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CARGA DE TRABAJO
EN LAS CORTES DE
APELACIONES
La tramitación de algunos proyectos de ley que crean nuevos
juzgados o aumentan el número de salas y ministros de una Corte de
Apelaciones, ha motivado una investigación preliminar para medirla carga
de trabajo de algunos tribunales, concretamente, las Cortes de Apelaciones
del país.
No obstante las dificultades que, por la muy distinta naturaleza que
pueden tener los juicios, se presentan en este tipo de investigaciones de base
estadística, ha sido posible extraer algunas conclusiones que permiten detectar los tribunales con atraso originado en una mayor carga relativa de
trabajo, o en eventuales problemas de eficiencia.
L presente estudio tiene por objeto presentar la información disponible
sobre el número de causas ingresadas y falladas por las Cortes de Apelaciones, de manera
tal que permita comparar la carga de trabajo de estos tribunales, en relación al número de
sus ministros.
No se pretende, en consecuencia, efectuar una medición de la carga de trabajo
propiamente tal, pues ello supondría una circunstancia que en la realidad no existe: que
todas las causas tienen la misma complejidad jurídica y similar extensión. Por el
contrario, los procesos ventilados ante los tribunales tienen una muy variada naturaleza
y duración en el tiempo. Así, la apelación por la libertad provisional del único reo en una
causa por robo en perjuicio de una sola persona es un trámite de fácil despacho, en
comparación con la apelación de una sentencia definitiva en materia civil en que puede
discutirse un asunto complejo, tanto en los hechos como en el derecho aplicable.
Sin embargo, es posible asumir como hipótesis de trabajo, que el conjunto de
causas de una Corte de Apelaciones (incluyendo las más simples y las más complejas)
es, en general, similar al conjunto de causas de todas las demás cortes. Resulta así posible
comparar magnitudes totales por cada tribunal, lo que arrojará como resultado una
comparación de la carga de trabajo entre las distintas Cortes de Apelaciones, tomando
en cuenta el número de ministros de cada una1. No se ha considerado el número de salas
en que se dividen algunas cortes, pues la carga de trabajo que soporta el magistrado es
independiente del número de salas del tribunal.
1
Para permitir un mayor análisis, se efectuará también el cálculo tomando en cuenta el número de abogados
integrantes.
I
Antecedentes
Se trabajó con información del Instituto Nacional de Estadísticas para el año
1988, sobre causas civiles y criminales completamente tramitadas.
Para la clasificación estadística las causas terminadas se clasifican en: causas
confirmadas, revocadas, aceptadas, rechazadas2, deserciones, desistidas, archivadas o
devueltas y otros motivos. Se agregan además las causas pendientes del año anterior.
II
Análisis
Se analizaron las siguientes variables:
a.
total de causas terminadas en el año por Ministro (causas en las que la Corte dictó
una resolución que, por cualquier causa, puso fin a la instancia3).
b.
total de causas confirmadas y revocadas por Ministro (causas en las que se dictó
sentencia sobre el fondo del asunto controvertido4).
c.
total de causas terminadas por Ministro y Abogados Integrantes. Se agregó en este
caso el número de abogados integrantes del tribunal, ya que éstos también
concurren a dictar resolución, remplazando a los Ministros cuando éstos no pueden
cumplir sus funciones.
d.
total de causas confirmadas y revocadas por Ministro y Abogados Integrantes, lo
que representa las causas efectivamente falladas con la participación de Ministros
y Abogados Integrantes.
e.
total de causas pendientes del año anterior en relación al total de causas terminadas.
Esta relación porcentual puede estimarse como índice del retraso con que opera
cada Corte de Apelaciones.
«
Con las distintas variables mencionadas, se ordenaron en un ranking, las distintas
2
No se pudo establecer qué diferencia existe (para los fines estadísticos del INE) entre las causas revocadas y las
causas rechazadas, ni entre las confirmadas y las aceptadas. Es probable que su origen provenga de un estudio dirigido
por Hernán Larraín Fernández (REVISTA CHILENA DE DERECHO, Vol. 17, pág. 87 y ss.) referido solamente a los
recursos de inaplicabilidad, de amparo y de protección, donde se usa el término aceptada como sinónimo de acogida,
lo que se estima correcto, pero pudo inducir una imprecisión en el ordenamiento estadístico.
3
Análisis y resolución de todas las cuestiones de hecho y de derecho debatidas en el proceso.
4
Se incluyen tanto las apelaciones de sentencia definitivas como las que recaen sobre artículos o incidentes, como
una excarcelación, en que no hay pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión debatida.
Cortes de Apelaciones del país. De este modo se pretendió destacar aquellas que
concentran una mayor carga de trabajo relativa. (Ver cuadros anexos)
Conclusiones
Los resultados del análisis efectuado sobre los cuadros estadísticos que se acompañan como anexos, permiten concluir lo siguiente:
1.- En primer término se observa que en promedio en las Cortes de Apelaciones del
país, se terminan 1.785 causas por Ministro al año y este promedio desciende a
1.023 causas si se considera a los abogados integrantes5.
A su vez, las Cortes con mayor carga de trabajo relativa según este concepto, son
en orden decreciente: San Miguel, Valparaíso, Rancagua y Talca si se considera
sólo a los Ministros y Santiago en cuarto lugar si se incluye a los abogados
integrantes6 (Cuadros 1 y 2).
También presentan una carga de trabajo superior o cercana al promedio las Cortes
de Concepción, La Serena y Antofagasta y Temuco y Valdivia.
Punta Arenas y Coihaique son las Cortes con menor carga de trabajo.
Se puede concluir de esta relación que no necesariamente las jurisdicciones con
mayor población, como es el caso de Santiago, tendrían una mayor carga de trabajo
relativa, tomando en cuenta el mayor o menor número de ministros.
2.- Si se considera sólo aquellas causas confirmadas y revocadas, que podrían dar una
magnitud de las causas en las que se dictó un fallo judicial sobre el objeto sometido
a decisión que aqueja a las partes (sentencia definitiva, excarcelación, etc.), se
observa que en promedio (nacional) por Ministro se confirman y revocan 1.250
causas al año, y si se considera además a los abogados integrantes este promedio
desciende a 717 causas.
Las Cortes que confirman o revocan un número de causas al año superior al
promedio del país por Ministro, son: Rancagua, Talca, La Serena, Santiago,
Concepción y Valdivia, Temuco y Chillan. Si se considera además a los
5
Sin embargo, debe tenerse presente que no todos los abogados integrantes desempeñan sus funciones simultánea
mente, ya que van siendo llamados a integrar sala sólo en la medida que falta o se inhabilita un ministro.
6
Según esta conclusión, los abogados integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago tendrían mayor participación
que los de otras cortes.
abogados integrantes, se mantienen las mismas cortes, no obstante los cuatro
primeros lugares en orden descendente lo ocupan en este caso: Rancagua,
Santiago, La Serena y Concepción. (Cuadros 3 y 4).
3.- Por otra parte, cabe señalar que las causas confirmadas y revocadas por Ministro,
o Ministro y Abogado integrante, representan el 70% de las causas terminadas. Esa
proporción de causas termina en un fallo judicial (no termina por desistimiento,
avenimiento, etc.).
4.- Si se analiza ahora la proporción de causas pendientes en relación a causas
terminadas, se puede tener una medida de la eficiencia relativa de cada Corte. Este
promedio es de un 14%, considerando todas las Cortes de Apelaciones. A su vez,
las Cortes donde esta proporción es superior al promedio y en orden decreciente
son: Santiago y Rancagua con un porcentaje cercano al 26% y luego San Miguel
y Valparaíso, con un 17,8% y 14,5%, respectivamente.
5.- Por último y con el fin de determinar según las relaciones analizadas, qué Cortes
estarían con más carga de trabajo, se analizó aquellas que se repiten dentro de los
siete primeros lugares, en las cinco variables consideradas en el estudio y que son:
Rancagua, Santiago, Concepción, Talca. Rancagua aparece siempre dentro de
los tres primeros lugares, lo que sugiere que esta Corte tiene una mayor carga de
trabajo relativa.
También debiera incluirse dentro de las Cortes con una mayor carga relativa a La
Serena que aparece en las cuatro primeras variables señaladas y queda fuera por
la proporción causas pendientes frente a causas terminadas, ya que registra sólo un
6%, lo que sugiere que esta Corte además de una gran carga de trabajo, tendría una
mayor eficiencia relativa.
Otro aspecto interesante a destacar, es el caso de la Corte de San Miguel que podría
ser considerada la Corte de menor eficiencia relativa, por cuanto aparece con una
alta carga de trabajo y primera en el ranking de causas terminadas por Ministro y
por Ministro y Abogado Integrante. No obstante las causas con fallo, es decir
aquellas confirmadas y revocadas, por Ministro y por Ministro y Abogado
Integrante, representan una baja proporción de las causas terminadas (22%) y
también aparece con un alto porcentaje de causas pendientes del año anterior
(18%).
(Ver cuadros anexos en páginas siguientes).
CUADRO N8 2
CARGA DE TRABAJO EN LAS CORTES DE APELACIONES
CUADRO N° 3 CARGA DE TRABAJO EN LAS
CORTES DE APELACIONES EN EL AÑO 1988
Fuente: INE - Anuario de Justicia 1988
(1) Corresponde al número total de causas terminadas por Ministro
(2) Corresponde al número de causas confirmadas y revocadas por Ministro
(3) Corresponde al porcentaje de causas pendientes con respecto al total
de causas terminadas en el año.

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