Informe OEP Bomberos - Blog de ASeD Málaga
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Informe OEP Bomberos - Blog de ASeD Málaga
ANÁLISIS DE OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO COLECTIVO DE BOMBERO – BOMBERO CONDUCTOR AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA SISTEMA: Oposición Libre FECHA: 10/03/10 Nº PLAZAS: 12 Bombero Conductor Nº TEMAS: 20 DETALLE DE PRUEBAS: Eliminatorias 1. Prueba Teórica Ejercicio Tipo Test (60 preguntas mínimo 36): 10 puntos 1.1. 1.2. Supuesto Práctico: 10 puntos (mínimo 5) 2. Prueba Físicas (8): • Trepar Cuerda: Apto/No Apto • Salto Horizontal: Apto/No Apto • Fuerza Empuje Tren Superior: Apto/No Apto • Fuerza Flexora: Apto/No Apto • Velocidad (60 mtrs): Apto/No Apto • Resistencia (100 mtrs): Apto/No Apto • Natación (100 mtrs): Apto/No Apto 3. Psicotécnico + Entrevista: Apto/No Apto 4. Examen Médico: Apto/No Apto 5. Prueba Conducción • Ejercicio en Circuito Cerrado: 10 puntos (mínimo 5) • Ejercicio en Circuito Abierto: 10 puntos (mínimo 5) TOTAL PUNTUACIÓN: 40 puntos + Puntuación período prácticas pendiente de desarrollo posterior OBSERVACIONES: • Propuesta de un período de prácticas (3 meses) considerado período de Formación. • La calificación definitiva sería la puntuación de la Oposición más la del período de Formación. • Requisitos Carnets: C +E + BTP Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA SISTEMA: Concurso - Oposición FECHA: 10/11/09 Nº PLAZAS: 43 Bombero Conductor Nº TEMAS: 29 DETALLE DE TEMAS: Admtivos (4) + Provinciales (6) + Específicos (19) DETALLE CONCURSO 1. Servicios Prestados: 0,0625 por mes hasta 7,5 (max. en 10 años) 2. Formación: 0,0225 puntos por hora hasta 7,5 (Valen todos los cursos. Si no aparece el detalle de horas se considerará un curso de 1 hora) DETALLE DE PRUEBAS: Eliminatorias 1. Pruebas Físicas: 10 puntos • Ejercicio Combinado: Circuito Físico de 7 pruebas (Puntuación Máxima: 1´57´´ Hombres y 2´17´´ Mujeres) • Natación 50 mtrs (Puntuación Máxima: 50´´ Hombres y 1´ Mujeres) 2. Prueba de Conducción: 10 puntos 3. Prueba Teórica: 10 puntos (100 preguntas mínimo 50) TOTAL PUNTUACIÓN: 45 puntos + 10 puntos período prácticas OBSERVACIONES: • Designación de Auxiliares colaboradores al tribunal • Se exige Informe Médico pericial para las pruebas físicas y psíquicas remitido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud. • En caso de empate prevalece puntuación de Prueba Teórica, posteriormente Prueba de Conducción y finalmente Prueba Física • El período de prácticas tendrá una duración máxima de 100 hrs y exigirá por parte de la Jefatura de este servicio establecer pruebas médicas complementarias. Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es AYUNTAMIENTO DE ALICANTE SISTEMA: Oposición Libre FECHA: 22/04/10 Nº PLAZAS: 46 Bombero Conductor Nº TEMAS: 40 DETALLE DE TEMAS: Específicos (32) + Generales (8) DETALLE DE PRUEBAS: Obligatorios y Eliminatorios 1. Prueba Teórica 1: Ejercicio Tipo Test (30 preguntas mínimo 15): 10 puntos 2. Prueba Teórica 2: Desarrollo de 2 temas por escrito del temario específico en 1 hora (¿Puntuación?) 3. Pruebas Físicas (9): 50 puntos (Se exige la entrega de Certificados Médicos) • Tallaje: Apto/No Apto • Trepacuerda Lisa: Apto/No Apto • Salto Horizontal: 10 puntos (máximo 2,60 mtrs Hombres y 2,30 mtrs Mujeres) • Carrera 60 mtrs: 10 puntos (máximo 7´30´´ Hombres y 7´8´´ Mujeres) • Carrera 1000 mtrs: 10 puntos (máximo 2´40´´ Hombres y 3´0´´ Mujeres) • Flexiones de Brazos: Apto/No Apto • Abdominales: Apto/No Apto • Natación Estilo Libre 50 mtrs: 10 puntos (máximo 30´´ Hombres y 32´´ Mujeres) • Salto Vertical: 10 puntos (máximo 60 cmtrs Hombres y 53 cmtrs Mujeres) 4. Prueba Psicotécnica: Test sobre Aptitudes Mentales y Factores de Personalidad APTO/NO APTO 5. Prueba de Conducción: 20 puntos • Ejercicio 1: Vehículo Pesado de Emergencia (10 puntos – penalizaciones) • Ejercicio 2: Manejo de Autobomba (10 puntos – penalizaciones) Oral + Práctico TOTAL PUNTUACIÓN: 80 puntos + Puntuación Prueba Teórica 2 OBSERVACIONES: • Existirá control antidoping, además de requisitos médicos y físicos • Requisitos Carnets: C +E + BTP • Prácticas con un período máximo de 4 meses y exención para los que acrediten experiencia en los 5 años anteriores. Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es AYUNTAMIENTO DE MORÓN DE LA FRONTERA SISTEMA: Oposición Libre FECHA: 08/07/09 Nº PLAZAS: 4 Bombero Conductor Nº TEMAS: 26 DETALLE DE TEMAS: Específicos (21) + Jurídicos (5) DETALLE DE PRUEBAS: Eliminatorio 1. Pruebas Físicas (5): Apto/No Apto + Certificado Médico • Natación Estilo Libre 50 mtrs (máximo 45´´ Hombres y 50´´ Mujeres) • Potencia Tren Superior (máximo 9 tracciones Hombre y 5 tracciones Mujeres) • Salto Horizontal sin carrera (máximo 2,0 mtrs Hombres y 1,80 mtrs Mujeres) • Carrera Resistencia 2000 mtrs. (máximo 7´40´´ Hombres y 8´20´´ Mujeres) • Carrera Velocidad 50 mtrs. (máximo 7´40´´ Hombres y 8´2´´ Mujeres) 2. Conocimientos Teóricos: Test (10 puntos) 3. Prueba Psicotécnica: Valoración de Aptitudes Intelectuales y Valoración Actitudes y Personalidad: Apto/No Apto (Se realizará Valoración Psicotécnica y Entrevista Personal) 4. Conocimientos Prácticos Real/Escrito/Test (10 puntos) 5. Examen Médico TOTAL PUNTUACIÓN: 20 puntos OBSERVACIONES: • Cuota de Discapacidad Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es CONSORCIO DE CÁDIZ SISTEMA: Concurso - Oposición FECHA: 15/05/07 Nº PLAZAS: 25 Bombero Nº TEMAS: 86 DETALLE DE TEMAS: Admtivos (6) + Específicos (80) DETALLE CONCURSO (Puntos: 3,25) 1. Por Titulación: Bachiller Superior, FP II, Ciclo formativo de Grado Superior o Pruebas de Acceso a la Universidad (0,5 puntos) 2. Por Formación: 0,15 puntos por curso (sin horas) hasta máximo de 0,75 • Cruz Roja: Máximo baremable 1 diploma. • Consorcio: Máximo baremable 3 diplomas. • ESPA: Máximo baremable 1 diploma. 3. Por Servicios Prestados (2 puntos) • En el Consorcio como Bombero: 0,5 por año • En el Consorcio como Voluntario: 0,5 por año sólo desde 1 Enero • En otra Admon. Pública como bombero: 0,5 por año DETALLE DE PRUEBAS: 3 Pruebas Selectivas Obligatoria y Eliminatorias. La puntuación final de la Oposición será la media entre la Prueba Física y la Prueba Escrita 1. Pruebas Psicotécnica: Apto/No Apto 2. Prueba Física: 8 ejercicios respetando los principios de la ley de alternancia • Carrera 100 mtrs: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 12´50´´ Hombres y 14´50´´ Mujeres) • Trepa Cuerda Lisa: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 7 mtrs. Hombres y 6 mtrs Mujeres) • Salto Vertical: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 70 cmtrs. Hombres y 60 cmtrs Mujeres) • Press de Banca: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 44 kgs x 35 repeticiones Hombres y 36 kgs x 30 repeticiones Mujeres) • Carrera de Agilidad: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 8´50´´ Hombres y 9´50´´ Mujeres) • Barra de Equilibrio: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 4´´ Hombres y 5´´ Mujeres) • Dominadas Barra Horizontal: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 20 repeticiones Hombre y 15 repeticiones Mujeres) Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es • Carrera 1000 mtrs: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 3´15´´ Hombres y 3´54´´ Mujeres) 3. Pruebas Escrita: 50 Test (10 puntos) TOTAL PUNTUACIÓN: 48,25 puntos (3,25+(Puntos Prueba Física+Puntos Prueba Escrita)/2 =3,25+45 puntos OBSERVACIONES: • Habrá que pasar el Reconocimiento Médico pertinente en el que califican Apto/No Apto. Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es GENERALITAT DE CATALUNYA SISTEMA: Concurso - Oposición FECHA: 23/09/09 Nº PLAZAS: 160 Bomberos más el 10% adicional Nº TEMAS: 19 DETALLE DE OPOSICIÓN: Máximo 30 puntos 1. Prueba 1 : Aptitudes y Conocimientos • Ejercicio 1: Psicotécnico: Apto/No Apto • Ejercicio 2: Máximo 10 puntos. Consistirá en 75 preguntas tipo test sobre los 10 temas a desarrollar en 1,5 hrs. 2. Prueba 2: Prueba Física. Máximo 10 puntos. Consistirá en el desarrollo de 5 ejercicios eliminatorios (mínimo 5 puntos) • Cursa Llançadora • Flexión de Brazo • Tracción General • Circuito de Agilidad • Ejercicio Acuático 3. Prueba 3: Conducción de Vehículos Pesados y Ligeros 4x4. Máximo 10 puntos (5 mínimo) 4. Prueba 4: Reconocimiento Médico. Apto/No Apto 5. Prueba 5: Evaluación Psicológica. Apto/No Apto DETALLE CONCURSO (Puntuación Máxima el 33% del total de la OEP) 1. Por Servicios Prestados • Por mes de servicios prestados en el mismo puesto y en la Generalitat: 0,03 hasta un máximo de 2,5 • Por mes de servicios prestados en el mismo puesto y en otras AAPP: 0,03 hasta un máximo de 2,5 • Por mes de servicios prestados en puesto similar y en la Generalitat: 0,02 hasta un máximo de 1 • Por mes de servicios prestados como Bombero Voluntario en la Generalitat: 0,01 hasta un máximo de 1,5 • Por mes de servicios prestados como Auxiliar Forestal en la Generalitat: 0,03 hasta un máximo de 1,5 Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es • Por mes de servicios prestados como Dispositivo Operativo en la Generalitat: 0,02 hasta un máximo de 1 • Por Carnets de Conducir hasta un máximo de 1 punto (no serán acumulables los carnets C y D ó C y E): Carnet D: 0,5 puntos / Carnet C y E: 0,5 / Carnets D y E: 0,5 2. Por Cursos del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña: De 0 a 10 puntos con un máximo de 650 hrs. Posteriormente existirá una Fase de Prueba: Consistirá en 320 horas de prácticas de la que estarán exentos los funcionarios interinos. En caso de empate se atenderá a la mayor nota en la fase de oposición y la asignación del destino se realizará por orden de puntuación. Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es CONSORCIO DE CÓRDOBA SISTEMA: Concurso - Oposición FECHA: 27/01/09 Nº PLAZAS: 29 Bombero-Conductor Nº TEMAS: 27 DETALLE DE TEMAS: Comunes (6) + Específicos Bloque 1 (7) + Específicos Bloque 2 (14) DETALLE CONCURSO (Puntos: 16,20) 1. Por Formación: Máximo 6 puntos. 1.1. Cursos: Máximo de 3 puntos • Cursos de 10 hrs. /2 días: 0,03 • Cursos de 11 a 40 hrs. / 3-7 días: 0,05 • Cursos de 41 a 70 hrs. / 8-12 días: 0,10 • Cursos de 71 a 100 hrs. / 13-20 días: 0,20 • Cursos de 101 a 200 hrs. / 21-50 días: 0,5 • Cursos de 201 a 400 hrs. / 51-80 días: 0,75 • Cursos de más de 400 hrs. / 81 días: 1 • Incremento de 0,10 puntos si aparece con aprovechamiento 1.2. Por haber superado ejercicios eliminatorios de otras oposiciones de plazas similares a las de esta convocatoria, en este Consorcio o en cualquier Administración Pública: 0,30 por ejercicio superado hasta un máximo de 3 puntos. 2. Por Experiencia Profesional: Máximo 9 puntos. 2.1. Por cada mes completo de servicios prestados en puesto de trabajo igual o similar en el CPB en cualquiera de los Ayuntamientos consorciados: 0,35 puntos por cada mes. 2.2. Por cada mes completo en cualquier otra Administración Pública con contenidos funcionales homólogos: 0,35 puntos por cada mes. 3. Otros Méritos (1,20 puntos): Por impartición de cursos, seminarios, etc. relacionados con las funciones a desempeñar en la plaza con el siguiente baremo: • Menos de 10 hrs.: 0,10 puntos • De 11 a 20 hrs. : 0,20 puntos • De 21 a 40 hrs. : 0,40 puntos • De 41 a 100 hrs.: 0,60 puntos • De más de 100 hrs.: 0,80 puntos Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es DETALLE DE OPOSICIÓN: Máximo 40 puntos 1. Prueba Física: 10 puntos (mínimo 5) si algún bloque no se supera implica exclusión. 1.1. Bloque A • Carrera 100 mtrs: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 11´50´´ Hombres y 13´00´´ Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque A • Carrera 1000 mtrs: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 2´40´´ Hombres y 3´10´´ Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque A • Flexión Brazos en suspensión pura: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 26 Flexiones Hombres y 22 Flexiones Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque A • Trepa de Cuerda: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 5,50´´ Hombres y 7´´ Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque A 1.2. Bloque B • Subir y Bajar escala: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 40´´ Hombres y 50´´ Mujeres). 1.3. Bloque C: Natación • Natación 100 mtrs libres: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 1´05´´ Hombres y 1´15´´ Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque C • Arrastre muñeco 50 kgs.: Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 50 mtrs. Hombres y 44 mtrs. Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque C • Inmersión (Buceo): Máximo 10 puntos mínimo 5 puntos (Puntuación Máxima: 55 mtrs. Hombres y 50 mtrs. Mujeres). Se realizará media aritmética con el conjunto de pruebas del Bloque C 2. Ejercicio Teórico: 100 Test (10 puntos) Tiempo Ejercicio: 100 minutos 3. Ejercicio Práctico (20 puntos) Supuesto Práctico sobre manejo de equipos de extinción y salvamento: 10 puntos (mínimo 5) Práctica sobre conducción y manejo de un vehículo de extinción de incendios: 10 puntos (mínimo 5) TOTAL PUNTUACIÓN: 56,20 puntos (16,20 puntos Concurso + 40 puntos Oposición) Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es OBSERVACIONES: • Habrá que acreditar el lugar de residencia en el término municipal donde se ubica el Parque de Bomberos. • Sólo se baremarán los méritos de quienes hayan superado las pruebas físicas. • Requisitos: Carnet C + Reconocimiento Médico • El primer ejercicio de oposición se realizará transcurridos 2 meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. • Existe un plazo mínimos (72 hrs) y máximo (45 días) entre prueba y prueba. • Existe la posibilidad de realizar pruebas antidoping • Existe un listado de exclusiones por enfermedad. Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es CONSORCIO DE HUELVA SISTEMA: Concurso - Oposición FECHA: 23/03/10 Nº PLAZAS: 21 Bombero-Conductor Nº TEMAS: 84 DETALLE DE TEMAS: Comunes (4) + Específicos (76) + Provinciales (4) El bloque de Temas Específicos consta de las siguientes materias: A: Extinción de Incendios y Salvamento (32) 1. Operaciones de Salvamento (6) 2. Control y Extinción de Incendios (6) 3. Fenómenos Natruales y Antrópicos (6) 4. Operaciones de Ayudas Técnicas (14) B. Prevención de Incendios y Mantenimiento (27) 1. Normativa a Instalaciones de Prevención (4) 2. Mantenimiento de Medios Naturales (9) 3. Primeros Auxilios (7) 4. Mantenimiento de Capacidades Físicas desempeños profesional (7) y Psicológicas para el C: Marco Legal y Normativa Específica (17) 1. Marco Legal (4) 2. Normativa Específica (7) 3. Ciencias Tecnológicas (5) 4. CPB Huelva (1) DETALLE DE OPOSICIÓN: Máximo 80 puntos 1. Conocimiento: 10 puntos (mínimo 5). Medida entre Ejercicio 1 y 2. Duración total 5 hrs a realizar en el mismo día. 1.1. Ejercicio 1 (Obligatorio y Eliminatorio): 100 Test Máximo 10 puntos (mínimo 5) sobre Temas Comunes (4) y Temas Específicos (12) 1.2. Ejercicio 2 (Obligatorio y Eliminatorio): 50 Test Máximo 10 puntos (mínimo 5) sobre Temas Provinciales (4) 2. Prueba Psicotécnica: Apto/No Apto. Serán 5 pruebas normalizadas para comprobar las aptitudes y rasgos de la personalidad de los aspirantes. Se Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es requerirá de la valoración de Apto para pasar a la siguiente prueba. Las variables a medir serán: • Control y Estabilidad Psíquica • Posibilidades de Adaptación a un equipo. • Aceptación de normas y autoridad. • Capacidad de Decisión. • Excesiva Susceptibilidad. • Reacción Extrema a Estímulos Corrientes. • Conductas inusitadas y extrañas. • Coeficiente de Inteligencia General. 3. Prueba de Actitud Física: 60 puntos. Previamente se requerirá el Certificado Médico Oficial. Cada prueba será eliminatoria y exigirá superar los 5 puntos. En todas las pruebas se incluye una tabla de valores en función del SEXO y EDAD • • • • • • • • Carrera Resistencia 1000 mtrs: 10 puntos. Carrera de Velocidad 50 mtrs: 10 puntos. Potencia Tren Superior (Flexión de Brazos en Barra Fija): 10 puntos. Balón Medicinal 4 kgs en Hombres y 3 kgs en Mujer: 10 puntos. Desplazamiento den el medio acuático 50 mtrs y extracción de anilla: 10 puntos. Prueba de Confinamiento: Apto/No Apto Ascenso de Autoescalera en 30´´ para Hombres y 33´´ Mujeres: Apto/No Apto3 Coordinación Psico-Física: 10 puntos. Se trata de equiparse como bombero y desplazar pesos nos superiores a 35 kgs en 40´´. 4. Prueba Práctica: 10 puntos (mínimo 5 puntos) DETALLE CONCURSO (Puntos: 12) 1. Por Titulación: Máximo 1 punto por titulación superior a la requerida • Doctor: 1 • Licenciado: 0,85 • Título Universitario Propio: 0,70 • Grado Medio-Diplomado: 0,55 • Bachiller Superior o Equivalente: 0,40 • Graduado-FP1 o equivalente: 0,25 Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es 2. Por Cursos y Seminarios: Máximo 4 puntos. Hasta 20 hrs 21-40 hrs. 41-100 hrs. 101-200 hrs. 201-300 hrs. Más de 300 hrs. Recibido Oficial No Oficial 0,25 0,125 0,5 0,25 0,75 0,375 1 0,5 1,25 0,75 1,5 1 Impartido Oficial No Oficial 0,125 0,0475 0,25 0,095 0,375 0,1425 0,5 0,19 0,75 0,285 1 0,5 3. Por Experiencia Profesional: Máximo 7 puntos. Se haría el cómputo proporcional de los servicios prestados a tiempo parcial. 3.1. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en la Administración Local: 0,1250 3.2. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en otras Administraciones Públicas: 0,0625 3.3. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en Empresas Privadas: 0,0420 TOTAL PUNTUACIÓN: 92 puntos (80 puntos Oposición+ 12 puntos Concurso) OBSERVACIONES: • Posteriormente a las pruebas se deberá realizar un Reconocimiento Médico con la calificación de Apto/No Apto y un Curso de Formación con la calificación de Apto/No Apto. • Existe un cuadro de exclusiones médicas. • Requisitos: Carnet C + BTP sin limitación de peso del vehículo • Existe un plazo mínimo y máximo de convocatoria de las pruebas (entre 72 hrs y 20 días) Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es AYUNTAMIENTO DE SEVILLA SISTEMA: Concurso - Oposición FECHA: 05/03/09 Nº PLAZAS: 33 Bombero y 5 Bombero-Conductor Nº TEMAS: 22 DETALLE DE TEMAS: Comunes (6) + Específicos (16) Posteriormente al Concurso Oposición existirá un curso de Formación compuesto por 25 temas, más una fase práctica. DETALLE CONCURSO (Puntos: 10) 1. Por Titulación: Máximo 1 punto por titulación superior a la requerida • Doctor: 1 • Licenciado: 0,8 • Grado Medio-Diplomado: 0,60 • Bachiller Superior o Equivalente: 0,40 • Graduado-FP1 o equivalente: 0,20 2. Por Cursos y Seminarios: Máximo 2 puntos. Impartido Recibido con Aprovechamiento Asistencia Oficial No Oficial Oficial No Oficial Oficial No Oficial Hasta 20 hrs 0,25 0,125 0,19 0,095 0,095 0,0475 21-40 hrs. 0,5 0,25 0,38 0,19 0,19 0,095 41-100 hrs. 0,75 0,375 0,57 0,285 0,285 0,1425 101-200 hrs. 1 0,5 0,76 0,38 0,38 0,19 201-300 hrs. 1,5 0,75 1,14 0,57 0,57 0,285 2 1 1,52 0,76 0,76 0,38 Más de 300 hrs. 3. Por Experiencia Profesional: Máximo 7 puntos. Cada fracción superior a 15 días sería equivalente a 1 mes. 3.1. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en el Ayuntamiento de Sevilla: 0,1250 3.2. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en otra Administración Pública Local: 0,0830 3.3. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en otras Administraciones Públicas: 0,0625 3.4. Por cada mes en cualquier puesto en la Administración Pública: 0,0380 3.5. Por cada mes en Igual categoría y cualificación en la Empresa Privada: 0,0420 Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es DETALLE DE OPOSICIÓN: Máximo 30 puntos 1. Ejercicio 1 de Aptitud Física: 10 puntos (mínimo 5). Se compondrá de 7 pruebas y será necesario el certificado médico previo. Si el aspirante se lesiona en la prueba tendrá derecho al aplazamiento de la misma. • Natación 50 mtrs libres • Potencia Tren Supeiror (Flexiones en Barra) • Potencia Tren Inferior (Salto Longitud) • Velocidad 50 mtrs. • Resistencia Carrera 1500 mtrs. • Trepa de Cuerda (4 mtrs Hombres y 3,20 mtrs Mujeres) • Arrastre de Peso: 80 kgs en 25 mtrs (1´Hombre y 1´20´´ Mujeres) 2. Ejercicio 2 Test de Materias Comunes: 50 test. Máximo 10 puntos (mínimo 5). Se dispondrá de 1 hr para el desarrollo. 3. Ejercicio 3 Test de Materias Específicas: 50 test. Máximo 10 puntos (mínimo 5). Se dispondrá de 1 hr para el desarrollo. 4. Ejercicio 4: Dos pruebas eliminatorias y se calificará como Apto o No Apto • Caminar sobre una barra de gimnasia una distacia de al menos 4 mtrs., a una altura entre un mínimo de 1,20 mtrs y un máximo de 2 mtrs, disponiendo para ello de dos intentos. • Realizar en un solo intento y en un tiempo máximo de 6 minuto, con visibilidad nula, un recorrido en un solo nivel de altura, de una longitud total de 32 mtrs. Por el interior de una estructura metálica cerrada, tipo jaula, con una única salida posible. TOTAL PUNTUACIÓN: 40 puntos (10 puntos Concurso+ 30 puntos Oposición) OBSERVACIONES: • Se recurrieron inicialmente las bases a través de la Sentencia nº 579/07 del Tribuna Contencioso Administrativo nº 5 de Sevilla en el recurso 1384/06, publicado en el BOJA nº 38/2009 de 25 de febrero. • Requisitos de Edad y Talla Mínima, así como Carnets B y C1 Sindicato ASeD- Sindicalismo en Diputación C/ Pacífico,54, Edif. A – Planta Baja Módulo B 29004 Málaga Telf: 952069403/952069396 [email protected] www.asedmalaga.es nº 44 p.2270 Miércoles, 10 de Marzo de 2010 ADMINISTRACIÓN LOCAL mediante el sistema de Oposición, en turno libre, vacantes en la plantilla funcionarial, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Servicio de Extinción de Incendios, Escala Básica, dotadas con las retribu- Diputación de Córdoba Área de Igualdad y Desarrollo Social Servicio de Administración Delegación de Igualdad ciones correspondientes al Subgrupo C-2, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la Núm. 2.019/2010 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, legislación vigente. II.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES Segunda.- Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes re- se somete a información pública, por plazo de treinta días, para presentación de reclamaciones o sugerencias, el Reglamento de quisitos: 1. Tener nacionalidad española. 2. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario Régimen Interno del Consejo Provincial de Igualdad entre Mujeres y Hombres para la provincia de Córdoba, aprobado inicial- del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públi- mente por la Diputación Provincial de Córdoba en sesión ordinaria celebrada el día 17 de febrero de 2010. cas. 3. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Se- A dicho fin, el expediente se encuentra de manifiesto en el Servicio de Administración del Area de Igualdad y Desarrollo Social cundaria Obligatoria, o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia). de esta Corporación, sita en C/ Buen Pastor 29, 14003 de Córdoba. Lo que se publica para general conocimiento. 4. Estar en posesión del permiso de conducción de las clases C+E+BTP . Córdoba, 2 de marzo de 2010.- El Presidente, Francisco Pulido Muñoz. 5. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. 6. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de Bombero/a Conductor/a Núm. 2.080/2010 En el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia nº 162 de fecha 26 de agosto de 2009 se publicó anuncio sobre inicio de procedimiento de contratación relativo a “ADQUISICIÓN DE TERRENOS SITOS EN TÉRMINO MUNICIPAL DE CASTRO DEL RÍO ANEXOS AL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DE TORREPAREDONES”. Para general conocimiento se señala que esta actuación está cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) “Una Manera de Hacer Europa”, incluida en el Proyecto Baniana. En Baena a 24 de febrero de 2010.- El Alcalde, p.d., la Sra. Delegada de Contratación, firma ilegible. rán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. III.- SOLICITUDES Cuarta.- Las instancias manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en los Registros de los Centros Cívicos Municipales o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a ser posible en el modelo oficial existente en esta Corporación Municipal. Quinta.- El impreso de solicitud cumplimentado se presentará con el justificante de ingreso (nº Cta. 2024. 6028.10.3118838506) de la cantidad de 9,90 € en concepto de participación en procesos de selección de personal, según se establece en la Ordenan- Ayuntamiento de Córdoba Departamento de Selección y Formación za Fiscal número 100, o en su defecto se acompañará el resguardo del giro postal o telegráfico de su abono. Núm. 1.543/2010 Sexta.- A las instancias deberán añadirse los siguientes documentos: CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE 1. F otocopia del D.N.I. 2. Declaración acreditando poseer la capacidad funcional para 12 PLAZAS DE BOMBERO/A-CONDUCTOR/A DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS Y SALVAMENTO, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION, EN TURNO LIBRE, INCLUIDAS EN LA OFERTAS PUBLICAS DE EMPLEO DE 2007 DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA. BASES I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Primera.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 12 plazas de Bombero/a Conductor/a, y las que resulten vacantes hasta la fecha de celebración del último ejercicio de la fase de oposición que estén dotadas presupuestariamente, el desempeño de las tareas de Bombero/a Conductor/a 3. Fotocopia del permiso de conducción de las clases C+E+BTP . 4. Fotocopia de la titulación exigida. En caso de presentar las instancias en Administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, el interesado lo comunicará vía fax, o correo ordinario, al departamento de Selección y Formación. Séptima.- En ningún caso, el pago de la cantidad que corresponda en concepto de participación en procesos de selección de Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba El documento ha sido firmado electronicamente. Para verificar la firma visite la pagina http://www.dipucordoba.es/bop/verify/ Tercera.- Los requisitos establecidos en la base segunda debe- Ayuntamiento de Baena Miércoles, 10 de Marzo de 2010 nº 44 p.2271 personal, supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. Cada una de estas partes será calificada hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcan- IV.- ADMISION DE ASPIRANTES Octava.- El Alcalde, dictará Resolución declarando aprobada la cen un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. La puntuación total del ejercicio será la media aritmética de las calificaciones ob- lista de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anun- tenidas. La calificación de los/as aspirantes en cada parte será la me- cios de este Ayuntamiento, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribu- dia aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal. A tal efecto, el número de puntos que podrán ser nal. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez otorgados por cada componente del Tribunal será de 0 a 10. El Tribunal excluirá aquellas puntuaciones que se dispersen de di- días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. cha media en + 2 puntos inclusive. La corrección de la primera y segunda parte se realizará según lo previsto en la base decimoquinta. V.- TRIBUNAL CALIFICADOR Novena.- El Tribunal Calificador estará constituido de la si- Segundo Ejercicio: Aptitud física. C on anterioridad a la celebración de las pruebas y en el plazo guiente forma: Presidente /A: Técnico/a de la Corporación. Secretario /A: Un/a funcionario/a de la Corporación. Vocales : Tres funcionarios/as de la Corporación. Un funciona- establecido, los aspirantes convocados deberán presentar obligatoriamente en el Departamento de Selección y Formación certifi- rio/a de la Junta de Andalucía. El Tribunal actuará validamente cuando concurran el/la Presi- te que el/la opositor/a reúne las condiciones físicas precisas para la realización de las pruebas deportivas. No se admitirán aque- dente/a, Secretario/a y dos vocales. Según lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las llos certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos, no pudiendo el aspirante, en consecuencia, realizar las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Secretario/a asistirá con voz y sin voto. Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especia- pruebas físicas Los/as aspirantes que hayan aportado certificación médica, en la que conste que reúnen las condiciones físicas precisas para la lización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza. Décima.- Los/as miembros del Tribunal Calificador deberán realización de las pruebas deportivas, realizarán las siguientes pruebas: abstenerse de intervenir y los/as aspirantes podrán recusar a aquellos/as cuando concurra alguna de las circunstancias previs- El desarrollo de las pruebas físicas se desarrollara conforme a lo establecido en los reglamentos de las federaciones españolas tas en el Art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. temporal, de otros/as trabajadores/as municipales para colaborar en el desarrollo del proceso de selección, bajo la dirección del citado Tribunal. de atletismo y natación 1. Trepar cuerda. 2. Salto Horizontal. 3. Fuerza de empuje del tren superior 4. Fuerza Flexora. 6. Carrera de Velocidad (60 m.) 7. Carrera de resistencia (1.000 m.) 8. Natación (100 m.) Los/as aspirantes deberán acudir provistos/as de la ropa depor- Cuando lo considere conveniente el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores/as expertos/as en la materia de que se tiva adecuada. Estas pruebas se realizarán por el orden en que están relacio- trate. VI.- SISTEMA DE SELECCIÓN Duodécima.- El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: nadas y cada una es eliminatoria para realizar la siguiente. La valoración y realización de estas pruebas se efectuará co- circunstancias así lo aconseje, el Tribunal por medio de su Presidente/a, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter A) Oposición B) Período De Formación 1. Fase de Oposición: Primer Ejercicio : Prueba de Conocimientos Primera Parte : Consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas, elaborado entre las confeccionadas por los miembros del Tribunal, con 4 respuestas alternativas, basadas en el tema- mo se indica en el ANEXO II. Este ejercicio se calificará de APTO/A o NO APTO/A. Tercer Ejercicio : Pruebas psicotécnicas. Dirigidas a determinar las aptitudes y actitudes de los/as aspirantes para el desempeño del puesto de Bombero. Incluirán la realización de tests y de una entrevista personal que apoye las calificaciones obtenidas en los tests. El examen psicotécnico constará de pruebas que evalúen factores Intelectuales, Aptitudes específicas y características de Per- rio contenido en el ANEXO I de esta convocatoria, con una duración máxima de 60 minutos. El número de preguntas que será preciso contestar acertada- sonalidad, y básicamente ausencia de patologías. Se calificará de APTO/A o NO APTO/A. Cuarto Ejercicio: Examen Médico. Los/as aspirantes que hayan superado el ejercicio anterior de- mente para superar esta parte es de 36. Segunda Parte : Consistirá en la realización de un supuesto berán someterse a reconocimiento médico, conforme a la “RELACION DE EXCLUSIONES MEDICAS” recogidas en el ANEXO III . práctico, desglosado en preguntas, durante dos horas como máximo, elegido entre los confeccionados por los miembros del Tribu- Se calificará de APTO/A o NO APTO/A. Quinto Ejercicio: Conducción Consistirá en la conducción de un vehículo pesado del SEIS. La prueba se desarrollará en dos partes: en primer lugar en un nal, relativo a las tareas propias de este puesto de trabajo y de acuerdo con los temas en el ANEXO I de esta convocatoria . Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba El documento ha sido firmado electronicamente. Para verificar la firma visite la pagina http://www.dipucordoba.es/bop/verify/ Undécima.- Cuando el procedimiento selectivo, por razón del número de aspirantes presentados/as a las pruebas o por otras cado médico original, extendido en impreso oficial, y firmado por Colegiado/a en ejercicio, en el que se haga constar expresamen- Miércoles, 10 de Marzo de 2010 circuito cerrado. Aquellos aspirantes que superen la primera parte pasarán a un circuito abierto dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as en Cada una de estas partes será calificada hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcan- prácticas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir por false- cen un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. La puntuación total del ejercicio será la media aritmética de las calificaciones ob- dad en la solicitud. En caso de que alguno de los/as aspirantes que fuese propues- tenidas. Decimotercera.- Los/as aspirantes serán convocados/as para to/a para ser nombrado/a, no cumpliese alguno de los requisitos o renunciase a su nombramiento, será en su lugar propuesto/a el/la cada prueba en llamamiento único, salvo casos debidamente justificados de fuerza mayor apreciada por el Tribunal. siguiente que, habiendo superado los ejercicios, no hubiese sido propuesto/a por existir otro/a candidato/a con una puntuación su- El orden de actuación de los/as interesados/as en aquellas pruebas que no se puedan efectuar conjuntamente, comenzará por el/la aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra “ B ”, perior. Decimonovena.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Alcalde procederá al nombramiento, como funciona- de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública. rios/as en prácticas, de los/as aspirantes propuestos/as, una vez que hayan acreditado documentalmente los requisitos exigidos en Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 5 días hábiles y la Base segunda de la convocatoria. 1. Período de Formación máximo de 45 días hábiles. Decimocuarta.- El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las Vigésima.- Las personas nombradas como funcionarios/as en medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, que sean escritos, sean corregidos sin que se conozca la prácticas deberán superar un Período de Formación, para aprobar las pruebas selectivas y obtener en consecuencia el nombra- identidad de los/as aspirantes. En este caso, el Tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as miento como funcionarios/as de carrera. Este período tendrá una duración máxima de tres meses. en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as. Decimoquinta.- Una vez comenzados los ejercicios, los anun- Vigesimoprimera.- A los/as aspirantes nombrados/as como Bomberos/as en Prácticas se les comunicará la fecha en que de- cios de celebración de las pruebas, así como las calificaciones, se harán públicos, el mismo día en que se acuerden, únicamente berán presentarse para dar comienzo al Período de Formación, momento desde el que empezarán a percibir la retribución econó- en el Tablón Municipal de Anuncios. Decimosexta.- La calificación y el orden de puntuación de los mica establecida. En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaídos/as en su derecho. Vigesimosegunda.- Los/as funcionarios/as en prácticas percibi- aspirantes resultará de la puntuación obtenida en la fase de Oposición. rán, durante la realización del Período Formativo, las retribuciones equivalentes al sueldo y pagas extraordinarias correspon- En el caso de que al proceder a la ordenación de los/as aspirantes se produjeran empates, estos se resolverán atendiendo dientes al grupo en que están clasificadas estas plazas. Vigesimotercera.- Para superar el Período de Formación será sucesivamente a los siguientes criterios: a) Mayor puntuación obtenida en el supuesto práctico. necesario alcanzar la puntuación mínima exigida, según los criterios de evaluación establecidos en el Programa que se apruebe al b) Mayor puntuación obtenida en el cuestionario. c) Mayor puntuación obtenida en la prueba de conducción Decimoséptima.- Una vez terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios de esta Corporación, la relación de aprobados/as por orden de puntua- efecto, teniéndose en cuenta también el interés, la motivación, participación y comportamiento del/de la alumno/a. Vigesimocuarta.- Podrán ser causas de baja inmediata como Bombero/a en prácticas, por resolución de la Alcaldesa, a pro- ción. Si el Tribunal apreciara que los/as aspirantes no reúnen las puesta de la Dirección del Período de Formación , las causas que se determinen en el Programa mencionado, entre otras, las siguientes: condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desiertas alguna o todas las plazas ob- 1. El comportamiento deficiente o la comisión de una falta que en la vigente legislación esté calificada como grave. jeto de este concurso-oposición. El Tribunal podrá proponer un número de aprobados superior al 2. Que en alguna de las materias el/la alumno/a no haya obtenido la puntuación mínima, a juicio de los/as profesores/as que de plazas convocadas. VII.- PRESENTACION DE DOCUMENTOS impartan las respectivas materias. 3. La falta de asistencia sin causa justificada, durante tres días Decimoctava.- Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Departamento de Selección y Formación, en el plazo de 20 días hábiles, desde que se haga pública la relación de personas seleccionadas, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la Base segunda de la Convocatoria. consecutivos o cinco alternos en el tiempo que dure la Formación. 4. Tener un número de faltas por causas justificadas, que a juicio de la dirección impidan obtener la formación necesaria En caso de que alguno/a de los/as candidatos/as tuviera la condición de funcionario/a público/a estará exento/a de justificar do- para el desempeño del puesto de trabajo. 5. Cuando al no haber podido asistir, por enfermedad u otra causa justificada, a alguna de las evaluaciones de las distin- cumentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar tas materias no se apruebe antes de la finalización del Período de Formación. certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se Vigesimoquinta.- Si los/as aspirantes no superasen el referido Período perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios/as de carrera, mediante resolución motivada de la Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba El documento ha sido firmado electronicamente. Para verificar la firma visite la pagina http://www.dipucordoba.es/bop/verify/ nº 44 p.2272 Miércoles, 10 de Marzo de 2010 nº 44 p.2273 autoridad que ha efectuado la convocatoria. Quienes no pudieran realizar el curso por causa de fuerza ma- damentales. 2. La organización territorial del estado. Las comunidades autó- yor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en nomas. La Junta de Andalucía. 3. El municipio: el término municipal, la población y la organiza- el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. De no superarlo perderán todos sus derechos. ción municipal. Competencias. 4. La Función Pública Local. Derechos y deberes de los funcio- VIII.- CALIFICACION DEFINITIVA Vigesimosexta.- La Dirección del Período de Formación emitirá narios locales. Incompatibilidades. 5. La igualdad de género, el acoso sexual y el acoso por razón informes de los/as funcionarios/as en prácticas, basados en las evaluaciones efectuadas en dicho período. de sexo en el entorno laboral, conceptos básicos y principios generales La calificación final y el orden definitivo será el obtenido por la suma de las puntuaciones de la fase de Oposición y la que se haya alcanzado en el Período de Formación. 6. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía. El Plan Territorial de Emergencias de Andalucía. Norma Básica de Autoprotección La calificación final será otorgada por el Tribunal Calificador. Dicho Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspi- 7. Magnitudes físicas: longitud, superficie, volumen, masa, densidad, fuerza, trabajo, presión, potencia, energía, velocidad, rantes que el de plazas convocadas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, aceleración. 8. Radiotransmisiones. Conceptos básicos: frecuencia y longi- otorguen ningún derecho a los/as aspirantes, salvo a los/as propuestos/as por el Tribunal. tud de onda. Elementos básicos del sistema. Normas de uso. 9. Fluidos. Conceptos básicos. Unidades. Movimiento de líqui- IX.- PROPUESTA FINAL Y NOMBRAMIENTO Vigesimoséptima.- Los/as aspirantes propuestos por el Tribu- dos por conducciones: caudal y presión. Las pérdidas de carga. El golpe de ariete. 10. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Triangulo y tetraedro del fuego. Productos de la combustion. Mecanismos de ex- Vigesimoctava.- Una vez nombrados/as por el Alcalde, los/as aspirantes propuestos/as deberán tomar posesión dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación. 11. tinción. Agentes extintores: características, propiedades, campos de aplicación y limitaciones. Tipos de incendios: urbano, industrial, forestal. Característi- Quienes, sin causa justificada, no tomaran posesión dentro del plazo indicado, no adquirirán la condición de funcionarios/as de 12. cas y sistemática de actuación. Mercancías peligrosas. Conceptos básicos. Clasificación. 13. Nº identificación, nº peligro. Etiqueta de peligro. Equipos de extinción: bombas, mangotes, mangueras, pie- carrera, perdiendo todos sus derechos. X.- NORMAS FINALES Vigésimonovena.- En lo no previsto en las Bases de la presente convocatoria, será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 896/91 de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los zas de acoplamiento, lanzas y monitores. Equipos de espuma: dosificadores y generadores. Tipos y características. 14. de rescate y salvamento (polisocorro, etc.) Vehículos específicos (riesgo químico, apuntalamientos, transporte). Em- Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local, Decreto 2/2002 de 9 de enero, que regula el ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/95 de 10 de Marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Vehículos de extinción (bombas urbanas, rurales, forestales). Vehículos de altura (autoescalas y brazos). Vehículos 15. 16. 17. barcaciones neumáticas. Equipos de protección personal. Equipos de protección química. Equipos de protección respiratoria. Primeros auxilios y socorrismo. Conceptos básicos. Asfixias, heridas, quemaduras y traumatismos: definiciones, clasificación. Transporte de heridos. El termino municipal de Córdoba: vías de comunicación e infraestructuras de transporte. Callejero. Barriadas y distritos. Zonas industriales, servicios básicos y edificios singu- Administración General del Estado, y demás normativa aplicable, Ley 2/2002 de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias de Andalucía, y demás normativa aplicable. Trigésima.- En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal 18. lares. Código de circulación y conducción. Vehículos de emer- resolverá las cuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidas en estas Bases. 19. gencias Motores de combustión diesel: descripción y elementos 20. que lo constituyen y su funcionamiento: embrague, frenos, caja velocidades (manual y automática). Sistemas de control de tracción y bloqueos de diferencial Trigesimoprimera.- La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Córdoba, a 3 de febrero de 2010 Teniente Alcalde de Vivienda, Recursos humanos y Salud Laboral, Mª Victoria Fernández Domínguez. ANEXO I TEMARIO PARA LA PROVISION DE 12 PLAZAS DE BOMBERO/A CONDUCTOR/A 1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberes fun- ANEXO II PRUEBAS FISICAS 1.- Trepar Cuerda. Consistirá en trepar por una cuerda lisa de 5 metros de longitud, ayudándose para ello de cualquier parte de cuerpo. El/la aspirante tomará la cuerda con ambas manos. Marcas mínimas: 9'' para hombres y 10,50'' para mujeres. Se podrán efectuar dos intentos. 2.-Salto Horizontal Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba El documento ha sido firmado electronicamente. Para verificar la firma visite la pagina http://www.dipucordoba.es/bop/verify/ nal, serán nombrados/as funcionarios/as de carrera como Bombero/a- Conductor/a. Miércoles, 10 de Marzo de 2010 El aspirante se situará de manera que las puntas de los pies queden por detrás de la línea de batida y a la misma distancia de esta. El salto se realizará simultáneamente con los dos pies, horizontalmente y tan lejos como se pueda. La distancia se medirá desde la parte anterior de la línea hasta la marca posterior hecha por el saltador. El aspirante tendrá derecho a dos intentos. Será causa de descalificación iniciar el salto antes de la orden o no hacerlo desde parado, no superar la marca mínima o no saltar simultáneamente con los dos pies. REQUISITOS: PESO: El Índice de Masa Corporal (IMC) no podrá ser inferior a 20’00 ni superior a 28’00 DINAMOMETRÍA: Hombres 50 kg. fuerza en mano dominante y 45 en la otra. Mujeres 40 kg. fuerza en mano dominante y 35 en la otra. ESPIROMETRÍA FORZADA: Capacidad Vital Forzada: 80% del calculado según edad, talla y sexo. pies apoyadas sobre el suelo; sin poder despegar los glúteos del banco, deberá levantar 15 veces una barra recta cargada con 45 Flujo Volumen Espirado primer segundo (FEV1) 80% de la FVC obtenida Índice de Tiffeneau: (FEV1/FVC) 70% Flujo Espiratorio Pico (PEF) 80% FEV 25-75% 60% AGUDEZA VISUAL: Sin corrección óptica deberá ser posible una agudeza visual no inferior a dos tercios en el peor de los ojos. kg en el caso de hombres y 35 kg en el caso de mujeres, en un tiempo máximo de 45 segundos. VISIÓN ESTEROSCÓPICA: Será igual o inferior a 800´´de arco. El levantamiento se realizara con ambas manos, con agarre ligeramente superior a la altura de los hombros (los limites de agarre estarán marcados en la barra), en una acción de extensión-flexión de los codos, que se inicia con el contacto de la barra con la AGUDEZA AUDITIVA: Índice ELI: se exigirá índice A, B ó C Índice SAL: se exigirá índice A ó B Pérdida Global de Audición: la pérdida monoaural de audición parte superior del pecho y acaba con la extensión total de los codos en su proyección vertical. Solo se consideraran validas las repeticiones realizadas en estas condiciones. no sobrepasará el 10%. En cualquier caso la pérdida auditiva no podrá ser de 35 decibelios en las frecuencias de 1000/3000 hertzios ni alcanzará los Se podrán realizar dos intentos 4.- Fuerza Flexora. Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, brazos totalmente extendidos, se realizarán flexiones de manera 45 decibelios a 4000 hertzios. En las frecuencias conversacionales la agudeza auditiva estará por debajo de los 30 decibelios. que la barbilla asome por encima de la barra y extendiendo totalmente los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o llas personas afectadas de procesos infecciosos, neoplásicos, degenerativos, traumáticos, metabólicos, congénitos o de cualquier ayuda con movimientos de piernas. Se podrán efectuar dos intentos. Los/as aspirantes tendrán que realizar un mínimo de 12 flexiones los hombres y 6 las mujeres. naturaleza que ocasionen alteraciones significativas del estado físico, funcional o psíquico, de carácter irreversible y que condicio- 5.- Carrera de Velocidad Sobre 60 Metros. El/la aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado/a, sin tacos, única- 1. Pérdida de la capacidad laboral para la realización de las tareas propias del puesto de trabajo 2. Deterioro del proceso patológico debido a la actividad labo- mente se permitirá una salida falsa Se efectuará un solo intento. Marcas mínimas: 8'' 50 para los hombres y 9'' 50 para las mujeres. ral. 3. Sea causa de riesgo significativo para la seguridad de las 6.- Carrera de Resistencia Sobre 1.000 Metros. El/La aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Se efectuará un solo intento. Marcas mínimas: 3' 30'' minutos para hombres y 3' 55'' minutos APARATO DIGESTIVO: Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con el ejerci- Se podrán efectuar dos intentos Marcas mínimas: hombres 2,15 m; mujeres 1,90 m. 3.- Fuerza de Empuje del Tren Superior, El aspirante se colocara en posición decúbito supino sobre un banco plano, con las rodillas flexionadas y con las plantas de los para mujeres. 8.- Natacion (100 Metros Estilo Libre). El/La aspirante podrá colocarse para la salida, bien sobre las plataformas de salida o en el borde de la piscina o en el interior de la pileta, tomando en este caso contacto con la pared de la piscina en el borde de la salida. Dada la salida, los/as participantes en la posición adoptada bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión, únicamen- CUADRO DE EXCLUSIONES Se considerarán no aptas para el trabajo de bombero/a aque- ne la evolución del proceso a cualquiera de las siguientes situaciones: personas. cio físico (hernias, eventraciones,..) Hepatitis crónica de carácter agresivo. Otras hepatopatías inflamatorias, degenerativas o por depósito, agudas o crónicas que causen algún grado de insuficiencia hepática o bien que contraindiquen la actividad física en intensidad moderada o alta. Procesos que originen obstrucción, estenosis, hemorragias reiterativas o que provoquen limitación en los horarios. RESPIRATORIO: Son excluyentes las enfermedades causantes de disnea, paroxística o no, hemoptisis o de alguna alteración de la normal oxige- te se permitirá una salida falsa Se efectuará un solo intento. Marcas mínimas: 1'45''para hombres y 1'55'' para mujeres. ANEXO III nación sanguínea. También lo son aquellas enfermedades pulmonares obstructivas crónicas que precisen de tratamiento farmaco- RELACION DE EXCLUSIONES MEDICAS EXIGENCIAS DE APTITUD FÍSICA susceptibles de ser agravados por las normales condiciones de trabajo. lógico para la normalización de la función ventilatoria pulmonar. Son excluyentes aquellos procesos crónicos o subagudos que Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba El documento ha sido firmado electronicamente. Para verificar la firma visite la pagina http://www.dipucordoba.es/bop/verify/ nº 44 p.2274 Miércoles, 10 de Marzo de 2010 nº 44 p.2275 CARDIOVASCULAR: Enfermedades orgánicas, congénitas o adquiridas, de corazón •Trastornos del equilibrio o de la coordinación motora. •Existencia de movimientos involuntarios anormales (temblor, es- o grandes vasos, corregidas o no. Trastornos del ritmo o de la conducción cardiaca, excepto la pasmos, distonías,..) •Disartria, disfonía recidivante y otras alteraciones que dificulten arritmia sinusal, extrasístoles aisladas no patológicas, bloqueo de rama derecha, hemibloqueo de rama izquierda, bloqueo auriculo- notoriamente la emisión de palabras. •Patologías neurológicas o psiquiátricas que precisen de trata- ventricular de primer grado y bradicardia sinusal asintomática. Trastornos de la circulación coronaria, incluyendo cualquier ti- miento farmacológico mantenido con reconocida capacidad para disminuir las normales capacidades. co en los test de ergometría cardiovascular. Insuficiencia cardíaca, primaria o secundaria, en cualquier grado. Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar de 145 mmhg la sistólica y de 90 mmhg la diastólica. APARATO VISUAL: Además de los requisitos mínimos en cuanto a agudeza visual es preciso no padecer o presentar : • Presión intraocular elevada •Queratotomía radial Patología isquémica periférica causante de claudicación con el esfuerzo físico. •Desprendimiento de retina •Estrabismo •Reducción del campo visual en cualquiera de las direcciones Síndromes venovaricosos periféricos o insuficiencia venosa periférica. superior al 10% del normal •Hemeralopia SISTEMA HEMATOPOYÉTICO: Serán causa de exclusión los trastornos de la coagulación, anemias y síndromes mieloproliferativos. APARATO LOCOMOTOR: Su estado funcional y anatómico deberá estar exento de cualquier alteración, congénita o adquirida, que limite la movilidad normal de miembros y articulaciones o dificulte la estática o marcha. En todo caso serán excluyentes: • Artritis, artrosis y condromalacia •Discopatías •Canal medular estrecho •Artrodesis y laminectomías •Espondilolisis completa uni o bilateral •Espondilolistesis •Escoliosis con valor angular 18º •Dismetría de miembros inferiores superior a 15 mm •Pie cavo igual o superior a 2º o que presente manifestaciones clínicas objetivas •Pie plano de segundo grado o superior. •Hallux valgus, dedo en martillo u otras lesiones podológicas que •Baja resistencia al deslumbramiento. •Discromatopsias ( protanopia, deuteranopia, monocromatismo) •Otras lesiones de párpados, conjuntiva, glándulas o córnea que mermen la normal funcionalidad visual y con repercusión en el desarrollo de la actividad laboral. DERMATOLOGÍA: • Dermopatías infectocontagiosas y parasitarias. •Dermopatías que contraindiquen o dificulte el correcto uso de las protecciones reglamentarias. •Psoriasis, eczemas, cicatrices, liquenificaciones, pénfigos, dermatitis alérgicas y otras dermopatías extensas que dificulten o limiten el desarrollo de las funciones de Bombero. UROGENITAL: Son excluyentes la incontinencia de orina, retención, vejiga neurógena, prolapsos, desviaciones urinarias y demás alteraciones del sistema genitourinario que signifiquen incapacidad valorable. Son excluyentes las nefropatías que cursen con insuficiencia renal en cualquier grado o contraindiquen la actividad física. dificulten la marcha, bipedestación estática o el normal uso del calzado reglamentario. OTROS PROCESOS PATOLÓGICOS Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermeda- •Compresión neurológica en canales osteoligamentosos •Lesiones que dificulten la formación de la pinza manual o de la des inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, psicosis y cualquier otro proceso patológico que limi- normal aprehensión de las manos. •Retracción palmar. ten o incapaciten para el ejercicio del trabajo. Son excluyentes la existencia, reconocida o no, de deficiencia •Síndromes cervicocefálicos •Pérdida de la movilidad en cualquiera de las articulaciones cor- psicofísica por enfermedad, defecto, trasplante o accidente. PARÁMETROS ANALÍTICOS: Las anomalías analíticas que no respondan de patología ante- porales que, representando un menoscabo valorable en la misma, influya en la realización normal de las tareas propias de Bombero/a. SISTEMA NERVIOSO: Serán causa de exclusión los procesos que dificulten o mermen la movilidad o fuerza muscular o ambas, así como los que alteren las funciones de relación. • Epilepsia en cualquiera de sus formas •Anosmia y demás alteraciones de la olfación •Trastornos de las funciones cerebrales superiores •Trastornos de la conducta que alteren la capacidad para realizar el trabajo o que dificulten ostensiblemente la convivencia social que este exige. •Alcoholismo y otras toxicomanías. riormente citada se considerarán excluyentes cuando la desviación de los valores medios sea de nivel moderado o intenso. En Córdoba, a 11 de febrero de 2010.- La Teniente Alcalde de Vivienda, Recursos Humanos y Salud Laboral, Mª Victoria Fernández Domínguez. Ayuntamiento de Lucena Núm. 2.086/2010 ANUNCIO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN, POR TRAMITACION ORDINARIA Y PROCEDIMIENTO Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba El documento ha sido firmado electronicamente. Para verificar la firma visite la pagina http://www.dipucordoba.es/bop/verify/ po de necrosis, lesión o isquemia de miocardio. Anormalidad eléctrica, clínica o de cualquier otro tipo patológi- 2 SECCION TERCERA Excma. Diputación Provincial de Zaragoza HACIENDA Y REGIMEN INTERIOR 14 noviembre 2009 Núm. 16.633 Esta Presidencia, por decreto número 3.181, de 10 de noviembre de 2009, ha dispuesto aprobar la convocatoria, mediante concurso-oposición libre, de cuarenta y tres plazas de bombero-conductor, vacantes en la plantilla de funcionarios de la Diputación Provincial de Zaragoza, correspondientes a las ofertas de empleo público de 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, con sujeción a las siguientes bases: Base 1. — Normas generales. 1.1. Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición libre, de cuarenta y tres plazas de bombero-conductor, pertenecientes a la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, subgrupo C2), del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, vacantes en la plantilla de funcionarios de esta Diputación Provincial (oferta de empleo público de 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009). Dichas plazas están ubicadas en los siguientes parques del Servicio Provincial de Extinción de Incendios (SPEI): —Daroca: 7. —Tauste: 4. —Cariñena: 3. —Caspe: 7. —Calatayud: 10. —Ejea de los Caballeros: 4. —Tarazona: 8. 1.2. El número de plazas podrá incrementarse con aquellas que, encontrándose vacantes en el momento de elevar propuesta el tribunal calificador, la Presidencia, mediante decreto, hubiere estimado necesaria su provisión, con el límite del 10% de las plazas convocadas. 1.3. El sistema de selección será mediante concurso-oposición. 1.4. Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en lo que no contradiga la Ley 7/2007, de 12 de abril); Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (en lo que no contradiga la Ley 7/2007, de 12 de abril); texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril (en lo que no contradiga la Ley 7/2007, de 12 de abril); Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Decreto legislativo de la Diputación General de Aragón de 19 de febrero de 1991, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. 1.5. Los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia. Base 2. — Requisitos de los aspirantes. 2.1. Para ser admitidos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensa. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, debiendo tenerse en cuenta, la edad reglamentaria necesaria para el cumplimiento de los requisitos del apartado siguiente. d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Educación Secundaria Obligatoria, FP1 o equivalente y del carné de conducir de primera clase C2 (antiguo) o el de clase C actual, y la autorización prevista en el artículo 7.3 BOP Zaragoza.—Núm. 262 del Reglamento General de Conductores relativa a vehículos de bomberos, taxis y policía, a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá hallarse en posesión de las credenciales que acrediten su homologación oficial; además, se adjuntará al título su traducción jurada. e) No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo. f) No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. g) Certificado médico oficial o impreso oficial del Servicio Aragonés de Salud, o equivalente autonómico, emitido a partir de la fecha de publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el que consten expresamente los siguientes conceptos: 1) Que no padece enfermedad infectocontagiosa alguna. 2) Que está vacunado contra el tétanos. 3) Que no presenta defecto físico o psíquico que le impida la realización de las pruebas recogidas en la base 6.3.1 de la convocatoria, aprobada por la Diputación Provincial de Zaragoza, para la provisión por oposición libre de cuarenta y tres plazas de bombero-conductor, publicada en el BOPZ núm. 262, de 14 de noviembre de 2009. El plazo para la presentación del referido certificado médico se determinará en el anuncio de publicación de la lista definitiva y atendiendo al número de aspirantes admitidos. El certificado médico deberá ajustarse a los requisitos exigidos en el anexo I. La presentación del referido certificado médico no excluye la obligación de los aspirantes aprobados para ocupar plaza de bombero-conductor de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 7.4. 2.2. Los requisitos referenciados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse en el momento de la toma de posesión de la plaza objeto del proceso selectivo. Base 3. — Forma y plazo de presentación de instancias. Las personas interesadas podrán presentar instancia dirigida al ilustrísimo señor presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza en el Registro General de la Corporación (plaza de España, 2), en horas hábiles de oficina, en el plazo de veinte días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, debiendo acompañarse a las mismas el resguardo acreditativo de haber satisfecho en la Tesorería de Fondos (o mediante ingreso en cuenta CAI, oficina principal de Zaragoza, cuenta núm. 2086 0000 23 0700640089), los derechos de examen, que se fijan en 6,01 euros, que deberán estar abonados dentro del referido plazo de presentación de instancias. En ningún caso la presentación y el abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la instancia en el Registro General de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza. Si el término expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el primer día hábil siguiente. Los aspirantes que aleguen méritos a valorar en la fase de concurso deberán obligatoriamente presentar, junto a la instancia y en modelo normalizado de auto-baremación que se adjunta como anexo IV en las presentes bases, los méritos que manifiesten poseer, siendo éstos los únicos que serán valorados en la fase de concurso. Las instancias podrán presentarse o efectuarse de conformidad con los procedimientos que establece el artículo 38.4 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de instancias comporta que el interesado acepta las bases de la convocatoria y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismas, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. Base 4. — Admisión y exclusión de aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias y documentos, la Presidencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, se indicará el lugar en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales. Las reclamaciones, en su caso, serán resueltas por la Presidencia de la Corporación, y el anuncio correspondiente a la lista definitiva se publicará en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, indicando el plazo de presentación del certificado médico referido a la base 2.1 g). Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán excluidos del proceso selectivo. Base 5. — Tribunal calificador. El tribunal calificador estará integrado por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario. BOP Zaragoza.—Núm. 262 14 noviembre 2009 Todos los miembros del tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser funcionarios de carrera y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el ingreso en la plaza convocada, en la misma área de conocimientos específicos, y pertenecer al mismo grupo o grupos superiores, de los previstos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El tribunal estará integrado, además, con los respectivos suplentes que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse, no pudiendo constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. El tribunal queda facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo. El Servicio de Personal prestará su asistencia técnica al tribunal, que podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto. Cuando el número de aspirantes así lo aconseje, el tribunal podrá designar auxiliares colaboradores que bajo la dirección del secretario del tribunal en número suficiente permitan garantizar el correcto y normal desarrollo del proceso selectivo. La composición del tribunal se hará pública en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, a efectos de posibles recusaciones, a tenor de lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los miembros del Tribunal percibirán las “asistencias” que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Los acuerdos del tribunal se harán públicos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. Base 6. — Sistema de selección. 6.1. El procedimiento de selección será el concurso-oposición y el mismo constará de una fase de concurso y de una fase oposición con tres ejercicios. 6.2. Fase de concurso. 6.2.1. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 15 puntos, siendo objeto de valoración los siguientes méritos: 6.2.1 a) Servicios prestados. Se valorarán los servicios prestados en cualquier Administración Pública, como funcionario o funcionario interino, personal laboral fijo o contratado, como bombero-conductor, a 0,0625 puntos por mes, hasta un máximo de 7,500 puntos. 6.2.1 b) Cursos de formación. Sólo se valorarán las acciones formativas, como alumno, directamente relacionadas con el puesto de trabajo de bomberoconductor, ya sean presenciales o no presenciales: a distancia y “on line”, tales como cursos, jornadas, seminarios, etc., impartidas tanto en el marco de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas como por la Administración o por centros concertados, en los que se haya expedido diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento, atendiendo al número total de horas de formación, y multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,0225 puntos. Las acciones formativas de las que el concursante no acredite su duración serán computadas a efectos de suma como de 1 hora de duración. No se valorarán los cursos de doctorado ni aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica. La puntuación de este apartado se calcula en un número entero y tres decimales redondeando la centésima al alza y a partir de que la milésima sea igual o superior a cinco. La valoración máxima de este apartado no podrá exceder de 7,500 puntos. 6.2.2. Desarrollo del concurso: a) Los aspirantes que aleguen poseer méritos en la fase de concurso deberán cumplimentar y presentar obligatoriamente el modelo normalizado de autobaremación junto con la presentación de la instancia. La cumplimentación del citado modelo de autobaremación se realizará conforme se indica en el siguiente apartado b), sin que puedan tenerse en cuenta méritos que no figuren expresa y correctamente indicados en el citado modelo. La valoración definitiva se efectuará en todo caso condicionada a su acreditación o justificación documental (original o copia compulsada), que se aportará una vez finalizada la fase de oposición y exclusivamente por parte de aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición. A tal fin y en el documento de calificaciones del ejercicio se comunicara a los aspirantes que a partir de la publicación de aquel dispondrán de diez días naturales para la aportación de los certificados y justificantes oportunos. A la vista de los certificados y justificantes aportados, el tribunal procederá a comprobar y revisar los méritos y la autobaremación efectuada por los aspirantes. Los méritos que no resulten suficientemente justificados no serán valorados; además, si en su caso se probase la falsedad de lo alegado o justificado, quienes en ella incurrieren serán excluidos del proceso selectivo. 3 b) Cumplimentación del modelo de autobaremación: El mérito referente al tiempo de servicios prestados en la Administración Pública deberá ser cumplimentado en el modelo de autobaremación de tal forma que se indique el intervalo de fechas en que se ha prestado servicio, así como el total de tiempo trabajado. Su justificación por los aspirantes que superen la fase de oposición deberá realizarse inexcusablemente mediante la aportación de certificados de servicios prestados en las distintas Administraciones. El mérito referente a la formación deberá ser cumplimentado en el modelo de autobaremación de tal forma que se indique la denominación del curso referido, la entidad formativa emisora del certificado y el número de horas del curso. Su justificación por los aspirantes que superen la fase de oposición deberá realizarse inexcusablemente mediante la aportación de certificado original emitido por la entidad formativa o copia compulsada/cotejada. c) Todos los méritos alegados deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, no pudiendo el tribunal valorar méritos obtenidos o alegados con posterioridad a la fecha citada. d) A la vista de la autobaremación efectuada por cada aspirante en el modelo normalizado, el tribunal calificador ordenará publicar en el tablón de anuncios del Palacio Provincial relación de aspirantes admitidos con la puntuación total provisional indicada por cada uno de ellos. e) Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial relación de aquellos aspirantes que hayan superado los tres ejercicios de la fase de oposición, concediendo un plazo de diez días naturales para que dichos aspirantes presenten documentación (original o fotocopia compulsada) de los méritos alegados en la autobaremación, procediendo el tribunal calificador a la comprobación y revisión de los justificantes aportados. f) Una vez comprobada y revisada la autobaremación realizada por cada aspirante, se procederá a publicar en el tablón de anuncios relación de aspirantes con la puntuación otorgada en la fase de concurso, concediendo un plazo de diez naturales con el fin de alegar o justificar lo que se estime conveniente por parte de los aspirantes que figuren en dicha relación. Las alegaciones formuladas serán resueltas por el tribunal calificador y la relación de aspirantes con el orden de puntuación definitivo vendrá determinada por la suma de la calificación atribuida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso, haciéndose pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. g) Lo recogido en este apartado de la base 6.2.2, relativo al desarrollo del concurso (procedimiento, plazos, requisitos, etc.), resultará también de aplicación a los aspirantes propuestos por el tribunal calificador para integrar la lista de espera resultante del presente proceso selectivo. 6.3. La fase de oposición constará de tres ejercicios: 6.3.1. Primer ejercicio (pruebas físicas): a) Ejercicio combinado: El lugar en el que se realizará este ejercicio combinado será en el Parque del SPEI de La Almunia de Doña Godina, y por lo que se refiere al circuito en que se efectuarán las distintas pruebas que componen este ejercicio, la descripción del mismo es la siguiente: Trepa de cuerda fija de 6 metros y descenso, subida y descenso por escalera marina, paso de tablón de una largura de 10 metros y una anchura de 20 centímetros, bajada por escalera de patín. Posteriormente se procederá a la subida de tres plantas y descenso por escalera de percha; el lugar de realización de esta prueba se encuentra a 17,50 metros de distancia del gimnasio y la altura total a que equivalen los tres pisos es de 10,59 metros, colocándose a un metro de suelo la marca roja por encima de la cual no se podrá saltar de la escalera de percha. El tiempo máximo de realización del ejercicio combinado será de 1 minuto y 57 segundos para los hombres y 2 minutos y 17 segundos para las mujeres. Antes de la realización del ejercicio, se procederá por el tribunal calificador a aclarar las dudas que los opositores puedan plantear sobre el desarrollo del ejercicio. Por lo que respecta a las peculiaridades del desarrollo del ejercicio, se señala lo siguiente: • La posición de salida será de “pie con salto”. • Las reglas de calificación serán las siguientes: —Trepa y descenso por cuerda fija, será libre. —Subida y descenso por escalera marina, será libre. —Paso tablón sin apoyos de manos. —Las penalizaciones serán las siguientes: -No tocar la campana. -Saltar de la cuerda y la escalera marina antes de llegar a la marca roja, que se encuentra a una altura de un metro del suelo. -No poner los pies en todos los escalones de la escalera marina. -Apoyar las manos en el paso del tablón. La penalización será en valor tiempo, descontando un segundo por cada penalización realizada. b) Nadar, en un tiempo máximo de cincuenta segundos para los hombres y un minuto para las mujeres, una distancia de 50 metros estilo libre y salida por medio de un salto. 6.3.2. Segundo ejercicio (prueba de conducción): La prueba de conducción se realizará en el Parque del SPEI de La Almunia de Doña Godina, con un camión autobomba pesada todo terreno, en circuito cerrado de superficie agreste, que incluirá pendientes y badenes. 4 14 noviembre 2009 Previamente a su realización, el tribunal informará a los opositores sobre la composición definitiva del circuito y el tiempo máximo de realización. Las calificaciones se basarán en lo siguiente: • Puesta en marcha. • Aplicación de las velocidades adecuadas durante el recorrido, en cada momento. • Parada y puesta en marcha en pendiente. • Respeto a los testigos colocados en el circuito. • Conducción general. • Tiempo. La penalización será en valor tiempo, descontando un segundo por cada penalización realizada 6.3.3. Tercer ejercicio (teórico): Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos referidos a los contenidos en el temario que figura en el anexo II, a través de un cuestionario que adoptará la forma de test, con cien preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, con penalización, aplicando la siguiente fórmula de corrección: E R = A – Número de respuestas – 1 R = Resultado final. A = Número de aciertos. E = Número de errores. Duración máxima del ejercicio: Una hora. De las cien preguntas, habrá preceptivamente quince preguntas referentes a la parte primera del anexo II (administrativo), treinta preguntas referentes a la parte segunda del anexo II (la provincia y el Servicio Provincial de Extinción de Incendios) y las cincuenta y cinco preguntas restantes tendrán relación con las materias incluidas en la parte tercera del anexo II (el fuego). El cuestionario de preguntas que se proponga a los aspirantes contendrá además otras ocho preguntas tipo test de reserva (dos de la parte primera, tres de la parte segunda y cinco de la parte tercera), las cuales sustituirán por su orden y anexo a aquellas preguntas que en su caso, acuerde el tribunal anular una vez iniciada la ejecución del ejercicio por los aspirantes. Excepcionalmente, además los aspirantes que no posean la nacionalidad española, deberán realizar una prueba eliminatoria de conocimiento y comprensión del idioma español, que se calificará como apto o no apto. Base 7. — Desarrollo del proceso, calificación final, propuesta de nombramiento y presentación de documentos. 7.1. La fecha de realización del primer ejercicio de la oposición se hará pública en el BOPZ y en el tablón de anuncios provincial, y las fechas de los siguientes ejercicios en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. El orden de actuación de los opositores admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos, que se iniciará por la letra W, según la Resolución de 27 de enero de 2009 de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE número 31, de 5 de febrero de 2009). En cualquier momento podrá requerir el tribunal a los opositores para que acrediten su personalidad. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por el tribunal. Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidencia de la Diputación Provincial, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a la oposición. Los anuncios relativos al desarrollo de los ejercicios se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. 7.2. La calificación final y total del primer ejercicio será de 10 puntos, que será el resultado de sumar las calificaciones que se obtengan en cada una de las dos pruebas puntuables, calificándose para este computo la prueba combinada sobre 7 puntos y la prueba de natación sobre 3 puntos. Las pruebas físicas se calificarán de acuerdo con el siguiente baremo: Ejercicio combinado. Hombres: Será calificado como “eliminado” el aspirante que realice el ejercicio en un tiempo superior a 1:57. —3,50 puntos: tiempo comprendido entre 1:55 y 1:57. —3,85 puntos: tiempo comprendido entre 1:53 y 1:54,59. —4,20 puntos: tiempo comprendido entre 1:51 y 1:52,59. —4,55 puntos: tiempo comprendido entre 1:49 y 1:50,59. —4,90 puntos: tiempo comprendido entre 1:47 y 1:48,59. —5,60 puntos: tiempo comprendido entre 1:42 y 1:46,59. —6,30 puntos: tiempo comprendido entre 1:37 y 1:41,59. —7,00 puntos: tiempo de menos de 1:37. Mujeres: Será calificada como “eliminada” la aspirante que realice el ejercicio en un tiempo superior a 2:17. —3,50 puntos: tiempo comprendido entre 2:15 y 2:17. —3,85 puntos: tiempo comprendido entre 2:13 y 2:14,59. —4,20 puntos: tiempo comprendido entre 2:11 y 2:12,59. BOP Zaragoza.—Núm. 262 —4,55 puntos: tiempo comprendido entre 2:09 y 2:10,59. —4,90 puntos: tiempo comprendido entre 2:07 y 2:08,59. —5,60 puntos: tiempo comprendido entre 2:02 y 2:06,59. —6,30 puntos: tiempo comprendido entre 1:97 y 2:01,5. —7,00 puntos: tiempo de menos de 1:97. Prueba de natación. Hombres: Será calificado como “eliminado” el aspirante que realice el ejercicio en un tiempo superior a 50”. —1,50 puntos: tiempo comprendido entre 48” y 50”. —1,65 puntos: tiempo comprendido entre 46” y 47”,59. —1,80 puntos: tiempo comprendido entre 44” y 45”,59. —1,95 puntos: tiempo comprendido entre 42” y 43”,59. —2,10 puntos: tiempo comprendido entre 40” y 41”,59. —2,40 puntos: tiempo comprendido entre 35” y 39”,59. —2,70 puntos: tiempo comprendido entre 30” y 34”,59. —3,00 puntos: tiempo de menos de 30”. Mujeres: Será calificada como “eliminada” la aspirante que realice el ejercicio en un tiempo superior a 1 minuto. —1,50 puntos: tiempo comprendido entre 58” y 1 minuto. —1,65 puntos: tiempo comprendido entre 56” y 58”,59. —1,80 puntos: tiempo comprendido entre 54” y 56”,59. —1,95 puntos: tiempo comprendido entre 52” y 53”,59. —2,10 puntos: tiempo comprendido entre 50” y 51”,59. —2,40 puntos: tiempo comprendido entre 45” y 49”,59. —2,70 puntos: tiempo comprendido entre 40” y 44”,5. —3,00 puntos: tiempo de menos de 40”. Los ejercicios de la fase de oposición (segundo y tercero) se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de 5 puntos. La calificación final del concurso-oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y de la calificación atribuida en la fase de oposición, lo que determinará el orden de puntuación definitivo. Si hubiese empate se dirimirá eligiendo, en primer lugar, a quien hubiese obtenido la mayor calificación en el tercer ejercicio; si esto no fuese suficiente, se considerará por este orden: la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio y en el primer ejercicio de la fase de oposición; si continúa el empate entre aspirantes, se dirimirá teniendo en cuenta la puntuación total obtenida en la fase de concurso, y si persiste el empate, se podrá, por el tribunal, establecer una prueba adicional de contenido práctico. 7.3. Finalizado el proceso selectivo, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, y donde pudiera estimar oportuno, la relación de aspirantes seleccionados, ordenados de mayor a menor calificación final, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, quedando eliminados los restantes. Cualquier propuesta de aprobación que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. La expresada relación y propuesta consiguiente de nombramiento se elevará a la Presidencia de la Diputación Provincial, a los efectos oportunos. 7.4. Período de prácticas: Los aspirantes que hayan superado el concursooposición, cuyo número no podrá exceder del número de plazas convocadas, deberán superar un período de prácticas. En el plazo de veinte días naturales a contar del siguiente a aquel en que se haga pública la propuesta, el/los aspirante/s aprobado/s presentará/n en el Servicio de Personal, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, que son los siguientes: a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad vigente o certificación en extracto de la partida de nacimiento. b) Fotocopia compulsada del título y carné de conducir exigidos en la base 2.1. de la convocatoria. c) Declaración jurada por el interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. d) Acta de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Aragón y del resto del ordenamiento jurídico. e) Informe médico pericial de pruebas físicas y psíquicas, remitido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud. Los aspirantes propuestos para ocupar plaza de bombero-conductor deberán someterse a reconocimiento médico, previa citación cursada por la Diputación Provincial de Zaragoza, para la obtención del informe médico pericial, según el cuadro de exclusiones médicas fijado en las bases de la convocatoria. Con objeto de acreditar que el aspirante propuesto no padece enfermedad ni limitación física o psíquica que le dificulte la realización de sus funciones y tareas, la Jefatura del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud determinará las pruebas médicas complementarias que, en su caso, se deban incluir en el protocolo médico de ingreso, la composición de las pruebas psicotécnicas a efectuar por empresa especializada y los criterios de la entrevista pericial, en la que intervendrán los profesionales que al efecto se consideren necesarios. A la vista de los resultados de las pruebas físicas y psíquicas, la Jefatura del Servicio de Prevención de Riegos Laborales y Salud emitirá el informe médi- BOP Zaragoza.—Núm. 262 14 noviembre 2009 co pericial en el que se establecerá el criterio de “apto” o “no apto” del aspirante propuesto. Dicho informe será remitido al Servicio de Personal desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud. Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentará/n la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece/n de alguno de los requisitos exigidos en la base 2.1, no podrá/n ser nombrado/s bombero-conductor/es en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Durante el periodo de prácticas, los aspirantes propuestos ostentarán la condición de bomberos-conductores en prácticas, con los derechos económicos que les correspondan. Durante la realización del período de prácticas, que tendrá una duración máxima de cien horas, los aspirantes propuestos, ya bomberos-conductores en prácticas, estarán obligados a cumplir el régimen horario y los cursos internos o externos que se determine, bajo la supervisión del jefe del SPEI, de cara a posibilitar la adquisición de los conocimientos necesarios para lograr una rápida adaptación al puesto al que optan. Finalizado el periodo en prácticas, el tribunal procederá a realizar a los aspirantes una prueba teórico-práctica basada en la pericia adquirida en el referido periodo de prácticas y en el curso de formación y que será puntuada de 0 a 10 puntos, debiendo obtener un mínimo de 5 puntos para superar esta fase formativa y no ser eliminados. Los aspirantes que no superasen el curso perderán el derecho a su nombramiento como bomberos-conductores del SPEI, quedando excluidos y decayendo en sus derechos, mediante resolución motivada de la Presidencia de la Corporación. Base 8. — Relación de seleccionados y presentación de documentos. Con la puntuación individualizada resultante de la prueba correspondiente al período de prácticas superior a 5 puntos y sumando a la misma las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición, se procederá a determinar la calificación definitiva de los aspirantes y su orden de prelación. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial y donde pudiera estimar oportuno la relación de seleccionados, ordenados de mayor a menor puntuación final, y la propuesta de nombramiento a favor del/los aspirante/s que haya/n obtenido la calificación más alta. Cualquier propuesta de nombramiento que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho. La expresada relación y consiguiente propuesta de nombramiento se elevará a la Presidencia de la Diputación Provincial, a los efectos oportunos. Base 9. — Nombramiento y toma de posesión. Concluido el proceso selectivo, la Presidencia de la Diputación Provincial otorgará el nombramiento correspondiente a favor del/los aspirante/s propuesto/s que deberá/n tomar posesión dentro del plazo de treinta días, a contar del siguiente a la recepción de la notificación del nombramiento. Si, sin causa justificada, no tomará/n posesión dentro de dicho plazo, se entenderá que renuncia/n a la plaza y al nombramiento efectuado. Base 10. — Lista de espera para nombramiento de interinos. 10.1. Concluido el proceso selectivo, el tribunal calificador procederá a confeccionar la lista de espera de nombramiento de interinos para la plaza que es objeto de la presente convocatoria, que se generará para su llamamiento, tanto para cubrir las vacantes que pudieran producirse y cuya cobertura interina se considerase necesaria como para la sustitución en casos de baja por enfermedad, disfrute de licencias o situaciones de dispensa de asistencia, con derecho a la reserva de plaza, mientras persistan tales circunstancias, con todos aquellos aspirantes que, no habiendo obtenido plaza, hayan superado las pruebas físicas y la prueba de conducción de la oposición. El orden de los aspirantes en la lista de espera se establecerá según el número de ejercicios superados y entre aquellos opositores que hubieran superado igual número de ejercicios se tendrá en cuenta la puntuación global obtenida en el conjunto de los mismos. A la misma se añadirá, para establecer el orden definitivo, la puntuación obtenida en la valoración de los méritos incluidos en la fase de concurso. En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes será criterio para dirimir el desempate el establecido en la base 7.2. Dicha lista de espera será aprobada por Decreto de la Presidencia de la Corporación y se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial y en el BOPZ. 10.2. Para poder ser nombrado bombero-conductor interino, el personal de la lista de espera deberá superar, por una sola vez, un curso de formación, con una duración máxima de cien horas, en el centro de formación del SPEI. Aquellos aspirantes que habiendo realizado con anterioridad el curso de formación para personal de nuevo ingreso impartido por Diputación Provincial de Zaragoza en años anteriores y lo justifique con el correspondiente certificado de aprovechamiento, estarán exentos, en su caso, de la realización del referido curso. Aquellos aspirantes que fueran calificados por el tribunal calificador con nota inferior a 5 puntos en la evaluación del curso de formación serán automáticamente eliminados de la lista de espera, sin que les corresponda derecho alguno. La realización de este curso no dará lugar al percibo de indemnización salarial alguna durante su desarrollo. 5 10.3. De acuerdo con todo lo expuesto, la lista de espera estará integrada por todos aquellos aspirantes que, no habiendo obtenido plaza en el proceso de selección, hayan superado como mínimo los ejercicios primero y segundo (pruebas físicas y prueba de conducción) de la fase de oposición, así como el curso de formación fijado en el punto 10.2. Los aspirantes que no deseen ser incluidos en la misma deberán comunicarlo por escrito al Servicio de Personal de la Diputación Provincial de Zaragoza. Base 11. — Normas finales. Las presentes bases vinculan a la Administración, al tribunal y a quienes participen en la oposición, y tanto la presente convocatoria con sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Lo que se hace público para general conocimiento. Zaragoza, 10 de noviembre de 2009. — El presidente, Javier Lambán Montañés. ANEXO I Para ser admitido a la realización del primer ejercicio, los aspirantes deberán presentar en el plazo indicado en la base 2.1 g) certificado médico en los siguientes términos: • Impreso: Se admitirán los siguientes impresos: 1) Certificado médico oficial extendido por facultativo colegiado, en el impreso editado por el Consejo General del Colegio Oficial de Médicos de España, o 2) Certificado expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado (en caso de que éste no esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad Social se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo o Organismo correspondiente de las Comunidades Autónomas), en impreso oficial del Salud o equivalente autonómico. • Texto: Deberá constar expresamente: 1) Que no padece enfermedad infectocontagiosa alguna. 2) Que está vacunado contra el tétanos. 3) Que no presenta defecto físico o psíquico que le impida la realización de las pruebas recogidas en la base 6.3.1 de la convocatoria aprobada por la Diputación Provincial de Zaragoza para la provisión por oposición libre de cuarenta y dos plazas de bombero-conductor, publicada en el BOPZ número 262, de 14 de noviembre de 2009. • Validación: Para su admisión, en los certificados deberá figurar: 1) Sello profesional del facultativo. 2) Firma legible del facultativo. 3) Fecha de expedición del certificado. ANEXO II Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas se desarrollarán conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios. Parte primera: Administrativo Tema 1. — La Constitución española de 1978. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 2. — La provincia en el régimen local. Organización y competencias de la provincia. Tema 3. — La Diputación Provincial. El Pleno. Régimen de sesiones. El Presidente. La Junta de Gobierno. Tema 4. — La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. La función pública local y su organización. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Derecho de sindicación. Seguridad Social. Parte segunda: La provincia y el Servicio Provincial de Extinción de Incendios Tema 1. — Servicio Provincial de Extinción de Incendios y Salvamento de la Diputación de Zaragoza. Definición, ámbito de actuación, funciones, organización y estructura: organización territorial. Tema 2. — Conocimiento de la provincia: Carreteras nacionales, autonómicas y provinciales. Ríos, montes, pantanos, pueblos, parajes. Polígonos industriales, ubicación, posibles recorridos y planes de emergencia de empresas de interés. Tema 3. — Tipos de vehículos y material auxiliar del SPEI. Usos específicos y numeración de los mismos. Tema 4. — Calendario laboral. Normas de funcionamiento, Decreto 1.031. Protocolos de actuación. Tema 5. — Ubicación y tipos de Parques del SPEI, sus elementos operativos básicos y personal. Edificios e instalaciones. Tema 6. — La red de comunicaciones del SPEI. Red provincial y local. Buscapersonas. Repetidores. Sistema de codificación, interconexión con otras 6 14 noviembre 2009 redes institucionales y privadas de acuerdo con los Planes de Emergencia de Protección Civil de la Provincia de Zaragoza. Parte tercera: El fuego Tema 1. — Concepto de combustión. Energía de activación. Clasificación. El fuego: Triángulo y tetraedro del fuego. Clasificación, tipos de propagación, velocidad de propagación, comportamiento y efectos. Combustibles: Rango de inflamabilidad, temperaturas de ignición, inflamación y auto inflamación. Comburentes. Incendios, clasificación: Incendio urbano, industrial y forestal. Tema 2. — Métodos de extinción: Normas básicas de actuación. Agentes extintores: Tipos, características, propiedades extintoras, uso y aplicaciones. Tema 3. — Hidráulica: Hidrostática e hidrodinámica, principios generales y unidades de presión. Comportamiento de los fluidos en una instalación. Bombas: Centrífugas, turbobombas y electrobombas. Tema 4. — Mecánica. Identificación de los materiales más comunes: Características tecnológicas. Elementos básicos de las máquinas: Poleas, palancas. Roscas: Características y principios básicos de funcionamiento. El motor Diesel: Funcionamiento y componentes principales del motor. Tema 5. — Construcción. Materiales de construcción: Tipos y aplicaciones. Apuntalamiento de elementos estructurales: Conceptos y aplicaciones básicas. Tema 6. — Electricidad. Magnitudes eléctricas. Instalaciones eléctricas de los edificios. Cuadro de mando y maniobra. Líneas de distribución de baja tensión. ITC-BT-28. Instalaciones en locales de pública concurrencia. Líneas de distribución de alta tensión: Conceptos básicos. Tema 7. — Prevención de incendios: Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios RIPCI (vigente). Aspectos relacionados con las características principales de las instalaciones de protección contra incendios en los edificios: Extintores, BIE, hidrantes, columnas secas, detectores automáticos de incendios, rociadores y extractores de humos. Tema 8. — Prevención y extinción de incendios. El concepto de la compartimentación en sectores de incendio. La ignifugación: Conceptos y aplicaciones básicas. El comportamiento al fuego de los elementos estructurales: diferencia entre reacción al fuego y resistencia al fuego. Tema 9. — Materiales de extinción. Mangueras: Clasificación;, características, mantenimiento. Piezas de unión: Tipos. Lanzas: Tipos, utilización y accesorios. Tema 10. — Material de desencarcelación. Cizalla, pinza separadora, gatos elevadores-separadores, compresor. Tema 11. — Material de salvamento: Escalera de mano, percha, de libro, extensibles, descensotes, equipos de oxicorte, tractel y cabestrante, referidos al SPEI. Tema 12. — Vehículos de extinción. Tipos y características básicas. Tema 13. — Equipos de protección individual. Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Tema 14. — Protección respiratoria. Atmósferas nocivas y tóxicas. Aparatos de protección respiratoria: Precisión positiva y a demanda. Unos de equipos de mantenimiento. Tema 15. — Salvamento y socorrismo. Examen de un accidente. Clasificación de la gravedad. Posiciones de espera y traslado. La reanimación cardiorrespiratoria. Quemaduras, fracturas y hemorragias. Tema 16. — Materias peligrosas: ADR vigente (Acuerdo Europeo relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por carretera). Clases. Comportamientos y normas de actuación. Señalización en el transporte de materias peligrosas. Etiquetas de peligro: descripción. Tema 17. — Conducción. Reglamento General de conductores: Seguridad en la conducción. Reglamento General de Circulación: Vehículos de urgencia. El Código Penal en materia de seguridad vial. Referencias. Tema 18. — Prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en las actividades generales de la Administración Local. Prevención de riesgos laborales en las actividades de protección civil. Tema 19. — Sistemas de radiocomunicación: Simples, semidúplex y dúplex. Elementos de una red de comunicación móvil. Tipos de aparatos más usuales y sus funciones. ANEXO III Cuadro de exclusiones médicas Los aspirantes han de estar exentos de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base los criterios que se indican a continuación: I. OFTALMOLOGÍA. No padecer: A. Disminución de la agudeza visual inferiores al 1/2 en el ojo mejor y 1/3 en el ojo peor, medida sin corrección. B. Retinopatía (se admite la coriorretinitis central serosa). C. Retinosis pigmentaria. D. Hemeralopia. E. Hemianopsia. F. Diplopía. BOP Zaragoza.—Núm. 262 G. Discromatopsias importantes. H. Glaucoma. I. Afaquias, pseudoafaquias. J. Subluxación del cristalino. K. Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida. L. Queratitis crónica. M. Alteraciones oculomotoras importantes. N. Dacriocistitis crónica. O. Párpados: cualquier patología o defecto que impida la protección de ojo a la intemperie. P. Tumores oculares. Q. Amputación importante del campo visual en ambos ojos. II. OTORRINOLARINGOLOGÍA. No padecer: A. No se admitirá audífono. B. La agudeza auditiva conversacional será medida según normas PGB (perdida global binaural) y no se admitirá ningún grado de hipoacusa. C. Trauma acústico a sordera profesional: No se admitirán pérdidas mayores a 22 decibelios en la frecuencia 4.000 hertzios, una vez descontada la pérdida normal para la edad según normas ELI (Early Loss Index). D. Vértigo. E. Dificultades importantes de la fonación. F. Perforación timpánica. III. APARATO LOCOMOTOR. No padecer: A. Enfermedades y limitaciones de movimientos: no se admitirán grados de movilidad inferiores a : 1. Extremidades superiores: 1.1. Hombro. 1.1.1. Elevación progresiva en anterversión hasta 180 grados. 1.1.2. Abducción hasta 120 grados. 1.1.3. Dinamometría escapular menor de 25 kilos. 1.2. Codo. 1.2.1. Flexión hasta 140 grados. 1.2.2. Extensión hasta 0 grados. 1.2.3. Supinopronación: de 0 a 180 grados. 1.3. Muñeca. 1.3.1. Flesoextensión hasta 120 grados. 1.4. Mano y dedos. 1.4.1. Dinamometría: no inferior a 30 kilos en cualquiera de las manos. 1.4.2. Falta o pérdida parcial de cualquier falange de cualquier dedo. 1.4.3. Falta de una mano o de cualquier parte de la misma. 2. Extremidades inferiores: 2.1. Cadera. 2.1.1. Flexión hasta 120 grados. 2.1.2. Extensión hasta 10 grados (más allá de 0 grados). 2.1.3. Tener una extremidad inferior más corta que la otra (mayor de 1 centímetro). 2.2. Rodilla. 2.2.1. Extensión completa. 2.2.2. Flexión hasta 130 grados. 2.2.3. Lesiones articulares o ligamentosas no reparables. 2.3. Tobillo. 2.3.1. Flesoextensión dorsoplantar hasta 45 grados. 2.4. Pie. 2.4.1. Pie zambo. 2.4.2. Pie plano. 2.4.3. Pie plano espástico. 2.4.4. Pie cavus. 2.5. Dedos. 2.5.1. Limitación de movimientos que dificulten andar, correr o saltar. 2.5.2. Falta de cualquier falange de cualquier dedo. 2.5.3. Dedos en garra que impidan llevar botas de trabajo. 2.5.4. Hallux valgus. 2.5.5. Dedo en martillo. 2.6. Columna vertebral. 2.6.1. Escoliosis mayor de 7 grados. 2.6.2. Actitud escoliótica mayor de 7 grados. 2.6.3. Costilla accesoria que produzca “robo de subclavia”. 2.6.4. Hernia discal. 2.7. Enfermedades varias: 2.7.1. Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función. 2.7.2. Osteomielitis. 2.7.3. Osteoporosis. 2.7.4. Condromalacia. 2.7.5. Artritis. 2.7.6. Luxación recidivante. 2.7.7. Parálisis muscular. 2.7.8. Miotonía congénita. 2.7.9. Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones de bombero-conductor. BOP Zaragoza.—Núm. 262 14 noviembre 2009 IV.APARATO DIGESTIVO: No padecer: A. Cirrosis. B. Hepatopatías crónicas. C. Pancreatitis crónica. D. Ulcera sangrante recidivante. E. Cualquier patología del aparto digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo. F. Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante. V. APARATO RESPIRATORIO. No padecer: A. Disminución del VEMS por debajo del 80%. B. EPOC. C. Asma bronquial. D. Atelectasia. E. Enfisema. F. Neumotórax recidivante. G. Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas y en las tareas específicas de bombero-conductor. VI.APARATO CARDIOVASCULAR. No padecer: A. Hipertensión arterial mayor de 155/95 mmHg. B. Insuficiencia cardíaca. C. Infarto de miocardio (ni haberlo sufrido anteriormente). D. Cononariopatías. E. Arritmias importantes. F. Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto. G. Flutter. H. Fibrilación. I. Síndromes de preexcitación. J. Bloqueo auriculo-ventricular de segundo o tercer grado. K. Estrasístoles patológicos. L. Valvilopatías. M. No se admitirán prótesis valvulares. N. Aneurismas cardíacos o de grandes vasos. O. Insuficiencia arterial periférica. P. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de estasis o alteraciones tróficas varicosas importantes. Q. Secuelas postromboembólicas. R. Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de los trabajos de bombero.conductor. VII. SISTEMA NERVIOSO CENTRAL. No padecer: A. Parkinson, corea o balismo. B. Epilepsia. C. Esclerosis múltiple. D. Ataxia. E. Arterioesclerosis cerebral sintomática. F. Vértigo de origen central. G. Alteraciones psiquiátricas de base. H. Cualquier grado de hiposmia. VIII. PIEL Y FANERAS. No padecer: A. Cicatrices que produzcan limitación funcional importante y aquello procesos patológicos que, a juicio del tribunal, limiten o se agraven con el desempeño de la función de bombero-conductor. 7 ANEXO IV MODELO NORMALIZADO DE MANIFESTACION Y AUTO-BAREMACIÓN DE MÉRITOS EN FASE DE CONCURSO. MODELO NORMALIZADO DE MANIFESTACIÓN Y AUTO-BAREMACIÓN DE MÉRITOS EN FASE DE CONCURSO. ADJUNTO A LA INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN AL PROCESO PARA BOMBERO-CONDUCTOR. OFERTA EMPLEO PUBLICO 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 Y 2009. DATOS PERSONALES Apellidos ________________________________________________________ Nombre_________________________________ DNI. ___________________ EXPONE: Que de conformidad con lo establecido en la base tercera de la convocatoria se aporta, junto a la instancia, manifestación de méritos para la fase de concurso del proceso selectivo para la provisión de 43 plazas de bombero-conductor del SPEI, procediendo con lo señalado en la base 6.2 a la auto-baremación de los méritos. DECLARA: Que son ciertos los datos consignados en este escrito MÉRITOS ALEGADOS 1.- TIEMPO DE SERVICIOS PRESTADOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, FUNCIONARIO INTERINO, PERSONAL LABORAL FIJO O TEMPORAL, EN LA PLAZA DE BOMBERO-CONDUCTOR. INTERVALO DE TIEMPO TRABAJADO TOTAL (Años, meses y días) COMPROBACIÓN (a cumplimentar por la Diputación de Zaragoza) De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ De ___-___-_____ a ___-___-_____ AUTO-BAREMACIÓN ____ AÑOS x 0,50 = ___________________ (* MÁXIMO A CONSIGNAR 5 PUNTOS) Bomberos-Conductores SPEI OEP 2004/2005/2006/2007/2008/2009 pág. 19 de 20 2.- FORMACIÓN: ACCIONES FORMATIVAS DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LA PLAZA DE BOMBERO-CONDUCTOR DEL S.P.E.I. • No serán objeto de valoración los cursos de Doctorado, ni aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica. • Si no se acreditan las horas de la acción formativa se computará como 1 hora. • Los Diplomas y Certificados de asistencia deberán haber sido expedidos exclusivamente por las entidades señaladas en la base sexta de la convocatoria. DENOMINACIÓN DEL CURSO ENTIDAD COLABORADO RA Nº HORAS COMPROBACIÓN (A cumplimentar por la Diputación de Zaragoza) IX. OTROS PROCESOS PATOLÓGICOS QUE IMPIDAN EL NORMAL DESARROLLO DE No padecer: A. Diabetes tipo I o II. B. Diabetes insípida. C. Enfermedad de Cushing. D. Enfermedad de Addison. E. Insuficiencia renal crónica. F. Falta de un riñón. G. Enfermedades renales evolutivas. H. Hemopatías crónicas graves. I. Pruebas analíticas compatibles con patología de base. J. Tumores malignos invalidantes. K. Tuberculosis. L. Hernia inguinal. M. Análisis de orina: albuminuria y/o cilindruria importantes. LAS FUNCIONES DE BOMBERO-CONDUCTOR. X. NO ALCOHOLISMO, NO DROGODEPENDENCIA NI ENFERMEDAD O TRASTORNO MENTAL. A. En cualquiera de sus manifestaciones físicas o psíquicas. B. Obtenerse resultado positivo en cualquiera de los análisis biológicos efectuados. XI. CUALQUIER OTRO ESTADO DE SALUD O PROCESO PATOLÓGICO QUE A JUICIO SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SALUD DIFICULTE O IMPIDA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE BOMBERO-CONDUCTOR. DEL AUTO-BAREMACIÓN____HORAS DE FORMACIÓN x 0,020 = ___________________ (* MÁXIMO A CONSIGNAR 5 PUNTOS) TOTAL AUTO-BAREMACIÓN (Suma 1+2) = (MÁXIMO A CONSIGNAR 10 PUNTOS) _____ Zaragoza, a ____ de _________ de 200__ FIRMA: puntos ERROR: undefined OFFENDING COMMAND: get STACK: /quit -dictionary-mark- Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 oficio en situación de baja en el Padrón Municipal de este municipio, sin haber conseguido su localización, se anuncia el procedimiento a que hace referencia el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, en consonancia con la resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, a los efectos contemplados en dichos preceptos legales. Nombre y apellidos: Miguel Ángel Izquierdo Atero. Pasaporte./NIE: 28.477.330-H. Nacionalidad: Española. A tales efectos, los interesados podrán alegar durante el plazo de quince días, lo que estimen conveniente en su derecho. Lebrija a 5 de mayo de 2009.—La Alcaldesa, María José Fernández Muñoz. 11W-6562 ——— MORÓN DE LA FRONTERA Don Alfonso Enrique Angulo Pilar, Alcalde accidental de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la anterior en materia de organización y funcionamiento, recursos administrativos, retribuciones y licencias. De conformidad con las Ofertas de Empleo Público para los ejercicios 2004, 2007 y 2008, convoca pruebas selectivas para proveer en propiedad las plazas pertenecientes a la plantilla de Personal Funcionario que se indican en los correspondientes anexos, con arreglo a las siguientes: BASES GENERALES I. Convocatoria. Primera: Se aprueban las Bases Generales para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos. Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala o Clase que se indican, y están dotadas de los haberes correspondientes al Subgrupo que igualmente se especifica. De ellas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad de la propia Corporación, incluidos los que se encuentran en situación de excedencia, el número de plazas que se indican en los anexos respectivos tal como se determina en el artículo 18 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El personal funcionario deberá para ello poseer la titulación exigida para el ingreso en los últimos, así como reunir los requisitos y superar las pruebas que para cada caso se establecen. Igualmente se reserva, cuando el número de plazas vacantes lo permita, el siete por ciento de las mismas, hasta alcanzar el dos por ciento de la plantilla, para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%, de conformidad con lo preceptuado en la Base octava. Las vacantes sin cubrir de las reservadas a la promoción interna o a personas con discapacidad, podrán ser cubiertas por los aspirantes del turno libre. Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales. Segunda: La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y anexos correspondientes, y, en su defecto, se estará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas 21 básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables. La selección de los aspirantes al Cuerpo de la Policía Local, se regirán por las presentes bases y, en su caso, se estará a lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local en redacción dada por el Decreto 66/2008, de 26 de febrero y Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de Administración General de la Junta de Andalucía, así como por la normativa anteriormente mencionada con carácter general y cualquier otra disposición aplicable. II. Requisitos de los aspirantes. Tercera: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser español/a, sin perjuicio del acceso al empleo público de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea. b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional precisa para el desempeño de las correspondientes funciones. d) No haber sido separado o despedido, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente. f) Estar en posesión de los títulos exigidos para el ingreso en los subgrupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria. g) Haber abonado los derechos de examen establecidos en la convocatoria correspondiente o acreditado su exención, en su caso. h) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes. Cuarta: Los requisitos establecidos en la Base anterior, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como funcionario de carrera. III. Solicitudes. Quinta: Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en instancias dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde, que les serán facilitadas por el Servicio de Atención al Ciudadano, en Plaza del Ayuntamiento nº 1, pudiendo también obtenerse en la página web del Ayuntamiento de Morón (www.ayto-morondelafrontera.org). Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Morón, con justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen 22 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 en la cuenta 0030.4063.15.0870001271 abierta en la entidad Banesto por el importe establecido en los respectivos anexos de esta convocatoria. Estarán exentos del abono de la tasa por derechos de examen aquellos que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33% mediante certificado expedido por la administración competente. Estarán igualmente exentos del pago de la tasa por derechos de examen aquellos que acrediten su condición de demandante de empleo con una antigüedad de, al menos, seis meses antes de la publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de la presente convocatoria. El cumplimiento de esta condición se acreditará mediante certificado expedido por la administración competente. Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria correspondiente también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes presentadas a través de las oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el empleado de dicho organismo antes de ser certificadas. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. Las personas con discapacidad deberán adjuntar a la solicitud de participación en las pruebas selectivas la acreditación de tal condición así como del tipo de discapacidad que posee, conjuntamente con la declaración de las adaptaciones de tiempo, medios y de otra naturaleza que considere necesarias para la realización de dichas pruebas. Durante este plazo de presentación de instancias se adjuntará a las mismas, en las convocatorias en que figure fase de concurso en sus anexos respectivos, justificantes de los méritos por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados, aquellos que, aún alegados, fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la instancia resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes o el informe de vida laboral de la Seguridad Social, siempre y cuando se presente dicha documentación no después de 20 días de expedida y en todo caso antes del inicio de la Fase de Concurso. Los justificantes de los méritos deberán aportarse mediante documento original acreditativo de los mismos o copia debidamente compulsada, sin que se proceda a la valoración de aquellos que no se presenten en esta forma. IV. Admisión de candidatos. Sexta: Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen o acreditados los exentos, -en su caso-, el Alcalde dictará resolución con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos y el Documento Nacional de Identidad, y en su caso, causa de exclusión. La Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento así como en el Boletín Oficial de la Provincia. En cualquier momento, si se observasen defectos en la solicitud y/o documentación aportada, se podrá requerir de oficio su subsanación. Séptima: Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Octava: De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas para ingreso en Cuerpos y Escalas de funcionarios, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán Miércoles 8 de julio de 2009 establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o periodos de prácticas, se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. En la solicitud de participación, los interesados deberán formular la petición correspondiente, especificando en qué consiste concretamente la adaptación. Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del Organismo competente, su condición de discapacitado, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, debiendo aportar además dictamen técnico facultativo. V. Tribunales. Novena: Todos los miembros del Tribunal serán designados por el Sr. Alcalde-Presidente, siendo su actuación colegiada y su composición ajustada a los principios de imparcialidad y profesionalidad, tendiéndose, en lo posible, a la paridad entre mujer y hombre. La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie, siendo sus miembros personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria. El Tribunal Calificador, salvo que en el Anexo respectivo se determine otra composición, quedará formado como sigue, debiendo poseer titulación igual o superior a la exigida para las plazas convocadas: Presidente: Será preferentemente un funcionario de carrera de la Corporación perteneciente a la subescala Técnica y encuadrado en los subgrupos A1 o A2. Vocales: Cuatro funcionarios de carrera, designado uno de ellos, al menos, a propuesta de la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía. Secretario: El de la Corporación o funcionario de carrera de la misma en quien delegue, que intervendrá con voz y sin voto. A todos y cada uno de los miembros del Tribunal, se les asignará un suplente, y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con la lista de admitidos y excluidos. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la indicada Ley de Procedimiento Administrativo, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente, siendo secretos sus acuerdos y deliberaciones. Si por cualquier circunstancia no concurrieran a alguna de las sesiones el Presidente y/o el Secretario, se suplirán, en el primer caso, por el Vocal de mayor jerarquía, antigüedad o edad, por este orden, y en el segundo, por el Vocal de menor edad. Asimismo, cuando un vocal no pueda asistir a alguna sesión, deberá comunicárselo a su suplente con la suficiente antelación con el objeto de que asista a la misma. Los tribunales calificadores quedarán facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, para requerir por considerarse necesario para una mejor conclusión del procedimiento selectivo la documentación a que hace referencia el art. 2 del Real Decreto 1.778/1994 de 5 Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 de agosto, para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz pero sin voto. En caso de concurrir a las pruebas un elevado número de aspirantes, los tribunales, para un mejor desarrollo de los ejercicios, podrán constituir diferentes grupos de éstos sometiéndoles a la realización de ejercicios de similar contenido en consonancia con la titulación académica exigida en la convocatoria y programa de la misma. De igual forma, los tribunales podrán establecer pruebas adicionales a las que figuren en las convocatorias en caso de producirse empates de puntuación entre los aspirantes, así como para establecer la realización de pruebas diferentes para los aspirantes que concurran por el turno de las personas con discapacidad en función de las distintas discapacidades que estas presenten, siempre y cuando dichas pruebas permitan demostrar los conocimientos teóricoprácticos necesarios para el desempeño de los puestos convocados. El Tribunal adoptará, en lo posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Contra las resoluciones adoptadas por los Tribunales, y sin perjuicio del posible recurso de alzada o cualquier otro que pudiera interponerse de conformidad con la legislación vigente, los aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio órgano de selección dentro del plazo que éste acuerde a partir de la publicación en el tablón de anuncios de dichas resoluciones. VI. Desarrollo de los Ejercicios. Décima: La fase de oposición y, en su caso, la de concurso, será como se indica en los anexos respectivos, en los que se especificará el procedimiento de selección. La fecha, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia junto con la lista de admitidos y excluidos. En los casos de concurso-oposición, se publicará en dicho Boletín la fecha de comienzo de la fase de concurso conjuntamente con la lista de aspirantes de admitidos y excluidos, publicándose en el tablón de anuncios de la Corporación, la fecha, hora y lugar de comienzo del primer ejercicio junto con el resultado de la fase de concurso. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal, perdiendo todos sus derechos aquel aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla. En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas. Si en el transcurso del procedimiento selectivo, se tiene conocimiento o se constata que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, propondrá al órgano competente la resolución de exclusión de las pruebas selectivas de forma motivada y previa audiencia del interesado. En la lectura de los ejercicios realizados, los Tribunales Calificadores, transcurridos diez minutos de lectura, pueden decidir la retirada del opositor por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Los Tribunales Calificadores podrán permitir, en los ejercicios de carácter práctico si los hubiere, el uso de textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos los opositores así como de aquellos otros materiales que se consideren necesarios para el mejor desarrollo del ejercicio y que serán publicados con carácter previo. El contenido de los ejercicios de carácter práctico y de los ejercicios tipo test deberá ser elaborado de forma conjunta por los Tribunales Calificadores el mismo día del examen e inmediatamente antes de su realización, extrayéndolo de libros de texto de autores cualificados, legislación o cualquier otro 23 material de contenido didáctico y técnico suficiente con respecto a los programas de las convocatorias. El orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que lo requieran se iniciará de conformidad con lo establecido en la Resolución de 27 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. (B.O.E. de 5 de Febrero de 2009), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W» continuando, en caso de que no existiera ningún aspirante, por la letra «X», y así sucesivamente. En caso de que al momento de realización de las pruebas se hubiese publicado la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública correspondiente al ejercicio 2010, se tomará el orden establecido en esta última. VII. Sistema de Calificación. Undécima: Fase de Concurso. En aquellas convocatorias en que exista esta fase, el baremo será conforme se contempla en el Baremo de Méritos que figura como anexo a estas Bases Generales, salvo que por las especiales funciones de la/s plaza/s se determinara un baremo distinto en su anexo, en que será de aplicación el distinto que en ellas se especifique. La fase de concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Fase de Oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. Si un ejercicio consta de dos o más pruebas, cada una de ella se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de las mismas. El resultado final será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada prueba. Las distintas pruebas componentes de un ejercicio podrán realizarse conjunta o separadamente, según determine el Tribunal Calificador. Si en alguno de los temas o partes que contenga cada prueba, al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. De las puntuaciones que otorgaren los miembros de los tribunales calificadores se eliminarán la mayor o menor puntuación que difiera en más de dos puntos de la media de las emitidas por todos los miembros, de tal manera que la nota que obtendrá el aspirante será la media de las restantes puntuaciones concedidas por los mismos. En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminará la de mayor divergencia con la media o, en caso de igualdad de éstas, únicamente una de ellas. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación. La calificación de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de dicha fase. Calificación final: La calificación final será la puntuación obtenida en la fase de oposición cuando sólo exista ésta. En los casos de concurso-oposición, dicha calificación será la suma de la puntuación obtenida en las dos fases. La calificación final será publicada en los tablones de edictos de la Corporación. 24 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 En los supuestos de empate en la calificación final, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden: 1. Mejor puntuación en la fase de oposición. 2. Mejor puntuación en el ejercicio práctico. 3. Mejor puntuación en los apartados del concurso siguiendo el siguiente orden: experiencia, antigüedad (si se exigiere), cursos y seminarios y titulación. 4. El Tribunal queda facultado para realizar una prueba adicional de desempate, que no computará para la puntuación total. VIII. Propuesta de selección, presentación de documentos y nombramiento. Duodécima: Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación. El número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. No obstante, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección, relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionario de carrera. Del mismo modo se actuará en el supuesto de que algún aspirante fuera excluido por no presentación o falsedad en la documentación o no superara el reconocimiento médico previsto en las Bases Generales o Anexos en que así se recogiere. El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en esta base, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos, así como declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente. El cumplimiento del requisito c) de la base tercera habrá de acreditarse mediante la presentación de certificado médico oficial expedido por facultativo habilitado. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, al Sr. Alcalde a los efectos de los correspondientes nombramientos. Cumplidos los siguientes trámites, se procederá al nombramiento en favor de los aspirantes seleccionados, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que le sea notificado y quedarán sometidos al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupen les sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo. A los efectos anteriores, no podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria. Los aspirantes elegirán destino por el orden obtenido en el proceso selectivo. Aquellos que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos vacantes. Miércoles 8 de julio de 2009 Decimotercera: Los aspirantes a funcionarios, además de superar las pruebas de selección establecidas en la convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de formación que, en su caso, se determinen en los anexos a estas Bases Generales. De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten haber realizado el citado curso para dicha categoría en los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización de las pruebas selectivas. Los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contenga en el anexo de la convocatoria en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1.995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones, a lo dispuesto en el R.D. 213/2003, de 21 de febrero. Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los anexos de las convocatorias en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera. Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Decimocuarta: Contra las presentes Bases Generales, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, conforme a lo dispuesto en el art. 109. c) de la Ley 30/92 de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 46 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrán utilizarse, no obstante, otros recursos, si lo estimasen oportuno. Baremo General de méritos para la fase de concurso 1. Titulación. Por poseer titulación académica relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente: a) Grado de Doctor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,00 puntos. b) Título Universitario Superior . . . . . . . . . 0,80 puntos. c) Título Universitario de Grado Medio o Diplomado Universitario. . . . . . . . . . . . . 0,60 puntos. d) Bachiller Superior, Formación Profesional 2.º o equivalente. . . . . . . . . . . . . . . . 0,40 puntos. e) Graduado Escolar, Formación Profesional 1.º o equivalente. . . . . . . . . . . . . . . . 0,20 puntos. No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general. 2. Cursos y Seminarios. Por la participación en Cursos, Seminarios, Másters y Becas, siempre que tengan relación directa con las actividades Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 a desarrollar en la plaza solicitada, hasta un máximo de 3,5 puntos en la forma siguiente: 2.1 Cursos impartidos. Duración del curso Oficial Hasta 20 horas Desde 21 a 40 horas Desde 41 a 100 horas Desde 101 a 200 horas Desde 201 a 300 horas Desde 301 a 600 horas Más de 600 horas 2.2. Cursos recibidos. Duración del curso Hasta 20 horas Desde 21 a 40 horas Desde 41 a 100 horas Desde 101 a 200 horas Desde 201 a 300 horas Desde 301 a 600 horas Más de 600 horas 0,250 0,550 0,850 1,100 1,400 1,700 2,000 Con aprovechamiento Oficial No oficial 0,1900 0,4180 0,6458 0,8360 1,0640 1,2920 1,5200 0,0950 0,2900 0,3229 0,4180 0,5320 0,6460 0,7600 No oficial 0,125 0,275 0,425 0,550 0,700 0,850 1,000 Con asistencia Oficial No oficial 0,0950 0,2090 0,3229 0,4180 0,5320 0,6460 0,7600 0,0475 0,1045 0,1615 0,2090 0,2660 0,3230 0,3800 Cuando no determinaren el número de horas de las que constó, se valorarán como los de hasta 20 horas. 3. Experiencia. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados y hasta un máximo de 9 puntos, siempre que exista o haya existido relación laboral o de carácter funcionarial, en la forma siguiente: a) En puestos de igual categoría y cualificación en ayuntamientos de municipios con población de más de 20.000 habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,1250 puntos b) En puestos de igual categoría y cualificación en otra Admón. Local, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas con más de la mitad de capital municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,0830 puntos c) En puestos de igual categoría y cualificación en otra Administración Pública.. . 0,0625 puntos d) En otros puestos de cualquier Administración Pública, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas Públicas con más de la mitad de capital público. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,0380 puntos e) En puestos de igual categoría y cualificación en la empresa privada. . . . . . . . . 0,0420 puntos Para su cómputo, se sumarán los períodos trabajados en cada uno de los apartados indicados, computándose como un mes completo las fracciones de tiempo iguales o superiores a 15 días. No se computarán servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Los periodos de tiempo prestados a tiempo parcial se computarán proporcionalmente a su equivalencia a jornada completa. Acreditación de los méritos: La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación: Titulación: Título expedido u homologado por el Ministerio de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título. 25 Cursos y Seminarios: Certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación. Experiencia: Certificación o acreditación suficiente de la Administración donde se hayan prestado servicios en la que conste naturaleza del vínculo, denominación del puesto y, en su caso, grupo de clasificación y nivel del mismo, o bien mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, y, en el caso de empresa privada, certificación de la misma en modelo oficial o contrato de trabajo acompañado en ambos casos de informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social acreditativo del periodo de contratación, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera otros servicios que no hayan sido prestados bajo cualquier relación de carácter funcionarial o contractual laboral con entidades o empresas públicas o privadas (contratos de servicios, suministros, trabajos autónomos, etc.). ANEXOS: ANEXO I Denominación de la plaza: Arquitecto Superior. Convocatoria: Acceso libre. Sistema de selección: Concurso-Oposición. Núm. de plazas: Una. Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnico Superior. Grupo: A. Subgrupo: A1. Nivel: 28. Titulación exigida: Arquitecto Superior. Derechos de examen: 28,54 euros 1. Fase de oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Primer ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario compuesto por cien preguntas que versarán sobre el contenido de las materias generales y específicas del temario. Este cuestionario estará compuesto por preguntas con varias respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada respuesta correcta se valorará con 0.1 puntos, y cada respuesta incorrecta o que contenga varias respuestas será penalizada. No puntuarán las respuestas en blanco o no contestadas. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal Calificador, relativos a las funciones propias de la plaza a proveer y que versará sobre las materias contenidas en el temario anexo a la convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal con anterioridad al comienzo del mismo. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. 2. Fase de concurso. Se valorará conforme al siguiente baremo específico: 1. Méritos académicos. Por poseer titulación académica relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente: Grado de Doctor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,00 puntos. Titulo de Licenciatura o equivalente . . . . . . . . 0,80 puntos. Titulo de Diplomatura o equivalente . . . . . . . . 0,60 puntos. Por haber obtenido calificación final de Notable o Sobresaliente en la titulación final del título exigido para el desempeño del puesto . . 0,50 puntos. 2. Experiencia profesional. Por la realización de proyectos para la administración pública, hasta un máximo de 2 puntos en la forma siguiente: Se valorará la suma de los presupuestos de ejecución material de la totalidad de los proyectos acreditados. 26 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 Hasta 100.000 euros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,2 puntos. Entre 100.001 y 200.000 euros. . . . . . . . . . . . . 0,4 puntos. Entre 200.001 y 300.000 euros. . . . . . . . . . . . . 0,6 puntos. Entre 300.001 y 400.000 euros. . . . . . . . . . . . . 0,8 puntos. Entre 400.001 y 500.000 euros. . . . . . . . . . . . . 1,0 puntos. Entre 500.001 y 600.000 euros. . . . . . . . . . . . . 1,2 puntos. Entre 600.001 y 700.000 euros. . . . . . . . . . . . . 1,4 puntos. Entre 700.001 y 800.000 euros. . . . . . . . . . . . . 1,6 puntos. Entre 800.001 y 900.000 euros. . . . . . . . . . . . . 1,8 puntos. Más de 900.000 euros. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 puntos. 3. Cursos y seminarios. Por la participación en Cursos, Seminarios, Másters y Becas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada, hasta un máximo de 2 puntos en la forma siguiente: 3.1 Cursos impartidos Duración del curso Oficial Hasta 20 horas Desde 21 a 40 horas Desde 41 a 100 horas Desde 101 a 200 horas Desde 201 a 300 horas Desde 301 a 600 horas Más de 600 horas 3.2 Cursos recibidos: Duración del curso Hasta 20 horas Desde 21 a 40 horas Desde 41 a 100 horas Desde 101 a 200 horas Desde 201 a 300 horas Desde 301 a 600 horas Más de 600 horas No oficial 0,250 0,550 0,850 1,100 1,400 1,700 2,000 Con aprovechamiento Oficial No oficial 0,1900 0,4180 0,6458 0,8360 1,0640 1,2920 1,5200 0,0950 0,2900 0,3229 0,4180 0,5320 0,6460 0,7600 0,125 0,275 0,425 0,550 0,700 0,850 1,000 Con asistencia Oficial No oficial 0,0950 0,2090 0,3229 0,4180 0,5320 0,6460 0,7600 0,0475 0,1045 0,1615 0,2090 0,2660 0,3230 0,3800 Cuando no determinaren el número de horas de las que constó, se valorarán como los de hasta 20 horas. 4. Experiencia Laboral. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados y hasta un máximo de 9 puntos, siempre que exista o haya existido relación laboral o de carácter funcionarial, en la forma siguiente: a) En puestos de igual categoría y cualificación en ayuntamientos de municipios con población de más de 20.000 habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,1250 puntos b) En puestos de igual categoría y cualificación en otra Admón. Local, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas con más de la mitad de capital municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,0830 puntos c) En puestos de igual categoría y cualificación en otra Administración Pública. . 0,0625 puntos d) En otros puestos de cualquier Administración Pública, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas Públicas con más de la mitad de capital público. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,0380 puntos e) En puestos de igual categoría y cualificación en la empresa privada. . . . . . . . . 0,0420 puntos Para su cómputo, se sumarán los períodos trabajados en cada uno de los apartados indicados, computándose como un mes completo las fracciones de tiempo iguales o superiores a 15 días. No se computarán servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Miércoles 8 de julio de 2009 Los periodos de tiempo prestados a tiempo parcial se computarán proporcionalmente a su equivalencia a jornada completa. Acreditación de los méritos: La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación: Titulación: Título expedido u homologado por el Ministerio de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título. Experiencia Profesional: Certificación o acreditación suficiente del Colegio Oficial donde se hayan visado los proyectos correspondientes y donde conste el presupuesto de ejecución material. Cursos y Seminarios: Certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación. Experiencia Laboral: Certificación o acreditación suficiente de la Administración donde se hayan prestado servicios en la que conste naturaleza del vínculo, denominación del puesto y, en su caso, grupo de clasificación y nivel del mismo, o bien mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, y, en el caso de empresa privada, certificación de la misma en modelo oficial o contrato de trabajo acompañado en ambos casos de informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social acreditativo del periodo de contratación, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera otros servicios que no hayan sido prestados bajo cualquier relación de carácter funcionarial o contractual laboral con entidades o empresas públicas o privadas (contratos de servicios, suministros, trabajos autónomos, etc.). Programa: Grupo I: Materias Comunes. 1. La Constitución Española de 1978. Los derechos y deberes fundamentales. Nociones generales. 2. La Corona. Los poderes del Estado. Nociones generales. 3. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: La Administración del Estado, Autonómica, Local e Institucional. 4. El Derecho Administrativo y sus fuentes. La Ley y el Reglamento. 5. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 6. Régimen Local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica. 7. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias. 8. El Municipio. Competencias. 9. Organización Municipal. Órganos necesarios y órganos complementarios. 10. La potestad reglamentaria local. Reglamentos y Ordenanzas. Los Bandos. 11. El Término Municipal. Alteraciones de términos Municipales. 12. Los Bienes de las Entidades Locales. Clasificación. Administración, disfrute y aprovechamiento de los mismos. 13. Las Haciendas Locales: Clasificación de los recursos. 14. Ordenanzas Fiscales. 15. Los Presupuestos Locales. Estructura, tramitación. Régimen jurídico del Gasto Público. Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 16. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones. Las fases del procedimiento administrativo en general. 17. El acto administrativo. Concepto y clases de actos administrativos. Eficacia y validez del acto administrativo. 18. Intervención administrativa local en la actividad privada: Licencias y autorizaciones. 19. La población municipal y el padrón de habitantes. 20. La actividad urbanística y de construcción como fuente de recursos para la Hacienda Local. Grupo II: Materias específicas. 1. La Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. 2. La Ley 1/1994, de 14 de enero de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 3. Urbanismo y Registro de la Propiedad: Real Decreto 1093/1997, de 4 de Julio. 4. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía. Contenidos de la Ley. Fines específicos de la actividad urbanística. Participación ciudadana. 5. Las barreras arquitectónicas en edificios públicos. Accesibilidad a edificios, establecimientos e instalaciones de pública concurrencia. 6. Urbanismo como problema. El derecho urbanístico en España. Evolución histórica. La Ley del Suelo de 1956. La reforma de 1975. La Ley de reforma del régimen urbanístico y valoraciones del suelo 1990. El Texto Refundido de 1992. 7. El Plan como concepto central del derecho urbanístico. Clases de Planes y Normas urbanísticas. Jerarquía normativa. 8. El Plan General de Ordenación Urbanística. 9. Planes de Ordenación Intermunicipal y Planes de Sectorización. 10. Los Planes Parciales . 11. Planes Especiales. 12. Los Estudios de Detalle y los proyectos de urbanización. 13. La reparcelación. Los catálogos. Los estándares urbanísticos. Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión (LOUA). 14. Los instrumentos de planeamiento y otros instrumentos de ordenación urbanística. 15. La elaboración, aprobación y efectos, la vigencia y la innovación de los instrumentos de planeamiento. 16. Las actuaciones de interés público en terrenos con régimen de suelo no urbanizable (LOUA). 17. El régimen urbanístico del suelo. La clasificación del suelo. 18. El régimen del suelo urbano (LOUA). 19. El régimen del suelo urbanizable (LOUA). 20. El régimen del suelo no urbanizable(LOUA). 21. Protección contra incendios. La compartimentación y señalización. Normas generales y específicas. 22. La expropiación forzosa por razón de urbanismo. 23. Las disposiciones adicionales y transitorias de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. 24. El sistema de compensación. 25. Sistema de cooperación como sistema de ejecución del planeamiento (LOUA). 27 26. La expropiación como sistema de ejecución del planeamiento (LOUA). 27. La conservación de obras y construcciones. Las obras de edificación y obras en bienes inmuebles en general. Deber de conservación y rehabilitación. 28. La inspección urbanística. 29. La declaración de ruina. Medidas de fomento de la rehabilitación. 30. El derecho de superficie. Los patrimonios municipales de suelo (LOUA). 31. Las medidas de garantía y publicidad de la observancia de la ordenación urbanística (LOUA). 32. El control de la edificación y uso del suelo: Las licencias urbanísticas (LOUA). 33. La Ley de Ordenación de la edificación. Ámbito de aplicación. Exigencias técnicas y administrativas. Agentes. 34. La competencia en el procedimiento para el otorgamiento de licencias. Especial referencia a la subrogación y otorgamiento por silencio administrativo positivo. El visado urbanístico. Las licencias urbanísticas y otras autorizaciones administrativas concurrentes. 35. La protección de la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden jurídico perturbado. 36. Los deberes de conservación a cargo de los propietarios. Ordenes de ejecución. 37. Las infracciones urbanísticas y sanciones (LOUA). 38. El proyecto arquitectónico. Tipos de proyectos y sus contenidos. 39. Reconocimiento y diagnóstico de la rehabilitación. Metodología y criterios de intervención. 40. Cimentaciones. Ensayos geotécnicos. Tipos de cimentaciones. Medidas de seguridad y salud en el trabajo. 41. Fachadas. Análisis de las patologías. Causas y manifestaciones. Limpieza y restauración. Técnicas generales de reparación de fachadas. Técnicas de protección. 42. Cubiertas. Patologías. Condiciones de habitabilidad. 43. La salud y la seguridad en el trabajo de la construcción. Normativa de aplicación. Disposiciones mínimas generales de seguridad y salud relativas a los lugares de trabajo en las obras. Primeros auxilios. Servicios higiénicos. 44. El estudio y el plan de seguridad y salud en el trabajo. Normativa y ámbito de aplicación. Alcance y contenido documental. Atribuciones y responsabilidades. Tramitación, control y seguimiento. 45. La Ley de ordenación de la edificación. Responsabilidades y garantías. Disposiciones adicionales, transitoria y finales. 46. La norma EHE. La durabilidad de los hormigones y armaduras. Componentes materiales del hormigón. Dosificación, fabricación y transporte del hormigón. Hormigón fabricado en central y hormigón no fabricado en central. La puesta en obra del hormigón. Hormigonado en tiempo frío y caluroso. Curado del hormigón. 47. El contrato de obras. Actuaciones preparatorias. Anteproyectos y proyectos de obras. Documentación y supervisión. Ejecución del contrato de obras. Del cumplimiento del contrato de obras. De la resolución del contrato de obras. 48. Garantías según las clases de contratos. Constitución y efectos. Pliego de cláusulas administrativas y Prescripciones Técnicas. 28 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 49. La ejecución de los instrumentos de Planeamiento: La ejecución y la inspección. La organización y el orden del desarrollo de la ejecución. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución. Los convenios urbanísticos de gestión. Los presupuestos de cualquier actividad de ejecución (LOUA). 50. Condiciones higiénico sanitarias mínimas que han de cumplir las viviendas. 51. Ordenanzas municipales de edificación. 52. Muros de contención. Clasificación y cálculo. Teoría de los diferentes tipos. 53. Cubiertas. Tipos. Soluciones constructivas. Puntos singulares. 54. Instalaciones eléctricas. Interiores y exteriores. Normativa, diseño y ejecución. 55. Redes de distribución de agua potable. Elementos principales y cálculo. 56. Redes de saneamiento y alcantarillado en edificios. Elementos principales y cálculo. 57. Humedades en la construcción. Tipos y características. Causas y efectos. Tratamientos y reparaciones. 58. Fábricas de ladrillo. Muros, soportes, arcos y aparejos. 59. Sistemas de apeo. Clasificación. Materiales. Apeo de fachadas o muros exteriores. 60. Apeo de soportes lineales y forjados. Descarga de vigas. 61. Sistemas para la mejora del terreno para aumentar su capacidad portante. 62. Las fábricas de tierra. Clasificación. Ventajas y ejecución. 63. Agentes destructores de la madera. Sistemas de protección. 64. Armaduras pasivas. Barras corrugadas. Mallas electrosoldadas y armaduras básicas electrosoldadas en celosía (EHE). 65. Armaduras activas. Alambres, barras y cordones (EHE). 66. Estabilidad al fuego exigible a la estructura (CPI). 67. Resistencia al fuego exigible a los elementos constructivos (CPI). 68. Real Decreto-Ley 1/1988, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en edificios para el acceso a los servicios de telecomunicaciones. 69. Ordenanzas particulares de la zona residencial comercial. Unifamiliar cerrada y unifamiliar abierta en las Normas Subsidiarias Municipales de Morón de la Frontera. 70. Ordenanzas Especiales de conservación volumétrica y de protección del medio ambiente edificado en las Normas Subsidiarias de Morón de la Frontera. ANEXO II Denominación de la plaza: Graduado Social. Convocatoria: Acceso libre. Sistema de selección: Concurso-Oposición. Núm. de plazas: Una. Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnico Medio. Grupo: A. Subgrupo: A2. Nivel: 25. Titulación exigida: Graduado Social Diplomado o Diplomado en Relaciones Laborales. Derechos de examen: 22,84 euros. 1. Fase de oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Miércoles 8 de julio de 2009 Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas extraídos por sorteo del temario adjunto. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal Calificador, relativos a las funciones propias de la plaza a proveer y que versará sobre las materias contenidas en el temario anexo a la convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal con anterioridad al comienzo del mismo. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. 2. Fase de concurso. Será conforme al baremo establecido en las bases generales. PROGRAMA: Materias comunes. 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. 2. Derechos y deberes fundamentales. 3. La Corona. Funciones del Rey. El refrendo. 4. Las Cortes Generales. Composición y funcionamiento. 5. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado. 6. Principios de actuación de la Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. 7. La Administración Local. Principios Constitucionales. 8. Las Mancomunidades de Municipios. Las Comarcas. 9. La Ley. Concepto y clases. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. 10. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos que lo integran. 11. El procedimiento administrativo común: concepto y fases. 12. Los recursos administrativos. Concepto y clases. 13. Ordenanzas y Reglamentos de la Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. 14. El presupuesto municipal: regulación, concepto y principios. Integración y documentos de que consta. Contenido del presupuesto general. Temario específico. 1. Aparición del sistema de Seguridad Social en España. Planteamiento constitucional. El concepto de Seguridad Social. 2. Estructura y composición del sistema de Seguridad Social en España. 3. La gestión del sistema de Seguridad Social español. 4. La colaboración en la gestión. 5. La financiación del Sistema de Seguridad Social en España. 6. La acción protectora del Sistema. 7. La responsabilidad en orden a las prestaciones. Responsabilidades empresariales derivadas. Infracciones y sanciones. 8. Sujetos protegidos y Entidades Gestoras. 9. La cotización a la Seguridad Social. La acción recaudatoria del Sistema. 10. La alteración de la Salud como contingencia protegida. Prestaciones. 11. El accidente de trabajo y la enfermedad profesional. Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 12. La Incapacidad Temporal. 13. La Maternidad. 14. Incapacidad Permanente: grados de Incapacidad. Requisitos del hecho causante de la Incapacidad Permanente. 15. La Jubilación. 16. Pensiones de Viudedad y Orfandad. 17. Las prestaciones a favor de familiares. 18. El Desempleo. 19. Las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social. 20. La integración del Régimen especial de la Seguridad Social de los Funcionarios de la Administración Local en el Régimen General de la Seguridad Social. 21. El Fondo de Garantía Salarial. 22. El Estatuto Básico del Empleado Público. 23. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. 24. Derechos de los empleados públicos. 25. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión. 26. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones de los funcionarios públicos. 27. Deberes de los empleados públicos. El código de conducta. 28. Acceso al empleo público y adquisición de la relación de servicio. 29. Pérdida de la relación de servicio del personal al servicio de la Administración Pública. 30. La planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas . 31. Estructuración de los recursos humanos en las Administraciones Públicas. 32. Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 33. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos. 34. Régimen disciplinario del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 35. Cooperación en las Administraciones Públicas en materia de función Pública. La conferencia sectorial de la Administración Pública. 36. Elementos y eficacia del contrato de trabajo. 37. Modalidades de contratación laboral. 38. Duración del contrato de trabajo. El Período de prueba. 39. Tiempo de prestación de trabajo. El modo de la prestación de trabajo: la diligencia del trabajador y el rendimiento debido. 40. El salario: concepto. Clases y estructura legal. Liquidación y pago del salario. Garantías del salario. 41. Movilidad funcional y geográfica. 42. Interrupción y suspensión del contrato de trabajo. 43. La extinción del contrato de trabajo. 44. Prevención de riesgos laborales. Legislación aplicable. 45. La libertad sindical en la Constitución española. 46. El convenio colectivo: concepto y clases. Capacidad y legitimación negocial. Ámbito de vigencia. La adhesión y extensión. 29 ANEXO III Denominación de la plaza: Ingeniero Técnico Informático. Convocatoria: Promoción interna. Sistema de selección: Concurso-Oposición. Núm. de plazas: Una. Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Técnico Medio. Grupo: A. Subgrupo: A2. Nivel: 25. Titulación exigida: Ingeniero Técnico Informático. Derechos de examen: 22,84 euros. Requisitos específicos: Conforme a lo establecido en la legislación vigente, para concurrir a la presente convocatoria, los solicitantes habrán de cumplir junto a los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes: a) Estar en posesión de la titulación exigida en la convocatoria. b) Ocupar plaza de funcionario de carrera en el Excmo. Ayuntamiento de Morón de Frontera con una antigüedad de, al menos, dos años de servicios en la subescala de pertenencia. 1. Fase de oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Primer ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario compuesto por cien preguntas que versarán sobre el contenido de las materias generales y específicas del temario. Este cuestionario estará compuesto por preguntas con varias respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada respuesta correcta se valorará con 0.1 puntos. No puntuarán las respuestas en blanco o no contestadas, siendo penalizadas las respuestas incorrectas. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal Calificador consistentes en responder a uno o varios cuestionarios sobre supuestos concretos compuesto por varias preguntas con varias respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta . El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal con anterioridad al comienzo del mismo. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. 2. Fase de concurso. Será conforme al baremo establecido en las bases generales. PROGRAMA: Bloque 1 1. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. 2. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. 3. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. 4. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones. 5. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Referencia al procedimiento administrativo local. 6. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. 7. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización. 30 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. El Estatuto Básico del Empleado Público. La Función Pública Local. Ideas Generales. Concepto de Funcionario. Clases de Funcionarios. Organización de la Función Pública Local. Órganos y grupos que la integran. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional. Los funcionarios propios de las Corporaciones. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones en las que puede encontrarse. Ley de Protección de datos de carácter personal. Agencia de protección de datos. Registro General de Protección de Datos. Niveles de Seguridad en la información. El reglamento de Seguridad de los ficheros automatizados de datos personales. El documento de seguridad. La protección jurídica de las bases de datos y programa de ordenador. La Ley de la Propiedad Intelectual. Titularidad y límites de los derechos de explotación. Derecho "sui generis" sobre las bases de datos. Legislación a cerca del uso de Internet. El delito Informático. La Sociedad de la Información y la Administración. Administración electrónica. Sistemas de atención e información al Ciudadano. Iniciativas de las Administraciones para el impulso de la Sociedad de la Información. Ley de Firma Electrónica. Disposiciones generales. Certificados electrónicos. Prestación de servicios de certificación. Dispositivos de firma electrónica y sistemas de certificación de prestadores de servicios de certificación y de dispositivos de firma electrónica. Supervisión y control. Infracciones y sanciones. Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. Disposiciones generales. Prestación de servicios de la sociedad de la información. Comunicaciones comerciales por vía electrónica. Contratación por vía electrónica. Solución judicial y extrajudicial de conflictos. Información y control. Infracciones y sanciones. Ley General de Telecomunicaciones. Disposiciones generales. Explotación de redes y prestación de servicios de comunicaciones electrónicas en régimen de libre competencia. Obligaciones de servicio público y derechos y obligaciones de carácter público en la explotación de redes y en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas. Evaluación de la conformidad de equipos y aparatos. Dominio público radioeléctrico. La administración de las telecomunicaciones. Tasas en materia de telecomunicaciones. Inspección y régimen sancionador. El trabajo en grupo o cooperativo. El Workflow. Normas y Estándares. Aplicación en las Administraciones Públicas: el Registro de Entrada/Salida, la Gestión de Expedientes. Bloque 2 16. Estructura y funcionamiento de los Sistemas Informáticos. Componentes físicos. Componentes lógicos. 17. Clasificación del Software. Licencias. Software Libre y código abierto. La aplicación del Software Libre en la Administración. 18. Sistemas operativos. Componentes, estructuras, funciones, tipos. Gestión de Memoria. Gestión E/S. Gestión de almacenamientos. 19. Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Definición y conceptos. Arquitecturas del SGBD. Integridad. Control de concurrencia. Bloqueos. Gestión de autorizaciones y recuperación de errores. Principales SGBD comerciales. Miércoles 8 de julio de 2009 20. Sistemas de Gestión de Bases de Datos Relacionales. Álgebra y cálculo relacional. Diseño. Especificación Entidad-Relación y regla de Codd. Normalización. 21. Metodologías de Desarrollo de los Sistemas de Información. Orientación al proceso y orientación a los datos. Orientación estructurada y orientación a objetos. 22. Métrica. La metodología de planificación y desarrollo de Sistema de Información del Consejo Superior de Informática. Procesos principales, interfaces, participantes, técnicas y prácticas. 23. Modelos de Desarrollo de Software Actuales. Modelo Local. Modelo Cliente Servidor. Modelo N-Capas. Modelo Distribuido. 24. Programación. Evolución. Paradigmas de la programación. Programación estructurada. Orientación a objetos. Orientación a eventos. Programación visual. Generación automática de código. Modularidad y reutilización de componentes. Nuevas tendencias. 25. Redes de ordenadores. Clasificación. Conmutación de paquetes y conmutación de circuitos. Multiplexación. Diseño. Topología. Medios de Transmisión. Elementos Hardware y protocolos de interconexión de redes. Tecnología inalámbrica. Comunicación vía satélite. 26. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO y TCP/IP: niveles, interfaces, servicios y aplicaciones. 27. Las redes públicas de transmisión de datos. Red Telefónica Básica. RDSI. Frame Relay. ATM. Tecnologías y protocolos de acceso a redes públicas. X-DSL. 28. Comunicaciones móviles. Telefonía sin hilos y DECT. Radiotelefonía privada. Sistemas celulares. Trunking. Acceso sin hilos: WLL, LMDS. GSM: arquitectura y evolución de datos. GPRS, HSCSD. Sistemas de tercera generación: UMTS. 29. Redes de área local y metropolitana. Protocolos. Estándares. Cableado estructurado. WLAN. Redes privadas virtuales. 30. Administración de redes locales. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico. 31. Internet. Evolución y tendencias. Conceptos. Servicios basados en Internet. Lenguajes, herramientas y protocolos para el uso de Internet. Internet, Intranet y Extranet. 32. Contenidos dinámicos en Internet. Arquitecturas y aplicaciones basadas en Internet. Desarrollo de aplicaciones web en el cliente y en el servidor. Componentes distribuidos. Intercambio electrónico de datos. 33. Seguridad Informática. Definición y alcance. Medidas de Seguridad físicas, lógicas, organizativas y legales. Diagnóstico de la Seguridad Informática de una Organización. Normativas y procedimientos de seguridad en las organizaciones. 34. Seguridad Informática en Internet. Condicionantes organizativos y legales en el acceso y transmisión de información a través de Internet. Servicios, técnicas y mecanismos de seguridad en Internet. Técnicas criptográficas. Certificación electrónica. Protocolos de conexiones seguras. 35. Protección contra ataques. Detección de intrusos. Delegación de responsabilidades. Spam. Spoof. Protección de contenidos. 36. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización y gestión de capacidad. Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 Bloque 3 37. UML. Conceptos. Diagramas estáticos: Diagrama de casos de uso, diagrama de clases, diagrama de objetos y diagrama de despliegue. Diagramas dinámicos: Diagrama de estados, diagrama de actividad, diagramas de interacción. 38. Patrones de diseño. Concepto y usos. Tipos de patrones. Patrones J2EE. 39. SQL. Catálogos y esquemas. Tipos de datos. Modelado de datos. Select. Cursores. Restricciones de dominio. Seguridad. Procedimientos almacenados. Disparadores. 40. Programación básica en Java . Conceptos básicos. Clases, Interfaces y Objetos. Entrada/Salida. Colecciones. Control de Errores y Excepciones. 41. Programación gráfica en Java. AWT. Gestores de distribución. SWING. Applets. Mecanismos de comunicación entre hilos. 42. Programación de bases de datos en Java. Tipos de Driver JDBC. Conexión a bases de datos. Ejecución de sentencias SQL. Información sobre el catálogo de base de datos. Información sobre las capacidades del servidor. Control de transacciones en Java. Entornos transaccionales. Pool de conexiones. 43. Lenguaje HTML. TAGS. Formularios. Hojas de estilo CSS. 44. Javascript. Nociones fundamentales. Estructuras de Control. Funciones. Clases básicas. Objetos del modelo DOM. 45. El lenguaje XML. Documentos XML. DTDS. Espacios de Nombres XML y XLST. El API DOM. El API SAX. 46. Desarrollo de páginas WAP. Lenguaje WML. TAGS WML. Envío de contenidos WML por servidores Web. Generación dinámica de WML. 47. Tecnologías de servidor. Lenguajes de script en el servidor. Perl. PHP. WebMacro. Páginas de scripts. ASP y JSP. Acceso a bases de datos JDBC y ADO. Servicios de directorios JNDI. RMI. CORBA. 48. Programación de red en java. Protocolo HTTP. URLs. Sockets de servidor y de cliente. 49. Servlets. Fundamentos, estructura y creación de servlets. API básica. Ciclo de vida. Gestión de excepciones. Procesamiento de formularios HTML. Códigos de estado y cabeceras Http. Cookies. Sesiones. Gestión de concurrencia. Comunicación entre servlets. 50. Páginas JSP. Directivas. Elementos de scripting. Objetos integrados. Acciones. JSP y componentes JavaBeans. Tratamientos de errores. Etiquetas personalizadas. 51. Servidores de aplicaciones Tomcat y JBOSS. Instalación, configuración y despliegue de aplicaciones. 52. Mensajería en Java. El sistema de mensajería MOM. El API JMS. 53. La tecnología EJB. Beans de Entidad. Beans de Sesión. Beans activados por mensajes. 54. Arquitectura Orientada a Servicios (SOA). Concepto de Servicios. Capas de aplicaciones SOA. Construcción de la capa de servicios en Java. 55. Servicios Web. Concepto. Componentes. Operaciones. Estándares relacionados: XML, UDDI, SOAP, WSDL. Implementación de un Servicio Web. Herramientas para el desarrollo de Servicios Web. 56. Seguridad en JAVA. Criptografía. Algoritmos de generación de claves. Gestión de certificados digitales. Definición de elementos de seguridad para aplicaciones Web. Usuarios y Roles. 31 57. Características técnicas y funcionales de los sistemas operativos Windows y Linux. 58. Administración de entornos mixtos Windows - Linux. Samba. Instalación y configuración de Samba para servicios de archivos e impresión. 59. Seguridad en sistemas operativos Linux. Seguridad del sistema de ficheros. Seguridad del kernel. Herramientas para administrar la seguridad del sistema: Nmap, Nessu,. Iptables, Portsentr,. Snort, Bastille, Iptraf. 60. Administración de bases de datos Oracle, Ingres II y MySQL. Instalación y configuración. Formatos, tipos de datos, operadores y funciones. Lenguajes de manipulación y definición de datos. Consultas y subconsultas. Control de transacciones. Gestión de administradores, operadores, usuarios y roles. Auditoría de bases de datos. ANEXO IV Denominación de la plaza: Administrativo. Convocatoria: Acceso libre. Sistema de selección: Oposición. Núm. de plazas: Cinco. Escala: Administración General. Subescala: Administrativa. Clase: Administrativa. Grupo: C. Subgrupo: C1. Nivel: 20. Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado rama administrativa o equivalente. Derechos de examen: 17,13 euros. Desarrollo de la oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas extraídos por sorteo del temario adjunto. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal Calificador, relativos a las funciones propias de la plaza a proveer y que versará sobre las materias contenidas en el temario anexo a la convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal con anterioridad al comienzo del mismo. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. PROGRAMA: Materias comunes: 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. 2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. 3. La Corona y los Poderes del Estado 4. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional. 5. La Organización Territorial del Estado. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. 6. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Organización de la Comunidad Autónoma Andaluza. 7. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La ley: sus clases. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo. 32 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 9. Régimen Local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica. 10. La provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias. Materias específicas. 11. El municipio (I): Organización municipal. 12. El municipio (II): Competencias. 13. El municipio (III): Elementos: El término municipal. La población. El empadronamiento 14. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad. 15. La Ley de Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales, Tasas. Precios públicos y contribuciones especiales. 16. El presupuesto local. Concepto. Contenido. Elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto. 17. Ordenanzas y Reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. 18. El Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las entidades locales. 19. La Función Pública Local, organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades locales. 20. Responsabilidad del Personal al servicio de las entidades locales. Régimen Disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las entidades locales. 21. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias. 22. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión. 23. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público. 24. La Responsabilidad de la Administración Pública. Evolución histórica y régimen actual. 25. Los contratos de la Administración Local. Criterios de distinción. Organismos competentes para la contratación local. La doctrina de los actos separables. Contenido y efectos de los contratos administrativos. 26. La relación jurídica administrativa. Las personas jurídicas públicas: Clases y capacidad. El administrado: Concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Derechos subjetivos e intereses legítimos. 27. El acto administrativo(I): Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. 28. El acto administrativo(II): Motivación. Notificación. Revisión, anulación y revocación. 29. El procedimiento administrativo como garantía formal: La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación, relaciones interadministrativas y órganos de la Administración. 30. El Procedimiento Administrativo (I): Sujetos, la Administración y los interesados. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. 31. El Procedimiento Administrativo (II): Los registros administrativos. Término y plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Miércoles 8 de julio de 2009 32. El Procedimiento Administrativo (III): Iniciación. Desarrollo: A) Ordenación. B) Instrucción: Intervención de los interesados, prueba e informes. 33. El Procedimiento Administrativo (IV): Terminación. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: El régimen de silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. 34. Los recursos administrativos. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos. 35. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de Entrada y Salida. 36. Órganos Colegiados Locales (I): Funcionamiento, convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. 37. Órganos Colegiados Locales (II): Votaciones. Actas y certificados de acuerdos. 38. Los informes administrativos. Categoría y clases. Regulación jurídica de los mismos. 39. El análisis de tareas. Análisis de funciones. Las mejoras en los procedimientos. 40. La administración de los archivos. Clases de archivos. Organización del trabajo de archivo. ANEXO V Denominación de la plaza: Administrativo. Convocatoria: Promoción interna. Sistema de selección: Concurso-Oposición. Núm. de plazas: Cinco. Escala: Administración General. Subescala: Administrativa. Clase: Administrativa. Grupo: C. Subgrupo: C1. Nivel: 20. Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado rama administrativa o equivalente. Derechos de examen: 17,13 euros. Requisitos específicos: Conforme a lo establecido en la legislación vigente, para concurrir a la presente convocatoria, los solicitantes habrán de cumplir junto a los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes: a) Ocupar plaza de funcionario de carrera perteneciente a la subescala Auxiliar, escala de Administración General en el Excmo. Ayuntamiento de Morón de Frontera. b) Acreditar una antigüedad de, al menos, dos años de servicios en la subescala indicada en el apartado anterior. c) Estar en posesión de la titulación exigida en la convocatoria. Este requisito podrá sustituirse por la acreditación de una antigüedad de diez años de servicios en la subescala Auxiliar o, en su caso, por la acreditación de cinco años de antigüedad en la misma subescala junto a la superación de un curso de formación específico para la promoción a la subescala administrativa. 1. Fase de oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas extraídos por sorteo del temario adjunto. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal Calificador, relativos a las funciones propias de la plaza a proveer y que versará sobre las materias contenidas en el temario anexo a la convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal con anterioridad al comienzo del mismo. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 2. Fase de concurso. Será conforme al baremo establecido en las bases generales. El período mínimo de antigüedad que, en su caso, se hubiese acreditado para el acceso a la convocatoria conforme al requisito específico c) será deducido del cómputo total de servicios prestados antes de la aplicación del apartado 3.Experiencia del baremo establecido en las bases generales. PROGRAMA: Materias comunes: 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. 2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. 3. La Corona y los Poderes del Estado 4. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones del Estado, Autonómica, Local e Institucional. 5. La Organización Territorial del Estado. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. 6. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Organización de la Comunidad Autónoma Andaluza. 7. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación. 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La ley: sus clases. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo. 9. Régimen Local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica. 10. La provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias. Materias específicas. 11. El municipio (I): Organización municipal. 12. El municipio (II): Competencias. 13. El municipio (III): Elementos: El término municipal. La población. El empadronamiento 14. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad. 15. La Ley de Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales, Tasas. Precios públicos y contribuciones especiales. 16. El presupuesto local. Concepto. Contenido. Elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto. 17. Ordenanzas y Reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. 18. El Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las entidades locales. 19. La Función Pública Local, organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades locales. 20. Responsabilidad del Personal al servicio de las entidades locales. Régimen Disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las entidades locales. 21. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias. 22. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión. 33 23. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público. 24. La Responsabilidad de la Administración Pública. Evolución histórica y régimen actual. 25. Los contratos de la Administración Local. Criterios de distinción. Organismos competentes para la contratación local. La doctrina de los actos separables. Contenido y efectos de los contratos administrativos. 26. La relación jurídica administrativa. Las personas jurídicas públicas: Clases y capacidad. El administrado: Concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Derechos subjetivos e intereses legítimos. 27. El acto administrativo(I): Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. 28. El acto administrativo(II): Motivación. Notificación. Revisión, anulación y revocación. 29. El procedimiento administrativo como garantía formal: La Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación, relaciones interadministrativas y órganos de la Administración. 30. El Procedimiento Administrativo (I): Sujetos, la Administración y los interesados. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. 31. El Procedimiento Administrativo (II): Los registros administrativos. Término y plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. 32. El Procedimiento Administrativo (III): Iniciación. Desarrollo: A) Ordenación. B) Instrucción: Intervención de los interesados, prueba e informes. 33. El Procedimiento Administrativo (IV): Terminación. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: El régimen de silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. 34. Los recursos administrativos. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos. 35. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de Entrada y Salida. 36. Órganos Colegiados Locales (I): Funcionamiento, convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. 37. Órganos Colegiados Locales (II): Votaciones. Actas y certificados de acuerdos. 38. Los informes administrativos. Categoría y clases. Regulación jurídica de los mismos. 39. El análisis de tareas. Análisis de funciones. Las mejoras en los procedimientos. 40. La administración de los archivos. Clases de archivos. Organización del trabajo de archivo. ANEXO VI Denominación de la plaza: Auxiliar Técnico Informático. Convocatoria: Acceso libre. Sistema de selección: Concurso-Oposición. Núm. de plazas: Una. Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Auxiliar. Grupo: C. Subgrupo: C1. Nivel: 20. Titulación exigida: Título de Grado Superior en Formación Profesional (antigua FP. II), familias profesionales de Informática. Derechos de examen: 17,13 euros. 34 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 1. Fase de oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Primer ejercicio: Consistirá en responder a un cuestionario compuesto por cien preguntas que versarán sobre el contenido de las materias generales y específicas del temario. Este cuestionario estará compuesto por preguntas con varias respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada respuesta correcta se valorará con 0.1 puntos. No puntuarán las respuestas en blanco o no contestadas, siendo penalizadas las respuestas incorrectas. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba formada por supuestos de carácter práctico propuestos por el Tribunal Calificador consistentes en responder a uno o varios cuestionarios sobre supuestos concretos compuesto por varias preguntas con varias respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta . El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal con anterioridad al comienzo del mismo. Para superar el ejercicio será preciso obtener, al menos, 5 puntos. 2. Fase de concurso. Será conforme al baremo establecido en las bases generales. PROGRAMA: Bloque I. Organización del Estado y Administración Electrónica. 1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. 2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo. 3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. 4. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. La Administración General del Estado: organización y personal a su servicio. Las Comunidades Autónomas y la Administración Local: regulación constitucional. 5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo. 6. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. 7. La sociedad de la información. Legislación sobre sociedad de la información y firma electrónica. El DNI electrónico. 8. La protección de datos personales. La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y Normativa en Desarrollo. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones. 9. La Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. La gestión electrónica de los procedimientos administrativos: registros, notificaciones y uso de medios electrónicos. 10. Instrumentos para el acceso electrónico a las Administraciones Públicas: sedes electrónicas, canales y puntos de acceso, identificación y autenticación. Miércoles 8 de julio de 2009 Bloque II. Tecnología Básica. 1. Informática básica. Conceptos de datos e información. Concepto de sistema de información. Elementos constitutivos de un sistema. Características y funciones. 2. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos. Funciones. La unidad central de proceso. La memoria principal. 3. Periféricos. Conectividad. Elementos de impresión. Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y digitalización. 4. Estructuras de datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y ficheros. 5. Sistemas operativos. Características y elementos constitutivos. 6. Sistemas Windows. 7. Sistemas Unix y Linux. 8. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales. Características y componentes. 9. Sistemas de gestión de bases de datos orientados a objetos. Bloque III. Desarrollo de Sistemas. 1. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas. 2. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización. 3. Lenguajes de programación. Representación de tipos de datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y registros. Estructura de un programa. 4. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar ANSI SQL. 5. Diseño y programación orientada a objetos. Elementos: objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes. 6. Lenguajes de programación. Características, elementos y funciones en entornos Java, C, y C++ y. Net. 7. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de 3 capas. Componentes y operación. Arquitecturas de servicios web (WS). 8. Aplicaciones Web.Tecnologías de programación. JavaScript, applets, servlets, servicios web. 9. Lenguajes de descripción de datos: HTML y XML. 10. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Acceso y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información. 11. Herramientas CASE: características. Repositorios: estructura y actualización. Generación de código y documentación. Bloque IV. Sistemas y Comunicaciones. 1. Administración del Sistema operativo y software de base. Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los programas de una instalación. 2. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. 3. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. 4. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. Infraestructura física de un CPD: acondicionamiento y equipamiento. Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 5. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y conmutación. 6. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI, xDSL. Sistemas inalámbricos. 7. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP. 8. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS y SSL. 9. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN). 10. Redes locales. Tipología. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión. ANEXO VII Denominación de la plaza: Policia Local. Convocatoria: Acceso libre. Sistema de selección: Oposición libre. Núm. de plazas: Cuatro. Escala: Administración Especial. Subescala: Servicios Especiales. Clase: Policía Local. Grupo: C. Subgrupo: C1. Nivel: 20. Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. Derechos de examen: 17,13 euros. Desarrollo de la oposición. Todos los ejercicios serán de carácter obligatorio y eliminatorio: Requisitos de los aspirantes. a) Nacionalidad española. b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa. c) Estatura mínima de 1,65 metros los varones y de 1,60 metros las mujeres. Los aspirantes que ya sean funcionarios de carrera de un Cuerpo de la Policía Local de Andalucía, estarán exentos de cumplir este requisito, de conformidad con el art. 42.5 de la Ley 13/2001. d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo. e) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica. f) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP). g) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior. Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso o de la toma de posesión según proceda, salvo el de estatura que lo será en la prueba de examen médico. Ejercicios: Los ejercicios son cuatro, todos ellos de carácter eliminatorio. La calificación de la oposición vendrá dada por la puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en las pruebas físicas para discernir los casos de empate en la calificación obtenida en la prueba de conocimientos. 35 Primer ejercicio: Aptitudes físicas. Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico oficial en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas. Dicho certificado médico, que quedará en poder del Tribunal Calificador, solamente será valido si no han transcurrido tres meses desde la fecha de su expedición. Si alguna de las aspirantes en las fechas de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en las fechas que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho aplazamiento no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá aplazar otros seis meses. Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se pueden acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas. Si algún aspirante, el día que le corresponda realizar las pruebas físicas, aportase ante el Tribunal certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar las pruebas, se le aplazará la ejecución de las mismas al último día en que se realicen éstas, quedando eliminado caso de no poder efectuarlas. Las pruebas de resistencia general y natación podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal. Las pruebas de aptitud física se realizarán por el orden en que están relacionadas y cada una es eliminatoria para realizar la siguiente. 1. Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros lisos. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida. Disponen de dos intentos. 2. Prueba de potencia de tren superior: los hombres realizarán flexiones de brazos en suspensión pura, y las mujeres lanzamiento de balón medicinal de 3 kilogramos. 2.1. Flexiones de brazos en suspensión pura. Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente y con los brazos totalmente extendidos. La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva flexión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimientos de las piernas. Se contarán solamente las flexiones completas y realizadas correctamente. 2.2. Lanzamiento de balón medicinal. Se marcará una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla, con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura. El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga dentro del sector de lanzamiento previsto. No se levantarán en su totalidad los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento. Disponen de dos intentos. 36 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 3. Prueba de flexibilidad: test de flexibilidad profunda. El aspirante se colocará de pie sobre el aparato apropiado sin calzado y con los pies colocados en los lugares correspondientes. Entre los bordes exteriores de los pies habrá una separación de 75 centímetros. En el centro de una línea que una los bordes posteriores de los talones de los pies, se colocará el cero de una regla de 50 centímetros y un cursor o testigo que se desplace sobre la regla perpendicularmente a la línea anterior en sentido opuesto a la dirección de los pies. Se flexionará el cuerpo llevando los brazos hacia atrás y entre las piernas, hasta tocar y empujar el cursor o testigo de la regla, sin impulso. Se tocará y empujará el testigo (sin apoyarse en él) con los dedos de ambas manos al mismo tiempo, manteniéndose la posición máxima alcanzada, hasta que se lea el resultado. Para la ejecución el aspirante puede mover los brazos, flexionar el tronco y las rodillas, pero no puede separar del suelo ninguna parte de los pies antes de soltar el testigo. Hay que mantener el equilibrio y abandonar el aparato por su frente y caminando. Disponen de dos intentos. 4. Prueba de potencia de tren inferior: salto vertical. El aspirante se colocará de lado junto a una pared vertical, y con el brazo más cercano a la misma totalmente extendido hacia arriba. Desde esta posición inicial el aspirante marcará la altura que alcanza. Separado 20 centímetros de la pared vertical, saltará tanto como pueda y marcará nuevamente con los dedos el nivel alcanzado. Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto. Disponen de dos intentos. 5. Prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará en pie. Será eliminado el corredor que abandone la pista durante la carrera. Disponen de un intento. 6. Prueba de natación: 25 metros estilo libre. El aspirante podrá colocarse para la salida, bien sobre la plataforma de salida, bien en el borde de la piscina o bien en el interior del vaso, debiendo permanecer en este último caso en contacto con el borde de la salida. Una vez que se dé la señal de salida, los aspirantes, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, según la situación de partida adoptada, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión. Disponen de un intento. Las pruebas físicas anteriormente indicadas serán controladas por personal técnico y especializado, quien asesorará en este ejercicio al Tribunal Calificador. Este ejercicio se calificará con la conceptuación de apto o no apto. Se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en las pruebas físicas para discernir los casos de empate en la calificación obtenida en la prueba de conocimientos. Las marcas exigidas para la superación de cada una de las pruebas son las que figuran en la tabla correspondiente, estando el opositor incluido en el grupo de edad correspondiente, teniendo en cuenta la edad el día de celebración de las pruebas, salvo que el mismo superase los 34 años, en cuyo caso estará incluido en el grupo de 30 a 34 años. Miércoles 8 de julio de 2009 Tabla de marcas exigidas: Pruebas Carrera 50 metros lisos (segundos) Flexiones en suspensión (n.º flexiones) Lanzamiento de balón medicinal (metros) Test de flexibilidad profunda (centímetros) Salto vertical (centímetros) Carrera de 1.000 metros lisos (minutos) Grupos de edad (años) De 18 a 25 De 25 a 29 Mas de 29 Hombres Mujeres 8”.00 9”.00 8”.50 9”.50 9”.00 10”.00 Hombres 8 6 4 5,50 5,25 5,00 Ambos Hombres Mujeres 26 48 35 23 44 33 20 40 31 Hombres Mujeres 4’.00 4’.30 4’.10 4’.40 4’.20 4’.50 26” 30” 29” 33” 32” 36” Mujeres Natación: 25 metros estilo libre (segundos) Hombres Mujeres Segundo ejercicio: Pruebas psicotécnicas. La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran. A. Valoración de aptitudes. Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigido para esta categoría. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual. B. Valoración de actitudes y personalidad. Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asímismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial. Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo, problemas de salud, consumo excesivo o de riesgo de alcohol y otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros. Este ejercicio se calificará con la conceptuación de apto o no apto. Tercer ejercicio: Pruebas de conocimiento. Para su realización se dispondrá de tres horas como mínimo y constará de dos pruebas que se realizarán en días diferentes. Primera: Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas con tres opciones de respuestas en relación con las materias del temario de la convocatoria, penalizándose cada respuesta incorrecta con el 25% del valor de una correcta. Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 Segunda: Consistirá en la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario de la convocatoria. El contenido de ambas pruebas será elaborado por el Tribunal según lo establecido en las Bases Generales. Cada parte de este ejercicio se calificará conforme se establece en las Bases Generales que rigen la convocatoria. Cuarto ejercicio: Reconocimiento médico. Examen médico con sujeción al Cuadro de Exclusiones Médicas publicado en el BOJA núm. 2, de 5 de enero de 2004, y posterior modificación publicada en el BOJA núm. 55, de 19 de marzo de 2008. En este ejercicio se comprobará que los aspirantes reúnen el requisito de estatura mínima exigida. Este ejercicio se calificará con la conceptuación de apto o no apto. Temario de la convocatoria 1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación. 2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución. 3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición. 4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo. 5. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno. 6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. 7. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia. 8. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 37 El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de “Habeas Corpus”. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales. 38 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 30. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales. 31. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia. 32. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública. 33. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica. 34. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural. 35. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales. 36. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía. 37. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural. 38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas. 39. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión. 40. Deontología policial. Normas que la establecen. ANEXO VIII Denominación de la plaza: Bombero-Conductor. Convocatoria: Acceso libre. Sistema de selección: Oposición libre. Núm. de plazas: Cuatro. Escala: Administración Especial. Subescala: Servicios Especiales. Clase: Extinción de Incendios. Categoría: Bombero-Conductor. Grupo: C. Subgrupo: C2. Nivel: 18. Titulación exigida: Títulos de Graduado Escolar, Graduado en E.S.O. o equivalente. Derechos de examen: 11,42 euros. 1. Requisitos de los aspirantes: Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, además de los requisitos establecidos en las bases generales, los siguientes requisitos al último día de plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente. b) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases B y C y tener autorización para conducir vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales (BTP). Miércoles 8 de julio de 2009 c) Compromiso de conducir vehículos oficiales, en concordancia con el apartado anterior. 2. Proceso selectivo. Los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, todas ellas de carácter obligatorio y eliminatorio, que se desarrollarán en el siguiente orden, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección. El procedimiento selectivo constará de las siguientes fases y pruebas: 2.1. Primera prueba: Aptitud física. De carácter obligatorio, los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en el Anexo A de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto. Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas. Dicho certificado médico, que quedará en poder del Tribunal, solamente será válido si no han transcurrido tres meses desde la fecha de expedición, y el mismo deberá hacer referencia expresa a la presente Convocatoria. Si el día señalado para la realización de las pruebas físicas, algún aspirante presentase certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar todos o alguno de los ejercicios de que consta la prueba, o se lesionase durante el desarrollo del mismo, en todo caso quedará emplazado para realizar los ejercicios en el último orden de actuación prevista para los aspirantes al citado ejercicio, quedando eliminado en caso de no poder efectuarlos. Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo. 2.2. Segunda prueba: Conocimientos teóricos. Consistirá en la contestación de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas propuestas por el Tribunal sobre el temario de la convocatoria que se determina en el Anexo III. Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener una puntuación mínima de 5 puntos para continuar en el proceso selectivo. 2.3. Tercera prueba: Psicotécnica. La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a las funciones de las plazas a que aspiran. A) Valoración de aptitudes. Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual. B) Valoración de actitudes y personalidad. Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de sus funciones, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad. Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo de sus funciones. Los resultados obtenidos (aptitud) en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización Miércoles 8 de julio de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de sus funciones, u otros. Se calificará de apto o no apto, y para superar la prueba será requisito indispensable superar tanto las valoraciones psicotécnicas como la entrevista personal. 2.4. Cuarta prueba: Conocimientos prácticos. Consistirá en la resolución de uno o varios casos prácticos, real, escrito y/o tipo test, adecuados a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en la resolución de cada práctica, en su caso. 2.5. Quinta prueba: Examen médico. Los aspirantes se someterán a un reconocimiento médico obligatorio por parte de los médicos que designe la Corporación, con sujeción a un cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en el Anexo II de la presente convocatoria. Se calificará de apto o no apto. ANEXO A Pruebas de aptitud física: Las pruebas de aptitud física tendrán la calificación de «apto» o «no apto». Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente. Se establecen diferentes marcas para cada sexo. Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general y natación que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal. A.1. Prueba de natación: 50 metros estilo libre. Los aspirantes deberán nadar 50 metros en un tiempo máximo de 45 segundos (hombres) y 50 segundos (mujeres). Es obligatorio la realización de la prueba con gorro de baño, permitiéndose el uso de gafas de nadador. Se dispondrá de un solo intento. El aspirante podrá colocarse para la salida, bien sobre la plataforma de salida, bien en el borde de la piscina, o bien en el interior del vaso, debiendo permanecer en este último caso en contacto con el borde de la salida. Una vez que se dé la señal de salida, los aspirantes, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, según la situación de partida adoptada, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión. Serán eliminados aquellos aspirantes que concurran en alguna de las siguientes circunstancias: — No acabar la prueba. — No completar la distancia en el tiempo requerido. — Apoyarse en las corcheras para la ejecución de la prueba. — Apoyarse en las paredes del vaso de la piscina. — No tocar la pared del vaso de la piscina para realizar, en su caso, el recorrido de vuelta, permitiéndose la técnica de volteo en el viraje. A.2. Prueba de potencia de tren superior. Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente, y con los brazos y piernas totalmente extendidos. La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva fle- 39 xión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimientos de las piernas. Los aspirantes deberán flexionar un mínimo de 9 tracciones (hombres) o 5 tracciones (mujeres), sin que se contabilicen aquéllas que realicen concurriendo en alguna de las siguientes circunstancias: — Flexionar las rodillas. — Dar impulso con las piernas, sacudiéndolas. — Mecer el cuerpo (balancearlo). — No sobrepasar la barra con el mentón. — No extender totalmente los brazos tras el descenso. Los aspirantes dispondrán de dos intentos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no realicen el mínimo de tracciones necesarias. A.3. Prueba de potencia de tren inferior: Salto horizontal sin carrera. Consistirá la prueba en saltar sobre foso de arena, sin carrera y con ambos pies a la vez, la mayor distancia posible, debiendo superar una distancia mínima de 2,00 metros los hombres y 1,80 metros las mujeres. Los aspirantes que no consigan superar las mínimas exigidas serán eliminados. Se dispondrá de dos intentos. El aspirante se colocará de pie tras la línea de salto y de frente a la dirección del impulso. A la señal del controlador, el aspirante realizará un movimiento explosivo hacia delante. Se anotará la medición del salto desde la línea hasta la marca más retrasada tras la caída. Quedarán eliminados aquellos aspirantes que concurran en alguna de las siguientes circunstancias: — No superar la distancia mínima prevista. — Hacer pasos previos a la batida. A.4. Prueba de resistencia general: carrera de 2.000 metros lisos. Se realizará en pista de atletismo o en cualquier zona totalmente llana de terreno compacto. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará en pie, y se dispondrá de un solo intento. Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son: 7’40” para los hombres y 8’20” para las mujeres. Serán eliminados aquellos aspirantes que concurran en alguna de las siguientes circunstancias: — Abandonar la pista durante la carrera. — Superar la marca máxima exigida. A.5. Prueba de velocidad: carrera de 50 metros lisos. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie, o agachado, sin utilizar tacos de salida. Los aspirantes deberán correr la distancia de 50 metros en un tiempo máximo de 7,40 segundos (hombres) y de 8,00 segundos (mujeres). Los aspirantes dispondrá de dos intentos, siendo eliminados aquellos aspirantes que concurran en algunas de las siguientes circunstancias: — Superar el tiempo máximo previsto. — No adoptar la posición de salida descrita. — Realizar dos salidas nulas. — Invadir otra calle que no sea la asignada. ANEXO B Cuadro de exclusiones médicas: 1. Talla. Estatura mínima: 1,70 metros (hombres) y 1,60 (mujeres). 2. Obesidad-Delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Índice de Masa Corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en 40 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros. En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres. 3. Ojo y visión. 3.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos. 3.2. Desprendimiento de retina. 3.3. Patología retiniana degenerativa. 3.4. Hemianopsias y alteraciones campimétricas. 3.5. Discromatopsias. 3.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual. 4. Oído y audición. 4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios. 4.2. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva. 5. Aparato digestivo. 5.1. Cirrosis hepática. 5.2. Hernias abdominales o inguinales. 5.3. Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales. 5.4. Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Chohn o colitis ulcerosa). 5.5. Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo. 6. Aparato cardio-vascular. 6.1. Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica. 6.2. Insuficiencia venosa periférica. 6.3. Cualquier otra patología o lesión cardio-vascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo. 7. Aparato respiratorio. 7.1. Asma bronquial. 7.2. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica. 7.3. Neumotórax espontáneo recidivante. 7.4. Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de sus funciones. 8. Aparato locomotor. Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de sus funciones, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares. 9. Piel. 9.1. Cicatrices que produzcan limitación funcional. 9.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de sus funciones. Miércoles 8 de julio de 2009 10. Sistema nervioso. 10.1. Epilepsia. 10.2. Migraña. 10.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de sus funciones. 11. Trastornos psiquiátricos. 11.1.Depresión. 11.2.Trastornos de la personalidad. 11.3.Psicosis. 11.4.Alcoholismo, drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales. 11.5.Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de sus funciones. 12. Aparato endocrino. 12.1. Diabetes. 12.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de sus funciones. 13. Sistema inmunitarios y enfermedades infecciosas. 13.1. Enfermedades transmisibles en actividad. 13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas. 13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de sus funciones. 14. Patologías diversas. Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de sus funciones. Para los diagnósticos establecidos en este Anexo se tendrán en cuenta los criterios de las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes. Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico. TEMARIO: ANEXO C Materias comunes: 1. La Constitución Española de 1978. El Tribunal Constitucional. 2. Organización territorial de Estado. Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. 3. Organización y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Procedimiento Administrativo. Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales. El Régimen Local. 4. El Empleado Público. Estructura y organización de la Función Pública. La Oferta de Empleo Público, el ingreso y los sistemas de selección del personal. Ingreso, provisión y promoción del Personal al Servicio de la Administración. 5. Provisión de puestos y carrera administrativa. Situaciones de los funcionarios, incompatibilidades, derechos y deberes. Sistema de retribuciones, seguridad social y régimen disciplinario. Materias específicas: 1. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo. 2. Naturaleza del fuego. Química del fuego. El combustible. Toxicidad de los productos resultantes en un incendio. 3. Incendios. Riesgos naturales. Incendios forestales. Miércoles 8 de julio de 2009 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 156 Agentes extintores. El agua. Espumas. Clasificación de los equipos de espuma. Extintores. Mecanismos de la extinción. Métodos de extinción. Medios de extinción. Instalaciones fijas. Vehículos de extinción de incendios. Mecánica. Contraincendios. Actividades del Servicio de extinción de incendios y salvamento. Construcción e incendios. Apeos y apuntalamientos. Lesiones constructivas. Documento básico SI (Código técnico de la Edificación). Hidráulica. Electricidad. Equipos y Prendas de protección personal. Material de salvamento y evacuación. Salvamento en ascensores. Equipos de descarcelación. Desencarcelación. Primeros auxilios, salvamento y Socorrismo. Protección respiratoria. Planes de emergencia. Comunicaciones en las emergencias. Señalización. Seguridad vial. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales. Protección Civil. Mercancías peligrosas. Materias peligrosas. Identificación. Intervención en accidentes. Prevención de Riesgos Laborales. El municipio de Morón de la Morón de la Frontera: Red de hidrantes, vías urbanas e interurbanas. Itinerarios a seguir en emergencias. 20W-8585 ——— LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA Corrección de errores Publicadas las bases de la convocatoria de cuatro plazas de Policía Local para el Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca, en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 124, de fecha 1 de junio de 2009, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 9 de junio de 2009, se ha detectado un error en la base 4.3 «solicitudes»; donde dice: «A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a cincuenta euros (30 euros), cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aún cuando sea impuesto por persona distinta»; debe decir: «A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que asciende a treinta euros (30 euros), cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, o mediante transferencia bancaria a la cuenta número 0049-5362-34-2416000619, a nombre del Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca, que se encuentra abierta en el Banco de Santander, sito en la Avda. de Cádiz número 2 de esta localidad, debiendo consignar en esta transferencia el nombre del aspirante y de la plaza que aspira, aún cuando sea impuesto por persona distinta. El resguardo acreditativo, se unirá a la instancia.». Por lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 41 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Los Palacios y Villafranca a 22 de junio de 2009.—El Alcalde-Presidente, Antonio Maestre Acosta. 11W-9142 ——— LA RINCONADA Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2009, se aprueba definitivamente la Ordenanza Municipal reguladora de Publicidad Exterior y habiendo estado expuesta al público en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento por plazo de treinta días, a contar del día siguiente al de la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia núm. 27, de fecha 3 de febrero de 2009 y no habiéndose producido reclamación alguna contra la misma, se entiende aprobado definitivamente el expediente, ordenándose publicar el texto íntegro en el «Boletín Oficial» de la provincia para su entrada en vigor. Contra el presente acuerdo que agota la vía administrativa podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de esta publicación, ante la Sala competente del ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el art. 10.1.b) de la Ley 29/98 de 13 de Julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En La Rinconada a 21 de mayo de 2009.—El Alcalde, Francisco J. Fernández de los Ríos Torres. ORDENANZA REGULADORA DE PUBLICIDAD EXTERIOR Título I Disposiciones de carácter general Artículo 1. Objeto. Es objeto de la presente Ordenanza la regulación de la actividad realizada mediante publicidad estática que se materializa, con las limitaciones que se establezca, en soportes estructurales denominados carteleras. A los efectos de esta Ordenanza, se entiende por carteleras o vallas publicitarias los soportes estructurales de implantación estática susceptibles de albergar y transmitir integrados en la modalidad visual de publicidad exterior y con informaciones de carácter generalista sin ninguna relación con los bienes, propiedades e inmuebles sobre o donde se instala. A los fines de estas normas entendemos por publicidad toda acción encaminada a difundir entre el público todo tipo de información y el conocimiento de la existencia de cualquier actividad o de productos y de servicios que se ofrezcan al consumo. Artículo 2. Competencia. La competencia municipal se encaminará a la ordenación de los siguientes aspectos: Regular los usos del suelo a estos efectos, dividiendo el territorio municipal en zonas, en las que se señalen los emplazamientos y características de las carteleras y vallas publicitarias. Intervenir el ejercicio de estos actos de instalación mediante la exigencia de la obtención de la previa licencia urbanística, para preservar la ordenación y la estética del municipio de La Rinconada, de conformidad con lo establecido en el art. 169 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Establecer el régimen de control, fiscalización y disciplina, para que la vulneración de las prescripciones contenidas en esta Disposición lleve aparejada la imposición de sanciones a los responsables. ERROR: undefined OFFENDING COMMAND: get STACK: /quit -dictionary-mark- CARGOS Y PERSONAL '2*&± %&1"35".&/50 %&*/5&3*033&-"$*0/&4 */45*56$*0/"-&4:1"35*$*1"$*¶/ RESOLUCIÓN IRP/2560/2009, de 7 de septiembre, de convocatoria de proceso selectivo para el acceso a la categoría de bombero/a de la escala básica del cuerpo de bomberos de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 76/09). Visto lo que establecen los artículos 17 y 18 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 28/1986, de 30 de enero, GH5HJODPHQWRGHVHOHFFLyQGHSHUVRQDOGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDG de Cataluña; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los IXQFLRQDULRVGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDFRQUHVSHFWRDOD asignación del destino de los funcionarios de nuevo ingreso; el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y SUHFLRVS~EOLFRVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDHQFXDQWRDODVWDVDVGHLQVFULSFLyQ a las convocatorias para la selección de personal; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña; el Decreto 107/1987, de 13 de marzo, por el que se regula el uso de las lenguas oficiaOHVSRUSDUWHGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDHO,,,$FXHUGR general sobre condiciones de trabajo del personal del ámbito de aplicación de la 0HVD*HQHUDOGH1HJRFLDFLyQGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD para los años 2005-2008 (código de convenio núm. 7901680, que fue inscrito y publicado por disposición de la Resolución TRI/3345/2005, de 15 de noviembre, y el resto de normativa de aplicación; Vistos la relación de puestos de trabajo vigente del personal funcionario de la 'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDPHQWRV\HO $FXHUGRGH*RELHUQR*29GHGHGLFLHPEUHSRUHOTXHVHDSUXHED la oferta de ocupación pública de 160 plazas de la categoría de bombero/a de la HVFDODEiVLFDGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDSDUDHODxR 2008, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya'2*&Q~P 5295, de 13.1.2009); Visto que se han realizado los trámites que prevé la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con el derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional de los empleados públicos; Visto lo que establecen el artículo 17.3 de la Ley 5/1994, de 4 de mayo, el artículo 3.3 del Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia respectiva de los departamentos de la $GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDHODUWtFXORGHO'HFUHWR de 6 de noviembre, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, y de conformidad con lo que dispone el apartado 1.h) de la Resolución IRP/4054/2008, de 18 de diciembre, de delegación de funciones del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en diversos yUJDQRVGHO'HSDUWDPHQWR'2*&Q~PGH RESUELVO: Convocar proceso selectivo por el sistema de concurso oposición para el acceso DODFDWHJRUtDGHERPEHURDGHODHVFDODEiVLFDGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*Hneralidad (núm. de registro de la convocatoria 76/09), con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 y de acuerdo con el contenido de los anexos 2, 3, 4, 5 y 6 de esta Resolución. 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70548 Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente GHODSXEOLFDFLyQHQHO'LDUL2ILFLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\DGHFRQIRUPLGDG con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, respectivamente. Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Barcelona, 7 de septiembre de 2009 5HVROXFLyQ,53'2*&GH P. D. JOAN BOADA I MASOLIVER Secretario general ANEXO 1 Bases de la convocatoria —1 Normas generales 1.1 Se abre convocatoria de proceso selectivo para el ingreso a la categoría de ERPEHURDGHODHVFDOHUDEiVLFDGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGSRUHO procedimiento de concurso oposición. 1.2 Las funciones que tienen que ejercer los miembros del cuerpo de bomberos GHOD*HQHUDOLGDGVRQODVTXHHVWDEOHFHQORVDUWtFXORVG\GHOD/H\ de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña. 1.3 Se convocan 160 plazas por el turno libre de la categoría de bombero/a de la HVFDODEiVLFDGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDGHDFXHUGRFRQ la oferta de ocupación pública para el año 2008, publicada mediante el Acuerdo de *RELHUQR*29GHGHGLFLHPEUH'2*&Q~PGH Asimismo, se incluye un 10% adicional del total de las plazas incluidas en la oferta pública de ocupación indicadas en el párrafo anterior para las personas participantes que, una vez superados todos los requisitos y todas las fases del proceso selectivo, no hayan obtenido plaza. Estas personas se quedarán en situación de expectativa de nombramiento y serán nombradas funcionarias con ocasión de vacante. 1.4 La realización de este proceso selectivo se ajusta a lo que establecen la Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el cual se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 28/1986, de 30 de enero, del Reglamento de selección de personal de la AdministraFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDHO'HFUHWRGHGHPD\RSRUHOTXH se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción SURIHVLRQDOGHORVIXQFLRQDULRVGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD con respecto a la asignación del destino de los funcionarios de nuevo ingreso; el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido GHOD/H\GHWDVDV\SUHFLRVS~EOLFRVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDHQFXDQWRDODV tasas de inscripción a las convocatorias para la selección de personal; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70549 de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña y el III Acuerdo general sobre condiciones de trabajo del personal del iPELWRGHDSOLFDFLyQGHOD0HVD*HQHUDOGH1HJRFLDFLyQGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD *HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDSDUDORVDxRVFyGLJRGHFRQYHQLRQ~P que fue inscrito y publicado por disposición de la Resolución TRI/3345/2005, de 15 de noviembre). De acuerdo con lo que establecen el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril; el artículo 42 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, y el artículo 11.3 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, las personas participantes a lo largo del proceso selectivo tienen que acreditar el conocimiento de la lengua catalana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado a las funciones propias de la escala EiVLFDGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD(VWHFRQRFLPLHQWR se acreditará mediante la prueba que se especifica en la base 6.1.6.b.1). 1.5 De conformidad con lo que establece el artículo 6 del Decreto 389/1996, de 2 de diciembre, por el que se regula el acceso de los ciudadanos de los estados miembros GHOD8QLyQ(XURSHDDODIXQFLyQS~EOLFDGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGODV personas participantes admitidas en el proceso selectivo que no tengan la nacionalidad española tienen que acreditar el conocimiento de la lengua castellana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado al ejercicio de las funciones propias de la escala básica del cuerpo de bomberos. Este conocimiento se acreditará mediante la prueba que se especifica en la base 6.1.6.b.2). —2 Requisitos de las personas participantes 2.1 Requisitos generales de participación. Para tomar parte en la presente convocatoria, las personas participantes tienen que cumplir los requisitos siguientes: a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los otros estados miembros de la Unión Europea. También podrán ser admitidos, sea cual sea su nacionalidad, el cónyuge de español o de nacional de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, y sus descendientes y los del cónyuge siempre que no esté separado de derecho, sean menores de 21 años o mayores de esta edad dependientes, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Igualmente, podrán ser admitidas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, en los cuales sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En cualquier caso, las personas participantes que no tengan la nacionalidad española tienen que acreditar documentalmente su nacionalidad. b) Haber cumplido 16 años y no haber cumplido los 35 años. c) Poseer el título de formación profesional de primer grado, de graduado/a escolar de educación general básica, de graduado/a en educación secundaria obligatoria /2*6(GHWpFQLFRD/2*6(RHTXLYDOHQWHRFXDOTXLHURWURGHQLYHOVXSHULRU o estar en condiciones de obtenerlo. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario disponer de la homologación correspondiente del Ministerio de Educación. d) Estar en posesión del permiso de conducir de vehículos de la categoría C, en vigor, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable. e) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para ejercer las funciones propias de las plazas que hay que cubrir. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para acceder al cuerpo o escala, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaba como personal laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder a la ocupación pública. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70550 2.2 Los requisitos establecidos anteriormente se tienen que cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, estos requisitos se tienen que continuar cumpliendo hasta la toma de posesión como funcionarios/as de carrera, salvo lo que establece la base 2.1.b). —3 Solicitudes 3.1 Lugar donde obtener el modelo de solicitud. Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Registro general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales \3DUWLFLSDFLyQHQHO5HJLVWURJHQHUDOGHOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ Extinción de Incendios y Salvamentos, y en los registros de los servicios territoriales del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en %DUFHORQD*LURQD/OHLGD7DUUDJRQD/HV7HUUHVGHO¶(EUH/D&DWDOXQ\D&HQWUDO y L’Alt Pirineu i Aran. Las solicitudes para participar en esta convocatoria se tienen que dirigir, una vez se haya abonado la tasa a la que hace referencia la base 3.5, al secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación. El modelo normalizado figura en el anexo 6 de esta Resolución. Los impresos de solicitud y los modelos normalizados se facilitan en las direcciones mencionadas en el párrafo siguiente, en la página web del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación que tiene la siguiente dirección: http://www.gencat.cat/interior/esc/docs/esc_convocatories.htm y en la intranet de OD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDPHQWRVKWWS emergencies.intranet/personal/Convocatories/index_conv.htm 3.2 Lugar donde se pueden presentar las solicitudes Las solicitudes se pueden presentar en los registros siguientes: Registro del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, c. Diputació, 355, 08009 Barcelona. 5HJLVWURGHOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDmentos, ctra. de la Universidad Autónoma, s/n, 08290 Cerdanyola del Vallès. Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en Barcelona, c. Almogàvers, 107-119, 08018 Barcelona. Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones InsWLWXFLRQDOHV\3DUWLFLSDFLyQHQ/D&DWDOXQ\D&HQWUDOFGH¬QJHO*XLPHUj 08241 Manresa. Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones InstiWXFLRQDOHV\3DUWLFLSDFLyQHQ*LURQDFGHOD6qTXLD*LURQD Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en Lleida, c. de Vallcalent, 1, 25006 Lleida. Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en Les Terres de l’Ebre, c. de Lluís Canalda, 2, 3º 4ª, 43500 Tortosa. Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en Tarragona, c. del Comte de Rius, 2-8, 43003 Tarragona. Registro del Servicio Territorial del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en L’Alt Pirineu i Aran, c. del Comtat d’Urgell, 10, 25700 La Seu d’Urgell. Asimismo, se pueden presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Las solicitudes enviadas por correo se tendrán que presentar en sobre abierto para que sean debidamente fechadas y selladas por la persona de correos antes de ser certificadas, de acuerdo con lo que establece el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo que establece la Ley 24/1998, de 13 de julio, del servicio postal universal y de liberalización de los servicios postales. 3.3 Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales, contados a SDUWLUGHOGtDVLJXLHQWHGHODSXEOLFDFLyQGHODFRQYRFDWRULDHQHO'2*& $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70551 3.4 Documentación. Junto con la solicitud, y dentro del plazo que establece la base anterior, las personas participantes tienen que aportar: a) Fotocopia compulsada del permiso de conducir de vehículos de la categoría C, o equivalente, en vigor, y, si procede, para dar cumplimiento de la base 6.2.1.f, fotocopia compulsada de los permisos de conducir en vigor de las clases que se prevén. b) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión del nivel intermedio de catalán (B) o superior de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, a efectos de quedar exento/a del ejercicio de conocimientos de lengua catalana que establece la base 6.1.6.a1). En caso de que no se disponga de esta documentación y a los mismos efectos quedar exento/a del ejercicio de conocimientos de lengua catalana que establece la base 6.1.6.a1), la persona participante tendrá que aportar una certificación del secretario general del departamento correspondiente, o del órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección para acceder DOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDHQTXHKD\DSDUWLFLSDGRHO nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que ha obtenido plaza. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación no será necesaria la acreditación documental mencionada. Con respecto a las personas participantes que hayan superado una prueba del mismo nivel o superior en otros procesos de la oferta pública de ocupación del año 2008 tendrán que acreditarlo, mediante un certificado del órgano convocante o el órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección en que han participado, el año de la oferta pública de ocupación de la convocatoria, el nivel de conocimientos de lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que han superado la prueba. En todo caso, la persona participante lo tendrá que indicar expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo que señala la base 3.6.d). c) Certificado expedido por la correspondiente Oficina de Trabajo del Departamento de Trabajo y/o, si corresponde, del Instituto Nacional de Ocupación (INEM), donde conste de forma expresa que dentro del plazo de presentación de solicitudes la persona participante se encuentra en situación de desempleo y no percibe ninguna prestación económica a los efectos de disfrutar de la exención de la tasa de inscripción prevista en el artículo 2.1.3.1 del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos GHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD No obstante, la persona participante puede autorizar al Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación para que compruebe de oficio el cumplimiento de las circunstancias que dan derecho al disfrute de la bonificación mencionada en el párrafo anterior. Las personas participantes dispondrán de un modelo para otorgar su autorización, en los lugares donde se puede obtener la solicitud de participación. d) Fotocopia compulsada del título de familia numerosa en caso de que la persona participante sea miembro de una familia numerosa de categoría general o especial, y a los efectos de disfrutar de las bonificaciones de la tasa previstas al artículo 2.1-3.4. del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se DSUXHEDHO7H[WRUHIXQGLGRGHOD/H\GHWDVDV\SUHFLRVS~EOLFRVGHOD*HQHUDOLGDG de Cataluña. No obstante, la persona participante puede autorizar al Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación para que compruebe de oficio el cumplimiento de las circunstancias que dan derecho al disfrute de la bonificación mencionada en el párrafo anterior. Las personas participantes dispondrán de un modelo para otorgar su autorización, en los lugares donde se puede obtener el modelo de solicitud. e) Fotocopia compulsada del resguardo de la imposición de la tasa en caso de que el pago se efectúe por giro postal o telegráfico o transferencia bancaria. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70552 f) A efectos de participar en la fase de concurso, si procede: Original de la solicitud del certificado que establece la base 6.2.1, apartados a), c), d) y e) según modelo normalizado. Fotocopia compulsada del certificado que establece la base 6.2.1.b). En caso de que no se disponga del certificado y se quiera hacer valer el mérito establecido en la base 6.2.1.b) hará falta presentar dentro del plazo establecido en la base 3.3 una copia compulsada de la solicitud del certificado presentada ante el registro oficial correspondiente. Sólo se entenderá válidamente acreditado este mérito cuando, una vez emitida el certificado por el órgano competente, la persona participante dirija el certificado al tribunal calificador y lo presente en un registro oficial antes de la fecha de publicación de los resultados de la quinta prueba: evaluación psicológica. g) Documentación acreditativa de haber superado un curso de características similares a lo que prevé la base 6.3 que realiza el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. 3.5 Tasa. De acuerdo con lo que prevé la normativa vigente en materia de tasas y precios S~EOLFRVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDSDUDLQVFULELUVHHQODFRQYRFDWRULDODV personas participantes tienen que satisfacer la tasa de 22,55 euros. Las personas que sean miembros de familias numerosas de categoría general disfrutarán de una bonificación del 30% del importe de la tasa por la que tendrán que satisfacer la tasa de 15,80 euros y las personas que sean miembros de familias numerosas de categoría especial disfrutarán de una bonificación del 50% de la tasa por la que tendrán que satisfacer la tasa de 11,30 euros. La acreditación documental de estas circunstancias o la autorización en el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación para su comprobación, tendrá que realizarse de conformidad con lo que establece la base 3.4.d) dentro del plazo de presentación de solicitudes a que hace referencia la base 3.3 y sin perjuicio de lo que establece la base 4.2. El pago de la tasa se tiene que efectuar en cualquiera de las oficinas de la Caixa de Cataluña mediante ingreso en caja, o bien por giro postal o telegráfico o transferencia EDQFDULDHQODFXHQWDFRUULHQWHQ~P³*HQHUDOLGDGGH Cataluña. Interior. Acceso a cuerpos de funcionarios”. Cuando el pago se efectúe por giro postal o telegráfico o transferencia bancaria, hace falta que como nombre del remitente conste el de la persona participante y se tiene que adjuntar a la solicitud la fotocopia compulsada del resguardo de la imposición. Asimismo se tendrá que hacer constar expresamente el número de registro de la convocatoria. En la solicitud tiene que figurar el sello de la Caixa de Cataluña en el apartado reservado en la entidad bancaria, lo que acredita el abono de la tasa correspondiente. En ningún caso el pago en la Caixa de Cataluña sustituirá el trámite de presentación de la solicitud ante la administración dentro del plazo y en la forma apropiada, de acuerdo con lo que establecen las bases 3.2 y 3.3. Están exentas de realizar el pago de la tasa las personas participantes que se encuentran en situación de desempleo y no perciben ninguna prestación económica y así lo acrediten documentalmente o autoricen al Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación para la comprobación de estas circunstancias dentro del plazo de presentación de solicitudes a que hace referencia la base 3.3 y sin perjuicio de lo que establece la base 4.2. La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no-acreditación documental a efectos de la exención o la bonificación de la tasa, determinará la exclusión de la persona participante del proceso selectivo. No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada. 3.6 Instrucciones para rellenar las solicitudes: Para rellenar la solicitud las personas participantes tienen que tener en cuenta las instrucciones que figuran en el reverso del impreso normalizado y, además, lo siguiente: a) En el apartado “Datos de la convocatoria” hace falta que se hagan constar todos los datos que son requeridos, y específicamente: $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70553 Número de registro: 76/09. Cuerpo/escala/categoría: bombero/a escala básica. Sistema de acceso: libre. b) En el apartado “Otros datos de la convocatoria”, si procede: En el recuadro A deberá hacerse constar la relación de parentesco (cónyuge, descendiente o descendiente del cónyuge) que tienen las personas participantes que aleguen como requisito alguno de los casos establecidos en el segundo párrafo de la base 2.1.a). En el recuadro B deberá hacerse constar el año, código y nombre del curso que se alega para la exención del curso que prevé la base 6.3.2. En el recuadro C deberá hacerse constar las pruebas o ejercicios que el participante quiere que se le planteen en castellano. c) En el apartado “Datos personales” se especificarán todos los datos solicitados. En todo caso habrá que hacer constar la fecha de nacimiento y/o la nacionalidad que se alegan a efectos de cumplir los requisitos que se establecen en la base 2, en caso contrario supondrá que la persona participante aparezca como excluido en las listas provisionales de las personas participantes admitidas y excluidas a que se refiere la base 4.1 y, si procede, en la lista definitiva a que hace referencia la base 4.3. Como número de identificación personal se indicará el del documento nacional de identidad o el correspondiente documento oficial que acredite la identidad personal en el país de origen en caso de que no tenga la nacionalidad española. d) En el apartado “Formación” es imprescindible indicar el título académico oficial que se alega para participar en la convocatoria, de acuerdo con lo que señala la base 2.1.c), especificando, si procede, la denominación de los estudios. El hecho de no hacer constar este dato supondrá que el aspirante aparezca como excluido en las listas provisionales de las personas participantes admitidas y excluidas a que se refiere la base 4.1 y, si procede, a la lista definitiva a la que hace referencia la base 4.3. Asimismo, se indicará el nivel de conocimientos de lengua catalana que se posee, de acuerdo con los certificados de conocimientos que establece la Secretaría de Política Lingüística, o los declarados equivalentes en éstos, de acuerdo con el que establece la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística y posteriores modificaciones. En todo caso, para quedar exento/a del ejercicio de conocimientos de lengua catalana que establece la base 6.1.6.a) será indispensable la acreditación documental de la posesión del nivel de conocimientos requeridos. Las personas participantes que hayan participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección de personal para acceder a la $GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGHQORVTXHVHKXELHUDHVWDEOHFLGRXQDSUXHEDGH catalán del mismo nivel o superior, o que hayan superado la prueba mencionada en otros procesos de la oferta pública de ocupación del año 2008, lo especificarán en este apartado indicando el proceso selectivo que corresponda. e) En el apartado “Justificación de ingreso de los derechos de participación” se hará constar el importe de la tasa de inscripción: 22,55 euros. Si la persona participante es miembro de una familia numerosa de categoría general, el importe de la tasa de inscripción será de: 15,80 euros. Si la persona participante es miembro de una familia numerosa de categoría especial, el importe de la tasa de inscripción será de: 11,30 euros. f) Es imprescindible que la solicitud sea firmada por la persona participante. La falta de firma supondrá que el aspirante aparezca como excluido en las listas provisionales de las personas participantes admitidas y excluidas a que se refiere la base 4.1 y, si se procede, en la lista definitiva a que hace referencia la base 4.3. g) La solicitud se dirigirá al secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación. 3.7 A efectos de admisión de las personas participantes se tendrán en cuenta los datos que éstas hagan constar en la solicitud, y será responsabilidad suya la veracidad de los datos. Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo el tribunal de la convocatoria puede requerir a las personas participantes la acreditación de los $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70554 datos que han hecho constar en la solicitud, mediante la presentación de cualquier documento oficial identificativo. 3.8 Con la formalización y presentación de la solicitud las personas participantes dan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente. —4 Admisión de las personas participantes 4.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación dictará resolución en el plazo máximo de un mes y declarará aprobada la lista provisional de personas participantes admitidas y excluidas en la convocatoria. En la resolución mencionada, que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, se indicarán los lugares donde se expondrán las listas completas certificadas de las personas participantes admitidas y de las personas participantes excluidas y de los motivos de exclusión. 4.2 Las personas participantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para presentar posibles reclamaciones dirigidas a enmendar los defectos que se hayan producido, o para adjuntar la documentación que se solicita a la convocatoria o enmendar los defectos de su solicitud inicial. Las personas participantes que figuren como excluidas en esta lista provisional que no enmienden dentro de este plazo el defecto imputable a ellas que haya motivado su exclusión, se considerará que desisten de su petición. En cualquier caso y con el fin de evitar error y, en caso de producirse, de posibilitar su corrección dentro del plazo y en la forma adecuada, las personas participantes comprobarán no sólo que no figuran en la lista de excluidas, sino además que sus nombres figuran en la lista de personas admitidas. 4.3 Una vez transcurridos 15 días hábiles de la expiración del plazo anterior se harán públicas, mediante resolución del secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, las listas definitivas de personas participantes admitidas y excluidas en la convocatoria, con indicación de la fecha, la hora y el lugar de realización de la primera prueba y del orden de actuación de las personas participantes, y los lugares donde se expondrán las citadas listas. 4.4 El orden de actuación de las personas participantes en las pruebas se iniciará por la persona participante cuyo primer apellido empiece por la letra “C”, de conformidad con el sorteo público realizado el día 15 de diciembre de 2008 (Resolución *$3GHGHGLFLHPEUHSRUODTXHVHGDSXEOLFLGDGDOUHVXOWDGRGHO sorteo público para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se sean realizados durante el año 2009, para el ingreso a la función S~EOLFDGHOD*HQHUDOLGDGSXEOLFDGDHQHO'2*&Q~PGH 4.5 De acuerdo con lo que dispone el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con la publicación de las resoluciones mencionadas en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y la exposición de las listas en los tablones de anuncios en los lugares que se indiquen en éstas se considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas, y se iniciarán los plazos a efectos de posibles reclamaciones o recursos. 4.6 Los errores materiales, de hecho y aritméticos se pueden enmendar en cualquier momento. —5 Tribunal 5.1 El tribunal calificador lo componen los miembros siguientes: Titulares: Sra. Rosa Batalla Pascual Sr. Antoni Rifà Ros Sr. Santiago Cabestany Soto Sra. Eva Lloret Manero $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70555 Sr. Marcel·lí Blanchar Cazorla Sr. Edgar Nebot Hernández Sr. Jordi Martín Jutglar Sr. Josep Carles Ruiz Cruz Sr. Sergio Carretero Centeno Sr. José Ruiz Luque Sra. Anna Figueras Bosch, designada por la Escuela de Administración Pública de Cataluña Suplentes: Sr. Miquel Vidal Domínguez Sra. Marta Viñals Artigas Sra. Rosa Baeza Lanuza Sr. Josep Lluís López Morales Sr. Eduard Clarella Biarge Sra. Roser Martí Muñoz Sr. Pere Hervàs Fernàndez 6U-RVp*LPpQH]*DUFtD Sr. Esteve Xavier Rifà Ros Sra. Raquel Lladó Navarro, designada por la Escuela de administración Pública de Cataluña Actuará como presidenta la Sra. Rosa Batalla Pascual y, en su ausencia, como presidente suplente el Sr. Antoni Rifà Ros. Asimismo formarán parte del tribunal calificador, como representantes titular y suplente respectivamente en calidad de personas asesoras en materia de normalización lingüística, con voz pero sin voto, las personas siguientes: Sr. Josep Estruch Traité Sra. Antònia Fernàndez Martínez 5.2 El tribunal puede disponer, si así lo cree conveniente, la incorporación de personas asesoras y especialistas, con voz pero sin voto, para que colaboren con sus miembros en la realización y valoración de las pruebas o ejercicios que estimen pertinentes. 5.3 El Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación y la 'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDPHQWRVSUHVWDUiQ el apoyo material y técnico necesario para la actuación del tribunal calificador. 5.4 Los miembros del tribunal tendrán derecho a percibir las cuantías correspondientes, de acuerdo con la normativa reguladora en materia de indemnización SRUUD]yQGHVHUYLFLRVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD 5.5 Los miembros del tribunal tendrán que abstenerse, y notificarlo al órgano convocante, cuando se encuentren en alguna de las circunstancias que prevé el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando hayan impartido cursos o trabajos para la preparación de personas participantes en pruebas selectivas los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria. Igualmente, las personas participantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas. 5.6 El tribunal no puede aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de personas participantes a los de las plazas objeto de convocatoria, sin perjuicio del 10% adicional que prevé la base 1.3 y será nula de pleno derecho cualquier propuesta que contradiga lo anterior. 5.7 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo caso a lo que disponen la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento \UpJLPHQMXUtGLFRGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD\OD/H\ 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 5.8 El tribunal facilitará a las personas participantes y al órgano convocante la información que se le requiera en relación con las puntuaciones concretas que éstas hayan obtenido. 5.9 Se extenderá un acta de cada una de las sesiones del tribunal. 5.10 A los efectos de comunicaciones y otras incidencias, el tribunal tiene la $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70556 VHGHDOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDPHQWRV (c. Diputació, 355, 08009 Barcelona). 5.11 La autoridad convocante, por sí misma o a propuesta del/de la presidente/a del tribunal, puede requerir, a los efectos oportunos, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea que hay inexactitudes o falsedades en que hayan podido incurrir las personas participantes, las que podrán ser excluidas motivadamente de la convocatoria en cualquier momento. En todo caso, se pondrán en conocimiento de las autoridades competentes las inexactitudes o falsedades comprobadas, al efecto pertinente. El tribunal calificador podrá excluir del proceso selectivo a cualquier participante que realice alguna conducta contraria a la buena fe orientada a desvirtuar los principios de equidad e igualdad u otros comportamientos que alteren el normal desarrollo de cualquiera de las fases establecidas en la convocatoria. 5.12 Asimismo, en cualquier momento el tribunal puede requerir a las personas participantes la acreditación de su identidad personal mediante la presentación de cualquier documento oficial identificativo. —6 Procedimiento de selección El procedimiento de selección es el de concurso oposición libre para todas las personas participantes. Constará de las cuatro fases que a continuación se describen: 6.1 Primera fase: oposición. Las pruebas de la fase de oposición se plantearán en lengua catalana. No obstante, las personas que deseen que se les plantee por escrito alguna prueba o ejercicio en lengua castellana lo tendrán que hacer constar en la solicitud de participación en el apartado C de “Otros datos de la convocatoria” indicando las pruebas o ejercicios que desea que se le planteen en castellano. La fase de oposición está constituida por las pruebas de carácter obligatorio y eliminatorio que se indican a continuación. 6.1.1 Primera prueba: prueba de aptitud y de conocimientos. Consta de dos ejercicios y para superar la prueba de aptitud y conocimientos hay que superar los dos ejercicios. 6.1.1.a) Primer ejercicio: evaluación de la aptitud. Consiste en la realización de una batería de tests psicotécnicos dirigidos a evaluar las capacidades aptitudinales de la persona participante. La valoración de la prueba será de apto/a y no apto/a. 6.1.1.b) Segundo ejercicio: cuestionario. Consiste a contestar un cuestionario no superior a 75 preguntas con respuestas alternativas sobre el contenido completo del programa de temas que figura en el anexo 3 de esta convocatoria. El tiempo para la realización de este ejercicio no puede ser superior a 1 hora y 30 minutos. La calificación de este ejercicio es de 0 a 10 puntos. La puntuación mínima para superarlo es de 5 puntos. El tribunal no tendrá que evaluar el ejercicio de los aspirantes que hayan obtenido la calificación de no apto en el primer ejercicio. Cada respuesta correcta tendrá el mismo valor. Las preguntas que se dejen en blanco no puntuarán. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente. Por cada respuesta errónea se descontará una cuarta parte del valor de una respuesta acertada. Para efectuar la valoración de la prueba será de aplicación la fórmula siguiente: (A - E/4) x 10 Q= n Q=calificación resultante. A=número de aciertos. E=número de errores. n=número de preguntas. 6.1.2 Segunda prueba: prueba física. Consiste en la realización de los cinco ejercicios físicos siguientes: $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70557 Carrera lanzadora Flexión de brazos Tracción general Circuito de agilidad Ejercicio acuático La descripción, las normas y la valoración de cada ejercicio figuran en el anexo 4 de esta Resolución. Valoración de la prueba: Es condición necesaria para superar esta prueba haber sido declarado apto/a en el ejercicio acuático. La puntuación de la prueba física se obtendrá dividiendo entre cuatro la suma total de puntos conseguidos en los ejercicios de flexión de brazos, tracción general, circuito de agilidad y carrera lanzadora. La puntuación final de cada ejercicio tendrá un valor comprendido entre 0 y 10. La calificación de esta prueba es de 0 a 10 puntos. Corresponderá al tribunal fijar la puntuación mínima para superar la prueba, la cual no puede ser inferior a 5 puntos. Organización de la prueba: El orden de realización de los diferentes ejercicios de esta prueba vendrá determinado por la organización de las personas participantes en los grupos que determine el tribunal. No obstante lo anterior, y para todos los grupos, el primer ejercicio (carrera lanzadora), descrito en el anexo 4, se realizará en última posición y se dejará antes de la realización de este ejercicio un periodo, como mínimo, de 30 minutos desde la finalización del ejercicio anterior. Para la realización de la prueba, las personas participantes tendrán que entregar al tribunal, en el lugar y plazo que se indicarán en la resolución de publicación de las listas definitivas de personas participantes admitidas y excluidas que establece la base 4.3, un certificado médico con el contenido siguiente: “El/la señor/a (nombre, apellidos del médico, número de colegiado y provincia de colegiación) certifica que la persona participante (nombre, apellidos y número de DNI) reúne las condiciones físicas necesarias para la realización de los ejercicios físicos, que se describen en el anexo 4 de la resolución de la convocatoria de concurso oposición para el acceso a la categoría de bombero/a de la escalera básica del cuerpo de ERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGQ~PUHJLVWURGHODFRQYRFDWRULD´(OKHFKRGH que una persona participante no presente el mencionado certificado, comportará su exclusión automática del proceso selectivo. Se podrán realizar pruebas antidopaje en el transcurso de los ejercicios físicos. Si procede, el tribunal calificador determinará el sistema mediante el cual se escogerán las personas a las que debe realizarse las pruebas antidopaje. El hecho de dar un resultado positivo en una de las sustancias que especifica el Comité Médico del Comité Olímpico Internacional o el hecho de negarse a someterse a estas pruebas serán motivo de exclusión del proceso selectivo. Cualquier incumplimiento de las normas establecidas para cada ejercicio supondrá la consideración de nulo del ejercicio correspondiente (no apto/a). En los ejercicios en que hay más de un intento, el resultado válido será el mejor de los dos. No se podrá probar ningún elemento o material antes de la realización de los ejercicios de esta prueba. 6.1.3 Tercera prueba: prueba de conducción de vehículos pesados y ligeros. Consistirá en la realización de ejercicios prácticos que permitan evaluar de forma objetiva la habilidad de las personas participantes en la conducción de vehículos pesados 4x4 y ligeros 4x4. Las personas participantes, para poder realizar la prueba de conducción de vehículos pesados, de acuerdo con lo que establece la base 2.1.d), tendrán que estar en posesión del permiso de conducir de vehículos de la categoría C o equivalente. La calificación de esta prueba será de 0 a 10 puntos. Corresponderá al tribunal fijar la puntuación mínima para superar la prueba, que no puede ser inferior a 5 puntos. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70558 El contenido y las características de la prueba las determinará el tribunal y se harán públicas junto con las listas del resultado de la primera prueba de la oposición. 6.1.4 Cuarta prueba: reconocimiento médico. Las personas participantes deberán someterse a una revisión médica, efectuada por los servicios médicos indicados por el tribunal, con el fin de acreditar que no sufren ninguna enfermedad ni defecto físico, psíquico o sensorial que les impida ejercer normalmente las funciones de bombero/a, de acuerdo con el anexo 5 de esta Resolución. En esta prueba médica se tendrán en cuenta los aspectos siguientes: Medición del peso en relación con el índice de masa corporal. Valoración del oído, la vista, el equilibrio, la coordinación muscular, el aparato cardiovascular, el aparato respiratorio y la exploración médica general, con el fin de valorar el funcionamiento, las posibles malformaciones y alteraciones en los diferentes aparatos que dificulten o impidan el ejercicio de las funciones de bombero/a. Se efectuarán, como mínimo, las exploraciones siguientes: análisis de orina, análisis de sangre, electrocardiograma, audiometría y, según los resultados de estas pruebas y de la revisión de los parámetros anteriores, se efectuarán las exploraciones específicas necesarias con el fin de descartar cualquier patología que pueda dificultar o impedir el ejercicio de las funciones de bombero/a. Al inicio de la prueba las personas participantes tendrán que formalizar un cuestionario médico orientativo con la declaración jurada de enfermedades y tratamiento médico. El hecho de que una persona participante no formalice el cuestionario mencionado, así como la omisión intencionada y/o falsedad de los datos solicitados comportará su exclusión automática del proceso selectivo. Con el fin de determinar la calificación de la prueba sólo se tendrán en cuenta los resultados de las exploraciones realizadas en el momento de realización de esta prueba por los servicios médicos designados por el tribunal calificador y sus resultados siempre tienen que referirse al momento de la exploración. La calificación de esta prueba será de apto/a o no apto/a. 6.1.5 Quinta prueba: evaluación psicológica. Consistirá en la resolución de unas pruebas psicotécnicas, orientadas, por una parte, a evaluar la adecuación de las características de la persona participante, en relación con el ejercicio de las funciones y de las tareas propias de la categoría de bombero/a y, por otra parte, a detectar rasgos psicopatológicos o alteraciones de la personalidad que dificulten o imposibiliten el ejercicio de las funciones de bombero/a. Esta prueba incluirá una entrevista personal con el fin de ampliar y contrastar la adecuación de la persona participante. La calificación de esta prueba será de apto/a o no apto/a. 6.1.6 Sexta prueba: conocimientos de lengua catalana y castellana. a) Conocimiento de lengua catalana: Las personas participantes deben acreditar los conocimientos de lengua catalana y, si procede, de lengua castellana en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente de la publicación de las calificaciones de la cuarta prueba, prueba médica. A estos efectos, se publicará un listado con las personas participantes aptas a la cuarta prueba que ya han acreditado ante el órgano convocante los conocimientos de lengua catalana exigidos y, si procede, castellana, y no hará falta que los acrediten nuevamente a los efectos de quedar exentos de la realización de la prueba. Transcurrido este plazo, se expondrán las listas provisionales de personas participantes que deben realizar los ejercicios de lengua catalana y, si procede, de lengua castellana. Las personas participantes dispondrán de un plazo de 10 días a partir del día siguiente de su publicación para enmendar los defectos y/o presentar la documentación acreditativa de los conocimientos de lengua requeridos. Las listas definitivas de personas participantes que deben realizar los ejercicios de conocimientos de lengua catalana y, si procede, de lengua castellana, se harán públicas al mismo tiempo que las calificaciones de la quinta prueba, evaluación psicológica. a.1) Exención del ejercicio de conocimientos de lengua catalana $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70559 Quedan exentas de la realización del ejercicio: Las personas participantes que acrediten documentalmente que están en posesión del nivel intermedio (B) o superior de la Secretaría de Política Lingüística o uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. Las personas participantes, con carácter meramente informativo, pueden consultar esta Orden a través de la dirección de internet: http://www6.gencat. net/llengcat/certific/equiv.htm. Las personas participantes que aporten fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión del nivel intermedio (B) o superior de la Secretaría de Política Lingüística o equivalente de acuerdo con la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. Las personas participantes que hayan participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección de personal para acceder a la misma Administración de la *HQHUDOLGDGHQTXHKXELHUDHVWDEOHFLGDXQDSUXHEDGHFDWDOiQGHOPLVPRQLYHOR superior y que aporten una certificación del secretario general del departamento correspondiente, o del órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y H[SUHVDHOSURFHVRGHVHOHFFLyQSDUDDFFHGHUDOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDG de Cataluña en que haya participado, el nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que ha obtenido plaza. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación no será necesaria la acreditación documental mencionada. Las personas participantes que hayan superado la prueba mencionada en otros procesos de la oferta pública de ocupación del año 2008 y que lo acrediten mediante un certificado del órgano convocante o del órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección en que han participado, el año de la oferta de ocupación de la convocatoria, el nivel de conocimientos de lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación que ha superado la prueba. Asimismo, quedarán exentas de su realización las personas participantes que en la fecha y lugar de realización del ejercicio, antes de la hora señalada para su inicio, aporten ante el Tribunal documentación suficiente acreditativa de estar en posesión de conocimientos de lengua catalana de nivel intermedio (B) o superior de la Secretaría de Política Lingüística o equivalente de acuerdo con la Orden PRE/228/2004. a.2) Exención del ejercicio de lengua castellana Quedan exentas de realizar este ejercicio las personas participantes que aporten fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión de un certificado conforme han cursado la primaria, la secundaria y el bachillerato en el Estado español; del diploma de español nivel intermedio (B2) que establece el Real decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real decreto 264/2008, de 22 de febrero, o equivalente, o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas dirigidas a la obtención de éste; o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas. Asimismo, quedarán exentas de su realización las personas participantes que en la fecha y lugar de realización de la prueba, antes de la hora señalada para su inicio, aporten ante el tribunal documentación suficiente acreditativa de estar en posesión de conocimientos de lengua castellana. El tribunal enviará al órgano convocante fotocopia de la documentación mencionada, al efecto de que se incorpore en el expediente de la persona interesada. El tribunal hará pública, si procede, la lista de personas participantes exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana y castellana junto con las calificaciones de la quinta prueba. b) Descripción de la prueba: consta de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio para las personas participantes no exentas. b.1) Primer ejercicio: conocimientos de lengua catalana. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70560 La prueba de conocimientos de lengua catalana consta de dos partes: Primera parte: se evaluarán el dominio de la expresión escrita mediante la redacción de una carta personal de 150 palabras como mínimo y los conocimientos prácticos de lengua mediante seis bloques de preguntas sobre conocimientos sintácticos y de comprensión de lengua catalana relacionados en grado adecuado con las funciones de las plazas objeto de esta convocatoria. Segunda parte: se evaluará la expresión oral por medio de una exposición oral y una conversación sobre temas generales de actualidad. Este ejercicio tendrá una duración máxima de 1 hora y 30 minutos para la primera parte y de 10 minutos para la segunda. La calificación de este ejercicio es de apto/a o no apto/a. b.2) Segundo ejercicio: conocimientos de lengua castellana De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas participantes que no tengan la nacionalidad española. Con el fin de acreditar los conocimientos de lengua castellana, las personas participantes que no tengan la nacionalidad española tendrán que realizar la prueba específica, que se establece en la base 1.5 y que será evaluada por el tribunal, teniendo en cuenta que debe exigirse un grado de conocimientos idiomáticos adecuados al ejercicio de las funciones propias de la categoría de bombero/a de la escala básica del cuerpo de bomberos. La prueba consistirá en la realización de una redacción de 200 palabras, como mínimo, y en mantener una conversación con miembros del tribunal y, si procede, con los asesores especialistas que éste designe. El tiempo para la realización de esta prueba no puede ser superior a 45 minutos para la primera parte y de 15 minutos para la segunda. La calificación de la prueba es de apto/a o no apto/a. 6.1.7 La puntuación final de esta fase de oposición quedará determinada por la división entre tres de la puntuación total resultante de la suma de las calificaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la primera prueba, la de la segunda prueba y la de la tercera prueba. 6.2 Segunda fase: concurso. 6.2.1 En la fase de concurso, que no tiene carácter eliminatorio, se valorarán exclusivamente: D (OWLHPSRGHVHUYLFLRVSUHVWDGRVHQOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDFRPRERPbero/a hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, de acuerdo con los documentos normalizados establecidos en la base 6.2.3, que deberán adjuntarse en la solicitud de participación se valora a razón de 0,03 puntos por mes entero trabajado, considerando como un mes entero, un periodo de 30 días naturales, hasta un máximo de 2,5 puntos. Es condición indispensable para valorar los méritos mencionados que se acrediten mediante un certificado del órgano competente en materia de personal del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación. En el mencionado certificado tienen que constar de forma expresa el régimen jurídico, el vínculo, el cuerpo, la categoría y el periodo concreto de prestación de los servicios hasta la fecha de publicación de la convocatoria. b) El tiempo de servicios prestados en cualquier otra administración pública como bombero/a hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, de acuerdo con los documentos que tendrán que adjuntar en la solicitud de participación. El tiempo de servicios prestados, que el tribunal asimile totalmente con los coUUHVSRQGLHQWHVGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDGHDFXHUGR con las funciones que se establecen en la Ley 5/1994, de 4 de mayo, se valora a razón de 0,03 puntos por mes entero trabajado, considerando como un mes entero, un periodo de 30 días naturales, hasta un máximo de 2,5 puntos. El tiempo de servicios prestados, que el tribunal asimile parcialmente con los FRUUHVSRQGLHQWHVGHOFXHUSRGHERPEHURVGHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDGHDFXHUGR con las funciones que se establecen en la Ley 5/1994, de 4 de mayo, se valora a razón de 0,02 puntos por mes entero trabajado, considerando como un mes entero, un periodo de 30 días naturales, hasta un máximo de 1 punto. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70561 Es condición indispensable para valorar los méritos mencionados que se acrediten mediante un certificado del órgano competente en materia de personal. En el certificado tendrá que constar de manera clara y expresa el cargo del órgano que tiene la competencia para expedir el certificado, o el del órgano en el que delegue, así como la norma legal que les habilita, si procede, del diario o boletín oficial en que se haya publicado. Asimismo, tiene que constar el régimen jurídico, el vínculo, el cuerpo, la categoría, el periodo concreto de prestación de los servicios hasta la fecha de publicación de la convocatoria y las funciones concretas desarrolladas como bombero/a. c) El tiempo prestado como bombero/a voluntario/a de la sección activa o especial GHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxDH[FHSWRORVSULPHURVDxRVGHSHUPDQHQFLDHQODV secciones mencionadas del cuerpo de bomberos voluntarios, se valora a razón de 0,01 puntos por mes de permanencia en el cuerpo de bomberos voluntarios, considerando como un mes entero, un periodo de 30 días naturales, hasta un máximo de 1,5 puntos. En el cómputo del tiempo de servicios prestados no se tendrán en cuenta los periodos de suspensión temporales de funciones. Es condición indispensable para valorar este mérito que se acredite que cumple con las obligaciones que establece el artículo 32 apartados b), c) y f) del Decreto 246/1996, de 5 de julio, que aprueba el Reglamento del cuerpo de bomberos voluntaULRVGHOD*HQHUDOLGDGPHGLDQWHXQFHUWLILFDGRGHOGLUHFWRUDJHQHUDOGH3UHYHQFLyQ Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en el que debe constar el tiempo prestado como bombero/a voluntario/a hasta la fecha de publicación de la convocatoria. d) El tiempo de servicios prestados como auxiliar forestal o auxiliar forestal FRQGXFWRUGHOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDmentos del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación se valora a razón de 0,03 puntos por mes entero trabajado, considerando como un mes entero, un periodo de 30 días naturales, hasta un máximo de 1,5 puntos. Es condición indispensable para valorar este mérito que se acredite mediante un certificado del órgano competente en materia de personal del Departamento o del director/a general de Prevención Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en el que debe constar el tiempo prestado en estas categorías hasta la fecha de publicación de la convocatoria. e) El tiempo de servicios prestados en el dispositivo operativo de la Dirección *HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDPHQWRVGHO'HSDUWDPHQWR de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en alguna categoría laboral con relevancia operativa se valora a razón de 0,02 puntos por mes entero trabajado, considerando como un mes entero, un periodo de 30 días naturales, hasta un máximo de 1 punto. Es condición indispensable para valorar este mérito que se acredite mediante un certificado del órgano competente en materia de personal del Departamento o del director/a general de Prevención Extinción de Incendios y Salvamentos del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en el que debe constar el tiempo prestado en estas categorías hasta la fecha de publicación de la convocatoria. f) Estar en posesión de los permisos de conducir, en vigor, de acuerdo con la normativa aplicable, en la fecha de publicación de la convocatoria de las clases siguientes: f.1) D se valorará en 0,5 puntos. f.2) C + E se valorará en 0,5 puntos. f.3) D + E se valorará en 0,5 puntos. Este mérito se valorará con un máximo de 1 punto y es condición indispensable para valorar este mérito que se acredite mediante una fotocopia compulsada del permiso de conducir de acuerdo con lo que establece la base 3.4.a). 6.2.2 El tiempo de servicios que señalan los apartados c) y d) o c) y e) de la base 6.2.1 no podrán acumularse si han sido prestados de manera simultánea. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70562 6.2.3 En cuanto a los certificados que debe emitir el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, los modelos normalizados estarán a disposición de las personas interesadas en los lugares y direcciones que se mencionan en la base 3.2. 6.2.4 La documentación que acredite los méritos mencionados deberá presentarse dentro del plazo de los 20 días naturales que establece la base 3.3, y de acuerdo con lo que establece la base 3.4. Se entienden justificados, debidamente, aquellos méritos cuyas personas participantes hayan solicitado, dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, la emisión del certificado correspondiente. La valoración de los méritos se realizará de acuerdo con los datos que se certifiquen. 6.2.5 La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso se valorará en un 33% de la puntuación global de todo el proceso selectivo. 6.2.6 La valoración de la fase de concurso se hará pública al mismo tiempo y en el mismo lugar que las calificaciones de la sexta prueba, “conocimientos de lengua catalana y castellana”, en que hace referencia la base 6.1.6 o, si procede, con las calificaciones de la quinta prueba, “evaluación psicológica” de acuerdo con la base 6.1.5. Las personas participantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la valoración mencionada para presentar las alegaciones que consideren oportunas. Una vez estimadas o desestimadas las alegaciones presentadas, el tribunal hará pública la valoración definitiva de los méritos que hayan acreditado las personas participantes en la fase de concurso, al mismo tiempo que la publicación de la puntuación total de la fase de oposición, de acuerdo con lo que establece la base 6.1.7. 6.2.7 El tribunal publicará por orden de puntuación la lista de personas participantes que, según la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases anteriores, sean propuestas para realizar el curso selectivo en el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. El número de personas participantes propuestas no podrá rebasar el de las plazas objeto de la convocatoria. 6.3 Tercera fase: curso selectivo en el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. 6.3.1 Este curso, con una duración de 650 horas lectivas, está dividido en los módulos siguientes: Módulo 1: Puesto de trabajo. Módulo 2: Conocimiento del territorio, de las edificaciones y de las instalaciones. Módulo 3: Atención sanitaria y psicológica a las víctimas. Módulo 4: Protección y seguridad personal. Módulo 5: Medios y procedimientos operativos. Módulo 6: Ciencias aplicadas. Módulo 7: Extinción de incendios I (urbanos e industriales). Módulo 8: Salvamentos y rescates. Módulo 9: Asistencias técnicas. Módulo 10: Riesgo químico. Módulo 11: Extinción de incendios II (incendios forestales). Módulo 12: Educación física. 6.3.2 Las personas participantes que hayan acreditado haber superado un curso de similares características en el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, mediante el correspondiente certificado de acuerdo con lo que establecen las bases 3.3 y 3.4 podrán quedar exentas de la realización del curso citado. La lista de personas participantes exentas del curso selectivo se publicará al mismo tiempo y en el mismo lugar que las calificaciones a las que hace referencia la base 6.1.6, o, si procede, la base 6.1.5. 6.3.3 Quedarán excluidas del proceso selectivo las personas participantes que durante esta fase del proceso pierdan la condición de alumno/a, de acuerdo con $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70563 lo que establece el artículo 12 del Decreto 176/1996, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Escuela de Bomberos de Cataluña. La propuesta de exclusión del curso al órgano convocante corresponderá al tribunal calificador del proceso selectivo a propuesta motivada del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. La puntuación del curso selectivo es de 0 a 10 puntos. Para poder superar el curso selectivo, las personas participantes tendrán que haber alcanzado los conocimientos, las habilidades y las actitudes necesarias para llevar a cabo las funciones de bombero/a. La valoración de los módulos de formación programados consta de dos partes, en la primera se valorarán los conocimientos y habilidades alcanzadas y en la segunda los comportamientos y actitudes de las personas participantes y para superar el curso selectivo será necesario que sean declarados aptos de ambas partes de cada uno de los módulos. El tribunal calificador hará públicas las puntuaciones obtenidas en el curso selectivo, con indicación de los recursos que se puedan interponer, en el Departamento GH,QWHULRU5HODFLRQHV,QVWLWXFLRQDOHV\3DUWLFLSDFLyQHQOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH Prevención Extinción de Incendios y Salvamentos y en los Servicios Territoriales del 'HSDUWDPHQWRGH,QWHULRU5HODFLRQHV,QVWLWXFLRQDOHV\3DUWLFLSDFLyQGHO*RELHUQR GHOD*HQHUDOLGDGGH&DWDOXxD 6.4 Cuarta fase: periodo de prueba. 6.4.1 Las personas participantes que hayan superado el curso selectivo accederán al periodo de prueba, que consiste en la realización de 320 horas de prácticas de VHUYLFLRHIHFWLYRHQXQSDUTXHGHERPEHURVGHVLJQDGRSRUOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos. Este periodo de prueba tendrá también carácter selectivo. 6.4.2 Una vez finalizado este periodo, las personas funcionarias encargadas del candidato y el jefe o los jefes de las unidades orgánicas donde la persona participante haya cumplido el periodo de prueba, emitirán un informe. Este informe se dará a conocer a la persona interesada, que podrá hacer las alegaciones que considere oportunas. Toda la documentación se incluirá en el expediente personal y se enviará al tribunal calificador. La valoración del periodo de prueba será sometida a la decisión del tribunal calificador, que establecerá la calificación de apto/a o no apto/a. La calificación de no apto/a irá acompañada del correspondiendo informe motivado. 6.4.3 Las personas participantes que presten servicios como persona funcionaria interina en el cuerpo de bomberos están exentas de realizar este periodo de prueba. 6.5 Las calificaciones se harán públicas en el Departamento de Interior, RelacioQHV,QVWLWXFLRQDOHV\3DUWLFLSDFLyQHQOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQ de Incendios y Salvamentos y en los Servicios Territoriales del Departamento de ,QWHULRU5HODFLRQHV,QVWLWXFLRQDOHV\3DUWLFLSDFLyQGHO*RELHUQRGHOD*HQHUDOLGDG de Cataluña, con especificación de los recursos que se puedan interponer. 6.6 La fecha, la hora y el lugar de realización de la primera prueba se especificará en la resolución que prevé la base 4.3, por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas participantes admitidas y excluidas en la convocatoria. La fecha, la hora y el lugar de las pruebas siguientes las determinará el tribunal, y se publicarán junto con los resultados de la prueba anterior en el lugar en que se haya realizado ésta, y también en los lugares que establece la base 6.5. 6.7 Para cada una de las pruebas se realizará un único llamamiento; las personas participantes que no comparezcan al llamamiento del tribunal para el desarrollo de las pruebas en el lugar, la fecha y la hora señalados, salvo los casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el tribunal, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo. 6.8 En caso de que se produzcan empates entre las personas participantes, se tienen que resolver aplicando de manera sucesiva los criterios siguientes: a) Mayor puntuación en la fase de oposición. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70564 b) Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la oposición por el orden en que aparezcan en la convocatoria. c) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que aparezcan en la convocatoria. 6.9 El orden definitivo de personas participantes que han superado el proceso selectivo se determinará sumando la puntuación obtenida en la fase de concurso, si procede, en la fase de oposición y la calificación obtenida en el curso selectivo. En ningún caso la puntuación de la fase de concurso se podrá aplicar para superar las diferentes fases obligatorias. El tribunal publicará la lista definitiva de personas participantes que hayan superado el proceso selectivo de acuerdo con las plazas objeto de la convocatoria, por orden de puntuación final, que serán propuestas para su nombramiento como bomberos/as. —7 Presentación de documentación 7.1 Nombramiento de funcionarios en prácticas. 7.1.1 Durante la realización del curso selectivo y el periodo de prueba, las personas participantes tendrán la consideración de funcionarias en prácticas. Para ser nombrado funcionarios en prácticas será necesario que antes del inicio del curso selectivo, y dentro del plazo de 20 días naturales contados desde la fecha de la propuesta indicada presenten la documentación que acredita los requisitos de participación: a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, en vigor, o del documento oficial acreditativo de la personalidad, en vigor, en caso de que no tenga la nacionalidad española. b) Fotocopia compulsada de la documentación que acredite su nacionalidad en caso de que las personas participantes no tengan la nacionalidad española. Las personas participantes que se encuentren incluidas en alguno de los supuestos que prevé el segundo párrafo de la base 2.1.a) deben presentar la correspondiente documentación expedida por las autoridades competentes que acredite, respecto del nacional español o del estado miembro de la Unión Europea, su vínculo de parentesco, el hecho de vivir a cargo con respecto a los descendientes mayores de veintiún años, así como, con respecto al cónyuge y descendientes del cónyuge, una declaración jurada o promesa según la cual no existe separación de derecho. c) Fotocopia compulsada de la documentación que acredite estar de en posesión de la titulación de acuerdo con lo que se establece en la base 2.1.c). d) Declaración de no estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública. Las personas participantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar, mediante documentación expedida por las autoridades competentes de su país, que no se encuentran inhabilitadas o en situación equivalente ni han sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder a la ocupación pública. e) Declaración de no estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que prevé la legislación vigente, o declaración que se solicitará la autorización que prevé el artículo 10 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades GHOSHUVRQDODOVHUYLFLRGHOD$GPLQLVWUDFLyQGHOD*HQHUDOLGDG f) Dos fotografías mate (de tamaño pasaporte). Toda la documentación que se presente en lengua extranjera tiene que ir acompañada de la traducción jurada correspondiente. 7.1.2 Las personas participantes propuestas por el tribunal que no presenten la documentación requerida dentro del plazo de los 20 días a que hace referencia la base anterior, salvo los casos de fuerza mayor, que serán debidamente comprobados por la autoridad convocante, y las que no cumplan los requisitos necesarios, no podrán ser nombradas funcionarias en prácticas y serán declaradas excluidas del proceso selectivo, quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir en el caso de falsedad. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70565 7.1.3 Si una de las personas participantes propuestas para la realización del curso selectivo fuera declarada excluida del proceso selectivo, el tribunal podrá proponer a la persona participante siguiente en puntuación final de la fase de concurso oposición. —8 Asignación de destinaciones y nombramiento de funcionarios 8.1 Una vez verificado que las personas participantes han presentado la documentación indicada y reúnen los requisitos y las condiciones requeridas, se procederá a la adjudicación provisional de los puestos de trabajo vacantes, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso de selección. 8.2 A las personas participantes incluidas en el 10% adicional, si procede, se les adjudicará destino en caso de que haya vacantes, y mientras esto no se produzca se quedarán en expectativa de nombramiento. 8.3 El tribunal, una vez hecha pública la lista definitiva de personas participantes que hayan superado el proceso selectivo que prevé la base 6.9 en los lugares previstos en la base 6.5, elevará la propuesta de personas participantes al órgano convocante, a los efectos de su nombramiento como personas funcionarias, especificando la fecha de publicación de la lista mencionada. Las personas participantes propuestas, serán nombradas personas funcionarias mediante una resolución del secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación que se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. —9 Toma de posesión 9.1 Las personas funcionarias nombradas dispondrán de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de nombramiento en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para efectuar el juramento o la promesa y tomar posesión ante el órgano competente en materia de personal del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación. 9.2 La falta de juramento o promesa o de la toma de posesión comportará la pérdida de todos los derechos, salvo los casos de fuerza mayor que serán debidamente comprobados y estimados por la administración. —10 Régimen de impugnaciones 10.1 Contra las resoluciones definitivas y los actos de trámite del secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, si estos últimos deciden directamente o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el proceso selectivo o producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de forma potestativa, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación o notificación, ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, o bien recurso contencioso administrativo de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de su publicación o notificación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con lo que prevé el artículo 10 de la Ley mencionada. 10.2 Contra las resoluciones definitivas y los actos de trámite del tribunal, si estos últimos deciden directamente o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el proceso selectivo, o producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, las personas interesadas podrán interponer en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación o notificación, recurso de alzada ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70566 Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. 10.3 Contra los actos de trámite del tribunal no incluidos en el punto anterior las personas participantes, a lo largo del proceso selectivo, podrán formular todas las alegaciones que estimen pertinentes para su consideración en el momento que se haga pública la puntuación final del proceso selectivo. ANEXO 2 Se puede obtener información sobre esta convocatoria haciendo uso del teléfono 012, de atención ciudadana. Igualmente, la persona participante puede obtener información y consultar su situación en el proceso de selección (listas de personas admitidas y excluidas, lugar, fecha y hora y resultados de las pruebas) a través de la dirección de Internet: http://www.gencat.net/interior/esc/docs/esc_convocatories.htm y en la intranet GHOD'LUHFFLyQ*HQHUDOGH3UHYHQFLyQ([WLQFLyQGH,QFHQGLRV\6DOYDPHQWRV http://emergencies.intranet/personal/Convocatories/index_conv.htm. No obstante, la única información válida será la expuesta en las direcciones indicadas en las bases 3.2, 6.5 y 6.6 de esta Resolución. ANEXO 3 Programa de temas Tema 1 Legislación La Constitución española. Estructura y contenido general. El Estatuto de autonomía de Cataluña. Estructura y contenido general. Organización de la Administración FDWDODQD,QVWLWXFLRQHV\RUJDQLVPRVGHOD*HQHUDOLGDG Tema 2 Legislación Ley 5/1994, de 4 de mayo, de regulación de los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña. Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña. Estructura y contenido general. Tema 3 Física Sistema internacional de medidas. Velocidad y aceleración. Fuerza y peso. Acción y reacción. Trabajo y potencia. Principio de conservación de la energía. Tema 4 Física del fuego Temperatura y fuentes de calor. Propagación del calor. Teoría del fuego. Elementos que componen el fuego. Tipo de combustión. Clases de fuego. Tema 5 Agentes extintores Agentes extintores. Definición. Tipo de agentes extintores: características y aplicaciones. Tema 6 Mecánica Máquinas simples. Palancas y poleas. Tornillos y tuercas. Máquinas herramienta: tipo y características, tornos, planos inclinados. Tema 7 Química Estados de la materia y cambios de estado. Reacciones químicas. Compresión \H[SDQVLyQGHJDVHV*DVHVSHUIHFWRV*DVHVFRPSULPLGRVGLVXHOWRVOLFXDGRV\ criogénicos. Ácidos y bases. Explosión, deflagración, detonación, BLEVE. Tema 8 Riesgo químico $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70567 Clasificación de las materias peligrosas según ADR. Código de peligro. ADR. Etiquetas de peligro según ADR. Código Hazchem. Diamante de peligro NFPA-704. Definición de intoxicaciones. DL50, TLV-TWA; TLV-STEL; TLV-C, IPVS. Tema 9 Hidráulica Principios generales. Unidades de presión. Presión estática y presión dinámica. Caudal, pérdidas de carga y efecto Venturi. Tema 10 Mecánica vehículos Motores diésel. Motores gasolina. Carburación e inyección. Sobrealimentación, tipologías de motores. Principales partes de un motor. Potencia y par motor. Tema 11 Prevención y protección contra incendios Protección activa en los edificios: extintores, BIES (boca de incendios equipada), hidrantes, columnas secas, rociadores, detectores automáticos de incendios y exutorios de humos. Protección pasiva en los edificios: compartimentación y sectores de incendio. La ignifugación: concepto y aplicaciones básicas. Comportamiento al fuego de los elementos estructurales y los materiales: diferencia entre reacción y resistencia al fuego. Tema 12 Atención sanitaria Valoración del paciente. Signos y síntomas. Apoyo vital básico y reanimación cardiorrespiratoria. Hemorragias y choque. Movilización e inmovilización de pacientes traumáticos. Tema 13 Construcción Materiales de construcción cerámicos. El yeso. El hormigón en masa y el hormigón armado. Aglomerantes y mezclas. El hierro y el acero laminado. La madera. Los plásticos. Tema 14 Construcción Acciones y reacciones en una construcción. Tipo de esfuerzos. Cimientos: tipo y aplicaciones. Estructuras: tipo y aplicaciones. Cierres y fachadas: tipo y aplicaciones. Cubiertas: tipo y aplicaciones. Tema 15 Electricidad Magnitudes eléctricas. Estaciones de transformación. Conductores y líneas eléctricas. Instalaciones interiores domésticas. Cuadros de mandos. Dispositivos de protección. Electricidad estática. Tema 16 Cartografía Lectura e interpretación de mapas. Uso, funcionamiento y cálculo de las escalas. Simbología y toponimia. Las curvas de nivel. Proyecciones y coordenadas. TrianJXODFLyQ\FiOFXORGHGLVWDQFLDV6LVWHPDV*36 Tema 17 *HRJUDItDItVLFD Las cordilleras. Los ríos. Los valles. Embalses y lagos. Vegetación y territorio. Agricultura y territorio. Los bosques en el arco mediterráneo. Tema 18 Conocimiento del territorio catalán Comarcas y municipios. Los ríos y las cordilleras. Principales ejes de comunicación. Principales núcleos de producción industrial. La producción agrícola. Núcleos de población en zonas forestales. Tema 19 Meteorología Regímenes pluviométricos en Cataluña. Régimen de los vientos. Temperaturas. Periodos de retorno de los aguaceros. La presión atmosférica. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70568 ANEXO 4 Descripción de los cinco ejercicios físicos: Primer ejercicio: carrera lanzadora. Descripción: La persona participante se situará detrás de una línea para empezar una carrera hasta llegar a pisar la línea situada en la banda contraria (a 20 m) y esperar a oír una señal sonora para continuar la carrera. Esta situación se repetirá durante todo el test. El test finalizará cuando la persona participante no sea capaz de llegar a pisar la línea antes de oír la señal sonora. En este momento, deberá retirarse por su calle en dirección a la línea desde donde inició el ejercicio y entregará su tarjeta al controlador. Normas: a) Deberán pisarse las líneas de cada tramo (distanciadas a 20 m). b) Deberá pisarse la línea antes de oír la señal sonora y salir después de la misma. c) En el cambio de sentido, no se pueden hacer giros circulares, se tiene que pivotar. Valoración: se realizará un único intento. Se registrará el número del último minuto (palier) anunciado antes de que la persona participante pierda el ritmo de la señal sonora. Si por causas organizativas o técnicas se interrumpe la realización del ejercicio de carrera lanzadora, éste no se podrá repetir hasta que no hayan transcurrido 24 horas desde el momento en que se produzca la interrupción. Tabla 1 Paliers H=paliers hombres; Paliers D=paliers mujeres. Puntuación 1 2 3 4 5 5,5 6 6,5 7 7,5 8 8,5 9 9,5 Paliers H 8,5 9 9,5 10 10,5 11 11,5 12 12,5 13 13,5 14 14,5 15 Paliers D 6,5 7 7,5 8 8,5 9 9,5 10 10,5 11,0 11,5 12 12,5 13 Segundo ejercicio: flexión de brazos. Descripción: Flexión mantenida de brazos cogiéndose a una barra metálica, de 3 cm de diámetro, colocada horizontalmente con las palmas de las manos mirando hacia adelante. La persona participante se cogerá a la barra con los dedos dirigidos hacia adelante. Se colgará de ella de manera que la barbilla quede por encima la barra. Normas: a) No se podrá balancear el cuerpo, ni hacer movimientos de impulso para mantener la postura. b) No se podrá tocar la barra con ninguna parte del cuerpo que no sean las manos. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70569 c) Las manos tienen que hacer contacto directo con la barra. Se ofrecerá la posibilidad de utilizar magnesio. d) No se permite la utilización de elementos que, a juicio del controlador del ejercicio, supongan ventaja en la realización de la prueba. e) No se informará de ningún intervalo de tiempo durante la ejecución del ejercicio desde la puesta en marcha del cronómetro. Valoración: se registrará el tiempo total (en segundos y décimas de segundo) durante el cual la persona participante haya permanecido colgada con la barbilla mantenida por encima del nivel de la barra. Se realizará un único intento. Tabla 2 Tiempo H=tiempo hombres (en segundos y décimas de segundo); Tiempo D=tiempo mujeres (en segundos y décimas de segundo). Puntuación Tiempo H 0,5 7,08-20,75 1 20,76-28,12 1,5 28,13-34,43 2 34,44-38,46 2,5 38,47-45,47 3 45,48-49,76 3,5 49,77-55,82 4 55,83-61,61 4,5 61,62-67,45 5 67,46-73,48 5,5 73,49-79,29 6 79,30-85,28 6,5 85,29-91,08 7 91,09-97,00 7,5 97,01-103,00 8 103,01-108,74 8,5 108,75-114,79 9 114,80-121,06 9,5 121,07-127,04 Tiempo D 5,66-16,60 16,61-22,49 22,50-27,54 27,55-30,77 30,78-36,38 36,39-39,81 39,82-44,66 44,67-49,29 49,30-53,96 53,97-58,78 58,79-63,43 63,44-68,22 68,23-72,86 72,87-77,60 77,61-82,40 82,41-86,99 87,00-91,83 91,84-96,85 96,86-101,63 Tercer ejercicio: tracción general. Descripción: La persona participante se pondrá un cinturón de musculación y se colocará sobre las marcas de la plataforma en posición totalmente vertical, brazos extendidos a lo largo del cuerpo y pies juntos. Se tomarán las medidas de manera que la barra llegue a tocar el pulpejo de los dedos. Una vez regulada la altura de la cadena, la persona participante cogerá la barra con las palmas dirigidas hacia él. Flexionará las rodillas, dejando la barra apoyada en la parte superior de las piernas. A la señal del controlador traccionará la barra lentamente, de abajo a arriba y con todo el cuerpo, de manera que llegue a hacer la máxima fuerza posible. A la indicación del controlador finalizará el ejercicio. Normas: a) La fuerza tiene que ser progresiva y sin brusquedades. b) Durante la ejecución del ejercicio, el cuerpo no podrá moverse en ningún eje que no sea el vertical. c) Las manos tienen que hacer contacto directo con la barra. Se ofrecerá la posibilidad de utilizar magnesio. d) No se permite la utilización de elementos que, a juicio del controlador del ejercicio, supongan una ventaja en la realización de la prueba. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70570 Valoración: se harán dos intentos no consecutivos y se anotará el número máximo de kg que haya conseguido en el mejor de ambos. La persona participante esperará el tiempo que marque al controlador para hacer el segundo intento. Si estos dos intentos son nulos, el ejercicio también será nulo. Tabla 3 Kg H=kg hombres; Kg D=kg mujeres. Puntuación 0,5 1 1,5 2 2,5 3 3,5 4 4,5 5 5,5 6 6,5 7 7,5 8 8,5 9 9,5 Kg H 137-170 171-189 190-204 205-222 223-243 244-258 259-275 276-293 294-311 312-328 329-346 347-364 365-382 383-400 401-418 419-435 436-457 458-477 478-489 Kg D 96-119 120-132 133-143 144-155 156-170 171-181 182-193 194-205 206-218 219-230 231-242 243-255 256-267 268-280 281-293 294-305 306-320 321-334 335-342 Cuarto ejercicio: circuito de agilidad. Descripción: a) La persona participante se colocará de pie ante la línea de salida, situada a 3 m del trampolín. A la señal del controlador se pondrá en marcha el cronómetro y la persona participante iniciará el ejercicio. b) La persona participante saldrá corriendo hacia el trampolín y tendrá que pegar sobre el trampolín desde donde con un salto subirá a la barra de equilibrio. Si la persona participante lo considera necesario, en lugar de subir con un salto sobre el trampolín puede optar por subir desde el lateral de la barra de equilibrio; en este caso, la persona participante tendrá que pasar también por encima del trampolín y subir a la barra de equilibrio en el espacio (señalado con una línea) de un metro medido desde el extremo próximo al de la línea de salida. Acto seguido la persona participante tendrá que hacer un giro del cuerpo de 180° sobre la barra de equilibrio antes de sobrepasar la línea mencionada. Los pies tienen que quedar dentro de la zona de la primera línea antes de empezar a andar hacia atrás. Seguidamente, andará de pie hacia atrás hasta la mitad de la barra de equilibrio, que estará señalada con otra línea. Cuando la persona participante pise o traspase la línea con cualquiera de los pies, el controlador dirá en voz alta: “derecha” o “izquierda” (correspondiendo a los lados de la propia persona participante). La persona participante se sentará lateralmente por el lado indicado para el controlador (las dos piernas colgando por el mismo lateral de la barra) y levantará ambas manos y dará una palmada con el fin de asegurar que las manos pierden el contacto con la barra de equilibrio. En la siguiente acción, la persona participante se tendrá que levantar y andar hasta el otro extremo (con respecto a la salida) de la barra de equilibrio. Cuando llegue $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70571 a traspasar la línea situada a un metro del final de la barra de equilibrio, tendrá que saltar para caer de pie sobre una colchoneta situada a continuación de la barra de equilibrio. A la caída del salto desde la barra de equilibrio, no se podrá apoyar ninguna parte del cuerpo fuera de la colchoneta. c) Seguidamente, la persona participante continuará hasta situarse entre dos conos colocados delante de otra colchoneta realizando una voltereta agrupada frontal con apoyo de las dos manos sobre el colchón. A continuación se dirigirá hacia la primera valla, que pasará por delante hasta rebasarla, girará hacia la izquierda y pasará por debajo de la valla. Correrá después hacia el plinton, que tendrá que pasar con todo el cuerpo (con apoyo o sin) por encima y entre dos barras verticales situadas en los extremos del plinton. Acto seguido se dirigirá hacia la segunda valla, que pasará directamente por detrás, girará hacia la derecha y pasará por debajo de la valla. Irá ahora frontalmente hacia la primera valla, que tendrá que saltar sobrepasándola con los dos pies, se detendrá el cronómetro en el momento en que la persona participante toque con un pie en el suelo después del salto de la última valla y se registrará el tiempo utilizado. Normas: a) Cualquier incumplimiento de alguno de los elementos del ejercicio descritos en el desarrollo de este protocolo será considerado nulo. b) No se podrá pisar la línea de salida antes de empezar el ejercicio. c) En el transcurso del ejercicio no se puede desplazar ni tumbar ningún obstáculo. d) La voltereta tendrá que ser realizada sobre el eje transversal del tronco. e) Si la persona participante se cae desde la barra de equilibrio, podrá volver a empezar de nuevo el ejercicio sin que el cronómetro se detenga. Si se cae una segunda vez en el mismo intento, el ejercicio será nulo. f) Las alturas del plinton y de las vallas serán diferentes para las personas participantes de sexo masculino y de sexo femenino. En el caso del plinton a las mujeres se les retirará un cajón. Las vallas tendrán que estar a una altura de 90 cm para los hombres y de 80 cm para las mujeres. Valoración: la persona participante dispone de dos intentos, no consecutivos, y será válido el mejor tiempo (en segundos y décimas de segundo) de ambos. Si estos dos intentos, no consecutivos, son nulos, no habrá posibilitad de un tercer intento y el ejercicio es también nulo. Tabla 4 Tiempo H=tiempo hombres (en segundos y décimas de segundo); Tiempo D=tiempo mujeres (en segundos y décimas de segundo). Puntuación Tiempo H 0,5 31,44-29,85 1 29,84-29,2 1,5 29,19-28,25 2 28,24-27,33 2,5 27,32-26,5 3 26,49-25,84 3,5 25,83-24,94 4 24,93-24,06 4,5 24,05-23,14 5 23,13-22,29 5,5 22,28-21,44 6 21,43-20,61 6,5 20,60-19,78 7 19,77-18,94 7,5 18,93-18,11 Tiempo D 36,79-34,92 34,91-34,16 34,15-33,05 33,04-31,98 31,97-31,01 31,00-30,23 30,22-29,18 29,17-28,15 28,14-27,07 27,06-26,08 26,07-25,08 25,07-24,11 24,10-23,14 23,13-22,16 22,15-21,19 $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70572 Puntuación Tiempo H 8 18,10-17,27 8,5 17,26-16,44 9 16,43-15,69 9,5 15,68-14,82 Tiempo D 21,18-20,21 20,20-19,23 19,22-18,36 18,35-17,34 Quinto ejercicio: ejercicio acuático. Consiste en valorar el control de los mecanismos respiratorios y de adaptación al medio acuático. Deberá superarse un recorrido acuático de 25 m dividido en cuatro zonas marcado en una piscina. Descripción: a) La persona participante se colocará de pie en uno de los extremos de la piscina. A la señal del controlador se pondrá en marcha el cronómetro y la persona participante iniciará el ejercicio. Todo el recorrido se desarrollará en una misma calle de la piscina, sin que la persona participante pueda tocar o apoyarse a las paredes o corchos, excepto en los lugares y momentos señalados en las presentes instrucciones. b) Zona A: la persona participante empezará saltando al agua en posición vertical (de pie) sin tocar la pared, sale a la superficie (tiene que verse la cabeza totalmente) y vuelve a sumergirse para dirigirse a la zona B. c) Zona B: la persona participante tiene que ir hacia el fondo pasando por debajo de una barra, sin desplazarla, situada a 1 m de profundidad desde la superficie del agua. Una vez se ha pasado por debajo de la barra sumergida, hay que subir a la superficie donde se irá a tocar una boya situada en el corcho correspondiente (zona C). d) Zona C: después la persona participante tiene que nadar en posición supina (mirando hacia el techo) en cualquier estilo, hasta llegar a tocar una boya situada en el corcho correspondiente (zona D). e) Zona D: acto seguido, la persona participante tendrá que girarse y nadar en posición horizontal prono (mirando hacia el fondo de la piscina) en cualquier estilo, hasta llegar a tocar la pared opuesta a la de la salida de la piscina, momento en que se detendrá el cronómetro. Normas: a) Se penalizará con 5 segundos los siguientes incumplimientos: Tocar las paredes (apoyarse) o los corchos (excepto los indicados en el ejercicio). No sacar completamente la cabeza fuera del agua. Desplazar la barra sumergida. No tocar la boya. b) Se considerará el ejercicio nulo cuando la persona participante no complete correctamente el ejercicio acuático. c) El traje y el gorro de baño son obligatorios para realizar el ejercicio y solamente se permite la utilización de gafas de natación. Valoración: la persona participante sólo tendrá la posibilidad de realizar el ejercicio una sola vez y se anotará el tiempo (en segundos y décimas de segundo). Puntuación: la puntuación de este ejercicio será de apto/a o no apto/a. Se considerará apto/a, siempre y cuando el tiempo conseguido sea inferior a 30” en hombres y 33” en mujeres. ANEXO 5 Exclusiones médicas 1. Constitución física. Será excluyente un peso corporal superior al 10% del peso máximo que corresponde por la estatura y el sexo e inferior a un 5% al peso mínimo indicado por la estatura y el sexo, de acuerdo con las tablas por sexos y por estatura que se indican a continuación. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70573 Estos pesos están en función del índice de masa corporal. Hombres Talla Peso metros normal 1,56 1,57 1,58 1,59 1,60 1,61 1,62 1,63 1,64 1,65 1,66 1,67 1,68 1,69 1,70 1,71 1,72 1,73 1,74 1,75 1,76 1,77 1,78 1,79 1,80 1,81 1,82 1,83 1,84 1,85 1,86 1,87 1,88 1,89 1,90 1,91 1,92 1,93 1,94 1,95 1,96 1,97 1,98 1,99 2,00 49-61 50-62 50-62 51-63 51-64 52-65 53-66 53-66 54-67 55-68 55-69 56-70 57-71 57-71 58-72 59-73 59-74 60-75 61-76 62-77 62-77 63-78 64-79 64-80 65-81 66-82 67-83 67-84 68-85 69-86 70-86 70-87 71-88 72-89 73-90 73-91 74-92 75-93 76-94 76-95 77-96 78-97 79-98 80-99 80-100 Mujeres Talla metros Peso normal 1,51 1,52 1,53 1,54 1,55 1,56 1,57 1,58 1,59 1,60 1,61 1,62 1,63 1,64 1,65 1,66 1,67 1,68 1,69 1,70 1,71 1,72 1,73 1,74 1,75 1,76 1,77 1,78 1,79 1,80 1,81 1,82 1,83 1,84 1,85 1,86 1,87 1,88 1,89 1,90 1,91 1,92 1,93 1,94 1,95 1,96 1,97 1,98 1,99 2,00 43-54 43-55 44-56 44-56 45-57 45-58 46-59 47-59 47-60 48-61 48-62 49-62 50-63 50-64 51-65 52-66 52-66 53-67 53-68 54-69 55-70 55-70 56-71 57-72 57-73 58-74 59-75 59-75 60-76 61-77 61-78 62-79 63-80 63-81 64-81 65-82 65-83 66-84 67-85 68-86 68-87 69-88 70-89 70-90 71-90 72-91 73-92 73-93 74-94 75-95 En el caso de talla inferior o superior a las especificadas en las tablas, se aplicará la proporcionalidad del índice de masa corporal. 2. Oftalmología. Disminución de la agudeza visual inferior a 0,5 en el ojo mejor y 0,3 en el ojo peor, medida sin corregir (agudeza visual por el test de Snellen). $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70574 Retinopatía (se admite la corioretinitis central serosa). Retinosis pigmentaria. Hemeralopia. Hemianopsia. Diplopía. Discromatopsias: se medirán por el test de Ishihara y a las personas participantes que no superen este test se les hará el test de Farnsworth-Munsell. *ODXFRPD Afaquias, pseudoafaquias. Subluxación del cristalino. Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior en la permitida. Queratitis crónica. Alteraciones oculomotrices importantes. Dacriocistitis crónica. Párpados: cualquier patología o defecto que impide la protección del ojo a la intemperie. Tumores oculares. Amputación importante del campo visual en ambos ojos. 3. Otorrinolaringología. Medición de la agudeza auditiva: No se admitirá audífono. /DDJXGH]DDXGLWLYDFRQYHUVDFLRQDOVHUiPHGLGDVHJ~QODVQRUPDV3*%SpUGLGD global binaural) y no se admitirá ningún grado de hipoacusia. No se admitirán pérdidas auditivas iguales o superiores a 30 decibelios bilaterales ni pérdidas auditivas iguales o superiores a 50 decibelios unilaterales en cualquier frecuencia una vez se ha descontado la pérdida normal por la edad según las normas ELI (early loss index). Vértigo. Dificultades importantes de la fonación. Tartamudeo acusado. Obstrucción crónica de las fosas nasales (que impiden la respiración nasal). 4. Aparato locomotor. Enfermedades y limitaciones de movimientos: no se admitirán grados de movilidad inferiores a: a) Extremidades superiores: Hombro: Elevación progresiva hasta 180 grados. Abducción hasta 120 grados. Dinamometría escapular menor de 25 kilos. Codo: Flexión hasta 140 grados. Extensión hasta 0 grados. Supinopronación de 0 a 180 grados. Muñeca: Flexoextensión hasta 120 grados. Mano y dedos: Dinamometría inferior a 30 kilos en hombres y a 25 kilos en mujeres en cualquiera de las manos. Falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de una mano. Falta o pérdida de cualquier falange de cualquier dedo, excepto la falange distal del quinto dedo. Falta de una mano o de cualquier parte de ésta, salvo los dedos descritos anteriormente. No tener íntegra la pinza pulgar-índice. b) Extremidades inferiores: Cadera: Flexión hasta 130 grados. Extensión hasta 10 grados (más allá de 0 grados). $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70575 Tener una extremidad más corta que la otra (igual o superior a 2 centímetros). Rodilla: Extensión completa. Flexión hasta 135 grados. Lesiones articulares o ligamentosas no reparables. Tobillo: Flexoextensión dorsoplantar hasta 45 grados. Pie: Pie patizambo. Pie plano con desviación del eje pie-pierna en varo o en valgo. Pie plano espástico. Pie cabo sin línea de continuidad tacón-metatarso medido por podoscopio. Dedos: Limitación de movimientos que dificulte andar, correr o saltar. Falta de cualquier falange de cualquier dedo. Dedos en garra que impide llevar las botas de trabajo. Hallux valgus doloroso o con indicación quirúrgica, o con callosidad o con inflamación local. c) Columna vertebral: Escoliosis estructurada mayor de 7 grados, medida por el método Lipman-Cobb y con R-X de columna entera. Las escoliosis anteriores que sean secundarias en una disimetría también serán consideradas no aptas. Costilla accesoria que produzca robo de subclavia. Hernia discal. d) Enfermedades diversas: Fracturas que dejan secuelas y dificultan la función. Osteomielitis. Osteoporosis. Condromalacia. Artritis. Luxación recidivando de hombro. Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad para realizar las funciones de bombero/a. 5. Aparato digestivo. Cirrosis. Colitis crónicas y síndromes de malabsorción. Hepatopatías crónicas. Pancreatitis crónica. Eventraciones. Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente para hacer su trabajo. Hepatopatías con repercusión enzímica importante. 6. Aparato cardiovascular. Tensión arterial mayor de 155/95 mm de Hg, medida en reposo de cinco minutos. Insuficiencia cardiaca. Haber sufrido infarto de miocardio. Coronariopatías en cualquier arteria. Arritmias importantes: Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto. Aleteo auricular. Fibrilación auricular. Síndrome de preexitación. Bloqueo auriculoventricular de 2 o 3 grados o de rama bifascicular. Extrasístoles multifocales y extrasístoles unifocales superior a 4 por minuto. Valvulopatías. Llevar prótesis valvulares. Aneurismas cardiacos o de grandes vasos. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70576 Insuficiencia arterial periférica. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de estasis o alteraciones tróficas varicosas importantes. Secuelas postromboembólicas. Defectos y deformidades de los dedos y/o las manos producidos por problemas de circulación que sean sintomáticos o dificulten realizar satisfactoriamente el trabajo de bombero/a. 7. Aparato respiratorio. Será excluyente tener una capacidad vital inferior a 3,5 l los hombres y 3 l las mujeres. Disminución del FEV1 por debajo del 85%. EPOC (enfermedad pulmonar obstructiva crónica). Asma, medida por sibilancias en la auscultación y disminución del VEMS por debajo del 85%, aunque sea consecuencia de una infección respiratoria. Atelectasia. Enfisema. Neumotórax repetitivo. Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas que hay que realizar y en las tareas específicas de bombero/a. 8. Sistema nervioso central. Parkinson, corea o balismo. Epilepsia. Esclerosis múltiple. Ataxia. Arteriosclerosis cerebral sintomática. Vértigo de origen central. Alteraciones psiquiátricas de base. Cualquier grado de hiposmia. 9. Piel y faneras. Cicatrices que produzcan limitación funcional importante y aquellos procesos patológicos que a criterio del tribunal limiten o se agraven con el trabajo de bombero/a. 10. Otros procesos patológicos que impidan las normales funciones de bombero/a. Diabetes tipo I o II. Diabetes insípida. Enfermedad de Cushing. Enfermedad de Addison. Insuficiencia renal crónica. Falta de un riñón. Enfermedades renales evolutivas. Hemopatías crónicas graves. Pruebas analíticas compatibles con patología de base. 'HWHUPLQDFLyQGHWUDQVDPLQDVDVJDPD*7$/72*37\$67$*27VXSHriores en un 30% a la normalidad. *27VXSHULRUDOGHODQRUPDOLGDG Procesos proliferativos malignos que dificulten o impidan las funciones de bombero/a. Tuberculosis activa. Hernia inguinal. Cualquier enfermedad infecciosa (vírica, bacteriana, micótica o parasitaria) crónica y rebelde al tratamiento. Análisis de orina: albuminuria y/o cilindrúria importantes. 11. Alcoholismo y/o drogodependencia con patología orgánica. 12. Cualquier otro proceso patológico que a propuesta de los servicios médicos especializados designados por el tribunal calificador se considere que dificulta o impide el desarrollo de las funciones de bombero/a. 13. Cualquier afectación patológica que sea motivo de exclusión de acuerdo con estas bases y que siendo conocidas por la persona participante no se notifiquen en el cuestionario médico orientativo. $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70577 ANEXO 6 Modelo de impreso de solicitud _________________________________ Sello de entrada Generalidad de Cataluña Antes de rellenar este impreso, lea el dorso. Solicitud de admisión en una convocatoria de acceso al Cuerpo de Bomberos de la Generalidad de Cataluña Datos de la convocatoria Número registro Departamento Sistema de acceso: 1 Libre Fecha del DOGC 2 Cuerpo/escala/categoría Promoción interna 3 Otros Otros datos de la convocatoria A B C D E F NIF Primer apellido Segundo apellido Fecha de nacimiento Nacionalidad Sexo Hombre &23,$3$5$/$$'0,1,675$&,Ï1±&23,$3$5$/$(17,'$'%$1&$5,$±&23,$3$5$/$3(5621$,17(5(6$'$ Datos personales Nombre Mujer Domicilio (calle, núm., piso, puerta) Código postal Municipio Teléfono 1 Teléfono 2 Formación Título académico oficial Graduado escolar 1 2 ESO 3 FPI / Ciclo formativo de grado medio* 4 5 6 FPII / Ciclo formativo de grado superior* BUP Bachillerato / COU Diplomatura* Licenciatura* Otros* 7 8 9 * Indique denominación de los estudios: ___________________________________________________________________________________ Certificado de conocimientos de lengua de la Secretaría de Política Lingüística o equivalente: Documento acreditativo: B C D Otros Solicitud SOLICITO que me admitan en la convocatoria mencionada y DECLARO que son ciertos todos los datos que consigno y que cumplo las condiciones exigidas para trabajar en la Administración pública y las condiciones que la convocatoria establece específicamente. Localidad y fecha _______________________________ Firma de la persona interesada Justificación de ingreso de los derechos de participación Importe de la tasa de inscripción Número de la cuenta de la Caja de Cataluña en la cual se tiene que hacer el ingreso 2013 0500 11 0202701044 Justificante bancario del ingreso Secretario/a General del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación DGPEIS-0001 $BSHPTZQFSTPOBM 'LDUL2¿FLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D 1~P± 70578 Generalidad de Cataluña Instrucciones para rellenar la solicitud de inscripción Antes de rellenar la solicitud, lea las bases de la convocatoria. Escriba los datos de la solicitud en mayúscula, a máquina o con bolígrafo. Asegúrese de que los datos que ha consignado son perfectamente legibles en todos los ejemplares. Firme el impreso. Datos de la convocatoria Compruebe en la Resolución y en las bases de la convocatoria los datos que consigna en la solicitud (el número de convocatoria, la fecha del 'LDUL2ILFLDOGHOD*HQHUDOLWDWGH&DWDOXQ\D(DOGC), el importe de la tasa de inscripción, etc.). Cuando presente la solicitud en la entidad bancaria, pida su copia como justificante del ingreso de la tasa de inscripción. Recuerde que pagar la tasa en la entidad bancaria no sustituye en ningún caso el trámite de presentar la solicitud en el registro administrativo. (09.247.116) $BSHPTZQFSTPOBM 530 Martes, 27 de enero de 2009 OTROS ANUNCIOS CÓRDOBA INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES Núm. 164 Convocatoria de Subvenciones del IMDECO 2009 El Consejo Rector del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba aprobó el día 19 de diciembre de 2008 las Bases Reguladoras de Subvenciones del programa «Actividades en la Naturaleza» para el ejercicio 2009, cuyo texto íntegro se encuentra expuesto en el tablón de anuncios del IMDECO y en la página web del mismo www.imdcordoba.org. Córdoba, 8 de enero de 2009.— El Presidente del IMDECO, firma ilegible. CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS CÓRDOBA Núm. 174 BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE 29 PLAZAS DE BOMBEROS/AS-CONDUCTORES/AS PARA EL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCION Y EXTINCION DE INCENDIOS Y DE PROTECCION CIVIL DE CORDOBA I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Esta convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante el sistema de Concurso-Oposición Libre, de 29 plazas de Bomberos/as-Conductores/as al servicio del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios y de Protección Civil de Córdoba (en adelante Consorcio), pertenecientes a su plantilla de Funcionarios, integradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, Subgrupo C-2, dotadas con sueldo, trienios, pagas extraordinarias y retribuciones complementarias de acuerdo con la legislación vigente aplicable a este Consorcio. Las citadas plazas están incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2007, pudiendo aumentarse este número de plazas si antes de la fecha de la terminación del tercer ejercicio de este Concurso-Oposición se hubiera aprobado una nueva oferta de Empleo Público que recogiera más plazas de la misma Escala, Subescala, Clase y denominación de las que ahora se convocan. Los opositores que resulten aprobados con plaza, antes de su toma de posesión deberán acreditar que residen en el término municipal donde esté ubicado el Parque de Bomberos al que sean destinados. Cuando se den causas justificadas que así lo aconsejen, el Director Técnico del Consorcio podrá autorizar la residencia en lugar distinto, siempre dentro de la zona de cobertura del Parque de Bomberos, siempre y cuando ello sea compatible con el exacto cumplimiento de las tareas del cargo. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en aquello que no esté derogado o no se oponga a la citada Norma, la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984, de 2 agosto; R.D. Legislativo 781/1984, de 17 de abril; R.D. 896/91 de 7 de Junio, las Bases de la presente convocatoria y supletoriamente el R.D. 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado. Igualmente le será de aplicación, en aquellas materias que les pueda afectar, la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía. II.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecidas en el artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público: a) Ser español. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1º Grado o equivalente o Graduado en E.S.O., Técnico de Formación Profesional o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. B. O. P. núm. 15 Se entiende que se está en condiciones de obtener el titulo académico cuando se han abonado los derechos para su expedición. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de laos funciones públicas. e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto las personas que resulten seleccionadas deberán someterse a reconocimiento médico por el Servicio Médico del Consorcio. A efectos del reconocimiento Médico a que deberán someterse los aspirantes seleccionados y propuestos por el Tribunal, en el Anexo IV se recoge la relación de exclusiones médicas por las que se regirá dicho reconocimiento. Los Funcionarios Interinos de este Consorcio y el Personal Contratado en régimen de Derecho Laboral que sean seleccionados y propuestos estarán exentos del mismo en el supuesto de que lo hubieran pasado con anterioridad y hubieran sido declarados APTOS por el Servicio Médico del Consorcio. f) Estar en posesión del permiso de conducir « C « – « C «. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y continuar gozando de los mismos durante todo el proceso de selección y nombramiento. III.- SOLICITUDES. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Sr. Presidente del Consorcio, en modelo normalizado, que se une a esta convocatoria como Anexo VI, y se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Consorcio, dentro del plazo de veinte dias naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. El impreso de solicitud cumplimentado se presentará con el justificante de ingreso ( nº Cta. 2024.6039.15.3305507395) de la cantidad de 20,00 € en concepto de participación en procesos de selección de personal. En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la cantidad arriba indicada supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en esta convocatoria. Los interesados deberán unir a la solicitud fotocopias debidamente compulsadas o cotejadas por empleado de este Consorcio del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.); de la titulación académica exigida, del permiso de conducir, así como de la documentación que justifique los méritos alegados, igualmente debidamente compulsada o cotejada, conforme al articulo 158 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Igualmente junto con la solicitud se deberá aportar Certificado Médico, en impreso oficial, firmado por Colegiado en ejercicio en el que se haga constar expresamente que el Opositor reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas que figuran especificadas en la Base VI, apartado B de esta convocatoria. No serán validos aquellos certificados que no se ajusten a esta redacción, por lo que en este caso el Opositor quedará excluido de la convocatoria. Este Certificado Médico no excluye el reconocimiento médico posterior recogido en el apartado e) de la Base II. Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. IV.- ADMISION DE LOS ASPIRANTES. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Presidente del Consorcio dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos, así como la de excluidos. Dicha resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, juntamente con la relación de aspirantes excluidos y causas que han motivado su exclusión. Copia de dicha resolución y copias certificadas de las relaciones de admitidos y excluidos se expon- B. O. P. núm. 15 Martes, 27 de enero de 2009 drán al público en el Tablón de Edictos de este Consorcio el mismo día que se remita para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren los motivos de dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria. En la misma resolución se hará publico el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y en su caso el orden de actuación de los aspirantes. V.- TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros: Presidente: El Gerente del Consorcio y suplente. Vocales: Un funcionario del Servicio de Protección Civil de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía y suplente El Director Técnico del Consorcio y suplente. El Jefe de la Unidad de Formación de la Diputación de Córdoba y suplente. Un funcionario de un Servicio de Extinción de Incendios, municipal o provincial, de los existentes en la Comunidad Autónoma Andaluza y suplente. Secretario: El del Consorcio o empleado público en quien delegue y suplente. Todos los miembros del Tribunal deberán reunir las condiciones exigidas en el articulo 4º del Real Decreto 896/1981, de 17 de junio. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Consorcio, cuando concurran las circunstancias previstas en el articulo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas. Para la valida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones bastará la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, siendo necesaria, sin embargo la presencia de la Presidencia y de la Secretaría. La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como de los suplentes se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia conjuntamente con la resolución a que se hace referencia en la Base IV. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores en aquellas pruebas que demanden oír su opinión como especialistas, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes ejercicios. En las pruebas en que se considere por el Tribunal necesaria la presencia de asesores no se requerirá la asistencia de la totalidad del Tribunal. Solo será necesaria la asistencia del Secretario y un Vocal. El Tribunal calificará posteriormente las pruebas según los informes de los asesores. La actuación del Tribunal se ajustará a las Bases de esta convocatoria. No obstante el mismo resolverá las dudas que puedan surgir en su aplicación y tomará los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las presentes Bases. VI.- SISTEMA DE SELECCIÓN. El sistema de selección será el de Concurso-Oposición. A) CONCURSO. Los méritos alegados por los aspirantes se calificarán según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria, debiendo relacionarse por los aspirantes según modelo impreso que se une a esta convocatoria como Anexo VII. Las puntuaciones otorgadas se expondrán al público previamente al inicio de la fase de oposición. No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. B) FASE DE OPOSICION. Primer Ejercicio: Consistirá en la realización de las pruebas físicas que figuran en el Anexo III de esta Convocatoria, consistentes en: A): 1.- Carrera de velocidad sobre 100 metros. 531 2.- Carrera de resistencia sobre 1.000 metros. 3.- Flexión de brazos en suspensión pura. 4.- Salto vertical sin carrera. 5.- Trepa de cuerda. B): Subir y bajar escala. C): Natación. 1.- Nadar 100 metros estilo libre. 2.- Arrastre de muñeco de un peso aproximado de 50 Kgs. 3.- Prueba de inmersión ( buceo). Los aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos en cada una de las distintas pruebas físicas serán considerados NO APTOS y por tanto quedarán eliminados de la convocatoria. La puntuación final de este ejercicio será la media de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado la puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de los Apartados A), B) y C), teniendo en cuenta lo indicado en el párrafo anterior. Segundo Ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a 100 preguntas tipo test, con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta relacionadas con las materias contenidas en los apartados A, B y C del Anexo II de esta Convocatoria, procurándose por el Tribunal que dichas preguntas guarden proporción en cuanto al número de ellas con los temas del citado Anexo II, con una duración máxima de 100 minutos. El número de preguntas mínimas a contestar de forma correcta para aprobar este ejercicio así como la penalización por respuestas incorrectas será determinado por el Tribunal y comunicado a los opositores antes del comienzo del ejercicio. Tercer Ejercicio: Constará de dos partes: 1ª.- Consistirá en un supuesto práctico sobre manejo de equipos de extinción de incendios y salvamento redactado por el Tribunal sobre el que se plantearan a los aspirantes una serie de cuestiones a resolver por los mismos, puntuándose esta prueba hasta un máximo de 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos. 2ª.- De carácter practico, sobre conducción y manejo de un vehículo de extinción de incendios, puntuándose esta prueba hasta un máximo de 10 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de 5 puntos. La puntuación final de este ejercicio será la media de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que hayan superado la puntuación mínima de 5 puntos en cada una de las dos partes de que consta. El primer ejercicio de la oposición no podrá comenzar hasta transcurridos al menos dos meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar y la fecha de realización de dicho ejercicio se hará público conjuntamente con la resolución que se indica en la Base IV. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales. Comenzadas las pruebas los sucesivos anuncios para la celebración de los siguientes ejercicios, resultados de las pruebas realizadas y cualquier incidencia en el desarrollo de la oposición se harán públicos en el Tablón de Anuncios del Consorcio con al menos 24 horas de antelación del comienzo del siguiente ejercicio. VII.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación en el momento de ser llamados comporta que decaiga automáticamente su derecho a participar en el ejercicio de que se trate y en los sucesivos y en consecuencia quedará excluido del proceso selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor, que haya impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie libremente el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente, o de haber finalizado cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio para el interés general o para terceros. La actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan actuar conjuntamente comenzará por orden alfabético de apellidos a partir del primero de la letra resultante del sorteo públi- 532 Martes, 27 de enero de 2009 co único para todas las convocatorias que se celebren durante el año que realice la Administración General del Estado. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante. El Tribunal se reserva la posibilidad de realizar pruebas de detección de sustancias tóxicas prohibidas, incluidas el alcohol, en cualquier momentos del desarrollo de los ejercicios, sin que sea necesario el previo consentimiento de los opositores quedando automáticamente excluidos de la oposición aquellos opositores a los que se les detecte alguna de las sustancias indicadas anteriormente o aquellos que se nieguen a pasar las citadas pruebas. Queda totalmente prohibido a los aspirantes acceder a los lugares de celebración de los ejercicios con cámaras fotográficas, de video, etc. debiendo desconectar los teléfonos móviles antes de acceder a los recintos de las distintas pruebas. El incumplimiento de esta medida, si es detectado por el Tribunal, conllevará la salida del aspirante del recinto de la prueba que se esté realizando y por tanto su eliminación de la Oposición. VIII.- CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS. Todos los ejercicios de la fase de oposición serán eliminatorios y se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos o en las distintas pruebas de que se componen.. Los apartados A), B) y C) del primer ejercicio serán a su vez eliminatorios requiriéndose la puntuación mínima de 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando en todo caso las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en la forma prevista en la base VI la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificación de las puntuaciones obtenidas. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición y de la otorgada en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de persistir, por las obtenidas en el tercer ejercicio y en los sucesivos empates por su orden inverso y de no ser posible deshacer el empate se dilucidará por sorteo público entre los aspirantes. IX.- RELACION DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO. Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en la que constará las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de tres días ante el Tribunal, y este deberá resolver en idéntico plazo la reclamación. Contra dicha resolución podrá interponerse Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, ante la Junta General del Consorcio. Igualmente podrá interponerse directamente Recurso de Alzada en dicho plazo sin necesidad de la reclamación previa ante el Tribunal. La relación definitiva de aprobados, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones se expondrá en el Tablón de Anuncios del Consorcio y será elevada al Presidente del Consorcio para que formule los correspondientes nombramientos. En dicha relación figurarán los aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas. Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría del Consorcio, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base II y que son: 9.1.- Fotocopia del D.N.I., acompañado del original para su compulsa. 9.2.- Copia autentificada o fotocopia, que deberá ser presentada con el original para su compulsa, del título a que hace referencia el apartado c) de la base II, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. 9.3.- Informe del Servicio Médico de Empresa de este Consor- B. O. P. núm. 15 cio sobre la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a que se aspira, conforme al Anexo IV de esta Bases. 9.4.- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. 9.5.- Declaración jurada de no hallarse incurso en casos de incapacidad especifica conforme al artículo 36 del Reglamento de Funcionarios. 9.6.- Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles o sujetas a reconocimiento de compatibilidad con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/ 84, de 26 de diciembre sobre Incompatibilidades. 9.7.- Fotocopia del permiso de conducir acompañado del original para su compulsa. Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local uy Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso se propondrá para su nombramiento a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficientes de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de 20 días naturales presenten la documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado. Una vez aprobada la propuesta por el Presidente del Consorcio los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de 30 días hábiles a contar del siguiente al que sea notificado el nombramiento. Aquellos que no lo hicieren en el plazo señalado, sin causa justificada, perderán el derecho a adquirir la condición de funcionario. En el momento de la toma de posesión, los opositores nombrados prestarán juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 770/79, de 5 de abril. El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria. La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos, formas y plazos establecidos en la vigente Ley 30/92, de 26 de noviembre, a partir de la publicación de la misma en los Boletines anteriormente citados. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en estas Bases y disposiciones vigentes que regulen la materia. Todos los avisos, citaciones y convocatorias, que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en esta Bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios. Córdoba a 30 de diciembre de 2008.— El Presidente, Fernando Expósito Maestre. ANEXO I BAREMO DE VALORACION DE MERITOS PARA LA PROVISION DE 29 PLAZAS DE FUNCIONARIOS DE BOMBEROS/AS-CONDUCTORES/AS DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCION Y EXTINCION DE INCENDIOS DE CORDOBA FORMACION: Máximo 3 puntos. Por realización de cursos, jornadas y seminarios sobre extinción de incendios, salvamento, rescates, apuntalamiento y otras especialidades relacionadas con la plaza que se convoca, impartidos por Instituciones Públicas o Privadas, estas ultimas siempre B. O. P. núm. 15 Martes, 27 de enero de 2009 que estén homologadas para la impartición de cursos o que los mismos se hayan impartido con la colaboración o tutela de este Consorcio en la forma siguiente: - Cursos de hasta 10 horas o 2 días: 0,03 puntos - Cursos de 11 a 40 horas o de 3 a 7 días lectivos: 0,05 puntos - Cursos de 41 a 70 horas o de 8 a 12 días lectivos: 0,10 puntos - Cursos de 71 a 100 horas o de 13 a 20 días lectivos: 0,20 puntos - Cursos de 101 a 200 horas o de 21 a 50 días lectivos: 0,50 puntos - Cursos de 201 a 400 horas o de 51 a 80 días lectivos: 0,75 puntos - Cursos de mas de 400 horas o de 80 días lectivos: 1,00 punto Las puntuaciones anteriores se incrementarán en 0,10 puntos si consta que los cursos han sido realizados con aprovechamiento. EXPERIENCIA PROFESIONAL: Máximo 9 puntos. Por cada mes completo de servicios prestados en puesto de trabajo igual o similar en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba o en cualquiera de los Ayuntamientos consorciados: 0,35 puntos. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría a la que ahora se aspira, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo competente: 0,35 puntos. ANEXO II A.MATERIAS COMUNES: 1.- La Constitución Española de 1.978. Derechos y deberes fundamentales de los Españoles. 2.- La Administración Pública Española. Tipología de los Entes Públicos Territoriales: Las Administraciones del Estado, Autónoma y Local. 3.- La Comunidad Autónoma Andaluza. Regulación Jurídica. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. 4.- Régimen Local Español: Principios Constitucionales y Regulación Jurídica. Tipos de Entidades Locales. El Municipio y la Provincia: Concepto, elementos y competencias. 5.- Formas de Gestión de los Servicios Públicos Locales. Especial referencia a los Consorcios. El Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba: Estatutos del mismo. 6.- La Función Pública Local. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Normativa vigente en materia de Función Pública Local. B.MATERIAS ESPECÍFICAS (I): 1.- Geografía de la Provincia de Córdoba. Orografía Provincial. Recursos hídricos naturales. Recursos hídricos artificiales. Demografía provincial. Las Comarcas Naturales y municipios que la componen. Partidos Judiciales. 2.- Municipios de la Provincia de Córdoba: Situación y breve reseña histórica. Entidades Locales Autónomas ( ELAS). Otros núcleos de Población existentes en la Provincia. 3.- Redes viarias de la Provincia de Córdoba: nacionales, autonómicas y provinciales con especial referencia a las dos últimas. Itinerarios a seguir desde los distintos Parques de Bomberos de la Provincia a las localidades de su zona de actuación. Conocimiento e interpretación de mapas de las referidas redes viarias. 4.- La Protección Civil: su organización y campo de aplicación. 5.- La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía. Especial referencia al Título III «Prevención y Extinción de Incendios y salvamento». 6.- La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Protección personal y colectiva. Sistemas de prevención y protección del accidente de trabajo. 7.- Primeros auxilios. Conceptos y clases. C.MATERIAS ESPECÍFICAS (II): 1.- Conocimientos generales del fuego. Propagación del fuego. 2.- Productos o resultado de combustión. Principales riesgos de las combustiones. 3.- Clases de fuegos en función del combustible. Agentes extintores para cada clase de fuego. 4.- Equipos y medios contra incendios. Descripción. 533 5.- Los vehículos en los servicios de incendios. Elementos generales. Cometidos especiales. 6.- Las bombas de aspiración de los vehículos. Profundidad de aspiración. Tomas de aire en la impulsión. 7.- Extintores manuales. Manejo y descripción de los distintos tipos. 8.- Equipos motobombas, equipos de descarcelación. Descripción de su uso ante salvamentos e inundaciones. 9.- Elementos generales de la conducción. La conducción de vehículos de emergencias. Normas generales de conducción. 10.- Los incendios forestales. Tipos de incendios forestales. Medidas preventivas. 11.- Los medios para actuaciones en incendios forestales. Descripción de los medios y su uso. 12.- Introducción a la Topografía. Elementos Geográficos. Coordenadas Geográficas. 13.- Unidades Geométricas de Medida. Escalas Numéricas y Gráficas. 14.- Sistemas de Representación. Formas de Representación de elementos del terreno sobre Planos. Conocimiento y uso de Cartografía. ANEXO III PRUEBAS FISICAS. Dichas pruebas se ejecutarán en el orden establecido, con objeto de respetar los principios de la Ley de la Alternancia. A) 1.- CARRERA DE VELOCIDAD SOBRE 100 METROS: El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos. Se efectuará un solo intento. 2.- CARRERA DE RESISTENCIA SOBRE 1.000 METROS: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado, la ejecución será la propia carrera. Se efectuará un solo intento. 3.- FLEXION DE BRAZOS EN SUSPENSION PURA: Prueba de potencia flexora de tren superior: En suspensión pura de una barra con total extensión de brazos, flexión de brazos hasta que la barbilla asome por encima de la barra partiendo siempre de la posición de suspensión pura. Se contará el número de flexiones completas posibles sin que el aspirante toque el suelo. 4.- SALTO VERTICAL SIN CARRERA: Situado el aspirante de costado al lado de una pared graduada en centímetros, en posición de firmes, levantando el brazo más próximo a la pared, manteniendo los hombros en el mismo plano horizontal, marcará la altura a la que llega con el extremo de los dedos. Realizará, mediante flexión de piernas, un salto vertical señalando la nueva altura alcanzada. La marca alcanzada en esta prueba será la diferencia en centímetros entre la altura conseguida con el salto y la tomada en primer lugar. Se permitirá levantar los talones y el ballesteo de piernas, siempre que no haya desplazamiento o se pierda totalmente el contacto con el suelo de uno de los pies. Se permitirá un solo intento. 5.- TREPAR CUERDA: Consistirá en trepar por una cuerda lisa de 5 metros de longitud, ayudándose para ello de cualquier parte del cuerpo. El aspirante tomará la cuerda con ambas manos. Se permitirá un sólo intento. B) SUBIR Y BAJAR ESCALA. Subir a través de una escala (camión escalera) a una altura de 20 metros y bajar. La escala estará formando un ángulo de 60º con el plano horizontal. Se permitirá un solo intento. No se permitirá dejar de pisar ningún peldaño de la escalera, incluida la de acceso, tanto a la subida como a la bajada. Caso de que el aspirante no cumpla este requisito se considerará la subida como NULA, y se aplicará lo que para estos casos se establece en la pruebas A1, A2 y C1. C).- NATACION. Esta prueba constará de tres partes, siendo la puntuación total la media aritmética obtenida en cada parte. 1) Nadar una distancia de 100 metros estilo libre: Se efectuará un solo intento. 2) Arrastre de muñeco: Situado el aspirante en el interior y en un extremo de la piscina cogerá a un muñeco de peso aproxima- 534 Martes, 27 de enero de 2009 do de 50 kgs. y lo arrastrará. El muñeco tiene que ir en este arrastre con la cabeza fuera de la línea de superficie del agua. En esta prueba se valorará los metros recorridos por el aspirante arrastrando el muñeco. Se efectuará un sólo intento. 3) Prueba de inmersión ( Buceo): Situado el aspirante en el borde y en un extremo de la piscina se sumergirá en la misma con el fin de avanzar sumergido. Se efectuará un solo intento. En el supuesto de que un aspirante provoque salida nula en las pruebas A1, A2 y C1 se efectuará de nuevo la salida y si el mismo aspirante vuelve a provocar salida nula quedará excluido de la convocatoria. Todo aquel aspirante que no finalice alguna de las pruebas de los apartados A, B y C será excluido de la convocatoria. CUADRO DE PRUEBAS Y MARCAS 100 METROS TIEMPO TIEMPO 1000 METROS TIEMPO TIEMPO PUNTUACIÓN HOMBRES MUJERES PUNTUACIÓN HOMBRES MUJERES 10 9 8 7 6 5 Hasta 11”00 Hasta 12”50 Hasta 11”40 Hasta 12”90 Hasta 11”80 Hasta 13”30 Hasta 12”20 Hasta 13”70 Hasta 12”60 Hasta 14”10 Hasta 13”00 Hasta 14”50 10 9 8 7 6 5 Hasta 2’ 40” Hasta 2’ 45” Hasta 2’ 52” Hasta 3’ 00 Hasta 3’ 08” Hasta 3’ 15” Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta 3’ 10” 3’ 15” 3’ 27” 3’ 35” 3’ 43” 3’ 50” ‘ FLEX. BRAZOS TOTAL FLEX. TOTAL FLEX. SALTO VERTICAL CENTÍMETROS CENTÍMETROS PUNTUACIÓN HOMBRES MUJERES PUNTUACIÓN HOMBRES MUJERES 10 9 8 7 6 5 26 24 22 20 18 15 22 19 17 14 12 10 10 9 8 7 6 5 CUERDA 80 cms. 75 cms. 70 cms. 65 cms. 60 cms. 55 cms. 70 cms. 65 cms. 60 cms. 55 cms. 50 cms. 45 cms. TIEMPO TIEMPO ESCALA TIEMPO TIEMPO PUNTUACION HOMBRES MUJERES PUNTUACIÓN HOMBRES MUJERES 10 9 8 7 6 5 Hasta 5” 50 Hasta 6”00 Hasta 6” 50 Hasta 7”00 Hasta 7” 50 Hasta 8”00 100 MTS. LIBRES TIEMPO PUNTUACION HOMBRES 10 9 8 7 6 5 1’ 00” Hasta 1’ 05” Hasta 1’ 10” Hasta 1’ 15” Hasta 1’ 20” Hasta 1’ 25” Hasta Hasta 7”00 Hasta 7” 50 Hasta 8”00 Hasta 8” 50 Hasta 9”00 Hasta 9” 50 10 9 8 7 6 5 NATACIÓN Hasta 35” Hasta 40” Hasta 45” Hasta 50” Hasta 55” Hasta 1’00 Hasta 45” Hasta 50” Hasta 55” Hasta 1’00 Hasta 1’ 05” Hasta 1’ 10” TIEMPO APNEA METROS METROS MUJERES PUNTUACIÓN HOMBRES MUJERES 10 9 8 7 6 5 55 50 45 40 35 30 50 45 40 35 30 25 1’ 10” Hasta 1’ 15” Hasta 1’ 20” Hasta 1’ 25” Hasta 1’ 30” Hasta 1’ 35” Hasta ARRASTRE MUÑECO METROS METROS PUNTUACION HOMBRES MUJERES 10 9 8 7 6 5 50 46 41 37 33 28 44 40 35 31 27 22 ANEXO IV LISTADO DE EXCLUSIONES POR MOTIVOS DE ENFERMEDAD O DEFECTO FISICO. 1.- CUALQUIERA DE LAS CAUSAS INCLUDAS EN EL APARTADO COMO INFORME OFTALMOLOGICO. (ANEXO V). 2.- OTORRINOLARINGOLOGIA.- No padecer: No se admitirá audífono. - La agudeza auditiva conversacional será medida según normas P.G.B. (PERDIDA GLOBAL BINAURAL) y no se admitirá ningún grado de hipoacusia. - Trauma Acústico o Sordera Profesional: No se admitirán pérdidas mayores a 22 decibelios en la frecuencia 4.000 hertzios’ una vez descontada la pérdida normal para la edad según normas E.L.I. (EARLY LOSS INDEX). AGUDEZA AUDITIVA CONVENCIONAL: Determinación según normas P.G.B (PERDIDA GLOBAL BINAURAL). El porcentaje de pérdida en cada oído se halla de la siguiente forma: - Se suma las pérdidas a 500’ 1.000’ 2.000 y 3.000 Hz y se divide por 4. - De esta cifra se restan 25 Decibelios. - La resultante se multiplica por 1’5 y se obtiene el % de pérdida de ese oído. - Una vez obtenida las pérdidas de ambos oídos’ se halla la pérdida global de la siguiente forma: Se multiplica por 5 la pérdida del oído mejor’ se le suma la del oído peor y se divide por 6. B. O. P. núm. 15 TRAUMA ACUSTICO O SORDERA PROFESIONAL: Pérdida normal para la edad según normas E.L.I. (EARLY LOSS INDEX). Método de hermann: Edad Perdidas normales maximas admitidas 20 años No se admite ninguna pérdida. 25 años No se admite ninguna pérdida. 30 años Hasta 3 Decibelios. 35 años Hasta 7 Decibelios. 40 años Hasta 11 Decibelios. 45 años Hasta 15 Decibelios. 50 años Hasta 20 Decibelios. 55 años Hasta 26 Decibelios. 60 años Hasta 32 Decibelios. 65 años Hasta 38 Decibelios. Para edades no especificadas anteriormente se calculará la pérdida normal máxima que le corresponde en relación con el intervalo anterior y posterior. * Vértigo. * Dificultades importantes en la fonación. * Perforación Timpánica. 3.- APARATO LOCOMOTOR.- No padecer: * Enfermedades y limitaciones de movimientos: No se admitirán grados de movilidad inferiores a: A) Extremidades superiores: * Hombro: - Elevación progresiva en anteversión hasta 180º. - Abducción hasta 120º. - Dinamometría Escapular menor de 75 kilos. * Codo: - Flexión hasta 140º - Extensión hasta 0º. - Supinopronación: 0º a 180º. * Muñeca: - Flexo-Extensión hasta 120º. * Manos y dedos: - Dinnamometría: no inferior a 50 dominante y 35 no dominante. - Falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de una mano. - Falta o pérdida de cualquier falange de cualquier dedo’ excepto la falange distal del 5º dedo. - Falta de una mano o de cualquier parte de la misma’ salvo los dedos según se describe anteriormente. B) Extremidades inferiores: * Cadera: - Flexión hasta 120º. - Extensión hasta 10º (más allá de 0º). - Tener una extremidad inferior más corta que la otra (mayor de 1 centímetro). * Rodilla: - Extensión completa. - Flexión hasta 130º. - Lesiones articulares o ligamentosas no reparables. * Tobillo: - Flexo-Extensión dorso plantar hasta 45º. * Pie: - Pie zambo. - Pie plano. - Pie plano espástico. - Pie cavus. * Dedos: - Limitación de movimientos que dificulte andar’ correr o saltar. - Falta de cualquier falange de cualquier dedo. - Dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo. - Hallux Valgus. - Dedo en martillo. * Columna vertebral: - Escoliosis mayor de 7º. - Costilla accesoria que produzca «Robo de Subclavia». - Hernia Discal. * Enfermedades varias: * Fractura que dejen secuelas y dificulten la función. * Osteomielitis. * Osteoporosis. * Condromalacia. * Artritis. B. O. P. núm. 15 Martes, 27 de enero de 2009 * Luxación recidivante. * Miotonía congénita. * Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultades las funciones de Bombero/a. 4.- APARATO DIGESTIVO.- No padecer: * Cirrosis. * Hepatopatias crónicas. * Pancreatitis crónica. * Ulcera sangrante recidivante. * Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo. * Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante. * Enfermedades que implique dietas rigurosas que impidan turnicidad. 5.- APARATO CARDIOVASCULAR: No padecer: * Hipertensión arterial mayor de 155 sistólica ó 95 diastólica. * Insuficiencia cardíaca. * Infarto de miocardio’ ni haberlo sufrido anteriormente. * Coronopatías. * Arritmias importantes. * Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto. * Flutter. * Fibrilación. * Síndrome de preexcitación. * Bloqueo auriculo-ventricular de 2º ó 3º grado. * Extrasístoles patológicos. * Valvulopatías. * No se admitirán prótesis valvulares. * Aneurismas cardiacos o de grandes vasos. * Insuficiencia arterial periférica. * Insuficiencia venosa periférica que produzca signos o éxtasis o alteraciones tráficas varicosas importantes. * Secuelas post-troboembólicas. * Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación’ que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de los trabajos de Bombero/a. 6.- APARATO RESPIRATORIO: * Disminución del VEMS por debajo del 80º. * EPOC. * Asma bronquial. * Atelectasia. * Enfisema. * Neumotórax-recidivante. * Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a realizar en las tareas específicas de Bombero/a. 7.- SISTEMA NERVIOSO CENTRAL: No padecer: * Parkinson’ Corea o Balismo. * Epilepsia. * Esclerosis múltiple. * Ataxia. * Arteriosclerosis cerebral sintomática. * Vértigo de origen central. * Alteraciones psiquiátricas de base. * Cualquier grado de hiposmia. 8.- PIEL Y FANERAS: No padecer: * Cicatrices que produzcan limitación funcional importante’ y aquellos procesos patológicos que’ a juicio del Tribunal’ limiten o se agraven con el desempeño de la función de Bombero/a. 9.- OTROS PROCESOS PATOLOGICOS QUE IMPIDEN EL NORMAL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE BOMBERO/A: No padecer: * Diabetes tipo I ó II. * Diabetes insípida. * Enfermedad de Cushing. * Enfermedad de Addison. * Insuficiencia renal crónica. * Falta de un riñón. * Enfermedades renales evolutivas. * Hemopatías crónicas graves. * Pruebas analíticas compatibles con patología de base. * Tumores malignos invalidantes. 535 * Tuberculosis. * Hernia inguinal o escrotal. * Análisis de Orina: Albúmina y/o Cilindruria importantes. 10.- ALCOHOLISMO Y DROGODEPENDENCIA: No PADECER: Quedarán excluidos’ asimismo’ el personal con adicción a cualquier tipo de sustancias tóxicas’ estupefacientes u otras sustancias’ incluidos aquellos medicamentos que puedan alterar el estado físico o mental. También quedarán excluidos por la ingestión de bebidas alcohólicas en dosis superiores a las recomendadas por OMS (ORGANIZACON MUDIAL DE LA SALUD). 11.- ALTERACION PSIQUIATRICA QUE SUPONGA TRATAMIENTO CON PSICOTROPOS.- NECESARIO RECONOCIMIENTO PSICOLOGICO EN EL SERVICIO MEDICO DE EMPRESA. 12.- CUALQUIER OTRO PROCESO PATOLOGICO QUE’ A JUICIO DEL TRIBUNAL MEDICO’ DIFICULTE O IMPIDA EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DE BOMBERO/A. ANEXO V CUADRANTE DE APTITUDES MEDICAS Los/as aspirantes/as aprobados conforme a la Base IX deberán presentar los siguientes documentos médicos: DOCUMENTOS A PRESENTAR EN EL RECONOCIMIENTO: * Teleradiografía con miembros superiores. * Informe oftalmológico que haga constar (apartado 1º del Anexo IV): No padecer de: - Disminuciones de la agudeza visual igual ó inferior a 2/3 en el ojo mejor e igual a superior a 1/2 el ojo peor’ medidas sin corrección. - Retinopatía (Se admite la Coriorretinitis Central Serosa). - Retinosis pigmentaria. - Hemeralopia. - Memianopsia. - Diplopia. - Discromatopsias importantes. - Glaucoma. - Afaquias’ pseudofaquias. - Subluxación del cristalino. - Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida. - Alteraciones oculomotoras importantes. - Dacriocistitis crónica. - Párpados: cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie. - Tumores Oculares. - Amputación importante del campo visual en ambos ojos. CONSORCIO PROVINCIAL PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN INCENDIOS DE CÓRDOBA ANEXO VI DE DE __________ DE ___________________ 200____ ENTRADA Nº APELLIDOS Y NOMBRE DOM ICILIO (CALLE, AVENIDA, PLAZA, NÚMERO PORTAL, ESCALERA, PUERTA) LOCALIDAD PROVINCIA OP/________________________ CODIGO POSTAL D.N.I. TELEFONO (con prefijo) EXPONE: Que habiéndose publicado en el B.O.E. nº de fecha anuncio de: CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE: PARA CUBRIR VEINTINUEVE PLAZAS DE BOMBEROS/AS-CONDUCTORES/AS (Funcionarios/as) Y declarando conocer las Bases de la convocatoria y el sometimiento pleno a las mismas, así como reunir los requisitos que se establecen en dicho anuncio, y que a continuación se detallan: a) Ser español/a.. b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1º Grado o Graduado en E.S.O., Técnico de Formación Profesional o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto las personas que resulten seleccionadas deberán someterse a reconocimiento Médico por el Servicio Médico del Consorcio provincial. f) Acreditar la aptitud física con la presentación de un Certificado Médico, en impreso oficial, en el que haga constar expresamente que el/la aspirante reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas que figuran en la Base VI, apartado B) de las que rigen esta convocatoria. g) Estar en posesión del permiso de conducir “C” - “C”. SOLICITA Ser admitido en dicha convocatoria. Córdoba, ______ de ______________ de 200 __ (Firma) SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y DE PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA.- 536 Martes, 27 de enero de 2009 ANEXO VII INSTRUCCIONES PARA LA CORRECTA CUMPLIMENTACIÓN DEL ANEXO VII - SOLO SE RELLENARÁ LA PARTE DELANTERA DEL PRESENTE ANEXO , EN CASO DE SER NECESARIO SE UTILIZARÁ MÁS DE UN ANEXO VII. - EL/LA ASPIRANTE DEBERÁ FIRMAR EL ANEXO VII, NO BAREMÁNDOSE NINGÚN MÉRITO ALEGADO SI EL ANEXO VII CARECE DE FIRMA. APARTADO DE FORMACIÓN - EN LA COLUMNA SOMBREADA (PUNTOS) LOS/AS ASPIRANTES NO DEBERÁN ESCRIBIR NADA. - RELACIONAR SOLAMENTE LOS CURSOS CONTEMPLADOS COMO BAREMABLES EN EL ANEXO I DE LAS BASES. - INDICAR EL NOMBRE COMPLETO DEL CURSO, SEMINARIO, ETC. - EN EL APARTADO CORRESPONDIENTE A APROVECHAMIENTO SE PONDRÁ SI O NO. APARTADO DE EXPERIENCIA PROFESIONAL - EL TIEMPO DE SERVICIOS PRESTADOS EN CADA ADMINISTRACIÓN SE EXPRESARÁN EN MESES. NOTARÍA DE DON PEDRO ANTONIO VIDAL PÉREZ CÓRDOBA Núm. 247 YO PEDRO ANTONIO VIDAL PEREZ, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Sevilla, con residencia Córdoba, C/ Ronda de los Tejares número 16, portal 1, 5º A, por medio de este edicto, HAGO CONSTAR: Que en mi Notaria se tramita, a instancias de Doña María del Pilar Pedrera Gómez, ACTA DE NOTORIEDAD, para la inscripción a su favor por reanudación del tracto sucesivo interrumpido en el Registro de la Propiedad de la siguiente finca: Descripción CASA, situada en la calle Nacimiento, número seis, de la Ciudad de Córdoba con una superficie de ciento sesenta y dos metros y diez decímetros cuadrados, que linda: por la derecha entrando con la casa número cuatro propiedad de Don Juan Bautista Pérez Fuentes y Doña Josefa Pérez Ariza; por la izquierda, con la número ocho perteneciente a Don Julio Raigón Osuna y Doña Dolores Rodríguez Jurado y por la espalda con la número diez de la calle Nacimiento y con la número doce de la B. O. P. núm. 15 calle Ronquillo Briceño, ambas propiedad de Vimcorsa Sociedad Anónima. Inscripción: Está inscrito su dominio en el Registro de la Propiedad número 4 de Córdoba, a favor de Don Juan o Don Juan Antonio Burguillos Medina, según la última inscripción practicada el día 23 de Septiembre de 1899, al tomo y Libro 199 del Antiguo Archivo General, Folio 250, Finca 6277, Inscripción 6ª. Cargas: Libre de ellas según consta en la certificación registral que se dirá. Referencia catastral: 4443232UG4944S0001MD. Se encuentra catastrada a favor de Doña Josefa Jiménez Burguillos Titulo: Según manifiesta y sin que lo justifique documentalmente, la adquirió por herencia de su difunta madre Doña Carmen Gómez Jiménez, fallecida el día cinco de septiembre de dos mil uno, en Córdoba. LO QUE SE PUBLICA Para conocimiento de: - Nominativamente: Los herederos o causahabientes de Don Juan Antonio Burguillos Medina, y a Doña Josefa Jiménez Burguillos o sus herederos o causahabientes. El domicilio de todos los cuales se desconoce. - Genéricamente: Cuantas personas se consideren con algún derecho sobre la finca y puedan resultar perjudicados por su inscripción. Córdoba, a 14 de enero del año 2009.— El Notario, Pedro Antonio Vidal Pérez. COMUNIDAD DE REGANTES «EL VILLAR» EL VILLAR (Córdoba) Núm. 517 CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo doscientos dieciocho punto dos del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, Real Decreto ochocientos cuarenta y nueve de mil novecientos ochenta y seis y conforme a las Ordenanzas y Estatutos que rigen la Comunidad, se convoca a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, que tendrá lugar el próximo día veintiséis de febrero de dos mil nueve en el Salón del Bar Domínguez, sito en la Aldea de Cañada del Rabadán, del término de Fuente Palmera (Córdoba) a las dieciocho horas en primera convocatoria, y de no alcanzar el quórum a las diecinueve horas en segunda, con arreglo al siguiente O R D E N D E L D I A: 1º.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la asamblea anterior. 2º.- Urgencias. 3º.- Lectura y aprobación, si procede, de las cuentas y presupuestos del ejercicio 2008. 4º.- Examen y aprobación, si procede, de los presupuestos para el ejercicio 2009 y del importe de las cuotas que han de nutrirlos. 5º.- Ratificación si procede, de los acuerdos de la Junta de Gobierno por los que se modifica el Padrón General (altas, bajas y alteraciones y otros de especial interés) 6º.- Informe de la Junta de Gobierno, y ratificación, si procede, de sus acuerdos. 7º.- Ruegos y preguntas. Se recuerda que las órdenes de representación voluntaria deben incluir el orden del día y cumplir los requisitos establecidos en las Ordenanzas (art.42). Se informa que la documentación que servirá de base para el desarrollo del orden del día estará a disposición de los participes durante los cinco días hábiles anteriores a la convocatoria. El Villar a 20 de Enero de 2009.— El Presidente de la Comunidad, Martín Martínez Sagrera. Este Boletín ha sido impreso en PAPEL RECICLADO. Con ello esta Diputación contribuye a la CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA 1080 Lunes, 16 de febrero de 2009 de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de Confesión Judicial. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a José Pérez González, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, y para su colocación en el tablón de anuncios. En Córdoba, a 12 de febrero de 2009.— La Secretaria Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa. ANUNCIOS DE SUBASTA AYUNTAMIENTOS LA CARLOTA Núm. 908 ANUNCIO D. Francisco Javier Martín Torres, Alcalde en funciones del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber: Que por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de Noviembre de 2008, ha sido aprobado el PliegoTipo de Cláusulas Administrativas Particulares, que habrá de regir la adjudicación de Contratos de Servicios mediante Procedimiento Negociado, los cuales se someten a información pública por plazo de QUINCE DÍAS contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que cualquier persona interesada pueda efectuar las alegaciones y sugerencias que estime oportunas. 1. Obtención de documentación e información. a) Entidad: Secretaría General del Ayuntamiento de La Carlota. b) Domicilio: Avda. Carlos III, nº 50. c) Localidad y Código Postal: La Carlota-14100. d) Teléfono: 957300012. e) Telefax: 957300680. 2. Página web del Ayuntamiento donde pueden obtenerse los pliegos: www.ayto-lacarlota.es. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos. La Carlota, a 27 de enero de 2009.— El Alcalde en funciones (Resolución 20/2009, de 5 de enero), Fco. Javier Martín Torres. LA CARLOTA Núm. 910 ANUNCIO D. Francisco Javier Martín Torres, Alcalde en Funciones del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber: Que por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de Noviembre de 2008, ha sido aprobado el PliegoTipo de Cláusulas Administrativas Particulares, que habrá de regir la adjudicación de Contratos de Servicios mediante Procedimiento Abierto, los cuales se someten a información pública por plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que cualquier persona interesada pueda efectuar las alegaciones y sugerencias que estime oportunas. 1. Obtención de documentación e información. a) Entidad: Secretaría General del Ayuntamiento de La Carlota. b) Domicilio: Avda. Carlos III nº 50. c) Localidad y Código Postal: La Carlota – 14100. d) Teléfono: 957300012. e) Telefax: 957300680. 2. Página web del Ayuntamiento donde pueden obtenerse los pliegos: www.ayto-lacarlota.es. Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos. La Carlota, a 27 de enero de 2009.—El Alcalde en Funciones (Resolución 20/2009, de 5 de enero), Fdo.: Fco. Javier Martín Torres. B. O. P. núm. 29 OTROS ANUNCIOS CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE CÓRDOBA (Corrección de error al núm. 174/2009) ANUNCIO Habiéndose publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 15, de 27 de enero ppdo. las Bases de la Convocatoria para cubrir mediante el sistema de Concurso-Oposición Libre 29 plazas de bomberos/as-conductores/as, Funcionarios al servicio de este Consorcio y habiéndose observado que por error se ha publicado un CUADRO DE PRUEBAS Y MARCAS a continuación del ANEXO III « PRUEBAS FISICAS» que no se corresponde con el aprobado por Decreto de esta Presidencia de 30 de diciembre de 2008, mediante el presente ANUNCIO se procede a rectificar el citado error publicándose a continuación el CUADRO DE PRUEBAS Y MARCAS que debe servir para la calificación de las Pruebas Físicas de esta Convocatoria. CUADRO DE PRUEBAS Y MARCAS 100 ME TR OS T IE MP O PU NT U AC IÓ N H OM BRE S H asta 10 9 8 7 6 5 H asta H asta H asta H asta H asta 11”50 11”90 12”40 12”70 13”10 13”50 T IE MP O 1000 M ET RO S T IE MP O TIEM P O MUJE RE S PU NT U ACIÓ N H OM BRE S M UJE R ES Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta 13”00 13”40 13”80 14”20 14”60 15”00 10 9 8 7 6 5 Hasta 2’ 4 0” Hasta 2’ 4 5” Hasta 2’ 5 2” Hasta 3’ 00 Hasta 3’ 0 8” Hasta 3’ 1 5” Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta 3’ 3’ 3’ 3’ 3’ 3’ 10” 15” 27” 35” 43” 50” ‘ F L EX . BR AZO S TOT AL FL E X. TO T AL FL E X . S AL TO V ER TICAL C EN TÍME TR OS C E NTÍME T ROS PU NT U AC IÓ N H OM BRE S MUJE RE S PU NT U ACIÓ N H OM BRE S M UJE R ES 10 9 8 7 6 5 26 24 22 20 18 15 22 19 17 14 12 10 10 9 8 7 6 5 CUE R DA 80 75 70 65 60 55 cm s. cm s. cm s. cm s. cm s. cm s. 70 65 60 55 50 45 cm s. cm s. cm s. cm s. cm s. cm s. T IE MP O T IE MP O E S CAL A T IE MP O TIEM P O PU NT U AC IO N H OM BRE S MUJE RE S PU NT U ACIÓ N H OM BRE S M UJE R ES 10 9 8 7 6 5 Hasta 5” 50 Hasta 6”00 Hasta 6” 50 Hasta 7”00 Hasta 7” 50 Hasta 8”00 100 MT S . L IBR ES PU NT U AC IO N 10 9 8 7 6 5 T IE MP O H OM BRE S Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta 1’ 1’ 1’ 1’ 1’ 1’ 05” 10” 15” 20” 25” 30” Hasta 7”00 Hasta 7” 50 Hasta 8”00 Hasta 8” 50 Hasta 9”00 Hasta 9” 50 T IE MP O MUJE RE S H asta H asta H asta H asta H asta H asta 1’ 1’ 1’ 1’ 1’ 1’ 15” 20” 25” 30” 35” 40” ARR AS T RE M UÑE C O ME TR OS ME T ROS PU NT U AC IO N H OM BRE S MUJE RE S 10 9 8 7 6 5 50 46 41 37 33 28 44 40 35 31 27 22 10 9 8 7 6 5 NAT AC IÓ N Hasta 40” Hasta 45” Hasta 50” Hasta 55” Hasta 1’00 Hasta 1’05 H asta 50” H asta 55” Hasta 1’00 Hasta 1’ 05” Hasta 1’ 10” Hasta 1’ 15” AP NE A ME TR OS M ET ROS PU NT U ACIÓ N H OM BRE S M UJE R ES 10 9 8 7 6 5 55 50 45 40 35 30 50 45 40 35 30 25 Córdoba, 3 de febrero de 2009.— El Presidente, Fernando Expósito Maestre. NOTARÍA DE DOÑA VANESSA HILÍNGER NAVARRO CASTRO DEL RÍO (Córdoba) Núm. 660 Yo, Vanessa Hilínger Navarro, Notario de Espejo y sustituto de la Notaría de Castro del Río vacante, hago constar: Que en esta Notaría de Castro del Río se tramita Acta de Notoriedad para la constatación de disminución de cabida, a requerimiento de doña Dolores Ruiz Cáceres, sobre el solar en calle Huertas, número quince, de Castro del Río, con una superficie real de 118,73 m2, y según título de 170 m2. Linda: Por su derecha entrando, casa de doña Ana María Doncel Gómez y don Francisco Mármol Salido; izquierda, don Antonio Quintero Millán; y espalda, la de don Pedro López Torronteras. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Castro del Río, al tomo 185, libro 131, folio 104, finca 8160, incripción 3ª. Referencia catastral: 9323503UG6792S0001LD. Durante el plazo de veinte días desde la presente notificación, pueden comparecer los interesados en mi Notaría para exponer y justificar. Castro del Río, a 26 de enero de 2009.— La Notario, Vanessa Hilínger Navarro. Este Boletín ha sido impreso en PAPEL RECICLADO. Con ello esta Diputación contribuye a la CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA B. O. P. núm. 40 Martes, 3 de marzo de 2009 El gasto máximo que a la Administración puede suponerle la contratación de dicho producto será inferior a la cantidad de 96.000,00 € ( incluido IVA y transportes) sin que ello suponga obligación de llevar a efecto una determinada cantidad del suministro, la cual dependerá de las necesidades reales que resulten. B) Carbón activo en polvo S. 20 Kg., a 1,96 €/Kg. incluido gastos de transporte e excluido IVA, a la baja. El gasto máximo que a la Administración puede suponerle la contratación de dicho producto será inferior a la cantidad de 27.240,00 € ( incluido IVA y transportes) sin que ello suponga obligación de llevar a efecto una determinada cantidad del suministro, la cual dependerá de las necesidades reales que resulten. C) Cloro Gas, a 0,86 €/kg, incluido gastos de transporte e excluido I.V.A., a la baja. El gasto máximo que a la Administración puede suponerle la contratación de dicho producto será inferior a la cantidad de 10.000,00 €, ( incluido IVA y transportes) sin que ello suponga obligación de llevar a efecto una determinada cantidad del suministro, la cual dependerá de las necesidades reales que resulten. D) Permanganato Potasico B. 25 KG., a 3,35 €/Kg. incluido gastos de transporte e excluido I.V.A., a la baja. El gasto máximo que a la Administración puede suponerle la contratación de dicho producto será inferior a la cantidad de 972,50 €, (incluido IVA y transportes) sin que ello suponga obligación de llevar a efecto una determinada cantidad del suministro, la cual dependerá de las necesidades reales que resulten. Los precios unitarios indicados lo serán a la baja, y en ningún caso se podrán superar los mismos, por lo que no se admitirán las ofertas cuyos precios sean al alza. En los precios que resulten de los contratos se considerarán incluidos todos los gastos que se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares. 5.- Obtención de documentación e información: a) Entidad: Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba). Secretaría/Contratación. b) Domicilio: Plaza de Andalucía, 1. c) Localidad y código postal: Palma del Río (Córdoba), 14700. d) Teléfono: 957-710244. e) Fax: 957-644739. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: De lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo de presentación de proposiciones. 6.- Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional. 7.1.- Solvencia económica y financiera: La solvencia económica y financiera del empresario se acreditar mediante uno o varios de los medios establecidos en el artículo 64 de la LCSP. 7.2.- Solvencia técnica y profesional: La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditará mediante uno o varios de los medios establecidos en el artículo 66 de la LCSP. 7.- Presentación de las ofertas: a) Fecha límite de presentación: En días hábiles, de lunes a viernes y de 9’00 a 14’00 horas, y en el plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente al en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba. Si el último día del plazo fuese sábado, domingo o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. b) Documentación que integrará las ofertas: La determinada en la cláusula 14ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares rige en el procedimiento. c) Lugar de presentación: 1ª.- Entidad: Registro General del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba). 2ª.- Domicilio: Plaza de Andalucía, 1. 3ª.- Localidad y código postal: Palma del Río (Córdoba), 14700. d) Plazo durante el cual el licitador está obligado a mantener su oferta: 15 días a contar desde el día siguiente al de la apertura de proposiciones económicas. 8.- Apertura de las ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación a tal fin designada por el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río. 1611 b) Domicilio: Plaza de Andalucía, 1 c) Localidad: Palma del Río (Córdoba). d) Calificación de los documentos presentados: El primer día hábil siguiente al tercero natural después del último de presentación de proposiciones, a las 11´00 horas la Mesa de Contratación calificará los documentos presentados en tiempo y forma. e) Apertura de las proposiciones: En acto público, el primer día hábil siguiente al sexto natural desde la previa calificación, a las 11´00 horas, en la Sala de Comisiones de la Casa Consistorial. Si los indicados días fuesen sábado, domingo o festivo, el acto correspondiente se demorará hasta el primer día hábil siguiente, a la misma hora. 9.- Gastos a cargo del adjudicatario: El importe del anuncio de licitación del procedimiento en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, tal y como se determina en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige en el mismo. 10.- Perfil del contratante: Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil del Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: <<www.ayto-palmadelrio.es>>. Palma del Río, 16 de febrero de 2009.— El Segundo Teniente de Alcalde, p.d. del Sr. Alcalde-Presidente, Francisco Javier Domínguez Peso. OTROS ANUNCIOS CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA (2.ª corrección de error) ANUNCIO Habiéndose publicado en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia número 15, de 27 de enero ppdo., las Bases de la Convocatoria para cubrir mediante el sistema de Concurso-Oposición Libre, 29 plazas de bomberos/as-conductores/as, Funcionarios, al servicio de este Consorcio y en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia número 29, de 16 de febrero ppdo. una corrección de errores a las citadas Bases y recibido escrito de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba advirtiendo de algunas deficiencias que podrían infringir el vigente ordenamiento jurídico se procede a modificar las Bases antes indicadas en los siguientes puntos: BASE I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El último párrafo queda redactado de la siguiente manera: A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en aquello que no esté derogado o no se oponga a la citada Norma, la Ley 7/1985 de 2 de Abril; Ley 30/1984 de 2 Agosto; R.D. Legislativo 781/ 1984 de 17 de Abril; R.D. 896/91 de 7 de Junio, las Bases de la presente convocatoria y supletoriamente el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, R.D. 364/ 1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado. Igualmente le será de aplicación, en aquellas materias que le pueda afectar, la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía. BASE III.- SOLICITUDES.- Donde dice «… dentro del plazo de VEINTE DIAS NATURALES…» debe decir «… dentro del plazo de VEINTE DIAS HABILES…». BASE V.- TRIBUNAL CALIFICADOR.- Donde dice: «Vocales: Un funcionario del Servicio de Protección Civil de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía y suplente», debe decir: «Vocales: Un empleado público propuesto por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba y suplente». BASE VI.- SISTEMA DE SELECCIÓN.- En el penúltimo párrafo de esta Base donde dice. «Desde la terminación de un ejercicio 1612 Martes, 3 de marzo de 2009 y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.» Debe decir: «Desde la total conclusión de un ejercicio o partes de las que conste cada ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y un máximo de cuarenta y cinco días hábiles.» BASE IX.- RELACION DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO.- En el segundo párrafo donde dice: «Los opositores propuestos presentarán en la Secretaria del Consorcio, dentro del plazo de 20 días naturales,…» debe decir: «Los opositores propuestos presentarán en la Secretaria del Consorcio, dentro del plazo de 20 días hábiles…». ANEXO I.- BAREMO DE VALORACION DE MERITOS.- En el Apartado de Formación se modifica el máximo de puntos a otorgar pasando a un «Máximo de 4,80 puntos». En el Apartado de Experiencia Profesional se modifica igualmente el máximo de puntos a otorgar pasando a un «Máximo de 6 puntos». Se añade un nuevo apartado a valorar con el siguiente texto a añadir al citado Anexo I: OTROS MERITOS: Máximo 1,20 puntos. Por haber superado ejercicios eliminatorios de otras Oposiciones de plazas similares a las de esta Convocatoria, tanto en este Consorcio como en cualquier otra Administración Pública: 0,30 puntos por cada ejercicio superado. Por último se modifica el ANEXO VII, a fin de adaptarlo a estas modificaciones quedando como a continuación se detalla: ANEXO VII CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y DE PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA CONVOCATORIA DE 29 PLAZAS DE BOMBEROS/ASCONDUCTORES/AS (2008) RELACIÓN DE MÉRITOS ALEGADOS APELLIDOS Y NOMBRE: D.N.I.: FORMACIÓN (MÁXIMO 4,80 PUNTOS) TÍTULO DEL CURSO HORAS APROV. PUNTOS TOTAL FORMACIÓN EXPERIENCIA PROFESIONAL (MÁXIMO 6 PUNTOS) ADMINISTRACIÓN TIEMPO PUNTOS TOTAL EXPERIENCIA PROFESIONAL OTROS MÉRITOS (MÁXIMO 1,2O PUNTOS) ADMINISTRACIÓN-OPOSICION FIRMA: EJERCICIO PUNTOS SUPERADO B. O. P. núm. 40 Córdoba, 20 de febrero de 2009.— El Presidente del Consorcio, Fernando Exposito Maestre. COMUNIDAD DE REGANTES GENIL-CABRA COLECTIVIDAD DE PUENTE GENIL PUENTE GENIL (Córdoba) Núm. 1.340 CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Colectividad de Puente Genil de la Comunidad de Regantes de la Zona GenilCabra, se convoca a todos los partícipes de la misma a JUNTA GENERAL ORDINARIA Que se celebrará el próximo día 26 de marzo del 2009 en la ESTACIÓN DE BOMBEO PRINCIPAL DE CORDOBILLA, a las 18:30 horas en primera convocatoria y media hora más tarde, en su caso, en segunda, para adoptar los acuerdos procedentes respecto al siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Sesión anterior. SEGUNDO.- Memoria de Gestión. TERCERO.- Informe a la Junta General del Estado de Cuentas. CUARTO.- Presupuestos y calendario de pagos para la próxima campaña. QUINTO.- Renovación de vocales. SEXTO.- Ruegos y preguntas. Si entre partícipes y representados no concurriera el día señalado y en primera convocatoria la mayoría absoluta de los votos, se celebrará la reunión en segunda convocatoria. Las cuentas de la campaña estarán a disposición, para su consulta, de los regantes en nuestras oficinas a partir del día 17 de marzo. Se ruega su personal y puntual asistencia, dada la relevancia de los asuntos a tratar y para la obtención de quórum en la adopción de los acuerdos expuestos en el Orden del Día, debiendo quienes no pudieran asistir delegar su representación en cualquier otro partícipe, otorgándole su delegación de conformidad con lo regulado en las vigentes Ordenanzas y depositándolas en la actual sede social con al menos 72 horas de antelación. En Puente Genil, a 13 de febrero de 2009.— El Presidente de la Colectividad de Puente Genil, Manuel Onieva Vergara. COMUNIDAD DE REGANTES DE VILLAFRANCA DE CÓRDOBA VILLAFRANCA DE CÓRDOBA (Córdoba) Núm. 1.938 Estimado Comunero/a: Se le cita a la Asamblea General Ordinaria que tendrá lugar el próximo día 28 de marzo del corriente año, sábado, a las 10 de la mañana en primera convocatoria y a las 11 en segunda, en la Casa de la Cultura (C/ Caridad, 5) de Villafranca de Córdoba, con el siguiente orden del día: 1.- Lectura y aprobación del acta de la Asamblea General Ordinaria celebrada el pasado día 22 de noviembre de 2008. 2.- Informe General de la Comunidad. 2.- Presentación de los gastos generales y balance del año 2008, aprobación de los mismos, si procede. 3.- Presentación y aprobación del Presupuesto de Gastos para el año 2009, si procede. 4.- Estudio y aprobación de las bajas solicitadas a la Comunidad: - Vda. Joaquín Gómez Barrena. - Rafael Molina Gómez. 5.- Disponibilidad de agua para la campaña de riego. 6.- Elección de Interventores para la firma del acta. 7.- Ruegos y preguntas. Villafranca de Córdoba, 26 de febrero de 2009.— El Presidente, Manuel Jiménez Palomares. TOTAL OTROS MÉRITOS TOTAL PUNTOS FASE CONCURSO Permaneciendo el resto de las Bases tal como fueron publicadas en los Boletines Oficiales de la Provincia al comienzo señalados. Este Boletín ha sido impreso en PAPEL RECICLADO. Con ello esta Diputación contribuye a la CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA B. O. P. núm. 71 Viernes, 17 de abril de 2009 3.- Obtención de documentación e información. Los Pliegos y cuantos documentos integran el expediente, estarán a disposición de los interesados en la Jefatura de Administración del Consorcio, sita en Avda. del Mediterráneo, s/n de ésta Capital, Código Postal 14011, Tfno: 957211311, Fax: 957211336 y podrán ser examinados, además a través del Perfil de contratante, al que se accede a través página web del Consorcio www.consorcioincendios.es/, perfil de contratante. 4.- Presentación de solicitudes de participación. Se podrán presentar en el Registro General de Entrada de éste Consorcio, sito en Avda. del Mediterráneo, s/n de ésta Capital, Código Postal 14011, Tfno; 957211311, Fax: 957211336, durante el plazo de 10 días naturales a contar desde el mismo día de la publicación de éste anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y ello hasta las catorce horas del último día. La solicitud de participación se presentará según modelo que aparece como Anexo II en el Pliego de Cláusulas Administrativas, acompañado de dos sobres cerrados en los que aparezca la siguiente inscripción: “Sobre nº 1: Documentación administrativa para los expedientes de la/s obra/s (Nombre de la obra objeto del Contrato y nº de expediente)……………………………………………….”. Con expresión del nombre de la Empresa que presenta la documentación, incluyendo C.I.F. Dirección, Teléfono y e-mail. Dicho sobre contendrá la Documentación a que hace referencia la cláusula 13.1 del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares, advirtiéndose que serán desestimadas las proposiciones que no la contengan, salvo los supuestos de subsanación de errores autorizados en la legislación vigente. “Sobre nº 2: Documentacion para la selección de los participantes en los expedientes de la/s obra/s” (Nombre de la obra objeto del Contrato y nº de expediente)…….........……………….”. Con expresión del nombre de la Empresa que presenta la documentación. Dicho sobre contendrá la Documentación a que hace referencia la cláusula 13.2 del Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares, advirtiéndose que serán desestimadas las proposiciones que no la contengan. 5.- Calificación de la documentación. Se celebrará un Primer Acto, en la Excma. Diputación Provincial, el día siguiente hábil a aquel en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, al objeto de calificar los documentos presentados en tiempo y forma. Su resultado se publicará en la página Web del Consorcio, en el Perfil de contratante, sin perjuicio de la comunicación por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, que tuviesen que subsanar defectos en la documentación presentada. La Mesa de contratación, una vez comprobada la personalidad, solvencia y demás requisitos necesarios de admisión, seleccionará de conformidad con las condiciones objetivas de selección recogidas en la cláusula 15 del Pliego, a los participantes que pasen a la siguiente fase. Córdoba, 3 de abril de 2009.— El Presidente, firma ilegible. OTROS ANUNCIOS CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y DE PROTECCIÓN CIVIL CÓRDOBA (3.ª corección de error al núm. 174/2009) ANUNCIO Habiéndose publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 15, de 27 de enero ppdo., las Bases de la Convocatoria para cubrir mediante el sistema de Concurso-Oposición Libre, 29 plazas de bomberos/as-conductores/as, Funcionarios, al servicio de este Consorcio, en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 29, de 16 de febrero ppdo. una corrección de errores a las citadas Bases y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia número 40 de 3 de marzo una modificación de las referidas Bases como consecuencia del escrito recibido de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba advirtiendo de algunas deficiencias que podrían infringir el vigente ordenamiento 2873 jurídico y no adaptándose estas modificaciones a lo dispuesto en el Articulo 8 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, de la Conserjería de Justicia y Administración Pública se procede de nuevo a introducir las siguientes modificaciones: Base VI.- Sistema de Selección.- Se modifica el párrafo segundo del Apartado A) Concurso.- quedando redactado de la siguiente forma: “Las puntuaciones otorgadas se expondrán al público conjuntamente con las notas del Primer Ejercicio de la Fase de la Oposición, por lo que solo se baremarán los méritos de aquellos aspirantes que hayan superado este Primer Ejercicio”. Anexo I.- Baremo de valoración de méritos. En el Apartado de Formación se añade un subapartado b) con el siguiente Texto: “Por haber superado ejercicios eliminatorios de otras Oposiciones de plazas similares a las de esta Convocatoria, tanto en este Consorcio como en cualquier otra Administración Pública: 0,30 puntos por cada ejercicio superado, hasta un máximo de tres, eliminándolo así del Apartado de otros méritos. El Apartado de otros méritos: (Máximo 1,20 puntos) queda redactado como sigue: Por impartición de Cursos de Formación, Seminarios, etc. relacionados con las funciones a desempeñar en la plaza a la que se aspira de acuerdo con el siguiente baremo: Cursos de menos de 10 horas de duración 0,10 puntos Cursos de 11 a 20 horas de duración 0,20 puntos Cursos de 21 a 40 horas de duración 0,40 puntos Cursos de 41 a 100 horas de duración 0,60 puntos Cursos de más de 100 horas de duración 0,80 puntos Por último se modifica el Anexo VII, a fin de adaptarlo a estas modificaciones quedando como a continuación se detalla: Anexo VII CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y DE PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA CONVOCATORIA DE 29 PLAZAS DE BOMBEROS/AS-CONDUCTORES/AS (2008) RELACIÓN DE MÉRITOS ALEGADOS APELLIDOS Y NOMBRE: D.N.I.: FORMACIÓN (MÁXIMO 4,80 PUNTOS) TÍTULO DEL CURSO HORAS ADMINISTRACIÓN-OPOSICION APROV. EJERCICIO SUPERADO PUNTOS PUNTOS TOTAL FORMACIÓN EXPERIENCIA PROFESIONAL (MÁXIMO 6 PUNTOS) ADMINISTRACIÓN TIEMPO PUNTOS TOTAL EXPERIENCIA PROFESIONAL OTROS MÉRITOS (MÁXIMO 1,2O PUNTOS) CURSO IMPARTIDO FIRMA: HORAS PUNTOS TOTAL OTROS MÉRITOS TOTAL PUNTOS FASE CONCURSO Permaneciendo el resto de las Bases tal como fueron publicadas en los Boletines Oficiales de la Provincia al comienzo señalados. Córdoba, 1 de abril de 2009.— El Presidente del Consorcio, Fdo. Fernando Exposito Maestre. CONSORCIO PROVINCIAL DE PREENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL CÓRDOBA (Corrección de error al núm. 1.216/2009) ANUNCIO Habiéndose publicado en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia número 31, de 18 de febrero ppdo., las Bases de la Convocatoria para cubrir mediante el sistema de Concurso Libre de Méritos una plaza de Oficial 1ª Almacén, al servicio de este Consorcio y recibido escrito de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba advirtiendo de algunas deficiencias que podrían infringir el vigente ordenamiento jurídico se procede a modificar las Bases antes indicadas en los siguientes puntos: PARRAFO INICIAL: Se elimina la referencia a la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, convocándose este Concurso de conformidad con el Articulo 61.7 de la Ley 7/2007, de doce de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. 5166 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 CONSORCIO PROVINCIAL DE BOMBEROS DE HUELVA CONSORCIO PROVINCIAL CONTRA INCENDIOS Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE HUELVA AN U N C I O BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 21 PLAZAS DE BOMBERO–CONDUCTOR DEL CONSORCIO PROVINCIAL CONTRA INCENDIOS Y SALVAMENTO DE HUELVA PRIMERA. Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria, es la provisión en propiedad por el procedimiento de Concurso-Oposición Libre, de 21 PLAZAS DEBOMBERO-CONDUCTOR vacantes en la PLANTILLA del Personal Funcionario de este Consorcio, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Extinción de Incendios, Escala Básica; dotadas cada una de ellas con el sueldo correspondiente al Grupo C, Subgrupo C2, pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente. /DV FLWDGDV SOD]DV HVWiQ LQFOXLGDV HQ OD 2IHUWD GH (PSOHR 3~EOLFR GHO DxR \ SXGLHQGR DXPHQWDUVH HVWH Q~PHUR GH SOD]DV VL DQWHV GH OD IHFKD GH OD WHUPLQDFLyQ GHO WHUFHU HMHUFLFLR GH HVWH &RQFXUVR2SRVLFLyQ VH KXELHUD DSUREDGR XQD QXHYD RIHUWD GH (PSOHR 3~EOLFR TXH UHFRJLHUD PiV SOD]DV GH OD PLVPD (VFDOD 6XEHVFDOD &ODVH \ denominación de las que ahora se convocan. /D UHDOL]DFLyQ GH HVWDV SUXHEDV VHOHFWLYDV VH DMXVWDUi D OR HVWDEOHFLGR HQ OD OH\ GH GH DEULO GH %DVHV GHO 5pJLPHQ /RFDO /H\ GH GH DEULO GHO (VWDWXWR %iVLFR GHO (PSOHDGR 3~EOLFR /H\ GH GH DJRVWR GH 0HGLGDV SDUD OD 5HIRUPD GHO )XQFLyQ 3~EOLFD 5HDO 'HFUHWR GH GH MXQLR SRU HO TXH VH HVWDEOHFHQ ODV reglas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración /RFDO 5HDO 'HFUHWR GH GH PDU]R SRU HO TXH VH DSUXHED HO 5HJODPHQWR *HQHUDO GH ,QJUHVR GHO 3HUVRQDO al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajos y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y a las normas de esta convocatoria. Se tendrá en cuenta, además, lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El anuncio inicial de esta convocatoria, la lista provisional de admitidos, el orden de actuación, la determinación del Tribunal, así como el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba selectiva, se publicarán en el Boletín 2ÀFLDO GH OD 3URYLQFLD GH +XHOYD \ HQ HO WDEOyQ GH DQXQFLRV GHO &RQVRUFLR $VLPLVPR VH SXEOLFDUi XQ H[WUDFWR GH HVWD FRQYRFDWRULD HQ HO %ROHWtQ 2ÀFLDO GHO (VWDGR D ORV HIHFWRV GH SUHVHQWDFLyQ GH LQVWDQFLDV /RV UHVWDQWHV DQXQFLRV VH SXEOLFDUiQ ~QLFDPHQWH HQ HO 7DEOyQ GH $QXQFLRV TXH SDUD OD SUHVHQWH convocatoria y a efectos informativos será el Tablón de Anuncios del Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento de Huelva. SEGUNDA. Condiciones de los/las aspirantes. Podrán tomar parte en este Concurso - Oposición Libre quienes ostenten los siguientes requisitos: 1º. 7HQHU OD QDFLRQDOLGDG HVSDxROD VHJ~Q OR GLVSXHVWR HQ HO DUWtFXOR D GH OD /H\ GH GH DEULO GHO (VWDWXWR %iVLFR GHO (PSOHDGR 3~EOLFR No podrán participar en este proceso selectivo, los indicados en el artículo 57.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, GHO (VWDWXWR %iVLFR GHO (PSOHDGR 3~EOLFR GDGD OD H[FHSFLyQ HVSHFLÀFDGD HQ HVWH DUWtFXOR SDUD ORV QDFLRQDOHV GH ORV Estados miembros de la Unión Europea. 2º. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 3º. Estar en posesión del Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, Ciclo Formativo de Grado Medio o equivalente. Los/las aspirantes que aleguen estudios HTXLYDOHQWHV D ORV HVSHFLÀFDGRV HQ HVWDV EDVHV GHEHUiQ DSRUWDU FHUWLÀFDFLyQ TXH UHFRQR]FD OD HTXLYDOHQFLD SRU HO organismo competente. 4º. Estar en posesión del permiso de conducción clase C con inclusión del BTP, sin condición restrictiva limitadora del peso del vehículo. 5º. No haber sido separado, ni despedido mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las AdminisWUDFLRQHV 3~EOLFDV QL KDOODUVH LQKDELOLWDGR SDUD HO HMHUFLFLR GH IXQFLRQHV S~EOLFDV 6º. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias de Bombero Conductor. 7º. 1R KDOODUVH LQFXUVR HQ FDXVD GH LQFRPSDWLELOLGDG VHJ~Q OR GLVSXHVWR HQ HO DUWtFXOR GH OD /H\ GH GH GLFLHPEUH GH ,QFRPSDWLELOLGDGHV GHO 3HUVRQDO DO 6HUYLFLR GH ODV$GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 5167 8º. 3UHVWDU VX FRQVHQWLPLHQWR H[SUHVR D VRPHWHUVH D ODV SUXHEDV PpGLFDV \ ItVLFDV QHFHVDULDV D TXH VH UHÀHUHQ ODV Presentes bases en su Anexo IV así, como en su caso, a los controles antidopaje que puedan ser determinados en cualquier momento por el Tribunal. /RV UHTXLVLWRV DQWHULRUHV GHEHUiQ SRVHHUVH HQ HO PRPHQWR GH ÀQDOL]DU HO SOD]R GH SUHVHQWDFLyQ GH LQVWDQFLDV \ continuar gozando de los mismos durante el proceso de selección y nombramiento. TERCERA. Instancias. 1. /DV ,QVWDQFLDV VROLFLWDQGR WRPDU SDUWH VHJ~Q PRGHOR GHO$QH[R 9 PRGHOR GH LQVWDQFLD HQ HO &RQFXUVR 2SRVLFLyQ /LEUH GHEHUiQ GLULJLUVH DO 6U 3UHVLGHQWH GHO &RQVRUFLR PDQLIHVWDQGR TXH HOOD DVSLUDQWH UH~QH ODV FRQGLFLRQHV H[LJLGDV HQ OD %DVH ,, UHIHULGDV VLHPSUH D OD IHFKD GHO ~OWLPR GtD GH SOD]R VHxDODGR SDUD OD SUHVHQWDFLyQ GH LQVWDQFLDV adjuntando obligatoriamente: a) Copia del documento nacional de identidad. E&RSLDGHODWLWXODFLyQDFDGpPLFDH[LJLGD$TXHOORVDVSLUDQWHVTXHDOHJXHQHVWXGLRVHTXLYDOHQWHVDORVHVSHFLÀFDGRV HQ HVWDV EDVHV GHEHUiQ DSRUWDU FHUWLÀFDFLyQ TXH UHFRQR]FD OD HTXLYDOHQFLD SRU HO RUJDQLVPR FRPSHWHQWH c) Copia simple de las autorizaciones administrativas para conducir exigidas en la Base Segunda. G -XVWLÀFDQWH GH KDEHU DERQDGR ORV GHUHFKRV GH H[DPHQ HQ OD IRUPD HVWDEOHFLGD HQ HO DSDUWDGR GH OD SUHVHQWH Base Tercera. 2. El lugar de presentación de las Instancias será el Registro General del Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento de Huelva, sito en Ctra. Huelva a San Juan del Puerto Km. 1,5, Área Desarrollo Local – Pabellón Los Álamos de Huelva; durante el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. Asimismo, la presentación de instancias podrá realizarse también a través de las restantes formas previstas en HO DUWtFXOR GH OD /H\ GH GH QRYLHPEUH GH 5pJLPHQ -XUtGLFR GH ODV $GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV \ 3URFHGLPLHQWR$GPLQLVWUDWLYR &RP~Q 3. /RV GHUHFKRV GH H[DPHQ VH ÀMDQ HQ OD FDQWLGDG GH &,1&8(17$ (8526 3RGUiQ VHU DERQDGRV GH DOJXQD GH las siguientes formas: D3RULQJUHVRRWUDQVIHUHQFLDHQODFXHQWDEDQFDULDGH&$-$62/LQGLFDQGRHQHOPLVPR el nombre del opositor. E 3RU *LUR SRVWDO R WHOHJUiÀFR D QRPEUH GHO &RQVRUFLR 3URYLQFLDO &RQWUD ,QFHQGLRV \ 6DOYDPHQWR GH +XHOYD LQGLcando en el mismo el nombre del opositor. &8$57$ 7ULEXQDO FDOLÀFDGRU 1. (O 7ULEXQDO &DOLÀFDGRU HVWDUi IRUPDGR GH DFXHUGR FRQ OR SUHYLVWR HQ HO DUWtFXOR GH OD /H\ GH GH DEULO GHO (VWDWXWR %iVLFR GHO (PSOHDGR 3~EOLFR SRU ORV PLHPEURV WLWXODUHV VLJXLHQWHV PRESIDENTE: El Director Gerente del Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento de Huelva. SECRETARIO/A: La del Consorcio o funcionario/a del mismo en quien delegue. VOCALES: Constará además de tres vocales, uno de ellos Funcionario designado a propuesta de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía. A todos los miembros titulares se les designará un suplente. Tanto los miembros titulares como los suplentes serán designados por el Sr. Presidente del Consorcio, y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. 2. Deberán abstenerse de formar parte del Tribunal, aquellos miembros a los que le afecte cualquiera de las circunsWDQFLDV SUHYLVWDV HQ HO DUWtFXOR GH OD /H\ GH GH QRYLHPEUH GH 5pJLPHQ -XUtGLFR GH ODV $GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV \ GHO 3URFHGLPLHQWR $GPLQLVWUDWLYR &RP~Q $Vt PLVPR \ FRQWUD OD FRPSRVLFLyQ GHO 7ULEXQDO SRGUi interponerse, por parte de los/las aspirantes y por los mismos motivos que pudieran dar lugar a la abstención antes referida, escrito de recusación en el plazo de DIEZ DIAS NATURALES a partir de la publicación de los componentes del Tribunal. 3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Sr. Presidente y Secretario/a. 4. La actuación del Tribunal se ajustará a las bases de la convocatoria. No obstante, dicho Tribunal estará facultado para resolver las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las propias Bases. 5168 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 5. El Tribunal podrá contar con la asistencia de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. 6. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, incluido el secretario/a. 7. A efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por la concurrencia a sesiones de Tribunales y órganos de selección, señalándose la categoría segunda de entre las recogidas en el anexo cuarto del citado Real Decreto, en la cuantía legalmente establecida en el momento de la percepción. QUINTA. Lista provisional de aspirantes y subsanación. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, conteniendo la aprobación provisional de la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, indicando las causas de exclusión, y concediendo a los interesados un plazo de DIEZ DIAS NATURALES, desde la publicación de dicha lista en el Boletín 2ÀFLDO GH OD 3URYLQFLD GH +XHOYD SDUD OD VXEVDQDFLyQ HQ VX FDVR FRQ LQGLFDFLyQ GH TXH VL DVt QR OR KLFLHUDQ VH OHV WHQGUi SRU GHVLVWLGRV DUFKLYiQGRVHOH OD LQVWDQFLD VLQ PiV WUiPLWH GH DFXHUGR FRQ HO DUWtFXOR GH OD /H\ GH GH 1RYLHPEUH GH 5pJLPHQ -XUtGLFR GH ODV$GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV \ GHO 3URFHGLPLHQWR$GPLQLVWUDWLYR FRP~Q La lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, se publicará también en el Tablón de Anuncios del Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento de Huelva. 6(;7$ /LVWD GHÀQLWLYD GH DVSLUDQWHV \ FRPLHQ]R GH OD 2SRVLFLyQ Transcurrido el plazo anterior, el Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, conteniendo los siguientes aspectos: 1. $SUREDFLyQ GHÀQLWLYD GH OD OLVWD GH DVSLUDQWHV DGPLWLGRVDV \ H[FOXLGRVDV 6L ELHQ OD UHODFLyQ FHUWLÀFDGD \ FRPSOHWD solo se publicará en su integridad en el Tablón de Anuncios del Consorcio. 2. Orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan ser realizados conjuntamente, comenzando por los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra que se haya obtenido en el sorteo en la sesión constitutiva del Tribunal. 3. 'HWHUPLQDFLyQ GH OD FRPSRVLFLyQ QRPLQDO GHO 7ULEXQDO &DOLÀFDGRU LQFOXLGDV ODV VXSOHQFLDV 4. Fijación del lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba selectiva, haciendo constar que la citación para las sucesivas se hará simultáneamente a la publicación de las listas con los resultados de cada una de las pruebas anteriores en el Tablón de Anuncios del Consorcio Provincial Contra Incendios y Salvamento de Huelva, y en el lugar GRQGH VH KD\D UHDOL]DGR OD ~OWLPD SUXHED (VWD 5HVROXFLyQ VH SXEOLFDUi HQ HO %ROHWtQ 2ÀFLDO GH OD 3URYLQFLD GH +XHOYD \ D WUDYpV GH HOOD VH FRQVLGHUDUiQ FLWDGRV ORVODV DVSLUDQWHV SDUD HO GHVDUUROOR GH ODV SUXHEDV HQ OODPDPLHQWR ~QLFR /RV UHVWDQWHV DQXQFLRV VH SXEOLFDUiQ ~QLFDPHQWH HQ HO 7DEOyQ GH$QXQFLRV GHO &RQVRUFLR 3URYLQFLDO &RQWUD ,QFHQGLRV \ 6DOYDPHQWR GH +XHOYD \ HQ HO OXJDU GRQGH VH KD UHDOL]DGR OD ~OWLPD SUXHED 6e37,0$ 'HVDUUROOR GH OD 2SRVLFLyQ \ FDOLÀFDFLyQ GH ODV SUXHEDV Este concurso-oposición cuenta con dos fases diferencias: I Fase de Oposición II Fase de Concurso I FASE DE OPOSICIÓN Para la realización de las pruebas, los aspirantes deberán acudir al lugar y fechas previamente señalados, acomSDxDGRV GH VX '1, RULJLQDO D HIHFWRV GH LGHQWLÀFDFLyQ SHUVRQDO Desde la terminación de una prueba hasta el inicio de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 20 días naturales. La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de las Pruebas Selectivas o a alguno de sus ejercicios, en el PRPHQWRGHVHUOODPDGRVDOYRFDVRVGHIXHU]DPD\RUGHELGDPHQWHMXVWLÀFDGRV\DSUHFLDGRVSRUHO7ULEXQDO&DOLÀFDGRU determinará automáticamente la pérdida de su derecho, quedando excluido/a del proceso selectivo. /D FDOLÀFDFLyQ ÀQDO GH OD )DVH GH 2SRVLFLRQHV VH REWHQGUi VXPDQGR FDGD XQD GH ODV SXQWXDFLRQHV GH ODV 3UXHbas Selectivas 2ª y 3ª. La fase de Oposición constará de las siguientes pruebas selectivas que serán obligatorias y eliminatorias. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 1ª. PRUEBA DE CONOCIMIENTO: Consiste en medir la capacidad del opositor/a, sus conocimientos teóricos y prácticos en las materias generales, HVSHFtÀFDV \ GH FRQRFLPLHQWR GHO PHGLR TXH VH H[LJHQ SDUD HO SXHVWR D GHVDUUROODU 3DUD HOOR ORV DVSLUDQWHV GHEHUiQ superar los siguientes ejercicios: Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en la realización por escrito de un cuestionario tipo test, de 100 preguntas concretas con cuatro respuestas alternativas, sobre conocimientos de los temas establecidos en los anexos I y II, siendo necesario alcanzar un total de 50 puntos para obtener un 5, puntuación mínima QHFHVDULD SDUD FRQVLGHUDUVH DSWR /D FRUUHFFLyQ VH UHDOL]DUi VHJ~Q HO VLJXLHQWH EDUHPR Respuesta correcta Respuesta incorrecta 1 punto -0,25 puntos Segundo ejercicio. De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, y consistirá en la realización por escrito de un cuestionario tipo test, de 50 preguntas concretas con cuatro respuestas alternativas, sobre conocimientos de la provincia de Huelva establecidos en el anexo III, siendo necesario alcanzar un total de 25 puntos para obtener un 5, SXQWXDFLyQ PtQLPD QHFHVDULD SDUD FRQVLGHUDUVH DSWRV /D FRUUHFFLyQ VH UHDOL]DUi VHJ~Q HO VLJXLHQWH EDUHPR Respuesta correcta Respuesta incorrecta 1 punto -0,25 puntos $PERV HMHUFLFLRV 3ULPHUR 6HJXQGR GH OD SUXHED GH FRQRFLPLHQWR VH UHDOL]DUiQ HO PLVPR GtD HQ XQD ~QLFD VHVLyQ (O WLHPSR FRQFHGLGR SDUD OD UHDOL]DFLyQ GH FDGD SUXHED VHUi GHWHUPLQDGR SRU HO 7ULEXQDO &DOLÀFDGRU VLHQGR OD duración total de las mismas, como máximo de 5 horas. El resultado de todos los ejercicios, será publicado en el Tablón de Anuncios del Consorcio. /D SXQWXDFLyQ ÀQDO GH ORV TXH KD\DQ VXSHUDGR WRGRV ORV HMHUFLFLRV GH OD SUXHED GH FRQRFLPLHQWR YHQGUi GHWHUminada por la media aritmética de los tres ejercicios. (O UHVXOWDGR ÀQDO GH OD SUXHED VHUi SXEOLFDGR HQ HO 7DEOyQ GH$QXQFLRV GHO &RQVRUFLR 2ª. PRUEBA PSICOTÉCNICA. Incluirá un conjunto de pruebas psicotécnicas orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los/las aspirantes son los más adecuados para la función a desempeñar. &RQVLVWLUi HQ HO VRPHWLPLHQWR D XQ UHFRQRFLPLHQWR SVLFRWpFQLFR HIHFWXDGR SRU XQ DVHVRU FXDOLÀFDGR GHVLJQDGR SRU HO 3UHVLGHQWH GHO &RQVRUFLR SUHYLD DXGLHQFLD DO 7ULEXQDO HQ HO TXH VH UHDOL]DUiQ XQ Pi[LPR GH FLQFR SUXHEDV QRUPDOL]DGDV QHFHVDULDV SDUD HYDOXDU ORV SUREOHPDV GH SHUVRQDOLGDG TXH DIHFWHQ GH PDQHUD VLJQLÀFDWLYD DO - Control y la estabilidad psíquica. - La posibilidad de adaptación a un equipo. - La aceptación de normas y de la autoridad. - La capacidad de decisión. - La excesiva susceptibilidad. - Las reacciones extremas a estímulos corrientes. - Las conductas inusitadas y extrañas. 6H YDORUDUi FRHÀFLHQWH GH LQWHOLJHQFLD JHQHUDO /RVDV FDQGLGDWRVDV VH GHFODUDUiQ$372$ R 12$372$ HQ IXQFLyQ GH VX DGDSWDFLyQ DO SHUÀO JHQHUDO GH SHUsonalidad y siempre que superen el mínimo en las pruebas indicadas (O7ULEXQDO &DOLÀFDGRU SXEOLFDUi HQ HO7DEOyQ GH$QXQFLRV GHO &RQVRUFLR HO UHVXOWDGR GH HVWD 3UXHED SRU OD TXH los/las aspirantes “APTOS/AS” se entenderán citados para realizar la siguiente, en el lugar, fecha y hora que se indicará en la misma relación publicándose en el Tablón de Anuncios del Consorcio. 3ª. PRUEBA DE APTITUD FÍSICA. $QWHV GH FRPHQ]DU ODV SUXHEDV GH HVWH HMHUFLFLR ORV DVSLUDQWHV GHEHUiQ HQWUHJDU DO 7ULEXQDO &HUWLÀFDGR 0pGLFRHQLPSUHVRRÀFLDO\YLJHQWHHQHOTXHKDJDFRQVWDUH[SUHVDPHQWHORVLJXLHQWH´(OLQWHUHVDGRUH~QHODV FRQGLFLRQHV ItVLFDV DGHFXDGDV SDUD UHDOL]DU ODV SUXHEDV GH DSWLWXG ItVLFD TXH ÀJXUDQ HVSHFLÀFDGDV HQ OD %DVH 5170 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 Séptima de la presente Convocatoria, y para el desempeño de las funciones de bombero – conductor no padece HQHOPRPHQWRDFWXDOQLQJXQDGHODVHQIHUPHGDGHVQLOLPLWDFLRQHVTXHVHUHODFLRQDQHQHO$QH[R,9GHODFLWDGD FRQYRFDWRULDµ HO H[SUHVDGR FHUWLÀFDGR WHQGUi XQD IHFKD GH H[SHGLFLyQ FRPR Pi[LPR GH GtDV DQWHULRUHV D OD FHOHEUDFLyQ GH ODV SUXHEDV (O QR HQWUHJDU HO UHIHULGR FHUWLÀFDGR FRPSRUWDUD OD QR UHDOL]DFLyQ GHO HMHUFLFLR \ HO GHVLVWLPLHQWR GH WRGRV ORV GHUHFKRV DO HIHFWR (VWH FHUWLÀFDGR QR H[FOX\H HQ DEVROXWR ODV FRPSUREDFLRQHV TXH LQWHJUDQ HO HMHUFLFLR GH HVWDV EDVHV \ TXH WLHQHQ DXWRQRPtD SURSLD $VLPLVPR HO 7ULEXQDO SRGUi HOHJLU DO D]DU GH HQWUH ORV DVSLUDQWHV XQ Q~PHUR GH HOORV SDUD OD realización de un control antidoping, teniendo en cuenta que el hecho de haber consumido productos estimulantes de OD FDSDFLGDG ItVLFD VHJ~Q OD OLVWD DSUREDGD SRU HO &RQVHMR 6XSHULRU GH 'HSRUWHV VXSRQGUi OD H[FOXVLyQ GHO DIHFWDGR HQ el proceso selectivo. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la realización de diferentes pruebas físicas que se realizaran en el orden establecido, siendo eliminatoria una a una y necesitándose para superar cada una de ellas HO YDORU PtQLPR SXQWRV VHJ~Q ORV YDORUHV SRU HGDGHV \ VH[R HVWDEOHFLGDV HQ ODV WDEODV SDUD ODV SUXHEDV D D OD H y prueba h). a) Carrera de resistencia. Finalidad: Resistencia orgánica y muscular. Descripción: Se deberá correr la distancia de 1000 mts lisos en pista por calle libre, siguiendo las siguientes Reglas: El ejecutante, a la voz de “a sus puestos”, o “preparado”, se colocará en la línea de salida sin sobrepasar ésta. A la voz GH ´OLVWRVµ LQFOLQDUi HO WURQFR KDFLD GHODQWH \ ÁH[LRQDUi OD SLHUQD DGHODQWH$ OD YR] GH ´\Dµ X RtU HO ´GLVSDURµ VDOGUi 1. La prueba se realizará en grupo. 2. La salida se realizará de pié sin tacos de salida. 3. Se autorizará una sola salida nula. 4. El tiempo invertido se medirá en minutos y segundos. 5. Se realizará un solo intento. 6. Intento Nulo: Será considerado nulo el intento que vulnere lo dispuesto en estas Reglas. 6H EDUHPDUi VHJ~Q OD VLJXLHQWH WDEOD Hombres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ De 28 a 32 años GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ De 33 a 38 años GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ 'HVGHDxRV GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ Mujeres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ De 28 a 32 años GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ De 33 a 38 años GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ 'HVGHDxRV GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ GH·µD·µ ,QIHULRUD·µ b) Carrera de velocidad. Finalidad: Velocidad Descripción: Se deberá correr la distancia de 50 mts en pista y sin salirse de la calle asignada, siguiendo las siguientes reglas: El ejecutante, a la voz de “a sus puestos”, o “preparado”, se colocará en la línea de salida sin sobrepasar ésta. A la voz GH ´OLVWRVµ LQFOLQDUi HO WURQFR KDFLD GHODQWH \ ÁH[LRQDUi OD SLHUQD DGHODQWH$ OD YR] GH ´\Dµ X RtU HO ´GLVSDURµ VDOGUi (O UHFRUULGR ÀQDOL]DUi FXDQGR HO FDQGLGDWR VXSHUH FRQ HO SHFKR OD OtQHD GH PHWD 1. La prueba se realizará individualmente. 2. Se medirá la prueba por el tiempo invertido, valorando segundos y décimas de segundo. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 5171 6HUHDOL]DUiQXQ~QLFRLQWHQWRH[LVWLHQGRXQDUHSHVFDÀQDOSDUDDTXHOORVTXHQRKXELHUDQVXSHUDGRODSUXHED HQ VX VHULH REWHQLpQGRVH HQ HVWH FDVR XQD FDOLÀFDFLyQ Pi[LPD GH SXQWRV 4. Se autorizará una salida nula. Un segundo nulo será motivo de exclusión de la prueba. 5. Intento Nulo: Será considerado nulo el intento que vulnere lo dispuesto en estas Reglas. 6H EDUHPDUi VHJ~Q OD VLJXLHQWH WDEOD Hombres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años GHµDµ GHµDµ de 6”80 a 6”71 de 6”70 a 6”61 de 6”60 a 6”51 Inferior a 6”51 De 28 a 32 años de 7”20 a 7”11 de 7”10 a 7”01 GHµDµ GHµDµ de 6”80 a 6”71 Inferior a 6”71 De 33 a 38 años de 7”40 a 7”31 de 7”30 a 7”21 de 7”20 a 7”11 de 7”10 a 7”01 GHµDµ ,QIHULRUDµ 'HVGHDxRV de 7”60 a 7”51 de 7”50 a 7”41 de 7”40 a 7”31 de 7”30 a 7”21 de 7”20 a 7”11 Inferior a 7”10 Mujeres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años de 8”40 a 8”31 de 8”30 a 8”21 de 8”20 a 8”11 de 8”10 a 8”01 GHµDµ ,QIHULRUDµ De 28 a 32 años GHµDµ de 8”80 a 8”71 de 8”70 a 8”61 de 8”60 a 8”51 de 8”50 a 8”41 Inferior a 8”40 De 33 a 38 años GHµDµ GHµDµ GHµDµ GHµDµ GHµDµ ,QIHULRUDµ 'HVGHDxRV GHµDµ GHµDµ GHµDµ GHµDµ GHµDµ ,QIHULRUDµ c) Potencia tren superior. )LQDOLGDG )OH[LRQHV GH FRGR SDUD PHGLU OD IXHU]D UiSLGD GH ORV P~VFXORV GRUVDOHV \ ÁH[RUHV GHO WUHQ VXSHULRU 'HVFULSFLyQ &ROJDGR GH XQD EDUUD ÀMD FRQ ODV PDQRV GHGRV SXOJDUHV KDFLD GHODQWH \ EUD]RV WRWDOPHQWH H[WHQGLGRV ÁH[LRQDU GLFKRV EUD]RV HOHYDQGR HO FXHUSR KDVWD TXH OD EDUELOOD VXSHUH OD OtQHD GH ODV PDQRV \ YROYHU D H[WHQGHU WRWDOPHQWH ORV EUD]RV 6H EDUHPDUi VHJ~Q OD VLJXLHQWH WDEOD Hombres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años 15 repeticiones 16 a 18 repeticiones DUHSHWLFLRQHV 21 a 22 repeticiones 23 a 24 repeticiones UHSHWLFLRQHV De 28 a 32 años 13 repeticiones 14 a 15 repeticiones 16 a 17 repeticiones DUHSHWLFLRQHV 20 a 21 repeticiones UHSHWLFLRQHV De 33 a 38 años 11 repeticiones 12 a 13 repeticiones 14 a 15 repeticiones 16 a 17 repeticiones DUHSHWLFLRQHV UHSHWLFLRQHV 'HVGHDxRV UHSHWLFLRQHV 10 a 11 repeticiones 12 a 13 repeticiones 14 a 15 repeticiones 16 a 17 repeticiones UHSHWLFLRQHV Mujeres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años 5 repeticiones 6 a 7 repeticiones 8 a 10 repeticiones 11 a 13 repeticiones 14 a 16 repeticiones UHSHWLFLRQHV De 28 a 32 años 4 repeticiones 5 a 6 repeticiones DUHSHWLFLRQHV 10 a 11 repeticiones 12 a 14 repeticiones UHSHWLFLRQHV De 33 a 38 años 3 repeticiones 4 a 5 repeticiones 6 a 7 repeticiones DUHSHWLFLRQHV 10 a 12 repeticiones UHSHWLFLRQHV 'HVGHDxRV 2 repeticiones 3 a 4 repeticiones 5 a 6 repeticiones 7 a 8 repeticiones DUHSHWLFLRQHV UHSHWLFLRQHV d) Balón Medicinal 4 kg Hombres y 3 kg Mujeres.: Sin impulso previo, desde parado, con las piernas cómodamente separadas, los pies en posición simétrica y el balón sostenido con ambas manos por encima y por detrás de la cabeza. Lanzar el balón hacia adelante con toda la fuerza posible, de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento. Intento Nulo: Será nulo todo intento que incumpla alguno de los aspectos contenidos en las Reglas 1ª, 2ª y/o 3ª. 1. El lanzamiento se realizará manteniendo los pies simétricamente colocados. Los brazos accionarán, simétrica y simultáneamente por encima de la cabeza. (Q QLQJ~Q FDVR SRGUiQ VHSDUDUVH WRWDOPHQWH ORV SLHV GHO VXHOR 1R VH SHUPLWLUi GDU SDVRV DO IUHQWH 3. Ninguna parte del cuerpo podrá tocar el suelo delante de la línea de demarcación. 4. El lanzamiento se medirá desde el centro de la línea de demarcación hasta el punto de caída del balón. 5. Se medirá la longitud del lanzamiento sin tener en cuenta las fracciones inferiores a 0,25 m. 5172 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 6. Se realizarán dos intentos, anotándose el mejor de ellos. 6H EDUHPDUi VHJ~Q OD VLJXLHQWH WDEOD Hombres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años 7,25 mts 7,50 mts 7,75 mts 8,00 mts 8,25 mts > 8,50 mts De 28 a 32 años 7,00 mts 7,25 mts 7,50 mts 7,75 mts 8,00 mts > 8,25 mts De 33 a 38 años 6,75 mts 7,00 mts 7,25 mts 7,50 mts 7,75 mts > 8,00 mts 'HVGHDxRV 6,25 mts 6,75 mts 7,00 mts 7,25 mts 7,50 mts > 7,75 mts Mujeres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años 6,25 mts 6,50 mts 6,75 mts 7,00 mts 7,50 mts > 8,00 mts De 28 a 32 años 6 mts 6,25 mts 6,50 mts 6,75 mts 7,25 mts > 7,75 mts De 33 a 38 años 5,75 mts 6,00 mts 6,25 mts 6,50 mts 7,00 mts > 7,50 mts 'HVGHDxRV 5,50 mts 5,75 mts 6,00 mts 6,25 mts 6,75 mts > 7,25 mts e) Desplazamiento en el medio acuático: Situarse sobre la plataforma, preparado para realizar la prueba. El juez ordenará: «Preparado»... «Ya», y a esta señal, lanzarse al agua y desplazarse 50 m. nadando en un recorrido GH LGD \ YXHOWD HQ OD IRUPD TXH VH HVSHFLÀFD HQ ODV UHJODV (Q OD PLWDG GHO UHFRUULGR VXPHUJLUVH \ H[WUDHU GHO fondo de la piscina una anilla, que estará situada sobre un cuadrado, para depositarla sobre la orilla. Reglas: 1. La salida se realizará desde la plataforma, a la señal del juez. 2. Los primeros 25 m. del recorrido se nadarán de forma libre, pero en todo caso, el cuerpo habrá de mantener la posición ventral. 3. Para recoger la anilla, el candidato sólo podrá sumergirse cuando haya completado el recorrido de ida. 4. La anilla se depositará entre dos líneas marcadas en el suelo del borde de la piscina. 5. Depositada la anilla en el borde de la piscina, el ejecutante podrá impulsarse con los pies y con las manos SDUD UHDOL]DU HO UHFRUULGR GH YXHOWD QDGDQGR GH HVSDOGDV SRVLFLyQ GRUVDO 6. Finaliza la prueba cuando el nadador toca la pared de la piscina en el momento de la llegada, de forma viVLEOH SDUD HO MXH] /D SRVLFLyQ GRUVDO GXUDQWH HO UHFRUULGR GH YXHOWD QR SRGUi DEDQGRQDUVH KDVWD TXH ÀQDOL]D la prueba, esto es, después que el candidato toque la pared de la piscina. (Q QLQJ~Q PRPHQWR GH OD HMHFXFLyQ HVWDUi SHUPLWLGR VXMHWDUVH D OD FRUFKHUD UHERVDGHUR R FXDOTXLHU RWUR lugar. 8. Se medirá el tiempo invertido en la prueba en segundos y centésimas de segundo. 6H UHDOL]DUi XQ VROR LQWHQWR H[FHSWR DO FRQVLGHUDUVH QXOR HQ VDOLGD TXH GDUi RSRUWXQLGDG GH XQ VHJXQGR intento. 'DGDV ODV FDUDFWHUtVWLFDV GH HVWD SUXHED VyOR DO ÀQDOL]DU OD PLVPD HO MXH] GLFWDPLQDUi VL HO FDQGLGDWR KD cumplido el recorrido conforme a lo que aquí se determina. ,QWHQWR 1XOR 6HUi FRQVLGHUDGR QXOR OD UHDOL]DFLyQ GHO UHFRUULGR HQ OD IRUPD TXH YXOQHUH OR TXH VH HVSHFLÀFD en alguna de las reglas. Si por circunstancias de organización, la prueba tuviese que ser desarrollada en una piscina de otras dimensiones, se adaptará el recorrido a lo que aquí se dispone. 6H EDUHPDUi VHJ~Q OD VLJXLHQWH WDEOD Hombres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años !··D··cs > 48” a 50”00cs > 46” a 48”00cs > 44” a 46”00cs > 42” a 44”00cs Inferior a 42”00cs De 28 a 32 años !··D··cs > 51” a 52”00cs !µDµcs !µDµcs > 45” a 47”00cs Inferior a 45”00cs De 33 a 38 años !··D··cs > 54” a 55”00cs > 52” a 54”00cs > 50” a 52”00cs > 48” a 50”00cs Inferior a 48” 00cs 'HVGHDxRV !···D··· !µD··· > 55” a 58”00cs > 53” a 55”00cs > 51” a 53”00cs Inferior a 51”00cs BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 Mujeres 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos Hasta 27 años !··D··· > 56” a 58”00cs > 54” a 56”00cs > 52” a 54”00cs > 50” a 52”00cs Inferior a 50”00cs 23 de Marzo de 2010 De 28 a 32 años !···D··· !µD··· !µDµcs > 55” a 57”00cs > 53” a 55”00cs Inferior a 53” 00cs De 33 a 38 años !···D··· !···D··· !µD··· !µDµcs > 55” a 57”00cs Inferior a 55” 00cs 5173 'HVGHDxRV !···D··· !···D··· !···D··· !···D··· !µD··· Inferior a 58” 00cs I 3UXHED GH FRQÀQDPLHQWR &RQVLVWLUi HQ HO UHFRUULGR SRU XQ HVSDFLR FRQÀQDGR HQ GRQGH GHEHUi ORFDOL]DU XQ equipo de comunicaciones y transmitir la secuencia de ordenes que establezca el tribunal. Los tiempos de permanencia en dicho espacio tendrá unos máximos y mínimos que establezca el tribunal, debiéndose completar la secuencia completa para declarar al aspirante como APTO/A. La prueba se baremará como APTO/A/NO APTO/ A. g) Ascenso de auto escalera: Subir por una escalera mecánica de bomberos hasta una altura máxima de 20 metros, con un ángulo de inclinación de aproximadamente 60º, en un tiempo máximo de 30 segundos los hombres y de 33 segundos las mujeres. La prueba se baremará como APTO/A/NO APTO/A. K &RRUGLQDFLyQ 3VLFRItVLFD: Consistirá en el desarrollo de un recorrido no superior a 50 mts. en el que el aspirante deberá equiparse con chaquetón de bomberos, casco y guantes, desplazar pesos no superiores a 35 kg, organizar elementos y conexionar mangueras. Todo ello en un tiempo máximo de 40 segundos para hombres y mujeres. La secuencia será leída por el tribunal al aspirante antes del desarrollo de la misma. El no desarrollar DOJ~Q DSDUWDGR GHO FLUFXLWR VHJ~Q OD VHFXHQFLD HVSHFLÀFDGD R QR UHDOL]DUOR VHJ~Q ODV LQVWUXFFLRQHV GDGDV SRU HO WULEXQDO VH SHQDOL]DUi FRQ OD SHUGLGD GH SXQWRV SRU FDGD HUURU D GHVFRQWDU GH OD SXQWXDFLyQ REWHQLGD VHJ~Q HO WLHPSR UHDOL]DGR 6H EDUHPDUi VHJ~Q OD VLJXLHQWH WDEOD Superior a 40 segundos 40 seg ………………….… DVHJ« DVHJ««««« DVHJ« DVHJ««««« Inferior a 26 seg ………… NO APTO/A 5 puntos 6 puntos 7 puntos 8 puntos SXQWRV 10 puntos 4ª. PRUEBA PRÁCTICA. De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio, y consistirá en una prueba práctica relacionada con el desempeño del puesto, igual para todos los aspirantes, que se obtendrá por insaculación, de entre los que se planteen por ORVPLHPEURVGHO7ULEXQDOLQPHGLDWDPHQWHDQWHVGHOFRPLHQ]RGHOHMHUFLFLR'LFKRHMHUFLFLRVHUiFDOLÀFDGRFRQKDVWDXQ máximo de diez puntos, siendo necesario un mínimo de cinco puntos para superarlo. Los/las aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos, serán declarados NO APTOS/AS, y quedarán eliminados del proceso selectivo. OCTAVA. Desarrollo del concurso. II FASE DE CONCURSO. La valoración inicial de méritos, que tendrá carácter provisional, se realizará respecto de aquellos/as aspirantes que hubiesen superado la prueba segunda, atendiendo a los méritos legados y acreditados, mediante fotocopias simples, junto con la solicitud de participación en las pruebas selectivas. $ HVWRV HIHFWRV FXDQGR ORV 7ULEXQDOHV KDJDQ S~EOLFD OD FDOLÀFDFLyQ GH OD PHQFLRQDGD VHJXQGD SUXHED SXEOLcarán asimismo en el Tablón de Anuncios la valoración inicial de méritos, donde se indicará la fecha, lugar y hora de presentación de los documentos originales o fehacientes de los méritos alegados, para posterior cotejo y compulsa de las fotocopias simples aportadas. Los/as interesados/as podrán presentar contra la resolución del Tribunal, donde se determina la valoración inicial de méritos, las alegaciones que estimen oportunas, mediante escrito dirigido al/a Presidente/a del Tribunal, teniendo para ello un plazo de cinco días a partir de su publicación. (O WUiPLWH GH QRWLÀFDFLyQ GH OD UHVROXFLyQ GH HVWDV DOHJDFLRQHV VH HQWHQGHUi HIHFWXDGR FRQ OD SXEOLFDFLyQ GH OD 5HVROXFLyQ GH ORV 7ULEXQDOHV SRU OD TXH VH HOHYHQ D GHÀQLWLYDV ODV SXQWXDFLRQHV GH OD )DVH GH &RQFXUVR 5174 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 6yOR VHUiQ WHQLGRV HQ FXHQWD ORV PpULWRV DGTXLULGRV FRQ DQWHULRULGDG D OD ÀQDOL]DFLyQ GHO SOD]R GH SUHVHQWDFLyQ de solicitudes, acreditados documentalmente. &RWHMDGRV ORV GRFXPHQWRV \ FRPSUREDGD OD DXWHQWLFLGDG GH ODV IRWRFRSLDV HO 7ULEXQDO HOHYDUi D GHÀQLWLYD OD FDOLÀFDFLyQ GH OD IDVH GH FRQFXUVR FRQÀUPDQGR HQ VX FDVR OD SXQWXDFLyQ LQLFLDOPHQWH RWRUJDGD R GHWHUPLQDQGR OD SXQWXDFLyQGHÀQLWLYDTXHFRUUHVSRQGDHQEDVHVyORDORVPpULWRVDOHJDGRV\SUREDGRVVHJ~QHOSURFHGLPLHQWRVHxDODGR en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas. El Concurso se regirá por el siguiente baremo: Titulación Por poseer titulación académica superior a la relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente: Grado de Doctor/a: 1,00 punto. Titulo Universitario Superior: 0,85 punto. Título Universitario Propio: 0,70 Titulo Universitario de Grado Medio o Diplomado/a Universitario/a: 0,55 puntos. Bachiller Superior o equivalente: 0,40 puntos. Graduado Escolar, F.P.1 o equivalente: 0,25 puntos. No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A efectos de equivalencia de titulación, solo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general. Cursos y Seminarios. Por la participación en Cursos, Seminarios, Master, Becas, Congresos y Jornadas, siempre que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada, hasta un máximo de 4 puntos en la forma siguiente: Asistencia Impartido Duración Hasta 20h. De 21 a 40 h. 2ÀFLDO 0,25 0,50 1RRÀFLDO 0,125 0,25 2ÀFLDO 0,125 0,25 1RRÀFLDO 0,0475 De 41 a 100 h. 0,75 0,375 0,375 0,1425 De 101 a 200 h. De 201 a 300 h. Más de 300 h. 1,00 1,25 1,50 0,50 0,75 1,00 0,50 0,75 1,00 0,285 0,50 &XUVRV 6HPLQDULRVLPSDUWLGRV SRU$GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV HQWHQGLHQGR SRU WDOHV ODV LQFOXLGDV HQ HO DUWtFXOR GH OD OH\ GHGHQRYLHPEUHGH5pJLPHQ-XUtGLFR\3URFHGLPLHQWR$GPLQLVWUDWLYR&RP~Q$GPLQLVWUDFLyQ*HQHUDOGHO(VWDGRGHODV&RPXQLGDGHV$XWyQRPDV (QWLGDGHV TXH LQWHJUDQ OD$GPLQLVWUDFLyQ /RFDO DVt FRPR ODV (QWLGDGHV GH 'HUHFKR 3~EOLFR FRQ SHUVRQDOLGDG MXUtGLFD propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las anteriores. Asimismo, se incluyen en este apartado los Cursos, Seminarios... LPSDUWLGRVSRUODVHQWLGDGHVTXHPHGLDQWHFRQYHQLRVGHFRODERUDFLyQFRQODV$GPLQLVWUDFLRQHV3~EOLFDVHVWiQIDFXOWDGDVSDUDUHDOL]DU Programas de Formación Continua. &XUsos, Seminarios...impartidos por Entidades no incluidas en el apartado anterior. &XDQGR QR GHWHUPLQHQ HO Q~PHUR GH KRUDV GH OD TXH FRQVWy VH YDORUDUiQ FRPR ORV GH KDVWD KRUDV Experiencia. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados y hasta un máximo de 7 puntos, siempre que exista o haya existido relación funcionarial o contractual, en la forma siguiente: (Q SXHVWR GH LJXDO FDWHJRUtD \ FXDOLÀFDFLyQ HQ OD$GPLQLVWUDFLyQ /RFDO SXQWRV BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 5175 (Q SXHVWR GH LJXDO FDWHJRUtD \ FXDOLÀFDFLyQ HQ RWUDV$GPRQHV 3~EOLFDV SXQWRV (Q SXHVWR GH LJXDO FDWHJRUtD \ FXDOLÀFDFLyQ HQ OD HPSUHVD SULYDGD SXQWRV Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. La puntuación máxima en la fase de concurso será la siguiente: Titulación: Máximo 1 punto Cursos y seminarios: Máximo 4 puntos Experiencia profesional: Máximo 7 puntos (O RUGHQ GH FDOLÀFDFLyQ GHÀQLWLYD TXHGDUi GHWHUPLQDGR SRU OD VXPD GH ODV SXQWXDFLRQHV REWHQLGDV HQ OD )DVH GH Oposición y la suma de la Fase del Concurso, cuya relación será publicada en el Tablón de Anuncios del Consorcio, determinándose en la misma, los/las aspirantes, en igual numero de plazas convocadas que deberán pasar el Reconocimiento Médico. 5HFRQRFLPLHQWR0pGLFR(OWULEXQDOFDOLÀFDGRUFRQREMHWRGHDFUHGLWDUTXHORVDVSLUDQWHVQRSDGHFHQHQIHUPHGDG o defecto físico que les impidan el desempeño de las funciones propias de Bombero-Conductor, los someterá a un ExaPHQ GH 6DOXG HIHFWXDGR SRU XQ DVHVRU FXDOLÀFDGR HQ HO TXH VH UHDOL]DUiQ FXDQWDV SUXHEDV FOtQLFDV \ FRPSOHPHQWDULDV se consideren necesarias para determinar la sujeción o no del aspirante al cuadro del ANEXO IV, incorporado a estas Bases. 8QD YH] UHDOL]DGR \ FRQ OD LQIRUPDFLyQ TXH HO DVHVRU IDFLOLWH DO 7ULEXQDO &DOLÀFDGRU pVWH FDOLÀFDUi GH IRUPD expresa “APTO/A” o “NO APTO/A”, a cada uno de los aspirantes, siendo necesario ser APTO/A para poder realizar el Curso de Formación. &XUVR GH )RUPDFLyQ /RV DVSLUDQWHV SURSXHVWRV SRU HO 7ULEXQDO &DOLÀFDGRU TXH KD\DQ VXSHUDGR HO ([DPHQ GH 6DOXG \ HQ LJXDO Q~PHUR GH SOD]DV FRQYRFDGDV DFFHGHUiQ D OD VLJXLHQWH SUXHED VHOHFWLYD TXH FRQVWDUi GH XQ &XUVR Práctico de Formación con una duración de un mes, que se impartirá por personal de este Consorcio de Bomberos. La 'LUHFFLyQGH2SHUDFLRQHVXQDYH]FRQFOXLGRHOFXUVRIDFLOLWDUiOD7ULEXQDO&DOLÀFDGRUXQDFDOLÀFDFLyQGHIRUPDH[SUHVD de “APTO/A” o “NO APTO/A”, a cada uno de los aspirantes, siendo necesario ser APTO/A para poder superar el mismo. Quienes NO superen el citado Curso, perderán todos los derechos a poder ser nombrados Funcionarios. DÉCIMA. Relación de aprobados. 7HUPLQDGD OD FDOLÀFDFLyQ GHÀQLWLYD GH ORVODV DVSLUDQWHV HO 7ULEXQDO HOHYDUi SURSXHVWD GH QRPEUDPLHQWR DO 6U 3UHVLGHQWH GHO &RQVRUFLR QR SXGLHQGR UHEDVDU pVWD HO Q~PHUR GH SOD]DV D FXEULU WHQLHQGR GLFKD SURSXHVWD FDUiFWHU vinculante para la resolución que deba adoptarse por el órgano competente para el nombramiento. 7DPELpQHO7ULEXQDOSRGUiGHVLJQDUXQDOLVWDGHUHVHUYDFRQXQPi[LPRGHYHLQWLXQDRHOQ~PHURÀQDOGHSOD]DV QRPEUDGDVHQEDVHDOSiUUDIRVHJXQGRGHODEDVH35,0(5$GHHQWUHORVDVSLUDQWHVDSUREDGRVTXHH[FHGDGHOQ~PHUR de plazas convocadas, por orden de puntuación. DÉCIMO PRIMERA. Presentación de documentos. Los/las aspirantes propuestos deberán aportar en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, a partir de la publicación de la relación DEFINITIVA de aprobados/as, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en este Concurso-Oposición Libre se exigen en la Base Segunda, y que no hayan sido entregados con anterioridad. Aquellos/as que dentro del plazo indicado no presentaren la documentación exigida, salvo casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de que pudieran haber incurrido en falsedad documental. DÉCIMO SEGUNDA. Nombramiento y toma de posesión. $SRUWDGRVORVGRFXPHQWRVDTXHVHUHÀHUHODEDVHDQWHULRUHO6U3UHVLGHQWHGHO&RQVRUFLRSURFHGHUiDOQRPEUDPLHQWRFRPRIXQFLRQDULRDVHQSUiFWLFDV\DTXHOORVTXHQRWRPHQSRVHVLyQHQHOSOD]RGH810(6VLQFDXVDMXVWLÀFDGD VH HQWHQGHUi TXH UHQXQFLDQ DO PLVPR VLHQGR VXVWLWXLGR SRU HO SULPHU FODVLÀFDGR GH OD OLVWD GH UHVHUYD \ VXFHVLYRV DÉCIMO TERCERA. Destino. Los Bomberos - conductores nombrados podrán ser destinados o adscritos a cualquier Parque de Bomberos de este Consorcio de Bomberos de Huelva, eligiendo destino por el orden obtenido en el proceso selectivo. 5176 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 DÉCIMO QUINTA. Recursos y alegaciones. La convocatoria y sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, agotan la vía administrativa, pudiéndose interponer recursos contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente en el plazo de DOS MESES, o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un MES ante el Ilmo. Sr. Presidente del Consorcio, contado en ambos supuestos el plazo para recurrir a partir del día siguiente a la publicación GHO H[WUDFWR GH FRQYRFDWRULD HQ HO %ROHWtQ 2ÀFLDO GH (VWDGR Contra las actuaciones o resoluciones del tribunal, podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo GH OD OH\ GH GH QRYLHPEUH GH 5pJLPHQ -XUtGLFR GH ODV$GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV \ GHO 3URFHGLPLHQWR $GPLQLVWUDWLYR &RP~Q UHGDFWDGR FRQIRUPH D OD /H\ GH GH HQHUR HQ HO SOD]R GH XQ PHV FRQWDGR GHVGH HO GtD VLJXLHQWH DO GH VXV SXEOLFDFLRQHV R QRWLÀFDFLRQHV El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la Presidencia del Consorcio como órgano competente para resolverlo. La alegación, sugerencia, reclamación o petición de revisión sobre la puntuación otorgada por el Tribunal u otra circunstancia relativa al desenvolvimiento de las pruebas se realizara por los aspirantes durante los 5 días naturales siguientes a la publicación de la puntuación de cada prueba o ejercicio y será el Tribunal el que decida sobre las mismas en la siguiente sesión, reseñándolo en la correspondiente acta. Huelva, a 12 de marzo de 2010.- EL PRESIDENTE, Fdo.: Ildefonso Martín Barranca. ANEXO I TEMAS COMUNES TEMA 1.- /DFRQVWLWXFLyQHVSDxRODGHDQWHFHGHQWHVFDUDFWHUtVWLFDV\HVWUXFWXUDSULQFLSLRVJHQHUDOHVGHUHFKRV y deberes fundamentales de los españoles. TEMA 2.- /D DGPLQLVWUDFLyQ S~EOLFD HVSDxROD DGPLQLVWUDFLyQ JHQHUDO GHO HVWDGR DGPLQLVWUDFLyQ GH OD FRPXQLGDG autónoma. administración local. TEMA 3.- Régimen local español: clases de entidades locales. organización municipal. competencias municipales. organización provincial. competencias provinciales. TEMA 4.- 3HUVRQDO DO VHUYLFLR GH OD HQWLGDG ORFDO ORV IXQFLRQDULRV S~EOLFRV FODVHV VHOHFFLyQ VLWXDFLRQHV DGPLQLVtrativas. provisión de puestos de trabajo. el personal laboral: tipología y selección. derechos del personal al servicio de los entes locales. deberes del personal al servicio de los entes locales. ANEXO II TEMAS ESPECIFICOS A. EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTOS. I. OPERACIONES DE SALVAMENTO. 1. Equipos de intervención: Autobombas, vehículos de salvamento, especiales y auxiliares. 2. Desarrollo de las operaciones. 6DOYDPHQWR &ODVLÀFDFLyQ (TXLSRV KLGUiXOLFRV GH UHVFDWH (TXLSRV HOpFWULFRV GH UHVFDWH (TXLSRV GH WUDFFLyQ GH arrastre, tapafugas y trasvases, de visión, de elevación e iluminación. Escalas: ganchos, antepecho, corredera y JDUÀR 'LPHQVLRQHV \ FDUDFWHUtVWLFDV GH FXHUGDV FLQFKDV \ WLURV 5HVFDWH GH YtFWLPDV HQ FROLVLRQHV GH YHKtFXORV KXQGLPLHQWR GH HGLÀFLRV PHWUR IHUURFDUULO DXWRSLVWDV DYLRQHV DXWREXVHV HPEDUFDFLRQHV 6DOYDPHQWRV /LEHUDFLyQ Desencarcelación. Hundimientos. Desescombro. &DWiVWURIHV ,QWURGXFFLyQ D ODV FDWiVWURIHV 3VLFRORJtD GH VLWXDFLRQHV FDWDVWUyÀFDV 5. Salvamento en altura: Maniobras de salvamento en altura. Detección y localización de víctimas. Teoría de maniobras de fuerzas. Maniobras de localización con detector geofónico. 6. Técnicas de intervención en accidentes de circulación: Control de riesgos inminentes. Seguridad en la intervención. El rescate de víctimas. Fin de la intervención. II. CONTROL Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS. 7. Teoría del fuego: Química del fuego. Triángulo y tetraedro del fuego. Combustión. Productos de la combustión. FacWRUHV GHO LQFHQGLR ,JQLFLyQ HVSRQWiQHD ([SORVLRQHV 3URSDJDFLyQ GHO LQFHQGLR &ODVLÀFDFLyQ GH IXHJRV 6XVWDQFLDV LQÁDPDEOHV /D HOHFWULFLGDG HQ LQFHQGLRV 8. Agentes extintores: Agua, espuma, polvo extintor, soluciones acuosas en polvo. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 5177 0pWRGRV GH H[WLQFLyQ 1RUPDV EiVLFDV GH DFWXDFLyQ 10. Estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos: Estructuras: madera, hormigón, acero, plásticos, otros materiales. &RPSRQHQWHV GH ORV HTXLSRV H LQVWDODFLRQHV7RPDV GH DJXD KLGUDQWHV ERFDV GH ULHJR ERFDV GH LQFHQGLR %,( &ROXPQDVHFD6LVWHPDVGHGHWHFFLyQ\DODUPD6LVWHPDVÀMRVGHH[WLQFLyQ,QVWDODFLRQHVGHURFLDGRUHVDXWRPiWLFRV anhídrido carbónico, hidrocarburos halogenados, polvo químico seco. Instalaciones de mangueras: de impulsión, de aspiración. Lanzas: chorro sólido, triple efecto, chorro hueco, monitores. Generadores de espuma: premezclador y ODQ]D JUDQGHV YRO~PHQHV $FFHVRULRV KLGUiXOLFRV ERPED PDQXDO FROXPQD GH KLGUDQWH OODYH GH KLGUDQWH OODYH GH racores. Tapafugas. Estranguladores. Alcachofa de aspiración. Hidroeyector e hidrobomba. Puente de mangueras. Otros materiales de extinción: extintores. Otras herramientas: batefuegos; mochilas. 12. Estudio de los medios móviles: Autobombas: bomba urbana ligera; bomba rural ligera; bomba forestal ligera; bomba urbana pesada; bomba rural pesada; bomba forestal pesada; bomba nodriza ligera y bomba nodriza pesada. Vehículo FRQDJHQWH~QLFR9HKtFXORFRQP~OWLSOHVDJHQWHV2WURVYHKtFXORVGHH[WLQFLyQ\VDOYDPHQWR$XWRHVFDODDXWRPiWLFD DXWRHVFDOD VHPLDXWRPiWLFD DXWRHVFDOD PDQXDO DXWR EUD]R DUWLFXODGR DXWR EUD]R H[WHQVLEOH DXWR JU~D WDOOHU DXWR JU~D SHVDGD )XUJyQ ~WLOHV YDULRV )XUJyQ GH DSHRV \ DSXQWDODPLHQWRV III. FENÓMENOS NATURALES Y ANTRÓPICOS. 13. Meteorología: Efectos de los riesgos meteorológicos: huracanes, tornados e inundaciones. Efectos del viento en las HGLÀFDFLRQHV (IHFWRV GH ORV ULHVJRV JHROyJLFRV WHUUHPRWRV YROFDQHV \ GHVOL]DPLHQWRV 14. Derrumbamientos: Reconocimientos y patología. Maniobras de apuntalamientos. (GLÀFDFLyQ 1RUPDV EiVLFDV $SOLFDFLyQ &RPSDUWLPHQWDFLyQ HYDFXDFLyQ \ VHxDOL]DFLyQ ,QVWDODFLRQHV JHQHUDOHV y locales de riesgo especial. Señales de evacuación. Normas UNE. Disposiciones legales. Elementos integrantes GH ORV HGLÀFLRV HVWUXFWXUDOHV FRPSOHPHQWDULRV \ DX[LOLDUHV 6LVWHPDV FRQVWUXFWLYRV GHÀQLFLyQ FODVLÀFDFLyQ 6LVWHPDV SRUWLFDGRV \ VLVWHPDV GH HQWUDPDGR &LPHQWDFLyQ &RQFHSWR FODVLÀFDFLyQ \ WLSRORJtDV 7LSRV GH FLPHQWDFLyQ VXSHUÀFLDO SURIXQGD \ ÀUPH LQDFFHVLEOH 6LVWHPDV GH FLPHQWDFLyQ OD FLPHQWDFLyQ DLVODGD 9LJDV GH FLPHQWDFLyQ 3ODFDV GH FLPHQWDFLyQ 3LORWDMHV (OHPHQWRV LQWHJUDQWHV 7HUUHQRV FODVLÀFDFLyQ URFDV WHUUHQRV FRPSDFWRV WHUUHQRV VXHOWRV WHUUHQRV GHÀFLHQWHV 7DOXGHV QDWXUDOHV GH ORV WHUUHQRV GHVPRQWHV WHUUDSOHQHV YDFLDGRV PLQDGRV DSHUWXUD de zanjas y pozos. Forjados: elementos del forjado. Tipología. Forjados metálicos: tipologías. Forjados de hormigón unidireccionales y bidireccionales. Forjados de chapa plegada. Losas y placas. Otros tipos: soleras y pavimentos. (VFDOHUDV SDUWHV LQWHJUDQWHV 0DWHULDOHV HPSOHDGRV (QODFH FRQ OD HVWUXFWXUD GHO HGLÀFLR &XELHUWDV FODVLÀFDFLyQ Tejados y azoteas. Pendientes y disposición de los faldones. Elementos constitutivos: estructura sustentante y material de cubrición. Cubiertas simples y compuestas. Azoteas: transitables y no transitables. Cerramientos y divisiones: condiciones del cerramiento/división. +XQGLPLHQWR\FRODSVRGHHGLÀFDFLRQHVWLSRVVHxDOL]DFLyQSURFHGLPLHQWRVGHLQWHUYHQFLyQ6LVWHPDVGHGHWHFFLyQ\ localización de las personas atrapadas. Técnicas de penetración en estructuras colapsadas: butrón, pozo, chimenea, galería. Levantamiento de pesos. Teoría para la ejecución de maniobras de fuerza: tipos, herramientas y equipos. 0DWHULDV SHOLJURVDV &ODVLÀFDFLyQ GH ODV PDWHULDV SHOLJURVDV 3ULQFLSDOHV ULHVJRV GH ODV PDWHULDV SHOLJURVDV ,GHQWLÀFDFLyQ SDQHO QDUDQMD Q~PHUR 218 Q~PHUR GH SHOLJUR HWLTXHWDV 6HxDOL]DFLyQ GH YHKtFXORV &ODVLÀFDFLyQ GH OD emergencia. Plan de actuación para los posibles casos de accidentes: información, objetivos, normas de actuación, misiones asignadas por el mando, desarrollo del plan de actuación en caso de accidente. Competencias, intervenFLyQ GH ORV VHUYLFLRV FRQWUD LQFHQGLRV \ ODV IXHU]DV GH RUGHQ S~EOLFR )LFKDV GH LQWHUYHQFLyQ 1RUPDV GH FLUFXODFLyQ vehículos ADR, equipamiento de los vehículos ADR. Normas sobre carga y descarga de mercancías peligrosas. (PHUJHQFLDV (PHUJHQFLDV HQ GHSyVLWRV GH OtTXLGRV LQÁDPDEOHV 5LHVJRV WHFQROyJLFRV 5LHVJRV DQWUySLFRV IV. OPERACIONES DE AYUDAS TÉCNICAS. 3DWRORJtD GH OD FRQVWUXFFLyQ HO HVWDGR GH UXLQD 20. Síntomas de las lesiones: asientos, separación de elementos estructurales y bombeos. Disgregación de materiales. Desplome. Corrimiento. Manifestación: Grietas: vivas y muertas, capilares y estructurales, amplitud, velocidad de aparición, forma geométrica. Pérdida de horizontalidad y verticalidad. Descuadre de huecos. Medición de la grieta: Testigos. Puesta de testigos. 3URFHGLPLHQWRV \ VLVWHPDV GH DÀDQ]DPLHQWR GH HOHPHQWRV HVWUXFWXUDOHV DSXQWDODPLHQWRV \ HQWLEDFLRQHV (QWLEDFLRQHV 'HÀQLFLyQ (MHFXFLyQ GH ORV YDFLDGRV %DWDFKHV IDVHV GH HMHFXFLyQ 0HGLGDV GH SURWHFFLyQ DFRGDODPLHQWRV \ HQWLEDFLRQHV 3UHFDXFLRQHV HQ HGLÀFLRV FROLQGDQWHV UHFDOFHV (QWLEDFLyQ WDEODV KRUL]RQWDOHV WDEODV YHUWLFDOHV$SXQWDODPLHQWRV\DSHRV'HÀQLFLyQ(OHPHQWRVGHXQDSHRYHUWLFDOHVSXQWDOSLHVGHUHFKRVYLURWLOORV]DSDWDVPXUDOHV 5178 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 KRUL]RQWDOHV VRSDQGDV GXUPLHQWHV SXHQWHV FRGDOHV DJXMDV (OHPHQWRV LQFOLQDGRV WRUQDSXQWD MDEDOFyQ ULRVWUDV Pequeño material auxiliar: bridas, puntas, clavos, bellotes, cuñas, muletillas. Apeos. Materiales empleados: madera; KLHUUR HQ SHUÀOHV WXERV GH KLHUURV FRQ XQLRQHV DUWLFXODGDV 3XQWDOHV WHOHVFySLFRV 1RUPDV JHQHUDOHV SDUD HIHFWXDU XQ DSHR 3URFHGLPLHQWRV GH DSHR VHJ~Q HO HOHPHQWR GDxDGR FLPHQWDFLyQ GH ]DSDWDV FRUULGDV \ DLVODGDV -iFHQDV y vigas maestras. Pilares. Forjados. Muros. Apeos de asnillas. Tornapuntas. Tornapuntas a varias alturas. Muros interiores. Acodalado de muros: apeos volantes. Recercado de huecos adintelados. Arcos y bóvedas. Armaduras de cubierta. Cimientos medianeros descolgados. Muros de contención. 22. Instalaciones: Generalidades: localización, disposición y situación. Relación instalaciones- estructura. Materiales. Elementos: simbología y utilización. 23. Agua: Agua fría: trazado y disposición de las instalaciones. Componentes: tuberías y conducciones. Dispositivos y YiOYXODV %RPEDV \ GHSyVLWRV $JXD FDOLHQWH VDQLWDULD WUD]DGR \ GLVSRVLFLyQ GH ODV LQVWDODFLRQHV &ODVLÀFDFLyQ LQVtalaciones individuales, componentes; instalaciones centralizadas, componentes. 24. Depósitos y almacenamiento de materiales: Depósitos de materiales sólidos: combustibles, no combustibles. Depósitos de materiales líquidos: combustibles, no combustibles. Depósitos de gases: natural, licuados del petróleo. 25. Calefacción: Sistemas de calefacción: convección natural, forzada. Radiación. Componentes: calderas, quemadores, tuberías, elementos de caldeo. Accesorios. 26. Climatización: Conceptos básicos sobre climatización. Proceso de acondicionamiento de aire. Sistemas de climatización: bomba de calor, climatizadores, acondicionadores, consolas de condensación: por agua, por aire. 'HVDJHV &ODVLÀFDFLyQ GH ORV VLVWHPDV GH HYDFXDFLyQ GH DJXDV XQLWDULR VHSDUDWLYR VHPLVHSDUDWLYR GH HOHYDFLyQ forzada. Componentes de las instalaciones de evacuación de aguas: conducciones y arquetas, cierres hidráulicos, redes de ventilación, grupos de bombeo, acometidas al alcantarillado urbano, depuración. Ventilación: Natural, forzada, DUWLÀFLDO (YDFXDFLyQ GH KXPRV YLYLHQGDV FKLPHQHDV \ IXPLVWHUtD /RFDOHV \ JDUDMHV 28. Gas: Natural, butano, propano. Acometida. Redes de distribución: verticales, horizontales. Contadores. Aparatos de consumo. 7UDQVSRUWH &LQWDV WUDQVSRUWDGRUDV (VFDOHUDV PHFiQLFDV$VFHQVRUHV 0RQWDFDUJDV 30. Electricidad: Conceptos básicos de electrotecnia. Infraestructura y distribución de energía eléctrica: distribución, cenWUDOHV UHGHV GH DOWD WHQVLyQ $7 \ VXEFHQWUDOHV 5HGHV GH GLVWULEXFLyQ GH EDMD WHQVLyQ %7$FRPHWLGDV HOpFWULFDV \ FHQWURV GH WUDQVIRUPDFLyQ ,QVWDODFLRQHV HOpFWULFDV HQ HGLÀFLRV GH YLYLHQGDV HOHFWULÀFDFLyQ LQWHULRU GH XQ HGLÀFLR LQVWDODFLRQHV GH HQODFH LQVWDODFLyQ LQWHULRU GH XQD YLYLHQGD 5HSUHVHQWDFLyQ JUiÀFD GH ODV LQVWDODFLRQHV HOpFWULFDV Instalaciones de protección: protección contra las descargas eléctricas. Diferenciales. Instalaciones de puesta a tierra. Protección de las instalaciones eléctricas. Fusibles y automáticos. Materiales de las instalaciones eléctricas. ,QVWDODFLRQHV XUEDQDV 5HG GH DOFDQWDULOODGR$JXD %RFDV GH ULHJR +LGUDQWHV *DV (OHFWULFLGDG$OXPEUDGR S~EOLFR Semáforos. Registros. Telefonía. 32. Métodos de intervención en: Consolidación de construcciones. Achiques. Ascensores. Maquinaria. Apertura de puertas. Atención a dementes y suicidas. Atención a animales. Corte de suministros. B. PREVENCIÓN DE INCENDIOS Y MANTENIMIENTO. I. NORMATIVAS E INSTALACIONES DE PREVENCIÓN. 33. Prevención: Nociones sobre prevención. Normativa de prevención de incendios. Condiciones urbanísticas. Accesibilidad e instalaciones. Comportamiento de los materiales ante el fuego. Compartimentación. Instalaciones de extinción GH LQFHQGLRV ,QVWDODFLRQHV GH GHWHFFLyQ GH LQFHQGLRV \ DODUPD (YDFXDFLyQ GH HGLÀFLRV 6HxDOL]DFLyQ 5HJODPHQWR de almacenamiento de maderas y películas. Reglamento de almacenamiento de productos químicos. Transporte de materias peligrosas. 34. Instalaciones: Depósitos de combustible. Calderas. Extracciones de humos. Aire acondicionado. Transformadores. Instalaciones eléctricas. Ascensores y montacargas. 35. Protección Civil. Ley y Norma Básica: fundamentos, organización, actuación, autoprotección, actuación en caso de emergencia, actuaciones preventivas, dirección y coordinación, infracciones y sanciones, planes territoriales, directrices para su elaboración, planes especiales, disposiciones generales, tipos de planes especiales, competencias, declaración de interés nacional, planes de emergencia municipales, aspectos básicos, agrupación de voluntarios, misiones, coordinación de efectivos en operativos de siniestro y preventivos. 0DWHULDVSHOLJURVDV\VXLQFLGHQFLDHQODSUHYHQFLyQGHLQFHQGLRV&ODVLÀFDFLyQ\SULQFLSDOHVULHVJRVGHODVPDWHULDV SHOLJURVDV Q~PHUR GH SHOLJUR SDQHO QDUDQMD HWLTXHWDGR \ VHxDOL]DFLyQ GH YHKtFXORV SODQ GH DFWXDFLyQ SDUD ORV BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 posibles casos de accidentes; objetivos; competencias; misiones asignadas al mando; información; bases del plan; FODVLÀFDFLyQ GH OD HPHUJHQFLD GHVDUUROOR GHO SODQ GH DFWXDFLyQ HQ FDVR GH DFFLGHQWH LQWHUYHQFLyQ GH ODV IXHU]DV GH RUGHQ S~EOLFR \ ORV VHUYLFLRV FRQWUD LQFHQGLRV QRUPDV GH DFWXDFLyQ HMHPSORV GH ÀFKDV GH LQWHUYHQFLyQ QRUPDV LQWHUQDFLRQDOHV GH FLUFXODFLyQ GH YHKtFXORV $'5 HTXLSDPLHQWR GH ORV YHKtFXORV $'5 QRUPDV VREUH FDUJD \ GHVcarga de mercancías peligrosas; emergencias en depósitos cisternas y botellas de gases comprimidos y líquidos químicos y/o combustibles. II. MANTENIMIENTO DE LOS MEDIOS MATERIALES. 37. Mecánica básica de vehículos. Elementos que los constituyen. Motores de explosión. Elementos que los constituyen. Tipos más usados. Motores de combustión diesel. Descripción y elementos que los constituyen. Funcionamiento. Motores de dos tiempos: constitución, funcionamiento y comparación con los de cuatro tiempos. Propulsión. Ideas generales sobre tracción delantera y propulsión total. Diferencia entre vehículos urbanos y los 4x4, suspensiones, transmisión, diferenciales, partes principales, altura mínima, ángulo de ataque, ángulo de vuelco, vadeo, radio de giro. %RPEDV KLGUiXOLFDV 'HÀQLFLyQ 7LSRV GH ERPEDV %RPEDV FHQWUtIXJDV SDUWHV GH XQD ERPED ERPEDV GH EDMD presión, bombas de alta presión. Curvas características de las bombas. Normas de uso, aspiración y cebado de la bomba. Principios de aspiración. Bombas portátiles: aspiradoras de líquidos, turbobombas, motobombas y motobomEDV ÁRWDQWHV 5DGLRHPLVRUDV7LSRVGHUDGLRHPLVRUDVÀMDVSRUWiWLOHV$OLPHQWDGRUHVEDWHUtDV\DQWHQDV5HGHVGHUDGLRFRPXQLFDción simples, con repetidores, de asignación dinámica de frecuencias. Nociones de cobertura radioeléctrica. Equipos de radiocomunicaciones, funcionamiento. Protocolos de comunicación. 40. Características técnicas de los equipos de protección personal. Traje de trabajo. Equipo de protección respiratoria. Traje de protección térmica. Traje de protección química. Traje de protección radiactiva. 41. Normativas de equipos de protección personal usados en la prevención y extinción de incendios. Descripción, funFLRQDPLHQWR \ FDUDFWHUtVWLFDV GH ORV HTXLSRV GH SURWHFFLyQ SHUVRQDO +RPRORJDFLyQ \ FHUWLÀFDFLyQ &( /HJLVODFLyQ HVSHFtÀFD3UHVFULSFLRQHVWpFQLFDV\REOLJDFLRQHVGHULYDGDVGHORVUHJODPHQWRVGHORVHTXLSRV,QVWUXFFLRQHVWpFQLFDV complementarias y las normas asociadas a la fabricación, uso y mantenimiento de equipos. 42. Características técnicas de los equipos de intervención en salvamento y rescate de los cuerpos de bomberos. Escalas: JDQFKRV DQWHSHFKR FRUUHGHUD \ JDUÀR &XHUGDV FLQFKDV \ WLURV GLPHQVLRQHV \ FDUDFWHUtVWLFDV 1XGRV$LVODPLHQWR eléctrico: pértigas, banqueta y plancha aislante. Guantes. Herramientas. Material de elevación y tracción. Material de corte, separación y desencarcelación. Material sanitario: botiquín y camillas. 43. Características de las herramientas y equipos utilizados en la extinción de incendios. Tomas de agua: Hidrantes. Bocas GHULHJR%RFDVGHLQFHQGLR%,(3LH]DVGHXQLyQ5DFRUHV%LIXUFDFLRQHV5HGXFFLRQHV$GDSWDGRUHV0DQJXHUDV y mangotes: de impulsión, de aspiración. Carretes de pronto socorro: baja presión y alta presión. Lanzas: chorro VyOLGR 7ULSOH HIHFWR &KRUUR KXHFR 0RQLWRUHV *HQHUDGRUHV GH HVSXPD SUHPH]FODGRU \ ODQ]D *UDQGHV YRO~PHQHV Columnas secas. Accesorios hidráulicos: bomba manual. Columna de hidrante. Llave de hidrante. Llave de racores. Tapafugas. Estranguladores. Alcachofa de aspiración. Hidroeyector y bomba. Puente de mangueras. Otros materiales de extinción: extintores. Otras herramientas: Batefuegos. Mochilas. 44. Características técnicas de las herramientas de demolición y otros equipos empleados en las intervenciones de los cuerpos de bomberos. Generadores portátiles: características, partes del generador, puesta en marcha, paro del motor, mantenimiento, accesorios, kit de iluminación. Sierra portátil: montaje, diversos tipos de hojas de corte, instrucciones de seguridad. Radial: montaje de disco, montaje del protector y empuñadura de sujeción, tipos de discos, consejos de utilización. Martillo percutor eléctrico: montaje, correcta utilización, medios de protección, correcta postura. Cuña hidráulica: composición, aplicaciones mantenimiento. Cojines neumáticos: montaje, correcta utilización, composición, aplicaciones, mantenimiento. Corte y soldadura: montaje, correcta utilización, composición, aplicaciones, mantenimiento. Motosierra: montaje, correcta utilización, medios de protección. Correcta postura. Herramientas de tracción: polipasto WUiFWHO VLVWHPD GH HPEUDJXH DQFODMH WHQVLRQDGR DVHJXUDPLHQWRV HOHYDFLyQ GH SHVRV GHVFHQVR GH SHVRV FRORcación idónea de barrotes, poleas, polipastos, sistemas o razonamiento de la reducción de cargas. 45. Características y utilidad de los medios móviles empleados en la prevención de incendios. Autobombas: Bomba urEDQDOLJHUD%8/%RPEDUXUDOOLJHUD%5/%RPEDIRUHVWDOOLJHUD%)/%RPEDXUEDQDSHVDGD%83%RPEDUXUDO SHVDGD %53 %RPED IRUHVWDO SHVDGD %)3 %RPED QRGUL]D OLJHUD %1/ %RPED QRGUL]D SHVDGD %13 $JHQWHV HVSHFLDOHV 9HKtFXOR FRQ DJHQWH ~QLFR 9$8 9HKtFXOR FRQ P~OWLSOHV DJHQWHV 90$ 2WURV YHKtFXORV GH H[WLQFLyQ \ VDOYDPHQWR$XWRHVFDOD DXWRPiWLFD $($$XWRHVFDOD VHPLDXWRPiWLFD $(6$XWRHVFDOD PDQXDO $(0$XWR EUD]R DUWLFXODGR $%$ $XWR EUD]R H[WHQVLEOH $%( $XWRJU~D WDOOHU $*7 $XWRJU~D SHVDGD $*3 )XUJyQ ~WLOHV YDULRV )89)XUJyQGHDSHRV\DSXQWDODPLHQWRV)$9)XUJyQGHVDOYDPHQWROLJHUR)69/)XUJyQGHVDOYDPHQWRSHVDGR )693 9HKtFXORV YDULRV 9HKtFXOR GH LOXPLQDFLyQ 9,/ 9HKtFXOR JHQHUDGRU HOpFWULFR 9*( ([FDYDGRUD FDUJDGRUD 0(& 9HKtFXOR WDOOHU GH UHSDUDFLRQHV 975 9HKtFXOR WUDQVSRUWH GH ERPEDV 973 )XUJyQ UHVHUYD GH DLUH )5$ 5180 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 7UDQVSRUWH GH SURGXFWRV SHOLJURVRV 733 5HPROTXH PRWRERPED 50% 5HPROTXH JHQHUDGRU GH HVSXPD 5(/ 5HPROTXH JHQHUDGRU HOpFWULFR 5*( /H\ GH VHJXULGDG YLDO \ OHJLVODFLyQ FRQFRUGDQWH 0DQXDO GH IDEULFDQWH GH YHhículos. III. PRIMEROS AUXILIOS. 46. Fundamentos de primeros auxilios. Primeros auxilios: concepto, principios generales, objetivos y límites. El primer interviniente: actitudes, funciones, responsabilidad legal, riesgos y protección. Marco legal, responsabilidad y ética SURIHVLRQDO (O SULPHU LQWHUYLQLHQWH FRPR SDUWH GH OD FDGHQD DVLVWHQFLDO )XQGDPHQWRV GH DQDWRPtD \ ÀVLRORJtD 7HUminología médico-sanitaria de utilidad en primeros auxilios. 47. Soporte vital básico en primeros auxilios. Actuación del primer interviniente: soporte vital básico. Resucitación carGLRSXOPRQDU EiVLFD 5&3% YDORUDFLyQ GHO QLYHO GH FRQVFLHQFLD FRPSUREDFLyQ GH OD YHQWLODFLyQ SURWRFROR GH 5&3% ante una persona inconsciente con signos de actividad cardíaca, protocolo de RCPB ante una persona con parada cardio-respiratoria, RCPB en niños de 1 a 8 años y RCPB en lactantes. 48. Atención inicial a emergencias más frecuentes. Valoración del accidentado: primaria y secundaria. Métodos para desobstruir la vía aérea y facilitar la respiración: accesorios de apoyo a la ventilación y oxigenoterapia. Intoxicaciones SRU YtD UHVSLUDWRULD LQWR[LFDFLRQHV SRU LQKDODFLyQ GH KXPRV \ JDVHV 6LJQRV \ VtQWRPDV GH XUJHQFLD ÀHEUH FULVLV DQDÀOiFWLFDV YyPLWRV \ GLDUUHD GHVPD\RV OLSRWLPLDV VtQFRSHV \ ´VKRFNµ +HULGDV FODVLÀFDFLyQ VtQWRPDV \ VLJQRV 7UDWDPLHQWR EiVLFR +HPRUUDJLDV FODVLÀFDFLyQ VtQWRPDV \ VLJQRV 7UDWDPLHQWR EiVLFR 7UDXPDWLVPRV HVJXLQFHV contusiones, luxaciones, fracturas, traumatismos torácicos, traumatismos craneoencefálicos, traumatismos de la FROXPQD YHUWHEUDO VtQGURPH GH DSODVWDPLHQWR SROLWUDXPDWL]DGRV \ WUDVODGRV$FFLGHQWHV GH WUiÀFR RUGHQ GH DFWXDción, medidas respecto a la seguridad de la circulación y a los heridos en el accidente y aspectos esenciales de ORV DFFLGHQWHV GH WUiÀFR /HVLRQHV SURGXFLGDV SRU FDORU \ SRU IUtR &XHUSRV H[WUDxRV HQ OD SLHO RMRV RtGRV \ QDUL] Accidentes eléctricos. Electrocución: lesiones producidas por la electricidad y los rayos. Intoxicaciones por alcohol y estupefacientes. Cuadros convulsivos: epilepsia y otros cuadros convulsivos. 6LVWHPDVGHUHFRJLGD\WUDQVSRUWHGHDFFLGHQWDGRV(YDOXDFLyQGHODQHFHVLGDGGHHIHFWXDUHOWUDQVSRUWHGHXQHQIHUPR repentino o accidentado. Posición lateral de seguridad. Posiciones de espera, no lesivas o seguras. Recogida de un OHVLRQDGR&RQIHFFLyQGHFDPLOODVXWLOL]DQGRPHGLRVFRQYHQFLRQDOHVRLQHVSHFtÀFRV3RVLFLRQHVGHWUDQVSRUWHVHJXUR 7pFQLFDV GH LQPRYLOL]DFLyQ \ WUDQVSRUWH XWLOL]DQGR PHGLRV FRQYHQFLRQDOHV PDWHULDOHV LQHVSHFtÀFRV R GH IRUWXQD 50. El botiquín de primeros auxilios. Instrumentos. Material de cura. Fármacos básicos. 51. Actuación general ante emergencia colectiva y catástrofe. Conceptos relacionados con emergencias colectivas y catástrofes. Métodos de “triaje” simple. Norias de evacuación. 52. Principios psicológicos y técnicas de comunicación en situaciones de accidente o emergencia. Principios de psicología general. Psicología de la víctima. Comunicación: canales y tipos. Comunicación asistente-accidentado. Comunicación DVLVWHQWHIDPLOLD +DELOLGDGHV VRFLDOHV$FWLWXGHV SHUVRQDOHV TXH IDFLOLWDQ R GLÀFXOWDQ OD FRPXQLFDFLyQ (VWUDWHJLDV GHO control del estrés. Apoyo psicológico ante situaciones de emergencia: crisis, duelo, tensión, agresividad y ansiedad. IV. MANTENIMIENTO DE LAS CAPACIDADES FÍSICAS Y PSICOLÓGICAS PARA EL DESEMPEÑO PROFESIONAL. 53. El equipo de protección personal utilizado en prevención y extinción de incendios. Descripción, componentes, colocación de cada una de las prendas. El equipo de protección respiratoria: Descripción, manejo, utilización. Movimientos y orientación en oscuridad. Rastreo y localización de víctimas en ambientes sin visibilidad. Procedimientos de intervención. (OHVWUpVWpUPLFR&RQGLFLRQDQWHVItVLFRVFRQWUROKLGUDWDFLyQÁXFWXDFLyQGHODWHPSHUDWXUDFRUSRUDOPHGLGDVDWRPDU en caso de golpe de calor. 55. Exposición a productos tóxicos en prevención de incendios. Peligrosidad: toxicidad inherente al producto, concentración, condiciones ambientales y tiempo de exposición. Vías de entrada de tóxicos, detección de productos tóxicos, indicadores y equipos de detección. Detectores de gases. El explosímetro. La protección frente a agentes químicos, niveles y equipos de protección adecuados, tiempos de exposición, protocolos de descontaminación. 56. Manejo de cargas en prevención de incendios. Medidas de prevención de daños en el manejo de cargas, elementos de protección personal, procedimientos de trabajo y medios auxiliares. 57. Seguridad del entorno asociado al mantenimiento de la zona de actuación. Análisis de la zona, puntos de riesgo, VHFWRUL]DFLyQ GHÀQLFLyQ GH ]RQD IUtD WHPSODGD \ FDOLHQWH SODQ GH HPHUJHQFLD 58. Acondicionamiento físico de los miembros de los cuerpos de bomberos. Estructura de la sesión de entrenamiento: FDOHQWDPLHQWR Q~FOHR SULQFLSDO \ YXHOWD D OD FDOPD 3ULQFLSLRV JHQHUDOHV &DSDFLGDGHV ItVLFDV FRQGLFLRQDOHV IXHU]D UHVLVWHQFLD ÁH[LELOLGDG \ YHORFLGDG$FRQGLFLRQDPLHQWR ItVLFR JHQHUDO R GH EDVH$FRQGLFLRQDPLHQWR ItVLFR HVSHFtÀFR El entrenamiento autónomo: programas individuales. Hábitos saludables y conductas de riesgo. BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 5181 $OWHUDFLRQHV SVLFROyJLFDV HQ HO DIURQWDPLHQWR GH VLWXDFLRQHV FUtWLFDV 6LJQRV PiV KDELWXDOHV 0HGLGDV SDOLDWLYDV (O impacto psicológico en situaciones críticas en los profesionales de emergencias. Variables relevantes en la aparición del estrés por afrontamiento de incidentes críticos. El afrontamiento de situaciones de impacto psicológico en el lugar de trabajo: Afrontamiento individual. Afrontamiento grupal. Afrontamiento organizacional. Intervención psicológica JUXSDO WpFQLFD GHO ´GHEULHÀQJµ C. MARCO LEGAL Y NORMATIVA ESPECÍFICA . I. MARCO LEGAL. /H\ GH 3UHYHQFLyQ GH 5LHVJRV /DERUDOHV 61. Legislación Básica de Protección Civil. 62. Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias en Andalucía. Estructura. Derechos, deberes y atribuciones. 63. Ley Forestal de Andalucía. II. NORMATIVA ESPECÍFICA. 1RUPDV %iVLFDV GH 3URWHFFLyQ &RQWUD ,QFHQGLRV &yGLJR 7pFQLFR GH OD (GLÀFDFLyQ 65. Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios. 66. Reglamento de Protección Contra Incendios en Establecimientos Industriales. 67. Ordenación general de las emergencias. El sistema de coordinación integrada de urgencias y emergencias. 68. Tipologías de planes de emergencia. El Plan Territorial de Emergencia de Andalucía. El Plan de Emergencia Municipal. /RV 6HUYLFLRV GH 3UHYHQFLyQ \ ([WLQFLyQ GH ,QFHQGLRV HQ $QGDOXFtD 1RFLRQHV %iVLFDV (O 3ODQ GH /XFKD FRQWUD incendios forestales. El Consejo Andaluz del Fuego. 70. El Estatuto básico del personal funcionario de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento. D. CIENCIAS TECNOLÓGICAS. 71. Matemáticas elementales. 72. Física: Conceptos fundamentales. Hidráulica e hidrodinámica. 73. Química básica. 74. Topografía. Lectura de mapas. Dibujo técnico. Interpretación de planos. 75. Nociones básicas de informática. E. CONSORCIO DE BOMBEROS DE LA PROVINCIA DE HUELVA. 76. Reglamento de Régimen Interior. Normativa Interna del CPBH. ANEXO III TEMAS PROVINCIA DE HUELVA TEMA 1.- Redes viales de la provincia de Huelva. Competencias TEMA 2.- Geografía física e hidrografía de la provincia de Huelva. TEMA 3.- Geografía política y nomenclátor de la provincia de Huelva TEMA 4.- (GLÀFDFLRQHV \ HOHPHQWRV VLQJXODUHV GH OD SURYLQFLD GH +XHOYD ANEXO IV CUADRO DE EXCLUSION MEDICA A) ENFERMEDADES GENERALES 2EHVLGDG PDQLÀHVWD HQ OD TXH HO SHUtPHWUR DEGRPLQDO H[FHGD HQ FP DO WRUiFLFR 2.- Infantilismo marcado 3.- Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones HVSHFtÀFDV GHO SXHVWR DO TXH VH RSWD DXQTXH VHD SDUFLDOPHQWH 5182 23 de Marzo de 2010 BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 B) ENFERMEDADES DE LOS TEJIDOS 4.- Cicatrices que por su extensión o adherencia a los órganos profundos o al esqueleto comprometan el funcionamiento de tales órganos o los movimientos de los miembros. 5- Dermatosis, eczemas y ulceraciones externas. C) ENFERMEDADES DEL APARATO DIGESTIVO 6.- Falta o pérdida de uno o ambos labios 'LYLVLyQ FRQJpQLWD R SHUIRUDFLRQHV DGTXLULGDV \ H[WHQVDV HQ OD EyYHGD SDODWLQD FXDQGR GLÀFXOWHQ QRWDEOHPHQWH OD emisión de la palabra o comprometan la deglución. 8.- Falta o pérdida total de la dentadura que coincida con alteraciones o estados fungosos de las encías y desnutrición general. )DOWD R SpUGLGD WRWDO GH OD PDQGtEXOD LQIHULRU R SDUFLDO GH ODV PDQGtEXODV TXH GHWHUPLQHQ WUDVWRUQRV IXQFLRQDOHV JUDYHV PDVWLFDFLyQ GHJOXFLyQ R HPLVLyQ GH OD SDODEUD 10.- Falta o pérdida total o parcial de la lengua D) ENFERMEDADES DE LOS APARATOS RESPIRATORIO Y CIRCULATORIO. 11.- Tartamudez muy graduada o permanente. 'HIRUPDFLyQ GHO WyUD[ TXH PRGLÀTXH R GLÀFXOWH OD UHVSLUDFLyQ R FLUFXODFLyQ R HQWRUSH]FDQ ORV PRYLPLHQWRV GHO tronco. 13. Varices de pequeña intensidad que se marquen claramente en bipedestación. 14.- Lesiones valvulares. 15.- Hipertensión o hipotensión marcada E) ENFERMEDADES DEL APARATO LOCOMOTOR 16.- Amputación de cualquier dedo o parte del mismo en ambas manos. 17.- Falta del dedo gordo del pié 18.- Pies semi-planos o con arco plantal poco marcado $WURÀDV R DQTXLORVLV GH XQ PLHPEUR TXH VHDQ LQFRPSDWLEOHV FRQ ORV HVIXHU]RV \ VHUYLFLRV GHO &XHUSR 20.- Cuerpos móviles intrarticulares que comprometan el libre funcionamiento de un miembro o articulación importante. 6HFFLRQHV R URWXUDV PXVFXODUHV H LQVHUFLRQHV YLFLRVDV GH ORV P~VFXORV TXH RULJLQHQ OHVLyQ IXQFLRQDO FRQVLGHrable. 22.- Escoliosis, cifosis o lordosis que, sin ser marcadas, produzcan asimetría en la bipedestación. 23.- Acortamiento de una extremidad inferior con asimetría en las articulaciones coxofemorales en bipedestación. 24.- Genu varum y Genu valvum $VLPHWUtD HQ OD FLQWXUD HVFDSXODU KRPEURV FDtGRV DWURÀD PXVFXODU /HVLRQHV HQ PDQRV R GHGRV TXH SURGX]FDQ XQD OLPLWDFLyQ GH ÁH[LyQ R H[WHQVLyQ 27.- Lesiones en columna cervical que comprometan la circulación encefálica F) ENFERMEDADES DEL APARATO DE LA AUDICION 6RUGHUD TXH SURGX]FD GLVPLQXFLyQ GH OD DJXGH]D DXGLWLYD HQ HO RtGR PHGLR SRU GHEDMR GH ORV OtPLWHV TXH VH señalan a continuación, cualquiera que sea su causa, siempre que no dependa de enfermedad aguda: 30.- Existencia de patología vertiginosa no aguda BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 55 23 de Marzo de 2010 5183 ANEXO V. MODELO DE INSTANCIA. CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE 21 PLAZAS DE BOMBERO-CONDUCTOR DEL CONSORCIO PROVINCIAL CONTRA INCENDIOS Y SALVAMENTO DE HUELVA. Plaza a la que aspira: Convocatoria: )HFKDGHSXEOLFDFLyQHQHO%2(%ROHWtQ2ÀFLDOGHO(VWDGR Datos personales: DNI: 1er Apellido: 2º Apellido: SEXO: ¨Hombre ¨Mujer Fecha y lugar de nacimiento: Provincia: 'RPLFLOLRQRWLÀFDFLyQFDOOHEORTXHSLVRSRUWDOSXHUWD Código Postal: 7HOpIRQRÀMR Nombre: Teléfono móvil: País: Localidad y provincia E-mail: (O DEDMR ÀUPDQWH VROLFLWD VHU DGPLWLGRD D ODV SUXHEDV VHOHFWLYDV D TXH VH UHÀHUH OD SUHVHQWH LQVWDQFLD \ '(&/$5$ TXH VRQ FLHUWRV ORV GDWRV FRQVLJQDGRV HQ HOOD \ TXH UH~QH ODV FRQGLFLRQHV H[LJLGDV SDUD VX LQJUHVR HQ OD )XQFLyQ 3~EOLFD\ODVHVSHFLDOPHQWHVHxDODGDVHQODVEDVHVGHODFRQYRFDWRULDDQWHULRUPHQWHFLWDGDFRPSURPHWLpQGRVHDSUREDU GRFXPHQWDOPHQWH WRGRV ORV GDWRV TXH ÀJXUDQ HQ HVWD VROLFLWXG Documentación adjunta: ¨ Copia del Documento Nacional de Identidad ¨ Copia de Titulación Académica exigida ¨ Copia de Autorización administrativa para conducir exigida &RSLD GHO MXVWLÀFDQWH GH KDEHU DERQDGR ORV GHUHFKRV GH H[DPHQ , a _________ de ______________________________ de 2010 Fdo.: ____________________ SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL CONTRA INCENDIOS Y SALVAMENTO DE HUELVA. 2192 Interesado Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 DNI Expediente Importe Período FUENTES SALADO, JOAQUIN GALAN CORTES, MIGUEL ANGEL GALLARDO ALBUJAR, JOSE JAVIER GARCIA LOBO, VALENTIN GAZQUEZ ALGECIRAS, ISABEL 28498439 28669681 28790431 48958667 28461333 0800025254 0800023388 0800026491 0800024789 0800023978 399,74 47,63 227,57 35,22 1.964,83 02/05/2008 30/05/2008 17/05/2005 30/05/2005 22/09/2008 30/09/2008 18/12/2007 30/12/2007 01/11/2007 30/03/2008 GIMENEZ GOMEZ, ISRAEL GOMEZ GOMEZ, ANTONIO GONZALEZ SANCHEZ, PABLO HERCE SANCHEZ, DANIEL HROS. DE :GONZALEZ PEREZ, MANUEL HERNANDEZ BECEIRO, AGUSTIN HERNANDEZ GIMENEZ, ESTER IBAÑEZ DE ALDECOA GIRONELLA, FCO. DE BO IRISSOU CRESPO, MANUEL LOSADA OLSEN, MARIA STELLA LUQUE SILVA, JOSE MANUEL MANGAS GORDILLO, MARIA ISABEL MARTIN GERADA, MANUEL MARTIN PERALES, JULIA MARTINEZ OTERO, ALVARO MONGE ROMERO, ANA MARIA MORENO LOPEZ, ELISEO MOYA GOMEZ, MARIA ELOINA MUÑIZ RODRIGUEZ, ANTONIO NU\EZ TRIGO, ELADIO OROZCO BARRIOS, MARIA CARMEN 46702144 28740613 30236852 28806980 75367876 32027931 77615444 30220271 48818635 28781985 52221526 45805086 28835094 48955150 28796723 28916445 45658535 28803285 28734564 28601038 28539723 0800023350 0800023349 0800022829 0800023815 0800022596 0800026504 0800022857 0800025117 0800026485 0800022768 0800024479 0800024238 0800025528 0800026505 0800024189 0800023329 0800023339 0800022894 0800023330 0800023363 0800023396 3.180,70 3.351,64 834,41 9.551,93 93,18 73,50 147,10 407,94 34,37 833,72 288,04 132,76 444,62 81,20 519,94 2.327,52 1.947,18 293,85 5.904,61 5.219,46 976,89 01/12/2006 14/05/2007 01/04/2006 04/09/2006 05/10/2007 04/11/2007 05/08/2005 14/06/2006 20/08/2007 26/08/2007 14/04/2008 15/04/2008 06/03/2007 30/03/2007 15/05/2008 30/05/2008 29/09/2008 30/09/2008 10/11/2006 30/11/2006 21/09/2007 30/09/2007 22/01/2008 30/01/2008 29/04/2008 28/05/2008 27/09/2008 30/09/2008 07/08/2007 30/08/2007 01/10/2006 27/01/2007 01/12/2006 10/02/2007 08/08/2006 30/08/2006 01/11/2006 08/08/2007 01/08/2006 06/02/2007 26/09/2005 15/02/2006 OYONARTE DA ROCHA, LARA MARIA PALETEIRO NAVARRO, JASON PALOMAR GOMEZ, FRANCISCO PAZ TEJADA, FCO JAVIER PEREZ SANCHEZ, GUADALUPE PINEDA GARCIA JUNCO, JOSE MNUEL RODRIGUEZ LUNA, FCO JOSE ROMERO SANTOS, ENRIQUE RUBIANES LOPEZ, ALBERTO RUIZ MANZANO, ENRIQUE SALGUERO SERRANO, EVA SANCHEZ CONDE, MARIA FELICIDAD 28795451 28799424 28373802 28876949 7406102 28755183 28710366 28558786 34033412 28876057 28759076 27907654 0800024257 0800026563 0800025000 0800026553 0800022892 0800023358 0800022762 0800026460 0800024559 0800022795 0800024375 0800023272 63,83 18,96 12,77 198,24 173,06 8.522,49 349,23 171,33 849,37 296,37 193,80 119,02 17/01/2008 30/01/2008 30/09/2008 30/09/2008 13/07/2006 13/07/2006 24/09/2008 30/09/2008 18/12/2007 30/12/2007 23/01/2007 20/02/2008 21/09/2006 30/09/2006 26/09/2008 30/09/2008 29/08/2007 25/02/2008 19/09/2006 30/09/2006 08/03/2006 30/03/2006 23/10/2005 30/11/2005 SARAVIA PENUELAS, JOSE MANUEL SOLOZANO GALLEGO, JUAN ANTONIO TAJUELO PEREZ, FRANCISCO TARAZONA HOLGUIN, EDISON FABIAN TOUISS , ABDELMOUGHIT VERDUGO BAUTISTA, RAFAEL VILLALBA MONTES, ROGELIO J. VINNIK, OLGA 34036064 30254947 28397572 3084736 6178091 48984748 28637987 4656398 0800023448 0800024278 0800023368 0800023369 0800021885 0800022865 0800023342 0800023409 692,29 590,54 5.811,74 1.415,63 635,16 329,34 2.895,06 1.095,26 01/12/2005 29/12/2005 02/07/2007 23/07/2007 01/04/2007 24/10/2007 16/05/2005 12/09/2005 11/12/2007 30/12/2007 05/02/2008 28/02/2008 01/03/2006 24/06/2006 04/10/2007 03/11/2007 Jueves 5 de marzo de 2009 Motivo NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª REVOCACION DE ACUERDO ADMINISTRATIVO COLOCACION POR CUENTA AJENA NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª SUSPENSION DEL SUBSIDIO POR SUPERACION DEL LIMITE DE RENTAS DE LA UNIDAD FAMILIAR, POR COLOCACION DE UNO DE SUS MIEMBROS ART. 4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 ART. 4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª PAGO UNICO SOC. LABORAL RDL 01/05/02 DEFUNCION COLOCACION POR CUENTA AJENA NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª COLOCACION POR CUENTA AJENA NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª COLOCACION POR CUENTA AJENA NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª ART.4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 ART. 4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª ART.4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 ART 4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 SUSPENSION DEL SUBSIDIO POR SUPERACION DEL LIMITE DE RENTAS DE LA UNIDAD FAMILIAR, POR COLOCACION DE UNO DE SUS MIEMBROS NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª COLOCACION POR CUENTA AJENA COMPLETA NO RENOVACIÓN DE DEMANDA TRIMESTRAL COLOCACION POR CUENTA AJENA NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª ART.4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª COLOCACION POR CUENTA AJENA ART. 4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª BAJA EN AYUDA ECONOMICA PARA INCENTIVAR EL TRABAJO (RENTA ACTIVA DE INSERCION) POR CESE VOLUNTARIO COLOCACION POR CUENTA AJENA NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª ART.4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 ART.4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/88 NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª ART. 4.1 7-2 DEL REAL DECRETO 1044/85 NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª 7W-1072 AYUNTAMIENTOS ——— SEVILLA La Excma. Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el 15 de enero de 2009, se ha servido aprobar una propuesta del Concejal Delegado de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, cuya parte dispositiva contiene, entre otros, los siguientes acuerdos: «Primero.—Anular la resolución de 27 de julio de 2006, de la Junta de Gobierno Local de la ciudad de Sevilla, por la que se aprobaron las Bases Generales de las convocatorias para proveer 33 plazas de Bomberos y 5 plazas de Bomberos-Conductores de esta Corporación y en consecuencia anular los consiguientes nombramientos derivados de dichas convocatorias como funcionarios de carrera de las personas que más adelante se indican, los cuales fueron nombrados por acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 7 de febrero de 2008, en cumplimiento todo ello de la sentencia número 579/07, del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 5, recurso 1.384/06. Segundo.—Aprobar las nuevas Bases Generales y Anexos que han de regir las convocatorias de 33 plazas de Bomberos y 5 plazas de Bomberos-Conductores que se contienen en el expediente número 361/2006, instruido por el Servicio de Personal. Tercero.—Aprobar las convocatorias de las plazas anteriormente relacionadas. Cuarto.—Conservar al amparo de lo preceptuado en los artículos 64 y 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las actuaciones derivadas de la convocatoria anulada no afectadas por la referida Sentencia, por ser independientes del límite de edad que ha sido anulado por la misma, cua- Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2193 les serían las pruebas ya superadas por los aspirantes que en su día concurrieron al proceso selectivo superándolo, por lo que estas personas no estarían obligadas a concurrir a la nueva convocatoria, intercalándose los resultados que se produzcan en las nuevas pruebas con los de la anterior convocatoria para con ello conformar una nueva relación y nueva propuesta de aspirantes aprobados por parte de los Tribunales Calificadores para ocupar las plazas como funcionario de carrera.» Las Bases Generales y Anexos son las que se transcriben a continuación: «En cumplimiento de la Sentencia 597/07, dictada con fecha 5 de noviembre de 2007, por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número 5 de Sevilla, confirmada por la de 11 de noviembre de 2008, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, por la que se declara nula la resolución de 27 de julio de 2006, de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla por la que se aprobaron las Bases Generales de las convocatorias para proveer 33 plazas de Bomberos y 5 plazas de Bomberos-Conductores de esta Corporación y en el ámbito de ejecución de dicha sentencia, procede de la aprobación de nuevo de las referidas convocatorias ajustadas al contenido de la sentencia a cumplir conforme a las siguientes: Bases generales Primera: Se aprueban las Bases Generales para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos. Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala o Clase que se indican, y están dotadas de los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica. De ellas se reservan a promoción interna de funcionarios en propiedad de la propia Corporación el número de plazas que se indican en los anexos respectivos tal como se determina en el artículo 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública que dice: «1. Las Administraciones Públicas facilitarán la promoción interna, consistente en el ascenso desde Cuerpos o Escalas de un grupo de titulación a otros del inmediato superior...» El personal funcionario deberá para ello poseer la titulación exigida para el ingreso en los últimos, así como reunir los requisitos y superar las pruebas que para cada caso se establecen. Igualmente se reserva, cuando el número de plazas vacantes lo permita, el siete por ciento de las mismas, hasta alcanzar el dos por ciento de la plantilla, para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con lo preceptuado en la Base octava. Las plazas que se reserven para este personal se indicarán también en los anexos respectivos, correspondiendo un cuatro por ciento para los que tengan una discapacidad física y un tres por ciento para los que tengan una discapacidad psíquica o sensorial, pudiéndose cubrir las plazas de un grupo, que por cualquier motivo queden vacantes, por los aspirantes admitidos en el otro. Las vacantes sin cubrir de las reservadas a la promoción interna o a personas con discapacidad, podrán ser cubiertas por los aspirantes del turno libre. Igualmente pasarán a cubrirse por el turno libre, las vacantes reservadas a los turnos antes citados cuando no sea admitido a los mismos ningún aspirante. Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales. Segunda: La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y anexos correspondientes, y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables. La selección de los aspirantes al Cuerpo de la Policía Local, se regirán por las presentes bases y, en su caso, se estará a lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local y Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de Administración General de la Junta de Andalucía, así como por la normativa anteriormente mencionada con carácter general y cualquier otra disposición aplicable. Quienes obtengan plazas del Cuerpo de la Policía Local por turno de movilidad, deberán permanecer obligatoriamente dos años en el desempeño de dichas plazas. II Requisitos de los aspirantes Tercera: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: A) Ser español. B) Tener cumplidos 18 años de edad. C) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones. D) No haber sido separado o despedido, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y no haber sido condenado por delitos dolosos ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente. F) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria. A estos efectos se entenderá por estar en condiciones de obtener los títulos el haber abonado los derechos correspondientes a su expedición. G) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes. Cuarta: Los requisitos establecidos en la Base anterior, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes. 2194 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 Jueves 5 de marzo de 2009 III Solicitudes Quinta: Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en instancias que les serán facilitadas por el Registro General, en calle Pajaritos número 14, o por cualquiera de los Registros Auxiliares del Ayuntamiento de Sevilla, ubicados en los diferentes Distritos, dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde y presentadas en los mismos, con justificante del ingreso por derechos de examen en la entidad bancaria colaboradora que se indicará para el correcto cumplimiento de estos trámites. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. El personal minusválido deberá adjuntar a la solicitud de participación en las pruebas selectivas la acreditación de tal condición así como del tipo de discapacidad que posee, conjuntamente con la declaración de las adaptaciones de tiempo, medios y de otra naturaleza que considere necesarias para la realización de dichas pruebas. Durante este plazo de presentación de instancias se adjuntará a las mismas, en las convocatorias en que figure fase de concurso en sus anexos respectivos, justificantes de los méritos por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados, aquellos que, aún alegados, fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la instancia resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes o el informe de vida laboral de la Seguridad Social, siempre y cuando se presente dicha documentación no después de veinte días de expedida y en todo caso antes del inicio de la Fase de Concurso. Los justificantes de los méritos deberán aportarse mediante documento original acreditativo de los mismos o copia debidamente compulsada, sin que se proceda a la valoración de aquéllos que no se presenten en esta forma. Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen: a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública estatal en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Para hacer efectiva dicha exención, deberán los aspirantes, dentro del plazo de presentación de solicitudes, justificar que reúnen cualquiera de los requisitos contemplados en los apartados a) y b) anteriores. IV Admisión de candidatos Sexta: Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este Ayuntamiento, se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos y el Documento Nacional de Identidad, y en su caso, causa de exclusión. Séptima: Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el «Boletín Oficial» de la provincia. Octava: De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas para ingreso en Cuerpos y Escalas de funcionarios, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o periodos de prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. En la solicitud de participación, los interesados deberán formular la petición correspondiente, especificando en qué consiste concretamente la adaptación. Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del Organismo competente, su condición de minusválido, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, debiendo aportar además dictamen técnico facultativo. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá de acreditarse por la Inspección Médica del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. V Tribunales Novena: El Tribunal Calificador, salvo que en el Anexo respectivo se determine otra composición, quedará formado como sigue, teniendo todos y cada uno de sus integrantes voz y voto: Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma o funcionario de carrera en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. Vocales: Dos funcionarios de carrera designados por la Presidencia de la Corporación, un representante de la Junta de Andalucía y dos funcionarios de carrera designados por la Presidencia de la Corporación a propuesta de la Junta de Personal. A todos y cada uno de los miembros del Tribunal, se les asignará un suplente y al Secretario y al Presidente dos, y su composición se hará pública en el «Boletín Oficial» de la provincia conjuntamente con la lista de admitidos y excluidos. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2195 El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la indicada Ley de Procedimiento Administrativo, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente, siendo secretos sus acuerdos y deliberaciones. Si por cualquier circunstancia no concurrieran a alguna de las sesiones el Presidente y/o el Secretario, se suplirán, en el primer caso, por el Vocal de mayor jerarquía, antigüedad o edad, por este orden, y en el segundo, por el Vocal de menor edad. Asimismo, cuando un vocal no pueda asistir a alguna sesión, deberá comunicárselo a su suplente con la suficiente antelación con el objeto de que asista a la misma. Los Tribunales Calificadores quedarán facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, para requerir por considerarse necesario para una mejor conclusión del procedimiento selectivo la documentación a que hace referencia el art. 2 del Real Decreto 1.778/1994, de 5 de agosto, para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz pero sin voto, pudiendo, igualmente y para un mejor desarrollo de los ejercicios, constituir, por concurrir a las pruebas un elevado número de aspirantes, diferentes grupos de éstos sometiéndoseles a la realización de ejercicios de similar contenido en consonancia con la titulación académica exigida en la convocatoria y programa de la misma, para establecer pruebas adicionales a las que figuren en las convocatorias en caso de producirse empates de puntuación entre los aspirantes, así como para establecer la realización de pruebas diferentes para los aspirantes que concurran por el turno de minusvalía en función de las distintas discapacidades que estos presenten, siempre y cuando dichas pruebas permitan demostrar los conocimientos teórico-prácticos necesarios y suficientes para el desempeño de los puestos convocados, contando para ello con el asesoramiento de personal técnico y especializado en orden a la confección y desarrollo de las pruebas a que se les podrá someter, pudiendo fijar asimismo fechas diferentes para la realización de las mismas. El Tribunal adoptará, en lo posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Contra las resoluciones adoptadas por los Tribunales, y sin perjuicio del posible recurso de alzada o cualquier otro que pudiera interponerse de conformidad con la legislación vigente, los aspirantes podrán presentar reclamaciones ante el propio órgano de selección dentro del plazo que éste acuerde a partir de la publicación en el tablón de anuncios de dichas resoluciones. VI Desarrollo de los ejercicios Décima: La fase de oposición y, en su caso, la de concurso, será como se indica en los anexos respectivos, que asimismo, especificarán el procedimiento de selección. La fecha, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio en los casos de oposición, se publicarán en el «Boletín Oficial» de la provincia, a ser posible, junto con la lista de admitidos y excluidos. En los casos de concurso-oposición, se publicará en dicho Boletín la fecha de comienzo de la fase de concurso conjuntamente con la lista de aspirantes de admitidos y excluidos, publicándose en el tablón de anuncios de la Corporación, la fecha, hora y lugar de comienzo del primer ejercicio junto con el resultado de la fase de concurso. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal, perdiendo todos sus derechos aquel aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla. En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas. En la lectura de los ejercicios realizados, los Tribunales Calificadores, transcurridos diez minutos de lectura, pueden decidir la retirada del opositor por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Los Tribunales Calificadores podrán permitir, en los ejercicios de carácter práctico si los hubiere, el uso de textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provistos los opositores así como de aquellos otros materiales que consideren necesarios para el mejor desarrollo del ejercicio. El contenido de los ejercicios de carácter práctico y de los ejercicios tipo test deberá ser elaborado de forma conjunta por los Tribunales Calificadores el mismo día del examen e inmediatamente antes de su realización, extrayéndolo de libros de texto de autores cualificados, legislación o cualquier otro material de contenido didáctico y técnico suficiente con respecto a los programas de las convocatorias, y de los que se extraerá al azar. El orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas que lo requieran se iniciará de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 (B.O.E. de 8-2-2006), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "U" continuando, en caso de que no existiera ningún aspirante, por la letra «V», y así sucesivamente. VII Sistema de calificación Undécima: Fase de concurso. En aquellas convocatorias en que exista esta Fase porque así se determine en sus anexos respectivos, será tal y como se contempla en el Baremo de Méritos que figura como anexo a estas Bases Generales, excepto en aquellos Anexos en que por las especiales funciones de las plazas se determinara otro distinto, que es el que sería de aplicación. La Fase de Concurso será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la Fase de Oposición. De figurar en los anexos de las convocatorias un baremo de méritos distinto al baremo general, será de aplicación el distinto que en ellas se especifique. Fase de oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. Si un ejercicio consta de dos o más pruebas, cada una de ella se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de las mismas. El resultado final será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada prueba dividida por el número de pruebas que contenga el ejercicio. 2196 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 Jueves 5 de marzo de 2009 Las distintas pruebas componentes de un ejercicio podrán realizarse conjunta o separadamente, según determine el Tribunal Calificador. Si en alguno de los temas o partes que contenga cada prueba, al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. De las puntuaciones que otorgaren los miembros de los Tribunales Calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación, de tal manera que la nota que obtendrá el aspirante será la media de las restantes puntuaciones concedidas por los mismos. En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminarán únicamente una de ellas, respectivamente. Este sistema de calificación general no regirá para aquellas pruebas en cuyos anexos se establezca uno distinto, ya que será de aplicación el que se especifique en los anexos respectivos. En los ejercicios tipo test, los Tribunales Calificadores deberán determinar el valor de las preguntas contestadas correctamente así como el valor de las incorrectas y, en su caso, de las no contestadas. De igual modo, si concurriere un elevado número de opositores a las plazas convocadas, los Tribunales Calificadores deberán indicar, si ello fuera posible, hasta qué porcentaje de aspirantes podrán superar este tipo de ejercicios, sin que dicho porcentaje pueda sobrepasar el 75% de los aspirantes presentados. Para ello se faculta a los Tribunales Calificadores para que internamente y siempre sin conocer la identidad de los aspirantes, determinen el número mínimo de respuestas correctas, una vez descontadas las penalizaciones por las incorrectas, y, en su caso, por las no contestadas, que será necesario para superar cada ejercicio, de modo y manera que la puntuación mínima necesaria para superar éstos coincidirá con el número mínimo de respuestas antes indicado que se acuerde, calificándose posteriormente el ejercicio de 0 a 10 puntos. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación. La calificación de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de dicha fase. Calificación final: La calificación final será la puntuación obtenida en la fase de oposición cuando sólo exista ésta. En los casos de concurso-oposición, dicha calificación será la suma de la puntuación obtenida en las dos fases. La calificación final será publicada en los Tablones de Edictos de la Corporación. En los supuestos de empate en la calificación final, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden: 1. Mejor puntuación en la fase de oposición. 2. Mejor puntuación en el ejercicio práctico. 3. Mejor puntuación en los apartados del concurso siguiendo el siguiente orden: experiencia, antigüedad (si se exigiere), cursos y seminarios y titulación. 4. El Tribunal queda facultado para realizar una prueba adicional de desempate, que no computará para la puntuación total. VIII Propuesta de selección, presentación de documentos y nombramiento Duodécima: Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación. El número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas. El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en esta base, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos, así como declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la legislación vigente. El cumplimiento del requisito C) de la base tercera habrá de acreditarse a través de la Inspección Médica de esta Corporación. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. En el supuesto de que algún aspirante fuera excluido por no presentación o falsedad en la documentación o no superara el reconocimiento médico previsto en las Bases Generales o Anexos en que así se recogiere, el Tribunal Calificador queda facultado para proponer adicionalmente la inclusión, en el mismo número de los excluidos, de aquellos aspirantes que habiendo superado todas las pruebas estén fuera del cupo de plazas convocadas. Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación a los efectos de los correspondientes nombramientos. Cumplidos los siguientes trámites, se procederá al nombramiento en favor de los aspirantes seleccionados, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al que le sea notificado y quedarán sometidos al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupen les sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo. Los aspirantes elegirán destino por el orden obtenido en el proceso selectivo. Aquellos que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos vacantes. Decimotercera: Los aspirantes a funcionarios, además de superar las pruebas de selección establecidas en la convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de formación que, en su caso, se determinen en los anexos a estas Bases Generales. De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten haber realizado el citado curso para dicha categoría en los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización de las pruebas selectivas. Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2197 Los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contenga en el anexo de la convocatoria en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones, a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Sevilla para 1997-98 y en el R.D. 213/2003, de 21 de febrero. Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los anexos de las convocatorias en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera. Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Decimocuarta: Contra las presentes Bases Generales, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, conforme a lo dispuesto en el art. 109. c) de la Ley 30/92, de 27 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrán utilizarse, no obstante, otros recursos, si lo estimasen oportuno. BAREMO DE MÉRITOS DE ESTAS BASES GENERALES PARA LA FASE DE CONCURSO 1. Titulación. Por poseer titulación académica relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente: — Grado de Doctor: 1,00 punto. — Título Universitario Superior: 0,80 punto. — Título Universitario de Grado Medio o Diplomado Universitario: 0,60 punto. — Bachiller Superior o equivalente: 0,40 punto. — Graduado Escolar, F.P.1 o equivalente: 0,20 punto. No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación con carácter general. 2. Cursos y seminarios. Por la participación en Cursos, Seminarios, Masters y Becas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada, hasta un máximo de 2 puntos en la forma siguiente: Impartido Duración Hasta 20 h. De 21 a 40 h. De 41 a 100 h. De 101 a 200 h. De 201 a 300 h. Más de 300 h. Oficial 0,25 0,5 0,75 1 1,5 2 Recibido con aprovechamiento No oficial 0,125 0,25 0,375 0,5 0,75 1 Oficial 0,19 0,38 0,57 0,76 1,14 1,52 No oficial 0,095 0,19 0,285 0,38 0,57 0,76 Asistencia Oficial 0,095 0,19 0,285 0,38 0,57 0,76 No oficial 0,0475 0,095 0,1425 0,19 0,285 0,38 Cuando no determinaren el número de horas de las que constó, se valorarán como los de hasta 20 horas. 3. Experiencia. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados y hasta un máximo de 7 puntos, siempre que exista o haya existido relación laboral de carácter funcionarial o contractual, en la forma siguiente: — En puestos de igual categoría y cualificación del Ayuntamiento de Sevilla, 0,1250 punto. — En puestos de igual categoría y cualificación en otra Admón. Local, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas con más del 50% de capital municipal, 0,0830 punto. — En puestos de igual categoría y cualificación en otras Administraciones Públicas, 0,0625 punto. — En otros puestos de cualquier Administración Pública, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y Empresas Públicas con más del 50% de capital público, 0,0380 punto. — En puestos de igual categoría y cualificación en la empresa privada, 0,0420 punto. Las fracciones de tiempo iguales o superiores a 15 días se computarán como un mes. No se computarán servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Acreditación de los méritos: La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación: Titulación: Título expedido u homologado por el Ministerio de Educación o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de expedición del correspondiente título. Cursos y Seminarios: Certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración y si en el mismo se realizaron pruebas de evaluación. Experiencia: Certificación o acreditación suficiente de la Administración donde se haya prestado servicios en la que conste naturaleza del vínculo, denominación del puesto y, en su caso, grupo de clasificación y nivel del mismo, o bien mediante contrato de trabajo e informe de vida laboral, y, en el caso de empresa privada, certificación de la misma en los términos anteriores o contrato de trabajo acompañado en ambos casos de informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social acreditativo del periodo de contratación, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera otros servicios que no hayan sido prestados bajo cualquier relación de carácter funcionarial o contractual laboral con entidades o empresas públicas o privadas (contratos de servicios, suministros, trabajos autónomos, etc.). 2198 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 Jueves 5 de marzo de 2009 Anexo I Plaza: Bombero. Número de plazas: Treinta y tres. Escala: Administración Especial Subescala: Servicios Especiales. Perteneciente a la Clase: Extinción de incendios. Subclase: Ejecutante Categoría: Bombero. Grupo: D Sistema selectivo: Oposición. Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. Primer Grado o equivalente. Derechos de examen: 15,36 euros. Requisitos de los aspirantes a) Ser español. b) Tener cumplidos 35 años o más a la fecha del día 22 de noviembre de 2006 (fecha ésta en que concluyó el plazo de presentación de instancias de la anterior convocatoria anulada por sentencia 597/07, dictada con fecha 5 de noviembre de 2007, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Sevilla de cuya ejecución se trata ). c) No hallarse incurso en ninguno de los casos de incapacidad enumerados en el cuadro de inutilidades que figura como Anexo A. El cumplimiento de este requisito habrá de acreditarse por la Inspección Médica de esta Corporación que podrá recabar la ayuda de facultativos externos cuando la considere necesaria. d) Tener una talla mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. e) No haber sido separado o despedido, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas y no haber sido condenado por delitos dolosos ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente. g) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación académica que figura en este Anexo. h) Poseer los permisos de conducir de la clases B y C1 en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. i) Compromiso de conducir vehículos conforme a los permisos exigidos. Fase de oposición: Primer ejercicio: De aptitud física. Constará de siete pruebas y para su realización los aspirantes deberán entregar al Tribunal certificado médico oficial en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para someterse a las pruebas deportivas. Dicho certificado médico, que quedará en poder del Tribunal Calificador, solamente será válido si no han transcurrido tres meses de la fecha de su expedición. Si algún aspirante, el día que le corresponda realizar las pruebas físicas, aportase ante el Tribunal certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar las pruebas, se le aplazará la ejecución de las mismas al último día en que se realicen éstas, quedado eliminado caso de no poder efectuarlas. Del mismo modo, si durante la realización de las pruebas, se lesionase algún aspirante, y a petición propia o prescripción del médico presente en las mismas, solicitase aplazamiento, se le concederá realizar las que le queden pendiente el último día de la celebración de las mencionadas pruebas. Todas las pruebas físicas que a continuación se indican, son obligatorias y cada una de ellas eliminatoria para poder pasar a realizar la siguiente: Primera prueba: natación. Consistirá en nadar, estilo libre, una distancia de 50 metros, en piscina. Segunda prueba: Potencia del tren superior (flexiones en barra). Consistirá en hacer flexiones en una barra colocada paralelamente al suelo, partiendo de la posición de suspensión pura en ambas manos en la misma dirección (palmas al frente o atrás) y brazos completamente extendidos, disponiendo para ello de un solo intento. La flexión se considerará válida cuando la barbilla del actuante supere el plano horizontal de la barra, debiendo hacerse una extensión completa de brazos antes de comenzar la siguiente. Tercera prueba: Potencia del tren inferior (salto de longitud). Consistirá en saltar sobre un foso de arena sin carrera y con ambos pies a la vez, la mayor distancia posible, contando para ello con dos intentos, contabilizando para puntuación la mayor de las realizadas sobre la marcación de la última huella. Cuarta prueba: Velocidad (50 metros lisos). Consistirá en correr 50 metros en pista en el menor tiempo posible. Podrá ser con apoyo de manos, sin usar tacos de salida. Quinta prueba: Resistencia (1.500 metros). Consistirá en correr 1.500 metros en pista en el menor tiempo posible. Sexta prueba: Trepa de cuerda. Consistirá en subir por una cuerda suspendida verticalmente, con el único apoyo de las manos, un mínimo de 4 metros los hombres y 3 metros 20 centímetros las mujeres, contados a partir de la posición de las manos del aspirante, no permitiéndose hacer ningún tipo de apoyo ni presa con los pies ni con cualquier otra parte del cuerpo, disponiendo para ello de un solo intento. Séptima prueba: Arrastre de peso. Consistirá en arrastrar un peso muerto de 80 kgs. a una distancia de 25 metros desde el punto de partida, disponiendo para ello de un solo intento y de un tiempo de 1 minuto los hombres y 1 minuto y 20 segundos las mujeres. Las pruebas físicas anteriormente indicadas, serán controladas por personal técnico y especializado que asesorará en este ejercicio al Tribunal Calificador. El primer ejercicio se puntuará de 5 a 10 puntos, nota resultante de efectuar la media aritmética de las pruebas primera, segunda, tercera, cuarta y quinta. Las puntuaciones de cada prueba son las que figuran en el Anexo B de estas bases generales. Los aspirantes que no obtengan en alguna de las pruebas la puntuación de 5 quedarán eliminados. Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2199 Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación, en un tiempo mínimo de una hora, a un cuestionario tipo test, que versará sobre el contenido de las materias comunes del programa de la convocatoria y que contendrá un mínimo de 50 preguntas con tres opciones de respuesta cada una. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25% del valor de una correcta. Tercer ejercicio: Consistirá en la contestación, en un tiempo mínimo de una hora, a un cuestionario tipo test, que versará sobre el contenido de las Materias Específicas del programa de la convocatoria y que contendrá un mínimo de 50 preguntas con tres opciones de respuesta cada una. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25% del valor de una correcta. Cuarto ejercicio: Constará de dos pruebas, ambas eliminatorias, y se calificará con la conceptuación de apto o no apto. Primera prueba: Consistirá en caminar sobre una barra de gimnasia una distancia de al menos 4 metros, a una altura entre un mínimo de 1,20 metros y un máximo de 2 metros, disponiendo para ello de dos intentos. Segunda prueba: Consistirá en realizar en un solo intento y en un tiempo máximo de 6 minutos, con visibilidad nula, un recorrido en un solo nivel de altura, de una longitud total de 32 metros por el interior de una estructura metálica cerrada, tipo jaula, con una única salida posible. Los ejercicios segundo y tercero se calificarán conforme a lo establecido en las Bases Generales que rigen la convocatoria. Curso de formación: Los aspirantes que en igual número que el de plazas convocadas proponga el Tribunal Calificador, se incorporarán al Curso de Formación, de una duración de cuatro meses, que se impartirá en el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamentos del Ayuntamiento de Sevilla. Quienes no superen el citado curso de formación, podrán incorporarse al inmediato posterior que se realice, quedando durante el tiempo que transcurra desde la finalización del primero hasta el comienzo del siguiente, sin derecho a percibir emolumentos por esta Corporación. De no superar el segundo curso de formación, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionario de carrera. Temario de la convocatoria Materias comunes: 1. La Constitución española de 1978. Principios Generales. Características y estructura. 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. 3. Organización y competencias municipales y provinciales. 4. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. 5. El Reglamento del personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. 6. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Tributos: normas generales e imposición y ordenación de los tributos locales. Materias específicas: 1. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Combustible. Comburente. Energía de activación. Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro del fuego. 2. Análisis de los factores de un incendio. Transmisión del calor. Velocidad de propagación. Límite de inflamabilidad. Punto de inflamación. 3. Clasificación de los fuegos. Según el combustible. Por su manifestación y desarrollo. Causas de los incendios y medidas preventivas. 4. Evolución del incendio. Iniciación. Desarrollo. Etapas del incendio. El humo y los gases de combustión. 5. Principios básicos de extinción de incendios. Combustible. Comburente. Energía de activación. Reacción en cadena. 6. Reacción al fuego de los materiales. Clasificación. Carga de fuego. Poder calórico. 7. Casos especiales de incendios. Explosiones. Clasificación de las explosiones. 8. Agentes extintores. Clasificación. Descripción. Sustancias extintoras adecuadas a cada tipo de fuego. 9. Extintores portátiles. Clasificación. Descripción. Mantenimiento. 10. Extinción de incendios: espumas. Clasificación. Descripción. Equipos generadores de espuma. 11. Sustancias extintoras especiales. Clasificación. Descripción. Mantenimiento. 12. Instalaciones de protección contra incendios: BIE. Boca de Incendio Equipada. Columna seca. Hidrantes. Descripción. Normas de utilización. 13. Vehículos de extinción de incendios y salvamento. Clasificación. Descripción. 14. Equipo de protección individual del bombero. Casco. Chaquetón. Botas. Guantes. Máscara respiratoria. Cinturón de seguridad. 15. Incendios forestales. Conceptos básicos. Clasificación. Propagación. Prevención. Extinción. 16. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente. Curso de formación para Bombero. Teórico: 1. Organización y funcionamiento del S.E.I.S.de Sevilla. 2. Centro de control. Plan de salidas. 3. Equipo de protección personal. Clasificación. Descripción. 4. Cuerdas. Arnés. Mosquetón. Descendedor. Clasificación y descripción. Maniobras de rescate y trabajo vertical. Medidas preventivas. 5. Equipos de protección de vías respiratorias. 6. Dotación de equipos, maquinarias y herramientas de los vehículos del S.E.I.S. de Sevilla. 7. Bombas y motobombas del S.E.I.S. de Sevilla. 8. Orientación y buceo en humos. 9. El humo en los incendios. Técnicas de ventilación. 10. Incendios en distintos tipos de edificios y usos. 11. Espumas. Dotación en vehículos. Proporcionadores. Generadores. Lanzas. 12. Construcción. Ideas generales. Cimentación. Estructuras. Cubiertas. 2200 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 Jueves 5 de marzo de 2009 13. Apuntalamientos. 14. Instalaciones eléctricas en viviendas. Ideas generales. Precauciones a adoptar. Normas de actuación. 15. Instalaciones de gas en viviendas. Ideas generales. Precauciones a adoptar. Normas de actuación. 16. Ascensores. Tipos. Reglamento. Rescates. Normas de actuación. 17. Socorrismo. Anatomía y fisiología humana. Fracturas. Heridos. Quemaduras. Rescate. Inmovilización. Transportes de lesionados. Reanimación. 18. Ambulancia del S.E.I.S. de Sevilla. Dotación. 19. Rescates en accidentes de tráfico. Clasificación de equipos y herramientas. Normas de actuación. 20. Mercancías peligrosas. Clasificación. Descripción. Señalización. Equipos y trajes de protección. Normas de actuación. 21. Transporte de botellas. Señalización. Etiquetas. Normas de actuación. 22. Normas y reglamentos de protección contra incendios. 23. Plan de autoprotección y emergencia. 24. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. 25. Normas y reglamentos de prevención de riesgos laborales. Práctico: El S.E.I.S. de Sevilla organizará y dirigirá las prácticas de los temas relacionados anteriormente, relativas al manejo y utilización de los diferentes equipos, maquinarias y herramientas, existentes en el Servicio. En todos los temas, el funcionario deberá superar un examen teórico, del sistema de pregunta tipo test de contestaciones alternativas y otro práctico del manejo de equipos, maquinarias y herramientas, que tendrá carácter eliminatorio. Anexo A Cuadro de inutilidades 1. Obesidad-delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal. 2. Exclusiones definitivas: 2.1 Ojo y visión: 2.1.1. Agudeza visual con corrección, inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos. 2.1.2. Queratotomía radial. 2.1.3. Desprendimiento de retina. 2.1.4. Estrabismo. 2.1.5. Hemianopsias. 2.1.6. Discromatopsias. 2.1.7. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual. 2.2. Oído y audición. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios. 2.3. Otras exclusiones: 2.3.1. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función propia de la categoría, o que puedan agravarse, a juicio de los inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares. 2.3.2. Aparato digestivo: Úlcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo. 2.3.3. Aparato cardio-vascular: hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras e reposo los 145 mm/hg en presión sistólica, y los 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los inspectores médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo. 2.3.4. Aparato respiratorio: El asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función propia de la categoría. 2.3.5. Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función propia de la categoría. 2.3.6. Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función propia de la categoría. 2.3.7. Gigantismo. 2.3.8. Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, sida, hepatitis activas, toxicomanías, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, limiten o incapaciten para el ejercicio de la función propia de la categoría. Estas exclusiones médicas se garantizarán con las pruebas complementarias de diagnóstico (estudio radiográfico, analítico de sangre y orina, ...). Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2201 Anexo B Hombres Tiempo 0’52" 0’51" 0’50" 0’49" 0’48" 0’47" 0’46" 0’45" 0’44" 0’43" 0’42" 0’41" 0’40" 0’39" 0’38" 0’37" 0’36" 0’35" 0’34" 0’33" 0’32" Natación Puntos 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.S. Flexiones Puntos 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 5,00 5,50 6,00 6,50 7,00 7,50 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.I. Metros Puntos 1,99 2,01 2,03 2,08 2,13 2,18 2,23 2,28 2,33 2,38 2,43 2,48 2,52 2,56 2,60 2,63 2,66 2,69 2,71 2,73 2,75 Trepa de cuerda: Mínimo 4 mts.: Apto o no apto. Arrastre de peso: Máximo 1 minuto: Apto o no apto. Tiempo 1’02" 1’01" 1’00" 0’59" 0’58" 0’56" 0’55" 0’54" 0’53" 0’52" 0’50" 0’49" 0’48" 0’47" 0’46" 0’44" 0’43" 0’42" 0’41" 0’40" 0’38" Natación Puntos 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.S. Flexiones Puntos 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 5,00 5,50 6,00 6,50 7,00 7,50 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Resistencia Tiempo Puntos Velocidad Tiempo Puntos Resistencia Tiempo Puntos 8".1 8".0 7".9 7".8 7".7 7".6 7".5 7".4 7".3 7".2 7".1 7".0 6".9 6".8 6".7 6".6 6".5 6".4 6".3 6".2 6".1 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 5’30" 5’25" 5’20" 5’15" 5’10" 5’05" 5’00" 4’58" 4’56" 4’54" 4’52" 4’50" 4’48" 4’46" 4’44" 4’42" 4’40" 4’38" 4’36" 4’34" 4’32" 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Anexo B Mujeres Potencia T.I. Metros Puntos 1,59 1,61 1,62 1,66 1,70 1,74 1,78 1,82 1,86 1,90 1,94 1,98 2,02 2,05 2,08 2,10 2,13 2,15 2,17 2,18 2,20 Velocidad Tiempo Puntos 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Trepa de cuerda: Mínimo 3,20 mts.: Apta o no apta. Arrastre de peso: Máximo 1 minuto y 20 segundos: Apta o no apta. Anexo II Plaza: Bombero Conductor. Número de plazas: Cinco. Escala: Administración Especial Subescala: Servicios Especiales. Perteneciente a la Clase: Extinción de incendios. Subclase: Ejecutante Categoría: Bombero Conductor. Grupo: D. Sistema selectivo: Oposición. Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. Primer Grado o equivalente. Derechos de examen: 15,36 euros. 9".3 9".2 9".1 9".0 8".9 8".8 8".7 8".6 8".5 8".4 8".3 8".2 8".1 8".0 7".9 7".8 7".7 7".6 7".5 7".4 7".3 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 6’36" 6’30" 6’24" 6’18" 6’12" 6’06" 6’00" 5’58" 5’55" 5’53" 5’50" 5’48" 5’46" 5’43" 5’41" 5’38" 5’36" 5’34" 5’31" 5’29" 5’26" 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 2202 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 Jueves 5 de marzo de 2009 Requisitos de los aspirantes: a) Ser español. b) Tener cumplidos 35 años o más a la fecha del día 22 de noviembre de 2006 (fecha ésta en que concluyó el plazo de presentación de instancias de la anterior convocatoria anulada por la sentencia 597/07, dictada con fecha 5 de noviembre de 2007, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Sevilla de cuya ejecución se trata). c) No hallarse incurso en ninguno de los casos de incapacidad enumerados en el cuadro de inutilidades que figura como Anexo A. El cumplimiento de este requisito habrá de acreditarse por la Inspección Médica de esta Corporación que podrá recabar la ayuda de facultativos externos cuando la considere necesaria. d) Tener una talla mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. e) No haber sido separado o despedido, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas y no haber sido condenado por delitos dolosos ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente. g) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación académica que figura en este Anexo. h) Poseer los permisos de conducir de la clases B, C y E para C1 y C en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. i) Compromiso de conducir vehículos conforme a los permisos exigidos. Fase de oposición: Primer ejercicio: De aptitud física. Constará de seis pruebas y para su realización los aspirantes deberán entregar al Tribunal certificado médico oficial en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para someterse a las pruebas deportivas. Dicho certificado médico, que quedará en poder del Tribunal Calificador, solamente será válido si no han transcurrido tres meses de la fecha de su expedición. Si algún aspirante, el día que le corresponda realizar las pruebas físicas, aportase ante el Tribunal certificado médico por enfermedad o lesión que acredite la imposibilidad de realizar las pruebas, se le aplazará la ejecución de las mismas al último día en que se realicen éstas, quedado eliminado caso de no poder efectuarlas. Del mismo modo, si durante la realización de las pruebas, se lesionase algún aspirante, y a petición propia o prescripción del médico presente en las mismas, solicitase aplazamiento, se le concederá realizar las que le queden pendiente el último día de la celebración de las mencionadas pruebas. Todas las pruebas físicas que a continuación se indican, son obligatorias y cada una de ellas eliminatoria para poder pasar a realizar la siguiente: Primera prueba: Natación. Consistirá en nadar, estilo libre, una distancia de 50 metros, en piscina. Segunda prueba: Potencia del tren superior (flexiones en barra). Consistirá en hacer flexiones en una barra colocada paralelamente al suelo, partiendo de la posición de suspensión pura en ambas manos en la misma dirección (palmas al frente o atrás) y brazos completamente extendidos, disponiendo para ello de un solo intento. La flexión se considerará válida cuando la barbilla del actuante supere el plano horizontal de la barra, debiendo hacerse una extensión completa de brazos antes de comenzar la siguiente. Tercera prueba: Potencia del tren inferior (salto de longitud). Consistirá en saltar sobre un foso de arena sin carrera y con ambos pies a la vez, la mayor distancia posible, contando para ello con dos intentos, contabilizando para puntuación la mayor de las realizadas sobre la marcación de la última huella. Cuarta prueba: Velocidad (50 metros lisos). Consistirá en correr 50 metros en pista en el menor tiempo posible. Podrá ser con apoyo de manos, sin usar tacos de salida. Quinta prueba: Resistencia (1.500 metros). Consistirá en correr 1.500 metros en pista en el menor tiempo posible. Sexta prueba: Trepa de cuerda. Consistirá en subir por una cuerda suspendida verticalmente, con el único apoyo de las manos, un mínimo de 4 metros los hombres y 3 metros 20 centímetros las mujeres, contados a partir de la posición de las manos del aspirante, no permitiéndose hacer ningún tipo de apoyo ni presa con los pies ni con cualquier otra parte del cuerpo, disponiendo para ello de un solo intento. Séptima prueba: Arrastre de peso. Consistirá en arrastrar un peso muerto de 80 kgs. a una distancia de 25 metros desde el punto de partida, disponiendo para ello de un solo intento y de un tiempo de 1 minuto los hombres y 1 minuto y 20 segundos las mujeres. Las pruebas físicas anteriormente indicadas, serán controladas por personal técnico y especializado que asesorará en este ejercicio al Tribunal Calificador. El primer ejercicio se puntuará de 5 a 10 puntos, nota resultante de efectuar la media aritmética de las pruebas primera, segunda, tercera, cuarta y quinta. Las puntuaciones de cada prueba son las que figuran en el Anexo B de estas bases generales. Los aspirantes que no obtengan en alguna de las pruebas la puntuación de 5 quedarán eliminados. Segundo ejercicio: Consistirá en la contestación, en un tiempo mínimo de una hora, a un cuestionario tipo test, que versará sobre el contenido de las Materias Comunes del programa de la convocatoria y que contendrá un mínimo de 50 preguntas con tres opciones de respuesta cada una. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25% del valor de una correcta. Tercer ejercicio: Consistirá en la contestación, en un tiempo mínimo de una hora, a un cuestionario tipo test, que versará sobre el contenido de las Materias Específicas del programa de la convocatoria y que contendrá un mínimo de 50 preguntas con tres opciones de respuesta cada una. Cada respuesta incorrecta se penalizará con el 25% del valor de una correcta. Cuarto ejercicio: Constará de dos pruebas, ambas eliminatorias, y se calificará con la conceptuación de apto o no apto. Primera prueba: Consistirá en caminar sobre una barra de gimnasia una distancia de al menos 4 metros, a una altura entre un mínimo de 1,20 metros y un máximo de 2 metros, disponiendo para ello de dos intentos. Segunda prueba: Consistirá en realizar en un solo intento y en un tiempo máximo de 6 minutos, con visibilidad nula, un recorrido en un solo nivel de altura, de una longitud total de 32 metros por el interior de una estructura metálica cerrada, tipo jaula, con una única salida posible. Los ejercicios segundo y tercero se calificarán conforme a lo establecido en las Bases Generales que rigen la convocatoria. Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2203 Curso de formación: Los aspirantes que en igual número que el de plazas convocadas proponga el Tribunal Calificador, se incorporarán al Curso de Formación, de una duración de cuatro meses, que se impartirá en el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamentos del Ayuntamiento de Sevilla. Quienes no superen el citado curso de formación, podrán incorporarse al inmediato posterior que se realice, quedando durante el tiempo que transcurra desde la finalización del primero hasta el comienzo del siguiente, sin derecho a percibir emolumentos por esta Corporación. De no superar el segundo Curso de Formación, perderán todos sus derechos al nombramiento como funcionario de carrera. Temario de la convocatoria Materias comunes: 1. La Constitución española de 1978. Principios Generales. Características y estructura. 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. 3. Organización y competencias municipales y provinciales. 4. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. 5. El Reglamento del personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. 6. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Tributos: normas generales e imposición y ordenación de los tributos locales. Materias específicas: 1. Teoría del fuego. Conceptos básicos. Combustible. Comburente. Energía de activación. Triángulo del fuego. Reacción en cadena. Tetraedro del fuego. 2. Análisis de los factores de un incendio. Transmisión del calor. Velocidad de propagación. Límite de inflamabilidad. Punto de inflamación. 3. Clasificación de los fuegos. Según el combustible. Por su manifestación y desarrollo. Causas de los incendios y medidas preventivas. 4. Principios básico de extinción de incendios. Combustible. Comburente. Energía de activación. Reacción en cadena. 5. Agentes extintores. Clasificación. Descripción. Sustancias extintoras adecuadas a cada tipo de fuego. 6. Extintores portátiles. Clasificación. Descripción. Mantenimiento. 7. Extinción de incendios: Espumas. Clasificación. Descripción. Equipos generadores de espuma. 8. Instalaciones de protección contra incendios: BIE. Boca de Incendio Equipada. Columna seca. Hidrantes. Descripción. Normas de utilización. 9. Vehículos de extinción de incendios y salvamento. Clasificación. Descripción. 10. Equipo de protección individual del bombero-conductor. Casco. Chaquetón. Botas. Guantes. Máscara respiratoria. Cinturón de seguridad. 11. Incendios forestales. Conceptos básicos. Clasificación. Propagación. Prevención. Extinción. 12. Bombas hidráulicas. Clasificación. Descripción. Mantenimiento. 13. Motobombas. Clasificación. Descripción. Mantenimiento. 14. Bombas eléctricas. Generadores eléctricos. Clasificación. Descripción. Mantenimiento. 15. Código de circulación. Conducción de vehículos de emergencia. 16. Principios generales de socorrismo. Concepto. Actuación del socorrista. Conducta a observar ante un accidente. 17. Callejero de Sevilla. Curso de formación para Bombero-Conductor Teórico: 1. Organización y funcionamiento del S.E.I.S.de Sevilla. 2. Centro de control. Plan de salidas. 3. Equipo de protección personal. Clasificación. Descripción. 4. Cuerdas. Arnés- Mosquetón. Descendedor. Clasificación y descripción. Maniobras de rescate y trabajo vertical. Medidas preventivas. 5. Equipos de protección de vías respiratorias. 6. Vehículo del S.E.I.S. de Sevilla. Especificaciones. Características. Manejo y conducción. 7. Dotación de equipos, maquinarias y herramientas de los vehículos del S.E.I.S. de Sevilla. 8. Bombas y motobombas del S.E.I.S. de Sevilla. 9. Equipos de iluminación. Generadores. Focos. Devanaderas. 10. El humo en los incendios. Técnicas de ventilación. 11. Incendios en distintos tipos de edificios y usos. 12. Espumas. Dotación en vehículos. Proporcionadores. Generadores. Lanzas. 13. Callejero de Sevilla. Itinerarios y fichas existentes. 14. Normas a seguir en conducción de emergencia de los vehículos del S.E.I.S. 15. Socorrismo. Anatomía y fisiología humana. Fracturas. Heridos. Quemaduras. Rescate. Inmovilización. Transportes de lesionados. Reanimación. 16. Ambulancia del S.E.I.S. de Sevilla. Dotación. 17. Rescates en accidentes de tráfico. Clasificación de equipos y herramientas. Normas de actuación. 18. Mercancías peligrosas. Clasificación. Descripción. Señalización. Equipos y trajes de protección. Normas de actuación. 19. Transporte de botellas. Señalización. Etiquetas. Normas de actuación. 20. Normas y reglamentos de protección contra incendios. 21. Plan de autoprotección y emergencia. 22. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. 23. Normas y reglamentos de prevención de riesgos laborales. El S.E.I.S. de Sevilla organizará y dirigirá las prácticas de los temas relacionados anteriormente, relativas al manejo y utilización de los diferentes equipos, maquinarias y herramientas, existentes en el Servicio. En todos los temas, el funcionario deberá superar un examen teórico, del sistema de pregunta tipo test de contestaciones alternativas y otro práctico del manejo de equipos, maquinarias y herramientas, que tendrá carácter eliminatorio. 2204 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 Jueves 5 de marzo de 2009 Anexo A Cuadro de inutilidades 1. Obesidad-delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Peso no superior ni inferior al 20% del teórico ideal. 2. Exclusiones definitivas: 2.2 Ojo y visión: 2.1.1. Agudeza visual con corrección, inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos. 2.1.2. Queratotomía radial. 2.1.3. Desprendimiento de retina. 2.1.4. Estrabismo. 2.1.5. Hemianopsias. 2.1.6. Discromatopsias. 2.1.7. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual. 2.2. Oído y audición. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Asimismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios. 2.3. Otras exclusiones: 2.3.1. Aparato locomotor: alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función propia de la categoría, o que puedan agravarse, a juicio de los inspectores médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares. 2.3.2. Aparato digestivo: úlcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio de los inspectores médicos, dificulte el desempeño del puesto de trabajo. 2.3.3. Aparato cardio-vascular: hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras e reposo los 145 mm/hg en presión sistólica, y los 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio de los inspectores médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo. 2.3.4. Aparato respiratorio: el asma bronquial, broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función propia de la categoría. 2.3.5. Sistema nervioso: epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función propia de la categoría. 2.3.6. Piel y faneras: psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función propia de la categoría. 2.3.7. Gigantismo. 2.3.8. Otros procesos patológicos: diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, sida, hepatitis activas, toxicomanías, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los inspectores médicos, limiten o incapaciten para el ejercicio de la función propia de la categoría. Estas exclusiones médicas se garantizarán con las pruebas complementarias de diagnóstico (estudio radiográfico, analítico de sangre y orina, ...). Anexo B Hombres Tiempo 0’52" 0’51" 0’50" 0’49" 0’48" 0’47" 0’46" 0’45" 0’44" 0’43" 0’42" 0’41" 0’40" 0’39" 0’38" 0’37" 0’36" 0’35" 0’34" 0’33" 0’32" Natación Puntos 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.S. Flexiones Puntos 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 5,00 5,50 6,00 6,50 7,00 7,50 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.I. Metros Puntos 1,99 2,01 2,03 2,08 2,13 2,18 2,23 2,28 2,33 2,38 2,43 2,48 2,52 2,56 2,60 2,63 2,66 2,69 2,71 2,73 2,75 Trepa de cuerda: Mínimo 4 mts.: Apto o no apto. Arrastre de peso: Máximo 1 minuto: Apto o no apto. 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Velocidad Tiempo Puntos 8".1 8".0 7".9 7".8 7".7 7".6 7".5 7".4 7".3 7".2 7".1 7".0 6".9 6".8 6".7 6".6 6".5 6".4 6".3 6".2 6".1 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Resistencia Tiempo Puntos 5’30" 5’25" 5’20" 5’15" 5’10" 5’05" 5’00" 4’58" 4’56" 4’54" 4’52" 4’50" 4’48" 4’46" 4’44" 4’42" 4’40" 4’38" 4’36" 4’34" 4’32" 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Jueves 5 de marzo de 2009 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 52 2205 Anexo B Mujeres Tiempo 1’02" 1’01" 1’00" 0’59" 0’58" 0’56" 0’55" 0’54" 0’53" 0’52" 0’50" 0’49" 0’48" 0’47" 0’46" 0’44" 0’43" 0’42" 0’41" 0’40" 0’38" Natación Puntos 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.S. Flexiones Puntos 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 5,00 5,50 6,00 6,50 7,00 7,50 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Potencia T.I. Metros Puntos 1,59 1,61 1,62 1,66 1,70 1,74 1,78 1,82 1,86 1,90 1,94 1,98 2,02 2,05 2,08 2,10 2,13 2,15 2,17 2,18 2,20 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Trepa de cuerda: Mínimo 3,20 mts.: Apta o no apta. Arrastre de peso: Máximo 1 minuto y 20 segundos: Apta o no apta.» Velocidad Tiempo Puntos 9".3 9".2 9".1 9".0 8".9 8".8 8".7 8".6 8".5 8".4 8".3 8".2 8".1 8".0 7".9 7".8 7".7 7".6 7".5 7".4 7".3 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Resistencia Tiempo Puntos 6’36" 6’30" 6’24" 6’18" 6’12" 6’06" 6’00" 5’58" 5’55" 5’53" 5’50" 5’48" 5’46" 5’43" 5’41" 5’38" 5’36" 5’34" 5’31" 5’29" 5’26" 5,00 5,25 5,50 5,75 6,00 6,25 6,50 6,75 7,00 7,25 7,50 7,75 8,00 8,25 8,50 8,75 9,00 9,25 9,50 9,75 10,00 Lo que se hace público para general conocimiento. Sevilla a 16 de enero de 2009.—El Secretario General, Luis Enrique Flores Domínguez 11W-1236 ——— ALCALÁ DE GUADAÍRA Don Antonio Gutiérrez Limones, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta ciudad. Hace saber: Que no habiéndose podido practicar directamente la notificación personal a los deudores que posteriormente se relacionan, a pesar de haberse intentado en la forma debida, se procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 112 de Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a efectuar la citada notificación, mediante el presente anuncio. Se cita a los interesados a continuación relacionados para que comparezcan ante este Ayuntamiento, en las oficinas de ARCA Gestión Tributaria Municipal sitas en C/ Nuestra Señora del Águila número 30, al objeto de ser notificados de las actuaciones que les afectan en relación al procedimiento tributario que se instruye. Transcurridos quince días naturales desde la publicación del presente anuncio, sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado a todos los efectos legales desde el vencimiento de dicho plazo para comparecer. Contra el acto notificado, podrá interponerse recurso de reposición ante el Tesorero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, de acuerdo con lo que establece el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. No obstante, podrá interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente. Relación de recibos 08BOPE12 Núm. Recibo 2006 260121336-0 280122868-0 280122899-0 280122970-0 280123069-0 280123184-0 280123131-0 280123132-0 280123180-0 280123181-0 280123232-0 280123285-0 280123298-0 280123314-0 280123336-0 280123359-0 280123372-0 280123373-0 280123440-0 Nombre del contribuyente ARBURB RAMOS*REYES,FRANCISCO ALCADAISMA ISMAEL SL ALCOSTA SUMINISTROS Y OBRAS S.L. ALVAREZ*SANCHEZ,MARIO ASTACIO*RIVERO,ANTONIO BAÑEZ*HERRERA,PEDRO JESUS BAREA*SANTOS,M. ISABEL BAREA*TOLEDANO,ANDRES BAUTISTA*PERAL,DANIEL BAUTISTA*PERAL,SERGIO BENITEZ*ROLDAN,FRANCISCO JAVIER BOHORQUEZ*GARCIA,JOSE ANTONIO BONO*FRANCO,RUBEN BORGE*MEDIAVILLA,JOSE BOZADA*BOGE,ROSARIO BUITRAGO*HEREDIA,DOLORES BULNEZ*SANTOS,FRANCISCO JAVIER BURGER KRAC SL CALVO*SALADO,JOSE Referencia Dirección fiscal Tasas municipales urbana 03663-00N AV ANTONIO MAIRENA, 32 01 02742-00N CL FERNAN CABALLERO, 5 05117-00N CL HISTORIADOR JUAN MANZANO, 2 139 EDIFICIO PALMERA REA 03612-00N CL PADRE FLORES, 17 03287-00N CL CASTILLO DE ESPERA, 27 03007-00N CL FERNANDO ARIAS DE SAAVEDRA, 26 02435-00N CL SILOS, 93 02 D 03020-0077 CL GALERA, 5 A 00451-00N CL CONCEJAL BALDOMERO FALCON CASTILLO, 18 TODOS 04790-00N CL ALFONSO X EL SABIO, 77 05251-00N CL MAR DE ALBORAN, 23 04333-00N CL ESCULTOR PEDRO DE CAMPAÑA, 1 Portal 9 BJ A 03282-00N CL GALICIA, 3 01240-00N AV SANTA LUCIA, 9 BJ 04258-00N CL PROFESORA FRANCISCA LAGUNA, 2 01 J 02929-00N CL ALCALA DE LOS GAZULES, 12 04957-00N CL ESCULTOR PEDRO DE CAMPAÑA, 14 12900-0010 AV SANTA LUCIA, 10 RESIDENCIAL EL ALAMO 04199-00N CL AVICENA, 12 Localidad Provincia Importe ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA MONTEQUINTO ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA ALCALA DE GUADAÍRA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA SEVILLA 40,51 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 60,61 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 42,98 85,96 42,98