Diplomados Universitarios en Investigación Privada, Universidad

Transcripción

Diplomados Universitarios en Investigación Privada, Universidad
• Diplomados Universitarios en Investigación
Privada, Universidad Complutense de Madrid
• Diplomados Universitarios en Criminología,
Universidad Complutense de Madrid
• La actividad profesional de la Agencia A&A
MARWELL-DETECTIVES, se encuentra regulada
por la Ley de Seguridad Privada 5/2014
Detectives privados
• Diplomados Universitarios en Investigación Privada, Universidad Complutense de
Madrid
• Diplomados Universitarios en Criminología, Universidad Complutense de Madrid
• La
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Somos una Agencia de Detectives, compuesta por un grupo de
profesionales de dilatada experiencia en el mundo de la
investigación, debidamente legitimados por la Dirección General
de la Policía con el número de Licencia 922.Nuestros detectives,
hombres y mujeres, se encuentran titulados por la Universidad
Complutense de Madrid.
A & A Marwell, desarrolla todo tipo de investigaciones legítimas y
a instancia de partes, en el campo empresarial, comercial,
financiero, laboral, familiar, etc… garantizando en todo momento
la más absoluta reserva y secreto profesional.
El resultado de nuestras investigaciones, es redactado por escrito
en un Informe detallado, acompañado en su caso por las pruebas
fotográficas, audio-visuales, etc… obtenidas en el transcurso del
servicio, debidamente sellado y firmado por nuestros
profesionales, los cuales podrán ser requeridos en cualquier
momento para su Ratificación Judicial ante el Tribunal de Justicia
competente.
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El artículo 101 del Real Decreto 2364/1994 que aprueba el
Reglamento de Seguridad Privada, y la Ley 5/2014 regulan las
funciones que deben realizar los detectives privados, resumiéndose
las mismas en la obtención de pruebas e información para la
resolución de asuntos privados a instancia de parte, debidamente
legitimada para la contratación, y siempre con la utilización de
medios legales que no atenten contra derechos constitucionales del
honor y la intimidad.
El Real Decreto 2364/1994, como también los reales decretos
938/1997 y 1123/2001 establecen que el detective privado tiene
potestad para investigar asuntos privados, tales como conductas o
hechos privados dentro del ámbito económico, laboral, mercantil,
financiero , personal, familiar o social, siempre que no estén
dentro de la tipología de “delitos”.
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A & A Marwell, como
miembro de La Asociación
Profesional de Detectives
Privados de España (APDPE)
cuenta con un Código
Deontológico que contiene un
listado
de
deberes
y
obligaciones que pretenden
garantizar el correcto ejercicio
de esta profesión.
Según este código, el detective está obligado a cumplir los Estatutos
de la Asociación y los Reglamentos de Régimen Interior, como
también los acuerdos y decisiones tomados por los órganos
asociativos. Además, entre otros puntos, el investigador debe
cumplir las normas vigentes de aplicación a la profesión y denunciar
a la Asociación Profesional cualquier acto de intrusismo del que
tenga conocimiento así como de casos de ejercicio ilegal de la
profesión.
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El Detective Privado ofrecerá al
cliente sus conocimientos y
experiencia para la buena
realización de los asuntos que le
sean encomendados.

Sólo podrá encargarse de asuntos por legítimo mandato del cliente
u otro profesional del sector.

Está obligado a proteger los intereses de su cliente mientras no se
opongan a sus deberes profesionales.

El investigador no debe aceptar asuntos que sean de intereses
contrapuestos a los suyos.

El Detective Privado debe informar de forma veraz y exclusivamente
al cliente sobre los resultados de la investigación.
También encontramos las obligaciones del Detective Privado con los
Tribunales u Órganos Jurisdiccionales y las Administraciones Públicas.
Los investigadores deben guardar lealtad y veracidad en sus informes y
declaraciones. Deben cumplir y hacer cumplir el principio de legalidad.
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• Informes laborales »
- Control rendimiento empleados »
- Bajas fingidas »
- Absentismos »
- Competencia desleal »
• Arrendamientos urbanos»
- Duplicidad de vivienda»
- Subarriendos ilegales»
- Utilizaciones indebidas»
- Informe previo inquilino»
• Informes financieros »
- Solvencias física/jurídica»
- Quiebras/suspensión de pagos»
- Localización de bienes»
- Patentes y Marcas»
- Insolvencias fingidas»
- Localizac. sociedades/administradores »
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• Aspecto técnico -pericial»
- Sabotaje industrial»
- Plagio Patentes y Marcas»
- Dactiloscopia»
- Contraespionaje industrial»
- Estudios caligráficos»
- Análisis de audio»
• Informes familiares »
- Prematrimoniales »
- Separaciones/divorcios»
- Consumo estupefacientes »
- Control de menores »
• Otros servicios »
- Localización de micrófonos »
- Barridos telefónicos-ambientales »
- Control comerciales/vendedores »
- Siniestros fraudulentos »
- Sistemas localización por GPS»
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1. OBSERVACIONES Y VIGILANCIAS
1.1. Honorarios
De 1 a 3 horas por persona y día
Por cada hora siguiente y persona
Por cada Km recorrido en el servicio
120,00 €
40,00 €
0,40 €
Las horas comprendidas entre las 22:00 y 08:00 horas, así
como festivos y fines de semana, se incrementarían un 40%.
1.2. Gastos
Los gastos ocasionados con motivo del servicio se facturarán
por separado, debidamente justificados.
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2. BUSQUEDAS Y LOCALIZACIONES
Las partes establecerán, en función del grado de dificultad del
servicio, un presupuesto de actuación al que quedaran sometidos
conforme a la legislación vigente
3. SERVICIOS DE INFORMACION
Se aplicara con carácter general lo dispuesto para observaciones y
vigilancias, respetando los mínimos que se detallan:
Verificación de antecedentes laborales
Financieros (solvencias, alzamientos…)
Personales (circunstancias de persona física)
Ley de arrendamientos
270,00 €
600,00 €
500,00 €
500,00 €
Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior las partes podrán
establecer, en función del grado de dificultad del servicio, un
presupuesto de actuación al que quedaran sometidas las partes
conforme a la legislación vigente
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4. SERVICIOS DE SEGURIDAD ELECTRONICA
Servicios de detección de escuchas clandestinas, ambientales o
telefónicas y otros dispositivos de observación y control
Revisión por habitáculo
550,00 €
Sin perjuicio de lo anterior, y en función de las dimensiones, sistemas
informáticos y de comunicación existentes, las partes podrán
establecer un presupuesto de actuación acorde, al que quedaran
sometidos conforme a la legislación vigente
5. CONSULTAS
El tiempo dedicado por el detective o personal de la Agencia en la
atención de clientes no se considera facturable, por lo que se
entiende sin costo ni compromiso alguno por parte del cliente.
6. RATIFICACION JUDICIAL
Se facturara al cliente la cantidad de 200,00 € por comparecencia.
Cualquier Ratificación fuera de la C.C.A.A. Madrid, conllevará los
gastos ocasionados debidamente justificados.
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