MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DEL PLAN GENERAL DE

Transcripción

MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DEL PLAN GENERAL DE
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DEL
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE
MONZÓN
SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO DEPORTIVO
Plaza Mayor, 4
AYUNTAMIENTO DE MONZÓN
22400 MONZÓN (Huesca) Tel. 974 400 700 Fax 974 404 807
www.monzon.es
C.I.F.: P-2221800-B
1.
MEMORIA DESCRIPTIVA
1.1. INTRODUCCIÓN
1
1.2. OBJETO
1
1.3. JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA
1
1.3.1.
JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL S.G. DEPORTIVO
1.4. NORMATIVA URBANÍSTICA DEL PLAN GENERAL VIGENTE
1.4.1.
NORMATIVA DEL SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO. USO DEPORTIVO
1.5. PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
1.5.1.
2.
3.
1
NORMATIVA DEL SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO. USO DOCENTE
1
1
1
3
3
DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA
5
2.1. VISTA TERRENOS ZONA FUENTE DEL SASO
5
DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
3.1. CLASIFICACIÓN ACTUAL Y REFORMADA
6
6
1.
1.1.
MEMORIA DESCRIPTIVA
INTRODUCCIÓN
Se procede a redactar la presente Modificación Puntual del P.G.O.U. de Monzón, en
los términos establecidos Art. 10 de la Normativa del Texto Refundido del Vigente P.G.O.U, y
de acuerdo a lo establecido en los Arts. 73 a 75 de la LUA y 154 a 158 del RPUA.
1.2.
OBJETO
El objeto de la presente modificación es, por un lado, la supresión del uso como
equipamiento deportivo de parte de los terrenos clasificados como Suelo No Urbanizable,
Sistema General Adscrito, en la Zona de los Deportes de Monzón.
1.3.
JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA
La presente Modificación Puntual está justificada por varios motivos:
1.3.1.
1.4.
1.4.1.
JUSTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL S.G. DEPORTIVO
-
El P.G.O.U. define el uso del sistema general de equipamientos en un único
ámbito del Municipio. Esta ámbito corresponde a las aproximadamente 4,8 Ha
de Suelo No Urbanizable, S.G. adscrito, junto a la zona de los deportes, y por
tanto tiene un uso deportivo.
-
Ante nuevas necesidades de uso en el citado suelo, se plantea la eliminación
de la especificidad del mismo como uso deportivo, planteando un área sin
uso.
NORMATIVA URBANÍSTICA DEL PLAN GENERAL VIGENTE
NORMATIVA DEL SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO. USO DEPORTIVO
Según el Plan General de Ordenación Urbana de Monzón, los terrenos están
destinados al uso como equipamiento deportivo.
Artículo 7.1.2.4. Sistema de equipamiento comunitario (MEMORIA DEL P.G.O.U.)
El municipio de Monzón presenta una aceptable situación en cuanto a equipamiento
comunitario, si bien se detecta algún déficit en equipamiento cultural, y una demanda creciente
de equipamiento depotivo.
El P.G.O.U. se plantea la obtención de nuevos espacios para el sistema, normalmente
como cesiones gratuitas vinculadas al desarrollo de unidades de ejecución en SU-NC y
sectores de suelo urbanizable
Mención especial requiere la ampliación de la zona de equipamiento deportivo de la
Fuente del Saso, integrada en el sistema general, cuya obtención se plantea mediante su
adscripción a sectores de suelo urbanizable.
El P.G.O.U. indica sobre planos la localización de suelo o edificios pertenecientes al
sistema, en ocasiones sin indicar su destino concreto.
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓN.
MEMORIA DESCRIPTIVA
SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
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Los terrenos están clasificados como Suelo No Urbanizable y el P.G.O.U. adscribe a
varios sectores de Suelo urbanizable Delimitado y No delimitado, la obtención de dicho sistema
general de equipamiento comunitario:
Art. 96.3.- Sector residencial “Cascallar N.” (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
Uso predominante residencial
Superficie del ámbito: 89.245,77 m2 (75245,77 + 14.000)
Sistemas generales adscritos: 14.000 m2 (S.G. viario Av. Pueyo – variante Carretera de
Pueyo: 8.166 m2 / equipamiento deportivo (localizado al S. del complejo deportivo municipal de
la Fuente del Saso: 5.834 m2)
Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido S.G. asdscrito)
Densidad global (incluso S.G. /a): 30 viv / Ha
.
.
Art. 96.4.- Sector residencial “Cabañera” (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
Uso predominante residencial
Superficie del ámbito: 139.745,95 m2 (117.745,95 + 22.000)
Sistemas generales adscritos: 22.000 m2 (S.G. equipamiento deportivo (localizado al S.
del complejo deportivo municipal de la Fuente del Saso)
Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido S.G. asdscrito)
Densidad global (incluso S.G. /a): 30 viv / Ha
.
.
Art. 99.1.- Ámbito “Cascallar S” (residencial) (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
Uso predominante residencial
Superficie del ámbito: 89.803,96 m2 + 37.000 m2
Sistemas generales adscritos: 37.000 m2 (20.900 m2 S.G. equipamiento deportivo
Fuente del Saso; 16.100 m2 SG verde Parque de La Jacilla )
Edificabilidad máxima: 0,7 m2/ m2 (s /. Ámbito , sin S.G. /a):
-
residencial;
0,55 m2/m2(s /. Ámbito , sin S.G. /a):
otros usos compatibles;
0,15 m2/m2(s /. Ámbito , sin S.G. /a):
Densidad máxima del sector (sin incluir S.G. /a): 30 viv / Ha
.
.
Art. 109.- Definición y clasificación
1.- El Sistema de equipamiento comunitario comprende los suelos y edificios que se
dediquen a usos públicos o colectivos, el suelo adscrito a este sistema será de titularidad
pública (gestión pública o privada), o de titularidad pública compatible (equipamiento existente)
2.- El Sistema de equipamiento comunitario se clasifica en los tipos siguientes:
d) Equipamientos deportivos y recreativos: edificaciones e instalaciones deportivas,
centros de recreo o expansión, públicos o privados, de interés público, social o comunitario, y
anexo de servicios.
Artículo 158 .- Uso público (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
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MEMORIA DESCRIPTIVA
SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
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.
.
6.- Zonas deportivas.- Se consideran así los campos de deportes en todos sus
aspectos, locales destinados a la práctica del mismo, piscinas y similares, sean de carácter
particular o público. Condiciones; Sus instalaciones, se atendrán a las disposiciones dictadas
por el Ministerio de Cultura.
1.5.
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
1.5.1.
NORMATIVA DEL SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTO. USO DOCENTE
La propuesta de modificación supone la asignación a 3,3 Ha de terrenos al Sur del
ámbito de la Fuente del Saso, la clasificación de Suelo No Urbanizable, S.G. equipamiento,
ubicado junto al Campo de Fútbol.
Los terrenos están clasificados como Suelo No Urbanizable y el P.G.O.U. adscribe a
varios sectores de Suelo urbanizable Delimitado y No delimitado, la obtención de dicho sistema
general de equipamiento comunitario, que quedaría según lo indicado a continuación:
Art. 96.3.- Sector residencial “Cascallar N”(TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
Uso predominante residencial
Superficie del ámbito: 89.245,77 m2 (75245,77 + 14.000)
Sistemas generales adscritos: 14.000 m2 (S.G. viario Av. Pueyo – variante Carretera de
Pueyo: 8.166 m2 / equipamiento (localizado al S. del complejo deportivo municipal de la
Fuente del Saso: 5.834 m2)
Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido S.G. asdscrito)
Densidad global (incluso S.G. /a): 30 viv / Ha
.
.
Art. 96.4.- Sector residencial “Cabañera” (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
Uso predominante residencial
Superficie del ámbito: 139.745,95 m2 (117.745,95 + 22.000)
Sistemas generales adscritos: 22.000 m2 (S.G. equipamiento (localizado al S. del
complejo deportivo municipal de la Fuente del Saso)
Aprovechamiento medio: 0,597 (incluido S.G. asdscrito)
Densidad global (incluso S.G. /a): 30 viv / Ha
.
.
Art. 99.1.- Ámbito “Cascallar S” (residencial) (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
Uso predominante residencial
Superficie del ámbito: 89.803,96 m2 + 37.000 m2
Sistemas generales adscritos: 37.000 m2 (20.900 m2 S.G. equipamiento Fuente del
Saso ; 16.100 m2 SG verde Parque de La Jacilla )
Edificabilidad máxima: 0,7 m2/ m2 (s /. Ámbito , sin S.G. /a):
-
residencial;
0,55 m2/m2(s /. Ámbito , sin S.G. /a):
otros usos compatibles;
0,15 m2/m2(s /. Ámbito , sin S.G. /a):
Densidad máxima del sector (sin incluir S.G. /a): 30 viv / Ha
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MEMORIA DESCRIPTIVA
SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
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.
Art. 109.- Definición y clasificación
1.- El Sistema de equipamiento comunitario comprende los suelos y edificios que se
dediquen a usos públicos o colectivos, el suelo adscrito a este sistema será de titularidad
pública (gestión pública o privada), o de titularidad pública compatible (equipamiento existente)
2.- El Sistema de equipamiento comunitario se clasifica en los tipos siguientes:
d) Equipamientos deportivos y recreativos: edificaciones e instalaciones deportivas,
centros de recreo o expansión, públicos o privados, de interés público, social o comunitario, y
anexo de servicios.
Artículo 158 .- Uso público (TEXTO NORMATIVO P.G.O.U.)
3.- El Pleno de la Corporación, señalará en cada caso (cuando no estuviera indicado
en el Plan) el mejor uso pormenorizado, definiendo de forma detallada la específica utilización
de los Inmuebles y solares señalados en el Plan para uso de dotaciones y equipamientos
comunitarios, según las dimensiones y características de la zona concreta y las oportunidades
y necesidades colectivas de la población residente a la que hubiera de servir.
.
.
6.- Zonas deportivas.- Se consideran así los campos de deportes en todos sus
aspectos, locales destinados a la práctica del mismo, piscinas y similares, sean de carácter
particular o público. Condiciones; Sus instalaciones, se atendrán a las disposiciones dictadas
por el Ministerio de Cultura.
Monzón, Julio de 2007
Los SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
Fdo. Ana Campo Salamero
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓN.
MEMORIA DESCRIPTIVA
SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
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2.1.
DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA
VISTA TERRENOS ZONA FUENTE DEL SASO
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DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
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3.1.
DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
CLASIFICACIÓN ACTUAL Y REFORMADA
MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 1 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MONZÓN
DOCUMENTACIÓN GRÁFICA
SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES
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ESTADO REFORMADO: DELIMITACIÓN DE USOS EN EL SG
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