MEMORIA ANUAL - BBVA Previsión AFP
Transcripción
MEMORIA ANUAL - BBVA Previsión AFP
MEMORIA ANUAL 2014 1 2 3 4 ÍNDICE MEMORIA ANUAL 2014 6 Datos Relevantes 8 Carta a los Accionistas 10 Estructura Orgánica 12 Comité de Dirección 14 Personal Ejecutivo 15 Conformación de Directorio y Síndicos 16 Red Nacional de Oficinas 25 Jefatura Nacional de Prestaciones y Servicio al Cliente 26 Desarrollo Comercial 29 Marketing y Servicio al Cliente 33 Prestaciones 36 Jefatura de Riesgos y Capitalizadas 41 Gerencia de Administración y Medios Operaciones Organización y Métodos Recursos Humanos Sistemas Servicios Generales Control de Gestión 49 Gerencia Nacional de Cobranzas e Inversiones 50 Gestión de Cobranza 53 Inversiones 55 Servicios Jurídicos 59 Auditoria Interna 61 Contabilidad 65 Informe del Síndico 69 Estados Financieros Auditados 70 BBVA Previsión Administradora de Fondos de Pensiones 107 Fondo de Capitalización Individual 146 Fondo de Capitalización Colectiva 167 Cuenta de Riesgo Profesional 181 Cuenta Colectiva de Siniestralidad 196 Cuenta de Riesgo Laboral 210 Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable 224 Cuenta Básica Previsional 5 DATOS RELEVANTES Memoria Anual 2014 DATOS RELEVANTES ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES En Bolivianos 2014 2013 2012 2011 2010 2009 2008 2007 2006 2005 2004 2003 Patrimonio 69.123.270 64.355.371 57.031.352 55.581.433 50.293.222 56.646.713 64.132.147 41.366.528 60.458.479 56.469.829 54.115.075 52.260.220 B.A.I. 37.507.976 26.924.583 22.637.972 17.930.477 14.465.656 23.407.557 35.903.165 14.492.615 38.192.380 34.543.525 33.446.094 34.324.854 32,26% 28,76% 41,32% 55,98% 35,03% 63,17% 61,17% 61,81% 65,68% Rentabilidad sobre el patrimonio 54,26% 2014 41,84% 2013 39,69% 2012 2011 2010 2009 2008 2007 2006 2005 2004 2003 Número de Afiliados 964.536 901.769 831.286 776.725 744.064 694.588 635.414 587.078 538.711 505.614 473.399 451.027 Empresas Registradas 37.708 34.722 30.846 29.437 24.422 23.573 21.098 21.098 20.541 17.500 16.517 15.697 Cuota de Mercado de Afiliación 53,04% 53,24% 53,57% 53,56% 54,12% 54,42% 54,46% 54,47% 54,47% 54,12% 53,90% 53,29% Número de Recursos Humanos 433 419 375 303 245 222 246 196 189 186 185 175 13 13 13 13 13 13 19 10 8 7 7 7 Número de Agencias FONDOS GESTIONADOS POR BBVA PREVISIÓN AFP Millones de Bs. 2013 2012 2011 2010 2009 2008 2007 2006 2005 2004 2003 Patrimonio del FCI 2014 38.558 33.464 28.189 23.838 19.933 16.876 14.239 11.525 9.593 8.406 7.168 6.017 Rentabilidad Anualizada de la Cuota % 3,82% 6,23% 6,27% 7,42% 8,12% 9,00% 10,01% 8,90% 8,17% 8,05% 9,99% 11,86% Patrimonio del FCC Recaudación 6 298 298 298 299 302 304 970 863 3.257 6.476 6.048 6.076 4.580 3.806 3.420 2.840 1.909 1.730 1.521 1.321 1.147 1.040 964 881 CARTA A LOS ACCIONISTAS Memoria Anual 2014 CARTA A LOS ACCIONISTAS 7 CARTA A LOS ACCIONISTAS Memoria Anual 2014 Estimados Accionistas: La gestión 2014, al igual que las tres anteriores, presentó un panorama muy complicado para nuestra Administradora, esto debido a la incertidumbre que continua generando el período de transición hasta la creación de la Gestora Publica, y a las continuas modificaciones a la Ley de Pensiones Nro.065 efectuadas por el gobierno, como consecuencia de presiones ejercidas por organizaciones sociales. Aún bajo este escenario de inseguridad, BBVA Previsión AFP SA, a través de su personal a nivel nacional, continúa trabajando en beneficio de todo los afiliados, con el único objetivo de brindarles un mejor servicio y trabajando en el desarrollo del negocio y del cliente en sí. Se han implementado nuevas tecnologías informáticas, con la finalidad de atender todos los requerimientos en el menor tiempo posible y así poder ser más eficientes en cada uno de los procesos. El Área Comercial ha seguido trabajando arduamente para mantener el liderazgo de BBVA Previsión AFP en Afiliaciones y Solución de Rezagos, alcanzado una cuota histórica de afiliación de 53.3%. En el Área de Prestaciones, se emitieron una serie de normativas modificatorias y complementarias. Para poder cumplir con los plazos normados se han automatizado diferentes procesos, se han realizado jornadas de prestaciones para que el personal conozca los nuevos procedimientos. En esta gestión ingresaron 14.973 solicitudes, las cuales se han incrementado en un 15.4% en relación al 2013 y respecto a los tramites de jubilación ingresaron 35.836. El Área de Servicio al Cliente, para poder brindar un mejor servicio, se ha implementado el Sistema de Colas evitando la larga espera para los clientes. Asimismo, se ha capacitado al personal para que pueda seguir brindado un servicio eficiente, se han realizado mejoras en la sucursal virtual en cuanto a formularios, pagos recaudo electrónicos e información. El Área de Inversiones, durante la gestión 2014 se han incorporado instrumentos financieros que generaron una rentabilidad sostenible a través de una efectiva identificación de oportunidades y gestión de las inversiones y recursos, acorde a los niveles de riesgo, en cumplimiento a estrategias direccionales y de largo plazo. El Área de Riesgos, a través de la utilización de herramientas ha coadyuvado eficientemente a la identificación, medición, control y seguimiento de los riesgos financieros a los que se encuentran expuestos los portafolios administrados, tanto en términos de riesgo de crédito y de mercado asociados a nuestras inversiones. Con relación a los riesgos operacionales, se destaca que, durante la gestión 2014, la certificación ISO 9001:2008 fue ratificada para los procesos de Afiliación, Recaudación, Acreditación a las Cuentas Individuales de los Asegurados y Proceso de Gestión de Inversiones de los Fondos de Pensiones. 8 CARTA A LOS ACCIONISTAS Memoria Anual 2014 El Área de Cobranzas alcanzó logros importantes en la gestión de cobro, pudiendo cobrar el monto acumulado Bs. 2.128,1 MM, lo que permitió bajar aún más el índice de mora, descendiendo el mismo hasta un 0.92% a diciembre 2014. La acreditación alcanzada en la gestión 2014 fue del 98.5% sobre la recaudación, consiguiendo acreditar 4.5 mil millones de bolivianos. El Área de Sistemas para Infraestructura y Desarrollo, continuando con los lineamientos, normas y procedimientos de Seguridad Lógica Corporativa, se ha realizado ajustes en la integración con los Bancos, creando enlaces seguros punto a punto con Redes Privadas Virtuales, esto nos permite intercambiar información con integridad y seguridad, los datos para los Servicios de la Sucursal Virtual del Empleador. Asimismo, se han implementado desarrollos web; para automatizar procesos en la intranet y extranet en beneficio de una mejor atención a nuestros asegurados y empleadores, y para nuestras Oficinas Regionales. El Área de Auditoría Interna, se orientó principalmente a la revisión de los resultados, controles y gastos existentes en el envió de Cartas de Cobro generadas por el área de Cobranzas, y la distribución masiva de Estados de Ahorro Previsional, procesos que se encuentran normados por el Ente Regulador, así como atender las recomendaciones de los Auditores Residentes, Corporativos y/o Externos. Para finalizar, y pese a la compleja situación en la que se encuentra el país con las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP´s, la gestión 2014 ha sido positiva para BBVA Previsión AFP SA, y sus afiliados, tanto por la rentabilidad de sus inversiones y las mejoras técnicas implementadas, lo cual ha permitido atender el incremento de visitas en las oficinas así como el incremento de solicitudes de prestaciones recibidas. Ildefonso Núñez Gerente General 9 ESTRUCTURA ORGÁNICA Memoria Anual 2014 ESTRUCTURA ORGANICA GERENCIA GENERAL Ildefonso Nuñez SECRETARÍA Lilia Parada Gerencia Nacional de los Servicios Jurídicos Gerardo Arce OFICINAS REGIONALES SANTA CRUZ LA PAZ COCHABAMBA SUCRE TARIJA POTOSI ORURO BENI PANDO JEFE DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Gerencia Nacional de Inversiones Y Cobranzas Fernando Telchi Hipatia Samur PRESTACIONES DESARROLLO COMERCIAL Y MARKETING COBRANZAS INVERSIONES PROVIVIENDA 10 ESTRUCTURA ORGÁNICA Memoria Anual 2014 JEFE DE AUDITORÍA Mauricio Guzmán GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Yobana Aguilera CONTADOR GENERAL Ronnie Araoz JEFE DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS OPERACIONES Y SISTEMAS CONTROL DE GESTIÓN RECURSOS HUMANOS SERVICIOS GENERALES ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS 11 COMITÉ DE DIRECCIÓN Memoria Anual 2014 COMITÉ DE DIRECCIÓN Gerente General Ildefonso Nuñez López Jefe Nacional de Prestaciones y Servicio al Cliente Luis Fernando Telchi Vallejos Jefe de Riesgo y Capitalizadas Gerente de Administración y Medios Heidy Yobana Aguilera Rosado Gerente Nacional de Cobranzas e Inversiones Guerta Hipatia Samur Rivero Gerente Nacional de Servicios Jurídicos Juan Gerardo Arce Lema Jefe de Auditoría Mauricio Guzmán Guzmán Contador General Ronnie Luciano Araoz Rodríguez 12 COMITÉ DE DIRECCIÓN Memoria Anual 2014 13 PERSONAL EJECUTIVO Memoria Anual 2014 PERSONAL EJECUTIVO Gerente General Jefe Nacional de Prestaciones y Servicio al Cliente Jefe de Desarrollo Comercial Jefe de Jubilación Jefe de Riesgos Jefe de Gastos Funerarios Jefe de Riesgo y Capitalizadas Gerente de Administración y Medios Jefe de Operaciones Gestor de Recursos Humanos Jefe de Sistemas Jefe de Infraestructura y Seguridad Lógica Jefe de Servicios Generales Jefe de Control de Gestión Jefe de Afiliación y Recaudo Jefe de Traspasos Jefe de Recaudación No Aclarada Gerente Nacional de Cobranzas e Inversiones Jefe de Cobranzas Administrativa Jefe de Cobranzas Judicial Jefe de Gestión de Deuda Jefe de Back Office de Inversiones Jefe de Tesorería de Inversiones Gerente Nacional de Servicios Jurídicos Jefe de Auditoría Contador General 14 Ildefonso Nuñez López Luis Fernando Telchi Vallejos Maria Cristina Gutiérrez Weise Ferdy Leaños Ribera Marcos Bruno Salazar Aguirre Franz Daniel Rocha Siles Heidy Yobana Aguilera Rosado Pablo Mauricio Salazar Pérez Gonzalo Paulino Crespo Carazas Ivan Marcelo Ovando Carvallo Gonzalo Edwin Zeballos Ferrel Marco Antonio Morales Toledo Iver Germán Sánchez Otazo Nelly Soliz Rea Ana Padilla León Macario Yujra Tintaya Guerta Hipatia Samur Rivero Martha Yenny Rojas Bejarano Rocío Fabiola Ibañez Endara Cristóbal Martín Pedraza Alvarez Roxana Becerra Yabeta Fidel Martín Camberos Peralta Juan Gerardo Arce Lema Mauricio Guzmán Guzmán Ronnie Luciano Araoz Rodríguez CONFORMACIÓN DE DIRECTORIO Y SÍNDICOS Memoria Anual 2014 PERSONAL EJECUTIVO Gerencia Regional Santa Cruz Gerencia Regional La Paz Gerencia Regional Cochabamba Gerencia Regional Chuquisaca Gerencia Regional Tarija Gerencia Regional Potosí Jefe de Oficina Oruro Jefe de Oficina Trinidad Jefe de Oficina Cobija Jefe de Oficina Montero Jefe de Oficina El Alto Coordinador de Agencia Tupiza Coordinador de Agencia Yacuiba Oscar Jaime Terceros Suárez Milán Grover Rosales Vera Lía Sandra Rojas de Flores Francisco Javier Rakela Kordez Ricardo Colodro Araoz Paúl Helmut Gonzales Omonte Edgar Martín Guzmán Arroyo Rolando Dominguez Zabala Gustavo Adolfo Salazar Pérez Marcelo Pérez Quiroga Wendy Karen Cabrera Sanchez Claudia Andrea Vargas Poma Roger Castillo Gonzales CONFORMACIÓN DE DIRECTORIO Y SÍNDICOS Directores Titulares: Ildefonso Núñez López Alvaro Fernández Gonzalo Heidy Yobana Aguilera Rosado Jorge Seijas Juan Ignacio Zapata Directores Alternos: Síndico Titular: Manuel Lucio Sandra Solórzano Irene Martínez Miguel Lucero Pablo Poepsel Luis Fernando González Quintanilla Síndico Suplente: Rafael Fernando Badani Lens 15 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 RED NACIONAL DE OFICINAS REGIONAL LA PAZ Edificio Nicole, Av. Sanchez Lima esq. Fernando Guachalla N° 2186 Teléfono 212 -1224 Fax 212 – 9975 REGIONAL COCHABAMBA Edificio El Clan II Plazuela Constitución Nº 810. Teléfono/Fax 452-5139 REGIONAL CHUQUISACA Calle Bolivar Nº 579. Teléfono 644-5190. Fax 646-0888 REGIONAL TARIJA Calle La Madrid Nº 264. Teléfono 664-3625. Fax 664-5277 Avenida Villazón esq. San Alberto. Teléfono 622-7496 . Tel./Fax 622-7637 OFICINA ORURO Calle Junin Nº 675 Teléfono 511 - 7683 OFICINA TRINIDAD Calle Manuel Limpias Nº 87. Teléfono 463 - 4929 OFICINA COBIJA Calle Beni Nº 51. Teléfono 842 - 4770 PUNTO DE ACERCAMIENTO MONTERO PUNTO DE ACERCAMIENTO TUPIZA PUNTO DE ACERCAMIENTO EL ALTO PUNTO DE ACERCAMIENTO YACUIBA Calle Warnes esq. Antofagasta Nº 100. Teléfono 922-6745 . Fax 922-6746 Avenida 6 de Marzo Nº 22 zona 12 de Octubre. Teléfono 282-0940 16 REGIONAL POTOSÍ Calle 4 de Junio S/N entre Colorados y Villarroel. Teléfono 694 - 4821 Calle San Pedro entre Comercio y Martín Barroso Nº 230. Teléfono 683 - 0775 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 SANTA CRUZ DE LA SIERRA - OFICINA CENTRAL Edificio Torre Equipetrol Av. San Martín esq. 2do Anillo. Teléfono 332-2121. Fax 336-6864 17 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 REGIONAL LA PAZ REGIONAL COCHABAMBA 18 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 REGIONAL POTOSÍ REGIONAL CHUQUISACA 19 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 REGIONAL TARIJA OFICINA ORURO 20 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 OFICINA COBIJA OFICINA TRINIDAD 21 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 PUNTO DE ACERCAMIENTO MONTERO PUNTO DE ACERCAMIENTO EL ALTO 22 RED NACIONAL DE OFICINAS Memoria Anual 2014 PUNTO DE ACERCAMIENTO TUPIZA PUNTO DE ACERCAMIENTO YACUIBA 23 24 Jefatura Nacional de Prestaciones y Servicio al Cliente Desarrollo Comercial Marketing y Servicio al Cliente Prestaciones 25 DESARROLLO COMERCIAL Asegurados al SIP Cuota Anual de Afiliación Cuota Histórica Conformación de Registros por tipo de Asegurado 26 JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 Asegurados al SIP Cuota Histórica Demostrando un año más la fidelización lograda en el mercado gestionado, gracias al esfuerzo del equipo de ventas, BBVA Previsión AFP logró resultados importantes en la consecución de Registros al Sistema Integral de Pensiones - SIP, tanto en nuevos como en la solución de rezagos, consolidando una vez más su liderazgo en el mercado de Pensiones de Bolivia. Con relación a la cuota histórica de asegurados, se cerró el 2014 con 53.35%, la diferencia histórica respecto a la otra Administradora de Pensiones que opera en el país es de 120.406 registros, que equivalen al resultado de dos años del promedio de registros que se efectúan. Esta diferencia se incrementó en 2.3% respecto a la pasada gestión. Cuota Anual de Afiliación El número de asegurados registrados en BBVA Previsión AFP fue de 63.502, lo que permitió alcanzar una cuota anual de mercado del 51.0%. Cuota Histórica 46,6% 53,4% Previsión Futuro Fuente: APS 27 JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 Evolución histórica de personas Registradas en BBVA Previsión AFP En miles de personas 251 274 332 362 410 451 473 506 539 587 635 687 736 777 831 894 957 164 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Fuente: APS Conformación de registros por Tipo de Asegurado Al 31 de Diciembre de 2014, se han registrado en BBVA Previsión AFP 62.912 afiliados; el 46.7% corresponden a la solución de rezagos, el 38.7% a nuevas incorporaciones y el 14.6% a asegurados independientes y consultores. 46,7% 38,7% 14,6% Nuevos Independientes Fuente: BBVA Previsión AFP 28 Rezagos JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 MARKETING Y SERVICIO AL CLIENTE Red de Oficinas Sucursal Virtual Servicios On Line Centro de Consultas Telefónicas Gratuitas Canales de Atención 29 JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 BBVA Previsión AFP, a partir de la gestión 2014 implemento el Sistema de Colas con la finalidad de poder brindarle un servicio ágil y sin demoras al cliente al momento de visitar cualquier de nuestras oficinas a nivel nacional. Sucursal Virtual Red de Oficinas Actualmente se mantienen las 13 Oficinas Regionales y Puntos de Acercamiento al Cliente en las siguientes ciudades: Pensando en la comodidad del Cliente y para ahorrarle tiempo, BBVA Previsión AFP ha implementado nuevas opciones y servicios en su sucursal virtual, como ser: Santa Cruz Montero La Paz El Alto Cochabamba Chuquisaca Tarija Yacuiba Potosí Tupiza Trinidad Cobija Oruro En la gestión 2014 se han atendido consultas para registrarse, para jubilación, pago de aportes, solicitud del Estado de Ahorro Previsional y los diversos requerimientos acerca de los beneficios del Sistema Integral de Pensiones – SIP. 30 Comunicados importantes sobre el Sistema Integral de Pensiones – SIP. Información sobre las Entidades Financieras donde pueden realizar sus pagos de aportes vía internet. Formulario Electrónico: Denuncia de Accidente. Examen Pre Ocupacional. Actualización de la Información del Afiliado. Formulario de Registro. Declaración de Derechohabiente. Pago de Aportes para Independientes y Consultores. Novedades de Ingreso y Retiro. Otros. JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 Centro de Consultas Telefónicas Servicios On-Line Los servicios que ofrecemos a través de la Sucursal Virtual son: Para Asegurados: Formulario Consultor. de Pago Independiente/ Estado de Ahorro Previsional. Certificaciones. Solicitudes. Formularios. Para Empleadores: Pago de Aportes Vía Internet. Se cuenta con la línea gratuita del Call Center en horario de 09:00 a 18:00 de forma continua y de lunes a viernes, la misma que está habilitada para despejar cualquier duda o inquietud que pudiera tener el cliente respecto al Sistema Integral de Pensiones – SIP y sus beneficios. En el 2014 se han atendido y se han realizado campañas sobre temas relevantes del SIP: Formularios. Certificaciones. 70.084 Solicitudes. Consulta Datos Empleador. Emisión Certificado No Adeudo. 26.809 También se cuenta con Material Informativo: Folleteria (Volantes, Dípticos, Otros). Llamadas Salientes Llamadas Entrantes Guía revisión y verificación de Aportes. Manual Formulario Pago de Aportes. Manual Usuario Empleadores. Con la finalidad de poder atender más eficientemente las diferentes consultas que tuviera el cliente, BBVA Previsión AFP ha implementado diferentes canales de atención: 31 JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 Canales de Atención @ Correo Electrónico: [email protected] 32 PRESTACIONES Automatización Jornadas de Prestaciones Actualización de Manuales 33 JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 Durante la gestión 2014 se emitieron una serie de normativa modificatoria y complementaria para Prestaciones, las cuales ocasionaron que un gran número de asegurados se apersone por las oficinas a requerir información y/o a iniciar alguna solicitud de prestación, especialmente jubilación. Con el objetivo de dar estricto cumplimiento a la norma, se llevaron a cabo una serie de acciones, evitado de esta manera posibles riesgos operacionales para la Administradora, entre los mismos están: Durante la gestión 2014 la solicitudes ingresadas fueron 14.973 a nivel nacional, las cuales se incrementaron en 15.4% respecto al 2013. Solicitudes Ingresadas 2014 14,973 10,620 11,856 12,972 15.4% 5,796 Automatización Se continuó con la Automatización de los módulos informáticos de prestaciones, esto con el objetivo de evitar manualidad en el proceso de cálculo de pensiones. Jornadas de Prestaciones Se llevaron a cabo dos Jornadas de Prestaciones, la primera durante el mes de mayo y la segunda en el mes de octubre, ambas tuvieron el objetivo principal de unificar criterios y despejar dudas, estas jornadas fueron todo un éxito debido a la participación activa que se tuvo por parte de los asistentes que fueron los responsables de Prestaciones de las oficinas regionales, lo cuales retransmitieron todos los temas que se analizaron a sus colaboradores. 2010 34 2012 2013 2014 El incremento en el número de solicitudes ha sido continuo desde la gestión 2010, en este sentido se espera que para el 2015 sea aún mayor; respecto a las solicitudes ingresadas por tipo de beneficio, la distribución es la siguiente: Solicitudes Ingresadas por tipo de Beneficio 2014 7.056 Actualización de Manuales por tipo de Beneficio Esto ha permitido contar con procedimientos más seguros y eficientes, minimizando posibles errores y de esta manera evitándole riesgos operacionales a la Administradora. 2011 3.627 2.599 1.321 370 Jubilación Retiro Mínimo Riesgos Gastos Funerarios Masa Hereditaria JEFATURA NACIONAL DE PRESTACIONES Y SERVICIO AL CLIENTE Memoria Anual 2014 Con relación a la cantidad de Jubilados, se concluyó la gestión con 35.836 asegurados, de acuerdo a lo siguiente: Número de Jubilados Acumulados al 2014 35.836 30.075 Finalmente, es importante destacar la gestión de generación de pagos y cancelación de pensiones que realiza el área de prestaciones, pues durante la gestión 2014 se pagaron prestaciones a más de 49.000 asegurados o derechohabientes por un monto mayor de los 1.200 millones de bolivianos de acuerdo a lo siguiente: 24.866 19.683 2009 2010 N° de Pagos Jubilación 20,485 288,684 Jubilación Abono en Cuenta 15,351 219,060 480.9 Riesgos 6,853 125,361 185.5 Retiro Mínimo / Retiro Final 4,769 6,107 76.7 Beneficio 2011 2012 2013 2014 Otra actividad que se incrementó considerablemente, fue el pago de pensiones a nuestros jubilados mediante abono en cuenta, lo cual ha permito ofrecerles un mejor servicio, evitarles colas en las entidades financieras y sobre todo brindarles seguridad. La evolución de los jubilados que cobran sus pensiones mediante abono se incremento en 33% con relación al 2013, la evolución es la siguiente: Monto en MM de Bs. N° de Beneficiarios 14.217 12.640 Masa Hereditaria 409 Gastos Funerarios 1,312 Total 49,179 541.9 585 9.2 1,312 2.3 641,109 1,297 Como se puede observar, se efectuaron pagos de prestaciones a 49.179 asegurados o derechohabientes, para lo cual se generaron 641.109 pagos por un monto total de 1.297 millones de bolivianos, lo cual demuestra la eficiencia y responsabilidad del trabajo realizado por el área. Evolución Acumulada de pagos mediante abono en cuenta 2014 15.351 11.476 33% 7.990 2012 2013 2014 35 Jefatura de Riesgos y Capitalizadas Riesgo de Inversiones Capitalizadas Riesgo Operacional 36 JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS Memoria Anual 2014 a) Riesgo de Inversiones El Área de Riesgos y Capitalizadas de BBVA Previsión AFP se encarga de identificar, medir, controlar y dar seguimiento al riesgo de mercado y de crédito al que se encuentran expuestos los portafolios administrados, bajo un criterio de independencia con relación a la gestión de inversiones. Para ello utiliza técnicas y herramientas que le permiten generar un valor agregado. De igual manera, realiza análisis periódicos del contexto internacional con la finalidad de anticipar y/o medir los efectos tangibles en la economía nacional. Asimismo, se destaca que la elaboración de éstos análisis coadyuvan al monitoreo y seguimiento de los riesgos inherentes a los sectores de la economía en los que se desenvuelven las inversiones de los portafolios. Entre las principales herramientas aplicadas para la gestión del riesgo de inversiones, tenemos las siguientes: Riesgo de Crédito: El modelo CAMELS (Capital, Assets, Management, Earnings, Liquidity and Sensitivity), adoptado por el área de Riesgos y Capitalizadas, se encarga de identificar, calcular y medir los principales ratios financieros que subyacen de la condición actual de cada una de las instituciones que conforman el Sistema Financiero Nacional (A finales de Julio de la gestión 2014, se constituyen en Bancos Múltiples y Bancos Pymes en cumplimiento a la Ley N° 393 de Servicios Financieros) que conforman el Sistema Financiero Nacional (SFN), siendo el propósito esencial, la determinación de niveles de exposición razonables que coadyuven a una diversificación de las inversiones y la liquidez existente en cada uno de los portafolios administrados. En tal sentido, se ha introducido el concepto de límites internos enmarcados en un escenario conservador frente a los límites normativos, que regulan nuestro funcionamiento como entidad supervisada, siendo ambos monitoreados y controlados de forma periódica. Las evaluaciones y análisis técnicos específicos de los instrumentos corporativos y diversos productos financieros que son ofertados en el mercado de valores, se realizan a través de los informes de Análisis de Riesgo (análisis fundamental), bajo un concepto ejecutivo que permite optimizar los recursos del Área, manteniendo inalterable los criterios de prudencia que caracterizan nuestra gestión. A su vez, estos informes son utilizados como apoyo para la toma de decisiones del Comité de Inversiones y Riesgos para la inversión en instrumentos para el Fondo de Capitalización Individual (FCI). Del mismo modo, a través de la elaboración de análisis de seguimiento a las inversiones del Portafolio administrado, se procede a mandar señales respecto al desempeño de las emisiones ya realizadas, pudiendo de esta manera remitir una retroalimentación oportuna que permita incrementar posiciones, o en su defecto, desinvertir posiciones, según corresponda. Dicho esto, a continuación se aprecia en el siguiente cuadro que las inversiones se han orientado al mantenimiento de una cartera saludable con una alta calidad crediticia, en términos de calificaciones de riesgo. 37 JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS Memoria Anual 2014 Portafolio FCI al 31 de Diciembre 2014 Composición por Calificación de Riesgo 10% 2% 2% 2% 0% 38% 9% D SOB AAA AA1 AA2 AA3 A1 A2 A3 10% 27% Fuente: BBVA Previsión AFP SA Riesgo de Mercado: El área de Riesgos y Capitalizadas calcula el valor de la pérdida máxima esperada de los portafolios administrados, introduciendo las variaciones probables de tasas de interés y tipo de cambio del mercado, como escenarios de estrés, mediante la metodología del Valor en Riesgo (VAR – Value at Risk). Adicionalmente, a través de la estimación de parámetros en relación a la competencia (VAR Relativo), nos permite medir y comparar el nivel de riesgo al que se encuentra expuesto el portafolio del FCI que administramos. Por tanto, a través del mantenimiento de políticas conservadoras de gestión de riesgos en las inversiones realizadas en el portafolio del FCI, administrado por nuestra institución, se guían las prácticas bajo un enfoque de criterios de prudencia, fundamentadas en principios de preservación del capital y diversificación de los riesgos, otorgando la 38 mayor seguridad en el cuidado de los aportes de nuestros afiliados. Se resalta que los procedimientos de la gestión de riesgos e inversiones cuentan con normas de certificación de calidad ISO 9001, respaldando así una administración acorde con estándares internacionales. b) Capitalizadas El Área de Riesgos y Capitalizadas en cumplimiento a los compromisos contractuales que tiene BBVA Previsión AFP S.A. referente a la administración del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), del cual son beneficiarios todos los ciudadanos bolivianos mayores de 21 años al 31 de diciembre de 1995, está a cargo del tratamiento de temas relacionados con las Empresas Capitalizadas, los cuales son manejados bajo estrictos criterios de diligencia y de “buen padre de familia”, haciendo prevalecer el objetivo de JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS Memoria Anual 2014 velar por el patrimonio de cada de una de dichas sociedades y consecuentemente del FCC. Durante la gestión 2014, el FCC estuvo compuesto por tres empresas: Ferroviaria Oriental S.A., Ferroviaria Andina S.A. y el Lloyd Aéreo Boliviano S.A. En este sentido, se ha dado cumplimiento al marco legal general y específico relacionado con el FCC, y la calidad de accionista que ejercita de acuerdo al Código de Comercio y los Estatutos de cada Empresa. FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA DIVERSIFICACION DE LA CARTERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Empresa Tipo de Instrumento Cantidad Participación Accionaria en la Empresa Valor Valor Participación en la Cartera (Número) (Porcentaje) (US$) a/ (Bs.) b/ (Porcentaje) Ferroviaria Oriental Acciones 573.221,00 24,96 12.903.487,50 88.517.924,25 29.70% Ferroviaria Andina Acciones 330.141,00 24,96 6.616.061,11 45.386.179,21 15.23% Lloyd Aéreo Boliviano Acciones 557.787,00 24,32 23.089.505,13 158.394.005,21 53.15% Inversiones en el FCI Cuotas 2.381,8478 198,782.26 1,363,646.27 0.46% 637,580.76 4,373,804.02 1.47% 43,445,416.76 298,035,558.95 100% Liquidez TOTAL Fuente: BBVA Previsión AFP S.A. Notas: a/ El precio por acción es a valor de capitalización. b/ Se utilizaron el tipo de cambio compra de Bs/US$ 6,86 REPRESENTANTES EN EMPRESAS CAPITALIZADAS - GESTION 2014 El valor de la Cartera del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) al 31 de diciembre del 2014, asciende a USD. 43.4 millones, de los cuales USD 42.6 millones corresponden al valor de las acciones de las Empresas Capitalizadas, valuadas a precios de capitalización. El saldo remanente se mantiene entre dinero líquido e inversiones en el FCI. Empresa FERROVIARIA ORIENTAL S.A. FERROVIARIA ANDINA S.A. LLOYD AEREO BOLIVIANO S.A. Cargo Nombre Director Titular José Antonio de Chazal Palomo Síndico Titular Oscar Raúl Strauss Justiniano Director Titular Armando Gumucio Karstulovic Director Suplente René Martín Sánchez Martínez Director Titular Walter Cortez Vallejos Síndico Titular Carlos G. Urquidi Selaya Fuente: BBVA Previsión AFP SA 39 JEFATURA DE RIESGOS Y CAPITALIZADAS Memoria Anual 2014 c) Riesgo Operacional La gestión del riesgo operacional es la actividad orientada a la identificación, medición, valoración, seguimiento y sobre todo a la mitigación del riesgo operacional de la institución. Las actividades de Riesgo Operacional son realizadas a través de herramientas cuya metodología está establecida por la Unidad Corporativa de Riesgo Operacional. Estas herramientas son las siguientes: TRANSVAR: Reporte que permite señalar las causas que provocan el riesgo operacional en el que incurre la actividad a través de la medición y seguimiento trimestral de sus 22 indicadores (cualitativos y cuantitativos) para distintas clases de riesgos a los que está sometida la operativa de la administradora, a partir de lo cual se asigna una calificación de riesgo operacional para nuestra entidad. El SIRO (Sistema Integrado de Riesgo Operacional): Base de datos para el registro y almacenamiento sistemático de información histórica relativa a eventos o quebrantos de riesgo operacional, con impacto y/o reflejo contable, las cuales coadyuvan a la labor de identificación de riesgos y su priorización para los planes de mitigación de la Empresa. Comité de Riesgo Operacional: Representantes de las diversas unidades del negocio se reúnen al menos con una frecuencia trimestral para desarrollar el mencionado Comité, cuyo objetivo es que a la vista de la información obtenida de las 40 herramientas mencionadas anteriormente, se analizan los factores de riesgo potencial para la toma de decisiones que conlleven a la reducción de Riesgo Operacional a través de planes de mitigación, así como el seguimiento y control de herramientas y planes. Complementando el análisis de Riesgo Operacional, el área de Riesgos realiza el seguimiento y medición de los Productos No Conformes (PNC), los cuales son emitidos por cada incidencia por incumplimiento a la normativa legal vigente, instrucciones del Ente Regulador y normativa interna correspondiente a la ISO. Para tal fin, se procede a la elaboración de estadísticas mensuales (preliminares y finales) de los PNC, para que las áreas donde se originaron las incidencias puedan proponer acciones correctivas y de mitigación de riesgos, ante eventos recurrentes. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Operaciones Sistemas Organización y Métodos Servicios Generales Recursos Humanos Control de Gestión 41 GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 Operaciones La acreditación alcanzada fue del 98.50% sobre la recaudación, consiguiendo un importe acreditado de 4.512.26 millones de bolivianos sobre 4.580.76 millones de bolivianos recaudados durante el año. En el cuadro siguiente se puede apreciar el comportamiento mensual de la acreditación respecto a la recaudación. Eficiencia en la Acreditación Gestión 2014 Recaudación del Mes (A) Mes Total Acreditación (E) Eficiencia Acreditación Rec. Mes (A) / (E) Enero 335,440,504.41 332,434,264.13 99.10% Febrero 323,021,973.51 298,622,041.28 92.45% Marzo 340,407,379.41 331,856,836.20 97.49% Abril 349,475,820.17 361,456,615.50 103.43% Mayo 350,083,867.12 341,004,982.71 97.41% Junio 406,606,933.49 311,901,471.52 76.71% Julio 412,476,680.67 423,926,831.76 102.78% Agosto 423,740,785.35 -10,014,368.73 -2.36% Septiembre 401,343,275.93 640,113,496.81 159.49% Octubre 422,519,419.92 621,737,695.23 147.15% Noviembre 393,527,971.42 424,539,367.88 107.88% 422,119,351.35 434,688,738.29 102.98% 4,580,763,962.75 4,512,267,972.58 98.50% Diciembre Total Por otro lado se tiene la Evolución Anual de Afiliados Vs. Cuentas Acreditadas la misma que mantiene un nivel del 97% como se muestra a continuación: Afiliados registrados: 964 mil Gestión 2014 Cuentas Acreditadas: 936 mil 42 GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 Evolución Anual de Cuentas registradas Vs. Cuentas Acreditadas Gestión 2014 Gestión Cuentas Acreditadas Afiliados Registrados % 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 139 227 254 316 354 391 428 460 492 529 582 617 676 722 763 813 875 936 165 251 274 331 369 409 448 481 513 546 594 630 694 744 776 839 902 964 84% 90% 93% 95% 96% 96% 96% 96% 96% 97% 98% 98% 97% 97% 98% 97% 97% 97% La cuota de mercado de BBVA Previsión AFP sobre el total de la acreditación generada en el sistema durante el 2014, es equivalente al 58.63% lo cual demuestra un importante grado de eficiencia en el proceso. A continuación se muestra un gráfico con el comportamiento mensual de la cuota. Cuota de Mercado Acreditación Gestión 2014 Mes Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total PREVISION Miles Bs. % 332,434 58.10% 298,622 56.45% 331,857 59.03% 361,457 61.18% 341,005 54.04% 311,901 57.59% 423,927 59.13% -10,014 -4.11% 640,113 70.28% 621,738 66.31% 424,539 61.04% 434,688 56.83% 4,512,267 58.63% FUTURO Miles Bs. 239,705 230,415 230,330 229,396 290,033 229,703 292,998 253,515 270,732 315,851 270,928 330,241 3,183,848 % 41.90% 43.55% 40.97% 38.82% 45.96% 42.41% 40.87% 104.11% 29.72% 33.69% 38.96% 43.17% 41.37% TOTAL MERCADO Miles Bs. % 572,139 100.00% 529,037 100.00% 562,187 100.00% 590,853 100.00% 631,038 100.00% 541,604 100.00% 716,925 100.00% 243,501 100.00% 910,845 100.00% 937,589 100.00% 695,467 100.00% 764,929 100.00% 7,696,115 100.00% 43 GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 Organización y Método Con relación al Sistema de Gestión de Calidad, BBVA Previsión AFP confirma a través de la realización de las Auditorias de Mantenimiento, desarrolladas en los meses de Abril y Octubre de la Gestión 2014, su compromiso con la búsqueda de la mejora continua de sus procesos y la satisfacción del cliente, asegurando de esta manera la Certificación a la Calidad según NB-ISO 9001:2008 en los Procesos de Afiliación, Recaudación y Acreditación a las Cuentas Individuales de los Afiliados y Proceso de Gestión de Inversiones de los Fondos de Pensiones. De acuerdo a Cronograma de Auditoria de Calidad, para la Gestión 2015 se tiene programado la realización de la Auditoria de Renovación del Certificado a la Calidad, fecha en la que BBVA Previsión AFP obtendrá por 5ta. vez consecutiva la Recertificación a la Calidad de cada uno de los procesos certificados por Lloyd´s Register (Organismo Certificador). Por otro lado, durante la Gestión 2014 el Dpto. de Organización y Métodos trabajó en la elaboración de Normas Internas e Instructivos, con más de 50 Instructivos publicados referidos a Procedimientos de Comercial, Prestaciones, Operaciones y Sistemas así como de uso de Aplicativos. Recursos Humanos Las actividades desarrolladas por Recursos Humanos durante la gestión 2014, comprenden actividades de Reclutamiento, Evaluación, Gestión, Formación y Administración. La actividad de Reclutamiento y Selección se incrementó por la demanda de las áreas para 44 el cumplimiento de sus objetivos, recurriendo a fuentes internas y externas como ser universidades y publicaciones en prensa; poniendo énfasis en mejorar la calidad de la plantilla con profesionales jóvenes en las diferentes unidades de la compañía. Asimismo se trabajó en la inducción y capacitación de este personal para asumir las diferentes funciones. Entre las actividades asumidas en la Gestión del Talento Humano, se efectuaron evaluaciones tanto al cumplimiento de objetivos, como a las competencias básicas de los funcionarios. Entre los objetivos planteados por Recursos Humanos en la gestión 2014, se encontraba la reducción del pasivo vacacional, tarea que se la encaró con bastante éxito, cerrando el año con un promedio de 18 días de vacaciones por empleado. Sistemas Infraestructura y Seguridad Lógica Continuando con los lineamientos, normas y procedimientos de Seguridad Lógica Corporativa, se ha realizado ajustes en la integración con los Bancos, creando enlaces seguros punto a punto con Redes Privadas Virtuales, esto nos permite intercambiar con los Bancos información con integridad y seguridad de los datos para los Servicios de la Sucursal Virtual del Empleador. Se realizó el análisis de performance y la planificación para la actualización del Servidor Central del Negocio, que nos va permitir en la próxima gestión que viene mejorar la productividad del personal interno y externo que acceden a la plataforma de servicios en línea. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 Tecnología Web 2.0 Ofinet, Sucursal Virtual del Asegurado y del Empleador: El uso de la herramienta para aplicaciones Web, nos ha permitido agregar varias funcionalidades en las oficinas Regionales y Oficina Central para el Area de Cobranzas, Prestaciones y Operaciones que son ahora de gran utilidad para la Atención al Cliente, se ha agregado a todos los certificados digitales emitidos el Código QR, para darle autenticidad a estos documentos que son de utilidad para varios procesos y trámites tanto internos como externos a la AFP. De la misma manera, se incluyeron nuevos servicios con valor agregado en la Extranet para el Asegurado y el Empleador, que facilita oportunamente generar solicitudes, obtener documentos y formularios e ingresar datos en línea desde su hogar o desde su sitio de trabajo, ahorrando considerablemente su tiempo al no tener que ir a las Oficinas Regionales de la AFP, se integraron también más Bancos para el pago de los Aportes a través de los Formularios de Recaudo Electrónico vía internet. Se elaboró el proyecto Web 2.0 para su implantación en la próxima gestión, lo cual va permitir integrarnos a las Redes Sociales y estar más cerca de nuestros Asegurados y Empleadores con un servicio de comunicación eficiente e información oportuna a través de los SmartPhone. Servicios Generales de la Oficina Nacional, evitando las compras innecesarias y también el almacenamiento desmedido de materiales. El trabajo se enfocó principalmente en el control de las compras y gastos en materiales de imprenta que representa el 76% de la línea de Impresos y Material de Oficina, en especial en lo que se refiere a los formularios que tienen el riesgo de quedar obsoletos ante cualquier cambio de normativa del Ente Regulador. En la línea de Impresos y Material de Oficina, se ejecutó un 11.90% menos de lo presupuestado para la gestión, que monetariamente significa que no se llegó a ejecutar Bs. 621.576, gracias a la eficiencia en los controles de almacén. En la línea de Entretenimiento Inmovilizado que corresponde a los mantenimientos de muebles, maquinarias, vehículos, mantenimiento de edificios alquilados y propios, servicios y materiales de limpieza, pagos de gastos comunes, se gastó Bs. 421.890 menos de acuerdo a lo presupuestado. De igual manera en lo que respecta a Servicios Básicos (agua, energía eléctrica y gas) en la gestión 2014 se ejecutó Bs. 83.610 por debajo del presupuesto. El envío de valijas nacional, corresponde a las cartas normadas por el Ente Regulador que se envían mensualmente de forma masiva, principalmente lo que corresponde al Area de Cobranzas, Prestaciones y Operaciones. Para la gestión 2014 se ejecutó Bs. 764.951 menos de lo presupuestado. A continuación se muestra: En la gestión 2014 de la misma manera que las gestiones que la precedieron, la principal tarea del Area de Servicios Generales fue controlar de manera minuciosa el gasto de materiales de cada una de las Oficinas Regionales y Areas 45 GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 Gasto de Envío de Valijas Materiales 2014 (en Bolivianos) DIF: -79.623 Bs. 356.817 277.194 -22.31% Presupuesto Ejecución Con la reducción en la compra y en el envío de materiales a las distintas oficinas, también se redujo el gasto de Envío de Materiales en la gestión 2014, la ejecución fue de Bs. 79.623 por debajo del presupuesto. Como se puede apreciar las líneas de gasto administradas por Servicios Generales, han mostrado resultados satisfactorios de reducción de costos en función a lo presupuestado. Procesos de correspondencia: Durante la gestión 2014 se tuvo un envío de 142.748 cartas de correspondencia masiva (Cobranzas, Operaciones, Prestaciones, Kits de Bienvenida), de las cuales tenemos el retorno o constancia del 100%. En correspondencia externa se tuvo un envío de 3.665 y correspondencia interna 12.935 teniendo también un retorno y constancia del 100%. Así mismo para una mejora en los procesos de correspondencia se implementaron algunas acciones de control y verificación en los envíos y recepción de correspondencia interna, externa y masiva, obteniendo una mejor gestión en las entregas de las cartas. 46 Se implementaron seguimientos a las gestiones que realiza el courier, controlando tiempos de entrega, costos, peso, volumen, entregas locales y provinciales, además se realizaron verificaciones aleatorias de las cartas con direcciones incorrectas, con la finalidad de ser más efectivo en la entrega; estos controles ayudaron a garantizar que los gastos por los servicios sean los correctos y conciliar la presentación de constancias en su debido tiempo. Finalmente para regularizar y cumplir los procedimientos de envíos y recepción de correspondencia se elaboró una Norma Interna al alcance de todo el personal de la empresa. Control de Gestión Administración y Gestión Documental Archivo Central, BBVA Previsión AFP S.A. En la gestión 2014, se observa un crecimiento sostenido en el movimiento, gestión y administración documental, en comparación a gestiones pasadas, por el crecimiento normal y también por la gestión de diferentes actividades que implican áreas en crecimiento o por requerimientos especiales del regulador; a través de un servicio tercearizado, controlado y fiscalizado por nuestra institución. Resultados de la Gestión 2014 I. Digitalización de documentos. (Afiliación, Traspaso, Formulario de Pago de Contribución, Formulario de Registro del Empleador y Cartas de Cobro) Nuestra empresa invierte en soluciones de gestión documental, como resultado se percibe notables beneficios al momento de digitalizar nuestra información física documental. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 La gestión 2014 comparada con gestiones anteriores presenta un crecimiento en la cantidad de documentación en custodia, pero en lo que refiere a cantidad de documentos digitalizados se registra un 31% de disminución respecto a la cantidad de documentación digitalizada en el periodo anterior, situación que responde a que se concluyó con el proceso de digitalización de documentación histórica. Asimismo se amplía ésta actividad a documentación de otros procesos, de acuerdo a requerimiento del regulador. Digitalización de Documentos 191.299 174.475 158.972 82.307 ene-14 90.397 76.571 87.502 73.395 46.781 feb-14 mar-14 151.906 145.620 109.552 abr-14 may-14 jun-14 jul-14 ago-14 sep-14 oct-14 nov-14 dic-14 Como se observa en las gráficas, se ha llegado digitalizar para la gestión 2014 un total de 1.388.777 imágenes, distribuidas en los siguientes procesos: Proceso Tipo de Documento Cantidad Porcentaje (%) Recaudación Form. De Pago de Contribución 419,933 30 Afiliación y Trasp./Empleador Form. De Registro del Afiliado y de Empleador 844,731 61 Cobranzas Cartas de Cobro 124,113 9 Documentación digitalizada gestión 2014 1,388,777 100 47 GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y MEDIOS Memoria Anual 2014 II. Guarda y Custodia Documental Ingreso de nueva Documentación (Cajas CEA) 450 407 338 309 329 329 317 304 313 264 166 156 ene-14 feb-14 mar-14 abr-14 may-14 jun-14 En la gestión 2014 se ha generado el ingreso de documentación nueva equivalente a 3.682 cajas CEA incrementándose en un 38%, la guarda y custodia de diferentes tipos documentales. jul-14 ago-14 sep-14 oct-14 nov-14 dic-14 BBVA Previsión AFP para el cierre de la gestión 2014, tiene documentación física equivalente a 24.664.20 cajas CEA (Cajas Estándar de Archivo) en su totalidad, es decir 18 % más que la gestión anterior. III. Administración Documental 5.570 Documentos Requeridos y Atendidos 3.084 2.841 2.626 2.056 2.109 1.105 1.349 916 ene-14 feb-14 mar-14 abr-14 821 may-14 jun-14 BBVA Previsión AFP para la gestión 2014, ha generado un total de 24.121 requerimientos en la atención de documentación física, documentos originales y copias, los cuales han sido atendidos en un 100% por parte 48 jul-14 685 959 ago-14 sep-14 oct-14 nov-14 dic-14 de nuestro actual operador; haciéndose patente una disminución de solicitudes de documentación física, por la disponibilidad de imágenes digitalizadas. GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES Gestión de Cobranza Inversiones 49 Cobranzas Cuota Anual de Recuperación Morosa Stock de Mora Total Respecto al FCI 50 GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES Memoria Anual 2014 Las gestiones efectuadas en el 2014 estuvieron orientadas a consolidar el liderazgo en la cuota de Recuperación Morosa, evitando la generación de mora, gestionando adecuada y oportunamente el Stock de Mora de BBVA Previsión AFP S.A. Previsión Cuota Anual de Recuperación Morosa 55,64% 55,22% 56,90% 53,54% 54,03% una 52,50%cuota de El 2014 finalizamos con 51,15% 50,50%Morosa Recuperación de 53.30%, la misma que asciende a B$ 292,1 millones. 44,78% 49,50% 48,85% Futuro 47,50% 46,46% 45,97% 56,41% 53,84% 53,74% 46,16% 46,26% Cuota Anual de Recuperación43,10% Morosa 43,59% (2002 – 2014) 44,36% Previsión 50,50% 44,78% 49,50% 52,50% 51,15% 48,85% 44,36% 47,50% 53,54% 46,46% 53,30% 47,51% 46,70% 52,49% 53,30% 47,51% 46,70% Futuro 56,90% 55,64% 55,22% 52,49% 56,41% 54,03% 53,84% 53,74% 45,97% 46,16% 46,26% 43,10% 43,59% dic-02 dic-03 dic-04 dic-05 dic-06 dic-07 dic-08 dic-09 dic-10 dic-11 dic-12 dic-13 dic-14 Fuente: página Web APS 292,1 Recuperación Morosa Anual en MM de B$ (1997 – 2014) 220,7 232,1 195,4 133,9 dic-02 dic-03 dic-04 dic-05 dic-06 dic-07 dic-08 dic-09 dic-10 115,9dic-11 dic-12 dic-13 dic-14 91,8 84,4 93,7 107,5 107,5 94,1 89,9 94,1 97,9 55,9 21,2 0,0 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Fuente: BBVA Previsión AFP Entre el año 1997 y el 2014 la gestión de cobro ha permitido cobrar efectivamente la suma de B$ 2,128.1 millones. 51 GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES Memoria Anual 2014 Recuperación Morosa Acumulada en MM de B$ (1997 – 2014) 2.128,10 1.836,00 1.603,90 1.383,20 0 21,2 77,1 168,9 347 253,3 454,5 562 656,1 745,9 840,1 938 1.187,70 1.053,80 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Fuente: BBVA Previsión AFP Stock de Mora Total respecto al FCI El Stock de Mora total respecto al FCI ha venido disminuyendo sostenidamente, al cierre de la gestión 2014 este indicador representó solo el 0.92% del FCI. Stock de Mora Total Respecto al FCI (2003 – 2014) 6,05% 4,37% 3,11% 2,43% 1,95% 1,85% 1,91% 1,76% 1,72% 1,65% 0,98% 0,92% 2003 2004 2005 Fuente: BBVA Previsión AFP 52 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES Memoria Anual 2013 Inversiones Portafolio del Fondo de Capitalización Individual Rentabilidad del Fondo de Capitalización Individual 53 GERENCIA NACIONAL DE COBRANZAS E INVERSIONES Memoria Anual 2014 El Portafolio del Fondo de Capitalización Individual al 31/12/2014 El Portafolio del Sistema Integral de Pensiones durante la gestión 2014 ha incorporado instrumentos financieros que generaron una rentabilidad sostenible a través de una efectiva identificación de oportunidades y gestión de las inversiones y recursos, acorde a los niveles de riesgo, en cumplimiento a estrategias direccionales y de largo plazo. CRECIMIENTO DEL PORTAFOLIO GESTION 2014 En millones de Bs. 39,000 37,913 38,000 37,005 36,795 37,000 36,695 36,348 35,791 36,000 35,398 34,941 35,000 34,000 34,622 34,042 34,154 febrero marzo 33,697 33,000 32,000 enero abril mayo junio julio agosto septiembre octubre noviembre diciembre Fuente: BBVA Previsión AFP La Rentabilidad del Fondo de Capitalización Individual al 31/12/2014. Durante la gestión 2014, el comportamiento de la rentabilidad del Sistema Integral de Pensiones administrado por BBVA Previsión AFP S.A. disminuyó hasta alcanzar un 3.82%, producto de los hechos de mercado generados en la gestión 2013 y también a la repercusión de la tendencia a la baja de tasas en subasta pública de títulos del Tesoro General de la Nación que el Gobierno Boliviano implementó para controlar el periodo inflacionario que atravesaba el país. Evolución de la Rentabilidad Anual 1999 - 2014 18,86% 17,38% 17,07% 15,45% 16,45% 18,41% 16,72% 12,48% 14,36% 11,86% 10,23% 10,00% 10,01% 8,73% 8,47% 8,17% 7,56% 11,04% 8,90% 8,12% 9,29% 9,00% 8,12% 7,72% 8,02% 7,42% 7,39% 6,27% 5,46% 6,23% 3,82% 3,60% 1999 2000 2001 2002 Fuente: BBVA Previsión AFP 54 2003 2004 2005 2006 Previsión 2007 2008 Futuro 2009 2010 2011 2012 2013 2014 SERVICIOS JURÍDICOS 55 GERENCIA NACIONAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS Memoria Anual 2014 La función principal de la Gerencia de Nacional de Servicios Jurídicos, es proporcionar el asesoramiento necesario en todas y cada una de las actividades de BBVA PREVISION AFP S.A., con el compromiso asumido de minimizar los riesgos y apoyar la gestión de la empresa, más aún ahora que nos encontramos sujetos al cambio de Sistema de Pensiones de Largo Plazo, dentro la aplicación del Sistema Integral de Pensiones - SIP que nació con la promulgación de la Ley 065, en el ahora coexisten dos sistemas el SOS y el SIP., por lo que el asesoramiento, interpretación y solución de consultas sobre la aplicación las nuevas disposiciones son el día a día del área. Dentro los trabajos más complejos se pueden mencionar el seguimiento permanente a la Empresa Capitalizada LAB; realizando cuanta gestión está a nuestro alcance para esclarecer la situación por la que atraviesa, solicitando en muchos casos la intervención de las autoridades públicas y jurisdiccionales correspondientes, manteniendo informado de ello al Regulador. Dicha labor se la realiza en cumplimiento de la normativa, Contrato de Servicios y cumpliendo nuestro rol de buen padre de familia protegiendo a los bolivianos beneficiados con el proceso de Capitalización. 56 del Regulador, logrando con ello en muchos casos revertir o modificar decisiones injustas, con la consiguiente recuperación de multas impuestas. En busca del principio justicia se continúan planteado recursos Contenciosos Administrativos ante la Corte Suprema de Justicia en situaciones que consideramos lesivas al interés de la empresa, utilizando una puerta más de revisión de las resoluciones administrativas en la vía jurisdiccional, actuación que comenzó en la gestión 2007. Se logro revertir la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional que determinó brindar la tutela constitucional a beneficiarios que no cumplían con los requisitos del art. 8 de la Ley 1732 o artículos 32,35 y 47 de la Ley 065; logrando que los Tribunales determinen restablecer los derechos constitucionales de los afiliados pero no con recursos de la empresa, sino con cargo a las cuentas de siniestralidad, logrando de esta manera evitar un riesgo económico que se encontraba fuera del Contrato de Servicios y la normativa de Pensiones. Es bueno aclarar, que BBVA Previsión AFP actuando dentro el marco de la Ley de Capitalización y demás normativa del sector; nunca se constituyó en administrador de las empresas Capitalizadas, esta por norma estuvo siempre bajo la administración del accionista mayoritario, quien asumió y asume la administración de dichas empresas. Interposición de amparo contra la aplicación del DS 24469 a la Ley 065 en lo que respecta al régimen sancionatorio que a criterio del Tribunal constitucional se encuentra derogado, de acuerdo al razonamiento de la Sentencia Constitucional Nro. 0030/2014.Resuelve confirmar la resolución 11/2014 emitida por el tribunal de instancia Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz…. Es una constante en el trabajo de la Gerencia Nacional de Servicios Jurídicos defender y hacer respetar los derechos y garantías de la empresa en todas las instancias, especialmente recurriendo las resoluciones Recurso de Inconstitucionalidad contra el art. 47 de la DS reglamentario de la Ley del Procedimiento Administrativo, que concluyo declarando la INCONSTITUCIONALIDAD de la última parte del parágrafo I del Art. 47 GERENCIA NACIONAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS Memoria Anual 2014 del DS 27175 que señala “…demostrar el cumplimiento de la obligación o de la sanción pecuniaria dispuesta por la resolución recurrida, salvo el caso de suspensión señalado en el Artículo 40 del presente Reglamento”. Por lo que en virtud de este fallo ningún regulado debe adjuntar el pago de la multa junto con su recurso para que sea admitido; ahora solo se la paga la sanción cuando la RA se encuentra firme en sede administrativa. Se viene demostrando con estos resultados que la Gerencia Nacional de Servicios Jurídicos, es un pilar de apoyo constante a la gestión en conjunto de la empresa, logrado generarle ahorros importantes, minimizando riesgos y recuperando sanciones. La gestión en general en el presente año se caracterizó por un apoyo permanente y asesoramiento constante a la Gerencia General, Gerencias Nacionales y Regionales y diferentes áreas de BBVA PREVISION AFP S.A. en los siguientes procesos: Gerencia de Finanzas y Soporte de Negocios Consultas relativas a la normativa e interpretación de resoluciones, elaboración de contratos bancarios de préstamo, apertura de cuentas, etc., defensa de Recursos Administrativos, interpretación de normativa, etc. Área de Inversiones Elaboración y revocatoria de poderes, elaboración de contrato de servicios, revisión de propuestas de inversiones y documentación correspondiente. Gerencia Nacional de Cobranzas En apoyo a la Gerencia Nacional de Cobranzas se brinda asesoramiento a la cobranza Judicial externa e interna, en la cual se iniciaron las acciones Ejecutivas Sociales, Coactivos Sociales y Procesos Penales contra los empleadores que registran mora al SSO y ahora al SIP, efectuando seguimiento y apoyo a los abogados externos e internos en los procesos denominados críticos y que concentran gran porcentaje de la deuda en mora, elaboración de recursos administrativos, informes, contratos, etc. Apoyo a los abogados externos e internos en consultas realizadas sobre el procedimiento En las causas ejecutivos sociales, coactivos sociales y penales, delimitación de estrategias a seguir o absolución de conflictos que pudieren surgir en su tramitación. Se efectúa seguimiento permanente a los planes de pago de las empresas denominas críticas. Jefatura Nacional Comercial y Servicio al Afiliado Contabilidad y Servicios Generales Legalizaciones de NIT ante Graco, Remisión de Notas de Crédito Fiscal, solicitudes de exención de crédito fiscal, informes, elaboración de recursos administrativos y tributarios, Informes a auditores externos. Consultas de prestaciones, respuestas a notas de cargo, elaboración de recursos administrativos, elaboración de contratos de servicios, informes. 57 GERENCIA NACIONAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS Memoria Anual 2014 • Jefatura de Prestaciones: Consultas de prestaciones, respuestas a notas de cargo, elaboración de recursos administrativos, legalización de documentos, respuestas a órdenes judiciales, respuestas a requerimientos fiscales, certificados, informes, elaboración de contratos de masa hereditaria, revisión de la documentación presentada para acceder a las prestaciones cuando necesita interpretación o validación jurídica. • Jefatura de Riesgos y Capitalizadas: Seguimiento constante a Directores y Síndicos de las empresas capitalizadas con el objeto de minimizar los riesgos, asesoramiento en capitalizadas y Ametex. Gerencia de Recursos Humanos y Medios Elaboración de contratos de servicios y proveedores, elaboración de contratos laborales y contratos a plazo fijo para el apoyo e implementación de la nueva Ley de Pensiones, elaboración de contratos de préstamo y otros. Gerencias Regionales Respuestas a consultas sobre dudas referentes a temas de prestaciones, tramitación de órdenes instruidas, respuesta a órdenes judiciales, y/o requerimientos fiscales. Coordinación con Auditoría Interna Apoyo a los procesos de Auditoria Interna con el objeto de lograr obtener información oportuna para poder corregir errores y minimizar los riesgos de sanción. 58 Coordinación con BBVA ESPAÑA para la toma de decisiones legales que puedan afectar el riesgo reputacional de la Administradora de Fondos de Pensiones y el BBVA. Otros Llevar los procesos judiciales que inicia la AFP o defender los que se inician en nuestra contra, por terceras personas, (recursos constitucionales, laborales, otros) Se procedió al registro de todos los actos comerciales: Memoria Anual, Actas de Directorio, actas de Junta de Accionistas, actas de Comité de Dirección, transferencias de acciones, etc. de la Administradora ante Fundempresa, previó el cumplimiento de requisitos legales. AUDITORIA INTERNA 59 AUDITORÍA INTERNA Memoria Anual 2014 Las actividades de Auditoría Interna durante la gestión 2014 se orientaron principalmente a la revisión de los resultados, controles y gastos existentes en el envió de Cartas de Cobro generadas por el área de Cobranzas, y la distribución masiva de Estados de Ahorro Previsional, procesos que se encuentran normados por el Ente Regulador. Se continuó con las actividades de supervisión y seguimiento en la atención de las recomendaciones detectadas por Auditoría Interna Residente, Auditoria Corporativa y el Auditor Externo Ernst&Young, haciendo especial hincapié al cumplimiento de plazos trazados en cada uno de los temas pendientes. Asimismo, se participó activamente en el proceso de convocatoria, selección, autorización y contratación de los Auditores Externos, para la revisión de los Estados Financieros 2014. Finalmente con el objetivo de dar continuidad a las actividades propias del Área, se ejecutó la evaluación al Sistema de Gestión de Calidad en dos oportunidades, coadyuvando de ésta manera con la detección de debilidades previamente al proceso de Certificación ISO 9001. 60 CONTABILIDAD 61 CONTABILIDAD Memoria Anual 2014 El Departamento de Contabilidad se encarga del registro de las operaciones financieras y presupuestales. Dicha contabilización se realiza con documentación fehaciente, probatoria y original, aplicando leyes, normas y reglamentos impuestos por el organismo regulador, entidades del Estado, Principios y Normas Contables Bolivianas, a efecto de suministrar información oportuna que coadyuve a la toma de decisiones. Su estructura está conformada en dos áreas fundamentales, la Sociedad y el Fondo • La Administradora de Fondos de Pensiones BBVA PREVISION AFP SA. donde se registran las operaciones exclusivamente como Sociedad Anónima y se diversifica con un sector de Control Contable, donde su función exclusiva es la supervisión, seguimiento y ajustes a los diferentes procesos pendientes de regularización. • Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones (SIP), donde sus operaciones contables son independientes y autónomos para cada fondo, compuesto por el Fondo de Capitalización Individual y Capitalización Colectiva, Riesgo Profesional, Laboral y Común, Fondo de Vejez Mensualidades Vitalicias Variables y Fondo Solidario con la Cuenta Básica Previsional. Actividades generales de registros contables de BBVA PREVISION AFP SA. Entre las distintas actividades y procesos realizados en la contabilidad de la Administradora, cabe mencionar lo siguiente: • Control y seguimiento a las operaciones de las disponibilidades de las cuentas bancarias mediante una programación, ejecución y conciliación bancaria. 62 • Control, supervisión e identificación y correcta apropiación contable de partidas de Balance, control de ingresos y gastos de la sociedad, validación de cifras y resultados económicos de la empresa. • Cumplimento de obligaciones tributarias fiscales de impuestos gravados por la actividad de la empresa y la preparación de la Información Tributaria Complementaria conforme a normativa vigente. Durante la Gestión 2014 se procedió al cumplimiento de obligaciones tributarias, (IVA, RCIVA, IT, IUEBX, IUE e IT retenciones, IUE). dic-14 1,09 nov-14 2,62 oct-14 2,78 sep-14 0,03 ago-14 0,94 jul-14 1,43 jun-14 1,21 may-14 1,01 abr-14 8,92 mar-14 1,14 feb-14 3,83 ene-14 0,96 - 2,00 4,00 6,00 8,00 10,00 (Expresado en Millones de bolivianos) El cumplimiento impositivo de BBVA PREVISION AFP SA para la gestión 2014 alcanza aproximadamente a Bs. 26 millones, de los cuales a abril 2014 se pago el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) alcanzo a 8.92 millones de Bs. CONTABILIDAD Memoria Anual 2014 Coberturas al Fondo de Capitalización Individual (FCI) y Fondo de Capitalización Colectiva (FCC). FINANCIAMIENTO POR PRESTACIONES Expresado en bolivianos, Gestion 2014 • Reposición con cargo a gasto: 31.132,87 9.490,07 La Administradora financio con recursos propios al Fondo de Capitalización Individual por, regularización de diferencias en pagos a Entes Gestores, Retiros Mínimos, Pagos en Exceso, Cargos Financieros, Reposición de Débitos no identificados, que afectan la disponibilidad de las cuentas de recaudación o de beneficios del fondo aproximadamente en Bs. 984 mil y el financiamiento al Fondo de Capitalización Colectiva en Bs. 463 mil, con cargo a las cuentas de gasto. 336.068,29 17.351,04 831.999,54 3.652.194,98 2.219.327,66 • Financiamientos al Fondo de Capitalización Individual (FCI). Retiro Minimo Gastos Funerarios FCI y MVV Masa Hereditaria Jubilacion Riesgos Sentencia Constitucional Otros Financiamientos Menores El financiamiento con recursos propios que realiza la administradora al FCI al 31 de diciembre del 2014 fue de Bs 37.1 millones, para financiar el pago de prestaciones de Retiros Mínimos, Gastos Funerarios FCI y MVV, Masa Hereditaria, Riesgos y Sentencias Judiciales. De los cuales Bs 30 millones va destinado al financiamiento para el pago de pensión de jubilados en los primeros días del mes hasta posterior reembolso de su cuota parte del SENASIR. FINANCIAMIENTO PORCENTUAL POR PRESTACIONES 51,46% 31,27% La composición de los Bs 7.10 Millones se descomponen en las siguientes prestaciones: 11,72% 4,73% 0,44% 0,24% Retiro Minimo Gastos Funerarios FCI y MVV 0,13% Masa Hereditaria Jubilacion Riesgos Sentencia Constitucional Otros Financiamientos Menores 63 CONTABILIDAD Memoria Anual 2014 • Diversos Financiamientos: Adicional BBVA PREVISION AFP SA contribuye a la recuperación de aportes al Sistema Integral de Pensiones de los afiliados a través de la dotación de recursos económicos para la prosecución de trámites judiciales que implican el control y gestión de cobro administrativo y judicial, (Redacción de oficios, publicación de edictos, certificaciones de Derechos Reales, Fundempresa, SIN). En la gestión 2014 demando un gasto por estos procesos de Bs 5.6 millones y al cierre de gestión queda pendiente un saldo desembolsado para este fin en aprox. Bs. 407 mil. TRAMITES JUDICIALES 2014 (en miles de bolivianos) Saldo Inicial Bs. 1.081 218.877 893.203 SOLICITUDES RENDICIONES Saldo Final Bs. 407 Actividades generales de registros contables de Fondos del Sistema Integral de Pensiones (SIP). Entre las distintas actividades y procesos realizados en la contabilidad de los Fondos, cabe mencionar lo siguiente: 64 • En la contabilidad de Fondos del Sistema Integral de Pensiones (SIP) se registran operaciones contables independientes y autónomos para cada fondo, compuesto por el Fondo de Ahorro Previsional - Fondo de Capitalización Individual (FCI); Fondo de Capitalización Colectiva (FCC); Fondo Colectivo de Riesgos, compuesto por Riesgo Profesional, Laboral y Común; Fondo de Vejez - Mensualidades Vitalicias Variables (MVV) y el Fondo Solidario con Cuenta Básica Previsional (CBP). • Control, supervisión y seguimiento a las operaciones de las disponibilidades de las cuentas bancarias de Recaudación, Administración Cartera y Desembolso en un promedio aproximado de Bs. 81 millones mensuales este último, a través del manejo de 88 cuentas bancarias, distribuidas en 18 entidades financieras en todo el país. • Pago de prestaciones a beneficiarios y derechohabientes (Jubilación, Riesgos RC y RP, Retiros Mínimos, Masa Hereditaria, Devolución de Pagos en Exceso, Gastos Funerarios FCI – MVV - FCC), a través de abonos en cuenta, transferencias bancarias y cheques alrededor de 120 millones mes.. • Registro mediante interface de las operaciones realizadas en el portafolio de Inversiones (compras, ventas y vencimientos), con saldo en su cartera de Bs.37.913 millones para el cierre de la gestión 2014. Además del pago y registro a las Entidades de intermediación Bursátil y de Depósito de Valores por custodio de títulos. INFORME DEL SÍNDICO Memoria Anual 2014 INFORME DEL SÍNDICO Santa Cruz de la Sierra, 25 de febrero de 2015 Señores Junta General Ordinaria de Accionistas BBVA Previsión AFP S.A. Presente. De mi consideración: De acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio y los Estatutos vigentes de la sociedad BBVA Previsión AFP S.A., en mi condición de Síndico designado por la Asamblea de Accionistas, he asistido con voz, pero sin voto, a la reunión de Directorio y la Junta de Accionistas de la sociedad, durante el año 2014. En dichas reuniones ejercí libremente mis atribuciones como fiscalizador, evidenciando en todas ellas que se actuó dentro del marco de las leyes y reglamentos del Estado Plurinacional de Bolivia y el Estatuto de la Sociedad. De conformidad al artículo 335 del Código de Comercio, mi responsabilidad es presentar un dictamen sobre el balance general, estado de resultados, las notas a los estados financieros y la Memoria Anual. He cumplido con revisar los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, y los correspondientes Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujo Efectivo, las Notas a los Estados Financieros y la Memoria Anual. Asimismo, he revisado el Dictamen del Auditor Externo, Ernest & Young LTDA. En dicho dictamen el Auditor señala que su examen se efectuó de acuerdo a las normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2013. El Auditor Externo opina que los estados financieros mencionados presentan razonablemente, en todo aspecto signiticativo, 65 INFORME DEL SÍNDICO Memoria Anual 2014 la situación patrimonial y financiera de BBVA Previsión AFP S.A ., los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio neto y los flujos de efectivo por el ejercicio terminado en esa fecha. La Nota 23, literal (a), a los Estados Financieros, da cuenta de los infructuosos esfuerzos realizados por la Junta de Acreedores de AMETEX, de la cual la Sociedad es parte, para la venta de activos mediante una oferta pública nacional e internacional a cargo de Pricewaterhouse Coopers S .R.L. En ese contexto, el 12 de junio de 2014 la Sociedad recibió de ENATEX una oferta económica para la compra de activos de AMTEX por el precio de Bs. 104.4000.000,00, la cual fue ratificada el 8 de septiembre de 2014. Ante la inexistencia de otras oportunidades para realizar los activos, el 12 de septiembre de 2014, la Junta de Acreedores autorizó la venta de las unidades productiva de AMETEX a ENATEX, por el precio ofertado. Esta transacción permitió cubrir el pago de los beneficios sociales adeudados por AMETEX. El proceso descrito precedentemente ha sido de pleno conocimiento del Órgano Regulador. Adicionalmente, la misma Nota destaca, el castigo de los excesos de inversión involuntarios generados por las emisiones de bonos comprendidos dentro del Programa dentro del Programa denominado Bonos AMETEX II, dispuesto por la Resolución Administrativa APS/No.309-2014 de 17 de abril de 2014. La Nota 23, literal (b), a los Estados Financieros, destaca la existencia de algunas acciones tomadas por iniciativa de la Sociedad que se encuentran pendientes: El proceso arbitral iniciado por la revocatoria de la Junta de Accionistas de 23 de octubre de 2008; La auditoría forense dispuesta por la Junta de Accionistas del LAB de 9 de noviembre de 2012; las demandas de impugnación contra las resoluciones de las Juntas de Accionistas de que aprueban los Estados Financieros de 2011, 2012, 2013 y 2014. En relación al proceso arbitral y la auditoría forense, por tratarse de procesos que se encuentran pendientes de trámite desde hace un tiempo considerable, recomiendo que la Administración de BBVA Previsión AFP S.A. emplee sus mejores esfuerzos para el cierre o conclusión. En los casos (a) y (b) destacados por la Nota 23 a los Estados Financieros, recomiendo que la Administración de BBVA Previsión AFP S.A. informe al Directorio, en forma regular, la evolución de dichos procesos por tratarse de casos relevantes y críticos. Basado en mi tarea de fiscalizador y en el análisis de los Estados Financieros antes mencionados y sus correspondientes notas, informo que, dentro del periodo que concluyó el 31 de diciembre de 2014 ejercí la función de Síndico y no he tomado 66 INFORME DEL SÍNDICO Memoria Anual 2014 conocimiento de otra información relevante que pudiera afectar, los Estados Financieros de BBVA Previsión AFP S.A. Por lo tanto, recomiendo a la Junta General Ordinaria de Accionistas aprobar los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014, 2013, y los correspondientes Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, Estado de Flujo Efectivo y las Notas a los Estados Financieros. Atentamente, Luis Fernando González Quintanilla Síndico BBVA Previsión AFP S.A. 67 68 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Administradora de Fondos de Pensiones Fondo de Capitalización Individual Fondo de Capitalización Colectiva Cuenta de Riesgo Profesional Cuenta Colectiva de Siniestralidad Cuenta de Riesgo Laboral Cuenta Mensual Vitalicia Variable Cuenta Básica Previsional 69 BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 70 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el balance general de BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, y los correspondientes estados de ganancias y pérdidas, de cambios en el patrimonio neto y de flujo de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 24 que se acompañan. Estos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Sociedad. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mencionados estados financieros basados en nuestras auditorías. 2 . Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera de BBVA Previsión AFP S. A. - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio neto y los flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. 4. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han sido preparados considerando que la Sociedad continuará como empresa en marcha. Como se menciona en la Nota 23 g), a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de la entidad denominada Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, para lo cual, mediante el Decreto Supremo N° 2248 de fecha 14 de enero de 2015, se definió un periodo de transición de 18 meses para el inicio de sus operaciones. Durante el periodo de transición, las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán continuar realizando todas las obligaciones descritas en los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, finalizado dicho periodo Ios contratos quedarán resueltos. Esta nueva normativa, genera una incertidumbre material, en relación a la capacidad de la Sociedad para continuar 71 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 como una empresa en marcha, no pudiéndose determinar los efectos que esta situación podría generar en los estados financieros. En consideración a lo antes mencionado, los estados financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la resolución de esta incertidumbre. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 72 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en Bolivianos) Nota ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Disponibilidades Cuentas por cobrar Pagos Anticipados Otros activos corrientes TOTAL ACTIVO CORRIENTE 2014 2013 6 7 8 32.943.007 55.631.545 4.941.669 289.003 93.805.224 14.302.747 58.903.785 6.523.106 348.118 80.077.756 9 10 11 10.098.046 16.038.157 4.766.886 30.903.089 124.708.313 9.907.351 16.044.029 4.380.237 30.331.617 110.409.373 ACTIVO NO CORRIENTE Inversiones permanentes Bienes de uso Cargos diferidos TOTAL ACTIVO NO CORRIENTE TOTAL ACTIVO Cuentas de orden deudoras 15 38.205.039.593 33.576.039.423 12 13 14 471.523 12.896.436 32.062.784 353.014 10.283.624 27.900.947 TOTAL PASIVO CORRIENTE 45.430.743 38.537.585 PASIVO NO CORRIENTE Prevision para beneficios sociales TOTAL PASIVO NO CORRIENTE TOTAL PASIVO 10.154.300 10.154.300 55.585.043 7.516.417 7.516.417 46.054.002 21.500.000 11.074.215 1.642.295 3.014.189 846.666 1.225.114 29.820.791 21.500.000 11.074.215 1.642.295 3.014.189 846.666 1.225.114 25.052.892 69.123.270 64.355.371 124.708.313 38.205.039.593 110.409.373 33.576.039.423 PASIVO PASIVO CORRIENTE Cuentas por pagar comerciales Cuentas por pagar fiscales y sociales Provisiones y previsiones PATRIMONIO Capital social Reserva legal Reserva facultativa Ajuste de capital Ajuste global al patrimonio Ajuste de reserva patrimonial Resultados acumulados 17 18 18 18 18 18 TOTAL PATRIMONIO TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO Cuentas de orden acreedoras 15 Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 73 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE GANANCIAS Y PERDIDAS POR LOS EJERCICIOS TEMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras Expresadas en Bolivianos) Nota Ingresos operativos Ingresos financieros Ingresos diversos 19 2014 144.528.713 3.671.344 2.546.921 125.353.125 110.931 2.642.841 150.746.978 128.106.897 Gastos de administración Gastos financieros Otros gastos operativos Egreso por AITB, diferencia de cambio y mantenimiento de valor (104.654.475) (62.077) (8.008.585) (16.784) (96.763.284) (208.001) (5.303.067) (43.194) Total Gastos (112.741.921) (102.317.546) Resultado de operación neto antes de impuestos 38.005.057 25.789.351 Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (7.687.185) (1.871.691) Resultado de operación neto después de impuestos 30.317.872 23.917.660 107.602 (604.683) 1.167.970 (32.738) 29.820.791 25.052.892 Total Ingresos Ingreso de gestiones anteriores Gastos de gestiones anteriores Resultado neto del ejercicio Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Ildefonso Núñez López Gerente General 74 2013 Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 BBVA PREVISION AFP S.A.- ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Capital social Saldos al 31 de diciembre de 2012 Reserva legal Reserva facultativa Ajuste global del patrimonio Ajuste de capital Ajuste de Resultados reservas acumulados patrimoniales Total 21.500.000 11.074.215 1.642.295 3.014.189 846.666 1.225.114 17.728.873 57.031.352 Distribución de utilidades de acuerdo a la Resolución emitida por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 28 de febrero de 2013 - - - - - - (17.728.873) (17.728.873) Resultado neto del ejercicio - - - - - - 25.052.892 25.052.892 21.500.000 11.074.215 1.642.295 3.014.189 846.666 1.225.114 25.052.892 64.355.371 Distribución de utilidades de acuerdo a la Resolución emitida por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 28 de febrero de 2014 - - - - - - (25.052.892) (25.052.892) Resultado neto del ejercicio - - - - - - 29.820.791 29.820.791 21.500.000 11.074.215 1.642.295 3.014.189 846.666 1.225.114 29.820.791 69.123.270 Saldos al 31 de diciembre de 2013 Saldos al 31 de diciembre de 2014 Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 75 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 BBVA PREVISION AFP S.A.- ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) 2014 2013 Flujo de efectivo de actividades de operación Resultado neto del ejercicio Partidas que han afectado el resultado del ejercicio y que no han generado movimiento de efectivo: 29.820.791 25.052.892 Previsión para beneficios sociales Provisión para primas Depreciación del activo fijo Amortización de cargos diferidos Resultado en inversiones permanentes 3.939.790 2.814.533 1.601.576 1.172.178 (190.695) 39.158.173 3.374.570 2.580.849 1.654.495 1.318.937 (180.148) 33.801.595 3.272.240 1.581.437 59.115 1.347.304 (1.301.907) 118.509 2.612.812 46.847.683 1.645.947 (1.240.401) 285.282 (1.172.872) (1.367.373) (1.012.967) 3.456 30.942.667 (1.595.704) (1.558.827) (3.154.531) (520.647) (1.419.013) (1.939.660) (25.052.892) (25.052.892) (2.000.000) (17.728.873) (19.728.873) Incremento neto de efectivo 18.640.260 9.274.134 Disponibilidades al inicio del ejercicio Disponibilidades al cierre del ejercicio 14.302.747 32.943.007 5.028.613 14.302.747 Cambio en activos y pasivos Cuentas por cobrar Pagos anticipados Otros activos corrientes Provisiones y previsiones Beneficios sociales netos Cuentas por pagar comerciales y otros pasivos Cuentas por pagar fiscales y sociales Total flujo de efectivo originado en actividades de operación Flujo de efectivo de actividades de inversión Adquisición de bienes de uso (Incremento) neto en cargos diferidos Total flujo de efectivo (aplicado) en actividades de inversión Flujo de efectivo de actividades de financiamiento Préstamo con entidades de financiamiento (neto de pagos) Distribución de dividendos Total flujo de efectivo (aplicado) en actividades de financiamiento Las notas 1 a 24 que se acompañan, forman parte integrante de este estado. Ildefonso Núñez López Gerente General 76 Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - CONSTITUCION Y OBJETO DE LA SOCIEDAD La Sociedad fue constituida en la ciudad de Cochabamba en fecha 25 de febrero de 1997, según Testimonio de la escritura pública de constitución N° 429/97. Se estableció como domicilio principal de la Sociedad la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. El funcionamiento de la Sociedad fue autorizado mediante Resolución Administrativa N° 2-9531 de fecha 28 de febrero de 1997, otorgada por la Dirección General del Registro de Comercio y Sociedades por acciones dependiente del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, actual Ministerio de Desarrollo Económico. e) Ofertar mensualidades vitalicias variables a los afiliados de los fondos que administre y sus derechohabientes, cuando legalmente corresponda, f) Cobrar las comisiones o primas que correspondan, en la medida autorizada legalmente, como remuneración por sus servicios de administración de fondos y en general, realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones, negocios, negociaciones, gestiones y similares. a) Administrar y representar los fondos de pensiones, Mediante Testimonio N° 520/01 de fecha 20 de febrero de 2002, se procedió a modificar la razón social de PREVISION BBV ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A. (BBV PREVISION AFP S.A.), por la de PREVISION BBVA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A. (BBVA PREVISION AFP S.A.), aprobada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 7 de noviembre de 2001. b) Cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996), y sus reglamentos, Los fondos de pensiones y las cuentas establecidas por la Ley de Pensiones y su decreto reglamentario administrados por la Sociedad son los siguientes: c) Contratar servicios necesarios para la realización de sus actividades, a) Fondo de Capitalización Individual (FCI) El objeto social definido en los estatutos de la Sociedad es: d) Invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos valores, de sistemas computarizados, de procesamiento de planillas de recaudación, cobro de mora y pago de prestaciones del seguro social obligatorio de largo plazo bajo su responsabilidad y similares, Es el fondo compuesto por las cuentas individuales, las inversiones de Cuenta de Siniestralidad, Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta de Riesgo Profesional, la Cuenta de Riesgo Laboral, Cuenta Básica Previsional y recursos provenientes del Fondo de Capitalización Colectiva. 77 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 El FCI está compuesto por: a entidades aseguradoras adjudicatarias mediante Licitación Pública Internacional. i. Cuenta de Siniestralidad Son los recursos provenientes de las primas para la cobertura de Riesgo Común que conforman una cuenta en el FCI, durante el periodo en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los recursos administrados a las entidades aseguradoras para la cobertura de estos riesgos. ii. Cuenta de Riesgo Profesional Son los recursos provenientes de las primas para la cobertura del Riesgo Profesional que conforman una cuenta en el FCI, durante el período en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los recursos administrados a las entidades aseguradoras para la cobertura de estos riesgos. iii. Cuenta de Riesgo Laboral Son los recursos provenientes de las primas para la cobertura del Riesgo Laboral que conforman una cuenta en el FCI, durante el período en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los recursos administrados a las entidades aseguradoras para la cobertura de estos riesgos. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, ha dispuesto la transferencia de las coberturas por Riesgo Común y Profesional, desde las Administradoras de Fondos de Pensiones 78 Producto de la mencionada licitación, en fecha 1° de noviembre de 2001, las administradoras de fondos de pensiones han firmado un contrato de seguro (pólizas de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., con una participación de mercado de 75% y 25%, respectivamente. En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras, las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. iv. Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable Son los recursos provenientes del Capital Acumulado a ser transferido por todos aquellos afiliados, o sus derecho habientes cuando corresponda, que opten por la modalidad de la prestación de jubilación de Mensualidades Vitalicias Variables. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la cuenta presenta un saldo para el pago de este beneficio de Bs2.458.358.525 y Bs1.892.207.663, respectivamente. v. Cuenta Básica Previsional Son los recursos provenientes de: a) el veinte ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por ciento (20%) de las Primas de Riesgo Común y Riesgo Profesional, de forma mensual, b) Cinco Millones 00/100 de dólares estadounidenses (US$ 5.000.000) obtenidos de la Cuenta de Siniestralidad, por única vez, c) Cinco Millones 00/100 de dólares estadounidenses (US$ 5.000.000) obtenidos de la Cuenta de Riesgos Profesionales, por única vez, d) el diez por ciento (10%) de la diferencia entre el Total Ganado menos sesenta (60) salarios mínimos nacionales, cuando la diferencia sea positiva y e) otras fuentes normadas por el Poder Ejecutivo, de acuerdo al Artículo 15 de la Ley N° 3785. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán transferir el monto correspondiente a los porcentajes establecidos de todas las primas pagadas y acreditadas hasta el último día hábil administrativo del mes siguiente al que corresponda el pago, desde el periodo de aporte diciembre 2007. Estas transferencias serán la fuente de financiamiento de la Cuenta Básica Previsional, para el pago de la pensión mínima. La Pensión Mínima es la prestación semicontributiva pagada por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los titulares que cumplan los requisitos establecidos para el efecto, y a su fallecimiento a sus derechohabientes hasta el segundo grado, en las proporciones que les corresponda según normativa. La Pensión Mínima está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión Mínima. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, establece que el Régimen Semicontributivo, que contempla la Prestación Solidaria de Vejez, Pensión por Muerte derivada de estas y Gastos Funerarios administrará el Fondo Solidario, compuesto con recursos provenientes de: • El 20% de las Primas de Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral. • El 0,5% del Aporte Solidario del Asegurado (dependiente é independiente). • El 3% en calidad de Aporte Patronal. • El 2% en calidad de Aporte Patronal del Sector Minero Metalúrgico. Los recursos constituidos en la Cuenta Básica Previsional, a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta la fecha de constitución del Fondo Solidario. Los siguientes Aportes Solidarios que el Órgano Ejecutivo podrá actualizar cada 5 años: • El 10% de la diferencia entre su total solidario menos Bs35.000, cuando la diferencia sea positiva. • El 5% de la diferencia entre su total solidario menos Bs25.000, cuando la diferencia sea positiva. • El 1% de la diferencia entre su total solidario menos Bs13.000, cuando la diferencia sea positiva. La transferencia y recaudación de estos recursos financiaran la Pensión Solidaria. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones en su artículo 177 hace conocer que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscrito con el Estado Boliviano 79 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en dicha Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta, principalmente, lo que el inciso vi) indica Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones (artículo 167), establece que la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones – AP, se denominará Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. vi. Recursos provenientes del FCC Corresponden a inversiones que el Fondo de Capitalización Colectiva ha efectuado en el FCI. 80 b) Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) Es el Fondo conformado con los recursos constituidos en fideicomiso, provenientes de las acciones que anteriormente eran propiedad del Estado a través de la participación en las sociedades de economía mixta, que al ser capitalizadas fueron transferidas a título gratuito en beneficio de los ciudadanos bolivianos residentes en el país, que al 31 de diciembre de 1995 hubieran alcanzado la mayoría de edad, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización) y Ley de Propiedad y Crédito Popular N° 1864 de 15 de junio de 1998. Al respecto, en fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 29400 de fecha 29 de diciembre de 2007, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que para los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008. NOTA 2 - ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD Por medio del Decreto Supremo N° 24471 de fecha 23 de enero de 1997, la Sociedad se adjudicó la prestación de servicios de administración de los fondos de pensiones definidos en la ley de pensiones. En fecha 18 de marzo de 1997, la Sociedad suscribió un contrato de prestación de ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 servicios con la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, por medio del cual se formalizaron las condiciones del pliego de especificaciones de la licitación pública internacional N° MC/AFP – 01/96. De acuerdo con este contrato, la administración de estos fondos es exclusividad de la Sociedad para un área específica y por el lapso de cinco años a partir del 1° de mayo de 1997. Esta administración se realizaba en territorios de explotación común y áreas de exclusividad. Dicho período de exclusividad concluyó el 30 de abril de 2002. Al respecto, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS emitió el procedimiento para el otorgamiento de Licencias a Administradoras de Fondos de Pensiones y autorizó el inicio del proceso de “Licitación Pública Internacional”. A la fecha, las dos administradoras de fondos de pensiones: BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia AFP S.A. son las únicas entidades autorizadas para la administración del Fondo de Capitalización Individual, Fondo de Capitalización Colectiva y las Cuentas Colectiva de Siniestralidad, Cuenta de Riesgo Laboral, Cuenta de Riesgo Profesional, la Cuenta Básica Previsional y la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable. Con posterioridad al periodo de exclusividad, la AFP puede cobrar comisiones de acuerdo con las condiciones del mercado o de acuerdo con las condiciones que se determinen en forma conjunta con la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS mediante mecanismos permitidos por la Ley de Pensiones y sus normas reglamentarias. Estas comisiones han permanecido en el mismo porcentaje percibido durante el período de exclusividad. De acuerdo con el contrato de prestación de servicios suscrito con la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros y la Ley de Pensiones - APS, a partir del mes de mayo de 2002, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS estableció la apertura del mercado y la finalización del período de exclusividad del manejo de los fondos provenientes del Seguro Social Obligatorio, brindando a los afiliados la posibilidad de escoger la entidad que administrará sus aportes. El índice de transferencias ocurridas a la fecha alcanza al 2,18% en relación al total de afiliados al 31 de diciembre de 2007. El decreto supremo N° 24585 de fecha 29 de abril de 1997, estableció la transferencia de los recursos provenientes de la capitalización de las empresas del Estado, a favor de los Fondos de Capitalización Colectiva administrados por la Administradora de Fondos de Pensiones. Estos recursos, que se encontraban en Fideicomiso, fueron transferidos a este Fondo en fecha 1° de mayo de 1997. La Resolución SP N° 001/97 de fecha 29 de abril de 1997, establece el 1° de mayo de 1997 como la fecha de inicio de actividades de las Administradoras de Fondos de Pensiones. El 15 de junio de 1998 se promulga la Ley N° 1864 “Ley de Propiedad y Crédito Popular”, la que establece nuevas normas en la participación de los bolivianos en los beneficios provenientes del Fondo de Capitalización Colectiva, crea la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y establece una serie de nuevas normas relativas a la administración de los Fondos de Pensiones y el objeto social de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Entre las actividades nuevas que se les permiten a las Administradoras de Fondos de Pensiones está la de poder recaudar y 81 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo con el reglamento específico emitido por el Poder Ejecutivo. Resultado de una licitación pública internacional llevada a cabo por los Ministerios de Comercio Exterior e Inversión y de Vivienda y Servicios Básicos, BBVA Previsión AFP S.A. en consorcio con la Administradora de Fondos de Pensiones Futuro de Bolivia AFP S.A. se adjudican el servicio de recaudación y administración de aportes laborales y patronales para vivienda, para lo cual constituyen la Sociedad Provivienda Entidad Recaudadora y Administradora de Aportes S.A., que inicia actividades el 1° de diciembre de 1998. En fecha 18 de abril de 2001 el Directorio de la AFP Futuro de Bolivia S.A. decide la venta y posterior transferencia de dichas acciones a la Administradora de Fondos de Pensiones BBVA Previsión AFP S.A., dicha venta fue autorizada mediante Decreto Supremo N° 26222 de fecha 21 de junio de 2001 y fue efectivizada en fecha 13 de julio de 2001. Tal como se describe en la Nota 23 g) durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones. NOTA 3 - NORMAS CONTABLES Las normas y prácticas contables aplicados por la Sociedad en la preparación de los estados financieros son los siguientes: 3.1 Presentación de estados financieros a) Presentación de los estados financieros Los estados financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 presentan cifras en bolivianos “Bs” que constituye la moneda de cuenta y de curso legal en Bolivia. Dichos estados 82 financieros consolidan las operaciones de las oficinas de la Sociedad situadas en las ciudades de La Paz, Santa Cruz de la Sierra, Cochabamba, Sucre, Tarija, Oruro, Potosí, Trinidad y Cobija. Los estados financieros de BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones han sido preparados para cumplir con las disposiciones legales a las que está sujeta la Sociedad como ente independiente. Por tanto, no incluyen la consolidación de los estados financieros de la empresa subsidiaria de la Sociedad, dicha inversión se presenta valuada a su valor patrimonial proporcional. Los presentes estados financieros han sido preparados para exponer la situación económica y financiera de la Sociedad. El patrimonio de la Sociedad es independiente y distinto del patrimonio de los diferentes Fondos que están bajo su administración y sobre los cuales no tiene derecho de propiedad alguno. Tal como se indica en la nota 23 g); los presentes estados financieros han sido preparados considerando que la Sociedad continuará como empresa en marcha, y consecuentemente, no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la aplicación de la nueva Ley de Pensiones ni del Decreto Supremo N° 2248, debido a que la transferencia de la administración del sistema integral de pensiones a la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, se producirá una vez que se cumplan todos los pasos establecidos por el Decreto Supremo Reglamentario y finalice el periodo de transición. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 b) Base normativa-contable de preparación de los estados financieros Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 y sus normas reglamentarias en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 4 a los estados financieros. c) Uniformidad en la preparación de los estados financieros Las normas contables han sido aplicadas por la Sociedad en la elaboración de sus estados financieros de manera consistente en los ejercicios de 12 meses, que finalizaron el 31 de diciembre de 2014 y 2013. d) Estimaciones contables La preparación de estados financieros de acuerdo con normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia y las prácticas de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, requiere que la Gerencia de la Sociedad realice algunas estimaciones que afectan los montos de activos y pasivos, y la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros, así como los montos de ingresos y gastos del ejercicio. Los resultados reales pueden diferir de las estimaciones realizadas. Sin embargo, estas estimaciones fueron realizadas en estricto cumplimiento del marco contable y normativo vigente. 3.2 Consideración de los efectos de la inflación Por disposición de la Autoridad de Supervisión y Control de Pensiones y Seguros – APS a través de la Resolución Administrativa SPVSIS N° 087 del 25 de febrero de 2009, el ajuste por inflación que permite reconocer el efecto de la pérdida en el poder adquisitivo de la moneda sobre los estados financieros, ha sido suspendido a partir del ejercicio económico 2009. 3.3 Criterios de valuación a) Moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor y Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) Los activos y pasivos en moneda extranjera y en moneda nacional con mantenimiento de valor y las operaciones indexadas a la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV, se valúan a su valor nominal en la moneda de origen y son convertidas a los tipos de cambio y/o cotizaciones informadas por el Banco Central de Bolivia a la fecha de cierre de cada ejercicio. Las operaciones indexadas al dólar estadounidense se registran utilizando el tipo de cambio de compra de esa divisa. Las diferencias de cambio y mantenimiento de valor resultantes se registran en los resultados de cada ejercicio, bajo el rubro Ajuste por Inflación y Tenencia de Bienes – Diferencia de Cambio. 83 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 b) Comisiones por cobrar - Comisiones por administración de portafolio Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las comisiones por cobrar por administración del portafolio de inversiones del FCI y del FCC, son contabilizadas por el criterio de lo devengado. - Comisiones por administración de cuentas individuales Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con instrucciones emitidas por la ex Intendencia de Pensiones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, a través de la Resolución Administrativa SPVS/IP N°125/99 de fecha 29 de junio de 1999, el reconocimiento de los ingresos estimados de comisiones por la administración de cuentas individuales, se realiza por el método de lo devengado, sobre la base de las recaudaciones efectivas de cada mes. Por otra parte, la Sociedad, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ha revertido las comisiones por administración de cuentas, que aún no fueron acreditadas en cuentas individuales después de transcurridos tres meses de la fecha de recaudación efectiva. - Comisiones por administración de prestaciones de Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral Mediante Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 820 de fecha 10 de octubre de 2007, el Gobierno boliviano, estableció que la comisión por la administración de prestaciones de Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral que podrán cobrar las AFP´s a partir del 1° de noviembre de 2006, es del 0,85% sobre el 84 monto de las primas recaudadas y acreditadas, en reemplazo del 11% que se venía cobrando anteriormente. Comisiones por administración, procesamiento, control, gestión y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales Al 31 de diciembre de 2008, de acuerdo al contrato suscrito entre la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y las Entidades Gestoras en fecha 13 de octubre de 2008, estos últimos perciben una comisión por administración, procesamiento, control, gestión y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales. c) Otras cuentas por cobrar al FCI – Fondo Liquidez En esta cuenta se contabiliza los préstamos realizados al FCI, para el pago mensual de la compensación de cotizaciones de los jubilados. Asimismo se contabilizan los pagos efectuados por cuenta del FCI por concepto de jubilación, gastos judiciales y gastos funerarios. Sobre estos últimos pagos efectuados por cuenta del FCI, si los mismos no son regularizados en un plazo de 60 días a partir de la fecha de pago, la Sociedad tiene la política de constituir la correspondiente previsión por incobrabilidad al 100%, la cual se registra en la cuenta de pasivo “provisiones varias”. d) Inversiones permanentes Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Sociedad mantiene una participación accionaria en Provivienda Entidad Recaudadora y Administradora de Aportes S.A. del 90%. Dicha tenencia accionaria fue valuada de acuerdo con el método de Valor Patrimonial Proporcional de dicha empresa. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Asimismo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Sociedad mantiene una inversión en Entidad Encargada de Calificación A.C. (EEC), sobre la cual no existe una influencia significativa. Dicha inversión representa el 25% del patrimonio neto de EEC y se encuentra valuada a su costo de adquisición ajustado por inflación hasta el 31 de diciembre de 2008. Las inversiones en certificados telefónicos están valuadas a su costo de adquisición ajustados por inflación hasta el 31 de diciembre de 2008. e) Bienes de uso Los bienes de uso de la Sociedad están valuados a su costo de adquisición ajustados por inflación hasta el 31 de diciembre de 2008. Las incorporaciones realizadas a partir del ejercicio 2009 se exponen a valor de adquisición. La depreciación es calculada utilizando el método de línea recta aplicando tasas anuales suficientes para extinguir los valores al final de la vida útil estimada. Los mantenimientos, reparaciones, renovaciones y mejoras que no extienden la vida útil de los bienes son cargados a los resultados del ejercicio en el que se incurren. f) Cargos diferidos Los cargos diferidos registrados por la Sociedad están valuados a su valor de costo ajustado por inflación hasta el 31 de diciembre de 2008. Las incorporaciones posteriores se valúan al costo incurrido. Los conceptos contabilizados y los criterios de amortización, son los siguientes: • Mejoras y remodelaciones en inmuebles alquilados, se amortizan en función del tiempo de duración de los contratos de alquiler. • Programas de computación adquiridos por la Sociedad para la prestación de sus servicios, se amortizan en un período de cinco años. g) Previsión para beneficios sociales La previsión para indemnizaciones al personal de la Sociedad es para todo el personal por el total del pasivo devengado al cierre de cada ejercicio. Según las disposiciones legales vigentes, transcurridos los noventa días de trabajo en su empleo, el personal ya es acreedor a la indemnización, equivalente a un mes de sueldo por año de servicio, incluso en los casos de retiro voluntario. h) Patrimonio neto Las cuentas del Patrimonio neto se presentan a valores ajustados por inflación hasta el 31 de diciembre de 2008 tomando como índice de actualización la variación en la cotización de la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV respecto al boliviano (hasta la gestión 2007 se usó el dólar estadounidense como índice de actualización). El ajuste de capital pagado y las reservas patrimoniales se han registrado en el grupo “Ajuste de reservas patrimoniales”. El ajuste del capital y de las reservas de capital se registró en la cuenta de patrimonio neto "Ajuste global del patrimonio", mientras que la actualización de resultados acumulados se ajustó en su misma línea. i) Impuesto sobre las utilidades de las empresas La Sociedad, en lo que respecta al Impuesto a las Utilidades de las Empresas, está sujeta al régimen tributario establecido en la Ley N° 843, modificada con la Ley N° 1606. La tasa de impuestos es del 25%, y es considerado como pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones. 85 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 La Sociedad registra la porción estimada de este impuesto, que podrá ser compensada con el Impuesto a las Transacciones de la siguiente gestión, como un anticipo y registra la diferencia como un gasto del ejercicio. Cabe mencionar que el Gobierno ha emitido en fecha 19 de diciembre de 2007 el D.S. N° 29387, el cual tiene por objeto la modificación del D.S. 24051, reglamentario del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), en lo que corresponde a la reexpresión en moneda extranjera y valores en moneda constante en los estados financieros de las empresas, para fines de la determinación de la utilidad neta imponible. En ese sentido, se modifica el Artículo N° 38 del D.S. 24051, determinándose que los estados financieros que constituyen la base para la determinación de la utilidad neta imponible, serán expresados en moneda constante, admitiéndose para el efecto únicamente la reexpresión por la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) de acuerdo a publicación oficial, aplicando el segundo párrafo de apartado N° 6 de la Norma Contable N° 3 (estados financieros a moneda constante – ajuste por inflación), revisada y modificada en septiembre de 2007, por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad – CTNAC del Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia. j) Ingresos por comisiones por pago de jubilaciones, interés incremental y otros ingresos operativos - Administración de cuentas individuales Los ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales, cobradas a los participantes del Fondo de Capitalización Individual, se contabilizan de acuerdo con lo descrito en la Nota 20. 86 - Administración de portafolio, servicios prestados a Compañías Aseguradoras y Riesgos Los ingresos por comisiones por administración del portafolio, de los Fondos de Capitalización Individual, Fondo de Capitalización Colectiva, Compañías Aseguradoras y Riesgos, se contabilizan por el método de lo devengado. Las comisiones por pago de jubilaciones, el interés incremental, cuenta básica previsional, mensualidad vitalicia variable, compensación de cotizaciones y los otros ingresos operativos se contabilizan por el sistema de lo devengado. NOTA 4 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS EN BOLIVIA Los estados financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, en los siguientes aspectos: De acuerdo con la Norma Contable N°3 emitida por el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, los estados financieros deben ser ajustados reconociendo el efecto integral de la inflación para lo cual la se establece utilización de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) como índice del ajuste. Sin embargo la Resolución N° SPVS – IS N° 087 de fecha 25 de febrero de 2009, emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, establece suspender a partir del ejercicio económico 2009, la reexpresión de los rubros no monetarios de sus estados ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 financieros a moneda constante en función a la Utilidad de Fomento a la Vivienda (UFV). La Norma Contable N°8 emitida por el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, establece que siempre que exista control permanente por parte de la Sociedad, se debe proceder a la consolidación de los estados financieros; sin embargo, tal como se indica en la nota 3.1; los estados financieros de BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones han sido preparados para cumplir con las disposiciones legales a las que está sujeta la Sociedad como ente independiente. Por tanto, no incluyen la consolidación de los estados financieros de la empresa subsidiaria de la Sociedad, dicha inversión se presenta valuada a su valor patrimonial proporcional. NOTA 5 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS Y PRACTICAS CONTABLES Durante la gestión 2014 no existieron cambios en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. NOTA 6 - DISPONIBILIDADES La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Bancos en Moneda Nacional Bancos en Moneda Extranjera 2014 32.780.758 162.249 32.943.007 2013 14.216.100 86.647 14.302.747 NOTA 7 - CUENTAS POR COBRAR La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Comisiones por cobrar Trámites Judiciales con el FCI Anticipos a proveedores Importes entregados en garantía Cuentas por Cobrar al personal Cuentas por Cobrar al FCI Otras cuentas Por Cobrar 2014 14.793.625 407.176 523.181 243.943 591.683 37.097.564 1.974.373 55.631.545 2013 8.263.033 1.081.503 136.422 166.293 631.420 46.686.090 1.939.024 58.903.785 87 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 8 - PAGOS ANTICIPADOS La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 4.362.413 184.288 394.968 4.941.669 Impuestos Pagados por Anticipado Seguros Pagados por Anticipado Alquileres Pagados por Anticipado 2013 6.282.180 164.033 76.893 6.523.106 NOTA 9 - INVERSIONES PERMANENTES La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 321.391 9.673.755 102.900 10.098.046 Certificados Telefónicos de Aportación Acciones en Empresa Provivienda Acciones en Empresa E.E.C. 2013 321.391 9.483.060 102.900 9.907.351 NOTA 10 - BIENES DE USO La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 Detalle Terrenos Edificios Mobiliario y Enseres Equipos e Instalaciones Equipos de Comunicación Equipos de computación Vehículos Obras de Arte 88 Valor Original 1.824.940 17.890.762 3.729.359 3.733.740 2.381.356 12.137.300 641.316 66.759 42.405.532 Depreciación Acumulada (6.595.577) (2.966.083) (3.223.493) (2.311.495) (10.629.411) (641.316) (26.367.375) 2013 Importe Neto 1.824.940 11.295.185 763.276 510.247 69.861 1.507.889 66.759 16.038.157 Importe Neto 1.824.940 11.742.455 704.771 360.632 144.796 1.199.676 66.759 16.044.029 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 11 - CARGOS DIFERIDOS La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 Detalle Estudios y Proyectos Programas computarizados Valor Original 182.771 16.170.831 16.353.602 Amortización Acumulada (11.586.716) (11.586.716) 2013 Importe Neto 182.771 4.584.115 4.766.886 Importe Neto 1.760.836 2.619.401 4.380.237 NOTA 12 - CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Consumo de Tarjeta de Crédito Cheques por pagar M/N Otras cuentas por pagar M/N Costas Judiciales por regularizar Diversas comisiones por pagar Otras cuentas por pagar M/E 2014 93.737 48.740 70.985 6.586 237.306 14.259 471.523 2013 29.277 48.740 38.080 70.401 152.262 14.254 353.014 NOTA 13 - CUENTAS POR PAGAR FISCALES Y SOCIALES La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Deudas fiscales por pagar Deudas Sociales por pagar 2014 11.892.487 1.003.949 12.896.436 2013 9.449.237 834.387 10.283.624 NOTA 14 - PROVISIONES Y PREVISIONES La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Primas por Pagar Otras Provisiones y Previsiones 2014 2.814.533 29.248.251 32.062.784 2013 2.580.849 25.320.098 27.900.947 89 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 15 - CUENTAS DE ORDEN La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 2013 37.911.377.838 33.282.399.094 293.661.755 293.640.329 38.205.039.593 33.576.039.423 Portafolio de Inversiones en el FCI Portafolio de Inversiones del FCC NOTA 16 - POSICION EN MONEDA EXTRANJERA Los estados financieros expresados en bolivianos incluyen saldos en moneda extranjera (dólares estadounidenses principalmente) de acuerdo con el siguiente detalle: 2014 573.822 (68.313) 505.509 Activos Pasivos TOTAL 2013 837.913 (40.047) 797.866 Los activos y pasivos en moneda extranjera han sido convertidos a bolivianos al tipo de cambio oficial vigente al 31 de diciembre de 2014 y 2013 de Bs6,86 por US$ 1. NOTA 17 - CAPITAL SOCIAL El capital autorizado en la Sociedad asciende a Bs41.680.000 dividido en 416.800 acciones con un valor nominal de Bs100 cada una. La composición del capital social al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Accionistas BBVA S.A. BBVA. Pensiones S.A. Vistaur Inc. S.A. Ferpac Holding Corp. Panezco Enterprises Inc. Stocel Corporation Gisborne Enterprises N° de acciones 161.250 10.750 8.600 10.750 10.750 6.450 6.450 215.000 Valor nominal 100 100 100 100 100 100 100 Capital social Bs 16.125.000 1.075.000 860.000 1.075.000 1.075.000 645.000 645.000 21.500.000 Porcentaje % 75% 5% 4% 5% 5% 3% 3% 100% Al momento de la constitución se habían suscrito y pagado 260.500 acciones equivalentes a Bs26.050.000. 90 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 La Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 28 de julio de 1998 decidió incrementar al capital pagado de Bs26.050.000 a Bs29.803.000 mediante el aporte de capital de los accionistas, quienes aportaron de manera proporcional a su participación en la Sociedad, conformando al 31 de diciembre del 2000, un capital social dividido en 298.000 acciones emitidas y 30 acciones a emitir, cada una por un valor nominal de Bs100. Mediante testimonio 237/02 de fecha 17 de diciembre de 2002 y a través de Resolución de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, se resolvió aprobar la capitalización de la cuenta patrimonial “Actualización del capital social” por un total de Bs10.297.000. Asimismo, mediante Testimonio 238/02 de fecha 17 de diciembre de 2002, por Resolución de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, se resolvió aprobar la reducción de capital en un valor de Bs18.600.000. En fecha 13 de junio de 2006 la Sociedad Fénix Inversiones S.A., accionista en BBVA Previsión AFP S.A., comunicó la transferencia del 16% de sus acciones de la siguiente forma: 3% a Stocel Corporation, 3% a Gisborne Ferpac Holdings Corp, 5% a Ferpac Holdings Corp. y 5% a Panezco Enterprises Inc. El saldo de esta reserva puede ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas acumuladas. b) Ajuste global del patrimonio, ajuste de capital y ajuste de reservas patrimoniales Hasta el 31 de diciembre de 2008 en este grupo se contabiliza el ajuste por inflación del capital y reservas patrimoniales. La Sociedad de acuerdo a lo instruido en la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 087 de 25 de febrero de 2009, a partir del 1º de enero de 2009, ha dejado de ajustar por inflación su patrimonio neto en función a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV. El saldo de esta reserva puede ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas acumuladas. c) Reservas facultativas En fecha 16 de febrero de 2011, la Junta Ordinaria de Accionistas determinó la constitución de una reserva facultativa, por Bs1.642.295, dicha reserva fue descontada de la utilidad neta a distribuir de la gestión 2010. El propósito de dicha reserva es para asumir costos relacionados a la nueva Ley de Pensiones N° 065. NOTA 18 - OTRAS CUENTAS DE PATRIMONIO a) Reserva legal De acuerdo con la legislación vigente y los estatutos de la Sociedad, debe destinarse una suma no inferior al 5% de las utilidades líquidas y realizadas de cada ejercicio a la constitución de una reserva legal, hasta alcanzar el 50% del capital pagado. Al 31 de diciembre de 2010 la Sociedad alcanzó este límite. 91 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 19 - INGRESOS OPERATIVOS La composición de este rubro al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 Comisiones por administración de portafolios (i) Comisiones por administración de prestaciones de RC/RP/RL (ii) Comisiones por administración de cuentas individuales (iii) Comisiones por servicios prestados a cías. aseguradoras (iv) Ingresos por comisiones (v) i) Los ingresos por comisiones por administración de portafolio, corresponden a la administración del portafolio de inversiones de los Fondos de Capitalización Individual y Fondo de Capitalización Colectiva. ii) Mediante Resolución Administrativa/SPVS/ IP N° 820 de fecha 10 de octubre de 2007, el Gobierno boliviano, estableció que la comisión por la administración de prestaciones de Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral que podrán cobrar las AFP´s a partir del 1° de noviembre de 2006, es del 0,85% sobre el monto de las primas recaudadas y acreditadas. iii) Los ingresos por comisiones de administración de cuentas individuales corresponden a la administración de los aportes de los participantes del fondo de capitalización individual. iv) Los ingresos por comisiones por servicios prestados a compañías aseguradoras corresponden a la contraprestación por las siguientes tareas realizadas: recaudación de prima, pago de la prima, actualización transferencia de la información del grupo asegurado, atención o solicitudes de pensión, calificación de grado de invalidez y determinación de origen de muerte; servicios por los que la Sociedad percibió una comisión equivalente al 11% del monto 92 13.909.037 6.310.863 112.500.137 59.718 11.748.958 144.528.713 2013 13.909.036 6.915.306 94.316.696 109.117 10.102.970 125.353.125 de primas transferidas. La administración de las prestaciones por Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral, a partir del 1° de noviembre de 2006, es responsabilidad de las Administradoras de Fondos de Pensiones, temporalmente. v) Corresponden a comisiones por pago de jubilación ya sea por la modalidad de Mensualidad Vitalicia Variable o por Compensación de Cotizaciones, Cuenta Básica Previsional, según porcentajes establecidos en la resolución SPVS/IP/963/2002 del 11 de diciembre de 2002. NOTA 20 - BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, existen saldos en las cuentas de disponibilidades que se encuentran restringidas por orden judicial por un valor aproximado de 1.901.475 y Bs 1.901.475, respectivamente. NOTA 21 - OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Sociedad no mantiene operaciones con sociedades relacionadas con excepción del contrato de prestación de servicios para la operación del fondo de vivienda administrado ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por Provivienda Entidad Recaudadora y Administradora de Aportes S.A. y los servicios prestados por la Entidad Encargada de Calificar (EEC), en la elaboración de las calificaciones de invalidez de los afiliados. NOTA 22 - CONTINGENCIAS La Sociedad declara no tener contingencias al 31 de diciembre de 2014 de ninguna naturaleza más allá de las registradas contablemente o pasivos contingentes que por sus características o la fiabilidad de su estimación deba ser relevado en notas a los presentes estados financieros. NOTA 23 - SITUACIONES RELACIONADAS CON LOS FONDOS ADMINISTRADOS a) Excesos de inversión A partir de la emisión del Programa de Bonos Ametex II, realizado en la gestión 2007, como producto del Proceso de Reestructuración Financiera que fuera iniciado por la empresa América Textil S.A. (Ametex), se registró la cancelación a BBVA Previsión AFP S.A. de un total de 13 cupones. Dichas cancelaciones contienen amortizaciones de capital e intereses. Sin embargo, producto de aspectos negativos como el retraso en la devolución de impuestos (Cedeims), incrementos de los costos de mano de obra, restricciones de provisión de agua e incertidumbre de la continuidad del ATPDEA, provocaron un deterioro del flujo y situación financiera de la empresa, llegando a registrar incumplimientos en sus compromisos financieros, lo cual obligó a sus Acreedores a aprobar dispensas en el pago de sus amortizaciones de capital e intereses en dos ocasiones, en tanto se buscaban medidas que permitan restituir su viabilidad. En este sentido, precautelando la unidad productiva y el pago del saldo de la deuda, en la Décimo Tercera Junta de Acreedores y Sexta Asamblea de Tenedores de Bonos Ametex II, celebradas en junio del 2008, se plantearon alternativas estructurales, las cuales después de exhaustivos análisis, fueron aprobadas en el mes de octubre del 2008, resolviendo de esta manera, flexibilizar las condiciones de la deuda por un plazo de dos años. Por otro lado, como consecuencia de la aprobación y puesta en marcha de las medidas estructurales anteriormente señaladas, se ha consiguió mejoras importantes en las condiciones y garantías para los acreedores como BBVA Previsión AFP S.A., en representación del FCI que administra. No obstante, en la gestión 2010, Ametex procedió a comunicar que, producto de aspectos negativos, como ser la reducción de la demanda de Estados Unidos a consecuencia de la crisis internacional y dificultades productivas, entre otros, no había podido recomponer su capital operativo en el plazo establecido, por lo cual sus Acreedores procedieron a aprobar una dispensa adicional en el pago de sus amortizaciones de capital e intereses, en tanto se analizaban alternativas que permitan restituir su viabilidad. A lo largo de la gestión 2011, la Junta de Acreedores y la Asamblea General de Tenedores de Bonos asumieron medidas que reforzaron y ampliaron la iniciativa inicial de concesión de un plazo de gracia de dos años para el pago de capital y la reducción de la tasa de interés en un 90%, aprobada durante la gestión 2008. Estas medidas determinaron una importante reducción de la deuda de la empresa mediante daciones en pago de diversos activos de la empresa, a favor de varios acreedores, distintos al FCI, 93 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 operaciones que en todos los casos incluyeron el reconocimiento de quitas superiores al 50% del monto de la deuda original. Con ello, no sólo se logró reducir la deuda de Ametex, con el alivio consiguiente en sus flujos de caja, sino también se logró la liberación de activos en garantía a favor de los acreedores restantes, mismos que pasan a formar parte del Paquete Colateral Libre definido en el respectivo Acuerdo de Transacción. Por otro lado, la Junta de Acreedores y la Asamblea General de Tenedores de Bonos también aprobó, por unanimidad, la escisión de activos y pasivos de la empresa, para su posterior aporte a la empresa Hilanderías Laja S.A. (Hilasa). Con esta transacción, se supondría una transferencia a Hilasa todos los activos relacionados al negocio de hilandería, junto a los pasivos correspondientes a los Bonos Ametex II aún vigentes, entre otros, de manera que la nueva deudora para con los Tenedores de Bonos sea esta empresa, que goza de mejores perspectivas en cuanto a la generación de flujo de caja. Desafortunadamente, los trámites de registro y escisión de Hilasa no permitieron continuar con esta iniciativa, entre tanto la situación de Ametex procedía a debilitarse aún más. En este sentido, pese a los esfuerzos realizados para levantar los flujos de la empresa, durante la gestión 2012, considerando la delicada situación financiera y económica por la que atravesaba la empresa, derivada principalmente de las dificultades de accesos a mercados internacionales para la colocación de su producción y otros factores, en fecha 4 de julio de 2012, la Junta de Acreedores procedió a recomendar la suscripción de un contrato de arrendamiento de las unidades productivas de Ametex (planta, maquinaria y equipo) a la empresa pública nacional textil ENATEX, creada bajo el Decreto Supremo 94 No. 1253 del 11 de junio de 2012. Con este contrato, con vencimiento hasta el 24 de enero de 2013 y prorrogable por acuerdo de partes, ENATEX se comprometía a pagar a AMETEX, un canon de alquiler que garantiza el pago del cronograma de la deuda a sus Acreedores. Paralelamente a la firma del contrato con ENATEX, Ametex en la gestión 2012 procedió a iniciar los procedimientos para su disolución y liquidación voluntaria, llevada adelante conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de Transacción y el Código de Comercio. Durante toda la gestión 2013 se renovó en dos ocasiones el contrato de arrendamiento de las unidades productivas de Ametex (planta, maquinaria y equipo) a la empresa pública textil ENATEX, por tanto nuestra institución percibió de forma mensual el monto de interés del saldo adeudado proveniente de la única fuente de ingresos de la empresa, el canon del alquiler pagado por ENATEX, sin embargo, éstos pagos se manejaron con un retraso de hasta dos meses, cerrando la gestión con pagos pendientes de los meses de noviembre y diciembre, debido a que ENATEX no procedió a cancelar el monto pactado de los meses indicados de forma oportuna, pese a las gestiones vía administrativa realizadas por el Síndico Liquidador de AMETEX. La última renovación de contrato de conocimiento de la AFP, tiene vigencia hasta el 24 de enero de 2014. En lo que respecta a la Liquidación Voluntaria, iniciada en la gestión 2012, desafortunadamente no ha tenido grandes avances durante la gestión 2013, ya que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) habría indicado que no procedería a homologar el Acuerdo de Liquidación Voluntario que fuera presentado ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por la Junta de Acreedores al existir indicios de evasión de impuestos por parte de Ametex y una supuesta quiebra fraudulenta. En este sentido, la Junta de Acreedores ha procedido a contratar a una auditoría externa para que proceda a revisar las observaciones de AEMP, cuyo informe hasta el cierre de la gestión 2013 está pendiente de entrega. En la gestión 2013, se tomó conocimiento de la publicación del Decreto Supremo No. 1844 de fecha 24 de diciembre 2013, en la cual se autorizaba al MDP y EP la constitución de un Fideicomiso por Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos) en beneficio de ENATEX, fideicomiso que tenía como finalidad y destino la compra de activos por parte de dicha empresa pública. En este sentido, bajo lo dispuesto en dicho Decreto, en fecha 12 de Junio de 2014, ENATEX hizo conocer al Sindico Liquidador su interés para la compra de los activos de AMETEX, por la misma suma del fideicomiso constituido, Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos), oferta que fue puesta en conocimiento y para consideración por el Síndico Liquidador de AMETEX, sus accionistas y de la Junta de Acreedores de AMETEX. Por otro lado, se evidenció la no existencia de oportunidad de mercado para estos activos de AMETEX, ni interés por parte de otras empresas para la adquisición de los mismos, luego del resultado negativo del proceso de oferta pública a nivel nacional e internacional, a cargo de Pricewaterhouse Coopers S.R.L, sin dejar de mencionar que durante este proceso de oferta pública, existió manifestaciones por parte de los trabajadores de AMETEX exigiendo la ejecución de la transferencia de los activos a favor de ENATEX, a objeto de que puedan ser satisfechos el pago de los beneficios sociales que les adeuda AMETEX, solo se tenía como oferta la propuesta de ENATEX. Paralelamente, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, emite la Resolución Administrativa APS/No.309-2014, de fecha 17 de abril de 2014, complementada y modificada por la Resolución Administrativa APS/No. 331-2014, de 7 de mayo de 2014, en donde dispone que las Administradoras de Fondos de Pensiones procedan al castigo de los excesos de inversión involuntarios generados por los Bonos AMETEX II, estableciendo en su parte considerativa, que en virtud a los antecedentes sobre la realidad económica de la sociedad América Textil S.A., así como también producto de la nota ASFI/DSV/R-134093/2013 de fecha 10 de septiembre remitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), señala que la Metodología de Valoración no contempla condiciones para la valoración de valores donde el emisor se encuentra en cesación de pagos, con el fin de regularizar la situación contable de las cuentas objeto de castigo y evitar que se consigne en los Estados Financieros del Fondo del SIP (ex FCI) información incorrecta, se consideró necesario que Futuro de Bolivia S.A. AFP y BBVA AFP Previsión S.A. puedan proceder al castigo de los excesos de inversión involuntarios generados por las emisiones de bonos comprendidos dentro del Programa denominado Bonos AMETEX II, procedimiento de castigo que se ha venido cumpliendo por parte de nuestra institución. Es en tal sentido, que ante ese escenario y actuando en consecuencia con el Decreto Supremo No. 1844 y la oferta económica que ENATEX remitió a AMETEX el pasado 12 de junio 2014, ratificada en fecha 8 de septiembre de 2014, y la notificación con la Resolución Ministerial No. 212/14, recibida el 5 de Septiembre 2014, mediante la cual autoriza que ENATEX proceda a la compra de los activos de AMETEX, teniendo 95 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 en cuenta y cumpliendo lo previsto en la parte considerativa de tal Resolución, por el precio de Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos), conforme a lo señalado en los informes técnicos y legales correspondientes referidos en la misma, y en la cual se exponen los fundamentos de hecho y de derecho para sustentar la oferta realizada por ENATEX, además de considerar los antecedentes, avalúos y cálculos que sustentan el precio ofertado. Ante todo ello, considerando los hechos y acciones descritos, en nuestra calidad de Acreedores, miembros de la Junta de Acreedores de AMETEX, y el haber agotado todos los medios disponibles y realizado las gestiones posibles a nuestro alcance para que la Liquidación Voluntaria se realice en las mejores condiciones para la cobertura de AMETEX, el pasado 12 de septiembre de 2014, en la reinstalación de la Junta de Acreedores, se procedió a autorizar la venta de las unidades productivas de AMETEX a ENATEX, por el monto ofertado de Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos). Cabe mencionar que todo el accionar ha sido de conocimiento del regulador, la Autoridad de Pensiones y Seguros – APS. b) Caso Lloyd Aéreo Boliviano El Fondo de Capitalización Colectiva mantiene inversiones en el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB), como resultado del proceso de capitalización de esta empresa. Las acciones en el LAB se encuentran valuadas al valor de capitalización. A la fecha, la Normativa para la valoración de las acciones de las empresas capitalizadas continua vigente, situación por la cual no es posible realizar una valoración diferente a lo que estipula la Norma. 96 Ejerciendo nuestras labores de diligencia para poder obtener información financiera actualizada del LAB, es importante mencionar que, esta AFP durante la gestión 2011 y principios de 2012, cursó una serie de solicitudes al Directorio y Comisión Fiscalizadora, para que de acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio y los Estatutos del LAB, proceda a convocar a Junta General Ordinaria de Accionistas para la correspondiente presentación y consideración de los Estados Financieros de las gestiones 2009, 2010 y 2011 que permitan dilucidar la situación financiera de la empresa. Habiendo agotado la vía administrativa, se procedió a realizar las respectivas denuncias a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), para que en el ejercicio pleno de sus competencias proceda a realizar las Juntas solicitadas. Luego de realizar diversas reiteraciones ante la AEMP, el pasado 9 de mayo de 2012 publicó la Resolución N. 065/2012, la cual resolvió que la Dirección Técnica de Fiscalización y Verificación del Cumplimiento de Obligaciones Comerciales proceda a convocar la Junta de Accionistas para la consideración de los Estados Financieros. En este sentido, el 15 de agosto de 2012, se llevó a cabo la Junta de Accionistas, convocada por la AEMP, para dar tratamiento de los Estados Financieros de las gestiones 2009, 2010 y 2011. Luego de realizar un aplazamiento de votación amparados en el art. 298 del Código de Comercio, el 12 de septiembre de 2012, en la primera reinstalación de la Junta de Accionistas, se procedió a rechazar por unanimidad la documentación presentada, considerando las observaciones de Fondo que presentaba el dictamen del Auditor Externo, mismas que principalmente hacían mención a la falta de razonabilidad de las cifras allí ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 expuestas, incluyendo las deficiencias que tuvieron para la aplicación de normas de auditoría. Como resultado de este rechazo unánime, en la Junta de Accionistas del 9 de noviembre de 2012 se solicitó a la Administración y al Directorio de la Sociedad, se contrate una auditoría forense que coadyuve a dilucidar la situación financiera y económica por la cual atraviesa el LAB. Por otro lado, con la finalidad de continuar operaciones, la Administración actual del LAB al querer retomar los procedimientos para la obtención de la matrícula de comercio de la Sociedad, advirtió observaciones para concluir tal procedimiento, situación por la cual convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 20 de diciembre de 2012 para su regularización. En dicha instancia, como parte de las acciones para regularizar la situación del LAB, se determinó por unanimidad revocar la Junta de Accionistas del 23 de octubre de 2008, sobre la cual BBVA Previsión AFP mantiene un proceso de arbitraje. De igual manera, se realizó un aumento del capital pagado, todo esto sin presentar los informes técnicos legales y financieros que la sustenten. Asimismo, se resalta que estos ajustes fueron realizados considerando los Estados Financieros de la gestión 2011, los cuales fueron rechazados por la unanimidad en una Junta previa, situación por la cual BBVA Previsión AFP expresó su disidencia, y posteriormente procedió a impugnar. se realizó una Junta de Accionistas en la cual fueron aprobados por mayoría (accionistas mayoritarios, la Federación de Trabajadores del LAB) los Estados Financieros de la gestión 2012, instancia en la cual la AFP hizo constar su disidencia, ya que estos balances habían sido realizados sobre Estados Financieros anteriores (gestión 2009,2010 y 2011) que habrían sido rechazados en la Junta del 12 de septiembre de 2012, así como tampoco no se había realizado la auditoría forense tal cual se determinó en la Junta del 9 de noviembre de 2012. Por tanto, BBVA Previsión AFP el 17 de diciembre de 2013 procedió a interponer una demanda de impugnación en contra de las determinaciones tomadas en la Junta del 23 de octubre del 2013, es decir, puntualmente sobre la aprobación de los EEFF’s de la gestión 2012. En cuanto a la gestión 2014, producto nuevamente de solicitudes al Directorio y Comisión Fiscalizadora sobre la situación financiera del LAB, se procedió a realizar la Junta Ordinaria de Accionista, en fecha 28 de Julio de 2014, instancia en la cual se aprobó por mayoría la información financiera de la gestión 2013, ante esto, la AFP hizo constar su disidencia, por la irregularidad desde la convocatoria, hasta la violación del ejercicio de los derechos de los accionistas minoritarios. En este sentido, el 26 de septiembre de 2014 se procedió a interponer una demanda de impugnación en contra de las determinaciones tomadas en la Junta del 28 de julio del 2014. Finalmente, cabe mencionar que todo el accionar ha sido puesto en conocimiento del Regulador, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Durante la gestión 2013, como resultado de una serie de solicitudes al Directorio y Comisión Fiscalizadora para conocer la situación financiera del LAB, el 23 de octubre de 2013 97 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 c) Administración de los Seguros Previsionales Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispone que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/ Laboral. Administración que por el quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006 fue adjudicada a las empresas aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas S.A.” y “Seguros Provida S.A.” y que al haber concluido el período de vigencia del primer contrato y declarada desierta, por la Comisión Calificadora, la Licitación para la contratación de entidades aseguradoras certificadas por el segundo período, cuyo proceso de certificación, licitación y adjudicación ha sido normado por Decreto Supremo N° 28812, por los antecedentes expuestos y de acuerdo a la disposición señalada, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la APS, las AFP’s a partir del 1º de noviembre de 2006, administrarán las prestaciones de invalidez y muerte por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, mediante las cuentas colectivas denominadas, respectivamente, “Cuenta de Siniestralidad” y “Cuenta de Riesgos Profesionales”, administradas por las AFP’s, así como el pago de las rentas por Riesgo Profesional del Sistema de Reparto. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. En fecha 29 de diciembre de 2007, el Decreto Supremo N° 29400 señala que la comisión máxima que cada una de las Administradoras de Fondos de Pensiones, podrán cobrar por el servicio que prestan dentro de los alcances del Decreto Supremo N° 28926 del 15 de noviembre de 2006 y durante el período establecido en el mismo, será de 0.85% sobre el monto de las primas recaudadas y acreditadas. 98 En fecha 16 de octubre de 2012, mediante Resolución Administrativa 809-2012, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, consigna en Resolución Administrativa la nota APS/ DPS/7287/2012, de 21 de septiembre de 2012, la cual indica que a partir de la nueva recaudación de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones, no corresponde el cobro de la comisión del 0.85% por Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral. Mediante Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPSF/URJ-SIREFI N° 077/2013 de 19 de noviembre de 2013, se ratifica el cobro de la comisión del 0,85%, producto del Recurso Jerárquico interpuesto por la Sociedad, contra la Resolución Administrativa APS/DJ/ DPC/N° 548-2013 de 17 de junio de 2013, que en Recurso de Revocatoria confirmó la Resolución Administrativa APS/DJ/DPC N° 809/2012 de fecha 16 de octubre de 2012, que suspendía dicha comisión. d) Transferencias a las Empresas de Seguro De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996, y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde los Fondos de Pensiones a Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, mediante Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y riesgo profesional del Seguro Social Obligatorio a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros S.A. y Seguros Provida S.A. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina), efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de las reservas técnicas por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001 en un monto de US$ 116.342.758 con la siguiente distribución: Riesgo Común Riesgo Profesional Previsión US$ 39.421.895 16.765.545 56.187.440 Futuro US$ 44.693.427 15.461.891 60.155.318 Total US$ 84.115.322 32.227.436 116.342.758 Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926, respectivamente, más el rendimiento del 4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto devuelto Seguros La Vitalicia Provida 696.899 1.528.120 788.341 1.528.120 1.485.240 Total 696.899 2.316.461 3.013.360 Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido Total La Vitalicia Seguros Provida 294.074.580 92,046.340 386.120.920 294.657.140 92.147.907 386.805.047 588.731.720 184.194.247 772.925.967 Los saldos transferidos durante el período 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido Total Seguros La Vitalicia Provida 293.787.533 91,884.743 385.672.276 294.370.489 92.004.955 386.375.444 588.158.022 183.889.698 772.047.720 99 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Los saldos transferidos durante el período 2013, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. e) Transferencia de la Reserva Financiera La Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338 de fecha 30 de noviembre de 2006 instruye la transferencia de las Reservas Financieras de las Entidades Aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. a las Administradoras de Fondos de Pensiones BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia S.A. de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo 28926 de 15 de noviembre de 2006. Además, menciona que las Entidades Aseguradoras deberán transferir con carácter preliminar la totalidad del saldo de las Reservas Financieras al 31 de octubre de 2001 a su cargo, a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en proporciones iguales, es decir 50% para cada AFP. En 100 cumplimiento a la Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338 y en aplicación al Decreto Supremo N° 28926, las compañías aseguradoras La Vitalicia S.A. y Provida S.A. solicitaron a la Entidad de Depósito de Valores (EDV), el traspaso de los títulos valores que respaldan la Reserva Financiera para su respectivo cambio de titularidad. Los títulos fueron traspasados a nombre BBVA Previsión AFP S.A. para el Fondo de Capitalización Individual en fecha 14 de diciembre de 2006 por los siguientes importes: La Vitalicia transfirió Bs84.606.249 y Provida Bs28.602.424, los cuales fueron acreditados en la cuenta analítica patrimonial del FCI 3.5.1.02.1.05 “Devolución Reserva Financiera”. Tal como lo establece la Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338, los importes transferidos son preliminares y los mismos se encontraban sujetos a los resultados de la auditoría que ha realizado la firma Ernst & Young, previa no objeción de la APS, se instruirá el ajuste de los montos transferidos que pueden ser a favor o en contra de BBVA Previsión AFP S.A. Mediante Resolución Administrativa APS/DJ/ DS/N° 051 – 2013 de 16 de enero de 2013, se aprueba la transferencia del saldo final de la Reserva Financiera a Seguros Provida S.A. La Sociedad ha informado a la APS mediante cite PREV. CONT. FDS 0963/03/2013 de 5 de marzo de 2013, que ha procedido a la transferencia de Bs1.385.988 en fecha 22 de febrero de 2013. f) Trabajadores Estacionales En fecha 23 de noviembre de 2007, se ha emitido la Ley N° 3785 “Trabajadores Estacionales” con el objeto de adecuar la participación de los trabajadores estacionales en el Seguro Social Obligatorio de largo plazo y establecer la pensión mínima en el país. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 El Decreto Supremo N° 29423 del 16 de enero de 2008 Reglamenta la Ley N° 3785, dicho Decreto ha sido emitido con la finalidad de reglamentar los alcances de la Ley 3785 en cuanto a los trabajadores estacionales de los sectores agrícolas, pecuarios y de silvicultura, los retiros temporales y la pensión mínima, así como normar otros aspectos del Seguro Social Obligatorio de largo plazo. g) Nueva Ley de Pensiones En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos 101 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 102 y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias • Las AFP se sujetarán a la normativa y En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, 103 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la 104 responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. Los presentes estados financieros han sido preparados considerando que la Sociedad continuará como empresa en marcha, y consecuentemente, no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la aplicación de la nueva Ley de Pensiones ni del Decreto Supremo N° 2248, debido a que como se menciona anteriormente, la transferencia de la administración del sistema integral de pensiones a la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, se producirá una vez que se cumplan todos los pasos establecidos por 105 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 el Decreto Supremo Reglamentario y finalice el periodo de transición. Mientras tanto, la Sociedad continuará cumpliendo con todas las obligaciones establecidas en los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros. Finalizado el periodo de transición, dichos contratos quedarán resueltos. Al 31 de diciembre de 2014, se ha cancelado por este concepto la suma de Bs128.955. NOTA 24 - HECHOS POSTERIORES Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los presentes estados financieros. h) Pago de gastos de funerarios con recursos del Fondo de Capitalización Colectiva. Según Resolución Administrativa 007-2011, de fecha 10 de mayo de 2011, que instruye la transferencia de fondos del FCC al FCI para el pago de Gastos Funerarios a todos aquellos afiliados que tengan en su cuenta individual un monto menor al mínimo actuarial requerido para que se financie el Gasto Funerario por el Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia Variable, dicha transferencia de fondos es realizada a fecha 7 de junio de 2011, por la suma de Bs1.145.979. Ildefonso Núñez López Gerente General 106 Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 107 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el balance general del Fondo de Capitalización Individual, administrado por BBVA Previsión AFP S. A . - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, y los correspondientes estados de variación patrimonial y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 23 que se acompañan. Estos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mencionados estados financieros basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS . Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1. presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera del Fondo de Capitalización Individual, administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las variaciones patrimoniales y los flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 a los estados financieros. 5. Tal como se detalla en las Notas 9 y 21 a) a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el Fondo mantiene en la cuenta "Excesos de inversión en el país" Bs 1.588.653 y Bs 51.102.868 respectivamente, que corresponden a inversiones en valores de renta fija. A la fecha del presente informe, el emisor de dichos valores presenta dificultades financieras importantes para el pago de sus obligaciones, existiendo inclusive un proceso de liquidación y 108 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 disolución en curso. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la contabilización de este activo en los estados financieros del Fondo, ha sido realizada de acuerdo con disposiciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, que instruyó el castigo de estos excesos de inversiones a partir de la gestión 2014. 6. Como se menciona en la Nota 21 f) a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, las obligaciones. activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 109 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) 1 1.1 1.1.1.01 1.1.1.02 1.1.1.03 1.1.1.04 ACTIVO Disponibilidades Cuentas recaudadoras M/N Cuenta de administración de cartera en el país Cuenta de administración de cartera en el exterior M/E Cuentas de desembolso Total Disponibilidades Nota 2014 2013 5 1.919 913.821.935 56.313.243 970.137.097 294.139.522 89.614.355 383.753.877 7 12.505.497.721 969.017.100 24.155.849 16.858.152.824 4.736.099.475 1.856.833.463 36.949.756.432 11.647.637.066 818.291.600 37.251.018 13.838.147.826 4.490.723.676 1.547.057.814 32.379.109.000 1.2 1.2.1.01 1.2.1.02 1.2.1.03 1.2.2.01 1.2.3.01 1.2.4.01 Inversiones en el País Inversiones en el Tesoro General de la Nación Inversiones en el Banco Central de Bolivia Inversiones en Municipios Inversiones en Instituciones Financieras del País Inversiones en Entidades Comerciales del País Otras Inversiones en el País Total Inversiones en el País 1.3 1.3.5.01 Excesos de inversión Otras Inversiones en el Exterior Total Exceso en Inversión 6y7 961.621.406 961.621.406 903.290.093 903.290.093 1.4 1.4.1.01 Excesos de inversión Excesos de inversión en el país Total Exceso en Inversión 7y9 1.588.652 1.588.652 51.102.868 51.102.868 1.6 1.6.1.01 1.6.1.02 1.6.1.03 1.6.1.04 Cuentas por Cobrar Cuentas por cobrar a la administradora Intereses por cobrar cuentas corrientes Cuentas por cobrar a entidades financieras Títulos Valores Pendientes de Cobro Total Cuentas por Cobrar TOTAL ACTIVO 10 107.390.152 6.965.968 12.638.600 126.994.720 39.010.098.307 24.638.859 10.159.447 11.644.194 46.442.500 33.763.698.338 6 6.1.1.01 6.1.1.02 6.1.2.01 6.1.2.02 6.2.1.01 6.3.1.01 6.6.1.01 Cuentas de Orden Deudoras Cotizaciones en gestión de cobro Cotizaciones en cobranza judicial Gestión de cobro CBP Cobranza judicial CBP Deudores por entregas a la DGP Valores en custodia Inversiones Castigadas Total Cuentas de Orden Deudoras 18 y 20 18 y 20 18 y 20 18 y 20 20 8 y 20 16.925.125 357.785.052 4.858.120 46.715.979 604.924.699 38.630.914.960 35.797.881 39.697.921.816 16.210.930 315.296.146 4.938.065 35.149.326 553.125.565 31.404.522.224 32.329.242.256 191.184 42.433.032 65.875.221 241.291.349 176.261 86.803 7.814.776 1.036.097 187.309 166.994 5.096.563 643.309 82.469.927 515.201 3.594.966 20.583 120.842 451.720.417 16.850 43.531.965 2.891.314 182.094.015 128.274 86.705 3.210.313 867.809 135.896 107.627 3.665.633 1.177.540 58.233.133 688.619 2.867.968 205.486 300.009.147 PASIVO Y PATRIMONIO 110 2 PASIVO 2.1 2.1.1.02 2.1.1.03 2.1.1.04 2.1.1.06 2.1.3.01 2.1.3.02 2.1.3.03 2.1.3.04 2.1.3.06 2.1.3.08 2.1.4.01 2.1.4.03 2.1.5.01 2.1.5.06 2.1.6.02 2.1.6.03 2.1.8.01 Cuentas por Pagar Recaudación clasificada Recaudación no aclarada Recaudación de renta mensual Recaudación no aclarada último mes reportado Comisiones por pagar al custodio Comisiones por pagar portafolio Comisiones por pagar cuentas individuales Comisiones por pagar renta de compensación de cotizaciones mensuales Comisiones por pagar por contratos MVV Comisiones por pagar por fracción básica Otras cuentas por pagar AFP Cuentas por pagar entidades financieras Prestaciones por pagar Prestaciones no cobradas Retenciones por pagar a entes gestores de salud Devolución de aportes Devoluciones de cotizaciones en exceso Total Cuentas por Pagar 11 11 13 12 12 12 12 12 14 14 15 16 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Continuación Nota 2014 TOTAL PASIVO 2013 451.720.417 300.009.147 17 y 19 3.742.592 5.081.264 8.823.856 27.351.457 4.326.100 31.677.557 25.031.673.361 38.386.525 6.477.049 438.714.611 25.515.251.546 3 PATRIMONIO 3.1 3.1.1.01 3.1.1.02 Recaudos en Proceso Recaudos en proceso Recursos por acreditarse en cuentas individuales Total Recaudos en Proceso 3.2 3.2.1.01 3.2.1.02 3.2.1.03 3.2.1.04 Cuentas Individuales Cotizaciones mensuales Cotizaciones adicionales Compensación global de cotizaciones Distribución de excedentes riesgo común Total Cuentas Individuales 17 y 19 27.856.001.376 48.047.734 8.957.335 443.126.949 28.356.133.394 3.3 3.3.1.01 Rezagos Cotizaciones en rezagos Total Rezagos 17 y 19 330.110.835 330.110.835 246.803.013 246.803.013 3.4 3.3.1.01 Traspasos Traspasos en Proceso Total Traspasos 17 y 19 46.571 46.571 13.738 13.738 3.5 3.5.1.01 3.5.1.02 3.5.1.03 3.5.1.04 3.5.1.05 Cuotas de otros Fondos y Cuentas Cuotas de otros fondos y cuentas Cuotas del fondo riesgo profesional Cuotas del fondo riesgo comun Cuotas del fondo riesgo laboral Cuenta básica previsional Total Cuotas de otros Fondos y Cuentas 17 y 19 2.459.722.172 1.562.541.595 1.770.783.809 46.406.391 4.017.013.509 9.856.467.476 1.893.549.884 1.297.104.654 1.520.748.824 33.465.957 2.909.210.229 7.654.079.548 3.6 3.6.1.01 3.6.1.02 Cotizaciones en Exceso Cotizaciones en exceso Cotizaciones en exceso CBP Total Cotizaciones en Exceso 17 y 19 5.146.740 5.146.740 14.369.315 17.592 14.386.907 3.7 3.7.1.01 Descuadraturas Menores Descuadraturas menores en recaudaciones Total Descuadraturas Menores 1.649.018 1.649.018 1.476.882 1.476.882 38.558.377.890 39.010.098.307 33.463.689.191 33.763.698.338 16.925.125 357.785.052 4.858.120 46.715.979 604.924.699 38.630.914.960 35.797.881 39.697.921.816 16.210.930 315.296.146 4.938.065 35.149.326 553.125.565 31.404.522.224 32.329.242.256 17 y 19 TOTAL PATRIMONIO TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 7 7.1.1.01 7.1.1.02 7.1.2.01 7.1.2.02 7.2.1.01 7.3.1.01 7.6.1.01 Cuentas de Orden Acreedoras Cuenta de control de cotizaciones en control de cobro Cuenta de control de cotizaciones en cobranza judicial Cuenta de control gestión de cobro Cuenta de control cobranza judicial CBP Cuenta de control de entregas a la DGP Valores en custodia Inversiones Castigadas Total Cuentas de Orden Acreedoras 18 y 20 18 y 20 18 y 20 18 y 20 20 8 y 20 Las notas 1 a 23 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 111 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE VARIACION PATRIMONIAL POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) 2014 Cuotas 20 SALDO INICIAL DEL PATRIMONIO 21.01 21.01.1 21.01.2 21.01.3 21.01.4 21.01.5 21.99 Recaudos en proceso Contribuciones Compensación global de cotizaciones Traspaso en proceso desde otras AFP's Compra de cuotas del FCC Transferencias de capital desde otras AFP's Otros aumentos Total Aumentos del Patrimonio 22 Disminuciones del Patrimonio: 22.01 22.02 Devengamiento de comisiones por administración cuentas individuales Traspasos en proceso hacia otras AFP 22.03 Devengamiento de prestaciones y beneficios: 22.03.1 22.03.2 22.03.3 22.03.4 22.03.5 22.04 22.05 22.06 22.07 22.08 22.09 22.10 22.11 22.12 22.13 22.14 22.99 Devengamiento de prestaciones y beneficios riesgo común Devengamiento de prestaciones y beneficios riesgo profesional Devengamiento de Prestaciones y Beneficios por Riesgo Laboral Devengamiento de prestaciones y beneficios cuenta individual Devengamiento de prestaciones y beneficios MVV Devolución de aportes Transferencias de saldos de cuenta individual a cias. aseguradoras Transferencias de primas a entidades aseguradoras Rescate de cuotas del FCC Devengamiento devolución de pagos en exceso Interés Incremental Traspaso de cotizaciones al TGN para incremento de renta (2%) Pago de Compensaciones de Cotizaciones CC Transferencia saldo cotizaciones mensuales fallecidos Transferencias de capital a otras AFP Transferencias de capital al T.G.N. aportes FFAA Otras disminuciones Total Disminuciones del Patrimonio 23 23.01 23.01.1 23.01.2 23.01.3 23.01.4 23.01.5 23.01.9 23.02 2013 Bs Cuotas 60.708.670,1640 33.463.689.191 54.405.964,7301 28.189.326.405 8.236.932,4703 8.065.572,4228 41.846,5715 129.513,4760 26.652,7333 8.263.585,2036 4.617.647.588 4.521.798.906 23.480.705 72.367.977 8.522.254 4.626.169.842 7.664.379,2604 7.481.719,4721 15.759,8327 146.969,1158 19.930,8398 53.322,7626 7.717.702,0230 4.006.476.196 3.910.760.141 8.270.291 77.186.476 10.259.288 22.695.683 4.029.171.879 203.172,3536 111.816,5427 127.653.079 62.273.585 193.695,1695 89.895,2810 111.094.473 47.180.389 974.207,9235 547.698.226 849.806,6343 446.776.932 326.087,6217 215.970,8606 139.739,5904 292.409,8508 19.225,4560 6.106,4580 53,1624 8.378,8625 404,3781 173,5290 299.738,7253 1.623.277,3911 183.389.383 121.338.247 78.558.396 164.412.199 10.786.089 3.423.919 29.700 4.304.486 476.637 97.772 166.779.127 923.522.620 268.117,2056 195.516,6499 209,5770 149.814,9094 236.148,2924 15.058,6209 246,7431 16.582,9447 51,3099 13.733,4631 2.599,9455 150,3057 936,6615 16.542,2555 215.697,2543 1.414.996,5890 141.122.322 102.928.444 109.078 78.328.017 124.289.071 7.938.553 127.450 9.047.585 27.000 6.158.402 1.175.530 77.215 501.319 8.512.764 122.597.139 761.214.751 Resultado del Fondo - 1.392.041.477 - 2.006.405.658 Resultado inversiones y recursos alta liquidez Rendimiento por valoración Intereses por vencimientos en dias inhábiles Resultado por actualización de saldos de cuentas corrientes en M.E. Rendimiento por intereses sobre saldos en cuentas corrientes Rendimiento por dividendos Otros resultados por inversiones y recursos alta liquidez (neto) Devengamiento de comisiones y gastos - 1.411.286.662 1.480.794.142 1.775.781 11.599.150 (82.882.411) (25.434.043) - 2.012.541.214 1.925.857.774 (16.150) 4.178.645 82.520.945 (22.534.836) 23.02.1 Devengamiento comisión por administración de portafolio - (15.832.227) - (15.807.699) 23.02.2 23.02.3 23.02.9 Devengamiento comisión custodia Devengamiento gastos de transacciones Otros Egresos por comisiones o gastos - (8.153.868) (1.447.948) - - (6.276.803) (450.334) - 23.99 Resultado por conceptos distintos a los anteriores 23.99.1 23.99.2 Resultado por compra o venta de divisas Otros resultados no considerados en los ítems anteriores 24 SALDO FINAL DEL PATRIMONIO 25 VALOR CUOTA AL CIERRE DE OPERACIONES 6.188.858 16.399.280 - 6.188.858 - 16.399.280 67.348.977,9765 38.558.377.890 60.708.670,1641 33.463.689.191 572,5162 Las notas 1 a 23 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General 112 Bs Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 551,2176 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) 10 11. 11.01 11.02 11.04 11.05 11.06 11.07 11.08 11.09 11.10 11.11 11.13 11.14 11.99 SALDO INICIAL Ingresos Recaudación Traspasos netos desde otras AFP's Compra de cuotas FCC Intereses percibidos sobre cuentas corrientes Dividendos Cortes de cupón Intereses por vencimiento en días inhábiles Recaudación de días anteriores, no informados oportunamente Rescate de inversiones Recaudación de renta de CC mensual Transferencias de capital desde otras AFP's Recaudación de fracción complementaria FFAA Otros ingresos Total Ingresos 12 12.01 12.01.1 12.01.2 12.01.3 12.01.4 12.01.5 12.01.6 12.01.7 12.01.8 12.01.9 12.02 12.03 12.04 12.05 12.06 12.07 12.07.1 12.07.2 12.08 12.08.1 12.08.2 12.08.2.1 12.08.2.2 12.08.4 12.08.4.1 12.08.4.2 12.08.5 12.08.6 12.09 12.10 12.11 12.12 12.13 12.14 12.15 12.16 12.17 12.18 12.99 EGRESOS Total Comisiones Comisiones pagadas a la AFP por administración de cuentas individuales Comisiones pagadas a la AFP por administración de portafolio Comisiones pagadas al custodio Comisiones pagadas a la AFP por pago de la renta de CC mensual Comisiones pagadas por pago pensiones M.V.V. Comisiones pagadas a las AFP transf. primas cias. aseguradoras Comisiones pagadas por renta FC mensual FFAA Comisiones pagadas a la AFP por primas RC-RP-RL Comisiones pagadas EDV derechos económicos y Transporte de Valores prog. Traspasos netos hacia otras AFP's Gastos de transacción Devolución de pagos en exceso Cargos bancarios Rescate de cuotas FCC Intereses pagados a la AFP Interés por mora asociado a la comisión Interés incremental Total de prestaciones y beneficios pagados Por riesgo común Por riesgo profesional Al SSO Desembolso a la Dirección General de Pensiones Por cuenta individual Pago de retiros mínimos Pago de masa hereditaria Pagos beneficios MVV Pagos renta de CC mensual Devolución de aportes Transferencia de saldos de ctas. individuales a entidades aseguradoras Pagos a entes gestores de salud Financiamiento de Gastos Médicos Traspasos de primas a cias. aseguradoras Traspaso de Cotizaciones a TGN para incremento renta (2%) Inversiones realizadas Transferencia saldo cotizaciones mensuales fallecidos Transferencia de capital a otras AFP's Transferencias de capital al TGN aportes FFAA Otros egresos Total Egresos SALDO FINAL 13 2014 383.753.877 2013 727.250.816 4.570.422.224 10.850.344 11.140.721 941.869.838 8.627.609 5.558.766.979 60.457.383 1.456.080.270 12.618.215.368 3.797.271.059 34.227.856 4.125.071 917.717.230 13.849 8.809.199 6.035.318.833 1.460.969.792 12.258.452.889 163.763.517 122.990.167 15.571.982 7.847.811 7.908.007 2.386.297 54.113 7.005.140 600.777 1.415.149 4.005.586 29.700 699.348 210.555 488.793 1.204.479.754 157.049.024 112.337.886 59.152.610 53.185.275 88.710.125 77.931.565 10.778.560 152.758.525 693.624.195 17.458.881 437.824 9.696.118.096 942.823.516 12.031.832.148 970.137.097 155.848.462 116.178.456 16.042.038 5.842.662 7.305.446 2.096.812 123.232 8.259.816 681.831 452.374 5.446.955 27.000 1.249.389 269.827 979.562 1.070.178.547 121.242.713 92.750.761 39.723.093 53.027.668 79.996.992 72.058.439 7.938.553 116.216.369 659.971.712 26.762.334 997.060 10.335.161.158 501.319 1.004.643.399 12.601.949.828 383.753.877 Las notas 1 a 23 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 113 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - ASPECTOS LEGALES DEL FONDO BBVA Previsión AFP S.A. fue constituida en la ciudad de Cochabamba en fecha 25 de febrero de 1997, según Testimonio de la Escritura Pública de Constitución N° 429/97. Se estableció como domicilio principal de la Sociedad la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. El funcionamiento de la Sociedad fue autorizada mediante Resolución Administrativa N° 2-9531 de fecha 28 de febrero de 1997, otorgada por la Dirección General del Registro de Comercio y Sociedades por acciones dependiente del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, actual Ministerio de Desarrollo Económico. El objeto social definido en los estatutos de la Sociedad es el de administrar y representar los fondos de pensiones, cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996), y sus reglamentos, contratar servicios necesarios para la realización de sus actividades, invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos valores, de sistemas computarizados, de procesamiento de planillas de recaudación cobro de mora y pago de prestaciones del seguro social obligatorio de largo plazo bajo su responsabilidad y similares, ofertar mensualidades vitalicias variables a los afiliados de los fondos que administre y sus derecho habientes, cuando legalmente corresponda, cobrar las comisiones o primas que correspondan, en la medida autorizada legalmente, como remuneración por sus servicios de administración de 114 fondos y en general, realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones, negocios, negociaciones, gestiones y similares. El objetivo del Fondo de Capitalización Individual, es el de recaudar las contribuciones que efectúan sus afiliados con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732). Los beneficios mencionados consisten básicamente, en la posibilidad de acceder a una jubilación ordinaria, un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento, contratadas bajo una de las siguientes modalidades: Seguro Vitalicio contratado con entidades aseguradoras calificadas o Mensualidad Vitalicia Variable por medio de una de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Los recursos del Fondo de Capitalización Individual, administrado por BBVA PREVISION AFP S.A., han sido invertidos en instrumentos de inversión autorizados por la Ley de Pensiones, Reglamento de la Ley de Pensiones D.S. N° 24469 y la ex Intendencia de Pensiones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de fecha 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 la ex Intendencia de Pensiones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, mediante Resolución Administrativa N° 572/2001 de fecha 1 de noviembre de 2001, ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 ha dispuesto la transferencia de las coberturas por riesgo común y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25%, respectivamente. En fecha 1 de noviembre de 2001, las Administradoras de Fondos de Pensiones han firmado un contrato de seguro (póliza de seguro) con la Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Próvida S.A. de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. El 3 de julio de 2003, se realiza la primera transferencia de capital acumulado a la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable que es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio del fondo y pertenece a los afiliados que han suscrito el Contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. De acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS-IP N° 647, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el Fondo de Capitalización Colectiva invirtió las acciones de las empresas capitalizadas en cuotas de participación del Fondo de Capitalización Individual por un monto de Bs1.363.646 y Bs1.342.220 para mantener un nivel de liquidez suficiente para el pago del beneficio del Bonosol, a la fecha este beneficio se encuentra suspendido por la Ley 3791 de Renta Dignidad que en su art. 12 deroga el Decreto Supremo 2427. Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispone que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, a partir del 1 de noviembre de 2006, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/ Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esta administración fue adjudicada a las empresas aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Provida S.A.” por el quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, establece que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominará Autoridad de Control Social de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Tal como se describe en la Nota 21 f) durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones y en fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. 115 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 2 - NORMAS CONTABLES A continuación se describen las normas aplicables más significativas aplicadas por la Administradora: 2014, los mismos que son comparados con los estados financieros correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. 2.3 Valoración de Inversiones 2.1 Generales Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 , han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 y sus normas reglamentarias en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes. Estos lineamientos concuerdan con los Normas de Contabilidad Generalmente Aceptados aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. Para la presentación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Administradora del Fondo de Capitalización Individual, ha adoptado los formatos establecidos por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. 2.2 Período cubierto por los estados financieros Los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Individual corresponden al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 116 La valoración de las inversiones mantenidas por el Fondo de Capitalización Individual – FCI, se realiza diariamente en bolivianos a precio de mercado, de acuerdo a las transacciones observadas en los distintos mercados autorizados. Valores elegibles De acuerdo con las normas establecidas en la Ley N° 065, Ley de Pensiones, los recursos del Fondo de Capitalización Individual están invertidos exclusivamente en los Valores y en los mercados financieros de oferta pública, a nombre de los respectivos Fondos, a través de mercados primarios y secundarios autorizados, considerando los siguientes límites: a) No más del diez por ciento (10%) del valor de cada fondo de Valores o Instrumentos Financieros de un solo emisor o un grupo de emisores vinculados, de acuerdo al reglamento. b) No más del sesenta por ciento (60%) del monto de una misma emisión o de Valores o Instrumentos Financieros del Fondo. c) No más del cinco por ciento (5%) de cada fondo podrá ser invertido en Valores o Instrumentos Financieros sin calificación de riesgo emitidos por pequeñas y medianas empresas, constituidas legalmente en el país, de acuerdo al reglamento. d) Cada fondo no podrá invertir en más del veinte por ciento (20%) del capital social de una sociedad anónima. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 El noventa y cinco por ciento (95%) de las inversiones de cada Fondo Administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán mantenerse en Entidades de Depósito de Valores – EDV debidamente autorizadas, con quienes debe existir la suscripción de un contrato en conformidad a la norma vigente. Los Valores emitiros por el Tesoro General de la Nación o el Banco Central de Bolivia no estarán sujetos a los límites establecidos en la Ley y sus reglamentos. La Ley No. 065 de Pensiones, en su Artículo 143. (INVERSIONES EN EL EXTRANJERO), señala que las mismas no deberán ser mayores al cincuenta por ciento (50%) de cada Fondo administrado. La Ley N° 065 de Pensiones, en su Artículo 146. (PROHIBICIONES), señala lo siguiente: I. Queda prohibida la inversión con recursos de los Fondos administrados, en la propiedad o patrimonio de entidades sin fines de lucro cualquiera sea su régimen legal y de forma directa o bienes raíces. II. Queda prohibida la compra de Valores o Instrumentos financieros que sean propiedad de directores y ejecutivos de la Gestora Publica de la Seguridad Social de Largo Plazo o del Organismo de Fiscalización. III. Queda prohibida la venta de Valores o Instrumentos financieros a favor de los directores y ejecutivos de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo o del Organismo de Fiscalización. IV. Queda prohibida la inversión en Valores o Instrumentos Financieros emitidos por entidades vinculadas a directores y ejecutivos de la Entidad Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo o del Organismo de Fiscalización. El Decreto Supremo No. 0778 de fecha 26 de enero de 2011, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley No. 065 de Pensiones, en su Disposición Transitoria Única, numeral 6, estipula que las AFP observarán la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establece en la Ley No. 065 y normativa reglamentaria. Por lo expuesto, a la fecha se encuentran vigentes las normas establecidas en la Ley No. 1732, cuyo reglamento establece los siguientes Valores elegibles para invertir los recursos del FCI, que son los siguientes: a) Títulos Valores representativos de deuda emitidos por el Tesoro General de la Nación de Bolivia y Valores emitidos por el Banco Central de Bolivia. b) Bonos, bonos convertibles en acciones antes de su conversión, depósitos a plazo fijo y otros Valores representativos de deuda distintos de cédulas hipotecarias, emitidas o garantizadas por bancos constituidos en Bolivia. c) Cédulas hipotecarias emitidas o garantizadas por bancos constituidos en Bolivia. d) Títulos Valores representativos de deuda, incluidos los bonos convertibles en acciones antes de su conversión, emitidos por sociedades comerciales constituidas en Bolivia diferentes de bancos y autorizadas para hacer oferta pública por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. e) Títulos Valores representativos de deuda, 117 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 emitidos por municipios locales y que cuenten con clasificación de riesgo. en el Reglamento de la Ley de Pensiones. Inversiones renta fija f) Cuotas de Fondos de Inversión constituidos en Bolivia. g) Acciones de sociedades constituidas en Bolivia. anónimas h) Otros Títulos Valores no especificados en los incisos precedentes de emisores constituidos en Bolivia o de instituciones estatales cuya compra sea autorizada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros y que cuenten con la clasificación de riesgo permitida para el Seguro Social Obligatorio. 118 La valoración de las inversiones mantenidas por el FCI se realiza diariamente en bolivianos a precios de mercado, de acuerdo a las transacciones observadas en los distintos mercados autorizados. Inversiones de renta variable Las inversiones de renta variable están valuadas a su valor neto de realización, expresados en número de cuotas y bolivianos equivalentes. i) Títulos Valores representativos de deuda, emitidos o garantizados por estados extranjeros, bancos centrales o sus equivalentes, por organismos internacionales, bonos, acciones, bonos convertibles en acciones emitidos por empresas constituidas en el extranjero, cuotas de Fondos de Inversión constituidos en el extranjero y otros títulos valores autorizados expresamente por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. 2.4 Excesos de inversión j) Valores representativos de deuda emitidos a partir de un proceso de titularización, que cuenten con clasificación de riesgo. - Por un cambio en los límites de inversión. k) Las inversiones con los recursos del Fondo de Capitalización Individual - FCI en los Valores antes indicados, deberán observar los límites máximos establecidos para cada tipo genérico de valor. Estos límites son fijados por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, para aquellos emitidos por emisores locales y por el Directorio del Banco Central de Bolivia, en el caso de Valores emitidos por emisores extranjeros, dentro de los rangos establecidos - Por fluctuaciones de mercado. En esta cuenta se registran los excesos de inversión involuntaria detallados en Nota 21 a), es decir cuando sucede alguno de los siguientes eventos, con las inversiones de recursos del FCI, en títulos valores constituidos en Bolivia: - Por un cambio en la clasificación de riesgo de los valores de la cartera del FCI. - Por conductas del emisor. - Por otra causa que a juicio de la AP afecte los FCI por igual. De acuerdo a regulación de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, el límite mínimo de calificación de riesgo por emisor es “BB2”. Las calificaciones de las inversiones en excesos de inversión en el portafolio al 31 de diciembre de 2014 son: ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Para las emisiones 1 a 5 denominada deuda principal calificación de D; para las emisiones 6 a 10 denominada deuda subordinada calificación D y para la emisión 11 por el saldo de los intereses devengados y no pagados hasta el 30 de septiembre de 2005 calificación C C C -, calificaciones asignadas por la calificadora de riesgo Fitch & Rating. Los excesos de inversión se valúan de acuerdo a los establecido en la Nota 3 b). 2.5 Patrimonio del Fondo El Fondo de Capitalización Individual (FCI), es un patrimonio independiente y diverso del patrimonio de la Administradora. El patrimonio del Fondo está constituido por: los valores recaudados destinados a las Cuentas Individuales por concepto de Cotizaciones Mensuales y Cotizaciones Adicionales, sobre remuneraciones o rentas imponibles de los afiliados a la Administradora; además de la Compensación Global de Cotizaciones y otros Aportes a Cuentas Individuales; a lo que se agregan las primas para cubrir los Riesgos Común, Profesional, Laboral y Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Básica Previsional, y otros conceptos menores; además de la rentabilidad de las inversiones realizadas con dichos recursos. De los valores indicados se deducen: las comisiones de la Administradora y del custodio; las pensiones y otras prestaciones que hubieren sido otorgadas a los afiliados, de conformidad con la legislación vigente y otros conceptos menores. Los Valores destinados a las Cuentas Individuales son abonados en éstas, expresándolos en cuotas de igual valor. Amerita señalar que la Ley No. 065 de Pensiones, promulgada el 10 de diciembre de 2010, en su Capítulo II, Fondos del Sistema Integral de Pensiones, Art.5 (Fondos del Sistema Integral de Pensiones numeral I, inciso a), estipula: a) “El Fondo de Ahorro Previsional estará compuesta por las Cuentas Personales Previsionales”. Por tanto, lo que con anterioridad a la mencionada Ley No. 065 se denominaba Cuentas Individuales, a partir de la vigencia de dicha Ley se denomina; Cuentas Personales Previsionales. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) La recaudación no aclarada es contabilizada como una cuenta del pasivo hasta que dicha recaudación cuente con toda la documentación correspondiente para ser acreditada, en lugar de ser contabilizada como una cuenta del patrimonio. El pasivo registrado por el Fondo, que debió haber sido registrado como patrimonio al 31 de diciembre de 2014 y 2013 asciende a Bs283.724.381 y Bs225.625.980, respectivamente. b) Las inversiones en bonos de empresas que muestran dificultades para el repago de las deudas adquiridas y cuya calificación ha disminuido por debajo de los límites permitidos por la norma de la Autoridad de 119 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, están valuados a su valor presente neto de los flujos futuros. De acuerdo con normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, las inversiones mencionadas deberían estar registradas a su valor presente neto, menos una previsión para desvalorización de dicha inversión, calculada en función de la generación futura de fondos de la empresa emisora. Es importante señalar, que aun en el caso que la desvalorización de la inversión en este tipo de títulos fuera del 100%, la diferencia en la valuación de las inversiones no sería significativa considerando los estados financieros en su conjunto. Las inversiones en bonos de empresas cuya calificación ha disminuido por debajo de los límites permitidos al 31 de diciembre de 2014 y 2013 asciende a Bs1.588.653 y Bs51.102.868 respectivamente. c) El fondo no presenta el estado de rendimientos. d) Se reconoce la comisión por administración cuando la misma es abonada en las cuentas individuales. De acuerdo con normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, esta comisión debería ser reconocida contablemente cuando se devenga. Esta diferencia en normas de contabilidad, no genera un efecto material, considerando los estados financieros en su conjunto. e) De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08 de fecha 19 de marzo de 2008, a partir del primero de enero de 2008, el Fondo de Capitalización Individual (FCI) deberá dejar de ajustar los estados financieros a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del dólar estadounidense. De acuerdo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, los rubros 120 no monetarios de los estados financieros del FCI deberían ser actualizados utilizando como índice de actualización a la variación en el valor de la Unidad de Fomento para la Vivienda (UFV). Los estados financieros del fondo al 31 de diciembre de 2014 y 2013 no han sido actualizados, siguiendo lo establecido en la SPVS/IP/266/08. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante el periodo 2014 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores, con excepción de lo siguiente: En fecha 17 de abril de 2014, la APS, emitió la Resolución Administrativa APS/No.309-2014, la cual fue complementada y modificada por la Resolución Administrativa APS/No. 3312014, de 7 de mayo de 2014, que disponen que las Administradoras de Fondos de Pensiones procedan al castigo de los excesos de inversión involuntarios generados por los Bonos AMETEX II (Ver nota 21.a). Los castigos de excesos de inversión realizados durante el ejercicio ascienden a Bs35.797.881. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 5 - DISPONIBILIDADES La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: 2014 Cuentas recaudadoras M/N Cuentas administradora de cartera en país M/N Cuentas administradora de cartera en país M/E Cuentas administradora de cartera en país UFV Cuentas administradora de cartera en exterior M/E Cuentas de desembolso M/N 1.919 879.478.661 34.343.274 56.313.243 970.137.097 2013 253.587.955 40.551.567 89.614.355 383.753.877 NOTA 6 – OTRAS INVERSIONES EN EL EXTERIOR Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, corresponden a inversiones en Bonos de deuda soberana de Bolivia emitidos en el exterior del país. Al 31 de diciembre de 2014: Fecha remesa País origen 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia Total Valores en Tránsito País destino Moneda Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos N° unidades 3 1 400 15000 2 3 250 2 2,973 1 3 3 2 1 4 550 930 1 8,45 1,4 1,4 5 1 1 1 1 3 5,2 2,5 57,5 Valor en Bolivianos 20.957.643 6.985.881 2.794.352 104.788.215 13.971.762 20.957.643 1.746.470 13.971.762 20.769.024 6.985.881 20.957.643 20.957.643 13.971.762 6.985.881 27.943.524 3.842.235 6.496.869 6.985.881 59.030.694 9.780.233 9.780.233 34.929.405 6.985.881 6.985.881 6.985.881 6.985.881 20.957.643 36.326.581 18.366.793 422.436.228 961.621.406 121 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Al 31 de diciembre de 2013: Fecha remesa País origen 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 29/10/2022 Bolivia 22/08/2023 Bolivia 22/08/2023 Bolivia Total Valores en Tránsito 122 País destino Moneda Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Estados Unidos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos Dólares Americanos N° unidades 3.000 400 250 2.000 2.973 1.000 3.000 3.000 2.000 1.000 4.000 15.000 2.000 3.000 550 930 1.000 8.450 1.400 1.400 5.000 1.000 1.000 1.000 5.200 1.000 1.000 3.000 2.500 57.500 Valor en Bolivianos 19.724.077 2.629.877 1.643.673 13.149.384 19.546.561 6.574.693 19.724.078 19.724.078 13.149.384 6.574.693 26.298.770 98.620.389 13.149.385 19.724.078 3.616.081 6.114.464 6.574.693 55.556.152 9.204.570 9.204.570 32.873.462 6.574.693 6.574.693 6.574.693 34.188.402 6.574.693 6.574.693 19.724.077 17.213.627 395.913.410 903.290.093 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 7 – DIVERSIFICACIÓN DE LA CARTERA DE INVERSIONES Las inversiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, se hallan divididas de la siguiente manera: Al 31 de diciembre de 2014: EMISOR POR SECTOR DE LA ECONOMIA BBB BLP BMS BSE GOBIERNO TESORO GENERAL DE BOLIVIA BONOS MUNICIPALES - 24.155.849,09 TESORO GENERAL DE BOLIVIA EN EL EXTERIOR - 961.621.406,19 BANCO CENTRAL DE BOLIVIA TOTAL GOBIERNO - 24.155.849,09 961.621.406,19 FINANCIERO BANCARIO NACIONAL BANCO BISA S.A. BANCO DE CRÉDITO DE BOLIVIA S.A. 7.109.851,01 BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SAM 247.777.538,03 BANCO ECONOMICO S.A. 8.565.251,94 BANCO FIE S.A. 284.792.849,10 BANCO FORTALEZA S.A. BANCO GANADERO S.A. 18.686.638,15 BANCO LOS ANDES PROCREDIT S.A. 52.336.133,64 BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A. BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A. 122.057.710,57 BANCO SOLIDARIO S.A. 322.253.493,81 BANCO UNION S.A. TOTAL FINANCIERO BANCARIO NACIONAL 1.063.579.466,25 FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL BISA LEASING 31.420.819,24 BNB LEASING S.A. 16.042.746,27 FORTALEZA LEASING 7.560.314,28 CRECER - NAFIBO 022 CRECER - NAFIBO 021 CRECER - NAFIBO 017 CRECER - NAFIBO 025 FONDO DE INVERSION CERRADO FORTALEZA (FPY) FONDO FINANCIERO PRIVADO ECO FUTURO 10.751.300,77 25.296.750,78 FONDO FINANCIERO PRIVADO FASSIL 3.448.337,33 10.911.240,02 FONDO FINANCIERO PRIVADO PRODEM FORTALEZA FACTORING INTERNACIONALFIC (FFI) IMPULSOR FONDO DE INVERSION CERRADO (IFI) GESTION ACTIVA FONDO DE INVERSION CERRADO (GAC) ACELERADOR DE EMPRESAS FIC (FAE) LIBERTY -BCP-NAFIBO 009 MICROFIC FONDO CERRADO (MFC) MICROFINANZAS FONDO DE INVERSION CERRADO (MIC) PATRIMONIO AUTONOMO BISA ST PATRIMONIO AUTONOMO BISA ST-DIACONIA FRIF PATRIMONIO AUTONOMO MICROCREDITO IFD-BDP ST 028 (MCT) PROPYME UNION FONDO DE INVERSION CERRADO (PUC) PROQUINUA UNION FONDO DE INVERSION CERRADO(PQU) RENTA ACTIVA PYME FIC SEMBRAR MICRO CAPITAL FONDO DE INVERSION CERRADO PYME PROGRES FIC PYME II FIC(FORTALEZA SAFI) CIDRE - NAFIBO 023 MSC ESTRATEGICO FIC(EFC) RENTA ACTIVA EMERGENTE FIC(RAE) SEMBRAR ALIMENTARIO FIC GRANJA AVICOLA INTEGRAL SOFIA LTDA.(SOF) 26.504.564,29 TOTAL FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL 14.199.638,10 117.736.434,88 ELECTRICA COMPAÑÍA BOLIVIANA DE ENERGIA ELECTRICA-COBEE ELECTROPAZ - 153.867.602,40 EMPRESA LUZ Y FUERZA ELECTRICA -ELFEC - 147.275.401,23 GUARACACHI 68.001.897,59 TOTAL ELECTRICO - 135.878.050,56 INDUSTRIAL - 905.573.044,33 AGUAI S.A. 1.588.652,52 AMETEX S.A. AMÉRICA TEXTIL - 180.973.842,06 BONOS IASA - 164.980.212,10 GRAVETAL BOLIVIA S.A. 81.659.303,45 INDUSTRIAS OLEAGINOSAS S.A. INTI- NAFIBO PATRIMONIO AUTONOMO 76.493.440,41 PIL ANDINA - 110.206.130,02 SOCIEDAD INDUSTRIAL NUTRIOIL.S.A.(NUT) - 1.521.474.624,89 TOTAL INDUSTRIAL - 1.519.498.565,06 HIDROCARBUROS TRANSREDES S.A. - 226.697.711,36 TRANSIERRA - 132.282.889,20 TOTAL HIDROCARBUROS - 358.980.600,56 CONSTRUCCION COBOCE-BISA ST FLUJOS DE LIBRE DISP.DE VTA.FUT.002 COBOCE-TITULARIZACIONES(COB) FANCESA 9.525.227,92 SOBOCE SOCIEDAD BOLIVIANA DE CEMENTO - 162.527.050,23 TOTAL CONSTRUCCION - 172.052.278,16 TRANSPORTES FERROVIARIA ANDINA 4.201.777,44 EMPRESA FERROVIARIA ORIENTAL S.A.(EFO) 76.670.721,81 TOTAL TRANSPORTE 80.872.499,25 TELECOMUNICACION TELECEL S.A. - 450.257.376,03 TOTAL TELECOMUNICACIONES - 450.257.376,03 TOTALES 1.077.779.104,34 3.206.396.765,56 24.155.849,09 961.621.406,19 TGN CDS CFC 9.281.115.100,27 - 969.017.100,09 9.281.115.100,27 969.017.100,09 CUP DPF - 3.160.636.850,52 - 3.160.636.850,52 LTS % EMISOR / RUBRO PORTAFOLIO EXPRESADO M/E VTD - 63.745.770,02 63.745.770,02 - 12.505.497.720,81 24.155.849,09 961.621.405,19 969.017.100,09 14.460.292.075,19 32,98% 0,06% 2,54% 2,56% 38,14% - - - - 1.627.990.409,88 - 1.184.148.012,82 - 1.173.462.755,33 - 1.348.087.039,71 303.534.914,13 - 1.144.525.600,05 749.653.755,33 - 2.016.388.239,02 - 2.026.297.091,66 - 1.004.333.956,59 - 1.523.062.390,62 - 14.101.484.165,14 - - 1.627.990.409,88 1.191.257.863,83 247.777.538,03 1.182.028.007,27 1.632.879.888,81 303.534.914,13 1.163.212.238,20 801.989.888,97 2.016.388.239,02 2.148.354.802,23 1.326.587.450,40 1.523.062.390,62 15.165.063.631,39 4,29% 3,14% 0,65% 3,12% 4,31% 0,80% 3,07% 2,12% 5,32% 5,67% 3,50% 4,02% 40,00% - - - - - - 34.631.744,11 10.710.643,33 4.758.867,34 67.351.060,92 31.420.819,24 16.042.746,27 7.560.314,28 34.631.744,11 10.710.643,33 4.758.867,34 67.351.060,92 0,08% 0,04% 0,02% 0,09% 0,03% 0,01% 0,18% - - - - - - - - 0,00% - - - - 391.671.935,92 1.368.704.867,94 996.291.856,00 - - 427.719.987,46 1.383.064.445,29 996.291.856,00 1,13% 3,65% 2,63% - - 35.242.004,22 - - - - 35.242.004,22 0,09% - - 90.651.662,08 - - - - 90.651.662,08 0,24% - - 94.978.176,00 - - - - 94.978.176,00 0,25% - - 111.580.406,99 200.871.734,84 - - - 84.787.459,68 - 111.580.406,99 84.787.459,68 200.871.734,84 0,29% 0,22% 0,53% - 51.034.466,89 - - - - - 51.034.466,89 0,13% - - - - - - - - 0,00% - - - - - - 58.759.703,94 58.759.703,94 0,15% - - - - - - 65.830.272,05 65.830.272,05 0,17% - - 114.156.890,04 - - - - 114.156.890,04 0,30% 183.280.463,97 0,48% - - 120.818.917,99 - - - - 120.818.917,69 0,32% - - - - 229.462.849,43 - - - - 229.462.849,43 0,61% - - 68.134.252,51 143.714.872,03 30.330.724,42 222.852.346,53 159.723.694,84 1.856.833.462,77 - - - - 2.756.668.659,86 5.833.747,57 332.663.498,94 68.134.252,51 143.714.872,03 5.833.747,57 30.330.724,42 222.852.346,53 159.723.694,84 26.504.564,29 5.078.101.694,25 0,18% 0,38% 0,02% 0,08% 0,59% 0,42% 0,07% 13,39% - - - - - - - 153.867.602,40 0,41% - - - - - - - 147.275.401,23 68.001.897,59 135.878.050,56 505.022.951,78 0,39% 0,18% 0,36% 1,33% - - - - - - - 905.573.044,33 1.588.652,52 180.973.842,06 164.980.212,10 81.659.303,45 76.493.440,41 110.206.130,02 1.521.474.623,86 2,39% 0,00% 0,48% 0,44% 0,22% 0,00% 0,20% 0,29% 4,01% - - - - - - - 226.697.711,26 132.282.889,20 358.980.600,46 0,60% 0,35% 0,95% - 183.280.463,97 - - - - - - - - - - 38.566.560,12 38.566.560,12 0,10% - - - - - - 82.282.199,96 120.848.760,08 82.282.199,96 9.525.227,72 162.527.050,23 292.901.038,21 0,22% 0,03% 0,43% 0,77% - - - - - - - 4.201.777,44 76.670.721,71 80.872.499,15 0,01% 0,20% 0,21% 9.281.115.100,27 969.017.100,09 1.856.833.462,77 3.160.636.850,52 16.858.152.825,01 63.745.770,02 453.512.259,03 450.257.376,03 1,19% 450.257.376,03 1,19% 37.912.966.490,32 100,00% 123 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Al 31 de diciembre de 2013: EMISOR POR SECTOR DE LA ECONOMIA TESORO GENERAL DE BOLIVIA BONOS MUNICIPALES TESORO GENERAL DE BOLIVIA EN EL EXTERIOR BANCO CENTRAL DE BOLIVIA TOTAL GOBIERNO FINANCIERO BANCARIO NACIONAL BANCO BISA S.A. BANCO DE CRÉDITO DE BOLIVIA S.A. BANCO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SAM BANCO ECONOMICO S.A. BANCO FIE S.A. BANCO FORTALEZA S.A. BANCO GANADERO S.A. BANCO LOS ANDES PROCREDIT S.A. BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A. BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A. BANCO SOLIDARIO S.A. BANCO UNION S.A. TOTAL FINANCIERO BANCARIO NACIONAL FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL BISA LEASING BNB LEASING S.A. CRECER - NAFIBO 022 CRECER - NAFIBO 021 CRECER - NAFIBO 017 CRECER - NAFIBO 025 FONDO DE INVERSION CERRADO FORTALEZA (FPY) FONDO FINANCIERO PRIVADO ECO FUTURO FONDO FINANCIERO PRIVADO FASSIL FONDO FINANCIERO PRIVADO PRODEM FORTALEZA FACTORING INTERNACIONALFIC (FFI) GESTION ACTIVA FONDO DE INVERSION CERRADO (GAC) IMPULSOR FONDO DE INVERSION CERRADO (IFI) LIBERTY -BCP-NAFIBO 009 MICROFIC FONDO CERRADO (MFC) MICROFINANZAS FONDO DE INVERSION CERRADO (MIC) PATRIMONIO AUTONOMO BISA ST PROPYME UNION FONDO DE INVERSION CERRADO (PUC) PROQUINUA UNION FONDO DE INVERSION CERRADO(PQU) RENTA ACTIVA PYME FIC SEMBRAR MICRO CAPITAL FONDO DE INVERSION CERRADO PYME PROGRES FIC CIDRE - NAFIBO 023 MSC ESTRATEGICO FIC(EFC) RENTA ACTIVA EMERGENTE FIC(RAE) SEMBRAR ALIMENTARIO FIC TOTAL FINANCIERO NO BANCARIO NACIONAL ELECTRICA COMPAÑÍA BOLIVIANA DE ENERGIA ELECTRICA-COBEE ELECTROPAZ EMPRESA LUZ Y FUERZA ELECTRICA -ELFEC GUARACACHI TOTAL ELECTRICO INDUSTRIAL AGUAI S.A. AMETEX S.A. AMÉRICA TEXTIL BONOS IASA GRAVETAL BOLIVIA S.A. INDUSTRIAS OLEAGINOSAS S.A. INTI- NAFIBO PATRIMONIO AUTONOMO PIL ANDINA SOCIEDAD INDUSTRIAL NUTRIOIL.S.A.(NUT) TOTAL INDUSTRIAL HIDROCARBUROS TRANSREDES S.A. TRANSIERRA TOTAL HIDROCARBUROS CONSTRUCCION COBOCE-BISA ST FLUJOS DE LIBRE DISP.DE VTA.FUT.002 COBOCE-TITULARIZACIONES(COB) FANCESA SOBOCE SOCIEDAD BOLIVIANA DE CEMENTO TOTAL CONSTRUCCION TRANSPORTES FERROVIARIA ANDINA EMPRESA FERROVIARIA ORIENTAL S.A.(EFO) TOTAL TRANSPORTE TELECOMUNICACION TELECEL S.A. TOTAL TELECOMUNICACIONES TOTALES 124 BBB BLP - BMS BSE TGN CDS - 155,076,799.99 155,076,799.99 - 11,647,637,066.33 37,251,018.34 903,290,093.41 818,291,600.03 13,406,469,778.11 % EMISOR / RUBRO 34.94% 0.11% 2.71% 2.45% 40.22% - - 1,250,434,659.34 - 1,271,012,616.23 911,283,589.32 - 1,285,221,679.55 290,748,263.64 878,007,892.76 415,416,216.56 - 1,294,738,186.63 - 1,493,639,512.15 - 1,023,512,393.22 - 1,093,015,642.35 - 11,207,030,651.75 - - 1,250,434,659.34 1,278,082,756.96 318,528,212.99 922,907,902.06 1,584,702,271.73 290,748,263.64 900,129,345.67 467,954,935.60 1,294,738,186.63 1,580,918,546.47 1,283,478,829.12 1,093,015,642.35 12,265,639,552.56 3.75% 3.83% 0.96% 2.77% 4.75% 0.87% 2.70% 1.40% 3.88% 4.74% 3.85% 3.28% 36.80% - - - 36,131,555.93 19,402,128.67 6,107,640.82 67,352,595.71 20,616,287.89 16,327,931.35 36,131,555.93 19,402,128.67 6,107,640.82 67,352,595.71 0.06% 0.05% 0.11% 0.06% 0.02% 0.20% CFC CUP DPF - 10,119,457,249.27 - 37,251,018.34 - 903,290,093.41 - 818,291,600.03 - 37,251,018.34 903,290,093.41 10,119,457,249.27 818,291,600.03 - 1,373,103,017.07 - 1,373,103,017.07 7,070,140.73 318,528,212.99 11,624,312.74 299,480,592.18 22,121,452.91 52,538,719.04 87,279,034.32 259,966,435.90 1,058,608,900.81 - - - - - - 20,616,287.89 16,327,931.35 - - - - - LTS - PORTAFOLIO EXPRESADO M/E VTD - - - - - - - - - - - - 0.00% 10,842,691.13 4,650,776.79 - 25,712,837.22 10,902,275.99 - - - - - - - 313,970,804.85 1,295,070,759.09 1,022,075,611.63 - - 350,526,333.20 1,310,623,811.87 1,022,075,611.63 1.05% 3.93% 3.07% - - - - - - 34,428,973.49 - - - - 34,428,973.49 0.10% - - - - - - 88,747,916.04 - - - - 88,747,916.04 0.27% - - - - - - 91,225,340.01 192,366,706.43 - - - 84,406,976.64 - 91,225,340.01 84,406,976.64 192,366,706.43 0.27% 0.25% 0.58% - - - - - - 48,661,558.18 - - - - 48,661,558.18 0.15% - - - - - - - - - - - - 0.00% - - - - - - 109,693,939.98 - - - - 109,693,939.98 0.33% - - - - - - 176,622,264.04 - - - - 176,622,264.04 0.53% - - - - - - 116,555,460.98 - - - - 116,555,460.98 0.35% - - - - - - 221,510,605.99 - - - - 221,510,605.99 0.66% 15,493,467.92 73,559,332.45 - - - - - - - - - - 65,957,506.53 30,452,818.70 214,792,189.53 156,042,534.32 1,547,057,814.22 - 2,631,117,175.57 8,052,510.84 221,453,408.61 65,957,506.53 8,052,510.84 30,452,818.70 214,792,189.53 156,042,534.32 4,488,681,198.77 0.20% 0.02% 0.09% 0.64% 0.47% 13.47% 93,736,962.45 - - - - - - - - - 93,736,962.45 0.28% - 147,897,789.54 74,010,365.45 - 140,940,840.32 - 456,585,957.76 - 905.573.044,33 - 884,397,287.57 51,102,867.54 - 196,893,322.29 - 164,873,739.41 72,004,954.14 84,230,891.62 65,995,502.49 - 1,519,498,565.06 - - - - - - - - - 147,897,789.54 74,010,365.45 140,940,840.32 456,585,957.76 0.44% 0.22% 0.42% 1.37% - - - - - - - - 1,422,185.77 1,422,185.77 884,397,287.57 51,102,867.54 196,893,322.29 164,873,739.41 72,004,954.14 1,422,185.77 84,230,891.62 65,995,502.49 1,520,920,750.83 2.65% 0.15% 0.59% 0.49% 0.22% 0.00% 0.25% 0.20% 4.56% - - - - - - - - - - 203,858,002.53 144,701,643.24 348,559,645.77 0.61% 0.43% 1.05% 203,858,002.53 144,701,643.24 348,559,645.77 - - - - - - - - - - 44,063,519.83 44,063,519.83 0.13% - 17,846,788.93 150,270,311.49 168,117,100.42 - - - - - - - - 97,298,249.95 141,361,769.78 97,298,249.95 17,846,788.93 150,270,311.49 309,478,870.20 0.29% 0.05% 0.45% 0.93% - 8,520,943.20 18,572,912.04 27,093,855.24 - - - - - - - - - 8,520,943.20 18,572,912.04 27,093,855.24 0.03% 0.06% 0.08% - 510,072,351.98 - 510,072,351.98 1,074,102,368.73 3,103,486,808.68 37,251,018.34 903,290,093.41 10,119,457,249.27 818,291,600.03 1,547,057,814.22 1,373,103,017.07 13,838,147,827.32 155,076,799.99 364,237,364.16 510,072,351.98 1.53% 510,072,351.98 1.53% 33,333,501,961.22 100.00% ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 8 – CUSTODIA DE LA CARTERA DE INVERSIONES total de la cartera de inversiones del Fondo de Capitalización Individual, expresado en títulos valores, que a la fecha de cierre de los estados financieros del 31 de diciembre de 2014 y 2013, equivalía a Bs38.630.914.960 y Bs31.404.522.224, respectivamente. De acuerdo con lo establecido en las normas de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, y en el contrato de custodia global, los títulos representativos de las inversiones del Fondo de Capitalización Individual, administrado por BBVA Previsión AFP S.A., se encuentran depositados en custodia en la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. y han representado en el ejercicio, como mínimo el 95% del Institución Dando cumplimiento a la citada norma, a la fecha de cierre de los referidos ejercicios, la Administradora mantenía en custodia los siguientes valores: Bs Entidad de Depósito de Valores S.A. 2014 Valor Fdo. % 38.630.914.960 100,00% Bs 2013 Valor Fdo. % 31.404.522.224 100,00% Los valores en custodia se encuentran registrados a su valor nominal. NOTA 9 - EXCESOS DE INVERSION Corresponde al monto de las inversiones del Fondo de Pensiones valorizadas al 31 de diciembre de 2014 y 2013, que exceden los límites de diversificación establecidos en la legislación vigente. Los excesos de inversión corresponden a las inversiones en valores de renta fija (Bonos AMETEX S.A.) que se encuentran registrados en la cuenta de activo del Fondo “Excesos de inversión”, cuyo saldo al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es de Bs1.588.653 y Bs51.102.868, respectivamente. En Nota 2.4 y 21 a) se detalla el criterio de valuación de dichas inversiones y los antecedentes de la situación financiera y económica de Ametex S.A. La composición de la cuenta al 31 de diciembre de 2014 es el siguiente: Tipo de Instrumento o emisor AMX-1-E3U-07 BLP-USD AMX-1-E4U-07 BLP-USD AMX-1-E5U-07 BLP-USD Número Importe del exceso Bs 330.926 416.676 841.050 1.588.653 % respecto del Patrimonio Fecha en que se originó el exceso Origen del exceso 0,00% 0,00% 0,00% 0,00% 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo 125 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 La composición de la cuenta al 31 de diciembre de 2013 es el siguiente: Tipo de Instrumento o emisor AMX-1-E1U-07 BLP-USD AMX-1-E2U-07 BLP-USD AMX-1-E3U-07 BLP-USD AMX-1-E4U-07 BLP-USD AMX-1-E5U-07 BLP-USD AMX-1-E6U-07 BLP-USD AMX-1-E7U-07 BLP-USD AMX-1-E8U-07 BLP-USD AMX-1-E9U-07 BLP-USD AMX-1-E10U-07 BLP-USD AMX-1-E11U-07 BLP-USD Número Importe del exceso Bs 3.491.696 3.493.452 1.749.135 4.373.511 4.375.733 4.325.686 4.313.733 2.144.491 5.347.054 5.332.456 12.155.920 51.102.868 NOTA 10 - CUENTAS POR COBRAR A LA ADMINISTRADORA Registra las cuentas por cobrar a la Administradora de Fondos de Pensiones – AFP por los cargos bancarios efectuados en las cuentas corrientes que mantiene el Fondo de Capitalización Individual – FCI y por los aportes regularizadores que ésta debe realizar, de acuerdo con las normas vigentes, asimismo se registra la contraparte pendiente de cobro al SENASIR para pago de jubilados y financiamiento por diversas prestaciones. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2014 y 2013 asciende a Bs107.390.152 y Bs Bs24.638.859, respectivamente. NOTA 11 - RECAUDACION NO ACLARADA Corresponde a la transferencia de la recaudación desde la cuenta “Recaudación del mes”, para la cual no se ha recibido documentación de respaldo o se ha recibido en forma incompleta o incorrecta. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2014 y 2013 asciende a Bs283.724.381 y Bs225.625.980, respectivamente. NOTA 12 - COMISIONES POR PAGAR A LA ADMINISTRADORA 126 % respecto del Patrimonio Fecha en que se originó el exceso Origen del exceso 0,01% 0,01% 0,01% 0,01% 0,01% 0,01% 0,01% 0,01% 0,02% 0,02% 0,04% 0,15% 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 23/03/2007 Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Calificación de riesgo Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el Fondo de Capitalización Individual paga a la Administradora dos tipos de comisiones: a) Comisiones Portafolio por administración del Registra diariamente el valor de las comisiones devengadas a favor de la Administradora, por concepto de Administración de Portafolio, de acuerdo con el contrato de prestación de servicios de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Esta comisión es del 0,2285% para montos del portafolio inferiores o iguales a US$ 1.000.000.000; del 0,0140% para montos del portafolio mayores a US$ 1.000.000.000, pero inferiores o iguales a US$ 1.200.000.000; del 0,0067% para montos del portafolio mayores a US$ 1.200.000.000, pero inferiores o iguales a US$ 1.500.000.000 y del 0.000% para montos del portafolio superiores a US$ 1.500.000.000. b) Comisiones por administración de cuentas individuales Registran las comisiones por concepto de afiliación, procesamiento de datos y pago de beneficios, las cuales han sido previamente disminuidas de las cuentas individuales, cuando estas han sido acreditadas en cuentas ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 individuales. Esta comisión alcanza al 0,5% del total ganado o ingreso cotizable del afiliado y esta tasa tiene vigencia indefinida. de conformidad a la normativa vigente, que al cierre del ejercicio permanecen pendientes de pago. El saldo al cierre de cada uno de los ejercicios se explica como sigue: Las comisiones por pagar a la Administradora, corresponden a las comisiones devengadas, Tipo de comisión Comisiones por pagar administración portafolio Comisiones por pagar cuentas individuales Comisiones por pagar Renta CC mensual Comisiones por pagar MVV Comisiones por pagar por fracción básica NOTA 13 - COMISIONES POR PAGAR AL CUSTODIO a) Contratos vigentes con Entidades de Custodia De acuerdo con lo establecido en el Art. 40º de la Ley de Pensiones, la Administradora de Fondos de Pensiones deberá mantener en entidades de custodia de títulos valores o depósitos de valores autorizados por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, las inversiones del Fondo de Capitalización Individual. En fecha 21 de abril de 2003, la Administradora firmó un contrato de servicios de Depósitos de Valores con la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV S.A.), para la desmaterialización e inscripción de los títulos de renta fija y renta variable en el Sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta, de los valores que componen las Carteras del FCI y FCC. Este contrato finalizó en fecha 21 de abril del 2006. El mencionado contrato fue renovado en fecha 10 de octubre del 2006 con una vigencia de tres años. Durante el período 21 de abril a 10 de octubre de la gestión 2006, 2014 86.803 7.814.776 1.036.097 187.309 166.994 9.291.979 2013 86.705 3.210.313 867.809 135.896 107.627 4.408.350 la EDV ha continuado prestando sus servicios a la AFP en forma continua dentro de los horarios y períodos establecidos al efecto. Posteriormente en fecha 5 de octubre de 2009 se suscribe una adenda prorrogando la vigencia del contrato a partir del 10 de octubre de 2009 hasta el 10 de octubre de 2012. En fecha 10 de octubre de 2012, se firmó un nuevo contrato con vigencia hasta el 10 de octubre de 2015. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, los títulos valores de renta variable y de renta fija se encuentran en custodia de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. b) Comisiones por pagar Corresponde a las comisiones devengadas en favor de las Entidades que prestan el servicio de custodia, de conformidad con la legislación vigente y los contratos suscritos, que al cierre del ejercicio permanecen pendiente de pago. El saldo al cierre de cada uno de los ejercicios se explica como sigue: 127 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Entidad de custodia Entidad de Depósito de Valores S.A. 2014 176.261 176.261 2013 128.274 128.274 NOTA 14 - PRESTACIONES Y BENEFICIOS POR PAGAR Representan los montos a pagar por concepto de beneficios devengados que a la fecha de cierre del ejercicio no han sido girados. Estos saldos incluyen prestaciones por pagar y prestaciones y beneficios no cobrados. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, esta cuenta muestra un saldo de Bs82.985.128 y de Bs58.921.752, respectivamente. Los analíticos que componen esta partida son los siguientes: Prestación 2014 Prestaciones por pagar por Retiros Mínimos Prestaciones por pagar por Masa Hereditaria Prestaciones por Invalidez Riesgo Común Prestaciones por Muerte Riesgo Común Gastos Funerarios Riesgo Común Prestaciones por Invalidez Riesgo Profesional Prestaciones por Muerte Riesgo Profesional Gastos Funerarios Riesgo Profesional Pensión de Jubilación Mensualidad Vitalicia Variable Gastos Funerarios Mensualidad Vitalicia Variable Prestaciones por pagar Compensación de Cotizaciones Mensual Prestaciones por Acreditación de Compensación de Cotizaciones Global Prestaciones por pagar por Compensación de Cotizaciones Mensual Neto Prestaciones por pagar por Fracción básica Prestaciones por pagar por Pensión Solidaria Prestaciones por pagar por Gastos Funerarios Prestaciones y Beneficios no Cobrados Riesgo Profesional Prestaciones y Beneficios no Cobrados Riesgos Común Prestaciones y Beneficios no Cobrados Cotizaciones Individuales Prestaciones y Beneficios no Cobrados Jubilación Prestaciones y Beneficios no Cobrados Gastos Funerarios Riesgo Común Los pagos de Jubilaciones con Compensación de Cotizaciones (CC), correspondientes a trámites iniciados en las gestiones 2014 y 2013 atendidos por la Sociedad, se incrementaron durante dichas gestiones hasta alcanzar un total de 5.581 y 3.972, respectivamente. Estos pagos incluyen 110 y 112 casos de Jubilación exclusivamente con CC cuyos pagos equivalen 128 8.269.587 259.714 11.149.525 11.768.759 62.247 4.184.099 3.870.458 3.600 8.743.992 109.331 386.470 (21.230) 25.801.447 7.826.494 53.635 1.800 370 142.550 372.280 82.985.128 2013 8.214.470 237.589 8.595.234 8.182.979 40.647 3.143.062 2.755.219 1.800 5.755.966 114.387 281.494 (774) 17.852.541 3.057.223 395 900 950 358.928 328.742 58.921.752 a Bs6.506.903 y Bs5.088.509 al 31 de diciembre de 2014 y 2013, respectivamente; y 35.836 y 29.785 casos de Jubilación de CC con Mensualidad Vitalicia Variable, cuyos pagos realizados equivalen a Bs90.135.270 y Bs70.561.982 al 31 de diciembre de 2014 y 2013, respectivamente. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 15 - RETENCIONES POR PAGAR A ENTES GESTORES DE SALUD NOTA 16 - DEVOLUCION DE COTIZACIONES EN EXCESO El saldo de esta cuenta representa las retenciones que se han efectuado de las pensiones o rentas pagadas por cuenta de Riesgo Común, Riesgo Profesional, Riesgo Laboral y Mensualidades Vitalicias Variables a los entes gestores de salud, que al cierre de los ejercicios se encontraban pendientes de pago. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es de Bs3.594.966 y Bs2.867.968, respectivamente. Corresponde al monto de los pagos efectuados en exceso por los empleadores y afiliados, que están respaldados por la aceptación definitiva de las solicitudes de devolución correspondientes y que aún no han sido cobrados por éstos, a la fecha de cierre del ejercicio. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es Bs120.842 y Bs205.486, respectivamente. NOTA 17 - PATRIMONIO El patrimonio del Fondo de Pensiones se encuentra dividido en siete grupos de cuentas, presentando el siguiente desglose: 2014 Cuentas A RECAUDOS EN PROCESO Recaudos en proceso Recursos por acreditarse B CUENTAS INDIVIDUALES Cotizaciones mensuales Cotizaciones adicionales Cotizaciones adicionales de beneficios sociales Compensación Global de Cotización Distribución de excedentes RC Aportes en exceso por RC C REZAGOS Cotizaciones en rezago D TRASPASOS EN PROCESO Traspaso en proceso E CUOTAS DE OTROS FONDOS Y CUENTAS Cuotas del Fondo de Capitalización Colectiva Cuotas del Fondo de Mensualidades Vitalicias Variables Cuotas por pago de Gastos Funerarios Cuotas del Fondo de Riesgos Profesionales Cuotas del Fondo de Riesgos Comunes Cuotas del Fondo de Riesgos Laborales Cuenta Básica Previsional F COTIZACIONES EN EXCESO Cotizaciones en exceso empleador Cotizaciones en exceso afiliados Cotizaciones en exceso CBP G DESCUADRATURAS MENORES Descuadraturas menores en recaudación Cuotas % s/el Patrim. Bs. 2013 Cuotas 6.537,0943 8.875,3204 3.742.592 5.081.264 0,01% 0,01% 48.655.398,0197 81.441,3626 2.482,4417 27.856.001.376 46.626.496 1.421.238 72,24% 0,12% 0,00% 15.645,5585 760.944,2241 13.054,8074 8.957.335 435.652.861 7.474.088 0,02% 1,13% 0,02% 11.750,4393 783.519,4475 12.381,4600 6.477.049 431.889.732 6.824.879 0,02% 1,29% 0,02% 576.596,5421 330.110.835 0,86% 447.741,5104 246.803.013 0,74% 81,3446 46.571 0,00% 24,9238 13.738 0,00% 2.381,8478 1.363.646 0,00% 2.435,0102 1.342.221 0,00% 4.293.954,8614 2.458.358.525 6,38% 3.432.777,8461 1.892.207.663 5,65% 2.729.253,2838 1.562.541.596 0,00% 4,05% 2.353.162,5028 1.297.104.654 0,00% 3,88% 3.092.984,8789 81.056,9108 7.016.419,4957 1.770.783.809 46.406.390 4.017.013.509 4,59% 0,12% 10,42% 2.758.890,0381 60.712,7842 5.277.788,8067 1.520.748.824 33.465.957 2.909.210.229 4,54% 0,10% 8,69% 4.982,4579 4.007,2258 - 2.852.538 2.294.202 - 0,01% 0,01% 0,00% 11.375,0397 14.693,2753 31,9152 6.270.123 8.099.192 17.592 0,02% 0,02% 0,00% 2.880,2989 67.348.977,9764 1.646..018 0,00% 38.558.377.890 100,00% 49.620,0705 7.848,2611 % s/el Patrim. Bs. 27.351.458 4.326.100 0,08% 0,01% 45.411.598,0168 25.031.673.361 74,80% 67.151,4926 37.015.087 0,11% 2.488,0164 1.371.438 0,00% 2.679,3074 1.476.882 0,00% 60.708.670,1641 33.463.689.191 100,00% Los saldos de los citados grupos y cuentas corresponden a los siguientes conceptos: 129 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 A. Recaudos en proceso Adicionales Beneficios Corresponde a la recaudación destinada al Patrimonio del Fondo de Capitalización Individual para la cual se dispone de la totalidad de su documentación conciliada y que al 31 de diciembre de 2014 y 2013 no ha sido imputada a las Cuentas Individuales, Rezagos, Riesgo Común, Riesgo Profesional o Riesgo Laboral. Corresponde a los montos de Beneficios sociales que los afiliados depositan en forma voluntaria a su Cuenta Individual provenientes del pago de sus beneficios sociales, adicional a su Cotización Mensual. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas. B. Cuentas individuales B.4 Compensación Global de Cotizaciones Representa el saldo de todas las cuentas de capitalización individual de propiedad de los trabajadores registrados en la Administradora, expresados en cuotas y bolivianos equivalentes. Corresponde a la compensación de cotizaciones única, otorgada por el estado al Afiliado que hubiese realizado menos de sesenta (60) cotizaciones en el Sistema de Reparto y que pertenece al nuevo sistema. El número total de cuentas de capitalización individual determinadas al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ascendió a 964.536 y a 901.769, respectivamente. Este grupo está conformado por las siguientes cuentas: B.1 Cotizaciones Mensuales Corresponde a los aportes del 10% del Total Ganado o Ingreso Cotizable realizado por los afiliados, con tope de 60 salarios mínimos. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas. B.2 Cotizaciones Adicionales Corresponde a los montos que los afiliados pagan periódicamente y en forma voluntaria con destino a su Cuenta Individual proveniente del Total Ganado o Ingreso Cotizable, en forma adicional a su Cotización Mensual. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas. 130 B.3 Cotizaciones Sociales B.5 Otros Aportes a Cuentas Individuales Corresponde a otros aportes a Cuentas Individuales realizados de conformidad a la normativa vigente en cada período. (Distribución de excedentes y aportes de rentistas mayores de 65 años al Fondo de Riesgo Común). C. Cotizaciones en Rezago Corresponde a aquella recaudación que no ha sido posible identificar, de acuerdo con la información consignada en los Formularios de Pago de Contribuciones, con ningún afiliado a la Administradora y por lo tanto no ha sido posible acreditarla oportunamente a las Cuentas Individuales. D. Traspasos en Proceso Corresponde al monto por pagar a otros Fondos de Pensiones por concepto de traspasos de Cuentas Individuales y Rezagos, aceptados en forma definitiva. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 E. Cuotas de otros Fondos y Cuentas F. Cotizaciones en Exceso. Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual y que a la fecha de los Estados Financieros tienen un fin distinto a ser ingresados a las Cuentas Individuales, tales como los fondos destinados a financiar los seguros de Riesgo Común, Riesgo Profesional, Riesgo Laboral, Cuenta Básica Previsional, Mensualidad Vitalicia Variable y recursos del Fondo de Capitalización Colectiva. Representa los pagos realizados en excesos por los empleadores y afiliados que se encuentran pendientes de devolución. En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone: que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006. A partir de esta fecha solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. G. Descuadraturas menores Corresponde al saldo resultante de registrar las diferencias, en valor absoluto, menores al 2% del salario nacional, que se producen entre el total pagado según el resumen del Formulario de Pago de Contribuciones y lo calculado de acuerdo con la información proporcionada por el empleador o trabajador independiente en el detalle del mismo formulario, en conformidad a las normas vigentes. H. Resultado del Fondo Representa el registro en bolivianos de los rendimientos diarios obtenidos por las inversiones del Fondo de Capitalización Individual – FCI, deducidas las comisiones del custodio y de la administración del Portafolio, para ser distribuido entre las restantes cuentas integrantes del patrimonio. Esta cuenta es saldada diariamente. NOTA 18 - DEUDORES POR COTIZACIONES EN MORA Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, se tiene registrados del Fondo de Capitalización Individual – FCI: Mora Presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago Mora por diferencia 2014 272.056.469 8.396.422 89.318.843 4.938.443 374.710.177 N° de casos 7.719 652 421 657 9.449 2013 233.235.716 8.751.425 85.781.507 3.738.428 331.507.075 N° de casos 6.308 713 363 824 8.208 131 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, se tiene como saldos registrados de la Cuenta Básica Previsional - CBP: 2014 Mora Presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago Mora por diferencia N° de casos 47.059.360 240.078 3.540.072 734.590 51.574.100 De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC 105/2000 de fecha 11 de diciembre de 2000, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, ha definido las normas contables sobre las cotizaciones en mora, las que son aplicadas a partir del mes de enero de 2001. De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC 096/2000 de 24 de agosto de 2000, el registro de las Cotizaciones en "Mora Presunta” se realiza una vez al mes, según los saldos actualizados del “Archivo General de Mora”. En este sentido los saldos de las cuentas descritas corresponden al último “Archivo General de Mora”. El procedimiento utilizado a la fecha para la estimación de la “Mora Presunta” es el establecido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, en el Punto Tercero: “Presunción de Contribuciones en Mora” de la Resolución Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000. 3.702 139 81 204 4.126 2013 36.979.075 374.370 2.401.319 332.627 40.087.391 N° de casos 2.797 119 27 234 3.177 Dentro las gestiones administrativas, se han remitido dos notificaciones de deuda a los distintos empleadores en mora en cada Oficina Regional en los plazos y fechas establecidas para este fin, de acuerdo al Punto Décimo Tercero: “Cronograma” de la Resolución Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 y de acuerdo al último “Archivo General de Mora” se identificaron a 9.449 y 8.208 empleadores, respectivamente, que se encuentran en gestión de Cobranza Administrativa y Cobranza Judicial del Fondo de Capitalización Individual – FCI La composición de las cotizaciones en mora del Fondo de Capitalización Individual – FCI, al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Al 31 de diciembre de 2014: Mora Presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago Mora por diferencia 132 Cobranza Judicial 87.690.547 8.177.038 257.627.772 4.289.696 357.785.052 Proceso Administrativo 1.628.296 219.384 14.428.697 648.747 16.925.124 Total 89.318.843 8.396.422 272.056.469 4.938.443 374.710.177 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Al 31 de diciembre de 2013: Mora Presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago Mora por diferencia Cobranza Judicial 220.150.544 8.605.804 83.398.087 3.141.711 315.296.146 Proceso Administrativo 13.085.172 145.621 2.383.420 596.717 16.210.930 Total 233.235.716 8.751.425 85.781.507 3.738.428 331.507.076 La composición de las cotizaciones en mora de la Cuenta Básica Previsional – CBP, al 31 de diciembre de 2014 y 2013 es la siguiente: Al 31 de diciembre de 2014: Mora Presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago Mora por diferencia Cobranza Judicial 42.804.365 193.452 3.144.821 573.342 46.715.979 Proceso Administrativo 4.254.995 46.626 395.251 161.249 4.858.120 Total 47.059.360 240.078 3.540.072 734.590 51.574.100 Cobranza Judicial 32.814.223 118.403 2.028.482 188.218 35.149.326 Proceso Administrativo 4.164.852 255.967 372.837 144.409 4.938.065 Total 36.979.075 374.370 2.401.319 332.627 40.087.391 Al 31 de diciembre de 2013: Mora Presunta Mora por pagos en defecto Mora por no pago Mora por diferencia NOTA 19 - VALOR DE LA CUOTA Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el valor de la cuota alcanza a Bs572.51615463 y Bs551.21762840, respectivamente. El valor cuota se obtiene de la división del saldo, en bolivianos, del Patrimonio del Fondo, entre el número de cuotas del Fondo al momento del cierre de las transacciones diarias. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 el número de cuotas asciende a 67.348.977,9764 y 60.708.670,1641 respectivamente. NOTA 20 - CUENTAS DE ORDEN Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la composición de las cuentas de orden es la siguiente: 133 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 2014 Deudores por cotizaciones deuda efectiva Deudores por cotizaciones deuda presunta Cotizaciones cobranza judicial deuda efectiva Cotizaciones cobranza judicial deuda presunta Deudores por cotizaciones deuda efectiva Cuenta Básica Previsional Deudores por cotizaciones deuda presunta Cuenta Básica Previsional Deudores por cotizaciones deuda efectiva Fdo. Solidario. Deudores por cotizaciones deuda presunta Fdo. Solidario Cotizaciones cobranza judicial deuda efectiva Cuenta Básica Previsional Cotizaciones cobranza presunta deuda efectiva Cuenta Básica Previsional Cotizaciones cobranza judicial deuda efectiva Fdo. Solidario. Cotizaciones cobranza presunta deuda efectiva Fdo. Solidario Subtotal deudores por cotizaciones en mora Deudores por entregas a la DGP Valores en custodia Inversiones Castigadas 2013 1.847.680 15.077.445 95.867.585 261.917.467 441.877 4.416.243 834 152.079 3.337.438 43.225.627 426.284.276 2.529.040 13.681.890 92.003.892 223.292.254 628.804 4.309.261 3.143 173.354 2.143.741 32.829.088 371.594.467 604.924.699 38.630.914.961 35.797.881 39.697.921.816 553.125.565 31.404.522.224 32.329.242.256 NOTA 21 - HECHOS RELEVANTES a) Excesos de inversión A partir de la emisión del Programa de Bonos Ametex II, realizado en la gestión 2007, como producto del Proceso de Reestructuración Financiera que fuera iniciado por la empresa América Textil S.A. (Ametex), se registró la cancelación a BBVA Previsión AFP S.A. de un total de 13 cupones. Dichas cancelaciones contienen amortizaciones de capital e intereses. Sin embargo, producto de aspectos negativos como el retraso en la devolución de impuestos (Cedeims), incrementos de los costos de mano de obra, restricciones de provisión de agua e incertidumbre de la continuidad del ATPDEA, provocaron un deterioro del flujo y situación financiera de la empresa, llegando a registrar incumplimientos en sus compromisos financieros, lo cual obligó a sus Acreedores a aprobar dispensas en el pago de sus amortizaciones de capital e intereses en dos ocasiones, en tanto se buscaban medidas que permitan restituir su viabilidad. 134 En este sentido, precautelando la unidad productiva y el pago del saldo de la deuda, en la Décimo Tercera Junta de Acreedores y Sexta Asamblea de Tenedores de Bonos Ametex II, celebradas en junio del 2008, se plantearon alternativas estructurales, las cuales después de exhaustivos análisis, fueron aprobadas en el mes de octubre del 2008, resolviendo de esta manera, flexibilizar las condiciones de la deuda por un plazo de dos años. Por otro lado, como consecuencia de la aprobación y puesta en marcha de las medidas estructurales anteriormente señaladas, se consiguió mejoras importantes en las condiciones y garantías para los acreedores como BBVA Previsión AFP S.A., en representación del FCI que administra. No obstante, en la gestión 2010, Ametex procedió a comunicar que, producto de aspectos negativos, como ser la reducción de la demanda de Estados Unidos a consecuencia de la crisis internacional y dificultades productivas, entre otros, no había podido recomponer su capital operativo en el plazo ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 establecido, por lo cual sus Acreedores procedieron a aprobar una dispensa adicional en el pago de sus amortizaciones de capital e intereses, en tanto se analizaban alternativas que permitan restituir su viabilidad. A lo largo de la gestión 2011, la Junta de Acreedores y la Asamblea General de Tenedores de Bonos asumieron medidas que reforzaron y ampliaron la iniciativa inicial de concesión de un plazo de gracia de dos años para el pago de capital y la reducción de la tasa de interés en un 90%, aprobada durante la gestión 2008. Estas medidas determinaron una importante reducción de la deuda de la empresa mediante daciones en pago de diversos activos de la empresa, a favor de varios acreedores, distintos al FCI, operaciones que en todos los casos incluyeron el reconocimiento de quitas superiores al 50% del monto de la deuda original. Con ello, no sólo se logró reducir la deuda de Ametex, con el alivio consiguiente en sus flujos de caja, sino también se logró la liberación de activos en garantía a favor de los acreedores restantes, mismos que pasan a formar parte del Paquete Colateral Libre definido en el respectivo Acuerdo de Transacción. Por otro lado, la Junta de Acreedores y la Asamblea General de Tenedores de Bonos también aprobó, por unanimidad, la escisión de activos y pasivos de la empresa, para su posterior aporte a la empresa Hilanderías Laja S.A. (Hilasa). Con esta transacción, se supondría una transferencia a Hilasa todos los activos relacionados al negocio de hilandería, junto a los pasivos correspondientes a los Bonos Ametex II aún vigentes, entre otros, de manera que la nueva deudora para con los Tenedores de Bonos sea esta empresa, que goza de mejores perspectivas en cuanto a la generación de flujo de caja. Desafortunadamente, los trámites de registro y escisión de Hilasa no permitieron continuar con esta iniciativa, entre tanto la situación de Ametex procedía a debilitarse aún más. En este sentido, pese a los esfuerzos realizados para levantar los flujos de la empresa, durante la gestión 2012, considerando la delicada situación financiera y económica por la que atravesaba la empresa, derivada principalmente de las dificultades de accesos a mercados internacionales para la colocación de su producción y otros factores, en fecha 4 de julio de 2012, la Junta de Acreedores procedió a recomendar la suscripción de un contrato de arrendamiento de las unidades productivas de Ametex (planta, maquinaria y equipo) a la empresa pública nacional textil ENATEX, creada bajo el Decreto Supremo No. 1253 del 11 de junio de 2012. Con este contrato, con vencimiento hasta el 24 de enero de 2013 y prorrogable por acuerdo de partes, ENATEX se comprometía a pagar a AMETEX, un canon de alquiler que garantiza el pago del cronograma de la deuda a sus Acreedores. Paralelamente a la firma del contrato con ENATEX, Ametex en la gestión 2012 procedió a iniciar los procedimientos para su disolución y liquidación voluntaria, llevada adelante conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de Transacción y el Código de Comercio. Durante toda la gestión 2013 se renovó en dos ocasiones el contrato de arrendamiento de las unidades productivas de Ametex (planta, maquinaria y equipo) a la empresa pública textil ENATEX, por tanto nuestra institución percibió de forma mensual el monto de interés del saldo adeudado proveniente de la única fuente de ingresos de la empresa, el canon del alquiler pagado por ENATEX, sin embargo, éstos pagos se manejaron con un retraso de hasta dos meses, cerrando la 135 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 gestión con pagos pendientes de los meses de noviembre y diciembre, debido a que ENATEX no procedió a cancelar el monto pactado de los meses indicados de forma oportuna, pese a las gestiones vía administrativa realizadas por el Síndico Liquidador de AMETEX. La última renovación de contrato de conocimiento de la AFP, tiene vigencia hasta el 24 de enero de 2014. En lo que respecta a la Liquidación Voluntaria, iniciada en la gestión 2012, desafortunadamente no ha tenido grandes avances durante la gestión 2013, ya que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) habría indicado que no procedería a homologar el Acuerdo de Liquidación Voluntario que fuera presentado por la Junta de Acreedores al existir indicios de evasión de impuestos por parte de Ametex y una supuesta quiebra fraudulenta. En este sentido, la Junta de Acreedores ha procedido a contratar a una auditoría externa para que proceda a revisar las observaciones de AEMP, cuyo informe hasta el cierre de la gestión 2014 está pendiente de entrega. En la gestión 2013, se tomó conocimiento de la publicación del Decreto Supremo No. 1844 de fecha 24 de diciembre 2013, en la cual se autorizaba al MDPyEP la constitución de un Fideicomiso por Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos) en beneficio de ENATEX, fideicomiso que tenía como finalidad y destino la compra de activos por parte de dicha empresa pública. En este sentido, bajo lo dispuesto en dicho Decreto, en fecha 12 de Junio de 2014, ENATEX hizo conocer al Sindico Liquidador su interés para la compra de los activos de AMETEX, por la misma suma del fideicomiso constituido, Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 136 00/100 Bolivianos), oferta que fue puesta en conocimiento y para consideración por el Síndico Liquidador de AMETEX, sus accionistas y de la Junta de Acreedores de AMETEX. Por otro lado, se evidenció la no existencia de oportunidad de mercado para estos activos de AMETEX, ni interés por parte de otras empresas para la adquisición de los mismos, luego del resultado negativo del proceso de oferta pública a nivel nacional e internacional, a cargo de Pricewaterhouse Coopers S.R.L, sin dejar de mencionar que durante este proceso de oferta pública, existió manifestaciones por parte de los trabajadores de AMETEX exigiendo la ejecución de la transferencia de los activos a favor de ENATEX, a objeto de que puedan ser satisfechos el pago de los beneficios sociales que les adeuda AMETEX, solo se tenía como oferta la propuesta de ENATEX. Paralelamente, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, emite la Resolución Administrativa APS/No.309-2014, de fecha 17 de abril de 2014, complementada y modificada por la Resolución Administrativa APS/No. 331-2014, de 7 de mayo de 2014, en donde dispone que las Administradoras de Fondos de Pensiones procedan al castigo de los excesos de inversión involuntarios generados por los Bonos AMETEX II, estableciendo en su parte considerativa, que en virtud a los antecedentes sobre la realidad económica de la sociedad América Textil S.A., así como también producto de la nota ASFI/DSV/R-134093/2013 de fecha 10 de septiembre remitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), señala que la Metodología de Valoración no contempla condiciones para la valoración de valores donde el emisor se encuentra en cesación de pagos, con el fin de regularizar la situación contable de las cuentas objeto de castigo y evitar que se consigne en los ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Estados Financieros del Fondo del SIP (ex FCI) información incorrecta, se consideró necesario que Futuro de Bolivia S.A. AFP y BBVA AFP Previsión S.A. puedan proceder al castigo de los excesos de inversión involuntarios generados por las emisiones de bonos comprendidos dentro del Programa denominado Bonos AMETEX II, procedimiento de castigo que se ha venido cumpliendo por parte de nuestra institución. Es en tal sentido, que ante ese escenario y actuando en consecuencia con el Decreto Supremo No. 1844 y la oferta económica que ENATEX remitió a AMETEX el pasado 12 de junio 2014, ratificada en fecha 8 de septiembre de 2014, y la notificación con la Resolución Ministerial No. 212/14, recibida el 5 de Septiembre 2014, mediante la cual autoriza que ENATEX proceda a la compra de los activos de AMETEX, teniendo en cuenta y cumpliendo lo previsto en la parte considerativa de tal Resolución, por el precio de Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos), conforme a lo señalado en los informes técnicos y legales correspondientes referidos en la misma, y en la cual se exponen los fundamentos de hecho y de derecho para sustentar la oferta realizada por ENATEX, además de considerar los antecedentes, avalúos y cálculos que sustentan el precio ofertado. Ante todo ello, considerando los hechos y acciones descritos, en nuestra calidad de Acreedores, miembros de la Junta de Acreedores de AMETEX, y el haber agotado todos los medios disponibles y realizado las gestiones posibles a nuestro alcance para que la Liquidación Voluntaria se realice en las mejores condiciones para la cobertura de AMETEX, el pasado 12 de septiembre de 2014, en la reinstalación de la Junta de Acreedores, se procedió a autorizar la venta de las unidades productivas de AMETEX a ENATEX, por el monto ofertado de Bs. 104.400.000,00 (Ciento Cuatro Millones Cuatrocientos Mil 00/100 Bolivianos). Cabe mencionar que todo el accionar ha sido de conocimiento del regulador, la Autoridad de Pensiones y Seguros – APS. b) Administración de los Seguros Previsionales Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispone que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/ Laboral. Administración que por el quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006 fue adjudicada a las empresas aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas S.A.” y “Seguros Provida S.A.” y que al haber concluido el período de vigencia del primer contrato y declarada desierta, por la Comisión Calificadora, la Licitación para la contratación de entidades aseguradoras certificadas por el segundo período, cuyo proceso de certificación, licitación y adjudicación ha sido normado por Decreto Supremo N° 28812, por los antecedentes expuestos y de acuerdo a la disposición señalada, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la APS, las AFP’s a partir del 1º de noviembre de 2006, administrarán las prestaciones de invalidez y muerte por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, mediante las cuentas colectivas denominadas, respectivamente, “Cuenta de Siniestralidad” y “Cuenta de Riesgos Profesionales”, administradas por las AFP’s, así como el pago de las rentas por Riesgo Profesional del Sistema de Reparto. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. 137 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 En fecha 29 de diciembre de 2007, el Decreto Supremo N° 29400 señala que la comisión máxima que cada una de las Administradoras de Fondos de Pensiones, podrán cobrar por el servicio que prestan dentro de los alcances del Decreto Supremo N° 28926 del 15 de noviembre de 2006 y durante el período establecido en el mismo, será de 0.85% sobre el monto de las primas recaudadas y acreditadas. En fecha 16 de octubre de 2012, mediante Resolución Administrativa 809-2012, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, consigna en Resolución Administrativa la nota APS/ DPS/7287/2012, de 21 de septiembre de 2012, la cual indica que a partir de la nueva recaudación de Contribuciones al Sistema Integral de Pensiones, no corresponde el cobro de la comisión del 0.85% por Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral. Mediante Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPSF/URJ-SIREFI N° 077/2013 de 19 de noviembre de 2013, se ratifica el cobro de la comisión del 0,85%, producto del Recurso Jerárquico interpuesto por la Sociedad, contra la Resolución Administrativa APS/DJ/ DPC/N° 548-2013 de 17 de junio de 2013, que en Recurso de Revocatoria confirmó la Resolución Administrativa APS/DJ/DPC N° 809/2012 de fecha 16 de octubre de 2012, Riesgo Común Riesgo Profesional que suspendía dicha comisión. c) Transferencias a las Empresas de Seguro De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996, y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde los Fondos de Pensiones a Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, mediante Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y riesgo profesional del Seguro Social Obligatorio a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros S.A. y Seguros Provida S.A. La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina), efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de las reservas técnicas por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001 en un monto de US$ 116.342.758 con la siguiente distribución: Previsión US$ 39.421.895 16.765.545 56.187.440 Futuro US$ 44.693.427 15.461.891 60.155.318 Total US$ 84.115.322 32.227.436 116.342.758 Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926, respectivamente, más el rendimiento del 4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto: 138 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Riesgo Común Riesgo Profesional Monto devuelto La Vitalicia Seguros Provida 696.899 1.528.120 788.341 1.528.120 1.485.240 Total 696.899 2.316.461 3.013.360 Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida 294.074.580 92.046.340 294.657.140 92.147.907 588.731.720 184.194.247 Total 386.120.920 386.805.047 772.925.967 Los saldos transferidos durante el ejercicio 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido Seguros La Vitalicia Provida 293.787.533 91,884.743 294.370.489 92.004.955 588.158.022 183.889.698 Total 385.672.276 386.375.444 772.047.720 Los saldos transferidos durante el ejercicio 2013, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el La Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338 de fecha 30 de noviembre de 2006 instruye la transferencia de las Reservas Financieras de las Entidades Aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. a las Administradoras de Fondos de Pensiones BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia S.A. de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo 28926 de 15 de noviembre de 2006. Además, menciona que las Entidades Aseguradoras deberán transferir con carácter preliminar la totalidad del saldo d) Transferencia de la Reserva Financiera 139 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 de las Reservas Financieras al 31 de octubre de 2001 a su cargo, a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en proporciones iguales, es decir 50% para cada AFP. En cumplimiento a la Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338 y en aplicación al Decreto Supremo N° 28926, las compañías aseguradoras La Vitalicia S.A. y Provida S.A. solicitaron a la Entidad de Depósito de Valores (EDV), el traspaso de los títulos valores que respaldan la Reserva Financiera para su respectivo cambio de titularidad. Los títulos fueron traspasados a nombre BBVA Previsión AFP S.A. para el Fondo de Capitalización Individual en fecha 14 de diciembre de 2006 por los siguientes importes: La Vitalicia transfirió Bs84.606.249 y Provida Bs28.602.424, los cuales fueron acreditados en la cuenta analítica patrimonial del FCI 3.5.1.02.1.05 “Devolución Reserva Financiera”. Tal como lo establece la Resolución Administrativa/SPVS/IP N° 1338, los importes transferidos son preliminares y los mismos se encontraban sujetos a los resultados de la auditoría que ha realizado la firma Ernst & Young, previa no objeción de la APS, se instruirá el ajuste de los montos transferidos que pueden ser a favor o en contra de BBVA Previsión AFP S.A. Mediante Resolución Administrativa APS/DJ/ DS/N° 051 – 2013 de 16 de enero de 2013, se aprueba la transferencia del saldo final de la Reserva Financiera a Seguros Provida S.A.. La Sociedad ha informado a la APS mediante cite PREV. CONT. FDS 0963/03/2013 de 5 de marzo de 2013, que ha procedido a la transferencia de Bs1.385.988 en fecha 22 de febrero de 2013. e) Trabajadores Estacionales En fecha 23 de noviembre de 2007, se ha emitido la Ley N° 3785 “Trabajadores Estacionales” con el objeto de adecuar la participación de los trabajadores estacionales en el Seguro Social Obligatorio de largo plazo y establecer la pensión mínima en el país. El Decreto Supremo N° 29423 del 16 de enero de 2008 Reglamenta la Ley N° 3785, dicho Decreto ha sido emitido con la finalidad de reglamentar los alcances de la Ley 3785 en cuanto a los trabajadores estacionales de los sectores agrícolas, pecuarios y de silvicultura, los retiros temporales y la pensión mínima, así como normar otros aspectos del Seguro Social Obligatorio de largo plazo. f) Nueva Ley de Pensiones En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo 140 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, 141 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. 142 • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien 143 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá 144 contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. Ildefonso Núñez López Gerente General g) Pago de Gastos Funerarios con recursos del Fondo de Capitalización Colectiva Según Resolución Administrativa 007-2011, de fecha 10 de mayo de 2011, que instruye la transferencia de fondos del FCC al FCI para el pago de Gastos Funerarios a todos aquellos afiliados que tengan en su cuenta individual un monto menor al mínimo actuarial requerido para que se financie el Gasto Funerario por el Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia Variable, dicha transferencia de fondos es realizada a fecha 7 de junio de 2011, por la suma de Bs1.145.979. Al 31 de diciembre de 2014, se ha cancelado por este concepto la suma de Bs128.955. NOTA 22 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que el Fondo de Capitalización Individual no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente y reveladas. NOTA 23 - HECHOS POSTERIORES Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos posteriores o circunstancias que afecten en forma significativa dichos estados financieros. Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 145 FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 146 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el balance general del Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013 y los correspondientes estados de variación patrimonial y de flujo de efectivo por los ejercicios terminado en esas fechas, así como las notas 1 a 11 que se acompañan. Estos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mencionados estados financieros basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros- APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación patrimonial y financiera del Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las variaciones patrimoniales y los flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 a los estados financieros. 5. Tal como se detalla en la Nota 9 e) a los estados financieros, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el Fondo mantiene en la cuenta "Inversiones" acciones del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. por Bs158.394.011 que corresponden al valor de capitalización. Sin embargo, dicha empresa ha dejado de operar y presenta dificultades financieras y legales que podrían afectar significativamente el valor de sus acciones. Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la contabilización de este activo en los estados financieros del Fondo, ha sido realizada de acuerdo con disposiciones de la Autoridad 147 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Consecuentemente, no se contabilizó ninguna previsión sobre dichas inversiones en los estados financieros que se acompañan. 6. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han sido preparados considerando que el Fondo continuará como Empresa en Marcha. Como se menciona en la Nota 9 a los estados financieros, de acuerdo con la Ley de la Renta Universal de Vejez y la nueva Ley de Pensiones, las acciones de las empresas capitalizadas que se encuentran en el Fondo de Capitalización Colectiva deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, los dividendos de las capitalizadas y la liquidez del Fondo, deberán ser transferidos al Fondo de Renta Universal de Vejez de acuerdo al reglamento, por lo que se entiende, que el Fondo de Capitalización Colectiva desaparecerá una vez que la Gestora Pública de Seguridad Social a Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. En consideración a lo antes mencionado, los estados financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste que pudiera resultar de la resolución de esta incertidumbre. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 148 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Nota 2014 2013 ACTIVO Disponibilidades Inversiones TOTAL DEL ACTIVO Cuentas de orden deudoras 6.1 6.2 4.373.804 293.661.755 298.035.559 4.591.204 293.640.329 298.231.533 8 477.860.634 525.209.991 6.3 6.3 1.427 1.203 2.631 298.032.928 298.032.928 298.035.559 477.860.634 4.271 4.271 298.227.262 298.227.262 298.231.533 525.209.991 PASIVO Y PATRIMONIO Cuentas por pagar Otras cuentas por pagar TOTAL DEL PASIVO Patrimonio del fondo TOTAL DEL PATRIMONIO TOTAL DEL PATRIMONIO Y PASIVO Cuentas de orden acreedoras 7 8 Las notas 1 a 11 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 149 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Patrimonio inicial del Fondo 2014 2013 298.227.262 298.312.751 (29.700) (29.700) 85.500 85.500 (164.634) (164.634) 298.032.928 (170.989) (170.989) 298.227.262 Aumentos del patrimonio Transferencia de acciones de empresas capitalizadas Actualización del patrimonio al inicio del ejercicio Resultado por pago Bonosol Transferencia del FCI para pago gastos funerarios Total aumentos del patrimonio Disminuciones del patrimonio Déficit neto del ejercicio Total disminuciones del patrimonio Patrimonio final del Fondo Las notas 1 a 11 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General 150 Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) 2014 2013 Flujo de efectivo por actividades de operación Déficit neto del ejercicio (164.634) (164.634) (170.989) (170.989) 2.844 (1.203) (29.700) - 921 (112.500) 85.500 - (192.693) (197.067) (Incremento) en inversiones en el FCI Incremento de acciones transferidas (21.426) - (53.986) - Total flujo de efectivo (aplicado) originado en actividades de inversión (21.426) (53.986) (Disminución) de efectivo (217.400) (251.053) Disponibilidades al inicio del ejercicio 4.591.204 4.842.258 Disponibilidades al cierre del ejercicio 4.373.804 4.591.204 Cambio en activos y pasivos: Disminución en otras cuentas por cobrar Incremento en cuentas por pagar (Disminución) en otras cuentas por pagar Transferencia del FCI para pago gastos funerarios Beneficios del BONOSOL (Revers.de Devoluc.de Bonosol) Total flujo de efectivo (aplicado) a actividades de operación Flujo de efectivo por actividades de inversión Las notas 1 a 11 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 151 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El Fondo de Capitalización Colectiva, ha sido creado mediante Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996, e iniciado sus operaciones el 1° de mayo de 1997; su patrimonio está conformado con la cuota parte de los recursos constituidos en fideicomiso y transferidos en forma definitiva al Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones de acuerdo al Artículo Segundo del D.S. N° 24585 de 29 de abril de 1997. Este Fondo administra los recursos y acciones transferidas por las Empresas Capitalizadas cuyo objetivo era de realizar el pago de una anualidad vitalicia denominada Bono Solidario (Bonosol) y el pago de Gastos Funerarios. Los recursos del Fondo de Capitalización Colectiva son administrados por BBVA Previsión AFP S.A., de conformidad con las disposiciones legales, la que no tiene derecho de propiedad alguna sobre él. El Decreto Supremo N° 24885 de 29 de octubre de 1997 estableció que las Administradoras de Fondos de Pensiones no podrán pignorar, hipotecar ni dar en garantía las acciones de propiedad de ciudadanos bolivianos pertenecientes a este Fondo. Además, el mismo Decreto establece que las Administradoras solo pueden monetizar los títulos de la cartera original de este Fondo a través de “su conversión en recibos de depósito negociables en una bolsa de valores” o “mediante un listado convencional, por lo menos en una bolsa de valores local y otra 152 extranjera”. Al respecto, cabe señalar que el Decreto Supremo N° 24667 de 21 de junio de 1997, autorizó al Fondo a otorgar en prenda, títulos-valores como garantía de las operaciones de financiamiento. El Fondo de Capitalización Colectiva es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la administradora y pertenece a aquellas personas definidas en el Artículo N° 6° de la Ley de Capitalización y en los Artículos 9° y 10° de la Ley de Propiedad y Crédito Popular. La administradora no tiene derecho de propiedad alguna sobre él. Los bienes y derechos que componen el patrimonio del Fondo son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier naturaleza. El 15 de junio de 1998 se promulga la Ley N° 1864 (Ley de Propiedad y Crédito Popular), la cual entre otros deroga el pago del Bonosol y determina las formas de participación de los bolivianos en las empresas capitalizadas. En fecha 28 de noviembre de 2002 se promulga la Ley del BONOSOL N° 2427 que deroga algunos artículos de la Ley N° 1864 y entre otros puntos establece lo siguiente: 1. Todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieran cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995, tienen derecho a partir de los 65 años de edad y hasta su muerte, al beneficio anual y vitalicio del BONOSOL, este beneficio fue fijado en Bs1.800 para el periodo comprendido, entre el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2007. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 2. Se reconoce el pago de Gastos Funerarios a todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieren cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995 a su fallecimiento, el monto fijado para este beneficio es equivalente al 50% del monto fijado para el BONOSOL. 3. A partir del 1° de enero de 2008 y cada 5 años el monto del BONOSOL y de los Gastos Funerarios, serán fijados por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros mediante Resolución basada en un estudio actuarial sobre el valor del Fondo de Capitalización Colectiva y la mortalidad de los beneficiarios. De acuerdo con el artículo 8 de esta ley, se dispone que, para obtener la liquidez necesaria para la realización de los pagos mencionados, las Administradoras podrán invertir a valor de capitalización, las acciones de las empresas capitalizadas que forman parte del activo del Fondo de Capitalización Colectiva en cuotas del Fondo de Capitalización Individual, que deberán ser redimidas al valor cuota vigente en el día de la redención. El Fondo de Capitalización Colectiva invirtió las acciones de las empresas capitalizadas en cuotas de participación del Fondo de Capitalización Individual, para mantener un nivel de liquidez suficiente para el pago del beneficio del Bonosol de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS-IP N° 647, al 31 de diciembre de 2014 y 2013 dicha inversión asciende a Bs1.363.646 y Bs1.342.220, respectivamente (Ver Nota 6.2). N° 29400, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que para los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, establece que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominara Autoridad de Control Social de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Tal como se describe en la Nota 9 d) durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones y en fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. NOTA 2 – NORMAS CONTABLES En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo Las normas contables más significativas aplicadas por el Fondo son los siguientes: 153 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 2.1 Bases de presentación de Estados Financieros Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 y sus normas reglamentarias en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. Para la presentación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, la Administradora del Fondo de Capitalización Colectiva, ha adoptado los formatos establecidos por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. 2.2 Período Financieros cubierto por los Estados Los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Colectiva corresponden al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014, los mismos que son comparados con 154 los estados financieros correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. 2.3 Criterios de Valuación a) Inversiones Las inversiones en acciones de las empresas capitalizadas están valuadas al precio ofertado y adjudicado al socio capitalizador, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 822 de 16 de febrero de 2011 y en el contrato para la prestación de servicios firmado entre la Administradora y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, actualizado en función a la variación del dólar estadounidense respecto al boliviano. A la fecha, no se han realizado operaciones significativas en el mercado bursátil o extrabursátil, que brinden un marco de referencia del valor de mercado de las mismas. En caso de monetizar estas inversiones, el valor neto de realización estará en función de las condiciones de mercado en dicho momento, que pueden originar variaciones en el valor registrado. Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota en dicho fondo, expresados en número de cuotas y bolivianos equivalentes. b) Patrimonio del fondo El patrimonio del Fondo está constituido por el valor asignado a las inversiones en acciones de las empresas capitalizadas, actualizado hasta el 31 de diciembre de 2007 en función a la variación del boliviano respecto al dólar estadounidense a esa fecha, más las acciones adquiridas en subasta pública de acciones, más las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y el rendimiento neto obtenido ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 menos el pago del beneficio del Bonosol, Bolivida y de los gastos funerarios. El ajuste de las acciones de las empresas capitalizadas, las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y el pago de beneficios del Bonosol, Bolivida y de los gastos funerarios se registran hasta el 31 de diciembre de 2007 en la cuenta “Ajustes al patrimonio”, mientras que la actualización de los rendimientos acumulados se ajustan en su misma línea. A partir del 1 de enero de 2008 tal como se describe en la Nota 3, no se registran las actualizaciones del patrimonio. c) Ingresos del Fondo de Capitalización Colectiva Los dividendos ganados por las inversiones en acciones de empresas capitalizadas y los importes cobrados como resultado de reducciones de capital, se contabilizan por el sistema de lo percibido, los ingresos por las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y las ganancias en operaciones cambiarias y los intereses bancarios correspondientes al mantenimiento de saldos en cuentas corrientes de los bancos, se contabilizan por el sistema de lo devengado. d) Gastos del Fondo de Capitalización Colectiva Las comisiones por administración de portafolio y custodia, se contabilizan por el sistema de lo devengado. NOTA 3 - DIFERENCIA CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS EN BOLIVIA Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, en lo siguiente: a) Las inversiones en acciones de empresas capitalizadas se encuentran valuadas al precio ofertado y adjudicado al socio capitalizador, al momento de la capitalización, reexpresado al tipo de cambio de cierre de cada ejercicio. De acuerdo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, estas inversiones deberán estar valuadas a su valor patrimonial proporcional, calculado sobre la última información contable disponible, tal como lo establece la Norma de Contabilidad Nº 7. De haberse valuado estas inversiones de acuerdo con Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia, es decir al valor patrimonial proporcional, el saldo total de las mismas al 31 de diciembre de 2014 y 2013 sería mayor en aproximadamente Bs129,8 millones y Bs108,9 millones, respectivamente. Los estados financieros auditados y aprobados por Junta General Ordinaria de Accionistas que han sido utilizados para realizar el cálculo del valor patrimonial proporcional de Ferroviaria Andina y Ferroviaria Oriental al 31 de diciembre de 2014 y 2013, corresponden a las gestiones 2013 y 2012, respectivamente. Para el caso del Lloyd Aéreo Boliviano, los estados financieros utilizados para el cálculo del valor patrimonial proporcional al 31 de diciembre de 2013 y 2012, corresponden a las gestiones 2012 y 2008, respectivamente, dicho estados financieros han sido aprobados en ambos casos en Junta Ordinaria de 155 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Accionistas por mayoría, con el voto disidente de BBVA Previsión AFP. b) El fondo no presenta el estado de rendimientos. c) De acuerdo con las normas de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, los rendimientos ganados por las inversiones en acciones de empresas capitalizadas se contabilizan por método de lo percibido. De acuerdo con normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, estos ingresos deberían ser reconocidos contablemente cuando se devengan. d) De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08 de fecha 19 de marzo de 2008, a partir del primero de enero de 2008, el Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) deberá dejar de ajustar los estados financieros a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del dólar estadounidense. De acuerdo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, los estados financieros del FCC deberían ser actualizados utilizando como índice de actualización a la variación en el valor de la Unidad de Fomento para la Vivienda (UFV). Los estados financieros del fondo al 31 de diciembre de 2014 y 2013 no han sido actualizados, siguiendo lo establecido en la SPVS/IP/266/08. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS Durante el periodo 2014 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a los periodos anteriores. NOTA 5 - CUSTODIA DE LOS TITULOS VALORES Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Pensiones, las normas de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS y el contrato de Servicios de Depósito de Valores suscrito con la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., los títulos representativos de las inversiones del Fondo de Capitalización Colectiva administrado por “BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES”, se encuentran en custodia de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. NOTA 6 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 6.1 DISPONIBILIDADES La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente: 2014 Bancos cuenta corriente moneda nacional 156 2013 4.373.804 4.373.804 4.591.204 4.591.204 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 6.2 INVERSIONES La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente: Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB) (US$ 23.089.506 en ambas gestiones) (1) Empresa Ferroviaria Andina S.A. (US$ 6.616.061 en ambas gestiones) Empresa Ferroviaria Oriental S.A. (US$ 12.903.487 en ambas gestiones) Inversiones en el FCI Las inversiones en las empresas capitalizadas están valuadas al precio ofertado y adjudicado al socio capitalizador, es decir al precio de capitalización. (1) En fecha 23 de octubre de 2008, se llevó a cabo una Junta General Extraordinaria de Accionistas con el objeto principal de realizar una ampliación de capital en el LAB. La misma tuvo una serie de irregularidades que vulneraron su desarrollo y los derechos de accionistas minoritarios como las AFP´s. Las resoluciones fueron aprobadas por la mayoría, habiéndose negado el derecho a voto a las AFP´s. Hasta el momento tampoco se nos ha informado sobre los alcances de dichas resoluciones, motivo por el cual no es posible precisar su efecto en la participación del FCC en la composición accionaria de la Empresa. Por lo anterior, BBVA Previsión ha iniciado una demanda de Arbitraje contra la Empresa, realizando además las representaciones correspondientes ante la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, que ha abierto un proceso de investigación, como también ante la Comisión Fiscalizadora, y actualmente se encuentra 2014 158.394.011 45.386.178 88.517.920 292.282.109 1.363.646 293.661.755 2013 158.394.011 45.386.178 88.517.920 292.282.109 1.342.220 293.640.329 desarrollando otras medidas, dentro de lo que la Ley permite, en defensa de sus derechos, en representación de los ciudadanos bolivianos que son accionistas del LAB. Cabe mencionar que todo nuestro accionar ha sido puesto en conocimiento del Regulador, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. BBVA Previsión AFP, en su calidad de administrador y accionista minoritario del LAB, ante la marcada ausencia de información respecto a la situación de ésta Sociedad, procedió a realizar las correspondientes denuncias ante la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), misma que a través de la publicación de Resoluciones Administrativas de obligatorio cumplimiento para el LAB, ha tratado de dilucidar la situación actual y patrimonial de ésta Sociedad; sin embargo, las irregularidades persisten. En tal sentido, ésta AFP actualmente se encuentra desarrollando otras medidas, dentro de lo que la Ley permite, en defensa de sus derechos, en representación de los ciudadanos bolivianos que son accionistas del LAB. 157 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 6.3 CUENTAS POR PAGAR La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente: 2014 Comisiones por pagar Comisiones por pagar al custodio Otras Cuentas por pagar 2013 800 628 1.203 2.631 2.245 2.026 4.271 NOTA 7 - PATRIMONIO DEL FONDO La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente: Aporte de empresas capitalizadas Ajuste global al patrimonio Pago de Beneficio Bolivida Pago de Beneficio Bonosol Pago de Beneficio Gastos Funerarios Resultados acumulados del fondo 2014 222.859.192 146.095.450 (306.110.854) (2.569.997.369) (45.570.478) 2.850.756.987 298.032.928 2013 222.859.192 146.095.450 (306.110.854) (2.569.997.369) (45.540.778) 2.850.921.621 298.227.262 NOTA 8 - CUENTAS DE ORDEN La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente: Valores en custodia Acciones de las empresas capitalizadas 2014 142.333.446 335.527.187 477.860.634 2013 189.682.804 335.527.187 525.209.991 Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, las acciones en las empresas capitalizadas, dentro de las cuentas de orden, se encuentran registradas a su valor de capitalización en dólares convertido al tipo de cambio oficial al cierre del ejercicio. NOTA 9 - HECHOS RELEVANTES a) Renta Universal de Vejez En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los 158 artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 29400 reglamentario, de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que para los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008. De acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la Ley Financial, en un plazo no mayor a 5 días hábiles administrativos a partir del 31 de diciembre de 2008, las entidades administradoras del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) transferirán a cuentas del Fondo de la Renta Universal de Vejez (FRUV) la totalidad de la liquidez que el FCC mantiene en sus cuentas. Por otra parte, dicho Decreto establece que los dividendos de las Sociedades capitalizadas (Empresa Eléctrica Corani S.A., Empresa Eléctrica Guaracachi S.A., Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A., Ferroviaria Andina S.A., Ferroviaria Oriental S.A., Entel S.A. y Lloyd Aéreo Boliviano S.A.) de la gestión 2007 permanecerán en el FCC. Asimismo, dicho Decreto establece que los dividendos de las empresas antes mencionadas, correspondientes a la gestión 2008, serán destinados al Fondo de Renta Universal de la Vejez (FRUV). Todos los dividendos recibidos por el FRUV serán divididos en la proporción accionaria correspondiente a cada boliviano. De acuerdo a lo establecido en el Art. 58 de la Ley Financial, en fecha 20 de enero de 2009 se ha efectuado la transferencia de Bs53.602.787 al fondo de Renta Universal de Vejez y en fecha 31 de diciembre de 2010 se transfirió Bs144.322.751 a La Vitalicia – BISA SAFI como nueva entidad gestora de Renta Dignidad. En fecha 22 de octubre de 2010 el BBVA Previsión AFP S.A. ha recibido en el Fondo de Capitalización Colectiva la suma de Bs141.786.621 por concepto de dividendos de los ejercicios 2007 y 2008 de YPFB Andina y en fecha 10 de noviembre de 2010 se realizó la transferencia al Fondo de Renta Universal de Vejez en cumplimiento al Artículo 35 del Decreto Supremo 29400 y Art. 58 de la Ley Financial. b) Transferencia de acciones a favor de Empresa Nacional de Electricidad - ENDE A través del Decreto Supremo No. 289 de 9 de septiembre de 2009, se instruye que las Administradoras de Fondos de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. AFP y BBVA Previsión AFP S.A. deberán transferir a favor de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a título gratuito y sin costo administrativo, las acciones de las Empresas Eléctricas Corani S.A., Valle Hermoso S.A. y Guaracachi S.A. Las Administradoras de Fondos de Pensiones realizarán la transferencia, instruyendo a la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV S.A.), sustituir la titularidad de las acciones que actualmente figuran como BBVA Previsión AFP S.A. para el Fondo de Capitalización Colectiva y AFP Futuro de Bolivia S.A. para el Fondo de Capitalización Colectiva a la titularidad de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE. Los dividendos obtenidos correspondientes al paquete accionario transferido por las Administradoras de Fondos de Pensiones a titularidad de ENDE serán depositados a la cuenta del Fondo de Renta Universal de Vejez. c) Caso Lloyd Aéreo Boliviano El Fondo de Capitalización Colectiva mantiene inversiones en el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB), como resultado del proceso de capitalización de esta empresa. Las acciones en el LAB se encuentran valuadas al valor de capitalización. A la fecha, la Normativa para la valoración 159 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 de las acciones de las empresas capitalizadas continua vigente, situación por la cual no es posible realizar una valoración diferente a lo que estipula la Norma. Ejerciendo nuestras labores de diligencia para poder obtener información financiera actualizada del LAB, es importante mencionar que, esta AFP durante la gestión 2011 y principios de 2012, cursó una serie de solicitudes al Directorio y Comisión Fiscalizadora, para que de acuerdo a lo estipulado en el Código de Comercio y los Estatutos del LAB, proceda a convocar a Junta General Ordinaria de Accionistas para la correspondiente presentación y consideración de los Estados Financieros de las gestiones 2009, 2010 y 2011 que permitan dilucidar la situación financiera de la empresa. Habiendo agotado la vía administrativa, se procedió a realizar las respectivas denuncias a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), para que en el ejercicio pleno de sus competencias proceda a realizar las Juntas solicitadas. Luego de realizar diversas reiteraciones ante la AEMP, el pasado 9 de mayo de 2012 publicó la Resolución N. 065/2012, la cual resolvió que la Dirección Técnica de Fiscalización y Verificación del Cumplimiento de Obligaciones Comerciales proceda a convocar la Junta de Accionistas para la consideración de los Estados Financieros. En este sentido, el 15 de agosto de 2012, se llevó a cabo la Junta de Accionistas, convocada por la AEMP, para dar tratamiento de los Estados Financieros de las gestiones 2009, 2010 y 2011. Luego de realizar un aplazamiento de votación amparados en el art. 298 del Código de Comercio, el 12 de septiembre de 2012, en la primera reinstalación de la Junta de Accionistas, se procedió a rechazar por 160 unanimidad la documentación presentada, considerando las observaciones de Fondo que presentaba el dictamen del Auditor Externo, mismas que principalmente hacían mención a la falta de razonabilidad de las cifras allí expuestas, incluyendo las deficiencias que tuvieron para la aplicación de normas de auditoría. Como resultado de este rechazo unánime, en la Junta de Accionistas del 9 de noviembre de 2012 se solicitó a la Administración y al Directorio de la Sociedad, se contrate una auditoría forense que coadyuve a dilucidar la situación financiera y económica por la cual atraviesa el LAB. Por otro lado, con la finalidad de continuar operaciones, la Administración actual del LAB al querer retomar los procedimientos para la obtención de la matrícula de comercio de la Sociedad, advirtió observaciones para concluir tal procedimiento, situación por la cual convoca a Junta General Extraordinaria de Accionistas para el 20 de diciembre de 2012 para su regularización. En dicha instancia, como parte de las acciones para regularizar la situación del LAB, se determinó por unanimidad revocar la Junta de Accionistas del 23 de octubre de 2008, sobre la cual BBVA Previsión AFP mantiene un proceso de arbitraje. De igual manera, se realizó un aumento del capital pagado, todo esto sin presentar los informes técnicos legales y financieros que la sustenten. Asimismo, se resalta que estos ajustes fueron realizados considerando los Estados Financieros de la gestión 2011, los cuales fueron rechazados por la unanimidad en una Junta previa, situación por la cual BBVA Previsión AFP expresó su disidencia, y posteriormente procedió a impugnar. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Durante la gestión 2013, como resultado de una serie de solicitudes al Directorio y Comisión Fiscalizadora para conocer la situación financiera del LAB, el 23 de octubre de 2013 se realizó una Junta de Accionistas en la cual fueron aprobados por mayoría (accionistas mayoritarios, la Federación de Trabajadores del LAB) los Estados Financieros de la gestión 2012, instancia en la cual la AFP hizo constar su disidencia, ya que estos balances habían sido realizados sobre Estados Financieros anteriores (gestión 2009,2010 y 2011) que habrían sido rechazados en la Junta del 12 de septiembre de 2012, así como tampoco no se había realizado la auditoría forense tal cual se determinó en la Junta del 9 de noviembre de 2012. Por tanto, BBVA Previsión AFP el 17 de diciembre de 2013 procedió a interponer una demanda de impugnación en contra de las determinaciones tomadas en la Junta del 23 de octubre del 2013, es decir, puntualmente sobre la aprobación de los EEFF’s de la gestión 2012. d) Nueva Ley de Pensiones En cuanto a la gestión 2014, producto nuevamente de solicitudes al Directorio y Comisión Fiscalizadora sobre la situación financiera del LAB, se procedió a realizar la Junta Ordinaria de Accionista, en fecha 28 de Julio de 2014, instancia en la cual se aprobó por mayoría la información financiera de la gestión 2013, ante esto, la AFP hizo constar su disidencia, por la irregularidad desde la convocatoria, hasta la violación del ejercicio de los derechos de los accionistas minoritarios. En este sentido, el 26 de septiembre de 2014 se procedió a interponer una demanda de impugnación en contra de las determinaciones tomadas en la Junta del 28 de julio del 2014. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. Finalmente, cabe mencionar que todo el accionar ha sido puesto en conocimiento del Regulador, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos 161 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en 162 los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para 163 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y 164 procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. 165 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: Fondo de Renta Universal de Vejez no han sido aún reglamentadas. - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; Según Resolución Administrativa 007-2011, de fecha 10 de mayo de 2011, que instruye la transferencia de fondos del FCC al FCI para el pago de Gastos Funerarios a todos aquellos afiliados que tengan en su cuenta individual un monto menor al mínimo actuarial requerido para que se financie el GF por el SV o MVV, dicha transferencia de fondos es realizada al 7 de junio de 2011, por Bs1.145.979. - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. Los presentes estados financieros han sido preparados considerando que el Fondo continuará como empresa en marcha, y consecuentemente, no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la aplicación de la nueva Ley de Pensiones y/o de la Ley de la Renta Universal de Vejez, debido a que como se menciona anteriormente, la transferencia de las acciones de las empresas capitalizadas que deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, así como los dividendos de las capitalizadas y la liquidez del Fondo, que deberán ser transferidos al Ildefonso Núñez López Gerente General 166 e) Pago de Gastos Funerarios con recursos del Fondo de Capitalización Colectiva Al 31 de diciembre de 2014, se ha cancelado por este concepto la suma de Bs128.955. NOTA 10 - CONTINGENCIAS BBVA Previsión AFP S.A. declara que el Fondo de Capitalización Colectiva no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 11 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa dichos estados financieros. Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General CUENTA DE RIESGO PROFESIONAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 167 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros- APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas 168 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 169 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA DE RIESGO PROFESIONAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Nota 2014 2013 ACTIVO 1.7.1.01 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual 5.1 TOTAL ACTIVO 1.562.541.595 1.297.104.654 1.562.541.595 1.297.104.654 1.562.541.595 1.297.104.654 1.562.541.595 1.297.104.654 PASIVO 2.1.6.04 Primas acreditadas en el FCI más rendimientos (neto de rentas pagadas y primas transferidas a entidades aseguradoras) TOTAL PASIVO 5.2 Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General 170 Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA DE RIESGO PROFESIONAL ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El objetivo de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es el de reunir las primas recibidas de los afiliados, con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732). Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento como consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Los recursos de la Cuenta de Riesgo Profesional administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual, tal cual lo establece el inciso a) del Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones. La Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre dicho patrimonio. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 se transfieran los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25% respectivamente. En fecha 1 de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s transfirieron los fondos de los riesgos, a partir del 1 de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas. De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las 171 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 prestaciones por invalidez y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS solicitó la actualización de la información proporcionada para la determinación de la reservas IBNR. Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos y no reportados al 1 de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia, los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional, al 1 de noviembre de 2001. A partir del 1 de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo profesional y riesgo laboral, son administrados totalmente por las administradoras de fondos de pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. 172 Tal como se describe en la Nota 7 durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, que establece que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominara Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. NOTA 2 - NORMAS CONTABLES Las normas contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del Estado Financiero Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. 2.2 Período cubierto por los Estados Financieros El presente estado financiero de la Cuenta de Riesgo Profesional corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. 2.3 Criterios de valuación nversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota parte a cada fecha respectiva. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecida por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo de efectivo. c) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante el periodo 2014, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, por participación en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs1.562.541.595 y Bs1.297.104.654, respectivamente. 173 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 5.2 Primas acreditadas en el FCI más rendimientos Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el pasivo no transferido a las compañías de seguro está formado por las primas mensuales patronales acreditadas hasta el cierre del periodo, de acuerdo con el artículo N° 49 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones, más los rendimientos abonados por la inversión en el Fondo de Capitalización Individual y menos los beneficios pagados, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2014 1.171.087 63.248 5.445 1.361.605.403 199.605.824 90.588 1.562.541.595 Primas anteriores al 1 de noviembre de 2001 Primas para la Vitalicia (a) Primas para Provida (a) Primas a partir del 1 noviembre de 2006 Devolución de reserva financiera Recargo RC/RP a)Primas pendientes de transferir a las Compañías Aseguradoras acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO PROFESIONAL De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996, y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde los Fondos de Pensiones a Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS mediante Riesgo Común Riesgo Profesional 174 2013 (1.700.863) 111.432 16.662 1.106.413.163 192.180.165 84.095 1.297.104.654 Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y riesgo profesional del Seguro Social Obligatorio a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina), efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de las reservas técnicas por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001 en un monto de US$ 116.342.758 con la siguiente distribución: BBVA Previsión US$ 39.421.895 16.765.545 56.187.440 Futuro US$ 44.693.427 15.461.891 60.155.318 Total US$ 84.115.322 32.227.436 116.342.758 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926 respectivamente más Riesgo Común Riesgo Profesional el rendimiento del 4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto: Monto Devuelto La Vitalicia Seguros Provida 696.899 1.528.120 788.341 1.528.120 1.485.240 Total 696.899 2.316.461 3.013.360 Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida 294.074.580 92.046.340 294.657.140 92.147.907 588.731.720 184.194.247 Total 386.120.920 386.805.047 772.925.967 Los saldos transferidos durante el ejercicio 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias: Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida Riesgo Común Riesgo Profesional Los saldos transferidos durante el ejercicio 2013, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por riesgo Común 293.787.533 294.370.489 588.158.022 91.884.743 92.004.955 183.889.698 Total 385.672.276 386.375.444 772.047.720 y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. 175 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos 176 del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. 177 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para 178 Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la 179 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. NOTA 8 - CONTINGENCIAS - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, Ildefonso Núñez López Gerente General 180 La Administradora declara que la Cuenta de Riesgo Profesional no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa el presente estado financiero. Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General CUENTA COLECTIVA DE SINIESTRALIDAD ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 181 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrado por BBVA Previsión AFP S.A. -Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1. presenta razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Colectiva de Siniestralidad, administrada por BBVA Previsión AFP S.A. -Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros-.APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas lndividuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma a la transferencia de la 182 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 183 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA COLECTIVA DE SINIESTRALIDAD ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Nota 2014 2013 ACTIVOS 1.7.1.01 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual 5.1 TOTAL ACTIVO 1.770.783.809 1.520.748.824 1.770.783.809 1.520.748.824 1.770.783.809 1.520.748.824 1.770.783.809 1.520.748.824 PASIVO 2.1.6.05 Primas por transferir a Entidades Aseguradoras TOTAL PASIVO 5.2 Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General 184 Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA COLECTIVA DE SINIESTRALIDAD ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El objetivo de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732). Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento. Los recursos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual, tal cual lo establece el inciso a) del Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones. La Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre dicho patrimonio. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo N° 53 de la Ley de Pensiones a partir de la fecha en que la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de 2009, determine que el riesgo común sea asumido por una entidad aseguradora, todos los recursos de esta Cuenta serán transferidos a dicha entidad y considerados reservas matemáticas de la misma. En la gestión 1999, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, mediante la Resolución Administrativa SPVS - IP N° 114/99, determina que los excedentes, sobre la necesidad de los saldos actuariales existentes en la Cuenta de Siniestralidad al 31 de mayo de 1999, deberán ser distribuidos en las cuentas individuales de los afiliados, en proporción del aporte de cada afiliado. En este sentido mediante carta SPVS - IP DP - 1112/99 del 9 de septiembre de 1999 determina que el monto de Bs134.691.625 correspondiente a la Cuenta de Siniestralidad debe ser traspasado a las cuentas individuales de los afiliados. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 se transfieran los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25% respectivamente. En fecha 1 de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia 185 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s transfirieron los fondos de los riesgos, a partir del 1 de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas. De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros solicitó la actualización de la información proporcionada para la determinación de la reservas IBNR. Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s 186 a las entidades aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Provida S.A.”, las cuotas que corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos y no reportados al 1 de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia, los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional, al 1 de noviembre de 2001. A partir del 1 de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la cobertura de los Riesgos de Siniestralidad, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral, son administrados totalmente por las Administradoras de Fondos de Pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. Tal como se describe en la Nota 7 durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, que establece que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominara Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. 2.2 Período cubierto por el estado financiero El presente estado financiero de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. 2.3 Criterios de valuación NOTA 2 - NORMAS CONTABLES Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las normas contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes: Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota parte a cada fecha respectiva. 2.1 Bases de presentación del estado financiero NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptadas en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo de efectivo. c) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. 187 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante el ejercicio 2014, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, por participación Primas anteriores al 1 de noviembre de 2001 Primas para la Vitalicia (a) Primas para Provida (a) Primas a partir del 1 de noviembre de 2006 Recargo RC/RP RC a) Primas pendientes de transferir a las Compañías Aseguradoras acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006 NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO DE LA CUENTA DE SINIESTRALIDAD De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por Riesgo Común y Riesgo Profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las Entidades Aseguradoras. 188 en el Fondo de Capitalización Individual es de Bs1.770.783.809 y Bs1.520.748.824, respectivamente. 5.2 Primas acreditadas en el FCI más rendimientos Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 , el pasivo no transferido a las compañías de seguro está formado por las primas mensuales deducidas del total ganado de los afiliados que tengan una cuenta individual en el Seguro Social Obligatorio, acreditadas hasta el cierre del periodo, de acuerdo con el artículo N° 21 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones, más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos y menos los beneficios pagados, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2014 125.644.797 70.494 4.810 1.644.802.623 261.085 1.770.783.809 2013 118.194.266 109.079 16.050 1.402.215.444 213.985 1.520.748.824 La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS mediante las Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de Riesgo Común y Riesgo Profesional del Seguro Social obligatorio, a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina) efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 de Pensiones, de la reservas técnicas por Riesgo Común y Riesgo Profesional correspondientes al período comprendido entre el 1 de mayo Riesgo Común Riesgo Profesional de 1997 y 31 de octubre de 2001, en un monto de US$ 116.342.758, con la siguiente distribución: BBVA Previsión Futuro de Bolivia US$ US$ 39.421.895 16.765.545 56.187.440 44.693.427 15.461.891 60.155.318 Total US$ 84.115.322 32.227.436 116.342.758 Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926 respectivamente más el rendimiento del 4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto Devuelto La Vitalicia Seguros Provida 696.899 1.528.120 788.341 1.528.120 1.485.240 Total 696.899 2.316.461 3.013.360 Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida 294,074,580 92,046,340 294.657.140 92,147,907 588.731.720 184,194,247 Total 386.120.920 386.805.047 772.925.967 Los saldos transferidos durante el período 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida 293.787.533 91,884.743 294.370.489 92.004.955 588.158.022 183.889.698 Total 385.672.276 386.375.444 772.047.720 189 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Los saldos transferidos durante el período 2013, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos 190 provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. El capítulo I del Título IX (Disposiciones En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • El Fondo de Capitalización Individual – 191 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y 192 Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no 193 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad 194 Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 NOTA 8 - CONTINGENCIAS NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES La Administradora declara que la Cuenta Colectiva de Siniestralidad no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa dicho estado financiero. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 195 CUENTA DE RIESGO LABORAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 196 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrado por BBVA Previsión AFP S.A . - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con las normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la 197 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 198 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA DE RIESGO LABORAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Nota 2014 2013 ACTIVO 1.7.1.01 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual 5.1 TOTAL ACTIVO 46.406.391 33.465.957 46.406.391 33.465.957 46.406.391 33.465.957 46.406.391 33.465.957 PASIVO 2.1.6.06 Primas acreditadas en el FCI más rendimientos (neto de rentas pagadas y primas transferidas a entidades aseguradoras) TOTAL PASIVO 5.2 Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 199 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA DE RIESGO LABORAL ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA El objetivo de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es el de reunir las primas recibidas de los afiliados, con contratos por producto, con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732). Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento. Los recursos de la Cuenta de Riesgo Laboral administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual – FCI. La Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre dicho patrimonio. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros -APS, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, se transfieran en la gestión 2001 los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las 200 entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25% respectivamente. En fecha 1 de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001. Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s trasfirieron los fondos de los riesgos, a partir del 1 de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas. De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora correspondiente y serán considerados ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, solicitó la actualización de la información proporcionada para la determinación de las reservas IBNR. Producto de ello, en fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP´s a las entidades aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos y no reportados al 1 de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia, los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional, al 1 de noviembre de 2001. Pensione No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, que establece que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominara Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. NOTA 2 - NORMAS CONTABLES A partir del 1 de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo profesional y riesgo laboral, son administrados totalmente por las administradoras de fondos de pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. Tal como se describe en la Nota 7 durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Las normas contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del Estado Financiero Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado 201 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. 2.2 Período Financieros cubierto por los a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo efectivo. c) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. Estados El presente estado financiero de la Cuenta de Riesgo Laboral corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. 2.3 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota parte a cada fecha respectiva. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de los normas de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia en los 202 siguientes aspectos: NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante el ejercicio 2014, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a las gestiones anteriores. NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, consiste en la participación en el Fondo de Capitalización Individual por Bs46.406.391 y Bs33.465.957, respectivamente. 5.2 Primas acreditadas en el FCI más rendimientos Al 31 de diciembre de 2014 y 2013, el pasivo no transferido a las compañías de seguro, está ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 formado por las primas mensuales laborales acreditadas hasta el cierre del ejercicio, más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2014 49.384 27 7 46.356.973 46.406.391 Primas anteriores al 1 de noviembre de 2001 Primas para la Vitalicia (a) Primas para Provida (a) Primas a partir del 1 de noviembre de 2006 a)Primas pendientes de transferir a las Compañías Aseguradoras acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO LABORAL De acuerdo con los artículos N° 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y el artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las Entidades Aseguradoras. La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros mediante las Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, Riesgo Común Riesgo Profesional ambas de 1 de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y riesgo profesional del Seguro Social obligatorio, a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina) efectuó la certificación definitiva en base a la información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de la reservas técnica por riesgo común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y 31 de octubre de 2001, en un monto de US$ 116.342.758, con la siguiente distribución: BBVA Previsión Futuro de Bolivia US$ US$ Según la Resolución Administrativa SPVS N° 678 del 25 de noviembre de 2003 se instruye a La Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A. devolver a BBVA Previsión AFP S.A. un total de US$ 192.549 y US$ 186.926 respectivamente más 2013 63.186 23 7 33.402.741 33.465.957 39.421.895 16.765.545 56.187.440 44.693.427 15.461.891 60.155.318 Total US$ 84.115.322 32.227.436 116.342.758 el rendimiento del 4% anual sobre dicho monto, desde la fecha en que se efectuó la transferencia de reservas autorizada mediante la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 724 y 725 ambas del 30 de agosto de 2002. Se tiene la siguiente relación al respecto: 203 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Riesgo Común Riesgo Profesional Monto Devuelto La Vitalicia Seguros Provida 696.899 1.528.120 788.341 1.528.120 1.485.240 Total 696.899 2.316.461 3.013.360 Al 31 de diciembre de 2014, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida 294,074,580 92,046,340 294.657.140 92,147,907 588.731.720 184,194,247 Total 386.120.920 386.805.047 772.925.967 Los saldos transferidos durante el ejercicio 2014, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. Al 31 de diciembre de 2013, se efectuaron las siguientes transferencias: Riesgo Común Riesgo Profesional Los saldos transferidos durante el ejercicio 2013, fueron expresados en cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone: “que las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP’s, administren totalmente las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 – Ley de Pensiones, en forma transitoria hasta la fecha a ser 204 Monto transferido La Vitalicia Seguros Provida 293.787.533 91.884.743 294.370.489 92.004.955 588.158.022 183.889.698 Total 385.672.276 386.375.444 772.047.720 determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006. NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas 205 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 206 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de 207 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. 208 Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe Ildefonso Núñez López Gerente General individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. NOTA 8 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta de Riesgo Laboral no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa el presente estado financiero. Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 209 CUENTA DE MENSUALIDAD VITALICIA VARIABLE ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 210 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE anta Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrado por BBVA Previsión AFP S.A . -Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 8 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS . Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por BBVA Previsión AFP S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas 211 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 212 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA DE MENSUALIDAD VITALICIA VARIABLE ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Nota 2014 2013 5.1 2.458.358.525 1.892.207.663 2.458.358.525 1.892.207.663 2.458.358.525 1.892.207.663 2.458.358.525 1.892.207.663 ACTIVO 1.5.1.01 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Total activo PASIVO 2.2.1.01 Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable Total pasivo 5.2 Las notas 1 a 8 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 213 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA DE MENSUALIDAD VITALICIA VARIABLE ADMINISTRADO POR BBVA PREVISION AFP S.A. – ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 – OBJETO DE LA CUENTA La Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., está conformada por los capitales acumulados, de todos aquellos afiliados que hubieran suscrito un contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Para tal efecto BBVA PREVISION AFP S.A., se encuentra obligada a: a) Prestar los servicios que conlleva la administración del patrimonio, el cálculo de las pensiones y el pago de las mismas a los contratantes que hubieran elegido dicha modalidad de pensión. b) Representar a los propietarios del patrimonio de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable ante terceros, para la administración, cálculo y pago de dicha modalidad de pensión, así como en relación a la vigencia del contrato, otorgamiento y recepción de los beneficios. c) Realizar todos los actos necesarios para la prestación de servicios, de acuerdo a la Ley de Pensiones y el contrato de prestación de servicios. Los contratos de Mensualidades Vitalicias Variables tienen las siguientes cláusulas: a) Irrevocabilidad, puesto que ninguna de las partes involucradas puede cancelarlos. b) Vigencia, a partir de la fecha de suscripción del contrato por las partes. 214 c) Pensión Vitalicia para el titular o temporal para los derechohabientes de acuerdo a la Ley de Pensiones. d) Prestación por gastos funerarios que forma parte del contrato, de conformidad a lo establecido en la Ley de Pensiones. e) Pago de la pensión de jubilación dentro el primer mes de vigencia del contrato y devengará a partir de la fecha establecida en el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011. f) Pago de las pensiones por muerte a partir de los treinta (30) días de recibido el certificado de defunción del titular, que devengarán a partir de la fecha del fallecimiento del afiliado para aquellos derechohabientes declarados en el contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Para los derechohabientes que se acrediten con posterioridad, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, las pensiones por muerte devengarán a partir de la fecha de solicitud de pensión y acreditación. El pago de este beneficio se originará de dos fuentes: i) Los aportes de los afiliados administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, registrados en el patrimonio del Fondo de Capitalización Individual, en la Cuenta Mensualidad Vitalicia Variable, y ii) Los aportes del antiguo Sistema de Reparto que serán aportados por el Tesoro General de la Nación a través de la Compensación de Cotizaciones. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 A partir del 10 de diciembre de 2010, el pago de este beneficio se denomina Pensión por Vejez, que se realizará a partir del primer día del mes en que el asegurado o derechohabiente, según corresponda, fue notificado con la Declaración de Pensión respectiva, si este fue notificado hasta el día quince del mes inclusive; y a partir del primer día del mes siguiente si la Declaración de Pensión fue notificada después del día quince del mes. La Prestación de Vejez obtenida por el asegurado, comprende el pago de: • Pensión de Vejez, vitalicia a favor del asegurado. • Pensiones por Muerte a derechohabientes, vitalicias y temporales según correspondan, al fallecimiento del asegurado con Pensión de Vejez. • Gastos Funerarios al fallecimiento del asegurado con Pensión de Vejez. El asegurado accederá a la Prestación de Vejez cuando cumpla una de las siguientes condiciones: a) Independientemente de su edad, siempre y cuando no haya realizado aportes al Sistema de Reparto y financie con el saldo acumulado en su cuenta personal previsional: • Una Pensión igual o superior al sesenta por ciento de su referente salarial de vejez. • El monto necesario para financiar los Gastos Funerarios. • La Pensión por Muerte para sus derechohabientes. b) A los cincuenta y cinco años hombres y cincuenta años mujeres, siempre y cuando hayan realizado aportes al Sistema de Reparto que le generen el derecho a una Compensación de Cotizaciones y financie con ésta más el saldo acumulado en su cuenta personal previsional: • Una pensión igual o superior al sesenta por ciento de su Referente Salarial de Vejez. • El monto necesario para financiar las Gastos Funerarios. • La Pensión por Muerte de sus derechohabientes. c) A partir de los cincuenta y ocho años de edad, independientemente del monto acumulado en su cuenta personal previsional, siempre y cuando cuente con una densidad de aportes de al menos 120 periodos y financie un monto de Pensión de Vejez, mayor de la Pensión Solidaria de Vejez que le correspondería de acuerdo a su densidad de aportes. El Referente Salarial de Vejez corresponde al promedio de los veinticuatro totales ganados o ingresos cotizables, de acuerdo a reglamento. La Pensión de Vejez está compuesta por la Fracción de Saldo Acumulado y la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda. Los derechohabientes del asegurado fallecido sin Pensión de Vejez, percibirán la Pensión por Muerte derivada de la misma, previo cumplimiento de requisitos establecidos y su reglamento. El asegurado fallecido originará el derecho al pago de los Gastos Funerarios. Las Pensiones de Vejez serán actualizadas tomando en cuenta lo siguiente: a) La Fracción de Saldo Acumulado será actualizada anualmente en función a la 215 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 mortalidad del grupo de asegurados con Pensión de Vejez, Pensión Solidaria de Vejez y derechohabientes con Pensión por Muerte derivada de estas, y a la rentabilidad del Fondo de Vejez. Esta compensación se encuentra respaldada por el certificado de Compensación de Cotizaciones, emitido por el Tesoro General de la Nación, y entregado a BBVA PREVISION AFP S.A., para su custodia. b) La Compensación de Cotizaciones será actualizada anualmente en función a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda. Tal como se describe en la Nota 6 durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, que establece que La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominara Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS. De acuerdo al artículo 64 de la Ley 065, de Pensiones de 10 de diciembre de 2010, el derecho de exigir la Pensión de Vejez y la Pensión Solidaria de Vejez no prescribe. La Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es una cuenta independiente y distinta del patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados que han suscrito el Contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie. De acuerdo con el artículo 6 del Decreto Supremo N° 26069 de 9 de febrero de 2001, los afiliados que suscriban un contrato de Mensualidad Vitalicia Variable con BBVA PREVISION AFP S.A., tienen derecho a la Compensación de Cotizaciones al haber realizado sesenta o más cotizaciones al antiguo Sistema de Reparto, monto que será pagado mensualmente y de manera vitalicia al afiliado y cuando corresponda a sus derechohabientes, con recursos del Tesoro General de la Nación que serán depositados en las cuentas corrientes del Fondo de Capitalización Individual, de acuerdo con las solicitudes efectuadas en el mes. 216 En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. NOTA 2 - NORMAS CONTABLES Las normas contables aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del Estado Financiero Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. El presente estado financiero corresponde a los aportes de los afiliados registrados en el patrimonio del Fondo de Capitalización Individual en la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable administrados por BBVA PREVISION AFP S.A. y no incluye los montos que corresponden a la Compensación de Cotizaciones realizada por el Tesoro General de la Nación. 2.2 Período Financieros cubierto por los Estados El presente estado financiero de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota parte a cada fecha respectiva. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivos y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos de variación patrimonial y de flujo de efectivo. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante el periodo 2014, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a la gestión anterior. NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está compuesto por los siguientes grupos: 2.3 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual 217 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 5.1 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está relacionada con la participación en el Fondo de Capitalización Individual por Bs2.458.358.525 y Bs1.892.207.663, respectivamente. 5.2 Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable Al 31 de diciembre de 2014 y 2013 las prestaciones por pagar, están formadas por los beneficios de mensualidad vitalicia variable solicitadas hasta el cierre del periodo, más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue: 2014 Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable El número de casos e importes pagados por jubilación con compensación de cotización combinada con Mensualidad Vitalicia Variable, durante las gestiones 2014 y 2013, asciende a 35.836 y 29.785 que equivalen a Bs90.135.270 y Bs70.561.982 respectivamente. NOTA 6 – HECHOS RELEVANTES En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, 218 2.458.358.525 2.458.358.525 2013 1.892.207.663 1.892.207.663 Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: 219 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las 220 obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. 221 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el 222 plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. Ildefonso Núñez López Gerente General NOTA 7 - CONTINGENCIAS La Administradora declara que la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 8 - HECHOS POSTERIORES Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014, no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa el presente estado financiero. Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 223 CUENTA BASICA PREVISIONAL ADMINISTRADO POR BBVA PREVISIÓN AFP S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013 Conjuntamente con el dictamen del auditor independiente 224 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE Santa Cruz de la Sierra, 13 de febrero de 2015 A los señores Directores y Accionistas de BBVA PREVISIÓN AFP S.A.-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES 1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional, administrado por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, así como las notas 1 a 8 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestra auditoría. 2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2014 y 2013 emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría también incluye evaluar las normas de contabilidad utilizadas y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación del estado financiero tomado en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión. 3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas en Bolivia. 4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional, administrada por BBVA Previsión AFP S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones al 31 de diciembre de 2014 y 2013, de acuerdo con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, descritas en las Notas 2 y 3 al estado financiero. 5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo. En forma previa a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas 225 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. En fecha 14 de enero de 2015 se emitió el Decreto Supremo N° 2248, que establece un plazo de 18 meses para la creación de la Gestora Pública y para el periodo de transición correspondiente. ERNST & YOUNG LTDA _________________________(Socio) Lic. Aud. Javier Iriarte J. MAT. PROF. N° CAUB-9324 MAT. PROF. N° CAUSC-3125 226 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA BASICA PREVISIONAL ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) Nota 2014 2013 ACTIVO 1.5.1.01 Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual Total activo 5.1 4.017.013.509 4.017.013.509 2.909.227.821 2.909.227.821 5.2 5.2 4.017.013.509 4.017.013.509 2.909.227.821 2.909.227.821 PASIVO 2.1.5.05 2.2.1.01 Beneficios por Pagar Cuenta Básica Previsional Beneficios Cuenta Básica Previsional Total pasivo Las notas 1 a 8 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros. Ildefonso Núñez López Gerente General Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 227 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 CUENTA BASICA PREVISIONAL ADMINISTRADA POR BBVA PREVISION AFP S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 Y 2013 (Cifras expresadas en bolivianos) NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA La Cuenta Básica Previsional, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., tiene por objeto único el financiamiento de la Fracción Básica Complementaria, para que el Afiliado o sus Derechohabientes, según les correspondan, accedan a la Pensión Mínima de acuerdo a lo establecido en la Ley Participación de trabajadores estacionales en el Seguro Social Obligatorio de largo plazo (Ley 3785). La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, mediante la Resolución Administrativa SPVS/IP 198 de 27 de febrero de 2008 instruye a las Administradoras de Fondos de Pensiones, que en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles a partir de la publicación del Decreto Supremo No. 29423 de 16 de enero de 2008, en cumplimiento a la Ley No. 3785 de 23 de noviembre de 2007, realizarán la transferencia de los siguientes recursos a la cuenta Básica Previsional: a) US$ 5.000.000 (Cinco Millones 00/100 Dólares Estadounidenses) provenientes de la Cuenta de Siniestralidad por única vez. b) US$ 5.000.000 (Cinco Millones 00/100 Dólares Estadounidenses) provenientes de la Cuenta de Riesgos Profesionales por única vez. c) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Común. d) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes. 228 e) Diez por ciento (10%) de la diferencia entre el Total Ganado menos sesenta (60) salarios mínimos nacionales, cuando la diferencia sea positiva. Las Administradoras de Fondo de Pensiones, deberán transferir el monto correspondiente a los porcentajes establecidos de todas las primas pagadas y acreditadas hasta el último día hábil administrativo del mes siguiente al que corresponda el pago, desde el periodo de diciembre 2007. Estas transferencias serán la fuente de financiamiento de la Cuenta Básica Previsional, para el pago de la pensión mínima. La Pensión Mínima es la prestación semicontributiva pagada por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a los titulares que cumplan los requisitos establecidos para el efecto, y a su fallecimiento a sus derechohabientes hasta el segundo grado, en las proporciones que les corresponda según normativa. La Pensión Mínima está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión Mínima. Los requisitos que debieron cumplir los afiliados para el acceso a la Pensión Mínima son: ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 a) Tener 60 años cumplidos o más. b) Haber cotizado al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo, al sistema de Reparto o a ambos, durante 180 periodos o más. c) Tener una Pensión Referencial menor a la Pensión Mínima. fallecido antes de cumplir 60 años, cuando no se cumpla con los requisitos para acceder a una Pensión por Muerte por Riesgo Común o Pensión por Muerte por Riesgo Profesional, podrán acceder a la Pensión Mínima cuando el afiliado fallecido hubiese cumplido 60 años y cumpla los requisitos. a) Que cuente con trámite de Jubilación o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de adquisición. Las Pensiones Mínimas que no hubieran sido cobradas no podrán acumularse por más de doce meses, caducando por el tiempo superior al indicado, previa notificación por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones o Entidades Aseguradoras, conforme regulación de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estos recursos se consolidarán a favor de la fuente de financiamiento que corresponda. b) Que cuente con Pensión de Jubilación en curso de pago cuyo monto sea menor al monto de la Pensión Mínima. Los requisitos antes mencionados tienen vigencia para todos los trámites hasta fecha 9 de diciembre de 2010. c) Que cuente con pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago cuyo monto sea menor al monto de la Pensión Mínima. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, establece que el Régimen Semicontributivo, que contempla la Prestación Solidaria de Vejez, Pensión por Muerte derivada de estas y Gastos Funerarios administrará el Fondo Solidario, compuesto con recursos provenientes de: La Pensión Mínima será pagada a los afiliados o derechohabientes según corresponda, previo cumplimiento de los requisitos enunciados anteriormente y en los casos descritos a continuación: d) Que tenga una Pensión Referencial de Invalidez o Muerte menor a la Pensión Mínima. Para que el afiliado o derechohabiente con Pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago acceda a la Pensión Mínima, deberá previamente renunciar a la Pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago. La Pensión Mínima será pagada por la entidad que estaba realizando el pago de la pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago. Los derechohabientes del afiliado que hubiese • El 20% de las Primas de Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral. • El 0,5% del Aporte Solidario del Asegurado (dependiente e independiente). • El 3% en calidad de Aporte Patronal. • El 2% en calidad de Aporte Patronal del Sector Minero Metalúrgico. Los recursos constituidos en la Cuenta Básica Previsional, a cargo de las Administradoras de 229 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 Pensiones hasta la fecha de constitución del Fondo Solidario. Los Aportes Solidarios que el Órgano Ejecutivo podrá actualizar cada 5 años son: • El 10% de la diferencia entre su total solidario menos Bs35.000, cuando la diferencia sea positiva. • El 5% de la diferencia entre su total solidario menos Bs25.000, cuando la diferencia sea positiva. • El 1% de la diferencia entre su total solidario menos Bs13.000, cuando la diferencia sea positiva. La transferencia y recaudación de estos recursos financiaran la Pensión Solidaria de Vejez. La Ley No. 065 de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones, en su artículo 177 hace conocer que las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente, el inciso VI indica: transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones. 230 Los requisitos que deben cumplir los afiliados para el acceso a la Prestación Solidaria de Vejez: a) Tener menos de cincuenta y ocho años de edad. b) Contar con una densidad de aportes de al menos ciento veinte periodos. c) Cumplir con todas las determinaciones de la Ley 065, Ley de Pensiones aprobado el 10 de diciembre de 2010 y sus reglamentos. La densidad de aportes corresponde a la suma de los periodos efectivamente aportados por el asegurado al Sistema de Reparto, al Seguro Social de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones. La composición de la Pensión Solidaria de Vejez está compuesta por la Fracción de Saldo Acumulado, la Compensación de Cotizaciones y la Fracción Solidaria. La Fracción Solidaria es el componente variable con el que se alcanza el monto de la Pensión Solidaria de Vejez, que corresponde al asegurado en función a su densidad de aportes, y que se financia con recursos del Fondo Solidario. Saldo Acumulado corresponde a los recursos acreditados en la Cuenta Personal Previsional de cada Asegurado, los rendimientos generados y otros. Los derechohabientes de primer y segundo grado según corresponda, podrán acceder a los montos de todos los componentes de la Pensión Solidaria de Vejez. Los derechohabientes de tercer grado solo podrán acceder a la Fracción del Saldo Acumulado. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 El Fondo Solidario financiará únicamente la diferencia que se genera entre la Pensión Solidaria de Vejez que corresponda al asegurado, y la Pensión Financiada con la Fracción de Saldo Acumulado calculada sin derechohabientes de tercer grado y su Compensación de Cotizaciones cuando corresponda. La Cuenta Básica Previsional, administrada por BBVA PREVISION AFP S.A., es un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Administradora de Fondos de Pensiones, indiviso, imprescriptible e inafectable por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo puede utilizarse para pagar la Fracción Complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión Mínima. Tal como se describe en la Nota 6 durante la gestión 2010 se emitió la Nueva Ley de Pensiones No. 065 de 10 de diciembre de 2010 de Pensiones, que establece que la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones – AP, se denominara Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS y asumirá las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de seguros de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero – ASFI en un plazo de 60 días hábiles luego de aprobada esta Ley. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, y a su sucesora Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. En fecha 14 de enero de 2015, se emitió el Decreto Supremo 2248, que reglamenta la creación de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. NOTA 2 - NORMAS CONTABLES Las normas contables aplicados por la Administradora son los siguientes: 2.1 Bases de presentación del Estado Financiero Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2014 y 2013, han sido formulados para ser presentados a la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 y siguientes del Decreto Supremo N° 24469, de 17 de enero de 1997 (Capítulo III, Parte III, Sistema Contable), lo determinado en los artículos 149, 161, 162 y 168 de la Ley N° 065 de 10 de diciembre de 2010, lo determinado en la Ley 1732 en lo que corresponda, lo establecido en la Disposición Transitoria Única del Decreto Supremo N° 0078 de 26 de enero de 2011 y otras disposiciones vigentes relacionadas a la preparación, formulación y presentación de información referente al cierre contable de gestión. Estos lineamientos concuerdan con las Normas de Contabilidad Generalmente Aceptadas aprobadas por el Consejo Técnico Nacional de Auditoria y Contabilidad del Colegio de Auditores de Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los estados financieros. 2.2 Período Financieros cubierto por los Estados El presente estado financiero de la Cuenta Básica Previsional corresponde al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2014, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2013. 231 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 2.3 Criterios de valuación Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual FCI Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota parte a cada fecha respectiva. NOTA 3 - DIFERENCIAS CON NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros - APS. Estas prácticas difieren de las normas de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia en los siguientes aspectos: a) Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo y no como patrimonio. b) No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo efectivo. c) Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por lo percibido y no por lo devengado. NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES Durante el periodo 2014, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto a la gestión anterior. NOTA 5 - COMPOSICION DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO El estado financiero al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está compuesto por los siguientes grupos: 5.1 Inversiones en el FCI La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, está relacionada con la participación en el Fondo de Capitalización Individual por Bs4.017.013.509 y Bs2.909.227.821, respectivamente. 5.2 Beneficios Cuenta Básica Previsional La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2014 y 2013, es la siguiente: 2014 Beneficio por pagar Cuenta Básica Previsional Beneficio Cuenta Básica Previsional El número de casos pagados por Cuenta Básica Previsional, durante el periodo 2014 y 2013, asciende a 521 y 676 que equivalen a Bs1.324.089 y a Bs3.324.865 al 31 de diciembre de 2014 y 2013, respectivamente. 232 4.017.013.509 4.017.013.509 2013 2.909.227.821 2.909.227.821 NOTA 6 - HECHOS RELEVANTES En el marco de la adecuación a la nueva Constitución Política del Estado aprobada por el Congreso Nacional y promulgada el 7 de febrero de 2009, el Gobierno Boliviano, a ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 través del Poder Ejecutivo, ha promulgado la nueva Ley de Pensiones 065 en fecha 10 de diciembre de 2010, los principales aspectos de la presente Ley que tienen un impacto en la Sociedad son los siguientes: El capítulo II del Título I (Disposiciones generales) establece que en el Sistema Integral de Pensiones se administrarán los siguientes fondos: I. En el régimen contributivo, el a) Fondo de Ahorro Previsional, b) Fondo de Vejez y c) Fondo Colectivo de Riesgos, este último estará compuesto con los recursos provenientes de las primas de Riesgo Común, Riesgo profesional y Riesgo Laboral. II. En el régimen semicontributivo, el Fondo solidario, estará compuesto con recursos provenientes del 20% de las primas por Riesgo Común, por Riesgo Profesional y por Riesgo Laboral, del aporte del asegurado, del Aporte Nacional Solidario, del Aporte Patronal Solidario, del Aporte Solidario Minero y de otras fuentes de financiamiento. III. En el régimen no contributivo, el Fondo de la Renta Universal de Vejez. Cada uno de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituye como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo pueden disponerse de conformidad a la presente Ley. Los Fondos del Sistema Integral de Pensiones serán administrados y representados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El capítulo I del Título VII (Gestora de la Seguridad Social a Largo Plazo) de la Ley establece que la administración del sistema integral de pensiones estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, la cual tendrá como objeto la administración y representación de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos del Sistema Integral de Pensiones. El capítulo único del Título VIII (Transición) de la Ley, establece los siguientes aspectos: Transición: El periodo de transición para el inicio de la nueva Gestora, será establecido por Decreto Supremo. Transferencia de información y datos: Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la gestora toda la información, documentos, expedientes, bases de datos y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran. La Gestora deberá dar su no objeción luego de revisar la documentación e información recibida. Transferencia del Fondo de Capitalización Individual: Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas 233 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Continuidad de servicios: Las Administradoras de Fondos de Pensiones, continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de Prestación de Servicios suscrito con el Estado Boliviano en el marco de la Ley 1732, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. • Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP. • Las AFP deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP. • Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable. El capítulo I del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que los procesos ejecutivos sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad y que deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización, el estado de los procesos conforme al reglamento. • El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065. El capítulo II del Título IX (Disposiciones varias finales) de la Ley establece que finalizado el periodo de transición los contratos y adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la Ex Superintendencia de Pensiones y la Ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos, y a su vez se abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de Pensiones y todas las disposiciones contrarias a la Ley 065. • Las AFP se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa reglamentaria. En fecha 26 de enero de 2011, se emitió el Decreto Supremo 778 de Reglamento de Desarrollo Parcial de la nueva Ley de Pensiones, la cual establece que hasta que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 234 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente: • Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda. • El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO. • Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 De acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan. Asimismo, el artículo 179, establece que las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la nueva Ley de Pensiones se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. El Decreto Supremo N° 778 además aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de contribuciones y gestión de cobro de contribuciones en mora. Esta disposición jurídica establece como fecha de inicio de recaudación de contribuciones del SIP el mes de enero de 2011 para Asegurados Dependientes y el mes de febrero de 2011 para Asegurados Independientes y Consultores por Producto, Consultores en Línea y Consultores. Reglamenta las obligaciones de los Empleadores, la deducción, retención y pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que devengan los salarios. Reglamenta el pago de Contribuciones y Aportes Nacionales Solidarios al Sistema Integral de Pensiones por los Asegurados Independientes, Consultores por Producto, Consultores en Líneas y Consultores. Norma sobre el cálculo de la mora, la obligatoriedad de iniciar las acciones procesales en el plazo de 120 días a partir de la fecha de la constitución en mora por el Empleador y el inicio de la acción penal de “Apropiación Indebida” y la facultad de la Entidad Gestora Pública de Seguridad Social de largo plazo de suscribir Convenios de pago con los Empleadores constituidos en mora. El Órgano Ejecutivo promulgó y publicó el Decreto Supremo N° 822 de 16 de marzo de 2011, mediante el cual aprueba el Reglamento Parcial de la Ley N° 065 en materia de Prestaciones de Vejez, Prestaciones Solidarias de Vejez, Prestaciones por Riesgos, por Muerte derivadas de éstas y otros beneficios; asimismo, norma sobre la vigencia de derechos conforme a los preceptos legales del Sistema Integral de Pensiones a partir de la fecha de publicación de la Ley N° 65, además, establece el derecho de mantener la Pensión por Muerte del cónyuge o conviviente supérstite que hubiere contraído un nuevo matrimonio o relación de equivalencia. La citada disposición jurídica norma sobre los requisitos, plazos, condiciones y procedimientos de cálculo de las Prestaciones de Vejez, Invalidez y Muerte, el cálculo del Referente Salarial, la Compensación de Cotizaciones (Mensual y Global), la retención del tres (3) por ciento de la Pensión Mensual para el Ente Gestor de Salud, la fecha de 235 ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 devengamiento de las pensiones, el pago de los beneficios de Retiros Mínimos y/o Retiro Final y el pago de la Masa Hereditaria. El 01 de agosto de 2013 se promulgó el Decreto Supremo N° 1570, disposición jurídica que regula sobre la actualización anual de la Fracción Solidaria, el recálculo de pensión y el acceso a Retiro Mínimo o Retiro Final de las Contribuciones acreditaciones con fecha posterior a la fecha de suscripción de la Declaración de Jubilación. El 14 de enero de 2015, se ha emitido el Decreto Supremo N° 2248, el cual aprueba la constitución, los estatutos y la escala salarial de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Este decreto determina entre otros temas, que el inicio de las operación de la nueva Gestora será no mayor a 18 meses a partir de su publicación; durante este periodo se deberá designar al Gerente General, quien estará a cargo de la elaboración y presentación del cronograma de actividades a desarrollar y la contratación de todo el personal jerárquico y operativo para el funcionamiento de la gestora. La APS se constituye como la responsable del proceso de transferencia entre cada AFP y la Gestora, para tal efecto deberá emitir la normativa reglamentaria para el proceso de transferencia por cada materia; este cronograma no podrá superar el plazo de dieciséis meses computados a partir de la fecha de publicación de este Decreto, resguardando no afectar las actividades que se desarrollan en el marco de la Ley N° 065, por lo que los Fondos de Capitalización Colectiva – FCC y Capitalización Individual – FCI compuesto por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales, y otras Cuentas, aún continúan siendo administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones. 236 Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 2248 establece que una vez finalizado el proceso de traspaso, la APS deberá, bajo su responsabilidad, emitir una Certificación de Conformidad de traspaso y remitir una copia legalizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la Gestora para su conocimiento. Sin perjuicio del proceso de traspaso, este Decreto establece que es obligación de la APS realizar fiscalizaciones a todos y cada uno de los procesos y trámites de las AFP sin excepción, tomando una muestra no menor al cincuenta por ciento de cada uno de ellos; considerando que las fiscalizaciones realizadas en fecha anterior a la publicación del presente Decreto, podrán ser consideradas como válidas a efecto de cumplimiento de este Decreto. Esta fiscalización deberá contemplar los procesos y trámites realizados por las AFP, hasta el día anterior al inicio de las actividades de la Gestora. La APS emitirá un Informe Final de las Auditorías realizadas, debiendo determinarse los casos que tengan observación con especificación del error o incumplimiento de la normativa por parte de la AFP, en caso de no haber sido regularizada hasta la fecha del informe. Además, emitir el procedimiento de regularización correspondiente para dichos casos. La AFP deberá regularizar los casos observados conforme a procedimiento y plazos que vaya a determinar la APS, siempre y cuando sea atribuible a la misma, caso contrario le corresponderá asumir la responsabilidad a la institución o instituciones involucradas en el mal procesamiento de acuerdo al procedimiento de regularización establecido por el Organismo de Fiscalización. La Gestora deberá revisar la documentación e información transferida por las AFP en el ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS Memoria Anual 2014 plazo de cinco años a partir de su recepción, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las disposiciones legales, conforme al procedimiento a ser establecido por la APS. Los procesos judiciales instaurados en contra de las AFP, distintos a la Seguridad Social de Largo Plazo, deberán ser asumidos por éstas hasta su conclusión, debiendo dar cumplimiento a todas las obligaciones emergentes de dichos procesos. La APS, deberá realizar Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP. Dichas Auditorías deberán ser entregadas al Directorio de la Gestora, conforme al siguiente cronograma: Director Ejecutivo, caso contrario ordenará su regularización. La APS deberá realizar una Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, administrados por las AFP. Esta Auditoría deberá ser realizada conforme al siguiente cronograma: - Al 31 de mayo de 2015, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2014; - Al 31 de mayo de 2016, la Auditoría practicada con fecha de corte 31 de diciembre de 2015; - Al 30 de septiembre de 2016, la Auditoría practicada hasta el día de transferencia de los recursos. - El 30 de diciembre de 2015, la Auditoría practicada al 30 de junio de 2015; NOTA 7 - CONTINGENCIAS - El 30 de diciembre de 2016, la Auditoría practicada hasta antes del traspaso de los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales a la Gestora. Conforme al Artículo 188 de la Ley N° 065, los Procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las AFP, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad, debiendo ser entregados a la APS una vez finalizados, y ésta última auditarlos legalmente; y en caso de no existir observación pasar a la Gestora con visto bueno e informe individual correspondiente firmado por el Ildefonso Núñez López Gerente General La Administradora declara que la Cuenta Básica Previsional no tiene contingencias probables significativas de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente. NOTA 8 - HECHOS POSTERIORES Con posterioridad al 31 de diciembre de 2014 no se han producido hechos o circunstancias que afecten en forma significativa el presente Estado Financiero. Ronnie Aráoz Rodríguez Contador General 237 238 239 240