Guía de Recursos Para Personas con Discapacidad –Gran Canaria-
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Guía de Recursos Para Personas con Discapacidad –Gran Canaria-
2012 Guía de Recursos Para Personas con Discapacidad –Gran Canaria- Elaborada por: Morán Suárez, Evelyn Con la Colaboración de: Conde Guerra, María Asociación de Enfermedades Nueromusculares -Asenecan- “No hay barreras ni nada imposible, no existen límites… son las propias personas quienes crean los obstáculos ya sea a uno mismo o a otros”. Evelyn M. S. ÍNDICE I Presentación………………………………………………………………………… 7 II Administraciones Públicas………………………………………………………... 11 2. 1 Gobierno de Canarias…………………………………………………………. 13 2.1.1 Consejerías…………………………………………………………………. 13 2. 2 Cabildo de Gran Canaria…………………………………………………….... 25 2.2.1 Consejerías del Cabildo……………………………………………………. 25 2.3 Ayuntamientos de Gran Canaria………………………………………………. 27 2.4 Servicios Sociales e Igualdad…………………………………………………. 29 2.4.1 Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria…....................................................................................................................... 29 2.4.2 Concejalías Delegadas del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria………………………………………………………………………………... 30 2.4.3 Concejalías de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria……………………………………………………………………………….... 31 2.4.4 Servicios Sociales de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria………………………………………………………………………………… 32 2.4.5 Otros Centros de Atención Social………………………………………….. 34 III Servicio de Valoración de la Discapacidad……………………………………… 35 IV Educación y Empleo……………………………………………………………... 39 4.1 Educación……………………………………………………………………… 43 4.2 Empleo………………………………………………………………………… 45 V Prestaciones y otros Recursos para Personas con Discapacidad………………...... 47 5.1 Prestaciones y otros Recursos que Ofrece el Estado…………………………... 49 5.2 Prestaciones y otros Recursos que Ofrece la Comunidad Autónoma de Canarias………………………………………………………………………………...50 5.3 Recursos que Ofrece de Cruz Roja…………………………………………….. 50 VI Deportes………………………………………………………………………….. 51 6.1 Federaciones Deportivas para Personas con Discapacidad……………………. 53 6.2 Centros Adaptados que Ofrecen Actividades Deportivas para Personas con Discapacidad………………………………………………………………………….. 54 VII Participación y Movimiento Asociativo……………………………………...… 59 7.1 Fundaciones del Ámbito de Discapacidad…………………………………….. 61 7.2 Federaciones del Ámbito de Discapacidad……………………………………. 63 7.3 Asociaciones del Ámbito de Discapacidad……………………………………. 64 7.4 Asociaciones de otros Ámbitos………………………………………………... 68 VIII Anexos………………………………………………………………………….. 71 IX Bibliografía……………………………………………………………………… 133 Presentación 7 I Presentación “La Guía de Recursos Para Personas con Discapacidad –Gran Canaria-” nace con el fin de acercar de una manera eficiente y práctica los recursos existentes en la isla para este colectivo y sus respectivas familias, asimismo se considera que es de vital importancia que los profesionales e instituciones ya sea de este ámbito como de otros conozcan la existencia de esta Guía y tengan acceso a ella. Además aquí se encuentran los servicios que ofrecen las diferentes Administraciones Públicas partiendo del Gobierno de Canarias, Cabildo de Gran Canaria y sus Ayuntamientos, Servicios Sociales, etc. Así como otros elementos que en dicha guía aparecen de diferentes ámbitos. Esta Guía de Recursos ha sido elaborada por Evelyn Morán Suárez, alumna de Trabajo Social de la Universidad de Las Palmas Gran Canaria, en su periodo de prácticas en la Asociación de Enfermedades Neuromusculares –Asenecan- con la colaboración y supervisión de María Conde Guerra, Trabajadora Social de dicha entidad. Asenecan Es una institución sin ánimo de lucro situada en Las Palmas de de Gran Canaria. La entidad nace el 16 de Mayo del 2007 como consecuencia de la inquietud de un pequeño grupo de personas residentes en esta Comunidad Autónoma afectadas por este tipo de dolencias y que de una forma desinteresada lleva a cabo la tarea de apoyar y orientar hacia una mejor calidad de vida a quienes padecen alguna enfermedad neuromuscular. Asimismo Asenecan está federada a la Federación ASEM, permitiéndoles trabajar en red con el resto de Asociaciones que se encuentran federadas. ASEM es una organización sin ánimo de lucro creada en el 2003 y es la unión de personas afectadas por patologías neuromusculares que promociona todo tipo de acciones y actividades destinadas a mejorar la calidad de vida, integración y desarrollo de los afectados/as. ASEM supone la continuidad del trabajo desarrollado por la Asociación Española contra las Enfermedades Neuromusculares de forma interrumpida desde 1983. Finalmente se considera oportuno mencionar que toda la información que se va a exponer a continuación ha sido recopilada a través de varias fuentes documentales y se ha utilizado también como fuente la visita a varias web de internet como fuente de información para elaborar la presente Guía de Recursos, todas las fuentes consultadas se recogen en la bibliografía. Administraciones Públicas 11 II Administraciones Públicas 2. 1 Gobierno de Canarias 2.1.1 Consejerías CONSEJERÍA DE EDUACIÓN, UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD C/ Pérez Galdós, 4 Teléfono: 928 30 72 59 Edf. Rodríguez Quegles Fax: 928 39 00 35 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/eduacion/ Viceconsejería de Educación y Universidades C/ Albareda, 52 Teléfono: 928 21 28 00 Edificio Woerman Center - 5º Planta Fax: 928 21 29 30 Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Viceconsejería de Medio Ambiente Edificio Usos Múltiples II - 5º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Secretaría General Técnica de Educación, Universidades y Sostenibilidad Direcciones Territoriales de Educación Direcciones General de Centros e Infraestructuras C/ Pérez Galdós, 4 Edificio Rodríguez Quegles Las Palmas de Gran Canaria 35071 Avda. Primero de Mayo, 11- 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Avda. Buenos Aires, 5 Edificio Tres de Mayo - 4º Planta Santa Cruz de Tenerife 38071 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 30 65 50 Fax: 928 30 65 75 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 30 72 59 Fax: 928 30 60 72 Teléfono: 928 45 52 01 Fax: 928 45 53 00 Teléfono: 922 59 27 71 / 922 59 25 00 Fax: 922 59 23 20 13 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos Dirección General de lo Personal C/ Albareda, 52 Edificio Woerman Center - 5º Planta Teléfono: 928 21 28 00 Fax: 928 30 77 50 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Avda. Primero de Mayo, 11- 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 45 51 00 Fax: 928 45 51 77 C/ Albareda, 52 Dirección General de Ordenación y Promoción Educativa Edificio Woerman Center - 1º, 2º y 3º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 21 28 00 Fax: 928 30 76 71 / 928 20 40 22 Teléfono: 928 30 72 59 C/ Pérez Galdós, 4 Dirección General de Universidades Edificio Rodríguez Quegles Las Palmas de Gran Canaria 35071 Dirección General de Protección de la Naturaleza C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio Usos Múltiples II - 4º y 5º Planta Fax: 928 30 72 71 Correo electrónico: dg.universidadesinvestigación@gobiernodeca narias.org Teléfono: 928 30 65 50 / 928 30 60 30 Fax: 928 30 65 35 / 928 30 45 53 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Agencia Canaria de la Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria Teléfono: 922 59 28 56 Avda. Buenos Aires, 5 Fax: 922 59 28 70 Edificio Tres de Mayo - 5º Planta Web: www.acecau.org Santa Cruz de Tenerife 35071 Correo electrónico: [email protected] ACECAU Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural C/Venegas, 65 - 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 45 56 02 Fax: 928 45 56 17 Web: www.apmun.org 14 Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio Usos Múltiples II - 5º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 30 65 50 Fax: 928 30 65 75 Web: www.gobcan.es/agenciasostenible/index.aspx CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y SEGURIDAD C/ Tomás Miller, 38, 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea Teléfono: 928 30 30 00 / 928 30 31 00 Fax: 928 30 30 60 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Teléfono: 928 30 30 19 C/ Tomás Miller, 38 - 4º Planta Fax: 928 30 30 69 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: www.gobcan.es/hacienda/ Teléfono: 928 30 30 00 / /928 30 31 00 Viceconsejería de Hacienda y Planificación C/ Tomás Miller, 38, 1º Planta Fax: 928 30 30 39 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: www.gobcan.es/hacienda/ Teléfono: 928 30 30 00 / 929 30 31 00 Secretaría General Técnica de Economía, Hacienda y Seguridad Dirección General de Seguridad y Emergencias C/ Tomás Miller, 38 - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 30 30 68 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: [email protected] C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 60 00 Fax: 928 45 50 63 Edificio Usos Múltiples I - 7º Planta Web: www.gobcan.es/hacienda/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 30 30 18 Dirección General de Promoción Económico C/ Tomás Miller, 38 - 2º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 30 30 78 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: [email protected] 15 Teléfono: 928 30 60 00 Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea C/ Tomás Miller, 38 - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 45 50 63 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: dgpeuropa @gobiernodecanarias.org Teléfono: 928 30 33 00 Dirección General de Relaciones con África C/ Tomás Miller, 38 - 4º Planta Fax: 928 30 33 30 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 30 30 00 / 928 30 31 00 Dirección de Planificación y Presupuesto Fax: 928 30 30 62 C/ Tomás Miller, 38 - 3º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: planificacionypresupuestos@gobiernodecana rias.org Teléfono: 928 30 30 00 / 928 30 31 00 Dirección General del Tesoro y Política Financiera Dirección General de Tributos Dirección General de Patrimonio y Contratación Fax: 928 30 30 61 C/ Tomás Miller, 38 - 3º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: dg.tesoroypoliticafinanciera@gobiernodecan arias.org Teléfono: 928 11 73 65 Fax: 928 45 56 84 Edificio Usos Múltiples I - 5º Planta Web: www.gobcan.es/tributos/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] C/ Tomás Miller, 38 - 6º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 30 60 00 Fax: 928 30 71 37 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Teléfono: 928 30 30 00 / 929 30 31 00 Intervención General C/ Tomás Miller, 38 - 3º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 30 30 68 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: [email protected] 16 Teléfono: 928 29 01 04 / 928 29 00 62 Instituto Canario de Estadística C/Luis Doreste Silva, 101 - 7º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35004 ISTAC Fax: 928 24 33 54 Web: www.gobcan.es/istac/ Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 11 74 44 / 928 11 44 45 Academia Canaria de Seguridad C/León y Castillo - 57 Fax: 928 45 26 33 Edificio Mapfre-Guanarteme, 3º Planta Web: www.gobcan.es/academia/ Correo electrónico: [email protected] Ente Público Radiotelevisión Canaria C/ Poeta Agustín Millares Sall, 3 Teléfono: 928 30 30 00 / 928 30 31 00 Edificio Mapfre - 1º Planta Fax: 928 30 30 61 RTVC Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.rtvc.es CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD C/ León y Castillo, 74 Esquina Venegas Teléfono: 928 21 10 51 / 928 21 10 88 Edificio Óvalum - 7º Planta Fax: 928 21 10 78 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/cpj/ Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento, Participación Ciudadana y Juventud C/ León y Castillo, 74 Esquina Venegas Edificio Óvalum - 6º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 21 10 17 Fax: 928 21 10 76 Web: www.gobcan.es/cpj/ 17 Viceconsejería de Administración Pública Viceconsejería de Justicia Dirección General de Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana Dirección General de Juventud Dirección General de la Función Pública C/ León y Castillo - 74 Esquina Venegas Teléfono: 928 21 10 17/ 07/31 Fax: 928 21 10 75/73 Edificio Óvalum - 4º y 6º Planta Web: www.gobcan.es/cpj/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] C/ Francisco Gourié, 107 - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ León y Castillo, 74 Esquina Venegas Edificio Óvalum - 5º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 43 25 08 Fax: 928 43 26 75 Web: www.gobcan.es/cpj/ Teléfono: 928 21 10 07 Fax: 928 2110 74 Correo electrónico: participacionciudadana.cpjs@gobiernodecan arias.org C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 63 97 Edifico Servicios Usos Múltiples II 4º Planta Web: www.juventudcanaria.com Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] C/ León y Castillo, 74 Esquina Venegas Fax: 928 30 63 24 Teléfono: 928 21 10 38 Fax: 928 21 10 71 Edificio Óvalum - 5º Planta Web: www.gobcan.es/cpj/dgfp Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 45 84 77 Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías C/ Cebrián, 3 - 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 45 83 43 Web: www.gobcan.es/hacienda/ Correo electrónico: [email protected] 18 Teléfono: 928 43 34 61 Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia Instituto Canario de Administración Pública C/ Francisco Gourié, 107 - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 ICI Inspección General de Servicios Web: www.gobcan.es/dgjusticia/ Correo electrónico: [email protected] C/ Padre José de Sosa, 22 Las Palmas de Gran Canaria 35071 ICAP Instituto Canario de Igualdad Fax: 928 43 32 05 C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 33 90 22 Fax: 928 33 91 29 Web: www.gobcan.es/icap/ Teléfono: 928 30 63 30 Fax: 928 30 63 38 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Web: www.gobiernodecanarias.org/icigualdad/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] C/ León y Castillo, 74 Esquina Venegas Teléfono: 928 11 52 13 Fax: 928 21 10 92 Edificio Óvalum - 5º Planta Web: www.gobcan.es/cpj/igs/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 60 00 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Fax: 928 30 63 96 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobiernodecanarias.org/ccdpsv/ Viceconsejería de Políticas Sociales e Inmigración C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 45 50 51 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Fax: 928 30 63 34 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Viceconsejería de de Cultura y Deportes C/ Albareda, 52 Edificio Woerman Center Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 21 28 00 Fax: 928 21 29 80 19 Secretaría General Técnica de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda Dirección General de Políticas Sociales C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 60 00 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Fax: 928 30 63 96 Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Dirección General de Protección del Menor y la Familia C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 60 00 / 01 Fax: 928 30 62 15 Teléfono: 928 30 62 00 Fax: 928 30 62 88 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Correo electrónico: Las Palmas de Gran Canaria 35071 dg.proteccionmenorfamilia@gobiernodecana rias.org Teléfono: 928 45 55 30 Dirección General de Deportes C/ Murga, 52-54 Las Palmas de Gran Canaria 35003 Fax 929 45 55 55 Web: www.gobiernodecanarias.org/deportes/ Correo electrónico: [email protected] Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural Instituto Canario de Vivienda C/ Albareda, 52 Edificio Woerman Center Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Portal de la Ley de Dependencia C/ Tomás Morales, nº 122, bajo Centro Socio-Sanitario "El Pino" Las Palmas de Gran Canaria 35004 Teléfono: 928 21 29 47 / 928 21 29 45 Fax: 928 21 20 50 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 30 60 11 Fax: 928 30 61 56 Web: www.gobiernodecanarias.org/vivienda/index. jsp Web: www.gobcan.es/ccdpsv/dependencia/index.ht ml 20 CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO C/ León y Castillo, 200 Teléfono: 928 89 94 00 Edificio Servicios Múltiples III, 4º Planta Fax: 928 89 97 72 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/cicnt/ C/ León y Castillo, 200 Viceconsejería de Industria y Energía Secretaría General Técnica de Empleo, Industria y Comercio Dirección General de Trabajo Web: www.gobcan.es/cicnt/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] C/ León y Castillo, 200 Edificio Servicios Múltiples III - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta C/ León y Castillo, 200 Edificio Servicios Múltiples III - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 C/ León y Castillo, 200 Dirección General de Industria Fax: 928 89 97 73/74 Edificio Servicios Múltiples III - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Dirección General de Comercio y Consumo Teléfono: 928 89 94 00 Edificio Servicios Múltiples III - 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 89 94 00 Fax: 928 89 95 70 Web: www.gobcan.es/cicnt/ Teléfono: 928 30 63 65 Fax: 928 30 63 55 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 89 94 00 Fax: 928 89 94 94 / 928 89 97 68 Web: www.gobcan.es/cicnt/ Teléfono: 928 89 94 00 Fax: 928 89 97 65/66 Web: www.gobcan.es/cicnt/ Teléfono: 928 45 55 30 Consejo Económico y Social C/ Plaza de la Feria, 1 Fax 929 45 55 55 Edificio Marina, Entreplanta Web: www.cescanarias.org/ Las Palmas de Gran Canaria 35003 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 45 58 58 C/ Crucita Arbelo s/n Servicio Canario de Empleo Lomo Apolinario Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 45 59 23 Web: www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/ web/sce Correo electrónico: [email protected] 21 CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y POLÍTICA TERRITORIAL Teléfono: 928 30 64 08 Plaza de los Derechos Humanos, 22 Fax: 928 30 70 20 Edificio Servicios Múltiples I, 9º Planta Web: www.gobcan.es/citv/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: c.infraestructurastransportevivienda@gobier nodecanarias.org Plaza de los Derechos Humanos, 22 Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación Edificio Servicios Múltiples I - 11º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Viceconsejería de Política Territorial Teléfono: 928 30 60 00/01 Fax: 928 38 23 02 Web: www.gobcan.es/citv/ C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 62 42 Edificio Usos Múltiples II - 4º Planta Fax: 928 30 65 95 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 30 60 00/01 Secretaría General Técnica de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial Plaza de los Derechos Humanos, 22 Fax: 928 36 61 34 Edificio Servicios Múltiples I - 9º Planta Web: www.gobcan.es/citv/ Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: sgt.infraestructurastransportevivienda@gobi ernodecanarias.org Plaza de los Derechos Humanos, 22 Dirección General de Infraestructura Viaria Edificio Servicios Múltiples I - 10º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 30 60 00/01 Fax: 928 38 04 22 Web: www.gobiernodecanarias.org/citv/dgiv/index. jsp Teléfono: 928 30 60 00 / 928 11 52 95 Dirección General de Transportes C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Edificio Usos Múltiples II - 7º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 30 63 39/37 Web: www.gobiernodecanarias.org/citv/dgiv/index. jsp Correo electrónico: [email protected] 22 Dirección General de Ordenación del Territorio C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18 Teléfono: 928 30 64 03 Edificio Usos Múltiples II - 3º Planta Fax 929 30 64 75 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Teléfono: 928 45 22 82 Plaza del Fuero Real de Gran Canaria, 4 Puertos Canarios Edificio Tamarco - Planta Baja Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 45 23 83 Web: www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/ web/sce Correo electrónico: [email protected] CONSEJERÍA DE SANIDAD Teléfono: 928 11 88 52 Fax: 928 11 88 02 Avda. Juan XXIII, 17 – 6º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/sanidad/ Correo electrónico: comunicación.sanidad@gobiernodecanarias. org Teléfono: 928 11 88 52 Secretaría General Técnica de Sanidad Avda. Juan XXIII, 17 – 6º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 11 87 96 Web: www.gobcan.es/sanidad/ Correo electrónico: [email protected] Secretaría General del Servicio Canario de Saludo Dirección General de Atención a Personas con Drogodependencias Avda. Juan XXIII, 17 – 4º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Plaza del Fuero Real de Gran Canaria, 4 Teléfono: 928 11 88 52 Fax: 928 11 87 95 Web: www.gobcan.es/sanidad/scs/sg.htm Teléfono: 928 45 22 87 Fax: 928 45 23 16 Edificio Tamarco - Planta Baja Web: www.gobcan.es/sanidad/dgad Las Palmas de Gran Canaria 35071 Correo electrónico: [email protected] 23 Dirección General de Programas Asistenciales Plaza Dr. Juan Bosch Millares, 1 – 4º Planta Teléfono: 928 30 27 43 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/sanidad/dgad Dirección General de Recursos Económicos Avda. Juan XXIII, 17 – 3º Planta Dirección General de Recursos Humanos Las Palmas de Gran Canaria 35071 Fax: 928 30 27 44 Teléfono: 928 11 88 52 Fax: 928 11 89 90 Web: www.gobcan.es/sanidad/scs/re.htm Plaza Dr. Juan Bosch Millares, 1 – 4º Planta Teléfono: 928 30 80 10 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobcan.es/sanidad/scs/rh.htm Fax: 928 30 80 94 Teléfono: 928 45 22 29 Fax: 928 45 22 26/33 Dirección General de Salud C/ Alfonso XIII, 4 – 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/sp. htm Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 38 55 54 Fax: 928 36 80 24 Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales Canarios C/ Cano, 25 Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobiernodecanarias.org/sanidad/esssca n.htm Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 45 26 94 Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapía ICHH Fax: 928 45 23 46 C/ Eusebio Navarro, 77 – 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35071 Web: www.gobiernodecanarias.org/sanidad/ichh Correo electrónico: atencionaldonante.ichh@gobiernodecanarias .org 24 2. 2 Cabildo de Gran Canaria 2.2.1 Consejerías CABILDO DE GRAN CANARIA C/ Bravo Murillo nº 23 accediendo por la C/ Pérez Galdós. Planta baja Las Palmas de Gran Canaria 35003 Fax: 928 219 425 Servicio de Presidencia C/ Bravo Murillo 23 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 92 31 Fax: 928 21 94 23 Servicio de Asuntos Generales C/ Bravo Murillo 23 - 1º Planta Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 94 21 Fax: 928 36 15 85 Servicio de Asesoría Jurídica C/ Bravo Murillo 25 2ª Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 96 65 Servicio de Tesorería C/ Bravo Murillo 23 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 94 21 Fax: 928 21 93 85 Servicio Obras Públicas e Infraestructuras C/ Tomás Morales 3- 3º y 4º Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928 21 93 00 Fax: 928 21 93 10 Servicio de Planeamiento C/ Profesor Agustín Millares Carló s/n 4º Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928 21 94 60 Fax: 928 21 94 81 Servicio de Calificaciones Territoriales C/ Profesor Agustín Millares Carló s/n 4º Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928 21 94 21 Fax: 928 21 94 71 Presidencia, Economía y Hacienda Obras Públicas, Infraestructuras y Aguas Teléfono: 928 219 229 Política Territorial, Arquitectura y Paisaje 25 Servicio de Asuntos Sociales C/ Bravo Murillo 29-31 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 96 60 Fax: 928 21 96 58 C/ Bravo Murillo, 2- 2º Teléfono: 928 38 09 52 Política Social y Sociosanitaria Instituto de Atención Social y Sociosanitaria Instituto Insular de Deportes Deportes Fundación Canaria de Deporte Servicio de Transportes Transportes y Vivienda Fundación Canaria para el Fomento del Transporte Especial Adaptado Las Palmas de Gran Canaria 35003 Avda. Alcalde Ramírez Bethencourt s/n Las Palmas de Gran Canaria Fax: 928 38 39 70 Web: www.instituto-as.es/ Web: www.institutoinsulardedeportes .com Avda. Alcalde Ramírez Bethencourt s/n Las Palmas de Gran Canaria C/ Tomás Morales 3 1ª Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 94 21 Fax: 928 21 93 40 C/ Pino Apolinario, 84 Teléfono: 928 93 02 06 Las Palmas de Gran Canaria 35014 Fax: 928 20 75 60 Web: www.fundacionpmr.org Teléfono: 928 21 94 21 Consejería de Juventud e Igualdad Fax: 928 21 95 36 Avda. Primero de Mayo, 39 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Correo electrónico: empleo_igualdad@grancanaria .com Web: www.grancanaria.es Medio Ambiente Servicio de Medio Ambiente C/ Profesor Agustín Millares Carló s/n 1º Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928 21 94 70/65 Fax: 928 21 94 68 26 Empleo Cooperación Institucional y Solidaridad Servicio de Cooperación Institucional C/ Profesor Agustín Millares Carló s/n 1º Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928 21 94 90 Fax: 928 21 94 86 Servicio de Solidaridad Internacional C/ Profesor Agustín Millares Carló s/n 1º Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928 21 94 21 Fax: 928 21 94 93 Correo electrónico: solidaridadinternacional@gran canaria.com Servicio de Empleo y Desarrollo Local Avda. Primero de Mayo, 39 – 1º y 2º Las Palmas de Gran Canaria 35002 Teléfono: 928 21 95 46 Fax: 928 21 95 36 2.3 Ayuntamientos de Gran Canaria AYUNTAMIENTOS Agaete Antonio Armas, 1 Teléfono: 928 89 80 02 Agüímes Joaquín Artiles, 1 Teléfono: 928 78 99 80 Artenara Avda. Matías Vega, 1 Teléfono: 928 66 61 17 Arucas Alcalde Suárez Franchy, 11 Teléfono: 928 62 81 00 Firgas Pl. San Roque, 1 Teléfono: 928 62 52 38 Gáldar Capitán Quesada, 29 Teléfono: 928 88 00 50 27 Ingenio Pl. de la Candelaria, 1 Teléfono: 928 78 00 76 Mogán General Franco, 4 Teléfono: 928 15 88 00 Moya Miguel Hernández, 23 Teléfono: 928 61 11 55 La Aldea de San Nicolás General Franco, 23 Las Palmas de Gran Canaria León y Castillo, 270 Teléfono: 928 44 60 00 San Bartolomé Pl. Santiago, 1 Teléfono: 928 72 34 00 San Mateo Alameda de Sta. Ana, 3 Teléfono: 928 66 13 50 Santa Lucía Avda. Las Tirajanas, 151 Santa Brígida José Antonio, 13 Santa María de Guía Eusebia de Armas, 4 Teléfono: 928 89 23 05 Teléfono: 928 72 72 00 Teléfono: 928 64 00 72 Teléfono: 928 88 20 04 28 Telde Pl. de San Juan, 1 Teléfono: 928 13 90 50 Tejeda Pl. Nuestra Señora del Socorro, 3 Teléfono: 928 66 60 01 Teror Padre Cueto, 2 Teléfono: 928 63 00 75 Valsequillo León y Castillo, 1 Valleseco León y Castillo Teléfono: 928 70 05 11 Teléfono: 928 61 80 22 2.4 Servicios Sociales e Igualdad 2.4.1 Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ÁREAS DE GOBIERNO Área de Gobierno de Presidencia Director de Gobierno: Claudio Alberto Rivero Lezcano Teléfono: 928 44 63 61 / 928 44 60 04 Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Agua Concejal de Gobierno: Martín Muñoz García de Borbolla Teléfono: 928 44 61 82 Área de Gobierno de Movilidad Ciudadana y Medio Ambiente Concejal de Gobierno: Ángel Luís Sabroso Ramírez Teléfono: 928 44 61 26 Área de Gobierno de Educación, Cultura y Deportes Concejala de Gobierno: María Isabel García Bolta Teléfono: 928 44 66 19 Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Servicios Concejala de Gobierno: María del Carme Guerra Guerra Teléfono: 928 44 73 03 29 Área de Gobierno Promoción Económica, Turismo y Ciudad del Mar Concejal de Gobierno: Pablo Barbero Sierra Teléfono: 928 44 61 07 Área de Gobierno de Hacienda, Patrimonio y Contratación Director de Gobierno: Agustín Manuel Gutiérrez Márquez Teléfono: 928 44 61 20 / 928 44 61 18 Área de Gobierno de Empleo, Bienestar Social e Igualdad Director de Gobierno: Jaime Romero Cerdá Teléfono: 928 32 87 59 2.4.2 Concejalías Delegadas del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria CONCEJALÍAS DELEGADAS Concejalía Delegada de Accesibilidad y Mantenimiento de la Red Viaria Concejala Delegada: María del Pino Marrero Domínguez Teléfono: 928 44 65 01 Concejalía Delegada de Salud Pública Concejala Delegada: Adelina González Muñoz Teléfono: 928 44 64 93 Concejalía Delegada de Educación Concejal Delegado: Cristian Santana Hernández Teléfono: 928 33 95 86 Concejalía Delegada de Deportes Concejal Delegado: Carlos Antonio Ester Sánchez Teléfono: 928 44 66 20 Concejalía Delegada Cementerios y Servicios Funerarios Concejala Delegada: Adelina González Muños Teléfono: 928 44 64 93 Concejalía Delegada de Ciudad del Mar Concejala Delegada Adelina González Muños Teléfono: 928 44 64 92 Concejalía Delegada de Asuntos Sociales Concejala Delegada: Rosa Faustina Viera Fernández Teléfono: 928 44 60 35 Concejalía Delegada de Juventud Concejal Delegado: María del Mar Amador Montesdeoca Teléfono: 928 43 16 98 30 2.4.3 Concejalías de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria CONCEJALÍAS DE DISTRITOS Atiende a los barrios de: San José, San Juan, Vega de San José, El Batán, Casablanca I. San Roque, Zárate, Hoya de la Plata, Pedro Hidalgo, Barracones de Pedro Hidalgo, Tres Palmas, El Lasso, Vegueta, Las Filipinas, Salto del Negro y San Cristóbal. La Matula, Lomo Verdejo, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, La Montañeta, Los Lirios, Los Hoyos, El Roque, Cuesta Ramón, Barranco Seco, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, La Calzada, San Francisco de Paula, Hoya de Parrado, Bandama, Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, Lomo del Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas y Lomo del Capón. Distrito VeguetaCono Sur-Tafira Concejal Presidente: Cristian Santana Hernández Concejala Vicepresidenta: Adelina González Muños Teléfono: 928 33 90 49 / 928 33 95 88 Distrito Centro Concejala Presidenta: Carolina León Martínez Concejal Vicepresidente: Carlos Antonio Ester Sánchez Teléfono: 928 43 26 90 / 928 43 16 94 / 928 43 16 98 La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Míller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra y San Nicolás. Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas. Distrito IsletaPuertoGuanarteme Concejala Presidenta: Carolina León Martínez Concejal Vicepresidente: Pablo Barbero Sierra Teléfono: 928 47 41 02 / 928 47 41 08 El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme y Las Canteras. La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Punta Distrito Ciudad Alta Concejal Presidente: Óscar Mata Izquierdo Concejala Vicepresidenta Rosa Faustina Viera Hernández Atiende a los barrios de: Atiende a los barrios de: Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo. Teléfono: 928 28 90 15 Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización San Sofé, Parque Central, Cuevas Torres. Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas, San Antonio. 31 Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya Concejala Presidenta; María del Carmen Guerra Guerra Concejal Vicepresidente: Jaime Romero Cerdá Atiende a los barrios de: Teléfono: 928 67 34 53 San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de Mª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala. 2.4.4 Servicios Sociales de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria CENTROS DE SERVICIOS SOCIALES POR DISTRITOS Atiende a los barrios de: Vegueta DiC/ Botas nº 2. Vegueta Teléfono: 928 33 95 85 / 33 96 01 Fax: 928 33 95 86 San José, San Juan, Vega de San José, El Batán, Casablanca I. San Roque, Zárate, Hoya de la Plata, Pedro Hidalgo, Barracones de Pedro Hidalgo, Tres Palmas, El Lasso, Vegueta, Las Filipinas, Salto del Negro y San Cristóbal. Atiende a los barrios de: Distrito Vegueta-Cono Sur-Tafira Teléfono: 928 33 95 El Secadero Jinamar C/ Farmacéutico Francisco Arencibia Cabrera, s/n. 94/ 93/78 Fax: 928 33 10 71 Responsable: Ani Domínguez La Matula, Lomo Verdejo, Zurbarán, Pico Viento, Tafira Baja, El Fondillo, La Montañeta, Los Lirios, Los Hoyos, El Roque, Cuesta Ramón, Barranco Seco, Lomo Blanco, El Secadero, Tafira Alta, La Calzada, San Francisco de Paula, Hoya de Parrado, Bandama, Monte Quemado, Marzagán, Fase III del Polígono de Jinámar, Lomo del Sabinal, Las Ramblas, Mirador del Valle, Urbanización de 60 viviendas y Lomo del Capón. Teléfono: 928 71 72 95 / 71 73 04 Fax: 928 71 73 96 32 Miller Bajo C/ Calzada Lateral del Norte, 35. Miller Bajo. Distrito Centro Teléfonos: 928 36 02 99 / 36 04 68 Fax: 928 36 02 99 Atiende a los barrios de: La Paterna, Nueva Paterna, Lomo Apolinario, Miller Bajo, Triana, Tarahales, San Francisco, Casablanca III, Cruz de Piedra y San Nicolás. Teléfono: 928 43 16 Arenales Guanarteme C/ Alfonso XIII, nº2. C/ Mario Cesar, nº 17. Distrito IsletaPuertoGuanarteme 91/93/96 Responsable: Carmen Dolores García Teléfono: 928 27 08 13 / 27 04 49 Atiende a los barrios de: Alcaravaneras, Ciudad Jardín, Fincas Unidas, Lugo y Canalejas. Atiende a los barrios de: El Rincón, Santa Catalina, Guanarteme y Las Canteras. Teléfono: 928 46 50 La isleta Escaleritas C/ La Naval, nº 229 A. Avda. de Escaleritas, 54 bloque B Bajo. Edificio Bahía Distrito Ciudad Alta 58 / 46 30 17 Responsable: Yazmina Luque Teléfono: 928 39 81 70 / 928 39 871 Responsable: Dolores Rejes Atiende a los barrios de: La Isleta, Las Coloradas, El Confital, Nueva Isleta y La Punta Atiende a los barrios de: Escaleritas, Altavista, La Minilla, Chumberas, Barranquillo Don Zoilo. Atiende a los barrios de: Barrio Atlántico Avda. La Feria, 40 Bloque 3 Bajo. Teléfono y Fax: 928 42 21 81 Las Torres, El Cardón, Siete Palmas, Carretera de Chile, El Pilar, Barrio Atlántico, Urbanización Industrial Díaz Casanova, Urbanización Cinco Continentes, Urbanización San Sofé, Parque Central, Cuevas Torres. 33 Polígono Cruz de Piedra C/ Joaquín Belón, local 21 – 22 Teléfono: 928 20 25 00 / 928 20 25 33 Atiende a los barrios de: Los Arapiles, Polígono Cruz de Piedra, Schamann, El Polvorín, Las Rehoyas, San Antonio. Atiende a los barrios de: Distrito TamaraceiteSan LorenzoTenoya C/ Pintor Nicolás Massieu, 16 Teléfono: 928 67 60 17 / 928 67 24 22 Responsable: Juan Carlos Bastos San Lorenzo, La Milagrosa, Almatriche, Dragonal Bajo, Dragonal Alto, Tamaraceite, Las Majadillas, Hoya Andrea, La Suerte, Piletas, Lomo Blanco, Tenoya, Cuevas Blancas, Casa Ayala, El Román, El Zardo, Cuesta Blanca, Llanos de Mª Rivera, Siete Puertas, Lomo los Frailes, Las Perreras, La Galera, El Toscón, S. José del Álamo, Las Mesas, Los Giles y Costa Ayala. 2.4.5 Otros Centros de Atención Social OTRAS CENTROS DE ATENCIÓN SOCIAL Centro de Acogida “Gánigo” Centro Municipal de Inserción Sociolaboral “La Isleta C/ Doctor Miguel Rosas nº 23 Teléfono: 928 26 47 44 Responsable: Yolanda Aguiar Es un centro de primera acogida para personas sin techo. En él reciben alojamiento, alimentación, aseo personal y de vestido, así como primera atención, entre otros servicios. C/ La Naval 231 Teléfono: 92846 42 97 / 46 91 86 Responsable. Debora Hernández Es un centro de segunda estancia para acoger a las personas sin hogar que han iniciado su proceso de inserción social forma voluntaria en el Centro Municipal de Acogida Gánigo. Su programa de intervención se concreta en completar la formación del individuo, ayudarle en la búsqueda de empleo, apoyo psicosocial, trabajo de autoestima y de habilidades sociales, organización doméstica y administración económica. 34 Servicio de Valoración de la Discapacidad 35 III SERVICIO DE VALORACIÓN DE LA DISCAPACIDAD La valoración de la discapacidad expresada en porcentaje, se determinará mediante la valoración física, psíquica o sensorial de la persona con presunta discapacidad como, en su caso, de los factores sociales complementarios que les afecten. Este cometido lo llevan a cabo los E.V.O (Equipos de Valoración y Orientación)compuestos por un Médico, Psicólogo y Trabajador Social. Se considerará la existencia de discapacidad cuando, a consecuencia de las valoraciones efectuadas, se alcance un grado igual o superior al 33 por 100 de la misma. A partir de este momento la persona obtendrá el certificado de discapacidad que es el documento oficial expedido por la Administración pública mediante el cual se acredita la condición (Temporal o definitiva) de la discapacidad y es la puerta de entrada a los recursos y beneficios que hacen posible la igualdad entre las personas afectadas por discapacidad y las que no lo están. El centro de Valoración de la Discapacidad es a nivel provincial lo lleva la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, se puede encontrar en el Centro Base de Las Palmas –Antigua Clínica del Pino -. 37 Educación y Empleo 39 IV EDUCACIÓN Y EMPLEO Itinerarios Formativos para el Alumnado con Necesidades Educativas Especiales Integración en centros educativos ordinarios Modalidad de escolarización combinada Escuelas infantiles (0 a 3 años) Educación Infantil (3 a 6 años) Modalidad en centros de Educación Especial Educación Infantil Alumnado escolarizado en centros ordinarios y centros de educación especial. (3 a 6 años) Educación Básica obligatoria (6 a 18 años) Educación Primaria (6 a 12 años) Educación Secundaria Obligatoria ESO (12 a 18 años) Con E.S.O. PCPI Bachillerato C. G. Medio C. G. Superior Programas de cualificación Profesional Inicial Formación Profesional para el Empleo (16 a 21 años) Estudios Universitarios 7% de las plazas reservadas Matrícula Gratuita Transición a la vida Adulta (18 a 21 años) Otras Ocupaciones Educación de Personas Adultas Centros de Apoyo a la Integració n (Centros Ocupacion ales) de 18 a 50 años Programas de empleo/formación. Acciones formativas para empleo dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados. Plan de formación Continua. Ocupacional y Acciones formativas para el empleo dirigidas prioritariamente a trabajadores/as en activo. Otras. Mercado Laboral – Centros Especiales de Empleo (18 a 65 años) - 41 4. 1 Educación La adecuada integración de las personas con discapacidad requiere de una atención especializada lo más pronto posible, para garantizarles autonomía y que puedan ejercer sus derechos sin merma alguna, existe toda una red de servicios educativos y de atención. Ayuntamientos, colegios públicos y privados de educación especial y centros específicos, también públicos y privados, forman parte de esta red. CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL CEEE Salvador Rueda Velázquez, 11 Teléfono: 928 24 88 75 Las Palmas de Gran Canaria 35005 Fax: 928 24 88 75 Correo electrónico: [email protected] Web: www.salvadorueda.com CEEE Siete Palmas Avda. de la Feria, 3 Teléfono: 928 41 14 54 Las Palmas de Gran Canaria 35012 Fax: 928 42 10 00 Correo electrónico: [email protected] Web: www.iessietepalmas.org CEEE Petra Lorenzo Cruz de Jerez, 2 Teléfono: 928 69 31 80 / 928 18 84 80 Telde, 35215 Fax: 928 69 31 80 Correo electrónico: [email protected] CEE Marante Urb. Marante S/n Teléfono: 928 88 27 62 Santa María de Guía 35450 Fax: 928 55 01 36 Correo electrónico: [email protected] 43 CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL PRIVADOS CEEE San Juan de Dios Urb. El Lasso s/n Teléfono: 928 33 90 80 Las Palmas de Gran Canaria 35016 Fax: 928 31 38 78 Correo electrónico: [email protected] Web: www.sanjuandedios-oh.es CEEE Civitas La Calzada, 88 Teléfono: 928 35 01 38 Las Palmas de Gran Canaria - Tafira 35017 Fax: 928 35 54 70 Correo electrónico: [email protected] Web: www.asociacioncivitas.org CEEE Tratamiento Integral de la Parálisis Cerebral La Matula, 9 Teléfono: 928 31 33 33 Las Palmas de Gran Canaria – Tafira 35015 Fax: 928 33 22 93 Correo electrónico: [email protected] Web: www.tipci.com CEE “La Casita” Fundación Canaria Sagrada Familia C/ Goya, 6 Teléfono: 928 35 11 04 / 928 43 03 46 Las Palmas de Gran Canaria 35017 Fax: 928 35 42 57 Correo electrónico: [email protected] OTROS TELÉFONOS DE INTERES Dirección Territorial de Educación Avda. Primero de Mayo 11, 1º planta Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 45 51 00 Teléfono: 928 45 10 00 Universidad de Las Palmas de Gran Canaria - ULPGC Juan Quesada, 30 Las Palmas de Gran Canaria Teléfono de la Trabajadora Social: 928 45 33 81 Web: www.ulpgc.es Universidad Nacional de Educación a Distancia - UNED Luis Doreste Silva, 101 Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 23 11 77 44 4.2 Empleo La legislación española prevé distintas modalidades de integración laboral para personas con discapacidad, además de recoger la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo para compensar las discapacidades del trabajador/a (ayudas técnicas, supresión de barreras arquitectónicas, cambios en el mobiliario, etc.). Empleo Ordinario (privado, público y autónomo) Las empresas y centros de trabajo con más de 50 trabajadores tienen la obligación de reservar un porcentaje de sus puestos para personas con discapacidad. Si se trata de empresas privadas, tienen la obligación de contratar a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de su plantilla, sin embargo si se trata de empleo público el porcentaje asciende al 5%. Asimismo dentro del empleo ordinario, se incluye el empleo con apoyo, que se encuadra en el seno de empresas normalizadas. Está destinado a personas con discapacidad a las que se le ofrecen los apoyos precisos, dentro y fuera del lugar de trabajo. En un primer momento puede ir acompañada de un preparador laboral que le adiestrará en el desempeño de su trabajo y que, progresivamente, se irá retirando. El trabajador de un empleo de este tipo recibirá apoyo técnico y un seguimiento durante toda su vida laboral. Por otro lado existe otra modalidad de empleo ordinario es el teletrabajo –abarca tanto la modalidad por cuenta ajena como empleo por cuenta propia-, consiste en el desempeño de un empleo en un lugar distinto y alejado de la empresa, generalmente el domicilio del trabajador, utilizando para la realización del trabajo la ayuda de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Empleo Protegido El empleo protegido tiene lugar en los Centros Especiales de Empleo. Son empresas que facilitan a las personas con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales. Toda o casi toda la plantilla del centro está formada por trabajadores con discapacidad. El porcentaje de personas con discapacidad en la plantilla no debe ser inferior al 70%, sin contar el personal dedicado a facilitar el ajuste personal y social. 45 Centros Ocupacionales Se trata de centros destinados a proporcionar terapia ocupacional, así como servicios de ajuste personal y social a las personas con discapacidad que, por su grado de minusvalía, no pueden integrarse en una empresa o en un Centro Especial de Empleo. TELÉFONOS DE INTERES Instituto Nacional de Empleo -INEMInstituto Canario de Formación y Empleo ICFEM Servicio Canario de Empleo Velázquez, 10 Las Palmas de Gran Canaria C/ Crucita Arbelo S/n Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 44 50 00 Teléfono: 928 41 65 44 Fax: 928 41 86 84 República dominicana, 4 Las Palmas de Gran Canaria Centro Nacional de Formación Ocupacional Crucita Arbelo Cruz s/n Instituto Social de la Marina (ISM): Av. de los Túnidos, s/n. Mogán Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 30 79 00 Teléfono: 928 41 90 16 Teléfono: 928 73 60 17 46 Prestaciones y Otros Recursos para Personas con Discapacidad 47 V Prestaciones y Otros Recursos para Personas con Discapacidad 5.1 Prestaciones y Otros Recursos que Ofrece el Estado PRESTACIONES Y OTROS RECURSOS QUE OFRECE EL ESTADO (Anexo I) Prestaciones de la seguridad social de incapacidad permanente en su modalidad contributiva. Pensiones del seguro obligatorio de vejez e invalidez (SOVI). Complemento por residencia en vivienda alquilada para los titulares de pensión de jubilación e invalidez de la seguridad social, en su modalidad no contributiva Asignación económica por hijo a cargo o menor acogido a cargo Asistencia sanitaria para pensionistas Pensiones de clases pasivas del estado Integración social de las personas con discapacidad (LISMI) Pensiones asistenciales de ancianidad y enfermedad (PAS) (pensiones del fondo de bienestar social en el país vasco y navarra) Servicios y prestaciones económicas por dependencia Centros estatales de promoción de la autonomía personal (CAP/CRMF) Centros estatales de atención a personas con dependencia (CAD/CAMF) Centros de referencia estatal (CRE) Subvenciones individuales a beneficiarios de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso. Programas de vacaciones y termalismo par mayores del Imserso Actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad del Imserso Abono social de telefónica Exención del impuesto de matriculación y del impuesto de circulación, para la adquisición de un vehículo para transporte de personas con discapacidad. Reducción del IVA en la adquisición de un vehículo para personas con discapacidad Reducciones, exenciones y deducciones en la declaración del IRPF 49 5.2 Prestaciones y Otros Recursos que Ofrece la Comunidad Autónoma de Canarias PRESTACIONES Y OTROS RECURSOS QUE OFRECE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS (Anexo I) Teleasistencia Servicio de ayuda a domicilio Centros de atención a personas con discapacidad psíquica Centros de atención a personas con discapacidad física Ayudas individuales a personas con discapacidad Ayudas destinadas a personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento informático Prestaciones por dependencia Tarjeta europea de aparcamiento para personas con movilidad reducida Servicio de respiro familiar 4.3 Recursos que Ofrece Cruz Roja RECURSOS QUE OFRECE CRUZ ROJA Productos de Apoyo Transporte Adaptado Teleasistencia Domiciliaria Atención a Discapacitados en Playas Ayudas individuales a personas con discapacidad Ayudas destinadas a personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento informático Prestaciones por dependencia Tarjeta europea de aparcamiento para personas con movilidad reducida Servicio de respiro familiar 50 Deportes 51 VI Deportes 6.1 Federaciones Deportivas para Personas con Discapacidad FEDERACIONES DEPORTIVAS DE DISCAPACIDAD Federación española de deportes para personas con discapacidad intelectual Web: www.feddi.org Delegación Territorial de Canarias Correo electrónico: [email protected] FEDDI Federación Española de Deportes para Ciegos Teléfono: 913 53 61 61 Paseo de la Habana, 208 Madrid 28036 Fax.:913 53 61 79 E-mail: [email protected] FEDC Web: www.fedc.es Federación española de deportes de personas con discapacidad física Teléfono: 915 41 99 12 / 915 41 48 80 Fax.: 915 41 99 61 Correo electrónico [email protected] / [email protected] C/ Ferraz, 16 Madrid 28008 FEDDF Federación española de deportes de paralíticos cerebrales Web: www.feddf.es C/ General Zabala, 29 Madrid 28002 Web: www.fedpc.org FEDPC Federación Canaria de los Deportes para Personas con Discapacidad Teléfono: 915 62 44 15 Fax: 915 64 16 95 E-mail: [email protected] C/Lomo de las brujas,1 Teléfono: 928 31 33 98 Local 29 Correo electrónico: [email protected] Telde 35020 FCDPD 53 6.2 Centros Adaptados que Ofrecen Actividades Deportivas para Personas con Discapacidad CENTROS ADAPTADOS QUE OFRECEN ACTIVIDADES DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Teléfono: 928431411 Fax: consultar CEIP León Urbanización El Lasso s/n Las Palmas de Gran Canaria 35016 Persona de contacto: José Cano Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Imparte: Judo: D. Visuales Correo electrónico: [email protected] Centro ONCE las Palmas Ciudad Deportiva Gran Canaria Club Agrupación Deportiva de Minusvalidos ECONY Avenida 1º de mayo 10 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Paseo Físico Blas Cabrera 3 Las Palmas de Gran Canaria 35016 C/ Pedro Morales Déniz nº 37 Portal 2 1º D Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Imparte: Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Ciclismo: D. Visuales Ajedrez: D. Visuales. Pilates, gimnasio, mantenimiento, musculación, etc Imparte Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Teléfono: 606 92 98 15 Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: Club Agrupación Deportiva de Minusválidos ECONY Atletismo: D. Visuales Fútbol Sala: D. Visuales. Senderismo D. Visuales. Imparte: Baloncesto: D. Física 54 Club Baloncesto Sureste Gran Canaria C/ Violeta 7 Las Palmas de Gran Canaria 35010 Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: Club Sureste Gran Canaria Imparte: Baloncesto: D. Física Organismo que gestiona: Fundación Deporte y Desafio Imparte: Pádel: D. Física, D. Intelectuales, D Auditivos, D. Visuales Actividades Gratuitas. Teléfono: 916 59 36 00 Persona de contacto: Mayte Martín Club de Tenis la Calzada Calzada 92 Las Palmas de Gran Canaria 35017 Correo electrónico: infofundaciondeporteyde [email protected] Web: www.deporteydesafio.co m Imparte: Club deportivo Innova Canarias Cludeón Club deportivo Las Palmas C/ Primero de Mayo 10 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Plazoleta Emilio Ley s/n Las Palmas de Gran Canaria 35005 Teléfono: 902 10 19 21 Correo electrónico: [email protected] m Club deportivo Cludeón Teléfono: 928 247 410 Fax: 928 291 296 Correo electrónico: [email protected] Web: http://www.cnlaspalmas. es Club deportivo Las Palmas Fútbol Sala D. Visuales. Goalball: D. Visuales. Natación: D. Visuales. Imparte: Natación: D. Física, D Intelectual, D. Auditiva, D. Visual, Parálisis Cerebral 55 Complejo Deportivo de las Rehoyas IES Islas Canarias IES Pablo Montesinos Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Imparte: Natación: D. Visual C/ Alicante 34 Las Palmas de Gran Canaria 35016 Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Imparte: Judo: D. Visual C/ Gustavo J. Navarro 27 Las Palmas de Gran Canaria 35011 Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Imparte: Goalball: D. Visual Organismo que gestiona: Deporte y Desafío Imparte: Golf: D. Física, D. Intelectual, D. Visual, D, Auditiva, Parálisis Cerebral Cr. Antigua del Norte s/n Las Palmas de Gran Canaria 35013 Teléfono: 916 59 36 00 Persona de contacto: Mayte Martín Las Palmeras Golf Avda. Doctor Alfonso Chiscano Díaz s/n Las Palmas de Gran Canaria 35010 Correo electrónico: infofundaciondeporteyde [email protected] Web: www.deporteydesafio.co m 56 Piscina Julio Navarro Puerto deportivo Federación Insular Vela C/ Beethoven 1 Las Palmas de Gran Canaria 35005 Muelle Dársena Deportiva s/n Las Palmas de Gran Canaria 35005 Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928431411 Fax: consultar Persona de contacto: José Cano Correo electrónico: [email protected] Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Imparte: Natación: D. Visual Organismo que gestiona: ONCE DT Canarias Imparte: Vela: D. Visual Organismo que gestiona: Deporte y Desafío Imparte: Golf: D. Física, D. Intelectual, D. Visual, D, Auditiva, Parálisis Cerebral Teléfono: 916 59 36 00 Persona de contacto: Mayte Martín Real Club de Golf Las Palmas C/ Lgar Campo de Golf 12 Santa Brígida 35300 Centro de Actividades Terapéuticas y Subacuáticas Zurbaran 31-Bis, Carrizal Correo electrónico: infofundaciondeporteyde [email protected] Web: www.deporteydesafio.co m Teléfono: 928 78 45 08 Imparte: Buceo Adaptado 57 La Sala de Armas Paseo Tomas Morales, 92, 3º Las Palmas de Gran Canaria 35004 Teléfono: 928 23 43 07 Correo electrónico: [email protected] CAS Tortuga C/Córdoba, 37, 4ºB Las Palmas de Gran Canaria 35016 Teléfono: 928 33 61 26 58 Participación y Movimiento Asociativo 59 VII Participación y Movimiento Asociativo 7.1 Fundaciones del Ámbito de Discapacidad FUNDACIONES Fundación Tutelar Canaria FUTUCAN C/Lomo la Plana, 28 Las Palmas de Gran Canaria 35019 Teléfono: 928 41 44 84 Correo electrónico: [email protected] C/Torres, 2-4, 5ºB Fundación Tutelar Canaria Síndrome de Down Esquina Triana Teléfono: 928 38 47 10 Las Palmas de Gran Canaria 35002 C/ Sebastián Herrera, 15 28012 Madrid Teléfono centralita : 915 06 88 88 Teléfono DAE : 915 06 89 18/19 Correo electrónico: [email protected] Avda. Primero de Mayo, 10 Teléfono: Las Palmas de Gran Canaria 35002 928 43 14 11 928 36 38 29 Fundación ONCE Delegación Territorial y Consejo Territoral de la ONCE en Canarias Agencias C/ Barbería, 12 Teléfono: Telde 928 69 05 22 C/ Carlos V, 79 Teléfono: Ingenio 928 78 54 78 C/ Cuarto del Agua s/n (Esq Doramas) Teléfono: 928 88 15 70 Galdar Fundación Cruz Roja C/ León y Castillo, 231 Delegación Provincial Las Palmas de Gran Canaria 35005 Teléfono: 928 29 00 00 Fax: 928 23 44 79 Correo electrónico: [email protected] 61 Carretera C.813Km. 16.700 Teléfono: 928 60 46 97 Fax: 928 60 46 97 Arucas 35400 Correo electrónico: [email protected] Carretera General Bajada a Guayarmina, 135 Teléfono: 928 55 20 04 Fax: 928 89 75 46 Galdar 35460 Correo electrónico: [email protected] Avda, Artesanos, 4 Teléfono: 928 78 22 22 Ingenio 35270 Fax: 928 78 26 03 El Cruce, 79 La Aldea de San Nicolás 35470 Teléfono: 928 89 09 05 Fax: 928 88 40 00 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 56 89 95 Delegaciones Locales C/ El Tostados S/N Fax: 928 56 22 22 Mogán 35120 Correo electrónico: [email protected] C/ El Veril S/N San Bartolomé de Tirajana 35100 Guardia Civil, Residencial 5 Cañones, Local 8 Sta. María de Guía 35459 Avda. de Canarias, 110 Sta. Lucía de Tirajana 35110 Teléfono: 928 77 03 13 Fax: 928 76 10 22 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 88 22 22 Fax: 928 55 39 09 Correo electrónico: guí[email protected] Teléfono: 928 75 22 22 Fax: 928 75 27 62 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 66 62 20 C/ La Degollada S/N Fax: 029 61 75 77 Tejeda 35360 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 68 34 18 C/ Pérez Galdos, 15 Fax: 928 69 15 90 Telde 35200 Correo electrónico: [email protected] 62 Teléfono: 928 63 01 90 C/ San Juan Bosco Fax: 928 63 21 62 Teror 35330 Fundación Apoyo para más de 5000 Enfermedades Extrañas y poco Frecuentes C/Pérez del Toro, 26 Correo electrónico: Teléfono: 928 24 01 68 Las Palmas de Gran Canaria ARIDIAN 7.2 Federaciones del Ámbito de Discapacidad FEDERACIONES DEL ÁMBITO DE DISCAPACIDAD C/ Luis Cabrera, 63 Confederación Coordinadora Estatal de Minusválidos Físicos de España COCEMFE Madrid 28002 COCEMFE Canarias Teléfono: 917 44 36 00 Correo electrónico: [email protected] Web: www.cocemfe.es C/ Lomo las Brujas, 1, Local 17 Telde 35020 General Zabala, 29 Madrid 28002 Confederación ASPACE ASPACE Canarias Teléfono: 928 71 74 70 Correo electrónico: [email protected] Web: www.cocemfelaspalmas.org Teléfono: 91 561 40 90 Web: www.aspace.org Avd. Primero de Mayo, 16 bajo Teléfono: 928 36 52 80 Las Palmas de Gran Canaria 35002 Federación Regional Canaria a Favor de Personas con Discapacidad Intelectual FEAPS General Perón, 321° Madrid 28020 FEAPS Canarias Teléfono: 915 56 74 13 Fax: 915 97 41 05 Correo electrónico:[email protected] Dirección web: http://www.feaps.org Prolongación de Don Juan Manuel Durán, 50 bajo (Esq. Virato) Las Palmas de Gran Canaria 35010 Teléfono: 928 22 70 77 Fax: 928 22 72 79 Correo electrónico: [email protected] Web: www.feapscanarias.org 63 Federación Canaria Prominusválidos Psíquicos FERCAMIP Federación Canaria de los Deportes para Personas con Discapacidad C/Viriato, 34 Teléfono: 928 22 72 79 Las Palmas de Gran Canaria 35010 Teléfono: 928 93 56 35 C/Lomo de las brujas,1 Local 29 Fax: 928 71 74 70 Correo electrónico: [email protected] Web: Telde 35020 FCDPD www.federacioncanariadpd.com Federación de Asociaciones de Familiares y Enfermos Mentales de Canarias FEAFES-Canarias C/Padre José de Sosa, 24 Las Palmas de Gran Canaria 35001 Teléfono: 928 31 33 98 Correo electrónico: [email protected] 7.3 Asociaciones del Ámbito de Discapacidad ASOCIACIONES DEL ÁMBITO DE DISCAPACIDAD Asociación de Enfermedades Neuromusculares de Canarias C/Antonio Manchado Vigletti, Las Palmas de Gran Canaria 35005 Teléfono: 928 24 62 36 Correo: [email protected] Web: www.asenecan.org ASENECAN Asociación de Padres de Niños Autistas y Niños con Trastornos de Conducta o Desarrollo de Las Palmas C/Antonio Manchado Vigletti, 1 Teléfono: 928 24 89 55 Las Palmas de Gran Canaria 35005 Correo electrónico: [email protected] APNALP Teléfono: 928 42 44 84 Asociación ADEPSI C/Lomo la Plana 28 (Urb. Siete Palmas) Las Palmas de Gran Canaria 35019 Fax: 928 41 37 84 Correo electrónico: [email protected] Web: www.adepsi.org 64 Asociación Protectora de Personas con Discapacidad Intelectual de Las Palmas APROSU Asociación de Discapacitados para la Integración Social C/Málaga, 1 Vega de San José Las Palmas de Gran Canaria 35016 C/Perojo 37 Las Palmas de Gran Canaria 35003 C/Gravania 7 Las Palmas de Gran Canaria 35010 Teléfono: 928 32 08 61/928 32 12 66 /928 36 73 59 Fax: 928 32 08 24 Correo electrónico: [email protected] Web: www.aprosu.com Teléfono: 928 27 24 54 ASCAMI Asociación para El Empleo y La Formación de Personas con Discapacidad Asociación de Familiares del Programa de Ayuda a la Educación del Discapacitado Avd. Rafael Cabrera 3 Las Palmas de Gran Canaria 35002 C/Pico de Viento 10 Tafira Baja, Las Palmas de Gran Canaria 35017 Teléfono: 928 43 34 68 Teléfono: 609 56 58 65 Fax: 928 44 64 50 AFPAED Asociación Regional de Personas con Discapacidad ARPEDIS Canarias Teléfono: 898 06 90 69 C/Lomo de las brujas 1, Local 19 Telde 35020 Correo electrónico: [email protected] Web: www.arpediscanarias.com Teléfono: 928 24 10 06/928 15 16 Asociación Provincial de Esclerosis Múltiple Fraternidad Cristiana de Enfermos y Minusválidos FRATER Asociación de Padres y Madres de Discapacitados Psíquicos de San Juan C/Antonio Manchado Vigletti, 1 Las Palmas de Gran Canaria 35005 Fax: 928 24 10 06 Correo electrónico: [email protected] C/Médico Guillermo Benet 7 Teléfono: 928 35 35 85 Tafira Baja, Las Palmas de Gran Canaria 35017 Fax: 928 35 35 85 Correo electrónico: [email protected] C/Fernando Caubin Ponce 2 Arucas 35412 Teléfono: 928 63 85 13 ACOSJUA 65 Asociación Canaria de Personas con Trastornos del Espectro Autista C/Saltonas, 28 Bajo – San Roque Las Palmas de Gran Canaria 35015 Teléfono: 656 56 36 07 ACTRADE Integración y Normalización de las Personas con Discapacidad Asociación de Cooperativas y Autónomos para el Fomento y Desarrollo Sociolaboral C/Alfonso el Sabio 20 Vecindario Teléfono: 928 79 44 34 Plaza Santa Isabel, 1 Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 33 54 03 AFODES Teléfono: 928 35 01 38 Asociación CIVITAS C/La Calzada, 88 Fax: 928 35 54 70 Las Palmas de Gran Canaria 35017 Correo electrónico: [email protected] [email protected] Asociación de Padres de Alumnos con Discapacidad en Aulas Enclave de la Provincia de Las Palmas Teléfono: 928 20 02 44 C/Carmelo Bethencourt, 1 Fax: 928 28 04 93 Las Palmas de Gran Canaria 35014 Correo electrónico: [email protected] Web: www.apaelp.org APAELP Teléfono: 928 25 38 74 Asociación para la Promoción del Deporte sin Límites C/Dª Perfecta, 214 Bajo Las Palmas de Gran Canaria 35012 APRODESLI Fax: 928 28 06 74 Correo electrónico: [email protected] Web: www.aprodesli.org Asociación Integración Laboral de Minusválidos AGANEY Asociación de Familiares de Enfermos de Las Palmas C/Costa Rica, 3 Las Palmas de Gran Canaria C/Antonio Manchado Vigletti, 3 Las Palmas de Gran Canaria 35005 Asociación Empleados de Iberia Padres de Minusválidos C/Arcipreste de Hita, 9 Asociación de Minusválidos Físicos de Las Palmas Pl. La Libertad, Local 2B APROM Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 26 69 14 Teléfono: 928 23 30 29 Teléfono: 928 35 58 08 Carrizal Las Chumberas Teléfono: 928 25 26 62 66 Asociación de Personas Sordas C/Mariucha 1, Ed. Mirador Teléfono: 928 25 60 68 Las Palmas de Gran Canaria 35012 Correo electrónico: [email protected] Asociación de Sordos de la Zona Sur C/El Escorial 7 Teléfono: 928 85 63 98 Centro Colectivo El Zaguán ASOZUR Vecindario 35110 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 22 58 34 Asociación Asperger Canarias Fax: 928 22 58 34 C/Isla de Cuba 6, Oficina 214 Las Palmas de Gran Canaria 35006 ASPERCAN Correo electrónico: [email protected] [email protected] Web: www.asperger.es/canarias Asociación para la Atención de la Parálisis Cerebral Asociación Protectora de Minusválidos Psíquicos Asociación Síndrome de Down de Las Palmas Asociación de Discapacitados Canarios Melody Avda. Primero de Mayo, 16 Las Palmas de Gran Canaria 35002 C/Perojo, 37 Las Palmas de Gran Canaria C/ Eusebio Navarro, 69 Las Palmas de Gran Canaria C/Alférez Provicional, 4 Las Palmas de Gran Canaria Teléfono: 928 36 52 80 Teléfono: 928 36 73 59 Teléfono: 928 36 80 36 Teléfono: 928 41 41 18 Urb. Marente s/n Asociación Adisnor CEEE Marente Teléfono: 928 89 64 79 Santa María de Guía 35450 67 7.4 Asociaciones de otros Ámbito ASOCIACIONES DE OTROS ÁMBITOS ALDEAS INFANTILES C/ Bravo Murillo, nº 17 portal 3-2º-B Las Palmas de Gran Canaria 35003 ALEJANDRO DA SILVA C/ León y Castillo, nº 279 Las Palmas de Gran Canaria 35005 ALZHEIMER C/ Antonio Manchado Viglietti, nº 1 Las Palmas de Gran Canaria 35005 AMIGOS CONTRA EL SIDA C/ Antonio Manchado Viglietti, nº 1 Las Palmas de Gran Canaria 35005 ASOC. CANARIA ECONOMÍA ALTERNATIVA C/ Cebrian, nº 54 Las Palmas de Gran Canaria ASOC. CULTURAL PRESENCIA DE LA MÚSICA BANCO DE ALIMENTOS Teléfono: 928 38 50 42 Fax: 928 38 36 78 Correo Electrónico: [email protected] Teléfono: 928 24 56 25 / 928 24 76 53 Fax: 928 24 58 49 Correo eléctrónico: [email protected] Teléfono: 928 24 71 37 / 928 29 00 51 Fax: 928 23 23 99 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 23 00 85 Fax: 928 23 00 85 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928 36 13 19 Fax: 928 33 17 42 Teléfono: 928 60 33 20 Fax: 928 26 33 01 Correo electrónico: [email protected] [email protected] Mercalaspalmas Edificio multiservicios nº 14 Las Palmas de Gran Canaria 35226 CALIDAD DE VIDA C/ León, nº 14 Las Palmas de Gran Canaria 35016 CÁNCER DE MAMA C/ Antonio Manchado Viglietti, nº 1 Las Palmas de Gran Canaria 35005 CEAR CANARIAS C/ Luis Antúnez, nº 32 - 1º Las Palmas de Gran Canaria 35006 COLECTIVO LA CALLE C/Albareda, nº 58 Bajo Las Palmas de Gran Canaria 35008 Teléfono: 928709997 Correo Electrónico: [email protected] Teléfono: 928 33 28 91 Fax: 928 33 17 42 Correo Electrónico: [email protected] [email protected] Teléfono: 928275657 Fax: 928275667 Correo Electrónico: [email protected] Teléfono: 928297271 Fax: 928247173 Correo Electrónico: [email protected] Teléfono: 928220469 Fax: 928801824 Correo Electrónico: [email protected] 68 COOPERACIÓN POR LA PAZ Plaza de los Curtidos, nº 4ºA Las Palmas de Gran Canaria 38005 Teléfono: 682494496 Correo electrónico: [email protected] CRUZ BLANCA C/ García Tello, 13 Las Palmas de Gran Canaria 35001 Teléfono: 928312435 / 928333030 DIÓCESIS DE CANARIAS C/ López Botas, nº 8 Las Palmas de Gran Canaria 35001 Fax: 928319924 Correo electrónico: [email protected] EL PATIO DE LAS CULTURAS C/ Claveles, nº 7 Las Palmas de Gran Canaria 35009 Fax: 928334493 Correo electrónico: [email protected] ENFERMOS DEL CORAZÓN C/Valle de Jinámar, Fase III, bloque nº 13 3º, A Telde 35017 Fax: 928712597 Correo electrónico: [email protected] FAMILIAS NUMEROSAS Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928433427 Fax: 928383169 Correo electrónico: [email protected] GAMA C/ Paseo de Tomás Morales, nº 8 Bajo Las Palmas de Gran Canaria 35003 HIJAS DE LA CARIDAD C/ Ana Benítez, 1 Bis Las Palmas de Gran Canaria 35014 LA ROCACANARIA IGLESIA EVANGÉLICA C/ Córdoba, nº 17 6º-D Las Palmas de Gran Canaria 35016 LIBERTAD Y VIDA C/ Perú, nº 9 Las Palmas de Gran Canaria 35200 MÉDICOS DEL MUNDO C/ Suárez Naranjo, 10 Bajo. Esq. Alfredo de Musset Las Palmas de Gran Canaria 35004 MOVIMIENTO JUNIOR C/ Doctor Chil, nº 17 Las Palmas de Gran Canaria 35001 Teléfono: 928295463 Correo electrónico: [email protected] MUJERES, SOLIDARIDAD Y COOPERACIÓN C/ General Mas de Gaminde, nº 38 Esc. B - 1º G Las Palmas de Gran Canaria 35006 Teléfono: 928233039 Fax: 928232671 Correo electrónico: [email protected] MUNDO ARTE PEQUEÑO VALIENTE Teléfono: 928250899 Fax: 928250889 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928418813 / 928320325 Correo electrónico: [email protected] [email protected] Teléfono: 928350004 Fax: 928680938 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928367100 Fax: 928367100 Correo electrónico: [email protected] Correo electrónico: [email protected] C/ Galo Ponte, nº 8 Las Palmas de Gran Canaria 35003 Teléfono: 928249144 Fax: 928245677 Correo electrónico: pequeñ[email protected] 69 PRESENCIA DE LA MÚSICA C/ Echegaray, nº 43 Las Palmas de Gran Canaria 35011 PROYECTA CANARIAS C/ Pintor Felo Monzón, nº 38- 5º A, Pta 4 Las Palmas de Gran Canaria 35019 SER HUMANO C/ Manuel de Falla, nº 70 Local 28 Las Palmas de Gran Canaria 35013 TELÉFONO DE LA ESPERANZA C/ Mesa de León, nº 4 - 3º Dcha Las Palmas de Gran Canaria 35001 VILLA TERESITA C/ Andamana, nº 32 La Isleta Las Palmas de Gran Canaria 35009 Teléfono: 928603320 Fax: 928263301 Correo electrónico: [email protected] [email protected] Teléfono: 928382485 / 928363090 Fax: 928363090 Correo electrónico: [email protected] [email protected] Teléfono: 828066931 Fax: 828066931 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 928334090 Fax: 928336060 Correo electrónico: [email protected] Teléfono:928462293 70 Anexos 71 Anexo I PRESTACIONES INCAPACIDAD DE LA SEGURIDAD PERMANENTE EN SU SOCIAL DE MODALIDAD CONTRIBUTIVA. Concepto En la modalidad contributiva, es incapacidad permanente la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Se distinguen 4 clases de prestaciones según el grado de incapacidad: Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual Incapacidad permanente total para la profesión habitual Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo Gran invalidez La incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, consiste en una indemnización a tanto alzado que es compatible con cualquier tipo de actividad laboral. En el resto de las Incapacidades la prestación consiste en una pensión. En la gran invalidez se incrementa la cuantía con un complemento, destinado a remunerar a la persona que atiende al pensionista. Las pensiones de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez están exentas del impuesto sobre el IRPF. Requisitos Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta. No obstante, las pensiones de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez derivadas de contingencias comunes podrán causarse aunque el interesado no se encuentre en el momento del hecho causante en alta o en situación asimilada al alta. 73 Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar derecho a la pensión. Si la causa fue debida a accidente, sea o no laboral, o a enfermedad profesional, no se exigirá periodo previo de cotización. No se reconoce el derecho a prestación de incapacidad permanente cuando el beneficiario tenga la edad prevista para la jubilación y reúna los requisitos exigidos parta causar derecho a esta pensión. Solicitud La solicitud podrá presentarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) en las que se facilitará el impreso correspondiente o en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social (B.O.E. nº 154, de 29.6.94). 74 PENSIONES DEL SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI). Concepto Prestación económica, única para cada beneficiario y que consiste en una pensión vitalicia por vejez, invalidez o viudedad que le será reconocida por la Seguridad Social, a quienes a 1 de enero de 1967, tuvieran cubierto el periodo de cotización exigido por el extinguido seguro de vejez e invalidez, o en su defecto, hubiesen figurado afiliados al Régimen de Retiro Obrero Obligatorio, si los interesados no tienen derecho a otra pensión, con excepción de las de viudedad. Requisitos de los beneficiarios Acreditar la carencia de cotización que corresponda. No tener derecho a ninguna otra pensión con cargo a los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social, salvo viudedad. Tener cumplidos 65 años de edad en el supuesto de vejez o que la invalidez sea absoluta y permanente para la profesión habitual y causa del cese en el trabajo. Solicitud La solicitud podrá presentarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) en las que se facilitará el impreso correspondiente o en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social (B.O.E. nº 154, de 29.6.94). 75 PENSIONES DE JUBILACIÓN E INVALIDEZ DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SU MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA Concepto Pensiones de la Seguridad Social que aseguran a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva. Requisitos Para pensión de jubilación: Tener 65 o más años de edad. Residir en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la del devengo de la pensión, de los cuales han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Carecer de rentas o ingresos o que éstos, en cómputo anual, sean inferiores al importe íntegro anual de la pensión no contributiva. No obstante, si son inferiores al importe integro de la pensión, y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la Unidad Económica de Convivencia no superan los límites establecidos en la Ley. Para pensión de invalidez: Tener 18 años o más y menos de 65. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Carecer de rentas o ingresos o que éstos, en cómputo anual, sean inferiores al importe íntegro anual de la pensión no contributiva. No obstante, si son inferiores al importe integro de la pensión, y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la Unidad Económica de Convivencia no superan los límites establecidos en la Ley. 76 Los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% del importe anual integro de la pensión. Solicitud La solicitud podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social en las que se facilitará el impreso correspondiente o en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social (B.O.E. nº 154, de 29.6.94). Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla en materia de pensiones no contributivas, la ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas (B.O.E. nº 69, de 21.3.91). Orden PRE/3113/2009, de 13 de noviembre, por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas, sobre rentas o ingresos computables y su imputación (B.O.E. nº 280 de 20.11.09). 77 COMPLEMENTO ALQUILADA PARA POR LOS RESIDENCIA TITULARES DE EN VIVIENDA PENSIÓN DE JUBILACIÓN E INVALIDEZ DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EN SU MODALIDAD NO CONTRIBUTIVA Concepto Complemento anual de la pensión no contributiva previsto en la Ley d Presupuestos Generales del Estado del ejercicio económico a favor de beneficiarios de pensión de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y residir de forma habitual en una vivienda alquilada. Requisitos Ser pensionista de jubilación o de invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva en la fecha de la solicitud. Carecer de vivienda en propiedad. Ser el arrendatario de la vivienda en la fecha de la solicitud. No tener relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda, ni que sean cónyuge o persona con la que se constituya una unión estable y convivan con análoga relación de afectividad a la conyugal. Tener fijada la residencia habitual en la vivienda, requisito que se considerará cumplido cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y se haya residido en la misma durante un periodo mínimo anterior de 180 días. Solicitud Se presentará en los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y de Melilla así como en los registros y oficinas a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable La Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente. 78 El Real Decreto, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas, para el ejercicio que corresponda. 79 ASIGNACIÓN ECONÓMICA POR HIJO A CARGO O MENOR ACOGIDO A CARGO Concepto Se trata de una asignación económica por cada hijo del beneficiario, menor de 18 años o mayor de dicha edad si está afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65%, cualquiera que sea la naturaleza legal de filiación, así como por los menores acogidos, en acogimiento familiar permanente o preadoptivo. Los hijos con discapacidad, mayores de 18 años que no hayan sido incapacitados judicialmente y conserven su capacidad de obrar, previa solicitud y audiencia de los progenitores, serán beneficiarios de las asignaciones que por razón de ellos corresponderían a sus padres. Serán beneficiarios de la asignación los huérfanos de ambos progenitores menores de 18 años o discapacitados en un grado igual o superior al 65%. Requisitos Residir legalmente en territorio español. Tener hijos o menores acogidos a su cargo de edad inferior a 18 años o mayores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, que residan en el territorio español. No percibir ingresos anuales superiores al límite que para cada ejercicio establezca la ley de Presupuestos Generales del Estado. Este límite no se exigirá en caso de hijo con discapacidad. No tener derecho a prestaciones de la misma naturaleza en cualquier otro régimen de protección social. Solicitud Se presentará en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en sus Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por le que se aprueba el Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social (B.O.E. nº 154, de 29.6.94). 80 Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social (B.O.E. nº 279, de 22.11.05). 81 ASISTENCIA SANITARIA PARA PENSIONISTAS Concepto Prestación social de la Seguridad Social, por la que el pensionista y sus beneficiarios tienen derecho a atención médica, dispensada por la red pública de salud y atención farmacéutica, igualmente gratuita, excepto la de aquellos medicamentos que, por ley, deben abonar los propios pacientes. Requisitos Ser pensionista de la Seguridad Social, o beneficiario del pensionista. Solicitud Los servicios sanitarios, dependiendo del ámbito geográfico, los gestionan las Comunidades Autónomas, excepto en las ciudades de Ceuta y de Melilla, que son gestionados por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. También tiene derecho el pensionista a recibir asistencia sanitaria en sus desplazamientos. Para ello, si viaja por España, es suficiente presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) y la tarjeta de asistencia sanitaria. Si se viaja por el extranjero, antes de emprender el viaje, debe de dirigirse a su CAISS o llamar al teléfono de información 900 16 65 65, solicitando información sobre la documentación que se precisa. Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley General de la Seguridad Social (B.O.E. nº 154, de 29.6.94). 82 PENSIONES DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO Concepto Pensiones de jubilación o retiro, de viudedad, orfandad y a favor de padres, causadas por los funcionarios públicos del Estado (civiles, militares y de la Administración de Justicia). Los funcionarios de las Comunidades Autónomas, de la Administración local, de la Seguridad Social y de los Organismos autónomos, se encuentran encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social y causan derecho a pensiones de la Seguridad Social. A partir del 1 de enero de 2011, todo el personal que adquiera la condición de funcionario queda encuadrado en el Régimen General de la Seguridad Social. Tipos de Pensiones: De Jubilación para los civiles y retiro en los militares, que puede ser de carácter forzoso o voluntario. Por incapacidad permanente/inutilidad para el servicio, que se declara de oficio o a instancia de parte, cuando el interesado esté afectado por una lesión o proceso patológico, somático o psíquico irreversible que le imposibilite para el desempeño de las funciones propias de su cuerpo, escala, plaza o carrera. Pensión ordinaria de viudedad o subsidio temporal de viudedad. En la actualidad se reconoce igualmente la pensión a la pareja de hecho, si se acreditan determinados requisitos en el momento del fallecimiento del causante. Pensión ordinaria de orfandad. Pensión ordinaria a favor de padres. Pensiones extraordinarias, cuando el hecho causante es la incapacidad permanente para el servicio, causada en acto de servicio, o su fallecimiento por tal causa. Pensiones extraordinarias derivadas de acto terrorista. Pensiones excepcionales, reconocidas a título personal, por leyes especiales. Otras pensiones y ayudas cuyo pago corresponde a la Dirección general de Costes de Personal y Pensiones Públicas. 83 Requisitos Los recogidos en la normativa vigente para cada uno de los tipos y clases de pensiones. Solicitud Se presenta en los Registros de la Dirección General de Costes de Personal Pensiones Públicas, del Ministerio de Economía y Hacienda, en la Delegaciones Provinciales del citado Ministerio en las que se facilitará el impreso correspondiente, o en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto Refundido de la ley de Clases Pasivas del Estado. 84 INTEGRACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (LISMI) Concepto Son prestaciones destinadas a la protección de las personas con discapacidad que por no desarrollar actividad laboral no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social. Dentro de las prestaciones económicas se encuentran: El Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM), consiste en una prestación económica de carácter periódico, destinada a subvenir las necesidades básicas, tales como alimentación, vestido y habitación de quienes careciendo de los medios necesarios para su subsistencia, no estén en condiciones por razón de su grado de discapacidad de obtenerlos. El Subsidio por Ayuda de Tercera Persona (SATP), consiste en una prestación económica de carácter periódico, destinada a aquellas personas afectadas por una discapacidad que, a consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesitan, a juicio del equipo multiprofesional, la asistencia de otra persona para realizar actos esenciales de la vida, tales como vestirse desplazarse, comer o análogos. El Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Trasporte (SMGT), consiste en una prestación económica, de carácter periódico destinada a atender los gastos originados por desplazamientos fuera del domicilio habitual de aquellas personas con discapacidad que, por razón de ésta, tengan graves dificultades para utilizar transportes colectivos. Dentro de las prestaciones sociales se encuentra: La Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica, que consiste en la prestación de dichos servicios a personas que no tengan derecho como titular o como beneficiario a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del Régimen General o Regímenes Especiales del Sistema de la Seguridad Social. 85 Requisitos Requisitos del Subsidio de garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral. Si teniendo reconocido el derecho se comienza a trabajar, se suspenderá el pago, recuperándose automáticamente cuando finalice la actividad. No ser beneficiario o no tener derecho a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad, de igual o superior cuantía, otorgada por otro organismo público. No superar el nivel de recursos económicos personales el 70%, en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Si el beneficiario tiene personas a su cargo el importe se incrementa en un 10% por cada miembro distinto al beneficiario, hasta el tope máximo del 100% del citado Indicador. Tener 18 o más años de edad. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% y verse imposibilitado para obtener empleo adecuado. Requisitos del Subsidio por Ayuda de Tercera Persona (SATP) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral. No ser beneficiario o no tener derecho, a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad, de igual o superior cuantía, otorgada por otro organismo público. No superar el nivel de recursos económicos personales el 70%, en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Si el beneficiario tiene personas a su cargo el importe se incrementa en un 10% por cada miembro distinto al beneficiario, hasta el tope máximo del 100% del citado Indicador. Tener 18 o más años de edad. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 75%. Necesidad de asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida. No hallarse internado en centro. 86 Requisitos del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral. No ser beneficiario o no tener derecho, a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad, de igual o superior cuantía, otorgada por otro organismo público. No superar el nivel de recursos económicos personales y/o familiares el 70%, en cómputo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Si el beneficiario tiene personas a su cargo el importe se incrementa en un 10% por cada miembro distinto al beneficiario, hasta el tope máximo del 100% del citado Indicador. Tener 3 o más años de edad. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Grave dificultad para utilizar transportes colectivos. No encontrarse imposibilitado para desplazarse fuera de casa. Si está interno en centro, salir al menos diez fines de semana al año. Farmacéutica (ASPF) Estar afectado por un grado de discapacidad en grado igual o superior al No tener derecho por cualquier título, obligatorio o como mejora 33%. voluntaria, sea como titular o como beneficiario a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del Régimen General o Regímenes Especiales del sistema de la Seguridad Social o de otro organismo público. Solicitud El Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y El Subsidio para Ayuda de tercera Persona (SATP), son prestaciones a extinguir, no cabe nueva solicitud, se mantienen para los beneficiarios que continúan manteniendo los requisitos exigidos y no optan por pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social. El Subsidio de Movilidad y compensación por gastos de transporte (SMGT) y la Asistencia sanitaria y Prestación farmacéutica (ASPF), se encuentran en vigor por lo que la solicitud podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social en las 87 que se facilitará el impreso correspondiente, o en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de las Personas con Discapacidad (B.O.E. nº 103, de 30.4.82). Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982 (B.O.E. nº 49 de 27.06.84). Orden de 13 de marzo de 1984 por la que se establecen las normas de aplicación de las prestaciones sociales y económicas reguladas por el Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero (B.O.E. nº 70 de 22.03.84). Ley 3/1997, de 24 de marzo, sobre recuperación automática del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (B.O.E. nº 72, de 25.3.97). 88 PENSIONES ASISTENCIALES DE ANCIANIDAD Y ENFERMEDAD (PAS) (Pensiones del Fondo de Bienestar Social en el País Vasco y Navarra) Concepto Son ayudas económicas individualizadas y de carácter periódico a favor de personas mayores y de enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo. Requisitos Haber cumplido 66 años en las ayudas para mayores. En ayudas por enfermedad o invalidez, encontrarse absolutamente incapacitado para toda clase de trabajo (se asimila a la incapacidad para todo tipo de trabajo, la del inválido o enfermo que pudiendo realizar algún tipo de trabajo, no sea éste de los usuales en el lugar de residencia). Carecer de medios económicos para la subsistencia, es decir, contar con ingresos inferiores al importe anual de estas ayudas, o que la renta per cápita de la unidad de convivencia sea inferior al citado importe. No tener familiares obligados a la atención en la forma establecida en el código civil. No pertenecer a Comunidades, Institutos, Órdenes u Organizaciones religiosas que por sus reglas o estatutos estén obligadas a prestarle asistencia. No ser propietario o usufructuario de bienes muebles o inmuebles, cuyas características, valoración y posibilidades de venta indiquen la existencia de medios suficientes para atender a la subsistencia. Solicitud Son prestaciones a extinguir, no cabe nueva solicitud, se mantienen para los beneficiarios que continúan manteniendo los requisitos exigidos y no optan por pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social. Legislación aplicable Ley 45/1960, de 21 de julio, sobre Fondos Nacionales para la Aplicación Social del Impuesto y del Ahorro (B.O.E. nº 176, de 23.7.06). 89 Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, por el que se regulan Auxilios a Ancianos y Enfermos del Fondo Nacional de Asistencia Social. (B.O.E. nº 266, de 6.11.81). Real Decreto Ley 5/1992, de 21 de julio, de Medidas Presupuestarias Urgentes (suprime el PAS) (B.O.E. nº 176, de 23.7.92). 90 SERVICIOS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS POR DEPENDENCIA Concepto Las prestaciones de atención a la dependencia tendrán la naturaleza de servicios y de prestaciones económicas e irán destinadas, por una parte, a la promoción de la autonomía personal y, por otra, a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, establece que la protección de la situación de dependencia se presta de acuerdo con tres niveles: El nivel mínimo de protección garantizado para cada uno de los beneficiarios del Sistema, según el grado y nivel de su dependencia, se financia, íntegramente, por la Administración General del Estado. El segundo nivel de protección, se acuerda entre la Administración General del Estado y la Administración de cada Comunidad Autónoma a través de convenios. En estos convenios se establece la financiación que corresponde a cada Administración para este nivel de protección. El tercer nivel adicional de protección se establece y financia por la Comunidad Autónoma. Requisitos Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos. Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Solicitud Las solicitudes se dirigirán a la Comunidad Autónoma de residencia del solicitante. 91 Legislación aplicable Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (B.O.E. nº 299, de 15.12.06). Real Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia garantizado por la Administración General del Estado. (B.O.E. nº 114, de 12.5.07).modificado por Real Decreto 99/2009 de 6 de febrero. Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia (B.O.E. nº 114, de 12.5.07). Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la ley 39/2006, modificado por Real Decreto 175/2011, de 11 de febrero y Real Decreto 570/2011, de 20 de abril Real Decreto 504/2007, de 20 de abril, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (B.O.E. nº 96, de 21.4.07), modificado por Real Decreto 1198/2007, de 14 de septiembre y derogado por Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero que entrará en vigor el 18.02.2012. 92 CENTROS ESTATALES DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL (CAP/CRMF) Concepto Son centros de ámbito estatal que prestan un conjunto de servicios recuperadores de contenido médico-funcional, psicosocial y de orientación y formación profesional ocupacional, en régimen de internado, media pensión o ambulatorio, dirigidos a personas con discapacidad física o sensorial en edad laboral. Requisitos Tener grado de discapacidad reconocido. No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni necesitar atención de forma continuada en instituciones sanitarias. No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la convivencia. Tener cumplidos 16 años. Excepcionalmente serán admitidos mayores de 14 años, si su proceso formativo y necesidades personales así lo requieren. Solicitud Se presentarán en las Direcciones Territoriales del Imserso, Centros del Imserso u Órganos competentes de las Comunidades Autónomas que hayan asumido las transferencias del Imserso en materia de Servicios Sociales. Legislación aplicable Orden de 30 de septiembre de 1994, por la que se modifican determinadas normas del Estatuto Básico de Centros Residenciales para personas con discapacidad del Imserso, aprobado por Orden de 4 de junio de 1992 (B.O.E. nº 243 de 11.10.84) Orden de 4 de junio de 1992, del Ministerio de Asuntos Sociales por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Centros Residenciales para personas con discapacidad del Instituto Nacional de Servicios Sociales (B.O.E. nº 144 de 16.06.92). Orden de 7 de septiembre de 1982, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los Centros de Recuperación para personas con discapacidad física (CRMFs), del Instituto Nacional de Servicios Sociales (B.O.E. nº 227 de 22.09.82). 93 Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del Imserso, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los centros Residenciales para personas con discapacidad (B.O.E. nº 235 de 1.10.87). Resolución de 18 de enero de 1993, de la Dirección General del Imserso, por la que se regulan los ingresos y traslados en los Centros de Recuperación para personas con discapacidad física (B.O.E. nº 97 de 23.04.93). 94 CENTROS ESTATALES DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DEPENDENCIA (CAD/CAMF) Concepto Son centros de ámbito estatal destinados a la atención integral, en régimen de internado y media pensión de aquellas personas con discapacidad física que, careciendo de posibilidades razonables de recuperación profesional a consecuencia de la gravedad de su discapacidad, encuentran serias dificultades para conseguir la integración laboral y para ser atendidos en sus necesidades básicas de las actividades de la vida diaria en régimen familiar o domiciliario. Requisitos Tener grado de discapacidad reconocido No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni necesitar atención de forma continuada en instituciones sanitarias. No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la convivencia Alcanzar la puntuación mínima exigida para el ingreso Ser beneficiario del sistema de la Seguridad Social o tener derecho a las prestaciones del mismo Contar con edad superior a los 16 años para plazas de internado. Estar afectados por una discapacidad física a consecuencia de la cual precisen atención de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria. Carecer de posibilidades razonables de rehabilitación y recuperación profesional. Encontrar graves dificultades para ser atendido en régimen familiar o domiciliario. No padecer oligofrenia, salvo en caso de plazas de atención especializada. Solicitud Se presentarán en las Direcciones territoriales del Imserso, Centros del Imserso u órganos competentes de las Comunidades Autónomas que hayan asumido las transferencias del Imserso en materia de Servicios Sociales. 95 Legislación aplicable Orden de 30 de septiembre de 1994, por la que se modifican determinadas normas del Estatuto Básico de Centros Residenciales para personas con discapacidad del Imserso, aprobado por Orden de 4 de junio de 1992 (B.O.E. nº 243 de 11.10.84). Orden de 4 de junio de 1992, del Ministerio de Asuntos Sociales por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Centros Residenciales para personas con discapacidad del Instituto Nacional de Servicios Sociales (B.O.E. nº 144 de 16.06.92). Orden de 13 de noviembre de 1984, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los Centros de Asistencia para personas con discapacidad física (CAMFs) de la Seguridad Social (B.O.E. nº 270 de 16.11.84). Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del Imserso, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los centros Residenciales para personas con discapacidad (B.O.E. nº 235 de 1.10.87) 96 CENTROS DE REFERENCIA ESTATAL (CRE) Concepto Son centros que garantizan el equilibrio interterritorial de acceso a las prestaciones básicas en todos los territorios del Estado y ofrecen a las personas afectadas y a sus familias los siguientes servicios: Asistencia personal de salud, manutención y alojamiento en régimen de internado o atención diurna. Rehabilitación médico funcional, entrenamiento de la autonomía personal y rehabilitación psicosocial Apoyo familiar en la readaptación al entorno comunitario y de inserción social. Requisitos Ser persona mayor o persona en situación de dependencia o familiar de éstos, que por su situación o características precisen de atención especializada. También serán beneficiarios las instituciones, asociaciones profesionales y empresas que trabajen en el sector, universidades y centros de investigación y docencia, y las organizaciones de acreditación y evaluación. Solicitud Se presentarán en las Direcciones Territoriales del Imserso, Centros del Imserso u órganos competentes de las Comunidades Autónomas que hayan asumido las transferencias del Imserso en materia de Servicios Sociales. Legislación aplicable Orden de 30 de septiembre de 1994, por la que se modifican determinadas normas del Estatuto Básico de Centros Residenciales para personas con discapacidad del Imserso, aprobado por Orden de 4 de junio de 1992 (B.O.E. nº 243 de 11.10.84). Orden de 4 de junio de 1992, del Ministerio de Asuntos Sociales por la que se aprueba el Estatuto Básico de los Centros Residenciales para personas con discapacidad del Instituto Nacional de Servicios Sociales (B.O.E. nº 144 de 16.06.92). 97 Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del Imserso, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los centros Residenciales para personas con discapacidad (B.O.E. nº 235 de 01.10.87). 98 SUBVENCIONES INDIVIDUALES A BENEFICIARIOS DE CENTROS ESTATALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE AL IMSERSO. Concepto Son subvenciones individuales de carácter excepcional o extraordinario a beneficiarios de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al Imserso Clases: Para atención temprana. Para recuperación médico funcional. Para tratamientos psicoterapéuticos. Para Asistencia personal. Para Asistencia domiciliaria. Para Asistencia institucionalizada en Instituciones de atención especializada. Para Movilidad y comunicación. Para Transporte. Para Comedor. Para Residencia. Para actividades profesionales. Requisitos Ser beneficiario de centro estatal de atención a personas con discapacidad cuya titularidad corresponda al Imserso. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o en caso de subvenciones para la rehabilitación, que las medidas solicitadas impidan o retrasen la evolución desfavorable de la discapacidad, a juicio del Equipo de Valoración y Orientación, aunque el grado de discapacidad no alcance al 33%. Precisar a juicio del Equipo de Valoración y Orientación la subvención solicitada. No percibir o percibir en inferior cuantía, de otro organismo o entidad, la subvención solicitada. 99 Haber justificado las subvenciones concedidas en convocatorias anteriores. No estar incurso en las prohibiciones para obtener subvención del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Solicitud La solicitud se presentará en la oficina de registro del Centro de pertenencia, que la remitirá a la Dirección General del Imserso en un plazo de diez días hábiles desde la fecha de recepción. El plazo de presentación será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria anual en el Boletín Oficial del Estado. Legislación aplicable Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18 11.03). Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 176, de 25.7.06). Orden TAS/1655/2007, de 1 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para personas con discapacidad y personas mayores, dentro del ámbito de competencias del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (B.O.E. nº 138, de 9.6.07). 100 PROGRAMAS DE VACACIONES Y TERMALISMO PAR MAYORES DEL IMSERSO Concepto El Programa de Vacaciones es un programa social de la Administración del Estado, dirigido a personas mayores, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para facilitar la incorporación de este colectivo a las corrientes turísticas, y paliar las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico. El Programa de Termalismo es un programa social dirigido a personas mayores que proporciona, a través del Imserso, tratamientos termales por prescripción facultativa, para pensionistas. Requisitos Requisitos para el Programa de Vacaciones Tener como mínimo 65 años cumplidos. Ser pensionista de jubilación del Sistema Público de Pensiones. Ser pensionista de viudedad del Sistema Público de Pensiones, de edad igual o superior a 55 años. Ser otro tipo de pensionista del Sistema Público de Pensiones, o prejubilado con 60 años cumplidos Valerse por sí mismo y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia Se considerarán beneficiarios, en calidad de acompañantes los cónyuges de los solicitantes aunque no reúnan el requisito de la edad y pensión. Se admitirá como acompañante al hijo con discapacidad, con un grado igual o superior al 45% si viaja con sus padres y ocupa cama supletoria en la misma habitación. Requisitos para el Programa de Termalismo Ser pensionista de jubilación o invalidez del Sistema de la Seguridad Social, o por concepto de viudedad o de otras pensiones, cuando el beneficiario haya cumplido 60 años. 101 Ser español, residente en el exterior que perciba una pensión pública, con más de 60 años que cumpla el resto de los requisitos. Valerse por sí mismo y no padecer trastornos mentales que alteren la convivencia, ni enfermedad infectocontagiosa. Precisar el tratamiento termal y carecer de contraindicación médica para recibirlo. Obtener la puntuación requerida. El beneficiario podrá ir acompañado de su cónyuge o asimilado al que no se le exigirá el requisito de ser pensionista de la Seguridad Social. Solicitudes Solicitud para el Programa de Vacaciones Si en la pasada temporada se estaba acreditado en el Imserso, no es necesario cumplimentar nueva solicitud para viajar. Si se accede por primera vez al programa o se reanuda la participación tras un periodo de inactividad, se debe formular solicitud, que puede cumplimentarse a través de la página Web o recogerse en los ayuntamientos, centros y oficinas de Servicios Sociales. Las solicitudes podrán presentarse en: Internet, cumplimentando la solicitud vía Web. En los Ayuntamientos que tengan suscrito convenio. En los centros de servicios sociales u oficinas donde se recoge la solicitud. En el apartado de correos 10.140 (28080 Madrid). Conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 102 Solicitud para el Programa de Termalismo En la convocatoria anual que publica el Imserso se establece el lugar y plazo de presentación de solicitudes Si en la pasada temporada se solicitó plaza en el Imserso, no es necesario cumplimentar nueva solicitud, el Imserso remite un modelo simplificado de renovación. Si se accede por primera vez al programa o se reanuda la participación tras un periodo de inactividad, se debe formular solicitud. Las solicitudes se pueden presentar en: Los Centros de Mayores y Direcciones Territoriales del Imserso. Los Órganos que designen las Comunidades Autónomas. Los Servicios Centrales del Imserso. Legislación aplicable Orden de 15 de marzo de 1989, que establece y regula el Servicio de Termalismo Social del Instituto Nacional de Servicios Sociales. (B.O.E. nº 81, de 5.4.89). Orden de 26 de diciembre de 1990, por la que se modifica la de 15 de marzo de 1990, que estableció y reguló el Servicio de Termalismo Social del Instituto Nacional de Servicios Sociales (B.O.E. nº 10, de 11.1.91). Resolución del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo Social durante cada año. 103 ACTUACIONES DE TURISMO Y TERMALISMO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL IMSERSO Concepto Son subvenciones del Imserso a Entidades del sector de la discapacidad para la realización de viajes accesibles que permitan a las personas con discapacidad y/o dependencia participar en actividades de ocio, cultura y promoción de la salud, así como el descanso de las familias que las tienen a su cargo. Clases: Vacaciones y turismo de naturaleza. Turismo cultural en el ámbito de la Unión Europea. Termalismo. Requisitos Contar con calificación de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%. Superar la puntuación requerida, una vez aplicados los baremos o criterios de mayor discapacidad, necesidad socio económica, pertenencia a familia numerosa en sus distintas categorías, no haber asistido a convocatorias anteriores y necesidad de descanso de los familiares cuidadores. Solicitud Se dirigirán directamente a las Entidades ejecutantes de estas actividades que figuran en la página Web www.Imserso.es, en el apartado prestaciones y subvenciones/actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad/entidades ejecutantes. Cada una de las Entidades ejecutantes de estas actividades, acuerdan las fechas y lugares de viaje así como la cuota de abono de los participantes. Esta información se ha de requerir por los usuarios a efectos de optar por la actuación de su interés. El plazo de solicitud puede considerarse continuo, ya que las convocatorias anuales de estas subvenciones, se concatenan unas con otras. 104 Legislación aplicable Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 276, de 18 11.03). Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 176, de 25.7.06). Orden TAS/989/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (B.O.E. nº 90, de 14.4.07). 105 ABONO SOCIAL DE TELEFÓNICA Concepto El Abono social de telefónica es un plan de precios, dirigido a jubilados y pensionistas, incluidos tanto los perceptores de una pensión pública como los de una pensión privada reconocida por decisión judicial, que supone una reducción del 70% en el importe de la cuota de alta del servicio telefónico fijo, o cuota de conexión y una rebaja del 95% en el importe de la cuota de abono de la línea individual. Requisitos Ser jubilado o pensionista, bien de pensiones públicas o privadas. Que la renta familiar no supere el 120% del Indicador Público de renta de Efectos Múltiples (IPREM), en el año 2011 8.945 € anuales. Que la instalación de la linea beneficiaria del Abono social coincida con el empadronamiento del titular. Que el titular no disponga de otro teléfono que se beneficie del Abono Social Solicitudes Al número de fax 901 50 37 00 Por correo ordinario al Apartado de Correos 423 Código postal 48080 Por correo electrónico a: [email protected] Bilbao Legislación aplicable Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de telecomunicaciones (BOE nº 264 de 04.11.2003) Orden PRE/531/2007, de 5 de marzo, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 25 de enero de 2007, por la que se aprueban las condiciones para garantizar la asequibilidad de las ofertas aplicables a los servicios incluidos en el servicio universal. (BOE nº 60 de 10.03.2007) Orden PRE/1231/2009, de 18 de mayo, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 16 de abril de 2009, por 106 la que se modifica el umbral de renta familiar que da acceso al Abono social. (BOE nº 122 de 20.05.2009). 107 EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN Y DEL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN, PARA LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO PARA TRANSPORTE DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Concepto Son exenciones que vienen a facilitar la adquisición de vehículo para el desplazamiento de las personas con discapacidad, propiciándose así su movilidad. Requisitos Que el solicitante cuente con calificación de persona con discapacidad de al menos el 33% de grado. Que el coche se matricule a nombre de la persona con discapacidad. Que su uso sea exclusivo para la persona con discapacidad. Solicitud En la Delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda que corresponda, se solicita la exención del impuesto de matriculación. Esta tramitación es previa a la adquisición del vehículo. En las Oficinas de atención al ciudadano del Ayuntamiento que corresponda se solicita la exención del impuesto de circulación. Legislación aplicable Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el valor añadido (BOE nº 312, de 29.12.1992). Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social (BOE nº 313, de 30.12.2000). Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, reguladora de las haciendas locales, (BOE nº 59, de 9.03.2004). 108 REDUCCIÓN DEL IVA EN LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Concepto Se aplica el IVA reducido del 4%. En la adquisición y reparación de vehículos cuya tara no sea superior a 350 k, y que no puedan alcanzar en llano una velocidad superior a 45 k/h, construidos especialmente, y no meramente adaptados, para personas con discapacidad física. Adquisición de vehículos a motor, que con adaptación o no, deban transportar habitualmente a personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor de los mismos. Adquisición de vehículos destinados a ser utilizados como autotaxis o auto turismos especiales para el transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas. Requisitos Contar con calificación de discapacidad en la que conste específicamente la concurrencia de movilidad reducida debido a causas físicas (sensoriales o motrices), edad, deficiencias intelectuales o cualquier otra causa de discapacidad manifiesta que impida el uso de un medio de transporte colectivo. Solicitud En la delegación Provincial del Ministerio de Economía y Hacienda que corresponda. La solicitud deberá de ser previa a la adquisición del vehículo. Legislación aplicable Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el valor añadido (BOE nº 312, de 29.12.1992). Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de Vehículos (BOE nº 22, de 22.01.99). 109 REDUCCIONES, EXENCIONES Y DEDUCCIONES EN LA DECLARACIÓN DEL IRPF Conceptos El Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es un impuesto de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas según su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares. Las reducciones son las que se aplican a la Base Imponible (Suma de los rendimientos netos de: trabajo, capital, actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales) y que dan como resultado la Base Liquidable. Las rentas exentas se encuentran en el art. 7 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre, las más importantes a efectos de aplicación a las personas con discapacidad son las que se citan a continuación: Las pensiones reconocidas a favor de aquellas personas que sufrieron lesiones y mutilaciones como consecuencia de la Guerra Civil. Las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la substituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que haya sido causa de aquellas inhabilitará al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio. Las prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX del Título II del TR de la LGSS, y las pensiones y los derechos asumidos de orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de veintidós años o incapacidades para todo trabajo, percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas. Las prestaciones económicas percibidas de instituciones públicas con motivo de acogida de personas con discapacidad, mayores de 65 años o menores. (...) Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio, para curas en el entorno familiar y de asistencia personalizada que se deriven de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. 110 Además, existe una adecuación de la base a las circunstancias de cada contribuyente, lo que se llama “mínimo personal y familiar”, que es la parte que se supone imprescindible para atender las necesidades básicas del contribuyente y su familia. El mínimo por ascendientes tiene en cuenta si este es mayor de 65 o 75 años. La cuota íntegra: Una vez calculada la base y restadas las reducciones, se aplican los porcentajes y obtenemos la cuota íntegra. Reducciones por discapacidad: Existen reducciones por discapacidad del contribuyente y por discapacidad de los ascendientes o descendientes. Cuando el grado de discapacidad es inferior al 65% e igual o superior al 33%, la persona con discapacidad reduce su base imponible. Esta cifra se incrementa si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%. Las personas con discapacidad que obtengan rendimientos como trabajadores activos reducirán la base imponible en el caso de que el grado sea igual o superior al 33% e inferior al 65%. Si la discapacidad es igual o superior al 65% se verá incrementada la reducción. La reducción también se incrementará si el trabajador necesita ayuda de terceros, tiene movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Las reducciones no podrán ser superiores a la cuantía de los rendimientos netos de trabajo. Por cada uno de los descendientes o ascendientes a los que se les pueda aplicar el mínimo por descendiente o la reducción por ascendiente, si tienen discapacidad, la base imponible se reducirá en casos con un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%. Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, la cifra de reducción se incrementa. Por cada ascendiente de edad igual o superior a 65 años o con discapacidad, cualquiera que sea su edad, que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, la base imponible se reducirá. Por cada ascendiente mayor de 75 años, será mayor la cuantía a reducir, cuando se acredite necesitar ayuda de terceras personas, se tenga una movilidad reducida o un 111 grado de discapacidad igual o superior al 65%, los gastos de asistencia del contribuyente o de ascendientes y descendientes contarán con una reducción. Deducción del importe de la inversión en la vivienda habitual o en los elementos comunes del edificio cuando se efectúen obras para la supresión de barreras arquitectónicas (BBAA) o de la comunicación. Reducción de la base imponible para el importe de aportaciones y contribución a sistemas de previsión social a favor de personas con discapacidad: Las aportaciones realizadas a planes de pensiones a favor de personas con discapacidad física o sensorial, igual o superior al 65%; psíquica igual o superior al 33%, así como a favor de personas con discapacidad declarada judicialmente, podrán reducir la base imponible con los límites que se indican en el art. 53 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (BOE núm. 285). Reducciones de las aportaciones a patrimonios protegidos de persona con discapacidad: Las aportaciones al patrimonio protegido de la persona con discapacidad efectuadas por las personas con la misma relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado, tendrán derecho a reducir la base imponible un máximo de 10.000 €; el conjunto de las reducciones realizadas por todas las personas que aporten no podrá exceder de 24.250 € anuales. Es conveniente ver todas las especificaciones contenidas en el art. 54 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (BOE núm. 285) en relación a los límites, a las aportaciones no monetarias. Requisitos Para tener la consideración de persona con discapacidad se requiere tener el certificado de reconocimiento de la discapacidad del IMSERSO o de las comunidades autónomas competentes, una pensión de la Seguridad Social por Incapacidad Permanente Total, Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, una pensión de clases pasivas por incapacidad permanente o inutilidad para el servicio o una incapacitación judicial, que equivale a un grado de discapacidad del 65%. Para obtener deducciones por supresión de barreras arquitectónicas o de la comunicación en la vivienda habitual, se requiere un certificado que acredite la necesidad de ejecución de las obras. Además, se requiere que la persona que necesite las adaptaciones sea el sujeto pasivo u otra persona unida a éste por matrimonio o parentesco de consanguinidad de primer grado y con la que conviva. 112 Solicitud No se requiere ningún trámite especial. Sólo se requiere indicar las reducciones y deducciones pertinentes en la Declaración del IRPF. Legislación aplicable Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE de 04/08/2004). Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre Patrimonio. 113 CANARIAS Anexos Administración Competente Gobierno de Canarias 115 TELEASISTENCIA Concepto Servicio dirigido a las personas que por razón de su edad, discapacidad u otra circunstancia se encuentren en situación de riesgo, que vivan solas permanentemente o durante gran parte del día, con una edad igual o superior a los 65 años, o siendo menores tengan una disminución física o riesgo debido a su estado de salud, o que, aún conviviendo con otras personas, éstas presenten similares características de edad o discapacidad y de bajo poder adquisitivo. Requisitos Estar empadronado y tener residencia efectiva en el término municipal de La Laguna. Disponer de línea telefónica, así como de suministro eléctrico, así como de los medios oportunos y condiciones para que sea llevado a cabo el servicio. No contar la unidad familiar de convivencia de una renta "per cápita" mensual superior al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incluyendo el prorrateo de pagas extraordinarias del mismo. Asimismo se aplicará una deducción por gastos de alquiler/ hipoteca de la vivienda habitual hasta un límite de 300,00 € mensuales. Vivir solos permanentemente o durante gran parte del día, o bien si se convive con otras personas que éstas presenten similares características. Presentar una situación de riesgo debido a su avanzada edad, estado de discapacidad o enfermedad y aislamiento geográfico o social. No padecer enfermedad mental grave, incluidas las demencias, ni notorias deficiencias de audición y/o expresión oral, ni cualquier patología que impida el correcto manejo y comprensión del Terminal de teleasistencia. Disponer de al menos dos contactos con llave (familiares, vecinos), que residan en diferentes viviendas y con distintos números de teléfonos, en el mismo término municipal, excepto cuando se trate de zonas limítrofes con otro municipio del área metropolitana; y que dispongan de teléfono y juego completo de llaves de la vivienda. 117 Solicitud Durante todo el año, en las Oficinas de atención ciudadana del Ayuntamiento de residencia. Legislación aplicable Acuerdo plenario del Ayuntamiento por el que se aprueban los criterios reguladores para la selección de usuarios del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria. 118 SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Concepto El Servicio Municipal de Ayuda a Domicilio es una prestación básica del Sistema Público de Servicios Sociales Comunitarios que, mediante una serie de atenciones preventivas, educativas, asistenciales y rehabilitadoras, tiene por objeto promover, mantener o, en su caso, restablecer la autonomía personal de personas que lo necesitan para poder permanecer en su domicilio. Requisitos Personas de 65 años o más con pérdida de autonomía personal reducida o limitada, que no tengan a nadie que les atienda suficientemente y que requieran de apoyo para facilitar su permanencia en el hogar. Personas con discapacidad, totalmente dependientes o con limitaciones graves de autonomía personal, sea cual fuere su edad, en las que la ayuda en el hogar pueda favorecer su autonomía. Unidades familiares de convivencia, en situación de crisis temporal motivada por muerte o ausencia de alguno de los progenitores, enfermedades y hospitalizaciones temporales, graves conflictos de convivencia, o diversas circunstancias suficientemente justificadas. Miembros de grupos familiares desestructurados o con problemas derivados de padecimientos de enfermedades físicas o psíquicas. Estar empadronado y residir en el municipio con al menos 1 año de antelación a la solicitud. Alcanzar la puntuación mínima exigida en el baremo correspondiente. Solicitud Se presentan durante todo el año en las Oficinas de Atención ciudadana del Ayuntamiento. Legislación aplicable Decreto 5/1999, de 21 de enero, por el que se regula la prestación del servicio de ayuda a domicilio (B.O.C. nº 19, de 12.2.99). 119 CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD PSIQUICA Concepto Centro de Estancia Diurna Es un recurso destinado a la atención durante el día de las personas con discapacidad intelectual que acrediten la necesidad de concurso de tercera persona, para favorecer unas condiciones de vida normalizada y un mayor grado de autonomía. Centro de Rehabilitación Psicosocial Estos Centros tienen como finalidad asegurar los servicios de terapia ocupacional y de ajuste personal y social durante el día a personas con discapacidad intelectual en edad laboral, cuya discapacidad les impida su integración en una empresa o en un Centro Especial de Empleo. Hogares funcionales Son recursos de atención residencial que surgen con el objeto de atender al desarrollo personal y social de los usuarios/as, así como dotarlos de las habilidades y capacidades básicas para obtener un grado óptimo de autonomía e independencia. Residencias De Bajo Requerimiento. Son recursos en los que se prestan servicios de atención integral a aquellas personas con discapacidad que por una situación familiar desfavorable no pueden ser atendidas de una manera permanente en su medio familiar y comunitario, y acrediten la necesidad de concurso de tercera persona. El nivel de requerimiento sanitario que precisan es bajo. Residencias De Medio Requerimiento. Son recursos en los que se prestan servicios de atención integral a aquellas personas con discapacidad que por una situación familiar desfavorable no pueden ser atendidas de una manera permanente en su medio familiar y comunitario, y acrediten la necesidad de concurso de tercera persona. El nivel de requerimiento sanitario que precisan es medio. 120 Residencias De Alto Requerimiento. Son recursos en los que se prestan servicios de atención integral a aquellas personas con discapacidad que por una situación familiar desfavorable no pueden ser atendidas de una manera permanente en su medio familiar y comunitario, y acrediten la necesidad de concurso de tercera persona. El nivel de requerimiento sanitario que precisan es alto. Requisitos Tener entre 17 y 64 años de edad. En este caso y con carácter general se establece que para la admisión en un recurso de atención a personas con discapacidad, el solicitante debe haber concluido preferentemente su etapa de escolarización según se establece en el Decreto 286/1995, de 22 de septiembre, de ordenación de atención al alumnado con necesidades educativas especiales. Tener la condición legal de persona con discapacidad, acreditada con el certificado en vigor. Presentar una discapacidad intelectual: ligera, media, severa o profunda, con o sin discapacidad física y/o sensorial asociada. También podrán atenderse a colectivos específicos como las personas con Trastornos Generalizados del Desarrollo y las personas con Parálisis cerebral (con afectación intelectual). Las personas que asociada a su discapacidad presenten trastornos graves de conducta accederán a recursos específicos acordes a su discapacidad y niveles de atención. No padecer enfermedad infecto-contagiosa activa ni precisar asistencia sanitaria continuada. Solicitud Durante todo el año en las dependencias de los Cabildos Insulares o en aquellas dependencias a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 121 Legislación aplicable Ley 3/1998, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones (B.O.C. nº 87, de 19.07.96). Programa Socio-Sanitario de Atención a la Discapacidad en Canarias (P.A.D.) 2005-2010. Acuerdo de Gobierno de 29 de julio de 2004. 122 CENTROS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Concepto Establecimientos para la atención integral en régimen de internado de discapacitados físicos que careciendo de posibilidades razonables de recuperación, cuentan con serias dificultades para ser atendidos en régimen familiar o domiciliario. Requisitos Tener calificación legal de discapacidad. No padecer enfermedad infectocontagiosa ni necesitar atención sanitaria continuada. No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia del centro. Alcanzar la puntuación mínima exigida para ingreso en el centro. Tener entre17 y 64 años de edad. Que se acredite la necesidad de concurso de tercera persona para los actos esenciales de la vida. Solicitud Durante todo el año en los Registros de los Cabildos Insulares o en aquellas dependencias a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Programa Socio-Sanitario de Atención a la Discapacidad en Canarias (P.A.D.) 2005-2010. Acuerdo de Gobierno de 29 de julio de 2004. Resolución de 26 de Agosto de 1987, de la D. G. del INSERSO, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los Centros Residenciales para Minusválidos (B.O.E. nº 235, de 1.10.87). 123 AYUDAS INDIVIDUALES A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Concepto Prestación económica que tiene por objeto atender el estado, situación de necesidad o hecho en el que se encuentra el destinatario, que afecta a su autonomía personal, social y económica, con el fin de prevenir situaciones de exclusión social y lograr una plena integración. Requisitos El beneficiario/a deberá estar empadronado/a y tener residencia habitual de forma ininterrumpida en el Municipio correspondiente. No superar los límites fijados de renta “per cápita”. Tener reconocida la condición legal de discapacidad, prevista en el R.D. 1971/99, de 23 Diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, encontrándose en vigor en la fecha del cierre de la convocatoria correspondiente. Sin perjuicio de otra serie de requisitos específicos según la tipología de la ayuda solicitada. Solicitud Durante todo el año en los registros de los Ayuntamientos o en aquellas dependencias a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de Canarias (B.O.C. nº 56, de 4.5.87). Bases específicas de los ayuntamientos canarios en las que se regula la gestión municipal de las mismas. 124 AYUDAS DESTINADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO Concepto Ayudas económicas destinadas a eliminar las barreras de comunicación existentes para las personas con discapacidad, mediante la utilización de forma autónoma de equipamiento informático. Requisitos Ser español, residente o transeúnte, mayor de 6 años. Contar con discapacidad en grado igual o superior al 33%. Convivir en una unidad familiar cuya renta per cápita sea inferior al salario mínimo interprofesional vigente. Que el equipo informático sea ayuda técnica para el desarrollo personal o para la formación de la persona con discapacidad solicitante. Que no exista imposibilidad física, psíquica o sensorial para la utilización de forma autónoma del equipo informático con las adaptaciones preceptivas según su discapacidad. Solicitud Se dirigirán a la Dirección General de Políticas Sociales en el plazo de 20 días desde la publicación de la convocatoria anual, presentándose en los Registros de la citada Dirección General o en cualquiera de las dependencias y formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Orden de 9 de abril de 2008, por la que se aprueban las bases, de vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de ayudas individuales para personas con discapacidad destinadas a la adquisición de equipamiento informático (B.O.C. nº 86, de 29.4.08). 125 PRESTACIONES POR DEPENDENCIA Concepto Las prestaciones de atención a la dependencia tendrán la naturaleza de servicios y de prestaciones económicas e irán destinadas, por una parte, a la promoción de la autonomía personal y, por otra, a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Requisitos Ser español. Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos. Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Solicitud Las solicitudes se presentaran en las sedes de la Dirección General de Políticas Sociales. Así como en los demás registros regulados en el Decreto 164/1994, de 29 de julio. Legislación aplicable Decreto 54/2008, de 25 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia (B.O.C. nº 61, de 26.3.08). Decreto 163/2008, de 15 de julio, que modifica el Decreto 54/2008, de 25 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia (B.O.C. nº 61, de 26.3.08). 126 Orden de 7 de abril de 2008, por la que se establecen los modelos normalizados de propuesta del Programa Individual de Atención, de informe social y del trámite de consulta que se han de utilizar en los procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia (B.O.C. nº 76, de 15.4.08). Orden de 2 de abril de 2008, por la que se establece con carácter transitorio la intensidad de protección de los servicios y se hacen públicos los criterios para la determinación de la prestación económica a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2008 (B.O.C. nº 68, de 4.4.08). Prorrogado por Orden de 29 de diciembre 2008 (B.O.C. nº 10, de 16.1.09). 127 TARJETA EUROPEA DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. Concepto Tarjeta que viene a facilitar a las personas con movilidad reducida que han sido valoradas por los equipos de valoración de la Comunidad Autónoma, la posibilidad de aparcar en sitios reservados. Requisitos Haber obtenido por el Equipo de Valoración del Centro Base, la calificación de persona con movilidad reducida. Solicitudes Estas se presentarán en la Dirección General de Políticas Sociales o en aquellas dependencias a que se refiere el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la Comunicación (B.O.C. nº 50, de 24.05.1995). Decreto 227/1998, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la Comunicación (B.O.C. nº 150, de 21.11.1997). Decreto 148/2001, de 9 de julio, que modifica el Decreto 227/1998, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 88, de 18.07.2001). 128 SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR Concepto Se trata de la sustitución temporal o de fin de semana del cuidador informal con el ingreso en centros de la persona a asistir cuando, por diferentes causas, el cuidador no pueda hacerse cargo de su atención. Requisitos Tener entre 17 y 64 años preferentemente. Tener calificación legal de discapacidad. Presentar una discapacidad intelectual: ligera, media, severa o profunda, con o sin discapacidad física y/o sensorial asociada. También podrán atenderse a colectivos específicos como las personas con Trastornos Generalizados del Desarrollo y las personas con Parálisis cerebral (con afectación intelectual). No presentar trastornos graves de conducta que puedan alterar la normal convivencia en el centro. No padecer enfermedad infectocontagiosa activa ni necesitar atención de forma continuada en instituciones sanitarias. Solicitud Se presentarán durante todo el año en los Registros de los Cabildos Insulares y en aquellas dependencias referidas en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Legislación aplicable Programa Socio-Sanitario de Atención a la Discapacidad en Canarias 2005- 2010 (P.A.D.). Acuerdo de Gobierno de 29 de julio de 2004. Resolución de 26 de Agosto de 1987, de la D. G. del INSERSO, por la que se regulan los ingresos, traslados y permutas en los Centros Residenciales para Minusválidos (B.O.E. nº 235, de 1.10.1987). 129 RELACIÓN DE SIGLAS Y SU SIGNIFICADO A.E.B. Ayuda económica básica A.E.I. Ayuda económica individual A.E.C.E. Ayudas especiales de carácter excepcional A.E.C.M.A. Ayudas económicas para el cuidado de personas mayores en medio familiar y comunitario A.E.P.M. Ayudas económicas para personas mayores A.E.S. Ayudas de emergencia social A.I.P.D. Ayudas individualizadas a personas con discapacidad A.I.S. Ayudas de inclusión social A.I.S.E.S. Ayudas para la integración en situaciones de emergencia social A.M.A.F. Ayudas para atención de personas mayores en el medio familiar A.N.P.I.P.S. Ayudas no periódicas de inserción y protección social A.P.I.P.S. Ayudas periódicas de inserción y protección social A.P.P.D. Ayudas periódicas a personas con discapacidad A.S.C. Acción social y ciudadanía A.S.P.F. Asistencia sanitaria y prestación farmacéutica A.V.D. Actividades de la vida diaria. B.E.F. Departamento de Bienestar y Familia B.O.C. Boletín Oficial de Canarias B.O.N.A.D. Bono de atención a las personas con discapacidad o con enfermedad mental crónica CAD/CAMF Centro estatal de atención a personas con dependencia C.A.D.I.G. Centro de atención a personas con discapacidad intelectual gravemente afectadas C.A.I.S.S. Centro de atención e información de la Seguridad Social C.A.M.F Centro estatal de atención a personas con discapacidad física 130 CPAP Centro de promoción de la autonomía personal C.E.A.M.S. Centros de ocio y convivencia y centros especializados en la atención a mayores C.R.B. Complemento renta básica C.R.E. Centro de referencia estatal C.R.M.F. Centro de Recuperación de personas con discapacidad física C.R.P.S. Centro de Rehabilitación Psicosocial 131 Bibliografía 133 IX Bibliografía Gascó Alberich, F. y Tejerizo Tocaño, A.M., 2012, “Guía de Prestaciones para Personas Mayores, Personas con Discapacidad y Personas en Situación de Dependencia”. Disponible en: http://www.imserso.es/InterPresent1/groups/imserso/documents/binario/guiapres ta2012.pdf Ministerio de Educación, “Guía de Recursos para el Alumnado con Discapacidad”. Disponible en: http://www.educacion.gob.es/dctm/mepsyd/educacion/sistema-educativo/educacioninclusiva/guia-discapacidad-mec-cermi.pdf?documentId=0901e72b8004471b Referencias en Internet Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria www.laspalmasgc.es Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria.es Gobierno de Canarias www.gobiernodecanarias.org Guía del Deporte para Todos www.guiadeporteparatodos.com/index.asp#form Imserso www.imserso.es La Guía de Gran Canaria www.laguiadegrancanaria.com Portal del La Ley de Dependencia www.dependencia.imserso.es/dependencia_01/index.htm 135