Acuerdo Marco de Relaciones Sindicales en Bayer - Fiteqa-CCOO
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Acuerdo Marco de Relaciones Sindicales en Bayer - Fiteqa-CCOO
-.014141.1·. ñteea•••_••••_••• 11 ••••• Sección Sindical en Bayer Hispania y Escindidas Acuerdo Marco de Relaciones Sindicales Antecedentes En Barcelona, a veintisiete de Marzo de 2002, se firma el Acuerdo Estatutario entre las representaciones de Bayer Hispania, del comité intercentros y las representaciones de las federaciones sindicales de FITEQA-CC.OO. y FIA-UGT. En este Acuerdo Estatutario se acuerda adherirse al Convenio general de la Industria Química, siendo en adelante el convenio de aplicación en Bayer Hispania. Este Acuerdo Estatutario se realiza encontrándose la empresa en un proceso de escisiones previsto a partir de abril del año 2002, y teniendo en cuenta estas circunstancias, ambas partes regulan determinados aspectos de esta nueva realidad empresarial. En el citado Acuerdo Estatutario, ambas partes convienen que en Bayer Hispania y en las empresas que nazcan como consecuencia de la escisión de la misma, se aplicara el Convenio General de la Industria Química (CGIQ) y un Acuerdo Complementario al mismo. En el mismo Acuerdo Estatutario, se establece la Comisión Negociadora de los sucesivos Acuerdo Complementario, y la Comisión Permanente, cuya función es que permita canalizar la necesaria información relativa a la nueva realidad empresarial, de las escisiones, así como interpretar y gestionar el Acuerdo Complementario, en el ámbito del mismo. La organización sindical de FITEQA-CC.OO. ha sido coherente con esta nueva realidad en el grupo Bayer, adecuando el ámbito de la sección sindical de Bayer Hispania a la nueva realidad inter-empresas del Acuerdo Estatutario. En la actualidad, se ha producido la fusión por absorción por parte de Bayer Hispania, de la empresa Química Farmacéutica Bayer, quedando integrada ésta última, a todos los efectos, en el marco del Acuerdo Estatutario, y de acuerdo con lo establecido en el mismo, Bayer Hispania, er CropScience, Bayer MaterialScience son las empresas representadas en la Comisión egociadora del Acuerdo Complementario al CGIQ. En este acuerdo, la representación empresarial reconoce a todos los efectos a la sección sindical de FITEQA-CC.OO. en Bayer Hispania, Bayer Crop y Bayer BMS (en adelante Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer), como interlocutor sindical y parte representada en el Acuerdo Estatutario y Acuerdo Complementario, en la Comisión Negociadora y en la Comisión Permanente, según los resultados proporcionales de las elecciones para la representación legal de los trabajadores de todos los centros de trabajo incluidos en estos ámbitos. Este reconocimiento formal viene a ratificar el reconocimiento de facto, ya que la Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer es quien ha nombrado y nombra a las personas que la representan en la Comisión Negociadora y la Comisión Permanente, según lo definido en el acuerdo Estatutario. La Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer podrá disponer de un total de delegados/as sindicales LOLS y 2 delegados sindicales intercentros del CGIQ, además de los iembros de los comités de empresa y delegados/as de personal elegidos como representantes es e los trabajadores. Estos delegados/as sindicales LOLS dispondrán de 30 horas Página 1 de 2 -.0 I íIíI ;J4.1•• ñteea 1.11_"._I11III_11._11. Sección Sindical en Bayer Hispania y Escindidas mensuales de crédito sindical. Serán de cualquier empresa y centro de trabajo del ámbito del Acuerdo Estatutario, no pudiendo coincidir más de dos en un mismo centro de trabajo. Estos delegados/as sindicales de la Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer sustituyen a los que pudieran corresponderle por aplicación de la LOLS y del CGIQ a cada una de las empresas por separado. La Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer, podrá acumular en uno o varios de sus miembros, el crédito de horas sindicales retribuidas correspondientes a los miembros de comités, delegados de personal y delegados sindicales del ámbito de aplicación del Acuerdo complementario al CGIQ que se hayan presentado en sus candidaturas, con el procedimiento establecido en el art 77 del CGIQ, pudiendo quedar relevado o relevados de los trabajos sin perjuicio de su remuneración. Se dispondrá de un control de y documentación detallada de dichas cesiones y utilización de horas, a efectos de poder realizar los cargos internos necesarios entre empresas. A tal efecto, las ausencias de los Delegados sindicales para gestiones propias de su función, serán comunicadas a la Empresa con la antelación suficiente para que los departamentos afectados puedan organizar su trabajo de forma adecuada. La comisión ejecutiva, que se compondrá de un máximo de 13 miembros de la Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer elegidos entre y por los afiliados y afiliadas de FITEQA-CCOO del ámbito del Acuerdo Complementario, se podrá reunir un mínimo de 2 veces al año. Las empresas del grupo Bayer representadas en el Acuerdo Estatutario asumen los gastos originados, en las reuniones antes señaladas, así como aquellos gastos originados por la Sección Sindical de FITEQA-CCOO en el grupo químico Bayer en el desempeño de sus funciones, previa autorización por parte de la empresa, de acuerdo con la normativa de gastos y viajes vigente en el grupo. En Sant Joan Despi, a 1 de diciembre de 2011. Fdo: Por el Grupo Bayer: Francesc Leon Rainer Krause Seccion Sindical Fiteqa-CCOO en Bayer Miguel Angel Martínez Jorge Moraleda Federación de Fiteqa-CCOO Vicente Pardina Joaquín González Página 2 de 2