Codega 02
Transcripción
Codega 02
Enero 2011 Número 2 Revista dixital do Colexio Profesional de Detectives Privados de Galicia Allan Pinkerton, fundador de la primera Agencia de Detectives de la historia, y cuatro de sus ayudantes Eva Grueso: “La Seguridad Pública puede recurrir al detective en materia de violencia de género” AGDP: respaldo a la cesión de datos de salud a detectives privados Plataforma “Vicus”, nueva herramienta gallega contra la pornografía infantil [1] EDITORIAL CODEGA, como órgano consolidación son el incremento en compartir y, estar seguros, el Colegial, está definitivamente el uso de los servicios que presta el potencial es enorme cualitativa y consolidado. Esto es lo que Colegio por parte de un gran cuantitativamente. se desprende del número de colegiados Ahora bien, si mucho es lo incremento (transmisión y solicitud hecho, más y mejor debe ser la paulatino de de documentos, legítima aspiración de lo por hacer. colegiados en la escritos e El paso atrás solo Solamente desde la inconformidad medida en que informaciones), el es útil si sirve para es que se avanza. El paso atrás sólo nuevos titulados cada vez más es útil en la medida en que sirva impulsarse adquieren su frecuente uso de de condición de los distintos soportes para impulsarse. La reflexión nunca es pasiva más allá de su apariencia. detectives (internet, e-mail, sms, Exige una profunda actividad ejercientes a través de teléfono) en las interior cuyo objetivo máximo es la TIP. En igual medida cabe comunicaciones con la sede transformarse en energía valorar el que se haya convertido colegial obteniéndose, así, un medio productiva. Esto es; dar forma real, en el interlocutor válido de interactivo, dinámico y actualizado práctica y efectiva al representación colectiva profesional en la gestión que, debe proyecto teórico. ante las instituciones y organismos perseverarse en ello, Quizás, el más responsables o vinculados, en mayor tiene que ser dual. importante de esta o menor grado, a la seguridad – Esto es; transitar con Solamente se Junta de Gobierno pública y privada -, o a los ámbitos intensidades puede avanzar por ser el último judicial o administrativo. También, homologables en documento de los desde la cómo no podía ser de otra manera, ambos sentidos tres que nos en sus relaciones de igualdad con buscando la mayor inconformidad comprometimos a los otros colegios profesionales participación posible elaborar y existentes y la Asociación Nacional de todos los colegiados cumplimentados los en la, entre otros objetivos, porque si los sumandos son Estatutos y el Código Ético y necesaria búsqueda de la debida los de la globalidad de Deontológico, sea el Régimen coordinación de políticas y defensa profesionales, el resultando no Interno que está en fase de de intereses comunes. puede ser sino el que las capacidades y sinergias que todos y elaboración como paso previo al Otros elementos sometimiento de su debate y cada uno de nosotros seamos significativos de esta misma aprobación en Asamblea. capaces de obtener, aportar y El Colegio Profesional de Detectives Privados y Privadas de Galicia es una corporación de Derecho Público que se constituye al amparo del articulo 36 de la Constitución Española; de la Ley 2/1974, de 13 de febrero reguladora de los Colegios Profesionales, modificada por la Ley 7/1997, de 14 de abril; de la Ley 11/2001 de 18 de diciembre de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia y la Ley 1/2008 de 1 de abril de creación del Colegio Profesional de Detectives Privados y Privadas de Galicia que , entre otras , establece la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio profesional en el ámbito de Galicia. CODEGA, por tanto, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines en el ámbito territorial de Galicia. JUNTA DE GOBIERNO Presidente: Armando González Freiría Vicepresidente: José Luis León Rey Secretario: Francisco Díaz Cid Tesorero: Miguel Carrera Fernández Vocales: Eugenio Baleato Mallo,Víctor Ignacio Fernández Martínez y Francisco Javier Fachal Noguerido Administrativa: Alicia Cañas Rodríguez Dirección: C/ Romil, nº 69. Oficina 14 (Centro de Negocios F.T.) 36211 - Vigo. Tfnos. 986192206 - 617346605 E-mail: [email protected] Web: www.codega.es Diseño y maquetación: D.F. [2] INDICE Editorial Páginas 2 y 3 Eva Grueso: “la Seguridad Pública es deficitaria sobre violencia de género” Páginas 4 - 5 “Vicus”, una herramienta gallega contra la pornografía infantil Página 6 - 7 - 8 La AGPD respalda comunicar datos de salud a unos detectives privados Página 19 - 20 Facebook como fuente de información para al investigador privado Página 21 - 22 Despido de un trabajador por uso inadecuado de las horas sindicales Páginas 23 - 24 Los vehículos y sus delitos Página 26 - 27 Museo de Sherlock Holmes Página 30 - 31 Noticias de la profesión Página 34 - 35 Formación Páginas 38 Se ve en las vigilancias Entonces habremos completado, entre todos, un hecho histórico y transcendente: dotarnos de un marco jurídico, de normas autoreguladoras en todos los ámbitos del ejercicio profesional y que estas sean fruto del consenso entre el conjunto de los colegiados resultando, así, de la suma de las diferentes sensibilidades y anteponiendo un futuro común a visiones particulares que, aunque legítimas, no son representativas de lo que el sector es y quiere en Galicia. sector somos competidores. Pero no debe ser exclusivamente esta característica – la de la competencia – la que nos determine. Si así fuera, estaríamos aceptando el concepto más ultra-liberal de mercado en cuanto a que éste todo lo ordena y dispone. En las magnitudes macroeconómicas en que tal mercado desenvuelve su actividad – permanentemente cambiante además-, cada uno de nosotros puede verse afectado en la reducción de su margen de beneficios y no por causas Esta armonización o desde lo achacables a una deficitaria gestión individual a lo colectivo es una profesional, administrativa o de conducta que la Junta de Gobierno cualquiera otra índole organizativa, agradece y valora sobremanera sino como efecto de causas por cuanto somos que se originan en conscientes de que la lugares y por fortaleza del decisiones muy colectivo está en La crisis impone distantes de relación nuestro negocio. estrategias globales proporcional a la Es difícil creer que fortaleza única de y colectivos ante una crisis todos y cada uno globalizada las fortalecidos de sus miembros. No soluciones puedan conseguiremos una darse exclusivamente sólida y eficaz escalera en desde la iniciativa la defensa de nuestros individual. Tendremos mayores derechos e intereses si no posibilidades de éxito si conseguimos conseguimos que todos los escalones armonizar el conveniente, necesario e que la conforman sean igualmente imprescindible, criterio individual en la robustos y estén comprometidos con gestión de nuestros negocios con los objetivos a alcanzar porque, fuera posturas comunes en aquellos de las concretas y singulares aspectos que, siendo aparentemente particularidades y aspiraciones de más genéricos, no solo no cada profesional y despacho, debemos contravienen nuestra libertad tener claro que la actual situación de comercial sino que la amparan y crisis económica parece imponer en fortalecen al tiempo que potencian múltiples sectores estrategias globales nuevas expectativas y oportunidades y colectivos fortalecidos. No parece para todos. que cuando la crisis es global, nadie pueda superarla –siquiera bordearla Esta actitud conjunta requiere de modo exclusivamente autónomo e inteligencia y voluntad y, siendo como independiente por largo periodo de es reconocible que poseemos la tiempo. Todos somos sabedores de primera, nos resta conocer si estamos que, en cuanto que profesionales dispuestos al esfuerzo sostenido que liberales que ejercen en un mismo exige la segunda. Páginas 39 - 40 [3] INVESTIGACION ¿A qué debemos seguir esperando? La Seguridad Pública es deficitaria en materia de violencia de género y podría recurrir a detectives Es evidente que la muerte de mujeres víctimas de la violencia doméstica es uno de los mayores y más actuales problemas a los que debe hacer frente la sociedad española. Muestra de ello es la reciente propuesta planteada por el Consejo General del Poder Judicial, en la que se instan varias reformas legales para paliar algunos problemas de interpretación y aplicación de la Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género. Los Detectives Privados, como no podía ser de otra forma, sumamente sensibilizados ante esta realidad, y conscientes de la aportación que como colectivo podemos realizar ante esta lacra, llevamos años trabajando en diferentes proyectos a través de los cuales poder ofrecer “nuestro granito de arena”, nuestras pruebas. Sin embargo, a pesar de estar incluidas algunas de nuestras propuestas en el programa electoral de algún partido político, nos hemos encontrado siempre con el muro político que ha impedido, hasta ahora, una plena coordinación y colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de Violencia de Género. Realmente tenemos una inminente necesidad de encontrar al interlocutor válido que, como en otros ámbitos de actuación, se percate de que la Seguridad Pública es deficitaria y para [4] ello puede contar con profesionales de la Seguridad Privada, tremendamente bien formados, y cuyas investigaciones poco difieren de las realizadas habitualmente. Los estudios realizados demuestran que las órdenes de alejamiento dictadas en aplicación de la Ley 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género son sistemáticamente incumplidas. Muchos de estos incumplimientos son denunciados por las beneficiarias de la medida, denuncia que mayoritariamente choca con la falta de pruebas. Por parte de los juzgados se insta a INVESTIGACION FFCCSE a la comprobación de dichas denuncias, pero esta labor supone una dedicación intensiva y desprogramada de recursos públicos, que deben ser asignados a vigilancias estáticas. El actual marco normativo permite que estas funciones sean asignadas a Detectives Privados. Está claro que nuestra propuesta siempre estaría coordinada con los FFCCSE, dirigida a acreditar el efectivo quebrantamiento de la Orden de Alejamiento acordada por el Juzgado, a instancias de éste o de la mujer sujeta a protección. De hecho, acreditar el quebrantamiento de la orden permitiría modificar las medidas de protección, incluyendo la prisión preventiva de la pareja agresora, por lo que, además de evitar la consumación de una nueva agresión, se evitarían todos los costes derivados para el Estado, tales como la pulsera de control, desplazamiento de la Policía, nuevas denuncias, etc… No se debe ver la actuación de la Seguridad Privada, la de los Detectives Privados en este caso, como un gasto adicional para la Administración, sino una reorganización en dicho gasto, pues, si como consecuencia de la actuación de los Detectives se evitan costes futuros no se puede hablar de gasto, sino de inversión, y tratándose de vidas humanas cualquier inversión es poca si se pretende evitar una nueva muerte. Dentro de este marco de donde se demuestra, no con actuación es habitual que poca frecuencia, que cualquier ciudadano pueda autónomos y empresarios solicitar los servicios de un suelen alegar escasez de Detective Privado para ingresos y, sin una tratar de localizar a investigación su ex pareja, o realizada por sus hijos, de profesionales, Las denuncias de los que es imposible incumplimiento de desconoce el probar lo órdenes de alejamiento contrario. domicilio chocan con la falta de habitual, o el Los centro de Detectives pruebas enseñanza al tenemos que acuden, en amplísima ocasiones no experiencia en estas comunicado, debido a las investigaciones, pues es desavenencias surgidas en la semejante a las realizadas pareja, alegando haber previamente al juicio, se perdido contacto, en el trata de acreditar la efectiva primer caso, o para verificar existencia de ingresos. Del si se atienden trabajo de los Detectives diligentemente los deberes Privados y de la sensibilidad de guardia y custodia de los de los Tribunales hacia estos hijos, en el segundo, caso de temas, desde hace años intervención habitual de los existe la figura de la Detectives Privados. Pues “presunción de ingresos en bien, del hecho derivado de base a signos externos de carecer de los mecanismos riqueza”; sujetos que alegan necesarios para poder vivir de una nómina constatar si sobre dicho modesta y muestran signos ciudadano pesa una orden externos incompatibles con de alejamiento, podríamos dicha modestia salarial, tales ofrecer una valiosa como coches de alta gama, información a un embarcaciones, viviendas, maltratador, de ahí que, en asistencia a restaurantes de muchos casos, optemos por alto nivel, etc…. rechazar dichos encargos Todo ello evidencia la profesionales, privando de la viabilidad de colaboración y realización de tales participación de los investigaciones a los que Detectives Privados en la legítimamente podrían lucha contra la Violencia de optar. Género, reclamamos, por El trabajo de los Detectives tanto, un papel que Privados, como otra de las consideramos clave de cara aportaciones en el ámbito a la defensa de las mujeres familiar, está destinado a la que puede ser víctimas de obtención de pruebas para esta situación. la determinación de las pensiones o el impago de las Eva Grueso mismas, a través de informes Presidenta de la APDPE económicos y de solvencia, Eva Grueso [5] INVESTIGACION Plataforma “Vicus”, nueva herramienta gallega contra la pornografía infantil UNA BREVE MIRADA A ESTE MUNDO Desde el momento del desarrollo de las grandes infraestructuras de red, y su llegada a la mayor parte de los hogares, la “industria” referente al sexo se ha hecho su hueco en Internet, no debemos olvidar que únicamente los ingresos que esta industria genera en U.S.A. anualmente, exceden a los ingresos generados por Coca-Cola y McDonnell Douglas en el mismo tiempo. Con todo este “mercado”, no ha sido difícil que la pornografía infantil se haya hecho su propio hueco, después de todo, hay mercado si existen clientes dispuestos a obtener este contenido. PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Una de las mayores preocupaciones en Internet, es, o sería, ¿cómo estamos protegiendo a los menores de todo tipo de contenido?, ¿cómo estamos protegiendo a los menores de los abusos que se cometen sobre ellos?. Toda la sociedad debería dar respuesta a estas preguntas, todos deberíamos sumar esfuerzos en la lucha contra esta lacra social. Este artículo no es más que una reflexión en voz alta de cómo dos Instituciones tan diferentes como son la Guardia Civil y la Universidad de Vigo han unido esfuerzos y conocimientos para elaborar una herramienta eficaz en la lucha contra la pornografía infantil a través de las Redes de intercambio de ficheros (Peer-to-peer, P2P). [6] EL MOTOR DE LA TRIPLE “A” (Al Cooper) • “Acceso”: Internet está ahí, en todos los sitios. • “Asequible”: Es barato. • “Anonimato”: Nadie sabe lo que estamos viendo o haciendo. Si unimos estas premisas, tenemos la herramienta perfecta para obtener, vender y/o compartir este tipo de material. PROBLEMÁTICA DE LAS REDES P2P Las redes P2P, o redes entre iguales, son redes entre ordenadores que permiten el intercambio de información sin necesidad de un servidor INVESTIGACION central, es decir, cada equipo asociado a Gradiant la Audiencia Provincial de ordenador actúa a la vez como (Centro Tecnológico de Pontevedra. cliente y servidor. Aunque sus Telecomunicaciones de Después de un largo periodo usos son muy dispares (por Galicia), para el desarrollo de de prueba de dicha plataforma ejemplo, los sistemas de una herramienta flexible y en dependencias del Equipo de telefonía en Internet como escalable, con el fin de ayudar Investigación Tecnológica de la Skype) su principal aplicación en la investigación de Delitos Guardia Civil de Pontevedra, es el intercambio de todo tipo de Pornografía Infantil a través dónde se subsanaron todos los de archivos. de las redes conocidas problemas desde el punto de Napster, creado como P2P. vista técnico, así como se en el año ¿Cómo Tras las primeras realizaron los análisis de 1999, fue la reuniones de información que esta estamos aplicación trabajo plataforma arrojaba pionera en protegiendo a los conformadas por conjuntamente con la Unidad este los profesores Técnica de Policía Judicial, se menores de todo tipo sentido, Juan Carlos decidió portar en el mes de de contenidos? permitiendo Burguillo Rial y marzo de 2010 la plataforma a a los Enrique Costa dependencias de esta Unidad usuarios Montenegro del en Madrid. intercambiar Grupo de Tecnologías de Como consecuencia de esta archivos de música la Información, así como por puesta en funcionamiento, en mp3. A mediados de 2001 se Gonzalo Sotelo Seguín y José mayo del año pasado, se decide vio obligado a cerrar debido a Eugenio Torres Meira por la abrir una investigación en el demandas por derechos de Unidad Orgánica de Policía Juzgado de Instrucción número autor, el principal problema es Judicial de la Guardia Civil de 3 de Cangas (Operación que utilizaba un servidor Pontevedra (EDITE), en las que Telémaco). La finalidad era la central dedicado. se trató de enfocar las de identificar usuarios que necesidades en las Tras Napster han aparecido compartieran en estas redes investigaciones de estas redes, gran número de archivos diferentes redes P2P para el se llegó a la conclusión de la intercambio de archivos, cada videográficos con contenido necesidad de dar una una con sus propias sexual de menores explícito y características y usos por parte cobertura más amplia a esta de máxima dureza. Para ello se futura plataforma. Para ello se de los internautas. Excepto marcaron los parámetros de al contadas excepciones ninguna mantuvieron reuniones con menos quince archivos por GRADIANT con el fin de de estas redes proporciona cada uno de los usuarios que garantizar una anonimato al usuario. Los se pudiesen continuidad en este usuarios cuando utilizan este identificar. desarrollo. tipo de redes, al igual que Igualmente se cuando navegan, tienen la Guardia Civil y Después de contó con el creencia de que sus acciones lanzar la Universidad de Vigo trabajo de son anónimas. Dicha creencia plataforma campo de es totalmente falsa, dado que han unido sus esfuerzos durante nueve para cualquier información que María José y conocimientos días, y Bellas Reyes, se envía a través de Internet ingeniera de posteriormente siempre se utiliza un número proyecto en la de filtrar todos que identifica el origen y el Escuela de los resultados, se destino de dicha información. Telecomunicaciones. obtienen un total de 23 usuarios españoles. Con el fin Para darle una proyección más MARCO DE de planificar las Diligencias de amplia se mantuvieron grupos COLABORACIÓN Entrada y Registro que de trabajo con la Unidad A mediados del mes de Técnica de Policía Judicial de la coordina el Juzgado Instructor, se moviliza a: noviembre de 2008, se empezó Guardia Civil con sede en a gestar lo que más adelante Madrid, así como con Luis - Unidad Técnica de Policía sería una plena colaboración María Uriarte Valiente, Fiscal Judicial con sede en Madrid, la con el Grupo de Tecnologías de del área de nuevas tecnologías cual se encarga de la la Información (GTI) de la perteneciente a la Fiscalía de coordinación operativa de Universidad de Vigo, como todas las Unidades Territoriales [7] INVESTIGACION CONCLUSIONES numerosas publicaciones en revistas Mirando únicamente el internacionales, y participa resultado de esta primera en varios proyectos con “operación” se puede empresas destacadas en el deducir la importancia de ámbito de las esta colaboración, si a ello telecomunicaciones en sumamos dos España. investigaciones más en el mismo año 2010 (operaciones Amigo y Plus GRADIANT Ultra), una de ellas con El Centro Tecnolóxico de ramificaciones en U.S.A y Telecomunicacións de apoyo directo de las Galicia (Gradiant) se Autoridades Judiciales y constituyó en diciembre Policiales de ese país, nos del 2007 por la Xunta de podemos hacer a la idea Galicia, las tres de la potencia de esta universidades gallegas y 11 plataforma. empresas del sector de No obstante, lo más tecnologías de información importante a nuestro y comunicaciones. En su juicio es la oportunidad trayectoria de poco más que se ha tenido con este de 2 años se ha convertido marco de colaboración, de en un referente y activo iniciar una senda de dinamizador de los aprendizaje mutuo por procesos de I+D+i de las parte de las empresas gallegas, Instituciones que participando en pueden aportar La Xunta consorcios a más en la nivel otorgó lucha contra regional, este tipo de nacional al GTI el sello ilícitos, y uniendo de grupo de europeo, esfuerzos y donde renovando investigación está técnicas en la presente en consolidado investigación proyectos del moderna. séptimo Grupo de Tecnologías programa marco. de la Información: El grupo Actualmente cuenta con GTI es uno de los grupos una plantilla de 45 universitarios de la personas de las cuales el comunidad gallega con 80% es personal mayor transferencia investigador de alto nivel. tecnológica, ocupando en 2009 el primer puesto en todos los ámbitos de conocimiento de la Universidad de Vigo. La Xunta de Galicia ha otorgado al grupo el sello Gonzalo Sotelo Seguín, Enrique Costa Montenegro, de grupo de investigación Carlos Burguillo Rial, consolidado. Ha generado Juan José Eugenio Torres Meira y tres patentes nacionales, Luis A. Alvarez Sestelo una patente EEUU y una extensión de patente europea vía PCT en sistemas de interferencia de comunicaciones, de Policía Judicial, cuenta también con un equipo de psicólogos criminalistas (atención a posibles víctimas), el cual queda en retén por cualquier necesidad que pudiera surgir en cualquier punto de España. - 2 psicólogos criminalistas que se desplazan al Juzgado Instructor para apoyo técnico del Órgano Judicial y Fiscalía. - 65 agentes pertenecientes a las Unidades Orgánicas de Policía Judicial de diferentes provincias. Como resultado de la intervención simultánea en diferentes localidades pertenecientes a 13 provincias españolas, se obtienen los siguientes resultados: - 13 detenidos (De ellos dos productores) - 6 imputados - 2 errores de proveedor - 1 red Wi-Fi en abierto - 1 usuario ausente en el momento de la entrada y registro Referente al resultado del material intervenido, se podría resumir en lo que sigue: 32 Discos Duros internos de alta capacidad, 26 Discos Duros externos de 500 y 1000 Gb, 5 Ordenadores portátiles, 2 Netbooks, 1 Equipo Multimedia, 4 cámaras fotográficas y 7 teleobjetivos, 1 cámara de vídeo con 2 teleobjetivos, 1656 soportes ópticos (CD-DVD), Una tarjeta digitalizadora y 121 cintas VHS, 43 tarjetas de memoria, diapositivas y un escáner de negativos fotográficos, Prismáticos, una defensa eléctrica, una pistola de bengalas y dos cajas de bengalas. [8] EL DETECTIVE EUROPEO ¿Es posible una normativa común al ejercicio de la actividad en Europa? En el actual momento es de sumo interés conocer las políticas de la Unión Europea dentro del marco de una posible unificación legislativa respecto de armonizar las divergentes leyes y normas reguladores de los detectives privados dentro del espacio comunitario y, para ello, es previa la información sobre la consideración y tratamiento que algunos de los países otorgan al ejercicio profesional. Especial) y que se ofrece a continuación. seguridad privada únicamente puede ser ejercida por los prestados de servicios domiciliados en otro Estado miembro previa concesión de una autorización. En la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la CE, Sala 2ª, S 13-12-2007, nº C-465/2005, el TJCE declara que Italia ha incumplido las Y establece: obligaciones que le incumben 16. Con carácter preliminar, en virtud de los arts. 43 y 49 CE. La Sala declara que incurre procede recordar que, si bien en incumplimiento al disponer es cierto que, en un sector que no ha sido objeto de una de una norma interna armonización que establece que comunitaria Para ahondar y clarificar esta la actividad de completa, como cuestión, parece necesario acudir guarda es el de los Los Estados a la ponencia sobre “Normativas privado servicios de de los países miembros de la UE. únicamente miembros son seguridad ¿Es posible una Directiva común a puede competentes para hacer privada, como todos los DP europeos?”, expuesta ejercerse una regulación común han por D. Antonio García Ramírez, previa reconocido (abogado de Málaga, experto en prestación de conjuntamente, Legislación sobre el Detective un juramento de por lo demás, la Privado y Protección de fidelidad a la Dato.Técnico de Administración República, o que la actividad de República Italiana y la [9] EL DETECTIVE EUROPEO Comisión en la vista, los Estados miembros siguen siendo competentes, en principio, para definir los requisitos de acceso a dichas actividades, no es menos cierto que están obligados a ejercer sus competencias en este ámbito respetando las libertades fundamentales garantizadas por el Tratado CE (véase, en particular, la sentencia de 26 de enero de 2006, Comisión/España, C-514/03, Rec. p. I-963), apartado 23. 17. A este respecto, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, los artículos 43 CE y 49 CE exigen la supresión de las restricciones a la libertad de establecimiento y a la libre prestación de servicios. Deben considerarse como tales restricciones todas las medidas que prohíban, obstaculicen o hagan menos interesante el ejercicio de dichas libertades (véanse las sentencias de 15 de enero de 2002, Comisión/Italia, C-439/99, Rec. p. I-305, apartado 22; de 5 de octubre de 2004, CaixaBank France, C-442/02, Rec. p. 8961, apartado 11; de 30 de marzo de 2006, Servizi Ausiliari Dottori Commercialisti, C-451/03, Rec. p. I-2491, apartado 31, y de 26 de octubre de 2006, Comisión/ Grecia, C-65/05, Rec. p. I-10341, apartado 48). manera no discriminatoria, que estén justificadas por razones imperiosas de interés general, que sean adecuadas para garantizar la realización del objetivo que persiguen y que no vayan más allá de lo necesario para alcanzar dicho objetivo (véanse las sentencias de 4 de julio de 2000, Haim, C-424/97, Rec. p. I-5123, apartado 57 y la jurisprudencia citada, así como Comisión/ Grecia, antes citada, apartado 49). De acuerdo con el literal contenido de dicha trascripción el mismo Tribunal de la CE recuerda que, si bien es cierto que el sector de los servicios de la seguridad privada no ha sido objeto de una armonización comunitaria completa, no es menos cierto que los estados miembros están obligados a ejercer sus competencias en este ámbito respetando las libertades fundamentales garantizadas por el Tratado CE. Pero considero que de tales afirmaciones podemos extraer las siguientes conclusiones: 1ª que dicho sector no ha sido objeto de una armonización comunitaria completa ni parcial, porque no existe ninguna directiva con dicha finalidad, y por el solo respeto 18. El Tribunal de Justicia ha considerado asimismo que las medidas nacionales que restrinjan el ejercicio de las libertades fundamentales garantizadas por el Tratado únicamente pueden justificarse si reúnen cuatro requisitos: que se apliquen de [10] a las libertados fundamentales garantizadas por el Tratado no puede producirse la armonización del Sector. 2ª que a la vista de las diversas normas nacionales resumidas en esta ponencia, sobre la regulación de la actividad de los detectives privados, resultaría conveniente para el Sector que se promoviera y aprobada una directiva armonizadora sobre los aspectos fundamentales de la profesión. Por lo que mi respuesta personal a la pregunta que se formula es positiva, pero sin dejar de considerar que aunque se aprobara la directiva armonizadora la autonomía de los estados en esta materia, en sus competencias sobre formación profesional, ordenación de la actividad, relaciones con el orden público y los derechos fundamentales, es tan amplia que seguirían existiendo grandes diferencias en las disposiciones legales de los distintos Estados después de adaptar su legislación a la directiva. Buen ejemplo de ello tenemos con las legislaciones sobre protección de datos de carácter personal. Antonio García Ramírez (Abogado) EL DETECTIVE EUROPEO PAIS NORMAS NOMBRE INFRACCIÓN ESPAÑA Ley 23/1992 de Seguridad Privada. Reglamento 2364/1994 de S.P. Detective privado Multa de hasta 601.012 € AUSTRIA Reglamento de Oficios 1994. Reglamento del oficio de seguridad Detective profesional Sin información BÉLGICA BULGARIA FRANCIA Ley 19.7.1991 que organiza la profesión Detective privado Código Etico de la Asociación de Detectives. Estatutos de la Asociación de Detectives Detective privado Sin título. Profesión “liberal” Ley 89/1942 Centro de Investigación Judicial HOLANDA Ley 24.10.97 HUNGRÍA Acta CXXXIII de 2005 ITALIA Decreto 4.8.2008 LETONIA Ley 2001 sobre Actividad de Detectives REINO UNIDO Acta de la Industria de S.P. de 2001 Notificación escrita. Suspensión Investigador privado Detención hasta 2 años. Sanción 619 € Detectives No infracciones o sanciones 6 3 7 5 2 1 4 8 [11] Multa hasta 11.250 € Investigador privado 9 10 Hasta 2 años de cárcel y 20.000 francos de multa Corrección. Exigir compromiso. Suspensión temporal Hasta 3 años de cárcel y 45.000 € EL DETECTIVE EUROPEO Normas reguladoras de la actividad de investigación privada en la Unión Europea ESPAÑA exceptuada la que se desarrolle o familiar, a la propia imagen o en los domicilios o lugares al secreto de las DEFINICION DE LA reservados. comunicaciones (art.19.3 y 4 de ACTIVIDAD la Ley de S.P). 3. En el ámbito del apartado Artículos 19 de la Ley y 1.c) se consideran Artículo 103. Carácter 101-103 del Reglamento de comprendidas las grandes reservado de las investigaciones Seguridad Privada superficies comerciales y los Los detectives privados están locales públicos de gran Artículo 101. Funciones obligados a guardar riguroso concurrencia. secreto de las investigaciones 1. Los detectives privados, a Artículo 102. Prohibiciones que realicen y no podrán solicitud de personas físicas o facilitar datos sobre éstas más jurídicas, se encargarán: a) De 1. Los detectives no podrán que a las personas que se las obtener y aportar información realizar investigaciones sobre encomienden y a los órganos y pruebas sobre conductas o delitos perseguibles de oficio, judiciales y policiales hechos privados. b) De la debiendo denunciar competentes para el ejercicio investigación de delitos inmediatamente ante la de sus funciones. perseguibles sólo a instancia de autoridad competente parte por encargo de los cualquier hecho de esta TUTELA legitimados en el proceso naturaleza que llegara a su penal. c) De la vigilancia en conocimiento y poniendo a su Dirección General de la ferias, hoteles, exposiciones o disposición toda la información Policía. Registro especial (Art. ámbitos análogos (art.19.1 de la 104 Regl). Tarjeta de Identidad y los instrumentos que L.S.P). Personal (carecer de pudieran haber obtenido, antecedentes penales o relacionados con dichos 2. A los efectos del presente infracciones administrativas delitos. artículo, se considerarán inhabilitantes) conductas o hechos privados 2. En ningún caso podrán los que afecten al ámbito utilizar para sus investigaciones Libro de registro de asuntos. económico, laboral, mercantil, medios personales o técnicos financiero y, en general, a la vida que atenten contra el derecho INCOMPATIBILIDADES personal, familiar o social, al honor, a la intimidad personal Delitos perseguibles de oficio. [12] EL DETECTIVE EUROPEO Actividades exclusivas empresas de seguridad. FORMACION Título universitario (3 años). Reciprocidad países UE y otros con “tratados”. SOCIEDADES DE DETECTIVES Miembros personas físicas reglamentariamente habilitadas. Dedicación exclusiva (Art. 105.2). AUSTRIA DEFINICION DE LA ACTIVIDAD Artículo 129. (1) El ejercer el oficio de detective profesional requiere de una autorización para ejercer un oficio (Art. 94 Z 62) para: 1. la entrega de información sobre relaciones de particulares. 2. la ejecución de investigaciones sobre actos punibles. 3. La adquisición de medios probatorios para fines procesales judiciales o ante autoridades administrativas. 4. La investigación de personas desaparecidas o que se mantienen ocultas, de los redactores, escritores o remitentes de cartas anónimas, de los causantes o comunicadores de difamaciones, sospechas u ofensas. 5. La observación y control de la fidelidad de empleados. 6. La observación de clientes en establecimientos comerciales. 7. La protección de personas. 8. La búsqueda y localización de aparatos transmisores de imagen y sonido, de datos electrónicos almacenados sin derecho a hacerlo y para la implementación de las medidas de protección correspondientes. El inciso 2 queda liberado de esta disposición. TUTELA La autoridad debe expedir al derechohabiente del ejercicio del oficio de detective profesional una legitimación con fotografía. Las legitimaciones deberán cumplir con los requisitos necesarios para el control de la persona. El Ministro Federal para Comercio y Trabajo deberá establecer la manera en que estas legitimaciones deberán cumplir con estos requerimientos con respecto a sus contenidos mediante ordenanzas (Art. 129 (3). Los oficiales que tengan derecho a ejercer el oficio de detectives profesionales tienen la obligación de guardar la confidencialidad de los asuntos que se les han encomendado (Art.130(5)RO). INCOMPATIBILIDADES escuela nivel medio o examen final de aprendizaje y práctica de 2 as. d) Calificaciones de prácticas durante al menos cinco años, o práctica . . . BELGICA DEFINICION DE LA ACTIVIDAD “Se considera como detective privado toda persona física que, en un vínculo de subordinación o no, ejerce habitualmente, con sueldo y por cuenta de otros, actividades que consisten en: 1° buscar personas desaparecidas o bienes perdidos o robados. 2° recabar información concerniente al estado civil, a la conducta, a la moralidad y a la solvencia de las personas. 3° reunir elementos de prueba o constatar hechos que dan o pueden dar lugar a conflictos entre personas o que pueden utilizarse para poner fin a estos conflictos. 4° investigar actividades de espionaje industrial. 5° ejercer cualquier otra actividad definida por un decreto real deliberado en Consejo de Ministros.” ... actuaciones de investigación competencia de las autoridades ¿….puede investigar, (Art. 130(4) ROS) informando, delitos perseguibles de oficio….? (Art. FORMACIÓN 16 final) (Art. 1 ORD) REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD a) Estudio o carrera técnica en escuela técnica y práctica de año y medio, o práctica . . . b) - obtener autorización del Formación profesional en Ministerio del Interior. 5 años escuela superior y práctica de renovable por 10. año y medio, o empleado . . . . c) Formación profesional en [13] EL DETECTIVE EUROPEO - carecer de antecedentes penales o infracciones administrativas inhabilitante. armas o al comercio de municiones o cualquier otra actividad que, debido a que es ejercida por un detective privado, pueda constituir un peligro para el orden público o para la seguridad interior o exterior del Estado. - Cada uno de los socios de ADP se compromete respetar tanto el Estatuto, como el presente Código Ético. - Las normas del Código Ético - tener nacionalidad de estado son obligatorias de igual modo miembro de la UE. para todos los socios de ADP. - En este documento, cualquier - no ejercer actividades citación de aplicación de una incompatibles. Instrucción del Estatuto de ADP es una citación de dicha Se considera de oficio como - poseer formación y que constituye un peligro para Instrucción, después de su experiencia profesional última corrección o el orden público según lo publicación. decretada por el Rey. dispuesto en el párrafo 1ro., el - El Código Ético está sujeto a ejercicio concomitante de la futuras mejoras y - no haber sido durante los profesión de detective y de una perfeccionamientos últimos 5 años miembros de un actividad profesional que tiene servicio de policía o de acceso a datos de carácter información ni titular de III. Cláusulas generales personal, salvo si la profesión función militar o pública que primordiales para la figure en lista decretada por el de detective es un componente actividad de los socios de inherente a dicha actividad. Rey. ADP. FORMACIÓN - haber cumplido 21 años + Todos los socios de ADP, los La decretada por el Rey (Art.3. de pleno derecho y los - Se regula los requisitos $ 1ro.4), salvo ejercientes asociados, están obligados a análogos exigibles a titulares no anteriores a la vigencia de la respetar las Leyes de la establecidos en Bélgica.Y un Ley. Republica de Bulgaria, El detective nacional debe tutelar Estatuto de la Asociación, El al extranjero. BULGARIA Código Ético del detective privado, así como el - ejercicio de la profesión a DEFINICION DE LA Reglamento de las normas título principal. ACTIVIDAD internas de ADP, por lo cual, - respeto a la intimidad además de las sanciones I. Normas generales (del personal y derechos conforme la ley, asumirán Código Etico). fundamentales. también sus responsabilidades ante la Asociación. - El presente Código Ético - exige hoja de encargo de regula los principios y las servicios. normas de comportamiento de TUTELA cada uno de los socios de la - secreto profesional. Consejo Directivo de la Asociación de los Detectives Privados (ADP), la ética Asociación y Juzgado TUTELA profesional, la competencia leal correspondiente….. y la igualdad en la realización de Ministerio del Interior. Tarjeta la actividad en el marco de la INCOMPATIBILIDADES economía de mercado. de identificación persona. Se establece un fondo para cubrir - Como socio de ADP se No consta . . . considera a cualquier persona gastos de aplicar la Ley. física o jurídica, conforme el FORMACIÓN art. 8 del Estatuto de ADP. INCOMPATIBILIDADES - Se considera un detective No consta . . . . . privado a cualquier socio de Actividades en una empresa de ADP que ejerce su actividad FRANCIA vigilancia, una empresa de en el ámbito de los servicios seguridad ni en un servicio de la investigación o bien en DEFINICION DE LA interno de vigilancia, actividades un ámbito determinado, relacionado con los servicios ACTIVIDAD relativas a la fabricación, al de detectives. comercio y a la tenencia de [14] EL DETECTIVE EUROPEO Art. 20. - Se somete a las disposiciones del presente título la profesión liberal que consiste, para una persona, en recoger, incluso sin describir su calidad ni revelar el objeto de su misión, informaciones o datos destinados a terceros, para la defensa de sus intereses. (La persona puede ser física o jurídica) necesidad concerniente al orden público. nacional no pueden ejercer la actividad mencionada en el artículo 20 durante los cinco - La denominación de una años siguientes a la fecha en la persona jurídica que ejerce la cual cesaron definitiva o actividad mencionada en el temporalmente sus funciones y artículo 20 debe decir que se bajo reserva de haber obtenido trata de una persona de de antemano la autorización derecho privado y evitar escrita, según el caso, del cualquier confusión con un Ministro del Interior o Ministro servicio público, en particular, de Defensa. Los oficiales o con un servicio de policía (Art. suboficiales que no pertenecen REQUISITOS PARA EL 21). a la gendarmería nacional que EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD estaban afectados a uno de los - El ejercicio de la actividad servicios mencionados por - Matriculación y Autorización mencionada en el artículo 20 es decreto del Ministro de para el ejercicio de la profesión exclusivo de aquel que ejerce Defensa son sometidos a las (Arts. 20 a 22) cualquier actividad mencionada mismas normas. en el artículo 1ro. (Art. 21). - Tener nacionalidad Francesa o FORMACIÓN pertenecer a un Estado - Los Arts. 23 y 24 regulan miembro de la Comunidad también de forma Calificación profesional definida Europea o a uno de los pormenorizada los requisitos por decreto en el Consejo de Estados que participe en el exigidos a los empleados para Estado. acuerdo sobre el Espacio participar en la actividad Económico Europeo; mencionada en el artículo 20: HOLANDA declaración ante el prefecto del - No tener antecedentes departamento o, en París, ante DEFINICION DE LA penales, no ser objeto de ACTIVIDAD el prefecto de policía, decreto de expulsión o antecedentes, formación “Persona física o jurídica que prohibición del ejercicio del exigida, etc; en el ejercicio de una profesión comercio o infracción de o empresa con fines lucrativos tratamiento automatizado de - El Art. 25 establece que El lleva a cabo actividades de datos personales, en Francia u ejercicio de la actividad investigación judicial, si las otro Estado miembro de la mencionada en el actividades se llevan a Comunidad Europea u otro de artículo 20 esta cabo por petición de los Estados que participa en el supeditada a En Holanda se un tercero, en acuerdo sobre el Espacio una permite al relación con un Económico Europeo; autorización investigador hacer interés propio de distinta para - No ejercer ninguna de las este tercero y que detenciones con el actividades mencionadas en el tenga una relación esposas establecimiento artículo 1; con una o más principal y para personas físicas - Tener una calificación cada establecimiento determinadas” profesional definida por secundario. decreto en el Consejo de TUTELA Estado. REQUISITOS PARA EL Ministerio del Interior - La autorización puede EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD retirarse cuando su titular deje INCOMPATIBILIDADES - autorización del Ministerio de de cumplir una de las Justicia (Art. 2 y 7.1) Por 5 condiciones previstas en el Los funcionarios de la policía años prorrogables por otros 5 presente artículo. Puede nacional y los oficiales o (Art.4). suspenderse inmediatamente suboficiales de la gendarmería en caso de urgencia o de [15] EL DETECTIVE EUROPEO - aprobación del Jefe del Cuerpo de la Región donde se ubique (Art. 7.2). Otras aprobaciones título, por el registro central de empresarios privados y por los registros de compañías, tras mostrar el certificado – de acuerdo con actas particulares - formación profesional – si un mandante le / la autoriza establecida por el Ministro de deliberadamente. Un Justicia, salvo exención? (Art.8) investigador privado pude solicitar datos del registro de - se puede autorizar el uso de datos y direcciones personales esposas con delincuentes de ciudadanos y del registro de sorprendidos en flagrantes tráfico si el mandante tiene delitos (Art. 9), a la espera de la también derecho a hacerlo, presencia policial y de forma siempre que la persona en razonable y moderada. cuestión no lo prohíba o proteste contra ello, o a menos - portar documento de que se realice otro acto sobre identidad (Art. 9.8) secretos estatales u oficiales. - deber de guardar secreto c) puede hacer fotos y profesional (Art. 13.1) grabaciones (cinta) y usarlas dentro del ámbito mismo del - equiparación con requisitos exigibles en estados miembros contrato que define las de la UE o con tratado. Art 4a. obligaciones del investigador privado, y observando las TUTELA normas relacionadas con la protección de datos y los Ministro de Justicia. derechos personales de Avtv. Documento de identidad d) puede inspeccionar las INCOMPATIBILIDADES parcelas cerradas de otros sólo bajo previa contribución de La ley no las establece ¿existe destinatarios o emisores. reglamento u otra norma? § 35 No se puede dirigir una investigación privada a FORMACIÓN La exigida por el Ministro de Justicia. HUNGRIA DEFINICION DE LA ACTIVIDAD: § 34 Con el fin de realizar un contrato un investigador privado a) actividades relacionadas con cuerpos diplomáticos o consulados, organizaciones internacionales y sus miembros. b) actividades oficiales de funcionarios (determinadas en el Código Criminal § 137 punto 1) y funcionarios de países extranjeros (determinado en el Código Criminal § 137 punto 3). a) puede recabar datos y solicitar información. acta de datos personales o la gente afectada por la recogida de datos lo refleje por escrito. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD - registrarse, salvo excepción, en la Cámara de Guardaespaldas, Protección de la Propiedad y Detectives Privados (la Cámara). ($ 3.1). - contrato escrito de encargo ($ 14.1) - obligación de guardar secreto profesional ($ 22.1) - prohibición de confusión con fuerzas y cuerpos de seguridad ($ 14.2) - seguridad de responsabilidad ($ 8.2) - proporcionalidad de los datos y deber de destrucción inmediata de datos personales una vez cumplida la finalidad del contrato y de datos de terceros ($ 23.1 y 2) TUTELA Por la Policía Nacional concediendo permiso para la práctica y certificado de registro en la Cámara (Art. 5). INCOMPATIBILIDADES NO constan. Las actividades de protección personal y de la propiedad y las de investigación privada pueden ser ejercidas de forma simultánea ($ 1.4) FORMACIÓN c) datos especiales y personales No se especifica de personas físicas y datos especiales a menos que estos b) puede resumir o hacer estén disponibles para el copias de datos registrados por mandante de acuerdo con el el registro de escrituras de [16] EL DETECTIVE EUROPEO ITALIA Capacidades técnicas para obligaciones bajo contratos de ejercer los servicios que se seguros y compensación por DEFINICION DE LA proponen de ofrecer (Art..136) pérdidas materiales; y 8) buscar ACTIVIDAD propiedad perdida por LETONIA personas físicas y jurídicas o Información no obtenida propiedades que han sido DEFINICION DE LA enajenadas de forma ilegal. REQUISITOS PARA EL ACTIVIDAD EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD (3) Una compañía de detectives Art. 2.- (1) La actividad de y un detective pueden a su vez - permiso previo del Prefecto Detectives implicará esos proporcionar otros servicios, (Art. 134) y abono de caución servicios facilitados por siempre y cuando que no (Art. 137) comerciantes, asociaciones y entren en conflicto con la ley, y compañías (en adelante – sirvan para lograr la finalidad - nacionalidad italiana o de compañías de detectives) y especificada en el Párrafo uno Estado de la UE personas físicas (en adelante – de esta Sección. detective) certificados de - carecer de antecedentes REQUISITOS PARA EL acuerdo con los penales por delitos no procedimientos prescritos por EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD imprudente esta Ley, que se le facilitan a - obtener licencia o certificado personas físicas o jurídicas en - reciprocidad para por plazo de 5 años, renovable base a un contrato para establecimiento de empresas (Art. 3), con abono de tasa proteger los derechos e de la UE que cumplan intereses legales de tal persona. (Art. 13) requisitos de la Ley y Reglamento (Art. 134 bis) (2) Una compañía de detectives - las Cias. deben contratar al menos un detective con puede facilitar los siguientes - Los citados responsables certificado y su Director sea servicios detectivescos: 1) deberán además exponer en ciudadano de Estado miembro Recabar información sobre sus oficinas, de forma de la UE, carezca de asuntos civiles y criminales; 2) permanente y colgando de la antecedentes penales y no esté buscar personas que han pared, la tabla de operaciones cometido una ofensa criminal o inhabilitado físicamente (Art. 4) mantenidas con su personas perdidas sin correspondiente tarifa de - para ciudadanos de la UE se compensación. Los susodichos información de su paradero; 3) exige un nivel educativo alto en Averiguar los hechos, asuntos o no podrán llevar a cabo materia legal o en caso de que personas relacionadas con una operaciones distintas de las la experiencia laboral en actividad criminal, 4) indicadas en la tabla materia legal en la aplicación proporcionar consultas a de ley (corte, investigación - poseer las capacidades personas físicas o jurídicas con previa al juicio, procesos, técnicas para ejercer los respecto a asuntos policía, e instituciones de servicios que se proponen de relacionados con la seguridad; seguridad Estatales) no sea ofrecer. 5) averiguar los hechos o inferior a cinco años, carecer competencia desleal, de antecedentes penales y TUTELA actividades comerciales otros requisitos desfavorables ilegales, u otros hechos Policía Nacional. Permiso (Art. 6.1) relativos a una actividad - firma de contrato para cada previo del Prefecto. Libro de económica ilegal; 6) recabar servicio, que puede incluir operaciones de negocios (Art. información de las 135) materia criminal (Art. 9) características de una persona antes de firmar un contrato de - secreto profesional (Art. 12.4) INCOMPATIBILIDADES empleo u otro contrato civil, e información con respecto a la Información no obtenida insolvencia de una persona; 7) FORMACIÓN examinar la información relativa al cumplimiento de [17] EL DETECTIVE EUROPEO REINO UNIDO Sobre la normativa para implantar el Acta 2001 de la Industria de Seguridad Privada con respecto a la investigación Privada y Agentes de Precognición, el Reino Unido ha formuló a los Agentes Interesados una consulta con los siguientes antecedentes: Antecedentes El Documento de la Consulta denominado “Normativa para implementar la investigación privada y los agentes de precognición” se publicó el 1 de Agosto de 2007. Invitaba a hacer comentarios sobre cuatro opciones para la normativa de la investigación privada y agentes de precognición: 1. No hacer nada 2. Alternativa a la Normativa 3. Permiso sin criterios de competencia 4. Permiso con criterio de competencia El documento dejaba claro que la opción 4 (licencia con requisito de competencia y Normativa por parte de SIA) era la opción preferida. Propusimos el caso para la opción preferida, invitamos a realizar comentarios sobre las demás, y propusimos preguntas para explorar la evidencia. Valoradas las preguntas formuladas y respuestas evacuadas en el pasado año 2008, establece: encuestados serán incluidos el la valoración de impactos completa que se publicará este año. 3. Aún hay mucho trabajo de preparación que hacer con más nivel de detalle, y con agentes Conclusión y pasos siguientes de investigación privada y con grupos de accionistas de 1. Ha habido un acuerdo agentes de precognición, contundente en todos los agencias que hacen valer la ley sectores sobre el hecho de que y asociaciones de profesionales. aún había necesidad de introducir los permisos. La INCOMPATIBILIDADES Regulación de SIA recibió más apoyo entre los sectores que Personas pertenecientes a las opciones que unidades armadas o representaban, bien no hacer militarizadas, a partidos nada en absoluto, o una políticos u organizaciones alternativa a la regulación. Una públicas, a asociaciones o mayoría considerable que movimientos de las mismas, que estuvo a favor de permisos con hayan iniciado operaciones criterios de competencia públicas con anterioridad al incluyeron aquellos que estaban registro o una operación a favor de la Opción 3 como un continuada una vez ha sido paso inicial y un consiguiente suspendida o finalizada por cambio a la Opción 4 en 2-4 decisión de una corte, así como años. Además, con la evidencia con respecto a grupos que representa el riesgo que ha criminales organizados (Art. 5) evidenciado SOCA; otras FORMACIÓN agencias dedicadas a hacer valer la ley y asociaciones profesionales, y en ausencia de No se especifica, aunque deberá ser análoga a la exigida cualquier alternativa viable, a los ciudadanos de la UE en el proponemos proceder con la Art. 6.1 opción preferida que representan los permisos otorgados por SIA con criterios de competencia. 2. Los detalles de los asuntos que han suscitado los [18] PROTECCION DE DATOS La Agencia avala comunicar datos de salud por una aseguradora a detectives “La Ley de Seguridad Privada ha dado carta de naturaleza a la actividad realizada por las empresas de seguridad privada del tipo de detectives privados, por lo que no estaríamos ante una actuación ilegítima ya que estos están legitimados por Ley para obtener información de personas”. En tales términos se pronuncia una Resolución dictada por la Agencia Española de Protección de Datos en la que dicho Organismo viene a dejar sin efecto una demanda que fue presentada por un particular contra una Compañía de Seguros a la que acusaba de ceder sus datos personales a una Agencia de detectives privados sin su consentimiento. Los argumentos que expone la Agencia no son nuevos, pues han sido reiterados ya en otras resoluciones recientes en las que dicha entidad viene subrayando el criterio unánime de Seguros había cedido, sin su de respaldar la actuación de los conocimiento, datos personales detectives privados en cuanto y de salud a unos detectives al tratamiento de datos de privados, quienes realizaron terceros. Pero esta “videograbaciones de resolución en incógnito, concreto aporta obteniendo No hay “cesión una novedad datos de salud importante y del de datos” por parte es que lo que denunciante, del detective ni de la está en elaborando Compañía cuestión es la un fichero, información tratándolos y aseguradora concreta (datos finalmente personales) que la cediéndolos a la Compañía Compañía en un aseguradora facilitó a los dossier y un soporte CD”. detectives privados sobre el El denunciante hacía referencia asegurado, entre ellos datos directa al contenido del generales de salud, informe elaborado por los concluyendo la Agencia que tal investigadores y recordaba un cesión no supone una párrafo concreto del mismo, en vulneración de la Ley Orgánica el que podía leerse: “según nos de Protección de Datos. informa nuestro cliente, el sr. La intervención de la Agencia XXX sufrió un accidente de partió de una demanda en la tráfico el día .......... alegando que el particular en cuestión padecer esguince cervical, dio cuenta de que la Compañía policontusiones y hematoma [19] PROTECCION DE DATOS en pierna derecha”, añadiendo que lo que habían grabado en las imágenes de vídeo eran cuestiones referidas a su estado de salud. 1La Resolución de la Agencia se divide en dos partes, referidas por un lado al comportamiento de la Compañía de seguros y por otro al de los detectives. En cuanto a la primera, la argumentación es bastante clara en el sentido de que la Agencia se remite al contenido de la propia Ley Orgánica de Protección de Datos en la que se consagra el principio general de que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento del afectado pero a renglón seguido se establece una serie de excepciones a dicho principio, entre ellos que “no será preciso el consentimiento cuando los datos personales ... se refieran a las partes de un contrato o precontrato de una relación negocial, laboral o administrativa y sean necesarios para su mantenimiento o cumplimiento”. En el presente caso, según la Agencia, la Compañía legitima el conocimiento de los datos del denunciante al existir una relación jurídico-administrativa derivada del accidente de tráfico sufrido por el denunciante con un vehículo asegurado por la entidad denunciada, “siendo dicho acceso necesario para el desarrollo legítimo de la relación establecida”. Además, se recuerda que el consentimiento no será preciso cuando la comunicación de datos a un tercero tenga como destinatario el Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal o los Jueces o Tribunales. Alude, asimismo, la Resolución al derecho a la tutela judicial efectiva y a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, ambos consagrados por la Constitución Española, y concluye afirmando que en aplicación de lo anterior, en el que se configura una relación presente caso la Compañía negocial entre ambas, en aras a aseguradora estaba habilitada elaborar informes bajo la para presentar ante el Juzgado encomienda de entidad la citada documentación que aseguradora, estando limitado contenía datos de salud de su dicho tratamiento a aquellos contraparte, sin contar con el datos que fueron aportados consentimiento previo de ésta por la aseguradora y bajo las al existir un habilitación legal indicaciones de la misma. Dicho para ello. “Por tanto”, dice, “y documento, por tanto, estaría en base a la doctrina y a la legitimado por los términos del jurisprudencia instaurada artículo 12 de la LOPD y en dentro del ámbito de aplicación del mismos no protección de datos estaríamos ante una vista, la comunicación de aportación de datos. Además, no los datos se han No vulnera la LOPD recabados en constatado torno al actuaciones la aportación de datos denunciante, fuera de los en un procedimiento por parte del términos de judicial denunciado dicho contrato (la Compañía por parte de la aseguradora) Agencia de dentro de un Detectives, y que procedimiento judicial implicaran un no supone una vulneración de incumplimiento de la normativa la LOPD, por lo que para este en materia de protección de caso no cabría calificar como datos personales”. legítima la actuación de los Antes de proclamar el archivo denunciados”. de las actuaciones dejando sin 2 efecto la denuncia presentada La otra cuestión importante contra la Compañía de que aborda la Agencia es la Seguros, la Resolución señala referida a la recepción de los que en cuanto al datos por parte de los incumplimiento de las medidas detectives, una información que de seguridad por parte de la le pasa directamente la Agencia de Detectives en el Compañía aseguradora y que la CD ROM utilizado en el Agencia entiende que no se procedimiento judicial y que enmarca -esta es lo más incluía información destacado de la referida concerniente al denunciante, de Resolución- en lo que se acuerdo a lo alegado por dicha entiende legalmente como entidad y a la falta de COMUNICACION DE elementos probatorios que DATOS, que es lo que se desvirtúen dicha circunstancia, protege de forma especial en la no consta la insuficiente de los ley Orgánica de Protección de mismos, dadas las Datos. En el caso presente no circunstancias de su hay comunicación ni en el manipulación y el destino de hecho de que la Compañía los mismos, no constando pase estos datos del asegurado tampoco que se hubiera a los detectives ni en la llevado a cabo alteración alguna remisión del informa por parte de la cadena de custodia de éstos a la Compañía una vez diseñada para la copia, traslado realizada la investigación. y acceso al mismo por parte de Así lo explica textualmente: “la las autoridades jurisdiccionales Compañía ha aportado a este a las que se remitió. procedimiento copia del contrato celebrado con la Agencia de Detectives por el [20] COLABORACION Facebook como fuente de información Varias sentencias no consideran como “difusión” la inclusión de imágenes en los informes Actualmente la red social Facebook tiene 12.000.000 millones de usuarios en España (cifra de agosto de 2010), lo que representa para nuestra profesión una base de datos gratuita con información fiable que se actualiza constantemente. Cada usuario de Facebook tiene su propio perfil donde puede por ejemplo, incluir fotografías, información laboral y una lista detallada de amigos. ¿Puede el detective privado disponer de esa información para utilizarla en una investigación? ¿Puede incluso usar esa información como prueba en un informe?.Si analizamos la política de privacidad de Facebook actualizada con fecha 22 de diciembre de 2010, las normas generales, que todo usuario (investigado) acepta cuando crea el perfil, indican lo siguiente: “la configuración de la privacidad es personal, la debe regular el creador del perfil”, esto se refiere a las siguientes cuestiones, primero: qué personas y aplicaciones pueden ver otros usuarios o personas ajenas a la red social y segundo, qué información puede compartir con amigos, amigos de amigos, o con todos los usuarios. Para esto Facebook ofrece configuraciones predeterminadas que persiguen ayudar al titular, aunque también el usuario puede personalizar las opciones de configuración a su gusto sin plegarse a ninguna de estas opciones predeterminadas de ayuda. El creador del perfil es el propietario (junto con Facebook aunque él no lo sepa) de todo el contenido y la información que hace pública, además puede controlar cómo se comparten esos datos a través de la configuración de privacidad y aplicaciones. Una red social se basa en la conexión de perfiles entre personas que se conocen o que tienen algún vinculo personal, familiar, laboral o de [21] cualquier tipo. Es importante tener en cuenta que es el propio creador del perfil quien acepta o rechaza una invitación de conexión entre perfiles (información). La propia red social posee herramientas de búsqueda que ayudan al creador del perfil a encontrar personas con algún tipo de vínculo, pudiendo enviar solicitudes para establecer una conexión con personas o grupos que conoce. El usuario que posee un perfil tiene la capacidad de gestionar la privacidad y el acceso a su información, siempre es quien la administra, controlando qué comparte y con quien la comparte. Hay usuarios por ejemplo, que tienen el acceso a su perfil totalmente libre, es decir, permiten a cualquiera (aunque no se posea un perfil) el acceso a todo tipo de información personal, como fotos, información laboral, direcciones personales, COLABORACION vínculos sentimentales, información médica, política y religiosa. Es cierto que este tipo de perfiles es cada vez mas escaso, ya que la propia red social se ha tomado la molestia de informar a los usuarios de la importancia de proteger y gestionar la información que se muestra a los demás. Generalmente los perfiles poseen un tipo de control que se podría calificar de nivel medio, es decir, solo nos permite ver una foto de perfil identificativa, una lista breve de amigos, y referencias de pertenencia a grupos de gustos del creador del perfil. En el caso de querer acceder a mas información es necesario que la persona nos acepte como “amigo”, para ello será necesario enviar una solicitud y esperar que nos acepte o nos rechace. En mi opinión, el hecho de que acepte a un perfil simulado para acceder a su información, es semejante al hecho de que nos permitan entrar en un domicilio para hacer una encuesta o identificación, casos en los que se obtiene información a través de una llamada telefónica y se simula una identidad, también situaciones específicas donde asumimos tener otra profesión para obtener un determinado servicio, estas prácticas son habituales en el desarrollo de nuestra profesión. Teniendo en cuenta que es un campo nuevo debemos reflexionar y estudiar concienzudamente cada caso concreto, atendiendo siempre a los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad a la hora de utilizar este tipo de información en el informe. Las autoridades europeas se están interesando por aumentar el control de las redes sociales. Así lo demuestra por ejemplo la European Data Protection Supervisor, en un documento publicado con motivo de la 30th conferencia del CRID (Centre de Recherches Informatique et derechos de los usuarios de Droit) en Francia hace Facebook, entre ellos el aproximadamente un año, aumento de la edad mínima donde reconocen el valor de la para poseer un perfil, o información contenida en las sumarse a la presión ejercida redes sociales con fines por la Unión Europa para legítimos, además explican provocar el reciente cambio en como aceptan que esa recogida las políticas internas de la red de información es llevada a social. En mi opinión esto cabo por entidades privadas último aunque hace mas para privados. Advierten del complicada nuestra labor de intercambio voluntario de recopilación de información, detalles íntimos a través de valoriza y dignifica las pruebas sitios web de redes sociales que seamos capaces de como MySpace y Facebook, obtener, y es que pese a estar algo que se ha convertido en acostumbrados a permanecer un asunto de la vida en una delgada línea, cotidiana. debemos actualizarnos Anuncian que y esforzarnos para es necesario ensanchar esa Cuenta con 500 un régimen línea analizando millones de miembros de detalladamente protección la ley. Para y traducciones a 70 de datos concluir idiomas en todo de modernos, y considero mundo importante modernizado, reproducir el “herramientas apartado numero 15.3 actualizadas para de la declaración de proteger nuestros derechos y responsabilidad derechos de privacidad en la (última revision 4 de octubre era de la información”. La Comisión Europea de 2010) de la red social Facebook, “INTENTAMOS advierte en una de sus guías sobre la privacidad y seguridad MANTENER FACEBOOK EN FUNCIONAMIENTO, SIN en internet de que es ERRORES Y SEGURO, PERO responsabilidad del propio LO UTILIZAS BAJO TU ciudadano europeo el tipo de PROPIA RESPONSABILIDAD. contenido que sube o coloca PROPORCIONAMOS en las redes sociales, además FACEBOOK "TAL CUAL" SIN indica que una vez que haya GARANTÍA ALGUNA subido algo o enviado a otra persona, deja de ser privado y EXPRESA O IMPLÍCITA, otros pueden utilizarlo de una INCLUIDAS, DE MANERA ENUNCIATIVA PERO NO manera que no se había LIMITATIVA, LAS GARANTÍAS previsto. Indica textualmente: DE COMERCIABILIDAD, “La responsabilidad es suya” . Entre las recomendaciones que ADECUACIÓN A UN FIN se incluyen en la guía aconsejan PARTICULAR Y NO CONTRAVENCIÓN. NO al usuario: “Piense dos veces GARANTIZAMOS QUE antes de poner a disposición su FACEBOOK SEA SEGURO. información personal en línea. FACEBOOK NO SE Piense en quién tendrá acceso a RESPONSABILIZA DE LAS ella y quien la tendrá en un ACCIONES, EL futuro. Piense en limitar la parte CONTENIDO, LA de su vida que realmente desea INFORMACIÓN O LOS compartir”. DATOS DE TERCEROS…” La Agencia Española de Protección de Datos ha Francisco Cid conseguido grandes acuerdos T.I.P. 2279 en la protección de los [22] JURISPRUDENCIA Despido de un trabajador que atendía su negocio durante horas sindicales El Tribunal admite como prueba proporcionada y válida la compra de mercancía por un detective privado Una nueva sentencia de un Tribunal Superior, esta vez publicada el pasado mes de septiembre de 2010, ha venido a respaldar la actividad profesional del detective privado en un caso en el que se dan unas connotaciones especiales por cuanto se abordan dos aspectos que han sido objeto de más de un debate sobre la actuación del detective en materia laboral, por un lado el referido a la obtención de determinadas pruebas y por otro el que afecta a la investigación de trabajadores durante el ejercicio de la actividad sindical. De dicha resolución judicial se extraen, entre otras, dos conclusiones al respecto. La primera, que la habitualidad no consiste, a efectos de poder declarar el despido procedente, en que el uso irregular de las horas sindicales se produzca en mayor o menor número de ocasiones, siendo suficiente con que el trabajador utilice esa garantía cuando lo necesite para atender sus necesidades particulares, además de que no cabe presumir que el actor, mientras permanece en su casa, en un El Tribunal ratifica el criterio de bar o en su negocio, estuviera la primera sentencia, en el realizando funciones sindicales. sentido de justificar el control La segunda, que el Tribunal por parte de la empresa, califica como proporcionada la mediante el empleo de prueba obtenida por el detectives privados, de la detective privado consistente actividad sindical y del (además de en el seguimiento correspondiente uso del físico del trabajador) en la crédito horario ya que "es compra de productos al propio evidente que un mal uso de este investigado para comprobar la último transgrede la buena fe y actividad a la que se dedicaba. lealtad debida al colectivo de En relación con este asunto trabajadores representado, se dictó una primera también lo hace en sentencia, de una relación a la lealtad instancia debida a la No cabe inferior, en la empresa, cuyo presumir que el que ya se sacrificio de trabajador realizara declaraba el horas de trabajo despido funciones sindicales en debido no se ve como adecuadamente su casa o en un bar procedente al correspondido o estimar que los compensado”. hechos probados En esa primera eran constitutivos sentencia se declaraba de un grave probado que había un uso incumplimiento contractual por irregular de las horas sindicales transgresión de la buena fe por parte del trabajador en contractual, al entender el dos ocasiones durante un mes trabajador había hecho un uso para atender necesidades de su indebido, de modo habitual y negocio particular. manifiesto, del crédito horario La sentencia del Tribunal que el Estatuto de los Superior respalda ese criterio y Trabajadores le atribuye en su lo hace con una afirmación condición de delegado de importante en relación con un personal. aspecto que suele aparecer de forma reiterada en las sentencias dictadas en el ámbito laboral como es la habitualidad. Y es que el Tribunal dice que “la habitualidad no consiste en que el uso irregular del crédito horario se produzca en mayor o menor número de ocasiones, siendo suficiente al efecto que el trabajador haga uso de tal garantía cuando lo necesita para atender a sus necesidades particulares y que, en las dos [23] JURISPRUDENCIA únicas ocasiones, dentro de un resto del día l paso entre el desarrollaba por la tarde. Igual periodo inferior a 30 días, en que bar, su domicilio y la citada consideración merece la presunta el actor fue requerido -por el panadería. presencia, a las 14.00 horas del detective privado- para El segundo día que el día XXXXX, en la sede del realizar una actividad comercial trabajador solicitó´par ejercer sindicato, sospechosamente propia de su negocio particular, actividad sindical se repitió la inmediatamente posterior al fin este no puso ningún obstáculo, misma operación, vendiendo al de la vigilancia, no solo porque a pudiendo haber convenido la detective una cantidad mayor esa hora ya había concluido la entrega del pedido fuera de su de la misma mercancía, jornada diaria de trabajo del jornada de trabajo, sino que se concretamente diez cabezas actor, sino, también, porque el limitó a anunciar a la empresa su de cordero. testigo propuesto por el propio abandono del trabajo por La sentencia del incluye demandante, a fin de justificar la motivos sindicales”. una afirmación singularidad de que una reunión El trabajador novedosa, en sindical pueda tener lugar a las presentó dos estos términos: 14 horas, aclara, con ocasión de La ausencia al escritos “en ningún caso su testimonio en el acto del trabajo estaba informando cabe presumir juicio, que el actor acudió a la que se que el actor, reunión del sector cárnico de la motivada por la ausentaría de mientras federación, sobre las 14 horas, atención de un su jornada permanecía en siendo el ultimo en acudir y que negocio propio laboral durante su domicilio, en el ello tuvo lugar cuando los demás otros tantos días bar o en la "ya se iban". concretos para para panadería estuviera Tal testimonio, de ser atendido, hacer funciones propias realizando funciones ha de serlo en su totalidad y el de su representación sindical y sindicales. La actividad probatoria conjunto del mismo lo que refleja la empresa decidió controlar desplegada por el trabajador -en es que el actor priorizaba sus los movimientos del mismo su demanda- tan solo tenía por interés privados para el uso del durante esos días ante la objeto acreditar que el día crédito horario, subordinando a sospecha de que pudiese XXXXX se encontraba a ellos los derivados de su aprovechar esas horas para las 17.30 horas en la función”. atender un negocio propio. sede de su En cuanto a la Dentro del ejercicio de su sindicato y que el actuación concreta función, el detective privado se día XXXXX del detective en La vigilancia por puso en contacto telefónico acudió a la el presente caso, parte de los una primera vez con el misma a las el Tribunal afirma detectives fue trabajador, preguntándole si 13,45 horas”. que “la vigilancia podía prepararle diez cabezas Añade la mediante proporcionada de cordero asadas para un día sentencia que detectives fue concreto, el que coincidía con “aunque la proporcionada, pues el solicitado a la empresa. El jurisprudencia del TS se limito a los dos trabajador contestó sea muy flexible en únicos días en los que la afirmativamente indicando al cuanto al uso del crédito sindical, empresa sospechaba que la detective -supuesto cliente- el "porque las funciones de ausencia anunciada estaba precio y el lugar donde debía representación es multiforme y motivada por los propios recogerse el encargo. El día en puede, y a veces tiene, que intereses del trabajador y su cuestión , el trabajador salió de realizarse en bares, reuniones duración, desde el abandono del la empresa a la hora anunciada informales con los compañeros, trabajo hasta las 13.30 horas es en su escrito y se dirigió etcétera, sin que pueda exigirse consecuente con la doctrina primero a un bar donde tomó un cómputo escrupuloso en el jurisprudencial, pues la vigilancia unas consumiciones, después a tiempo empleado", en el presente se prolongo, tan solo, hasta la su domicilio y acto seguido de caso es evidente que la hora de conclusión de la jornada nuevo al mismo bar donde se comunicación de ausencia al de trabajo y se mantuvo hasta encontró con el detective, a trabajo está motivada por dicha hora a efectos de acreditar quien acompaño encargos referidos a su negocio que durante tal periodo de posteriormente a una particular y el hecho de que el tiempo no se simultaneaba su panadería donde sacó del día XXXXX acudiera a la sede empleo para fines privados con horno las cabezas de cordero, de su sindicato a las 17,45 horas actividades sindicales”. que empaquetó y entregó al no justifica el uso del crédito investigador, cobrando el horario, pues la jornada de T.I.P. 1911 importe correspondiente. El trabajo del actor no se [24] CONSULTAS A UNIDAD CENTRAL Investigación de candidatos a jurados En respuesta a cuestiones planteadas desde el Colexio Profesional de Detectives Privados de Galicia, la Sección Operativa de Colaboración de la Unidad Central de Seguridad Privada remite instrucciones que reproducimos a continuación y que tienen carácter informativo, no vinculante, sobre diversos aspectos de nuestra profesión. Cualquier colegiado que esté interesado en aclarar alguna duda que surja en relación con un caso concreto o con el ejercicio, en general, de su actividad como detective privado puede ponerse en contacto con el Colegio desde donde se remitirá la consulta a la Unidad Central: [email protected] ARCHIVOS DE CLIENTES EN DISTINTOS SOPORTES La reciente puesta en marcha por parte de la Unidad Central del denominado Libro Registro Electrónico, así como la Memoria Anual en el mismo soporte, hace oportuno reproducir el criterio establecido por dicho organismo ante una consulta efectuada recientemente por parte del Colexio Profesional de Detectives Privados de Galicia. En aquel momento, la Unidad Central manifestó lo siguiente: El detective privado puede tener los archivos de sus clientes, así como las informaciones recogidas en ellos, bien a través de soporte papel bien a través de datos informatizados, según su decisión. Nosotros no tenemos ningún problema ya que la el Reglamento de Seguridad Privada contempla esa posibilidad. Bien es cierto que hay que tener un cuidado extremo en los temas personales así como cualquier información que identifique o haga posible la identificación de cualquier persona, en datos así archivados ya que de no comunicarle estos archivos a la Agencia de Protección de Datos se podría incurrir en un delito. INVESTIGACIÓN DE CANDIDATOS PARA JURADO POPULAR Consulta sobre la posible intervención de detectives privados en la investigación de candidatos a formar parte de un jurado popular y respuesta de la Unidad Central: Según la Ley Orgánica 5/1995 de 22 de mayo del Tribunal [25] del Jurado, serán el Ministerio Fiscal y las partes, a quienes se ha debido entregar previamente el cuestionario complementario por los candidatos a jurados, quienes podrán formular recusación dentro de los cinco días siguientes a dicha entrega por concurrir faltas de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la Ley. También propondrán la prueba de que intenten valerse. Cualquier causa de recusación de la que se tenga conocimiento en ese tiempo y que no sea formulad no podrá alegarse posteriormente. Y añade la Unidad Central: según el artc. 19 de la Ley 23/92 de 30 de julio de Seguridad Privada, los detectives privados a solicitud de personas físicas o jurídicas se encargarán, entre otros, de obtener y aportar información y pruebas sobre conductas y hechos privados. Así pues, entendemos que las partes podrían contratar a profesionales, detectives privados habilitados, para la investigación sobre la vida privada de los candidatos siempre que el objeto de la investigación esté directamente relacionado con las causas de recusación y su finalidad, la recusación misma. PROFESIONALES Los vehículos y sus delitos Aseguradoras, detectives y Cuerpos de Seguridad debemos unir nuestras fuerzas Actualmente todos somos conscientes (o inconscientes) de que el vehículo es algo tan habitual y común en nuestras vidas, que incluso hace que no consideremos seriamente su verdadero valor. Cuando además relacionamos “DELITO” y “VEHICULO”, inmediatamente nos vienen a la mente los delitos relacionados con la Seguridad Vial (alcoholemias, conducciones temerarias, conducciones careciendo de permiso de conducción, etc), sin pensar en la existencia de cualquier otra posibilidad. Sin embargo, cuando hablamos de vehículos, también nos referimos a bienes patrimoniales que normalmente están valorados en unos 30.000 €, o más (hablamos de una media orientativa), lo que le convierte de forma general, en la segunda inversión familiar más importante después de la vivienda. Socialmente podemos prescindir de otros bienes, siempre y cuando dispongamos de un coche potente y bien equipado. Esto favorece la aparición de hacen del vehículo un modalidades delictivas en las elemento apetecible para los que el vehículo es el principal amigos de lo ajeno, elemento, pero con un abanico apareciendo de forma más o tan amplio de actos ilícitos, que menos organizada, personas y/ dificulta enormemente su o grupos dedicados al Robo de seguimiento o control. Vehículos, Simulación de Robo Por el contrario, las Unidades de Vehículos, reclamación de Policiales dedicadas en daños inexistentes, exclusiva, y por tanto declaraciones falsas por especializadas en esta vertiente lesiones, etc. etc. etc. del delito, son más También sabemos que bien escasas y en la práctica habitual algunos casos de venta de Varias inexistentes. siniestros por Muchas de las parte de las garantías hacen al actuaciones a aseguradoras, vehículo apetecible las que nos está relacionada para los amigos de referiremos, con el robo y tienen como falsificación de lo ajeno principal vehículos. Con tan perjudicado (además solo poner en del propio propietario o cualquier buscador de conductor del vehículo) a las internet “siniestros con compañías aseguradoras de los documentación”, se nos ofrece vehículos. Además de ser la friolera cifra de más de obligatoria la contratación de 300.000 resultados. Podemos seguros de responsabilidad civil asegurar que la gran mayoría para su circulación, existe una de estos resultados, no oferta muy amplia que esconden una acción ilícita, complementa las pólizas pero una parte importante iniciales con garantías por desembocará en robo, incendio, daños propios, irregularidades penales y etc. Estas garantías son las que administrativas. [26] Estas compañías, para su como en la documentación que defensa, suelen disponer de le ampara – Documento de negociados especializados en la Circulación o Propiedad). A su lucha contra este tipo de vez, las personas que realizan fraude, apoyados en numerosas estas ventas a sabiendas de su ocasiones por personal de origen ilícito, incurrirían en los seguridad privada (Detectives supuestos de Estafa.Y, a su Privados). Unidos disponen de vez, si el comprador lo hace a numerosa información, accesos sabiendas de que el vehículo no a diversas bases de datos, un debe de ser del todo legal (no amplio entramado de lo sabe, y además no hace nada informadores, y disponibilidad por saberlo), pues compra un de material de vigilancia de vehículo último modelo con el “última generación”. equipamiento completo, a un Sin embargo todo esto no sirve precio “mucho” más bajo que el de mucho sin una actuación de mercado, nos coordinada con las Fuerzas y encontraríamos ante un Cuerpos de Seguridad, y con un supuesto de Receptación. apoyo decidido de las Como variante a las compañías aseguradoras que modalidades antes reseñadas, paradójicamente son las existe el hecho de que mayores perjudicadas en estos personas que poseen vehículos hechos. En varias ocasiones en “de lujo”, con menos de dos los que hemos necesitado una años de antigüedad, y además información, o que se personen asegurado a todo riesgo; De en una causa penal como repente este ha sido robado. Su denunciantes, para poder así propietario ha recuperado el poner a buen recaudo a varios valor de nuevo, y quizás algo de esos delincuentes más de dinero entregado por motorizados, se nos los supuestos ha dicho que por ladrones. En este motivos caso el mayor y Nuestro enemigo comerciales o único de imagen perjudicado, común como empresarial sigue siendo la ciudadanos y esto no es compañía posible, aseguradora.Y profesionales es el existiendo una su propietario delincuente gran ausencia de ha incurrido en implicación de la una Simulación compañía de seguros de Delito, siendo alegando que “ese comercial además colaborador tiene una cartera de negocio necesario en los hechos muy amplia”, o que “ir penales que se cometan con el penalmente contra un cliente vehículo. no ofrece una buena imagen de Todo este negro panorama la compañía”. Destacar que en (falta de medios policiales, falta el caso de personal de de coordinación entre Seguridad Privada, ya está colectivos y organismos contemplada en su normativa implicados, poca o nula reguladora la cooperación con repercusión penal en hechos los Cuerpos Policiales en los relacionados con el automóvil, casos de hechos penales. etc.), debería hacernos pensar Dentro de los hechos penales que podemos ganar alguna relacionados con el automóvil, batalla contra el delito en el podríamos destacar: automóvil, pero ganar la guerra Robo de vehículos, que es otra historia. Para ello normalmente han de ser debemos unir nuestras fuerzas, indemnizados por las entrando en contacto compañías de seguros; estos aseguradoras, investigadores posteriormente han de ser privados, y cuerpos de documentados para darles una seguridad (os aseguro que una apariencia legal, por lo que gran mayoría de estos últimos, aparecerían los supuestos de están deseando establecer una Falsedad Documental relación cordial de (tanto del propio vehículo en colaboración con los colectivos sus elementos identificativos, antes mencionados), aportando [27] cada uno la información y medios de los que legalmente puede disponer. Con esta unión el único perjudicado será el delincuente, el cual paradójicamente es el mayor beneficiario en la situación actual de descoordinación. Llegados a este punto, no queda más remedio que mencionar la tan utilizada expresión “nos impide facilitar datos la Ley de Protección de Datos”, que diariamente entorpece los tímidos intentos de colaboración. En este sentido hemos de hacer referencia al informe 133/2008 del Gabinete Jurídico de la Agencia de Protección de datos (http://www.agpd.es/ portalwebAGPD/ canaldocumentacion/ informes_juridicos/ cesion_datos/com mon/pdfs/ 2008-0133_Comunicacion-dedatos-a-la-Policia-Judicial-sinmandamiento-judicial.pdf), en el cual refleja que “para la prevención de un peligro real y grave para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales”... “El citado artículo (22) habilita, a nuestro juicio, a los miembros de la Policía Judicial para la obtención y tratamiento de los datos requeridos, lo que llevará aparejada la procedencia de la cesión instada, siempre y cuando la Policía Judicial, cumplan las siguientes condiciones, que han sido reiteradas por la Agencia Española de Protección de datos”. Por tanto y para finalizar, resaltar que la conclusión a la que he llegado en las reuniones NO oficiales mantenidas con grandes amigos del ramo de las aseguradoras y de la seguridad privada (las más productivas en cuanto a resultados profesionales), es que hemos de utilizar y potenciar todos los medios legales que se ponen a nuestro alcance para poner fin a esta situación. Que nuestro enemigo común como profesionales y como ciudadanos, es el delincuente, el ladrón, el falsificador, el estafador, etc. Que nuestra desunión es su victoria y, por tanto, nuestra derrota. Manuel González Maciel (Grupo GIAT de la Guardia Civil. Pontevedra) COLABORACION Legalidad de la videovigilancia en garajes comunitarios Diferentes empresas instaladoras han consultado sobre la legalidad de cubrir con cámaras una plaza de aparcamiento abierta dentro de un garaje comunitario. Se trata de situaciones que se plantean con cierta frecuencia cuando un vecino de un edificio recibe actos vandálicos en el vehículo aparcado en la plaza de garaje aneja a su propiedad. Pues bien. Este tipo de cuestiones, a pesar de su reiteración, no han recibido una solución legal satisfactoria ni unificada por la Agencia Española de Protección de Datos ni por parte de la Jurisprudencia. Existen aspectos jurídicamente relevantes que se deben tener en cuenta y que, por lo general, dificultan enormemente la instalación del sistema de video con la premura, discreción y prestaciones que generalmente exige el cliente; oposición de otros vecinos, por ejemplo. Somos conscientes de que la experiencia de cada instaladora será tan prolija que cualquier solución general que esbocemos se verá necesitada de múltiples matices para ajustarla a cada caso particular, a pesar de lo cual presentamos hoy nuestra opinión al respecto por si fuera de utilidad. Como ya sabemos, el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal ámbito de la LOPD. Esta (LOPD), viene definido en su excepción justifica, entre otras artículo 2 que establece: cosas, que los sistemas CCTV de “el régimen de protección de datos las casas particulares no tengan de carácter personal que se que cumplir con los rígidos establece en la presente Ley requisitos de la LOPD. Ahora Orgánica no será de aplicación: bien, mientras las viviendas a) “a los fichero mantenidos por las individuales permanecen fuera personas físicas en el ejercicio de del ámbito de la LOPD, los actividades exclusivamente espacios comunes de las personales y domésticas” viviendas en régimen de Asimismo, el artículo 4 del propiedad horizontal no quedan, Reglamento de desarrollo de la a juicio de la Agencia Española de LOPD (Real Decreto Protección de Datos, cubiertos 1720/2007) reza: por esta excepción, de tal suerte “el régimen de protección de los que las comunidades de datos de carácter personal que se propietarios sí deben cumplir establece en el presente con la LOPD. reglamento no será de aplicación a A mayor abundamiento, el los siguientes ficheros y artículo 1.3 de la Instrucción tratamientos: 1/2006, de 8 de noviembre, de la a) A los realizados o Agencia Española de mantenidos por Protección de personas físicas en el Datos, sobre el Las ejercicio de tratamiento de instalaciones en actividades datos el domicilio no exclusivamente personales con personales o entran en el ámbito fines de domésticas. Solo se vigilancia a de la LOPD considerarán través de sistemas relacionados con de cámaras o actividades personales o videocámaras, señala: domésticas los tratamientos • No se considera objeto de relativos a actividades que se regulación de esta Instrucción el inscriben en el marco de la vida tratamiento de imágenes en el privada o familiar de los ámbito personal y doméstico, particulares”. entendiéndose por tal el Es de sobra conocido que las realizado por una persona física instalaciones ubicadas en los en el marco de una actividad domicilios no caen dentro del [28] exclusivamente privada o familiar. destinados a ascensores, Parece claro, hasta el momento, depósitos, contadores, telefonías que la LOPD no es una norma o a otros servicios o que deba preocupar a aquel que instalaciones comunes, incluso decida instalar un sistema de aquéllos que fueren de uso videovigilancia en su residencia privativo; los ascensores y las o, siguiendo el concreto asunto instalaciones, conducciones y que nos preocupa, en la plaza de canalizaciones para el desagüe y garaje de su residencia, casa o para el suministro de agua, gas o chalet individual, siempre que electricidad, incluso las de dicha vivienda no sirva además aprovechamiento de energía para alguna actividad profesional, solar; las de agua caliente mercantil, asociativa etc. sanitaria, calefacción, aire Sin embargo, la mayor parte de acondicionado, ventilación o la problemática con la evacuación de humos; videovigilancia en las las de detección y Es plazas de garaje prevención de ocurre en los incendios; las de admisible garajes portero instalar cámaras electrónico comunitarios. y otras en plazas Ya hemos visto que de seguridad del los edificios edificio, así como las privadas sometidos a un de antenas colectivas régimen de propiedad y demás instalaciones horizontal no se escapan al para los servicios audiovisuales o cumplimiento de la LOPD. En lo de telecomunicación, todas ellas que atañe al tratamiento de hasta la entrada al espacio datos de los vecinos, necesarios privativo; las servidumbres y para la gestión de la propia cualesquiera otros elementos comunidad, y también en lo que materiales o jurídicos que por su afecta a los sistemas de naturaleza o destino resulten videovigilancia que, indivisibles.[Este artículo está necesariamente se deben limitar redactado conforme a la Ley a los espacios comunes de la 8/1999, de 6 de abril, de Reforma finca. de la Ley 49/1960, de 21 de julio, Delimitemos ahora lo que debe sobre Propiedad Horizontal, entenderse por espacio privativo Disposición adicional única (BOE y común de un edificio. núm. 84, de 08-04-1999).] Según el artículo 396 del Código Veamos. Definidas las partes Civil, los diferentes pisos o comunes de un edificio en locales de un edificio o las partes régimen de propiedad horizontal de ellos susceptibles de ya podemos alcanzar una aprovechamiento independiente primera conclusión: por tener salida propia a un • Sólo la propia comunidad elemento común de aquél o a la de propietarios, una vez vía pública podrán ser objeto de alcanzado el consiguiente propiedad separada, (ESPACIO acuerdo en Junta, por una PRIVATIVO) que llevará mayoría simple de los presentes, inherente un derecho de podrá acordar la instalación de copropiedad sobre los elementos un sistema de videovigilancia en comunes del edificio, que son las zonas comunes de un todos los necesarios para su edificio, al tiempo que la adecuado uso y disfrute, tales instalación de este sistema de como el suelo, vuelo, cámaras Sí estará sometida a las cimentaciones y cubiertas; obligaciones que implica la LOPD elementos estructurales y entre (inscripción Del fichero en la ellos los pilares, vigas, forjados y AGPD, Información mediante muros de carga; las fachadas, con carteles, etc.) los revestimientos exteriores de En sentido contrario, las terrazas, balcones y ventanas, comunidades de propietarios no incluyendo su imagen o podrán acordar la captación de configuración, los elementos de imágenes procedentes de cierre que las conforman y sus espacios privativos sin el revestimientos exteriores; el consentimiento de sus titulares portal, las escaleras, porterías, (mucho menos de un espacio corredores, pasos, muros, fosos, domiciliario) y tampoco de patios, pozos y los recintos imágenes procedentes de la vía [29] pública. Llegados a este punto, podemos concluir que • una plaza de garaje aneja o complementaria de una vivienda (no de una oficina, parking, industria o cualquier otra ubicación extraña a un domicilio) por ser, según nos decía el artículo 396 de Código Civil, susceptible de propiedad separada (bien privativo) al tener salida propia a un elemento común o a la vía pública, podrá ser captada con un sistema CCTV, sólo por parte de su propietario o arrendatario, para prevenir actos vandálicos contra su vehículo, y ello sin cumplir con la LOPD por tratarse de un uso doméstico. Es decir, según nuestro criterio es legalmente posible la ubicación de sistemas de videovigilancia en plazas privadas de garaje, aunque se hallen enclavadas en locales de propiedad común si además se cumple con estos requisitos adicionales: 1. Que las cámaras sólo graben la plaza de garaje. No se podrá captar los espacios comunes (sin permiso de la Junta de la Comunidad) ni de espacios privativos contiguos. 2. Que el uso de la plaza de garaje sea personal y doméstico, nunca profesional o laboral. 3. Que no existan monitores de visualización. El sistema se conectará únicamente a un disco duro accesible en caso de detectar desperfectos en el vehículo. 4. Se deberían ubicar carteles de advertencia (aunque la obligación de advertir nace de la LOPD que, como acabamos de ver no es necesario cumplir, consideramos conveniente que la captación no se haga sin advertencia). 5. No será necesario Inscribir ficheros en la AGPD. 6. No será necesario Dotarse de un Documento de Seguridad. 7. En caso de que el grabador se conecte con CRA será imprescindible además, contar con una empresa instaladora autorizada y cumplir con los requisitos propios de la Ley de Seguridad Privada. Rubén Sánchez. Abogado. Gerente de Lexcam COLABORACIÓN Sherlock Holmes, un detective entre la realidad y la ficción El público sigue enviándole cartas al Despacho de Baker Street que compartió con el doctor Watson La figura profesional del detective privado está rodeada, desde sus inicios, de un halo de curiosidad entre el gran público que no ha cesado pese a la difusión, cada vez mayor en los medios de comunicación, de una actividad tan conocida de nombre como ignorada de contenido. A ello ha contribuido, posiblemente, el hecho de que la nuestra sea una de las pocas actividades profesionales que tienen en la literatura un referente obligado. Y es que si uno pregunta en la calle el nombre de algún abogado, un médico, un periodista o algún policía famoso en la historia reciente es posible que se escuchen respuestas de lo más variado y no encontraremos unanimidad entre los consultados en cuanto a una referencia concreta. Pero con los detectives privados pasa algo curioso que, entre otras cosas, hace de esta profesión distinta a las detective y a su amigo y demás y es que, con toda ayudante, el Doctor Watson, probabilidad, la respuesta que h a c i e n d o t o d o t i p o d e escuchemos no solo sea consultas y comentarios sobre unánime en cuanto al nombre casos concretos investigados sino referida a una figura que p o r a m b o s y s o b r e l a procede de la literatura, no de profesión, en general. la vida real. Me refiero, En el número 221b de n a t u r a l m e n t e a S h e r l o c k Baker Street, en Londres, Holmes. encontramos el despacho que Porque yo mismo ambos personajes me he compartieron encontrado durante 25 años en La tienda del con más de la imaginación del una persona genial Sir Arthur Museo dispone de c o nve n c i d a Conan Doyle. de que este una selección única de L a v i s i t a a l regalos sobre detective M u s e o , p r i v a d o Holmes inaugurado el 27 existió en de marzo de 1990 y realidad y en el abier to al público fondo es posible que todos los días del año de así sea, aunque ese detective 9,30 a 18,30 horas, es una real se llamase de otro modo. experiencia inolvidable, sobre Cuando uno visita el Museo de todo para cualquier profesional Sherlock Holmes en Londres de la investigación privada. es fácil legar a esa conclusión, Como explica, en varios sobre todo al comprobar idiomas, el folleto que se cómo el público ha seguido y entrega a los visitantes de sigue escribiendo al propio [30] dicho “santuario”, Sherlock Holmes y el Doctor Watson vivieron en el referido 221b de Baker Street desde 1881 hasta 1904. El apartamento que ocupaban estaba situado en el primer piso de la casa de huéspedes y la Sra. Hudson era la dama de llaves. El dormitorio de Holmes estaba junto al despacho y daba a la parte trasera de la casa. La casa de Sherlock Holmes fue construida en 1815 y ha sido catalogada por el Gobierno de Su Majestad como monumento arquitectónico e histórico. Fue una pensión desde 1860 hasta 1934 y estuvo cerrada hasta que la adquirió la Sociedad Internacional de Sherlock Holmes. Por las descripciones que d a b a e l d o c t o r Wa t s o n sabemos que el despacho que daba a Baker Street era bastante pequeño y que estaba iluminado por dos ventanas anchas. Sabemos también que en una ocasión Holmes salió de del doctor Watson se pueden su dormitorio y dando un hojear libros, fotografías, brinco atravesó el despacho grabados y periódicos de la para cerrar las cortinas. En otra época. En una de las esquinas ocasión se dice que un hombre de la habitación de la Sra. entró en el despacho y que era Hudson, se encuentra un busto tan grande que casi en bronce de Sherlock llenó “la pequeña Holmes, además de habitación”. una colección de Existen muchos objetos del El edificio es más detalles e detective y una un monumento ilustraciones de selección de histórico por decisión c a r t a s q u e las habitaciones tal y como se fueron escritas y del Gobierno de Su describen en las recibidas por el Majestad ave n t u r a s q u e mismo Holmes. fueron publicadas El Museo dispone de por primera vez en la una interesante y revista Strand en 1891, detalles p i n t o r e s c a t i e n d a d e q u e e l v i s i t a n t e p u e d e recuerdos, que esta situada en reconocer en su recorrido por la planta baja. En él se puede la casa. encontrar una colección de El dormitorio del doctor regalos tales como cerámicas, Watson estaba situado en el objetos de arte, figuras, bustos, segundo piso, al lado de la Sra. grabados, libros, barajas, gorras, Hudson, y daba a un patio de la camisetas, etc., disponibles parte trasera de la casa. especialmente para los E s t a s h a b i t a c i o n e s s e visitantes del Museo. utilizan ahora como salas de exposiciones. En la habitación T.I.P. 2279 [31] EL MUSEO EN IMAGENES [32] COLABORACION Casos curiosos da historia da Criminoloxía Neste artígo imos a contar tres dos casos máis curiosos e asombrosos que se sucederon ao longo de toda a historia criminal. Asuntos que pola súa forma de resolución ou ben polas circunstancias tan asombrosas que rodearon o feito, fan que quedasen recollidas nos anais da Criminología. Para o primero feito ao que nos imos a referir temos que remontarnos ao século XIII da nosa era. Aparece recollido nun Manual de Medicina Legal dese século ao que nos referimos e comenta o caso dun homicidio. Nun pequeno poboado de China apareceu morto un labrador. O home fora degolado, e polas feridas sóubose que fora cunha fouce, punto relevante para a resolución do crimen. Para resolver o caso, o xefe do poboado chinés, fixo que se reunisen todos os veciños da zona que puidesen atoparse relacionados co morto, e sobre todo, daqueles que posuísen unha fouce. Pedíronlles que depositasen todas as súas fouces no chan, ao aire libre. Ao pouco tempo un grupo de moscas comezaron a proxectarse sobre unha das fouces que había no lugar, sinalando así o instrumento co que se cometeu o delito, e por ende, apuntando directamente ao asesino. Esta anécdota é un caso no que a “entomoloxía forense” (estuda os insectos que atopan sobre os cadáveres achegando información útil nas investigacións de carácter policial uo xudicial) actuou de forma clara. As moscas sente atraídas pola sangue que quedaran adheridos á arma do crime, xa que detectan os restos de sangue aínda que para o ollo humano non sexan visibles, como sucedeu no relato que nos ocupa. Así e dunha forma moi orixinal para a época, descubriuse ao criminal do asasinato do labrador e puido restablecerse a xusticia grazas a unhos pequenos dípteros que acudiron en masa até o criminal. Agora imos a continuar cun feito que sucedeu nunha data recente, concretamente en xuño deste mesmo ano, 2010; e grazas tamén ás novas tecnoloxías. A historia comenza en Holanda, cando a un mozo de 14 años estaba a dar un paseo coa súa bicicleta por unha das rúas da súa cidade. Nun momento dado, foi asaltado por dous homes, que lle retiveron e que lle roubaron todo o diñeiro que levaba consigo e o seu teléfono móbil. Unha vez que ao mozo pasóulle o susto, acudiu a unha comisaría da policía para poner unha denuncia, deu unha descrición dos dous atracadores e relatoulles que sucedera. Pasou o tempo e non había noticias do paradoiro dos dous delincuentes. Ao cabo dunhos seis meses, o mesmo mozo estaba a xogar coa aplicación de Google Street View. e cando estaba a pasar pola rúa na que foi atracado viuse a se mesmo, montando na súa bicicleta, e xusto detrás de él aos dous homes que o robauron. Volveu á comisaría coa foto que imprimira. Hai que sinalar que a aplicación de Google difumina os rostros das persoas e as matrículas debido ás políticas de protección de datos e de privacidade, polo que a policía holandesa tivo que presentar unha solicitude a Google para conseguir a foto sen difuminar, obtendo así a imaxen orixinal. O resultado: a detención de dous irmáns como autores do roubo ao adolescente. E como dixo un policía que actuou neste feito: “a [33] foto pode ser de vital importancia para resolver un crime”. Finalmente imos a ir ao terceiro caso. Un feito que parece máis un guión de película que un feito baseado nunha historia real. Todo comeza o 10 de diciembro do ano 2000, cando un cadáver coas mans atadas apareceu flotando nun río de Polonia. O asasino tensara unha soga entre o lazo que rodeaba o pescozo e estrangulaba á vítima, e as bonecas que tiña atadas ás costas. Investigóuse durante tres anos o crime, pero a policía non atopou ningunha pista que apuntara a algún culpable. Ao cabo de tres anos un escritor, Krystian Bala, escribe un libro titulado “Amok”, onde describe con total minuciosidade un asasinato das mesmas características que o que da inicio a este terceiro relato. Pero non por iso vaise a deter a unha persoa, sen máis probas que unha novela; pero que máis sucedía, o home que asasinaran, estivera relacionado coa ex – muller do escritor. Entón foi detido, aínda que a investigación continuou xa que o xuíz non permitía que fose acusado sen máis evidencias. A policía seguiu investigando e por fin puido deterlle no ano 2006, sendo xulgado por un caso de asasinato que lle llevou á cárcel durante máis de 25 años. Neste caso, ¿qué puido facer que un home que matou a un semellante, escribise con todo detalle o seu crime?. Un ego inmenso, pensaba que podía enganar a todo o mundo, …… Quizá nunca o saibamos, pero do que si podemos estar seguros é que a xusticia de novo foi firme e efectiva. T.I.P. nº 1647 INSTRUCCIONES La inactividad por tiempo superior a dos años no causa por sí sola la pérdida de habilitación profesional La Unidad Central ha emitido una instrucción en la que sienta su criterio sobre el tiempo de habilitación y anuncia posibles modificaciones en cuando a la Tarjeta de Identidad Profesional. Una de las principales novedades es que proclama que la simple inactividad durante más de dos años no es motivo para perder la habilitación. Recuerda la U.C. que según la Ley de Seguridad Privada, la inactividad del personal de seguridad por tiempo superior a dos años exigirá su sometimiento a nuevas pruebas para poder desempeñar las funciones que le son propias y que, además, el Reglamento de Seguridad Privada especifica que la norma no atribuye a la inactividad del personal de seguridad privada la consecuencia formal de la inhabilitación, sino la necesidad material de su sometimiento a nuevas pruebas, con el doble objetivo de que se acredite la capacidad física y psíquica y de que se actualice la formación precisa para el ejercicio de las funciones propias de seguridad. En el supuesto especial de las habilitaciones múltiples a favor de una misma persona para vigilante de seguridad y sus especialidades, este Departamento ha mantenido el criterio de que el desempeño de una actividad en ejercicio de funciones de seguridad tiene trascendencia para las otras. De esta manera, cuando se ejerce alguna de las actividades, la inactividad en otra de ellas no determinará la obligación de realizar nuevas pruebas. Así pues, sólo cuando no se hayan realizado funciones de seguridad de ningún tipo durante el plazo de dos años, será obligatorio realizar nuevamente las pruebas la posibilidad de incluir en una previstas en la legislación. misma tarjeta todas las Por último, respecto a los habilitaciones que posea el procedimiento de renovación titular de la misma. Dicha documental de las Tarjetas de propuesta está siendo valorada Identificación Profesional, cabe por los órganos competentes. hacer dos puntualizaciones Conclusiones: jurídicas que le son aplicables: 1) La inactividad del personal Por un lado, que no le de seguridad privada por corresponde al personal de tiempo superior a dos años no seguridad interesado el deber es causa por sí sola de la de demostrar ante la pérdida de habilitación. Sin Administración la efectividad perjuicio de lo anterior, el de su actividad profesional, sino personal que se encuentre en que ese deber recae en la esa situación deberá superar Administración, que es quien las correspondientes pruebas tiene que demostrar, en su acreditativas del cumplimiento caso, la existencia de la de los requisitos exigidos por inactividad impeditiva. la ley, así como de que se Y, por otro lado, reúnen los conocimientos tampoco y aptitudes necesarias corresponde para el desempeño al personal el de las funciones. No le corresponde deber de 2) Dado que la aportar ley permite una al personal demostrar datos o habilitación la inactividad sino a la múltiple y el documentos Administración desempeño de que ya obren una actividad es en poder de la incompatible con las Administración o demás, el ejercicio de cuya concreta una actividad de seguridad especificación no constituye un privada tiene trascendencia requisitos de procedimiento para el resto de las normativamente exigible. habilitaciones a efectos del Otra novedad hace referencia cómputo del tiempo de al proyecto de modificación inactividad. de la Tarjeta de Identidad 3) El plazo de dos años de Profesional, recordando al inactividad, establecido en la efecto la Unidad Central que Ley no es susceptible de las características de la misma interrupción. son objeto de regulación en el 4) Actualmente se valora la Anexo 5 de la Orden de 7 de oportunidad de modificar la julio de 1995, por lo que normativa con el fin de incluir cualquier cambio en las mismas en una tarjeta única todas las requiere de una modificación habilitaciones que posea una de dicha norma. misma persona. En este sentido, se ha presenta 5) En los procedimientos de ante la Comisión Mixta Central renovación documental no se de Coordinación de la exige que se aporte la Seguridad Ciudadana, una documentación acreditativa de propuesta de modificación de aquellos documentos que ya la citada Orden Ministerial, en obran en poder de la la que, además de otras muchas Administración. modificaciones, se contemplaba [34] NOTICIAS VARIAS Detención de un detective por vender datos privados con cómplices en Galicia Relevos en unidades provinciales de Seguridad Privada de Galicia El Cuerpo Nacional de Policía anunció recientemente la desarticulación de una trama presuntamente liderada por un detective privado de Elche que operaba a escala nacional vendiendo datos personales de terceros a algunas empresas. Al parecer, el detenido contaba con una red de colaboradores que se extendía por varias provincias, entre ellas la de Pontevedra, y que supuestamente conseguía esta información reservada a través de las bases de datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En el momento inicial de la desarticulación de la presunta trama, la Policía practicó varias detenciones, tres de ellas en la Comunidad Autónoma de Galicia. El objetivo de la red era facilitar a distintas entidades información sobre morosos para que pudieran cobrar sus deudas y también para facilitar los embargos. La operación policial se llevó a cabo de forma coordinada en Alicante, Murcia y Galicia y está coordinada por la Unidad Central de Seguridad Privada. En los últimos meses se han producido algunos relevos en unidades provinciales de Seguridad Privada de Galicia, entre ellas la incorporación de un nuevo jefe a la Unidad de la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en A Coruña. Se trata del inspector D. José Ramón Carreira Fernández, quien ya se ha incorporado a su nuevo puesto y ha mantenido un primer contacto con una representación de la Junta de Gobierno del Colegio de Detectives de Galicia. El inspector Carreira sustituye en el cargo al inspectorjefe D. José Julio Carballido, quien permaneció al frente de la referida Unidad Provincial durante varios años y recientemente ha pasado a la situación de segunda actividad. Por otra parte, también recientemente ha pasado a la misma situación de segunda actividad el subinspector Vila, quien en los últimos años estuvo al frente de la Unidad Provincial de Seguridad Privada en la Comisaría de Lugo. Dos compañeros publican sendas novelas basadas en tramas de investigación El detective privado Rafael Guerrero acaba de publicar “Un Guerrero entre Halcones: diario de un detective privado”, un ameno diario novelado de una investigación salpicado de referencias a la situación del detective privado, el problema del intrusismo, los riesgos legales de la profesión, la personalidad de clientes e investigados, etc. “Psicosis en Torreciudad” es, por otra parte, el título de la novela del compañero Mariano Badía, un thriller de más de 500 páginas en el que el autor mezcla la trama con la ciencia criminalística. Novela negra en la que se ficcionan familias ilustres, Opus Dei, Policía Científica, Psicología criminal DESTACAMOS Revista de la Asociación Nacional de Detectives Privados de España [35] NOTICIAS DE LA PRENSA [36] NOTICIAS DE LA PRENSA [37] EN IMÁGENES Lo que se ve en las vigilancias [38] EN IMÁGENES Lo que se ve en las vigilancias [39]