Codega 02

Transcripción

Codega 02
Enero 2011
Número 2
Revista dixital do Colexio Profesional de Detectives Privados de Galicia
Allan Pinkerton, fundador de la primera Agencia de Detectives de la historia, y cuatro de sus ayudantes
Eva Grueso: “La Seguridad Pública puede recurrir al detective en materia de violencia de género”
AGDP: respaldo a la cesión de datos de salud a detectives privados
Plataforma “Vicus”, nueva herramienta gallega contra la pornografía infantil
[1]
EDITORIAL
CODEGA, como órgano
consolidación son el incremento en compartir y, estar seguros, el
Colegial, está definitivamente
el uso de los servicios que presta el potencial es enorme cualitativa y
consolidado. Esto es lo que
Colegio por parte de un gran
cuantitativamente.
se desprende del
número de colegiados
Ahora bien, si mucho es lo
incremento
(transmisión y solicitud hecho, más y mejor debe ser la
paulatino de
de documentos,
legítima aspiración de lo por hacer.
colegiados en la
escritos e
El paso atrás solo
Solamente desde la inconformidad
medida en que
informaciones), el
es
útil
si
sirve
para
es que se avanza. El paso atrás sólo
nuevos titulados
cada vez más
es útil en la medida en que sirva
impulsarse
adquieren su
frecuente uso de de
condición de
los distintos soportes para impulsarse. La reflexión nunca
es pasiva más allá de su apariencia.
detectives
(internet, e-mail, sms,
Exige una profunda actividad
ejercientes a través de
teléfono) en las
interior cuyo objetivo máximo es
la TIP. En igual medida cabe
comunicaciones con la sede
transformarse en energía
valorar el que se haya convertido
colegial obteniéndose, así, un medio
productiva. Esto es; dar forma real,
en el interlocutor válido de
interactivo, dinámico y actualizado
práctica y efectiva al
representación colectiva profesional en la gestión que, debe
proyecto teórico.
ante las instituciones y organismos
perseverarse en ello,
Quizás, el más
responsables o vinculados, en mayor tiene que ser dual.
importante de esta
o menor grado, a la seguridad –
Esto es; transitar con
Solamente se
Junta de Gobierno
pública y privada -, o a los ámbitos
intensidades
puede
avanzar
por ser el último
judicial o administrativo. También,
homologables en
documento de los
desde la
cómo no podía ser de otra manera,
ambos sentidos
tres que nos
en sus relaciones de igualdad con
buscando la mayor
inconformidad
comprometimos a
los otros colegios profesionales
participación posible
elaborar
y
existentes y la Asociación Nacional
de todos los colegiados
cumplimentados los
en la, entre otros objetivos,
porque si los sumandos son
Estatutos y el Código Ético y
necesaria búsqueda de la debida
los de la globalidad de
Deontológico, sea el Régimen
coordinación de políticas y defensa
profesionales, el resultando no
Interno que está en fase de
de intereses comunes.
puede ser sino el que las
capacidades y sinergias que todos y elaboración como paso previo al
Otros elementos
sometimiento de su debate y
cada uno de nosotros seamos
significativos de esta misma
aprobación en Asamblea.
capaces de obtener, aportar y
El Colegio Profesional de Detectives
Privados y Privadas de Galicia es una
corporación de Derecho Público que se
constituye al amparo del articulo 36 de la
Constitución Española; de la Ley 2/1974,
de 13 de febrero reguladora de los
Colegios Profesionales, modificada por la
Ley 7/1997, de 14 de abril; de la Ley
11/2001 de 18 de diciembre de Colegios
Profesionales de la Comunidad Autónoma
de Galicia y la Ley 1/2008 de 1 de abril
de creación del Colegio Profesional de
Detectives Privados y Privadas de Galicia
que , entre otras , establece la
obligatoriedad de la colegiación para el
ejercicio profesional en el ámbito de
Galicia. CODEGA, por tanto, tiene
personalidad jurídica propia y plena
capacidad para el cumplimiento de sus
fines en el ámbito territorial de Galicia.
JUNTA DE GOBIERNO
Presidente: Armando González Freiría
Vicepresidente: José Luis León Rey
Secretario: Francisco Díaz Cid
Tesorero: Miguel Carrera Fernández
Vocales: Eugenio Baleato Mallo,Víctor Ignacio
Fernández Martínez y Francisco Javier Fachal Noguerido
Administrativa: Alicia Cañas Rodríguez
Dirección: C/ Romil, nº 69. Oficina 14 (Centro de Negocios F.T.)
36211 - Vigo. Tfnos. 986192206 - 617346605
E-mail: [email protected] Web: www.codega.es
Diseño y maquetación: D.F.
[2]
INDICE
Editorial
Páginas 2 y 3
Eva Grueso: “la Seguridad
Pública es deficitaria
sobre violencia de género”
Páginas 4 - 5
“Vicus”, una herramienta
gallega contra la
pornografía infantil
Página 6 - 7 - 8
La AGPD respalda comunicar
datos de salud a unos
detectives privados
Página 19 - 20
Facebook como fuente de
información para al
investigador privado
Página 21 - 22
Despido de un trabajador
por uso inadecuado de las
horas sindicales
Páginas 23 - 24
Los vehículos y sus delitos
Página 26 - 27
Museo de Sherlock Holmes
Página 30 - 31
Noticias de la profesión
Página 34 - 35
Formación
Páginas 38
Se ve en las vigilancias
Entonces habremos completado, entre
todos, un hecho histórico y
transcendente: dotarnos de un marco
jurídico, de normas autoreguladoras
en todos los ámbitos del ejercicio
profesional y que estas sean fruto del
consenso entre el conjunto de los
colegiados resultando, así, de la suma
de las diferentes sensibilidades y
anteponiendo un futuro común a
visiones particulares que, aunque
legítimas, no son representativas de lo
que el sector es y quiere en Galicia.
sector somos competidores. Pero no
debe ser exclusivamente esta
característica – la de la competencia –
la que nos determine. Si así fuera,
estaríamos aceptando el concepto
más ultra-liberal de mercado en
cuanto a que éste todo lo ordena y
dispone. En las magnitudes
macroeconómicas en que tal mercado
desenvuelve su actividad –
permanentemente cambiante
además-, cada uno de nosotros puede
verse afectado en la reducción de su
margen de beneficios y no por causas
Esta armonización o desde lo achacables a una deficitaria gestión
individual a lo colectivo es una
profesional, administrativa o de
conducta que la Junta de Gobierno
cualquiera otra índole organizativa,
agradece y valora sobremanera
sino como efecto de causas
por cuanto somos
que se originan en
conscientes de que la
lugares y por
fortaleza del
decisiones muy
colectivo está en
La crisis impone
distantes de
relación
nuestro negocio.
estrategias globales
proporcional a la
Es difícil creer que
fortaleza única de
y colectivos
ante una crisis
todos y cada uno
globalizada las
fortalecidos
de sus miembros. No
soluciones puedan
conseguiremos una
darse exclusivamente
sólida y eficaz escalera en
desde la iniciativa
la defensa de nuestros
individual. Tendremos mayores
derechos e intereses si no
posibilidades de éxito si conseguimos
conseguimos que todos los escalones armonizar el conveniente, necesario e
que la conforman sean igualmente
imprescindible, criterio individual en la
robustos y estén comprometidos con gestión de nuestros negocios con
los objetivos a alcanzar porque, fuera posturas comunes en aquellos
de las concretas y singulares
aspectos que, siendo aparentemente
particularidades y aspiraciones de
más genéricos, no solo no
cada profesional y despacho, debemos contravienen nuestra libertad
tener claro que la actual situación de
comercial sino que la amparan y
crisis económica parece imponer en
fortalecen al tiempo que potencian
múltiples sectores estrategias globales nuevas expectativas y oportunidades
y colectivos fortalecidos. No parece
para todos.
que cuando la crisis es global, nadie
pueda superarla –siquiera bordearla
Esta actitud conjunta requiere
de modo exclusivamente autónomo e inteligencia y voluntad y, siendo como
independiente por largo periodo de
es reconocible que poseemos la
tiempo. Todos somos sabedores de
primera, nos resta conocer si estamos
que, en cuanto que profesionales
dispuestos al esfuerzo sostenido que
liberales que ejercen en un mismo
exige la segunda.
Páginas 39 - 40
[3]
INVESTIGACION
¿A qué debemos seguir esperando?
La Seguridad Pública es deficitaria en materia de
violencia de género y podría recurrir a detectives
Es evidente que la muerte
de mujeres víctimas de la
violencia doméstica es uno
de los mayores y más
actuales problemas a los que
debe hacer frente la
sociedad española. Muestra
de ello es la reciente
propuesta planteada por el
Consejo General del Poder
Judicial, en la que se instan
varias reformas legales para
paliar algunos problemas de
interpretación y aplicación
de la Ley de Protección
Integral contra la Violencia
de Género.
Los Detectives Privados,
como no podía ser de otra
forma, sumamente
sensibilizados ante esta
realidad, y conscientes de la
aportación que como
colectivo podemos realizar
ante esta lacra, llevamos
años trabajando en
diferentes proyectos a
través de los cuales poder
ofrecer “nuestro granito de
arena”, nuestras pruebas.
Sin embargo, a pesar de
estar incluidas algunas de
nuestras propuestas en el
programa electoral de algún
partido político, nos hemos
encontrado siempre con el
muro político que ha
impedido, hasta ahora, una
plena coordinación y
colaboración con las
Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado en
materia de Violencia de
Género. Realmente tenemos
una inminente necesidad de
encontrar al interlocutor
válido que, como en otros
ámbitos de actuación, se
percate de que la Seguridad
Pública es deficitaria y para
[4]
ello puede contar con
profesionales de la
Seguridad Privada,
tremendamente bien
formados, y cuyas
investigaciones poco difieren
de las realizadas
habitualmente.
Los estudios realizados
demuestran que las órdenes
de alejamiento dictadas en
aplicación de la Ley 1/2004
de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia
de Género son
sistemáticamente
incumplidas.
Muchos de estos
incumplimientos son
denunciados por las
beneficiarias de la medida,
denuncia que
mayoritariamente choca con
la falta de pruebas. Por parte
de los juzgados se insta a
INVESTIGACION
FFCCSE a la comprobación
de dichas denuncias, pero
esta labor supone una
dedicación intensiva y
desprogramada de recursos
públicos, que deben ser
asignados a vigilancias
estáticas. El actual marco
normativo permite que
estas funciones sean
asignadas a Detectives
Privados.
Está claro que nuestra
propuesta siempre estaría
coordinada con los
FFCCSE, dirigida a acreditar
el efectivo quebrantamiento
de la Orden de Alejamiento
acordada por el Juzgado, a
instancias de éste o de la
mujer sujeta a protección.
De hecho, acreditar el
quebrantamiento de la
orden permitiría modificar
las medidas de protección,
incluyendo la prisión
preventiva de la pareja
agresora, por lo que, además
de evitar la consumación de
una nueva agresión, se
evitarían todos los costes
derivados para el Estado,
tales como la pulsera de
control, desplazamiento de
la Policía, nuevas denuncias,
etc… No se debe ver la
actuación de la Seguridad
Privada, la de los Detectives
Privados en este caso, como
un gasto adicional para la
Administración, sino una
reorganización en dicho
gasto, pues, si como
consecuencia de la
actuación de los Detectives
se evitan costes futuros no
se puede hablar de gasto,
sino de inversión, y
tratándose de vidas
humanas cualquier inversión
es poca si se pretende evitar
una nueva muerte.
Dentro de este marco de
donde se demuestra, no con
actuación es habitual que
poca frecuencia, que
cualquier ciudadano pueda
autónomos y empresarios
solicitar los servicios de un suelen alegar escasez de
Detective Privado para
ingresos y, sin una
tratar de localizar a
investigación
su ex pareja, o
realizada por
sus hijos, de
profesionales,
Las denuncias de
los que
es imposible
incumplimiento
de
desconoce el
probar lo
órdenes de alejamiento contrario.
domicilio
chocan con la falta de
habitual, o el
Los
centro de
Detectives
pruebas
enseñanza al
tenemos
que acuden, en
amplísima
ocasiones no
experiencia en estas
comunicado, debido a las
investigaciones, pues es
desavenencias surgidas en la semejante a las realizadas
pareja, alegando haber
previamente al juicio, se
perdido contacto, en el
trata de acreditar la efectiva
primer caso, o para verificar existencia de ingresos. Del
si se atienden
trabajo de los Detectives
diligentemente los deberes Privados y de la sensibilidad
de guardia y custodia de los de los Tribunales hacia estos
hijos, en el segundo, caso de temas, desde hace años
intervención habitual de los existe la figura de la
Detectives Privados. Pues
“presunción de ingresos en
bien, del hecho derivado de base a signos externos de
carecer de los mecanismos riqueza”; sujetos que alegan
necesarios para poder
vivir de una nómina
constatar si sobre dicho
modesta y muestran signos
ciudadano pesa una orden
externos incompatibles con
de alejamiento, podríamos
dicha modestia salarial, tales
ofrecer una valiosa
como coches de alta gama,
información a un
embarcaciones, viviendas,
maltratador, de ahí que, en
asistencia a restaurantes de
muchos casos, optemos por alto nivel, etc….
rechazar dichos encargos
Todo ello evidencia la
profesionales, privando de la viabilidad de colaboración y
realización de tales
participación de los
investigaciones a los que
Detectives Privados en la
legítimamente podrían
lucha contra la Violencia de
optar.
Género, reclamamos, por
El trabajo de los Detectives tanto, un papel que
Privados, como otra de las
consideramos clave de cara
aportaciones en el ámbito
a la defensa de las mujeres
familiar, está destinado a la
que puede ser víctimas de
obtención de pruebas para
esta situación.
la determinación de las
pensiones o el impago de las
Eva Grueso
mismas, a través de informes
Presidenta de la APDPE
económicos y de solvencia,
Eva Grueso
[5]
INVESTIGACION
Plataforma “Vicus”, nueva herramienta
gallega contra la pornografía infantil
UNA BREVE MIRADA A ESTE
MUNDO
Desde el momento del
desarrollo de las grandes
infraestructuras de red, y su
llegada a la mayor parte de los
hogares, la “industria” referente
al sexo se ha hecho su hueco
en Internet, no debemos
olvidar que únicamente los
ingresos que esta industria
genera en U.S.A. anualmente,
exceden a los ingresos
generados por Coca-Cola y
McDonnell Douglas en el
mismo tiempo.
Con todo este “mercado”, no
ha sido difícil que la
pornografía infantil se haya
hecho su propio hueco,
después de todo, hay mercado
si existen clientes dispuestos a
obtener este contenido.
PROTECCIÓN DE LA
INFANCIA
Una de las mayores
preocupaciones en Internet,
es, o sería, ¿cómo estamos
protegiendo a los menores de
todo tipo de contenido?,
¿cómo estamos protegiendo a
los menores de los abusos que
se cometen sobre ellos?. Toda
la sociedad debería dar
respuesta a estas preguntas,
todos deberíamos sumar
esfuerzos en la lucha contra
esta lacra social. Este artículo
no es más que una reflexión en
voz alta de cómo dos
Instituciones tan diferentes
como son la Guardia Civil y la
Universidad de Vigo han unido
esfuerzos y conocimientos
para elaborar una herramienta
eficaz en la lucha contra la
pornografía infantil a través de
las Redes de intercambio de
ficheros (Peer-to-peer, P2P).
[6]
EL MOTOR DE LA TRIPLE
“A” (Al Cooper)
• “Acceso”:
Internet está ahí, en
todos los sitios.
• “Asequible”:
Es barato.
• “Anonimato”:
Nadie sabe lo que
estamos viendo o
haciendo.
Si unimos estas premisas,
tenemos la herramienta
perfecta para obtener, vender
y/o compartir este tipo de
material.
PROBLEMÁTICA DE LAS
REDES P2P
Las redes P2P, o redes entre
iguales, son redes entre
ordenadores que permiten el
intercambio de información sin
necesidad de un servidor
INVESTIGACION
central, es decir, cada
equipo asociado a Gradiant
la Audiencia Provincial de
ordenador actúa a la vez como (Centro Tecnológico de
Pontevedra.
cliente y servidor. Aunque sus
Telecomunicaciones de
Después de un largo periodo
usos son muy dispares (por
Galicia), para el desarrollo de
de prueba de dicha plataforma
ejemplo, los sistemas de
una herramienta flexible y
en dependencias del Equipo de
telefonía en Internet como
escalable, con el fin de ayudar
Investigación Tecnológica de la
Skype) su principal aplicación
en la investigación de Delitos
Guardia Civil de Pontevedra,
es el intercambio de todo tipo de Pornografía Infantil a través dónde se subsanaron todos los
de archivos.
de las redes conocidas
problemas desde el punto de
Napster, creado
como P2P.
vista técnico, así como se
en el año
¿Cómo
Tras las primeras
realizaron los análisis de
1999, fue la
reuniones de
información que esta
estamos
aplicación
trabajo
plataforma arrojaba
pionera en
protegiendo a los
conformadas por conjuntamente con la Unidad
este
los profesores
Técnica de Policía Judicial, se
menores de todo tipo
sentido,
Juan
Carlos
decidió portar en el mes de
de contenidos?
permitiendo
Burguillo Rial y
marzo de 2010 la plataforma a
a los
Enrique Costa
dependencias de esta Unidad
usuarios
Montenegro del
en Madrid.
intercambiar
Grupo de Tecnologías de Como consecuencia de esta
archivos de música
la Información, así como por
puesta en funcionamiento, en
mp3. A mediados de 2001 se
Gonzalo Sotelo Seguín y José
mayo del año pasado, se decide
vio obligado a cerrar debido a Eugenio Torres Meira por la
abrir una investigación en el
demandas por derechos de
Unidad Orgánica de Policía
Juzgado de Instrucción número
autor, el principal problema es Judicial de la Guardia Civil de
3 de Cangas (Operación
que utilizaba un servidor
Pontevedra (EDITE), en las que Telémaco). La finalidad era la
central dedicado.
se trató de enfocar las
de identificar usuarios que
necesidades en las
Tras Napster han aparecido
compartieran en estas redes
investigaciones de estas redes, gran número de archivos
diferentes redes P2P para el
se llegó a la conclusión de la
intercambio de archivos, cada
videográficos con contenido
necesidad de dar una
una con sus propias
sexual de menores explícito y
características y usos por parte cobertura más amplia a esta
de máxima dureza. Para ello se
futura plataforma. Para ello se
de los internautas. Excepto
marcaron los parámetros de al
contadas excepciones ninguna mantuvieron reuniones con
menos quince archivos por
GRADIANT con el fin de
de estas redes proporciona
cada uno de los usuarios que
garantizar una
anonimato al usuario. Los
se pudiesen
continuidad en este
usuarios cuando utilizan este
identificar.
desarrollo.
tipo de redes, al igual que
Igualmente se
cuando navegan, tienen la
Guardia Civil y
Después de
contó
con
el
creencia de que sus acciones
lanzar la
Universidad
de
Vigo
trabajo
de
son anónimas. Dicha creencia
plataforma
campo de
es totalmente falsa, dado que
han unido sus esfuerzos durante nueve
para cualquier información que María José
y conocimientos
días, y
Bellas Reyes,
se envía a través de Internet
ingeniera
de
posteriormente
siempre se utiliza un número
proyecto en la
de filtrar todos
que identifica el origen y el
Escuela de
los resultados, se
destino de dicha información.
Telecomunicaciones.
obtienen un total de 23
usuarios
españoles. Con el fin
Para darle una proyección más
MARCO DE
de
planificar
las Diligencias de
amplia se mantuvieron grupos
COLABORACIÓN
Entrada
y
Registro
que
de trabajo con la Unidad
A mediados del mes de
Técnica de Policía Judicial de la coordina el Juzgado Instructor,
se moviliza a:
noviembre de 2008, se empezó Guardia Civil con sede en
a gestar lo que más adelante
Madrid, así como con Luis
- Unidad Técnica de Policía
sería una plena colaboración
María Uriarte Valiente, Fiscal
Judicial con sede en Madrid, la
con el Grupo de Tecnologías de del área de nuevas tecnologías cual se encarga de la
la Información (GTI) de la
perteneciente a la Fiscalía de
coordinación operativa de
Universidad de Vigo, como
todas las Unidades Territoriales
[7]
INVESTIGACION
CONCLUSIONES
numerosas publicaciones
en revistas
Mirando únicamente el
internacionales, y participa
resultado de esta primera
en varios proyectos con
“operación” se puede
empresas destacadas en el
deducir la importancia de
ámbito de las
esta colaboración, si a ello
telecomunicaciones en
sumamos dos
España.
investigaciones más en el
mismo año 2010
(operaciones Amigo y Plus
GRADIANT
Ultra), una de ellas con
El
Centro
Tecnolóxico de
ramificaciones en U.S.A y
Telecomunicacións
de
apoyo directo de las
Galicia
(Gradiant)
se
Autoridades Judiciales y
constituyó en diciembre
Policiales de ese país, nos
del 2007 por la Xunta de
podemos hacer a la idea
Galicia, las tres
de la potencia de esta
universidades gallegas y 11
plataforma.
empresas del sector de
No obstante, lo más
tecnologías de información
importante a nuestro
y comunicaciones. En su
juicio es la oportunidad
trayectoria de poco más
que se ha tenido con este
de 2 años se ha convertido
marco de colaboración, de
en un referente y activo
iniciar una senda de
dinamizador de los
aprendizaje mutuo por
procesos de I+D+i de las
parte de las
empresas gallegas,
Instituciones que
participando en
pueden aportar
La Xunta
consorcios a
más en la
nivel
otorgó
lucha contra
regional,
este tipo de
nacional
al
GTI
el
sello
ilícitos,
y
uniendo
de grupo de
europeo,
esfuerzos y
donde
renovando
investigación
está
técnicas en la
presente en
consolidado
investigación
proyectos del
moderna.
séptimo
Grupo de Tecnologías
programa marco.
de la Información: El grupo
Actualmente cuenta con
GTI es uno de los grupos
una plantilla de 45
universitarios de la
personas de las cuales el
comunidad gallega con
80% es personal
mayor transferencia
investigador de alto nivel.
tecnológica, ocupando en
2009 el primer puesto en
todos los ámbitos de
conocimiento de la
Universidad de Vigo. La
Xunta de Galicia ha
otorgado al grupo el sello Gonzalo Sotelo Seguín,
Enrique Costa Montenegro,
de grupo de investigación
Carlos Burguillo Rial,
consolidado. Ha generado Juan
José Eugenio Torres Meira y
tres patentes nacionales,
Luis A. Alvarez Sestelo
una patente EEUU y una
extensión de patente
europea vía PCT en
sistemas de interferencia
de comunicaciones,
de Policía Judicial, cuenta
también con un equipo de
psicólogos criminalistas
(atención a posibles víctimas),
el cual queda en retén por
cualquier necesidad que
pudiera surgir en cualquier
punto de España.
- 2 psicólogos criminalistas que
se desplazan al Juzgado
Instructor para apoyo técnico
del Órgano Judicial y Fiscalía.
- 65 agentes pertenecientes a
las Unidades Orgánicas de
Policía Judicial de diferentes
provincias.
Como resultado de la
intervención simultánea en
diferentes localidades
pertenecientes a 13 provincias
españolas, se obtienen los
siguientes resultados:
- 13 detenidos (De
ellos dos productores)
- 6 imputados
- 2 errores de
proveedor
- 1 red Wi-Fi en
abierto
- 1 usuario ausente en
el momento de la
entrada y registro
Referente al resultado del
material intervenido, se
podría resumir en lo que
sigue: 32 Discos Duros
internos de alta capacidad,
26 Discos Duros externos
de 500 y 1000 Gb, 5
Ordenadores portátiles, 2
Netbooks, 1 Equipo
Multimedia, 4 cámaras
fotográficas y 7
teleobjetivos, 1 cámara de
vídeo con 2 teleobjetivos,
1656 soportes ópticos
(CD-DVD), Una tarjeta
digitalizadora y 121 cintas
VHS, 43 tarjetas de
memoria, diapositivas y un
escáner de negativos
fotográficos, Prismáticos,
una defensa eléctrica, una
pistola de bengalas y dos
cajas de bengalas.
[8]
EL DETECTIVE EUROPEO
¿Es posible una normativa común al
ejercicio de la actividad en Europa?
En el actual momento es de
sumo interés conocer las políticas
de la Unión Europea dentro del
marco de una posible unificación
legislativa respecto de armonizar
las divergentes leyes y normas
reguladores de los detectives
privados dentro del espacio
comunitario y, para ello, es previa
la información sobre la
consideración y tratamiento que
algunos de los países otorgan al
ejercicio profesional.
Especial) y que se ofrece a
continuación.
seguridad privada únicamente
puede ser ejercida por los
prestados de servicios
domiciliados en otro Estado
miembro previa concesión de
una autorización.
En la sentencia dictada por el
Tribunal de Justicia de la CE,
Sala 2ª, S 13-12-2007, nº
C-465/2005, el TJCE declara
que Italia ha incumplido las
Y establece:
obligaciones que le incumben
16. Con carácter preliminar,
en virtud de los arts. 43 y 49
CE. La Sala declara que incurre procede recordar que, si bien
en incumplimiento al disponer es cierto que, en un sector que
no ha sido objeto de una
de una norma interna
armonización
que establece que
comunitaria
Para ahondar y clarificar esta
la actividad de
completa, como
cuestión, parece necesario acudir guarda
es el de los
Los Estados
a la ponencia sobre “Normativas privado
servicios de
de los países miembros de la UE. únicamente
miembros son
seguridad
¿Es posible una Directiva común a puede
competentes para hacer
privada,
como
todos los DP europeos?”, expuesta ejercerse
una regulación común
han
por D. Antonio García Ramírez,
previa
reconocido
(abogado de Málaga, experto en prestación de
conjuntamente,
Legislación sobre el Detective
un juramento de
por lo demás, la
Privado y Protección de
fidelidad a la
Dato.Técnico de Administración
República, o que la actividad de República Italiana y la
[9]
EL DETECTIVE EUROPEO
Comisión en la vista, los
Estados miembros siguen
siendo competentes, en
principio, para definir los
requisitos de acceso a dichas
actividades, no es menos cierto
que están obligados a ejercer
sus competencias en este
ámbito respetando las
libertades fundamentales
garantizadas por el Tratado CE
(véase, en particular, la
sentencia de 26 de enero de
2006, Comisión/España,
C-514/03, Rec. p. I-963),
apartado 23.
17. A este respecto, según la
jurisprudencia del Tribunal de
Justicia, los artículos 43 CE y
49 CE exigen la supresión de
las restricciones a la libertad de
establecimiento y a la libre
prestación de servicios. Deben
considerarse como tales
restricciones todas las medidas
que prohíban, obstaculicen o
hagan menos interesante el
ejercicio de dichas libertades
(véanse las sentencias de 15 de
enero de 2002, Comisión/Italia,
C-439/99, Rec. p. I-305,
apartado 22; de 5 de octubre
de 2004, CaixaBank France,
C-442/02, Rec. p. 8961,
apartado 11; de 30 de marzo
de 2006, Servizi Ausiliari
Dottori Commercialisti,
C-451/03, Rec. p. I-2491,
apartado 31, y de 26 de
octubre de 2006, Comisión/
Grecia, C-65/05, Rec. p.
I-10341, apartado 48).
manera no discriminatoria, que
estén justificadas por razones
imperiosas de interés general,
que sean adecuadas para
garantizar la realización del
objetivo que persiguen y que
no vayan más allá de lo
necesario para alcanzar dicho
objetivo (véanse las sentencias
de 4 de julio de 2000, Haim,
C-424/97, Rec. p. I-5123,
apartado 57 y la jurisprudencia
citada, así como Comisión/
Grecia, antes citada, apartado
49).
De acuerdo con el literal
contenido de dicha
trascripción el mismo Tribunal
de la CE recuerda que, si bien
es cierto que el sector de los
servicios de la seguridad
privada no ha sido objeto de
una armonización comunitaria
completa, no es menos cierto
que los estados miembros
están obligados a ejercer sus
competencias en este ámbito
respetando las libertades
fundamentales garantizadas por
el Tratado CE. Pero considero
que de tales afirmaciones
podemos extraer las siguientes
conclusiones:
1ª que dicho sector no ha sido
objeto de una armonización
comunitaria completa ni
parcial, porque no existe
ninguna directiva con dicha
finalidad, y por el solo respeto
18. El Tribunal de Justicia ha
considerado asimismo que las
medidas nacionales que
restrinjan el ejercicio de las
libertades fundamentales
garantizadas por el Tratado
únicamente pueden
justificarse si reúnen cuatro
requisitos: que se apliquen de
[10]
a las libertados fundamentales
garantizadas por el Tratado no
puede producirse la
armonización del Sector.
2ª que a la vista de las diversas
normas nacionales resumidas
en esta ponencia, sobre la
regulación de la actividad de
los detectives privados,
resultaría conveniente para el
Sector que se promoviera y
aprobada una directiva
armonizadora sobre los
aspectos fundamentales de la
profesión.
Por lo que mi respuesta
personal a la pregunta que se
formula es positiva, pero sin
dejar de considerar que
aunque se aprobara la directiva
armonizadora la autonomía de
los estados en esta materia, en
sus competencias sobre
formación profesional,
ordenación de la actividad,
relaciones con el orden público
y los derechos fundamentales,
es tan amplia que seguirían
existiendo grandes diferencias
en las disposiciones legales de
los distintos Estados después
de adaptar su legislación a la
directiva. Buen ejemplo de ello
tenemos con las legislaciones
sobre protección de datos de
carácter personal.
Antonio García Ramírez
(Abogado)
EL DETECTIVE EUROPEO
PAIS
NORMAS
NOMBRE
INFRACCIÓN
ESPAÑA
Ley 23/1992 de Seguridad Privada. Reglamento
2364/1994 de S.P.
Detective privado
Multa de hasta 601.012 €
AUSTRIA
Reglamento de Oficios 1994. Reglamento del oficio
de seguridad
Detective profesional
Sin información
BÉLGICA
BULGARIA
FRANCIA
Ley 19.7.1991 que organiza la profesión
Detective privado
Código Etico de la Asociación de Detectives.
Estatutos de la Asociación de Detectives
Detective privado
Sin título. Profesión “liberal”
Ley 89/1942
Centro de Investigación
Judicial
HOLANDA
Ley 24.10.97
HUNGRÍA
Acta CXXXIII de 2005
ITALIA
Decreto 4.8.2008
LETONIA
Ley 2001 sobre Actividad de Detectives
REINO UNIDO
Acta de la Industria de S.P. de 2001
Notificación escrita. Suspensión
Investigador privado
Detención hasta 2 años. Sanción 619 €
Detectives
No infracciones o sanciones
6
3
7
5
2
1
4
8
[11]
Multa hasta 11.250 €
Investigador privado
9
10
Hasta 2 años de cárcel y 20.000 francos
de multa
Corrección. Exigir compromiso.
Suspensión temporal
Hasta 3 años de cárcel y 45.000 €
EL DETECTIVE EUROPEO
Normas
reguladoras de
la actividad de
investigación
privada en la
Unión Europea
ESPAÑA
exceptuada la que se desarrolle o familiar, a la propia imagen o
en los domicilios o lugares
al secreto de las
DEFINICION DE LA
reservados.
comunicaciones (art.19.3 y 4 de
ACTIVIDAD
la Ley de S.P).
3. En el ámbito del apartado
Artículos 19 de la Ley y
1.c) se consideran
Artículo 103. Carácter
101-103 del Reglamento de
comprendidas las grandes
reservado de las investigaciones
Seguridad Privada
superficies comerciales y los
Los detectives privados están
locales públicos de gran
Artículo 101. Funciones
obligados a guardar riguroso
concurrencia.
secreto de las investigaciones
1. Los detectives privados, a
Artículo 102. Prohibiciones
que realicen y no podrán
solicitud de personas físicas o
facilitar datos sobre éstas más
jurídicas, se encargarán: a) De
1. Los detectives no podrán
que a las personas que se las
obtener y aportar información
realizar investigaciones sobre
encomienden y a los órganos
y pruebas sobre conductas o
delitos perseguibles de oficio,
judiciales y policiales
hechos privados. b) De la
debiendo denunciar
competentes para el ejercicio
investigación de delitos
inmediatamente ante la
de sus funciones.
perseguibles sólo a instancia de
autoridad competente
parte por encargo de los
cualquier hecho de esta
TUTELA
legitimados en el proceso
naturaleza que llegara a su
penal. c) De la vigilancia en
conocimiento y poniendo a su Dirección General de la
ferias, hoteles, exposiciones o
disposición toda la información Policía. Registro especial (Art.
ámbitos análogos (art.19.1 de la
104 Regl). Tarjeta de Identidad
y los instrumentos que
L.S.P).
Personal (carecer de
pudieran haber obtenido,
antecedentes penales o
relacionados con dichos
2. A los efectos del presente
infracciones administrativas
delitos.
artículo, se considerarán
inhabilitantes)
conductas o hechos privados
2. En ningún caso podrán
los que afecten al ámbito
utilizar para sus investigaciones Libro de registro de asuntos.
económico, laboral, mercantil,
medios personales o técnicos
financiero y, en general, a la vida
que atenten contra el derecho INCOMPATIBILIDADES
personal, familiar o social,
al honor, a la intimidad personal Delitos perseguibles de oficio.
[12]
EL DETECTIVE EUROPEO
Actividades exclusivas
empresas de seguridad.
FORMACION
Título universitario (3 años).
Reciprocidad países UE y otros
con “tratados”.
SOCIEDADES DE
DETECTIVES
Miembros personas físicas
reglamentariamente habilitadas.
Dedicación exclusiva (Art.
105.2).
AUSTRIA
DEFINICION DE LA
ACTIVIDAD
Artículo 129. (1) El ejercer el
oficio de detective profesional
requiere de una autorización
para ejercer un oficio (Art. 94
Z 62) para:
1. la entrega de información
sobre relaciones de
particulares.
2. la ejecución de
investigaciones sobre actos
punibles.
3. La adquisición de medios
probatorios para fines
procesales judiciales o ante
autoridades administrativas.
4. La investigación de personas
desaparecidas o que se
mantienen ocultas, de los
redactores, escritores o
remitentes de cartas
anónimas, de los causantes o
comunicadores de
difamaciones, sospechas u
ofensas.
5. La observación y control de
la fidelidad de empleados.
6. La observación de clientes
en establecimientos
comerciales.
7. La protección de personas.
8. La búsqueda y localización de
aparatos transmisores de
imagen y sonido, de datos
electrónicos almacenados sin
derecho a hacerlo y para la
implementación de las medidas
de protección
correspondientes. El inciso 2
queda liberado de esta
disposición.
TUTELA
La autoridad debe expedir al
derechohabiente del ejercicio
del oficio de detective
profesional una legitimación
con fotografía. Las
legitimaciones deberán cumplir
con los requisitos necesarios
para el control de la persona. El
Ministro Federal para
Comercio y Trabajo deberá
establecer la manera en que
estas legitimaciones deberán
cumplir con estos
requerimientos con respecto a
sus contenidos mediante
ordenanzas (Art. 129 (3).
Los oficiales que tengan
derecho a ejercer el oficio de
detectives profesionales tienen
la obligación de guardar la
confidencialidad de los asuntos
que se les han encomendado
(Art.130(5)RO).
INCOMPATIBILIDADES
escuela nivel medio o examen
final de aprendizaje y práctica
de 2 as. d) Calificaciones de
prácticas durante al menos
cinco años, o práctica . . .
BELGICA
DEFINICION DE LA
ACTIVIDAD
“Se considera como detective
privado toda persona física
que, en un vínculo de
subordinación o no, ejerce
habitualmente, con sueldo y
por cuenta de otros,
actividades que consisten en:
1° buscar personas
desaparecidas o bienes
perdidos o robados.
2° recabar información
concerniente al estado civil, a la
conducta, a la moralidad y a la
solvencia de las personas.
3° reunir elementos de prueba
o constatar hechos que dan o
pueden dar lugar a conflictos
entre personas o que pueden
utilizarse para poner fin a estos
conflictos.
4° investigar actividades de
espionaje industrial.
5° ejercer cualquier otra
actividad definida por un
decreto real deliberado en
Consejo de Ministros.”
... actuaciones de investigación
competencia de las autoridades ¿….puede investigar,
(Art. 130(4) ROS)
informando, delitos
perseguibles de oficio….? (Art.
FORMACIÓN
16 final)
(Art. 1 ORD)
REQUISITOS PARA EL
EJERCICIO DE LA
ACTIVIDAD
a) Estudio o carrera técnica en
escuela técnica y práctica de
año y medio, o práctica . . . b) - obtener autorización del
Formación profesional en
Ministerio del Interior. 5 años
escuela superior y práctica de
renovable por 10.
año y medio, o empleado . . . . c)
Formación profesional en
[13]
EL DETECTIVE EUROPEO
- carecer de antecedentes
penales o infracciones
administrativas inhabilitante.
armas o al comercio de
municiones o cualquier otra
actividad que, debido a que es
ejercida por un detective
privado, pueda constituir un
peligro para el orden público o
para la seguridad interior o
exterior del Estado.
- Cada uno de los socios de
ADP se compromete respetar
tanto el Estatuto, como el
presente Código Ético.
- Las normas del Código Ético
- tener nacionalidad de estado
son obligatorias de igual modo
miembro de la UE.
para todos los socios de ADP.
- En este documento, cualquier
- no ejercer actividades
citación de aplicación de una
incompatibles.
Instrucción del Estatuto de
ADP es una citación de dicha
Se considera de oficio como
- poseer formación y
que constituye un peligro para Instrucción, después de su
experiencia profesional
última corrección o
el orden público según lo
publicación.
decretada por el Rey.
dispuesto en el párrafo 1ro., el - El Código Ético está sujeto a
ejercicio concomitante de la
futuras mejoras y
- no haber sido durante los
profesión
de
detective
y
de
una
perfeccionamientos
últimos 5 años miembros de un
actividad
profesional
que
tiene
servicio de policía o de
acceso a datos de carácter
información ni titular de
III. Cláusulas generales
personal, salvo si la profesión
función militar o pública que
primordiales para la
figure en lista decretada por el de detective es un componente
actividad de los socios de
inherente
a
dicha
actividad.
Rey.
ADP.
FORMACIÓN
- haber cumplido 21 años
+ Todos los socios de ADP, los
La
decretada
por
el
Rey
(Art.3.
de pleno derecho y los
- Se regula los requisitos
$
1ro.4),
salvo
ejercientes
asociados, están obligados a
análogos exigibles a titulares no
anteriores
a
la
vigencia
de
la
respetar las Leyes de la
establecidos en Bélgica.Y un
Ley.
Republica de Bulgaria, El
detective nacional debe tutelar
Estatuto de la Asociación, El
al extranjero.
BULGARIA
Código Ético del detective
privado, así como el
- ejercicio de la profesión a
DEFINICION DE LA
Reglamento de las normas
título principal.
ACTIVIDAD
internas de ADP, por lo cual,
- respeto a la intimidad
además de las sanciones
I. Normas generales (del
personal y derechos
conforme la ley, asumirán
Código Etico).
fundamentales.
también sus responsabilidades
ante la Asociación.
- El presente Código Ético
- exige hoja de encargo de
regula los principios y las
servicios.
normas de comportamiento de TUTELA
cada uno de los socios de la
- secreto profesional.
Consejo Directivo de la
Asociación de los Detectives
Privados (ADP), la ética
Asociación y Juzgado
TUTELA
profesional, la competencia leal correspondiente…..
y la igualdad en la realización de
Ministerio del Interior. Tarjeta
la actividad en el marco de la
INCOMPATIBILIDADES
economía de mercado.
de identificación persona. Se
establece un fondo para cubrir - Como socio de ADP se
No consta . . .
considera a cualquier persona
gastos de aplicar la Ley.
física o jurídica, conforme el
FORMACIÓN
art. 8 del Estatuto de ADP.
INCOMPATIBILIDADES
- Se considera un detective
No consta . . . . .
privado a cualquier socio de
Actividades en una empresa de
ADP que ejerce su actividad
FRANCIA
vigilancia, una empresa de
en el ámbito de los servicios
seguridad ni en un servicio
de la investigación o bien en
DEFINICION DE LA
interno de vigilancia, actividades un ámbito determinado,
relacionado con los servicios ACTIVIDAD
relativas a la fabricación, al
de detectives.
comercio y a la tenencia de
[14]
EL DETECTIVE EUROPEO
Art. 20. - Se somete a las
disposiciones del presente
título la profesión liberal que
consiste, para una persona, en
recoger, incluso sin describir su
calidad ni revelar el objeto de
su misión, informaciones o
datos destinados a terceros,
para la defensa de sus
intereses. (La persona puede
ser física o jurídica)
necesidad concerniente al
orden público.
nacional no pueden ejercer la
actividad mencionada en el
artículo 20 durante los cinco
- La denominación de una
años siguientes a la fecha en la
persona jurídica que ejerce la
cual cesaron definitiva o
actividad mencionada en el
temporalmente sus funciones y
artículo 20 debe decir que se
bajo reserva de haber obtenido
trata de una persona de
de antemano la autorización
derecho privado y evitar
escrita, según el caso, del
cualquier confusión con un
Ministro del Interior o Ministro
servicio público, en particular,
de Defensa. Los oficiales o
con un servicio de policía (Art. suboficiales que no pertenecen
REQUISITOS PARA EL
21).
a la gendarmería nacional que
EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
estaban afectados a uno de los
- El ejercicio de la actividad
servicios mencionados por
- Matriculación y Autorización
mencionada en el artículo 20 es decreto del Ministro de
para el ejercicio de la profesión exclusivo de aquel que ejerce
Defensa son sometidos a las
(Arts. 20 a 22)
cualquier actividad mencionada
mismas normas.
en el artículo 1ro. (Art. 21).
- Tener nacionalidad Francesa o
FORMACIÓN
pertenecer a un Estado
- Los Arts. 23 y 24 regulan
miembro de la Comunidad
también de forma
Calificación profesional definida
Europea o a uno de los
pormenorizada los requisitos
por decreto en el Consejo de
Estados que participe en el
exigidos a los empleados para
Estado.
acuerdo sobre el Espacio
participar en la actividad
Económico Europeo;
mencionada en el artículo 20:
HOLANDA
declaración ante el prefecto del
- No tener antecedentes
departamento o, en París, ante DEFINICION DE LA
penales, no ser objeto de
ACTIVIDAD
el prefecto de policía,
decreto de expulsión o
antecedentes, formación
“Persona física o jurídica que
prohibición del ejercicio del
exigida, etc;
en el ejercicio de una profesión
comercio o infracción de
o empresa con fines lucrativos
tratamiento automatizado de
- El Art. 25 establece que El
lleva a cabo actividades de
datos personales, en Francia u
ejercicio de la actividad
investigación judicial, si las
otro Estado miembro de la
mencionada en el
actividades se llevan a
Comunidad Europea u otro de artículo 20 esta
cabo por petición de
los Estados que participa en el supeditada a
En Holanda se
un tercero, en
acuerdo sobre el Espacio
una
permite al
relación con un
Económico Europeo;
autorización
investigador
hacer
interés propio de
distinta para
- No ejercer ninguna de las
este
tercero y que
detenciones con
el
actividades mencionadas en el
tenga
una relación
esposas
establecimiento
artículo 1;
con una o más
principal y para
personas físicas
- Tener una calificación
cada establecimiento
determinadas”
profesional definida por
secundario.
decreto en el Consejo de
TUTELA
Estado.
REQUISITOS PARA EL
Ministerio del Interior
- La autorización puede
EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
retirarse cuando su titular deje
INCOMPATIBILIDADES
- autorización del Ministerio de
de cumplir una de las
Justicia (Art. 2 y 7.1) Por 5
condiciones previstas en el
Los funcionarios de la policía
años prorrogables por otros 5
presente artículo. Puede
nacional y los oficiales o
(Art.4).
suspenderse inmediatamente
suboficiales de la gendarmería
en caso de urgencia o de
[15]
EL DETECTIVE EUROPEO
- aprobación del Jefe del
Cuerpo de la Región donde se
ubique (Art. 7.2). Otras
aprobaciones
título, por el registro central de
empresarios privados y por los
registros de compañías, tras
mostrar el certificado – de
acuerdo con actas particulares
- formación profesional
– si un mandante le / la autoriza
establecida por el Ministro de
deliberadamente. Un
Justicia, salvo exención? (Art.8) investigador privado pude
solicitar datos del registro de
- se puede autorizar el uso de
datos y direcciones personales
esposas con delincuentes
de ciudadanos y del registro de
sorprendidos en flagrantes
tráfico si el mandante tiene
delitos (Art. 9), a la espera de la también derecho a hacerlo,
presencia policial y de forma
siempre que la persona en
razonable y moderada.
cuestión no lo prohíba o
proteste contra ello, o a menos
- portar documento de
que se realice otro acto sobre
identidad (Art. 9.8)
secretos estatales u oficiales.
- deber de guardar secreto
c) puede hacer fotos y
profesional (Art. 13.1)
grabaciones (cinta) y usarlas
dentro del ámbito mismo del
- equiparación con requisitos
exigibles en estados miembros contrato que define las
de la UE o con tratado. Art 4a. obligaciones del investigador
privado, y observando las
TUTELA
normas relacionadas con la
protección de datos y los
Ministro de Justicia.
derechos personales de Avtv.
Documento de identidad
d) puede inspeccionar las
INCOMPATIBILIDADES
parcelas cerradas de otros sólo
bajo previa contribución de
La ley no las establece ¿existe
destinatarios o emisores.
reglamento u otra norma?
§ 35 No se puede dirigir una
investigación privada a
FORMACIÓN
La exigida por el Ministro de
Justicia.
HUNGRIA
DEFINICION DE LA
ACTIVIDAD:
§ 34 Con el fin de realizar un
contrato un investigador
privado
a) actividades relacionadas con
cuerpos diplomáticos o
consulados, organizaciones
internacionales y sus miembros.
b) actividades oficiales de
funcionarios (determinadas en
el Código Criminal § 137 punto
1) y funcionarios de países
extranjeros (determinado en el
Código Criminal § 137 punto
3).
a) puede recabar datos y
solicitar información.
acta de datos personales o la
gente afectada por la recogida
de datos lo refleje por escrito.
REQUISITOS PARA EL
EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
- registrarse, salvo excepción,
en la Cámara de
Guardaespaldas, Protección de
la Propiedad y Detectives
Privados (la Cámara). ($ 3.1).
- contrato escrito de encargo
($ 14.1)
- obligación de guardar secreto
profesional ($ 22.1)
- prohibición de confusión con
fuerzas y cuerpos de seguridad
($ 14.2)
- seguridad de responsabilidad
($ 8.2)
- proporcionalidad de los datos
y deber de destrucción
inmediata de datos personales
una vez cumplida la finalidad del
contrato y de datos de
terceros ($ 23.1 y 2)
TUTELA
Por la Policía Nacional
concediendo permiso para la
práctica y certificado de
registro en la Cámara (Art. 5).
INCOMPATIBILIDADES
NO constan. Las actividades de
protección personal y de la
propiedad y las de investigación
privada pueden ser ejercidas de
forma simultánea ($ 1.4)
FORMACIÓN
c) datos especiales y personales No se especifica
de personas físicas y datos
especiales a menos que estos
b) puede resumir o hacer
estén disponibles para el
copias de datos registrados por mandante de acuerdo con el
el registro de escrituras de
[16]
EL DETECTIVE EUROPEO
ITALIA
Capacidades técnicas para
obligaciones bajo contratos de
ejercer los servicios que se
seguros y compensación por
DEFINICION DE LA
proponen de ofrecer (Art..136) pérdidas materiales; y 8) buscar
ACTIVIDAD
propiedad perdida por
LETONIA
personas físicas y jurídicas o
Información no obtenida
propiedades que han sido
DEFINICION DE LA
enajenadas de forma ilegal.
REQUISITOS PARA EL
ACTIVIDAD
EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
(3) Una compañía de detectives
Art. 2.- (1) La actividad de
y un detective pueden a su vez
- permiso previo del Prefecto
Detectives implicará esos
proporcionar otros servicios,
(Art. 134) y abono de caución
servicios facilitados por
siempre y cuando que no
(Art. 137)
comerciantes, asociaciones y
entren en conflicto con la ley, y
compañías (en adelante –
sirvan para lograr la finalidad
- nacionalidad italiana o de
compañías de detectives) y
especificada en el Párrafo uno
Estado de la UE
personas físicas (en adelante –
de esta Sección.
detective) certificados de
- carecer de antecedentes
REQUISITOS PARA EL
acuerdo con los
penales por delitos no
procedimientos prescritos por EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
imprudente
esta Ley, que se le facilitan a
- obtener licencia o certificado
personas físicas o jurídicas en
- reciprocidad para
por plazo de 5 años, renovable
base a un contrato para
establecimiento de empresas
(Art. 3), con abono de tasa
proteger los derechos e
de la UE que cumplan
intereses legales de tal persona. (Art. 13)
requisitos de la Ley y
Reglamento (Art. 134 bis)
(2) Una compañía de detectives - las Cias. deben contratar al
menos un detective con
puede facilitar los siguientes
- Los citados responsables
certificado y su Director sea
servicios detectivescos: 1)
deberán además exponer en
ciudadano de Estado miembro
Recabar información sobre
sus oficinas, de forma
de la UE, carezca de
asuntos civiles y criminales; 2)
permanente y colgando de la
antecedentes penales y no esté
buscar personas que han
pared, la tabla de operaciones
cometido una ofensa criminal o inhabilitado físicamente (Art. 4)
mantenidas con su
personas perdidas sin
correspondiente tarifa de
- para ciudadanos de la UE se
compensación. Los susodichos información de su paradero; 3) exige un nivel educativo alto en
Averiguar los hechos, asuntos o
no podrán llevar a cabo
materia legal o en caso de que
personas relacionadas con una
operaciones distintas de las
la experiencia laboral en
actividad criminal, 4)
indicadas en la tabla
materia legal en la aplicación
proporcionar consultas a
de ley (corte, investigación
- poseer las capacidades
personas físicas o jurídicas con
previa al juicio, procesos,
técnicas para ejercer los
respecto a asuntos
policía, e instituciones de
servicios que se proponen de
relacionados con la seguridad;
seguridad Estatales) no sea
ofrecer.
5) averiguar los hechos o
inferior a cinco años, carecer
competencia desleal,
de antecedentes penales y
TUTELA
actividades comerciales
otros requisitos desfavorables
ilegales, u otros hechos
Policía Nacional. Permiso
(Art. 6.1)
relativos a una actividad
- firma de contrato para cada
previo del Prefecto. Libro de
económica ilegal; 6) recabar
servicio, que puede incluir
operaciones de negocios (Art.
información de las
135)
materia criminal (Art. 9)
características de una persona
antes de firmar un contrato de - secreto profesional (Art. 12.4)
INCOMPATIBILIDADES
empleo u otro contrato civil, e
información con respecto a la
Información no obtenida
insolvencia de una persona; 7)
FORMACIÓN
examinar la información
relativa al cumplimiento de
[17]
EL DETECTIVE EUROPEO
REINO UNIDO
Sobre la normativa para
implantar el Acta 2001 de la
Industria de Seguridad Privada
con respecto a la investigación
Privada y Agentes de
Precognición, el Reino Unido
ha formuló a los Agentes
Interesados una consulta con
los siguientes antecedentes:
Antecedentes
El Documento de la Consulta
denominado “Normativa para
implementar la investigación
privada y los agentes de
precognición” se publicó el 1
de Agosto de 2007. Invitaba a
hacer comentarios sobre
cuatro opciones para la
normativa de la investigación
privada y agentes de
precognición:
1. No hacer nada
2. Alternativa a la Normativa
3. Permiso sin criterios de
competencia
4. Permiso con criterio de
competencia
El documento dejaba claro que
la opción 4 (licencia con
requisito de competencia y
Normativa por parte de SIA)
era la opción preferida.
Propusimos el caso para la
opción preferida, invitamos a
realizar comentarios sobre las
demás, y propusimos preguntas
para explorar la evidencia.
Valoradas las preguntas
formuladas y respuestas
evacuadas en el pasado año
2008, establece:
encuestados serán incluidos el
la valoración de impactos
completa que se publicará este
año.
3. Aún hay mucho trabajo de
preparación que hacer con más
nivel de detalle, y con agentes
Conclusión y pasos siguientes
de investigación privada y con
grupos de accionistas de
1. Ha habido un acuerdo
agentes de precognición,
contundente en todos los
agencias que hacen valer la ley
sectores sobre el hecho de que y asociaciones de profesionales.
aún había necesidad de
introducir los permisos. La
INCOMPATIBILIDADES
Regulación de SIA recibió más
apoyo entre los sectores que
Personas pertenecientes a
las opciones que
unidades armadas o
representaban, bien no hacer
militarizadas, a partidos
nada en absoluto, o una
políticos u organizaciones
alternativa a la regulación. Una públicas, a asociaciones o
mayoría considerable que
movimientos de las mismas, que
estuvo a favor de permisos con hayan iniciado operaciones
criterios de competencia
públicas con anterioridad al
incluyeron aquellos que estaban registro o una operación
a favor de la Opción 3 como un continuada una vez ha sido
paso inicial y un consiguiente
suspendida o finalizada por
cambio a la Opción 4 en 2-4
decisión de una corte, así como
años. Además, con la evidencia
con respecto a grupos
que representa el riesgo que ha criminales organizados (Art. 5)
evidenciado SOCA; otras
FORMACIÓN
agencias dedicadas a hacer
valer la ley y asociaciones
profesionales, y en ausencia de No se especifica, aunque
deberá ser análoga a la exigida
cualquier alternativa viable,
a los ciudadanos de la UE en el
proponemos proceder con la
Art. 6.1
opción preferida que
representan los permisos
otorgados por SIA con
criterios de competencia.
2. Los detalles de los asuntos
que han suscitado los
[18]
PROTECCION DE DATOS
La Agencia avala comunicar datos de
salud por una aseguradora a detectives
“La Ley de Seguridad Privada
ha dado carta de naturaleza a
la actividad realizada por las
empresas de seguridad privada
del tipo de detectives
privados, por lo que no
estaríamos ante una actuación
ilegítima ya que estos están
legitimados por Ley para
obtener información de
personas”. En tales términos se
pronuncia una Resolución
dictada por la Agencia Española
de Protección de Datos en la
que dicho Organismo viene a
dejar sin efecto una demanda
que fue presentada por un
particular contra una
Compañía de Seguros a la que
acusaba de ceder sus datos
personales a una Agencia de
detectives privados sin su
consentimiento.
Los argumentos que expone la
Agencia no son nuevos, pues
han sido reiterados ya en otras
resoluciones recientes en las
que dicha entidad viene
subrayando el criterio unánime de Seguros había cedido, sin su
de respaldar la actuación de los conocimiento, datos personales
detectives privados en cuanto
y de salud a unos detectives
al tratamiento de datos de
privados, quienes realizaron
terceros. Pero esta
“videograbaciones de
resolución en
incógnito,
concreto aporta
obteniendo
No hay “cesión
una novedad
datos de salud
importante y
del
de datos” por parte
es que lo que
denunciante,
del detective ni de la
está en
elaborando
Compañía
cuestión es la
un fichero,
información
tratándolos y
aseguradora
concreta (datos
finalmente
personales) que la
cediéndolos a la
Compañía
Compañía en un
aseguradora facilitó a los
dossier y un soporte CD”.
detectives privados sobre el
El denunciante hacía referencia
asegurado, entre ellos datos
directa al contenido del
generales de salud,
informe elaborado por los
concluyendo la Agencia que tal investigadores y recordaba un
cesión no supone una
párrafo concreto del mismo, en
vulneración de la Ley Orgánica el que podía leerse: “según nos
de Protección de Datos.
informa nuestro cliente, el sr.
La intervención de la Agencia
XXX sufrió un accidente de
partió de una demanda en la
tráfico el día .......... alegando
que el particular en cuestión
padecer esguince cervical,
dio cuenta de que la Compañía policontusiones y hematoma
[19]
PROTECCION DE DATOS
en pierna derecha”, añadiendo
que lo que habían grabado en
las imágenes de vídeo eran
cuestiones referidas a su
estado de salud.
1La Resolución de la Agencia
se divide en dos partes,
referidas por un lado al
comportamiento de la
Compañía de seguros y por
otro al de los detectives.
En cuanto a la primera, la
argumentación es bastante
clara en el sentido de que la
Agencia se remite al contenido
de la propia Ley Orgánica de
Protección de Datos en la que
se consagra el principio general
de que el tratamiento de datos
personales requiere el
consentimiento del afectado
pero a renglón seguido se
establece una serie de
excepciones a dicho principio,
entre ellos que “no será
preciso el consentimiento
cuando los datos personales ...
se refieran a las partes de un
contrato o precontrato de una
relación negocial, laboral o
administrativa y sean
necesarios para su
mantenimiento o
cumplimiento”. En el presente
caso, según la Agencia, la
Compañía legitima el
conocimiento de los datos del
denunciante al existir una
relación jurídico-administrativa
derivada del accidente de
tráfico sufrido por el
denunciante con un vehículo
asegurado por la entidad
denunciada, “siendo dicho
acceso necesario para el
desarrollo legítimo de la
relación establecida”. Además,
se recuerda que el
consentimiento no será preciso
cuando la comunicación de
datos a un tercero tenga como
destinatario el Defensor del
Pueblo, el Ministerio Fiscal o
los Jueces o Tribunales.
Alude, asimismo, la Resolución
al derecho a la tutela judicial
efectiva y a utilizar los medios
de prueba pertinentes para su
defensa, ambos consagrados
por la Constitución Española, y
concluye afirmando que en
aplicación de lo anterior, en el
que se configura una relación
presente caso la Compañía
negocial entre ambas, en aras a
aseguradora estaba habilitada
elaborar informes bajo la
para presentar ante el Juzgado encomienda de entidad
la citada documentación que
aseguradora, estando limitado
contenía datos de salud de su
dicho tratamiento a aquellos
contraparte, sin contar con el
datos que fueron aportados
consentimiento previo de ésta por la aseguradora y bajo las
al existir un habilitación legal
indicaciones de la misma. Dicho
para ello. “Por tanto”, dice, “y
documento, por tanto, estaría
en base a la doctrina y a la
legitimado por los términos del
jurisprudencia instaurada
artículo 12 de la LOPD y en
dentro del ámbito de
aplicación del mismos no
protección de datos
estaríamos ante una
vista, la
comunicación de
aportación de
datos. Además, no
los datos
se han
No vulnera la LOPD
recabados en
constatado
torno al
actuaciones
la aportación de datos
denunciante,
fuera de los
en un procedimiento
por parte del
términos de
judicial
denunciado
dicho contrato
(la Compañía
por parte de la
aseguradora)
Agencia de
dentro de un
Detectives, y que
procedimiento judicial
implicaran un
no supone una vulneración de incumplimiento de la normativa
la LOPD, por lo que para este
en materia de protección de
caso no cabría calificar como
datos personales”.
legítima la actuación de los
Antes de proclamar el archivo
denunciados”.
de las actuaciones dejando sin
2
efecto la denuncia presentada
La otra cuestión importante
contra la Compañía de
que aborda la Agencia es la
Seguros, la Resolución señala
referida a la recepción de los
que en cuanto al
datos por parte de los
incumplimiento de las medidas
detectives, una información que de seguridad por parte de la
le pasa directamente la
Agencia de Detectives en el
Compañía aseguradora y que la CD ROM utilizado en el
Agencia entiende que no se
procedimiento judicial y que
enmarca -esta es lo más
incluía información
destacado de la referida
concerniente al denunciante, de
Resolución- en lo que se
acuerdo a lo alegado por dicha
entiende legalmente como
entidad y a la falta de
COMUNICACION DE
elementos probatorios que
DATOS, que es lo que se
desvirtúen dicha circunstancia,
protege de forma especial en la no consta la insuficiente de los
ley Orgánica de Protección de mismos, dadas las
Datos. En el caso presente no
circunstancias de su
hay comunicación ni en el
manipulación y el destino de
hecho de que la Compañía
los mismos, no constando
pase estos datos del asegurado tampoco que se hubiera
a los detectives ni en la
llevado a cabo alteración alguna
remisión del informa por parte de la cadena de custodia
de éstos a la Compañía una vez diseñada para la copia, traslado
realizada la investigación.
y acceso al mismo por parte de
Así lo explica textualmente: “la las autoridades jurisdiccionales
Compañía ha aportado a este
a las que se remitió.
procedimiento copia del
contrato celebrado con la
Agencia de Detectives por el
[20]
COLABORACION
Facebook como fuente de información
Varias sentencias no consideran como “difusión”
la inclusión de imágenes en los informes
Actualmente la red social
Facebook tiene 12.000.000
millones de usuarios en España
(cifra de agosto de 2010), lo
que representa para nuestra
profesión una base de datos
gratuita con información fiable
que se actualiza
constantemente. Cada usuario
de Facebook tiene su propio
perfil donde puede por
ejemplo, incluir fotografías,
información laboral y una lista
detallada de amigos. ¿Puede el
detective privado disponer de
esa información para utilizarla
en una investigación? ¿Puede
incluso usar esa información
como prueba en un informe?.Si
analizamos la política de
privacidad de Facebook
actualizada con fecha 22 de
diciembre de 2010, las normas
generales, que todo usuario
(investigado) acepta cuando
crea el perfil, indican lo
siguiente: “la configuración de la
privacidad es personal, la debe
regular el creador del perfil”, esto
se refiere a las siguientes
cuestiones, primero: qué
personas y aplicaciones pueden
ver otros usuarios o personas
ajenas a la red social y
segundo, qué información
puede compartir con amigos,
amigos de amigos, o con todos
los usuarios. Para esto
Facebook ofrece
configuraciones
predeterminadas que
persiguen ayudar al titular,
aunque también el usuario
puede personalizar las
opciones de configuración a su
gusto sin plegarse a ninguna de
estas opciones
predeterminadas de ayuda.
El creador del perfil es
el propietario (junto con
Facebook aunque él no lo
sepa) de todo el contenido y la
información que hace pública,
además puede controlar cómo
se comparten esos datos a
través de la configuración de
privacidad y aplicaciones. Una
red social se basa en la
conexión de perfiles entre
personas que se conocen o
que tienen algún vinculo
personal, familiar, laboral o de
[21]
cualquier tipo. Es importante
tener en cuenta que es el
propio creador del perfil quien
acepta o rechaza una invitación
de conexión entre perfiles
(información).
La propia red social
posee herramientas de
búsqueda que ayudan al
creador del perfil a encontrar
personas con algún tipo de
vínculo, pudiendo enviar
solicitudes para establecer una
conexión con personas o
grupos que conoce. El usuario
que posee un perfil tiene la
capacidad de gestionar la
privacidad y el acceso a su
información, siempre es quien
la administra, controlando qué
comparte y con quien la
comparte.
Hay usuarios por
ejemplo, que tienen el acceso a
su perfil totalmente libre, es
decir, permiten a cualquiera
(aunque no se posea un perfil)
el acceso a todo tipo de
información personal, como
fotos, información laboral,
direcciones personales,
COLABORACION
vínculos sentimentales,
información médica, política y
religiosa. Es cierto que este
tipo de perfiles es cada vez mas
escaso, ya que la propia red
social se ha tomado la molestia
de informar a los usuarios de la
importancia de proteger y
gestionar la información que se
muestra a los demás.
Generalmente los
perfiles poseen un tipo de
control que se podría calificar
de nivel medio, es decir, solo
nos permite ver una foto de
perfil identificativa, una lista
breve de amigos, y referencias
de pertenencia a grupos de
gustos del creador del perfil. En
el caso de querer acceder a
mas información es necesario
que la persona nos acepte
como “amigo”, para ello será
necesario enviar una solicitud y
esperar que nos acepte o nos
rechace.
En mi opinión, el
hecho de que acepte a un perfil
simulado para acceder a su
información, es semejante al
hecho de que nos permitan
entrar en un domicilio para
hacer una encuesta o
identificación, casos en los que
se obtiene información a través
de una llamada telefónica y se
simula una identidad, también
situaciones específicas donde
asumimos tener otra profesión
para obtener un determinado
servicio, estas prácticas son
habituales en el desarrollo de
nuestra profesión. Teniendo en
cuenta que es un campo nuevo
debemos reflexionar y estudiar
concienzudamente cada caso
concreto, atendiendo siempre a
los principios de idoneidad,
necesidad y proporcionalidad a
la hora de utilizar este tipo de
información en el informe.
Las autoridades
europeas se están interesando
por aumentar el control de las
redes sociales. Así lo demuestra
por ejemplo la European Data
Protection Supervisor, en un
documento publicado con
motivo de la 30th conferencia
del CRID (Centre de
Recherches Informatique et
derechos de los usuarios de
Droit) en Francia hace
Facebook, entre ellos el
aproximadamente un año,
aumento de la edad mínima
donde reconocen el valor de la para poseer un perfil, o
información contenida en las
sumarse a la presión ejercida
redes sociales con fines
por la Unión Europa para
legítimos, además explican
provocar el reciente cambio en
como aceptan que esa recogida las políticas internas de la red
de información es llevada a
social. En mi opinión esto
cabo por entidades privadas
último aunque hace mas
para privados. Advierten del
complicada nuestra labor de
intercambio voluntario de
recopilación de información,
detalles íntimos a través de
valoriza y dignifica las pruebas
sitios web de redes sociales
que seamos capaces de
como MySpace y Facebook,
obtener, y es que pese a estar
algo que se ha convertido en
acostumbrados a permanecer
un asunto de la vida
en una delgada línea,
cotidiana.
debemos actualizarnos
Anuncian que
y esforzarnos para
es necesario
ensanchar esa
Cuenta con 500
un régimen
línea analizando
millones de miembros
de
detalladamente
protección
la ley. Para
y traducciones a 70
de datos
concluir
idiomas en todo de
modernos, y
considero
mundo
importante
modernizado,
reproducir el
“herramientas
apartado numero 15.3
actualizadas para
de la declaración de
proteger nuestros
derechos
y responsabilidad
derechos de privacidad en la
(última revision 4 de octubre
era de la información”.
La Comisión Europea de 2010) de la red social
Facebook, “INTENTAMOS
advierte en una de sus guías
sobre la privacidad y seguridad MANTENER FACEBOOK EN
FUNCIONAMIENTO, SIN
en internet de que es
ERRORES Y SEGURO, PERO
responsabilidad del propio
LO UTILIZAS BAJO TU
ciudadano europeo el tipo de
PROPIA RESPONSABILIDAD.
contenido que sube o coloca
PROPORCIONAMOS
en las redes sociales, además
FACEBOOK "TAL CUAL" SIN
indica que una vez que haya
GARANTÍA ALGUNA
subido algo o enviado a otra
persona, deja de ser privado y EXPRESA O IMPLÍCITA,
otros pueden utilizarlo de una INCLUIDAS, DE MANERA
ENUNCIATIVA PERO NO
manera que no se había
LIMITATIVA, LAS GARANTÍAS
previsto. Indica textualmente:
DE COMERCIABILIDAD,
“La responsabilidad es suya” .
Entre las recomendaciones que ADECUACIÓN A UN FIN
se incluyen en la guía aconsejan PARTICULAR Y NO
CONTRAVENCIÓN. NO
al usuario: “Piense dos veces
GARANTIZAMOS QUE
antes de poner a disposición su
FACEBOOK SEA SEGURO.
información personal en línea.
FACEBOOK NO SE
Piense en quién tendrá acceso a
RESPONSABILIZA DE LAS
ella y quien la tendrá en un
ACCIONES, EL
futuro. Piense en limitar la parte
CONTENIDO, LA
de su vida que realmente desea
INFORMACIÓN O LOS
compartir”.
DATOS DE TERCEROS…”
La Agencia Española
de Protección de Datos ha
Francisco Cid
conseguido grandes acuerdos
T.I.P. 2279
en la protección de los
[22]
JURISPRUDENCIA
Despido de un trabajador que atendía su
negocio durante horas sindicales
El Tribunal admite como prueba proporcionada y válida
la compra de mercancía por un detective privado
Una nueva sentencia de un
Tribunal Superior, esta vez
publicada el pasado mes de
septiembre de 2010, ha venido
a respaldar la actividad
profesional del detective
privado en un caso en el que se
dan unas connotaciones
especiales por cuanto se
abordan dos aspectos que han
sido objeto de más de un
debate sobre la actuación del
detective en materia laboral,
por un lado el referido a la
obtención de determinadas
pruebas y por otro el que
afecta a la investigación de
trabajadores durante el
ejercicio de la actividad
sindical.
De dicha resolución judicial se
extraen, entre otras, dos
conclusiones al respecto. La
primera, que la habitualidad no
consiste, a efectos de poder
declarar el despido
procedente, en que el uso
irregular de las horas sindicales
se produzca en mayor o menor
número de ocasiones, siendo
suficiente con que el trabajador
utilice esa garantía cuando lo
necesite para atender sus
necesidades particulares,
además de que no cabe
presumir que el actor, mientras
permanece en su casa, en un
El Tribunal ratifica el criterio de
bar o en su negocio, estuviera
la primera sentencia, en el
realizando funciones sindicales. sentido de justificar el control
La segunda, que el Tribunal
por parte de la empresa,
califica como proporcionada la mediante el empleo de
prueba obtenida por el
detectives privados, de la
detective privado consistente
actividad sindical y del
(además de en el seguimiento
correspondiente uso del
físico del trabajador) en la
crédito horario ya que "es
compra de productos al propio evidente que un mal uso de este
investigado para comprobar la último transgrede la buena fe y
actividad a la que se dedicaba.
lealtad debida al colectivo de
En relación con este asunto
trabajadores representado,
se dictó una primera
también lo hace en
sentencia, de una
relación a la lealtad
instancia
debida a la
No cabe
inferior, en la
empresa, cuyo
presumir que el
que ya se
sacrificio de
trabajador realizara
declaraba el
horas de trabajo
despido
funciones sindicales en debido no se ve
como
adecuadamente
su casa o en un bar
procedente al
correspondido o
estimar que los
compensado”.
hechos probados
En esa primera
eran constitutivos
sentencia se declaraba
de un grave
probado que había un uso
incumplimiento contractual por irregular de las horas sindicales
transgresión de la buena fe
por parte del trabajador en
contractual, al entender el
dos ocasiones durante un mes
trabajador había hecho un uso para atender necesidades de su
indebido, de modo habitual y
negocio particular.
manifiesto, del crédito horario La sentencia del Tribunal
que el Estatuto de los
Superior respalda ese criterio y
Trabajadores le atribuye en su lo hace con una afirmación
condición de delegado de
importante en relación con un
personal.
aspecto que suele aparecer de
forma reiterada en las
sentencias dictadas en el
ámbito laboral como es la
habitualidad. Y es que el
Tribunal dice que “la
habitualidad no consiste en que
el uso irregular del crédito
horario se produzca en mayor o
menor número de ocasiones,
siendo suficiente al efecto que el
trabajador haga uso de tal
garantía cuando lo necesita para
atender a sus necesidades
particulares y que, en las dos
[23]
JURISPRUDENCIA
únicas ocasiones, dentro de un
resto del día l paso entre el
desarrollaba por la tarde. Igual
periodo inferior a 30 días, en que bar, su domicilio y la citada
consideración merece la presunta
el actor fue requerido -por el
panadería.
presencia, a las 14.00 horas del
detective privado- para
El segundo día que el
día XXXXX, en la sede del
realizar una actividad comercial trabajador solicitó´par ejercer sindicato, sospechosamente
propia de su negocio particular,
actividad sindical se repitió la
inmediatamente posterior al fin
este no puso ningún obstáculo,
misma operación, vendiendo al de la vigilancia, no solo porque a
pudiendo haber convenido la
detective una cantidad mayor
esa hora ya había concluido la
entrega del pedido fuera de su
de la misma mercancía,
jornada diaria de trabajo del
jornada de trabajo, sino que se
concretamente diez cabezas
actor, sino, también, porque el
limitó a anunciar a la empresa su de cordero.
testigo propuesto por el propio
abandono del trabajo por
La sentencia del incluye demandante, a fin de justificar la
motivos sindicales”.
una afirmación
singularidad de que una reunión
El trabajador
novedosa, en
sindical pueda tener lugar a las
presentó dos
estos
términos:
14 horas, aclara, con ocasión de
La ausencia al
escritos
“en ningún caso su testimonio en el acto del
trabajo estaba
informando
cabe presumir
juicio, que el actor acudió a la
que se
que el actor,
reunión del sector cárnico de la
motivada por la
ausentaría de
mientras
federación, sobre las 14 horas,
atención de un
su jornada
permanecía en
siendo el ultimo en acudir y que
negocio propio
laboral durante
su domicilio, en el ello tuvo lugar cuando los demás
otros tantos días
bar o en la
"ya se iban".
concretos para para
panadería estuviera
Tal testimonio, de ser atendido,
hacer funciones propias
realizando funciones
ha de serlo en su totalidad y el
de su representación sindical y sindicales. La actividad probatoria conjunto del mismo lo que refleja
la empresa decidió controlar
desplegada por el trabajador -en es que el actor priorizaba sus
los movimientos del mismo
su demanda- tan solo tenía por
interés privados para el uso del
durante esos días ante la
objeto acreditar que el día
crédito horario, subordinando a
sospecha de que pudiese
XXXXX se encontraba a
ellos los derivados de su
aprovechar esas horas para
las 17.30 horas en la
función”.
atender un negocio propio.
sede de su
En cuanto a la
Dentro del ejercicio de su
sindicato y que el
actuación concreta
función, el detective privado se día XXXXX
del detective en
La vigilancia por
puso en contacto telefónico
acudió a la
el presente caso,
parte de los
una primera vez con el
misma a las
el Tribunal afirma
detectives fue
trabajador, preguntándole si
13,45 horas”.
que “la vigilancia
podía prepararle diez cabezas Añade la
mediante
proporcionada
de cordero asadas para un día sentencia que
detectives fue
concreto, el que coincidía con “aunque la
proporcionada, pues
el solicitado a la empresa. El
jurisprudencia del TS
se limito a los dos
trabajador contestó
sea muy flexible en
únicos días en los que la
afirmativamente indicando al
cuanto al uso del crédito sindical, empresa sospechaba que la
detective -supuesto cliente- el "porque las funciones de
ausencia anunciada estaba
precio y el lugar donde debía
representación es multiforme y
motivada por los propios
recogerse el encargo. El día en puede, y a veces tiene, que
intereses del trabajador y su
cuestión , el trabajador salió de realizarse en bares, reuniones
duración, desde el abandono del
la empresa a la hora anunciada informales con los compañeros,
trabajo hasta las 13.30 horas es
en su escrito y se dirigió
etcétera, sin que pueda exigirse
consecuente con la doctrina
primero a un bar donde tomó un cómputo escrupuloso en el
jurisprudencial, pues la vigilancia
unas consumiciones, después a tiempo empleado", en el presente se prolongo, tan solo, hasta la
su domicilio y acto seguido de caso es evidente que la
hora de conclusión de la jornada
nuevo al mismo bar donde se
comunicación de ausencia al
de trabajo y se mantuvo hasta
encontró con el detective, a
trabajo está motivada por
dicha hora a efectos de acreditar
quien acompaño
encargos referidos a su negocio
que durante tal periodo de
posteriormente a una
particular y el hecho de que el
tiempo no se simultaneaba su
panadería donde sacó del
día XXXXX acudiera a la sede
empleo para fines privados con
horno las cabezas de cordero, de su sindicato a las 17,45 horas actividades sindicales”.
que empaquetó y entregó al
no justifica el uso del crédito
investigador, cobrando el
horario, pues la jornada de
T.I.P. 1911
importe correspondiente. El
trabajo del actor no se
[24]
CONSULTAS A UNIDAD CENTRAL
Investigación de candidatos a jurados
En respuesta a cuestiones
planteadas desde el Colexio
Profesional de Detectives
Privados de Galicia, la Sección
Operativa de
Colaboración de la Unidad
Central de Seguridad Privada
remite instrucciones que
reproducimos a continuación y
que tienen carácter informativo,
no vinculante, sobre diversos
aspectos de nuestra profesión.
Cualquier colegiado que esté
interesado en aclarar alguna
duda que surja en relación con
un caso concreto o con el
ejercicio, en general, de su
actividad como detective
privado puede ponerse en
contacto con el Colegio desde
donde se remitirá la consulta a
la Unidad Central:
[email protected]
ARCHIVOS DE
CLIENTES
EN DISTINTOS
SOPORTES
La reciente puesta en marcha
por parte de la Unidad
Central del denominado
Libro Registro Electrónico, así
como la Memoria Anual en el
mismo soporte, hace
oportuno reproducir el
criterio establecido por dicho
organismo ante una consulta
efectuada recientemente por
parte del Colexio Profesional
de Detectives Privados de
Galicia.
En aquel momento, la Unidad
Central manifestó lo
siguiente:
El detective privado puede
tener los archivos de sus
clientes, así como las
informaciones recogidas en
ellos, bien a través de
soporte papel bien a través
de datos informatizados,
según su decisión.
Nosotros no tenemos ningún
problema ya que la el
Reglamento de Seguridad
Privada contempla esa
posibilidad. Bien es cierto
que hay que tener un cuidado
extremo en los temas
personales así como
cualquier información que
identifique o haga posible la
identificación de cualquier
persona, en datos así
archivados ya que de no
comunicarle estos archivos a
la Agencia de Protección de
Datos se podría incurrir en
un delito.
INVESTIGACIÓN DE
CANDIDATOS PARA
JURADO POPULAR
Consulta sobre la posible
intervención de detectives
privados en la investigación
de candidatos a formar parte
de un jurado popular y
respuesta de la Unidad
Central:
Según la Ley Orgánica 5/1995
de 22 de mayo del Tribunal
[25]
del Jurado, serán el Ministerio
Fiscal y las partes, a quienes
se ha debido entregar
previamente el cuestionario
complementario por los
candidatos a jurados, quienes
podrán formular recusación
dentro de los cinco días
siguientes a dicha entrega por
concurrir faltas de requisitos
o cualquiera de las causas de
incapacidad, incompatibilidad
o prohibición previstas en la
Ley. También propondrán la
prueba de que intenten
valerse. Cualquier causa de
recusación de la que se tenga
conocimiento en ese tiempo
y que no sea formulad no
podrá alegarse
posteriormente.
Y añade la Unidad Central:
según el artc. 19 de la Ley
23/92 de 30 de julio de
Seguridad Privada, los
detectives privados a
solicitud de personas físicas o
jurídicas se encargarán, entre
otros, de obtener y aportar
información y pruebas sobre
conductas y hechos privados.
Así pues, entendemos que las
partes podrían contratar a
profesionales, detectives
privados habilitados, para la
investigación sobre la vida
privada de los candidatos
siempre que el objeto de la
investigación esté
directamente relacionado con
las causas de recusación y su
finalidad, la recusación misma.
PROFESIONALES
Los vehículos y sus delitos
Aseguradoras, detectives y Cuerpos de
Seguridad debemos unir nuestras fuerzas
Actualmente todos somos
conscientes (o inconscientes)
de que el vehículo es algo tan
habitual y común en nuestras
vidas, que incluso hace que no
consideremos seriamente su
verdadero valor.
Cuando además relacionamos
“DELITO” y “VEHICULO”,
inmediatamente nos vienen a la
mente los delitos relacionados
con la Seguridad Vial
(alcoholemias, conducciones
temerarias, conducciones
careciendo de permiso de
conducción, etc), sin pensar en
la existencia de cualquier otra
posibilidad.
Sin embargo, cuando hablamos
de vehículos, también nos
referimos a bienes
patrimoniales que
normalmente están valorados
en unos 30.000 €, o más
(hablamos de una media
orientativa), lo que le convierte
de forma general, en la segunda
inversión familiar más
importante después de la
vivienda. Socialmente
podemos prescindir de otros
bienes, siempre y cuando
dispongamos de un coche
potente y bien equipado.
Esto favorece la aparición de
hacen del vehículo un
modalidades delictivas en las
elemento apetecible para los
que el vehículo es el principal
amigos de lo ajeno,
elemento, pero con un abanico apareciendo de forma más o
tan amplio de actos ilícitos, que menos organizada, personas y/
dificulta enormemente su
o grupos dedicados al Robo de
seguimiento o control.
Vehículos, Simulación de Robo
Por el contrario, las Unidades
de Vehículos, reclamación de
Policiales dedicadas en
daños inexistentes,
exclusiva, y por tanto
declaraciones falsas por
especializadas en esta vertiente lesiones, etc. etc. etc.
del delito, son más
También sabemos que
bien escasas y en
la práctica habitual
algunos casos
de venta de
Varias
inexistentes.
siniestros por
Muchas de las
parte de las
garantías hacen al
actuaciones a
aseguradoras,
vehículo apetecible
las que nos
está relacionada
para los amigos de
referiremos,
con el robo y
tienen como
falsificación de
lo ajeno
principal
vehículos. Con tan
perjudicado (además
solo poner en
del propio propietario o
cualquier buscador de
conductor del vehículo) a las
internet “siniestros con
compañías aseguradoras de los documentación”, se nos ofrece
vehículos. Además de ser
la friolera cifra de más de
obligatoria la contratación de
300.000 resultados. Podemos
seguros de responsabilidad civil asegurar que la gran mayoría
para su circulación, existe una
de estos resultados, no
oferta muy amplia que
esconden una acción ilícita,
complementa las pólizas
pero una parte importante
iniciales con garantías por
desembocará en
robo, incendio, daños propios,
irregularidades penales y
etc. Estas garantías son las que administrativas.
[26]
Estas compañías, para su
como en la documentación que
defensa, suelen disponer de
le ampara – Documento de
negociados especializados en la Circulación o Propiedad). A su
lucha contra este tipo de
vez, las personas que realizan
fraude, apoyados en numerosas estas ventas a sabiendas de su
ocasiones por personal de
origen ilícito, incurrirían en los
seguridad privada (Detectives
supuestos de Estafa.Y, a su
Privados). Unidos disponen de vez, si el comprador lo hace a
numerosa información, accesos sabiendas de que el vehículo no
a diversas bases de datos, un
debe de ser del todo legal (no
amplio entramado de
lo sabe, y además no hace nada
informadores, y disponibilidad por saberlo), pues compra un
de material de vigilancia de
vehículo último modelo con el
“última generación”.
equipamiento completo, a un
Sin embargo todo esto no sirve precio “mucho” más bajo que el
de mucho sin una actuación
de mercado, nos
coordinada con las Fuerzas y
encontraríamos ante un
Cuerpos de Seguridad, y con un supuesto de Receptación.
apoyo decidido de las
Como variante a las
compañías aseguradoras que
modalidades antes reseñadas,
paradójicamente son las
existe el hecho de que
mayores perjudicadas en estos personas que poseen vehículos
hechos. En varias ocasiones en “de lujo”, con menos de dos
los que hemos necesitado una años de antigüedad, y además
información, o que se personen asegurado a todo riesgo; De
en una causa penal como
repente este ha sido robado. Su
denunciantes, para poder así
propietario ha recuperado el
poner a buen recaudo a varios valor de nuevo, y quizás algo
de esos delincuentes
más de dinero entregado por
motorizados, se nos
los supuestos
ha dicho que por
ladrones. En este
motivos
caso el mayor y
Nuestro enemigo
comerciales o
único
de imagen
perjudicado,
común como
empresarial
sigue siendo la
ciudadanos y
esto no es
compañía
posible,
aseguradora.Y
profesionales es el
existiendo una
su propietario
delincuente
gran ausencia de
ha incurrido en
implicación de la
una Simulación
compañía de seguros
de Delito, siendo
alegando que “ese comercial
además colaborador
tiene una cartera de negocio
necesario en los hechos
muy amplia”, o que “ir
penales que se cometan con el
penalmente contra un cliente
vehículo.
no ofrece una buena imagen de Todo este negro panorama
la compañía”. Destacar que en (falta de medios policiales, falta
el caso de personal de
de coordinación entre
Seguridad Privada, ya está
colectivos y organismos
contemplada en su normativa
implicados, poca o nula
reguladora la cooperación con repercusión penal en hechos
los Cuerpos Policiales en los
relacionados con el automóvil,
casos de hechos penales.
etc.), debería hacernos pensar
Dentro de los hechos penales que podemos ganar alguna
relacionados con el automóvil, batalla contra el delito en el
podríamos destacar:
automóvil, pero ganar la guerra
Robo de vehículos, que
es otra historia. Para ello
normalmente han de ser
debemos unir nuestras fuerzas,
indemnizados por las
entrando en contacto
compañías de seguros; estos
aseguradoras, investigadores
posteriormente han de ser
privados, y cuerpos de
documentados para darles una seguridad (os aseguro que una
apariencia legal, por lo que
gran mayoría de estos últimos,
aparecerían los supuestos de
están deseando establecer una
Falsedad Documental
relación cordial de
(tanto del propio vehículo en
colaboración con los colectivos
sus elementos identificativos,
antes mencionados), aportando
[27]
cada uno la información y
medios de los que legalmente
puede disponer. Con esta unión
el único perjudicado será el
delincuente, el cual
paradójicamente es el mayor
beneficiario en la situación
actual de descoordinación.
Llegados a este punto, no
queda más remedio que
mencionar la tan utilizada
expresión “nos impide facilitar
datos la Ley de Protección de
Datos”, que diariamente
entorpece los tímidos intentos
de colaboración. En este
sentido hemos de hacer
referencia al informe 133/2008
del Gabinete
Jurídico de la
Agencia de Protección de datos
(http://www.agpd.es/
portalwebAGPD/
canaldocumentacion/
informes_juridicos/
cesion_datos/com mon/pdfs/
2008-0133_Comunicacion-dedatos-a-la-Policia-Judicial-sinmandamiento-judicial.pdf), en el
cual refleja que “para la
prevención de un peligro real y
grave para la seguridad pública o
para la represión de infracciones
penales”... “El citado artículo (22)
habilita, a nuestro juicio, a los
miembros de la Policía Judicial
para la obtención y tratamiento
de los datos requeridos, lo que
llevará aparejada la procedencia
de la cesión instada, siempre y
cuando la Policía Judicial, cumplan
las siguientes condiciones, que han
sido reiteradas por la Agencia
Española de Protección de datos”.
Por tanto y para finalizar,
resaltar que la conclusión a la
que he llegado en las reuniones
NO oficiales mantenidas con
grandes amigos del ramo de las
aseguradoras y de la seguridad
privada (las más productivas en
cuanto a resultados
profesionales), es que hemos de
utilizar y potenciar todos los
medios legales que se ponen a
nuestro alcance para poner fin
a esta situación. Que nuestro
enemigo común como
profesionales y como
ciudadanos, es el delincuente, el
ladrón, el falsificador, el
estafador, etc. Que nuestra
desunión es su victoria y, por
tanto, nuestra derrota.
Manuel González Maciel
(Grupo GIAT de la
Guardia Civil. Pontevedra)
COLABORACION
Legalidad de la videovigilancia
en garajes comunitarios
Diferentes empresas instaladoras
han consultado sobre la legalidad
de cubrir con cámaras una plaza
de aparcamiento abierta dentro
de un garaje comunitario.
Se trata de situaciones que se
plantean con cierta frecuencia
cuando un vecino de un edificio
recibe actos vandálicos en el
vehículo aparcado en la plaza de
garaje aneja a su propiedad.
Pues bien. Este tipo de
cuestiones, a pesar de su
reiteración, no han recibido una
solución legal satisfactoria ni
unificada por la Agencia Española
de Protección de Datos ni por
parte de la Jurisprudencia.
Existen aspectos jurídicamente
relevantes que se deben tener en
cuenta y que, por lo general,
dificultan enormemente la
instalación del sistema de video
con la premura, discreción y
prestaciones que generalmente
exige el cliente; oposición de
otros vecinos, por ejemplo.
Somos conscientes de que la
experiencia de cada instaladora
será tan prolija que cualquier
solución general que esbocemos
se verá necesitada de múltiples
matices para ajustarla a cada
caso particular, a pesar de lo cual
presentamos hoy nuestra
opinión al respecto por si fuera
de utilidad. Como ya sabemos, el
ámbito de aplicación de la Ley
Orgánica 15/1999 de 13 de
diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal
ámbito de la LOPD. Esta
(LOPD), viene definido en su
excepción justifica, entre otras
artículo 2 que establece:
cosas, que los sistemas CCTV de
“el régimen de protección de datos las casas particulares no tengan
de carácter personal que se
que cumplir con los rígidos
establece en la presente Ley
requisitos de la LOPD. Ahora
Orgánica no será de aplicación:
bien, mientras las viviendas
a) “a los fichero mantenidos por las individuales permanecen fuera
personas físicas en el ejercicio de
del ámbito de la LOPD, los
actividades exclusivamente
espacios comunes de las
personales y domésticas”
viviendas en régimen de
Asimismo, el artículo 4 del
propiedad horizontal no quedan,
Reglamento de desarrollo de la
a juicio de la Agencia Española de
LOPD
(Real Decreto
Protección de Datos, cubiertos
1720/2007) reza:
por esta excepción, de tal suerte
“el régimen de protección de los
que las comunidades de
datos de carácter personal que se
propietarios sí deben cumplir
establece en el presente
con la LOPD.
reglamento no será de aplicación a A mayor abundamiento, el
los siguientes ficheros y
artículo 1.3 de la Instrucción
tratamientos:
1/2006, de 8 de noviembre, de la
a) A los realizados o
Agencia Española de
mantenidos por
Protección de
personas físicas en el
Datos, sobre el
Las
ejercicio de
tratamiento de
instalaciones en
actividades
datos
el domicilio no
exclusivamente
personales con
personales o
entran en el ámbito fines de
domésticas. Solo se
vigilancia a
de la LOPD
considerarán
través de sistemas
relacionados con
de cámaras o
actividades personales o
videocámaras, señala:
domésticas los tratamientos
• No se considera objeto de
relativos a actividades que se
regulación de esta Instrucción el
inscriben en el marco de la vida
tratamiento de imágenes en el
privada o familiar de los
ámbito personal y doméstico,
particulares”.
entendiéndose por tal el
Es de sobra conocido que las
realizado por una persona física
instalaciones ubicadas en los
en el marco de una actividad
domicilios no caen dentro del
[28]
exclusivamente privada o familiar. destinados a ascensores,
Parece claro, hasta el momento, depósitos, contadores, telefonías
que la LOPD no es una norma
o a otros servicios o
que deba preocupar a aquel que instalaciones comunes, incluso
decida instalar un sistema de
aquéllos que fueren de uso
videovigilancia en su residencia
privativo; los ascensores y las
o, siguiendo el concreto asunto
instalaciones, conducciones y
que nos preocupa, en la plaza de canalizaciones para el desagüe y
garaje de su residencia, casa o
para el suministro de agua, gas o
chalet individual, siempre que
electricidad, incluso las de
dicha vivienda no sirva además
aprovechamiento de energía
para alguna actividad profesional, solar; las de agua caliente
mercantil, asociativa etc.
sanitaria, calefacción, aire
Sin embargo, la mayor parte de
acondicionado, ventilación o
la problemática con la
evacuación de humos;
videovigilancia en las
las de detección y
Es
plazas de garaje
prevención de
ocurre en los
incendios; las de
admisible
garajes
portero
instalar cámaras electrónico
comunitarios.
y otras
en plazas
Ya hemos visto que
de seguridad del
los edificios
edificio, así como las
privadas
sometidos a un
de antenas colectivas
régimen de propiedad
y demás instalaciones
horizontal no se escapan al
para los servicios audiovisuales o
cumplimiento de la LOPD. En lo de telecomunicación, todas ellas
que atañe al tratamiento de
hasta la entrada al espacio
datos de los vecinos, necesarios privativo; las servidumbres y
para la gestión de la propia
cualesquiera otros elementos
comunidad, y también en lo que materiales o jurídicos que por su
afecta a los sistemas de
naturaleza o destino resulten
videovigilancia que,
indivisibles.[Este artículo está
necesariamente se deben limitar redactado conforme a la Ley
a los espacios comunes de la
8/1999, de 6 de abril, de Reforma
finca.
de la Ley 49/1960, de 21 de julio,
Delimitemos ahora lo que debe sobre Propiedad Horizontal,
entenderse por espacio privativo Disposición adicional única (BOE
y común de un edificio.
núm. 84, de 08-04-1999).]
Según el artículo 396 del Código Veamos. Definidas las partes
Civil, los diferentes pisos o
comunes de un edificio en
locales de un edificio o las partes régimen de propiedad horizontal
de ellos susceptibles de
ya podemos alcanzar una
aprovechamiento independiente primera conclusión:
por tener salida propia a un
•
Sólo la propia comunidad
elemento común de aquél o a la de propietarios, una vez
vía pública podrán ser objeto de alcanzado el consiguiente
propiedad separada, (ESPACIO
acuerdo en Junta, por una
PRIVATIVO) que llevará
mayoría simple de los presentes,
inherente un derecho de
podrá acordar la instalación de
copropiedad sobre los elementos un sistema de videovigilancia en
comunes del edificio, que son
las zonas comunes de un
todos los necesarios para su
edificio, al tiempo que la
adecuado uso y disfrute, tales
instalación de este sistema de
como el suelo, vuelo,
cámaras Sí estará sometida a las
cimentaciones y cubiertas;
obligaciones que implica la LOPD
elementos estructurales y entre (inscripción Del fichero en la
ellos los pilares, vigas, forjados y AGPD, Información mediante
muros de carga; las fachadas, con carteles, etc.)
los revestimientos exteriores de En sentido contrario, las
terrazas, balcones y ventanas,
comunidades de propietarios no
incluyendo su imagen o
podrán acordar la captación de
configuración, los elementos de imágenes procedentes de
cierre que las conforman y sus
espacios privativos sin el
revestimientos exteriores; el
consentimiento de sus titulares
portal, las escaleras, porterías,
(mucho menos de un espacio
corredores, pasos, muros, fosos, domiciliario) y tampoco de
patios, pozos y los recintos
imágenes procedentes de la vía
[29]
pública. Llegados a este punto,
podemos concluir que
• una plaza de garaje aneja o
complementaria de una vivienda
(no de una oficina, parking,
industria o cualquier otra
ubicación extraña a un domicilio)
por ser, según nos decía el
artículo 396 de Código Civil,
susceptible de propiedad
separada (bien privativo) al tener
salida propia a un elemento
común o a la vía pública, podrá
ser captada con un sistema
CCTV, sólo por parte de su
propietario o arrendatario, para
prevenir actos vandálicos contra
su vehículo, y ello sin cumplir con
la LOPD por tratarse de un uso
doméstico.
Es decir, según nuestro criterio
es legalmente posible la
ubicación de sistemas de
videovigilancia en plazas privadas
de garaje, aunque se hallen
enclavadas en locales de
propiedad común si además se
cumple con estos requisitos
adicionales:
1. Que las cámaras sólo graben la
plaza de garaje. No se podrá
captar los espacios comunes (sin
permiso de la Junta de la
Comunidad) ni de espacios
privativos contiguos.
2. Que el uso de la plaza de
garaje sea personal y doméstico,
nunca profesional o laboral.
3. Que no existan monitores de
visualización. El sistema se
conectará únicamente a un disco
duro accesible en caso de
detectar desperfectos en el
vehículo.
4. Se deberían ubicar carteles de
advertencia (aunque la obligación
de advertir nace de la LOPD
que, como acabamos de ver no
es necesario cumplir,
consideramos conveniente que la
captación no se haga sin
advertencia).
5. No será necesario Inscribir
ficheros en la AGPD.
6. No será necesario Dotarse de
un Documento de Seguridad.
7. En caso de que el grabador se
conecte con CRA será
imprescindible además, contar
con una empresa instaladora
autorizada y cumplir con los
requisitos propios de la Ley de
Seguridad Privada.
Rubén Sánchez. Abogado.
Gerente de Lexcam
COLABORACIÓN
Sherlock Holmes, un detective
entre la realidad y la ficción
El público sigue enviándole cartas al Despacho de
Baker Street que compartió con el doctor Watson
La figura profesional del
detective privado está
rodeada, desde sus inicios, de
un halo de curiosidad entre el
gran público que no ha cesado
pese a la difusión, cada vez
mayor en los medios de
comunicación, de una actividad
tan conocida de nombre como
ignorada de contenido.
A ello ha contribuido,
posiblemente, el hecho de que
la nuestra sea una de las pocas
actividades profesionales que
tienen en la literatura un
referente obligado. Y es que si
uno pregunta en la calle el
nombre de algún abogado, un
médico, un periodista o algún
policía famoso en la historia
reciente es posible que se
escuchen respuestas de lo más
variado y no encontraremos
unanimidad entre los
consultados en cuanto a una
referencia concreta.
Pero con los detectives
privados pasa algo curioso
que, entre otras cosas, hace de
esta profesión distinta a las detective y a su amigo y
demás y es que, con toda ayudante, el Doctor Watson,
probabilidad, la respuesta que h a c i e n d o t o d o t i p o d e
escuchemos no solo sea consultas y comentarios sobre
unánime en cuanto al nombre casos concretos investigados
sino referida a una figura que p o r a m b o s y s o b r e l a
procede de la literatura, no de profesión, en general.
la vida real. Me refiero,
En el número 221b de
n a t u r a l m e n t e a S h e r l o c k Baker Street, en Londres,
Holmes.
encontramos el despacho que
Porque yo mismo
ambos personajes
me
he
compartieron
encontrado
durante 25 años en
La tienda del
con más de
la imaginación del
una persona
genial Sir Arthur
Museo dispone de
c o nve n c i d a
Conan Doyle.
de que este una selección única de L a v i s i t a a l
regalos sobre
detective
M u s e o ,
p r i v a d o
Holmes
inaugurado el 27
existió en
de marzo de 1990 y
realidad y en el
abier to al público
fondo es posible que
todos los días del año de
así sea, aunque ese detective 9,30 a 18,30 horas, es una
real se llamase de otro modo. experiencia inolvidable, sobre
Cuando uno visita el Museo de todo para cualquier profesional
Sherlock Holmes en Londres de la investigación privada.
es fácil legar a esa conclusión, Como explica, en varios
sobre todo al comprobar idiomas, el folleto que se
cómo el público ha seguido y entrega a los visitantes de
sigue escribiendo al propio
[30]
dicho “santuario”, Sherlock
Holmes y el Doctor Watson
vivieron en el referido 221b de
Baker Street desde 1881 hasta
1904. El apartamento que
ocupaban estaba situado en el
primer piso de la casa de
huéspedes y la Sra. Hudson era
la dama de llaves. El dormitorio
de Holmes estaba junto al
despacho y daba a la parte
trasera de la casa.
La casa de Sherlock Holmes
fue construida en 1815 y ha
sido catalogada por el
Gobierno de Su Majestad como
monumento arquitectónico e
histórico. Fue una pensión
desde 1860 hasta 1934 y
estuvo cerrada hasta que la
adquirió la Sociedad
Internacional de Sherlock
Holmes.
Por las descripciones que
d a b a e l d o c t o r Wa t s o n
sabemos que el despacho que
daba a Baker Street era
bastante pequeño y que estaba
iluminado por dos ventanas
anchas. Sabemos también que
en una ocasión Holmes salió de del doctor Watson se pueden
su dormitorio y dando un hojear libros, fotografías,
brinco atravesó el despacho grabados y periódicos de la
para cerrar las cortinas. En otra época. En una de las esquinas
ocasión se dice que un hombre de la habitación de la Sra.
entró en el despacho y que era Hudson, se encuentra un busto
tan grande que casi
en bronce de Sherlock
llenó “la pequeña
Holmes, además de
habitación”.
una colección de
Existen muchos
objetos del
El edificio es
más detalles e
detective y una
un monumento
ilustraciones de
selección de
histórico por decisión c a r t a s q u e
las habitaciones
tal y como se
fueron escritas y
del Gobierno de Su
describen en las
recibidas por el
Majestad
ave n t u r a s q u e
mismo Holmes.
fueron publicadas
El Museo dispone de
por primera vez en la
una interesante y
revista Strand en 1891, detalles p i n t o r e s c a t i e n d a d e
q u e e l v i s i t a n t e p u e d e recuerdos, que esta situada en
reconocer en su recorrido por la planta baja. En él se puede
la casa.
encontrar una colección de
El dormitorio del doctor regalos tales como cerámicas,
Watson estaba situado en el objetos de arte, figuras, bustos,
segundo piso, al lado de la Sra. grabados, libros, barajas, gorras,
Hudson, y daba a un patio de la camisetas, etc., disponibles
parte trasera de la casa.
especialmente para los
E s t a s h a b i t a c i o n e s s e visitantes del Museo.
utilizan ahora como salas de
exposiciones. En la habitación
T.I.P. 2279
[31]
EL MUSEO EN IMAGENES
[32]
COLABORACION
Casos curiosos
da historia da Criminoloxía
Neste artígo imos a contar tres
dos casos máis curiosos e
asombrosos que se sucederon ao
longo de toda a historia criminal.
Asuntos que pola súa forma de
resolución ou ben polas
circunstancias tan asombrosas
que rodearon o feito, fan que
quedasen recollidas nos anais da
Criminología.
Para o primero feito ao que nos
imos a referir temos que
remontarnos ao século XIII da
nosa era. Aparece recollido nun
Manual de Medicina Legal dese
século ao que nos referimos e
comenta o caso dun homicidio.
Nun pequeno poboado de China
apareceu morto un labrador. O
home fora degolado, e polas
feridas sóubose que fora cunha
fouce, punto relevante para a
resolución do crimen.
Para resolver o caso, o xefe do
poboado chinés, fixo que se
reunisen todos os veciños da
zona que puidesen atoparse
relacionados co morto, e sobre
todo, daqueles que posuísen unha
fouce. Pedíronlles que
depositasen todas as súas fouces
no chan, ao aire libre.
Ao pouco tempo un grupo de
moscas comezaron a proxectarse
sobre unha das fouces que había
no lugar, sinalando así o
instrumento co que se cometeu
o delito, e por ende, apuntando
directamente ao asesino.
Esta anécdota é un caso no que a
“entomoloxía forense” (estuda os
insectos que atopan sobre os
cadáveres achegando información
útil nas investigacións de carácter
policial uo xudicial) actuou de
forma clara. As moscas sente
atraídas pola sangue que
quedaran adheridos á arma do
crime, xa que detectan os restos
de sangue aínda que para o ollo
humano non sexan visibles, como
sucedeu no relato que nos
ocupa.
Así e dunha forma moi orixinal
para a época, descubriuse ao
criminal do asasinato do labrador
e puido restablecerse a xusticia
grazas a unhos pequenos
dípteros que acudiron en masa
até o criminal.
Agora imos a continuar cun feito
que sucedeu nunha data recente,
concretamente en xuño deste
mesmo ano, 2010; e grazas tamén
ás novas tecnoloxías.
A historia comenza en Holanda,
cando a un mozo de 14 años
estaba a dar un paseo coa súa
bicicleta por unha das rúas da
súa cidade. Nun momento dado,
foi asaltado por dous homes, que
lle retiveron e que lle roubaron
todo o diñeiro que levaba
consigo e o seu teléfono móbil.
Unha vez que ao mozo pasóulle
o susto, acudiu a unha comisaría
da policía para poner unha
denuncia, deu unha descrición
dos dous atracadores e
relatoulles que sucedera.
Pasou o tempo e non había
noticias do paradoiro dos dous
delincuentes. Ao cabo dunhos
seis meses, o mesmo mozo
estaba a xogar coa aplicación de
Google Street View. e cando estaba
a pasar pola rúa na que foi
atracado viuse a se mesmo,
montando na súa bicicleta, e
xusto detrás de él aos dous
homes que o robauron.
Volveu á comisaría coa foto que
imprimira. Hai que sinalar que a
aplicación de Google difumina os
rostros das persoas e as
matrículas debido ás políticas de
protección de datos e de
privacidade, polo que a policía
holandesa tivo que presentar
unha solicitude a Google para
conseguir a foto sen difuminar,
obtendo así a imaxen orixinal.
O resultado: a detención de dous
irmáns como autores do roubo
ao adolescente. E como dixo un
policía que actuou neste feito: “a
[33]
foto pode ser de vital
importancia para resolver un
crime”.
Finalmente imos a ir ao terceiro
caso. Un feito que parece máis un
guión de película que un feito
baseado nunha historia real.
Todo comeza o 10 de diciembro
do ano 2000, cando un cadáver
coas mans atadas apareceu
flotando nun río de Polonia. O
asasino tensara unha soga entre
o lazo que rodeaba o pescozo e
estrangulaba á vítima, e as
bonecas que tiña atadas ás
costas. Investigóuse durante tres
anos o crime, pero a policía non
atopou ningunha pista que
apuntara a algún culpable. Ao
cabo de tres anos un escritor,
Krystian Bala, escribe un libro
titulado “Amok”, onde describe
con total minuciosidade un
asasinato das mesmas
características que o que da
inicio a este terceiro relato.
Pero non por iso vaise a deter a
unha persoa, sen máis probas que
unha novela; pero que máis
sucedía, o home que asasinaran,
estivera relacionado coa ex –
muller do escritor. Entón foi
detido, aínda que a investigación
continuou xa que o xuíz non
permitía que fose acusado sen
máis evidencias.
A policía seguiu investigando e
por fin puido deterlle no ano
2006, sendo xulgado por un caso
de asasinato que lle llevou á
cárcel durante máis de 25 años.
Neste caso, ¿qué puido facer que
un home que matou a un
semellante, escribise con todo
detalle o seu crime?. Un ego
inmenso, pensaba que podía
enganar a todo o mundo, ……
Quizá nunca o saibamos, pero do
que si podemos estar seguros é
que a xusticia de novo foi firme e
efectiva.
T.I.P. nº 1647
INSTRUCCIONES
La inactividad por tiempo superior
a dos años no causa por sí sola la
pérdida de habilitación profesional
La Unidad Central ha emitido
una instrucción en la que sienta
su criterio sobre el tiempo de
habilitación y anuncia posibles
modificaciones en cuando a la
Tarjeta de Identidad
Profesional. Una de las
principales novedades es que
proclama que la simple
inactividad durante más de dos
años no es motivo para perder
la habilitación.
Recuerda la U.C. que según la
Ley de Seguridad Privada, la
inactividad del personal de
seguridad por tiempo superior
a dos años exigirá su
sometimiento a nuevas pruebas
para poder desempeñar las
funciones que le son propias y
que, además, el Reglamento de
Seguridad Privada especifica
que la norma no atribuye a la
inactividad del personal de
seguridad privada la
consecuencia formal de la
inhabilitación, sino la necesidad
material de su sometimiento a
nuevas pruebas, con el doble
objetivo de que se acredite la
capacidad física y psíquica y de
que se actualice la formación
precisa para el ejercicio de las
funciones propias de seguridad.
En el supuesto especial de las
habilitaciones múltiples a favor
de una misma persona para
vigilante de seguridad y sus
especialidades, este
Departamento ha mantenido el
criterio de que el desempeño
de una actividad en ejercicio de
funciones de seguridad tiene
trascendencia para las otras.
De esta manera, cuando se
ejerce alguna de las
actividades, la inactividad en
otra de ellas no determinará la
obligación de realizar nuevas
pruebas. Así pues, sólo cuando
no se hayan realizado funciones
de seguridad de ningún tipo
durante el plazo de dos años,
será obligatorio realizar
nuevamente las pruebas
la posibilidad de incluir en una
previstas en la legislación.
misma tarjeta todas las
Por último, respecto a los
habilitaciones que posea el
procedimiento de renovación
titular de la misma. Dicha
documental de las Tarjetas de
propuesta está siendo valorada
Identificación Profesional, cabe por los órganos competentes.
hacer dos puntualizaciones
Conclusiones:
jurídicas que le son aplicables:
1) La inactividad del personal
Por un lado, que no le
de seguridad privada por
corresponde al personal de
tiempo superior a dos años no
seguridad interesado el deber
es causa por sí sola de la
de demostrar ante la
pérdida de habilitación. Sin
Administración la efectividad
perjuicio de lo anterior, el
de su actividad profesional, sino personal que se encuentre en
que ese deber recae en la
esa situación deberá superar
Administración, que es quien
las correspondientes pruebas
tiene que demostrar, en su
acreditativas del cumplimiento
caso, la existencia de la
de los requisitos exigidos por
inactividad impeditiva.
la ley, así como de que se
Y, por otro lado,
reúnen los conocimientos
tampoco
y aptitudes necesarias
corresponde
para el desempeño
al personal el
de las funciones.
No le corresponde
deber de
2) Dado que la
aportar
ley permite una
al personal demostrar
datos o
habilitación
la inactividad sino a la
múltiple y el
documentos
Administración
desempeño de
que ya obren
una actividad es
en poder de la
incompatible con las
Administración o
demás, el ejercicio de
cuya concreta
una actividad de seguridad
especificación no constituye un privada tiene trascendencia
requisitos de procedimiento
para el resto de las
normativamente exigible.
habilitaciones a efectos del
Otra novedad hace referencia
cómputo del tiempo de
al proyecto de modificación inactividad.
de la Tarjeta de Identidad
3) El plazo de dos años de
Profesional, recordando al
inactividad, establecido en la
efecto la Unidad Central que
Ley no es susceptible de
las características de la misma
interrupción.
son objeto de regulación en el 4) Actualmente se valora la
Anexo 5 de la Orden de 7 de
oportunidad de modificar la
julio de 1995, por lo que
normativa con el fin de incluir
cualquier cambio en las mismas en una tarjeta única todas las
requiere de una modificación
habilitaciones que posea una
de dicha norma.
misma persona.
En este sentido, se ha presenta 5) En los procedimientos de
ante la Comisión Mixta Central renovación documental no se
de Coordinación de la
exige que se aporte la
Seguridad Ciudadana, una
documentación acreditativa de
propuesta de modificación de
aquellos documentos que ya
la citada Orden Ministerial, en
obran en poder de la
la que, además de otras muchas Administración.
modificaciones, se contemplaba
[34]
NOTICIAS VARIAS
Detención de un detective
por vender datos privados
con cómplices en Galicia
Relevos en unidades
provinciales de Seguridad
Privada de Galicia
El Cuerpo Nacional de Policía anunció recientemente
la desarticulación de una trama presuntamente
liderada por un detective privado de Elche que
operaba a escala nacional vendiendo datos
personales de terceros a algunas empresas. Al
parecer, el detenido contaba con una red de
colaboradores que se extendía por varias provincias,
entre ellas la de Pontevedra, y que supuestamente
conseguía esta información reservada a través de las
bases de datos del Instituto Nacional de la Seguridad
Social (INSS). En el momento inicial de la
desarticulación de la presunta trama, la Policía
practicó varias detenciones, tres de ellas en la
Comunidad Autónoma de Galicia. El objetivo de la red
era facilitar a distintas entidades información sobre
morosos para que pudieran cobrar sus deudas y
también para facilitar los embargos. La operación
policial se llevó a cabo de forma coordinada en
Alicante, Murcia y Galicia y está coordinada por la
Unidad Central de Seguridad Privada.
En los últimos meses se han producido algunos
relevos en unidades provinciales de Seguridad Privada
de Galicia, entre ellas la incorporación de un nuevo
jefe a la Unidad de la Comisaría del Cuerpo Nacional
de Policía en A Coruña. Se trata del inspector D. José
Ramón Carreira Fernández, quien ya se ha
incorporado a su nuevo puesto y ha mantenido un
primer contacto con una representación de la Junta de
Gobierno del Colegio de Detectives de Galicia. El
inspector Carreira sustituye en el cargo al inspectorjefe D. José Julio Carballido, quien permaneció al
frente de la referida Unidad Provincial durante varios
años y recientemente ha pasado a la situación de
segunda actividad.
Por otra parte, también recientemente ha pasado a la
misma situación de segunda actividad el subinspector
Vila, quien en los últimos años estuvo al frente de la
Unidad Provincial de Seguridad Privada en la
Comisaría de Lugo.
Dos compañeros publican
sendas novelas basadas en
tramas de investigación
El detective privado Rafael Guerrero acaba de publicar
“Un Guerrero entre Halcones: diario de un
detective privado”, un ameno diario novelado de una
investigación salpicado de referencias a la situación
del detective privado, el problema del intrusismo, los
riesgos legales de la profesión, la personalidad de
clientes e investigados, etc. “Psicosis en
Torreciudad” es, por otra parte, el título de la novela
del compañero Mariano Badía, un thriller de más de
500 páginas en el que el autor mezcla la trama con la
ciencia criminalística. Novela negra en la que se
ficcionan familias ilustres, Opus Dei, Policía Científica,
Psicología criminal
DESTACAMOS
Revista de la Asociación Nacional
de Detectives Privados de España
[35]
NOTICIAS DE LA PRENSA
[36]
NOTICIAS DE LA PRENSA
[37]
EN IMÁGENES
Lo que se ve en las vigilancias
[38]
EN IMÁGENES
Lo que se ve en las vigilancias
[39]

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