Norma Oficial Mexicana

Transcripción

Norma Oficial Mexicana
ASPECTOS REGULATORIOS, VINCULADOS A
LA OPERACIÓN DE UN CEPROSEM PARA
EQUINOS.
M.V.Z. Cert. Dipl.Gabriela Quijano Montoya
Reproducción Equina Villaraña.
COMITÉ EQUINOS CONASA.
SAGARPA.

Fomentar la producción pecuaria
 Prevenir, controlar y erradicar las plagas y
enfermedades que afectan a la ganadería
nacional.
 I.A.,se pueden transmitir enfermedades que
ocasionan grandes pérdidas económicas.
 El manejo inadecuado de semen de alta
calidad genética, constituye un riesgo para la
salud de los animales.

El 14 de junio de 1995, se publicó en el
Diario Oficial de la Federación, el Proyecto
de norma Oficial Mexicana NOM-032-Z001995, denominada “Proceso zoosanitario del
semen de animales domésticos”.

Se modificó la clave, y se expidió:
NORMA OFICIAL MEXICANA:
NOM:-027-Z00-1995.
PROCESO ZOOSANITARIO DEL SEMEN DE
ANIMALES DOMÉSTICOS.
NOM-027-ZOO-1995.
“APENDICE A” (NORMATIVO)
 ESPECIE BOVINA.

“APENDICE B” (NORMATIVO)
 ESPECIE PORCINA.

OBJETIVOS Y CAMPOS DE
APLICACIÓN.

1.1.La Norma es de observancia obligatoria en todo
el territorio nacional, y tiene por objeto, regular la
condición sanitaria de la obtención y procesamiento
del semen empleado en la inseminación artificial, en
función del riesgo zoosanitario que representa.

1.2.La vigilancia de ésta Norma corresponde a la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Rural y a los gobiernos de los estados en el ámbito
de sus respectivas atribuciones y circunscripciones
territoriales, de conformidad con los acuerdos .
REFERENCIAS.

Consultar las Normas:
NOM- 003-ZOO-1994. Criterios para la
Operación de Laboratorios de Pruebas
Aprobados en Materia Zoosanitaria.
NOM-019-ZOO-1994.Campaña Nacional
contra la Garrapata Boophilus spp.
DEFINICIÓN.
CEPROSEM: Centro de procesamiento de
semen que se integra por laboratorio y
alojamiento de animales en la misma área,
que opera bajo las especificaciones de esta
Norma.
Los CEPROSEM, tendrán cada uno, una
sola clasificación zoosanitaria al cumplir con
las disposiciones de la presente Norma y
ostentarán la leyenda “CEPROSEM CON
REGULACIÓN No”
CEPROSEM.

Los CEPROSEM contarán con
construcciones hechas a base de
materiales permanentes y con
recubrimientos que permitan una
adecuada limpieza y desinfección, que
serán destinadas al uso específico que
señala ésta Norma.
CEPROSEM.
Los CEPROSEM contarán con al
menos:
 a) Área de aislamiento.
 b) Área de laboratorio.
 c) Área de obtención del semen
 d) Área de registros
 e) Residencia de sementales
 f) Vado sanitario.

PROYECTO: APÉNDICE “E”
(NORMATIVO) ESPECIE
EQUINA.

En los últimos años, la práctica de la
Inseminación Artificial (I.A), ha ganado
popularidad entre los propietarios de
caballos, esto les ha permitido mejorar
la calidad genética de los productos,
utilizando semen de garañones con un
alto desempeño deportivo. Aunado a
esto, prácticamente todas las
Asociaciones, (a excepción de la
APÉNDICE “E”.
PSI), permiten registrar a los potros nacidos
por medio de la I.A. con semen frío ó
congelado.
INSEMINACIÓN ARTIFICIAL.


Reducción en la propagación de
enfermedades transmisibles por
el coito.
Sin embargo, a través de la I.A.,
se pueden transmitir
enfermedades como:
– Metritis Contagiosa Equina. (Taylorella
equigenitalis)
– Durina. (Trypanosoma equiperdum)
presente en fluido seminal.
– Arteritis Viral (EAV).
INSEMINACION ARTIFICIAL
Bacterias :

Pseudomonas
aeruginosa.
 Klebsiella
pneumoniae.
 Streptococcus
zooepidemicus.
APENDICE “E” (NORMATIVO)
ESPECIE EQUINA.





I. ANIMALES.
1. Los sementales deberán cumplir con la
norma oficial siguiente:
NOM.019-ZOO-1994. Campaña Nacional
contra la garrapata Boophilus spp.
2. Ingreso al área de aislamiento.
Los equinos deberán ser aislados por un
período de 30 días para su evaluación clínica
y pruebas de laboratorio correspondientes.
APENDICE “E”
En caso de contar con las pruebas requeridas en
los períodos convenidos, éste período podrá
omitirse.

Cartilla
 Pasaporte.
APÉNDICE “E”.
3. Ingreso al área de residencia del
CEPROSEM .
 Para ser admitidos en el área de
residencia de un CEPROSEM, los
equinos deben cumplir con un
certificado emitido y firmado por el
veterinario certificado responsable del
semental que indique:
 a) Que el animal se encuentra
clínicamente sano y libre de
enfermedades infecto contagiosas.
APÉNDICE “E”.
b) Que el animal ha sido vacunado contra:
 Influenza Equina, dentro de los últimos 4
meses previos a su ingreso al CEPROSEM.
 Rinoneumonitis, dentro de los últimos 4
meses previos a su ingreso al CEPROSEM.
 Encefalitis Equina Venezolana, para aquellos
sementales provenientes de zonas
enzoóticas, dentro de los últimos 12 meses a
su ingreso al CEPROSEM.
APÉNDICE “E”.

Dicho certificado deberá incluir, el número de
lote, fecha de caducidad y nombre comercial
de cada una de éstas vacunas. Ninguno de
éstos inmunógenos deberá haber sido
aplicado en los últimos 15 días al ingreso del
CEPROSEM.
 c) Que en el lugar en el cual el semental ha
permanecido los últimos 60 días, no se ha
presentado evidencia de enfermedades
infectocontagiosas ó cualquier tipo de aborto.
APÉNDICE “E”.

d) Presentar prueba negativa a Anemia
Infecciosa Equina (Coggins), realizada dentro
de los últimos 6 meses previos al ingreso al
CEPROSEM.
 e) Que el semental haya sido tratado contra
parásitos internos entre los 7 y 60 días
previos a su ingreso al CEPROSEM.
 f) que el semental no ha dado monta natural
durante los 30 días previos a la entrada al
CEPROSEM.
APÉNDICE “E”.

4. Permanencia en el área de
residencia del CEPROSEM.
Para su permanencia en el
CEPROSEM los equinos deben:
Continuar cumpliendo con la norma
oficial mexicana de:
NOM-019-ZOO-1994.
APÉNDICE “E”.

b) Continuar siendo clínicamente sanos y
libres de enfermedades infectocontagiosas.
c) Mantener al corriente las vacunas contra
Influenza Equina, Rinoneumonitis, y en su
caso Encefalitis Equina Venezonala, las
cuales tienen una vigencia de 12 meses, y
seguir cumpliendo con los puntos c,d e y f del
punto 3.
II. COLECCIÓN DE SEMEN.
1. Preparación del semental.

A) En el momento de la colección del
semen, el pene del semental así como la
fosa del glande, deben ser lavados
perfectamente sólo con agua limpia,
secados con una toalla desechable . La
persona que realiza el procedimiento debe
usar guantes desechables.
APÉNDICE “E”
b) El maniquí para la colección , debe estar
limpio y fijo al piso.
Un maniquí con poca higiene puede
contaminarse con patógenos, por lo que
deben tenerse precauciones para evitarlo.
Se debe cubrir la parte posterior del
maniquí con papel plástico para cada
semental que va a ser colectado, y
retirarse después de cada semental.
APÉNDICE “E”

El maniquí debe ser limpiado y desinfectado
con alcohol al 70%, después de cada uso.
APÉNDICE “E”.

2. Manejo durante la colección del semen.

a) La persona que realice la colección, deberá
portar guantes desechables nuevos para
cada colección.

b) El látex de la vagina artificial utilizada debe
ser lavado con agua caliente (50°C),utilizando
detergentes que no dejen residuos tóxicos
para el semen.
APÉNDICE “E”.



Usar un cepillo (previamente
desinfectado con alcohol al 70%)
para remover debris que puede
estar adherido al látex.
Lavar la vagina artificial con agua
deionizada, destilada para remover
todas las impurezas
Es recomendable usar alcohol al
70% en spray en todo el látex.
APÉNDICE “E”.
c) Las vaginas artificiales deben guardarse en un
lugar seco y limpio.
d) Se deben usar liners desechables con cada
colección, para evitar cualquier contaminación
entre ellos.
e) Todo el material, que esté en contacto con el
semen debe estar limpio y estéril.
f) El lubricante de la vagina artificial debe ser estéril
y no espermicida.
APÉNDICE “E”.

Como medida de seguridad, en el área de colección
solamente deberá estar presente el semental a colectar,
ningún otro semental estará dentro del área de trabajo.
APÉNDICE “E”.
3. Manejo del semen en el
CEPROSEM.

a) La dilución final del semen
deberá ser tratado con uno ó más
antimicrobianos, dependiendo de la
sugerencia de cada diluente.
APÉNDICE “E”.






Algunos de los comúnmente usados por cada
mililitro de dilución final de semen son:
Penicilina C
1000-1500 UI
Sulfato de Estreptomicina 1000-1500 microgr
Sulfato de Polimixina B
200-1000 UI.
Sulfato de Gentamicina
100-1000microgr
Sulfato de Amikacina.
100-1000microgr
SEMEN FRIO TRANSPORTADO

El mismo procedimiento aplica para la colección y
preparación del semen frío para transportarse.
 Control en la higiene de los termos transportadores de
semen frío.
APÉNDICE “E”.

III. MEDIDAS DE CONTROL.
1. Personal
 a) El personal debe portar ropa y calzado
limpios para el ingreso al CEPROSEM.
 2. Bioseguridad.
 a) El Centro debe contar con un programa
interno de bioseguridad.


BIBLIOGRAFÍA.
1.CSS Minimun Requirements for Health of Bulls
producing Semen for A.I. Certified Semen Services.
P.O. Box 1033, Columbia, Missouri, EUA. 1990.
2. Directiva 90/429/CEE, por la que se fijan las
normas de política sanitaria aplicables a los intercam
bios intracomunitarios y a las importaciones de
esperma de animales de la especie porcina. Diario
oficial de las Comunidades Europeas, 18 de agosto
de 1990.
3. Control y movilización de embriones y semen en
México.Comité de movilización de embriones y
semen del Consejo Técnico Consultivo Nacional de
Sanidad Animal. Conclusiones de la segunda reunión
anual del CONASA 15 de noviembre de 1993.
4. Biosecurity Guidelines for Control of Venereally
Transmitted Diseases. American Association of
Equine Practitioners (AAEP). 2011.

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