Manual de Organización. - Municipio de Salina Cruz Oaxaca

Transcripción

Manual de Organización. - Municipio de Salina Cruz Oaxaca
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ, OAXACA.
I.
INTRODUCCIÓN.
El presente ordenamiento administrativo tiene como propósito, dar a conocer a cada uno
de los miembros que conforman la Administración Pública Municipal de Salina Cruz,
Tehuantepec, Oaxaca, así como aquellas personas que en un futuro se integren a éste la
estructura organizacional, las funciones servicios y atribuciones que deben desempeñar,
los procedimientos a realizar y los demás puestos con los que se relacionan de manera
formal.
Por lo anterior, resulta necesario que cada uno de los elementos actuales y los futuros
que se integren a la Administración Pública Municipal de Salina Cruz conozcan de
manera clara la administración en su etapa de organización.
El personal adscrito al Municipio de Salina Cruz deberá estar identificado, dispuesto y
comprometido a dar cumplimiento a los lineamientos referidos y a expresar en cualquier
momento, las medidas conducentes para su mejor eficiencia y eficacia en el desempeño
de su puesto.
Dicho manual toma en consideración las facultades y obligaciones de las diversas
Unidades Administrativas de mandos medios y superiores, que integran la administración
Pública Municipal de Salina Cruz, estableciendo a detalle cada uno de los puestos de su
estructura operativa, siendo así ésta, una herramienta primordial que permite conocer la
integración y funcionamiento de la misma.
En el proceso de elaboración del presente ordenamiento administrativo, se contó con la
participación del personal adscrito, conscientes de que el diseño organizacional es de vital
importancia para el cabal cumplimiento de sus tareas; toda vez que los principios básicos,
según los cuales se estructuran las organizaciones en nuestra actualidad, son
fundamentales para poder responder con eficacia y eficiencia a los diversos problemas de
su entorno a partir de la capacidad, conocimiento y nivel de especialización de sus
integrantes.
Asimismo, y con el propósito de fomentar un entorno de respeto e igualdad entre el
personal del Municipio de Salina Cruz, que considere los principios básicos de igualdad y
equidad que deben existir entre hombres y mujeres para su óptimo desarrollo personal y
profesional, toda referencia, incluyendo los cargos y puestos en este Manual, en que se
cite al género masculino lo es también para él para el género femenino, cuando de su
texto y contexto no se establezca que es para uno y otro género.
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II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
Salina Cruz (Ique Sidi Biá o Salina colorada en zapoteco).
El origen del nombre que se le ha dado a este puerto se pierde entre la historia y la
leyenda. Al retroceder en el tiempo y el espacio, se recuerdan las vivencias de nuestros
progenitores y abuelos, surgiendo las leyendas y los pasajes históricos de nuestros
ancestros.
La leyenda nos cuenta que los primeros pobladores que llegaron a estos litorales del mar
del sur, a estas tierras con flora y fauna de extraordinaria belleza, espesos bosques de
madera tropicales, eran hombres y mujeres provenientes de Tehuantepec, de origen
Huaves, Chontales, Zoques, quienes a su vez fueron desplazados por los Zapotecas y
Mixtecas; que se establecieron en diferentes tiempos y lugares. Estas civilizaciones
contaban con marcada influencia de la cultura Olmeca, quienes en vía de exploradores
nómadas, para ampliar su poderío, su fuerza y desarrollo cultural, y atraídos por la
explotación de la Laguna Colorada Ike-sidi-bia que les brindaba peces y otros productos
marinos cuando estaba llena y sal cuando el agua de la laguna se agotaba, se asentaron
en este lugar. Posteriormente con las conquistas llegaron misioneros católicos a
evangelizar la población siendo rechazados por los lugareños, éstos ante el rechazo de
los pobladores trataron de ganar su afecto a través de la fe, y por ello una noche tramaron
formar en medio de la laguna cuajada en sal una cruz la cual al verla constituyó un
milagro que los hizo aceptar la fe católica siendo este el motivo del nombre sal y cruz
unificado en Salina Cruz.se establecieron en diferentes tiempos y lugares.
La historia cuenta que los zapotecas llegaron a formar y conservar su imperio por mucho
tiempo, en Güiengola, hasta el arribo de los hombres blancos y barbados, capitaneado
por el intrépido y voraz conquistador, Hernán Cortés, hecho acaecido en el año de 1527,
cuando éste personaje llegó a las costas del Istmo de Tehuantepec y dadas las buenas
condiciones geográficas que les brindaba la madre naturaleza, fundó en este lugar un
astillero y un faro en la cima del cerro El Morro (1528). Ahí fue donde se construyeron las
embarcaciones que le sirvieron para conocer y conquistar las tierras de las costas de la
Baja California, hoy golfo de Cortés y como un recuerdo de estas hazañas existe aún en
el puerto de Salina Cruz el faro de Cortés. En mayo de 1527 Cortés envió al rey de
España una carta de relación donde le informaba que había preparado 3 navíos que al
mando de Álvaro Saavedra Cerón partieron de las costas de Tehuantepec para conquistar
las Mocucan.
Por otros historiadores se sabe que el 6 de junio de 1528 Hernán Cortes recibió el título
de “Marqués del Valle” cediéndole el rey de España las tierras conquistadas desde
Cuernavaca hasta el Istmo de Tehuantepec, cuya área abarcaba el puerto que se
encontraba instalado en lo que ahora es la Ventosa suceso conocido como “Puerto
Cortés”. En 1531 el conquistador fue privado de este derecho debido a que entró en
conflicto con el ayuntamiento de Antequera al defender a Francisco de Paz a quien él
nombro Alcalde Mayor y de quien el Ayuntamiento se quejaba por abusos de autoridad en
su alcaldía.
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Cortes objetó ante el consejo de ideas la determinación de la Real Academia,
entablándose en el litigio que duro 29 años; en 1560 el fallo fue a favor de Cortés y como
este ya había fallecido, al rey de España Felipe II reconoció como heredero don Martín
Cortés hijo del conquistador, de todos los derechos sobre las villas, lugares y aldeas que
fueron adjudicados a su padre.
En este fallo la Cedula Real decía que Tehuantepec con sus objetos que es puerto en el
mar del Sur se guardaba para la Corona Real por lo que el Gobierno Virreinal tomo
posesión del Puerto por su importancia para el comercio por el mar del sur y conquistas
en Asia y a Oceanía. Sin embargo el puerto de Salina Cruz surge a raíz de las
investigaciones realizadas para construir una central metro cerámica en el istmo de
Tehuantepec a través de las cuales se llegó a la conclusión de que el embarcadero de la
Santa Cruz era el mejor lugar para construir un Puerto artificial por medio de un decreto
Presidencial se ordenó que las oficinas gubernamentales que tenían su asiento en la
Ventosa se trasladaran a Salina Cruz y el entonces presidente Don de Benito Juárez
García en un 10 de mayo de 1871 lo declaró legalmente como Puerto de Altura. Desde
entonces se celebra según la costumbre una fecha fastuosa con 3 días de fiesta 10, 11, y
12 de mayo.
Al año siguiente, el 5 de febrero de 1872, nace Salina Cruz como puerto, aquella que fue
una aldea, una congregación de humildes pescadores, inicia su alborada por disposición
del superior gobierno, quien se comprometió, oficialmente, a promover el desarrollo
comercial y económico de la entidad.
A fines del siglo XIX y en los albores del siglo XX, Salina Cruz crece aceleradamente,
trabajadores de otras latitudes del mundo llegan a éstas tierras para laborar en nuevas
vías ferroviarias toda vez que los ferrocarriles transístmicos no se dan abasto para el
transporte de pasajeros y materiales, la compañía inglesa Pearson planifica y construye el
puerto y la ciudad, a partir de 1894; el comercio es notorio, la población asciende a 738
habitantes (1 de diciembre de 1900), influyendo a los integrantes del campamento de
trabajadores.
El 20 de enero de 1901, Salina Cruz deja de ser agencia municipal para convertirse en el
municipio libre, teniendo el alto honor y gran compromiso histórico de ser el primer
presidente municipal del puerto, el DR. Roberto Medina Jiménez. Así mismo, el registro
civil comienza a controlar los nacimientos y defunciones de esta naciente ciudad, con un
progreso relevante para unir el Océano Atlántico con el pacifico.
El puerto de Salina Cruz, fue considerado municipio libre desde el 20 de enero de 1901,
que en sus inicios contaba con el 35% de habitantes nativos y el 65% de la población
restante era originaria de diferentes partes de la república y de otras latitudes del mundo.
Sus colindancias son: al norte con los municipios de santo domingo Tehuantepec y San
Blas Atempa: al sur con el Golfo de Tehuantepec, al este; con los municipios de San
Mateo del mar, San Pedro Huilotepec y el Golfo de Tehuantepec y al oeste con el
municipio de Santo Domingo Tehuantepec.
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La historia moderna empieza a finales de los años 70 con la construcción y puesta en
marcha de la Refinería "Ing. Antonio Dovalí Jaime" de Petróleos Mexicanos, en donde se
refinan hasta 330 mil barriles por día de petróleo crudo extraído en el país y se exporta a
todo el mundo a través de barcos petroleros que llegan y se abastecen en boyas ubicadas
en alta mar; es por esto que el puerto se ha convertido en uno de los más importantes a
nivel nacional y es reconocido a nivel mundial.
A principios del 2012, grandes inversiones llegaron al puerto que levantaron el ánimo de
la ciudadanía, con un gran repunte en el aspecto económico y social, con estas
inversiones se inició la construcción de una de las tiendas departamentales más
importantes del país, Liverpool, y también de centros comerciales como Sam's Club y
Walmart. A finales del año 2012 se inauguró la primera plaza comercial de la ciudad
llamada Pabellón Salina Cruz, también a esta plaza se le suma el proyecto de "Galería
Metropolitana del Istmo" conformada por Soriana, Cinépolis y Home Depot; "Galerías
Istmo" conformada por Liverpool que actualmente ya opera en el puerto. La ciudad hoy
por hoy se considera una de las más importantes del sur por su industria petrolera y
pesquera, y próximamente comercial y social.
Salina Cruz posee una de refinería, varias salineras, un astillero, etc.- Es uno de los 10
puertos más importantes de México. Según el Conteo de Población y Vivienda de 2010,
la Ciudad tiene 76 596 habitantes como ciudad se coloca como la tercera más poblada del
estado (detrás de Oaxaca de Juárez y San Juan Bautista Tuxtepec y como el cuarto a
nivel municipal con una población de 82 371 habitantes detrás de Oaxaca de Juárez, San
Juan Bautista Tuxtepec y Juchitán de Zaragoza. La edad media de la población Municipal
es de 26 años, la edad media de los Hombres es de 25 años y, la edad media de las
Mujeres es de 27 años.
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III. MARCO JURÍDICO.
En materia de organización administrativa municipal,
primordialmente los siguientes instrumentos legales:
podríamos
considerar
Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Estatal
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Municipal
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
IV. ATRIBUCIONES.
Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Artículo 115 dispone que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división
territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las
bases siguientes:
Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa,
integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley
determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá
por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre
éste y el gobierno del Estado.
Los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos
popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Las
personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna
autoridad desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la
denominación que se les dé, no podrán ser electas para el periodo inmediato. Todos los
funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser
electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el
carácter de suplentes sí podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios a
menos que hayan estado en ejercicio.
Estatal
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca.
El artículo 29 dispone que el Estado adopta para su régimen interior la forma de gobierno
republicano, representativo, laico y popular, teniendo como base de su organización
política y administrativa, el Municipio Libre.
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La elección de los ayuntamientos se hará mediante el sufragio universal, libre, secreto y
directo. En los municipios con comunidades que se rigen por el sistema de usos y
costumbres, se observará lo dispuesto por el artículo 25, apartado A, fracción II, de esta
Constitución y la Legislación Reglamentaria. No habrá autoridad intermedia entre estos y
el Gobierno del Estado.
Los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos
popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el período inmediato. Las
personas que por elección indirecta o por nombramiento o designación de alguna
autoridad, desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la
denominación que se les dé, no podrán ser electas para el período inmediato.
Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no
podrán ser electos para el período inmediato, con el carácter de suplentes; pero los que
tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el período inmediato como
propietarios, a menos que hayan estado en ejercicio.
Por otra parte el artículo 113, dispone que El Estado de Oaxaca, para su régimen interior,
se divide en Municipios libres que están agrupados en distritos rentísticos y judiciales.
Los Municipios se erigirán y suprimirán de conformidad con las disposiciones contenidas
en las fracciones VII y VIII del Artículo 59 de esta Constitución. Los Municipios tienen
personalidad jurídica propia y constituyen un nivel de gobierno.
I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa,
integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y Síndicos que la ley
determine. Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de
propietarios, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes,
pero los que tengan el carácter de suplentes, si podrán ser electos para el periodo
inmediato como propietarios, a menos que hayan estado en ejercicio.
II. Los Municipios a través de sus Ayuntamientos, administrarán libremente su hacienda,
la cual se compondrá de sus bienes propios y de los rendimientos que éstos produzcan,
así como de las contribuciones e ingresos que la Legislatura del Estado establezca a su
favor y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales que establezca el Estado
sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y
mejoras, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los Municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de
algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios,
con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las
Legislaturas de los Estados, y
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
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En este contexto, la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca prevé lo siguiente:
En su artículo 2 dispone que el Municipio libre es un nivel de Gobierno, investido de
personalidad jurídica, con territorio y patrimonio propios, autónomo en su régimen interior,
con capacidad económica propia y con la libre administración de su hacienda; con una
población asentada en una circunscripción territorial y gobernado por un Ayuntamiento.
En su artículo 3 se establece que el Ayuntamiento tiene como misión primordial servir a
la población dentro del marco legal por la paz, la igualdad entre hombres y mujeres, la
justicia y el desarrollo social, generando en forma permanente, continua y creciente
servicios y obras de calidad; basados en la participación ciudadana y en una
administración responsable, honesta y eficiente, respetando la dignidad de la persona y
del medio ambiente, fomentado compromisos para fortalecer nuestra cultura.
La forma de gobierno de los municipios se define en el artículo 29 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca, el cual prevé que el Ayuntamiento constituye el Órgano
de Gobierno del Municipio. Se asentará en la cabecera municipal. Entre el Ayuntamiento y
el Gobierno del Estado no habrá autoridad intermedia alguna.
Se deberán expedir por el Ayuntamiento, en ejercicio de las atribuciones previstas en la
fracción I, del artículo 43, el reglamento interior del mismo, el reglamento del Cabildo, los
manuales de procedimientos, así como las demás disposiciones legales y administrativas
necesarias para su buena organización y funcionamiento.
Derivado de las atribuciones que confiere el precepto legal invocado en el párrafo que
antecede al presente, y en uso de sus facultades inherentes al ejercicio de la autoridad de
gobierno, el H. Ayuntamiento de Salina Cruz, tiene a bien expedir el presente
ordenamiento legal denominado “Manual de Organización del Municipio de Salina Cruz.
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V. MISIÓN Y VISIÓN
MISIÓN
Establecer las bases para una nueva realidad de desarrollo integral en el municipio,
impulsando como ejes rectores, el desarrollo social, el desarrollo humano y el desarrollo
económico, identificando puntualmente las necesidades y ejecutando acciones,
programas y proyectos, que nos permitan dar respuestas oportunas con planeación a
largo plazo.
Ser un Ayuntamiento eficiente que administra los recursos, bienes y servicios con
transparencia, para ofrecer desarrollo social y humano de calidad a los ciudadanos, a
través de los recursos humanos y financieros municipales, estatales y federales.
VISIÓN
Construir una administración municipal justa transparente y eficaz, que privilegie la
dignidad y la equidad, donde todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades y la
ley sirva para garantizar un adecuado desarrollo cívico, social y económico,
proporcionando los servicios e infraestructura necesaria para elevar la calidad de vida.
Lograr el desarrollo integral armónico de los diferentes ejes y sectores del municipio,
garantizando un adecuado desarrollo cívico, social, económico y sustentable,
proporcionando los servicios e infraestructura necesaria para elevar la calidad de vida.
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VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
DE SALINA CRUZ.
De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento Interno de la Administración Pública
Municipal de Salina Cruz, la Presidenta Municipal es el titular de la Administración Pública
Municipal y en el Síndico que designe el Ayuntamiento, recae la Representación Legal del
Municipio.
Para el despacho de los asuntos municipales, el Ayuntamiento se auxiliará de las
Unidades Administrativas y entidades de la Administración Pública Municipal que
considere necesarias, las cuales estarán subordinadas a la Presidenta Municipal.
En el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades la Presidenta Municipal se
auxiliará de las Unidades Administrativas, Organismos Descentralizados, Entidades de la
Administración Paramunicipal y Organismos Auxiliares, delegando las facultades que
sean necesarias para el cumplimiento de los fines del Municipio, salvo aquéllas que la
Constitución, las leyes y los reglamentos dispongan que deban ser ejercidas
personalmente.
La Presidenta Municipal, previo acuerdo del Ayuntamiento, podrá crear consejos, juntas,
comités y comisiones administrativas las cuales son órganos auxiliares de la
Administración y deberán coordinarse en sus acciones con las Unidades Administrativas
que señale la ley.
La Presidencia Municipal es la autoridad originaria de las facultades ejecutivas por lo que
todas las Direcciones, Coordinaciones, Unidades, Departamentos y demás Unidades
Administrativas que integran la Administración Pública Municipal de Salina Cruz estarán
subordinadas a ésta.
Las Unidades Administrativas Municipales están obligadas a coordinarse en las
actividades que por su naturaleza lo requieran, así como preparar toda la información
relativa a los Informes Anuales de Gobierno y a la Entrega-Recepción de la
Administración Municipal en lo correspondiente a sus funciones.
El Ayuntamiento podrá autorizar la creación y supresión de Unidades Administrativas y
organismos descentralizados que requiera la Administración Pública Municipal, así como
fusionar o modificar las Unidades Administrativas existentes, lo anterior a propuesta de la
Presidenta Municipal.
El Ayuntamiento, para el despacho de los asuntos de su competencia, contará con la
Administración Pública Municipal, que se regirá por el Reglamento Interno de la
Administración Pública Municipal de Salina Cruz y las demás disposiciones legales
aplicables, y su organización comprende la Administración Pública Centralizada, la
Administración Pública Paramunicipal y un Órgano Desconcentrado como a continuación
se indica:
A.
Administración Pública Centralizada: Se compone de aquellas Unidades
Administrativas agrupadas jerárquicamente en torno a la Presidencia Municipal:
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1.
Órgano de Gobierno (Ayuntamiento).
2.
Presidenta Municipal.
3.
Sindicatura de Procuración y Hacendaria.
4.
Sindicatura de Gobernación y Reglamentos.
5.
Concejales
6.
Secretaría Municipal.
a) Dirección jurídica.
b) Oficialía de Partes
7.
Tesorería Municipal.
a)
b)
c)
d)
e)
Dirección de Ingresos.
Dirección de Egresos.
Dirección de Contabilidad Gubernamental.
Dirección de Bares y Cantinas.
Coordinación de Inspectores.
8.
Dirección de Recursos Humanos
9.
Comisaria o Dirección de Seguridad Pública.
10.
Dirección de Vialidad y Transporte.
11.
Dirección de Protección Civil.
12.
Dirección de Obras y Control de la Inversión.
13.
Dirección de Infraestructura y Desarrollo Metropolitano.
14.
Coordinación de Proyectos.
15.
Dirección de Servicio Médico Municipal.
16.
Coordinación de Salud.
17.
Dirección de Servicios Municipales;
18.
Dirección de Educación.
19.
Dirección Casa de la Cultura
20.
Dirección Biblioteca Pública Municipal
21.
Contraloría Interna.
22.
Dirección de Catastro Municipal.
23.
Dirección de Desarrollo Social.
24.
Dirección de Bienes Municipales.
25.
Dirección de Desarrollo Agrario y Territorial.
26.
Dirección de Desarrollo Industrial y portuario.
27.
Dirección de Turismo.
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28.
Dirección de Agencias Barrios y Colonias.
29.
Dirección de Agua y Saneamiento Ambiental.
30.
Dirección de Parques y Jardines.
31.
Dirección de Mercados.
32.
Dirección de Pesca.
33.
Dirección de Equidad de Género.
34.
Dirección de Panteones.
35.
Dirección de Ecología.
36.
Dirección de Deportes
37.
Dirección de Comunicación Social;
38.
Las demás que por la operatividad municipal determine el Ayuntamiento.
B. La Administración Pública Paramunicipal unidades descentralizadas con
facultades para actuar de forma que se optimice la cercanía territorial con
los ciudadanos.
1. Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia; DIF Salina Cruz.
2.
Procuraduría para la Defensa del Menor y la Familia.
3.
Instituto Municipal de la Mujer.
4.
Instituto Municipal de la Juventud.
C. Órganos Desconcentrados unidades con autonomía técnica con facultades para
actuar de forma que se optimice la cercanía territorial con los ciudadanos.
pero manteniéndose ligadas directamente con el nivel jerárquico del cual
dependan.
1.
Dirección de Derechos Humanos.
2.
Juzgado Municipal.
3.
Unidad de Enlace de Transparencia Municipal.
Así mismo la administración Pública Municipal se podrá integrar Organismos
Descentralizados, Empresas de Participación Municipal, Fideicomisos Públicos,
Entidades Municipales, integrándose éstas por los Consejos, Comisiones, Comités,
Juntas, Patronatos y aquellas instituciones que por su naturaleza no estén
comprendidas dentro de la Administración Pública Centralizada, a las que
genéricamente se les denominará como Entidades, el Ayuntamiento expedirá el
Reglamento que norme su funcionamiento Interior, acuerdos u otras disposiciones que
tiendan a regular la funcionalidad de las entidades de la Administración Pública
Paramunicipal.
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VII. ORGANIGRAMAS
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VIII.
ATRIBUCIONES ESPECIFICAS DE CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA
1. ÓRGANO DE GOBIERNO ( AYUNTAMIENTO)
El Gobierno del Municipio de Salina Cruz está depositado en el Honorable Ayuntamiento
y toma sus determinaciones en reuniones denominadas Sesiones de Cabildo, cuya
competencia se ejerce de manera exclusiva en términos de lo dispuesto por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado
Libre y soberano de Oaxaca, la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y demás
ordenamientos legales aplicables; la ejecución de sus determinaciones corresponde a la
Presidenta Municipal, quien preside el Honorable Ayuntamiento y dirige la Administración
Municipal.
OBJETIVO.
El Ayuntamiento tiene como misión primordial servir a la población dentro del marco legal
en total apego al respeto por los derechos humanos, la paz, la igualdad entre hombres y
mujeres, la justicia y el desarrollo social, generando en forma permanente, continua y
creciente servicios y obras de calidad; basados en la participación ciudadana y en una
administración responsable, honesta y eficiente, respetando la dignidad de la persona y
del medio ambiente, fomentado compromisos para fortalecer nuestra cultura.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
El Honorable Ayuntamiento de Salina Cruz es un cuerpo colegiado deliberativo, que
reunido en Sesión de Cabildo conforma una asamblea electa por el voto popular y directo
de la ciudadanía de este Municipio, que se integra en los términos establecidos por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca, el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos
Electorales del Estado de Oaxaca y la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Durante el desarrollo de la sesión los concejales previa autorización de quien preside la
sesión harán uso de la palabra en forma ordenada, sistemática, respetuosa, evitando
alusiones personales, palabras altisonantes, opiniones fuera de tema o conductas
inapropiadas, no se permitirán interrupciones ni confrontaciones personales entre el
orador en turno y alguno de los demás concejales, además deberán dirigirse con decoro
en todo momento.
En caso necesario cualquier concejal podrá solicitar a quien presida la sesión haga una
moción de orden al orador en turno cuando este no observe lo previsto en el párrafo
anterior.
Queda prohibido a cualquier miembro del Cabildo retirarse de la sesión antes de que esta
concluya, salvo causa justificada a juicio de la mayoría de los concejales. En caso de
abandono de la sesión se hará acreedor a una amonestación y la reincidencia se
considerará como falta.
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El Honorable Ayuntamiento de Salina Cruz residirá en la cabecera municipal y solamente
por causa plenamente justificada y con aprobación de las dos terceras partes del
Ayuntamiento, así como del Congreso del Estado podrá cambiarse a otro lugar
comprendido dentro de los límites territoriales.
Entre el Honorable Ayuntamiento de Salina Cruz y el Gobierno del Estado, no habrá
autoridad intermedia alguna, para la ejecución y gestión de programas de interés
comunitario, se establecerán las relaciones de elaboración y coordinación necesaria entre
ambos.
INTEGRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO
El Honorable Ayuntamiento de Salina Cruz, se renovará cada tres años y se integrará de
la siguiente forma:
I.
Una Presidenta Municipal; que es representante político y representante directo de
la administración pública municipal encargado de velar por la correcta
ejecución de las disposiciones del ayuntamiento y corresponderá a quien
ocupe el primer lugar de la lista de concejales en términos de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos artículo 115 fracción primera así
como el artículo 113 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca.
II. Dos Síndicos, indistintamente con la denominación siguiente:
a) El Síndico Procurador y Hacendario es el responsable de vigilar la debida
administración del erario público, patrimonio municipal, procurar, defender y
promover los intereses municipales, además de las que le faculte el Honorable
Cabildo.
b) El Síndico de Gobernación y Reglamentos, es el encargado de la comisión de la
seguridad pública del Municipio y demás que le faculte el Honorable Cabildo;
III. El cuerpo de regidores con la denominación que se le asigne en forma colegiada y
conjuntamente formen el cuerpo orgánico y en unión de los anteriores
delibera, analiza, resuelve y vigila los actos de la administración municipal.
Los Regidores denominados Concejales del Honorable ayuntamiento durarán en su cargo
tres años que comenzará a partir del día primero de enero del año siguiente a su elección
y concluirá en el treinta y uno de diciembre del año de las elecciones para su renovación
y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato posterior.
Los cargos de Presidente Municipal, Síndicos y Regidores serán obligatorios, y sólo
podrán ser renunciables por causa justificada que calificará el propio Ayuntamiento con
sujeción a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. De todos los casos conocerá
la Legislatura del Estado, haciendo la declaratoria correspondiente y proveerá lo
necesario para cubrir la vacante.
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La remuneración de los Concejales se fijará al formularse el Presupuesto de Egresos del
Municipio, atendiendo los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto
público municipal. Los Concejales estarán impedidos para aceptar otro empleo o cargo
público por el que perciban remuneración alguna, a excepción de los docentes.
PRINCIPALES FUNCIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO.
Son atribuciones del Honorable Ayuntamiento de Salina Cruz:
 Aprobar, reformar y expedir el Bando de Policía y Gobierno, así como los
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general
dentro de su competencia, que organicen la administración pública municipal,
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal;
 Proponer ante la Legislatura del Estado, iniciativas de leyes o decretos en materia
municipal;
 Organizar el territorio municipal para efectos administrativos;
 Declarar la categoría administrativa y denominación política que les corresponda a
las localidades conforme a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y la
rectificación o modificación del nombre de los centros de población que
pertenecen al territorio del Municipio en términos de la ley reglamentaria antes
citada;
 Celebrar convenios que resuelvan los conflictos políticos que surjan con otros
Municipios o con los Poderes del Estado;
 Someter oportunamente a revisión y aprobación de la Legislatura del Estado, el
proyecto de Ley de Ingresos Municipales que deberá regir durante el año fiscal
siguiente, mismo que contendrá las cuotas y tarifas aplicables a impuestos,
derechos y contribuciones de mejoras;
 Proponer a la Legislatura del Estado, las tablas de valores unitarios de suelo y
construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la
propiedad inmobiliaria;
 Vigilar que se envíen a la Auditoría Superior del Estado los estados financieros
que comprenden: la balanza de comprobación, el estado de flujo de efectivo, el
balance general y el estado de resultados, así como los documentos justificativos y
comprobatorios del ingreso, del gasto público y del ejercicio presupuestario de
ingresos y egresos que corresponda a la fecha, de conformidad con la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
 Vigilar que se presente dentro de los treinta días siguientes del trimestre al
Congreso de estado, la información financiera que a continuación se señala:
Estado de Situación financiera; Estado de variación en la hacienda pública; Estado
de cambios en la situación financiera; Notas a los estados financieros; Estado
analítico del activo; Estado analítico de los ingresos; Estado analítico de los
egresos en las clasificaciones administrativas, por objeto del gasto y funcionalprogramática.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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 Glosar las cuentas del Ayuntamiento correspondientes al ejercicio inmediato
anterior a más tardar el quince de febrero y remitir duplicado a la Auditoría
Superior del Estado;
 Incorporar en el proyecto de Ley de Ingresos Municipales descuentos sobre el
cobro de derechos a favor de los pensionados, jubilados, pensionistas, personas
de la tercera edad y madres solteras que tienen su domicilio fiscal en el ámbito de
jurisdicción del Municipio;
 Aprobar el Presupuesto Anual de Egresos, que deberá ser elaborado con base en
los ingresos disponibles;
 Celebrar convenios con el Estado, para que éste asuma las funciones
relacionadas con la administración de contribuciones municipales o para que el
Municipio de Salina Cruz asuma las de carácter estatal;
 Realizar las funciones que importen el ejercicio de los servicios públicos
municipales;
 Dotar al Municipio de los servicios públicos que determine la ley;
 Formular programas de financiamiento de los servicios públicos municipales, para
ampliar su cobertura y mejorar su prestación;
 Crear organismos paramunicipales y/o descentralizados para una eficaz operación
y una eficiente prestación de los servicios públicos de su competencia;
 Establecer estrategias de supervisión de obras y servicios;
 Concluir las obras iniciadas por administraciones anteriores y ordenar el
mantenimiento a la infraestructura e instalaciones de los servicios públicos
municipales;
 Convenir o contratar la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios
públicos con el Gobierno del Estado, con otros Municipios de la entidad federativa
o con particulares;
 Contratar créditos destinados a obras de beneficio general con la aprobación de
las dos terceras partes del Honorable Ayuntamiento, cumpliendo con los
lineamientos establecidos en las disposiciones aplicables y en la Ley de Deuda
Pública Estatal y Municipal;
 Vigilar que las obras públicas autorizadas, se realicen en su territorio y en función
de las necesidades de los habitantes del Municipio;
 Resolver en los términos convenientes para la comunidad los casos de concesión
de servicios públicos de su competencia, con excepción del de seguridad pública y
protección civil municipal;
 Celebrar convenios de coordinación o asociación con otros Honorables
Ayuntamientos de la entidad o con el Estado, para que se brinde un mejor ejercicio
de sus funciones o una eficaz prestación de los servicios públicos municipales.
Cuando el convenio se celebre con Municipios de otras entidades federativas, se
deberá contar con la aprobación de las Legislaturas respectivas.
 Celebrar, cuando a su juicio sea necesario, convenios con el Ejecutivo del Estado,
a efecto de que éste de manera directa o a través del o los organismos
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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correspondientes, se haga cargo en forma temporal de la prestación de los
servicios públicos que correspondan al Municipio o del mejor ejercicio de las
funciones del mismo, o bien, en su caso, se presten o ejerzan los mismos de
manera coordinada entre el Estado y el propio Municipio;
 Solicitar que la Legislatura del Estado disponga que el Poder Ejecutivo asuma una
función o servicio municipal, por encontrase el Municipio imposibilitado para
ejercerla o prestarlo, lo anterior cuando no exista el convenio correspondiente;
 Solicitar al Ejecutivo del Estado, la expropiación de bienes por causa de utilidad
pública;
 Acordar el destino y uso de los bienes inmuebles municipales;
 Enajenar y dar en arrendamiento, usufructo o comodato, los bienes del Municipio
en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Oaxaca, la Ley de Hacienda Municipal, la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca y demás leyes aplicables;
 Aprobar con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, los casos en
que se afecte el patrimonio inmobiliario municipal;
 Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deben
estar en concordancia con los planes generales de la materia, así como formular,
aprobar y ejecutar los planes de desarrollo municipal y los programas de obras
correspondientes;
 Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas,
así como en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en la
materia; autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en su jurisdicción
territorial; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar
licencias y permisos para construcciones privadas; planificar y regular las
localidades conurbadas con apego a la Ley Federal de la materia;
 Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales;

Formular, aprobar y administrar la zonificación y los planes de desarrollo urbano
municipal;

Coadyuvar en la ejecución de los planes y programas federales y estatales
en el Municipio;

Convocar a elecciones de las autoridades auxiliares en las Agencias Municipales
y de Policía, respetando en su caso, las tradiciones, usos, costumbres y prácticas
democráticas de las propias localidades;
 Si el ayuntamiento por mayoría calificada considera que se encuentra en riesgo la
paz y estabilidad de la Agencia Municipal o de Policía de que se trate, acordará no
convocar a elecciones, procediendo a designar a un encargado que permanecerá
en el cargo hasta por sesenta días.
 Vencido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, y si las condiciones no son
favorables para convocar a elección, el Ayuntamiento procederá por mayoría
calificada a ratificar al encargado de la Agencia Municipal o de Policía hasta por
tres años, o el tiempo que determinen sus usos y costumbres.
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
Aprobar el nombramiento o remoción del Secretario, Tesorero, Contralor y
responsable de la Obra Pública a propuesta de la Presidenta Municipal;
 Crear y suprimir las Unidades Administrativas y entidades de la administración
pública municipal que estime necesarias para su adecuado funcionamiento y la
eficaz prestación de los servicios públicos;
 Formular y fomentar programas de organización y participación comunitaria, en los
trabajos colectivos de beneficio común que permitan una mayor cooperación entre
autoridades y habitantes del Municipio;
 Facultar a los Concejales se hagan cargo de funciones específicas, en los casos
de urgencia o desastres naturales;
 Designar por mayoría de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, al Alcalde
Municipal y sus suplentes;
 Conceder licencias a sus integrantes en los términos de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Oaxaca, la Ley Orgánica Municipal y Bando de Policía
y Gobierno;
 Promover ante la Legislatura del Estado, la suspensión y revocación del mandato
de alguno de sus miembros por causa grave de acuerdo a lo dispuesto en la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
 Rendir a la ciudadanía por conducto de la Presidenta Municipal, un informe anual
detallado sobre el estado financiero de la Hacienda Pública Municipal, el avance
de los programas, las obras en proceso o las concluidas y, en general, el estado
que guardan los asuntos municipales;
 Integrar los Consejos de: Seguridad; Protección Civil Municipal y otros similares,
en los términos de las leyes federales, estatales y reglamentos municipales;
 Determinar la organización y preservación de los archivos históricos municipales;
 Nombrar al Cronista Municipal;
 Establecer un sistema de estímulos y reconocimientos al mérito de los servidores
públicos municipales y de sus habitantes, en base a los reglamentos respectivos;
 Fomentar las actividades culturales y recreativas de sano esparcimiento, además
de fortalecer los valores históricos y cívicos del pueblo, así como el respeto y
aprecio a los símbolos patrios;
 Aceptar herencias y legados a favor del Municipio;
 Establecer y actualizar la información económica, social y estadística de interés
general;
 Elaborar y publicar en coordinación con las autoridades competentes, el catálogo
del patrimonio histórico y cultural del Municipio, vigilar su preservación y
coadyuvar a determinar qué construcciones y edificios no podrán modificarse;
 Otorgar poderes para pleitos y cobranzas a propuesta del Síndico correspondiente
cuando sea necesario;
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 Conservar y acrecentar los bienes del Municipio y llevar el registro en el que se
señalen los bienes de dominio público y de dominio privado del Municipio y los de
la administración pública paramunicipal;
 Aprobar el cambio del titular de la regiduría que así lo solicite, siempre con apego
al marco de la normatividad municipal;
 Ratificar a los titulares de la Administración Pública Municipal;
 Elegir al titular de la Defensoría Municipal de los Derechos Humanos en términos
del reglamento respectivo, y
 Las demás que expresamente le atribuyan las leyes federales, estatales y
reglamentos municipales.
2. PRESIDENCIA MUNICIPAL.
Al frente de esta Unidad Administrativa se encontrara una Presidenta Municipal,
encargada de velar por la correcta ejecución de las disposiciones del Ayuntamiento.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
La Presidenta municipal es la representante político y responsable directo de la
administración pública municipal.
En distintos planos de su desempeño institucional la Presidenta de un Municipio ejerce las
siguientes posiciones:
Primer regidor, entre la lista de ediles en el Cabildo, considerado así para efectos de
sancionar que encabeza a las autoridades municipales electas.
Jefe de Municipio, como representante del Ayuntamiento en todos los actos de protocolo y
formalización de asuntos a nombre del municipio y su gobierno.
Jefe de Gobierno, como Primer regidor que preside el Cabildo y encabeza los actos y
sesiones del mismo, además de tener el mayor rango de representación política y el
ejercicio del voto de calidad.
Jefe de la Administración Pública Municipal, con atribuciones directas para constituirse en
el superior jerárquico de las dependencias municipales y de los funcionarios que las
encabezan como titulares, para lo cual tiene atribuciones de nombramiento y destitución
de los mismos.
Autoridad Fiscal en cumplimiento de las atribuciones que confiere la Ley a la
administración del municipio para recaudar contribuciones y para autorizar erogaciones
del presupuesto de egresos municipales.
Mando superior de comandantes y personal adscrito a funciones de seguridad pública y
tránsito.
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Autoridad superior en materia del régimen disciplinario de los servidores públicos
municipales
Responsable del cumplimiento de convenios con otras autoridades de otros gobiernos del
país Titular de las Comisiones del Ayuntamiento que determine la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Oaxaca.
OBJETIVO
Ser representante político y el encargado de velar por la correcta ejecución de las
disposiciones del Ayuntamiento.
PRINCIPALES FUNCIONES
 Cumplir y hacer cumplir en el Municipio las Leyes y demás disposiciones de orden
normativo municipal, así como los ordenamientos estatales y federales en el ámbito
de su competencia, y conducir las relaciones del ayuntamiento con los Poderes del
Estado, y con los otros ayuntamientos de la entidad;
 Planear, programar, presupuestar, coordinar y evaluar el desempeño de las
unidades administrativas, de la administración pública municipal que se creen por
acuerdo del Ayuntamiento en cumplimiento de esta ley;
 Convocar y presidir con voz y voto de calidad las sesiones del Cabildo y ejecutar los
acuerdos y decisiones del mismo;
 Promulgar y publicar en la gaceta municipal o en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado, los Bandos de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares y demás
disposiciones administrativas de observancia general, dentro de sus respectivas
jurisdicciones, así como los planes y programas de desarrollo municipal; publicados
que sean remitirlos a los Poderes del Estado y al Archivo General del Estado;
 Expedir de manera inmediata los nombramientos de los agentes municipales y de
policía, una vez obtenido el resultado de la elección;
 Asumir la representación jurídica del ayuntamiento en los litigios, a falta de Síndico o
cuando el Síndico o Síndicos estén ausentes o impedidos legalmente para ello;
 Informar a la población en sesión pública y solemne que deberá celebrarse dentro
de los primeros quince días del mes de diciembre de cada año, sobre el estado que
guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el
ejercicio;
 Proponer al ayuntamiento los proyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de
Egresos atendiendo a los principios constitucionales de austeridad, planeación,
eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como a los
presupuestos realizados por las comisiones de conformidad con la fracción VII del
artículo 55 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
 Vigilar la recaudación de ingresos en todos los ramos de la administración pública
municipal, con apego a lo dispuesto en la Ley de Ingresos Municipales, inspeccionar
los fondos de la hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los
recursos municipales se hagan con estricto apego al presupuesto de egresos y a las
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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leyes correspondientes, y a los principios constitucionales de austeridad,
planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y en su caso,
autorizar los estados financieros del Municipio;
 Proponer al Ayuntamiento las comisiones en las que deben actuar sus integrantes;
 Proponer a consideración del Ayuntamiento para su aprobación los nombramientos
del Secretario, Tesorero, Responsable de la Obra Pública. Los demás servidores
públicos serán nombrados directamente por la Presidenta Municipal;
 Ejecutar, administrar, vigilar y evaluar la formulación e instrumentación de los planes
de desarrollo urbano, la zonificación, la creación de reservas territoriales, el
otorgamiento de licencias y permisos para uso de suelo y construcción, así como los
mecanismos que se requieran para la adecuada conducción del desarrollo urbano;
 Elaborar el Plan Municipal de Desarrollo dentro de los seis primeros meses de su
administración, así como los programas anuales de obras y servicios públicos y
someterlos al Ayuntamiento para su aprobación;
 Promover y vigilar la organización e integración del Concejo de Desarrollo Social
Municipal;
 Promover la integración del Concejo Municipal de Protección Civil;
 Informar durante las sesiones ordinarias del Ayuntamiento sobre el estado que
guarda la administración municipal y del avance de sus programas;
 Disponer de la fuerza pública municipal para preservar,
restablecer la tranquilidad, la seguridad y la salubridad públicas;
 Resolver y autorizar bajo su inmediata y
asuntos que por su naturaleza no admitan demora
directa
mantener
responsabilidad
y
los
 Vigilar la correcta administración del patrimonio municipal;
 Expedir licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de comercios,
espectáculos, bailes y diversiones públicas en general, previo dictamen de las
comisiones respectivas;
 Expedir licencias a establecimientos que expendan bebidas alcohólicas, las que de
concederse tendrán siempre el carácter de temporales, previa autorización del
Cabildo y con apego a la Ley Estatal de Salud;
 Resolver sobre las peticiones de los particulares en materia de permisos para el
aprovechamiento y comercio en las vías públicas, con aprobación del Cabildo, las
que de concederse, tendrán siempre el carácter de temporales y revocables y no
serán gratuitas;
 Proponer al Ayuntamiento, al Concejal que deba sustituirlo en sus ausencias no
mayores de quince días, o en las sesiones ordinarias que le encomiende;
 Crear en el primer año de su gestión administrativa un organismo que se
denominará Comité Municipal del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, y
en las Agencias Municipales se denominará Subcomité Municipal del Sistema para
el Desarrollo Integral de la Familia;
 Visitar periódicamente las Agencias Municipales y de Policía y todos los demás
centros de población urbanos, suburbanos y de naturaleza agraria que conformen el
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territorio municipal, con el objeto de verificar la eficaz prestación de los servicios
públicos municipales y recibir las demandas de la población, para proponer al
Cabildo las medidas de solución conducentes;
 Desempeñar las funciones de Registro Civil cuando en su ámbito territorial no exista
éste, en los términos del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca y
del reglamento de la materia;
 Tener bajo su mando, la Policía Municipal en los términos del reglamento
correspondiente y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Oaxaca y las leyes de la materia;
 Nombrar y remover a los demás servidores de la administración pública municipal, y
expedir los nombramientos respectivos;
 Ejercer las facultades que le confiere el artículo12 de la Ley General de Sociedades
Cooperativas;
 Autorizar los documentos de compraventa de ganado y los permisos para degüello;
 Designar a la o las personalidades que se destacan por su actividad o
desempeño, en cualquier ámbito de la Sociedad, para el otorgamiento de
medallas,
la
llave
de
la
ciudad,
pergaminos,
distintivos
o
reconocimientos diversos;
 Las demás que le señalen las leyes, los bandos de policía y gobierno, los
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general
dentro de sus ámbitos territoriales.
3. SINDICATURA DE PROCURACIÓN Y HACENDARIA
Al frente de la Sindicatura de Procuración y Hacendaria habrá, un Síndico Procurador y
Hacendario.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
El Síndico es un representante del interés institucional, sea jurídico, patrimonial, o de
valores diversos de una organización, como apoderado legal, el síndico actúa también
como gestor de los recursos legales que deban ser resueltos
ante
autoridades
jurisdiccionales diversas.
Al igual que en el caso del presidente municipal y regidores es un cargo de elección
popular y funge en el cabildo con voz y voto en los asuntos generales, además de
integrar por determinación de Ley la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento.
Es el representante del Interés Institucional del Municipio, vigila que el interés municipal
no sea vulnerado por intervención en los asuntos del municipio de autoridades o
personas ajenas al mismo, a la vez que verifica que los actos del ayuntamiento se
realicen con pleno apego a los principios determinados en la Ley y que se apeguen a la
misma.
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OBJETIVO
Ser representante del interés patrimonial y hacendario del municipio, procurando que su
manejo se realice dentro de los límites de la Ley, y que sean aplicadas correctamente las
normas
de recaudación, presupuesto, gasto público, contabilidad, patrimonio e
información financiera al igual que fungir como representante del Interés Jurídico del
Municipio, para lo cual asume la titularidad de la representación del municipio y de sus
autoridades en su conjunto ante cualquier autoridad jurisdiccional y de procuración de
justicia, interponiendo los recursos necesarios para salvaguardar dicho interés, y
respondiendo lo conducente en los casos en que sean las autoridades municipales las
que enfrenten demandas o deban responder por recursos interpuestos por otras
personas.
PRINCIPALES FUNCIONES
 Vigilar las actividades de la administración pública municipal, proponiendo las
medidas que estime convenientes ante el Ayuntamiento, para su mejoramiento y
mayor eficacia;
 Ser representante legal del municipio;
 Formar parte de la Comisión de Hacienda y Bienes Municipales y aquellas otras
que les hayan sido asignadas;
 Participar en la gestión de los negocios de la Hacienda Pública Municipal;
 Legalizar la propiedad de los bienes municipales;
 Vigilar la aplicación estricta del Presupuesto de Egresos, revisar y, en su caso,
autorizar los estados financieros y toda la documentación que integra la cuenta
pública municipal;
 Firmar contratos, convenio y otros instrumentos en su carácter de representante
legal del municipio
 Hacer que oportunamente se remitan a la Auditoría Superior del Estado, las
cuentas de la Tesorería Municipal;
 Revisar y aprobar los cortes de caja efectuados por la tesorería y sancionar los
estados financieros.
 Vigilar que todos los ingresos así como las multas por infracciones a leyes y
reglamentos municipales, ingresen a la Tesorería.
 Defender los intereses municipales, representar jurídicamente al Municipio en los
litigios en que éste fuere parte
 Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes muebles e
inmuebles propiedad del Municipio y vigilar que se inscriban en el libro especial
con la expresión real de sus valores y las características de identificación, así
como el destino de los mismos;
 Proponer el Reglamento en materia de uso, desincorporación y baja de los bienes
propiedad del Municipio;
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 Regularizar la propiedad de los bienes municipales;
 Las demás que les atribuyan expresamente las leyes federales, estatales,
reglamentos municipales y las delegadas o encomendadas por el Honorable
Ayuntamiento y la Presidenta Municipal.
 El síndico no puede desistirse, comprometerse en árbitros o hacer cesión de
bienes, salvo autorización expresa que en cada caso le otorgue el ayuntamiento y
en su caso, con la aprobación de la legislatura local y tratándose de bienes
inmuebles, previa su desincorporación.
 Elaborar por lo menos cada cuatro meses un informe a detalle del estado que
guardan los bienes Municipales y presentarlo ante el Honorable Ayuntamiento.

Las demás que le encomienden el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y las
que expresamente le señalen los ordenamientos legales aplicables.
4. SINDICATURA DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTOS.
Al frente de esta Unidad Administrativa estará el síndico de gobernación y
reglamentos.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
El Síndico es un representante del interés institucional, de valores diversos de una
organización, además es el encargado de la Comision de la Seguridad Pública.
Al igual que en el caso del presidente municipal y regidores es un cargo de elección
popular y funge en el cabildo con voz y voto en los asuntos generales,
OBJETIVO
Vigilar las actividades en materia de seguridad pública municipal, proponiendo las
medidas que estime convenientes ante el Ayuntamiento, para su mejoramiento y mayor
eficacia, así como Proponer la formulación, expedición, modificaciones o reformas a los
reglamentos municipales y demás disposiciones administrativas en materia.
PRINCIPALES FUNCIONES
 Presidir parte de la Comisión de Seguridad Púbica Municipal y aquellas otras que
les hayan sido asignadas.
 Asistir con derecho de voz y voto a las Sesiones de Cabildo del Honorable
Ayuntamiento;
 Proponer la formulación, expedición, modificaciones o reformas a los reglamentos
municipales y demás disposiciones administrativas en materia de seguridad
pública.
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 Organizar el servicio de seguridad pública municipal de conformidad con la
legislación estatal, a través de áreas administrativas, cuyas atribuciones serán
otorgadas de conformidad con la legislación y reglamentación estatal y municipal
correspondiente;
 Integrar las actividades municipales a los Sistemas Nacional y Estatal de
Seguridad;
 Promover la formación y difusión de una cultura integral de convivencia armónica y
pacífica;
 Vigilar que la policía municipal y sus órganos auxiliares, cuenten con los recursos
materiales indispensables para que realicen sus funciones de seguridad pública;
 Convocar, seleccionar, capacitar, supervisar y evaluar permanentemente al
personal que integra a la Comisaría de Seguridad Pública Municipal;
 Emitir las disposiciones relativas a la regulación de seguridad pública en territorio
municipal;
 Llevar registro y estadística de incidencia delictiva o faltas administrativas y
reincidencia para que en coordinación con autoridades federales y estatales se
establezcan políticas o procesos de prevención y combate al delito;
 Promover y fomentar la seguridad integral de la población, en especial a los niños
y jóvenes en edad escolar;
 Vigilar la defensa social y prevención de los delitos, mediante la aplicación de
medidas ordenadas y concretas como el alcoholímetro entre otras, para proteger
los derechos de las personas, el desenvolvimiento normal de las instituciones y la
seguridad pública del municipio, impidiendo cualquier acto que perturbe o ponga
en peligro o altere la paz y tranquilidad social, asimismo fungirá como auxiliar de la
procuración y administración de la justicia, coordinarse con la dirección de vialidad
y transporte, de acuerdo con el reglamento respectivo. Elaborar el Atlas de
Riesgos Municipal, identificando las zonas y sitios que por sus características
puedan ser escenarios de situaciones emergentes y los peligros a los que está
expuesto el territorio del Municipio;
 Supervisar, Instrumentar, operar y coordinar el Programa Municipal de Protección
Civil;
 Elaborar y operar programas especiales de protección civil;
 Instrumentar un Sistema de Seguimiento y Evaluación del Programa Municipal de
Protección Civil, e informar al Director o Comisario de Seguridad Pública, y
Director de Vialidad y Transporte y al Consejo Municipal sobre su funcionamiento
y avances;
 Participar en las
Ayuntamiento, y
ceremonias
cívicas
que
lleve
a
cabo
el Honorable
 Las demás que les atribuyan expresamente las leyes federales, estatales,
reglamentos municipales y las delegadas o encomendadas por el Honorable
Ayuntamiento y la Presidenta Municipal.
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5. LOS CONCEJALES
El cargo de regidor es en realidad el núcleo del ayuntamiento, en la medida que, por su
número y funciones de representación de la comunidad, dan lugar a la formación del
colectivo que decide y crea las condiciones de un proceso democrático.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
El término regidor equivale al de rector, se dice que ejerce rectoría sobre los asuntos que
le son encomendados; es decir, que rige los destinos del municipio.
Tal es sentido formal del cargo municipal del regidor, mismo que en cuanto a su número
está determinado por la cantidad de habitantes del municipio, con lo cual se presentan
ayuntamientos con un número menor a diez regidores y en otros casos con una
ascendencia de más de veinte representantes.
En todo caso, con el cargo del Regidor se logra la aplicación del principio del gobierno
democrático representativo, además de considerar que entre los propios regidores se
encuentran aquellos que llegan al cabildo por el porcentaje de votación obtenida por sus
partidos, aun y cuando no hayan logrado la mayoría de votos de la ciudadanía.
El Regidor es un representante político y social de la comunidad ante el ayuntamiento, por
consiguiente su carácter es de un gestor público del interés de la población y de los
requerimientos de desarrollo de sus localidades.
El Regidor da cuerpo y respaldo al ayuntamiento en la medida que forma un colegio de
análisis, valoración, formación de escenarios, articulación de propuestas, discusión de
asuntos controvertidos y creación de consensos para lograr acuerdos.
OBJETIVO
La Misión de los regidores, en efecto es determinar y regir sobre los asuntos del gobierno.
De la mayor o menor participación de los regidores en las reuniones de cabildo depende
muchas veces la credibilidad del gobierno municipal, así como la consolidación de bases
de comunicación pública para lograr un adecuado margen de gobernabilidad.
Como regidor, el cargo representa una oportunidad pública de colocar los temas de la
comunidad en la agenda de decisiones del gobierno local. De hecho, los regidores pasan
por una curva de aprendizaje político de muy alto valor para la comunidad, ya que sus
decisiones deben articularse de cara a los ciudadanos.
El Regidor como cargo tiene también otras denominaciones en municipios de otros
países, por ejemplo se les llama concejales o ediles, la coincidencia con el caso de los
regidores mexicanos es justamente su carácter de vocería pública de los ciudadanos.
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PRINCIPALES FUNCIONES
 Asistir con derecho de voz y voto a las sesiones del Honorable Ayuntamiento y
vigilar el puntual cumplimiento de sus acuerdos.
 Suplir a la Presidenta Municipal en sus faltas temporales, en los términos
establecidos por la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y el Bando de
Policía y Gobierno.
 Desempeñar las comisiones que le encomiende el ayuntamiento e informar con la
periodicidad que se señale, sobre las gestiones realizadas.
 Proponer al ayuntamiento alternativas de solución para la debida atención de los
diferentes ramos de la administración municipal.
 Proponer la formulación, expedición, modificación o reforma a los reglamentos
municipales y demás disposiciones administrativa.
 Promover la participación ciudadana en apoyo a los programas que formule el
ayuntamiento.
 Participar en las ceremonias cívicas que lleve a cabo el ayuntamiento.
 Estar informado del estado financiero y patrimonial de municipio y de la situación
en general del ayuntamiento.
 Solicitar por escrito a los servidores públicos municipales la información que
requieran para el despacho de los asuntos de su conocimiento, y
 Las demás que se señalen Leyes Federales, Estatales, Reglamentos municipales
y en los acuerdos del ayuntamiento
6. SECRETARÍA MUNICIPAL.
Al frente de la Secretaría Municipal, habrá un Secretario quien dependerá estructural y
jerárquicamente de la Presidenta.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
El Secretario del Ayuntamiento o Municipal es un Puesto de designación por parte del
Ayuntamiento a propuesta de la Presidenta Municipal, de ahí que se encuentra
subordinado de manera directa a la Presidenta.
La denominación de este puesto se debe a que cumple funciones de respaldo directo al
Cabildo, organizando las sesiones, integrando la agenda de asuntos a tratar, convocando
a los ediles según el calendario aprobado y asistiendo como Secretario el desempeño de
las reuniones del Cabildo.
El Secretario participa en dichas reuniones con voz, pero sin voto, además de no poder
intervenir en las deliberaciones que lleven a cabo los munícipes.
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OBJETIVO.
En el pleno de la administración municipal, el Secretario del Ayuntamiento se desempeña
en funciones de gobierno interior, asumiendo la gestión de los asuntos políticos y de
vinculación institucional del municipio con distintas autoridades, con la ciudadanía y con
los propios funcionarios y servidores públicos municipales, para el seguimiento de los
asuntos aprobados o encomendados por la autoridad municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES
 Auxiliar a la Presidenta Municipal en todo lo relativo a la administración interna
del Municipio;
 Suscribir, junto con la Presidenta
servidores públicos acordados;
Municipal,
los
nombramientos, de los
 Convocar por instrucciones de la Presidencia Municipal por escrito a las Sesiones
de Cabildo y asistir a las mismas sólo con voz;
 Levantar el acta correspondiente, en la que se deberá asentar los acuerdos,
asuntos tratados y el resultado de la votación, con el número de votos a favor, en
contra y abstenciones;
 Llevar el control y conservar los libros de actas, obteniendo las firmas
correspondientes;
 Recibir la correspondencia dirigida al Honorable Ayuntamiento y dar cuenta de
la misma en la Sesión inmediata posterior;
 Controlar y distribuir la correspondencia oficial de la Presidencia Municipal;
 Publicar todos los reglamentos, acuerdos, circulares, resoluciones y demás
disposiciones de observancia general emanados del Honorable Ayuntamiento;
 Dar fe de los actos del Honorable Ayuntamiento, autorizar, expedir y certificar las
copias de documentos oficiales, suscribir y validar con su firma aquellas que
contengan acuerdos y órdenes del Honorable Ayuntamiento y de la Presidenta
Municipal o que obren en sus archivos;
 Tener a su cargo en coordinación con la dirección en el ramo el Archivo General y
el Histórico del Municipio;
 Compilar las Leyes, decretos, reglamentos, periódicos oficiales del Gobierno del
Estado, Gacetas Municipales, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores
de la administración pública municipal;
 Controlar y distribuir la correspondencia a través de la Oficialía de Partes, dando
cuenta diaria a la Presidenta Municipal para acordar su trámite;
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 Auxiliar a la regiduría en el ramo para organizar y coordinarse en las ceremonias
cívicas a cargo del Honorable Ayuntamiento;
 Auxiliar a la Presidenta Municipal, en la conducción de la política interior del
Municipio;
 Auxiliar a la Presidenta en las relaciones con los Poderes del Estado y con
otras autoridades Municipales, Federales y Estatales;
 Auxiliar a la Presidenta Municipal en el ejercicio de las acciones que en
materia electoral le señalen las leyes o los convenios que para el efecto se
celebren;
 Recopilar los datos e informes necesarios para la preparación del informe anual
que la Presidenta Municipal debe rendir a la población a nombre del Honorable
Ayuntamiento;
 Coordinar la elaboración de los informes anuales de la Presidenta Municipal;
 Coordinar las actividades de los Agentes Municipales y de Policía, comunicarles
los acuerdos del Honorable Ayuntamiento y de la Presidenta Municipal;
 Efectuar los programas que le correspondan, en el contexto del Plan Municipal de
Desarrollo y de conformidad con el presente Bando de Policía y Gobierno;
 Participar en el Consejo de Desarrollo Municipal, con las mismas atribuciones
con las que participa en las Sesiones de Cabildo y las que establezca el
Reglamento de Participación Ciudadana;
 Organizar y vigilar el ejercicio de las funciones de la Junta Local de Reclutamiento;
 Coadyuvar al Síndico competente con las instancias competentes en la
regularización de la tenencia de la tierra en el Municipio y atenderlas por la vía del
derecho y la conciliación;
 Auxiliar al Síndico de Procuración y Hacendario en la elaboración del inventario
general de bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio, así como su
actualización;
 Atender los avisos de mítines o manifestaciones;
 Coadyuvar en la correcta utilización de los espacios destinados al comercio fijo y
semifijo y regular el comercio ambulante a través de la dependencia
correspondiente;
 Las demás que establezcan la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, el
presente Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos, circulares, disposiciones,
acuerdos y manuales que emita el Honorable Ayuntamiento así como las que le
sean encomendadas y delegadas por la Presidenta Municipal.
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6.1 DIRECCIÓN JURÍDICA
Al frente de la Dirección Jurídica habrá un Director dependiente de la Secretaría
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de asesorar y brindar apoyo técnico y jurídico a los Síndicos
Municipales, coordinándose con ellos para la procuración y defensa de los intereses y
derechos del Municipio en juicios, así como en la substanciación de los recursos
administrativos de su competencia
OBJETIVO.
Sustanciar los recursos administrativos promovidos ante las autoridades municipales,
conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, y demás
disposiciones legales aplicables.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Elaborar y revisar, previa su aprobación, los contratos o convenios que acuerde
celebrar el Ayuntamiento;

Sustanciar los recursos administrativos promovidos ante las autoridades
municipales, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Oaxaca, y demás disposiciones legales aplicables;

Asesorar y brindar apoyo técnico y jurídico a los Síndicos Municipales,
coordinándose con ellos para la procuración y defensa de los intereses y
derechos del Municipio en juicios, así como en la substanciación de los recursos
administrativos de su competencia;

Coordinar las diferentes áreas jurídicas de las Unidades Administrativas;

Patrocinar como abogado, con el personal a su cargo, al Ayuntamiento y a las
autoridades municipales, en todos los juicios y procedimientos administrativos en
que, por razón de su cargo, sean parte;

Intervenir en los juicios administrativos, promovidos en contra de los actos de las
autoridades municipales, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica
Municipal;

Intervenir en los juicios laborales en que sea parte el Gobierno Municipal, en
coordinación con la Oficialía Mayor; así como coadyuvar en el levantamiento de
actas administrativas;
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
Intervenir en materia penal, como coadyuvante del Ministerio Público o como
defensor particular, en toda averiguación previa o proceso penal en que esté
involucrada una autoridad municipal;

Coadyuvar en los procesos de regularización de los bienes inmuebles que estén
en posesión del Ayuntamiento, o que por cualquier título tenga a su servicio;

Efectuar los actos jurídicos necesarios para reivindicar la propiedad de los bienes
del Municipio, en coordinación con las autoridades correspondientes;

Coadyuvar en el ámbito de su competencia, en la regularización de la tenencia
de la tierra en el Municipio, en coordinación con las Unidades Administrativas
correspondientes;

Establecer y desarrollar programas de orientación jurídica gratuita a la
comunidad;

Preparar jurídicamente las solicitudes de expropiación, por causa de utilidad
pública, que sean presentadas ante el Gobierno del Estado;

Dar respuesta a los informes solicitados por las autoridades estatales, por
presuntas violaciones cometidas por servidores públicos municipales;

Acordar directamente con la Presidenta Municipal, los asuntos que le sean
encomendados;

Estudiar y analizar las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales de
aplicación municipal, para la elaboración de anteproyectos de iniciativas y
propuestas normativas, para el mejoramiento de la Administración Pública
Municipal;

Actualizar a las Unidades Administrativas y Entidades en el conocimiento de las
diferentes leyes, decretos, reglamentos y demás normas jurídicas que guarden
relación con las funciones que realizan;

Rendir la información que le sea requerida por la Presidenta Municipal, sobre el
ejercicio de sus atribuciones;

Elaborar y someter a la aprobación de la Presidenta Municipal los manuales de
organización y de funcionamiento de su Unidad, y emitir las medidas necesarias
para el desarrollo de sus actividades, y

Las demás que le señalen expresamente el Ayuntamiento, la Presidenta
Municipal, las leyes, reglamentos y disposiciones jurídicas aplicables.
6.2 OFICIALÍA DE PARTES Y VINCULACIÓN CIUDADANA.
Al frente de la Oficialía de Partes y Vinculación Ciudadana habrá, un encargado
dependiente de la Secretaría Municipal y tendrá las siguientes atribuciones:
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Área encargada de la recepción, revisión de documentación, orientación e información a
la ciudadanía para la realización de sus trámites municipales.
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OBJETIVO.
Ser un área de vinculación entre la ciudadanía y el municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES
I.
Recepción y revisión de documentación.
II.
Dar cuenta al Secretario Municipal de la recepción de la documentación.
III.
Previa autorización, canalizar la documentación al área o unidad administrativa
municipal que corresponda.
IV.
Elaborar y actualizar su índice de documentación entrante y saliente.
V.
Orientación e información a la ciudadanía para la realización de sus trámites
municipales.
VI.
Información a la ciudadanía del estado de sus trámites
VII.
Recibir la correspondencia dirigida al Honorable Ayuntamiento y dar cuenta de
la misma en la Sesión inmediata posterior;
VIII.
Controlar y distribuir la correspondencia oficial de la Presidencia Municipal;
7. TESORERÍA MUNICIPAL.
Al frente de la tesorería habrá un Tesorero Municipal, encargado de ejercer la política
hacendaria del Municipio en materias de administración tributaria, financiera, ingresos,
egresos, contabilidad, fiscalización, ingresos coordinados y cobranza, en los
términos de las disposiciones aplicables.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
La tesorería municipal, es el órgano encargado de ejercer la política hacendaria del
Municipio en materias de administración tributaria, financiera, ingresos,
egresos,
contabilidad, fiscalización, ingresos coordinados y cobranza, en los términos de las
disposiciones aplicables, de igual forma es responsable de realizar las erogaciones que
haga el Ayuntamiento. Estará a cargo de un Tesorero Municipal y le corresponde, además
de las que expresamente le confiere el artículo 95 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca,
PRINCIPALES FUNCIONES

Recaudar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y demás
contribuciones municipales de conformidad con las leyes fiscales
aplicables, así como las contribuciones, participaciones y rendimientos
federales y estatales que por ley o convenio le correspondan al Municipio;
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
Elaborar y proponer a la Presidenta Municipal los proyectos de leyes fiscales,
presupuestos de egresos, reglamentos, acuerdos, circulares y disposiciones
administrativas relacionadas con la Hacienda Pública Municipal;

Emitir las medidas técnico-administrativas necesarias para la mejor organización,
funcionamiento y evaluación de las actividades propias de la Tesorería;

Ejecutar la política financiera y crediticia del Municipio;

Cumplir y hacer cumplir la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado y las
demás disposiciones legales dentro de la esfera de su competencia;

Integrar y proponer al Ayuntamiento los presupuestos de ingresos y egresos,
informar de su ejercicio, y sugerir las modificaciones, en caso necesario;

Emitir los criterios y políticas para la aplicación de los ordenamientos fiscales, y
resolver las controversias que se susciten en la interpretación de los mismos;

Desarrollar un sistema de orientación a los contribuyentes sobre el cumplimiento
de sus obligaciones fiscales, el calendario de aplicación de las disposiciones
tributarias y de los procedimientos, para su debida observancia;

Proporcionar la asesoría en materia de interpretación y aplicación de las leyes
tributarias que le sea solicitada por el Ayuntamiento;

Resolver consultas y celebrar convenios con los contribuyentes y, en general,
ejercer las atribuciones que le señalen las leyes fiscales vigentes en el Estado;

Vigilar la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución para recuperar
los créditos fiscales;

Proponer las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina
presupuestarias, así como los mecanismos para que la presupuestación se
vincule a los planes aprobados.

Vigilar que la cuenta pública y los informes del Ayuntamiento y de las entidades
se lleven a cabo de manera oportuna y con apego a los lineamientos
establecidos por la Auditoria Superior del Estado;

Organizar y llevar la contabilidad del Municipio y las estadísticas financieras del
mismo;

Coadyuvar con el Síndico Municipal en los juicios y tramitación de los recursos
administrativos de carácter fiscal, que interpongan los contribuyentes;

Administrar y mantener actualizada la base catastral del Municipio;

Fiscalizar el manejo de recursos económicos que realizan los delegados y
subdelegados municipales;

Tener voz informativa en las sesiones de Cabildo, cuando se trate de la
integración y discusión de los presupuestos;

Realizar todos los pagos que estén comprendidos en el presupuesto anual
correspondiente, con autorización de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública;
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
Establecer políticas y procedimientos con el fin de mejorar la eficacia en la
captación de ingresos, así como en las operaciones y funciones catastrales a su
cargo;

Elaborar órdenes y calendarios de pago y controlar la documentación
comprobatoria de egresos municipales, informando por escrito mensualmente a
la Presidenta Municipal;

Pagar la nómina del personal que labora al servicio del Municipio;

Mantener actualizados los libros de caja, diario, cuentas corrientes, auxiliares y
de registro, que sean necesarios para la debida comprobación de los ingresos y
egresos del Municipio;

Mantener el control de la deuda pública municipal, informando al Ayuntamiento,
en sesión de Cabildo, sobre el estado de las amortizaciones de capital y pago de
intereses por el Ayuntamiento;

Informar al Ayuntamiento sobre los ingresos que puedan someterse a la
aprobación de la Legislatura para mejorar su hacienda;

Cuidar que las multas y sanciones económicas impuestas por las autoridades
municipales ingresen y se registren en la Tesorería Municipal;

Vigilar el cumplimiento de la normatividad en materia de comercio e industria y
demás reglamentación a su cargo;

Integrar el Registro del Patrimonio Inmobiliario Municipal y elaborar, para
validación del Síndico Procurador y Hacendario y aprobación del Cabildo, el
inventario y registro general de bienes muebles e inmuebles del Ayuntamiento;

Coadyuvar con la Dirección de Bienes llevar un registro de todos los bienes
inmuebles afectos a un servicio público, así como los de dominio público y
privado del Municipio;

Participar en la celebración de los contratos, mediante los cuales se otorgue a
terceros el uso o goce de bienes inmuebles del dominio municipal, y llevar en
coordinación con la Dirección, de bienes el registro de los mismos para su
control y cobro;

Custodiar y concentrar los fondos, garantías de terceros y valores financieros del
Municipio;

Establecer medidas de control respecto de los ingresos y egresos de los
organismos descentralizados, así como de los patronatos que manejan recursos
municipales;

Conocer, tramitar y resolver los recursos administrativos previstos en La Ley de
Ingresos Municipal;

Cancelar el registro contable de los bienes inmuebles que dejen de ser parte del
patrimonio municipal;

Coordinar las metas y acciones de planeación del Gasto e Inversión, en
congruencia con los planes y programas de corto, mediano y largo plazo;

Rendir un informe mensual al Ayuntamiento y a la Presidenta Municipal, sobre el
estado financiero de los fondos del Ramo 033;
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
Determinar créditos fiscales municipales, así como las bases para su liquidación,
su fijación en cantidad líquida, su percepción y su cobro, por conducto de las
Unidades Administrativas y órganos que las leyes señalen;

Gestionar a través del Síndico Procurador y Hacendario, la publicación en el
Periódico Oficial del Estado, de los formatos utilizados para recaudar impuestos
e imponer multas a los contribuyentes;

Integrar y mantener actualizado el Padrón Municipal de Contribuyentes, en
coordinación con las Unidades Administrativas fiscales;

Determinar las políticas de descuento de impuestos y sus accesorios, así como
la condonación de los mismos, con la aprobación de la Presidenta, atendiendo
a la capacidad económica del contribuyente;

Dar cumplimiento a los convenios de coordinación fiscal y llevar al corriente el
Padrón Fiscal Municipal, los padrones integrados por los contribuyentes con
giros de locatarios de mercados, concesiones otorgadas, los impuestos
generados por la prestación de servicios municipales, los registros contables,
financieros, administrativos de los ingresos, egresos y presupuestos, así como
conducir y vigilar el funcionamiento de un sistema de orientación fiscal para los
causantes municipales;

Elaborar el día último de cada mes, los estados financieros correspondientes al
mes de que se trate, para determinar el movimiento de ingresos y egresos. Los
estados financieros deberán recibir la aprobación del Honorable Ayuntamiento, y
ser presentados para su revisión y fiscalización ante la Auditoría Superior del
Estado, en términos de la ley de la materia;

Llevar al corriente los registros contables, financieros, administrativos de los
ingresos y egresos, así como conducir y vigilar el funcionamiento de un sistema
de orientación fiscal para los causantes municipales;

Llevar la contabilidad, el control del presupuesto de egresos con enfoque a
resultados e integrar la cuenta pública que debe presentar el Honorable
Ayuntamiento al Congreso del Estado;

Ejercitar la facultad económica-coactiva, para hacer efectivos:
a)
Créditos fiscales exigibles, cualquiera que sea su naturaleza;
b)
Sanciones pecuniarias impuestas por las autoridades administrativas;
c)
Los adeudos derivados de concesiones o contratos celebrados con el Municipio,
salvo pacto expreso en contrario;
d)
Las garantías constituidas por disposición de la Ley o acuerdos de las
Autoridades Administrativas, cuando sean exigibles y cuyo cobro ordene la
autoridad competente;
e)
El cobro de las contribuciones y sus accesorios federales o estatales, cuando el
Municipio por ley o convenio se haga cargo de la administración y recaudación
de los mismos;

Proponer a la Presidenta Municipal, los Anteproyectos Anuales de Ley de
Ingresos y de Presupuesto de Egresos en tiempo y forma para su aprobación
respectiva;
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
Ejercer el Presupuesto de Egresos, y efectuar los pagos invariablemente en
forma mancomunada con la Presidenta Municipal, de acuerdo a los
presupuestos aprobados por el Honorable Ayuntamiento;

Solicitar a las Unidades Administrativas y entidades municipales el proyecto del
Programa Operativo Anual del ejercicio próximo, a más tardar en el mes de
agosto, para el análisis y revisión de la Presidenta Municipal antes del 30 de
septiembre del año en ejercicio

Elaborar y presentar el anteproyecto de Presupuesto de la Dependencia a su
cargo;

Elaborar su Programa Operativo Anual, y

Las demás que le encomiende el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y que le
confieran este y otros ordenamientos.
La Tesorería Municipal, para el cumplimiento de sus atribuciones, se auxiliará de las
áreas administrativas siguientes:
a)
Dirección de Ingresos.
b)
Dirección de Egresos.
c)
Dirección de Contabilidad Gubernamental.
d)
Coordinación de Inspectores.
7.1 DIRECCIÓN DE INGRESOS.
Al frente de habrá un director de ingresos dependiente de la Tesorería Municipal, que es
el encargado de recaudar los diversos ingresos que tiene derecho a percibir el Gobierno
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
La Dirección de Ingresos es la encargada de recaudar los diversos ingresos que tiene
derecho a percibir el Gobierno Municipal, previstos en la legislación fiscal y demás
ordenamientos aplicables, así como las derivadas de los convenios de colaboración
administrativa, celebrados con el Estado y la Federación.
OBJETIVO
Ser el órgano que se encarga de la recaudación de impuestos, pago de derechos, en sí
de todo el ingreso municipal producto de la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio,
de todas las disposiciones hacendarias y fiscales aplicables en el Municipio y que sean
facultad de la Tesorería en su estricto cumplimiento, así como establecer las políticas,
programas y lineamientos emitidos por la Tesorería del Municipio en este rubro.
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PRINCIPALES FUNCIONES

Proponer el programa general de recaudación de ingresos tributarios y
crediticios;

Fijar y evaluar las metas de recaudación para cada ejercicio fiscal por oficina
receptora;

Recaudar, directamente o a través de las oficinas autorizadas para tal efecto, el
importe de las contribuciones;

Integrar y mantener actualizado el padrón de contribuyentes;

Formular anualmente el anteproyecto de la Ley de ingresos y ponerlo a
consideración para su análisis, revisión probación, en su caso;

Diseñar y aprobar las formas oficiales de declaraciones de gravámenes
Municipales a que estén obligados los contribuyentes;

Proporcionar a los contribuyentes la orientación técnica sobre el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, el calendario de aplicación de las disposiciones
tributarias y de los procedimientos, para su debida observancia;

Informar al Tesorero de la presunta comisión de delitos fiscales y de cualquier
otra índole, cuando tenga conocimiento de ello en el ejercicio de sus funciones,
así como de las infracciones administrativas cometidas por servidores públicos
de la Dirección a su cargo;

Determinar la existencia de créditos fiscales, dar las bases para su liquidación,
establecerlos en cantidad liquida, cobrarlos e imponer las sanciones
administrativas que procedan por infracciones fiscales;

Llevar a cabo, en términos de la legislación fiscal, el procedimiento administrativo
de ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales a cargo de los
contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados;

Dirigir a los notificadores y ejecutores que le sean adscritos;

Ordenar y practicar en términos de la legislación fiscal el embargo precautorio
para asegurar el interés fiscal cuando, a su juicio, hubiera peligro de que el
obligado se ausente o realice la enajenación de bienes o cualquier maniobra
tendiente a evadir el cumplimiento de las obligaciones fiscales, o en los casos en
que la ley lo señale; así como levantarlo cuando proceda;

Calificar y mantener la vigencia de las garantías del interés fiscal, otorgadas con
motivo de la interposición de recursos;

Ejercer las garantías del interés fiscal que se hubieren dado a favor del
Ayuntamiento;

Vigilar el manejo de formas valoradas y valorables;

Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorias, inspecciones, verificaciones y
demás actos de comprobación de obligaciones fiscales que establezca la
legislación;
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
Establecer los sistemas y procedimientos internos a que debe ajustarse la
revisión del cumplimiento de obligaciones fiscales;

Elaborar y ejecutar el programa de fiscalización y evaluar sus resultados;

Autorizar el pago diferido o en parcialidades de los créditos fiscales en las
materias de su competencia, incluyendo los correspondientes a
aprovechamientos, conforme a las disposiciones legales aplicables;

Imponer multas por infracción a las disposiciones fiscales que rigen la materia de
su competencia, así como condonar, cuando proceda y previo acuerdo con el
Tesorero Municipal, dichas multas y las impuestas por otras unidades
administrativas;

Verificar, validar, y realizar el trámite ante el Tesorero Municipal para el pago de
retenciones a terceros, y gastos de ejecución a notificadores y ejecutores
adscritos a la Dirección;

Recaudar los derechos de uso y aprovechamiento de la zona federal marítimo
terrestre, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal y el Acuerdo de
Colaboración Administrativa respectivo;

Revisar y dar anuencia, cuando proceda, a las solicitudes de devolución al
contribuyente de cantidades pagadas indebidamente, de conformidad con lo
establecido en la normatividad fiscal vigente;

Vigilar que el total de la recaudación diaria se deposite en la institución bancaria
donde tenga cuenta la Tesorería Municipal;

Determinar, cobrar y recaudar los impuestos, derechos, productos y
aprovechamientos que correspondan al Municipio de conformidad con la Ley de
Ingresos Municipales vigente, así como las participaciones que por ley le
correspondan en rendimiento de impuestos federales y estatales;

Coordinar la recaudación y llevar el control de los importes recaudados;

Dar seguimiento a las metas de recaudación de las oficinas receptoras;

Orientar a los contribuyentes sobre el llenado de las formas oficiales de
declaraciones de los diferentes impuestos, así como sobre el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, en los tiempos y formas establecidas;

Actualizar el Padrón de Contribuyentes;

Certificar hechos y expedir las constancias y certificaciones correspondientes de
los asuntos de su competencia, y

Certificar hechos y expedir las constancias correspondientes, así como expedir
certificaciones de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y

Todas las demás que expresamente le delegue el Ayuntamiento, Presidenta o el
Tesorero y aquellas que le confieran otras disposiciones legales.
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7.2 DIRECCIÓN DE EGRESOS
Al frente de la Dirección de Egresos habrá, un Director dependiente de la Tesorería
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Es la Dirección que maneja con honestidad, eficiencia, transparencia y oportunidad los
pagos y servicios requeridos por las diversas áreas funcionales, con el fin de alcanzar los
objetivos del Plan Municipal de Desarrollo.
OBJETIVO
Manejar con honestidad, eficiencia, transparencia y oportunidad los pagos y servicios
requeridos por las diversas áreas funcionales, con el fin de alcanzar los objetivos del Plan
Municipal de Desarrollo.
PRINCIPALES FUNCIONES

Proponer al Tesorero Municipal el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal
anual;

Determinar el flujo de efectivo y realizar la programación de los pagos que se
deben efectuar con cargo al presupuesto de egresos del Ayuntamiento, y verificar
que se lleven a cabo;

Recibir, concentrar, custodiar y manejar los fondos y valores del Ayuntamiento;

Reportar la posición financiera del Ayuntamiento, en relación con los niveles de
gasto, así como las disponibilidades de fondos;

Proponer la normatividad a la que deberán sujetarse las Unidades Administrativas
en materia de gasto operativo y de inversión;

Planear, evaluar y registrar el avance de los programas de inversión y gasto
público de las Unidades Administrativas y Entidades y, en su caso, proponer las
medidas correctivas a fin de que sean congruentes con el Plan de Desarrollo
Municipal;

Realizar el seguimiento y evaluación de los programas de inversión y gasto público
y proponer, en su caso, las medidas correctivas a fin de que sean congruentes con
el Plan de Desarrollo Municipal;

Formular el Programa de Deuda Pública que deberá considerar su amortización
respectiva;

Analizar y evaluar para su autorización, los traspasos presupuestarios que
plenamente se justifiquen, siempre y cuando, impliquen una disminución de
recursos en las metas programadas cumplidas, y signifiquen ahorros
presupuestarios para el Ayuntamiento;
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
Vigilar que los traspasos presupuestarios, que cancelen uno o más proyectos para
ser reasignados a otros proyectos prioritarios, cuenten con un dictamen de
reconducción y actualización de los programas;

Proponer el programa de endeudamiento Municipal y las posibles fuentes de
financiamiento para los proyectos de inversión;

Llevar un estricto control del presupuesto autorizado y del ejercicio del gasto
público municipal;

Observar que la ejecución del gasto se lleve a cabo con sujeción a los capítulos,
conceptos y partidas del clasificador;

Impulsar los esfuerzos hacia una administración del presupuesto por programas;

Realizar transferencias presupuestales entre partidas y Entidades o Unidades
Administrativas, con autorización de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública;

Programar, coordinadamente con las diversas Direcciones que por sus
atribuciones inherentes les competa el Desarrollo Social y Económico, la
aplicación de las Aportaciones Federales del Ramo 33: Fondo II B: Infraestructura
Social Municipal y Fondo IV: FORTAMUN, conjuntamente con la Aportaciones del
Gobierno Municipal y las demás suministradas por el Gobierno Estatal;

Proponer los procedimientos normativos y operativos mediante los cuales la
estructura administrativa municipal aplica los recursos financieros de los fondos del
Ramo 33, previa aprobación del Cabildo, acorde con las políticas, lineamientos y
criterios que establezca el Ayuntamiento, el Órgano de Fiscalización Superior del
Estado y el Congreso del Estado;

Desarrollar lineamientos y políticas sobre la aplicación del ejercicio del
presupuesto, para las Entidades y Unidades Administrativas;

Asesorar a las Unidades Administrativas en la elaboración del proyecto de
presupuesto del gasto público, así como del presupuesto definitivo y establecer
normas, sistemas y procedimientos para el ejercicio del presupuesto de inversión
pública y gasto público, y

Las demás que expresamente le delegue el Tesorero Municipal y las que le
confieran otros ordenamientos.
7.3 DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Al frente de la Dirección de Contabilidad Gubernamental habrá un Director dependiente
de la Tesorería Municipal.
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DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de administrar y controlar los recursos financieros del Municipio,
operando para tal efecto los registros contables generalmente aceptados y funciones de
control presupuestal para respaldar tanto las operaciones financieras que se relacionen
como la captación de ingresos, así como los egresos que se generen por el cumplimiento
de las responsabilidades del Municipio, evaluando permanentemente el perfil financiero
del mismo.
OBJETIVO
Realizar los registros contables generalmente aceptados y funciones de control
presupuestal para respaldar tanto las operaciones financieras que se relacionen como la
captación de ingresos, así como los egresos que se generen por el cumplimiento de las
responsabilidades del Municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES

Coadyuvar en la elaboración del presupuesto de egresos conforme al marco
legal emitido por el Honorable Congreso del Estado, así como vigilar que el mismo
se ejerza de acuerdo a los techos presupuestales autorizados y a la normatividad
vigente.

Realizar las actividades para la administración de los recursos financieros del
Gobierno Municipal a través de cuentas bancarias de inversión y de cheques,
referente a los recursos de gasto corriente

Efectuar los registros contables de las operaciones financieras y
presupuestales e integrar la Cuenta Pública Municipal y remitirla oportunamente al
Congreso del Estado y a la Auditoría Superior del Estado

Llevar el registro y control contable de las Unidades Administrativas, Entidades y
demás Unidades Administrativas que conforman la Administración Pública
Municipal;

Informar al Tesorero, en tiempo y forma, la situación presupuestal que guardan
las diversas áreas, proponiendo en su caso las adecuaciones necesarias para
su regulación presupuestal;

Someter
a
aprobación
del
Tesorero
Municipal,
las
ampliaciones
presupuestales, no incluidas en el presupuesto de egresos municipal

Contabilizar el ejercicio de las partidas presupuestales asignadas y a ser ejercidas
por las unidades administrativas del Ayuntamiento;

Realizar el análisis contable del gasto y elaborar los informes correspondientes,
con la documentación soporte que los respalde;

Llevar el registro de los ingresos y egresos de los recursos que reciba el Municipio
para su administración;
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
Aplicar y cumplir con los principios de contabilidad gubernamental, en cada uno de
los registros y estados financieros emitidos por el área contabilizadora;

Determinar el costo de cada programa de las unidades que integran el
Ayuntamiento;

Atender las auditorías internas sobre los procesos desarrollados en la Dirección,
así como las evaluaciones periódicas realizadas por la Tesorería Municipal, así
como las auditorías que en su caso practique el órgano de fiscalización del
Congreso al Municipio, y

Las demás que expresamente le delegue el Tesorero Municipal y las que le
confieran otras disposiciones legales.
7.4 DIRECCIÓN DE BARES Y CANTINAS
Al frente de la Coordinación de Inspectores habrá un Coordinador dependiente de la
Tesorería Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Coordinación encargada de supervisar la correcta aplicación de la normatividad vigente
en materia de seguridad, comercio, buenas costumbres y demás relativas a las
negociaciones con permisos para expender bebidas embriagantes al público en general.
OBJETIVO
Supervisar la correcta aplicación de la normatividad vigente en materia de seguridad,
comercio, buenas costumbres y demás relativas a las negociaciones con permisos para
expender bebidas embriagantes al público en general.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Vigilar y controlar para evitar el acceso de menores de edad a los clubes y
centros nocturnos, cantinas, antros, cabarets, terrazas, centros y bares
turísticos, así como impedir la venta a los mismos de bebidas alcohólicas en
expendios de cerveza, tiendas y misceláneas, con la facultad de poder exigir
a los dueños o encargados de los establecimientos antes descritos, el
cumplimiento de esta disposición enmarcada en el Bando de Policía y
Gobierno;

Vigilar y hacer efectivo el cumplimiento del Bando de Policía y Gobierno, así
como el Reglamento de Espectáculos Públicos, a efecto de evitar que en los
bares, cantinas, terrazas, clubes, centros nocturnos, centros turísticos, y
lugares de expendio de bebidas con graduación alcohólicas, se presenten
espectáculos que agredan la dignidad de las personas o constituyan delitos;
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
Supervisar el cumplimiento de horario de funcionamiento de establecimientos
comerciales con venta de bebidas alcohólicas.

Llevar a cabo las inspecciones y visitas a que se refiere el Bando Policía y
Gobierno del Municipio de Salina Cruz.

Vigilar que se cumpla con la suspensión de actividades en fechas y horas
determinadas por mandato de autoridad, en los establecimientos comerciales
que expendan bebidas alcohólicas con el objeto de que no se altere el orden
y la seguridad pública.

Substanciar la cancelación y traspaso de licencias y permisos, así como
cambios de domicilio para establecimientos comerciales con venta de
bebidas alcohólicas;

Enviar a la comisión correspondiente para su dictamen, las solicitudes de
licencia, permiso, ampliación o disminución de giro, ampliación de horario,
cambio de domicilio, cambio de propietario y cancelación de los
establecimientos comerciales que requieren licencia;

Supervisar que cumpla con la normatividad en materia de Protección Civil y
Salud.

Supervisar que la venta al público de bebidas alcohólicas deberá
suspenderse en todos aquellos casos en que la ley, el Ejecutivo del Estado o
la propia autoridad municipal así lo determinen.

Supervisar que todo establecimiento abierto al público tenga a la vista los
precios de los productos o servicios.

Vigilar que se conserven expeditos para el tránsito público, tanto la banqueta
como la entrada y pasillos interiores del establecimiento, quedando prohibido
colocar rótulos u otros objetos que estorben el tránsito de las personas.

Vigilar que el establecimiento de bares, cantinas, antros, centros nocturnos,
salones de baile, salones de billar, de boliche, video bares y establecimientos
en donde se expenda bebidas alcohólicas al público, no sea a una distancia
menor a los quinientos metros de escuelas, cuarteles, hospicios, colegios,
casas de asilo y demás establecimientos similares que señale la
normatividad vigente en materia.

Clausurar los establecimientos de bares, cantinas, centros nocturnos,
salones de baile, salones de billar, de boliche, video bares y antros en donde
se comercialicen sustancias ilegales como son drogas, sicotrópicos o
estupefacientes;

Clausurar los establecimientos en los que se conozca que se cometió un
homicidio.

Dar parte a la autoridad competente de la comisión de ilícitos que se tenga
cocimiento que se cometen en los establecimientos que se supervisan.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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7.5 COORDINACIÓN DE INSPECTORES
Al frente de la Coordinación de Inspectores habrá un Coordinador dependiente de la
Tesorería Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Coordinación encargada de las facultades de inspección que ejerce la Autoridad Municipal
que son, en principio, de naturaleza preventiva y su propósito fundamental es inhibir la
comisión de faltas administrativas en el Municipio de Salina Cruz.
OBJETIVO
Realizar las funciones de inspección y verificación con la finalidad de proveer lo
necesario para que los habitantes y las personas morales que actúen en el territorio
municipal, cumplan con las disposiciones establecidas en el Bando de Policía y Gobierno
y los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas municipales o por las leyes
que otorgan facultades de control y vigilancia a la Autoridad Municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Instrumentar las políticas públicas en materia de inspección y verificación
establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal y los programas de trabajo
municipales o que determine el Ayuntamiento y la Presidenta Municipal;

Elaborar y someter a la aprobación del Ayuntamiento el Programa Anual de
Inspección y Verificación;

Dirigir, administrar y supervisar la ejecución de las acciones previstas en el
Programa Anual de Trabajo y las que en materia de inspección y verificación
señale el Ayuntamiento o la Presidenta Municipal;

Informar al Ayuntamiento del destino final del producto asegurado o decomisado
en el ejercicio de las tareas de inspección que tiene a su cargo;

Cumplir y hacer cumplir las órdenes de inspección o verificación que emita de
manera fundada y motivada la Tesorería Municipal o cualquiera de las
autoridades municipales ordenadoras y que sean de su competencia;

Hacer del conocimiento de la autoridad competente, mediante la correspondiente
acta de inspección o verificación, los hechos que constituyan una infracción al
Bando o de los reglamentos municipales; así como informar al Ministerio Público,
de aquellos hechos conocidos por la Coordinación de inspectores con motivo del
ejercicio de sus funciones y que considere presuntamente constitutivos de delito;

Informar mensualmente por escrito al Tesorero Municipal sobre las actividades
realizadas en el área a su cargo,
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 45

Comparecer ante el Ayuntamiento o sus comisiones de trabajo cuando sea
requerido para informar de los asuntos de su competencia, o bien para exponer
opiniones cuando se discuta una iniciativa de reforma reglamentaria o la
aprobación de acuerdos o resolutivos relacionados con su ámbito de
responsabilidad;

Promover la participación de la sociedad en el diseño e instrumentación de las
políticas públicas en materia de inspección y verificación.

Instrumentar sistemas de control interno y evaluación para garantizar el
desempeño eficiente y honesto de los servidores públicos bajo su mando y
someterse a los procedimientos de revisión y control que establezcan los
superiores jerárquicos y la Contraloría Municipal;

Organizar, con la periodicidad adecuada, talleres o cursos de capacitación,
actualización profesional y de respeto a los derechos humanos para el personal
adscrito al área administrativa a su cargo, promoviendo la participación de los
servidores públicos de las demás dependencias municipales que realizan
funciones de inspección y verificación;

Llevar a cabo y dirigir operativos conjuntos entre las diversas dependencias del
Gobierno Municipal que ejerzan tareas de inspección;

Convocar y organizar programas de capacitación, actualización profesional y de
respeto de los derechos humanos a impartirse entre el personal de la
Coordinación;

Realizar jornadas de difusión y sensibilización de la ciudadanía respecto de las
funciones del inspector o verificador municipal;

Fiscalizar la ocupación de los espacios públicos del Municipio.

Fiscalizar los permisos para ejecución de obras de urbanización y edificación en
todo el territorio municipal.

Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones normativas que regulan el
desarrollo de las actividades comerciales e industriales en el Municipio.

Fiscalizar el cumplimiento de las ordenanzas en materia de Medio ambiente,
Aseo y Ornato, Derechos Municipales.

Planificar la fiscalización externa que compete a la autoridad municipal en
materias normativas y tributarias en el Municipio.

Las demás que le señalen las leyes y los reglamentos municipales.
8.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Al frente de la Dirección de Recursos Humanos habrá un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de establecer mecanismos orientados a procurar la eficiencia, la
eficacia y la productividad en el desempeño de las actividades de los servidores públicos
y demás empleados municipales
OBJETIVO.
Satisfacer los requerimientos que en materia de recursos humanos le presenten las
Unidades Administrativas del Ayuntamiento, así como presentar al titular de dichas áreas
las propuestas del personal que se pretende contratar, con el fin de recabar la
autorización correspondiente.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Implementar y mantener actualizada la base de datos en materia de recursos
humanos del Ayuntamiento;

Establecer mecanismos orientados a procurar la eficiencia, la eficacia y la
productividad en el desempeño de las actividades de los servidores públicos y
demás empleados municipales;

Procurar el desarrollo interno con base en el mérito de los servidores públicos y
empleados municipales;

Satisfacer los requerimientos que en materia de recursos humanos le presenten
las Unidades Administrativas del Ayuntamiento, así como presentar al titular de
dichas áreas las propuestas del personal que se pretende contratar, con el fin de
recabar la autorización correspondiente;

Establecer los procedimientos de contratación y selección del personal, y
mantener actualizada y debidamente clasificada una bolsa de trabajo;

Recibir y dar trámite a las diversas incidencias del personal, cuidando que su
valoración se ajuste a las normas y políticas del Ayuntamiento;

Controlar el otorgamiento de remuneraciones del personal y llevar el registro de
sus modificaciones;

Verificar que las prestaciones que deben percibir los servidores públicos y demás
empleados municipales les sean proporcionadas oportunamente;

Llevar a cabo los trámites necesarios, para que se proporcione a los trabajadores
municipales, los servicios de seguridad social;

Elaborar las credenciales oficiales de identificación de los servidores públicos del
Ayuntamiento, para su expedición por el Secretario Municipal;

Establecer canales de comunicación y acciones para la prevención de conflictos
laborales;

Fomentar la eficiencia y la productividad de los trabajadores municipales,
preservando sus derechos laborales;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Coadyuvar con el Síndico Municipal y la Unidad Jurídica, en los procedimientos
laborales de suspensión o terminación de la relación de trabajo, previstos en la
ley de la materia, y elaborar los proyectos de dictámenes correspondientes;

Asistir a las Contralorías Estatal y Municipal en los procedimientos en los que se
impongan sanciones a los servidores públicos que incurran en responsabilidad,
conforme a lo dispuesto en las leyes aplicables;

Administrar el Fondo de Ahorro de los Trabajadores;

Coordinar con los servidores públicos y sus representantes sindicales las
relaciones laborales, procurando un ambiente digno, respetuoso y positivo, y

Las demás que le confieran el H. Ayuntamiento, la Presidenta municipal y las
disposiciones legales aplicables.
9. COMISARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA.
Al frente de la Comisaria de Seguridad Publica habrá, un Comisario con nivel de Director,
dependiente de la Presidencia.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
El comisario de seguridad pública ostentará la categoría de director, es responsable de la
preservación del orden público y garantizar la seguridad de la población en el Municipio,
mediante la prevención del delito y la vigilancia, para la detección y detención de los
infractores o presuntos delincuentes.
OBJETIVO
Ser el responsable de velar y preservar dentro de la jurisdicción municipal, la seguridad, el
orden público y la paz social, vigilará la aplicación de las disposiciones legales en materia
de seguridad pública, así como procurar la prevención de la comisión de cualquier delito.
PRINCIPALES FUNCIONES

Poner a disposición de las autoridades respectivas a las personas que infrinjan
las leyes o disposiciones reglamentarias del fuero común y Federal;

Poner a disposición del Juez Cívico a quienes infrinjan disposiciones de carácter
administrativo, contempladas en los Bandos, o algún otro reglamento municipal,
sujetos a calificación;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Participar en los dispositivos de seguridad ordenados por la Presidenta Municipal
o el Ayuntamiento;

Elaborar programas de prevención de la delincuencia y participar en coordinación
con otros Municipios;

Mantener la seguridad y el orden público en el Municipio, ejecutando a través del
Cuerpo de Seguridad Pública Municipal, los programas correspondientes;

Auxiliar a las autoridades federales y estatales en el desarrollo de los procesos
electorales;

Preservar la libertad, el orden y la paz pública, con estricto respeto a los
derechos humanos;

Auxiliar a las autoridades estatales y federales en la persecución y captura de
delincuentes, cuando así lo soliciten;

Velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en los reglamentos y
ordenamientos municipales, así como en las demás disposiciones y acuerdos;

Prevenir y combatir la delincuencia, la drogadicción, la mal vivencia y demás
actos sociales que vayan en contra de la moral y las buenas costumbres;

Diseñar y definir políticas, programas y acciones relacionadas con la prevención
de los delitos en el Municipio, promoviendo la participación de la ciudadanía a los
mismos;

Auxiliar, dentro del marco legal correspondiente, al Ministerio Público,
autoridades administrativas y judiciales, en el ámbito de su competencia y en los
asuntos oficiales que le soliciten;

Coordinarse con las corporaciones policiales en el otorgamiento de protección a
la ciudadanía y en los operativos que lleguen a realizarse;

Proceder a la detención de los delincuentes en los casos de flagrante delito,
cuando se trate de los que se persiguen de oficio y que por razones de la hora,
del lugar, o la distancia, no haya autoridad judicial que expida la orden de
aprehensión y exista temor fundado de que el presunto responsable se sustraerá
de la acción de la justicia;

Poner a disposición de las autoridades competentes a los menores infractores,
cuando sus conductas puedan entrañar la comisión de un delito o de una falta
administrativa, conforme a las disposiciones legales aplicables;

Coadyuvar con las instituciones federales, estatales y municipales para combatir
la delincuencia, aplicando las leyes, reglamentos, decretos y convenios a fin de
garantizar el orden jurídico y fomentar la participación ciudadana en materia de
seguridad pública;

Planear, dirigir, organizar, controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento de la
Policía Preventiva Municipal;

Convocar a la integración y funcionamiento del Consejo de Honor y Justicia de la
Policía Preventiva Municipal;

Promover programas, acciones y políticas a efecto de optimizar el servicio de
seguridad pública en el Municipio;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 49

Establecer las disposiciones, normas operativas, administrativas y disciplinarias,
que determinen la actuación de los elementos de la Policía Preventiva Municipal;

Coordinarse con la Secretaría de Seguridad Pública del Estado en todos los
aspectos operativos que se requieran;

Establecer la coordinación de los sistemas de comunicación por radio, telefonía,
alarmas y cualquier otro en materia de seguridad pública, dentro del territorio
municipal;

Coordinar y supervisar a la Dirección de Protección Civil, para la eficiente
prestación de los servicios de salvamento y rescate;

Controlar y coordinar las actividades de tránsito y vialidad, así como calificar e
imponer las sanciones por infracciones que se cometan a los ordenamientos
cuya aplicación sea de su competencia;

Promover la apertura de estacionamientos públicos en el Municipio;

Vigilar el manejo y tránsito de vehículos, y transporte de pasajeros y/o carga en el
Municipio;

Instrumentar con señalamientos, el tránsito de vehículos y peatones del
Municipio;

Establecer, previa aprobación del Ayuntamiento o, en su caso, de la Presidenta
Municipal, las disposiciones administrativas necesarias y acciones tendientes, a
la regulación y vigilancia del tránsito en las vías públicas del Municipio;

Proponer al Ayuntamiento, convenios de coordinación de funciones y prestación
del servicio del tránsito, con la Federación, el Estado o con otros Municipios;

Formular programas para eficientar la circulación de vehículos de transporte de
pasajeros y/o carga en el territorio municipal, que previamente hayan cumplido
los requisitos establecidos en las leyes y reglamentos federales y estatales;

Promover la integración y desarrollo de actividades con Unidades
Administrativas, Entidades y organizaciones públicas y privadas, para el fomento
de la educación vial y la prevención de accidentes de tránsito;

Retirar de la vía pública los vehículos y objetos que obstaculicen o pongan en
peligro el tránsito de personas o vehículos, afecten la salud, higiene, el entorno
ecológico y la imagen urbana, remitiéndolos a los depósitos correspondientes;

Resolver los recursos e inconformidades que se interpongan con motivo de la
aplicación de la normatividad de la materia;

Coordinar el eficaz y eficiente funcionamiento de los servicios
telecomunicación para atender oportunamente las llamadas de auxilio;

Normar y aplicar los exámenes toxicológicos, de conocimiento, psicológicos, de
entorno social, de confianza y demás necesarios, según corresponda,

Vigilar y supervisar la asesoría jurídica al personal operativo asignado a la
Comisaria, con relación a los hechos que sean resultado del cumplimiento de sus
deberes;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
de
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
Desempeñar sus funciones de acuerdo con los principios de legalidad, honradez,
lealtad, imparcialidad y eficiencia, debiendo abstenerse de todo acto de
corrupción;

Mantener respeto y subordinación legítima, con respecto a sus superiores
inmediatos o mediatos, cumpliendo con las disposiciones que éstos dicten, en el
ejercicio de sus atribuciones;

Distinguir a los servidores públicos adscritos a su área, que se destaquen por sus
actos y obras en beneficio de la comunidad, mediante el reconocimiento que les
otorguen las disposiciones legales aplicables;

Vigilar que se cumplan las disposiciones y medidas disciplinarias que se adopten
para el buen funcionamiento de la Comisarios de Seguridad Publica;

Instruir lo procedente en los casos en que pueda existir responsabilidad
administrativa por parte del personal de la Comisaria y del de sus Organismos
Auxiliares, en el ejercicio de sus funciones o como resultado positivo de los
exámenes toxicológicos aplicados;

Resolver las dudas que se susciten internamente sobre la competencia de las
áreas de la Comisaria derivadas de la aplicación e interpretación del Reglamento,
o sobre situaciones no previstas en el mismo;

Elaborar y presentar el anteproyecto de presupuesto de la Dependencia a su
cargo;

Elaborar su Programa Operativo Anual;

Supervisar la instrumentación del sistema municipal de formación y capacitación
de los agentes de seguridad pública, policía preventiva y tránsito municipal;

Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia, y

Las demás que le encomiende el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y las
expresamente conferidas en éste y otros ordenamientos.
10. DIRECCIÓN DE VIALIDAD Y TRANSPORTE.
Al frente de la Dirección de Vialidad y Transporte habrá, un Director, dependiente de la
Presidencia.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Es la Dirección encargada de planear, proyectar en forma integral, los sistemas de
transporte y vialidad en el territorio municipal, buscando mayor racionalidad, eficiencia y
comodidad en el desplazamiento de bienes y personas.
PRINCIPALES FUNCIONES

Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de
pasajeros, en los términos establecidos en las leyes Federales y Estatales;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Promover acuerdos y convenios con las diversas organizaciones sociales y
privadas que prestan el servicio de transporte público en el Municipio, a efecto de
eficientarlo y racionalizarlo;

Coordinarse con otras instancias de tránsito Estatal o Federal para la realización
de operativos conjuntos;

Dictar las medidas conducentes para la administración, vigilancia y control del
tránsito en las vías públicas de jurisdicción Municipal;

Ejecutar, supervisar y controlar las actividades de tránsito, en la jurisdicción
Municipal;

Establecer las restricciones para el tránsito de vehículos en la vía pública;

Realizar acciones especificas relativas a la prestación y operación de los
servicios públicos de vialidad, señalamiento y dispositivos del control de tránsito
en el Municipio para mejorar la red vial;

Realizar estudios, planes y proyectos que permitan la modernización del servicio
de transporte público;

Realizar convenios y contratos con el sector privado o social, para la realización
de estudios y proyectos de ingeniería de tránsito y de infraestructura para el
transporte;

Otorgar o en su caso negar vistos buenos, para que las actividades de los
particulares en la vía pública se desarrollen en forma ordenada, tales como cierre
de calles, funcionamiento de juegos mecánicos, maniobras de carga y descarga
dentro del territorio Municipal;

Formular e instrumentar programas de educación vial entre las diferentes
instituciones educativas y sociales a fin de promover una cultura vial ordenada
entre la población del Municipio;

Vigilar y mantener la adecuada operación del sistema municipal de semáforos,
así como el señalamiento vial;

Controlar el establecimiento y operación de estacionamientos de servicio al
público, y de estacionamiento en la vía pública;

Participar en el establecimiento de las normas para la operación del transporte
foráneo y suburbano en el Municipio;

Apoyar y supervisar la capacitación de los aspirantes y de los elementos activos
del cuerpo de tránsito;

Las demás que le confieran el Ayuntamiento y otros ordenamientos.
11. DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL.
Al frente de la Dirección de Protección Civil habrá, un Director dependiente de la
Presidencia.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
Es responsable de garantizar la protección civil y la prevención de riesgos ante
contingencias en el Municipio, conforme las disposiciones federales, estatales y
municipales correspondientes.
PRINCIPALES FUNCIONES

Elaborar el Atlas de Riesgos Municipal, identificando las zonas y sitios que por
sus características puedan ser escenarios de situaciones emergentes y los
peligros a los que está expuesto el territorio del Municipio;

Elaborar, instrumentar, operar y coordinar el Programa Municipal de Protección
Civil;

Elaborar y operar programas especiales de protección civil;

Instrumentar un Sistema de Seguimiento y Evaluación del Programa Municipal de
Protección Civil;

Coordinarse con los Municipios aledaños para desarrollar acciones de
prevención, auxilio y recuperación en casos de alto riesgo, siniestro o desastre;

Establecer y mantener la coordinación con Unidades Administrativas,
instituciones y organismos del sector público, social y privado involucrados en
tareas de protección civil, así como con los otros municipios colindantes;

Promover y coordinar la participación social e integración de grupos de
voluntarios y organismos de auxilio al Sistema Municipal de Protección Civil;

Realizar inspecciones y verificar la integración de las Unidades Internas y de los
Programas de Protección Civil respectivos, en los sectores público, privado y
social, de conformidad con la legislación vigente en materia;

Establecer un control de capacitadores y asesores externos, que coadyuven a
lograr los objetivos y programas de Protección Civil, otorgándoles, previo análisis
y evaluación de los mismos, un registro único anual con validez en el Municipio;

Establecer el Sistema de Información de Protección Civil, que integre los
directorios de personas e instituciones, los inventarios de recursos humanos y
materiales disponibles en caso de emergencia, así como mapas de riesgos y
archivos históricos sobre desastres ocurridos en el Municipio;

Establecer el Sistema de Comunicación con organismos especializados que
realicen acciones de monitoreo, para vigilar permanentemente la posible
ocurrencia de fenómenos destructores;

En caso de emergencia, realizar una evaluación primaria sobre la magnitud de la
misma; y presentar de inmediato la información al Consejo Municipal de
Protección Civil, tomando en cuenta la clasificación de los niveles de la
emergencia;

Tener a su cargo la Unidad del H. Cuerpo de Bomberos.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Atender con oportunidad las emergencias por incendios, fuegos de hidrocarburos
y realizar las acciones de rescate que de ellas deriven;

Prestar oportunamente el servicio de prevención y salvamento en incendios,
derrumbes, inundaciones y demás accidentes, cuando sea requerido y, dado el
caso, en apoyo a otras entidades, previa autorización de la Presidenta Municipal;

Coordinarse con los diversos sectores público y social, para la atención de
emergencias en casos de fugas de sustancias peligrosas;

Identificar las instalaciones que puedan ser habilitadas como albergues
temporales en caso de contingencias, estableciendo para tal efecto los convenios
necesarios en términos de ley;

Ejecutar los acuerdos y decisiones del Consejo Municipal de Protección Civil y
establecer los comités internos de protección civil en comunidades, industrias,
mercados públicos, cines, restaurantes y demás edificios públicos y privados;

Difundir y ejecutar previa orden de la Presidenta Municipal, en su calidad de
Presidenta del Comité Municipal de Protección Civil, los planes de evacuación
necesarios para la protección de la población del Municipio ante inminente
afectación de desastres naturales o causados por el ser humano;

Verificar todas las instalaciones de alto riesgo dentro del territorio municipal, a fin
de que se cumpla con las normas establecidas en materia de protección civil y
dictar, en su caso, las medidas necesarias, preventivas, operativas y de
reestablecimiento de la normalidad, que tendrán el carácter de obligatorias;

Verificar que:
a)
Los propietarios o administradores de edificaciones de afluencia masiva o
permanente de personas, elaboren un programa específico de protección
civil;
b) Que en las edificaciones públicas y privadas se coloquen en lugares visibles,
señales e instructivos de las zonas de seguridad para casos de emergencia,
c) Que las empresas comerciales, industriales y de servicios, así como las
instituciones públicas y privadas, cuenten con un sistema de prevención y
protección adecuado a las actividades que realicen, y que efectúen
programas de capacitación para su personal en materia de protección civil;

Emitir los dictámenes de seguridad, según proceda, para inmuebles que
requieran licencia para su funcionamiento, así como para la instalación de
graderías, estructuras, escenarios, aparatos mecánicos y similares para
espectáculos y diversiones públicas;

Otorgar las constancias de autorización o verificación necesarias para la
transportación de materiales peligrosos, con el fin de vigilar el cumplimiento, en el
ámbito de su competencia, de las disposiciones municipales en materia de
protección civil;

Verificar que las obras de urbanización y edificación que se autoricen se
proyecten, ejecuten y operen conforme a las normas de prevención de riesgos;

Brindar asesoría e información a las asociaciones de vecinos para integrar
unidades internas y elaborar programas específicos de protección civil;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 54

Difundir los programas de protección civil en centros escolares, lugares públicos
y de reunión de la comunidad;

Asesorar e informar a la población sobre los servicios médico-asistenciales, en
caso de emergencia originada por desastres o accidentes mayores;

Contar con los elementos necesarios para la provisión de los recursos que se
requieran para atender damnificados;

Realizar acciones de educación y capacitación en materia de simulacros,
utilización de señales y de equipos de seguridad personal para la protección civil;

Preparar un inventario de recursos humanos y materiales disponibles para
efectuar movilizaciones en caso de emergencia, así como realizar simulacros,
para reaccionar oportuna y eficazmente en caso de emergencia;

Calificar e imponer las sanciones por las infracciones a los ordenamientos cuya
aplicación sea de su competencia;

Acordar con el Comisario de Seguridad Pública, Director de Vialidad y Transporte
Municipal, e informarle de los asuntos que le corresponden, así como
desempeñar las comisiones y funciones que le confieran;

Formular anteproyectos de programas y presupuestos de los asuntos de su
competencia, sometiéndolos a la consideración del su superior jerárquico para su
incorporación a los proyectos que se sometan a la aprobación del Ayuntamiento;

Distinguir a los servidores públicos adscritos a su área, que se destaquen por sus
actos y obras en beneficio de la comunidad, mediante el reconocimiento que les
otorguen las disposiciones legales aplicables;

Elaborar su Programa Operativo Anual, y

Las demás que le encomienden el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal, el
Síndico de Gobernación y Reglamentos y las que expresamente le señalen los
ordenamientos legales aplicables.
12. DIRECCIÓN DE OBRAS Y CONTROL DE LA INVERSIÓN.
Al frente habrá un Director dependiente de la Presidenta municipal encargado de ejercer
las atribuciones que en materia de ordenamiento, planificación y administración urbana le
competan.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección que tiene a su cargo el cumplimiento de los programas de obra pública
aprobados por el Gobierno Municipal, así como formular y conducir las políticas
generales de asentamientos humanos y urbanismo, dentro de la jurisdicción territorial
del Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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OBJETIVO.
Cumplir los programas de obra pública aprobados por el Gobierno Municipal, así como
formular y conducir las políticas generales de asentamientos humanos y
urbanismo, dentro de la jurisdicción territorial del Municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Ejecutar el programa de obra pública municipal;

Supervisar las obras por contrato y por administración que autorice el
Gobierno Municipal;

Vigilar que el presupuesto de las obras vaya acorde con el avance de las
mismas;

Intervenir en la ejecución de la obra pública concesionada, estableciendo las
bases a que habrán de sujetarse los concursos y autorizar los contratos
respectivos;

Controlar la recepción de las estimaciones para su revisión, conciliación y
autorización correspondiente;

Revisar que los anteproyectos y propuestas de desarrollos urbanos se ajusten a
la normatividad vigente en cuanto a restricciones, densidades, altura, uso de
suelo e impacto ambiental, a efecto de aprobar las solicitudes de nuevos
desarrollos urbanos;

Cumplir en los plazos establecidos con los informes solicitados por las diferentes
instancias de Gobierno Federal, Estatal y Municipal;

Las demás que le otorgue la Presidenta o le confieran otras disposiciones
aplicables.
13. DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO METROPOLITANO.
Al frente habrá un director dependiente de la Presidenta municipal encargado de ejercer
las atribuciones que en materia de ordenamiento, planificación y administración urbana le
competan.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección que tiene a su cargo el cumplimiento de los programas de obra pública en
materia de Infraestructura y Desarrollo Metropolitano, aprobados por el Gobierno
Municipal, así como formular y conducir las políticas generales de asentamientos
humanos y urbanismo, dentro de la jurisdicción territorial del Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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OBJETIVO.
Cumplir los programas de obra pública en materia de Infraestructura y Desarrollo
Metropolitano, aprobados por el Gobierno Municipal, así como formular y conducir las
políticas
generales
de asentamientos
humanos
y urbanismo, dentro de la
jurisdicción territorial del Municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Promover la participación ciudadana y vecinal en los procesos de planeación del
desarrollo urbano municipal e Implementar un programa permanente de
mantenimiento de calles, banquetas y demás espacios públicos

Revisar las solicitudes de acciones urbanísticas, cuidando que los documentos
que las soportan cumplan con las disposiciones de desarrollo urbano;

Atender al público usuario, informándole de los requisitos necesarios para sus
trámites;

Recepcionar las solicitudes de trámite que al efecto presenten;

Controlar y evaluar los procedimientos en trámite;

Emitir las autorizaciones, permisos y órdenes que procedan;

Proporcionar información al interesado sobre el trámite ingresado, de
conformidad con la normatividad aplicable;

Supervisar que la resolución de los trámites emitidos por las áreas
dictaminadoras se apeguen a la normatividad aplicable;

Aprobar las autorizaciones y permisos que deba suscribir el H. Ayuntamiento, en
el ámbito de su competencia;

Supervisar e inspeccionar la imagen urbana e imponer las sanciones o medidas
de seguridad señaladas por la ley, según correspondan;

Informar a las autoridades competentes, las irregularidades que en materia de
planeación urbana tenga conocimiento. La omisión a lo anterior traerá como
consecuencia la aplicación del procedimiento administrativo que determine la
Contraloría Municipal;

Revisar las solicitudes de licencias de construcción, cuidando que los
documentos que las soportan cumplan con la normatividad vigente;

Atender al público usuario, informándole sobre los requisitos necesarios para
sus trámites, recepcionar las solicitudes de trámite que al efecto presenten;

Emitir las licencias, permisos y órdenes que procedan;

Verificar que las construcciones de obras cuenten con las licencias
correspondientes;

Supervisar e inspeccionar las construcciones y obras e imponer las sanciones o
medidas de seguridad señaladas por las disposiciones legales y reglamentarias,
según correspondan;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Informar a las autoridades competentes, las irregularidades que en materia de
construcción de desarrollos urbanos tenga conocimiento. La omisión a lo
anterior traerá como consecuencia la aplicación del procedimiento administrativo
que determine la Contraloría,

Ejecutar, por sí o a través de los inspectores adscritos, las sanciones o medidas
de seguridad, y

Las demás que le otorgue la Presidenta o le confieran otras disposiciones
aplicables.
14. COORDINACIÓN DE PROYECTOS.
Al frente habrá un Coordinador encargado de ejercer las atribuciones que en materia de
ordenamiento, planificación y administración urbana le competan.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Coordinación que tiene a su cargo el cumplimiento de los programas de obra pública en
materia de Infraestructura y Desarrollo Metropolitano, aprobados por el Gobierno
Municipal, así como formular y conducir las políticas generales de asentamientos
humanos y urbanismo, dentro de la jurisdicción territorial del Municipio.
OBJETIVO.
Cumplir los programas de obra pública en materia de Infraestructura y Desarrollo
Metropolitano, aprobados por el Gobierno Municipal, así como formular y conducir las
políticas
generales
de asentamientos
humanos
y urbanismo, dentro de la
jurisdicción territorial del Municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Proponer las modificaciones que actualicen el Plan Municipal de Desarrollo
Urbano, los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, y demás planes y
programas aplicables en el ámbito de su competencia;

Revisar las solicitudes de acciones urbanisticas, cuidando que los documenteos
que la soportan cumplan con las disposiciones de desarrollo urbano;

Participar en las actividades del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano en los
términos que disponga la normatividad y el H. Ayuntamiento;

Organizar y operar un sistema de registro, administración y control de gestión
urbanística, ordenamiento e imagen urbana;

Asesorar en materia de planeación urbana a las autoridades municipales;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Elaborar los anteproyectos y proyectos de obra, solicitados por el H.
Ayuntamiento y estén contemplados en el Consejo de Desarrollo Social
Municipal.

Las demás que le otorgue la Presidenta o le confieran otras disposiciones
aplicables.
15. DIRECCIÓN SERVICIO MÉDICO MUNICIPAL.
Al frente de la Dirección de Servicio Médico Municipal habrá un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de proporcionar con calidad y eficiencia atención médica a los
servidores públicos municipales, a los familiares que tengan derecho y a la población de
bajos recursos; así como los servicios hospitalarios de los diferentes niveles de atención;
con fundamento en los contratos laborales vigentes o cualquier otra disposición legal o
reglamentaria; realizando la valoración médica
en la consulta externa a los
trabajadores del Honorable Ayuntamiento de Salina Cruz, Oaxaca.
OBJETIVO.
Coordinar la prestación del servicio médico a los trabajadores del Gobierno Municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Proporcionar con calidad y eficiencia atención médica a los servidores
públicos municipales, a los familiares que tengan derecho y a la población de
bajos recursos; así como los servicios hospitalarios de los diferentes niveles de
atención; con fundamento en los contratos laborales vigentes o cualquier otra
disposición legal o reglamentaria; realizando la valoración médica
en la
consulta externa a los trabajadores del Honorable Ayuntamiento de
Salina Cruz, Oaxaca; en el cual a criterio del médico tratante y en estricto apego
a la impresión diagnóstica del padecimiento que clínicamente presenten, se
extienda la receta de medicamentos necesarios para su tratamiento;

Gestionar y administrar la dotación de los insumos necesarios para la
operatividad de los consultorios del Municipio;

Coordinar la prestación del servicio médico a los trabajadores del Gobierno
Municipal, en los términos y condiciones que este Reglamento establece;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Gestionar cambio de actividad ante el jefe inmediato del trabajador y la
Dirección de Recursos Humanos, en caso de ser requerido por cuestiones
médicas;

Autorizar la licencia médica temporal o total al trabajador, previa valoración;

Organizar y coordinar el control de expedientes clínicos de los trabajadores del
Municipio y de los pensionados;

Presentar a la comisión de salud un informe mensual de las consultas otorgadas
en la Dirección de Servicios Médicos;

Otorgar el servicio de ambulancia en el caso de traslados de pacientes graves ó
traslados programados, y

Las demás que señale este reglamento y demás disposiciones de observancia
general.
16. COORDINACIÓN DE SALUD.
Al frente de la Coordinación de Salud habrá un coordinador dependiente de la Presidencia
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
La Coordinación de Salud tiene como responsabilidad proporcionar servicios médicos a
los trabajadores del Gobierno Municipal. y servicios asistenciales emergentes a la
ciudadanía en general; determinar las políticas de salubridad del municipio; así como
coordinar y vigilar las funciones y actividades enfocadas a la protección contra riesgos
sanitarios,
OBJETIVO.
Establecer políticas en materia de atención médica, salud pública, protección contra
riesgos sanitarios, salud de la mujer, promoción a la salud, así como fortalecer la
vinculación de acciones en materia de salud municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Establecer políticas en materia de atención médica, salud pública, protección
contra riesgos sanitarios, salud de la mujer, promoción a la salud, así como
fortalecer la vinculación de acciones en materia de salud municipal;

Coordinarse con las Unidades Administrativas Federales y Estatales para
implementar y promover programas de salud;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Sistematizar la información relativa a la infraestructura de salud, tanto pública
como privada, que se ubique dentro del municipio;

Identificar las principales necesidades de los centros de atención a la salud de
carácter público y su factibilidad de atención a través de los diversos programas de
apoyo;

Integrar una base de datos con los ciudadanos beneficiados en los diferentes
programas asistenciales;

Atender con calidad y calidez a la ciudadanía que acuda a solicitar información
relativa a los temas de salud, informándole sobre los trámites a realizar para
acceder a la asistencia de salud;

Informar de manera mensual y trimestral de los avances físico-financieros, de las
obras y acciones en materia de salud pública, tanto a sus superiores jerárquicos y
a los entes fiscalizadores;

Procurar la calidad en los servicios de salud que se brindan a los habitantes del
municipio mediante la implementación y difusión de programas preventivos y
curativos en ésta materia, en coordinación con las distintas instancias municipales,
federales e instituciones privadas;

Realizar un diagnóstico municipal de salud, además de los que ya existen.

Implementar programas emergentes de salud en atención a la ciudadanía;

Rendir oportunamente los informes de avances de los programas
emergentes ordinarios y circunstanciales a la Presidenta Municipal y a la
comisión edilicia correspondiente;

Gestionar la instauración de Programas Prioritarios como son:

a)
Programas de atención visual y dental:
b)
Programa de descacharrización, para prevenir el dengue y
chikungunya ;
c)
Campaña de prevención del VIH/SIDA;
d)
Campaña contra la obesidad;
e)
Campaña de alimentación saludable en las escuelas;
f)
Campaña de prevención de accidentes automovilísticos; y
g)
Establecimiento de consultorios médicos en comunidades y en
colonias marginadas y servicio de ambulancia.
Las demás que señale este reglamento y demás disposiciones de observancia
general.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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17. DIRECCIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES
Al frente de la Dirección de Servicios Municipales habrá un Director dependiente de la
Presidenta Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de planear, organizar, supervisar, controlar y mantener en
condiciones de operación los servicios de limpia, recolección, transporte, transferencia y
disposición final de residuos sólidos no peligrosos; alumbrado público y mantenimiento
urbano, así como propiciar el mejoramiento y ampliación de la cobertura de los mismos.
OBJETIVO.
Proporcionar a las localidades municipales los servicios públicos, de manera oportuna y
adecuada.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Promover la coordinación de acciones, entre el Ayuntamiento y las distintas
Unidades Administrativas municipales, para el adecuado funcionamiento de los
servicios públicos;

Proporcionar a las localidades municipales los servicios públicos, de manera
oportuna y adecuada;

Administrar y brindar adecuadamente los servicios públicos que le encomiende el
Ayuntamiento;

Coordinar las actividades de mantenimiento de infraestructura y equipamiento
urbano;

Vigilar la aplicación de las disposiciones legales y administrativas para la
prestación del servicio público de limpia, recolección, transporte, tratamiento y
disposición final de residuos sólidos en el Municipio;

Recolectar la basura, desperdicios o desechos, provenientes de las actividades
que se desarrollen en casas habitación, oficinas, edificios, mercados, calles, vía
pública, plazas, establecimientos comerciales, industriales o de prestación de
servicios y de cualesquiera otros similares a los anteriores;

Promover y coordinar acciones para el manejo adecuado de los desechos
sólidos, y para la creación y ampliación de rellenos sanitarios;

Fomentar la participación social para facilitar y mejorar la prestación del servicio
de limpia;

Garantizar que los residuos y desechos orgánicos e inorgánicos no originen focos
de infección, peligro o molestias para la ciudad, o propicien la propagación de
enfermedades;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Garantizar, en coordinación con las Direcciones correspondientes,
mantenimiento de monumentos, calles y caminos municipales;

Promover la investigación, estudio e innovación tecnológica en la prestación de
los servicios a su cargo;

Propiciar la participación de la población en el embellecimiento del Municipio;

Vigilar la aplicación del Reglamento de Limpia y Aseo Urbano para el Municipio
de Salina Cruz;

Procurar conservar en buen estado la plantilla vehicular mediante un programa
preventivo de mantenimiento;

Regular el barrido de calles, banquetas, plazas, mercados y demás áreas
públicas;

Dar mantenimiento al alumbrado público en la zona urbana y rural, así como a las
instalaciones necesarias para el eficaz funcionamiento del mismo;

Auxiliar a las distintas Unidades Administrativas de la Administración Pública
Municipal, en materia de servicios públicos;

Realizar los estudios técnicos y financieros que correspondan, cuando el
Ayuntamiento acuerde otorgar concesión o permiso para la prestación de un
servicio público de los que tiene a su cargo;

Proporcionar mantenimiento a las instalaciones y equipo necesario para la
prestación de los servicios públicos municipales que tiene a su cargo,
desarrollando acciones de carácter preventivo y correctivo;

Coadyuvar con las autoridades competentes en la sustanciación de los
procedimientos sobre daño o afectación del mobiliario urbano;

Elaborar y presentar el Anteproyecto de Presupuesto del área a su cargo;

Elaborar su Programa Operativo Anual, y

Las demás que le confieran el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y otros
ordenamientos aplicables.
el
18. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN.
Al frente de la Dirección de Educación habrá un Director dependiente de la Presidencia
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección que tiene a su cargo Implementar y coordinar proyectos, programas y acciones
que se orienten a mejorar los índices de calidad en la educación de la niñez y juventud del
Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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OBJETIVO.
Implementar y coordinar proyectos, programas y acciones que se orienten a mejorar los
índices de calidad en la educación de la niñez y juventud salinacrucense.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Promover y gestionar obras que mejoren y fortalezcan la infraestructura
educativa en el municipio, en coordinación con las Unidades Administrativas de
Gobierno Federal y Estatal;

Coordinar y desarrollar las acciones necesarias, para la implementación de
programas federales, estatales y municipales en materia de educación;

Generar y promover el contacto de la población con los elementos educativos,
culturales y deportivos que contribuyan al desarrollo humano, en coordinación
con instancias oficiales y particulares abocadas para este propósito, dentro del
ámbito de competencia del municipio;

Gestionar y coordinar el proceso de asignación y entrega de becas para
alumnos de escuelas públicas de nivel básico y nivel medios superior;

Fomentar la recreación y convivencia dentro de los espacios educativos,
reconociendo los talentos de alumnos y maestros de los diferentes niveles
académicos;

Realizar campañas permanentes contra la drogadicción, alcoholismo y la
delincuencia, principalmente juvenil, procurando la creación de centros para su
atención, en coordinación con organismos públicos, sociales y privados;

Impartir talleres de escuela de padres y pláticas con temas sobre prevención de
adicciones, conductas de riesgo, y dinámicas sociales, entre otros temas de
desarrollo humano ligados a la educación; Elaborar y actualizar el diagnóstico
educativo del municipio;

Sistematizar la información relativa a las escuelas públicas y privadas que se
ubiquen dentro del municipio;

Identificar las principales necesidades de las escuelas públicas y su factibilidad
de atención a través de los diversos programas de apoyo;

Integrar una base de datos con los alumnos beneficiados en los diferentes
programas asistenciales;

Atender con calidad y calidez a la ciudadanía que acuda a solicitar información
relativa a los temas educativos, informándole sobre los requisitos y trámites a
realizar para acceder a los posibles apoyos o programas que el Municipio
administre o implemente en materia educativa;

Las demás que le otorgue la Presidenta o le confieran otras disposiciones
aplicables.
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19. DIRECCIÓN CASA DE LA CULTURA
Al frente de la Dirección de la Casa de la Cultura habrá un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Es la dirección encargada de Planear y promover la política cultural del Municipio,
fomentando la participación social en su desarrollo
OBJETIVO.
Desarrollar y fomentar actividades y programas que exalten los sentimientos de arraigo y
pertenencia cultural.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Fomentar y promover actividades culturales en general, en coordinación con
instituciones del ramo;

Apoyar la realización de fiestas populares, de colonias, barrios y
comunidades en general, y llevarles cultura y entretenimiento;

Formular los acuerdos, convenios y proyectos que deban ser autorizados
para la prestación de los servicios culturales;

Promocionar y aplicar en el ámbito del Municipio, actividades culturales de
carácter nacional, estatal y regional;

Facilitar el fomento y promoción de las actividades culturales y de acción
cívica en general, como instancia municipal y/o en coordinación con las
instituciones federales y estatales dedicadas a la cultura;

Fortalecer la permanencia de las expresiones culturales de cada comunidad
del Municipio, sus valores, así como sus usos y costumbres de carácter
general;

Desarrollar y fomentar actividades que exalten los sentimientos de arraigo y
pertenencia, promoviendo la participación de la sociedad en las tareas
positivas y constructivas de su entorno;

Administrar el Calendario cultural Oficial del Ayuntamiento;

Organizar las festividades carnestolendas y demás fiestas cívicas populares,
culturales y de entretenimiento, en sus diferentes expresiones artísticas en
colonias, barrios y comunidades del Municipio;

Coordinarse con las diversas Direcciones para la obtención del apoyo
logístico en la realización de eventos y festividades;
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
Promover la realización de investigaciones históricas, geográficas y artísticas
relevantes de los distintos grupos poblacionales del Municipio;

Gestionar ante las instancias correspondientes los instrumentos, equipo,
materiales e insumos necesarios para el desarrollo del Programa de Trabajo
y los proyectos específicos a realizarse;

Organizar conferencias, mesas redondas, seminarios y encuentros, sobre
temas culturales del Municipio, colaborando activamente con el Archivo
Histórico Municipal, en el fomento, difusión y preservación del patrimonio
histórico del Municipio;

Propiciar la participación ciudadana en los planes, proyectos cívico—
culturales del Ayuntamiento, o de otras instituciones públicas o privadas;

Mantener una coordinación permanente con los clubs de servicios, colegios
de profesionistas, instituciones altruistas, y demás que realicen actividades
sociales de carácter cívico y cultural de interés público, y

Las demás que le confiera el H. Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y
otras disposiciones legales.
20. DIRECCIÓN BIBLIOTECA PÚBLICA MUNICIPAL
Al frente de la Dirección de la Biblioteca Pública Municipal habrá, un Director dependiente
de la Presidencia Municipal, quien para el manejo administrativo y operativo de la
Biblioteca Municipal se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento Interno de esa
Institución, teniendo como principales atribuciones las siguientes:
PRINCIPALES FUNCIONES.

Promover y consolidar hábitos de lectura en la comunidad desde la primera
infancia.

Prestar apoyo informativo que promueva la educación individual, autodidacta y
formal en todos los niveles.

Ofrecer posibilidades para el desarrollo personal creativo y estimular la
imaginación y la creatividad de niños y jóvenes a través de la compilación de
medios informativos.

Fomentar el conocimiento del patrimonio cultural, y la valoración de las artes y
los logros e innovaciones científicas.

Fomentar el diálogo intercultural, favorecer la diversidad cultural y apoyar la
conservación y difusión de la tradición oral.

Garantizar de acuerdo a sus posibilidades a la ciudadanía el acceso a todo tipo
de información cultural.

Facilitar el uso de la información y su manejo a través de medios informáticos.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Prestar apoyo y participar en programas y actividades de alfabetización para
todos los grupos de edad y, de ser necesario;

Generar el vínculo y coordinación con la Biblioteca Nacional, coordinadora de la
red departamental, a efecto de participar en todos los Programas que
promueva.

Realizar mensualmente informes estadísticos y de gestión de la biblioteca, y
remitirlos a la Presidenta Municipal.

Actualizar cualquier novedad sobre la información consignada a la biblioteca en
el Formulario de Registro Único,

Realizar el registro sistemático y de identificación
de
informativos proporcionados a la Biblioteca Pública Municipal.

Las demás que le confiera el H. Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y otras
disposiciones legales
los materiales
21. CONTRALORÍA INTERNA.
Al frente de la Contraloría Interna Municipal habrá un Contralor dependiente de la
presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Planear, programar y organizar el sistema de control, fiscalización
y evaluación de la Administración Municipal.
OBJETIVO.
Vigilar la aplicación de las normas jurídicas y administrativas en la ejecución de sistemas,
procesos y procedimientos.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Planear, programar y organizar el sistema de control, fiscalización y evaluación
de la Administración Municipal;

Vigilar la aplicación de las normas jurídicas y administrativas en la ejecución de
sistemas, procesos y procedimientos;

Verificar la eficiencia de las medidas de simplificación administrativa;

Fiscalizar e inspeccionar el ejercicio del gasto público municipal y su congruencia
con el presupuesto de egresos;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Vigilar y supervisar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización, así
como asesorar y apoyar a las Unidades Administrativas y Entidades en su
aplicación;

Planear, diseñar e instrumentar las normas, sistemas y procedimientos para dar
seguimiento a las observaciones y señalamientos que se deriven de auditorías
de los órganos de control Federal, Estatal y Municipal;

Comprobar el cumplimiento por parte de las Unidades Administrativas y
Organismos, de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de
planeación, presupuestación, ingresos, financiamiento, inversión, deuda,
patrimonio, fondos y valores de propiedad o al cuidado del Gobierno Municipal;

Verificar y vigilar el cumplimiento del Plan Municipal de Desarrollo;

Realizar por sí o a solicitud de parte, auditorías y evaluaciones de la gestión
municipal a las Unidades Administrativas y Entidades con el fin de promover la
eficiencia y transparencia en sus operaciones, y verificar el cumplimiento de las
metas y objetivos contenidos en sus programas;

Fiscalizar los recursos, independientemente de su origen, ejercidos por las
Unidades Administrativas y Entidades;

Vigilar, en la esfera de su competencia, el cumplimiento de las obligaciones de
proveedores y contratistas adquiridas con el Gobierno Municipal, solicitándoles
la información relacionada con las operaciones que realicen y fincar las
responsabilidades que en su caso procedan, debiendo turnar el asunto a la
autoridad jurisdiccional, cuando corresponda;

Opinar previamente a su expedición, sobre las normas de control presupuestal
que emita la Tesorería Municipal, así como sobre la contratación de deuda
pública municipal;

Normar y controlar las actividades de los auditores externos de las Entidades y
proponer a la Presidenta Municipal la designación de comisarios y contralores;

Coordinarse con la Auditoria Superior del Estado, el Congreso del Estado, con la
Contraloría del Estado y demás Órganos de Control correspondientes, para el
establecimiento de los mecanismos que permitan mejorar el cumplimiento de las
responsabilidades encomendadas;

Informar a la Presidenta Municipal del resultado de las auditorías y evaluaciones
practicadas a las Unidades Administrativas y Entidades, para que por su
conducto se informe al Cabildo;

Atender, investigar y dar seguimiento, de oficio o a petición de parte, a las quejas
y denuncias presentadas por los particulares;

Integrar y administrar el Sistema de Atención a Quejas, Denuncias y Peticiones,
que deberá involucrar los distintos esquemas telefónicos, informáticos, buzones
y demás medios posibles, para tal fin;

Emitir resoluciones sobre las denuncias, quejas y peticiones de los ciudadanos,
fundadas y motivadas, debiéndose recomendar a la autoridad que corresponda,
las acciones y sanciones que en su caso procedan, cuando por decisión del
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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denunciante no se encauce el asunto dentro del procedimiento administrativo
previsto en la normatividad vigente;

Solicitar la comparecencia de cualquier servidor público para el desahogo de
diligencias en las cuales se requiera su presencia, pudiendo aplicar, si fuera
necesario, las medidas de apremio previstas en la Ley de Responsabilidades de
los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca;

Vigilar, sistemáticamente, el estado que guarda la deuda pública municipal
directa, indirecta o contingente, contratada por el Ayuntamiento o a través de las
Unidades Administrativas y Entidades, e informar al Cabildo por conducto de la
Presidenta Municipal;

Emitir, previo a la contratación de cualquier servidor público municipal, la
constancia de no inhabilitación respectiva, aplicando el principio de la afirmativa
ficta después de 10 días hábiles a favor del aspirante. Será causa de
responsabilidad para los titulares, en caso de que se contrate personal sin cubrir
este requisito;

Instaurar el sistema de conciliación y mediación cuando las partes en conflicto lo
acepten, y proceda hacerlo;

Vigilar el cumplimiento de los estándares de calidad de las obras públicas y las
especificaciones técnicas de los materiales utilizados, así como intervenir en la
entrega-recepción de las obras públicas Municipales;

Conocer e investigar, de oficio o por denuncia expresa, los actos, omisiones o
conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades
administrativas;

Verificar el sistema de altas y bajas del personal para el eficaz cumplimiento de
la Declaración de Situación Patrimonial que corresponda de acuerdo a la
normatividad en materia;

Intervenir, para efectos de verificación y correcto cumplimiento de la
normatividad, en los procesos de entrega-recepción que se generen en la
Administración Pública Municipal;

Vigilar que se apliquen los Lineamientos Generales de Racionalidad, Austeridad
y Disciplina Presupuestal de la Administración Pública Municipal de Salina Cruz,

Establecer medidas y mecanismos de modernización administrativa, tendientes a
lograr la eficacia de la vigilancia, fiscalización y control del gasto público
Municipal;

Formular denuncia por incremento sustancial injustificado del patrimonio de
cualquier servidor público, de conformidad con lo previsto en la legislación de la
materia, así como presentar querellas ante las autoridades que correspondan, y
constituirse como coadyuvante de las autoridades competentes;

Otorgar capacitación y asesoría a servidores públicos municipales y población en
general, sobre la normatividad y acciones que en el ámbito de su competencia le
corresponden;

Vigilar el correcto cumplimiento de los actos y contratos de los que resulten
derechos y obligaciones del Gobierno Municipal;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Elaborar y presentar el Anteproyecto de Presupuesto del área a su cargo;

Elaborar su Programa Operativo Anual, y

Todas las demás que le encomienden la Presidenta Municipal y le confieran éste
y otros ordenamientos.
22. DIRECCIÓN DE CATASTRO MUNICIPAL.
Al frente de la Dirección de Catastro Municipal habrá un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Es la Dirección encargada de actualizar el inventario de la propiedad raíz localizada en la
superficie territorial del municipio, tanto en el área urbana como en la rural.
OBJETIVO.
Mantener actualizado el inventario de la propiedad raíz localizada en la superficie
territorial del municipio, tanto en el área urbana como en la rural.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Planear, ejecutar, coordinar, administrar y evaluar los programas en materia
catastral;

Definir y ejecutar las normas técnicas y administrativas para la identificación,
registro, valuación, reevaluación y deslinde de los bienes inmuebles ubicados en
el Municipio;

Formular los proyectos de zonificación catastral y valores unitarios de suelo y
construcción;

Ejecutar coordinadamente con las Unidades Administrativas del Ejecutivo Estatal
y Federal, los estudios para determinar los límites del Municipio;

Integrar, actualizar y resguardar el padrón catastral con la información gráfica y
alfanumérica de los bienes inmuebles del Municipio, independientemente del
régimen de propiedad al que pertenezcan;

Integrar, clasificar y ordenar la información catastral del Municipio;

Elaborar y mantener actualizada la cartografía del Municipio;

Conservar las claves catastrales existentes de los bienes inmuebles ubicados en
el territorio de su jurisdicción, así como aplicar la técnica vigente para otorgar las
claves catastrales de los predios que incrementen el padrón catastral;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Inscribir los bienes inmuebles en el padrón catastral Municipal y mantenerlo
actualizado;

Determinar la localización de cada predio;

Solicitar a las Unidades Administrativas y organismos federales, estatales y
municipales, así como a los propietarios o poseedores de bienes inmuebles, los
datos, documentos o informes que sean necesarios para integrar y actualizar el
padrón catastral;

Determinar el valor catastral correspondiente a cada bien inmueble, y actualizarlo
con base en los valores unitarios de suelo y construcción que se fijen de
acuerdo con la Ley;

Expedir cédulas catastrales, certificados de valor catastral, copias certificadas de
planos y demás constancias y documentos relacionados con la información
catastral;

Ejecutar los trabajos de localización, deslinde y mensura y elaborar los planos de
cada predio ubicado en el territorio del Municipio;

Ejecutar los levantamientos de los diferentes sectores catastrales, así como los
trabajos técnicos sobre fijación y rectificación de los límites de la propiedad
pública y privada en el territorio del Municipio;

Determinar las acciones que procedan, en los términos de la Ley, el Reglamento
de la Ley y el presente Reglamento, en materia catastral;

Emitir dictámenes en materia de identificación, apeo o deslinde, de bienes
inmuebles, cuando lo solicite autoridad competente o parte interesada;

Verificar los datos proporcionados por los propietarios respecto de sus predios;

Ordenar inspecciones a los predios para determinar si sus características han
sido modificadas, mediante mandamiento escrito, debidamente fundado y
motivado y con firma autógrafa;

Llevar el registro, resguardo y control del archivo catastral;

Registrar oportunamente los cambios que operen en los bienes inmuebles;
expedir la cédula catastral correspondiente y remitir copia de la misma a la
Tesorería Municipal, dentro de los treinta días naturales siguientes a su
expedición;

Auxiliar a los organismos, oficinas e instituciones públicas que requieran datos
contenidos en el Catastro;

Notificar a los interesados, y comunicar en su caso a la autoridad que
corresponda, del resultado de las operaciones catastrales efectuadas;

Cancelar los servicios solicitados por los usuarios, en caso de no realizarse el
pago respectivo por los mismos, durante los siguientes diez días de haber
efectuado la solicitud;

Cancelar ante un cambio del salario mínimo vigente en la zona, las solicitudes
que no hayan sido pagadas;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Elaborar los anteproyectos del reglamento o instructivos que sean necesarios y
someterlos a la aprobación de la Presidenta Municipal, así como proponer los
cambios que mejoren el sistema catastral vigente;

Promover la automatización de productos y programas georeferenciados;

Expedir normas para el uso y aprovechamiento de la cartografía catastral sobre
los sistemas de información geográfica por parte de las Unidades
Administrativas y Entidades, cuando a éstas le sean autorizadas para el
desempeño de sus funciones;

Suscribir los documentos oficiales expedidos por la propia Dirección General;

Delegar en los servidores públicos de las diversas áreas del Catastro, según sea
el caso, las firmas de documentos, y

Las demás que le confiera la Presidenta Municipal, la Ley de la materia, el
Reglamento de la Ley y el presente Reglamento.
23. DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL.
Al frente de la Dirección de Desarrollo Social habrá un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Coordinar acciones interinstitucionales encaminadas a la atención
integral de grupos sociales vulnerables que se encuentran marginados de los beneficios
sociales, económicos y culturales en el Municipio.
OBJETIVO.
Gestionar ante las instancias Federales y Estatales diversos apoyos en beneficio de la
población marginada del Municipio
PRINCIPALES FUNCIONES.

Presentar a la instancia correspondiente los programas y proyectos de la
Dirección, con base a las políticas que determine la Presidenta Municipal;

Gestionar, coordinar y desarrollar, en las áreas a su cargo, la concreción de
los programas establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo;

Implementar programas y proyectos que prioricen la igualdad de
oportunidades en la ciudadanía para el desarrollo y bienestar social de la
población, en el marco de la normatividad vigente;
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
Gestionar en el ámbito de su competencia los programas municipales de apoyo
económico y participación ciudadana para promover e integrar a las personas en
condiciones de pobreza o vulnerabilidad al proceso de desarrollo;

Gestionar y coordinar acciones interinstitucionales encaminadas a la atención
integral de grupos sociales vulnerables que se encuentran marginados de los
beneficios sociales, económicos y culturales en el Municipio;

Gestionar e impulsar programas económicos y sociales orientados a mejorar la
calidad de vida de la población en el Municipio;

Gestionar ante las instancias Federales y Estatales diversos apoyos en beneficio
de la población marginada del Municipio;

Rendir oportunamente los informes de avances de los programas ordinarios y
circunstanciales a la Presidenta Municipal y a la comisión edilicia
correspondiente;

Establecer y coordinar la metodología para el diseño y elaboración del Plan
Municipal de Desarrollo, integrando la documentación correspondiente, validando
su congruencia con los planes estatal y nacional de desarrollo;

Establecer y aplicar la metodología, mecanismos y herramientas necesarias para
la evaluación y seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo, validando que las
acciones sean acordes a los objetivos planteados, así como generar los reportes
e informes correspondientes;

Coadyuvar con las unidades administrativas en el diseño y elaboración del
Programa Operativo Anual, integrando la documentación correspondiente;

Dar seguimiento a la evolución de los sectores productivos, sociales y político,
con objeto de identificar necesidades y prioridades de atención en los ámbitos de
gestión del gobierno municipal;

Proponer los lineamientos para evaluar permanentemente el avance y
cumplimiento de las metas institucionales, así como su impacto social y
económico;

Establecer canales de comunicación permanentes con los gobiernos municipales
vecinos e instituciones de otros niveles de gobierno, con la finalidad de gestionar
los recursos y apoyos necesarios para diseñar e instrumentar políticas públicas
coordinadas de alcance intermunicipal y regional, así como programas y
proyectos de desarrollo comunitario;

Proponer un Programa de Modernización Administrativa que incida en una
mejora en la calidad de los servicios públicos municipales, asimismo, que
contribuya al cumplimiento de los objetivos institucionales;

Investigar y analizar los planes y programas de carácter federal y estatal
aplicables en el municipio a efecto de proveer instrumentos normativos y
acciones que logran la concurrencia de recursos en beneficio de la población del
Municipio;

Coadyuvar con el Gobierno Municipal en el desarrollo de tareas de planeación y
seguimiento, proponiendo proyectos estratégicos para la buena marcha de la
administración;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 73

Establecer conjuntamente con los servidores públicos responsables de cada
Dependencia, indicadores de medición para evaluar tanto los resultados
operacionales y su desempeño, así como diseñar encuestas internas y externas
para medir la calidad y productividad de las Unidades Administrativas;

Recopilar los informes mensuales de las Unidades Administrativas, así como
elaborar las estadísticas de los resultados de las actividades de operación para
su presentación a la C. Presidenta Municipal;

Analizar y resumir la información relevante para el Informe Anual de la C.
Presidenta Municipal, incluyendo la evaluación del Plan Municipal de Desarrollo y
las gráficas representativas de los resultados operacionales;

Resguardar el archivo de la documentación relativa a los asuntos de su
competencia;

Formular el anteproyecto de su presupuesto anual, conforme a los lineamientos
establecidos para tal efecto;

Coordinar cursos, conferencias y talleres de capacitación a través de las
instituciones responsables, dirigidos a los integrantes de las áreas
administrativas, cuando así lo soliciten éstas últimas, en materia de planeación
para el desarrollo;

Coordinar y vigilar el cumplimiento de las funciones de las unidades
administrativas su cargo y del ejercicio de las mismas; y

Las demás que le señalen como de su competencia las leyes, reglamentos y
otras disposiciones jurídicas vigentes, así como aquello que específicamente le
encomiende la C. Presidenta Municipal, informando oportunamente de las
gestiones realizadas y resultados obtenidos.
24. DIRECCIÓN DE BIENES MUNICIPALES.
Al frente de la Dirección de de Bienes Municipales habrá, un Director dependiente de la
Presidencia.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
Es la Dirección que propone las medidas que estima convenientes ante la Presidencia en
las funciones que le delegue dentro del ámbito de su competencia en las actividades de
la Administración Pública Municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES
 Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las
labores encomendadas a la Dirección General a su cargo.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 74
 Formular los dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por la
superioridad.
 Formular los proyectos de programas y de presupuestos relativos a la Dirección
General a su cargo, de conformidad con las disposiciones y lineamientos
aplicables.
 Llevar un Registro o inventario pormenorizado de los bienes muebles e inmuebles
propiedad del Municipio, en donde se detalle el estado en que se encuentra cada
bien, el valor actualizado de los mismos y bajo el resguardo de qué servidor
público se encuentran.
 Llevar a cabo la planeación de los sistemas de administración de los bienes
muebles e inmuebles.
 Registrar, controlar y salvaguardar el patrimonio inmobiliario del Municipio;
 Coadyuvar en la elaboración de las actas de entrega – recepción de la
Administración Pública Municipal, en lo referente a los bienes que el Municipio
tiene a resguardo.
 Elaborar el Reglamento de Administración de los bienes muebles e inmuebles
propiedad del Municipio.
 Planear y programar la reparación oportuna de los bienes muebles, propiedad del
Municipio, así como dictaminar las necesidades para otorgar puntual servicio a las
instalaciones y demás necesidades en cuanto a mantenimiento de los inmuebles.
En general realizar el mantenimiento, la conservación, la adaptación y el
acondicionamiento de los bienes muebles e inmuebles.
 Supervisar que los bienes, se entreguen o se presten en el tiempo y lugar
convenido, así como con la calidad requerida.
 Establecer los mecanismos necesarios para proteger, conservar y manejar
adecuadamente los bienes propiedad del Municipio.
 Participar, conjuntamente con la Tesorería Municipal, en la elaboración del
anteproyecto de presupuesto de egresos, en lo referente a los capítulos,
conceptos y partidas de gasto relativos a bienes muebles e inmuebles.
 Elaborar por lo menos cada cuatro meses un informe a detalle del estado que
guardan los bienes Municipales y presentarlo ante su superior jerárquico.
 Las demás que le encomienden el Ayuntamiento, la Presidenta Municipal, el
Síndico Procurador y Hacendario y las que expresamente le señalen los
ordenamientos legales aplicables.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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25. DIRECCIÓN DE DESARROLLO AGRARIO Y TERRITORIAL.
Al frente de la Dirección de Desarrollo Agrario y Territorial habrá un Director dependiente
de la Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Formular y proponer a la Presidenta Municipal la política de
ordenamiento de la propiedad rural y los lineamientos para el ordenamiento territorial de
los asentamientos humanos.
OBJETIVO.
Ejercer las atribuciones que en materia de ordenamiento de la propiedad rural y
ordenamiento territorial, le confieren las Leyes de la materia.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Formular y proponer a la Presidenta Municipal la política de ordenamiento de
la propiedad rural y los lineamientos para el ordenamiento territorial de los
asentamientos humanos;

Ejercer las atribuciones que en materia de ordenamiento de la propiedad rural
y ordenamiento territorial, le confieren las Leyes de la materia;

Planear, diseñar, promover, concertar, apoyar y evaluar mecanismos de
financiamiento para el ordenamiento de la propiedad rural y el ordenamiento
territorial de los asentamientos humanos, con la participación de las diferentes
Unidades Administrativas, las instituciones de crédito y los diversos grupos
sociales y privados;

Estudiar, planear y proponer al H. Ayuntamiento, la fundación de centros de
población;

Proponer instrumentos de política para el ordenamiento del territorio
municipal que permitan:
a)
La incorporación ordenada de propiedad rural al desarrollo regional;
b)
La armonización y cohesión territorial que contribuyan a la articulación y al
desarrollo equitativo de las zonas urbanas y rurales;
c)
La integración de reservas de crecimiento aptas para la infraestructura, la
obra pública y el desarrollo regional;
d)
La constitución de reservas territoriales que garanticen la sostenibilidad del
desarrollo regional;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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e)
La regularización de los asentamientos humanos irregulares;
f)
El desarrollo sostenible y equilibrado de las zonas urbanas, conurbadas y
metropolitanas, así como de corredores urbanos, y
g)
La coordinación efectiva con los tres órdenes de gobierno federal, estatal y
municipal, así como con los sectores privado y social, orientada al
ordenamiento territorial, la modernización registral y catastral de la propiedad y
la prevención de riesgos en asentamientos humanos;

Gestionar, promover y propiciar programas para el ordenamiento y desarrollo
sostenible de los asentamientos humanos;

Gestionar y coordinar el desarrollo de estudios prospectivos que permitan
anticipar escenarios y necesidades de desarrollo en materia de ordenamiento
de la propiedad rural, ordenamiento territorial y actividades relacionadas;

Planear, programar, administrar, generar y promover, en el ámbito del
ordenamiento de la propiedad rural y el ordenamiento territorial, las acciones
tendientes a mitigar los efectos de los desastres naturales y darles
seguimiento;

Promover y difundir campañas de establecimiento de Jardines Verticales:

Fomentar el establecimiento de huertos urbanos en jardines, azoteas, patios,
traspatios, escuelas y otras similares.

Coordinar la integración, desarrollo y actualización permanente de un sistema
municipal de información para el ordenamiento de los asentamientos humanos
en el territorio municipal, de conformidad con las disposiciones jurídicas
aplicables; y

Las demás que otorgue la Presidenta Municipal y las disposiciones normativas
aplicables.
26. DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y PORTUARIO..
La Dirección de Desarrollo Industrial y Portuario es la responsable de promover,
gestionar e impulsar el desarrollo económico del Municipio en todos los órdenes, al
frente de ésta habrá un Director dependiente de la Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección que tiene por objeto la promoción de actividades económicas, industriales y
portuarias
de competencia municipal, en el impulso al comercio formal, en la
diversificación y profesionalización de todo tipo de negocios; así como en las relaciones
de largo plazo y de alto impacto entre los pueblos, aprovechando los hermanamientos
más allá de relaciones de cortesía o de buena voluntad, sino también en la posibilidad de
promover el intercambio bilateral de recursos económicos y humanos.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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OBJETIVO.
Promover, gestionar e impulsar el desarrollo económico del Municipio en todos los
órdenes
PRINCIPALES FUNCIONES.
 Establecer las políticas públicas y programas municipales de desarrollo
económico;
 Impulsar mecanismos de cooperación y coordinación con los tres órdenes de
gobierno, cámaras empresariales; instituciones educativas, de desarrollo y
privadas; colegios y asociaciones civiles, organismos internacionales, y personas
morales del sector social y privado; para llevar a cabo acciones comerciales,
industriales, agropecuarias y de servicios, que incentiven el crecimiento económico
del Municipio;
 Participar en la formulación de programas de fomento económico municipal;
 Promover el fomento económico productivo municipal;
 Fomentar la creación de cadenas económico—productivas, a través de la
inversión, pública, privada y social;
 Gestionar y realizar proyectos productivos que incentiven la formación y
consolidación de la industria, con la participación de instituciones de carácter
público, privado y social;
 Elaborar diagnósticos y estudios de prospectiva, para determinar los escenarios,
oportunidad y retos que proyecten las actividades económicas más favorables al
desarrollo municipal;
 Gestionar y promover estudios, proyectos e instrumentos de regulación para el
desarrollo económico e industrial del Municipio;
 Promover y fomentar el desarrollo comercial del Municipio;

Mantener una consulta permanente con personas físicas y morales
representativas del sector productivo a través de foros, encuentros,
reuniones y entrevistas;
 Administrar la cadenas productivas regionales, el Rastro Municipal y los procesos
de comercialización de los mercados municipales;
 Apoyar al desarrollo rural sustentable a través de la gestión de los programas de
apoyo a este sector;
 Promover el abasto de productos básicos en el Municipio;
 Promover la organización de grupos indígenas y campesinos, para el impulso del
desarrollo económico y social de la región;
 Participar en la gestión y concertación con las diferentes instituciones, federales,
estatales o intermunicipales, acciones necesarias para el debido, racional y
eficiente aprovechamiento de los recursos naturales y la generación de empresas
paramunicipales;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 78
 Emitir opiniones técnicas sobre las manifestaciones de impacto ambiental
requeridas a los inversionistas por el Gobierno Federal y Estatal;
 Coordinar y gestionar los
programas
de
capacitación,
difusión relacionadas con el desarrollo económico;
promoción
y
 Impulsar las actividades artesanales propias del Municipio procurando la
organización de los artesanos para facilitar la comercialización de los productos;
 Incorporar el criterio de transversalidad de la equidad de género en las actividades
de fomento económico, y
 Las demás que le encomiende el H. Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y otras
disposiciones legales.
27. DIRECCIÓN DE TURISMO.
Al frente de la Dirección de Desarrollo Económico habrá, un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Desarrollar y coordinar programas y proyectos de desarrollo
turístico municipal.
OBJETIVO.
Ejecutar políticas públicas y programas eficaces y pertinentes, para el desarrollo y
fomento de la actividad turística del Municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Desarrollar, coordinar y gestionar programas y proyectos de desarrollo
turístico municipal;

Ejecutar políticas públicas y programas eficaces y pertinentes, para el
desarrollo y fomento de la actividad turística del Municipio;

Establecer la agenda de promoción de lugares turísticos siguientes:
a)
b)
c)
d)

Históricos
Industrial
Comercial y
Esparcimiento.
Promover nacional e internacionalmente al Municipio como destino turístico,
en ferias, exposiciones y eventos locales, estatales, nacionales e
internacionales;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
Página 79

Mantener comunicación y coordinación con las cámaras empresariales;

Gestionar y coordinar acciones que fortalezcan el desarrollo turístico
municipal, estableciendo mecanismos de cooperación con los sectores
público, privado y social;

Elaborar y mantener actualizado el calendario de festividades religiosas y
patronales del Municipio;

Planificar la generación de productos turísticos novedosos y acordes a las
potencialidades y recursos del Municipio;

Vincular acciones y estrategias con los sectores que integran el sector
turístico de la localidad;

Gestionar recursos ante las diversas instancias del Sector a nivel Federal y
Estatal, para promover el Puerto de Salina Cruz;

Establecer, generar y promover proyectos en colaboración con los gobiernos
Federal y Estatal, Fideicomisos, Organizaciones y Asociaciones Civiles, e
Instituciones de Educación, con el propósito de mejorar el Sector Turístico en
el Municipio;

Promover y Estimular la inversión pública en materia de turismo;

Promover y gestionar técnicas de promoción y difusión para el desarrollo de
la actividad turística en el Municipio;

Promover cursos de capacitación en comunidades rurales para la generación
de microempresas turísticas, de acuerdo a las potencialidades del área;

Elaborar y ejecutar programas de capacitación, servicios y cultura turística
para el Municipio;

Fortalecer las capacidades a prestadores de servicios turístico y empresas
particulares del ramo;

Llevar a cabo festivales que incentiven la participación social en materia
artesanal, cultural, de usos y costumbres;

Presentar los informes que le sean requeridos por la Presidencia Municipal, y

Las demás que le asigne el H. Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y otras
disposiciones aplicables.
28. DIRECCIÓN DE AGENCIAS BARRIOS Y COLONIAS.
Al frente de la Dirección de Agencias Barrios y colonias habrá un Director dependiente de
la Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de la vinculación social del Municipio con los pobladores de los
diversos barrios y colonias del Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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OBJETIVO.
Realizar de manera permanente el seguimiento de la actuación de los Comités de Obra y
de Contraloría Social de las calles, colonias, barrios y comunidades del municipio,
procurando la cohesión, armonía y transparencia en todas sus obras y acciones sociales.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Coordinar las actividades para dar a conocer a las Agencias Municipales,
Agencias de policía, Núcleos Rurales, Barrios y Colonias, de los programas que
el Municipio ofrece para el desarrollo de la población en general;

Llevar a cabo asambleas de nombramiento, remoción o información;

Promover la participación y colaboración de toda la población que habite en la
cabecera municipal, agencias, núcleos rurales barrios y colonias, en la
realización, fiscalización y seguimiento de obras y acciones ejecutadas;

Coordinar la prestación de servicios de interés colectivo y en general en todos los
aspectos de beneficio social;

Proponer al Ayuntamiento la inclusión de nuevas colonias que cumplan con la
normatividad aplicable;

Hacer del conocimiento de la Presidenta Municipal y del H. Ayuntamiento con la
debida oportunidad de la problemática social, necesidades y deficiencias en la
prestación de servicios y aplicación de programas que se presentan en las
diversas agencias, núcleos rurales, barrios y colonias del Municipio, proponiendo
las soluciones pertinentes;

Suscribir convenios y acuerdos con las agencias, núcleos rurales, barrios y
colonias para la atención de sus demandas; y

Las demás que otorgue la Presidenta Municipal y las disposiciones normativas
aplicables.
29. DIRECCIÓN DE AGUA Y SANEAMIENTO AMBIENTAL
Al frente de la Dirección de Agua y Saneamiento Ambiental habrá un Director dependiente
de la Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Planear y programar en el ámbito de su jurisdicción, así como
estudiar, proyectar, presupuestar, construir, rehabilitar, ampliar, operar, administrar,
conservar y mejorar tanto las fuentes de abastecimiento, como la potabilización,
conducción, almacenamiento y distribución de agua potable, así mismo los sistemas de
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, reuso de las
mismas y manejo de lodos, por si misma o en coordinación con el Estado u otros
Municipios.
OBJETIVO.
Proporcionar los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado a los asentamientos
humanos de su jurisdicción asentados en el Municipio en los términos de la legislación y
demás disposiciones de observancia general, convenios y contratos que para el efecto se
celebren.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Colaborar con el Estado para suministrar los servicios de agua potable, drenaje,
alcantarillado a los asentamientos humanos de su jurisdicción asentados en el
Municipio en los términos de la Ley y demás disposiciones de observancia general,
convenios y contratos que para el efecto se celebren;

Formular y mantener actualizado el Padrón de Usuarios de los servicios a su
cargo, constituyendo un programa permanente de inspección y verificación de
actualización del citado Padrón;

Constituir y manejar fondos de reserva para la rehabilitación, ampliación y
mejoramiento de los sistemas a su cargo, para la reposición de sus activos fijos y
para el servicio de su deuda, en los términos del presente reglamento;

Realizar por sí o por terceros las obras para agua potable y alcantarillado de su
jurisdicción;

Celebrar con personas de los sectores público, social o privado, los convenios y
contratos necesarios para el cumplimiento de sus Facultades y Obligaciones, en
los términos de la legislación aplicable;

Proponer las tarifas o cuotas que hayan de cobrar las empresas concesionarias en
los servicios de agua potable y alcantarillado y tener respecto a las mismas.

Cubrir oportunamente las contribuciones, derechos, aprovechamientos y
productos federales en materia de agua, que establece la legislación fiscal
aplicable;

Rendir a la Presidenta informes mensuales de las labores de la Dirección durante
el periodo correspondiente, así como de su estado general y sobre las cuentas de
su gestión;

Desarrollar programas de capacitación y adiestramiento para su personal;

Establecer las oficinas necesarias dentro de su jurisdicción;

Formular y mantener actualizado el inventario de bienes y recursos a su cargo;

Promover programas del uso racional del agua;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Resolver los recursos y demás medios de impugnación interpuestos en contra de
sus actos o resoluciones;

Inspeccionar, verificar y, en su caso, aplicar las sanciones que establece la Ley;

Realizar todas las acciones que se requieran, directa o indirectamente, para el
cumplimiento de sus objetivos; y

Las demás que señala este reglamento y demás disposiciones de observancia
general.
30. DIRECCIÓN DE PARQUES Y JARDINES.
Al frente de la Dirección de Parques y Jardines habrá un Director dependiente de la
Presidenta Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de planear, proporcionar, controlar y mantener en condiciones de
operación los parques y jardines del Municipio.
OBJETIVO.
Llevar a cabo el mantenimiento y limpieza de los parques y Jardines del Municipio.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Planear, proporcionar, controlar y mantener en condiciones de operación los
parques y jardines, en los términos de las leyes correspondientes;

Formular, cuando lo indique el Ayuntamiento, los anteproyectos de reglamentos, las
circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general que
resulten necesarios en materia de las atribuciones a su cargo, para su aprobación y
expedición, así como vigilar su cumplimiento;

Llevar a cabo el mantenimiento y limpieza de los parques y Jardines del Municipio;

Crear nuevas áreas verdes y mantener en buen estado los parques, jardines,
camellones del Municipio y relojes públicos;

Vigilar, en el ámbito de su competencia, que las actividades a su cargo coadyuven a
conservar y a proteger el sistema ecológico del Municipio.

Gestionar y establecer programas destinados a la propagación, conservación y
producción de especies vegetativas, para usos en áreas verdes municipales;

Realizar campañas de reforestación permanente;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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
Proponer al Ayuntamiento el Reglamento de Uso y Disfrute de Parques y Jardines

Gestionar ante las diversas dependencias del Gobierno Federal y Estatal la
construcción de nuevas áreas de esparcimiento familiar en parques y jardines, y

Las demás que le señalen la Normatividad en la materia y que le sea encomendado
por la Presidenta Municipal.
31. DIRECCIÓN DE MERCADOS.
Al frente de la Dirección de Mercados habrá un Director dependiente de la Presidencia
Municipal
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Promover el cabal cumplimiento de la misión de los mercados
públicos; proyectar y promover al comercio informal; así como el fortalecimiento del
comercio establecido.
OBJETIVO.
Supervisar la administración y el servicio en los mercados públicos y comercios
ambulantes verificando la aplicación de la reglamentación respectiva.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Supervisar la administración y el servicio en los mercados públicos y
comercios ambulantes verificando la aplicación de la reglamentación respectiva;

Administrar los mercados públicos y tianguis informando a la Tesorería
Municipal de los asuntos que le correspondan para el cobro de los derechos,
productos y aprovechamientos respectivos;

Implementar y desarrollar programas tendientes a mejorar la prestación de los
servicios de mercados públicos;

Actualizar el censo de las personas que usufructúan los locales en los
mercados públicos e integrar los expedientes respectivos, señalando el giro de
comercio correspondiente ya sea en puestos fijos, semifijos y otros;

Autorizar los cambios de giro, permuta, traspaso y permisos de los locales,
ubicados en los mercados públicos, previo análisis de los expedientes técnicos por
el comité dictaminador;

Gestionar y proponer los programas de mantenimiento y remodelación de
los mercados públicos, mercados sobre ruedas y centros de abasto,
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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informando a las autoridades competentes sobre el desarrollo
operaciones y el estado en el que se conservan los mismos;
de
las

Supervisar e informar a las autoridades competentes sobre el desarrollo de las
operaciones y el estado en el que se conservan los mercados públicos,
mercados sobre ruedas y centros de abasto;

Dictaminar de manera conjunta con las dependencias correspondientes, las zonas
en las que deberán establecerse mercados en el Municipio;

Imponer y ejecutar las sanciones administrativas previstas en el
Reglamento vigente de mercados públicos a todo aquél infractor de la norma en
comento;

Proponer y llevar a cabo las medidas tendientes a optimizar la prestación del
servicio de los mercados públicos así como de los servicios de sanitarios públicos;

Implementar medidas de higiene, seguridad y protección civil de acuerdo a las
normas jurídicas establecidas y en coordinación con las áreas responsables en la
materia;

Formular, aprobar y dar seguimiento a los contratos de Concesión de Locales en
mercados y tianguis;

Otorgar permisos y licencia para la remodelación de locales dentro de los
mercados existentes en el Municipio

Coordinar las actividades de limpieza, fumigación, desazolve y mantenimiento de
mercados y tianguis;

Gestionar ante las instancias Federales y Estatales, los recursos para
remodelación, mantenimiento o construcción de los mercados públicos
municipales; y

Las demás
materia.
que
determinen
las
disposiciones
jurídicas
aplicables en la
32. DIRECCIÓN DE PESCA.
Al frente de la Dirección de Pesca habrá un Director dependiente de la Presidencia
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de promover las políticas y ejecutar los programas tendentes al
crecimiento y desarrollo económico de las localidades pesqueras, en un entorno de
sustentabilidad y sostenibilidad.
OBJETIVO.
Instrumentar y ejecutar programas para fomentar el desarrollo agrícola y ganadero de la
región
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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PRINCIPALES FUNCIONES.
 Promover y fomentar el óptimo desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas
que se realicen en el Municipio;
 Participar en las acciones de coordinación y concertación que se realicen con los
sectores público, social y privado, relativas a la exploración, investigación,
explotación, cultivo, sanidad, industrialización y comercialización de los recursos
pesqueros y acuícolas, de conformidad con los programas que al efecto se deriven
del Plan Municipal de Desarrollo;
 Participar en la elaboración de los programas en materia pesquera y acuícola y
coadyuvar a la realización y seguimiento de las acciones que resulten de la
ejecución de dichos programas;
 Proponer y realizar, en coordinación con las instituciones públicas y privadas
interesadas, la elaboración de estudios y proyectos encaminados a prever y
solucionar la problemática existente en materia pesquera y acuícola;
 Realizar las acciones tendientes a promover, canalizar y gestionar ante las
instancias correspondientes, créditos y opciones de financiamiento destinados a la
óptima explotación y aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas;
 Promover y en su caso, participar en la organización y celebración de ferias,
exposiciones, congresos y muestras pesqueras y acuícolas;
 Procurar la integración de las actividades pesqueros y acuícolas con los demás
sectores productivos del Municipio, a fin de mejorar las condiciones alimenticias
de la población nacional y la eficiencia y competitividad en los mercados nacional
e internacional;
 Apoyar la creación y organización de empresas pesqueras y acuícolas,
brindándoles la asesoría que requieran;
 Elaborar perfiles de proyectos pesqueros y acuícolas, a efecto de evaluar su
viabilidad técnica y económica, así como su congruencia con la política de fomento
pesquero del Municipio;
 Promover, en coordinación con las autoridades competentes, que el desarrollo
pesquero y acuícola del Municipio se lleve a cabo conforme a las normas y
lineamientos establecidos para la preservación y mejoramiento del medio
ambiente;
 Promover la capacitación a los grupos sociales involucrados en las actividades
pesqueras ó acuícolas, en la adaptación, difusión y aplicación de nuevos métodos
de captura, cultivo, procesamiento y comercialización de sus productos;
 Apoyar a las instituciones educativas de nivel medio superior y, en su caso,
proponer las acciones de coordinación o concertación que consideren necesarias
para lograr la formación y capacitación de los recursos humanos indispensables
para el desarrollo de las actividades pesqueras y acuícola;
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALINA CRUZ. (MAYO DE 2014)
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 Promover el fortalecimiento de los organismos o instituciones de investigación y
desarrollo tecnológico del Municipio en materia pesquera y acuícola, a través de
convenios;
 Impulsar y fortalecer en coordinación con productores, Gobierno Federal y
municipal las acciones de sanidad e inocuidad pesquera y acuícola favoreciendo
las oportunidades de participación en el mercado; y
 Las demás que le encomiende el H. Ayuntamiento, la Presidenta Municipal y otras
disposiciones legales.
33. DIRECCIÓN DE EQUIDAD DE GÉNERO.
Al frente de la Dirección de Equidad de Género habrá un Director dependiente de la
Presidenta Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de establecer un compromiso para que mujeres y hombres reciban
un trato equitativo y las mismas oportunidades en el municipio.
OBJETIVO.
Revisar, planear y definir los compromisos respecto a la equidad de género a través de la
política transversal incluida dentro del Plan Municipal de Desarrollo y formular un plan
general municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES.
 Revisar, planear y definir los compromisos respecto a la equidad de género a
través de la política transversal incluida dentro del Plan Municipal de Desarrollo y
formular un plan general municipal.
 Promover el desarrollo de acciones afirmativas a favor del personal.
 Formular y aprobar el manual y la política de equidad de género.
 Determinar los medios de canales de comunicación en todas las Unidades
Administrativas Municipales.
 Solicitar y revisar informes y realizar encuestas acerca del conocimiento,
entendimiento y aplicación de la política en la población.
 Establecer un compromiso para que mujeres y hombres reciban un trato equitativo
y las mismas oportunidades en el proceso de selección y reclutamiento de
personal.
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 Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como la no
discriminación en el acceso al empleo y en la prevención, sanción y erradicación
del hostigamiento y abuso sexual.
 Promover un ambiente sano y condiciones de trabajo armoniosas.
 Autorizar el plan de trabajo de cada una de las acciones emitidas en la Dirección,
en donde se hayan establecido los objetivos y metas trazados en la aplicación de
ésta política transversal
 Llevar a cabo revisiones y evaluaciones periódicas al sistema de equidad de
género
 Promover la representación proporcional de mujeres y hombres en la formación de
equipos de trabajo, proyectos y comités de Gobierno.
 Implementar dentro de la función pública el compromiso de paternidad.
 Verificar y evaluar que el personal directivo y mandos medios ofrezca el mismo
trato, legitimidad y autoridad en puestos similares o inferiores,
 Apoyar a las mujeres que sean violentadas en sus derechos humanos con
asistencia jurídica, psicológica, y dar seguimiento al caso hasta la solución.

Las demás que otorgue la Presidenta Municipal y la legislación en la materia.
34. DIRECCIÓN DE PANTEONES
Al frente de la Dirección de Panteones habrá, un Director dependiente de la Presidencia
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de administrar los panteones municipales, informando a la
Tesorería Municipal de los asuntos que le correspondan para el cobro de los derechos,
productos y aprovechamientos respectivos.
OBJETIVO.
Supervisar la administración y el servicio de panteones municipales verificando la
aplicación de la reglamentación respectiva
PRINCIPALES FUNCIONES.

Supervisar la administración y el servicio de panteones municipales verificando la
aplicación de la reglamentación respectiva;
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
Mantener en buen estado las instalaciones y su equipamiento: limpieza, alumbrado,
baños públicos, seguiridad, etc.

Supervisar y evaluar el desempeño de la plantilla laborar e informar de los resultados
a la dirección de recursos humanos

Administrar los panteones municipales, informando a la Tesorería Municipal de los
asuntos que le correspondan para el cobro de los derechos, productos y
aprovechamientos respectivos;

Implementar y desarrollar programas tendientes a mejorar la prestación de los
servicios de panteones municipales;

Actualizar el reglamento de Panteones Municipales;
Solicitar y gestionar ante las diferentes instancias la construcción de nuevos
panteones cuando las necesidades así lo exija;

Supervisar
los programas
de mantenimiento
y remodelación
de
los
panteones municipales, informando a las autoridades competentes sobre el
desarrollo de las operaciones y el estado en el que se conservan los mismos;

Dictaminar de manera conjunta con las dependencias correspondientes, las zonas en
las que deberán establecerse los panteones en el Municipio;

Imponer
y ejecutar las
sanciones
administrativas
Reglamento vigente de panteones municipales;

Proponer y llevar a cabo las medidas tendientes a optimizar la prestación del servicio
de los panteones municipales; y

Las demás que otorgue la Presidenta Municipal y la legislación en la materia.
previstas
en
el
35. DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA.
La Dirección de Ecología es la dependencia encargada de vigilar el cumplimiento de las
atribuciones ambientales de competencia municipal emanadas de la legislación
vigente, así como de proponer y aplicar las políticas, programas, estrategias y acciones
ambientales siguiendo los lineamientos del Plan Municipal
de
Desarrollo;
correspondiéndole al Director de ésta área las atribuciones siguientes:
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de promover estudios e investigaciones que conduzcan a la
solución de problemáticas ambientales del Municipio, que coadyuven a la solución de
estos y permitan la implementación de modelos adecuados de gestión ambiental de los
recursos naturales.
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OBJETIVO.
Coordinar la participación de la administración pública municipal en conjunto con las
autoridades Federales y Estatales en la atención de asuntos en materia ambiental
dentro del ámbito Municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES.
 Proponer a la Presidenta Municipal los programas y acciones institucionales en
materia de investigación, manejo, exhibición, difusión, preservación, restauración y
conservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente en el Municipio;
 Promover y gestionar estudios e investigaciones que conduzcan a la solución
de problemáticas ambientales del Municipio, que coadyuven a la solución de estos
y permitan la implementación de modelos adecuados de gestión ambiental de los
recursos naturales;
 Coordinar la participación de la administración pública municipal en conjunto con
las autoridades Federales y Estatales en la atención de asuntos en materia
ambiental dentro del ámbito Municipal;
 Diseñar, aplicar y promover los programas de educación y capacitación en materia
ambiental en todos los sectores de la sociedad, homologando a los lineamientos
establecidos a Nivel Nacional y Estatal;
 Fortalecer la gestión y participación social, en los planes, proyectos,
programas y acciones ambientales, orientando a la convivencia y
corresponsabilidad de los ciudadanos en el cuidado del entorno;
 Determinar los criterios ecológicos aplicables a la formulación y aplicación del plan
y programa de desarrollo urbano municipal, así como promover y participar en la
creación y conservación de las Áreas de Preservación Ecológica;
 Participar de manera coordinada con las autoridades Federales y Estatales en la
evaluación de los manifiestos de impacto y riesgo ambiental de obras o
actividades desarrolladas en la circunscripción territorial del Municipio.
 Remitir y dar seguimiento de denuncias efectuadas por la ciudadanía en
materia de deterioro ambiental que no sean competencia municipal con las
instancias correspondientes;
 Participar con la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Metropolitano en la
evaluación de las solicitudes relacionadas con el otorgamiento de la factibilidad de
uso y destino del suelo;
 Coordinar con las diferentes áreas del Gobierno Municipal la inclusión de
criterios ecológicos en el desarrollo de sus actividades así como en la aplicación
de las Leyes, Reglamentos y Normas en materia;
 Coordinar la ejecución de las acciones derivadas de la celebración de
acuerdos y convenios de coordinación y cooperación signados por la Presidenta
Municipal con las instituciones Federales, Estatales o Municipales, según sea el
área de su competencia;
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 Ordenar en el ámbito de su competencia y conforme la normatividad en la materia
inspecciones, suspensiones, clausuras, imponer sanciones, medidas de
seguridad, elaboración de dictamen y opinión ambiental y demás que le
faculten las disposiciones en materia de protección ambiental;
 Expedir las credenciales o constancias de identificación
designe, para llevar a cabo las diligencias que encomiende;
del personal que
 Resolver el estado procesal de los procedimientos administrativos
Instaurados en contra de los infractores a las leyes, normas y reglamentos en
materia ambiental;
 Proponer y gestionar la búsqueda de financiamiento y fondeo para los
Planes, Proyectos, Programas y Acciones en materia ambiental con la
participación de la iniciativa
privada,
sociedad
civil
y
otras
dependencias gubernamentales;
 Autorizar mediante dictamen ambiental los proyectos de arborización y
reforestación de las obras públicas o privadas a ejecutarse;
 Proponer, aplicar, desarrollar y ejecutar las acciones, proyectos y programas en
material ambiental con recursos provenientes de diferentes fondos; y
 Las demás atribuciones derivadas de la Leyes, Normas y Reglamentos
Ambientales de carácter Federal y Estatal y las que le sean encomendadas por la
Presidenta Municipal.
36. DIRECCIÓN DE DEPORTES
Al frente de la Dirección de Deportes habrá un Director dependiente de la Presidencia
Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de Implementar estrategias y programas de vinculación, apoyo a los
diversos sectores para promover el deporte, la cultura popular y la recreación.
OBJETIVO.
Implementar estrategias y programas de vinculación, apoyo a los diversos sectores para
promover el deporte, la cultura popular y la recreación, apoyándose en las distintas
entidades de la administración pública municipal en la gestión que en parte les
corresponda.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Formular el Programa Deportivo Anual del Municipio y coordinar y evaluar su
ejecución;
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
Programar, promover, coordinar y evaluar todas las actividades deportivas
en el Municipio;

Ejecutar los convenios de coordinación que en materia deportiva celebre el
Ayuntamiento con el Gobierno Federal y Estatal;

Registrar todas las ligas, clubes y organismos deportivos que funcionen en el
Municipio, fijando las condiciones para dicho registro;

Mantener actualizado el padrón de ligas, clubes y organismos deportivos que
existan en el Municipio, para realizar y promover su participación en las
actividades deportivas en el Municipio;

Coordinar el funcionamiento y gestionar la conservación de las unidades,
estadios, gimnasios, canchas y demás instalaciones deportivas del
Municipio; así como gestionar y promover la construcción de nuevas
instalaciones, ante las instancias Federales y Estatales del ramo;

Promover, fomentar, gestionar y coordinar el deporte de aficionados, en
todas las ramas y categorías, dentro del Municipio;

Organizar y controlar las competencias y torneos que se realicen en el
Municipio;

Promover la participación de los deportistas del Municipio en los eventos
deportivos estatales, nacionales e internacionales, manteniendo una
coordinación permanente con las autoridades estatales del ramo;

Gestionar ante las diferentes instancias de Gobierno y sociedad los apoyos
para fomentar el deporte en sus diversas diciplinas;

Participar y/o organizar los eventos relacionados con los deportes
profesionales en los que el Ayuntamiento deba intervenir;

Administrar y mantener en buen estado las instalaciones deportivas del
Municipio y vigilar el buen funcionamiento de los centros deportivos, y

Las demás que le la Presidenta Municipal y otras disposiciones legales.
37. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Al frente de la Dirección de Comunicación Social habrá un Director dependiente de la
Presidencia Municipal.
DESCRIPCIÓN DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.
Dirección encargada de aplicar las políticas que en materia de comunicación e
información social, emita el Ayuntamiento.
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OBJETIVO.
Diseñar, operar y evaluar el plan estratégico de información social del Ayuntamiento, que
permita la eficiente vinculación de la población con el Gobierno Municipal.
PRINCIPALES FUNCIONES.

Aplicar las políticas que en materia de comunicación e información social, emita el
Ayuntamiento;

Diseñar, operar y evaluar el plan estratégico de información social del
Ayuntamiento, que permita la eficiente vinculación de la población con el Gobierno
Municipal;

Establecer, en coordinación con la Presidenta Municipal, los lineamientos de
comunicación social de la Administración Pública Municipal;

Apoyar al Ayuntamiento en materia de comunicación social;

Vincular a las Unidades Administrativas Municipales, con los diversos medios de
comunicación, para mantener a estos informados de manera oportuna, veraz y
objetiva, sobre las actividades que desarrolla el Gobierno Municipal, a fin de
promover y fomentar la participación social;

Utilizar los medios de comunicación e información alternos disponibles, destinados
a la difusión de obra y acciones de la Administración Pública Municipal;

Coordinar las entrevistas, presentaciones y demás actividades relacionadas con la
comunicación y difusión de las acciones del Gobierno Municipal, ante los diversos
medios de comunicación escritos y electrónicos;

Promover cursos de capacitación al personal a su cargo para el mejor desarrollo
de sus actividades

Diseñar y operar el programa de posicionamiento de la imagén institucional del
Municipio a través de las redes sociales

Diseñar y difundir las campañas promocionales de los diversos servicios que
proporciona el Gobierno Municipal, con el apoyo de los medios de comunicación
disponibles;

Elaborar boletines y folletos informativos de las actividades realizadas por el
Gobierno Municipal;

Coordinar la edición, programación y difusión del quehacer público en radio y
televisión, respetando las restricciones que al efecto determine la legislación
electoral y la de la materia;

Promover la armonía en las relaciones entre el Gobierno Municipal y los distintos
sectores sociales, así como, con las Unidades Administrativas y Entidades
Federales, Estatales y Municipales, que mantengan relaciones con el
Ayuntamiento y con la estructura de la Administración Pública Municipal, a través
de la difusión de información oportuna que sea de interés a las mismas;
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
Establecer los canales de comunicación verticales, horizontales y colaterales
necesarios para eficientar las relaciones públicas internas;

Rendir la información que le sea requerida por la Presidenta Municipal, sobre el
ejercicio de sus atribuciones;

Elaborar y someter a la aprobación de la Presidenta Municipal el manual de
organización y de funcionamiento de su Unidad, y emitir las medidas necesarias
para el desarrollo de sus actividades, y

Las demás que le señale expresamente la Presidenta Municipal, las leyes,
reglamentos y disposiciones jurídicas aplicables.
CIERRE DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
El Ayuntamiento, como ente de gobierno del municipio, en su evolución, debe día con día
transformar su actuar, buscando en todo momento la eficiencia, eficacia y calidad en la
prestación de los servicios públicos a los que se encuentra obligado a otorgar, por lo
tanto, una de esas exigencias consiste en lograr la debida organización estructural que
permita atender de manera pronta, justa y ordenada dicha necesidad de servicios.
Es por ello, que la administración municipal de nuestro Salina cruz, Tehuantepec, Oaxaca
en la búsqueda de lograr un equilibrio en el desempeño de las funciones de cada Unidad
administrativa que compone el ayuntamiento, se ha propuesto a través de este manual de
organización, darle la forma y contenido a las acciones que deberá realizar, armonizando
así su estructura con las necesidades de la sociedad.
En el presente documento se plasmó una descripción de los valores con los cuales todo
servidor público del Ayuntamiento debe conducirse en su loable tarea de servir a la
ciudadanía, así como el marco jurídico que deberán acatar de conformidad a la propia
Constitución Federal. Encontraremos además la estructura actual con la que cuenta el
Ayuntamiento, para posteriormente generar la propuesta de la nueva estructura
organizacional y operativa que permita atender, según necesidades supervenientes, con
mayor rapidez y funcionalidad, las demandas ciudadanas.
Es pues, este manual una oportunidad de desarrollo para el justo equilibrio del poder
público con la demandas ciudadanas, y además el paulatino ingreso a un ayuntamiento
debidamente ordenado y ajustado a la realidad social que vive la gente de Salina Cruz.
Finalmente, es importante señalar que, a fin de mantener permanentemente actualizado
este Manual, se deberán realizar revisiones periódicas por parte del personal responsable
de las áreas a las que sirve, para que, en caso de que la estructura orgánica básica se
modifique, la normatividad aplicable en materia o el Reglamento Interno de la
Administración Pública Municipal de Salina Cruz, sufra cambios que repercutan
directamente con las atribuciones conferidas a sus áreas funcionales o en la estructura
orgánica, se efectúen las modificaciones a que haya lugar.
Elaborado en el mes de Mayo de 2014.
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