Revista nº 34 - Primavera 2011 - Administradores Fincas Asturias

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Revista nº 34 - Primavera 2011 - Administradores Fincas Asturias
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 1
PROPIEDAD Y ADMINISTRACIÓN
Nº
34
4
Entrevista: Carlos Luengos, director de HC-Naturgas Empresa de
Servicios Energéticos S.L.
6
Ley Ómnibus: Carta de apoyo de FADE.
8
De interés: Arbitraje y mediación, la forma más rápida y económica
de solucionar los conflictos de las comunidades.
12
Colegiados. Entrevista a Virginia Pineda.
16
Legislación. Consultas en materia de Propiedad Horizontal.
24
La otra vida: La otra cara del administrador.
30
Sección jurídica: La reforma del régimen sancionador de la
LOPD.
32
Actualidad: Ana Prieto, administradora de fincas, participa en una
campaña del Banco Herrero.
36
De interés: Respuesta de la Agencia Tributaria respecto al IVA de
los ascensores.
41
El trasterín de mi casa.
42
Reportaje: Jardinería: plantas que dan vida.
50
Profesionales a nuestro servicio.
Propiedad Y Administración
SUMARIO
Primavera 2011
1
Edita: Colegio de Administradores de Fincas del Principado de Asturias / Consejo de Redacción: D. Fernando Álvarez
García / D.J.C. Bachiller Rodríguez / D. Ricardo Vega Menéndez, Dª. Manuela de Ugarriza Iglesias / Directora: Dª. Mª José
Alonso Fernández / Producción: CADE Comunicación / Redacción: Rebeca Álvarez (CADE Comunicación) / Diseño y
maquetación: CADE Comunicación / Impresión: Imprenta Narcea / Depósito Legal: AS/5191-02 / Propiedad y Administración
no se identifica necesariamente con las opiniones expuestas en los artículos firmados / Dirección de la sede del Colegio: Buenavista, 14.
33006 Oviedo / Tel: 985 27 47 16 / Fax: 985 25 91 86. / web: www.administradoresfincasasturias.es / correo electrónico:
[email protected] / ISBN: 1695-7032
Año 2011
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Editorial
Ley de servicios profesionales
Anselmo Gómez Cortina, Presidente del Colegio de Administradores de Fincas del Principado de Asturias
Propiedad Y Administración
No estaría de más aportar algunos datos y reflexiones sobre la
trascendencia que tiene la profesión de Administrador de Fincas
para la sociedad en general y la necesidad de que dicha profesión se realice bajo el amparo de un colegio profesional de colegiación obligatoria, que podría ponerse en riesgo con la futura
Ley de Servicios Profesionales.
2
Se plantea la ley bajo el argumento de la mejor defensa del
consumidor, la liberalización del mercado y para la dinamización
de la economía.
En cuanto a la defensa del consumidor es obligado poner de
relieve que:
-Los colegios profesionales garantizan la seguridad jurídica de los
usuarios con una garantía financiera en ningún caso inferior a los
25.000 euros y de 200.000 euros para el seguro de
Responsabilidad Civil.
-Los colegios profesionales se encargan de formar, informar y
reciclar a los colegiados sobre la variada y cambiante normativa
que afecta a las fincas que administran (edificación, telecomunicaciones, supresión de barreras arquitectónicas, fiscalidad de las
comunidades, prevención de riesgos laborales, protección de
datos, reglamentos de inspecciones, mantenimiento de los edificios, etc.).
-Los Colegios supervisan, a través de sus Comisiones
Deontológicas, el trabajo de sus colegiados, en garantía de los
usuarios, ya que ante una mala praxis, el control de la calidad
profesional sería legalmente inviable en el supuesto de que quedara desamparada la obligatoriedad de la colegiación, lo que
permitiría sustraerse del mismo al profesional menos cualificado.
A la vista de estos datos se nos plantean las siguientes preguntas,
para el hipotético supuesto de que la colegiación no fuera obligatoria:
¿Cómo se cubriría la responsabilidad civil del administrador no
colegiado? La respuesta, a primera vista, podría quedar resuelta
con la obligación de suscribir un seguro de R.C. cuando “el administrador no colegiado” se diera de alta en la Agencia Tributaria.
Pero, ¿quién vigilaría que a los dos meses o al año no se diera de
baja en el seguro? ¿Lo vigilaría la administración? ¿Incorporaría
nuevos funcionarios para controlar dichos supuestos, pagando
con dinero público lo que hasta el momento realizan los colegios
profesionales gratuitamente? ¿En caso de que fallaran dichos
controles sería responsable subsidiaria la propia administración
pública, por suprimir los actuales mecanismos de control? En
cuanto a la formación, ¿se encargaría también la administración
de formar, informar y reciclar a los “administradores no colegiados” asumiendo el gasto correspondiente, cuando dichas actuaciones no suponen actualmente gravamen alguno a la administración pública, dado que se realizan por el propio colegio profesional? Particularmente me parece un contrasentido que en los
actuales momentos de ajuste presupuestario se pretenda suprimir
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el trabajo que desinteresadamente realizan los colegios profesionales, por un sistema que promueve la inseguridad para los consumidores y comporte un mayor gasto para la administración
pública, tanto en gestión, como en responsabilidades.
Otra consecuencia de la falta de colegiación obligatoria sería
que la eficacia de la administración en la transmisión a los ciudadanos de las nuevas normativas e implantación de avances técnicos en la edificación, de ahorro energético y rehabilitación de edificios, y el crecimiento sostenible, se vería mermada en gran medida por la dispersión de profesionales, que actualmente aglutinan
y coordinan los colegios de administradores de fincas, lo que
inevitablemente redundaría en detrimento de las políticas para la
reactivación económica, con incidencia fundamental en el sector
de la construcción, que ha derivado en los últimos años, de la
obra nueva hacia la rehabilitación de edificios, y como muestra,
véase la eficacia que hemos demostrado contribuyendo a que se
rehabiliten el 82% de las fachadas de edificios en toda España;
a la implantación de la TDT, reduciendo en año y medio el tiempo estimado para que todos los ciudadanos dispongan de
Televisión Digital Terrestre (TDT); reduciendo los índices de morosidad un 80%en 2 años, tras haber impulsado la tramitación de
la Proposición de Ley de Iniciativa Legislativa Popular sobre reclamación en deudas comunitarias; posibilitado la instalación de
más de 24.000 ascensores en comunidades de propietarios, al
generar la necesidad de eliminar los acuerdos por unanimidad
en las comunidades de propietarios; beneficiado a las personas
con discapacidad con nuestra colaboración en la supresión de
barreras arquitectónicas; contribuyendo a reducir los litigios de la
Administración de Justicia motivados por asuntos inmobiliarios en
un 60%colaborando en el Plan Renove, para adaptar las viviendas más antiguas a las nuevas exigencias energéticas, que se
extenderá a 500.000 hogares de toda España, y la elaboración
de los contenidos del Plan Estatal de Vivienda 2009-2012, entre
otras actuaciones, que se han realizado con coste cero para la
Administración Pública y que han contribuido y contribuirán a la
dinamización de la economía del país, pues no en vano los
15.000 administradores de fincas colegiados gestionamos
200.000 millones de euros anuales a nivel nacional.
A la vista de los hechos, tanto si se examina desde el punto de
vista de la seguridad jurídica de los usuarios y consumidores,
como desde el plano de la eficacia administrativa o desde la
necesidad de reactivación económica, en el supuesto de que no
existiera el Colegio de Administradores de Fincas, a efectos de
una mejor gestión de los intereses de los ciudadanos, los poderes
públicos deberían fomentar su creación.
En cuanto a la liberalización de mercados, baste decir que los
baremos de honorarios mínimos profesionales han quedado
suprimidos por la Ley 15/2007.
Un abrazo
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Entrevista
Carlos Luengos Álvarez, director de HC - Naturgas Empresa de Servicios Energéticos S.L
“Hay que permitir la instalación de los Puntos
de Recarga para coches eléctricos, pero no se
puede hacer de cualquier forma”
Propiedad Y Administración
El pasado mes de marzo se realizó en
la sede del Colegio Territorial de
Administradores
de
Fincas
del
Principado de Asturias una jornada
técnica patrocinada por HC-Naturgas
Empresa de Servicios Energéticos (ESE)
4
-Los Administradores ya conocían a HC
Energía, ¿qué empresa es HC-Naturgas ESE?
Es la empresa del grupo HC Energía responsable en
España de los servicios de eficiencia energética, es decir,
encargada de ofrecer a nuestros clientes soluciones que
permitan optimizar la energía que consumen. HC energía
lleva mas de 20 años prestando servicios energéticos de
valor añadido a sus clientes empresariales y domésticos,
entre estos servicios podemos destacar el asesoramiento
tarifario, la corrección del factor de potencia en instalaciones eléctricas, el mantenimiento de más de 500 centros de transformación de grandes clientes, la instalación
llave en mano de equipos energéticos de todo tipo y la
gestión integral de más de 300 centrales térmicas en todo
tipo de edificios. Hace ya 20 años que HC energía instaló las primeras cogeneraciones en el Principado de
Asturias y hoy cuenta con numerosas centrales en toda
España. También instalamos la primera máquina de
absorción aprovechando calor residual en oficinas, así
como la primera máquina de microcogeneración recientemente operando a pleno rendimiento (aprovechamiento de calor y exportación de energía). Ahora estamos
uniendo toda esa experiencia repartida en varios departamentos de HC energía y unificándola en una empresa
(HC- Naturgas ESE) que pueda abordar satisfactoriamente las necesidades en materia energética de cualquier
cliente.
-¿En qué consistió la Jornada desarrollada en
el Colegio?
Tratamos algunos de los nuevos retos a los que se enfrentan los Administradores de Fincas relacionados con la
energía en los edificios, en particular la proliferación de
maquinas de microcogeneración y la necesidad de instalar sistemas de recarga para vehículos eléctricos.
Gran parte de los edificios de nueva construcción están
incorporando máquinas de microcogeneración en sustitución de la energía solar térmica. Estos equipos tienen la
Año 2011
Carlos Luengos, durante la entrevista.
capacidad de generar calor y electricidad mediante el
consumo de gas natural. Son equipos muy eficientes pero
requieren de una gestión específica. Para que los equipos
sean rentables es preciso vender la energía eléctrica
generada al sistema eléctrico, y para ello es preciso realizar una gran cantidad de tramites administrativos como
darse de alta en el RIPRE, depositar avales bancarios en
la distribuidora y en la administración, realizar contratos
de venta de energía con un agente del mercado y un
largo etc. Para facilitar el proceso HC- Naturgas ESE ofrece un servicio que engloba todos los aspectos necesarios,
dando de alta la instalación, encargándose de su mantenimiento, suministrando el gas necesario, facturando al
sistema eléctrico los Kwh eléctricos generados e informado a la Comunidad mensualmente del balance de energía consumida y generada. Además, HC- Naturgas ESE
se encarga de la captura de la medida de los contadores
divisionarios y de su entrega la Administrador para faci-
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Carlos Luengos Álvarez
-Otro de los temas de la jornada fue el de los
Puntos de Recarga para coches eléctricos, ¿qué
papel tienen aquí los administradores?
En esta jornada también queríamos hablar de los Puntos de
Recarga para coches eléctricos. Es un tema que sabemos
preocupa a los Administradores y sin embargo hay aún
poca regulación que nos oriente. En la actualidad cualquier
comunero puede instalar un punto de recarga en su garaje
solicitando permiso para ello, sin embargo la tendencia
regulatoria apunta a las empresas “Gestoras de Recargas”
como protagonistas en este campo. Explicamos también los
tres sistemas fundamentales para la instalación de puntos
de recarga. Como conclusión intentamos trasladar que en
el caso de que surja esta necesidad en una comunidad lo
más conveniente es consultar con HC-Naturgas ESE y nosotros nos encargaremos de estudiar la forma de acometer
el proyecto. Antes de actuar, preguntar.
-Al final de la jornada se produjo un debate,
¿qué destacaría de él?
En efecto, ha sido más de una hora de debate con muchas
intervenciones, todas ellas muy interesantes.
Se detectó preocupación por el tema de los puntos de
recarga del coche eléctrico y la obligación por parte de la
Comunidad de permitir este tipo de instalaciones. Creo que
quedó claro que, si bien hay que permitir su instalación, no
se puede hacer de cualquier forma. Es preciso un estudio
técnico que respete la seguridad y legalidad vigente. Como
comenté anteriormente, es conveniente asesorarse para no
crear problemas innecesarios.
En cuanto a la Gestión Integral de instalaciones térmicas,
la mayoría de los participantes en la jornada ya conocían
que somos la primera empresa del Principado de Asturias
que habíamos conseguido poner en operación la primera
microcogeneración, y algunos de los participantes ya tenían contratado con HC-NG Empresa de Servicios Energéticos
la gestión de varias salas de calderas con maquinas de
microcogeneración incorporada. Fundamentalmente los participantes manifestaron su tranquilidad al haber contratado
nuestros servicios, que incorporan una gestión integral verdadera realizada de forma transparente para el consumidor y
con una atención cercana.
-A la vista de esta primera jornada, ¿habrá más
encuentros con los administradores?
Por supuesto. En HC energía acostumbramos a realizar este
tipo de jornadas con el Colegio Territorial. Normalmente
hacemos que coincidan con temas relevantes que interesan
a los administradores: Campaña de ICPs, Campaña de eliminación de la tarifa nocturna, Campaña de revisión de
centralización de contadores, etc. Siempre estamos a disposición del Colegio de Administradores y bien sea por que
nos los soliciten por una preocupación relativa a algún tema
concreto o bien porque nosotros mismos detectemos un
asunto que pueda ser de interés, intentamos organizar este
tipo de eventos que consideramos de gran utilidad para
todos. Los edificios son hoy en día responsables de una
gran parte del consumo energético nacional y por tanto las
actuaciones para mejorar su eficiencia energética son cada
vez más relevantes, por esa razón auguramos un futuro de
intensa colaboración entre HC-Naturgas ESE y el Colegio
Territorial.
Propiedad Y Administración
litar las gestiones de reparto de costes.
Por supuesto también gestionamos para las
Comunidades las trasformaciones de gasoil, carbón o GLP
a Gas Natural de las centrales térmicas. Para estos proyectos HC-Naturgas ESE continúa con su política, bien conocida por los Administradores de Fincas, de ofertar el producto Gestión Calor, aunque complementado con servicios adicionales como la captura de lecturas, el mantenimiento de
las instalaciones solares térmicas y financiación de las inversiones en transformación.
5
Una máquina de microcogeneración gestionada por HC-Naturgas
Empresa de Servicios Energéticos.
“Los edificios son hoy en día
responsables de una gran
parte del consumo energético
nacional y, por tanto, las
actuaciones para mejorar su
eficiencia energética son cada
vez más relevantes”
Año 2011
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Ley Ómnibus
Propiedad Y Administración
Reproducción de la carta remitida por el presidente de la Federación
Asturiana de Empresarios (FADE), Severino García Vigón, al Colegio de
Administradores de Fincas de Asturias con motivo de la Ley Ómnibus
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Propiedad Y Administración
Carta de apoyo de FADE
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De interés
Arbitraje y mediación, la forma más
rápida y económica de solucionar los
conflictos de las comunidades
Propiedad Y Administración
El pasado mes de marzo finalizó en el Colegio el curso sobre “Procedimientos de
arbitraje y mediación” impartido por Raúl Nodal, presidente de la Corte Arbitral de
Gijón; Abel Díaz Arregui, abogado especialista en arbitraje, y Ángela Rodríguez,
especialista en mediación. Durante tres jornadas se creó un foro de aprendizaje y
debate sobre una fórmula eficaz para resolver los conflictos
8
Las comunidades no se libran de los temidos conflictos vecinales. Muchos acaban en los tribunales. Pero todos sabemos e
incluso hemos sufrido lo atascados que están los juzgados y lo
cara que sale la Justicia. Ahora existe otra fórmula de resolución mediante arbitraje y medición, una vía más rápida y económica que se desarrolla desde el Colegio de Administradores
de Fincas de Asturias.
forma progresiva el sistema arbitral va calando en las empresas y la ciudadanía. El arbitraje constituye un mecanismo de
resolución de controversias alternativo de la justicia ordinaria,
ofreciendo una solución rápida, económica y eficaz.
Tal y como señala Ángeles Martínez, Secretaria del Colegio
de Administradores de Fincas de Asturias, “se trata de una
manera de abrir caminos a la respuesta típica que se da en los
conflictos, ‘lo que diga el juez’. Hay mucha gente que pierde
sus derechos porque no ve posible acceder a la Justicia, entre
otras cosas porque no es barata”.
La legislación española ha intentado potenciar esta institución, en un primer momento mediante el Real Decreto
1094/1981 de 22 de mayo, y posteriormente con la Ley
36/1988 de 5 de diciembre, pero no ha sido hasta la promulgación de la Ley 60/2003 de Arbitraje de 23 de diciembre
cuando se ha llegado a sistematizar plenamente y desarrollar
realmente la institución del arbitraje, no solamente en el ámbito internacional sino también en el nacional, siendo todavía
una ley con poca aplicación práctica.
El arbitraje es una institución ya plenamente asentada en
nuestro país, pero aún no suficientemente conocida, si bien de
Pocos son los que saben que el arbitraje produce los efectos
de una sentencia firme y que contra la resolución dictada por
Las ventajas del
proceso arbitral
no sólo suponen
un ahorro de
tiempo, sino
también un
importante ahorro
económico para
las partes en
Asistentes a una de las sesiones del curso impartido en la sede del Colegio.
Año 2011
discordia
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Arbitraje y mediación
El papel del administrador en este procedimiento es muy
importante. Primero debe hacer saber que existe la mediación,
para a continuación asesorar y defender el interés del cliente”,
señala Ángeles Martínez.
donde la rapidez en la resolución del conflicto deviene vital
para los intereses y buena marcha de las empresas.
Es un sistema eficaz y eficiente, ya que los árbitros pueden
ser elegidos por las partes de entre los que figuran en la lista
pública de árbitros de la Corte, que estará integrada exclusivamente por abogados cualificados y experimentados en la
materia objeto de litigio.
En el sistema arbitral los plazos van acortados enormemente, pudiendo dictarse laudos en pocas semanas. A esto ayuda
que las comunicaciones se pueden realizar por medios más flexibles y rápidos que los hasta ahora usados en los tribunales.
En el arbitraje es habitual el uso del correo electrónico, el fax y
otros medios electrónicos, siempre que permitan el envío de
documentos y la constancia de su emisión y recepción.
Para dar adecuada respuesta a la necesidad de resolver ágil
y eficientemente conflictos, sin necesidad de verse inmerso en
un proceso judicial, en Asturias existen dos cortes, una ubicada en Gijón que depende del Ilustre Colegio de Abogados de
Gijón y la Cámara de Comercio de la ciudad, y la segunda, la
ubicada en la sede del Colegio de Administradores de Fincas
de Asturias, en Oviedo. Así, desde el 1 de julio de 2010 se
dedica a la resolución de controversias, siendo principalmente
el derecho civil, la Ley de Propiedad Horizontal y las cuestiones
inmobiliarias los objetos de debate en esta sede arbitral.
Las ventajas del proceso arbitral no sólo suponen un ahorro
de tiempo, sino un importante ahorro económico para las partes en discordia frente a los gastos habituales de un proceso
judicial ordinario, siendo el ámbito mercantil y empresarial
Ante la saturación de nuestros juzgados y la economía de
medios y tiempo que conlleva, el arbitraje está llamado a ser el
método de resolución de conflictos más común en el futuro. En
Asturias ya es posible con todas las garantías.
Propiedad Y Administración
los árbitros (llamada laudo) no cabe recurso, con las indudables ventajas de la rapidez en la solución del conflicto frente a
un proceso judicial. El laudo es directamente ejecutable ante un
Juzgado como si de una sentencia firme se tratase, para el
supuesto de incumplimiento por la parte que ha resultado condenada.
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Entrevista
Rodrigo Castro, director de Procoin Rehabilitaciones
“Nuestros edificios más antiguos necesitan
adaptarse a los nuevos requisitos que impone
una ciudadanía responsable”
Propiedad Y Administración
Procoin es sin duda una de las empresas de referencia en el sector de la construcción
de Asturias. De capital cien por cien asturiano, desde sus inicios, Procoin se ha
especializado en la ejecución de obras singulares, especialmente de rehabilitación, lo
que le ha permitido consolidarse como una de las empresas mejor preparadas para
afrontar tareas de rehabilitación de edificios y viviendas
10
-Conocemos a Procoin por algunas de sus obras
de mayor dimensión, pero Procoin está sin
embargo especializada en atender obras de
rehabilitación como las que pueden afectar a
nuestras comunidades…
Procoin Rehabilitaciones es una de las empresas con mayor
trayectoria dentro del grupo Procoin. Desde su nacimiento a
principios de los años 80 crecimos bajo la máxima de la especialización en obras singulares, lo que nos ha permitido
adquirir una experiencia más que notable en la rehabilitación
de edificios, muchos de ellos de sobra conocidos por todos
como el Estadio municipal de El Molinón, la Universidad
Laboral de Gijón o edificios especialmente significativos en la
calle Uría de Oviedo. Tenemos equipo, experiencia, solvencia
y ofrecemos una inmejorable garantía.
-¿En qué puede beneficiarse un profesional de
nuestro sector de esa experiencia de la que usted
habla?
Procoin ha desarrollado un sistema de trabajo claramente
enfocado a favorecer la actividad de los administradores de
fincas urbanas, básicamente ofrece un producto integral diseñado como un menú para que cada administrador pueda
ofrecer a la comunidad de propietarios el producto que mejor
se adapte a sus necesidades. En nuestra oferta se destaca la
flexibilidad de financiación, la especialización en el trabajo y
en la oferta de servicios específicos de acuerdo a las necesidades de las comunidades.
-Quiere decir eso que Procoin ofrece posibilidades
de financiación que permiten sortear la actual
situación de falta de crédito?
Sí, Procoin, por su tamaño y su salud financiera goza de una
posición óptima a la hora de proponer a las comunidades
soluciones de financiación más cómodas que facilitan el desarrollo de las obras con rapidez y eficacia, y esta es solo una
de las ventajas que trabajar con Procoin ofrece; otra especialmente relevante es todo el valor que puede aportar a los admi-
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Rodrigo Castro, durante la entrevista.
nistradores la posibilidad de trabajar de la mano de una
empresa que goza del merecido prestigio que en sus años de
trabajo ha conseguido granjearse. Además Procoin cuenta
con un equipo dedicado a la gestión de las subvenciones que
se ofrecen en cada municipio, lo que evita a las comunidades
los incómodos trámites de gestión.
-Es cierto que Procoin goza de una buena reputación como empresa pero también que su imagen
está asociada a obras de gran tamaño más que
a rehabilitaciones urbanas…
Durante los años en los que el pulso del sector era más fuerte
Procoin atendió grandes proyectos y desde luego no hemos
renunciado a seguir haciéndolo, pero ni siquiera entonces
Procoin renunció a su naturaleza de empresa especializada en
la atención de obras singulares por su especial significado,
todas ellas obras de rehabilitación. Si no hubiera sido así,
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Rodrigo Castro
-Desde luego el servicio que ofrecen cubre de un
modo integral el proceso de contratación, pero llegado el momento de desarrollar la obras suponemos que las diferencias no son tantas, de algún
modo todas la obras se parecen, ¿o no?
No, realmente cada obra es diferente, cada comunidad es diferente, nada es igual ente dos obras, ni siquiera aunque estas
sean gemelas. Nuestra experiencia nos dice que la conservación del edificio, el tipo de mantenimiento, el modo en el que
se ha enfrentado al paso del tiempo varían sustancialmente sus
necesidades de rehablitación. Lo más común es enfrentarse a
un deterioro de las cubiertas y de las fachadas que además
sufren especialmente el paso del tiempo en lo estético y en lo
que a su salud y seguridad se refiere. Intervenir sobre ellas
requiere un estudio pormenorizado que nos definirá la solución
mejor: estudio de ahorros energéticos, propuesta estética y también estudio de las necesidades de los vecinos a los que debemos de tratar de evitarles el mayor número posible de inconvenientes durante la ejecución de la obra.
No perdamos de vista que un trabajo de rehabilitación inte-
gral puede proporcionar muchas soluciones además del remozo de fachadas y cubiertas. Podemos hablar de demoliciones
parciales, refuerzos de la cimentación, recrecidos, trabajos de
interiorismo, trabajos para terminar definitivamente con humedades y filtraciones, para renovar instalaciones de electricidad,
fontanería y saneamiento…
-Entonces, es obvio que pensar en rehabilitación
como sustitución de fachadas resulta simplista.
Desde luego que sí. Es obvio que deben priorizarse aquellas
acciones que afectan a los elementos más deteriorados, y las
cubiertas y fachadas suelen serlo; pero también suele resultar
urgente la instalación de ascensores, la renovación de instalaciones que comprometen la seguridad de la comunidad, la instalación de nuevos sistemas de seguridad contra incendios y
por supuesto la sustitución de carpinterías, que combinadas
con otras medidas de ahorro energético, transforman los edificios y los modernizan consiguiendo una notable aumento de la
calidad de vida de los vecinos. Y frecuentemente con una inversión mucho menor de lo que a priori podríamos pensar, gracias entre otras cosas a las subvenciones municipales allí donde
las hay.
-Augura usted un buen futuro al mercado de
rehabilitación entonces…
Nuestra sociedad avanza y nuestros edificios más antiguos
necesitan adaptarse a los nuevos requisitos que impone una
ciudadanía responsable: eliminación de contaminantes, ahorro energético, mejoras en los aislamientos, sustitución de elementos constructivos tóxicos. Cada vez somos más conscientes
de que vivimos en edificios que, en muchas ocasiones, están
enfermos y suponen un serio peligro para nuestra vida diaria.
Creo que la realidad impone una modernización de nuestro
parque de viviendas y desde luego es necesario confiar en
empresas como Procoin para garantizar el mejor resultado de
ese trabajo.
Imagen del estadio de El Molinón tras las obras realizadas por Procoin.
Año 2011
Propiedad Y Administración
Procoin no podría sumar en su currículo la rehabilitación de
decenas de edificios como el Palacio de MirandaValdezcarana en Grado, el edifico de la esquina de la calle El
Peso en Oviedo, el Museo de Bellas Artes de Asturias, el
Palacio Malleza -Toreno, el edificio del Colegio de Arquitectos
de Gijón…
Precisamente de esa experiencia surge nuestra capacidad
para ofrecer un Servicio Integral que incluye un proyecto previo de gran calidad visual para ilustrar a la propiedad el resultado de las obras, un completo estudio de patologías, los visados colegiales, trámites administrativos, permisos… Es decir,
todo lo necesario para facilitar el trabajo de los administradores y la atención y comodidad de los vecinos, incluso una línea
de atención directa a los vecinos durante el desarrollo de las
obras.
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Colegiados
Virginia Pineda, la administradora más joven incorporada este año al Colegio
“El respaldo del Colegio no sólo es importante
para mí, sino también para los propietarios”
Propiedad Y Administración
Virginia Pineda lleva desde agosto del año pasado al frente de la Asesoría Llanes.
Tras su paso por otra asesoría y sin previa experiencia en la administración de
fincas, decidió continuar su carrera laboral en un sector “llamativo” para esta joven
de 24 años entusiasmada con esta nueva faceta profesional
12
-¿Por qué se decidió por esta profesión?
Cuando terminé mi carrera en la Universidad comencé a trabajar en una asesoría, y aunque estuve más
de un año trabajando con ellos, era un trabajo que
me parecía bastante monótono, así que empecé a
investigar qué profesiones tenían un buen futuro para
desarrollar mi carrera profesional.
La administración de fincas siempre aparecía como
una de las profesiones con mejores expectativas y,
aunque en principio es una profesión poco atractiva
(hay que mediar entre las disputas de los vecinos, no
existe un horario fijo, ni un sueldo fijo, etc.), en las
entrevistas a administradores de fincas que leí en
aquellos meses, todos estaban encantados con su
profesión y, a pesar de los sacrificios, no la cambiarían por ninguna otra.
-¿Qué funciones de su trabajo le apasionan más?
Me gusta la diversidad de funciones, ningún día es
igual que el anterior, ya que siempre surge algo
nuevo que rompe con la rutina de los trabajos de oficina.
-¿Y cuáles menos?
Por el momento me gusta todo lo que hago, unos días
se agradece la tranquilidad de los trabajos de contabilidad y otros el ajetreo de las reuniones, reparaciones, obras, etc.
-¿Qué balance hace de este tiempo?
Están siendo meses ajetreados porque hay que darse
a conocer, atender las necesidades de los clientes,
intentar ir haciendo otros nuevos, etc. Además de
encontrarme con la barrera de que mucha gente
pone reparos por considerarme demasiado joven
para esta profesión.
-Como colegiada, ¿qué le parece el papel y
las funciones que desarrolla el Colegio?
Año 2011
Virginia Pineda, en su despacho.
Para mí, sentirme respaldada por el Colegio está
siendo de gran ayuda, ya que sé que si algún día
necesito asesoramiento puedo recurrir a ellos con
plena confianza.
Su respaldo es importante no sólo para mí como
Administradora de Fincas sino también para los propietarios, que aunque a veces se asusten por mi
juventud confían en mí, entre otras cosas gracias a
que estoy colegiada.
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Virginia Pineda
-¿Qué es lo que más valora de los servicios
que se le ofrecen desde el Colegio?
Es de gran ayuda el foro de la página web del
Colegio, en el que los compañeros nos resolvemos
dudas y comentamos cómo actuaríamos en las distintas situaciones.
En mi caso también es importante la formación.
Aunque de momento no haya asistido a los cursos
espero poder hacerlo cuando el negocio esté más
asentado para actualizar y reforzar conocimientos.
-¿Echa en falta algo?
De momento no, en todo lo que he necesitado he tenido el respaldo del Colegio.
-¿Cree que la figura del administrador está
suficientemente reconocida?
No todo lo que debería. La sensación que se percibe
muchas veces entre la gente es que se considera que
el administrador cobra por no hacer nada cuando no
hay obras o reparaciones en las comunidades, pero
hay mucho trabajo detrás de contabilidad, de procurar que todos los vecinos paguen sus cuotas, que las
cuentas de la comunidad sean claras y estén a dispo-
sición de los vecinos en cualquier momento, y un
largo etcétera.
-¿Cómo ve la actual situación de la profesión?
Es un sector llamativo, independientemente de la
situación económica las comunidades necesitan ser
gestionadas y, por lo tanto, supone unos ingresos
estables al margen de las oscilaciones del mercado
inmobiliario.
-¿Qué cambiaría?
Considero que debería ser obligatoria la colegiación,
se trata de un sector atractivo y son muchos los que
deciden dedicarse a la administración de fincas sin
ser profesionales y, sobre todo, sin ningún control
sobre su actividad, lo que muchas veces desprestigia
y perjudica a la profesión.
“Me gusta la diversidad de
funciones, ningún día es igual
que el anterior, ya que
siempre surge algo nuevo
que rompe con la rutina”
Propiedad Y Administración
-¿Ha participado en alguno de los cursos?
Lamentablemente no, todos los que se han hecho
desde que yo estoy colegiada me han parecido muy
interesantes pero debido al ajetreo que conlleva abrir
un despacho profesional me ha sido imposible acudir
a ninguno.
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Año 2011
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 14
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 15
Formación
El Colegio de
Administradores de
Fincas y la empresa
Camerfirma rubrican
un Contrato de
Colaboración y
Prestación de Servicios
de Certificación Digital
El Colegio de Administradores de Fincas del Principado
de Asturias y la empresa Camerfirma han rubricado un
contrato de colaboración y prestación de servicios de
Certificación Digital.
El objeto del presente contrato es regular:
- La Prestación de Servicios de Certificación por parte
de Camerfirma, en forma de certificados de pertenencia y jurídicos con objeto de que el Colegio y sus colegiados puedan realizar facturación electrónica.
- La contraprestación por parte del Colegio, del Servicio
de Certificación Digital; y, en su caso, la contraprestación por parte de los colegiados que soliciten dicho servicio.
- La colaboración de Camerfirma en las actividades de
formación que desarrolle el Colegio, para la mejor
implantación de la Certificación Digital, internamente,
y, en su caso, entre sus Colegiados.
- La realización por parte del Colegio, de actividades
para reconocer, promover y recomendar la utilización
de los certificados de Camerfirma entre sus
Colegiados.
El Colegio de Administradores de Burgos y Soria
acoge una nueva edición del Curso Superior de
Estudios Inmobiliarios
El Colegio de Administradores de Fincas de Burgos y
Soria organiza un año más la semana presencial del
Curso Superior de Estudios Inmobiliarios, titulación
de tres años de duración que da acceso a la colegiación para aquellas personas que no tienen actualmente acceso directo.
El programa se desarrollará entre los días 4 y 8 de
julio y se tratará, entre otras cuestiones, aspectos
como ‘La realidad actual de la legislación en los
arrendamientos urbanos’.
Año 2011
Propiedad Y Administración
El representante de la empresa Camerfirma y el presidente del Colegio, Anselmo
Gómez, durante la firma del contrato.
15
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 16
Legislación
Consultas en materia
de Propiedad
Horizontal
La presente información ha sido facilitada por la editorial
Quantor, del contenido de su obra Administración de
Fincas disponible en Internet y CD- ROM.
Propiedad Y Administración
Los colegiados de Asturias pueden solicitar una demostración gratuita y una password temporal para poder probar esta base de datos en Internet. Para ello diríjase a [email protected] o directamente a la Delegación en
Asturias, teléf. 985 21 16 18, atenderá Ana Palicio, gerente de Quantor Asturias.
16
CONSULTAS
(CASOS PRÁCTICOS)
Tipo de acuerdo para la exoneración de gastos comu1 nes
Planteamiento
¿Es necesario que en el título constitutivo de una urbanización, vengan recogidos los coeficientes de participación y
elementos comunes, para determinar con exactitud el pago
de los gastos? ¿La obligación del pago, afecta a todos los
comuneros?
¿Qué opción existe para una posible elusión de dichos
gastos?
¿Qué tipo de acuerdo es el adecuado para tomar tal
decisión?
Solución
Efectivamente, sería posible que en la división horizontal o
título constitutivo de la urbanización en cuestión quedara
recogido el coeficiente de participación y elementos comunes que comparte el bloque con el resto de bloques que
conforman la urbanización. Pero en este caso, es decir, si
ello, es así la responsabilidad del bloque o parcela en el
conjunto de la urbanización es evidente, pues dicho módulo sirve también para la participación en los gastos, y sólo
mediante una exoneración expresa se podría exonerar del
pago.
Entendiendo que están obligados a pagar los gastos
comunes de la urbanización, la única opción que tienen
para eludir los mismos es presentar un escrito al administrador de la urbanización para que se incluya en el orden
Año 2011
del día de la Junta de la urbanización la propuesta del bloque, pero previamente debe existir un acuerdo de Junta en
el bloque para solicitar esta propuesta a la urbanización,
es decir, no podría actuar el Presidente o algún vecino solo
en nombre del bloque.
Dicha carta evidentemente debe ser lo más clara posible
y debería incluir la especificación de que se comprometen
a no hacer uso de estas instalaciones.
Si la opción fuera aprobada, el inscribir el acuerdo en el
registro, no es obligatorio, aunque si queremos que con los
nuevos adquirentes no haya problema alguno - pues pueden alegar que desconocen todo aquello que no consta en
el registro- así debería hacerse.
Por último, es necesario que se adopte un acuerdo unánime pues afecta al título (art. 17.1 LPH). Por lo demás,
cualquiera es libre de impugnar el acta con dicho acuerdo
denegatorio por considerarlo perjudicial para los intereses
de los comuneros, pues no se puede impedir a alguien que
no impugne. En todo caso, todo dependerá de lo que
determine el Juez de instancia finalmente, llegado el caso.
2 Reducción de gastos reflejada en Título constutivo
Planteamiento
Una Comunidad de propietarios, bloque ubicado a su vez
en una Urbanización, tiene un acceso privado, pagado
por los vecinos de dicha comunidad, y por el que se accede al mismo.
La Urbanización les reclama unas cuotas atrasadas,
correspondientes a dichos gastos comunes, puesto que, en
el Registro de la Propiedad, aparece dicho bloque, integrado en la Urbanización en cuestión; mas no se refleja ningún coeficiente de participación, para la participación en
dichos gastos.
Por otra parte, al antiguo propietario del terreno donde
se construyó el bloque, nunca se le reclamó nada por parte
de la Urbanización.
Si en los Estatutos de la Comunidad, aparece recogida
una reducción de gastos, ¿implica que la cuota de participación, sea reducida?
Solución
El hecho de que ellos tengan su propia infraestructura inde-
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 17
Propiedad Horizontal
3
Instalación de antena de radio aficionado. Tipo de
acuerdo necesario
Planteamiento
Un propietario ha instalado una antena de radio aficionado
en la cubierta de la comunidad, sin solicitar el permiso de
ésta.
¿Qué medidas puede adoptar la comunidad de propietarios? ¿Qué tipo de acuerdo es necesario en su caso?
Solución
La normativa específica que regula este tipo de instalacioPropiedad Y Administración
pendiente de la urbanización no es un elemento suficiente
para puede eximir del pago de los gastos comunitarios de la
urbanización en aquellos casos en que la propiedad o el
bloque forma parte de la urbanización a todos los efectos,
lo que no parece plantearse en el caso que nos ocupa. Es
decir, efectivamente, a la vista de lo comentado sobre la descripción registral parece desprenderse que pertenecen a la
misma parcela pero no se asigna una cuota de participación
en la urbanización ni en los gastos comunes de aquélla,
según se nos informa. Tampoco, a la vista de los datos ofrecidos, existen descritos instalaciones, servicios o elementos
comunes a toda la urbanización, según parece desprenderse. Por tanto, no debería participar en los gastos exigidos.
El hecho de que el que al antiguo propietario del terreno
donde se construyó el bloque nunca pagará nada a la urbanización ni se le reclamara nada por parte de ésta, no inci-
de en la cuestión, pues sencillamente habrá que estar a lo
que disponga el título general del inmueble (escrituras de la
urbanización).
Aunque los estatutos de la urbanización inscrito en el
registro de la propiedad, contemplen en uno de sus artículos
una reducción de gastos, efectivamente si cualquier propietario rehusase usar las facilidades comunales, esto no debe
implicar que su cuota sea reducida, pues solamente será así
si es propuesto en la comunidad de propietarios como punto
del orden del día y aprobado en Junta General Anual.
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Año 2011
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 18
Propiedad Y Administración
Legislación
18
nes (Real Decreto 2623/1986, de 21 de noviembre, por el
que se regulan las instalaciones de Antenas de Estaciones
Radioeléctricas de Aficionado), establece a favor del titular
de la licencia o autorización administrativa, una auténtica
servidumbre legal dado que este tipo de antenas tienen la
consideración de servicios de interés público.
La Comunidad no puede impedir la instalación de una
antena de radi oaficionado por el propietario de uno de los
pisos o locales del inmueble, si hubiere obtenido la autorización reglamentaria del Ministerio competente, para el
montaje de una estación radioeléctrica de aficionados y
vaya a concertar un contrato de seguro que cubra los
daños y perjuicios que se originen con tal motivo.
No obstante, si la autorización de radioaficionado se ha
concedido, éste tiene que asumir cuantos daños se generen
en la Comunidad de Propietarios, siendo preciso contar
con la autorización de ésta para acceder a elementos
comunes, pues el Real Decreto en cuestión no prescinde,
como no podía ser de otra forma, del régimen de
Propiedad Horizontal, quedando siempre a salvo del
radioaficionado la posibilidad de impugnar los acuerdos
que válidamente se adopten en la junta (sentencia de la AP
Madrid de 25 de marzo de 1999).
También correrán a cargo de los titulares de las licencias
todas las reparaciones e indemnizaciones a que hubiere
lugar con motivo de la instalación conservación y desmontaje de la antena y sus anejos. La anterior responsabilidad
se garantizará mediante el correspondiente contrato de
seguro.
El titular de la licencia de estación de aficionado deberá
mantener la antena y elementos anejos en perfecto estado
de conservación y subsanará de forma inmediata los
defectos que pudieran afectar a la seguridad de personas y bienes.
Por tanto, el que ha instalado la antena no tiene que
solicitar autorización de la comunidad (a lo más, ponerlo en conocimiento, lo que constituye una obligación sin
posible sanción por incumplimiento), ni la comunidad
puede obligarle a retirar la instalación.
Alteración de elemento común sin consentimiento
4 unánime
al realizar el cerramiento de plazas de
garaje
Planteamiento
Un comunero decide cerrar su plaza de garaje, la cual
es totalmente diáfana; para ello incorpora para sí un
pequeño pasillo que queda tras una columna anexa.
Consta en el libro de actas que en su día pidió permiso
para ello y no lo obtuvo, pero aún así procede al cerramiento.
¿Cabe la posibilidad de interponer una demanda con
el objeto de que las cosas vuelvan a su estado primitivo?
Solución
La obra de cerramiento individualizando la plaza de
Año 2011
garaje por medio de tabiques y puertas altera la estructura del inmueble, elemento común, por lo que será
preciso el consentimiento unánime de todos los
copropietarios (en este sentido, puede citarse la sentencia de la AP Sevilla de 22 de marzo de 2002). En
definitiva, para ejecutar esta obra, ya sea mediante
obra o jaula metálica, será exigible el acuerdo unánime de los propietarios de la comunidad de garaje
de acuerdo con lo señalado en los arts. 12 y 17.1
LPH.
Además, con independencia de tal acuerdo unánime, en todo caso, habrá que tener en cuenta lo que
puedan disponer al respecto las normas municipales
reguladoras de esta cuestión, por lo que resulta
imprescindible realizar la consulta en el ayuntamiento de la localidad de que se trate (así, a título de
ejemplo, algunas ordenanzas prohíben expresamente el cerramiento de las plazas de garaje, por lo que
no se concede licencia de obras a tal fin).
En el caso que nos ocupa, no existe tal autorización unánime, por lo que dicha obra habría infringido lo dispuesto en los arts. 12 y 17.1 LPH. Ahora
bien, al tratarse de una alteración de los elementos
comunes del inmueble y del título, pues tal cerramiento no estaba previsto en el mismo, se puede iniciar una acción por alteración de los elementos
comunes del inmueble.
Sin embargo, el plazo de prescripción de dicha
acción es de 15 años, según se desprende del art.
1964 CC. Por tanto, si han transcurrido sólo 14 años
y este extremo puede probarse claramente, habría
todavía tiempo para interponer una acción judicial
(demanda de juicio ordinario).
Actividades molestas ¿Cómo se lleva a cabo
5 demanda
sin conocer la identidad de los arren-
datarios?
Planteamiento
En una Comunidad de Propietarios, algunos de los
vecinos se quejan de los arrendatarios por los ruidos
que éstos hacen por las noches, sobretodo los fines
de semana.
La Comunidad decide reunirse y envía una comunicación al propietario del piso arrendado, pero al
parecer los ruidos y molestias no cesan.
Ante esta situación y de cara a una demanda se
plantean las siguientes consultas:
En cuanto a la legitimación pasiva, los vecinos desconocen la identidad de los inquilinos (estudiantes
universitarios de diferentes países) ya que inclusive
no se trata de los mismos.
La junta de Vecinos se ha reunido y en esa misma
junta ha decidido requerir al propietario e ir a pleito si la actividad molesta no cesa.
¿Cómo se lleva a cabo demanda sin conocer la
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:40 Página 19
Propiedad Horizontal
Solución
Según establece el art. 553.40.1 de la Ley 5/2006,
de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de
Cataluña, relativo a los derechos reales, los propietarios y ocupantes de los elementos privativos no
pueden realizar en los mismos actividades contrarias
a la convivencia normal en la comunidad o que
dañen o hagan peligrar el edificio.
En el mismo sentido, y con una cierta reiteración,
en el art. 553.47 de la Ley 5/2006, se hace referencia a las actividades prohibidas, declarando que los
propietarios y ocupantes de pisos o locales no pueden realizar, en el elemento privativo o en el resto del
inmueble, actividades que los estatutos prohíban,
que sean perjudiciales para las fincas o que vayan
en contra de las disposiciones generales sobre actividades que molestan, insalubres, nocivas, peligrosas
o ilícitas.
El art. 553.40.2 de la Ley 5/2006, establece que
el presidente o presidenta de la comunidad, si se realizan las actividades a que se refiere el artículo art.
553.40.1 de la Ley 5/2006, relativo a los derechos
reales., por iniciativa propia o a petición de una
cuarta parte de los propietarios, debe requerir fehacientemente a quien las realice que deje de realizarlas.
Si la persona requerida persiste en su actividad, la
junta puede interponer contra los propietarios y ocupantes del elemento común la acción de cesación,
que debe tramitarse de acuerdo con las normas del
juicio ordinario.
En cuanto al planteamiento de la demanda y, especialmente, en relación con la legitimación pasiva del
proceso el propietario deberá ser llamado al proceso.
El hecho de que los vecinos desconocen la identidad
de los inquilinos (estudiantes universitarios de diferentes países) no plantea mayores problemas, dado que
la demanda se dirigirá contra el arrendatario o arrendatarios, en general, solicitando, en la misma demanda, que en el proceso se averigüe y determine por el
Juez la identidad personal de los demandados.
En efecto, en cuanto a la segunda cuestión planteada, la Junta de Vecinos una vez reunida, y en esa
misma junta, puede decidir requerir al propietario e ir
a pleito si la actividad molesta no cesa.
En nuestra opinión, no es inconveniente procesal
que el requerimiento se haya realizado con posterioridad a la reunión de la junta. Por tanto, la Junta no
debería reunirse nuevamente para decidir iniciar
acciones contra el propietario y los arrendatarios.
Propiedad Y Administración
identidad de los arrendatarios?
¿Puede resultar un inconveniente procesal que el
requerimiento se haya realizado con posterioridad a
la reunión de la junta? ¿Debe la junta reunirse nuevamente para decidir iniciar acciones contra el propietario y los arrendatarios?
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www.ascensoresdelprincipado.com
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Legislación
LOPD ¿Exige obligatoriamente a las comunidades
6 de
propietarios, contratar un servicio de gestión
para que declare e inscriba sus ficheros de datos?
Propiedad Y Administración
Planteamiento
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (LOPD),
¿Exige obligatoriamente a las comunidades de propietarios, contratar un servicio de gestión para que declare e inscriba sus ficheros de datos?
20
Solución
Evidentemente, la obligación de ajustarse a la normativa de
protección de datos alcanza directamente a la comunidad de
propietarios, en relación con los ficheros relativos a los datos
de los propietarios necesarios para gestionar la comunidad,
y a su obligada declaración e inscripción en la agencia de
protección de datos.
La comunidad puede optar por hacer la declaración e inscripción de los ficheros por sí misma (a través de alguno de
sus cargos) o bien encargarlo a una empresa o profesional,
es decir, “contratarlo”. Esto es, existen empresas y profesionales que se encargan, previo pago de sus honorarios, de
efectuar esta gestión. Por tanto, la comunidad como tal no
está obligada a contratar este servicio de gestión de las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica de Protección de
Datos, pero ello no le exime de que tenga que hacer igualmente dicha declaración e inscripción pero por sus propios
medios.
Efectivamente, hay que recordar que conforme al art.
26 de la LO 15/1999, de Protección de Datos de
Carácter Personal (LOPD) toda persona o entidad, particularmente las comunidades de propietarios, que procedan a la creación de ficheros de datos de carácter
personal lo notificará a la Agencia Española de
Protección de Datos, así como de los cambios que se
produzcan en la finalidad del fichero automatizado, en
su responsable y en la dirección de su ubicación. Estos
ficheros pueden referirse a los datos personales de los
propietarios, proveedores, empleados del inmueble, etc.
El art. 3 d) LOPD, define como responsable del fichero a la "persona física o jurídica, de naturaleza pública
o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la
finalidad, contenido y uso del tratamiento". De lo señalado anteriormente se desprende que la condición de
responsable del fichero recaerá sobre la propia comunidad de propietarios que es quien, a través de sus
órganos y, en su caso, de la Junta, resolverá sobre las
cuestiones relacionadas con la misma.
contractual por parte de la construc7 Incumplimiento
tora. Reclamación por parte de la Comunidad de
Propietarios
Planteamiento
En una Comunidad de Propietarios de garajes, el promotor
Año 2011
constructor, cuando hizo la escritura de declaración de obra
nueva y división, no solicitó la correspondiente licencia para
aparcamiento privado en finca urbana y sin la preceptiva
licencia municipal, la corporación local correspondiente les
advierte de que, en el caso de no legalizar la misma, se procederá al cierre del garaje por parte del Ayuntamiento.
Se llama a un ingeniero industrial para el caso en cuestión,
y éste detecta que, el número de plazas vendidas en su día
por el constructor, supera a las plazas de garaje que se pueden legalizar, sumado a que resulta imposible aparcar todos
los vehículos.
¿Puede el Presidente de la Comunidad, reclamar dicho
incumplimiento contractual?
¿Conviene proceder a la reclamación de forma individual
por parte de cada propietario?
¿Cuál es el plazo límite en el que dicha Comunidad puede
reclamar?
Para interrumpir la prescripción de la acción, remitiendo
un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido
al constructor, ¿ha de enviarlo el Presidente, o cada propietario individualmente el suyo?
Solución
Según el art. 5 de la Ley de Ordenación de la Edificación
(LOE), la construcción del edificio precisará las preceptivas
licencias y demás autorizaciones administrativas procedentes,
de conformidad con la normativa aplicable.
Según el art. 9.2 c) LOE, es obligación del promotor
“Gestionar y obtener las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas, así como suscribir el acta de recepción de
la obra”.
De conformidad con lo dispuesto al efecto en los arts. 1461
y 1124 CC, el incumplimiento por el vendedor de su obligación de entrega permite al comprador el ejercicio de la acción
resolutoria del contrato de compraventa, debiendo entenderse cumplida la obligación de entrega que incumbe al vendedor con la entrega material o física y puesta consiguiente de
la posesión del inmueble en poder del comprador así como
con alguno de los actos que constituyen la denominada tradición simbólica establecidos en los arts. 1462.2 y 1464,
incluyéndose en su mención todos aquéllos actos que, de
manera inequívoca revelen que el vendedor ha puesto el
inmueble a la plena, absoluta y única disponibilidad del comprador, con intención por ambas partes de que tenga lugar
la tradición exigida por nuestro derecho.
Por tanto, el comprador podrá optar entre resolver el contrato o exigir una compensación por daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual.
En nuestra opinión, lo más adecuado es que se reclame
individualmente por cada propietario, sin perjuicio de que
todos ellos litiguen unidos bajo una misma dirección letrada
y de que las acciones contra el promotor se acumulen de
acuerdo con la legislación procesal.
El plazo de prescripción arrancará desde el momento en
que se transmitió y entregó la primera plaza de garaje, pues
desde ese momento existe un elemento del edificio que es susceptible de utilización conforme al destino pactado.
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En cuanto a la interrupción de la prescripción es igualmente conveniente que cada propietario envíe el requerimiento
correspondiente a su propiedad particular afectada.
Por lo demás, en cuanto al requerimiento en cuestión en
nuestra base de datos existe algún modelo genérico que
podrá adaptar Vd. a la reclamación y supuesto concreto
planteado.
RESEÑA DE JURISPRUDENCIA DESTACADA EN TEMAS
INMOBILIARIOS
por la comunidad de propietarios demandante, es así que al
ser el promotor el único propietario goza de la cobertura del
ordenamiento jurídico para llevar a cabo la modificación del
título constitutivo de la división horizontal. Añade que en el
caso de autos resulta aun más evidente cuando los documentos privados confieren amplias facultades al promotor para
redactar o modificar la declaración de obra nueva, lo que,
en definitiva, hizo en el tiempo en que podía hacerlo. Es así
que al estimar los motivos, dada la infracción de los preceptos y la doctrina invocados, procede declarar la validez de
la escritura de subsanación de obra nueva y división horizontal otorgada por la promotora.
- Falta de legitimación activa de la comunidad para reclamar por vicios existentes en zonas privativas
Sentencia del TS de 21 de diciembre de 2010, Sala 1ª , rec.
71/2007. Ponente: Seijas Quintana, José Antonio EDJ:
2010/269644
- Existencia de propiedad horizontal de hecho pese a su
falta de constitución como tal
Sentencia del TS de 24 de noviembre de 2010, Sala 1ª, rec.
1026/2007. Ponente: Salas Carceller, Antonio EDJ:
2010/251803
RESUMEN
El TS declara no haber lugar a los recursos por infracción
procesal y de casación interpuestos por la demandada
contra la sentencia dictada por la AP. Entre otros pronunciamientos la Sala declara la responsabilidad solidaria de
los demandados por su participación en los daños derivados de vicios y defectos constructivos existentes en el edificio sobre el que se asienta la comunidad actora y que afectan tanto a los elementos comunes como a los privativos, de
donde surge la obligación de los demandados de indemnizar el coste de reparación de de las deficiencias existentes y realmente probadas, hechos que la sentencia declara
probados y que la recurrente hace supuesto de la cuestión
al sostener lo contrario respecto de determinados defectos.
RESUMEN
Rechaza el TS el recurso de casación interpuesto por la actora contra sentencia dictada en apelación tras alzarse una de
las codemandadas que rechazó la demanda revocando el
fallo de instancia que acogía en parte las pretensiones de la
actora y declaró extinguido el condominio de la finca
debiendo procederse a pública subasta. Indica la Sala que
el recurso de casación está ordenado a resolver sobre infracción de normas jurídicas y no sobre cuestiones de hecho, y
aclara que una de las porciones de la finca no se quiso dividir por los copropietarios. Señala que la falta de constitución
y de funcionamiento formal de la propiedad horizontal no
impide su existencia.
- Validez de escritura de subsanación de obra nueva y división horizontal realizada por la promotora
Sentencia del TS de 2 de diciembre de 2010, Sala 1ª, rec.
35/2007 Ponente: José Antonio Seijas Quintana
EDJ:2010/269641
RESUMEN
Acuerda el TS estimar el recurso de casación dirigido contra
la sentencia que, revocando la de instancia, estimó la demanda al entender que la promotora demandada se había extralimitado en sus facultades al otorgar la escritura de subsanación de la escritura de declaración de obra nueva y división
horizontal, en la que se hacen ciertas atribuciones a los
copropietarios demandados que no constaban en la misma,
y en tanto se había venido a realizar un verdadero acto de
disposición que no tenía atribuido ya que se verificó después
de la venta de algunos inmuebles en contrato privado.
Señala la Sala en relación a las cuestiones de interés casacional planteadas que la formalización del contrato en documento privado no genera tradición instrumental y no acredita por sí sola la efectiva transmisión patrimonial pretendida
- Derecho de retracto procedente pese a enajenarse porción
mayor a la que detenta el arrendatario
Sentencia del TS de 10 de noviembre de 2010, Sala 1ª, rec.
1150/2006.Ponente: Xiol Ríos, Juan Antonio EDJ:
2010/246587
RESUMEN
Estima el TS el recurso de casación interpuesto por la
arrendataria actora contra sentencia dictada en apelación que revocó la de instancia estimatoria de sus pretensiones que la consideró legitimada para ejercitar derecho
de retracto sobre el inmueble de litis, por entender que no
procede dicho derecho cuando se enajena una porción
de la finca mayor que la que detenta el arrendatario o
cuando la compraventa ha tenido por objeto la totalidad
del edificio. Sin embargo, esta Sala entiende que procede el derecho de retracto no sólo en los casos en que se
venda un único piso o planta destinados a vivienda o
local de negocio, sino también en aquellos otros en que
el propietario proceda a la agrupación de dos o más
pisos o locales y realice la venta conjunta de los mismos
por un solo precio.
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Propiedad Y Administración
Propiedad Horizontal
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Legislación
Propiedad Y Administración
- Maquinación fraudulenta en la adjudicación de fincas por
impago
Sentencia del TS de 5 de noviembre de 2010, Sala 1ª, rec.
53/2008.Ponente: Roca Trías, Encarnación
22
RESUMEN
Acuerda el TS desestimar la demanda de revisión instada por
los propietarios de la comunidad de propietarios en la que las
cuestiones planteadas se centran en la concurrencia o no de
caducidad de la acción y si verdaderamente se ha producido
una maquinación fraudulenta.
En relación a la primera de las cuestiones señala que se ha
producido la caducidad ya que se requiere de manera inexcusable la fijación por el recurrente del elemento temporal,
«dies a quo», que debe probarse con precisión", sin que haya
tenido lugar en la presente demanda - la carta invocada no
puede entenderse que determine el inicio del plazo de caducidad, porque no se trata de un documento público y su fecha
no puede tenerse por cierta-. Si bien esta sola razón sería suficiente para desestimar la demanda de revisión, examina el
documento que se ha presentado como demostrativo de la
maquinación fraudulenta para llegar a la conclusión que el
fraude que se está alegando para pedir la revisión de la sentencia no es el que se ha producido “intra processum” y que
hubiera propiciado la sentencia que se ataca, sino que es el
que ha producido en la discusión misma del litigio en que ha
recaído la sentencia - objeto del litigio era si existió una maquinación entre el Banco Español de Crédito, que se adjudicó las
fincas en subasta por impago de las hipotecas, y el tercer
adquirente de buena fe, demandado-.
- Indemnización a los propietarios de terrenos colindantes por
los daños materiales y morales producidos
Sentencia del TS de 26 de noviembre de 2010, Sala 1ª , rec.
901/2007.Ponente: Roca Trías, Encarnación
EDJ:
2010/251816
RESUMEN
Desestima el TS el recurso de infracción procesal y de casación
interpuesto por la entidad demandada apelante contra sentencia que confirmó la de instancia que condenó a la misma a
indemnizar a los actores, propietarios de terrenos colindantes,
por daños y perjuicios morales y materiales por falta de medidas de protección medioambientales. Indica la Sala que la
jurisdicción civil es la competente para el conocimiento del
caso de autos. Aclara que para la condena de abono de
daños futuros se han determinado las bases de cálculo y que
si bien no existe norma general prohibitoria de toda inmisión
perjudicial o nociva, la doctrina entiende que puede ser inducida de una interpretación de la responsabilidad extracontractual y que han sido probados tanto los daños materiales como
morales reclamados, siendo correcta la valoración de la prueba.
- Inexistencia de incumplimiento del comprado en la entrega
del precio
Sentencia del TS de 08 de noviembre de 2010, Sala 1ª, rec.
Año 2011
1426/2006. Ponente: Xiol Ríos, Juan Antonio
2010/246593
EDJ:
RESUMEN
Se desestima el recurso de casación interpuesto por la parte
vendedora demandada contra sentencia dictada en apelación
que confirmó el fallo de instancia que acogió parcialmente la
demanda instada por los compradores derivadas de contrato
de compraventa inmobiliaria. Indica la Sala que no consta
que los compradores se hayan negado a la entrega del precio pactado por el hecho de que el pago se realice a través de
cuenta mancomunada y sea necesaria la firma de ambas partes para disponer del dinero depositado. Sí consta que la parte
vendedora se encuentra residiendo en la vivienda de los compradores sin justo título. Por tanto, no hay incumplimiento de
los compradores, sino aprovechamiento de los vendedores de
una situación irregular amparándose en una interpretación
partidista de los preceptos que no puede tener cabida para la
estimación del motivo de casación.
- Impugnación de acuerdo denegatorio de solicitud de apertura de salida de local comercial segregado
TS Sentencia de 15 de noviembre de 2010, Sala 1ª , rec.
1956/2006. Ponente: Xiol Ríos, Juan Antonio EDJ
2010/265166
RESUMEN
Acuerda el TS estimar el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que, revocando la de instancia desestimó la
demanda de impugnación de los acuerdos en los que se denegaba la solicitud de apertura de la puerta y el uso del ascensor en la planta primera a los actores dueños de un local
comercial - de dicho local se segregó la primera planta,
por así autorizarlo la escritura de declaración de obra
nueva y división en régimen de propiedad horizontal de
la comunidad a la que pertenece el mencionado local
comercial- .
Señala la Sala que la sentencia recurrida no contradice
la doctrina jurisprudencial puesto que no niega el derecho
al aprovechamiento independiente de los elementos propios, y sin embargo no ha tenido en cuenta la falta de
interés legítimo que justifique su negativa a otorgar la citada autorización, entendiendo que la comunidad actuó de
forma contraria a la Ley y los estatutos, incurriendo en
abuso de Derecho. Fija como doctrina jurisprudencial que
cuando en el título constitutivo se prevea la posibilidad de
segregación de un local comercial, implícitamente se está
autorizando como consecuencia natural de lo anterior la
apertura de una salida de la finca matriz si el local carece de ella. La construcción de la salida independiente no
puede afectar a la seguridad, estabilidad y estética del
edificio ni puede perjudicar los derechos de terceros. La
negativa de la comunidad de propietarios a autorizar la
obra, es nula por contravenir lo dispuesto en el título constitutivo y por estar amparada en un ejercicio abusivo del
Derecho.
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Publirreportaje
Cubiertas del Norte, más de dos
décadas de experiencia
Proceso de restauración de una cubierta en una casa en el concejo de Amieva.
Propiedad Y Administración
Cubiertas del Norte lleva más de veinte años realizando
todo tipo de cubiertas, de teja, pizarra o tégola. La
empresa presta su servicio tanto a constructoras como a
particulares y comunidades de propietarios de toda la
región.
Sus trabajos abarcan también la reparación de tejados, la colocación de teja y pizarra, la reparación y sustitución de canalones, goteras, o las impermeabilizaciones en terrazas. Especialistas en reformas de cubiertas de
casas de campo, casonas antiguas y tejados de comunidades de propietarios, esta empresa aporta a cada obra
un sello único de calidad.
23
Año 2011
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La otra vida
A la izquierda, Alberto con el actor David Venancio. A la derecha, con la Alcaldesa de Gijón, Paz Fernández Felgueroso, y otros miembros de la Cofradía.
Propiedad Y Administración
La otra cara del administrador
24
Me toca a mí abrir una nueva sección dentro de la revista,
donde mostraremos a nuestros compañeros y colaboradores,
nuestro hobbies, maneras que tenemos de olvidarnos del ajetreo y estrés de nuestro trabajo diario, o asociaciones donde
colaboramos. Mi hobby es la gastronomía, de hecho soy
Presidente de la Cofradía del Oriciu, con sede en Gijón.
La cofradía del oriciu nació de un grupo de amigos que se
reunían algunos días para degustar deliciosos platos alrededor
de una mesa. Inicialmente la cofradía la fundamos 13 personas. A día de hoy, después de un año ya somos 15, y esperamos que durante este año aumente el número de cofrades. En
Marzo de 2010 celebramos la presentación oficial en una
conocida sidrería gijonesa, en donde ejercieron de padrinos
los miembros de la Cofradía de los Caballeros de la Orden del
Sabadiego de Noreña.
Aunque el mundo de la Cofradías Gastronómicas en
Asturias es un poco desconocido, ya somos nueve: La Cofradía
de los Caballeros de la Orden del Sabadiego de Noreña,
Cofradía de Amigos de los Nabos de Morcín, Cofradía de amigos de los Quesos de Asturias, Cofradía de Doña Gontrodo,
Asociación Gastronómica La Pegarata de Laviana, Cofradía
del Colesterol de Avilés, la Cofradía de la Buena Mesa de la
Mar de Salinas, la Cofradía del Queso de Gamonedo y la mía,
que es la del Oriciu.
¿Por qué el Oriciu? Nos preguntan habitualmente. Pues porque es un producto que nos encanta, para mí un manjar, porque Gijón probablemente sea la ciudad del mundo donde más
oricios se comen, ya sea al natural o en platos elaborados, porque hablar de oricios es hablar de Asturias, sidra, sidrería,
compadreo, amistad.
Año 2011
¿Para qué formalizar una Cofradía pudiendo ser una grupo
de amigos que de vez en cuando nos reunimos para comer?
Pues porque tenemos inquietudes y porque hay que fomentar
iniciativas populares. Tenemos varios proyectos. El primero que
ya estamos con las primeras gestiones es la edición de un libro
de recetas con oricios de las distintas sidrerías de Gijón.
Queremos también poner en marcha el primer concurso de
fotografía con la temática del oriciu. Queremos colaborar tanto
con el Ayuntamiento de Gijón como con la Asociación de
Hosteleros en la celebración de las jornadas anuales del oriciu.
Queremos mantener reuniones tanto con la Consejería de
Pesca y las cofradías de pescadores para elaborar un plan
para intentar salvar el oriciu de su desaparición. Los proyectos
son muchos, todo esto nos llevará tiempo, puesto que la práctica totalidad de los integrantes de la cofradía trabajamos y no
tenemos mucho tiempo libre, aunque ganas e ilusión sí tenemos a paladas.
¿Qué hemos hecho durante el primer año? Básicamente nos
hemos dado a conocer acudiendo a eventos de varias cofradías del País Vasco, Cantabria, Galicia, León, Valladolid, y por
supuesto a todas las asturianas.
Nuestro primer gran evento se celebró el pasado 12 de
Marzo de 2011; nuestro primer capítulo (aniversario).
Asistieron 26 cofradías de Asturias, Cantabria, País Vasco,
León, Toledo, Portugal, Madeira y Francia. En el evento hemos
nombrado a nuestros primeros cofrades de honor:
1. La Villa de Gijón, por ser, probablemente la ciudad del
mundo donde mas oricios se consumen, además de ser desde
hace muchos años la ciudad donde mas arraigada está la cultura del oricio. Dicho reconocimiento lo recogió la alcaldesa
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:41 Página 25
Alberto Fernández Hortal
Paz Fdez Felgueroso, como máxima mandataria del
Ayuntamiento de Gijón
2. El Festival del oriciu de Bañugues, por el esfuerzo de un
grupo de personas que por el bien, primero del equipo de fútbol y luego por la asociación de vecinos, trabajan altruistamente, habiendo celebrado este año la 28 edición.
3. A Paco Currás, exitoso diseñador gráfico, que hace tiempo tuvo un bar de mucho éxito en Cimadevilla, llamado la
Tortillería, donde se vendieron miles de tortillas de oricios.
4. Miguel Ángel Benito, Enólogo de prestigio internacional,
el cual adora los oricios y divulga su cultura allá por donde va.
La organización fue todo un éxito, emplazando a todas las
cofradías gastronómicas y amigos al segundo capítulo que
celebraremos el próximo 11 de marzo de 2012.
El mundo de la gastronomía es infinito y todos los fines de
semana hay algún evento organizado por alguna cofradía
gastronómica, y suelo asistir a casi todos los que se celebran en
el norte de España, por lo que los fines de semana suelo estar
bastante ocupado y desconectado del trabajo, ya que los hobbies para eso son.
Con Miguel Ángel Revilla, presidente de Cantabria, en un acto de la Cofradía.
Propiedad Y Administración
A todos los colegiados, os pido un poco de colaboración, a
ver si esta sección tiene éxito. Aprovechar para dar a conocer
asociaciones, clubes deportivos, actividades o todo lo que se os
ocurra en las que colaboréis y queréis difundir.
Por supuesto, todo aquel que esté interesado en conocer el
mundo de las cofradías gastronómicas, y que pueda interesarle hacerse cofrade, no dude en ponerse en contacto conmigo,
seguro que os encantará.
Buen provecho a todos
Alberto Fernández Hortal. Vocal del Colegio.
25
Alberto y otros compañeros con Gabino de Lorenzo, alcalde de Oviedo.
Año 2011
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En ruta
Propiedad Y Administración
Un paseo único por los Lagos de
Somiedo
26
Lago de la Cueva, en Pola de Somiedo.
Esta ruta comienza en el alto de la Farrapona, límite entre Asturias y León. Para acceder al lago podemos tomar una pista de 9 kilómetros que sale del
pueblo de Saliencia, o por el pueblo leonés de
Torrestío, ascendiendo por una pista de 3 kilómetros
de recorrido.
Una vez situados en el alto de la Farrapona, descendemos por otra pista en dirección oeste, que nos
ofrece unas vistas únicas de la parte alta del valle de
Saliencia. Seguimos descendiendo hasta llegar al
Lago de la Cueva.
Año 2011
La ruta de los Lagos, en Somiedo,
permite contemplar unas panorámicas
espectaculares de la zona
Continuamos por una fuerte pendiente ascendente
hasta pasar junto a la Laguna de la Mina, seca en
los meses de verano. A los pocos minutos podremos
disfrutar de una espléndida panorámica de la pradera de Cerveriz y del lago con el mismo nombre.
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Lagos de Somiedo
Desde el Lago Cerveriz, en dirección sudeste, continuaremos hasta presenciar el gran Lago de
Calabazosa. Desde ahí, se retrocede hasta el Lago
de Cerveriz para ascender por una pista que nos
adentrará en la venga de Cerveriz, donde cruzaremos en dirección noroeste hasta llegar a una senda
ligeramente ascendente que nos guía hacia la
impresionante Veiga de Camayor.
Tras treinta minutos de recorrido, si n cambiar de
dirección, accedemos a la Llomba de Camayor,
desde donde se divisan las crestas de Peña Llana,
Cebollau y Picos Albos. Al final de la vega a la
izquierda, un ligero descenso nos conduce hasta el
Lago del Valle, el más profundo de Asturias.
Una imagen general de los Lagos de Somiedo.
Itinerario: ALTO DE LA FARRAPONA–
LAGOS DE SALIENCIA – LAGO DEL
VALLE – VALLE DE LAGO
Concejo: Somiedo
Distancia: 14,500 km.
Grado de dificultad: fácil
Duración: 4 h. 30 min.
Tipo de recorrido: travesía
Propiedad Y Administración
Por último, descendemos por el sendero hasta
alcanzar la pista que comunica el Lago del Valle con
la localidad del Valle de Lago.
Lago próximo a Cerveriz.
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Año 2011
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Empresas
Gerusia, servicios de limpieza
con la máxima garantía
Propiedad Y Administración
La empresa tiene muy en cuenta aspectos tan importantes como la calidad, el cuidado
del medio ambiente o la seguridad y salud en el trabajo
Gerusia lleva desde 1995 prestando sus servicios
de limpieza en edificios, centros educativos, instalaciones deportivas, área sanitaria, residencias de
ancianos, guarderías y ludotecas; centros comerciales y de ocio; comunidades de vecinos, conserjerías y porterías; oficinas, naves industriales, piscinas, garajes, etc. La oferta en jardinería se
extiende a parques y jardines, y el mantenimiento
integral de zonas verdes. Un amplio trabajo que
está avalado por sus más de dos décadas de experiencia y por la profesionalidad y personalización
de sus servicios.
Para ofrecer
unos servicios de
calidad y
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satisfacer a sus
clientes, la
empresa cuenta
con un amplio
equipo de
profesionales,
que disponen de
una completa
formación
continua
Año 2011
El 90 por ciento de su plantilla está integrada por personal femenino seleccionado rigurosamente e implicado
en el desarrollo y crecimiento de la empresa. Gerusia
cuenta además con planes específicos de formación continua y con la clasificación de Contratista del Estado,
expedido por el Ministerio de Hacienda en el área de
limpieza, en la máxima categoría.
Limpieza de comunidades
La limpieza en las comunidades de propietarios es
uno de los aspectos a los que más importancia se da
hoy en día, tanto vecinos como visitantes agradecen
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Limpieza profesional
Adaptándose a las necesidades generadas por los
cambios del siglo XXI, Gerusia cubre con la máxima profesionalidad las demandas en el área social tanto del sector público como del privado. Su actividad en este área
está dirigida tanto a tercera edad, como a la familiar e
infancia y la atención a discapacitados. Asimismo cubre
todo el área de cocina, limpieza y lavandería.
La calidad, una constante
En Gerusia, cada miembro tiene un compromiso y una
responsabilidad individual, logrando que la imagen de la
empresa se identifique con profesionalidad y calidad del
servicio.
Esta política de calidad, transmitida a toda la organización, es revisada anualmente para su adecuación a las
necesidades que se consideren oportunas.
En Gerusia, la mejora continua es una de las principales preocupaciones. Aspectos como la calidad, el cuidado del medio ambiente o la seguridad y salud en el trabajo, son constantemente atendidos en la empresa.
Una amplia gama de servicios de limpieza
y jardinería
LIMPIEZA
- Edificios públicos
- Centros educativos
- Instalaciones deportivas
- Residencias de ancianos
- Guarderías y ludotecas
- Centros comerciales y de ocio
- Comunidades de vecinos
- Conserjerías y porterías
- Urbanizaciones
- Oficinas
- Naves industriales
- Piscinas
- Garajes
JARDINERÍA
- Parques y jardines
- Mantenimiento integral de zonas verdes
Propiedad Y Administración
encontrar unas instalaciones cuidadas cuando entran o
salen de un edificio.
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Año 2011
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Sección jurídica
La reforma del régimen sancionador de la LOPD
José Manuel Fernández Mirás. Abogado especialista en Derecho de Protección de
Datos y Derecho de Nuevas Tecnologías. [email protected]
El 6 de marzo de 2011 entró en vigor la reforma del régimen sancionador de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de
protección de datos de carácter personal (LOPD); esta reforma fue
operada mediante la disposición final quincuagésima sexta de la
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Destaquemos los aspectos más relevantes de esta reforma:
Propiedad Y Administración
1º: En relación a las infracciones leves. Desaparecen dos infracciones: en primer lugar, dejará de considerarse infracción “No
atender, por motivos formales, la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de los datos personales objeto de tratamiento cuando legalmente proceda“.
30
Y en segundo lugar, desaparece la posibilidad de incumplir
el deber de secreto como infracción leve. Anteriormente, y
dependiendo de la naturaleza de los datos divulgados sujetos
a este deber de secreto, la infracción podía ser leve (en todos
los casos), grave (en determinados supuestos) y hasta muy
grave en unos pocos supuestos. Ahora desaparece la infracción
leve en relación al deber de secreto, de forma que, como veremos a continuación, toda infracción del deber de secreto pasará a ser grave, así que tampoco será posible vulnerar el deber
de secreto de forma muy grave.
Se añade una nueva infracción leve: “La transmisión de los
datos a un encargado del tratamiento sin dar cumplimiento a
los deberes formales establecidos en el artículo 12 de esta Ley“.
Esta infracción supone penalizar la conducta consistente en
facilitar datos de carácter personal a un encargado del tratamiento por parte del responsable del fichero sin que medie el
contrato y con la forma que exige el artículo 12 de la LOPD.
Ahora se castiga expresamente no firmar ese contrato del
artículo 12, por lo que debemos entender que de no existir el
contrato ya no se podrá castigar como una cesión de datos
(infracción muy grave con el antiguo régimen sancionador)
sino como una infracción leve expresamente tipificada.
2º: En relación a las infracciones graves cabe destacar el hecho
de considerar que las cesiones de datos son castigadas como
infracción grave y no como muy grave, dejando la calificación
de muy grave para cuando dicha cesión de datos se refieran a
los datos de los apartados 2, 3 y 5 de la LOPD. Con anterioridad, toda cesión de datos sin consentimiento suponía una
infracción muy grave.
Se añade una nueva infracción grave: “El incumplimiento
de los restantes deberes de notificación o requerimiento al
afectado impuestos por esta Ley y sus disposiciones de des-
Año 2011
arrollo” donde podrán encajar diversas conductas desobedientes de los responsables.
Por otro lado, desaparece la infracción consistente en la creación
de ficheros de titularidad privada o iniciar la recogida de datos
de carácter personal para los mismos con finalidades distintas de
las que constituyen el objeto legítimo de la empresa o entidad.
Desaparece también la infracción relativa a mantener datos de
carácter personal inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones de los mismos que legalmente procedan cuando resulten afectados los derechos de las personas que la LOPD ampara.
3º: Respecto a las infracciones muy graves. Se simplifican y
reducen significativamente: antes de la entrada en vigor de la
reforma existían 9 conductas castigadas como infracción muy
grave, con la reforma pasan a 4.
Desaparece la cesión de datos en general, constituyendo
infracción muy grave únicamente cuando los datos objeto de
cesión se refieran a los indicados en los apartados 2, 3 y 5 del
artículo 7, como ya se ha mencionado.
Desaparece la posibilidad de vulnerar en el deber de secreto
de forma muy grave cuando los datos hacían referencia a los
mismos supuestos que el caso anterior. Desaparece la infracción
consistente en no atender de forma sistemática el deber legal de
notificación de la inclusión de datos de carácter personal en un
fichero y obstaculizar de forma sistemática el ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición (conductas que podrán ser constitutivas de infracción grave pues
encajarían en el nuevo tipo infractor de esta categoría).
Se han modificado también las cuantías de las sanciones;
el siguiente cuadro refleja el estado anterior y el actual:
INFRACCIÓN ANTES
Leve
601-60.000
Grave
Muy grave
60.001-300.000
300.001-600.000
AHORA
900-40.000
40.001-300.000
300.001-600.000
Teniendo en cuenta que la gran mayoría de sanciones impuestas por la AEPD son de naturaleza leve y grave, esta modificación afectará significativamente a los resultados anuales
relativos a la imposición de sanciones por parte de la AEPD.
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Actualidad
Ana Prieto, administradora de fincas,
participa en una campaña del Banco Herrero
Propiedad Y Administración
Nuestra compañera
ha
prestado
su
imagen
en
una
campaña
única
llevada a cabo por
el Banco Herrero en
la ciudad de Gijón
para la captación
de nuevos clientes
32
“Juntos por Gijón” fue el
nombre elegido por el Banco
Herrero para una campaña
publicitaria que se desarrolló
en la ciudad hasta el pasado
mes de marzo. Esta campaña, cuya intención era la captación de nuevos clientes, fue
diseñada para dar a conocer
aún más el banco.
Para ello, una de las fórmulas
elegidas fue el regalo de unas
prácticas ecobolsas para la
compra, que eran distribuidas en las oficinas. Estas bolsas fueron diseñadas en
exclusiva para la ciudad de
Gijón por la diseñadora afincada en Asturias Nadine
M´nemoi. La otra, las acciones de publicidad desarrolladas en medios y en las propias oficinas.
Para la cartelería, el banco
contó con la participación de
clientes, que posaron junto
con los responsables de las
distintas oficinas de Banco
Herrero en Gijón.
Cartel de la campaña en el que
aparece Ana Prieto.
Año 2011
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Publirreportaje
MC, acabados exclusivos
Una de las premisas que siempre se tienen en cuenta a
la hora de contratar una obra es la rapidez en la ejecución de la misma. En MC es algo que tienen muy presente, por lo que se cumplen en todo momento los plazos
estipulados de inicio y fin.
El trabajo en equipo con una coordinación perfecta les
permite logar unos acabados exclusivos, cuidando hasta
el más mínimo detalle. Y por si fuera poco, todos sus servicios ofrecen interesantes garantías.
MC Rehabilitación y Construcción es una
empresa especializada en todo tipo de
trabajos para comunidades y particulares
La plantilla de MC está continuamente formándose y
actualizándose en nuevos materiales y técnicas que presenta el mercado. Esta profesionalidad permite un mejor
asesoramiento al cliente.
Calidad y garantía
Si por algo destaca esta empresa es sin duda por la
calidad y la garantía. Algo a lo que contribuye el
empleo de materiales de primera calidad y homologados en el mercado. Además, trabajan con las firmas más representativas del sector, y todos sus trabajos conllevan unas garantías propias de un mínimo de
dos años.
Propiedad Y Administración
MC REHABILITACIÓN Y CONSTRUCCIÓN es una
empresa asturiana especializada en la ejecución de todo
tipo de trabajos para comunidades y particulares.
Formada por profesionales en proyectos de fachadas,
tejados, canalones, impermeabilización de terrazas y
reformas de portales, ofrece en todos sus servicios obra
completa, con la inclusión de todos los oficios, como fontanería, electricidad, pintura o parquet, para que el cliente no se tenga que preocupar por nada.
33
Año 2011
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Profesionales
Segovia toma el testigo de Asturias
Propiedad Y Administración
La ciudad acogerá el próximo mes de junio el XIV Encuentro Nacional de Jóvenes
Administradores de Fincas, una evento que se desarrolló en Oviedo hace dos años
34
Imagen de una de las ponencias desarrolladas en el Encuentro celebrado en Oviedo.
El Colegio Territorial de Administradores de Fincas
de Segovia toma el testigo de Asturias para organizar el próximo mes de junio el XIV Encuentro
Nacional de Jóvenes Administradores de Fincas.
Una cita obligatoria que tendrá lugar los próximos
días 3 y 4 de junio en el Parador de la Granja, un
espectacular edificio enmarcado en un entorno
monumental y natural a sólo diez kilómetros de
Segovia.
La organ ización estima que el encuentro reunirá a
350 profesionales de gran relevancia en el mundo
de la administración, gestión y conservación de fincas, tanto en el ámbito rural como en el urbano, con
el fin de poner en común conocimientos y novedades
relacionados con la profesión
Para este Encuentro, de referencia a nivel nacional, se contará con destacados ponentes que aportarán sus conocimientos e inn ovaciones en cada una
de las materias analizadas en el congreso. Entre
ellos, estarán presentes Vicente Magro Servet, presidente de la Audiencia Provincial de Alicante; Jesús
Flores Rodríguez, profesor de Derecho Civil de la
Universidad Rey Juan Carlos de Madrid; Luis Muñiz,
Año 2011
psicólogo experto en humor; o Joan Lluis Saperos,
consultor especializado en la transformación de despachos de empresas.
Entre las ponencias que se desarrollarán destacan
algunas como ‘Aspectos fiscales de los despachos de
Administradores de Fincas y de sus clientes’, ‘Cómo
conseguir clientes rentables en la Administración de
Fincas: el Marketing del siglo XXI’ o ‘Humor:
Antídoto del estrés’, entre otras.
Durante el Encuentro también se hará entrega del
II premio ‘Jóvenes Administradores’ y de otras distinciones, entre ellas a los Administradores Jaime
Blanco y Manuel Roberto Enguidanos por su dedicación y entrega a la profesión y la defensa de la
misma.
Un amplio programa social
La organización también ha cuidado al máximo
detalle el aspecto social. Por tanto, las actividades
sociales, comidas, pausas para tertuliar, visitas
turísticas, etcétera, se han pensado y diseñado para
el disfrute e interrelación de los participantes, s egún
señala la organización.
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Profesionales
Asunto: Convocatoria Asamblea
General de Colegiados
En virtud de lo que disponen los Estatutos de nuestro Colegio, le convocamos a
la Asamblea General Ordinaria de Colegiados que tendrá lugar el Viernes 20
de Mayo de 2011, en la sede del Colegio, a las 18 horas en primera
convocatoria y 18.30 horas en segunda, con el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1.Aprobación de las cuentas del ejercicio 2010.
3.Presentación por el Presidente de la Memoria del año 2010 y actuaciones
frente a la Ley Omnibus.
4.Presentación nueva Junta de Gobierno.
5.Ruegos y preguntas e información sobre servicios colegiales.
Propiedad Y Administración
2.Aprobación del presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio 2011.
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De interés
Propiedad Y Administración
Respuesta de la Agencia
Tributaria respecto al IVA
de los ascensores
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Propiedad Y Administración
Tipo impositivo aplicable a los servicios de mantenimiento
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De interés
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Tipo impositivo aplicable a los servicios de mantenimiento
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Propiedad Y Administración
De interés
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El trasterín de mi casa
Punto único:
La frase primaveral:
‘¡Apague la calefacción!’
A lo largo y ancho de esta, nuestra Asturias del alma se empieza
a escuchar el famoso grito de guerra vecinal: “¡Presidente!, apague la calefacción…”
Acabo de pillar a Manolín a punto de abrir la sala de calderas… Pues, que estamos achicharrados, hay que apagar la calefacción y como vives en un piso mas alto, seguro que tienes “algún
interés particular” por mantenerla encendida.
Como todos los años, por estas fechas. Que apagar, que mantener, que depende, que vamos a preguntar, etc. Que el último
acuerdo en Junta, era hasta el treinta de abril, independientemente al tiempo o del cacharro de la calle que marca la temperatura.
Lo primero sería ir al Título Constitutivo de la comunidad para
saber si figura regulada esta cuestión, dado que pudiera contener
normas de uso, utilización y gobierno de cuestiones, que si han
sido inscritos en el Registro de la Propiedad, son estatutos de uso
que son de obligado cumplimiento.
En el artículo 6 se expone que para regular las cuestiones de
convivencia y utilización de los servicios y cosas comunes, dentro
de los límites establecidos por la ley y los estatutos, se podrán fijar
normas de régimen interior, en las que se pueden regular las cuestiones que aquí se exponen, de uso y disfrute.
Total, que han organizado una nueva campaña de acoso,
ya que lo mismo fue para encenderla… “ XXI Congreso vecinal de encendido y apagado de calefacción”, sin coffee break
(al revés del que yo quiero…).
Está claro. En nuestra comunidad se estableció un calendario y
horario, a través de una norma de régimen interior. Por tanto
podemos modificar el sistema que nos rige, cuanto queramos.
Siempre y cuando sea refrendado en una Junta, mediante acuerdo por mayoría.
Total, que me cayó el sambenito de enterarme de este asunto, ya se sabe, estoy jubilado y “tú tienes mucho tiempo Pepe”.
En fin, voy a hablar con Adela que puede ir quitando trapitos,
porque se apaga a fecha acordada.
Busco, leo, me informo, consulto. Y esto fue de lo que me
enteré:
Jimena de Asturias
Colegio De Administradores de Fincas
Año 2011
Propiedad Y Administración
Estoy pensando en realizar un encuentro internacional sobre:
“Presidentes y horario de calefacción central”.
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Reportaje
Profesionales y aficionados a la jardinería disponen de una gran variedad de plantas
para dar color y aroma a un portal, un jardín o una terraza. Para asegurar su mantemiento conviene tener en cuenta una serie de cuidados durante todo el año
Jardinería: plantas que dan vida
A la hora de elegir las plantas, tanto para un jardín,
un portal o una terraza, hay que tener en cuenta no
sólo el clima, sino también las características del
suelo y todos los cuidados que requieren estos seres
vivos.
Propiedad Y Administración
En Asturias, el clima permite disponer de muchas
posibilidades a la hora de elegir las plantas para
crear espacios.
42
Aún así, no todas las plantas pueden soportar los
mismos climas. Por ello, el primer factor a tener en
cuenta a la hora de plantar una especie es la temperatura mínima que ésta puede soportar. Los expertos
recomiendan fijarse en el resto de plantas de la zona
y en algunos puntos importantes que limitarán las
opciones, como la proximidad de la costa, los vientos
dominantes, los duros inviernos de los valles interiores
o las zonas de montaña, el tipo de suelo, drenaje, etc.
Y más concretamente en las raíces y en su proximidad
a edificios e instalaciones, así como en las zonas de
excesiva sombra, vistas a ocultar o justo al contrario,
vistas a destacar o enmarcar, etc.
Si el balcón o terraza se orienta al Oeste, es decir, reciben la mayor parte del sol al atardecer, los jazmines son
una buena opción.
El sol en las terrazas orientadas al Este penetra por la
mañana, por lo que una planta recomendable y con gran
colorido es es la azalea.
Para los que están orientados al Norte, lo más aconsejable son las especies que crecen en la sombra, como los
helechos o las hortensias.
En los meses más fríos, el pensamiento es una de las
plantas que mejor aguanta el frío. La vemos en muchas
ciudades adornando glorietas o raquetas. Resulta una
planta muy adecuada también para adornar jardineras
en las zonas comunes. Esta flor necesita iluminación, por
lo que es aconsejable para exteriores. Existen muchas
variedades de esta planta, entre ellas el ‘súper gigante
variado suizo’, la ‘prima bella de flor grande variado’, o
‘el ondulado variado’.
En cuanto a la elección de las plantas, en exterior,
para el balcón o terraza, lo más recomendable es
tener en cuenta la orientación. Hay muchas especies
que no están preparadas para los vientos o tormentas.
Otra planta que soporta muy bien cualquier terreno es
la alegría. Esta especie que dispone de múltiples y coloridas variedades, es una planta de interior en zonas climáticas frías y de exterior para macetas y jardineras en
zonas más calurosas. La especie más común es la
Valleriana. Esta puede mantener la flor durante todo el
año.
Si está orientado al Sur, cualquier especie propia
de las zonas de sol irá bien, como la lavanda o las
rosas.
Para el periodo primaveral y estival, una de las especies más aconsejables es la begonia, una planta insuperable en belleza y con una gran variedad de colores. Es
A la izquierda azalea, a la derecha jazmín.
Año 2011
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Especial jardinería
Los árboles en el jardín
permiten crear un gran
abanico de colores y
aromas. Las especies
caducas, como
abedules o fresnos,
permiten disfrutar de
una zona sombría en
una planta fácil de cuidar, tan sólo exige una temperatura mínima de unos 17º y máxima de 23º C.
Requiere una exposición de semi- sombra y es importante que el lugar en el que esté ubicada tenga buena
luz.
durante todo el año, lo mejor son las especies perennes: tejos, cedros, madroños, laureles, aligustres, acebos o magnolios son una buena elección. Incluso los
cítricos como los naranjos, limoneros y mandarinos
pueden formar parte de nuestro jardín.
Los árboles en el jardín también son una buena
opción. Si lo que se quiere es disfrutar de una zona
sombría en los meses estivales, pero que permita
pasar los rayos del sol en invierno, lo mejor es decantarse por las especies caducas: tilos, fresnos, abedules o arces.
Jardines cuidados
El cuidado de los jardines es una de las principales
razones por las que éstos lucen espléndidos.
Empresas como Ginkgo Biloba se encargan de mantener en perfecto estado nuestros jardines. Las recuperaciones paisajísticas y los proyectos de jardines
desarrollados por empresas especializadas también
permite crear un espacio único y natural.
Si lo que se quiere es contemplar árboles verdes
Año 2011
Propiedad Y Administración
los meses estivales
43
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:42 Página 44
Reportaje
Ahora que se acerca el periodo estival los expertos
también aconsejan una serie de cuidados básicos a
tener en cuenta:
- El riego del césped: es más recomendable dar dos
riegos al día, uno al amanecer y otro al atardecer o
al anochecer, evitando las horas centrales en las que
la evaporación es más elevada, consiguiendo así una
mayor eficiencia y ahorro de agua. Con esto se asegura que la pradera disponga de la cantidad de agua
que necesita para todo el día.
- Siega: conviene hacer una a la semana, manteniendo la
hierba en una altura de entre 4 y 7 centímetros, dependiendo del tipo de césped, de la mezcla de gramíneas
que lo forman y del gusto personal.
Hay que tener en cuenta que cuanto más se siega y se
riega un césped, mas crecerá y por lo tanto, con mayor
frecuencia habrá que segar y regar.
Propiedad Y Administración
- Plantaciones: evitar hacerlo en las horas centrales del
día y, en la medida de lo posible, elegir días nublados.
44
PLANTAS PARA CADA ZONA
- Zonas soleadas y resguardadas del viento: Abelia,
Buganvillas, Limoneros o Naranjos.
-Zonas soleadas pero en ambiente frío: Lilo, Rosal, Tilo o
Viburno.
-Zonas sombreadas y templadas: Fucsias, Gardenias,
Camelias, Hebe u Hortensias.
-Zonas sombreadas y frías: Arce, Brezo, Rododendro o
Pieris.
-Zonas de sombra muy cerrada: Sarcococa, Quercifolia o
Acanto.
Los setos son elementos muy importantes dentro del jardín.
Definen y crean espacios, decoran y delimitan. Seleccionar
las especies que lo integrarán es fundamental para crear el
jardín deseado
Los setos, al igual que las vallas, cumplen la función de intimidad y protección de nuestro jardín. Sirven tanto para delimitar las zonas como de cierre. Los setos tienen la ventaja
de no requerir la colocación de otros elementos pesados
pero uno de los inconvenientes que tienen es que hay que
dedicarles mucho tiempo y cuidado.
Lo primero que hay que tener en cuenta es la distancia apropiada que hay que dejar entre un ejemplar y otro, indepen-
Año 2011
Planta pensamiento.
El primer paso es realizar un hoyo de plantación acorde con el tamaño de la planta y del cepellón en el
momento de la plantación.
Por último, es conveniente, en la medida de lo posible,
hacer los hoyos con unos meses de antelación para que
se aireen.
dientemente de la especie que se elija. Una vez conocido ese dato ya se puede hacer un cálculo del número de
plantas que hace falta.
En cuanto a las especies, estos son algunos de los setos
más utilizados:
- Laurel: no crece con mucha rapidez pero es una especie de gran elegancia y resistencia. Se desarrolla en la
sombra y admite podas drásticas.
- Ciprés: esta especie se utiliza más en jardines cercanos
al mar. Debe conservarse a una altura mínima de tres
metros y no conviene podarlo más de una vez al año.
- Escalonia: es una especie muy económica que además
adquiere una gran altura en poco años. Florece incluso
si se poda con frecuencia.
- San Juan, aligustre: es uno de los setos más populares.
Crece a buen ritmo y admite la poda con cualquier frecuencia. Florece al final de la primavera.
- La tuya gigante: es un árbol que bate todo los records
de altura. Es una especie muy resistente al frío y es suficiente con realizarle una poda al año, entre agosto y
septiembre.
- Eleagno: este arbusto de hoja perenne adquiere una
altura en la fase adulta de dos a cuatro metros. La floración se produce en verano y la poda conviene realizarla a finales de invierno.
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Publirreportaje
Redico, servicios integrales
de construcción
La empresa realiza todo tipo de trabajos de construcción con las máximas garantías
En sus reformas se encargan de las labores de electricidad, pladur, pintura, fachadas ventiladas, tejados, fontanería y alicatados, entre otros servicios, sin que el cliente se tenga que preocupar por nada más.
La plantilla de profesionales, la diversidad de trabajos
que realizan y la calidad final de los acabados son tres
de las características que mejor les definen.
Debido a la diversidad de trabajos y servicios que
brindan, particulares, comunidades de vecinos, administradores de comunidades y empresas demandan unos
trabajos de calidad avalados por materiales de primera.
Pensando siempre en el cliente
La filosofía de REDICO está basada en la satisfacción
final de todos y cada uno de sus clientes. Para ello se
adaptan a sus necesidades ofreciéndoles soluciones sencillas, eficaces y económicas. Entre las ventajas que ofrece destaca la realización de presupuestos sin compromiso, su servicio de urgencias, la garantía en todos los trabajos y el asesoramiento técnico profesional en pintura,
entre otros.
Propiedad Y Administración
Rehabilitación de fachadas, patios y tejados, trabajos
verticlaes o reparación de goteras y humedades, son
algunos de los trabajos que lleva a cabo REDICO, empresa especializada en todo tipo de trabajos interiores y
exteriores completamente integrales.
45
Año 2011
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Visto en prensa
Y también:
“Las Plomadas
de Plata
premian 14
fachadas” (Siete
de los
ganadores de la
12º edición son
edificios
gijoneses).
Propiedad Y Administración
Publicado en La
Voz de Asturias,
el 19 de febrero
de 2011
“Un edificio de
131 viviendas en
Mieres
recibe el premio
de Arquitectura”
(“Por su atente
inserción en un
entorno urbano”, asegura el
jurado de la
Bienal)
46
Visto en La Voz de Asturias
el 26 de febrero de 2011
Año 2011
Publicado en
elmundo.es,
el 7 de abril
de 2011
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Propiedad Y Administración
Resumen de prensa
Visto en El Comercio Digital
el 28 de febrero de 2011
Y además:
“El Premio Asturias 2010 distingue un edificio de 15 viviendas públicas
en Degaña” (Los arquitectos Nacho Ruiz Allén y José Antonio Ruiz
Esquiroz son los autores de la opción ganadora, promovida por la
Consejería de Bienestar Social y Vivienda, ante un encargo de construir 15 viviendas de protección pública en un poblado minero localizado en plena Cordillera Cantábrica y donde no se habían realizado
edificaciones residenciales desde hace más de 25 años.)
Publicado en La Voz de Asturias,
el 3 de mayo de 2011
Año 2011
47
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Propiedad Y Administración
Colegiados ejercientes
48
SILVIA ALADRO OTERO
ALBERTO ALONSO ALPERI
J. ANTONIO ALONSO ÁLVAREZ
RAQUEL ALONSO DÍAZ
Mª JOSÉ ALONSO FERNÁNDEZ
CORSINO ALONSO FERNÁNDEZ
J. RAMÓN ALONSO RODRÍGUEZ
CARMEN ALONSO SUÁREZ
PABLO ÁLVAREZ ÁLVAREZ
ANTONIO ÁLVAREZ ARIAS DE VELASCO
DAVID ÁLVAREZ CANCIO
J. GABRIEL ÁLVAREZ FERNÁNDEZ
VERÓNICA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ
BEGOÑA ÁLVAREZ FERNÁNDEZ
FERNANDO ÁLVAREZ GARCÍA
MARTA ÁLVAREZ GARCÍA
Mª TERESA ÁLVAREZ GONZÁLEZ
MARCELINO ÁLVAREZ GONZÁLEZ
FRANCISCO REYES ÁLVAREZ MALDONADO
J. MANUEL ÁLVAREZ OSORIO
PATRICIA ÁLVAREZ RODRÍGUEZ
JUAN CARLOS ÁLVAREZ RODRÍGUEZ
Mª JOSÉ ÁLVAREZ RODRÍGUEZ
JOSÉ MANUEL ÁLVAREZ SÁNCHEZ
BLANCA ÁLVAREZ TEJÓN
CARLOS ÁLVAREZ-BUYLLA CORES
JULIO CÉSAR ÁLVAREZ-CASCOS GONZÁLEZ
RAFAEL ÁLVAREZ-HEVIA ROCES
SUSANA AMEZ ACEBAL
RUBÉN ANDRÉS GONZÁLEZ
JAVIER ANTÓN BLANCO
Mª CARMEN ANTUÑA OTERO
Mª CONCEPCIÓN ARCOS IGLESIAS
NATALIA ARDISANA SUSTACHA
SUSANA ARGÜELLES MARTÍNEZ
LUIS M. ARGÜELLES SUÁREZ
ARMANDO ARIAS GARCÍA
Mª DEL PILAR ARIAS MENÉNDEZ
JOSÉ MANUEL ARIAS PÉREZ
JESÚS ARIZAGA JUNQUERA
Mª CARMEN ARMENGOL RODRÍGUEZ
MARÍA ARNALDO ALBA
JUAN JOSÉ ARNIELLA GRANDA
CÉSAR J. ARRIBAS ESCRIBANO
JUAN C. BACHILLER RODRÍGUEZ
ELENA BANGO DEL VALLE
LUIS JESÚS BÁRCENA SÁNCHEZ
CARLOS BERNARDO GARCÍA
ANTONIO VÍCTOR BLANC MARTÍN
MANUEL BLANCO VILLAR
ROBERTO BOIX PÉREZ
F. JAVIER BRAÑA FERNÁNDEZ
MARGARITA BRAVO LÓPEZ
CASTOR ANTONIO CARRACEDO GRANA
ALEJANDRA CASTAÑO BELÉN
EVA Mª CASTEJÓN PÉREZ
F. JAVIER CASTRESANA SAINZ
CAROLINA CHAPULI GONZÁLEZ
RAFAEL CHAVE GARCÍA
NICOLÁS CIGALES LEÓN
ENRIQUE CLAVEROL GONZÁLEZ
LAURA COBAS ALONSO
JORGE CORUGEDO FERNÁNDEZ
LAURA CORUGEDO FERNÁNDEZ
J. CARLOS COSTALES FERNÁNDEZ
RUBÉN COTO TRESGUERRES
JUAN JOSÉ CRESPO LÓPEZ
NOELIA CRISTOBAL VALLE
SECUNDINA CUERIA DÍAZ
GUILLERMO D'AUBAREDE GONZÁLEZ
MARINA DE LA VEGA LÓPEZ
MANUELA DE UGARRIZA IGLESIAS
JORGE DEL COUZ GARCÍA
Año 2011
MIGUEL ÁNGEL DEL REGUERO DÍEZ
ALBERTO DÍAZ ÁLVAREZ
PEDRO JOSÉ DÍAZ GARCÍA
YOLANDA NOELIA DÍAZ MIRANDA
PABLO DÍAZ NOSTY
EVA DINTÉN SERRANO
JERÓNIMO DORMAL MARTÍNEZ
JUAN CARLOS ELÍAS CASAL
FRANCISCO ESCANDÓN FERNÁNDEZ
LUCÍA EZQUERRA DIEZ
FERNANDO FEITO FERNÁNDEZ
ELENA FERNÁNDEZ ANTUÑA
DANIEL FERNÁNDEZ BLANCO
ANA FERNÁNDEZ CASTAÑO
BERNARDINO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ
ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA
JOSÉ Mª FERNÁNDEZ GARCÍA
SILVIA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ
ALBERTO FERNÁNDEZ HORTAL
ROBERTO FERNÁNDEZ IGLESIAS
Mª DOLORES FERNÁNDEZ LARFEUIL
ÁLVARO FERNÁNDEZ MENÉNDEZ
Mª DEL MAR FERNÁNDEZ PARAJA
J. LUIS FERNÁNDEZ PUENTE
JENNIFER FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
MARIO DAMASO FERNÁNDEZ SAIZ
DANIEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ
J. MANUEL FERNÁNDEZ SÁNCHEZ
IGNACIO FERNÁNDEZ SOT
ÁLVARO FERNÁNDEZ VALLINA
Mª INÉS FERNÁNDEZ VEGA
ANTONIO EUSEBIO FERNÁNDEZ-MON DE LA VEGA
JESÚS FERNÁNDEZ-PEÑA RODRÍGUEZ
LUIS ALBERTO FLOREZ FERNÁNDEZ
MÓNICA FLÓREZ PANDIELLA
MARTA Mª FUEYO GARCÍA
JAVIER GALLEGO BLÁZQUEZ
JOSÉ Mª GALLEGO BLÁZQUEZ
MANUEL A. GARCÍA ARANGO
SIXTO GARCÍA BARRIENTOS
MANUEL JOAQUÍN GARCÍA BONO
NURIA Mª GARCÍA CRESPO
BALTASAR GARCÍA DEL PINO
FÉLIX GARCÍA GARCÍA-MANCHA
GALO Mª GARCÍA GIL-DELGADO
FLORINA GARCÍA GONZÁLEZ
CARLOS GARCÍA LÓPEZ
Mª MERCEDES GARCÍA LÓPEZ
J. JORGE GARCÍA MARTÍN
JAVIER GARCÍA MENÉNDEZ
Mª JESÚS GARCÍA OSORIO
MARÍA ÁNGELA GARCÍA PELÁEZ
JOSÉ IGNACIO GARCÍA PRIETO
BEATRIZ GARCÍA SIEIRO
ANSELMO GÓMEZ CORTINA
JOSÉ MANUEL GÓMEZ-CORNEJO BALBUENA
IGNACIO GONZÁLEZ ACEBAL
CARLOS GONZÁLEZ BOTO
JESÚS GONZÁLEZ CANGA
JOSÉ LUIS GONZÁLEZ CANGA
ANA ISABEL GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
J. RAMÓN GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
RAFAEL GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
FRANCISCO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
MANUELA GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
RICARDO GONZÁLEZ GARCÍA
Mª DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ GUTIÉRREZ
M. ALFONSO GONZÁLEZ LÓPEZ
Mª DEL CARMEN GONZÁLEZ LÓPEZ
GONZALO A. GONZÁLEZ LÓPEZ
JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ MIRANDA
ENRIQUE GONZÁLEZ PACHO
MANUEL GONZÁLEZ PIDAL
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JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ
GONZALO T. GONZÁLEZ ROMERO
ROSA Mª GONZÁLEZ-NORIEGA GARCÍA
RUBÉN GRANDA MENÉNDEZ
FRANCISCO MARIANO GUERRA FERNÁNDEZ
FERNANDO GUERRA FERNÁNDEZ
SILVIA GUTIÉRREZ GONZÁLEZ
AZUCENA HERNÁNDEZ IGLESIAS
ÁNGEL HERRERO SUÁREZ
Mª DEL CAMINO HERREROS REYERO
MERCEDES IBÁÑEZ LÓPEZ
IMELDA IBARZABAL MENÉNDEZ
JESUS IGLESIAS GARCÍA
FERNANDO IGLESIAS PINTADO
PEDRO I. JIMÉNEZ FERNÁNDEZ
PEDRO JIMÉNEZ MARTÍNEZ
Mª ÁNGELES JURADO OTERO
ANA ISABEL JUVÍN SUÁREZ
Mª FRANCISCA LAMADRID GONZÁLEZ
JOSÉ ANTONIO LOCHE TOMÁS
BEATRIZ LARUELO FERNÁNDEZ
ELVIRA LOMBARDÍA RIERA
ANA Mª LÓPEZ BOBO
CLAUDIA CATALINA LÓPEZ FEOLA
GERMÁN LÓPEZ IGLESIAS
ESTHER LÓPEZ PÉREZ
VICENTE LÓPEZ PICHARDO
ÓSCAR LÓPEZ SECO
ANTONIO LORCA FERNÁNDEZ
ANTONIO MARÍA LORENZO BLANCO
RICARDO LUEJE VALDES
J. MIGUEL LUQUE ANTÍA
PABLO LUQUE SAN JUAN
MARIANO MARÍN ALBI
RENÉ MAROTO LAVIADA
L. GREGORIO MARTÍN ÁLVAREZ
J. JOAQUÍN MARTÍN FERNÁNDEZ
DANIEL MARTÍNEZ FERNÁNDEZ
Mª ÁNGELES MARTÍNEZ FERNÁNDEZ
TAMARA MARTÍNEZ GARCÍA
NOELIA MARTÍNEZ GONZÁLEZ
Mª SOLEDAD MARTÍNEZ MAGADÁN
J. ANTONIO MARTÍNEZ MAQUEDA
RICARDO MARTÍNEZ MATUTE
FRANCISCO MARTÍNEZ VILLAR
NOEMÍ MATILLA MENÉNDEZ
Mª ÁNGELES MAYO PINTADO
ESTER MAZÓN HERAS
L. ADOLFO MEANA ARDUENGO
MARCOS MEANA FERNÁNDEZ
JAIME MEANA LLOVERAS
Mª FLOR MEDIO CARRO
Mª JOSÉ MENÉNDEZ ÁLVAREZ
VERÓNICA MENÉNDEZ GARCÍA
ELENA MENÉNDEZ MARTÍNEZ
MANUELA MESTAS ANTÓN
SANTIAGO MIYARES GONZÁLEZ-COTO
BEGOÑA MORILLA OTERO
Mª CARMEN MORO GUTIÉRREZ
ARTURO MUÑIZ FERNÁNDEZ
ROSA MARÍA NARRO GÓMEZ
FRANCISCO NAVES FERNÁNDEZ
ASUNCIÓN NOGUERO GONZÁLEZ
ANA NOVAL TUÑÓN
ANTONIO ORTEGA MENÉNDEZ-CONDE
ROSALIA OVÍN HUERTA
FELICIDAD PAJARES CANTELI
Mª MARTA PALACIOS HERNÁNDEZ
CARMEN PANEQUE CUEVAS
Mª MERCEDES PEDRAYES FRESNO
J. MANUEL PEDRAZA PUENTE
DANIEL PEDREGAL MENÉNDEZ
Mª ÁNGELES PEDREGAL MONTALBÁN
CAROLINA PELÁEZ BERNARDO
PEDRO J. PELÁEZ GALNARES
ANA ALICIA PENA DIAZ
JOSÉ ALBERTO PÉREZ ALONSO
JESÚS LUIS PÉREZ VIGIL-ESCALERA
VIRGINIA PINEDA RUIZ
MANUEL ÁNGEL PINTO ÁLVAREZ
CARMEN PLAZA GARCÍA
COVADONGA POO GARCÍA
PEDRO JAVIER POZUECO MANERO
Mª TERESA PRADO ALAMEDA
VIVIANA PRENDES MARTÍNEZ
BEGOÑA PRIDA FUEYO
ANA PRIETO ÁLVAREZ
JUAN I. RAPOSO FERNÁNDEZ
JOSÉ LUIS REGUERO SIERRA
JAVIER REY CANAL
J. CARLOS RIAÑO ISIDRO
NOELIA RIAÑO RODRÍGUEZ
MIGUEL ÁNGEL RICHARTE LIMIÑANA
Mª TERESA RIESTRA FERNÁNDEZ
ROBERTO RIESTRA RODRÍGUEZ
CARMEN PASTORA RÍOS GÓMEZ
ANA Mª RODRÍGUEZ ÁLVAREZ
ANA PATRICIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
MANUEL RODRÍGUEZ BLANCO
DIEGO RODRÍGUEZ CADIERNO
FERNANDO RODRÍGUEZ CASTRO
Mª BEGOÑA RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ
JESÚS RODRÍGUEZ GIL
J. ÁNGEL RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
Mª DEL PILAR RODRÍGUEZ IGLESIAS
ANA Mª RODRÍGUEZ LLANO
RAMÓN J. RODRÍGUEZ MENÉNDEZ
JULIO PEDRO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
LUIS MANUEL RODRÍGUEZ SUÁREZ
ROCÍO RODRÍGUEZ TOSTÓN
Mª ASUNCIÓN RUBIERA GARCÍA
ANA ISABEL RUIZ GUTIÉRREZ
MONTSERRAT SÁNCHEZ ALEGRE
BERNARDINO SÁNCHEZ ASEGURADO
IVÁN M. SÁNCHEZ FERNÁNDEZ
ALFONSO SÁNCHEZ TABAR
ANA SANCHO PÉREZ
JOSÉ LUIS SANMARTÍN BLANCO
YONATAN SIERRA SÁNCHEZ
ALEJANDRA SOLÉ DEL VALLE
FRANCISCO JAVIER SUÁREZ GARCÍA
CAROLINA SUÁREZ MARTÍN
Mª CARMEN Y. SUÁREZ MARTÍN
Mª PAZ SUÁREZ MARTÍNEZ
ANTONIO FCO. SUÁREZ MORÁN
CARLOS SUÁREZ SOUBRIER
JORGE E. TRALLERO LOPEZ
ÁLVARO TUERO MUJICA
FRANCISCO JOSÉ TUYA GARCÍA
Mª ANDREA VALDÉS PULIDO
JOSÉ Mª VALLE ABRALDES
ISABEL VARELA ÁLVAREZ
J. IGNACIO VÁZQUEZ DE CASTRO
CONCEPCIÓN VEGA GRANDA
RICARDO VEGA MENENDEZ
J. RAMÓN VEGA VÁZQUEZ
GENARO VELASCO SUÁREZ
MANUEL VERCHER MUÑIZ
Mª EUGENIA VIDAL GARCÍA
GERMÁN MANUEL VILLANUEVA PRAVIA
Mª BEGOÑA VILLAR CAMINO
ROSA Mª VILLAREJO ALONSO
GEMA ZAPICO GIL
Año 2011
Propiedad Y Administración
Colegio de Administradores de Fincas del Principado de Asturias
49
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:42 Página 50
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Año 2011
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:42 Página 51
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REHABILITACIÓN Y DECORACIÓN
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BUZONES
51
ASESORAMIENTO JURÍDICO
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Año 2011
REVISTA 34 primavera_:PROYECTO PROPIEDAD Y ADMINISTRACION 18/05/11 12:42 Página 52
Carta de la directora
Mª José Alonso Fernández
Directora de la Revista Propiedad y Administración
Estimados/as compañeros/as:
Propiedad Y Administración
CONDUCTAS ADECUADAS,
profesión valorada.
CALIDAD EN LA ATENCIÓN,
fidelización.
52
CONTROL DE LA GESTIÓN,
Competencia
y
relajación
Para finalizar os deseo,
Feliz Primavera
Año 2011
DESPACHOS PROFESIONALES
Y EMPRESARIOS, ¡BIENVENIDOS!
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débito, en más de 32.000 cajeros ServiRed, para
operaciones iguales o superiores a 60 euros(2)
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preferentes
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su negocio o de uso personal con acceso desde
BS Online
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a su disposición.
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BanSabadell Professional, SAU. Pl. de Catalunya, 1, 08201 Sabadell. Inscripción 30 del Registro Mercantil de Barcelona en el tomo 35256, folio 56, hoja B-8839. NIF A58899378.
Professional BS
BancoHerrero
Banco Herrero es una marca registrada de Banco de Sabadell, S.A
(1) Domiciliados en entidades de crédito españolas. (2) Para un importe inferior a 60 euros se aplicará un recargo del 1% sobre el importe de la operación (mínimo de 0,60 euros), excepto en los cajeros de Banco Herrero, en los que
siempre será gratuito.
ARAG LEGAL SERVICES, S.L. es la entidad encargada del servicio de orientación jurídica telefónica y PEOPLE VALUE, S.L. es la entidad encargada del servicio de descuentos y beneficios. Los citados
servicios serán prestados de acuerdo con las condiciones que dichas entidades tengan establecidas en cada momento, sin intervención ni responsabilidad alguna de Banco de Sabadell, S.A.
El banco es ajeno a cualquier incidencia y/o circunstancia derivada o relacionada con la prestación de los servicios, los cuales en todo caso están sujetos a que se mantengan vigentes los acuerdos suscritos entre el banco y las indicadas
entidades. El servicio de orientación jurídica telefónica no abarcará las cuestiones o posibles incidencias de la actividad del cliente que puedan afectar a sus relaciones con empresas del grupo Banco Sabadell, filiales o participadas.
Condiciones revisables según evolución del mercado financiero.

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