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Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México OBJETO DE LOS LINEAMIENTOS Identificar puntualmente los mecanismos y procedimientos que permitan la Depuración de la Cuenta “Construcciones en proceso en Bienes de Dominio Público y/o en Bienes Propios”, con la finalidad de que la información financiera, refleje dentro de un ejercicio, cifras confiables, comparables y reales de la situación de las obras. Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México ANTECEDENTES EN EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE FISCALIZACIÓN: • Registro de obras concluidas cuyo saldo no fue transferido al resultado del ejercicio. • Reparaciones, mantenimientos y apoyos, registrados erróneamente en esta cuenta por falta de interpretación. ATRIBUCIONES Artículo 8 Fracción XI de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México EMISIÓN DE LINEAMIENTOS Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Primera publicación 04 de Mayo de 2011 Lineamientos para la depuración de la cuenta construcciones en proceso para las administraciones públicas municipales, organismos auxiliares y fideicomisos públicos de carácter municipal del estado de México. Obras comprendidas en el año 2010 y anteriores. Actualización 2013 Gaceta del Gobierno No 56 24 de septiembre de 2013 Lineamientos para la depuración de la cuenta construcciones en proceso en bienes de dominio público y en bienes propios para las entidades fiscalizables municipales del estado de México. Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México CONTENIDO DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA DEPURACIÓN DE LA CUENTA CONSTRUCCIONES EN PROCESO Disposiciones generales Vigencia Coordinación de los trabajos de Depuración Responsabilidades Obligaciones Políticas Identificación de las obras MUCG. De la Depuración Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México DISPOSICIONES GENERALES Observancia obligatoria para servidores públicos que tienen a su cargo: • Administración, manejo, custodia y aplicación de los recursos públicos. • Registro contable y presupuestal de los ingresos y egresos públicos. AYUNTAMIENTO ORGANISMOS OPERADORES DE AGUA DIF IMCUFIDE Presidente Director General Director General Director General Tesorero Director de Finanzas Tesorero Tesorero, Director de Finanzas o Equivalente Titular de la dependencia de obras públicas Titular de la dependencia de obras públicas Titular de la dependencia de obras públicas Titular de la dependencia de obras públicas Titular del órgano de control interno Titular del órgano de control interno Titular del órgano de control interno Titular del órgano de control interno Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México COORDINACIÓN DE LOS TRABAJOS DE DEPURACIÓN AYUNTAMIENTOS ÓRGANO DE CONTROL INTERNO Secretario DEPENDENCIA DE OBRAS PÚBLICAS TESORERIA ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y FIDEICOMISOS MUCG: Manual Único de Contabilidad Gubernamental para las Dependencias y Entidades Públicas de Gobierno y Municipios del Estado de México DIRECTOR GENERAL DEPENDENCIAS EQUIVALENTES A LAS DESCRITAS Facultad de valorar y tomar decisiones respecto a la depuración de cada caso. Someter decisiones al ayuntamiento para autorización. Informar al OSFEM el saldo de la cuenta “Construcciones en proceso” Antecedentes Criterios de valoración Conclusión del análisis efectuado Actas circunstanciadas (documentación soporte) Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México POLÍTICAS TESORERO DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS VOZ Y VOTO DE CALIDAD VOZ Y VOTO CONTRALOR VOZ Intervención de servidores públicos necesario para aclarar aspectos técnicos o administrativos. Designación por escrito de suplentes (nivel jerárquico inmediato inferior) Acuerdos por mayoría de votos o unanimidad Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México IDENTIFICACIÓN DE LAS OBRAS MUCG. OBRAS CAPITALIZABLES: Son las que incrementan el patrimonio de las entidades fiscalizables y son susceptibles de enajenación (edificios, oficinas administrativas, parques). NO CAPITALIZABLES: Son las que no son susceptibles de enajenación y se encuentran consideradas como del dominio público (pavimentaciones, banquetas, terracerías) TRANSFERIBLES: Son las obras capitalizables que se realizan por una unidad ejecutora del gasto y que al concluir la obra, ésta se transfiere para su operación a otra unidad ejecutora del gasto o entidad (escuelas, cárcamos de bombeo, pozos de agua) Text Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México DE LA DEPURACIÓN Construcciones en proceso en bienes de dominio público y/o en bienes propios Reparaciones, Mantenimientos y Apoyos Obras concluidas A. Falta de firmas en acta E-R B. Obras sin Finiquitar C. Obras pendientes de pago con documentación tramitada Obras del Dominio Público Obras Capitalizables o Transferibles Obras no concluidas Obras pagadas no ejecutadas Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México A. Falta de Financiamiento con trabajos parciales a satisfacción de las Entidades Fiscalizables. B. Factores Sociales C. Abandono de la obra por parte de la Contratista Obras No Concluidas D. Rescisión del Contrato E. Suspensión de Obra F. Falta de Planeación G. Intervención de Dependencias Federales TRATAMIENTO CONTABLE PARA CADA UNO DE LOS SUPUESTOS Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Auditoría Especial de Cumplimiento Financiero Subdirección de Auditoría de Obra Teléfonos: (722) 2 13 30 51 2 13 30 52 Extensiones: 6867 y 6881 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México LINEAMIENTOS DE CONTROL FINANCIERO Y ADMINISTRATIVO PARA LAS ENTIDADES FISCALIZABLES MUNICIPALES DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México LINEAMIENTOS DE CONTROL FINANCIERO Y ADMINISTRATIVO PARA LAS ENTIDADES FISCALIZABLES MUNICIPALES DEL ESTADO DE MÉXICO. Gaceta no. 9 11 de Julio de 2013 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Objeto de los lineamientos Establecer las normas en materia de control financiero y administrativo en la obtención, administración y aplicación de los recursos públicos para las entidades fiscalizables municipales. Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Contenido Título Primero Título Segundo • Disposiciones Generales: Definen el objeto y alcances de los presentes lineamientos asimismo señalan expresamente facultades y atribuciones de los sujetos encargados de su aplicación. • Lineamientos de Control Financiero y Administrativo: Establecen los criterios procedimientos y métodos y sistemas para las acciones de control y evaluación necesarios para la fiscalización Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Contenido Capítulo I Del Objeto: Establecen las disposiciones que deben observar los responsables del manejo de la hacienda pública municipal y del patrimonio de los Organismos Públicos Descentralizados Capítulo II De las Obligaciones: Estas disposiciones, corresponden a las funciones que directamente ejecutan las áreas contables y administrativas, e incluyen control presupuestal del ingreso, egreso, patrimonio, costos e información periódica de la operación. Título I Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Contenido Título I Capítulo III De los sujetos: En este apartado se establecen los entes obligados de la aplicación de estos lineamientos, Capítulo IV Del establecimiento y difusión de atribuciones, facultades y funciones: El Presidente y los Directores Generales, deben establecer y difundir en forma clara y por escrito las principales atribuciones, facultades y funciones de los servidores públicos. Capítulo V De las obligaciones: en este capítulo se establecen las obligaciones de los servidores públicos en la aplicación de los lineamientos Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Contenido Efectivo Fondo Fijo de caja TÍTULO SEGUNDO INGRESOS. Contiene los lineamientos para los rubros de: Bancos Cuentas por Cobrar a Corto Plazo Deudores Diversos Gastos a Comprobar Deuda Contratada Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Contenido Anticipo a Proveedores y/o Contratistas Construcciones en Proceso (Obra Pública) Sueldos y Salarios por Pagar TÍTULO SEGUNDO EGRESOS. Contiene los lineamientos para los rubros: Proveedores Retenciones y Contribuciones a Pagar a Corto Plazo Acreedores Diversos Documentos por Pagar a Corto y Largo Plazo Viáticos Seguros Adquisiciones de Bienes y Servicios Adquisiciones Directas Donativos, Cooperaciones y/o Ayudas 21 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Contenido Almacén TÍTULO SEGUNDO PATRIMONIO, Contiene los lineamientos para los rubros: Bienes Inmuebles Bienes Muebles 22 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO Y CONTROL DEL INVENTARIO Y LA CONCILIACIÓN Y DESINCORPORACIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES PARA LAS ENTIDADES FISCALIZABLES MUNICIPALES DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México MARCO JURÍDICO Gaceta de Gobierno No. 9 del 11 de Julio 2013 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México OBLIGADOS A REALIZAR LOS REGISTROS CONTABLES CON BASE EN LAS REGLAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN DEL PATRIMONIO: Institutos Municipales de Cultura Física y Deporte Organismos Operadores de Agua Ayuntamiento Organismos Descentralizados DIF´S MAVICI Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México OBLIGADOS A REALIZAR LOS REGISTROS CONTABLES CON BASE EN LAS REGLAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN DEL PATRIMONIO: Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México BASES PARA REALIZAR LA CONCILIACIÓN FÍSICO – CONTABLE Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Secretario Concluido el levantamiento físico, se integra el resultado, donde se pueden encontrar los siguientes hallazgos Bienes que se encuentran en buen estado Bienes que ya no existen físicamente Bienes que ya no operan o son útiles Bienes que no fueron registrados en inventario El resultado del levantamiento físico se entrega al Tesorero en sesión solemne de comité, quien será el encargado de llevar a cabo la conciliación de la cuenta de bienes muebles y el inventario de bienes muebles Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México • Concluido el levantamiento físico, se coordina con la Tesorería para la conciliación con los registros contables. Tesorero • Realiza la conciliación del levantamiento físico de Bienes Muebles con el listado contable de Bienes Muebles y en su caso establece diferencias. • Considera solo aquellos que fueron plenamente identificados. Contralor • Instrumenta Acta Circunstanciada por los hechos u omisiones encontrados, verifica las circunstancias que rodean a los bienes muebles que no están físicamente. • Se encarga de recabar las firmas del Comité. Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México 1. Resultado de levantamiento físico de inventario 2. Integración y comparación de saldos bien por bien (anexo 4) 3. Conciliación del activo fijo (anexo 5) 4. Acta administrativa del comité. 5. Remitir al OSFEM anexos 4 y 5 6. Se somete ante el órgano máximo la propuesta de lo procedimientos 7. Registro correspondiente 8. Integración de expedientes para remitir al OSFEM Nota: Los anexos 4 y 5 corresponden a la Gaceta del Gobierno número 09 de fecha 11 de julio de 2013 Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México *Procedimiento de baja por obsolescencia para destrucción * Procedimiento de baja por obsolescencia para enajenación * Procedimiento de baja por robo o siniestro * Procedimiento de baja por donación * Procedimiento de baja no localizados * Procedimiento de baja por instrumental médico y de laboratorio * Procedimiento de baja del activo biológico por muerte Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México Departamento de Análisis Presupuestal y Patrimonial Municipal Teléfonos: (722) 1 67 84 50 2 14 98 68 2 14 12 07 Extensiones: 6869, 6880, 6903 y 6904 Correo electrónico: [email protected]