BOPV nº 227, de 24 de septiembre de 2013

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BOPV nº 227, de 24 de septiembre de 2013
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Boletín Oficial de la Provincia de Valencia
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Edita: DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE VALÈNCIA
Dimarts, 24 de SETEMBRE de 2013. N.º 227
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Província són responsabilitat exclusiva dels òrgans remitents.
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Martes, 24 de SEPTIEMBRE de 2013. N.º 227
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Provincia son responsabilidad exclusiva de los órganos remitentes.
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CONSELL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Edicto de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo
sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de
la red de distribución de gas natural en el término municipal de
Villanueva de Castellón. Expediente: CBREDE/2012/16/46.
Edicto de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y
Empleo sobre autorización administrativa y aprobación de la
ejecución de la red de gas natural en los términos municipales
de Olocau y Serra. Expte.: CBREDE/2012/3/46.
Edicto de la Dirección Territorial de Sanidad de Valencia sobre
el expediente sancionador Tab/104/13/2.
Edicto del Servicio Territorial de Comercio y Consumo sobre
expediente SANCON/2013/307/46.
Edicto del Servicio Territorial de Comercio y Consumo sobre
expediente COMSAN/2013/15/46.
DIPUTACIÓN
11 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
sobre hoja de aprecio de la finca nº de orden 21 (pol. 61 parc.
40) del expediente expropiatorio AZ-287 (termino municipal:
Cullera).
12 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
sobre exposición al público de la aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria número 1/07/054/2013
por suplementos de crédito.
13 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
sobre exposición al público de la aprobación inicial del expediente de la modificación presupuestaria número 0/08/056/2013
por créditos extraordinarios.
14 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
sobre acuerdo de Pleno de 17 de septiembre de 2013, relativo
a la corrección del expediente de modificación presupuestaria
número 1/02/034/2013 por suplementos de crédito.
DELEGACIÓN DE HACIENDA
16 Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
sobre venta de un inmueble sito en Utiel.
17 Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
(Unidad de Patrimonio del Estado), en relación con el expediente
de venta de un inmueble, de naturaleza rústica, patrimonial de la
Administración General del Estado, en el municipio de Utiel.
18 Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
(Unidad de Patrimonio del Estado), en relación con el expediente
de venta de un inmueble, de naturaleza rústica, patrimonial de la
Administración General del Estado, en el municipio de Utiel.
19 Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
(Unidad de Patrimonio del Estado), en relación con el expediente
de venta de un inmueble, de naturaleza rústica, patrimonial
de la Administración General del Estado, en el municipio de
Requena.
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
21 Anuncio de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre remisión de resolución reclamando el importe de las
prestaciones por desempleo indebidamente percibidas como
consecuencia de actas de infracción de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92.
(FG/INSPEC/F3)2013-019.
22 Edicto de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
de Valencia sobre actas de infracción.
23 Edicto de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
de Valencia sobre actas de liquidación.
24 Anuncio de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre remisión de resolución reclamando el importe de las
prestaciones por desempleo indebidamente percibidas como
consecuencia de actas de infracción de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92
(FG/INSPEC/F3)2013_020.
25 Edicto de la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia sobre
notificaciones relativas al acuerdo de sobreseimiento y archivo
de los expedientes para declarar la pérdida de vigencia de la
autorización administrativa para conducir.
MUNICIPIOS
27 Anuncio del Ayuntamiento de Mislata sobre formalización del
contrato de gestión del centro ocupacional.
28 Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del proceso selectivo
para la cobertura en propiedad de seis plazas de empleados de
limpieza, mediante concurso-oposición, para la consolidación
de empleo temporal.
29 Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del proceso selectivo
para la cobertura en propiedad de una plaza de operario de obras
y servicios múltiples, mediante concurso-oposición, para la
consolidación de empleo temporal.
30 Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del proceso selectivo
para la cobertura en propiedad de de una plaza de administrativo,
mediante concurso-oposición para la consolidación de empleo
temporal.
31 Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del proceso selectivo
para la cobertura en propiedad de una plaza de peón de jardinería,
mediante concurso.oposición para la consolidación de empleo
temporal.
32 Edicto del Ayuntamiento de Mislata sobre delegación temporal
de atribuciones de la Alcaldía.
33 Edicto del Ayuntamiento de Almàssera sobre aprobación definitiva de la modificación de crédito nº 7/13, suplemento de crédito
financiado con bajas por anulación.
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BUTLLETÍ OFICIAL
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34 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo a
los expedientes sancionadores 01306/2013/3501, 3618, 3520,
3593, 3640, 3556, 3625, 3557, Sección Cuarta.
35 Edicto del Ayuntamiento de Alzira sobre bajas de oficio de
las inscripciones padronales de los extranjeros comunitarios
(NO_ENCSARP), que ya no residen en el domicilio donde están
inscritos.
38 Edicto del Ayuntamiento de Albal sobre aprobación definitiva
de la ordenanza reguladora de la tasa por estancia y asistencia
en residencia de la tercera edad.
39 Anunci de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre baixa d’ofici del
Padró Municipal d’Habitants corresponent al 1er semestre de
2011.
41 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre
información pública a la Comunidad de Propietarios de la calle
Martín el Humano, nº 3, de la instalación de una actividad de
consultorio veterinario en el nº 5 de dicha calle.
42 Anuncio del Ayuntamiento de Vilamarxant sobre notificación de
expediente de baja de oficio nº 41/13, por no haber podido ser
notificado personalmente.
43 Edicte de l’Ajuntament de Bellreguard sobre aprovació padrons
fiscals 3r període 2013.
44 Anuncio del Ayuntamiento de Llíria sobre notificación de la
aprobación definitiva del expediente de retasación de cargas de
la UE-33-B-Vergel de San Miguel.
45 Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre lista definitiva,
tribunal y fechas examen, para la selección interina de conserje
de instalaciones y dependencias municipales.
47 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Sagunto sobre
notificación colectiva de las liquidaciones anuales del precio
público de los huertos urbanos del ejercicio 2013.
48 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notificación a desconocidos del acuerdo plenario de 31/07/13, relativo al sometimiento
de información pública de la MP nº 68 del PGOU, Estudio de
Integración Paisajístca y Plan de Participación Pública.
49 Edicto del Ayuntamiento de Buñol sobre delegación de autorización para celebración de matrimonio civil, el día 28/09/2013,
en Rafael Pérez Gil.
50 Edicte de l’Ajuntament d’Otos sobre aprovació de bases específiques per a la selecció de personal funcionari interí per al
programa de l’escola infantil d’Otos (curs escolar 2013-2014).
51 Edicto del Ayuntamiento de Guadassuar sobre baja definitiva
en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas que en el
mismo se indican.
52 Anuncio del Ayuntamiento de Quartell sobre delegación de
funciones de Alcaldía.
53 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo
a notificaciones providencias de varios emplazamientos.
54 Anuncio del Ayuntamiento de Puçol sobre imposibilidad de
notificar a Mª Teresa y Mª Esperanza Serna Montero.
55 Edicto del Ayuntamiento de Burjassot sobre notificación de inicio
de procedimientos sancionadores por infracciones de tráfico.
59 Edicto del Ayuntamiento de Ontinyent sobre notificación que no
se ha podido realizar en el expediente de orden de ejecución en
C. del Tirador, 2 y 4, de Ontinyent.
60 Edicto del Ayuntamiento de Burjassot sobre notificación de
sanciones y, en su caso, resolución a los escritos de alegaciones
por infracciones de tráfico.
61 Edicte de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre notificació que no
s’ha pogut realitzar en l’expedient 962-2013.
62 Anuncio del Ayuntamiento de Jalance sobre notificación de
resolución nº 83 a Mariola Anna Tasminska.
63 Edicte de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre notificació que no
s’ha pogut realitzar en l’expedient sancionador 11-2011.
65 Edicte de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre notificació que no
s’ha pogut realitzar en l’expedient 1300-2013.
66 Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de
denuncia/requerimiento de identificación o ratificación del conductor responsable, por infracciones de tráfico, a los denunciados
que se citan.
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67 Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de
requerimiento de identificación de conductor responsable por
infracciones de tráfico, a los denunciados que se citan.
68 Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de
denuncia, por infracciones de tráfico, a los denunciados que se
citan.
69 Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de
sanciones por infracciones de tráfico a los sancionados que se
citan.
70 Edicte de l’Ajuntament d’Oliva sobre aprovació definitiva de
la modificació de l’ordenança fiscal reguladora de la taxa per la
prestació dels serveis públics de pavellons coberts, poliesportiu
i instal·lacions análogues.
73 Edicte de l’Ajuntament d’Oliva sobre exposició al públic de
l’aprovació inicial de l’expedient de modificació de crèdits
E/01/2013.
74 Edicte de l’Ajuntament d’Oliva sobre exposició al públic de
l’aprovació inicial de l’expedient de modificació de crèdits
S/02/2013.
MANCOMUNIDADES MUNICIPALES
76 Edicte de la Mancomunitat de la Ribera Alta sobre adhesió de
l’Ajuntament de Montroi al servei de tramitació, gestió, resolució i recaptació de procediments sancionadors en matèria de
trànsit.
JUSTICIA
78 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número dos de Valencia sobre autos número 779/2013 para Jorge Torreira, S.L.
79 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número diez de
Valencia sobre autos número 513/2012 para Amada Cadena
Gaspar y otros.
80 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de
Valencia sobre autos despidos número 713/2012 para Ingeniería
de Planificación y Procesos, S.A.
81 Edicto del Juzgado de lo Social número diecisiete de Valencia
sobre autos número 309/2012 contra Rafael Mampel Mateu y
otro.
82 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número seis de
Alicante sobre autos número 616/2013 para Electróniva Vedat
y otro.
83 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de
Valencia sobre autos número 740/2012 para Unión Protección
y Vigilancia, S.L.
84 Edicto del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre
autos número 368/2013 contra Santiago Vaya Gómez, y otros.
85 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de
Valencia sobre autos número 884/2013 para Asociación Minusválidos de Sagunto, S.L.
86 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 1.236/13-TE contra Transjoma, S.A., y otras.
87 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de
Valencia sobre autos número 904/2013 para Promova Markenting, S.L.
88 Edicto del Juzgado de lo Social número siete de Valencia sobre
expediente número 1.139/2011 contra Gefrival, S.L., y otro.
89 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de
Valencia sobre autos número 874/2012 para Saceca, S.L.
90 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.477/13-MN contra Gestión Integral del
Indico, S.L.
91 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 2.502/2013-MN contra Trans Guijarro Romero,
S.L.
92 Cédula de citación del Juzgado de lo Social número siete de
Valencia sobre autos número 369/2013 para Sequor Seguridad,
S.A.
93 Edicto del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre
autos número 531/2.012/I contra Halcón Empresa de Seguridad
y Vigilancia, S.L.
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94 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.503/13-MN contra Konkartel 10, S.L.
95 Edicto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
cinco de Sueca sobre juicio de faltas número 61/2013 contra
Romeo Gigel Vasile.
96 Edicto del Juzgado de lo Social número cuatro de Valencia sobre
autos número 183/2012 contra Lems, S.A., y otro.
97 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.503/13-MN contra Konkartel 10, S.L.
98 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.765/2013-MN contra M&c Pavimentos y
Solados, S.L.
99 Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número cinco
de Valencia sobre juicio de faltas número 600/2013 para Nicola
Osterholzer.
100 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.766/13-MN contra Diseño Cableados Estructurados, S.L.
101 Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número trece
de Valencia sobre juicio de faltas número 312/13 para Dumitru
Cristea.
102Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.769/2013-MN contra Esabe Vigilancia,
S. A.
103 Edicto del Juzgado de lo Social número diez de Valencia sobre
autos número 1.421/2012 contra Dertel Instalaciones Técnicas
Innovadoras, S.A.
104 Edicto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
cinco de Sueca sobre juicio de faltas número 92/2013 contra
Jorge Agrello Dornelles.
105 Edicto del Juzgado de lo Social número diez de Valencia sobre
autos número 1.512/2012 contra Sonur Seguridad, S.L., y otros.
106 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 2.903/13-AN contra Urumar Levante, S.L., y
otros.
107 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre
ejecución número 154/2013-AN contra Manduca Almirante,
S.L., y otra.
108 Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia sobre ejecución número 1.262/2013-AN contra Rosa Torres Prats, S.L.
110 Edicto del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre
autos número 1.500/2.011/A contra Unisersa, S.A., y otros.
ANUNCIOS PARTICULARES
112 Edicte de la Comunitat de Regants de Sueca sobre convocatòria
a la junta general ordinària per al dia 27 d’octubre de 2013.
113 Edicto de la Comunidad de Regantes San Juan (en constitución)
sobre aprobación de estatutos y reglamentos de la comunidad.
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Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo
Servicio Territorial de Energía de Valencia
Edicto de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo
y Empleo sobre autorización administrativa y aprobación
del proyecto de la red de distribución de gas natural en
el término municipal de Villanueva de Castellón. Expediente: CBREDE/2012/16/46.
EDICTO
Presentada solicitud de autorización administrativa y aprobación del
proyecto de ejecución relativa a la instalación de gas natural abajo
indicada.
Efectuados los trámites establecidos en el Título IV, Capítulo II del
Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, BOE de 31.12.2002,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de gas natural.
Este Servicio Territorial, en el ámbito de las competencias que tiene
atribuidas, resuelve:
PRIMERO.- Otorgar al peticionario autorización administrativa de
la instalación de gas natural que se indica:
Expediente: CBREDE/2012/16/46
Peticionario: GAS NATURAL CEGAS, S.A.
Emplazamiento/zona geográfica: Término municipal de Villanueva
de Castellón.
Proyecto: Autorización administrativa y aprobación de ejecución de
la red de distribución de gas natural en el término municipal de Villanueva de Castellón.
Punto/s de conexión: Según plano nº 5796 – PT 1.1 Rev. 01.
Presión/es 0’4 bar.
Presupuesto: 540.517’06 €
La presente autorización administrativa se otorga al amparo de lo
dispuesto en los articulos 3.3 apartado d) y 73.2 de la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, BOE de 08.10.1998, del sector de hidrocarburos, en
su redacción dada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, BOE de
03.07.2007, de modificación del anterior, y quedará sometida a las
condiciones siguientes:
I.- El titular de la misma constituirá en el plazo de un mes, a partir
de la fecha de la notificación de la presente Resolución una garantía
por valor de 10.810’34 Euros, importe del dos por ciento del presupuesto de la instalación que figura en el expediente de solicitud, a
presentar en el Servicio Territorial de Energía de Valencia, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo establecido en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, en su redacción dada por
el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, BOE de 14.03.2005,
de reformas urgentes para el impulso de la productividad y para la
mejora de la contratación pública
Dicha fianza se constituirá en la Tesorería del Servicio Territorial de
Valencia de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública,
de conformidad con la Orden de 14 de febrero de 1986 y Orden de
16 de diciembre de 1996 de la Conselleria de Economía y Hacienda,
por la que se regula el procedimiento de constitución y devolución
de fianzas. La fianza será devuelta al titular de la presente autorización una vez que el Servicio Territorial de Energía de Valencia formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones a que se refiere la presente resolución.
II.- El titular, cumplirá con las obligaciones que estrictamente se
señalan en el artículo 74 “Obligaciones de los distribuidores de gas
natural” de la Ley 34/1998, en su redacción dada por la Ley 12/2007,
así como en las que se señalan en el artículo 10 del Real Decreto
1434/2002. En especial, vendrá obligada a proceder a la ampliación
de las instalaciones de distribución, en el ámbito geográfico de su
autorización, cuando sea necesario atender nuevas demandas de
suministro de gas, sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación del
régimen reglamentariamente establecido para las acometidas.
III.- El titular de la presente autorización disfrutará, como distribuidor, de los derechos que señala el artículo 75 de la Ley 34/1998, en
su redacción dada por la Ley 12/2007, así como los que se señalan
en el articulo 10 del Real Decreto 1434/2002.
IV.- La presente autorización se entiende sin perjuicio e independientemente de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones de
competencia municipal, provincial, autonómica, estatal o de éste u
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otros organismos y entidades que sean necesarias para la realización
de las instalaciones, de acuerdo con la correspondiente legislación
sectorial o con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y del medio ambiente, todo ello según lo dispuesto en el artículo 73.4 de la Ley
34/1998, en su redacción dada por el Real Decreto Ley 5/2005.
V.- La presente autorización en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso, tal y como indica el artículo 73 de la Ley
34/1998, en su redacción dada por el Artículo vigésimo octavo del
Real Decreto Ley 5/2005.
VI.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y
dejando a salvo los derechos particulares.
VII.- La determinación de las tarifas y del régimen económico que
sean de aplicación para el suministro de gas natural se regirá por las
disposiciones vigentes en cada momento.
SEGUNDO.- Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación; en
la ejecución del proyecto se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El peticionario deberá tener en cuenta las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes, así como los condicionados impuestos por los organismos afectados.
3. Las instalaciones deberán estar terminadas dentro del plazo de seis
meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta
resolución.
4. El titular dará cuenta de la terminación de las obras mediante la
presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, en los
términos establecidos en el artículo 85 del Real Decreto 1434/2002,
y en el artículo 9 de la Orden de 18 de noviembre de 1974, BOE de
06.12.1975, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos.
Podrá ser causa de revocación de la presente resolución el incumplimiento de las condiciones expresadas en la misma, la variación
sustancial de las características descritas en la documentación presentada y que ha determinado su otorgamiento u otra causa excepcional que lo justifique.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe
recurso de alzada ante la Dirección General de Energía, en el plazo
de UN MES, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga
lugar la notificación de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
BOE de 26.11.1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción
dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, BOE de 14.01.1999, de
modificación de la anterior.
Valencia, a 4 de septiembre de 2013.—El jefe del Servicio Territorial
de Energía, Enrique Climent Sirvent.
2013/23860
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Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo
Servicio Territorial de Energía de Valencia
Edicto de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y
Empleo sobre autorización administrativa y aprobación de
la ejecución de la red de gas natural en los términos municipales de Olocau y Serra. Expte.: CBREDE/2012/3/46.
EDICTO
Presentada solicitud de autorización administrativa y aprobación del
proyecto de ejecución relativa a la instalación de gas natural abajo
indicada.
Efectuados los trámites establecidos en el Título IV, Capítulo II del
Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, BOE de 31.12.2002,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de gas natural.
Este Servicio Territorial, en el ámbito de las competencias que tiene
atribuidas, resuelve:
PRIMERO.- Otorgar al peticionario autorización administrativa de
la instalación de gas natural que se indica:
Expediente: CBREDE/2012/3/46
Peticionario: GAS NATURAL CEGAS, S.A.
Emplazamiento/zona geográfica: Términos municipales de Olocau
y Serra.
Proyecto: Autorización administrativa y aprobación de ejecución de
la red de gas natural en los términos municipales de Olocau y Serra.
Punto/s de conexión: Según plano 5449 – PF 1.1
Fases expansión (según plano): 5449-PF 1.1
Presión/es 4/0’4 bar.
Presupuesto: 544.916’64 €
La presente autorización administrativa se otorga al amparo de lo
dispuesto en los articulos 3.3 apartado d) y 73.2 de la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, BOE de 08.10.1998, del sector de hidrocarburos, en
su redacción dada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, BOE de
03.07.2007, de modificación del anterior, y quedará sometida a las
condiciones siguientes:
I.- El titular de la misma constituirá en el plazo de un mes, a partir
de la fecha de la notificación de la presente Resolución una garantía
por valor de 10.898’34 Euros, importe del dos por ciento del presupuesto de la instalación que figura en el expediente de solicitud, a
presentar en el Servicio Territorial de Energía de Valencia, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo establecido en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, en su redacción dada por
el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, BOE de 14.03.2005,
de reformas urgentes para el impulso de la productividad y para la
mejora de la contratación pública
Dicha fianza se constituirá en la Tesorería del Servicio Territorial de
Valencia de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública,
de conformidad con la Orden de 14 de febrero de 1986 y Orden de
16 de diciembre de 1996 de la Conselleria de Economía y Hacienda,
por la que se regula el procedimiento de constitución y devolución
de fianzas. La fianza será devuelta al titular de la presente autorización una vez que el Servicio Territorial de Energía de Valencia formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones a que se refiere la presente resolución.
II.- El titular, cumplirá con las obligaciones que estrictamente se
señalan en el artículo 74 “Obligaciones de los distribuidores de gas
natural” de la Ley 34/1998, en su redacción dada por la Ley 12/2007,
así como en las que se señalan en el artículo 10 del Real Decreto
1434/2002. En especial, vendrá obligada a proceder a la ampliación
de las instalaciones de distribución, en el ámbito geográfico de su
autorización, cuando sea necesario atender nuevas demandas de
suministro de gas, sin perjuicio de lo que resulte de la aplicación del
régimen reglamentariamente establecido para las acometidas.
III.- El titular de la presente autorización disfrutará, como distribuidor, de los derechos que señala el artículo 75 de la Ley 34/1998, en
su redacción dada por la Ley 12/2007, así como los que se señalan
en el articulo 10 del Real Decreto 1434/2002.
IV.- La presente autorización se entiende sin perjuicio e independientemente de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones de
competencia municipal, provincial, autonómica, estatal o de éste u
otros organismos y entidades que sean necesarias para la realización
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de las instalaciones, de acuerdo con la correspondiente legislación
sectorial o con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y del medio ambiente, todo ello según lo dispuesto en el artículo 73.4 de la Ley
34/1998, en su redacción dada por el Real Decreto Ley 5/2005.
V.- La presente autorización en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso, tal y como indica el artículo 73 de la Ley
34/1998, en su redacción dada por el Artículo vigésimo octavo del
Real Decreto Ley 5/2005.
VI.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y
dejando a salvo los derechos particulares.
VII.- La determinación de las tarifas y del régimen económico que
sean de aplicación para el suministro de gas natural se regirá por las
disposiciones vigentes en cada momento.
SEGUNDO.- Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación; en
la ejecución del proyecto se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El peticionario deberá tener en cuenta las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes, así como los condicionados impuestos por los organismos afectados.
3. Las instalaciones deberán estar terminadas dentro del plazo de seis
meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta
resolución.
4. El titular dará cuenta de la terminación de las obras mediante la
presentación de la solicitud de acta de puesta en servicio, en los
términos establecidos en el artículo 85 del Real Decreto 1434/2002,
y en el artículo 9 de la Orden de 18 de noviembre de 1974, BOE de
06.12.1975, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos.
Podrá ser causa de revocación de la presente resolución el incumplimiento de las condiciones expresadas en la misma, la variación
sustancial de las características descritas en la documentación presentada y que ha determinado su otorgamiento u otra causa excepcional que lo justifique.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe
recurso de alzada ante la Dirección General de Energía, en el plazo
de UN MES, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga
lugar la notificación de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
BOE de 26.11.1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción
dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, BOE de 14.01.1999, de
modificación de la anterior.
Valencia, a 5 de septiembre de 2013.—El jefe del Servicio Territorial
de Energía, Enrique Climent Sirvent.
2013/24063
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Dirección Territorial de Sanidad de Valencia
Edicto de la Dirección Territorial de Sanidad de Valencia
sobre el expediente sancionador Tab/104/13/2.
edicto
Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la
notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley
30/1992 de 26 de noviembre, BOE 27.11.1992).
Se advierte que de acuerdo con el contenido del artículo 20.6 del
Real Decreto 1398/1993 (BOE 04.08.1993), la publicación de este
edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento.
Expediente: TAB/104/13/2
Interesado: - AYDAN OSMANOV MEHNEZON
Domicilio: Pl. España, 11-2º-5ª
Población: 46650 CANALS
Fase: ACUERDO DE INICIACION
Preceptos infringidos: Art. 7 y art. 19.2.a) de la Ley 28/2005, de 26
de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los
productos del tabaco (BOE núm. 309, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre (BOE núm. 318, de 31
de diciembre).
Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la
Dirección Territorial de Sanidad, Gran Vía Fernando el Católico, 74
de Valencia –Sección Sanciones y Recursos– en el plazo de 5 días
desde el siguiente a la publicación de este edicto, transcurrido el cual
se entenderá notificado a todos los efectos.
Valencia, 13 de agosto de 2013.—Por sustitución, el secretario territorial (artículo 28.3 del Decreto 191/2012, de 21.12.2012, del Consell,
DOCV núm. 6929), Ricardo Chicoy Gamborino.
2013/24613
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Servicio Territorial de Comercio y Consumo
Edicto del Servicio Territorial de Comercio y Consumo
sobre expediente SANCON/2013/307/46.
EDICTO
Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la
notificación que se relaciona, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia , a efectos de lo dispuesto en el artículo
59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92 de
26.11.92).
INTERESADO: MULTISERVICIOS EL PROGRESO, S.L.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: CALLE ORIENTE, 4 -4
VALENCIA- 46006 Valencia
EXPEDIENTE: SANCON/2013/307/46
FASE: Acuerdo de iniciación
Para conocer el contenido íntegro del acto, deberán comparecer en
el Servicio Territorial de Comercio y Consumo, calle Gregorio Gea,
27 -Sección de Sanciones y Recursos-, en el plazo de 10 días hábiles,
desde la publicación de este Edicto.
Notifíquese al interesado, a fin de que pueda personarse en el procedimiento y aducir alegaciones y aportar los documentos que estime
oportunos a su derecho, en el plazo de 10 días hábiles, contados a
partir de la presente notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992
de 26.11.92).
En Valencia, a 13 de septiembre de 2013.—El jefe del Servicio Territorial de Comercio y Consumo, Miguel Angel Romero García.
2013/24695
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Servicio Territorial de Comercio y Consumo
Edicto del Servicio Territorial de Comercio y Consumo
sobre expediente COMSAN/2013/15/46.
EDICTO
Por no haber sido posible practicar la notificación en el domicilio
del interesado que a continuación se menciona, se procede a su publicación en Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común (Ley 30/92 de 26.11.92).
INTERESADO: CLEANMATIC SL
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: PASEO DE LAS GERMANIAS, 37-6º. 46702.-GANDIA
EXPEDIENTE: COMSAN/2013/15/46
TRÁMITE: Notificación del Acuerdo de inicio de expediente sancionador
Para conocer el contenido íntegro del acto, el interesado deberá
comparecer en este Servicio Territorial de Comercio, calle Gregorio
Gea, 27 -Sección de Sanciones y Recursos-, en el plazo de 10 días
hábiles, desde la publicación de este Edicto.
Valencia, a 13 de septiembre de 2013.—El jefe del Servicio Territorial de Comercio y Consumo de Valencia, Miguel Angel Romero
García.
2013/24712
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DIPUTACION
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Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
Area de Carreteras
Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de
Valencia sobre hoja de aprecio de la finca nº de orden 21
(pol. 61 parc. 40) del expediente expropiatorio AZ-287
(termino municipal: Cullera).
ANUNCIO
Intentada la notificación de la hoja de aprecio correspondiente a la
parcela núm. de orden 21 (polígono 61, parcela 40, término municipal de Cullera) del expediente expropiatorio referente al Proyecto:
“Acondicionamiento y refuerzo de firme en el tramo del p.k. 0,000
al p.k. 2,000 en la carretera CV-503, (VV-1042) CV-502 al Faro de
Cullera (AZ-287)”, en el último domicilio conocido y no habiendo
sido posible practicarla por causas ajenas a esta Administración, por
el presente anuncio se notifica a la interesada, Sra. María Grau Bodí,
que el correspondiente expediente se encuentra en el Área de Carreteras Sección de Expropiaciones, calle Hugo de Moncada, 9, 46010
Valencia, a disposición de la misma donde podrá comparecer, en el
plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación
del presente anuncio, para conocer el texto íntegro del acto. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido el titular o su representante, la notificación se entenderá por efectuada a todos los efectos
legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado
para comparecer.
Expediente: (AZ-287) Parcela núm. de orden 21.
Acto: Notificación de la Hoja de Aprecio de Oficio.
Lo que se comunica a los efectos de lo previsto en el artículo 59.5
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación integra de los
actos administrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.
Valencia, 10 de septiembre de 2013.— El oficial mayor, Juan Jiménez Hernandis.—El diputado del Area de Carreteras, Isidro Prieto
Giner.
2013/24891
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Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
Intervención
Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de
Valencia sobre exposición al público de la aprobación
inicial del expediente de modificación presupuestaria
número 1/07/054/2013 por suplementos de crédito.
ANUNCIO
El Pleno de la Diputación de Valencia, en sesión ordinaria celebrada
el día 17 de septiembre de 2013, aprobó inicialmente el expediente
de Modificación Presupuestaria, número 1/07/054/2013 por Suplementos de Crédito, dentro del Presupuesto vigente, que permanecerá expuesto al público en las oficinas de Intervención (Sección
Presupuestaria) de esta Diputación, a efectos de reclamaciones, en
cumplimiento de lo previsto en el art. 177 con relación al art. 169
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días a
partir del siguiente a la fecha de inserción de este Edicto en el “Boletín Oficial de la Provincia”.
b) Oficina de presentación: Registro General de la Corporación.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
Si en el plazo expresado no se presentan reclamaciones, se considerará aprobado, el Expediente de Modificación Presupuestaria anteriormente indicado, con carácter definitivo.
Valencia, a 17 de septiembre de 2013.—El presidente, Alfonso Rus
Terol.
2013/24989
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Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
Intervención
Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de
Valencia sobre exposición al público de la aprobación
inicial del expediente de la modificación presupuestaria
número 0/08/056/2013 por créditos extraordinarios.
ANUNCIO
El Pleno de la Diputación de Valencia, en sesión ordinaria celebrada
el día 17 de septiembre de 2013, aprobó inicialmente el expediente
de Modificación Presupuestaria, número 0/08/056/2013 por Créditos
Extraordinarios, dentro del Presupuesto vigente, que permanecerá
expuesto al público en las oficinas de Intervención (Sección Presupuestaria) de esta Diputación, a efectos de reclamaciones, en cumplimiento de lo previsto en el art. 177 con relación al art. 169 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días a
partir del siguiente a la fecha de inserción de este Edicto en el “Boletín Oficial de la Provincia”.
b) Oficina de presentación: Registro General de la Corporación.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
Si en el plazo expresado no se presentan reclamaciones, se considerará aprobado, el Expediente de Modificación Presupuestaria anteriormente indicado, con carácter definitivo.
Valencia, a 17 de septiembre de 2013.—El presidente, Alfonso Rus
Terol.
2013/24990
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Excelentísima Diputación Provincial de Valencia
Intervención
Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de
Valencia sobre acuerdo de Pleno de 17 de septiembre de
2013, relativo a la corrección del expediente de modificación presupuestaria número 1/02/034/2013 por suplementos de crédito.
ANUNCIO
Visto el expediente de modificación presupuestaria núm. 1/02/034/2013
por suplementos de crédito, aprobado en Pleno en sesión de 21 de
mayo 2013.
Visto que la dotación en la aplicación del Área de Carreteras 501
45301 61902 por importe de 4.000.000,00 de euros, es incorrecta,
pues en realidad debía de ser de 1.000.000,00 de euros, y los restantes 3.000.000,00 de euros debían de ir a otras aplicaciones, también,
del área de carreteras.
Vista la petición del Sr. Diputado delegado del Área de Carreteras,
en el sentido de corregir este error,
Se acuerda:
Primero: Aprobar la corrección del expediente de modificación
presupuestaria núm. 1/02/034/2013, que queda como se indica a
continuación:
Gastos
201 16905 76200 ....................................................... 7.000.000,00
501 45301 61902 ....................................................... 1.000.000.00
Ingresos
101 87000 .................................................................. 8.000.000,00
Segundo: Publicar esta corrección en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero: Dar cuenta a la Intervención General, a los efectos oportunos.
Valencia, a 17 de septiembre de 2013.—El Presidente, Alfonso Rus
Terol.
2013/24991
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DELEGACION DE HACIENDA
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Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
Secretaría General
Patrimonio del Estado
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de
Valencia sobre venta de un inmueble sito en Utiel.
anuncio
De acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y siguientes de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se ha iniciado expediente de adjudicación directa a
que se refiere el artículo 137.4 de dicha Ley, para la enajenación del
inmueble patrimonial del Estado (Administración General del Estado), de naturaleza rústica, inscrito en el Registro de la Propiedad de
REQUENA, al tomo 100, libro 19, folio 76, finca nº 3874/39; sito
en el municipio de UTIEL, polígono 0027, parcela 500-501, paraje
LA LAMPARA, con una superficie de 0,1602. Has. según Catastro
actual; encontrándose actualmente ocupado por un tercero. Mediante este anuncio se hace público que la tasación a precio alzado de
venta como cuerpo cierto de dicho inmueble patrimonial es de 440,55
euros. Esta publicación no tiene la condición de oferta vinculante,
constituyendo únicamente un trámite de los correspondientes al
procedimiento de venta directa que habrá de proseguir con el resto
de trámites legalmente previstos, culminando, en su caso, con la
Orden Ministerial de enajenación.
Quien interese la compra del inmueble patrimonial estatal anteriormente referido, deberá manifestarlo por escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda (Unidad de Patrimonio del Estado,
Expte. Cibi 201204600790), en el plazo de 30 días contados a partir
del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Valencia, prestando expresamente su conformidad
(que deberá ser ratificada en el documento administrativo o, en su
caso, escritura pública en que se formalice la compraventa) con los
siguientes extremos:
A) La tasación anteriormente señalada como precio alzado de venta
de cuerpo cierto.
B) La situación de hecho y de derecho en que se encuentra el inmueble, es decir, situación posesoria, ubicación y configuración físicas
según certificación catastral descriptiva y gráfica correspondiente a
la referencia catastral 46251A027005000000TD/46251A02700501
0000TX, y la actual inscripción en el Registro de la Propiedad al
principio señalado.
C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en
el artículo 136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario
adquirente manifiesta conocer las circunstancias concurrentes en el
caso y en relación con lo que anteriormente se refiere, asumiendo
todos los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de dichas
circunstancias (entre ellos, posibles cargas y gravámenes), manteniendo indemne a la parte vendedora de cualesquiera contingencias,
de cualquier naturaleza, bien sea de naturaleza legal, urbanística o
de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones
anteriores a la fecha del documento administrativo o, en su caso,
escritura pública que se otorgue, y en particular, de cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su
derecho en el Registro de la Propiedad.
Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que
anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja
General de Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de
haber constituido a disposición del Delegado de Economía y Hacienda de Valencia un depósito por importe de 22,03 euros, equivalente
al 5 por ciento del precio de venta. Transcurrido el plazo de 30 días
establecido sin haber manifestado interés en la compra directa del
inmueble patrimonial estatal y en los términos anteriormente señalados, se considerará decaído el derecho que, en su caso, pudiera
atribuirse en el procedimiento.
Valencia, 12 de septiembre de 2013.—El delegado de Economía y
Hacienda, P.S., Gumersindo González Cabanelas.
2013/24738
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Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
Secretaría General
Sección Patrimonio
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de
Valencia (Unidad de Patrimonio del Estado), en relación
con el expediente de venta de un inmueble, de naturaleza
rústica, patrimonial de la Administración General del
Estado, en el municipio de Utiel.
ANUNCIO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y siguientes de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se ha iniciado expediente de adjudicación directa a
que se refiere el artículo 137.4 de dicha Ley, para la enajenación del
inmueble patrimonial del Estado (Administración General del Estado), de naturaleza rústica, inscrito en el Registro de la Propiedad de
REQUENA, al tomo 65, libro 12, folio 160, finca nº 2657/157; sito
en el municipio de UTIEL, polígono 0016, parcela 0253, paraje LA
LABOR, con una superficie de 1,8904. Has. según Catastro actual;
encontrándose actualmente ocupado por un tercero. Mediante este
anuncio se hace público que la tasación a precio alzado de venta
como cuerpo cierto de dicho inmueble patrimonial es de 4.158,88
euros. Esta publicación no tiene la condición de oferta vinculante,
constituyendo únicamente un trámite de los correspondientes al
procedimiento de venta directa que habrá de proseguir con el resto
de trámites legalmente previstos, culminando, en su caso, con la
Orden Ministerial de enajenación.
Quien interese la compra del inmueble patrimonial estatal anteriormente referido, deberá manifestarlo por escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda (Unidad de Patrimonio del Estado,
Expte. Cibi 201204600789), en el plazo de 30 días contados a partir
del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Valencia, prestando expresamente su conformidad
(que deberá ser ratificada en el documento administrativo o, en su
caso, escritura pública en que se formalice la compraventa) con los
siguientes extremos:
A) La tasación anteriormente señalada como precio alzado de venta de cuerpo cierto.
B) La situación de hecho y de derecho en que se encuentra el inmueble, es decir, situación posesoria, ubicación y configuración físicas
según certificación catastral descriptiva y gráfica correspondiente a
la referencia catastral 46251A016002530000TH, y la actual inscripción en el Registro de la Propiedad al principio señalado.
C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en
el artículo 136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario
adquirente manifiesta conocer las circunstancias concurrentes en el
caso y en relación con lo que anteriormente se refiere, asumiendo
todos los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de dichas
circunstancias (entre ellos, posibles cargas y gravámenes), manteniendo indemne a la parte vendedora de cualesquiera contingencias,
de cualquier naturaleza, bien sea de naturaleza legal, urbanística o
de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones
anteriores a la fecha del documento administrativo o, en su caso,
escritura pública que se otorgue, y en particular, de cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su
derecho en el Registro de la Propiedad.
Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que
anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja
General de Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de
haber constituido a disposición del Delegado de Economía y Hacienda de Valencia un depósito por importe de 207,94 euros, equivalente al 5 por ciento del precio de venta. Transcurrido el plazo de 30
días establecido sin haber manifestado interés en la compra directa
del inmueble patrimonial estatal y en los términos anteriormente
señalados, se considerará decaído el derecho que, en su caso, pudiera atribuirse en el procedimiento.
Valencia, 10 de septiembre de 2013.–El delegado de Economía y
Hacienda, P.S., Gumersindo González Cabanelas.
2013/24741
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Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
Secretaría General
Sección Patrimonio
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de
Valencia (Unidad de Patrimonio del Estado), en relación
con el expediente de venta de un inmueble, de naturaleza
rústica, patrimonial de la Administración General del
Estado, en el municipio de Utiel.
ANUNCIO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y siguientes de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se ha iniciado expediente de adjudicación directa a
que se refiere el artículo 137.4 de dicha Ley, para la enajenación del
inmueble patrimonial del Estado (Administración General del Estado), de naturaleza rústica, inscrito en el Registro de la Propiedad de
REQUENA, al tomo 372, libro 85, folio 209, finca nº 12175/4; sito
en el municipio de UTIEL, polígono 0021, parcela 0271, paraje LAS
CASILLAS, con una superficie de 0,4669. Has. según Catastro actual;
encontrándose actualmente ocupado por un tercero. Mediante este
anuncio se hace público que la tasación a precio alzado de venta
como cuerpo cierto de dicho inmueble patrimonial es de 887,11 euros.
Esta publicación no tiene la condición de oferta vinculante, constituyendo únicamente un trámite de los correspondientes al procedimiento de venta directa que habrá de proseguir con el resto de trámites legalmente previstos, culminando, en su caso, con la Orden
Ministerial de enajenación.
Quien interese la compra del inmueble patrimonial estatal anteriormente referido, deberá manifestarlo por escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda (Unidad de Patrimonio del Estado,
Expte. Cibi 201204600666), en el plazo de 30 días contados a partir
del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Valencia, prestando expresamente su conformidad
(que deberá ser ratificada en el documento administrativo o, en su
caso, escritura pública en que se formalice la compraventa) con los
siguientes extremos:
A) La tasación anteriormente señalada como precio alzado de venta de cuerpo cierto.
B) La situación de hecho y de derecho en que se encuentra el inmueble, es decir, situación posesoria, ubicación y configuración físicas
según certificación catastral descriptiva y gráfica correspondiente a
la referencia catastral 46251A021002710000TH, y la actual inscripción en el Registro de la Propiedad al principio señalado.
C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en
el artículo 136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario
adquirente manifiesta conocer las circunstancias concurrentes en el
caso y en relación con lo que anteriormente se refiere, asumiendo
todos los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de dichas
circunstancias (entre ellos, posibles cargas y gravámenes), manteniendo indemne a la parte vendedora de cualesquiera contingencias,
de cualquier naturaleza, bien sea de naturaleza legal, urbanística o
de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones
anteriores a la fecha del documento administrativo o, en su caso,
escritura pública que se otorgue, y en particular, de cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su
derecho en el Registro de la Propiedad.
Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que
anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja
General de Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de
haber constituido a disposición del Delegado de Economía y Hacienda de Valencia un depósito por importe de 44,36 euros, equivalente
al 5 por ciento del precio de venta. Transcurrido el plazo de 30 días
establecido sin haber manifestado interés en la compra directa del
inmueble patrimonial estatal y en los términos anteriormente señalados, se considerará decaído el derecho que, en su caso, pudiera
atribuirse en el procedimiento.
Valencia, 10 de septiembre de 2013.–El delegado de Economía y
Hacienda, P.S., Gumersindo González Cabanelas.
2013/24742
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Delegación de Economía y Hacienda de Valencia
Secretaría General
Sección Patrimonio
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de
Valencia (Unidad de Patrimonio del Estado), en relación
con el expediente de venta de un inmueble, de naturaleza
rústica, patrimonial de la Administración General del
Estado, en el municipio de Requena.
ANUNCIO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y siguientes de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se ha iniciado expediente de adjudicación directa a
que se refiere el artículo 137.4 de dicha Ley, para la enajenación del
inmueble patrimonial del Estado (Administración General del Estado), de naturaleza rústica, inscrito en el Registro de la Propiedad de
REQUENA, al tomo 381, libro 233, folio 166, finca nº 38578/4; sito
en el municipio de REQUENA, polígono 0051, parcela 0632, paraje FUENTE DEL PINO, con una superficie de 0,2100 Has. según
Catastro actual. Mediante este anuncio se hace público que la tasación
a precio alzado de venta como cuerpo cierto de dicho inmueble patrimonial es de 2.205,00 euros. Esta publicación no tiene la condición
de oferta vinculante, constituyendo únicamente un trámite de los
correspondientes al procedimiento de venta directa que habrá de
proseguir con el resto de trámites legalmente previstos, culminando,
en su caso, con la Orden Ministerial de enajenación.
Quien interese la compra del inmueble patrimonial estatal anteriormente referido, deberá manifestarlo por escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda (Unidad de Patrimonio del Estado,
Expte. Cibi 201204600662), en el plazo de 30 días contados a partir
del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Valencia, prestando expresamente su conformidad
(que deberá ser ratificada en el documento administrativo o, en su
caso, escritura pública en que se formalice la compraventa) con los
siguientes extremos:
A) La tasación anteriormente señalada como precio alzado de venta de cuerpo cierto.
B) La situación de hecho y de derecho en que se encuentra el inmueble, es decir, situación posesoria, ubicación y configuración físicas
según certificación catastral descriptiva y gráfica correspondiente a
la referencia catastral 46215A051006320000QS, y la actual inscripción en el Registro de la Propiedad al principio señalado.
C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en
el artículo 136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario
adquirente manifiesta conocer las circunstancias concurrentes en el
caso y en relación con lo que anteriormente se refiere, asumiendo
todos los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de dichas
circunstancias (entre ellos, posibles cargas y gravámenes), manteniendo indemne a la parte vendedora de cualesquiera contingencias,
de cualquier naturaleza, bien sea de naturaleza legal, urbanística o
de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones
anteriores a la fecha del documento administrativo o, en su caso,
escritura pública que se otorgue, y en particular, de cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su
derecho en el Registro de la Propiedad.
Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que
anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja
General de Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de
haber constituido a disposición del Delegado de Economía y Hacienda de Valencia un depósito por importe de 110,25 euros, equivalente al 5 por ciento del precio de venta. Transcurrido el plazo de 30
días establecido sin haber manifestado interés en la compra directa
del inmueble patrimonial estatal y en los términos anteriormente
señalados, se considerará decaído el derecho que, en su caso, pudiera atribuirse en el procedimiento.
Valencia, 12 de septiembre de 2013.–El delegado de Economía y
Hacienda, P.S., Gumersindo González Cabanelas.
2013/24744
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ADMINISTRACION CENTRAL
N.º 227
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Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia
Anuncio de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre remisión de resolución reclamando el importe de las
prestaciones por desempleo indebidamente percibidas como consecuencia de actas de infracción de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92. (FG/INSPEC/F3)2013-019.
ANUNCIO
Por esta Dirección Provincial se dictaron Resoluciones confirmando la sanción de extinción de las prestaciones por desempleo, subsidio por
desempleo o renta activa de inserción a los trabajadores que se relacionan, como consecuencia de Actas de Infracción de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, con la obligación de devolver las cantidades indebidamente percibidas de acuerdo con el Art. 47.1 y 3 del Real
Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social (B.O.E. de 8-8-00 ), por haber cometido infracción muy grave.
Que siendo las Resoluciones FIRMES en vía administrativa, se comunica mediante resolución al efecto dicha circunstancia a los trabajadores
para que si están de acuerdo, puedan proceder a la devolución del importe y período de percepción indebido que se relaciona, a través de la
cuenta corriente del Servicio Público de Empleo Estatal, en el Banco Santander Central Hispano, nº de cuenta 0049 5103 71 2516550943,
debiendo devolver a su Oficina de Prestaciones la copia correspondiente acreditativa de haber efectuado el ingreso.
Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Si no está de acuerdo con esta Resolución en cuanto al importe y período de prestación indebidamente percibidos, deberá formular por escrito ante el Director Provincial del SPEE las alegaciones que estime oportunas en el plazo de 10 días, a partir de la recepción de la presente
notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 33.1 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril (BOE nº 109, de 7 de mayo).
El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el Art. 20.3 del citado Reglamento General, dispone de un plazo de seis meses, desde
la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución definitiva pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el Art. 44.2
de la mencionada Ley 30/1992, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que
el SPEE pueda instar el inicio del un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 10 días en la Dirección
Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
TRABAJADOR
DNI / NIE
Nº ACTA
IMPORTE
SOUAD AIM
X7233988M
I462013000084300
7557,83
Valencia, a 16 de septiembre de 2013.—La Directora Provincial, Mª Eugenia Vives Arlandis.
PERIODO
10/01/2012
30/04/2013
2013/24758
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24-IX-2013
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Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia
Edicto de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia sobre actas de infracción.
EDICTO
Por el presente EDICTO se notifica a las empresas relacionadas en hojas anexas, a las que la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad
Social, les practicó Actas de Infracción, las cuales no se pudieron notificar por haber desaparecido, trasladado a otro domicilio u otras causas
análogas, a tenor del artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
de 26 de noviembre de 1992.
Se advierte a las empresas que en el termino de QUINCE días hábiles desde el siguiente a la notificación de este EDICTO podrán formular
alegaciones acompañadas de la prueba que juzguen conveniente, de acuerdo con el Art. 52.1.b.,del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto (BOE del 8), y Art. 17.1 del Reglamento General aprobado por Real Decreto 928/98 de 14 de mayo, ante la autoridad competente para resolver el expediente. En el supuesto de no
formalizarse escrito de alegaciones, la tramitación del procedimiento continuara hasta su resolución definitiva.
Valencia, 12 de septiembre de 2013.—LA SECRETARIA GENERAL DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, Concepción Sánchez Palomo.
ACTA
TITULAR DIRECCIÓN
LOCALIDAD
I462013000192717
I462013000183825
I462013000191505
I462013000184532
I462013000185037
I462013000188572
I462013000180993
I462013000190087
I462013000118955
I462013000139466
I462013000150782
I462013000157452
I462013000160280
I462013000160482
I462013000160179
I462013000181805
I462013000183623
I462013000184835
I462013000190996
I462013000193121
I462013000194636
I462013000195242
I462013000196252
I462013000196454
I462013000198474
I462013000202518
I462013000173519
I462013000199686
I462013000194535
I462013000201811
I462013000169576
I462013000188471
I462013000205245
I462013000202215
I462013000167253
I462013000202316
I462013000203326
I462013000207467
I462013000178266
I462013000204033
I462013000190390
I462013000193424
I462013000203124
I462013000165738
I462013000154321
I462013000188269
LABHIOUI, AHMED
OUELD TOUHAMI, YAMINA
MOHAMED, ABDIADI
BENAISSA, HOCINE
MOUJIB, SALAH
LAMARI, HAMID
HADJ SAID, MERSAD
JADIAN, SAID
VALENCIA OSORIO, CLAUDIA PATRICIA
PATRAS, CAMELIA TEODORA
CORDONEZ ACURIO, MARY ROSA
BUENO VILLENA, PABLO
LA PERDICIÓN, S.L.
LA PERDICIÓN, S.L.
INICIATIVAS NESI, S.L.
MAHDI, ABDELLI
EL YOUNOUSSI, AHMED
TOUBAL, ABDESLEM
AUTOESCUELA NEGRO Y ORO, S.L.
VIMARAL INGENIERIA, S.L.
FERNANDEZ DIAZ, JOSE MANUEL
ESTRUC.I CIMENT.MEDITERRANEO, S.L.
SERVI LASSTRUQ, S.L.
SERVI LASSTRUQ, S.L.
VIVIENDAS Y ESTRUCTURAS DIESA, S.L.
HOSTELERIA MIRANDO Y MARCO, S.L.
SERV.GLOBALES A LA TERCERA EDAD, S.L
TERF TRANSPORTE DIRECTO, S.L.
SOLA ROIG, SALVADOR
NINOS GESTIO EDUCATIVA COOP.VCNA
MAEXMO CONTRATAS, S.L.
MACHTALAY, SAID
BIEL’S CITRUS, S.L.
RIO TINTO CITRICOS, S.L.
HUERTAS ROJO, ANTONIO MARIA
AITAVAL OBRAS Y SERVICIOS, S.L.
CONSTRUCCIONES TORRENTINAS CASOL, S.L.
MARTINEZ NAVARRO, ANTONIO RAFAEL
AUTOINTER ONTENIENTE, S.A.
CRISTALERÍA MARTINEZ, S.L.
ANTONIU, IOAN
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS BONVAL, S.L.
CONSTR.VILLAR ALEIXANDRE, S.L.
ROURE INNOVA, S.L.
ZHOU, HAILIU
HOURANE, BRAHIM
C/SAN MARCOS,27-3-8
C/BLASCO VICHARES, 8-4º-7
C/GRANADA, 6-2º-D
C/SAN ROQUE, 15
C/GUADALAJARA, 4-BJ
C/JAVIER CARIJO SATRUSTEGUI, 5-2-B
C/CONSOLACION, 24-3-IZQ.
C/JUAN MONTOLIU, 4-3º-16
AV.CAMPANAR, 1-6-11B
C/FELIPE SALVADOR, 19-4-14
AV.PERIS Y VALERO, 40-BJ
C/PICO CAROCHE, 24-4
C/CADIZ, 70-BJ-IZQ
C/CADIZ, 70-BJ-IZQ
C/DR.ALVARO LOPEZ, 21-5-20
PL.MERCADO NUEVO, 2-2
C/POETA MAS Y ROS, 43-3
C/ESTRELLA, 8-3-5
CTRA.MALILLA, 50-BJ
C/SAN VICENTE MARTIR, 146-A-3
C/SANTOS JUSTO Y PASTOR, 4
AV.PERIS Y VALERO, 70-2º-8
C/LEBON, 7 BJ
C/LEBON, 7 BJ
C/GUILLEN DE CASTRO, 83-1º-IZQ
C/ALBORAYA, 47
C/MUR, 1-1-B
C/RECO, 4
AV.SANTA BARBARA, 27
C/EN JAUME I, 2-BJ
C/DEL SOL, 18-B
C/COLON, 24-3-6
C/COLLADO, POL.IND.LA PAHILLA, 238
C/OLIVA, 1
C/ARCANGEL SANT MIGUEL, 17-3-9
C/XATIVA, 43
C/JORGE JUAN, 25-BJ
MOSEN FRCO.CABO, 10-5
AV.DE L’ALMAIG, 60
C/CIUDAD DE ELDA, PI.FTE JARRO, 25
C/POETA LLORENTE, 148-2º-8
C/PUZOL, 5
C/CIUDADELA, 8
RONDA JOAN FUSTER, 26-2-3
AV.PAIS VALENCIANO, 40-5
C/SANT DOMENECH, 16-4-7
BURRIANA
CASTELLON DE LA PLANA
LORCA
NULES
SAN CLEMENTE
TUDELA
TORRELAVEGA
XILXES
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
VALENCIA
ALZIRA
BENIPARRELL
CATADAU
CATARROJA
CHIVA
CHIVA
CHIVA
DAIMUS
GANDIA
MANISES
MONCADA
NAQUERA
ONTINYENT
PATERNA
POBLA DE VALLBONA
SAGUNTO
SAGUNTO
SUECA
TORRENT
VILLANUEVA DE CASTELLON
2013/24789
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Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia
Edicto de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Valencia sobre actas de liquidación.
EDICTO
Por el presente EDICTO se notifica a las empresas relacionadas en hojas anexas, a las que la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad
Social, les practicó Actas de Liquidación o Infracción, las cuales no se pudieron notificar por haber desaparecido, trasladado a otro domicilio
u otras causas análogas, a tenor del artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
Se advierte a las empresas que en el término de QUINCE días hábiles, a partir de la publicación de este Edicto, podrán interponer escrito de
alegaciones ante el Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de trabajo y Seguridad Social.
Valencia, 2 de septiembre de 2013.—LA SECRETARIA GENERAL DE LA INSPECCION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, Concepción Sánchez Palomo.
LISTADO ACTAS DE LIQUIDACIÓN
ACTA
EMPRESA
DOMICILIO
LOCALIDAD
82013009702726
82013009702827
82013009702928
462013008032640
462013008031529
462013008046380
462013008025162
462013008049818
I462013000195949
462013008037488
462013008029509-T
462013008045976
462013008040926
I462013000154624
GRUP QUALITY LIFE 2011, S.L.
GRUP QUALITY LIFE 2011, S.L.
GRUP QUALITY LIFE 2011, S.L.
ROJAS MENDEZ, YEZID
ALVAREZ VASALLO, ISABEL
TRANSPORTES CERLE, S.L.
ANDRES VIÑALS, ASUNCIÓN
R.A. MAQUINARIA, S.L.
R.A. MAQUINARIA, S.L.
SACECA, S.L.
BRASERO CARDENAL, YAIZA
MICO SANCHO, S.L.
GALLEGO VILAR CONSTRUCCION, S.L.
GALLEGO VILAR CONSTRUCCION, S.L.
C/MARQUES DE SENTMENAT, 63-LC.1
C/MARQUES DE SENTMENAT, 63-LC.1
C/MARQUES DE SENTMENAT, 63-LC.1
G.VIA TARREGA MONTEBLANCO, 15-4-4
C/INSTITUTO OBRERO DE VALENCIA, 15-2º-3
C/RONDA DE ALZIRA, 58-5-106
PZ.GEMANIES, 8-1º-2
C/1 ESQ.C/3 POL.IND.
C/1 ESQ.C/3 POL.IND.
C/KEPLER, 13 NAVE 1-4 P.I.SEPES
C/CIUDAD DE PAMPLONA, 3-6-A
ZZ.CAMINO RIOLA, 19 MATADERO MUNICIP.
P.I. VIRGEN DE LA SALUD, P.60
P.I. VIRGEN DE LA SALUD, P.60
BARCELONA
BARCELONA
BARCELONA
CASTELLON DE LA PLANA
VALENCIA
ALGEMESÍ
ALZIRA
PICASSENT
PICASSENT
SAGUNTO (PUERTO)
SUECA
SUECA
XIRIVELLA
XIRIVELLA
2013/24790
24
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Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia
Anuncio de la Dirección Provincial del SPEE/INEM en Valencia sobre remisión de resolución reclamando el importe de las prestaciones por desempleo indebidamente percibidas como consecuencia de actas de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 (FG/INSPEC/F3)2013_020.
ANUNCIO
Por esta Dirección Provincial se dictaron Resoluciones confirmando la sanción de extinción de las prestaciones por desempleo, subsidio por
desempleo o renta activa de inserción a los trabajadores que se relacionan, como consecuencia de Actas de Infracción de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, con la obligación de devolver las cantidades indebidamente percibidas de acuerdo con el Art. 47.1 y 3 del Real
Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social (B.O.E. de 8-8-00 ), por haber cometido infracción muy grave.
Que siendo las Resoluciones FIRMES en vía administrativa, se comunica mediante resolución al efecto dicha circunstancia a los trabajadores
para que si están de acuerdo, puedan proceder a la devolución del importe y período de percepción indebido que se relaciona, a través de la
cuenta corriente del Servicio Público de Empleo Estatal, en el Banco Santander Central Hispano, nº de cuenta 0049 5103 71 2516550943,
debiendo devolver a su Oficina de Prestaciones la copia correspondiente acreditativa de haber efectuado el ingreso.
Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Si no está de acuerdo con esta Resolución en cuanto al importe y período de prestación indebidamente percibidos, deberá formular por escrito ante el Director Provincial del SPEE las alegaciones que estime oportunas en el plazo de 10 días, a partir de la recepción de la presente
notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 33.1 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril (BOE nº 109, de 7 de mayo).
El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el Art. 20.3 del citado Reglamento General, dispone de un plazo de seis meses, desde
la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución definitiva pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el Art. 44.2
de la mencionada Ley 30/1992, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que
el SPEE pueda instar el inicio del un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 10 días en la Dirección
Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
DNI / NIE
Nº ACTA
IMPORTE
FERNANDEZ REVERT, SERGIO
TRABAJADOR
24393428L
I462013000047015
10171,80
AHABBAD MOHAMED
X7059890V
I462013000082882
2556
05/06/2010
04/12/2010
RAQUEL VIZCAINO ANTON
25403048P
I462013000042870
2428,20
10/09/2012
28/02/2013
Valencia, a 16 de septiembre de 2013.—La directora provincial, Mª Eugenia Vives Arlandis.
PERIODO
17/05/2010
26/02/2013
2013/24830
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N.º 227
24-IX-2013
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BOLETIN OFICIAL
25
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia
Edicto de la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia sobre notificaciones relativas al acuerdo de sobreseimiento y archivo de los
expedientes para declarar la pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación del Acuerdo por
el que se sobresee y archiva el procedimiento para declarar la pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción en los expedientes
que se indican, incoados por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentando
la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Contra estas resoluciones podrá interponerse RECURSO DE ALZADA dentro del plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de
la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial ó Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico.
Valencia, 16 de septiembre de 2013.—La jefa provincial de Tráfico, Mª Dolores Pérez Vilaplana.
Expediente
Conductor
DNI/NIF
Localidadt
Fecha
4629084277
JOSE LUIS VAZQUEZ FENOLLOSA
22663861
ALBALAT DELS SORELLS
22/05/2013
4628986588
GUILLERMO RODRIGUEZ CANDEL
20849845
ALZIRA
10/09/2013
4629222200
RAUL PALOMARES PERIS
20016993
FAVARA
15/07/2013
4628771255
ADRYAN STOICAN
LA ALMUNIA DE Dª GODINA
03/07/2013
4629086544
FRANCISCO JAVIER VIDAL MARTI
MANISES
02/09/2013
4629144433
MIREL MARCU
MONCADA
23/05/2013
X4744858G
26752584
X3336347J
4629154411
JOAQUIN MARTIN MARTINEZ
48407750
PATERNA
23/05/2013
4623799588
DAVID BLANCO DELGADO
48595087
PATERNA
14/06/2013
4629066411
JOSE JULIO GARCIA RAMIREZ
04592970
PICANYA
11/09/2013
4629131800
LIONEL GARCIA CERREDUELA
73596455
REQUENA
26/07/2013
4626059200
IGNACIO VALLE PECHUAN
25412750
VALENCIA
24/06/2013
4627841399
VALERIN PETROV MARINOV
X6719120S
VALENCIA
24/06/2013
2013/24835
26
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
MUNICIPIOS
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Mislata
Anuncio del Ayuntamiento de Mislata sobre formalización
del contrato de gestión del centro ocupacional.
anuncio
1. Entidad adjudicadora.
Organismo: Ayuntamiento de Mislata.
Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación y
Patrimonio.
Número de expediente: 13-SE-15.
Dirección de Internet del perfil del contratante: www.mislata.es
2. Objeto del contrato.
Tipo: Servicios.
Descripción: Gestión del Centro Ocupacional de Mislata.
CPV: 85320000-8.
3. Tramitación y procedimiento.
Tramitación: ordinaria.
Procedimiento abierto.
4. Valor estimado del contrato: 482.740 euros.
5. Presupuesto base de licitación: 265.507 euros.
6. Formalización del contrato.
Fecha de adjudicación: 20 de agosto de 2013.
Fecha formalización del contrato: 29 de agosto de 2013.
Contratista: Povinet, Sociedad Cooperativa Valenciana (Grupo Sercoval).
Importe de adjudicación: 264.843 euros, IVA incluido al tipo del 10
por ciento.
Plazo de ejecución: un año, con efectos del 1 de septiembre de
2013.
Ventajas de la oferta adjudicataria.
Oferta más económica.
Desarrollo de actividades de formación para padres, madres o tutores
de usuarios del centro. En los términos de su oferta.
Compromiso de realizar 35 entrevistas individuales a familias de
usuarios del centro.
Mislata, 29 de agosto de 2013.—El alcalde, Carlos Fernández
Bielsa.
2013/23717
BOLETIN OFICIAL
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BUTLLETÍ OFICIAL
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Meliana
Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del
proceso selectivo para la cobertura en propiedad de seis
plazas de empleados de limpieza, mediante concursooposición, para la consolidación de empleo temporal.
ANUNCIO
Lista provisional (resolución de Alcaldía número 453/2013, de 6 de
septiembre)
ADMITIDOS:
Apellidos y nombre
1
2
3
4
5
6
7
Cambronero Jiménez, Julian
Huerta Panach, Maria Esther
Notario Rodríguez, Joaquina
Perez Cabrera, Mª Del Mar
Peris Aran, Mª Angeles
Rus Ortiz, Concepción
Villar Ribera, Rosa Mª
DNI
20152507E
85079823V
19885307J
05908764H
19094344C
19089530J
24334873E
Órgano Técnico de Selección:
a) Presidenta: Maria José Bayarri Marco, Funcionaria del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Divina Cardells Jiménez, Funcionaria del Ayuntamiento
de Meliana
b) Vocales:
Titular: Mercedes Sancho Colomer, Laboral Fijo del Ayuntamiento
de Meliana
Suplente: Joan Miquel Ventura Bauset, Laboral Fijo del Ayuntamiento de Meliana
Titular: Pilar Rodriguez Clemente, Laboral Fijo del Ayuntamiento
de Meliana
Suplente: Julio Diez Martí, Laboral Fijo del Ayuntamiento de Meliana
Titular: Mª Victoria Ariño Verdú, Funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Suplente: Pilar Bueno Lafarga, Laboral Fijo del Ayuntamiento de
Meliana
Titular: Mª Teresa Menchón López, Laboral Fijo del Ayuntamiento
de Meliana
Suplente: Mª Jesús García López, Laboral Fijo del Ayuntamiento de
Meliana
c) Secretaria: Vicenta Sanjose Ros, Funcionaria del Ayuntamiento
de Meliana
Suplente: Conxa Garcia Roig, Funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Se concede un plazo de 10 días hábiles, para la subsanación de defectos o formular reclamaciones, contados a partir del día siguiente
a la presente publicación.
Meliana, 9 de septiembre de 2013.—El alcalde, Pedro A. Cuesta
Tobajas.
2013/24355
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
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Ayuntamiento de Meliana
Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del
proceso selectivo para la cobertura en propiedad de una
plaza de operario de obras y servicios múltiples, mediante concurso-oposición, para la consolidación de empleo
temporal.
ANUNCIO
Lista provisional (resolución de Alcaldía número 452/2013, de 6 de
septiembre)
ADMITIDOS:
Apellidos y nombre
1
2
3
Galan Gómez, Jose
Menchero Torres, Valeriano
Viñes Tomas, Josep Antoni
DNI
52671904H
73758612G
20449434L
Órgano Técnico de Selección:
a) Presidenta: Àngels Pla Frutos, Funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Suplente: F. Xavier Barrachina Garcia, Funcionario del Ayuntamiento de Meliana
b) Vocales:
Titular: Joan Miquel Ventura Bauset, Laboral Fijo del Ayuntamiento
de Meliana
Suplente: Mercedes Sancho Colomer, Laboral Fijo del Ayuntamiento de Meliana
Titular: Julio Diez Martí, Laboral Fijo del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Pilar Bueno Lafarga, Laboral Fijo del Ayuntamiento de
Meliana
Titular: Luis Olivares Yuste, Funcionario del Ayuntamiento de Tavernes Blanques
Suplente: José Garzon Roger, Funcionario del Ayuntamiento de
Tavernes Blanques
Titular: Pilar Roig Perpiñá, Laboral Fijo del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Mª Victoria Ariño, Funcionaria del Ayuntamiento de Meliana
c) Secretaria: José Miguel Pertegas Ruiz, Funcionario del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Conxa Garcia Roig, Funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Se concede un plazo de 10 días hábiles, para la subsanación de defectos o formular reclamaciones, contados a partir del día siguiente
a la presente publicación.
Meliana, 9 de septiembre de 2013.—El alcalde, Pedro A. Cuesta
Tobajas.
2013/24357
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Meliana
Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del
proceso selectivo para la cobertura en propiedad de de
una plaza de administrativo, mediante concurso-oposición para la consolidación de empleo temporal.
ANUNCIO
Lista provisional (resolución de Alcaldía número 454/2013, de 6 de
septiembre)
ADMITIDOS:
Apellidos y nombre
DNI
1 Ferrando Marí, Vicente
2 Peñarrubia Mares, David
29163054C
24397560B
Órgano Técnico de Selección:
a) Presidenta: Victoria Domingo Bruscas, funcionaria del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Conxa Garcia Roig, funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
b) Vocales:
Titular: Pilar Rodríguez Clemente, laboral fijo del Ayuntamiento de
Meliana
Suplente: Mª José Bayarri Marco, funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Titular: Pilar Roig Perpiñá, laboral fijo del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Pilar Bueno Lafarga, laboral fijo del Ayuntamiento de
Meliana
Titular: Mercedes Sancho Colomer, laboral fijo del Ayuntamiento de
Meliana
Suplente: Divina Cardells Jiménez, funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Titular: Rafael Vicó Fernández, funcionario del Ayuntamiento de
Meliana
Suplente: Vicenta San José Ros, funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
c) Secretaria: F. Xavier Barrachina García, funcionario del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Angels Pla Frutos, funcionaria del Ayuntamiento de Meliana
Se concede un plazo de 10 días hábiles, para la subsanación de defectos o formular reclamaciones, contados a partir del día siguiente
a la presente publicación.
Meliana, 9 de septiembre de 2013.—El alcalde, Pedro A. Cuesta
Tobajas.
2013/24358
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N.º 227
24-IX-2013
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Ayuntamiento de Meliana
Anuncio del Ayuntamiento de Meliana sobre lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y tribunal del
proceso selectivo para la cobertura en propiedad de una
plaza de peón de jardinería, mediante concurso.oposición
para la consolidación de empleo temporal.
ANUNCIO
Lista provisional (resolución de Alcaldía número 451/2013, de 6 de
septiembre)
ADMITIDOS:
Apellidos y nombre
DNI
1 Carrascosa Corella, Marina
2 Hermoso Félix, María Isabel
3 García Martínez, Francisco
4 Muñoz Ferrando, Francisco José
5 Villanueva Barrero, Javier
22694874S
11811829H
22567306M
24330060Q
44506005Q
Órgano Técnico de Selección:
a) Presidenta: Àngels Pla Frutos, funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Suplente: F. Xavier Barrachina Garcia, funcionario del Ayuntamiento de Meliana
b) Vocales:
Titular: Joan Miquel Ventura Bauset, laboral fijo del Ayuntamiento
de Meliana
Suplente: Mercedes Sancho Colomer, laboral fijo del Ayuntamiento
de Meliana
Titular: Julio Díez Martí, laboral fijo del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Pilar Bueno Lafarga, laboral fijo del Ayuntamiento de
Meliana
Titular: Luis Olivares Yuste, funcionario del Ayuntamiento de Tavernes Blanques
Suplente: José Garzón Roger, funcionario del Ayuntamiento de Tavernes Blanques
Titular: Pilar Roig Perpiñá, laboral Fijo del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Mª Victoria Ariño, funcionaria del Ayuntamiento de Meliana
c) Secretaria: José Miguel Pertegas Ruiz, funcionario del Ayuntamiento de Meliana
Suplente: Conxa Garcia Roig, funcionaria del Ayuntamiento de
Meliana
Se concede un plazo de 10 días hábiles, para la subsanación de defectos o formular reclamaciones, contados a partir del día siguiente
a la presente publicación.
Meliana, 9 de septiembre de 2013.—El alcalde, Pedro A. Cuesta
Tobajas.
2013/24360
BOLETIN OFICIAL
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Ayuntamiento de Mislata
Edicto del Ayuntamiento de Mislata sobre delegación
temporal de atribuciones de la Alcaldía.
EDICTO
Se hace público que por Decreto de la Alcaldía-Presidencia, de
fecha 6 de septiembre de 2013, el Alcalde-Presidente ha dictado el
siguiente:
“Decreto nº 2597/2013
(sobre delegación temporal de atribuciones de la Alcaldía)
Por decreto de la Alcaldía 1759/2013, de 14 de junio, ante la situación
de maternidad de la concejal Dª Mª Luisa Martínez Mora, se resolvió
suspender temporalmente las delegaciones de atribuciones otorgadas
a su favor en materias de Presidencia, Economía y Hacienda; Seguridad Ciudadana; Medio Ambiente; y Contratación, recayendo todas
ellas, hasta su reincorporación, en D. Alfredo Catalá Martínez.
Por la razón indicada, se resolvió también en el mismo decreto delegar temporalmente en D. Alfredo Catalá Martínez la presidencia
de las Comisiones Informativas y de Control y de las Áreas de Gobierno de Hacienda y Especial de Cuentas y de Urbanismo, Obras y
Medio Ambiente.
Dado que la mencionada concejala se reincorporará a todas sus
funciones el próximo día 9 de septiembre.
Visto el art. 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por RD
2568/1986, y arts. 25 y 38 del Reglamento Orgánico Municipal.
RESUELVO:
1. Dar por concluida, a partir del día 9 de septiembre de 2013, la
suspensión temporal de las delegaciones otorgadas a Dª Mª Luisa
Martínez Mora en materias de Presidencia, Economía y Hacienda;
Seguridad Ciudadana; Medio Ambiente; y Contratación, que serán
nuevamente ejercidas por la concejal citada.
2. Dar por concluida, con efectos a partir de la misma fecha, la
delegación temporal en D. Alfredo Catalá Martínez de la presidencia
de las Comisiones Informativas y de Control y de las Áreas de Gobierno de Hacienda y Especial de Cuentas y de Urbanismo, Obras y
Medio Ambiente, pasando a recaer nuevamente estas delegaciones
en Dª Mª Luisa Martínez Mora.
3. Notificar el presente decreto a los concejales afectados y publicarlo en el BOP y en el Tablón de Edictos.”
Mislata, 9 de septiembre de 2013.—El Alcalde, Carlos Fernández
Bielsa.
2013/24527
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24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Ayuntamiento de Almàssera
Edicto del Ayuntamiento de Almàssera sobre aprobación definitiva de la modificación de crédito nº 7/13, suplemento
de crédito financiado con bajas por anulación.
EDICTO
Queda elevado a definitivo el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de crédito nº 7/13, de crédito financiado con bajas por anulación,
aprobada por el Pleno de la Corporación, en sesión de 31 de julio de 2013, por no haberse producido reclamaciones durante el periodo de
exposición pública del acuerdo de aprobación inicial, publicado en el BOP nº 192, de 14 de agosto de 2013, y cuyo resumen es el siguiente:
I. Modificación de créditos, estado de gastos, créditos que aumentan:
PARTIDAS Y PROYECTOS DE GASTO QUE AUMENTAN
453
600.31
2005
2
INTER
3
IMPORTE (EUROS)
EXPROPIACIÓN RONDA SUR
119.093,82
TOTAL
119.093,82
II. Financiación de la modificación:
PARTIDAS Y PROYECTOS DE GASTO QUE SE DAN DE BAJA POR ANULACIÓN
232
622.10
2006
2
INTER
8
IMPORTE (€)
RESIDENCIA TERCERA EDAD
119.093,82
TOTAL
119.093,82
Contra la aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de Valencia en plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquél en que se publique el presente.
Almàssera, a 10 de septiembre de 2013.—La alcaldesa, Laura Roig Panach.
2013/24529
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N.º 227
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia
Servicio Central del Procedimiento Sancionador
Sección Cuarta
Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo a los expedientes sancionadores 01306/2013/3501, 3618,
3520, 3593, 3640, 3556, 3625, 3557, Sección Cuarta.
EDICTO
De conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifica a las personas que se señalan a continuación que
se han dictado resoluciones de imposición de sanciones de multa en los expedientes administrativos que asimimismo se indican, en los que
constan, respectivamente, como personas sancionadas, las que se identifican a continuación, haaciéndose constar que se hallan a su disposición
en estas dependencias municipales.
1) En expedientes sancionadores en los que se impone sanción, en cada uno de ellos, y a cada una de las personas expedientadas, por la
comisión de una infracción grave tipificada en el art. 73.4b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y el art 73.4 b de la Ley 10/2000,
de 12 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Residuos de la Comunidad Valenciana:
Expte nº
PERSONA SANCIONADA.
DNI/CIF.
3501/2013
MANUEL ALIAGA MARTINEZ
DNI 19771282
3618/2013
ENRIQUE MEDINA MARTE
DNI 44921202V
3520/2013
KLEVER MAURICIO PEREZ
DNI 44892778
3593/2013
ABDELHADI CHNBOUN
NIE X 6391816R
3640/2013
CARLOS JULIO CALVO ANDRADE
DNI 41663280
3556/2013
JOSE JORGE APARISI SL
CIF B 96405394
3625/2013
EDES XUQUER SL
CIF B 96854773
3557/2013
JOSE JORGE APARISI SL
CIF B 96405394
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y a los efectos previstos en él, las personas sancionadas
podrán comparecer en las dependencias del Servicio Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento en el plazo de diez días
hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de tener conocimiento
del contenido íntegro de dichas resoluciones sancionadoras y constancia del tal conocimiento.
Para efectuar el pago en periodo voluntario de las sanciones impuestas en los expedientes indicados en el presente Edicto, cada una de las
personas sancionadas podrá recoger el correspondiente documento de ingreso en las dependencias del Servicio Central del Procedimiento
Sancionador, sitas en la Plaza del Ayuntamiento nº 1, 2ª planta. En tal documento consta lugar y forma de pago de la sanción impuesta en
virtud de las resoluciones sancionadoras dictadas en los referidos expedientes administrativos. El pago se podrá realizar:
a) Si la publicación y notificación consiguiente de la liquidación citada se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la publicación y notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo
mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
RECAUDACIÓN EN PERIODO EJECUTIVO: Si no se produce el pago en el plazo señalado, al día siguiente del vencimiento de su plazo se
iniciará el periodo ejecutivo de recaudación que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en
los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General tributaria (Ley 58/2003) y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
A los efectos del pago de las citadas sanciones de multa, se tendrán por fecha de publicación y notificación referidas en las letras a) y b) numeral 2.- inmediato precedente la fecha en que se produzca la personación dentro del plazo de diez días concedido en este Edicto de acuerdo
con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y, de no producirse dicha comparecencia, el día hábil inmediato siguiente al de la finalización del expresado plazo de diez días.
Contra cada una de las resoluciones de imposición de sanción dictadas en los expedientes señalados en este Edicto, que son definitivas en vía
administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrán las personas sancionadas respectivamente en virtud de cada una de esas resoluciones sancionadoras, interponer uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente al siguiente: a1) al día de la recepción de la notificación del contenido íntegro de la resolución sancionadora que se le practique
por su comparecencia personal en la indicada unidad administrativa (Servicio Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento)
dentro de los diez días siguientes al de la publicación del presente Edicto o, a2) de no producirse la expresada comparecencia personal a
efectos de recibir dicha notificación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de diez días hábiles
que para el conocimiento del contenido íntegro de dicha resolución sancionadora, se concede en el presente Edicto.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que
ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo, a su elección ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de su propio domicilio, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia o ante el Juzgado de lo
Contencioso-administrativo de su propio domicilio, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente: a1) al día de la recepción
de la notificación del contenido íntegro de la resolución sancionadora que se le practique por su comparecencia personal en la indicada unidad
administrativa (Servicio Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento) dentro de los diez días siguientes al de la publicación
del presente Edicto o, a2) de no producirse la expresada comparecencia personal a efectos de recibir dicha notificación, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de diez días hábiles que para el conocimiento del contenido íntegro de dicha resolución sancionadora, se concede en el presente Edicto.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.
Valencia, a 12 de septiembre de 2013.—El Secretario.
2013/24530
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Alzira
Edicto del Ayuntamiento de Alzira sobre bajas de oficio
de las inscripciones padronales de los extranjeros comunitarios (NO_ENCSARP), que ya no residen en el domicilio donde están inscritos.
EDICTO
Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Alzira sobre las bajas de
oficio de las inscripciones padronales de los extranjeros comunitarios
(NO_ENCSARP), que ya no residen en el domicilio donde están
inscritos y que habiéndose intentado la notificación, según la normativa vigente, ésta no se ha podido practicar, siendo las que a continuación se relacionan:
1° Apellido
2° Apellido
Nombre
AIRINEI
REBECA ANDREA
AIRINEI
IOAN
ALEXANDRU
DANA ANDREEA
AMADUCCI
ROMANA
ANANIICIUC
ANDREI
ANDER
IUSTIN BUJOR
ANGELOVA
VASILEVA
DIANA
APATEAN
ANGELICA FLORI
APATEAN
EUGEN
APOLZAN
ANA GABRIELA
APOLZAN
IOAN
APOLZAN
IOAN SILVIU GA
ARRUA
CARLOS MAXIMO
ARUNCUTEAN
MARIA
ASCHENAUER
HORTS PETER
ASIEV
KIRIL PAVLOV
ATANASOVA
ALISA YULIYANO
ATSTUPENS
SANDIS
BADUTA
FLORENTINA IUL
BALEVA
ELI YONKOVA
BANUT
DIANA
BAQUERO
ORQUERA
ALBERTO ISRAEL
BOLETIN OFICIAL
35
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
1° Apellido
2° Apellido
Nombre
CIUCIULA
CRISTIAN ALEXA
CIUCIULA
MARIUS OVIDIU
CIUCIULA
VLAD SERGIO
COLLEN
CAROLINE MARGA
COLLEN
TIMOTHY WILLIA
COSTEA
CARLA ELENA
CRAIA
DENIS VALENTIN
CRAIA
PASICA
CROITORU
IOLANDA ALEXAN
CURIMAN
SILVIU
CVETKOV
IVAN ANGELOV
CHIFOR
ARIANA JOANA
CHIFOR
VIRGIL IOAN
CHIFOR
ALEXANDRINA VA
CHIFU
DA ROCHA
CATALIN
SOARES
PAULO
DAMANSKAS
RICARDAS
DAWKINS
STEPHEN JOHN
DELEVA
MONIKA GOSPODI
DIMITROVA
MIKAELA DANIEL
DIMITROVA
YORDANOVA
DINCA
IONUT COSTEL
DINDILIGAN
DINEV
DOBRA
VASILE
TERZIEV
NIKOLAY
DJERBIR
BELKACEM
DONCHEV
STOYAN NIKOLOV
DRAGHICI
MIHAI
DRUJUT
ADELA CLAUDIA
DRUJUT
RAUL CLAUDIU
DUBLEA
DUDUCA
MARICICA
RADUCANU
DULA
BARBU
ARUBIS NICUSOR
BARBU
MARTA
BARBU
ELVIS
BARBU
LAURA
FAUGARET
BEIKULE
JELENA
FERRER
DUMITRU
DAVID
IONEL SORINEL
SANDU
ELIZABETA
DUMITRU
LIGIA
EL KASS
KABIRA
NIKOLAZ
RIVAULT
NATHALIE
BINDER
BALLESTEROS
VERONIQUE PAUL
FILIPOV
ALEKS YULIYANO
BISRKOVA
DANAILOVA
YVALINA
FITZAILO
YVES MAURICE C
BONCHEV
BOYAN LYUBENOV
FORYS
LUKASZ LESZEK
BOUMAR
ABDESLAM
FOURHALI
YAMINA
BOZGAN
ION
GARRARD
PASCAL NICHOLA
BRATU
MANOLE
GENEVA
RADKA DIMITROV
BRATU
TINCUTA TUDORI
GEORGIEV
NAYDEN NAYDENO
BUIE
VIORICA LENUTA
GEORGIEVA
DOBRINKA PETRO
BUJOR
ALEXANDRO DAVI
GHEORGHE
CONSTANTA
BUSE
LEONARD
GHEORGHE
MARIA
CAMPBELL
ELIZABETH
GINKUS
CAPATINA
MARIAN
GONCEAR
BADUTA
ANGELA
CARA
VASILE
GONCEAR
BADUTA
GABRIELA
CERVENSCHI
TIBERIUS MARCE
GORDEA
DONATAS
CIPRIAN PAUNEL
36
1° Apellido
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
2° Apellido
BOLETIN OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Nombre
1° Apellido
GOREA
ION
LUPU
GOULD
CHRISTOPHER RI
LYUBENOV
GOULD
FIONA ANNE
MALINAUSKAS
DARIUS
LUCIA ISABEL
MANOLEA
IONUT MADALIN
SZILVIA EVA
MANTA
ELENA
GUILLOT
MARIE FRANÇOIS
MARAZOV
YANKO HRISTOV
HAMMOU
OMAR BAN
MARINCAS
AURORA
HARPER
JOSEPH NICHOLA
MARTINEZ
LAZARO
ELODIE
HERA
M. MAGDALENA
MARTINEZ
LAZARO
KEVIN
HERNANDEZ
JUAN
MARTINEZ
RESTA
ROBERT
HERNANDEZ
MARIA
MICLAUS
SIMONA OTILIA
HERNANDEZ
BASILIO RAMON
MIHAI
ILIE MARIUS
ELISABETA
MIHAI
CARLA MAGDALEN
JEAN
MOISE
MONICA NELA
HRISCA
ANDREEA ALEXAN
MOROZOV
RUSLAN
HRISCA
MIHAELA
MOUMNY
AICHA
ILIES
IONELA
MUGUR
DANIEL IONUT
ILIEV
HRISTIYAN ROSE
MUGUR
GABRIEL VIRGIL
ILIEVA
GENOVEVA ROSEN
MUGUR
IOANOVICI
MIHAI
MULLER
ION
MUSTATA
ANTONIO ANDREI
MARIYAN
NAPPER
FRANCES VIVIEN
IVANOV
IVAN MARINOV
NAYDENOV
IVANOV
MILEN ILCHEV
NEDELCU
GOULD
GUILLEM
CARRASCOSA
HINOVEANU
HOWELL
HUGHES
IOSIF
IVANOV
JESUS
MARINOV
SILVANO
2° Apellido
Nombre
MARIBEL
TYULBENSKI
LYUBOMIR
IONEL MARIUS
X
YORDANOV
ROSWITHA
TANYO
MATEI
VERA ELIANA
NEDYALKOV
JINDRAKOVA
RADKA
NEDYALKOVA
YANKA SASHOVA
KANARSKA
MARINA YURIYIV
NESLAS
ABDERRAHIM
KANARSKY
MAKSYM
NOLDE
DAVID
KILOGRAMSKI
IVAN MITKOV
NTOLKA
KNOWLES
MAY
PAILLARD
X
JEAN PIERRE
KORNILOV
ALFRED
PAILLARD
X
RODOLPHE ROBER
KORNILOVA
KRISTINE
PASCARU
RAUL
KOSTOV
IVAN DOBREV
PASCU
DORIN RADU
BANCHO YORDANO
PASCUTA
FLAVIUS VASILE
MARTIN
PASCUTA
LOREDANA MARIA
KUZNIA
MARCIN
PASINI
ANGELICA ESTHE
LESE
CIPRIAN FLORIN
PEREIRA
AUGUSTO
LEVARDA
LUCIANA ELENA
PEREZ
LIVINGSTON
ERIC LINDSAY
PETKOV
LIVINGSTON
JOSEPHINE KELL
PETKOVA
MARIA RUMENOVA
LONCA
DESIREE MARIA
PLACINTA
GELU
MAEVA MARIE JO
POP
DARIA ALEXANDR
HELDER
POP
IOAN
LOPEZ
JOSE
POPA
OVIDIU CONSTAN
LOVE
ELLA RACHEL
PRIBOI
MARIUS
LOVE
FINLEY JAMES
RADUCAN
FLORIN REMUS
LOVE
YVETTE
RAHMANI
MILOUDA
LOVE
STUART ANTHONY
ROBINSON
SHEILA EDITH
LUPAN
ADRIAN SORIN
ROBINSON
WILLIAM CHARLE
LUPU
GEMA
ROGOZ
MARIN TANASIE
LUPU
ANDREI COSMIN
ROGOZ
LOTICA
KOSTOV
KRASIMIROV
PETKOV
LONG
LOPES
FIRMINO
GABOV
STOYAN ALEXAND
MARIA
CHRISTIAN JAVI
TANEV
YANI
BUTLLETÍ OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
1° Apellido
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
2° Apellido
BOLETIN OFICIAL
37
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Nombre
1° Apellido
2° Apellido
Nombre
ROTBOSAN
ROZALIA CARMEN
YORDANOVA
ILIEVA
KATYA
RUS
RADU CALIN
YORDANOVA
SALAS
CARLOS ALBERTO
ZBIGNIEW
SARATEANU
LEANA
ZEDI ALLAL
SAVU
ILIE
SCHEIERMAN
GRACIELA NOEMI
SHI
JUXIANG
SIMA
KATY MARUSIA
SIMKUS
KAROLINA
SIRBU
VERGIL
SIUGZDINIS
LINAS
SMITH
RACHAEL ISABEL
SOARES
ALMEIDA
NOEMI MARIA
SOARES
LOPES FIRMINO
MARIA DA CONCE
SPANYOL
AARON CRISTIAN
STAMBURICI
MARIAN
STANCESCU
GABRIEL MIDORE
STANCESCU
MIHAI VLADUT
STEFANOV
STEFAN PETROV
STEFANOVA
BISERKA PETROV
STROJNOWSKI
ROBERT
SUCIU
DORIN AUGUSTIN
SUTTON
TAMPERE
ROBERT
TORIO
AYLEN
TAYLOR
ALAN JAMES
TAYLOR
ANGELA VIVIENN
TAYLOR
JOSEPH EDWARD
TAYLOR
MICHAEL KINGSW
THIRA
MIRCEA
THIRA
EVA ERIKA
THORNTON
HELEN MARY
THORNTON
JOHN LINDSAY M
TIMBALARIU
ISABEL ESTEFAN
TIRATAY
CLEO
TODOROV
GEORGI PETROV
TODOROV
TONCHO LYUBOMI
TOT
LAURENTIU FLOR
TYULBENSKA
IVALINA IVANOV
UGOLINI
RENATO
UGOLINI
SONIA
VAITONIS
AUDRIUS
VALERIEVA
GETOVA
MALINA
VALSECCHI
ROSA ELISA
VAN DIK
RODOLFO ALBERT
VASILEVA
GINA
VASILJEVA
ALESJA
VICENTINI
ROBERTO GABRIE
VITAN
ADRIAN LUCIAN
VOGELI
JOSE PATRICK
WOODALL
PETER
YORDANOV
NAYDEN TANEV
VESKA GEORGIEV
ANTONOWICZ
ARTUR
LOUNES
Los cuales causarán baja por Resolución de Alcaldía en el Padrón
Municipal de Habitantes, previo consentimiento del Consejo de Empadronamiento para efectuar las bajas de oficio en la fecha que se
dicte la citada Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común y siguiendo las instrucciones establecidas en la Resolución
de 1 de abril de 1997, publicada el día 11 de los mismos.
Alzira, 9 de septiembre de 2013.—La alcaldesa, Elena Bastidas
Bono.
2013/24531
38
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Albal
Servicios Económicos
Edicto del Ayuntamiento de Albal sobre aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la tasa por estancia
y asistencia en residencia de la tercera edad.
EDICTO
Habiéndose elevado a definitivo, por no haberse formulado reclamaciones, el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza reguladora
de la tasa por estancia y asistencia en residencia de la tercera edad
“Antonio y Julio Muñoz Genovés, adoptado por el Ayuntamiento,
en sesión plenaria de 22 de julio de 2013, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación
íntegra de dicha ordenanza:
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ESTANCIA Y ASISTENCIA EN RESIDENCIA DE LA TERCERA EDAD “ANTONIO Y JULIO
MUÑOZ GENOVES”
Artículo 1.- Fundamento legal
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de
la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con
lo establecido en los artículos 15 a 19 y 20.4 ñ) del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece la tasa por estancia y asistencia en la residencia de la tercera
edad “Antonio y Julio Muñoz Genovés”, que se regirá por la presente ordenanza.
Artículo 2.- Hecho Imponible
El presupuesto de hecho que determina la tributación por esta tasa
lo constituye la prestación de servicio de estancia y asistencia en la
residencia de la tercera edad “Antonio y Julio Muñoz Genovés.
Artículo 3.- Sujetos Pasivos
Son sujetos pasivos de esta tasa, en concepto de contribuyentes, las
personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere
el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que ocupen plaza y estén
acogidos en la residencia.
Artículo 4.- Cuantía
• La cuota mensual en concepto de alojamiento y pensión completa
será la siguiente
HABITACIÓN
INDIVIDUAL
HABITACIÓN
DOBLE
NO ASISTIDOS
1.099,00
938,00
SEMIASISTIDOS
1.205,50
1.081,50
ASISTIDOS
1.438,00
1.225,00
• Tras la valoración por el órgano competente de la Residencia, se
determinará la situación del residente como no asistido, semiasistido
o asistido.
Artículo 5.- Devengo, gestión y forma de pago
• La obligación de pagar la tasa nace desde el momento en que se
inicie la prestación del servicio.
• Para poder realizar el ingreso, se exigirá como garantía un depósito equivalente a una mensualidad de la tasa correspondiente, que será
devuelto en caso de fallecimiento o baja voluntaria de la residencia,
siempre que se encuentre al corriente de los pagos.
• El pago se realizará en los cinco primeros días de cada mes a través
de domiciliación bancaria en la cuenta aportada por el residente en
el momento de su ingreso.
• En el caso de nuevo ingreso o baja por fallecimiento, la cuota
mensual será prorrateada por días.
• El interesado que por cualquier motivo desee causar baja a lo largo
del año, está obligado a solicitar la misma a la administración con
una antelación mínima de 15 días. En caso contrario la baja será
efectiva en el mes siguiente a la solicitud.
• Las altas y bajas deberán comunicarse al departamento encargado
de efectuar las liquidaciones con una antelación mínima de 5 días al
mes en el que deberán surtir efectos en el padrón.
• Comprobada la existencia de dos o más cuotas mensuales pendientes, se podrá dar de baja de oficio al residente previa comunicación,
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
sin perjuicio de proseguir las actuaciones previstas para el procedimiento recaudatorio.
Artículo 6.- Bonificaciones
Se podrá conceder una bonificación a aquellos residentes cuya capacidad económica insuficiente quede acreditada por el órgano
competente de la Residencia.
DISPOSICION FINAL
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia permaneciendo en vigor
hasta su modificación o derogación expresas.
Contra dicho acto que es definitivo en vía administrativa, cabe la
interposición del recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente a la publicación del presente anuncio.
Albal, 12 de septiembre de 2013.—El alcalde, Ramón Marí Vila.
2013/24532
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Ontinyent
Anunci de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre baixa d’ofici
del Padró Municipal d’Habitants corresponent al 1 er
semestre de 2011.
ANUNCI
No havent-se pogut localitzar els habitants que tot seguit es relacionen, en els seus respectius domicilis d’empadronament, es fa saber
el següent:
Que iniciat l’expedient de baixa d’ofici dels habitants inscrits en el
vigent Padró Municipal, corresponent a les sol·licituds presentades
a instància de particulars i a les averiguacions efectuades en estes
oficines municipals al llarg del 1r semestre de 2011 i de conformitat
amb el que indica l’art. 72 del Reglament de Població i Demarcació
Territorial de les Entitats Locals, previ a la comunicació corresponent
al Consell d’Empadronament per a la seua resolució.
Que tenint en compte, així mateix, l’incompliment per part de les
persones que tot seguit es relacionen, del que indica l’art. 54 del
vigent Reglament de Població i Demarcació Territorial de les Entitats
Locals, i no havent-se pogut practicar les notificacions personalment,
es comunica que en el termini de quinze dies, comptadors des de
l’endemà de la publicació d’este anunci en el Butlletí Oficial de la
Província, els interessats podran manifestar la seua conformitat o no
amb la baixa corresponent i, en este cas, fer les al·legacions o presentar els documents i els justificants que estimen convenients per
tal d’acreditar la seua residència en este municipi.
El que es fa públic per a general coneixement, de conformitat amb
el que disposa l’art. 59.4 de la Llei de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, i es
procedeix a realitzar-se la notificació edictal a:
COGNOMS I NOM
AINGER, KEITH-ALAN
DNI/PASSAPORT/NIE
X07163642Q
BOLETIN OFICIAL
39
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
COGNOMS I NOM
BROTONS RIBERA, MANUEL-SALVADOR
DNI/PASSAPORT/NIE
085302734
BURDETT, ALEXANDER-STEPHEN CH
X09663571Y
BURDETT, CALLUM-BENJAMIN
X09663677C
BURDETT, JENNIFER-LEE
X07163655Y
BURDETT, MAIYA-LEE
X09663812V
BURDETT, MATTHEW-MICHAEL-TONY
X09663601J
BUTNARU, MIHAELA
X9427549X
BUTURAS, ANTON
Y0462863W
CHAEVA, VASILKA-VALENTINOVA
Y1638025W
CONSTANTIN, DIANA-VALENTINA
X8598241J
CONSTANTIN, LUIS-ELISEI
COSTACHE, IONELA-PAULINA
00074009
Y1802151T
COVACI, LENUTA
12613317
CRUZ GARCIA, GUILLERMO
048285748
DIMITROV, DIMO-AVGUSTOV
X8573888V
DIMITROV, ORLIN-ANGELOV
Y1637911A
DIMITROV, PAVEL-STEFANOV
366476900
DIRLOSAN, NICOLAE-IOAN
X7056185S
EPAMINONDE, ANDRES-SAMUEL
EPAMINONDE, STEFAN
X07737367Y
ESPINOZA NAULA, LAURA-LUZ
X4215331Y
ESPINOZA VIDAL, LAURA-MARISOL
75232934
Y2089190E
FDIL, HASSANE
X7649601P
AMBROZOV, GEORGI-TOMOV
Y0084767A
FU, ZHENHUA
X1448628L
ANGELOV, DANIEL-KOLEV
X9238895W
GALLARDO GORRIZ, SERGIO
020818319
ARGIROVA, ZOYA-FILIPOVA
3521022669
GANADO MARTINEZ, CRISTINA-GRACIELA
021003207
ASENOV, VALENTIN-YORDANOV
Y1829669X
GOTSKOVA, YORDANKA-IVANOVA
349683678
ASENOVA, YORDANKA-SASHOVA
Y1829733M
GRANCEA, ANA
X7275537Q
AZIM, AHMED
X01790822L
GRIGORAS, CONSTANTIN
X8523663R
BAICU, ANDREI
Y1511642G
GUTA, ISABELA-MARIA
X8795426L
BAICU, ROBERT
Y1511564H
HASAN, RAIM-NAZIM
X8706954M
BEGGA, BASMA
X8813232T
JANUSAS, ERIKAS
BEGGA, ROFAYDA
X8813286P
KARIMO, MIROSLAVA-HIKMAT
X6932488N
BEGGA, TAHAR
X3225163B
MATEI, CONSTANTIN-FLORIN
Y1647594A
BENHAMMOU, LAFDIL
X03159876K
ALEKSANDROV, SHISHMAN-SASHEV
MENDOZA ENRIQUEZ, JORGE-ADRIANO
049264338
BETRIAN SAMPIETRO, MIRIAM
073194883
MENDOZA SILVA, DAVID-ANDRES
049265279
BIRCEA, CRISTIAN
Y1708941D
MERDZHANOV, ANDREY-KIREV
X8304278J
BLAGOEV, ASEN-VALERIEV
334644735
MERDZHANOV, SIMEON-ANDREEV
X9126773M
BLAGOEV, GALIN-VALERIEV
Y0659966H
MERDZHANOVA, ANA-ASENOVA
X9263083V
BOB, MARIUS
X3746589G
MERDZHANOVA, ZLATKA-ANDREEVA
198945503
BOGDAN, MIHAI
Y1802241K
MIHAYLOVA, STEFKA-FANKOVA
BONEV, GEORGI-VELKOV
360015769
MIRAFLORES ESPARTERO, CATALINA
BONEV, VELKO-GEORGIEV
Y0184875S
MOLDOVAN, CLAUDIU-VIOREL
X8213601W
BONEVA, SNEZHANA-VELKOVA
Y0184969V
MOLDOVAN, DANIELA
Y1585775P
BONEVA, TSVETANKA-GEORGIEVA
Y0185031X
MORENO LLANA, JESUS
020445920
Y0442232W
048602890
BOROS, MAGDALENA
140112
MOSCOSO YONG, HUMBERTO-EMILIO
X3895051R
BOROS, STEFAN
124838
MOUJNIBA, YAMINA
X7450042C
BOTERO DE SALINAS, INES
CC29151851
MURESAN, IOANA-MARIA
Y0812453S
BOTTI, ALEXANDRU
X9161448L
NIKOLOV, STOYCHO-ANGELOV
Y1511491Z
BOUNAKOUCHE, MOHAMED EL AMINE
Y1980136B
NIKOLOVA, BORYANKA-TEMELKOVA
Y1511413M
40
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
COGNOMS I NOM
NIKOLOVA, STANISLAVA-IVANOVA
DNI/PASSAPORT/NIE
X8731684X
NIKOLOVA, VICTORIA-STOYANOVA
Y1103449S
NISTOR, ANAMARIA
X9917911N
OULAD-ABDELKADER, YASSINE
X2624076Y
PAICU, GHEORGHE-FLORIN
07160358
PARCHEV, ZAPRYAN-GEORGIEV
X6884240H
PARCHEVA, NATALIYA-KONSTANTINO
Y0268907M
PETKOVA, ZHENI-ZHECHEVA
X7551128K
PICO ONOFRE, ROSA-BELINDA
049264463
RITS, CRISTINA
K3253795
RITS, INGA
X5901159A
RUIZ CUENCA, CESAR-AUGUSTO
X4176697N
RUIZ ESPINOZA, JONATHAN-ALEXANDRE
Y1126547K
SALAZAR MOLINA, MAITE-LISETTE
048605529
SANCHIZ REVERT, JUAN-CARLOS
020153314
SILVA RODRIGUEZ, MARIETA DE JESUS
049264520
SKARZINSKAITE, JURATE
X8393171B
SOFRONI, ION
STOYANOV, HRISTO-VELINOV
X9917919
X9238876Y
TAUT, VASILE
X8460103J
UZUNOVA, SILVIYA-METODIEVA
Y0498448Y
VARGA, SAMUEL-ANDREI
X5481628S
VASIU, CRISTIAN-STEFAN
X8795444Z
VISKI, NARCISA
769924
ZHAO, TINGHUI
X6868733J
Ontinyent, 10 de setembre de 2013.—L’alcalde, Jorge Rodríguez
Gramage.
2013/24534
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia
Servicio Actividades
Sección Administrativa Zona Sur
Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre
información pública a la Comunidad de Propietarios de
la calle Martín el Humano, nº 3, de la instalación de una
actividad de consultorio veterinario en el nº 5 de dicha
calle.
EDICTO
Destinatario: presidente de la comunidad propietarios C/ Martín el
Humano, Nº 3. 46008 Valencia.
PROCEDIMIENTO: Declaración responsable de obras de habilitación de local y Licencia Ambiental para actividad sujeta al ámbito
de aplicación de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la
Contaminación y Calidad Ambiental..
SOLICITANTE: CLINICA VETERINARIA VALL DELS ALCALANS S.L.
ACTIVIDAD: CONSULTORIO VETERIANARIO
EMPLAZAMIENTO: MARTIN EL HUMANO N.5 P.BJ
De conformidad con lo establecido en el artículo 50.3 de la Ley
2/2006, de 5 de mayo de Prevención de la Contaminación y Calidad
Ambiental, como presidente de la Comunidad de Propietarios del
citado edificio, pongo en su conocimiento que se encuentra en trámite el procedimiento de referencia, para que, durante el plazo de
20 días, pueda consultar el expediente completo de la solicitud y
formular las alegaciones que considere pertinentes, comunicando a
los vecinos de las viviendas, locales y establecimientos ubicados en
el inmueble de referencia la presente notificación.
El expediente se podrá examinar en el Servicio de Actividades de
este Ayuntamiento sito en Convento San Francisco, nº 2, durante las
horas de 9 a 13.
Valencia, 28 de mayo de 2013.—El secretario, P.D., la jefa de sección
(por delegación de fecha 5 de febrero de 2010).
2013/24535
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
41
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BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
Ayuntamiento de Vilamarxant
Anuncio del Ayuntamiento de Vilamarxant sobre notificación de expediente de baja de oficio nº 41/13, por no haber
podido ser notificado personalmente.
ANUNCIO
Intentada la notificación personal en el domicilio de los interesados que se indica de la providencia de la Alcaldía de fecha 16 de julio de 2013,
dictada en expediente de Baja de Oficio número 41/13, sin que se haya podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia: “PROVIDENCIA: Atendido
que este Ayuntamiento ha conocido la existencia de circunstancias suficientes para presumir que las personas que a continuación se relacionan
no residen en este municipio y en el domicilio en el que figuran empadronados durante la mayor parte del año:
Nombre y apellidos
Doc. identidad
Domicilio
DONNA SUZANNE ANNE CAIN
705068375
POLIGONO 11 PARCELA 657
ANTHONY MICHAEL M.CAIN
201456339
“
SCOTT ANTHONY CAIN
201456352
“
SCOTT ANTHONY CAIN
201456349
“
Atendido que el artículo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, establece la obligación de toda persona que viva en España de estar inscrito en el padrón del municipio
en el que resida habitualmente y, en caso de residir en varios municipios, únicamente en el que habite durante más tiempo al año. La falsedad
en el empadronamiento puede ser considerada como infracción electoral y sancionada con multa de 30,01 euros a 601,01 euros, conforme a
lo dispuesto en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Atendido que los servicios municipales competentes, tras las comprobaciones oportunas, han constatado que las citadas personas no residen
habitualmente en este municipio, por lo que procede la incoación de expediente de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes por
inscripción indebida.
En cumplimiento del artículo 72 del citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y de la Resolución
conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial, de 1 de abril de 1997, por la
que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, RESUELVO:
1.º- Que se inicie el procedimiento para dar de baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes a las personas indicadas, por su inscripción
indebida, por haberse comprobado que no residen en este municipio durante la mayor parte del año.
2.º- Que se notifique la presente por los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los afectados para que, en un plazo de 15 días, aleguen y presenten por
escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que residen el mayor
número de días al año, o bien manifiesten su conformidad con la baja, indicando el domicilio, municipio y, en su caso, país en el que viven
habitualmente, en cuyo caso deberán solicitar por escrito el alta en el Padrón de Habitantes correspondiente, que será tramitada por este Ayuntamiento.
Si los interesados manifiestan su disconformidad con la baja o no efectúan alegación alguna una vez transcurrido el plazo señalado al efecto,
y no figuran empadronados en ningún otro municipio, se procederá a su baja de oficio del Padrón Municipal de Habitantes, previo informe
favorable del Consejo de Empadronamiento-VILAMARXANT, a 16 de Julio de 2013.-”
Vilamarxant, a 11 de septiembre de 2013.—El Primer Tte. Alcalde (Por Delegación D.A nº 404/11 de fecha 05/07/2011), Fdo. Juan Alberto
Ros Pérez.
2013/24538
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament de Bellreguard
Edicte de l’Ajuntament de Bellreguard sobre aprovació
padrons fiscals 3r període 2013.
EDICTE
La Junta de Govern Local de l'Ajuntament de Bellreguard va aprovar
el 10 de setembre de 2013, els padrons fiscals dels tributs que seguidament s’hi detallen:
IMPOST BENS IMMOBLES RÚSTICS 2013
IMPOST ACTIVITATS ECONÒMIQUES 2013 – ALTES 2012
Ateses les disposicions reguladores de la recaptació local contingudes en la Llei 58/2003 del 17 de desembre, General Tributària, tés
que el període d’exposició pública serà d’un mes, a comptar des del
dia següent al de la publicació d’aquest anunci en el Butlletí Oficial
de la Província, durant el qual els interessats podran examinar el
padró.
Atés l’article 223 de la Llei General Tributària 58/2003 del 17 de
desembre, el qual estableix que tractan-se de deutes de venciment
periòdic i notificació col.lectiva, el termini per a la interposició del
recurs de reposició serà d’un mes i es computarà a partir del dia
següent al de la finalització del període voluntari de pagament.
El pagament del tribut o preu públic haurà de realitzar-se a les sucursals que a continuació s’indiquen:
BANESTO - GRUPO SANTANDER
BANKIA
LA CAIXA
CREDIT VALÈNCIA CAIXA RURAL
El període i l’ horari de cobrament en voluntària, serà el següent:
PERIODE: Del 16/09/2013 al 19/11/2013
HORARI: Tots els dies laborables en horari de caixa de les entitats
col·laboradores (Sucursals detallades)
D’acord amb allò establert en els articles 60 i 61 de la Llei General
Tributària 58/2003, els mitjans de pagament són els següents: INGRÉS DIRECTE I ALTRES MITJANS ACCEPTATS PER
L’ENTITAT COL·LABORADORA.
Comunicar als contribuents la conveniència de fer ús de les modalitats de domiciliació de pagament a través de les entitats bancàries i
caixes d’estalvi.
Contra l’acte d’aprovació del padró i de les liquidacions incorporades
en el mateix, podrà formular-se recurs de reposició davant l’òrgan
que ha adoptat l’acte administratiu en el termini d’un mes, a comptar des del dia següent a la finalització del període voluntari de pagament, d’acord amb l’article 223 de la LGT d’exposició pública
dels corresponents padrons.
Transcorregut el període voluntari de cobrament, sense haver-se
satisfet el deute, s’iniciarà el període executiu, que determina la
meritació del recàrrec de constrenyiment i si s’escau,dels interessos
de demora, d’acord amb el que estableix l’article 28 de la Llei General Tributària 58/2003 del 17 de desembre.
Bellreguard, 11 de setembre de 2013.—L’alcalde, Jaume Ascó Pastor.
2013/24548
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N.º 227
24-IX-2013
Ayuntamiento de Llíria
Anuncio del Ayuntamiento de Llíria sobre notificación de la aprobación definitiva del expediente de retasación de cargas de la
UE-33-B-Vergel de San Miguel.
ANUNCIO
Por acuerdo del Pleno de fecha 20 de junio de 2013, se aprobó definitivamente el proyecto modificado nº 1 de urbanización de la UE 33-BVergel de San Miguel de Llíria, con las rectificaciones detalladas en la motivación del acuerdo, quedando corregido el presupuesto de contrata
en la cantidad de 3.653.510,95 euros, más IVA; se aprobó el proyecto de renovación de la red de riego en el ámbito de dicha unidad, y se aprobó definitivamente la retasación de las cargas de urbanización de la citada unidad, por importe de 317.351,23 euros, más IVA, lo que supone un
incremento de cargas del 7,844 por ciento, más IVA, por lo que al no superar el porcentaje del 20 por ciento, la diferencia derivada de la retasación ha de ser repercutida a los propietarios de parcelas, aprobándose el pago en dinero de esa cantidad.
Respecto de los propietarios que figuran a continuación, se les ha intentado practicar la notificación de dicho acuerdo sin resultado, habiendo
quedado acreditado en el expediente, por lo que se publica el presente anuncio de notificación del citado acuerdo a los efectos previstos en el
art. 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Willian Fearns Leslie, C/ Morella, 3 46160 Llíria-Urb. Vergel S. Miguel; Monserrat Quintana Carmona, C/ Velázquez, 3 46160 Llíria-Urb.
Vergel S. Miguel; Miguel Angel López Sáez, C/ All i Pebre, 11 46160 Lliria-Urb. Vergel S. Miguel; José Manuel Beltrán Herrero, C/ Gabriel
Miró, 3B 46160 Llíria-Urb. Vergel S. Miguel; Herminia Simó Ortega, C/ Gabriel Miro, 5 46160 Llíria; Susana Adriá Parrón, C/ Venerable
Cano, 4 46160 Llíria; Rocío Vargas Llavata, C/ Pla de l’Arc, 50-2-4ª 46160 Llíria; Begoña Llopis González, C/ L’Hort d’Agustí, 41-2-6ª 46160
Llíria; Josué Llorach Baca, Pl. Marines, 1-3ª 46160 Llíria; Ignacio Manuel Salas, C/ Rey Don Jaime, 67 46160 Llíria; Salvador Giner Climent,
C/ Maestro Rodrigo, 52 46160 Llíria-Urb. Vergel S. Miguel; Jorge Miralles Martínez, C/ Guillem Sorolla, 59 46160 Llíria; Sdad. Civil Particular La Senyera, Ctra. Llíria Portaceli, 46160 Llíria-Urb. Jardín de Lauro; Antonio Peñaranda Monsálvez, C/ Godofredo Ros, 4-3ª-12ª 46160
Llíria;
Jaime Ubeda Rubio, C/ Filipinas, 5-2ª 46006 Valencia; Silvia García Santamari, C/ Arquitecto Tolsa, 6-19ª 46019 Valencia; M.Teresa Almonacid Serrador, C/ Francisco Alegre, 2-2-8ª 46018 Valencia; Maria Teresa Serrador Aguirre, C/ Francisco Alegre, 2-2-8ª, 46018 Valencia; José
Ignacio Almonacid Serrador, C/ Francisco Alegre, 2-2-8ª, 46018 Valencia; Francisco Ramírez Cabanes, C/ Pobla de Farnals, 41-1-4ª, 46017
Valencia; Héctor García Santamaría, C/ Alcañiz, 44-5ª, 46019 Valencia; Juan Carlos García Santamaría, C/ Centelles, 36-10ª, 46006 Valencia;
Ramón Mocholí López, C/ General Urrutia, 49-5ª 46006 Valencia; José Julián Cuarenta Resta, C/ Jacinto Labaila, 41-5-13ª, 46007 Valencia;
Juan Luis Pla Martí, C/ Dama de Elche, 23-3-16ª, 46023 Valencia; Enrique González Alcañiz, C/ Tres Forques, 95-14ª 46014 Valencia; Soledad Córdoba Paños, C/ Archiduque Carlos, 67-7ª 46018 Valencia;
Vicente Aliaga García, C/ Conde de Montornés, 17-10ª 46980 Paterna;Juan Carlos Blanes López, C/ Ramón y Cajal, 12-25ª 46980 Paterna;
Pedro Miguel Ramírez Olmo, C/ San Elías, 6-11ª 46980 Paterna; José Antonio Fernández Martínez, C/ Virgen del Pilar, 45-2 46980 Paterna;
José Antonio Fernández Martínez, C/ Virgen del Pilar, 45-2 46980 Paterna; Rafael Ventura Lasso, C/ Cuevas de la Torre, 68 46980 Paterna;
José Gallego Mas, Avda. Valencia, 16 46130 Masamagrell; Vicente Ardite Ortuño, Avda. 9 d’Octubre, 60-18ª 46113 Moncada; Leonor Valverde Juan, C/ Balmes, 10-1-3ª 46100 Burjassot; Vicente Martín Hervás, Ctra. Llíria, 47-2 46100 Bujassot; Ana Isabel Belenguer Belenguer,
C/ Els Jurats, 23 46021 Alboraya; Miguel González Navarro, C/ Pintor Saura Mira, 12 A 30562 Ceuti-Murcia; José Antonio Barjola Flores,
Pl. 9 d’Octubre, 6-1-1ª 46100 Godella; Raúl García Flores, C/ Burgos, 13 46183 L’Eliana.
Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.
Llíria, a 10 de septiembre de 2013.—La concejal-delegada de Urbanismo, Urbanizaciones y Medio Ambiente (Resolución del alcalde nº
1298/2013, de 24 de mayo, BOP 07-06-2013), Remedios Mazzolari Tortajada.
2013/24550
N.º 227
24-IX-2013
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Ayuntamiento de Alginet
Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre lista definitiva, tribunal y fechas examen, para la selección interina
de conserje de instalaciones y dependencias municipales.
ANUNCIO
Finalizado el plazo para subsanar defectos y presentar reclamaciones
a la lista provisional de admitidos y excluidos aprobada por Resolución 883/2013, y publicada en el BOP número 174 de 24 de julio,
relativo a la selección interina de la plaza de Conserje de Instalaciones y Dependencias Municipales, vacante en este Ayuntamiento, y
no habiéndose presentado alegación alguna.
Por Resolución de Alcaldía número 1076/2013, de fecha 11-09-2013,
se ha resuelto los siguiente:
“PRIMERO: Aprobar definitivamente la lista provisional de admitidos y excluidos siguiente:
ADMITIDOS:
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 ADAM GARCIA, MARIA
AREVALO GARCÉS, FRIDA
AROCA RAMOS, EVA Mª
ASENSIO ROIG, MIREIA
AUSINA JUAN, NÚRIA
AVELLANEDA CUELLAR, VICENTE
AVELLANEDA IRANZO, NOELIA
BARBERÁ RAMOS, SANDRA
BAREA BONET, Mª ROSA
BAY BALLESTEROS, FRANCISCO JOSÉ
BENET HERNÁNDEZ, IGNACIO
BLASCO CLEMENTE, RUBEN A.
BLASCO LLOPIS, JOSE LORENZO
BOSCH BENAVENT, JULIA
BOSCH ESPERT, ROSA
BOSCH LOZANO, CINTA
BOSCH LOZANO, NOELIA
BOSCH SERRA, Mª AMPARO
BOTELLA ALIAGA, MARIA AMPARO
BRU TORTAJADA, JUAN BAUTISTA
CAÑELLAS MARTI, BEATRIZ
CASTILLO REVENGA, FRANCISCO JOSÉ CASTRO SANZ, FRANCISCA
COBACHO CASTILLO, MONICA
COLLADO PELLICER, Mª CONCEPCIÓN
CONEJERO MONTALVA, VERÓNICA
COPOVI ALEJOS, PAULA
CUCÓ NOVERGES, INMACULA
CHINCHILLA PÉREZ, Mª ANGELES
CHOLVI GOMIS, Mª ISABEL
CHORNET VALENZUELA, RAFAEL
DALMAU IRANZO, NEUS
DALMAU RIVAS, JUAN CARLOS
DARAS GARCÍA, JOSE VICENTE
ECHEGOYEN PEREZ CEJUELA, JUAN F.
ESCURIALA PLA, MANUEL
ESCUTIA ESPERT, TERESA
ESCUTIA ESPERT, VICENT ARTUR
ESPERT BOSCH, CRISTINA
ESPERT CLAVIJO, JOSE Mª
ESTELA PALMI, ROSANNA
ESTRUCH SISTERO, VANESA
FERNÁNDEZ VARGAS, LUZ DIVINA
FERRANDO ANTICH, JOSÉ ANDRÉS
FERRER GONZALVO, JOSÉ MAURICIO
FUSTER SOLER, ADRIAN
GAIL GIL, GREGORIA
GAIL GIL, VICENTE
GALÁN BLASCO, JOSÉ VICENTE
GARCIA ALBERT, JOSÉ VICENTE
GARCIA ALEMANY, Mª PILAR
GARCIA HORMIGO, FRANCISCO M.
GARCIA LOZANO, MARIA AMPARO
GARCIA MIRASOL, AMPARO
GASÓ LUCIO, EVA
GIL AROCA, JOSÉ
GIL AROCA, Mª DOLORES
GIL FERNÁNDEZ, VERÓNICA
GOMÉZ ALMENDROS, Mª TERESA
GÓMEZ MACHÍ, MARÍA DOLORES
20.784.636 L
73.566.264 M
44.856.947 R
73.585.651 A
24.341.953 H
73.939.288 S
24.381.153 A
73.569.599 H
73.937.900 F
20.825.120 T
29.175.162 F
44.875.831 W
73.939.291 H
20.800.422 G
53.096.742 T
20.774.257 J
44.851.313 W
73.561.080 L
53.096.051 E
52.646.347 Z
85.083.726 X
73.560.861 F
73.774.242 V
73.771.847 Z
73.897.675 D
20.832.827 W
52.647.161 T
52.641.530 V
73.943.358 Z
73.565.853 P
20.836.375 P
73.589.286 G
25.587.616 D
25.395.380 E
48.388.666 R
33.458.799 D
73.939.743 X
20.781.866 D
73.585.269 N
44.858.971 R
73.779.176 Y
20.817.677 D
73.943.474 S
73.558.120 A
22.583.443 L
20.848.663 Z
73.944.334 R
52.641.604 D
73.565.191 J
20.414.641 W
52.642.354 T
73.940.461 S
73.583.287 P
22.563.366 K
22.565.529 E
73.581.381 B
44.872.036 W
73.581.811 G
20.824.998 Q
20.774.072 N
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 GOMÉZ PERIS, TERESA
GOMIS TORTAJADA, VICENTA JOSEFA
GONZÁLEZ BERBEGALL, LORENA
GONZALEZ MOLINA, ANA
GUIJARRO MACHÍ, JOSE LUÍS
GUILLÉN POVEDA, CAROLINA
GUILLÉN POVEDA, MERCEDES
IZQUIERDO GARCÍA, CARLOS
JIMENEZ BOLUDA, ANDREA
JUAN VIVÍA, CELIA
JUAN CARRUANA, ENRIC
LOPEZ CLIMENT, LORENA
LORITE MARÍ, BEATRIZ
LORITE MARÍ, EVELINA
MACHI NAVARRO, JOSÉ MANUEL
MAÑANES TORREIRA, NURIA
MARTINEZ RODRÍGUEZ, RAFAEL
MARTÍN PETRUNIC, OMAR DARIO
MATEO MATEO, GUILLERMO
MATOS TOLMOS, LORENA
MOLINA GÓMEZ, MIRTA
MOLINER SOLER, MIREIA
MOURELLE NICOLÁS, DAVID
MOYA CARBONELL, JUAN
NACER LATORRE, PATRICIA
NADAL CABALLER, ESTEFANÍA
NAVARRO ROIG, JOSÉ ENRIQUE
ORTIZ MARTORELL, NIEVES
PALAU NAVARRO, VICENTA ZORAIDA
PASTOR CARBONELL, RAFAEL
PAVIA TORTAJADA, FRANCISCO
PÉREZ PAVIA, ANDREA
PRIMO MARTÍN, MARÍA
RAMÓN ROMERA, Mª CONSUELO
RAMÓN ROMERA, NOELIA
RAMÓN ROMERA, PEREGRIN
REIG MERCADER, CAROLINA
ROIG BOSCH, Mª ROSA
ROIG GARCÍA, NOELIA
ROIG HERRAIZ, ALVARO
ROIG MORELL, ELENA
ROIG I ORTIZ, JOSEP
ROIG ROIG, Mª AMPARO
ROIG TERRÉS, Mª CARMEN
ROMERA SOLAR, Mª AMPARO
ROSADO CORDELLAT, CRISTIAN
ROSA MOLINA, JOSÉ RAMÓN
ROVIRA PONCE, NIEVES
RUANO RENGEL, MARINA
RUIZ GÓMEZ, MAURICIO
RUIZ LÓPEZ, ALBERTO
RUIZ MARTINEZ, RAFAEL
SAEZ ALFONSO, MERCEDES
SANCHIS PÉREZ, SALOMÉ
SANCHO GREGORI, VICENTA
SEGUI PERIS, Mª DOLORES
PEREZ-SERRANO GIL, JOSÉ LUIS
SOLER RIBERA, Mª DOLORES
TODOSSANTOS PALERO, MIGUEL ANGEL
TORTAJADA DALMAU, ENRIQUE
VALERO VEGAS, ASUNCIÓN
ZORNOZA COMPANY, MARIA
45
73.943.468 D
20.781.665 S
20.030.599 Z
73.580.670 J
73.942.176 M
20.782.482 G
24.336.944 T
76.116.891 R
73.585.972 W
73.585.714 C
73.586.521 E
73.586.438 P
45.632.612 Z
45.632.611 J
20.780.591 E
20.831.370 V
22.576.835 N
44.898.017 Q
85.085.843 B
44.852.330 F
73.582.118 N
20.793.223 G
48.397.386 G
22.570.047 D
22.574.779 L
73.584.452 T
73.774.884 S
73.561.070 D
52.641.251 R
73.777.813 T
73.940.357 A
73.586.096 B
73.944.327 V
73.776.688 W
73.582.921 X
73.776.687 R
20.797.884 L
73.940.797 Y
73.568.365 J
20.794.134 H
52.641.327 P
22.694.278 V
52.641.302 Y
53.092.544 B
73.566.434 Z
24.392.998 A
73.580.929 L
73.943.760 W
20.835.397 L
73.942.701 R
44.797.606 T
44.859.743 Z
85.084.571 G
29.165.496 R
52.641.406 H
20.164.603 C
73.544.226 R
22.688.597 V
24.318.394 B
73.557.218 K
20.790.851 R
44.875.609 X
EXCLUIDOS: Ninguno
SEGUNDO: Nombrar el Tribunal que debe valorar el concursooposición convocado para la provisión interina de una plaza de
Conserje de Instalaciones y dependencias municipales, el cual estará formado estará formado por:
PRESIDENTE: Dª NURIA COMPAÑ BARCO, Técnico de Administración General y Dª MARIA BAYO CALDUCH, Arquitecta
Municipal, funcionarias de esta Corporación, titular y suplente,
respectivamente.
SECRETARIO: D. JOSÉ VICENTE IBOR RIDAURA, Secretario
de la Corporación y Dª AMPARO PAVIA CASANOVA, Administrativa de Administración General, de este Ayuntamiento, titular y
suplente, respectivamente,
VOCALES: D. LUIS ÁNGEL DE DIOS IBARLUCEA, Técnico de
Administración General del Ayuntamiento de Alginet y Dª EVA Mª
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VAZQUEZ MORA, Traductora-Profesora de Valenciano. De este
Ayuntamiento, titular y suplente respectivamente.
Dª AMPARO PAVIA CASANOVA, y Dª TERESA JOSEFA VERA
ROIG, ambas Administrativas de Administración General de este
Ayuntamiento, titular y suplente respectivamente.
Dª INMACULADA PRIMO AROCAS, Técnico Medio de Rentas,
y Dª Mª CARMEN BOLUDA IBOR, Administrativa de Administración General, funcionarias de esta Corporación, titular y suplente
respectivamente.
TERCERO: De conformidad con la Base Quinta de las que rigen
este proceso de selección se convoca al Tribunal y a los aspirantes
para la realización del primer ejercicio el día 21 de octubre a las 9
horas, en la Casa de la Cultura (C/ Arzobispo Sanchis, 26).
CUARTO: Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de
la Provincia, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, así como en
la página web municipal.
QUINTO: Una vez comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios
que ocasionen la celebración de estas pruebas, se publicarán en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.”
Lo que se hace público para general conocimiento en Alginet a 12
de septiembre de 2013.—El Alcalde.
2013/24555
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Excelentísimo Ayuntamiento de Sagunto
Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Sagunto
sobre notificación colectiva de las liquidaciones anuales
del precio público de los huertos urbanos del ejercicio
2013.
ANUNCIO
Por Resolución del Concejal Delegado de Economía y Finanzas de
fecha 9 de septiembre de 2013 con número 1740 se ha aprobado el
padrón, que a continuación se detalla:
Concepto
Precio Público de los Huertos Urbanos del ejercicio 2013
Al amparo de lo previsto en el art.14.2 .) de la Ley 39/88, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, contra los actos de
inclusión y exclusión de los sujetos pasivos, de alteración de cualesquiera datos que constan en el padrón, así como de las liquidaciones
comprendidas en el padrón , actos no definitivos en vía administrativa, podrá formularse recurso de reposición , previo al contencioso
administrativo, ante el Alcalde - Presidente en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la finalización de la exposición pública
del padrón.
En cumplimiento del art. 102.3. de la Ley General Tributaria, el
presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el
tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al público del padrón.
ANUNCIO DE COBRANZA
Sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse en plazo, de
conformidad con el art. 88 del Reglamento General de Recaudación
se fija como período voluntario de cobranza :
Concepto
Periodos
Precio Público de los Huertos Urbanos
ejercicio 2013
Periodo de Cobro: Del 16/09/2013 al 18/11/2013.
Medios de Pago: Dinero de curso legal, o transferencia bancaria en
cuenta restringida de tributos periódicos
Lugar, días y horario de pago
Los recibos se podrán pagar, en caso de no estar domiciliados, en las
oficinas de las Entidades Bancarias colaboradoras con este Ayuntamiento, que se detallan a continuación:
• Bankia, Banco de Santander, Banesto (Grupo Santander), Banco
de Valencia (CaixaBank), SabadellCAM, BBVA, La Caixa (CaixaBank), Cajamar.
Los días y horas de pago serán los establecidos en el período voluntario de cobro en el horario que tengan establecido para la atención
al público las Entidades Bancarias colaboradoras.
Transcurridos los periodos indicados sin que se haya efectuado el
pago voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo:
• Recargo ejecutivo: Del 5% cuando se satisfaga la totalidad de la
deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de
la providencia de apremio.
• Recargo de apremio reducido: Del 10% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el recargo
antes de la finalización del plazo previsto en el articulo 62.5 de esta
Ley para las deudas apremiadas
• Recargo de apremio ordinario: Del 20% además de intereses de
demora cuando no concurran las circunstancias anteriores
Cuando resulte exigible el recargo ejecutivo o el recargo de apremio
reducido no se exigirán intereses de demora.
Al amparo de lo dispuesto en el art. 153 del Reglamento General de
Recaudación, las costas que puedan originarse durante el proceso de
ejecución forzosa serán a cargo del deudor.
SE RECUERDA A LOS CONTRIBUYENTES LA CONVENIENCIA DE
HACER USO DE LAS MODALIDADES DE DOMICILIADION DE PAGO,
A TRAVES DE LAS ENTIDADES BANCARIAS Y CAJAS DE AHORRO,
CON ARREGLO A LAS NORMAS QUE SE SEÑALA EN EL ART. 90 DEL
REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION.
Sagunto, 9 de septiembre de 2013.—El secretario general, Emilio
Olmos Gimeno.
2013/24561
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Ayuntamiento de Paterna
Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notificación a desconocidos del acuerdo plenario de 31/07/13, relativo al sometimiento
de información pública de la MP nº 68 del PGOU, Estudio de Integración Paisajístca y Plan de Participación Pública.
EDICTO
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2013, se acordó someter a información pública la Modificación
Puntual nº 68 del Plan General y el Estudio de Integración Paisajística junto con el Plan de Participación Pública, presentado por UNIÓN
SEIS, S.A., teniendo como objeto el cambio de uso dotacional privado escolar a dotacional privado residencial público de la parcela situada
en la Calle 610, nº 26, con referencia catastral 7790205YJ1779S001DM.
Lo que se publica para que sirva de notificación a quienes resultan desconocidos, a los efectos del cumplimento del artículo 59.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el listado de afectados siguiente:
RELACIÓN QUE SE CITA:
NOMBRE INTERESADO
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO
CLUB DEPORTIVO CULTURAL LA CAÑADA
C/ 412, Nº 7, 46182 PATERNA
ASOCIACIÓN DE VOLUNTARIOS PROTECCIÓN CIVIL PATERNA EMERGENCIAS
C/ 522, Nº 8, 46182 PATERNA
Paterna, a 11 de septiembre de 2013.—La alcaldesa en funciones, Mª Elena Martínez Guillem.
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Ayuntamiento de Buñol
Edicto del Ayuntamiento de Buñol sobre delegación de
autorización para celebración de matrimonio civil, el día
28/09/2013, en Rafael Pérez Gil.
EDICTO
Por Decreto nº 918 /13, la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento dispuso:
1.- Delegar en el Sr. Concejal D. Rafael Pérez Gil la autorización del
matrimonio de D. Alexander-Nicolaas Pieterse y Dª Elodia Climent
España, a celebrar el día 28 de septiembre de 2013.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre.
Buñol, 10 de septiembre de 2013.—El Alcalde, Joaquín Masmano
Palmer.
2013/24574
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BUTLLETÍ OFICIAL
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Ajuntament d’Otos
Edicte de l’Ajuntament d’Otos sobre aprovació de bases
específiques per a la selecció de personal funcionari interí per al programa de l’escola infantil d’Otos (curs
escolar 2013-2014).
EDICTE
Per Resolució de l’Alcaldia de 12 de setembre de 2013, s’han aprovat les bases específiques que han de regir el procés de selecció per
al nomenament de personal funcionari interí per al programa de
l’escoleta infantil per al curs 2013-2014, mitjançant oposició.
El termini de presentació de sol·licituds serà de 10 dies naturals a
comptar des del dia següent al de la publicació del edicte al BOP de
València.
Les sol·licituds per a participar en aquest procediment selectiu es
dirigiran a l’Alcaldia-Presidència de l’Ajuntament d’Otos, i s’han de
presentar en el Registre General d’Entrada del Ajuntament, en horari d’oficines, de dilluns a divendres de 9 a 14 hores, mitjançant el
model oficial que acompanya les bases.
El model de sol·licitud està a disposició de les persones interessades
en les oficines de l’Ajuntament d’Otos, al carrer Santo Cristo, 12.
46844 Otos.
Otos, 12 de setembre de 2013.—L’alcalde-president, Emilio J. Mira
Quilis.
2013/24576
BOLETIN OFICIAL
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N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
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Ayuntamiento de Guadassuar
Edicto del Ayuntamiento de Guadassuar sobre baja definitiva en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas
que en el mismo se indican.
EDICTO
De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al no haberse podido realizar la notificación correspondiente en
el domicilio del interesado por causas no imputables a esta Administración, se efectúa la notificación por medio del presente anuncio:
Por el Sr. Alcalde, con fecha 6 de septiembre de 2013, se ha dictado la siguiente resolución:
“DECRETO.- Visto el expediente que se instruye en este Ayuntamiento según el Art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, para proceder a la baja de oficio del padrón Municipal de Habitantes de las siguientes personas abajo reseñadas, al incumplir los requisitos establecidos en el Art. 54 del citado Reglamento.
Resultando:
I.- Que intentada, sin éxito, la práctica de la notificación a las personas interesadas para que acreditaran que es en este municipio en el que
residen el mayor número de días al año; además de la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia número 146
de 21 de junio de 2013, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
II.- Que, cumplido el plazo reglamentario, las personas interesadas que después se mencionan no han procedido al efecto.
Visto el informe favorable emitido por el Consejo de Empadronamiento, de fecha 27 de agosto de 2013, esta Alcaldía, en uso de las facultades
conferidas por la legislación vigente, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar la baja definitiva en el Padrón Municipal de Habitantes de esta Villa de las siguientes personas:
NOMBRE
APELLIDOS
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO
SAIRA
AMRANE JIMÉNEZ
C/ PARE ESTANISLAO, 9-1º-5ª, DE GUADASSUAR
SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a las personas interesadas indicándoles que contra la misma, que agota la vía administrativa, podrá
interponer los siguientes recursos:
En el plazo de un mes: El potestativo de reposición a que se refiere el artículo 116 de la Ley 30/92, modificada por la Ley 4/99, de 13 de
enero, ante el Sr. Alcalde.
En el plazo de dos meses: Contencioso Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 48, 107.3 y 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.”
Guadassuar, a 6 de septiembre de 2013.—El Alcalde, José Ribera Añó.
2013/24580
52
BUTLLETÍ OFICIAL
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Ayuntamiento de Quartell
Anuncio del Ayuntamiento de Quartell sobre delegación
de funciones de Alcaldía.
ANUNCIO
Don Francisco Huguet Queralt Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quartell teniendo que ausentarme durante el plazo abajo indicado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales en los que se desarrolla la delegación de las funciones de la Alcaldía en la Teniente de Alcalde de la Corporación
que corresponda,
HE RESUELTO:
Primero.- Delegar todas las funciones de la Alcaldía en DOÑA ROSABEL GASPAR PEREZ, durante los días comprendidos entre el 7
al 15 de Octubre de 2013, ambos inclusive.
Segundo.- Comunicar la presente resolución al interesado.
Tercero.- Publicar anuncio sobre esta Resolución en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Dado en Quartell, a 12 de septiembre de 2013.–El alcalde.
2013/24585
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
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Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia
Área de Urbanismo, Calidad Urbana y Vivienda
Servicio de Disciplina Urbanística
Sección Órdenes de Ejecución
Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia
relativo a notificaciones providencias de varios emplazamientos.
ANUNCIO
De conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el que se
establece que cuando los interesados en un procedimiento sean
desconocidos, se ignore el lugar de la notificación, o bien, intentada
la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará
por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en
su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según proceda, y no habiéndose
podido localizar a la totalidad de la propiedad de los edificios abajo
referenciados, se hacen públicas las providencias dictadas al respecto, que han dispuesto se notifique a Vd. lo siguiente:
Existiendo expediente en la Sección de Órdenes de Ejecución, del
Servicio de Disciplina Urbanística, del Ayuntamiento de Valencia,
sito en calle Amadeo de Saboya nº 11 – 1ª planta, sobre deficiencias
existentes en los edificios que posteriormente se indican, y debiendo
los propietarios de los edificios, previa obtención de la preceptiva
licencia municipal o la correspondiente declaración responsable,
según proceda, realizar las obras necesarias para mantenerlos en
condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro (según
establece el artículo 206 de de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre,
Urbanística Valenciana), concédase a los propietarios de los inmuebles citados, y como trámite previo a redactar la correspondiente
propuesta de Resolución, un plazo de 15 días para que alegue por
escrito lo que estime conveniente, de acuerdo con lo establecido en
el Art. 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo examinar el expediente en el Servicio y la
dirección arriba indicados.
Nº EXPEDIENTE
INMUEBLE
DECRETO ALCALDIA
03801-1993-463 (1763) C/ Turia nº 27
13/12/2012
03801-1993-469 (1814) C/ San José de la Vega nº 20 16/07/2013
03801-2009-904
C.V. Godella nº 92
04/07/2013
03801-2011-676
C/ Progreso nº 211
05/10/2012
03801-2011-682
C/ Juan José Sister nº 22
17/09/2012
03801-2012-216
C/ Río nº 303
14/12/2012
03801-2012-435
C/ Benicadell nº 9
26/10/2012
03801-2012-554
C/ Planas nº 22
23/01/2013
03801-2012-896
Av Puerto nº 45
31/10/2012
03801-2012-901
C/ José Grollo nº 101
04/03/2013
03801-2013-49
Cmno. Caminot nº 93
29/01/2013
Asimismo signifíquese a la propiedad obligada que en caso de no
ejecutar las obras que se indican, se procederá por esta Administración, a emitir la correspondiente Orden de Ejecución que llevará
aparejada el obligatorio devengo de la Tasa prevista en la vigente
Ordenanza Fiscal.
Valencia, 9 de septiembre de 2013.—El secretario, Manuel Latorre
Hernández.
2013/24604
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
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BUTLLETÍ OFICIAL
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Ayuntamiento de Puçol
Anuncio del Ayuntamiento de Puçol sobre imposibilidad
de notificar a Mª Teresa y Mª Esperanza Serna Montero.
ANUNCIO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ayuntamiento de Puçol, no habiendo podido practicar la notificación, que ha sido
intentada dos veces consecutivas, al interesado que a continuación
se relaciona, mediante el presente anuncio se cita al mismo para que
comparezca en las dependencias de este Ayuntamiento a fin de que
le sea notificadas las actuaciones llevadas a cabo por el Departamento de Urbanismo y que seguidamente se relaciona:
Interesado: Mª Teresa y Mª Esperanza Serna Montero.
Expediente:1922/12 orden de ejecución en calle Marina Alta, nº
3-A.
Objeto: Archivo expediente por cumplimiento orden de ejecución.
La persona interesada o su representante deberán comparecer, con
el fin de ser notificadas, en el plazo de diez días, a contar desde el
siguiente al de la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial”
de la provincia.
Asimismo, se advierte al interesado que de no comparecer en dicho
plazo, la notificación se entenderá practicada, a todos los efectos
legales, desde el día siguiente al del vencimiento del mismo.
Puçol, a 11 de septiembre de 2013.—La alcaldesa, Mercedes Sanchis
Montañana.
2013/24609
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
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55
Ayuntamiento de Burjassot
Edicto del Ayuntamiento de Burjassot sobre notificación de inicio de procedimientos sancionadores por infracciones de tráfico.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente edicto se notifica a las personas o entidades que a continuación se relacionan el inicio de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico que abajo se señalan y que obran en el Negociado
de Infracciones y Sanciones del Ayuntamiento de Burjassot, ya que habiéndose intentado la práctica de la notificación de dichos expedientes
en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido llevar a término.
ÓRGANO DE RESOLUCIÓN Y ÓRGANO INSTRUCTOR: El órgano competente para resolver es el alcalde (art. 71.4 de la LSV), que
delega en el Concejal Delegado para el ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones de tráfico y las ordenanzas municipales(decreto
de 21/06/11). El órgano instructor es el funcionario José del Río López (Dto 26/09/2011), sujeto al régimen de abstención y recusación de los
art. 28 y 29 de la Ley 30/1992 (LRJPAC).
EFECTOS DEL PAGO CON REDUCCIÓN: Si paga en el plazo de los 20 días naturales siguientes desde la notificación del presente acto, el
importe de la multa se reduce en un 50%. El pago con reducción implica la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición y la detracción de puntos al día siguiente (art. 80 LSV). Al efectuar el pago se agota la vía administrativa y queda abierta la contenciosa-administrativa ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valencia en el plazo de 2
meses. El procedimiento sancionador abreviado no será de aplicación a las infracciones previstas en el artículo 65, apartados 5.h),j) y 6 de la
LSV.
PAGO: Puede efectuarse el pago de la denuncia por giro postal dirigido a este Ayuntamiento con domicilio en la Plaza Emilio Castelar, 1 de
Burjassot (CP 46100), indicando el número de expediente o boletín de denuncia, nombre, apellidos, DNI, NIE o documento de identificación
y matrícula del vehículo o en cualquiera de las entidades colaboradoras de este Ayuntamiento tras la recogida del correspondiente documento
de pago en el Negociado de Infracciones y Sanciones.
ESCRITO DE ALEGACIONES: En caso de disconformidad con la denuncia, dentro del plazo de 15 días naturales desde la presente publicación, puede presentar alegaciones o proponer pruebas en el Reg. de Entrada del Ayuntamiento o tal como prevé el art. 38.4 de la Ley 30/1992,
citando el nº de boletín o expediente (art. 74.3.d LSV) , con la advertencia de que renuncia al pago con la reducción del 50%.
SANCIÓN Y EJECUCIÓN: Si no formula alegaciones ni paga con reducción en los 20 días naturales, la denuncia surtirá efecto de acto resolutorio del procedimiento, con lo que no se dictará resolución sancionadora y se ejecutará la sanción a los 30 días. Lo dispuesto será de aplicación únicamente cuando se trate de infracciones leves, graves que no detraigan puntos, e infracciones graves y muy graves cuya notificación
se efectúe en el acto de la denuncia. En el resto de infracciones de no presentarse alegaciones, esta notificación será considerada propuesta de
resolución (art. 13.2 del RD 1398/1993, de 4 de agosto). Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción
sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio (art. 90 LSV).
RESPONSABLE: Las infracciones recaerán directamente sobre el autor del hecho, salvo los supuestos contemplados en el art. 69 de la LSV.
En caso de no haber sido usted el infractor, dispone de un plazo de 15 días naturales para identificar al conductor responsable de la infracción
contra el que se iniciará procedimiento sancionador, advirtiéndole que de no hacerlo se considerará falta muy grave (art. 65.5.j. LSV). Deberá indicar nombre, apellidos, DNI, NIE o documento de identificación, domicilio y número del permiso o licencia de conducción. En caso de
no obtener respuesta, se entenderá que usted era el conductor del vehículo, continuando el procedimiento sancionador a su nombre. Si la
propietaria o arrendataria del vehículo es una persona jurídica, deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción,
puesto que de lo contrario se incoará expediente sancionador por infracción muy grave prevista en el art. 65.5.j) de la LSV, siendo la sanción
prevista para esta infracción el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción
grave o muy grave.
PUNTOS A DETRAER: Si efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago (art. 80 LSV). En otro caso,
los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme (art. 88 LSV). El saldo de puntos se puede consultar en: www.dgt.es.
Burjassot, a 12 de septiembre de 2013.—El alcalde.
BUTLLETÍ OFICIAL
56
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
boletin
Matrícula
Último Municipio conocido
2013-P-00208094
2013-P-00207686
-005674-GBN
-002661-HLD
AG.
071
034
BOLETIN OFICIAL
Precepto infringido Art. Aptdo. opción
(VALENCIA)
RGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2A 5R-
024344855E
073572896J
19/06/2013
21/06/2013
80,00 €
200,00 €
BLANQUES (VALENCIA)
Último Municipio conocido
PATERNA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
ALAQUAS (VALENCIA)
Último Municipio conocido
ALBALAT DELS SORELLS (VALENCIA)
Último Municipio conocido
ALDAIA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
ALFAFAR (VALENCIA)
Último Municipio conocido
BARBERA DEL VALLES (BARCELONA)
Último Municipio conocido
BENETUSSER (VALENCIA)
Último Municipio conocido
BENICARLO (CASTELLO DE LA PL)
Último Municipio conocido
BETERA (VALENCIA)
-002976-DJJ
2013-P-00207980
V -002693-FT
2013-P-00206458
2013-P-00206483
2013-P-00204565
2013-P-00208214
2013-P-00207722
2013-P-00208242
2013-P-00208099
2013-P-00208780
2013-P-00208077
2013-P-00207535
-003171-GWC
-007224-FHH
-004255-DXX
-005100-GDP
V -001365-EF
-006403-DXB
-001857-CYV
-009787-DNP
-000767-FTW
V -008039-HF
Último Municipio conocido
2013-P-00207931
-003193-DPF
Último Municipio conocido
2013-P-00206882
2013-P-00207380
2013-P-00207553
2013-P-00205918
2013-P-00206019
2013-P-00207730
2013-P-00207732
2013-P-00207887
2013-P-00207893
2013-P-00207928
2013-P-00207900
2013-P-00208130
2013-P-00207952
2013-P-00207840
2013-P-00208243
2013-P-00205594
2013-A-00000484
2013-P-00207932
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2013-P-00208249
2013-P-00207935
2013-P-00207986
2013-A-00001764
2013-P-00207960
2013-P-00207975
2013-P-00207222
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2013-P-00208338
2013-P-00209257
2013-P-00208000
2013-P-00208493
2013-P-00208076
2013-P-00207708
2013-P-00208601
2013-P-00208271
2013-P-00206874
2013-P-00208402
2013-P-00208555
2013-P-00208826
2013-P-00208273
2013-P-00208579
2013-P-00207295
2013-P-00207873
2013-P-00207874
2013-P-00208220
2013-P-00206958
2013-P-00207678
2013-P-00208709
2013-P-00208830
M -004119-VC
-007362-HJF
-004735-BYF
-001442-GZZ
-001050-FVX
-003505-BKH
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M -003972-VP
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-004096-DCF
-004537-DXX
CA-009327-BS
-003112-FHK
Importe propuesto % Dto Ptos
CALATAYUD M
IRANZO O
Último Municipio conocido
2013-P-00208247
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
50
50
0
0
073
RGC Art. 91 2 5J-
TORTAJADA S
025410519G
14/05/2013
200,00 €
50
0
044
RGC Art. 171 - 5A-
VARGAS V
021013614D
10/05/2013
80,00 €
50
0
BRAZO S
SANTOS P
SANZ G
040968314R
052636913X
085029792B
05/02/2013
14/03/2013
25/06/2013
200,00 €
200,00 €
200,00 €
50
50
50
0
0
0
CONSTR. MEDITERR.
B97881833
05/06/2013
80,00 €
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0
FERREIRA D
X4305092K
07/06/2013
80,00 €
50
0
DAOUDI M
X2773655Q
06/05/2013
80,00 €
50
0
ITALPRENSAS SANDRETTO SA
A08199929
22/06/2013
80,00 €
50
0
MARTINEZ G
044862253V
10/06/2013
80,00 €
50
0
DURAN M
X3601995B
11/05/2013
200,00 €
50
4
IBAÑEZ V
024329870X
04/05/2013
200,00 €
50
0
MARTINEZ M
004587509K
10/05/2013
200,00 €
50
0
RODRIGUEZ M
CASTILLO L
ALARCON REFORMAS Y CONST.
JERONIMO RUIZ LARA SL
LLEDO F
FERNANDEZ C
GOMEZ V
RIVAS R
RIVAS R
ROPA M
RODRIGUEZ A
GARCIA M
VOZMEDIANO V
VARGAS V
CABREJAS G
MARTI C
MARTINEZ G
AMARIOAREI C
RODRIGUEZ M
GARCIA C
ORZAEZ P
SOLER L
DECORACIONES FRANMI SL
MAKSYMENKO I
COBANO N
CONES E
RUIZ R
BARBERO H
CERVANTES M
TORRES V
MONTOYA C
VEGA M
CARRILERO F
MARTIN H
GRANDE H
OSSORIO A
RICO P
MARTINEZ C
MARTINEZ A
ARNAL G
CASTRO E
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BOBBY N
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SANCHO M
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BUTLLETÍ OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
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BOLETIN OFICIAL
RODRIGUEZ M
CORREDOR C
CORNEL I
CONES E
AYALA F
RODRIGUEZ P
PISA B
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Último Municipio conocido
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Último Municipio conocido
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80,00 €
200,00 €
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80,00 €
200,00 €
50
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3
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0
0
MARINES (VALENCIA)
Último Municipio conocido
MASSAMAGRELL (VALENCIA)
Último Municipio conocido
MELIANA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
MISLATA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
MONCADA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
NAQUERA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
PAIPORTA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
PATERNA (VALENCIA)
2013-P-00205593
2013-P-00207891
2013-P-00206410
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2013-P-00208852
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V -002972-HB
V -009992-GH
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V -006742-GW
-003334-HJC
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M -006181-UJ
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57
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
031
044
052
030
065
060
044
072
047
069
073
073
047
044
044
047
047
047
047
072
033
044
065
065
065
053
046
030
047
030
065
RGC Art. 94 2E 5X-
RGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 91 2 5JRGC Art. 154 - 5B-
RGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 171 - 5ARGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2G 5Z-
RGC Art. 94 2A 5GRGC Art. 94 2A 5GRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2G 5ZRGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 154 - 5BRGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 117 1 5ARGC Art. 91 2 5JRGC Art. 117 1 5ARGC Art. 94 2F 5ARGC Art. 91 2 5JRGC Art. 117 1 5ARGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 154 - 5BRGC Art. 91 1 5C-
BUTLLETÍ OFICIAL
58
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
Último Municipio conocido
PICASSENT (VALENCIA)
Último Municipio conocido
POBLA DE VALLBONA (LA) (VALENCIA)
Último Municipio conocido
PUIG (VALENCIA)
Último Municipio conocido
QUART DE POBLET (VALENCIA)
Último Municipio conocido
RIBA-ROJA DE TURIA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
ROCAFORT (VALENCIA)
Último Municipio conocido
SEDAVI (VALENCIA)
Último Municipio conocido
SEVILLA (SEVILLA)
Último Municipio conocido
SILLA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
SUECA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
TERUEL (TERUEL)
Último Municipio conocido
TORRENT (VALENCIA)
Último Municipio conocido
VALENCIA (VALENCIA)
Último Municipio conocido
VALL D'UIXO (LA) (CASTELLO DE LA PL)
Último Municipio conocido
VILLARREAL/VILA-REAL (CASTELLO DE LA PL)
2013-P-00205982
2013-P-00207937
2013-P-00208210
2013-A-00004851
2013-P-00206400
2013-P-00208708
2013-P-00207847
2013-P-00208040
2013-A-00001206
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2013-P-00208569
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2013-P-00207579
2013-P-00208639
-003069-GJR
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-003308-GGV
V -002491-HF
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034
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052
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060
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025
056
025
047
012
071
072
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034
047
060
047
015
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076
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012
044
073
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065
047
044
065
065
065
065
076
065
076
073
047
RGC Art. 94 2C 5U-
RGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2F 5ARGC Art. 20 1 5ARGC Art. 154 - 5B-
RGC Art. 94 2F 5A-
RGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 20 1 5ERGC Art. 94 2E 5X-
RGC Art. 94 2A 5QRGC Art. 154 - 5B-
RGC Art. 94 2C 5URGC Art. 146 - 5A-
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RGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 3 1 5BRGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2F 5ARGC Art. 18 2 5BRGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 94 2F 5ARGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 3 1 5ARGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 94 2C 5URGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 154 - 5BRGC Art. 94 2A 5QRGC Art. 171 - 5ARGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 91 2 5JRGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 154 - 5BRGC Art. 151 2 5BRGC Art. 94 2E 5XRGC Art. 171 - 5A-
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
PERALES C
053357089X
20/02/2013
80,00 €
50
0
DOLS M
ALBACETE M
052724730J
022678540B
20/05/2013
05/06/2013
80,00 €
200,00 €
50
50
0
0
GARCIA G
073501644S
01/06/2013
500,00 €
50
6
B97749170
31/05/2013
80,00 €
50
0
BONNAVEIRA H
Y1419619G
12/06/2013
200,00 €
50
0
DAHR M
ABZUETA C
MEDINA L
X8551179D
X3523106N
052655096T
10/05/2013
22/05/2013
01/06/2013
200,00 €
80,00 €
500,00 €
50
50
50
0
0
4
TRANSPORTES YHEY
B97923924
30/05/2013
200,00 €
50
0
GONZALEZ G
028590245A
20/05/2013
200,00 €
50
0
VILLANUEVA M
044872229B
15/06/2013
80,00 €
50
0
MUÑOZ M
RIPOLL G
019802976E
020820995S
15/05/2013
12/06/2013
80,00 €
200,00 €
50
50
0
4
SANCHO M
018447649Q
22/05/2013
80,00 €
50
0
ORTIZ E
024324843C
07/06/2013
200,00 €
50
0
CHORDA U
PEREZ A
OLIVAS G
ABANADES C
AGUAYO A
RUIZ H
CABALLER R
BORONAT P
ALAMAN V
BAROUNI E
AGUILAR M
ESTEVE A
MILLONGO COMUNICACION SL
CARBONELL C
SIFRE P
JIMENEZ P
HERNANDEZ M
ROCA F
HOYOS G
CORTES P
ALBENDIN A
SAVA M
CABALLERO C
LOZANO R
GOMEZ A
073500167X
019842421E
033457274W
053056827J
001346719T
002887923C
073520871Z
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025409794S
X2316379A
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B97352884
019451539W
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019466574H
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Y0984027D
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052654036K
024316901J
07/05/2013
07/05/2013
08/05/2013
09/05/2013
14/05/2013
15/05/2013
15/05/2013
14/05/2013
28/05/2013
31/05/2013
05/06/2013
05/06/2013
05/06/2013
06/06/2013
07/06/2013
07/06/2013
12/06/2013
12/06/2013
19/06/2013
19/06/2013
19/06/2013
19/06/2013
20/06/2013
21/06/2013
21/06/2013
200,00 €
200,00 €
200,00 €
80,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
500,00 €
200,00 €
200,00 €
80,00 €
200,00 €
80,00 €
200,00 €
80,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
200,00 €
80,00 €
200,00 €
50
50
50
50
50
50
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50
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50
50
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50
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50
0
0
0
0
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0
0
0
0
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0
0
0
0
0
4
025392487G
02/04/2013
200,00 €
50
0
06/06/2013
80,00 €
50
0
TECNICA VEHICULO IND A3
CARO B
MORAES J
X3312312J
Número de denuncias
173
2013/24612
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Ontinyent
Edicto del Ayuntamiento de Ontinyent sobre notificación
que no se ha podido realizar en el expediente de orden
de ejecución en C. del Tirador, 2 y 4, de Ontinyent.
EDICTO
Visto que en este Ayuntamiento se tramita expediente con el número 550-2013 de orden de ejecución en c. del Tirador, 2 y 4 de Ontinyent, y visto que se ha intentado efectuar la notificación a:
− Herminia Santiago Borja, mediante el servicio de correos, en el
domicilio que consta en el expediente, los días 05.08.2013 y
06.08.2013 a las 11,06 horas y 12,57 horas respectivamente.
− Juan Bautista Díaz, mediante el servicio de correos, en el domicilio que consta en el expediente, los días 07.08.2013 y 08.08.2013 a
las 10,30 horas y 09,30 horas respectivamente
Visto que no se ha podido practicar dichas notificaciones, se procede a dar cumplimiento a lo que establecen los artículos 59 y 60 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y se hace
público el contenido de aquellas notificaciones mediante publicación
de edicto al BOP de Valencia y al tablón de anuncios municipal de
los Ayuntamientos de Yecla (Murcia) y Ontinyent (València)
“Visto el expediente de orden de ejecución que se tramita en este
Ayuntamiento en relación al inmueble ubicado en c. Del Tirador 2 y
4 de Ontinyent, del cual son propietarios Servihabitat XXI SAU,
Juan Bautista Díaz, Herminia Santiago Borja.
Visto el informe emitido por el técnico municipal con fecha 22 de
julio de 2013 en el que se indica que, realizada inspección ocular a
dicho edificio ha podido verse que les obras objeto de la orden ya
han sido ejecutadas, es por ello que esta concejalia os comunica que
se ha procedido al archivo del expediente al haber desaparecido los
circunstancias que originaron el inicio.”
Ontinyent, 9 de septiembre de 2013.—La concejala delegada del
Área de Territorio, Seguridad Ciudadana y Servicios Municipales
(Decreto 1754/2011, de 8 de julio), Rebeca M. Torró Soler.
2013/24614
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
59
BUTLLETÍ OFICIAL
60
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Ayuntamiento de Burjassot
Edicto del Ayuntamiento de Burjassot sobre notificación de sanciones y, en su caso, resolución a los escritos de alegaciones por
infracciones de tráfico.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la conclusión de los expedientes sancionadores
que se indican, que obran en el Negociado de Infracciones y Sanciones del Ayuntamiento de Burjassot, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Dichas resoluciones sancionadoras por infracciones de tráfico han sido dictadas por Don Manuel Pérez Menero, Concejal Delegado para el
ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones de tráfico y las Ordenanzas Municipales, en uso de las atribuciones delegadas por la
Alcaldía según decreto de fecha 21/06/2011, en ejercicio de las competencias que le atribuye la legislación vigente, art. 21 de la Ley 7/85, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el art. 7 y 71.4 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Las referidas resoluciones ponen fin a la vía administrativa. Cabe interponer recurso previo y potestativo de reposición en el plazo de un mes,
a partir del día siguiente de la presente publicación, ante el mismo órgano que las dictó, de acuerdo con el artículo 82.2 del RDLeg. 339/1990,
de 2 de marzo, y los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
De no interponer recurso potestativo de reposición dentro del plazo de un mes, dichas resoluciones, que son definitivas en vía administrativa,
adquirirán carácter de firmeza. También puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la presente publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio o ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia (Art. 8,14,45 y 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa-Administrativa). Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de ejercer cualquier otro recurso que estime procedente.
La multa deberá hacerse efectiva dentro de los 15 días naturales siguientes a partir de la firmeza de la misma, advirtiendo que transcurrido el
indicado plazo sin abonar su importe, se procederá a su recaudación por vía de apremio con el recargo e intereses de demora correspondientes
(Art. 90 LSV).
Puede efectuarse el pago de la denuncia por giro postal dirigido a este Ayuntamiento con domicilio en en la Plaza Emilio Castelar, 1 de Burjassot C.P.46100 , indicando el número de expediente o boletín de denuncia, nombre, apellidos y DNI, CIF o pasaporte, y matrícula del vehículo o en cualquiera de las entidades colaboradoras de este Ayuntamiento tras la recogida del correspondiente documento de pago en el Negociado de Infracciones y Sanciones.
RETIRADA DE PUNTOS: Si la infracción del presente procedimiento sancionador está incluida en el anexo II/IV de la LSV, se procederá a
la retirada de los puntos indicados, cuando la sanción adquiera firmeza en vía administrativa. El saldo de puntos se puede consultar en la página web de la DGT www.dgt.es.
Expediente
Matrícula
Precepto infringido Art. Aptdo. opción
INFRACTOR Apellido 1 / DNi NIF
Fecha
DENUNCI
Importe
Pt
s
A
Último Municipio conocido
20120000002407
20130000000013
20130000000114
20130000000208
20130000000414
20130000000712
-009757-FDM
V -007461-FH
-001452-BJP
-003180-GBP
-003568-FRH
-003678-FDB
BURJASSOT (VALENCIA)
RGC Art. 154 - 5BRGC Art. 3 1 5ARGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 154 - 5BRGC Art. 18 2 5BRGC Art. 146 - 5A-
Último Municipio conocido
MADRID (MADRID)
Último Municipio conocido
MISLATA (VALENCIA)
20120000003069
20130000000482
V -003363-GC
-002797-DSB
Último Municipio conocido
20120000002226
-001114-BXG
Último Municipio conocido
20120000002430
20130000000515
V -002531-GH
-005066-CPM
Último Municipio conocido
20120000002309
20120000002927
20120000002981
20130000000349
20130000001026
-002669-HCP
V -000330-GZ
V -008035-FM
-009771-CTC
-006243-DLJ
RGC Art. 18 2 5BRGC Art. 18 2 5B-
COMIN M
CORTES C
SANCHEZ M
MORENO D
MANOLACHI S
SIERRA R
022678101D
048595238X
X3935850K
024304278V
X9811439F
019878971W
06/09/2012
10/12/2012
20/12/2012
08/01/2013
29/01/2013
28/02/2013
80,00 €
500,00 €
200,00 €
80,00 €
200,00 €
200,00 €
0
6
0
0
3
4
GARCIA B
024325137S
07/12/2012
200,00 €
3
MAS A
044856446Y
04/02/2013
200,00 €
3
LOPEZ I
052700350J
06/07/2012
200,00 €
0
GARCIA M
ANDREU D
024218563T
048414061G
12/09/2012
05/02/2013
200,00 €
200,00 €
0
3
ORTIZ T
MOLTO O
PALLARES C
GONZALEZ A
DISYCOM JAVI LLORENS SL
019869239E
022692575Q
019350306S
028200843Z
B97681373
27/07/2012
22/11/2012
29/11/2012
17/01/2013
08/02/2013
200,00 €
80,00 €
80,00 €
200,00 €
600,00 €
0
0
0
3
0
MONSERRAT (VALENCIA)
RGC Art. 94 2E 5X-
PATERNA (VALENCIA)
RGC Art. 94 2A 5RRGC Art. 117 1 5A-
VALENCIA (VALENCIA)
RGC Art. 91 1 5CRGC Art. 154 - 5BRGC Art. 171 - 5ARGC Art. 18 2 5BLSV Art. 65 5 J-
Número de denuncias
Burjassot, 12 de septiembre de 2013.—El alcalde.
16
2013/24615
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Ontinyent
Edicte de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre notificació que
no s’ha pogut realitzar en l’expedient 962-2013.
EDICTE
Atés que en este Ajuntament es tramita expedient amb el número
962-2013 respecte del mal estat en què es troba la casa del c.
d’Amunt, 23 d’Ontinyent, i atés que s’ha intentat efectuar la notificació, mitjançant el servei de correus, a Syed Mubarak Shah, en el
domicili que consta a l’expedient, els dies 19.07.2013 i 22.07.2013
a les 11, 00 hores i 14,00 hores respectivament .
Atés que no s’ha pogut practicar dita notificació, es procedeix a donar
compliment al que estableixen els articles 59 i 60 de la Llei 30/1992,
de 26 de novembre, sobre Règim Jurídic de les Administracions
Públiques i del Procediment Administratiu Comú, modificada per la
Llei 4/1999, de 13 de gener, i es fa públic el contingut d’aquella
notificació mitjançant publicació edicte al BOP de València i al tauler
d’anuncis municipal de l’Ajuntament de Gandia (València).
“Vistos els escrits presentats en este Ajuntament per Anna Guach
Aragay i Carmen Conca Mollà el dia 26.04.2013 amb núm. de registre d’entrada 10553 i 10554 respectivament, en els quals es comunica que la casa del c. d’Amunt, núm. 23 d’Ontinyent té la
teulada i part de la façana en molt males condicions (sobretot el
dintell de la finestra), així mateix la canal de la teulada està taponada provocant humitats a varies parets de la casa. Atés que es sol•licita
es revisen les condicions estructurals de dita casa i pal•liar-les, ja
que poden comportar un greu perill.
Vist l’informe tècnic de data 05.06.2013 segons el qual ha pogut
comprovar-se que els danys nanifestats (humitats) són de tipus civil,
pel que fa a coberta i façana té un estat que no afecta a la seguretat,
salubritat i ornat públic.
És per això que esta regidoria comunica que esta administració està
facultada per actuar quan els propietaris de terrenys, construccions
i edificis no mantenen les seues propietats en condicions de seguretat, salubritat, ornament públic i decor, és a dir, quan per una falta
de manteniment de les propietats por posar-se en perill i inseguretat
a les persones o bens que tansiten o estiguen en la via pública o
espais públics.
Del contingut de les instàncies presentades, es desprén que no són
eixes les causes que provoquen l’escrit, sinó que es tracta més bé d’una
situació de caràcter civil entre propietaris, la qual haurà de solucionarse, si escau, en la via civil però no en la via administrativa.
No obstant això es dóna trasllat de dits escrits al propietari cadastral,
de la casa ubicada al c. d’Amunt, núm. 23, perquè prega les mesures
adients per tal de donar solució als problemes que presenta.”
Ontinyent, 6 de setembre de 2013.—La regidora delegada de l’Àrea
de Territori, Seguretat Ciutadana i Serveis Municipals (Decret
1754/2011, de 8 de juliol), Rebeca M. Torró Soler.
2013/24616
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
61
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BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ayuntamiento de Jalance
Anuncio del Ayuntamiento de Jalance sobre notificación
de resolución nº 83 a Mariola Anna Tasminska.
anuncio
De conformidad con el artículo 59.5 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación cuando los
interesados en un procedimiento son desconocidos, se ignore el lugar
de la notificación, o bien intentada no se hubiese podido practicar,
que dispone que la notificación se hará por medio de anuncios en el
tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio, y en el
B.O. del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según
proceda.
No habiéndose podido practicar la notificación de la Resolución nº
83, de fecha 4/09/2013, a Mariola Anna Tasminska, se hace público
su contenido:
“En relación con el contrato suscrito con fecha25/09/2012, entre este
Ayuntamiento y Mariola Tasminska para la explotación del bar del
jubilado, cuya cláusula séptima incluye como causa de rescisión el
incumplimiento de las cláusulas fijadas en el pliego de condiciones.
Visto que la cláusula octava del pliego establece como obligación
del adjudicatario “Prestar el servicio de Bar del Jubilado durante el
período y horario establecido”, entre otras obligaciones.
Resultando que con fecha 25 de agosto de 2013 Mariola Tasminska,
sin previo aviso a este Ayuntamiento, dejó de prestar el servicio
adjudicado de explotación del Bar del Jubilado, abandonando las
instalaciones sin ninguna explicación o manifestación aclaratoria de
su actuación.
Al día de la fecha todavía no se ha puesto en contacto con el Ayuntamiento y no ha vuelto a la explotación del bar, suponiendo ello un
manifiesto incumplimiento de sus obligaciones asumidas contractualmente, además de un perjuicio al servicio de los jubilados usuarios del Bar.
Dado que la competencia contractual corresponde a esta Alcaldía.
RESUELVO
Primero.- Rescindir el contrato administrativo especial de explotación
del Bar del Jubilado suscrito con Mariola Tasminska.
Segundo.- Incautar la fianza de 100´00€ constituida como garantía
definitiva, en base a lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato.
Tercero.- Notificar a la adjudicataria la presente resolución.
Cuarto.- Iniciar un nuevo procedimiento de adjudicación por la necesidad de puesta en funcionamiento de dicho servicio.”
Jalance, 12 de septiembre del 2013.—La alcaldesa, Ana I. Piera
Poveda.
2013/24617
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Ontinyent
Edicte de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre notificació que
no s’ha pogut realitzar en l’expedient sancionador 112011.
EDICTE
Atès que en este Ajuntament es tramita expedient sancionador amb
el número 11-2011, per l’execució d’obres que no disposen de llicència municipal, en la parcel•la 632 del polígon 11 d’Ontinyent, i
ates que s’ha intentat efectuar la notificació del decret d’alcaldia
1288/2013, d’1 d’agost, mitjançant el servei de correus, a Lex Consilium Lawyers and Tax Advisers, en representació de John Leslie
Ryan i Angela M. Ryan, en el domicili que consta a l’expedient
(intents de notificació el 07.08.2013 i 08.08.2013, a les 11,50 hores
i 13,00 hores respectivament).
Atès que no s’ha pogut practicar dita notificació, es procedeix a
donar compliment al que estableixen els articles 59 i 60 de la Llei
30/1992, de 26 de novembre, sobre Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, i es fa públic el contingut
d’aquella notificació mitjançant publicació d’edicte al BOP de València i al tauler d’anuncis municipal de l’Ajuntament de València.
“Vos comunique que l’Alcaldia-Presidència d’este Ajuntament ha
dictat, amb data 1 d’agost de 2013, el següent:
"Decret número 1288/2013. Vist l’expedient sancionador número
11-2011, seguit contra John Leslie Ryan i Angela Maria Ryan, per
la comissió d’una infracció urbanística molt greu de l’art. 233.2 de
la Llei 16/2005, de 30 de desembre, de la Generalitat, Urbanística
Valenciana i tramitat conformement amb el que disposa el RD
1398/1993, de 4 d’agost.
Vist que per decret número 2651/2010, de 3 de novembre, es va
acordar iniciar expedient sancionador contra John Leslie Ryan i
Angela Maria Ryan com a responsables, en qualitat de promotors,
de les obres de construcció de vivenda unifamiliar aïllada, executades sense llicència municipal en la parcel•la 632 del polígon 11
d’Ontinyent, en terrenys que el Pla General qualifica com a sòl no
urbanitzable d’especial protecció agrícola i paisatgística (SNUPAP).
Vist que amb data 28 de juny de 2013, l’òrgan instructor del procediment formula proposta de resolució que, notificada als interessats,
ha estat objecte d’al•legacions per mitjà d’escrit presentat amb data
12 de juliol de 2013 (RGE 19250).
Atés l’informe emés al respecte amb data 30 de juliol de 2013, que
es pronuncia en el sentit de proposar la resolució de les al•legacions
formulades de la manera següent:
Primera. Respecte de la prescripció de la infracció, es proposa la
seua desestimació perquè inclús encara que, a efectes dialèctics, es
considerara com a data de finalització de les obres el mes de juliol
de 2006 (circumstància no acreditada en l’expedient) no hauria
transcorregut el termini de 4 anys de què disposa l'Administració per
a sancionar la infracció, ja que en el còmput d'este termini ha de
descomptar-se el temps que va estar tramitant-se l'expedient de
restauració de la legalitat urbanística, que té efectes suspensius de la
prescripció, és a dir, des del 6 de febrer de 2009 fins el 21 d'octubre
de 2009 (8 mesos). Si afegim estos 8 mesos a juliol de 2010 (finalització dels 4 anys segons les al•legacions dels promotors de les
obres) el termini de prescripció se situaria en març de 2011, resultant
que l'expedient sancionador es va iniciar en novembre de 2010, i es
va notificar als promotors de les obres per via edictal el dia 3 de
gener de 2011.
No obstant això, i atés que en l'àmbit d'un procediment sancionador
han d’aplicar-se els principis que regeixen el procediment penal,
entre els quals està el principi "in dubio pro reo".
Vist que de l’anàlisi de l’expedient, dels informes que hi consten i
de la documentació gràfica adjunta, es comprova que consten dos
informes d'inspecció amb documentació fotogràfica, el primer de
data juny de 2006, en el qual es constata que les obres estan en fase
de tancaments exteriors, i el segon de desembre de 2008, en el qual
es constata que les obres estan acabades.
Atés que en aplicació del principi esmentat pot considerar-se probable que les obres hagueren finalitzat abans d’abril de 2007, quan el
Pla General canvia la qualificació del sòl de no urbanitzable comú a
no urbanitzable d’especial protecció, es conclou en la procedència
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
63
de modificació de la qualificació de la infracció, que passaria de ser
molt greu a ser greu, i de la sanció que es pot imposar, que passaria
de ser del 100% al 200% del valor de l’obra il•legal executada a ser
del 25% al 50% del valor de l’obra il•legal executada, proposant-se
que s’impose una sanció del 29% del valor de l’obra il•legal executada.
Segon. Quant a la caducitat de l’expedient sancionador, es proposa
la seua desestimació perquè l'al•legant no ha tingut en compte el
temps que l'expedient va estar suspès per la seua remissió al Ministeri Fiscal davant la possible existència d'il•lícit penal, suspensió que
es va produir per acte d'instrucció el dia 8 de febrer de 2011 (notificat als interessats el dia 17 de febrer de 2011) i va finalitzar amb la
remissió a este Ajuntament de l'Acte del Jutjat de Primera Instància
i Instrucció núm. 3 d'Ontinyent, el dia 20 de maig de 2013, pel qual
es possibilita la continuació de les actuacions municipals sancionadores en haver-se acordat l'arxiu de les actuacions per prescripció
penal, essent a partir d’eixe moment que es continua amb la tramitació de l'expedient sancionador, devent-se descomptar del termini
legal de 6 mesos el temps de la suspensió.
Tercer. Pel que fa a la quantia de la infracció, procedeix estimar-la
en quant a que l’obra feta pels promotors va ser el tancament de la
vivenda, ja que consta a l’expedient documentació que prova que
quan els promotors de les obres John Leslie Ryan i Angela Maria
Ryan van comprar la parcel•la, el dia 21 de juliol de 2005, l'estructura
(pilars) i la coberta de l'edificació ja estaven fetes.
Per això i com que en l'àmbit de l'expedient sancionador, segons el
que disposa l'article 534 del ROGTU "la responsabilitat de les infraccions urbanístiques s'imputa a les persones que les cometen" la
valoració que ha de servir de base per a la imposició de la sanció,
ha d’estar referida a les obres realment executades pels responsables.
Eixes obres, atesa l’al•legació s’han valorat ara pel tècnic municipal
en 43.992,04 euros.
Examinats els documents i informacions que consten a l’expedient,
i assumint-se la proposta de resolució de l’òrgan instructor i l’informe
jurídic de 30 de juliol de 2013, esta Alcaldia, fent ús de la competència que li atorga l’article 539.3 del Decret 67/2006, de 12 de maig,
del Consell pel qual s’aprova el Reglament d’ordenació i gestió territorial i urbanisme,
RESOL:
Primer. Considerar provats i declarar els fets següents: Construcció
de vivenda unifamiliar aïllada sense llicència municipal, en la
parcel•la 632 del polígon 11, en terrenys qualificats en el moment de
la infracció com a sòl no urbanitzable comú (SNUC) i que es valora
en la quantitat de 43.992,04 euros.
Segon. Declarar responsable de les obres en qualitat de promotors a
John Leslie Ryan i Angela Maria Ryan.
Tercer. Declarar que els fets més amunt exposats són constitutius
d’infracció urbanística, la qualificació jurídica de la qual és de greu,
de conformitat amb l’article 233.3 de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, corresponent-li una
sanció d’entre el 25 al 50% del valor de l’obra il•legal executada.
Quart. Desestimar, d’acord amb els informes i resta de documents
incorporats a l’expedient el conjunt de les al•legacions formulades,
amb l’excepció de l’al•legació relativa a que les obres fetes pels
promotors van consistir únicament en el tancament de la vivenda,
devent-se considerar també, en aplicació del principi “in dubio pro
reo” que la infracció es va cometre sobre sòl qualificat com a no
urbanitzable comú.
Cinqué. Considerar aplicable la concurrència de la circumstància
prevista a l’article 240.4.b) de la LUV, que actuarà com a atenuant
de la responsabilitat, la qual cosa suposa la imposició de la sanció a
partir del seu grau mínim, sanció que, d’acord amb l’informe, es
concreta en el 29% del valor de l’obra il•legal executada (43.992,04
euros).
En conseqüència, s’imposa a John Leslie Ryan i Angela Maria Ryan,
com a promotors de les obres, la sanció de multa de 12.757,69 euros,
corresponent al 29% del valor de l'obra il•legal executada. En no poderse determinar el grau de participació de cadascun dels promotors en
la comissió de l’il•lícit administratiu, i sobre la base de l’art. 242.3 de
la LUV, la multa s’haurà de repartir entre ells a parts iguals.
Sisé. Notificar esta resolució als interessats, amb la indicació dels
recursos procedents, així com a la Intervenció municipal i al depar-
64
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
tament d’ingressos i cobraments perquè efectuen la liquidació corresponent."
Esta resolució, posa fi a la via administrativa; no obstant això, es pot
interposar un recurs previ i potestatiu de reposició en el termini d'un
mes, comptador des de l'endemà de la recepció d'esta resolució,
davant l'òrgan que ha resolt, d'acord amb el que disposa l'art. 52.1
de la Llei 7/85, de 2 d'abril, Reguladora de les Bases del Règim
Local, modificada per la Llei 11/99, de 21 d'abril (BOE núm. 96, de
22/4/99), en relació amb els articles 116 i 117 de la Llei 30/92, de
Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment
Administratiu Comú, en la redacció que li ha donat la Llei 4/99, de
modificació de la Llei 30/92 (BOE núm. 12 de 14/01/99).
També es pot interposar un recurs contenciós administratiu davant
el Jutjat del Contenciós Administratiu de València en el termini de
dos mesos, comptadors des de l'endemà de la notificació d'esta resolució, de conformitat amb el que disposa l'art. 8 de la Llei 29/98, de
13 de juliol, Reguladora de la Jurisdicció Contenciosa Administrativa, en la redacció que li ha donat la Llei 19/2003, de 23 de desembre, de modificació de la Llei Orgànica del Poder Judicial.
Així mateix, es pot interposar qualsevol altre recurs o acció que
s'estime procedent.”
Ontinyent, 6 de setembre de 2013.—La regidora delegada de l’Àrea
de Territori, Seguretat Ciutadana i Serveis Municipals (Decret
1754/2011, de 8 de juliol), Rebeca M. Torró Soler.
2013/24619
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Ontinyent
Edicte de l’Ajuntament d’Ontinyent sobre notificació que
no s’ha pogut realitzar en l’expedient 1300-2013.
EDICTO
Visto que por decreto de la Alcaldía número 1198/2013, de 17 de
julio, se ha dictado resolución en el expediente 1300-2013 respecto
del expediente de disciplina urbanística que se tramita en la parcela
103-H del polígono 6 de Ontinyent.
Visto que se ha intentado efectuar la notificación, mediante el servicio de correos, a Antonio Monzó Salas, en el domicilio que consta
en el expediente, intentos de notificación los días 30.07.2013 y
31.07.2013, a las 12,00 horas y 13,00 horas respectivamente.
Visto que no se ha podido practicar dicha notificación, se procede a
dar cumplimiento a lo que establecen los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y se hace público el
contenido de aquella notificación mediante publicación de edicto al
BOP de Valencia y al tablón de anuncios municipal del Ayuntamiento de València.
“Le comunico que la concejala delegada Del Área de Territorio,
Seguridad Ciudadana y Servicios Municipales de este Ayuntamiento
(Decreto 1754/2011, de 8 de julio) ha dictado, con fecha 17 de julio
de 2013, el siguiente:
“Decreto número 1198/2013. Visto el expediente de restitución de
la legalidad urbanística infringida tramitado por este Ayuntamiento
con el número 3302-2002 contra Juan Bautista Ferrero Llobat, por
la ejecución de obras sin licencia municipal consistentes en instalación de placas solares y la construcción auxiliar para dicha instalación, en la parcela 103-H del polígono 6, en terrenos calificados por
el Plan General vigente como suelo urbanizable (SD-10) y como
suelo no urbanizable común (SNUC) en el Plan general vigente en
el momento de la comisión de la infracción.
Visto que por decreto número 1723/2008, de 15 de julio, se dictó la
orden de restauración, consistente en la demolición de las obras de
instalación de placas solares así como la construcción auxiliar para
dicha instalación, orden que se notificó a la persona interesada con
fecha 18 de julio de 2008, otorgándole un plazo para su cumplimiento y con la advertencia que el incumplimiento de esa orden facultaba a la administración para la ejecución subsidiaria e incluso a la
imposición de multas coercitivas, sobre la base de la normativa
aplicable.
Vistos los escritos presentados en este Ayuntamiento por Antonio
Monzó Salas, los días 10 de junio de 2009 (RGE 17.379) y 2 de
julio de 2012 (RGE 15.908) en los que pide la ejecución subsidiaria
de las obras de demolición ordenadas.
Considerando que con fecha 6 de marzo de 2013 se ha reiterado al
promotor y propietario de las obras aquella resolución, constatándose en el informe del técnico municipal de 16 de abril de 2013 que
no se ha cumplido la orden dictada por la Alcaldía.
Visto el informe jurídico que consta al expediente, de 17 de diciembre de 2012.
Considerando que de conformidad con el que establece el art. 228
de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, esta
administración está legitimada para la imposición de multas coercitivas hasta conseguir la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restauración, y en uso de las competencias que me otorga
el decreto núm. 1754/2011, de 8 de julio,
RESUELVO
Primero. Imponer a Juan Bautista Ferrero Llobat con DNI/CIF
85301346G, una primera multa coercitiva por importe de 600 euros,
por el incumplimiento de la ejecución de la orden de demolición
dictada por la Alcaldía por decreto núm. 1723/2008, de 15 de julio,
en el expediente nº. 3302-2002.
Segundo. Notificar esta resolución al departamento de ingresos, para
que efectue la liquidación y las actuaciones que recaen para hacer
efectivo el cobro de esta multa.”
Esta resolución, pone fin a la vía administrativa; no obstante, se
puede interponer un recurso previo y potestativo de reposición en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su recepción
de esta resolución, ante el órgano que ha resuelto, conforme a lo
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
65
dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de
abril (BOE núm. 96, de 22/4/99), en relación con los artículos 116
y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
que le ha dado la Ley 4/99, de modificación de la Ley 30/92 (BOE
núm. 12 de 14/01/99).
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado del Contencioso-administrativo de Valencia en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el art. 8
de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, en la redacción que le ha dado la Ley
19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
Asimismo, se puede interponer cualquier otro recurso o acción que
se estime procedente.”
Ontinyent, 6 de septiembre de 2013.—La concejala delegada del
Área de Territorio, Seguridad Ciudadana i Servicios Municipales
(Decreto 1754/2011, de 8 de julio), Rebeca M. Torró Soler.
2013/24620
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
BOLETIN OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Ayuntamiento de Benetússer
Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de denuncia/requerimiento de identificación o ratificación del conductor
responsable, por infracciones de tráfico, a los denunciados que se citan.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a los denunciados que en el anexo se relacionan,
cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de la imposición de las denuncias e iniciación de los correspondientes expedientes
sancionadores instruidos por el AJUNTAMENT DE BENETÚSSER.
Dichos expedientes obran en el AJUNTAMENT DE BENETÚSSER. Siendo el órgano competente para imponer la sanción, La Alcaldesa , de
conformidad con el artículo 71.4 de del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV).
Ignorándose quien era el conductor en el momento de la infracción, al no haber podido ser identificado por las circunstancias justificadas que
el denunciante hizo constar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 81.2 LSV se requiere a Vd, para que en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES a partir del siguiente de esta publicación, identifique verazmente al conductor responsable de la infracción. Los datos facilitados deben
incluir, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9 bis LSV, el número del permiso o licencia de conducción (DNI) que permita la identificación
en el Registro de Conductores e Infractores. Si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, deberá acompañar
además, de copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España. Si el titular fuese una empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de la autorización administrativa podrá sustituirse por la copia del contrato de arrendamiento. Advirtiéndole que en
caso de incumplimiento, o cuando no sea posible notificar al conductor por causa imputable a Vd., se entenderá que era Vd. el conductor del
vehículo o responsable en el caso de estacionamiento. En el supuesto que el titular y conductor identificado coincidan, dicha identificación
tendrá la consideración de ratificación, considerándose notificada la denuncia a todos los efectos.
El denunciado, a tenor del artículo 79 LSV, dispone de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a esta publicación, para realizar
el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas. Si opta por el pago voluntario, se seguirá el procedimiento sancionador abreviado y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador
ordinario.
Procedimiento sancionador abreviado (art. 80 LSV).- Se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción de multa. Carta de pago que deberá solicitar al Ayuntamiento; La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas; La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar
resolución expresa, el día en que se realice el pago; El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo; El plazo de dos meses para interponer el recurso contencioso- administrativo se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago; La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos
efectos desde el día siguiente; La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate
de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos. El procedimiento sancionador abreviado, no será de aplicación a las infracciones previstas en el artículo 65 LSV, apartados 5. h), j) y 6, que seguirán el procedimiento sancionador ordinario.
Procedimiento Sancionador Ordinario (arts. 81 y 82 LSV).- Si formula alegaciones, será dirigido a La Alcaldesa , dándose traslado al Agente
denunciante para que informe si se aportan datos nuevos o distintos de los constatados por éste, y siempre que se estime necesario por el
instructor. Únicamente se dará traslado de la propuesta al interesado si figuran en el procedimiento o se hubiese tenido en cuenta en la resolución otros hechos u otras alegaciones diferentes a las aducidas por el interesado. No se tendrá en cuenta posteriormente hechos, documentos
ni alegaciones que pudiera aportar el interesado en este momento procedimental. Cuando se trate de infracciones leves o infracciones graves
que no detraigan puntos, si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa, esta notificación de denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, pudiendo presentar en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición contra la sanción, no
suspendiendo la ejecución del acto impugnado, que podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales, con lo que pone fin a la vía administrativa. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde
la solicitud sin que se haya resuelto. Cuando se trate de infracciones graves con puntos y infracciones muy graves, si no formula alegaciones
tendrá esta notificación la consideración de propuesta de resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1398/1993).
Se le comunica al interesado que esta infracción lleva aparejada la pérdida de puntos, si así se indica en la casilla correspondiente, al estar
incluida en el Anexo II o IV de la LSV. Puntos que se perderán en su permiso o licencia de conducción, una vez que la sanción sea firme en
vía administrativa.
En Benetússer, a 12 de septiembre de 2013.–La alcaldesa, Laura Chuliá Serra.
ANEXO
POBLACIÓN
TITULAR
CIF/NIF
Nº BOLETIN
MATRICULA
F.DENUNCIA
IMPORTE
ART
PFO
LET
BENETÚSSER
BORJA PAÑOS MIGUEL ANGEL
53203955X
DIT 2013 F 4907 0
5928CXC
3/06/2013
200,00
39
2
A
BENETÚSSER
DURNYEVA VARANKINA TETYANA
53752300N
DIT 2013 F 4617 0
9570DBN
9/07/2013
200,00
11
3
BENETÚSSER
ELISABETA BARBU SIMONA
X7411011C
DIT 2013 F 3935 0
6613CPT
10/08/2013
200,00
39
2
LSV
LSV
JORDAN CASTILLEJO JOSE MANUEL
22576913K
DIT 2013 F 4479 0
1208FNL
11/07/2013
200,00
53
2
LOCUCYBER FASHION SL
B98128085
DIT 2013 F 3695 0
8963BPY
31/05/2013
200,00
39
2
A
F
POZO RODRIGO JOSE RUBEN
24365617S
DIT 2013 F 3741 0
6700GFK
3/08/2013
100,00
39
2
RODRIGUEZ RODRIGUEZ LOURDES
24356586T
DIT 2013 F 4579 0
8864GNH
3/07/2013
200,00
53
2
LSV
LSV
BENETÚSSER
ZARAGOZA SANJUAN JUAN
22680935Z
DIT 2013 F 4908 0
3744FYD
3/06/2013
200,00
39
2
A
LSV
LOPEZ GARCIA FRANCISCO
52671698L
DIT 2013 F 3931 0
V1167FN
17/06/2013
200,00
91
2
C
RGC
H.
L’ALCUDIA
BOIX PERALES M CARMEN
20803189B
DIT 2013 F 4614 0
3430CRC
26/06/2013
200,00
91
2
DE LA CUESTA VALCARCEL JORGE
47065826Y
DIT 2013 F 4762 0
V1948EC
23/04/2013
200,00
47
1
PAIPORTA
BRAVO SOROYA JUAN
53606330T
DIT 2013 F 1173 0
9025BWR
21/04/2013
200,00
91
2
VINALESA
LLOPIS CATALUÑA JOSE MANUEL
24362742S
DIT 2013 F 4905 0
V8924HB
28/05/2013
200,00
53
2
3
LSV
CATARROJA
MASSANASSA
PUNTOS
LSV
LSV
BENETÚSSER
BENETÚSSER
PRE
D
BENETÚSSER
BENETÚSSER
ORD
RGC
LSV
C
3
RGC
LSV
2013/24622
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Ayuntamiento de Benetússer
Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de requerimiento de identificación de conductor responsable
por infracciones de tráfico, a los denunciados que se citan.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a los denunciados que en el anexo se relacionan,
cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de la imposición de las denuncias e iniciación de los correspondientes expedientes
sancionadores instruidos por el AJUNTAMENT DE BENETUSSER.
Dichos expedientes obran en el AJUNTAMENT DE BENETUSSER. Siendo el órgano competente para imponer la sanción, la Alcaldesa, de
conformidad con el artículo 71.4 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV). Ignorándose quien era el conductor en el momento de la infracción,
al no haber podido ser identificado por las circunstancias justificadas que el denunciante hizo constar, a tenor de lo dispuesto en el artículo
81.2 LSV se requiere a Vd., para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES, a partir del siguiente de esta publicación, identifique
verazmente al conductor responsable de la infracción. Los datos facilitados deben incluir, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9 bis LSV, el
número del permiso o licencia de conducción (DNI) que permita la identificación en el Registro de Conductores e Infractores. Si el conductor
no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, deberá acompañar además, de copia de la autorización administrativa que le
habilite a conducir en España. Si el titular fuese una empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de la autorización administrativa
podrá sustituirse por la copia del contrato de arrendamiento Advirtiéndole que en caso de incumplimiento, o cuando no sea posible notificar
al conductor, será sancionado pecuniariamente como autor de falta muy grave, prevista en el Artículo 65.5j) LSV, con multa que será el doble
de la prevista para la infracción originaria que la motiva, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o muy grave de conformidad
con el artículo 67.2 LSV.
En Benetússer, a 12 de septiembre de 2013.—La Alcaldesa, Laura Chuliá Serra.
ANEXO
POBLACIÓN
PAIPORTA
TITULAR
MANIPULADOS MORENO DOS MIL DOS SL
CIF/NIF
Nº BOLETIN
MATRICULA
F. DENUNCIA
IMPORTE
ART
PFO
B97205181
DIT 2013 F
4677 0
3488FDW
7/06/2013
200,00
11
3
LET
ORD
PRE
LSV
2013/24623
68
BUTLLETÍ OFICIAL
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BOLETIN OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Ayuntamiento de Benetússer
Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de denuncia, por infracciones de tráfico, a los denunciados que se citan.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a los denunciados que en el anexo se relacionan,
cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de la imposición de las denuncias e iniciación de los correspondientes expedientes
sancionadores instruidos por el AJUNTAMENT DE BENETUSSER.
Dichos expedientes obran en el AJUNTAMENT DE BENETUSSER. Siendo Vd. debidamente identificado por el titular del vehículo, como
conductor o arrendatario en el momento de ser cometida la infracción , y por cuyo motivo se ha acordado iniciar el correspondiente procedimiento sancionador, se notifica a Vd. la denuncia. Siendo el órgano competente para imponer la sanción, La Alcaldesa , de conformidad con
el artículo 71.4 de del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV).
La empresa arrendataria dispone de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a esta publicación, para identificar verazmente al
conductor responsable de la infracción. Identificación que deberá presentar por Registro de Entrada de este Ayuntamiento. Advirtiéndole que en
caso de incumplimiento, o cuando no sea posible notificar al conductor por causa imputable a Vd., se entenderá responsable de la infracción.
El denunciado, a tenor del artículo 79 LSV dispone de un plazo de QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a esta publicación, para realizar
el pago voluntario con reducción de la sanción de multa, o para formular las alegaciones y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas. Si opta por el pago voluntario, se seguirá el procedimiento sancionador abreviado y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador
ordinario.
Procedimiento sancionador abreviado (art. 80 LSV).- Se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción de multa. Carta de pago que deberá solicitar al Ayuntamiento; La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas; La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar
resolución expresa, el día en que se realice el pago; El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo; El plazo de dos meses para interponer el recurso contencioso- administrativo se iniciará el día siguiente a aquél en que tenga lugar el pago; La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos
efectos desde el día siguiente; La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate
de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos. El procedimiento sancionador abreviado, no será de aplicación a las infracciones previstas en el artículo 65 LSV, apartados 5. h), j) y 6, que seguirán el procedimiento sancionador ordinario.
Procedimiento Sancionador Ordinario (arts. 81 y 82 LSV).- Si formula alegaciones, será dirigido a La Alcaldesa , dándose traslado al Agente
denunciante para que informe si se aportan datos nuevos o distintos de los constatados por éste, y siempre que se estime necesario por el
instructor. Únicamente se dará traslado de la propuesta al interesado si figuran en el procedimiento o se hubiese tenido en cuenta en la resolución otros hechos u otras alegaciones diferentes a las aducidas por el interesado. No se tendrá en cuenta posteriormente hechos, documentos
ni alegaciones que pudiera aportar el interesado en este momento procedimental. Cuando se trate de infracciones leves o infracciones graves
que no detraigan puntos, si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa, esta notificación de denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, pudiendo presentar en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición contra la sanción, no
suspendiendo la ejecución del acto impugnado, que podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales, con lo que pone fin a la vía administrativa. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde
la solicitud sin que se haya resuelto. Cuando se trate de infracciones graves con puntos y infracciones muy graves, si no formula alegaciones
tendrá esta notificación la consideración de propuesta de resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora (Real Decreto 1398/1993).
Se le comunica al interesado que esta infracción lleva aparejada la pérdida de puntos, si así se indica en la casilla correspondiente, al estar
incluida en el Anexo II o IV de la LSV. Puntos que se perderán en su permiso o licencia de conducción, una vez que la sanción sea firme en
vía administrativa.
En Benetússer, a 12 de septiembre de 2013.—La alcaldesa, Laura Chuliá Serra.
ANEXO
CIF/NIF
Nº BOLETIN
MATRICULA
F.DENUNCIA
IMPORTE
ART
PFO
BENETUSSER
POBLACIÓN
GARCIA DEL CAMPO RITA MARIA
TITULAR
73778187Y
DIT 2013 F
4768 0
9345CRM
2/05/2013
200,00
47
1
LET
ORD
PRE
PUNTOS
LSV
3
BENETUSSER
GUILLEM GARCIA ANTONIO
48381988Q
DIT 2013 F
3794 0
0344GTH
10/05/2013
100,00
39
2
E
LSV
BENETUSSER
LAZARO CALVO FRANCISCO JAVIER
22586740G
DIT 2013 F
2843 0
3599DDD
13/03/2013
200,00
91
2
C
RGC
BENETUSSER
QUINTELA PAREDES MARIA JOSE
24355154V
DIT 2013 F
4133 0
9067GPG
19/01/2013
100,00
91
2
H
RGC
CATARROJA
QUEVEDO FERNANDEZ ANGEL
07258236B
DIT 2013 F
4812 0
0571DHK
9/05/2013
200,00
39
2
F
LSV
2013/24624
BUTLLETÍ OFICIAL
N.º 227
24-IX-2013
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
69
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
Ayuntamiento de Benetússer
Edicto del Ayuntamiento de Benetússer sobre notificación de sanciones por infracciones de tráfico a los sancionados
que se citan.
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a los sancionados que en el anexo se relacionan,
cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de las infracciones sancionadas una vez recaída Resolución Sancionadora por
parte de Alcaldía del AJUNTAMENT DE BENETUSSER.
Dichos expedientes obran en el AJUNTAMENT DE BENETUSSER, estas resoluciones sancionadoras ponen fin a la vía administrativa y las
sanciones podrán ejecutarse desde el día siguiente a esta publicación, produciendo plenos efectos, de conformidad con el artículo 82 de del
Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial (LSV).
Contra estos actos administrativos se podrá interponerse de conformidad con el artículo 82 LSV, Artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, uno de los siguientes recursos: a) Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un
mes contado desde esta publicación . El recurso se interpondrá ante el órgano que dictó la resolución sancionadora, que será el competente
para resolverlo. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En el caso de
que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que
se haya resuelto. No se tendrán en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones del recurrente que pudieran haber
sido aportados en el procedimiento originario. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo
de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de
nuevo dicho recurso, pudiendo los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Valencia, en el plazo de 2 meses, si es resuelto expresamente, o en el plazo de 6 meses, cuando se haya producido la desestimación presunta. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar otro recurso o acción que estime pertinente. b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, dentro del plazo de 2 meses desde esta publicación.
La multa que no haya sido abonada durante el procedimiento deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes
a la fecha de la firmeza de la sanción. Vencido el plazo de ingreso establecido, sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará
a cabo por el procedimiento de apremio. A tal efecto, será título ejecutivo la providencia de apremio notificada al deudor, expedida por el



órgano
competente de la Administración
gestora.



Se le comunica a los interesados

que estas infracciones llevan aparejada la pérdida de puntos, si están incluidas en el Anexo II o IV de la LSV.

Puntos
que se perderán en el permiso o licencia de conducción, una vez que la sanción sea firme en vía administrativa. Pudiendo consultar su

saldo
puntos en la página Web de la Dirección General de Tráfico.
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Benetússer, a 12 de septiembre de 2013.—La alcaldesa, Laura Chuliá Serra.
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
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




2013/24625
70
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Oliva
Edicte de l’Ajuntament d’Oliva sobre aprovació definitiva de la modificació de l’ordenança fiscal reguladora de
la taxa per la prestació dels serveis públics de pavellons
coberts, poliesportiu i instal·lacions análogues.
EDICTE
L’Ajuntament Ple, en sessió que va tindre lloc el dia 25 de juliol de
2013, va aprovar provisionalment la modificació de l’Ordenança
Fiscal reguladora següent:
- Ordenança Fiscal reguladora de la taxa per la prestació dels serveis
públics de pavellons coberts, poliesportiu i instal·lacions análogues.
Acabat el període d’exposició sense que contra l’aprovació s’haja
presentat cap reclamació, els acords d’aprovació provisional queden
elevats automàticament a definitius de conformitat amb l’article 17.3
del Reial Decret Legislatiu 2/2004, de 5 de març, pel qual s’aprova
el Text Refòs de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals.
En compliment d’allò que disposa l’article 17.4 del Text Refós de la
Llei Reguladora de les Hisendes Locals, aprovat per RDL 2/2004,
de 5 de març, es publica l’acord i el text de la modificació de
l’Ordenança
Contra l’aprovació definitiva únicament podrá interposar-se recurs
Contenciós-Administratiu davant la Sala de lo Contenciós-Administratiu del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Autònoma
Valenciana en el termini de 2 mesos, comptadors des del mateix dia
de la publicació del present edicte.
El text integre de la modificació de l’Ordenança es el següent:
modificació de L’ORDENANÇA FISCAL REGULADORA
DE LA TAXA PER LA PRESTACIÓ DELS SERVEIS PÚBLICS
DE PAVELLONS COBERTS, POLIESPORTIU I INSTAL·LACIONS
ANÁLOGUES.
Article 3. Quota Tributària
La quantia de la taxa regulada en aquesta Ordenança serà la resultant
d’aplicar les tarifes que contenen els epígrafs següents, sense perjudici d’allò que es preveu en l’article següent.
S’hi contemplen dos tipus de tarifa, A i B, que es regiran en els següents supòsits:
Tarifes A (normal) : regiran quan no siga aplicable o no es contemple
la tarifa B
Tarifes B (reduïda): regiran per als majors de 3 anys i menors de 16
anys (inclosos), usuaris de 65 o més anys, jubilats, pensionistes,
minusvàlids i posseïdors del carnet jove o targeta jove. L’aplicació
d’aquestes tarifes requerirà la prèvia acreditació de la condició o
circumstància que la motiva.
EPÍGRAF 1.- ABONAMENT COMPLEX POLIESPORTIU
Euros
1.1 Abonaments de Temporada
a) Familiar (inclou fills menors de 23 anys)
Abonament familiar Tipus A:
123,20
Abonament familiar Tipus B:
126,50
Abonament Familiar Tipus C:
126,50
b) Individual per a menors de 17 anys, jubilats i pensionistes,
minusvàlids i altres amb carnet jove o targeta jove
Abonament Individual Tipus A:
58,30
Abonament Individual Tipus B:
59,80
Abonament individual Tipus C:
59,80
c) Individual per a persones no incloses a l’apartat anterior
Abonament Individual Tipus A:
70,00
Abonament Individual Tipus B:
71,90
Abonament Individual Tipus C:
71,90
d) Abonaments mitja temporada: les tarifes d’aquest epígraf tindran una
reducció del 25%.
Característiques comunes d’aquestos abonaments:
Abonament Tipus A: comporten els següents drets:
- A utilitzar qualsevol instal·lació esportiva municipal de la Piscina
Climatitzada i serveis annexos, en els horaris marcats com a lliures.
- A la reducció del 10% de l’import de les tarifes dels cursos de
Natació organitzats a la Piscina Climatitzada Municipal.
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N.º 227
24-IX-2013
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
- A la reducció del 10% en el preu de l’abonament Tipus B i C.
- A realitzar reserves de les corresponents instal·lacions, amb les
indicacions pròpies del Reglament General d’Ús.
Abonament Tipus B: comporten els següents drets:
- A utilitzar qualsevol instal·lació esportiva municipal excepte la
Piscina Climatitzada, Gimnàs, saunes i serveis annexos, en els horaris marcats com a lliures.
- A la reducció del 10% de l’import de les tarifes dels cursos organitzats a les piscinas descobertes d’estiu i activitats en sec.
- A la reducció del 10% en el preu de l’abonament Tipus A i C.
- A realitzar reserves, amb les indicacions pròpies del Reglament
General d’Ús.
Abonament Tipus C: comporten els següents drets:
- A utilitzar la instal·lació esportiva municipal de Gimnàs, saunes i
serveis annexos, en els horaris marcats com a lliures.
- A la reducció del 10% de l’import de les tarifes dels cursos organitzats a les piscinas descobertes d’estiu i activitats en sec.
- A la reducció del 10% en el preu de l’abonament Tipus A i B.
- A realitzar reserves, amb les indicacions pròpies del Reglament
General d’Ús.
El Carnet d’abonament es intransferible i unipersonal.
EPÍGRAF 2. UTILITZACIÓ I RESERVA D’INSTAL·LACIONS
És aplicable als usuaris que no tinguen cap tipus d’abonament,. En
tot cas, no es troben subjectes a aquestes tarifes per la utilització de
les II.EE.MM. els següents col·lectius:
Clubs federats amb equips locals, en els termes previstos en els
corresponents convenis de col·laboració d’ús amb l’Ajuntament
d’Oliva (Carnet SEM i Carnet Club).
Els participants en els Jocs Escolars (Carnet Jocs Escolars) i els
alumnes matriculats en els cursos a què es refereix l’epígraf 3 (menors
de 17 anys), dins dels horaris programats.
El alumnes dels centres escolars d’Oliva, dins de l’horari lectiu corresponent, en els termes previstos en els corresponents convenis que
se signen amb aquells.
Les associacions de Minusvàlids físics i psíquics, i altres de col·lectius
desfavorits,registrades en el Registre General d’Associacions
d’Oliva, en els termes previstos en els corresponents convenis que
se signen amb aquells.
Els organismes autoritzats que orgaitzen cursos de formación acreditats oficialment
2.1 POLIESPORTIU MUNICIPAL
2.1.1 Accés. Entrada individual (pistes polisportives).
2.1.2 Pistes de frontó, tennis i pàdel (1 h. o fracció)
Suplement llum artificial
2.1.3
2.1.4
2.1.5
Camp de Futbol 11.- (1 h o fracció)
Entitats sense intenció de guany (Clubs, escoles,
proves oficials, penyes, cursos...)
Partit complet competició
Grups privats i altres usuaris
Suplement llum artificial (1h. o fracció)
Camps de Futbol 7 (1 h. o fracció)
Pistes poliesportives de bàsquet, futbol sala, handbol, voleibol... (1 h. o fracció)
Pistes polisportives de bàsquet, futbol sala, handbol,
voleibol... (1 h. o fracció)
Entitats sense intenció de guany (Clubs, escoles,
proves oficials, penyes, cursos...)
Grups privats i altres usuaris
Altres activitats, no compreses als apartats anteriors.
Suplement llum artificial (1 h. o fracció).
2.1.6 Pista d’atletisme (1 h. o fracció).
Persones individuals
Euros Euros
B
A
2,30
1,70
4,00
3,50
2,30
19,60
25,90
25,90
9,80
75% de les
tarifes 2.1.3
8,10
11,50
17,30
8,10
2,30
1,70
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Entitats sense intenció de guany (Clubs, escoles,
proves, penyes, cursos...). Grups de 20 persones
Grups privats i altres usuaris. Grups de 20 persones
Pista d’atletisme completa
Suplement llum artificial (1 h. o fracció).
2.1.7 Altres instal·lacions amb dret a vestidor
2.2.1 2.2 PISCINES DESCOBERTES
Entrada individual (per dia)
Disposició exclusiva d’un carrer per entrenaments,
per 1 h.
Disposició exclusiva de tots els carrers per compe tició, per 1 h.
Abonament d’estiu
2.3.1
2.3. PAVELLÓ I PISCINA COBERTA
Piscina climatitzada
Entrada individual Tipo A
Entrada individual Tipo B
PC, abono 12 entrades amb validesa bimensual.
Tipo A
PC, abono 12 entrades amb validesa bimensual.
Tipo B
Disposició exclusiva d’un carrer per entrenaments,
per 1 h.
Disposició exclusiva de tots els carrers per competició, per 1 h.
2.3.2 Lloguer tennis de taula (1/2 h.)
2.3.3 Sala de gimnàs i sauna. Utilització amb dret
d’assessorament tècnic, (1hora i 30 minuts)
Entrada individual
Entitats sense intenció de guany (Clubs, escoles,
proves, , cursos...). Grups de 10 persones
Grups privats i altres usuaris. Grups de 10 persones
2.3.4 Sales de gimnàstica, per h. o fracció
Entitats sense intenció de guany (Centres Escolars,
Clubs, proves, , cursos...)
Grups privats i altres usuaris.
Altres activitats, no compreses als apartats anteriors.
8,10
11,50
77,10
19,60
2,30
1,70
3,50
2,30
10,40
60,40
Reducció del
50% de
l’abonament
Tipus B de
l’Epígraf 1
5,00
3,40
35,30
24,10
37,50
187,70
2,30
1,70
5,20
3,50
20,70
36,80
13,20
21,90
25,90
2.3.5 Sala de reunions
Grups privats i altres usuaris a títol personal
2.4. PAVELLÓ MULTIUSOS
2.4.1 Pavelló (1 h. o fracció)
Pistes de Badminton
Entitats sense intenció de guany i lligues internes
(Clubs, entitats, penyes, escoles...)
Grups privats i altres usuaris
Suplement llum artificial (1 h. o fracció).
Partit competició, acte o esdeveniment extraordina ri, amb taquilla
2.4.2 Altres activitats, no compreses en els apartats ante riors, per dia
Pistes transversals, 1/3. (1 h. o fracció)
3.1 ESCOLES ESPORTIVES D’INICIACIÓ (fins
a 16 anys)
3.1.1 Esports no especificats als següents subepígrafs
a)
Cursos de fins a 1 mes
De 2 h setmanals
De 3 h setmanals
13,20
4,00
3,50
31,10
42,00
9,80
192,60
461,70
50% de les
tarifes 2.4.1
Euros
15,00
20,10
BOLETIN OFICIAL
71
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
b)
c)
De 4 h setmanals
De 4,5 h setmanals
De 6 h setmanals
Cursos de fins a 4 mesos
De 2 h setmanals
De 3 h setmanals
De 4 h setmanals
De 4,5 h setmanals
De 6 h setmanals
Cursos de fins a 9 mesos (curs complet)
De 2 h setmanals
De 3 h setmanals
De 4 h setmanals
De 4,5 h setmanals
De 6 h setmanals
25,30
28,20
34,50
41,40
55,20
69,60
77,10
96,60
74,80
100,10
124,80
138,60
173,70
3.1.2 Escola genèrica (pre-esport) i psicomotricitat.
1 o 2 dies a la setmana, per alumne. 45 m/sessió
a)
Fins a 4 mesos,
1 dia a la setmana
2 dies a la setmana
b)
Curs Escolar,
1 dia a la setmana
2 dies a la setmana
Euros
16,70
28,80
28,80
55,20
3.1.3 Activitats en la natura i campus multiesport, cursos
intensius, per hora i alumne:
* Per a les persones amb minusvalideses, les tarifes
d’aquest epígraf es reduiran a un 25%.
* Si participen 2 germans menors de 17 anys en
cursos i escoles d’aquest subepígraf, les tarifes
tindran una reducció del 15% per a cadascun
d’ells.
3.2 PROGRAMES D’ACTIVITAT FÍSICA I SALUT PER A ADULTS (majors de 15 anys)
3.2.1 Activitats Físiques de manteniment i perfeccionament
Cursos de fins a 1 mes. 2 h/setmana
Cursos de fins a 1 mes. 3h/setmana
Cursos de fins a 3 mesos. 2h/setmana
Cursos de fins a 3 mesos. 3h/setmana
Cursos de fins a 4 mesos. 2h/setmana.
Cursos de fins a 4 mesos. 3h/setmana.
Cursos de fins a 9 mesos/Curs Complet. 2h/setmana.
Cursos de fins a 9 mesos/Curs Complet. 3h/setmana.
2,90
3.2.2 Preparació oposicions (IVEF, bombers, policia,
etc.). Mensual, 5 dies a la setmana
* Per a les persones jubilades i pensionistes les tarifes d’aquest epígraf es reduiran a un 25% en les
activitats ofertades per aquestos col·lectius.
*Per a les persones amb minusvalideses, les tarifes
d’aquest epígraf es reduiran a un 25%.
3.3 ACTIVITATS AQUÀTIQUES. CURSOS DE
NATACIÓ
3.3.1 Piscina descoberta. Cursos Mensuals, majors de 3
anys. 45 m/sessió
De 2 sessions setmanals
De 3 sessions setmanals
De 5 sessions setmanals
* Per a les persones jubilades i pensionistes les
tarifes d’aquest epígraf es reduiran a un 25% en les
activitats ofertades per aquestos col·lectius.
* Per a les persones amb minusvalideses, les tarifes
d’aquest epígraf es reduiran a un 25%.
3.3.2 Piscina coberta. 45 m/sessió
a)
Activitats de natació per a xiquets de 3 i 4 anys i a
partir de 15 anys.
- Cursos de fins a 1 mes:
21,90
31,10
41,40
62,10
54,10
82,20
110,40
163,30
46,60
Euros
21,90
31,60
48,90
Euros
72
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
De 1 sessió setmanal
De 2 sessions setmanals
De 3 sessions setmanals
De 5 sessions setmanals
- Cursos de fins a 3 mesos:
De 1 sessió setmanal
De 2 sessions setmanals
De 3 sessions setmanals
- Cursos de fins a 9 mesos
De 1 sessió setmanal
b)
Activitats de natació per a xiquets de 4 a 14 anys,
jubilats, pensionistes i natació adaptada.
- Cursos de fins a 1 mes:
De 1 sessió setmanal
De 2 sessions setmanals
De 3 sessions setmanals
De 5 sessions setmanals
- Cursos de fins a 3 mesos:
De 1 sessió setmanal
De 2 sessions setmanals
De 3 sessions setmanals
- Cursos de fins a 9 mesos:
De 1 sessió setmanal
c)
21,30
28,60
38,10
56,00
53,80
86,80
110,40
110,40
19,10
25,20
33,60
47,60
48,70
68,90
94,70
98,60
Natació pre-part i post- part. Cursos de fins a 1
mes
De 2 sessions setmanals
De 3 sessions setmanals
28,60
38,10
d)
Natació per a menors de 3 anys
Cursos de fins a 1 mes . De 2 sessions setmanals
Cursos de fins a 3 mes . De 2 sessions setmanals
37,00
94,10
e)
Natació escolar (centres educatius)
Trimestral (12 sessions, 1 per setmana), per alumne
Curs escolar, octubre- Maig (32 sessions, 1 per
setmana), per alumne
Centres escolars d’Oliva, cursos trimestrals (12
sessions) per alumne
32,50
68,90
11,20
* Si participen 2 germans menors de 17 anys en cursos i escoles
d’aquest subepígraf, les tarifes tindran una reducció del 15% per a
cadascun d’ells.
EPÍGRAF 4. ALTRES ACTIVITATS I SERVEIS
4.1.1
4.1.2
4.1.3
4.1.4
4.1.5
4.1.6
4.1.7
4.1 SERVEI MÈDIC I DE FISIOTERÀPIA
1ª consulta mèdica. Reconeixement mèdic coplet
Consultes mèdiques de seguiment
Consulta de fisioteràpia
Consulta de fisioteràpia especial: tractament invasiu
(E.P.I.), guiat amb ecografia
Tractament 1ª ecografia
Tractament ecografies de seguiment
Podología: exploració biomecànica informatizada
+ presa de moldes.
Podologia: suports plantars a mesura
80,00
50,00
30,00
80,00
70,00
45,00
55,00
4.1.8
132,00
4.2 ACTIVITATS ESPORTIVES EXTRAORDINÀRIES
4.2.1 Campionats i trofeus per equips (futbol- platja,
volei- platja, bàsquet 3, futbol 3, etc.)
- categories juvenils (<18 anys), per equip
38,00
- categoria sènior, per equip
64,40
4.2.2 Campionats i trofeus individuals (atletisme, fron tennis, triatló, tennis de taula, escacs...)
- categories juvenils (<18 anys)
4,00
- categoria sènior
8,10
4.2.3 24 hores futbol, futbol sala, bàsquet, handbol, etc.
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
4.3.1
4.3.2
4.4.1
- Inscripció, per equip
4.3 SERVEI DE LUDOTECA
- Abonats i participants de cursos
- Resta d’usuaris
4.4 ALTRES SERVEIS
- Duplicats carnet abonat i claus taquilles
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24-IX-2013
160,40
1,70
2,80
4,00
Article 4. Bonificacions, Reduccions i devolucions
1. Les persones federades en Entitats Esportives Locals, tindran una
bonificació del 50% en els abonaments individuals de les instal·lacions
esportives municipals, acreditant, en el seu cas, la corresponent fitxa
federativa vigent o document acreditatiu.
2. Els membres de la policia local d’Oliva, bombers, membres de la
Creu Roja, membres de cossos de seguretat de l’estat, monitors de
les escoles esportives municipals i estudiants universitaris de Magisteri en EF o ciencies de l’esport i EF, estudiants dels cicles formatius
de l’activitat física i l’esport, estudiants dels cursos formatius
d’ensenyança de regime especial formatiu, Col·legiats en l’ilustre
Col·legi Oficial de Llicenciats de EF i Ciencies de l’Activitat Física
i l’Esport i professors del CEFIRE, tots ells empadronats a la localitat d’Oliva tindran una bonificació del 10% en els abonaments individuals de les instal·lacions esportives municipals, acreditant, en
el seu cas, la corresponent fitxa federativa vigent o document acreditatiu.
3. Les unitats familiars amb tots els seus membres en atur tindran una
bonificación del 25 % en els cursos d’ensenyament de l’epígraf 3.
4. Les persones que disposen de carnet jove o targeta jove tindran una
bonificació del 10% en els cursos d’ensenyament de l’epígraf 3.
5. Els abonats i participants en els cursos de l’epígraf 3 tindran una
bonificación del 10 % en el servei de medicina esportiva.
6. L’Ajuntament d’Oliva es reserva el dret de poder desposar d’una
(1) plaça gratuïta de ada vint (20) matriculats en cada activitat o
curs esportiu ofertat, per a ús de persones que pertanyen a col·lectius
desfavorits i sempre amb informe del departament de servesi socials.
7.En cap cas es podrà aplicar a una mateixa taxa unitària d’aquesta
Ordenança més d’una bonificació o reducció d’aquelles que es contemplen en aquest article.
8. En el cas que l’Ajuntament no preste el servei per causes no imputables a l’obligat al pagament, com poden ser les obres o reparacions u altres anàlogues, procedirà la devolució de l’import corresponent de forma proporcional, en tot cas, no procedirà la devolució
en els supòsits de força major i els relacionats amb la seguritat i
protecció Civil.
Oliva, 13 de setembre de 2013.—La tinent d’alcalde-delegada
d’Hisenda (P.D.2495/12), Ana María Morell Gómez.
2013/24730
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Oliva
Edicte de l’Ajuntament d’Oliva sobre exposició al públic
de l’aprovació inicial de l’expedient de modificació de
crèdits E/01/2013.
edicte
Aprovat inicialment pel Ple de la Corporació, en sessió que va tindre
lloc el dia 10 de setembre de 2013, l’expedient número E/01/2013
sobre modificació de crèdits mitjançant crèdits extraordinaris i suplements de crèdits, finançat amb baixes de partides del Pressupost
Municipal vigent, s’exposa al públic, per termini de quinze dies
hàbils l’expedient complet als efectes que els interessats que
s’assenyalen a l’article 170 del RDL 2/2004, puguen examinar-lo i
presentar reclamacions davant el Ple de la Corporació, pels motius
que s’indiquen en l’esmentat precepte legal.
En el cas que durant el termini d’exposició pública no es presentaren
reclamacions, l’expedient de referència s’entendrà definitivament
aprovat.
Oliva, 16 de setembre de 2013.—La tinent d’alcalde, delegada
d’Hisenda (P.D.Decret 2495/12), Ana Mª Morell Gómez.
2013/24777
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
73
74
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Ajuntament d’Oliva
Edicte de l’Ajuntament d’Oliva sobre exposició al públic
de l’aprovació inicial de l’expedient de modificació de
crèdits S/02/2013.
EDICTE
Aprovat inicialment pel Ple de la Corporació, en sessió que va tindre
lloc el dia 10 de setembre de 2013, l’expedient número S/02/2013
sobre modificació de crèdits mitjançant suplements de crèdits, finançat amb baixes de partides del Pressupost Municipal vigent,
s’exposa al públic, per termini de quinze dies hàbils l’expedient
complet als efectes que els interessats que s’assenyalen a l’article
170 del RDL 2/2004, puguen examinar-lo i presentar reclamacions
davant el Ple de la Corporació, pels motius que s’indiquen en
l’esmentat precepte legal.
En el cas que durant el termini d’exposició pública no es presentaren
reclamacions, l’expedient de referència s’entendrà definitivament
aprovat.
Oliva, 16 de setembre de 2013.—La tinent d’alcalde, delegada
d’Hisenda (P.D. decret 2495/12), Ana Mª Morell Gómez.
2013/24781
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
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75
MANCOMUNIDADES MUNICIPALES
76
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Mancomunitat de la Ribera Alta
Edicte de la Mancomunitat de la Ribera Alta sobre adhesió de l’Ajuntament de Montroi al servei de tramitació,
gestió, resolució i recaptació de procediments sancionadors en matèria de trànsit.
EDICTE
El Ple de la Mancomunitat de la Ribera Alta, en sessió de data 12 de
juliol del 2012, va acordar la modificació del reglament regulador
del servei de tramitació, gestió i liquidació de procediments sancionadors en matèria de trànsit, ampliant el contingut del servei a la
possibilitat de que els municipis adherits al servei puguen delegar en
la Mancomunitat la instrucció i/o la resolución del procediment.
L’Ajuntament de Montroi va acordar, en sessió plenària de data 28
de gener de 2013, delegar en la Mancomunitat de la Ribera Alta la
instrucció i resolució dels procediments sancionadors en matèria de
trànsit.
Els interessats poden interposar recurs de reposició davant
l’Ajuntament de Montroi, en el termini d’un mes o recurs contenciósadministratiu, davant els Tribunals de Justícia, en el termini de dos
mesos, comptadors a partir de l’endemà de la publicaciò del presente edicte.
Alzira, a 24 de juny de 2013.—El president, Cristóbal García Santafilomena.
2013/18243
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JUSTICIA
77
78
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Juzgado de lo Social número dos
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número dos
de Valencia sobre autos número 779/2013 para Jorge
Torreira, S.L.
CEDULA DE CITACION
Milagros Burillo Orrico, secretaria del Juzgado de lo Social número
dos de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 779/2013, a instancias de SANDRA
MARTINEZ FERNANDEZ contra JORGE TORREIRA, S.L., en el
que, por medio del presente se cita a JORGE TORREIRA, S.L., quien
se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en avenida del Saler, 14-2º, Amarilla; al objeto
de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 19 de
mayo de 2015, a las 10,15 horas, con advertencia de que el juicio no
se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes.
Asimismo, deberá efectuarse la publicación del presente edicto, al
menos con quince días de antelación a la fecha señalada para los
actos de conciliación y/o juicio reseñada anteriormente a tenor del
artículo 82.3 de la L. R. J. S.
Igualmente se le advierte que las siguientes comunicaciones se harán
en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia
o se trate de emplazamiento.
En Valencia, a 9 de septiembre de 2013.—La secretaria, Milagros
Burillo Orrico.
2013/24430
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número diez
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número diez
de Valencia sobre autos número 513/2012 para Amada
Cadena Gaspar y otros.
CEDULA DE CITACION
José Vicente Hervás Vercher, secretario del Juzgado de lo Social
número diez de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 513/2012,
a instancias de ISABEL CRISTINA SOLIS, MARIA JOSE AGUILAR FERRER, TOMASA ROSARIO MARTINEZ SANCHEZ,
JUAN CARLOS CABEZAS BANDERAS, ANA RAMIREZ CERVELLO, MARIA AMPARO MOYA GIMENO, ALICIA BERMUDEZ PICAZO, VANESA LEAL MONLEON y ROCIO MIRASOL
GIMENEZ contra GENERALITAT VALENCIANA-CONSELLERIA DE EDUCACIÓ FORMACIÓ I OCUPACIÓ-DIRECCION
GENERAL DE TREBALL, MINISTERIO FISCAL, LA SEU VALENCIA, S.L.U., BANCALE SERVICIOS INTEGRALES, S.L.,
AMADA CADENA GASPAR, MARÍA ANGELES FAUSTINO
MIRALLES, MARÍA LUISA FLOREZ HORTAL, VICENTE JAVIER BONORA LOPEZ, CLAUDIA FERRIRA SILVA, GEMMA
PAREJO GARCIA, VANESSA LEAL MONEON, ALICIA BERMUDEZ PICAZO, CLAUDIA MUÑOZ HENAO e ISABEL TORRUZ YUSTE en reclamación por PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en el que, por medio del presente se cita a AMADA CADENA
GASPAR, MARÍA ANGELES FAUSTINO MIRALLES, MARÍA
LUISA FLOREZ HORTAL, VICENTE JAVIER BONORA LOPEZ,
CLAUDIA FERRIRA SILVA, GEMMA PAREJO GARCIA, VANESSA LEAL MONEON, ALICIA BERMUDEZ PICAZO, CLAUDIA MUÑOZ HENAO e ISABEL TORRUZ YUSTE, quienes se
hallan en ignorado paradero para que comparezcan ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, avenida del Saler número 14,
Ciudad de la Justícia, Sala 11; al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 25 de octubre de 2013, (Sala 11) a
las 10,00 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá
por la incomparecencia injustificada de las partes.
En Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—El secretario, José Vicente Hervás Vercher.
2013/24436
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número catorce
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos despidos número 713/2012
para Ingeniería de Planificación y Procesos, S.A.
CEDULA DE CITACION
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social
número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos despido/CESES
EN GENERAL número 713/2012, a instancias de AMPARO DIAZ
CATALA contra INGENIERIA DE PLANIFICACION Y PROCESOS, S.A., y Fondo de Garantía Salarial en el que, por medio del
presente se cita a INGENIERIA DE PLANIFICACION Y PROCESOS, S.A., quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, Ciudad de la
Justicia, avenida del Saler número 14, Sala 6; al objeto de celebrar
acto de comparecencia en INCIDENTE el día 9 de noviembre de
2013, a las 9,30 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes y de que
deberá asistir con los medios de prueba de que intente valerse.
De igual forma se le notifica el auto despachando ejecución dictado
en el referido procedimiento que a tenor literal contiene la siguiente
parte dispositiva.
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia
despido dictada en este procedimiento a favor del ejecutante AMPARO DIAZ CATALA, frente a INGENIERIA DE PLANIFICACION
y PROCESOS SA, parte ejecutada.
Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días
con las formalidades y requisitos establecidos en el artículo 187, ss.
y concordantes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Al
interponer el recurso de reposición el recurrente que no gozare del
beneficio de justicia gratuita, deberá hacer entrega en la Secretaria
de éste juzgado, de resguardo acreditativo del depósito de 25 euros,
en cualquier oficina del BANCO ESPAÑOL DE CREDITO (Banesto), en la cuenta de Depósitos y Consignaciones, abierta a nombre
de este Juzgado, número 4480 0000 30 0713, pudiendo disponer de
tales resguardos en el mencionado Banco.
Así lo acuerda, manda y firma DOÑA MERCEDES MIÑANA ARNAO, Iltma. señora magistrada-juez de lo Social número catorce de
Valencia”.
Y para que sirva de CITACION y Notificación EN FORMA ala
demandada en ignorado paradero INGENIERIA DE PLANIFICACION y PROCESOS, S.A. con su publicación en el Boeltin Oficial
de la Provincia de Valencia, se expide el presente. Doy fe”.
En Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—La secretaria, María
Piedad Rubio Fernández.
2013/24443
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número diecisiete
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número diecisiete de
Valencia sobre autos número 309/2012 contra Rafael
Mampel Mateu y otro.
EDICTO
Desamparados de la Rúa Moreno, secretaria judicial del Juzgado de
lo Social número diecisiete de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 309/2012,
a instancias de VICENTE a VIEIRA EIXARCH contra RAFAEL
MAMPEL MATEU y Fondo de Garantía Salarial, en la que el día
26/6/13 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
“Con estimación de la demanda formulada por VICENTE A. VIEIRA EIXARCH contra la empresa RAFAEL MAMPEL MATEU, debo
condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la
cantidad de 1.700 euros netos.
Todo ello con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía
Salarial en la parte que legalmente le corresponda, para el caso de
insolvencia de la empresa.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que
la misma es FIRME y no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que conste y sirva de notificación a RAFAEL MAMPEL
MATEU que se encuentra en ignorado paradero, así como para su
inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial, Desamparados de la Rúa
Moreno.
2013/24444
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número seis
Alicante
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número seis
de Alicante sobre autos número 616/2013 para Electróniva Vedat y otro.
CEDULA DE CITACION
El Secretario judicial del Juzgado de lo Social número seis de los de
Alicante.
En resolución de esta fecha dictada en los autos sobre EXTINCION
ART. 50 E.T. Y CANTIDAD número 616/2013, instados por ANTONIO CRUZ GARCIA se ha acordado CITAR a la parte demandada ELECTROTECNIA VEDAT y FONDO DE GARANTIA
SALARIAL a fin de que el próximo día 5 de diciembre de 2013, a
las 10:50 horas, comparezca en la Sala Audiencia de este Juzgado
para la celebración de los actos de CONCILIACION Y JUICIO,
haciéndole saber que en la secretaría se encuentran a su disposición
las copias de la demanda y documentos presentados, advirtiéndole
que al acto del juicio deberá concurrir con todos los medios de
prueba de que intente valerse, apercibiéndole que de no comparecer
se celebrará el juicio sin su presencia, que continuara sin necesidad
de declarar su rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación en forma a la
demandada ELECTROTECNIA VEDAT, expido y firmo el presente
edicto.
En Alicante, a 9 de septiembre de 2013.—El secretario.
2013/24449
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número catorce
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 740/2012 para
Unión Protección y Vigilancia, S.L.
CEDULA DE CITACION
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social
número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 740/2012, a instancias de MIGUEL
GARCIA CONEJERO contra UNION PROTECCION Y VIGILANCIA, S.L., y Fogasa en el que, por medio del presente se cita a UNION
PROTECCION Y VIGILANCIA, S.L., quien se halla en ignorado
paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito
en Valencia, Ciudad de la Justicia, avenida del Saler número 14, Sala
6; al objeto de celebrar sucesivamente los actos de conciliación y
juicio e interrogatorio y en caso de no comparecer podran considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que se
refieren las preguntas, estándose señalado el día 4 de febrero de 2014,
a las 12,15 horas.
Requiérase al demandado para que comparezca personalmente al
acto de juicio a fin de practicar la prueba de interrogatorio de las
parte, advirtiéndole que, de no comparecer sin justa causa, podrán
reconocerse como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran
las preguntas. En el supuesto de que no haya intervenido personalmente en los hechos litigiosos, se admitirá que el interrogatorio sea
respondido en todo o en parte por un tercero que conozca personalmente de los mismos, siempre que el tercero se encuentre a disposición del juez en ese momento, si la parte así lo solicita y acepta la
responsabilidad de la declaración.
En Valencia, a 6 de septiembre de 2013.—La secretaria, María Piedad Rubio Fernández.
2013/24450
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número catorce
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 368/2013 contra Santiago Vaya
Gómez, y otros.
EDICTO
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social
número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 368/2013,
a instancias de ROSA MUÑOZ TENORIO contra NETEJES VAYA
SLNE, SANTIAGO VAYA GOMEZ y Fogasa, en la que el día
5/7/2013 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
“Parte dispositiva.
Archívese sin más trámite, la demanda a que se refiere el hecho
primero de esta resolución.
Se hace saber que contra esta resolución cabe recurso de reposición
ante este mismo juzgado, en el plazo de tres días, y en la forma y
con los requisitos señalados en el artículo 187 de la LRJS.
Así lo acuerda y manda Mercedes Miñana Arnao del Juzgado de lo
Social número 14 de Valencia. Doy fe”.
Y para que conste y sirva de notificación a SANTIAGO VAYA GOMEZ que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial”
de la provincia, expido el presente en Valencia, a 5 de septiembre de
2013.—La secretaria, María Piedad Rubio Fernández.
2013/24452
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24-IX-2013
N.º 227
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Juzgado de lo Social número catorce
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 884/2013 para
Asociación Minusválidos de Sagunto, S.L.
CEDULA DE CITACION
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social
número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 884/2013, a instancias de MIGUEL
ANGEL NAVARRO VALERA contra ASOCIACION MINUSVALIDOS DE SAGUNTO, S.L., en el que, por medio del presente se
cita a ASOCIACION MINUSVALIDOS DE SAGUNTO, S.L., quien
se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, Ciudad de la Justicia, avenida del
Saler número 14, Sala 6; al objeto de celebrar sucesivamente los
actos de conciliación y juicio e interrogatorio y en caso de no comparecer podran considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que se refieren las preguntas, estándose señalado el
día 14 de abril de 2015, a las 10,10 horas.
Requiérase al demandado para que comparezca personalmente al
acto de juicio a fin de practicar la prueba de interrogatorio de las
parte, advirtiéndole que, de no comparecer sin justa causa, podrán
reconocerse como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran
las preguntas. En el supuesto de que no haya intervenido personalmente en los hechos litigiosos, se admitirá que el interrogatorio sea
respondido en todo o en parte por un tercero que conozca personalmente de los mismos, siempre que el tercero se encuentre a disposición del juez en ese momento, si la parte así lo solicita y acepta la
responsabilidad de la declaración.
En Valencia, a 5 de septiembre de 2013.—La secretaria, María Piedad Rubio Fernández.
2013/24453
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 1.236/13-TE contra Transjoma,
S.A., y otras.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
1.236/13-TE, a instancias de JULIA JAREÑO BUENDIA, BEATRIZ
BENET SINISTERRA, ANTONIO VICENTE CASTILLO PEROSANZ y MARIA PILAR JUNOY TIERNO contra TRANSJOMA,
S.A., SERVICIO ALQUILER MATERIAL ESPECTACULOS, S.L.,
y SONORIZACION E ILUMINACION DODINUF, S.L., en la que
el día 11 de septiembre de 2013 se ha dictado decreto cuya parte
dispositiva dice:
“Acuerdo:
1. Decretar el embargo en cantidad suficiente para cubrir la suma de
136.932,49 euros de principal, más la cantidad de 24.835 euros
presupuestados provisionalmente para intereses y costas de los siguientes bienes y derechos de la ejecutada SERVICIO ALQUILER
MATERIAL ESPECTACULOS, S.L.:
- Inmueble-urbana-nave destinada a usos industriales, sita en Picassent, e inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Picassent,
al Tomo 2916, Libro 615, Folio 63, Finca Registral número 33275.
IDUFIR 46029000571091.
2.Decretar el embargo en cantidad suficiente para cubrir la suma de
277.429,93 euros en concepto de principal, más la cantidad de 47.310
euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas de los
siguientes bienes y derechos de la ejecutada SONORIZACION E
ILUMINACION DODINUF, S.L.,
-Inmueble- urbana-nave industrial, Finca de Quart de Poblet número 18737, inscrita en el Registro de la Propiedad de Manises, al Tomo
1426, Libro 168, Folio 9. IDUFIR 46069000039818.
Requiérase al/a la deudor/a para que, en plazo de seis días, presente
en la Secretaría de este Juzgado los títulos de propiedad de la/s finca/s
embargada/s, con apercibimiento de que, de no hacerlo, se seguirán
las actuaciones sobre la base de lo que resulte de la certificación que
expida el Registro de la Propiedad.
Notifíquese a las partes y al/a la cónyuge del/de la apremiado/a, en
su caso, y remítase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
62 de la Ley de la Jurisdicción Social, mandamiento por duplicado
al Registro de la Propiedad número 1 de Picassent y de Manises para
que practiquen las anotaciones preventivas de embargo sobre la/s
finca/s descrita/s y para que libre y remita al Juzgado certificación,
en la que conste la titularidad del dominio y de los demás derechos
reales de las fincas o derechos embargados, así como de las hipotecas,
censos o gravámenes a que estén afectos los bienes, o que se hallan
libres de cargas. Asimismo deberá el señor Registrador comunicar
al Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar
los embargos anotados y comunicar a los titulares derechos que
consten en asientos posteriores al de los embargos acordados en la
presente ejecución, así como a los titulares derechos que consten en
asientos anteriores, siempre que no se trate de créditos con derecho
real en el supuesto en los que éstos, con arreglo a la Ley Hipotecaria,
sean preferentes, el estado de la presente ejecución para que puedan
intervenir en el avalúo y subasta de los bienes, si les conviniere.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187 de
la Ley de la Jurisdicción Social.
El(a) Secretario(a) Judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a TRANSJOMA, S.A.,
SERVICIO ALQUILER MATERIAL ESPECTACULOS, S.L., y
SONORIZACION E ILUMINACION DODINUF, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón
de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia,
haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan
de efectuársele se le harán en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—El secretario judicial, Domingo Fernández Soriano.
2013/24454
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24-IX-2013
N.º 227
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Juzgado de lo Social número catorce
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 904/2013 para
Promova Markenting, S.L.
CEDULA DE CITACION
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social
número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 904/2013, a instancias de MIGUEL LORENTE GARCIA contra PROMOVA MARKENTING, S.L., y Fogasa en el que, por medio del presente se cita a PROMOVA MARKENTING, S.L., quien se halla en ignorado paradero para que
comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en Valencia, Ciudad
de la Justicia, avenida del Saler número 14, Sala 6; al objeto de celebrar sucesivamente los actos de conciliación y juicio e interrogatorio y en caso de no comparecer podran considerarse reconocidos
como ciertos, en la sentencia los hechos a que se refieren las preguntas, estándose señalado el día 14 de abril de 2015, a las 10.50 horas.
Requiérase al demandado para que comparezca personalmente al
acto de juicio a fin de practicar la prueba de interrogatorio de las
parte, advirtiéndole que, de no comparecer sin justa causa, podrán
reconocerse como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran
las preguntas. En el supuesto de que no haya intervenido personalmente en los hechos litigiosos, se admitirá que el interrogatorio sea
respondido en todo o en parte por un tercero que conozca personalmente de los mismos, siempre que el tercero se encuentre a disposición del juez en ese momento, si la parte así lo solicita y acepta la
responsabilidad de la declaración.
En Valencia, a 5 de septiembre de 2013.—La secretaria, María Piedad Rubio Fernández.
2013/24455
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Juzgado de lo Social número siete
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número siete de Valencia
sobre expediente número 1.139/2011 contra Gefrival, S.L.,
y otro.
EDICTO
Alejandrina Aránzazu Peris Martínez, secretaria judicial del Juzgado
de lo Social número siete de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue expediente número
1.139/2011, a instancias de MANUEL MORILLAS TORONDEL
contra GEFRIVAL, S.L., y Fogasa., en la que el día 11/9/2013 se ha
dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
“Parte dispositiva:
Acuerdo:
- Tener por desistido a MANUEL MORILLAS TORONDEL de su
demanda salarios frente a GEFRIVAL, S.L., y Fogasa.
- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra la presente resolución cabe
recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta
la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la
misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS.
INFORMACION SOBRE EL DEPOSITO PARA RECURRIR.
De conformidad con la A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a
trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir
un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que
el recurso sea estimado.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el
banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente indicando, en el campo concepto el código 31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial y la fecha de la resolución recurrida con
el formato DD/MM/AAAA.
En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras
completar el Código de Cuenta Corriente (CCC,20 dígitos), se indicará en el campo concepto el número de cuenta el código y la fecha
que en la forma expuesta en el párrafo anterior.
En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente
al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma
cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes
tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores
y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el
Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.
El/la secretario judicial”.
Y para que conste y sirva de notificación a GEFRIVAL SL. que se
encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el
tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones
que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre
de 2013.—La secretaria judicial, Alejandrina Aránzazu Peris Martínez.
2013/24458
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24-IX-2013
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24-IX-2013
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Juzgado de lo Social número catorce
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número catorce de Valencia sobre autos número 874/2012 para
Saceca, S.L.
CEDULA DE CITACION
María Piedad Rubio Fernández, secretaria del Juzgado de lo Social
número catorce de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 874/2012, a instancias de CELESTINA
ROMERA COBOS contra SACECA, S.L., y Fogasa en el que, por
medio del presente se cita a SACECA, S.L., quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social,
sito en Valencia, Ciudad de la Justicia, avenida del Saler número 14,
Sala 6; al objeto de celebrar sucesivamente los actos de conciliación
y juicio e interrogatorio y en caso de no comparecer podran considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que
se refieren las preguntas, estándose señalado Juicio el día 6 de febrero de 2014, a las 12,15 horas.
Requiérase al demandado para que comparezca personalmente al
acto de juicio a fin de practicar la prueba de interrogatorio de las
parte, advirtiéndole que, de no comparecer sin justa causa, podrán
reconocerse como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran
las preguntas. En el supuesto de que no haya intervenido personalmente en los hechos litigiosos, se admitirá que el interrogatorio sea
respondido en todo o en parte por un tercero que conozca personalmente de los mismos, siempre que el tercero se encuentre a disposición del juez en ese momento, si la parte así lo solicita y acepta la
responsabilidad de la declaración.
En Valencia, a 6 de septiembre de 2013.—La secretaria, María Piedad Rubio Fernández.
2013/24459
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.477/13-MN contra Gestión
Integral del Indico, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.477/13-MN, a instancias de SAAD LEKBIR DJOULI contra
GESTION INTEGRAL DEL INDICO, S.L., en la que en el día 11
de septiembre de 2013 se ha dictado decreto cuya parte dispositiva
dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada GESTION INTEGRAL DEL INDICO, S.L., por cuantía de 5.104,55 euros
de principal adeudadas a la parte ejecutante SAAD LEKBIR DJOULI, más 815 euros presupuestados provisionalmente para intereses
y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional hasta
que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil.
Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a GESTION INTEGRAL
DEL INDICO, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como
para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados,
en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a
11 de septiembre de 2013.—El secretario judicial, Domingo Fernández
Soriano.
2013/24463
BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.502/2013-MN contra Trans
Guijarro Romero, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.502/13-MN, a instancias de GERARDO LORENTE DE FEZ
contra TRANS GUIJARRO ROMERO, S.L., en la que en el día 11
de septiembre de 2013 se ha dictado decreto cuya parte dispositiva
dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada
TRANS GUIJARRO ROMERO, S.L., por cuantía de 2.637,83 euros
de principal adeudadas a la parte ejecutante GERARDO LORENTE
DE FEZ, más 420 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas,
insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional
hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargados. Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro
Mercantil. Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el
correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a TRANS GUIJARRO
ROMERO, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como
para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados,
en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a
11 de septiembre de 2013.—El secretario judicial, Domingo Fernández
Soriano.
2013/24465
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91
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BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número siete
Valencia
Cédula de citación del Juzgado de lo Social número
siete de Valencia sobre autos número 369/2013 para
Sequor Seguridad, S.A.
CEDULA DE CITACION
Alejandrina Aránzazu Peris Martínez, secretaria judicial del Juzgado
de lo Social número siete de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO número 369/2013, a instancias de JESUS QUIJADA CARDENAS contra ESABE VIGILANCIA, S.A., SEQUOR
SEGURIDAD, S.A., e I.N.S.S., en el que, por medio del presente se
cita a SEQUOR SEGURIDAD, S.A., quien se halla en ignorado
paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito
en avenida del Saler, 14-3º, Amarilla; al objeto de celebrar acto de
conciliación y, en su caso, juicio, el día 25 de septiembre de 2014,
a las 11:15 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá
por la incomparecencia injustificada de las partes.
En Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial,
Alejandrina Aránzazu Peris Martínez.
2013/24467
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
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Juzgado de lo Social número quince
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre autos número 531/2.012/I contra Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, S.L.
EDICTO
Sagrario Plaza Golvano, secretaria del Juzgado de lo Social número
quince de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 531/2.012/I,
a instancias de JUAN CRISOSTOMO PUIGCERVER LLORET
contra HALCON EMPRESA DE SEGURIDAD y VIGILANCIA,
S.L., en la que el día 23/7/2013 se ha dictado resolución cuya parte
dispositiva dice:
“Parte dispositiva
Acuerdo:
- Tener por desistido a JUAN CRISOSTOMO PUIGCERVER LLORET de su demanda de sanción frente a HALCON EMPRESA DE
SEGURIDAD y VIGILANCIA, S.L.
- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra la presente resolución cabe
recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta
la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la
misma a juicio del recurrente, artículo 186 y ss. de la LRJS.
INFORMACION SOBRE EL DEPOSITO PARA RECURRIR.
De conformidad con la A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a
trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir
un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que
el recurso sea estimado.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el
banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente 4.481/
PPPP/CC/EEEE/AA indicando, en el campo concepto el código 31
SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial y la fecha de la
resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras
completar el Código de Cuenta Corriente (CCC,20 dígitos), se indicará en el campo concepto el número de cuenta el código y la fecha
que en la forma expuesta en el párrafo anterior.
En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente
al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma
cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes
tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores
y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el
Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores. El/
la secretario judicial”.
Y para que conste y sirva de notificación a HALCON EMPRESA
DE SEGURIDAD y VIGILANCIA, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios
y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—La secretaria, Sagrario Plaza Golvano.
2013/24473
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.503/13-MN contra Konkartel
10, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.503/13-MN, a instancias de AMPARO GARCIA MOLLA contra
KONKARTEL10, S.L., en la que en el día 11 de septiembre de 2013
se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada
KONKARTEL10, S.L., por cuantía de 673,14 euros de principal
adeudadas a la parte ejecutante AMPARO GARCIA MOLLA, más
105 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas,
sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas, insolvencia que
se entenderá a todos los efectos como provisional hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil.
Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a KONKARTEL10, S.L.,
que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción
en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la
provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones
que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre
de 2013.—El secretario judicial, Domingo Fernández Soriano.
2013/24485
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24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco
Sueca
Edicto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número cinco de Sueca sobre juicio de faltas número
61/2013 contra Romeo Gigel Vasile.
EDICTO
Lucía Mayordomo Luján, juez del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción número cinco de los de Sueca.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número
61/2013 en relación a una presunta falta de lesiones atribuida entre
otros a ROMEO GIGEL VASILE, en la que dictó sentencia en fecha
22/5/13 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:
“Que debo absolver y absuelvo a ROMEO GIGEL VASILE de la
falta de lesiones que se les venía imputando.
Se declaran de oficio las costas causadas en el presente juicio.
Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días por escrito y ante este
Juzgado”.
Y para que sirva de notificación a los referidos que se encuentran en
ignorado paradero, expido la presente en Sueca, a 11 de septiembre
de 2013.—El/a secretario/a judicial.
2013/24488
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Juzgado de lo Social número cuatro
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número cuatro de Valencia sobre autos número 183/2012 contra Lems, S.A., y
otro.
EDICTO
Encarnación Alhambra Peña, secretaria judicial del Juzgado de lo
Social número cuatro de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 183/2012,
a instancias de JOSE LUIS ATIENZA SEPULVEDA contra LEMS,
S.A., y TGSS, en la que el día 18/4/13 se ha dictado sentencia cuya
parte dispositiva dice:
“Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por JOSE LUIS
ATIENZA SEPULVEDA condenando a la empresa LEMS, S.A., a
que suscriba con el actor y la TESORERIA GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL el Convenio Especial de la Seguridad Social,
por el periodo 22 de marzo de 2012 al 24 de octubre de 2014, siendo la cantidad a ingresar por la empresa de 13.700,09 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma.
La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer
recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a esta notificación,
lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la
mera manifestación de la parte o de su abogado o representante de
su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por
escrito presentado. Es requisito necesario también que, al tiempo de
hacer el anuncio, se haga el nombramiento del letrado o Graduado
Social que ha de interponerlo.
Si el recurrente fuera la Entidad Gestora condenada, deberá presentar
ante la oficina judicial al anunciar el recurso certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación de pago periódico, y
de que proseguirá puntualmente durante la tramitación del recurso.
Si la sentencia reconoce al beneficiario el derecho a percibir prestaciones, para que pueda recurrir el condenado al pago de dicha prestación, será necesario que haya ingresado en la Tesorería General de
la Seguridad Social correspondiente el capital importe de la prestación declarada en el fallo, con objeto de abonarla a los beneficiarios
durante la sustanciación del recurso, presentando en la Oficina Judicial el oportuno resguardo, que se testimoniará en autos, quedando
bajo la custodia del Secretario.
Igualmente, y al tiempo de anunciar el recurso, el recurrente que no
gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o
causahabiente suyo, o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado
de resguardo acreditativo del depósito de 300,00 euros efectuado en
la oficina de Banesto, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones,
número de cuenta,4469número - 65- 0183 12, abierta a nombre del
juzgado, cuyo impreso tiene a su disposición en la referida entidad
bancaria.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo”.
Y para que conste y sirva de notificación a LEMS, S.A., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón
de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia,
expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—La
secretaria judicial, Encarnación Alhambra Peña.
2013/24490
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24-IX-2013
N.º 227
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Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.503/13-MN contra Konkartel
10, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.503/13-MN, a instancias de AMPARO GARCIA MOLLA contra
KONKARTEL10, S.L., en la que en el día 11 de septiembre de 2013
se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada
KONKARTEL10, S.L., por cuantía de 673,14 euros de principal
adeudadas a la parte ejecutante AMPARO GARCIA MOLLA, más
105 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas,
sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas, insolvencia que
se entenderá a todos los efectos como provisional hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil.
Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a KONKARTEL10, S.L.,
que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción
en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la
provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones
que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre
de 2013.—El secretario judicial, Domingo Fernández Soriano.
2013/24493
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Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.765/2013-MN contra M&c
Pavimentos y Solados, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.765/13-MN, a instancias de WASHINGTON MIGUEL LEON
ZUMBA contra M&C PAVIMENTOS Y SOLADOS, S.L., en la que
en el día 11 de septiembre de 2013 se ha dictado decreto cuya parte
dispositiva dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada M&C
PAVIMENTOS Y SOLADOS, S.L., por cuantía de 4.254,39 euros
de principal adeudadas a la parte ejecutante WASHINGTON MIGUEL LEON ZUMBA, más 680 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos
como provisional hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se
realicen los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil.
Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a M&C PAVIMENTOS
Y SOLADOS, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así
como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en
el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que
las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán
en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente
en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—El secretario judicial,
Domingo Fernández Soriano.
2013/24494
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N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
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Juzgado de Instrucción número cinco
Valencia
Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número cinco de Valencia sobre juicio de faltas número
600/2013 para Nicola Osterholzer.
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
Juan Carlos Martínez Santamaría, secretario del Juzgado de Instrucción número cinco de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número
600/2013 en relación a una presunta falta de hurto atribuida entre
otros a NICOLA OSTERHOLZER, en la que se dictó sentencia en
fecha 3/7/2013 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:
“Que debo condenar y condeno a NICOLA OSTERHOLZER como
autor responsable de una falta intentada de hurto del artículo 623.1º
y 16.1 del Código Penal, a la pena de diez días de localización permanente y al pago de las costas procesales.
Hágase entrega definitiva de los objetos a su propietario.
Notifíquese a las partes esta mi sentencia, haciéndoles saber que
contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de
cinco días desde su notificación para ante la Audiencia Provincial de
Valencia.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que sirva de notificación a NICOLA OSTERHOLZER que
se encuentran en ignorado paradero, expido la presente en Valencia,
a 11 de septiembre de 2013.—El/a secretario/a judicial.
2013/24495
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Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.766/13-MN contra Diseño
Cableados Estructurados, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.766/13-MN, a instancias de DIANA RENAU GALVEZ contra
DISEÑO CABLEADOS ESTRUCTURADOS, S.L., en la que en el
día 11 de septiembre de 2013 se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada DISEÑO CABLEADOS ESTRUCTURADOS, S.L., por cuantía de
3.256,86 euros de principal adeudadas a la parte ejecutante DIANA
RENAU GALVEZ, más 520 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación
definitivas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como
provisional hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen
los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil.
Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a DISEÑO CABLEADOS
ESTRUCTURADOS, S.L., que se encuentra en ignorado paradero,
así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación
en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo
que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán
en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente
en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—El secretario judicial,
Domingo Fernández Soriano.
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Juzgado de Instrucción número trece
Valencia
Cédula de notificación del Juzgado de Instrucción número trece de Valencia sobre juicio de faltas número 312/13
para Dumitru Cristea.
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
Vicente Salvador Idrach, secretario judicial del Juzgado de Instrucción número trece de los de Valencia.
Hago saber: Que este Juzgado se siguen autos de juicio de faltas
número 312/13 contra DUMITRU CRISTEA, habiéndose dictado
en fecha 3/6/13 sentencia cuyo fallo dice así:
Que debo condenar y condeno a DUMITRU CRISTEA por la falta
y a la pena que consta en la resolución mencionada”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DUMITRU CRISTEA actualmente en ignorado paradero expido la presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2.013.—El secretario judicial, Vicente
Salvador Idrach.
2013/24500
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.769/2013-MN contra Esabe
Vigilancia, S. A.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.769/13-MN, a instancias de MARIA CARMEN VAQUERO HERNANDEZ y JUAN CARLOS MONRABAL GALVEZ contra ESABE VIGILANCIA, S.A., en la que en el día 11 de septiembre de
2013 se ha dictado decreto cuya parte dispositiva dice:
“Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada ESABE VIGILANCIA, S.A., por cuantía de 2.799,35 euros de principal
adeudadas a la parte ejecutante MARIA CARMEN VAQUERO
HERNANDEZ y JUAN CARLOS MONRABAL GALVEZ, más
445 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas,
sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas, insolvencia que
se entenderá a todos los efectos como provisional hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil.
Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones. El secretario judicial. Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a ESABE VIGILANCIA,
S.A., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial”
de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la
forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 11
de septiembre de 2013.—El secretario judicial, Domingo Fernández
Soriano.
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Juzgado de lo Social número diez
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número diez de Valencia
sobre autos número 1.421/2012 contra Dertel Instalaciones Técnicas Innovadoras, S.A.
EDICTO
José Vicente Hervás Vercher, secretario del Juzgado de lo Social
número diez de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.421/2012,
a instancias de ARCELIO SANCHEZ SOLIS contra DERTEL INSTALACIONES TECNICAS INNOVADORAS, S.A., en la que el día
8/7/13 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
“Se tiene al demandante ARCELIO SANCHEZ SOLIS por desistido
de la demanda a que se refiere el hecho primero de esta resolución;
archívese lo actuado”.
Y para que conste y sirva de notificación a DERTEL INSTALACIONES TECNICAS INNOVADORAS, S.A., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios
y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—El secretario, José
Vicente Hervás Vercher.
2013/24504
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
103
104
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco
Sueca
Edicto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número cinco de Sueca sobre juicio de faltas número
92/2013 contra Jorge Agrello Dornelles.
EDICTO
Lucía Mayordomo Luján, juez del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción número cinco de los de Sueca.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número
92/2013 en relación a una presunta falta de hurto atribuida entre otros
a JORGE AGRELLO DORNELLES, en la que dictó sentencia en
fecha 2/5/13 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue:
“Que debo condenar y condeno a JORGE AGRELLO DORNELLES
como autor criminalmente responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de 1 mes de multa a razón
de 7 euros cuota día con responabilidad perosnal subsidiaria en caso
de impago y expresa condena en costas del denunciado.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que
no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días desde su notificación, a resolver por
un magistrado de la Audiencia Provincial de Valencia conforme a lo
dispuesto en los artículos 976,795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
Y para que sirva de notificación a los referidos que se encuentran en
ignorado paradero, expido la presente en Sueca a 11 de septiembre
de 2013.—El/a secretario/a judicial.
2013/24505
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
N.º 227
24-IX-2013
N.º 227
24-IX-2013
BUTLLETÍ OFICIAL
DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número diez
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número diez de Valencia
sobre autos número 1.512/2012 contra Sonur Seguridad,
S.L., y otros.
EDICTO
José Vicente Hervás Vercher, secretario del Juzgado de lo Social
número diez de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número 1.512/2012,
a instancias de JENIFER SANTOS PINILLA, ANA CHINILLACH
MORATALLA y ANTONIO G POLIT POLIT contra SONUR SEGURIDAD, S.L., AD. CONCURSAL MARÍA LUISA TORMO
DURA y Fogasa, en la que el día 3/9/2013 se ha dictado resolución
cuya parte dispositiva dice:
“Que estimando la demanda formulada por Jenifer Santos Pinilla,
Ana Chinillach Moratalla, y Antonio G. Polit Polit contra la empresa Sonur Seguridad, S.L., debo declarar y declaro improcedente el
despido de los demandantes de fecha 30/11/2012, declarando extinguido el contrato de trabajo con fecha de la presente resolución
condenando a la empresa demandada a indemnizar a los demandantes en las siguientes cantidades:
Jenifer Santos: 23.958,96 euros.
Ana Chinillach: 29.870,10 euros.
Antonio G. Polit: 42.770,70 euros.
Asimismo, debo condenar y condeno a la empresa Sonur Seguridad,
S.L., a abonar a los demandantes las siguientes cantidades más los
intereses demora del 10 por 100 anual:
A Jenifer Santos: 1.630,33 euros.
A Ana Chinillach: 2.170,64 euros.
A Antonio G. Polit: 2.337,93 euros”.
Y para que conste y sirva de notificación a SONUR SEGURIDAD,
S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial”
de la provincia, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre
de 2013.—El secretario, José Vicente Hervás Vercher.
2013/24506
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DE LA PROVINCIA DE VALENCIA
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 2.903/13-AN contra Urumar
Levante, S.L., y otros.
EDICTO
Aránzazu Peris Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social
número tres de los de Valencia, de Ejecuciones Laborales.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
2.903/13-AN, a instancias de ACTIVA MUTUA 2008 número 3
contra URUMAR LEVANTE, S.L., I.N.S.S., y TGSS, en la que el
día 15 de julio de 2013 se ha dictado auto cuya parte dispositiva
dice:
“Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución
del/de la sentencia de fecha 16/11/11y 8/1/13 del Juzgado de lo
Social número uno de Valencia por cuantía de 884,85 euros de principal adeudados por URUMAR LEVANTE, S.L., a la parte ejecutante ACTIVA MUTUA 2008 número 3, más 140 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su
liquidación y tasación definitivas.
Respondiendo subsidiariamente el I.N.S.S., y LA T. G. SS, por el
importe de 365,76. euros de principal.
Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4
de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su
caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes
unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a
éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles
saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo
dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo
Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los
requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley,
en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera
incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los
presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la
oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva
u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con
posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para
recurrir por importe de 25 euros, así como la forma de efectuarlo,
salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales
supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal,
ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales
y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están
exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre
de este Juzgado.
Así lo acordó y firma en la ejecución número 2.903/13-AN el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de
Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe”.
Firmado y rubricado.
Así mismo, en fecha 15 de julio de 2013 se ha dictado Decreto cuya
parte dispositiva dice:
“Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte
actora para que en tres días puedan designar la existencia de nuevos
bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se
procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente
ejecución.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres
días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El
recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de
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N.º 227
24-IX-2013
régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito
para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este
Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace
mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma
cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en
el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el
Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los
Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y, no constando el domicilio de la empresa ejecutada URUMAR
LEVANTE, S.L., o ignorándose su paradero, según se desprende la
certificación remitida por el Juzgado de lo Social número uno de
Valencia, en la que consta que la notificación se le hizo por edictos,
notifíquesele esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, en igual forma, esto
es, por medio de edictos, insertándose un extracto suficiente de la
cédula en el Boletín Oficial correspondiente, con la advertencia de
que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que
deban revestir forma de auto o se trate de emplazamiento. Sin perjuicio de lo cual, de resultar otro/s domicilio/s en el curso de los
autos, inténtese nuevamente la comunicación en el/los mismo/s.
La secretaria judial.- Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a URUMAR LEVANTE,
S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial”
de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la
forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 11
de septiembre de 2013.— La secretaria judial.
2013/24512
N.º 227
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Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 154/2013-AN contra Manduca
Almirante, S.L., y otra.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia, de Ejecuciones Laborales.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
154/2013-AN, a instancias de CARMEN ADSUARA SANCHEZ
contra MANDUCA ALMIRANTE, S.L., y MANDUCA HOSTELEROS, S.L., en la que el día 9 de septiembre de 2013 se ha dictado
auto cuya parte dispositiva dice:
“Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución
de la sentencia de fecha 2/2/12 del Juzgado de lo Social número seis
de Valencia por cuantía de 44.173,3. euros de principal adeudados
solidariamente por MANDUCA ALMIRANTE, S.L., y MANDUCA
HOSTELEROS, S.L., a la parte ejecutante CARMEN ADSUARA
SANCHEZ, más 7.065. euros presupuestados provisionalmente para
intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4
de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su
caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes
unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a
éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles
saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo
dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo
Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los
requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley,
en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera
incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los
presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la
oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva
u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con
posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para
recurrir por importe de 25 euros, así como la forma de efectuarlo,
salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales
supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal,
ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales
y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están
exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre
de este Juzgado.
Así lo acordó y firma en la ejecución número 154/2013-AN el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe”.
Así mismo en día 9 de septiembre de 2013 se ha dictado decreto
cuya parte dispositiva dice:
“Acuerdo: 1. Se procede a la averiguación de bienes o derechos de
la parte ejecutada MANDUCA HOSTELEROS, S.L., de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de la Jurisdicción Social
mediante comunicación telemática con la Dirección General de
Tráfico, la Agencia Estatal Tributaria, el Catastro y la Tesorería
General de la Seguridad Social.
2. Habiéndo resultado negativas las actuaciones practicadas de búsqueda de bienes o derechos de la parte ejecutada MANDUCA
HOSTELEROS, S.L., susceptibles de embargo sin perjuicio de lo
anteriormente acordado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 276.1 de la Ley de la Jurisdicción Social y previamente a la
declaración de la insolvencia, se da audiencia, por un plazo máximo
de quince días desde la notificación de esta resolución, al Fondo de
Garantía Salarial para que pueda instar la práctica de las diligencias
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107
que a su derecho convengan y designe los bienes del deudor principal que le consten.
3. Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial respecto de la ejecutada MANDUCA HOSTELEROS, S.L., y a la parte actora para que
en tres días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar
decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres
días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El
recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de
régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito
para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este
Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace
mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma
cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en
el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el
Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los
Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Y, no constando el domicilio de la empresa ejecutada MANDUCA
ALMIRANTE, S.L., y MANDUCA HOSTELEROS, S.L., o ignorándose su paradero, según se desprende la certificación remitida por
el Juzgado de lo Social número seis de Valencia, en la que consta
que la notificación se le hizo por edictos, notifíquesele esta resolución
y el auto despachando ejecución, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, en igual forma,
esto es, por medio de edictos, insertándose un extracto suficiente de
la cédula en el Boletín Oficial correspondiente, con la advertencia
de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las
que deban revestir forma de auto o se trate de emplazamiento. Sin
perjuicio de lo cual, de resultar otro/s domicilio/s de la documentación
que remita la Regin o en el curso de los autos, inténtese nuevamente la comunicación en el/los mismo/s.
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la referida Ley,
notifíquense asímismo este auto y las resoluciones que se dicten en
lo sucesivo al Fondo de Garantía Salarial, con entrega de copia del
escrito solicitando la ejecución, a fin de que este organismo pueda
asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en Derecho.
Firmado y rubricado”.
Y para que conste y sirva de notificación a MANDUCA ALMIRANTE, S.L., y MANDUCA HOSTELEROS, S.L., que se encuentran en
ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de
efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 9 de septiembre de 2013.—El
secretario judicial, Domingo Fernández Soriano.
2013/24513
108
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Juzgado de lo Social número tres
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número tres de Valencia
sobre ejecución número 1.262/2013-AN contra Rosa
Torres Prats, S.L.
EDICTO
Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo
Social número tres de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número
1.262/2013-AN, a instancias de JOSEP IGNACI MEDINA TORRES
y ANA MARIA JORDAN GAZQUEZ contra ROSA TORRES
PRATS, S.L., en la que el/los día/s 22/4/13; 10/5/13 y 5/6/13 se ha/n
dictado autos y decretos cuya/s parte/s dispositiva/s dice/n:
Auto de 22/4/13. Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución del/de la sentencia de fecha 11/1/13 del Juzgado
de lo Social número seis de Valencia por cuantía de 25.946,83 euros
de principal adeudados por ROSA TORRES PRATS, S.L., a la parte ejecutante JOSEP IGNACI MEDINA TORRES, más 4.150 euros
presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4
de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su
caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes
unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a
éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles
saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo
dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo
Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los
requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley,
en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera
incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los
presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la
oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva
u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con
posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para
recurrir por importe de 25 euros, así como la forma de efectuarlo,
salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales
supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal,
ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales
y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están
exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre
de este Juzgado.
Así lo acordó y firma en la ejecución número 1.262/2013-AN el
ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres
de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy
fe. Firmado y rubricado”.
Así mismo en día 22 de abril de 2013 se ha dictado decreto cuya
parte dispositiva dice:
“Acuerdo: 1. Se procede a la averiguación de bienes o derechos de
la parte ejecutada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250
de la Ley de la Jurisdicción Social mediante comunicación telemática con la Dirección General de Tráfico, la Agencia Estatal Tributaria, el Catastro y la Tesorería General de la Seguridad Social.
2. Decretar el embargo en cuantía suficiente para cubrir la cantidad
de 25.946,83 euros en concepto de principal, más la cantidad de
4.150 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas,
de los siguientes bienes y derechos de la parte ejecutada ROSA
TORRES PRATS, S.L.: Saldo(s) existente(s) en la(s) cuenta(s) de
la(s) que es titular la ejecutada, ROSA TORRES PRATS, S.L.,
abierta(s) en BANCO DE SANTANDER, S.A., así como los saldos
de cualesquiera otras cuentas corrientes, de ahorro, depósitos, etc.,
que tenga abiertas dicha ejecutada en la(s) expresada(s) entidad(es)
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24-IX-2013
bancaria(s) y los saldos de cualesquiera otras cuentas corrientes, de
ahorro, depósitos, productos financieros de cualquier naturaleza, etc.,
que tenga abiertas dicha ejecutada en la(s) entidad(es) bancaria(s)
adheridas al sistema telemático. Líbre(n)sele(s), de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley de Jurisdicción Social,
oficio(s) para que comunique(n) el saldo de las referidas cuentas, al
momento del recibo de la comunicación, y para que lo pongan a
disposición de este Juzgado hasta cubrir las cantidades anteriormente citadas.
Asimismo, se procederá por la(s) expresada(s) entidad(es) bancaria(s),
en su caso, a la retención de las cantidades que se vayan ingresando
sucesivamente en las indicadas cuentas, hasta completar el importe
de lo adeudado por principal, intereses y costas, dando cuenta inmediata a este Juzgado de cada uno de los movimientos y de su posterior ingreso o transferencia a la de este Juzgado.
Requiérase a la(s) citada(s) entidad(es) bancaria(s) Para que, en el
plazo máximo de quince días, participe(n) el cumplimiento de lo
interesado, con apercibimiento, en caso de incumplimiento, de imposición de la multa coercitiva a la que se refiere el artículo 241 de
la Ley de Jurisdicción Social, en la que podrá incurrir, igualmente,
en caso de negativa a la traba de los saldos futuros, todo ello en
virtud del deber que le impone el artículo 591 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al haberse dado cumplimiento, por este Juzgado, de
lo que determina el artículo 588.2 de dicha ley procesal civil, que
faculta al órgano jurisdiccional a la traba de saldos futuros cuando,
como en el presente caso, el embargo se ha decretado mediante auto
y se determina el límite máximo a retener.
Créditos y/o derechos en favor de la parte ejecutada y/o dinero y
sus intereses, en su caso, pendiente de percibir por ésta por devolución de I.R.P.F., Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre la Renta
de No Residentes, I.V.A., Impuestos Especiales o cualquier otro
concepto tributario hasta cubrir la cantidad de principal, más los
intereses y costas provisionales. a tal efecto tramitese la orden de
embargo de forma telemática a través de la aplicación de la cuenta
depósitos y consignaciones judiciales.
3. Sin perjuicio de lo anteriormente acordado, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 276.1 de la Ley de la Jurisdicción Social
y previamente a la declaración de la insolvencia, se da audiencia,
por un plazo máximo de quince días desde la notificación de esta
resolución, al Fondo de Garantía Salarial para que pueda instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convengan y designe los
bienes del deudor principal que le consten.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres
días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El
recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de
régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito
para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este
Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace
mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma
cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en
el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo
caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas,
las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de
ellos.
Auto de 10/5/13. Dispongo: la orden general de ejecución, despachando ejecución del/de la sentencia de fecha 18/2/2013 del Juzgado
de lo Social número quince de Valencia por cuantía de 33.847,11
euros de principal adeudados por ROSA TORRES PRATS, S.L., a
la parte ejecutante ANA MARIA JORDAN GAZQUEZ, más 5.415
euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin
perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Notifíquese esta resolución en la forma prevista en el artículo 248.4
de la Ley Orgánica del Poder Judicial a las partes, así como, en su
caso y atendida la cantidad objeto de apremio, a los representantes
N.º 227
24-IX-2013
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DE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA
unitarios y sindicales de los trabajadores de la empresa deudora, a
éstos a efectos de que puedan comparecer en el proceso, haciéndoles
saber que contra este auto, que no es firme, puede, conforme a lo
dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Social, interponerse recurso de reposición ante este Juzgado de lo
Social en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los
requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 187 de dicha Ley,
en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera
incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los
presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la
oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva
u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con
posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, indíqueseles así mismo al notificarse esta resolución la necesidad de constitución depósito para
recurrir por importe de 25,- euros, así como la forma de efectuarlo,
salvo que en la parte concurra la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ya que en tales
supuestos no se exigirá tal depósito, ni tampoco al Ministerio Fiscal,
ni al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las entidades locales
y a los organismos autónomos dependientes de todos ellos, que están
exentos. Al interponerse el recurso, deberá acreditarse haberse consignado la cantidad objeto depósito en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre
de este Juzgado.
Así lo acordó y firma en la ejecución número 1723/13-AN el ilustrísimo señor magistrado del Juzgado de lo Social número tres de Valencia, de Ejecuciones Laborales, Antonio Ramos Belda. Doy fe”.
Decreto de 10/5/13. Acuerdo.- La acumulación de la ejecución que
se ha registrado con el número 1723/13-AN a la que con el número
1262/13 se sigue en este Juzgado de lo Social, de los embargos
efectuados a la ejecutada se ha obtenido el importe de 1631,40. euros
a cuente del principal adeudado, fijándose, por tanto, el principal
reclamado a la parte ejecutada en la cantidad de 58.162,54 euros,
más 9.565 euros para intereses y costas provisionales. Todo ello sin
perjuicio de las preferencias que para el cobro de sus créditos puedan
ostentar legalmente los diversos acreedores.
Se mantienen las trabas realizadas y se amplían los embargos hasta
cubrir la cantidad reclamada en concepto de principal, intereses y
costas. Líbrense al efecto y de conformidad con el artículo 62 de la
Ley de la Jurisdicción Social los oficios, exhortos, mandamientos y
recordatorios que, en su caso, sean necesarios.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso directo de revisión ante el magistrado mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres
días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LJS). El
recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de
régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito
para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este
Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace
mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida,
separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma
cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en
el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizado el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el
Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los
Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Decreto de 5/6/13. Acuerdo: La declaración de insolvencia de la
parte ejecutada ROSA TORRES PRATS, S.L., por cuantía de
57.001,75 euros de principal adeudados a la parte ejecutante JOSEP
IGNACI MEDINA TORRES y ANA MARIA JORDAN GAZQUEZ,
más 9.565. euros presupuestados provisionalmente para intereses y
costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas, insol-
BOLETIN OFICIAL
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vencia que se entenderá a todos los efectos como provisional hasta
que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargados.
Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil
correspondiente. Líbrese a tal efecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social, el
correspondiente mandamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el
artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles
que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de
reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días
hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187 de
la Ley de la Jurisdicción Social.
Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones”.
Y para que conste y sirva de notificación a ROSA TORRES PRATS,
S.L., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial”
de la provincia, haciéndole saber al mismo que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en
la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—El secretario judicial,
Domingo Fernández Soriano.
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Juzgado de lo Social número quince
Valencia
Edicto del Juzgado de lo Social número quince de Valencia sobre autos número 1.500/2.011/A contra Unisersa,
S.A., y otros.
EDICTO
Sagrario Plaza Golvano, secretaria del Juzgado de lo Social número
quince de los de Valencia.
Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos número
1.500/2.011/A, a instancias de ANGEL SALVADOR MARTINEZ
ASENSIO, LUIS LOPEZ RUIZ, LUIS SACRISTAN ROA, ANDRES ZAPATA GARRIDO, ERNESTO BAYO FELIU, JOSE GIL
GARCIA, CARLOS BODI LLORENS, SILVIO LOZOYA VILLASEÑOR, ANGEL MARIA ARROBA JACOME y KAMARA HASSAN GEORGE contra UNISERSA, S.A., administrador concursal
ALFONO PEREZ PETREL y Fogasa, en la que el día 15/4/2013 se
ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
“Parte dispositiva.
Acuerdo:
- Tener por desistido a ANGEL SALVADOR MARTINEZ ASENSIO,
LUIS LOPEZ RUIZ, LUIS SACRISTAN ROA, ANDRES ZAPATA
GARRIDO, ERNESTO BAYO FELIU, JOSE GIL GARCIA, CARLOS BODI LLORENS, SILVIO LOZOYA VILLASEÑOR, ANGEL
MARIA ARROBA JACOME y KAMARA HASSAN GEORGE de
su demanda de cantidad frente a UNISERSA, S.A., administrador
concursal ALFONO PEREZ PETREL y Fogasa.
- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra la presente resolución cabe
recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta
la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la
misma a juicio del recurrente, artículo 186 y ss. de la LRJS.
INFORMACION SOBRE EL DEPOSITO PARA RECURRIR.
De conformidad con la A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a
trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir
un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo en el caso de que
el recurso sea estimado.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el
banco Banesto, en la cuenta correspondiente a este expediente 4.481/
PPPP/CC/EEEE/AA indicando, en el campo concepto el código 31
SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial y la fecha de la
resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras
completar el Código de Cuenta Corriente (CCC,20 dígitos), se indicará en el campo concepto el número de cuenta el código y la fecha
que en la forma expuesta en el párrafo anterior.
En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente
al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma
cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si
obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes
tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores
y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el
Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.
El/la secretario judicial”.
Y para que conste y sirva de notificación a UNISERSA, S.A., que
se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el
tablón de anuncios y publicación en el “Boletín Oficial” de la provincia, expido el presente en Valencia, a 11 de septiembre de 2013.—
La secretaria, Sagrario Plaza Golvano.
2013/24523
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N.º 227
24-IX-2013
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ANUNCIOS PARTICULARES
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Comunitat de Regants de Sueca
Edicte de la Comunitat de Regants de Sueca sobre convocatòria a la junta general ordinària per al dia 27
d’octubre de 2013.
EDICTE
JOSEP PASQUAL FORTEA ZARAGOZA, PRESIDENT DE LA
COMUNITAT DE REGANTS DE LA CIUTAT DE SUECA I DEL
SEU SINDICAT DE REGS.
FAIG SABER: Que complint el tràmit reglamentari, es convoca a
tots els partíceps de la Comunitat a junta general ordinària, per al dia
27 d’Octubre de 2013, a les 11 hores en 1a convocatòria, en esta casa
social, Ronda del Borx, número 25, i en el cas que a la indicada hora
no es reuniren la majoria absoluta dels què la integren tinguen per
convocats per 2a vegada per al mateix dia 27 d’Octubre, a les 11´30
hores, amb l'advertència que en esta ocasió, siga quin siga el nombre
d'assistents, seran vàlids els acords que recaiguen sobre el següent:
ORDE DEL DIA
Primer.- Lectura i aprovació, si fa el cas, de l'acta de l'última junta
general.
Segon.- Examen i aprovació, si és el cas, del pressupost de ingressos
i gastos per a l'any 2014.
Tercer.- Informe de la presidència.
Cuart.- Precs i preguntes.
Sueca, a 10 de septembre de 2013.—El president.
2013/24549
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N.º 227
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Comunidad de Regantes San Juan
(en constitución)
Edicto de la Comunidad de Regantes San Juan (en constitución) sobre aprobación de estatutos y reglamentos de
la comunidad.
EDICTO
En Polinyà de Xúquer, a uno de septiembre de 2013, convocada la
reunión por la presidenta a toda la Comunidad de Regantes San Juan
para la aprobación definitiva de los estatutos y reglamentos que
después de treinta días que todos los comuneros tienen una copia de
los Estatutos y Reglamentos para su conocimiento para que desde
este momento tendrán que cumplir fielmente.
A partir del día 06-09-2013, se traslada este edicto al Boletín Oficial
de la Provincia y a los Ayuntamientos de Polinyà de Xúquer y Benicull de Xúquer en el tablón de anuncios de los ayuntamientos
donde tendrán una copia de los Estatutos.
Punto nº 1 aprobación de los Estatutos y Reglamentos de la Comunidad de Regantes San Juan.
Quedó aprobado por unanimidad de todos los Comuneros, 34 votos
a favor y ninguno en contra.
Polinyà de Xúquer, 1 de septiembre de 2013.—El Secretario, Vicente Borrás Vendrell.—La Presidenta, Purificación Colómar Sales.
2013/24825
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TARIFAS
TARIFES
SUSCRIPCION UNIVERSAL A INTERNET: GRATUITA
SUBSCRIPCIÓ UNIVERSAL A INTERNET: GRATUÏTA
INSERCION DE ANUNCIOS
INSERCIÓ D’ANUNCIS
a) Els instats per ajuntaments, organismes autònoms dependents
d’estos i mancomunitats municipals, sempre que no siguen repercutibles a tercers (per caràcter tipogràfic, inclosos els espais en
blanc) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
b) Els instats per particulars, organismes oficials, administracions públiques, etc., fins i tot per ajuntaments, organismes autònoms i
mancomunitats municipals, en cas que hi haja la possibilitat de la
seua repercussió a tercers (per caràcter tipogràfic, inclosos els espais
en blanc). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
c) Aquells que incloguen mapes, imatges, gràfics i quadres resum, amb
independència de per qui siguen instats (per pàgina o la part proporcional que ocupe la imatge). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
d) Els de caràcter urgent a l’empara del que preveu l’article 7.3 de la
Llei 5/2002, de 4 d’abril, Reguladora dels Butlletins Oficials de les
Províncies, s’aplicarà el doble de les tarifes regulades en els apartats
anteriors.
e) Import mínim per inserció . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
BOLETIN OFICIAL
0,050 euros
0,075 euros
270,00 euros
110,00 euros
«BOP»:
ADMINISTRACIÓ: C/ Juan de Garay, 23 - 46017 València
Tels.: 96 388 25 81 - Fax: 96 388 25 84
e-mail: [email protected]
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Depòsit legal: V. 1-1958
a) Los instados por ayuntamientos, organismos autónomos dependientes de los mismos y mancomunidades municipales, siempre que no
sean repercutibles a terceros (por carácter tipográfico, incluido los
espacios en blanco) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
b) Los instados por particulares, organismos oficiales, administraciones
públicas, etc., incluso por ayuntamientos, organismos autónomos y
mancomunidades municipales, en el supuesto de que exista la posibilidad de su repercusión a terceros (por carácter tipográfico, incluido los espacios en blanco) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
c) Aquellos que incluyan mapas, imágenes, gráficos y estadillos, con
independencia de por quién sean instados (por página o la parte
proporcional que ocupe la imagen) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
d) Los de carácter urgente al amparo de lo previsto en el artículo 7.3 de
la Ley 5/2002, de 4 de abril, Reguladora de los Boletines Oficiales
de las Provincias, se aplicará el doble de las tarifas reguladas en los
apartados anteriores.
e) Importe mínimo por inserción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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