30 Edicion 3503.indd - Boletín Oficial

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30 Edicion 3503.indd - Boletín Oficial
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
REPÚBLICA ARGENTINA
AÑO XVC
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
EDICIÓN Nº 3503
GOBERNADOR: Cr. OMAR GUTIÉRREZ
VICEGOBERNADOR: Cr. ROLANDO CEFERINO FIGUEROA
Ministro de Gobierno y Justicia: Sr. MARIANO GAIDO
Ministro de Seguridad, Trabajo y Ambiente: Sr. JORGE ANTONIO LARA
Ministro de Educación: Prof. CRISTINA ADRIANA STORIONI
Ministro de Ciudadanía: Prof. GUSTAVO DANIEL ALCARAZ
Ministro de Economía e Infraestructura: Lic. NORBERTO ALFREDO BRUNO
Ministro de Producción y Turismo: Ing. JOSÉ RICARDO BRILLO
Ministro de Salud y Desarrollo Social: Bq. RICARDO ANDRÉS CORRADI DIEZ
Ministro de Energía, Servicios Públicos y Ing. ALEJANDRO ABEL NICOLA
Recursos Naturales:
Dirección y Administración:
M. Belgrano 439
 0299-4422704/4495419/4495555 - Int. 6116
(8300) Neuquén (Cap.)
www.neuquen.gov.ar
E-mail: [email protected]
Directora:
Sra. Contreras Gladys Noemí
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BOLETIN
LEYES DE LA PROVINCIA
LEY 2967
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°: Modifícanse los Artículos 165 y
203 de la Ley 2680 -Código Fiscal de la Provincia
del Neuquén-, los que quedarán redactados de la
siguiente manera:
“Artículo 165: Están exentos del impuesto:
a) Los inmuebles del Estado provincial, sus
dependencias, reparticiones autárquicas
y descentralizadas. Los inmuebles del
Estado nacional, de los municipios y comisiones de fomento de la Provincia, sólo
a condición de reciprocidad. No opera
esta exención cuando los inmuebles estén afectados a actividades comerciales o
industriales, o sean dados en concesión,
alquiler, usufructo o cualquier otra forma
jurídica similar para su explotación comercial, industrial o para prestaciones de
servicios a título oneroso.
b)Los inmuebles del Ente Provincial de
Energía del Neuquén (EPEN), del Ente
Provincial de Agua y Saneamiento del
Neuquén (EPAS), de Artesanías Neuquinas S.E. y de la Corporación para el Desarrollo Integral del Neuquén S.E. (Cordineu).
c) Los inmuebles destinados, por planos de
mensura, a utilidad pública: plazas y/o espacios verdes y reservas fiscales.
d) Los excedentes de los terrenos particulares
declarados propiedad fiscal, nacional o municipal, conforme la normativa vigente.
e)Los inmuebles destinados a templos religiosos y sus dependencias, de cultos
oficialmente reconocidos y registrados,
conforme la legislación vigente.
f) Los inmuebles que pertenezcan, en propiedad o usufructo, a asociaciones civiles
con personería jurídica -excepto las re-
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feridas en el Artículo 3º de la Ley Nacional
19550, de Sociedades Comerciales-, cuando estén ocupados por dichas asociaciones
y siempre que sean utilizados para:
1) Servicios de Salud Pública, beneficencia y asistencia social, y de bomberos
voluntarios.
2) Escuelas, colegios, bibliotecas públicas,
universidades públicas, institutos educativos y de investigación científica.
3)Deportes.
g)Los inmuebles que pertenezcan, en
propiedad o usufructo, a asociaciones
gremiales, profesionales, de fomento y
mutualistas, con personería jurídica o
gremial, y a partidos políticos.
h) Los inmuebles edificados destinados exclusivamente a vivienda y ubicados en
las plantas urbanas y/o rurales, según la
clasificación de la Ley 2217 -del Catastro Territorial-, cuyos propietarios sean
personas físicas y cuya valuación fiscal
total, incorporando tierras y mejoras, no
exceda el límite que fije la Ley Impositiva
vigente. No se encuentran comprendidos
los inmuebles sometidos al Régimen de
Propiedad Horizontal.
i) Los inmuebles correspondientes a las
cooperativas, entidades gremiales y culturales, conforme lo establecido en el Artículo 144 in fine de la Constitución Provincial.
j) Los inmuebles que pertenezcan, en propiedad, a las reservaciones indígenas.
k) Los inmuebles urbanos ocupados por titulares de prestaciones de los regímenes
de jubilaciones y pensiones, siempre que
estas sean el único ingreso del grupo familiar y que:
1) Le pertenezcan como única propiedad
o como poseedores a título de dueños.
2)Lo ocupen exclusivamente para vivienda permanente.
3) Las prestaciones -de los regímenes de
jubilaciones y pensiones- devengadas
por el mes de enero de cada año fiscal
no superen el monto de tres (3) veces
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el salario Mínimo, Vital y Móvil o aquel
que lo remplace con iguales consecuencias y finalidad.
Si el beneficiario de la prestación jubilatoria tiene
esta en trámite al mes de enero del ejercicio fiscal
que corresponda, le será considerado, a efectos
de computar el tope establecido con el ochenta
y dos por ciento (82%) del sueldo devengado. La
exención dispuesta será también aplicable cuando
exista condominio, en forma proporcional al mismo.
La Dirección Provincial de Rentas debe determinar
el modo para acreditar los recaudos establecidos.
l) Los inmuebles de personas, indigentes o que
padezcan una desventajosa situación socioeconómica.
Esta exención la otorga, por decreto, del Poder Ejecutivo, previo informe socioeconómico; puede comprender, total o parcialmente,
deudas pasadas.
La exención dispuesta en este inciso corresponde, únicamente, en los casos que:
1)Se trate de un inmueble ocupado, exclusivamente para vivienda permanente,
por el titular o poseedor a título de dueño.
2)Le pertenezca, al titular, como único inmueble”.
“Artículo 203: Están exentos del pago de este
gravamen:
a)Las actividades ejercidas por el Estado
provincial, sus dependencias, reparticiones
autárquicas y descentralizadas. Las actividades ejercidas por el Estado nacional, las
municipalidades y comisiones de fomento,
sólo a condición de reciprocidad. No se encuentran comprendidos los organismos o
empresas que ejerzan actos de comercio o
desarrollen actividades industriales.
b)Las bolsas de comercio, autorizadas a
cotizar títulos, valores y los mercados de
valores.
c)Las emisoras de radiotelefonía y las de
televisión debidamente autorizadas o ha-
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bilitadas por autoridad competente, conforme la legislación de fondo que rige la
actividad, excepto las de televisión por
cable, codificadas, satelitales, de circuitos
cerrados y toda otra forma que permita
que sus emisiones puedan ser captadas
únicamente por sus abonados.
d)Toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que emitan la Nación, las provincias
y las municipalidades; también las rentas
producidas por éstos y los ajustes de estabilización o corrección monetaria.
Las actividades desarrolladas por los
agentes de Bolsa y por todo tipo de intermediarios en relación con tales operaciones, no se encuentran alcanzadas por la
presente exención.
e)La edición, impresión, distribución y venta de libros, apuntes, diarios, periódicos
y revistas. Están comprendidos en esta
exención los ingresos provenientes de la
locación de espacios publicitarios, avisos,
edictos y solicitadas.
f) Las representaciones diplomáticas y consulares de los países extranjeros acreditados ante el Gobierno de la República, dentro de las condiciones establecidas por la
Ley Nacional 13238.
g)Las cooperativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 144 de la Constitución Provincial. Esta exención no alcanza
a los ingresos provenientes de prestaciones o locaciones de obras o servicios
efectuados por cuenta de terceros, aún
cuando dichos terceros estén asociados
o posean inversiones que no integren el
capital societario.
h) Los ingresos de los asociados de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en éstas.
i) Las asociaciones mutualistas constituidas
de conformidad con la legislación vigente,
con excepción de la actividad que realicen
en materia de seguros, de préstamos dinerarios o de actividades financieras de
otra índole.
j) Las operaciones realizadas por las asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, de asistencia
social, de educación e instrucción, cien-
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tíficas, artísticas, culturales y deportivas,
instituciones religiosas y asociaciones
gremiales, siempre que los ingresos obtenidos estén destinados exclusivamente al
objeto previsto en sus estatutos sociales,
acta de constitución o documento similar y
no se distribuyan directa o indirectamente
entre los socios. En todos los casos, se
debe contar con personería jurídica, gremial, reconocimiento o autorización por
autoridad competente, según corresponda.
k) Los intereses obtenidos por depósitos de
dinero en cajas de ahorro, cuentas especiales de ahorro, plazos fijos u otras formas de captación de fondos del público.
l) Los establecimientos educacionales privados, incorporados a los planes de enseñanza oficial, reconocidos como tales por
las respectivas jurisdicciones.
m)La producción primaria, cuando los ingresos se originen en la venta de bienes
producidos en la Provincia. Esta exención
no alcanza a las actividades hidrocarburíferas, sus servicios complementarios, ni a
los supuestos previstos en el Artículo 21
del Título III, Capítulo IV de la Ley Nacional 23966 -de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y Gas Natural-.
No opera la exención cuando se agreguen
valores por procesos posteriores al producto primario -aun cuando dichos procesos se
efectúen sin facturación previa-. Tampoco
procede la exención cuando la producción
sea vendida directamente a consumidores
finales o a sujetos que revistan la categoría
de exentos del IVA.
n)Los ingresos obtenidos por personas físicas -individualmente o bajo la forma
de condominio- o sucesiones indivisas,
originados en la venta de inmuebles provenientes de cualquier tipo de fraccionamiento, del cual no hayan surgido más de
diez (10) lotes o unidades funcionales.
El beneficio decae si el contribuyente es
titular, en forma concomitante, de dos (2)
o más fraccionamientos, cuando la sumatoria de los lotes o unidades funcionales
obtenidos sea superior a diez (10).
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ñ)La venta de inmuebles efectuada después de dos (2) años a partir de su incorporación al patrimonio, ya sea por boleto
de compraventa o escritura, salvo que el
enajenante sea una sociedad o empresa
inscripta en el Registro Público de Comercio o se trate de un fideicomiso. Este plazo
no es exigible cuando se trata de ventas
efectuadas por sucesiones indivisas, de
ventas de vivienda única efectuadas por el
propietario y de ventas de viviendas afectadas a la propiedad como bienes de uso.
o)Los ingresos provenientes de la locación
de inmuebles, cuando se trate de hasta
dos (2) propiedades y los obtengan personas físicas o sucesiones indivisas, siempre que:
1) Estén destinados -los inmuebles- a viviendas de uso familiar.
2) Los ingresos totales no superen el importe mensual que establezca la Ley
Impositiva.
En caso de que el ingreso provenga de más de dos (2)
unidades, no será aplicable la presente exención, y se
debe tributar por la totalidad de los ingresos.
p) Los organizadores de ferias o exposiciones
declaradas de interés provincial por el Poder
Ejecutivo, en un cincuenta por ciento (50%)
de los ingresos gravados que correspondan
a la ejecución del evento.
q) Los ingresos provenientes de las actividades que desarrollen el Ente Provincial de
Energía del Neuquén (EPEN), el Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS), el
Ente Provincial de Termas (Eproten), Artesanías Neuquinas S.E. y el Banco Provincia
del Neuquén S.A. (BPN S.A.), por sus ingresos financieros únicamente.
r) Los ingresos provenientes de las actividades que realice el Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (COIRCO) y la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC).
s) Los ingresos obtenidos por los efectores
sociales en los términos de la Ley 2650
-sobre la exención del pago del Impuesto
Sobre los Ingresos Brutos a las activida-
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des desarrolladas por pequeños contribuyentes-.
t) Los ingresos obtenidos por la actividad de
producción de software, en los términos
de la Ley 2577 -adhesión a la Ley Nacional 25922, de Promoción de la Industria
del Software.
u) Los ingresos obtenidos por las personas
discapacitadas, en los términos de la Ley
1634 -Régimen de Protección Integral
para las Personas con Discapacidad-,
únicamente por aquellas actividades desarrolladas en forma personal”.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable
Legislatura Provincial del Neuquén, a los diecinueve días del mes noviembre de dos mil quince.
Legislatura Provincial del Neuquén, a los diecinueve días de noviembre de dos mil quince.
Fdo.) Darío Edgardo Mattio
Vicepresidente 2º a/c. Presidencia
H. Legislatura del Neuquén
Lic. María Inés Zingoni
Secretaria
H. Legislatura del Neuquén
Registrada bajo número: 2968
Promulgada, “IPSO JURE” conforme al Artículo
192 de la Constitución de la Provincia del Neuquén, a los 11 días del mes de diciembre del
2015.
_______________
LEY 2969
POR CUANTO:
Fdo.) Darío Edgardo Mattio
Vicepresidente 2º a/c. Presidencia
H. Legislatura del Neuquén
Lic. María Inés Zingoni
Secretaria
H. Legislatura del Neuquén
Registrada bajo número: 2967
Promulgada, “IPSO JURE” conforme al Artículo
192 de la Constitución de la Provincia del Neuquén, a los 11 días del mes de diciembre del 2015.
_______________
LEY 2968
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°: Institúyese el último día hábil de la
tercera semana de noviembre como “Día del Emprendedor Neuquino”.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°: Adhiérese a la Ley Nacional 26905,
que promueve la reducción del consumo de sodio
en la población.
Artículo 2°: La autoridad de aplicación de la
presente Ley es el Ministerio de Salud o el organismo que lo remplace.
Artículo 3°: A efectos de dar cumplimiento a la
presente Ley, autorízase a la autoridad de aplicación a celebrar acuerdos y convenios con los municipios de la Provincia.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable
Legislatura Provincial del Neuquén, a los diecinueve días de noviembre de dos mil quince.
Fdo.) Darío Edgardo Mattio
Vicepresidente 2º a/c. Presidencia
H. Legislatura del Neuquén
Lic. María Inés Zingoni
Secretaria
H. Legislatura del Neuquén
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BOLETIN
Registrada bajo número: 2969
Promulgada, “IPSO JURE” conforme al Artículo
192 de la Constitución de la Provincia del Neuquén, a los 11 días del mes de diciembre del
2015.
DECRETOS SINTETIZADOS
Año 2015
2397 - Acepta los fondos otorgados por el
Instituto Nacional de Cines y Artes Audiovisuales
(lNCAA), por un monto total de ($150.000) al Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad
y Trabajo.
2401 - Procede a otorgar la escritura traslativa
de dominio a favor de la Fundación Médica de Río
Negro y Neuquén ante la Escribanía General de
Gobierno o Escribanía privada, del Lote “U11” del
Parque Industrial de la ciudad de Neuquén.
2402 - Transfiere a la Municipalidad de El Huecú la suma de hasta ($1.194.201,60) integrantes del
Fondo para Obras de Infraestructura Social y Productiva creado por la Ley 2820.
2403 - Da de baja por reubicación de la Planta
Funcional del Ministerio de Desarrollo Territorial al
agente Fernando Diego Navarro.
2428 - Declara operada la prescripción adquisitiva del inmueble identificado como Lote “A”,
Nomenclatura Catastral 04-RR-07-6317, Ñorquinco, afectado al Aeródromo “Oscar Reguera” de la
localidad de Chos Malal.
2429 - Declara operada la prescripción adquisitiva del inmueble identificado como Lote “4b”,
Nomenclatura Catastral 05-RR-10-6466-0000,
afectado al Aeródromo de la localidad de Loncopué.
2430 - Transforma a partir del 12 de mayo de
2015, dos cargos de Maestro Especial Departamento de Aplicación de Inglés - de 10 horas, en
dos cargos de Maestro Especial Departamento de
Aplicación de Inglés - 20 horas, en la planta funcional del Departamento de Aplicación del Instituto de Formación Docente N° 12 de Neuquén.
2431 - Convalida y aprueba el convenio y
adenda suscripto entre la Provincia del Neuquén,
la Dirección Provincial de Aeronáutica, la Municipalidad de San Martín de los Andes, la Municipalidad de Junín de los Andes y el Consejo de Admi-
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nistración del Aeropuerto Chapelco, por el cual se
rescinde el convenio de administración, mantenimiento y explotación del aeropuerto.
2433 - Acepta la aeronave matrícula LV-AXO
en concepto de distribución de dividendos en especie por la participación accionaria del Estado
Provincial en el capital de la Empresa Gas y Petróleo del Neuquén S.A.
2434 - Deja sin efecto la designación de María
Lorena Nicolás, dispuesta mediante Decreto N°
1036/04, como Adscripta N° 2 en el Registro Notarial Nº 8 de la ciudad de Neuquén.
2446 - Convierte cargos de la Planta Permanente del Ministerio de Coordinación de Gabinete,
Seguridad y Trabajo.
2447 - Convierte cargos de la Planta Permanente de la Subsecretaría de Prensa y de la Subsecretaría Legal y Técnica, dependientes del Ministerio de Coordinación de Gabinete, Seguridad
y Trabajo.
2448 - Convierte cargos de la Planta Permanente de la Subsecretaría de Seguridad Pública y
Participación Ciudadana.
2449 - Convierte cargos de la Planta Permanente del Ministerio de Coordinación de Gabinete,
Seguridad y Trabajo.
2450 - Convierte cargos de la Planta Permanente de la Casa del Neuquén en Buenos Aires.
2451 - Convierte cargos de la Planta Permanente del Ministerio de Coordinación de Gabinete,
Seguridad y Trabajo.
2452 - Convierte y reencasilla a los agentes
detallados en el Anexo I, quienes cumplen funciones en la Secretaría de Gestión Pública.
2453 - Da de baja por reubicación al agente
Areta María Gimena y da de baja el puesto de
Analista en Políticas Sociales, ambos de la Planta
Funcional del Ministerio de Desarrollo Social.
2454 - Transfiere cargos e incorpora a la Planta Funcional de la Subsecretaría de Seguridad
Pública y Participación Ciudadana del Ministerio
de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo.
2455 - Modifica el Artículo 4° del Decreto N°
0071/00.
2456 - Otorga a la Municipalidad de Plottier un
Aporte Reintegrable por la suma de ($4.000.000),
destinados a cubrir el gasto salarial del mes de
noviembre de 2015.
2457 - Aprueba lo actuado por la Comisión de
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
BOLETIN OFICIAL
Evaluación y Preadjudicación del Ministerio de
Desarrollo Territorial de la Licitación Pública Nacional N° 04/15, para la ejecución de “Emprendimientos Turísticos en Villa Traful”,
2458 - Aprueba lo actuado por la Comisión de
Evaluación y Preadjudicación del Ministerio de
Desarrollo Territorial de la Licitación Pública Nacional Nº 02/15, para la ejecución de “Desarrollos
Integrales, Urbanos y Turísticos sobre el Lago Aluminé, Provincia del Neuquén”.
2472 - Aprueba la adjudicación y autoriza la
contratación de la obra “Escuela Superior de Música - Ampliación Aulas - Neuquén” a la empresa
Blackhall Construcciones S.R.L. en la suma de
($21.630.000) a valores del mes de agosto de
2015.
2473 - Deja sin efecto los Artículos 2º y 3º del
Decreto N° 1432/14.
2474 - Autoriza a Luis Humberto Mora en su
carácter de adjudicatario en venta de una tierra
fiscal situada en parte del Lote F del Departamento Añelo, a transferir una fracción de la misma a
favor de la firma Servicios Ambientales del Neuquén S.R.L.
2476 - Transfiere puestos e incorpora en la
Planta Funcional de la Subsecretaría de Minería
e Hidrocarburos.
2482 - Aprueba la adenda VIII al contrato de
Unión Transitoria de Empresas que Gas y Petróleo del Neuquén S.A. suscribió con la Empresa
Madalena Austral S.A., correspondiente al área
Curamhuele.
2483 - Da de baja por reubicación de la Planta
Permanente del Ministerio de Desarrollo Social al
agente Carolina Leonor Verduguez y da de baja
un puesto de Asistente Operativo.
2507 - Acepta el acuerdo proyectado con la
firma Adobe S.A., el que forma parte del Anexo
Único y faculta al Ministro de Desarrollo Territorial
a suscribir el mismo.
2510 - Rechaza en todos sus términos el reclamo administrativo interpuesto por Nestor Orlando
Larrazabal, mediante el cual solicita la reparación
integral de daños y perjuicios.
2511 - Rechaza en todos sus términos el
recurso administrativo interpuesto por Cristina
Noemí Jofre, contra la Resolución N° 0369/15 del
Ente Provincial de Energía del Neuquén.
2512 - Rechaza en todos sus términos el re-
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clamo administrativo interpuesto por Liliana Virginia Calderón, por el cual solicita que se le reconozca de carácter remunerativo y bonificable a la
asignación otorgada por Decreto N° 0753/10.
2513 - Rechaza los reclamos administrativos
interpuestos por los agentes detallados en el Anexo I, por el cual solicitan que se les reconozca de
carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto Nº 0753/10.
2514 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Rubén Alberto Aranda, contra el Decreto Nº 0890/15.
2515 - Rechaza el reclamo administrativo interpuesto por Linda Teresa Urrutia, por el cual solicita que se le reconozca de carácter remunerativo
y bonificable a la asignación otorgada por Decreto
N° 0753/10.
2516 - Rechaza el reclamo administrativo interpuesto por Adriana Isabel Felippe, por el cual
solicita que se le reconozca de carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por
Decreto N° 0753/10.
2517 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por José Manuel
Prado, contra la Resolución Nº 0497/15 del ex Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia.
2518 - Rechaza los reclamos administrativos
interpuestos por los agentes detallados en el Anexo I, por el cual solicitan que se les reconozca de
carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto N° 0753/10.
2519 - Rechaza los reclamos administrativos
interpuestos por los agentes detallados en el Anexo I, por el cual solicitan que se les reconozca de
carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto Nº 0753/10.
2520 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Antonio Abel
Abregú, por el cual solicita se revoque la Resolución N° 0211/15 del ex Ministerio de Gobierno,
Educación y Justicia.
2521 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por la Firma Unamit S.A., contra la Resolución 0217/13 de la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable.
2522 - Rechaza los reclamos administrativos
interpuestos por los agentes detallados en el Anexo I, por el cual solicitan que se les reconozca de
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carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto N° 0753/10.
2523 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Hugo César
Navarro, contra la Resolución N° 0432/15 del exMinisterio de Gobierno, Educación y Justicia.
2524 - Rechaza en todos sus términos el reclamo administrativo interpuesto por Isabel Renee
Cabrera, por el cual solicita que se le reconozca
de carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto N° 0753/10.
2525 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Carlos Alberto Lilo, contra la Resolución Nº 0325/15 del ex
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia.
2526 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Ornar Darío
Armitano, contra la Resolución Nº 0502/15 del ex
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia.
2527 - Rechaza en todos sus términos el reclamo administrativo interpuesto por Úrsula Victoria Rivas, por el cual solicita que se le reconozca
de carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por Decreto N° 0753/10.
2528 - Rechaza en todos sus términos el reclamo administrativo interpuesto por Néstor Sandoval, por el cual solicita se revoque la Resolución
Nº 0328/15 del ex Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia.
2529 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Mirta Inés
Rodríguez, contra la Disposición N° 019/15 de la
Subsecretaría de Justicia y Derechos Humanos.
2530 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por María Edith
Manríquez y otros agentes del Anexo I, por el cual
solicitan se les reconozca de carácter remunerativo y bonificable a la asignación otorgada por el
Decreto N° 0753/10.
2533 - Rechaza en todos sus términos el reclamo interpuesto por las Sras. Viviana Iris Salinas, Mónica Graciela Solís, Mónica Ester Rojas
y Patricia Videla, por el cual solicitan que se les
reconozca de carácter remunerativo y bonificable
a la asignación otorgada por Decreto N° 0753/10.
2534 - Rechaza en todos sus términos el recurso administrativo interpuesto por Raimundo
Ibañez, contra la Resolución N° 0584/15 del ex
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia.
2542 - Aprueba el Acta Acuerdo entre la Co-
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
misión Técnica de Renegociación y la empresa
Medanito Sociedad Anónima.
A partir del 10-12-2015
0101 - Adhiere al duelo decretado por el Poder Ejecutivo Nacional en honor a la memoria de
quienes perdieron la vida en el trágico accidente
ocurrido el día 14 de diciembre de 2015 en la Ruta
Nacional N° 34 en el Sur de la Provincia de Salta.
0104 - Designa como Personal Mensualizado por Programa a las personas detalladas en el
Anexo I, en los puestos que en cada caso se especifica, para cumplir funciones en dependencias
de la Subsecretaría de Salud.
0105 - Designa como Personal Mensualizado por Programa a las personas detalladas en el
Anexo I, en los puestos que en cada caso se especifica, para cumplir funciones en dependencias
de la Subsecretaría de Salud.
0106 - Autoriza la creación de diez vacantes presupuestarias en el ámbito de la Secretaría de Salud.
0107 - Transfiere a la Municipalidad de Picún
Leufú la suma de ($700.000), para la realización
de trabajos adicionales de la Obra denominada
“Picún Leufú-Refuncionalización del Sistema de
Agua Potable-Agua Potable y Alcantarillado”.
FE DE ERRATAS
Se procede a publicar la siguiente Fe de Erratas, a efectos de subsanar el error de transcripción cometido. En la Edición Especial N° 3501 de
fecha 22/12/15 en Decretos Sintetizados: Pág. Nº
3, 1º Columna: Donde dice: Decreto N° 2357;
Debe decir: Decreto Nº 2537.
CONTRATOS
RAISING S.R.L.
Instrumento Constitutivo: Documento privado del 28/8/2015, Reg. Not. 11, modificación
del 24/9/2015, Reg. Not. 11 y modificación del
12/11/2015, Reg. Not. 21, Neuquén Capital. Socios: Norberto Alfredo Bruno, DNI 13.322.887, nacido el 26/6/1959, argentino, casado en primeras
nupcias con Gisela Lucci, DNI 16.202.638, Lic.
en Administración de Empresas, domiciliado en
Rincón Club de Campo, Unidad Funcional 321
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
BOLETIN OFICIAL
de la ciudad de Nqn., Provincia del Neuquén;
Mauricio Edgar Acosta, DNI 20.296.124, nacido
el 25/5/1968, argentino, casado en primeras nupcias con Silvina Marcela Bertrán, DNI 21.126.382,
comerciante, con domicilio en J.J. Lastra 366, 1º
Piso de la ciudad del Nqn., Provincia del Neuquén.
Razón Social: RAISING S.R.L.. Domicilio: Ciudad
de Neuquén, Provincia del Neuquén. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto la industrialización, comercialización y distribución de paneles,
bloques y lozas para la construcción en seco, brindando servicios de construcción y asesoría tendientes a promover la utilización de los productos
por ella fabricados. Estas actividades podrán ser
desarrolladas por ella en forma directa o asociada
a terceras compañías. Plazo de Duración: 99 años
desde fecha de inscripción en el Registro Público
de Comercio. Capital Social: El capital social se
fija en la suma de pesos ciento treinta y cuatro
mil ($134.000,00), dividido en un mil trescientas
cuarenta (1.340,00) cuotas de capital de pesos
cien ($100,00) de valor nominal cada una que los
socios suscriben en su totalidad y de la siguiente forma: El Sr. Norberto Alfredo Bruno suscribe:
Pesos sesenta y siete mil ($67.000,00) o sea en
(670,00) cuotas de capital de pesos cien ($100,00)
de valor nominal cada una. Dichos aportes se integran de la siguiente forma: El veinticinco por
ciento (25%), o sea pesos dieciséis mil setecientos cincuenta ($16.750,00), en dinero en efectivo
al momento de la celebración del acto constitutivo. El saldo restante, o sea pesos cincuenta mil
doscientos cincuenta ($50.250) será integrado en
su totalidad en el plazo de dos años, contados a
partir de la fecha de inscripción del contrato en
el Registro Público de Comercio. El Sr. Mauricio
Edgar Acosta suscribe: Pesos sesenta y siete mil
($67.000,00) o sea (670,00) cuotas de capital de
pesos cien ($100,00) de valor nominal cada una.
Dichos aportes se integran de la siguiente forma:
El veinticinco por ciento (25%), o sea pesos dieciséis mil setecientos cincuenta ($16.750,00), en dinero en efectivo al momento de la celebración del
acto constitutivo. El saldo restante, o sea pesos
cincuenta mil doscientos cincuenta ($50.250,00),
será integrado en su totalidad en el plazo de dos
años contados a partir de la fecha de inscripción
del contrato en el Registro Público de Comercio.
Órgano de Administración y Fiscalización y Organización de la Representación Legal: La adminis-
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tración y representación legal de la sociedad será
ejercida por uno o varios Gerente/s socio/s o no
que tendrá el uso de la firma social y la representación legal con todas las facultades necesarias para
actuar en su nombre sin limitación alguna, pudiendo celebrar y representada en cuanto acto jurídico
importe adquirir derechos y contraer obligaciones,
ya sea de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra índole que se relacione directamente con el objeto social. En el ejercicio
de la administración de la sociedad, los Gerentes
podrán, para el cumplimiento de sus fines sociales,
constituir toda clase de derechos reales, permutar,
ceder, tomar en locación bienes imnuebles, realizar
todo acto o contrato por el cual se adquieran o enajenen bienes, contratar o sub-contratar cualquier
clase de negocios o servicios, nombrar agentes,
otorgar poderes generales y especiales, solicitar
créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar todo
tipo de operaciones bancarias con bancos nacionales, provinciales, municipales, mixtos o privados,
en el país o en el exterior, constituir hipotecas de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y en
la forma y condiciones más convenientes, dejando constancia que las enumeraciones precedentes
que no son taxativas sino meramente enunciativas,
pudiendo realizar todos los actos o contratos que
se relacionen directa o indirectamente con el objeto
social. Para la realización de los siguientes actos
se requerirá la aprobación por unanimidad de todos los socios: a) Cuando se trate de compras y/o
ventas de bienes registrables y la constitución de
derechos reales con vehículos y/o inmuebles adquiridos; b) Cuando se trate de contraer préstamos,
empréstitos o créditos en nombre de la sociedad
cuando superen el importe de su capital social. Los
Gerentes son elegidos por Asamblea de Socios y
durarán en sus cargos hasta que renuncien o que
la Asamblea de Socios les revoque el mandato, con
la aprobación de la mayoría simple del capital social presente en la misma. Contralor: La sociedad
prescindirá de la Sindicatura, por lo que los socios
poseen el derecho de examinar los libros y papeles
sociales y recabar de la Gerencia los informes que
estimen pertinentes conforme lo dispuesto por los
Artículos 55 y 158 de la Ley 19550. Si al aumentarse el capital la sociedad quedara comprendida
en el inciso 2) del Artículo 299 de la Ley antes citada, la Asamblea de Socios que así lo resolviese,
deberá designar un Síndico titular y un suplente
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OFICIAL
BOLETIN
por el término de un año. Fueron designados Gerentes el socio Norberto Alfredo Bruno y/o el socio
Mauricio Edgar Acosta. Sede Social: J.J. Lastra
366, 1º Piso de la ciudad de Neuquén, Provincia
del Neuquén. Fecha de Cierre del Ejercicio: El 31
de diciembre de cada año. El presente edicto ha
sido ordenado por la Sra. Directora de la Dirección General del Registro Público de Comercio
de esta Provincia, Dra. Graciela Mercau, en autos
caratulados: “RAISING S.R.L. s/Inscripción”, (Expte. 21880/15). Neuquén, 17 de diciembre de 2015.
Fdo. Dra. Claudia Raone, Secretaria Subrogante.
1p 30-12-15
___________
CONTEODA S.R.L.
En la ciudad de Neuquén, al primer día de abril
de 2015 y modifícatorio de fecha 28 de octubre de
2015, Oscar David Andrés, DNI N° 26.393.733,
soltero, de nacionalidad argentina, nacido el 21
de enero de 1978, de profesión empleado, domiciliado en la calle General Paz N° 568 de la ciudad
de Cinco Saltos, Provincia de Río Negro, ceden y
transfieren la totalidad de sus cuotas sociales en
la siguiente proporción: Un mil setecientas (1.700)
cuotas, de pesos uno ($1) a Nelson David Andrés, DNI Nº 29.019.767, soltero, de nacionalidad
argentina, nacido el 4 de septiembre de 1981, de
profesión empleado, domiciliado en la calle Fotheringham N° 528 de la ciudad de Neuquén, Provincia
del Neuquén, y un mil seiscientas (1.600) cuotas
de pesos uno ($1) a Amanda Marina Andrés, DNI
N° 23.997.526, soltera, nacida el 16 de diciembre
de 1974, de nacionalidad argentina, de profesión
empleada, domiciliada en la calle Fhotheringham
Nº 528 de la ciudad de Neuquén, Provincia del
Neuquén. En mérito a esta transferencia y cesión,
se modifica la cláusula cuarta del contrato social.
“Cuarta: Capital: El capital social de la sociedad se
establece en la suma de pesos diez mil ($10.000),
que se divide en diez mil cuotas de pesos uno
($1) cada una, las cuales se suscriben totalmente
en la proporción siguiente: Nelson David Andrés,
el cincuenta por ciento (50%) equivalente a cinco
mil (5.000) cuotas de pesos uno ($1) cada una,
y Amanda Marina Andrés, el cincuenta por ciento
(50%) equivalente a cinco mil (5.000) cuotas de
pesos uno ($1) cada una. Cuando el giro comercial de la sociedad lo requiera, podrá aumentarse
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
el capital indicado hasta el quíntuplo, mediante la
Asamblea de Socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital, en Asamblea de Socios que se determinará
el plazo y el monto de integración, conforme a la
suscripción y en su misma proporción de las cuotas sociales que suscribió cada uno de los socios”.
Se modifica la cláusula sexta del contrato social:
“Sexta: La dirección, administración y representación de la sociedad será ejercida por uno (1) de los
socios, que será elegido en el Asamblea de Socios,
pudiendo ser reelectos por el voto de la mayoría”.
El presente edicto ha sido ordenado por la Directora General del Registro Público de Comercio de
la Provincia del Neuquén, Graciela N. Mercau, en
autos: “CONTEODA S.R.L. s/Inscripción de Cesión
de Cuotas Sociales y Modificación de Cláusulas
Cuarta y Sexta”, (Expte. N° 22003/15). Subdirección, 18 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia
Raone, Secretaria Subrogante.
1p 30-12-15
___________
S.I.N. - M & A S.R.L.
Por instrumento de fecha 26 de octubre de
2015, los socios de S.I.N. - M & A S.R.L., aprobaron la modificación del Artículo N° 3 del contrato
social oportunamente inscripto, respecto del objeto social, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “Artículo 3°: La sociedad tendrá
por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o
asociada a terceros, ya sea en el territorio nacional
como en el extranjero, las siguientes actividades:
a) Prestación de servicios de limpieza de inmuebles; b) Compraventa de muebles y accesorios de
oficina; c) Prestación de servicios relacionados al
transporte terrestre nacional e internacional: Transporte de cargas, mercadería en general, muebles
y semovientes, materias primas y elaboradas, mudanzas, fletes y acarreos, así como el alquiler con
o sin chofer de todo tipo de rodados, sea por vía
terrestre, aérea o pluvial o combinando éstas, cumpliendo para ello con todas las normas y reglamentaciones internacionales, nacionales, provinciales,
interprovinciales y municipales para su circulación,
distribución, almacenamiento y depósito, realizando el servicio con medios de transporte y equipamiento propio o contratando el servicio de terceros,
ejerciendo los actos que no sean prohibidos por las
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BOLETIN OFICIAL
leyes y el presente instrumento”. El presente edicto
fue ordenado en autos: “S.I.N. - M & A S.R.L. s/Inscripción Modificación de Contrato Social respecto a
su Objeto”, (Expediente Nro. 22061/15). Subdirección, 18 de diciembre de 2015. Fdo. Dra. Claudia
Raone, Secretaria Subrogante.
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______________
PEÑI MARI SOCIEDAD ANÓNIMA
Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria de fecha 30/12/2013 y Asambleas rectificatorias de fechas 26/09/2015 y 03/11/2015, los
socios de PEÑI MARI SOCIEDAD ANÓNIMA,
designaron al Directorio de la sociedad que quedó conformado de la siguiente forma: Presidente:
Maximilian Diez y Director suplente: Máximo Diez.
Neuquén, 21 de diciembre de 2015.
1p 30-12-15
___________
FE DE ERRATAS
CRINEL S.R.L.
Constitución
Con fecha 04/12/2015, se publicó el contrato social de la empresa “CRINEL S.R.L.”, el cual
contenía errores en Artículo 1º); se consignó erróneamente el Nro. de Documento del socio Nelson
Leonardo Carod, siendo el correcto 17.238.522.
En el inicio Art. 2º), se corrige la “modificación del
28/02/2015, debe decir: 24/02/2015”. En el Art.
7º), se suprime “siendo reelegibles”, y la parte que
dice: “actuar ampliamente en todos los negocios
sociales”. En el Art. 6º), se modifica la fecha de
cierre de ejercicio siendo “30 de junio”. En autos
caratulados: “CRINEL S.R.L. s/Inscripción Contrato Social y Modificación”. Carod Cristian Marcelo.
1p 30-12-15
LICITACIONES
SALVADÓ HERMANOS S.A.
Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria Unánime de Accionistas Nº 40 de fecha 31
de octubre de 2014, de SALVADÓ HERMANOS
S.A., con sede social en San Martín N° 99 de la
ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén, se
resolvió por unanimidad, fijar en seis el número de Directores titulares y en uno el número de
suplente, y designar como Directores titulares a:
Sr. Gerardo Luis Salvadó; Sra. Olga Planas; Sra.
Alicia Schiel; Sra. Andrea Daniela Vega; Sra. Lilia Raquel Paredes y Sr. Alejandro Javier Dinolfo; y como Directora suplente a la Srta. Martina
Salvadó. Asimismo, por Reunión de Directorio Nº
158 de fecha 31/10/14, los Directores designados
por la Asamblea mencionada precedentemente
aceptaron los cargos conferidos, y aprobaron la
siguiente distribución de cargos: Presidente: Sr.
Gerardo Luis Salvadó; Vicepresidente: Sra. Olga
Planas; Directores titulares: Sras. Alicia Schiel;
Andrea Daniela Vega, Lilia Raquel Paredes y Sr.
Alejandro Javier Dinolfo; y Directora suplente:
Srta. Martina Salvadó. Los Directores designados
denunciaron domicilio especial, conforme al Artículo Nº 256 de la Ley N° 19550 y modificatorias, a
los efectos pertinentes, en la calle San Martín 99
de la ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén.
1p 30-12-15
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BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
ÁREA COMPRAS Y
CONTRATACIONES INMUEBLES
Licitación Pública Nº INM 3875
Objeto: Llámese a la Licitación Pública N°
INM - 3875, para la “Ampliación de la Banca Electrónica” del edificio sede de la Sucursal Cipolletti
(RN).
La Apertura de las Propuestas: Se realizará
el 08/01/16 a las 12:30 hs., en el Área de Compras
y Contrataciones - Departamento de Inmuebles Bartolomé Mitre 326, 3° Piso, Oficina 311 - (1036)
- Capital Federal.
Compra y Consulta de Pliegos: En la citada
Dependencia, en la Sucursal Cipolletti (RN) y en
la Gerencia Zonal Neuquén.
Asimismo pueden efectuarse consultas en el
sitio de la página Web del Banco de la Nación Argentina www.bna.com.ar.
Valor del Pliego: $1.000.
3p 23, 30-12-15 y 08-01-16
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OFICIAL
BOLETIN
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
CONVOCATORIAS
EDICTOS
ASOCIACIÓN CIVIL DE PERSONAL
SUBALTERNO POLICÍA
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Dra. Magdalena I.T. Focaccia, Juez en Primera Instancia a cargo del Juzgado de Juicios
Ejecutivos Nº 3, sito en Diagonal 25 de Mayo
Nº 51, 2º piso de Neuquén Capital de esta ciudad de Neuquén, Provincia del Neuquén de la
Primera Circunscripción Judicial de Neuquén,
Secretaría Única a mi cargo, en los autos caratulados: “Provincia del Neuquén c/Ovejero Carlos Maximiliano y Otro s/Apremio”, (Expte. Nº
397792/2009) cita al Sr. Ovejero Carlos Maximiliano, DNI 22.219.532, para que dentro del plazo de
diez días comparezca a tomar la intervención en
autos, bajo apercibimiento de designarle Defensor
Oficial de Ausentes para que lo represente. Publíquense edictos por cinco días en el Boletín Oficial.
20 de noviembre de 2015. Fdo. Dra. Vanina Forquera, Secretaria.
5p 04, 11, 18, 23 y 30-12-15
_______________
Asamblea General Ordinaria
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo
Nº 32 del Estatuto Social, se convoca a Asamblea
General Ordinaria de la “Asociación Civil de Personal Subalterno Policía Provincia del Neuquén”,
para el día 19 de enero de 2016, hs. 18:00, en
calles El Tostado y Belgrano 3.890, según el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1º) Designación de dos socios para firmar el
Acta.
2º) Consideracióny aprobación de la Memoria,
Balance del Ejercicio finalizado el 31 de diciembre
del año 2014 (llamado irregular).
Neuquén, 23 de diciembre de 2015.
Fdo. Andrés E. Botto, Presidente.
1p 30-12-15
_____________
ASOCIACIÓN “8 DE NOVIEMBRE”
Asamblea General Ordinaria
Convoca a sus asociados a la Asamblea Gral.
Ordinaria para el día 13 de enero del año 2016
a las 20 hs., en su sede social, sito en las calles
Pringles 585 y Sgto. Cabral de Neuquén Capital,
con el objeto de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1º) Elección de dos asociados para firmar el
Acta.
2º) Informe sobre la convocatoria fuera de término.
3º) Lectura y consideración de los Estados
Contables 2003 al 2014.
4º) Modificación de la cuota social.
5º) Elección de la nueva Comisión Directiva y
Revisora de Cuentas, por un periodo de dos años
calendario.
1p 30-12-15
El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2, a cargo
de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a
cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Diagonal 25 de Mayo 51, 2º Piso de la ciudad de Neuquén Capital, comunica al demandado en autos:
“Provincia del Neuquén c/Cashmere S.R.L. s/
Apremio”, (Expte. 441982/11), Sr./a Cashmere
S.R.L., CUIT 30-70718537-2, para que dentro de
los 10 días a contarse desde la última publicación
comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de
designarle Defensor Oficial de Ausentes para que
lo represente en él (Art. 343 del CPCyC); mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial
por 5 (cinco) días. Se hace saber que lo antedicho
implica una única publicación en el Boletín Oficial.
Secretaría, 23 de noviembre de 2015. Fdo. Ayelén
Ruffa, Prosecretaria.
5p 04, 11, 18, 23 y 30-12-15
_______________
El Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº 2, a cargo
de la Dra. María Victoria Bacci, Secretaría Única a
cargo del Dr. Mario Javier Alarcón, sito en Diagonal
25 de Mayo 51, 2º Piso de la ciudad de Neuquén
Capital, comunica al demandado en autos: “Provincia del Neuquén c/Herederos de Bustingo-
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
BOLETIN OFICIAL
rry Rómulo s/Apremio”, (Expte. 478874/12),
Sr./a herederos de Bustingorry Rómulo, para que
dentro de los 5 (cinco) días a contarse desde la
última publicación comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo
apercibimiento de designarle Defensor Oficial de
Ausentes para que lo represente en él (Art. 343
del CPCyC); mediante la publicación de edictos
en el Boletín Oficial por 5 (cinco) días. Secretaría,
29 de octubre de 2015. Fdo. Roxana Raimondi,
Prosecretaria.
5p 04, 11, 18, 23 y 30-12-15
________________
Tercer Juzgado de Procesos Concursales
de la ciudad de Mendoza, con domicilio en calle
Pedro Molina 517, Segundo Piso de la ciudad de
Mendoza. Autos CUIL: 13-03795319-3 (0119031017424) ASISTIR S.A. p/Concurso Grande.
Fecha de Apertura: Concurso 13/10/2015. ASISTIR S.A., C.U.I.T. Nº 30-68931771-1, con sede
social en calle San Juan 871, ciudad de Mendoza.
Fecha de presentación: 21/08/2015. Fechas fijadas: 24/11/2015 para que la Sindicatura emita el
informe requerido por el Art. 14 inc. 11) y 12) y
el Art. 16 de la LCQ; el que estará a disposición
de la concursada y demás interesados hasta el
día 10/12/2015, dictándose resolución sobre la
procedencia de los créditos laborales con derecho de pronto pago y el modo de efectivización
el día 10/02/2016. Fijar: 30/03/2016 hasta la cual
los acreedores deberán presentar las peticiones
de verificación y los títulos pertinentes al Síndico; habilitándose al efecto dos horas más del día
hábil siguiente; conforme a Acordada de fecha
07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera
Cámara de Apelaciones. Fijar el día 13/04/2016,
a efectos de revisar los legajos y formular por
escrito las impugnaciones y observaciones a las
solicitudes presentadas, en el domicilio de la Sindicatura (Art. 34 LCQ); Fijar el día 04/07/2016
presentación del Informe Individual de Créditos
(Art. 35 LCQ). Fijar el día 01/09/2016 fecha en
la cual el Juzgado decidirá sobre la procedencia
y alcance de las solicitudes formuladas por los
acreedores (Art. 36 LCQ). Fijar el 14/10/2016
hasta la cual la Sindicatura deberá presentar el
Informe General (Art. 39 LCQ). Fijar el 28/10/2016
hasta la cual el deudor y quienes hayan solicitado
verificación pueden presentar observaciones al
PAGINA 13
Informe General (Art. 40 LCQ). El 15/09/2016 el
deudor presentará la clasificación y agrupamiento
de acreedores (Art. 41 LCQ). Fijar el 17/04/2017
a las doce horas la audiencia informativa (Art. 45
LCQ). Fijar el 24/04/2017 en la cual vence el período de exclusividad. Conforme resolutivo XV in
fine se ordena publicar edictos por cinco días en
un Diario de amplia circulación y en el Diario de
publicaciones legales del lugar de ubicación de
cada uno de los establecimientos existentes en
julio de 2014. Síndicos: Contadoras María Teresa Mellado y Myriam Ruth Chambouleyron con
domicilio en calle Avda. España Nº 1.057, Planta
Baja, Oficina 13, ciudad de Mendoza. Horarios de
atención días lunes, miércoles y jueves de 16:00
horas a 20:00 horas. Se habilita al efecto, dos
hora más del día hábil siguiente de 16 a 18 horas
(Resolución 06/06/2010 “Excma. Primera Cámara
de Apelaciones”) para verificación e impugnación
de créditos. Tel. 5243335; Cel.: 261 3016146 2616502763. Fdo. Dr. Pablo González Masanés,
Juez. Publicación: Cinco días en Diario de Amplia
circulación y Diario de publicaciones legales. Dra.
Paula Silvina Lucero, Secretaria.
5p 11, 18, 23, 30-12-15 y 08-01-16
_______________
La Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia
en lo Civil, Comercial y de Minería Nº Cuatro, Dra.
María Eugenia Grimau, sito en Rivadavia 205/211,
6° Piso de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza
por el término de treinta días a los acreedores y
herederos de Doña María Matilde Thomson, en
autos caratulados: “Thomson María Matilde s/
Sucesión ab-intestato”, (Expte. 509795/15). Publíquese por tres días. Neuquén, ... de noviembre
de 2015. Fdo. María Laura Alonso, Prosecretaria.
1p 30-12-15
___________
El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 4 a cargo de la Dra. María
Eugenia Grimau, Secretaría Única, sito en calle
Rivadavia Nº 205, 6º Piso de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el
causante Huenchuleo Quirilao Juana María, DNI
92.728.979, para que dentro de los 30 (treinta)
días se presenten en autos: “Huenchuleo Quirilao Juana María s/Sucesión ab-intestato”,
PAGINA 14
OFICIAL
BOLETIN
(Expte. Nro. 402473/09), y acrediten tal situación.
Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y en
el Diario La Mañana de Neuquén. Neuquén, 10
de diciembre de 2015. Fdo. Dra. María Luisa Ponchiardi, Prosecretaria.
1p 30-12-15
________________
Dra. Ivonne San Martín, Juez a cargo del Juzgado Nro. Uno en lo Civil, Comercial, Laboral y de
Minería, de la Tercera Circunscripción Judicial de
Neuquén, con asiento en la ciudad de Zapala, sito
en Etcheluz 650, en los autos caratulados: “Mesplatere Cleofe s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 29359, Año 2015), que tramitan ante la Secretaría Nº 2 a cargo de la Dra. Vanina Suárez, se
dispuso: Publíquense edictos por tres días en el
Boletín Oficial y Diario de circulación en la zona,
citando a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que
dentro del plazo de treinta días lo acrediten. Zapala, 08 de octubre de 2015. Fdo. Dra. Ivonne San
Martín, Juez. Zapala, 17 de diciembre de 2015.
Fdo. Dra. Vanina Adriana Suárez, Secretaria.
1p 30-12-15
___________
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
510051/2015). Publíquense edictos por tres días
en el Boletín Oficial. Neuquén, 16 de diciembre
de 2015. Fdo. Dra. Paula Irina Stanislavsky, Juez.
Fdo. Mauro Horacio Massei, Prosecretario.
1p 30-12-15
___________
El Juzgado Civil Nº 1 a cargo de la Dra. Paula Stanislavsky, sito en Rivadavia Nº 211, 2º Piso
de Neuquén, cita y emplaza en autos: “Retamal
Celinda Liliana s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 509079/15), a todos los que se consideren
con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. Retamal Celinda Liliana, DNI 18.356.096,
para que dentro de treinta (30) días lo acrediten.
Publíquese edictos por tres días. Fdo. Dra. Paula
Stanislavsky, Juez. Neuquén, 3 de diciembre de
2015. Fdo. Mauro Horacio Massei, Prosecretario.
1p 30-12-15
___________
Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería
Nº 1, sito en calle Etcheluz Nº 650 de la ciudad
de Zapala, a cargo de la Dra. Ivonne San Martín,
Secretaría Nº 2, en autos: “Véspoli Norman Jorge s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. N° 30578,
Año 2015), cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores de Véspoli Norman Jorge. Publíquese por tres días. Secretaría, 14 de diciembre
de 2015. Fdo. Dra. Vanina Adriana Suárez, Secretaria.
1p 30-12-15
___________
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Comercial, Laboral y de Minería de la V Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Chos
Malal, Pcia. del Neuquén, sito en calle 9 de Julio
y Sarmiento, a cargo del Dr. Carlos Choco, Secretaría Civil a mi cargo, cita y emplaza por 30 días a
todos aquellos que se consideren con derecho a
los bienes dejados por el causante Juan Gregorio
Rojas, L.E. Nº 1.500.556, para que lo acrediten en
el término de treinta días en los autos caratulados:
(Expte. 20481/2015), “Rojas Juan Gregorio s/
Sucesión”. El presente deberá ser publicado
por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén. Chos Malal, 4 de noviembre
de 2015. Fdo. Ivanna Daniela Negrete, Secretaria
Civil.
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___________
La Dra. Paula Irina Stanislavsky, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Comercial y Minería Nº 1, Secretaría Única a mi
cargo, de la Primera Circunscripción Judicial, con
asiento en calle Rivadavia 205, Piso 2do., Palacio
de Tribunales de la ciudad de Neuquén, cita y
emplaza a acreedores y herederos de Laureano
Rubén Domínguez, por el plazo de treinta días
en autos caratulados: “Domínguez Laureano
Rubén s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº
El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Vta. Circunscripción Judicial de Neuquén,
con asiento en Chos Malal, a cargo del Juez, Dr.
Carlos Choco, Secretaría Civil, Comercial, Laboral y de Minería a cargo de la Dra. Ivanna Negrete, Prosecretaría a cargo de la Dra. Elisa Sraiber,
cita y emplaza a todos aquellos que se consideren
con derecho a los bienes dejados por el causante
Bravo Benito y/o Bravo Segundo Benito, D.U. Nº
7.563.020, para que lo acrediten por el término de
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
BOLETIN OFICIAL
treinta (30) días en los autos caratulados: “Bravo
Benito y/o Bravo Segundo Benito s/Sucesión
ab-intestato”, (20259/2015). El presente deberá
publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia del
Neuquén. Chos Malal, 14 de diciembre de 2015.
Fdo. Ivanna Daniela Negrete, Secretaria Civil.
1p 30-12-15
___________
La Dra. Ana Virginia Mendos, Jueza a cargo
por Subrogancia Legal del Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y
Familia de Rincón de los Sauces, Secretaría Civil,
sito en calle Mendoza 273 de Rincón de los Sauces, cita a todos que se consideren con derecho
a los bienes dejados por Valero Alberto Orlando,
para que dentro de los treinta (30) días lo acrediten en autos: “Valero Alberto Orlando s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 7492/15). En mérito
de ello, se publicarán edictos por un día en el Boletín Oficial. Rincón de los Sauces, 14 de septiembre de 2015. Fdo. Dr. Héctor Ricardo Agostino,
Juez. Fdo. Dr. Sebastián A. Villegas, Secretario.
1p 30-12-15
___________
El Dr. Gustavo Ramón Belli, Juez de Primera
Instancia, cita a todos los que se consideren con
derecho a los bienes dejados por el causante Lino
Turco, para que dentro de los treinta días lo acrediten en autos: “Turco Lino /Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 510361/2015), que tramita en el
Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3, sito en calle
Rivadavia 205/211, 4º Piso de Neuquén Capital,
de la ciudad de Neuquén, a cargo del Dr. Gustavo
Ramón Belli, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Alejandra Márquez. Publíquense edictos por tres
días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro. Neuquén, 14 de diciembre de 2015. Fdo. Dr. Gustavo
Ramón Belli, Juez. Fdo. Dra. Alejandra Márquez,
Secretaria.
1p 30-12-15
___________
El Dr. Gustavo R. Belli, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial
y de Minería Número Tres, Secretaría Única de
la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia del Neuquén, sito en calle Rivadavia 205/211,
Piso 4º de la ciudad de Neuquén, cita por treinta
PAGINA 15
(30) días a herederos sucesores y acreedores de
Buscaglia Carmen Ema, L.E. Nº 4.495.865, que
se crean con derecho a los bienes dejados por lacausante, en autos caratulados: “Buscaglia Carmen Ema s/Sucesión ab-intestato”, (Expediente Nº 500225/13). Publíquese por tres días en el
Boletín Oficial y en el Diario Río Negro. Neuquén,
10 de abril del 2014. Fdo. Gustavo R. Belli, Juez.
Neuquén, 3 de diciembre del 2015. Fdo. Alejandra
Serritella, Prosecretaria.
3p 30-12-15; 08 y 15-01-16
___________
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,
Comercial y de Minería Nº Seis a cargo de la Dra.
Elizabeth García Fleiss, Secretaría Única, sito en
calle Rivadavia 205, 3º Piso de la ciudad de Neuquén, en autos: “Carmona Urrea Zoila Rosalía
s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 509522/15),
cita a todos los que se consideren con derecho
a los bienes dejados por la causante Carmona
Urrea Zoila Rosalía, para que dentro de los treinta
(30) días lo acrediten. Secretaría, 10 de diciembre
de 2015. Fdo. Flavia Cecilia García, Secretaria.
1p 30-12-15
___________
La Dra. Ana Virginia Mendos, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería 5
de la ciudad de Neuquén, Secretaría Única, cita y
emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de la Sra. Garcés Muñoz María
Elfrida, D.N.I. 93.500.458, a que se presenten a
hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “Garcés Muñoz María Elfrida s/Sucesión
ab-intestato”, (Expte . Nº 500394/2013). Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el plazo de
tres (3) días. Neuquén, 06 de noviembre de 2015.
Fdo. Dra. Ana Virgina Mendos, Juez. Fdo. Yanina
V. Griffouliere, Prosecretaria.
1p 30-12-15
___________
La Dra. Ana Virginia Mendos, del Juzgado de
Primera Instancia en lo Civil Nº 5, Secretaría Única de la ciudad de Neuquén, cita y emplaza por
treinta días a los herederos y acreedores de Soto
López Rolando, DNI 10.403.809, en autos: “Soto
López Rolando s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 509509/15). Publíquense edictos por tres días
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OFICIAL
BOLETIN
en el Boletín Oficial y en el Diario La Mañana.
Neuquén, 02 diciembre de 2015. Fdo. Silvia Inés
De Glee, Secretaria.
1p 30-12-15
______________
La Sra. Ana Virginia Mendos, titular del Juzgado
Civil, Comercial y de Minería Nº 5, Secretaría Única,
sito en Rivadavia Nº 205, Piso 7º de Neuquén, en autos: “López Juan s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. 508256/2015), cita y emplaza por el término de 30
días desde la publicación, a herederos y acreedores
de Juan López, DNI 10.052.140, para que dentro de
los treinta (30) días lo acrediten. Publíquense edictos
por tres días en el Boletín Oficial. Secretaría, 17 de
noviembre de 2015. Fdo. Dra. Gabriela Beatriz Lavilla, Prosecretaria.
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_______________
El Juzgado de Primera Instancia Número Uno,
Civil, Comercial, de Concursos y Quiebras y Minería con domicilio en calle Coronel Freire y Misiones,
2º Piso de la ciudad de Cutral-Có, Provincia del
Neuquén, a cargo de la Dra. Graciela M. Blanco,
Secretaría Única, cita por treinta días a herederos
y acreedores de don González Carlos, en autos:
“González Carlos s/Sucesión ab-intestato”, (Expte. Nº 66314, año 2014), debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial y en el Diario La Mañana de
Neuquén, por el plazo de tres días. Fdo. Dra. Garciela M. Blanco, Juez. Cutral-Có, de 2015. Fdo. Dr.
Marcos A. Recupero, Prosecretario.
1p 30-12-15
______________
El Juzgado de Primera Instancia Número Uno,
Civil, Comercial, Concursos y Quiebras y Minería
con domicilio en calle Coronel Freire y Misiones,
2º Piso de la ciudad de Cutral-Có, Provincia del
Neuquén, a cargo de la Dra. Graciela M. Blanco,
Secretaría Única, cita por teinta días a herederos
y acreedores de doña Urruti Suárez Juvelina, en
autos: “Urruti Suárez Juvelina s/Sucesión abintestato”, (Expte. Nº 69311, Año 2015), debiendo publicarse edictos en el Boletín Oficial por el
plazo de un día. Fdo. Dra. Graciela M. Blanco,
Juez. Cutral-Có, 17 de diciembre de 2015. Fdo.
Dr. Marcos A. Recupero, Prosecretario.
1p 30-12-15
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
AVISOS
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN
El Consejo de la Magistratura de la Provincia
del Neuquén.
I- Hace saber a los interesados, que en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo 22 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, y conforme a lo dispuesto en la
Resolución Nº 034/15 de fecha 22 de diciembre
de 2015 de este Consejo, se ha resuelto aprobar y
publicar el listado definitivo de postulantes del
Concurso Nº 112 destinado a cubrir: Un (1) cargo
de Defensor Público, titular de la Unidad Operativa del Ministerio Público de la Defensa de la III
Circunscripción Judicial, el que a continuación se
transcribe:
Apellido/sNombre/s DNI
Brazzola
María Claudia
28.952.952
Cury
Alfredo Andrés
27.238.292
Godoy
Natalia Cecilia
27.322.670
Slawinski
Alejo22.632.493
II- Asimismo, por la Resolución citada, se ha aprobado el Temario correspondiente al Concurso Nº
112, el que a continuación se transcribe:
I-Derecho Constitucional Nacional y Provincial: 1- Derecho Penal y Estado Constitucional
de Derecho. Principios y Garantías. II- Derecho
Procesal Penal: 2- Principios y Garantías procesales. Principio de inocencia. 3- Actos procesales:
Prisión Preventiva. 4- Reglas de disponibilidad de
la acción penal. Modos alternativos de conclusión
del proceso. 5- Plazo razonable de duración del
proceso. 6- Juicio por jueces profesionales y por
jurados populares. 7- Control de las decisiones
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
BOLETIN OFICIAL
judiciales. III- Derecho Penal -Parte General-: 8Elementos generales del delito. IV- Derecho Penal -Parte Especial-: 9- Homicidio. Aborto. Abuso
de armas. Abuso sexual. Amenazas. Delitos contra la propiedad. Estafa, Atentado, Resistencia,
Desobediencia. Falsificación de documentos. VEjecución de Pena: 10- Principios básicos. Modalidades básicas de la ejecución. Salidas transitorias. Prisión domiciliaria. Trabajos Comunitarios.
Normativa especial para condenados por delitos
contra la integridad sexual. El régimen disciplinario en las cárceles. Estímulo educativo. Habeas
Corpus.
Se hace saber que en la evaluación técnica
no se admitirá posesión de material distinto a códigos o leyes, en impresiones sin comentarios ni
agregados de ninguna naturaleza. No se podrá
contar con base de datos informáticos de ningún
tipo. El temario completo se encuentra disponible
en la página de Internet de este Consejo: www.
magistraturanqn.gov.ar y en la Mesa de Entradas
del mismo, sito en Carlos H. Rodríguez Nº 364,
2do. Piso de la ciudad de Neuquén.
III- Participación Ciudadana: Conforme lo dispone el Art. 23 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, todo interesado
podrá efectuar aportes escritos ante el Consejo de
la Magistratura, referidos a uno o más postulantes
inscriptos, hasta cinco (5) días antes de la fecha
prevista para iniciar las entrevistas personales. En
su presentación deberá plasmar la cuestión o hecho que desea poner en conocimiento del Cuerpo
pudiendo adjuntar la documentación que lo acredite o indicar con claridad el lugar donde ella se
encuentre.
Tales presentaciones en ningún caso implicarán
la suspensión del concurso, ni la formación de incidente alguno.
Las presentaciones en ningún caso podrán ser
anónimas.
Vencido el plazo establecido en el párrafo primero, de las presentaciones, se dará traslado a los
postulantes para que tomen conocimiento.
Secretaría, 22 de diciembre de 2015.
1p 30-12-15
PAGINA 17
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
MUNICIPALIDAD DE SENILLOSA
Estado de Tesorería
Período 01/05/2015 hasta 31/05/2015
PAGINA 18
OFICIAL
BOLETIN
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
Estado de Tesorería
Período 01/06/2015 hasta 30/06/2015
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
BOLETIN OFICIAL
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NORMAS LEGALES
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
ORDENANZAS SINTETIZADAS
AÑO 2015
MUNICIPALIDAD DE SENILLOSA
1765 - Reestructura al 30 de junio de 2015 el
Presupuesto de Recursos y Gastos. Promulgada
por Decreto Municipal N° 006/MS/15.
1766 - Aprueba el Convenio a suscribir en el
Marco de Compromiso, Cooperación Mutua e Intercambio. Promulgada por Decreto Municipal N°
021/MS/15.
MUNICIPALIDAD DE VISTA ALEGRE
742 - Aprueba el presente Convenio Marco de
Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio
de Información con Municipios de la Provincia del
Neuquén - período diciembre 2015 - marzo 2016.
Autoriza al Municipio de Vista Alegre a afectar recursos de Coparticipación Provincial (Ley 2148
Art. 4°) y Canon Extraordinario de Producción (Ley
N° 2615, Art. 7°) para la cobertura de la garantía
de pagos de los Aportes Reintegrables a otorgar
en el marco del presente convenio. Promulgada
por Decreto Municipal N° 4034/15.
MUNICIPALIDAD DE PICÚN LEUFÚ
853 - Aprueba el Convenio Marco de Compromisos, Cooperación Mutua e Intercambio de
Información con Municipios de la Provincia del
Neuquén -período diciembre/2015 a marzo/2016;
autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a
solicitar Aportes Financieros Reintegrables al Gobierno de la Provincia del Neuquén, para su ejecución y deroga la Ordenanza N° 845/15.
Declaración N° 010/15
Declara la Emergencia Sanitaria en todo el
ámbito de la localidad de Picún Leufú. Autoriza
a la Municipalidad de Picún Leufú a través de su
Intendente, la Secretaría de Servicios y Obras
Públicas y la Dirección de Medio Ambiente a es-
PAGINA 20
OFICIAL
BOLETIN
tablecer y realizar todas las acciones y obras necesarias destinadas a evitar riesgos sanitarios y
ambientales para mitigar la emergencia sanitaria.
MUNICIPALIDAD DE
VISTA ALEGRE
Resolución N° 003/15
Otorga Asueto Administrativo al personal del
Honorable Concejo Deliberante desde el día lunes
21 de diciembre de 2015 al viernes 01 de enero de
2016, inclusive. Se reducirá la atención al público
desde el 04 de enero de 2016 al 19 de febrero
de 2016, inclusive, siendo la misma de 08:00 hs.
a 13:00 hs.; volviendo el lunes 22 de febrero de
2016 al horario normal de atención de 08:00 hs. a
15:00 hs.. Sancionada por el Honorable Concejo
Deliberante de la Municipalidad de Vista Alegre en
fecha 17 de diciembre de 2015.
SEÑOR USUARIO
RECUERDE:
Para retirar el ejemplar del Boletín Oficial, deberá presentar el Recibo de Publicación y/o el
Oficio con el sello de recepción de esta dependencia.
Caso contrario: Deberá abonar el mismo.
SIN EXCEPCIÓN
DE INTERÉS
PARA NUESTROS USUARIOS
Se comunica que el cierre de la recepción
de material para su publicación es indefectiblemente hasta los días martes de c/semana
en el horario de 8:30 a 13:00. Transcurrido ese
lapso el material que se recepcione será publicado en la Edición siguiente. Se recuerda
además que las solicitudes de publicación de
textos deberán ser presentadas ÚNICAMENTE en original tipeado en letra ARIAL, Cuerpo
12, doble espacio y debidamente Firmado.
La Dirección
Neuquén, 30 de Diciembre de 2015
A NUESTROS USUARIOS
Que tengan una feliz y mágica Navidad!!.
Avanzamos hacia el 2016, sabiendo que
dimos lo mejor de nosotros como equipo
de trabajo. Que el próximo año esté lleno
de nuevos desafíos; que sean bendecidos en cada uno de sus proyectos y que
lluevan los éxitos para todos. Deseamos
que juntos encontremos un camino donde
el respeto, el amor y el compromiso sean
prioridades para vivir unidos como pueblo,
y para que a través de nuestro trabajo podamos ver pujante a nuestro amado Neuquén.
FELICES FIESTAS!!!
Les desea la Dirección y Personal del
Boletín Oficial y Archivo.
SUMARIO
Edición de 20 Páginas
Leyes de la Provincia. Pág. 2 a 5
2967 - Modifica los Art. 165 y 203 de la Ley
2680 -Código Fiscal de la Provincia
del Neuquén-.
2968 - Instituye el último día hábil de la tercera semana de noviembre como
Día del Emprendedor Neuquino.
2969 - Adhiere a la Ley Nacional 26905.
Decretos Sintetizados - Pág. 6 a 8
Contratos, Licitaciones, Convocatorias
Edictos y Avisos - Pág. 8 a 19
Normas Legales - Pág. 19 a 20
CORREO ARGENTINO - Cuenta Nº 0000012930F0052 | Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 5268774
Tipeado, Compaginado, Armado e Impreso en la Dirección del Boletín Oficial y Archivo

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