Anteproyecto - Comisión Estatal de Mejora Regulatoría

Transcripción

Anteproyecto - Comisión Estatal de Mejora Regulatoría
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
MORELOS
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CU1.VO
Dependencia: Secretaria de Desarrollo Agropecuario
Depto: Dirección Jurídica
Oficio Número: SDA¡OS¡DJ¡393¡2014
"2014. Año de Oclavio Paz"
Cuernavaca, Morelos, a 29 de octubre de 2014
c, Uc,
SALVADOR SANDOVAL PALAZUELOS
DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN ESTATAL DE MEJORAREGULATORIA
PRESENTE
Sirva la ocasión para enviarle
tiempo manifestarle lo siguiente:
un cordial saludo y al mismo
Que por instrucciones de nuestro Secretario, M.A. Roberto Ruiz
Silva, solicito a usted para que, de no existir inconveniente, se sirva girar
sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que sea
revisado el modelo de "Lineamientos
Operativos del Programa de
Reactivación de Crédito para el Campo de Morelos", para la liberación de
cartera vencida de Banrural a productores morelenses, esto con la finalidad
de continuar con el proceso de publicación en el periódico oficial "Tierra y
Libertad", mismo que de manera adjunta al presente le remito.
Me despido
no sin antes
agradecerle
la gentileza
de sus
atenciones.
Atentamente
El Director Jurídico de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario
e.c.p. archivo
MAPG/rjs
DI eCCION DE
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JURI
¡CA
VISiÓN
MORELOS
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Secretarí él
MORROS
Subsecretaria de Fomento Agropecuario
Dirección General de Financiamiento y
Administración de Riesgos
de Desarrollo
Agropecuario
MANIFIESTO DE IMPACTO REGULATORIO DE LOS LINEAMIENTOS
OPERATIVOS DEL PROGRAMA DE REACTIVACION DE CREDITOS PARA EL
CAMPO DE MORELOS
CON FUNDAMEN EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 1,11, 49 Y 50 DE LA
LEY DE MEJORA REGULATORIA PARA EL ESTADO DE MORELOS, SE EMITE EL
MANIFIESTO DE IMPACTO REGULATORIO DE LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL PROGRAMA DE REACTIVACION DEL CREDITOS PARA EL CAMPO DE
MORE LOS. PARA LA L1BERACION DE LA CARTERA VENCIDA DE BANRURAL, DE
LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO, BAJO LOS SIGUIENTES
TERMINOS:
1.
JUSTIFICACION.
Como parte de los compromisos del C. Graco Luis Ramirez Garrido Abreu Gobernador
Constitucional del Estado de Morelos, ante los productores del campo de Morelos. fue
adquirir la cartera vencida de BANRURAL administrada por el Servicio de Administración
y Enajenación de Bienes (SAE), mediante la compra de la cartera vencida al organismo,
para tramitar la cancelación de las demandas judiciales. evitando con esto la
adjudicación a nombre del SAE, de las propiedades y bienes que los productores del
campo, entregaron en garantía para obtener los créditos de Avió, Refaccionarios y/o
reestructuraciones de los mismos otorgados por BANRURAL y BANCI
Con esto se liberarian las garantias prendarias e hipotecarias, se borrarían los malos
antecedentes crediticios de los productores ante el Buro de Crédito asi como los
gravámenes y registros catastrales derivado de los financiamientos, lo que antes fue el
Registro Público de la Propiedad, para que los productores puedan tener nuevamente
acceso a nuevos financiamientos
Calle Virginia No. 21, Col. Quintas
Martha,
(uernavaca,
More/os
C. P. 62420
Te/' (777) J18-J6J6 YJ,8-3147
VISiÓN
MORELOS
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MORELOS
11.
I
Sccretélría
Subsecretaria de Fomento Agropecuario
Dirección General de Financiamiento y
Administración de Riesgos
de Desarrollo
Agropecuario
RIESGOS DE NO EMITIR LA REGULACION
Que los beneficiarios no tengan acceso a conocer los requisitos, documentación y
beneficios del Programa, que permita liberar la garanlias prendaria e hipotecaria,
contratos, pagares y en general el contenidos de sus expediente, asi mismo borrar los
malos antecedentes crediticios ante el Buro de Crédito y dar de baja ante el Instituto de
Servicios Registrales y Catastrales antes Registro Público de la Propiedad el registro y
gravamen de las garanlias hipotecarias otorgadas para la obtención de sus créditos,
conocer sobre el criterio de las cuotas de recuperación, en caso del fallecimiento de los
acreditados, de la operación y formatos del programa, el poder acudir a las 7
coordinaciones regionales de la Direccion General de Financiamiento y Administración
de Riesgos, quien es la responsable de la ejecución del Programa, para obtener
información de la ubicación de la oficina responsable, quien tiene la custodia de los
expedientes, ubicación de la oficina y del personal designado para la promoción,
ejecución y seguimiento del mismo.
111.
FUNDAMENTO LEGAL
Artículo 2° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; articulo
11 fracción VI, articulo 13 fracción VI, articulo 25 fracción 1, de la Ley Orgánica de la
Adminístración Pública del Estado de Morelos; Así mismo artículo 3, inciso V, articulo 4
articulo 6 inciso IV, del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario
IV.
lENTIFICAR
Y ANALIZAR
LAS ALTERNATIVAS
POSIBLES
DEL
ANTEPROYECTO PARA HACER FRENTE A LA PROBLEMÁTICA O SITUACiÓN
La importancia de los presentes lineamientos de operación su autorización y publicación
facilitara la ejecución del Programa en el estado, tanto a los servidores públicos
involucrados como a los beneficiarios del programa, toda vez que de manera simple
quedada establecido la tramitología necesaria, de operación y promoción asi como la
Calle Virginia No. 21, Col. Quintas Martha,
Cuerna vaca, More/os
C. P. 62420
Te/. (777) 3,8.,6,6 Y318,747
VISION
MORELOS
Secrct()ría
MORELOS
Subsecretaria de Fomento Agropecuario
Dirección General de Financiamiento y
Administración de Riesgos
de Des rrollo
Agropecuario
forma de desarrollar efectivamente el proceso de conclusión y entrega de los
expedientes asi como la liberación de los registros con lo cual concluye el trámite.
V.- ESTIMACION DEL IMPACTO COSTO/BENEFICIO
PARA LOS PARTICULARES
En virtud de que el Programa de "Reactivación Crediticia para el Campo de Morelos"
mediante la liberación de sus expedientes originados por la cartera vencida de
BANRURAl, es un programa SOCIAL, la compra de la cartera vencida adquirida por el
Gobierno del Estado al Sistema de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), con
recursos aportados por el Fideicomiso Impulso Financiero al Campo Morelense,
signada a la SEDAGRO, recurso cuyo compromiso es reintegrar al mismo la inversión,
por lo que se programa una cuota de recuperación en donde el adeudo del acreditado,
el Gobierno del Estado absorbe el 100% de los intereses, y el 85% hasta el 90% del
adeudo del capital y el acreditado aporta el 10% o un 15% del capital, obteniendo los
acreditados el contenido de su expediente, la liberación de sus garantias y borrar su
historial crediticio negativo, quedando en libertad de obtener nuevos créditos.
Se tramita ante la Subsecretaria de Ingresos, Subsidio Fiscal al 100% para 2014 y se
tramitara para 2015, para que el beneficiario queden exentos del pago ante el Instituto
de Servicios Registrales y Catastrales, de cada contrato registrado ante lo que
anteriormente se conocia como Registro Público de la Propiedad y de Comercio y estar
en posibilidades de quitar los gravámenes de las propiedad liberadas
Calle Virginia No. 21, (01. Quintas Martho,
Cuerna vaca, Moretos
C. P. 62420
Td. (777) ).8-3636 Y 3,8-3747
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Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
SECRETARíA DE DESARROLLO AGROPECUARIO
DIRECCiÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO
Y ADMINISTRACiÓN
LINEAMIENTOS
OPERATIVOS
DE RIESGOS.
DEL PROGRAMA
DE
"REACTIVACIÓN DE CRÉDITOS PARA EL CAMPO
DE MORELOS"
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Secretaría
de Desarrol~o
Agropecuario
CONTENIDO
1.- PORTADA
2.- CONTENIDO
3.- INTRODUCCION
4.- ANTECEDENTES
S.- CAPITULO I - DEL OBJETO DEL PROGRAMA
6.- CAPITULO 11 - DE LOS CRITERIOS DE LAS CUOTAS DE RECUPERACiÓN
7.- CAPITULO 111- DE LA OPERACiÓN DEL PROGRAMA
8.- CAPITULO IV -DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES
9.- CAPITULO V - EL SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA
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MORELOS
I
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
1.- INTRODUCCION
los presentes lineamientos
de carácter obligatorio
Campo de Morelos",
operativos que establece la Secretaria de Desarrollo Agropecuaria son
para los participantes del Programa de "Reactivación
cuya administración
de Créditos para el
operativa estará a cargo de la Dirección General de
Financiamiento y Administración
de Riesgos, tienen por objeto establecer las reglas y normas
aplicables para la administración
de la cartera vencida de Banrural adquirida por el Gobierno del
Estado libre y Soberano de Morelos, al Servicio de Administración
la cual comprende,
la entrega de documentos
y Enajenación de Bienes (SAE),
que integran su expediente,
la liberación
de
garantías hipotecarias o prendarias como escrituras públicas, Certificados de Derechos Agrarios y
Facturas de bienes o servicios, la baja del Buró de Crédito de los antecedentes crediticios, así como
la baja de los registro Notariales y del Instituto de Servicios Registrales y Catastrales ( Registro
Público de la Propiedad y de Comercio). de los créditos otorgados a productores morelenses por el
Banco Nacional de Crédito Rural S.N.e. y el Banco Nacional de Comercio Interior, y la recuperación
del costo por la compra de la cartera y gastos de operación del Programa.
Este documento sirve para:
,¿. Indicar las funciones de los participantes.
,¿. Encomendar responsabilidades.
.•. Evitar duplicidad y omisión de funciones
.,¿. Claridad en la recuperación o pago de los acreditados
..•. Utilizar de manera racional los recursos humanos, financieros y materiales
.•. Establecer metas o indicadores de medición
•.•. Facilitar revisión del Programa
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MORELOS
I
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
2.- ANTECEDENTES
En el año 2013 el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), le ofrece al Sr. Gobernador
Constitucional del Estado de Morelos la posibilidad de comprar la Cartera Vencida del Banco Nacional de
Crédito Rural S.N.C (BANRURAL) perteneciente al Estado de Morelos, sustentado en la Ley Federal para
la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, la cartera y los inmuebles de BANRURAL
pueden ser comercializados por adjudicación directa a los Gobiernos Estatales y Municipales, dando las
mejores condiciones de oportunidad en la adjudicación.
Para lo cual se llevó a cabo un proceso para llegar a su adjudicación directa:
•
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•
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•
•
•
Carta de Interés de Compra de la Cartera por el Gobierno del Estado.
Firma del Convenio de Confidencialidad para tener acceso al Banco de Datos.
El SAEcontrata a un tercero especializado para determinar el valor de la cartera.
Con base en lo anterior, el SAE da a conocer el valor mínimo de venta al Gobierno del Estado interesado.
El Gobierno del Estado manifiesta por escrito su aceptación de compra.
SAEsomete propuesta de compra al Comité de Operación para su aprobación.
Una vez aprobada se formaliza la operación de compra-venta.
Se formaliza la compra con la firma del Contrato de Cesión Onerosa de Derechos Dudosos de Cobro
Crediticio y Litigioso, de los créditos en cartera vencida del Banco Nacional de Crédito Rural S.N.e.
(BANRURAL) y el Banco Nacional de Comercio Interior S.N.e. (BANCI) a favor del Gobierno del Estado de
Morelos, la compra se realizó el 27 de septiembre de 2013, por la cantidad de $ 4,136,000.00 (Cuatro
Millones ciento treinta y seis mil pesos 00/100 M.N.) una cartera que haciende a $ 389,416,678.00
(trecientos ochenta y nueve millones cuatrocientos dieciséis mil seiscientos setenta y ocho pesos 00/100
M.N.) con 1,7S2 acreditados, siendo el Fideicomiso Impulso Financiero al Campo Morelense,
quien
aporto los recursos y cuyas recuperaciones serán reintegradas al mismo.
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I
MORELOS
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO
I
Del Objeto del Programa
Artículo 1. OBJETIVO GENERAL
Programa eminentemente
de carácter social, cuyo objetivo es incorporar a los productores al
financiamiento tradicional a través de la banca de desarrollo y banca comercial, eliminando su historial
crediticio negativo generado en el buró de crédito y liberando las garantias prendarias e hipotecarias
comprometidas en los créditos otorgados por BANRURAL y SANCI, a los productores del campo
morelense.
Artículo 2. OBJETIVOS ESPECIFICaS
1.- Recuperar
los recursos
la compra de la cartera
11.-Establecer
del Fideicomiso
Financiero
al Campo Morelense
derivado
de
vencida a BANRURAL.
facultades,
los Receptores
Impulso
atribuciones
y reglas en la implementación
del presente
Programa
a
del Programa.
111.-Establecer los derechos
de los acreditados
Artículo 3. Para los efectos
de las reglas de operación
1.- LINEAMIENTOS:
Lineamientos
operativos
en la aplicación
del Programa.
se entenderá
del Programa
por:
de "Reactivación
del Crédito
para el
Campo de Morelos"
11.-ACREDITADOS: productores
deudores
de créditos
otorgados
Rural S.N.e. (BANRURAL) y/o el Banco Nacional de Comercio
111.-RECEPTORES: grupo
de inversión
de la compra
IV.- SALDOS: Monto
externo
de abogados
por Banco Nacional de Crédito
Interior
para el seguimiento
S.N.e. (BANCI)
y recuperación
de los gastos
de la cartera BANRURAL;
de adeudo;
V.- SECRETARIO: Secretario
de Desarrollo
Agropecuario
del Estado
de Libre y Soberano
de
Morelos;
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I
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
VL- DIRECTORGENERAL: Director General de Financiamiento y Administración
Secretaria de Desarrollo Agropecuario;
de Riesgos de la
VIL- DIRECCiÓNGENERAL: Unidad Administrativa de la Dirección General de Financiamiento y
Administración de Riesgos de la Secretaria de Desarrollo Agropecuario;
VIIL- GOBIERNO: Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos;
IX.- SEDAGRO:Secretaría de Desarrollo Agropecuario;
X.- FIDEICOMISO: Fideicomiso impulso Financiero al Campo Morelense;
XL- COORDINADORES:Personal operativo de campo de la Dirección General;
XII.- SAE:Servicio de Administración
y Enajenación de Bienes
XII1.-AUXILIARES:Directores agropecuarios municipales, ayudantes municipales, etc.;
XIV.- DOCUMENTAL SOPORTE: convenios, contratos, pagares, facturas, contratos de
compraventa, sesión de derechos, constancias de posesión, escrituras públicas, instrumentos
notariales y certificado de derechos parcelarios.
XV.- PROGRAMA: Programa de Reactivación del Crédito para el Campo de Morelos
XVI.- ( Fa-SOL-001) : FORMATO DE SOLICITUD
XVII.- (FO-LE-002) : FORMATO DE L1BERACIONDE EXPEDIENTE
CAPITULO
11
De los Criterios de las cuotas de recuperación
Artículo 4. De las cuota de recuperación será del 10 % sobre el saldo en Capital de la cartera
vencida de Banrural para créditos sin garantías prendarias e hipotecarias y del 15% para cartera
que si cuente con garantías prendarias e hipotecarias, que implica la liberación de garantías,
registros notariales o del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, en ambos casos se
elimina del cálculo los intereses normales y moratorios de dicha cartera
Artículo 5. Las cuotas de recuperación se establecen en base al costo por la compra de la
cartera vencida de BANRURAL al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), más
los gastos de operación del personal contratado para la operación del Programa.
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Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
Artículo 6. El porcentaje de las cuota a recuperar establecidas en el artículo 4, se harán sobre la
el costo de la cartera establecida por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes
(SAE) o en su caso por el monto establecido en los pagarés de cada crédito, cuando este sea
menor, por ser la única evidencia documental fidedigna del saldo deudor del acreditado.
Artículo 7. En caso de fallecimiento del acreditado, el adeudo se finiquita con la presentación
del acta de defunción, pero en caso de existir garantías hipotecarias donde sus Beneficiarios
deseen la liberación de sus garantías, gravámenes y Buro de Crédito, la cuota de recuperación
será convenida y autorizada por el Director General mediante la firma de los formatos
correspondientes. FORMATO DE SOLICITUD (FO-SOl-001) y (FO-lE-002).
Artículo 8. Cualquíer otra situación especial en la entrega de documentos, garantías, y cuotas
de recuperación no estipulada en los presentes lineamientos, será facultad del Secretario de
Desarrollo Agropecuario y/o en su caso del Director General, dar la autorización y aprobación,
mediante la firma en los formatos. FORMATO DE SOLICITUD (FO-SOl-001) y (FO-lE-002)
Artículo 9. los avances del Programa se informaran al FIDEICOMISO en la Sesiones Ordinarias
del Comité Técnico.
CAPITULO 111
De la Operación
del Programa
Artículo 10. A la SEDAGRO, le ha sido asignado el Programa, originado por la compra de la
cartera vencida de BANRURAl al SAE por el Gobierno del Estado, delegando la coordinación
operativa a la Dirección General.
Artículo 11. La Dirección General hará la entrega a los Receptores de los documental soporte
que amparan los saldos de los acreditados, a través de un acta administrativa de recepción de
expedientes; así como la información que facilite el desarrollo del presente Programa.
Artículo 12. Proceso para la ejecución del Programa, el cual se desarrollará bajo los siguientes
procedimientos:
1._ La SEGADROy la Dirección General a través de los Coordinadores regíonales de distribuirán
carteles informativos para dar a conocer a los acreditados del programa y mecánica del mismo;
11._ Los Coordinadores apoyaran al Programa en la localización de los acreditados y coordinaran
a través de sus oficinas reuniones con los Receptores para el desarrollo del Programa, de caso
contrario los Receptores excepcionalmente procederán a la ubicación del acreditado ..
111._ El Receptor informará al acreditado del Programa y los beneficios que le conlleva, para
participar en él;
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Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
IV.- El Receptor solicitara al Departamento de Cartera de la Dirección General, la cuantificación
de los saldos de la cartera BANRURAl de cada beneficiario, para su requerimiento de pago en
base al porcentaje autorizado en el Artículo 4 del presente lineamiento de este apartado, así
como poder contar con el historial de la cartera vencida de los acreditados en algunos de los
Programa de la Dirección General, el Departamento de Cartera emitirá un requerimiento de
pago que será entregado al Beneficiado mediante acuse de recibido. Son Programas diferentes
uno del otro teniendo prioridad la recuperación la Cartera Banrural;
V.- El Receptor a través del FORMATO DE SOLICITUD ( FO-SOl-001) registrara la posición del
Acreditado con respecto al Programa estableciendo en el mismo el saldo a pagar motivo de la
cuota de recuperación autorizada;
VI.- El pago de las cuotas de recuperación originados por la compra de la cartera vencida de
BANRURAl y BANCI para la liberación de sus garantías se realizarán únicamente por medio de
depósito bancarios a la cuenta que para tal fin se establecerá en el Fideicomiso y/o otras
cuentas que establezca la Direccion General;
VII.- los acreditados entregaran a los Receptores las fichas de depósito bancarias en original
por un recibo oficial nominativo que emite la Dirección General;
VIIJ.- A la liquidación total del saldo, los Receptores entregarán la documental soporte,
mediante FORMATO DE lIBERACION DE EXPEDIENTE(FO-lE-002), recabando la firma de los
acreditados en el mismo;
IX.- A la entrega del documental soporte, el Receptor dará inicio al trámite de eliminación del
historial crediticio negativo informando al BANRURAl en liquidación para que este proceda a
dar la baja ante el Buró de Crédito el antecedente negativo que presenta el acreditado;
X.- los Receptores realizaran los trámites necesarios ante el Instituto de Servicios Registrales y
Catastrales antes Registro Público de la Propiedad y de Comercio y con la Notaria que
corresponda para dar de baja los registros correspondientes derivado de los créditos otorgados
por BANRURAl, debiendo de correr dicho costo a cargo del o los beneficiarios.
XI.- Concluyendo el trámite de eliminación de historial crediticio negativo el Receptor informara
a la Dirección General de la conclusión del proceso para la entrega de la documentación que
emane del referido trámite.
XIJ.- Para la entrega de la DOCUMENTAL SOPORTE que integra el expediente de cada
acreditado, se resguardara una copia del mismo en los archivos de la Dirección General y
entregando los originales de existir, a los acreditados para lo cual deberá de entregar la
siguiente documentación.
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Copia de identificación oficial con fotografía, legible ambos lados y vigente.
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Secretaría
de Desarrollo
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b)
Copia del comprobante de domicilio.(reciente)
c)
Copia del acta de defunción, en caso de fallecimiento del acreditado.
XIII.- El acreditado podrá ser sujeto de crédito por parte de la Dirección General únicamente si
cuente con un historial crediticio limpio, sin adeudos pendientes en cualquiera de los
Programas que esta maneja .
.Articulo 13. Los casos en que los acreditados se encuentren en estado de incapacidad o
interdicción justificada se estarán en posibilidades de estar exentos del saldo del principal, salvo
que sus familiares estén en posibilidades de cubrir la cuota de recuperación establecida en el
artículo 4to;
En caso de que el acreditado se encuentre finado los Receptores recabaran la documentación
establecida en el artículo que nos antecede en su inciso XII acreditado el beneficio a la persona
que se ostenta como beneficiario del finado.
Artículo 14. En el supuesto de haber realizado convenio de pago con el acreditado como
resultado de la ejecución del Programa y no existiera cumplimiento en un lapso no mayor a
doce meses, contando a partir de la firma del convenio, el caso será analizado por separado
siendo facultad del Secretario y/o Director General, la resolución final del mismo.
Artículo 15. El Receptor dará aviso a la Dirección General del incumplimiento de pago del
acreditado, informando al Director General de la situación para su análisis correspondiente.
CAPITULO IV
De las Facultades y obligaciones
de los Participantes
Artículo 16. La Dirección General tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
1.- Establecer los márgenes porcentuales de recuperación de costos, de conformidad
con el
artículo 4°;
11.- Lo pagos de honorarios a los Receptores será a través de la celebración de contratos de
prestación de servicios profesionales;
111.- Establecer tiempos de ejecución del Programa con cada uno de los Beneficiarios;
IV.- Instruye a los Receptores los porcentaje
acreditado beneficiado en el Programa;
a recuperar de los saldos vencidos de cada
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de Desarrollo
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V.- Proporcionar identificaciones a los responsables del Programa, para su presentación ante
los acreditados y/o juzgados en donde se encuentren radicados las demandas;
VI.- Coordina actividades con el personal de campo adscrito a la Dirección General.
VII.- Establecer metas y seguimiento a los avances del Programa;
VIII.- Coordina eventos de entrega de garantías prendarias e hipotecarias a los beneficiados con
la participación del Gobernador del Estado y/o funcionarios de la Administración Pública
Estatal.
Articulo 17. Los Receptores tendrán las siguientes facultades y obligaciones:
1.- Prestar sus servicios profesionales bajo sus propios medios, señalando expresamente que
cuenta con la libertad para realizarlos tanto en su aspecto de temporalidad como en el
aspecto profesional yen lo referente al objetivo del Programa;
11.-
Analizar y verificar el contenido de los expediente
proporcionado por el SAE, de cada acreditado;
de acuerdo
a la información
111.- Representar a la Dirección General y al Programa con honradez y profesionalismo
acreditados e intervinientes de estos;
ante los
IV.- Portar siempre el gafete o la credencial de identificación en la realización de sus actividades
encomendadas referente al Programa;
V.- Localizar a través de los Coordinadores de la Dirección General, a los acreditados y acudir a
las oficinas de estos cuando los acreditados sean citados para comparecer en la ejecución o
resolución de cada caso;
VI.- Informar y orientar a los acreditados del Programa, sobre la situación y estado que guardan
los saldos vencidos de su cartera BANRURAL y BANCI así como del Objetivo del Programa,
proporcionar el número de cuenta del fideicomiso de SEDAGRO,donde realizar sus pagos;
VII.- Proponer la realización de convenios específicos con los acreditados
establezca la mecánica operativa, para la recuperación del crédito;
en los que se
VIII.- Relacionar e informar de la documental soporte de cada acreditado del Programa en
conclusión y liquidación de saldo para su entrega y liberación de garantías en eventos o foros
regionales;
IX.- Iniciar y concluir el procedimiento de eliminación de historial crediticio
acreditados informando a la Dirección General para que a su vez notifique
Banrural para su baja ante el Buró de Crédito si fuese el caso;
negativo de los
al personal de
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Agropecuario
X.- Los Receptores darán seguimiento para la liberación de los registros ante el Instituto
Servicios Registrales y Catastrales derivada de los créditos de la cartera Banrural
de
XI.- Los Receptores por ningún motivo recibirán pagos en efectivos motivo del Programa y/o
remuneración alguna por los servicios prestados a los acreditados;
XII.- Los Receptores estarán obligados a conocer el estatus de las demandas legales de los
casos cuyo proceso judicial este avanzado, por contar con garantías hipotecarias, en proceso
de Adjudicación buscando siempre el llegar a un buen término el proceso a la conclusión de la
demanda, siempre y cuando si el acreditado
page la cuota de recuperación establecidas
autorizada por el Director General.
XII.- Informar mensualmente
del avance del Programa a las áreas competentes de la Dirección
General.
Artículo 18. Los acreditados contaran con los siguientes derechos y obligaciones:
1._ Ser informados por el Programa, del estado en que se encuentra de la cartera vencida y
conocer los beneficios del mismo;
11._ Saber el contenido de su expediente y del saldo de su deudo;
111._ Recibir la documental soporte con posterioridad a la liquidación de su saldo convenido.
IV. Coadyuvar en el procedimiento de eliminación del historial crediticio negativo
BANRURAL,con el receptor y recibir la documentación que emane del procedimiento.
con
V.- Suscribir convenio para la recuperación dentro del Programa.
CAPITULO V
El Seguimiento
del Programa
Artículo 20.- Establecer los indicadores de medición que permitan monitorear
los avances del
Programa.
Artículo 22.- Informe mensual a la Dirección General, de los casos atendidos, casos resueltos,
expedientes y garantías liberadas de cada Receptor, recuperaciones que permita ir midiendo
los avances del Programa.
Artículo 24.- El desarrollo del Programa "Reactivación de Créditos para el Campo de Morelos",
dará inicio a partir del mes de febrero del año dos mil catorce.
11
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
TRANSITORIO
ÚNICO.- Los presentes Lineamientos entraran en vigor a partir de su publicación en el Periódico
Oficial "'Tierra y Libertad"', Órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos
SEDAGRO
M.A. ROBERTO
Ruíz
SILVA
SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
OELGOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS
C. BENITO JIMENEZ ZAVALA
DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO
Y ADMINISTRACION DE RIESGOS
12
Secretaría
de Desarrollo
Agropecuario
MORELOS
ANEXO # 1
SOLICITUD DE PARTICIPACION
MORELOS
Secretaria
de Desarrollo
Agropecuario
DEL PROGRAMA
GOBIERNO DEL ESATADO DE MORELOS
PROGRAMA DE lIBERACION DE LA CARTERA VENCIDA DE BANRURAL
CON PRODUCTORES MORELENSES
SOLICITUD
DE PARTICIPACION
DEL PROGRAMA
eEnULA: Fa-SOl-O;)}
FOllO N".
DATOS DEl BENEFlaAR10
FEOtA
NOMBRE
APELLIDO MATERNO
APELLIDO PATERNO
DIRECCION
THEFONO
MUNICIPIO
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COMUNIDAD
EJIDO
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El BENEFICIARIO RECONOCE
CARACTERISTICAS
I
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2014
FECHA 2dl VISITA
su ADEUDO
SI
I
NO
/
I
I 2014
DESEA PARTlCIPAR
EN EL PROGRAMA
I
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FECHA 3raVISITA
SI
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2014
NO
DE LAS GARANTIAS
fORMA Df: PAGO CUOTA DE RECUPERACION
OBSERVACIONES:
FIRMA DE PRODUCTOR
ACREDITADO
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Secretaría
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Agropecuario
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ANEXO #
2
L1BERACION DE EXPEDIENTE
.: I
~
,"
Mq~EL9s
GOBIERNO DElESATADO DE MORElOS
Secretaria
de Desarrollo
Agropecuario
PROGRAMA DE lIBERACION DE LA CARTERA VENCIDA DE BANRURAl
CON PRODUCTORES MORELENSES
SOLICITUD DE PARTlCIPACION
DEL PROGRAMA
C[DUA:
FOLIO N'.
DATOS
APElliDO
HOlA DE SOUCJrUO
NOMBRE
APELUDO MATERNO
PATERNO
DIRECC10N
IMPO~TE
",
DEL CAPITAL (PESOS)
ifilPORTE
JXó::".f.'
"
,~,
IMPORTE
DElA CAR1ERA
v~'taOA DE~.N~~l
COMUNIDAD
I"
l.
TElEFONO
MUNICIPIO
EJIDO
FO-SOL..<XJl
DEL BENEAOARIO
(P~OSl
$
"
DATOS DE LA VISITA DE CAMPO
I
FECHA lerVISlTA
I 2014
I
FECHA ~
SI
El BENEFICIARIO RECONOCE SU AOEUDO
VISITA
I
NO
I
I 2014
I
I 2014
I
FECHA3raVISITA
SI
DESEA PARTICIPAR EN El PROGRAMA
I
NO
CARACTERlSTICAS DE LAS GARANnAS
FORMA DE PAGO CUOTA DE RfCUPERACION
OBSERVACIONES:
FIRMA DE PRODUCTOR
ACREDITADO
VaBO
DIRECTOR G[NEAAl DE rlNANClAMI[NTO
ADMINISTRACION
y
FIRrvtA. DE ASESORJURIDlCO
EXTERNO
DE RIESGOS
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