Ponencia condicionalidad CLM
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Ponencia condicionalidad CLM
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA NOVEDADES SOBRE APLICACIÓN DE LA CONDICIONALIDAD EN CASTILLA-LA MANCHA EN 2015 Tomelloso, 26 de Marzo de 2015 CONCEPTO DE CONDICIONALIDAD La Condicionalidad se define como el conjunto de requisitos legales de gestión y de buenas condiciones agrarias y medioambientales que el agricultor y el ganadero deben cumplir para poder recibir íntegramente el pago de las ayudas directas, de determinadas ayudas de desarrollo rural de la PAC y de determinados programas de apoyo al sector del viñedo. El incumplimiento de alguno(s) de estos requisitos/normas implica la reducción de los pagos o la exclusión del productor del régimen de ayuda. NOVEDADES I: NUEVO MARCO COMUNITARIO DE APOYO 2014-2020 - Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que establece, entre otras, las normas de la condicionalidad. - Reglamento Delegado (UE) nº 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013, establece en su título IV una base armonizada para el cálculo de las penalizaciones derivadas de la condicionalidad. - Reglamento de Ejecución (UE) nº 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013 sobre la condicionalidad, establece las normas técnicas y de procedimiento en relación con el cálculo de aplicación de las penalizaciones. NOVEDADES I-bis: NORMATIVA NACIONAL Y AUTONÓMICA - Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola. - Orden de 16/03/2015, de la Consejería de Agricultura, sobre aplicación de la condicionalidad en el ejercicio 2015 y siguientes en relación con los agricultores y ganaderos que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban determinadas ayudas en virtud de los programas de apoyo al sector del viñedo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. NOVEDADES II: REDUCCIÓN DE ÁMBITOS Hasta 2014: 4 áreas temáticas – Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales – Medio Ambiente – Salud Pública, Zoosanidad y Fitosanidad – Bienestar Animal A partir de 2015: 3 áreas temáticas - Medio ambiente, cambio climático y buenas condiciones agrícolas de la tierra - Salud pública, sanidad animal y fitosanidad - Bienestar animal NOVEDADES II-bis: SIMPLIFICACIÓN DE REQUISITOS Y NORMAS Hasta 2014: 4 ámbitos y 162 elementos - Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales (26 BCAM) - Medio Ambiente (requisitos 24 MA) - Salud Pública, Zoosanidad y Fitosanidad (requisitos 54 SP) - Bienestar Animal (requisitos 58 BA) Desde 2015: 3 ámbitos y 137 elementos – Medio Ambiente, Cambio Climático y BCAM (15 requisitos y 17 normas) – Salud Pública, Sanidad Animal y Fitosanidad (47 requisitos) – Bienestar animal (58 requisitos) NOVEDADES III: EXENCIÓN PEQUEÑOS AGRICULTORES - Los titulares que participen en el régimen a favor de los pequeños agricultores, quedarán exentos de la condicionalidad y, en particular, de su sistema de control y de la aplicación de penalizaciones. - Los pequeños agricultores acogidos a programas de desarrollo rural y programas de apoyo al sector del viñedo estarán obligados a cumplir la condicionalidad. NOVEDADES IV: CONCENTRACIÓN Y PUBLICITACIÓN DE OBLIGACIONES Dentro de la Orden Autonómica se adjunta un Anexo único que: - Recoge todas las obligaciones de la condicionalidad en una sola normativa - Se ha modificado la redacción para hacerla más comprensiva, incluyendo título por requisito o norma y ámbito de aplicación agrícola/ganadero, ZVCN, etc - Se ha recalcado el cumplimiento de normativa transversal de la Consejería de Agricultura como el programa de actuación en zonas vulnerables a la contaminación por nitratos CONTENIDOS DE LOS REQUISITOS LEGALES DE GESTIÓN Medio ambiente Salud pública, zoosanidad Y fitosanidad Bienestar animal Directivas: Directivas y Reglamentos: Directivas: Protección de aves Identificación y registro de los Protección de animales en Protección de hábitats animales Explotaciones ganaderas Protec. de aguas subterráneas Protección de terneros (sustancias peligrosas) Protección de cerdos Protección de suelos 01/01/2005 (lodos de depuradora) Protección de aguas Directivas y Reglamentos: (nitratos de la agricultura) 01/01/2007 Uso adecuado de fitosanitarios y Biocidas Sustancias hormonales y tireostáticos Seguridad alimentaria Encefalopatía espongiforme bovina 01/01/2005 Notificación de enfermedades de animales 01/01/2006 NOVEDADES V: OBLIGACIONES QUE SE MANTIENEN - Mantenimiento de la materia orgánica: quema de rastrojos, eliminación de restos de poda y de cosechas, etc. - Lucha contra la erosión: laboreo en pendiente y con volteo, cubierta vegetal, condiciones de barbechos, arranque de árboles, etc. - Permanecen iguales todas las obligaciones de identificación y bienestar animal. NOVEDADES V-bis: REQUISITOS DESAPARECEN CONDICIONALIDAD - Control de vegetación espontánea (invasión de especies arbustivas invasoras no deseadas); arranque de olivar salvo pendiente elevada; mantenimiento de olivar y viñedo, etc. - Sistemas de consumo de agua (caudalímetros, planes de extracciones, etc). - Control de aplicación de lodos. - Desaparecen los requisitos mínimos de utilización de fertilizantes y fitosanitarios como inscripción en el ROMA, posesión de carnet de fitosanitarios, etc., solamente a efectos de la condicionalidad. NOVEDADES V-ter: ELEMENTOS QUE LA C.E. DA MÁS IMPORTANCIA - Conservación y mantenimiento de elementos paisajísticos o estructurales, etc. - Contaminación de aguas por nitratos procedentes de actividad agraria y otras sustancias: plan de actuación en ZVCN (registro de fertilizantes, cantidades y condiciones de aplicación, medidas mínimas y franjas de protección, planes de gestión de purines y estiércoles), y sustancias de lista I y II. INCUMPLIMIENTOS MÁS COMUNES I - Alteración y deterioro de elementos paisajísticos o estructurales y cultivos abandonados e invasión de especies arbustivas plurianuales. INCUMPLIMIENTOS MÁS COMUNES II - Contaminación por nitratos: estercoleros no impermeabilizados, condiciones de abonado inadecuadas, no dejar franjas de protección junto a ríos, plan de gestión en intensivas en ZVCN. - No acreditar la posesión de derechos de agua. INCUMPLIMIENTOS MÁS COMUNES III - Utilización inadecuada de fitosanitarios conforme etiqueta y vertido de residuos de lista I y II. Registro de fitosanitarios < > Cuaderno de explotación.