas, recibos, haciendo conciliaciones de meses anteriores, realizando una serie de actividades que pretenden terminar en un solo día cuando lo pudieron hacer en todo un mes. Todo se hace a última hora, aún no lo comprendo, siempre es lo mismo en todos los años, pero sí puedo mencionar el fondo del asunto y es precisamente la falta de un control interno adecuado. Aun cuando logren terminar su trabajo, no estará exento de errores. de estar haciendo, pero lo medular del asunto es que no se ha implementado en forma correcta, o si lo fue en algún momento, nunca más fue evaluado para darle seguimiento a efecto de que se esté cumpliendo. El control interno que debe tener una empresa le permitirá en primer lugar que toda su documentación fluya con oportunidad y eficiencia entre los departamentos operativos para que finalmente lleguen a contabilidad y sean procesados dentro del tiempo oportuno para obtener su información financiera. El sistema de un control interno tiene un aterrizaje en el departamento de contabilidad, precisamente cuando la información financiera es deficiente es porque de alguna forma el control interno no está funcionando, debido precisamente a que alguna información de operaciones importantes realizadas no aterrizó en contabilidad. Los contadores de las empresas se quejan de que tienen mucho trabajo y es así, pero todo esto es una acumulación de períodos anteriores que no les ha permitido avanzar porque precisamente las fallas de los controles internos se reflejan en el área contable como he mencionado. El control interno permitirá que la protección de los activos de la empresa sea efectiva, precisamente al poder dar seguimiento a tiempo inmediato de todas las operaciones, tanto de inventarios, materias primas, cuentas por cobrar y activos fijos. Y precisamente cuando llega fin de año hay una serie de operaciones pendientes que por las fallas en el control no se han registrado o bien una serie de documentos no reúnen los requisitos adecuados sea para efectos fiscales o para toma de decisiones. Es sorprendente cuando preguntas al gerente o administrador de una empresa si tiene un sistema de control interno y te enseñan un elegante manual con una presentación increíble y te responden “mira aquí tengo mi control interno”. Pero te enseñan un manual totalmente teórico de lo que debería Un buen control interno solucionaría en parte que los cierres de fin de año se realicen con una oportunidad en el tiempo, sin embargo, la idiosincrasia de los empresarios y contadores increíblemente continuará siendo igual, todo lo dejan para último momento. Entre Contadores y Empresarios * 15 Cuál es la solución entonces, mi opinión es que en forma continua le deben dar seguimiento a sus operaciones a través de la emisión mensual oportuna de sus estados financieros, mismos que deben ser analizados en forma técnica y profunda para ir corrigiendo los elementos que señalen los mismos que marquen ciertas deficiencias. Los estados financieros no sólo sirven para darse cuenta si hubo utilidad o pérdida o si las cuentas por cobrar se están recuperando y los inventarios son adecuados, son además herramienta básica del control de todas las operaciones, por lo que es importante que todos los meses se formulen los cuatro estados financieros básicos: Balance General, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo y Estado de Variaciones del Capital Contable. Las empresas industriales deben adicionar otro estado financiero que es el Estado de Costo de Producción y Ventas. Las fallas de control interno se observarán cuando los saldos de las cuentas arrojen cifras que no correspondan de acuerdo con la experiencia en las operaciones de la empresa. Además de todo lo anterior para evitar la “costumbre de dejar todo a última hora”, someterse a una cultura de siste- Entre Contadores y Empresarios * matización en las labores financieras, esto a efecto de conocer la situación de sus operaciones mes a mes y hacer los cierres adecuados mensualmente, de tal manera que al cerrar el año, solamente tendrán el cierre correspondiente a diciembre porque a los meses anteriores se les dio seguimiento en forma sistemática y fueron cerrados adecuadamente. En este año 2015 en que las autoridades fiscales solicitan la entrega de información contable en forma electrónica, será necesario entrar a la cultura mencionada anteriormente, ya que de no cumplir, las sanciones serán relevantes. Como he mencionado en artículos anteriores, es el colmo que en vez de que los empresarios y contadores por su propia iniciativa generen una cultura financiera, tengan que ser las autoridades que las establezcan como ley para que se realicen. La vida de una empresa es responsabilidad de la iniciativa privada, pero increíblemente solamente reaccionan con la presión de las Leyes fiscales. Increíble pero cierto. El colmo mayor es que las empresas están adecuando sus cuentas, catálogos e información financiera a lo que dicen las autoridades fiscales para que éstos puedan cobrar sus impuestos más eficientemente, ¿Pero dónde queda la información contable para efectos financieros?, la vuelven a olvidar. Desafortunadamente los empresarios y contadores volverán a caer en lo mismo: “Contabilidad fiscal” y la parte financiera que es la importante para que la empresa gane dinero: “En el rezago o que es peor, en el olvido”. 16 POLIZA CONTABLE septiembre Boletín Informativo El 29 y el 30 de Agosto, se llevó a cabo el evento técnico denominado Seguro Social” Fue impartido por el “Dictamen del C.P.C. Miguel Castellanos Cadena, Socio SS y Contribuciones Locales, de Baker Tilly México Miembro de la CROSS del IMCP, se contó con una concurrida asistencia. En El 2 de Septiembre, se realizó el mes pasado tuvo lugar el técnico denominado “Propuesta Modificaciones a los Estatutos Reglamentos del IMCP” Evento Técnico denominado “Conoces la Reforma Financiera” Se impartió 28 el evento de y Fue impartido por la C.P.C. Laura Cervera de Agosto, y estuvo a cargo de C.P.C. Ramón Emilio Cachon Carrillo, Integrante de la Comisión Consultiva de Finanzas y Administración, contando con una concurrida asistencia. Urtiaga y el C.P.C. Jorge Enrique Perez Zapata, integrantes de la Comisión de Reglamentación y Estatutos, contando con una concurrida asistencia. Noche Mexicana 2014 , contamos asistencia. con una concurrida El 12 de Septiembre, se llevó a cabo el evento “Noche Mexicana 2014” Se realizó una vez más nuestra tradicional Noche Mexicana, la cual asistieron socios Coordinadores e Integrantes de Comisiones Consultivas y de Trabajo, familiares y amigos, contamos con un ambiente lleno de música, feria, mariachi, baile folklórico, jarana tradicional, trio, exhibición de suerte charras y muchos regalos, para deleitarse el paladar, tuvimos una excelente cena regional mexicana. Entre Contadores y Empresarios * 17 Felicidades Bienvenida: Por este medio deseamos comunicar a nuestros socios la incorporación a nuestro Colegio de: C.P. Josué Jeremías Hernandez Novelo, el forma parte de Constructores Eléctricos de la Península, S.A. de C.V.. C.P. Ernest Manuel Borjas, el forma parte de Lare Industries S.A. de C.V. C.P. Alicia Alejandra Cupul Ramirez, ella forma parte de Instituto Patria. C.P. David de Atocha Escalante Dzul, el forma parte de Casa Maya del Sur. C.P. Raul Antonio Moreno Vázquez, el forma parte de Financiera BEPENSA, S.A. de C.V. SOFOM ENR. Es motivo para congratularse el que nuestro colegio cuente con nuevos socios, fortalece nuestra profesión organizada. Entre Contadores y Empresarios * esto Aprovechamos este espacio para felicitar sinceramente a los socios que en el periodo comprendido del 16 Septiembre al 15 de Octubre, festejan sus onomásticos, realmente son nuestros deseos de lo mejor para ellos, sus familias y quienes son parte de su entorno profesional. Carlos Efraín Bates Dominguez, Jorge Carlos Barajas Casares, Jorge José Burgos Briceño, Gilda Marisa Bastarrachea Alvarez, Irma Teresita Bastarrachea Escobedo, Mercy Griseldy Batún Pech, Graciela Adriana Baeza Martinez, María José Castillo Rodriguez, Mario Hernán Cano Alvarez, Luis Fernando Campos Duarte, María Mercedes Cárdenas Ruiz, Eduardo Crespo Roldan, Manuel Alberto Ceron Gonzalez, Jesús Ernesto Canul Cupul, Rosa Selmira de las Mercedes Diaz Castillo, Miguel Arturo Durán May, Ramón Eduardo Denis López, Manuel de Jesús Escoffie Aguilar, Luisa de Guadalupe Evia Urbina Silvino Antonio Fernandez Ojeda, Miguel Fernando Faller Camara, Luis Martín Haas García, Jorge de Jesús Jimenez Sosa, Miriam Carolina Loeza Romero, Elia Noemi Lizarraga Larrache, Luis Alberto León Alamilla, Miguel Ángel Muñoz Silva, David Fernando Moreno Candila, Germán Efren Medina Suarez, Diana Beatriz Medina Vega, Jesús Ángel Mar Salazar, Carmen del Pilar Novelo Zapata, Miguel de Jesús Ontiveros Martinez, Eduardo Gaspar Ortiz Noh, Roger Bernardo Perera y May, Sofía Militza Pech Burgos, Elvira de la Cruz Pech Chan, Pamela Beatriz Peniche González, José Humberto Rivero Vivas, Luis Bernardo Ruiz Sosa, Jorge Carlos Rodriguez Castillo, Javier Alonso Ramayo González, José Luis Rodriguez Bernal, Evelyn Patricia Ramirez Núñez, Javier Avelino Solis Uc, Alvaro Enrique Traconis Flores, Martin Ricardo Vera Ek, José Martin Vázquez Montalvo, Jorge Humberto Vera Medina, Gilberto Omar Zapata Denis. 18 POLIZA CONTABLE octubre Boletín Informativo En mes pasado tuvo lugar el evento técnico denominado “Reto Bursátil” Se impartió el 10 de septiembre, y estuvo a cargo del LAE. Luis Alberto González Maynez y el Lic. Fabián Góngora Gamboa, Miembros de Grupo Actinver, contando con una concurrida asistencia. El 17 y el 18 de septiembre, se llevó a cabo el evento técnico denominado “Implementación de la Norma de Control de Calidad para Pequeñas y Medianas Firmas” Fue impartido por el C.P.C. Daniel Oscar , contamos asistencia. con una concurrida El 23 de septiembre, se realizó Echeverria Arceo, C.P.C. Eduardo Crespo Rolda, C.P.C. Carlos Santiago Pereyra León y C.P.C. Juan Francisco Colonia Varguez, Integrantes de la Comisión Consultiva de Auditoría, se contó con una concurrida asistencia. el evento técnico denominado “Norma de Educación Profesional Continua, aspectos relevantes” “Revista Entre Contadores y Empresarios”, ¡porque tú puedes publicar! Fue impartido por el C.P.C. Fernando Gabriel Rodriguez Sansores y C.P.C. Fernando González Hernández, Coordinadores de las comisiones de trabajo E.P.C. y Editorial, contando con una concurrida asistencia. El 23 de septiembre, se realizó el evento técnico denominado “Taller para la elaboración de la contabilidad electrónica” Fue impartido por el Ing. Jorge Canul Ramos e integrantes de la Comisión Consultiva de Contabilidad, contando con una concurrida asistencia. Entre Contadores y Empresarios * 19 El 24 de septiembre, se realizó el evento técnico denominado “Panorama Fiscal de América Latina: Hacia Finanzas Públicas de Calidad” Fue impartido por el Dr. Ricardo Andres Marther Fanta, Coordinador del Área Fiscal de Naciones Unidas CEPAL, contando con una concurrida asistencia. Visita de la Asociación Guatemalteca de Investigadores de Presupuestos El Pasado viernes 26 de septiembre se realizó una reunión con los integrantes de la “Asociación Guatemalteca de Investigadores de Presupuestos” (AGIP), en donde se trataron aspectos relacionados con la operatividad del Colegio de Contadores Públicos de Yucatán, A.C., y del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, dicha reunión dio como resultado el interés de firmar un convenio con esta asociación para impartir cursos en línea. Evento Deportivo y Reconocimientos El pasado 20 de septiembre se celebró el tradicional partido de Softball donde participaron socios de nuestro colegio contra maestros de FCA, en este evento se entregaron reconocimientos por parte de este colegio al C.P. Abel Braga Marfil (+), quien fuera valioso colaborador como integrante de la Comisión de Deportes el cual fue recibido por su esposa la Sra. María Josefina González Barros de Braga, y al C.P. Arturo Millet Molina, por su apoyo incondicional a este colegio, en facilitar las instalaciones deportivas del club Campestre. Felicitaciones muy Especiales En atención al próximo onomástico del C.P. Eric Fernando Guerrero Anguas, Contador General, Lic. Rocki Rafael Estrella Cemé, Gestor de Control de Educación Profesional Continua, Sr. Alfredo Febles Carrillo, quien es el más antiguo colaborador de la administración de este colegio y el Sr. Ángel Tut Balam, auxiliar de limpieza, quienes día a día con su trabajo mantienen el servicio de socios de la mejor manera posible. Les deseamos de igual manera lo mejor y muchas felicidades aquellos socios que celebran su onomástico. Entre Contadores y Empresarios * Felicidades Aprovechamos este espacio para felicitar sinceramente a los socios que en el periodo comprendido del 16 Octubre al 15 de Noviembre, festejan sus onomásticos, realmente son nuestros deseos de lo mejor para ellos, sus familias y quienes son parte de su entorno profesional. Francisco José Álvarez Vales, Alberto José Álvarez Lofte, Carlos Ariel Bastarrachea Lara, Jorge Humberto Basulto Triay, Alfredo Beristain Castillo, Ahidee Yuridia Borges Márquez, Esperia Concepción Castillo Pantoja, Laura Cervera Urtiaga, José Antonio Colli Huchim, José Alfonso Cetina Rivera, Javier Humberto Cámara Cabrera, Jorge Guillermo Casanova Quiñones, Eugenia Antonia Canto Ballote, Oscar Iván Conde Contreras, Alejandro Canul Acosta, Wendy del Rosario Castro Suaste, Gladys Elena Díaz Aguilar, Ermilo José Echeverría Castellanos, José Alfonso González Alcocer, Luis Rolando Gómez Gómez, Oscar Emmanuel González Magaña, Wilberth Rubén Gamboa Kantún, Luis Andres Hernández Mendez, Martha Elena Hernández Montero, Lorena Carolina Kuk Couoh , Christabel Adriana Giovanna Ku Ojeda, José Miguel López Ongay, Leobardo Lara Ramirez, Manuel Muñoz Quintana, Marcos Rogerio Medina Ruiz, Merly Aurora Marrufo León, Rodolfo Martínez Septién, José Leonardo Martínez Estrada, Susana Martínez Septién, Carlos Renán Medina Tuz, Humberto Alonso Novelo Peraza, Yennely Nadal Trejo, Karina Cecilia Ocampo Mijangos, Alejandro Eligio Orilla Moguel, María Ivett Parra Arceo, Diego Alberto Patron Montero, Janet Guadalupe Peraza Castillo, Erik Filiberto Pool Kauil, Juan Gabriel Ricalde Ramírez, Mary Flor Rivero Vallado, Irma Guadalupe Ruiz Quiñones, Fayne Argely Rodríguez Pech, Carlos Enrique Rodriguez Gasque, Paola del Pilar Rejón Carrillo, Jorge Enrique Sauma Novelo, Teresita de Jesús Sabido Dominguez, Jorge Alberto Soberanis Tejero, Mario Enrique Tzec Zapata, Lucio Jesús Uc Heredia, Roberto Vega Carrillo, Raúl Humberto Vallado Fernandez, Concepción de María Villegas Blanco, Miguel Xcaer González, José Martín Yam Che, Ernesto Antonio Zavala Traconis, Luis Fernando Zumarraga Manzanero. 20 ENTRE CONTADORES Y EMPRESARIOS Revista electrónica del CCPY que sirve de enlace entre la comunidad contable y el empresariado. La revista Entre Contadores y Empresarios está indexada en LATINDEX www.latindex.org COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE YUCATÁN Calle 35 # 306 x 18-A y 18-B Fracc. Pedregales de Tanlum [email protected] www.ccpy.com.mx Diseño COMENTARIOS Y SUGERENCIAS Enviar comentarios, sugerencias, réplicas o cualquier otra información al correo electrónico: [email protected] http://www.pcsysoftware.com