Oficina de Armonización del Mercado Interior

Transcripción

Oficina de Armonización del Mercado Interior
OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL MERCADO INTERIOR
(MARCAS, DIBUJOS Y MODELOS)
Oficina de Armonización del Mercado Interior
Presentación de una oferta en respuesta a una convocatoria de licitación
anunciada por la Oficina de Armonización del Mercado Interior
Guía para los licitadores
OAMI
Guía para los licitadores
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Cláusula de exención de responsabilidad
El presente documento ha sido concebido para ayudar a los licitadores a presentar sus ofertas
en respuesta a una convocatoria de licitación anunciada por la Oficina de Armonización del
Mercado Interior (en ‘la Oficina’).
No obstante, la información contenida en el presente documento es de carácter general y no
aborda circunstancias específicas relativas a personas u organismos concretos.
Por lo tanto, la Oficina no asume responsabilidad alguna en relación con la misma.
Asimismo, las informaciones, preguntas u observaciones, sea cual fuere su naturaleza,
recogidas en el presente documento no podrán considerarse bajo ningún concepto como un
compromiso adquirido por la Oficina de celebrar cualesquiera contratos específicos. No se
suscribirá compromiso vinculante alguno hasta que no haya finalizado el procedimiento de
adjudicación y se haya firmado el contrato pertinente.
1
MARCO JURÍDICO
En esta sección se exponen las principales disposiciones jurídicas aplicables a las
convocatorias de licitación anunciadas por la Oficina de Armonización del Mercado Interior.
1.1
Procedimiento de adjudicación
1.1.1
El procedimiento de adjudicación aplicable a las instituciones, agencias y otros
organismos europeos se rige por las disposiciones siguientes, y en particular:
1) Parte 1, Título 5 del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras
aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el
Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo.
2) Parte 1, Título 5 del Reglamento (UE) nº 1268/2012, de 29 de octubre de 2012,
sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del
Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al
presupuesto general de la Unión.
3) El Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del
Comercio, que la Unión Europea suscribió a raíz de la Decisión del Consejo
94/800/CE, de 22 de diciembre de 1994, relativa a la celebración en nombre de la
Comunidad Europea, por lo que respecta a los temas de su competencia, de los
acuerdos resultantes de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay
(1986-1994).
1.1.2
OAMI
Además de la normativa anteriormente mencionada, cabe señalar que:
–
los principios que emanan de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo
en el ámbito de la contratación son vinculantes para la Oficina;
–
los posibles licitadores tienen razones legítimas para esperar que la Oficina
gestione sus convocatorias de licitación de acuerdo con los principios que se
desprenden de las decisiones del Defensor del Pueblo Europeo;
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1.2
–
las relaciones del personal de la Oficina con el público se rigen por un “Código de
buena conducta administrativa”. Esto incluye la gestión de las convocatorias de
licitación, sin perjuicio de las restricciones que establecen las disposiciones
jurídicas anteriormente mencionadas;
–
de acuerdo con el Reglamento (CEE, Euratom) nº 1182/71 del Consejo, de 3 de
junio de 1971, por el que se determinan las normas aplicables a los plazos, fechas
y términos, el calendario aplicable a la Oficina está publicado en el sitio web de la
Oficina: http://oami.europa.eu/ows/rw/pages/OHIM/contact.es.do.
Contrato resultante
Salvo que el pliego de condiciones disponga otra cosa, los contratos resultantes de una
convocatoria de licitación anunciada por la Oficina se regirán por la legislación de la Unión
Europea, completada, cuando fuere necesario, por la legislación española (para más
detalles sobre las disposiciones contractuales, véase el apartado 4.4).
2
2.1
INFORMACIÓN BÁSICA RELATIVA A LAS CONVOCATORIAS DE
LICITACIÓN ANUNCIADAS POR LA OFICINA DE ARMONIZACIÓN DEL
MERCADO INTERIOR
Las convocatorias de licitación que se describen en el presente documento se
refieren al procedimiento abierto y a los contratos que se adjudican a la oferta que
presente la mejor valoración económica.
En ocasiones, las convocatorias de licitación pueden basarse en el procedimiento
restringido y/o adjudicarse automáticamente a la oferta más baja.
El anuncio de contrato y el pliego de condiciones mencionan explícitamente el
procedimiento y el método de adjudicación utilizados en la convocatoria de licitación
correspondiente.
2.2
Es importante tener en cuenta las diferencias entre las distintas fases de una
convocatoria de licitación y los procedimientos asociados a cada una de ellas:
1) La fase preliminar, que es opcional, comienza con la publicación de un anuncio de
información previa en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el que la Oficina
comunica su intención de convocar una convocatoria de licitación en una fecha
posterior y en el que se facilita información básica sobre el objeto del futuro contrato.
El objetivo es informar de antemano a los licitadores potenciales sobre la
convocatoria de una licitación, de modo que puedan prepararse a tal fin. Los
anuncios de información previa pueden ser generales o específicos:
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–
Los anuncios de información previa generales se publican en el primer trimestre
de cada año e incluyen una lista de las convocatorias de licitación que la Oficina
prevé convocar durante el año natural.
–
Los anuncios de información previa específicos se refieren a una convocatoria
de licitación en concreto.
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2) La fase de contratación pública arranca con la publicación de un anuncio de
contrato en el Diario Oficial de la Unión Europea. Este anuncio ofrece información
detallada sobre la adjudicación de los contratos y motiva la aplicación de una serie
de plazos, que vinculan tanto al órgano de contratación como a los licitadores. Toda
la información relativa a la licitación estará disponible únicamente en la página de
Contratación pública del sitio web de la Oficina:
http://oami.europa.eu/ows/rw/pages/OHIM/publicProcurement/publicProcurement.es.
do
Los operadores económicos podrán solicitar información complementaria o
aclaraciones sobre el pliego de condiciones (véase el apartado 6.2). Esta fase
concluye en la fecha fijada como plazo para la presentación de ofertas.
3) La fase de evaluación se inicia con la apertura de plicas recibidas en respuesta a
la convocatoria de licitación. Durante esta fase, la Oficina evalúa las ofertas según
los criterios establecidos en el anuncio de contrato y/o pliego de condiciones.
4) La fase de adjudicación comienza con la firma de la decisión de adjudicación por
el ordenante responsable, que representa a la Oficina, seguida de la notificación de
los resultados a todos los licitadores. Una vez firmado el contrato con el licitador
adjudicatario, se publica un anuncio de adjudicación en el Diario Oficial de la Unión
Europea. Con este anuncio se cierra el procedimiento.
3
DIRECCIÓN DE CONTACTO DE LA OFICINA PARA CONSULTAS SOBRE
UNA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN
Desde el inicio de la fase preliminar hasta el final de la fase de adjudicación, el único punto de
contacto para los licitadores es:
Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Contratación pública
Avenida de Europa 4
E-03008 Alicante
España
e-mail: [email protected]
fax: +34 96 513 85 00
Los licitadores no pueden contactar o intentar contactar con miembros del personal de
la Oficina para debatir cualquier aspecto de una convocatoria de licitación en curso.
4
DECISIÓN DE PRESENTAR O NO UNA OFERTA
En esta sección, los operadores económicos encontrarán información importante que les
ayudará a adoptar una decisión informada sobre la conveniencia de presentar o no una oferta
para una convocatoria de licitación.
4.1
Cómo entender el alcance exacto del contrato
El objeto del contrato viene especificado en el anuncio de información previa y el anuncio de
contrato, y se describe con mayor detalle en el pliego de condiciones. Asimismo se
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recomienda examinar los aspectos que se exponen a continuación para entender el alcance
exacto del contrato.
4.1.1
Volumen del contrato
Al objeto de orientar a los licitadores en la preparación de su oferta, el pliego de condiciones
ofrece una serie de indicaciones sobre el volumen previsible del contrato.
No obstante, aunque la Oficina siempre trata de facilitar su mejor estimación, téngase en
cuenta que toda información sobre el volumen es puramente indicativa. El valor total del
contrato dependerá, en última instancia, de los pedidos que la Oficina realice a través de
contratos específicos u órdenes de compra (véase el apartado 4.4).
4.1.2
Lotes
Cuando la convocatoria de licitación está dividida en lotes, así se recoge explícitamente en el
anuncio de contrato y el pliego de condiciones. En tal caso, salvo que el pliego de condiciones
disponga otra cosa, los licitadores pueden presentar ofertas para un único lote, para
cualquier combinación de lotes o para todos los lotes.
Cada lote individual se evalúa en su conjunto. Por tanto, los licitadores no podrán presentar
una oferta:
–
que solo cubra parte de un lote,
–
que se considere supeditada o condicionada a la adjudicación de cualquiera de los
demás lotes de la convocatoria de licitación.
La Oficina hará caso omiso de toda declaración en este sentido que figure en una oferta y se
reserva el derecho a rechazar dichas ofertas, sin ulterior evaluación, basándose en su
disconformidad con el pliego de condiciones.
4.1.3
Variantes
Las variantes son alternativas referidas a los aspectos técnicos o financieros, o a las
condiciones del contrato, que se describen en una convocatoria de licitación.
Salvo que el anuncio de contrato y/o el pliego de condiciones dispongan otra cosa, no se
permiten las variantes.
La Oficina hará caso omiso de toda variante que se describa en una oferta y se reserva el
derecho a rechazar dichas ofertas, sin ulterior evaluación, basándose en su disconformidad
con el pliego de condiciones.
4.1.4
Nombres y marcas de productos
En caso de que el pliego de condiciones mencione el nombre o la marca de un producto
específico y resulte imposible ofrecer una descripción suficientemente precisa y perfectamente
inteligible, tal mención debería entenderse como referencia a ese producto o su equivalente.
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4.2
Implicaciones de la presentación de una oferta
4.2.1
La presentación de una oferta en respuesta a una convocatoria de licitación anunciada
por la Oficina implicará para el licitador:
–
La aceptación de todas las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y
los demás documentos relacionados con la adjudicación del contrato; y
–
La renuncia a sus propias condiciones de venta o trabajo.
La Oficina hará caso omiso de las salvedades o declaraciones de no-responsabilidad a
tal efecto que figuren en una oferta y se reserva el derecho a rechazar dichas ofertas,
sin ulterior evaluación, basándose en su disconformidad con el pliego de condiciones.
4.2.2
4.3
Salvo que en el pliego de condiciones se establezca un plazo diferente, el licitador
quedará vinculado por su oferta durante un plazo de nueve meses a contar desde la
fecha de presentación de ofertas.
Inexistencia de obligación de adjudicar el contrato
En los procedimientos de adjudicación de contratos, la Oficina se compromete a realizar una
evaluación de las ofertas basada en los criterios y los requisitos previstos en el anuncio de
contrato y/o el pliego de condiciones.
No obstante, el hecho de publicar una convocatoria de licitación no obliga a la Oficina a
adjudicar el contrato a un licitador simplemente porque su oferta cumpla dichos condiciones y
criterios. Asimismo se reserva el derecho a no adjudicar el contrato a ningún licitador.
En tales circunstancias, la Oficina no está obligada a indemnizar a los licitadores.
4.4
Naturaleza de la relación contractual resultante de la adjudicación del contrato
Salvo que en el pliego de condiciones se establezca otra cosa, la relación contractual entre la
Oficina y el licitador adjudicatario se regirá por un tipo especial de contrato conocido como
“contrato marco”.
Cabe destacar que los contratos marco no implican ningún compromiso directo y, en
particular, no constituyen órdenes per se. En lugar de ello, establecen las disposiciones
jurídicas, financieras, técnicas y administrativas que regulan la relación entre la Oficina y el
contratista durante la vigencia de los mismos.
Los pedidos reales se efectuarán una vez firmado y entrado en vigor el contrato marco,
mediante “hojas de encargo” o “contratos específicos” celebrados con motivo de la
ejecución del contrato marco.
Salvo que el anuncio de contrato y/o el pliego de condiciones especifiquen otra cosa, solo se
firmará un contrato marco por lote.
El pliego de condiciones incluye un proyecto de contrato compuesto por:
1) Condiciones especiales: al término del procedimiento de licitación, se modificará
dicho proyecto en la medida necesaria y en consonancia con la oferta adjudicataria
(por ejemplo, los precios)
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2) Pliego de Condiciones Generales aplicables a los Contratos de la Oficina de
Armonización del Mercado Interior.
A la hora de preparar su oferta, el licitador deberá tener plenamente en cuenta estos y
otros documentos incluidos en el pliego de condiciones, dado que definirán y regularán la
relación contractual que se establecerá entre la Oficina y el licitador adjudicatario.
4.5
Exención fiscal
La Oficina está exenta de todos los derechos e impuestos, incluido el IVA, de acuerdo con lo
dispuesto en:
–
artículos 3, 4 y 18 del Protocolo sobre los Privilegios y las Inmunidades de la Unión
Europea (n° 7) anexo al Tratado de Roma y que son aplicables a la Oficina en
virtud del Artículo 117 del Reglamento (CE) n° 207/2009 del Consejo, de 26 de
febrero de 2009, sobre la marca comunitaria.
–
en lo que a España se refiere, con arreglo al artículo 151, apartado 1, letras a) y b),
de la Directiva 2006/112/CE en los límites y condiciones establecidos en el
Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Unión Europea, firmado en Madrid
el 20 de septiembre de 2011 y publicado en el Boletín Oficial del Estado del 21 de
octubre de 2011.
Los Gobiernos de los Estados miembros conceden esta exención bien mediante reembolso,
previa presentación de pruebas documentales, o mediante exención directa. La Oficina
facilitará al licitador adjudicatario instrucciones relativas a este punto.
4.6
Información adicional sobre el entorno de la Oficina
Los licitadores podrán consultar en el sitio web de la Oficina algunos documentos que pueden
resultar de su interés (http:/oami.europa.eu).
5
COLABORACIÓN CON OTRAS EMPRESAS
Las empresas pueden considerar dos vías de colaboración en una oferta: bien como partes
integrantes de una oferta conjunta, bien mediante subcontratación. Se permiten tanto las
ofertas conjuntas como la subcontratación en respuesta a una convocatoria de licitación
anunciada por la Oficina. Las ofertas pueden incluso combinar ambos enfoques.
En cualquier caso, la oferta deberá especificar con toda claridad si cada una de las empresas
participantes en la misma actúa como parte integrante de una oferta conjunta o como
subcontratista (esto también es aplicable si las diversas empresas participantes pertenecen al
mismo grupo, o incluso si una de ellas es la empresa matriz de las otras). El formulario de
respuesta tipo anexo al pliego de condiciones incluye formularios específicos para tal fin.
A continuación se enumeran las implicaciones, radicalmente diferentes, de ambas formas de
colaboración, para que el licitador logre un entendimiento pleno en la materia.
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5.1
Ofertas conjuntas
5.1.1
Las partes integrantes de una oferta conjunta asumen una responsabilidad solidaria
ante la Oficina para la ejecución del contrato en su conjunto.
Las disposiciones que establecen, por ejemplo:
–
que una de las partes integrantes de la oferta conjunta será responsable de parte
del contrato y otra lo será del resto, o
–
que debería firmarse más de un contrato en caso de que la oferta conjunta resulte
seleccionada,
son, por tanto, incompatibles con el principio de responsabilidad solidaria. La Oficina
hará caso omiso de disposiciones de esta índole que figuren en una oferta conjunta y
se reserva el derecho a rechazar dichas ofertas, sin ulterior evaluación, basándose en
su disconformidad con el pliego de condiciones.
5.1.2
Las ofertas conjuntas se evaluarán de la siguiente manera:
–
los criterios de exclusión (véase el apartado 9.1) se evaluarán en relación con cada
una de las empresas;
–
los criterios de selección referidos a la capacidad económica y financiera (véase el
apartado 9.2.1) se evaluarán en relación con el grupo de licitadores en su conjunto
(deberán presentarse los balances certificados e informes de auditoría certificados
para cada una de las empresas de la oferta conjunta);
–
los criterios de selección referidos a la capacidad técnica y profesional (véase el
apartado 9.2.2) se evaluarán en relación con el grupo de licitadores en su conjunto;
–
las propuestas técnica y financiera (véase el apartado 9.3) se evaluarán en relación
con el grupo de licitadores en su conjunto.
Si las empresas tienen intención de presentar una oferta conjunta, deberán tener en
cuenta que, en caso de adjudicación del contrato, la Oficina les exigirá el
reconocimiento formal de la asociación propuesta antes de firmar el contrato. Ésta
podrá adoptar la forma de:
–
entidad con personalidad jurídica reconocida por un Estado miembro; o
–
entidad sin personalidad jurídica pero que garantiza una protección suficiente de
los intereses contractuales de la Oficina (dependiendo del Estado miembro de que
se trate, puede ser, por ejemplo, un consorcio o una asociación temporal); o
–
firma, por todas las partes integrantes, de un ‘formulario de compromiso escrito’
basado en el modelo establecido por la Oficina.
Si las empresas tienen intención de presentar una oferta conjuntamente con un socio y
ya se ha creado un consorcio o una entidad similar a tal fin, deberán mencionar este
hecho en su oferta y adjuntar cualquier otra información pertinente en este ámbito.
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5.2
Subcontratación
5.2.1
Cabe la posibilidad de subcontratar algunas de las tareas previstas en el contrato,
aunque el contratista conserva la entera responsabilidad ante la Oficina para la
ejecución del contrato en su conjunto. Por consiguiente:
5.2.2
–
la Oficina tratará todas las cuestiones contractuales (tales como las relativas al
pago) exclusivamente con el contratista principal, independientemente de que se
haya encargado a un subcontratista la ejecución de las tareas;
–
el contratista principal no podrá bajo ningún concepto eludir su responsabilidad
ante la Oficina alegando que la falta es imputable al subcontratista.
Si la oferta del licitador prevé la subcontratación, ésta deberá incluir:
1) un documento
– en el que se expongan las razones por las que el licitador prevé la
subcontratación;
– que precise claramente las funciones, actividades y responsabilidades del/de los
subcontratista(s), y;
– que especifique el volumen/la proporción correspondiente a cada subcontratista,
2) una carta de intenciones de cada uno de los subcontratistas en la que se haga
constar su intención de colaborar con el licitador en caso de serle adjudicado el
contrato.
5.2.3
5.2.4
OAMI
Las ofertas que impliquen subcontratación se evaluarán del siguiente modo:
–
los criterios de exclusión (véase el apartado 9.1) se evaluarán en relación con el
licitador y cada uno de los subcontratistas propuestos;
–
los criterios de selección referidos a la capacidad económica y financiera (véase el
apartado 9.2.1) se evaluarán en relación con el licitador y todos los subcontratistas
propuestos juntos. La Oficina se reserva el derecho a solicitar los balances
certificados e informes de auditoría de los subcontratistas;
–
los criterios de selección referidos a la capacidad técnica y profesional (véase el
apartado 9.2.2) se evaluarán en relación con el licitador y todos los subcontratistas
propuestos juntos;
–
las propuestas técnica y financiera (véase el apartado 9.3) se evaluarán en relación
con el licitador y todos los subcontratistas propuestos juntos.
Durante la ejecución del contrato, el contratista deberá contar con la autorización
previa de la Oficina para sustituir a un subcontratista y/o subcontratar tareas para las
que la oferta inicial no preveía subcontratación.
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6
PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS
La presente sección describe cómo los licitadores deben preparar su oferta.
6.1
Publicación del pliego de condiciones
Inmediatamente después de la publicación del anuncio de contrato en el Diario Oficial de la
Unión Europea, se pondrán a disposición de todas las empresas los siguientes documentos
en la página de Contratación pública del sitio web de la Oficina:
(http://oami.europa.eu/ows/rw/pages/OHIM/publicProcurement/publicProcurement.es.do):
6.2
–
una convocatoria de licitación;
–
el pliego de condiciones de la licitación con sus correspondientes anexos que
incluyen información importante (en particular la información relativa a los plazos);
–
un borrador del contrato marco con modelos de contratos específicos.
Aclaración del pliego de condiciones
Durante la fase de licitación, los operadores económicos pueden solicitar información
complementaria o aclaraciones sobre el pliego de condiciones.
A tal fin, los licitadores deberán:
OAMI
–
formular sus preguntas por escrito en el plazo establecido. La Oficina no puede
garantizar una respuesta a las preguntas que lleguen después del plazo
establecido;
–
enviar sus preguntas por e-mail o fax a Contratación Pública (véase el apartado 3)
sirviéndose del formulario tipo que se adjunta a la convocatoria de licitación. Por
razones administrativas, la Oficina no puede tomar en consideración las preguntas
enviadas por otros medios o a otras direcciones.
–
La Oficina examinará con la máxima atención todas las preguntas recibidas antes
de optar por una de las siguientes posibilidades de actuación:

Si la Oficina decide que una pregunta presenta un interés general para los
licitadores potenciales, todas estas preguntas se convertirán primero en anónimas,
tras lo cual, la respuesta dada por la Oficina deberá considerarse como parte
integrante del pliego de condiciones.

Información importante: Toda la información complementaria y todas las
respuestas a las preguntas relativas a la convocatoria de licitación estarán
disponibles únicamente en la página de la Contratación pública del sitio web de la
Oficina:
(http://oami.europa.eu/ows/rw/pages/OHIM/publicProcurement/publicProcurement.
es.do).
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6.3
Elaboración de la oferta
6.3.1
Lengua
La oferta podrá redactarse en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea.
6.3.2
Respuesta a las preguntas obligatorias
Los licitadores deberán prestar especial atención a las preguntas marcadas como
“obligatorias”. Estas preguntas exigen una respuesta afirmativa incondicional. A falta de
respuesta o en caso de respuesta con reservas (esto es “sí, pero …“), la oferta quedará
excluida de la licitación.
Los operadores económicos que no estén en disposición de responder afirmativamente a
todas las preguntas obligatorias, deberían abstenerse de presentar una oferta.
6.3.3
Información confidencial
La Oficina se compromete a proteger los intereses comerciales de los licitadores tratando toda
la información incluida en la oferta de forma confidencial.
En particular, se compromete a no divulgar ninguna información cuando ello constituya un
obstáculo a la aplicación de la ley, sea contrario al interés público, perjudique los intereses
comerciales legítimos del licitador o vaya en detrimento de la competencia leal.
6.3.4
Protección de datos personales
En algunos casos, el seguimiento de la oferta presentada a la convocatoria de licitación
requerirá el registro y tratamiento posterior de datos personales (por ejemplo, nombre,
dirección o CV de personas físicas).
Estos datos serán tratados de conformidad con las disposiciones del Reglamento (CE)
nº 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por
las instituciones y los organismos de la Unión y a la libre circulación de estos datos.
Salvo que se disponga otra cosa, los licitadores deberán facilitar las respuestas a las
preguntas y los datos personales solicitados a efectos de evaluación de las ofertas. A este
respecto, solo el Comité de Evaluación (véase el apartado 9), designado a tal efecto, podrá
tramitarlos ante la necesidad de conocimiento.
Los licitadores tienen derecho a acceder a sus datos personales y rectificarlos. En caso de
duda sobre el tratamiento de sus datos personales, podrán dirigirse a la Oficina. Los
licitadores podrán asimismo acogerse en todo momento a su derecho a recurrir al Supervisor
Europeo de Protección de Datos por cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus
datos personales.
Al objeto de que la Oficina pueda adoptar las medidas adecuadas a tal efecto al tiempo que
evalúa las ofertas, los CV (o documentos semejantes) del personal que los licitadores deben
presentar no deberán incluir nombres. En lugar de ello, llevarán un número únicamente, y la
oferta deberá incluir una lista con la correspondencia entre los números y los nombres (véase
asimismo el apartado 6.4.3).
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6.3.5
Aspectos formales
Los licitadores deberán conceder una gran importancia a la forma de presentación de su
oferta. En todos los casos deberá respetarse el nivel mínimo que establecen las siguientes
directrices.
1) Los licitadores deberán elaborar su oferta cumplimentando el Formulario de
Respuesta Tipo ad hoc incluido en el pliego de condiciones que se facilita, tal como
se describe en el apartado 6.1. No deberá modificarse la numeración del formulario de
respuestas tipo.
2) En la medida de lo posible, el licitador deberá elaborar su oferta utilizando un
programa de tratamiento de texto o de edición asistida por ordenador, en un
tamaño de fuente que resulte legible en el papel. Cuando se proceda de este modo, el
licitador deberá presentar asimismo una copia electrónica de su oferta. No obstante
téngase en cuenta que, en caso de duda, la versión en papel de la oferta
prevalecerá sobre la versión electrónica.
Si la oferta, o parte de la misma, es manuscrita, deberá ser perfectamente legible, con
objeto de disipar cualquier tipo de duda en cuanto a los términos y cifras utilizados.
3) Las respuestas han de ser concisas y claras.
Cuando sea posible, los licitadores deberán responder en el espacio reservado a tal fin
en el Formulario de Respuesta Tipo. No obstante, en caso de necesitar espacio
adicional, el licitador deberá anotar sus respuestas en una hoja separada anexa al
Formulario de Respuesta Tipo. Estas respuestas han de incluir una referencia clara
que, a su vez, deberá figurar en el espacio previsto en el formulario para la respuesta.
4) Las respuestas deben ser completas. En caso de que no se haya respondido a alguna
pregunta, la Oficina no hará ninguna suposición en cuanto a la posible respuesta que
se habría dado.
De forma similar, en caso de que solo se aporte una respuesta parcial, la Oficina
únicamente puntuará la parte de la pregunta que haya sido respondida.
6.3.6
Requisitos específicos de la oferta financiera
1) Las propuestas financieras deben presentarse en la ficha ad hoc que se incluye en el
Formulario de Respuesta Tipo anexo a la convocatoria de licitación. Cambios en esta
ficha puede dar lugar a la exclusión de la oferta. (véase asimismo el apartado 6.4.3).
2) Los precios deben expresarse:
–
en euros;
–
libres de impuestos y tasas (en particular el IVA), por los motivos expuestos en
el apartado 4.5;
–
incluidos todos los costes y gastos vinculados directa y/o indirectamente con los
bienes y/o servicios que se han de suministrar.
3) La propuesta financiera del licitador deberá estar exenta de ambigüedades. Si la
oferta incluyera alguna declaración que impida realizar un análisis preciso y completo
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(tal como “Deberá debatirse”, “Dependiendo de x”, etc.) o que haga alusión a
circunstancias externas (tal como un contrato ya vigente pero distinto), quedará
excluida de la licitación.
6.4
Preparación de la oferta para su presentación
6.4.1
Número de copias
Salvo que se indique lo contrario en el pliego de condiciones, la oferta deberá presentarse por
duplicado (un original y una copia). En el documento original debe indicarse con claridad
“Original”, y en la copia, ”Copia”.
Sería conveniente presentar una versión electrónica de los documentos de la oferta en CDROM o en dispositivo USB. Si se proporciona un CD-ROM o un dispositivo USB, deberá
colocarse en el sobre interior (véase el apartado 6.4.4) junto con el resto de documentos de la
oferta. Toda la información presentada en forma de cuadros en un CD-ROM deberá estar en
un formato utilizable como hoja de cálculo. En caso de discrepancia entre la versión en papel
y la versión electrónica, se considerará como copia auténtica la versión en papel.
6.4.2
Carta de acompañamiento
La oferta ha de incluir una carta de acompañamiento firmada por la(s) persona(s)
facultada(s) para representar al licitador y con derecho a firmar el contrato en caso de que su
oferta fuera seleccionada.
6.4.3
Elementos que deben separarse del resto de la oferta
Los elementos de la oferta que se enumeran a continuación deberán presentarse en sobres o
carpetas separadas que han de identificarse con claridad:
1) la propuesta financiera y los documentos justificativos,
2) la lista de datos personales a que se refiere el apartado 6.3.4, si procede,
3) el formulario de fichero de terceros.
Debería facilitarse una copia electrónica de estos elementos (véase el apartado 6.4.1).
Los licitadores deberán asegurarse de que la información relativa a estos elementos no figure
en ninguna otra parte de las ofertas.
6.4.4
Cierre de la oferta
Las ofertas deberán remitirse en uno o varios sobres cerrados, que se introducirán en otro
sobre cerrado.
En el sobre exterior deberá hacerse constar lo siguiente:
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Convocatoria de licitación OAMI nº ……………
Contratación pública
Avenida de Europa, 4
E-03008 Alicante
España
En el/los sobre(s) interior(es) deberá hacerse constar lo siguiente:
OAMI
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OFERTA
Oferta de: ..........................…………………................
Convocatoria de licitación OAMI nº ………….
Título:…………………………………………………………………………
……………………………
ESTE SOBRE NO DEBE SER ABIERTO POR EL SERVICIO DE
CORREOS INTERNO
Si se utilizan sobres autoadhesivos, deben cerrarse con cinta adhesiva sobre la cual el
licitador estampará su firma.
Los licitadores podrán utilizar cajas en lugar de sobres en caso de que su oferta así lo
requiera por sus características de tamaño o peso. No obstante, deberán ir cerrados como se
indica anteriormente.
7
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
El plazo para la presentación de ofertas figura en el anuncio de contrato y/o la convocatoria
de licitación.
Salvo si se ha dispuesto otra cosa en la convocatoria de licitación, los licitadores podrán
presentar su oferta en cualquiera de las dos modalidades siguientes. Téngase en cuenta que
cada una de estas modalidades tiene implicaciones diferentes en lo que se refiere al
cumplimiento de los plazos. Los licitadores son plenamente responsables de garantizar que
su oferta sea presentada a tiempo.
7.1
Entrega en mano
El licitador (o un representante autorizado) podrá entregar la oferta en persona en los locales
de la Oficina.
La oferta deberá presentarse en la dirección que se indica en el apartado 6.4.4 a más tardar
en la fecha y hora límites de presentación de ofertas.
Una vez recibida la oferta, un miembro del personal de la Oficina extenderá un justificante en
el que se haga constar la fecha y la hora de entrega. Dicho justificante servirá como prueba de
cumplimiento del plazo.
No podrá aceptarse como presentación válida la entrega en mano, por parte del
licitador, en locales de la Oficina distintos de los referidos en el apartado 6.4.4.
7.2
A través de la oficina nacional de correos o de un servicio de mensajería
Los licitadores podrán enviar su oferta por correo a través de la oficina nacional de correos o
de un servicio de mensajería, esto es, terceros distintos de la oficina nacional de correos. En
OAMI
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caso de que el licitador recurra a un servicio de mensajería, deberá darle instrucciones de que
presente la oferta en la dirección que figura en el apartado 6.4.4.
Si se utiliza el servicio nacional de correos, los licitadores deberán enviar la oferta por correo
certificado, antes de la fecha y hora límites de presentación de ofertas.
En ese caso, el matasellos será el comprobante de presentación. En caso de que el envío no
lleve matasellos o de que éste sea ilegible, la Oficina podrá aceptar con carácter excepcional
una prueba alternativa, por ejemplo, un justificante emitido por la oficina de correos, siempre y
cuando éste indique con claridad la fecha y la hora y haya sido cumplimentado por la oficina
de correos, y no por el licitador.
Si se utiliza un servicio de mensajería, el comprobante de presentación será el recibo de
depósito, firmado y sellado por el servicio de mensajería.
8
APERTURA DE PLICAS
Se designará una Comisión de Apertura para abrir todas las ofertas.
Solo en los casos de procedimientos abiertos, la apertura de las ofertas será pública y el
anuncio de contrato y/o la convocatoria de licitación indicarán la fecha, la hora y el lugar de la
sesión de apertura.
Los licitadores podrán enviar un máximo de dos representantes a la sesión de apertura, en
cuyo caso, por motivos de seguridad, el licitador deberá notificar a la Oficina los nombres de
sus representantes por fax, a más tardar, dos días laborables antes de la sesión de apertura.
En caso contrario, la Oficina se reserva el derecho a no admitir al (los) representante(s) del
licitador a la sesión de apertura. Los representantes de los licitadores estarán obligados a
identificarse y a firmar una hoja de asistencia.
La sesión de apertura se limitará estrictamente a los siguientes aspectos:
–
verificación de que las ofertas se han presentado correctamente (en particular, de
que se ha respetado el plazo de presentación);
–
anuncio de las ofertas recibidas para cada lote, cuando sea de aplicación. Los
nombres que se anuncien serán los de las empresas que han presentado ofertas,
tal como figuran en los sobres, justificantes y/o recibos de entrega. Estos nombres
podrán o no corresponder a la personalidad jurídica misma de los licitadores reales
y podrían no incluir a otras empresas implicadas en las ofertas (es decir, como
partes integrantes de ofertas conjuntas).
La Comisión de Apertura no desempeñará ningún otro papel en el procedimiento.
9
EVALUACIÓN DE LOS LICITADORES Y LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas correrá a cargo del Comité de Evaluación específicamente
nombrado al efecto y que trabaja en condiciones de estricta confidencialidad. La identidad de
los miembros del Comité de Evaluación no se hará pública.
Una vez finalizada la evaluación, el Comité de Evaluación elaborará un informe dirigido al
ordenante responsable, quien adoptará la decisión final sobre la adjudicación del contrato.
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Las ofertas se evaluarán en cuatro fases, de acuerdo con los requisitos y criterios
establecidos explícitamente con antelación en el anuncio de contrato y/o la convocatoria de
licitación. Solo pasarán a la siguiente fase de la evaluación las ofertas que reúnan los
requisitos correspondientes a cada una de las fases del procedimiento.
Además de la información recogida en las ofertas, la Oficina se reserva el derecho a usar
cualquier otra información procedente de fuentes públicas o especializadas, siempre y cuando
este uso sea conforme con los principios generales de transparencia, proporcionalidad,
igualdad de trato y no discriminación.
Durante esta fase, se prohíbe cualquier contacto con cualquier departamento o
personal de la Oficina en relación con esta convocatoria de licitación (véase asimismo el
apartado 10).
9.1
Fase 1: Exclusión
Quedarán excluidos los licitadores:
a) que estén incursos en un procedimiento de quiebra o sean objeto de un
procedimiento de declaración de quiebra, estén incursos en un procedimiento de
liquidación, intervención judicial, concurso de acreedores, cese de actividad o en
cualquier otra situación similar resultante de un procedimiento de la misma
naturaleza vigente en las legislaciones y normativas nacionales;
b) que ellos mismos o las personas con poderes de representación, de decisión o de
control sobre ellos hayan sido condenados mediante sentencia firme dictada por una
autoridad competente de un Estado miembro, con fuerza de cosa juzgada, por
cualquier delito que afecte a su ética profesional;
c) que hayan cometido una falta profesional grave, debidamente constatada por los
órganos de contratación por cualquier medio a su alcance, incluida una decisión del
Banco Europeo de Inversiones o de una organización internacional;
d) que no estén al corriente en el pago de las cuotas de la seguridad social o en el pago
de impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país en que estén
establecidos, del país del órgano de contratación o del país donde deba ejecutarse el
contrato;
e) que hayan sido condenados mediante sentencia firme, con fuerza de cosa juzgada,
por fraude, corrupción, participación en una organización delictiva, blanqueo de
capitales o cualquier otra actividad ilegal que suponga un perjuicio para los intereses
financieros de la Unión;
f)
que sean objeto en ese momento de una sanción administrativa con arreglo al
artículo 109, apartado 1, del Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras
aplicables al presupuesto general de la Unión;
g) que se hallen en una situación de conflicto de intereses;
OAMI
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h) que hayan incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida por el
órgano de contratación para poder participar en el procedimiento de contratación o
no hayan facilitado dicha información.
Los licitadores deberán demostrar que no se hallan incursos en ninguno de los casos
mencionados anteriormente.
Los licitadores presentarán junto con su oferta una declaración solemne, debidamente
fechada y firmada y presentada ante una instancia administrativa o judicial, notario u
organismo profesional cualificado de su país de origen o de procedencia, en el que
declaren que no se hallan incursos en ninguno de los casos mencionados en los
apartados anteriores.
Al término del procedimiento de adjudicación, el licitador a quien se quiere adjudicar un
contrato, deberá, obligatoriamente y so pena de exclusión de la convocatoria de licitación,
facilitar la prueba que confirme que no se encuentra en una de las situaciones arriba
mencionadas. El licitador dispondrá de un plazo de 15 días naturales (que puede ampliarse en
casos excepcionales) para presentar las pruebas requeridas.
Sin embargo, en caso de que el licitador ya haya presentado las pruebas documentales
mencionadas anteriormente en el marco de otro procedimiento de contratación pública y a
condición de que los documentos no daten de más de un año desde su emisión y sigan
siendo válidos, el licitador podrá solicitar la reutilización de dichas pruebas documentales
indicando en el Anexo V del Formulario de Respuesta Tipo la referencia exacta del anterior
procedimiento de contratación de la OAMI.
Sin embargo, la Oficina se reserva el derecho de solicitar al licitador adjudicatario del contrato
que presente la correspondiente prueba documental de nuevo, si así lo estima necesario.
Solo los licitadores que cumplan los requisitos de la fase 1 serán admitidos a la fase 2.
9.2
Fase 2: Selección
Se seleccionará a los licitadores que puedan demostrar que poseen, por un lado, la capacidad
económica y financiera suficiente, y, por otro lado, la capacidad técnica y profesional
suficiente para ejecutar el contrato.
Deberán reunirse todos los requisitos establecidos en el anuncio de contrato y/o el pliego
de condiciones para pasar a la siguiente fase de la evaluación.
En la fase de selección, la evaluación se centra en la capacidad del licitador y no en la calidad
de la oferta. Por consiguiente, en esta parte de la oferta, el licitador no debe aportar
información relativa a su propuesta técnica o financiera.
9.2.1
Capacidad económica y financiera
Los licitadores deberán presentar la siguiente documentación, al objeto de demostrar que
poseen la capacidad económica y financiera suficiente para ejecutar el contrato:
–
OAMI
constancia de poseer un seguro de indemnización por riesgos profesionales
pertinentes;
Guía para los licitadores
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–
declaraciones
financieras
e
informes
de
auditoría
certificados
correspondientes a los tres últimos ejercicios para los cuales se hayan cerrado las
cuentas, o documentación equivalente (por ejemplo, en caso de que el Derecho de
sociedades del país en el que están establecidos no les obligue a publicar sus
balances);
–
una declaración relativa al volumen global de negocios y al volumen de negocios
para bienes y/o servicios que serán objeto del contrato durante los tres últimos
ejercicios;
–
si un licitador va a confiar en las capacidades de otras entidades (por ejemplo, su
empresa matriz), un compromiso escrito por parte de estas entidades en el que
conste que pondrán a su disposición los recursos necesarios para la ejecución del
contrato.
Sin embargo, en caso de que el licitador ya haya presentado las pruebas documentales
mencionadas anteriormente en el marco de otro procedimiento de contratación pública y a
condición de que los documentos no daten de más de un año desde su emisión y sigan
siendo válidos, el licitador podrá solicitar la reutilización de dichas pruebas documentales
indicando en el anexo V del Formulario de Respuesta tipo la referencia exacta del anterior
procedimiento de contratación de la OAMI.
Sin embargo, la Oficina se reserva el derecho de solicitar al licitador adjudicatario del contrato
que presente la correspondiente prueba documental de nuevo, si así lo estima necesario.
9.2.2
Capacidad técnica y profesional
En el anuncio de contrato y/o en el pliego de condiciones se especificarán los criterios
utilizados a la hora de comprobar si los licitadores poseen la capacidad técnica y
profesional necesaria para ejecutar el contrato, así como la prueba que deberá
presentarse a tal efecto. Estos criterios se refieren a la habilidad, eficacia, seriedad, etc.
de los licitadores, en relación con el objeto del contrato.
Solo los licitadores que cumplan los requisitos de la fase 2 serán admitidos a la fase 3.
9.3
Fase 3: Evaluación
En esta fase se realiza una evaluación de las ofertas para comprobar si se cumplen los
requisitos y los criterios indicados en el anuncio de contrato y/o el pliego de condiciones, tanto
desde el punto de vista técnico como desde el punto de vista financiero.
9.3.1
Evaluación técnica
La evaluación técnica de las ofertas se efectuará conforme a los requisitos y los criterios
especificados en el anuncio de contrato y/o en el pliego de condiciones.
Además de la lista de criterios relativos a la evaluación técnica, la Oficina podrá indicar en el
pliego de condiciones disposiciones adicionales, tales como las que se indican a continuación,
con el fin de garantizar que la evaluación técnica tenga plenamente en cuenta las
necesidades de la Oficina:
–
OAMI
asignar un factor de ponderación a cada criterio;
Guía para los licitadores
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–
establecer un umbral mínimo para cada criterio y/o para los criterios relativos a la
evaluación técnica en su conjunto (quedarán automáticamente excluidas las
ofertas que no alcancen este umbral).
Salvo que el anuncio de contrato y/o el pliego de condiciones dispongan otra cosa, no se
aplicará ningún factor de ponderación o umbral mínimo.
Una vez finalizada la evaluación técnica, se asignará una puntuación global técnica a cada
oferta.
9.3.2
Evaluación financiera
La evaluación financiera de las ofertas se basará en los precios ofrecidos por el licitador y las
estimaciones de volumen indicados en el anuncio de contrato y/o pliego de condiciones.
La evaluación financiera dará como resultado un precio que represente:
-
bien el coste global de la oferta durante la vigencia del contrato;
-
o el coste de un supuesto previamente definido que, si bien puede representar solo una
parte del coste total, sea suficientemente significativo con miras a comparar las ofertas
entre sí.
9.4
Fase 4: Adjudicación
Salvo que el anuncio de contrato y/o el pliego de condiciones dispongan otra cosa, la oferta
que represente la mejor valoración económica se identificará de la siguiente manera:
1) La oferta que obtenga la mejor puntuación técnica recibirá un indicador de calidad de
100 puntos. Las ofertas restantes recibirán unos indicadores de calidad inferiores, en
función de la puntuación técnica que hayan obtenido.
2) La oferta que resulte más económica recibirá un indicador de precio de 100 puntos.
Las ofertas restantes recibirán unos indicadores de precio inferiores, en función de su
precio.
3) La relación calidad/precio se calculará para cada oferta. La puntuación más alta será
para la oferta que presente la mejor valoración económica.
10 ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS
Una vez que se hayan abierto las ofertas, y en el curso de la fase de evaluación, la Oficina
podrá ponerse en contacto por escrito con los licitadores para obtener aclaraciones
adicionales sobre puntos concretos de su oferta o para corregir errores materiales evidentes.
Los licitadores deberán estar en condiciones de responder a estas solicitudes de aclaración
en un plazo muy breve. Las respuestas recibidas después del plazo indicado en la
solicitud de aclaración no serán tenidas en cuenta.
Estos contactos no deberán originar ninguna modificación en las condiciones de la
oferta. Más concretamente:
–
OAMI
Los licitadores no modificarán su oferta ni añadirán elementos nuevos alguno a la
misma (distinto de la información puramente administrativa). Por tanto, su
Guía para los licitadores
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respuesta debe hacer referencia clara a la información pertinente que ya figura en
el expediente.
–
Cuando se trate de la propuesta financiera, los licitadores no añadirán ningún
precio nuevo y se limitarán a explicar la propuesta basándose en los elementos
que ya figuran en el expediente, que deberán mencionarse explícitamente.
En caso de incumplimiento de estas restricciones por parte de los licitadores, la respuesta de
los mismos podrá no ser tomada en consideración. Si la respuesta del licitador contradice por
completo su oferta inicial, la Oficina se reserva el derecho a excluir su oferta.
11 RESULTADO DE LA LICITACIÓN
Durante la fase de evaluación de una convocatoria de licitación, la Oficina no facilitará ningún
tipo de información sobre el procedimiento. Los únicos contactos que se permiten con los
licitadores son aquellos que se mencionan en el apartado 10. El hecho de que la Oficina no se
haya puesto en contacto con el licitador no debe interpretarse como algo positivo o negativo.
Se informará a los licitadores del resultado de la convocatoria de licitación tal como se
describe a continuación.
11.1 Notificación de los resultados
Tan pronto como el ordenante responsable haya firmado la decisión de adjudicación, se
enviará, simultáneamente, una carta de notificación a todos los licitadores.
La carta o cartas dirigidas al licitador o licitadores seleccionados les informarán de los
siguientes pasos que deben adoptarse y de cualquier documento que deba facilitarse a la
Oficina.
Las cartas dirigidas a los licitadores que no hayan sido seleccionados expondrán las razones
que han motivado esta decisión y las vías de recurso disponibles.
Téngase en cuenta que el envío de estas cartas no implica la adjudicación del contrato. Éste
no surtirá efecto hasta que el licitador adjudicatario y la Oficina hayan firmado el contrato.
La Oficina no firmará el contrato hasta que:
-
haya transcurrido un periodo de al menos catorce días naturales a partir de la
fecha de envío de las cartas de notificación, al objeto de que los licitadores que no
hayan sido seleccionados puedan adoptar las medidas descritas en el apartado 11.2
que figura a continuación.
-
las pruebas requeridas al licitador adjudicatario en relación con los criterios de
exclusión estén presentadas.
11.2 Información adicional
Los licitadores que hayan sido notificados que su oferta no ha sido seleccionada, pueden
solicitar información adicional por fax o e-mail. No obstante, la Oficina desea insistir en su falta
de libertad para divulgar cualquier información que afecte a los intereses comerciales de otros
licitadores (véase el apartado 6.3.3).
OAMI
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11.3 Firma del contrato
Si el licitador adjudicatario no devuelve el contrato firmado, junto con cualquier prueba
documental y/o la garantía de ejecución requerida en el plazo de 30 días naturales
contados a partir de la fecha de envío de la carta de acompañamiento del contrato, la
Oficina podrá considerar no aceptada la oferta y se reservará el derecho a adjudicar el
contrato al licitador siguiente o a anular íntegramente el procedimiento de licitación, sin
perjuicio de su derecho a retener la garantía de licitación, en su caso, reclamar compensación
o invocar cualesquiera otras vías para subsanar dicha omisión, y el adjudicatario no podrá
elevar reclamación de ningún tipo a la Oficina. Se considerará como fecha de envío la fecha
de recepción por la Oficina.
11.4 Anuncio de adjudicación
Una vez firmado el contrato, la Oficina publicará un anuncio de adjudicación en el Diario
Oficial de la Unión Europea en el que se resumirán los resultados de la convocatoria de
licitación.
12 REFERENCIAS
En la fecha de redacción del presente documento, los sitios web que se enumeran a
continuación contenían información relativa al presente documento o pertinente a los efectos
del mismo:
Nombre o propietario de la dirección URL del sitio. Principal información que se obtiene
Oficina de Armonización del Mercado Interior
http://oami.europa.eu
Información general sobre la Oficina.
Comisión Europea
http://ec.europa.eu/languages/languages-of-europe/eu-languages_es.htm
Lenguas oficiales de la UE
SIMAP
http://simap.europa.eu
Directivas de contratación pública.
Información completa relativa a la contratación pública en Europa.
TED (Tender Electronic Daily)
http://ted.europa.eu
Anuncios publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea.
EUR-LEX
http://eur-lex.europa.eu
Derecho de la Unión Europea.
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Tribunal de Justicia Europeo
http://curia.europa.eu
Jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo.
Defensor del Pueblo Europeo
http://www.ombudsman.europa.eu
Decisiones del Defensor del Pueblo Europeo.
Organización Mundial del Comercio (OMC)
http://www.wto.org
Acuerdo sobre Contratación Pública de la OMC.
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