GRACIELA MARIA SALDARRIAGA MOLINA Coordinadora Grupo

Transcripción

GRACIELA MARIA SALDARRIAGA MOLINA Coordinadora Grupo
AUTO
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Sujeto Procesal
Rio Technology S.A.S.
Promotor
Jairo Hernando Castañeda Monroy
Asunto
Artículo 20, Ley 1116 de 2006
Tramite
Reorganización
Expediente
64569
Téngase por incorporada la demanda ejecutiva de radicado número 2015-483, incoada
por PCS FOR ALL S.A.S., y adelantada ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Cota,
la cual fue remitida mediante oficio 4515 de 11 de noviembre de 2015-01-509339 y
radicada en este despacho el 14 de diciembre del mismo año, con el número 2015-01509339, sin excepciones de mérito para resolver.
Se advierte que las medidas cautelares decretadas y practicadas dentro del proceso
ejecutivo referido, quedan a disposición de esta Superintendencia, de conformidad con lo
consagrado en la norma citada.
Póngase en conocimiento del promotor y la concursada, mediante la notificación de esta
providencia, la existencia de esta demanda ejecutiva, la cual podrá ser consultada en el
expediente.
Agréguese al crédito No. 11
Notifíquese y Cúmplase
GRACIELA MARIA SALDARRIAGA MOLINA
Coordinadora Grupo de Reorganización
TRD: CREDITOS- CREDITO 11 / RAD: 2015-01-509339- Crédito 11
P4277
En l a Su pe r int end en c ia d e So ci ed ad e s t r a baj a mos con
int eg rid ad po r un P aí s si n co r rup ció n.
Entidad No. 1 en el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.
www.supersociedades.gov.co / [email protected] – Colombia

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