ESTRUCTURA CURRICULAR DE LA OPCIÓN EDUCATIVA

Transcripción

ESTRUCTURA CURRICULAR DE LA OPCIÓN EDUCATIVA
Subsecretaría de Educación Media Superior
ESTRUCTURA CURRICULAR DE LA OPCIÓN EDUCATIVA DE FORMACIÓN DUAL
PARA LOS BACHILLERATOS TECNOLÓGICOS FEDERALES
ENCUADRE.
Con el propósito de establecer la formación dual desde el ámbito educativo, el 11 de junio de 2015
se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 06/06/15 por el que
se caracteriza y regula a la formación dual como una opción educativa del tipo medio superior de
carácter obligatoria de la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de
Educación Pública, a través de sus direcciones generales de Educación Tecnológica Industrial
(DGETI), Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA) y de Educación en Ciencias y Tecnología
del Mar (DGECYTM) y las instituciones educativas dependientes de estas últimas.
El Acuerdo Secretarial regula esta opción en el sector educativo y facilita la participación de todos
los subsistemas tecnológicos de la educación media superior, por lo que permitirá a más
estudiantes desarrollar competencias en las empresas; vincular la teoría y la práctica educativa
para fortalecer el desarrollo integral de sus habilidades; así como contribuir a mejorar la
empleabilidad de los egresados.
La opción educativa de formación dual pertenece a la modalidad mixta y se caracteriza porque las
actividades de aprendizaje previstas en un plan de estudios del bachillerato tecnológico se
desarrollan tanto en las instituciones educativas que lo ofrecen, como en las empresas que forman
parte de un Programa de Formación Dual, mediante una trayectoria curricular combinada.
PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL.
El Programa de Formación Dual es el instrumento a través del cual las instituciones educativas y
las empresas establecen las bases para coordinarse y conjuntar esfuerzos a fin de impartir,
conforme al Plan de estudios correspondiente, educación del tipo medio superior en la opción
educativa de formación dual.
La implementación de la formación dual que una institución educativa y una empresa llevan a
cabo de manera conjunta, se encuentra definida y caracterizada en el Programa de Formación
Dual, el cual debe asegurar que el periodo de formación del estudiante dentro de la empresa no
exceda de 40 horas semanales, incluyendo una hora diaria para el auto-estudio, conforme al plan
de formación personalizado.
A través del Programa de Formación Dual se integrarán las características del desarrollo de la
formación en la empresa, así como los mecanismos a través de los cuales la institución educativa
da seguimiento y facilita la articulación de los aprendizajes prácticos con contenidos teóricos, pero
también en él se verá reflejado cómo se lleva a cabo la formación de los componentes básico y
propedéutico por parte de la institución educativa.
El Programa establece un mapa de ruta que permitirá a la institución educativa organizar, operar,
dar seguimiento y supervisar el cumplimiento de todos los elementos de la formación dual, así
como asegurar su correcta implementación. Asimismo, le permitirá dimensionar los tiempos
aproximados que supone cada proceso, las actividades asociadas y los recursos necesarios.
1
Subsecretaría de Educación Media Superior
En atención al artículo tercero transitorio del Acuerdo Secretarial 06/06/15 por el que se establece
la formación dual como una opción educativa, y a lo dispuesto en él sobre la estructura curricular
conforme a la cual se diseñarán los Planes de estudio que se impartirán bajo esta opción educativa,
se determina la siguiente estructura curricular:
Estructura Curricular Opción Educativa: Formación Dual
(Semestres, asignaturas y módulos)
1er.
Semestre
2°.
Semestre
3er.
Semestre
4°
Semestre
5°.
Semestre
Álgebra
4 horas
Geometría y
Trigonometría
4 horas
Geometría
Analítica
4 horas
Cálculo
Diferencial
4 horas
Cálculo Integral
5 horas
Inglés I
3 horas
Inglés II
3 horas
Inglés III
3 horas
Inglés IV
3 horas
Inglés V
3 horas
Química I
4 horas
Química II
4 horas
Biología
4 horas
Física I
4 horas
Física II
4 horas
Lectura, Expresión
Oral y Escrita I
4 horas
Lectura,
Expresión Oral y
Escrita II
4 horas
Ética
4 horas
Ecología
4 horas
Ciencia, Tecnología,
Sociedad y Valores
4 horas
6°.
Semestre
Probabilidad y
Estadística
5 horas
Temas de
Filosofía
5 horas
Asignatura
Optativa
5 horas
Asignatura
Optativa
5 horas
Lógica
4 horas
Tecnologías de la
Información y la
Comunicación
3 horas
FORMACIÓN PROFESIONAL
Se cubren de forma combinada: 1:00 hora presencial y el resto a través de mediación digital.
El primer Módulo de la carrera (cursado en segundo semestre) se imparte en el plantel; los restantes módulos se
cursan en la empresa, según el semestre en el que inicie la opción educativa de formación dual (3°, 4° o 5°).
El Acuerdo Secretarial 06/06/15 plantea las características de la opción educativa de
formación dual, mismas que se mencionan a continuación:
1. El diseño curricular deberá ser acorde a lo establecido en el Marco Curricular Común
(MCC) y a los estándares de competencia inscritos en el Registro Nacional de
Estándares de Competencia.
2. Los conocimientos y competencias del Plan de estudios se adquirirán tanto en la
institución educativa, bajo la supervisión del Docente y el Tutor académico, como en
una empresa, bajo la supervisión de un instructor, conforme al Plan de formación
personalizado.
2
Subsecretaría de Educación Media Superior
3. Deberá contar con una Trayectoria curricular combinada.
4. La trayectoria curricular puede iniciar en tercer semestre o en quinto semestre,
dependiendo de la carrera técnica.
5. La trayectoria curricular del componente de formación profesional inicia en el segundo
semestre como está prevista en el Acuerdo 653; se cursará dentro de la institución
educativa, y a partir del semestre en que se inicie la Formación Dual la formación se
llevará a cabo dentro de la empresa, conforme al artículo 10 del Acuerdo Secretarial
06/06/15.
6. Las actividades de aprendizaje se realizarán tanto en la Institución educativa como en
la Empresa, de manera individual y grupal, bajo la supervisión de Docentes, Tutores
académicos e Instructores.
Al respecto, el estudiante deberá acudir a la institución educativa a sesiones
presenciales semanales de 1:00 hora por asignatura en horarios fijos; el tiempo
restante de la asignatura se cubrirá a través de mediación digital.
7. Requiere mediación docente obligatoria con el propósito de apoyar el aprendizaje de
los Estudiantes. Deberá haber al menos un docente que cubra la mediación en plantel;
este profesor estará capacitado para realizar las actividades correspondientes a la
formación dual.
8. La mediación digital es imprescindible.
Por medio de una plataforma de aprendizaje se proporcionarán los recursos didácticos
y actividades que apoyen el desarrollo de las competencias del MCC. En el tiempo en
que los estudiantes acudan al plantel, los docentes deberán retroalimentar y vincular
el aprendizaje a partir de las evidencias presentadas por el estudiante y de los saberes
con la experiencia en la empresa. Los estudiantes reportarán y subirán su portafolio
de evidencia en dicha plataforma.
9. Se deberá contar con un calendario y horario fijo.
Las asignaturas deberán cursarse y acreditarse de acuerdo con los tiempos previstos
en el plan de formación personalizado.
10. La acreditación del Plan de estudios por el Estudiante depende de la evaluación que
lleve a cabo la Institución educativa, así como de los resultados de las evaluaciones
reportados por la Empresa que forme parte de un Programa de Formación Dual,
conforme a las normas de control escolar que al efecto emita la Secretaría.
3
Subsecretaría de Educación Media Superior
11. Para obtener la certificación académica y, en su caso, la de competencias, el Estudiante
deberá cumplir y acreditar el Plan de estudios, así como los requisitos que establezca
el organismo certificador, respectivamente.
12. La Institución educativa emitirá el documento de Certificación académica, en tanto
que un Organismo certificador podrá emitir el de competencias correspondientes.
4

Documentos relacionados