MEMORIA ANUAL - BBVA Previsión AFP

Transcripción

MEMORIA ANUAL - BBVA Previsión AFP
MEMORIA ANUAL
2014
1
2
3
4
ÍNDICE
MEMORIA ANUAL 2014
6
Datos Relevantes
8
Carta a los Accionistas
10
Estructura Orgánica
12
Comité de Dirección
14
Personal Ejecutivo
15
Conformación de Directorio y Síndicos
16
Red Nacional de Oficinas
25
Jefatura Nacional de Prestaciones y Servicio al Cliente
26
Desarrollo Comercial
29
Marketing y Servicio al Cliente
33
Prestaciones
36
Jefatura de Riesgos y Capitalizadas
41
Gerencia de Administración y Medios
Operaciones
Organización y Métodos
Recursos Humanos
Sistemas
Servicios Generales
Control de Gestión
49
Gerencia Nacional de Cobranzas e Inversiones
50
Gestión de Cobranza
53
Inversiones
55
Servicios Jurídicos
59
Auditoria Interna
61
Contabilidad
65
Informe del Síndico
69
Estados Financieros Auditados
70
BBVA Previsión Administradora de Fondos de Pensiones
107
Fondo de Capitalización Individual
146
Fondo de Capitalización Colectiva
167
Cuenta de Riesgo Profesional
181
Cuenta Colectiva de Siniestralidad
196
Cuenta de Riesgo Laboral
210
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable
224
Cuenta Básica Previsional
5
DATOS RELEVANTES
Memoria Anual 2014
DATOS RELEVANTES
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
En Bolivianos
2014
2013
2012
2011
2010
2009
2008
2007
2006
2005
2004
2003
Patrimonio
69.123.270
64.355.371 57.031.352
55.581.433
50.293.222
56.646.713
64.132.147
41.366.528
60.458.479
56.469.829
54.115.075
52.260.220
B.A.I.
37.507.976
26.924.583 22.637.972
17.930.477
14.465.656
23.407.557
35.903.165
14.492.615
38.192.380
34.543.525
33.446.094
34.324.854
32,26%
28,76%
41,32%
55,98%
35,03%
63,17%
61,17%
61,81%
65,68%
Rentabilidad sobre
el patrimonio
54,26%
2014
41,84%
2013
39,69%
2012
2011
2010
2009
2008
2007
2006
2005
2004
2003
Número de
Afiliados
964.536
901.769
831.286
776.725
744.064
694.588
635.414
587.078
538.711
505.614
473.399
451.027
Empresas
Registradas
37.708
34.722
30.846
29.437
24.422
23.573
21.098
21.098
20.541
17.500
16.517
15.697
Cuota de Mercado
de Afiliación
53,04%
53,24%
53,57%
53,56%
54,12%
54,42%
54,46%
54,47%
54,47%
54,12%
53,90%
53,29%
Número de
Recursos Humanos
433
419
375
303
245
222
246
196
189
186
185
175
13
13
13
13
13
13
19
10
8
7
7
7
Número de
Agencias
FONDOS GESTIONADOS POR BBVA PREVISIÓN AFP
Millones de Bs.
2013
2012
2011
2010
2009
2008
2007
2006
2005
2004
2003
Patrimonio del FCI
2014
38.558
33.464
28.189
23.838
19.933
16.876
14.239
11.525
9.593
8.406
7.168
6.017
Rentabilidad
Anualizada de la
Cuota %
3,82%
6,23%
6,27%
7,42%
8,12%
9,00%
10,01%
8,90%
8,17%
8,05%
9,99%
11,86%
Patrimonio del FCC
Recaudación
6
298
298
298
299
302
304
970
863
3.257
6.476
6.048
6.076
4.580
3.806
3.420
2.840
1.909
1.730
1.521
1.321
1.147
1.040
964
881
CARTA A LOS ACCIONISTAS
Memoria Anual 2014
CARTA A
LOS ACCIONISTAS
7
CARTA A LOS ACCIONISTAS
Memoria Anual 2014
Estimados Accionistas:
La gestión 2014, al igual que las tres anteriores, presentó un panorama muy complicado para
nuestra Administradora, esto debido a la incertidumbre que continua generando el período de
transición hasta la creación de la Gestora Publica, y a las continuas modificaciones a la Ley de
Pensiones Nro.065 efectuadas por el gobierno, como consecuencia de presiones ejercidas por
organizaciones sociales.
Aún bajo este escenario de inseguridad, BBVA Previsión AFP SA, a través de su personal a
nivel nacional, continúa trabajando en beneficio de todo los afiliados, con el único objetivo de
brindarles un mejor servicio y trabajando en el desarrollo del negocio y del cliente en sí.
Se han implementado nuevas tecnologías informáticas, con la finalidad de atender todos los
requerimientos en el menor tiempo posible y así poder ser más eficientes en cada uno de los
procesos.
El Área Comercial ha seguido trabajando arduamente para mantener el liderazgo de BBVA
Previsión AFP en Afiliaciones y Solución de Rezagos, alcanzado una cuota histórica de afiliación
de 53.3%.
En el Área de Prestaciones, se emitieron una serie de normativas modificatorias y complementarias.
Para poder cumplir con los plazos normados se han automatizado diferentes procesos, se han
realizado jornadas de prestaciones para que el personal conozca los nuevos procedimientos.
En esta gestión ingresaron 14.973 solicitudes, las cuales se han incrementado en un 15.4% en
relación al 2013 y respecto a los tramites de jubilación ingresaron 35.836.
El Área de Servicio al Cliente, para poder brindar un mejor servicio, se ha implementado el
Sistema de Colas evitando la larga espera para los clientes. Asimismo, se ha capacitado al personal
para que pueda seguir brindado un servicio eficiente, se han realizado mejoras en la sucursal
virtual en cuanto a formularios, pagos recaudo electrónicos e información.
El Área de Inversiones, durante la gestión 2014 se han incorporado instrumentos financieros que
generaron una rentabilidad sostenible a través de una efectiva identificación de oportunidades y
gestión de las inversiones y recursos, acorde a los niveles de riesgo, en cumplimiento a estrategias
direccionales y de largo plazo.
El Área de Riesgos, a través de la utilización de herramientas ha coadyuvado eficientemente a la
identificación, medición, control y seguimiento de los riesgos financieros a los que se encuentran
expuestos los portafolios administrados, tanto en términos de riesgo de crédito y de mercado
asociados a nuestras inversiones.
Con relación a los riesgos operacionales, se destaca que, durante la gestión 2014, la certificación
ISO 9001:2008 fue ratificada para los procesos de Afiliación, Recaudación, Acreditación a las
Cuentas Individuales de los Asegurados y Proceso de Gestión de Inversiones de los Fondos de
Pensiones.
8
CARTA A LOS ACCIONISTAS
Memoria Anual 2014
El Área de Cobranzas alcanzó logros importantes en la gestión de cobro, pudiendo cobrar el
monto acumulado Bs. 2.128,1 MM, lo que permitió bajar aún más el índice de mora, descendiendo
el mismo hasta un 0.92% a diciembre 2014.
La acreditación alcanzada en la gestión 2014 fue del 98.5% sobre la recaudación, consiguiendo
acreditar 4.5 mil millones de bolivianos.
El Área de Sistemas para Infraestructura y Desarrollo, continuando con los lineamientos, normas
y procedimientos de Seguridad Lógica Corporativa, se ha realizado ajustes en la integración
con los Bancos, creando enlaces seguros punto a punto con Redes Privadas Virtuales, esto nos
permite intercambiar información con integridad y seguridad, los datos para los Servicios de la
Sucursal Virtual del Empleador.
Asimismo, se han implementado desarrollos web; para automatizar procesos en la intranet
y extranet en beneficio de una mejor atención a nuestros asegurados y empleadores, y para
nuestras Oficinas Regionales.
El Área de Auditoría Interna, se orientó principalmente a la revisión de los resultados, controles
y gastos existentes en el envió de Cartas de Cobro generadas por el área de Cobranzas, y la
distribución masiva de Estados de Ahorro Previsional, procesos que se encuentran normados
por el Ente Regulador, así como atender las recomendaciones de los Auditores Residentes,
Corporativos y/o Externos.
Para finalizar, y pese a la compleja situación en la que se encuentra el país con las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP´s, la gestión 2014 ha sido positiva para BBVA Previsión AFP SA, y
sus afiliados, tanto por la rentabilidad de sus inversiones y las mejoras técnicas implementadas,
lo cual ha permitido atender el incremento de visitas en las oficinas así como el incremento de
solicitudes de prestaciones recibidas.
Ildefonso Núñez
Gerente General
9
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Memoria Anual 2014
ESTRUCTURA ORGANICA
GERENCIA GENERAL
Ildefonso Nuñez
SECRETARÍA
Lilia Parada
Gerencia Nacional de los
Servicios Jurídicos
Gerardo Arce
OFICINAS
REGIONALES
SANTA CRUZ
LA PAZ
COCHABAMBA
SUCRE
TARIJA
POTOSI
ORURO
BENI
PANDO
JEFE DE PRESTACIONES
Y SERVICIO AL CLIENTE
Gerencia Nacional de
Inversiones Y Cobranzas
Fernando Telchi
Hipatia Samur
PRESTACIONES
DESARROLLO
COMERCIAL
Y MARKETING
COBRANZAS
INVERSIONES
PROVIVIENDA
10
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Memoria Anual 2014
JEFE DE AUDITORÍA
Mauricio Guzmán
GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Yobana Aguilera
CONTADOR GENERAL
Ronnie Araoz
JEFE DE RIESGOS
Y CAPITALIZADAS
OPERACIONES
Y SISTEMAS
CONTROL DE
GESTIÓN
RECURSOS HUMANOS
SERVICIOS GENERALES
ORGANIZACIÓN Y
MÉTODOS
11
COMITÉ DE DIRECCIÓN
Memoria Anual 2014
COMITÉ DE DIRECCIÓN
Gerente General
Ildefonso Nuñez López
Jefe Nacional de Prestaciones y
Servicio al Cliente
Luis Fernando Telchi Vallejos
Jefe de Riesgo y Capitalizadas
Gerente de Administración y Medios
Heidy Yobana Aguilera Rosado
Gerente Nacional de Cobranzas e
Inversiones
Guerta Hipatia Samur Rivero
Gerente Nacional de Servicios Jurídicos
Juan Gerardo Arce Lema
Jefe de Auditoría
Mauricio Guzmán Guzmán
Contador General
Ronnie Luciano Araoz Rodríguez
12
COMITÉ DE DIRECCIÓN
Memoria Anual 2014
13
PERSONAL EJECUTIVO
Memoria Anual 2014
PERSONAL EJECUTIVO
Gerente General
Jefe Nacional de Prestaciones y Servicio al Cliente
Jefe de Desarrollo Comercial
Jefe de Jubilación
Jefe de Riesgos
Jefe de Gastos Funerarios
Jefe de Riesgo y Capitalizadas
Gerente de Administración y Medios
Jefe de Operaciones
Gestor de Recursos Humanos
Jefe de Sistemas
Jefe de Infraestructura y Seguridad Lógica
Jefe de Servicios Generales
Jefe de Control de Gestión
Jefe de Afiliación y Recaudo
Jefe de Traspasos
Jefe de Recaudación No Aclarada
Gerente Nacional de Cobranzas e Inversiones
Jefe de Cobranzas Administrativa
Jefe de Cobranzas Judicial
Jefe de Gestión de Deuda
Jefe de Back Office de Inversiones
Jefe de Tesorería de Inversiones
Gerente Nacional de Servicios Jurídicos
Jefe de Auditoría
Contador General
14
Ildefonso Nuñez López
Luis Fernando Telchi Vallejos
Maria Cristina Gutiérrez Weise
Ferdy Leaños Ribera
Marcos Bruno Salazar Aguirre
Franz Daniel Rocha Siles
Heidy Yobana Aguilera Rosado
Pablo Mauricio Salazar Pérez
Gonzalo Paulino Crespo Carazas
Ivan Marcelo Ovando Carvallo
Gonzalo Edwin Zeballos Ferrel
Marco Antonio Morales Toledo
Iver Germán Sánchez Otazo
Nelly Soliz Rea
Ana Padilla León
Macario Yujra Tintaya
Guerta Hipatia Samur Rivero
Martha Yenny Rojas Bejarano
Rocío Fabiola Ibañez Endara
Cristóbal Martín Pedraza Alvarez
Roxana Becerra Yabeta
Fidel Martín Camberos Peralta
Juan Gerardo Arce Lema
Mauricio Guzmán Guzmán
Ronnie Luciano Araoz Rodríguez
CONFORMACIÓN DE DIRECTORIO Y SÍNDICOS
Memoria Anual 2014
PERSONAL EJECUTIVO
Gerencia Regional Santa Cruz
Gerencia Regional La Paz
Gerencia Regional Cochabamba
Gerencia Regional Chuquisaca
Gerencia Regional Tarija
Gerencia Regional Potosí
Jefe de Oficina Oruro
Jefe de Oficina Trinidad
Jefe de Oficina Cobija
Jefe de Oficina Montero
Jefe de Oficina El Alto
Coordinador de Agencia Tupiza
Coordinador de Agencia Yacuiba
Oscar Jaime Terceros Suárez
Milán Grover Rosales Vera
Lía Sandra Rojas de Flores
Francisco Javier Rakela Kordez
Ricardo Colodro Araoz
Paúl Helmut Gonzales Omonte
Edgar Martín Guzmán Arroyo
Rolando Dominguez Zabala
Gustavo Adolfo Salazar Pérez
Marcelo Pérez Quiroga
Wendy Karen Cabrera Sanchez
Claudia Andrea Vargas Poma
Roger Castillo Gonzales
CONFORMACIÓN DE
DIRECTORIO Y SÍNDICOS
Directores Titulares:
Ildefonso Núñez López
Alvaro Fernández Gonzalo
Heidy Yobana Aguilera Rosado
Jorge Seijas
Juan Ignacio Zapata
Directores Alternos:
Síndico Titular:
Manuel Lucio
Sandra Solórzano
Irene Martínez
Miguel Lucero
Pablo Poepsel
Luis Fernando González Quintanilla
Síndico Suplente:
Rafael Fernando Badani Lens
15
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
RED NACIONAL DE OFICINAS
REGIONAL LA PAZ
Edificio Nicole, Av. Sanchez Lima
esq. Fernando Guachalla N° 2186
Teléfono 212 -1224 Fax 212 – 9975
REGIONAL COCHABAMBA
Edificio El Clan II Plazuela Constitución Nº 810.
Teléfono/Fax 452-5139
REGIONAL CHUQUISACA
Calle Bolivar Nº 579.
Teléfono 644-5190. Fax 646-0888
REGIONAL TARIJA
Calle La Madrid Nº 264.
Teléfono 664-3625. Fax 664-5277
Avenida Villazón esq. San Alberto.
Teléfono 622-7496 . Tel./Fax 622-7637
OFICINA ORURO
Calle Junin Nº 675
Teléfono 511 - 7683
OFICINA TRINIDAD
Calle Manuel Limpias Nº 87.
Teléfono 463 - 4929
OFICINA COBIJA
Calle Beni Nº 51.
Teléfono 842 - 4770
PUNTO DE ACERCAMIENTO MONTERO
PUNTO DE ACERCAMIENTO TUPIZA
PUNTO DE ACERCAMIENTO EL ALTO
PUNTO DE ACERCAMIENTO YACUIBA
Calle Warnes esq. Antofagasta Nº 100.
Teléfono 922-6745 . Fax 922-6746
Avenida 6 de Marzo Nº 22 zona 12 de Octubre.
Teléfono 282-0940
16
REGIONAL POTOSÍ
Calle 4 de Junio S/N entre Colorados y
Villarroel.
Teléfono 694 - 4821
Calle San Pedro entre Comercio y Martín
Barroso Nº 230.
Teléfono 683 - 0775
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
SANTA CRUZ DE LA SIERRA - OFICINA CENTRAL
Edificio Torre Equipetrol Av. San Martín esq. 2do Anillo.
Teléfono 332-2121. Fax 336-6864
17
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
REGIONAL LA PAZ
REGIONAL COCHABAMBA
18
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
REGIONAL POTOSÍ
REGIONAL CHUQUISACA
19
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
REGIONAL TARIJA
OFICINA ORURO
20
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
OFICINA COBIJA
OFICINA TRINIDAD
21
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
PUNTO DE ACERCAMIENTO MONTERO
PUNTO DE ACERCAMIENTO EL ALTO
22
RED NACIONAL DE OFICINAS
Memoria Anual 2014
PUNTO DE ACERCAMIENTO TUPIZA
PUNTO DE ACERCAMIENTO YACUIBA
23
24
Jefatura Nacional de
Prestaciones y Servicio
al Cliente
Desarrollo Comercial
Marketing y Servicio al Cliente
Prestaciones
25
DESARROLLO
COMERCIAL
Asegurados al SIP
Cuota Anual de Afiliación
Cuota Histórica
Conformación de Registros por tipo de Asegurado
26
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
Asegurados al SIP
Cuota Histórica
Demostrando un año más la fidelización
lograda en el mercado gestionado, gracias al
esfuerzo del equipo de ventas, BBVA Previsión
AFP logró resultados importantes en la
consecución de Registros al Sistema Integral
de Pensiones - SIP, tanto en nuevos como en
la solución de rezagos, consolidando una vez
más su liderazgo en el mercado de Pensiones
de Bolivia.
Con relación a la cuota histórica de asegurados,
se cerró el 2014 con 53.35%, la diferencia
histórica respecto a la otra Administradora
de Pensiones que opera en el país es de
120.406 registros, que equivalen al resultado
de dos años del promedio de registros que se
efectúan. Esta diferencia se incrementó en
2.3% respecto a la pasada gestión.
Cuota Anual de Afiliación
El número de asegurados registrados en BBVA
Previsión AFP fue de 63.502, lo que permitió
alcanzar una cuota anual de mercado del
51.0%.
Cuota Histórica
46,6%
53,4%
Previsión
Futuro
Fuente: APS
27
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
Evolución histórica de personas Registradas en BBVA Previsión AFP
En miles de personas
251
274
332
362
410
451
473
506
539
587
635
687
736
777
831
894
957
164
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
Fuente: APS
Conformación de registros por Tipo de Asegurado
Al 31 de Diciembre de 2014, se han registrado en BBVA Previsión AFP 62.912 afiliados; el
46.7% corresponden a la solución de rezagos, el 38.7% a nuevas incorporaciones y el 14.6% a
asegurados independientes y consultores.
46,7%
38,7%
14,6%
Nuevos
Independientes
Fuente: BBVA Previsión AFP
28
Rezagos
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
MARKETING Y
SERVICIO AL CLIENTE
Red de Oficinas
Sucursal Virtual
Servicios On Line
Centro de Consultas Telefónicas Gratuitas
Canales de Atención
29
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
BBVA Previsión AFP, a partir de la gestión
2014 implemento el Sistema de Colas con
la finalidad de poder brindarle un servicio
ágil y sin demoras al cliente al momento de
visitar cualquier de nuestras oficinas a nivel
nacional.
Sucursal Virtual
Red de Oficinas
Actualmente se mantienen las 13 Oficinas
Regionales y Puntos de Acercamiento al
Cliente en las siguientes ciudades:
Pensando en la comodidad del Cliente y para
ahorrarle tiempo, BBVA Previsión AFP ha
implementado nuevas opciones y servicios en
su sucursal virtual, como ser:
Santa Cruz
Montero
La Paz
El Alto
Cochabamba
Chuquisaca
Tarija
Yacuiba
Potosí
Tupiza
Trinidad
Cobija
Oruro
En la gestión 2014 se han atendido consultas
para registrarse, para jubilación, pago de
aportes, solicitud del Estado de Ahorro
Previsional y los diversos requerimientos
acerca de los beneficios del Sistema Integral
de Pensiones – SIP.
30
Comunicados importantes sobre el Sistema
Integral de Pensiones – SIP.
Información sobre las Entidades Financieras
donde pueden realizar sus pagos de aportes
vía internet.
Formulario Electrónico:
Denuncia de Accidente.
Examen Pre Ocupacional.
Actualización de la Información del Afiliado.
Formulario de Registro.
Declaración de Derechohabiente.
Pago de Aportes para Independientes y Consultores.
Novedades de Ingreso y Retiro.
Otros.
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
Centro de Consultas Telefónicas
Servicios On-Line
Los servicios que ofrecemos a través de la
Sucursal Virtual son:
Para Asegurados:
Formulario
Consultor.
de
Pago
Independiente/
Estado de Ahorro Previsional.
Certificaciones.
Solicitudes.
Formularios.
Para Empleadores:
Pago de Aportes Vía Internet.
Se cuenta con la línea gratuita del Call
Center en horario de 09:00 a 18:00 de forma
continua y de lunes a viernes, la misma que
está habilitada para despejar cualquier duda
o inquietud que pudiera tener el cliente
respecto al Sistema Integral de Pensiones –
SIP y sus beneficios.
En el 2014 se han atendido y se han realizado
campañas sobre temas relevantes del SIP:
Formularios.
Certificaciones.
70.084
Solicitudes.
Consulta Datos Empleador.
Emisión Certificado No Adeudo.
26.809
También se cuenta con Material Informativo:
Folleteria (Volantes, Dípticos, Otros).
Llamadas Salientes
Llamadas Entrantes
Guía revisión y verificación de Aportes.
Manual Formulario Pago de Aportes.
Manual Usuario Empleadores.
Con la finalidad de poder atender más
eficientemente las diferentes consultas que
tuviera el cliente, BBVA Previsión AFP ha
implementado diferentes canales de atención:
31
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
Canales de Atención
@
Correo Electrónico:
[email protected]
32
PRESTACIONES
Automatización
Jornadas de Prestaciones
Actualización de Manuales
33
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
Durante la gestión 2014 se emitieron una serie
de normativa modificatoria y complementaria
para Prestaciones, las cuales ocasionaron que
un gran número de asegurados se apersone
por las oficinas a requerir información y/o
a iniciar alguna solicitud de prestación,
especialmente jubilación.
Con el objetivo de dar estricto cumplimiento
a la norma, se llevaron a cabo una serie de
acciones, evitado de esta manera posibles
riesgos operacionales para la Administradora,
entre los mismos están:
Durante la gestión 2014 la solicitudes
ingresadas fueron 14.973 a nivel nacional, las
cuales se incrementaron en 15.4% respecto al
2013.
Solicitudes Ingresadas 2014
14,973
10,620
11,856
12,972
15.4%
5,796
Automatización
Se continuó con la Automatización de los
módulos informáticos de prestaciones, esto
con el objetivo de evitar manualidad en el
proceso de cálculo de pensiones.
Jornadas de Prestaciones
Se llevaron a cabo dos Jornadas de
Prestaciones, la primera durante el mes de
mayo y la segunda en el mes de octubre,
ambas tuvieron el objetivo principal de
unificar criterios y despejar dudas, estas
jornadas fueron todo un éxito debido a la
participación activa que se tuvo por parte
de los asistentes que fueron los responsables
de Prestaciones de las oficinas regionales, lo
cuales retransmitieron todos los temas que se
analizaron a sus colaboradores.
2010
34
2012
2013
2014
El incremento en el número de solicitudes ha
sido continuo desde la gestión 2010, en este
sentido se espera que para el 2015 sea aún
mayor; respecto a las solicitudes ingresadas
por tipo de beneficio, la distribución es la
siguiente:
Solicitudes Ingresadas por tipo de
Beneficio 2014
7.056
Actualización de Manuales
por tipo de Beneficio
Esto ha permitido contar con procedimientos
más seguros y eficientes, minimizando
posibles errores y de esta manera evitándole
riesgos operacionales a la Administradora.
2011
3.627
2.599
1.321
370
Jubilación
Retiro
Mínimo
Riesgos
Gastos
Funerarios
Masa
Hereditaria
JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE
Memoria Anual 2014
Con relación a la cantidad de Jubilados, se
concluyó la gestión con 35.836 asegurados,
de acuerdo a lo siguiente:
Número de Jubilados Acumulados al 2014
35.836
30.075
Finalmente, es importante destacar la gestión
de generación de pagos y cancelación de
pensiones que realiza el área de prestaciones,
pues durante la gestión 2014 se pagaron
prestaciones a más de 49.000 asegurados o
derechohabientes por un monto mayor de los
1.200 millones de bolivianos de acuerdo a lo
siguiente:
24.866
19.683
2009
2010
N° de
Pagos
Jubilación
20,485
288,684
Jubilación Abono en Cuenta
15,351
219,060
480.9
Riesgos
6,853
125,361
185.5
Retiro Mínimo / Retiro Final
4,769
6,107
76.7
Beneficio
2011
2012
2013
2014
Otra actividad que se incrementó
considerablemente, fue el pago de pensiones
a nuestros jubilados mediante abono en
cuenta, lo cual ha permito ofrecerles un
mejor servicio, evitarles colas en las entidades
financieras y sobre todo brindarles seguridad.
La evolución de los jubilados que cobran sus
pensiones mediante abono se incremento en
33% con relación al 2013, la evolución es la
siguiente:
Monto
en MM
de Bs.
N° de
Beneficiarios
14.217
12.640
Masa Hereditaria
409
Gastos Funerarios
1,312
Total
49,179
541.9
585
9.2
1,312
2.3
641,109
1,297
Como se puede observar, se efectuaron
pagos de prestaciones a 49.179 asegurados o
derechohabientes, para lo cual se generaron
641.109 pagos por un monto total de 1.297
millones de bolivianos, lo cual demuestra
la eficiencia y responsabilidad del trabajo
realizado por el área.
Evolución Acumulada de pagos mediante
abono en cuenta 2014
15.351
11.476
33%
7.990
2012
2013
2014
35
Jefatura de Riesgos
y Capitalizadas
Riesgo de Inversiones
Capitalizadas
Riesgo Operacional
36
JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS
Memoria Anual 2014
a) Riesgo de Inversiones
El Área de Riesgos y Capitalizadas de BBVA
Previsión AFP se encarga de identificar, medir,
controlar y dar seguimiento al riesgo de
mercado y de crédito al que se encuentran
expuestos los portafolios administrados, bajo
un criterio de independencia con relación
a la gestión de inversiones. Para ello utiliza
técnicas y herramientas que le permiten
generar un valor agregado.
De igual manera, realiza análisis periódicos
del contexto internacional con la finalidad de
anticipar y/o medir los efectos tangibles en la
economía nacional. Asimismo, se destaca que
la elaboración de éstos análisis coadyuvan
al monitoreo y seguimiento de los riesgos
inherentes a los sectores de la economía en
los que se desenvuelven las inversiones de los
portafolios.
Entre las principales herramientas aplicadas
para la gestión del riesgo de inversiones,
tenemos las siguientes:
Riesgo de Crédito:
El modelo CAMELS (Capital, Assets,
Management, Earnings, Liquidity and
Sensitivity), adoptado por el área de Riesgos
y Capitalizadas, se encarga de identificar,
calcular y medir los principales ratios
financieros que subyacen de la condición
actual de cada una de las instituciones que
conforman el Sistema Financiero Nacional
(A finales de Julio de la gestión 2014, se
constituyen en Bancos Múltiples y Bancos
Pymes en cumplimiento a la Ley N° 393 de
Servicios Financieros) que conforman el
Sistema Financiero Nacional (SFN), siendo el
propósito esencial, la determinación de niveles
de exposición razonables que coadyuven a una
diversificación de las inversiones y la liquidez
existente en cada uno de los portafolios
administrados.
En tal sentido, se ha introducido el
concepto de límites internos enmarcados
en un escenario conservador frente a los
límites normativos, que regulan nuestro
funcionamiento como entidad supervisada,
siendo ambos monitoreados y controlados de
forma periódica.
Las evaluaciones y análisis técnicos específicos
de los instrumentos corporativos y diversos
productos financieros que son ofertados en
el mercado de valores, se realizan a través de
los informes de Análisis de Riesgo (análisis
fundamental), bajo un concepto ejecutivo
que permite optimizar los recursos del Área,
manteniendo inalterable los criterios de
prudencia que caracterizan nuestra gestión.
A su vez, estos informes son utilizados como
apoyo para la toma de decisiones del Comité
de Inversiones y Riesgos para la inversión en
instrumentos para el Fondo de Capitalización
Individual (FCI).
Del mismo modo, a través de la elaboración
de análisis de seguimiento a las inversiones
del Portafolio administrado, se procede a
mandar señales respecto al desempeño de
las emisiones ya realizadas, pudiendo de
esta manera remitir una retroalimentación
oportuna que permita incrementar posiciones,
o en su defecto, desinvertir posiciones, según
corresponda.
Dicho esto, a continuación se aprecia en el
siguiente cuadro que las inversiones se han
orientado al mantenimiento de una cartera
saludable con una alta calidad crediticia, en
términos de calificaciones de riesgo.
37
JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS
Memoria Anual 2014
Portafolio FCI al 31 de Diciembre 2014
Composición por Calificación de Riesgo
10%
2%
2%
2%
0%
38%
9%
D
SOB
AAA
AA1
AA2
AA3
A1
A2
A3
10%
27%
Fuente: BBVA Previsión AFP SA
Riesgo de Mercado:
El área de Riesgos y Capitalizadas calcula el
valor de la pérdida máxima esperada de los
portafolios administrados, introduciendo las
variaciones probables de tasas de interés y
tipo de cambio del mercado, como escenarios
de estrés, mediante la metodología del Valor
en Riesgo (VAR – Value at Risk).
Adicionalmente, a través de la estimación de
parámetros en relación a la competencia (VAR
Relativo), nos permite medir y comparar el
nivel de riesgo al que se encuentra expuesto
el portafolio del FCI que administramos.
Por tanto, a través del mantenimiento de
políticas conservadoras de gestión de riesgos
en las inversiones realizadas en el portafolio
del FCI, administrado por nuestra institución,
se guían las prácticas bajo un enfoque de
criterios de prudencia, fundamentadas en
principios de preservación del capital y
diversificación de los riesgos, otorgando la
38
mayor seguridad en el cuidado de los aportes
de nuestros afiliados.
Se resalta que los procedimientos de la
gestión de riesgos e inversiones cuentan con
normas de certificación de calidad ISO 9001,
respaldando así una administración acorde
con estándares internacionales.
b) Capitalizadas
El Área de Riesgos y Capitalizadas
en cumplimiento a los compromisos
contractuales que tiene BBVA Previsión AFP
S.A. referente a la administración del Fondo
de Capitalización Colectiva (FCC), del cual son
beneficiarios todos los ciudadanos bolivianos
mayores de 21 años al 31 de diciembre de
1995, está a cargo del tratamiento de temas
relacionados con las Empresas Capitalizadas,
los cuales son manejados bajo estrictos
criterios de diligencia y de “buen padre de
familia”, haciendo prevalecer el objetivo de
JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS
Memoria Anual 2014
velar por el patrimonio de cada de una de
dichas sociedades y consecuentemente del
FCC.
Durante la gestión 2014, el FCC estuvo
compuesto por tres empresas: Ferroviaria
Oriental S.A., Ferroviaria Andina S.A. y el Lloyd
Aéreo Boliviano S.A.
En este sentido, se ha dado cumplimiento al
marco legal general y específico relacionado
con el FCC, y la calidad de accionista que
ejercita de acuerdo al Código de Comercio y
los Estatutos de cada Empresa.
FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA DIVERSIFICACION DE LA CARTERA AL
31 DE DICIEMBRE DE 2014
Empresa
Tipo de
Instrumento
Cantidad
Participación
Accionaria en
la Empresa
Valor
Valor
Participación
en la Cartera
(Número)
(Porcentaje)
(US$) a/
(Bs.) b/
(Porcentaje)
Ferroviaria Oriental
Acciones
573.221,00
24,96
12.903.487,50
88.517.924,25
29.70%
Ferroviaria Andina
Acciones
330.141,00
24,96
6.616.061,11
45.386.179,21
15.23%
Lloyd Aéreo Boliviano
Acciones
557.787,00
24,32
23.089.505,13
158.394.005,21
53.15%
Inversiones en el FCI
Cuotas
2.381,8478
198,782.26
1,363,646.27
0.46%
637,580.76
4,373,804.02
1.47%
43,445,416.76
298,035,558.95
100%
Liquidez
TOTAL
Fuente: BBVA Previsión AFP S.A.
Notas:
a/ El precio por acción es a valor de capitalización.
b/ Se utilizaron el tipo de cambio compra de Bs/US$ 6,86
REPRESENTANTES EN EMPRESAS
CAPITALIZADAS - GESTION 2014
El valor de la Cartera del Fondo de Capitalización
Colectiva (FCC) al 31 de diciembre del 2014,
asciende a USD. 43.4 millones, de los cuales
USD 42.6 millones corresponden al valor de
las acciones de las Empresas Capitalizadas,
valuadas a precios de capitalización. El saldo
remanente se mantiene entre dinero líquido e
inversiones en el FCI.
Empresa
FERROVIARIA
ORIENTAL S.A.
FERROVIARIA
ANDINA S.A.
LLOYD AEREO
BOLIVIANO S.A.
Cargo
Nombre
Director Titular
José Antonio de
Chazal Palomo
Síndico Titular
Oscar Raúl
Strauss Justiniano
Director Titular
Armando
Gumucio
Karstulovic
Director Suplente
René Martín
Sánchez Martínez
Director Titular
Walter Cortez
Vallejos
Síndico Titular
Carlos G. Urquidi
Selaya
Fuente: BBVA Previsión AFP SA
39
JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS
Memoria Anual 2014
c) Riesgo Operacional
La gestión del riesgo operacional es la
actividad orientada a la identificación,
medición, valoración, seguimiento y sobre
todo a la mitigación del riesgo operacional de
la institución.
Las actividades de Riesgo Operacional son
realizadas a través de herramientas cuya
metodología está establecida por la Unidad
Corporativa de Riesgo Operacional. Estas
herramientas son las siguientes:
TRANSVAR:
Reporte que permite señalar las causas que
provocan el riesgo operacional en el que
incurre la actividad a través de la medición y
seguimiento trimestral de sus 22 indicadores
(cualitativos y cuantitativos) para distintas
clases de riesgos a los que está sometida la
operativa de la administradora, a partir de
lo cual se asigna una calificación de riesgo
operacional para nuestra entidad.
El SIRO (Sistema Integrado de Riesgo
Operacional):
Base de datos para el registro y almacenamiento
sistemático de información histórica relativa
a eventos o quebrantos de riesgo operacional,
con impacto y/o reflejo contable, las cuales
coadyuvan a la labor de identificación de
riesgos y su priorización para los planes de
mitigación de la Empresa.
Comité de Riesgo Operacional:
Representantes de las diversas unidades
del negocio se reúnen al menos con una
frecuencia trimestral para desarrollar el
mencionado Comité, cuyo objetivo es que
a la vista de la información obtenida de las
40
herramientas mencionadas anteriormente,
se analizan los factores de riesgo potencial
para la toma de decisiones que conlleven a la
reducción de Riesgo Operacional a través de
planes de mitigación, así como el seguimiento
y control de herramientas y planes.
Complementando el análisis de Riesgo
Operacional, el área de Riesgos realiza el
seguimiento y medición de los Productos No
Conformes (PNC), los cuales son emitidos
por cada incidencia por incumplimiento a
la normativa legal vigente, instrucciones
del Ente Regulador y normativa interna
correspondiente a la ISO. Para tal fin, se
procede a la elaboración de estadísticas
mensuales (preliminares y finales) de los
PNC, para que las áreas donde se originaron
las incidencias puedan proponer acciones
correctivas y de mitigación de riesgos, ante
eventos recurrentes.
GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN Y
MEDIOS
Operaciones
Sistemas
Organización y Métodos
Servicios Generales
Recursos Humanos
Control de Gestión
41
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
Operaciones
La acreditación alcanzada fue del 98.50%
sobre la recaudación, consiguiendo un
importe acreditado de 4.512.26 millones
de bolivianos sobre 4.580.76 millones de
bolivianos recaudados durante el año.
En el cuadro siguiente se puede apreciar el
comportamiento mensual de la acreditación
respecto a la recaudación.
Eficiencia en la Acreditación
Gestión 2014
Recaudación
del Mes
(A)
Mes
Total
Acreditación
(E)
Eficiencia
Acreditación Rec. Mes
(A) / (E)
Enero
335,440,504.41
332,434,264.13
99.10%
Febrero
323,021,973.51
298,622,041.28
92.45%
Marzo
340,407,379.41
331,856,836.20
97.49%
Abril
349,475,820.17
361,456,615.50
103.43%
Mayo
350,083,867.12
341,004,982.71
97.41%
Junio
406,606,933.49
311,901,471.52
76.71%
Julio
412,476,680.67
423,926,831.76
102.78%
Agosto
423,740,785.35
-10,014,368.73
-2.36%
Septiembre
401,343,275.93
640,113,496.81
159.49%
Octubre
422,519,419.92
621,737,695.23
147.15%
Noviembre
393,527,971.42
424,539,367.88
107.88%
422,119,351.35
434,688,738.29
102.98%
4,580,763,962.75
4,512,267,972.58
98.50%
Diciembre
Total
Por otro lado se tiene la Evolución Anual de Afiliados Vs. Cuentas Acreditadas la misma que
mantiene un nivel del 97% como se muestra a continuación:
Afiliados registrados: 964 mil
Gestión 2014
Cuentas Acreditadas: 936 mil
42
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
Evolución Anual de Cuentas registradas Vs. Cuentas Acreditadas
Gestión 2014
Gestión
Cuentas Acreditadas
Afiliados Registrados
%
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
139
227
254
316
354
391
428
460
492
529
582
617
676
722
763
813
875
936
165
251
274
331
369
409
448
481
513
546
594
630
694
744
776
839
902
964
84%
90%
93%
95%
96%
96%
96%
96%
96%
97%
98%
98%
97%
97%
98%
97%
97%
97%
La cuota de mercado de BBVA Previsión AFP sobre el total de la acreditación generada en el
sistema durante el 2014, es equivalente al 58.63% lo cual demuestra un importante grado de
eficiencia en el proceso. A continuación se muestra un gráfico con el comportamiento mensual
de la cuota.
Cuota de Mercado Acreditación
Gestión 2014
Mes
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
Total
PREVISION
Miles Bs.
%
332,434
58.10%
298,622
56.45%
331,857
59.03%
361,457
61.18%
341,005
54.04%
311,901
57.59%
423,927
59.13%
-10,014
-4.11%
640,113
70.28%
621,738
66.31%
424,539
61.04%
434,688
56.83%
4,512,267
58.63%
FUTURO
Miles Bs.
239,705
230,415
230,330
229,396
290,033
229,703
292,998
253,515
270,732
315,851
270,928
330,241
3,183,848
%
41.90%
43.55%
40.97%
38.82%
45.96%
42.41%
40.87%
104.11%
29.72%
33.69%
38.96%
43.17%
41.37%
TOTAL MERCADO
Miles Bs.
%
572,139
100.00%
529,037
100.00%
562,187
100.00%
590,853
100.00%
631,038
100.00%
541,604
100.00%
716,925
100.00%
243,501
100.00%
910,845
100.00%
937,589
100.00%
695,467
100.00%
764,929
100.00%
7,696,115
100.00%
43
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
Organización y Método
Con relación al Sistema de Gestión de
Calidad, BBVA Previsión AFP confirma a
través de la realización de las Auditorias de
Mantenimiento, desarrolladas en los meses
de Abril y Octubre de la Gestión 2014, su
compromiso con la búsqueda de la mejora
continua de sus procesos y la satisfacción
del cliente, asegurando de esta manera la
Certificación a la Calidad según NB-ISO
9001:2008 en los Procesos de Afiliación,
Recaudación y Acreditación a las Cuentas
Individuales de los Afiliados y Proceso de
Gestión de Inversiones de los Fondos de
Pensiones.
De acuerdo a Cronograma de Auditoria
de Calidad, para la Gestión 2015 se tiene
programado la realización de la Auditoria
de Renovación del Certificado a la Calidad,
fecha en la que BBVA Previsión AFP obtendrá
por 5ta. vez consecutiva la Recertificación
a la Calidad de cada uno de los procesos
certificados por Lloyd´s Register (Organismo
Certificador).
Por otro lado, durante la Gestión 2014 el
Dpto. de Organización y Métodos trabajó
en la elaboración de Normas Internas e
Instructivos, con más de 50 Instructivos
publicados referidos a Procedimientos de
Comercial, Prestaciones, Operaciones y
Sistemas así como de uso de Aplicativos.
Recursos Humanos
Las actividades desarrolladas por Recursos
Humanos durante la gestión 2014, comprenden
actividades de Reclutamiento, Evaluación,
Gestión, Formación y Administración.
La actividad de Reclutamiento y Selección se
incrementó por la demanda de las áreas para
44
el cumplimiento de sus objetivos, recurriendo
a fuentes internas y externas como ser
universidades y publicaciones en prensa;
poniendo énfasis en mejorar la calidad de
la plantilla con profesionales jóvenes en las
diferentes unidades de la compañía. Asimismo
se trabajó en la inducción y capacitación
de este personal para asumir las diferentes
funciones.
Entre las actividades asumidas en la Gestión del
Talento Humano, se efectuaron evaluaciones
tanto al cumplimiento de objetivos, como a
las competencias básicas de los funcionarios.
Entre los objetivos planteados por Recursos
Humanos en la gestión 2014, se encontraba la
reducción del pasivo vacacional, tarea que se
la encaró con bastante éxito, cerrando el año
con un promedio de 18 días de vacaciones por
empleado.
Sistemas
Infraestructura y Seguridad Lógica
Continuando con los lineamientos, normas
y procedimientos
de Seguridad Lógica
Corporativa, se ha realizado ajustes en la
integración con los Bancos, creando enlaces
seguros punto a punto con Redes Privadas
Virtuales, esto nos permite intercambiar con
los Bancos información con integridad y
seguridad de los datos para los Servicios de la
Sucursal Virtual del Empleador.
Se realizó el análisis de performance y la
planificación
para la actualización del
Servidor Central del Negocio, que nos va
permitir en la próxima gestión que viene
mejorar la productividad del personal interno
y externo que acceden a la plataforma de
servicios en línea.
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
Tecnología Web 2.0
Ofinet, Sucursal Virtual del Asegurado y
del Empleador:
El uso de la herramienta para aplicaciones
Web, nos ha permitido agregar varias
funcionalidades en las oficinas Regionales y
Oficina Central para el Area de Cobranzas,
Prestaciones y Operaciones que son ahora de
gran utilidad para la Atención al Cliente, se
ha agregado a todos los certificados digitales
emitidos el Código QR, para darle autenticidad
a estos documentos que son de utilidad para
varios procesos y trámites tanto internos
como externos a la AFP.
De la misma manera, se incluyeron nuevos
servicios con valor agregado en la Extranet
para el Asegurado y el Empleador, que facilita
oportunamente generar solicitudes, obtener
documentos y formularios e ingresar datos en
línea desde su hogar o desde su sitio de trabajo,
ahorrando considerablemente su tiempo al
no tener que ir a las Oficinas Regionales de
la AFP, se integraron también más Bancos
para el pago de los Aportes a través de los
Formularios de Recaudo Electrónico vía
internet.
Se elaboró el proyecto Web 2.0 para su
implantación en la próxima gestión, lo cual
va permitir integrarnos a las Redes Sociales
y estar más cerca de nuestros Asegurados y
Empleadores con un servicio de comunicación
eficiente e información oportuna a través de
los SmartPhone.
Servicios Generales
de la Oficina Nacional, evitando las compras
innecesarias y también el almacenamiento
desmedido de materiales. El trabajo se enfocó
principalmente en el control de las compras
y gastos en materiales de imprenta que
representa el 76% de la línea de Impresos y
Material de Oficina, en especial en lo que se
refiere a los formularios que tienen el riesgo
de quedar obsoletos ante cualquier cambio
de normativa del Ente Regulador.
En la línea de Impresos y Material de Oficina, se
ejecutó un 11.90% menos de lo presupuestado
para la gestión, que monetariamente significa
que no se llegó a ejecutar Bs. 621.576, gracias
a la eficiencia en los controles de almacén.
En la línea de Entretenimiento Inmovilizado
que corresponde a los mantenimientos
de
muebles,
maquinarias,
vehículos,
mantenimiento de edificios alquilados y
propios, servicios y materiales de limpieza,
pagos de gastos comunes, se gastó Bs. 421.890
menos de acuerdo a lo presupuestado.
De igual manera en lo que respecta a Servicios
Básicos (agua, energía eléctrica y gas) en la
gestión 2014 se ejecutó Bs. 83.610 por debajo
del presupuesto.
El envío de valijas nacional, corresponde a las
cartas normadas por el Ente Regulador que
se envían mensualmente de forma masiva,
principalmente lo que corresponde al Area de
Cobranzas, Prestaciones y Operaciones. Para
la gestión 2014 se ejecutó Bs. 764.951 menos
de lo presupuestado.
A continuación se muestra:
En la gestión 2014 de la misma manera que las
gestiones que la precedieron, la principal tarea
del Area de Servicios Generales fue controlar
de manera minuciosa el gasto de materiales
de cada una de las Oficinas Regionales y Areas
45
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
Gasto de Envío de Valijas Materiales 2014
(en Bolivianos)
DIF: -79.623 Bs.
356.817
277.194
-22.31%
Presupuesto
Ejecución
Con la reducción en la compra y en el envío
de materiales a las distintas oficinas, también
se redujo el gasto de Envío de Materiales en
la gestión 2014, la ejecución fue de Bs. 79.623
por debajo del presupuesto.
Como se puede apreciar las líneas de gasto
administradas por Servicios Generales,
han mostrado resultados satisfactorios
de reducción de costos en función a lo
presupuestado.
Procesos de correspondencia:
Durante la gestión 2014 se tuvo un envío de
142.748 cartas de correspondencia masiva
(Cobranzas, Operaciones, Prestaciones, Kits de
Bienvenida), de las cuales tenemos el retorno
o constancia del 100%. En correspondencia
externa se tuvo un envío de 3.665 y
correspondencia interna 12.935 teniendo
también un retorno y constancia del 100%.
Así mismo para una mejora en los procesos
de correspondencia se implementaron
algunas acciones de control y verificación
en los envíos y recepción de correspondencia
interna, externa y masiva, obteniendo una
mejor gestión en las entregas de las cartas.
46
Se implementaron seguimientos a las
gestiones que realiza el courier, controlando
tiempos de entrega, costos, peso, volumen,
entregas locales y provinciales, además se
realizaron verificaciones aleatorias de las
cartas con direcciones incorrectas, con la
finalidad de ser más efectivo en la entrega;
estos controles ayudaron a garantizar que los
gastos por los servicios sean los correctos y
conciliar la presentación de constancias en su
debido tiempo. Finalmente para regularizar
y cumplir los procedimientos de envíos y
recepción de correspondencia se elaboró una
Norma Interna al alcance de todo el personal
de la empresa.
Control de Gestión
Administración y Gestión Documental
Archivo Central, BBVA Previsión AFP S.A.
En la gestión 2014, se observa un crecimiento
sostenido en el movimiento, gestión y
administración documental, en comparación
a gestiones pasadas, por el crecimiento
normal y también por la gestión de diferentes
actividades que implican áreas en crecimiento
o por requerimientos especiales del regulador;
a través de un servicio tercearizado, controlado
y fiscalizado por nuestra institución.
Resultados de la Gestión 2014
I. Digitalización de documentos. (Afiliación,
Traspaso, Formulario de Pago de Contribución,
Formulario de Registro del Empleador y Cartas
de Cobro)
Nuestra empresa invierte en soluciones de
gestión documental, como resultado se
percibe notables beneficios al momento
de digitalizar nuestra información física
documental.
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
La gestión 2014 comparada con gestiones
anteriores presenta un crecimiento en la
cantidad de documentación en custodia, pero
en lo que refiere a cantidad de documentos
digitalizados se registra un 31% de disminución
respecto a la cantidad de documentación
digitalizada en el periodo anterior, situación
que responde a que se concluyó con el
proceso de digitalización de documentación
histórica. Asimismo se amplía ésta actividad a
documentación de otros procesos, de acuerdo
a requerimiento del regulador.
Digitalización de Documentos
191.299
174.475
158.972
82.307
ene-14
90.397
76.571
87.502
73.395
46.781
feb-14
mar-14
151.906
145.620
109.552
abr-14
may-14
jun-14
jul-14
ago-14
sep-14
oct-14
nov-14
dic-14
Como se observa en las gráficas, se ha llegado digitalizar para la gestión 2014 un total de
1.388.777 imágenes, distribuidas en los siguientes procesos:
Proceso
Tipo de Documento
Cantidad
Porcentaje
(%)
Recaudación
Form. De Pago de Contribución
419,933
30
Afiliación y Trasp./Empleador
Form. De Registro del Afiliado y de Empleador
844,731
61
Cobranzas
Cartas de Cobro
124,113
9
Documentación digitalizada gestión 2014
1,388,777
100
47
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS
Memoria Anual 2014
II. Guarda y Custodia Documental
Ingreso de nueva Documentación (Cajas CEA)
450
407
338
309
329
329
317
304
313
264
166
156
ene-14
feb-14
mar-14
abr-14
may-14
jun-14
En la gestión 2014 se ha generado el ingreso
de documentación nueva equivalente a
3.682 cajas CEA incrementándose en un
38%, la guarda y custodia de diferentes tipos
documentales.
jul-14
ago-14
sep-14
oct-14
nov-14
dic-14
BBVA Previsión AFP para el cierre de la gestión
2014, tiene documentación física equivalente
a 24.664.20 cajas CEA (Cajas Estándar de
Archivo) en su totalidad, es decir 18 % más
que la gestión anterior.
III. Administración Documental
5.570
Documentos Requeridos y Atendidos
3.084
2.841
2.626
2.056
2.109
1.105
1.349
916
ene-14
feb-14
mar-14
abr-14
821
may-14
jun-14
BBVA Previsión AFP para la gestión 2014, ha
generado un total de 24.121 requerimientos
en la atención de documentación física,
documentos originales y copias, los cuales
han sido atendidos en un 100% por parte
48
jul-14
685
959
ago-14
sep-14
oct-14
nov-14
dic-14
de nuestro actual operador; haciéndose
patente una disminución de solicitudes de
documentación física, por la disponibilidad
de imágenes digitalizadas.
GERENCIA NACIONAL
DE COBRANZAS E
INVERSIONES
Gestión de Cobranza
Inversiones
49
Cobranzas
Cuota Anual de Recuperación Morosa
Stock de Mora Total Respecto al FCI
50
GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES
Memoria Anual 2014
Las gestiones efectuadas en el 2014 estuvieron
orientadas a consolidar el liderazgo en la
cuota de Recuperación Morosa, evitando la
generación de mora, gestionando adecuada
y oportunamente el Stock de Mora de BBVA
Previsión AFP S.A.
Previsión
Cuota Anual de Recuperación Morosa
55,64%
55,22%
56,90%
53,54% 54,03%
una
52,50%cuota de
El 2014 finalizamos con
51,15%
50,50%Morosa
Recuperación
de 53.30%, la misma
que
asciende
a
B$
292,1
millones.
44,78%
49,50%
48,85%
Futuro
47,50%
46,46%
45,97%
56,41%
53,84%
53,74%
46,16%
46,26%
Cuota Anual de Recuperación43,10%
Morosa
43,59%
(2002 – 2014)
44,36%
Previsión
50,50%
44,78%
49,50%
52,50%
51,15%
48,85%
44,36%
47,50%
53,54%
46,46%
53,30%
47,51%
46,70%
52,49%
53,30%
47,51%
46,70%
Futuro
56,90%
55,64%
55,22%
52,49%
56,41%
54,03%
53,84%
53,74%
45,97%
46,16%
46,26%
43,10%
43,59%
dic-02 dic-03 dic-04 dic-05 dic-06 dic-07 dic-08 dic-09 dic-10 dic-11 dic-12 dic-13 dic-14
Fuente: página Web APS
292,1
Recuperación Morosa Anual en MM de B$
(1997 – 2014)
220,7
232,1
195,4
133,9
dic-02 dic-03 dic-04 dic-05 dic-06 dic-07 dic-08 dic-09 dic-10
115,9dic-11 dic-12 dic-13 dic-14
91,8
84,4
93,7
107,5 107,5
94,1
89,9
94,1
97,9
55,9
21,2
0,0
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
Fuente: BBVA Previsión AFP
Entre el año 1997 y el 2014 la gestión de cobro ha permitido cobrar efectivamente la suma de
B$ 2,128.1 millones.
51
GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES
Memoria Anual 2014
Recuperación Morosa Acumulada en MM de B$
(1997 – 2014)
2.128,10
1.836,00
1.603,90
1.383,20
0
21,2
77,1
168,9
347
253,3
454,5
562
656,1
745,9
840,1
938
1.187,70
1.053,80
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
Fuente: BBVA Previsión AFP
Stock de Mora Total respecto al FCI
El Stock de Mora total respecto al FCI ha venido disminuyendo sostenidamente, al cierre de la
gestión 2014 este indicador representó solo el 0.92% del FCI.
Stock de Mora Total Respecto al FCI
(2003 – 2014)
6,05%
4,37%
3,11%
2,43%
1,95% 1,85% 1,91%
1,76% 1,72% 1,65%
0,98% 0,92%
2003
2004
2005
Fuente: BBVA Previsión AFP
52
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES
Memoria Anual 2013
Inversiones
Portafolio del Fondo de Capitalización Individual
Rentabilidad del Fondo de Capitalización Individual
53
GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES
Memoria Anual 2014
El Portafolio del Fondo de Capitalización Individual al 31/12/2014
El Portafolio del Sistema Integral de Pensiones durante la gestión 2014 ha incorporado
instrumentos financieros que generaron una rentabilidad sostenible a través de una efectiva
identificación de oportunidades y gestión de las inversiones y recursos, acorde a los niveles de
riesgo, en cumplimiento a estrategias direccionales y de largo plazo.
CRECIMIENTO DEL PORTAFOLIO GESTION 2014
En millones de Bs.
39,000
37,913
38,000
37,005
36,795
37,000
36,695
36,348
35,791
36,000
35,398
34,941
35,000
34,000
34,622
34,042
34,154
febrero
marzo
33,697
33,000
32,000
enero
abril
mayo
junio
julio
agosto
septiembre
octubre
noviembre
diciembre
Fuente: BBVA Previsión AFP
La Rentabilidad del Fondo de Capitalización Individual al 31/12/2014.
Durante la gestión 2014, el comportamiento de la rentabilidad del Sistema Integral de Pensiones
administrado por BBVA Previsión AFP S.A. disminuyó hasta alcanzar un 3.82%, producto de los
hechos de mercado generados en la gestión 2013 y también a la repercusión de la tendencia a
la baja de tasas en subasta pública de títulos del Tesoro General de la Nación que el Gobierno
Boliviano implementó para controlar el periodo inflacionario que atravesaba el país.
Evolución de la Rentabilidad Anual
1999 - 2014
18,86%
17,38%
17,07%
15,45%
16,45%
18,41%
16,72%
12,48%
14,36%
11,86%
10,23%
10,00%
10,01%
8,73%
8,47%
8,17%
7,56%
11,04%
8,90%
8,12%
9,29% 9,00%
8,12% 7,72%
8,02%
7,42%
7,39%
6,27%
5,46%
6,23%
3,82%
3,60%
1999
2000
2001
2002
Fuente: BBVA Previsión AFP
54
2003
2004
2005
2006
Previsión
2007
2008
Futuro
2009
2010
2011
2012
2013
2014
SERVICIOS JURÍDICOS
55
GERENCIA NACIONAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS
Memoria Anual 2014
La función principal de la Gerencia de Nacional
de Servicios Jurídicos, es proporcionar el
asesoramiento necesario en todas y cada
una de las actividades de BBVA PREVISION
AFP S.A., con el compromiso asumido de
minimizar los riesgos y apoyar la gestión de la
empresa, más aún ahora que nos encontramos
sujetos al cambio de Sistema de Pensiones de
Largo Plazo, dentro la aplicación del Sistema
Integral de Pensiones - SIP que nació con
la promulgación de la Ley 065, en el ahora
coexisten dos sistemas el SOS y el SIP., por
lo que el asesoramiento, interpretación y
solución de consultas sobre la aplicación las
nuevas disposiciones son el día a día del área.
Dentro los trabajos más complejos se pueden
mencionar el seguimiento permanente a
la Empresa Capitalizada LAB; realizando
cuanta gestión está a nuestro alcance para
esclarecer la situación por la que atraviesa,
solicitando en muchos casos la intervención
de las autoridades públicas y jurisdiccionales
correspondientes, manteniendo informado de
ello al Regulador. Dicha labor se la realiza en
cumplimiento de la normativa, Contrato de
Servicios y cumpliendo nuestro rol de buen
padre de familia protegiendo a los bolivianos
beneficiados con el proceso de Capitalización.
56
del Regulador, logrando con ello en muchos
casos revertir o modificar decisiones injustas,
con la consiguiente recuperación de multas
impuestas.
En busca del principio justicia se continúan
planteado
recursos
Contenciosos
Administrativos ante la Corte Suprema de
Justicia en situaciones que consideramos
lesivas al interés de la empresa, utilizando
una puerta más de revisión de las resoluciones
administrativas en la vía jurisdiccional,
actuación que comenzó en la gestión 2007.
Se logro revertir la línea jurisprudencial
del Tribunal Constitucional que determinó
brindar la tutela constitucional a beneficiarios
que no cumplían con los requisitos del art. 8
de la Ley 1732 o artículos 32,35 y 47 de la Ley
065; logrando que los Tribunales determinen
restablecer los derechos constitucionales
de los afiliados pero no con recursos de la
empresa, sino con cargo a las cuentas de
siniestralidad, logrando de esta manera evitar
un riesgo económico que se encontraba fuera
del Contrato de Servicios y la normativa de
Pensiones.
Es bueno aclarar, que BBVA Previsión AFP
actuando dentro el marco de la Ley de
Capitalización y demás normativa del sector;
nunca se constituyó en administrador de
las empresas Capitalizadas, esta por norma
estuvo siempre bajo la administración del
accionista mayoritario, quien asumió y asume
la administración de dichas empresas.
Interposición de amparo contra la aplicación
del DS 24469 a la Ley 065 en lo que respecta
al régimen sancionatorio que a criterio
del Tribunal constitucional se encuentra
derogado, de acuerdo al razonamiento de la
Sentencia Constitucional Nro. 0030/2014.Resuelve confirmar la resolución 11/2014
emitida por el tribunal de instancia Sala Civil
Tercera del Tribunal Departamental de Justicia
de La Paz….
Es una constante en el trabajo de la Gerencia
Nacional de Servicios Jurídicos defender
y hacer respetar los derechos y garantías
de la empresa en todas las instancias,
especialmente recurriendo las resoluciones
Recurso de Inconstitucionalidad contra el
art. 47 de la DS reglamentario de la Ley del
Procedimiento Administrativo, que concluyo
declarando la INCONSTITUCIONALIDAD de
la última parte del parágrafo I del Art. 47
GERENCIA NACIONAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS
Memoria Anual 2014
del DS 27175 que señala “…demostrar el
cumplimiento de la obligación o de la sanción
pecuniaria dispuesta por la resolución
recurrida, salvo el caso de suspensión señalado
en el Artículo 40 del presente Reglamento”.
Por lo que en virtud de este fallo ningún
regulado debe adjuntar el pago de la multa
junto con su recurso para que sea admitido;
ahora solo se la paga la sanción cuando la RA
se encuentra firme en sede administrativa.
Se viene demostrando con estos resultados
que la Gerencia Nacional de Servicios
Jurídicos, es un pilar de apoyo constante a la
gestión en conjunto de la empresa, logrado
generarle ahorros importantes, minimizando
riesgos y recuperando sanciones.
La gestión en general en el presente año
se caracterizó por un apoyo permanente
y asesoramiento constante a la Gerencia
General, Gerencias Nacionales y Regionales y
diferentes áreas de BBVA PREVISION AFP S.A.
en los siguientes procesos:
Gerencia de Finanzas y
Soporte de Negocios
Consultas relativas a la normativa e
interpretación de resoluciones, elaboración
de contratos bancarios de préstamo, apertura
de cuentas, etc., defensa de Recursos
Administrativos, interpretación de normativa,
etc.
Área de Inversiones
Elaboración y revocatoria de poderes,
elaboración de contrato de servicios, revisión
de propuestas de inversiones y documentación
correspondiente.
Gerencia Nacional de Cobranzas
En apoyo a la Gerencia Nacional de Cobranzas
se brinda asesoramiento a la cobranza
Judicial externa e interna, en la cual se
iniciaron las acciones Ejecutivas Sociales,
Coactivos Sociales y Procesos Penales contra
los empleadores que registran mora al SSO
y ahora al SIP, efectuando seguimiento y
apoyo a los abogados externos e internos
en los procesos denominados críticos y que
concentran gran porcentaje de la deuda en
mora, elaboración de recursos administrativos,
informes, contratos, etc.
Apoyo a los abogados externos e internos en
consultas realizadas sobre el procedimiento
En las causas ejecutivos sociales, coactivos
sociales y penales, delimitación de estrategias
a seguir o absolución de conflictos que
pudieren surgir en su tramitación.
Se efectúa seguimiento permanente a los
planes de pago de las empresas denominas
críticas.
Jefatura Nacional Comercial y
Servicio al Afiliado
Contabilidad y Servicios Generales
Legalizaciones de NIT ante Graco, Remisión
de Notas de Crédito Fiscal, solicitudes
de exención de crédito fiscal, informes,
elaboración de recursos administrativos y
tributarios, Informes a auditores externos.
Consultas de prestaciones, respuestas a
notas de cargo, elaboración de recursos
administrativos, elaboración de contratos de
servicios, informes.
57
GERENCIA NACIONAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS
Memoria Anual 2014
• Jefatura de Prestaciones:
Consultas de prestaciones, respuestas a
notas de cargo, elaboración de recursos
administrativos, legalización de documentos,
respuestas a órdenes judiciales, respuestas a
requerimientos fiscales, certificados, informes,
elaboración de contratos de masa hereditaria,
revisión de la documentación presentada para
acceder a las prestaciones cuando necesita
interpretación o validación jurídica.
• Jefatura de Riesgos y Capitalizadas:
Seguimiento constante a Directores y Síndicos
de las empresas capitalizadas con el objeto
de minimizar los riesgos, asesoramiento en
capitalizadas y Ametex.
Gerencia de Recursos Humanos y Medios
Elaboración de contratos de servicios y
proveedores, elaboración de contratos
laborales y contratos a plazo fijo para el
apoyo e implementación de la nueva Ley
de Pensiones, elaboración de contratos de
préstamo y otros.
Gerencias Regionales
Respuestas a consultas sobre dudas referentes
a temas de prestaciones, tramitación de
órdenes instruidas, respuesta a órdenes
judiciales, y/o requerimientos fiscales.
Coordinación con Auditoría Interna
Apoyo a los procesos de Auditoria Interna
con el objeto de lograr obtener información
oportuna para poder corregir errores y
minimizar los riesgos de sanción.
58
Coordinación con BBVA ESPAÑA para la toma
de decisiones legales que puedan afectar el
riesgo reputacional de la Administradora de
Fondos de Pensiones y el BBVA.
Otros
Llevar los procesos judiciales que inicia la
AFP o defender los que se inician en nuestra
contra, por terceras personas, (recursos
constitucionales, laborales, otros) Se procedió
al registro de todos los actos comerciales:
Memoria Anual, Actas de Directorio, actas
de Junta de Accionistas, actas de Comité de
Dirección, transferencias de acciones, etc. de
la Administradora ante Fundempresa, previó
el cumplimiento de requisitos legales.
AUDITORIA
INTERNA
59
AUDITORÍA INTERNA
Memoria Anual 2014
Las actividades de Auditoría Interna durante
la gestión 2014 se orientaron principalmente
a la revisión de los resultados, controles y
gastos existentes en el envió de Cartas de
Cobro generadas por el área de Cobranzas, y
la distribución masiva de Estados de Ahorro
Previsional, procesos que se encuentran
normados por el Ente Regulador.
Se continuó con las actividades de supervisión
y seguimiento en la atención de las
recomendaciones detectadas por Auditoría
Interna Residente, Auditoria Corporativa y
el Auditor Externo Ernst&Young, haciendo
especial hincapié al cumplimiento de plazos
trazados en cada uno de los temas pendientes.
Asimismo, se participó activamente en
el proceso de convocatoria, selección,
autorización y contratación de los Auditores
Externos, para la revisión de los Estados
Financieros 2014.
Finalmente con el objetivo de dar continuidad
a las actividades propias del Área, se ejecutó
la evaluación al Sistema de Gestión de Calidad
en dos oportunidades, coadyuvando de ésta
manera con la detección de debilidades
previamente al proceso de Certificación ISO
9001.
60
CONTABILIDAD
61
CONTABILIDAD
Memoria Anual 2014
El Departamento de Contabilidad se encarga
del registro de las operaciones financieras
y presupuestales.
Dicha contabilización
se realiza con documentación fehaciente,
probatoria y original, aplicando leyes, normas
y reglamentos impuestos por el organismo
regulador, entidades del Estado, Principios
y Normas Contables Bolivianas, a efecto
de suministrar información oportuna que
coadyuve a la toma de decisiones.
Su estructura está conformada en dos áreas
fundamentales, la Sociedad y el Fondo
• La Administradora de Fondos de Pensiones
BBVA PREVISION AFP SA. donde se registran
las operaciones exclusivamente como
Sociedad Anónima y se diversifica con un
sector de Control Contable, donde su función
exclusiva es la supervisión, seguimiento y
ajustes a los diferentes procesos pendientes
de regularización.
• Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones
(SIP), donde sus operaciones contables son
independientes y autónomos para cada fondo,
compuesto por el Fondo de Capitalización
Individual y Capitalización Colectiva, Riesgo
Profesional, Laboral y Común, Fondo de Vejez
Mensualidades Vitalicias Variables y Fondo
Solidario con la Cuenta Básica Previsional.
Actividades generales de registros contables
de BBVA PREVISION AFP SA.
Entre las distintas actividades y procesos
realizados en la contabilidad de la
Administradora, cabe mencionar lo siguiente:
• Control y seguimiento a las operaciones de
las disponibilidades de las cuentas bancarias
mediante una programación, ejecución y
conciliación bancaria.
62
• Control, supervisión e identificación y
correcta apropiación contable de partidas
de Balance, control de ingresos y gastos de
la sociedad, validación de cifras y resultados
económicos de la empresa.
• Cumplimento de obligaciones tributarias
fiscales de impuestos gravados por la
actividad de la empresa y la preparación de
la Información Tributaria Complementaria
conforme a normativa vigente.
Durante la Gestión 2014 se procedió al
cumplimiento de obligaciones tributarias,
(IVA, RCIVA, IT, IUEBX, IUE e IT retenciones,
IUE).
dic-14
1,09
nov-14
2,62
oct-14
2,78
sep-14
0,03
ago-14
0,94
jul-14
1,43
jun-14
1,21
may-14
1,01
abr-14
8,92
mar-14
1,14
feb-14
3,83
ene-14
0,96
-
2,00
4,00
6,00
8,00
10,00
(Expresado en Millones de bolivianos)
El cumplimiento impositivo de BBVA
PREVISION AFP SA para la gestión 2014
alcanza aproximadamente a Bs. 26 millones,
de los cuales a abril 2014 se pago el Impuesto
a las Utilidades de las Empresas (IUE) alcanzo
a 8.92 millones de Bs.
CONTABILIDAD
Memoria Anual 2014
Coberturas al Fondo de Capitalización
Individual (FCI) y Fondo de Capitalización
Colectiva (FCC).
FINANCIAMIENTO POR
PRESTACIONES
Expresado en bolivianos, Gestion 2014
• Reposición con cargo a gasto:
31.132,87
9.490,07
La Administradora financio con recursos
propios al Fondo de Capitalización Individual
por, regularización de diferencias en pagos
a Entes Gestores, Retiros Mínimos, Pagos
en Exceso, Cargos Financieros, Reposición
de Débitos no identificados, que afectan la
disponibilidad de las cuentas de recaudación
o de beneficios del fondo aproximadamente
en Bs. 984 mil y el financiamiento al Fondo de
Capitalización Colectiva en Bs. 463 mil, con
cargo a las cuentas de gasto.
336.068,29
17.351,04
831.999,54
3.652.194,98
2.219.327,66
• Financiamientos al Fondo de Capitalización
Individual (FCI).
Retiro Minimo
Gastos Funerarios FCI y MVV
Masa Hereditaria
Jubilacion
Riesgos
Sentencia Constitucional
Otros Financiamientos Menores
El financiamiento con recursos propios que
realiza la administradora al FCI al 31 de
diciembre del 2014 fue de Bs 37.1 millones,
para financiar el pago de prestaciones de
Retiros Mínimos, Gastos Funerarios FCI y
MVV, Masa Hereditaria, Riesgos y Sentencias
Judiciales. De los cuales Bs 30 millones va
destinado al financiamiento para el pago de
pensión de jubilados en los primeros días del
mes hasta posterior reembolso de su cuota
parte del SENASIR.
FINANCIAMIENTO PORCENTUAL
POR PRESTACIONES
51,46%
31,27%
La composición de los Bs 7.10 Millones se
descomponen en las siguientes prestaciones:
11,72%
4,73%
0,44%
0,24%
Retiro Minimo
Gastos
Funerarios FCI y
MVV
0,13%
Masa Hereditaria
Jubilacion
Riesgos
Sentencia
Constitucional
Otros
Financiamientos
Menores
63
CONTABILIDAD
Memoria Anual 2014
• Diversos Financiamientos:
Adicional BBVA PREVISION AFP SA contribuye
a la recuperación de aportes al Sistema
Integral de Pensiones de los afiliados a través
de la dotación de recursos económicos para la
prosecución de trámites judiciales que implican
el control y gestión de cobro administrativo y
judicial, (Redacción de oficios, publicación de
edictos, certificaciones de Derechos Reales,
Fundempresa, SIN). En la gestión 2014
demando un gasto por estos procesos de
Bs 5.6 millones y al cierre de gestión queda
pendiente un saldo desembolsado para este
fin en aprox. Bs. 407 mil.
TRAMITES JUDICIALES
2014
(en miles de bolivianos)
Saldo Inicial Bs. 1.081
218.877
893.203
SOLICITUDES
RENDICIONES
Saldo Final Bs. 407
Actividades generales de registros contables
de Fondos del Sistema Integral de Pensiones
(SIP).
Entre las distintas actividades y procesos
realizados en la contabilidad de los Fondos,
cabe mencionar lo siguiente:
64
• En la contabilidad de Fondos del Sistema
Integral de Pensiones (SIP) se registran
operaciones contables independientes y
autónomos para cada fondo, compuesto
por el Fondo de Ahorro Previsional - Fondo
de Capitalización Individual (FCI); Fondo
de Capitalización Colectiva (FCC); Fondo
Colectivo de Riesgos, compuesto por Riesgo
Profesional, Laboral y Común; Fondo de
Vejez - Mensualidades Vitalicias Variables
(MVV) y el Fondo Solidario con Cuenta Básica
Previsional (CBP).
• Control, supervisión y seguimiento a
las operaciones de las disponibilidades
de las cuentas bancarias de Recaudación,
Administración Cartera y Desembolso en un
promedio aproximado de Bs. 81 millones
mensuales este último, a través del manejo
de 88 cuentas bancarias, distribuidas en 18
entidades financieras en todo el país.
• Pago de prestaciones a beneficiarios y
derechohabientes (Jubilación, Riesgos RC
y RP, Retiros Mínimos, Masa Hereditaria,
Devolución de Pagos en Exceso, Gastos
Funerarios FCI – MVV - FCC), a través de
abonos en cuenta, transferencias bancarias y
cheques alrededor de 120 millones mes..
• Registro mediante interface de las
operaciones realizadas en el portafolio de
Inversiones (compras, ventas y vencimientos),
con saldo en su cartera de Bs.37.913 millones
para el cierre de la gestión 2014. Además
del pago y registro a las Entidades de
intermediación Bursátil y de Depósito de
Valores por custodio de títulos.
INFORME DEL SÍNDICO
Memoria Anual 2014
INFORME DEL SÍNDICO
Santa Cruz de la Sierra, 25 de febrero de 2015
Señores
Junta General Ordinaria de Accionistas
BBVA Previsión AFP S.A.
Presente.
De mi consideración:
De acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio y los Estatutos vigentes
de la sociedad BBVA Previsión AFP S.A., en mi condición de Síndico designado
por la Asamblea de Accionistas, he asistido con voz, pero sin voto, a la reunión de
Directorio y la Junta de Accionistas de la sociedad, durante el año 2014.
En dichas reuniones ejercí libremente mis atribuciones como fiscalizador,
evidenciando en todas ellas que se actuó dentro del marco de las leyes y reglamentos
del Estado Plurinacional de Bolivia y el Estatuto de la Sociedad.
De conformidad al artículo 335 del Código de Comercio, mi responsabilidad es
presentar un dictamen sobre el balance general, estado de resultados, las notas a
los estados financieros y la Memoria Anual.
He cumplido con revisar los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013,
y los correspondientes Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de
Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujo Efectivo, las Notas a los Estados
Financieros y la Memoria Anual.
Asimismo, he revisado el Dictamen del Auditor Externo, Ernest & Young LTDA.
En dicho dictamen el Auditor señala que su examen se efectuó de acuerdo a las
normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre
contable al 31 de diciembre de 2013. El Auditor Externo opina que los estados
financieros mencionados presentan razonablemente, en todo aspecto signiticativo,
65
INFORME DEL SÍNDICO
Memoria Anual 2014
la situación patrimonial y financiera de BBVA Previsión AFP S.A ., los resultados de
sus operaciones, los cambios en su patrimonio neto y los flujos de efectivo por el
ejercicio terminado en esa fecha.
La Nota 23, literal (a), a los Estados Financieros, da cuenta de los infructuosos
esfuerzos realizados por la Junta de Acreedores de AMETEX, de la cual la Sociedad es
parte, para la venta de activos mediante una oferta pública nacional e internacional
a cargo de Pricewaterhouse Coopers S .R.L. En ese contexto, el 12 de junio de 2014
la Sociedad recibió de ENATEX una oferta económica para la compra de activos
de AMTEX por el precio de Bs. 104.4000.000,00, la cual fue ratificada el 8 de
septiembre de 2014. Ante la inexistencia de otras oportunidades para realizar los
activos, el 12 de septiembre de 2014, la Junta de Acreedores autorizó la venta de las
unidades productiva de AMETEX a ENATEX, por el precio ofertado. Esta transacción
permitió cubrir el pago de los beneficios sociales adeudados por AMETEX. El proceso
descrito precedentemente ha sido de pleno conocimiento del Órgano Regulador.
Adicionalmente, la misma Nota destaca, el castigo de los excesos de inversión
involuntarios generados por las emisiones de bonos comprendidos dentro del
Programa dentro del Programa denominado Bonos AMETEX II, dispuesto por la
Resolución Administrativa APS/No.309-2014 de 17 de abril de 2014.
La Nota 23, literal (b), a los Estados Financieros, destaca la existencia de algunas
acciones tomadas por iniciativa de la Sociedad que se encuentran pendientes:
El proceso arbitral iniciado por la revocatoria de la Junta de Accionistas de 23
de octubre de 2008; La auditoría forense dispuesta por la Junta de Accionistas
del LAB de 9 de noviembre de 2012; las demandas de impugnación contra las
resoluciones de las Juntas de Accionistas de que aprueban los Estados Financieros
de 2011, 2012, 2013 y 2014. En relación al proceso arbitral y la auditoría forense,
por tratarse de procesos que se encuentran pendientes de trámite desde hace un
tiempo considerable, recomiendo que la Administración de BBVA Previsión AFP
S.A. emplee sus mejores esfuerzos para el cierre o conclusión.
En los casos (a) y (b) destacados por la Nota 23 a los Estados Financieros, recomiendo
que la Administración de BBVA Previsión AFP S.A. informe al Directorio, en forma
regular, la evolución de dichos procesos por tratarse de casos relevantes y críticos.
Basado en mi tarea de fiscalizador y en el análisis de los Estados Financieros antes
mencionados y sus correspondientes notas, informo que, dentro del periodo que
concluyó el 31 de diciembre de 2014 ejercí la función de Síndico y no he tomado
66
INFORME DEL SÍNDICO
Memoria Anual 2014
conocimiento de otra información relevante que pudiera afectar, los Estados
Financieros de BBVA Previsión AFP S.A.
Por lo tanto, recomiendo a la Junta General Ordinaria de Accionistas aprobar los
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014, 2013, y los correspondientes Balance
General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto,
Estado de Flujo Efectivo y las Notas a los Estados Financieros.
Atentamente,
Luis Fernando González Quintanilla
Síndico
BBVA Previsión AFP S.A.
67
68
ESTADOS FINANCIEROS
AUDITADOS
Administradora de Fondos de Pensiones
Fondo de Capitalización Individual
Fondo de Capitalización Colectiva
Cuenta de Riesgo Profesional
Cuenta Colectiva de Siniestralidad
Cuenta de Riesgo Laboral
Cuenta Mensual Vitalicia Variable
Cuenta Básica Previsional
69
BBVA PREVISION AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
70
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el balance general de BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos
de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, y los correspondientes estados de ganancias y
pérdidas, de cambios en el patrimonio neto y de flujo de efectivo por los ejercicios terminados
en esas fechas, así como las notas 1 a 24 que se acompañan. Estos estados financieros son
responsabilidad de la Gerencia de la Sociedad. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión
sobre los mencionados estados financieros basados en nuestras auditorías.
2 . Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013, emitido por
la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren
que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si
los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría
incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones
en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad
utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la
presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros
exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan
razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera de BBVA
Previsión AFP S. A. - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013,
los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio neto y los flujos de efectivo
por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS.
4. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han
sido preparados considerando que la Sociedad continuará como empresa en marcha. Como se
menciona en la Nota 23 g), a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones,
la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de la entidad denominada
Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, para lo cual, mediante el Decreto Supremo
N° 2248 de fecha 14 de enero de 2015, se definió un periodo de transición de 18 meses para
el inicio de sus operaciones. Durante el periodo de transición, las Administradoras de Fondos
de Pensiones deberán continuar realizando todas las obligaciones descritas en los contratos
suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros, finalizado dicho periodo Ios contratos quedarán resueltos. Esta nueva normativa,
genera una incertidumbre material, en relación a la capacidad de la Sociedad para continuar
71
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
como una empresa en marcha, no pudiéndose determinar los efectos que esta situación
podría generar en los estados financieros. En consideración a lo antes mencionado, los estados
financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la
resolución de esta incertidumbre.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
72
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Disponibilidades
Cuentas por cobrar
Pagos Anticipados
Otros activos corrientes
TOTAL ACTIVO CORRIENTE
2014
2013
6
7
8
32.943.007
55.631.545
4.941.669
289.003
93.805.224
14.302.747
58.903.785
6.523.106
348.118
80.077.756
9
10
11
10.098.046
16.038.157
4.766.886
30.903.089
124.708.313
9.907.351
16.044.029
4.380.237
30.331.617
110.409.373
ACTIVO NO CORRIENTE
Inversiones permanentes
Bienes de uso
Cargos diferidos
TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE
TOTAL ACTIVO
Cuentas de orden deudoras
15
38.205.039.593
33.576.039.423
12
13
14
471.523
12.896.436
32.062.784
353.014
10.283.624
27.900.947
TOTAL PASIVO CORRIENTE
45.430.743
38.537.585
PASIVO NO CORRIENTE
Prevision para beneficios sociales
TOTAL PASIVO NO CORRIENTE
TOTAL PASIVO
10.154.300
10.154.300
55.585.043
7.516.417
7.516.417
46.054.002
21.500.000
11.074.215
1.642.295
3.014.189
846.666
1.225.114
29.820.791
21.500.000
11.074.215
1.642.295
3.014.189
846.666
1.225.114
25.052.892
69.123.270
64.355.371
124.708.313
38.205.039.593
110.409.373
33.576.039.423
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar comerciales
Cuentas por pagar fiscales y sociales
Provisiones y previsiones
PATRIMONIO
Capital social
Reserva legal
Reserva facultativa
Ajuste de capital
Ajuste global al patrimonio
Ajuste de reserva patrimonial
Resultados acumulados
17
18
18
18
18
18
TOTAL PATRIMONIO
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO
Cuentas de orden acreedoras
15
Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
73
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS POR LOS EJERCICIOS TEMINADOS
EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
Nota
Ingresos operativos
Ingresos financieros
Ingresos diversos
19
2014
144.528.713
3.671.344
2.546.921
125.353.125
110.931
2.642.841
150.746.978
128.106.897
Gastos de administración
Gastos financieros
Otros gastos operativos
Egreso por AITB, diferencia de cambio y mantenimiento de valor
(104.654.475)
(62.077)
(8.008.585)
(16.784)
(96.763.284)
(208.001)
(5.303.067)
(43.194)
Total Gastos
(112.741.921)
(102.317.546)
Resultado de operación neto antes de impuestos
38.005.057
25.789.351
Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas
(7.687.185)
(1.871.691)
Resultado de operación neto después de impuestos
30.317.872
23.917.660
107.602
(604.683)
1.167.970
(32.738)
29.820.791
25.052.892
Total Ingresos
Ingreso de gestiones anteriores
Gastos de gestiones anteriores
Resultado neto del ejercicio
Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
74
2013
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
BBVA PREVISION AFP S.A.- ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Capital
social
Saldos al 31 de diciembre de
2012
Reserva
legal
Reserva
facultativa
Ajuste
global del
patrimonio
Ajuste de
capital
Ajuste de
Resultados
reservas
acumulados
patrimoniales
Total
21.500.000
11.074.215
1.642.295
3.014.189
846.666
1.225.114
17.728.873
57.031.352
Distribución de utilidades
de acuerdo a la Resolución
emitida por la Junta General
Ordinaria de Accionistas
celebrada el 28 de febrero de
2013
-
-
-
-
-
-
(17.728.873)
(17.728.873)
Resultado neto del ejercicio
-
-
-
-
-
-
25.052.892
25.052.892
21.500.000
11.074.215
1.642.295
3.014.189
846.666
1.225.114
25.052.892
64.355.371
Distribución de utilidades
de acuerdo a la Resolución
emitida por la Junta General
Ordinaria de Accionistas
celebrada el 28 de febrero de
2014
-
-
-
-
-
-
(25.052.892)
(25.052.892)
Resultado neto del ejercicio
-
-
-
-
-
-
29.820.791
29.820.791
21.500.000
11.074.215
1.642.295
3.014.189
846.666
1.225.114
29.820.791
69.123.270
Saldos al 31 de diciembre de
2013
Saldos al 31 de diciembre de
2014
Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
75
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
BBVA PREVISION AFP S.A.- ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
2014
2013
Flujo de efectivo de actividades de operación
Resultado neto del ejercicio
Partidas que han afectado el resultado del ejercicio y que no han generado
movimiento de efectivo:
29.820.791
25.052.892
Previsión para beneficios sociales
Provisión para primas
Depreciación del activo fijo
Amortización de cargos diferidos
Resultado en inversiones permanentes
3.939.790
2.814.533
1.601.576
1.172.178
(190.695)
39.158.173
3.374.570
2.580.849
1.654.495
1.318.937
(180.148)
33.801.595
3.272.240
1.581.437
59.115
1.347.304
(1.301.907)
118.509
2.612.812
46.847.683
1.645.947
(1.240.401)
285.282
(1.172.872)
(1.367.373)
(1.012.967)
3.456
30.942.667
(1.595.704)
(1.558.827)
(3.154.531)
(520.647)
(1.419.013)
(1.939.660)
(25.052.892)
(25.052.892)
(2.000.000)
(17.728.873)
(19.728.873)
Incremento neto de efectivo
18.640.260
9.274.134
Disponibilidades al inicio del ejercicio
Disponibilidades al cierre del ejercicio
14.302.747
32.943.007
5.028.613
14.302.747
Cambio en activos y pasivos
Cuentas por cobrar
Pagos anticipados
Otros activos corrientes
Provisiones y previsiones
Beneficios sociales netos
Cuentas por pagar comerciales y otros pasivos
Cuentas por pagar fiscales y sociales
Total flujo de efectivo originado en actividades de operación
Flujo de efectivo de actividades de inversión
Adquisición de bienes de uso
(Incremento) neto en cargos diferidos
Total flujo de efectivo (aplicado) en actividades de inversión
Flujo de efectivo de actividades de financiamiento
Préstamo con entidades de financiamiento (neto de pagos)
Distribución de dividendos
Total flujo de efectivo (aplicado) en actividades de financiamiento
Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
76
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - CONSTITUCION Y OBJETO DE LA
SOCIEDAD
La Sociedad fue constituida en la ciudad de
Cochabamba en fecha 25 de febrero de 1997,
según Testimonio de la escritura pública de
constitución N° 429/97. Se estableció como
domicilio principal de la Sociedad la ciudad
de Santa Cruz de la Sierra.
El funcionamiento de la Sociedad
fue autorizado mediante Resolución
Administrativa N° 2-9531 de fecha 28 de
febrero de 1997, otorgada por la Dirección
General del Registro de Comercio y Sociedades
por acciones dependiente del Ministerio de
Hacienda y Desarrollo Económico, actual
Ministerio de Desarrollo Económico.
e) Ofertar mensualidades vitalicias variables
a los afiliados de los fondos que administre
y sus derechohabientes, cuando legalmente
corresponda,
f) Cobrar las comisiones o primas que
correspondan, en la medida autorizada
legalmente, como remuneración por sus
servicios de administración de fondos
y en general, realizar todos los actos
jurídicos, contratos, operaciones, negocios,
negociaciones, gestiones y similares.
a) Administrar y representar los fondos de
pensiones,
Mediante Testimonio N° 520/01 de fecha
20 de febrero de 2002, se procedió a
modificar la razón social de PREVISION
BBV ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES S.A. (BBV PREVISION AFP S.A.),
por la de PREVISION BBVA ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES S.A. (BBVA
PREVISION AFP S.A.), aprobada por la Junta
General Extraordinaria de Accionistas de
fecha 7 de noviembre de 2001.
b) Cumplir con las prestaciones y servicios
establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N°
1732 de fecha 29 de noviembre de 1996), y
sus reglamentos,
Los fondos de pensiones y las cuentas
establecidas por la Ley de Pensiones y su
decreto reglamentario administrados por la
Sociedad son los siguientes:
c) Contratar servicios necesarios para la
realización de sus actividades,
a) Fondo de Capitalización Individual (FCI)
El objeto social definido en los estatutos de la
Sociedad es:
d) Invertir sus propios recursos en entidades
que presten servicios de custodia de títulos
valores, de sistemas computarizados, de
procesamiento de planillas de recaudación,
cobro de mora y pago de prestaciones del
seguro social obligatorio de largo plazo bajo
su responsabilidad y similares,
Es el fondo compuesto por las cuentas
individuales, las inversiones de Cuenta de
Siniestralidad, Cuenta de Mensualidad Vitalicia
Variable, Cuenta de Riesgo Profesional, la
Cuenta de Riesgo Laboral, Cuenta Básica
Previsional y recursos provenientes del Fondo
de Capitalización Colectiva.
77
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
El FCI está compuesto por:
a entidades aseguradoras adjudicatarias
mediante Licitación Pública Internacional.
i. Cuenta de Siniestralidad
Son los recursos provenientes de las primas
para la cobertura de Riesgo Común que
conforman una cuenta en el FCI, durante
el periodo en que las Administradoras de
Fondos de Pensiones no transfieren el saldo
de los recursos administrados a las entidades
aseguradoras para la cobertura de estos
riesgos. ii. Cuenta de Riesgo Profesional
Son los recursos provenientes de las primas
para la cobertura del Riesgo Profesional que
conforman una cuenta en el FCI, durante
el período en que las Administradoras de
Fondos de Pensiones no transfieren el saldo
de los recursos administrados a las entidades
aseguradoras para la cobertura de estos
riesgos.
iii. Cuenta de Riesgo Laboral
Son los recursos provenientes de las primas
para la cobertura del Riesgo Laboral que
conforman una cuenta en el FCI, durante
el período en que las Administradoras de
Fondos de Pensiones no transfieren el saldo
de los recursos administrados a las entidades
aseguradoras para la cobertura de estos
riesgos.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de
Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de
1996 y en la Ley de Reactivación Económica
N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la
gestión 2001 Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros - APS, ha
dispuesto la transferencia de las coberturas
por Riesgo Común y Profesional, desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones
78
Producto de la mencionada licitación, en fecha
1° de noviembre de 2001, las administradoras
de fondos de pensiones han firmado un
contrato de seguro (pólizas de seguro) con
La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.
y un contrato de prestación de servicios con
Seguros Provida S.A., con una participación
de mercado de 75% y 25%, respectivamente.
En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto Supremo N°
28926, que dispone: “que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros. Se determina
como fecha de inicio de cobertura del período
administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre
de 2006”. A partir de esa fecha, solamente
se transfiere a las entidades aseguradoras, las
primas acreditadas hasta el 31 de octubre de
2006.
iv. Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable
Son los recursos provenientes del Capital
Acumulado a ser transferido por todos aquellos
afiliados, o sus derecho habientes cuando
corresponda, que opten por la modalidad de
la prestación de jubilación de Mensualidades
Vitalicias Variables. Al 31 de diciembre de
2014 y 2013, la cuenta presenta un saldo para
el pago de este beneficio de Bs2.458.358.525
y Bs1.892.207.663, respectivamente.
v. Cuenta Básica Previsional
Son los recursos provenientes de: a) el veinte
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por ciento (20%) de las Primas de Riesgo
Común y Riesgo Profesional, de forma
mensual, b) Cinco Millones 00/100 de dólares
estadounidenses (US$ 5.000.000) obtenidos
de la Cuenta de Siniestralidad, por única
vez, c) Cinco Millones 00/100 de dólares
estadounidenses (US$ 5.000.000) obtenidos
de la Cuenta de Riesgos Profesionales, por
única vez, d) el diez por ciento (10%) de
la diferencia entre el Total Ganado menos
sesenta (60) salarios mínimos nacionales,
cuando la diferencia sea positiva y e) otras
fuentes normadas por el Poder Ejecutivo, de
acuerdo al Artículo 15 de la Ley N° 3785.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones,
deberán transferir el monto correspondiente
a los porcentajes establecidos de todas las
primas pagadas y acreditadas hasta el último
día hábil administrativo del mes siguiente al
que corresponda el pago, desde el periodo de
aporte diciembre 2007.
Estas transferencias serán la fuente de
financiamiento de la Cuenta Básica Previsional,
para el pago de la pensión mínima.
La Pensión Mínima es la prestación
semicontributiva pagada por el Seguro Social
Obligatorio de Largo Plazo a los titulares
que cumplan los requisitos establecidos
para el efecto, y a su fallecimiento a sus
derechohabientes hasta el segundo grado, en
las proporciones que les corresponda según
normativa.
La Pensión Mínima está constituida por la
fracción que el afiliado ha logrado generar
con sus aportes en Cuenta Individual, sumada
a la Compensación de Cotizaciones cuando
corresponda, a cuyo resultado se añadirá una
fracción complementaria a cargo de la Cuenta
Básica Previsional, hasta completar el monto
de la Pensión Mínima.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010
de Pensiones, establece que el Régimen
Semicontributivo,
que
contempla
la
Prestación Solidaria de Vejez, Pensión por
Muerte derivada de estas y Gastos Funerarios
administrará el Fondo Solidario, compuesto
con recursos provenientes de:
• El 20% de las Primas de Riesgo Común,
Riesgo Profesional y Riesgo Laboral.
• El 0,5% del Aporte Solidario del Asegurado
(dependiente é independiente).
• El 3% en calidad de Aporte Patronal.
• El 2% en calidad de Aporte Patronal del
Sector Minero Metalúrgico.
Los recursos constituidos en la Cuenta Básica
Previsional, a cargo de las Administradoras
de Fondos de Pensiones hasta la fecha de
constitución del Fondo Solidario.
Los siguientes Aportes Solidarios que el
Órgano Ejecutivo podrá actualizar cada 5
años:
• El 10% de la diferencia entre su total solidario
menos Bs35.000, cuando la diferencia sea
positiva.
• El 5% de la diferencia entre su total solidario
menos Bs25.000, cuando la diferencia sea
positiva.
• El 1% de la diferencia entre su total solidario
menos Bs13.000, cuando la diferencia sea
positiva.
La transferencia y recaudación de estos
recursos financiaran la Pensión Solidaria.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de
Pensiones en su artículo 177 hace conocer que
las Administradoras de Fondos de Pensiones
continuarán realizando todas las obligaciones
determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscrito con el Estado Boliviano
79
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones,
Decretos Supremos y normativa regulatoria
reglamentaria, así como lo dispuesto en
dicha Ley y disposiciones reglamentarias del
Sistema Integral de Pensiones, asumiendo
las obligaciones, atribuciones y facultades
conferidas a la Gestora Pública de la
Seguridad Social de Largo Plazo, mientras
dure el periodo de transición, debiendo tomar
en cuenta, principalmente, lo que el inciso
vi) indica Transitoriamente, la recaudación
del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte
Patronal Solidario y el Aporte Nacional
Solidario del Asegurado Dependiente deberán
ser registradas y acreditadas en la Cuenta
Básica Previsional administrada por las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010
de Pensiones (artículo 167), establece que
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones – AP, se denominará Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y asumirá las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones en
materia de seguros de la Autoridad de de
Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en
un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada
esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y
siguientes notas a los estados financieros, en
lugar de nombrar a la ex Superintendencia
de Pensiones, la ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora
Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
- APS.
vi. Recursos provenientes del FCC
Corresponden a inversiones que el Fondo de
Capitalización Colectiva ha efectuado en el
FCI.
80
b) Fondo de Capitalización Colectiva (FCC)
Es el Fondo conformado con los recursos
constituidos en fideicomiso, provenientes de
las acciones que anteriormente eran propiedad
del Estado a través de la participación en las
sociedades de economía mixta, que al ser
capitalizadas fueron transferidas a título
gratuito en beneficio de los ciudadanos
bolivianos residentes en el país, que al 31
de diciembre de 1995 hubieran alcanzado
la mayoría de edad, de conformidad con el
artículo 7 de la Ley 1544 de 21 de marzo
de 1994 (Ley de Capitalización) y Ley de
Propiedad y Crédito Popular N° 1864 de 15 de
junio de 1998.
Al respecto, en fecha 28 de noviembre de
2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal
de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el
artículo 12 establece la derogación de los
artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N°
2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo
N° 29400 de fecha 29 de diciembre de 2007,
reglamentario de la Ley de la Renta Universal
de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su
capítulo VI, reglamenta las condiciones y
procedimientos para el pago del Bonosol
y gastos funerarios. Es decir que para los
beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol
y los gastos funerarios a cargo del Fondo
de Capitalización Colectiva tienen vigencia
efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008.
NOTA 2 - ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD
Por medio del Decreto Supremo N° 24471
de fecha 23 de enero de 1997, la Sociedad
se adjudicó la prestación de servicios de
administración de los fondos de pensiones
definidos en la ley de pensiones.
En fecha 18 de marzo de 1997, la Sociedad
suscribió un contrato de prestación de
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
servicios con la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, por
medio del cual se formalizaron las condiciones
del pliego de especificaciones de la licitación
pública internacional N° MC/AFP – 01/96. De
acuerdo con este contrato, la administración
de estos fondos es exclusividad de la Sociedad
para un área específica y por el lapso de cinco
años a partir del 1° de mayo de 1997. Esta
administración se realizaba en territorios de
explotación común y áreas de exclusividad.
Dicho período de exclusividad concluyó el 30
de abril de 2002. Al respecto, la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS emitió el procedimiento para el
otorgamiento de Licencias a Administradoras
de Fondos de Pensiones y autorizó el inicio del
proceso de “Licitación Pública Internacional”.
A la fecha, las dos administradoras de fondos
de pensiones: BBVA Previsión AFP S.A. y
Futuro de Bolivia AFP S.A. son las únicas
entidades autorizadas para la administración
del Fondo de Capitalización Individual, Fondo
de Capitalización Colectiva y las Cuentas
Colectiva de Siniestralidad, Cuenta de Riesgo
Laboral, Cuenta de Riesgo Profesional, la
Cuenta Básica Previsional y la Cuenta de
Mensualidad Vitalicia Variable.
Con posterioridad al periodo de exclusividad,
la AFP puede cobrar comisiones de acuerdo con
las condiciones del mercado o de acuerdo con
las condiciones que se determinen en forma
conjunta con la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS
mediante mecanismos permitidos por la Ley de
Pensiones y sus normas reglamentarias. Estas
comisiones han permanecido en el mismo
porcentaje percibido durante el período de
exclusividad.
De acuerdo con el contrato de prestación
de servicios suscrito con la
Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros y la Ley de Pensiones - APS, a partir
del mes de mayo de 2002, la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
- APS estableció la apertura del mercado y
la finalización del período de exclusividad
del manejo de los fondos provenientes del
Seguro Social Obligatorio, brindando a los
afiliados la posibilidad de escoger la entidad
que administrará sus aportes. El índice de
transferencias ocurridas a la fecha alcanza al
2,18% en relación al total de afiliados al 31 de
diciembre de 2007.
El decreto supremo N° 24585 de fecha 29 de
abril de 1997, estableció la transferencia de los
recursos provenientes de la capitalización de
las empresas del Estado, a favor de los Fondos
de Capitalización Colectiva administrados por
la Administradora de Fondos de Pensiones.
Estos recursos, que se encontraban en
Fideicomiso, fueron transferidos a este Fondo
en fecha 1° de mayo de 1997.
La Resolución SP N° 001/97 de fecha 29 de
abril de 1997, establece el 1° de mayo de 1997
como la fecha de inicio de actividades de las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
El 15 de junio de 1998 se promulga la
Ley N° 1864 “Ley de Propiedad y Crédito
Popular”, la que establece nuevas normas
en la participación de los bolivianos en
los beneficios provenientes del Fondo de
Capitalización Colectiva, crea la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y establece una serie de nuevas
normas relativas a la administración de los
Fondos de Pensiones y el objeto social de las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
Entre las actividades nuevas que se les
permiten a las Administradoras de Fondos
de Pensiones está la de poder recaudar y
81
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
administrar cualquier aporte laboral, patronal
y voluntario de acuerdo con el reglamento
específico emitido por el Poder Ejecutivo.
Resultado de una licitación pública
internacional llevada a cabo por los
Ministerios de Comercio Exterior e Inversión
y de Vivienda y Servicios Básicos, BBVA
Previsión AFP S.A. en consorcio con la
Administradora de Fondos de Pensiones Futuro
de Bolivia AFP S.A. se adjudican el servicio
de recaudación y administración de aportes
laborales y patronales para vivienda, para
lo cual constituyen la Sociedad Provivienda
Entidad Recaudadora y Administradora de
Aportes S.A., que inicia actividades el 1° de
diciembre de 1998. En fecha 18 de abril de
2001 el Directorio de la AFP Futuro de Bolivia
S.A. decide la venta y posterior transferencia
de dichas acciones a la Administradora de
Fondos de Pensiones BBVA Previsión AFP S.A.,
dicha venta fue autorizada mediante Decreto
Supremo N° 26222 de fecha 21 de junio de
2001 y fue efectivizada en fecha 13 de julio
de 2001.
Tal como se describe en la Nota 23 g) durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones.
NOTA 3 - NORMAS CONTABLES
Las normas y prácticas contables aplicados
por la Sociedad en la preparación de los
estados financieros son los siguientes:
3.1 Presentación de estados financieros
a) Presentación de los estados financieros
Los estados financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013 presentan cifras en bolivianos
“Bs” que constituye la moneda de cuenta
y de curso legal en Bolivia. Dichos estados
82
financieros consolidan las operaciones de
las oficinas de la Sociedad situadas en las
ciudades de La Paz, Santa Cruz de la Sierra,
Cochabamba, Sucre, Tarija, Oruro, Potosí,
Trinidad y Cobija.
Los estados financieros de BBVA Previsión AFP
S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones
han sido preparados para cumplir con las
disposiciones legales a las que está sujeta
la Sociedad como ente independiente. Por
tanto, no incluyen la consolidación de los
estados financieros de la empresa subsidiaria
de la Sociedad, dicha inversión se presenta
valuada a su valor patrimonial proporcional.
Los presentes estados financieros han
sido preparados para exponer la situación
económica y financiera de la Sociedad. El
patrimonio de la Sociedad es independiente
y distinto del patrimonio de los diferentes
Fondos que están bajo su administración y
sobre los cuales no tiene derecho de propiedad
alguno.
Tal como se indica en la nota 23 g); los
presentes estados financieros han sido
preparados considerando que la Sociedad
continuará como empresa en marcha, y
consecuentemente, no incluyen ningún
ajuste adicional que pudiera resultar de la
aplicación de la nueva Ley de Pensiones ni
del Decreto Supremo N° 2248, debido a que
la transferencia de la administración del
sistema integral de pensiones a la Gestora
Pública de la Seguridad Social a Largo
Plazo, se producirá una vez que se cumplan
todos los pasos establecidos por el Decreto
Supremo Reglamentario y finalice el periodo
de transición.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
b) Base normativa-contable de preparación
de los estados financieros
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 y sus normas reglamentarias
en lo que corresponda, lo establecido en la
Disposición Transitoria Única del Decreto
Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y
otras disposiciones vigentes relacionadas a la
preparación, formulación y presentación de
información referente al cierre contable de
gestión. Estos lineamientos concuerdan con
las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico
Nacional de Auditoria y Contabilidad del
Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por
lo que se menciona en la Nota 4 a los estados
financieros.
c) Uniformidad en la preparación de los
estados financieros
Las normas contables han sido aplicadas por
la Sociedad en la elaboración de sus estados
financieros de manera consistente en los
ejercicios de 12 meses, que finalizaron el 31
de diciembre de 2014 y 2013.
d) Estimaciones contables
La preparación de estados financieros
de acuerdo con normas de contabilidad
generalmente aceptadas en Bolivia y las
prácticas de la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS,
requiere que la Gerencia de la Sociedad realice
algunas estimaciones que afectan los montos
de activos y pasivos, y la exposición de activos
y pasivos contingentes a la fecha de los
estados financieros, así como los montos de
ingresos y gastos del ejercicio. Los resultados
reales pueden diferir de las estimaciones
realizadas. Sin embargo, estas estimaciones
fueron realizadas en estricto cumplimiento
del marco contable y normativo vigente.
3.2 Consideración de los efectos de la inflación
Por disposición de la Autoridad de Supervisión
y Control de Pensiones y Seguros – APS a
través de la Resolución Administrativa SPVSIS N° 087 del 25 de febrero de 2009, el ajuste
por inflación que permite reconocer el efecto
de la pérdida en el poder adquisitivo de la
moneda sobre los estados financieros, ha sido
suspendido a partir del ejercicio económico
2009.
3.3 Criterios de valuación
a) Moneda extranjera y moneda nacional con
mantenimiento de valor y Unidad de Fomento
a la Vivienda (UFV)
Los activos y pasivos en moneda extranjera
y en moneda nacional con mantenimiento
de valor y las operaciones indexadas a la
Unidad de Fomento a la Vivienda UFV, se
valúan a su valor nominal en la moneda de
origen y son convertidas a los tipos de cambio
y/o cotizaciones informadas por el Banco
Central de Bolivia a la fecha de cierre de cada
ejercicio. Las operaciones indexadas al dólar
estadounidense se registran utilizando el
tipo de cambio de compra de esa divisa. Las
diferencias de cambio y mantenimiento de
valor resultantes se registran en los resultados
de cada ejercicio, bajo el rubro Ajuste por
Inflación y Tenencia de Bienes – Diferencia de
Cambio.
83
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
b) Comisiones por cobrar
- Comisiones por administración de portafolio
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las
comisiones por cobrar por administración
del portafolio de inversiones del FCI y del
FCC, son contabilizadas por el criterio de lo
devengado.
- Comisiones por administración de cuentas
individuales
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de
acuerdo con instrucciones emitidas por la ex
Intendencia de Pensiones de la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros - APS, a través de la Resolución
Administrativa SPVS/IP N°125/99 de fecha
29 de junio de 1999, el reconocimiento de
los ingresos estimados de comisiones por la
administración de cuentas individuales, se
realiza por el método de lo devengado, sobre
la base de las recaudaciones efectivas de cada
mes.
Por otra parte, la Sociedad, al 31 de diciembre
de 2014 y 2013, ha revertido las comisiones
por administración de cuentas, que aún no
fueron acreditadas en cuentas individuales
después de transcurridos tres meses de la
fecha de recaudación efectiva.
- Comisiones por administración de
prestaciones de Riesgo Común, Riesgo
Profesional y Riesgo Laboral
Mediante Resolución Administrativa/SPVS/IP
N° 820 de fecha 10 de octubre de 2007, el
Gobierno boliviano, estableció que la comisión
por la administración de prestaciones de
Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral
que podrán cobrar las AFP´s a partir del 1°
de noviembre de 2006, es del 0,85% sobre el
84
monto de las primas recaudadas y acreditadas,
en reemplazo del 11% que se venía cobrando
anteriormente.
Comisiones
por
administración,
procesamiento, control, gestión y pago de la
Renta Dignidad y Gastos Funerales
Al 31 de diciembre de 2008, de acuerdo al
contrato suscrito entre la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS y las Entidades Gestoras en fecha 13 de
octubre de 2008, estos últimos perciben una
comisión por administración, procesamiento,
control, gestión y pago de la Renta Dignidad
y Gastos Funerales.
c) Otras cuentas por cobrar al FCI – Fondo
Liquidez
En esta cuenta se contabiliza los préstamos
realizados al FCI, para el pago mensual de
la compensación de cotizaciones de los
jubilados. Asimismo se contabilizan los
pagos efectuados por cuenta del FCI por
concepto de jubilación, gastos judiciales y
gastos funerarios. Sobre estos últimos pagos
efectuados por cuenta del FCI, si los mismos
no son regularizados en un plazo de 60 días a
partir de la fecha de pago, la Sociedad tiene
la política de constituir la correspondiente
previsión por incobrabilidad al 100%, la cual
se registra en la cuenta de pasivo “provisiones
varias”.
d) Inversiones permanentes
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Sociedad
mantiene una participación accionaria
en Provivienda Entidad Recaudadora y
Administradora de Aportes S.A. del 90%.
Dicha tenencia accionaria fue valuada de
acuerdo con el método de Valor Patrimonial
Proporcional de dicha empresa.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Asimismo al 31 de diciembre de 2014 y
2013, la Sociedad mantiene una inversión
en Entidad Encargada de Calificación A.C.
(EEC), sobre la cual no existe una influencia
significativa.
Dicha inversión representa
el 25% del patrimonio neto de EEC y se
encuentra valuada a su costo de adquisición
ajustado por inflación hasta el 31 de diciembre
de 2008.
Las inversiones en certificados telefónicos
están valuadas a su costo de adquisición
ajustados por inflación hasta el 31 de
diciembre de 2008.
e) Bienes de uso
Los bienes de uso de la Sociedad están
valuados a su costo de adquisición ajustados
por inflación hasta el 31 de diciembre de
2008. Las incorporaciones realizadas a partir
del ejercicio 2009 se exponen a valor de
adquisición. La depreciación es calculada
utilizando el método de línea recta aplicando
tasas anuales suficientes para extinguir los
valores al final de la vida útil estimada.
Los
mantenimientos,
reparaciones,
renovaciones y mejoras que no extienden
la vida útil de los bienes son cargados a los
resultados del ejercicio en el que se incurren.
f) Cargos diferidos
Los cargos diferidos registrados por la
Sociedad están valuados a su valor de costo
ajustado por inflación hasta el 31 de diciembre
de 2008. Las incorporaciones posteriores
se valúan al costo incurrido. Los conceptos
contabilizados y los criterios de amortización,
son los siguientes:
• Mejoras y remodelaciones en inmuebles
alquilados, se amortizan en función del tiempo
de duración de los contratos de alquiler.
• Programas de computación adquiridos por
la Sociedad para la prestación de sus servicios,
se amortizan en un período de cinco años.
g) Previsión para beneficios sociales
La previsión para indemnizaciones al personal
de la Sociedad es para todo el personal por
el total del pasivo devengado al cierre de
cada ejercicio. Según las disposiciones legales
vigentes, transcurridos los noventa días
de trabajo en su empleo, el personal ya es
acreedor a la indemnización, equivalente a un
mes de sueldo por año de servicio, incluso en
los casos de retiro voluntario.
h) Patrimonio neto
Las cuentas del Patrimonio neto se presentan
a valores ajustados por inflación hasta el 31
de diciembre de 2008 tomando como índice
de actualización la variación en la cotización
de la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV
respecto al boliviano (hasta la gestión 2007
se usó el dólar estadounidense como índice
de actualización). El ajuste de capital pagado
y las reservas patrimoniales se han registrado
en el grupo “Ajuste de reservas patrimoniales”.
El ajuste del capital y de las reservas de capital
se registró en la cuenta de patrimonio neto
"Ajuste global del patrimonio", mientras que
la actualización de resultados acumulados se
ajustó en su misma línea.
i) Impuesto sobre las utilidades de las empresas
La Sociedad, en lo que respecta al Impuesto
a las Utilidades de las Empresas, está sujeta
al régimen tributario establecido en la Ley N°
843, modificada con la Ley N° 1606. La tasa
de impuestos es del 25%, y es considerado
como pago a cuenta del Impuesto a las
Transacciones.
85
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
La Sociedad registra la porción estimada de
este impuesto, que podrá ser compensada
con el Impuesto a las Transacciones de la
siguiente gestión, como un anticipo y registra
la diferencia como un gasto del ejercicio.
Cabe mencionar que el Gobierno ha emitido
en fecha 19 de diciembre de 2007 el D.S. N°
29387, el cual tiene por objeto la modificación
del D.S. 24051, reglamentario del Impuesto
sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), en lo
que corresponde a la reexpresión en moneda
extranjera y valores en moneda constante en
los estados financieros de las empresas, para
fines de la determinación de la utilidad neta
imponible.
En ese sentido, se modifica el Artículo N°
38 del D.S. 24051, determinándose que los
estados financieros que constituyen la base
para la determinación de la utilidad neta
imponible, serán expresados en moneda
constante, admitiéndose para el efecto
únicamente la reexpresión por la variación
de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV)
de acuerdo a publicación oficial, aplicando
el segundo párrafo de apartado N° 6 de la
Norma Contable N° 3 (estados financieros
a moneda constante – ajuste por inflación),
revisada y modificada en septiembre de 2007,
por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria
y Contabilidad – CTNAC del Colegio de
Auditores o Contadores Públicos de Bolivia.
j) Ingresos por comisiones por pago de
jubilaciones, interés incremental y otros
ingresos operativos
- Administración de cuentas individuales
Los ingresos por comisiones por administración
de cuentas individuales, cobradas a los
participantes del Fondo de Capitalización
Individual, se contabilizan de acuerdo con lo
descrito en la Nota 20.
86
- Administración de portafolio, servicios
prestados a Compañías Aseguradoras y
Riesgos
Los ingresos por comisiones por administración
del portafolio, de los Fondos de Capitalización
Individual, Fondo de Capitalización Colectiva,
Compañías Aseguradoras y Riesgos, se
contabilizan por el método de lo devengado.
Las comisiones por pago de jubilaciones, el
interés incremental, cuenta básica previsional,
mensualidad vitalicia variable, compensación
de cotizaciones y los otros ingresos operativos
se contabilizan por el sistema de lo devengado.
NOTA 4 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE
CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS
EN BOLIVIA
Los estados financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados de acuerdo
con prácticas contables establecidas por la
Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones y Seguros - APS.
Estas prácticas difieren de las normas de
contabilidad generalmente aceptadas en
Bolivia, en los siguientes aspectos:
De acuerdo con la Norma Contable N°3 emitida
por el Consejo Técnico Nacional de Auditoría
y Contabilidad del Colegio de Auditores de
Bolivia, los estados financieros deben ser
ajustados reconociendo el efecto integral de la
inflación para lo cual la se establece utilización
de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV)
como índice del ajuste. Sin embargo la
Resolución N° SPVS – IS N° 087 de fecha 25
de febrero de 2009, emitida por la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS, establece suspender a partir
del ejercicio económico 2009, la reexpresión
de los rubros no monetarios de sus estados
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
financieros a moneda constante en función
a la Utilidad de Fomento a la Vivienda (UFV).
La Norma Contable N°8 emitida por el Consejo
Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad
del Colegio de Auditores de Bolivia, establece
que siempre que exista control permanente
por parte de la Sociedad, se debe proceder a
la consolidación de los estados financieros;
sin embargo, tal como se indica en la nota
3.1; los estados financieros de BBVA Previsión
AFP S.A.- Administradora de Fondos de
Pensiones han sido preparados para cumplir
con las disposiciones legales a las que está
sujeta la Sociedad como ente independiente.
Por tanto, no incluyen la consolidación de los
estados financieros de la empresa subsidiaria
de la Sociedad, dicha inversión se presenta
valuada a su valor patrimonial proporcional.
NOTA 5 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS Y PRACTICAS CONTABLES
Durante la gestión 2014 no existieron cambios en las políticas, prácticas y estimaciones contables,
respecto a las gestiones anteriores.
NOTA 6 - DISPONIBILIDADES
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Bancos en Moneda Nacional
Bancos en Moneda Extranjera
2014
32.780.758
162.249
32.943.007
2013
14.216.100
86.647
14.302.747
NOTA 7 - CUENTAS POR COBRAR
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Comisiones por cobrar
Trámites Judiciales con el FCI
Anticipos a proveedores
Importes entregados en garantía
Cuentas por Cobrar al personal
Cuentas por Cobrar al FCI
Otras cuentas Por Cobrar
2014
14.793.625
407.176
523.181
243.943
591.683
37.097.564
1.974.373
55.631.545
2013
8.263.033
1.081.503
136.422
166.293
631.420
46.686.090
1.939.024
58.903.785
87
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 8 - PAGOS ANTICIPADOS
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
4.362.413
184.288
394.968
4.941.669
Impuestos Pagados por Anticipado
Seguros Pagados por Anticipado
Alquileres Pagados por Anticipado
2013
6.282.180
164.033
76.893
6.523.106
NOTA 9 - INVERSIONES PERMANENTES
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
321.391
9.673.755
102.900
10.098.046
Certificados Telefónicos de Aportación
Acciones en Empresa Provivienda
Acciones en Empresa E.E.C.
2013
321.391
9.483.060
102.900
9.907.351
NOTA 10 - BIENES DE USO
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
Detalle
Terrenos
Edificios
Mobiliario y Enseres
Equipos e Instalaciones
Equipos de Comunicación
Equipos de computación
Vehículos
Obras de Arte
88
Valor
Original
1.824.940
17.890.762
3.729.359
3.733.740
2.381.356
12.137.300
641.316
66.759
42.405.532
Depreciación
Acumulada
(6.595.577)
(2.966.083)
(3.223.493)
(2.311.495)
(10.629.411)
(641.316)
(26.367.375)
2013
Importe
Neto
1.824.940
11.295.185
763.276
510.247
69.861
1.507.889
66.759
16.038.157
Importe
Neto
1.824.940
11.742.455
704.771
360.632
144.796
1.199.676
66.759
16.044.029
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 11 - CARGOS DIFERIDOS
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
Detalle
Estudios y Proyectos
Programas computarizados
Valor
Original
182.771
16.170.831
16.353.602
Amortización
Acumulada
(11.586.716)
(11.586.716)
2013
Importe
Neto
182.771
4.584.115
4.766.886
Importe
Neto
1.760.836
2.619.401
4.380.237
NOTA 12 - CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Consumo de Tarjeta de Crédito
Cheques por pagar M/N
Otras cuentas por pagar M/N
Costas Judiciales por regularizar
Diversas comisiones por pagar
Otras cuentas por pagar M/E
2014
93.737
48.740
70.985
6.586
237.306
14.259
471.523
2013
29.277
48.740
38.080
70.401
152.262
14.254
353.014
NOTA 13 - CUENTAS POR PAGAR FISCALES Y SOCIALES
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Deudas fiscales por pagar
Deudas Sociales por pagar
2014
11.892.487
1.003.949
12.896.436
2013
9.449.237
834.387
10.283.624
NOTA 14 - PROVISIONES Y PREVISIONES
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Primas por Pagar
Otras Provisiones y Previsiones
2014
2.814.533
29.248.251
32.062.784
2013
2.580.849
25.320.098
27.900.947
89
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 15 - CUENTAS DE ORDEN
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
2013
37.911.377.838 33.282.399.094
293.661.755
293.640.329
38.205.039.593 33.576.039.423
Portafolio de Inversiones en el FCI
Portafolio de Inversiones del FCC
NOTA 16 - POSICION EN MONEDA EXTRANJERA
Los estados financieros expresados en bolivianos incluyen saldos en moneda extranjera
(dólares estadounidenses principalmente) de acuerdo con el siguiente detalle:
2014
573.822
(68.313)
505.509
Activos
Pasivos
TOTAL
2013
837.913
(40.047)
797.866
Los activos y pasivos en moneda extranjera han sido convertidos a bolivianos al tipo de
cambio oficial vigente al 31 de diciembre de 2014 y 2013 de Bs6,86 por US$ 1.
NOTA 17 - CAPITAL SOCIAL
El capital autorizado en la Sociedad asciende a Bs41.680.000 dividido en 416.800 acciones con
un valor nominal de Bs100 cada una.
La composición del capital social al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Accionistas
BBVA S.A.
BBVA. Pensiones S.A.
Vistaur Inc. S.A.
Ferpac Holding Corp.
Panezco Enterprises Inc.
Stocel Corporation
Gisborne Enterprises
N° de
acciones
161.250
10.750
8.600
10.750
10.750
6.450
6.450
215.000
Valor
nominal
100
100
100
100
100
100
100
Capital
social
Bs
16.125.000
1.075.000
860.000
1.075.000
1.075.000
645.000
645.000
21.500.000
Porcentaje
%
75%
5%
4%
5%
5%
3%
3%
100%
Al momento de la constitución se habían suscrito y pagado 260.500 acciones equivalentes a
Bs26.050.000.
90
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
La Junta General Extraordinaria de
Accionistas celebrada el 28 de julio de 1998
decidió incrementar al capital pagado de
Bs26.050.000 a Bs29.803.000 mediante el
aporte de capital de los accionistas, quienes
aportaron de manera proporcional a su
participación en la Sociedad, conformando al
31 de diciembre del 2000, un capital social
dividido en 298.000 acciones emitidas y 30
acciones a emitir, cada una por un valor
nominal de Bs100.
Mediante testimonio 237/02 de fecha 17 de
diciembre de 2002 y a través de Resolución
de la Junta General Extraordinaria de
Accionistas de la Sociedad, se resolvió aprobar
la capitalización de la cuenta patrimonial
“Actualización del capital social” por un
total de Bs10.297.000. Asimismo, mediante
Testimonio 238/02 de fecha 17 de diciembre
de 2002, por Resolución de la Junta General
Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad,
se resolvió aprobar la reducción de capital en
un valor de Bs18.600.000.
En fecha 13 de junio de 2006 la Sociedad Fénix
Inversiones S.A., accionista en BBVA Previsión
AFP S.A., comunicó la transferencia del 16%
de sus acciones de la siguiente forma: 3% a
Stocel Corporation, 3% a Gisborne Ferpac
Holdings Corp, 5% a Ferpac Holdings Corp. y
5% a Panezco Enterprises Inc.
El saldo de esta reserva puede ser capitalizado
o utilizado para absorber pérdidas acumuladas.
b) Ajuste global del patrimonio, ajuste de
capital y ajuste de reservas patrimoniales
Hasta el 31 de diciembre de 2008 en este
grupo se contabiliza el ajuste por inflación del
capital y reservas patrimoniales. La Sociedad
de acuerdo a lo instruido en la Resolución
Administrativa SPVS-IS N° 087 de 25 de
febrero de 2009, a partir del 1º de enero de
2009, ha dejado de ajustar por inflación su
patrimonio neto en función a la variación de
la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV.
El saldo de esta reserva puede ser capitalizado
o utilizado para absorber pérdidas acumuladas.
c) Reservas facultativas
En fecha 16 de febrero de 2011, la Junta
Ordinaria de Accionistas determinó la
constitución de una reserva facultativa, por
Bs1.642.295, dicha reserva fue descontada
de la utilidad neta a distribuir de la gestión
2010. El propósito de dicha reserva es para
asumir costos relacionados a la nueva Ley de
Pensiones N° 065.
NOTA 18 - OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO
a) Reserva legal
De acuerdo con la legislación vigente y los
estatutos de la Sociedad, debe destinarse
una suma no inferior al 5% de las utilidades
líquidas y realizadas de cada ejercicio a la
constitución de una reserva legal, hasta
alcanzar el 50% del capital pagado. Al 31 de
diciembre de 2010 la Sociedad alcanzó este
límite.
91
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 19 - INGRESOS OPERATIVOS
La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
Comisiones por administración de portafolios (i)
Comisiones por administración de prestaciones de RC/RP/RL (ii)
Comisiones por administración de cuentas individuales (iii)
Comisiones por servicios prestados a cías. aseguradoras (iv)
Ingresos por comisiones (v)
i) Los ingresos por comisiones por
administración de portafolio, corresponden a
la administración del portafolio de inversiones
de los Fondos de Capitalización Individual y
Fondo de Capitalización Colectiva.
ii) Mediante Resolución Administrativa/SPVS/
IP N° 820 de fecha 10 de octubre de 2007, el
Gobierno boliviano, estableció que la comisión
por la administración de prestaciones de
Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral
que podrán cobrar las AFP´s a partir del 1°
de noviembre de 2006, es del 0,85% sobre el
monto de las primas recaudadas y acreditadas.
iii) Los ingresos por comisiones de
administración de cuentas individuales
corresponden a la administración de los
aportes de los participantes del fondo de
capitalización individual.
iv) Los ingresos por comisiones por servicios
prestados a compañías aseguradoras
corresponden a la contraprestación por las
siguientes tareas realizadas: recaudación
de prima, pago de la prima, actualización
transferencia de la información del grupo
asegurado, atención o solicitudes de
pensión, calificación de grado de invalidez
y determinación de origen de muerte;
servicios por los que la Sociedad percibió
una comisión equivalente al 11% del monto
92
13.909.037
6.310.863
112.500.137
59.718
11.748.958
144.528.713
2013
13.909.036
6.915.306
94.316.696
109.117
10.102.970
125.353.125
de primas transferidas. La administración
de las prestaciones por Riesgo Común y
Riesgo Profesional/Laboral, a partir del 1° de
noviembre de 2006, es responsabilidad de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
temporalmente.
v) Corresponden a comisiones por pago
de jubilación ya sea por la modalidad
de Mensualidad Vitalicia Variable o por
Compensación de Cotizaciones, Cuenta Básica
Previsional, según porcentajes establecidos
en la resolución SPVS/IP/963/2002 del 11 de
diciembre de 2002.
NOTA 20 - BIENES DE DISPONIBILIDAD
RESTRINGIDA
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, existen
saldos en las cuentas de disponibilidades que
se encuentran restringidas por orden judicial
por un valor aproximado de 1.901.475 y Bs
1.901.475, respectivamente.
NOTA 21 - OPERACIONES CON SOCIEDADES
RELACIONADAS
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la
Sociedad no mantiene operaciones con
sociedades relacionadas con excepción del
contrato de prestación de servicios para la
operación del fondo de vivienda administrado
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por Provivienda Entidad Recaudadora y
Administradora de Aportes S.A. y los servicios
prestados por la Entidad Encargada de Calificar
(EEC), en la elaboración de las calificaciones
de invalidez de los afiliados.
NOTA 22 - CONTINGENCIAS
La Sociedad declara no tener contingencias
al 31 de diciembre de 2014 de ninguna
naturaleza más allá de las registradas
contablemente o pasivos contingentes que
por sus características o la fiabilidad de su
estimación deba ser relevado en notas a los
presentes estados financieros.
NOTA 23 - SITUACIONES RELACIONADAS
CON LOS FONDOS ADMINISTRADOS
a) Excesos de inversión
A partir de la emisión del Programa de Bonos
Ametex II, realizado en la gestión 2007, como
producto del Proceso de Reestructuración
Financiera que fuera iniciado por la empresa
América Textil S.A. (Ametex), se registró la
cancelación a BBVA Previsión AFP S.A. de un
total de 13 cupones. Dichas cancelaciones
contienen amortizaciones de capital e
intereses.
Sin embargo, producto de aspectos negativos
como el retraso en la devolución de impuestos
(Cedeims), incrementos de los costos de
mano de obra, restricciones de provisión
de agua e incertidumbre de la continuidad
del ATPDEA, provocaron un deterioro del
flujo y situación financiera de la empresa,
llegando a registrar incumplimientos en sus
compromisos financieros, lo cual obligó a sus
Acreedores a aprobar dispensas en el pago de
sus amortizaciones de capital e intereses en
dos ocasiones, en tanto se buscaban medidas
que permitan restituir su viabilidad.
En este sentido, precautelando la unidad
productiva y el pago del saldo de la deuda, en
la Décimo Tercera Junta de Acreedores y Sexta
Asamblea de Tenedores de Bonos Ametex II,
celebradas en junio del 2008, se plantearon
alternativas estructurales, las cuales después
de exhaustivos análisis, fueron aprobadas en
el mes de octubre del 2008, resolviendo de
esta manera, flexibilizar las condiciones de la
deuda por un plazo de dos años.
Por otro lado, como consecuencia de la
aprobación y puesta en marcha de las medidas
estructurales
anteriormente
señaladas,
se ha consiguió mejoras importantes
en las condiciones y garantías para los
acreedores como BBVA Previsión AFP S.A., en
representación del FCI que administra.
No obstante, en la gestión 2010, Ametex
procedió a comunicar que, producto de
aspectos negativos, como ser la reducción de
la demanda de Estados Unidos a consecuencia
de la crisis internacional y dificultades
productivas, entre otros, no había podido
recomponer su capital operativo en el plazo
establecido, por lo cual sus Acreedores
procedieron a aprobar una dispensa adicional
en el pago de sus amortizaciones de capital e
intereses, en tanto se analizaban alternativas
que permitan restituir su viabilidad.
A lo largo de la gestión 2011, la Junta
de Acreedores y la Asamblea General de
Tenedores de Bonos asumieron medidas que
reforzaron y ampliaron la iniciativa inicial
de concesión de un plazo de gracia de dos
años para el pago de capital y la reducción
de la tasa de interés en un 90%, aprobada
durante la gestión 2008. Estas medidas
determinaron una importante reducción de
la deuda de la empresa mediante daciones
en pago de diversos activos de la empresa,
a favor de varios acreedores, distintos al FCI,
93
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
operaciones que en todos los casos incluyeron
el reconocimiento de quitas superiores al
50% del monto de la deuda original. Con ello,
no sólo se logró reducir la deuda de Ametex,
con el alivio consiguiente en sus flujos de
caja, sino también se logró la liberación de
activos en garantía a favor de los acreedores
restantes, mismos que pasan a formar parte
del Paquete Colateral Libre definido en el
respectivo Acuerdo de Transacción.
Por otro lado, la Junta de Acreedores y la
Asamblea General de Tenedores de Bonos
también aprobó, por unanimidad, la escisión
de activos y pasivos de la empresa, para su
posterior aporte a la empresa Hilanderías
Laja S.A. (Hilasa). Con esta transacción, se
supondría una transferencia a Hilasa todos los
activos relacionados al negocio de hilandería,
junto a los pasivos correspondientes a
los Bonos Ametex II aún vigentes, entre
otros, de manera que la nueva deudora
para con los Tenedores de Bonos sea esta
empresa, que goza de mejores perspectivas
en cuanto a la generación de flujo de caja.
Desafortunadamente, los trámites de registro
y escisión de Hilasa no permitieron continuar
con esta iniciativa, entre tanto la situación de
Ametex procedía a debilitarse aún más.
En este sentido, pese a los esfuerzos realizados
para levantar los flujos de la empresa,
durante la gestión 2012, considerando la
delicada situación financiera y económica
por la que atravesaba la empresa, derivada
principalmente de las dificultades de accesos
a mercados internacionales para la colocación
de su producción y otros factores, en fecha
4 de julio de 2012, la Junta de Acreedores
procedió a recomendar la suscripción de un
contrato de arrendamiento de las unidades
productivas de Ametex (planta, maquinaria y
equipo) a la empresa pública nacional textil
ENATEX, creada bajo el Decreto Supremo
94
No. 1253 del 11 de junio de 2012. Con este
contrato, con vencimiento hasta el 24 de
enero de 2013 y prorrogable por acuerdo de
partes, ENATEX se comprometía a pagar a
AMETEX, un canon de alquiler que garantiza
el pago del cronograma de la deuda a sus
Acreedores.
Paralelamente a la firma del contrato con
ENATEX, Ametex en la gestión 2012 procedió
a iniciar los procedimientos para su disolución
y liquidación voluntaria, llevada adelante
conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de
Transacción y el Código de Comercio.
Durante toda la gestión 2013 se renovó en dos
ocasiones el contrato de arrendamiento de
las unidades productivas de Ametex (planta,
maquinaria y equipo) a la empresa pública
textil ENATEX, por tanto nuestra institución
percibió de forma mensual el monto de
interés del saldo adeudado proveniente de
la única fuente de ingresos de la empresa,
el canon del alquiler pagado por ENATEX,
sin embargo, éstos pagos se manejaron con
un retraso de hasta dos meses, cerrando la
gestión con pagos pendientes de los meses de
noviembre y diciembre, debido a que ENATEX
no procedió a cancelar el monto pactado de
los meses indicados de forma oportuna, pese a
las gestiones vía administrativa realizadas por
el Síndico Liquidador de AMETEX. La última
renovación de contrato de conocimiento de
la AFP, tiene vigencia hasta el 24 de enero de
2014.
En lo que respecta a la Liquidación
Voluntaria, iniciada en la gestión 2012,
desafortunadamente no ha tenido grandes
avances durante la gestión 2013, ya que la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Empresas (AEMP) habría indicado que
no procedería a homologar el Acuerdo de
Liquidación Voluntario que fuera presentado
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por la Junta de Acreedores al existir indicios
de evasión de impuestos por parte de Ametex
y una supuesta quiebra fraudulenta. En este
sentido, la Junta de Acreedores ha procedido
a contratar a una auditoría externa para que
proceda a revisar las observaciones de AEMP,
cuyo informe hasta el cierre de la gestión
2013 está pendiente de entrega.
En la gestión 2013, se tomó conocimiento
de la publicación del Decreto Supremo No.
1844 de fecha 24 de diciembre 2013, en la
cual se autorizaba al MDP y EP la constitución
de un Fideicomiso por Bs. 104.400.000,00
(Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil
00/100 Bolivianos) en beneficio de ENATEX,
fideicomiso que tenía como finalidad y
destino la compra de activos por parte de
dicha empresa pública. En este sentido, bajo
lo dispuesto en dicho Decreto, en fecha 12 de
Junio de 2014, ENATEX hizo conocer al Sindico
Liquidador su interés para la compra de los
activos de AMETEX, por la misma suma del
fideicomiso constituido, Bs. 104.400.000,00
(Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil
00/100 Bolivianos), oferta que fue puesta
en conocimiento y para consideración por el
Síndico Liquidador de AMETEX, sus accionistas
y de la Junta de Acreedores de AMETEX.
Por otro lado, se evidenció la no existencia de
oportunidad de mercado para estos activos
de AMETEX, ni interés por parte de otras
empresas para la adquisición de los mismos,
luego del resultado negativo del proceso de
oferta pública a nivel nacional e internacional,
a cargo de Pricewaterhouse Coopers S.R.L, sin
dejar de mencionar que durante este proceso
de oferta pública, existió manifestaciones por
parte de los trabajadores de AMETEX exigiendo
la ejecución de la transferencia de los activos
a favor de ENATEX, a objeto de que puedan ser
satisfechos el pago de los beneficios sociales
que les adeuda AMETEX, solo se tenía como
oferta la propuesta de ENATEX.
Paralelamente, la Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros - APS, emite la
Resolución Administrativa APS/No.309-2014,
de fecha 17 de abril de 2014, complementada
y modificada por la Resolución Administrativa
APS/No. 331-2014, de 7 de mayo de 2014,
en donde dispone que las Administradoras
de Fondos de Pensiones procedan al castigo
de los excesos de inversión involuntarios
generados por los Bonos AMETEX II,
estableciendo en su parte considerativa,
que en virtud a los antecedentes sobre la
realidad económica de la sociedad América
Textil S.A., así como también producto de la
nota ASFI/DSV/R-134093/2013 de fecha 10
de septiembre remitida por la Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero (ASFI),
señala que la Metodología de Valoración no
contempla condiciones para la valoración
de valores donde el emisor se encuentra en
cesación de pagos, con el fin de regularizar
la situación contable de las cuentas objeto
de castigo y evitar que se consigne en los
Estados Financieros del Fondo del SIP (ex
FCI) información incorrecta, se consideró
necesario que Futuro de Bolivia S.A. AFP y
BBVA AFP Previsión S.A. puedan proceder
al castigo de los excesos de inversión
involuntarios generados por las emisiones
de bonos comprendidos dentro del Programa
denominado Bonos AMETEX II, procedimiento
de castigo que se ha venido cumpliendo por
parte de nuestra institución.
Es en tal sentido, que ante ese escenario y
actuando en consecuencia con el Decreto
Supremo No. 1844 y la oferta económica
que ENATEX remitió a AMETEX el pasado
12 de junio 2014, ratificada en fecha 8
de septiembre de 2014, y la notificación
con la Resolución Ministerial No. 212/14,
recibida el 5 de Septiembre 2014, mediante
la cual autoriza que ENATEX proceda a la
compra de los activos de AMETEX, teniendo
95
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
en cuenta y cumpliendo lo previsto en la
parte considerativa de tal Resolución, por
el precio de Bs. 104.400.000,00 (Ciento
Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100
Bolivianos), conforme a lo señalado en los
informes técnicos y legales correspondientes
referidos en la misma, y en la cual se exponen
los fundamentos de hecho y de derecho para
sustentar la oferta realizada por ENATEX,
además de considerar los antecedentes,
avalúos y cálculos que sustentan el precio
ofertado. Ante todo ello, considerando los
hechos y acciones descritos, en nuestra
calidad de Acreedores, miembros de la Junta
de Acreedores de AMETEX, y el haber agotado
todos los medios disponibles y realizado las
gestiones posibles a nuestro alcance para
que la Liquidación Voluntaria se realice en
las mejores condiciones para la cobertura de
AMETEX, el pasado 12 de septiembre de 2014,
en la reinstalación de la Junta de Acreedores,
se procedió a autorizar la venta de las
unidades productivas de AMETEX a ENATEX,
por el monto ofertado de Bs. 104.400.000,00
(Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil
00/100 Bolivianos).
Cabe mencionar que todo el accionar ha sido
de conocimiento del regulador, la Autoridad
de Pensiones y Seguros – APS.
b) Caso Lloyd Aéreo Boliviano
El Fondo de Capitalización Colectiva mantiene
inversiones en el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB),
como resultado del proceso de capitalización
de esta empresa. Las acciones en el LAB se
encuentran valuadas al valor de capitalización.
A la fecha, la Normativa para la valoración
de las acciones de las empresas capitalizadas
continua vigente, situación por la cual no es
posible realizar una valoración diferente a lo
que estipula la Norma.
96
Ejerciendo nuestras labores de diligencia
para poder obtener información financiera
actualizada del LAB, es importante
mencionar que, esta AFP durante la gestión
2011 y principios de 2012, cursó una serie
de solicitudes al Directorio y Comisión
Fiscalizadora, para que de acuerdo a lo
estipulado en el Código de Comercio y los
Estatutos del LAB, proceda a convocar a Junta
General Ordinaria de Accionistas para la
correspondiente presentación y consideración
de los Estados Financieros de las gestiones
2009, 2010 y 2011 que permitan dilucidar la
situación financiera de la empresa. Habiendo
agotado la vía administrativa, se procedió
a realizar las respectivas denuncias a la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Empresas (AEMP), para que en el ejercicio
pleno de sus competencias proceda a realizar
las Juntas solicitadas.
Luego de realizar diversas reiteraciones ante la
AEMP, el pasado 9 de mayo de 2012 publicó
la Resolución N. 065/2012, la cual resolvió
que la Dirección Técnica de Fiscalización y
Verificación del Cumplimiento de Obligaciones
Comerciales proceda a convocar la Junta
de Accionistas para la consideración de los
Estados Financieros.
En este sentido, el 15 de agosto de 2012, se llevó
a cabo la Junta de Accionistas, convocada por
la AEMP, para dar tratamiento de los Estados
Financieros de las gestiones 2009, 2010 y
2011. Luego de realizar un aplazamiento
de votación amparados en el art. 298 del
Código de Comercio, el 12 de septiembre de
2012, en la primera reinstalación de la Junta
de Accionistas, se procedió a rechazar por
unanimidad la documentación presentada,
considerando las observaciones de Fondo que
presentaba el dictamen del Auditor Externo,
mismas que principalmente hacían mención
a la falta de razonabilidad de las cifras allí
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
expuestas, incluyendo las deficiencias que
tuvieron para la aplicación de normas de
auditoría.
Como resultado de este rechazo unánime, en
la Junta de Accionistas del 9 de noviembre
de 2012 se solicitó a la Administración y al
Directorio de la Sociedad, se contrate una
auditoría forense que coadyuve a dilucidar la
situación financiera y económica por la cual
atraviesa el LAB.
Por otro lado, con la finalidad de continuar
operaciones, la Administración actual del LAB
al querer retomar los procedimientos para
la obtención de la matrícula de comercio
de la Sociedad, advirtió observaciones para
concluir tal procedimiento, situación por la
cual convoca a Junta General Extraordinaria
de Accionistas para el 20 de diciembre de
2012 para su regularización.
En dicha instancia, como parte de las acciones
para regularizar la situación del LAB, se
determinó por unanimidad revocar la Junta
de Accionistas del 23 de octubre de 2008,
sobre la cual BBVA Previsión AFP mantiene
un proceso de arbitraje. De igual manera,
se realizó un aumento del capital pagado,
todo esto sin presentar los informes técnicos
legales y financieros que la sustenten.
Asimismo, se resalta que estos ajustes
fueron realizados considerando los Estados
Financieros de la gestión 2011, los cuales
fueron rechazados por la unanimidad en
una Junta previa, situación por la cual
BBVA Previsión AFP expresó su disidencia, y
posteriormente procedió a impugnar.
se realizó una Junta de Accionistas en la cual
fueron aprobados por mayoría (accionistas
mayoritarios, la Federación de Trabajadores
del LAB) los Estados Financieros de la gestión
2012, instancia en la cual la AFP hizo constar
su disidencia, ya que estos balances habían
sido realizados sobre Estados Financieros
anteriores (gestión 2009,2010 y 2011) que
habrían sido rechazados en la Junta del 12 de
septiembre de 2012, así como tampoco no se
había realizado la auditoría forense tal cual se
determinó en la Junta del 9 de noviembre de
2012. Por tanto, BBVA Previsión AFP el 17 de
diciembre de 2013 procedió a interponer una
demanda de impugnación en contra de las
determinaciones tomadas en la Junta del 23
de octubre del 2013, es decir, puntualmente
sobre la aprobación de los EEFF’s de la gestión
2012.
En cuanto a la gestión 2014, producto
nuevamente de solicitudes al Directorio y
Comisión Fiscalizadora sobre la situación
financiera del LAB, se procedió a realizar la
Junta Ordinaria de Accionista, en fecha 28 de
Julio de 2014, instancia en la cual se aprobó
por mayoría la información financiera de la
gestión 2013, ante esto, la AFP hizo constar
su disidencia, por la irregularidad desde la
convocatoria, hasta la violación del ejercicio
de los derechos de los accionistas minoritarios.
En este sentido, el 26 de septiembre de 2014
se procedió a interponer una demanda de
impugnación en contra de las determinaciones
tomadas en la Junta del 28 de julio del 2014.
Finalmente, cabe mencionar que todo el
accionar ha sido puesto en conocimiento del
Regulador, la Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros - APS.
Durante la gestión 2013, como resultado de
una serie de solicitudes al Directorio y Comisión
Fiscalizadora para conocer la situación
financiera del LAB, el 23 de octubre de 2013
97
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
c) Administración de los Seguros Previsionales
Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15
de noviembre de 2006, se dispone que las
Administradoras de Fondos de Pensiones –
AFP’s, administren totalmente las prestaciones
por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/
Laboral.
Administración que por el
quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006
fue adjudicada a las empresas aseguradoras
“La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas
S.A.” y “Seguros Provida S.A.” y que al haber
concluido el período de vigencia del primer
contrato y declarada desierta, por la Comisión
Calificadora, la Licitación para la contratación
de entidades aseguradoras certificadas
por el segundo período, cuyo proceso de
certificación, licitación y adjudicación ha sido
normado por Decreto Supremo N° 28812, por
los antecedentes expuestos y de acuerdo a
la disposición señalada, en forma transitoria
hasta la fecha a ser determinada por la APS,
las AFP’s a partir del 1º de noviembre de 2006,
administrarán las prestaciones de invalidez
y muerte por Riesgo Común y por Riesgo
Profesional/Laboral, mediante las cuentas
colectivas denominadas, respectivamente,
“Cuenta de Siniestralidad” y “Cuenta de
Riesgos Profesionales”, administradas por
las AFP’s, así como el pago de las rentas por
Riesgo Profesional del Sistema de Reparto. A
partir de esa fecha, solamente se transfiere
a las Entidades Aseguradoras las primas
acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006.
En fecha 29 de diciembre de 2007, el Decreto
Supremo N° 29400 señala que la comisión
máxima que cada una de las Administradoras
de Fondos de Pensiones, podrán cobrar por el
servicio que prestan dentro de los alcances
del Decreto Supremo N° 28926 del 15 de
noviembre de 2006 y durante el período
establecido en el mismo, será de 0.85%
sobre el monto de las primas recaudadas y
acreditadas.
98
En fecha 16 de octubre de 2012, mediante
Resolución Administrativa 809-2012, la
Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS, consigna en
Resolución Administrativa la nota APS/
DPS/7287/2012, de 21 de septiembre de
2012, la cual indica que a partir de la nueva
recaudación de Contribuciones al Sistema
Integral de Pensiones, no corresponde el
cobro de la comisión del 0.85% por Riesgo
Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral.
Mediante Resolución Ministerial Jerárquica
MEFP/VPSF/URJ-SIREFI N° 077/2013 de 19
de noviembre de 2013, se ratifica el cobro de
la comisión del 0,85%, producto del Recurso
Jerárquico interpuesto por la Sociedad,
contra la Resolución Administrativa APS/DJ/
DPC/N° 548-2013 de 17 de junio de 2013,
que en Recurso de Revocatoria confirmó la
Resolución Administrativa APS/DJ/DPC N°
809/2012 de fecha 16 de octubre de 2012,
que suspendía dicha comisión.
d) Transferencias a las Empresas de Seguro
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la
Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre
de 1996, y el artículo 27 de la Ley de
Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3
de abril de 2000, se efectuó la transferencia
de coberturas por riesgo común y riesgo
profesional desde los Fondos de Pensiones a
Entidades Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros – APS, mediante
Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571,
ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó
la firma del contrato de seguro (póliza) para
las coberturas de riesgo común y riesgo
profesional del Seguro Social Obligatorio a las
compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros
y Reaseguros S.A. y Seguros Provida S.A.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina), efectuó la certificación definitiva
en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de las
reservas técnicas por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido
entre el 1 de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001 en un monto de US$ 116.342.758 con la
siguiente distribución:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Previsión
US$
39.421.895
16.765.545
56.187.440
Futuro
US$
44.693.427
15.461.891
60.155.318
Total
US$
84.115.322
32.227.436
116.342.758
Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La
Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión
AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926, respectivamente, más el rendimiento del
4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas
autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto
de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto devuelto
Seguros
La Vitalicia
Provida
696.899
1.528.120
788.341
1.528.120
1.485.240
Total
696.899
2.316.461
3.013.360
Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
Total
La Vitalicia
Seguros
Provida
294.074.580 92,046.340 386.120.920
294.657.140
92.147.907 386.805.047
588.731.720 184.194.247 772.925.967
Los saldos transferidos durante el período 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de
la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS.
Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
Total
Seguros
La Vitalicia
Provida
293.787.533
91,884.743 385.672.276
294.370.489 92.004.955 386.375.444
588.158.022 183.889.698 772.047.720
99
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Los saldos transferidos durante el período
2013, fueron expresados en cuotas, al
momento de la transferencia, de acuerdo
con las resoluciones de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto supremo N°
28926, que dispone: “que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS. Se
determina como fecha de inicio de cobertura
del período administrado por las AFP’s, el
1 de noviembre de 2006”. A partir de esa
fecha, solamente se transfiere a las Entidades
Aseguradoras las primas acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006.
e) Transferencia de la Reserva Financiera
La Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338
de fecha 30 de noviembre de 2006 instruye la
transferencia de las Reservas Financieras de las
Entidades Aseguradoras La Vitalicia Seguros y
Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A.
a las Administradoras de Fondos de Pensiones
BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia
S.A. de acuerdo con lo establecido en el
artículo 5 del Decreto Supremo 28926 de 15
de noviembre de 2006. Además, menciona que
las Entidades Aseguradoras deberán transferir
con carácter preliminar la totalidad del saldo
de las Reservas Financieras al 31 de octubre
de 2001 a su cargo, a las Administradoras de
Fondos de Pensiones (AFP) en proporciones
iguales, es decir 50% para cada AFP.
En
100
cumplimiento
a
la
Resolución
Administrativa/SPVS/IP N° 1338 y en
aplicación al Decreto Supremo N° 28926,
las compañías aseguradoras La Vitalicia S.A.
y Provida S.A. solicitaron a la Entidad de
Depósito de Valores (EDV), el traspaso de
los títulos valores que respaldan la Reserva
Financiera para su respectivo cambio de
titularidad. Los títulos fueron traspasados
a nombre BBVA Previsión AFP S.A. para el
Fondo de Capitalización Individual en fecha
14 de diciembre de 2006 por los siguientes
importes: La Vitalicia transfirió Bs84.606.249
y Provida Bs28.602.424, los cuales fueron
acreditados en la cuenta analítica patrimonial
del FCI 3.5.1.02.1.05 “Devolución Reserva
Financiera”.
Tal como lo establece la Resolución
Administrativa/SPVS/IP N° 1338, los importes
transferidos son preliminares y los mismos
se encontraban sujetos a los resultados de
la auditoría que ha realizado la firma Ernst
& Young, previa no objeción de la APS, se
instruirá el ajuste de los montos transferidos
que pueden ser a favor o en contra de BBVA
Previsión AFP S.A.
Mediante Resolución Administrativa APS/DJ/
DS/N° 051 – 2013 de 16 de enero de 2013, se
aprueba la transferencia del saldo final de la
Reserva Financiera a Seguros Provida S.A. La
Sociedad ha informado a la APS mediante cite
PREV. CONT. FDS 0963/03/2013 de 5 de marzo
de 2013, que ha procedido a la transferencia
de Bs1.385.988 en fecha 22 de febrero de
2013.
f) Trabajadores Estacionales
En fecha 23 de noviembre de 2007, se
ha emitido la Ley N° 3785 “Trabajadores
Estacionales” con el objeto de adecuar la
participación de los trabajadores estacionales
en el Seguro Social Obligatorio de largo plazo
y establecer la pensión mínima en el país.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
El Decreto Supremo N° 29423 del 16 de enero
de 2008 Reglamenta la Ley N° 3785, dicho
Decreto ha sido emitido con la finalidad de
reglamentar los alcances de la Ley 3785 en
cuanto a los trabajadores estacionales de los
sectores agrícolas, pecuarios y de silvicultura,
los retiros temporales y la pensión mínima,
así como normar otros aspectos del Seguro
Social Obligatorio de largo plazo.
g) Nueva Ley de Pensiones
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema Integral
de Pensiones se administrarán los siguientes
fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
101
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
102
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
Continuidad
de
servicios:
Las
Administradoras de Fondos de Pensiones,
continuarán realizando todas las obligaciones
determinadas mediante Contrato de
Prestación de Servicios suscrito con el Estado
Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como
lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones
del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo
las obligaciones, atribuciones y facultades
conferidas a la Gestora de la Seguridad Social
de Largo Plazo, mientras dure el periodo de
transición.
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó
el Decreto Supremo N° 822 de 16 de
marzo de 2011, mediante el cual aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones
Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos,
103
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por Muerte derivadas de éstas y otros
beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia
de derechos conforme a los preceptos legales
del Sistema Integral de Pensiones a partir
de la fecha de publicación de la Ley N° 65,
además, establece el derecho de mantener la
Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente
supérstite que hubiere contraído un nuevo
matrimonio o relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
104
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
Los presentes estados financieros han sido
preparados considerando que la Sociedad
continuará como empresa en marcha, y
consecuentemente, no incluyen ningún ajuste
adicional que pudiera resultar de la aplicación
de la nueva Ley de Pensiones ni del Decreto
Supremo N° 2248, debido a que como se
menciona anteriormente, la transferencia
de la administración del sistema integral de
pensiones a la Gestora Pública de la Seguridad
Social a Largo Plazo, se producirá una vez que
se cumplan todos los pasos establecidos por
105
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
el Decreto Supremo Reglamentario y finalice
el periodo de transición. Mientras tanto, la
Sociedad continuará cumpliendo con todas
las obligaciones establecidas en los contratos
suscritos con la ex Superintendencia de
Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros. Finalizado
el periodo de transición, dichos contratos
quedarán resueltos.
Al 31 de diciembre de 2014, se ha cancelado
por este concepto la suma de Bs128.955.
NOTA 24 - HECHOS POSTERIORES
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014,
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa los
presentes estados financieros.
h) Pago de gastos de funerarios con recursos
del Fondo de Capitalización Colectiva.
Según Resolución Administrativa 007-2011,
de fecha 10 de mayo de 2011, que instruye
la transferencia de fondos del FCC al FCI para
el pago de Gastos Funerarios a todos aquellos
afiliados que tengan en su cuenta individual
un monto menor al mínimo actuarial requerido
para que se financie el Gasto Funerario por
el Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia
Variable, dicha transferencia de fondos es
realizada a fecha 7 de junio de 2011, por la
suma de Bs1.145.979.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
106
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
FONDO DE CAPITALIZACIÓN
INDIVIDUAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
107
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el balance general del Fondo de Capitalización Individual, administrado por
BBVA Previsión AFP S. A . - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014
y 2013, y los correspondientes estados de variación patrimonial y de flujos de efectivo por los
ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 23 que se acompañan. Estos estados
financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es
expresar una opinión sobre los mencionados estados financieros basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por
la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren
que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si
los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría
incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones
en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad
utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la
presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros
exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados
de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS . Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1. presentan
razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera del Fondo de
Capitalización Individual, administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos
de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las variaciones patrimoniales y los flujos de
efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas
por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas
2 y 3 a los estados financieros.
5. Tal como se detalla en las Notas 9 y 21 a) a los estados financieros, al 31 de diciembre de
2014 y 2013, el Fondo mantiene en la cuenta "Excesos de inversión en el país" Bs 1.588.653
y Bs 51.102.868 respectivamente, que corresponden a inversiones en valores de renta fija. A
la fecha del presente informe, el emisor de dichos valores presenta dificultades financieras
importantes para el pago de sus obligaciones, existiendo inclusive un proceso de liquidación y
108
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
disolución en curso. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la contabilización de este activo en los
estados financieros del Fondo, ha sido realizada de acuerdo con disposiciones de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, que instruyó el castigo de estos excesos de
inversiones a partir de la gestión 2014.
6. Como se menciona en la Nota 21 f) a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de
Pensiones, las obligaciones. activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta
Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo
de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo
N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el
periodo de transición correspondiente.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
109
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
1
1.1
1.1.1.01
1.1.1.02
1.1.1.03
1.1.1.04
ACTIVO
Disponibilidades
Cuentas recaudadoras M/N
Cuenta de administración de cartera en el país
Cuenta de administración de cartera en el exterior M/E
Cuentas de desembolso
Total Disponibilidades
Nota
2014
2013
5
1.919
913.821.935
56.313.243
970.137.097
294.139.522
89.614.355
383.753.877
7
12.505.497.721
969.017.100
24.155.849
16.858.152.824
4.736.099.475
1.856.833.463
36.949.756.432
11.647.637.066
818.291.600
37.251.018
13.838.147.826
4.490.723.676
1.547.057.814
32.379.109.000
1.2
1.2.1.01
1.2.1.02
1.2.1.03
1.2.2.01
1.2.3.01
1.2.4.01
Inversiones en el País
Inversiones en el Tesoro General de la Nación
Inversiones en el Banco Central de Bolivia
Inversiones en Municipios
Inversiones en Instituciones Financieras del País
Inversiones en Entidades Comerciales del País
Otras Inversiones en el País
Total Inversiones en el País
1.3
1.3.5.01
Excesos de inversión
Otras Inversiones en el Exterior
Total Exceso en Inversión
6y7
961.621.406
961.621.406
903.290.093
903.290.093
1.4
1.4.1.01
Excesos de inversión
Excesos de inversión en el país
Total Exceso en Inversión
7y9
1.588.652
1.588.652
51.102.868
51.102.868
1.6
1.6.1.01
1.6.1.02
1.6.1.03
1.6.1.04
Cuentas por Cobrar
Cuentas por cobrar a la administradora
Intereses por cobrar cuentas corrientes
Cuentas por cobrar a entidades financieras
Títulos Valores Pendientes de Cobro
Total Cuentas por Cobrar
TOTAL ACTIVO
10
107.390.152
6.965.968
12.638.600
126.994.720
39.010.098.307
24.638.859
10.159.447
11.644.194
46.442.500
33.763.698.338
6
6.1.1.01
6.1.1.02
6.1.2.01
6.1.2.02
6.2.1.01
6.3.1.01
6.6.1.01
Cuentas de Orden Deudoras
Cotizaciones en gestión de cobro
Cotizaciones en cobranza judicial
Gestión de cobro CBP
Cobranza judicial CBP
Deudores por entregas a la DGP
Valores en custodia
Inversiones Castigadas
Total Cuentas de Orden Deudoras
18 y 20
18 y 20
18 y 20
18 y 20
20
8 y 20
16.925.125
357.785.052
4.858.120
46.715.979
604.924.699
38.630.914.960
35.797.881
39.697.921.816
16.210.930
315.296.146
4.938.065
35.149.326
553.125.565
31.404.522.224
32.329.242.256
191.184
42.433.032
65.875.221
241.291.349
176.261
86.803
7.814.776
1.036.097
187.309
166.994
5.096.563
643.309
82.469.927
515.201
3.594.966
20.583
120.842
451.720.417
16.850
43.531.965
2.891.314
182.094.015
128.274
86.705
3.210.313
867.809
135.896
107.627
3.665.633
1.177.540
58.233.133
688.619
2.867.968
205.486
300.009.147
PASIVO Y PATRIMONIO
110
2
PASIVO
2.1
2.1.1.02
2.1.1.03
2.1.1.04
2.1.1.06
2.1.3.01
2.1.3.02
2.1.3.03
2.1.3.04
2.1.3.06
2.1.3.08
2.1.4.01
2.1.4.03
2.1.5.01
2.1.5.06
2.1.6.02
2.1.6.03
2.1.8.01
Cuentas por Pagar
Recaudación clasificada
Recaudación no aclarada
Recaudación de renta mensual
Recaudación no aclarada último mes reportado
Comisiones por pagar al custodio
Comisiones por pagar portafolio
Comisiones por pagar cuentas individuales
Comisiones por pagar renta de compensación de cotizaciones mensuales
Comisiones por pagar por contratos MVV
Comisiones por pagar por fracción básica
Otras cuentas por pagar AFP
Cuentas por pagar entidades financieras
Prestaciones por pagar
Prestaciones no cobradas
Retenciones por pagar a entes gestores de salud
Devolución de aportes
Devoluciones de cotizaciones en exceso
Total Cuentas por Pagar
11
11
13
12
12
12
12
12
14
14
15
16
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Continuación
Nota
2014
TOTAL PASIVO
2013
451.720.417
300.009.147
17 y 19
3.742.592
5.081.264
8.823.856
27.351.457
4.326.100
31.677.557
25.031.673.361
38.386.525
6.477.049
438.714.611
25.515.251.546
3
PATRIMONIO
3.1
3.1.1.01
3.1.1.02
Recaudos en Proceso
Recaudos en proceso
Recursos por acreditarse en cuentas individuales
Total Recaudos en Proceso
3.2
3.2.1.01
3.2.1.02
3.2.1.03
3.2.1.04
Cuentas Individuales
Cotizaciones mensuales
Cotizaciones adicionales
Compensación global de cotizaciones
Distribución de excedentes riesgo común
Total Cuentas Individuales
17 y 19
27.856.001.376
48.047.734
8.957.335
443.126.949
28.356.133.394
3.3
3.3.1.01
Rezagos
Cotizaciones en rezagos
Total Rezagos
17 y 19
330.110.835
330.110.835
246.803.013
246.803.013
3.4
3.3.1.01
Traspasos
Traspasos en Proceso
Total Traspasos
17 y 19
46.571
46.571
13.738
13.738
3.5
3.5.1.01
3.5.1.02
3.5.1.03
3.5.1.04
3.5.1.05
Cuotas de otros Fondos y Cuentas
Cuotas de otros fondos y cuentas
Cuotas del fondo riesgo profesional
Cuotas del fondo riesgo comun
Cuotas del fondo riesgo laboral
Cuenta básica previsional
Total Cuotas de otros Fondos y Cuentas
17 y 19
2.459.722.172
1.562.541.595
1.770.783.809
46.406.391
4.017.013.509
9.856.467.476
1.893.549.884
1.297.104.654
1.520.748.824
33.465.957
2.909.210.229
7.654.079.548
3.6
3.6.1.01
3.6.1.02
Cotizaciones en Exceso
Cotizaciones en exceso
Cotizaciones en exceso CBP
Total Cotizaciones en Exceso
17 y 19
5.146.740
5.146.740
14.369.315
17.592
14.386.907
3.7
3.7.1.01
Descuadraturas Menores
Descuadraturas menores en recaudaciones
Total Descuadraturas Menores
1.649.018
1.649.018
1.476.882
1.476.882
38.558.377.890
39.010.098.307
33.463.689.191
33.763.698.338
16.925.125
357.785.052
4.858.120
46.715.979
604.924.699
38.630.914.960
35.797.881
39.697.921.816
16.210.930
315.296.146
4.938.065
35.149.326
553.125.565
31.404.522.224
32.329.242.256
17 y 19
TOTAL PATRIMONIO
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO
7
7.1.1.01
7.1.1.02
7.1.2.01
7.1.2.02
7.2.1.01
7.3.1.01
7.6.1.01
Cuentas de Orden Acreedoras
Cuenta de control de cotizaciones en control de cobro
Cuenta de control de cotizaciones en cobranza judicial
Cuenta de control gestión de cobro
Cuenta de control cobranza judicial CBP
Cuenta de control de entregas a la DGP
Valores en custodia
Inversiones Castigadas
Total Cuentas de Orden Acreedoras
18 y 20
18 y 20
18 y 20
18 y 20
20
8 y 20
Las notas 1 a 23 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
111
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE VARIACION PATRIMONIAL POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE
DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
2014
Cuotas
20
SALDO INICIAL DEL PATRIMONIO
21.01
21.01.1
21.01.2
21.01.3
21.01.4
21.01.5
21.99
Recaudos en proceso
Contribuciones
Compensación global de cotizaciones
Traspaso en proceso desde otras AFP's
Compra de cuotas del FCC
Transferencias de capital desde otras AFP's
Otros aumentos
Total Aumentos del Patrimonio
22
Disminuciones del Patrimonio:
22.01
22.02
Devengamiento de comisiones por administración cuentas individuales
Traspasos en proceso hacia otras AFP
22.03
Devengamiento de prestaciones y beneficios:
22.03.1
22.03.2
22.03.3
22.03.4
22.03.5
22.04
22.05
22.06
22.07
22.08
22.09
22.10
22.11
22.12
22.13
22.14
22.99
Devengamiento de prestaciones y beneficios riesgo común
Devengamiento de prestaciones y beneficios riesgo profesional
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios por Riesgo Laboral
Devengamiento de prestaciones y beneficios cuenta individual
Devengamiento de prestaciones y beneficios MVV
Devolución de aportes
Transferencias de saldos de cuenta individual a cias. aseguradoras
Transferencias de primas a entidades aseguradoras
Rescate de cuotas del FCC
Devengamiento devolución de pagos en exceso
Interés Incremental
Traspaso de cotizaciones al TGN para incremento de renta (2%)
Pago de Compensaciones de Cotizaciones CC
Transferencia saldo cotizaciones mensuales fallecidos
Transferencias de capital a otras AFP
Transferencias de capital al T.G.N. aportes FFAA
Otras disminuciones
Total Disminuciones del Patrimonio
23
23.01
23.01.1
23.01.2
23.01.3
23.01.4
23.01.5
23.01.9
23.02
2013
Bs
Cuotas
60.708.670,1640
33.463.689.191
54.405.964,7301
28.189.326.405
8.236.932,4703
8.065.572,4228
41.846,5715
129.513,4760
26.652,7333
8.263.585,2036
4.617.647.588
4.521.798.906
23.480.705
72.367.977
8.522.254
4.626.169.842
7.664.379,2604
7.481.719,4721
15.759,8327
146.969,1158
19.930,8398
53.322,7626
7.717.702,0230
4.006.476.196
3.910.760.141
8.270.291
77.186.476
10.259.288
22.695.683
4.029.171.879
203.172,3536
111.816,5427
127.653.079
62.273.585
193.695,1695
89.895,2810
111.094.473
47.180.389
974.207,9235
547.698.226
849.806,6343
446.776.932
326.087,6217
215.970,8606
139.739,5904
292.409,8508
19.225,4560
6.106,4580
53,1624
8.378,8625
404,3781
173,5290
299.738,7253
1.623.277,3911
183.389.383
121.338.247
78.558.396
164.412.199
10.786.089
3.423.919
29.700
4.304.486
476.637
97.772
166.779.127
923.522.620
268.117,2056
195.516,6499
209,5770
149.814,9094
236.148,2924
15.058,6209
246,7431
16.582,9447
51,3099
13.733,4631
2.599,9455
150,3057
936,6615
16.542,2555
215.697,2543
1.414.996,5890
141.122.322
102.928.444
109.078
78.328.017
124.289.071
7.938.553
127.450
9.047.585
27.000
6.158.402
1.175.530
77.215
501.319
8.512.764
122.597.139
761.214.751
Resultado del Fondo
-
1.392.041.477
-
2.006.405.658
Resultado inversiones y recursos alta liquidez
Rendimiento por valoración
Intereses por vencimientos en dias inhábiles
Resultado por actualización de saldos de cuentas corrientes en M.E.
Rendimiento por intereses sobre saldos en cuentas corrientes
Rendimiento por dividendos
Otros resultados por inversiones y recursos alta liquidez (neto)
Devengamiento de comisiones y gastos
-
1.411.286.662
1.480.794.142
1.775.781
11.599.150
(82.882.411)
(25.434.043)
-
2.012.541.214
1.925.857.774
(16.150)
4.178.645
82.520.945
(22.534.836)
23.02.1
Devengamiento comisión por administración de portafolio
-
(15.832.227)
-
(15.807.699)
23.02.2
23.02.3
23.02.9
Devengamiento comisión custodia
Devengamiento gastos de transacciones
Otros Egresos por comisiones o gastos
-
(8.153.868)
(1.447.948)
-
-
(6.276.803)
(450.334)
-
23.99
Resultado por conceptos distintos a los anteriores
23.99.1
23.99.2
Resultado por compra o venta de divisas
Otros resultados no considerados en los ítems anteriores
24
SALDO FINAL DEL PATRIMONIO
25
VALOR CUOTA AL CIERRE DE OPERACIONES
6.188.858
16.399.280
-
6.188.858
-
16.399.280
67.348.977,9765
38.558.377.890
60.708.670,1641
33.463.689.191
572,5162
Las notas 1 a 23 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
112
Bs
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
551,2176
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
10
11.
11.01
11.02
11.04
11.05
11.06
11.07
11.08
11.09
11.10
11.11
11.13
11.14
11.99
SALDO INICIAL
Ingresos
Recaudación
Traspasos netos desde otras AFP's
Compra de cuotas FCC
Intereses percibidos sobre cuentas corrientes
Dividendos
Cortes de cupón
Intereses por vencimiento en días inhábiles
Recaudación de días anteriores, no informados oportunamente
Rescate de inversiones
Recaudación de renta de CC mensual
Transferencias de capital desde otras AFP's
Recaudación de fracción complementaria FFAA
Otros ingresos
Total Ingresos
12
12.01
12.01.1
12.01.2
12.01.3
12.01.4
12.01.5
12.01.6
12.01.7
12.01.8
12.01.9
12.02
12.03
12.04
12.05
12.06
12.07
12.07.1
12.07.2
12.08
12.08.1
12.08.2
12.08.2.1
12.08.2.2
12.08.4
12.08.4.1
12.08.4.2
12.08.5
12.08.6
12.09
12.10
12.11
12.12
12.13
12.14
12.15
12.16
12.17
12.18
12.99
EGRESOS
Total Comisiones
Comisiones pagadas a la AFP por administración de cuentas individuales
Comisiones pagadas a la AFP por administración de portafolio
Comisiones pagadas al custodio
Comisiones pagadas a la AFP por pago de la renta de CC mensual
Comisiones pagadas por pago pensiones M.V.V.
Comisiones pagadas a las AFP transf. primas cias. aseguradoras
Comisiones pagadas por renta FC mensual FFAA
Comisiones pagadas a la AFP por primas RC-RP-RL
Comisiones pagadas EDV derechos económicos y Transporte de Valores prog.
Traspasos netos hacia otras AFP's
Gastos de transacción
Devolución de pagos en exceso
Cargos bancarios
Rescate de cuotas FCC
Intereses pagados a la AFP
Interés por mora asociado a la comisión
Interés incremental
Total de prestaciones y beneficios pagados
Por riesgo común
Por riesgo profesional
Al SSO
Desembolso a la Dirección General de Pensiones
Por cuenta individual
Pago de retiros mínimos
Pago de masa hereditaria
Pagos beneficios MVV
Pagos renta de CC mensual
Devolución de aportes
Transferencia de saldos de ctas. individuales a entidades aseguradoras
Pagos a entes gestores de salud
Financiamiento de Gastos Médicos
Traspasos de primas a cias. aseguradoras
Traspaso de Cotizaciones a TGN para incremento renta (2%)
Inversiones realizadas
Transferencia saldo cotizaciones mensuales fallecidos
Transferencia de capital a otras AFP's
Transferencias de capital al TGN aportes FFAA
Otros egresos
Total Egresos
SALDO FINAL
13
2014
383.753.877
2013
727.250.816
4.570.422.224
10.850.344
11.140.721
941.869.838
8.627.609
5.558.766.979
60.457.383
1.456.080.270
12.618.215.368
3.797.271.059
34.227.856
4.125.071
917.717.230
13.849
8.809.199
6.035.318.833
1.460.969.792
12.258.452.889
163.763.517
122.990.167
15.571.982
7.847.811
7.908.007
2.386.297
54.113
7.005.140
600.777
1.415.149
4.005.586
29.700
699.348
210.555
488.793
1.204.479.754
157.049.024
112.337.886
59.152.610
53.185.275
88.710.125
77.931.565
10.778.560
152.758.525
693.624.195
17.458.881
437.824
9.696.118.096
942.823.516
12.031.832.148
970.137.097
155.848.462
116.178.456
16.042.038
5.842.662
7.305.446
2.096.812
123.232
8.259.816
681.831
452.374
5.446.955
27.000
1.249.389
269.827
979.562
1.070.178.547
121.242.713
92.750.761
39.723.093
53.027.668
79.996.992
72.058.439
7.938.553
116.216.369
659.971.712
26.762.334
997.060
10.335.161.158
501.319
1.004.643.399
12.601.949.828
383.753.877
Las notas 1 a 23 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
113
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - ASPECTOS LEGALES DEL FONDO
BBVA Previsión AFP S.A. fue constituida
en la ciudad de Cochabamba en fecha 25
de febrero de 1997, según Testimonio de la
Escritura Pública de Constitución N° 429/97.
Se estableció como domicilio principal de la
Sociedad la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
El funcionamiento de la Sociedad
fue autorizada mediante Resolución
Administrativa N° 2-9531 de fecha 28 de
febrero de 1997, otorgada por la Dirección
General del Registro de Comercio y Sociedades
por acciones dependiente del Ministerio de
Hacienda y Desarrollo Económico, actual
Ministerio de Desarrollo Económico.
El objeto social definido en los estatutos de
la Sociedad es el de administrar y representar
los fondos de pensiones, cumplir con las
prestaciones y servicios establecidos en la
Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29
de noviembre de 1996), y sus reglamentos,
contratar servicios necesarios para la
realización de sus actividades, invertir sus
propios recursos en entidades que presten
servicios de custodia de títulos valores, de
sistemas computarizados, de procesamiento de
planillas de recaudación cobro de mora y pago
de prestaciones del seguro social obligatorio
de largo plazo bajo su responsabilidad y
similares, ofertar mensualidades vitalicias
variables a los afiliados de los fondos que
administre y sus derecho habientes, cuando
legalmente corresponda, cobrar las comisiones
o primas que correspondan, en la medida
autorizada legalmente, como remuneración
por sus servicios de administración de
114
fondos y en general, realizar todos los actos
jurídicos, contratos, operaciones, negocios,
negociaciones, gestiones y similares.
El objetivo del Fondo de Capitalización
Individual, es el de recaudar las contribuciones
que efectúan sus afiliados con la finalidad de
otorgar los beneficios establecidos en la Ley
de Pensiones (Ley N° 1732). Los beneficios
mencionados consisten básicamente, en
la posibilidad de acceder a una jubilación
ordinaria, un retiro por invalidez o una pensión
por fallecimiento, contratadas bajo una de
las siguientes modalidades: Seguro Vitalicio
contratado con entidades aseguradoras
calificadas o Mensualidad Vitalicia Variable
por medio de una de las Administradoras de
Fondos de Pensiones.
Los recursos del Fondo de Capitalización
Individual, administrado por BBVA PREVISION
AFP S.A., han sido invertidos en instrumentos
de inversión autorizados por la Ley de
Pensiones, Reglamento de la Ley de Pensiones
D.S. N° 24469 y la ex Intendencia de Pensiones
de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS, entidad creada
por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de
abril de 2009.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de
Pensiones N° 1732, de fecha 29 de noviembre
de 1996 y en la Ley de Reactivación
Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de
2000, en la gestión 2001 la ex Intendencia
de Pensiones de la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS,
mediante Resolución Administrativa N°
572/2001 de fecha 1 de noviembre de 2001,
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
ha dispuesto la transferencia de las coberturas
por riesgo común y profesional desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones a las
entidades aseguradoras adjudicatarias en la
Licitación Pública Internacional, La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros
Próvida S.A. con una participación de mercado
de 75% y 25%, respectivamente.
En fecha 1 de noviembre de 2001, las
Administradoras de Fondos de Pensiones
han firmado un contrato de seguro (póliza
de seguro) con la Vitalicia de Seguros y
Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de
prestación de servicios con Seguros Próvida
S.A. de acuerdo con lo establecido la
Resolución Administrativa 564/01 del 30 de
octubre de 2001.
El 3 de julio de 2003, se realiza la primera
transferencia de capital acumulado a la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable que
es un patrimonio independiente y distinto
del patrimonio del fondo y pertenece a los
afiliados que han suscrito el Contrato de
Mensualidad Vitalicia Variable. Los bienes
y derechos que componen el patrimonio
de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles
e inafectables por gravámenes o medidas
precautorias de cualquier especie.
De acuerdo con la Resolución Administrativa
SPVS-IP N° 647, al 31 de diciembre de
2014 y 2013, el Fondo de Capitalización
Colectiva invirtió las acciones de las empresas
capitalizadas en cuotas de participación del
Fondo de Capitalización Individual por un
monto de Bs1.363.646 y Bs1.342.220 para
mantener un nivel de liquidez suficiente para
el pago del beneficio del Bonosol, a la fecha
este beneficio se encuentra suspendido por la
Ley 3791 de Renta Dignidad que en su art. 12
deroga el Decreto Supremo 2427.
Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15
de noviembre de 2006, se dispone que las
Administradoras de Fondos de Pensiones –
AFP’s, a partir del 1 de noviembre de 2006,
administren totalmente las prestaciones
por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/
Laboral, conforme establece la Ley N° 1732
Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta
la fecha a ser determinada por la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros - APS. Esta administración fue
adjudicada a las empresas aseguradoras “La
Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.”
y “Seguros Provida S.A.” por el quinquenio,
noviembre 2001 a octubre 2006.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010
de Pensiones, establece que la Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones
– AP, se denominará Autoridad de Control
Social de Pensiones y Seguros – APS y asumirá
las atribuciones, competencias, derechos y
obligaciones en materia de seguros de la
Autoridad de de Supervisión del Sistema
Financiero – ASFI en un plazo de 60 días
hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal
sentido, en las anteriores y siguientes notas a
los estados financieros, en lugar de nombrar
a la ex Superintendencia de Pensiones, la
ex Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros, y a su sucesora Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS.
Tal como se describe en la Nota 21 f) durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones y en fecha 14 de enero de 2015,
se emitió el Decreto Supremo 2248, que
reglamenta la creación de la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
115
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 2 - NORMAS CONTABLES
A continuación se describen las normas
aplicables más significativas aplicadas por la
Administradora:
2014, los mismos que son comparados con
los estados financieros correspondientes al
ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2013.
2.3 Valoración de Inversiones
2.1 Generales
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013 , han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 y sus normas reglamentarias
en lo que corresponda, lo establecido en la
Disposición Transitoria Única del Decreto
Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y
otras disposiciones vigentes.
Estos lineamientos concuerdan con los
Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptados aprobadas por el Consejo Técnico
Nacional de Auditoria y Contabilidad del
Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por
lo que se menciona en la Nota 3 a los estados
financieros.
Para la presentación de los estados financieros
al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la
Administradora del Fondo de Capitalización
Individual, ha adoptado los formatos
establecidos por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS.
2.2 Período cubierto por los estados financieros
Los presentes estados financieros del Fondo
de Capitalización Individual corresponden
al ejercicio terminado el 31 de diciembre de
116
La valoración de las inversiones mantenidas
por el Fondo de Capitalización Individual
– FCI, se realiza diariamente en bolivianos
a precio de mercado, de acuerdo a las
transacciones observadas en los distintos
mercados autorizados.
Valores elegibles
De acuerdo con las normas establecidas en
la Ley N° 065, Ley de Pensiones, los recursos
del Fondo de Capitalización Individual están
invertidos exclusivamente en los Valores y en
los mercados financieros de oferta pública, a
nombre de los respectivos Fondos, a través de
mercados primarios y secundarios autorizados,
considerando los siguientes límites:
a) No más del diez por ciento (10%) del valor
de cada fondo de Valores o Instrumentos
Financieros de un solo emisor o un grupo
de emisores vinculados, de acuerdo al
reglamento.
b) No más del sesenta por ciento (60%) del
monto de una misma emisión o de Valores o
Instrumentos Financieros del Fondo.
c) No más del cinco por ciento (5%) de
cada fondo podrá ser invertido en Valores o
Instrumentos Financieros sin calificación de
riesgo emitidos por pequeñas y medianas
empresas, constituidas legalmente en el país,
de acuerdo al reglamento.
d) Cada fondo no podrá invertir en más del
veinte por ciento (20%) del capital social de
una sociedad anónima.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
El noventa y cinco por ciento (95%) de las
inversiones de cada Fondo Administrado por
la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo, deberán mantenerse en Entidades
de Depósito de Valores – EDV debidamente
autorizadas, con quienes debe existir la
suscripción de un contrato en conformidad a
la norma vigente.
Los Valores emitiros por el Tesoro General de
la Nación o el Banco Central de Bolivia no
estarán sujetos a los límites establecidos en la
Ley y sus reglamentos.
La Ley No. 065 de Pensiones, en su Artículo
143. (INVERSIONES EN EL EXTRANJERO),
señala que las mismas no deberán ser mayores
al cincuenta por ciento (50%) de cada Fondo
administrado.
La Ley N° 065 de Pensiones, en su Artículo
146. (PROHIBICIONES), señala lo siguiente:
I. Queda prohibida la inversión con recursos
de los Fondos administrados, en la propiedad
o patrimonio de entidades sin fines de lucro
cualquiera sea su régimen legal y de forma
directa o bienes raíces.
II. Queda prohibida la compra de Valores o
Instrumentos financieros que sean propiedad
de directores y ejecutivos de la Gestora
Publica de la Seguridad Social de Largo Plazo
o del Organismo de Fiscalización.
III. Queda prohibida la venta de Valores
o Instrumentos financieros a favor de los
directores y ejecutivos de la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo o del
Organismo de Fiscalización.
IV. Queda prohibida la inversión en Valores
o Instrumentos Financieros emitidos por
entidades vinculadas a directores y ejecutivos
de la Entidad Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo o del Organismo de
Fiscalización.
El Decreto Supremo No. 0778 de fecha 26 de
enero de 2011, mediante el cual se aprueba
el Reglamento de Desarrollo Parcial a la
Ley No. 065 de Pensiones, en su Disposición
Transitoria Única, numeral 6, estipula que
las AFP observarán la normativa y esquemas
contables establecidos para el Seguro Social
Obligatorio – SSO, debiendo adecuarlos a las
Contribuciones del SIP conforme lo establece
en la Ley No. 065 y normativa reglamentaria.
Por lo expuesto, a la fecha se encuentran
vigentes las normas establecidas en la Ley
No. 1732, cuyo reglamento establece los
siguientes Valores elegibles para invertir los
recursos del FCI, que son los siguientes:
a) Títulos Valores representativos de deuda
emitidos por el Tesoro General de la Nación
de Bolivia y Valores emitidos por el Banco
Central de Bolivia.
b) Bonos, bonos convertibles en acciones antes
de su conversión, depósitos a plazo fijo y otros
Valores representativos de deuda distintos de
cédulas hipotecarias, emitidas o garantizadas
por bancos constituidos en Bolivia.
c) Cédulas hipotecarias emitidas o garantizadas
por bancos constituidos en Bolivia.
d) Títulos Valores representativos de deuda,
incluidos los bonos convertibles en acciones
antes de su conversión, emitidos por sociedades
comerciales constituidas en Bolivia diferentes
de bancos y autorizadas para hacer oferta
pública por la Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros.
e) Títulos Valores representativos de deuda,
117
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
emitidos por municipios locales y que cuenten
con clasificación de riesgo.
en el Reglamento de la Ley de Pensiones.
Inversiones renta fija
f) Cuotas de Fondos de Inversión constituidos
en Bolivia.
g) Acciones de sociedades
constituidas en Bolivia.
anónimas
h) Otros Títulos Valores no especificados en los
incisos precedentes de emisores constituidos
en Bolivia o de instituciones estatales cuya
compra sea autorizada por la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
y que cuenten con la clasificación de riesgo
permitida para el Seguro Social Obligatorio.
118
La valoración de las inversiones mantenidas
por el FCI se realiza diariamente en bolivianos
a precios de mercado, de acuerdo a las
transacciones observadas en los distintos
mercados autorizados.
Inversiones de renta variable
Las inversiones de renta variable están
valuadas a su valor neto de realización,
expresados en número de cuotas y bolivianos
equivalentes.
i) Títulos Valores representativos de deuda,
emitidos o garantizados por estados
extranjeros, bancos centrales o sus
equivalentes, por organismos internacionales,
bonos, acciones, bonos convertibles en
acciones emitidos por empresas constituidas
en el extranjero, cuotas de Fondos de
Inversión constituidos en el extranjero y otros
títulos valores autorizados expresamente por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS.
2.4 Excesos de inversión
j) Valores representativos de deuda emitidos
a partir de un proceso de titularización, que
cuenten con clasificación de riesgo.
- Por un cambio en los límites de inversión.
k) Las inversiones con los recursos del Fondo
de Capitalización Individual - FCI en los
Valores antes indicados, deberán observar
los límites máximos establecidos para cada
tipo genérico de valor. Estos límites son
fijados por la Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros - APS, para
aquellos emitidos por emisores locales y por
el Directorio del Banco Central de Bolivia,
en el caso de Valores emitidos por emisores
extranjeros, dentro de los rangos establecidos
- Por fluctuaciones de mercado.
En esta cuenta se registran los excesos de
inversión involuntaria detallados en Nota
21 a), es decir cuando sucede alguno de los
siguientes eventos, con las inversiones de
recursos del FCI, en títulos valores constituidos
en Bolivia:
- Por un cambio en la clasificación de riesgo
de los valores de la cartera del FCI.
- Por conductas del emisor.
- Por otra causa que a juicio de la AP afecte
los FCI por igual.
De acuerdo a regulación de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS, el límite mínimo de calificación de
riesgo por emisor es “BB2”. Las calificaciones
de las inversiones en excesos de inversión en
el portafolio al 31 de diciembre de 2014 son:
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Para las emisiones 1 a 5 denominada deuda
principal calificación de D; para las emisiones
6 a 10 denominada deuda subordinada
calificación D y para la emisión 11 por el
saldo de los intereses devengados y no
pagados hasta el 30 de septiembre de 2005
calificación C C C -, calificaciones asignadas
por la calificadora de riesgo Fitch & Rating.
Los excesos de inversión se valúan de acuerdo
a los establecido en la Nota 3 b).
2.5 Patrimonio del Fondo
El Fondo de Capitalización Individual (FCI),
es un patrimonio independiente y diverso
del patrimonio de la Administradora. El
patrimonio del Fondo está constituido por: los
valores recaudados destinados a las Cuentas
Individuales por concepto de Cotizaciones
Mensuales y Cotizaciones Adicionales, sobre
remuneraciones o rentas imponibles de los
afiliados a la Administradora; además de la
Compensación Global de Cotizaciones y otros
Aportes a Cuentas Individuales; a lo que se
agregan las primas para cubrir los Riesgos
Común, Profesional, Laboral y Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Básica Previsional,
y otros conceptos menores; además de la
rentabilidad de las inversiones realizadas con
dichos recursos.
De los valores indicados se deducen: las
comisiones de la Administradora y del
custodio; las pensiones y otras prestaciones
que hubieren sido otorgadas a los afiliados,
de conformidad con la legislación vigente y
otros conceptos menores.
Los Valores destinados a las Cuentas
Individuales son abonados en éstas,
expresándolos en cuotas de igual valor.
Amerita señalar que la Ley No. 065 de
Pensiones, promulgada el 10 de diciembre de
2010, en su Capítulo II, Fondos del Sistema
Integral de Pensiones, Art.5 (Fondos del
Sistema Integral de Pensiones numeral I,
inciso a), estipula:
a) “El Fondo de Ahorro Previsional estará
compuesta por las Cuentas Personales
Previsionales”.
Por tanto, lo que con anterioridad a la
mencionada Ley No. 065 se denominaba
Cuentas Individuales, a partir de la vigencia
de dicha Ley se denomina; Cuentas Personales
Previsionales.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE
CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido preparados de acuerdo
con prácticas contables establecidas por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS. Estas prácticas
difieren de las normas de contabilidad
generalmente aceptados en Bolivia, en los
siguientes aspectos:
a) La recaudación no aclarada es contabilizada
como una cuenta del pasivo hasta que
dicha recaudación cuente con toda la
documentación correspondiente para ser
acreditada, en lugar de ser contabilizada
como una cuenta del patrimonio. El pasivo
registrado por el Fondo, que debió haber sido
registrado como patrimonio al 31 de diciembre
de 2014 y 2013 asciende a Bs283.724.381 y
Bs225.625.980, respectivamente.
b) Las inversiones en bonos de empresas
que muestran dificultades para el repago
de las deudas adquiridas y cuya calificación
ha disminuido por debajo de los límites
permitidos por la norma de la Autoridad de
119
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS, están valuados a su valor presente neto
de los flujos futuros. De acuerdo con normas
de contabilidad generalmente aceptadas en
Bolivia, las inversiones mencionadas deberían
estar registradas a su valor presente neto,
menos una previsión para desvalorización de
dicha inversión, calculada en función de la
generación futura de fondos de la empresa
emisora. Es importante señalar, que aun en
el caso que la desvalorización de la inversión
en este tipo de títulos fuera del 100%, la
diferencia en la valuación de las inversiones
no sería significativa considerando los estados
financieros en su conjunto. Las inversiones
en bonos de empresas cuya calificación
ha disminuido por debajo de los límites
permitidos al 31 de diciembre de 2014 y
2013 asciende a Bs1.588.653 y Bs51.102.868
respectivamente.
c) El fondo no presenta el estado de
rendimientos.
d) Se reconoce la comisión por administración
cuando la misma es abonada en las cuentas
individuales. De acuerdo con normas de
contabilidad generalmente aceptadas en
Bolivia, esta comisión debería ser reconocida
contablemente cuando se devenga. Esta
diferencia en normas de contabilidad, no
genera un efecto material, considerando los
estados financieros en su conjunto.
e) De acuerdo con lo establecido en la
Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08
de fecha 19 de marzo de 2008, a partir
del primero de enero de 2008, el Fondo de
Capitalización Individual (FCI) deberá dejar
de ajustar los estados financieros a moneda
constante, por efecto de la variación del
tipo de cambio del dólar estadounidense.
De acuerdo con las normas de contabilidad
generalmente aceptadas en Bolivia, los rubros
120
no monetarios de los estados financieros del
FCI deberían ser actualizados utilizando como
índice de actualización a la variación en el
valor de la Unidad de Fomento para la Vivienda
(UFV). Los estados financieros del fondo al
31 de diciembre de 2014 y 2013 no han sido
actualizados, siguiendo lo establecido en la
SPVS/IP/266/08.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
CONTABLES
Durante el periodo 2014 no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a las gestiones anteriores, con excepción de
lo siguiente:
En fecha 17 de abril de 2014, la APS, emitió la
Resolución Administrativa APS/No.309-2014,
la cual fue complementada y modificada por
la Resolución Administrativa APS/No. 3312014, de 7 de mayo de 2014, que disponen
que las Administradoras de Fondos de
Pensiones procedan al castigo de los excesos
de inversión involuntarios generados por los
Bonos AMETEX II (Ver nota 21.a). Los castigos
de excesos de inversión realizados durante el
ejercicio ascienden a Bs35.797.881.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 5 - DISPONIBILIDADES
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
2014
Cuentas recaudadoras M/N
Cuentas administradora de cartera en país M/N
Cuentas administradora de cartera en país M/E
Cuentas administradora de cartera en país UFV
Cuentas administradora de cartera en exterior M/E
Cuentas de desembolso M/N
1.919
879.478.661
34.343.274
56.313.243
970.137.097
2013
253.587.955
40.551.567
89.614.355
383.753.877
NOTA 6 – OTRAS INVERSIONES EN EL EXTERIOR
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, corresponden a inversiones en Bonos de deuda soberana de
Bolivia emitidos en el exterior del país.
Al 31 de diciembre de 2014:
Fecha remesa
País origen
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
Total Valores en Tránsito
País destino
Moneda
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
N° unidades
3
1
400
15000
2
3
250
2
2,973
1
3
3
2
1
4
550
930
1
8,45
1,4
1,4
5
1
1
1
1
3
5,2
2,5
57,5
Valor en Bolivianos
20.957.643
6.985.881
2.794.352
104.788.215
13.971.762
20.957.643
1.746.470
13.971.762
20.769.024
6.985.881
20.957.643
20.957.643
13.971.762
6.985.881
27.943.524
3.842.235
6.496.869
6.985.881
59.030.694
9.780.233
9.780.233
34.929.405
6.985.881
6.985.881
6.985.881
6.985.881
20.957.643
36.326.581
18.366.793
422.436.228
961.621.406
121
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Al 31 de diciembre de 2013:
Fecha remesa
País origen
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
29/10/2022
Bolivia
22/08/2023
Bolivia
22/08/2023
Bolivia
Total Valores en Tránsito
122
País destino
Moneda
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Estados Unidos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
Dólares Americanos
N° unidades
3.000
400
250
2.000
2.973
1.000
3.000
3.000
2.000
1.000
4.000
15.000
2.000
3.000
550
930
1.000
8.450
1.400
1.400
5.000
1.000
1.000
1.000
5.200
1.000
1.000
3.000
2.500
57.500
Valor en Bolivianos
19.724.077
2.629.877
1.643.673
13.149.384
19.546.561
6.574.693
19.724.078
19.724.078
13.149.384
6.574.693
26.298.770
98.620.389
13.149.385
19.724.078
3.616.081
6.114.464
6.574.693
55.556.152
9.204.570
9.204.570
32.873.462
6.574.693
6.574.693
6.574.693
34.188.402
6.574.693
6.574.693
19.724.077
17.213.627
395.913.410
903.290.093
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 7 – DIVERSIFICACIÓN DE LA CARTERA DE INVERSIONES
Las inversiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, se hallan divididas de la siguiente manera:
Al 31 de diciembre de 2014:
EMISOR POR SECTOR DE LA ECONOMIA
BBB
BLP
BMS
BSE
GOBIERNO
TESORO GENERAL DE BOLIVIA
BONOS MUNICIPALES
- 24.155.849,09
TESORO GENERAL DE BOLIVIA EN EL EXTERIOR
- 961.621.406,19
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
TOTAL GOBIERNO
- 24.155.849,09 961.621.406,19
FINANCIERO BANCARIO NACIONAL
BANCO BISA S.A.
BANCO DE CRÉDITO DE BOLIVIA S.A.
7.109.851,01
BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SAM
247.777.538,03
BANCO ECONOMICO S.A.
8.565.251,94
BANCO FIE S.A.
284.792.849,10
BANCO FORTALEZA S.A.
BANCO GANADERO S.A.
18.686.638,15
BANCO LOS ANDES PROCREDIT S.A.
52.336.133,64
BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A.
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
122.057.710,57
BANCO SOLIDARIO S.A.
322.253.493,81
BANCO UNION S.A.
TOTAL FINANCIERO BANCARIO NACIONAL
1.063.579.466,25
FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL
BISA LEASING
31.420.819,24
BNB LEASING S.A.
16.042.746,27
FORTALEZA LEASING
7.560.314,28
CRECER - NAFIBO 022
CRECER - NAFIBO 021
CRECER - NAFIBO 017
CRECER - NAFIBO 025
FONDO DE INVERSION CERRADO FORTALEZA
(FPY)
FONDO FINANCIERO PRIVADO ECO FUTURO
10.751.300,77
25.296.750,78
FONDO FINANCIERO PRIVADO FASSIL
3.448.337,33
10.911.240,02
FONDO FINANCIERO PRIVADO PRODEM
FORTALEZA FACTORING INTERNACIONALFIC (FFI)
IMPULSOR FONDO DE INVERSION CERRADO (IFI)
GESTION ACTIVA FONDO DE INVERSION
CERRADO (GAC)
ACELERADOR DE EMPRESAS FIC (FAE)
LIBERTY -BCP-NAFIBO 009
MICROFIC FONDO CERRADO (MFC)
MICROFINANZAS FONDO DE INVERSION
CERRADO (MIC)
PATRIMONIO AUTONOMO BISA ST
PATRIMONIO AUTONOMO BISA ST-DIACONIA
FRIF
PATRIMONIO AUTONOMO MICROCREDITO
IFD-BDP ST 028 (MCT)
PROPYME UNION FONDO DE INVERSION
CERRADO (PUC)
PROQUINUA UNION FONDO DE INVERSION
CERRADO(PQU)
RENTA ACTIVA PYME FIC
SEMBRAR MICRO CAPITAL FONDO DE
INVERSION CERRADO
PYME PROGRES FIC
PYME II FIC(FORTALEZA SAFI)
CIDRE - NAFIBO 023
MSC ESTRATEGICO FIC(EFC)
RENTA ACTIVA EMERGENTE FIC(RAE)
SEMBRAR ALIMENTARIO FIC
GRANJA AVICOLA INTEGRAL SOFIA LTDA.(SOF)
26.504.564,29
TOTAL FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL
14.199.638,10 117.736.434,88
ELECTRICA
COMPAÑÍA BOLIVIANA DE ENERGIA
ELECTRICA-COBEE
ELECTROPAZ
- 153.867.602,40
EMPRESA LUZ Y FUERZA ELECTRICA -ELFEC
- 147.275.401,23
GUARACACHI
68.001.897,59
TOTAL ELECTRICO
- 135.878.050,56
INDUSTRIAL
- 905.573.044,33
AGUAI S.A.
1.588.652,52
AMETEX S.A. AMÉRICA TEXTIL
- 180.973.842,06
BONOS IASA
- 164.980.212,10
GRAVETAL BOLIVIA S.A.
81.659.303,45
INDUSTRIAS OLEAGINOSAS S.A.
INTI- NAFIBO PATRIMONIO AUTONOMO
76.493.440,41
PIL ANDINA
- 110.206.130,02
SOCIEDAD INDUSTRIAL NUTRIOIL.S.A.(NUT)
- 1.521.474.624,89
TOTAL INDUSTRIAL
- 1.519.498.565,06
HIDROCARBUROS
TRANSREDES S.A.
- 226.697.711,36
TRANSIERRA
- 132.282.889,20
TOTAL HIDROCARBUROS
- 358.980.600,56
CONSTRUCCION
COBOCE-BISA ST FLUJOS DE LIBRE DISP.DE
VTA.FUT.002
COBOCE-TITULARIZACIONES(COB)
FANCESA
9.525.227,92
SOBOCE SOCIEDAD BOLIVIANA DE CEMENTO
- 162.527.050,23
TOTAL CONSTRUCCION
- 172.052.278,16
TRANSPORTES
FERROVIARIA ANDINA
4.201.777,44
EMPRESA FERROVIARIA ORIENTAL S.A.(EFO)
76.670.721,81
TOTAL TRANSPORTE
80.872.499,25
TELECOMUNICACION
TELECEL S.A.
- 450.257.376,03
TOTAL TELECOMUNICACIONES
- 450.257.376,03
TOTALES
1.077.779.104,34 3.206.396.765,56 24.155.849,09 961.621.406,19
TGN
CDS
CFC
9.281.115.100,27
- 969.017.100,09
9.281.115.100,27 969.017.100,09
CUP
DPF
- 3.160.636.850,52
- 3.160.636.850,52
LTS
%
EMISOR
/
RUBRO
PORTAFOLIO
EXPRESADO M/E
VTD
-
63.745.770,02
63.745.770,02
-
12.505.497.720,81
24.155.849,09
961.621.405,19
969.017.100,09
14.460.292.075,19
32,98%
0,06%
2,54%
2,56%
38,14%
-
-
-
- 1.627.990.409,88
- 1.184.148.012,82
- 1.173.462.755,33
- 1.348.087.039,71
303.534.914,13
- 1.144.525.600,05
749.653.755,33
- 2.016.388.239,02
- 2.026.297.091,66
- 1.004.333.956,59
- 1.523.062.390,62
- 14.101.484.165,14
-
-
1.627.990.409,88
1.191.257.863,83
247.777.538,03
1.182.028.007,27
1.632.879.888,81
303.534.914,13
1.163.212.238,20
801.989.888,97
2.016.388.239,02
2.148.354.802,23
1.326.587.450,40
1.523.062.390,62
15.165.063.631,39
4,29%
3,14%
0,65%
3,12%
4,31%
0,80%
3,07%
2,12%
5,32%
5,67%
3,50%
4,02%
40,00%
-
-
-
-
-
-
34.631.744,11
10.710.643,33
4.758.867,34
67.351.060,92
31.420.819,24
16.042.746,27
7.560.314,28
34.631.744,11
10.710.643,33
4.758.867,34
67.351.060,92
0,08%
0,04%
0,02%
0,09%
0,03%
0,01%
0,18%
-
-
-
-
-
-
-
-
0,00%
-
-
-
-
391.671.935,92
1.368.704.867,94
996.291.856,00
-
-
427.719.987,46
1.383.064.445,29
996.291.856,00
1,13%
3,65%
2,63%
-
-
35.242.004,22
-
-
-
-
35.242.004,22
0,09%
-
-
90.651.662,08
-
-
-
-
90.651.662,08
0,24%
-
-
94.978.176,00
-
-
-
-
94.978.176,00
0,25%
-
-
111.580.406,99
200.871.734,84
-
-
-
84.787.459,68
-
111.580.406,99
84.787.459,68
200.871.734,84
0,29%
0,22%
0,53%
-
51.034.466,89
-
-
-
-
-
51.034.466,89
0,13%
-
-
-
-
-
-
-
-
0,00%
-
-
-
-
-
-
58.759.703,94
58.759.703,94
0,15%
-
-
-
-
-
-
65.830.272,05
65.830.272,05
0,17%
-
-
114.156.890,04
-
-
-
-
114.156.890,04
0,30%
183.280.463,97
0,48%
-
-
120.818.917,99
-
-
-
-
120.818.917,69
0,32%
-
-
-
-
229.462.849,43
-
-
-
-
229.462.849,43
0,61%
-
-
68.134.252,51
143.714.872,03
30.330.724,42
222.852.346,53
159.723.694,84
1.856.833.462,77
-
-
-
-
2.756.668.659,86
5.833.747,57
332.663.498,94
68.134.252,51
143.714.872,03
5.833.747,57
30.330.724,42
222.852.346,53
159.723.694,84
26.504.564,29
5.078.101.694,25
0,18%
0,38%
0,02%
0,08%
0,59%
0,42%
0,07%
13,39%
-
-
-
-
-
-
-
153.867.602,40
0,41%
-
-
-
-
-
-
-
147.275.401,23
68.001.897,59
135.878.050,56
505.022.951,78
0,39%
0,18%
0,36%
1,33%
-
-
-
-
-
-
-
905.573.044,33
1.588.652,52
180.973.842,06
164.980.212,10
81.659.303,45
76.493.440,41
110.206.130,02
1.521.474.623,86
2,39%
0,00%
0,48%
0,44%
0,22%
0,00%
0,20%
0,29%
4,01%
-
-
-
-
-
-
-
226.697.711,26
132.282.889,20
358.980.600,46
0,60%
0,35%
0,95%
-
183.280.463,97
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
38.566.560,12
38.566.560,12
0,10%
-
-
-
-
-
-
82.282.199,96
120.848.760,08
82.282.199,96
9.525.227,72
162.527.050,23
292.901.038,21
0,22%
0,03%
0,43%
0,77%
-
-
-
-
-
-
-
4.201.777,44
76.670.721,71
80.872.499,15
0,01%
0,20%
0,21%
9.281.115.100,27 969.017.100,09 1.856.833.462,77 3.160.636.850,52 16.858.152.825,01
63.745.770,02 453.512.259,03
450.257.376,03
1,19%
450.257.376,03
1,19%
37.912.966.490,32 100,00%
123
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Al 31 de diciembre de 2013:
EMISOR POR SECTOR DE LA ECONOMIA
TESORO GENERAL DE BOLIVIA
BONOS MUNICIPALES
TESORO GENERAL DE BOLIVIA EN EL EXTERIOR
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
TOTAL GOBIERNO
FINANCIERO BANCARIO NACIONAL
BANCO BISA S.A.
BANCO DE CRÉDITO DE BOLIVIA S.A.
BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SAM
BANCO ECONOMICO S.A.
BANCO FIE S.A.
BANCO FORTALEZA S.A.
BANCO GANADERO S.A.
BANCO LOS ANDES PROCREDIT S.A.
BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A.
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
BANCO SOLIDARIO S.A.
BANCO UNION S.A.
TOTAL FINANCIERO BANCARIO NACIONAL
FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL
BISA LEASING
BNB LEASING S.A.
CRECER - NAFIBO 022
CRECER - NAFIBO 021
CRECER - NAFIBO 017
CRECER - NAFIBO 025
FONDO DE INVERSION CERRADO FORTALEZA
(FPY)
FONDO FINANCIERO PRIVADO ECO FUTURO
FONDO FINANCIERO PRIVADO FASSIL
FONDO FINANCIERO PRIVADO PRODEM
FORTALEZA FACTORING INTERNACIONALFIC (FFI)
GESTION ACTIVA FONDO DE INVERSION
CERRADO (GAC)
IMPULSOR FONDO DE INVERSION CERRADO (IFI)
LIBERTY -BCP-NAFIBO 009
MICROFIC FONDO CERRADO (MFC)
MICROFINANZAS FONDO DE INVERSION
CERRADO (MIC)
PATRIMONIO AUTONOMO BISA ST
PROPYME UNION FONDO DE INVERSION
CERRADO (PUC)
PROQUINUA UNION FONDO DE INVERSION
CERRADO(PQU)
RENTA ACTIVA PYME FIC
SEMBRAR MICRO CAPITAL FONDO DE
INVERSION CERRADO
PYME PROGRES FIC
CIDRE - NAFIBO 023
MSC ESTRATEGICO FIC(EFC)
RENTA ACTIVA EMERGENTE FIC(RAE)
SEMBRAR ALIMENTARIO FIC
TOTAL FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL
ELECTRICA
COMPAÑÍA BOLIVIANA DE ENERGIA
ELECTRICA-COBEE
ELECTROPAZ
EMPRESA LUZ Y FUERZA ELECTRICA -ELFEC
GUARACACHI
TOTAL ELECTRICO
INDUSTRIAL
AGUAI S.A.
AMETEX S.A. AMÉRICA TEXTIL
BONOS IASA
GRAVETAL BOLIVIA S.A.
INDUSTRIAS OLEAGINOSAS S.A.
INTI- NAFIBO PATRIMONIO AUTONOMO
PIL ANDINA
SOCIEDAD INDUSTRIAL NUTRIOIL.S.A.(NUT)
TOTAL INDUSTRIAL
HIDROCARBUROS
TRANSREDES S.A.
TRANSIERRA
TOTAL HIDROCARBUROS
CONSTRUCCION
COBOCE-BISA ST FLUJOS DE LIBRE DISP.DE
VTA.FUT.002
COBOCE-TITULARIZACIONES(COB)
FANCESA
SOBOCE SOCIEDAD BOLIVIANA DE CEMENTO
TOTAL CONSTRUCCION
TRANSPORTES
FERROVIARIA ANDINA
EMPRESA FERROVIARIA ORIENTAL S.A.(EFO)
TOTAL TRANSPORTE
TELECOMUNICACION
TELECEL S.A.
TOTAL TELECOMUNICACIONES
TOTALES
124
BBB
BLP
-
BMS
BSE
TGN
CDS
-
155,076,799.99
155,076,799.99
-
11,647,637,066.33
37,251,018.34
903,290,093.41
818,291,600.03
13,406,469,778.11
%
EMISOR
/
RUBRO
34.94%
0.11%
2.71%
2.45%
40.22%
-
- 1,250,434,659.34
- 1,271,012,616.23
911,283,589.32
- 1,285,221,679.55
290,748,263.64
878,007,892.76
415,416,216.56
- 1,294,738,186.63
- 1,493,639,512.15
- 1,023,512,393.22
- 1,093,015,642.35
- 11,207,030,651.75
-
-
1,250,434,659.34
1,278,082,756.96
318,528,212.99
922,907,902.06
1,584,702,271.73
290,748,263.64
900,129,345.67
467,954,935.60
1,294,738,186.63
1,580,918,546.47
1,283,478,829.12
1,093,015,642.35
12,265,639,552.56
3.75%
3.83%
0.96%
2.77%
4.75%
0.87%
2.70%
1.40%
3.88%
4.74%
3.85%
3.28%
36.80%
-
-
-
36,131,555.93
19,402,128.67
6,107,640.82
67,352,595.71
20,616,287.89
16,327,931.35
36,131,555.93
19,402,128.67
6,107,640.82
67,352,595.71
0.06%
0.05%
0.11%
0.06%
0.02%
0.20%
CFC
CUP
DPF
- 10,119,457,249.27
- 37,251,018.34
- 903,290,093.41
- 818,291,600.03
- 37,251,018.34 903,290,093.41 10,119,457,249.27 818,291,600.03
- 1,373,103,017.07
- 1,373,103,017.07
7,070,140.73
318,528,212.99
11,624,312.74
299,480,592.18
22,121,452.91
52,538,719.04
87,279,034.32
259,966,435.90
1,058,608,900.81
-
-
-
-
-
-
20,616,287.89
16,327,931.35
-
-
-
-
-
LTS
-
PORTAFOLIO
EXPRESADO M/E
VTD
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
0.00%
10,842,691.13
4,650,776.79
-
25,712,837.22
10,902,275.99
-
-
-
-
-
-
-
313,970,804.85
1,295,070,759.09
1,022,075,611.63
-
-
350,526,333.20
1,310,623,811.87
1,022,075,611.63
1.05%
3.93%
3.07%
-
-
-
-
-
-
34,428,973.49
-
-
-
-
34,428,973.49
0.10%
-
-
-
-
-
-
88,747,916.04
-
-
-
-
88,747,916.04
0.27%
-
-
-
-
-
-
91,225,340.01
192,366,706.43
-
-
-
84,406,976.64
-
91,225,340.01
84,406,976.64
192,366,706.43
0.27%
0.25%
0.58%
-
-
-
-
-
-
48,661,558.18
-
-
-
-
48,661,558.18
0.15%
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
0.00%
-
-
-
-
-
-
109,693,939.98
-
-
-
-
109,693,939.98
0.33%
-
-
-
-
-
-
176,622,264.04
-
-
-
-
176,622,264.04
0.53%
-
-
-
-
-
-
116,555,460.98
-
-
-
-
116,555,460.98
0.35%
-
-
-
-
-
-
221,510,605.99
-
-
-
-
221,510,605.99
0.66%
15,493,467.92
73,559,332.45
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
65,957,506.53
30,452,818.70
214,792,189.53
156,042,534.32
1,547,057,814.22
-
2,631,117,175.57
8,052,510.84
221,453,408.61
65,957,506.53
8,052,510.84
30,452,818.70
214,792,189.53
156,042,534.32
4,488,681,198.77
0.20%
0.02%
0.09%
0.64%
0.47%
13.47%
93,736,962.45
-
-
-
-
-
-
-
-
-
93,736,962.45
0.28%
- 147,897,789.54
74,010,365.45
- 140,940,840.32
- 456,585,957.76
- 905.573.044,33
- 884,397,287.57
51,102,867.54
- 196,893,322.29
- 164,873,739.41
72,004,954.14
84,230,891.62
65,995,502.49
- 1,519,498,565.06
-
-
-
-
-
-
-
-
-
147,897,789.54
74,010,365.45
140,940,840.32
456,585,957.76
0.44%
0.22%
0.42%
1.37%
-
-
-
-
-
-
-
-
1,422,185.77
1,422,185.77
884,397,287.57
51,102,867.54
196,893,322.29
164,873,739.41
72,004,954.14
1,422,185.77
84,230,891.62
65,995,502.49
1,520,920,750.83
2.65%
0.15%
0.59%
0.49%
0.22%
0.00%
0.25%
0.20%
4.56%
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
203,858,002.53
144,701,643.24
348,559,645.77
0.61%
0.43%
1.05%
203,858,002.53
144,701,643.24
348,559,645.77
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
44,063,519.83
44,063,519.83
0.13%
-
17,846,788.93
150,270,311.49
168,117,100.42
-
-
-
-
-
-
-
-
97,298,249.95
141,361,769.78
97,298,249.95
17,846,788.93
150,270,311.49
309,478,870.20
0.29%
0.05%
0.45%
0.93%
-
8,520,943.20
18,572,912.04
27,093,855.24
-
-
-
-
-
-
-
-
-
8,520,943.20
18,572,912.04
27,093,855.24
0.03%
0.06%
0.08%
- 510,072,351.98
- 510,072,351.98
1,074,102,368.73 3,103,486,808.68 37,251,018.34 903,290,093.41 10,119,457,249.27 818,291,600.03 1,547,057,814.22 1,373,103,017.07 13,838,147,827.32
155,076,799.99 364,237,364.16
510,072,351.98
1.53%
510,072,351.98
1.53%
33,333,501,961.22 100.00%
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 8 – CUSTODIA DE LA CARTERA DE
INVERSIONES
total de la cartera de inversiones del Fondo
de Capitalización Individual, expresado en
títulos valores, que a la fecha de cierre de los
estados financieros del 31 de diciembre de
2014 y 2013, equivalía a Bs38.630.914.960 y
Bs31.404.522.224, respectivamente.
De acuerdo con lo establecido en las normas
de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS, y en el contrato
de custodia global, los títulos representativos
de las inversiones del Fondo de Capitalización
Individual, administrado por BBVA Previsión
AFP S.A., se encuentran depositados en
custodia en la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A. y han representado
en el ejercicio, como mínimo el 95% del
Institución
Dando cumplimiento a la citada norma, a
la fecha de cierre de los referidos ejercicios,
la Administradora mantenía en custodia los
siguientes valores:
Bs
Entidad de Depósito de Valores S.A.
2014
Valor Fdo. %
38.630.914.960
100,00%
Bs
2013
Valor Fdo. %
31.404.522.224
100,00%
Los valores en custodia se encuentran registrados a su valor nominal.
NOTA 9 - EXCESOS DE INVERSION
Corresponde al monto de las inversiones del Fondo de Pensiones valorizadas al 31 de diciembre
de 2014 y 2013, que exceden los límites de diversificación establecidos en la legislación vigente.
Los excesos de inversión corresponden a las inversiones en valores de renta fija (Bonos AMETEX
S.A.) que se encuentran registrados en la cuenta de activo del Fondo “Excesos de inversión”, cuyo
saldo al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es de Bs1.588.653 y Bs51.102.868, respectivamente.
En Nota 2.4 y 21 a) se detalla el criterio de valuación de dichas inversiones y los antecedentes de
la situación financiera y económica de Ametex S.A.
La composición de la cuenta al 31 de diciembre de 2014 es el siguiente:
Tipo de
Instrumento o
emisor
AMX-1-E3U-07 BLP-USD
AMX-1-E4U-07 BLP-USD
AMX-1-E5U-07 BLP-USD
Número
Importe del exceso Bs
330.926
416.676
841.050
1.588.653
% respecto del
Patrimonio
Fecha en que se
originó el exceso
Origen del exceso
0,00%
0,00%
0,00%
0,00%
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
125
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
La composición de la cuenta al 31 de diciembre de 2013 es el siguiente:
Tipo de
Instrumento o
emisor
AMX-1-E1U-07 BLP-USD
AMX-1-E2U-07 BLP-USD
AMX-1-E3U-07 BLP-USD
AMX-1-E4U-07 BLP-USD
AMX-1-E5U-07 BLP-USD
AMX-1-E6U-07 BLP-USD
AMX-1-E7U-07 BLP-USD
AMX-1-E8U-07 BLP-USD
AMX-1-E9U-07 BLP-USD
AMX-1-E10U-07 BLP-USD
AMX-1-E11U-07 BLP-USD
Número
Importe del exceso Bs
3.491.696
3.493.452
1.749.135
4.373.511
4.375.733
4.325.686
4.313.733
2.144.491
5.347.054
5.332.456
12.155.920
51.102.868
NOTA 10 - CUENTAS POR COBRAR A LA
ADMINISTRADORA
Registra las cuentas por cobrar a la
Administradora de Fondos de Pensiones –
AFP por los cargos bancarios efectuados
en las cuentas corrientes que mantiene el
Fondo de Capitalización Individual – FCI y
por los aportes regularizadores que ésta debe
realizar, de acuerdo con las normas vigentes,
asimismo se registra la contraparte pendiente
de cobro al SENASIR para pago de jubilados
y financiamiento por diversas prestaciones. El
saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de
2014 y 2013 asciende a Bs107.390.152 y Bs
Bs24.638.859, respectivamente.
NOTA 11 - RECAUDACION NO ACLARADA
Corresponde a la transferencia de la
recaudación desde la cuenta “Recaudación
del mes”, para la cual no se ha recibido
documentación de respaldo o se ha recibido
en forma incompleta o incorrecta. El saldo de
esta cuenta al 31 de diciembre de 2014 y 2013
asciende a Bs283.724.381 y Bs225.625.980,
respectivamente.
NOTA 12 - COMISIONES POR PAGAR A LA
ADMINISTRADORA
126
% respecto del
Patrimonio
Fecha en que se
originó el exceso
Origen del exceso
0,01%
0,01%
0,01%
0,01%
0,01%
0,01%
0,01%
0,01%
0,02%
0,02%
0,04%
0,15%
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
23/03/2007
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Calificación de riesgo
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el
Fondo de Capitalización Individual paga a la
Administradora dos tipos de comisiones:
a) Comisiones
Portafolio
por
administración
del
Registra diariamente el valor de las comisiones
devengadas a favor de la Administradora, por
concepto de Administración de Portafolio, de
acuerdo con el contrato de prestación de
servicios de las Administradoras de Fondos de
Pensiones. Esta comisión es del 0,2285% para
montos del portafolio inferiores o iguales a
US$ 1.000.000.000; del 0,0140% para montos
del portafolio mayores a US$ 1.000.000.000,
pero inferiores o iguales a US$ 1.200.000.000;
del 0,0067% para montos del portafolio
mayores a US$ 1.200.000.000, pero inferiores
o iguales a US$ 1.500.000.000 y del 0.000%
para montos del portafolio superiores a US$
1.500.000.000.
b) Comisiones por administración de cuentas
individuales
Registran las comisiones por concepto de
afiliación, procesamiento de datos y pago de
beneficios, las cuales han sido previamente
disminuidas de las cuentas individuales,
cuando estas han sido acreditadas en cuentas
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
individuales. Esta comisión alcanza al 0,5%
del total ganado o ingreso cotizable del
afiliado y esta tasa tiene vigencia indefinida.
de conformidad a la normativa vigente, que
al cierre del ejercicio permanecen pendientes
de pago. El saldo al cierre de cada uno de los
ejercicios se explica como sigue:
Las comisiones por pagar a la Administradora,
corresponden a las comisiones devengadas,
Tipo de comisión
Comisiones por pagar administración portafolio
Comisiones por pagar cuentas individuales
Comisiones por pagar Renta CC mensual
Comisiones por pagar MVV
Comisiones por pagar por fracción básica
NOTA 13 - COMISIONES POR PAGAR AL
CUSTODIO
a) Contratos vigentes con Entidades de
Custodia
De acuerdo con lo establecido en el Art. 40º
de la Ley de Pensiones, la Administradora
de Fondos de Pensiones deberá mantener
en entidades de custodia de títulos valores
o depósitos de valores autorizados por la
Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS, las inversiones del
Fondo de Capitalización Individual.
En fecha 21 de abril de 2003, la Administradora
firmó un contrato de servicios de Depósitos
de Valores con la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A. (EDV S.A.), para la
desmaterialización e inscripción de los títulos
de renta fija y renta variable en el Sistema
de Registro de Anotaciones en Cuenta, de los
valores que componen las Carteras del FCI
y FCC. Este contrato finalizó en fecha 21 de
abril del 2006. El mencionado contrato fue
renovado en fecha 10 de octubre del 2006 con
una vigencia de tres años. Durante el período
21 de abril a 10 de octubre de la gestión 2006,
2014
86.803
7.814.776
1.036.097
187.309
166.994
9.291.979
2013
86.705
3.210.313
867.809
135.896
107.627
4.408.350
la EDV ha continuado prestando sus servicios
a la AFP en forma continua dentro de los
horarios y períodos establecidos al efecto.
Posteriormente en fecha 5 de octubre de
2009 se suscribe una adenda prorrogando
la vigencia del contrato a partir del 10 de
octubre de 2009 hasta el 10 de octubre de
2012.
En fecha 10 de octubre de 2012, se firmó un
nuevo contrato con vigencia hasta el 10 de
octubre de 2015.
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, los títulos
valores de renta variable y de renta fija se
encuentran en custodia de la Entidad de
Depósito de Valores de Bolivia S.A.
b) Comisiones por pagar
Corresponde a las comisiones devengadas en
favor de las Entidades que prestan el servicio
de custodia, de conformidad con la legislación
vigente y los contratos suscritos, que al cierre
del ejercicio permanecen pendiente de pago.
El saldo al cierre de cada uno de los ejercicios
se explica como sigue:
127
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Entidad de custodia
Entidad de Depósito de Valores S.A.
2014
176.261
176.261
2013
128.274
128.274
NOTA 14 - PRESTACIONES Y BENEFICIOS
POR PAGAR
Representan los montos a pagar por concepto
de beneficios devengados que a la fecha de
cierre del ejercicio no han sido girados. Estos
saldos incluyen prestaciones por pagar y
prestaciones y beneficios no cobrados.
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, esta
cuenta muestra un saldo de Bs82.985.128
y de Bs58.921.752, respectivamente. Los
analíticos que componen esta partida son los
siguientes:
Prestación
2014
Prestaciones por pagar por Retiros Mínimos
Prestaciones por pagar por Masa Hereditaria
Prestaciones por Invalidez Riesgo Común
Prestaciones por Muerte Riesgo Común
Gastos Funerarios Riesgo Común
Prestaciones por Invalidez Riesgo Profesional
Prestaciones por Muerte Riesgo Profesional
Gastos Funerarios Riesgo Profesional
Pensión de Jubilación Mensualidad Vitalicia Variable
Gastos Funerarios Mensualidad Vitalicia Variable
Prestaciones por pagar Compensación de Cotizaciones Mensual
Prestaciones por Acreditación de Compensación de Cotizaciones Global
Prestaciones por pagar por Compensación de Cotizaciones Mensual Neto
Prestaciones por pagar por Fracción básica
Prestaciones por pagar por Pensión Solidaria
Prestaciones por pagar por Gastos Funerarios
Prestaciones y Beneficios no Cobrados Riesgo Profesional
Prestaciones y Beneficios no Cobrados Riesgos Común
Prestaciones y Beneficios no Cobrados Cotizaciones Individuales
Prestaciones y Beneficios no Cobrados Jubilación
Prestaciones y Beneficios no Cobrados Gastos Funerarios Riesgo Común
Los pagos de Jubilaciones con Compensación
de Cotizaciones (CC), correspondientes a
trámites iniciados en las gestiones 2014 y 2013
atendidos por la Sociedad, se incrementaron
durante dichas gestiones hasta alcanzar un
total de 5.581 y 3.972, respectivamente. Estos
pagos incluyen 110 y 112 casos de Jubilación
exclusivamente con CC cuyos pagos equivalen
128
8.269.587
259.714
11.149.525
11.768.759
62.247
4.184.099
3.870.458
3.600
8.743.992
109.331
386.470
(21.230)
25.801.447
7.826.494
53.635
1.800
370
142.550
372.280
82.985.128
2013
8.214.470
237.589
8.595.234
8.182.979
40.647
3.143.062
2.755.219
1.800
5.755.966
114.387
281.494
(774)
17.852.541
3.057.223
395
900
950
358.928
328.742
58.921.752
a Bs6.506.903 y Bs5.088.509 al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, respectivamente;
y 35.836 y 29.785 casos de Jubilación de CC
con Mensualidad Vitalicia Variable, cuyos
pagos realizados equivalen a Bs90.135.270 y
Bs70.561.982 al 31 de diciembre de 2014 y
2013, respectivamente.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 15 - RETENCIONES POR PAGAR A
ENTES GESTORES DE SALUD
NOTA 16 - DEVOLUCION DE COTIZACIONES
EN EXCESO
El saldo de esta cuenta representa las
retenciones que se han efectuado de las
pensiones o rentas pagadas por cuenta de
Riesgo Común, Riesgo Profesional, Riesgo
Laboral y Mensualidades Vitalicias Variables a
los entes gestores de salud, que al cierre de los
ejercicios se encontraban pendientes de pago.
El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de
2014 y 2013 es de Bs3.594.966 y Bs2.867.968,
respectivamente.
Corresponde al monto de los pagos efectuados
en exceso por los empleadores y afiliados,
que están respaldados por la aceptación
definitiva de las solicitudes de devolución
correspondientes y que aún no han sido
cobrados por éstos, a la fecha de cierre del
ejercicio. El saldo de esta cuenta al 31 de
diciembre de 2014 y 2013 es Bs120.842 y
Bs205.486, respectivamente.
NOTA 17 - PATRIMONIO
El patrimonio del Fondo de Pensiones se encuentra dividido en siete grupos de cuentas,
presentando el siguiente desglose:
2014
Cuentas
A RECAUDOS EN PROCESO
Recaudos en proceso
Recursos por acreditarse
B CUENTAS INDIVIDUALES
Cotizaciones mensuales
Cotizaciones adicionales
Cotizaciones adicionales de beneficios
sociales
Compensación Global de Cotización
Distribución de excedentes RC
Aportes en exceso por RC
C REZAGOS
Cotizaciones en rezago
D TRASPASOS EN PROCESO
Traspaso en proceso
E CUOTAS DE OTROS FONDOS Y CUENTAS
Cuotas del Fondo de Capitalización
Colectiva
Cuotas del Fondo de Mensualidades
Vitalicias Variables
Cuotas por pago de Gastos Funerarios
Cuotas del Fondo de Riesgos
Profesionales
Cuotas del Fondo de Riesgos Comunes
Cuotas del Fondo de Riesgos Laborales
Cuenta Básica Previsional
F COTIZACIONES EN EXCESO
Cotizaciones en exceso empleador
Cotizaciones en exceso afiliados
Cotizaciones en exceso CBP
G DESCUADRATURAS MENORES
Descuadraturas menores en recaudación
Cuotas
% s/el
Patrim.
Bs.
2013
Cuotas
6.537,0943
8.875,3204
3.742.592
5.081.264
0,01%
0,01%
48.655.398,0197
81.441,3626
2.482,4417
27.856.001.376
46.626.496
1.421.238
72,24%
0,12%
0,00%
15.645,5585
760.944,2241
13.054,8074
8.957.335
435.652.861
7.474.088
0,02%
1,13%
0,02%
11.750,4393
783.519,4475
12.381,4600
6.477.049
431.889.732
6.824.879
0,02%
1,29%
0,02%
576.596,5421
330.110.835
0,86%
447.741,5104
246.803.013
0,74%
81,3446
46.571
0,00%
24,9238
13.738
0,00%
2.381,8478
1.363.646
0,00%
2.435,0102
1.342.221
0,00%
4.293.954,8614
2.458.358.525
6,38%
3.432.777,8461
1.892.207.663
5,65%
2.729.253,2838
1.562.541.596
0,00%
4,05%
2.353.162,5028
1.297.104.654
0,00%
3,88%
3.092.984,8789
81.056,9108
7.016.419,4957
1.770.783.809
46.406.390
4.017.013.509
4,59%
0,12%
10,42%
2.758.890,0381
60.712,7842
5.277.788,8067
1.520.748.824
33.465.957
2.909.210.229
4,54%
0,10%
8,69%
4.982,4579
4.007,2258
-
2.852.538
2.294.202
-
0,01%
0,01%
0,00%
11.375,0397
14.693,2753
31,9152
6.270.123
8.099.192
17.592
0,02%
0,02%
0,00%
2.880,2989
67.348.977,9764
1.646..018
0,00%
38.558.377.890 100,00%
49.620,0705
7.848,2611
% s/el
Patrim.
Bs.
27.351.458
4.326.100
0,08%
0,01%
45.411.598,0168 25.031.673.361 74,80%
67.151,4926
37.015.087
0,11%
2.488,0164
1.371.438 0,00%
2.679,3074
1.476.882 0,00%
60.708.670,1641 33.463.689.191 100,00%
Los saldos de los citados grupos y cuentas corresponden a los siguientes conceptos:
129
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
A. Recaudos en proceso
Adicionales
Beneficios
Corresponde a la recaudación destinada
al Patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual para la cual se dispone de la
totalidad de su documentación conciliada y
que al 31 de diciembre de 2014 y 2013 no
ha sido imputada a las Cuentas Individuales,
Rezagos, Riesgo Común, Riesgo Profesional o
Riesgo Laboral.
Corresponde a los montos de Beneficios
sociales que los afiliados depositan en forma
voluntaria a su Cuenta Individual provenientes
del pago de sus beneficios sociales, adicional
a su Cotización Mensual. Adicionalmente
incluye la rentabilidad ganada por las
inversiones realizadas.
B. Cuentas individuales
B.4 Compensación Global de Cotizaciones
Representa el saldo de todas las cuentas de
capitalización individual de propiedad de los
trabajadores registrados en la Administradora,
expresados en cuotas y bolivianos equivalentes.
Corresponde a la compensación de
cotizaciones única, otorgada por el estado
al Afiliado que hubiese realizado menos de
sesenta (60) cotizaciones en el Sistema de
Reparto y que pertenece al nuevo sistema.
El número total de cuentas de capitalización
individual determinadas al 31 de diciembre de
2014 y 2013, ascendió a 964.536 y a 901.769,
respectivamente.
Este grupo está conformado por las siguientes
cuentas:
B.1 Cotizaciones Mensuales
Corresponde a los aportes del 10% del Total
Ganado o Ingreso Cotizable realizado por los
afiliados, con tope de 60 salarios mínimos.
Adicionalmente incluye la rentabilidad
ganada por las inversiones realizadas.
B.2 Cotizaciones Adicionales
Corresponde a los montos que los afiliados
pagan periódicamente y en forma voluntaria
con destino a su Cuenta Individual proveniente
del Total Ganado o Ingreso Cotizable, en
forma adicional a su Cotización Mensual.
Adicionalmente incluye la rentabilidad
ganada por las inversiones realizadas.
130
B.3 Cotizaciones
Sociales
B.5 Otros Aportes a Cuentas Individuales
Corresponde a otros aportes a Cuentas
Individuales realizados de conformidad
a la normativa vigente en cada período.
(Distribución de excedentes y aportes de
rentistas mayores de 65 años al Fondo de
Riesgo Común).
C. Cotizaciones en Rezago
Corresponde a aquella recaudación que no
ha sido posible identificar, de acuerdo con la
información consignada en los Formularios
de Pago de Contribuciones, con ningún
afiliado a la Administradora y por lo tanto no
ha sido posible acreditarla oportunamente a
las Cuentas Individuales.
D. Traspasos en Proceso
Corresponde al monto por pagar a otros
Fondos de Pensiones por concepto de
traspasos de Cuentas Individuales y Rezagos,
aceptados en forma definitiva.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
E. Cuotas de otros Fondos y Cuentas
F. Cotizaciones en Exceso.
Corresponde a fondos recaudados e ingresados
al Fondo de Capitalización Individual y
que a la fecha de los Estados Financieros
tienen un fin distinto a ser ingresados a las
Cuentas Individuales, tales como los fondos
destinados a financiar los seguros de Riesgo
Común, Riesgo Profesional, Riesgo Laboral,
Cuenta Básica Previsional, Mensualidad
Vitalicia Variable y recursos del Fondo de
Capitalización Colectiva.
Representa los pagos realizados en excesos por
los empleadores y afiliados que se encuentran
pendientes de devolución.
En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto Supremo N°
28926, que dispone: que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS. Se
determina como fecha de inicio de cobertura
del período administrado por las AFP’s, el
1 de noviembre de 2006. A partir de esta
fecha solamente se transfiere a las entidades
aseguradoras las primas acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006.
G. Descuadraturas menores
Corresponde al saldo resultante de registrar las
diferencias, en valor absoluto, menores al 2%
del salario nacional, que se producen entre el
total pagado según el resumen del Formulario
de Pago de Contribuciones y lo calculado de
acuerdo con la información proporcionada
por el empleador o trabajador independiente
en el detalle del mismo formulario, en
conformidad a las normas vigentes.
H. Resultado del Fondo
Representa el registro en bolivianos de
los rendimientos diarios obtenidos por las
inversiones del Fondo de Capitalización
Individual – FCI, deducidas las comisiones del
custodio y de la administración del Portafolio,
para ser distribuido entre las restantes cuentas
integrantes del patrimonio. Esta cuenta es
saldada diariamente.
NOTA 18 - DEUDORES POR COTIZACIONES EN MORA
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, se tiene registrados del Fondo de Capitalización Individual
– FCI:
Mora Presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
Mora por diferencia
2014
272.056.469
8.396.422
89.318.843
4.938.443
374.710.177
N° de casos
7.719
652
421
657
9.449
2013
233.235.716
8.751.425
85.781.507
3.738.428
331.507.075
N° de casos
6.308
713
363
824
8.208
131
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, se tiene como saldos registrados de la Cuenta Básica
Previsional - CBP:
2014
Mora Presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
Mora por diferencia
N° de casos
47.059.360
240.078
3.540.072
734.590
51.574.100
De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC
105/2000 de fecha 11 de diciembre de 2000,
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS, ha definido las
normas contables sobre las cotizaciones en
mora, las que son aplicadas a partir del mes
de enero de 2001.
De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC
096/2000 de 24 de agosto de 2000, el registro
de las Cotizaciones en "Mora Presunta” se
realiza una vez al mes, según los saldos
actualizados del “Archivo General de Mora”. En
este sentido los saldos de las cuentas descritas
corresponden al último “Archivo General de
Mora”.
El procedimiento utilizado a la fecha para
la estimación de la “Mora Presunta” es el
establecido por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, en el
Punto Tercero: “Presunción de Contribuciones
en Mora” de la Resolución Administrativa N°
SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000.
3.702
139
81
204
4.126
2013
36.979.075
374.370
2.401.319
332.627
40.087.391
N° de casos
2.797
119
27
234
3.177
Dentro las gestiones administrativas, se han
remitido dos notificaciones de deuda a los
distintos empleadores en mora en cada Oficina
Regional en los plazos y fechas establecidas
para este fin, de acuerdo al Punto Décimo
Tercero: “Cronograma” de la Resolución
Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23
de junio de 2000.
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 y de
acuerdo al último “Archivo General de Mora”
se identificaron a 9.449 y 8.208 empleadores,
respectivamente, que se encuentran en
gestión de Cobranza Administrativa y
Cobranza Judicial del Fondo de Capitalización
Individual – FCI
La composición de las cotizaciones en mora
del Fondo de Capitalización Individual –
FCI, al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la
siguiente:
Al 31 de diciembre de 2014:
Mora Presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
Mora por diferencia
132
Cobranza Judicial
87.690.547
8.177.038
257.627.772
4.289.696
357.785.052
Proceso Administrativo
1.628.296
219.384
14.428.697
648.747
16.925.124
Total
89.318.843
8.396.422
272.056.469
4.938.443
374.710.177
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Al 31 de diciembre de 2013:
Mora Presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
Mora por diferencia
Cobranza Judicial
220.150.544
8.605.804
83.398.087
3.141.711
315.296.146
Proceso Administrativo
13.085.172
145.621
2.383.420
596.717
16.210.930
Total
233.235.716
8.751.425
85.781.507
3.738.428
331.507.076
La composición de las cotizaciones en mora de la Cuenta Básica Previsional – CBP, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente:
Al 31 de diciembre de 2014:
Mora Presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
Mora por diferencia
Cobranza Judicial
42.804.365
193.452
3.144.821
573.342
46.715.979
Proceso Administrativo
4.254.995
46.626
395.251
161.249
4.858.120
Total
47.059.360
240.078
3.540.072
734.590
51.574.100
Cobranza Judicial
32.814.223
118.403
2.028.482
188.218
35.149.326
Proceso Administrativo
4.164.852
255.967
372.837
144.409
4.938.065
Total
36.979.075
374.370
2.401.319
332.627
40.087.391
Al 31 de diciembre de 2013:
Mora Presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
Mora por diferencia
NOTA 19 - VALOR DE LA CUOTA
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el valor de la cuota alcanza a Bs572.51615463 y
Bs551.21762840, respectivamente.
El valor cuota se obtiene de la división del saldo, en bolivianos, del Patrimonio del Fondo, entre
el número de cuotas del Fondo al momento del cierre de las transacciones diarias. Al 31 de
diciembre de 2014 y 2013 el número de cuotas asciende a 67.348.977,9764 y 60.708.670,1641
respectivamente.
NOTA 20 - CUENTAS DE ORDEN
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la composición de las cuentas de orden es la siguiente:
133
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
2014
Deudores por cotizaciones deuda efectiva
Deudores por cotizaciones deuda presunta
Cotizaciones cobranza judicial deuda efectiva
Cotizaciones cobranza judicial deuda presunta
Deudores por cotizaciones deuda efectiva Cuenta Básica Previsional
Deudores por cotizaciones deuda presunta Cuenta Básica Previsional
Deudores por cotizaciones deuda efectiva Fdo. Solidario.
Deudores por cotizaciones deuda presunta Fdo. Solidario
Cotizaciones cobranza judicial deuda efectiva Cuenta Básica Previsional
Cotizaciones cobranza presunta deuda efectiva Cuenta Básica Previsional
Cotizaciones cobranza judicial deuda efectiva Fdo. Solidario.
Cotizaciones cobranza presunta deuda efectiva Fdo. Solidario
Subtotal deudores por cotizaciones en mora
Deudores por entregas a la DGP
Valores en custodia
Inversiones Castigadas
2013
1.847.680
15.077.445
95.867.585
261.917.467
441.877
4.416.243
834
152.079
3.337.438
43.225.627
426.284.276
2.529.040
13.681.890
92.003.892
223.292.254
628.804
4.309.261
3.143
173.354
2.143.741
32.829.088
371.594.467
604.924.699
38.630.914.961
35.797.881
39.697.921.816
553.125.565
31.404.522.224
32.329.242.256
NOTA 21 - HECHOS RELEVANTES
a) Excesos de inversión
A partir de la emisión del Programa de Bonos
Ametex II, realizado en la gestión 2007, como
producto del Proceso de Reestructuración
Financiera que fuera iniciado por la empresa
América Textil S.A. (Ametex), se registró la
cancelación a BBVA Previsión AFP S.A. de un
total de 13 cupones. Dichas cancelaciones
contienen amortizaciones de capital e
intereses.
Sin embargo, producto de aspectos negativos
como el retraso en la devolución de impuestos
(Cedeims), incrementos de los costos de
mano de obra, restricciones de provisión
de agua e incertidumbre de la continuidad
del ATPDEA, provocaron un deterioro del
flujo y situación financiera de la empresa,
llegando a registrar incumplimientos en sus
compromisos financieros, lo cual obligó a sus
Acreedores a aprobar dispensas en el pago de
sus amortizaciones de capital e intereses en
dos ocasiones, en tanto se buscaban medidas
que permitan restituir su viabilidad.
134
En este sentido, precautelando la unidad
productiva y el pago del saldo de la deuda, en
la Décimo Tercera Junta de Acreedores y Sexta
Asamblea de Tenedores de Bonos Ametex II,
celebradas en junio del 2008, se plantearon
alternativas estructurales, las cuales después
de exhaustivos análisis, fueron aprobadas en
el mes de octubre del 2008, resolviendo de
esta manera, flexibilizar las condiciones de la
deuda por un plazo de dos años.
Por otro lado, como consecuencia de la
aprobación y puesta en marcha de las
medidas
estructurales
anteriormente
señaladas, se consiguió mejoras importantes
en las condiciones y garantías para los
acreedores como BBVA Previsión AFP S.A., en
representación del FCI que administra.
No obstante, en la gestión 2010, Ametex
procedió a comunicar que, producto de
aspectos negativos, como ser la reducción de
la demanda de Estados Unidos a consecuencia
de la crisis internacional y dificultades
productivas, entre otros, no había podido
recomponer su capital operativo en el plazo
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
establecido, por lo cual sus Acreedores
procedieron a aprobar una dispensa adicional
en el pago de sus amortizaciones de capital e
intereses, en tanto se analizaban alternativas
que permitan restituir su viabilidad.
A lo largo de la gestión 2011, la Junta
de Acreedores y la Asamblea General de
Tenedores de Bonos asumieron medidas que
reforzaron y ampliaron la iniciativa inicial
de concesión de un plazo de gracia de dos
años para el pago de capital y la reducción
de la tasa de interés en un 90%, aprobada
durante la gestión 2008. Estas medidas
determinaron una importante reducción de
la deuda de la empresa mediante daciones
en pago de diversos activos de la empresa,
a favor de varios acreedores, distintos al FCI,
operaciones que en todos los casos incluyeron
el reconocimiento de quitas superiores al
50% del monto de la deuda original. Con ello,
no sólo se logró reducir la deuda de Ametex,
con el alivio consiguiente en sus flujos de
caja, sino también se logró la liberación de
activos en garantía a favor de los acreedores
restantes, mismos que pasan a formar parte
del Paquete Colateral Libre definido en el
respectivo Acuerdo de Transacción.
Por otro lado, la Junta de Acreedores y la
Asamblea General de Tenedores de Bonos
también aprobó, por unanimidad, la escisión
de activos y pasivos de la empresa, para su
posterior aporte a la empresa Hilanderías
Laja S.A. (Hilasa). Con esta transacción, se
supondría una transferencia a Hilasa todos los
activos relacionados al negocio de hilandería,
junto a los pasivos correspondientes a
los Bonos Ametex II aún vigentes, entre
otros, de manera que la nueva deudora
para con los Tenedores de Bonos sea esta
empresa, que goza de mejores perspectivas
en cuanto a la generación de flujo de caja.
Desafortunadamente, los trámites de registro
y escisión de Hilasa no permitieron continuar
con esta iniciativa, entre tanto la situación de
Ametex procedía a debilitarse aún más.
En este sentido, pese a los esfuerzos realizados
para levantar los flujos de la empresa,
durante la gestión 2012, considerando la
delicada situación financiera y económica
por la que atravesaba la empresa, derivada
principalmente de las dificultades de accesos
a mercados internacionales para la colocación
de su producción y otros factores, en fecha
4 de julio de 2012, la Junta de Acreedores
procedió a recomendar la suscripción de un
contrato de arrendamiento de las unidades
productivas de Ametex (planta, maquinaria y
equipo) a la empresa pública nacional textil
ENATEX, creada bajo el Decreto Supremo
No. 1253 del 11 de junio de 2012. Con este
contrato, con vencimiento hasta el 24 de
enero de 2013 y prorrogable por acuerdo de
partes, ENATEX se comprometía a pagar a
AMETEX, un canon de alquiler que garantiza
el pago del cronograma de la deuda a sus
Acreedores.
Paralelamente a la firma del contrato con
ENATEX, Ametex en la gestión 2012 procedió
a iniciar los procedimientos para su disolución
y liquidación voluntaria, llevada adelante
conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de
Transacción y el Código de Comercio.
Durante toda la gestión 2013 se renovó en dos
ocasiones el contrato de arrendamiento de
las unidades productivas de Ametex (planta,
maquinaria y equipo) a la empresa pública
textil ENATEX, por tanto nuestra institución
percibió de forma mensual el monto de
interés del saldo adeudado proveniente de
la única fuente de ingresos de la empresa,
el canon del alquiler pagado por ENATEX,
sin embargo, éstos pagos se manejaron con
un retraso de hasta dos meses, cerrando la
135
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
gestión con pagos pendientes de los meses de
noviembre y diciembre, debido a que ENATEX
no procedió a cancelar el monto pactado de
los meses indicados de forma oportuna, pese
a las gestiones vía administrativa realizadas
por el Síndico Liquidador de AMETEX.
La última renovación de contrato de
conocimiento de la AFP, tiene vigencia hasta
el 24 de enero de 2014.
En lo que respecta a la Liquidación
Voluntaria, iniciada en la gestión 2012,
desafortunadamente no ha tenido grandes
avances durante la gestión 2013, ya que la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Empresas (AEMP) habría indicado que
no procedería a homologar el Acuerdo de
Liquidación Voluntario que fuera presentado
por la Junta de Acreedores al existir indicios
de evasión de impuestos por parte de Ametex
y una supuesta quiebra fraudulenta. En este
sentido, la Junta de Acreedores ha procedido
a contratar a una auditoría externa para que
proceda a revisar las observaciones de AEMP,
cuyo informe hasta el cierre de la gestión
2014 está pendiente de entrega.
En la gestión 2013, se tomó conocimiento
de la publicación del Decreto Supremo No.
1844 de fecha 24 de diciembre 2013, en la
cual se autorizaba al MDPyEP la constitución
de un Fideicomiso por Bs. 104.400.000,00
(Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil
00/100 Bolivianos) en beneficio de ENATEX,
fideicomiso que tenía como finalidad y
destino la compra de activos por parte de
dicha empresa pública. En este sentido, bajo
lo dispuesto en dicho Decreto, en fecha 12 de
Junio de 2014, ENATEX hizo conocer al Sindico
Liquidador su interés para la compra de los
activos de AMETEX, por la misma suma del
fideicomiso constituido, Bs. 104.400.000,00
(Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil
136
00/100 Bolivianos), oferta que fue puesta
en conocimiento y para consideración por el
Síndico Liquidador de AMETEX, sus accionistas
y de la Junta de Acreedores de AMETEX.
Por otro lado, se evidenció la no existencia de
oportunidad de mercado para estos activos
de AMETEX, ni interés por parte de otras
empresas para la adquisición de los mismos,
luego del resultado negativo del proceso de
oferta pública a nivel nacional e internacional,
a cargo de Pricewaterhouse Coopers S.R.L, sin
dejar de mencionar que durante este proceso
de oferta pública, existió manifestaciones por
parte de los trabajadores de AMETEX exigiendo
la ejecución de la transferencia de los activos
a favor de ENATEX, a objeto de que puedan ser
satisfechos el pago de los beneficios sociales
que les adeuda AMETEX, solo se tenía como
oferta la propuesta de ENATEX.
Paralelamente, la Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros - APS, emite la
Resolución Administrativa APS/No.309-2014,
de fecha 17 de abril de 2014, complementada
y modificada por la Resolución Administrativa
APS/No. 331-2014, de 7 de mayo de 2014,
en donde dispone que las Administradoras
de Fondos de Pensiones procedan al castigo
de los excesos de inversión involuntarios
generados por los Bonos AMETEX II,
estableciendo en su parte considerativa,
que en virtud a los antecedentes sobre la
realidad económica de la sociedad América
Textil S.A., así como también producto de la
nota ASFI/DSV/R-134093/2013 de fecha 10
de septiembre remitida por la Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero (ASFI),
señala que la Metodología de Valoración no
contempla condiciones para la valoración
de valores donde el emisor se encuentra en
cesación de pagos, con el fin de regularizar
la situación contable de las cuentas objeto
de castigo y evitar que se consigne en los
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Estados Financieros del Fondo del SIP (ex
FCI) información incorrecta, se consideró
necesario que Futuro de Bolivia S.A. AFP y
BBVA AFP Previsión S.A. puedan proceder
al castigo de los excesos de inversión
involuntarios generados por las emisiones
de bonos comprendidos dentro del Programa
denominado Bonos AMETEX II, procedimiento
de castigo que se ha venido cumpliendo por
parte de nuestra institución.
Es en tal sentido, que ante ese escenario y
actuando en consecuencia con el Decreto
Supremo No. 1844 y la oferta económica
que ENATEX remitió a AMETEX el pasado
12 de junio 2014, ratificada en fecha 8
de septiembre de 2014, y la notificación
con la Resolución Ministerial No. 212/14,
recibida el 5 de Septiembre 2014, mediante
la cual autoriza que ENATEX proceda a la
compra de los activos de AMETEX, teniendo
en cuenta y cumpliendo lo previsto en la
parte considerativa de tal Resolución, por
el precio de Bs. 104.400.000,00 (Ciento
Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100
Bolivianos), conforme a lo señalado en los
informes técnicos y legales correspondientes
referidos en la misma, y en la cual se exponen
los fundamentos de hecho y de derecho para
sustentar la oferta realizada por ENATEX,
además de considerar los antecedentes,
avalúos y cálculos que sustentan el precio
ofertado. Ante todo ello, considerando los
hechos y acciones descritos, en nuestra
calidad de Acreedores, miembros de la Junta
de Acreedores de AMETEX, y el haber agotado
todos los medios disponibles y realizado las
gestiones posibles a nuestro alcance para
que la Liquidación Voluntaria se realice en
las mejores condiciones para la cobertura de
AMETEX, el pasado 12 de septiembre de 2014,
en la reinstalación de la Junta de Acreedores,
se procedió a autorizar la venta de las
unidades productivas de AMETEX a ENATEX,
por el monto ofertado de Bs. 104.400.000,00
(Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil
00/100 Bolivianos).
Cabe mencionar que todo el accionar ha sido
de conocimiento del regulador, la Autoridad
de Pensiones y Seguros – APS.
b) Administración de los Seguros Previsionales
Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15
de noviembre de 2006, se dispone que las
Administradoras de Fondos de Pensiones –
AFP’s, administren totalmente las prestaciones
por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/
Laboral.
Administración que por el
quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006
fue adjudicada a las empresas aseguradoras
“La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas
S.A.” y “Seguros Provida S.A.” y que al haber
concluido el período de vigencia del primer
contrato y declarada desierta, por la Comisión
Calificadora, la Licitación para la contratación
de entidades aseguradoras certificadas
por el segundo período, cuyo proceso de
certificación, licitación y adjudicación ha sido
normado por Decreto Supremo N° 28812, por
los antecedentes expuestos y de acuerdo a
la disposición señalada, en forma transitoria
hasta la fecha a ser determinada por la APS,
las AFP’s a partir del 1º de noviembre de 2006,
administrarán las prestaciones de invalidez
y muerte por Riesgo Común y por Riesgo
Profesional/Laboral, mediante las cuentas
colectivas denominadas, respectivamente,
“Cuenta de Siniestralidad” y “Cuenta de
Riesgos Profesionales”, administradas por
las AFP’s, así como el pago de las rentas por
Riesgo Profesional del Sistema de Reparto. A
partir de esa fecha, solamente se transfiere
a las Entidades Aseguradoras las primas
acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006.
137
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
En fecha 29 de diciembre de 2007, el Decreto
Supremo N° 29400 señala que la comisión
máxima que cada una de las Administradoras
de Fondos de Pensiones, podrán cobrar por el
servicio que prestan dentro de los alcances
del Decreto Supremo N° 28926 del 15 de
noviembre de 2006 y durante el período
establecido en el mismo, será de 0.85%
sobre el monto de las primas recaudadas y
acreditadas.
En fecha 16 de octubre de 2012, mediante
Resolución Administrativa 809-2012, la
Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS, consigna en
Resolución Administrativa la nota APS/
DPS/7287/2012, de 21 de septiembre de
2012, la cual indica que a partir de la nueva
recaudación de Contribuciones al Sistema
Integral de Pensiones, no corresponde el
cobro de la comisión del 0.85% por Riesgo
Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral.
Mediante Resolución Ministerial Jerárquica
MEFP/VPSF/URJ-SIREFI N° 077/2013 de 19
de noviembre de 2013, se ratifica el cobro de
la comisión del 0,85%, producto del Recurso
Jerárquico interpuesto por la Sociedad,
contra la Resolución Administrativa APS/DJ/
DPC/N° 548-2013 de 17 de junio de 2013,
que en Recurso de Revocatoria confirmó la
Resolución Administrativa APS/DJ/DPC N°
809/2012 de fecha 16 de octubre de 2012,
Riesgo Común
Riesgo Profesional
que suspendía dicha comisión.
c) Transferencias a las Empresas de Seguro
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la
Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre
de 1996, y el artículo 27 de la Ley de
Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3
de abril de 2000, se efectuó la transferencia
de coberturas por riesgo común y riesgo
profesional desde los Fondos de Pensiones a
Entidades Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros – APS, mediante
Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571,
ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó
la firma del contrato de seguro (póliza) para
las coberturas de riesgo común y riesgo
profesional del Seguro Social Obligatorio a las
compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros
y Reaseguros S.A. y Seguros Provida S.A.
La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt
(Argentina), efectuó la certificación definitiva
en base a la información final generada por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
de las reservas técnicas por riesgo común y
riesgo profesional correspondientes al período
comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y
31 de octubre de 2001 en un monto de US$
116.342.758 con la siguiente distribución:
Previsión
US$
39.421.895
16.765.545
56.187.440
Futuro
US$
44.693.427
15.461.891
60.155.318
Total
US$
84.115.322
32.227.436
116.342.758
Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La
Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión
AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926, respectivamente, más el rendimiento del
4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas
autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto
de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto:
138
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto devuelto
La Vitalicia
Seguros Provida
696.899
1.528.120
788.341
1.528.120
1.485.240
Total
696.899
2.316.461
3.013.360
Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
294.074.580
92.046.340
294.657.140
92.147.907
588.731.720
184.194.247
Total
386.120.920
386.805.047
772.925.967
Los saldos transferidos durante el ejercicio 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de
la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS.
Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
Seguros
La Vitalicia
Provida
293.787.533
91,884.743
294.370.489
92.004.955
588.158.022
183.889.698
Total
385.672.276
386.375.444
772.047.720
Los saldos transferidos durante el ejercicio
2013, fueron expresados en cuotas, al
momento de la transferencia, de acuerdo
con las resoluciones de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
1 de noviembre de 2006”. A partir de esa
fecha, solamente se transfiere a las Entidades
Aseguradoras las primas acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto supremo N°
28926, que dispone: “que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS. Se
determina como fecha de inicio de cobertura
del período administrado por las AFP’s, el
La Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338
de fecha 30 de noviembre de 2006 instruye la
transferencia de las Reservas Financieras de las
Entidades Aseguradoras La Vitalicia Seguros y
Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A.
a las Administradoras de Fondos de Pensiones
BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia
S.A. de acuerdo con lo establecido en el
artículo 5 del Decreto Supremo 28926 de 15
de noviembre de 2006. Además, menciona que
las Entidades Aseguradoras deberán transferir
con carácter preliminar la totalidad del saldo
d) Transferencia de la Reserva Financiera
139
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
de las Reservas Financieras al 31 de octubre
de 2001 a su cargo, a las Administradoras de
Fondos de Pensiones (AFP) en proporciones
iguales, es decir 50% para cada AFP.
En
cumplimiento
a
la
Resolución
Administrativa/SPVS/IP N° 1338 y en
aplicación al Decreto Supremo N° 28926,
las compañías aseguradoras La Vitalicia S.A.
y Provida S.A. solicitaron a la Entidad de
Depósito de Valores (EDV), el traspaso de
los títulos valores que respaldan la Reserva
Financiera para su respectivo cambio de
titularidad. Los títulos fueron traspasados
a nombre BBVA Previsión AFP S.A. para el
Fondo de Capitalización Individual en fecha
14 de diciembre de 2006 por los siguientes
importes: La Vitalicia transfirió Bs84.606.249
y Provida Bs28.602.424, los cuales fueron
acreditados en la cuenta analítica patrimonial
del FCI 3.5.1.02.1.05 “Devolución Reserva
Financiera”.
Tal como lo establece la Resolución
Administrativa/SPVS/IP N° 1338, los importes
transferidos son preliminares y los mismos
se encontraban sujetos a los resultados de
la auditoría que ha realizado la firma Ernst
& Young, previa no objeción de la APS, se
instruirá el ajuste de los montos transferidos
que pueden ser a favor o en contra de BBVA
Previsión AFP S.A.
Mediante Resolución Administrativa APS/DJ/
DS/N° 051 – 2013 de 16 de enero de 2013, se
aprueba la transferencia del saldo final de la
Reserva Financiera a Seguros Provida S.A.. La
Sociedad ha informado a la APS mediante cite
PREV. CONT. FDS 0963/03/2013 de 5 de marzo
de 2013, que ha procedido a la transferencia
de Bs1.385.988 en fecha 22 de febrero de
2013.
e) Trabajadores Estacionales
En fecha 23 de noviembre de 2007, se
ha emitido la Ley N° 3785 “Trabajadores
Estacionales” con el objeto de adecuar la
participación de los trabajadores estacionales
en el Seguro Social Obligatorio de largo plazo
y establecer la pensión mínima en el país.
El Decreto Supremo N° 29423 del 16 de enero
de 2008 Reglamenta la Ley N° 3785, dicho
Decreto ha sido emitido con la finalidad de
reglamentar los alcances de la Ley 3785 en
cuanto a los trabajadores estacionales de los
sectores agrícolas, pecuarios y de silvicultura,
los retiros temporales y la pensión mínima,
así como normar otros aspectos del Seguro
Social Obligatorio de largo plazo.
f) Nueva Ley de Pensiones
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
140
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
141
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
142
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
143
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
144
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
g) Pago de Gastos Funerarios con recursos del
Fondo de Capitalización Colectiva
Según Resolución Administrativa 007-2011,
de fecha 10 de mayo de 2011, que instruye
la transferencia de fondos del FCC al FCI para
el pago de Gastos Funerarios a todos aquellos
afiliados que tengan en su cuenta individual
un monto menor al mínimo actuarial requerido
para que se financie el Gasto Funerario por
el Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia
Variable, dicha transferencia de fondos es
realizada a fecha 7 de junio de 2011, por la
suma de Bs1.145.979.
Al 31 de diciembre de 2014, se ha cancelado
por este concepto la suma de Bs128.955.
NOTA 22 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que el Fondo
de Capitalización Individual no tiene
contingencias probables significativas de
ninguna naturaleza, más allá de las registradas
contablemente y reveladas.
NOTA 23 - HECHOS POSTERIORES
Con posterioridad al 31 de diciembre de
2014, no se han producido hechos posteriores
o circunstancias que afecten en forma
significativa dichos estados financieros.
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
145
FONDO DE CAPITALIZACION
COLECTIVA
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
146
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el balance general del Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por
BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014
y 2013 y los correspondientes estados de variación patrimonial y de flujo de efectivo por los
ejercicios terminado en esas fechas, así como las notas 1 a 11 que se acompañan. Estos estados
financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es
expresar una opinión sobre los mencionados estados financieros basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por
la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros- APS. Esas normas requieren
que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si
los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría
incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones
en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad
utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la
presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros
exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados
de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan
razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera del Fondo de
Capitalización Colectiva, administrado por BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos
de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las variaciones patrimoniales y los flujos de
efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas
por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas
2 y 3 a los estados financieros.
5. Tal como se detalla en la Nota 9 e) a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2014 y
2013, el Fondo mantiene en la cuenta "Inversiones" acciones del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. por
Bs158.394.011 que corresponden al valor de capitalización. Sin embargo, dicha empresa ha dejado
de operar y presenta dificultades financieras y legales que podrían afectar significativamente el
valor de sus acciones. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la contabilización de este activo en los
estados financieros del Fondo, ha sido realizada de acuerdo con disposiciones de la Autoridad
147
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Consecuentemente, no se contabilizó
ninguna previsión sobre dichas inversiones en los estados financieros que se acompañan.
6. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han
sido preparados considerando que el Fondo continuará como Empresa en Marcha. Como se
menciona en la Nota 9 a los estados financieros, de acuerdo con la Ley de la Renta Universal de
Vejez y la nueva Ley de Pensiones, las acciones de las empresas capitalizadas que se encuentran en
el Fondo de Capitalización Colectiva deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, los dividendos
de las capitalizadas y la liquidez del Fondo, deberán ser transferidos al Fondo de Renta Universal
de Vejez de acuerdo al reglamento, por lo que se entiende, que el Fondo de Capitalización
Colectiva desaparecerá una vez que la Gestora Pública de Seguridad Social a Largo Plazo asuma
la administración del Sistema Integral de Pensiones. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el
Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora
Pública y para el periodo de transición correspondiente. En consideración a lo antes mencionado,
los estados financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste que pudiera resultar de la
resolución de esta incertidumbre.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
148
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Nota
2014
2013
ACTIVO
Disponibilidades
Inversiones
TOTAL DEL ACTIVO
Cuentas de orden deudoras
6.1
6.2
4.373.804
293.661.755
298.035.559
4.591.204
293.640.329
298.231.533
8
477.860.634
525.209.991
6.3
6.3
1.427
1.203
2.631
298.032.928
298.032.928
298.035.559
477.860.634
4.271
4.271
298.227.262
298.227.262
298.231.533
525.209.991
PASIVO Y PATRIMONIO
Cuentas por pagar
Otras cuentas por pagar
TOTAL DEL PASIVO
Patrimonio del fondo
TOTAL DEL PATRIMONIO
TOTAL DEL PATRIMONIO Y PASIVO
Cuentas de orden acreedoras
7
8
Las notas 1 a 11 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
149
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Patrimonio inicial del Fondo
2014
2013
298.227.262
298.312.751
(29.700)
(29.700)
85.500
85.500
(164.634)
(164.634)
298.032.928
(170.989)
(170.989)
298.227.262
Aumentos del patrimonio
Transferencia de acciones de empresas capitalizadas
Actualización del patrimonio al inicio del ejercicio
Resultado por pago Bonosol
Transferencia del FCI para pago gastos funerarios
Total aumentos del patrimonio
Disminuciones del patrimonio
Déficit neto del ejercicio
Total disminuciones del patrimonio
Patrimonio final del Fondo
Las notas 1 a 11 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
150
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS
EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
2014
2013
Flujo de efectivo por actividades de operación
Déficit neto del ejercicio
(164.634)
(164.634)
(170.989)
(170.989)
2.844
(1.203)
(29.700)
-
921
(112.500)
85.500
-
(192.693)
(197.067)
(Incremento) en inversiones en el FCI
Incremento de acciones transferidas
(21.426)
-
(53.986)
-
Total flujo de efectivo (aplicado) originado en actividades de inversión
(21.426)
(53.986)
(Disminución) de efectivo
(217.400)
(251.053)
Disponibilidades al inicio del ejercicio
4.591.204
4.842.258
Disponibilidades al cierre del ejercicio
4.373.804
4.591.204
Cambio en activos y pasivos:
Disminución en otras cuentas por cobrar
Incremento en cuentas por pagar
(Disminución) en otras cuentas por pagar
Transferencia del FCI para pago gastos funerarios
Beneficios del BONOSOL (Revers.de Devoluc.de Bonosol)
Total flujo de efectivo (aplicado) a actividades de operación
Flujo de efectivo por actividades de inversión
Las notas 1 a 11 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
151
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El Fondo de Capitalización Colectiva, ha sido
creado mediante Ley N° 1732 de fecha 29 de
noviembre de 1996, e iniciado sus operaciones
el 1° de mayo de 1997; su patrimonio
está conformado con la cuota parte de
los recursos constituidos en fideicomiso y
transferidos en forma definitiva al Fondo de
Capitalización Colectiva, administrado por
BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de
Fondos de Pensiones de acuerdo al Artículo
Segundo del D.S. N° 24585 de 29 de abril
de 1997. Este Fondo administra los recursos
y acciones transferidas por las Empresas
Capitalizadas cuyo objetivo era de realizar el
pago de una anualidad vitalicia denominada
Bono Solidario (Bonosol) y el pago de Gastos
Funerarios.
Los recursos del Fondo de Capitalización
Colectiva son administrados por BBVA
Previsión AFP S.A., de conformidad con las
disposiciones legales, la que no tiene derecho
de propiedad alguna sobre él.
El Decreto Supremo N° 24885 de 29
de octubre de 1997 estableció que las
Administradoras de Fondos de Pensiones no
podrán pignorar, hipotecar ni dar en garantía
las acciones de propiedad de ciudadanos
bolivianos pertenecientes a este Fondo.
Además, el mismo Decreto establece que las
Administradoras solo pueden monetizar los
títulos de la cartera original de este Fondo
a través de “su conversión en recibos de
depósito negociables en una bolsa de valores”
o “mediante un listado convencional, por lo
menos en una bolsa de valores local y otra
152
extranjera”. Al respecto, cabe señalar que el
Decreto Supremo N° 24667 de 21 de junio
de 1997, autorizó al Fondo a otorgar en
prenda, títulos-valores como garantía de las
operaciones de financiamiento.
El Fondo de Capitalización Colectiva es un
patrimonio independiente y distinto del
patrimonio de la administradora y pertenece
a aquellas personas definidas en el Artículo N°
6° de la Ley de Capitalización y en los Artículos
9° y 10° de la Ley de Propiedad y Crédito
Popular. La administradora no tiene derecho
de propiedad alguna sobre él. Los bienes
y derechos que componen el patrimonio
del Fondo son indivisos, imprescriptibles
e inafectables por gravámenes o medidas
precautorias de cualquier naturaleza.
El 15 de junio de 1998 se promulga la Ley N°
1864 (Ley de Propiedad y Crédito Popular), la
cual entre otros deroga el pago del Bonosol y
determina las formas de participación de los
bolivianos en las empresas capitalizadas.
En fecha 28 de noviembre de 2002 se
promulga la Ley del BONOSOL N° 2427 que
deroga algunos artículos de la Ley N° 1864 y
entre otros puntos establece lo siguiente:
1. Todos los ciudadanos bolivianos residentes
en el territorio nacional que hubieran
cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995,
tienen derecho a partir de los 65 años de edad
y hasta su muerte, al beneficio anual y vitalicio
del BONOSOL, este beneficio fue fijado en
Bs1.800 para el periodo comprendido, entre
el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre
de 2007.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
2. Se reconoce el pago de Gastos Funerarios
a todos los ciudadanos bolivianos residentes
en el territorio nacional que hubieren
cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995
a su fallecimiento, el monto fijado para este
beneficio es equivalente al 50% del monto
fijado para el BONOSOL.
3. A partir del 1° de enero de 2008 y cada 5
años el monto del BONOSOL y de los Gastos
Funerarios, serán fijados por la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros mediante Resolución basada en un
estudio actuarial sobre el valor del Fondo de
Capitalización Colectiva y la mortalidad de
los beneficiarios.
De acuerdo con el artículo 8 de esta ley, se
dispone que, para obtener la liquidez necesaria
para la realización de los pagos mencionados,
las Administradoras podrán invertir a valor de
capitalización, las acciones de las empresas
capitalizadas que forman parte del activo
del Fondo de Capitalización Colectiva en
cuotas del Fondo de Capitalización Individual,
que deberán ser redimidas al valor cuota
vigente en el día de la redención. El Fondo de
Capitalización Colectiva invirtió las acciones
de las empresas capitalizadas en cuotas de
participación del Fondo de Capitalización
Individual, para mantener un nivel de
liquidez suficiente para el pago del beneficio
del Bonosol de acuerdo con la Resolución
Administrativa SPVS-IP N° 647, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013 dicha inversión
asciende a Bs1.363.646 y Bs1.342.220,
respectivamente (Ver Nota 6.2).
N° 29400, reglamentario de la Ley de la Renta
Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791,
en su capítulo VI, reglamenta las condiciones
y procedimientos para el pago del Bonosol
y gastos funerarios. Es decir que para los
beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol
y los gastos funerarios a cargo del Fondo
de Capitalización Colectiva tienen vigencia
efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010
de Pensiones, establece que la Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones
– AP, se denominara Autoridad de Control
Social de Pensiones y Seguros – APS y asumirá
las atribuciones, competencias, derechos
y obligaciones en materia de seguros de
la Autoridad de Supervisión del Sistema
Financiero – ASFI en un plazo de 60 días
hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal
sentido, en las anteriores y siguientes notas a
los estados financieros, en lugar de nombrar
a la ex Superintendencia de Pensiones, la
ex Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros, y a su sucesora Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS.
Tal como se describe en la Nota 9 d) durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones y en fecha 14 de enero de 2015,
se emitió el Decreto Supremo 2248, que
reglamenta la creación de la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
NOTA 2 – NORMAS CONTABLES
En fecha 28 de noviembre de 2007, se
promulgó la Ley de la Renta Universal de
Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el
artículo 12 establece la derogación de los
artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N°
2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo
Las normas contables más significativas
aplicadas por el Fondo son los siguientes:
153
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
2.1 Bases de presentación de Estados
Financieros
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 y sus normas reglamentarias
en lo que corresponda, lo establecido en la
Disposición Transitoria Única del Decreto
Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y
otras disposiciones vigentes relacionadas a la
preparación, formulación y presentación de
información referente al cierre contable de
gestión.
Estos lineamientos concuerdan con las
Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico
Nacional de Auditoria y Contabilidad del
Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por
lo que se menciona en la Nota 3 a los estados
financieros.
Para la presentación de los estados financieros
al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la
Administradora del Fondo de Capitalización
Colectiva, ha adoptado los formatos
establecidos por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS.
2.2 Período
Financieros
cubierto
por
los
Estados
Los presentes estados financieros del Fondo
de Capitalización Colectiva corresponden
al ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2014, los mismos que son comparados con
154
los estados financieros correspondientes al
ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2013.
2.3 Criterios de Valuación
a) Inversiones
Las inversiones en acciones de las empresas
capitalizadas están valuadas al precio
ofertado y adjudicado al socio capitalizador,
de acuerdo con lo establecido en el Decreto
Supremo N° 822 de 16 de febrero de 2011 y
en el contrato para la prestación de servicios
firmado entre la Administradora y la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros - APS, actualizado en función a la
variación del dólar estadounidense respecto
al boliviano. A la fecha, no se han realizado
operaciones significativas en el mercado
bursátil o extrabursátil, que brinden un
marco de referencia del valor de mercado
de las mismas. En caso de monetizar estas
inversiones, el valor neto de realización estará
en función de las condiciones de mercado
en dicho momento, que pueden originar
variaciones en el valor registrado.
Las inversiones por la participación en el Fondo
de Capitalización Individual se valúan al valor
de la cuota en dicho fondo, expresados en
número de cuotas y bolivianos equivalentes.
b) Patrimonio del fondo
El patrimonio del Fondo está constituido por
el valor asignado a las inversiones en acciones
de las empresas capitalizadas, actualizado
hasta el 31 de diciembre de 2007 en función
a la variación del boliviano respecto al dólar
estadounidense a esa fecha, más las acciones
adquiridas en subasta pública de acciones, más
las inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual y el rendimiento neto obtenido
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
menos el pago del beneficio del Bonosol,
Bolivida y de los gastos funerarios.
El ajuste de las acciones de las empresas
capitalizadas, las inversiones en el Fondo
de Capitalización Individual y el pago de
beneficios del Bonosol, Bolivida y de los
gastos funerarios se registran hasta el 31 de
diciembre de 2007 en la cuenta “Ajustes al
patrimonio”, mientras que la actualización de
los rendimientos acumulados se ajustan en su
misma línea.
A partir del 1 de enero de 2008 tal como
se describe en la Nota 3, no se registran las
actualizaciones del patrimonio.
c) Ingresos del Fondo de Capitalización
Colectiva
Los dividendos ganados por las inversiones
en acciones de empresas capitalizadas y
los importes cobrados como resultado de
reducciones de capital, se contabilizan por
el sistema de lo percibido, los ingresos por
las inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual y las ganancias en operaciones
cambiarias y los intereses bancarios
correspondientes al mantenimiento de saldos
en cuentas corrientes de los bancos, se
contabilizan por el sistema de lo devengado.
d) Gastos del Fondo de Capitalización
Colectiva
Las comisiones por administración de
portafolio y custodia, se contabilizan por el
sistema de lo devengado.
NOTA 3 - DIFERENCIA CON NORMAS DE
CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS
EN BOLIVIA
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido preparados de acuerdo
con prácticas contables establecidas por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas
difieren de las normas de contabilidad
generalmente aceptadas en Bolivia, en lo
siguiente:
a) Las inversiones en acciones de empresas
capitalizadas se encuentran valuadas al precio
ofertado y adjudicado al socio capitalizador,
al momento de la capitalización, reexpresado
al tipo de cambio de cierre de cada ejercicio.
De acuerdo con las normas de contabilidad
generalmente aceptadas en Bolivia, estas
inversiones deberán estar valuadas a su valor
patrimonial proporcional, calculado sobre la
última información contable disponible, tal
como lo establece la Norma de Contabilidad
Nº 7.
De haberse valuado estas inversiones de
acuerdo con Normas de Contabilidad
Generalmente Aceptadas en Bolivia, es decir
al valor patrimonial proporcional, el saldo
total de las mismas al 31 de diciembre de
2014 y 2013 sería mayor en aproximadamente
Bs129,8 millones y Bs108,9 millones,
respectivamente.
Los estados financieros auditados y aprobados
por Junta General Ordinaria de Accionistas
que han sido utilizados para realizar el
cálculo del valor patrimonial proporcional de
Ferroviaria Andina y Ferroviaria Oriental al 31
de diciembre de 2014 y 2013, corresponden a
las gestiones 2013 y 2012, respectivamente.
Para el caso del Lloyd Aéreo Boliviano, los
estados financieros utilizados para el cálculo
del valor patrimonial proporcional al 31 de
diciembre de 2013 y 2012, corresponden a
las gestiones 2012 y 2008, respectivamente,
dicho estados financieros han sido aprobados
en ambos casos en Junta Ordinaria de
155
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Accionistas por mayoría, con el voto disidente
de BBVA Previsión AFP.
b) El fondo no presenta el estado de
rendimientos.
c) De acuerdo con las normas de la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros - APS, los rendimientos ganados
por las inversiones en acciones de empresas
capitalizadas se contabilizan por método
de lo percibido. De acuerdo con normas de
contabilidad generalmente aceptadas en
Bolivia, estos ingresos deberían ser reconocidos
contablemente cuando se devengan.
d) De acuerdo con lo establecido en la
Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08
de fecha 19 de marzo de 2008, a partir
del primero de enero de 2008, el Fondo de
Capitalización Colectiva (FCC) deberá dejar
de ajustar los estados financieros a moneda
constante, por efecto de la variación del tipo
de cambio del dólar estadounidense.
De acuerdo con las normas de contabilidad
generalmente aceptadas en Bolivia, los estados
financieros del FCC deberían ser actualizados
utilizando como índice de actualización a la
variación en el valor de la Unidad de Fomento
para la Vivienda (UFV). Los estados financieros
del fondo al 31 de diciembre de 2014 y
2013 no han sido actualizados, siguiendo lo
establecido en la SPVS/IP/266/08.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
Durante el periodo 2014 no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a los periodos anteriores.
NOTA 5 - CUSTODIA DE LOS TITULOS
VALORES
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo
con lo establecido por la Ley de Pensiones,
las normas de la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS y el
contrato de Servicios de Depósito de Valores
suscrito con la Entidad de Depósito de Valores
de Bolivia S.A., los títulos representativos de
las inversiones del Fondo de Capitalización
Colectiva administrado por “BBVA PREVISION
AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES”, se encuentran en custodia de la
Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.
NOTA 6 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DE
LOS ESTADOS FINANCIEROS
6.1 DISPONIBILIDADES
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente:
2014
Bancos cuenta corriente moneda nacional
156
2013
4.373.804
4.373.804
4.591.204
4.591.204
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
6.2 INVERSIONES
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente:
Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB) (US$ 23.089.506 en ambas gestiones) (1)
Empresa Ferroviaria Andina S.A. (US$ 6.616.061 en ambas gestiones)
Empresa Ferroviaria Oriental S.A. (US$ 12.903.487 en ambas gestiones)
Inversiones en el FCI
Las inversiones en las empresas capitalizadas
están valuadas al precio ofertado y adjudicado
al socio capitalizador, es decir al precio de
capitalización.
(1) En fecha 23 de octubre de 2008, se llevó
a cabo una Junta General Extraordinaria de
Accionistas con el objeto principal de realizar
una ampliación de capital en el LAB. La
misma tuvo una serie de irregularidades que
vulneraron su desarrollo y los derechos de
accionistas minoritarios como las AFP´s. Las
resoluciones fueron aprobadas por la mayoría,
habiéndose negado el derecho a voto a las
AFP´s. Hasta el momento tampoco se nos
ha informado sobre los alcances de dichas
resoluciones, motivo por el cual no es posible
precisar su efecto en la participación del FCC
en la composición accionaria de la Empresa.
Por lo anterior, BBVA Previsión ha iniciado
una demanda de Arbitraje contra la Empresa,
realizando además las representaciones
correspondientes ante la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros - APS, que ha abierto un proceso de
investigación, como también ante la Comisión
Fiscalizadora, y actualmente se encuentra
2014
158.394.011
45.386.178
88.517.920
292.282.109
1.363.646
293.661.755
2013
158.394.011
45.386.178
88.517.920
292.282.109
1.342.220
293.640.329
desarrollando otras medidas, dentro de lo que
la Ley permite, en defensa de sus derechos, en
representación de los ciudadanos bolivianos
que son accionistas del LAB. Cabe mencionar
que todo nuestro accionar ha sido puesto en
conocimiento del Regulador, la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
BBVA Previsión AFP, en su calidad de
administrador y accionista minoritario del
LAB, ante la marcada ausencia de información
respecto a la situación de ésta Sociedad,
procedió a realizar las correspondientes
denuncias ante la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Empresas (AEMP), misma
que a través de la publicación de Resoluciones
Administrativas de obligatorio cumplimiento
para el LAB, ha tratado de dilucidar la situación
actual y patrimonial de ésta Sociedad; sin
embargo, las irregularidades persisten. En tal
sentido, ésta AFP actualmente se encuentra
desarrollando otras medidas, dentro de lo que
la Ley permite, en defensa de sus derechos, en
representación de los ciudadanos bolivianos
que son accionistas del LAB.
157
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
6.3 CUENTAS POR PAGAR
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente:
2014
Comisiones por pagar
Comisiones por pagar al custodio
Otras Cuentas por pagar
2013
800
628
1.203
2.631
2.245
2.026
4.271
NOTA 7 - PATRIMONIO DEL FONDO
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente:
Aporte de empresas capitalizadas
Ajuste global al patrimonio
Pago de Beneficio Bolivida
Pago de Beneficio Bonosol
Pago de Beneficio Gastos Funerarios
Resultados acumulados del fondo
2014
222.859.192
146.095.450
(306.110.854)
(2.569.997.369)
(45.570.478)
2.850.756.987
298.032.928
2013
222.859.192
146.095.450
(306.110.854)
(2.569.997.369)
(45.540.778)
2.850.921.621
298.227.262
NOTA 8 - CUENTAS DE ORDEN
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente:
Valores en custodia
Acciones de las empresas capitalizadas
2014
142.333.446
335.527.187
477.860.634
2013
189.682.804
335.527.187
525.209.991
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las acciones en las empresas capitalizadas, dentro de las
cuentas de orden, se encuentran registradas a su valor de capitalización en dólares convertido
al tipo de cambio oficial al cierre del ejercicio.
NOTA 9 - HECHOS RELEVANTES
a) Renta Universal de Vejez
En fecha 28 de noviembre de 2007, se
promulgó la Ley de la Renta Universal de
Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el
artículo 12 establece la derogación de los
158
artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N°
2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo
N° 29400 reglamentario, de la Ley de la Renta
Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791,
en su capítulo VI, reglamenta las condiciones
y procedimientos para el pago del Bonosol
y gastos funerarios. Es decir que para los
beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
y los gastos funerarios a cargo del Fondo
de Capitalización Colectiva tienen vigencia
efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008.
De acuerdo con lo establecido en el artículo
58 de la Ley Financial, en un plazo no mayor
a 5 días hábiles administrativos a partir
del 31 de diciembre de 2008, las entidades
administradoras del Fondo de Capitalización
Colectiva (FCC) transferirán a cuentas del
Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV)
la totalidad de la liquidez que el FCC mantiene
en sus cuentas.
Por otra parte, dicho Decreto establece que
los dividendos de las Sociedades capitalizadas
(Empresa Eléctrica Corani S.A., Empresa
Eléctrica Guaracachi S.A., Empresa Eléctrica
Valle Hermoso S.A., Ferroviaria Andina
S.A., Ferroviaria Oriental S.A., Entel S.A. y
Lloyd Aéreo Boliviano S.A.) de la gestión
2007 permanecerán en el FCC. Asimismo,
dicho Decreto establece que los dividendos
de las empresas antes mencionadas,
correspondientes a la gestión 2008, serán
destinados al Fondo de Renta Universal de la
Vejez (FRUV). Todos los dividendos recibidos
por el FRUV serán divididos en la proporción
accionaria correspondiente a cada boliviano.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 58 de
la Ley Financial, en fecha 20 de enero de
2009 se ha efectuado la transferencia de
Bs53.602.787 al fondo de Renta Universal de
Vejez y en fecha 31 de diciembre de 2010 se
transfirió Bs144.322.751 a La Vitalicia – BISA
SAFI como nueva entidad gestora de Renta
Dignidad.
En fecha 22 de octubre de 2010 el BBVA
Previsión AFP S.A. ha recibido en el Fondo
de Capitalización Colectiva la suma de
Bs141.786.621 por concepto de dividendos de
los ejercicios 2007 y 2008 de YPFB Andina y
en fecha 10 de noviembre de 2010 se realizó
la transferencia al Fondo de Renta Universal
de Vejez en cumplimiento al Artículo 35 del
Decreto Supremo 29400 y Art. 58 de la Ley
Financial.
b) Transferencia de acciones a favor de
Empresa Nacional de Electricidad - ENDE
A través del Decreto Supremo No. 289 de 9
de septiembre de 2009, se instruye que las
Administradoras de Fondos de Pensiones
Futuro de Bolivia S.A. AFP y BBVA Previsión
AFP S.A. deberán transferir a favor de la
Empresa Nacional de Electricidad – ENDE
en representación del Estado Plurinacional
de Bolivia, a título gratuito y sin costo
administrativo, las acciones de las Empresas
Eléctricas Corani S.A., Valle Hermoso S.A. y
Guaracachi S.A. Las Administradoras de Fondos
de Pensiones realizarán la transferencia,
instruyendo a la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A. (EDV S.A.), sustituir la
titularidad de las acciones que actualmente
figuran como BBVA Previsión AFP S.A. para
el Fondo de Capitalización Colectiva y AFP
Futuro de Bolivia S.A. para el Fondo de
Capitalización Colectiva a la titularidad de
la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE.
Los dividendos obtenidos correspondientes
al paquete accionario transferido por las
Administradoras de Fondos de Pensiones a
titularidad de ENDE serán depositados a la
cuenta del Fondo de Renta Universal de Vejez.
c) Caso Lloyd Aéreo Boliviano
El Fondo de Capitalización Colectiva mantiene
inversiones en el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB),
como resultado del proceso de capitalización
de esta empresa. Las acciones en el LAB se
encuentran valuadas al valor de capitalización.
A la fecha, la Normativa para la valoración
159
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
de las acciones de las empresas capitalizadas
continua vigente, situación por la cual no es
posible realizar una valoración diferente a lo
que estipula la Norma.
Ejerciendo nuestras labores de diligencia
para poder obtener información financiera
actualizada del LAB, es importante
mencionar que, esta AFP durante la gestión
2011 y principios de 2012, cursó una serie
de solicitudes al Directorio y Comisión
Fiscalizadora, para que de acuerdo a lo
estipulado en el Código de Comercio y los
Estatutos del LAB, proceda a convocar a Junta
General Ordinaria de Accionistas para la
correspondiente presentación y consideración
de los Estados Financieros de las gestiones
2009, 2010 y 2011 que permitan dilucidar la
situación financiera de la empresa. Habiendo
agotado la vía administrativa, se procedió
a realizar las respectivas denuncias a la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Empresas (AEMP), para que en el ejercicio
pleno de sus competencias proceda a realizar
las Juntas solicitadas.
Luego de realizar diversas reiteraciones ante la
AEMP, el pasado 9 de mayo de 2012 publicó
la Resolución N. 065/2012, la cual resolvió
que la Dirección Técnica de Fiscalización y
Verificación del Cumplimiento de Obligaciones
Comerciales proceda a convocar la Junta
de Accionistas para la consideración de los
Estados Financieros.
En este sentido, el 15 de agosto de 2012, se llevó
a cabo la Junta de Accionistas, convocada por
la AEMP, para dar tratamiento de los Estados
Financieros de las gestiones 2009, 2010 y
2011. Luego de realizar un aplazamiento
de votación amparados en el art. 298 del
Código de Comercio, el 12 de septiembre de
2012, en la primera reinstalación de la Junta
de Accionistas, se procedió a rechazar por
160
unanimidad la documentación presentada,
considerando las observaciones de Fondo que
presentaba el dictamen del Auditor Externo,
mismas que principalmente hacían mención
a la falta de razonabilidad de las cifras allí
expuestas, incluyendo las deficiencias que
tuvieron para la aplicación de normas de
auditoría.
Como resultado de este rechazo unánime, en
la Junta de Accionistas del 9 de noviembre
de 2012 se solicitó a la Administración y al
Directorio de la Sociedad, se contrate una
auditoría forense que coadyuve a dilucidar la
situación financiera y económica por la cual
atraviesa el LAB.
Por otro lado, con la finalidad de continuar
operaciones, la Administración actual del LAB
al querer retomar los procedimientos para
la obtención de la matrícula de comercio
de la Sociedad, advirtió observaciones para
concluir tal procedimiento, situación por la
cual convoca a Junta General Extraordinaria
de Accionistas para el 20 de diciembre de
2012 para su regularización.
En dicha instancia, como parte de las acciones
para regularizar la situación del LAB, se
determinó por unanimidad revocar la Junta
de Accionistas del 23 de octubre de 2008,
sobre la cual BBVA Previsión AFP mantiene
un proceso de arbitraje. De igual manera, se
realizó un aumento del capital pagado, todo
esto sin presentar los informes técnicos legales
y financieros que la sustenten. Asimismo, se
resalta que estos ajustes fueron realizados
considerando los Estados Financieros de la
gestión 2011, los cuales fueron rechazados por
la unanimidad en una Junta previa, situación
por la cual BBVA Previsión AFP expresó su
disidencia, y posteriormente procedió a
impugnar.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Durante la gestión 2013, como resultado de
una serie de solicitudes al Directorio y Comisión
Fiscalizadora para conocer la situación
financiera del LAB, el 23 de octubre de 2013
se realizó una Junta de Accionistas en la cual
fueron aprobados por mayoría (accionistas
mayoritarios, la Federación de Trabajadores
del LAB) los Estados Financieros de la gestión
2012, instancia en la cual la AFP hizo constar
su disidencia, ya que estos balances habían
sido realizados sobre Estados Financieros
anteriores (gestión 2009,2010 y 2011) que
habrían sido rechazados en la Junta del 12 de
septiembre de 2012, así como tampoco no se
había realizado la auditoría forense tal cual se
determinó en la Junta del 9 de noviembre de
2012. Por tanto, BBVA Previsión AFP el 17 de
diciembre de 2013 procedió a interponer una
demanda de impugnación en contra de las
determinaciones tomadas en la Junta del 23
de octubre del 2013, es decir, puntualmente
sobre la aprobación de los EEFF’s de la gestión
2012.
d) Nueva Ley de Pensiones
En cuanto a la gestión 2014, producto
nuevamente de solicitudes al Directorio y
Comisión Fiscalizadora sobre la situación
financiera del LAB, se procedió a realizar la
Junta Ordinaria de Accionista, en fecha 28 de
Julio de 2014, instancia en la cual se aprobó
por mayoría la información financiera de la
gestión 2013, ante esto, la AFP hizo constar
su disidencia, por la irregularidad desde la
convocatoria, hasta la violación del ejercicio
de los derechos de los accionistas minoritarios.
En este sentido, el 26 de septiembre de 2014
se procedió a interponer una demanda de
impugnación en contra de las determinaciones
tomadas en la Junta del 28 de julio del 2014.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
Finalmente, cabe mencionar que todo el
accionar ha sido puesto en conocimiento del
Regulador, la Autoridad de Fiscalización y
Control de Pensiones y Seguros - APS.
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
161
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
162
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
163
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
164
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
165
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
Fondo de Renta Universal de Vejez no han
sido aún reglamentadas.
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
Según Resolución Administrativa 007-2011,
de fecha 10 de mayo de 2011, que instruye
la transferencia de fondos del FCC al FCI para
el pago de Gastos Funerarios a todos aquellos
afiliados que tengan en su cuenta individual
un monto menor al mínimo actuarial requerido
para que se financie el GF por el SV o MVV,
dicha transferencia de fondos es realizada al
7 de junio de 2011, por Bs1.145.979.
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
Los presentes estados financieros han sido
preparados considerando que el Fondo
continuará como empresa en marcha, y
consecuentemente, no incluyen ningún
ajuste adicional que pudiera resultar de la
aplicación de la nueva Ley de Pensiones y/o de
la Ley de la Renta Universal de Vejez, debido
a que como se menciona anteriormente, la
transferencia de las acciones de las empresas
capitalizadas que deberán ser transferidas
a título gratuito a un Fideicomiso que será
administrado por la Gestora Pública de la
Seguridad Social de Largo Plazo, así como los
dividendos de las capitalizadas y la liquidez
del Fondo, que deberán ser transferidos al
Ildefonso Núñez López
Gerente General
166
e) Pago de Gastos Funerarios con recursos del
Fondo de Capitalización Colectiva
Al 31 de diciembre de 2014, se ha cancelado
por este concepto la suma de Bs128.955.
NOTA 10 - CONTINGENCIAS
BBVA Previsión AFP S.A. declara que el
Fondo de Capitalización Colectiva no tiene
contingencias probables significativas de
ninguna naturaleza, más allá de las registradas
contablemente.
NOTA 11 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014,
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa dichos
estados financieros.
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
CUENTA DE RIESGO
PROFESIONAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
167
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional,
administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero
es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una
opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que
planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado
financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado
financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las
estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del
estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan
una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de
acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente,
en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional,
administrada por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros- APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado
financiero.
5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones
las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva
de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la
Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas
168
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N°
2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo
de transición correspondiente.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
169
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA DE RIESGO PROFESIONAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Nota
2014
2013
ACTIVO
1.7.1.01
Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
5.1
TOTAL ACTIVO
1.562.541.595
1.297.104.654
1.562.541.595
1.297.104.654
1.562.541.595
1.297.104.654
1.562.541.595
1.297.104.654
PASIVO
2.1.6.04
Primas acreditadas en el FCI más rendimientos
(neto de rentas pagadas y primas transferidas a
entidades aseguradoras)
TOTAL PASIVO
5.2
Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
170
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA DE RIESGO PROFESIONAL
ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El objetivo de la Cuenta de Riesgo Profesional,
administrada por BBVA PREVISION AFP
S.A., es el de reunir las primas recibidas de
los afiliados, con la finalidad de otorgar los
beneficios establecidos en la Ley de Pensiones
(Ley N° 1732). Los beneficios mencionados
consisten, básicamente, en un retiro por
invalidez o una pensión por fallecimiento
como consecuencia de accidente de trabajo o
enfermedad profesional.
Los recursos de la Cuenta de Riesgo Profesional
administrada por BBVA PREVISION AFP S.A.,
transitoriamente, forman parte del Fondo de
Capitalización Individual, tal cual lo establece
el inciso a) del Artículo 100 del Decreto
Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley
de Pensiones.
La Cuenta de Riesgo Profesional, administrada
por BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio
independiente y distinto del patrimonio de la
Administradora y pertenece a los afiliados. La
Administradora no tiene derecho de propiedad
alguno sobre dicho patrimonio. Los bienes
y derechos que componen el patrimonio
de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles
e inafectables por gravámenes o medidas
precautorias de cualquier especie.
La Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS, determinó que,
de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de
1996 y en la Ley de Reactivación Económica
N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en
la gestión 2001 se transfieran los recursos
provenientes de las coberturas por riesgo
común, laboral y profesional desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones a las
entidades aseguradoras adjudicatarias en la
Licitación Pública Internacional, La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros
Provida S.A. con una participación de mercado
de 75% y 25% respectivamente.
En fecha 1 de noviembre de 2001 las
Administradoras han firmado el contrato
de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un
contrato de prestación de servicios con
Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo
establecido la Resolución Administrativa
564/01 del 30 de octubre de 2001.
Según lo establecido por la Resolución
Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s
transfirieron los fondos de los riesgos, a
partir del 1 de noviembre de 2001. Según
lo detallado en la mencionada Resolución,
y en base a los cálculos realizados por una
consultora internacional contratada por
la ex Intendencia de Pensiones de la ex
Superintendencia de Pensiones, Valores y
Seguros, actual Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros – APS a
tal efecto, los montos transferidos son los
necesarios para cubrir las reservas técnicas y
financieras por los riesgos común, profesional
y laboral, por los siniestros ocurridos en el
período comprendido entre el 1 de mayo de
1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que
entran en vigencia las nuevas pólizas.
De acuerdo con la normativa vigente, “las
obligaciones y derechos inherentes a las
171
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
prestaciones por invalidez y muerte de riesgos
comunes y riesgos profesionales/laborales
serán asumidos por la entidad aseguradora
correspondiente y serán considerados
reservas matemáticas actuariales al efecto
del establecimiento de las primas respectivas”.
Al 31 de diciembre de 2002, la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones
y Seguros - APS solicitó la actualización
de la información proporcionada para la
determinación de la reservas IBNR.
Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de
2003, emitió la Resolución Administrativa N°
652, que establece la transferencia de cuotas
desde las cuentas de Riesgo Profesional y
Riesgo Común administradas por las AFP’s
a las entidades aseguradoras “La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros
Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a
la transferencia de reservas técnicas de Riesgo
Profesional y Riesgo Común por siniestros
ocurridos y no reportados al 1 de noviembre
de 2001. Las entidades aseguradoras
reconocen, que con esta transferencia, los
activos financieros equivalen a las reservas
actuariales por siniestros de Riesgo Común y
de Riesgo Profesional, al 1 de noviembre de
2001.
A partir del 1 de noviembre de 2006, en
cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926,
promulgado el 15 de noviembre de 2006, las
prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo
Profesional/Laboral, que comprenden la
cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo
profesional y riesgo laboral, son administrados
totalmente por las administradoras de fondos
de pensiones, transitoriamente hasta la
fecha a ser determinada por la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
- APS. A partir de esa fecha, solamente se
transfiere a las entidades aseguradoras las
primas acreditadas hasta el 31 de octubre de
2006.
172
Tal como se describe en la Nota 7 durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de
2010 de Pensiones, que establece que la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones – AP, se denominara Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y asumirá las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones
en materia de seguros de la Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en
un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada
esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y
siguientes notas a los estados financieros, en
lugar de nombrar a la ex Superintendencia
de Pensiones, la ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora
Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el
Decreto Supremo 2248, que reglamenta la
creación de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
NOTA 2 - NORMAS CONTABLES
Las normas contables más significativos
aplicados por la Administradora son los
siguientes:
2.1 Bases de presentación del Estado
Financiero
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo
establecido en la Disposición Transitoria
Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de
enero de 2011 y otras disposiciones vigentes
relacionadas a la preparación, formulación
y presentación de información referente al
cierre contable de gestión. Estos lineamientos
concuerdan con las Normas de Contabilidad
Generalmente Aceptadas aprobadas por el
Consejo Técnico Nacional de Auditoria y
Contabilidad del Colegio de Auditores de
Bolivia, excepto por lo que se menciona en la
Nota 3 a los estados financieros.
2.2 Período cubierto por los Estados
Financieros
El presente estado financiero de la Cuenta de
Riesgo Profesional corresponde al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2014, el
mismo que es comparado con el estado
financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2013.
2.3 Criterios de valuación
nversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
Las inversiones por la participación en el Fondo
de Capitalización Individual se valúan al valor
de la cuota parte a cada fecha respectiva.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS
DE
CONTABILIDAD
GENERALMENTE
ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de
2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo
con prácticas contables establecida por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS. Estas prácticas
difieren de las normas de contabilidad
generalmente aceptados en Bolivia, en los
siguientes aspectos:
a) Se contabilizan las primas mensuales
acreditadas, los rendimientos abonados y los
beneficios pagados como pasivo y no como
patrimonio.
b) No se presentan los estados de rendimientos,
de variación patrimonial y de flujo de efectivo.
c) Las primas mensuales acreditadas, los
rendimientos abonados y los beneficios
pagados se registran por lo percibido y no por
lo devengado.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
CONTABLES
Durante el periodo 2014, no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a las gestiones anteriores.
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS
DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2014
y 2013, está compuesto por los siguientes
grupos:
5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
La composición del capítulo, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, por participación
en el Fondo de Capitalización Individual
es de Bs1.562.541.595 y Bs1.297.104.654,
respectivamente.
173
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
5.2 Primas acreditadas en el FCI más
rendimientos
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el pasivo
no transferido a las compañías de seguro está
formado por las primas mensuales patronales
acreditadas hasta el cierre del periodo, de
acuerdo con el artículo N° 49 del Decreto
Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley
de Pensiones, más los rendimientos abonados
por la inversión en el Fondo de Capitalización
Individual y menos los beneficios pagados,
cuyo detalle en bolivianos se desglosa como
sigue:
2014
1.171.087
63.248
5.445
1.361.605.403
199.605.824
90.588
1.562.541.595
Primas anteriores al 1 de noviembre de 2001
Primas para la Vitalicia (a)
Primas para Provida (a)
Primas a partir del 1 noviembre de 2006
Devolución de reserva financiera
Recargo RC/RP
a)Primas pendientes de transferir a las
Compañías Aseguradoras acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006.
NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA
DE RIESGO PROFESIONAL
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la
Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre
de 1996, y el artículo 27 de la Ley de
Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3
de abril de 2000, se efectuó la transferencia
de coberturas por riesgo común y riesgo
profesional desde los Fondos de Pensiones a
Entidades Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros – APS mediante
Riesgo Común
Riesgo Profesional
174
2013
(1.700.863)
111.432
16.662
1.106.413.163
192.180.165
84.095
1.297.104.654
Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571,
ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó
la firma del contrato de seguro (póliza) para
las coberturas de riesgo común y riesgo
profesional del Seguro Social Obligatorio a las
compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros
y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida
S.A.
La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt
(Argentina), efectuó la certificación definitiva
en base a la información final generada por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
de las reservas técnicas por riesgo común y
riesgo profesional correspondientes al período
comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y
31 de octubre de 2001 en un monto de US$
116.342.758 con la siguiente distribución:
BBVA Previsión
US$
39.421.895
16.765.545
56.187.440
Futuro
US$
44.693.427
15.461.891
60.155.318
Total
US$
84.115.322
32.227.436
116.342.758
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Según la Resolución Administrativa SPVS N°
678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye
a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de
Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver
a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$
192.549 y US$ 186.926 respectivamente más
Riesgo Común
Riesgo Profesional
el rendimiento del 4% anual sobre dicho
monto, desde la fecha en que se efectuó la
transferencia de reservas autorizada mediante
la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724
y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se
tiene la siguiente relación al respecto:
Monto Devuelto
La Vitalicia
Seguros Provida
696.899
1.528.120
788.341
1.528.120
1.485.240
Total
696.899
2.316.461
3.013.360
Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
294.074.580
92.046.340
294.657.140
92.147.907
588.731.720
184.194.247
Total
386.120.920
386.805.047
772.925.967
Los saldos transferidos durante el ejercicio 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de
la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS.
Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias:
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Los saldos transferidos durante el ejercicio
2013, fueron expresados en cuotas, al
momento de la transferencia, de acuerdo
con las resoluciones de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto supremo N°
28926, que dispone: “que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por riesgo Común
293.787.533
294.370.489
588.158.022
91.884.743
92.004.955
183.889.698
Total
385.672.276
386.375.444
772.047.720
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS. Se
determina como fecha de inicio de cobertura
del período administrado por las AFP’s, el
1 de noviembre de 2006”. A partir de esa
fecha, solamente se transfiere a las Entidades
Aseguradoras las primas acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006.
175
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
176
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
177
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
178
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
179
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
NOTA 8 - CONTINGENCIAS
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
Ildefonso Núñez López
Gerente General
180
La Administradora declara que la Cuenta de
Riesgo Profesional no tiene contingencias
probables significativas de ninguna naturaleza,
más allá de las registradas contablemente.
NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014,
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa el presente
estado financiero.
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
CUENTA COLECTIVA DE
SINIESTRALIDAD
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
181
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad,
administrado por BBVA Previsión AFP S.A. -Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero
es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una
opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que
planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado
financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado
financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las
estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del
estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan
una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de
acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1. presenta razonablemente,
en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Colectiva de
Siniestralidad, administrada por BBVA Previsión AFP S.A. -Administradora de Fondos de Pensiones
al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros-.APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado
financiero.
5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de
Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas lndividuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta
Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo
de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma a la transferencia de la
182
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo
N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el
periodo de transición correspondiente.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
183
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA COLECTIVA DE SINIESTRALIDAD
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Nota
2014
2013
ACTIVOS
1.7.1.01
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
5.1
TOTAL ACTIVO
1.770.783.809
1.520.748.824
1.770.783.809
1.520.748.824
1.770.783.809
1.520.748.824
1.770.783.809
1.520.748.824
PASIVO
2.1.6.05
Primas por transferir a Entidades Aseguradoras
TOTAL PASIVO
5.2
Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
184
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA COLECTIVA DE SINIESTRALIDAD
ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El objetivo de la Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, administrada por BBVA
PREVISION AFP S.A., es el de reunir las primas
recibidas de los afiliados con la finalidad de
otorgar los beneficios establecidos en la Ley
de Pensiones (Ley N° 1732). Los beneficios
mencionados consisten, básicamente, en
un retiro por invalidez o una pensión por
fallecimiento.
Los recursos de la Cuenta Colectiva de
Siniestralidad administrada por BBVA
PREVISION AFP S.A., transitoriamente,
forman parte del Fondo de Capitalización
Individual, tal cual lo establece el inciso a) del
Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469,
reglamentario de la Ley de Pensiones.
La Cuenta Colectiva de Siniestralidad,
administrada por BBVA PREVISION AFP S.A.,
es un patrimonio independiente y distinto
del patrimonio de la Administradora y
pertenece a los afiliados. La Administradora
no tiene derecho de propiedad alguno sobre
dicho patrimonio. Los bienes y derechos
que componen el patrimonio de la cuenta
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie.
De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo N°
53 de la Ley de Pensiones a partir de la fecha
en que la Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros - APS, entidad creada
por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de
abril de 2009, determine que el riesgo común
sea asumido por una entidad aseguradora,
todos los recursos de esta Cuenta serán
transferidos a dicha entidad y considerados
reservas matemáticas de la misma.
En la gestión 1999, la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS,
mediante la Resolución Administrativa SPVS
- IP N° 114/99, determina que los excedentes,
sobre la necesidad de los saldos actuariales
existentes en la Cuenta de Siniestralidad al
31 de mayo de 1999, deberán ser distribuidos
en las cuentas individuales de los afiliados,
en proporción del aporte de cada afiliado.
En este sentido mediante carta SPVS - IP DP - 1112/99 del 9 de septiembre de 1999
determina que el monto de Bs134.691.625
correspondiente a la Cuenta de Siniestralidad
debe ser traspasado a las cuentas individuales
de los afiliados.
La Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS, determinó que,
de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de
1996 y en la Ley de Reactivación Económica
N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión
2001 se transfieran los recursos provenientes
de las coberturas por riesgo común, laboral
y profesional desde las Administradoras
de Fondos de Pensiones a las entidades
aseguradoras adjudicatarias en la Licitación
Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y
Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A.
con una participación de mercado de 75% y
25% respectivamente.
En fecha 1 de noviembre de 2001 las
Administradoras han firmado el contrato
de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia
185
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un
contrato de prestación de servicios con
Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo
establecido la Resolución Administrativa
564/01 del 30 de octubre de 2001.
Según lo establecido por la Resolución
Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s
transfirieron los fondos de los riesgos, a
partir del 1 de noviembre de 2001. Según
lo detallado en la mencionada Resolución,
y en base a los cálculos realizados por una
consultora internacional contratada por la
ex Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS a
tal efecto, los montos transferidos son los
necesarios para cubrir las reservas técnicas y
financieras por los riesgos común, profesional
y laboral, por los siniestros ocurridos en el
período comprendido entre el 1 de mayo de
1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que
entran en vigencia las nuevas pólizas.
De acuerdo con la normativa vigente, “las
obligaciones y derechos inherentes a las
prestaciones por invalidez y muerte de riesgos
comunes y riesgos profesionales/laborales
serán asumidos por la entidad aseguradora
correspondiente y serán considerados
reservas matemáticas actuariales al efecto del
establecimiento de las primas respectivas”. Al
31 de diciembre de 2002, la ex Intendencia
de Pensiones de la ex Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros, actual
Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros solicitó la actualización
de la información proporcionada para la
determinación de la reservas IBNR. Producto
de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003,
emitió la Resolución Administrativa N° 652,
que establece la transferencia de cuotas
desde las cuentas de Riesgo Profesional y
Riesgo Común administradas por las AFP’s
186
a las entidades aseguradoras “La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros
Provida S.A.”, las cuotas que corresponden a
la transferencia de reservas técnicas de Riesgo
Profesional y Riesgo Común por siniestros
ocurridos y no reportados al 1 de noviembre
de 2001.
Las entidades aseguradoras
reconocen, que con esta transferencia, los
activos financieros equivalen a las reservas
actuariales por siniestros de Riesgo Común y
de Riesgo Profesional, al 1 de noviembre de
2001.
A partir del 1 de noviembre de 2006, en
cumplimiento al Decreto Supremo N°
28926, promulgado el 15 de noviembre de
2006, las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, que
comprenden la cobertura de los Riesgos de
Siniestralidad, Riesgo Profesional y Riesgo
Laboral, son administrados totalmente por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
transitoriamente hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS. A
partir de esa fecha, solamente se transfiere
a las Entidades Aseguradoras las primas
acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006.
Tal como se describe en la Nota 7 durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de
2010 de Pensiones, que establece que la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones – AP, se denominara Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y asumirá las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones en
materia de seguros de la Autoridad de de
Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en
un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada
esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y
siguientes notas a los estados financieros, en
lugar de nombrar a la ex Superintendencia
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
de Pensiones, la ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora
Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el
Decreto Supremo 2248, que reglamenta la
creación de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
2.2 Período cubierto por el estado financiero
El presente estado financiero de la Cuenta
Colectiva de Siniestralidad corresponde al
ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2014, el mismo que es comparado con el
estado financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2013.
2.3 Criterios de valuación
NOTA 2 - NORMAS CONTABLES
Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
Las normas contables más significativos
aplicados por la Administradora son los
siguientes:
Las inversiones por la participación en el Fondo
de Capitalización Individual se valúan al valor
de la cuota parte a cada fecha respectiva.
2.1 Bases de presentación del estado financiero
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS
DE
CONTABILIDAD
GENERALMENTE
ACEPTADOS EN BOLIVIA
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo
establecido en la Disposición Transitoria
Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de
enero de 2011 y otras disposiciones vigentes
relacionadas a la preparación, formulación
y presentación de información referente al
cierre contable de gestión. Estos lineamientos
concuerdan con las Normas de Contabilidad
Generalmente Aceptadas aprobadas por el
Consejo Técnico Nacional de Auditoria y
Contabilidad del Colegio de Auditores de
Bolivia, excepto por lo que se menciona en la
Nota 3 a los estados financieros.
El estado financiero al 31 de diciembre de
2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo
con prácticas contables establecidas por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros. Estas prácticas difieren
de las normas de contabilidad generalmente
aceptadas en Bolivia, en los siguientes
aspectos:
a) Se contabilizan las primas mensuales
acreditadas, los rendimientos abonados y los
beneficios pagados como pasivo y no como
patrimonio.
b) No se presentan los estados de rendimientos,
de variación patrimonial y de flujo de efectivo.
c) Las primas mensuales acreditadas, los
rendimientos abonados y los beneficios
pagados se registran por lo percibido y no por
lo devengado.
187
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
CONTABLES
Durante el ejercicio 2014, no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a las gestiones anteriores.
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS
DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2014
y 2013, está compuesto por los siguientes
grupos:
5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
La composición del capítulo, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, por participación
Primas anteriores al 1 de noviembre de 2001
Primas para la Vitalicia (a)
Primas para Provida (a)
Primas a partir del 1 de noviembre de 2006
Recargo RC/RP RC
a) Primas pendientes de transferir a las
Compañías Aseguradoras acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006
NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA
COBERTURA DE RIESGO DE LA CUENTA DE
SINIESTRALIDAD
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley
de pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de
1996 y el artículo 27 de la Ley de Reactivación
Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se
efectuó la transferencia de coberturas por
Riesgo Común y Riesgo Profesional desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones a las
Entidades Aseguradoras.
188
en el Fondo de Capitalización Individual
es de Bs1.770.783.809 y Bs1.520.748.824,
respectivamente.
5.2 Primas acreditadas en el FCI más
rendimientos
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 , el pasivo
no transferido a las compañías de seguro está
formado por las primas mensuales deducidas
del total ganado de los afiliados que tengan
una cuenta individual en el Seguro Social
Obligatorio, acreditadas hasta el cierre del
periodo, de acuerdo con el artículo N° 21 del
Decreto Supremo N° 24469, reglamentario
de la Ley de Pensiones, más los rendimientos
abonados por la inversión de los fondos y
menos los beneficios pagados, cuyo detalle
en bolivianos se desglosa como sigue:
2014
125.644.797
70.494
4.810
1.644.802.623
261.085
1.770.783.809
2013
118.194.266
109.079
16.050
1.402.215.444
213.985
1.520.748.824
La Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS mediante las
Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571,
ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó
la firma del contrato de seguro (póliza) para
las coberturas de Riesgo Común y Riesgo
Profesional del Seguro Social obligatorio,
a las compañías aseguradoras La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros
Próvida S.A.
La firma de consultoría actuarial Watson
Wyatt (Argentina) efectuó la certificación
definitiva en base a la información final
generada por las Administradoras de Fondos
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
de Pensiones, de la reservas técnicas por Riesgo
Común y Riesgo Profesional correspondientes
al período comprendido entre el 1 de mayo
Riesgo Común
Riesgo Profesional
de 1997 y 31 de octubre de 2001, en un
monto de US$ 116.342.758, con la siguiente
distribución:
BBVA Previsión Futuro de Bolivia
US$
US$
39.421.895
16.765.545
56.187.440
44.693.427
15.461.891
60.155.318
Total
US$
84.115.322
32.227.436
116.342.758
Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye
a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA
Previsión AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926 respectivamente más el rendimiento
del 4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas
autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto
de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto Devuelto
La Vitalicia
Seguros Provida
696.899
1.528.120
788.341
1.528.120
1.485.240
Total
696.899
2.316.461
3.013.360
Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
294,074,580
92,046,340
294.657.140
92,147,907
588.731.720
184,194,247
Total
386.120.920
386.805.047
772.925.967
Los saldos transferidos durante el período 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de
la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS.
Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
293.787.533
91,884.743
294.370.489
92.004.955
588.158.022
183.889.698
Total
385.672.276
386.375.444
772.047.720
189
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Los saldos transferidos durante el período
2013, fueron expresados en cuotas, al
momento de la transferencia, de acuerdo
con las resoluciones de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto supremo N°
28926, que dispone: “que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros. Se determina
como fecha de inicio de cobertura del período
administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre
de 2006”. A partir de esa fecha, solamente
se transfiere a las Entidades Aseguradoras las
primas acreditadas hasta el 31 de octubre de
2006.
NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
190
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
• El Fondo de Capitalización Individual –
191
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
192
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
193
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
194
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
NOTA 8 - CONTINGENCIAS
NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES
La Administradora declara que la Cuenta
Colectiva de Siniestralidad no tiene
contingencias probables significativas de
ninguna naturaleza, más allá de las registradas
contablemente.
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014,
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa dicho
estado financiero.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
195
CUENTA DE RIESGO LABORAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
196
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrado
por BBVA Previsión AFP S.A . - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014
y 2013, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad
de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el
mismo basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que
planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado
financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado
financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las
estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del
estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan
una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de
acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente,
en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral,
administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con las normas contables emitidas por la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado
financiero.
5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones
las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva
de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la
197
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo
N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el
periodo de transición correspondiente.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
198
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA DE RIESGO LABORAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Nota
2014
2013
ACTIVO
1.7.1.01 Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
5.1
TOTAL ACTIVO
46.406.391
33.465.957
46.406.391
33.465.957
46.406.391
33.465.957
46.406.391
33.465.957
PASIVO
2.1.6.06 Primas acreditadas en el FCI más rendimientos
(neto de rentas pagadas y primas transferidas a
entidades aseguradoras)
TOTAL PASIVO
5.2
Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
199
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA DE RIESGO LABORAL
ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El objetivo de la Cuenta de Riesgo Laboral,
administrada por BBVA PREVISION AFP
S.A., es el de reunir las primas recibidas de
los afiliados, con contratos por producto,
con la finalidad de otorgar los beneficios
establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N°
1732). Los beneficios mencionados consisten,
básicamente, en un retiro por invalidez o una
pensión por fallecimiento.
Los recursos de la Cuenta de Riesgo Laboral
administrada por BBVA PREVISION AFP S.A.,
transitoriamente, forman parte del Fondo de
Capitalización Individual – FCI.
La Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por
BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio
independiente y distinto del patrimonio de la
Administradora y pertenece a los afiliados. La
Administradora no tiene derecho de propiedad
alguno sobre dicho patrimonio. Los bienes
y derechos que componen el patrimonio
de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles
e inafectables por gravámenes o medidas
precautorias de cualquier especie.
La Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros -APS, determinó que,
de acuerdo con lo establecido en la Ley de
Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de
1996 y en la Ley de Reactivación Económica
N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, se
transfieran en la gestión 2001 los recursos
provenientes de las coberturas por riesgo
común, laboral y profesional desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones a las
200
entidades aseguradoras adjudicatarias en la
Licitación Pública Internacional, La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros
Provida S.A. con una participación de mercado
de 75% y 25% respectivamente.
En fecha 1 de noviembre de 2001 las
Administradoras han firmado el contrato
de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un
contrato de prestación de servicios con
Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo
establecido la Resolución Administrativa
564/01 del 30 de octubre de 2001.
Según lo establecido por la Resolución
Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s
trasfirieron los fondos de los riesgos, a
partir del 1 de noviembre de 2001. Según
lo detallado en la mencionada Resolución,
y en base a los cálculos realizados por una
consultora internacional contratada por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS a tal efecto, los
montos transferidos son los necesarios para
cubrir las reservas técnicas y financieras por
los riesgos común, profesional y laboral,
por los siniestros ocurridos en el período
comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el
31 de octubre de 2001, fecha que entran en
vigencia las nuevas pólizas.
De acuerdo con la normativa vigente, “las
obligaciones y derechos inherentes a las
prestaciones por invalidez y muerte de riesgos
comunes y riesgos profesionales/laborales
serán asumidos por la entidad aseguradora
correspondiente y serán considerados
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
reservas matemáticas actuariales al efecto
del establecimiento de las primas respectivas”.
Al 31 de diciembre de 2002, la Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones
y Seguros - APS, solicitó la actualización
de la información proporcionada para la
determinación de las reservas IBNR.
Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de
2003, emitió la Resolución Administrativa N°
652, que establece la transferencia de cuotas
desde las cuentas de Riesgo Profesional y
Riesgo Común administradas por las AFP´s
a las entidades aseguradoras “La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros
Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a
la transferencia de reservas técnicas de Riesgo
Profesional y Riesgo Común por siniestros
ocurridos y no reportados al 1 de noviembre
de 2001. Las entidades aseguradoras
reconocen, que con esta transferencia, los
activos financieros equivalen a las reservas
actuariales por siniestros de Riesgo Común y
de Riesgo Profesional, al 1 de noviembre de
2001.
Pensione No. 065 de 10 de diciembre de
2010 de Pensiones, que establece que la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones – AP, se denominara Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y asumirá las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones en
materia de seguros de la Autoridad de de
Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en
un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada
esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y
siguientes notas a los estados financieros, en
lugar de nombrar a la ex Superintendencia
de Pensiones, la ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora
Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el
Decreto Supremo 2248, que reglamenta la
creación de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
NOTA 2 - NORMAS CONTABLES
A partir del 1 de noviembre de 2006, en
cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926,
promulgado el 15 de noviembre de 2006, las
prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo
Profesional/Laboral, que comprenden la
cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo
profesional y riesgo laboral, son administrados
totalmente por las administradoras de fondos
de pensiones, transitoriamente hasta la
fecha a ser determinada por la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
- APS. A partir de esa fecha, solamente se
transfiere a las entidades aseguradoras las
primas acreditadas hasta el 31 de octubre de
2006.
Tal como se describe en la Nota 7 durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Las normas contables más significativos
aplicados por la Administradora son los
siguientes:
2.1 Bases de presentación del Estado
Financiero
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
201
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo
establecido en la Disposición Transitoria
Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de
enero de 2011 y otras disposiciones vigentes
relacionadas a la preparación, formulación
y presentación de información referente al
cierre contable de gestión. Estos lineamientos
concuerdan con las Normas de Contabilidad
Generalmente Aceptadas aprobadas por el
Consejo Técnico Nacional de Auditoria y
Contabilidad del Colegio de Auditores de
Bolivia, excepto por lo que se menciona en la
Nota 3 a los estados financieros.
2.2 Período
Financieros
cubierto
por
los
a) Se contabilizan las primas mensuales
acreditadas, los rendimientos abonados y los
beneficios pagados como pasivo y no como
patrimonio.
b) No se presentan los estados de rendimientos,
de variación patrimonial y de flujo efectivo.
c) Las primas mensuales acreditadas, los
rendimientos abonados y los beneficios
pagados se registran por lo percibido y no por
lo devengado.
Estados
El presente estado financiero de la Cuenta
de Riesgo Laboral corresponde al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2014, el
mismo que es comparado con el estado
financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2013.
2.3 Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
Las inversiones por la participación en el Fondo
de Capitalización Individual se valúan al valor
de la cuota parte a cada fecha respectiva.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS
DE
CONTABILIDAD
GENERALMENTE
ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de
2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo
con prácticas contables establecidas por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas
difieren de los normas de contabilidad
generalmente aceptados en Bolivia en los
202
siguientes aspectos:
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
CONTABLES
Durante el ejercicio 2014, no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a las gestiones anteriores.
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS
DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2014
y 2013, está compuesto por los siguientes
grupos:
5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
La composición del capítulo, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, consiste en la
participación en el Fondo de Capitalización
Individual por Bs46.406.391 y Bs33.465.957,
respectivamente.
5.2 Primas acreditadas en el FCI más
rendimientos
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el pasivo
no transferido a las compañías de seguro, está
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
formado por las primas mensuales laborales acreditadas hasta el cierre del ejercicio, más los
rendimientos abonados por la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa
como sigue:
2014
49.384
27
7
46.356.973
46.406.391
Primas anteriores al 1 de noviembre de 2001
Primas para la Vitalicia (a)
Primas para Provida (a)
Primas a partir del 1 de noviembre de 2006
a)Primas pendientes de transferir a las
Compañías Aseguradoras acreditadas hasta el
31 de octubre de 2006.
NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA
DE RIESGO LABORAL
De acuerdo con los artículos N° 37 y 38 de la Ley
de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de
1996 y el artículo 27 de la Ley de Reactivación
Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se
efectuó la transferencia de coberturas por
riesgo común y riesgo profesional desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones a las
Entidades Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros mediante las
Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571,
Riesgo Común
Riesgo Profesional
ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó
la firma del contrato de seguro (póliza) para
las coberturas de riesgo común y riesgo
profesional del Seguro Social obligatorio,
a las compañías aseguradoras La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros
Provida S.A.
La firma de consultoría actuarial Watson
Wyatt (Argentina) efectuó la certificación
definitiva en base a la información final
generada por las Administradoras de Fondos
de Pensiones, de la reservas técnica por riesgo
común y riesgo profesional correspondientes
al período comprendido entre el 1 de mayo
de 1997 y 31 de octubre de 2001, en un
monto de US$ 116.342.758, con la siguiente
distribución:
BBVA Previsión Futuro de Bolivia
US$
US$
Según la Resolución Administrativa SPVS N°
678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye
a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de
Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver
a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$
192.549 y US$ 186.926 respectivamente más
2013
63.186
23
7
33.402.741
33.465.957
39.421.895
16.765.545
56.187.440
44.693.427
15.461.891
60.155.318
Total
US$
84.115.322
32.227.436
116.342.758
el rendimiento del 4% anual sobre dicho
monto, desde la fecha en que se efectuó la
transferencia de reservas autorizada mediante
la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724
y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se
tiene la siguiente relación al respecto:
203
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto Devuelto
La Vitalicia
Seguros Provida
696.899
1.528.120
788.341
1.528.120
1.485.240
Total
696.899
2.316.461
3.013.360
Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
294,074,580
92,046,340
294.657.140
92,147,907
588.731.720
184,194,247
Total
386.120.920
386.805.047
772.925.967
Los saldos transferidos durante el ejercicio 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de
la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros – APS.
Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias:
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Los saldos transferidos durante el ejercicio
2013, fueron expresados en cuotas, al
momento de la transferencia, de acuerdo
con las resoluciones de la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno
de Bolivia emitió el Decreto Supremo N°
28926, que dispone: “que las Administradoras
de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren
totalmente las prestaciones por Riesgo Común
y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme
establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser
204
Monto transferido
La Vitalicia
Seguros Provida
293.787.533
91.884.743
294.370.489
92.004.955
588.158.022
183.889.698
Total
385.672.276
386.375.444
772.047.720
determinada por la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros. Se determina
como fecha de inicio de cobertura del período
administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre
de 2006”. A partir de esa fecha, solamente
se transfiere a las Entidades Aseguradoras las
primas acreditadas hasta el 31 de octubre de
2006.
NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
205
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
206
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
207
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
208
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
Ildefonso Núñez López
Gerente General
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
NOTA 8 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta
de Riesgo Laboral no tiene contingencias
probables significativas de ninguna naturaleza,
más allá de las registradas contablemente.
NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014,
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa el presente
estado financiero.
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
209
CUENTA DE MENSUALIDAD
VITALICIA VARIABLE
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
210
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
anta Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
administrado por BBVA Previsión AFP S.A . -Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 8 que se acompañan. Este estado financiero
es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una
opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS . Esas normas requieren que
planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado
financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado
financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las
estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del
estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan
una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de
acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente,
en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, administrada por BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos de
Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3
al estado financiero.
5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones
las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva
de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la
Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas
211
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo
N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el
periodo de transición correspondiente.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
212
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA DE MENSUALIDAD VITALICIA VARIABLE
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Nota
2014
2013
5.1
2.458.358.525
1.892.207.663
2.458.358.525
1.892.207.663
2.458.358.525
1.892.207.663
2.458.358.525
1.892.207.663
ACTIVO
1.5.1.01
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
Total activo
PASIVO
2.2.1.01
Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable
Total pasivo
5.2
Las notas 1 a 8 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
213
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA DE MENSUALIDAD VITALICIA VARIABLE
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. – ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 – OBJETO DE LA CUENTA
La Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
administrada por BBVA PREVISION AFP S.A.,
está conformada por los capitales acumulados,
de todos aquellos afiliados que hubieran
suscrito un contrato de Mensualidad Vitalicia
Variable.
Para tal efecto BBVA PREVISION AFP S.A., se
encuentra obligada a:
a) Prestar los servicios que conlleva la
administración del patrimonio, el cálculo
de las pensiones y el pago de las mismas a
los contratantes que hubieran elegido dicha
modalidad de pensión.
b) Representar a los propietarios del patrimonio
de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable
ante terceros, para la administración, cálculo
y pago de dicha modalidad de pensión, así
como en relación a la vigencia del contrato,
otorgamiento y recepción de los beneficios.
c) Realizar todos los actos necesarios para la
prestación de servicios, de acuerdo a la Ley
de Pensiones y el contrato de prestación de
servicios.
Los contratos de Mensualidades Vitalicias
Variables tienen las siguientes cláusulas:
a) Irrevocabilidad, puesto que ninguna de las
partes involucradas puede cancelarlos.
b) Vigencia, a partir de la fecha de suscripción
del contrato por las partes.
214
c) Pensión Vitalicia para el titular o temporal
para los derechohabientes de acuerdo a la Ley
de Pensiones.
d) Prestación por gastos funerarios que forma
parte del contrato, de conformidad a lo
establecido en la Ley de Pensiones.
e) Pago de la pensión de jubilación dentro
el primer mes de vigencia del contrato y
devengará a partir de la fecha establecida en
el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo
de 2011.
f) Pago de las pensiones por muerte a partir de
los treinta (30) días de recibido el certificado
de defunción del titular, que devengarán a
partir de la fecha del fallecimiento del afiliado
para aquellos derechohabientes declarados en
el contrato de Mensualidad Vitalicia Variable.
Para los derechohabientes que se acrediten
con posterioridad, de conformidad con el
artículo 3 del Decreto Supremo N° 822 de 16
de marzo de 2011, las pensiones por muerte
devengarán a partir de la fecha de solicitud
de pensión y acreditación.
El pago de este beneficio se originará de
dos fuentes: i) Los aportes de los afiliados
administrados por las Administradoras
de Fondos de Pensiones, registrados en el
patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual, en la Cuenta Mensualidad Vitalicia
Variable, y ii) Los aportes del antiguo Sistema
de Reparto que serán aportados por el
Tesoro General de la Nación a través de la
Compensación de Cotizaciones.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
A partir del 10 de diciembre de 2010, el pago de
este beneficio se denomina Pensión por Vejez,
que se realizará a partir del primer día del
mes en que el asegurado o derechohabiente,
según corresponda, fue notificado con la
Declaración de Pensión respectiva, si este
fue notificado hasta el día quince del mes
inclusive; y a partir del primer día del mes
siguiente si la Declaración de Pensión fue
notificada después del día quince del mes.
La Prestación de Vejez obtenida por el
asegurado, comprende el pago de:
• Pensión de Vejez, vitalicia a favor del
asegurado.
• Pensiones por Muerte a derechohabientes,
vitalicias y temporales según correspondan,
al fallecimiento del asegurado con Pensión de
Vejez.
• Gastos Funerarios al fallecimiento del
asegurado con Pensión de Vejez.
El asegurado accederá a la Prestación de
Vejez cuando cumpla una de las siguientes
condiciones:
a) Independientemente de su edad, siempre y
cuando no haya realizado aportes al Sistema
de Reparto y financie con el saldo acumulado
en su cuenta personal previsional:
• Una Pensión igual o superior al sesenta por
ciento de su referente salarial de vejez.
• El monto necesario para financiar los Gastos
Funerarios.
• La Pensión por Muerte para sus
derechohabientes.
b) A los cincuenta y cinco años hombres y
cincuenta años mujeres, siempre y cuando
hayan realizado aportes al Sistema de
Reparto que le generen el derecho a una
Compensación de Cotizaciones y financie con
ésta más el saldo acumulado en su cuenta
personal previsional:
• Una pensión igual o superior al sesenta por
ciento de su Referente Salarial de Vejez.
• El monto necesario para financiar las Gastos
Funerarios.
• La Pensión por Muerte de sus
derechohabientes.
c) A partir de los cincuenta y ocho años
de edad, independientemente del monto
acumulado en su cuenta personal previsional,
siempre y cuando cuente con una densidad
de aportes de al menos 120 periodos y
financie un monto de Pensión de Vejez,
mayor de la Pensión Solidaria de Vejez que le
correspondería de acuerdo a su densidad de
aportes.
El Referente Salarial de Vejez corresponde
al promedio de los veinticuatro totales
ganados o ingresos cotizables, de acuerdo a
reglamento.
La Pensión de Vejez está compuesta por
la Fracción de Saldo Acumulado y la
Compensación de Cotizaciones cuando
corresponda.
Los derechohabientes del asegurado fallecido
sin Pensión de Vejez, percibirán la Pensión
por Muerte derivada de la misma, previo
cumplimiento de requisitos establecidos y su
reglamento.
El asegurado fallecido originará el derecho al
pago de los Gastos Funerarios.
Las Pensiones de Vejez serán actualizadas
tomando en cuenta lo siguiente:
a) La Fracción de Saldo Acumulado será
actualizada anualmente en función a la
215
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
mortalidad del grupo de asegurados con
Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez
y derechohabientes con Pensión por Muerte
derivada de estas, y a la rentabilidad del
Fondo de Vejez.
Esta compensación se encuentra respaldada
por el certificado de Compensación de
Cotizaciones, emitido por el Tesoro General
de la Nación, y entregado a BBVA PREVISION
AFP S.A., para su custodia.
b) La Compensación de Cotizaciones será
actualizada anualmente en función a la
variación de la Unidad de Fomento a la
Vivienda.
Tal como se describe en la Nota 6 durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de
2010 de Pensiones, que establece que La
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones – AP, se denominara Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y asumirá las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones
en materia de seguros de la Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en
un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada
esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y
siguientes notas a los estados financieros, en
lugar de nombrar a la ex Superintendencia
de Pensiones, la ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora
Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
– APS.
De acuerdo al artículo 64 de la Ley 065, de
Pensiones de 10 de diciembre de 2010, el
derecho de exigir la Pensión de Vejez y la
Pensión Solidaria de Vejez no prescribe.
La Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
administrada por BBVA PREVISION AFP S.A.,
es una cuenta independiente y distinta del
patrimonio de la Administradora y pertenece
a los afiliados que han suscrito el Contrato
de Mensualidad Vitalicia Variable.
La
Administradora no tiene derecho de propiedad
alguno sobre él. Los bienes y derechos que
componen el patrimonio de la Cuenta son
indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie.
De acuerdo con el artículo 6 del Decreto
Supremo N° 26069 de 9 de febrero de 2001,
los afiliados que suscriban un contrato de
Mensualidad Vitalicia Variable con BBVA
PREVISION AFP S.A., tienen derecho a la
Compensación de Cotizaciones al haber
realizado sesenta o más cotizaciones al
antiguo Sistema de Reparto, monto que
será pagado mensualmente y de manera
vitalicia al afiliado y cuando corresponda a
sus derechohabientes, con recursos del Tesoro
General de la Nación que serán depositados
en las cuentas corrientes del Fondo de
Capitalización Individual, de acuerdo con las
solicitudes efectuadas en el mes.
216
En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el
Decreto Supremo 2248, que reglamenta la
creación de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
NOTA 2 - NORMAS CONTABLES
Las normas contables aplicados por la
Administradora son los siguientes:
2.1 Bases de presentación del Estado
Financiero
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo
establecido en la Disposición Transitoria
Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de
enero de 2011 y otras disposiciones vigentes
relacionadas a la preparación, formulación
y presentación de información referente al
cierre contable de gestión. Estos lineamientos
concuerdan con las Normas de Contabilidad
Generalmente Aceptadas aprobadas por el
Consejo Técnico Nacional de Auditoria y
Contabilidad del Colegio de Auditores de
Bolivia, excepto por lo que se menciona en la
Nota 3 a los estados financieros.
El presente estado financiero corresponde
a los aportes de los afiliados registrados en
el patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual en la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable administrados por BBVA
PREVISION AFP S.A. y no incluye los montos
que corresponden a la Compensación de
Cotizaciones realizada por el Tesoro General
de la Nación.
2.2 Período
Financieros
cubierto
por
los
Estados
El presente estado financiero de la Cuenta de
Mensualidad Vitalicia Variable corresponde
al ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2014, el mismo que es comparado con el
estado financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2013.
Las inversiones por la participación en el Fondo
de Capitalización Individual se valúan al valor
de la cuota parte a cada fecha respectiva.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS
DE
CONTABILIDAD
GENERALMENTE
ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de
2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo
con prácticas contables establecidas por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas
difieren de las normas de contabilidad
generalmente aceptados en Bolivia, en los
siguientes aspectos:
a) Se contabilizan las primas mensuales
acreditadas, los rendimientos abonados y los
beneficios pagados como pasivos y no como
patrimonio.
b) No se presentan los estados de rendimientos
de variación patrimonial y de flujo de efectivo.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
CONTABLES
Durante el periodo 2014, no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a la gestión anterior.
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS
DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2014
y 2013, está compuesto por los siguientes
grupos:
2.3 Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
217
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual
La composición del capítulo, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, está relacionada
con la
participación en el Fondo de
Capitalización Individual por Bs2.458.358.525
y Bs1.892.207.663, respectivamente.
5.2 Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable
Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 las
prestaciones por pagar, están formadas por los
beneficios de mensualidad vitalicia variable
solicitadas hasta el cierre del periodo, más los
rendimientos abonados por la inversión de los
fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa
como sigue:
2014
Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable
El número de casos e importes pagados por
jubilación con compensación de cotización
combinada con Mensualidad Vitalicia Variable,
durante las gestiones 2014 y 2013, asciende a
35.836 y 29.785 que equivalen a Bs90.135.270
y Bs70.561.982 respectivamente.
NOTA 6 – HECHOS RELEVANTES
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
218
2.458.358.525
2.458.358.525
2013
1.892.207.663
1.892.207.663
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
219
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
220
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
221
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
222
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
NOTA 7 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta
de Mensualidad Vitalicia Variable no tiene
contingencias probables significativas de
ninguna naturaleza, más allá de las registradas
contablemente.
NOTA 8 - HECHOS POSTERIORES
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014,
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa el presente
estado financiero.
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
223
CUENTA BASICA
PREVISIONAL
ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013
Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente
224
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015
A los señores
Directores y Accionistas de
BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional, administrado
por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014
y 2013, así como las notas 1 a 8 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad
de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el
mismo basados en nuestra auditoría.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas
en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la
Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que
planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado
financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado
financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las
estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del
estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan
una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de
acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente
Aceptadas en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente,
en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional,
administrada por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado
financiero.
5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones
las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva
de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la
Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas
225
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo
N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el
periodo de transición correspondiente.
ERNST & YOUNG LTDA
_________________________(Socio)
Lic. Aud. Javier Iriarte J.
MAT. PROF. N° CAUB-9324
MAT. PROF. N° CAUSC-3125
226
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA BASICA PREVISIONAL
ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
Nota
2014
2013
ACTIVO
1.5.1.01
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
Total activo
5.1
4.017.013.509
4.017.013.509
2.909.227.821
2.909.227.821
5.2
5.2
4.017.013.509
4.017.013.509
2.909.227.821
2.909.227.821
PASIVO
2.1.5.05
2.2.1.01
Beneficios por Pagar Cuenta Básica Previsional
Beneficios Cuenta Básica Previsional
Total pasivo
Las notas 1 a 8 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Ildefonso Núñez López
Gerente General
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
227
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
CUENTA BASICA PREVISIONAL
ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013
(Cifras expresadas en bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
La Cuenta Básica Previsional, administrada por
BBVA PREVISION AFP S.A., tiene por objeto
único el financiamiento de la Fracción Básica
Complementaria, para que el Afiliado o sus
Derechohabientes, según les correspondan,
accedan a la Pensión Mínima de acuerdo
a lo establecido en la Ley Participación de
trabajadores estacionales en el Seguro Social
Obligatorio de largo plazo (Ley 3785).
La Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros - APS, mediante
la Resolución Administrativa SPVS/IP 198
de 27 de febrero de 2008 instruye a las
Administradoras de Fondos de Pensiones,
que en un plazo no mayor a diez (10) días
hábiles a partir de la publicación del Decreto
Supremo No. 29423 de 16 de enero de 2008,
en cumplimiento a la Ley No. 3785 de 23 de
noviembre de 2007, realizarán la transferencia
de los siguientes recursos a la cuenta Básica
Previsional:
a) US$ 5.000.000 (Cinco Millones 00/100
Dólares Estadounidenses) provenientes de la
Cuenta de Siniestralidad por única vez.
b) US$ 5.000.000 (Cinco Millones 00/100
Dólares Estadounidenses) provenientes de la
Cuenta de Riesgos Profesionales por única
vez.
c) Veinte por ciento (20%) de las primas de
Riesgo Común.
d) Veinte por ciento (20%) de las primas de
Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para
Independientes.
228
e) Diez por ciento (10%) de la diferencia entre
el Total Ganado menos sesenta (60) salarios
mínimos nacionales, cuando la diferencia sea
positiva.
Las Administradoras de Fondo de Pensiones,
deberán transferir el monto correspondiente
a los porcentajes establecidos de todas las
primas pagadas y acreditadas hasta el último
día hábil administrativo del mes siguiente al
que corresponda el pago, desde el periodo de
diciembre 2007.
Estas transferencias serán la fuente de
financiamiento de la Cuenta Básica Previsional,
para el pago de la pensión mínima.
La Pensión Mínima es la prestación
semicontributiva pagada por el Seguro Social
Obligatorio de Largo Plazo a los titulares
que cumplan los requisitos establecidos
para el efecto, y a su fallecimiento a sus
derechohabientes hasta el segundo grado, en
las proporciones que les corresponda según
normativa.
La Pensión Mínima está constituida por la
fracción que el afiliado ha logrado generar
con sus aportes en Cuenta Individual, sumada
a la Compensación de Cotizaciones cuando
corresponda, a cuyo resultado se añadirá una
fracción complementaria a cargo de la Cuenta
Básica Previsional, hasta completar el monto
de la Pensión Mínima.
Los requisitos que debieron cumplir los
afiliados para el acceso a la Pensión Mínima
son:
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
a) Tener 60 años cumplidos o más.
b) Haber cotizado al Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo, al sistema de Reparto o a
ambos, durante 180 periodos o más.
c) Tener una Pensión Referencial menor a la
Pensión Mínima.
fallecido antes de cumplir 60 años, cuando no
se cumpla con los requisitos para acceder a
una Pensión por Muerte por Riesgo Común
o Pensión por Muerte por Riesgo Profesional,
podrán acceder a la Pensión Mínima cuando
el afiliado fallecido hubiese cumplido 60 años
y cumpla los requisitos.
a) Que cuente con trámite de Jubilación
o pago de Compensación de Cotizaciones
Mensual en curso de adquisición.
Las Pensiones Mínimas que no hubieran sido
cobradas no podrán acumularse por más de
doce meses, caducando por el tiempo superior
al indicado, previa notificación por parte de
las Administradoras de Fondos de Pensiones o
Entidades Aseguradoras, conforme regulación
de la Autoridad de Fiscalización y Control
de Pensiones y Seguros - APS. Estos recursos
se consolidarán a favor de la fuente de
financiamiento que corresponda.
b) Que cuente con Pensión de Jubilación
en curso de pago cuyo monto sea menor al
monto de la Pensión Mínima.
Los requisitos antes mencionados tienen
vigencia para todos los trámites hasta fecha 9
de diciembre de 2010.
c) Que cuente con pago de Compensación de
Cotizaciones Mensual en curso de pago cuyo
monto sea menor al monto de la Pensión
Mínima.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010
de Pensiones, establece que el Régimen
Semicontributivo,
que
contempla
la
Prestación Solidaria de Vejez, Pensión por
Muerte derivada de estas y Gastos Funerarios
administrará el Fondo Solidario, compuesto
con recursos provenientes de:
La Pensión Mínima será pagada a los afiliados
o derechohabientes según corresponda, previo
cumplimiento de los requisitos enunciados
anteriormente y en los casos descritos a
continuación:
d) Que tenga una Pensión Referencial de
Invalidez o Muerte menor a la Pensión
Mínima.
Para que el afiliado o derechohabiente
con Pensión o pago de Compensación
de Cotizaciones Mensual en curso de
pago acceda a la Pensión Mínima, deberá
previamente renunciar a la Pensión o pago de
Compensación de Cotizaciones Mensual en
curso de pago. La Pensión Mínima será pagada
por la entidad que estaba realizando el pago
de la pensión o pago de Compensación de
Cotizaciones Mensual en curso de pago.
Los derechohabientes del afiliado que hubiese
• El 20% de las Primas de Riesgo Común,
Riesgo Profesional y Riesgo Laboral.
• El 0,5% del Aporte Solidario del Asegurado
(dependiente e independiente).
• El 3% en calidad de Aporte Patronal.
• El 2% en calidad de Aporte Patronal del
Sector Minero Metalúrgico.
Los recursos constituidos en la Cuenta Básica
Previsional, a cargo de las Administradoras de
229
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
Pensiones hasta la fecha de constitución del
Fondo Solidario.
Los Aportes Solidarios que el Órgano Ejecutivo
podrá actualizar cada 5 años son:
• El 10% de la diferencia entre su total solidario
menos Bs35.000, cuando la diferencia sea
positiva.
• El 5% de la diferencia entre su total solidario
menos Bs25.000, cuando la diferencia sea
positiva.
• El 1% de la diferencia entre su total solidario
menos Bs13.000, cuando la diferencia sea
positiva.
La transferencia y recaudación de estos
recursos financiaran la Pensión Solidaria de
Vejez.
La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010, de
Pensiones, en su artículo 177 hace conocer que
las Administradoras de Fondos de Pensiones
continuarán realizando todas las obligaciones
determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscritos con el Estado Boliviano
en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones,
Decretos Supremos y normativa regulatoria
reglamentaria, así como lo dispuesto en la
presente Ley y disposiciones reglamentarias
del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo
las obligaciones, atribuciones y facultades
conferidas a la Gestora Pública de la
Seguridad Social de Largo Plazo, mientras
dure el periodo de transición, debiendo
tomar en cuenta lo siguiente, el inciso VI
indica: transitoriamente, la recaudación del
Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte
Patronal Solidario y el Aporte Nacional
Solidario del Asegurado Dependiente deberán
ser registradas y acreditadas en la Cuenta
Básica Previsional administrada por las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
230
Los requisitos que deben cumplir los afiliados
para el acceso a la Prestación Solidaria de
Vejez:
a) Tener menos de cincuenta y ocho años de
edad.
b) Contar con una densidad de aportes de al
menos ciento veinte periodos.
c) Cumplir con todas las determinaciones de
la Ley 065, Ley de Pensiones aprobado el 10
de diciembre de 2010 y sus reglamentos.
La densidad de aportes corresponde a la suma
de los periodos efectivamente aportados por
el asegurado al Sistema de Reparto, al Seguro
Social de Largo Plazo y al Sistema Integral de
Pensiones.
La composición de la Pensión Solidaria de
Vejez está compuesta por la Fracción de Saldo
Acumulado, la Compensación de Cotizaciones
y la Fracción Solidaria.
La Fracción Solidaria es el componente
variable con el que se alcanza el monto de la
Pensión Solidaria de Vejez, que corresponde
al asegurado en función a su densidad de
aportes, y que se financia con recursos del
Fondo Solidario.
Saldo Acumulado corresponde a los recursos
acreditados en la Cuenta Personal Previsional
de cada Asegurado, los rendimientos
generados y otros.
Los derechohabientes de primer y segundo
grado según corresponda, podrán acceder
a los montos de todos los componentes
de la Pensión Solidaria de Vejez. Los
derechohabientes de tercer grado solo podrán
acceder a la Fracción del Saldo Acumulado.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
El Fondo Solidario financiará únicamente
la diferencia que se genera entre la Pensión
Solidaria de Vejez que corresponda al
asegurado, y la Pensión Financiada con la
Fracción de Saldo Acumulado calculada
sin derechohabientes de tercer grado y su
Compensación de Cotizaciones cuando
corresponda.
La Cuenta Básica Previsional, administrada por
BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio
autónomo y diverso del patrimonio de la
Administradora de Fondos de Pensiones,
indiviso, imprescriptible e inafectable por
gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo puede utilizarse
para pagar la Fracción Complementaria
que corresponda a fin de que el afiliado o
sus derechohabientes accedan a la Pensión
Mínima.
Tal como se describe en la Nota 6 durante
la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de
Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de
2010 de Pensiones, que establece que la
Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones – AP, se denominara Autoridad
de Fiscalización y Control de Pensiones y
Seguros – APS y asumirá las atribuciones,
competencias, derechos y obligaciones
en materia de seguros de la Autoridad de
Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en
un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada
esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y
siguientes notas a los estados financieros, en
lugar de nombrar a la ex Superintendencia
de Pensiones, la ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora
Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de
Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
- APS.
En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el
Decreto Supremo 2248, que reglamenta la
creación de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
NOTA 2 - NORMAS CONTABLES
Las normas contables aplicados por la
Administradora son los siguientes:
2.1 Bases de presentación del Estado
Financiero
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de
2014 y 2013, han sido formulados para ser
presentados a la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones y Seguros - APS, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y
siguientes del Decreto Supremo N° 24469,
de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte
III, Sistema Contable), lo determinado en los
artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065
de 10 de diciembre de 2010, lo determinado
en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo
establecido en la Disposición Transitoria
Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de
enero de 2011 y otras disposiciones vigentes
relacionadas a la preparación, formulación
y presentación de información referente al
cierre contable de gestión. Estos lineamientos
concuerdan con las Normas de Contabilidad
Generalmente Aceptadas aprobadas por el
Consejo Técnico Nacional de Auditoria y
Contabilidad del Colegio de Auditores de
Bolivia, excepto por lo que se menciona en la
Nota 3 a los estados financieros.
2.2 Período
Financieros
cubierto
por
los
Estados
El presente estado financiero de la Cuenta
Básica Previsional corresponde al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2014, el
mismo que es comparado con el estado
financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2013.
231
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
2.3 Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual FCI
Las inversiones por la participación en el Fondo
de Capitalización Individual se valúan al valor
de la cuota parte a cada fecha respectiva.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS
DE
CONTABILIDAD
GENERALMENTE
ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de
2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo
con prácticas contables establecidas por
la Autoridad de Fiscalización y Control de
Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas
difieren de las normas de contabilidad
generalmente aceptados en Bolivia en los
siguientes aspectos:
a) Se contabilizan las primas mensuales
acreditadas, los rendimientos abonados y los
beneficios pagados como pasivo y no como
patrimonio.
b) No se presentan los estados de rendimientos,
de variación patrimonial y de flujo efectivo.
c) Las primas mensuales acreditadas, los
rendimientos abonados y los beneficios
pagados se registran por lo percibido y no por
lo devengado.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS
CONTABLES
Durante el periodo 2014, no existieron
cambios significativos en las políticas,
prácticas y estimaciones contables, respecto
a la gestión anterior.
NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS
DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2014
y 2013, está compuesto por los siguientes
grupos:
5.1 Inversiones en el FCI
La composición del capítulo, al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, está relacionada
con la participación en el Fondo de
Capitalización Individual por Bs4.017.013.509
y Bs2.909.227.821, respectivamente.
5.2 Beneficios Cuenta Básica Previsional
La composición del capítulo, al 31 de diciembre
de 2014 y 2013, es la siguiente:
2014
Beneficio por pagar Cuenta Básica Previsional
Beneficio Cuenta Básica Previsional
El número de casos pagados por Cuenta
Básica Previsional, durante el periodo 2014 y
2013, asciende a 521 y 676 que equivalen
a Bs1.324.089 y a Bs3.324.865 al 31 de
diciembre de 2014 y 2013, respectivamente.
232
4.017.013.509
4.017.013.509
2013
2.909.227.821
2.909.227.821
NOTA 6 - HECHOS RELEVANTES
En el marco de la adecuación a la nueva
Constitución Política del Estado aprobada
por el Congreso Nacional y promulgada el 7
de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la
nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de
diciembre de 2010, los principales aspectos de
la presente Ley que tienen un impacto en la
Sociedad son los siguientes:
El capítulo II del Título I (Disposiciones
generales) establece que en el Sistema
Integral de Pensiones se administrarán los
siguientes fondos:
I. En el régimen contributivo, el a) Fondo
de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez
y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este
último estará compuesto con los recursos
provenientes de las primas de Riesgo Común,
Riesgo profesional y Riesgo Laboral.
II. En el régimen semicontributivo, el Fondo
solidario, estará compuesto con recursos
provenientes del 20% de las primas por
Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por
Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del
Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal
Solidario, del Aporte Solidario Minero y de
otras fuentes de financiamiento.
III. En el régimen no contributivo, el Fondo de
la Renta Universal de Vejez.
Cada uno de los Fondos del Sistema
Integral de Pensiones se constituye como
un patrimonio autónomo y diverso del
patrimonio de la Entidad que los administra,
son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de
cualquier especie y sólo pueden disponerse
de conformidad a la presente Ley. Los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones serán
administrados y representados por la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El capítulo I del Título VII (Gestora de la
Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley
establece que la administración del sistema
integral de pensiones estará a cargo de una
Gestora Pública de la Seguridad Social a
Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la
administración y representación de los Fondos
del Sistema Integral de Pensiones, gestión de
prestaciones, beneficios y otros pagos del
Sistema Integral de Pensiones.
El capítulo único del Título VIII (Transición) de
la Ley, establece los siguientes aspectos:
Transición: El periodo de transición para el
inicio de la nueva Gestora, será establecido
por Decreto Supremo.
Transferencia de información y datos: Las
Administradoras de Fondos de Pensiones
deberán transferir a la gestora toda la
información, documentos, expedientes,
bases de datos y otros, siendo responsables
de la documentación e información que
transfieran. La Gestora deberá dar su no
objeción luego de revisar la documentación e
información recibida.
Transferencia del Fondo de Capitalización
Individual: Las obligaciones, activos, pasivos
y patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales, y otras Cuentas a cargo de
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en
los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento. Previo
a la transferencia de la Cuenta Colectiva
de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales administradas por las
Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
233
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Continuidad de servicios: Las Administradoras
de Fondos de Pensiones, continuarán realizando
todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de Prestación de Servicios suscrito
con el Estado Boliviano en el marco de la Ley
1732, así como lo dispuesto en la presente
Ley y disposiciones del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la
Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición.
• Las obligaciones establecidas en la Ley N°
065 y sus reglamentos serán asumidas por
las Administradoras de Fondos de Pensiones
– AFP.
• Las AFP deberán garantizar la eficiencia,
eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones
del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo
el cobro de la Comisión del SIP, establecida
sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El capítulo I del Título IX (Disposiciones
varias finales) de la Ley establece que los
procesos ejecutivos sociales instaurados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones,
con anterioridad a la promulgación de la
presente Ley, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad y
que deberán informar periódicamente al
Organismo de Fiscalización, el estado de los
procesos conforme al reglamento.
• El Fondo de Capitalización Individual –
FCI continuará con todas las operaciones
y cuentas contables vigentes antes de la
promulgación de la Ley N° 065.
El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias
finales) de la Ley establece que finalizado el
periodo de transición los contratos y adendas
suscritos por las Administradoras de Fondos
de Pensiones con la Ex Superintendencia
de Pensiones y la Ex Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y
todas las disposiciones contrarias a la Ley 065.
• Las AFP se sujetarán a la normativa y
esquemas contables establecidos para el
Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo –
SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones
del SIP conforme lo establecido en la Ley N°
065 y normativa reglamentaria.
En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el
Decreto Supremo 778 de Reglamento de
Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones,
la cual establece que hasta que la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo
asuma la administración del Sistema Integral
de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176
234
de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las
AFP deberán aperturar y operativizar cuentas
y analíticos contables para la recaudación,
acreditación y recuperación de mora de las
Contribuciones del SIP, según corresponda.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP
se efectuará a través de las Cuentas de
Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de
Cuentas, plazos y procedimientos establecidos
para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo
Solidario establecidas en la Ley N° 065,
deberán ser registradas y acreditadas en la
Cuenta Básica Previsional administrada por
las AFP.
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio
del Fondo de Capitalización Individual
compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones, serán transferidos a los
Fondos administrados por la Gestora Pública
de Seguridad Social de Largo Plazo, según
corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en
reglamento. Previo a la transferencia de
la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que
correspondan.
Asimismo, el artículo 179, establece que
las acciones de las empresas capitalizadas
que a la fecha de publicación de la nueva
Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo
de Capitalización Colectiva, deberán ser
transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El Decreto Supremo N° 778 además aprueba
el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en
materia de contribuciones y gestión de cobro
de contribuciones en mora. Esta disposición
jurídica establece como fecha de inicio
de recaudación de contribuciones del SIP
el mes de enero de 2011 para Asegurados
Dependientes y el mes de febrero de 2011 para
Asegurados Independientes y Consultores por
Producto, Consultores en Línea y Consultores.
Reglamenta las obligaciones de los
Empleadores, la deducción, retención y pago
de Contribuciones y Aportes Nacionales
Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en
el plazo de 30 días a partir de la fecha en que
devengan los salarios.
Reglamenta el pago de Contribuciones y
Aportes Nacionales Solidarios al Sistema
Integral de Pensiones por los Asegurados
Independientes, Consultores por Producto,
Consultores en Líneas y Consultores.
Norma sobre el cálculo de la mora, la
obligatoriedad de iniciar las acciones
procesales en el plazo de 120 días a partir
de la fecha de la constitución en mora por
el Empleador y el inicio de la acción penal
de “Apropiación Indebida” y la facultad de la
Entidad Gestora Pública de Seguridad Social
de largo plazo de suscribir Convenios de pago
con los Empleadores constituidos en mora.
El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el
Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de
2011, mediante el cual aprueba el Reglamento
Parcial de la Ley N° 065 en materia de
Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias
de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por
Muerte derivadas de éstas y otros beneficios;
asimismo, norma sobre la vigencia de derechos
conforme a los preceptos legales del Sistema
Integral de Pensiones a partir de la fecha de
publicación de la Ley N° 65, además, establece
el derecho de mantener la Pensión por Muerte
del cónyuge o conviviente supérstite que
hubiere contraído un nuevo matrimonio o
relación de equivalencia.
La citada disposición jurídica norma
sobre los requisitos, plazos, condiciones y
procedimientos de cálculo de las Prestaciones
de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del
Referente Salarial, la Compensación de
Cotizaciones (Mensual y Global), la retención
del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual
para el Ente Gestor de Salud, la fecha de
235
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
devengamiento de las pensiones, el pago de
los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro
Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01
de agosto de 2013 se promulgó el Decreto
Supremo N° 1570, disposición jurídica que
regula sobre la actualización anual de la
Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y
el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de
las Contribuciones acreditaciones con fecha
posterior a la fecha de suscripción de la
Declaración de Jubilación.
El 14 de enero de 2015, se ha emitido el
Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la
constitución, los estatutos y la escala salarial
de la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo. Este decreto determina entre
otros temas, que el inicio de las operación de
la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a
partir de su publicación; durante este periodo
se deberá designar al Gerente General, quien
estará a cargo de la elaboración y presentación
del cronograma de actividades a desarrollar y
la contratación de todo el personal jerárquico
y operativo para el funcionamiento de
la gestora. La APS se constituye como la
responsable del proceso de transferencia
entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto
deberá emitir la normativa reglamentaria
para el proceso de transferencia por cada
materia; este cronograma no podrá superar el
plazo de dieciséis meses computados a partir
de la fecha de publicación de este Decreto,
resguardando no afectar las actividades
que se desarrollan en el marco de la Ley N°
065, por lo que los Fondos de Capitalización
Colectiva – FCC y Capitalización Individual –
FCI compuesto por las Cuentas Individuales,
la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable,
Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras
Cuentas, aún continúan siendo administrados
por las Administradoras de Fondos de
Pensiones.
236
Adicionalmente, el Decreto Supremo N°
2248 establece que una vez finalizado el
proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su
responsabilidad, emitir una Certificación
de Conformidad de traspaso y remitir una
copia legalizada al Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas y a la Gestora para su
conocimiento.
Sin perjuicio del proceso de traspaso, este
Decreto establece que es obligación de la
APS realizar fiscalizaciones a todos y cada
uno de los procesos y trámites de las AFP
sin excepción, tomando una muestra no
menor al cincuenta por ciento de cada uno
de ellos; considerando que las fiscalizaciones
realizadas en fecha anterior a la publicación
del presente Decreto, podrán ser consideradas
como válidas a efecto de cumplimiento
de este Decreto. Esta fiscalización deberá
contemplar los procesos y trámites realizados
por las AFP, hasta el día anterior al inicio de
las actividades de la Gestora.
La APS emitirá un Informe Final de las
Auditorías realizadas, debiendo determinarse
los casos que tengan observación con
especificación del error o incumplimiento
de la normativa por parte de la AFP, en caso
de no haber sido regularizada hasta la fecha
del informe. Además, emitir el procedimiento
de regularización correspondiente para
dichos casos. La AFP deberá regularizar los
casos observados conforme a procedimiento
y plazos que vaya a determinar la APS,
siempre y cuando sea atribuible a la misma,
caso contrario le corresponderá asumir la
responsabilidad a la institución o instituciones
involucradas en el mal procesamiento de
acuerdo al procedimiento de regularización
establecido por el Organismo de Fiscalización.
La Gestora deberá revisar la documentación
e información transferida por las AFP en el
ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS
Memoria Anual 2014
plazo de cinco años a partir de su recepción,
a fin de determinar el correcto cumplimiento
de las disposiciones legales, conforme al
procedimiento a ser establecido por la APS.
Los procesos judiciales instaurados en
contra de las AFP, distintos a la Seguridad
Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos
por éstas hasta su conclusión, debiendo
dar cumplimiento a todas las obligaciones
emergentes de dichos procesos.
La APS, deberá realizar Auditorías Legales de
todos los Procesos Coactivos de la Seguridad
Social y Procesos Penales instaurados por las
AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas
al Directorio de la Gestora, conforme al
siguiente cronograma:
Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su
regularización.
La APS deberá realizar una Auditoría de los
Fondos del Sistema Integral de Pensiones,
administrados por las AFP. Esta Auditoría
deberá ser realizada conforme al siguiente
cronograma:
- Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2014;
- Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría
practicada con fecha de corte 31 de diciembre
de 2015;
- Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta el día de transferencia de los
recursos.
- El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría
practicada al 30 de junio de 2015;
NOTA 7 - CONTINGENCIAS
- El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría
practicada hasta antes del traspaso de los
Procesos Coactivos de la Seguridad Social y
Procesos Penales a la Gestora.
Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065,
los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados
por las AFP, deberán ser concluidos por éstas
bajo su entera y absoluta responsabilidad,
debiendo ser entregados a la APS una
vez finalizados, y ésta última auditarlos
legalmente; y en caso de no existir observación
pasar a la Gestora con visto bueno e informe
individual correspondiente firmado por el
Ildefonso Núñez López
Gerente General
La Administradora declara que la Cuenta Básica
Previsional no tiene contingencias probables
significativas de ninguna naturaleza, más allá
de las registradas contablemente.
NOTA 8 - HECHOS POSTERIORES
Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014
no se han producido hechos o circunstancias
que afecten en forma significativa el presente
Estado Financiero.
Ronnie Aráoz Rodríguez
Contador General
237
238
239
240

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