Acta 019 - 2010 - Alcaldia Municipal de Villanueva, Cortés
Transcripción
Acta 019 - 2010 - Alcaldia Municipal de Villanueva, Cortés
MUNICPALIDAD DE VILLANUEVA Departamento de Cortés Departamento de Secretaría Municipal Y Acceso a la información ACTA DE SESION DE CORPORACION ACTA No. 19-2010 Fecha: 30-06-2010 Todos por Villanueva ACTA No.19-2010 Sesión Ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal del municipio de Villanueva, departamento de Cortés, el día miércoles 30 de junio de 2010.Sesión que fue presidida por el Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar, en su condición de Alcalde Municipal; señora Raymunda Hernández Alemán, Vice Alcaldesa Municipal; y, los regidores por su orden: Juan Carlos Aguilar Pineda, Regidor Primero; Santos Chávez Sánchez, Segundo Regidor; Elvin Eduardo Guillen Rivera, Tercer Regidor; Sandra Isabel Cerrato García, Cuarta Regidora; Miguel Ángel Escobar Núñez, Quinto Regidor; Oscar Nahum Alvarado Madrid, Sexto Regidor; Elena Isabel Suazo Peña, Octava Regidora; José Javier Rubí Suazo, noveno regidor; quienes fueron convocados en legal y debida forma.- El Regidor José Antonio Umanzor Molina, no se presentó en ésta sesión por encontrarse incapacitado por enfermedad; asimismo el regidor séptimo Carlos Antonio Chávez Alvarado se le concedió permiso para no asistir a ésta sesión por asuntos personales que tenía que resolver.- También participaron en ésta sesión la Licenciada Zoila Isabel López y el Abogado Nicolás Mauricio Benavente Rápalo en su condición de Asesores Legales de la Municipalidad; y, con la asistencia del señor Carlos Alberto Madrid Rivera, en su condición de Secretario Municipal que da fe. 1º. El señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar dio a conocer la agenda de la sesión para tratar los siguientes puntos: 1º. Comprobación del Quórum 2º. Apertura de la sesión 3º. Discusión y aprobación de la agenda 4º. Lectura, discusión y aprobación del acta de la sesión anterior 5º. Participación de los ciudadanos 6º. Correspondencia 7º. Informes 8º. Contratos 9º. Solicitudes 10. Mociones y acuerdos 11. Puntos varios 12. Cierre de la sesión Los que puestos a consideración fueron aprobados. 2 2º. Seguidamente y comprobado el Quórum el señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar dio por abierta la sesión, siendo las 10:00 a.m. 3º. El Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar procedió a dar a conocer el contenido de la agenda a los regidores municipales, la cual fue aprobada por unanimidad del pleno de la Corporación Municipal. 4º. Se procedió a darle lectura a las actas de la sesión ordinaria No.18-2010 de fecha 15 de junio de 2010 la que puesta a discusión fue aprobada y firmada en el acto, con las siguientes enmiendas, aclaraciones y ampliaciones: a. El Regidor Municipal Miguel Ángel Escobar Núñez, presenta enmienda al punto No.13 del acta No.18-2010 de fecha 15 de junio de 2010 la cual está relacionado con solicitud que le han presentado los señores Ismael Enrique Rápalo y Maridani Wence Rosa Cruz, en su condición de Escribiente y Registrador Civil en donde solicitan la donación de terreno para la construcción del edificio que ocupará el Registro Nacional de las Personas, el cual les fue otorgado bajo el carácter de concesión en el acuerdo punto No.18 del Acta No.17-2002 de fecha 6 de agosto de 2002 lo que se les puede sugerir que hagan una nueva petición a la Corporación Municipal en donde soliciten se les conceda otro terreno, ya que transcurrieron los tres (3) años que se les concedió para que hicieran la construcción del mismo por lo que ellos perdieron su derecho y la Municipalidad recupero dicha propiedad, en la cual hoy en día se encuentra construido el Edificio de COMVIDA.- Transcribir ésta enmienda al Planificación y Desarrollo Urbano, a los solicitantes y a la Comisión de Ordenamiento Territorial para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores b. El Regidor Municipal Miguel Ángel Escobar Núñez, presenta enmienda al punto No.17 del acta No.18-2010 de fecha 15 de junio de 2010 la cual está relacionado área de reserva en el sector “Villas Camelot”; que el procedimiento mas adecuado sería trasladar el expediente al Departamento Legal para que estudien el caso y emitan el dictamen correspondiente en próxima sesión de Corporación Municipal.Transcribir ésta enmienda al Departamento Legal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 3 5º. Se les dio la oportunidad a las personas que asistieron a la presente sesión ordinaria pública para que puedan dar a conocer a la Corporación Municipal las necesidades de los sectores que representan, participación ciudadana que se desarrollo de la siguiente manera: a. Se le dio la participación a los representantes de la empresa CONCISA, los Ingenieros Fanny Letona y Rafael Estrada, quienes presentaron solicitud para que se les otorgara directrices para urbanizar la II etapa de la Residencial Villa Santa Fe; al respecto manifiesta que de que manera se podría realizar ya que por allí pasará el segundo anillo de circulación, ellos ya tienen el estudio de la zona donde ellos no tienen ninguna categorización y que ellos pueden colaborar con la Comisión de Ordenamiento Territorial para buscarle solución al problema de la categorización.- Al respecto el señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar les manifiesta que a través de la Comisión de Ordenamiento Territorial se les dará seguimiento y que se les va a colaborar en todo lo que se les pueda ayudar. 6º. La Corporación Municipal conoce la Denuncia presentada por los vecinos de la Colonia Colinas de Suiza, la cual a la letra dice así: “Por éste digno medio los pobladores de la Colonia colinas de Suiza de Villanueva, Cortés, hace forma denuncia ante las autoridades presentes en los siguientes términos: 1. El patronato de Colinas de Suiza es una organización con Personalidad Jurídica la que es violentada en complicidad con la Municipalidad del Municipio de Villanueva al querer tener en perpetuidad a un presidente de forma ilegal o de facto ya que no se ha hecho elección hace mas de 5 años en ésta comunidad. 2. La municipalidad de éste término en un forma irresponsable de su departamento de Desarrollo Comunitario programó una elección para el 13 de junio posteriormente la programó para el 20 del mismo mes y ahora están disponiendo realizarla el 27 de junio, que esconden o cual es la razón o motivo que la Municipalidad y esa Junta Directiva de facto está dilatando el tiempo para que nuestra comunidad democráticamente realice elecciones y se proteja la personalidad jurídica. Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 4 3. Al señor Gobernador y al Tribunal Superior de Cuentas en vista que hemos solicitado como asamblea a la Municipalidad que ejecute una auditoría debido a que se han realizado proyectos millonarios y que jamás se le ha dado un informe a la comunidad ni mucho menos al Tribunal Superior de Cuentas, por lo que nos extraña que éste mismo señor en complicidad con la Municipalidad ya lo colocaron en la cabeza de una planilla, sin haberle solicitado el informe económico y que de todos es conocido que existen enormes irregularidades. 4. Solicitamos la intervención directa a la Confederación Nacional de Federaciones y Patronatos de Honduras, debido a que este patronato está afiliado a esta organización ya que son estas acciones de nuestras autoridades municipales queda demostrado el intervencionismo y el abuso de autoridad contra las organizaciones comunitarias. Para finalizar nosotros los abajo firmantes imploramos de su buena voluntad para tratar este enorme problema en nuestra colonia y que de inmediato se actúe con el imperio de la Ley”.- La Corporación Municipal después de escuchar el contenido de la denuncia la sometió a discusión y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Admitir la denuncia antes presenta misma que se deberá de dar en traslado al Departamento Legal de la Municipalidad para que estudien el caso y emitan el respectivo dictamen posteriormente.- Transcribir éste punto de acta al Departamento Legal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 7º. La Corporación Municipal recibe Informe de la Arquitecto Rina Maricela Mancía Chavarría el cual está relacionado con inspección de campo realizada al negocio “Maderas y Mas la Villa” ubicado en el Barrio La Victoria; informe que a la letra dice así: “De acuerdo al Plan de Uso de Suelo 2004 – 2023 la propiedad se encuentra dentro de un Uso ZES-1 zona de equipamiento y servicios, en este uso es permitido el Uso de Comercio Local y Central, el negocio del señor Carías Rosales, se encuentra categorizado como Comercio Mayorista, por lo que solicita se haga una excepción ya que no se dedicará al comercio mayorista, sino, al comercio central.Considerando el tipo de comercio que desea servir el entorno comercial, residencial y de equipamiento existente en la zona es factible hacer excepción a la solicitud de operación de negocio presentada por el señor Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 5 Carías Rosales siempre y cuando su negocio se mantenga dentro de la categoría de comercio central y cumpla con algunas medidas de control que a continuación se detalla: Restringir el uso de sierras para corte de madera Contar con área de carga y descarga dentro del plantel, para no obstaculizar el transito vehicular” La Corporación Municipal después de conocer el informe anteriormente detallado y después de haber sido discutido por la Corporación Municipal en pleno por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Admitir el informe remitido por la Arquitecto Rina Maricela Mancía, Jefe de Planificación y Desarrollo Urbano, informe relacionado con inspección de campo realizada a negocio “Maderas y Mas la Villa”; que se de en traslado a la Comisión de Ordenamiento Territorial para que entable conversaciones con el señor Carlos Roberto Carías para establecer parámetros y ultimar detalles de cómo se extenderá la excepción a su negocio.- Transcribir éste punto de acta al solicitante, Planificación y Desarrollo Urbano y Comisión de Ordenamiento Territorial para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 8º. El Departamento de Desarrollo Económico y Social envía a la Honorable Corporación Municipal informe relacionado con la elección de Patronatos de las siguientes comunidades: Colonias Monte Sinaí, Villasol, Miguel Yánez, Lomas del Calán, Vista Hermosa y Aldea La Cureña informe que es remitido para que sean conocidas y aprobadas las nuevas organizaciones Patronales por parte de la Corporación Municipal, las cuales en fechas posteriores serán juramentadas; Patronatos que se detallan a continuación: 1. Patronato de la Colonia Monte Sinaí, organizado el 13 de junio de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: Presidente Juan Antonio Rivera Vicepresidente José M. Hernández Secretario Mirna Y. Izaguirre Tesorero Pablo Gómez Guillen Fiscal Abel López Vocal 1 Manuel de Jesús García Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 6 2. Vocal 2 Dilcia Cardóna Vocal 3 Martha Cruz Vocal 4 Lesny Arnaldo Martínez Patronato de la Colonia Villasol, organizado el 11 de junio de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: 3. Presidente Rafael Cantarero Vicepresidente Félix Antonio Handal Secretario Hermin Urquía Tesorero Roberto Bueno Fiscal Sony David Singh Vocal 1 Mateo Mendoza Chávez Vocal 2 Adonaí Núñez Fuentes Vocal 3 Virgilio Hernández Vocal 4 Ramón Arturo Paz Vocal 5 Vilma de Rubí Vocal 6 Dieck Bradley Patronato de la Colonia Miguel Yánez, organizado el 20 de junio de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: 4. Presidente Carlos Gómez Vicepresidente Yony Turcios Secretario Reina S. Hernández Tesorero Elmer N. García Fiscal Saida Rivera Vocal 1 Edix H. Madrid Vocal 2 Delmi López Vocal 3 Saúl Hernández Vocal 4 María D. Sabillón Vocal 5 Wilson A. Cáceres Vocal 6 María V. Villanueva Patronato de la Colonia Lomas del Calán, organizado el 30 de mayo de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: Presidente Baldemar Paz Vicepresidente Juan R. Orellana Secretaria Kely J Hernández Pro secretario José Teodoro Baca Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 7 5. Tesorero María I. Soriano Fiscal José M. Menjívar Vocal 1 Geovany Maldonado Vocal 2 Blanca Bueso Vocal 3 Mario A. Chinchilla Patronato de la Colonia Vista Hermosa, organizado el 14 de mayo de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: 6. Presidente Walda Regalado Vicepresidente Jaime Osmin Navarro Secretario Yadira Posas Tesorera Estela Morales Fiscal Maritza Reyes Vocal 1 Yoli Martínez Vocal 2 Melvin Coto Vocal 3 Waldina Alemán Vocal 4 Gladis Dubón Patronato de la Aldea La Cureña, organizado el 10 de junio de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: Presidente Ismael Gonzáles Vicepresidente José Leonardo Gil Secretario Maura Alemán Tesorero Doroteo Rodríguez Fiscal Ernesto Matute Vocal 1 Nancy Martínez Vocal 2 Juan Andrade R. Vocal 3 Juan A. Enamorado Vocal 4 Nelson Sosa Machado La Honorable Corporación Municipal por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades acuerda: Aprobar los Patronatos Comunitarios electos de las Colonias Monte Sinaí, Villasol, Miguel Yánez, Lomas del Calán, Vista Hermosa y Aldea La Cureña, así también se reconocen a las autoridades comunitarias electas a las cuales se les brindarán los asesoramientos y merecimientos que la Ley les concede según el caso.- Se autoriza al señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar para que Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 8 proceda a la juramentación de los mismos.- Transcribir éste punto de acta al departamento de Desarrollo Económico y Social y Departamento Municipal de Justicia para los efectos consiguientes. 9º. El Departamento de Desarrollo Económico y Social envía a la Honorable Corporación Municipal informe relacionado con la elección de Junta de Agua de la Residencial Monte María informe que es remitido para que sea conocido y aprobado las nuevas junta de agua por parte de la Corporación Municipal, la cual se detallan a continuación: 1. Junta de Agua de la Residencial Monte María, organizado el 23 de mayo de 2010, quedando integrado de la siguiente manera: Presidente Pedro Contreras Vicepresidente Migdonio López Secretario Ángela Medina Tesorero Mario Gómez Fiscal Giordano Osorio Vocal 1 Nicolás Pascuas Vocal 2 Mario Sorto Vocal 3 Denis Sierra Vocal 4 Luis Baide La Honorable Corporación Municipal por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades acuerda: Aprobar la Junta de Agua de la Residencial Monte María, a la cual se le brindará el asesoramiento y merecimiento que la Ley le concede según el caso.- Se autoriza al señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar para que proceda a la juramentación de la misma.- Transcribir éste punto de acta al departamento de Desarrollo Económico y Social y Departamento Municipal de Justicia para los efectos consiguientes. 10. La Arquitecto Rina Maricela Mancía Chavarría, Jefe de Planificación y Desarrollo Urbano, quien presenta informe a la corporación relacionado con la solicitud de excepción para ampliación de la Residencial Villa Santa Fe, informe que a la letra dice así: “En referencia al Punto No.4 inciso c, del Acta No.16-2010 donde se dan por denegadas las directrices preliminares ya que habría que realizar previamente un análisis de suelo en la zona, se recibió solicitud de excepción de parte del Ingeniero Rafael Estrada Paz, Gerente Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 9 General de CONCISA, S. de R.L. para que la zona donde se construirán 47 viviendas como parte de la ampliación de Residencial Villa Santa Fe deje el estatus rural y pase a ser una zona residencial, tal solicitud la fundamente en los siguientes aspectos. a) Necesidad de viviendas: El desarrollo de Villanueva derivado de la actividad económica de las maquilas y el comercio es casual de la migración de las personas de otros municipios que requieren de una vivienda accesible a sus ingresos. b) Viviendas con apoyo del Gobierno: Las viviendas del proyecto son destinadas para personas de bajo recursos económicos, es así que el Gobierno apoyo este proyecto a través de bonos y bajas cuotas mensuales. c) Alta Demanda: Se ha comprobado un alto interés de las familias por optar a una vivienda en éste proyecto. Según nuestra base de datos el 80% del total de viviendas ya cuentan con una familia en trámite de precalificación para la obtención de crédito. d) Zonificación Urbana: El área del proyecto colinda con la ZR1 (Zona Residencial de Baja Densidad) y se encuentra posicionada entre ésta última y la ZR3 (Zona Residencial de Alta Densidad) lo que posibilita la extensión de la zona residencial hasta el lugar del proyecto y su consecuente beneficio social. e) Servicios Básicos: El proyecto cuenta con los sistemas de agua y electrificación, el sistema de alcantarillado sanitario ya se encuentra construido (pozos y alcantarillas) y el sistema de agua potable será provisto de la red de distribución que es alimentada de un pozo ubicado en el sector de San Manuel que actualmente abastece 50 viviendas recién habitadas de la primera etapa. En cuando a vías de circulación se ha destinado una franja de terreno de más de 25 metros para la construcción del segundo anillo de circulación que está proyectado por la Municipalidad en ese sector en el límite que divide Villanueva de San Manuel”.- Los miembros de la Honorable Corporación Municipal escucharon atentos la información anteriormente detallada la cual fue sometida a discusión y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Admitir el informe remitido por la Arquitecto Rina Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 10 Maricela Mancia, en su condición de Jefe de Planificación y Desarrollo Urbano el cual está relacionado con solicitud de excepción para ampliación de la Residencial Villa Santa Fe, a la vez se ordena que el mismo sea trasladado a la Comisión de Ordenamiento Territorial para que procedan a realizar las investigaciones que corresponden y posteriormente emitan un dictamen.- Transcribir éste punto de acta a Planificación y Desarrollo Urbano y a la Comisión de Ordenamiento Territorial para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 11. La Corporación Municipal conoce el Dictamen PM-28-2010 presentado por la Licenciada Zoila López y el Abogado Nicolás Mauricio Benavente Rápalo, Asesores Legales de la Municipalidad, dictamen que se relaciona con Solicitud de Nulidad Absoluta de Actuaciones y el Cese de Medidas Precautorias, presentada por la Abogada Irma Delia Pineda, en su condición de Apoderada Legal del señor Rigoberto Erazo López, el cual a la letra dice así: “Considerando: Que las diligencias remitidas a este departamento son constitutivas de una solicitud de nulidad de absolutas de actuaciones, y el cese de una medidas precautorias, presentada por la abogada Irma Delia Pineda, quien actúa en su condición de apoderada legal del señor Rigoberto Erazo López, sobre sanciones decretadas por el Departamento Municipal de Justicia.- Considerando: Que la constitución de la Republica es la carta magna de nuestro ordenamiento jurídico, en la que en ella ya están enmarcados las garantías a que todo ciudadano tiene derecho a que se le respeten y garanticen, dentro de estas garantías se encuentra el derecho a la defensa, y el derecho al debido proceso.Considerando: Que por ningún motivo, en estricto cumplimiento de las garantías constitucionales de derecho a la defensa y al debido proceso, se podrá dictar fallo administrativo, en clara violación a dichas garantías.- En el fallo que dicto por parte del Departamento Municipal de Justicia, no existe citación al ciudadano Rigoberto Erazo López, para que se defendiera en audiencia de descargo o aportara pruebas en dicha causa; así también no existe notificación alguna del fallo a dicho ciudadano en vez de ello se le hace al señor José Ramón Pineda, como representante legal del señor Erazo López, condición que ni en el expediente ni en el momento de dicha notificación se acredita mediante poder alguno su condición (violación al debido proceso y al derecho a la defensa).- Considerando: Que el señor Juez Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 11 del Departamento Municipal de Justicia, ordena la demolición de la obra, mas no la fundamenta, siendo requisito de forma y fondo indispensable para dictar toda providencia o fallo del órgano competente, a ello en aplicación al artículo 151 de la Ley de Policía y Convivencia Social, ya estipula en caso proceda a la demolición, la cual ésta causa no está dentro de dichos parámetros legales.- Por Tanto: Este departamento dictamina: Que se deniegue la Nulidad Absoluta de actuaciones, en vista que dicha causa se podrá iniciar de oficio de conformidad lo estable el artículo 20 numeral 1, de la Ley de Policía y Convivencia Social; sin embargo en clara violación de las garantías constitucionales, del derecho a la defensa y al debido proceso, declárese nulidad relativa de actuaciones a partir de las actuaciones de fecha 13 de Abril del año en curso (2010), dejando sin valor ni efecto todas aquellas diligencias practicadas o decretada después de tal fecha. Este departamento recomienda lo siguiente: 1. Que se notifique al Departamento Municipal de Justicia, la presente resolución para que proceda a subsanar el expediente administrativo, enmarcándose en apreciación y respeto de los derechos de la libre defensa y el debido proceso. 2. Pedir informe técnico al Departamento de Planificación y Urbanismo, así como a Catastro Municipal para que determine, el nacimiento, curso y distancia del cauce natural y especifique donde termina la quebrada que han comenzado a embaular. 3. Referirse al Plan de Uso de Suelo, para establecer los límites para este tipo de construcciones y si es permitido o no dicha obra. 4. Ilustrarse en el artículo 151 en relación con el artículo 20 numerales 1 y 3, de la Ley de Policía y Convivencia Social; con respecto a la demolición de una obra. 5. Estricto cumplimiento a las garantías constitucionales del derecho a la defensa y al debido proceso, que manda nuestra constitución de la Republica. El presente dictamen es de carácter ilustrativo y no condiciona las ejecutorias que la administración a bien realice.- Sirven de Fundamentos de derecho, los artículos Siguiente: 80, 82, 94, 321, 323, 324 de la Constitución de la República, 8 de la Ley de Administración Publica; 34 inciso 3, 35 del Código de Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 12 Procedimientos Administrativos; 12, 13, 14, 25, 66, 85, y demás de la Ley de Municipalidades; 20 numerales 1 y 3, 133, 137, 150, 151, de la Ley de Policía y Convivencia Sociales, 1,587 numeral 1, del Código Civil Vigente”.- La Corporación Municipal escucho la lectura del dictamen presentado por los Asesores del Departamento Legal con mucha atención y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: I. Admitir el Dictamen PM 28-2010 presentado por la Licenciada Zoila López y el Abogado Nicolás Mauricio Benavente Rápalo, en su condición de Asesores Legales de la Municipalidad dictamen que está relacionado con Solicitud de Nulidad Absoluta de Actuaciones y el Cese de Medidas Precautorias, presentada por la Abogada Irma Delia Pineda, Apoderada Legal del señor Rigoberto Erazo López. II. En vista de las apreciaciones legales vertidas por los Asesores Legales se deniega la nulidad absoluta de actuaciones ya que se podrá iniciar de oficio de conformidad lo establece el artículo 20 numeral 1, de la Ley de Policía y Convivencia Social. III. Sin embargo en clara violación de las garantías constitucionales, del derecho a la defensa y al debido proceso, declárese nulidad relativa de actuaciones a partir de las actuaciones de fecha 13 de abril de 2010, dejando sin valor ni efecto todas aquellas diligencias practicadas o decretada después de tal fecha. Transcribir éste punto de acta al Departamento Legal, a la Licenciada Irma Delia Pineda Rodríguez y Departamento Municipal de Justicia para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 12. La Corporación Municipal conoce el Dictamen PM-29-2010 presentado por la Licenciada Zoila López y el Abogado Nicolás Mauricio Benavente Rápalo, Asesores Legales de la Municipalidad, dictamen que se relaciona con el rechazo de inscripción por parte del Instituto de Propiedad de Inscribir el dominio pleno otorgado a la señora Dominga Fidelina Bonilla De Díaz también conocida como Dominga Fidelina Díaz, ya que en la base de datos del Registro Nacional de las Personas el nombre esta incorrecto, dictamen que literalmente dice así: “Considerando: Que toda solicitud de dominio pleno se resolverá de conformidad con los documentos acompañados a la misma, incluyendo el documento personales, lo que la solicitante presento solicitud con el nombre de Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 13 Dominga Fidelina Bonilla de Díaz como se puede apreciar en el folio numero UNO del expediente de merito, pero acompaño como documento personal de identificación la copia de su pasaporte extendido por el Gobierno de los Estados Unidos de Norte América, donde se aprecia su nombre como Dominga Fidelina Díaz, el cual corre en autos en el folio numero dos, también en el folio seis, se aprecia una fotocopia de escritura publica a favor de la señora Dominga Fidelina Bonilla de Díaz del expediente de merito.- Considerando: Que se siguió analizando dicho expediente y se puede apreciar que en los folio numero dieciséis, diecinueve y veinte, que corren en autos la solicitante ya aparece con el nombre de Dominga Fidelina Bonilla Rivera.- Considerando: Que en el transcurso del tramite administrativo se puede ir apreciando que oficio el señor Secretario Municipal de aquella fecha, estableció que la señora Dominga Fidelina Bonilla era también conocida como Dominga Fidelina Díaz, tal como también se puede apreciar al darle lectura al fallo administrativo municipal donde se le concede el dominio pleno solicitado.- Considerando: Que en el folio treinta y cuatro, se observa una fotocopia de cedula de identidad donde el nombre de la solicitante según archivos del Registro Nacional de las Personas es Dominga Bonilla Rivera, dejando con ello una gran confusión de identidades alrededor de dicha solicitante al grado tal que dicha señora se le conoce con cuatro diferentes identidades.- Por Tanto: Este departamento recomienda: Que la solicitante hago uso de sus derechos civiles y se apersone ante un Juez de Letras de lo Civil, a solicitar Información Ad-Perpetuam, según lo dispone los artículos 1065 al 1071 del Código de Procedimientos Civiles, o bien ante una notaria de su elección amparada en lo que dispone el articulo 59 de la Ley del Notariado Vigente; todo ello con el fin de obtener la certificación el fallo respectivo en donde se pronuncie que la señora Dominga Fidelina Bonilla De Díaz, Dominga Fidelina Díaz, Dominga Fidelina Bonilla Rivera Y Dominga Bonilla Rivera, es la misma persona; procediendo a Inscribirla en el Instituto de la Propiedad de esta sección judicial, para que surta los efectos legales correspondientes al momento de inscribir el fallo administrativo municipal de dominio pleno, sin mayor tramite.- El presente dictamen es de carácter ilustrativo y no condiciona las ejecutorias que la administración a bien realice.Sirven de Fundamentos de derecho, los artículos Siguiente: 80, 82,94, 321, 323,324 de la Constitución de la República, 8 de la Ley de Administración Publica; 34 inc. 3, 35 del Código de Procedimientos Administrativos; Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 14 12,13,14,25,66,85, y demás de la Ley de Municipalidades; 20 numerales 1 y 3,133,137,150,151, de la Ley de Policía y Convivencia Sociales, 1587 numeral 1, del Código Civil Vigente”.- La Corporación Municipal escucho la lectura del dictamen presentado por los Asesores del Departamento Legal con mucha atención y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: I. Admitir el Dictamen PM 29-2010 presentado por la Licenciada Zoila López y el Abogado Nicolás Mauricio Benavente Rápalo, en su condición de Asesores Legales de la Municipalidad y que está relacionado con el rechazo de inscripción por parte del Instituto de Propiedad de Inscribir el dominio pleno otorgado a la señora Dominga Fidelina Bonilla de Díaz también conocida como Dominga Fidelina Díaz, ya que en la base de datos del Registro Nacional de las Personas el nombre esta incorrecto. II. En vista de las apreciaciones legales anteriormente vertidas se resuelve que la solicitante se apersone ante un Juez de Letras de lo Civil, a solicitar Información Ad-Perpetuam o bien ante una notaria de su elección todo ello con el fin de obtener la certificación el fallo respectivo en donde se pronuncie que la señora Dominga Fidelina Bonilla De Díaz, Dominga Fidelina Díaz, Dominga Fidelina Bonilla Rivera Y Dominga Bonilla Rivera, es la misma persona; procediendo a Inscribirla en el Instituto de la Propiedad de esta sección judicial, para que surta los efectos legales correspondientes al momento de inscribir el fallo administrativo municipal de dominio pleno, sin mayor tramite. Transcribir éste punto de acta a la solicitante y al Departamento Legal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 13. El Regidor Municipal Santos Chávez Sánchez presenta informe de las actividades por él realizadas durante el mes de junio de 2010; informe que fue conocido de forma íntegra por el pleno de la Corporación Municipal.- Se hace del conocimiento de los interesados que dicho documento original se encuentra archivado en la Secretaría Municipal para cualquier consulta.Transcribir éste punto de acta al informante para su conocimiento. 14. El Secretario Municipal señor Carlos Alberto Madrid Rivera da a conocer a la Honorable Corporación Municipal las solicitudes de Dominio Pleno que Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 15 han sido presentadas en la Secretaría Municipal con la cual se está dando inicio al trámite para la obtención de la escritura pública para legalizar la propiedad, solicitudes que se describen a continuación: NOMBRE DIRECCIÓN FECHA 1. María Angelina Lemuz Lemuz Pueblo Nuevo 25-06-10 2. María Isabel Ramírez Coello, Bo. Cabañas 31-05-10 Representando al señor José Irene Gómez La Corporación Municipal después de conocer las solicitudes de Dominios Plenos anteriormente detalladas Acuerda: En base al Artículo 1 y 80 de la Constitución de la República; artículo 70 párrafo primero de la Ley de Municipalidades; y de los Artículos No.11 y 12 del Reglamento de Dominios Plenos, se admiten las solicitudes antes descritas y ordena que se deben trasladar las mismas a los departamentos respectivos respetando los plazos establecidos en el Reglamento de Dominios Plenos para su trámite.Transcribir éste punto de acta a Planificación y Desarrollo Urbano y posteriormente a la Comisión de Ordenamiento Territorial, para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 15. El Secretario Municipal Carlos Alberto Madrid Rivera da a conocer a la Corporación Municipal los expedientes de Dominios Plenos para que sea emitida su resolución final y aprobado el porcentaje a pagar por la parte interesada y así pueda obtener la Escritura Pública que legalice su propiedad, tomando en cuenta que ya que se ha finalizado con los trámite de rigor como ser: inspecciones por el Departamentos Planificación y Desarrollo Urbano, así como también el informe remitido a la Corporación Municipal por la Comisión de Ordenamiento Territorial de fechas 08 de abril y 02 de junio de 2010 el cual se adjunta al expediente respectivo; los expedientes autorizados son los siguientes: # Nombre Gaspar Pereira Machado y María de 1 Jesús Pereira Padilla Héctor Manuel López López y Vicenta Sánchez en representación de 2 sus menores hijos Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) Lugar Código Valor Catastral % Asignado Bo. Tegucigalpa GO444U -54-71 2,965.44 15% 444.82 Bo. Tegucigalpa GO444U -29-09 3,400.00 15% 510.00 Valor a Pagar 16 Kerlyn Johana, Wilson Noel y Ángel Josseph todos de apellidos López Sánchez La Corporación Municipal después de conocer y revisar minuciosamente los Expedientes de Dominio Pleno anteriormente descritos, por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25, 70 párrafo primero; demás de la Ley de Municipalidades y el artículo No.13 y 14 del Reglamento de Dominios Plenos y en base al Artículo 1 y 80 de la Constitución de la República; acuerda: aprobar y otorgar el Dominio Pleno tomando en consideración que ya que se han cumplido con todos los requisitos correspondientes para éste efecto; las personas beneficiadas deberán de pagar el valor asignado en el Departamento de Tesorería Municipal; cumplido éste requisito se entregará la Certificación respectiva para los efectos legales de su interés.- Se faculta al señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar a fin de que firme las diligencias necesarias conforme lo establecen las Leyes y Normas Municipales.Transcribir éste punto de acta a los departamentos de Auditoría, Tesorería, Contabilidad, Catastro Municipal y Planificación y Desarrollo Urbano para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 16. La Corporación Municipal conoce el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Asesoría Legal, Técnica y Tributaria en Telecomunicaciones que se ha suscrito con el abogado Rafael Antonio Breve Tabora, contrato que a la letra dice así: “Nosotros Walter Smelin Perdomo Aguilar, mayor de edad, soltero, hondureño, con domicilio en esta ciudad de Villanueva, Cortés, con Tarjeta de Identidad No.1606-196100319, Solvencia Municipal No.161451, Registro Tributario Nacional No. 1606-1961-003199, actuando en su carácter de Alcalde Municipal y Representante Legal de la Municipalidad de Villanueva, Departamento de Cortés, según resolución del Ministerio de Gobernación y Justicia, y Acuerdo de Nombramiento del Tribunal Nacional de Elecciones, según Acta No.033/2009, estando autorizado para celebrar Contratos, según la Ley de Municipalidades en su Articulo No. 43 y 40 numeral 3 de su Reglamento, y quien en adelante se conocerá como “La Municipalidad” Y el Abogado Rafael Antonio Breve Tabora, mayor de edad, casado, hondureño, con Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 17 domicilio en San Pedro Sula, Cortes y con tarjeta de identidad Numero 0501-1979-10073, miembro inscrito en el Honorable Colegio de Abogados de Honduras bajo el numero 13,655 quien actúa como Asesor Legal, Técnico y Tributario en materia de Telecomunicaciones, quien se denominara EL ASESOR, hemos Convenido en celebrar como al efecto celebramos el presente Contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Asesoría Legal, Técnica y Tributaria en Telecomunicaciones, bajo las cláusulas siguientes: Primera: (Objeto del Contrato).- Declara “LA MUNICIPALIDAD” que necesita se realicen los siguientes trabajos:“ LA MUNICIPALIDAD, manifiesta que en vista que carece de personal técnico en materia de telecomunicaciones pierde una gran cantidad de recursos económicos por lo que requiere los servicios de EL ASESOR para realizar las siguientes tareas: 1) Actualizar inventario de las antenas de telefonía móvil, fija, televisión y compañías de internet existentes en el municipio. 2) Sugerencias para Modificaciones al plan de arbitrios vigentes; dichas sugerencias deberán ser presentadas ante la Corporación Municipal sustentadas técnica y legalmente para evitar procesos legales en contra de las municipalidades. 3) Revisión y aplicación de cobros de multas, intereses y recargos según los procedimientos establecidos en la Ley de Municipalidades y su reglamento. 4) Apoyar a los departamentos de Catastro, Unidad Municipal Ambiental, Control Tributario y otros afines para llevar a buen fin lo relacionado con el objeto del presente contrato. 5) Realizar informes sobre los avances físicos de las inspecciones realizadas en el área urbana y rural del municipio de Villanueva, Cortes según lo requiera la Municipalidad 6) Realizar Trámites concernientes para la obtención de los pagos efectuados a las empresas dedicadas al rubro de las telecomunicaciones como ser: HONDUTEL, CLARO, TIGO, DIGICEL, etc. 7) Orientar sobre los diseños de las antenas a instalar según la zona.- “LA MUNICIPALIDAD” designa a la Administración Tributaria Municipal en cooperación del Tesorero Municipal para que supervise y decepcione los trabajos realizados y para que conste en esta Municipalidad la veracidad de los mismos.-Segunda: (Plazo del Contrato). La duración del presente contrato será por tiempo indefinido en virtud de que es un contrato de rendimiento, en el entendido que los trabajos objeto de este contrato deben quedar bien realizados, debiendo existir la notificación oficial y la aceptación por parte de la Municipalidad, a través de la Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 18 Administración Tributaria Municipal en cooperación del Tesorero Municipal.-Tercera: (Valor del Contrato).- La Municipalidad se compromete a que una vez que cada una de las empresas de telefonía móvil y fija (HONDUTEL, TIGO, CLARO, DIGICEL y otros ligados a las telecomunicaciones) realicen los pagos correspondientes deberá de hacer efectivo el pago de los honorarios profesionales tomando en consideración los siguientes términos: El treinta por ciento (30%) del valor total del nuevo ingreso que se genere por los resultados obtenidos de esta asesoría y por las sugerencias que los mismos hayan hecho a la corporación Municipal para que se agreguen ya sea de las modificaciones realizadas al Plan de Arbitrios (permisos de operación, permisos de construcción, constancias) dichas sugerencias deberán ser presentadas ante la Corporación Municipal sustentadas técnica y legalmente para evitar procesos legales en contra de las municipalidades; así también de los nuevos ingresos que obtenga la municipalidad por las antenas que se descubrieran en las inspecciones realizadas para actualizar el inventario que LA MUNICIPALIDAD estaba manejando antes de esta Asesoría, así como los valores que resulten de la aplicación de multas, recargos e intereses por el pago tardío del impuesto a pagar correspondiente o a falta de alguno de los permisos, con la aclaración que la Municipalidad no realizara desembolsos previos, viáticos, gastos de viaje ni cualquier otro pago antes de que la Municipalidad refleje en sus arcas los ingresos por el trabajo realizado por el asesor.- Cuarta: (Forma de pago).- El pago de este contrato, se hará en moneda de curso legal al finalizar, revisar y recepcionar los resultados por los trabajos realizados menos la deducción del Impuesto sobre la Renta debiendo el contratista rendir informe sobre el trabajo realizado- Quinta: LA MUNICIPALIDAD: Proporcionara al contratita un vehículo municipal, un policía Municipal y un empleado de Catastro Municipal para llevar a cabo el objeto del contrato. (DAÑOS A TERCEROS).“EL CONTRATISTA” acepta que si como consecuencia del contrato concertado en este acto, se provocan daños a terceros en su persona, muebles ó inmuebles será responsabilidad de su parte repararlos o devolverlos según las circunstancias del daño provocado, EL ASESOR.- Sexta: (Rescisión del Contrato).-El presente contrato podrá ser rescindido por cualquiera de las partes, si comprobadamente existiera incumplimiento por alguna de estas, mediante una simple notificación, esto bajo el entendido Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 19 de que “LA MUNICIPALIDAD” deberá cancelar los trabajos ejecutados pendientes de pago, o “EL ASESOR” deberá cancelar los trabajos ejecutados pendientes de entrega hasta el momento de la rescisión.- Septima: (Aceptación).- Es convenido por las partes contratantes que lo NO previsto en este contrato, se regirá por las leyes aplicables y ambas partes se someten a los Tribunales de Justicia de esta ciudad, o en lo competente en su caso.-Octava: (Ratificación).- Ambas partes contratantes están de acuerdo con el contenido de cada una de las cláusulas anteriores en todas sus partes, en fe de lo cual y manifestando “EL ASESOR” que es cierto todo lo aquí expuesto por “LA MUNICIPALIDAD”, firman el presente Contrato en la ciudad de Villanueva, Departamento de Cortés, a los Diecisiete días de Junio del dos mil diez.- Firma y sello.- Walter Smelin Perdomo Aguilar, Alcalde Municipal.- Firma y sello: Rafael Antonio Breve Tabora, Contratista”.- La Corporación Municipal por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Darse por enterados del contenido del contrato de Prestación de Servicios Profesionales de Asesoría Legal, Técnica y Tributaria en Telecomunicaciones que se ha suscrito con el abogado Rafael Antonio Breve Tabora, y lo aceptan en todas y cada una de sus cláusulas.Transcribir éste punto de acta a la Gerencia de Administración y Desarrollo, Tesorería, Contabilidad, Auditoría y Departamento Legal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 17. El señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar hace uso de la palabra para dar a conocer a los miembros de la Corporación Municipal sobre la reunión de trabajo que se sostuvo con el Abogado Augusto Rafael Fletes, Coordinador de la Fiscalía del Ministerio Público de San Pedro Sula, para lo cual da a conocer el acta que se levantó de la misma, la cual se inserta de forma literal para conocimiento de todos: “En la ciudad de Villanueva, Departamento de Cortés, hoy martes 29 de junio de 2010 siendo las 10:30 a.m. en la sala de excelencia de la Municipalidad de Villanueva, se celebró reunión de trabajo la Corporación Municipal dirigida por el señor Alcalde Municipal Dr. Walter S. Perdomo, con la asistencia de la Vice Alcaldesa Municipal Raymunda Hernández A. y los regidores por su orden: Juan Carlos Aguilar, regidor primero; Santos Chávez, segundo Regidor; Elvin Guillen, tercer regidor; Sandra Cerrato, cuarta regidora; Oscar Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 20 Nahum Alvarado, sexto regidor; Carlos Antonio Chávez, séptimo regidor; Elena Isabel Suazo, octava regidora y José Javier Rubí Suazo, noveno regidor; también se contó con la presencia de los apoderados legales de la Municipalidad la Licenciada Zoila Isabel López y el Abogado Nicolás Mauricio Benavente Rápalo; y la presencia del ingeniero René Mejía, jefe de la Unidad Municipal Ambiental, Ingeniero Rafael Castillo también de la Unidad Municipal Ambiental; la Arquitecto Rina Maricela Mancia, jefe de Planificación y Desarrollo Urbano; también se contó con la asistencia del Abogado Augusto Rafael Fletes, Coordinador de la Fiscalía del Ministerio Público de San Pedro Sula quien asistió en compañía de los Abogados Alexander López Castellanos, Mario Dubón Romero, y la presencia del Secretario Municipal señor Carlos Alberto Madrid Rivera quien da fe del acto que se está desarrollando.- Para iniciar con la reunión el señor Alcalde Municipal Dr. Walter Smelin Perdomo les aclaro que la invitación que se les hizo en este momento para que les den una asesoría y que puedan colaborar con esta Municipalidad con lo relacionado con las invasiones que están proliferando en el municipio específicamente en el sector de Dos Caminos lugar que está considerado como acuífero es el manto friático mas extenso del municipio.- Seguidamente la Arquitecto Rina Maricela Mancía, Jefe de Planificación y Desarrollo Urbano procedió a exponer las áreas de reserva que han sido invadidas, exposición que a la letra dice así: El Municipio de Villanueva ha experimentado en los últimos años fuertes cambios en su desarrollo y expansión. Los aspectos más visibles de estos cambios son: • El aumento acelerado de su población, • La diversificación de la actividad económica presente en su territorio; y, • La creciente demanda sobre los servicios entregados por el Municipio. Para enfrentar estos cambios, en gran medida asociados al impacto generado por la presencia de la industria maquiladora, el Municipio ha abordado diversas iniciativas, tanto en lo referente a la organización de sus funciones, como en la elaboración de estudios orientados a perfeccionar el conocimiento e identificar las acciones requeridas para cumplir sus objetivos de desarrollo.- El “Plan de Uso de Suelo y Gestión de Crecimiento Urbano de Villanueva 2003-2023, busca llenar esa necesidad, proveyendo a Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 21 Villanueva de las herramientas apropiadas para administrar el crecimiento urbano para los próximos 20 años, asegurando el acceso equitativo a servicios básicos, al mismo tiempo que permitiendo su crecimiento comercial e industrial.- El área urbana está dividida por la Carretera del Norte en dos núcleos: el primero está formado por la parte antigua de la ciudad y el segundo núcleo se ha desarrollado al oriente de la Carretera Norte y a ambos lados de la carretera que de la Ciudad de Villanueva conduce a San Manuel, estas son urbanizaciones más recientes, que mantienen todavía grandes terrenos baldíos entre ellas Ordenanza de Zonificación, Fraccionamiento y Urbanización Título II Zonificación Artículo 5. Zona es cada una de las divisiones territoriales delimitadas al interior del perímetro urbano, para las cuales rigen normas específicas de usos del suelo, índices urbanísticos y densidades de ocupación. Artículo 6. Para los efectos de la Ordenanza se establecen las siguientes Zonas: ZR Zonas Residenciales ZUM Zonas de Uso Mixto ZD Zonas Recreacionales y Deportivas ZES Zonas de Equipamiento y Servicios ZI Zonas Industriales ZPN Zonas de Preservación Natural ZE Zonas Especiales ZNE Zonas No Edificables Zonas afectadas por las invasiones Articulo 11. Las Zonas ZI, Zonas Industriales permiten el uso industrial y de bodegaje. Articulo 12. Las Zonas ZPN, Zonas de Preservación Natural, que están destinadas a proteger los recursos naturales indispensables para la sustentabilidad del medio ambiente en el territorio del municipio. Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 22 Articulo 14. Las Zonas ZNE, Zonas No Edificables, corresponden a fajas destinadas a la ejecución de obras de infraestructura, o al escurrimiento de aguas pluviales. En ningún caso la apertura de vías públicas y la ejecución de urbanizaciones podrán perjudicar el escurrimiento o flujo natural de las aguas en las respectivas cuencas hidrográficas y las obras necesarias deberán ser ejecutadas obligatoriamente en las vías públicas o en fajas reservadas para ese fin. Causas La invasión de terrenos para vivienda se ha dado con el crecimiento de la ciudad, debido a la emigración del campo a los grandes núcleos poblacionales, según necesidades de los pobladores a tener una vivienda, creando con ello asentamientos irregulares en diferentes zonas del municipio. Algunos de ellos han logrado obtener acceso a servicios públicos como el agua, energía eléctrica, escuelas, instalaciones espontáneas para la evacuación de las aguas servidas y un catastro provisional no oficial.- Las invasiones de terrenos para viviendas es un fenómeno urbano no tan nuevo en Villanueva y se ha dado en forma dispersa.- Algunas de estas invasiones se hacen sobre el derecho de vía de las carreteras primarias y secundarias del municipio, línea férrea, sobre los márgenes de los ríos y sobre terrenos alejados de las áreas originalmente pobladas de la ciudad. Daños y pérdidas • Pérdida del derecho de vía de calle, línea férrea • Pérdida de las áreas verdes de la ciudad • Tala indiscriminada de las zonas de reserva forestal • Contaminación de quebradas y ríos debido a la evacuación de aguas servidas. La reincidencia del fenómeno afecta según las zonas donde se ubican los asentamientos, pues surgen según las necesidades y los espacios que hay. Ubicación de las invasiones En diferentes puntos de la ciudad, entre ellos: • Sector Dos Caminos • Los Valles Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 23 • Sector Monte María • Los Laureles • Cerro Zopilocoy • Terrenos Fam. Cook • Terrenos Fam. Fernández • Terrenos Fam. Muñoz • Terrenos Fam. Madrid Desde el año 2006 se han presentado denuncias en la Fiscalía del Medio Ambiente en zonas que ya han sido declaradas como zonas de reserva terrenos que la Municipalidad es dueña aunque han cedido a grupos campesinos y en 2002 fue declarado como zona urbana por el Instituto Nacional Agrario (INA).- A continuación el Ingeniero Rafael Castillo da a conocer por medio de documentos en donde consta que fueron declaradas zonas de reserva forestal des desde el año 1983 toda el área de terreno que pertenece a la Familia Cook.- Al respecto el Alcalde Municipal les manifiesta que hay que participar como mediadores entre los dueños de los terrenos y los invasores para llegar a un buen arreglo, también manifiesta que la Municipalidad es la dueña del título completo.- El Abogado Augusto Rafael Fletes, les manifestó que lo que deben de hacer es que el Departamento Municipal de Justicia y la Policía Municipal deben de hacer requerimientos para que estas personas desalojen esos terrenos y que la Municipalidad les haga saber que están en derecho de vía y que deben de desalojar.- Si es un título privado es el dueño de ese titulo que debería de hacer la denuncia respectiva; pero se tendría que identificar a los cabecillas de las invasiones. Que cuando sean interpuestas las denuncias a la Municipalidad se les pueda colaborar con el número de denuncias presentadas acompañados de toda la documentación y que la denuncia esté bien detallada.- Que la Municipalidad documento según sea el caso sobre las zonas de reserva forestal, zonas protegidas se debe de documentar cada zona y presentar a la Fiscalía a través de la Coordinación de Fiscales, para que sea el Ministerio Publico que designe El fiscal que conocerá los casos de usurpación que se den en el Municipio de Villanueva.- También se creará una Comisión Interinstitucional para realizar los siguientes trabajos: Iniciar por escrito la Ordenanza para la liberación de vías públicas Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 24 Terrenos privados Identificar número de expediente Zonas Arqueológicas Zonas de reserva Dictámenes de acuíferos Identificación de invasores Requerir a los dueños de terrenos Denuncias, número de expedientes, conseguir técnicos arqueólogos e hidrólogos. La Corporación Municipal por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Darse por enterados del contenido del Acta de trabajo que se sostuvo con el Abogado Augusto Rafael Fletes, Coordinador de la Fiscalía del Ministerio Público de San Pedro Sula, la cual les llena de satisfacción y espera que se obtengan los resultados esperados para beneficio del municipio.- Transcribir éste punto de acta al Alcalde Municipal, Unidad Municipal Ambiental (UMA), Planificación y Desarrollo Urbano, Departamento Municipal de Justicia, Policía Municipal y Departamento Legal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 18. El Regidor Municipal José Javier Rubí Suazo hace uso de la palabra para dar a conocer a los miembros de la Corporación Municipal el informe del Plan Estratégico de Villanueva, el cual dice así: “ Misión Somos una institución autónoma de carácter público, que gestiona y administra los recursos del municipio de Villanueva, con gobernabilidad y transparencia para lograr el desarrollo integral del mismo, garantizando la sostenibilidad ambiental y la calidad de vida de sus habitantes. Visión Ser una institución moderna, calificada auto sostenible con la capacidad de satisfacer las necesidades básicas de la población, con recurso humano calificado enmarcando sus actividades en un equilibrio de desarrollo sostenible con el medio ambiente, participación ciudadana y ser un ejemplo para otras municipalidades. Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 25 Valores Responsabilidad En la municipalidad de Villanueva el valor de la responsabilidad es el cumplimiento de nuestras obligaciones con la institución, desde el momento que formamos parte, para satisfacción de nuestros clientes ya sean externos o internos asumiendo las consecuencias de lo actuado en el cumplimiento de nuestras funciones dentro de la institución. Compromiso En la municipalidad de Villanueva el valor de la responsabilidad es el cumplimiento de nuestras obligaciones con la institución, desde el momento que formamos parte, para satisfacción de nuestros clientes ya sean externos o internos asumiendo las consecuencias de lo actuado en el cumplimiento de nuestras funciones dentro de la institución. Lealtad Es el compromiso y respeto de seguir al pie de la letra los lineamientos, estrategias y principios de la organización; además, la fidelidad que debe existir hacia nuestro pueblo, la organización, sus superiores y compañeros de trabajo. Integridad Hacer lo correcto e importante congruente con lo que se dice, en función de proyectar la mejor imagen de nuestra institución. Eficiencia Honestidad Factores estratégicos claves Planificación Estratégica del Gobierno Municipal Modelo 2010-2014 Programas Municipales Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 26 • Participación social • Desarrollo Socio económico • Desarrollo institucional • Infraestructura • Gestión Ambiental • Gobernabilidad y Transparencia • Cultura y Deporte • Ordenamiento territorial • Desarrollo Turístico Participación social Es una metodología sistemática establecida por la municipalidad para el desarrollo integral de las comunidades para mejorar su desarrollo económico y social; con el objetivo de que sean auto sostenibles. 1. Promoción Social 2. Organización Comunitaria 3. Capacitación Comunitaria 4. Acción Social 5. Seguridad ciudadana integral 6. Desarrollo Humano Desarrollo Socio económico En estos programas están comprendidas todas la políticas que permitan la creación y atracción de la inversión privada y publica, para la generación de fuentes de empleo y riqueza dentro del municipio, así mismo la participación ciudadana, su capacitación para la generación de micro y pequeñas empresas comunitarias. El apoyo y organización de grupos de juventud, mujeres, patronatos. Desarrollo empresarial Programa de vivienda Programa de salud y educación Generación de empleo Desarrollo de la mujer, de la niñez, la juventud, adulto mayor Desarrollo institucional Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 27 Es el programa orientado a la interacción con otras instituciones de carácter religioso, gubernamental, social y económico con el fin de establecer objetivos comunes para alcanzar el bienestar y desarrollo del municipio. Articulación Inter institucional Capacitación y Desarrollo Humano Desarrollo tecnológico Unidad de planificación estrategica Infraestructura Es el marco legal mediante el cual se realizan actividades de formulación y ejecución de proyectos de desarrollo social, así como del mantenimiento o mejoramiento de diferentes obras de infraestructura ya existentes. Infraestructura vial municipal Programa Barrio Ciudad Plan maestro de infraestructura sanitaria Mantenimiento de obras urbanísticas Equipamiento social municipal Infraestructura participativa Gestión Ambiental Es el programa mediante el cual la unidad municipal ambiental gestiona y regula las actividades que se desarrollan dentro del municipio procurando la sostenibilidad del medio ambiente. Verde Villanueva Viveros municipal Protección de cuencas Áreas protegidas Reforestación Capacitaciones Desechos sólidos y producción de energía Consejo consultivos comunitarios forestales Auditoria ambiental. Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 28 Gestión de Riesgos Gobernabilidad y Transparencia Es el programa a través del cual la administración municipal haciendo uso del marco legal institucional pone en practica la lealtad, compromiso, integridad, responsabilidad como valores claves garantizando a la población el acceso a la información de todos los actos administrativos. Consejo de desarrollo municipal Comisionado municipal Auditoria social Alcaldes auxiliares Archivo municipal Cabildos Abiertos Arte Cultura y Deporte El programa consiste en desarrollar las virtudes artísticas y deportivas, así como el rescate de valores culturales y la identificación del patrimonio cultural Villanovense. Fortalecimiento del IMACD COMVIDA Infraestructura deportiva Escuelas de Futbol Casa de la Cultura Programa municipal de biblioteca Comisión de Ordenamiento territorial Programa por el cual se diseña y pone en práctica un plan de ordenamiento territorial, donde están bien definidas las zonas industriales, residenciales, comerciales, educativas, de reserva, zona viva etc.; además sirve de apoyo a la ciudadanía para agilizar la regularización de las tierras en el municipio. Seguimiento y actualización al plan de uso de suelo y gestión de crecimiento urbano Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 29 Programa municipal de regularización predial Mapa vial Comité de Ordenamiento Es el programa que promueve y desarrolla las áreas de interés turístico del municipio de Villanueva. Implementación de la Pagina electrónica de Villanueva Corredor turístico Micro empresas de artesanías Parques eco turísticos Deportes de aventura Desarrollo de reservas arqueológicas Desarrollo de espeleología La Corporación Municipal se dio por enterados de la exposición que ha presentado el Regidor Municipal José Javier Rubí Suazo, quienes se mostraron satisfechos con la mismo.- Al respecto el Regidor Municipal Miguel Ángel Escobar Núñez manifiesta que se debería de mandar ha hacer banners con la misión y visión de la Municipalidad para ser colocados en la entrada de la Municipalidad para que las personas que nos visitan puedan conocerlas.- Transcribir éste punto de acta al regidor informante para su conocimiento y demás efectos posteriores. 19. La Corporación Municipal recibe el informe que le ha remitido la Comisión de Análisis de la Licitación Pública No.MV-01/2010 la cual se realizó para la obtención de “Servicios de Seguridad Colectivos de Vida y Accidentes Personales” informe que a la letra dice así: “La Municipalidad de Villanueva. Departamento de Cortés sometida a Licitación Publica No.MV01/2010, para la adquisición de “Servicios de Seguros Colectivos de Vida y Accidentes Personales de la Municipalidad de Villanueva, Cortes.”; la cual se llevó a cabo el día viernes 25 de junio de 2010, a las 2:00 p.m. en la Sala de Sesiones Municipal, presentando Ofertas las Empresas siguientes: Seguros Continental, S.A. Representado por la Lic. Clarissa Mejía Ramos por un valor de Lps.710,785.50 (setecientos diez mil setecientos ochenta y cinco Lempiras, con cincuenta centavos); La Empresa Seguros del País, S.A., Representado por la Lic. Rina Caballero Medina por un valor de Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 30 Lps.450,394.05 (Cuatrocientos cincuenta mil trescientos noventa y cuatro con cinco centavos.); nombrando la Comisión de Análisis integrada por los señores: Ing. Luis Beltrán López; Gerente de Obras Publicas y Proyectos de Desarrollo, Ramón Jiménez Flores; Jefe de Obras Publicas, P.M. Nicolás Perfecto Kattán, Gerente Administrativo, Abogados Zoila Isabel López y Mauricio Benavente Departamento Legal. Revisión y análisis de documentos: a) Se reviso toda la documentación legal presentada por las empresas oferentes. b) Se analizaron los precios ofertados. c) Se revisaron las especificaciones técnicas. De lo anterior esta Comisión en base a la revisión de la documentación presentada por las empresas oferentes, esta Comisión encontró lo siguiente: Observaciones a las Empresas Aspecto Legal: Empresa: SEGUROS DE PAÍS Representante: Rina Caballero Medina Monto de la Oferta: Lps.450,394.05 Número de Garantía: 201061299000618 Compañía Aseguradora: Banco del País Duración de la Garantía: Noventa (90) días Calendario Monto de la Garantía: Lps.9,007.88 Documentos Presentados: a) Declaración Jurada debidamente autenticada por Notario público garantizando la calidad de los servicios suministrados. (ver anexo de estas bases). b) Copia de Testimonio de la Escritura de Constitución de Sociedad o comerciante individual y sus reformas si las hubiere, debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil. (debidamente autenticadas por notario público). c) Los representantes legales deberán exhibir poderes suficientes para la suscripción de los contratos en escritura pública, copia de la tarjeta Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 31 de Identidad y solvencia municipal Si es extranjero, deberá acreditar su residencia en el país, con copia de sus documentos legales. (todos debidamente autenticados por notario público). d) Constancia de inscripción en la Cámara de Comercio. e) Constancias de suministros de estos servicios objeto de la licitación, realizados a instituciones del sector público, instituciones o empresas privadas. f) Estados financieros auditados al 2009 por firma auditora, independiente de la empresa oferente. g) Referencias bancarias y referencias comerciales. h) Constancia de solvencia del IHSS e Infop i) Constancia de solvencia de la DEI (Empresa y Representante) j) Declaración Jurada original, autenticada por Notario Público donde hagan constar que la entidad oferente y su representante legal no están comprendidos en las inhabilidades señaladas en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado. k) Constancia extendida por la Procuraduría General de la República de no tener juicios o cuentas pendientes con el Estado de Honduras, por incumplimiento de contratos anteriores. l) Constancia de la Oficina normativa de contratación y adquisiciones del Estado ONCAE Empresa: SEGUROS CONTINENTAL, S.A. Representante: Clarissa Mejía Ramos Monto de la Oferta: Lps.710,785.50 Número de Garantía: 37-101 Compañía Aseguradora: Banco Continental Duración de la Garantía: 90 días a partir del junio al 25 de 2010 Monto de la Garantía: Lps.16,000.00 Documentos Presentados: a) Declaración Jurada debidamente autenticada por Notario público garantizando la calidad de los servicios suministrados.. (ver anexo de estas bases). b) Copia de Testimonio de la Escritura de Constitución de Sociedad o comerciante individual y sus reformas si las hubiere, debidamente Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 32 inscritas en el Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil. (Debidamente autenticadas por notario público). c) Los representantes legales deberán exhibir poderes suficientes para la suscripción de los contratos en escritura pública, copia de la tarjeta de Identidad y solvencia municipal Si es extranjero, deberá acreditar su residencia en el país, con copia de sus documentos legales (todos debidamente autenticados por notario público). d) Constancia de inscripción en la Cámara de Comercio. e) Constancias de suministros de estos servicios objeto de la licitación, realizados a instituciones del sector público, instituciones o empresas privadas. f) Estados financieros auditados al 2009 por firma auditora, independiente de la empresa oferente. g) Referencias bancarias y referencias comerciales. h) Constancia de solvencia del IHSS e INFOP i) Constancia de solvencia de la DEI (Empresa y Representante) j) Declaración Jurada original, autenticada por Notario Público donde hagan constar que la entidad oferente y su representante legal no están comprendidos en las inhabilidades señaladas en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado. k) Constancia extendida por la Procuraduría General de la República de no tener juicios o cuentas pendientes con el Estado de Honduras, por incumplimiento de contratos anteriores. Conclusiones: Después del análisis efectuado Se concluye lo siguiente: a) Las Empresas Oferentes presentaron todos los documentos solicitados en las bases licitación, la empresa Seguros del País, S.A. Presento la oferta mas baja y llena todos los requerimientos técnicos solicitados. Recomendaciones: En base al análisis efectuado y con fundamento en los Artículos No. 46, 47, 51 y 52 de la Ley de Contratación del Estado y Artículos No.125, 132, 135, 136 y 139 del Reglamento de la misma Ley; y según Condiciones y Términos Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 33 de la Licitación Pública, ésta comisión recomienda a la Honorable Corporación Municipal. Adjudicar la adquisición de los “Servicios de Seguros Colectivos de Vida y Accidentes Personales de la Municipalidad de Villanueva, Cortes.” a la Empresa SEGUROS DEL PAÍS, S.A. por un monto de Cuatrocientos cincuenta mil trescientos noventa y cuatro Lempiras, con cinco centavos, (Lps.450,394.05) por ser en base al análisis efectuado la que más conviene a los intereses de La Municipalidad.- Forman parte de este informe: Acta de Recepción de ofertas, Documentos presentados por los licitantes y sus ofertas.- Para constancia firmamos el presente INFORME en la ciudad de Villanueva. Cortés. A los veinte y ocho días del mes de Junio del año dos mil diez”.- La Corporación Municipal después de haber escuchado el informe de la comisión de análisis de la licitación fue sometida a discusión y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: I. Admitir el informe remitido por la Comisión de Licitación Pública No.MV-01/2010 la cual se realizó para la obtención de “Servicios de Seguridad Colectivos de Vida y Accidentes Personales”; por lo que se le adjudica la adquisición de los “Servicios de Seguros Colectivos de Vida y Accidentes Personales de la Municipalidad de Villanueva, Cortes.” a la Empresa SEGUROS DEL PAIS, S.A. por un monto de Cuatrocientos cincuenta mil trescientos noventa y cuatro Lempiras, con cinco centavos, (Lps.450,394.05) por ser en base al análisis efectuado la que más conviene a los intereses de La Municipalidad II. Que se proceda por el Departamento Legal a revisar y analizar la póliza de Seguro, la cual deberá cumplir con todas las exigencias establecidas en el pliego de condiciones. Transcribir éste punto de acta al Alcalde Municipal, Gerencia de Administración y Desarrollo, Auditoría, Tesorería, Contabilidad y al Departamento legal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 20. El Regidor Municipal Oscar Nahum Alvarado Madrid, hace uso de la palabra para presentar moción así: “Que se haga inspección de venta de bebidas alcohólicas en diferentes aldeas del Municipio”.- Secunda ésta moción la Regidora Municipal Elena Isabel Suazo Peña de Martínez la cual fue Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 34 analizada y discutida por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Aprobar la moción presentada por el Regidor Municipal Oscar Nahum Alvarado Madrid, por lo que se deberá de hacer una reunión con la Corporación Municipal de Petoa, Santa Bárbara para sostener pláticas al respecto y llegar a un acuerdo con la firma de un convenio en el que se estipulen la presencia de los negocios que expenden bebidas embriagantes y aplicar las mismas multas y tasas en ambos municipios, todo esto con el fin de controlar estos negocios.- Transcribir éste punto de acta a los departamentos antes mencionados para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 21. La Regidora Municipal Sandra Isabel Cerrato García de Hernández presenta moción a la Corporación Municipal en los siguientes términos: “Presento ante esta corporación la siguiente moción pedir el uso con volumen bajo de los teléfonos celulares ya que esto distrae y perturba la sesión pedir de manera respetuosa el uso de la opción de vibración del teléfono.- Secunda ésta Moción la regidora Elena Isabel Suazo Peña de Martínez, la cual fue sometida a discusión y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Aprobar la moción presentada por la regidora Municipal Sandra Isabel Cerrato García de Hernández por lo que a partir de la próxima sesión de Corporación Municipal y mientras se esté desarrollando la misma todos los teléfonos celulares de las personas que se encuentren en ese Salón deberán de tenerlo en vibración para no perturbar el desarrollo de la misma.- Transcribir éste punto de acta a todos los miembros de la Corporación Municipal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 22. La Regidora Municipal Sandra Isabel Cerrato García de Hernández presenta moción a la Corporación Municipal en los siguientes términos: “Que el Secretario Municipal al estar las actas ya con las enmiendas y certificaciones se nos haga entrega de una acta sellada y firmada”.- Secunda ésta Moción la regidora Elena Isabel Suazo Peña de Martínez, la cual fue sometida a discusión y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Aprobar la moción presentada por la regidora Municipal Sandra Isabel Cerrato García de Hernández por lo que se ordena que las actas una vez que se hallan ratificado Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 35 sean entregadas a cada uno de los regidores firmadas y selladas.- Transcribir éste punto de acta al Secretario Municipal para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 23. El Regidor Municipal Miguel Ángel Escobar Núñez presenta moción a la Corporación Municipal en los siguientes términos: “Que se apruebe una Transferencia o ampliación presupuestaria para fines legales y técnicos”.Secunda ésta moción el Regidor Municipal José Javier Rubí Suazo la cual fue analizada y discutida por el pleno de la Corporación Municipal y por unanimidad de asistentes y en aplicación de los artículos No.12, 13, 14, 25 y demás de la Ley de Municipalidades, acuerda: Aprobar la moción presentada por el Regidor Municipal Miguel Ángel Escobar Núñez por lo que se deberá de trasladar al Departamento de Contabilidad para que proceda a realizarse dicha transferencia o ampliación para fines legales y técnicos.- Transcribir éste punto de acta al Regidor Municipal Miguel Ángel Escobar Núñez, Contabilidad, Gerencia de Administración y Desarrollo, Auditoría y Tesorería para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores. 24. El señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar hace uso de la palabra para manifestar lo siguiente: “Que en vista de acercarse las festividades para la celebración de un año mas de fundación de nuestro municipio y en honor al Santo Patrón San Ramón Nonato, procedió a informar sobre la creación del Comité Ejecutivo de la Feria Patronal que dirigirá las diferentes actividades que se realizarán en el marco de nuestra feria; para el entretenimiento cultural, deportivo y social de nuestra ciudad, comité que quedó integrado de la siguiente manera: Coordinador General Jaime Rolando Borjas Presidente Godo Alberto Paz Vicepresidente Gerardo Bustamante Secretario de actas Marlon Castellón Secretario de Relaciones Ismael Rápalo Pro Secretario Wilson Escalante Tesorero Dr. Miguel Zeron Pro Tesorero Juan Carlos Beltrand Fiscal Jonathan Miranda (Auditor Municipal) Secretario de asuntos Juveniles Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) Rigoberto Rápalo Jr. 36 Colaboradores Adalid Amador Abelino Pineda JCI COMVIDA Secretario de Asuntos culturales: Serán nombrados por Edwin Romero Colaboradores: Pendiente de nombrar Secretario de asuntos deportivos Rolando Paz Amador Colaboradores Víctor Reyes Ramón Bertilio Tovar Henry Pineda Rolando Meza Coordinadores deportivos por barrios, colonias y aldeas Secretaría de Eventos especiales Rafael Serrano Jr. Colaboradores Domingo Pineda Luis Alonso López Ciro Flores Profa. Yolanda Molina Profa. Enma Rubí Arlen Torres Julio Kattán Vidal Borjas Al respecto el señor Alcalde Municipal Doctor Walter Smelin Perdomo Aguilar manifiesta que con el dinero que se percibió por la Subasta para la venta de la Plaza de la feria próximamente se estará colocando la primera piedra para la construcción de los camerinos del Estadio “José Adrián Cruz” de ésta ciudad.- Es de hacer notar que el Comité constituido ya fue juramentado y por lo tanto está habilitado para desarrollar los eventos de Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010) 37 tal Feria.- La Honorable Corporación Municipal por unanimidad de los asistentes y en virtud que de acuerdo con lo tradicional es procedente aprobar la realización de la Feria Agostina del año que corre Acuerda: Admitir la conformación del Comité Ejecutivo de Feria anteriormente detallados quienes adquieren la responsabilidad de dirigir la Feria Agostina de éste municipio de la mejor manera posible y cualquier contrato que ellos suscriban será responsabilidad exclusiva de dicho comité.- También se espera que la programación a ejecutar sirvan de base para celebrar una feria segura a fin de que satisfaga los intereses, inquietudes y deseos de toda nuestra ciudadanía.- Transcribir este punto de acta al Comité de Feria, Tesorería, Contabilidad, Gerencia de Administración y Desarrollo, Departamento Municipal de Justicia, Policía Municipal y Auditoría, para su cumplimiento, conocimiento y demás efectos posteriores.. 25. No habiendo más de que tratar se levantó la sesión siendo las 3:17 p.m. CARLOS ALBERTO MADRID RIVERA DR. WALTER S. PERDOMO SECRETARIO MUNICIPAL ALCALDE MUNICIPAL Acta No.19-2010 (30 – junio – 2010)