memoria AFP 2010

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memoria AFP 2010
MEMORIA INSTITUCIONAL
2010
MEMORIA INSTITUCIONAL
2010
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ÍNDICE
CONTENIDO
Pág.
1.
MEMORIA E INFORME DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
1
2.
CONÓZCANOS
• Grupo Zurich Bolivia
• Futuro de Bolivia S.A. - AFP
• Misión
• Nuestros Valores
5
6
6
6
6
3.
HECHOS RELEVANTES
• Inversiones del FCI en el Mercado de Valores
• Estado de situación en el caso de América Textil S.A.
• Estado de situación en el caso Lloyd Aéreo Boliviano S.A.
• Nueva Ley de Pensiones
7
8
11
11
12
5.
PERFIL DE LA EMPRESA
• Directores, Síndicos y Accionistas
• Composición Accionaria
• Personal Ejecutivo
• Oficinas
15
16
16
17
18
6.
INFORME DE GESTIÓN
• Aspectos Macroeconómicos
• Aspectos Financieros
• Aspectos Comerciales
• Servicio al Cliente
• Aspectos Operativos
• Aspectos de Cobranza Administrativa
• Aspectos de Cobranza Judicial
• Aspectos de Inversiones
• Aspectos de Recursos Humanos
• Aspectos de Archivo Central
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22
23
26
31
35
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39
44
45
7.
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
47
8.
ESTADOS FINANCIEROS
• Futuro de Bolivia S.A. - AFP
• Fondo de Capitalización Colectiva
• Fondo de Capitalización Individual
• Cuenta Colectiva de Siniestralidad
• Cuenta de Riesgo Profesional
• Cuenta de Riesgo Laboral
• Cuenta Básica Previsional
• Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable
51
51
79
99
141
151
161
171
181
CARTA DEL PRESIDENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
MEMORIA E INFORME
DEL PRESIDENTE DEL
DIRECTORIO
Señores accionistas:
Me permito someter a vuestra consideración la Memoria
de la empresa, sus respectivos Estados Financieros, los
Dictámenes de los Auditores Externos y el Informe de la
Comisión Fiscalizadora, correspondientes a la gestión
concluida al 31 de diciembre de 2010, de Futuro de Bolivia
S.A. Administradora de Fondos de Pensiones. Entre los
aspectos más relevantes de la gestión, podemos mencionar
los siguientes:
INVERSIONES DEL FCI
En procura constante de mantener el círculo virtuoso de
ahorro e inversión del actual sistema de pensiones, hemos
logrado una vez más que los fondos aportados por los
Bolivianos al Sistema de Capitalización Individual de la
Seguridad Social a largo plazo, puedan ser utilizados para
la generación de valor a favor de los trabajadores y sus
dependientes, lo que a su vez coadyuva a la generación
de bienestar en la sociedad.
Las inversiones realizadas durante la gestión 2010 por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, en representación del Fondo de
Capitalización Individual (FCI) que administra, se caracterizaron una vez más por lograr rendimientos razonables y
prudentes, a fin de que los réditos de dichas inversiones contribuyan en forma efectiva a incrementar los saldos de las
Cuentas Individuales de cada uno de nuestros aportantes. Asimismo, hemos contribuido a dinamizar el mercado de
capitales en Bolivia, mediante la implementación de mecanismos innovadores para el acceso a nuevas formas de
financiamiento, en beneficio de entidades productivas del país, especialmente en sectores estratégicos de alto crecimiento
y efecto multiplicador en la economía.
Durante la gestión 2010 hemos invertido, en el marco de las disposiciones legales y las políticas señaladas por nuestro
Comité de Inversiones, en títulos valores de alta calidad crediticia, reflejada en las respectivas calificaciones de riesgo.
Tales recursos de inversión se destinaron, entre otros, a lo siguiente:
•
•
$us. 115 millones en bonos emitidos por el Ingenio Sucroalcoholero Aguai S.A., como parte del financiamiento
al proyecto de instalación del ingenio productor de alcohol etílico y azúcar más importante que se viene
desarrollando en Bolivia.
$us. 3.7 millones en bonos emitidos por la empresa PIL Andina S.A., una de las empresas más grandes y con
mayor experiencia en la producción de lácteos y otros alimentos en el país.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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CARTA DEL PRESIDENTE
•
•
•
•
•
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
$us. 12 millones en valores de titularización originados por la cooperativa COBOCE, dedicada principalmente a
la producción de cemento, como parte del financiamiento para la importante ampliación de la capacidad
productiva de esta empresa.
$us. 1.8 millones en bonos emitidos por la empresa AMECO Ltda., como parte de nuestra política de apoyo
decidido a las PyMEs que operan en el país, recursos que coadyuvarán al financiamiento de proyectos de
construcción de carreteras adjudicados y viabilizados por esta empresa.
$us. 1.8 millones en bonos emitidos por la empresa COBEE S.A., encargada de la generación hidráulica y térmica
de energía eléctrica y $us. 1 millón en bonos emitidos por la empresa ELFEC S.A., encargada de la distribución
de electricidad en Cochabamba, en el empeño permanente de coadyuvar a la seguridad energética del país y
al desarrollo de un sector estratégico de nuestra economía, como lo es la industria de la electricidad.
$us. 5 millones en bonos subordinados emitidos por el Banco Los Andes ProCrédit S.A., $us. 1.9 millones en
bonos subordinados del Banco FIE S.A., $us. 1.5 millones en bonos subordinados del Fondo Financiero Privado
EcoFuturo S.A., y $us. 1.2 millones en valores de titularización originados por la institución financiera de desarrollo
CRECER, todo ello dentro de nuestra política de apoyar decididamente el desarrollo de los sectores de microfinanzas
y PyMEs del país, mediante operaciones innovadoras que mejoran la posición de solvencia de estas instituciones
financieras.
$us. 0.8 millones en bonos emitidos por la Empresa Ferroviaria Andina S.A., y $us. 0.7 millones en bonos emitidos
por la empresa de servicios financieros Bisa Leasing S.A., inversiones que si bien son pequeñas en relación al
tamaño del FCI, no dejan de ser importantes por su efecto sobre la sostenibilidad y crecimiento de tales empresas.
Por otra parte, es de destacar nuestro apoyo decidido a la “bolivianización” de la economía nacional durante la gestión
2010, mediante las inversiones realizadas por el FCI bajo nuestra administración. Al respecto, el portafolio de inversiones
en Bolivianos (con y sin indexación) del FCI pasó de Bs. 1.694 millones a Bs. 2.072 millones, entre el cierre de las gestiones
2009 y 2010, recursos que se han enfocado de manera importante al financiamiento tanto de actividades productivas
dentro de nuestra economía, como del sector de intermediación financiera del país.
CONTEXTO ECONÓMICO
Durante la gestión 2010, el contexto macroeconómico boliviano se ha caracterizado por haber obtenido resultados
mayormente pobres, si se los compara con el desempeño de los demás países de la región, en el ámbito de un claro
proceso de recuperación del crecimiento de la economía mundial, posterior a la profunda crisis económica internacional
iniciada en el año 2008.
Respecto a las perspectivas económicas para la gestión 2011, éstas son relativamente buenas para Bolivia, siendo
fundamental que el país aproveche las oportunidades que se le presentan, incentivando la inversión doméstica y extranjera
mediante la construcción de un ambiente de certidumbre y estabilidad jurídica. Asimismo, se deben buscar espacios
en los que se pueda generar los incentivos necesarios para promover la diversificación de la base industrial de la economía,
de modo que el desarrollo del país dependa cada vez menos de shocks externos de precios de productos de los sectores
extractivos.
CONSIDERACIONES COMERCIALES
Durante la gestión 2010, nuestra Administradora incorporó a 49.122 nuevos trabajadores al Sistema de Pensiones en
Bolivia, registrando un promedio mensual de 4.093 trabajadores dependientes e independientes al Seguro Social
Obligatorio (SSO) de largo plazo. Lo que significa un incremento de un 8.54% en el nivel de afiliación con relación al
del año anterior, cifra que muestra la confianza depositada por la población en nuestra compañía.
Al 31 de diciembre de 2010, el valor del portafolio del Fondo de Capitalización Individual (FCI) administrado por Futuro
de Bolivia S.A. - AFP, alcanzó la suma de 2.578.09 millones de Dólares, los cuales se encuentran invertidos de acuerdo
a los límites y políticas establecidos por nuestro Comité de Inversiones y la normativa legal vigente. La Rentabilidad
Nominal Anualizada del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un nivel del 8.02%, al 31 de diciembre
de 2010; este dato refleja que, pese a las condiciones adversas del mercado financiero del país, la gestión realizada por
la Administradora permitió obtener resultados sólidos en favor de nuestros afiliados, aspecto que impactará positivamente
al momento de su jubilación.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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CARTA DEL PRESIDENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Por último, es pertinente mencionar que el 10 de diciembre de 2010, fue promulgada la Ley de Pensiones Nº 65, que
establece el reemplazo del SSO por el Sistema Integral de Pensiones (SIP), mismo que está compuesto por tres regímenes:
el Contributivo, el Semicontributivo y el No Contributivo. Asimismo, esta Ley delega la administración del SIP a la Gestora
Pública de la Seguridad Social de largo plazo, estableciéndose un periodo de transición previo al inicio de sus actividades,
durante el cual las Administradoras de Fondos de Pensiones asumen las facultades, responsabilidades y atribuciones de
la nueva Gestora.
Entre los aspectos técnicos más destacados de esta disposición legal se puede mencionar la creación del Fondo Solidario,
cuyo objetivo es incrementar los montos de las pensiones bajas, dentro de límites solidarios. El Fondo Solidario se financia
con aportes solidarios laborales y patronales, aspecto concordante con el principio de Solidaridad establecido en la Ley,
cuyo fin es proteger a los asegurados menos favorecidos.
Para concluir, debo agradecer franca y abiertamente a nuestros Aportantes por sus constantes muestras de confianza
y apoyo a nuestra labor, a nuestros Jubilados por seleccionarnos como la entidad encargada de administrar y pagar sus
pensiones, así como expresar un claro reconocimiento a favor de nuestros Ejecutivos, Colaboradores, Miembros del
Directorio, Accionistas y Directivos del Grupo Zurich Financial Services por el soporte, decidida colaboración y permanente
respaldo al desarrollo de nuestra gestión.
Lic. Gonzalo Bedoya H.
Presidente
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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CONÓZCANOS
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
CONÓZCANOS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
GRUPO ZURICH BOLIVIA
La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A., Zurich
Boliviana Seguros Personales S.A. y Futuro de Bolivia S.A. AFP, son las compañías que conforman el Grupo Zurich
Bolivia. Estas empresas son parte del conglomerado Suizo
Zurich Financial Services, el tercer grupo más grande del
mundo en el rubro de los seguros.
Zurich Financial Services cuenta con una red global de filiales
y oficinas en Europa, Norteamérica, Latinoamérica, AsiaPacífico y Oriente Medio, así como en otros mercados.
Ofrece una amplia gama de productos y servicios en seguros
generales y de vida, cuenta con cerca de 60.000 empleados
al servicio del cliente en más de 170 países.
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - AFP
El 28 de junio de 2000 el Grupo Zurich Financial Services se
integra a La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A.
y a La Boliviana Ciacruz de Seguros Personales S.A.
consolidando así, el liderazgo de ambas empresas,
posteriormente, el 16 de julio de 2001 se integra al grupo
Futuro de Bolivia S.A. - AFP entidad encargada de la
administración y representación de los fondos de pensiones.
MISIÓN
Administrar los fondos de pensiones con transparencia y eficiencia, construyendo un futuro digno y seguro para los
Bolivianos, a través de un servicio de excelencia, desarrollo profesional y personal a sus empleados y un rendimiento
óptimo para sus afiliados y accionistas.
NUESTROS VALORES:
Integridad
•
Tratamos a todas las personas de manera justa y honesta.
•
Cumplimos todas las Leyes aplicables, regulaciones y políticas internas.
Sostenibilidad
•
Creamos valor para nuestros accionistas, clientes, empleados, para nuestra compañía y para la sociedad, trabajando
de forma proactiva en temas sociales, medioambientales y de gobernación.
•
Priorizamos los temas basándonos en el impacto potencial de la empresa, el nivel de responsabilidad social y
nuestra capacidad para producir el cambio.
Centralización en el cliente
•
Nuestros clientes son el centro de todo lo que hacemos.
•
Nos esforzamos por entregar a nuestros clientes lo que necesitan en el momento preciso.
Excelencia
•
Estamos en el camino de la excelencia, luchando por una continua mejora, ofreciendo la mejor calidad.
•
Confianza y respeto mutuo, son aspectos claves para lograr la perfección en todo lo que hacemos.
Trabajo en equipo
•
Trabajamos juntos en equipo, compartiendo y comunicandonos abierta y equitativamente.
•
Valoramos a nuestro diverso y talentoso personal, apoyándolos de manera que puedan contribuir con su máximo
potencial.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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HECHOS
RELEVANTES
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
A. INVERSIONES DEL FCI EN EL MERCADO DE VALORES
Las inversiones realizadas durante la gestión 2010 por Futuro de Bolivia S.A. - AFP, a cargo y por cuenta del Fondo de
Capitalización Individual (FCI) que administra, se caracterizaron una vez más por coadyuvar al desarrollo del mercado
de capitales en Bolivia y de la economía nacional, mediante la implementación de mecanismos innovadores para el
acceso a nuevas formas de financiamiento, en beneficio de sectores productivos estratégicos del país.
De esta forma, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió decididamente en la emisión de bonos más
grande de la historia del mercado nacional de valores, correspondiente a los bonos emitidos por el Ingenio Sucroalcoholero
Aguai S.A. La inversión del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un monto equivalente a
aproximadamente $us. 115 millones, como parte del financiamiento al proyecto de instalación del ingenio productor
de alcohol etílico y azúcar más importante que se viene desarrollando en Bolivia. Entre las características de esta importante
emisión se pueden destacar las siguientes: Denominación en Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), 12 años de
plazo, tasa de interés variable en función a la cotización internacional del etanol, y mecanismo de cobertura del 100%
del capital mediante Bonos del Tesoro General de la Nación (TGN) entregados como forma de pago, lo que permitió
que la calificación de riesgo obtenida sea de AAA (la más alta calificación que puede obtener una emisión).
Por otra parte, el FCI invirtió el monto equivalente a aproximadamente $us. 3.7 millones en bonos emitidos por la
empresa PIL Andina S.A., una de las empresas más grandes y con mayor experiencia en la producción de lácteos y otros
alimentos en el país. Entre las características de esta importante emisión se pueden destacar las siguientes: Denominación
en Moneda Nacional (Bs.), 4 años de plazo, y tasa de interés nominal promedio del 6% anual.
Asimismo, Futuro de Bolivia S.A. - AFP continuó apoyando los proyectos de inversión productiva en el país, especialmente
en sectores estratégicos de alto crecimiento y efecto multiplicador en la economía, como lo es la industria de la
construcción. En este contexto, el FCI administrado por nuestra AFP invirtió cerca de $us. 12 millones en valores de
titularización originados por la cooperativa COBOCE, dedicada principalmente a la producción de cemento. Esta emisión,
que permite una muy importante ampliación de la capacidad productiva de esta empresa, tuvo las siguientes características
principales: Denominación en Moneda Nacional (Bs.), 10 años de plazo, y con una tasa de interés nominal del 9.5%
anual.
Dentro del rubro de la construcción, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió, en bonos emitidos por
la empresa AMECO Ltda., por un monto aproximado de $us. 1.8 millones, recursos que contribuirán al financiamiento
de proyectos de construcción de carreteras adjudicados y viabilizados por esta empresa. Estos bonos fueron emitidos
en Dólares, a 5 años plazo y con una tasa de interés nominal de 5%.
En el empeño permanente de coadyuvar a la seguridad energética del país y al desarrollo de un sector estratégico de
nuestra economía, como lo es la industria de la electricidad, Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió, por cuenta del FCI bajo
su administración, en bonos emitidos por la empresa ELFEC S.A., encargada de distribución de energía eléctrica en
Cochabamba, y en bonos emitidos por COBEE S.A., empresa que se dedica a la generación hidráulica y térmica de
electricidad. El FCI adquirió bonos de COBEE en un monto de aproximadamente $us. 1.8 millones; estos bonos fueron
emitidos en Dólares, a un plazo de 4 años y con una tasa nominal de interés del 5% anual, mientras que la inversión
en bonos de ELFEC, denominados Bolivianos, llegó a la suma equivalente aproximada a $us. 1 millón, a 8 años plazo y
con una tasa nominal de interés del 6.5% anual.
Asimismo, durante el 2010 Futuro de Bolivia S.A. - AFP mantuvo su firme intención de orientar una parte importante
de las inversiones del FCI hacia los sectores de microfinanzas y PyMEs del país, no solamente a través de operaciones
de compra de Depósitos a Plazo Fijo emitidos por distintos Fondos Financieros Privados y Bancos nacionales, sino también
mediante la compra de Bonos Subordinados que mejoran la posición de solvencia de estas instituciones financieras, así
como mediante transacciones innovadoras en el mercado nacional de valores, como la titularización de deudas originadas
por una institución microfinanciera. En todos estos casos, el destino final de las inversiones es el financiamiento de las
pequeñas y medianas empresas del país, que son la base de la inversión y la generación de empleo en Bolivia.
En este contexto, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió cerca de $us. 5 millones en Bonos
Subordinados emitidos por el Banco Los Andes ProCrédit S.A., mismos que fueron denominados en Dólares, a un plazo
de 7 años y con un tasa de interés nominal del 2.7% anual. Asimismo, se invirtió en Bonos Subordinados del Banco
FIE S.A., por un monto aproximado de $us. 1.9 millones, denominados en Moneda Nacional (Bs.), a 7 años plazo y con
una tasa de interés nominal del 4% anual. En este mismo rubro, FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP invirtió
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
en Bonos Subordinados del Fondo Financiero Privado EcoFuturo
S.A., por un monto aproximado de $us. 1.5 millones,
denominados en Moneda Nacional (Bs.), a 8 años plazo y
con una tasa de interés nominal del 5% anual.
De igual manera, se adquirieron valores de titularización
originados por la institución financiera de desarrollo CRECER,
que cuenta con altos índices de responsabilidad social y
compromiso con los sectores menos favorecidos, orientada
principalmente al otorgamiento de crédito a clientes del
género femenino. La inversión del FCI administrado por Futuro
de Bolivia S.A. - AFP en este caso, alcanzó la suma equivalente
aproximada de $us. 1.2 millones, a 8 años plazo y con una
tasa nominal de interés del 6% anual.
Por último, y aunque los montos involucrados no son
significativos dado el tamaño del portafolio de inversiones
del FCI, no dejan de ser muy importantes las inversiones
realizadas en bonos emitidos por la Empresa Ferroviaria Andina
S.A. ($us. 0.8 millones aproximadamente, a 5 años plazo y
con tasa nominal de interés del 5.5% anual), y por la empresa
de servicios financieros Bisa Leasing ($us. 0.7 millones
aproximadamente, a 6 años plazo y con tasa nominal de
interés del 4.5% anual)
A continuación se presenta un resumen de la contribución
a la economía nacional de las inversiones efectuadas por
Futuro de Bolivia S.A. - AFP con recursos del FCI, a partir del
mes de junio del año 1997, cuando comenzaron las
operaciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Al respecto, tales inversiones se han enmarcado
permanentemente en los límites establecidos en la normativa
legal vigente y los estrictos estándares del Grupo Zurich
Financial Services, en procura de obtener una adecuada
rentabilidad en condiciones de seguridad y diversificación de
riesgo. En este contexto, en los casi catorce años de historia
del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo, se ha logrado
diversificar las inversiones del FCI, minimizando el riesgo y
obteniendo el mayor beneficio posible para los afiliados, así
como apoyar al desarrollo económico nacional fomentando
la inversión en actividades productivas.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha adquirido con recursos del
FCI, en promedio, cerca del 35% del total de valores de deuda
emitidos u originados por empresas nacionales que han
decidido financiarse a través del mercado de valores en el
país durante el período 1997 a 2010, por un monto cercano
a los $us. 500 millones. Dichos recursos han sido utilizados
por las empresas emisoras y originadoras en diversos fines,
entre los que se destacan el financiamiento de capital de
operaciones, el refinanciamiento de pasivos, y la posibilidad
de encarar importantes proyectos de inversión productiva.
Respecto a la inversión con recursos del FCI en Depósitos a
Plazo Fijo y valores emitidos por entidades bancarias nacionales,
estos representan a fines del 2010 un 29% del portafolio
total ($us. 750 millones aproximadamente), recursos que
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
coadyuvan al fortalecimiento del sistema financiero nacional, proporcionando liquidez a las entidades de intermediación
financiera, con el consiguiente efecto multiplicador hacia la dinamización de la economía nacional.
La participación del FCI en el mercado de valores bolivianos ha propiciado un mayor dinamismo y crecimiento del mismo,
favoreciendo el desarrollo de nuevos e importantes participantes y tipos de instrumentos, como lo son la Entidad de
Depósito de Valores de Bolivia S.A., y las industrias de fondos de inversión cerrados, leasing y titularización, que han
alcanzado un importante grado de madurez a la fecha. Asimismo, hemos sido impulsores del nacimiento y fortalecimiento
de otras industrias importantes, como el factoring y el confirming, que gozan ahora de un panorama alentador para
el futuro. Estos mecanismos han permitido que el FCI pueda convertirse en una fuente de financiamiento más conveniente,
no sólo para grandes empresas del país, sino también para las PyMES, que son la base fundamental de la generación
de inversión y empleo de nuestra economía, a pesar de las restricciones impuestas por la normativa legal vigente.
Asimismo, el mercado de emisión de valores de renta fija, tales como bonos y pagarés, también ha experimentado un
desarrollo impresionante, gracias al aporte proactivo de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, en la permanente búsqueda de
soluciones creativas al problema del acceso a financiamiento para los emprendimientos bolivianos. Al respecto, Futuro
de Bolivia S.A. - AFP ha promovido la innovación en la estructuración de emisiones en Bolivia, incorporando importantes
criterios de minimización de riesgos, tales como el establecimiento de compromisos positivos, negativos y financieros
por parte de los emisores, así como la internalización del concepto de valor respecto a las opciones de prepago inmersas
en la mayoría de las emisiones que han salido al mercado y la incorporación de mecanismos de cobertura de riesgos
crediticios y de liquidez.
En cuanto al fomento de la bolivianización de la economía boliviana, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha sido pionera en
cuanto a la promoción del uso del Boliviano y/o la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) en la inversión realizada en
nuevas emisiones, como una forma de apoyar y fortalecer la confianza en la moneda nacional. Durante los últimos años,
los valores bursátiles denominados en Bolivianos y UFV han venido adquiriendo cada vez mayor importancia, convirtiéndose
a su vez en una alternativa interesante para calzar los flujos de las empresas que generan sus ingresos en Bolivianos, lo
cual coadyuva con su viabilidad y sostenibilidad en el largo plazo.
Durante este período de casi catorce años, las empresas que han decidido financiarse a través del mercado de valores
en el país se han beneficiado con recursos de largo plazo del FCI (plazo promedio en torno a 9 años) y con tasas de
interés favorables (promedio en torno al 8% anual).
El compromiso de Futuro de Bolivia S.A. - AFP para con la dinamización de la economía nacional ha permitido que estos
recursos beneficien a empresas que forman parte de diversos sectores estratégicos de la economía, mediante la
diversificación de las inversiones de los recursos del FCI en distintas industrias, como se describe en el siguiente detalle,
que resume datos entre 1997 y 2010:
INVERSIONES POR INDUSTRIA *
Industria
Monto
financiado
($us. MM)
Tasa de
Interés Promedio
(%anual)
Plazo
promedio
(Años)
Hidrocarburos
Minería
Eléctrica
Municipios
Agroindustria
Construcción
Textil
Financiera
Alimentos
Farmacéutica
Comercio
Transporte
94
125
153
5
55
60
8
28
4
2
1
1
10
7
7
9
8
9
10
6
6
9
10
6
10
10
9
8
10
8
12
6
4
8
5
3
Total
537
8
9
*Nota: Los datos que presenta el cuadro deben considerarse como aproximaciones, ya que su construcción implica estimaciones realizadas por Futuro
de Bolivia S.A. - AFP, con la finalidad de resumir información de inversiones en emisiones estructuradas en distintas monedas y colocadas durante
varios períodos de tiempo, algunas de las cuales han podido haber llegado a su vencimiento antes del 31 de diciembre de 2010.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
B. ESTADO DE SITUACIÓN EN EL CASO DE AMÉRICA TEXTIL S.A.
Durante la gestión 2010, ante la débil capacidad de generación de flujo de caja por parte de la empresa América Textil
S.A. (Ametex), se han llevado a cabo diversas reuniones de la Junta de Acreedores, en la búsqueda continua de alternativas
de solución que garanticen el repago de la deuda, las fuentes de trabajo que genera la empresa y el mantenimiento
de su aparato productivo exportador.
Como resultado de ello, a lo largo de la gestión 2010, la Junta de Acreedores asumió medidas que refuerzan la iniciativa
inicial de concesión de un plazo de gracia de dos años para el pago de capital y la reducción de la tasa de interés en
un 90%, aprobada durante la gestión 2008, misma que ha sido ampliada hasta el 31 de enero de 2011.
Estas medidas determinaron una importante reducción de la deuda de la empresa mediante daciones en pago de diversos
activos improductivos de la empresa, a favor de varios acreedores distintos al FCI, operaciones que en todo caso
beneficiaron a la empresa deudora con el reconocimiento de quitas a capital mayores al 60% de los montos adeudados.
Con ello, no sólo se consiguieron reducciones de la deuda de Ametex, con el alivio consiguiente en sus flujos de caja,
sino también se logra la liberación de activos en garantía a favor de los acreedores restantes.
Al 31 de diciembre de 2010, Ametex se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones financieras,
según el Acuerdo de Transacción suscrito con sus acreedores y las posteriores modificaciones a la estructura de la deuda,
debidamente aprobadas por la Junta de Acreedores. Sin embargo, debido a la delicada situación de la empresa, Ametex
ha propuesto a la Junta de Acreedores una nueva reestructuración, que considera lo siguiente:
•
•
•
•
La escisión de los activos correspondientes al negocio de hilandería, junto a los pasivos correspondientes a los
Bonos Ametex.
La salida del Banco Bisa, mediante la dación en pago de terrenos y otros activos improductivos, con una quita
superior al 60% del capital adeudado.
De esta manera, la nueva deudora de los Bonos Ametex sería la empresa hilandera resultante del proceso de
escisión, negocio que goza de mejores perspectivas en cuanto a la generación de flujo de caja.
Adicionalmente, los Tenedores de Bonos obtendrían el beneficio de la garantía real de los activos de la hilandera
y el control indirecto de la fuente generadora de flujos.
Al 31 de diciembre de 2010 esta propuesta se encontraba siendo analizada por los acreedores, desde los puntos de vista
legal y financiero, debiendo tomarse la decisión final antes del 31 de enero de 2011, fecha en la que vence la dispensa
otorgada a Ametex.
C. ESTADO DE SITUACIÓN EN EL CASO DEL LLOYD AÉREO BOLIVIANO S.A.
Los problemas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB) continuaron durante la gestión 2010, mismos que prolongaron la
crisis generada en gestiones anteriores, sin haber logrado que la empresa realizara operaciones de vuelo con itinerario.
En este contexto, Futuro de Bolivia S.A. - AFP actuó permanentemente de forma diligente y responsable en representación
del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) que administra, enmarcada siempre en el estricto cumplimiento de la
normativa legal vigente.
En este contexto, mediante Resolución Administrativa AEMP/DTRFCE No. 007/2009 emitida por la Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), y confirmada por la Resolución Jerárquica MDPyEP No. 004/2010
del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, el LAB ha sido conminado a reducir su capital, en aplicación
del Artículo 354 del Código de Comercio. Como administrador del FCC, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha requerido
oportuna, diligente y repetidamente a la Administración y Síndicos del LAB, el cumplimiento de lo resuelto por la entidad
reguladora, solicitando la convocatoria a una Junta General Extraordinaria de Accionistas que resuelva sobre este tema.
Debido a la falta de cumplimiento por parte del LAB, en el mes de mayo de 2010 la AEMP ha interpuesto una denuncia
penal en contra de varios Directores, Síndicos y Ejecutivos del LAB, acusándolos de desobediencia a la autoridad,
corrupción y complicidad con las AFPs en el incumplimiento de obligaciones contractuales. Esta denuncia penal incluye
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
a varios Ejecutivos de ambas AFPs, acusados de corrupción e incumplimiento de obligaciones contractuales, misma que
se encuentra ventilándose en las instancias de investigación correspondientes.
Por otra parte, en fechas 23, 25 y 27 de septiembre de 2010 se publicó en el periódico Los Tiempos, la convocatoria a
Junta General Ordinaria de Accionistas del LAB, para fecha 2 de octubre de 2010, con el siguiente Orden del Día:
1.
2.
3.
4.
5.
Instalación de la Junta.
Remoción de los miembros del Directorio y Síndicos de la sociedad.
Restitución y posesión de los miembros del Directorio a favor de Swiss Transatlantic Corporation (STAC).
Fijar las dietas y fianzas de los Directores y Síndicos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 de los Estatutos
de la Sociedad.
Redacción, Lectura y Aprobación del Acta de la Junta General de Accionistas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A.
Dicha Junta se llevó a cabo, habiendo sido designados nuevos Directores a propuesta del accionista mayoritario Federación
Sindical de Trabajadores del LAB (FSTLAB), irregularmente nominados “a favor de STAC”. STAC es una firma con la que
la FSTLAB habría firmado un contrato de cesión irrevocable de sus acciones, a través de la figura de fideicomiso, a
cambio del compromiso de inversión en el LAB de $us. 80 millones.
El representante de Futuro de Bolivia S.A. - AFP votó en contra de tales designaciones, haciendo constar su respectiva
disidencia, debido a que la Junta fue convocada y realizada irregularmente, habiéndose incumplido la normativa
establecida en el Código de Comercio y los Estatutos de la sociedad.
Asimismo, dentro del plazo legalmente establecido, Futuro de Bolivia S.A. - AFP presentó denuncia formal de impugnación
contra la convocatoria y las determinaciones alcanzadas en la mencionada Junta de Accionistas, misma que se encuentra
ventilándose en los estrados judiciales correspondientes.
En fecha 10 de diciembre de 2010 el gobierno nacional promulgó la nueva Ley de Pensiones No. 065, que establece
la abrogación de la Ley de Pensiones No. 1732 de 29 de noviembre de 1996, y la resolución de los contratos suscritos
entre las AFPs y las ex Superintendencia de Pensiones (SP) y Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS).
En lo que concierne a la administración del FCC, que se encuentra conformado, entre otros activos, por las acciones
del LAB transferidas en fideicomiso para su administración por parte de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, el Artículo 179 de
la mencionada Ley No. 065 establece que tales acciones deberán ser transferidas, a título gratuito, a un fideicomiso
que será administrado por la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo.
D. NUEVA LEY DE PENSIONES
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el contrato
suscrito en 1997 entre las AFPs y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el periodo de transición
los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la ex Superintendencia de
Pensiones, y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732,
de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente
en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es
definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo
tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Los Artículos que nos afecta directamente a nuestra administradora son: El Artículo 174 de la nueva ley determina:
“Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo” (GPS), hasta que se constituya y de inició la nueva GPS, las AFPs en este periodo
transitorio debemos continuar brindando los servicios tanto de la vigente ley (Ley 1732) como lo dispuesto en la nueva
Ley (art. 177), Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de
Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y
disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades
conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo
tomar en cuenta lo siguiente:
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12
HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
I.
Continuar con la recaudación de las contribuciones
del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los
Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el
inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema
Integral de Pensiones.
II.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente
Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del
Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional
Solidario del Asegurado Dependiente.
III.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social
Obligatorio de Largo Plazo.
IV.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos
y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo
Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes,
cuando corresponda.
V.
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema
Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido
en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de
pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir
de la emisión de la reglamentación respectiva.
VI.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario
del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte
Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán
ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica
Previsional administrada por las Administradoras de
Fondos de Pensiones.
VII.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los
asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta
la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo Plazo.
VIII.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se
encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o
Comisión, conforme a lo siguiente:
a)
b)
La Comisión por servicio de Afiliación,
procesamiento de datos y administración de
prestaciones, hasta el inicio de la recaudación
de las contribuciones del Sistema Integral de
Pensiones.
Las Comisiones por servicio de administración
de portafolio, por pago de pensiones y la
Comisión del Sistema Integral de Pensiones,
hasta la fecha de inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo.
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13
HECHOS RELEVANTES
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta antes
de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la determinada en
la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia de
los Fondos de Pensiones administrados.
También establece en los artículos 175, 176 y 178 la transferencia de información y datos, transferencia del Fondo de
Capitalización Individual y la conciliación, que deberán efectuar la Entidades involucradas con la seguridad social de
largo plazo hasta la fecha de ser determinada por reglamento. También en el artículo 179 determina que: Las acciones
de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización
Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal de
Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez.
Finalmente el artículo 188 establece que las AFPs deberán continuar con las siguientes actividades:
I.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad
a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad.
II.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización,
el estado de los procesos conforme a reglamento.
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14
PERFIL
DE LA
EMPRESA
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
PERFIL DE LA EMPRESA
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
DIRECTORES, SÍNDICOS Y ACCIONISTAS
Nómina y conformación de Directores y Síndicos gestión 2010
Directores Titulares
Presidente
Vicepresidente
Secretario
Director
Director
Gonzalo Bedoya Herrera
Jorge Marín Munízaga
Gabriela Feierabend
Eduardo Couyoumdjian
Guido Hinojosa
Directores Suplentes
José Manuel Camposano
José Carlos Campero
Hector Nayra Diaz
Daniel Alvarez
Alejandro Ybarra Carrasco
Síndicos Titulares
Por Mayoría:
Por Minoría:
Samuel Castellón Arce
Jaime Muñoz Reyes
Síndicos Suplentes
Por Mayoría:
Por Minoría:
Diego Blanco Araoz
Carlos Flores
COMPOSICIÓN ACCIONARÍA
ACCIONISTAS
% DE PARTICIPACIÓN
1.- Zurich South América Invest Ltd.
2.- Sociedad de Inversiones para el Desarrollo S.A. (SIDESA)
3.- Zurich Boliviana Seguros Personales S.A.
5.- Alianza Vida de Seguros y Reaseguros S.A.
6.- Fortaleza Investment Holding Company S.A.
TOTAL
71.58%
13.00%
8.42%
3.50%
3.50%
100.00%
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PERFIL DE LA EMPRESA
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
PERSONAL EJECUTIVO
Gerente General
Subgerente Administrativo
Subgerente de Contabilidad
Asesor Legal
Control de Operaciones
Julio Vargas León
Damián Jiménez Viruez
Jorge Venegas Fernández
Patricia Morales de Etienne
José Ardaya Calderón
Gerente de Inversiones
Sub Gerente de Inversiones
José Antonio Gil Sensano
Bismarck Pinto Mollinedo
Gerente de Operaciones
Jefe de Recaudaciones y Afiliación
Jefe de Beneficios y Prestaciones
Lionel Polar Gandarillas
Melvy Villanueva Arano
Jorge Yáñez Daza (1)
Subgerente Comercial
Jefe de Ventas
Jefe de Atención al Cliente
Freddy Sanjinés Raña
Fernando Pacheco Miranda (2)
Marianela Tamayo Mallea (3)
Gerente de Cobranzas
Jefe de Cobranzas
Sara Mayorga Valencia
Ezequiel Hurtado Álvarez (4)
Oficinas Regionales
Gerente Regional La Paz
Gerente Regional Santa Cruz
Gerente Regional Cochabamba
Gerente Regional Oruro
Gerente Regional Trinidad
Jefe de Sucursal Riberalta
Jefe de Sucursal Cobija
Jefe de Sucursal Potosí
Jefe de Sucursal Sucre
Jefe de Sucursal Tarija
Jefe de Agencia El Alto
Jefe de Agencia Caranavi
Jefe de Agencia Achacachi
Jefe de Agencia Villa Tunari
Mercedes García Luzio
Carlos Garrido Villarroel
Ludwig Guardia Von Borries
Ruth Salazar de Zeballos
Francisco Rivero Salazar (5)
José Luís Justiniano
Eduard Gonzáles Montecinos (6)
Marcelo Tirado Carpio
Susana Rojas Rendón
Fernando Aguirre Cáceres
Magui Murillo Calvimonte
Víctor Loayza Rodríguez
Rita Quispe Morales
Lidia Castellón
(1)
(2)
(3)
(4)
(5)
(6)
Desempeña ese cargo a partir del 1ro, de Noviembre de 2010
Desempeña ese cargo a partir del 1ro de Septiembre de 2010
Desempeña ese cargo a partir del 1ro de Septiembre de 2010
Desempeñó funciones hasta el 23 de Noviembre de 2010
Desempeña ese cargo a partir del 1ro Marzo de 2010
Desempeña ese cargo a partir del 1ro de Junio de 2010
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PERFIL DE LA EMPRESA
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
OFICINAS
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
Email: [email protected]
Call Center: 800-10-9494
Página Web: www.afpfuturo.com.bo
SANTA CRUZ
Calle Warnes esq. René Moreno s/n
Telfs.: (591-3) 3321717 - 3321712
Fax: (591-3) 3321711
OFICINA NACIONAL
Calle Colón Nº 288 Edif. La Boliviana Ciacruz
Central Piloto: (591-2) 2200028
Fax: (591-2) 2200515 - 2200558
Casilla Nº 4297
ORURO
Calle Presidente Montes Nº 1486 y Adolfo Mier
Telfs.: (591-2) 5253554 - 5253556
Fax: (591-2) 5253555
LA PAZ
Plaza del Estudiante Nº 1940
Edif. Inchauste Zelaya - PB
Telf.: (591-2) 2311531
Fax: (591-2) 2331223
Casilla Nº 4297
El Alto
Av. Juan Pablo II Nº 2823
Edificio Cristembo
Telfs.: (591-2) 2845675 - 2845710
Fax: (591-2) 2845675
Achacachi
Calle Bolívar Nº 99
Telf.: (591-2) 2755003
Fax: (591-2) 2755003
Caranavi
Calle Tocopilla Nº 2
Telf.: (591-2) 8232659
Fax: (591-2) 8232659
COCHABAMBA
Plaza Quintanilla Nº 1004 entre
Av. Salamanca y Av. Oquendo
Telfs.: (591-4) 4235554 - 4257498
Fax: (591-4) 4259846
Villa Tunari
Av. Benigno Paz, Calle Tarija s/n
Telf.: (591) 72010852
BENI
Trinidad
Calle Nicolás Suárez entre Gil Coimbra
y Félix Satori
Telf.: (591-3) 4622283
Fax: (591-3) 4622893
Riberalta
Av. Placido Méndez Nº 741
diagonal de la Plaza Central 3 de Febrero
Telf.: (591-3) 8524075 • Fax: (591-3) 8524075
PANDO
Cobija
Calle Beni Nº 54 - Zona Central
Telf.: (591-3) 8422665
Fax: (591-3) 8422665
POTOSÍ
Calle Sucre esq. Hoyos Nº 2
Telf.: (591-2) 6124769 - 6124770
Fax: (591-2) 6122741
SUCRE
Plaza 25 de Mayo esq. Real Audiencia
Telf.: (591-4) 6912326 - 6912347
Fax: (591-4) 6912326
TARIJA
Calle General Trigo esq.
Av. Víctor Paz Estenssoro Nº 342
Telf.: (591- 4) 6112785
Fax: (591- 4) 6112785
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18
INFORME
DE GESTIÓN
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
A. ASPECTOS MACROECONÓMICOS
Durante la gestión 2010, la economía boliviana presentó un leve incremento en su ritmo de crecimiento, pasando la
tasa de crecimiento del PIB de 3.4% obtenida en la gestión 2009, al 4.0% en la presente gestión. Este nivel de crecimiento
fue impulsado principalmente por cinco sectores, que representan el 51% del crecimiento del PIB real, a saber:
I.
II.
III.
IV.
V.
La industria hidrocarburífera, que habiendo decrecido en un 11.9% en la gestión 2009, creció en un 10.3% en
el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.6%.
El sector de servicios financieros, que creció un 4.1% en la gestión 2009, aceleró su ritmo de crecimiento a un
8.9% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.4%.
El sector de la construcción, que tuvo un crecimiento de 9.1% en la gestión 2009, disminuyó levemente su ritmo
de crecimiento a 8.6% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.3%.
El sector de electricidad, gas y agua creció un 5.6% en la gestión 2009, habiendo aumentado su ritmo a 6.5%
en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.2%.
El sector de transporte, almacenamiento y comunicación, creció un 5.7% en la gestión 2009, aumentando su
ritmo a 6.7% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.6%.
Por su parte, el sector de minerales metálicos y no metálicos decreció a un ritmo del 3.7% en la gestión 2010, restándole
al crecimiento del PIB un 0.3%. Por otro lado, la industria manufacturera disminuyó su crecimiento de un 4.6% en la
gestión 2009, a 3.2% en el año 2010, con una incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.5%. Por último, el sector
de la agricultura disminuyó su ritmo de crecimiento de 4.2% en la gestión 2009, a 1.1% en el año 2010, con una
incidencia sobre el crecimiento del PIB de 0.2%.
Por el lado del gasto, el consumo interno tuvo un importante incremento en su ritmo de crecimiento, mismo que llegó
al 4.0% en la gestión 2010, comparado con el 3.3% del año 2009, con una incidencia del 2.8% en el crecimiento del
PIB. Asimismo, es importante señalar que dicho crecimiento del consumo es superior al crecimiento de la población
boliviana, estimado en 2.8% por el Instituto Nacional de Estadística (INE), lo que implica una mejora en la calidad de
vida en los hogares de Bolivia.
En cuanto al comercio exterior, el valor de las exportaciones del país se incrementó en 27.6% en la gestión 2010. Dicho
crecimiento se reflejó principalmente en la extracción de hidrocarburos (41.0%), en la industria manufacturera (20.2%),
y en la extracción de minerales (23.6%), mientras que la exportación del sector de la agricultura decreció en 2.3%. La
evolución de las exportaciones del país muestra una concentración hacia productos del sector extractivo (commodities),
que en la actualidad cobran importancia y alta incidencia en el crecimiento del PIB. En este sentido, el peso del sector
extractivo (hidrocarburos y minerales) sobre las exportaciones en la gestión 2010 fue de 68.9%, comparado con el
65.7% de la gestión 2009.
Respecto al principal producto de exportación del país, es importante mencionar que el precio internacional promedio
del gas natural se incrementó en 19.7% durante la gestión 2010, además de que las cantidades de gas natural exportadas
a Brasil se han incrementado en un 21.4% (de 22.4 millones de metros cúbicos por día en la gestión 2009 a 27.2
millones de metros cúbicos por día en la gestión 2010). Estos volúmenes representan los mínimos del contrato “take
or pay” entre ambos países.
Por otro lado, los precios internacionales del plomo, zinc, plata y oro han tenido un comportamiento creciente respecto
a la gestión 2009. Esto ocasionó que el valor de los productos del sector minero que exporta Bolivia repuntara durante
la gestión 2010.
En cuanto al valor de las importaciones, durante la gestión 2010 éstas se incrementaron en un 20.1% con relación al
año anterior, debido a un mayor crecimiento del consumo y a la apreciación de la moneda nacional respecto al Dólar.
Entre los productos más importados destacan los combustibles y lubricantes, bienes de capital, y artículos de consumo.
El efecto combinado de las exportaciones y las importaciones significó un superávit en la balanza comercial de
aproximadamente $us. 1.590 millones, con valores que alcanzaron aproximadamente los $us. 6.957 millones en el caso
de las exportaciones y $us. 5.367 millones para las importaciones. Dicho superávit en balanza comercial significó un
importante flujo de divisas del exterior, las cuales vinieron a incrementar el nivel de Reservas Internacionales Netas del
país, que pasaron de $us. 8.921 millones al cierre del 2009, a $us. 9.730 millones para fines de 2010.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
20
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Respecto a los resultados del sector fiscal, en la gestión 2010 las cuentas fiscales continúan mostrando un balance
favorable, habiendo el sector público no financiero (SPNF) registrado un superávit corriente de aproximadamente 7.2%
respecto del PIB nominal. Sin embargo, el balance global de la gestión 2010 registró un leve déficit de aproximadamente
0.3% del PIB.
En cuanto a la situación de endeudamiento del sector público al cierre de la gestión 2010, la deuda del Tesoro General
de la Nación (TGN) y del Banco Central de Bolivia (BCB) asciende a aproximadamente $us. 7.594 millones, misma que
representa un incremento de 2.8% en el stock de la deuda pública, respecto a la gestión 2009. Del saldo total de la
deuda pública, $us. 2.882 millones corresponden a deuda externa y $us. 4.712 millones a deuda interna, de los cuales
el 38.4% representa deuda a los Fondos de Capitalización Individual (FCI) administrados por las AFPs.
En lo concerniente a la inflación, ésta alcanzó un nivel de 7.2% en la gestión 2010, superior al 4.5% que se había
estimado a inicios de año en el Presupuesto General de la Nación. Este relativamente alto nivel de inflación se reflejó
principalmente en los rubros de alimentos (1.4%), transporte (8.1%), muebles y artículos domésticos para el hogar y
gastos de conservación de vivienda (1.4%). Asimismo, este nivel de inflación se explica por un crecimiento insuficiente
de la inversión al interior de la economía nacional, persistente durante las últimas dos gestiones, el crecimiento de la
base monetaria durante el 2009 (32.6%) y el mediocre crecimiento en el sector de alimentos en la gestión 2010.
En cuanto a la política cambiaria, si bien el tipo de cambio real multilateral fue devaluado a una tasa de 13.8% durante
la gestión 2009, dicho indicador se revaluó a una tasa de 3.1% en el año 2010, perjudicando levemente la situación
del sector exportador. Sin perjuicio de lo anterior, el tipo de cambio nominal del Boliviano frente al Dólar tuvo un cambio
en los niveles de 7.07 Bs./$us. para la venta y 6.97 Bs./$us. para la compra, hasta llegar a 7.04 Bs./$us. para la venta y
6.94 Bs./$us. para la compra al cierre de la gestión 2010.
Con relación al sector financiero, éste continúa mostrando buenos indicadores de solvencia. Las obligaciones con el
público de las entidades depositarias (bancos, fondos financieros privados, mutuales y cooperativas abiertas) se
incrementaron a razón de 13.4% respecto a los niveles observados al cierre de la gestión 2009, pasando de $us. 8.015
millones a $us. 9.087 millones. La cartera de créditos también tuvo una variación positiva de 17.9%, pasando de $us.
5.566 millones a $us. 6.565 millones.
Asimismo, el sistema financiero muestra niveles de liquidez bastante altos, pero que han disminuido respecto a los
observados en el año 2009, habiendo pasado el ratio de liquidez de 95.5% en 2009 a 84.5% al cierre de la gestión
2010. Por el contrario, la morosidad en el sistema financiero se redujo de un 3.1% respecto a la cartera bruta en el año
2009, a 2.2% para el cierre de 2010, mientras que los niveles de previsión por mora se incrementaron del 149.1% al
182.3%. Con esto, la rentabilidad del sistema se redujo ligeramente, pasando el retorno sobre patrimonio de un 17.1%
en el año 2009, a un 15.2% para el cierre del año 2010.
Por su parte, las operaciones del sector bursátil crecieron a una tasa del 40.7% durante el año 2010, registrando
operaciones por $us. 3.915 millones, en comparación con los $us. 2.783 millones registrados en 2009. Esta variación
positiva se refleja principalmente en el incremento de los montos negociados en Depósitos a Plazo Fijo (48.5%), en
Bonos a Largo Plazo (46.1%), y en Bonos Bancarios Bursátiles (56.4%).
En cuanto al tipo de operaciones bursátiles en la gestión 2010, éstas se componen en un 46.2% de operaciones de
compra-venta en firme y en un 53.8% de operaciones de reporto. Si bien esta composición cambia la tendencia que
había tenido el año 2009 respecto a la relación entre los dos tipos de operaciones, no puede dejar de mencionarse que
el mercado de valores en Bolivia continúa manteniendo un horizonte de corto plazo en sus operaciones. Por otra parte,
los valores de renta fija continúan siendo los más negociados en el mercado bursátil, representando el 98.9% del total
operado, lo que comprueba que los valores representativos de deuda siguen siendo la principal opción de financiamiento.
Para concluir, cabe hacer mención que las perspectivas económicas del país para la gestión 2011 son relativamente
buenas para Bolivia, siendo fundamental que el país aproveche las oportunidades que se le presentan, incentivando la
inversión doméstica y extranjera mediante la construcción de un ambiente de certidumbre y estabilidad jurídica. Asimismo,
se deben buscar espacios en los que se pueda generar los incentivos necesarios para promover la diversificación de la
base industrial de la economía, de modo que el desarrollo del país dependa cada vez menos de shocks externos de
precios de productos de los sectores extractivos.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
21
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
B. ASPECTOS FINANCIEROS
El resultado final de la gestión 2010 muestra nuevamente la positiva administración de la AFP, al haber permitido una
vez más la consolidación de las políticas financieras orientadas a la eficiencia y demostración consistente del compromiso
con los afiliados y accionistas.
Los siguientes gráficos permiten observar el desempeño financiero de Futuro de Bolivia S.A.- AFP desde el año 1997 al
2010:
EVOLUCIÓN FINANCIERA DE FUTURO DE BOLIVIA S.A. - AFP
(En Miles de Dólares Americanos)
Ingresos Operativos
Gastos Administrativos y Operativos
12,000
10.811
10,000
9.278
9.177
8,000
7.214
7.814
7.580
8.382
9.156
7.264
6,000
5.047
4.127
4,000
4.754
2,000
0
4.796
9.690
8.302
8.449
2009
2010
4.777 4.795
4.817
3.932
3.765
3.935
2000
2001
2002
4.293
4.238
2003
2004
5.265
5.394
2006
2007
4.634
2.888
1997
1998
1999
2005
2008
Gestión
Ingreso Operativos
Gastos Administrativos y Operativos
Activo - Patrimonio
16,000
13.196
14,000
12,000
13.895
12.674
5.551
6.482
11.023
6.610
9.240
7.181
5.847
1998
1999
12.912
11.273
7.906
5.722
12.997
10.135 9.924
11.677
8.104
6,000
4,000
13.866
9.661
10,000
8,000
13.673
7.269
8.297
7.476
7.303
5.693
4.951
2,000
0
1997
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
Gestión
Activo Total
Patrimonio Neto
El saldo del rubro de ingresos en la gestión 2010 ha tenido un incremento del 1.12% con relación a la pasada gestión,
y un decremento del 31.70% con relación a la gestión 2008, debido a que en la presente gestión no se registra ningún
ingreso por comisiones de Renta Dignidad, con relación a la gestión 2009 que se registra un ingreso en el mes de enero
y en la gestión 2008, se registra el ingreso por este concepto en 11 meses. El resultado de la gestión ha determinado
que las acciones a Valor Patrimonial Proporcional para los años 2010 y 2009 registren niveles de: Bs. 223.54 y Bs. 263.90,
respectivamente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
22
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Los ingresos operacionales, han tenido un incremento del 9.89% con relación a la gestión 2009 y del 13.10% con
relación al 2008, sin considerar las comisiones percibidas por el pago y la administración de la Renta Dignidad, importe
que representó un 32.83% de este rubro en la gestión 2008, contra un 4.79% en la gestión 2009 y cero en el año de
2010. Los gastos administrativos y operacionales se han incrementado en un 14.98% en la gestión 2010 con relación
al 2009, debido a las provisiones realizadas, los gastos realizados en el proceso de cobranza judicial y la contratación
de terceros. Sin embargo se ha reducido en un 14.55% con relación a la gestión 2008.
En la gestión 2010 las comisiones por Administración de Cuentas Individuales representaron un 68.29% de los ingresos
operativos, contra un 61.02% en la gestión 2009 y un 40.36% de la gestión 2008, en la que las comisiones por Renta
Dignidad representaron un 33%. Crecimiento obtenido por el incremento en las recaudaciones por aportes al SSO, por
el aporte de mayor número de afiliados, por la recuperación de la mora, acreditación de aportes, depuración y levantamiento
de rezagos realizados.
Por su parte, las comisiones por Administración de Portafolio, del FCI y FCC representan un 17.98% de los ingresos
operativos en la gestión 2010, contra 18.18% en 2009. Disminución producto a las transferencias a Título Gratuito de
las Acciones de las Empresas Petroleras Capitalizadas a favor de YPFB y de las acciones de ENTEL en favor del Ministerio
de Obras Públicas, Servicio y Vivienda, realizadas en cumplimiento a disposiciones legales emanadas de los Poderes
Legislativo y Ejecutivo de la Nación, en gestiones anteriores.
En conclusión, la buena administración en los ingresos y gastos administrativos y operativos, ha sido producto de una
política austera, sin afectar la imagen que la empresa se ha ganado en el mercado nacional, la continuidad en los servicios
a nuestros clientes. A esto se añade el incremento de ciertas sinergias con las empresas de seguros del Grupo Zurich.
C. ASPECTOS COMERCIALES
AFILIACIÓN
Con un promedio mensual de 3.945 registros, en la gestión 2010 nuevamente se llegaron a superar las metas comerciales
establecidas, llegando a registrar 47.554 nuevos afiliados lo que implica haber superado en un 9.2% la producción de
la gestión anterior, constituyéndose en la mayor producción de Afiliaciones obtenida desde el año 2000. El resultado
obtenido es el producto de estrategias comerciales implementadas por la Fuerza de Ventas, en busca de incrementar
la cobertura de registro en el SSO de la población económicamente activa, con el fin de garantizar su medio de subsistencia
a través de las prestaciones brindadas por la Seguridad Social de Largo Plazo.
El siguiente cuadro, muestra la evolución histórica de la producción anual de nuevos afiliados.
RESUMEN ANUAL DE AFILIACIONES
AL 31 de diciembre de 2010
(Expresado en miles de personas)
CANTIDAD DE AFILIADOS POR GESTIÓN
200
154.2
150
100
43
49
49
50
41.9
42.2
27.1
24
28.9
23.8
27.6
2005
2006
40.8
43.6
47.6
FUENTE: Elaboración propia en base a reportes del SIAFP
0
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
GESTIÓN
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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2007
2008
2009
2010
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Asimismo durante la gestión 2010, por tercer año consecutivo se incrementó la participación de mercado en la variable
de afiliaciones, evidenciándose un crecimiento superior al de las dos gestiones anteriores, llegando éste a un 0.32%,
según datos publicados por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
CRECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE MERCADO
AL 31 de diciembre de 2010
(Expresado en porcentaje)
0.32%
0.35%
0.30%
0.25%
0.20%
0.15%
0.10%
0.04%
0.01%
0.05%
0.00%
2008
2009
2010
GESTIÓN
FUENTE: Elaboración propia en base a datos publicados por la Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Pensiones en su página web
Asimismo en el siguiente cuadro se muestra la evolución de las afiliaciones acumuladas desde 1997.
700
642.7
595.1
551.5
600
510.8
468.9
500
417.5
441.3
393.4
351.2
400
322.3
295.2
300
246.1
197.2
200
100
154.2
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003 2004
GESTIÓN
2005
2006
2007
FUENTE: Elaboración propia en base a reportes del SIAFP
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2008
2009
2010
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
RECAUDACIÓN
La recaudación en la gestión 2010 fue la más alta en la historia del Sistema de Pensiones de Capitalización Individual
administrado por la AFP. Se evidencia un mantenimiento de la tendencia positiva de años anteriores, recaudando a lo
largo de la gestión 2010 un monto de Bs. 1.711.405.143, monto que respecto a la gestión anterior representó un
incremento del 10.4%, equivalente a Bs. 162 millones.
En los siguientes cuadros se muestra la evolución anual histórica de la Recaudación obtenida y del acumulado de la
misma.
RESUMEN ANUAL DE RECAUDACIÓN
Al 31 de Diciembre de 2010
(Expresado en Millones de Bs. Corrientes)
1.800.0
1.711.4
1.600.0
1.549.6
1.400.0
1.369.7
1.200.0
1.167.9
1.000.0
1.026.5
800.0
595.9
600.0
400.0
200.0
288.5
1997
1998
637.8 618.2
682.4
1999
2001
2000
724.8
812.9
881.6
2002 2003 2004
Recaudación Anual
919.0
2005
2006
2007
2008
2009
2010
FUENTE: Elaboración propia en base a datos de la AP publicados en su página web
RESUMEN ANUAL ACUMULADO DE RECAUDACIÓN
Al 31 de Diciembre de 2010
(Expresado en Millones de Bs. Corrientes)
14.200.0
12.986.2
12.200.0
11.274.8
10.200.0
9.725.2
8.200.0
8.355.5
7.187.6
6.200.0
5.242.1
4.200.0
288.5
200.0
4.360.5
1.522.2
2.200.0
1997
884.4
1998
2.140.4
1999
6.161.1
2000
2.822.7
3.547.6
2001 2002 2003 2004
Recaudación Acumulada
2005
2006
2007
2008
FUENTE: Elaboración propia en base a datos de la AP publicados en su página web
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2009
2010
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APORTES ON LINE
Nuestra Administradora, durante la gestión 2010, ha reforzado las herramientas electrónicas que permiten el llenado
de los Formularios de Pago de Contribuciones, desarrollando la plataforma “Aportes On Line”, herramienta tutorial de
declaración y pago de aportes a través de Internet, creada pensando en la comodidad del empleador, permitiéndole
completar el formulario de manera electrónica desde su oficina o casa y reduciendo los errores por mala declaración.
D. SERVICIO AL CLIENTE
CALL CENTER
Buscando siempre una atención más eficiente a nuestros clientes, en esta gestión el trabajo realizado por nuestro Call
Center, ha mantenido los más altos estándares de atención, un indicador que prueba la labor realizada es el parámetro
80-20 (80% de las llamadas entrantes, contestadas dentro de los primeros 20 segundos), bajo este parámetro se recibió
25.234 llamadas que representa el 94,19% de un total de 26.791 llamadas recepcionadas en la gestión. Cifra que
demuestra un servicio de calidad, enfocado en que el servicio sea oportuno y evite esperas innecesarias entre nuestros
usuarios.
A objeto que nuestros clientes cuenten de manera permanente con este servicio y así cubrir sus expectativas en función
de sus necesidades, Futuro de Bolivia S.A. - AFP, mantuvo los horarios extendidos de atención del servicio de Call Center
durante toda la gestión, recibiendo llamadas las 24 horas del día, los 7 días de la semana y los 365 días del año,
constituyéndose como la única AFP con este servicio extendido, poniendo a disposición de los Afiliados y Empleadores
este canal de contacto.
Durante el 2010, el tráfico de llamadas Entrantes y Salientes a la línea gratuita 800-10-9494 registró la cifra de 28.980
contactos. Número inferior comparado con gestiones anteriores, lo que demuestra que las tareas comunicacionales e
informativas, realizadas a través de publicaciones en prensa escrita, así como el trabajo informativo que realiza nuestro
personal de las plataformas de Servicio al Cliente, dando a conocer las prestaciones y beneficios del Seguro Social
Obligatorio de Largo Plazo, tuvo su impacto positivo en la población, ya que se redujo la cantidad de llamadas entrantes
por consultas.
CANTIDAD DE LLAMADAS ENTRANTES
Y SALIENTES POR GESTIÓN
Comparación de Gestiones
70.000
60.000
55.361
58.180
53.346
50.000
40.000
37.881
42.245
31.106
28.980
2009
2010
30.000
20.000
10.000
0
2004
2005
2006
2007
2008
Gestión
FUENTE: Elaboración propia.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
A lo largo de estos años, el servicio de Call Center, ha demostrado una vez más ser un canal de comunicación bastante
eficiente, dado su fácil acceso, la gratuidad del servicio y el horario extendido de su atención. Este canal permite absolver
consultas de nuestros clientes, informando sobre aspectos relevantes relacionadas principalmente a los beneficios y
prestaciones del Sistema de Pensiones, que permite una mejor administración del tiempo de nuestros clientes obteniendo
una correcta información, sin tener que visitar nuestra red de oficinas regionales.
CANTIDAD DE LLAMADAS POR TIPO
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010
Distribución de Llamadas
30000
26791
25000
20000
15000
10000
2189
5000
0
Llamadas entrantes
Llamadas salientes
FUENTE: Elaboración propia.
PÁGINA WEB
La página web de Futuro de Bolivia S.A.- AFP (www.afpfuturo.com.bo) durante la gestión 2010, continuó presentando
un número creciente de visitas efectuadas por Afiliados y Empleadores entre otros, quienes pueden encontrar en ésta
una gran variedad de servicios ON LINE ofertados y diseñados para atender las necesidades y requerimientos de cada
uno de ellos, así como tener información en relación al Sistema de Pensiones. Es así que en la gestión 2010 se registraron
129.413 visitas, cifra que se incrementó en 30.256 visitantes en relación a la gestión 2009, lo que muestra un crecimiento
porcentual del 31%.
Paralelamente, las visitas a las diferentes páginas que componen nuestro portal web en la gestión 2010, registraron
2.228.491 páginas visitadas, cifra que se incrementó en 1.158.811 vistas más que la gestión 2009, mostrando un
incremento porcentual del 108%, que demuestra claramente que nuestros clientes son partícipes activos acorde a estos
tiempos de movimiento tecnológico. Relacionando el número de visitantes con el número de páginas por las que
navegaron en nuestro portal, observamos que el incremento de este último dato nos muestra que nuestros clientes
visitan de manera constante nuestras páginas, lo cual demostraría un mayor interés por saber de las actividades de la
AFP así como la evolución del Sistema de Pensiones en general.
El desarrollo de los productos ON LINE a través de nuestra página web y la información contenida en la misma, se
constituye en una de nuestras mayores ventajas competitivas, la cual se encuentra en una constante evolución, hacia
herramientas más sofisticadas e inteligentes, que van de la mano de las nuevas tecnologías web. Bajo estas condiciones,
para la Gestión 2011 se planificó el lanzamiento de un nuevo portal que contempla a detalle todos los servicios y
beneficios del Sistema de Pensiones y que permite una mejor interrelación con el usuario, con lo cual se espera llegar
a un mayor universo de clientes, dada la amplia información y servicios contenidos en dicho portal.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
27
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
CANTIDAD DE VISITAS Y PÁGINAS VISITADAS
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010
Visitas a la página web
2.228.491
135.000
129.413
2.000.000
125.000
1.500.000
115.000
1.069.680
1.027.436
105.000
95.000
1.000.000
99.157
87.455
500.000
55.000
75.000
Gestión 2008
Gestión 2009
Gestión 2010
Visitas
0
Páginas visitadas
FUENTE: Elaboración propia.
ATENCIÓN EN SUCURSALES
El hecho más relevante en la gestión 2010 fue la consolidación de las oficinas aperturadas en ciudades capitales que
eran de atención exclusiva de la otra AFP y de ciudades intermedias, tal el caso de Achacachi y Caranavi en el Departamento
de La Paz y Villa Tunari en el Departamento de Cochabamba, con lo cual se fortaleció la presencia de nuestra empresa
en dichos lugares, brindando un servicio de calidad y cercano a nuestros clientes, quienes pudieron realizar trámites en
dichas oficinas, evitando su desplazamiento hacia otras ciudades. De esta manera, Futuro de Bolivia S.A.- AFP ratificó
su presencia a nivel nacional replicando nuestra atención personalizada, característica fundamental a lo largo de estos
más de trece años de presencia de Futuro de Bolivia S.A. - AFP en el país.
DISTRIBUCIÓN DE LOS CLIENTES ATENDIDOS POR SUCURSAL
Sucursal
Clientes atendidos
LA PAZ
ORURO
SANTA CRUZ
COCHABAMBA
EL ALTO
TRINIDAD
RIBERALTA
COBIJA
ACHACACHI
TARIJA
SUCRE
CARANAVI
VILLA TUNARI
POTOSÍ
77.125
44.410
40.177
36.522
8.023
6.767
6.114
1.939
913
699
668
593
430
421
TOTAL
224.801
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
28
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
CANTIDAD DE CLIENTES ATENDIDOS POR SUCURSAL
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010
Cochabamba
17.8%
Oruro
17.1%
La Paz
30.8%
Santa Cruz
15.5%
Villa Tunari 0.3%
El Alto
8.4%
Potosí 0.3%
Caranavi 0.3%
Riveralta
1.8%
Achacachi 0.5%
Chuquisaca 0.6%
Tarija
0.9%
Trinidad
4.2%
Cobija
1.5%
FUENTE: Elaboración propia.
La distribución de Clientes Atendidos por tipo de consulta a lo largo del país, muestra que más del 40% de estas visitas
corresponden a la obtención del “Estado de Cuenta”, seguimiento a trámites de ”Jubilación” y la realización de Registros,
Traspasos y/o Actualización de Datos de los afiliados y empleadores, los cuales son considerados como ”Ventas”.
DISTRIBUCIÓN DE LOS CLIENTES ATENDIDOS POR TIPO DE CONSULTA
Tipo de ticket
Cantidad
Porcentaje
ESTADO DE CUENTA
CONSULTA JUBILACIÓN
JUBILACIÓN
VENTAS
PRESTACIONES
COBRANZAS
89.998
34.537
32.165
23.928
20.233
18.399
41%
16%
15%
11%
9%
8%
TOTAL
219.26
100%
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
29
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
CANTIDAD DE CLIENTES ATENDIDOS POR SUCURSAL
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010
Consulta
Jubilación 16%
Estado de Cuenta
41%
Jubilación
15%
Ventas
11%
Cobranzas
8%
Prestaciones
9%
FUENTE: Elaboración propia.
Otro dato relevante a tomar en cuenta, es la cantidad de trámites recepcionados en nuestras oficinas a nivel nacional,
indicador que demuestra que la tarea encomendada por Ley a nuestra Administradora, otorgar prestaciones a los
Afiliados y Derechohabientes al cumplimiento de requisitos, se está cumpliendo a cabalidad, haciendo posible que miles
de personas puedan acceder a una prestación dentro del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo; hecho que refleja
la transparencia con la cual hemos venido administrando los aportes.
CANTIDAD DE TRÁMITES RECEPCIONADOS POR MES
Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010
Tipo de
Trámite
Dic
Total
General
169
194
2.288
245
347
2.711
100
84
86
1.047
648
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
JUBILACIÓN
283
179
196
176
170
191
192
155
221
162
RETIROS MINIMOS
238
198
235
220
217
223
79
225
273
211
GASTOS FUNERARIOS
70
90
95
64
81
113
97
71
96
Nov
MUERTE
40
40
56
61
53
62
62
53
59
52
60
50
PAGO CC MENSUAL
52
57
42
48
27
45
23
43
50
41
37
44
509
INVALIDEZ
41
29
44
45
38
42
44
36
41
36
44
54
494
MASA HEREDITARIA
21
17
18
14
33
17
31
19
22
24
25
35
276
CC GLOBAL
0
0
19
11
19
14
14
15
18
32
19
23
184
RECARGOS
8
4
5
8
10
9
7
10
11
8
7
5
92
753
614
710
647
648
716
549
627
791
666
690
838
8.249
Total general
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
30
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
CAPACITACIÓN CONTINUA Y CENTRALIZACIÓN EN EL CLIENTE
Para Futuro de Bolivia S.A. - AFP el cliente es lo más importante, por eso diseñó un plan de centralización de los esfuerzos
orientados a lograr la satisfacción de los clientes. Para ello durante la gestión 2010, se realizaron dos esfuerzos importantes
para maximizar la satisfacción de los usuarios a través del servicio brindado en nuestra AFP.
El primero, fue la capacitación en “Calidad y Servicio al Cliente” a la plataforma de servicio al cliente, cuyo resultado
tangible se observó en una disminución de reclamos de los clientes en los Buzones de Sugerencias y Reclamos de la
Autoridad Reguladora. El segundo esfuerzo, fue el de conocer la percepción del cliente en relación a la experiencia de
servicio prestado en nuestras oficinas regionales, para lo cual se desarrolló una encuesta de percepción, misma que fue
efectuada en el segundo semestre del 2010, aplicada a 13.932 personas que visitaron nuestras oficinas a nivel nacional,
pudiendo identificarse una apreciación positiva de la población respecto al servicio prestado por la AFP, obteniendo entre
los resultados más destacados los siguientes:
I.
II.
III.
86% de las personas consultadas considera la calidad de servicio que otorga Futuro de Bolivia S.A. - AFP como
“Buena” y “Muy Buena”.
96% de las personas consultadas califica el nivel de transparencia de Futuro de Bolivia S.A. - AFP entre
“Medianamente Transparente” y “Muy Transparente”.
90% de las personas consultadas sobre la información que brinda Futuro de Bolivia S.A. - AFP indican que “Brinda
Información necesaria” o “La información que brinda es de alta calidad”.
Datos que muestran con bastante claridad la percepción positiva del cliente sobre la calidad del servicio prestado en
nuestra plataforma de atención.
E. ASPECTOS OPERATIVOS
Los beneficios de BONOSOL y GASTOS FUNERARIOS FCC fueron cancelados por Futuro de Bolivia S. A. - AFP hasta la
gestión 2007, estableciendo durante este periodo, procesos y procedimientos, que sirvieron de base para la implementación
del pago de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad).
A partir de la promulgación de la Ley 3791 el 28 de noviembre de 2007, se estableció el pago de los beneficios de la
RENTA DIGNIDAD y GASTOS FUNERALES los mismos que fueron administrados y pagados por nuestra AFP durante la
gestión 2008.
Así mismo, a partir de la promulgación de la Ley 3791 el 28 de noviembre de 2007, en la cual se estableció que el pago
de la Renta Dignidad a los afiliados con prestaciones en curso de pago, se realice por intermedio de la entidad encargada
de administrar los mismos. Futuro de Bolivia S.A. - AFP, viene pagando este beneficio desde la gestión 2008 a los afiliados
que cuentan con una prestación en curso de pago (Jubilación - Riesgos).
BONOSOL
Gestiones 1997 a 2007
Beneficiarios
Total (Bs.)
Total Acumulado
1.975.561
2.528.981.130
GASTOS FUNERARIOS FCC
Gestiones 1997 a 2007
Casos
Total (Bs.)
Total Acumulado
44.344
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
31
36.054.290
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
RENTA DIGNIDAD
Gestiones 2008
Cantidad de Pagos
Beneficiarios
Total Acumulado
350.000
Total (Bs.)
3.859.576
734.115.000
GASTOS FUNERALES
Gestión 2008
Total Acumulado
Casos
Total (Bs)
7.445
13.401.000
RENTA DIGNIDAD EPI (Entidad Proveedora de Información)
Gestión
Número de
Beneficiarios
Cantidad de
pagos
Total
(Bs.)
2008
2009
2010
2.887
4.562
6.790
34.642
53.901
80.315
5.196.300
8.085.150
12.047.250
Total Acumulado
14.239
134.216
25.328.700
TRANSFERENCIA DE PRIMAS
Actualmente el proceso de calificación, otorgación y pago de prestaciones derivadas de riesgos (invalidez y muerte) está
en un 100% a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, por consiguiente también, la administración de
los recursos de los Fondos de Riesgos y de Siniestralidad. La transferencia de primas a las Compañías Aseguradoras
corresponde únicamente a siniestros ocurridos hasta el 31 de noviembre de 2006, calificados y otorgados por nuestra
Administradora y pagados por las Aseguradoras.
Durante la gestión 2010, las transferencias de primas a las Compañías Aseguradoras corresponden básicamente a
transacciones residuales, producto de levantamiento de rezagos y recaudación no aclarada.
Año
La Vitalicia
Provida
Total (Bs.)
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
119.572.446
139.389.515
152.403.840
155.149.674
185.603.666
13.632.640
7.081.523
1.818.444
2.131.762
40.182.993
46.597.464
50.651.702
52.548.901
62.233.568
4.842.113
2.403.290
565.370
637.706
159.755.439
185.986.979
203.055.542
207.698.575
247.837.234
18.474.752
9.484.813
2.383.814
2.769.469
Total Acumulado
776.783.510
260.663.107
1.037.446.617
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
32
Incremento %
en relación al
año anterior
16%
9%
2%
19%
-93%
-49%
-21%
16%
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
PENSIONES DE INVALIDEZ Y MUERTE
Las solicitudes para pensiones por Invalidez y Muerte, han mantenido durante la gestión 2010 el constante incremento
porcentual de las mismas. Este incremento se debe principalmente a que nuestra Administradora realiza campañas de
información, dirigida tanto a afiliados como a los empleadores, sobre los derechos a los que tienen acceso en el SSO.
Utilizando para la misma diferentes canales de difusión, disponibles en nuestro medio.
El 10 de diciembre de 2010, con la promulgación de la Ley Nº 065 - LEY DE PENSIONES, se deroga la Ley de Pensiones
1732. Las disposiciones de la misma, amplían la cobertura en el Riesgo Común, entrando en pago los dictámenes con
el 50% de grado de incapacidad, esta ampliación de cobertura proyecta un mayor crecimiento en la otorgación de esta
prestación en las próximas gestiones.
Gestión
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
Total Acumulado
Aseguradora
Invalidez
Muerte
Totales
89
200
289
57
157
214
47
159
206
64
173
237
60
188
248
9
31
222
262
3
4
318
325
0
0
413
413
0
1
494
495
118
363
481
85
236
321
109
327
436
148
408
556
129
382
511
43
125
437
605
17
43
595
655
5
15
619
639
1
9
634
644
207
563
770
142
393
535
156
486
642
212
581
793
189
570
759
52
156
659
867
20
47
913
980
5
15
1032
1052
1
10
1128
1139
2.689
4.848
7.537
Provida
La Vitalicia
Total
Provida
La Vitalicia
Total
Provida
La Vitalicia
Total
Provida
La Vitalicia
Total
Provida
La Vitalicia
Total
Provida
La Vitalicia
Futuro
Total
Provida
La Vitalicia
Futuro
Total
Provida
La Vitalicia
Futuro
Total
Provida
La Vitalicia
Futuro
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
33
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
DICTÁMENES EMITIDOS
Año
Riesgo
Común
Invalidez
Riesgo
Profesional
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
203
181
177
203
268
240
198
184
216
78
82
87
76
121
98
115
89
63
1.870
809
Total Acumulado
Riesgo
Común
Muerte
Riesgo
Profesional
281
263
264
279
389
338
313
273
279
486
317
390
507
466
507
501
497
514
2.679
4.185
Total
Total
Total
46
39
51
46
47
72
88
73
81
532
356
441
553
513
579
589
570
595
813
619
705
832
902
917
902
843
874
543
4.728
7.407
JUBILACIÓN
Solicitudes Recibidas
El universo de solicitudes para la prestación de jubilación en relación a la gestión 2009, se incrementó en un 7%. El
proceso de calificación y otorgación de jubilaciones, fue suspendido a partir del 10 de diciembre de 2010, hasta la
emisión del Decreto Reglamentario sobre la nueva Ley de Pensiones. Esta nueva reglamentación conlleva la necesidad
de adecuar nuestros procesos y sistemas, tomando en cuenta que la misma establece que las Administradoras de Fondos
de Pensiones durante un periodo transitorio, continuarán realizando todas las obligaciones, atribuciones y facultades
conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad a Largo Plazo.
Modalidad
2008
Gestión (cantidad de casos)
2009
2010
Con MVV y CC
Con MVV y CC y FC
Pensión Mínima con CBP
Solamente con MVV
Pago de CC
1.452
32
271
11
391
1.662
39
376
37
458
1.787
96
364
31
470
Total Acumulado
2.157
2.572
2.748
* MVV (Mensualidad Vitalicia Variable), CC (Compensación de Cotizaciones, FC (fracción Complementaria), CBP (Cuenta Básica Previsional)
MONTOS SOBRE LÍQUIDOS PAGABLES
Los montos pagados o transferidos incrementaron en 19% (Bs. 68 millones de bolivianos) en relación al año anterior.
Modalidad
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
Totales
(Milllones
de Bs.)
Financiado por CC
Financiado por MVV
Financiado por FC
Financiado por CBP
19.480
964
49.682
3,001
131
96.334
6.454
354
124.994
8.935
763
197.224
16.485
2.332
373
258.553
24.487
4.185
1.893
309.901
36.841
7.677
3.436
1.056.169
97.167
15.442
5.701
Total Acumulado
20.444
52.814
103.142
134.692
216.414
289.118
357.855
1.174.479
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
34
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Los segmentos salariales de los jubilados son:
Cantidad
Rango (Bs.)
2007
2008
2009
2010
Menor a 1000
1000-2000
2000-3000
3000-4000
4000-5000
5000-6000
6000-7000
7000-8000
8000-9000
9000-10000
Mayor a 10000
1.827
1.842
1.027
621
394
286
164
123
172
72
38
3.403
2.231
1.167
625
374
257
170
145
168
83
18
4.332
2.700
1.372
808
519
325
240
213
237
114
42
4.954
3.387
1.709
1.022
636
448
297
221
317
162
76
Total
6.566
8.641
10.902
13.229
OTRAS PRESTACIONES
Este grupo comprende a prestaciones adicionales, que son consecuencia de la flexibilidad que permite el sistema de
pensiones, y cumple con las expectativas de los afiliados, garantizando de esta manera que los recursos acumulados
en sus Cuentas Individuales, siempre serán utilizados en su totalidad, tanto en beneficio del propio afiliado como en el
de sus derechohabientes.
Prestación
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
Totales
(Milllones
de Bs.)
Devolución de Aportes
Masa Hereditaria
Retiros Mínimos
Transferencia al TGN para PLUS
Retiros Temporales
507
17
5.555
123
0
133
157
5.079
7.088
0
29
334
13.553
1.287
0
0
987
74.608
3.294
0
0
1.508
61.559
591
0
73
2.042
48.339
812
0
0
3.588
50.403
35
370
0
3.370
60.751
52
602
0
3.764
74.180
0
1.547
743
15.769
394.026
13.283
2.519
Total Acumulado
6.203
12.457
15.203
78.889
63.658
51.267
54.397
64.774
79.492
426.341
F. ASPECTOS DE COBRANZA ADMINISTRATIVA
GESTIÓN DE COBRO
Desde el año 2001, fecha en la que el Ente Regulador norma la gestión de Cobro, se identifica la mora por las tipologías
de deuda y fases de cobranza (Administrativa y Judicial). El stock de mora en Cobranza Administrativa, tiene una tendencia
descendente por las gestiones de depuración y recuperación de mora realizadas, situación que al cierre de diciembre
de 2010, se traduce en el 4.65% (Bs. 11.75 millones), respecto al stock total de mora de Bs. 252.74 millones,
permaneciendo el restante 95.35% en gestión de Cobranza Judicial.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
35
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Evolución de Cartera por Tipo Gestión
Al 31 de Diciembre de 2010
(En %)
94.28%
75.63%
95.35%
91.34%
91.77%
87.63%
77.41%
69.22%
30.78%
66.76%
61.51%
33.24%
38.49%
24.37%
22.59%
12.37%
8.23%
5.72%
8.66%
4.65%
GESTION DE COBRANZA ADMINISTRATIVA
El 2001, el stock de de Cobranza Administrativa representaba el 94.28% de la mora total y al 31 de diciembre de 2010
alcanza un 4.65%, existiendo una disminución de más del 98% respecto al 2001 y, 46% respecto a la gestión 2009.
Lo que significa una disminución de Bs. 892.53 millones de la gestión 2001 a Bs. 11.75 millones al cierre de la gestión
2010.
Stock de Mora, en Cobranza
Administrativa
94.28%
75.63%
69.22%
66.76%
38.49%
22.59%
12.37%
8.23%
8.66%
4.65%
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
GESTIÓN
El stock de mora en Cobranza Administrativa al 31 de diciembre de 2010, respecto al Patrimonio del FCI que administra
Futuro de Bolivia, representa sólo el 0.07%.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
36
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Stock de Mora, respecto al Patrimonio,
en Cobranza Administrativa
30.28%
4.36%
2001
2002
4.05%
2003
3.50%
2004
1.56%
2005
0.60%
2006
0.14%
0.26%
2007
2008
0.15%
2009
0.07%
2010
GESTIÓN
Estos resultados son obtenidos por el control en el ingreso de la nueva mora y los procesos de recuperación en la gestión
2010, la que alcanzó a Bs. 101.4 millones, superior en 2.15% con respecto al 2009, situación que se traduce en el
cumplimiento de la planificación realizada para una adecuada gestión de cobro administrativa, la que concentra el
85.81% de la recuperación total.
Recuperación de Mora
Administrativa y Judicial
(En %)
90
83.96%
85.81%
80
70
60
50
40
30
16.04%
20
14.19%
10
0
2009
2010
Administrativa
Judicial
Como consecuencia de los 13 años de gestión de cobranza, desde el inicio del SSO hasta el 31 de diciembre de 2010,
es importante resaltar la generación de más 320.000 cartas de cobranza y que con la gestión directa del personal de
cobranzas de todas las sucursales, permitieron obtener los siguientes resultados:
-
Disminución de la mora en aproximada de Bs. 4.400 millones, por depuración.
Recuperación de Bs. 9.79 millones, por ochenta y un (81) Recargos.
Recuperación de Bs. 1.427 millones por mora.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
37
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
G. ASPECTOS DE COBRANZA JUDICIAL
Desde la suscripción del contrato de administración entre Futuro de Bolivia S.A. - AFP y el Estado Boliviano representado
por la entonces Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros (actualmente Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Pensiones), una de las actividades que ha tenido que desarrollar la AFP en virtud a los Artículos 23, 31 literal
d) y 33 de la Ley de Pensiones No. 1732, es la cobranza de los aportes en mora, así como el de los recargos, que es el
monto que tiene que pagar el empleador cuando por su incumplimiento en el pago de los aportes, el empleado quedó
sin cobertura por riesgo común o riesgo profesional. Esta cobranza se realiza mediante procesos judiciales ante los
Juzgados de Trabajo y Seguridad Social en los distintos distritos judiciales del país.
DIFICULTADES EN LA COBRANZA JUDICIAL
El problema principal en la cobranza judicial, radica en el procedimiento que se aplica a los Procesos Ejecutivos Sociales,
que permite una serie de acciones por parte de los deudores para evitar, entrabar o alargar la cobranza; y lamentablemente,
hasta la promulgación de la nueva Ley de Pensiones No. 065 en diciembre de 2010, no se emitieron normas tendientes
a mejorar el procedimiento de cobranza judicial, pese al conocimiento del órgano regulador de estas dificultades; lo
que ha originado la mora de los empleadores en etapa judicial.
Las Notas de Débito de acuerdo a normativa vigente emitida por las autoridades reguladoras, establece la presunción
de mora y la identificación de deudas presuntas cuando no se ha podido verificar e identificar esta deuda por falta de
información que el empleador está obligado a proporcionar, por lo que las AFPs deben iniciar procesos por deudas
presuntas, aspecto que contradice la “ejecutividad” de los procesos ejecutivos, considerando que estos procesos se
instauran ante Jueces en materia civil. Sin embargo la falta de antecedentes en la materia ha originado sentencias
declarando improbadas las demandas por la falta de suma líquida y exigible del título ejecutivo., a lo que se añade las
acciones dilatorias que oponen los empleadores para evitar el pago de sus contribuciones. Estas situaciones nos obligan
a utilizar todos los medios legales y procesales adicionales para lograr el cobro, sin embargo la inexperiencia y poco
conocimiento de los administradores de justicia, ha generado jurisprudencia desfavorable y perjudicial.
Otro aspecto que no se tomó en cuenta en la norma aplicable a los procesos ejecutivos sociales, es que estos pueden
ser objeto de revisión a través de un proceso ordinario, que debe ser interpuesto en el plazo de 6 meses, aspecto que
puede tornar inefectivo el proceso de cobranza y extender el plazo de recuperación por lo menos cinco años más.
Con el fin de recuperar estas deudas, no sólo se persigue el cobro a través del proceso ejecutivo social, sino que también
se han interpuesto acciones penales y tercerías de pago preferente dentro de los procesos laborales y civiles que les
siguen a las empresas deudores otros acreedores y trabajadores, tanto por deudas como por pago de beneficios sociales,
intentando así, por todos los medios recuperar algún monto para el SSO, agotando todas las instancias judiciales,
conscientes en algunos casos que, estas tercerías y gestiones podrías resultar infructuosas.
La mora se genera e incrementa mensualmente en el caso de empleadores que, si bien han desaparecido, cerrado, no
han dado de baja sus actividades formalmente, ni han comunicado esa situación, por lo que a veces se persigue el cobro
de deudas inexistentes a empresas desaparecidas por montos presuntos, calculados en función a ciertos conceptos de
deudas normados por el regulador, lo que genera que en muchos casos estos sean demasiado altos, como por ejemplo
la deuda presunta que se sigue generando para el Lloyd Aéreo Boliviano por planillas altas de personal inexistente,
situación que genera que el monto de mora reportada por la AFP sea excesivo e irreal.
ABOGADOS EXTERNOS
Al principio la cobranza judicial fue encargada a abogados externos, sin haber logrado resultados positivos. Posteriormente
este control a los abogados externos fue encomendado al Departamento Legal de nuestra empresa, sin embargo la falta
de control y seguimiento en los procesos originó que no se logren los objetivos esperados.
Posteriormente Futuro de Bolivia S.A.- AFP, decide que el departamento legal de la empresa tome el control y patrocinio
de todos los Procesos Judiciales Sociales en proceso, gestionándose la recuperación y otorgación de pases profesionales
de los juicios patrocinados por abogados externos. Fruto de esta gestión, de una cartera inicial de Bs. 27.981.083.97
en poder de los abogados externos, al 31 de diciembre de la gestión 2010, se ha recuperado Bs. 16.284.028.08
quedando un saldo por recuperar de Bs. 11.697.055.89.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
38
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
TOTAL DE PROCESOS JUDICIALES
al 31-12-10
Administración de Procesos de Cobranza
1. Administrada por la Gerencia Legal
2. Administrada por Abogados Externos
3. Procesos con Desistimiento y/o Concluidos
6.449
4.814
183
1.452
Actualización del Archivo General de Mora
5.819
Archivo de Expedientes Procesales
5.771
Recuperación de Procesos de Abog. Externos
1.053
H. ASPECTOS DE INVERSIONES
FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL (FCI)
Al 31 de diciembre de 2010, el portafolio del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un valor
equivalente a $us. 2.578.09 millones, los cuales se encuentran invertidos, de acuerdo a los límites establecidos en la
normativa legal vigente, en una diversidad de instrumentos financieros de distintos emisores del mercado de valores,
que son valorados conforme a la Norma Única de Valoración emitida por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros (actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones - AP). Esto permite diversificar el riesgo y
generar atractivos niveles de rendimiento.
El siguiente cuadro muestra la estructura del portafolio de inversiones del FCI:
FCI: Estructura de las Inversiones
(al 31-12-2010)
60%
49.60%
50%
40%
29.18%
30%
18.77%
20%
10%
0.23%
0.71%
1.51%
Recursos de
Alta Liquidez
Acciones de
Fondos de
Inversión
0%
Bonos y Letras
del TGN y BCB
Bonos
Municipales
Bonos de
Empresas
Comerciales y
Titularizados
DPFs y Bonos
de Instituciones
Financieras
FUENTE: Elaboración propia.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
39
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
En lo que se refiere a la rentabilidad, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP generó durante la gestión 2010
un indicador de Rentabilidad Nominal Anualizada (RNA) que fue en promedio superior en más del 1.2% al de la
competencia, a pesar de haber culminado el año en un nivel ligeramente menor.
De esta manera, la RNA del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un nivel del 8.02%, al 31 de
diciembre de 2010. Este indicador de rentabilidad es calculado diariamente, a partir de la normativa emitida al respecto
por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
- AP).
El siguiente cuadro permite observar la evolución de la RNA del FCI durante la gestión 2010:
FCI: Evolución de la RNA
(gestión 2010)
13%
12%
11%
10%
9%
8%
7%
6%
5%
4%
3%
2%
1%
0%
-1%
-2%
Futuro de Bolivia
feb-10
mar-10
abr-10
may-10
jun-10
jul-10
ago-10
sep-10
oct-10
nov-10
dic-10
10.61% 10.11%
ene-10
9.74%
9.97% 10.28%
9.67%
9.15%
8.71%
8.54%
8.44%
8.07%
8.02%
BBVA Previsión
8.56%
8.39%
7.65%
7.45%
8.14%
8.11%
8.04%
8.00%
8.01%
8.14%
8.10%
8.13%
Diferencia
2.05%
1.72%
2.09%
2.52%
2.14%
1.56%
1.11%
0.71%
0.53%
0.30%
-0.03%
-0.11%
Fuente: Elaboración propia en base a datos publicados por la AP.
En consecuencia, la rentabilidad acumulada del FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP continúa mostrando
niveles superiores a los generados por la competencia.
Al respecto, es importante mencionar que dadas las características del Sistema de Pensiones, que consiste en la
acumulación de ahorros en un horizonte temporal de muy largo plazo, es fundamental analizar la evolución de la
rentabilidad en un ámbito de tiempo similar.
Así, en los más de trece años de historia del nuevo sistema de pensiones de capitalización individual, al 31 de diciembre
de 2010 el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha generado una rentabilidad nominal anualizada acumulada
de 11.88%, mientras que el indicador correspondiente al FCI administrado por la competencia alcanza el 11.62%.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
40
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
El siguiente cuadro permite observar la evolución histórica de este indicador de rentabilidad:
FCI: Evolución de la Rentabilidad Acumulada*
17%
15.76%
16%
15.09%
14.61%
15%
15.23%
15.24%
14.31%
13%
13.25%
13.97%
14.71%
14.15%
13.79%
14.02%
12.52%
13.10%
13.34%
12.61%
12.78%
12.44%
12%
11%
14.50%
14.58%
14%
12.39%
12.33%
12.19%
12.20%
11.88%
11.90%
11.62%
11.16%
10%
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
AFP Futuro de Bolivia
2006
2007
2008
2009
2010
BBVA Previsión
Fuente: Elaboración propia en base a datos publicados por la AP.
* Calculada como la variación porcentual anualizada del Valor Cuota del FCI al cierre de cada gestión, respecto del dato observado al 1°
de junio de 1997 (Bs.100)
Es importante resaltar que estos niveles de rentabilidad fueron obtenidos sobre la base de un portafolio de inversiones
con similares características y restricciones que el de la competencia.
Al respecto, el siguiente gráfico permite comparar los portafolios de inversión del FCI en el caso de ambas AFPs, en
función de su concentración por calificación de riesgo crediticio, al 31 de diciembre de 2010:
FCI: Estructura de las Inversiones por Calificación de Riesgo
(al 31-12-2010)
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
Futuro de Bolivia
BBVA Previsión
SOB
AAA
AA1
AA2
AA3
49.60%
63.08%
9.11%
4.42%
0.30%
0.21%
5.64% 28.08%
3.21% 25.19%
A1
A2
A3
BBB1
BBB3
C
D
Liquidez
2.32%
0.54%
0.69%
0.67%
0.03%
0.05%
0.15%
0.14%
3.07%
0.00%
0.20%
0.19%
0.16%
0.14%
0.71%
2.15%
Fuente: Elaboración propia en base a la distribución por emisor del portafolio de inversiones del FCI,
publicada por la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
41
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Cabe recordar que la rentabilidad de un portafolio no significa nada por sí sola; ésta siempre debe ser analizada con
relación a su riesgo. Al respecto, existe una infinidad de factores de riesgo, mismos que deben ser analizados y
comprendidos antes de realizar cualquier inversión.
La medida de riesgo mayormente utilizada y aceptada en el mundo de las finanzas es la desviación estándar de la
rentabilidad del portafolio, ya que esta captura, en sí misma, las variaciones de rendimiento que se explican por los
distintos tipos de riesgo a los que se exponen las inversiones (riesgo crediticio, riesgo de tasa de interés, riesgo de
mercado, riesgo de contraparte, riesgo cambiario, riesgo de descalce, riesgo de eventos, riesgo de liquidez, etc.), a
diferencia de otras medidas utilizadas, que por lo general tienden a concentrase en algún riesgo específico, dejando
de lado los demás (por ejemplo, la calificación de riesgo se concentra específicamente en el riesgo crediticio).
La interpretación de esta útil medida es que en la medida que la desviación estándar de la rentabilidad de un portafolio
sea menor, tanto menores son los niveles de riesgo a los que se encuentra expuesto el mismo.
Al respecto, el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha mostrado sistemáticamente una menor desviación
estándar que la competencia, durante los más de trece años de su existencia, lo que permite concluir que la gestión
de inversiones de Futuro de Bolivia S.A. - AFP es la más eficiente del Sistema de Pensiones, ya que muestra mayores
niveles de rentabilidad históricos, asociados a menores niveles de riesgo.
El siguiente gráfico permite comparar la evolución histórica de este indicador de riesgo:
Evolución de la Desviación Estándar de la Rentabilidad
Diaria del FCI*
35%
33.67%
30.54%
29.12%
30%
28.05%
26.43%
24.96%
25%
23.22%
17.72%
21.10%
16.95%
22.72%
24.20%
22.13%
21.32%
21.35%
20%
15%
24.30%
18.95%
20.51%
19.02%
19.52% 19.49%
18.71%
17.60%
18.28% 18.07%
17.70% 17.76%
15.67%
10%
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
AFP Futuro de Bolivia
2005
2006
2007
2008
2009
BBVA Previsión
Fuente: Elaboración propia en base a datos publicados por la AP.
* Calculado como la desviación estándar de la rentabilidad diaria del Valor Cuota del FCI,
en el período comprendido entre el 1ª de junio de 1997 y el cierre de cada gestión.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
42
2010
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
FONDO DE CAPITALIZACIÓN COLECTIVA (FCC)
Al 31 de diciembre del 2010, el portafolio del FCC administrado por Futuro de Bolivia S.A. - AFP alcanzó un valor de
$us. 44.22 millones, monto que se encuentra diversificado entre las acciones de las distintas empresas capitalizadas
que continúan formando parte del mismo, además de las inversiones en el FCI y los recursos de alta liquidez respectivos.
Dichas acciones son valoradas al precio de adjudicación producto del proceso de capitalización, conforme lo establece
la normativa legal en vigencia. El siguiente gráfico muestra la composición del portafolio de inversiones del FCC:
FCC: Estructura del Portafolio
(al 31-12-2010)
Empresa
Ferroviaria
Andina S.A.
14.96%
Lloyd Aéreo
Boliviano
52.21%
Ferroviaria
Oriental S.A.
29.18%
Cuotas del FCI
3.15%
Liquidez
0.50%
FUENTE: Elaboración propia.
Asimismo, el siguiente gráfico permite apreciar la evolución histórica de los dividendos percibidos por el FCC administrado
por Futuro de Bolivia S.A. - AFP:
FCC: Evolución de los Dividendos Percibidos ($us. MM)
120
114.20
100
80
60
43.85
40
19.18
22.37
17.57
20
51.64
29.62
23.99
13.98
15.29
25.17
0
1998
21.77
1999
2000
2001
2002
4.61
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
* Nota: La gestión 2005 incluye la reducción de capital de Entel S.A., por $us. 87.1 MM.
Fuente: Elaboración propia
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
43
2010
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
DIRECTORES Y SÍNDICOS / EMPRESAS CAPITALIZADAS
Directores y Síndicos nominados a propuesta de Futuro de Bolivia S.A. - AFP en las empresas capitalizadas cuyas acciones
forman parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), al 31 de diciembre de 2010:
Empresa
Cargo
Nombre
FERROVIARIA ORIENTAL S.A.
Director Titular
Director Suplente
Kathya Vaca Diez de Cortez
Ramiro Cavero Uriona
FERROVIARIA ANDINA S.A.
Director Titular
Director Suplente
Síndico Titular
Síndico Suplente
Gerardo Velasco Téllez
(Vacante)
Pablo Chacón Loayza
(Vacante)
LLOYD AÉREO BOLIVIANO S.A.
Director Titular
Director Suplente
Carlos Cortez Cortez
(Vacante)
I. ASPECTOS DE RECURSOS HUMANOS
Dentro de los lineamientos estratégicos para recursos humanos, Futuro de Bolivia S.A. - AFP está trabajando en promover
una cultura basada en el rendimiento de su personal, mediante la asignación de objetivos y competencias personales
a todos los colaboradores, así como la medición de los resultados obtenidos, de manera que, sobre la base de esta
información cuantitativa, se puedan aplicar mejores políticas de remuneración y ofrecer mayores oportunidades de
desarrollo laboral.
Desde la gestión 2008 se han desarrollado distintas acciones para impulsar la cultura del desempeño, la fijación de
objetivos es responsabilidad coordinada del colaborador y su inmediato superior en función a los lineamientos estratégicos
definidos por la alta gerencia. En el transcurso del año se impulsa un proceso de seguimiento donde el colaborador
debe reunirse y evaluar periódicamente el avance de los objetivos y competencias fomentando la retroalimentación de
ambas partes.
Al final de la gestión se concluye la evaluación de desempeño con una calificación sobre los resultados obtenidos y una
valoración sobre las competencias demostradas en la gestión, aspecto que garantiza el crecimiento personal y profesional
del colaborador que se refleja en la redacción de un plan de acción individual en los casos que sea necesario.
Todo el proceso de evaluación de desempeño se realiza a través de un sistema informático en línea, lo que garantiza la
transparencia del mismo.
El área de Recursos Humanos asume un rol importante en este proceso ya que durante todo el año impulsa con acciones
comunicativas el desarrollo y cumplimiento de estas actividades, adicionalmente provee de capacitación tanto a líderes
como colaboradores para garantizar que las acciones de desarrollo identificadas puedan concretarse en el tiempo.
Los objetivos que persigue este proceso son:
I.
Implementar herramientas que contribuyan al desarrollo profesional y personal de los colaboradores.
II.
Asegurar que cada persona en Futuro de Bolivia S.A. - AFP contribuya a alcanzar los objetivos de la empresa.
III.
Evitar que existan objetivos contrapuestos.
IV.
Incrementar el compromiso de todas las personas que trabajan en la AFP.
V.
Facilitar el análisis del desempeño frecuente y la retroalimentación entre jefes y colaboradores.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
44
INFORME DE GESTIÓN
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
J. ASPECTOS DE ARCHIVO CENTRAL
El archivo central se encarga de la custodia y administración de la documentación del fondo de capitalización individual.
Por la alta confidencialidad y vital importancia de esta documentación para la administración del sistema, Futuro de
Bolivia S.A. - AFP ha decidido administrar este archivo central de manera directa, obviando cualquier evaluación económica
en contra de esta decisión.
La función principal del archivo central es de resguardar la documentación recibida o procesada de los afiliados, debido
a la alta prioridad para el sistema de pensiones y la empresa.
El archivo central tiene establecido un servicio de atención a las diferentes áreas y regionales de la empresa, garantizando
que los documentos retornen al punto de custodia.
Para ello, Futuro de Bolivia S.A. - AFP, ha implementado criterios básicos en cuanto a esta documentación, los mismos
se resumen:
I.
Resguardo de la documentación con personal exclusivo de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, de manera de atender
oportuna y eficazmente ante un requerimiento de documentación por parte de los propios afiliados o instituciones
de fiscalización, para este cometido los expedientes se encuentran debidamente identificados y resguardados
de forma eficiente.
II.
Sistema informático de control, que permite un control adecuado y un seguimiento de cada uno de los documentos
de los afiliados. Es así que a través de los sistemas identificados como “Módulo de Inventario” y “Módulo de
Documentación”, se puede inventariar y/o registrar toda la documentación que ingresa a archivo, la misma que
previamente es clasificada, resultado que permite realizar una identificación inmediata, permite un control eficiente
de la documentación que es facilitada a las diferentes áreas. De esta manera no existe ningún proceso manual
entre estos requerimientos.
III.
Digitalización de la documentación, permite cumplir con disposiciones de la normativa vigente, que exige que
la documentación de la carpeta de afiliación o registro de cada uno de los afiliados, así como los que tuvieron
un proceso de traspasos se encuentran plenamente digitilizados en nuestro sistema. Proceso que permite al
Archivo Central, no manipular esta documentación, ya que siendo que las regionales están conectadas en línea,
son ellos quienes pueden generar este documento en cada regional, evitando así también tiempos de atención
adicionales en Archivo Central.
IV.
Control por usuario y permisos de dueños de información. El sistema permite identificar a usuarios autorizados
por los dueños de información o áreas responsables de estos trámites, además el sistema permite realizar un
seguimiento por usuario solicitante del trámite, la fecha en la que se le autorizó la entrega de la documentación,
la fecha en la que devolvió y el estado en el que se encuentra al momento de la revisión.
V.
Unificación de documentación, que permita contar con un expediente único por cada afiliado.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
45
INFORME
DE LA
COMISIÓN
FISCALIZADORA
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
La Paz,10 de marzo de 2011
A los señores accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A.
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
LA PAZ
REF: INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA - GESTIÓN 2010
Señores accionistas:
De acuerdo con los artículos 335 y 337 del Código de Comercio y del artículo 65 de los Estatutos de Futuro de Bolivia
S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones (“la Sociedad”), la Comisión Fiscalizadora informa a los señores Accionistas
sobre algunos aspectos destacables acerca de las actividades que han sido desarrolladas por la sociedad durante la
gestión 2010.
1.- MEMORIA ANUAL.- Registra indicadores que demuestran todo cuanto ha sido posible lograr durante la gestión
2010 gracias a la labor de supervisión y control interno por parte de los ejecutivos y, el buen desempeño profesional y
de apoyo permanente del personal, en todas las áreas. La explicación que hace la memoria anual sobre las cifras
registradas en el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de
Fondos de Pensiones, guarda relación con aspectos macroeconómicos, financieros, comerciales, operativos y de inversiones
con resultados favorables, que no ha sido fácil de lograr, teniendo en cuenta que la empresa ha tenido que dirigir su
accionar a la revisión y análisis de cuanto debía contener el texto de la nueva Ley de Pensiones que se encontraba en
revisión por parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional que, finalmente, fue promulgada el 10 de diciembre de 2010.
No obstante, el trabajo realizado cumple, en buena medida, con lo que se había proyectado, mostrando resultados,
aunque no en los importes de gestiones pasadas, pero que, consideramos satisfactorios en beneficio de los afiliados y
usuarios y también, de los señores Accionistas de la Sociedad.
2.- DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE.- Hemos revisado el Dictamen del Auditor Independiente, cuya opinión
sobre las Notas a los Estados Financieros, Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas, Estado de Cambios en el
Patrimonio, Cambios en la Situación Financiera de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, por
la gestión terminada al 31 de Diciembre de 2010, es en sentido de que, dichos estados, presentan razonablemente,
en todo aspecto significativo, una situación Patrimonial y Financiera acorde con Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados en Bolivia y Normas Contables, emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de
Bolivia.
3.- REUNIONES DE DIRECTORIO Y JUNTA DE ACCIONISTAS.- En sujeción a los artículos del Código de Comercio y
los Estatutos de la Sociedad, como Comisión Fiscalizadora, hemos llevado a cabo revisiones mensuales de partidas
relevantes; hemos asistido a las reuniones de Directorio y Juntas Ordinarias de Accionistas, hemos emitido nuestra
opinión como aporte en el tratamiento de casos generales y otros específicos, en estrecha relación con las actividades
inherentes al desarrollo de la Sociedad.
4.- FIANZAS DE DIRECTORES Y SÍNDICOS.- Para la gestión 2010, como en las anteriores, corresponde informar que
la Sociedad, mediante convenio con Compañías Aseguradoras locales, ha contratado una cobertura global de Fianza
en favor de los Directores y Síndicos, titulares y suplentes, de Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de
Pensiones.
5.- LICENCIAS DE SOFTWARE.- Al 31 de diciembre de 2010, los cargos diferidos incluyen Licencias de Software, las
mismas que se amortizan en un período de cuatro años mientras se sigan utilizando en el desarrollo de las actividades
de la Sociedad.
6.- VARIOS.- En este punto podemos hacer mención a diversos casos que, durante la gestión enero - diciembre 2010,
los Ejecutivos de la Sociedad han hecho un seguimiento de partidas de acreencias.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
48
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Lloyd Aéreo Boliviano (LAB):
Al margen de los problemas legales que viene encarando el LAB desde tiempo atrás para definir su estatus empresarial,
Futuro de Bolivia S.A. - AFP, actuó permanentemente de forma diligente y responsable en representación del Fondo de
Capitalización Colectiva (FCC) que administra, enmarcada siempre en el estricto cumplimiento de la normativa legal
vigente, habiéndose realizado el seguimiento respectivo y presentado los recursos de ley en los casos pertinentes.
América Textil S.A.:
La Sociedad ha puesto en conocimiento que debido a su débil ejecución de flujos de caja, América Textil S.A., ha
propuesto a la Junta de Acreedores una nueva reestructuración, que considera la escisión de los activos correspondientes
al negocio de Hilandería junto a los pasivos correspondientes a los Bonos Ametex. De esta manera, la nueva deudora
sería HILANDERA (empresa a crearse), que goza de mejores perspectivas en cuanto a la generación de flujo de caja.
Adicionalmente los Tenedores de Bonos obtendrían el beneficio de la garantía real de los activos de HILANDERA. Sin
embargo, esta propuesta, por dispensa otorgada a Ametex, debería ser aprobada hasta enero 31 de 2011, lo que
significa que, cualquier acuerdo final sobre esta partida, tendría su incidencia real en el desempeño del FCI durante la
gestión 2011.
Ley de Pensiones:
La nueva Ley de Pensiones (Nº 065 de 10 de diciembre 2010) obedece al mandato de la Constitución Política del Estado
Plurinacional, mediante el cual la seguridad social debe ser dirigida y administrada por el Estado, con control y participación
social (art. 45), no pudiendo ser privatizada ni concesionada. Establece un período de transición hasta el inicio de
actividades de la Nueva Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, definida como Empresa Pública Nacional
estratégica, de derecho público y de duración indefinida, bajo la tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Sin embargo de lo cual, al amparo de la normativa vigente y lo que se vaya a reglamentar, las AFPs seguirán realizando
todas las operaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado boliviano en
el marco de la Ley 1732 de Pensiones, Decretos Supremos y normativa reguladora reglamentaria, así como lo dispuesto
en la Ley 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones
y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el período de transición.
(art. 177, puntos I a VII), y Decreto Supremo Nº 778 de 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la
Ley de Pensiones 065.
La cobranza ha sido modificada a partir de la nueva Ley de Pensiones, con mecanismos que se espera mejorarán los
procedimientos judiciales para las gestiones de cobranza, aplicables únicamente a partir de su promulgación, sin tener
carácter retroactivo.
Existen asuntos que la Sociedad ha venido manejando durante la gestión 2010, como son los casos que, en el Informe
de Gestión, están ampliamente explicados y se relacionan con:
UPEA (Universidad Pública El Alto):
La Sociedad ha tomado conocimiento de una acción penal (querella) iniciada por el Sr. Mario Virreira Iporre, ex Rector
de la Universidad Pública de El Alto (UPEA) en contra de ejecutivos de la AFP, por supuestos delitos de falsedad material
e intelectual, entre otros, a partir de lo cual tanto el Gerente General como la Gerente de la Sucursal de La Paz tuvieron
que prestar sus declaraciones informativas. A la fecha, luego de la presentación de los recursos de ley, y habiéndose
llegado a una conciliación de pagos en exceso final con la UPEA y el Sr. Mario Virreira Iporre con la suscripción de un
documento de devolución de estos pagos en exceso de acuerdo al procedimiento aplicable, por lo que se ha suscrito
el desistimiento entre las partes, con cuyo documento corresponde solicitar el sobreseimiento definitivo.
Adecuación y Contingencias:
Por otra parte, considerando estas nuevas disposiciones la administración de la AFP ha preparado un plan de adecuación
para la transición (adecuación de sistemas, modificación de sistemas informáticos, contratación de personal para afrontar
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
49
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
los nuevos servicios, y realización de campañas comunicacionales para informar sobre el alcance y características de la
nueva Ley de Pensiones) durante la gestión 2011, incluyendo un plan de contingencias que, hasta el 31 de diciembre
de 2010, se ha cumplido según los alcances que habrían sido estimados.
Finalmente, a los efectos de la preparación de este informe, hemos acudido a la documentación apropiada, la misma
que nos ha sido facilitada en todas las circunstancias requeridas y, luego de las revisiones, no encontramos puntos a
los cuales hacer alguna observación. Coincidimos con el Dictamen y la opinión del Auditor Externo Independiente, y
en razón de ello, recomendamos a los señores Accionistas, dar su aprobación al Balance General y Estado de Resultados,
así como a las Notas a los Estados Financieros de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, como también de los Fondos que administra:
Capitalización Colectiva (FCC); Capitalización Individual (FCI) y de todo cuanto se expone en las Cuentas de Siniestralidad,
Riesgo Profesional, Riesgo Laboral, Mensualidad Vitalicia Variable y Cuenta Básica Previsional. Todos ellos referidos con
el desarrollo de las actividades de la Sociedad durante la gestión 2010.
COMISIÓN FISCALIZADORA
Samuel Castellón A.
Síndico
Jaime Muñoz - Reyes G.
Síndico
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
50
ESTADOS
FINANCIEROS
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
BALANCE GENERAL
ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs.
$us.
DEG
UFV
AP
= Boliviano
= Dólar Americano
= Derechos Especiales de Giro
= Unidad de Fomento a la Vivienda
= Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones
52
53
54
55
56
57
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ernst & Young Ltda.
Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
Edif. Torre Azul - Piso 16
La Paz - Bolivia
Tel. 591-2-243 4313
Fax: 591-2-214 0937
www.ey.com
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado los balances generales de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes estados de ganancias y pérdidas, de cambios en el
patrimonio neto y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las notas 1 a 15 que
se acompañan. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Sociedad. Nuestra responsabilidad
es expresar una opinión sobre los mismos basados en nuestras auditorías.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye
examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones incluidas en los estados
financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones
significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados
en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todo aspecto
significativo, la situación patrimonial y financiera de FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los resultados de sus operaciones, los cambios en su patrimonio
neto y los flujos de efectivo, por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables emitidas
por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia.
4. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han sido preparados
considerando que la Sociedad continuará como empresa en marcha. Como se menciona en la Nota 14, e) a los
estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, la administración del sistema integral de pensiones
estará a cargo de una Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo para lo cual se definirá, mediante un
Decreto Supremo, un periodo de transición para el inicio de sus operaciones. Las Administradoras de Fondos de
Pensiones deberán continuar realizando todas las obligaciones descritas en los contratos suscritos con la ex
Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, sin embargo, finalizado
el periodo de transición dichos contratos quedarán resueltos. Esta nueva normativa, genera la existencia de una
incertidumbre material, en relación a la capacidad de la sociedad para continuar como una empresa en marcha. Los
estados financieros que se acompañan no incluyen ningún ajuste adicional que pudiera resultar de la resolución de
esta incertidumbre.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
52
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
Nota
2010
Bs.
2009
Bs.
5a)
5b)
5c)
5d)
6.476.195
43.781.295
33.452.717
201.181
2.207.908
62.597.237
18.135.440
119.725
83.911.388
83.060.310
247.758
5.962.180
776.602
6.986.540
248.829
6.273.910
1.186.834
7.709.573
90.897.928
90.769.883
5l)
18.060.801.700
15.128.304.361
5h)
5i)
5j)
5k)
506.071
8.810.780
1.493.469
24.764.629
570.182
9.899.101
1.357.848
15.246.838
35.574.949
27.073.969
3.908.774
2.998.352
39.483.723
30.072.321
23.000.000
11.500.000
2.573.776
23.000.000
10.419.412
2.573.776
Resultados acumulados
Total patrimonio neto
14.340.429
51.414.205
24.704.374
60.697.562
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO
90.897.928
90.769.883
18.060.801.700
15.128.304.361
ACTIVO
Activo corriente
Disponibilidades
Inversiones temporarias
Cuentas por cobrar
Pagos anticipados
Total activo corriente
Activo no corriente
Inversiones permanentes
Bienes de uso
Otros activos
Total activo no corriente
5e)
5f)
5g)
TOTAL ACTIVO
CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS
PASIVO Y PATRIMONIO NETO
Pasivo corriente
Cuentas por pagar comerciales
Cuentas por pagar fiscales y sociales
Provisiones y previsiones
Otros pasivos corrientes
Total pasivo corriente
Pasivo no corriente
Previsión para beneficios sociales
5j)
TOTAL PASIVO
PATRIMONIO NETO
Capital social
Reserva legal
Ajuste global del patrimonio
6
7
8
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
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ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
2010
Bs.
Nota
Ingresos operativos
5m)
2009
Bs.
76.111.711
73.295.674
1.841.189
2.488.960
Total ingresos
77.952.900
75.784.634
Gastos financieros
Gastos de administración
Otros gastos operativos
Diferencias de cambio y mantenimiento de valor
251.753
56.544.971
3.222.693
(394.020)
430.654
46.845.627
3.171.636
(2.293.955)
59.625.397
48.153.962
18.327.503
(4.630.142)
27.630.672
(5.927.999)
13.697.361
21.702.673
634.144
2.233.669
14.331.505
23.936.342
8.924
768.032
14.340.429
24.704.374
Ingresos financieros
3.2 y 3.3. a)
Total gastos
Resultado de operaciones neto antes del IUE
Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas - IUE
3.3j)
Resultado de operaciones neto después del IUE
Ingresos extraordinarios
11
Ganancia de la gestión
Ingresos de gestiones anteriores
12
Ganancia neta del ejercicio
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ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
2010
Bs.
2009
Bs.
Flujo de fondos originado en actividades de operación
Ganancia neta del ejercicio
Más (menos): Cargos (Abonos) a resultados
que no generan flujo de fondos:
14.340.429
24.704.374
(794.311)
1.115.372
1.514.635
845.442
278.474
1.071
4.630.143
(686.372)
998.189
1.156.930
111.521
1.104.361
347.805
5.927.999
21.931.255
33.664.807
9.453.680
(604.213)
(9.113.658)
(11.922.083)
(81.456)
(979.751)
1.506.686
(1.034.023)
(13.419.650)
8.235.023
(21.046)
(980.022)
8.683.774
27.951.775
(533.712)
131.758
19.610.253
(456.516)
(210.913)
1.093.270
19.208.299
425.841
(23.623.786)
(28.412.550)
(23.623.786)
(28.412.550)
(Disminución) Aumento neto de fondos
4.268.287
(34.934)
Disponibilidades al inicio del ejercicio
2.207.908
2.242.842
Disponibilidades al cierre del ejercicio
6.476.195
2.207.908
Pérdida (ganancia) por valuación
Provisión para primas
Previsión para beneficios sociales
Previsión por desvalorización inversiones permanentes
Depreciación del activo fijo
Amortización de cargos diferidos
Diferencia por actualización
Impuesto a las Utilidades de Empresas
Cambios en activos y pasivos:
Incremento (Disminución) en cuentas por
pagar comerciales y otros pasivos
Pago de beneficios sociales
Disminución en cuentas por pagar fiscales y sociales
Disminución (Incremento) neto en cuentas por cobrar
Disminución (Incremento) en pagos anticipados
Pago de Provisiones y Previsiones
Total flujo de fondos originado en actividades de operación
Flujo de fondos aplicado en actividades de inversión
Incremento neto en bienes de uso
Incremento neto en cargos diferidos
Disminución (Incremento) en inversiones temporarias
Total flujo de fondos originado (aplicado)
en actividades de inversión
Distribución de dividendos
Total flujo de fondos aplicado en actividades de financiación
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
Capital
social
Saldos al 31 de diciembre de 2008
Ajuste
global del
patrimonio
Reserva
legal
Resultados
acumulados
Total
Bs.
23.000.000
8.924.015
2.573.776
29.907.947
64.405.738
Constitución de reserva legal equivalente
al 5% de la utilidad retenida de la gestión
2008 de acuerdo con la resolución emitida
por la Junta General Ordinaria de Accionistas
celebrada el 9 de marzo de 2009.
-
1.495.397
-
(1.495.397)
-
Distribución de utilidades de acuerdo con
la resolución emitida por la Junta General
Ordinaria de Accionistas celebrada el 9 de
marzo de 2009.
-
-
-
(28.412.550)
(28.412.550)
Ganancia neta del ejercicio
-
-
-
24.704.374
24.704.374
23.000.000
10.419.41
2.573.77
24.704.374
60.697.562
Constitución de reserva legal equivalente
al 5% de la utilidad retenida de la gestión
2009 de acuerdo con la resolución emitida
por la Junta General Ordinaria de Accionistas
celebrada el 19 de marzo de 2010.
-
1.080.588
(1.080.588)
-
Distribución de utilidades de acuerdo con la
resolución celebrada el 19 de marzo de 2010.
-
-
-
(23.623.786)
(23.623.786)
Ganancia neta del ejercicio
-
-
-
14.340.429
14.340.429
23.000.000
11.500.000
2.573.776
14.340.429
51.414.205
Saldos al 31 de diciembre de 2009
Saldos al 31 de diciembre de 2010
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - CONSTITUCIÓN Y OBJETO
La Sociedad fue constituida en la ciudad de La Paz en fecha 12 de febrero de 1997, según Testimonio de la escritura
pública de constitución N° 075/97, estableciéndose como domicilio principal de la Sociedad la ciudad de La Paz.
El funcionamiento de la Sociedad fue autorizado mediante Resolución Administrativa N° 02-09518/97 de fecha 28 de
febrero de 1997, otorgada por la Dirección General del Registro de Comercio y Sociedades por Acciones.
Mediante Resolución SP 002/97 de 30 de abril de 1997, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones,
otorgó la licencia de funcionamiento a la Sociedad.
El objeto social definido en los estatutos de la sociedad es:
a) Administrar y representar a los fondos de pensiones conforme a la Ley.
b) Cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre
de 1996), y sus reglamentos.
c) Contratar servicios necesarios para la realización de sus actividades
d) Invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos valores, de sistemas computarizados,
de procesamiento de planillas de recaudación cobro de mora y pago de prestaciones del seguro social obligatorio
de largo plazo bajo su responsabilidad y similares.
e) Ofertar mensualidades vitalicias variables a los afiliados de los fondos que administre y sus derechohabientes, cuando
legalmente corresponda.
f) Cobrar las comisiones en la medida autorizada legalmente, como remuneración por los servicios de administración
de fondos y en general, realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones, negocios, negociaciones, gestiones
y similares.
Asimismo, en fecha 22 de abril de 1999, la Sociedad suscribió un Contrato de Modificación, enmienda y complementación
del contrato inicial para la prestación de servicios por una administradora de fondos de pensiones, con la Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones (ex-Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros), el cual incorpora
nuevas obligaciones y derechos a las AFPs, resultado de la promulgación de la Ley de Propiedad y Crédito Popular. Por
ello, se han incluido nuevos objetos los cuales son: cumplir con las obligaciones determinadas en la Ley de Pensiones y
sus reglamentos; cumplir con las siguientes obligaciones determinadas en la Ley de Propiedad y Crédito Popular:
Administración de los certificados fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que participan en la cuenta de acciones
populares (CAP), constituido en un valor denominado Acción Popular (AP), Administración de los certificados fiduciarios
de los ciudadanos bolivianos que se encuentran registrados en la cuenta solidaria para la otorgación de beneficios, y
recaudar y administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo al reglamento específico emitido por
el poder ejecutivo.
Los fondos de pensiones y las cuentas establecidas por la Ley de Pensiones, y su decreto reglamentario, y administrados
por la Sociedad son los siguientes:
a)
Fondo de Capitalización Individual (FCI)
Es el Fondo compuesto por las Cuentas Individuales, Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta de
Siniestralidad y Cuenta de Riesgo Profesional, y los recursos provenientes de dividendos o venta de acciones del
Fondo de Capitalización Colectiva.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
57
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
b)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Fondo de Capitalización Colectiva (FCC)
Es el Fondo conformado con los recursos constituidos en fideicomiso, provenientes de las acciones anteriormente
propiedad del Estado a través de la participación en sociedades de economía mixta, que al ser capitalizadas
fueron transferidas a título gratuito en beneficio de los ciudadanos bolivianos residentes en el país, que al 31
de diciembre de 1995 hubieran alcanzado la mayoría de edad, de conformidad con el Artículo 7 de la Ley 1544
de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización) y Ley de Propiedad y Crédito Popular N° 1864 de 15 de junio
de 1998.
Al respecto, en fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta
Dignidad) N° 3791, que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol
N° 2427. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 24900, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de
Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago
del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que el beneficio del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo
de Capitalización Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2007.
c)
Cuenta de Siniestralidad
Son los recursos provenientes de las Primas para la cobertura de Riesgo Común que conforman una cuenta en
el FCI, durante el periodo en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los
recursos administrados a las Entidades Aseguradoras para la cobertura de estos riesgos.
d)
Cuenta de Riesgo Profesional
Son los recursos provenientes de las Primas para la cobertura del Riesgo Profesional que conforman una cuenta
en el FCI, durante el período en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los
recursos administrados a las Entidades Aseguradoras para la cobertura de estos riesgos.
e)
Cuenta de Riesgo Laboral
Son los recursos provenientes de las Primas para la cobertura del Riesgo Laboral que conforman una cuenta en
el FCI, durante el periodo en que las Administradoras de Fondos de Pensiones no transfieren el saldo de los
recursos administrados a las Entidades Aseguradoras para la cobertura de estos riesgos.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre de 1996 y en la Ley de
Reactivación Económica N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones ha dispuesto la transferencia de las coberturas por riesgo común y profesional, desde
las Administradoras de Fondos de Pensiones a entidades aseguradoras adjudicatarias mediante Licitación Pública
Internacional.
Producto de la mencionada licitación, en fecha 1° de noviembre de 2001, las administradoras han firmado un
contrato de seguro (pólizas de seguro) con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de
prestación de servicios con Seguros Provida S.A., con una participación de mercado de 75% y 25%, respectivamente.
En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone:
que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo
Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma
transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Se
determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFPs, el 1 de noviembre de 2006.
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58
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
f)
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable
Son los recursos provenientes del Capital Acumulado a ser transferido por todos aquellos afiliados, o sus derecho
habientes cuando corresponda, que opten por la modalidad de la prestación de jubilación de Mensualidades
Vitalicias Variables. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la cuenta presenta un saldo para el pago de este beneficio
de Bs. 598.478.857 y Bs. 421.073.858, respectivamente.
g)
Fondo de Renta Universal de Vejez
El Fondo de Renta Universal de Vejez, para todos los efectos se constituye en Fideicomiso, tiene por objeto
financiar la Renta Dignidad y los Gastos Funerales, este fondo se encuentra financiado por:
a) El 30% de todos los recursos percibidos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), de las Prefecturas,
Municipios, Fondo Indígena y Tesoro General de la Nacional a partir del 1 de enero de 2008.
b) Los dividendos de las empresas públicas capitalizadas, generados a partir de la gestión 2008, en la proporción
accionaría que corresponde a los bolivianos.
La Renta Dignidad es el beneficio a favor de todos los bolivianos, que consiste en pagos vitalicios no heredables.
Son beneficiarios de la Renta Dignidad, con el 100% del pago cuyo monto será Bs. 2.400, todos los bolivianos
que cumplan 60 años o más que no perciban renta o pensión en calidad de titular o derechohabiente del
sistema de seguridad social de largo plazo, ni remuneración contemplada en el Presupuesto General de la
Nación.
Los Gastos Funerales, es el beneficio que otorga el Fondo de Renta Universal de Vejez, que se paga en efectivo,
por una sola vez, a la persona que acredite haber efectuado el pago del funeral de un beneficiario de la Renta
Dignidad, que cumpla con los requisitos establecidos para el pago de Renta Dignidad a la fecha de fallecimiento,
y que no le corresponda el pago de gastos Funerarios financiado por el Seguro Social Obligatorio de Largo
Plazo. El monto establecido será pagado en Bolivianos y por una sola vez. Durante los 3 primeros años será
de Bs. 1.800, vencidos los cuales, el monto será definido por el Ministerio de Finanzas.
h)
Cuenta Básica Previsional
La Cuenta Básica Previsional, es administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones como parte de
Fondo de Capitalización Individual.
La Cuenta Básica Previsional, conforme determina la Ley No. 3785 de 23 de noviembre de 2007, es un patrimonio
autónomo y diverso del patrimonio de la Administradora de Fondos de Pensiones, indiviso, imprescriptible e
inafectable por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo puede utilizarse para pagar la
Fracción Complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión
Mínima.
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Resolución Administrativa 198 de 27
de febrero de 2008 instruye a Las Administradoras de Fondos de Pensiones, que en un plazo no mayor a diez
(10) días hábiles a partir de la publicación del Decreto Supremo N° 29423 de 16 de enero de 2008, en cumplimiento
a la Ley N° 3785 de 23 de noviembre de 2007, realizarán la transferencia de los siguientes recursos a la cuenta
Básica Provisional:
a) $us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 Dólares Americanos) provenientes de la Cuenta de Siniestralidad
por única vez.
b) $us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 Dólares Americanos) provenientes de la Cuenta de Riesgos Profesionales
por única vez.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
59
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
c) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Común.
d) Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes.
e) Diez por ciento (10%) de la diferencia entre el Total Ganado menos sesenta (60) salarios mínimos nacionales,
cuando la diferencia sea positiva.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán transferir el monto correspondiente a los porcentajes
establecidos de todas las primas pagadas y acreditadas hasta el último día hábil administrativo del mes siguiente
al que corresponda el pago, desde el periodo de diciembre 2007.
Estas transferencias serán la fuente de financiamiento de la Cuenta Básica Previsional, para el pago de la Pensión
Mínima.
La Pensión Mínima es la prestación semicontributiva pagada por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a
los titulares que cumplan los requisitos establecidos para el efecto, y a su fallecimiento a sus derechohabientes
hasta el segundo grado, en las proporciones que les corresponda según normativa.
La Pensión Mínima está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta
Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una
fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión Mínima.
El Decreto Supremo No. 29894 aprobado en fecha 7 de febrero de 2009 instituye la nueva estructura organizativa
del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de Bolivia. Este Decreto Supremo en su Título X, Capítulo I. declara
la Extinción de las Superintendencias, indicando en el Artículo 137 que las atribuciones en materia de control y
supervisión de los sistemas de pensiones serán transferidas a una Autoridad Reguladora a crearse por norma
expresa.
Mediante Decreto Supremo No. 0071 de 9 de abril de 2009, en su artículo 1 Objeto, inciso a) Crea las Autoridades
de Fiscalización y Control Social en los sectores de Transportes y Telecomunicaciones; Agua Potable y Saneamiento
Básico; Electricidad, Bosques y Tierra; Pensiones; y Empresas. En tal sentido, en las anteriores y siguientes notas
a los estados financieros, en lugar de nombrar a la ex Superintendencia de Pensiones, y a su sucesora la ex
Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, señalaremos a la Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones AP.
NOTA 2 - ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD
En fecha 18 de marzo de 1997, la Sociedad suscribió un contrato de prestación de servicios con la Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones, por medio del cual se formalizaron las condiciones del pliego de especificaciones
de la licitación pública internacional N° MC/AFP - 01/96. De acuerdo con este contrato, la administración de estos fondos
será exclusividad de la Sociedad para un área específica y por el lapso de cinco años a partir de la fecha de inicio de
sus actividades.
El Decreto Supremo N° 24585 de fecha 29 de abril de 1997, estableció la transferencia de los recursos provenientes
de la capitalización de las empresas del Estado, en favor de los Fondos de Capitalización Colectiva administrados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones. Estos recursos, que se encontraban en fideicomiso, fueron transferidos a
este Fondo en fecha 1° de mayo de 1997.
La Resolución SP N° 001/97 de fecha 29 de abril de 1997, establece el 1° de mayo como la fecha de inicio de actividades
de las Administradoras de Fondos de Pensiones.
El 15 de junio de 1998, se promulga la Ley N° 1864 "Ley de Propiedad y Crédito Popular", que establece nuevas normas
en la participación de los bolivianos en los beneficios provenientes del Fondo de Capitalización Colectiva, crea la ex
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
60
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y establece una serie de nuevas normas relativas a la administración
de los Fondos de Pensiones y el objeto social de las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Entre las actividades nuevas que se les permiten a las Administradoras de Fondos de Pensiones está la de poder recaudar
y administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo al reglamento específico emitido por el Poder
Ejecutivo.
En fecha 22 de abril de 1999, en la ciudad de Madrid, España, los representantes legales de los accionistas de Futuro
de Bolivia S.A. - AFP, AMVESCAP y Argentaria suscribieron un Contrato de Modificación, Enmienda y Complementación
al Contrato para la Prestación de Servicios por una Administradora de Fondos de Pensiones con la Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones, la misma que incorpora nuevas obligaciones y derechos a las AFPs resultado
de la promulgación de la Ley de Propiedad y Crédito Popular.
Resultado de una licitación pública internacional llevada a cabo por los Ministerios de Comercio Exterior e Inversión y
de Vivienda y Servicios Básicos, Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones en consorcio con la
Administradora de Fondos de Pensiones PREVISIÓN BBV S.A. se adjudican el servicio de recaudación y administración
de aportes laborales y patronales para vivienda, para lo cual constituyen la sociedad PROVIVIENDA ENTIDAD RECAUDADORA
DE APORTES S.A. que inicia actividades el 1° de diciembre de 1998. En fecha 18 de abril de 2001 el Directorio de la
entidad decide la venta y posterior transferencia de dichas acciones a la Administradora de Fondos de Pensiones Previsión
BBV S.A., dicha venta fue autorizada mediante Decreto Supremo N° 26222 de fecha 21 de junio de 2001 y fue efectivizada
en fecha 13 de julio de 2001.
Durante la gestión 2001, la participación accionaria mantenida por la empresa BBVA Participaciones Internacionales
S.R.L. correspondiente a 279.679 acciones que representaban el 80% del total del capital de 349.599 acciones, ha sido
vendida a Zurich South America Invest Ltd. (71,58% correspondiente a 250.243 acciones) y a La Boliviana Ciacruz
Seguros Personales S.A. (8.42% correspondiente a 29.436 acciones), actualmente denominada Zurich Boliviana Seguros
Personales S.A.
De acuerdo con el contrato de prestación de servicios suscrito con la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros,
actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y la Ley de Pensiones, a partir del mes de mayo de 2002,
esta autoridad regulatoria anunció la apertura del mercado y la finalización del periodo de exclusividad del manejo de
los fondos provenientes del Seguro Social Obligatorio, brindando a los afiliados la posibilidad de escoger la entidad que
administrará sus aportes.
En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley N° 3791 de Renta Dignidad, misma establece que las personas
mayores de 60 años sin jubilación recibirán Bs. 2.400 por año mientras las que cuentan con una renta y jubilación
percibirán el 75% de la Renta Universal de Vejez Bs. 1.800 más gastos funerales. Dichas prestaciones entrarán en
vigencia a partir del 1º de enero de 2008 y los montos que corresponden a ambos beneficios se revisarán cada tres años
por parte del Poder Ejecutivo.
La nueva Ley beneficiará aproximadamente a más de 676.000 personas mayores de 60 años, 187.000 más que la
población que abarcaba el pago del Bono Solidario.
Mediante Decreto Supremo N° 29399 de 29 de diciembre de 2007, se determina que la operativa de este pago se
realizará a través de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de la Presidencia.
Mediante Decreto Supremo N° 29424 de 17 de enero de 2008, se complementa el Decreto Supremo N° 29400 de 29
de diciembre de 2007 (Reglamento de la Ley N° 3791 de 28 de noviembre de 2008). En el artículo 2 de esta disposición
se determina que: “La Administración del Fondo de Renta Universal de Vejez y el pago de los beneficios de la renta
dignidad y Gastos Funerales en la gestión 2008, estará a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones: Futuro
de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP - S.A., dentro de los alcances del Artículo 1 de la Ley N° 3791, quienes tendrán
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
61
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
la calidad de Entidades Gestoras con todas las obligaciones establecidas en el Decreto Supremo N° 29400". Autorizando
a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a suscribir un contrato, bajo la modalidad de contratación
de excepción.
En fecha 27 de diciembre de 2007, mediante Cite: SPVS/IP/4092/2007 de 27 de diciembre de 2007, hemos recibido la
invitación oficial, para que se remita a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones la información
relacionada con la comisión que se cobraría por cada pago de la Renta Dignidad. En respuesta a la invitación se respondió
con nuestra Cite: FUT-SUP 057/08 de 7 de enero de 2008, en la que hacemos conocer nuestros costos estimados en
caso de ser designados como entes gestores. La Ley 3785 de fecha 23 de noviembre de 2007 y Decreto Supremo 29423
de fecha 16 de enero de 2008 establece que los trabajadores estacionales del Sector del Beneficiado de la Castaña,
podrán solicitar retiros temporales, parciales o totales del saldo de su Cuenta Individual, cuando tengan acreditados, al
menos 60 periodos pagados.
Los Retiros Temporales, totales o parciales también pueden ser efectuados por:
Trabajadores con dependencia laboral, el retiro temporal será respecto a las cotizaciones adicionales y su correspondiente
rentabilidad.
Trabajadores Independientes, el saldo de la Cuenta Individual de las cotizaciones obligatorias, efectuadas en calidad de
trabajador dependiente, no será objeto de los retiros temporales, a excepción del que corresponde a trabajadores
estacionales. Los trabajadores que hubiesen realizado retiros temporales, parciales o totales podrán voluntariamente
efectuar la reposición, para efectos de pensión por invalidez o muerte común, profesional o laboral, el plazo de reposición
es de 18 meses.
La Ley 3785 establece también que la Pensión Mínima que brinda el SSO a favor de los titulares o derechohabientes
hasta el segundo grado, será equivalente al Salario Mínimo Nacional y será actualizada anualmente de acuerdo a la
variación de la UFV, caduca al no cobro de más de doce meses.
NOTA 3 - PRINCIPIOS CONTABLES
A continuación se describen los principios y normas contables más significativas:
3.1
Presentación de estados financieros
a)
Presentación de los estados financieros
Los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009 presentan cifras en bolivianos “Bs.” que
constituye la moneda de cuenta y de curso legal en Bolivia. Dichos estados financieros consolidan las
operaciones de las oficinas de la Sociedad situadas en las ciudades de La Paz, Santa Cruz de la Sierra,
Cochabamba, Sucre, Tarija, Trinidad, Oruro, Potosí, Beni y Pando.
Los presentes estados financieros han sido preparados para exponer la situación económica y financiera
de la Sociedad. El patrimonio de la Sociedad es independiente y distinto del patrimonio de los diferentes
fondos que están bajo su administración y sobre los cuales no tiene derecho de propiedad alguno.
b)
Base normativa-contable de preparación de los estados financieros
Los estados financieros han sido preparados siguiendo los lineamientos generales establecidos por la
Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones, mediante Resolución Administrativa SPVS-P N°
012/99 de fecha 18 de enero de 1999, que aprobó la actualización del Manual de Cuentas para el Sistema
de Seguridad Social Obligatorio para Administradora de Fondos de Pensiones y que es de uso obligatorio.
Los estados financieros y sus notas se han elaborado conforme las disposiciones legales en materia
contable establecidas por la Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones. En caso de no existir
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
62
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
situaciones previstas por estas disposiciones, se aplican los principios de contabilidad generalmente
aceptados en Bolivia, optando por la alternativa más conservadora.
c)
Uniformidad en la preparación de los estados financieros
Los principios de contabilidad generalmente aceptados han sido aplicadas por la Sociedad en la elaboración
de sus estados financieros de manera consistente en los ejercicios 2010 y 2009.
d)
Estimaciones contables
La preparación de los estados financieros, de acuerdo a los principios de contabilidad generalmente
aceptado requiere que la Gerencia de la Sociedad realice algunas estimaciones que afectan los montos
de los activos y pasivos y la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de los estados financieros,
así como los montos de ingresos y gastos del ejercicio. Los resultados futuros podrían ser diferentes.
3.2
Consideración de los efectos de la inflación
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y por disposición de la Autoridad de Supervisión y Control Social de Pensiones
a través de la Resolución Administrativa SPVS-IS N°087 del 25 de febrero de 2009, el efecto de la pérdida en el
poder adquisitivo de la moneda sobre los estados financieros ha sido suspendido a partir del ejercicio económico
2009.
3.3
Criterios de Valuación
a)
Moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor
Los activos y pasivos en moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor y las operaciones
indexadas a la Unidad de Fomento a la Vivienda UFV, se valúan a su valor nominal en la moneda de origen
y son convertidas a los tipos de cambio y/o cotizaciones informadas por el Banco Central de Bolivia a la
fecha de cierre de cada ejercicio. Las operaciones indexadas al dólar estadounidense se registran utilizando
el tipo de cambio de compra de esa divisa. Las diferencias de cambio y mantenimiento de valor resultantes
se registran en los resultados de cada ejercicio.
b)
Inversiones temporarias
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las inversiones en certificados de depósitos a plazo fijo, los títulos
valores emitidos por entidades comerciales y los títulos valores emitidos por el Tesoro General de la Nación
se valúan a su valor de mercado, que surge de las cotizaciones de los mismos en el mercado de valores
al cierre del ejercicio, y la participación en fondos comunes de inversión se valúa a su valor neto de
realización.
c)
Comisiones por cobrar
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las comisiones por cobrar por administración del portafolio de
inversiones del FCI y del FCC, son contabilizadas por el criterio de lo devengado.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS/IP N°125/99 de
fecha 29 de junio de 1999 emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, el
reconocimiento de los ingresos estimados de comisiones por la administración de cuentas individuales,
se realiza por el método de lo devengado, sobre la base de las recaudaciones efectivas de cada mes. De
acuerdo con la norma antes citada, la Sociedad, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha revertido las
comisiones por administración de cuentas, que aún no fueron acreditadas en cuentas individuales después
de transcurridos tres meses de la fecha de recaudación efectiva.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
63
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Mediante Decreto Supremo N° 29400 de fecha 28 de noviembre de 2007, el gobierno boliviano, estableció
que la comisión por la administración de prestaciones de Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral que
podrán cobrar las AFPs a partir del 1° de noviembre de 2006, es del 0,85% sobre el monto de las primas
recaudadas y acreditadas, en reemplazo del 11% que se venía cobrando anteriormente.
d)
Inversiones permanentes
Las inversiones en acciones telefónicas están valuadas a su costo de adquisición al cierre de cada ejercicio,
deducida la previsión por desvalorización de dichas inversiones.
e)
Bienes de uso
Los bienes de uso de la Sociedad al 31 de diciembre de 2010 y 2009, están valuados a su costo de
adquisición.
La depreciación es calculada por el método de línea recta aplicando tasas anuales suficientes para extinguir
los valores al final de la vida útil estimada.
Los mantenimientos, reparaciones, renovaciones y mejoras que no extienden la vida útil de los bienes
son cargados a los resultados del ejercicio en el que se incurren.
f)
Cargos diferidos
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, los cargos diferidos incluyen licencias de software, las mismas que
se amortizan en un período de cuatro años mientras se sigan utilizando en el desarrollo de las actividades
de la Sociedad.
g)
Previsión para indemnizaciones al personal
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, mediante Decreto Supremo N° 110 aprobado en fecha 1 de mayo
de 2009 se establece que esta indemnización ya es debida al empleado cuando éste hubiese cumplido
más de noventa (90) días de trabajo contínuo.
La base de cálculo de la indemnización es el promedio del total ganado en los tres (3) últimos meses, o
el promedio de los últimos treinta (30) días para las trabajadoras y los trabajadores a jornal.
El pago de quinquenio efectuado por nuestra sociedad, no es considerado como un pago anticipado de
la indemnización.
h)
Patrimonio neto
Tal como se manifiesta en la Nota 3.2, el efecto de la pérdida en el poder adquisitivo de la moneda sobre
el patrimonio neto ya no es contemplado a partir del ejercicio económico 2009 y 2010.
i)
Resultado del ejercicio
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, según se revela en la Nota 3.2 el ajuste por inflación ha sido
suspendido a partir del 1° de enero de 2009.
j)
Impuesto sobre las utilidades de las empresas
De acuerdo con la Ley N° 843 (Texto Ordenado en 2005) y el Decreto Supremo N° 24051 de 29 de junio
de 1995, la Sociedad registra contablemente el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) aplicando
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
64
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
la tasa vigente del 25% sobre la utilidad impositiva de cada ejercicio, siguiendo el método del pasivo,
que no contempla el efecto de las diferencias temporales entre el resultado contable y el impositivo. Este
impuesto es liquidado y pagado en períodos anuales y es considerado como pago a cuenta del Impuesto
a las Transacciones hasta la presentación de la liquidación del Impuesto a las Utilidades de las Empresas
(IUE) correspondiente al ejercicio siguiente.
En caso de existir quebranto impositivo, éste se acumula y se actualiza en función de la variación del
índice de Unidad de Fomento a la Vivienda UFV. Dicho quebranto acumulado es compensable con utilidades
impositivas futuras sin límite de tiempo.
Para la determinación del Impuesto a las Utilidades de la Empresas (IUE) se han considerado los lineamientos
definidos por el Servicio de Impuestos Nacionales mediante Resolución Normativa de Directorio N°
10.0002.08 de 4 de enero de 2008, como respuesta a los cambios establecidos en el Decreto Supremo
N° 29387 de 20 de diciembre de 2007 en lo referente a la reexpresión en moneda extranjera y valores
en moneda constante en los estados financieros de las empresas, para fines de la determinación de la
Utilidad Neta Imponible.
k)
Ingresos por comisiones por administración de portafolio
Los ingresos por comisiones por administración del portafolio, de los Fondos de Capitalización Individual
y de Capitalización Colectiva, se contabilizan por el método de lo devengado.
l)
Ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales
Los ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales, cobradas a los participantes del
Fondo de Capitalización Individual, se contabilizan por el método de lo devengado.
m)
Ingresos por comisiones por servicios prestados a Compañías Aseguradoras
Los ingresos por comisiones cobradas a compañías aseguradoras se reconocen al momento de la
transferencia de los recursos a estas compañías, el porcentaje de la comisión es del 11%, esta comisión
es deducida a la prima transferida a las Compañías Aseguradoras La Vitalicia y Provida.
n)
Comisiones por pago de jubilaciones, interés incremental y otros ingresos operativos
Las comisiones por pago de jubilaciones, el interés incremental y los otros ingresos operativos se contabilizan
por el sistema de lo percibido.
De acuerdo a contrato N° 015/2008 de fecha 28 de enero de 2008 suscrito con la Autoridad de Fiscalización
y Control de Pensiones, la administradora ha percibido comisiones por pagos de Renta Dignidad al 31
de enero de 2009, de acuerdo al estudio de costos remitido a la Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Pensiones con nuestra nota Cite: FUT-SUP. 057/08 de 7 de enero de 2008.
La comisión que percibe la AFP por pago de la Pensión Básica Previsional es 1,31% sobre el total de la
pensión, cabe mencionar que el primer pago de esta pensión se efectuó en la planilla del mes de mayo
de 2008.
Las comisiones percibidas por pago de Compensación Mensual de Cotizaciones, Fracción Complementaria
a miembros de las Fuerzas Armadas y Mensualidad Vitalicia Variable es 1.31%, también sobre el total
de la pensión.
Estas comisiones se contabilizan por el método de lo devengado.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
65
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
o)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Políticas y estimaciones contables del organismo contralor
Los estados financieros de la Sociedad han sido preparados de acuerdo con prácticas contables establecidas
por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
El 29 de junio de 1999, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, emitió la Resolución
Administrativa SPVS/IP N° 125. Esta resolución requiere que las comisiones se reconozcan cuando se cobra
la contribución, y obliga a que la Sociedad revierta las comisiones si éstas no son acreditadas en las cuentas
individuales de los contribuyentes dentro de los tres meses posteriores a su cobranza. La Sociedad, en
la preparación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha seguido los procedimientos
establecidos por el órgano regulador a pesar de considerar que estos no cumplen con principios de
contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
Asimismo, hay algunas diferencias de exposición entre las normas contables de la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones y los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia relacionadas
principalmente con la exposición de la cuenta ajuste de capital en el patrimonio neto y las cuentas
diferencia de cambio y ajuste por inflación en el estado de resultados, que no tienen efectos cuantitativos
sobre los estados financieros.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS Y ESTIMACIONES CONTABLES
Durante la gestión 2010 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto
a la gestión 2009.
NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
a)
Disponibilidades:
Bancos en moneda nacional
Bancos en moneda extranjera
b)
2010
2009
6.388.608
87.587
1.123.435
1.084.473
6.476.195
2.207.908
2010
2009
8.953.038
314.286
34.058.155
455.816
51.971.713
10.625.524
43.781.295
62.597.237
Inversiones temporarias:
Certificados de Depósitos a Plazo Fijo
Inversiones en Entidades Comerciales
Títulos valores emitidos por el Tesoro General de la Nación
Participación en Fondos de Inversión
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
66
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
c)
Cuentas por cobrar:
2010
Cuentas por cobrar comerciales:
Comisiones por cobrar
Otras cuentas por cobrar:
Crédito fiscal IVA
Impuestos pagados por anticipado
Cuentas por cobrar al personal
Otras cuentas por cobrar (1)
2009
4.805.973
3.835.722
261.552
3.395.194
200.873
24.789.125
537.266
3.472.034
415.050
9.875.368
33.452.717
18.135.440
(1) Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el saldo de la cuenta se compone por:
Deudor
Fondo de Capitalización Individual
Entregas para Gastos Judiciales
Otros Varios
d)
Descripción
Anticipo para pagos jubilación FCI
Anticipos gastos judiciales cobranzas FCI
Anticipo a proveedores, al personal y otros
2009
20.000.000
225.545
4.563.580
8.000.000
140.828
1.734.540
24.789.125
9.875.368
Pagos Anticipados:
Seguros pagados por anticipado
Alquileres de inmuebles pagados por anticipado
Publicidad pagada por anticipado
e)
2010
2010
2009
81.882
10.550
108.749
82.236
17.863
19.626
201.181
119.725
Inversiones Permanentes:
2010
Acciones COTEL
Acciones COTECO
Acciones COTAS
Acciones COTEOR
Acciones Telefónica Beni
Acciones Telefónica Cobija
Previsión Acciones Telefónicas
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
67
2009
208.200
52.050
43.375
34.353
13.880
6.940
(111.040)
209.100
52.275
43.563
34.501
13.940
6.970
(111.520)
247.758
248.829
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
f)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Bienes de uso:
2010
Valores
originales
Terrenos
Edificios
Mobiliario y enseres
Máquinas y equipos oficina
Equipos de computación
Vehículos
2009
Depreciación
acumulada
Valor
Neto
Valor
Neto
529.395
5.307.026
3.129.486
2.451.786
10.397.038
365.107
1.813.231
2.348.302
2.006.729
9.684.289
365.107
529.395
3.493.795
781.184
445.057
712.749
-
529.395
3.626.471
921.076
513.104
683.864
-
22.179.838
16.217.658
5.962.180
6.273.910
Las depreciaciones de bienes de uso, cargadas a los resultados de los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2010
y 2009, alcanzaron a Bs. 845.442 y Bs. 1.104.361, respectivamente.
g)
Otros activos:
2010
Depreciación
acumulada
Valores
originales
Almacenes
Cargos diferidos:
Programas de computación
Valor
Neto
2009
Valor
Neto
282.506
-
282.506
581.538
2.045.990
1.551.894
494.096
605.296
2.328.496
1.551.894
776.602
1.186.834
Las amortizaciones de cargos diferidos, cargadas a los resultados de los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2009
y 2008, alcanzaron a Bs. 278.474 y Bs. 347.805, respectivamente.
h)
Cuentas por pagar comerciales:
2010
Comisiones por recepción de planillas
Comisiones por pago Prestaciones
Comisiones por pago Renta Dignidad
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
68
2009
215.175
138.516
152.380
292.286
125.516
152.380
506.071
570.182
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
i)
Cuentas por pagar fiscales y sociales:
2010
Impuestos por pagar
Deudas sociales por pagar
j)
2009
8.531.497
279.283
9.654.328
244.773
8.810.780
9.899.101
Provisiones y previsiones:
2010
Corriente
Provisión para devolución de comisiones FCI
Provisión para primas
No corriente
Previsión para beneficios sociales
2009
256.305
1.237.164
1.493.469
256.305
1.101.543
1.357.848
3.908.774
2.998.352
1.040.988
23.269.462
454.179
9.960
1.015.489
13.315.051
906.338
24.764.629
15.246.838
Otros pasivos corrientes:
Patentes municipales por pagar
Comisiones por pagar Dirección General de Pensiones
Acreedores varios
Diversas por pagar
k)
Cuentas de orden:
2010
Títulos representativos de acciones en custodia
en empresas capitalizadas
Títulos representativos de deuda del Fondo
de Capitalización Individual en custodia
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
69
2009
295.706.833
296.985.028
17.765.094.867
14.831.319.333
18.060.801.700
15.128.304.361
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
l)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ingresos Operativos:
2010
Comisiones por administración de portafolio (1)
Comisiones por administración de cuentas individuales (2)
Comisiones por servicios prestados a compañías aseguradoras (3)
Comisiones por pago jubilaciones MVV
Comisiones pago Compensación de Cotizaciones
Comisión Pensión Básica Previsional
Comisiones AFP s/primas acreditadas RC RP (4)
Interés incremental
Honorarios por Teneduría Títulos Valores
Comisiones Renta Dignidad (5)
2009
14.128.484
53.674.957
265.037
387.500
3.041.184
36.144
3.026.319
1.552.086
-
14.131.905
47.725.187
228.125
257.400
2.769.848
19.968
2.698.260
1.723.383
24.604
3.716.994
76.111.711
73.295.674
1) Los ingresos por comisiones por administración de portafolio, corresponden a la administración de las disponibilidades
y el portafolio de inversiones de los Fondos de Capitalización Individual y Capitalización Colectiva.
2) Los ingresos por comisiones por administración de cuentas individuales corresponden a la administración de los
aportes de los participantes del Fondo de Capitalización Individual.
3) Los ingresos por comisiones por servicios prestados a compañías aseguradoras corresponden a las comisiones por
administración, acreditación y traspaso de aportes de Riesgo Profesional y Riesgo Común a La Vitalicia Seguros y
Reaseguros de Personas S.A. y Seguros Provida S.A., correspondientes a la comisión percibida por sobre el monto
transferido por la Sociedad.
4) Los ingresos por comisiones AFP sobre Primas acreditadas RC - RP, corresponden a las comisiones del 0.85%
determinadas por Decreto Supremo N° 29400 de 29 de diciembre de 2007, por la administración de las prestaciones
por Riesgo Común y Riesgo Profesional/Laboral, prestadas a partir del 1° de noviembre de 2006, a partir de la gestión
2007 es responsabilidad de las administradoras de fondos de pensiones, la administración en forma transitoria hasta
la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de acuerdo con el Decreto
Supremo N° 28926. La Sociedad considera que la comisión determinada por el Gobierno no es suficiente ni adecuada
para cubrir los costos de operación y administración relacionados.
5) Comisión obtenida excepcionalmente y sólo por la gestión 2008, generada por la administración de pago del beneficio
establecido por el Gobierno Nacional, denominado Renta Dignidad, de acuerdo a la Ley 3791 de 28 de noviembre
de 2007, que establece el pago de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) y Gastos Funerales, dentro del
régimen de Seguridad Social no contributivo.
El Artículo tercero de la citada Ley, establece que la Renta Universal de Vejez es la prestación vitalicia, de carácter no
contributivo otorgada por el Estado Boliviano, así como el pago por Gastos Funerales.
El Decreto Supremo 29400, de fecha 29 de diciembre de 2007, que reglamenta la Ley 3791 en su artículo 4º establece
que la Administración del Fondo de Renta Universal de Vejez, el pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, estarán
a cargo de una o más Entidades Gestoras de Administración y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales (Entidad
Gestora), a ser contratada por la Entidad encargada de la Regulación, mediante proceso de contratación.
El Decreto Supremo 29424 de 17 de enero de 2008, complementa el Decreto Supremo anterior, determinando en su
artículo 2º que la administración del Fondo de Renta Universal de Vejez y el pago de los beneficios de la Renta Dignidad
y Gastos Funerales en la gestión 2008, estará a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones: Futuro de Bolivia
S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A., autorizando a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a suscribir
un contrato bajo la modalidad de contratación por excepción, actualmente en proceso.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
70
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
m)
Moneda extranjera y mantenimiento de valor a la UFV:
Los estados financieros expresados en Bolivianos incluyen saldos en moneda extranjera y con mantenimiento de
valor en Dólares Americanos, de acuerdo con el siguiente detalle:
2010
$us.
UFVs
Descripción
Disponibilidades
Inversiones
Entregas sujetas a rendición de cuentas
Exigible Administrativo
Demandas Judiciales
Depósitos Judiciales
Seguros Pagados por Anticipado
Alquileres Pagados por Anticipado
12.621
Total Activo
41.872
13.264.940
14.538
187
1.539
1.108
11.799
80
13.264.940
Facturas por Pagar
Acreedores Varios
Obligaciones Administrativas
15.228
1.369.507
23.295
Total Pasivo
1.408.030
-
(1.366.158)
13.264.940
Posición Neta Activa (Pasiva)
Descripción
Disponibilidades
Inversiones
Entregas sujetas a rendición de cuentas
Exigible Administrativo
Demandas Judiciales
Depósitos Judiciales
Seguros Pagados por Anticipado
Alquileres Pagados por Anticipado
155.592
25.780.080
500
1.950
28
1.119
11.799
80
Total Activo
171.068
Facturas por Pagar
Acreedores Varios
Obligaciones Administrativas
15.228
846.381
24.597
Total Pasivo
886.206
-
(715.138)
25.780.080
Posición Neta Activa (Pasiva)
25.780.080
Los activos, pasivos en moneda extranjera y UFVs han sido convertidos a bolivianos al tipo de cambio oficial vigente
al 31 de diciembre de 2010 de Bs. 6.94 por $us. 1 y Bs. 1.56754 por UFV; al 31 de diciembre de 2009 de Bs. 6.97
por $us. 1 y Bs. 1.53754 por UFV.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
71
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 6 - CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el capital autorizado de la Sociedad asciende a Bs. 46.000.000, dividido en 460.000
acciones de Bs.100 cada una y el capital pagado asciende a Bs. 23.000.000, dividido en 230.000 acciones de Bs.100 cada una.
Todas estas acciones han sido suscritas y pagadas y corresponden a acciones comunes.
El valor patrimonial proporcional de cada acción en circulación al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es de Bs. 223.54 y
Bs. 263.90, respectivamente.
NOTA 7 - RESERVA LEGAL
De acuerdo con lo dispuesto por la legislación vigente y los estatutos de la Sociedad, debe destinarse una suma no
inferior al 5% de las utilidades líquidas y realizadas del ejercicio al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el 50% del
capital pagado.
El saldo de esta reserva puede ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas acumuladas.
NOTA 8 - AJUSTE GLOBAL DEL PATRIMONIO
Hasta el 31 de diciembre de 2008 en este grupo se contabiliza el ajuste por inflación del capital y reservas patrimoniales.
La Sociedad de acuerdo a lo instruido en la Resolución Administrativa SPVS-IS N° 087 de 25 de febrero de 2009, a partir
del 1º de enero de 2009, ha dejado de ajustar por inflación su patrimonio neto en función a la variación de la Unidad
de Fomento a la Vivienda UFV.
El saldo de esta reserva puede ser capitalizado o utilizado para absorber pérdidas acumuladas.
NOTA 9 - BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, no existían activos gravados ni de disponibilidad restringida, excepto por los fondos
retenidos en las entidades financieras por un valor de Bs. 3.327.131.
NOTA 10 - OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS
Al 31 de diciembre de 2010:
2010
2009
Descripción
Servicios prestados por La Boliviana
Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A.
737.757
738.105
Alquiler de oficinas de La Boliviana
Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A.
412.007
535.210
Mantenimiento de Sistemas
Zurich LatinAmerica
RCC Chile - Zurich Shared
RCC Chile - Zurich Europa
84.644
251.255
605.620
373.465
451.535
-
2.091.293
2.098.315
TOTAL
Al 31 de diciembre de 2010, la cuenta por cobrar al RCC Chile - Zurich Shared es Bs. 14.038 y la cuenta por pagar a
Zurich Europa es Bs. 107.805.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
72
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 11 - INGRESOS EXTRAORDINARIOS
Durante el ejercicio 2010 y 2009, las operaciones de la Sociedad han producido resultados extraordinarios por
Bs. 634.144 y Bs. 2.233.669, respectivamente, correspondientes a recuperación de costas judiciales y reversión de
provisiones no utilizadas.
NOTA 12 - INGRESOS DE GESTIONES ANTERIORES
Durante la gestión 2010, se registra en esta cuenta Bs. 8.924 por la regularización de la entrega de fondos al Sr. Luis
Fernando Cardozo.
La Sociedad por la gestión 2009, registra en esta cuenta Bs. 768.032, importe corresponde a:
2009
Ajuste comisión renta dignidad por pagar a entidades
financieras, exceso provisión gestión 2008
332.087
Devolución Multa SIREFI por pago en exceso
217.872
Ajuste saldos provisión para pago indemnizaciones
218.073
TOTAL
768.032
NOTA 13 - CONTINGENCIAS
La Sociedad declara no tener contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente o pasivos
contingentes que por sus características o la fiabilidad de su estimación deba ser revelado en notas a los presentes
estados financieros.
NOTA 14 - OTRAS REVELACIONES IMPORTANTES
a)
Se realizaron conciliaciones con el SENASIR en cumplimiento al Manual de Procedimientos para la conciliación
y reposición de pagos de Compensación de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, emitida
por el SENASIR mediante Resoluciones Administrativas Nos. 188 y 189 de 29 de septiembre de 2009, homologadas
por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones mediante Resolución Administrativa No. 122 de
9 de octubre de 2009 y las Resoluciones Administrativas Nos. 225 y 226 de 25 de noviembre de 2009 Ampliación
del Manual de Procedimientos de conciliación y reposición de pagos de Compensación Mensual de Cotizaciones
y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, homologadas por Resolución Administrativa 200 de 27 de noviembre
de 2009 de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
La conciliación realizada corresponde a los periodos julio 2002 a agosto 2010, procesos que se encuentran
respaldados por las Actas de Conciliación suscritas por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de
Pensiones y el SENASIR, a continuación detallamos el resumen de este proceso de conciliación:
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
73
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Planilla
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Monto
Desembolsado
SENASIR
Bs.
Cantidad
Total
Pagado
Bs.
Total
Devuelto
Bs.
FF.AA.
Regular
11.178
521.552
28.599.365
959.670.682
28.580.380
957.681.486
18.985
1.989.196
Total
532.730
988.270.047
986.261.866
2.008.181
Los detalles excluidos del proceso de conciliación antes descrito y que se encuentran en proceso de fiscalización
por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, se desglosan como sigue:
Planilla
Cantidad
Monto
Desembolsado
SENASIR
Bs.
FF.AA.
Regular
4
203
6.801
281.920
Total
207
288.721
b)
Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispuso que las Administradoras de
Fondos de Pensiones, a partir del 1° de noviembre de 2006 administren totalmente las prestaciones por Riesgo
Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma
transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Esta
administración fue adjudicada a las empresas aseguradoras "La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Personas S.A."
y "Seguros Provida S.A." por el quinquenio noviembre de 2001 a octubre de 2006.
c)
En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791,
que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo,
mediante Decreto Supremo N° 29400, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad)
N° 3791, en su capítulo VI, se reglamentan las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos
funerarios. Es decir que el beneficio del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización
Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2007.
Mediante Decreto Supremo No. 29424 de 17 de enero de 2008, complementa el Decreto Supremo No. 29400
de 29 de diciembre de 2007 (Reglamento de la Ley No. 3791 de 28 de noviembre de 2008), en el artículo 2 de
esta disposición se determina que: La Administración del Fondo de Renta Universal de Vejez y el pago de los
beneficios de la renta dignidad y Gastos Funerales en la gestión 2008, estará a cargo de las Administradoras de
Fondos de Pensiones : Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A, dentro de los alcances del Artículo
1 de la Ley No. 3791, quienes tendrán la calidad de Entidades Gestoras con todas las obligaciones establecidas
en el Decreto Supremo No. 29400. Autorizando a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a
suscribir un contrato, bajo la modalidad de contratación de excepción.
En fecha 27 de diciembre de 2007, mediante carta SPVS/IP/4092/2007 de 27 de diciembre de 2007, hemos
recibido la invitación oficial, para que se remita a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones la
información relacionada con la comisión que se cobraría por cada pago de la Renta Dignidad. En respuesta a la
invitación se respondió con nuestra carta FUT-SUP 057/08 de 7 de enero de 2008, en la que hacemos conocer
nuestros costos estimados en caso de ser designados como entes gestores.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
74
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Mediante Resolución Administrativa SPVS No. 1029 de 30 de diciembre de 2008, la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones norma el Procedimiento de Transición del Servicio de Gestión y Pago de la Renta
Dignidad y Gastos Funerales de las Administradoras de Fondos de Pensiones a la Asociación Accidental La Vitalicia
- BISA SAFI, esta resolución administrativa indica en el artículo 3, inciso b) Las Administradoras de Fondos de
Pensiones deberán instruir a la entidades Pagadoras de Renta Dignidad, el cierre de movimientos al 31 de enero
de 2009, no pudiendo realizarse ningún pago de Beneficios a partir del 1 de febrero de 2009. Motivo por el que
las Administradoras de Fondos de Pensiones a partir del 1 de febrero de 2009 han dejado de pagar el beneficio
de Renta Dignidad y devengar el pago de Gastos Funerales.
La Resolución Administrativa SPVS-IP N° 091 de 30 de enero de 2008, en su artículo 21º indica que todo cheque
o pago emitido por concepto de Gastos Funerales de Renta Universal de Vejez que no hubiera sido cobrado
por el solicitante en un periodo de 150 días a partir de la fecha de emisión o envío a la Entidad Pagadora, deberá
ser revertido al patrimonio del Fondo de Renta Universal de Vejez. Mediante Circular AP/DF/4-2009 de 24 de
junio de 2009, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, instruye el cierre de la administración,
gestión y pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales, llevada a cabo por las administradoras de Fondos de
Pensiones para la gestión 2008 y el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de julio de 2009,
indicando en el numeral 5) que los estados financieros requeridos deben ser preparados con fecha de corte 31
de julio de 2009 y al 31 de agosto deben contar con opinión de auditoría externa.
Debido a la solicitud presentada por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, mediante
nota Fut.Tes.AP-1317/2009 de 5 de agosto de 2009, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones,
por intermedio de la Circular AP/DF/16-2009 de fecha 18 de agosto de 2009, amplía el plazo para el cierre de
la administración, gestión y pago de Renta Dignidad y Gastos Funerales administrado por las AFPs hasta el 30
de septiembre de 2009, considerando el procesamiento de datos hasta esta fecha inclusive.
Considerando los argumentos expuestos por BBVA Previsión AFP S.A. y Futuro de Bolivia S.A. - AFP en notas
PREV PR 8924-29 y FUT CONT 2909/09 de 25 y 28 de septiembre de 2009 respectivamente, y debido al retraso
en la conciliación de pagos y desembolsos con las Entidades Proveedoras de Información (EPIs) SENASIR y COSSMIL,
con Circular AP/DF/23/2009 de 2 de octubre de 2009 la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
amplía el plazo para el cierre de la administración, gestión y pago de Renta Dignidad y Gastos Funerales
administrado por las AFPs, hasta el 30 de noviembre de 2009, considerando el procesamiento de datos hasta
el 30 de noviembre de 2009 inclusive. Con Circular AP/DF/25-2009 de 21 de diciembre de 2009, la Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones, en atención a las notas FUT.SUP-CG-2088/2009 y PREV-INV2902/2009 de Futuro de Bolivia S.A - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. de 11 de diciembre de 2009 y 15 de diciembre
de 2009 respectivamente, y en consideración a que aún queda información pendiente de conciliación con las
Entidades Proveedoras de Información SENASIR y COSSMIL, comunica que la presentación de informe de auditoría
externa deberán ser entregados a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones hasta el de 20 de
enero de 2010. La presentación de este informe aún se encuentra pendiente de entrega al ente regulador.
d)
La Ley 3785 de fecha 23 de noviembre de 2007 y Decreto Supremo 29423 de fecha 16 de enero de 2008
establece que los trabajadores estacionales del Sector del Beneficiado de la Castaña, podrán solicitar retiros
temporales, parciales o totales del saldo de su Cuenta Individual, cuando tengan acreditados, al menos 60
periodos pagados.
Los Retiros Temporales, totales o parciales también pueden ser efectuados por:
Trabajadores con dependencia laboral, el retiro temporal será respecto a las cotizaciones adicionales y su
correspondiente rentabilidad.
Trabajadores Independientes, el saldo de la Cuenta Individual de las cotizaciones obligatorias, efectuadas en
calidad de trabajador dependiente, no será objeto de los retiros temporales, a excepción del que corresponde
a trabajadores estacionales. Los trabajadores que hubiesen realizado Retiros Temporales, parciales o totales podrán
voluntariamente efectuar la reposición, para efectos de pensión por invalidez o muerte Común, Profesional o
Laboral, el plazo de reposición es de 18 meses.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
75
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
La Ley 3785 establece también que la Pensión Mínima que brinda el SSO a favor de los titulares o derechohabientes
hasta el segundo grado, será equivalente al Salario Mínimo Nacional y será actualizada anualmente de acuerdo
a la variación de la UFV, caduca al no cobro de más de doce meses.
e)
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFPs y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) "Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la
ex Superintendencia de Pensiones, y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos",
también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a
la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho
público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175.- (Transferencia de Información y Datos).
I. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos
que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran.
II. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será
establecida en reglamento.
III. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información
transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que deberá
ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176.- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las
Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo,
según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento.
II. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Artículo 177.- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones,
Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones
reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas
a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo
tomar en cuenta lo siguiente:
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
76
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los
Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema
Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del
Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo
Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido
en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la
emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte
Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica
Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente
concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha
de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión,
conforme a lo siguiente:
a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta
el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del
Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta
antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la
determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia
de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán
efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179
determina que: "Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se
encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal
de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez".
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFPs deberán concluir:
I. Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad
a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad.
II. Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización,
el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en
Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
77
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos
con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva
Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para
el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante
Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con
la ex Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010, se ha
provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de Pensiones,
como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados externos.
NOTA 15 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011,
Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo
176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
•
•
•
•
•
•
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones - AFP.
Las AFPs deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFPs harán efectivo el cobro de la Comisión del
SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes
antes de la promulgación de la Ley N° 065.
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFPs deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables
para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda.
Las AFPs se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de
Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065
y normativa reglamentaria.
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo
al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y
acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFPs.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del ejercicio
terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
78
ESTADOS
FINANCIEROS
FONDO DE CAPITALIZACIÓN COLECTIVA
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
BALANCE GENERAL
ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL
ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs. = Boliviano
$us. = Dólar Americano
UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda
80
81
82
83
84
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado los balances generales del Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por FUTURO DE
BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes
estados de variación patrimonial y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las
notas 1 a 13 que se acompañan. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mismos basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye
examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones incluidas en los estados
financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones
significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados
en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados de acuerdo con
prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas
prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todo aspecto
significativo, la situación patrimonial y financiera del Fondo de Capitalización Colectiva administrado por FUTURO
DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las variaciones
patrimoniales y los flujos de efectivo, por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables
emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas 2 y 3 a
los estados financieros.
5. Sin calificar nuestra opinión, informamos que los estados financieros que se acompañan han sido preparados
considerando que el Fondo continuará como Empresa en Marcha. Como se menciona en la Nota 11 f) a los estados
financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, las acciones de las empresas capitalizadas que se encuentran
en el Fondo de Capitalización Colectiva deberán ser transmitidas a título gratuito a un fideicomiso a ser administrado
por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, los dividendos de las capitalizadas deberán ser transferidos
al Fondo de Renta Universal de Vejez de acuerdo al reglamento y la liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva
pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez, por lo que se entiende que el Fondo de Capitalización
Colectiva desaparecerá una vez que la Gestora Pública de Seguridad Social a Largo Plazo asuma la administración
del Sistema Integral de Pensiones. Esta nueva normativa, genera la existencia de una incertidumbre material, en
relación a la capacidad del Fondo para continuar como una empresa en marcha. Los estados financieros que se
acompañan no incluyen ningún ajuste que pudiera resultar de la resolución de esta incertidumbre.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
80
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
2010
Bs.
2009
Bs.
ACTIVO
Disponibilidades
Inversiones
Otras cuentas por cobrar
7.1
7.2
7.3
1.521.979
305.381.378
2.016.085
1.909.019
305.942.924
2.172.492
308.919.441
310.024.435
8
295.706.833
296.985.105
7.4
7.5
89.349.129
63.000
89.357.955
54.000
89.412.129
89.411.955
219.507.312
220.612.480
TOTAL DEL PATRIMONIO
219.507.312
220.612.480
TOTAL DEL PATRIMONIO Y PASIVO DEL FONDO
308.919.441
310.024.435
Cuentas de orden acreedoras
295.706.833
296.985.105
TOTAL DEL ACTIVO
Cuentas de orden deudoras
PASIVO Y PATRIMONIO
Cuentas por pagar
Otras cuentas por pagar
TOTAL DE PASIVO
Patrimonio del Fondo
8
9
Las notas 1 a 13 que se acompañan., forman parte integrante de este estado.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
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81
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL POR EL PERIODO COMPRENDIDO
ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
2010
Bs.
Nota
Patrimonio inicial del Fondo
2009
Bs.
220.612.480
874.421.920
Ingresos por inversiones de renta variable
Ingresos por inversiones en el Fondo
de Capitalización Individual
Ingresos por intereses bancarios
Otros ingresos
Ajustes al patrimonio
151.702.477
32.126.790
716.725
2.376
3.600
(1.278.272)
995.097
361.209
24.759
41.182.983
Total aumentos de patrimonio
151.146.906
74.690.838
(225.772)
(304.740)
(151.721.562)
(516.033.670)
901
14.400
(487.330)
(752.022)
(211.242.557)
(152.252.074)
(728.500.278)
219.507.312
220.612.480
Aumentos del Patrimonio
Disminuciones del patrimonio
Transferencia de acciones de las empresas capitalizadas
Beneficios gastos funerarios
Pagos de Bonosol
Comisiones al custodio
Comisiones por administración del portafolio
Otros gastos
11
Total disminución de patrimonio
Patrimonio final del Fondo
Las notas 1 a 13 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
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82
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
2010
Bs.
2009
Bs.
Flujo de fondos originado en actividades de operación
173.104
(1.278.272)
(178.974.053)
41.182.983
(1.105.168)
(137.791.070)
156.407
(8.826)
9.000
-
350.647
(4.759)
(82.051)
900
14.400
(948.587)
(137.511.933)
1.278.272
(716.725)
-
475.132.719
159.704.903
(516.033.670)
561.547
118.803.952
Disminución neta de fondos
Disponibilidades al inicio del ejercicio
(387.040)
1.909.019
(18.707.981)
20.617.000
Disponibilidades al cierre del ejercicio
1.521.979
1.909.019
Rendimientos netos del ejercicio
Ajustes al patrimonio
Cambio en activos y pasivos:
Aumento (Disminución) en otras cuentas por cobrar
(Disminución) Aumento en comisiones por pagar
Disminución en cuentas por pagar
Beneficios de los gastos funerarios pagados en el ejercicio
Beneficios del Bonosol
Total flujo de fondos originado en actividades de operación
Flujo de fondos originado en actividades de inversión
Inversiones en Empresas Capitalizadas
Inversiones en el FCI
Transferencia de acciones de Empresas Capitalizadas
Total flujo de fondos aplicados en actividades de inversión
Las notas 1 a 13 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
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83
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO
El Fondo de Capitalización Colectiva, ha sido creado mediante Ley N° 1732 de fecha 29 de noviembre de 1996, e iniciado
sus operaciones el 1° de mayo de 1997; su patrimonio está conformado con la cuota parte de los recursos constituidos
en fideicomiso y transferidos en forma definitiva al Fondo de Capitalización Colectiva, administrado por Futuro de Bolivia
S.A.- Administradora de Fondos de Pensiones, de acuerdo al Artículo Segundo del D.S. N° 24585 de 29 de abril de
1997. Este Fondo administra los recursos y acciones transferidas por las Empresas Capitalizadas cuyo objetivo era de
realizar el pago de una anualidad vitalicia denominada Bono Solidario (Bonosol) y el pago de Gastos Funerarios.
Los recursos del Fondo de Capitalización Colectiva son administrados por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, de conformidad con las disposiciones legales, la que no tiene derecho de propiedad alguno
sobre él.
El Decreto Supremo N° 24885 de 29 de octubre de 1997 estableció que las Administradoras de Fondos de Pensiones
no podrán pignorar, hipotecar ni dar en garantía las acciones de propiedad de ciudadanos bolivianos pertenecientes a
este Fondo. Además, el mismo Decreto establece que las Administradoras sólo pueden monetizar los títulos de la cartera
original de este Fondo a través de “su conversión en recibos de depósito negociables en una bolsa de valores” o
“mediante un listado convencional, por lo menos en una bolsa de valores local y otra extranjera”. Al respecto, cabe
señalar que el Decreto Supremo N° 24667 de 21 de junio de 1997, autorizó al Fondo a otorgar en prenda, títulos-valores
como garantía de las operaciones de financiamiento.
El Fondo de Capitalización Colectiva es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la administradora y
pertenece a aquellas personas definidas en el Artículo sexto de la Ley de Capitalización y en los Artículos noveno y
décimo de la Ley de Propiedad y Crédito Popular. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguna sobre él.
Los bienes y derechos que componen el patrimonio del Fondo son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes
o medidas precautorias de cualquier naturaleza.
El 15 de junio de 1998 se promulga la Ley N° 1864 (Ley de Propiedad y Crédito Popular), la cual entre otros deroga el
pago del Bonosol y determina las formas de participación de los bolivianos en las empresas capitalizadas.
En fecha 28 de noviembre de 2002 se promulga la Ley del BONOSOL N° 2427 que deroga algunos artículos de la Ley
N° 1864 y entre otros puntos establece lo siguiente:
1 Todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que hubieran cumplido 21 años al 31 de diciembre
de 1995, tienen derecho a partir de los 65 años de edad y hasta su muerte, al beneficio anual y vitalicio del BONOSOL,
este beneficio fue fijado en Bs. 1.800 para el periodo comprendido, entre el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre
de 2007.
2 Se reconoce el pago de Gastos Funerarios a todos los ciudadanos bolivianos residentes en el territorio nacional que
hubieren cumplido 21 años al 31 de diciembre de 1995 a su fallecimiento, el monto fijado para este beneficio es
equivalente al 50% del monto fijado para el BONOSOL.
3 A partir del 1° de enero de 2008 y cada 5 años el monto del BONOSOL y de los Gastos Funerarios, serán fijados
por la ex Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de
2009 mediante Resolución basada en un estudio actuarial sobre el valor del Fondo de Capitalización Colectiva y la
mortalidad de los beneficiarios.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
84
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
De acuerdo con el artículo 8 de esta Ley, se dispone que, para obtener la liquidez necesaria para la realización de los
pagos mencionados, las Administradoras podrán invertir a valor de capitalización, las acciones de las empresas capitalizadas
que forman parte del activo del Fondo de Capitalización Colectiva en cuotas del Fondo de Capitalización Individual, que
deberán ser redimidas al valor cuota vigente en el día de la redención. En la gestión 2003, El Fondo de Capitalización
Colectiva invirtió las acciones de las empresas capitalizadas en cuotas de participación del Fondo de Capitalización
Individual por un monto de Bs. 500.793.978 (histórico), para mantener un nivel de liquidez suficiente para el pago del
beneficio del Bonosol de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS-IP N° 647.
En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, que
en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo, mediante
Decreto Supremo N° 29400 reglamentario, de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791, en su
capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos funerarios. Es decir que para
los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva
tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2008.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables más significativos aplicados por el Fondo son los siguientes:
2.1
Bases de presentación de los estados financieros
Los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados para ser presentados ante la
ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las Resoluciones Administrativas, Manual de Cuentas
y Circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con los principios y normas
contables generalmente aceptados en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 a los Estados
Financieros.
Para la presentación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010, la Administradora del Fondo de
Capitalización Colectiva, ha adoptado los formatos establecidos por la ex Intendencia de Pensiones de la
Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones,
mediante la Circular AP/DPC/CO/35.2010 y AP/DPC/CO/22.2009 respectivamente.
2.2
Periodo cubierto por los estados financieros
Los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Colectiva corresponden al ejercicio terminado al
31 de diciembre de 2010, los mismos que son comparados con los estados financieros correspondientes al
ejercicio terminado el 31 de diciembre 2009.
2.3
Estados financieros comparativos
Los estados financieros presentados incluyen además de las cifras al 31 de diciembre de 2010 aquellas
correspondientes al 31 de diciembre de 2009. Estos últimos se mantiene a valor histórico de acuerdo a la
Resolución Administrativa SPVS/IP No. 266 de 19 de marzo de 2008, que indica que las Administradoras de
Fondos de Pensiones (AFPs), deberán dejar de ajustar los estados financieros del Fondo de Capitalización Individual
(FCI), del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de
cambio del dólar.
2.4
Criterios de valuación
a)
Inversiones
Las inversiones en acciones de las empresas capitalizadas están valuadas al precio ofertado y adjudicado
al socio capitalizador, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 24469 y en el contrato
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85
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
para la prestación de servicios firmado entre la Administradora y la ex Intendencia de Pensiones de la ex
Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones, actualizado en función a la variación del dólar americano respecto al boliviano. A la fecha,
no se han realizado operaciones significativas en el mercado bursátil o extrabursátil, que brinden un marco
de referencia del valor de mercado de las mismas. En caso de monetizar estas inversiones, el valor neto
de realización estará en función de las condiciones de mercado en dicho momento, que pueden originar
variaciones en el valor registrado.
Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de realización,
expresados en número de cuotas y bolivianos equivalentes.
b)
Patrimonio del fondo
El patrimonio del Fondo está constituido por el valor asignado a las inversiones en acciones de las empresas
capitalizadas, actualizado hasta el 31 de diciembre de 2007 en función a la variación del Boliviano respecto
al Dólar Americano a esa fecha, más las acciones adquiridas en subasta pública de acciones, más las
inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y el rendimiento neto obtenido menos el pago del
beneficio del Bonosol, Bolivida y de los gastos funerarios y los gastos por comisiones.
El ajuste de las acciones de las empresas capitalizadas, las inversiones en el Fondo de Capitalización
Individual y el pago de beneficios del Bonosol, Bolivida y de los gastos funerarios se registran hasta el
31 de diciembre de 2007 en la cuenta “Ajustes al patrimonio”, mientras que la actualización de los
rendimientos acumulados se ajustan en su misma línea.
A partir del 1 de enero de 2008 tal como se describe en la nota 2.3, no se registran las actualizaciones
del patrimonio.
c)
Ingresos del Fondo de Capitalización Colectiva
Los dividendos ganados por las inversiones en acciones de empresas capitalizadas y los importes cobrados
como resultado de reducciones de capital, se contabilizan por el sistema de lo percibido, los ingresos por
las inversiones en el Fondo de Capitalización Individual y las ganancias en operaciones cambiarias y los
intereses bancarios correspondientes al mantenimiento de saldos en cuentas corrientes de los bancos,
se contabilizan por el sistema de lo devengado.
d)
Gastos del Fondo de Capitalización Colectiva
Las comisiones por administración de portafolio y custodia, se contabilizan por el sistema de lo devengado.
NOTA 3 - DIFERENCIA CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA
Los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados de acuerdo con prácticas contables
establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios
de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en lo siguiente:
a)
Las inversiones bursátiles en acciones de empresas capitalizadas se encuentran valuadas al precio ofertado y
adjudicado al socio capitalizador, al momento de la capitalización, reexpresado al tipo de cambio de cierre de
cada ejercicio. De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, estas inversiones
deberán estar valuadas a su valor patrimonial proporcional, calculado sobre la última información contable
disponible, tal como lo establece la Norma de Contabilidad Nº 7.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
86
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
b)
c)
d)
De haberse valuado estas inversiones de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en
Bolivia, el saldo total de los mismos sería menor en aproximadamente Bs. 29.943.015 y Bs. 33.262.319 al 31
de diciembre de 2010 y 2009, respectivamente.
Las fechas de los estados financieros auditados de las empresas capitalizadas, utilizados para realizar el cálculo
del valor patrimonial proporcional antes mencionado, corresponden a la gestión 2009 y 2008.
El fondo no presenta el estado de rendimientos.
De acuerdo con las normas de la ex Intendencia de Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, los rendimientos ganados por las
inversiones en acciones de empresas capitalizadas se contabilizan por método de lo percibido. De acuerdo con
principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, estos ingresos deberían ser reconocidos contablemente
cuando se devengan.
De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08 de fecha 19 de marzo de 2008,
a partir del primero de enero de 2008, el Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) deberá dejar de ajustar los
estados financieros a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del dólar estadounidense.
De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, los estados financieros del FCC
deberían ser actualizados utilizando como índice de actualización a la variación en el valor de la Unidad de
Fomento para la Vivienda (UFV). Los estados financieros del fondo al 31 de diciembre de 2010 no han sido
actualizados, siguiendo lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES
Durante la gestión 2010 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables, respecto
a las gestiones anteriores.
NOTA 5 - BENEFICIO DEL BONOSOL Y BOLIVIDA
A partir del 20 de diciembre de 2001, las personas mayores de 65 años recibieron el beneficio del Bolivida, correspondientes
a las gestiones 1998 y 2001, dichos pagos han sido reglamentados mediante la Ley complementaria N° 2152 del 23
de noviembre de 2000 y los Decretos Supremos 25994, 26024, 27090 y 27470 de 24 de noviembre de 2000, 12 de
diciembre de 2000, 18 de julio de 2003 y 28 de abril de 2004, respectivamente.
De acuerdo con la Ley del Bonosol de 28 de noviembre de 2002, a partir del 3 de enero de 2005 la Administradora
canceló a las personas mayores de 65 años el beneficio del Bonosol. Durante las gestiones 2010 y 2009 no se efectuaron
pagos de este beneficio.
En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) No. 3791, que
en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol No. 2427. Asimismo, mediante
Decreto Supremo No. 29400 reglamentario, de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) No. 3791, en su
capítulo VI, reglamenta las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y Gastos Funerarios. Es decir que para
los beneficiarios rezagados, el pago del Bonosol y los Gastos Funerarios a cargo del Fondo de Capitalización Colectiva
tienen vigencia efectiva el 31 de diciembre de 2008.
NOTA 6 - CUSTODIA DE LOS TÍTULOS VALORES
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Pensiones, las normas de la ex
Intendencia de Pensiones de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y el contrato de Servicios de
Depósito de Valores suscrito con la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., los títulos representativos de las
inversiones del Fondo de Capitalización Colectiva administrado por “FUTURO DE BOLIVA S.A. - ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE PENSIONES”, se encuentran en custodia de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.
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87
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 7 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
7.1 DISPONIBILIDADES
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Cuenta Corriente en M.N.
Banco Unión S.A. Cta. Cte. 1-807658
Banco Unión S.A. Cta. Cte. 1-2573679
Banco de Crédito S.A. Cta. Cte. 201-4001510-3-25
Banco Nacional S.A. Cta. Cte. 100-0192240
Banco Nacional S.A. Cta. Cte. 1000-194049
Fortaleza FFP S.A. Cta. Cte. 2051-105071
Banco Ganadero S.A. Cta. Cte. 2041-029011
Banco Ganadero S.A. Cta. Cte. 2041-035319
715.300
98.159
534.046
44.981
91.100
2.600
715.300
167.209
336.568
314.359
165.828
44.982
91.100
Cuenta Corriente M.E.
Banco de Crédito S.A. Cta. Cte. 201-4001516-2-75
-
-
38.393
791
5.400
26.489
38.393
1.521.979
1.909.019
Cajas de Ahorro
Mutual Guapay Cja.Aho. 111-643257
Cooperativa San Francisco Cja. Aho. 6051-013604
Cooperativa Trinidad Cja. Aho. 080101010010485
Cooperativa Hospicio Cja. Aho. 3051-067867
TOTAL DISPONIBILIDADES
7.2 INVERSIONES
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Inversiones en Acciones Empresas Capitalizadas
295.706.833
296.985.104
Empresa Ferroviaria Oriental S.A.
Empresa Ferroviaria Andina S.A.
Lloyd Aéreo Boliviano S.A.
89.550.203
45.915.464
160.241.166
89.937.308
46.113.946
160.933.850
Inversiones en el FCI
9.674.545
8.957.820
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
9.674.545
8.957.820
305.381.378
305.942.924
TOTAL INVERSIONES
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88
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Desde la fecha de la capitalización han existido adquisiciones y transferencias de acciones al Fondo de Capitalización
Individual según el siguiente detalle:
Adquisición de acciones
N° de acciones
Acciones
transferidas
por la
capitalización
Por derecho
de compra no
ejercido por
los empleados
Transredes S.A.
Empresa Corani S.A.
Empresa Ferroviaria Oriental S.A.
Empresa Ferroviaria Andina S.A.
Empresa Petrolera Andina S.A.
Empresa Petrolera Chaco S.A.
Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.
Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A.
Empresa Guaracachi S.A.
Lloyd Aéreo Boliviano S.A.
1.679.547
740.948
573.221
330.141
3.215.946
3.807.969
3.037.731
729.909
836.687
557.787
6.131
1.574
15.509.886
(1)
71.353
133.226
665
212.949
Mediante Transferencia Devolución
subasta
de acciones de acciones
pública
al FCI (1)
del FCI (2)
Transferencia
de acciones
a YPFB (3)
Estado (4)
N°
acciones
finales
1.322
1.629
-
140.584
61.876
47.768
27.512
273.942
328.432
253.336
60.826
69.724
46.482
140.584
61.876
47.768
27.512
273.942
328.432
253.336
60.826
69.724
46.482
1.687.000
742.522
3.287.299
3.941.195
3.040.025
729.909
836.687
-
573.221
330.141
557.787
2.951
1.310.482
1.310.482
14.264.637
1.461.149
Al 31 de diciembre de 2003 se realizó la transferencia de 4/12 avos de las acciones de las empresas
capitalizadas al Fondo de Capitalización Individual, de acuerdo con la Resolución Administrativa SPVS IP N° 647, según el siguiente detalle:
Transferencia 2003
Bs.
Transredes S.A.
Empresa Corani S.A.
Empresa Ferroviaria Oriental S.A.
Empresa Ferroviaria Andina S.A.
Empresa Petrolera Andina S.A.
Empresa Petrolera Chaco S.A.
Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.
Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A.
Empresa Guaracachi S.A.
Lloyd Aéreo Boliviano S.A
57.659.178
18.095.030
8.408.700
4.311.506
84.409.612
97.845.696
188.689.909
11.023.651
15.304.116
15.046.580
Total transferencia acciones empresas capitalizadas
500.793.978
(2)
En fecha 13 de mayo de 2006, se promulgó el Decreto Supremo No. 28711, que reglamenta el Decreto
Supremo No. 28701, con la siguiente estipulación: la reversión de la inversión del FCI en acciones de las
empresas capitalizadas, operación llevada a cabo en fecha 18 de mayo de 2006.
(3)
El Artículo 6 del Decreto Supremo N°28701 de fecha 1° de mayo de 2006, estipula la transferencia en
propiedad a YPFB, a título gratuito, de las acciones de las empresas Chaco S.A., Andina S.A. y Transredes
S.A. que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) por un monto que asciende a Bs.
2.918.919.517, según se expone a continuación:
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
89
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Transferencia de
acciones a Y.P.F.B.
Bs.
(4)
Transredes S.A.
Empresa Petrolera Andina S.A.
Empresa Petrolera Chaco S.A.
701.089.735
1.027.161.953
1.190.667.829
Total
2.918.919.517
El Decreto Supremo N° 29101 de fecha 23 de abril de 2007, instruye la transferencia de las acciones de
la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. al Estado Boliviano. El Ministerio de Obras Públicas,
Servicios y Vivienda ejercerá la titularidad de las acciones en ENTEL S.A. hasta que se conforme la empresa
pública “Empresa Nacional de Telecomunicaciones Bolivia – ENTELBO”, las mismas que formaban parte
del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) por un monto que asciende a Bs. 2.284.542.123 (histórico).
El Decreto Supremo No. 0289 de 9 de septiembre de 2009, instruye que las Administradoras de Fondos
de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. deberán transferir a favor de la
Empresa Nacional de Electricidad - ENDE en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a título
gratuito y sin costo administrativo, las acciones de las Empresas Eléctricas Corani S.A., Valle Hermoso
S.A. y Guaracachi S.A. Las Administradoras de Fondos de Pensiones realizarán la transferencia, instruyendo
a la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., sustituir la titularidad de las acciones que actualmente
figuran como BBVA Previsión AFP S.A. para el Fondo de Capitalización Colectiva y Futuro de Bolivia S.A.
- AFP para el Fondo de Capitalización Colectiva a la titularidad de la Empresa Nacional de Electricidad –
ENDE, en fecha 15 de Septiembre de 2009, se transfiere Bs. 475.132.719, en cumplimiento al decreto
supremo citado.
Transferencia de
acciones al Estado
Bs.
(5)
Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A.
Empresa Corani S.A.
Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A.
Empresa Guaracachi S.A.
2.272.960.161
193.540.755
117.904.647
163.687.317
Total
2.748.092.880
En fecha 23 de octubre de 2008, se llevó a cabo una Junta General Extraordinaria de Accionistas con el
objeto principal de realizar una Ampliación de Capital en el LAB. La misma tuvo una serie de irregularidades
que vulneraron su desarrollo y los derechos de accionistas minoritarios como las AFPs. Las resoluciones
fueron aprobadas por la mayoría, habiéndose negado el derecho a voto a las AFPs. Hasta el momento
tampoco se nos ha informado sobre los alcances de dichas resoluciones, motivo por el cual no es posible
precisar su efecto en la participación del FCC en la composición accionaria de la Empresa.
Por lo anterior, Futuro de Bolivia S.A. - AFP ha iniciado una demanda de Arbitraje contra La Empresa,
realizando además las representaciones correspondientes ante la Superintendencia de Empresas, actual
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas, que ha abierto un proceso de investigación,
como también ante la Comisión Fiscalizadora, y actualmente se encuentra desarrollando otras medidas,
dentro de los que la Ley permite, en defensa de los derechos del Fondo de Capitalización Colectiva.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
90
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
7.3 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Cuentas por cobrar a la Administradora
Cuentas por cobrar a Fortaleza FFP S.A.
Cuentas por cobrar a Prodem FFP S.A.
Cuentas por cobrar a Cooperativa San Bartolomé
Cuentas por cobrar a Banco Los Andes ProCredit S.A.
Cuentas por cobrar a Mutual La Primera
Cuentas por cobrar a FADES
Cuentas por cobrar a FFP FIE S.A.
Cuentas por cobrar a Mutual Guapay
Cuentas por cobrar a Cooperativa San Luis
Cuentas por cobrar a Cooperativa El Buen Samaritano
Cuentas por cobrar a Cooperativa Sudamericana
118.900
23.000
1.119.830
605.675
3.180
62.700
82.800
-
72
118.900
1.800
23.000
1.069.830
68.625
605.675
2.390
62.700
54.000
82.800
82.700
TOTAL OTRAS CUENTAS POR COBRAR
2.016.085
2.172.492
7.4 CUENTAS POR PAGAR
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Comisiones por pagar al custodio
Comisiones por pagar a la administradora
Beneficios rezagados por pagar
1.231
2.998
89.344.900
618
12.437
89.344.900
TOTAL CUENTAS POR PAGAR
89.349.129
89.357.955
7.5 OTRAS CUENTAS POR PAGAR
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Cuentas por pagar al Banco Nacional S.A.
Cuentas por pagar a la Cooperativa el Buen Samaritano
9.900
53.100
900
53.100
TOTAL OTRAS CUENTAS POR PAGAR
63.000
54.000
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
91
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 8 - PATRIMONIO DEL FONDO
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Empresa Ferroviaria Oriental S.A.
Empresa Ferroviaria Andina S.A.
Lloyd Aéreo Boliviano S.A.
67.505.001
34.602.000
120.758.112
67.505.001
34.602.000
120.758.112
Total Aporte Acciones Emp.Capitalizadas
222.865.113
222.865.113
2.361.969.303
2.363.074.471
2.033.796.420
399.001.125
32.214.983
2.033.796.420
399.001.125
32.214.983
99.685.424
99.685.424
219.507.312
220.612.480
Más:
Resultados acumulados
Menos:
Beneficio del BONOSOL abonado
Beneficios del BOLIVIDA abonado (Neto de devoluciones)
Beneficio de los gastos funerarios
Más:
Ajustes al patrimonio
TOTAL PATRIMONIO DEL FONDO
NOTA 9 - CUENTAS DE ORDEN
La composición del capítulo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es la siguiente:
2010
Bs.
2009
Bs.
Acciones de Empresas Capitalizadas
295.706.833
296.985.105
TOTAL CUENTAS DE ORDEN
295.706.833
296.985.105
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las acciones en las empresas capitalizadas, dentro de las cuentas de orden,
se encuentran registradas a su valor de capitalización actualizado en función al dólar americano.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
92
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 10 - CONTINGENCIAS
Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones, declara que el Fondo de Capitalización Colectiva no
tiene contingencias de ninguna naturaleza, más allá de las registradas contablemente.
NOTA 11 - OTRAS REVELACIONES IMPORTANTES
a)
Nacionalización de los Hidrocarburos
El 1º de mayo de 2006, en base a los resultados del Referéndum sobre los hidrocarburos, llevado a cabo el 18
de julio de 2004, y a la nueva Ley de Hidrocarburos N° 3058, el Presidente Evo Morales promulgó el Decreto
de Nacionalización de los Hidrocarburos (Decreto Supremo N° 28701), mediante el cual se nacionalizaron los
recursos naturales hidrocarburíferos del país. El Artículo 2 de dicho Decreto obliga a las empresas petroleras que
realizan actividades de producción de gas y petróleo en el territorio nacional a entregar, en propiedad a Yacimientos
Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), toda la producción de hidrocarburos. Asimismo, el Artículo 6 de dicho
Decreto estipula la transferencia en propiedad a YPFB, a título gratuito, de las acciones de las empresas Chaco
S.A., Andina S.A. y Transredes S.A. que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC). Para que
dicha transferencia no afecte el pago del Bonosol, el Estado garantiza la reposición de los aportes por dividendos
que estas empresas entregaban anualmente al FCC. Las gestiones de Futuro de Bolivia S.A. - AFP, fueron
instrumentales para que posteriormente, en fecha 13 de mayo de 2006, se promulgue el Decreto Supremo N°
28711, que reglamenta el Decreto Supremo N° 28701, a través de las siguientes estipulaciones: i) la reversión
de la inversión del FCI en acciones de las empresas capitalizadas, operación llevada a cabo en fecha 18 de mayo
de 2006; y ii) la obligación de las AFPs de transferir la titularidad de las acciones de las empresas Chaco S.A.,
Andina S.A. y Transredes S.A. a YPFB, inmediatamente después de realizada la reversión mencionada, en un plazo
no mayor a un día hábil administrativo. Dicha transferencia se llevó a cabo en fecha 19 de mayo de 2006, dentro
del plazo establecido.
b)
Situación de la participación en el Lloyd Aéreo Boliviano
Los problemas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. (LAB) continuaron durante la gestión 2010, mismos que prolongaron
la crisis generada en gestiones anteriores, sin haber logrado la empresa realizar operaciones con itinerario. En
este contexto, Futuro de Bolivia S.A. - AFP actuó permanentemente de forma diligente y responsable en
representación del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) que administra, enmarcada siempre en el estricto
cumplimiento de la normativa legal vigente.
En este contexto, mediante Resolución Administrativa AEMP/DTRFCE No. 007/2009 emitida por la Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), y confirmada por la Resolución Jerárquica MDPyEP No.
004/2010 del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, el LAB ha sido conminado a reducir su
capital, en aplicación del Artículo 354 del Código de Comercio. Como administrador del FCC, Futuro de Bolivia
S.A. AFP ha requerido oportuna, diligente y repetidamente a la Administración y Síndicos del LAB, el cumplimiento
de lo resuelto por la entidad reguladora, solicitando la convocatoria a una Junta General Extraordinaria de
Accionistas que resuelva sobre este tema.
Debido a la falta de cumplimiento por parte del LAB, en el mes de mayo de 2010 la AEMP ha interpuesto una
denuncia penal en contra de varios Directores, Síndicos y Ejecutivos del LAB, acusándolos de desobediencia a la
autoridad, corrupción y complicidad con las AFPs en el incumplimiento de obligaciones contractuales. Esta
denuncia penal incluye a varios Ejecutivos de ambas AFPs, acusados de corrupción e incumplimiento de obligaciones
contractuales, misma que se encuentra ventilándose en las instancias de investigación correspondientes.
Por otra parte, en fechas 23, 25 y 27 de septiembre de 2010 se publicó en el periódico Los Tiempos, la convocatoria
a Junta General Ordinaria de Accionistas del LAB, para fecha 2 de octubre de 2010, con el siguiente Orden del
Día:
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
93
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
1.
2.
3.
4.
Instalación de la Junta.
Remoción de los miembros del Directorio y Síndicos de la sociedad.
Restitución y posesión de los miembros del Directorio a favor de Swiss Transatlantic Corporation (STAC).
Fijar las dietas y fianzas de los Directores y Síndicos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 de los
Estatutos de la Sociedad.
5. Redacción, Lectura y Aprobación del Acta de la Junta General de Accionistas del Lloyd Aéreo Boliviano S.A.
Dicha Junta se llevó a cabo, habiendo sido designados nuevos Directores a propuesta del accionista mayoritario
Federación Sindical de Trabajadores del LAB (FSTLAB), irregularmente nominados “a favor de STAC”. STAC
es una firma con la que la FSTLAB habría firmado un contrato de cesión irrevocable de sus acciones, a través
de la figura de fideicomiso, a cambio del compromiso de inversión en el LAB de $us. 80 millones.
El representante de Futuro de Bolivia S.A. - AFP votó en contra de tales designaciones, haciendo constar su
respectiva disidencia, debido a que la Junta fue convocada y realizada irregularmente, habiéndose incumplido
la normativa establecida en el Código de Comercio y los Estatutos de la sociedad.
Asimismo, dentro del plazo legalmente establecido, Futuro de Bolivia S.A. - AFP presentó denuncia formal
de impugnación contra la convocatoria y las determinaciones alcanzadas en la mencionada Junta de Accionistas,
misma que se encuentra ventilándose en los estrados judiciales correspondientes.
c)
Bono Solidario
De acuerdo con la Ley del BONOSOL N° 2427, emitida el 28 de noviembre de 2002, las Administradoras de
Fondos de Pensiones deberán realizar el pago del Bono Solidario a todos los ciudadanos bolivianos mayores de
65 años, por un monto de Bs. 1.800 anual, para el período comprendido entre el 1° de enero de 2003 y el 31
de diciembre de 2007. Para obtener la liquidez necesaria para la realización de los pagos mencionados, se dispone
que las AFPs inviertan, a valor de capitalización, las acciones de las empresas capitalizadas que forman parte del
activo del Fondo de Capitalización Colectiva en cuotas del Fondo de Capitalización Individual, que deberán ser
redimidas al valor de cuota vigente en el día de la redención.
d)
Renta Universal de Vejez – Renta Dignidad
En fecha 28 de noviembre de 2007, se promulgó la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad) N° 3791,
que en el artículo 12 establece la derogación de los artículos 1 al 21 de la Ley del Bonosol N° 2427. Asimismo,
mediante Decreto Supremo N° 24900, reglamentario de la Ley de la Renta Universal de Vejez (Renta Dignidad)
N° 3791, en su capítulo VI, se reglamentan las condiciones y procedimientos para el pago del Bonosol y gastos
funerarios. Es decir que el beneficio del Bonosol y los gastos funerarios a cargo del Fondo de Capitalización
Colectiva tienen vigencia efectiva hasta el 31 de diciembre de 2007 y existiendo un plazo de 1 año para el pago
del beneficio.
El Fondo de Renta Universal de Vejez, para todos los efectos se constituye en Fideicomiso, tiene por objeto
financiar la Renta Dignidad y los Gastos Funerales, este fondo se encuentra financiado por:
i) El 30% de todos los recursos percibidos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), de las Prefecturas,
Municipios, Fondo Indígena y Tesoro General de la Nacional a partir del 1 de enero de 2008.
ii) Los dividendos de las empresas públicas capitalizadas, generados a partir de la gestión 2008, en la proporción
accionaría que corresponde a los bolivianos.
La Renta Dignidad es el beneficio a favor de todos los bolivianos, que consiste en pagos vitalicios no heredables.
Son beneficiarios de la Renta Dignidad, con el 100% del pago cuyo monto será Bs. 2.400, todos los bolivianos
que cumplan 60 años o más que no perciban renta ó pensión en calidad de titular o derechohabiente del
sistema de seguridad social de largo plazo, ni remuneración contemplada en el Presupuesto General de la
Nación.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
94
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Los Gastos Funerales, es el beneficio que otorga el Fondo de Renta Universal de Vejez, que se paga en efectivo,
por una sola vez, a la persona que acredite haber efectuado el pago del funeral de un beneficiario de la Renta
Dignidad, que cumpla con los requisitos establecidos para el pago de Renta Dignidad a la fecha de fallecimiento,
y que no le corresponda el pago de gastos Funerarios financiado por el Seguro Social Obligatorio de Largo
Plazo. El monto establecido será pagado en Bolivianos y por una sola vez. Durante los 3 primeros años será
de Bs. 1.800, vencidos los cuales, el monto será definido por el Ministerio de Finanzas.
Mediante Resolución Administrativa No. 210 de 29 de febrero de 2008, la Intendencia de Pensiones que
formaba parte de la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones indica que en fecha 29 de diciembre de 2007 se emite el Decreto Supremo No.
29400, que tiene por objeto “Reglamentar la Ley 3791 de 28 de noviembre de 2007, de la Renta Universal
de Vejez (Renta Dignidad) y los Gastos Funerales”.
La mencionada Resolución Administrativa en el Capítulo I Disposiciones Generales, Artículo 2 (Periodo
Transitorio), indica que conforme el D.S. 29400, el periodo transitorio de vigencia del BONOSOL y Gastos
Funerarios concluirá el 30 de junio de 2009. Concluido el periodo transitorio las AFPs no podrán efectuar
pagos de BONOSOL o recibir solicitudes de Gastos Funerarios.
Los beneficios financiados por el Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), correspondientes al BONOSOL y
Gastos Funerarios, de responsabilidad de las AFPs se mantendrán vigentes durante el periodo transitorio,
tomando en cuenta las determinaciones del D.S. 29400 y la presente Resolución Administrativa.
Mediante Resolución Administrativa SPVS No. 1029 de 30 de diciembre de 2008, la Superintendencia de
Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones norma el
Procedimiento de Transición del Servicio de Gestión y Pago de la Renta Dignidad y Gastos Funerales de las
Administradoras de Fondos de Pensiones a la Asociación Accidental La Vitalicia – BISA SAFI, esta resolución
administrativa indica en el artículo 3, inciso b) Las AFPs deberán instruir a la entidades Pagadoras de Renta
Dignidad, el cierre de movimientos al 31 de enero de 2009, no pudiendo realizarse ningún pago de Beneficios
a partir del 1 de febrero de 2009. Motivo por el que las Administradoras de Fondos de Pensiones a partir
del 1 de febrero de 2009 han dejado de pagar el beneficio de Renta Dignidad y devengar el pago de Gastos
Funerales.
La Resolución Administrativa SPVS-IP No. 091 de 30 de enero de 2008, en su artículo 21º indica que todo
cheque o pago emitido por concepto de Gastos Funerales de Renta Universal de Vejez que no hubiera sido
cobrado por el solicitante en un periodo de 150 días a partir de la fecha de emisión o envío a la Entidad
Pagadora, deberá ser revertido al patrimonio del Fondo de Renta Universal de Vejez.
e)
Transferencia de acciones a favor de Empresa Nacional de Electricidad - ENDE
Mediante Decreto Supremo No. 0289 de 9 de septiembre de 2009, instruye que las Administradoras de Fondos
de Pensiones Futuro de Bolivia S.A. - AFP y BBVA Previsión AFP S.A. deberán transferir a favor de la Empresa
Nacional de Electricidad - ENDE en representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a título gratuito y sin costo
administrativo, las acciones de las Empresas Eléctricas Corani S.A., Valle Hermoso S.A. y Guaracachi S.A. Las
Administradoras de Fondos de Pensiones realizaron la transferencia, instruyendo a la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A., sustituir la titularidad de las acciones que actualmente figuran como BBVA Previsión AFP
S.A. para el Fondo de Capitalización Colectiva y Futuro de Bolivia S.A. - AFP, para el Fondo de Capitalización
Colectiva a la titularidad de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE.
f)
Aprobación Nueva Ley de Pensiones
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFPs y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la
ex Superintendencia de Pensiones, y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán resueltos”,
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
95
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones contrarias a
la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora Pública
de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho
público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175.- (Transferencia de Información y Datos).
I. Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases de datos
que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información que transfieran.
II. Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente será
establecida en reglamento.
III. La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información
transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que
deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176.- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I. Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las
Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta
Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones,
serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo,
según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento.
II. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas matemáticas
actuariales que correspondan.
Artículo 177.- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante
Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No. 1732, de Pensiones,
Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en la presente Ley y disposiciones
reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas
a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo
tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
III.
IV.
V.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los
Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema
Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones del
Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de largo plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de Largo
Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo establecido
en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias, a partir de la
emisión de la reglamentación respectiva.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
96
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
VI. Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el Aporte
Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta Básica
Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
VII. Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del componente
concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, hasta la fecha
de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
VIII. Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o Comisión,
conforme a lo siguiente:
a)
b)
La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta
el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del
Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían hasta
antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones será la
determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de la custodia
de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo deberán
efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento. El artículo 179
determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación de la presente Ley se
encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título gratuito a un Fideicomiso
que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta Universal
de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFPs deberán concluir:
I.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con anterioridad
a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y absoluta responsabilidad.
II.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de Fiscalización,
el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa en
Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones
continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación de servicios suscritos
con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así como lo dispuesto en la nueva
Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo,
mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para
el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante
Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos
con la ex Superintendencia de Pensiones y la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán
resueltos.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
97
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Dado que la Ley de Pensiones establece que “Las acciones de las empresas capitalizadas que se encuentran en
el Fondo de Capitalización Colectiva deberán ser transmitidas a título gratuito a un fideicomiso a ser administrado
por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo. Los dividendos de las capitalizadas deberán ser
transferidos al Fondo de Renta Universal de Vejez de acuerdo al reglamento. La liquidez del Fondo de Capitalización
Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal de Vejez”, se entiende que el Fondo de
Capitalización Colectiva desaparecerá una vez que la Gestora Pública de Seguridad Social a Largo Plazo asuma
la administración del Sistema Integral de Pensiones. A la fecha no se ha emitido el Decreto Supremo que establecerá
el periodo de transición para el inicio de la nueva gestora, consiguientemente los presentes estados financieros
del Fondo de Capitalización Colectiva se han elaborado bajo el principio de empresa en marcha.
NOTA 12 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que el Fondo de Capitalización Colectiva no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más
allá de las registradas contablemente.
NOTA 13 - HECHOS POSTERIORES AL CIERRE
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero de 2011,
Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones - SIP, prevista en el Artículo
176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
• Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras de Fondos
de Pensiones – AFP.
• Las AFPs deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
• Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFPs harán efectivo el cobro de la Comisión del SIP,
establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
• El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables vigentes antes
de la promulgación de la Ley N° 065.
• Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFPs deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos contables
para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según corresponda.
• Las AFPs se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio de Largo
Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la Ley N° 065 y normativa
reglamentaria.
• El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de acuerdo al
Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
• Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas y acreditadas
en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFPs.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros del
ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
98
ESTADOS
FINANCIEROS
FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
BALANCE GENERAL
ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs. = Boliviano
$us. = Dólar Americano
UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda
100
101
105
107
109
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ernst & Young Ltda.
Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
Edif. Torre Azul - Piso 16
La Paz - Bolivia
Tel. 591-2-243 4313
Fax: 591-2-214 0937
www.ey.com
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado los balances generales del Fondo de Capitalización Individual, administrado por FUTURO DE
BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes
estados de variación patrimonial y de flujos de efectivo por los ejercicios terminados en esas fechas, así como las
notas 1 a 45 que se acompañan. Dichos estados financieros son responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre los mismos basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si los estados financieros están libres de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye
examinar, sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones incluidas en los estados
financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones
significativas hechas por la Gerencia, así como también evaluar la presentación de los estados financieros tomados
en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 a los estados financieros, los mismos han sido preparados de acuerdo con
prácticas contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas
prácticas difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, los estados financieros mencionados en el párrafo 1, presentan razonablemente, en todos sus
aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera del Fondo de Capitalización Individual administrado por
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las
variaciones patrimoniales y los flujos de efectivo, por los ejercicios terminados en esas fechas, de acuerdo con normas
contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas
2 y 3 a los estados financieros.
5. Como se menciona en la Nota 42 f) a los estados financieros, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las
obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas
Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de
Riesgos Profesionales, y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos
a los Fondos administrados por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los
plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta
Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de
Fondos de Pensiones, estas deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
100
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
1
2010
Bs.
2009
Bs.
ACTIVO
1.1.1.01 Cuentas Recaudadoras
1.1.1.02 Cuenta de Administración de
Cartera en el País
1.1.1.03 Cuenta de Administración de
Cartera en el Exterior
1.1.1.04 Cuenta Desembolsos
1.1.2.01 Valores en Tránsito
304.710
1.292.248
96.126.057
374.975.660
30.385.541
42.233
28.448.334
41.456
126.858.541
404.757.698
8.874.620.902
40.681.114
5.144.619.444
1.776.549.234
1.864.923.532
9.462.478.697
34.307.121
2.652.174.370
932.535.338
1.688.036.541
17.701.394.226
14.769.532.067
-
-
Total Inversiones en el Exterior
-
-
1.4.1.01 Excesos de Inversión en el País
1.4.1.02 Excesos de Inversión en el Exterior
63.700.245
-
61.787.031
-
8
63.700.245
61.787.031
9
10
11
25.690.996
11.227.922
-
22.361.638
45.548
10.182.448
-
36.918.918
32.589.634
17.928.871.930
15.268.666.430
Total Disponibilidades
1.2.1.01
1.2.1.02
1.2.1.03
1.2.2.01
1.2.3.01
1.2.4.01
5
Inversiones en el Tesoro General de la Nación
Inversiones en el Banco Central de Bolivia
Inversiones en Municipios
Inversiones en Instituciones Financieras del País
Inversiones en Entidades Comerciales del País
Otras Inversiones en el País
Total Inversiones en el País
7
1.3.3.01 Inversiones en Instituciones
Financieras del Exterior
Total Excesos de Inversión
1.6.1.01
1.6.1.02
1.6.1.03
1.6.1.04
Cuentas por Cobrar a la Administradora
Intereses por Cobrar Cuentas Corrientes
Cuentas por Cobrar a Entidades Financieras
Valores Pendientes de Cobro
Total Cuentas por Cobrar
TOTAL ACTIVO
6
6.1.1.01
6.1.1.02
6.1.2.01
6.1.2.02
6.2.1.01
6.3.1.01
6.4.1.01
Cuentas de Orden Deudoras
Cotizaciones en Gestión de Cobro
34 y 36 a)
Cotizaciones en Cobranza Judicial
34 y 36 a)
Cotizaciones en Gestión de Cobro -BP
36 b)
Cotizaciones en Gestión de cobranza Judicial - BP
36 b)
Deudores por Entregas a la DGP
36 c)
Valores en Custodia
6
Títulos Valores En Proceso de Emisión
39.169.048
213.573.712
451.596
905.491
351.496.571
16.376.189.496
25.549.551
92.167.642
140.177.271
1.085.100
229.551.232
14.175.950.763
-
Total Cuentas de Orden Deudoras
17.007.335.465
14.638.932.008
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
101
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
2010
Bs.
12
12.332.985
11.369.386
13
24.192.895
18.059.772
14
556.202
102.524
15
16
17
149.714.096
1.500
352.029
48.168
174.247
37.187
1.286.539
43.078
39.073
4.179
303.919
44.243
20.982.125
9.520.225
882.890
34.658
15.064
-
140.052.388
35.250
217.037
21.997
130.855
273.168
26.919
4.266
2.381
265.165
43.655
36.923
23.321.105
6.947.739
711.185
165.828
37.867
2.656
-
Total Cuentas por Pagar
220.565.302
201.828.066
TOTAL PASIVO
220.565.302
201.828.066
2
PASIVO
2.1.1.01
2.1.1.02
2.1.1.03
2.1.1.04
Recaudación del Mes
Recaudación Clasificada
Recaudación no Aclarada
Recaudación de Renta Compensación
de Cotizaciones Mensual
Recaudación de Fracción
Complementaria FF.AA.
Recaudación no Aclarada del
Último Mes Reportado
Recaudación Renta Dignidad
Recaudación Pensión Básica Previsional
Traspasos desde otras AFP’s
Traspasos hacia otras AFP’s
Comisiones por Pagar al Custodio
Comisiones por Pagar Portafolio
Comisiones por Pagar Cuentas Individuales
Comisiones por Pagar Renta de CC Mensuales
Comisiones por Pagar por Contrato Cias.de Seguros
Comisiones por Pagar por Contratos M.V.V.
Comisiones por Pagar Renta de FC Mensuales
Comisiones por Pagar Pensión Básica Previsional
Comisiones por Pagar Primas RC - RP - RL
Cuentas por Pagar AFP
Cuentas por Pagar Operadores
Cuentas por pagar a Entidades Financieras
Cuentas por Pagar por Inversión con Pago Diferido
Prestaciones por Pagar
Prestaciones y Beneficios no Cobrados
Transferencias por Pagar por Otros Fondos y Cuentas
Retenciones por Pagar a Entes Gestores de Salud
Devolución de Aportes
Transferencias de Capital Seguro Vitalicio
Transferencias de Capital a otras AFP’s
Transferencias de Capital desde Otras AFP's
Devolución de Cotizaciones en Exceso
Aportes Regularizadores
2.1.1.05
2.1.1.06
2.1.1.07
2.1.1.08
2.1.2.01
2.1.2.02
2.1.3.01
2.1.3.02
2.1.3.03
2.1.3.04
2.1.3.05
2.1.3.06
2.1.3.07
2.1.3.08
2.1.3.09
2.1.4.01
2.1.4.02
2.1.4.03
2.1.4.04
2.1.5.01
2.1.5.06
2.1.6.01
2.1.6.02
2.1.6.03
2.1.7.01
2.1.7.02
2.1.7.04
2.1.8.01
2.1.9.01
Jorge Venegas Fernández
Contador General
18
19
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
102
2009
Bs.
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
3
33 A. 1
4.461.908
7.837.370
33 A. 2 y 3
11.675.328
12.220.405
16.137.236
20.057.775
15.043.125.555
36.460.534
1.706.428
333.529.789
12.993.030.095
35.078.229
1.692.494
315.577.530
15.414.822.306
13.345.378.348
99.454.509
747.086
608.153.402
570.221.827
667.227.639
5.688.026
304.511.707
20.452.586
63.553
826.751
-
150.091.259
59.875
430.031.678
424.624.324
468.160.164
3.709.137
203.243.767
21.064.748
16.476
400.813
-
2.277.347.086
1.701.402.241
TOTAL PATRIMONIO
17.708.306.628
15.066.838.364
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO
17.928.871.930
15.268.666.430
Cotizaciones Mensuales
Cotizaciones Adicionales
Compensación Global de Cotizaciones
Otros Aportes en Cuentas Individuales
33 B. 1
33 B. 2 Y 3
33 B. 4
33 B. 5
Total Cuentas Individuales
3.3.1.01
3.4.1.01
3.5.1.01
3.5.1.02
3.5.1.03
3.5.1.04
3.5.1.05
3.6.1.01
3.6.1.02
3.7.1.01
3.8.1.01
2009
Bs.
PATRIMONIO
3.1.1.01 Recaudos en proceso
3.1.1.02 Recursos por Acreditarse en
Cuentas individuales
3.2.1.01
3.2.1.02
3.2.1.03
3.2.1.04
2010
Bs.
Cotizaciones en Rezagos
Traspasos en Proceso
Cuotas de Otros Fondos y Cuentas
Cuotas del Fondo de Riesgo Profesional
Cuotas del Fondo de Riesgo Común
Cuotas del Fondo de Riesgo Laboral
Cuotas de la Cuenta Básica Previsional
Cotizaciones en Exceso
Cotizaciones en Exceso CBP
Descuadraturas Menores en Recaudación
Resultado del Fondo
33 C. 1
33 D. 1
33 E. 1 y 2
33 F. 1
33 G. 1
33 H. 1
33 I. 1
33 J. 1
33 J. 1
33 K. 1
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
103
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
BALANCE GENERAL
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
2010
Bs.
2009
Bs.
7
CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS
7.1.1.01
7.1.1.02
7.1.2.01
7.1.2.02
7.2.1.01
7.3.1.01
7.4.1.01
Cuenta de Control Cotizaciones en Gestión de Cobro
Cuenta de Control Cotizaciones en Cobranza Judicial
Cotizaciones en Gestión de Cobro -BP
Cuenta de Control de Cotizaciones en CobranzaJudicial - BP
Cuenta de Control Deudores por Entregas a la DGP
Cuenta de Control Valores en Custodia
Cuenta de Control Titulos Valores En Proceso de Emisión
39.169.048
213.573.712
451.596
905.491
351.496.571
16.376.189.496
25.549.551
92.167.642
140.177.271
1.085.100
229.551.232
14.175.950.763
-
Total Cuentas de Orden Acreedoras
17.007.335.465
14.638.932.008
Las notas 1 a 45 forman parte integrante de los estados financieros.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
104
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
105
(552.753.522)
(552.753.522)
(72.870.175)
(138.894.744)
(218.832.368)
(41.740.231)
(62.530.275)
(77.426.858)
(37.135.004)
(1.654.742)
(12.999.346)
(93.656.706)
(630.911)
(2.321.838)
(885.077)
(3.652.151)
(363.594)
(5.991.870)
1.922.583.826
1.699.721.640
2.792.228
108.296.203
94.787.235
16.986.520
15.066.838.364
Bs.
Julio Vargas León
Gerente General
(1.222.653.4449)
Total disminuciones del patrimonio
Jorge Venegas Fernández
Contador General
(1.222.653.4449)
(160.961.1912)
(303.029.8470)
(481.865.3644)
(92.038.8524)
(137.545.1482)
(170.771.9409)
(81.509.4229)
(3.655.3437)
(28.932.5688)
(207.646.2279)
(1.585.4786)
(7.503.8080)
(1.958.7806)
(8.048.6696)
(806.1639)
(16.660.0012)
Total Aumentos del Patrimonio
Disminuciones del Patrimonio
Devengamiento de Comisiones por Administración Cuentas Individuales
Traspasos en Proceso hacia Otras AFP’s
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Riesgo Común
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Riesgo Profesional
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Riesgo Laboral
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios Cuenta Individual
Devengamiento de Prestaciones y Beneficios MVV
Devolución de Aportes
Transferencias de Saldos de Cta. Individual a Cias. Aseguradoras
Transferencias de Primas a Entidades Aseguradoras
Rescate de Cuotas del FCC
Devengamiento devolución de Pagos en Exceso
Interés Incremental
Traspaso de Cotizaciones al TGN para Incremento de renta (2%)
Pago de Compensación de Cotizaciones
Transferencia Saldo Cotizaciones Mensuales Fallecidos
Transferencias de Capital a Otras AFP’s
Transferencia de Capital al TGN aportes FFAA
Otras Disminuciones
4.280.300.6312
Contribuciones
Compensación Global de Cotizaciones
Traspaso en Proceso desde Otras AFP
Compra de Cuotas del FCC
Transferencia de Capital desde Otras AFP
Otros Aumentos
21.01.1
21.01.2
21.01.3
21.01.4
21.01.5
21.99
22
22.01
22.02
22.03
22.03.1
22.03.2
22.03.3
22.03.4
22.03.5
22.04
22.05
22.06
22.07
22.08
22.09
22.10
22.11
22.12
22.13
22.14
22.99
3.766.631.4736
6.178.7984
239.407.8151
210.402.2247
57.680.3194
Aumento del Patrimonio
21
34.649.520.7732
SALDO INICIAL DEL PATRIMONIO
2010
20
Cuotas
ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(1.547.536.4960)
(1.547.536.4960)
(153.881.8714)
(255.479.7112)
(419.541.5187)
(65.545.8879)
(138.064.0142)
0.0000
(155.850.5398)
(60.081.0768)
(4.688.5628)
(40.839.0167)
(203.779.8589)
(409.644.4762)
(1.740.9869)
(8.209.6072)
(128.6112)
0.0000
(4.136.6913)
(18.434.2698)
(2.573.3396)
(24.457.9741)
4.175.806.4698
Bs.
(627.880.438)
(627.880.438)
(63.843.550)
(105.878.279)
(174.437.754)
(27.246.286)
(57.511.169)
(64.542.456)
(25.137.843)
(1.945.594)
(16.724.121)
(84.454.860)
(160.700.000)
(586.325)
(2.599.056)
(51.845)
(1.705.791)
(7.529.779)
(1.065.079)
(6.358.405)
1.710.639.986
1.531.353.295
2.662.215
79.849.547
81.997.499
14.777.430
12.552.828.816
2009
3.715.105.6916
6.425.2840
192.268.6539
0.0000
197.683.2028
64.323.6375
32.021.250.7994
Cuotas
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADOS FINANCIEROS
106
VALOR CUOTA AL CIERRE DE OPERACIONES
25
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Las notas 1 a 45 forman parte integrante de los estados financieros.
SALDO FINAL DEL PATRIMONIO
Resultado Inversiones y Recursos alta liquidez
Rendimiento por Valoración
Intereses por vencimientos en días Inhabiles
Resultado por actualización de saldos de Ctas.Corrientes en M.E.
Rendimiento por Intereses sobre Saldos en Ctas.Corrientes
Rendimiento por Dividendos
Otros Resultados por Inversiones y Recursos alta Liquidez (neto)
Devengamiento de Comisiones y Gastos
Devengamiento Comisión por Administración de Portafolio
Devengamiento Comisión Custodia
Devengamiento Gastos de Transacciones
Otros Egresos por Comisiones o Gastos
Resultado por Conceptos distintos a los anteriores
Resultado por Compra o Venta de Divisas
Otros resultados no considerados en los ítems anteriores
23.01
23.01.1
23.01.2
23.01.3
23.01.4
23.01.5
23.01.9
23.02
23.02.1
23.02.2
23.02.3
23.02.9
23.99
23.99.1
23.99.2
24
Resultado de Fondo en el mes
23
37.707.167.9595
Cuotas
Bs.
Julio Vargas León
Gerente General
469.62707
17.708.306.628
1.289.658.163
1.289.420.374
(126.535)
335.485
28.839
(19.981.590)
(15.934.105)
(3.789.388)
(258.097)
1.961.387
(638.000)
2.599.387
1.271.637.960
2010
ESTADO DE VARIACIÓN PATRIMONIAL
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
34.649.520.7732
Cuotas
Bs.
434.83540
15.066.838.364
1.448.890.150
1.443.239.932
1.364
4.583.095
1.065.759
(18.806.394)
(15.491.548)
(3.185.849)
(128.997)
1.166.244
1.166.244
1.431.250.000
2009
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
2010
Bs.
2009
Bs.
404.757.698
497.398.287
1.711.381.627
29.577.771
4.419.466
72.616
778.931.541
1.368.814.381
305.206.085
2.857.255
6.644.663
7.400.748
147.119.414
1.549.262.388
7.269.078
4.165.126
1.003.680
739.124.258
1.364
1.433.334.425
253.045.651
2.655.045
3.359.905
4.033.976
135.096.704
4.362.425.567
4.132.351.600
(86.918.938)
(79.825.793)
43 13)
(60.982.562)
(54.080.910)
43 14)
43 15)
(15.541.137)
(3.774.155)
(15.567.274)
(3.174.011)
43 16)
43 17)
(2.735.003)
(429.244)
(2.859.297)
(269.456)
43 18)
43 19)
43 20)
43 21)
43 22)
43 23)
43 24)
43 25)
(280.214)
(58.165)
(3.118.458)
(60.174.841)
(284.083)
(624.626)
(364.130.228)
(1.775.987)
(1.775.987)
(251.828.984)
(53.686)
(46.335)
(3.774.824)
(33.416.402)
(81.782)
(589.892)
(319.740.992)
(160.700.000)
(1.980.900)
(1.980.900)
(207.728.512)
Nota
10
SALDO INICIAL
11
INGRESOS
11.01
11.02
11.03
11.04
11.05
11.06
11.07
11.08
11.09
11.10
11.11
11.12
11.13
11.14
11.99
Recaudación
Traspasos netos desde otras AFP’s
Reintegro de Cargos Bancarios
Compra de Cuotas FCC
Intereses Percibidos sobre Cuentas Corrientes
Dividendos
Cortes de Cupón
Intereses por vencimiento en días Inhabiles
Recaudación no Informada Oportunamente
Rescate de inversiones
Recaudación de Renta de CC Mensual
Recaudación Compensación Global de Cotizaciones
Transferencias de Capital Desde Otras AFP’s
Recaudación de Fracción Complementaria FFAA
Otros ingresos
43 1)
43 2)
43 3)
43 4)
43 5)
43 6)
43 7)
43 8)
43 9)
43 10)
43 11)
43 12)
Total Ingresos
12
EGRESOS
12.01
12.01.1
Total Comisiones
Comisiones pagadas a la AFP por
Administración de Cuentas Individuales
Comisiones pagadas a la AFP por
Administración de Portafolio
Comisiones pagadas al Custodio
Comisiones pagadas a la AFP por
pago de la Renta de CC Mensual
Comisiones pagadas por pago pensiones M.V.V.
Comisiones pagadas a la AFP
p/Transf.Primas a Cias. Aseguradoras
Comisiones pagadas por Renta Mensual FFAA
Comisiones pagadas a la AFP por primas RC. RP y RL
Traspasos netos hacia otras AFP
Gastos de Transacción
Devolución de Pagos en Exceso
Cargos Bancarios
Rescate de Cuotas FCC
Intereses Pagados a la AFP
Interés por Mora Asociado a la Comisión
Interés Incremental
Total de Prestaciones y Beneficios Pagados
12.01.2
12.01.3
12.01.4
12.01.5
12.01.6
12.01.7
12.01.8
12.02
12.03
12.04
12.05
12.06
12.07
12.07.1
12.07.2
12.08
43 26)
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
107
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE FLUJO DEL EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
2010
Bs.
2009
Bs.
43 30)
43 31)
43 32)
43 33)
43 34)
43 35)
(15.784.887)
(55.464.428)
(3.922.086)
(51.542.342)
(39.760.812)
(35.994.143)
(3.766.669)
(16.098.977)
(119.229.855)
(5.490.025)
(146.298)
(10.338.579)
(53.127.015)
(2.520.029)
(50.606.986)
(33.616.403)
(30.076.878)
(3.539.525)
(10.028.261)
(97.499.884)
(3.118.370)
(303.803)
43 36)
43 37)
43 38)
43 39)
(13.130.362)
(10.350.588)
(2.464.829)
(16.764.934)
(8.131.297)
(78.755)
(2.210.132)
43 40)
43 41)
43 42)
43 43)
43 44)
43 45)
(3.792.101.129)
(885.077)
(3.652.151)
(363.597)
(51.493.006)
(51.844)
(3.316.442.357)
(2.105.064)
(7.529.779)
(1.065.079)
(66.244.872)
Total Egresos
(4.640.324.724)
(4.224.992.189)
SALDO FINAL
126.858.541
404.757.698
Nota
12.08.1
12.08.2
12.08.2.1
12.08.2.2
12.08.3
12.08.4
12.08.4.1
12.08.4.2
12.08.5
12.08.6
12.08.7
12.09
12.10
12.11
12.12
12.13
12.14
12.15
12.16
12.17
12.18
12.99
13
Por Riesgo Común
Por Riesgo Profesional
Al SSO
Desembolsos a la Dirección General de Pensiones
Por Riesgo Laboral
Por Cuenta Individual
Pago de Retiros Mínimos
Pago de Masa Hereditaria
Pagos beneficios MVV
Pagos Renta de CC Mensual
Pagos Renta de CC Mensual FC
Devolución de Aportes
Transferencia de saldos de Ctas.Individuales
a Entidades Aseguradoras
Pagos a Entes Gestores de Salud
Financiamiento de Gastos Médicos
Traspasos de Primas a Cias.Aseguradoras
Traspasos de Cotizaciones a TGN
para Incremento rent (2%)
Inversiones Realizadas
Transferencia saldo cotizaciones mensuales fallecidos
Transferencias de Capital a Otras AFP’s
Transferencia de Capital al TGN aportes FFAA
Otros Egresos
43 27)
43 28)
43 29)
Las notas 1 a 40 forman parte integrante de los estados financieros.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
108
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - ASPECTOS LEGALES DEL FONDO
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - Administradora de Fondos de Pensiones fue constituida en la ciudad de La Paz, en
fecha 12 de febrero de 1997, según Testimonio de escritura pública de constitución N° 075/97, estableciéndose
como domicilio principal de la sociedad la ciudad de La Paz.
El funcionamiento de la Sociedad fue autorizado mediante Resolución Administrativa N° 02-09518/97 de fecha
28 de febrero de 1997, otorgada por la Dirección General de Registro de Comercio y Sociedades por acciones.
Mediante Resolución SP 002/97 de 30 de abril de 1997, la ex – Superintendencia de Pensiones sucedida luego
por la ex - Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones otorgó la licencia de funcionamiento a la Sociedad.
El objeto social definido en los estatutos de la sociedad es:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
Administrar y representar a los fondos de pensiones conforme a la Ley.
Cumplir con las prestaciones y servicios establecidos en la Ley de Pensiones (Ley N° 1732 de fecha 29
de noviembre de 1996), y sus reglamentos.
Contratar servicios necesarios para la realización de sus actividades.
Invertir sus propios recursos en entidades que presten servicios de custodia de títulos valores, de sistemas
computarizados, de procesamiento de planillas de recaudación cobro de mora y pago de prestaciones
del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo bajo su responsabilidad y similares.
Ofertar mensualidades vitalicias variables a los afiliados de los fondos que administre y sus derecho
habientes, cuando legalmente corresponda.
Cobrar las comisiones en la medida autorizada legalmente, como remuneración por los servicios de
administración de fondos.
En general, realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones, negocios, negociaciones, gestiones y
similares de cualquier naturaleza sin limitación alguna, que no sean las limitaciones establecidas por ley, para
el mejor cumplimiento de sus fines, incluyendo todos los actos y contratos de carácter civil, comercial, bancario,
financiero, de trabajo, seguridad social, seguros, inversiones, administrativos, tributarios y demás requeridos y
necesarios.
De acuerdo al contrato de modificación, enmienda y complementación del contrato inicial para la prestación
de servicios, suscrita en fecha 22 de abril de 1999 con la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones,
como emergencia de la promulgación de la Ley de Propiedad y Crédito Popular, se incorporan nuevas obligaciones
y derechos para las Administradoras de Fondos de Pensiones:
a)
Administración de los Certificados Fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que participen en la Cuenta
de Acciones Populares (CAP), constituido en un valor denominado Acción Popular (AP).
b)
Administración de los Certificados Fiduciarios de los ciudadanos bolivianos que se encuentran registrados
en la Cuenta Solidaria, para la otorgación de beneficios.
c)
Recaudar y administrar cualquier aporte laboral, patronal y voluntario de acuerdo a reglamento específico,
a ser emitido por el Poder Ejecutivo.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
109
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
El objetivo del Fondo de Capitalización Individual, es el de recaudar las contribuciones que efectúan sus afiliados
con la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley No. 1732, de Pensiones. Los beneficios
mencionados consisten básicamente, en la posibilidad de acceder a una jubilación ordinaria, un retiro por
invalidez o una pensión por fallecimiento, contratadas bajo una de las siguientes modalidades: Seguro Vitalicio
contratado con entidades aseguradoras calificadas o Mensualidad Vitalicia Variable por medio de una de las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
Los recursos del Fondo de Capitalización Individual, administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, han sido invertidos en instrumentos de inversión autorizados por la Ley de Pensiones,
el Reglamento de la Ley de Pensiones D.S. N° 24469 y por la ex - Intendencia de Pensiones, que forma parte
de la ex -Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros actual Autoridad de Fiscalización y Control Social
de Pensiones.
La fecha de inicio de operaciones del Fondo de Capitalización Individual es el 1° de mayo de 1997.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de fecha 29 de noviembre de 1996 y en la Ley
de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 la ex Intendencia de
Pensiones de la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Pensiones, mediante Resolución Administrativa N° 572/2001 de fecha 1° de noviembre de 2001, ha
dispuesto la transferencia de las coberturas por riesgo común y profesional desde las Administradoras de Fondos
de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La Vitalicia Seguros
y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75% y 25%, respectivamente.
En fecha 1° de noviembre de 2001, las Administradoras de Fondos de Pensiones han firmado un contrato de
seguro (póliza de seguro) con la Vitalicia de Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de
servicios con Seguros Provida S.A. de acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa 564/01 del
30 de octubre de 2001.
El 3 de julio de 2003, se realiza la primera transferencia de capital acumulado a la Cuenta de Mensualidad
Vitalicia Variable que es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio del fondo y pertenece a los
afiliados que han suscrito el Contrato de Mensualidad Vitalicia Variable. Los bienes y derechos que componen
el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias
de cualquier especie.
Mediante Decreto Supremo N° 28926 de 15 de noviembre de 2006, se dispone que las Administradoras de
Fondos de Pensiones - AFPs, a partir del 1° de noviembre de 2006, administren totalmente las prestaciones por
Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 Ley de Pensiones, en forma
transitoria hasta la fecha a ser determinada por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros,
actualmente Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
Esta administración fue adjudicada a las empresas aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros S.A.” y
“Seguros Provida S.A.” por el quinquenio, noviembre 2001 a octubre 2006.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
A continuación se describen los principios y normas aplicables más significativas aplicados por la Administradora:
2.1
Generales
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados para ser presentados
ante la ex Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las Resoluciones Administrativas,
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
110
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Manual de Cuentas y Circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan
con los principios y normas contables generalmente aceptados en Bolivia, excepto por lo que se menciona
en la Nota 3 a los estados financieros.
Para la presentación de los estados financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la Administradora
del Fondo de Capitalización Individual, ha adoptado los formatos establecidos por la ex Intendencia de
Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones, mediante las Circulares AP/DPC/CO/35.2010 y AP/DPC/CO/22.2009
respectivamente.
2.2
Período cubierto por los estados financieros
Los presentes estados financieros del Fondo de Capitalización Individual corresponden al ejercicio terminado
el 31 de diciembre de 2010, los mismos que son comparados con los estados financieros correspondientes
al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009.
2.3
Valoración de Inversiones
Valores elegibles
De acuerdo con las normas establecidas en la Ley N° 1732, Ley de Pensiones, los recursos del Fondo de
Capitalización Individual están invertidos exclusivamente en los Valores y en los mercados financieros
autorizados. El Reglamento de la mencionada Ley, establece los siguientes Valores elegibles para invertir
los recursos del Fondo de Capitalización Individual:
a)
Títulos Valores representativos de deuda emitidos por el Tesoro General de la Nación de Bolivia y
Valores emitidos por el Banco Central de Bolivia.
b)
Bonos, bonos convertibles en acciones antes de su conversión, depósitos a plazo fijo y otros Valores
representativos de deuda distintos de cédulas hipotecarias, emitidos o garantizados por bancos
constituidos en Bolivia.
c)
Cédulas hipotecarias emitidas o garantizadas por bancos constituidos en Bolivia.
d)
Títulos Valores representativos de deuda, incluidos los bonos convertibles en acciones antes de
su conversión, emitidos por sociedades comerciales constituidas en Bolivia diferentes de bancos
y autorizadas para hacer oferta pública por la ex - Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros,
actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
e)
Títulos Valores representativos de deuda, emitidos por municipios locales y que cuenten con
clasificación de riesgo.
f)
Cuotas de Fondos de Inversión constituidos en Bolivia.
g)
Acciones de sociedades anónimas constituidas en Bolivia.
h)
Otros Títulos Valores no especificados en los incisos precedentes de emisores constituidos en Bolivia
o de instituciones estatales cuya compra sea autorizada por la ex - Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y que cuenten
con la clasificación de riesgo permitida para el Seguro Social Obligatorio.
i)
Títulos Valores representativos de deuda, emitidos o garantizados por estados extranjeros, bancos
centrales o sus equivalentes, por organismos internacionales, bonos, acciones, bonos convertibles
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
111
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
en acciones emitidos por empresas constituidas en el extranjero, cuotas de Fondos de Inversión
constituidos en el extranjero y otros títulos valores autorizados expresamente por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Pensiones.
j)
Las inversiones con los recursos del Fondo de Capitalización Individual en los Valores antes indicados,
deberán observar los límites máximos establecidos para cada tipo genérico de valor. Estos límites
son fijados por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones, para aquellos emitidos por emisores locales y por el
Directorio del Banco Central de Bolivia, en el caso de Valores emitidos por emisores extranjeros,
dentro de los rangos establecidos en el Reglamento de la Ley de Pensiones.
Inversiones renta fija
La valoración de las inversiones mantenidas por el FCI se realiza diariamente en Bolivianos a precios de
mercado, de acuerdo a las transacciones observadas en los distintos mercados autorizados.
Inversiones de renta variable
Las inversiones de renta variable están valuadas a su valor neto de realización, expresados en número
de cuotas y Bolivianos equivalentes.
2.4
Excesos de inversión
En esta cuenta se registran los excesos de inversión involuntaria, es decir cuando suceda alguno de los
siguientes eventos, con las inversiones de recursos del FCI, en títulos valores constituidos en Bolivia:
-
Por un cambio en la clasificación de riesgo de los valores de la cartera del FCI.
Por un cambio en los límites de inversión.
Por conductas del emisor.
Por fluctuaciones de mercado.
Por otra causa que a juicio de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones afecte los
títulos del FCI por igual.
De acuerdo a regulación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones el límite mínimo
de calificación de riesgo por emisor es “BB2”. Las calificaciones de las inversiones en excesos de inversión
en el portafolio al 31 de diciembre de 2010 son: Para los Bonos Ametex correspondientes a las emisiones
1 a 5 denominadas deuda principal calificación D; para los Bonos Ametex correspondientes a las emisiones
6 a 10 denominadas deuda subordinada calificación C y para los Bonos Ametex correspondientes a la
emisión 11 por el saldo de los intereses devengados y no pagados hasta el 30 de septiembre de 2005
calificación C. Todas estas calificaciones han sido asignadas por la calificadora de riesgo Fitch Ratings.
2.5
Patrimonio del Fondo
El Fondo de Capitalización Individual (FCI), es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de
la Administradora. El patrimonio del Fondo está constituido por: los valores recaudados destinados a las
Cuentas Individuales por concepto de Cotizaciones Mensuales y Cotizaciones Adicionales, sobre
remuneraciones o rentas imponibles de los afiliados a la Administradora; además de la Compensación
Global de Cotizaciones y otros Aportes a Cuentas Individuales; a lo que se agregan las primas para cubrir
los Riesgos Común, Profesional, Laboral y Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Básica Previsional, y
otros conceptos menores; además de la rentabilidad de las inversiones realizadas con dichos recursos.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
112
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
De los valores indicados se deducen: las comisiones de la Administradora y del custodio; las pensiones
y otras prestaciones que hubieren sido otorgadas a los afiliados, de conformidad con la legislación vigente
y otros conceptos menores.
Los Valores destinados a las Cuentas Individuales son abonados en éstas, expresándolos en cuotas de
igual valor.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
Los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2010 y 2009, han sido preparados de acuerdo con prácticas
contables establecidas por la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios
de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos:
a)
La recaudación no aclarada es contabilizada como una cuenta del pasivo hasta que dicha recaudación
cuente con toda la documentación correspondiente para ser acreditada, en lugar de ser contabilizada
como una cuenta del patrimonio. El pasivo registrado por el Fondo, que debió haber sido registrado
como patrimonio al 31 de diciembre de 2010 y 2009 asciende a Bs. 162.047.081 y Bs. 151.421.774,
respectivamente.
b)
De acuerdo a la normativa vigente emitida por la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros,
actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, las inversiones en bonos de empresas
que muestran dificultades para el repago de las deudas adquiridas y cuya calificación ha disminuido por
debajo de los límites permitidos por la norma están valuadas a su valor presente neto de los flujos futuros.
De acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, las inversiones mencionadas
deberían estar registradas a su valor presente neto, menos una previsión para desvalorización de dicha
inversión, calculada en función de la generación futura de fondos de la empresa emisora. Es importante
señalar, que aún en el caso que la desvalorización de la inversión en este tipo de títulos fuera del 100%,
la diferencia en la valuación de las inversiones no sería significativa considerando los estados financieros
en su conjunto. Las inversiones en bonos de empresas cuya calificación ha disminuido por debajo de
los límites permitidos al 31 de diciembre de 2010 y 2009 asciende a Bs. 63.700.245 y Bs. 61.787.031,
respectivamente.
c)
Se reconoce la comisión por administración cuando la misma es abonada en las cuentas individuales.
De acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, esta comisión debería ser
reconocida contablemente cuando se devenga. Esta diferencia en principios de contabilidad, no genera
un efecto material, considerando los estados financieros en su conjunto.
d)
De acuerdo con lo establecido en la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08 de fecha 19 de marzo de
2008, a partir del 1 de enero de 2008, el Fondo de Capitalización Individual (FCI) deberá dejar de ajustar
los estados financieros a moneda constante, por efecto de la variación del tipo de cambio del Dólar
Americano. De acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, los rubros
no monetarios de los estados financieros del FCI deberían ser actualizados utilizando como índice de
actualización a la variación en el valor de la Unidad de Fomento para la Vivienda (UFV). Los estados
financieros del fondo al 31 de diciembre de 2010 no han sido actualizados, siguiendo lo establecido en
la Resolución Administrativa SPVS/IP/266/08.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES
Al 31 de diciembre de 2010 no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables,
respecto a las gestiones anteriores.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
113
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 5 - DISPONIBILIDADES
Las disponibilidades al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por Bs. 126.858.541 y Bs. 404.757.698 respectivamente,
corresponden a depósitos efectuados en bancos nacionales, en las cuentas Recaudadoras, de Administración
de Cartera y de Administración de Desembolsos, de acuerdo con el siguiente detalle:
2010
Bs.
2009
Bs.
Descripción del Banco
Cuentas Recaudadoras M.N.
Cta. Cte. 1000190914 Banco Nacional
Cta. Cte. 100012356 Banco Nacional
Cta. Cte. 2041033660 Banco Ganadero
Cta. Cte. 201-5026320-3-41 Banco Crédito
Cuenta de Administración De Cartera en el País M.N.
Cta. Cte. 1-292932 Banco Unión
Cta. Cte. 201-4001501-3-34 Banco de Crédito
Cta. Cte. 1000190930 Banco Nacional
Cta. 117-2-1-00194-8 Prodem
Cta. Cte. 2041-040596 Banco Económico
Cta. Cte. 111-695456 Mutual Guapay
Cta. Cte. 2041033672 Banco Ganadero
Cta. Cte. 2061-081730 Mutual La Paz
Cta. 87517-403-7 Banco BISA
Cuenta de Administración De Cartera en el País M.E.
Cta. Cte. 201-4001512-2-35 Banco de Crédito
Cta. Cte. 1400583222 Banco Nacional
Cuenta de Administración De Cartera en el País UFV`s
Cta. Cte. 201-5027696-3-39 Banco de Crédito
Cta. Cte. 120-0001962 Banco Nacional de Bolivia UFV's
Cuenta de Desembolsos M.N.
Cta. Cte. 1-886355 Banco Unión
Cta. Cte. 201-4001503-3-54 Banco de Crédito
Cta. Cte. 10000198648 Banco Nacional
Cta. Cte. 1-2573702 Banco Unión
Cta. Cte. 204105321 Banco Ganadero
Cta. Cte. 2041-045845 Banco Económico
Valores en tránsito M.N. en UFV's
Serie 1 Figueroa de Pacajes Amalia
Serie 2 Mamani Kcasa Primo
Serie 3 Sangallo Quispe Damian
TOTAL DISPONIBLE
304.710
60.661
227.217
16.832
57.456.407
227.496
19.377.696
31.448.646
656.236
529.505
1.235.810
3.981.018
38.669.650
2.744.879
35.924.771
30.385.541
1.267
1.403.432
23.738.834
1.201.331
2.942.165
1.098.512
42.233
13.482
12.686
16.065
1.292.249
87.080
1.205.169
352.486.630
187.616
276.458.178
68.348.867
809.948
831.823
2.243.077
2.367.658
1.239.463
22.489.029
5.548.931
16.940.098
28.448.334
187.247
759.552
22.910.767
957.912
3.261.567
371.289
41.456
13.147
12.491
15.818
126.858.541
404.757.698
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
114
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 6 - INVERSIONES Y CUSTODIA DE LA CARTERA
De acuerdo con lo establecido en el Art. 233º de la Ley de Pensiones, en las normas de la ex - Intendencia de
Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Pensiones, y en el contrato que para tal fin se ha suscrito entre las partes correspondientes, los títulos
representativos de las inversiones del Fondo de Capitalización Individual, administrado por Futuro de Bolivia S.A.
Administradora de Fondos de Pensiones, se encuentran depositados en custodia en la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A. y han representado en el ejercicio más del 95% del total de la cartera de inversiones del
Fondo de Capitalización Individual, expresada en títulos valores, que a la fecha de cierre de los estados financieros
al 31 de diciembre de 2010 y 2009, equivalía a Bs. 16.376.189.496 y Bs. 14.175.950.763, respectivamente.
Las inversiones, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se encuentran custodiadas en las siguientes instituciones:
Los valores en custodia se encuentran registrados a su valor nominal.
Al 31 de diciembre de 2010
Custodio
En
MN
Bs.
Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. 6.037.755.710
Instituciones estatales
2.086.775.478
Instituciones financieras
3.054.294.517
55.660.000
Empresas comerciales del país
Otras inversiones en el país
841.025.715
En
ME
Bs.
En
MNCMV
Bs.
En
MNUFV
Bs.
Total
Bs.
2.991.904.471
1.348.081.997
749.129.608
894.692.866
1.863.945.200
1.863.945.200
-
5.443.026.115
4.269.801.710
201.633.100
959.585.787
12.005.518
16.336.631.496
8.220.522.388
4.604.009.614
1.764.375.395
1.747.724.099
99,76%
50,20%
28,11%
10,77%
10,67%
%
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
-
39.558.000
-
-
39.558.000
0,24%
AMETEX
Instituciones financieras
Empresas comerciales del país
-
39.558.000
-
-
-
39.558.000
-
0,24%
0,00%
0,00%
6.037.755.710
3.031.462.471
1.863.945.200
5.443.026.115
16.376.189.496
100,00%
En
MN
Bs.
En
ME
Bs.
En
MNCMV
Bs.
En
MNUFV
Bs.
Total
Bs.
%
2.784.666.087
7.667.000
1.055.232.474
775.806.244
945.960.369
-
1.875.417.900
1.857.505.000
17.912.900
-
5.626.294.989
5.256.715.586
200.194.799
157.199.935
12.184.669
-
14.136.221.763
9.126.482.261
2.406.992.985
961.006.179
1.641.740.338
-
99,72%
64,38%
16,98%
6,78%
11,58%
0,00%
TOTAL
Al 31 de diciembre de 2009
Custodio
Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. 3.849.842.787
Instituciones estatales
2.004.594.675
Instituciones financieras
1.133.652.812
28.000.000
Empresas comerciales del país
Otras inversiones en el país
683.595.300
Fondo cerrado de inversión Fortaleza PYME
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
-
39.729.000
-
-
39.729.000
0,28%
AMETEX
Inversiones Financieras
-
39.729.000
-
-
-
39.729.000
-
0,28%
0,00%
3.849.842.787
2.824.395.087
1.875.417.900
5.626.294.989
14.175.950.763
100,00%
TOTAL
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
115
INSTITUCIONES ESTATALES
Tesoro General de la Nación
TOTAL DE INSTITUCIONES ESTATALES
INSTITUCIONES MUNICIPALES
Gobierno Municipal de La Paz
TOTAL DE INSTITUCIONES MUNICIPALES
INSTITUCIONES FINANCIERAS
Banco Económico
Banco Ganadero
Banco Bisa
Banco Mercantil Santa Cruz
Banco Nacional de Bolivia
Banco Solidario
Banco de Crédito de Bolivia
Banco Unión
Banco Los Andes ProCredit
Banco FIE
FFP Ecofuturo
FFP Fortaleza
FFP Prodem
FFP Fassil
TOTAL DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
Aguai
Ametex
Ameco
Bisa Leasing
Cobee
Elfec
Electropaz
Fancesa
Empresa Ferroviaria Andina
Gravetal
Guarachi
PIL Andina
Soboce
Transredes
COBOCE - BISA ST Flujos de Ventas Futuras 002
HIDROBOL - NAFIBO 016
INTI - NAFIBO 006
Microcrédito IFD - NAFIBO 017
BISA ST 001
Sinchi Wayra - NAFIBO 015
Sinchi Wayra - NAFIBO 010
Fortaleza Factoring Internacional FIC
Fortaleza PyME FIC
Gestión Activa FIC
Microfinanzas FIC
PROPYME UNION FIC
Bisa Leasing
TOTAL DE EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
INVERSIÓN EN EL EXTERIOR
LIQUIDEZ
TOTAL DE CARTERA
DIVERSIFICACIÓN POR INSTRUMENTO
Emisores
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
116
0
0
0
0.00%
0
0
8.808.642.421
49.23%
-
-
-
-
-
BTS
8.808.642.421
8.808.642.421
BTS
65.978.487
0.37%
0
0
-
-
65.978.487
65.978.487
CUP
1.884.442.074
10.53%
1.884.442.074
0
802.269.526
63.700.245
12.529.351
16.124.286
114.192.231
67.327.407
138.087.354
45.647.138
8.970.099
26.939.130
145.889.793
25.630.098
146.030.007
271.105.419
-
-
-
40.681.114
0.23%
0
0
-
-
40.681.114
40.681.114
169.662.939
0.95%
0
0
169.662.939
36.179.550
10.182.490
13.360.091
33.657.738
34.142.760
15.853.736
26.286.574
-
-
4.215.097
0.02%
4.215.097
4.215.097
0
-
-
-
Tipos de Instrumentos Financieros
Renta Fija
Seriados
BLP
BMP
BBB
PGB
-
-
-
1.498.523.322
8.38%
1.498.523.322
0
108.124.370
539.359.658
12.083.038
8.465.119
2.730.542
414.891.800
412.868.795
VTD
5.022.221.701
28.07%
0
0
369.930.273
320.455.011
601.969.261
65.383.674
1.049.832.277
507.983.722
675.405.400
279.647.772
250.623.905
433.525.511
81.746.728
73.740.170
123.141.783
188.836.274
5.022.221.701
-
-
No Seriados
DPF
0
0.00%
0
0
-
-
-
Inversión
Extranjera
TDP
0
0
-
-
-
0
0.00%
ACC
-
-
-
270.727.316
1.51%
270.727.316
0
32.152.078
39.722.888
85.135.937
52.849.326
60.867.087
CFC
Renta Variable
FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Inversiones de la cartera del Fondo por instrumento y por emisor, incluyendo las cuentas corrientes bancarias en el país.
126.858.541
126.858.541
0.71%
Liquidez
16.124.286
114.192.231
67.327.407
138.087.654
45.647.138
8.970.089
26.939.130
145.889.793
25.630.098
146.030.007
271.105.419
108.124.370
539.359.658
12.083.038
8.465.119
2.730.542
414.891.800
412.868.795
32.152.078
39.722.888
85.135.937
52.849.326
60.867.087
4.215.097
3.657.907.809
0
126.858.541
17.891.953.012
100.00%
802.269.526
63.700.245
385.784.009
346.741.585
601.969.201
65.383.674
1.083.490.015
542.126.482
675.405.400
279.647.772
286.803.455
443.708.001
95.106.819
73.740.170
123.141.783
188.836.274
5.191.884.640
40.681.114
40.681.114
8.874.620.998
8.874.620.908
Totales
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 7 - DIVERSIFICACIÓN DE LA CARTERA DE INVERSIONES
El desglose de las inversiones de la Cartera del Fondo, por instrumento y por emisor, incluyendo la liquidez, se
presenta a continuación:
INSTITUCIONES ESTATALES
Tesoro General de la Nación
Gobierno Municipal de La Paz
TOTAL INSTITUCIONES ESTATALES
INSTITUCIONES FINANCIERAS
Banco de Crédito de Bolivia
Banco Mercantil Santa Cruz
Banco Económico
Banco Solidario
Banco Bisa
Banco Nacional de Bolivia
Banco Unión
Banco Los Andes Pro Credit
Banco Ganadero
FFP EcoFuturo
FFP Fassil
FFP Fortaleza
FFP Prodem
FFP FIE
Bisa Leasing
TOTAL INSTITUCIONES FINANCIERAS
EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
Ferroviaria Andina
Fortaleza Leasing
Soboce
Transredes
Gravetal
Ametex
Elfec
Cobee
Fnacesa
Electropaz
Guarachi
Hidrobol - Nafibo 016
Sinchi Wayra - Nafibo 010
Sinchi Wayra - Nafibo 015
Bisa St 001
Gas & Electricidad - Nafibo 008
IC Norte - Nafibo 005
Inti Nafibo 006
TOTAL EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
CUOTA DE FONDOS CERRADOS
Gestión Activa
Fortaleza Factoring Internacional
Fortaleza Microfinanzas FIC
Fortaleza PyME
TOTAL CUOTAS DE FONDOS CERRADOS
LIQUIDEZ
TOTAL CARTERA
DIVERSIFICACIÓN POR INSTRUMENTO
Emisores
-
-
34.307.121
0.23%
-
-
8.889.351.032
58.34%
34.307.121
34.307.121
BMS
-
8.889.351.032
8.889.351.032
BTS
-
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
117
107.251.424
0.70%
-
-
107.251.424
28.842.081
38.149.639
15.639.844
24.619.860
BBB
1.025.443.000
6.73%
-
1.016.982.605
139.985.279
271.814.223
54.463.294
61.787.032
87.320.410
117.650.458
50.563.842
108.643.208
124.754.859
8.460.395
8.460.395
-
5.237.975
0.03%
-
5.237.975
3.231.791
2.006.484
-
-
1.443.484.417
9.47%
-
564.076.903
431.227.850
428.063.850
4.170.579
1.708.610
1.950.895
12.285.729
1.443.484.417
-
-
20.198.376
0.13%
-
-
-
20.198.376
20.198.376
Tipos de Instrumentos Financieros
Renta Fija
Seriados
BLP
PGB
VTD
CUP
552.929.295
3.63%
-
-
-
552.929.295
552.929.295
LTS
-
2.566.858.696
16.85%
-
-
2.566.858.696
217.448.554
379.615.636
849.138.355
156.783.035
182.650.978
159.518.054
57.475.924
97.412.478
5.014.741
27.963.969
60.447.012
337.320.129
36.069.833
No Seriados
DPF
186.257.759
1.22%
0.00%
-
77.219.753
30.466.439
40.125.988
38.445.579
186.257.759
-
-
-
-
-
Acciones
-
CFC
Renta Variable
FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL ADMINISTRADO POR FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Inversiones de la cartera del Fondo por instrumento y por emisor, incluyendo las cuentas corrientes bancarias en el país.
-
-
-
404.757.697
404.757.697
2.66%
Liquidez
77.219.753
30.466.439
40.125.988
38.445.579
186.257.759
404.757.697
15.236.076.792
100.00%
3.231.491
2.006.484
139.985.279
271.814.223
54.463.294
61.787.032
87.320.410
117.650.458
50.563.842
108.643.208
124.754.859
564.076.903
431.227.850
428.063.850
4.170.579
1.708.610
1.950.895
12.285.729
2.465.704.997
337.320.129
36.069.833
15.639.844
242.068.414
379.615.636
887.287.994
156.783.035
182.650.978
188.360.135
57.475.924
97.412.478
5.014.741
27.963.969
60.447.012
8.460.395
2.682.570.515
9.462.478.703
34.307.121
9.496.785.824
Totales
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 8 - EXCESOS DE INVERSIÓN
Corresponde al monto de las inversiones del Fondo de Pensiones valorizadas al 31 de diciembre de 2010 y 2009,
que exceden los límites de diversificación establecidos en la legislación vigente.
Los excesos de inversión corresponden a las inversiones en valores de renta fija (Bonos AMETEX II) que se
encuentran registrados en la cuenta de activo del Fondo “Excesos de inversión”, cuyo saldo a la fecha de cierre
del ejercicio 2010 y 2009 es de Bs. 63.700.245 y Bs. 61.787.031, respectivamente.
La composición de la cuenta al 31 de diciembre de 2010 es la siguiente:
Fecha en que
se originó
el exceso
Excesos de
Inversión
Bonos AMETEX II
26/03/07
Origen del
exceso
Calificación de riesgo
NOTA 9 - CUENTAS POR COBRAR A LA ADMINISTRADORA
Registra las cuentas por cobrar a la Administradora por los cargos bancarios efectuados en las cuentas corrientes
que mantiene el Fondo de Capitalización Individual y por los aportes regularizadores que ésta debe realizar de
acuerdo con las normas vigentes. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 ascendía a
Bs. 25.690.996 y Bs. 22.361.638, respectivamente.
NOTA 10 - INTERESES POR COBRAR CUENTAS CORRIENTES
El saldo de esta cuenta registra los intereses devengados sobre los saldos mantenidos en cuentas corrientes,
que no han sido abonados en las respectivas cuentas bancarias. No registra saldo al 31 de diciembre de 2010
y al 31 de diciembre de 2009 Bs. 45.548.
NOTA 11 - CUENTAS POR COBRAR A ENTIDADES FINANCIERAS
El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, equivalente a Bs. 11.227.922 y Bs. 10.182.448 , respectivamente
corresponden a los saldos entregados a las entidades financieras para el pago de prestaciones, que al cierre del
ejercicio no han sido pagadas.
NOTA 12 - RECAUDACIÓN NO ACLARADA
Corresponde a la transferencia de la recaudación desde la cuenta “Recaudación del mes”, para la cual, no se
haya recibido documentación o se haya recibido en forma incompleta o incorrecta. El saldo de esta cuenta
representa el 7,61% del total de la recaudación no aclarada de periodos anteriores a diciembre de 2010
Bs. 12.332.985 y el 92.39% corresponde al mes de diciembre 2010 Bs. 149.714.096, la misma se encuentra
registrada en la cuenta Recaudación no Aclarada del Último mes Reportado. Al 31 de diciembre de 2009 la
recaudación no aclarada de periodos anteriores a diciembre de 2009 representa el 7.50% Bs. 11.369.386 y el
92.50% corresponde al mes de diciembre de 2009 Bs. 140.052.388.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
118
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 13 - RECAUDACIÓN DE RENTA COMPENSACIONES DE COTIZACIONES MENSUALES
El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, equivalente a Bs. 24.192.895 y Bs. 18.059.772, respectivamente,
y corresponde a los montos entregados por el Tesoro General de la Nación para el pago de prestaciones por
compensación de cotizaciones.
NOTA 14 – RECAUDACIÓN DE FRACCIÓN COMPLEMENTARIA FF.AA.
Esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 registra Bs. 556.202 y Bs.102.524, respectivamente y corresponden
a los montos entregados por el Tesoro General de la Nación para el pago de jubilación a miembros de las Fuerzas
Armadas.
NOTA 15 – RECAUDACIÓN NO ACLARADA DEL ÚLTIMO MES REPORTADO
De acuerdo a Resolución Administrativa/SPVS/IP No. 392 de 4 de junio de 2007, esta cuenta registra al 31 de
diciembre de 2010 y 2009 Bs. 149.714.096 y Bs. 140.052.388, respectivamente que corresponden al saldo de
Recaudación no Aclarada correspondiente al último mes reportado (diciembre 2010 y 2009).
NOTA 16 – RECAUDACIÓN DE RENTA DIGNIDAD
Esta cuenta registra las transferencias del Beneficio de Renta Dignidad, prestación que es cancelada a los afiliados
jubilados y pensionados registrados en Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, asociadas
a la jubilación de CC Mensual, Mensualidad Vitalicia Variable y Pensiones por Invalidez, Riesgo Común y Riesgo
Profesional, los mismos que se encuentran pendientes de pago, los saldos al 31 de diciembre de 2010 y 2009
ascendían a Bs. 1.500 y Bs. 35.250 respectivamente.
NOTA 17 – RECAUDACIÓN PENSIÓN BÁSICA PREVISIONAL
Esta cuenta registra el saldo por pagar por Pensión Mínima que está constituida por la fracción que el afiliado
ha logrado generar con sus aportes en Cuenta Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando
corresponda, a cuyo resultado se añadirá una fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional,
hasta completar el monto de la Pensión Mínima. El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre 2010 y 2009 es
Bs. 352.029 y Bs. 217.037 respectivamente.
NOTA 18 - COMISIONES POR PAGAR AL CUSTODIO
Contratos vigentes con Entidades de Custodia
De acuerdo con lo establecido en el Art. 40º de la Ley 1732 de Pensiones, la Administradora de Fondos de
Pensiones deberá mantener en entidades de custodia de títulos valores o depósitos de valores autorizados por
la ex Intendencia de Pensiones, de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones, las inversiones del Fondo de Capitalización Individual.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, las inversiones en títulos valores del Fondo de Capitalización Individual
administrado por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES se encuentran en
custodia de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., de acuerdo con el contrato de Servicios de Depósito
de Valores suscrito.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
119
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Corresponde a las comisiones devengadas a favor de las Entidades que prestan el servicio de custodia, de
conformidad con la legislación vigente y los contratos suscritos, que al cierre del ejercicio permanecen pendientes
de cobro.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, la comisión por Mantenimiento del Registro de Valores en el Sistema de
Registro de Anotaciones en Cuenta establecida por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. equivale
al 0,023% anual, para mantenimiento de valores de renta fija y para valores de renta variable desde 0,050%
hasta 0,076% anual de acuerdo al rango de participación porcentual individual respecto del total de valores
que componen la misma serie.
El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es Bs. 48.168 y Bs. 21.997, respectivamente.
NOTA 19 - COMISIONES POR PAGAR A LA ADMINISTRADORA
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el Fondo de Capitalización Individual paga a la Administradora dos tipos
de comisiones:
a)
Comisiones por administración del Portafolio
Registra diariamente el valor de las comisiones devengadas a favor de la Administradora, por concepto
de Administración de Portafolio, de acuerdo con el contrato de prestación de servicios de las Administradoras
de Fondos de Pensiones. Esta comisión es del 0,2285% para montos del portafolio inferiores o iguales
a $us. 1.000.000.000; del 0,0140% para montos del portafolio mayores a $us. 1.000.000.000, pero
inferiores o iguales a $us. 1.200.000.000; del 0,0067% para montos del portafolio mayores a $us.
1.200.000.000, pero inferiores o iguales a $us. 1.500.000.000 y del 0.000% para montos del portafolio
superiores a $us. 1.500.000.000.
Las Administradoras, desde el inicio del tercer año de funcionamiento, tendrán derecho a cobrar comisiones
competitivas, cuyos montos, durante el resto del período de exclusividad, no podrán exceder los montos
de las comisiones mencionadas anteriormente. Sin embargo, las comisiones mencionadas no han sido
modificadas en las gestiones 2010 y 2009.
b)
Comisiones por administración de cuentas individuales
Registran las comisiones por concepto de afiliación, procesamiento de datos y pago de beneficios, las
cuales han sido previamente disminuidas de las cuentas individuales. Esta comisión alcanza al 0,5% del
total ganado o ingreso cotizable del afiliado y esta tasa tiene vigencia indefinida.
Las comisiones por pagar a la Administradora, corresponden a las comisiones devengadas, de conformidad
a la normativa vigente, que al cierre del ejercicio permanecen pendientes de pago.
El saldo al cierre de cada uno de los ejercicios se explica como sigue:
2010
Bs.
2009
Bs.
Tipo de comisión
a) Comisiones por pagar administración de Portafolio
b) Comisiones por pagar administración Cuentas Individuales
174.247
37.187
130.855
-
Saldo al cierre de cada ejercicio
211.434
130.855
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120
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 20 – COMISIONES POR PAGAR RENTA DE CC MENSUAL
El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 1.286.539 y Bs. 273.168, respectivamente,
y corresponden a la comisión en favor de la AFP por pago de jubilación Compensación Mensual de Cotizaciones.
NOTA 21 – COMISIONES POR PAGAR POR CONTRATOS M.V.V.
El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 43.078 y Bs. 26.919, respectivamente, y
corresponde a la comisión en favor de la AFP por pago de jubilación Mensualidad Vitalicia Variable.
NOTA 22 – COMISIONES POR PAGAR RENTA DE FC MENSUALES
El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 39.073 y Bs. 4.266 respectivamente, saldos
que corresponden a la comisión en favor de la AFP por pago de jubilación Fracción Complementaria a miembros
de las Fuerzas Armadas.
NOTA 23 – COMISIONES POR PAGAR PENSIÓN BÁSICA PREVISIONAL
El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 4.179 y Bs. 2.381 respectivamente, estos
saldos registran la comisión en favor de la AFP asociado al pago de Pensión Básica Previsional.
NOTA 24 – COMISIONES POR PAGAR SOBRE PRIMAS RC – RP Y RL
Esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 registra saldos por Bs. 303.919 y Bs. 265.165, estos corresponden
a la comisión a favor de la AFP por administración de Primas Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral
de periodos a partir de noviembre 2006, cuyo porcentaje es el 0,85%.
NOTA 25 - CUENTAS POR PAGAR AFP
Corresponde a los importes devengados a favor de la Administradora, por concepto de interés incremental y
abonos de importes inferiores a Bs.5 por parte de los Bancos Recaudadores de Aportes al Seguro Social
Obligatorio. El saldo de la cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 44.243 y Bs. 43.655 respectivamente.
NOTA 26 - CUENTAS POR PAGAR A OPERADORES
Registra los importes devengados a favor de operadores derivados exclusivamente de servicios por la compra
y venta de títulos - valores. Esta cuenta no registra saldo al 31 de diciembre de 2010 y al 31 de diciembre 2009
es de Bs.36.923.
NOTA 27 - CUENTAS POR PAGAR A ENTIDADES FINANCIERAS
Registra los abonos efectuados por los Bancos Unión, Económico, Nacional, Crédito de Bolivia, Los Andes,
Prodem Fondo Financiero Privado y Mutual La Paz, los mismos que fueron efectuados por excesos en la
recaudación de aportes al Seguro Social Obligatorio o que no fueron explicados por estas entidades bancarias.
El saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009, es de Bs. 20.982.125 y Bs. 23.321.105, respectivamente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
121
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 28 - PRESTACIONES POR PAGAR
Representan los montos a pagar por concepto de beneficios devengados que a la fecha de cierre del ejercicio
no han sido girados. Estos saldos incluyen prestaciones por pagar y prestaciones y beneficios no cobrados.
Las cuentas que componen esta partida son las siguientes:
Prestaciones por pagar Retiros Mínimos
2010
2009
Bs.
Bs.
4.822.568
3.540.857
21.470
2.270
Invalidez RC
288.058
256.989
Muerte RC
956.139
1.030.776
50.897
52.485
Prestaciones por pagar Masa Hereditaria
Gastos Funerarios RC
Invalidez RP
42.061
184.061
Muerte RP
178.987
222.307
-
1.530
3.151.753
1.651.156
7.629
4.645
Gastos Funerarios RP
Pensión de Jubilación MVV
Gastos Funerarios MVV
Rentas Sistema de Reparto RP
-
0
Renta Dignidad Asociada a Pensión Muerte RP
150
150
Pago temporal de pensiones Invalidez y Muerte
513
513
9.520.225
6.947.739
Total Prestaciones por pagar
NOTA 29 - RETENCIONES POR PAGAR A ENTES GESTORES DE SALUD
El saldo de esta cuenta representa las retenciones por pagar a Entes Gestores de Salud, que se han efectuado
de las pensiones o rentas pagadas por cuenta de Riesgo Común, Riesgo Profesional, Riesgo Laboral y Mensualidades
Vitalicias Variables, que al cierre de los ejercicios se encontraban pendientes de pago. El saldo de esta cuenta
al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 882.890 y Bs. 711.185, respectivamente.
NOTA 30 – DEVOLUCIÓN DE APORTES
El saldo de esta cuenta al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 34.658 y Bs. 165.828 respectivamente,
corresponde a la devolución del saldo de su cuenta individual bajo la modalidad de retiros temporales a
trabajadores estacionales del sector del beneficiado de la castaña, regulado mediante R.A. SPVS/IP No. 090 de
30 de enero de 2008.
NOTA 31 – TRANSFERENCIAS DE CAPITAL SEGURO VITALICIO
Corresponde al traspaso de aportes de afiliados de AFP Futuro de Bolivia que han optado por jubilarse bajo la
Modalidad de Seguro Vitalicio que administra la Compañía de Seguros La Vitalicia S.A., esta cuenta no registra
saldo al 31 de diciembre de 2010, al 31 de diciembre de 2009 el saldo de esta cuenta es de Bs. 37.867 por
transferencia de aportes del afiliado José Jaime Camacho Soliz con NUA 3821390.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
122
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 32 - DEVOLUCIÓN DE COTIZACIONES EN EXCESO
Corresponde al monto de los pagos efectuados en exceso por los empleadores y afiliados, que estén respaldados
por la aceptación definitiva de las solicitudes de devolución correspondientes y que aún no han sido devueltos
a éstos, a la fecha de cierre del ejercicio. El saldo al 31 de diciembre de 2010 es de Bs. 15.064 y al 31 de
diciembre de 2009 de Bs. 2.656.
NOTA 33 - PATRIMONIO
El patrimonio del Fondo se encuentra dividido en siete grupos de cuentas, presentando el siguiente desglose:
Ejercicio actual
Grupos y cuentas
Ejercicio anterior
Cuotas
Bs.
A. Recaudos en proceso
34.361.8106
16.137.236
A.1 Recaudos en proceso
9.500.9603
4.461.908
A.2 Recursos por acreditarse FF.AA.
%
Cuotas
Bs.
%
0.09%
46.127.2816
20.057.775
0.13%
0.03%
18.023.7627
7.837.370
0.05%
0.00%
0.0000
0
0.00%
0.0000
0
24.860.8503
11.675.328
0.07%
28.103.5189
12.220.405
0.08%
B. Cuentas individuales
32.823.539.0293
15.414.822.306
87.05%
30.690.643.4613
13.345.378.348
88.57%
B.1 Cotizaciones mensuales
32.032.066.8617
15.043.125.555
84.95%
29.880.340.8742
12.993.030.095
86.24%
B.2 Cotizaciones adicionales
73.460.2327
34.498.914
0.19%
76.182.7997
33.126.978
0.22%
B.3 Cotizaciones adicionales beneficios sociales
4.176.9758
1.961.620
0.01%
4.487.3318
1.951.251
0.01%
B.4 Compensación global de cotizaciones
3.633.5811
1.706.428
0.01%
3.892.2629
1.692.494
0.01%
B.5 Otros aportes en cuentas individuales
710.201.3780
333.529.789
1.88%
725.740.1927
315.577.530
2.09%
C. Cotizaciones en rezago
211.773.3750
99.454.509
0.56%
345.167.9813
150.091.259
1.00%
C.1 Cotizaciones en rezago
211.773.3750
99.454.509
0.56%
345.167.9813
150.091.259
1.00%
D. Traspasos en proceso
1.590.8069
747.086
0.00%
137.6948
59.875
0.00%
D.1 Traspasos en proceso
1.590.8069
747.086
0.00%
137.6948
59.875
0.00%
1.294.970.9397
608.153.402
3.43%
988.952.7713
430.031.678
2.85%
20.600.4841
9.674.545
0.05%
20.600.4842
8.957.820
0.06%
E.2 Cuotas del Fondo de Mensualidad Vitalicia Variable
1.274.370.4556
598.478.857
3.38%
968.352.2871
421.073.858
2.79%
F. Cuotas del Fondo de R.P.
1.214.201.3714
570.221.827
3.22%
976.517.3675
424.624.324
2.82%
F.1 Cuotas del Fondo de R.P.
1.214.201.3714
570.221.827
3.22%
976.517.3675
424.624.324
2.82%
G. Cuotas del Fondo de R.C.
1.420.760.6166
667.227.639
3.77%
1.076.637.6420
468.160.164
3.11%
G.1 Cuotas del Fondo de R.C.
1.420.760.6166
667.227.639
3.77%
1.076.637.6420
468.160.164
3.11%
H. Cuotas del Fondo de R.L.
12.111.7936
5.688.026
0.03%
8.529.9798
3.709.137
0.02%
H.1 Cuotas del Fondo de R.L.
12.111.7936
5.688.026
0.03%
8.529.9798
3.709.137
0.02%
I. Cuotas de la cuenta Basica Previsional
648.411.7499
304.511.707
1.72%
467.403.9069
203.243.767
1.35%
I.1 Cuotas de la cuenta Basica Previsional
648.411.7499
304.511.707
1.72%
467.403.9069
203.243.767
1.35%
J. Cotizaciones en exceso
43.686.0248
20.516.139
0.12%
48.480.9295
21.081.224
0.14%
J.1 Cotizaciones en exceso
43.686.0248
20.516.139
0.12%
48.480.9295
21.081.224
0.14%
K. Descuadraturas menores
1.760.4417
826.751
0.00%
921.7573
400.813
0.00%
K.1 Descuadraturas menores recaudación
1.760.4417
826.751
0.00%
921.7573
400.813
0.00%
37.707.167.9595
17.708.306.628
100.02%
34.649.520.7733
A.3 Recursos por acreditarse cuentas individuales
E. Cuotas Otros Fondos y Cuentas
E.1 Aportes del FCC
TOTALES
15.066.838.364 100.02%
Los saldos de los citados grupos y cuentas corresponden a los siguientes conceptos:
A.
Recaudos en proceso
Corresponde a la recaudación destinada al Patrimonio del Fondo de Capitalización Individual para la cual
se dispone de la totalidad de su documentación conciliada y que al 31 de diciembre de 2010 y 2009 no
ha sido imputada a las Cuentas Individuales, Rezagos, Riesgo Común, Riesgo Profesional o Riesgo Laboral.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
123
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
B.
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Cuentas individuales
Representa el saldo de todas las cuentas de capitalización individual de propiedad de los trabajadores
registrados en la Administradora, expresados en cuotas y bolivianos equivalentes.
El número total de cuentas de capitalización individual determinadas al 31 de diciembre de 2010 y 2009,
ascendió a Bs. 630.355 y Bs. 582.155, respectivamente.
Este grupo está conformado por las siguientes cuentas:
B.1
Cotizaciones Mensuales
Corresponde a los aportes del 10% del Total Ganado o Ingreso Cotizable realizado por los afiliados,
con tope de 60 salarios mínimos. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones
realizadas.
B.2
Cotizaciones Adicionales
Corresponde a los montos que los afiliados pagan periódicamente y en forma voluntaria con
destino a su Cuenta Individual proveniente del Total Ganado o Ingreso Cotizable, en forma adicional
a su Cotización Mensual. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones
realizadas.
B.3
Cotizaciones Adicionales Beneficios Sociales
Corresponde a los montos de Beneficios Sociales que los afiliados depositan en forma voluntaria
a su Cuenta Individual provenientes del pago de sus beneficios sociales, adicional a su Cotización
Mensual. Adicionalmente incluye la rentabilidad ganada por las inversiones realizadas.
B.4
Compensación Global de Cotizaciones
Corresponde a la compensación de cotizaciones única, otorgada por el Estado al Afiliado que
hubiese realizado menos de sesenta (60) cotizaciones en el Sistema de Reparto y que pertenece
al nuevo sistema.
B.5
Otros Aportes a Cuentas Individuales
Corresponde a otros aportes a Cuentas Individuales realizados de conformidad a la normativa
vigente en cada período. (Distribución de excedentes y aportes de rentistas mayores de 65 años
al Fondo de Riesgo Común).
C.
Cotizaciones en Rezago
Corresponde a aquella recaudación que no ha sido posible identificar, de acuerdo con la información
consignada en los Formularios de Pago de Contribuciones, con ningún afiliado a la Administradora y por
lo tanto no ha sido posible acreditarla oportunamente a las Cuentas Individuales.
D.
Traspasos en Proceso
Corresponde al monto por pagar a otros Fondos de Pensiones por concepto de traspasos de Cuentas
Individuales y Rezagos, aceptados en forma definitiva.
E.
Cuotas de otros Fondos y Cuentas
Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual y que a la fecha
de los Estados Financieros tienen un fin distinto a ser ingresados a las Cuentas Individuales.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
124
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
F.
Cuotas del Fondo de Riesgo Profesional
Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual, estas primas
recaudadas por el FCI, tienen como fin la transferencia a compañías de seguro, que se adjudicaron la
administración de pago de prestaciones, de conformidad a la licitación realizada para este fin (*).
G.
Cuotas del Fondo de Riesgo Común
Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual, estas primas
recaudadas por el FCI, tienen como fin la transferencia a compañías de seguro, que se adjudicaron la
administración de pago de prestaciones, de conformidad a la licitación realizada para este fin (*).
H.
Cuotas del Fondo de Riesgo Laboral
Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización Individual, estas primas
recaudadas por el FCI, tienen como fin la transferencia a compañías de seguro, que se adjudicaron la
administración de pago de prestaciones, de conformidad a la licitación realizada para este fin (*).
(*)
En fecha 15 de noviembre de 2006, el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que
dispone: que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP’s, administren totalmente las prestaciones
por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones,
en forma transitoria hasta la fecha a ser determinada por la ex - Intendencia de Pensiones de la ex
Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones. Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1
de noviembre de 2006. A partir de esta fecha solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las
primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006.
I.
Cuotas de la Cuenta Básica Previsional
Corresponde a fondos recaudados e ingresados al Fondo de Capitalización individual, tienen como fin
el pago de la Pensión Mínima equivalente al Salario Mínimo Nacional.
J.
Cotizaciones en Exceso
Representa los pagos realizados en exceso por los empleadores y afiliados que se encuentran pendientes
de devolución.
K.
Descuadraturas menores
Corresponde al saldo resultante de registrar las diferencias, en valor absoluto, menores al 10% del salario
mínimo nacional vigente en el periodo de cotización, que se producen entre el total pagado según el
resumen del Formulario de Pago de Contribuciones y lo calculado de acuerdo con la información
proporcionada por el empleador o trabajador independiente en el detalle del mismo formulario, en
conformidad a las normas vigentes.
NOTA 34 - DEUDORES POR COTIZACIONES EN MORA
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, se tiene como saldos registrados:
2010
Actual
2009
Nº de
Anterior
Nº de
Mora presunta
Mora por pagos en defecto
Mora por no pago
165.245.537
3.910.902
83.586.321
7.782
961
495
159.290.350
4.914.593
68.139.970
8.512
1.144
524
Total
252.742.760
9.238
232.344.913
10.180
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
125
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC 105/2000 de fecha 11 de diciembre de 2000, la ex - Intendencia de
Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones (AP) ha definido las normas contables sobre las cotizaciones en mora, las que son
aplicadas a partir del mes de enero de 2001.
De acuerdo con la Circular SPVS-IP-DC 096/2000 de 24 de agosto de 2000, el registro de las Cotizaciones en
"Mora Presunta” se realiza una vez al mes, según los saldos actualizados del “Archivo General de Mora”. En
este sentido los saldos de las cuentas descritas corresponden al último “Archivo General de Mora”.
El procedimiento utilizado a la fecha para la estimación de la “Mora Presunta” es el establecido por la ex Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de
Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), en el Punto Tercero: “Presunción de Contribuciones en Mora”
de la Resolución Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000.
Dentro las gestiones administrativas, se han remitido dos Notificaciones de deuda a los distintos empleadores
en mora en cada Oficina Regional en los plazos y fechas establecidas para este fin, de acuerdo al Punto Décimo
Tercero: “Cronograma” de la Resolución Administrativa N° SPVS-IP 259 de fecha 23 de junio de 2000.
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, y de acuerdo al último “Archivo General de Mora” se identificaron a 5.636
y 7.337 empleadores, respectivamente, que se encuentran en gestión de Cobranza Administrativa y Cobranza
Judicial.
NOTA 35 - VALOR DE LA CUOTA
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el valor de la cuota alcanza a Bs. 469,6271 y de Bs. 434,8354, respectivamente.
El valor cuota se obtiene de la división del saldo, en bolivianos, del Patrimonio del Fondo, entre el número de
cuotas del Fondo al momento del cierre de las transacciones diarias. Al 31 de diciembre de 2010 y 2009
el número de cuotas asciende a 37.707.167,9595 y 34.649.520,7732, respectivamente.
NOTA 36 - CUENTAS DE ORDEN
a)
Cotizaciones en mora Seguro Social Obligatorio
La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2010, es la siguiente:
Bs.
Nº de
casos
Cotizaciones en Mora
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta
3.988.767
35.180.281
301
3.106
Total Gestión de Cobro
39.169.048
3.407
Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva
Cotizaciones en cobranza por deuda presunta
Total Cobranza Judicial
83.508.456
130.065.256
213.573.712
1.155
4.676
5.831
Total Cotizaciones en Mora
252.742.760
9.238
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
126
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2009, es la siguiente:
Bs.
Nº de
casos
Cotizaciones en Mora
b)
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta
12.197.641
79.970.001
849
4.674
Total gestión de cobro
92.167.642
5.523
Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva
Cotizaciones en cobranza por deuda presunta
Total cobranza judicial
60.856.922
79.320.349
140.177.271
819
3.838
4.657
Total cotizaciones en mora
232.344.913
10.180
Cotizaciones en Mora Cuenta Básica Previsional
Mediante el artículo 20º del Decreto Supremo No. 29423 de 6 de enero de 2008, se instruye a las AFP’s
crear la “Cuenta Básica Previsional”, que debe ser utilizada exclusivamente para el pago de la fracción
complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión
Mínima, conforme determina la Ley No. 3785.
Mediante la Resolución Administrativa SPVS/IP/No. 435/2008 de fecha 19 de mayo de 2008, la Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones (Intendencia de Pensiones) en su artículo 7 definió las
cuentas y analíticos para registrar la mora correspondiente a Cuenta Básica Previsional de acuerdo al
siguiente detalle:
La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2010, es la siguiente:
Bs.
Cotizaciones en Mora
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta
Nº de
casos
2.325
449.271
1
52
Total Gestión de Cobro
451.596
53
Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva
Cotizaciones en cobranza por deuda presunta
Total Cobranza Judicial
109.972
795.519
905.491
8
10
18
1.357.087
71
Total Cotizaciones en Mora
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
127
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
La composición de las cotizaciones en mora al 31 de diciembre de 2009, es la siguiente:
Nº de
casos
Bs.
Cotizaciones en Mora
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda efectiva
Cotizaciones en gestión de cobro por deuda presunta
Total gestión de cobro
Cotizaciones en cobranza judicial por deuda efectiva
Cotizaciones en cobranza por deuda presunta
Total cobranza judicial
Total cotizaciones en mora
c)
105.333
979.767
15
78
1.085.100
93
-
-
1.085.100
93
Deudores por entregas a la DP
Corresponde a las transferencias realizadas a la Dirección de Pensiones - DP (ex - Dirección General de
Pensiones), para que ésta realice el pago de pensiones por invalidez a los beneficiarios del antiguo sistema
de seguridad social, dichas transferencias fueron objeto de conciliaciones entre la Administradora y la
DP, por el período enero a diciembre de 2000, de cuyo resultado se ha determinado que la DP debe
efectuar una devolución de Bs. 232.544 por cheques emitidos y no cobrados con antigüedad mayor a
12 meses, quedando pendiente, al 31 de diciembre de 2003, la conciliación de las transferencias efectuadas
entre junio de 1998 a diciembre de 1999, de enero a octubre 2001 y todas las transferencias realizadas
para el pago de pensiones a los beneficiarios que pertenecían a las Fuerzas Armadas de la Nación. El
saldo al 31 de diciembre de 2010 y 2009 es de Bs. 351.496.571 y Bs. 229.551.232 respectivamente.
NOTA 37 - HECHOS RELEVANTES
a)
Conciliación Compensación de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas con
el SENASIR
En cumplimiento al Manual de Procedimientos para la conciliación y reposición de pagos de Compensación
de Cotizaciones y Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, emitida por el SENASIR mediante Resoluciones
Administrativas Nº. 188 y 189 de 29 de septiembre de 2009, homologadas por la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones mediante Resolución Administrativa Nº 122 de 9 de octubre de 2009 y
las Resoluciones Administrativas Nº 225 y 226 de 25 de noviembre de 2009 Ampliación del Manual de
Procedimientos de conciliación y reposición de pagos de Compensación Mensual de Cotizaciones y
Fracción Complementaria Fuerzas Armadas, homologadas por Resolución Administrativa Nº 200 de 27
de noviembre de 2009 de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
La conciliación realizada corresponde a los periodos julio de 2002 a agosto de 2010, procesos que se
encuentran respaldados por las Actas de Conciliación suscritas por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora
de Fondos de Pensiones y el SENASIR, a continuación detallamos el resumen de este proceso de conciliación:
La conciliación realizada corresponde a los periodos julio 2002 a agosto 2010, procesos que se encuentran
respaldados por las Actas de Conciliación suscritas por Futuro de Bolivia S.A. - Administradora de Fondos
de Pensiones y el SENASIR, a continuación detallamos el resumen de este proceso de conciliación:
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
128
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Planilla
Cantidad
Monto
Desembolsado
SENASIR
Bs.
Total
Pagado
Bs.
Total
Devuelto
Bs.
FF.AA.
Regular
11.178
521.552
282.599.365
959.670.682
28.580.380
957.681.486
18.985
1.989.196
Total
532.730
988.270.047
986.261.866
2.008.181
Los detalles excluidos del proceso de conciliación antes descrito y que se encuentran en proceso de fiscalización
por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, se desglosan como sigue:
Planilla
b)
Cantidad
Monto
Desembolsado
SENASIR
Bs.
FF.AA.
Regular
4
203
6.801
281.920
Total
207
288.721
Redención Anticipada Bonos TGN
En fecha 16 de octubre de 2009, el gobierno nacional decidió efectuar el rescate anticipado total de los
Bonos del Tesoro con series TGN-N1A-09, TGN-N1B-09, TGN-N1C-09, TGN-N1D-09, TGN-N1E-09, TGNN1F-09, TGN-N1G-09 y TGN-N1H-09, emitidos durante la gestión 2009 y adquiridos obligatoriamente
por los Fondos de Capitalización Individual (FCI) administrados AFP Futuro de Bolivia y BBVA Previsión
AFP, según lo determinado mediante Decreto Supremo Nº 25722 de 31 de marzo de 2000. El monto
correspondiente al rescate anticipado de los Bonos pertenecientes al FCI administrado por Futuro de
Bolivia S.A. - AFP, asciende a Bs. 410.7 millones y corresponde a 392 Bonos adquiridos entre los meses
de enero y agosto de la gestión 2009 de acuerdo a lo determinado por la Resolución Ministerial Nº 580
de fecha 18 de diciembre de 2008 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y el Decreto Supremo
Nº 29775 de 5 de noviembre de 2008, que aprueba la opción de rescate anticipado para dichos Bonos.
c)
AMETEX S.A.
Durante la gestión 2010, ante la delicada situación de la empresa América Textil S.A. (Ametex), agravada
por la separación de Bolivia de los beneficios del ATPDEA, se han llevado a cabo diversas reuniones de
la Junta de Acreedores (JA) y de la Asamblea General de Tenedores de Bonos (AGTB), en la búsqueda
continua de alternativas de solución que garanticen el repago de la deuda, las fuentes de trabajo que
genera la empresa y el mantenimiento de su aparato productivo exportador.
Como resultado de ello, a lo largo de la gestión 2010 la Junta de Acreedores y la Asamblea General de
Tenedores de Bonos asumieron medidas que refuerzan y ampliaron la iniciativa inicial de concesión de
un plazo de gracia de dos años para el pago de capital y la reducción de la tasa de interés en un 90%,
aprobada durante la gestión 2008. Estas medidas determinaron una importante reducción de la deuda
de la empresa mediante daciones en pago de diversos activos de la empresa, a favor de varios acreedores
distintos al FCI, operaciones que en todos los casos incluyeron el reconocimiento de quitas que oscilan
entre 64% y 92% del monto de la deuda original. Con ello, no sólo se logró reducir la deuda de Ametex,
con el alivio consiguiente en sus flujos de caja, sino también se logró la liberación de activos en garantía
a favor de los acreedores restantes, mismos que pasan a formar parte del Paquete Colateral Libre definido
en el respectivo Acuerdo de Transacción.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
129
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Al 31 de diciembre de 2010 Ametex se encuentra al día en el cumplimiento del pago de sus obligaciones
financieras, según el Acuerdo de Transacción suscrito con sus acreedores y las posteriores modificaciones
a la estructura de la deuda, aprobadas por la Junta de Acreedores y la AGTB.
d)
Hidroeléctrica Boliviana S.A.
En fecha 22 de noviembre de 2009 se ha concluido con el proceso de reestructuración de la deuda que
mantenía la empresa Hidroeléctrica Boliviana S.A., por concepto de la emisión de los Bonos Hidroeléctrica
II. Dicho proceso ha involucrado, para el FCI administrado por Futuro de Bolivia S.A.- AFP, la inversión
en los nuevos valores de titularización (VTD) “Hidrobol – Nafibo 016”, a cambio de la entrega de la
totalidad de Bonos Hidroeléctrica II que formaban parte de su portafolio de inversiones, además de la
entrega de Bonos del Tesoro General de la Nación (TGN) y Efectivo.
A la culminación del mencionado proceso, el FCI ha dejado de invertir directamente en Hidroeléctrica
Boliviana S.A. al entregar todos sus Bonos Hidroeléctrica II por un total equivalente a $us. 23.8 millones,
más $us. 29.8 millones en Bonos del TGN y $us. 19.9 millones en efectivo, a cambio de la adquisición
de los nuevos VTD preferidos (Serie B) “Hidrobol – Nafibo 016” por el equivalente a $us. 80.7 millones,
habiéndose generado una ganancia para el FCI de aproximadamente $us. 7.2 millones. Asimismo, el FCI
realizó la venta en el ruedo de la Bolsa Boliviana de Valores de las acciones preferidas de Hidroeléctrica
Boliviana S.A. que formaban parte de su portafolio de inversiones, por un monto aproximado de $us.
1.3 millones.
Entre las bondades de la nueva inversión se cuenta con un 57% de su capital coberturado mediante los
flujos provenientes de los Bonos del TGN, además de que se tiene establecida una prioridad en el pago
de su capital e interés al ser una emisión preferida en relación a la acreencia que mantiene la empresa
relacionada Tenaska Capital Inc. Asimismo, la emisión de los VTD cuenta con mecanismos de cobertura
que garantizan el flujo de pagos por hasta 10 meses en los cuales la empresa no llegue a generar los
recursos mínimos necesarios, habiéndose asimismo eliminado el “balloon-payment” de aproximadamente
$us. 33 millones que debía efectuar Hidroeléctrica Boliviana S.A. al vencimiento de los Bonos Hidroeléctrica
II. Por último, Tenaska Capital Inc. realizó la capitalización de aproximadamente $us. 19.4 millones de
los Bonos Hidroeléctrica II que mantenía, canjeando los mismos por acciones ordinarias de Hidroeléctrica
Boliviana S.A. de nueva emisión, lo que significa un aumento del patrimonio de la empresa, una reducción
de su deuda y el consiguiente alivio en sus flujos de caja.
Bajo dichos argumentos, se ha logrado una mejoría crediticia en la inversión, pasando de una calificación
“C“ que mantenían los antiguos Bonos Hidroeléctrica II, y “cc” para las Acciones Preferidas Hidroeléctrica,,
a la nueva calificación asignada a los VTD de “Grado de Inversión”, correspondiendo el rating “BBB3”
según Fitch Ratings y “A1”, según Pacific Credit Ratings.
e)
Transferencia de Acciones a ENDE
En fecha 9 de septiembre de 2009, mediante Decreto Supremo Nº 0289, el gobierno nacional determinó
la transferencia a título gratuito en favor de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), de las acciones
que formaban parte del Fondo de Capitalización Colectiva (FCC) administrado por Futuro de Bolivia S.A.
- AFP y BBVA Previsión AFP S.A. correspondientes a Empresa Eléctrica Corani S.A., Empresa Eléctrica Valle
Hermoso S.A. y Empresa Eléctrica Guaracachi S.A., modificándose en consecuencia la estructura financiera
del FCC.
f)
Aprobación Nueva Ley de Pensiones
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente
el contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
130
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
el periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones
con la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros,
quedarán resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas
las disposiciones contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la
constitución de la nueva Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como
Empresa Pública Nacional estratégica, de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo
tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos).
I.
II.
III.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos,
bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación
e información que transfieran.
Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo
precedente será establecida en reglamento.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e
información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no
objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I.
II.
Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en reglamento.
Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
Artículo 177- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº
1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto
en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo
de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones
Sistema Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones
del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
131
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a
lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones
reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario
y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas
en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de
Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones
o Comisión, conforme a lo siguiente:
a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones,
hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la
Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían
hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones
será la determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de
la custodia de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la Seguridad Social de Largo Plazo
deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento.
El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación
de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a
título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta
Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal
de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 establece que las AFP’s deberán concluir:
I.
II.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con
anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera
y absoluta responsabilidad.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de
Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa
en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de
Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
132
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así
como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral
de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones
establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez
concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la
ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010,
se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de
Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados
externos.
NOTA 38 – FLUJO DE EFECTIVO DEL FONDO DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL
En cumplimiento a lo instruido en el instructivo de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, a continuación
detallamos las notas explicativas correspondientes:
1)
RECAUDACIÓN
Corresponde a monto total en bolivianos de toda la recaudación recibida por concepto de Contribuciones
(Cotizaciones Mensuales, Cotizaciones Adicionales, Depósitos Voluntarios de Beneficios Sociales, Primas
de Riesgo Común, Profesional, Laboral), Comisiones e Intereses por Mora destinados al FCI, además del
interés Incremental destinado a la AFP. Las cuentas corrientes recaudadoras en las gestiones 2010 y 2009,
registran abonos por Bs. 1.711.381.627 y Bs. 1.549.262.388 respectivamente.
2)
TRASPASOS NETOS DESDE OTRAS AFP’s
Corresponde al monto total en Bolivianos recibido desde la otra AFP (AFP Previsión BBVA), por traspasos
de saldos de Cuentas Individuales de Afiliados que optaron por traspasarse de AFP y Cotizaciones
Rezagadas. El monto proviene de la compensación de fondos en el proceso de traspaso cuando el monto
a traspasar por la AFP es menor al importe a recibir, estos montos para la gestión 2010 y 2009 son Bs.
29.577.771 y Bs. 7.269.078 respectivamente.
3)
REINTEGRO DE CARGOS BANCARIOS
Corresponde al monto en bolivianos de los depósitos realizados por la AFP, para financiar cargos bancarios
registrados en los extractos bancarios de las Cuentas Recaudadoras, Cuentas de Administración de Cartera
en el País, Cuentas de Desembolsos y Cuentas por Cobrar a la AFP, el total de abonos en cuentas corrientes
en la gestión 2010 es Bs. 4.419.466, no registra abonos en la gestión 2009.
4)
INTERESES PERCIBIDOS SOBRE CUENTAS CORRIENTES
Corresponde al monto total en bolivianos, de los intereses percibidos que generan las cuentas corrientes
del Fondo de Capitalización Individual – FCI en bancos, la capitalización de intereses en las gestiones
2010 y 2009 llegan a Bs. 72.616 y Bs. 4.165.126 respectivamente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
133
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
5)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
CORTE DE CUPÓN
Corresponde al monto total en bolivianos, por concepto de intereses cobrados, por vencimiento de
cupones de valores con cupones registrados en la cartera de inversiones del Fondo de Capitalización
Individual – FCI, los abonos en cuentas corrientes de administración de cartera en las gestiones 2010 y
2009, alcanzan a Bs.778.931.541 y Bs.739.124.258 respectivamente.
6)
INTERESES POR VENCIMIENTOS EN DÍAS INHÁBILES
Corresponde al los intereses percibidos por el vencimiento de inversiones del Fondos de Capitalización
Individual - FCI en días inhábiles, las cuentas corrientes de administración de cartera en el país, no registran
saldo en la gestión 2010, en la gestión 2009 los abonos son por Bs.1.364.
7)
RESCATE DE INVERSIONES
Corresponde a todos los rescates de inversiones que se realicen en el periodo que se está informando,
excepto los dividendos y cortes de cupón, ya que estos conceptos deben ser informados en los ítems
que corresponda. Por rescate se debe entender la liquidación de cualquier concepto de inversiones
mantenidas, el total de abonos en cuentas corrientes de administración de cartera por vencimiento de
títulos valores registrados en la Cartera de Inversiones del Fondo de Capitalización Individual - FCI, en
las gestiones 2010 y 2009 es de Bs. 1.368.814.381 y Bs. 1.433.334.425 respectivamente.
8)
RECAUDACIÓN DE RENTA CC MENSUAL
Corresponde al total de abonos mensuales que realiza el Tesoro General de la Nación por gestión que
realiza el SENASIR, para el pago de la Compensación Mensual de Cotizaciones a los jubilados destinatarios,
los abonos en la cuenta corriente habilitada para este concepto, en las gestiones 2010 y 2009 llegan a
Bs. 305.206.085 y Bs. 253.045.651 respectivamente.
9)
RECAUDACIÓN COMPENSACIÓN GLOBAL DE COTIZACIONES
Corresponde al total en bolivianos abonados mensualmente por el Tesoro General de la Nación por
gestión del SENASIR, para el pago de este beneficio a los destinatarios de este beneficio otorgados por
el sistema de reparto, los abonos en la cuenta corriente habilitada para este concepto, en las gestiones
2010 y 2009 llegan a Bs. 2.857.255 y Bs. 2.655.045 respectivamente.
10)
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DESDE OTRAS AFP’s
Corresponde al monto total en bolivianos, por la transferencia del total del capital acumulado de afiliados
de AFP Previsión BBVA que optaron por jubilarse en Mensualidad Vitalicia Variable administrada por
Futuro de Bolivia S.A. - AFP, las transferencia desde AFP Previsión en las gestiones 2010 y 2009 llegan a
Bs. 6.644.663 y Bs. 3.359.905 respectivamente.
11)
RECAUDACIÓN DE FRACCIÓN COMPLEMENTARIA FF.AA.
Corresponde al total en bolivianos abonados mensualmente por el Tesoro General de la Nación por
gestión del SENASIR, para el pago de la Fracción Complementaria a miembros de las Fuerzas Armadas,
los abonos en la cuenta corriente habilitada para este concepto, en las gestiones 2010 y 2009 llegan a
Bs. 7.400.748 y Bs. 4.033.976 respectivamente
12)
OTROS INGRESOS
Corresponde al monto en bolivianos de cualquier otro ingreso de efectivo que no se encuentre incluido
en alguno de los ítems anteriores y que no implique una disminución de la cartera de inversiones, de
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
134
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
inversiones que transitoriamente se han registrado como activo exigible, como por ejemplo inversiones
que han vencido y no se han rescatado oportunamente, habiéndolas rebajado de la cartera de inversiones
del Fondo de Capitalización Individual - FCI, o de los recursos de alta liquidez, Cuando se utiliza esta
ítem, se deberá hacer un desglose por los conceptos que la conforman, utilizando para ello el formato
de Notas Explicativas del Informe Diario, el registro por abonos en este rubro en las gestiones 2010 y
2009 llegan a Bs. 147.119.414 y Bs. 135.096.704 respectivamente.
13)
COMISIONES PAGADAS A LAS AFP’s POR ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES
Corresponde al monto en bolivianos de las comisiones efectivamente pagadas a la AFP por concepto de
servicio de afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, efectivamente pagadas
a la Administradora de Fondos de Pensiones, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 llegan a
Bs. 60.982.562 y Bs. 54.080.910 respectivamente.
14)
COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR ADMINISTRACIÓN DE PORTAFOLIO
Corresponde al monto en bolivianos de las comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de
Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de administración de portafolio, de acuerdo a Resolución
Administrativa SPVS-P-No. 124/99, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs.
15.541.137 y Bs. 15.567.274 respectivamente.
15)
COMISIONES PAGADAS AL CUSTODIO
Corresponde al monto en bolivianos de las comisiones efectivamente pagadas a la entidad de custodia,
por la custodia de valores del Fondo de Capitalización Individual - FCI, de acuerdo a Resolución Administrativa
SPVS-P-No. 32/99, los pagos a la EDV en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs.3.774.155 y Bs.
3.174.011 respectivamente.
16)
COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR PAGO DE LA RENTA DE CC MENSUAL
Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de
Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de pago de jubilación Compensación Mensual de Cotizaciones,
los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 2.735.003 y Bs. 2.859.297 respectivamente.
17)
COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR PAGO DE PENSION MVV
Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de
Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de pago de jubilación Mensualidad Vitalicia Variable, los pagos
en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 429.244 y Bs. 269.456 respectivamente.
18)
COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR TRANSFERENCIA DE PRIMAS A
COMPAÑÍAS ASEGURADORAS
Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de
Fondos de Pensiones - AFP, por la transferencia de Primas de Riesgo Común, Profesional y Laboral
acreditadas en favor de las Compañías de Seguro La Vitalicia y Provida, a las que se deduce el 11% por
concepto de comisión a favor de la AFP por servicios prestados, los pagos a la AFP en las gestiones 2010
y 2009 alcanzan a Bs. 280.214 y Bs. 53.686 respectivamente.
19)
COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR RENTA MENSUAL FF.AA.
Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones efectivamente pagadas a la Administradora de
Fondos de Pensiones - AFP, por concepto de pago de jubilación Fracción Complementaria a miembros
de las Fuerzas Armadas, los pagos a la AFP en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 58.165 y Bs. 46.335
respectivamente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
135
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
20)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
COMISIONES PAGADAS A LA AFP POR PRIMAS RIESGO COMÚN, PROFESIONAL Y LABORAL
Corresponde al monto en bolivianos, por comisiones del 0,85% efectivamente pagadas a la Administradora
de Fondos de Pensiones, por concepto de primas Riesgo Común, Profesional y Laboral acreditadas a
partir del periodo de aportes del mes de noviembre de 2006, los pagos en las gestiones 2010 y 2009
ascienden a Bs. 3.118.458 y Bs. 3.774.824 respectivamente.
21)
TRASPASOS NETOS HACIA OTRAS AFP’s
Corresponde al monto total en bolivianos enviados a otras AFP’s, por traspasos de saldos en Cuentas
Individuales de afiliados que optaron por traspasarse de Administradora de Fondos de Pensiones - AFP
y cotizaciones rezagadas. El monto registrado proviene de la compensación de fondos en el proceso de
traspaso cuando el monto a traspasar por la AFP es mayor al importe a recibir, las transferencias a AFP
Previsión en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 60.174.841 y Bs. 33.416.402 respectivamente.
22)
GASTOS DE TRANSACCIÓN
Corresponde al monto total en bolivianos de pagos efectivamente realizados, corresponde a pagos a
operadores (persona natural o jurídica que realiza directamente operaciones de compra venta de valores
en los mercados autorizados), derivados exclusivamente de servicios prestados en la compra y venta de
valores en conformidad al artículo 267 de D.S. 24469, los pagos a intermediarios financieros en las
gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 284.083 y Bs. 81.782 respectivamente.
23)
DEVOLUCIÓN DE PAGOS EN EXCESO
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente devuelto a los empleadores y/o afiliados por
concepto de devolución de contribuciones pagadas en exceso y que fueron ingresadas al Fondo de
Capitalización Individual - FCI. Las solicitudes deberán ser aceptadas por la Administradoras de Fondos
de Pensiones - AFP de acuerdo a normas vigentes, las devoluciones en las gestiones 2010 y 2009 llegan
a Bs. 624.626 y Bs. 589.892 respectivamente.
24)
CARGOS BANCARIOS
Corresponde al monto total en bolivianos de los cargos efectuados en las cuentas corrientes bancarias
del Fondo de Capitalización Individual - FCI, reflejados en los respectivos extractos bancarios, los mismos
que son autorizados o instruidos por el FCI cuyo destino es la provisión de fondos a entidades pagadoras
de prestaciones, recaudaciones abonadas en exceso, estos cargos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden
a Bs. 364.130.228 y Bs. 319.740.992 respectivamente.
25)
RESCATE CUOTAS DEL FCC
Corresponde al monto total en bolivianos, por el rescate de cuotas del Fondo de Capitalización Colectiva,
en la gestión 2010 el FCC no rescata cuotas por inversiones en el FCI, en la gestión 2009 los rescates
son por Bs. 160.700.000.
26)
INTERÉS INCREMENTAL
Corresponde al total en bolivianos efectivamente cobrado por la Administradora de Fondos de Pensiones
- AFP, por concepto de interés incremental, de acuerdo a normas establecidas por el organismo fiscalizador,
en las gestiones 2010 y 2009 la AFP ha cobrado al FCI Bs. 1.775.987 y Bs. 1.980.900 respectivamente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
136
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
27)
PRESTACIONES Y BENEFICIOS PAGADOS POR RIESGO COMÚN
Corresponde al monto en bolivianos pagados efectivamente en el día del reporte, por concepto de pago
de prestaciones de invalidez, muerte y gastos funerarios a los afiliados registrados o sus derechohabientes,
cuyo origen de invalidez o muerte haya sido por Riesgo Común, los pagos por los conceptos detallados
en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 15.784.887 y Bs. 10.338.579 respectivamente.
28)
PRESTACIONES Y BENEFICIOS PAGADOS POR RIESGO PROFESIONAL AL SSO
Corresponde al monto total en bolivianos pagados efectivamente, por pago de prestaciones de invalidez,
muerte, indemnización global y gastos funerarios a los afiliados registrados o a sus derechohabientes,
cuyo origen de invalidez o muerte haya sido por Riesgo Profesional, los pagos por los conceptos detallados
en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 3.922.086 y Bs. 2.520.029 respectivamente.
29)
DESEMBOLSOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES - SENASIR
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente transferido al SENASIR ex - Dirección General
de Pensiones para pago de pensiones a los rentistas por Riesgos Profesionales del Sistema de Reparto,
los montos desembolsados en las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 51.542.342 y Bs. 50.606.986
respectivamente.
30)
PAGO DE RETIROS MÍNIMOS
Corresponde al monto en bolivianos efectivamente pagado por concepto de pago de invalidez, vejez y
muerte a los afiliados registrados o a sus derechohabientes, que no cumplen los requisitos para acceder
a las prestaciones del Seguro de Riesgo Común o cuyo capital acumulado nos les permite optar por el
Seguro Vitalicio o Mensualidad Vitalicia Variable, los pagos de este beneficio en las gestiones 2010 y
2009 alcanzan a Bs. 35.994.143 y Bs. 30.076.878 respectivamente.
31)
PAGO MASA HEREDITARIA
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagado, por concepto de entrega a herederos
establecidos en la declaratoria de herederos del Capital Acumulado del causante, los pagos en las gestiones
2010 y 2009 llegan a Bs. 3.766.669 y Bs. 3.539.525 respectivamente.
32)
PAGOS DE BENEFICIOS MVV
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados por concepto de prestaciones por vejez,
muerte y gastos funerarios, cuando los afiliados registrados o sus derechohabientes contraten Mensualidades
Vitalicias Variables, estos pagos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 16.098.977 y Bs. 10.028.261
respectivamente.
33)
PAGOS RENTA DE CC MENSUAL
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados por concepto de Compensación Mensual
de Cotizaciones a afiliados jubilados beneficiarios de esta compensación, estos pagos en las gestiones
2010 y 2009 ascienden a Bs. 119.229.855 y Bs. 97.499.884 respectivamente.
34)
PAGOS RENTA DE CC MENSUAL FC
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados por concepto de Fracción Complementaria
a miembros de las Fuerzas Armadas, estos pagos en las gestiones 2010 y 2009 ascienden a Bs. 5.490.025
y Bs. 3.118.370 respectivamente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
137
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
35)
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
DEVOLUCIÓN DE APORTES
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados, por concepto de devolución de aportes
al Seguro Social Obligatorio, para las personas que tengan este derecho de acuerdo a normas legales
vigentes y normas emitidas por el organismo fiscalizador, en las gestiones 2010 y 2009 estas devoluciones
llegan a Bs. 146.298 y Bs. 303.803 respectivamente.
36)
TRANSFERENCIA DE SALDOS DE LAS CUENTAS INDIVIDUALES A ASEGURADORAS
Corresponde al monto total en bolivianos transferidos a las entidades aseguradoras, por concepto de
saldos de cuentas individuales, de los afiliados que optaron por la Modalidad de Jubilación Seguro Vitalicio,
las transferencias en las gestiones 2010 y 2009 alcanzan a Bs. 13.130.362 y Bs. 16.764.934 respectivamente.
37)
PAGO A ENTES GESTORES DE SALUD
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados a los entes gestores de salud por
concepto de descuento del 3% de las prestaciones de Riesgo Común, Profesional y Laboral, 3% y 5%
(Fuerzas Armadas) de la Compensación Mensual de Cotizaciones, Fracción Complementaria Fuerzas
Armadas y Mensualidad Vitalicia Variable, estos pagos en la gestiones 2010 y 2009 totalizan Bs. 10.350.588
y Bs. 8.131.297 respectivamente.
38)
FINANCIAMIENTO DE GASTOS MÉDICOS
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente pagados con recursos de los seguros de Riesgo
Común, Profesional y Laboral, por concepto de exámenes e informes especiales para realizar la calificación
del estado de invalidez de los afiliados, así como los gastos de traslado requeridos para la evaluación.
La gestión 2010 no registra estos pagos y en la gestión 2009 totalizan Bs. 78.755.
39)
TRASPASOS DE PRIMAS A COMPAÑÍAS ASEGURADORAS
Corresponde a monto total en bolivianos efectivamente transferidos a las entidades aseguradoras, por
concepto de recaudación de primas correspondiente a los periodos de cotización, noviembre 2001 a
octubre 2006, destinadas a cubrir el Riesgo Profesional, Riesgo Común y Riesgo Laboral, administrados
por las Compañías Aseguradoras La Vitalicia y Provida, estas transferencias en las gestiones 2010 y 2009
alcanzan a Bs. 2.464.829 y Bs. 2.210.132 respectivamente.
40)
TRASPASOS DE COTIZACIONES AL TGN PARA INCREMENTO RENTA (2% )
Corresponde a los traspasos que se realicen al Tesoro General de la Nación, por voluntad de los afiliados,
para mejorar sus rentas, en la gestión 2010 no se registran estas transferencias de fondos, en la gestión
2009 totalizan Bs. 51.844.
41)
INVERSIONES REALIZADAS
Corresponde al monto total en bolivianos de cualquier inversión que se realice con los recursos del FCI
y que impliquen una disminución de liquidez de este fondo, el total de desembolsos de las cuentas
corrientes de administración de cartera para la adquisición de inversiones en las gestiones 2010 y 2009
llegan a Bs. 3.792.101.129 y Bs. 3.316.442.357 respectivamente.
42)
TRANSFERENCIA SALDO COTIZACIONES MENSUALES FALLECIDOS
Corresponde al monto total en bolivianos efectivamente transferidos a las Compañías Aseguradoras La
Vitalicia y Provida de los aportes acumulados de afiliados fallecidos en el periodo Noviembre 2001 a
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
138
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Octubre 2006, estas transferencias en las gestiones 2010 y 2009 totalizan Bs. 885.077 y Bs. 2.105.064
respectivamente.
43)
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A OTRAS AFPs
Corresponde al monto total en bolivianos, por la transferencia efectiva del total del capital acumulado
de afiliados de Futuro de Bolivia S.A. - AFP que optaron por jubilarse en Mensualidad Vitalicia Variable
administrada por AFP Previsión BBVA, las transferencias de fondos a la AFP destino en las gestiones 2010
y 2009 totalizan Bs. 3.652.151 y Bs. 7.529.779 respectivamente.
44)
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL AL TGN APORTES FUERZAS ARMADAS
Corresponde al monto total en bolivianos, por la transferencia efectiva de aportes de miembros de las
Fuerzas Armadas al Tesoro General de la Nación, estas transferencias en las gestiones 2010 y 2009 llegan
a Bs. 363.597 y Bs. 1.065.079 respectivamente.
45)
OTROS EGRESOS
Corresponde al monto en bolivianos de cualquier otro egreso de efectivo, que no se encuentre incluido
en alguno de los ítems anteriores y que no implique un aumento de otro activo, excepto de cuentas por
cobrar. Cuando se usa esta partida, se deberá hacer un desglose por los conceptos que lo conforman
utilizando el formato de Notas Explicativas del Informe Diario, el registro por cargos en este rubro en
las gestiones 2010 y 2009 llegan a Bs. 51.493.006 y Bs. 66.244.872 respectivamente.
NOTA 39 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que el Fondo de Capitalización Individual no tiene contingencias de ninguna naturaleza,
más allá de las registradas contablemente.
NOTA 40 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero
de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, la cual establece que hasta que la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones
- SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras
de Fondos de Pensiones - AFP.
•
Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
•
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la
Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
•
El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables
vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065.
•
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos
contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según
corresponda.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
139
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
•
Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la
Ley N° 065 y normativa reglamentaria.
•
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de
acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
•
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas
y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros
del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
140
ESTADOS
FINANCIEROS
CUENTA COLECTIVA DE
SINIESTRALIDAD
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs. = Boliviano
$us. = Dólar Americano
UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda
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DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ernst & Young Ltda.
Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
Edif. Torre Azul - Piso 16
La Paz - Bolivia
Tel. 591-2-243 4313
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DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por FUTURO
DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las
notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría
también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia,
así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes
proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas
contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas
difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto
significativo la situación de activos y pasivos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad administrada por FUTURO DE
BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con
normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en
las Notas 2 y 3 al estado financiero.
5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones, las obligaciones,
activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales,
y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y
procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad
y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
1
2009
Bs.
ACTIVO
1.7.1.01 Inversiones en el FCI
5.1
TOTAL DEL ACTIVO
2
2010
Bs.
667.227.639
468.160.164
667.227.639
468.160.164
667.227.639
468.160.164
667.227.639
468.160.164
PASIVO
2.1.6.05 Primas por Transferir RC
5.2
TOTAL DEL PASIVO
Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El objetivo de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con la finalidad de otorgar los
beneficios establecidos en la Ley de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro
por invalidez o una pensión por fallecimiento.
Los recursos de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual, tal cual
lo establece el inciso a) del Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones.
La Cuenta Colectiva de Siniestralidad, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE PENSIONES, es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y
pertenece a los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre dicho patrimonio.
Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables
por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie.
De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo N° 53 de la Ley de Pensiones a partir de la fecha en que la Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9
de abril de 2009, determine que el riesgo común sea asumido por una entidad aseguradora, todos los recursos
de esta Cuenta serán transferidos a dicha entidad y considerados reservas matemáticas de la misma.
En la gestión 1999, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Resolución
Administrativa SPVS - IP N° 114/99, determina que los excedentes, sobre la necesidad de los saldos actuariales
existentes en la Cuenta de Siniestralidad al 31 de mayo de 1999, deberán ser distribuidos en las cuentas
individuales de los afiliados, en proporción del aporte de cada afiliado. En este sentido mediante carta SPVS IP - DP - 1112/99 del 9 de septiembre de 1999 determina que el monto de Bs. 134.691.625 correspondiente
a la Cuenta de Siniestralidad debe ser traspasado a las cuentas individuales de los afiliados.
La ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre
de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 se transfieran
los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras
de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La
Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75%
y 25% respectivamente.
En fecha 1° de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro)
con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida
S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001.
Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP’s transfirieron los fondos de los
riesgos, a partir del 1° de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a
los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex - Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a tal efecto, los montos
transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional
y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y el 31 de octubre
de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas.
De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez
y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora
correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las
primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones solicitó la
actualización de la información proporcionada para la determinación de la reservas IBNR. Producto de ello, en
fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de
cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades
aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que
corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos
y no reportados al 1° de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia,
los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional,
al 1° de noviembre de 2001.
A partir del 1 de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de
noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la
cobertura de los Riesgos de Siniestralidad, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral, son administrados totalmente
por las Administradoras de Fondos de Pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las
Entidades Aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31 de octubre de 2006.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes:
2.1
Bases de presentación del estado financiero
El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones, y fue elaborado de acuerdo con las Resoluciones Administrativas, manual
de cuentas y circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con
principios y normas contables generalmente aceptadas en Bolivia excepto por lo que se menciona en la
Nota 3 al estado financiero.
2.2
Período cubierto por el estado financiero
El presente estado financiero de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad corresponde al ejercicio terminado
el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al
ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009.
2.3
Estado financiero comparativo
El presente estado financiero de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad corresponde al ejercicio del 1° de
enero al 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente
al ejercicio del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009.
2.4
Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota,
cálculo que procesa el FCI diariamente.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables
establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los
principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos:
a)
Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados
como pasivo y no como patrimonio.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
b)
Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por
lo percibido y no por lo devengado.
c)
No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo de efectivo.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES
Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables,
respecto a las gestiones anteriores.
NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos:
5.1
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de
Capitalización Individual es de Bs. 667.227.639 y Bs. 468.160.164, respectivamente.
5.2.
Pasivo pendiente de ser Transferido a las Compañías de Seguro
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el pasivo pendiente de ser transferido a las compañías de seguro,
según corresponda, está formado por las primas mensuales deducidas del total ganado de los afiliados
que tengan una cuenta individual en el Seguro Social Obligatorio, acreditadas hasta el cierre del ejercicio,
de acuerdo con el artículo N° 21 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones,
más los rendimientos abonados por la inversión de los fondos y menos los beneficios pagados, cuyo
detalle en bolivianos se desglosa como sigue:
2010
2009
Primas por transferir a entidades aseguradoras
Prestaciones pagadas por muerte
Beneficios de gastos funerarios pagados
Prestaciones pagadas por invalidez
780.542.137
(71.630.914)
(7.025.437)
(34.658.147)
541.761.953
(45.844.848)
(5.777.264)
(21.979.677)
Total pasivo pendiente a ser transferido
667.227.639
468.160.164
En el periodo comprendido de enero a diciembre 2010 y 2009, se han traspasado Bs. 1.462.427 y Bs. 1.213.043
respectivamente, a entidades aseguradoras, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 6 al estado financiero.
Cabe aclarar que al saldo de esta cuenta, se le ha deducido Bs. 134.691.625 traspasado a las cuentas individuales
de los afiliados, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 1 al estado financiero.
NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO DE LA CUENTA DE SINIESTRALIDAD
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y el artículo
27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de coberturas
por Riesgo Común y Riesgo Profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las Entidades
Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones mediante las Resoluciones Administrativas IS N° 570
y 571, ambas de 1° de noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas
de Riesgo Común y Riesgo Profesional del Seguro Social Obligatorio, a las compañías aseguradoras La Vitalicia
Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Próvida S.A.
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina) efectuó la certificación definitiva en base a la
información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de la reservas técnicas por Riesgo
Común y Riesgo Profesional correspondientes al período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y 31 de
octubre de 2001, en un monto de $us. 116.342.758, con la siguiente distribución:
Previsión
$us.
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Futuro
$us.
Total
$us.
39.421.895
16.765.545
44.693.427
15.461.891
84.115.322
32.227.436
56.187.440
60.155.318
116.342.758
En el periodo comprendido de enero a diciembre de 2010, se efectuaron las siguientes transferencias:
Monto Transferido
Detalle
Seguros
La Vitalicia
Seguros
Provida
Total
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Riesgo Laboral
1.133.995
985.000
12.767
328.432
306.169
3.108
1.462.427
1.291.169
15.875
Total Transferido por Primas Recaudadas
2.131.762
637.709
2.769.471
Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2010, fueron expresados en
cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones correspondientes.
En el periodo comprendido de enero a diciembre de 2009, se efectuaron las siguientes transferencias:
Monto Transferido
Detalle
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Riesgo Laboral
Total Transferido por Primas Recaudadas
Seguros
La Vitalicia
Seguros
Provida
Total
923.275
891.195
4.921
289.768
274.596
1.008
1.213.043
1.165.791
5.929
1.819.391
565.372
2.384.763
Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2009, fueron expresados en
cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones correspondientes.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone:
“que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo
Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma
transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1° de noviembre
de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas
hasta el 31 de octubre de 2006.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con
la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones
contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica,
de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas
Publicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos).
I.
II.
III.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos,
bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación
e información que transfieran.
Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo
precedente será establecida en reglamento.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e
información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no
objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I.
II.
Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en reglamento.
Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
Artículo 177- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº
1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto
en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo
de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones
Sistema Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones
del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a
lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones
reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario
y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas
en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de
Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones
o Comisión, conforme a lo siguiente:
a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones,
hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la
Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían
hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones
será la determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de
la custodia de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo
deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento.
El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación
de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a
título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo”.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta
Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal
de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir:
I.
II.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con
anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera
y absoluta responsabilidad.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de
Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa
en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de
Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así
como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones
establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez
concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la
ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010,
se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de
Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados
externos.
NOTA 8 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta Colectiva de Siniestralidad no tiene contingencias de ninguna naturaleza,
más allá de las registradas contablemente.
NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero
de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones
- SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
•
•
•
•
•
•
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras
de Fondos de Pensiones - AFP.
Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la
Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El Fondo de Capitalización Individual – FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables
vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065.
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos
contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según
corresponda.
Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo – SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la
Ley N° 065 y normativa reglamentaria.
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de
acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas
y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados financieros
del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
150
ESTADOS
FINANCIEROS
CUENTA DE
RIESGO PROFESIONAL
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs. = Boliviano
$us. = Dólar Americano
UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda
152
153
154
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ernst & Young Ltda.
Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
Edif. Torre Azul - Piso 16
La Paz - Bolivia
Tel. 591-2-243 4313
Fax: 591-2-214 0937
www.ey.com
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por FUTURO DE
BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las
notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría
también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia,
así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes
proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas
contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas
difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto
significativo la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Profesional administrada por FUTURO DE BOLIVIA
S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas
contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas
2 y 3 al estado financiero.
5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones,
activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales,
y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y
procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad
y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
152
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
2010
Bs.
Nota
1
ACTIVO
1.7.1.01 Inversiones en el FCI
5.1
TOTAL DEL ACTIVO
2
2009
Bs.
570.221.827
424.624.324
570.221.827
424.624.324
570.221.827
424.624.324
570.221.827
424.624.324
PASIVO
2.1.6.04 Primas por Transferir RP
5.2
TOTAL DEL PASIVO
Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
153
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El objetivo de la Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con la finalidad de otorgar los
beneficios establecidos en la Ley de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten, básicamente, en un retiro
por invalidez o una pensión por fallecimiento como consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad
profesional.
Los recursos de la Cuenta de Riesgo Profesional administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual, tal cual lo
establece el inciso a) del Artículo 100 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones.
La Cuenta de Riesgo Profesional, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS
DE PENSIONES, es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a
los afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. Los bienes y derechos de la
Cuenta son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie.
La ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de
abril de 2009, determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre
de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, en la gestión 2001 se
transfieran los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las
Administradoras de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública
Internacional, La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de
mercado de 75% y 25% respectivamente.
En fecha 1° de noviembre de 2001 las Administradoras han firmado el contrato de seguro (póliza de seguro)
con La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida
S.A., de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001.
Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP’s transfirieron los fondos de los
riesgos, a partir del 1 de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a
los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex - Intendencia de Pensiones de la
ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de
Pensiones a tal efecto, los montos transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras
por los riesgos común, profesional y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1º
de mayo de 1997 y el 31 de octubre de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas.
De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez
y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora
correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las
primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros actual, Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones solicitó la
actualización de la información proporcionada para la determinación de la reservas IBNR. Producto de ello, en
fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de
cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades
aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que
corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos
y no reportados al 1º de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia,
los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional,
al 1º de noviembre de 2001.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
154
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
A partir del 1º de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de
noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la
cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo profesional y riesgo laboral, son administrados totalmente por
las administradoras de fondos de pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31
de octubre de 2006.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes:
2.1
Bases de presentación del estado financiero
El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y
circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas
contables generalmente aceptadas en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado
financiero.
2.2
Período cubierto por los estados financieros
El presente estado financiero de la Cuenta de Riesgo Profesional corresponde al ejercicio terminado el
31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al
ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009.
2.3
Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota,
cálculo que procesa el FCI diariamente.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables
establecida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los principios
de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos:
a)
Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados
como pasivo y no como patrimonio.
b)
Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por
lo percibido y no por lo devengado.
c)
No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo de efectivo.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLITICAS CONTABLES
Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables,
respecto a las gestiones anteriores.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
155
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos:
5.1
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de
Capitalización Individual es de Bs. 570.221.827 y Bs. 424.624.324, respectivamente.
5.2
Pasivo pendiente de ser Transferido a las Compañías de Seguro
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el pasivo no transferido a las compañías de seguro está formado
por las primas mensuales patronales acreditadas hasta el cierre del ejercicio, de acuerdo con el artículo
N° 49 del Decreto Supremo N° 24469, reglamentario de la Ley de Pensiones, más los rendimientos
abonados por la inversión en el Fondo de Capitalización Individual y menos los beneficios pagados, cuyo
detalle en bolivianos se desglosa como sigue:
2010
Primas por transferir a entidades aseguradoras
Entregas al SENASIR
Prestaciones Pagadas
Total pendiente a ser transferido
2009
955.552.783
(351.496.571)
(33.834.385)
676.958.158
(229.551.232)
(22.782.602)
570.221.827
424.624.324
NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO PROFESIONAL
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996, y el artículo
27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de fecha 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de
coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde los Fondos de Pensiones a Entidades Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones ex Intendencia de Pensiones de la Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros mediante Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1° de
noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y
riesgo profesional del Seguro Social Obligatorio a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros
de Vida S.A. y Seguros Provida S.A.
La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina), efectuó la certificación definitiva en base a la
información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de las reservas técnicas por riesgo
común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y 31 de
octubre de 2001 en un monto de $us. 116.342.758 con la siguiente distribución:
Previsión
$us.
Futuro
$us.
Total
$us.
Riesgo Común
Riesgo Profesional
39.421.895
16.765.545
44.693.427
15.461.891
84.115.322
32.227.436
Totales
56.187.440
60.155.318
116.342.758
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
156
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
En el periodo de enero a diciembre de 2010, se efectuaron las siguientes transferencias, de primas acreditadas
cuyos periodos de aportes corresponden a noviembre 2001 a octubre 2006:
Monto Transferido en Bolivianos
Detalle
Seguros
La Vitalicia
Seguros
Provida
Total
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Riesgo Laboral
1.133.995
985.000
12.767
328.432
306.169
3.108
1.462.427
1.291.169
15.875
Total Transferido por Primas Recaudadas
2.131.762
637.709
2.769.471
Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2010, fueron expresados en
cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones correspondientes.
En el periodo de enero a diciembre de 2009, se efectuaron las siguientes transferencias:
Monto Transferido en Bolivianos
Detalle
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Riesgo Laboral
Total Transferido por Primas Recaudadas
Seguros
La Vitalicia
Seguros
Provida
Total
923.275
891.195
4.921
289.768
274.596
1.008
1.213.043
1.165.791
5.929
1.819.391
565.372
2.384.763
Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2009, fueron expresados en
cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones correspondientes.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto supremo N° 28926, que dispone:
“que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo
Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma
transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1° de noviembre
de 2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas
desde el periodo octubre 2001 hasta el 31 de octubre de 2006.
De acuerdo a lo instruido en la Ley N° 3785 de 23 de noviembre de 2007 y la R.A. SPVS/IP 198 de 27 de febrero
de 2008, la Cuenta de Riesgo Profesional financiara a la Cuenta Básica Previsional con el 20% de las primas
recaudadas y acreditadas en forma mensual, a partir del periodo diciembre 2007.
NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con
la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones
contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
157
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica,
de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos).
I.
II.
III.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos,
bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación
e información que transfieran.
Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo
precedente será establecida en reglamento.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e
información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no
objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I.
II.
Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en reglamento.
Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
Artículo 177- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº
1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto
en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
III.
IV.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo
de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones
Sistema Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones
del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
158
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
V.
VI.
VII.
VIII.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a
lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones
reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario
y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas
en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de
Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones
o Comisión, conforme a lo siguiente:
a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones,
hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la
Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían
hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones
será la determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de
la custodia de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo
deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento.
El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación
de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a título
gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta
Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal
de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir:
I.
II.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con
anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera
y absoluta responsabilidad.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de
Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa
en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de
Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así
como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
159
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones
establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez
concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la
ex Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010,
se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de
Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados
externos.
NOTA 8 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta de Riesgo Profesional no tiene contingencias de ninguna naturaleza,
más allá de las registradas contablemente.
NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero
de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de Pensiones
- SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
•
•
•
•
•
•
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras
de Fondos de Pensiones - AFP.
Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la
Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables
vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065.
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos
contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según
corresponda.
Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la
Ley N° 065 y normativa reglamentaria.
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de
acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas
y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados
financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
160
ESTADOS
FINANCIEROS
CUENTA DE RIESGO LABORAL
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs. = Boliviano
$us. = Dólar Americano
UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda
162
163
164
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ernst & Young Ltda.
Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
Edif. Torre Azul - Piso 16
La Paz - Bolivia
Tel. 591-2-243 4313
Fax: 591-2-214 0937
www.ey.com
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por FUTURO DE
BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las
notas 1 a 9 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría
también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia,
así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes
proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas
contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas
difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto
significativo, la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Riesgo Laboral administrada por FUTURO DE BOLIVIA
S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas
contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas
2 y 3 al estado financiero.
5. Como se menciona en la Nota 7 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones,
activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales,
y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y
procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad
y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
162
ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
1
2009
Bs.
ACTIVO
1.7.1.01 Inversiones en el FCI
5.1
TOTAL DEL ACTIVO
2
2010
Bs.
5.688.026
3.709.137
5.688.026
3.709.137
5.688.026
3.709.137
5.688.026
3.709.137
PASIVO
2.1.6.06 Primas por Transferir RL
5.2
TOTAL DEL PASIVO
Las notas 1 a 9 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
163
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO DE LA CUENTA
El objetivo de la Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, es el de reunir las primas recibidas de los afiliados con contratos por producto, con
la finalidad de otorgar los beneficios establecidos en la Ley de Pensiones. Los beneficios mencionados consisten,
básicamente, en un retiro por invalidez o una pensión por fallecimiento.
Los recursos de la Cuenta de Riesgo Laboral administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA
DE FONDOS DE PENSIONES, transitoriamente, forman parte del Fondo de Capitalización Individual.
La Cuenta de Riesgo Laboral, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE
PENSIONES, es un patrimonio independiente y distinto del patrimonio de la Administradora y pertenece a los
afiliados. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre él. Los bienes y derechos de la Cuenta
son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie.
La ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de
abril de 2009 determinó que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Pensiones N° 1732, de 29 de noviembre
de 1996 y en la Ley de Reactivación Económica N° 2064, de fecha 3 de abril de 2000, se transfieran en la gestión
2001 los recursos provenientes de las coberturas por riesgo común, laboral y profesional desde las Administradoras
de Fondos de Pensiones a las entidades aseguradoras adjudicatarias en la Licitación Pública Internacional, La
Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y Seguros Provida S.A. con una participación de mercado de 75%
y 25% respectivamente.
En fecha 1° de noviembre de 2001 las Administradoras firmaron el contrato de seguro (póliza de seguro) con
La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A. y un contrato de prestación de servicios con Seguros Provida S.A.,
de acuerdo con lo establecido la Resolución Administrativa 564/01 del 30 de octubre de 2001.
Según lo establecido por la Resolución Administrativa SPVS N° 573/01, las AFP´s trasfirieron los fondos de los
riesgos, a partir del 1º de noviembre de 2001. Según lo detallado en la mencionada Resolución, y en base a
los cálculos realizados por una consultora internacional contratada por la ex - Superintendencia de Pensiones
Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones a tal efecto, los montos
transferidos son los necesarios para cubrir las reservas técnicas y financieras por los riesgos común, profesional
y laboral, por los siniestros ocurridos en el período comprendido entre el 1º de mayo de 1997 y el 31 de octubre
de 2001, fecha que entran en vigencia las nuevas pólizas.
De acuerdo con la normativa vigente, “las obligaciones y derechos inherentes a las prestaciones por invalidez
y muerte de riesgos comunes y riesgos profesionales/laborales serán asumidos por la entidad aseguradora
correspondiente y serán considerados reservas matemáticas actuariales al efecto del establecimiento de las
primas respectivas”. Al 31 de diciembre de 2002, la ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, solicitó la
actualización de la información proporcionada para la determinación de las reservas IBNR. Producto de ello, en
fecha 17 de noviembre de 2003, emitió la Resolución Administrativa N° 652, que establece la transferencia de
cuotas desde las cuentas de Riesgo Profesional y Riesgo Común administradas por las AFP’s a las entidades
aseguradoras “La Vitalicia Seguros y Reaseguros de Vida S.A.” y “Seguros Próvida S.A.”, las cuotas que
corresponden a la transferencia de reservas técnicas de Riesgo Profesional y Riesgo Común por siniestros ocurridos
y no reportados al 1º de noviembre de 2001. Las entidades aseguradoras reconocen, que con esta transferencia,
los activos financieros equivalen a las reservas actuariales por siniestros de Riesgo Común y de Riesgo Profesional,
al 1º de noviembre de 2001.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
164
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
A partir del 1° de noviembre de 2006, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 28926, promulgado el 15 de
noviembre de 2006, las prestaciones por Riesgo Común y por Riesgo Profesional/Laboral, que comprenden la
cobertura de los riesgos de siniestralidad, riesgo profesional y riesgo laboral, son administrados totalmente por
las administradoras de fondos de pensiones, transitoriamente hasta la fecha a ser determinada por la ex Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las entidades aseguradoras las primas acreditadas hasta el 31
de octubre de 2006.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables más significativos aplicados por la Administradora son los siguientes:
2.1
Bases de presentación del estado financiero
El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones, ex - Intendencia de Pensiones de la ex - Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas
por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente
aceptadas en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero.
2.2
Período cubierto por los estados financieros
El presente estado financiero de la Cuenta de Riesgo Laboral corresponde al ejercicio terminado el 31
de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2009.
2.3
Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota,
cálculo que procesa el FCI diariamente.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables
establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los
principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia en los siguientes aspectos:
a)
Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados
como pasivo y no como patrimonio.
b)
Las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por
lo percibido y no por lo devengado.
c)
No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo efectivo.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES
Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables,
respecto a las gestiones anteriores.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
165
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos:
5.1
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de
Capitalización Individual es de Bs. 5.688.026 y Bs. 3.709.137, respectivamente.
5.2
Pasivo pendiente de ser Transferido a las Compañías de Seguro
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, el pasivo no transferido a las compañías de seguro, está formado
por las primas mensuales laborales acreditadas hasta el cierre del ejercicio, más los rendimientos abonados
por la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue:
2010
2009
Primas por transferir a entidades aseguradoras
5.688.026
3.709.137
Total pendiente a ser transferido
5.688.026
3.709.137
En el periodo comprendido de enero a diciembre 2010 y 2009, se han traspasado Bs. 15.875 y Bs. 5.929,
respectivamente, a entidades aseguradoras, de acuerdo con lo mencionado en la Nota 6 al estado financiero.
NOTA 6 - TRANSFERENCIA DE LA COBERTURA DE RIESGO LABORAL
De acuerdo con los artículos N° 37 y 38 de la Ley de Pensiones N° 1732 de 29 de noviembre de 1996 y el
artículo 27 de la Ley de Reactivación Económica N° 2064 de 3 de abril de 2000, se efectuó la transferencia de
coberturas por riesgo común y riesgo profesional desde las Administradoras de Fondos de Pensiones a las
Entidades Aseguradoras.
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones ex - Intendencia de Pensiones de la Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros mediante las Resoluciones Administrativas IS N° 570 y 571, ambas de 1° de
noviembre de 2001, autorizó la firma del contrato de seguro (póliza) para las coberturas de riesgo común y
riesgo profesional del Seguro Social obligatorio, a las compañías aseguradoras La Vitalicia Seguros y Reaseguros
de Vida S.A. y Seguros Provida S.A.
La firma de consultoría actuarial Watson Wyatt (Argentina) efectuó la certificación definitiva en base a la
información final generada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, de la reserva técnica por riesgo
común y riesgo profesional correspondientes al período comprendido entre el 1° de mayo de 1997 y 31 de
octubre de 2001, en un monto de $us. 116.342.758, con la siguiente distribución:
Previsión
$us.
Futuro
$us.
Total
$us.
Riesgo Común
Riesgo Profesional
39.421.895
16.765.545
44.693.427
15.461.891
84.115.322
32.227.436
Totales
56.187.440
60.155.318
116.342.758
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
166
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Durante el periodo comprendido de enero a diciembre de 2010, se efectuaron las siguientes transferencias
correspondiente a primas acreditadas por los periodos de aporte Noviembre 2001 a Octubre 2006:
Monto Transferido en Bolivianos
Detalle
Seguros
La Vitalicia
Seguros
Provida
Total
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Riesgo Laboral
1.133.995
985.000
12.767
328.432
306.169
3.108
1.462.427
1.291.169
15.875
Total Transferido por Primas Recaudadas
2.131.762
637.709
2.769.471
Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2010, fueron expresados en
cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones correspondientes.
Durante el periodo comprendido de enero a diciembre de 2009, se efectuaron las siguientes transferencias:
Monto Transferido en Bolivianos
Detalle
Riesgo Común
Riesgo Profesional
Riesgo Laboral
Total Transferido por Primas Recaudadas
Seguros
La Vitalicia
Seguros
Provida
Total
923.275
891.195
4.921
289.768
274.596
1.008
1.213.043
1.165.791
5.929
1.819.391
565.372
2.384.763
Los saldos transferidos durante el período comprendido de enero a diciembre de 2009, fueron expresados en
cuotas, al momento de la transferencia, de acuerdo con las resoluciones de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Pensiones correspondientes.
En fecha 15 de noviembre de 2006 el Gobierno de Bolivia emitió el Decreto Supremo N° 28926, que dispone:
“que las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, administren totalmente las prestaciones por Riesgo
Común y por Riesgo Profesional/Laboral, conforme establece la Ley N° 1732 - Ley de Pensiones, en forma
transitoria hasta la fecha a ser determinada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
Se determina como fecha de inicio de cobertura del período administrado por las AFP’s, el 1 de noviembre de
2006”. A partir de esa fecha, solamente se transfiere a las Entidades Aseguradoras las primas acreditadas desde
el periodo noviembre 2001 hasta el 31 de octubre de 2006.
De acuerdo a lo instruido en la Ley N° 3785 de 23 de noviembre de 2007 y la R.A. SPVS/IP 198 de 27 de febrero
de 2008, la Cuenta de Riesgo Laboral financiara a la Cuenta Básica Previsional con el 20% de las primas
recaudadas y acreditadas en forma mensual, a partir del periodo diciembre 2007.
NOTA 7 - HECHOS RELEVANTES
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con
la Ex - Superintendencia de Pensiones, y la Ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
167
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica,
de derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos).
I.
II.
III.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos, bases
de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e información
que transfieran.
Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo precedente
será establecida en reglamento.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e información
transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no objeción. Proceso que
deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I.
II.
Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las
Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad,
Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos
de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de la Seguridad Social
de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento a ser determinado en
reglamento.
Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales
administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular las reservas
matemáticas actuariales que correspondan.
Artículo 177- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley No.
1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto
en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
III.
IV.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo de los
Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones Sistema
Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones
del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio de
Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
168
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
V.
VI.
VII.
VIII.
a)
b)
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a lo
establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones reglamentarias,
a partir de la emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario y el
Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas en la Cuenta
Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones,
hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones o
Comisión, conforme a lo siguiente:
La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones, hasta
el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la Comisión del
Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían
hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones
será la determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de
la custodia de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la Seguridad Social de Largo Plazo
deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento.
El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación
de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a
título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta
Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal
de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir:
I.
II.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con
anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera y
absoluta responsabilidad.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de
Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa
en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de
Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así
como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
169
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones
establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez
concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la
Ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010,
se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de
Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados
externos.
NOTA 8 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta de Riesgo Laboral no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más
allá de las registradas contablemente.
NOTA 9 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero
de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de
Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
•
•
•
•
•
•
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras
de Fondos de Pensiones - AFP.
Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFPs harán efectivo el cobro de la
Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables
vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065.
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos
contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según
corresponda.
Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la
Ley N° 065 y normativa reglamentaria.
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de
acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas
y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados
financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
170
ESTADOS
FINANCIEROS
CUENTA BÁSICA PREVISIONAL
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Bs. = Boliviano
$us. = Dólar Americano
UFV = Unidad de Fomento a la Vivienda
172
173
174
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Ernst & Young Ltda.
Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
Edif. Torre Azul - Piso 16
La Paz - Bolivia
Tel. 591-2-243 4313
Fax: 591-2-214 0937
www.ey.com
DICTAMEN DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
La Paz, 23 de febrero de 2011
A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional, administrada por FUTURO DE
BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así como las
notas 1 a 7 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría
también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia,
así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes
proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas
contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas
difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todo aspecto
significativo la situación de activos y pasivos de la Cuenta Básica Previsional administrada por FUTURO DE BOLIVIA
S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo con normas
contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas en las Notas
2 y 3 al estado financiero.
5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones,
activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales,
y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y
procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad
y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
172
ESTADO FINANCIERO
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
Nota
1
2009
Bs.
ACTIVO
1.7.1.01 Inversiones en el FCI
4.1
TOTAL DEL ACTIVO
2
2010
Bs.
304.511.707
203.243.767
304.511.707
203.243.767
304.511.707
203.243.767
304.511.707
203.243.767
PASIVO
2.2.1.01 Beneficios Cuenta Básica Previsional
4.2
TOTAL DEL PASIVO
Las notas 1 a 7 que se acompañan, forman parte integrante de estos estados financieros.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
173
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 - OBJETO
La Cuenta Básica Previsional, es administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones como parte del
Fondo de Capitalización Individual.
La Cuenta Básica Previsional, conforme determina la Ley Nº 3785 de 23 de noviembre de 2007, es un patrimonio
autónomo y diverso del patrimonio de la Administradora de Fondos de Pensiones, indiviso, imprescriptible e
inafectable por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y solo puede utilizarse para pagar la
Fracción Complementaria que corresponda a fin de que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión
Mínima.
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones, mediante la Resolución Administrativa SPVS/IP 198
de 27 de febrero de 2008 instruye a Las Administradoras de Fondos de Pensiones, que en un plazo no mayor
a diez (10) días hábiles a partir de la publicación del Decreto Supremo Nº 29423 de 16 de enero de 2008, en
cumplimiento a la Ley Nº 3785 de 23 de noviembre de 2007, realizarán la transferencia de los siguientes recursos
a la cuenta Básica Previsional:
a)
$us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 dólares americanos) provenientes de la Cuenta de Siniestralidad
por única vez.
b)
$us. 5.000.000.- (Cinco Millones 00/100 dólares americanos) provenientes de la Cuenta de Riesgos
Profesionales por única vez.
c)
Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Común.
d)
Veinte por ciento (20%) de las primas de Riesgo Profesional y Riesgo Laboral para Independientes.
e)
Diez por ciento (10%) de la diferencia entre el Total Ganado menos sesenta (60) salarios mínimos
nacionales, cuando la diferencia sea positiva.
Las Administradoras de Fondo de Pensiones, deberán transferir el monto correspondiente a los porcentajes
establecidos de todas las primas pagadas y acreditadas hasta el último día hábil administrativo del mes siguiente
al que corresponda el pago, desde el periodo de diciembre 2007.
Estas transferencias serán la fuente de financiamiento de la Cuenta Básica Previsional, para el pago de la pensión
mínima.
La Pensión Mínima es la prestación semicontributiva pagada por el Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo a
los titulares que cumplan los requisitos establecidos para el efecto, y a su fallecimiento a sus derechohabientes
hasta el segundo grado, en las proporciones que les corresponda según normativa.
La Pensión Mínima está constituida por la fracción que el afiliado ha logrado generar con sus aportes en Cuenta
Individual, sumada a la Compensación de Cotizaciones cuando corresponda, a cuyo resultado se añadirá una
fracción complementaria a cargo de la Cuenta Básica Previsional, hasta completar el monto de la Pensión
Mínima.
Los requisitos que debe cumplir el afiliado para el acceso a la Pensión Mínima son:
a)
Tener 60 años cumplidos o más.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
174
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
b)
Haber cotizado al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo, al sistema de Reparto o a ambos, durante
180 periodos o más.
c)
Tener una Pensión Referencial menor a la Pensión Mínima.
La Pensión Mínima será pagada a los afiliados o derechohabientes según corresponda, previo cumplimiento
de los requisitos enunciados anteriormente y en los casos descritos a continuación:
a)
b)
c)
d)
Que cuente con trámite de Jubilación o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso
de adquisición.
Que cuente con Pensión de Jubilación en curso de pago cuyo monto sea menor al monto de la
Pensión Mínima.
Que cuente con pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago cuyo monto
sea menor al monto de la Pensión Mínima.
Que tenga una Pensión Referencial de Invalidez o Muerte menor a la Pensión Mínima.
Para que el afiliado o derechohabiente con Pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso
de pago acceda a la Pensión Mínima, deberá previamente renunciar a la Pensión o pago de Compensación de
Cotizaciones Mensual en curso de pago. La Pensión Mínima será pagada por la entidad que estaba realizando
el pago de la pensión o pago de Compensación de Cotizaciones Mensual en curso de pago.
Los derechohabientes del afiliado que hubiese fallecido antes de cumplir 60 años, cuando no se cumpla con
los requisitos para acceder a una Pensión por Muerte por Riesgo Común o Pensión por Muerte por Riesgo
Profesional, podrán acceder a la Pensión Mínima cuando el afiliado fallecido hubiese cumplido 60 años y cumpla
los requisitos.
Las Pensiones Mínimas que no hubieran sido cobradas no podrán acumularse por más de doce meses, caducando
por el tiempo superior al indicado, previa notificación por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones
o Entidades Aseguradoras, conforme regulación de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones.
Estos recursos se consolidarán a favor de la fuente de financiamiento que corresponda.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables más significativos aplicados son los siguientes:
2.1
Bases de presentación del estado financiero
El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones, de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y
circulares emitidas por este organismo contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas
contables generalmente aceptados en Bolivia, excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado
financiero.
2.2
Período cubierto por el estado financiero
El presente estado financiero de la Cuenta Básica Previsional corresponde al ejercicio terminado el 31
de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2009.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
175
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
2.3
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Criterios de valuación
Inversiones
Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de realización.
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009 ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables
establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los
principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos:
a)
Se contabilizan los ingresos mensuales, los rendimientos abonados y los beneficios pagados como pasivo
y no como patrimonio.
b)
No se presentan los estados de rendimientos, de variación patrimonial y de flujo del efectivo.
c)
Los aportes mensuales acreditados, los rendimientos abonados y los beneficios pagados se registran por
lo percibido y no por lo devengado.
NOTA 4 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos:
4.1.
Inversiones
La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de
Capitalización Individual es de Bs. 304.511.707 y Bs. 203.243.767, respectivamente.
4.2.
Beneficios Cuenta Básica Previsional
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009, este grupo se encuentra formado por las transferencias de fondos
recaudados y acreditados, desde las cuentas de Riesgo Común, Riesgo Profesional y Riesgo Laboral, más
los rendimientos abonados por la inversión en el Fondo de Capitalización Individual, menos los Beneficios
pagados.
2010
2009
Beneficios Cuenta Básica Previsional
304.511.707
203.243.767
Total Beneficios
304.511.707
203.243.767
En fecha 3 de marzo de 2008, de acuerdo a lo instruido en R.A. SPVS/IP 198 de 27 de febrero de 2008, las
Cuentas de Riesgo Común y Riesgo Profesional efectúan la transferencia de Bs. 15.478.502 equivalentes a
$us. 2.055.578 y de Bs. 17.009.464 equivalentes a $us. 2.258.893 respectivamente al tipo de cambio de
Bs. 7,53 por 1 $us. a la Cuenta Básica Previsional, transferencias que tienen por objeto único el financiamiento
de la Fracción Básica Complementaria, para que el afiliado o sus derechohabientes accedan a la Pensión Mínima.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
176
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Para completar la transferencia de los $us. 5.000.000 a la Cuenta Básica Previsional que instruye la R.A. SPVS/IP
198, en fecha 17 de marzo de 2008, AFP Previsión abona Bs. 5.162.033 equivalentes a $us. 685.529 al tipo de
cambio de Bs. 7.53 por 1 $us.
La Cuenta Básica Previsional en la gestión 2010, ha desembolsado Bs. 3.528.914 y en el periodo junio 2008 a
diciembre de 2009 Bs. 2.378.555, totalizando al 31 de diciembre de 2010 en Bs. 5.907.469 los desembolsos
por pagos de Pensión Mínima.
NOTA 5 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta Básica Previsional no tiene contingencias de ninguna naturaleza, más
allá de las registradas contablemente.
NOTA 6 – HECHOS RELEVANTES
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con la
ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones
contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de
derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos).
I.
II.
III.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos,
bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e
información que transfieran.
Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo
precedente será establecida en reglamento.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e
información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no
objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I.
Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
177
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las
Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades
y procedimiento a ser determinado en reglamento.
II.
Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
Artículo 177- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº
1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto
en la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las
obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo
Plazo, mientras dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo
de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones
Sistema Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones
del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a
lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones
reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario
y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas
en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de
Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones
o Comisión, conforme a lo siguiente:
a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones,
hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la
Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían
hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones
será la determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de
la custodia de los Fondos de Pensiones administrados.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
178
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo
deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento.
El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación
de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a
título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta
Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal
de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir:
I.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con
anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera
y absoluta responsabilidad.
II.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de
Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa
en Marcha, debido a que la Nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de
Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así
como lo dispuesto en la Nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema
Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición.
La nueva Ley de Pensiones establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a
su vez establece que una vez concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex Superintendencia de Pensiones y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán
resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010,
se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la Nueva Ley de
Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados
externos.
NOTA 7 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero
de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de
Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras
de Fondos de Pensiones - AFP.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
179
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
•
•
•
•
•
•
•
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la
Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables
vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065.
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos
contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según
corresponda.
Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la
Ley N° 065 y normativa reglamentaria.
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de
acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas
y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa los estados
financieros del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
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$us. = Dólar Americano
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Av. 20 de Octubre Nº 2665 - Sopocachi
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A los señores
Directores y Accionistas de
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
1. Hemos examinado el estado de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES al 31 de diciembre de 2010 y 2009, así
como las notas 1 a 8 que se acompañan. Este estado financiero es responsabilidad de la Gerencia de la Administradora.
Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre el mismo basados en nuestras auditorias.
2. Efectuamos nuestros exámenes de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Bolivia y el instructivo
de cierre contable al 31 de diciembre de 2010, emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones
de Bolivia. Esas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener razonable seguridad
respecto a si el estado financiero está libre de presentaciones incorrectas significativas. Una auditoría incluye examinar,
sobre una base de pruebas, evidencias que sustenten los importes y revelaciones en el estado financiero. Una auditoría
también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la Gerencia,
así como también evaluar la presentación del estado financiero en su conjunto. Consideramos que nuestros exámenes
proporcionan una base razonable para emitir nuestra opinión.
3. Como se describe en las Notas 2 y 3 al estado financiero, el mismo ha sido preparado de acuerdo con prácticas
contables establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia. Estas prácticas
difieren de los principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia.
4. En nuestra opinión, el estado financiero mencionado en el párrafo 1, presenta razonablemente, en todos sus aspectos
significativos la situación de activos y pasivos de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable administrada por FUTURO
DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, de acuerdo
con normas contables emitidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones de Bolivia, descritas
en las Notas 2 y 3 al estado financiero.
5. Como se menciona en la Nota 6 al estado financiero, de acuerdo con la nueva Ley de Pensiones las obligaciones,
activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto por las Cuentas Individuales, la
Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales,
y otras Cuentas a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones, serán transferidos a los Fondos administrados
por la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y
procedimiento a ser determinado en reglamento. Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad
y Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, estas
deberán calcular las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
ERNST & YOUNG LTDA
Firma miembro de Ernst & Young Global.
Lic. Aud. Javier Iriarte
Socio
MAT. PROF. Nº CAUB - 9324
MAT. PROF. Nº CAULP - 3690
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
182
ESTADO FINANCIERO
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
ESTADO DE ACTIVOS Y PASIVOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras expresadas en Bolivianos)
2010
Bs.
Nota
1
ACTIVO
1.5.1.01 Inversiones en el FCI
4.1
TOTAL DEL ACTIVO
2
2009
Bs.
598.478.857
421.073.858
598.478.857
421.073.858
PASIVO
2.1.5.05 Beneficios por Pagar
Mensualidad Vitalicia Variable
4.2
79
79
2.2.1.01 Beneficios M.V.V.
4.2
598.478.778
421.073.779
598.478.857
421.073.858
TOTAL DEL PASIVO
Las notas 1 al 8 que se acompañan, forman parte integrante de este estado.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 2009
(Cifras Expresadas en Bolivianos)
NOTA 1 – OBJETO DE LA CUENTA
La Cuenta Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE
FONDOS DE PENSIONES, está conformada por los capitales acumulados, de todos aquellos afiliados que hubieran
suscrito un contrato de Mensualidad Vitalicia Variable.
Para tal efecto FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, se encuentra obligada a:
a)
Prestar los servicios que conlleva la administración del patrimonio, el cálculo de las pensiones y el pago
de las mismas a los contratantes que hubieran elegido dicha modalidad de pensión.
b)
Representar a los propietarios del patrimonio de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable ante terceros,
para la administración, cálculo y pago de dicha modalidad de pensión, así como en relación a la vigencia
del contrato, otorgamiento y recepción de los beneficios.
c)
Realizar todos los actos necesarios para la prestación de servicios, de acuerdo a la Ley de Pensiones y el
contrato de prestación de servicios.
Los contratos de Mensualidades Vitalicias Variables tienen las siguientes cláusulas:
a)
Irrevocabilidad, puesto que ninguna de las partes involucradas puede cancelarlos.
b)
Vigencia, a partir de la fecha de suscripción del contrato por las partes.
c)
Conclusión solamente al fallecimiento del último derechohabiente que tuviera derecho a pensión de
conformidad con el artículo 5 de la Ley 1732, de Pensiones.
d)
Pensión Vitalicia para el titular o temporal para los derechohabientes de acuerdo a la Ley 1732, de
Pensiones.
e)
Prestación por gastos funerarios que forma parte del contrato, de conformidad a lo establecido en la
Ley 1732, de Pensiones.
f)
Pago de la pensión de jubilación dentro el primer mes de vigencia del contrato y devengará a partir de
la fecha establecida en el Decreto Supremo N° 24469 de 17 de enero de 1997.
g)
Pago de las pensiones por muerte a partir de los treinta (30) días de recibido el certificado de defunción
del titular, que devengarán a partir de la fecha del fallecimiento del afiliado para aquellos derechohabientes
declarados en el contrato de Mensualidad Vitalicia Variable.
Para los derechohabientes que se acrediten con posterioridad, de conformidad con el artículo 3 del
Decreto Supremo N° 24469 de 17 de enero de 1997, las pensiones por muerte devengarán a partir de
la fecha de solicitud de pensión y acreditación.
El pago de este beneficio se originará de dos fuentes: i) Los aportes de los afiliados administrados por
las Administradoras de Fondos de Pensiones, registrados en el patrimonio del Fondo de Capitalización
Individual, en la Cuenta Mensualidad Vitalicia Variable, y ii) Los aportes del antiguo Sistema de Reparto
que serán aportados por el Tesoro General de la Nación a través de la Compensación de Cotizaciones.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
i)
La Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, administrada por FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, es una cuenta independiente y distinta del
patrimonio de la Administradora y pertenece a los afiliados que han suscrito el Contrato de
Mensualidad Vitalicia Variable. La Administradora no tiene derecho de propiedad alguno sobre
él. Los bienes y derechos que componen el patrimonio de la Cuenta son indivisos, imprescriptibles
e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie.
ii)
De acuerdo con el artículo 6 del Decreto Supremo N° 26069 de 9 de febrero de 2001, los afiliados
que suscriban un contrato de Mensualidades Vitalicias Variables con FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, tienen derecho a la Compensación de Cotizaciones
al haber realizado sesenta o más cotizaciones al antiguo Sistema de Reparto, monto que será
pagado mensualmente y de manera vitalicia al afiliado y cuando corresponda a sus derechohabientes,
con recursos del Tesoro General de la Nación que serán depositados en las cuentas corrientes del
Fondo de Capitalización Individual, de acuerdo con las solicitudes efectuadas en el mes.
Esta compensación se encuentra respaldada por el certificado de Compensación de Cotizaciones,
emitido por el Tesoro General de la Nación, y entregado a FUTURO DE BOLIVIA S.A. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, para su custodia.
NOTA 2 - PRINCIPIOS CONTABLES
Los principios contables aplicados por la Administradora son los siguientes:
2.1
Bases de presentación del estado financiero
El presente estado financiero ha sido preparado para ser presentado ante la Autoridad de Fiscalización
y Control Social de Pensiones (AP), entidad creada por Decreto Supremo N° 071/2009 de 9 de abril de
2009 que extinguió a la Intendencia de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros,
de acuerdo con las resoluciones administrativas, manual de cuentas y circulares emitidas por este organismo
contralor. Estos lineamientos concuerdan con principios y normas contables generalmente aceptadas
en Bolivia excepto por lo que se menciona en la Nota 3 al estado financiero.
El presente estado financiero corresponde a los aportes de los afiliados registrados en el patrimonio del
Fondo de Capitalización Individual en la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable administrados por
FUTURO DE BOLIVIA S.A. - ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES y no incluye los montos que
corresponden a la Compensación de Cotizaciones realizada por el Tesoro General de la Nación.
2.2
Período cubierto por los estados financieros
El presente estado financiero de la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable corresponde al ejercicio
terminado el 31 de diciembre de 2010, el mismo que es comparado con el estado financiero correspondiente
al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2009.
2.3
Criterios de valuación
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
Las inversiones por la participación en el Fondo de Capitalización Individual se valúan al valor de la cuota,
cuyo cálculo es procesado diariamente en el FCI.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
NOTA 3 - DIFERENCIAS CON PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN BOLIVIA
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, ha sido preparado de acuerdo con prácticas contables
establecidas por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones. Estas prácticas difieren de los
principios de contabilidad generalmente aceptados en Bolivia, en los siguientes aspectos:
a)
Se contabilizan las primas mensuales acreditadas, los rendimientos abonados y los beneficios pagados
como pasivos y no como patrimonio.
b)
No se presentan los estados de rendimientos de variación patrimonial y de flujo de efectivo.
NOTA 4 - CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS CONTABLES
Durante la gestión 2010, no existieron cambios significativos en las políticas, prácticas y estimaciones contables,
respecto a la gestión anterior.
NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS GRUPOS DEL ESTADO FINANCIERO
El estado financiero al 31 de diciembre de 2010 y 2009, está compuesto por los siguientes grupos:
5.1
Inversiones en el Fondo de Capitalización Individual
La composición del capítulo, al 31 de diciembre de 2010 y 2009, por participación en el Fondo de
Capitalización Individual es de Bs. 598.478.857 y Bs. 421.073.858, respectivamente.
5.2
Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable
Al 31 de diciembre de 2010 y 2009 las prestaciones por pagar, están formadas por los beneficios de
mensualidad vitalicia variable solicitadas hasta el cierre del ejercicio, más los rendimientos abonados por
la inversión de los fondos, cuyo detalle en bolivianos se desglosa como sigue:
2010
2009
Beneficios Mensualidad Vitalicia Variable
598.478.857
421.073.858
Total beneficios mensualidad vitalicia variable
598.478.857
421.073.858
El número de casos e importes pagados por jubilación con Compensación de Cotizaciones combinada con
Mensualidad Vitalicia Variable acumuladas hasta las gestiones 2010 y 2009, ascienden a 10.967 y 9.290 casos,
que equivalen a Bs. 1.117.319.180 y Bs. 782.246.032, de los cuales los pagos sólo por Mensualidad Vitalicia
Variable ascienden a Bs. 4.689.291 y Bs. 2.562.562 respectivamente.
NOTA 6 – HECHOS RELEVANTES
La nueva Ley de Pensiones (Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones), resuelve unilateralmente el
contrato suscrito en 1997 entre las AFP’s y el Estado a través de su ente fiscalizador, (art. 192) “Finalizado el
periodo de transición los Contratos y Adendas suscritos por las Administradoras de Fondos de Pensiones con
la ex - Superintendencia de Pensiones, y la ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, quedarán
resueltos”, también abroga la Ley 1732, de 29 de noviembre de 1996, de pensiones y todas las disposiciones
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
contrarias a la nueva Ley (art. 198). Adicionalmente en su artículo 147, ordena la constitución de la nueva Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que es definida como Empresa Pública Nacional estratégica, de
derecho público y de duración indefinida y se encuentra bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas
Publicas.
Los artículos de la nueva Ley, que afecta directamente a la administración son:
Artículo 174.- (Periodo de Transición).
Mediante Decreto Supremo se establecerá el periodo de transición para el inicio de actividades de la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
Artículo 175- (Transferencia de Información y Datos).
I.
II.
III.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones deberán transferir a la Gestora Pública de la Seguridad
Social de Largo Plazo toda la información, documentos, expedientes con sus respectivos respaldos,
bases de datos que se encuentren a su cargo y otros, siendo responsables de la documentación e
información que transfieran.
Las características, procedimiento y plazos para la transferencia determinada en el parágrafo
precedente será establecida en reglamento.
La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo deberá revisar la documentación e
información transferida por las Administradoras de Fondos de Pensiones, debiendo dar su no
objeción. Proceso que deberá ser supervisado por el Organismo de Fiscalización.
Artículo 176- (Transferencia del Fondo de Capitalización Individual).
I.
II.
Las obligaciones, activos, pasivos y patrimonio del Fondo de Capitalización Individual compuesto
por las Cuentas Individuales, la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable, Cuenta Colectiva de
Siniestralidad, Cuenta Colectiva de Riesgos Profesionales y otras Cuentas a cargo de las Administradoras
de Fondos de Pensiones, serán transferidas a los Fondos administrados por la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo, según corresponda, en los plazos, modalidades y procedimiento
a ser determinado en reglamento.
Previo a la transferencia de la Cuenta Colectiva de Siniestralidad y Cuenta Colectiva de Riesgos
Profesionales administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones, éstas deberán calcular
las reservas matemáticas actuariales que correspondan.
Artículo 177- (Continuidad de Servicios).
Las Administradoras de Fondos de Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas
mediante Contrato de prestación de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la Ley Nº
1732, de Pensiones, Decretos Supremos y normativa regulatoria reglamentaria, así como lo dispuesto en
la presente Ley y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral de Pensiones, asumiendo las obligaciones,
atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras
dure el periodo de transición, debiendo tomar en cuenta lo siguiente:
I.
II.
III.
IV.
Continuar con la recaudación de las contribuciones del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo
de los Afiliados Dependientes e Independientes, hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones
Sistema Integral de Pensiones.
A partir del mes siguiente de promulgada la presente Ley iniciar la recaudación de las Contribuciones
del Sistema Integral de Pensiones y del Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente.
Cobrar las contribuciones en mora del Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo.
Continuar con la otorgación de las prestaciones, pagos y beneficios del Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo a los Afiliados Dependientes e Independientes, cuando corresponda.
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
187
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
V.
VI.
VII.
VIII.
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
Otorgar las prestaciones, pagos y beneficios del Sistema Integral de Pensiones de conformidad a
lo establecido en la Ley 065 de 10 de diciembre de 2010, de pensiones y sus disposiciones
reglamentarias, a partir de la emisión de la reglamentación respectiva.
Transitoriamente, la recaudación del Aporte Solidario del Asegurado, el Aporte Patronal Solidario
y el Aporte Nacional Solidario del Asegurado Dependiente deberán ser registradas y acreditadas
en la Cuenta Básica Previsional administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las prestaciones por Riesgo Profesional de los asegurados al Sistema de Reparto, a excepción del
componente concesional, continuarán siendo pagadas por las Administradoras de Fondos de
Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran autorizadas a cobrar las Comisiones
o Comisión, conforme a lo siguiente:
a) La Comisión por servicio de Afiliación, procesamiento de datos y administración de prestaciones,
hasta el inicio de la recaudación de las contribuciones del Sistema Integral de Pensiones.
b) Las Comisiones por servicio de administración de portafolio, por pago de pensiones y la
Comisión del Sistema Integral de Pensiones, hasta la fecha de inicio de actividades de la Gestora
Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El porcentaje de las comisiones será el mismo que las Administradoras de Fondos de Pensiones percibían
hasta antes de la fecha de promulgación de la presente Ley. La Comisión del Sistema Integral de Pensiones
será la determinada en la presente Ley.
Las Administradoras durante el periodo de transición podrán deducir los costos de transacciones y de
la custodia de los Fondos de Pensiones administrados.
También establece el artículo 178, que las entidades involucradas con la seguridad social de largo plazo
deberán efectuar las conciliaciones que sean necesarias hasta la fecha a ser determinada por reglamento.
El artículo 179 determina que: “Las acciones de las empresas capitalizadas que a la fecha de publicación
de la presente Ley se encuentren en el Fondo de Capitalización Colectiva, deberán ser transferidas a
título gratuito a un Fideicomiso que será administrado por la Gestora Pública de la Seguridad Social de
Largo Plazo.
Los dividendos de las empresas capitalizadas nacionalizadas deben ser transferidos al Fondo de la Renta
Universal de Vejez (FRUV) de acuerdo a reglamento.
La liquidez del Fondo de Capitalización Colectiva pasará a formar parte del Fondo de la Renta Universal
de Vejez”.
Finalmente en el artículo 188 estable que las AFP’s deberán concluir:
I.
II.
Los procesos Ejecutivos Sociales instaurados por las Administradoras de Fondos de Pensiones, con
anterioridad a la promulgación de la presente Ley, deberán ser concluidos por éstas bajo su entera
y absoluta responsabilidad.
Las Administradoras de Fondos de Pensiones, deberán informar periódicamente al Organismo de
Fiscalización, el estado de los procesos conforme a reglamento.
La Dirección de la Sociedad ha preparado los presentes estados financieros bajo el principio de Empresa
en Marcha, debido a que la nueva Ley de Pensiones establece que las Administradoras de Fondos de
Pensiones continuarán realizando todas las obligaciones determinadas mediante Contrato de prestación
de servicios suscritos con el Estado Boliviano en el marco de la anterior Ley de Pensiones N° 1732, así
como lo dispuesto en la nueva Ley de Pensiones N° 065 y disposiciones reglamentarias del Sistema Integral
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
MEMORIA INSTITUCIONAL 2010
de Pensiones, asumiendo las obligaciones, atribuciones y facultades conferidas a la Gestora Pública de
la Seguridad Social de Largo Plazo, mientras dure el periodo de transición. La nueva Ley de Pensiones
establece que el periodo de transición para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad
Social a Largo Plazo, será establecido mediante Decreto Supremo, y a su vez establece que una vez
concluya el periodo de transición, los contratos suscritos con la ex - Superintendencia de Pensiones y la
ex - Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros quedarán resueltos.
A la fecha no se ha emitido el mencionado Decreto Supremo por lo tanto la sociedad continúa operando
normalmente y en el marco de las nuevas disposiciones legales. Sin embargo durante la gestión 2010,
se ha provisionado montos importantes a fin de respaldar contingencias emergentes de la nueva Ley de
Pensiones, como ser el costo de la etapa de transición, el costo por la demanda de honorarios de abogados
externos.
NOTA 7 - CONTINGENCIAS
La Administradora declara que la Cuenta de Mensualidad Vitalicia Variable no tiene contingencias de ninguna
naturaleza, más allá de las registradas contablemente.
NOTA 8 - HECHOS POSTERIORES
Después del 31 de diciembre de 2010, se ha promulgado el Decreto Supremo N° 778 en fecha 26 de enero
de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley de Pensiones N° 065, el cual establece que hasta que la
Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo asuma la administración del Sistema Integral de
Pensiones - SIP, prevista en el Artículo 176 de la Ley N° 065, se aplicará lo siguiente:
•
•
•
•
•
•
•
•
Las obligaciones establecidas en la Ley N° 065 y sus reglamentos serán asumidas por las Administradoras
de Fondos de Pensiones - AFP.
Las AFP’s deberán garantizar la eficiencia, eficacia y cobertura en la recaudación del SIP.
Una vez acreditadas las Contribuciones del Asegurado al SIP, las AFP’s harán efectivo el cobro de la
Comisión del SIP, establecida sobre el Total Ganado o Ingreso Cotizable.
El Fondo de Capitalización Individual - FCI continuará con todas las operaciones y cuentas contables
vigentes antes de la promulgación de la Ley N° 065.
Para el inicio de las recaudaciones del SIP, las AFP’s deberán aperturar y operativizar cuentas y analíticos
contables para la recaudación, acreditación y recuperación de mora de las Contribuciones del SIP, según
corresponda.
Las AFP’s se sujetarán a la normativa y esquemas contables establecidos para el Seguro Social Obligatorio
de Largo Plazo - SSO, debiendo adecuarlos a las Contribuciones del SIP conforme lo establecido en la
Ley N° 065 y normativa reglamentaria.
El ingreso de las Contribuciones del SIP se efectuará a través de las Cuentas de Recaudación del FCI, de
acuerdo al Manual de Cuentas, plazos y procedimientos establecidos para el SSO.
Las Contribuciones destinadas al Fondo Solidario establecidas en la Ley N° 065, deberán ser registradas
y acreditadas en la Cuenta Básica Previsional administrada por las AFP’s.
No se han producido otros hechos o circunstancias que afecten en forma significativa el estado financiero
del ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2010.
Jorge Venegas Fernández
Contador General
Julio Vargas León
Gerente General
Futuro de Bolivia S.A. - AFP
189
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